aNúmero total de casos que han sido objeto de una decisión (dictámenes, decisiones de inadmisibilidad y decisiones de cesación de las actuaciones).
28.En la fecha en que se aprobó el presente informe (29 de marzo de 2017), alrededor de 220 comunicaciones estaban pendientes de una decisión del Comité sobre la admisibilidad y/o sobre el fondo. Sin embargo, si no se mejora sustancialmente la capacidad de la Secretaría para tramitar comunicaciones individuales, el propio Comité verá seriamente comprometida su capacidad de resolver el retraso acumulado a este respecto.
29.En el período al que se refiere el presente informe, el Comité, por conducto de su Relator Especial sobre nuevas comunicaciones y medidas provisionales y del Correlator, transmitió a los Estados partes interesados 163 nuevas comunicaciones en virtud del artículo 97 del reglamento del Comité, solicitando información u observaciones en relación con las cuestiones de la admisibilidad y el fondo. En 33 casos, el Relator Especial solicitó la adopción de medidas provisionales de protección de conformidad con el artículo 92 del reglamento del Comité.
2.Cooperación de los Estados partes en el examen de las comunicaciones
30.En varios casos resueltos durante el período considerado, el Comité observó que los Estados partes no habían cooperado en el procedimiento al no proporcionar observaciones sobre la admisibilidad ni sobre el fondo de las alegaciones del autor. Los Estados partes en cuestión son Argelia (una comunicación), Belarús (cinco comunicaciones) y Sri Lanka (una comunicación). El Comité lamentó la situación y recordó que en el Protocolo Facultativo estaba implícitamente establecido que los Estados partes debían facilitar al Comité toda la información de que dispusieran. De no haber respuesta, deben someterse a la debida consideración las alegaciones del autor, en la medida en que se hayan fundamentado suficientemente.
3.Cuestiones examinadas por el Comité
31.Para una visión de conjunto de la labor realizada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo entre su 2º período de sesiones, en 1977, y su 116º período de sesiones, en marzo de 2016, hay que remitirse a sus informes anuales de 1984 a 2016, en los que se resumen las cuestiones de forma y de fondo examinadas por el Comité y las decisiones adoptadas al respecto, y al informe titulado “Consideration by the Human Rights Committee at its 114th, 115th and 116th sessions of communications received under the Optional Protocol to the International Covenant on Civil and Political Rights”. La evolución de la jurisprudencia del Comité durante el período considerado no figura en el presente informe anual, sino que se incluirá en un informe separado (en inglés únicamente) sobre el examen por el Comité en sus períodos de sesiones 117º, 118º y 119º de las comunicaciones recibidas en virtud del Protocolo Facultativo. El texto completo de los dictámenes aprobados por el Comité y de las decisiones de inadmisibilidad adoptadas en virtud del Protocolo Facultativo puede consultarse en la base de datos de los órganos creados en virtud de tratados (http://juris.ohchr.org).
32.En el período considerado, el Comité examinó y determinó la existencia de violaciones del Pacto en las comunicaciones núm. 2081/2011 (D. T. y A. A. c. el Canadá), núm. 2082/2011 (Levinov c. Belarús), núm. 2089/2011 (Korol c. Belarús), núm. 2093/2011 (Misnikov c. Belarús), núm. 2101/2011 (Evzrezov c. Belarús), núm. 2106/2011 (Kashtanova y Slukina c. Uzbekistán), núm. 2107/2011 (Berezhnoy c. la Federación de Rusia), núms. 2108-2109/2011 (Basarevsky y Rybchenko c. Belarús), núm. 2118/2011 (Saxena c. el Canadá), núm. 2125/2011 (Tyan c. Kazajstán), núm. 2127/2011 (Akunov c. Kirguistán), núm. 2128/2012 (Kerrouche c. Argelia), núm. 2139/2012 (Poplavny y Sudalenko c. Belarús), núm. 2146/2012 (Suleimenov c. Kazajstán), núm. 2157/2012 (Belamrania c. Argelia), núm. 2164/2012 (Basnet c. Nepal), núm. 2172/2012 (A. c. Australia), núm. 2184/2012 (Nakarmi c. Nepal), núm. 2185/2012 (Dakhal c. Nepal), núm. 2187/2012 (Bazarov c. Kirguistán), núm. 2205/2012 (Agazade c. Azerbaiyán), núm. 2206/2012 (Lale y Blagojević c. Bosnia y Herzegovina), núm. 2216/2012 (C. c. Australia), núm. 2220/2012 (Aminov c. Turkmenistán), núm. 2219/2012 (Nasyrlayev c. Turkmenistán), núm. 2224/2012 (Matyakubov c. Turkmenistán), núm. 2225/2012 (Nurjanov c. Turkmenistán), núm. 2226/2012 (Uchetov c. Turkmenistán), núm. 2227/2012 (Yegendurdyew c. Turkmenistán), núm. 2242/2013 (Kalamiotis c. Grecia), núm. 2245/2013 (Purna c. Nepal), núm. 2259/2013 (El-boathi c. Argelia), núm. 2317/2013 (Ortikov c. Uzbekistán), núm. 2359/2014 (Saidarov c. Kirguistán), núm. 2379/2014 (Ahmed c. Dinamarca), núm. 2387/2014 (A. B. c. el Canadá), núm. 2388/2014 (Kingue c. el Camerún), núm. 2412/2014 (Samathanam c. Sri Lanka), núm. 2425/2014 (Whelan c. Irlanda), núm. 2462/2012 (M. K. H. c. Dinamarca), núm. 2464/2014 (A. A. S. c. Dinamarca), núm. 2465/2014 (Mambu c. la República Democrática del Congo), núm. 2469/2014 (E. U. R. c. Dinamarca), núm. 2481/2014 (Scarano c. la República Bolivariana de Venezuela), núm. 2496/2014 (Kostin c. la Federación de Rusia), núm. 2512/2014 (Raziyeh c. Dinamarca), núm. 2530/2015 (Moner Sawers c. Dinamarca), núm. 2555/2015 (Allabediev c. Uzbekistán), núm. 2586/2015 (Zakharenko c. Belarús), núm. 2608/2015 (R. A. A. y Z. M. c. Dinamarca), núm. 2613/2015 (Contreras c. el Canadá) y núm. 2681/2015 (Y. A. A. c. Dinamarca).
33.El Comité determinó que no se produjeron violaciones del Pacto en las comunicaciones núm. 2124/2012 (Rabbae c. los Países Bajos), núm. 2152/2012 (Parshin c. la Federación de Rusia), núm. 2204/2012 (J. D. c. Dinamarca), núm. 2291/2013 (A y B c. Dinamarca), núm. 2378/2014 (A. S. M. y R. A. H. c. Dinamarca), núm. 2443/2014 (S. Z. c. Dinamarca), núm. 2493/2014 (A. H. A. c. Dinamarca) y núm. 2569/2015 (Bassam y Ali Khalifa c. Dinamarca).
