Lista de cuestiones y preguntas relativa al décimo informe periódico de Cabo Verde *

Visibilidad de la Convención, de su Protocolo Facultativo y de las recomendaciones generales del Comité

Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Los esfuerzos realizados para dar visibilidad a la Convención, a su Protocolo Facultativo y a las recomendaciones generales del Comité a fin de que formen parte indisociable de la formación impartida a jueces, abogados, fiscales, agentes de policía y otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Sírvanse facilitar información también sobre las medidas adoptadas para difundir las observaciones finales anteriores del Comité (CEDAW/C/CPV/CO/9);

b)Las medidas adoptadas para fomentar una mayor conciencia, específicamente de las mujeres, sobre los derechos que las asisten en virtud de la Convención, su Protocolo Facultativo y las recomendaciones generales del Comité, incluidos los pasos que se hayan dado para publicar la Convención en formatos accesibles;

c)Toda sentencia judicial en la que los jueces hayan recurrido a la Convención, su Protocolo Facultativo o la jurisprudencia del Comité para justificar sus decisiones, por ejemplo en causas de derecho de familia, derecho penal, derecho civil y derecho laboral.

Derechos de la mujer e igualdad de género en relación con la pandemia y las actividades de recuperación

Sírvanse describir las actividades realizadas y los mecanismos establecidos para hacer frente a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y sus efectos a largo plazo, así como las formas de aplicarlos en la respuesta del Estado parte a las crisis actuales y futuras, tales como los conflictos armados, la inseguridad alimentaria, la crisis energética y otras esferas pertinentes, en consonancia con la nota orientativa del Comité sobre las obligaciones de los Estados partes en la Convención en el contexto de la pandemia de COVID-19, publicada el 22 de abril de 2020. Facilítese información sobre las estrategias adoptadas para que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres sean requisitos fundamentales a la hora de hacer frente a esas crisis y elaborar respuestas adecuadas, como formular políticas, definir el alcance de los servicios esenciales, ejecutar programas de asistencia, realizar actividades de recuperación y aplicar el estado de derecho. Sírvanse brindar información también sobre las medidas adoptadas para que las mujeres participen de manera igualitaria y significativa en esos procesos y para que esas crisis no conduzcan a un retroceso de los avances en la protección y promoción de sus derechos.

Marco legislativo y definición de discriminación

De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y en consonancia con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, consistente en poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, proporcionen información sobre los siguientes aspectos:

a)Las medidas que se han tomado para adoptar una definición amplia de discriminación, de modo que se proteja a las mujeres y las niñas de la discriminación directa e indirecta, incluidas las formas interseccionales de discriminación, tanto en la esfera pública como en la privada;

b)Las medidas legislativas y de política contra las formas interseccionales de discriminación a que hacen frente las mujeres y las niñas;

c)Las medidas adoptadas para modificar o derogar las leyes y reglamentos discriminatorios existentes a fin de cumplir la Convención y los tratados internacionales de derechos humanos;

d)Los recursos legales y las reparaciones que se ponen a disposición de las mujeres y las niñas que son objeto de alguna forma de discriminación por razón de género, en particular las mujeres y niñas con discapacidad, las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, las migrantes, refugiadas o solicitantes de asilo, las mujeres de edad y las mujeres y niñas que viven en zonas rurales.

Acceso a la justicia y a los mecanismos jurídicos de denuncia

Tengan a bien proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para acelerar y aumentar los enjuiciamientos en los casos de violencia de género contra las mujeres y las niñas, e información sobre el número de condenas y las penas impuestas a los autores de actos de violencia de ese tipo;

b)Las medidas concretas adoptadas para institucionalizar y ampliar los servicios públicos inclusivos, accesibles y de alta calidad de asistencia letrada que estén debidamente financiados para que las mujeres que no dispongan de medios suficientes puedan tener representación legal en los procedimientos en materia penal, civil y administrativa relacionados con la violencia de género y la discriminación;

