61.Como se puede observar en el cuadro supra, el número de candidatas aumentó de 9,7% en las elecciones de 1996 a 12,9% en las elecciones de 2000. El número de consejeras elegidas aumentó también de 6,1% en 1996 a 8,4% en 2000.
Candidatos a la alcaldía y alcaldes elegidos en las elecciones locales
|
Período |
Candidatas |
Candidatos |
Elegidas |
Elegidos |
|
1996 |
23 (3,9%) |
563 (96,1%) |
- |
118 (100%) |
|
2000 |
26 (5,2%) |
471 (94,8%) |
3 (2,5%) |
120 (97,5%) |
62.En junio de 2004, entre las enmiendas y suplementos a la Ley de elecciones locales, se insertó en esta ley un apartado a) nuevo en el artículo 15, que dice así: "Cada género tendrá una representación de por lo menos 30% en las mitades superior e inferior de las listas de candidatos propuestos para miembros de los consejos municipales y del Consejo de la ciudad de Skopje".
Las mujeres en la educación
63.Según el artículo 44 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la educación. Todos los ciudadanos tienen acceso a la enseñanza en igualdad de condiciones y la enseñanza primaria es obligatoria y gratuita.
64.En la legislación vigente que regula la enseñanza, los alumnos y estudiantes reciben el mismo trato con independencia de su sexo.
65.En la legislación que regula la enseñanza primaria, la Ley de enseñanza primaria de 1995 que está conforme con la Constitución y parte del programa de reforma encaminado a la transformación del sistema educativo, se observa un evidente empeño en garantizar la igualdad entre los alumnos y las alumnas, igualdad que tiene una importancia fundamental y es condición previa indispensable para el progreso de todo el sistema social. Ello significa que se ha de crear la igualdad de condiciones en todos los aspectos y ello a su vez entraña la igualdad de acceso a la enseñanza y a otros tipos de formación en el sistema educativo único. De igual modo, no existe discriminación contra las alumnas en la enseñanza preescolar ni en las escuelas primarias. Ello confirma que no existe ninguna diferencia por razón de género a efectos del ejercicio de los derechos y libertades fundamentales por parte de las alumnas en el sistema de enseñanza preescolar y primaria.
66.Además, en la Ley de enseñanza secundaria de 1995 y más precisamente en el párrafo 2 del artículo 3 se garantiza el acceso de las mujeres en igualdad de condiciones a la enseñanza secundaria: "Queda prohibida la discriminación por razón de género, raza, convicciones, patrimonio o condición social".
67.En la Ley de enseñanza superior de 2000 hay un artículo específico (art. 2) que regula el derecho a la educación de los nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia en los centros de enseñanza superior en pie de igualdad, lo que significa que hombres y mujeres tienen igualdad de acceso a la enseñanza superior.
68.Todas las clases son mixtas y los alumnos de enseñanza primaria de ambos géneros reciben igual trato. La proporción de alumnas del total de alumnos matriculados en las escuelas primarias durante el período a que se refiere el informe figura en el siguiente cuadro.
|
Número ordinal |
Año académico |
Número de escuelas primarias normales |
Número total de alumnos |
Número total de alumnas |
Porcentaje de alumnas |
|
1 |
1995/96 |
1.046 |
259.515 |
125.310 |
48,3 |
|
2 |
1996/97 |
1.045 |
258.587 |
124.817 |
48,3 |
|
3 |
1997/98 |
1.043 |
256.275 |
123.629 |
48,2 |
|
4 |
1998/99 |
1.041 |
255.150 |
123.068 |
48,2 |
|
5 |
1999/00 |
1.036 |
252.212 |
121.768 |
48,2 |
|
6 |
2000/01 |
1.021 |
249.375 |
120.478 |
48,4 |
|
7 |
2001/02 |
1.007 |
244.740 |
118.563 |
48,4 |
69.Estos indicadores cuantitativos permiten concluir que se da igual trato a los alumnos de ambos géneros en la política de matriculación, el proceso de enseñanza y la obtención de diplomas. Las diferencias mínimas en el porcentaje de participación de uno y otro sexo obedecen en general a la fecha de nacimiento y a la generación a que pertenecen los alumnos.
70.En el período a que se refiere el informe, en el número total de alumnos de escuelas secundarias, la proporción de alumnas fue de 48,6%, lo que corresponde al porcentaje de la población femenina en la escuela primaria y confirma la igualdad en la representación de las alumnas en comparación con los alumnos en la enseñanza secundaria.
71.En cuanto a la filiación étnica de las alumnas, de 51 a 52% son macedonias, 37% albanesas, de 29 a 37% turcas, de 31 a 40% romaníes, de 46 a 52% valacas y 39 a 42% serbias, lo que revela una tendencia progresiva.
72.La igualdad de género en la enseñanza secundaria se aplica asimismo a la elección de una profesión, a la orientación profesional y la obtención de diplomas. Pese a que se despliegan constantemente actividades para fomentar la igual participación de las niñas, en las regiones montañosas subdesarrolladas siguen prevaleciendo las actitudes tradicionales que acarrean la ausencia de las niñas en la enseñanza secundaria.
73.En las dos universidades estatales del país, la Universidad de San Cirilo y San Metodio en Skopje y la Universidad de San Clemente de Ohrid en Bitola, de la matrícula total en el año académico 2001/02 que fue de 44.710 alumnos, 24.691 (55,2%) eran mujeres. De los 43.587 alumnos matriculados en las facultades, 23.905 (54,8%) eran mujeres y en los centros universitarios básicos de formación profesional, de los 1.123 alumnos matriculados, 786 (70%) eran mujeres.
74.Se puede pues llegar a la conclusión de que, en comparación con los años académicos precedentes, el porcentaje de alumnas osciló entre 54,6 y 55,8% durante ese período, lo que indica una presencia mayor de alumnas. Concretamente, en 2000/01, de los 40.246 alumnos, 22.463 (55,8%) eran mujeres; en el año académico 1999/00, de los 36.922 alumnos, 20.325 eran mujeres (55,04%); en el año académico 1998/99, el número total de alumnos fue de 34.850, y 19.238 de ellos eran mujeres; y en el año académico 1997/98, de 32.048 alumnos, 17.484 (54,6%) eran mujeres.
75.Del número total de alumnos matriculados en los centros de enseñanza superior durante el período en curso, que ha pasado de 7.930 a 9.702, un aumento de 22,3%, la proporción de alumnas pasó de 4.324 a 5.341 alumnas, un aumento de 23,5%. El porcentaje de alumnas en el número total de nuevos alumnos oscila entre 53 y 55% y corresponde al porcentaje de alumnas en el número total de alumnos matriculados.
76.Sobre la base de los datos estadísticos relativos al número de alumnos que se gradúan en los centros de enseñanza superior, el porcentaje de alumnas en este período es de 53,6 a 62,8%, o sea, 59,1% por término medio.
77.El porcentaje de graduadas con una licenciatura en ciencias oscila entre el 41,1 y el 52,8% durante el mismo período, o sea, 48,4% por término medio, mientras que el porcentaje de mujeres que obtienen un título de doctor oscila entre el 30 y el 43,5%, o sea, el 35% por término medio durante el mencionado período.
78.El porcentaje de graduadas por etnia es: macedonias del 54,8 al 61,6%, o sea, 59% por término medio; albanesas de 35 a 59%, o sea, 48% por término medio; turcas de 38,9 hasta 69,2%, o sea, 52% por término medio; romaníes 45,8%; valacas 50,6%; serbias 50%; y alumnas de otro origen étnico 54%.
79.Además, de las 809 becas concedidas para las profesiones más deseadas, 531 (68,6%) se concedieron a alumnas.
80.El número total de créditos obtenidos por los alumnos en el período que abarca el informe fue de 20.918, de los cuales 14.362 fueron obtenidos por alumnas, lo que representa el 68,6%.
81.Los estudiantes de ambos géneros están representados por igual en los programas de enseñanza secundaria para adultos, que suponen la asistencia voluntaria y autofinanciada a la escuela y exigen que asista a ciertos cursos o se pasen determinados exámenes del programa de las escuelas secundarias.
82.Además, la ley ofrece la oportunidad de seguir una formación profesional durante dos años a las personas carentes de un certificado de enseñanza primaria. Se supone que estas personas completarán el programa prescrito de la enseñanza primaria paralelamente a la formación.
La mujer y el empleo
83.De conformidad con la Constitución (párrafo 1 del artículo 32), toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del trabajo, a la protección durante el empleo y a la asistencia material durante el desempleo temporal y puede optar a cualquier puesto de trabajo en condiciones de igualdad, es decir, sin discriminación alguna, incluida la discriminación por género.
84.En cumplimiento de estas disposiciones constitucionales, se han promulgado varias leyes y se han concertado convenios colectivos, que respetan plenamente los derechos constitucionales mencionados en materia de trabajo, a saber: la Ley de relaciones laborales, la Ley de empleo y seguro de desempleo y la Ley de fomento del empleo.
85.Se han firmado dos convenios colectivos en el plano nacional: el Convenio Colectivo General para el sector económico de la ex República Yugoslava de Macedonia y el Convenio Colectivo General para la administración pública, las empresas públicas, los órganos estatales, los órganos de la administración local y otras entidades que no realizan actividades económicas. Casi todos los convenios colectivos del sector económico se basan en estos dos convenios colectivos generales.
86.Las cuestiones laborales se rigen por la Ley de relaciones laborales aprobada en 1993, que ha sido modificada y completada en varias ocasiones en el marco de reformas del mercado de trabajo y otros proyectos. Las cuestiones laborales están también reguladas en otros diversos instrumentos legislativos, en convenios colectivos y en el contrato de trabajo.
87.De conformidad con el Acuerdo de Estabilización y Asociación concertado entre la ex República Yugoslava de Macedonia y la Unión Europea el 9 de abril de 2001, el Gobierno aprobó un programa de armonización de la legislación de la ex República Yugoslava de Macedonia con la de la Unión Europea. Estos documentos se refieren a las directivas de la Unión Europea en materia de trabajo con las que se habrá de armonizar la legislación nacional y en ellos se determina al mismo tiempo el calendario y las fases de dicha armonización. En la primera fase se ha armonizado la reglamentación laboral con varias directrices de la Comunidad Europea: la Directiva 75/117/EEC del Consejo, relativa al principio de la igualdad de remuneración entre el hombre y la mujer, la Directiva 76/207/EEC relativa a la igualdad de acceso al empleo y a la educación y a la igualdad de las condiciones de trabajo y, en cierta medida, la Directiva 97/80/EEC relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación. Estas directivas guardan relación con la Ley de relaciones laborales y algunas de ellas se aplican a otra legislación laboral conexa.
88.Así, en el apartado a) del artículo 8 de la Ley de relaciones laborales (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 25/2003) se establece que el empleador no debe poner a la persona que solicite un empleo ni al empleado en una situación jurídica de desigualdad por razones de raza, color de la piel, género, edad, discapacidad, religión, creencias políticas o de otra clase, afiliación a sindicatos, origen nacional o social, situación familiar, patrimonio u otras circunstancias personales.
89.Se debe garantizar a mujeres y hombres la igualdad de oportunidades y trato en el empleo, en el ascenso, en los seguros profesionales, en el horario de trabajo y en la terminación del contrato de trabajo. Además, se ha añadido otro apartado al artículo 70 de la Ley de relaciones laborales (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 25/2003), según el cual: "Por un trabajo igual con iguales exigencias de rendimiento, el empleador estará obligado a pagar a los empleados igual salario, independientemente del género". Se considerarán nulas toda cláusula de un contrato y toda disposición de un convenio colectivo que contravengan el párrafo 1 de este artículo.
90.Según los datos reunidos en la Encuesta sobre la población activa efectuada en abril de 2003 por la Oficina Estatal de Estadística, el ritmo de aumento ha sido de 43,4% en el caso de la mujer y de 65,6% en el caso del hombre. Cabe señalar que las tendencias de la tasa de actividad profesional a partir de 1996, cuando se llevaron a cabo por primera vez encuestas de esta clase en el país, no revelan una modificación importante, es decir, que la disminución o el aumento han sido ligeros en el término de un año. La tendencia a la participación de la mujer en el porcentaje de actividad no presenta discrepancias y oscila entre el 20,1 y el 25,3% durante el mismo período. La tendencia en lo que respecta a la participación de la mujer y del hombre en la fuerza de trabajo es análoga: 60,3% en el caso de los hombres y 39,6% en el caso de las mujeres (2003).
Porcentaje de actividad profesional por género (1996-2003)
|
Tasa de actividad |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
Total |
54,9 |
53,7 |
54,8 |
53,1 |
52,9 |
55,5 |
52,6 |
54,5 |
|
Hombres |
67,0 |
66,5 |
67,4 |
65,5 |
64,4 |
65,6 |
63,7 |
65,6 |
|
Mujeres |
42,9 |
41,2 |
42,2 |
40,8 |
41,7 |
45,5 |
41,5 |
43,4 |
91.Las cifras de desempleo de los últimos años indican una tendencia al aumento del número de mujeres desempleadas en comparación con los hombres y esta tendencia ha persistido entre 2000 y 2003. La proporción de mujeres desempleadas en la población urbana desempleada total es de 44,7% y de 30,0% en la población desempleada rural. La proporción de mujeres en relación con el número total de mujeres desempleadas es de 71,6% en las zonas rurales y la cifra correspondiente a las zonas urbanas es de 28,4%.
92.Según los datos de la Encuesta sobre la mano de obra de 2003, la población inactiva representaba el 45,5% de la población total. De la población inactiva total, 445.900 son mujeres (62,1%) y 272.500 son hombres (37,9%).
93.En 2003, del número total de empleados, el 40% eran mujeres.
Tasas de empleo en el período 1996-2003
(En porcentaje)
|
Tasa de empleo |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
Total |
37,4 |
34,4 |
35,9 |
35,9 |
35,8 |
38,6 |
35,8 |
34,5 |
|
Hombres |
47,5 |
44,6 |
45,4 |
44,6 |
44,7 |
46,3 |
43,5 |
41,3 |
|
Mujeres |
27,4 |
24,4 |
26,3 |
27,2 |
27,1 |
30,9 |
28,1 |
27,7 |
Fuente: Encuesta sobre la mano de obra, 2003.
94.Hay una diferencia evidente entre las mujeres en comparación con los hombres en lo que respecta a las calificaciones profesionales. La representación máxima de la mujer se da en los grupos de trabajadores con formación más elevada (46,8%) y también en los trabajadores con formación de centros universitarios básicos de enseñanza profesional (46,7%).
95.En lo que respecta a las calificaciones profesionales, la diferencia en el porcentaje de mujeres es evidente si se compara la participación de la mujer en los distintos sectores de empleo. Las mujeres suelen estar empleadas en sectores que se consideran tradicionalmente más adecuados al empleo femenino.
96.Un grupo femenino especialmente indicativo es el de las trabajadoras domésticas no remuneradas, lo que confirma una vez más la posición vulnerable de la mujer en la familia y en la sociedad en general. En esta categoría hay el doble de mujeres que de hombres, ya que a éstos corresponde el 36,8%.
97.En lo que respecta a la situación económica y aparte de la categoría ya mencionada del trabajado doméstico no remunerado, las mujeres son generalmente empleadas (40,7%), empleadoras (20,9%) y autónomas (18,4%). A diferencia de la mujer, el trabajo autónomo masculino es de 81,6%, los empleadores son 79,1%, los empleados 59,3% y el hombre está menos representado en la categoría del trabajador doméstico no remunerado.
ARTÍCULOS 4 Y 5 DEL PACTO
98.Conforme al artículo 54 de la Constitución, los derechos y libertades de la persona y el ciudadano sólo se pueden limitar en los casos determinados por la Constitución. Las libertades y los derechos de las personas y el ciudadano se pueden limitar en caso de guerra o emergencia, según está previsto en la Constitución. La restricción de las libertades y los derechos no se puede fundar en el sexo, la raza, el color de la piel, el idioma, la religión, el origen nacional o social, el patrimonio o la condición social. La restricción de las libertades y los derechos no se aplica al derecho a la vida, la prohibición de la tortura, los tratos o penas inhumanos o degradantes, la determinación legal de los delitos y las penas, ni la libertad de las convicciones personales: de conciencia, de pensamiento y de confesión religiosa.
99.En la Constitución se prevén dos tipos de restricción de los derechos y libertades humanos: las restricciones de ciertos derechos y libertades que se enumeran y una disposición general sobre la restricción de las libertades y los derechos durante una guerra o en situación de emergencia.
100.Las disposiciones del párrafo 1 del artículo 54 de la Constitución son importantes porque determinan que la restricción de los derechos y las libertades sólo se puede imponer en los casos previstos en la Constitución. En otras palabras, no pueden ser objeto de reglamentación por otro instrumento legal de jerarquía inferior a la Constitución si no existen fundamentos constitucionales claros para ello. En el segundo párrafo del mismo artículo y de conformidad con el artículo 4 del Pacto, se prevé que la guerra y la situación de emergencia son circunstancias pertinentes en las cuales se pueden restringir los derechos y las libertades. Los términos estado de guerra y situación de emergencia están definidos en la propia Constitución, con arreglo a la cual hay guerra cuando existe un peligro directo de ataque contra la ex República Yugoslava de Macedonia, cuando la República es atacada o cuando se ha declarado la guerra (artículo 124 de la Constitución). Hay situación de emergencia, según el artículo 125 de la Constitución, cuando se produce un importante desastre natural o se desencadena una epidemia. El estado de guerra debe ser declarado por la Asamblea por mayoría de dos tercios del número total de representantes, a propuesta del Presidente, el Gobierno o un mínimo de 30 representantes. Si la Asamblea no se puede reunir, el Presidente de la República toma la decisión de declarar el estado de guerra y someterá su decisión a la Asamblea para su aprobación tan pronto como ésta pueda reunirse. Lo mismo sucede en las situaciones de urgencia; sin embargo, con arreglo a la Constitución, el Estado de emergencia puede durar como máximo 30 días.
101.En caso de guerra o emergencia, el Gobierno dicta decretos con fuerza de ley de conformidad con la Constitución. Esta autorización del Gobierno dura hasta el último día de la guerra o de la situación de emergencia, a cuyo respecto decide la Asamblea. Durante el estado de guerra, si la Asamblea no se puede reunir, el Presidente podrá nombrar y disolver el Gobierno y designar y destituir a los funcionarios designados y elegidos por la Asamblea. El mandato del Presidente de la República, los miembros de la Asamblea, los jueces del Tribunal Constitucional y otros jueces y los miembros del Consejo Judicial de la República durará mientras dure el estado de guerra o la situación de emergencia.
102.Las funciones de las autoridades estatales (Parlamento, Presidente de la República, Gobierno, Ministerio de Defensa y otros órganos de la administración del Estado) en materia de defensa se rigen por la Ley de defensa.
103.El Gobierno no puede aprobar leyes que se aparten de las disposiciones de la Constitución relativas a las libertades y los derechos humanos que son aplicables directamente sobre la base de la Constitución. Sin embargo, en lo que respecta a las libertades y derechos cuyas condiciones y modalidades de aplicación, con arreglo a la Constitución, se establecen por ley, cabe la posibilidad de que el Gobierno las reglamente diferentemente en caso de guerra. Las disposiciones que adopte el Gobierno no suspenderán las disposiciones de la Constitución, lo que significa que no podrán tampoco suspender los respectivos derechos; sólo se puede prever un régimen de aplicación más estricto y restrictivo (por ejemplo, en relación con el derecho al trabajo, la libertad de circulación y la libertad de residencia).
104.Las disposiciones contenidas en los párrafos 3 y 4 del artículo 54 de la Constitución corresponden al artículo 4 del Pacto. En ellas se estipula la prohibición de discriminación en caso de restricción de las libertades y derechos humanos, así como la prohibición explícita de restringir determinadas libertades y determinados derechos humanos.
105.En el ordenamiento jurídico, la cuestión de la relación entre el derecho interno y el derecho internacional es de naturaleza constitucional y legal. Según el artículo 118 de la Constitución que versa sobre las relaciones internacionales, los acuerdos internacionales ratificados de conformidad con la Constitución forman parte del ordenamiento jurídico interno y no es posible modificarlos por ley. Por lo tanto y de conformidad con el párrafo 2 del artículo 98 de la Constitución: "Los tribunales juzgarán sobre la base de la Constitución y la ley y de los acuerdos internacionales ratificados de conformidad con la Constitución".