34.El Comité decidió que no eran admisibles las siguientes comunicaciones: núm. 2088/2011 (B. H. c. Austria), núm. 2100/2011 (S. M. c. Bulgaria), núm. 2112/2011 (K. A. c. Belarús), núm. 2115/2011 (I. A. K. c. Dinamarca), núm. 2121/2011 (F. A. H. y otros c. Colombia), núm. 2135/2012 (Y. Z. c. Belarús), núm. 2140/2012 (I. T. c. Kazajstán), núm. 2145/2012 (M. Z. c. Kazajstán), núm. 2148/2012 (M. A. K. c. Bélgica), núm. 2154/2012 (J. I. c. Francia), núm. 2195/2012 (Ch. H. O. c. el Canadá), núm. 2240/2013 (M. A. c. Dinamarca), núm. 2253/2013 (A. P. J. c. Dinamarca), núm. 2293/2013 (D. y E. c. Dinamarca), núm. 2299/2013 (G. E. c. los Países Bajos), núm. 2338/2014 (M. J. K. c. Dinamarca), núm. 2415/2014 (A. M. M. c. Dinamarca), núm. 2473/2014 (A. H. S. c. Dinamarca), núm. 2559/2015 (I. M. Y. c. Dinamarca), núm. 2567/2015 (A. U. y H. R. c. Nueva Zelandia), núm. 2593/2015 (M. Z. B. M. c. Dinamarca), núm. 2602/2015 (Z. H. c. Dinamarca), núm. 2729/2016 (X c. los Países Bajos), núm. 2745/2016 (V. R. y N. R. c. Dinamarca), núm. 2771/2016 (X e Y c. el Canadá), núm. 2801/2016 (N. R. c. Nueva Zelandia), núm. 2842/2016 (S. Sh. c. Kazajstán) y núm. 2934/2017 (M. B. c. Nueva Zelandia).
4.Medidas de reparación en dictámenes aprobados en virtud del Protocolo Facultativo
35.En su 118º período de sesiones, el Comité aprobó directrices sobre medidas de reparación otorgadas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto (CCPR/C/158). Las directrices ofrecen un panorama de la jurisprudencia del Comité establecida en sus dictámenes, en los que se solicita a los Estados partes que proporcionen una reparación íntegra a las personas cuyos derechos del Pacto han sido violados. Las directrices tienen por objeto armonizar criterios y garantizar la coherencia a fin de que la jurisprudencia del Comité resulte más efectiva, con miras a permitir ajustes en función de la evolución de los acontecimientos en este ámbito.
5.Decisiones relativas a los métodos de trabajo para el examen de las comunicaciones
36.En su 118º período de sesiones, el Comité decidió elaborar un proceso piloto para invitar a las partes en comunicaciones importantes a presentar observaciones orales sobre las comunicaciones de la otra parte. Dichas comunicaciones podrían incluir casos en los que se planteen cuestiones generales de interpretación del Pacto, casos que podrían revelar prácticas generalizadas que son incompatibles con el Pacto y otros casos pertinentes que planteen cuestiones de principio.
37.En el mismo período de sesiones, el Comité decidió publicar, a través de la página web del Comité, la lista de comunicaciones registradas y pendientes de examen.
6.Seguimiento de los dictámenes
38.En el período considerado, el Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes presentó informes en los períodos de sesiones 118º (véase CCPR/C/118/3) y 119º.
39.Hasta la fecha, el Comité ha determinado que ha habido violación del Pacto en 1.029 de los 1.221 dictámenes aprobados desde 1979. El Comité ha continuado la práctica iniciada con carácter experimental en su 109º período de sesiones, consistente en incluir en sus informes de seguimiento de los dictámenes una evaluación de las respuestas de los Estados partes o de las medidas adoptadas por estos; la evaluación se basa en los criterios establecidos para el procedimiento de seguimiento de las observaciones finales. En su 118º período de sesiones, el Comité decidió revisar sus criterios de evaluación. El Comité sigue observando que muchos Estados partes no han llevado a efecto los dictámenes emitidos en virtud del Protocolo Facultativo.
40.En su 118º período de sesiones, el Comité decidió cerrar el diálogo de seguimiento y resolver que la aplicación de sus recomendaciones había sido satisfactoria en las comunicaciones núm. 1153/2003 (Llantoy Huamán c. el Perú), núm. 2097/2011 (Timmer c. los Países Bajos), núm. 2149/2010 (M. I. c. Suecia), núm. 2243/2013 (Husseini c. Dinamarca), núm. 2258/2013 (Rasappu c. Dinamarca), núm. 2370/2014 (A. H. c. Dinamarca) y núm. 2389/2014 (X c. Dinamarca).
I.Observaciones generales en virtud del artículo 40, párrafo 4, del Pacto
41.En sus períodos de sesiones 117º, 118º y 119º, el Comité siguió examinando su proyecto de observación general sobre el artículo 6 (derecho a la vida).
J.Recursos de personal y traducción de documentos oficiales
42.En virtud del artículo 36 del Pacto, el Secretario General tiene la obligación de proporcionar al Comité el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones. El Comité reitera su preocupación por la escasez de recursos humanos y subraya una vez más la importancia de asignar suficiente personal para prestar servicios en sus períodos de sesiones y para facilitar el conocimiento, la comprensión y el cumplimiento de sus recomendaciones en los países. Recalca que si no se mejora sustancialmente la capacidad del personal de la Dependencia Encargada de las Quejas para tramitar comunicaciones individuales, el propio Comité verá seriamente comprometida su capacidad de resolver el retraso acumulado a este respecto. Además, expresa su profunda inquietud por la posibilidad de que las normas generales vigentes en las Naciones Unidas con respecto a la movilidad del personal de la Secretaría entorpezcan la labor del Comité, particularmente la del personal que trabaja en la Dependencia Encargada de las Quejas, que tiene que permanecer en su puesto durante un período suficientemente largo para adquirir experiencia y conocimientos sobre la jurisprudencia del Comité.
43.El Comité agradece a la Asamblea General la aprobación de la resolución 68/268 sobre el fortalecimiento y mejora del funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, incluidas las dos semanas y media adicionales de reuniones que se han asignado al Comité para los años 2015 y 2016. Sin embargo, lamenta que no se le hayan proporcionado recursos humanos suficientes para asegurar la plena aplicación de la resolución. Lamenta también los límites impuestos al número de palabras en virtud de la resolución y que no se hayan traducido algunos documentos, lo cual sigue afectando negativamente a la labor del Comité.
K.Difusión de la labor del Comité
44.En su 94º período de sesiones, el Comité aprobó un documento sobre un enfoque estratégico de las relaciones públicas, incluidas las relaciones con los medios de comunicación (CCPR/C/94/3).