c)Los pasos que se han dado para diseñar una política judicial integral con el objeto de eliminar los obstáculos institucionales, sociales, económicos, tecnológicos, de accesibilidad y de otra índole a los que se enfrentan las mujeres al acceder a la justicia y de brindar recursos humanos, financieros y técnicos adecuados, incluidos los ajustes razonables y de tipo procesal, así como indicadores y un mecanismo de seguimiento de la aplicación de dicha política;

d)Los pasos que se han dado para que los jueces, fiscales y agentes de policía atiendan los casos de violencia de género y discriminación contra la mujer de un modo que tenga en cuenta las cuestiones de género, así como para ampliar la capacitación obligatoria dirigida a los jueces, fiscales, abogados, funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y mediadores sobre los derechos de la mujer, en particular su derecho a acceder a la justicia;

e)Las medidas específicas que se han tomado para poner en práctica programas de protección de las víctimas, que incluyan un sistema de derivación, y los mecanismos previstos en las diversas políticas con perspectiva de género que se han adoptado en los cinco últimos años;

f)El número de denuncias de discriminación por razón de sexo y género presentadas por mujeres durante el período que se examina, desglosadas por año, y el número de investigaciones emprendidas y sus resultados;

g)Los pasos que se han dado para diseñar una estrategia destinada a garantizar el acceso a la justicia de los grupos desfavorecidos y discriminados de mujeres, como las mujeres con discapacidad, las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales, las migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo, las mujeres de edad y las mujeres y niñas rurales, en la que se dé respuesta a las cuestiones de accesibilidad y otros obstáculos culturales, se establezcan recursos y procedimientos legales eficaces para que las mujeres puedan reivindicar sus derechos y se difunda información sobre dichos recursos y procedimientos.

Las mujeres y la paz y la seguridad

Sírvanse informar al Comité de los pasos que se han dado con los siguientes fines:

a)Elaborar un plan de acción nacional sobre las mujeres y la paz y la seguridad, en consonancia con la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad y sus resoluciones posteriores y con la recomendación general núm. 30 (2013) del Comité, sobre las mujeres en la prevención de conflictos y en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, que esté vinculado a la estrategia nacional de seguridad y ponga de relieve los tres pilares de la agenda sobre las mujeres y la paz y la seguridad —prevención, participación y protección— para fomentar el papel de las mujeres, las organizaciones de mujeres y las defensoras de los derechos humanos como promotoras importantes de sociedades resilientes y pacíficas, a escala nacional y regional;

b)Garantizar que se incluya y consulte plena y significativamente a las mujeres en los diálogos sobre la solución de conflictos y en las negociaciones sobre el cambio climático y la política exterior en un entorno que sirva de apoyo para que las mujeres tengan un espacio en la sociedad civil y participen en esta.

Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer

Tengan a bien proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para crear una entidad independiente, con plenas competencias y dotada de recursos suficientes para coordinar y supervisar la aplicación de la Convención a la luz del párrafo 14 a) de las anteriores observaciones finales del Comité;

b)Los mecanismos encaminados a promover la participación de las organizaciones de mujeres y las consultas con ellas en la aprobación y aplicación de políticas y programas públicos por parte de los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer.

Institución nacional de derechos humanos

En lo que respecta a los párrafos 15 y 16 de las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse proporcionar información sobre los pasos que se han dado para aplicar las recomendaciones formuladas por el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, a fin de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos y Ciudadanía se ajuste plenamente a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), y sobre los pasos que se han dado para solicitar el apoyo y el asesoramiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en el proceso.

Medidas especiales de carácter temporal

De conformidad con el artículo 4 1) de la Convención y la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal, tengan a bien proporcionar información acerca de las medidas de ese tipo aplicadas durante el período sobre el que se informa a fin de acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre las mujeres y los hombres, particularmente en los ámbitos de la educación, el empleo formal y el empoderamiento económico. Facilítese información sobre las medidas especiales de carácter temporal adoptadas en favor de los grupos de mujeres más desfavorecidos, como las mujeres con discapacidad, las mujeres rurales, las mujeres de edad y las migrantes.

