65º período de sesiones

24 de octubre a 18 de noviembre de 2016

Tema 4 del programa provisional

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

Lista de cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos octavo y noveno combinados de Bhután

Situación jurídica de la Convención y definición de discriminación

El Estado parte indica en sus informes periódicos octavo y noveno combinados que las leyes y políticas de Bhután aún no contienen una definición explícita de discriminación con arreglo a la Convención (CEDAW/C/BTN/8-9, párr. 33).. A continuación afirma que, en aquellos casos en que sea procedente, se está haciendo lo posible para examinar las leyes pertinentes y armonizar la definición de discriminación con el artículo 1 de la Convención (párr. 35). Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, así como sobre el calendario, para modificar la legislación a fin de incluir una definición de discriminación contra la mujer con arreglo al artículo 1 de la Convención. Indiquen qué otras leyes contempla modificar el Estado parte. Sírvanse manifestar si la Convención es directamente aplicable en los tribunales nacionales a la luz del artículo 10 25) de la Constitución, que dispone que un tratado se considerará ley de Bhután únicamente tras su ratificación por el Parlamento, a menos que sea incompatible con la Constitución (párrs. 33 y 39).

Acceso a la justicia

A la luz de la recomendación anterior del Comité (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 20), sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para aumentar el acceso a la justicia de las mujeres que son víctimas de discriminación y violencia, incluida la violencia doméstica, así como sobre la asistencia letrada actualmente disponible para apoyarlas. Asimismo, faciliten información sobre las medidas adoptadas para aumentar el número de mujeres que se dedican a atender estas cuestiones, incluso en la policía y otras fuerzas del orden. Se ruega proporcionar información sobre el régimen de asistencia letrada existente y la medida en que las mujeres pueden acceder a la asistencia letrada, de conformidad con la recomendación general núm. 33 (2015) del Comité sobre el acceso de las mujeres a la justicia.

Mecanismos nacionales encargados del adelanto de la mujer

Sírvanse indicar si los cambios institucionales realizados recientemente en la Comisión Nacional para la Mujer y el Niño han supuesto también un aumento en cuanto a recursos financieros, personal, autonomía, independencia y rendición de cuentas (párr. 67). Asimismo, clarifiquen si el proceso de fortalecimiento de la Comisión ha dado lugar a una separación clara de sus funciones con respecto a la mujer y el niño, como el Comité había recomendado con anterioridad (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 14). Especifiquen la institución responsable del seguimiento de la aplicación de la Convención. Se ruega proporcionar información actualizada sobre la renovación del nombramiento de los coordinadores de las cuestiones de género en los distritos atendiendo a lo solicitado por la Comisión (párr. 71).

Medidas especiales de carácter temporal

El Comité, en sus observaciones finales anteriores (CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 15) observó que el Estado parte debería considerar la adopción y aplicación de medidas especiales de carácter temporal, según la interpretación del Comité en su recomendación general núm. 25 (2004) sobre medidas especiales de carácter temporal. Sírvanse facilitar información sobre las medidas especiales de carácter temporal adoptadas a fin de acelerar el logro de la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres en el sector público. Indiquen las medidas que se están adoptando a fin de introducir legislación relativa a medidas especiales de carácter temporal para las mujeres, y hacer frente a la desigualdad que sufren los grupos desfavorecidos de mujeres (párr. 98).

Estereotipos y prácticas nocivas

El Estado parte indica que en el Plan Nacional de Acción para las Cuestiones de Género los prejuicios y estereotipos se consideraron factores clave sobre los que había que intervenir con el fin de limitar sus efectos negativos en las iniciativas de empoderamiento de la mujer (párr. 102). Sírvanse facilitar detalles sobre la naturaleza de dichas intervenciones y sus resultados. Asimismo, proporcionen información sobre los planes para elaborar políticas y programas dirigidos a los hombres y las mujeres con el fin de apoyar la eliminación de estereotipos vinculados a los papeles tradicionales en la familia, el lugar de trabajo y la sociedad en general, y para evitar el resurgimiento de estereotipos que sean discriminatorios respecto de la mujer (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 24).