45.En el 117º período de sesiones, el Centro para los Derechos Civiles y Políticos estuvo solo parcialmente en condiciones de difundir por la Web el período de sesiones en colaboración con el ACNUDH, que comenzó a ofrecer una transmisión web completa de los períodos de sesiones del Comité, incluido el examen de todos los informes de los Estados partes y otras reuniones públicas, en el 118º período de sesiones. La transmisión web puede verse en https://webtv.un.org.
46.El Comité siguió elaborando una estrategia con respecto a los medios de comunicación, en particular mediante la celebración de ruedas de prensa al término de cada período de sesiones.
47.El Comité siguió destacando la importancia de celebrar un período de sesiones periódico en Nueva York y, con ese fin, adoptó la decisión que figura a continuación, después de que la Secretaría le proporcionara una estimación de las consecuencias presupuestarias, de conformidad con el artículo 27 de su reglamento:
En su 119º período de sesiones, el Comité de Derechos Humanos:
a)Recordó la necesidad de facilitar la colaboración de los Estados partes con el Comité, en particular la de los que no tenían representación en Ginebra;
b)Señaló que, de conformidad con el artículo 37, párrafo 3, del Pacto, se reunía normalmente en la Sede, en Nueva York, o en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra;
c)Consideraba que la práctica de celebrar periódicamente períodos de sesiones en ambos lugares aumentaba la visibilidad de la labor del Comité en diferentes regiones geográficas, hacía que el Comité fuera más accesible a todos los Estados y los órganos de las Naciones Unidas, así como a numerosos miembros de la sociedad civil, y reforzaba el efecto general del Comité y su labor;
d)Acogió con beneplácito el aumento previsto del tiempo de reuniones asignado al Comité en 2018 de conformidad con la resolución 68/268 de la Asamblea General;
e)Recordó que el Comité había desarrollado en los últimos años nuevos procedimientos que le permitían aumentar su producción y funcionar con mayor eficacia, de conformidad con los objetivos establecidos en la resolución 68/268 de la Asamblea General;
f)Observó que, debido a la falta de sincronización entre las fechas de los próximos períodos de sesiones y las fechas previstas para la contratación y la capacitación de nuevo personal de apoyo, era posible que el Comité no recibiera en su 122º período de sesiones, que se celebraría en marzo de 2018, el pleno apoyo que necesitaba para seguir aumentando su producción;
g)Consideraba, no obstante, que la situación mencionada creaba una oportunidad única para celebrar un período de sesiones en Nueva York, que se financiaría con cargo al presupuesto existente y mejoraría los objetivos de accesibilidad y visibilidad establecidos en la resolución 68/268 de la Asamblea General;
h)Decidió celebrar su 122º período de sesiones en Nueva York;
i)Solicitó a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcionara el apoyo y los recursos necesarios para ello;
j)Recomendó que la Oficina solicitara la aprobación por los órganos competentes de las Naciones Unidas de la necesaria reasignación de partidas presupuestarias a fin de facilitar la prestación del apoyo requerido para la labor del Comité, incluida la financiación de los viajes del personal de Ginebra a Nueva York, sin aumentar el presupuesto previsto para 2018, o encontrara otra fuente de financiación de los gastos relacionados con el 122º período de sesiones.
L.Presentación del informe anual del Comité a la Asamblea General
48.En el 118º período de sesiones, el Presidente asistió en Nueva York, el 18 de octubre de 2016, al diálogo interactivo con la Asamblea General, durante el que presentó el informe anual del Comité.
M.Aprobación del informe
49.En su 3360ª sesión, celebrada el 21 de marzo de 2017, el Comité examinó su proyecto de 50º informe anual sobre las actividades realizadas en sus períodos de sesiones 117º, 118º y 119º, celebrados en 2016 y 2017. El informe, en su forma enmendada durante el debate, fue aprobado por unanimidad. En virtud de su decisión 1985/105, de 8 de febrero de 1985, el Consejo Económico y Social autorizó al Secretario General a transmitir directamente a la Asamblea General el informe anual del Comité.
II.Métodos de trabajo del Comité en virtud del artículo 40 del Pacto y cooperación con otros órganos de las Naciones Unidas
50.La presente sección contiene un resumen y una explicación de las modificaciones que el Comité ha introducido este último año en sus métodos de trabajo con arreglo al artículo 40 del Pacto, así como las decisiones que ha adoptado recientemente en relación con el seguimiento de sus observaciones finales sobre los informes de los Estados partes.
A.Novedades y decisiones recientes en materia de procedimiento
51.En el 117º período de sesiones, el Comité aprobó lo siguiente:
a)Las Directrices contra la Intimidación o las Represalias (Directrices de San José) (HRI/MC/2015/6), sin modificaciones, tras haber sido hechas suyas por los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (véase A/70/302, párr. 41);
b)Los elementos para la elaboración de las observaciones generales y las consultas al respecto, respaldados por los Presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (véase A/70/302, párrs. 90 y 91), que no constituyen una desviación de la práctica del Comité.
52.En el 118º período de sesiones, el Comité examinó cuatro informes de los Estados partes en dos salas, dos informes por vez (el cuarto informe periódico de Eslovaquia, el séptimo informe periódico de Polonia, el tercer informe periódico de la República de Moldova y el cuarto informe periódico de Jamaica). Tras el examen de esos informes, el Comité debatió la experiencia recogida en las salas. Decidió suspender el uso de dos salas hasta que se le presentaran retrasos en los informes o hasta que necesitara trabajar durante más de 12 semanas en sesión plenaria durante un solo año.
53.En el 118º período de sesiones, el Comité aprobó lo siguiente:
a)Directrices sobre las medidas de reparación otorgadas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto (CCPR/C/158);
b)Un nuevo sistema de calificación para el seguimiento de las observaciones finales y de los dictámenes;
c)Un documento sobre la posibilidad, en casos excepcionales, de recurrir a audiencias orales cuando se examinen comunicaciones de índole particularmente compleja;
d)Un documento sobre la publicación de información sobre casos pendientes.
1.Informes concretos basados en listas de cuestiones previas a la presentación de informes
54.En octubre de 2009, el Comité decidió poner un nuevo procedimiento de presentación de informes a disposición de un número limitado de Estados partes. En su 111er período de sesiones (julio de 2014), determinó que el procedimiento que consistía en la elaboración de una lista de cuestiones previa a la presentación de informes sería en principio ofrecido a todos los Estados partes y se aplicaría únicamente a los informes periódicos (véase A/70/40, párr. 56 a)). Puede consultarse más información sobre este procedimiento en www.ohchr.org/EN/HRBodies/CCPR/Pages/SimplifiedReportingProcedure.aspx.