Estereotipos de género

Sírvanse proporcionar información detallada sobre lo siguiente:

a)Los pasos específicos que se han dado para eliminar los estereotipos de género y las actitudes patriarcales con respecto a las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad, como programas de sensibilización y educación en los que se trabaja con hombres y niños varones, y campañas en los medios de comunicación que transmiten imágenes positivas de las mujeres como participantes activas en la vida económica, social y política, así como los efectos de esas medidas;

b)Las medidas adoptadas para hacer frente a los estereotipos de género y las representaciones negativas de las mujeres y las niñas, que incluyen todas las formas de cosificación de las mujeres en los medios sociales, publicitarios y de comunicación, así como el seguimiento y los resultados de esas medidas;

c)Los pasos que se han dado para incorporar la igualdad de género en los planes de estudios y los libros de texto, incluidas las medidas dirigidas a los docentes, así como las evaluaciones del impacto de las actividades de creación de capacidad relacionadas con los derechos de las mujeres y la igualdad de género.

Violencia de género contra la mujer

La información recibida por el Comité indica que ha aumentado el número de casos de violencia de género contra la mujer, que incluyen feminicidios y el abuso sexual de niños, en el Estado parte. Atendiendo a la recomendación general núm. 35 (2017) del Comité, relativa a la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la recomendación general núm. 19, y a la meta 5.2 de los Objetivos, consistente en eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación, sírvanse comunicar lo siguiente:

a)Datos actualizados y desglosados sobre el número de feminicidios y casos de abuso sexual de niños ocurridos en el Estado parte en los cinco últimos años;

b)Información sobre el estado de aplicación y los resultados obtenidos hasta la fecha de la ley contra la violencia de género y su marco regulatorio, las asignaciones presupuestarias específicas para la justicia, la policía, la salud, la educación y el fondo de apoyo a las víctimas, así como la existencia de un plan nacional vigente para combatir la violencia sexual contra los niños y los adolescentes;

c)Información sobre los avances realizados para elaborar y promulgar leyes en las que se prohíba toda forma de violencia contra la mujer en todos los entornos, en consonancia con el marco legislativo sobre la violación (ley modelo sobre la violación) y otras orientaciones pertinentes de las Naciones Unidas;

d)Información sobre las medidas específicas que se han tomado para prevenir todas las formas de violencia de género contra las mujeres y niñas migrantes, las mujeres y niñas con discapacidad y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales.

Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas con los siguientes fines:

a)Prevenir casos de violencia de género contra la mujer en las instituciones, en particular los centros de detención, los hospitales psiquiátricos, los centros para personas con discapacidad y los centros de menores, y garantizar que todos los tipos de instituciones estén bajo la supervisión de autoridades independientes;

b)Ofrecer a las víctimas protección efectiva, rehabilitación y reparaciones, como la indemnización;

c)Velar por que las mujeres y niñas rurales y migrantes víctimas de violencia de género tengan acceso efectivo a órdenes de alejamiento, albergues y asesoramiento psicosocial;

d)Recopilar datos estadísticos sobre los casos de violencia de género contra la mujer, desglosados por tipo de violencia de género, edad, origen étnico, discapacidad, relación entre el autor y la víctima, número de enjuiciamientos y condenas, y penas impuestas a los autores;

e)Proporcionar información accesible a las mujeres con discapacidad sobre los recursos jurídicos y reparaciones disponibles en caso de violencia de género contra ellas;

f)Ampliar la cobertura de los albergues para las mujeres y niñas supervivientes de violencia doméstica y otras formas de violencia de género, incluidas las mujeres con discapacidad, y facilitar información sobre el número de albergues y su accesibilidad y el apoyo que se ofrece a las supervivientes.

