Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la participación de niños en los conflictos armados
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Estado parte |
Fecha en que debía presentarse |
Signatura |
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República de Moldova |
2006 |
CRC/C/OPAC/MDA/1 |
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Japón |
2006 |
CRC/C/OPAC/JPN/1 |
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Serbia |
2005 |
CRC/C/OPAC/SRB/1 |
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Sri Lanka |
2004 |
CRC/C/OPAC/LKA/1 |
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Nicaragua |
2007 |
CRC/C/OPAC/NIC/1 |
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Ucrania |
2007 |
CRC/C/OPAC/UKR/1 |
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Sudán |
2007 |
CRC/C/OPAC/SDN/1 |
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Bosnia y Herzegovina |
2005 |
CRC/C/OPAC/BIH/1 |
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Colombia |
2007 |
CRC/C/OPAC/COL/1 |
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México |
2004 |
CRC/C/OPAC/MEX/1 |
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Azerbaiyán |
2004 |
CRC/C/OPAC/AZE/1 |
Protocolo Facultativo de la Convención relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
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Estado parte |
Fecha en que debía presentarse |
Signatura |
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ex República Yugoslava de Macedonia |
2005 |
CRC/C/OPSC/MKD/1 |
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Bosnia y Herzegovina |
2004 |
CRC/C/OPSC/BIH/1 |
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Colombia |
2005 |
CRC/C/OPSC/COL/1 |
|
México |
2004 |
CRC/C/OPSC/MEX/1 |
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Azerbaiyán |
2004 |
CRC/C/OPSC/AZE/1 |
Informes atrasados
9.Según el artículo 67 del reglamento provisional, el Secretario General debe notificar al Comité en todos los períodos de sesiones los casos en que no se hayan presentado los informes. La lista completa de los informes iniciales y periódicos pendientes en relación con la Convención y los informes iniciales y periódicos pendientes en relación con los Protocolos Facultativos figura en el documento sobre la situación de la presentación de los informes (CRC/C/50/2), en el que también se indican las medidas excepcionales adoptadas por el Comité respecto de los Estados partes que tropiezan con problemas para cumplir el estricto plazo fijado para la presentación de informes en el párrafo 1 del artículo 44 de la Convención, o en el caso de que se haya demorado el examen de sus informes.
Tema 4 - Examen de los informes presentados por los Estados partes
10.A continuación figura un calendario provisional para el examen de los informes en el 50º período de sesiones, preparado por el Secretario General en consulta con el Presidente y sujeto a la aprobación del Comité.
Calendario provisional para el examen de los informes presentados por los Estados partes
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Fecha |
Hora |
Tema del programa |
Informe |
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Martes 13 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Malawi |
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15.00 horas |
4 |
Malawi (cont.) |
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Miércoles 14 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Chad |
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15.00 horas |
4 |
Chad (cont.) |
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Jueves 15 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Países Bajos |
|
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15.00 horas |
4 |
Países Bajos (cont.) |
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Viernes 16 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Países Bajos (OPSC) |
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Martes 20 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
República de Moldova |
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|
15.00 horas |
4 |
República de Moldova (cont.) y OPAC |
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Miércoles 21 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
República Democrática del Congo |
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15.00 horas |
4 |
República Democrática del Congo (cont.) |
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Viernes 23 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
República Popular Democrática de Corea |
|
|
15.00 horas |
4 |
República Popular Democrática de Corea (cont.) |
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Lunes 26 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Maldivas OPAC y OPSC |
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15.00 horas |
4 |
Maldivas (cont.) |
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Martes 27 de enero de 2009 |
10.00 horas |
4 |
Túnez OPAC |
11.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional, se invitará a los representantes de los Estados partes a asistir a las sesiones del Comité en que vayan a examinarse sus informes. Los representantes deberán estar en condiciones de responder a las preguntas que les haga el Comité y de hacer declaraciones sobre los informes ya presentados por su Estado; también podrán presentar información complementaria.
12.De conformidad con el artículo 68 del reglamento provisional del Comité, el Secretario General ha notificado a los Estados partes interesados la fecha de apertura, la duración y el lugar de celebración del 50º período de sesiones del Comité, durante el cual se examinarán sus respectivos informes, y les ha pedido que envíen representantes para que asistan a las sesiones correspondientes.
Tema 5 - Cooperación con otros órganos, organismos especializados y entidades competentes de las Naciones Unidas
13.En relación con este tema, el Comité proseguirá su debate sobre las formas en que se podría reforzar la cooperación con diversos órganos competentes para mejorar la promoción y protección de los derechos del niño.
Tema 6 - Métodos de trabajo del Comité
14.En relación con este tema, el Comité continuará su debate sobre la organización de su labor futura y el procedimiento que habrá de seguirse para examinar los informes de los Estados partes y darles seguimiento, incluida, de ser necesaria, la determinación de las esferas en que deba prestarse asistencia técnica. En particular, el Comité buscará formas de ocuparse de los informes que están pendientes de examen, y examinará sus directrices específicas de presentación de informes.
Tema 7 - Día de debate general
15.En su 49º período de sesiones, el Comité decidió que estudiaría las modalidades de la conmemoración, durante su 52º período de sesiones, del vigésimo aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, en lugar de celebrar su día de debate general anual en 2009.
Tema 8 - Observaciones generales
16.En relación con este tema, el Comité seguirá elaborando observaciones generales sobre la base de los distintos principios y disposiciones de la Convención y en particular acerca de dos proyectos de documento, uno relativo a los derechos de los niños indígenas y otro sobre la participación del niño.
Tema 9 - Reuniones futuras
17.En relación con este tema, se informará al Comité de cualquier novedad acerca del calendario de sus futuras reuniones.
Tema 10 - Otros asuntos
18.En relación con este tema, los miembros del Comité examinarán otros asuntos relativos a su labor, según proceda.
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