55.En los períodos de sesiones 117º, 118º y 119º, el Comité examinó el quinto informe periódico de la Argentina, el tercer informe periódico de Bosnia y Herzegovina, el sexto informe periódico de Dinamarca y del Ecuador, el séptimo informe periódico de Polonia y el tercer informe periódico de la República de Moldova, todos ellos presentados de conformidad con el procedimiento simplificado de presentación de informes. En el curso de esos tres períodos de sesiones, el Comité aprobó también listas de cuestiones previas a la presentación de informes en relación con el sexto informe periódico de Bélgica, el cuarto informe periódico de Lituania, el quinto informe periódico de los Países Bajos, el séptimo informe periódico de Noruega, el cuarto informe periódico del Paraguay y el quinto informe periódico del Togo.
2.Cincuentenario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
56.El 16 de diciembre de 2015, el ACNUDH inició su campaña de sensibilización del público sobre el cincuentenario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales con una exposición de fotografía en el Palacio de las Naciones, en Ginebra. En esa ocasión, formularon observaciones el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Presidente del Comité de Derechos Humanos y el Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El 1 de marzo de 2016, el Consejo de Derechos Humanos conmemoró el cincuentenario con una mesa redonda de alto nivel patrocinada por la Federación de Rusia sobre el tema “Universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de los derechos humanos”. Los Presidentes de los dos Comités participaron en la mesa redonda, que fue seguida por un acto paralelo organizado por la Global Initiative for Economic, Social and Cultural Rights, el Centro para los Derechos Civiles y Políticos y el ACNUDH. Víctor Manuel Rodríguez Rescia representó al Comité en el acto paralelo. En el 117º período de sesiones, el Comité celebró su primera reunión conjunta con el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para conmemorar el cincuentenario de los dos Pactos. En su septuagésimo primer período de sesiones, la Asamblea General dedicó una sesión plenaria a la conmemoración del aniversario. El enfoque de derechos humanos de la ceremonia anual de firma, adhesión y ratificación de tratados que se celebró en septiembre de 2016 durante la serie de sesiones de alto nivel de la Asamblea se dedicó a promover la ratificación de los dos Pactos y sus Protocolos Facultativos. El 16 de diciembre de 2016, los dos Comités dieron a conocer una declaración conjunta sobre el aniversario de los Pactos (CCPR/C/2016/1-E/C.12/2016/3).
B.Vínculos con otros órganos
57.En el 118º período de sesiones, algunos miembros del grupo de trabajo anterior al período de sesiones se reunieron con miembros del Comité contra la Desaparición Forzada para examinar la cuestión del derecho a la vida, dado que este está relacionado con las desapariciones forzadas, en el contexto del proyecto de observación general sobre ese tema. En el 117º período de sesiones, el Comité se reunió con jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En noviembre de 2016, algunos miembros del Comité se reunieron de manera oficiosa en Costa Rica con jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el 119º período de sesiones, Yuji Iwasawa y Yuval Shany participaron en un taller organizado por el ACNUDH sobre los órganos de tratados y las instituciones nacionales de derechos humanos.
III.Presentación de informes por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto
58.De conformidad con las directrices aprobadas por el Comité en su 66º período de sesiones y modificadas en su 70º período de sesiones (CCPR/C/66/GUI/Rev.2), la periodicidad de cinco años para la presentación de los informes, establecida por el Comité en su 13er período de sesiones, en julio de 1981 (CCPR/C/19/Rev.1), se sustituyó por un sistema flexible en virtud del cual la fecha en que el Estado parte debe presentar su siguiente informe periódico se fija caso por caso al final de las observaciones finales que formula el Comité sobre cada informe, de conformidad con el artículo 40 del Pacto y teniendo en cuenta las directrices sobre la presentación de informes y los métodos de trabajo del Comité. El Comité confirmó este procedimiento en sus directrices actuales, aprobadas en el 99º período de sesiones (CCPR/C/2009/1).
A.Informes presentados al Secretario General entre el 1 de abril de 2016 y el 31 de marzo de 2017
59.Durante el período examinado, se presentaron al Secretario General 14 informes de los siguientes Estados partes: Australia (sexto informe periódico), Bulgaria (cuarto informe periódico), Camerún (quinto informe periódico), El Salvador (séptimo informe periódico), Guatemala (cuarto informe periódico), Hungría (sexto informe periódico), Jordania (quinto informe periódico), Líbano (tercer informe periódico), Liberia (informe inicial), Mauricio (quinto informe periódico), República Democrática del Congo (cuarto informe periódico), República Dominicana (sexto informe periódico), Rumania (quinto informe periódico) y Suiza (cuarto informe periódico).
B.Informes atrasados e incumplimiento por los Estados partes de sus obligaciones en virtud del artículo 40
60.El Comité desea reiterar que los Estados partes en el Pacto han de presentar a tiempo los informes previstos en su artículo 40 para que el Comité pueda desempeñar debidamente las funciones que se le asignan en ese artículo. Lamentablemente, desde que se estableció el Comité se han producido serios retrasos.
61.El Comité observa con preocupación que el hecho de que los Estados partes no presenten informes le impide desempeñar las funciones de vigilancia que se le encomiendan en el artículo 40 del Pacto. El Comité reitera que los Estados cuyos informes están atrasados han incurrido en incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del artículo 40 del Pacto (véase el anexo II, donde figura la lista de Estados partes con informes atrasados).
62.El Comité señala especialmente que aún no se han presentado 21 informes iniciales, de los cuales 7 acumulan entre cinco y diez años de retraso y 11 más de diez años. Con ello se frustra la consecución de un objetivo crucial del Pacto, que es permitir que el Comité vigile, sobre la base de informes periódicos, el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados partes en virtud del Pacto. El Comité envía a intervalos regulares recordatorios a todos los Estados cuyos informes han acumulado un retraso considerable.
63.Debido a la preocupación del Comité por el número de informes atrasados y el incumplimiento por los Estados partes de sus obligaciones en virtud del artículo 40 del Pacto, en el 71er período de sesiones, celebrado en marzo de 2001, se adoptaron oficialmente enmiendas al reglamento. El Comité ha aplicado el reglamento revisado desde el final del 71er período de sesiones (en abril de 2001).
64.En virtud de esas enmiendas, se instituyó un procedimiento que debe aplicarse en caso de que un Estado parte no haya cumplido desde hace largo tiempo su obligación de presentar informes o haya pedido con poca antelación que se aplace la comparecencia prevista ante el Comité. En ambos casos, el Comité podrá notificar en adelante al Estado de que se trate que tiene la intención de examinar, basándose en la información de que dispone, las medidas que haya adoptado ese Estado para dar cumplimiento a las disposiciones del Pacto, incluso en ausencia de informe.
65.En el 103er período de sesiones el Comité modificó su reglamento (arts. 68 y 70) en relación con el examen de la situación de un país en ausencia de informe (procedimiento de examen). A partir de 2012, el examen de la situación en los países se hace en sesiones públicas, en vez de privadas, y las observaciones finales resultantes también se distribuyen como documentos públicos.