Trata y explotación de la prostitución

Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para prevenir y eliminar la trata de personas, en particular la trata de mujeres migrantes y mujeres rurales con fines de explotación de la prostitución, trabajo forzoso y explotación sexual, incluidas las campañas de sensibilización y redes comunitarias que hacen frente a los mayores riesgos que corren las niñas de zonas marginadas y rurales y las que podrían sufrir violencia de género o ser objeto de matrimonio infantil o forzado;

b)Los resultados de la aplicación de la estrategia nacional y el plan de acción nacional de lucha contra la trata de personas para el período 2023-2026;

c)Los pasos que se han dado a fin de elaborar protocolos normalizados para, de manera temprana, detectar y derivar a las víctimas de la trata y prestarles apoyo y para que todos los grupos profesionales pertinentes, que incluyen los agentes del orden, los funcionarios de inmigración, los trabajadores sociales y las organizaciones de la sociedad civil, reciban una formación adecuada sobre dichos protocolos;

d)Las medidas adoptadas para mejorar la cooperación internacional, regional y bilateral con los países de origen, de tránsito y de destino y así prevenir la trata de mujeres y niñas, mediante el intercambio de información y la armonización de los procedimientos legales para enjuiciar y sancionar a los responsables;

e)Las actividades realizadas a fin de desarrollar la capacidad del poder judicial y la policía para investigar, enjuiciar y sancionar de una forma eficaz y que tenga en cuenta las cuestiones de género a los autores de delitos de trata de mujeres y niñas y explotación de la prostitución;

f)Los pasos que se han dado para proteger a las mujeres y niñas que han sido víctimas de trata y proporcionarles acceso gratuito e inmediato a albergues especializados, atención médica, asesoramiento psicosocial, asistencia jurídica y servicios de rehabilitación y reintegración.

Indíquense los recursos asignados a las estrategias de salida, como oportunidades de ingresos alternativos y prestaciones sociales suficientes, para que las mujeres puedan dejar la prostitución y para prevenir que las que disponen de medios escasos empiecen a ejercerla. Indíquense las medidas adoptadas para prevenir y combatir los delitos de prostitución infantil y castigar a sus autores. Especifíquese también toda campaña de sensibilización puesta en marcha para eliminar la demanda de prostitución y la cosificación de las mujeres.

Participación en la vida política y pública

A la luz de la recomendación general núm. 23 (1997) del Comité, relativa a la mujer en la vida política y pública, y la recomendación general núm. 40 (2024)del Comité, relativa a la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, sírvanse describir las medidas adoptadas con los siguientes fines:

a)Lograr la paridad en la representación de mujeres y hombres en la vida política y pública, en particular en el Parlamento (CEDAW/C/CPV/10, párr. 84);

b)Promover a candidatas en las elecciones locales, proporcionarles formación sobre las campañas políticas, facilitar la recaudación de fondos para sus campañas y promover a mujeres en los puestos de liderazgo de los partidos políticos y en el seno de sus comunidades;

c)Establecer objetivos y plazos concretos para la participación de las mujeres pertenecientes a minorías, por ejemplo mediante cuotas estatutarias en el Parlamento, los partidos políticos, la administración pública y el servicio exterior y en los altos cargos del Gobierno;

d)Medir los resultados de la Ley de Paridad (ibid., párr. 81).

Educación

Tengan a bien proporcionar información sobre lo siguiente:

a)La tasa de abandono escolar de las niñas durante los cinco últimos años, indicando cómo hace frente el Estado parte al abandono escolar debido a factores como la pobreza, el embarazo infantil, la concurrencia de obligaciones domésticas y de cuidados y la contratación de niñas como trabajadoras domésticas;

b)La repercusión del Plan de Apoyo Social a la Educación y Formación de las Adolescentes y Mujeres Jóvenes (2023-2026) en la matriculación en la educación secundaria y la formación profesional, la asistencia a las clases y su finalización por parte de las adolescentes y jóvenes pertenecientes a hogares en situación de pobreza (CEDAW/C/CPV/10, párr. 96);

c)Los pasos que se han dado para que todas las mujeres y niñas con discapacidad tengan acceso a una educación inclusiva y accesible de alta calidad, lo cual incluye su permanencia en las escuelas;

d)Las medidas adoptadas para impartir educación obligatoria, adecuada a la edad e integral en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos en todos los niveles de enseñanza, así como sobre el comportamiento sexual responsable y los anticonceptivos modernos;

e)Las decisiones en materia de carrera profesional tomadas por las mujeres, desglosadas por edad y ubicación (urbana o rural), y las medidas adoptadas para alentar a las mujeres y las niñas a que opten por campos de estudio no tradicionales, como las tecnologías de la información y las comunicaciones y la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas.

