Naciones Unidas

E/C.12/TUN/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

22 de octubre de 2025

Español

Original: francés

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódicode Túnez *

1.Se pide al Estado Parte que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (en un máximo de 10.700 palabras) a más tardar el 30 de abril de 2026.

A.Información general

2.Sírvanse proporcionar información sobre la protección de los derechos reconocidos en el Pacto a nivel constitucional o legislativo y describan las medidas que se han adoptado para garantizar su plena aplicación en el plano nacional, e indiquen si el Estado Parte ha considerado la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto. Actualicen la información proporcionada en el párrafo 41 del informe del Estado Parte sobre los casos en que las disposiciones del Pacto han sido aplicadas por los tribunales o han sido invocadas ante ellos, especificando si han invocado el Pacto directamente o solo los derechos económicos, sociales y culturales.

3.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar la independencia del poder judicial con vistas a proteger los derechos económicos, sociales y culturales. Informen sobre los progresos realizados en el establecimiento del Tribunal Constitucional anunciado en el párrafo 50 del informe del Estado Parte y sobre las medidas adoptadas para garantizar la independencia del Tribunal, e indiquen si se ha recurrido alguna vez al control de constitucionalidad de los proyectos de ley en relación con un derecho protegido por el Pacto. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para facilitar el ejercicio de la libertad de expresión y la labor de los defensores de los derechos humanos, los sindicatos y la sociedad civil, y para impedir cualquier forma de represión contra ellos, y tengan a bien especificar los efectos de esas medidas.

4.Sírvanse proporcionar información sobre los progresos realizados en el establecimiento de la Comisión de Derechos Humanos, la situación actual de la Comisión Superior de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y los esfuerzos realizados por el Estado Parte para garantizar que la institución en cuestión pueda desempeñar su mandato de manera eficaz e independiente, en pleno cumplimiento de los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Indiquen si el mandato de la Comisión de Derechos Humanos (y el de la Comisión Superior de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, si continúa con sus actividades) abarca los derechos económicos, sociales y culturales.

5.En relación con la recomendación anterior del Comité, proporciónese información sobre los acuerdos comerciales y de inversión firmados por el Estado Parte y sobre las evaluaciones de los efectos de esos acuerdos en los derechos económicos, sociales y culturales en las regiones afectadas. Proporciónese también información sobre la elaboración del plan de acción nacional sobre las empresas y los derechos humanos anunciado en el párrafo 64 del informe del Estado Parte. Incluyan información sobre el impacto de los grandes proyectos de inversión en el medio ambiente y, en particular, sobre la aplicación efectiva de la legislación y otras medidas relativas a los derechos humanos y sobre las evaluaciones del impacto ambiental realizadas antes de poner en marcha esos proyectos. A ese respecto, proporcionen información sobre la medida en que las comunidades afectadas participan en las evaluaciones del impacto ambiental y en los derechos humanos de los grandes proyectos de inversión. Sírvanse especificar las medidas adoptadas para garantizar que las personas y comunidades afectadas por dichos proyectos puedan interponer recursos efectivos, y proporcionen ejemplos de esos casos.

6.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte con respecto a la mitigación del cambio climático, en particular sobre las medidas destinadas específicamente a cumplir las contribuciones determinadas a nivel nacional que el Estado Parte estableció para la reducción de las emisiones en el marco del Acuerdo de París y sobre los efectos de esas medidas. Informen también sobre los progresos realizados en la reducción de las emisiones per cápita de gases de efecto invernadero y sobre los objetivos que se ha fijado el Estado Parte para seguir reduciendo esas emisiones. Con respecto a las estrategias y medidas de adaptación al cambio climático, faciliten información sobre:

a)Cómo evalúa el Estado Parte los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en el caso de las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;

b)Si el Estado Parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación, con una asignación adecuada de todos los recursos necesarios, para hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros;

c)Las medidas que ha adoptado el Estado Parte para reforzar la preparación y la respuesta ante los desastres naturales, para reducir el riesgo de desastres y para poner en marcha una estrategia en esta esfera y dotarla de recursos financieros suficientes;

d)Las instituciones encargadas de formular y aplicar medidas y estrategias de adaptación al cambio climático en relación con los efectos de evolución lenta en diferentes ámbitos, como la agricultura, la vivienda y la salud, precisando cómo se garantiza la coordinación entre las instituciones responsables de la preparación y la gestión para casos de desastre y cómo se consulta a las comunidades afectadas;

e)Las iniciativas desplegadas por el Estado Parte para procurarse asistencia y cooperación internacionales a fin de adoptar medidas de mitigación del cambio climático, así como los resultados de esas iniciativas.