106.Según el artículo 8 de la Constitución, las libertades y los derechos fundamentales de la persona y del ciudadano, reconocidos por el derecho internacional y determinados por la Constitución, así como el respeto de normas de derecho internacional generalmente aceptadas, son valores esenciales del sistema constitucional de la ex República Yugoslava de Macedonia. En este sentido, los derechos reconocidos en instrumentos internacionales, entre otros los enunciados y garantizados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, están plenamente incorporados en la Constitución y en la legislación nacional.
ARTÍCULO 6 DEL PACTO
107.Según lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 32 de la Constitución, toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del empleo, a la protección en el trabajo y a la asistencia material durante un desempleo temporal, mientras que, según el párrafo 2 del mismo artículo, toda persona puede acceder a cualquier puesto de trabajo en igualdad de condiciones y, según el párrafo 5 del mismo artículo, el ejercicio de los derechos de los trabajadores y la situación de éstos se regulan en la ley y en los convenios colectivos.
108.Para aplicar estas disposiciones constitucionales se han promulgado varias leyes y se han concertado diversos convenios colectivos, que respetan plenamente los derechos constitucionales mencionados en materia de legislación laboral.
109.Se han aprobado las leyes siguientes: Ley de relaciones laborales (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 80/2003); Ley de empleo y seguro de desempleo (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 37/1997, 25/2000, 101/2000, 50/2001, 25/2003, 37/2004 y 04/2005). Se han firmado dos convenios colectivos generales en los sectores económicos y no económicos, a saber, el Convenio Colectivo General para el sector económico de la República de Macedonia (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 29/1994 y 87/2001) y el Convenio Colectivo General para la administración pública, las empresas públicas, los órganos administrativos, los órganos de autogobierno local y otras entidades que no realizan actividades económicas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 30/1994 y 73/2001). Casi todos los convenios colectivos de los diferentes sectores (tanto económicos como no económicos) están basados en esos dos convenios colectivos generales.
Aplicación colectiva de los derechos
110.De conformidad con el artículo 3 de la Ley de relaciones laborales, el trabajador elige el empleo voluntariamente, según la forma y las condiciones establecidas por la legislación y los convenios colectivos.
111.De acuerdo con el artículo 5 de la ley, los derechos laborales consagrados por la Constitución, las leyes y los convenios colectivos, no pueden cancelarse ni restringirse por actos o medidas del empleador.
112.El párrafo 2 del artículo 69 de la ley dispone el derecho de los trabajadores a percibir un salario.
113.El artículo 134 de la ley establece que el trabajador, en el ejercicio de sus derechos laborales particulares, podrá solicitar protección contra el empleador a los tribunales, los sindicatos, la inspección laboral u otros órganos competentes de conformidad con la ley.
114.El artículo 7 de la ley dispone el derecho de toda persona a conservar el empleo en tanto cumpla las condiciones generales establecidas en ésta y otras leyes, así como las condiciones específicas determinadas por la legislación, los convenios colectivos y la decisión del empleador.
115.El artículo 70 regula el salario de los empleados (en la ley no se establecen diferencias entre hombres y mujeres) para trabajos de jornada completa. El salario correspondiente a un empleo de jornada completa no puede ser inferior al salario mínimo establecido para niveles concretos de especialización laboral, de conformidad con la legislación o el convenio colectivo aplicable.
116.Además, de acuerdo con la Ley de relaciones laborales, puede asignarse al trabajador cualquier empleo afín a su nivel de cualificación profesional (la ley no establece diferencias entre hombres y mujeres ni obstaculiza el cambio de destino del empleado).
117.El horario laboral a tiempo completo es de 40 horas semanales, y los empleados tienen derecho a un descanso de 30 minutos durante la jornada laboral.
118.De acuerdo con los artículos 46 y 47 de la Ley de relaciones laborales, el empleado tiene derecho a un descanso de un mínimo de 12 horas después de dos días consecutivos de trabajo y a un mínimo de 24 horas ininterrumpidas de descanso semanal.
119.El párrafo 1 del artículo 48 de la Ley de relaciones laborales estipula el derecho a disfrutar de vacaciones anuales de un mínimo de 18 días laborables anuales a un máximo de 26, en tanto que el artículo 79 regula el derecho de los empleados a disfrutar de licencias pagadas, conforme a las condiciones y en la cuantía estipuladas en la legislación y el convenio colectivo pertinentes, en particular por razón de licencia anual, vacaciones, embarazo, parto y maternidad, formación profesional, capacitación, reciclaje profesional y capacitación profesional superior.
120.El artículo 63 regula los derechos de las trabajadoras durante el embarazo, el parto y la maternidad. Las trabajadoras tienen derecho a una licencia de maternidad de 9 meses ininterrumpidos, que han de comenzar a disfrutar obligatoriamente 28 días antes de la fecha prevista del parto o, por prescripción facultativa, 45 días antes del parto.
121.De conformidad con el artículo 7 se puede contratar a personas de 15 años de edad, salvo para la realización de trabajos subterráneos y de minería, en cuyo caso los trabajadores deben hacer cumplido los 18 años y disfrutar de buen estado de salud.
122.No puede encomendarse a los asalariados menores de 18 años trabajos que requieran básicamente un esfuerzo físico extremo, la realización de tareas subterráneas o bajo el agua, ni trabajos que puedan tener efectos perjudiciales para la salud o la vida. Los menores de 18 años no pueden trabajar más de 40 horas semanales y, si están empleados en el sector de la industria o la construcción, no pueden realizar trabajos nocturnos entre las 22.00 horas y las 06.00 horas del día siguiente.
123.En los casos mencionados, la legislación prevé sanciones por causa de delito menor para los empleadores y la persona encargada si contravienen las disposiciones previstas en la ley (art. 145).
124.Tras la independencia, el proceso de transición económica del país se realizó en condiciones especialmente desfavorables. Los cambios sufridos por la economía, la privatización y la reestructuración de las empresas de propiedad del Estado, la pérdida de los mercados tradicionales de la región, el período de sanciones y fronteras cerradas con los países vecinos, así como la inestabilidad por la falta de seguridad en toda la región y, en particular, el reciente conflicto en el territorio nacional, provocaron un desarrollo lento y un ambiente económico poco propicio, con el consiguiente descenso del índice de empleo y un gran aumento del número de desempleados.
125.No obstante, pese a todas las condiciones negativas y desfavorables del período de transición, caracterizado por un considerable declive económico y un nivel de inversión muy bajo, debe subrayarse el hecho de que la alta tasa de paro se originó antes de la transición, cuando había posibilidades de empleo. Concretamente, la tasa de desempleo ha ido en aumento desde principios de la década de 1960, situándose en el 25% durante el período de la obtención de la independencia y experimentando un marcado aumento a mediados de la década de 1990.
126.Por tanto, puede decirse que el desempleo en el país no es consecuencia primordial y exclusiva de la reestructuración económica del período de transición. En realidad, es resultado fundamentalmente de una falta de oferta de empleo de larga data.
127.Además, es importante señalar que un porcentaje de la tasa de desempleo del país se explica por el hecho de que los servicios públicos de colocación proporcionan seguro médico a las personas en paro, lo que ha llevado a algunos de ellos a inscribirse como desempleados para obtener seguro, aún cuando en realidad no están buscando empleo o bien trabajan en el sector no estructurado.
128.La Oficina Estatal de Estadística viene realizando encuestas sobre la población activa desde 1996, y ha proporcionado datos e información sobre el mercado laboral, el desempleo y las tendencias de empleo en el país. Esas encuestas se ajustan a la normativa internacional y a las normas y principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Se realizaron con carácter anual hasta 2004 y, desde esa fecha, son trimestrales. Las encuestas se llevan a cabo en todo el territorio nacional sobre una muestra de 10.000 hogares, que representan el 1,8% del total de hogares del país.
129.Según las últimas informaciones, procedentes de la encuesta sobre la población activa correspondiente al tercer trimestre de 2004, la tasa de desempleo se sitúa en el 37,7%, lo que supone un aumento con respecto al período anterior (los datos sobre el cuarto trimestre no se han publicado aún).
130.De acuerdo con los datos publicados después de la encuesta del tercer trimestre de 2004, la mano de obra total, es decir, la población activa, asciende a 854.620 personas; el número de trabajadores es de 532.210, de los cuales 205.833 (el 38,7%) son mujeres, mientras que el de desempleados es de 322.410, de los cuales 131.787 (el 40,9%) son mujeres. Conforme a esos datos, la tasa de actividad es del 53,6%, la del empleo del 37,3% y la del desempleo del 37,7%.
131.En relación con la clasificación de los trabajadores por edades, el 18,6% de la cifra total de asalariados tiene hasta 30 años mientras que el 23,4% tiene más de 50 años.
132.Del total de personas desempleadas (322.410), el 40,6% lo integran personas con menos de 30 años y el 13,1%, personas con más de 50.
133.El cuadro que figura a continuación muestra los indicadores básicos sobre el mercado laboral, basados en la encuesta de la población activa correspondiente a 2004:
Datos de la encuesta sobre población activa
|
2004 |
|
|
Tasa de mano de obra con edades comprendidas entre los 15 y los 64 años |
58,8 |
|
Tasa de mano de obra (más de 15 años) (porcentaje) |
52,2 |
|
Tasa de mujeres trabajadoras (con más de 15 años) (porcentaje) |
40,9 |
|
Tasa de empleo (porcentaje) |
32,8 |
|
Tasa de empleo de las mujeres (porcentaje) |
25,4 |
|
Tasa de desempleo (porcentaje) |
37,2 |
|
Tasa de desempleo de las mujeres (porcentaje) |
37,8 |
|
Porcentaje de desempleados de larga duración respecto de la tasa total de desempleo (>1) |
85,4 |
|
Desempleados con estudios primarios o de nivel inferior (porcentaje) |
- |
|
Empleo en el sector agrícola (porcentaje de la tasa total de empleo) |
- |
|
Empleo en los sectores industriales (porcentaje de la tasa total de empleo) |
- |
|
Empleo en el sector de los servicios (porcentaje de la tasa total de empleo) |
- |
|
Trabajadores (porcentaje de la tasa total de empleo) |
75,4 |
|
Empleadores (porcentaje de la tasa total de empleo) |
5,9 |
|
Trabajadores por cuenta propia (porcentaje de la tasa total de empleo) |
10,2 |
|
Trabajadores domésticos no remunerados (porcentaje de la tasa total de empleo) |
8,5 |
Los datos que figuran a continuación corresponden a años anteriores:
|
1996 |
2002 |
2003 |
|
|
Tasa de mano de obra con edades comprendidas entre los 15 y los 64 años |
60,6 |
59,8 |
61,3 |
|
Tasa de mano de obra (más de 15 años) (porcentaje) |
54,9 |
52,6 |
54,5 |
|
Tasa de mujeres trabajadoras (con más de 15 años) (porcentaje) |
42,9 |
41,5 |
43,4 |
|
Tasa de empleo (porcentaje) |
37,4 |
35,8 |
34,5 |
|
Tasa de empleo de las mujeres (porcentaje) |
27,4 |
28,1 |
27,7 |
|
Tasa de desempleo (porcentaje) |
31,9 |
31,9 |
36,7 |
|
Tasa de desempleo de las mujeres (porcentaje) |
36,2 |
32,3 |
36,3 |
|
Porcentaje de desempleados de larga duración respecto de la tasa total de desempleo (>1) |
80,7 |
84,6 |
85,1 |
|
Desempleados con estudios primarios o de nivel inferior (porcentaje) |
38,7 |
38,5 |
|
|
Empleo en el sector agrícola (porcentaje de la tasa total de empleo) |
18,6 |
24,0 |
22,0 |
|
Empleo en los sectores industriales (porcentaje de la tasa total de empleo) |
37,8 |
33,4 |
33,9 |
|
Empleo en el sector de los servicios (porcentaje de la tasa total de empleo) |
43,6 |
42,3 |
44,1 |
|
Trabajadores (porcentaje de la tasa total de empleo) |
78,9 |
70,7 |
72,7 |
|
Empleadores (porcentaje de la tasa total de empleo) |
2,9 |
6,8 |
7,6 |
|
Trabajadores por cuenta propia (porcentaje de la tasa total de empleo) |
11,2 |
10,3 |
8,2 |
|
Trabajadores domésticos no remunerados (porcentaje de la tasa total de empleo) |
7,0 |
12,2 |
11,4 |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística del Estado LFS 1996, 2002 y 2003.
134.Debe subrayarse que existe una considerable diferencia entre el desempleo declarado (es decir, las personas en paro inscritas en la Oficina de Empleo de la ex República Yugoslava de Macedonia) y el desempleo que se refleja en las encuestas sobre población activa. Esa gran discrepancia obedece, además de a razones administrativas y metodológicas, al hecho de que algunos empleados no son inscritos por sus empleadores o bien trabajan en empresas no registradas (sector no estructurado), al tiempo que ellos mismos se inscriben como trabajadores en paro para poder obtener seguro médico.
135.La política de empleo del Gobierno incluye una amplia gama de medidas, actividades y ámbitos de intervención relacionados con el empleo y el mercado laboral. Por tanto, la mayoría de las medidas y actividades en esa esfera se han vinculado hasta el momento con la política de mercado laboral. A ese respecto, cabe señalar que en un primer momento el foco de atención fueron los cambios de la legislación laboral y la política de carácter pasivo, con un posterior decantamiento hacia una dinámica política de mercado laboral. Esas políticas se aplican principalmente mediante la promoción de los mecanismos pertinentes para fomentar las inversiones y crear nuevos puestos de trabajo y mediante una serie de reformas del mercado laboral destinadas a propiciar un clima favorable que permita una mayor flexibilidad.
136.Dado que la creación de empleo es el objetivo básico de la política de empleo, el Gobierno ha diseñado y aprobado el Plan Nacional de Acción sobre el Empleo (NAPE) para 2004-2005.
137.El Plan se elaboró de conformidad con las directrices sobre empleo de la estrategia de empleo de la Unión Europea y se adaptó a las condiciones y características específicas del mercado laboral del país, teniéndose asimismo en cuanta en su elaboración factores sociales, económicos y de otra índole de mayor alcance que repercuten sobre el empleo. En el Plan se define el marco de la política nacional de empleo y las medidas específicas destinadas a aumentar el empleo y a abordar las discrepancias existentes en relación con la mano de obra y la exclusión social, así como las condiciones concretas y el calendario para su aplicación. El Plan ha sido concebido como un documento de trabajo conciso en el que se definen los objetivos del Gobierno en cuanto al aumento del empleo y la reducción de la pobreza y la exclusión social.
138.El proceso de elaboración del Plan Nacional de Acción sobre el Empleo constituye un factor importante con miras al establecimiento de un sistema coherente para diseñar y poner en práctica la política de empleo, con una mayor participación de los agentes sociales y las ONG interesados en el desarrollo del mercado laboral.
139.El Plan se basa principalmente en los aspectos siguientes:
-La aplicación de medidas activas y preventivas en beneficio de personas desempleadas y no productivas;
-El fomento de los recursos humanos y del aprendizaje permanente;
-La creación de nuevos puestos de trabajo y la promoción del espíritu empresarial.
140.La dinámica política de mercado laboral fomentada por el Gobierno se centrará en tres tipos de medidas: la prestación de apoyo para garantizar el trabajo (información, servicios de intermediación y asesoramiento), la organización de programas de capacitación (cualificación y capacitación para cambiar de profesión) y la creación de las condiciones necesarias y la prestación de ayuda para la creación directa de empleo.
141.La Oficina de Empleo de la ex República Yugoslava de Macedonia es una institución pública que aplica medidas, actividades y programas concretos para promover la política de mercado laboral. La labor de esta Oficina está regulada por la Ley de empleo y prestaciones por desempleo.
142.La Oficina de Empleo lleva a cabo actividades destinadas a crear una bolsa de trabajo, de manera que proporciona servicios a empleadores, los asesora sobre la legislación y otras reglamentaciones y sobre su aplicación, proporciona capacitación, ayuda a las personas desempleadas e inactivas a reciclarse y mejorar sus cualificaciones, asesora a los empleadores sobre la contratación de personas desempleadas con condiciones ventajosas, presta servicios y brinda orientación profesional a personas desempleadas y otras personas que buscan trabajo, actúa de mediador en asuntos laborales a nivel nacional y en otros países, lleva un registro de empleadores y desempleados y, en caso de desempleo, facilita un seguro médico y la contratación para realizar obras públicas.
143.La Oficina de Empleo está gestionada por una junta directiva integrada por nueve miembros con conocimientos y experiencia en el ámbito del empleo, cinco de los cuales son designados por el Gobierno, dos son representantes de la organización de los empleadores y los otros dos del sindicato mayoritario.
144.En el contexto del Programa de asistencia comunitaria para la reconstrucción, el desarrollo y la estabilización (CARDS) de la Unión Europea, la Oficina de Empleo participa activamente en la ejecución de un proyecto de asistencia técnica y refuerzo institucional en apoyo de la política de empleo en Macedonia. Uno de los componentes del proyecto consiste en el fortalecimiento de la capacidad y los recursos humanos y materiales de la Oficina y los Centros de Empleo. En el marco de ese proyecto ya se han adoptado medidas para modernizar la Oficina de Empleo a fin de mejorar su organización y métodos de trabajo, especialmente medidas dinámicas para promover la política de mercado laboral.
145.Las medidas y actividades relacionadas con el empleo emprendidas por la Oficina de Empleo se agrupan en varias categorías, como se ilustra a continuación.
Servicios de empleo para personas desempleadas y otras personas que buscan trabajo
Servicios de asesoramiento laboral
146.Los servicios de asesoramiento laboral a las personas en paro y en busca de trabajo incluyen la transmisión de conocimientos y técnicas para una búsqueda exitosa de empleo. El objetivo del programa, en el contexto de los clubes de empleo dependientes de la Oficina de Empleo, es fomentar la iniciativa y la búsqueda activa de empleo para encontrar puestos de trabajo. Se refuerza la capacidad de esas personas para que puedan presentarse ante los empleadores, buscar empleo de forma activa y lograr un puesto de trabajo. Los clubes de empleo ofrecen a sus beneficiarios servicios de información y asesoramiento sobre sus derechos y obligaciones y la situación del mercado de trabajo, instrucción en diversas cuestiones laborales, capacitación mediante cursos prácticos que proporcionan asistencia y ayuda psicológica, conocimientos prácticos para presentarse ante los empleadores con posibilidades de éxito, ideas para elaborar planes de búsqueda de empleo, así como aliento y capacitación para realizar trabajos por cuenta propia.
Orientación profesional
147.Se prestan servicios de asesoramiento y orientación profesional a desempleados, estudiantes, asalariados y personas con discapacidades para ayudarles a elegir profesión y carrera profesional. La Oficina de Empleo orienta a las personas en paro y que buscan trabajo mediante entrevistas y ejercicios con preguntas e informándolas sobre la demanda de determinadas profesiones y las oportunidades de empleo. Se incluyen servicios de asesoramiento individualizados para elegir la profesión adecuada en función, por una parte, de los deseos, intereses y especialización del desempleado en cuestión, y de la demanda del mercado de trabajo, por la otra. Además de los servicios de orientación y asesoramiento profesional destinados a las personas desempleadas y en busca de trabajo, también se ayuda a los empleadores a seleccionar candidatos susceptibles de recibir formación, reciclarse y recibir capacitación superior, así como a elegir entre los aspirantes a los puestos de trabajo.
Preparación para el empleo de los desempleados y otros grupos de personas
148.Uno de los derechos de los desempleados es el de recibir preparación para el empleo (formación, reciclaje o capacitación superior).
149.Esa medida garantiza que los desempleados puedan adquirir nuevos conocimientos y mejorar los que ya poseen con miras a poder desempeñar un puesto de trabajo.
150.La formación, el reciclaje y la capacitación superior se imparten de acuerdo con las necesidades concretas de los empleadores, por períodos de uno a tres meses. El empleador está obligado a contratar a tiempo completo (durante un período ilimitado de tiempo) al 90%, como mínimo, de los desempleados que realizan actividades de preparación para el empleo, y a no rescindir sus contratos antes de un año. La Oficina de Empleo proporciona a las personas en paro una ayuda financiera de 65 euros mensuales mientras reciben preparación laboral, y el empleador con el que se coordina dicha preparación percibe una parte del coste que entrañan esas actividades, que está fijada en 33 euros mensuales por cada desempleado.
151.Los fondos para financiar esa medida proceden de la contribución a la Oficina de Empleo. En el siguiente cuadro figura información relativa al número de programas de formación, reciclaje o capacitación superior llevados a cabo y el número de personas que se han beneficiado de esos programas durante los últimos cuatro años (los datos relativos a 2004 son incompletos):
|
Año |
Número |
||
|
Programas de preparación para el empleo |
Personas desempleadas que han participado en los programas de preparación para el empleo |
Personas desempleadas que completaron los programas de preparación para el empleo |
|
|
2000 |
279 |
6.498 |
4.358 |
|
2001 |
286 |
4.978 |
4.049 |
|
2002 |
91 |
1.806 |
1.540 |
|
2003 |
88 |
2.770 |
2.092 |
Fuente : Oficina de Empleo de la ex República Yugoslava de Macedonia.
