Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
113 er período de sesiones
Ginebra, 5 a 23 de agosto de 2024
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes, las observaciones y la información presentados por los Estados partes en virtud del artículo 9 de la Convención
Lista de temas relativa a los informes periódicos 26º y 27º combinados del Iraq
Nota del Relator para el país *
1.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva; durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.
Estadísticas
2.Datos estadísticos sobre la composición demográfica de la población, basados en la autoidentificación, desglosados por origen étnico y etnorreligioso y por idiomas hablados, y sobre los migrantes, los refugiados, los solicitantes de asilo, los desplazados internos y los apátridas. Indicadores económicos y sociales sobre los distintos grupos que viven en el territorio del Estado parte, desglosados por origen étnico, sexo, género, discapacidad y edad.
La Convención en el derecho interno y el marco institucional y normativo para su aplicación (arts. 2, 4, 5 y 6)
3.Medidas adoptadas para incorporar la Convención en su ordenamiento jurídico interno e información sobre el mandato y las actividades de la Comisión de Examen y Reforma Legislativas, creada por el Consejo Judicial Supremo.
4.Medidas adoptadas para elaborar y aprobar una ley integral de lucha contra la discriminación, que incluya una definición de discriminación directa e indirecta y prohíba la discriminación racial, en consonancia con los artículos 1, 2 y 4 de la Convención. Información sobre la aplicación del Plan Nacional para los Derechos Humanos (2021-2025) y las medidas adoptadas para aprobar una estrategia global y un plan de acción nacional para combatir el racismo, la discriminación racial y las formas conexas de intolerancia.
5.Medidas adoptadas para que las disposiciones del Código Penal y otras leyes pertinentes prohíban y castiguen el discurso de odio racista, la incitación al odio racial o a la discriminación racial y los delitos de odio racista, de conformidad con el artículo 4 de la Convención.
6.Información sobre las medidas adoptadas para combatir el discurso de odio racista, entre otros ámbitos, en el discurso político, en los medios de comunicación y en Internet, más concretamente sobre el mandato y las actividades de la Comisión de Medios de Difusión y Comunicaciones. Medidas concretas adoptadas o previstas para que los policías y otros agentes del orden no incurran en discriminación racial, en particular en actos de violencia por motivos raciales y prácticas constitutivas de perfilamiento racial.
7.Datos estadísticos e información detallada sobre las denuncias presentadas ante los tribunales o cualquier otra institución nacional, incluida la Alta Comisión de Derechos Humanos, por actos de discriminación racial, discurso de odio racista y delitos de odio racista, entre otros ámbitos, en Internet y en los medios de comunicación, e información sobre el resultado de dichas denuncias, el número de investigaciones abiertas, enjuiciamientos iniciados y condenas o medidas disciplinarias dictadas contra los autores y las reparaciones concedidas a las víctimas.
8.Información sobre el mandato asignado a la Alta Comisión de Derechos Humanos y las actividades realizadas por esta para combatir la discriminación racial y evaluar la aplicación de la Convención, así como sobre la asignación de recursos humanos, financieros y técnicos suficientes para que pueda desempeñar su mandato de forma plena y efectiva.
Situación de los grupos étnicos y etnorreligiosos minoritarios (arts. 2, 5 y 6)
9.Información actualizada sobre los procesos de reconciliación nacional y justicia transicional, en especial sobre las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de los miembros de todos los grupos étnicos y etnorreligiosos, luchar contra las causas profundas de la violencia interétnica e interreligiosa y de la discriminación étnica y etnorreligiosa y velar por que los miembros de todos los grupos étnicos y etnorreligiosos participen verdaderamente. Información sobre las medidas adoptadas para investigar las denuncias de abusos y violaciones de los derechos humanos cometidos contra miembros de grupos minoritarios étnicos y etnorreligiosos en el contexto del conflicto armado, para enjuiciar a los autores y ofrecer reparación a las víctimas. Información detallada sobre las medidas adoptadas para proteger a las mujeres de todos los grupos étnicos y etnorreligiosos de todas las formas de violencia de género, investigar las denuncias de violencia de género, enjuiciar a los autores y ofrecer reparación a las víctimas.
10.Medidas adoptadas para garantizar que todos los grupos étnicos y etnorreligiosos puedan disfrutar plenamente y en condiciones de igualdad de los derechos económicos, sociales y culturales, en especial del acceso a la educación, a una vivienda adecuada, a la salud y al empleo. Medidas adoptadas para velar por que los miembros de todos los grupos étnicos puedan acceder a una educación de calidad impartida en los idiomas oficiales y en los idiomas minoritarios, en todos los niveles.
11.Medidas adoptadas para lograr la participación y representación efectivas de todos los grupos étnicos y etnorreligiosos en la vida pública y política, en especial en las instituciones del Estado, las fuerzas del orden y la judicatura.
12.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para resolver la cuestión de los territorios en disputa y garantizar la seguridad de los grupos étnicos y etnorreligiosos minoritarios.
13.Información sobre las medidas específicas adoptadas para combatir la discriminación racial estructural y la marginación que sufren los romaníes y los afrodescendientes y garantizar que puedan disfrutar plenamente y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos.
Situación de los migrantes, los refugiados los solicitantes de asilo, los desplazados internos y los apátridas (arts. 2 y 5)
14.Información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la explotación y el abuso de los trabajadores migrantes, en particular de los trabajadores domésticos, a manos de sus empleadores, y facilitar que las víctimas puedan presentar denuncias, así como datos estadísticos sobre las denuncias registradas, las investigaciones abiertas, los enjuiciamientos iniciados y las condenas dictadas contra los autores, y las reparaciones concedidas a las víctimas.
15.Información sobre los marcos legislativos y de política relativos a los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, desplazados internos y apátridas, en especial sobre la elaboración de un proyecto de ley sobre refugiados, de conformidad con las normas reconocidas internacionalmente, incluido el principio de no devolución. Medidas adoptadas para proteger a los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, apátridas y desplazados internos y garantizarles el acceso a la atención de la salud, el empleo, la educación y los servicios básicos. Información sobre la intención de clausurar todos los campamentos de desplazados internos en 2024 y las medidas adoptadas para ofrecer condiciones seguras para el retorno.
16.Información actualizada sobre las medidas adoptadas para prevenir la apatridia y proteger de ella a las personas, así como estadísticas actualizadas sobre las personas en situación o riesgo de apatridia, en especial entre los kurdos feilíes y los desplazados internos. Estadísticas sobre las tasas de inscripción de nacimientos y la emisión de documentos de identidad, en especial entre los grupos en situación de vulnerabilidad, como los desplazados internos y los kurdos feilíes.
Educación en derechos humanos para combatir los prejuicios y la intolerancia (art. 7)
17.Información sobre las medidas adoptadas para promover la educación en derechos humanos, en particular con miras a combatir la discriminación racial, en todos los planes de estudios escolares, programas universitarios y programas de formación del profesorado, y sobre las medidas adoptadas para sensibilizar a la población general, los funcionarios, los agentes del orden y las autoridades judiciales acerca de la importancia de la diversidad y la tolerancia étnicas, etnorreligiosas y culturales.