Comité de los Derechos del Niño
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicosquinto a séptimo combinados del Brasil *
1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, a más tardar el 15 de febrero de 2025. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
2.Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:
a)Las medidas adoptadas para revisar el artículo 2 del Estatuto del Niño y del Adolescente a fin de definir al niño como toda persona menor de 18 años;
b)Las medidas adoptadas para evaluar el plan de acción decenal de promoción de los derechos del niño correspondiente al período 2011-2020 y para aprobar un nuevo plan decenal;
c)Las medidas adoptadas para crear un mecanismo interministerial encargado de vigilar la aplicación de la Convención;
d)Las medidas adoptadas para crear un mecanismo encargado de supervisar la asignación de recursos a partidas presupuestarias específicas para los derechos del niño;
e)El sistema de reunión de datos y la disponibilidad de datos desglosados por ubicación geográfica, edad, origen étnico, discapacidad, situación socioeconómica y situación migratoria;
f)Las medidas adoptadas para crear un mecanismo nacional de vigilancia de los derechos humanos y los derechos del niño, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París);
g)Si la línea directa Disque 100 y los canales de denuncia que se ampliaron mediante una iniciativa del Defensor Nacional de los Derechos Humanos cuentan con los medios necesarios para recibir, examinar y tramitar eficazmente las denuncias;
h)Los efectos del Programa de Protección de los Defensores de los Derechos Humanos y del sistema de reunión de información sobre los defensores de los derechos humanos que han recibido amenazas;
i)Las medidas adoptadas con vistas a establecer un marco regulatorio para combatir los efectos adversos del sector empresarial en los derechos del niño.
3.Sírvase proporcionar información sobre las iniciativas y los programas destinados a prevenir y combatir la homofobia, la xenofobia, la transfobia y el racismo contra los niños en la escuela y en la sociedad.
4.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas para lograr el registro universal de los nacimientos, incluidas las medidas previstas específicamente para los niños que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y los niños de zonas remotas.
5.Sírvase facilitar al Comité información detallada sobre lo siguiente:
a)Las medidas adoptadas para fortalecer el sistema de protección de la infancia dotándolo de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes;
b)Los efectos de la aplicación de la Ley núm. 14.344/2022 y de la labor de los Centros de Referencia de Asistencia Social en lo que se refiere a la reducción de la violencia doméstica;
c)Las medidas adoptadas para aprobar una ley que ponga fin al matrimonio infantil;
d)Las medidas adoptadas con vistas a elaborar una estrategia integral para evitar que los niños se unan a bandas y para proporcionar servicios de rehabilitación y reintegración a los niños que han estado en bandas;
e)Las medidas adoptadas para garantizar la recuperación y la reintegración de los niños víctimas de violencia, y los efectos de esas medidas, incluida información sobre la contribución de los centros de atención integral creados para prestar asistencia a esos niños;
f)Las medidas adoptadas para poner fin a los actos de violencia, incluidos los homicidios y las desapariciones forzadas, cometidos contra niños por personal militar y otros agentes de seguridad durante operaciones policiales, y para investigar esos actos de violencia, enjuiciar a los autores y hacer públicos los resultados de las investigaciones.
6.Sírvanse proporcionar información actualizada y detallada sobre los avances logrados en la reducción del número de niños privados de un entorno familiar que son internados en instituciones.
7.Se ruega faciliten información actualizada sobre los progresos realizados para garantizar la educación inclusiva y desinstitucionalizar a los niños con discapacidad.
8.Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:
a)Las medidas adoptadas para aumentar la inversión en los programas destinados a mejorar la cobertura y la calidad de los servicios de salud, incluida la vacunación;
b)Las medidas adoptadas para dotar de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes a la Secretaría de Salud Indígena;
c)Las medidas adoptadas para asignar recursos suficientes al sistema de vigilancia nutricional;
d)Los efectos de la celebración de la Semana Nacional de Prevención del Embarazo en la Adolescencia y las medidas adoptadas para despenalizar el aborto en todas las circunstancias y garantizar el acceso a servicios de aborto seguro y de atención posterior al aborto;
e)Las medidas adoptadas para mejorar el acceso de los niños a información de calidad, adaptada a su edad y completa sobre salud sexual y reproductiva y sobre el VIH/sida;
f)Los efectos de la Política Nacional de Prevención de la Automutilación y el Suicidio;
g)Las medidas adoptadas para combatir el uso indebido de drogas entre los niños, y los resultados de esas medidas, y la disponibilidad de tratamientos para el uso indebido de sustancias;
h)La disponibilidad de servicios de salud mental para niños y adolescentes, especialmente de terapia centrada en el trauma para víctimas de abusos y explotación sexuales;
i)La disponibilidad de servicios de salud para niños con trastornos del espectro autista y niños vulnerables, como los niños transgénero.