Inversión del subsidio por desempleo
152.Con el fin de fomentar el empleo y alentar a empleadores y empleados, la presente medida contempla la posibilidad de que, a petición del desempleado, la parte no abonada del subsidio de desempleo se pague como suma única o en cuotas mensuales si el desempleado utiliza los fondos para buscar empleo a tiempo completo (empleo por un período ilimitado de tiempo). Los fondos para financiar la presente medida proceden de las contribuciones que recibe la Oficina de Empleo para crear empleo. Dado que esta medida se aplica desde el 22 de junio de 2004, fecha de aprobación de la Ley de reforma y complemento de la Ley de empleo y seguro de desempleo, un porcentaje relativamente reducido de personas se han beneficiado de ella. Sin embargo, teniendo en cuenta el interés suscitado, se espera que un considerable número de desempleados y beneficiarios del subsidio de desempleo se acogerán a la medida.
Empleo de personas con discapacidad
153.La Ley de empleo de personas con discapacidad (Boletín Oficial del Estado de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 44/2000 y 16/2004), que entró en vigor en junio de 2000, regula las condiciones e incentivos concretos para la contratación y empleo de personas con discapacidad, uno de los grupos más vulnerables y con dificultades particulares a la hora de encontrar trabajo.
154.La medida se aplica a personas con problemas de vista, oído y habla, dificultades de fonación y expresión, discapacidad física, retraso mental moderado, plurideficiencias y psicosis que, debido al grado de discapacidad que presentan, requieren unas condiciones de trabajo específicas.
155.El 15% del total de las contribuciones al empleo se asignan el denominado Fondo Especial, con el que se subvenciona el servicio mencionado.
156.Los fondos se emplean para financiar:
-La capacitación profesional de personas con discapacidad, gracias a la cual adquieren los conocimientos prácticos necesarios para realizar determinadas tareas, de acuerdo con las necesidades del empleador y la persona discapacitada, y la capacitación para emplear a discapacitados que no poseen las aptitudes requeridas para realizar tareas específicas;
-El empleo a tiempo completo de personas discapacitadas: se asignan entre 3.700 euros y 5.600 euros dependiendo del grado de discapacidad del empleado a tiempo completo, mientras que el empleador está obligado a no rescindir su contrato antes de transcurridos tres años desde la fecha en que el empleado comenzó a trabajar;
-La adaptación del lugar de trabajo, para lo cual se concede una subvención de hasta 5.600 euros;
-La adquisición del equipo necesario, con una asignación máxima de 9.300 euros cada tres años; y
-La construcción y adaptación del lugar de trabajo, con una subvención máxima de 9.300 euros cada tres años.
157.Desde que se aprobó la ley, se ha contratado a un total de 1.132 discapacitados (situación al 1º de octubre de 2004).
158.Desde la aprobación de la ley y hasta octubre de 2004 se han destinado 5.201.198 euros a las partidas anteriormente mencionadas.
Obras públicas
159.Los desempleados inscritos en la Oficina de Empleo participan en un programa de obras públicas elaborado por determinados organizadores. Éstos pueden ser departamentos del gobierno local y empleadores interesados del sector público.
160.Durante la realización de las obras públicas, el organizador paga a los trabajadores, proporciona transporte de ida y vuelta al lugar de trabajo, o reembolsa los gastos de transporte, comida y seguro médico.
161.Si el supervisor de las obras públicas contrata a desempleados o beneficiarios del subsidio de desempleo durante más de 30 días, tendrá derecho a una compensación financiera mensual de la Oficina de Empleo por la cuantía de la remuneración que perciba ese empleado. Los fondos para financiar esa medida son asignados por la Oficina de Empleo y el organizador de las obras públicas.
Ley de fomento del empleo
162.En marzo de 2003 se aprobó la Ley de fomento del empleo como parte de la política macroeconómica de la ex República Yugoslava de Macedonia destinada a reducir el paro. El objetivo de esa ley era promover directamente el empleo mediante la disminución del coste del trabajo.
163.Por consiguiente, en virtud de esta medida, se compensa al empleador que contrata a tiempo completo a personas en paro por los desembolsos realizados en concepto de cuotas por seguro de pensión e invalidez, seguro médico y contribuciones al empleo, por cada una de las personas empleadas durante un período laboral de 24 meses.
164.Los grupos a quienes van dirigidas esas medidas son los siguientes:
-Los desempleados de largo plazo inscritos en la Oficina de Empleo;
-Las personas sin trabajo que fueron despedidas por motivos de bancarrota, exceso de personal o cambios estructurales o de otro tipo;
-Los desempleados con subsidio social, aptos para trabajar y sin seguro social.
165.Se compensó a los empleadores por los fondos desembolsados en concepto de contribuciones salariales a razón de una cantidad estipulada de 69 euros por cada nuevo empleado.
166.Un empleador que dé trabajo a personas en paro que reciban asistencia financiera y social, además de ser compensado por las contribuciones abonadas, tiene derecho a recibir pagos trimestrales complementarios correspondientes al 25% del sueldo neto medio por empleado y, en el caso de emplear a beneficiarios de asistencia social, por el monto del subsidio social recibido el año anterior.
167.El empleador tenía la obligación de mantener empleadas a las personas en cuestión por un plazo de, al menos, el doble de tiempo durante el cual se benefició de la compensación por las cuotas desembolsadas en concepto de salario.
168.La Ley de fomento del empleo se aplicó en el período comprendido entre el 16 de abril y el 31 de diciembre de 2003. Durante el tiempo de vigencia, había 15.308 desempleados.
169.Los fondos necesarios para el ejercicio de los derechos contemplados en esa ley, asignados con cargo al presupuesto del Estado en las partidas de fondos destinados a aplicar el Programa de fomento del empleo y la mayor flexibilidad del mercado laboral, ascendieron a 32.609.617 euros.
Concesión en usufructo de tierra cultivable de propiedad del Estado
170.En julio de 2003, el Gobierno aprobó una decisión para conceder en usufructo tierra cultivable de propiedad del Estado a determinados grupos de personas sin seguro social (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 51/2003).
171.Los grupos a los que se aplica la decisión son los siguientes:
Beneficiarios de asistencia social;
Personas que reciben un subsidio de desempleo;
Personas en paro durante largo tiempo e inscritas en las listas de la Oficina de Empleo por un período superior a un año;
Asalariados de empleadores titulares del derecho de usufructo de tierras de propiedad del Estado que no han recibido el pago de salarios o cuotas salariales durante más de un año;
Agricultores sin seguro social que no poseen tierra.
172.El Ministro de Agricultura, Silvicultura y Recursos Hídricos ha firmado acuerdos con los beneficiarios del derecho de usufructo en los que, entre otras cosas, se establece la vigencia del acuerdo, la cuantía de la compensación por su uso y la asistencia que proporciona el Estado para que comience el usufructo.
173.Un acuerdo de concesión del usufructo de tierras cultivables de propiedad del Estado no puede tener una vigencia inferior a tres años ni superior a 15 años, y es renovable. El Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Recursos Hídricos ha firmado hasta la fecha un total de 173 acuerdos de usufructo.
ARTÍCULO 7 DEL PACTO
174.El régimen de salarios de la ex República Yugoslava de Macedonia está estipulado en la Constitución (art. 75), la Ley de relaciones laborales, la Ley de salarios y los convenios colectivos.
175.El pago de salarios netos y de ciertos complementos que efectúan los empleadores está regulado mediante la Ley de salarios de la ex República Yugoslava de Macedonia (Boletín Oficial del Estado, Nos. 70/1994, 62/1995, 33/1997, 50/2001, 26/2002 y 46/2002).
176.Sólo el artículo 5 de la ley se aplica a los empleadores que poseen más del 51% de bienes de propiedad privada.
177.Los salarios que han de abonar los empleadores que cuentan con hasta un 70% de capital público, y, después de abril de 2002, hasta un 51% de ese capital, vienen determinados por la Ley de salarios de diciembre de 1993, en la que se establece la posible cuantía de los salarios mensuales. A ese respecto, se prevé la posibilidad de que los empleadores a los que se aplica la Ley puedan realizar ajustes mensuales de los sueldos en correlación parcial con la tasa de aumento del costo de vida y, a partir de julio de 2001, pueden hacer correcciones de hasta el 50% de esa tasa, pero los beneficiarios del presupuesto del Estado y las instituciones y los fondos de salud pública no tienen derecho a aumentos salariales. De conformidad con la ley, los empleadores abonan el sueldo a los empleados según los criterios establecidos en los convenios colectivos.
178.Los empleadores que disponen de capital privado abonan los salarios en función del trabajo realizado y conforme a las condiciones y criterios establecidos en la ley y el acuerdo colectivo pertinente.
179.El Convenio Colectivo General para el sector económico de la ex República Yugoslava de Macedonia firmado por la Confederación de Sindicatos y la Cámara de Comercio de Macedonia y el Convenio Colectivo General para la administración pública, las empresas públicas, los órganos estatales, los órganos de gobierno autonómico locales y otras entidades jurídicas que llevan a cabo actividades no económicas, firmado por la Confederación de Sindicatos de Macedonia y el Gobierno, prevén que los participantes en las negociaciones colectivas lleguen a un acuerdo sobre el salario mínimo correspondiente a la complejidad del trabajo realizado, y lo hagan público. Sin embargo, desde que se firmaron los convenios colectivos, tras largas negociaciones debidas a las opiniones y posiciones contrapuestas en relación con la cuantía del salario mínimo, las partes en el Convenio Colectivo para los sectores económicos aún no han fijado el salario mínimo. Ello significa que, pese a que existe un régimen de salario mínimo, éste no se ha aplicado hasta el momento. En cambio, las partes en el Convenio Colectivo para los sectores públicos alcanzaron un consenso sobre la cuantía del salario mínimo que, en junio de 2002, era de 5.060 denar de Macedonia (Mden).
180.La legislación ampara el pago del salario mínimo. Ello significa que el empleador tiene la obligación de abonar el salario mínimo acordado; si no lo hace, será objeto de sanción.
181.Los acuerdos colectivos disponen que, para determinar el salario mínimo, han de tenerse debidamente en cuenta los factores siguientes: el costo de la vida, la actividad económica nacional, los sueldos medios del país, el nivel de productividad, las contribuciones sociales y otros factores económicos y sociales.
182.Además, los convenios colectivos prevén la posibilidad de que los empleadores cuyas empresas se enfrentan a dificultades puedan reducir el salario mínimo en un 20%. Esa reducción puede prolongarse hasta un máximo de seis meses. Una vez solventadas las dificultades, el empleador está obligado a abonar la diferencia entre el salario mínimo y el salario mínimo reducido.
183.Los convenios colectivos disponen también que la cuantía del salario mínimo ha de fijarse y hacerse pública al menos trimestralmente o bien mensualmente si el costo de vida registra una tasa de aumento mensual superior al 5%.
184.Los mecanismos establecidos para determinar y armonizar el pago del salario mínimo pueden aplicarse después de que se haya fijado ese salario mínimo.
185.En 2003, el sueldo neto medio por empleado era de 11.824 denar, en octubre de 2004 de 12.609 denar y durante el período comprendido entre enero y octubre de 2004 (últimos datos estadísticos disponibles) de 12.270 denar.
186.En 2004, el índice del costo de vida experimentó un descenso del 0,4% en relación con el registrado en 2003.
Tendencias del índice del costo de la vida entre 1997 y 2004
|
Costo de la vida |
1998 1997 |
1999 1998 |
2000 1999 |
2001 2000 |
2002 2001 |
2003 2002 |
2004 2003 |
|
-0,1 |
-0,7 |
5,8 |
5,5 |
1,8 |
1,2 |
-0,4% |
187.Las tendencias del índice del coste de la vida en 2004 registraron diferencias por grupos de consumo. Así por ejemplo, el índice aumentó un 4,2% en el sector de los artículos domésticos; un 4% en el de vehículos y servicios de transporte; un 3% en calefacción e iluminación; un 1,3% en cultura y ocio; un 1,1% en tabaco y bebidas; un 0,9% en vestido y calzado y un 0,4% en higiene y salud.
188.El índice del coste de la vida descendió un 3,1% en el sector de la alimentación y un 0,3% en el sector de la vivienda (alquiler, agua y servicios).
189.En diciembre de 2004, el precio de la cesta de la compra (comida y bebida) para una familia de cuatro miembros, según cálculos basados en los precios al por menor, era de 9.845 denar, es decir, un 0,4% inferior al del mes anterior.
190.Un empleador puede reducir el horario laboral de 40 horas semanales en los casos y bajo las circunstancias previstas en la Ley de relaciones laborales (reducción de la jornada laboral).
191.El empleador puede reducir el horario laboral de 40 horas semanales cuando se organizan turnos de trabajo, siempre que cada empleado trabaje un mínimo de 32 horas semanales.
192.De conformidad con el artículo 37 de la Ley de relaciones laborales, si un empleado realiza un trabajo particularmente agotador y peligroso para la salud, y si esas condiciones nocivas no pueden paliarse por completo con medidas de protección, el empleado puede reducir su horario en consideración de los efectos perjudiciales de su tarea, hasta un mínimo de 30 horas semanales, de conformidad con lo previsto en el convenio colectivo. El horario laboral a que se hace referencia en el párrafo 1 del mencionado artículo se considerará como horario a tiempo completo.
193.Se consideran trabajos particularmente agotadores, difíciles o nocivos para la salud las tareas físicas excepcionalmente difíciles; las tareas que se realizan bajo una gran presión atmosférica o ruido intenso; las tareas que se realizan en el agua o en condiciones de humedad elevada; las tareas que implican exposición a radiaciones ionizantes; el trato con pacientes con enfermedades contagiosas y el manejo de material contaminado; las operaciones quirúrgicas en quirófanos; la práctica de la psiquiatría; el trato con personas con problemas psíquicos muy graves; las labores relacionadas con la medicina forense y la anatomía patológica; el manejo de productos químicos nocivos; las tareas relacionadas con la aviación; la danza; tocar instrumentos de viento, el baile folclórico y el canto de ópera.
194.El organismo de la administración pública encargado de los asuntos laborales, tras consultar con el Instituto de Medicina Laboral y la Inspección de Trabajo, es responsable de aprobar el horario laboral reducido de los trabajos a que se hace referencia en el párrafo 3 del mencionado artículo.
195.El asalariado que realiza alguno de los trabajos mencionado en párrafos anteriores no puede sobrepasar el horario laboral reducido acordado.
196.El empleador puede establecer un horario laboral reducido para la realización de tareas cotidianas en una escala inferior o cuando sea preciso por el carácter del trabajo que ha de llevarse a cabo.
197.El trabajador que realiza una tarea en un horario reducido puede ser contratado por varios empleadores hasta completar el horario laboral normal.
198.De conformidad con el artículo 60 de la Ley de relaciones laborales, el empleador está obligado a garantizar las condiciones necesarias de protección en el trabajo prescritas por esa u otra ley o por el convenio colectivo.
199.Los empleados disfrutan de protección en el trabajo en cumplimiento de las medidas y normativas estipuladas al respecto y están obligados a respetar esas medidas de protección y a realizar su cometido con atención esmerada para proteger sus vidas y las vidas y la salud de otros empleados y ciudadanos.
200.Los empleadores están obligados a informar a los asalariados sobre todos los peligros que entraña el trabajo que han de hacer y los derechos y obligaciones relativos a la protección en el trabajo y las condiciones de éste.
201.La Ley de relaciones laborales dispone la prestación de una protección especial en el trabajo a las mujeres, los jóvenes y los discapacitados.
202.Las trabajadoras tienen derecho a nueve meses ininterrumpidos de licencia por embarazo, parto y maternidad, y a un año en caso de que den a luz a más de un hijo.
203.Las trabajadoras disfrutan de los mismos derechos en caso de adopción. Durante la licencia por maternidad, tienen derecho a una prestación salarial de acuerdo con la normativa de atención a la salud.
204.El padre puede ejercer ese derecho en caso de fallecimiento de la madre o si ésta abandona al hijo o se ve impedida de ejercitar ese derecho por causa justificada.
205.Las trabajadoras embarazadas o con hijos de 2 o menos años de edad no pueden sobrepasar el horario laboral ni trabajar por la noche, mientras que los progenitores solteros con hijos menores de 7 años y las personas con discapacidad grave sólo pueden trabajar más horas de las establecidas si expresan su consentimiento por escrito.
206.Si ambos progenitores de un niño con discapacidad grave trabajan, uno de ellos tiene derecho a trabajar media jornada. Si sólo hay un progenitor, éste tiene derecho a un horario reducido, teniéndose en cuenta las conclusiones de la junta médica competente, si el niño no está alojado en una institución social de atención a la salud.
207.Los empleados menores de 18 años y las trabajadoras no pueden realizar trabajos que impliquen primordialmente un esfuerzo físico extenuante, tareas bajo tierra o agua o trabajos que puedan tener efectos nocivos sobre la vida o la salud, según lo establecido en el convenio colectivo.
208.Los trabajadores menores de 18 años tienen derecho a vacaciones anuales cuya duración viene determinada por la normativa que rige ese permiso para el resto de los trabajadores más siete días laborables adicionales.
209.Las asalariadas en los sectores industriales y de la construcción no pueden trabajar de noche si el trabajo no les permite un descanso de un mínimo de siete horas entre las 22.00 y las 5.00 horas del día siguiente. Esta norma no se aplica a las empleadas con competencias o responsabilidades especiales o que trabajen en tareas sanitarias, sociales o de protección de empleados.
210.Puede encomendarse a las trabajadoras turnos de noche cuando, por causa de fuerza mayor, sea necesario continuar un trabajo que se ha interrumpido o para prevenir daños a materias primas u otro tipo de productos. También se les pueden asignar turnos de noche por fuerza de las circunstancias sociales, económicas o de índole similar, con la condición de que el organismo de la administración pública encargado de los asuntos laborales dé su aprobación a los empleadores.
211.Los trabajadores menores de 18 años no pueden sobrepasar el horario laboral de 40 horas semanales y no pueden realizar trabajos nocturnos entre las 22.00 y las 6.00 horas del día siguiente, a menos que sea necesario por el interés público o por alguna circunstancia extraordinaria, previa aprobación del organismo de la administración pública encargado de los asuntos laborales.
212.En virtud del artículo 74, los empleados discapacitados tienen derecho a un horario laboral reducido, el cambio de puesto de trabajo, la readaptación profesional y la formación superior, así como el derecho a una retribución adecuada, de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley del seguro de jubilación e invalidez.
213.Los empleados con capacidad laboral disminuida y los que realizan trabajos que entrañan la amenaza de accidentes tienen derecho a que se les transfiera a otro puesto. En esos casos, el empleador está obligado a garantizar el trabajo que el asalariado está en condiciones de realizar, de acuerdo con las condiciones y en la forma establecidas en el convenio colectivo.
214.La igualdad de derechos entre hombre y mujer está garantizada por el artículo 9 de la Constitución, relativo a la igualdad entre los ciudadanos, que prohíbe la discriminación por razones de sexo, entre otras.
215.También se reconocen todos los derechos económicos, culturales y sociales (seguridad social), que son ejercidos en condiciones de igualdad por hombres y mujeres, tal como se establece en la legislación y los convenios colectivos.
ARTÍCULO 8 DEL PACTO
216.El artículo 20 de la Constitución garantiza a los ciudadanos la libertad de asociación para ejercer y proteger sus derechos políticos, económicos, sociales, culturales y otros derechos e ideas.
217.El ejercicio de los derechos y libertades sindicales se rige básicamente por la legislación y los convenios colectivos.
218.En general, no existen obstáculos para la creación y el funcionamiento de los sindicatos, que se regulan específicamente según los convenios colectivos aplicables a nivel nacional, los acuerdos colectivos por sectores y los acuerdos colectivos de las empresas.
219.La Ley de relaciones laborales, que incluye un capítulo aparte titulado "Sindicatos y empleadores", reviste especial interés con miras a hacer más operativas las disposiciones del artículo 37 de la Constitución relativas a la organización de sindicatos. En dicho capítulo se regulan cuestiones de importancia para los sindicatos, tales como la libertad de crear sindicatos, la protección de las actividades sindicales y de sus representantes y las obligaciones de los empleadores en relación con los sindicatos.
