Naciones Unidas

E/C.12/PAK/Q/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

22 de marzo de 2024

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al segundo informeperiódico del Pakistán *

1.Se invita al Estado parte a que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (preferiblemente en un máximo de 10.700 palabras) a más tardar el 30 de noviembre de 2024.

A.Información general

2.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la plena justiciabilidad de los derechos consagrados en el Pacto en el ordenamiento jurídico interno. Indiquen si los derechos consagrados en el Pacto han sido invocados ante los tribunales nacionales o aplicados por estos, ya sea como fundamento de una causa o como orientación interpretativa de normas jurídicas y presenten ejemplos de ello. Sírvanse especificar las medidas adoptadas para garantizar la independencia del poder judicial a todos los niveles. Informen asimismo sobre la capacitación que se imparte a los jueces, los abogados y los agentes del orden acerca de las disposiciones del Pacto y su justiciabilidad. Indiquen, además, cómo participó el poder legislativo en la aplicación y el seguimiento de las anteriores observaciones finales y en la elaboración del segundo informe periódico.

3.Habida cuenta de las recomendaciones anteriores del Comité, sírvanse proporcionar más información sobre las medidas adoptadas y sus resultados en los últimos cinco años con respecto al fortalecimiento de las capacidades financieras y administrativas de los gobiernos provinciales y territoriales. Informen también sobre los esfuerzos realizados para mejorar la coordinación entre la Administración federal y los gobiernos provinciales y territoriales con miras a garantizar que todas las personas del Estado parte puedan disfrutar de los derechos económicos, sociales y culturales en pie de igualdad, independientemente de su lugar de residencia, en particular en lo que respecta al empleo, la seguridad social, la vivienda, la atención de la salud y la educación.

4.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la autonomía funcional y financiera de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Informen también sobre las medidas adoptadas para garantizar la asignación de recursos humanos y financieros suficientes para que la Comisión pueda desempeñar su mandato con eficacia. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para solicitar la acreditación ante la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos. Asimismo, sírvanse proporcionar información sobre las actividades emprendidas por la Comisión en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales.

5.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir y abordar eficazmente los casos de acoso, intimidación y represalias contra defensores de los derechos humanos, incluidos los casos denunciados de desapariciones forzadas, en particular de personas pertenecientes a grupos religiosos o étnicos minoritarios, como los baluchis y los pastunes, y qué medidas se han adoptado para tipificar como delito las desapariciones forzadas. Informen sobre el número de casos investigados, procesos incoados y fallos condenatorios dictados, así como sobre las penas impuestas a los autores de esos actos. Informen en particular sobre la eficacia y los efectos de la aplicación de las Directrices de Política sobre la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, mencionadas en el párrafo 14 del informe del Estado parte, así como sobre las medidas adoptadas para garantizar que las leyes de ciberseguridad, las leyes antiterroristas y el Código Penal no se utilicen para criminalizar y difamar a los defensores de los derechos humanos y a sus familiares. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las que trabajan en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales, puedan registrarse y operar sin restricciones indebidas.

6.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados preliminares logrados y los desafíos encontrados en la ejecución del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos (2021-2026), en particular con respecto a los derechos protegidos en virtud del Pacto. Aporten datos sobre los casos denunciados por personas o grupos afectados por las actividades de las empresas y sobre las reparaciones que se les concedieron.

7.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado parte con respecto a la mitigación del cambio climático, en particular sobre las medidas destinadas específicamente a cumplir las contribuciones determinadas a nivel nacional que el Estado parte estableció para la reducción de las emisiones en el marco del Acuerdo de París y sobre los efectos de esas medidas. Informen también sobre los progresos realizados en la reducción de las emisiones per cápita de gases de efecto invernadero y sobre los objetivos que se ha fijado el Estado parte para seguir reduciendo esas emisiones. Con respecto a las políticas y medidas de adaptación al cambio climático, faciliten información sobre:

a)Cómo evalúa el Estado parte los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en el caso de las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;

b)Si el Estado parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación, al que se asignen todos los recursos necesarios, para hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros. Sírvanse proporcionar información acerca de la respuesta del Estado parte tras las inundaciones de 2022 y sus implicaciones para las futuras políticas de adaptación;

c)Las medidas adoptadas para reforzar la preparación y la respuesta ante los desastres naturales, para reducir el riesgo de desastres y para poner en marcha una estrategia en esta esfera y dotarla de recursos financieros suficientes;

d)Qué instituciones se encargan de formular y aplicar medidas y políticas de adaptación al cambio climático en relación con los efectos de evolución lenta en diferentes ámbitos, como la agricultura, el agua, la seguridad alimentaria, la vivienda y la salud, y cómo se garantiza la coordinación entre las instituciones responsables de la preparación y la gestión para casos de desastre.