B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto(arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

7.Sírvanse aportar información actualizada sobre la evolución en los diez últimos años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza, desglosada por regiones;

b)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, indicando, de ser posible, por una parte, el cociente entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre y, por otra parte, el cociente entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;

c)La economía, en particular las variaciones anuales del producto interno bruto (PIB), el PIB per cápita y el nivel de deuda pública expresado como proporción del PIB;

d)La proporción de los ingresos públicos procedente de los impuestos, los ingresos públicos expresados como porcentaje del PIB, la proporción de los ingresos públicos procedente de impuestos directos e indirectos, la tasa de ingresos procedentes del impuesto sobre sociedades y el porcentaje de los ingresos totales procedentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas recaudado entre el 10 % más rico de la población, y proporcionen una estimación de la cuantía de los impuestos evadidos y eludidos y del costo recaudatorio de los principales beneficios fiscales;

e)El gasto público expresado como porcentaje del PIB y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social, incluidos los gastos de seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación;

f)La proporción del presupuesto público destinada a la defensa.

8.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados de las medidas legislativas e institucionales mencionadas por el Estado Parte en materia de lucha contra la corrupción, como la Ley Orgánica de Denuncia de la Corrupción y la Protección de los Denunciantes, la Ley Orgánica del Organismo para la Buena Gobernanza y la Lucha contra la Corrupción y la Estrategia Nacional de Lucha contra la Corrupción, que abarca el período comprendido entre 2016 y 2020, así como todos los esfuerzos realizados para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los asuntos públicos y para proporcionar una protección eficaz a las víctimas de la corrupción, sus abogados, los activistas anticorrupción, los denunciantes y los testigos. Proporcionen información actualizada sobre la situación de la Comisión de Lucha contra la Corrupción. Infórmese asimismo sobre los casos denunciados ante los órganos de lucha contra la corrupción en los cinco últimos años, en especial los procedimientos instruidos contra altos funcionarios, indicando el número de casos denunciados, investigados y enjuiciados, y las penas impuestas a los implicados en esos casos.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

9.En relación con las recomendaciones anteriores del Comité, sírvanse facilitar información sobre las medidas que ha adoptado el Estado Parte para promulgar una ley completa contra la discriminación que prohíba las formas directas, indirectas, múltiples e interseccionales de discriminación en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales, por todos los motivos prohibidos, tanto en la esfera pública como en la privada. Con referencia a las recomendaciones anteriores del Comité, proporcionen información sobre los avances en la revisión del Código Penal anunciada en el párrafo 87 del informe del Estado Parte, en particular en lo que respecta a los delitos utilizados por algunos como pretexto para acosar a las personas LGBTQI+, y sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones formuladas por el Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género en su informe sobre su visita a Túnez en junio de 2021.

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para promover la autonomía y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, los procedimientos de que disponen para realizar los trámites administrativos cotidianos, los criterios de concesión de las prestaciones por discapacidad y las sanciones previstas en caso de incumplimiento de las normas de accesibilidad.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

11.Sírvanse describir las medidas adoptadas para eliminar las disposiciones jurídicas que discriminan por razón de sexo, en particular en materia de sucesiones, y proporcionen información sobre la lista de disposiciones discriminatorias que deben revisarse a que se hace referencia en el párrafo 91 del informe del Estado Parte, así como sobre el estado de esas revisiones. Proporcionen datos estadísticos, desglosados por edad, sexo, género, sector de empleo, discapacidad, región y origen étnico o nacional, sobre la evolución en los últimos cinco años de la brecha salarial entre hombres y mujeres, el acceso a los bienes raíces, la pérdida de empleos de mujeres y hombres, y las condiciones de trabajo, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado, en particular el trabajo de la mujer en los sectores agrícola y textil y el de las trabajadoras del servicio doméstico.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto(arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