220.La libertad para fundar sindicatos implica el derecho de los empleados a establecer sindicatos, afiliarse o dejar de pertenecer a ellos. La afiliación sindical es voluntaria. De acuerdo con la legislación del país, la afiliación a un sindicato no es obligatoria para los asalariados ni es una condición para el ejercicio de cualesquiera derechos laborales. Los empleados tienen derecho, sin aprobación previa, a establecer sus propias organizaciones y, por decisión propia, a afiliarse a éstas. La creación de sindicatos se basa en el derecho constitucional de los ciudadanos de establecer ese tipo de organización. La fundación de un sindicato no requiere la aprobación previa de un organismo público o un sindicato ya establecido. Es importante señalar al respecto que las condiciones para fundar un sindicato, la manera de hacerlo y su composición quedan establecidas en un estatuto. También se garantiza la libertad de las organizaciones sindicales en una serie de disposiciones según las cuales no puede imponerse su cierre o el cese de sus actividades por decisión administrativa si el sindicato ha sido establecido y realiza sus actividades con arreglo a la ley y otras normativas y conforme a las disposiciones antes mencionadas (y en virtud de las cuales, las actividades de los sindicatos y de sus representantes no pueden ser limitadas por decisión de los empleadores si sus actividades se ajustan a la ley y los convenios colectivos).
221.La Ley de relaciones laborales dispone que sólo se considerarán legítimas aquellas actividades sindicales de los trabajadores que se canalicen a través de la organización de trabajadores, que habrá de disponer de un estatuto, un reglamento y un programa.
222.La Ley de relaciones laborales establece la obligación general que incumbe al empleador de facilitar las condiciones que permitan la realización de las actividades sindicales con miras a proteger los derechos de los empleados. Esa disposición legal general se elabora con mayor detalle en el Convenio Colectivo General para el sector económico de la República de Macedonia y el Convenio Colectivo General para la administración pública, las empresas públicas, los órganos administrativos, los órganos de autogobierno local y otras entidades que no realizan actividades económicas. Las prácticas establecidas en los dos convenios mencionados se inspiran fundamentalmente en documentos de la OIT, como el Convenio relativo a la protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores en la empresa, 1971 (Convenio Nº 135) y la recomendación sobre los representantes de los trabajadores, 1971 (Nº 143).
223.La Ley de relaciones laborales dispone una protección especial al representante sindical; de manera que éste no puede ser considerado responsable ni colocado en una situación desfavorable, en particular, no puede ser despedido de su trabajo por haberse afiliado al sindicato o participar en actividades sindicales encaminadas a defender los derechos e intereses de los trabajadores, siempre que actúe de acuerdo con la ley y el convenio colectivo. El representante sindical tiene derecho a esa protección durante su mandato. Además de esa protección especial determinada por la Ley de relaciones laborales, está establecido también en los convenios colectivos generales que, debido a sus actividades sindicales destinadas a proteger los derechos e intereses de los trabajadores, el representante del sindicato no podrá ser trasladado a otro puesto con el mismo empleador u otro distinto, ni ser transferido alegando que sobran efectivos laborales ni despedido. Según las disposiciones de los convenios colectivos generales, el representante sindical debe ser liberado de su trabajo con el fin de recibir la formación necesaria para el desempeño eficaz de sus funciones sindicales. Además, cualquier miembro del sindicato que haya resultado elegido para formar parte de la dirección de la organización sindical, tiene derecho, una vez concluido su mandato, a reincorporarse a su trabajo en un puesto adecuado a su nivel de especialización.
224.El artículo 37 de la Constitución dispone el derecho a fundar sindicatos y prevé la posibilidad de limitar legalmente ese derecho en las fuerzas armadas, la policía y los órganos de la administración pública, cuestión ésta que aún no se ha concretado en las leyes pertinentes.
El derecho a la huelga
225.El derecho a la huelga está consagrado en el artículo 38 de la Constitución. El ejercicio de ese derecho puede estar sujeto a limitaciones legales en el caso de los miembros de las fuerzas armadas, la policía y los órganos de la administración pública.
226.La Ley de relaciones laborales establece en su artículo 79 que, con miras a ejercer los derechos económicos y sociales derivados de su empleo, los trabajadores tienen derecho a hacer huelga, que realizarán de conformidad con la ley. Esa ley es la Ley de huelga que, entre otras cosas, determina las condiciones en que puede ejercerse el derecho a la huelga en las empresas y los órganos de la administración pública.
227.En las empresas que desarrollan actividades de especial interés público, así como en las que revisten una importancia particular para la defensa, los trabajadores sólo podrán ejercer su derecho a la huelga si se garantiza lo siguiente: el mantenimiento de un ritmo mínimo de producción a fin de velar por la seguridad de los ciudadanos y de sus propiedades, o porque sea una condición indispensable para la vida y el trabajo de los ciudadanos o para el funcionamiento de otras empresas, y a fin de cumplir con las obligaciones internacionales. Los trabajadores de órganos estatales podrán ejercer el derecho a la huelga a condición de que ésta no menoscabe sustancialmente el funcionamiento de dichos órganos.
228.El artículo 90 de la Ley sobre el poder judicial regula el derecho a la huelga entre los funcionarios judiciales y el funcionamiento de los tribunales durante ésta. En virtud de dicho artículo, en caso de huelga, los tribunales llevarán a cabo actividades relacionadas con las audiencias y los juicios programados y con el despacho de documentos dentro de los plazos legales. Los tribunales han de cumplir los trámites judiciales urgentes, es decir, las actividades que de acuerdo con la ley y por su propia naturaleza son apremiantes, incluso durante una huelga de funcionarios judiciales. Se considerarán urgentes las investigaciones y los juicios penales, los trámites relativos a acusados que están bajo custodia y los relativos a la adopción de medidas provisionales, las controversias sobre la publicación de correcciones a información ya publicada, los procedimientos y las actuaciones extrajudiciales relacionados con la educación, la manutención y la protección de los niños, y los procedimientos extrajudiciales para el ingreso de personas en instituciones médicas.
229.De acuerdo con lo estipulado en el artículo 70 de la Ley de asuntos internos, los empleados del Ministerio del Interior pueden ejercer su derecho a la huelga a condición de que ésta no altere excesivamente las obligaciones y tareas ordinarias del Ministerio, tal como han sido fijadas por la ley.
230.La Ley de atención de la salud establece las condiciones en virtud de las cuales los empleados del sector de la asistencia sanitaria podrán ejercer su derecho a la huelga. El requisito básico al respecto es que la huelga no ponga en peligro la vida o la salud de las personas que necesitan cuidados sanitarios. Con el fin de evitar que los ciudadanos sufran las consecuencias de la falta de prestación de servicios sanitarios durante una huelga, la dirección de las instituciones deberá proporcionar asistencia médica de emergencia urgente y garantizar un funcionamiento mínimo de todos los servicios de la institución.
231.La Ley de huelga contempla varias garantías relativas a los derechos de los trabajadores que participan en una huelga, siempre que ésta se organice conforme a lo dispuesto por la ley. Según esa normativa, organizar o participar en una huelga en las condiciones establecidas no constituye una violación de las obligaciones dimanantes del empleo y no puede considerarse razón suficiente para iniciar un proceso que ayude a determinar la responsabilidad del trabajador ni motivo para su despido. El trabajador que participa en una huelga ejerce unos derechos básicos derivados de su empleo. En los convenios colectivos generales se dispone el derecho a una compensación financiera durante la huelga, por una cuantía mínima del 60% del salario mínimo fijado por el convenio colectivo, si la huelga se justifica y organiza con arreglo a la ley. En virtud de la Ley del seguro de jubilación e invalidez, el tiempo que el beneficiario del seguro haya dedicado a participar en una huelga organizada de conformidad con la normativa al respecto cuenta también como parte de los años de servicio para el cálculo de la pensión de vejez e invalidez.
232.El derecho a la huelga garantizado por la Constitución goza asimismo de protección en la legislación penal. En el artículo 156 del Código Penal se tipifica el delito de violación del derecho de huelga, que consiste en suprimir o limitar el derecho de huelga mediante la fuerza o graves amenazas. La violación de este derecho está castigada en el Código con una pena de multa o de prisión de hasta un año.
233.Según la Confederación de Sindicatos de Macedonia existen problemas prácticos a la hora de ejercer el derecho de huelga, como la resistencia que oponen los empleadores a la formación de sindicatos y la adopción de medidas represivas en ciertos establecimientos contra los representantes sindicales cuando éstos se erigen en defensa de los derechos laborales de los trabajadores o contra la privatización.
234.Uno de los derechos básicos de los sindicatos, el de la negociación colectiva, no goza aún de una comprensión plena, especialmente como fuente de legislación. En la práctica, ciertas soluciones acordadas en los convenios colectivos se suspenden, o se enmiendan mediante leyes, en lugar de hacerlo por medio de un procedimiento establecido en los convenios colectivos.
235.La Constitución, de conformidad con los convenios internacionales, garantiza el derecho a la huelga en el país. La ex República Yugoslava de Macedonia es uno de los pocos países cuya Constitución garantiza ese derecho.
236.No obstante, las leyes aprobadas en relación con determinados sectores económicos permiten limitar el derecho de huelga. Tal es el caso de la Ley de energía, impugnada por la Confederación de los Sindicatos de Macedonia ante el Tribunal Constitucional, que aceptó la demanda, tras lo cual se derogó un artículo de dicha ley.
237.La Confederación de Sindicatos de Macedonia ha formulado objeciones en relación con algunos aspectos de la huelga, que ha presentado por escrito al organismo proponente, el Gobierno, por considerar que ciertas prácticas limitan el derecho de huelga reconocido por la Constitución. Sólo se han aceptado algunas de las objeciones presentadas.
238.La Confederación de Sindicatos de Macedonia considera que la disposiciones del artículo 4 sobre el pago de remuneración salarial, el mínimo que garantiza una remuneración justa y equitativa a todos los trabajadores, no se aplican suficientemente.
239.Según la Confederación, ello se debe a que no pueden aplicarse las secciones de los convenios colectivos relativas al salario, teniendo en cuenta que durante varios años los salarios se han establecido por ley y el hecho de que la cuantía del salario mínimo interprofesional no se ha fijado, si bien es una obligación dimanante de los acuerdos colectivos.
ARTÍCULO 9 DEL PACTO
240.El artículo 35 de la Constitución garantiza la protección y la seguridad sociales de los ciudadanos, de conformidad con el principio de justicia social. Ese artículo garantiza también el derecho a la asistencia de ciudadanos que no puedan trabajar por enfermedad o incapacidad, así como la protección especial para los incapacitados y condiciones para que puedan participar en la vida social.
241.La Ley de atención de salud (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 17/1997) regula los derechos a la atención de salud, las relaciones y los derechos en cuanto al seguro médico, el procedimiento para ejercer el derecho a la atención de salud y el sistema de atención de salud y la organización de los servicios.
242.El artículo 3 de la ley dispone que todos tienen derecho a la protección de la salud. La ley dispone el seguro médico obligatorio, basado en los principios de mutualidad y solidaridad para ejercer derechos concretos en caso de enfermedad o lesiones y otros derechos relacionados con la atención de salud.
243.Se puede contratar un seguro médico voluntario para cubrir determinados servicios de atención de salud.
244.El Fondo del Seguro Médico es una entidad jurídica que forma parte del Ministerio de Salud. Su objetivo es garantizar servicios concretos de atención de salud previstos en la Constitución y atender las necesidades e intereses de los ciudadanos en la esfera de los derechos a la atención de salud y el seguro médico.
245.Según el artículo 11 de la Ley de atención de salud, el seguro médico obligatorio cubre la atención primaria de salud, que incluye los siguientes servicios: consultas médicas; asistencia médica; medidas y procedimientos médicos especializados para mejorar la salud; asistencia médica de emergencia; tratamiento médico a domicilio; atención de salud durante el embarazo y el parto; medidas preventivas, terapéuticas y de rehabilitación; prevención y tratamiento de enfermedades bucales y dentales y rehabilitación; medicamentos, artículos para enfermos, educación sanitaria, exámenes médicos y diagnóstico de enfermedades; tratamiento terapéutico y rehabilitación especializados; prótesis, aparatos ortopédicos y otro material, equipo auxiliar y médico y aparatos técnicos dentales; exámenes médicos y diagnóstico del estado de salud, tratamiento, rehabilitación, asistencia médica y hospitalización.
246.El artículo 11 de la ley prevé el derecho a la asistencia primaria de salud para los siguientes grupos:
Empleados de organismos municipales y estatales, de organizaciones políticas y sociales y asociaciones ciudadanas y miembros de las fuerzas armadas;
Personas empleadas por empleadores que realicen una actividad registrada independientemente o con bienes de propiedad de los ciudadanos, y por ciudadanos particulares y entidades jurídicas (empleados de empresas privadas y trabajadores por cuenta propia);
Nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia contratados por empleadores extranjeros o que presten servicios en misiones y organizaciones internacionales y en oficinas consulares, o que trabajen en el servicio personal de nacionales de otros países en el territorio de la ex República Yugoslava de Macedonia;
Ciudadanos que trabajen sólo en la agricultura o en sectores económicos tales como granjas avícolas, apicultura o pesca.
247.Además, tienen derecho a la atención primaria de salud los empleados por cuenta propia; los miembros de organizaciones deportivas pertinentes; los pensionistas; las personas desempleadas temporalmente; los alumnos de las escuelas, universidades y centros de formación profesional; los participantes en la Lucha de Liberación del Pueblo (veteranos de la segunda guerra mundial); los militares discapacitados; los civiles discapacitados; los beneficiarios de los derechos de protección social básica; los nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia empleados en el extranjero; los extranjeros y apátridas empleados en empresas que realicen su actividad en el territorio nacional; los extranjeros que estén cursando estudios o participen en programas de formación profesional; los reclusos que estén cumpliendo condena; los detenidos que no estén asegurados en algún otro programa; los menores adscritos a un programa educativo; y los miembros de la familia de la persona asegurada que estén cumpliendo el servicio militar obligatorio durante el período en que reciben complementos materiales de acuerdo con reglamentaciones concretas.
248.El párrafo 1 del artículo 12 de la ley prevé que los ciudadanos que no estén cubiertos por el seguro de salud obligatorio puedan solicitar su inclusión a fin de ejercer el derecho a la atención primaria de salud consagrado en el artículo 11.
249.Los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia que no estén sujetos al seguro previsto en los artículos 12 a 16, basado en la solidaridad mutua, tienen derecho a los siguientes servicios: atención de salud para niños y jóvenes menores de 18 años, niños en edad escolar o estudiantes de universidades, es decir, hasta que cumplan 26 o como máximo 27 años de edad, y mayores de 65 años de edad; atención de salud durante el embarazo y el parto, servicios de enfermería y métodos anticonceptivos; y atención de salud en caso de contraer una enfermedad contagiosa o desarrollar una enfermedad mental. La Asamblea Nacional determina el alcance y el contenido de los servicios de salud para los ciudadanos a los que se refiere el párrafo 1 de ese artículo, así como la manera en que se prestan.
250.Según el artículo 18 de la Ley de atención de salud, los asegurados tienen derecho a prestaciones económicas si cumplen las siguientes condiciones:
Si han estado cubiertos por el seguro de salud durante al menos los seis meses anteriores al momento en que necesiten acogerse a los servicios de atención de salud, excepto en los casos de lesiones y enfermedades laborales;
Si la contribución al seguro de salud se ha pagado regularmente o con un retraso de 60 días como máximo; y
Si la incapacidad laboral temporal (licencia de enfermedad) ha sido dictaminada por un médico o una junta médica.
251.La indemnización salarial durante la licencia de enfermedad se paga desde el primero hasta el último día de la baja. De conformidad con la reglamentación laboral, la indemnización se paga por los días en que se percibiría el salario. El Ministerio de Salud fija la indemnización, que corresponde al promedio salarial por el que se han pagado contribuciones al seguro médico en los últimos tres meses.
252.Según el artículo 233 de la Ley de atención de salud, la indemnización salarial por licencia de enfermedad se fija en al menos el 70% de la base de indemnización salarial, y en ningún caso es inferior al 70% del salario mínimo determinado en el convenio colectivo.
253.El artículo 29 prevé que el asegurado y los miembros de su familia tengan derecho a dietas y a indemnización por gastos de viaje si son remitidos a una institución médica fuera del país, de acuerdo con las condiciones y la cantidad de la indemnización determinadas mediante el decreto interno del Ministerio de Salud.
254.De conformidad con el artículo 58 (sec. 4) de la Ley de relaciones laborales, que prevé una protección especial para las mujeres, los jóvenes y los discapacitados empleados, las mujeres tienen derecho a nueve meses seguidos de baja laboral durante el embarazo, el parto y la maternidad, y a un año de baja en caso de parto múltiple (gemelos o trillizos).
255.El padre puede ejercer esos derechos en caso de fallecimiento de la madre, si la madre abandona al niño o si existen razones justificadas para impedir que la madre ejerza esos derechos.
256.Los padres adoptivos tienen los mismos derechos y los ejercen en las mismas condiciones que los padres naturales.
257.En las familias monoparentales con un niño menor de 7 años o un niño con alguna forma grave de discapacidad, el progenitor únicamente puede hacer horas extraordinarias o turnos de noche si da su consentimiento por escrito. Cuando ambos progenitores de un niño con discapacidad grave trabajen, uno de ellos tiene derecho a trabajar media jornada; en el caso de una familia monoparental, se podrá ejercer ese derecho si así lo establecen las conclusiones de una junta médica competente, siempre y cuando el niño no esté internado en una institución de atención social o de salud.
258.En diciembre de 1993, la ex República Yugoslava de Macedonia, en tanto que Estado soberano, independiente, democrático y benefactor, aprobó la Ley del seguro de jubilación e invalidez (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 80/1993), que por primera vez reglamentaba de manera autónoma las relaciones y los derechos en el marco de este seguro. La ley, que entró en vigor el 1º de enero de 1994, dispone que el seguro de jubilación e invalidez es obligatorio y cubre a todos los empleados y personas físicas que realicen una actividad registrada. La ley concede pensiones atendiendo al principio del pago de la contribución a medida que se perciben los ingresos. La ley se ha reformado en varias ocasiones (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 3/1994, 14/1995, 71/1996, 32/1997, 24/2000, 96/2000, 50/2001, 05/2003 y 50/2004). La ley regula el seguro obligatorio de jubilación e invalidez para empleados y para trabajadores autónomos.
La ley se basa en los siguientes principios básicos:
-Obligatoriedad del seguro de jubilación e invalidez;
-Derechos según la cuantía de los fondos aportados y el tiempo que se han invertido;
-Justicia social y solidaridad entre generaciones;
-Existencia de capital de financiación para el seguro de pensiones;
-Respeto de los convenios y recomendaciones de la OIT.
Derechos incluidos en el seguro de jubilación e invalidez
-Derecho a la pensión de vejez;
-Derecho a la pensión de invalidez;
-Derecho a ser reasignado a un trabajo apropiado, derecho a un empleo apropiado, derecho a cambiar o mejorar las calificaciones y derecho a beneficios económicos apropiados;
-Derecho a la pensión familiar;
-Derecho a las prestaciones del seguro de invalidez;
-Derecho a una pensión mínima.
Derecho a la pensión de vejez
259.La única condición para tener derecho a esta pensión es haber cumplido 64 años (los hombres) y 62 años (las mujeres) y haber trabajado al menos 15 años.
260.Existen ciertas condiciones especiales para algunos asegurados, por ejemplo empleados del Ministerio de Defensa que presten servicio en las secciones profesionales de las fuerzas armadas, y empleados del Ministerio del Interior y del Ministerio de Justicia que presten servicio en centros penitenciarios. Esos asegurados tienen condiciones más favorables en cuanto a la edad y los años de servicio para jubilarse y para cobrar la pensión de vejez en los casos de rescisión de contrato por requisitos del servicio. Esas condiciones favorables se deben a la especial importancia de las funciones que realizan esos empleados.
261.Dentro de esas categorías de empleados hay diferencias entre hombres y mujeres en lo que se refiere al límite de edad. Los hombres pueden jubilarse a los 55 años de edad y las mujeres a los 50.
262.También existe la posibilidad temporal de que los militares y los empleados civiles de las fuerzas armadas puedan jubilarse mediante la compra de años de servicio hasta alcanzar 40 años de servicio cumplido para los hombres y 35 años para las mujeres. Esa posibilidad está prevista en la Ley del servicio en las fuerzas armadas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia Nos. 62/02, 98/02, 25/03 y 71/03).
263.En el período de transición comprendido entre el 1º de septiembre de 2000 y el 31 de diciembre 2007, la edad límite para tener derecho a la pensión de vejez aumentará con respecto a las condiciones previstas en la ley aplicada hasta el 31 de agosto de 2000.