B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales delPacto (arts. 1 a 5)

Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales(art. 1, párr. 2)

8.Sírvanse proporcionar información acerca de la aplicación y el cumplimiento del principio del consentimiento libre, previo e informado de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales, en relación con proyectos comerciales, mineros e inmobiliarios, así como con iniciativas de desarrollo. En relación con la supuesta confiscación de 18.211 ha de tierra con fines comerciales cerca de Gadap Town, en el distrito de Malir, indiquen si se llevaron a cabo pruebas de proporcionalidad y faciliten detalles sobre los resultados de estas. Sírvanse también proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas a fin de garantizar una indemnización adecuada para los Pueblos Indígenas y tribales del distrito de Malir. Proporcionen asimismo información actualizada sobre las salvaguardias que tienen a su disposición los Pueblos Indígenas y los campesinos afectados por el proyecto de la autopista de Malir. Sírvanse también facilitar información acerca de la propiedad y la exigibilidad jurídica de los recursos naturales de los Pueblos Indígenas y tribales asociados a las concesiones mineras en las provincias de Baluchistán y Jaiber Pastunjuá.

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

9.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la evolución en los diez últimos años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional;

b)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, de ser posible expresados como el cociente entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre, y como el cociente entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;

c)La proporción de los ingresos públicos procedente de los impuestos, los ingresos públicos expresados como porcentaje del PIB, la proporción de los ingresos públicos procedente de impuestos directos e indirectos, la tasa de ingresos procedentes del impuesto sobre sociedades y el porcentaje de los ingresos totales procedentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas recaudado entre el 10 % más rico de la población, y proporcionen una estimación de la cuantía de los impuestos evadidos y eludidos y del costo recaudatorio de los principales beneficios fiscales;

d)El gasto público expresado como porcentaje del PIB y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social, incluidos los gastos de seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación. Sírvanse proporcionar información sobre el establecimiento de un proceso de supervisión eficaz y transparente basado en datos fiables y desglosados, que tenga en cuenta las disparidades regionales, para mejorar la eficacia de la contabilidad y la distribución de los fondos públicos en relación con la prestación de servicios esenciales y el disfrute de los derechos consagrados en el Pacto, en particular respecto de los más vulnerables, en el contexto de las limitaciones presupuestarias debidas a la crisis de la deuda externa;

e)La proporción del presupuesto público que se destina a la defensa;

f)Las políticas fiscales que se hayan adoptado para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).

10.Habida cuenta de la actual crisis de la deuda externa y del reembolso actual y futuro de los préstamos externos, sírvanse proporcionar información sobre las proyecciones de la relación entre la deuda pública y el PIB y la tasa de crecimiento económico para los próximos cinco años. Faciliten también información sobre la gestión y el servicio de esas deudas.

Corrupción (art. 2, párr. 1)

11.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados de las medidas legislativas e institucionales mencionadas por el Estado parte con respecto a la prevención y lucha contra los casos de corrupción, incluidos los esfuerzos para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los asuntos públicos y para proporcionar una protección eficaz a las víctimas de la corrupción, sus abogados, los activistas que combaten la corrupción, los denunciantes de irregularidades y los testigos. Informen asimismo sobre los casos denunciados ante los órganos de lucha contra la corrupción en los cinco últimos años, en especial los procedimientos instruidos contra altos funcionarios, indicando el número de casos denunciados, investigados y enjuiciados, y las penas impuestas a los implicados en esos casos.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

12.En vista de las anteriores observaciones finales del Comité y de los párrafos 33 y 34 del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar información actualizada sobre el proyecto de ley por el que se modifica el artículo 25 de la Constitución, y más información sobre la aprobación de leyes integrales de lucha contra la discriminación que prohíban las formas directas, indirectas, múltiples e intersectoriales de discriminación en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, por todos los motivos prohibidos y tanto en la esfera pública como en la privada. Indiquen las medidas adoptadas para despenalizar las relaciones homosexuales consentidas entre adultos. Asimismo, faciliten información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir el odio, la violencia —particularmente la violencia tumultuaria contra comunidades minoritarias por parte de agentes no estatales— y la discriminación contra grupos y personas cuyo acceso a los derechos económicos, sociales y culturales se ha visto obstaculizado, incluidas las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, las minorías religiosas —particularmente los cristianos, los hindúes, lo sijs y los ahmadíes— y los miembros de las “castas desfavorecidas” o dalits. Sírvanse proporcionar información acerca de la aplicación de la legislación sobre la blasfemia y su disposición relativa al uso de la pena de muerte como forma de castigo, además de facilitar datos sobre el porcentaje de denuncias presentadas, investigaciones judiciales abiertas y penas de prisión dictadas en virtud de esa legislación, como también planteó el Comité de Derechos Humanos en su lista de cuestiones. Faciliten información sobre el nivel de representación política de los grupos minoritarios, a nivel regional y nacional, en el Gobierno y el Parlamento.

