Naciones Unidas

A/HRC/50/L.19

Asamblea General

Distr. limitada

30 de junio de 2022

Español

Original: inglés

Consejo de Derechos Humanos

50º período de sesiones

13 de junio a 8 de julio de 2022

Tema 2 de la agenda

Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General

Albania*, Alemania, Australia*, Austria*, Bélgica*, Bulgaria*, Chequia, Chipre*, Costa Rica*, Croacia*, Dinamarca*, Eslovaquia*, Eslovenia*, España*, Estados Unidos de América, Estonia*, Finlandia, Francia, Grecia*, Hungría*, Irlanda*, Islandia*, Israel*, Italia*, Letonia*, Liechtenstein*, Lituania, Luxemburgo, Malta*, Mónaco*, Montenegro, Noruega*, Países Bajos, Polonia, Portugal*, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumania*, Suecia*, Suiza* y Ucrania: proyecto de resolución

50/...Situación de los derechos humanos en Eritrea

El Consejo de Derechos Humanos,

Guiado por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos,

Recordando la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, las resoluciones 5/1 y 5/2 del Consejo de Derechos Humanos, de 18 de junio de 2007, la resolución 91 y las decisiones 250/2002, 275/2003 y 428/12 de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y todas las resoluciones anteriores del Consejo sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea,

Observando los acontecimientos regionales acaecidos y sus consecuencias, incluidas las repercusiones para los derechos humanos en Eritrea,

Expresando profunda preocupación porque continúan las violaciones y abusos de los derechos humanos, como señala en su informe el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea,

1.Acoge con beneplácito el informe del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea y las conclusiones que presenta en él;

2.Decide prorrogar el mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea por un nuevo período de un año;

3.Solicita al Relator Especial que presente un informe escrito al Consejo de Derechos Humanos en su 53er período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo séptimo período de sesiones;

4.Decide celebrar un diálogo interactivo ampliado sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea en su 52º período de sesiones, con la participación, entre otros, del Relator Especial, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la sociedad civil y otras partes interesadas;

5.Exhorta al Gobierno de Eritrea a cooperar plenamente con el Relator Especial, entre otras formas permitiéndole acceder al país y comprometiéndose a realizar progresos en relación con las recomendaciones incluidas en sus informes y con los parámetros e indicadores asociados propuestos en 2019, a saber:

a)Avances en la promoción del estado de derecho y el fortalecimiento de las instituciones judiciales y de orden público nacionales;

b)Compromiso claro de introducción de reformas en el servicio militar/nacional;

c)Mayores esfuerzos para respetar, proteger y hacer realidad los derechos a la libertad de religión o de creencias, de reunión pacífica, de asociación, de opinión y de expresión, incluidos los de los miembros de la prensa, y mayores esfuerzos para poner fin a la discriminación religiosa y étnica;

d)Compromiso claro de hacer frente a todas las formas de violencia sexual y por razón de género y de promover los derechos de la mujer y la niña y la igualdad entre los géneros;

e)Fortalecimiento de la cooperación con los órganos especializados de derechos humanos de las Naciones Unidas, los organismos internacionales y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos;

6.Alienta al Gobierno de Eritrea a aplicar las recomendaciones aceptadas por el Estado durante el tercer ciclo del examen periódico universal;

7.Solicita al Secretario General que proporcione al Relator Especial toda la información y los recursos necesarios para llevar a cabo su mandato;

8.Decide seguir ocupándose de la cuestión.