9.Sírvanse proporcionar información adicional sobre lo siguiente:
a)Las medidas específicas que se hayan adoptado para poner fin a la pobreza infantil, en particular entre los niños que viven en zonas remotas y rurales o en zonas urbanas marginadas;
b)Las medidas adoptadas para garantizar el acceso a servicios de agua y saneamiento.
10.Se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas con los siguientes fines:
a)Proteger a los niños de los efectos negativos de la contaminación del aire, del agua y del suelo, y de la contaminación alimentaria, así como de las respuestas a los desastres naturales, por ejemplo en el caso de las inundaciones que se produjeron en 2024 en el estado de Rio Grande do Sul;
b)Garantizar la participación de los niños en la implementación de la contribución prevista determinada a nivel nacional y cualquier actualización al respecto.
11.Sírvanse proporcionar información adicional sobre las medidas adoptadas con los siguientes fines:
a)Garantizar la eliminación progresiva de todas las escuelas administradas por militares;
b)Reforzar la aplicación efectiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar;
c)Proteger el ejercicio del derecho a la cultura, en particular por los niños afrobrasileños, indígenas y romaníes, y evaluar los efectos de la Ley núm. 10.639/2003, por la que se establece que la enseñanza de la historia y la cultura afrobrasileñas es obligatoria en los planes de estudios de enseñanza primaria.
12.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas con los siguientes fines:
a)Actuar de forma urgente para registrar a los niños migrantes no acompañados o separados y proporcionarles representación y asistencia letrada;
b)Aprobar el proyecto de ley sobre la apatridia o cualquier otro acto legislativo que garantice la protección de los niños apátridas;
c)Proteger a los niños indígenas de los desalojos forzosos finalizando la labor de demarcación y asignación de las tierras indígenas;
d)Evaluar los efectos del Tercer Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y aprobar un nuevo plan nacional;
e)Elaborar una estrategia integral para proteger a los niños en situación de calle;
f)Investigar exhaustivamente y sin demora todos los casos de muerte de niños privados de libertad y elaborar una estrategia para combatir la violencia de las bandas en las prisiones.
13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para llevar a la práctica las anteriores recomendaciones formuladas por el Comité en el marco del procedimiento previsto en el Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de los niños en los conflictos armados.
Parte II
14.El Comité invita al Estado parte a proporcionar una breve puesta al día, en tres páginas como máximo, de la información proporcionada en su informe en relación con lo siguiente:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información de que se disponga
15.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, e indiquen el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.
16.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados de que se disponga, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre lo siguiente:
a)Los niños víctimas de explotación y abusos sexuales;
b)El matrimonio infantil;
c)Los niños y adolescentes víctimas de desaparición;
d)Los niños víctimas de violencia policial;
e)Los niños víctimas de tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el número de casos de tales actos denunciados a las autoridades y el número de enjuiciamientos y las penas impuestas a los autores;
f)Los niños que murieron por suicidio o se automutilaron;
g)El embarazo infantil;
h)Los niños que viven con el VIH;
i)Los niños que abusan de sustancias, y especifiquen el tipo de sustancia;
j)La asistencia escolar en la enseñanza primaria;
k)El trabajo infantil;
l)Los niños en situación de calle;
m)Los niños que participan en grupos armados no estatales o grupos delictivos.
17.En lo que respecta a la situación de los niños privados de un entorno familiar, sírvanse aportar datos numéricos relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, discapacidad, situación socioeconómica, origen étnico y ubicación geográfica, sobre lo siguiente:
a)Niños acogidos en modalidades alternativas de cuidado;
b)Niños confiados a familias de acogida;
c)Niños adoptados.
18.Se ruega faciliten datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que se encuentran en las siguientes situaciones:
a)Viven con su familia;
b)Viven en instituciones;
c)Asisten a escuelas primarias ordinarias;
d)Asisten a escuelas secundarias ordinarias;
e)Asisten a escuelas especiales;
f)No están escolarizados;
g)Han sido abandonados por su familia;
h)Son beneficiarios de prestaciones de asistencia social, incluidos los programas de transferencia en efectivo.
19.Sírvanse proporcionar, si se dispone de ellos, datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños sospechosos, acusados o declarados culpables de haber infringido la legislación penal que han estado en las siguientes situaciones:
a)Han sido sometidos al sistema de justicia juvenil;
b)Han sido detenidos;
c)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;
d)Han estado en prisión preventiva;
e)Han estado cumpliendo una pena de privación de libertad (indíquese la duración de la pena).
20.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.
21.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
22.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.