12.Además de los datos sobre la tasa de desempleo facilitados por el Estado Parte hasta el primer trimestre de 2023, sírvanse proporcionar datos completos y actualizados sobre el disfrute del derecho al trabajo en el Estado Parte, en particular sobre la participación en el mercado laboral, el empleo, el desempleo y el subempleo de los grupos más desfavorecidos y marginados, desglosados por edad, discapacidad, sexo, región, origen étnico o nacional y sector económico. Sírvanse también actualizar la información sobre los resultados de las políticas de empleo de mujeres y hombres mencionadas en los párrafos 94 a 137 del informe del Estado Parte.

13.En vista de las recomendaciones anteriores del Comité, sírvanse proporcionar estadísticas actualizadas sobre el alcance de la economía informal en el Estado Parte para los grupos más desfavorecidos y marginados, desglosadas por edad, discapacidad, sexo, región, origen étnico o nacional y sector económico para los últimos cinco años, y faciliten información sobre las medidas adoptadas para promover la transición de la economía informal a la economía formal y la protección de los trabajadores empleados en el sector informal, en particular las mujeres en los sectores agrícola y textil y las trabajadoras del servicio doméstico.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

14.Teniendo en cuenta la información que figura en los párrafos 191 y 192 del informe del Estado Parte, indíquese:

a)La forma en que se calcula el salario mínimo para garantizar el derecho a un nivel de vida digno de las personas trabajadoras y sus familias. Inclúyase información sobre los mecanismos existentes para garantizar la aplicación efectiva del salario mínimo;

b)La cobertura del salario mínimo general en relación con el umbral de pobreza calculado para un hogar urbano en los últimos cinco años;

c)La evolución del salario mínimo desde la presentación del informe;

d)La diferencia entre el salario mínimo interprofesional garantizado y cualquier otro régimen de salario mínimo existente en el Estado Parte, en particular el salario mínimo agrícola garantizado.

15.A la luz de la información proporcionada en los párrafos 153 y 155 del informe del Estado Parte, sírvanse actualizar y detallar:

a)Los datos estadísticos proporcionados en el párrafo 153 sobre las inspecciones de trabajo realizadas, indicando los tipos de infracción, el sector económico y la región de las inspecciones;

b)Las estadísticas que figuran en el párrafo 155 sobre los inspectores de trabajo, desglosadas por regiones.

Refugiados y solicitantes de asilo (arts. 3, 6, 11, 12 y 13)

16.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el proyecto de ley de asilo anunciado en el párrafo 49 del informe del Estado Parte y aclaren en qué condiciones los refugiados y los solicitantes de asilo tienen acceso a permisos de trabajo, atención sanitaria y educación. Faciliten información sobre el acuerdo migratorio firmado con la Unión Europea y su posible impacto en los derechos económicos, sociales y culturales de los refugiados y solicitantes de asilo. A este respecto, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que todas las personas que solicitan protección internacional tengan acceso a procedimientos de asilo justos y eficaces, estén protegidas contra la devolución y puedan acceder a mecanismos independientes de apelación. Indiquen si los procedimientos de solicitud de asilo siguen suspendidos y, en caso afirmativo, indiquen qué medidas existen para proteger a los solicitantes de asilo mientras tanto y cuál es su condición jurídica.

Derechos sindicales (art. 8)

17.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que el Estado Parte garantiza, en la ley y en la práctica, que todos los trabajadores puedan ejercer su derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos y su derecho de huelga sin restricciones indebidas y sin temor a represalias. Describan también las medidas adoptadas por el Estado Parte para atender las demandas en materia de salarios y condiciones de trabajo de las personas en huelga y los efectos que hayan tenido.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