El Estado parte resalta los resultados de la Encuesta de Indicadores Múltiples de Bhután de 2010, que indica que el 68,4% de las mujeres aceptaba que la violencia doméstica estaba justificada (párr. 103). Sírvanse indicar las medidas adoptadas para afrontar ese fenómeno, mediante, entre otras cosas, campañas de sensibilización. Según la información de que dispone el Comité, el matrimonio infantil sigue siendo común en el Estado parte, a pesar de estar prohibido por ley. Se ruega facilitar información sobre las medidas adoptadas, tales como legislación y campañas de divulgación pública, a fin de abolir la práctica.

Violencia contra la mujer

Según la información de que dispone el Comité, muchos casos de violencia doméstica y violación, como la práctica tradicional de las “correrías nocturnas”, durante las cuales se cometen violaciones, no se denuncian. Además, la información de la que dispone el Comité indica que, cuando dichos actos se denuncian, se alienta a las víctimas a resolver las denuncias a través de la mediación antes de que puedan presentar acusaciones penales. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas específicas adoptadas a fin de eliminar dichas prácticas y corregir el escaso nivel de denuncia de esos delitos, así como para garantizar que la mediación no conduzca a la impunidad de los autores. Asimismo, faciliten información actualizada sobre la situación actual de los servicios de apoyo y los centros de acogida a disposición de las mujeres y las niñas en todas las regiones.

El Estado parte indica que, en 2013, se puso en marcha un sistema de gestión de la información sobre la violencia de género destinado a apoyar una gestión eficaz de casos (es decir, registros y seguimiento) (párr. 110). Sírvanse indicar si se han logrado los resultados previstos con respecto a la gestión eficaz de casos. Asimismo, aporten datos sobre el número de casos enjuiciados desde que se modificó el Código Penal en 2011 para revisar las penas previstas para el delito de violación (párr. 43). Indiquen la ley aplicable a la violencia doméstica por razón de género y faciliten información sobre las medidas adoptadas para hacer cumplir la ley y así poner coto a la violencia doméstica en el Estado parte.

Trata y explotación sexual

Los informes indican que el Estado parte sigue siendo un lugar de origen y destino para la trata de personas, en particular mujeres y niñas, con fines de explotación laboral y sexual. Sírvanse facilitar detalles sobre los esfuerzos del Estado parte para prestar apoyo a las mujeres y niñas que corran riesgo de ser víctimas y, en concreto, sobre los mecanismos existentes de acceso a la justicia y medios alternativos de subsistencia (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 22). Asimismo, proporcionen información actualizada sobre las medidas adoptadas, como la conclusión de acuerdos bilaterales y regionales con los países de origen y los países vecinos (véase ibid.).

Participación en la vida política y pública

Según la información de que dispone el Comité, la representación de la mujer en el Estado parte a nivel de Parlamento y gobierno local sigue siendo muy baja y existen numerosos obstáculos, como creencias culturales y tradicionales discriminatorias, estereotipos de género y escasas competencias, que dificultan su participación en la vida política y pública. El Estado parte indica que, en 2013, se eligieron pocas mujeres para la Asamblea Nacional y ninguna para el Consejo Nacional (párr. 136). Asimismo, el Estado parte indica que ha preparado un proyecto de ley para garantizar una cuota de mujeres para los cargos electivos, incluido el Parlamento y los órganos de gobierno local, y que existe un proyecto de plan de acción nacional para promover la igualdad de género en los cargos electivos (párrs. 96, 97, 137 y 138). Sírvanse proporcionar información sobre el contenido y el calendario para la aprobación de la legislación orientada a acelerar la igualdad de facto entre los hombres y las mujeres en la vida política y pública, y sobre la finalización del plan de acción, indicando si dispone de los recursos adecuados, así como el mecanismo responsable de su implementación. Asimismo, faciliten información actualizada sobre el número de mujeres en el Parlamento, la judicatura, los altos cargos gubernamentales, el servicio diplomático y las instituciones académicas.