13.Habida cuenta del párrafo 34 del informe del Estado parte y de la decisión del Tribunal Federal de la Sharia del Pakistán de declarar sin efecto jurídico los artículos 2 f), 3 y 7 de la Ley (de Protección de los Derechos) de las Personas Transgénero, de 2018, y de las indicaciones posteriores de que el Gobierno modificaría algunos aspectos críticos de la ley, sírvanse proporcionar información actualizada sobre la situación actual de la aplicación de la ley en su forma original sobre la base de la autoidentificación de género y en consonancia con el principio de no discriminación establecido en el Pacto. Informen sobre el número de casos de discriminación presentados ante los tribunales nacionales y ante cualquier otro órgano de denuncia en los cinco últimos años, y especifiquen de qué tipo de discriminación se trató en cada caso, qué penas se impusieron a los autores y qué reparaciones se otorgaron a las víctimas.

14.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir eficazmente la discriminación en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por las personas con discapacidad, en particular las mujeres y las niñas con discapacidad. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el número y la situación de las personas con discapacidad, desglosada por sexo, edad, origen étnico y zona de residencia rural o urbana, en relación con su disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales.

15.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para atender las denuncias de violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales de los afganos, incluidos mujeres y niños, en el contexto de las expulsiones del Estado parte. En consonancia con el principio de no devolución, y habida cuenta de la información proporcionada en el párrafo 43 del informe del Estado parte, indíquense las medidas adoptadas para garantizar la evaluación individual de los daños irreparables y otros riesgos, incluidas las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales, que puedan correr los nacionales afganos tras su retorno forzoso al Afganistán. Proporcionen datos actualizados sobre los afganos documentados e indocumentados que han sido repatriados desde octubre de 2023 y los que residen actualmente en el territorio del Estado parte.

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por los desplazados internos, utilizando datos desglosados. Informen también sobre los progresos realizados para proteger a las mujeres y niñas desplazadas internas de los abusos sexuales y la trata de personas. Además, sírvanse indicar el número de nuevos desplazados debido a las inundaciones y exponer las dificultades existentes para prestarles los servicios sociales esenciales.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

17.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los progresos realizados por el Estado parte en la reforma de su legislación para derogar todas las disposiciones que todavía discriminan a las mujeres y sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de las mujeres a la justicia. Faciliten información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para identificar y abordar las causas profundas de la desigualdad de género que impiden a las mujeres ejercer sus derechos económicos, sociales y culturales en igualdad de condiciones, teniendo en cuenta la discriminación múltiple e intersectorial a la que se enfrentan las mujeres pertenecientes a minorías étnicas y religiosas y las mujeres con discapacidad. Asimismo, indiquen los progresos realizados por el Estado parte para superar los estereotipos de género que persisten en lo que respecta a las funciones de los hombres y las mujeres, que perpetúan la desigualdad de género. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la participación económica de la mujer y su representación en los asuntos políticos y en los puestos de toma de decisiones, tanto en el sector público como en el privado. Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados para abordar el acceso limitado de las mujeres en la práctica a la sucesión y la propiedad de bienes, activos, tierras y otros recursos productivos. A este respecto, informen sobre los resultados preliminares de la aplicación de la Ley de Aplicación de los Derechos de las Mujeres a la Propiedad, de 2020, mencionada en el párrafo 35 del informe del Estado parte.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto(arts. 6 a 15)

Derecho al trabajo (art. 6)

18.Sírvanse proporcionar datos completos y actualizados, desglosados por edad, discapacidad, sexo, confesión religiosa, origen étnico o nacional y zona de residencia rural o urbana, así como por sectores de la economía, sobre la efectividad del derecho a trabajar, en particular por cuanto se refiere a la participación de la población activa, el empleo, el desempleo y el subempleo. Informen sobre las medidas específicas adoptadas para crear oportunidades de empleo decente, especialmente para las mujeres, y para velar por que los programas de capacitación profesional y formación preparen a los jóvenes, especialmente a las mujeres, para satisfacer las exigencias del mercado laboral.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