18.Teniendo en cuenta las medidas anunciadas en los párrafos 157 a 165 del informe del Estado Parte, sírvanse proporcionar:

a)Estadísticas sobre la evolución de las tasas de afiliación a la seguridad social en los últimos cinco años, desglosadas por sexo, discapacidad, edad, región, origen étnico o nacional y sector económico;

b)Un análisis de los efectos de las medidas adoptadas para lograr una cobertura universal de la seguridad social, en particular para las personas trabajadoras de la economía informal y de los sectores agrícola y textil, así como para las personas trabajadoras del servicio doméstico;

c)Información sobre la cobertura, las tasas de utilización y el importe de las prestaciones no contributivas, incluidas las prestaciones para las personas de edad, las prestaciones de asignación familiar, las prestaciones por discapacidad y las prestaciones por dependencia;

d)Información sobre la indexación de las prestaciones no contributivas, indicando si estas prestaciones son suficientes para garantizar un nivel de vida adecuado;

e)Información y estadísticas sobre prestaciones del régimen de pensiones y seguro de desempleo.

Violencia contra las mujeres (arts. 3 y 10)

19.A la luz de la información proporcionada en el párrafo 174 del informe del Estado Parte, actualicen los datos estadísticos sobre el número de casos registrados de violencia de género contra la mujer, desglosados por edad, discapacidad, origen étnico o nacional, nivel de instrucción, empleo y región. En relación con los párrafos 166 a 187 del informe del Estado Parte, sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas, en particular sobre:

a)La creación de centros de acogida, su financiación y el número de personas que trabajan en ellos, desglosada por regiones;

b)La disponibilidad de plazas en los centros de acogida, por regiones, para las mujeres y sus hijos, y su accesibilidad para las mujeres con discapacidad y para las mujeres migrantes o solicitantes de asilo;

c)La tasa de ocupación de los centros de acogida y el tiempo que se tarda en asignar un centro a las mujeres víctimas o supervivientes de la violencia;

d)Las medidas adoptadas para garantizar que todas las mujeres víctimas o supervivientes de violencia disfruten del derecho a la asistencia jurídica descrito en el párrafo 173 del informe;

e)La tasa de incidencia de la violencia contra las mujeres en el ámbito laboral y las medidas adoptadas para combatirla.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

20.Sírvanse proporcionar información sobre el número de personas u hogares del Estado Parte que no tienen acceso a una alimentación adecuada o encuentran dificultades para obtenerlo. Informen además sobre las medidas adoptadas para que todas las personas, en particular las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, tengan acceso a una alimentación adecuada a precios asequibles. Proporcionen información sobre las medidas concretas que está adoptando el Estado Parte para favorecer la producción agrícola local y la productividad de los pequeños productores agrícolas, así como para fomentar sistemas alimentarios locales sostenibles con miras a garantizar el derecho a una alimentación adecuada.

21.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas de lucha contra la pobreza descritas en los párrafos 188 a 196 del informe del Estado Parte, en particular el Plan de Desarrollo (2016-2020), en la reducción de las tasas de pobreza y pobreza extrema que, según se informa, son muy elevadas. Proporcionen estadísticas anuales, correspondientes a los últimos seis años, sobre el alcance y la gravedad de la pobreza, desglosadas por sexo, edad, discapacidad, región, origen étnico y sector económico, y especifiquen los mecanismos utilizados para medir esos indicadores, especialmente en el caso de los grupos más vulnerables.

22.Sírvanse informar sobre los avances logrados gracias a los programas de acceso al agua potable y al saneamiento que se describen en los párrafos 197 a 208 del informe del Estado Parte, en particular en las zonas rurales y apartadas. Faciliten información sobre la eficacia de las medidas adoptadas para mejorar la gestión de los recursos hídricos, especialmente en el sector agrícola, y sobre los efectos de esas medidas. En particular, faciliten información más detallada sobre:

a)La proporción de viviendas y escuelas con acceso al agua potable y al saneamiento;

b)La calidad y el coste del agua potable, desglosada por regiones;

c)El índice de uso del agua para consumo humano y para fines agrícolas, y las medidas adoptadas para optimizar y reducir el uso del agua en la agricultura y el sector textil;

d)El índice y la frecuencia de casos de cortes de agua y electricidad, y el sistema establecido para informar a la población de los cortes que les afectan;

e)Las medidas adoptadas para prevenir y combatir los pozos ilegales;

f)Las medidas adoptadas para dar seguimiento al informe del Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento.