Se ruega proporcionar información sobre las medidas adoptadas para revisar los criterios exigidos para algunos cargos cuando estos se conviertan en obstáculos o trabas que impidan el acceso de la mujer a la adopción de decisiones en los sectores público y privado, como recomendó anteriormente el Comité (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 18).

Nacionalidad

En sus observaciones finales anteriores, el Comité expresó preocupación por la situación de las mujeres de origen étnico nepalés que perdieron su nacionalidad de Bhután a raíz de la promulgación de la Ley de Ciudadanía (1958) y la consiguiente discriminación a la que se siguen enfrentado (ibid., párr. 35). Sírvanse facilitar información actualizada relativa a las medidas adoptadas para resolver estas cuestiones, tales como garantizar el acceso pleno a los servicios gratuitos de educación y de salud a todos los niños, en particular a los menores de 15 años (véase, ibid., párr. 36). Indiquen si las mujeres butanesas pueden transmitir su nacionalidad a sus hijos y a su cónyuge extranjero en las mismas condiciones que los hombres (véase A/HRC/27/8, párr. 120.33).

Educación

Según la información de que dispone el Comité, la tasa de escolarización de las niñas en las escuelas disminuye de forma sostenida en los niveles escolares superiores. El número de niñas que entran en la enseñanza y la formación técnica y profesional es más bajo que el de niños y un número menor de alumnas avanzan hasta las instituciones de educación terciaria. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas en vigor, incluido el establecimiento de incentivos, para alentar a las niñas, en particular en las zonas rurales, a permanecer en la escuela. Indiquen si se han adoptado medidas específicas a fin de garantizar la igualdad de acceso de las niñas y las mujeres a la educación terciaria y la formación profesional (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 26). Además, a la luz de la información de que las niñas abandonan con frecuencia la escuela debido al matrimonio o al embarazo, se ruega facilitar información sobre las medidas adoptadas, incluidas medidas de políticas, para alentar a las adolescentes embarazadas y casadas a proseguir su educación. Proporcionen información sobre los efectos y los problemas de la aplicación de las aulas ampliadas destinadas a facilitar a las niñas el acceso a la educación mediante la reducción de la distancia que hay que caminar para ir a la escuela (párr.155). Asimismo, faciliten información sobre las medidas adoptadas para mejorar la participación de las mujeres y las niñas en el deporte.

Empleo

Se ha informado al Comité de que las mujeres tienen escasas oportunidades de empleo fuera de los sectores agrícola y doméstico, lo cual les hace sufrir desempleo y pobreza. Además, están expuestas a altos niveles de acoso sexual, explotación doméstica y laboral y violencia en el trabajo. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar el acceso a mecanismos de reparación, incluido el acceso a la justicia, en el caso de las mujeres víctimas de explotación y violencia, como el acoso sexual (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 30). Asimismo, proporcionen información sobre los mecanismos existentes de coordinación y rendición de cuentas establecidos para denunciar prácticas discriminatorias en relación con el empleo, así como el modo en que dichos mecanismos se han puesto a disposición de las mujeres, incluidas las trabajadoras migratorias y las mujeres rurales. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para eliminar la segregación horizontal y vertical en el mercado laboral, reducir la desigualdad salarial por razón de género en los sectores público y privado y garantizar el acceso de las mujeres que trabajan en el sector informal a la protección y las prestaciones sociales, incluido su derecho a una atención sanitaria básica. Faciliten información sobre los proyectos existentes para crear nuevas oportunidades de empleo e ingresos para las mujeres.

Se ruega proporcionar información sobre los esfuerzos del Estado parte para hacer frente a la utilización persistente del trabajo infantil, sobre todo en el caso de las niñas trabajadoras domésticas, que trabajan numerosas horas, son objeto de violencia y no tienen acceso a la educación (véase ibid., párr. 31). Asimismo, faciliten información sobre las campañas de divulgación pública realizadas a fin de informar a la población sobre la necesidad de proteger a los niños, en particular a las niñas, del maltrato doméstico y garantizar su acceso a la educación y la atención médica.