19.Sírvanse facilitar información sobre:

a)Las medidas adoptadas para reforzar el sistema de inspección laboral, sobre todo en relación con los problemas de seguridad y salud en el lugar de trabajo, incluida la formación impartida a los inspectores de trabajo y la asignación de recursos financieros y humanos a la inspección laboral. En ese sentido, facilítese información sobre las inspecciones laborales realizadas durante los últimos cinco años, incluidos datos estadísticos anuales pertinentes, las principales esferas en las que se han detectado violaciones de la legislación laboral y las medidas adoptadas para hacerles frente;

b)Los progresos realizados para garantizar que los salarios mínimos fijados en todas las provincias garanticen un nivel de vida digno para los trabajadores y sus familias, así como en relación con el cumplimiento del salario mínimo, con datos sobre los índices de cumplimiento y las sanciones impuestas en caso de incumplimiento;

c)Las medidas adoptadas para garantizar condiciones de trabajo justas y favorables y el acceso a la protección social de los trabajadores de la economía informal;

d)Las medidas adoptadas para abordar las causas estructurales de la brecha salarial entre hombres y mujeres en el Estado parte, como la segregación laboral por razón de género del mercado laboral y la escasa remuneración de los puestos de trabajo ocupados predominantemente por mujeres;

e)Medidas adoptadas para prevenir las prácticas de contratación discriminatorias y el acoso en el lugar de trabajo contra las minorías religiosas.

Derechos sindicales (art. 8)

20.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para:

a)Garantizar la protección en la ley y la práctica contra los actos de discriminación antisindical y las injerencias en la labor sindical;

b)Eliminar los obstáculos jurídicos a la creación de organizaciones de trabajadores y a su derecho a organizar la administración de estas;

c)Garantizar que todas las categorías de trabajadores puedan disfrutar del derecho a constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a ellas, con la única excepción admisible de la policía y las fuerzas armadas;

d)Abordar los obstáculos jurídicos y promover el derecho de negociación colectiva;

e)Eliminar cualquier obstáculo legal al disfrute del derecho de huelga.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

21.Sírvanse facilitar información detallada, con inclusión de datos estadísticos desglosados, sobre la cobertura de seguridad social, entre otras cuestiones en lo relativo a los planes tanto contributivos como no contributivos, con especial atención al gasto público asignado a cada programa y los criterios para determinar el derecho a beneficiarse de cada uno de ellos, así como su cobertura, sus tasas de beneficiarios y el nivel de prestaciones que contemplan. Faciliten información sobre las iniciativas adoptadas, en caso oportuno, para introducir prestaciones por desempleo, pensiones y prestaciones económicas por hijos a cargo. Sírvanse proporcionar información sobre programas específicos para personas de edad y personas con discapacidad que no estén cubiertas por los planes contributivos.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

22.Sírvanse proporcionar información detallada sobre los efectos de las medidas descritas en los párrafos 100 a 126 del informe del Estado parte para prevenir y abordar las prácticas nocivas y la violencia contra las mujeres y las niñas, incluidos los asesinatos por honor, las violaciones, los ataques con ácido, los secuestros, el matrimonio temprano y forzado y la violencia doméstica. Proporcionen información sobre las medidas específicas adoptadas para proteger a las mujeres y niñas de comunidades religiosas minoritarias. A este respecto, el Comité también aguarda con interés la información que el Estado parte ha de proporcionar al Comité de Derechos Humanos en relación con su lista de cuestiones.

23.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados logrados en los cinco últimos años gracias a las medidas descritas por el Estado parte en los párrafos 128 y 129, para aumentar las tasas de inscripción de los nacimientos. Informen también sobre las medidas adoptadas para que las personas que no estén inscritas en el registro de nacimientos puedan disfrutar de sus derechos económicos, sociales y culturales, en particular de acceso a las prestaciones de la seguridad social, los servicios de atención de la salud y la educación.