264.El asegurado tiene derecho a cobrar la pensión de vejez una vez cumplidos 35 años de servicio (mujeres) o 40 años (hombres) si al 1º de septiembre de 2000 han cumplido los 30 años de servicio (mujeres) o 35 años (hombres) exigidos para la jubilación. Los asegurados que hayan subvencionado años de servicio hasta el 1º de septiembre 2005 pueden percibir la pensión de vejez comprando años de servicio hasta 35 años de servicio (mujeres) y 40 años de servicio (hombres).
Derecho a la pensión de invalidez
265.Los trabajadores asegurados que ya no estén capacitados para el trabajo y los trabajadores de mediana edad que no puedan adquirir calificaciones o capacidades nuevas o avanzadas para realizar otro trabajo apropiado podrán cobrar la pensión de invalidez siempre y cuando el origen de la discapacidad sea una lesión o enfermedad laboral, independientemente del número de años de servicio, y cuando la discapacidad sea consecuencia de una lesión sufrida fuera del trabajo o una enfermedad si antes de que se les diagnosticara la discapacidad trabajaron un número de años equivalente a un tercio del período de 20 años como máximo, hasta la fecha en que se produjo la discapacidad, teniendo en cuenta todos los años de servicio.
266.La pensión de invalidez en el primero de los casos anteriores se calcula a partir de la pensión base con un porcentaje máximo (para las pensiones hasta 2015, el 80%, y para las pensiones después de 2015 el porcentaje máximo disminuye gradualmente hasta el 72% en 2040). Para el segundo de los casos se determina a partir de la pensión base teniendo en cuenta el número de años de servicio y la edad de la persona, de acuerdo con el método utilizado para calcular la pensión de vejez. Para este tipo de pensión se prevé un porcentaje mínimo, aunque también se prevé un complemento si la discapacidad se produce antes de que la persona pueda cobrar la pensión de vejez y la cuantía de la pensión es inferior a la de los pensionistas cuya discapacidad sea consecuencia de lesiones o enfermedades laborales.
Prestaciones por lesiones físicas
267.Se entiende por lesiones físicas la pérdida de determinados órganos corporales, o daños importantes sufridos, que dificultan la realización normal de actividades, independientemente de que constituyan o no discapacidad.
268.Los ciudadanos tienen derecho a esa prestación cuando la lesión represente al menos una incapacidad del 30% (lesión o enfermedad laboral), independientemente de los años de servicio cumplidos, o cuando la lesión física represente una incapacidad del 50 al 100% (muerte o lesiones no relacionadas con el trabajo) en las mismas condiciones que para la pensión de invalidez. Para tener derecho a la prestación, la lesión debe haberse producido durante el período de seguro.
Derecho a la pensión familiar
269.Tienen derecho a la pensión familiar los miembros de la familia del asegurado fallecido. El cónyuge, los hijos y los padres que estuvieron a cargo de la persona asegurada pueden solicitar la pensión familiar de acuerdo con las condiciones fijadas por ley.
270.Los miembros de la familia del asegurado fallecido tienen derecho a una pensión familiar en los siguientes casos:
-Si el asegurado cumplió al menos cinco años de servicio cubiertos por el seguro o al menos diez años acumulados para la jubilación;
-Si cumplía las condiciones para cobrar la pensión de vejez o invalidez;
-Si cobraba una pensión de vejez o invalidez.
La cantidad de pensión familiar se calcula en tanto que porcentaje de la pensión que el fallecido hubiera percibido en el momento de morir: 70% para un miembro de la familia más un 10% para cada miembro adicional, sin que pueda exceder del 100%.
Derecho a una pensión mínima
271.En los casos en que el cálculo de los años de servicio y los salarios dé lugar a una pensión excesivamente baja, la Ley del seguro de jubilación e invalidez establece una pensión mínima. De esta manera se garantiza al asegurado una pensión superior a la que le correspondería en función de los años de servicio y el salario. Este derecho no está determinado por la situación económica del beneficiario de la pensión, sino que se prevé para todos los pensionistas cuya pensión calculada de conformidad con los años de servicio y los salarios sea inferior a la pensión mínima. La institución de una pensión mínima se basa en el principio de justicia social y su cuantía depende del número de años de servicio expresados como años acumulados para la jubilación. Esto significa que para un mayor número de años acumulados para la jubilación el pensionista recibiría una cantidad mayor que la prevista en la pensión mínima.
Cuantía máxima de la pensión
272.Aunque el sistema de pensiones anterior fijaba una cuantía máxima para las pensiones, el nuevo sistema no prevé una pensión máxima. El nuevo sistema establece la base máxima para el cálculo y el pago de las contribuciones. Por lo tanto, la pensión depende directamente de los fondos invertidos. La base para el cálculo y el pago de las contribuciones no puede ser superior al salario medio nacional por empleado en el mes en curso.
Ajuste de las pensiones
273.El ajuste de las pensiones es un instrumento utilizado para calcular el seguro de pensiones e invalidez que ayuda a mantener el valor real de las pensiones en base al índice del costo de la vida (80%) y las tendencias en el promedio del salario neto de todos los empleados (20%). Todas las pensiones se ajustan con un único porcentaje para todos los beneficiarios.
274.De acuerdo con laLey de protección social (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia Nos. 50/1997, 16/2000, 17/2003 y 65/2004), el Estado es el principal proveedor de protección social para los ciudadanos y garantiza las condiciones para su aplicación.
275.El Gobierno ha aprobado el Programa de protección social, en el que se definen las esferas de protección, las necesidades específicas de la población en esas esferas y la manera de ejercer el derecho a la protección social.
276.De acuerdo con el artículo 20 de la ley, la asistencia social cubre lo siguiente:
-Prestación económica permanente para personas con incapacidad laboral y carentes de seguro social; prestación económica social para personas que puedan trabajar y carezcan de seguro social; suplemento económico para asistencia y atención; atención de salud; compensación salarial por reducción de horas de trabajo para el cuidado de un hijo discapacitado; prestación económica mediante un único pago o prestación en especie y derecho a la vivienda;
-Las personas con incapacidad laboral y las que carezcan de seguro social y no tengan otros medios de subsistencia tienen derecho a una prestación económica permanente.
277.Según la Ley de protección social, las personas con incapacidad laboral son aquellas que tengan problemas de desarrollo moderados, graves y muy graves; las madres solteras durante el embarazo; los menores de 15 años y los estudiantes a tiempo completo menores de 26 años; y los mayores de 65 años.
278.De conformidad con artículo 23 de la ley se considera que no tienen seguro social quienes carezcan de ingresos o cuyos ingresos por todos los conceptos en tanto que ingreso familiar sea inferior a la prestación económica permanente determinada.
279.La prestación económica permanente es un derecho básico para el beneficiario (artículo 24 de la Ley de protección social) y un suplemento para los otros miembros de la familia que no puedan trabajar (beneficiarios también de la prestación). A efectos de la ley, la familia es una institución que puede ser monoparental o estar formada por un hombre y una mujer, es decir una comunidad de padres e hijos y otros familiares que viven en un hogar común y a los que los padres están obligados a mantener, de acuerdo con la Ley de la familia.
280.La prestación económica permanente, derecho económico básico de los beneficiarios, se calcula tomando como base el promedio del salario neto por empleado pagado en el país en el sector no económico en los últimos tres meses, que se fija en el 20% para el beneficiario que no tenga personas a cargo, en el 28% para el que tenga una persona a cargo y en el 40% para el que tenga dos o más personas a cargo. La prestación se paga mensualmente y la Oficina de Estadística determina y publica el salario promedio por empleado.
281.Las mujeres solteras embarazadas y las familias monoparentales tienen derecho a una prestación económica permanente por los tres primeros hijos, por orden de nacimiento.
282.El artículo 27 de la Ley de protección social dispone que la prestación económica permanente se puede pagar a quien haya concluido con el Centro de Acción Social un acuerdo de atención a largo plazo, en cuyo caso la cuantía de la prestación se fija entre el Centro de Acción Social y el beneficiario dependiendo del valor de la prestación a largo plazo, tras la aprobación previa del Ministerio de Trabajo y Política Social.
283.Los huérfanos que no estén incluidos en programas de alojamiento y que no tengan otros ingresos por concepto de titularidad de propiedad, derechos de propiedad o por otras reglamentaciones, tienen derecho a la prestación social permanente por una cuantía equivalente a la prestación económica básica hasta la mayoría de edad, es decir, hasta que puedan vivir independientemente, pero como máximo hasta los 26 años de edad.
284.El artículo 28 de la ley reglamenta el derecho a la seguridad social para personas en edad de jubilación que no puedan trabajar, carezcan de seguro social, vivan con su familia y que de acuerdo con la reglamentación estén obligados a proporcionar su sustento, pero cuyos ingresos por miembro de la familia sean inferiores al 20% del salario medio determinado por la Oficina de Estadística.
285.Las personas que puedan trabajar pero que no tengan seguro social ni medios de subsistencia por otros conceptos tienen derecho a recibir la prestación económica permanente.
286.El artículo 30 prevé el derecho a un suplemento financiero para recibir asistencia y cuidados de otra persona. Tienen derecho a recibir esta prestación quienes no puedan realizar por sí mismos las funciones más básicas (desplazarse en su casa ni siquiera con la ayuda de los aparatos pertinentes, mantener la higiene personal, vestirse, alimentarse o atender sus necesidades básicas), las personas con ceguera total, distrofia o enfermedades musculares o neuromusculares relacionadas, parálisis cerebral o infantil y paraplejia, y las personas con dificultades de desarrollo mental graves o muy graves que tengan más de 26 años de edad.
287.La cuantía del suplemento financiero para recibir asistencia y cuidados de otra persona está fijada mediante decreto del Ministerio de Trabajo y Política Social y no puede ser inferior al 20% ni superior al 30% del salario medio.
288.Los beneficiarios de la prestación económica permanente, las personas colocadas en una familia de acogida o en instituciones de protección social y los beneficiarios del suplemento económico para recibir asistencia y cuidados de otra persona tienen derecho al seguro médico si no pueden contratar ese seguro por otros medios.
289.La solicitud de compensación salarial por jornada laboral reducida para atender a un hijo con discapacidad grave, prevista en la Ley de relaciones laborales y en la Ley de protección social, se presenta en el Centro de Acción Social.
290.La cuantía de la compensación salarial es del 30% del salario medio, publicado por la Oficina de Estadísticas.
291.De acuerdo con el párrafo 6 del artículo 180 de la Ley del seguro de jubilación e invalidez, las contribuciones y otras obligaciones se calculan y pagan en una proporción del 50% de la base.
292.Se prevén prestaciones financieras excepcionales o en especie para familias en situación de riesgo social, y en caso de desastres naturales o epidemias, tratamiento médico de larga duración en una institución de atención de salud u otras crisis sociales.
293.La prestación en especie, en el sentido previsto por la ley, incluye la provisión de ropa, alimentos y otros medios necesarios para cubrir las necesidades existenciales mínimas de la persona y la familia.
294.La cuantía de la prestación económica excepcional se fija mediante decreto del Ministerio de Trabajo y Política Social. Excepcionalmente, también tienen derecho a esa prestación los nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia que no residan permanentemente en el país y los extranjeros que no tengan residencia permanente en el país en caso de accidente o de enfermedad grave que requiera tratamiento hospitalario o similar.
295.En el artículo 35 de la Ley de protección social se garantiza el derecho a la vivienda a personas sin hogar ni seguro social. De acuerdo con las enmiendas y las adiciones a la Ley de protección social (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 65/2004), la obligación de garantizar este derecho se ha transferido a los municipios.
296.El Gobierno adoptó una decisión que regula y define en detalle las condiciones, los criterios, la cuantía, el modo y el procedimiento para establecer y ejercer el derecho a la prestación económica social para ciudadanos expuestos a riesgo social. Esas condiciones, cuantía, criterios y modo de ejercer el derecho están determinados mediante decreto gubernamental.
297.La cuantía de la prestación social se fija atendiendo al nivel relativo de pobreza y a los fondos destinados para este propósito.
298.El nivel de pobreza relativa se fija en 36.000 denar anuales o 3.000 denar mensuales.
299.La prestación social para una familia de un único miembro se establece en el 57% del nivel de pobreza relativa calculado.
300.Según el artículo 3 de la decisión gubernamental, la cuantía de la prestación social se fija de la siguiente manera:
-1.700 denar para hogares con único miembro;
-2.200 denar para familias con dos miembros;
-2.800 denar para familias con tres miembros;
-3.600 denar para familias con cuatro miembros;
-4.200 denar para familias con cinco o más miembros.
301.Las cantidades fijadas en el artículo 3 de la decisión gubernamental se pagan en su totalidad durante los primeros 24 meses de la prestación; para el tercer, cuarto y quinto año se reducen al 70% de la cantidad fijada, y a partir de ahí sólo se paga el 50%.
302.Por otro lado, de acuerdo con el artículo 4, la familia está formada por personas que viven en una comunidad que tiene ingresos y gastos conjuntos (utiliza conjuntamente la propiedad). En este contexto, se considera que forman parte de la familia las siguientes personas:
-Los cónyuges, tanto si se trata de un matrimonio como de una pareja de hecho;
-Los hijos nacidos en el matrimonio o fuera del matrimonio a los que se provee sustento en el hogar;
-Los niños que tengan relación de parentesco o una relación jurídica con el beneficiario o su cónyuge;
-Los miembros de la familia que temporalmente se encuentren en otro lugar o trabajen temporalmente en el extranjero;
-Los miembros que estén cumpliendo el servicio militar;
-Los miembros que estén hospitalizados.
303.Según el párrafo 1 del artículo 4, a los efectos de esta decisión no se considera miembros de la familia a quienes estén cumpliendo una condena de prisión de más de 30 días, ni a quienes estén alojados con otra familia, en instituciones de protección social, en residencias de estudiantes o en instituciones dedicadas a la educación de niños y jóvenes con dificultades de desarrollo físico y psicológico.
304.De acuerdo con el artículo 10 de la decisión gubernamental, la familia tiene derecho a la asistencia social si los ingresos mensuales totales de sus miembros son inferiores a la asistencia social establecida para una familia con el número de miembros fijado en el artículo 3 de la decisión. Si se calcula que la cuantía de la prestación social para un hogar es inferior a 100 denar, la prestación no se paga.
305.De acuerdo con el artículo 7, la cuantía de la prestación social equivale a:
-La cuantía determinada para una familia con ese número de miembros si la familia no tiene ingresos, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 3 de la decisión;
-La diferencia entre los ingresos totales mensuales ganados por todos los miembros de la familia por todos los conceptos, según se establece en el artículo 10 de la decisión, y la cuantía de la prestación social fijada para familias con ese número de miembros, de acuerdo con el artículo 3 de la decisión.
306.La prestación social se concede desde el primer día del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud.
307.Según el artículo 8, la cuantía de la prestación se establece y calcula trimestral o anualmente, dependiendo de la categoría en que se incluya el solicitante. De acuerdo con la decisión gubernamental, los solicitantes pueden incluirse en las siguientes categorías.
Párrafo 1 del artículo 8 - Familias en las que el beneficiario tiene un trabajo
308.La solicitud se presenta anualmente, aunque los documentos justificativos del nivel de ingresos de la familia se presentan trimestralmente.
309.Los ingresos mensuales de la familia se determinan teniendo en cuenta el promedio de los ingresos mensuales del trimestre anterior a la presentación de la solicitud.
Párrafo 2 del artículo 8 - Familias en las que el beneficiario es pensionista
310.La solicitud se presenta anualmente.
311.Los ingresos anuales de la familia se determinan teniendo en cuenta el promedio de los ingresos mensuales del trimestre anterior a la presentación de la solicitud.
Párrafo 3 del artículo 8 - Familias en las que el beneficiario está registrado en la oficina de desempleo
312.La solicitud se presenta anualmente.
313.De acuerdo con la Ley de empleo, el beneficiario está obligado a presentar todos los meses, en la fecha determinada por el Centro de Acción Social, un justificante de la oficina de empleo correspondiente, en el que se confirme que el beneficiario y otros miembros de la familia siguen sin empleo.
314.Los ingresos mensuales de la familia se determinan teniendo en cuenta el promedio de los ingresos mensuales del último trimestre previo a la presentación de la solicitud.
Párrafo 4 del artículo 8 - Familias en las que el beneficiario es también beneficiario de una prestación económica permanente
315.Es el caso de las familias en las que el beneficiario es también beneficiario de la prestación económica permanente en el marco de la Ley de protección social, la solicitud se presenta anualmente, y la cuantía anual se determina teniendo en cuenta el promedio de los ingresos mensuales en el trimestre anterior a la presentación de la solicitud.
Párrafo 5 del artículo 8 - Otros casos
316.Las solicitudes en este apartado se presentan anualmente y los documentos necesarios sobre los ingresos familiares se presentan trimestralmente. Los ingresos mensuales de la familia se determinan teniendo en cuenta el promedio de los ingresos mensuales en el trimestre anterior a la presentación de la solicitud.
317.Según la decisión gubernamental, los ingresos a partir de los que se determina la situación económica de la familia para que pueda beneficiarse en el futuro de la asistencia social son los ingresos de todos los miembros de la familia por los siguientes conceptos:
-Salarios y compensación salarial;
-Pensiones de vejez, familiar, invalidez, para veteranos, agricultores y pagaderos en el extranjero;
-Prestaciones por hijos a cargo;
-Prestación de desempleo;
-Prestación económica permanente;
-Ingresos generados por propiedades y derechos de propiedad;
-Ingresos agrícolas;
-Ingresos de actividades económicas o profesionales de régimen autónomo: empleados por cuenta propia;
-Pensión alimenticia, becas, créditos;
-Dividendos e intereses de cuentas de ahorro;
-Indemnización por discapacidad de personal civil;
-Bonos por ahorros anteriores en concepto de divisas;
-Otros ingresos.
318.El promedio de los ingresos mensuales totales de una familia se calcula sumando los ingresos de todos los miembros de la familia por los conceptos enunciados en el párrafo 1 de este artículo, calculados para un mes.
319.Como excepción a lo dispuesto en el artículo 10 de la decisión gubernamental, los siguientes ingresos no se considerarán ingresos familiares:
a)Indemnización económica por lesiones físicas;
b)Suplemento económico para recibir cuidados y asistencia de terceros;
c)Suplemento especial;
d)Suplemento para contratación laboral;
e)Compensación económica de los costos de alojamiento de una persona y su familia;
f)Prestaciones y asistencia en caso de catástrofes naturales.
320.Según el artículo 12, las familias no tienen derecho a recibir prestaciones de seguridad social si sus miembros son propietarios, además de la casa o apartamento en que viven, de:
a)Una segunda vivienda;
b)Una casa rural;
c)Locales comerciales;
d)Un vehículo que pueda ser utilizado con fines comerciales (furgoneta, autobús, camión, taxi);
e)Una cosechadora o un tractor en buenas condiciones;
f)Tierras de labrantío en propiedad, arrendadas o en régimen de usufructo que ocupen una superficie de más de 7.000 m², respecto de la cual la tierra de labrantío designada como de cuarta o quinta clase en el catastro se calcula en tanto que el 40% de la superficie, y la designada como sexta, séptima y octava clase en el catastro se calcula como el 20% de la superficie;
g)Bienes que proporcionen medios de subsistencia (una cantidad mayor que la cuantía de la prestación social según la evaluación del Centro de Acción Social);
h)Ahorros equivalentes a 50.000 denar o más;
i)Vehículo de motor registrado.
Como excepción a los apartados e), f) e i) de este artículo, se puede conceder una prestación social a una familia cuyos miembros, por razones de edad, discapacidad o enfermedad, no puedan explotar la tierra o utilizar el equipo, así como a familias que tengan un vehículo de motor registrado que se utilice para atender a una persona discapacitada que sea miembro de la familia.
321.De conformidad con el artículo 13, los siguientes grupos no tienen derecho a prestación social:
a)Desempleados que no se hayan registrado en la oficina de empleo correspondiente, de conformidad con la Ley de empleo y seguro de desempleo;
b)Empleados que hayan sido despedidos de manera procedente o que hayan dejado el trabajo por propia voluntad;
c)Personas que hayan rechazado una oferta de empleo, un cambio de calificación o una calificación superior a efectos del empleo;
d)Personas que no sean nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia y que no tengan un permiso de residencia permanente.
322.Al calcular los ingresos totales de la familia se considera que las personas a que se hace referencia en el párrafo 1 del artículo 13 son miembros de la familia y no tienen derecho a la prestación social.