Salud

Sírvanse describir las medidas específicas adoptadas para aumentar el acceso de las mujeres a una atención sanitaria de calidad, en particular en zonas rurales, a fin de reducir la alta incidencia de la mortalidad materna e infantil (párr. 20). Sírvanse proporcionar información sobre el acceso a servicios de salud mental y geriatría y la existencia de una política de salud integral para las mujeres, incluidas instalaciones para la detección del cáncer (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 28). Asimismo, faciliten información sobre el acceso de las mujeres y las adolescentes al aborto en el Estado parte, así como si la ley prevé el aborto por motivos tales como amenaza para la vida y la salud de la mujer embarazada, violación, incesto y malformación fetal grave. Además, indiquen si la ley prevé medidas punitivas para las mujeres que se someten a un aborto y, en caso afirmativo, las medidas adoptadas para abolirlas.

Según la información de que dispone el Comité, las tasas de infecciones de transmisión sexual y VIH son desproporcionadamente altas entre los jóvenes en el Estado parte. Se ruega proporcionar datos, desglosados por edad, sobre el número de mujeres y adolescentes seropositivas en el Estado parte. Indiquen si la educación en salud sexual y reproductiva se dirige tanto a las niñas como a los niños, presta especial atención a la prevención y el control de las infecciones de transmisión sexual y es fácilmente accesible en zonas rurales remotas. Asimismo, indiquen si se ha llevado a cabo una investigación para determinar los factores coadyuvantes a la feminización del VIH/SIDA y si el Estado parte ha elaborado estrategias apropiadas a fin de reducir la vulnerabilidad de las mujeres al VIH (véase ibid.).

Mujeres rurales y grupos desfavorecidos de mujeres

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la participación de las mujeres rurales y aquellas que viven en zonas remotas en la elaboración de políticas y leyes sobre cuestiones que afectan a sus derechos. Asimismo, faciliten información sobre los programas existentes encaminados a garantizar que las mujeres rurales tengan acceso a asistencia sanitaria, empleo, educación y servicios de crédito, en consonancia con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité sobre los derechos de las mujeres rurales. Proporcionen información sobre las medidas que se están adoptando para mejorar el acceso de las mujeres al agua potable, en particular de las mujeres rurales (párr. 233).

Se ruega proporcionar información sobre la situación de los grupos de desfavorecidos de mujeres, en particular las ancianas y las mujeres con discapacidad. El Estado parte indica que la pobreza sigue siendo mayor en los hogares encabezados por mujeres que en los encabezados por hombres (párr. 21). Sírvanse proporcionar información sobre el grado en el que los hogares encabezados por mujeres se ven afectados de manera desproporcionada por la pobreza y en cuanto al acceso a los servicios de salud, la educación, el empleo y los servicios de crédito. Además de los distintos programas de desarrollo de aptitudes actualmente vigentes (párrs. 209 a 211), ¿qué medidas de protección social se han adoptado para aliviar los efectos de la pobreza en función del género en la sociedad? Faciliten información sobre los programas de protección social existentes orientados a la reducción de la carga económica de los hogares encabezados por mujeres y ancianas.

Matrimonio y relaciones familiares

Sírvanse indicar si las disposiciones relativas a la custodia de los hijos en caso de disolución del matrimonio se han ajustado al artículo 16 1) d) de la Convención, que resalta la necesidad de tener en cuenta el interés superior del niño, como recomendó anteriormente el Comité (véase CEDAW/C/BTN/CO/7, párr. 34). Faciliten información sobre las medidas que se están adoptando para eliminar la poligamia en el Estado parte.

Protocolo Facultativo y enmienda del artículo 20 1) de la Convención

Sírvanse indicar los avances realizados respecto de la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación de la enmienda del artículo 20 1) de la Convención.