Empleo

Sírvanse proporcionar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para hacer frente a la persistente segregación por género en el mercado laboral, en el que las mujeres se concentran en el trabajo doméstico, el sector de la salud, el comercio, la educación y el sector de la hostelería (CEDAW/C/CPV/10, párr. 109);

b)Los progresos realizados para promover el acceso de las mujeres al empleo formal, en particular de las mujeres rurales, las mujeres con discapacidad y las migrantes;

c)Los pasos que se han dado para garantizar la protección social de las mujeres que trabajan en la economía informal, incluido el reconocimiento de la licencia de maternidad, la licencia de enfermedad con sueldo y la discapacidad, las prestaciones del régimen de pensiones y la protección contra las enfermedades laborales de las que trabajan en los sectores agrícola, industrial, pesquero y de los servicios;

d)Los progresos realizados para adoptar un marco regulatorio para el trabajo doméstico, teniendo en cuenta el párrafo 33 de las anteriores observaciones finales del Comité;

e)Los esfuerzos realizados para promover el reparto equitativo de las responsabilidades familiares y laborales entre las mujeres y los hombres y la provisión de servicios asequibles de cuidado infantil y prestaciones a las mujeres que son cabeza de familia;

f)Los pasos que se han dado para ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (núm. 189), el Convenio sobre la Violencia y el Acoso, 2019 (núm. 190) el Convenio sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, 1981 (núm. 156) y el Convenio sobre la Protección de la Maternidad, 2000 (núm. 183) de la Organización Internacional del Trabajo.

Salud

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para que se obtengan servicios de atención de la salud integrales, accesibles, gratuitos y asequibles en todo el país, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva, en particular en las zonas rurales y remotas y en situaciones humanitarias;

b)Los pasos que se han dado para hacer que los servicios de salud relativos al aborto y posteriores a este sean gratuitos y velar por que ninguna niña o mujer tenga dificultades para acceder a servicios de aborto legales y seguros, en consonancia con el párrafo 35 de las anteriores observaciones finales del Comité;

c)Las medidas adoptadas para prevenir el embarazo precoz y reforzar el acceso a anticonceptivos modernos asequibles en todo el territorio;

d)La prevalencia del VIH/sida, incluidas las medidas implantadas para prevenir la propagación del virus, así como el acceso al tratamiento antirretrovírico;

e)El acceso de los grupos desfavorecidos de mujeres a la atención de la salud, en particular de las mujeres con discapacidad y las mujeres rurales.

Empoderamiento económico

Sírvanse comunicar información sobre lo siguiente:

a)Las medidas adoptadas para mitigar la pobreza, en particular de las mujeres, y cualesquiera resultados obtenidos en el marco del proyecto “Empoderamiento Económico - Promoción de la Mujer” (CEDAW/C/CPV/10, párr. 148), en particular en vista de la crisis climática;

b)Los pasos que se han dado para empoderar a las mujeres, en particular a las mujeres rurales, a fin de que participen en actividades que les generen ingresos, pongan en marcha sus propias empresas y obtengan acceso a los mercados, poniendo a su disposición servicios financieros, como las tecnofinanzas, los microcréditos a bajas tasas de interés, los fondos para la creación y ampliación de empresas emergentes, el capital de riesgo, la financiación y el arrendamiento de equipos, y las prestaciones de seguridad social, incluidas las soluciones amortiguadoras para el sector informal;

c)La participación de las mujeres en aspectos clave de los sectores económicos del Estado parte, en particular el sector turístico y la economía azul.