323.En los supuestos incluidos en los apartados b) y c) del párrafo 1 de este artículo, como rechazar un cambio de calificación o una calificación superior a efectos del empleo, no se tiene derecho a la prestación social durante los seis meses posteriores a la terminación del empleo.
324.De acuerdo con esta decisión gubernamental, el pago de las prestaciones de seguridad social se realiza desde el primer día en que se tiene derecho a la prestación social.
325.Los beneficiarios de prestaciones sociales pueden aceptar empleos (trabajo temporal o trabajo ocasional), a excepción de los pensionistas, las personas a quienes se haya concedido la incapacidad laboral por motivos de edad, discapacidad o enfermedad, los empleados, los escolares y los estudiantes.
326.Si el beneficiario de prestaciones en el marco de este artículo rechaza una oferta de empleo, pierde el derecho a la prestación social durante los 24 meses siguientes.
327.La contratación de beneficiarios de prestaciones sociales debe realizarse en coordinación con el funcionario encargado de la dependencia gubernamental local, las empresas e instituciones públicas y el centro de acción social o el organismo de empleo competentes. El beneficiario de la prestación social que trabaje como máximo cinco días al mes sigue teniendo derecho a recibir la prestación.
ARTÍCULO 10 DEL PACTO
328.La protección de la familia en el marco del sistema jurídico de la ex República Yugoslava de Macedonia está garantizada en el artículo 40 de la Constitución, según el cual "la República presta especial atención y protección a la familia. Las relaciones jurídicas en el matrimonio, la familia y la cohabitación están reguladas por la ley. Los padres tienen el derecho y el deber de alimentar y educar a sus hijos. Los hijos tienen la responsabilidad de atender a sus padres ancianos e inválidos. La República dispensa una protección especial a los niños huérfanos o que no son atendidos por sus padres".
329.La Ley de la familia regula todas las relaciones en la esfera del matrimonio y la familia, así como la protección especial de la familia, las relaciones familiares problemáticas y la violencia en el hogar, la adopción, la custodia, el pago de la pensión alimenticia y los procedimientos ante los tribunales por disputas familiares y matrimoniales.
330.La ex República Yugoslava de Macedonia garantiza la protección en caso de relaciones familiares problemáticas y violencia en el hogar. El párrafo a) del artículo 33 de la Ley de la familia (enmiendas y adiciones) prohíbe cualquier forma de violencia doméstica. La ley prohíbe cualquier tipo de violencia entre los miembros de la familia, independientemente del sexo y edad. El autor y la víctima de la violencia pueden ser cualquier miembro de la familia, independientemente de la edad o el sexo. Cuando se tiene conocimiento de casos de violencia doméstica, el Centro de Acción Social adopta por propia iniciativa o a instancias de un miembro de la familia medidas para proteger a la familia y las víctimas de la violencia doméstica, según si la persona tiene capacidad jurídica o no. A instancias del Centro de Acción Social, los tribunales pueden dictar medidas cautelares por una duración máxima de un año contra el autor de la violencia doméstica.
331.La familia se define como una comunidad formada por los padres, hijos y demás parientes que viven en un hogar común. La familia queda establecida con el nacimiento o la adopción de los hijos.
332.El Estado tiene la obligación de dispensar asistencia y protección especial a la familia, lo que significa que todos los órganos, organizaciones e instituciones del Estado deben adoptar medidas para proteger a la familia en tanto que comunidad de padres, hijos y demás parientes basándose en las relaciones humanas, la asistencia mutua, el respeto y la armonía, y para impedir y eliminar cualquier tipo de relación problemática en la familia, así como las amenazas a su estabilidad y seguridad.
333.Existen varias formas de protección especial de la familia. Por ejemplo, se recurre a la institución de la tutoría, por la que el Estado protege a personas que no tienen plena capacidad jurídica o carecen de ella, como niños huérfanos, menores carentes de cuidado parental y ancianos. Otra forma de protección es la concesión de una pensión familiar. Además, existen otras formas de protección especial de la familia mediante diversas actividades organizadas por el Estado para prevenir y superar los principales riesgos sociales a los que están expuestos los ciudadanos (enfermedades, lesiones, discapacidad, vejez, riesgos relacionados con la familia y la maternidad, el desempleo y la inadaptación profesional y riesgos derivados de la falta de adaptación al entorno social).
334.Los derechos relacionados con la protección social y su ejercicio están regulados en laLey de protección social, que prevé varias medidas de protección social de la familia y sus miembros, por ejemplo la prevención social, que consiste en medidas para prevenir riesgos sociales para la familia, en particular servicios de asesoramiento escolar, formas de autoayuda, trabajo voluntario y otras medidas. La protección no institucional de la familia consiste en prestar asistencia profesional a miembros de la familia para superar crisis matrimoniales y familiares, especialmente en las relaciones paternofiliales, y para permitir que la familia cumpla sus funciones en la vida cotidiana. La protección no institucional se brinda a través de centros diurnos y de centros de atención y alojamiento temporal para ancianos, personas con dificultades físicas o mentales, niños de la calle, personas sin hogar, víctimas de la violencia doméstica, alcohólicos y drogadictos, así como mediante la colocación en familias de acogida. La protección institucional cubre lo siguiente: el derecho a la capacitación para adquirir calificaciones laborales y realizar actividades productivas y el derecho al alojamiento en instituciones de protección social; el derecho a la asistencia social, que consiste en prestaciones económicas permanentes para personas con incapacidad laboral y personas que no tengan seguro social; la seguridad social para personas capacitadas para trabajar pero que no tienen seguro social; el derecho a la atención de salud; la compensación salarial por jornada laboral reducida para cuidar a un hijo discapacitado; las prestaciones económicas excepcionales y en especie; y el derecho a la vivienda.
335.Además de las medidas de protección social y de seguridad social previstas en la Ley de protección social, el artículo 5 de la ley establece que el Estado debe adoptar medidas para prevenir la aparición de riesgos sociales por ejemplo medidas en materia de política fiscal, empleo, políticas de becas y de vivienda, atención de salud y crianza y educación de los hijos.
336.La familia goza también de protección jurídica en la legislación penal. El Código Penal incluye un capítulo especial titulado "Delitos contra el matrimonio, la familia y la juventud", en el que se tipifican los siguientes delitos: la bigamia (art. 195); la inducción a un matrimonio ilegal (art. 196); la cohabitación con un adolescente (art. 197); el secuestro de un adolescente (art. 198); la usurpación de estado civil (art. 199); el abandono de un niño enfermo (art. 200); el abandono y maltrato de un adolescente (art. 201); el impago de la pensión alimenticia (art. 202); el quebrantamiento de las relaciones familiares (art. 203); y la venta de bebidas alcohólicas a menores (art. 204).
337.En varias disposiciones de la Ley de la familia se establece la igualdad del esposo y la esposa en el matrimonio y la familia. Según el artículo 3 de la ley, las relaciones familiares se basan en la igualdad, el respeto mutuo, la ayuda y apoyo recíprocos y en la protección de los intereses de los hijos menores de edad.
338.La igualdad entre el esposo y la esposa se refleja también en su relación con los hijos. Según el artículo 8 de la ley, los padres tienen derechos y obligaciones iguales respecto de sus hijos. Del mismo modo, ambos progenitores comparten la patria potestad, que ejercen conjuntamente y de mutuo acuerdo. En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, si se desconoce su identidad o si ha sido privado de la patria potestad o, si por otras causas, no puede ejercerla, ésta será ejercida por el otro progenitor.
339.Las condiciones para contraer matrimonio y la validez de éste se rigen por lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de la familia, en virtud del cual pueden contraer matrimonio dos personas de distinto sexo que declaren libremente su voluntad ante el órgano competente en la forma que prescriba la ley. Uno de los requisitos es ser mayor de edad, condición que según la legislación nacional se adquiere al cumplir los 18 años. Según el párrafo 2 del artículo 16 de la Ley de la familia, en los procedimientos extrajudiciales, el tribunal competente puede autorizar el matrimonio de una persona que haya cumplido los 16 años de edad, si determina que ha alcanzado la madurez física y mental necesarias para asumir los derechos y obligaciones que el matrimonio genera y tras haber recabado la opinión de una institución de salud y recibido el contrayente el asesoramiento profesional en el Centro de Acción Social.
340.Además de la condición de menor de edad, otro obstáculo para contraer matrimonio es la existencia de un vínculo matrimonial anterior. De conformidad con el artículo 17 de la Ley de la familia, una persona no puede contraer un nuevo matrimonio hasta que el anterior no haya sido disuelto. También tienen prohibido contraer matrimonio los que, por padecer una enfermedad mental manifiesta con síntomas psicóticos o signos residuales de alteración, no estén en condiciones de comprender el significado del matrimonio y las obligaciones que de él se derivan y no sean capaces de razonar. Tampoco pueden contraer matrimonio las personas que padecen un retraso en su desarrollo mental, y que se clasifican dentro del grupo de retraso mental severo o muy severo (cociente intelectual inferior a 36). Las personas que tengan un impedimento mental moderado y aquellas en cuya familia se haya manifestado una enfermedad hereditaria de carácter grave pueden contraer matrimonio si se someten previamente a un estudio de su dotación genética en el Instituto de Salud Mental para Niños y Jóvenes o en cualquier otra institución idónea.
341.Las relaciones consanguíneas son también un obstáculo para contraer matrimonio. Los parientes en primer grado (abuela, abuelo, madre, padre, nietos o hermanos) no pueden contraer matrimonio entre sí, del mismo modo que tampoco pueden hacerlo los parientes en segundo grado de consanguinidad (por ejemplo, matrimonio entre primos).
342.El casamiento tiene lugar en el órgano administrativo autorizado para llevar el libro de registro de los matrimonios. El funcionario del registro debe comprobar si existe un impedimento legal para el matrimonio y, en caso afirmativo, negarse a celebrarlo.
343.Cuando sólo se celebra una ceremonia religiosa, el matrimonio carece de efectos jurídicos (artículo 30 de la Ley de la familia).
344.En el artículo 40 de la Constitución se dispone que el Estado debe prestar especial atención y protección a la familia. Debe ponerse de relieve que la protección a la familia se brinda de diversas formas y maneras, de las que las más importantes son las siguientes: la pensión familiar, el derecho al seguro médico, el derecho a la protección de los hijos, lo que incluye el suplemento por hijos, el suplemento especial, la asistencia en especie como productos para recién nacidos y participación en los gastos, así como el derecho de sucesión y el derecho a la vivienda bajo determinadas condiciones.
345.La protección social de la familia se ofrece también a través de diversas instituciones para el cuidado, el alojamiento y la educación de los hijos, así como mediante otras formas de asistencia organizada para la familia y mediante la creación de mejores condiciones para administrar el hogar familiar.
346.Para asistir adecuadamente a los padres en el ejercicio de la patria potestad, el Estado presta especial atención y protección a las madres, los huérfanos y los niños carentes de cuidados parentales. Los derechos garantizados a la atención de salud, la seguridad social y el seguro médico se ejercen de acuerdo con los principios de justicia social y solidaridad.
347.De acuerdo con el artículo 14 de la Ley de la familia, las cuestiones relacionadas con la protección especial y la asistencia a la familia de la adopción y la tutela incumben al Centro de Acción Social, que aplica métodos de asesoramiento y orientación a través de un equipo profesional multidisciplinar.
348.Las actividades profesionales relacionadas con la adopción son competencia del Centro de Acción Social, y la Comisión de Adopción del Ministerio de Trabajo y Política Social es el órgano encargado de adoptar las decisiones.
349.LaLey de relaciones laborales prevé una protección especial para las mujeres. En el artículo 58 se dispone que las empleadas tienen derecho a nueve meses seguidos de licencia por embarazo, parto y maternidad, y a un año en caso de nacimiento múltiple.
350.Tomando como base los dictámenes de la institución de salud competente, la licencia puede comenzar 45 días antes del parto, y en cualquier caso deberá comenzar obligatoriamente 28 días antes de la fecha prevista para el parto. El artículo 60 dispone que en caso de que el niño nazca muerto o muera antes de que finalice la licencia de maternidad, la empleada tiene derecho a continuar esa licencia por el período que, de acuerdo con la prescripción médica, sea necesario para su recuperación y la superación del trauma psicológico provocado por la pérdida del niño; ese período será de un mínimo de 45 días. Los derechos previstos para la licencia de maternidad no varían en esos casos.
351.El artículo 61 dispone que las empleadas embarazadas o que tengan un hijo de hasta 2 años de edad no pueden trabajar horas extraordinarias ni en turnos de noche. Tampoco pueden realizar trabajos que tengan efectos perjudiciales para su salud.
352.Según el artículo 58, las empleadas tienen derecho a nueve meses seguidos de licencia de maternidad, y a un año en caso de parto múltiple.
353.Las empleadas que hayan adoptado un hijo tienen derecho a la licencia de maternidad hasta que el niño cumpla 9 meses de edad, y a una licencia de un año en caso de adopción de dos o más niños.
354.Una empleada que haya adoptado a un niño de entre 9 meses y 5 años de edad tiene derecho a una licencia de tres meses.
355.En las familias monoparentales con un niño menor de 7 años o un niño que padezca una forma grave de discapacidad, el cabeza de familia puede trabajar más horas de las normales o en turnos de noche siempre y cuando dé su consentimiento por escrito.
356.Según el artículo 62 de la Ley de relaciones laborales y el artículo 33 de la Ley de protección social, en los casos en que los dos progenitores de un niño que padezca discapacidad grave trabajen, uno de ellos tiene derecho a una jornada laboral reducida; esta disposición se aplica también a las familias monoparentales, tomando como base las conclusiones de la junta médica competente y siempre y cuando el niño no esté acogido en un centro de salud.
357.La madre tiene derecho a una indemnización equivalente al salario completo mientras esté de licencia de maternidad.
358.Según el artículo 17 de laLey de atención de salud, los ciudadanos que no tengan derecho al seguro que se rige por el principio de mutualidad y solidaridad tienen derecho a la atención de salud. Esta disposición está concretamente destinada a las mujeres en relación con el embarazo, el parto, la atención sanitaria y la contracepción.
359.El artículo 32 de laLey de protección social dispone que los beneficiarios de la prestación económica permanente, las personas que viven con otra familia o en una institución de protección social y los beneficiarios del suplemento financiero para recibir asistencia y cuidados de otra persona tienen derecho a la atención de salud si no pueden contratar de otro modo un seguro médico.
360. Según el sistema jurídico de la ex República Yugoslava de Macedonia, se entiende por niño a una persona menor de 18 años. Al cumplir esa edad, la persona adquiere la mayoría de edad y plena capacidad jurídica.
361.El artículo 40 de la Constitución establece el derecho y el deber de los padres de proporcionar medios de subsistencia y educación para los hijos, así como la protección especial de los huérfanos o los niños carentes de cuidados parentales.
362.El principio del interés superior del niño está previsto en el artículo 42 de la Constitución, que dispone que el Estado preste especial atención a las madres, los niños y los adolescentes. No se puede emplear a menores de 15 años. En caso de que se contrate a un menor, éste tiene derecho a una protección laboral especial. Los menores no pueden realizar trabajos que tengan efectos perjudiciales para su salud y su moral. La Ley de relaciones laborales establece que los empleados menores de 18 años tienen derecho a una semana adicional de vacaciones anuales, cuya duración se fija de acuerdo con el criterio y las condiciones para determinar la duración de las vacaciones anuales de otros empleados. Un menor de 18 años no puede realizar horas extraordinarias, y en los sectores industriales, de la construcción y el transporte no puede trabajar en turnos de noche, es decir entre las 22.00 y las 6.00 horas. La Ley de relaciones laborales prevé una multa, que se fija en un promedio de 500 a 100 salarios, para el empleador que incumpla el régimen de protección especial de los empleados menores de 18 años.
363.El Código Penal prevé sanciones por la infracción de los derechos relacionados con el empleo, en particular con la creación de empleo, la duración de la jornada laboral, las licencias, la protección de los menores empleados y la prohibición de trabajar horas extraordinarias y en turnos de noche.
364.Se protege a los niños mediante un sistema de medidas y actividades organizadas por el Estado para atenderlos y protegerlos, de conformidad con laLey de protección de los niños (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 98/2000, 17/2003 y 65/2004) y de acuerdo con la normativa pertinente.
365.La protección de los niños es una actividad organizada que se basa en los derechos de los niños y en los derechos y obligaciones de los padres y del Estado respecto de la planificación familiar y la creación de condiciones y niveles de vida apropiados para el desarrollo físico, mental, emocional, moral y social del niño. Además, el Estado tiene la obligación, de acuerdo con sus posibilidades, de crear condiciones favorables para una política demográfica, y por lo tanto de prestar a los padres la asistencia material apropiada para el mantenimiento, la crianza, la atención y la protección de los hijos, así como la de organizar y garantizar la creación de instituciones y servicios de protección del niño.
366.De acuerdo con la ley, se considera que un niño es una persona menor de 18 años y se prevé que las personas con problemas de desarrollo físico y mental no obtienen la mayoría de edad legal hasta los 26 años de edad. En el contexto del ejercicio del derecho a recibir la prestación por hijos, y en tanto que excepción, se considera también como menor a una persona de más de 18 años de edad si cursa estudios regulares.
367.El artículo 9 de la Ley de protección de los niños prohíbe el maltrato, el castigo u otro trato inhumano o abuso, tanto psicológico como físico, cometidos contra niños, así como el maltrato de niños para los fines de organizaciones o actividades políticas o religiosas, y el artículo 129 establece el pago de una multa en caso de faltas cometidas por cualquier persona que maltrate a los niños en ese contexto y a quien física o psicológicamente maltrate, castigue, abuse o inflija un trato inhumano a un niño.
368.La protección de los niños es una cuestión de interés público y se aplica mediante la promoción de los derechos pertinentes (prestación por hijos a cargo, suplemento especial, asistencia para material destinado a los recién nacidos y participación en los costos) y mediante diversas formas de protección de los niños (atención y educación de niños en edad preescolar, vacaciones y actividades recreativas para niños y otras formas de protección de la infancia).
Derechos relacionados con la protección de los niños
369.El Estado garantiza los derechos relacionados con la protección de los niños, con condiciones determinadas en la Ley de protección de los niños. También se prevé la posibilidad de que participen los municipios, la municipalidad de la ciudad de Skopje y la propia ciudad de Skopje para garantizar un número mayor de derechos, si esas entidades consiguen por sí mismas fondos para ese fin.
370.Prestación por hijos a cargo. Es una prestación económica para cubrir parte de los gastos del cuidado y educación de los hijos.
371.Tienen derecho a esta prestación los empleados, los beneficiarios de una pensión o de una prestación económica permanente, los desempleados que cobren una prestación económica por desempleo, los agricultores contribuyentes para quienes la agricultura sea su única actividad laboral, los artesanos dedicados a la artesanía tradicional o a la artesanía de gran demanda, los nacionales con residencia permanente en el país siempre y cuando sus hijos tengan la nacionalidad del país y los estudiantes a tiempo completo. También tienen derecho a la prestación por hijos a cargo los extranjeros que tengan residencia en el territorio nacional.
372.La prestación por hijos a cargo se concede atendiendo a la edad de los hijos y a la situación económica de la familia.
373.En el caso de que un niño sea estudiante a tiempo completo, los padres o tutores tienen derecho a la prestación hasta que el niño cumpla 18 años de edad. La prestación también se concede para niños discapacitados que no puedan asistir a la escuela de manera continua o por un período superior a un año, hasta que cumplan 18 años.
374.La prestación por hijos a cargo se concede también para todos los niños para quienes los progenitores provean sustento: los hijos nacidos en el matrimonio o fuera del matrimonio, los hijos adoptados, sobrinos, nietos, hermanos y otros niños de cuya manutención sean responsables.
375.Por lo que respecta a los niños que una persona ha asumido la responsabilidad de mantener, la prestación puede concederse también en el caso de que los padres de esos niños tengan una incapacidad laboral total, estén cumpliendo penas de prisión, hayan sido privados de la patria potestad o sean estudiantes a tiempo completo.
376.Por lo que respecta a los niños que una persona ha asumido la responsabilidad de cuidar, la prestación puede utilizarse únicamente en los casos en que los padres y los niños no dispongan de bienes ni ingresos que pudieran ser utilizados para el cuidado de los niños.
377.La prestación también puede concederse para un niño que carezca de cuidados parentales y esté colocado en una familia de acogida.
378.Para determinar la situación económica de la familia se toman como base los ingresos y bienes totales de la familia en el año anterior, y se tiene también en cuenta el número de miembros de la familia.