23.Facilítese información sobre el impacto de las medidas descritas en los párrafos 212 a 228 del informe del Estado Parte en la reducción del déficit de vivienda social y el disfrute del derecho a la vivienda, según los criterios de seguridad jurídica de la tenencia, habitabilidad, accesibilidad y adecuación cultural. Indiquen también el perfil socioeconómico de las personas que han tenido acceso a una vivienda social y las posibles trabas burocráticas a las que se pueden enfrentar los ciudadanos para acceder a ese tipo de viviendas. Proporcionen información sobre los resultados obtenidos con el establecimiento de los comités de investigación y conciliación mencionados en el párrafo 225 del informe del Estado Parte en la prevención de las expulsiones de personas en situación de vulnerabilidad.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

24.Sírvanse proporcionar información sobre los sistemas públicos y privados de seguro de salud, en particular la Caja Nacional de la Seguridad Social, el Fondo Nacional de Pensiones y Seguridad Social y la cobertura del programa social Amen, indicando las tasas de afiliación desglosadas por edad, sexo, sector de empleo, discapacidad, origen étnico o nacional y región, y las diferencias en el nivel de cobertura sanitaria. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aumentar el presupuesto de salud con el fin de reforzar el sistema nacional de salud y para garantizar la accesibilidad, disponibilidad y calidad de la asistencia sanitaria, especialmente en las zonas rurales. Informen sobre los progresos realizados gracias a las medidas descritas en los párrafos 229 a 237 del informe del Estado Parte, y comuniquen en particular:

a)Las tasas de personal sanitario, médicos, médicos especialistas y equipos médicos, desglosadas por regiones;

b)La disponibilidad de medicamentos y las interrupciones en el suministro, desglosadas por regiones;

c)La incidencia, en los últimos cinco años, de los embarazos en la adolescencia, desglosada por edad, origen étnico o nacional y región urbana o rural, así como las medidas adoptadas para prevenirlos y el impacto de dichas medidas;

d)Los resultados de las medidas adoptadas para eliminar el amiguismo y la corrupción en el sector sanitario;

e)Las medidas adoptadas para prevenir las infecciones por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), tratar a las personas afectadas y evitar la discriminación de las personas que viven con el VIH;

f)Las medidas adoptadas para prevenir la discriminación de las personas LGBTQI+ en la atención sanitaria.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

25.Facilítese información estadística actualizada sobre las tasas de matriculación, abandono y finalización de los estudios de los alumnos de enseñanza primaria y secundaria pública y privada, desglosada por edad, sexo, región, discapacidad, ingresos, origen étnico o nacional u otros indicadores pertinentes. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de alumnos y profesores en los centros escolares, así como los indicadores pertinentes, desglosados por regiones.

26.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas destinadas a reducir las desigualdades relacionadas con el género y la discapacidad, así como las desigualdades regionales y económicas en la educación esbozadas en los párrafos 238 a 264 del informe del Estado Parte. Proporcionen también información sobre las medidas que se han adoptado para mejorar la accesibilidad de las infraestructuras escolares, en particular en lo que respecta a los aseos para las niñas, y para garantizar la disponibilidad de una educación integradora adaptada a las necesidades de los niños con discapacidad. Actualicen la información proporcionada en los párrafos 263 y 264 del informe del Estado Parte sobre las medidas adoptadas para reducir la tasa de analfabetismo y sus efectos.

Derechos culturales (art. 15)

27.A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse proporcionar información que explique por qué, como se indica en el párrafo 273 del informe del Estado Parte, el Instituto Nacional de Estadística no recopila datos desglosados por etnia y cultura, lo que hace imposible evaluar la situación real de los amazigh, los tunecinos negros y otras minorías. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para apoyar a las asociaciones de enseñanza de la lengua amazigh, indicando el porcentaje de financiación cuando proceda, y sobre las medidas adoptadas para apoyar actividades culturales inclusivas accesibles a las personas con discapacidad, así como iniciativas artísticas de personas con discapacidad. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para aumentar la inversión en tecnologías de la información y las comunicaciones en la educación y para proporcionar conectividad digital, en particular a los estudiantes pertenecientes a los grupos más marginados y desfavorecidos. Para ello, actualicen la información proporcionada en el párrafo 82 del informe del Estado Parte sobre la cobertura del acceso a Internet, desglosada por regiones.