Mujeres rurales

Recordando la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité, relativa a los derechos de las mujeres rurales, indiquen las medidas adoptadas con los siguientes fines:

a)Aumentar la inversión en el suministro de agua, incluida el agua desalada, y el saneamiento en las zonas rurales, y velar por que las mujeres participen efectivamente en los comités municipales de medio ambiente, agua y saneamiento y en las divisiones de saneamiento, de conformidad con el párrafo 41 a) de las anteriores observaciones finales del Comité;

b)Mejorar el acceso de las mujeres y niñas rurales a los servicios básicos, que incluyen los de atención de la salud y planificación familiar, la educación, el empleo formal, la protección social tanto en la economía formal como en la informal, los medios de empoderamiento económico, la justicia, la propiedad de la tierra y los créditos.

Grupos desfavorecidos de mujeres

En vista de las formas interseccionales de discriminación que afrontan los grupos desfavorecidos y marginados de mujeres, se ruega faciliten información sobre la situación de las mujeres de edad, las migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo, las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales y las mujeres privadas de libertad, así como sobre los obstáculos que les impiden disfrutar de los derechos básicos, como el acceso a los servicios de atención de la salud, las prestaciones sociales, la educación y la participación en la vida política y pública. Se ruega, asimismo, que:

a)Se especifique el calendario para la adhesión a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951), la Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África (1969), la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas (1954) y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia (1961);

b)Se proporcione información detallada sobre cualesquiera planes destinados a crear un sistema de asilo que identifique a las mujeres y niñas que necesiten protección internacional y a mejorar los centros de acogida de refugiados;

c)Se facilite información actualizada y detallada sobre la implantación de un sistema integrado de atención a inmigrantes (CEDAW/C/CPV/10, párr. 166) y sobre el acceso a viviendas y servicios básicos, como el acceso de las refugiadas y solicitantes de asilo a la atención de la salud y la educación;

d)Se indiquen las medidas adoptadas para proteger a las mujeres y niñas con discapacidad frente a la violencia de género, a la vulneración de su salud y derechos sexuales y reproductivos y a otras formas de discriminación y para que disfruten, en condiciones de igualdad, de todos los derechos que se reconocen en la Convención.

Cambio climático y reducción del riesgo de desastres

Habida cuenta de la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité, sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático, sírvanse facilitar información sobre los siguientes aspectos:

a)Las medidas adoptadas para incorporar una perspectiva de género en las estrategias nacionales de gestión y reducción del riesgo de desastres y de socorro y recuperación;

b)La participación de las mujeres en la formulación y aplicación de políticas y programas en materia de reducción del riesgo de desastres, gestión posterior a los desastres y cambio climático;

c)Las medidas adoptadas para socorrer a las mujeres afectadas por desastres naturales, que incluyen las sequías, y ayudarlas a recuperarse;

d)Las medidas adoptadas para que las mujeres rurales gocen de seguridad alimentaria, habida cuenta de los efectos del cambio climático.

Matrimonio y relaciones familiares

Tengan a bien comunicar lo siguiente:

a)Información sobre las medidas adoptadas para promover el reconocimiento de las uniones de hecho (CEDAW/C/CPV/10, párr. 177) y la inscripción de los matrimonios para que las mujeres disfruten de una protección jurídica adecuada durante dichas uniones y tras su disolución;

b)Información sobre las medidas adoptadas para modificar el Código Civil a fin de prohibir la unión de hecho de las menores de 18 años, reconocer únicamente las uniones de hecho que se inician cuando ambos miembros de la pareja tienen al menos 18 años y modificar los artículos 141 y 142 y así eliminar la excepción que permite contraer matrimonio antes de cumplir 18 años (ibid., párr. 57);

c)Información actualizada sobre cualesquiera pasos que se hayan dado para prohibir la poligamia (ibid., párr. 173), como incluir dicha prohibición en el Código Civil y organizar campañas de sensibilización sobre los efectos nocivos que produce la poligamia en las mujeres y la sociedad en general.