66.En su 75º período de sesiones, el Comité aplicó por primera vez el procedimiento previsto en el artículo 70 de su reglamento a un Estado que no había presentado informe. Hasta la fecha, el procedimiento de examen de los Estados partes en ausencia de informe se ha aplicado a 21 Estados partes: Bangladesh, Barbados, Belice, Cabo Verde, Côte d’Ivoire, Dominica, Gambia, Granada, Guinea Ecuatorial, Haití, Kenya, Malawi, Mozambique, Nicaragua, República Centroafricana, Rwanda, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Seychelles, Sudáfrica y Suriname. El informe anual presentado en el 69º período de sesiones contiene información sobre todos los Estados partes examinados con arreglo a este procedimiento hasta el 110º período de sesiones.
67.Antes del 112º período de sesiones, el Comité indicó a Sudáfrica que, en ausencia de informe de ese Estado parte en dicho período de sesiones, aprobaría una lista de cuestiones. El 26 de noviembre de 2014, Sudáfrica presentó su informe y se aplazó la aprobación de una lista de cuestiones. También se envió una nota verbal a Bangladesh en la que se indicaba que el Comité aprobaría una lista de cuestiones en ausencia de informe en el 112º período de sesiones. Después de que Bangladesh se comprometiera a presentar su informe al Comité en marzo de 2015, el Comité aplazó el examen de la situación de los derechos civiles y políticos en Bangladesh hasta la recepción del informe. El 19 de junio de 2015, Bangladesh presentó su informe, que fue examinado por el Comité en su 119º período de sesiones.
68.En el 119º período de sesiones, en ausencia de informe de Swazilandia, el Comité aprobó una lista de cuestiones para ese Estado.
C.Periodicidad con respecto a los informes de los Estados partes examinados durante el período abarcado por el presente informe
69.En el 104º período de sesiones, el Comité decidió permitir a los Estados partes presentar sus informes a intervalos de seis años como máximo. Por consiguiente, actualmente el Comité puede pedir a los Estados partes que presenten sus siguientes informes periódicos al cabo de tres, cuatro, cinco o seis años. En su 114º período de sesiones, el Comité decidió que, a la hora de determinar los plazos para la presentación de futuros informes, concedería un año adicional a los Estados que presentaran sus informes con arreglo al procedimiento simplificado de presentación de informes con respecto a los países que utilizaran el procedimiento habitual, en aras de la igualdad de condiciones entre ambos grupos de países. El Comité puede ahora pedir a los Estados partes que opten por el procedimiento simplificado que presenten sus informes a intervalos máximos de siete años (es decir, el máximo de seis años contemplado por el procedimiento habitual y un año adicional).
70.El cuadro que figura a continuación muestra la fecha del examen de los informes de los Estados partes examinados durante el período considerado y la fecha en que han de presentar los siguientes informes.
Estado parte |
Fecha del examen |
Fecha en que debe presentarse el próximo informe |
Argentina |
Julio de 2016 |
Julio de 2022 |
Burkina Faso |
Julio de 2016 |
Julio de 2020 |
Dinamarca |
Julio de 2016 |
Julio de 2022 |
Ecuador |
Julio de 2016 |
Julio de 2021 |
Ghana |
Julio de 2016 |
Julio de 2020 |
Kazajstán |
Julio de 2016 |
Julio de 2020 |
Kuwait |
Julio de 2016 |
Julio de 2020 |
Azerbaiyán |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2020 |
Colombia |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2020 |
Jamaica |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2021 |
Marruecos |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2020 |
Polonia |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2021 |
República de Moldova |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2022 |
Eslovaquia |
Octubre de 2016 |
Octubre de 2021 |
Bangladesh |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2021 |
Bosnia y Herzegovina |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2022 |
Italia |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2022 |
Serbia |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2021 |
Tailandia |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2021 |
Turkmenistán |
Marzo de 2017 |
Marzo de 2020 |
Anexo I
Miembros y Mesa del Comité de Derechos Humanos, 2016‑2017
Nombre |
País de nacionalidad a |
El mandato finaliza el 31 de diciembre de |
Períodos de sesiones 117º y 118º |
||
Yadh Ben Achour |
Túnez |
2018 b |
Lazhari Bouzid |
Argelia |
2016 |
Sarah Cleveland |
Estados Unidos de América |
2018 b |
Ahmed Amin Fathalla |
Egipto |
2016 c |
Olivier de Frouville |
Francia |
2018 b |
Ivana Jelić |
Montenegro |
2018 b |
Yuji Iwasawa |
Japón |
2018 b |
Duncan Laki Muhumuza |
Uganda |
2018 b |
Photini Pazartzis |
Grecia |
2018 b |
Mauro Politi |
Italia |
2018 b |
Nigel Rodley |
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte |
2016 |
Víctor Manuel Rodríguez Rescia |
Costa Rica |
2016 |
Dheerujlall Seetulsingh |
Mauricio |
2016 |
Fabián Omar Salvioli |
Argentina |
2016 |
Anja Seibert-Fohr |
Alemania |
2016 c |
Yuval Shany |
Israel |
2016 c |
Konstantine Vardzelashvili |
Georgia |
2016 |
Margo Waterval |
Suriname |
2018 b |
119º período de sesiones |
||
Tania María Abdo Rocholl |
Paraguay |
2020 c |
Yadh Ben Achour |
Túnez |
2018 b |
Ilze Brands Kehris |
Letonia |
2020 c |
Sarah Cleveland |
Estados Unidos de América |
2018 b |
Ahmed Amin Fathalla |
Egipto |
2020 c |
Olivier de Frouville |
Francia |
2018 b |
Christof Heyns |
Sudáfrica |
2020 c |
Yuji Iwasawa |
Japón |
2018 b |
Ivana Jelić |
Montenegro |
2018 b |
Bamariam Koita |
Mauritania |
2020 c |
Marcia Kran |
Canadá |
2020 c |
Duncan Laki Muhumuza |
Uganda |
2018 b |
Photini Pazartzis |
Grecia |
2018 b |
Mauro Politi |
Italia |
2018 b |
José Manuel Santos Pais |
Portugal |
2020 c |
Anja Seibert-Fohr |
Alemania |
2020 c |
Yuval Shany |
Israel |
2020 c |
Margo Waterval |
Suriname |
2018 b |
Nota: La información sobre los miembros actuales y los antiguos miembros del Comité puede consultarse en www.ohchr.org/EN/HRBodies/CCPR/Pages/Membership.aspx.
a De conformidad con el artículo 28, párrafo 3, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los miembros del Comité serán elegidos y ejercerán sus funciones a título personal.
b Miembro elegido durante la 34ª reunión de los Estados partes, celebrada en Nueva York el 24 de junio de 2014.
c Miembro elegido durante la 35ª reunión de los Estados partes, celebrada en Nueva York el 23 de junio de 2016.