379.A efectos de la prestación por hijos a cargo, el límite del promedio de los ingresos mensuales de todos los miembros de la familia se fija en el 16% del salario medio pagado por empleado en el país en el primer semestre del año anterior, y para las familias monoparentales en el 32% del salario medio pagado por empleado en el país en el primer semestre del año anterior.
380.La estructura de la prestación por hijos es la siguiente: para niños menores de 15 años o hasta que el niño siga cursando la enseñanza primaria a tiempo completo, la proporción se establece en el 4,60% del salario medio pagado por empleado en el país en el primer semestre del año anterior; para niños de entre 15 y 18 años, o mientras sigan cursando la enseñanza secundaria a tiempo completo, la proporción se establece en el 7,30% del salario medio pagado por empleado en el país en el primer semestre del año anterior.
381.Independientemente del número de niños que sean miembros de la familia, la cantidad mensual total de prestación por hijos a cargo es de 1.800 denar.
382.También se concede un suplemento especial o subsidio para niños con necesidades especiales, en particular los que padecen algún trastorno en su desarrollo físico o mental, hasta que cumplen los 26 años.
383.Se entiende por niño con necesidades especiales el que padece: algún trastorno serio, grave o muy grave en su desarrollo físico; una discapacidad mental moderada, grave o muy grave, alguna de las enfermedades crónicas más graves, el mayor grado de discapacidad visual, auditiva o del habla, o una combinación de diversas discapacidades -trastornos de desarrollo combinados.
384.Recibe ese suplemento el progenitor o tutor si éste reside con el niño en el país de manera permanente, y si el niño es nacional de la ex República Yugoslava de Macedonia, independientemente de la situación económica de la familia, del número de niños en la familia y de si el niño está escolarizado o no.
385.Además del derecho al suplemento especial, el progenitor puede disfrutar del derecho al suplemento infantil, siempre que reúna las condiciones previstas en la Ley de protección de los niños.
386.El suplemento especial consiste en el 27% del salario medio por empleado durante la primera mitad del año anterior.
387.La asistencia para material destinado a los neonatos es una prestación familiar que se concede por el primer hijo y que se paga una única vez (de conformidad con las enmiendas a la Ley de protección de los niños, aprobada en septiembre de 2004, antes de las cuales la ayuda era en especie).
388.Quien ejerce el derecho a esa prestación es uno de los progenitores de un niño nacido en el territorio del país, que debe ser nacional de la ex República Yugoslava de Macedonia y tener residencia permanente en el país.
389.La ayuda se presta independientemente de la situación económica, se concede a los primogénitos, no depende de si el niño es fruto del matrimonio o de una relación no conyugal y se presta en función del lugar de residencia de la madre.
390.La cuantía de la ayuda para material destinado a un neonato es del 25% del salario medio por empleado durante la primera mitad del año anterior.
391.El procedimiento y las modalidades para ejercer los derechos de protección y las cuantías de la ayuda se rigen por la Ley de protección de los niños y por el Reglamento sobre modalidades, criterios y medios para el ejercicio de los derechos de protección de los niños (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 39/2003 y 70/2004).
392.Del ejercicio de los derechos de protección de los niños (prestación por hijos a cargo, suplemento especial y ayuda para material destinado a los neonatos) se ocupa principalmente el Centro de Acción Social de la zona de residencia del solicitante, mientras que el Ministro se encarga de los recursos interpuestos contra las decisiones del Centro.
Número de familias y niños que disfrutaron de los derechos de protección infantil en 2003 y 2004
|
Prestación por hijos a cargo |
Suplemento especial |
Ayuda para material destinado a neonatos |
Total |
|
|
2003 |
||||
|
Familias |
28.220 |
3.522 |
8.265 |
40.007 |
|
Niños |
52.633 |
3.602 |
8.294 |
64.529 |
|
2004 |
||||
|
Familias |
21.247 |
3.983 |
8.860 |
33.090 |
|
Niños |
40.165 |
4.134 |
9.000 |
53.299 |
Formas de protección infantil
a) Cuidado y educación de niños en edad preescolar
393.De conformidad con la Ley de protección de los niños, el cuidado y la educación de niños en edad preescolar es una forma de protección relacionada con el alojamiento, la estancia, el cuidado, la alimentación, la educación, la crianza, el deporte, el esparcimiento, las actividades culturales y los espectáculos, las medidas y actividades para mejorar y mantener el nivel de salud y para fomentar el desarrollo mental, emocional, psíquico, intelectual y social de los niños hasta su ingreso en la escuela primaria cuando cumplen 7 años.
394.El cuidado y la educación de niños en edad preescolar es una cuestión de interés público y, de conformidad con la Ley de protección de los niños, son servicios que pueden organizarse y prestarse en instituciones para niños, como los jardines de infancia (públicos y privados). En este sentido, la ley prevé que personas físicas y jurídicas puedan ejercer ciertas actividades relacionadas con el cuidado y la educación de niños con sujeción a determinadas condiciones y modalidades establecidas en la Ley (las personas físicas podrán ejercer de manera profesional actividades de organización del alojamiento, cuidado y alimentación de hasta tres niños en edad preescolar durante al menos dos horas al día, así como actividades de cuidado, alojamiento y alimentación de hasta tres niños con trastornos en su desarrollo físico o intelectual de 10 años de edad como máximo durante al menos dos horas al día, en virtud de los apartados b) y c) del artículo 59 de las enmiendas y los suplementos a la Ley de protección de los niños, de septiembre de 2004. Asimismo, las personas jurídicas inscritas en el Registro Mercantil como organismos de servicios para el cuidado de niños en edad preescolar podrán llevar a cabo determinadas actividades en este sector, como el cuidado de niños en edad preescolar a solicitud del cliente (art. 59, apartado d)).
395.De conformidad con las enmiendas a la Ley de protección de los niños, el cuidado y la educación de niños en edad preescolar son servicios que deben organizarse y prestarse en instituciones públicas para niños creadas por los consejos municipales, como los jardines de infancia.
396.Los jardines de infancia llevan a cabo sus actividades con arreglo a planes y programas específicos.
397.Cada jardín de infancia está obligado a presentar a los padres los programas que va a aplicar, los objetivos y contenidos de esos programas y los métodos de trabajo.
398.Los padres tienen derecho a escoger los programas de cuidado y educación de sus hijos en el jardín de infancia. Además, también tienen derecho a participar en la administración del establecimiento a través de unos representantes elegidos por los consejos de padres.
399.Los jardines de infancia públicos organizan el cuidado y la educación de los niños con trastornos en su desarrollo intelectual o físico adaptándose al tipo y grado de discapacidad.
400.La Ley de protección de los niños establece que, a la hora de admitir a un niño con un trastorno de desarrollo, los jardines de infancia públicos deben tener en cuenta la situación social y económica de la familia.
401.En virtud de la Ley, pueden organizarse otros programas más cortos de cuidado y educación no institucionales para niños que no puedan optar al proceso de cuidado y educación en jardines de infancia.
402.En caso de que no haya ningún jardín de infancia público cerca del lugar de residencia, o de que todas las plazas de un jardín de infancia hayan sido cubiertas, y los padres deseen matricular a un cierto número de niños, podrá darse autorización al jardín de infancia público para que, de conformidad con las normas de administración de un jardín de infancia, establezca un nuevo grupo y organice actividades en otros locales.
403.El jardín de infancia público podrá ocasionalmente tomar disposiciones para que el personal del establecimiento atienda a los niños en sus casas, o para que otros profesionales se ocupen del cuidado de los niños.
404.La Ley prevé la posibilidad de crear, en el seno del jardín de infancia, un servicio de asesoramiento para niños y padres compuesto por los profesionales correspondientes, con el fin de prestar ayuda a los padres sobre el desarrollo correcto de los niños y de brindar asistencia a los niños para su adecuada socialización.
405.El jardín de infancia podrá organizar otras actividades institucionales para satisfacer las necesidades e intereses específicos de los niños.
406.Las actividades previstas forman parte de un programa de actividades.
407.Con arreglo a los horarios de cuidado y educación establecidos, los jardines de infancia ponen en práctica programas diurnos, de media jornada, programas cortos, programas piloto y modalidades no institucionales de actividades para niños.
408.Los programas cortos duran de 240 a 600 horas anuales y están dirigidos a niños de 3 años a la edad escolar que viven en zonas remotas o en zonas que presentan un riesgo demográfico. Estos programas consisten en servicios de puericultura y educación infantil, con o sin alimentación, y también van dirigidos a niños que deben pasar largas temporadas hospitalizados.
409.Las actividades no institucionales son programas breves de tres horas diarias que consisten en juegos, juegos de rol, talleres creativos y talleres infantiles sobre cultura, manualidades o deportes. Estos programas van dirigidos a los niños de 3 años a la edad escolar y se organizan en jardines de infancia públicos, previa obtención de la autorización pertinente.
410.Los programas piloto son programas basados en principios pedagógicos específicos que tienen lugar en los jardines de infancia públicos previa autorización.
411.El jardín de infancia puede llevar a cabo programas dirigidos a niños que pasan muchas horas en el centro debido a la jornada laboral de los padres.
412.Los niños en edad preescolar reciben cuidados y educación en una red nacional de 184 establecimientos de 51 instituciones públicas, que tienen una capacidad prevista de aproximadamente 25.000 niños, es decir, el 11% de los niños menores de 7 años. A partir de 1º de septiembre de 2005, estas plazas estarán reservadas a niños de hasta 6 años, pues los de 6 años en adelante se beneficiarán de los programas de preparación para la escuela primaria que se desarrollarán en la red de instituciones infantiles/jardines de infancia públicos designados por el Gobierno sobre la base de la nueva organización territorial del país, de conformidad con las normas relativas a la realización de estas actividades.
413.Cerca de 3.300 trabajadores desempeñan funciones de cuidado y educación en los jardines de infancia públicos. Se trata de enfermeras, educadores de jardín de infancia, profesionales asociados (enfermeras superiores, asistentes sociales, profesores de música, profesores de manualidades, profesionales expertos en pedagogía, psicología, trabajo social, medicina o educación especial) y otros como cocineros, ayudantes de cocina o empleados administrativos, con arreglo a lo dispuesto por la Ley y a las exigencias de la actividad.
|
Año |
Total |
Guarderías |
Jardines de infancia |
Programas cortos de jardines de infancia |
Actividades no institucionales y otras modalidades |
|||||
|
Grupos |
Número de niños |
Grupos |
Número de niños |
Grupos |
Número de niños |
Grupos |
Número de niños |
Grupos |
Número de niños |
|
|
2003 |
1.213 |
218.412 |
291 |
2.688 |
723 |
15.318 |
181 |
3.505 |
18 |
330 |
|
2004 |
1.208 |
21.378 |
283 |
2.819 |
731 |
14.944 |
164 |
3.248 |
30 |
378 |
b) Vacaciones y actividades de esparcimiento para los niños
414.Las vacaciones y las actividades de esparcimiento para los niños son actividades de protección que consisten en estancias, vacaciones activas, socialización infantil, actividades educativas y culturales, espectáculos, deportes y actividades de esparcimiento y de otro tipo para niños de 5 a 18 años. Su objetivo es fomentar el desarrollo psicomotor de los niños, así como su capacidad de comunicación, el respeto por las diferencias, el trabajo en equipo, la aceptación de los demás y de uno mismo, y la orientación espacial.
415.Las vacaciones y actividades de esparcimiento para niños se organizan a través de una red de establecimientos que tiene una capacidad prevista de 6.000 camas para cada turno.
416.Los campamentos para niños ofrecen programas de vacaciones de invierno y de verano, formación práctica y actividades de otro tipo, como excursiones, acampadas, marchas, seminarios, cursos de esquí, cursos recreativos de protección del medio ambiente, cursos de cocina, etc. Las enmiendas a la Ley prevén que estos centros funcionen como establecimientos abiertos y ofrezcan otro tipo de servicios durante la temporada en que no estén prestando a los niños los servicios antes citados.
417.Se han construido y equipado 26 centros de vacaciones y de actividades de esparcimiento que, de conformidad con las "Normas sobre las instalaciones y el equipo en los campamentos infantiles", reúnen las condiciones higiénicas y técnicas para el alojamiento, descanso y esparcimiento de los niños.
418.Los niños pueden disfrutar de vacaciones y actividades de esparcimiento en 5 instituciones públicas y 11 centros.
419.La Ley de protección de los niños permite la creación de campamentos infantiles públicos/municipales y privados, campamentos infantiles de la ciudad de Skopje y campamentos estatales.
420.A raíz de las enmiendas y los suplementos a la Ley de protección de los niños, quedaron abolidas las dependencias organizativas del Ministerio de Trabajo y Política Social encargadas de las vacaciones y actividades de esparcimiento en campamentos infantiles de temporada. A cambio, se prevé la privatización de los centros públicos. En virtud de las enmiendas a dicha Ley, los campamentos infantiles públicos existentes seguirán funcionando como instituciones públicas creadas por el Gobierno hasta que se haya completado su transformación.
Otras cuestiones
421.La ex República Yugoslava de Macedonia ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño y el Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores. Por lo tanto, los derechos del niño están garantizados de conformidad con estos instrumentos.
422.De acuerdo con el artículo 16 de la Ley de protección social, las personas que no gozan de condiciones de vida adecuadas en el seno de su familia o que, por otros motivos, necesitan ser alojadas con otra familia, siempre que no sea viable otra forma de protección social, tienen derecho a ser alojadas con una familia de acogida.
423.El derecho al alojamiento con una familia de acogida asiste a los huérfanos y niños que no están cuidados por sus padres mientras no estén preparados para la independencia y la vida laboral, y hasta que finalicen la educación secundaria como muy tarde, si no hay posibilidad de garantizar el cuidado y la educación de otro modo:
-Los niños con problemas educativos y sociales (niños abandonados, maltratados o que no están cubiertos por la seguridad social);
-Los niños con un comportamiento social trastornado.
De conformidad con el artículo 19 de la Ley de protección social, tienen derecho a ser alojados en una institución de protección social:
-Los huérfanos y niños que no están cuidados por sus padres, mientras no estén preparados para la independencia y la vida laboral, y hasta que finalicen la educación secundaria como muy tarde, si no hay posibilidad de garantizar el cuidado y la educación de otro modo;
-Los niños con problemas educativos y sociales (niños abandonados, maltratados o que no están cubiertos por la seguridad social);
-Los niños con un comportamiento social trastornado;
-Las mujeres embarazadas a partir de un mes antes de dar a luz y las madres y padres solteros con un niño de hasta tres meses;
-Los niños con trastornos moderados o graves en su desarrollo mental que hayan sido ingresados para adquirir competencias con miras a realizar una actividad productiva; los niños con trastornos muy graves en su desarrollo mental; las personas con discapacidades físicas que necesitan alojamiento y atención permanentes.
424.Los niños a que se hace referencia en los párrafos 1 a 3 del artículo 19 pueden ser alojados en internados o en otras instituciones que el Centro de Acción Social considere aptos para cuidar y educar a los niños, así como de fomentar su desarrollo normal.
425.En cuanto a otras medidas adoptadas por el Estado, además de las leyes donde se consagran los derechos del niño, existe un programa de protección de niños de la calle que se ejecuta en cooperación con el Open Society Institute y se dirige a niños que han sufrido abusos por motivos económicos, niños explotados físicamente y niños mendigos.
426.Se llevarán a cabo actividades en cooperación con las instituciones y los programas existentes que se ocupan de las medidas de prevención y la salud mental de los niños, en particular los centros de acción social, las clínicas pediátricas, las clínicas psiquiátricas, los centros de crisis infantil, los teléfonos de ayuda y las ONG que se ocupan de los problemas de la infancia.
427.También se organizarán seminarios para el personal que trabaja con estas personas, es decir, asistentes sociales, instructores, psicólogos, profesores y personal médico.
ARTÍCULO 11 DEL PACTO
428.El nivel de vida en la ex República Yugoslava de Macedonia se observa y analiza a través de la balanza de consumo individual de la población, que forma parte de la estructura de gastos del producto interno bruto (PIB). En este contexto, el consumo individual se calcula con el método de los ingresos, como balanza de los ingresos y los gastos de la población, y con el método de los gastos, a través de la Encuesta de Consumo de los Hogares.
429.El PIB nominal en la ex República Yugoslava de Macedonia en 2003 fue de 251.486 millones de denar. El crecimiento nominal en 2002 fue del 3,1%, y la tasa de crecimiento real fue del 2,8%.
430.El crecimiento nominal del valor añadido en los sectores de venta al por mayor y al por menor, y de reparación de automóviles, motocicletas y electrodomésticos fue del 3,1%, y estos sectores siguieron representando la misma proporción del PIB (11,2%) que en 2002. Los sectores que registraron un aumento del valor añadido relativamente mayor respecto de 2002 fueron los siguientes: agricultura, caza y silvicultura (17%); suministro de electricidad, gas y agua (28,8%); construcción (13,8%); y hoteles y restaurantes (13,8%). La industria de transformación constituye la proporción más importante del PIB (15,8%) y tiene un crecimiento paralelo respecto de 2002 del 4,6% del valor añadido de ese sector.
431.El consumo final representa la mayor parte (97%) de la estructura de los componentes del gasto del PIB, pero registró un crecimiento nominal del 0,4% a causa del menor crecimiento del consumo final de los hogares, incluido el de las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) (2%), y del descenso del 4,8% del valor del gasto final del sector público respecto de 2002.
432.El volumen de las exportaciones de bienes y servicios en 2003 es mayor que en 2002, y representa el 37,9% del PIB nominal. A ello hay que añadir un descenso en el volumen de las importaciones de bienes y servicios, cuya participación en el PIB se ha reducido en un 2,8%.
433.La inversión bruta en 2003 constituye el 20% del PIB, con un relativamente ligero incremento de la proporción de la inversión en activos de capital (16,7%) respecto de 2002, cuando esa proporción fue del 16,6%.
434.Los ingresos internos brutos en 2003 aumentaron en un 3,2%, mientras que las transferencias corrientes netas desde el exterior subieron en un 29,6% en comparación con el año anterior. El ahorro interno bruto constituyó en 2003 el 16,7% del PIB, un incremento del 54,9% respecto de 2002.