24.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en relación con la erradicación efectiva del trabajo infantil, en particular del trabajo infantil peligroso. A este respecto, faciliten información actualizada sobre el número de inspecciones del trabajo realizadas en los últimos cinco años, el número y la naturaleza de las infracciones detectadas y las sanciones impuestas en relación con el empleo de niños.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

25.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados y la eficacia de los programas de alivio de la pobreza en el Estado parte. Faciliten datos estadísticos sobre las tasas de pobreza en el Estado parte, desglosados por edad, sexo, género, discapacidad, confesión religiosa, origen étnico o nacional y zona de residencia rural o urbana. Asimismo, sírvanse proporcionar datos sobre la prevalencia de la malnutrición y el hambre en el Estado parte, en particular en los distritos afectados por las inundaciones, y detallar las medidas adoptadas para mitigar esos problemas. Además, informen sobre los esfuerzos realizados para mejorar el acceso al agua potable y a instalaciones sanitarias adecuadas.

26.Sírvanse proporcionar información sobre los casos de desalojos forzosos y demoliciones de viviendas relacionados con grandes proyectos de infraestructuras y a lo largo de los nullahs (cursos de agua) de Karachi, que supuestamente tienen lugar en el contexto de la adaptación al cambio climático. Informen sobre los procedimientos que se están siguiendo, las consultas con las personas afectadas, la idoneidad de las indemnizaciones facilitadas y los avances en la elaboración de un plan de rehabilitación, de conformidad con la decisión del Tribunal Supremo de 12 de agosto de 2020.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

27.Sírvanse informar sobre las medidas que se hayan adoptado para asegurar que en el Estado parte se disponga de una atención de la salud accesible y de calidad, en particular en los distritos afectados por las inundaciones, incluidas las encaminadas a dotar a los centros públicos de atención sanitaria, de recursos humanos y financieros adecuados, equipos médicos e infraestructuras apropiados, y de acceso a medicamentos y suministros médicos esenciales. Proporcionen información sobre las medidas específicas adoptadas para hacer frente a los brotes de enfermedades como la malaria, el dengue y la diarrea líquida aguda, en particular en los distritos afectados por las inundaciones, como las provincias de Sind y Baluchistán. Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la Visión Nacional para 2016-2025 de las Acciones Prioritarias Coordinadas para Afrontar los Retos de la Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y Adolescente y la Nutrición y su plan de acción. Sírvanse también informar sobre la política de salud mental del Estado parte, las medidas concretas adoptadas y sus repercusiones en la accesibilidad y disponibilidad de servicios adecuados de salud mental en todo el país.

28.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios, la información y la educación en materia de salud sexual y reproductiva, incluidas las orientadas a asegurar la disponibilidad de métodos anticonceptivos asequibles, seguros y eficaces, incluidos los métodos anticonceptivos modernos. Informen además sobre los avances realizados con miras a reducir la tasa de mortalidad materna y a garantizar el acceso de todas las mujeres y niñas al aborto seguro y legal y a la atención posterior al aborto. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para revisar la restrictiva legislación sobre el aborto con miras a despenalizarlo y ampliar las circunstancias en que está legalmente permitido. Informen asimismo sobre las medidas adoptadas para prevenir el feticidio y el infanticidio de niñas.

29.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para revisar las políticas y leyes en materia de drogas desde una perspectiva de derechos humanos y con un enfoque empírico, incluidas las medidas adoptadas para prestar servicios de reducción de daños a gran escala, así como servicios de prevención y tratamiento del consumo de drogas para las poblaciones desfavorecidas, en particular las mujeres, los niños y los reclusos. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aumentar el acceso a los servicios de prevención, tratamiento y atención del VIH para las personas que consumen drogas intravenosas en las comunidades y los establecimientos penitenciarios.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

30.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas efectivas adoptadas, y su impacto, para aumentar las tasas de matriculación y asistencia, y evitar que los alumnos de primaria y secundaria, en particular las niñas, abandonen los estudios. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación, entre otras cuestiones en lo relativo a la disponibilidad de docentes cualificados, y sobre los esfuerzos realizados para mejorar las infraestructuras escolares. Faciliten también información sobre las medidas adoptadas para prevenir el acoso y la discriminación de los estudiantes de comunidades minoritarias y para evitar que su cultura se vea representada negativamente en los libros de texto y los programas escolares. Informen asimismo sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prevenir la radicalización de las madrasas y poner fin a la utilización de las infraestructuras escolares por grupos militantes armados.

Derechos culturales (art. 15)

31.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proteger la diversidad cultural y las prácticas y actividades culturales de las minorías religiosas en el Estado parte, y prevenir y hacer frente a los ataques contra sus lugares de culto.

32.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las desigualdades, especialmente las disparidades de género, en el acceso y la utilización de la tecnología digital. Informen sobre las medidas adoptadas para ampliar el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones y para mejorar la conectividad digital.