La siguiente Mesa del Comité fue elegida por un período de dos años en la sesión celebrada el 6 de marzo de 2017 (119º período de sesiones):
Presidente:Yuji Iwasawa
Vicepresidentes:Ahmed Amin Fathalla
Ivana Jelić
Yuval Shany
Relator:Margo Waterval
Anexo II
Situación de la presentación de informes en virtud del artículo 40 del Pacto (al 30 de marzo de 2017)
A.Estados partes cuyo informe inicial se ha retrasado (18 Estados partes)
Estado parte |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Situación examinada en ausencia de informe |
Observaciones |
|
1. |
Andorra |
22 de diciembre de 2007 |
9 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
2. |
Bahamas |
23 de marzo de 2010 |
7 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
3. |
Belice |
9 de septiembre de 1997 |
19 |
107º período de sesiones (marzo de 2013) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 28 de marzo de 2015. |
4. |
Cabo Verde |
5 de noviembre de 1994 |
22 |
104º período de sesiones (marzo de 2012) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 30 de marzo de 2013. |
5. |
Dominica |
16 de septiembre de 1994 |
22 |
Lista de cuestiones aprobada en el 102º período de sesiones (julio de 2011; examen aplazado) |
- |
6. |
Eritrea |
22 de abril de 2003 |
13 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
7. |
Estado de Palestina |
3 de julio de 2015 |
1 |
Adhesión el 2 de abril de 2014. |
|
8. |
Granada |
6 de septiembre de 1991 |
25 |
90º período de sesiones (julio de 2007) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 31 de diciembre de 2008. |
9. |
Guinea-Bissau |
1 de febrero de 2012 |
5 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
10. |
Guinea Ecuatorial |
24 de diciembre de 1988 |
28 |
79º período de sesiones (octubre de 2003) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 1 de agosto de 2004. |
11. |
Papua Nueva Guinea |
21 de octubre de 2009 |
7 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
12. |
Samoa |
15 de mayo de 2009 |
7 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
13. |
Seychelles |
4 de agosto de 1993 |
23 |
101er período de sesiones (marzo de 2011) |
Plazo fijado en las observaciones finales para la presentación del informe inicial: 1 de abril de 2012. |
14. |
Somalia |
23 de abril de 1991 |
25 |
||
15. |
Sudán del Sur |
9 de julio de 2012 |
4 |
Teniendo presente que el Sudán es parte en el Pacto desde 1986 y que Sudán del Sur se independizó del Sudán en julio de 2011, el Comité, a la luz de su comentario general núm. 26 (1997) sobre cuestiones relacionadas con la continuidad de las obligaciones en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 40, vol. I (A/53/40 (Vol. I)), anexo VII), considera que la población de Sudán del Sur permanece bajo la protección del Pacto y por ende que Sudán del Sur debería presentar un informe inicial en virtud del artículo 40, párrafo 1 a), del Pacto. El Comité decidió, en dos ocasiones, invitar a Sudán del Sur a presentar un informe inicial (véanse el párr. 61 supra y A/69/70, vol. I, párr. 75). |
|
16. |
Swazilandia |
27 de junio de 2005 |
11 |
Lista de cuestiones aprobada en el 119º período de sesiones (marzo de 2017); examen previsto para el 120º período de sesiones (julio de 2017) |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
17. |
Timor-Leste |
19 de diciembre de 2004 |
12 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
|
18. |
Vanuatu |
21 de febrero de 2010 |
7 |
Plazo fijado en el último recordatorio (artículo 70 del reglamento) para la presentación del informe: 31 de agosto de 2016. |
B.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de diez años o más (18 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Afganistán |
Tercero |
15 de mayo de 1996 |
20 |
12 de mayo de 2011 |
31 de octubre de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 105º período de sesiones (julio de 2012). |
2. |
Egipto |
Cuarto |
1 de noviembre de 2004 |
12 |
|||
3. |
Gabón |
Tercero |
31 de octubre de 2003 |
13 |
|||
4. |
Gambia |
Segundo |
21 de junio de 1985 |
31 |
Observaciones finales aprobadas en ausencia del segundo informe periódico en el 75º período de sesiones (julio de 2002). |
||
5. |
Guinea |
Tercero |
30 de septiembre de 1994 |
||||
6. |
Guyana |
Tercero |
31 de marzo de 2003 |
14 |
|||
7. |
India |
Cuarto |
31 de diciembre de 2001 |
15 |
|||
8. |
Lesotho |
Segundo |
30 de abril de 2002 |
14 |
|||
9. |
Malí |
Tercero |
1 de abril de 2005 |
11 |
|||
10. |
Níger |
Segundo |
31 de marzo de 1994 |
23 |
|||
11. |
Nigeria |
Segundo |
28 de octubre de 1999 |
17 |
|||
12. |
República del Congo |
Tercero |
31 de marzo de 2003 |
14 |
|||
13. |
República Popular Democrática de Corea |
Tercero |
1 de enero de 2004 |
13 |
|||
14. |
San Vicente y las Granadinas |
Segundo |
31 de octubre de 1991 |
25 |
Observaciones finales aprobadas en ausencia del segundo informe periódico en el 86º período de sesiones (marzo de 2006). |
||
15. |
Senegal |
Quinto |
4 de abril de 2000 |
16 |
|||
16. |
Trinidad y Tabago |
Quinto |
31 de octubre de 2003 |
13 |
|||
17. |
Viet Nam |
Tercero |
1 de agosto de 2004 |
12 |
|||
18. |
Zimbabwe |
Segundo |
1 de junio de 2002 |
14 |
C.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de cinco a diez años (11 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Barbados |
Cuarto |
29 de marzo de 2011 |
6 |
|||
2. |
Botswana |
Segundo |
31 de marzo de 2012 |
5 |
|||
3. |
Brasil |
Tercero |
31 de octubre de 2009 |
7 |
|||
4. |
Libia |
Quinto |
30 de octubre de 2010 |
8 |
|||
5. |
Luxemburgo |
Cuarto |
1 de abril de 2008 |
9 |
|||
6. |
Panamá |
Cuarto |
31 de marzo de 2012 |
5 |
|||
7. |
República Árabe Siria |
Cuarto |
1 de agosto de 2009 |
7 |
|||
8. |
República Centroafricana |
Tercero |
1 de agosto de 2010 |
6 |
|||
9. |
Túnez |
Sexto |
31 de marzo de 2012 |
5 |
|||
10. |
Uganda |
Segundo |
1 de abril de 2008 |
8 |
|||
11. |
Zambia |
Cuarto |
20 de julio de 2011 |
5 |
D.Estados partes cuyo informe periódico lleva un retraso de menos de cinco años (16 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha en que debía haberse presentado |
Años de retraso |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Angola |
Segundo |
30 de marzo de 2017 |
||||
2. |
Armenia |
Tercero |
30 de julio de 2016 |
||||
3. |
Bélgica |
Sexto |
29 de octubre de 2015 |
1 |
28 de noviembre de 2014 |
1 de agosto de 2017 |
La lista de cuestiones previa a la presentación de informes será aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
4. |
Etiopía |
Segundo |
29 de julio de 2014 |
2 |
|||
5. |
Filipinas |
Quinto |
2 de noviembre de 2016 |
||||
6. |
Irán (República Islámica del) |
Cuarto |
2 de noviembre de 2014 |
2 |
|||
7. |
Kenya |
Cuarto |
30 de julio de 2015 |
1 |
|||
8. |
Maldivas |
Segundo |
30 de julio de 2015 |
1 |
|||
9. |
México |
Sexto |
30 de marzo de 2014 |
3 |
18 de diciembre de 2013 |
31 de agosto de 2015 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 111er período de sesiones (julio de 2014). |
10. |
Nicaragua |
Cuarto |
29 de octubre de 2012 |
4 |
|||
11. |
Países Bajos (Antillas y Aruba incluidas) |
Quinto |
31 de julio de 2014 |
2 |
12 de mayo de 2016 |
1 de abril de 2018 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 119º período de sesiones (marzo de 2017). |
12. |
República Unida de Tanzanía |
Quinto |
1 de agosto de 2013 |
3 |
|||
13. |
Sierra Leona |
Segundo |
28 de marzo de 2017 |
||||
14. |
Togo |
Quinto |
1 de abril de 2015 |
1 |
24 de febrero de 2016 |
30 de noviembre de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 118º período de sesiones (octubre de 2016). |
15. |
Turquía |
Segundo |
2 de noviembre de 2016 |
||||
16. |
Yemen |
Sexto |
30 de marzo de 2015 |
2 |
E.Estados partes cuyo informe no debe presentarse aún (86 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha de presentación |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Nuevo plazo |
Observaciones |
|
1. |
Albania |
Tercero |
26 de julio de 2018 |
|||
2. |
Alemania |
Séptimo |
2 de noviembre de 2018 |
28 de marzo de 2013 |
||
3. |
Argentina |
Sexto |
15 de julio de 2022 |
20 de septiembre de 2013 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
4. |
Austria |
Sexto |
6 de noviembre de 2021 |
|||
5. |
Azerbaiyán |
Quinto |
4 de noviembre de 2020 |
|||
6. |
Bangladesh |
Segundo |
29 de marzo de 2021 |
|||
7. |
Benin |
Tercero |
6 de noviembre de 2019 |
|||
8. |
Bolivia (Estado Plurinacional de) |
Cuarto |
1 de noviembre de 2018 |
|||
9. |
Bosnia y Herzegovina |
Cuarto |
29 de marzo de 2022 |
1 de febrero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
10. |
Burkina Faso |
Segundo |
15 de julio de 2020 |
|||
11. |
Burundi |
Tercero |
31 de octubre de 2018 |
|||
12. |
Camboya |
Tercero |
2 de abril de 2019 |
|||
13. |
Canadá |
Séptimo |
24 de julio de 2020 |
|||
14. |
Chad |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
30 de enero de 2012 |
||
15. |
Chile |
Séptimo |
31 de julio de 2019 |
|||
16. |
Chipre |
Quinto |
2 de abril de 2020 |
16 de febrero de 2015 |
||
17. |
Colombia |
Octavo |
4 de noviembre de 2020 |
|||
18. |
Costa Rica |
Séptimo |
31 de marzo de 2021 |
|||
19. |
Côte d’Ivoire |
Segundo |
2 de abril de 2019 |
|||
20. |
Croacia |
Cuarto |
2 de abril de 2020 |
8 de enero de 2014 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
21. |
Dinamarca |
Séptimo |
15 de julio de 2022 |
2 de marzo de 2013 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
22. |
Djibouti |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
|||
23. |
Ecuador |
Séptimo |
15 de julio de 2021 |
1 de marzo de 2013 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
24. |
Eslovaquia |
Quinto |
4 de noviembre de 2021 |
|||
25. |
Eslovenia |
Cuarto |
31 de marzo de 2021 |
|||
26. |
España |
Séptimo |
24 de julio de 2020 |
2 de octubre de 2015 |
||
27. |
Estados Unidos de América |
Quinto |
28 de marzo de 2019 |
|||
28. |
Estonia |
Cuarto |
30 de julio de 2015 |
6 de enero de 2015 |
30 de abril de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 116º período de sesiones (marzo de 2016). |
29. |
Ex República Yugoslava de Macedonia |
Cuarto |
24 de julio de 2020 |
|||
30. |
Federación de Rusia |
Octavo |
2 de abril de 2019 |
|||
31. |
Finlandia |
Séptimo |
26 de julio de 2019 |
8 de enero de 2016 |
||
32. |
Francia |
Sexto |
24 de julio de 2020 |
|||
33. |
Georgia |
Quinto |
31 de julio de 2019 |
|||
34. |
Ghana |
Segundo |
15 de julio de 2020 |
|||
35. |
Grecia |
Tercero |
6 de noviembre de 2020 |
|||
36. |
Haití |
Segundo |
31 de octubre de 2018 |
|||
37. |
Hong Kong (China) a |
Cuarto |
30 de marzo de 2018 |
|||
38. |
Indonesia |
Segundo |
26 de julio de 2017 |
|||
39. |
Iraq |
Sexto |
6 de noviembre de 2018 |
|||
40. |
Irlanda |
Quinto |
31 de julio de 2019 |
|||
41. |
Islandia |
Sexto |
30 de julio de 2018 |
|||
42. |
Israel |
Quinto |
31 de octubre de 2018 |
9 de mayo de 2011 |
Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
43. |
Italia |
Séptimo |
29 de marzo de 2022 |
|||
44. |
Jamaica |
Quinto |
4 de noviembre de 2021 |
|||
45. |
Japón |
Séptimo |
31 de julio de 2018 |
30 de marzo de 2016 |
||
46. |
Kazajstán |
Tercero |
15 de julio de 2020 |
|||
47. |
Kirguistán |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
|||
48. |
Kuwait |
Cuarto |
15 de julio de 2020 |
|||
49. |
Letonia |
Cuarto |
28 de marzo de 2020 |
|||
50. |
Lituania |
Cuarto |
30 de julio de 2017 |
20 de marzo de 2013 |
1 de agosto de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
51. |
Macao (China) b |
Segundo |
30 de marzo de 2018 |
|||
52. |
Malawi |
Segundo |
31 de julio de 2018 |
|||
53. |
Malta |
Tercero |
31 de octubre de 2020 |
|||
54. |
Marruecos |
Séptimo |
4 de noviembre de 2020 |
|||
55. |
Mauritania |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
|||
56. |
Mónaco |
Cuarto |
2 de abril de 2021 |
5 de enero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
57. |
Montenegro |
Segundo |
31 de octubre de 2020 |
27 de junio de 2016 |
||
58. |
Mozambique |
Segundo |
1 de noviembre de 2017 |
|||
59. |
Namibia |
Tercero |
31 de marzo de 2020 |
|||
60. |
Nepal |
Tercero |
28 de marzo de 2018 |
|||
61. |
Noruega |
Séptimo |
2 de noviembre de 2016 |
5 de abril de 2013 |
1 de agosto de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 117º período de sesiones (junio de 2016). |
62. |
Nueva Zelandia |
Séptimo |
31 de marzo de 2023 |
28 de enero de 2011 |
Observaciones finales sobre el sexto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
63. |
Paraguay |
Cuarto |
30 de marzo de 2017 |
23 de octubre de 2015 |
30 de noviembre de 2017 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 118º período de sesiones (octubre de 2016). |
64. |
Perú |
Sexto |
30 de marzo de 2018 |
18 de febrero de 2018 |
||
65. |
Polonia |
Octavo |
4 de noviembre de 2021 |
6 de marzo de 2012 |
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
66. |
Portugal |
Quinto |
31 de octubre de 2018 |
|||
67. |
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte |
Octavo |
24 de julio de 2020 |
|||
68. |
República Checa |
Cuarto |
26 de julio de 2018 |
5 de julio de 2013 |
||
69. |
República de Corea |
Quinto |
6 de noviembre de 2019 |
|||
70. |
República de Moldova |
Cuarto |
4 de noviembre de 2022 |
18 de marzo de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
71. |
Rwanda |
Quinto |
31 de marzo de 2019 |
|||
72. |
San Marino |
Cuarto |
6 de noviembre de 2022 |
23 de febrero de 2011 |
Observaciones finales sobre el tercer informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
73. |
Santo Tomé y Príncipe |
Inicial |
10 de abril de 2018 |
|||
74. |
Serbia |
Cuarto |
29 de marzo de 2021 |
|||
75. |
Sri Lanka |
Sexto |
31 de octubre de 2017 |
|||
76. |
Sudáfrica |
Segundo |
31 de marzo de 2020 |
|||
77. |
Sudán |
Quinto |
31 de julio de 2017 |
|||
78. |
Suecia |
Octavo |
31 de marzo de 2023 |
20 de junio de 2013 |
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
79. |
Suriname |
Cuarto |
6 de noviembre de 2020 |
|||
80. |
Tailandia |
Tercero |
29 de marzo de 2021 |
|||
81. |
Tayikistán |
Tercero |
26 de julio de 2017 |
|||
82. |
Turkmenistán |
Cuarto |
||||
83. |
Ucrania |
Octavo |
26 de julio de 2018 |
|||
84. |
Uruguay |
Sexto |
1 de noviembre de 2018 |
26 de noviembre de 2010 |
Observaciones finales sobre el quinto informe periódico aprobadas en el marco del procedimiento simplificado de presentación de informes. |
|
85. |
Uzbekistán |
Quinto |
24 de julio de 2018 |
|||
86. |
Venezuela (República Bolivariana de) |
Quinto |
24 de julio de 2018 |
a Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Hong Kong (China), que anteriormente se encontraba bajo administración británica. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Hong Kong (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 40 (A/51/40), cap. V, secc. B. párrs. 78 a 85.
b Aunque China no es parte en el Pacto, el Gobierno de China ha cumplido las obligaciones previstas en el artículo 40 respecto de Macao (China), que anteriormente se encontraba bajo administración portuguesa. Puede consultarse información sobre la aplicación del Pacto en Macao (China) en Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 40 (A/55/40), cap. IV.
F.Estados partes cuyo informe aún no ha sido examinado por el Comité (22 Estados partes)
Estado parte |
Tipo de informe |
Fecha en que debía haberse presentado |
Fecha en que se presentó |
Aceptación del procedimiento simplificado de presentación de informes |
Observaciones |
|
1. |
Argelia |
Cuarto |
1 de noviembre de 2011 |
20 de enero de 2017 |
||
2. |
Australia |
Sexto |
1 de abril de 2013 |
2 de mayo de 2016 |
10 de marzo de 2011 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 106º período de sesiones (octubre de 2012). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 20 de diciembre de 2013. |
3. |
Bahrein |
Inicial |
20 de diciembre de 2007 |
2 de marzo de 2017 |
||
4. |
Belarús |
Quinto |
7 de noviembre de 2001 |
30 de marzo de 2017 |
18 de febrero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 114º período de sesiones (julio de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de agosto de 2016. |
5. |
Bulgaria |
Cuarto |
29 de julio de 2015 |
3 de noviembre de 2016 |
20 de febrero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 114º período de sesiones (julio de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de agosto de 2016. |
6. |
Camerún |
Quinto |
30 de julio de 2013 |
11 de octubre de 2016 |
2 de febrero de 2011 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 103er período de sesiones (octubre de 2011). |
7. |
El Salvador |
Séptimo |
1 de julio de 2014 |
22 de noviembre de 2016 |
11 de febrero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 114º período de sesiones (julio de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de agosto de 2016. |
8. |
Guatemala |
Cuarto |
30 de marzo de 2016 |
2 de diciembre de 2016 |
15 de julio de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 115º período de sesiones (octubre de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de noviembre de 2016. |
9. |
Honduras |
Segundo |
31 de octubre de 2010 |
21 de octubre de 2015 |
||
10. |
Hungría |
Sexto |
29 de octubre de 2014 |
16 de enero de 2017 |
15 de octubre de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 115º período de sesiones (octubre de 2015). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de noviembre de 2016. |
11. |
Jordania |
Quinto |
29 de octubre de 2014 |
5 de julio de 2016 |
||
12. |
Líbano |
Tercero |
31 de diciembre de 1999 |
8 de noviembre de 2016 |
||
13. |
Liberia |
Inicial |
22 de diciembre de 2005 |
2 de noviembre de 2016 |
||
14. |
Liechtenstein |
Segundo |
1 de septiembre de 2009 |
24 de marzo de 2016 |
||
15. |
Madagascar |
Cuarto |
23 de marzo de 2011 |
9 de noviembre de 2015 |
||
16. |
Mauricio |
Quinto |
1 de abril de 2010 |
23 de mayo de 2016 |
||
17. |
Mongolia |
Sexto |
1 de abril de 2015 |
30 de marzo de 2016 |
||
18. |
Pakistán |
Inicial |
23 de septiembre de 2011 |
19 de octubre de 2015 |
||
19. |
República Democrática Popular Lao |
Inicial |
25 de diciembre de 2010 |
24 de marzo de 2017 |
||
20. |
República Dominicana |
Sexto |
30 de marzo de 2016 |
20 de junio de 2016 |
||
21. |
Rumania |
Quinto |
28 de abril |
28 de septiembre de 2016 |
15 de julio de 2013 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 110º período de sesiones (marzo de 2014). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 30 de abril de 2015. |
22. |
Suiza |
Cuarto |
1 de noviembre de 2015 |
7 de julio de 2016 |
23 de enero de 2014 |
Lista de cuestiones previa a la presentación de informes aprobada en el 112º período de sesiones (octubre de 2014). Se fijó por tanto una nueva fecha para la presentación del informe: 13 de noviembre de 2015. |