Producto interno bruto en el período 1990-2003
PIB a precios corrientes (en millones de denar ) |
PIB per cápita en dólares EE.UU. |
PIB en millones de dólares EE.UU. |
PIB en millones de denar de 1995 |
Tasas de crecimiento reales del PIB |
Deflactor del PIB |
|
1990 |
506 |
2.235 |
4.252 |
215.111 |
- |
- |
|
1991 |
920 |
2.083 |
3.990 |
201.837 |
-6,2 |
193,7 |
|
1992 |
11.794 |
1.937 |
3.728 |
188.586 |
-6,6 |
1.371,8 |
|
1993 |
59.165 |
1.785 |
3.450 |
174.500 |
-7,5 |
542,1 |
|
1994 |
146.409 |
1.742 |
3.389 |
171.432 |
-1,8 |
251,9 |
|
1995 |
169.521 |
1.705 |
3.351 |
169.521 |
-1,1 |
117,1 |
|
1996 |
176.444 |
1.709 |
3.390 |
171.530 |
1,2 |
102,9 |
|
1997 |
186.018 |
1.732 |
3.458 |
174.000 |
1,4 |
103,4 |
|
1998 |
194.979 |
1.781 |
3.575 |
179.879 |
3,4 |
101,4 |
|
1999 |
209.010 |
1.849 |
3.730 |
187.684 |
4,3 |
102,7 |
|
2000 |
236.389 |
1.924 |
3.899 |
196.222 |
4,5 |
108,2 |
|
2001 |
233.841 |
1.830 |
3.723 |
187.342 |
-4,5 |
103,6 |
|
2002 |
243.970 |
1.859 |
3.755 |
188.941 |
0,9 |
103,4 |
|
2003 |
251.486 |
2.230 |
4.521 |
194.263 |
2,8 |
100,3 |
Producto interno bruto de la ex República Yugoslava de Macedonia en el período 2002-2003
(En millones de denar con arreglo a los precios corrientes)
Sector NKD |
Designación |
Índices |
|||||
|
2002 |
2003 |
2002/2001 |
2003/2002 |
2002 |
2003 |
||
A |
Agricultura, caza, silvicultura |
24.509 |
28.672 |
106,9 |
117,0 |
10,0 |
11,4 |
B |
Pesca |
48 |
27 |
198,6 |
56,6 |
0,0 |
0,0 |
C |
Extracción de minerales y piedra |
960 |
989 |
73,2 |
102,9 |
0,4 |
0,4 |
D |
Industria de transformación |
37.925 |
39.651 |
95,8 |
104,6 |
15,5 |
15,8 |
E |
Suministro de electricidad, gas y agua |
9.146 |
11.778 |
91,1 |
128,8 |
3,7 |
4,7 |
F |
Construcción |
11.893 |
13.537 |
100,8 |
113,8 |
4,9 |
5,4 |
G |
Venta al por mayor y al por menor, reparación de automóviles, motocicletas y electrodomésticos |
27.438 |
28.282 |
105,2 |
103,1 |
11,2 |
11,2 |
H |
Hoteles y restaurantes |
4.088 |
4.653 |
119,9 |
113,8 |
1,7 |
1,9 |
I |
Transporte, almacenamiento y comunicaciones |
20.610 |
21.062 |
95,0 |
102,2 |
8,4 |
8,4 |
J |
Corretaje de servicios financieros |
7.427 |
6.110 |
100,1 |
82,3 |
3,0 |
2,4 |
K |
Actividades relacionadas con los bienes inmuebles, el alquiler y las actividades comerciales |
8.168 |
8.453 |
98,4 |
103,5 |
3,3 |
3,4 |
L |
Administración pública y defensa; protección social obligatoria |
16.145 |
16.984 |
111,8 |
105,2 |
6,6 |
6,8 |
M |
Educación |
8.688 |
9.436 |
108,0 |
108,6 |
3,6 |
3,8 |
N |
Atención sanitaria y asistencia social |
9.361 |
9.897 |
107,7 |
105,7 |
3,8 |
3,9 |
O |
Prestación de otros servicios comunales, culturales, generales y personales |
5.553 |
5.503 |
100., |
99,1 |
2,3 |
2,2 |
P |
Residencias privadas con empleados |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
Q |
Organizaciones y órganos extraterritoriales |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
Impuesto sobre la renta |
10.792 |
13.732 |
101,5 |
127,2 |
4,4 |
5,5 |
|
Menos: impuestos sobre los servicios bancarios |
4.160 |
3.797 |
87,8 |
91,3 |
1,7 |
1,5 |
|
Otros impuestos sobre la producción neta |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
|
A. Valor añadido |
198.592 |
214.969 |
101,7 |
108,2 |
81,4 |
85,5 |
|
B. Impuesto sobre el valor añadido |
38.874 |
30.229 |
119,7 |
77,8 |
15,9 |
12,0 |
|
C. Aduanas y derechos de aduana |
6.504 |
6.291 |
105,9 |
96,7 |
2,7 |
2,5 |
|
D. Menos: productos subvencionados |
- |
4 |
- |
- |
- |
0,0 |
|
PIB (A+B+C+D) |
243.970 |
251.486 |
104,3 |
103,1 |
100,0 |
100,0 |
Cuentas nacionales
Componentes del gasto del producto interno bruto (precios corrientes)
(En millones de denar)
|
2001 |
2002 |
2003 |
|
|
PIB |
233.841 |
243.970 |
251.486 |
Consumo final |
221.771 |
242.795 |
243.853 |
|
Consumo final de los hogares, incluido el de las ISFLSH |
163.788 |
188.179 |
191.873 |
Consumo final del Gobierno |
57.983 |
54.616 |
51.980 |
|
Formación bruta de capital |
44.618 |
50.275 |
50.261 |
|
Formación bruta de capital fijo |
34.716 |
40.448 |
42.110 |
|
Variación de existencias |
9.902 |
9.828 |
8.151 |
|
Exportaciones de bienes y servicios |
99.833 |
92.781 |
95.254 |
|
Exportaciones de bienes |
78.618 |
71.994 |
73.800 |
Exportaciones de servicios |
16.643 |
16.387 |
17.705 |
|
Consumo de no residentes |
4.572 |
4.399 |
3.749 |
|
Importaciones de bienes y servicios |
132.381 |
141.882 |
137.882 |
|
Importaciones de bienes |
114.434 |
124.062 |
120.038 |
|
Importaciones de servicios |
17.947 |
17.819 |
17.844 |
Ingresos internos brutos: precios corrientes
(En millones de denar)
|
2001 |
2002 a |
2003 |
||
|
1 |
PIB a precios de mercado |
233.841 |
243.970 |
251.486 |
|
2 |
Ingresos primarios brutos desde el exterior |
-2.770 |
-1.928 |
-1.756 |
|
3=1+2 |
Ingresos internos brutos |
231.071 |
242.043 |
249.731 |
|
4 |
Transferencias corrientes netas desde el exterior |
18.743 |
27.867 |
36.114 |
|
5=3+4 |
Ingresos internos brutos disponibles |
249.814 |
269.909 |
285.845 |
|
6 |
Consumo final |
221.771 |
242.795 |
243.853 |
|
7=5-6 |
Ahorro nacional bruto |
28.043 |
27.114 |
41.992 |
|
8=1-6 |
Ahorro interno bruto |
12.070 |
1.175 |
7.633 |
|
9 |
Ingresos internos |
44.618 |
50.275 |
50.261 |
|
10=7-9 |
Haberes netos (+), deudas netas (-) |
-16.575 |
-23.161 |
-8.269 |
a Información corregida tras una revisión de los datos de la Balanza de Pagos (Boletín IV 2004 del Banco Nacional de la ex República Yugoslava de Macedonia).
Tasa de crecimiento del PIB real
Período |
Crecimiento del PIB real respecto del mismo período del año anterior |
PIB a precios corrientes en millones de denar |
|
2003 |
2,8 |
251.486 |
|
2004 |
2,9 |
264.599 |
Los datos de 2004 son estimaciones.
435.Dada la importancia que se atribuye a la alimentación de la población, y el cuidado que se pone en ello, la Oficina Estatal de Estadística hace un seguimiento de la situación y publica datos oficiales sobre las cantidades de productos que se consumen en los hogares.
436.Los cuadros que figuran a continuación presentan las tendencias correspondientes. La primera parte, que no va acompañada de información adicional, se refiere al período anterior a 1997 y en ella se ilustran las tendencias a lo largo de una temporada más larga, mientras que la segunda parte ilustra el período de 2002 a 2003 y se complementa con las observaciones pertinentes.
Cantidades de productos que se consumen en los hogares (en kilogramos)
(valor promedio por integrante del hogar)
|
1992 |
1994 |
1996 |
1997 |
|
|
Trigo y productos del trigo |
187,3 |
166,0 |
146,3 |
141,4 |
|
Hortalizas y productos de las hortalizas |
58,7 |
63,4 |
77,8 |
74,5 |
|
Patatas |
22,6 |
23,1 |
27,7 |
28,9 |
|
Fruta (fresca y en conserva) |
44,6 |
60,4 |
57,9 |
47,8 |
|
Carne (fresca) |
20,4 |
27,5 |
22,1 |
21,8 |
|
Carne (en conserva) |
3,2 |
3,6 |
4,4 |
3,5 |
|
Pescado |
2,9 |
4,0 |
3,8 |
3,8 |
|
Grasas |
14,4 |
16,5 |
16,4 |
15,9 |
|
Leche y productos lácteos |
76,0 |
87,3 |
77,2 |
83,6 |
|
Huevos (unidades) |
149,5 |
161,6 |
160,6 |
171,7 |
|
Azúcar |
11,4 |
12,1 |
13,8 |
11,5 |
|
Café |
1,8 |
2,0 |
2,2 |
1,9 |
Estructura del gasto de los hogares
|
1996 |
1997 |
|
Activos gastados |
100,0 |
100,0 |
|
Consumo individual |
86,8 |
85,1 |
|
Alimentos |
43,4 |
42,8 |
|
Bebida |
3,9 |
3,9 |
|
Tabaco |
3,1 |
2,9 |
|
Otros bienes y servicios |
36,4 |
35,5 |
Bienes duraderos en los hogares
|
1994 |
1995 |
1996 |
|
|
Número de hogares consultados |
677,0 |
680,0 |
1.040,0 |
|
Número estimado de hogares |
100,0 |
100,0 |
100,0 |
Número de hogares con bienes duraderos |
99,8 |
100,0 |
99,9 |
Estufas de combustible sólido |
69,5 |
71,6 |
73,0 |
|
Estufas eléctricas |
86,1 |
89,5 |
89,5 |
|
Estufas de gas |
1,3 |
1,5 |
4,8 |
|
Estufas de combustible combinado |
5,6 |
3,4 |
4,8 |
Estufas de queroseno |
5,0 |
4,3 |
5,0 |
|
Hervidores de agua |
75,0 |
75,1 |
|
|
Refrigeradores |
91,3 |
93,8 |
91,1 |
|
Congeladores |
74,9 |
75,9 |
75,3 |
|
Aspiradoras |
71,5 |
71,2 |
68,9 |
|
Radios |
48,8 |
44,5 |
50,4 |
|
Reproductores de discos compactos |
8,4 |
||
|
Reproductores de casetes |
40,2 |
48,2 |
46,6 |
|
Sistemas de sonido de alta fidelidad |
10,2 |
11,0 |
12,5 |
|
Televisores en color |
75,6 |
76,0 |
77,1 |
|
Lavadoras |
65,8 |
65,6 |
66,5 |
|
Lavaplatos |
3,7 |
3,1 |
2,9 |
|
Cámaras de vídeo |
2,7 |
2,6 |
2,7 |
|
Ordenadores personales |
2,8 |
||
|
Automóviles |
42,1 |
46,4 |
46,3 |
|
Caravanas |
1,6 |
1,9 |
2,0 |
|
Barcos |
1,0 |
1,2 |
1,0 |
|
Hogares sin bienes duraderos |
0,2 |
0,0 |
0,1 |
Datos correspondientes a 2002 y 2003.
437.Según los datos de la Encuesta de Consumo de los Hogares, los alimentos bajos en calorías como el pan, la harina, la pasta y el arroz siguen formando parte de la dieta cotidiana de los hogares. En 2003, y en comparación con 2002, el consumo de trigo y productos del trigo aumentó un 0,9%, y el consumo de frutos frescos y elaborados creció un 18,3%. Por otro lado, se produjo un descenso en el consumo de productos más calóricos, en concreto del 2,4% en el caso de la carne fresca y en conserva, del 10,7% en el consumo de pescado y del 2,4% en el consumo de grasas.
Bienes de consumo en los hogares (media por integrante del hogar)
|
2002 |
2003 |
|
|
Trigo y productos del trigo (kg) |
156,3 |
157,8 |
|
Hortalizas frescas y en conserva (kg) |
134,2 |
130,5 |
|
Fruta fresca y en conserva (kg) |
77,2 |
91,3 |
|
Carne fresca (kg) |
29,4 |
28,9 |
|
Carne en conserva (kg) |
10,9 |
10,5 |
|
Pescado (kg) |
6,1 |
5,5 |
|
Grasas (kg) |
23,3 |
22,7 |
|
Leche (l) |
61,3 |
57,8 |
|
Productos lácteos (kg) |
28,4 |
28,4 |
Huevos (ud) |
218,0 |
216,0 |
|
Azúcar (kg) |
19,8 |
20,9 |
|
Café (kg) |
2,9 |
2,8 |
|
Vino (l) |
4,4 |
3,9 |
|
Cerveza (l) |
14,1 |
14,2 |
|
Bebidas espirituosas (l) |
1,9 |
1,9 |
|
Leña (m3) |
1,5 |
1,2 |
Electricidad (KWh) |
1.765,0 |
1.787,0 |
Gasto de consumo individual (por hogar)
|
2002 |
2003 |
|
|
En porcentaje |
||
Consumo individual total |
100,0 |
100,0 |
|
Alimentos y bebidas no alcohólicas |
42,5 |
42,0 |
|
Bebidas alcohólicas y tabaco |
4,9 |
5,0 |
Prendas de vestir y calzado |
8,5 |
8,5 |
|
Alojamiento, agua, electricidad y combustibles |
11,3 |
12,1 |
|
Artículos del hogar, muebles, electrodomésticos |
5,5 |
5,1 |
|
Atención médica |
3,4 |
3,6 |
|
Transporte |
7,0 |
6,5 |
|
Servicios de telecomunicaciones de voz y datos |
4,4 |
4,9 |
|
Esparcimiento, cultura y espectáculos |
3,9 |
3,6 |
|
Educación |
0,5 |
0,7 |
|
Hoteles y restaurantes |
4,4 |
3,9 |
|
Otros bienes y servicios |
3,8 |
3,9 |
438.El estudio del consumo individual de los hogares revela que la mayoría de los activos disponibles, el 42%, se dedica a los alimentos. La parte correspondiente a los gastos de alojamiento y al pago del suministro de agua, combustible y electricidad aumentó un 12,1%. El 3,6% se dedica a los servicios de atención sanitaria y a los medicamentos, mientras que el pago de los servicios postales y telefónicos representa el 4,9%. El deterioro del nivel de vida provoca un menor gasto en las actividades de esparcimiento y culturales, así como en los servicios de suministro de comidas por contrato.
Índice del costo de la vida, según la CCIF a
|
2002 |
2003 |
|
|
En porcentaje |
||
Total |
101,2 |
99,6 |
|
Alimentos y bebidas no alcohólicas |
98,8 |
97,2 |
|
Bebidas alcohólicas y tabaco |
102,9 |
99,3 |
Prendas de vestir y calzado |
102,2 |
100,8 |
|
Alojamiento, agua, electricidad y combustibles |
104,4 |
101,9 |
|
Artículos del hogar, muebles y electrodomésticos |
104,0 |
103,4 |
|
Salud |
104,8 |
99,5 |
|
Transporte |
102,7 |
103,1 |
|
Servicios de comunicación |
109,1 |
106,1 |
|
Esparcimiento y cultura |
101,8 |
98,8 |
|
Educación |
100,5 |
98,4 |
|
Hoteles y restaurantes |
105,2 |
111,1 |
|
Otros bienes y servicios |
101,4 |
100,9 |
aClasificación del consumo individual por finalidades (norma UE).
439.Según la Oficina Estatal de Estadística, en 2004 las tendencias en el índice del costo de la vida variaron según los sectores. Así, se produjo un aumento del 11,1% en los servicios de suministro de comidas por contrato en hoteles y restaurantes, del 6,1% en las telecomunicaciones, del 3,4% en los artículos del hogar, los muebles y los electrodomésticos y del 3,1% en los vehículos y servicios de transporte. El índice de 2004 registró un descenso respecto del de 2003 en los sectores de la educación (1,6%) y la atención sanitaria (0,5%).
440.Las cifras de bienes de consumo duraderos básicos en los hogares revelan que cada vez más hogares disponen, además de los bienes duraderos básicos, de un ordenador, de electrodomésticos como lavaplatos, de aire acondicionado y de teléfonos móviles.
Bienes de consumo duraderos por hogar
|
2002 |
2003 |
|
|
Número de hogares consultados |
4.091 |
4.242 |
Número estimado de hogares |
499.568 |
502.607 |
|
Hogares con bienes duraderos |
499.568 |
502.607 |
100,0 |
100,0 |
|
|
Estufas eléctricas |
91,5 |
93,2 |
|
Calefactores de combustible sólido |
17,3 |
16,9 |
|
Calefactores eléctricos |
36,5 |
34,7 |
|
Hervidores de agua |
81,8 |
87,2 |
|
Refrigeradores |
94,2 |
96,1 |
|
Congeladores |
77,6 |
81,2 |
|
Lavadoras |
74,3 |
78,2 |
|
Lavaplatos |
3,1 |
3,9 |
|
Aspiradoras |
78,2 |
81,6 |
|
Radios |
40,5 |
35,4 |
|
Reproductores de casetes |
50,2 |
49,8 |
|
Ordenadores personales |
8,5 |
9,6 |
|
Televisores en color |
90,7 |
94,3 |
|
Teléfonos |
83,2 |
88,0 |
|
Teléfonos móviles |
19,9 |
31,3 |
|
Automóviles |
45,5 |
45,5 |
|
Aire acondicionado |
3,7 |
4,9 |
|
Hogares sin bienes duraderos |
- |
- |
441.Para alimentar a la población es indispensable velar por que sus necesidades de productos agrícolas básicos y de otros alimentos estén cubiertas. Por ello, se hace un seguimiento sistemático de estas necesidades y se elaboran diversos documentos al respecto.
442.Con el objetivo vital de garantizar una alimentación adecuada a la población, el Gobierno hace un seguimiento de las necesidades nacionales de productos agrícolas básicos y de otros alimentos, y propone las medidas que correspondan para que la oferta y la demanda internas estén más equilibradas. En este sentido, se evalúa la producción nacional de productos agrícolas y otros alimentos, el nivel de consumo por parte de la población y los excedentes y las carencias de determinados productos alimenticios básicos de uso cotidiano.
443.Asimismo, si llegaran a escasear ciertos productos de primera necesidad, el Gobierno adoptaría medidas para garantizar el sustento de la población.
444.En la ex República Yugoslava de Macedonia se han adoptado diversas leyes relacionadas con el comercio, entre las que figura la Ley de operaciones de comercio exterior y la Ley de comercio. Fundamentalmente, estos instrumentos contribuyen a establecer una economía de mercado abierta y a crear condiciones propicias al libre comercio de conformidad con las normas y principios internacionales en la materia.
445.Teniendo presentes las normas internacionales, el Gobierno ha emprendido la liberalización del comercio exterior. En este contexto se han aprobado varios reglamentos que eliminan ciertas restricciones a las importaciones y exportaciones, a fin de facilitar la libre entrada de mercancías de otros países, lo cual ayudará a que el mercado esté mejor abastecido de todo tipo de productos, incluidos los productos agrícolas y los alimentos.
446.Como parte de los esfuerzos por ampliar el mercado nacional, lo cual permite que la población esté mejor abastecida, el Gobierno ha adoptado medidas para concertar acuerdos de comercio y cooperación económica con los países de la zona y de otras regiones.
447.La lucha contra la pobreza y el desempleo es una de las prioridades principales del Gobierno. La pobreza es un problema nacional complejo y polifacético que tiene su origen sobre todo en cuestiones económicas, sociales, políticas y culturales.
448.En el contexto de la lucha contra la pobreza y el desempleo se ha elaborado una Estrategia Nacional para la Reducción de la Pobreza mediante un proceso en el que han participado de manera activa agentes de la sociedad civil, ONG, donantes e instituciones internacionales. Esto ha sido necesario para lograr un amplio respaldo de las principales partes interesadas en la preparación y aplicación de la Estrategia, y para reforzar el sentimiento de autoría de los participantes, pues se ofrecieron numerosas oportunidades para presentar ideas, todas ellas dirigidas a lograr un crecimiento más rápido y a reducir la pobreza. El Gobierno aprobó la Estrategia Nacional para la Reducción de la Pobreza de la ex República Yugoslava de Macedonia en agosto de 2002. Además, en mayo de 2003, el Ministro de Hacienda, en colaboración con expertos extranjeros participó activamente en la elaboración de un programa y varias políticas de reducción de la pobreza y el desempleo sobre la base, entre otros elementos, de la experiencia de otros países en la materia.
449.El programa y las políticas de reducción de la pobreza y el desempleo se centran sobre todo en medidas a corto plazo o de carácter inmediato. Por ejemplo:
-Medidas destinadas a crear empleo desarrollando el sector privado (pequeñas y medianas empresas);
-Medidas para flexibilizar el mercado laboral y propuestas para modificar los subsidios e incentivos con el fin de fomentar el trabajo autónomo;
-Estudio de alternativas para elaborar programas de reducción de la pobreza que puedan aplicarse rápidamente en el entorno socioeconómico actual (revisión de las prestaciones por desempleo y estudio de la posibilidad de transformar las prestaciones económicas, pasivas y generales, en instrumentos más activos y con objetivos mejor definidos).
450.Este complejo documento, al que se ha añadido nueva información, presenta un amplio abanico de medidas para estimular la economía, potenciar la lucha contra el desempleo y reducir la pobreza. Aunque es muy importante que prevea medidas a corto plazo, el documento se centra principalmente en: establecer políticas para el mercado laboral, fortalecer y reestructurar los servicios públicos de colocación, flexibilizar el mercado laboral, establecer un plan de protección social y unos subsidios financieros y de desempleo en particular, así como elaborar políticas de desarrollo local, imprimir un impulso económico favoreciendo el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y de la iniciativa empresarial, y eliminar las trabas administrativas.
451.La reducción de la pobreza requiere medidas complejas y coordinadas en diversos ámbitos. Naturalmente, el factor esencial para reducir la pobreza y promover el progreso general es el crecimiento económico sostenido a largo plazo, pues éste garantiza el dinamismo y genera empleo, lo que a su vez aumenta los ingresos de los hogares. Si se tiene en cuenta que el crecimiento económico conlleva un aumento de los ingresos presupuestarios, lo cual permite mejorar los programas sociales, la educación, la atención sanitaria y las inversiones de capital en el sector de la energía o el transporte, se hace evidente que presenta grandes posibilidades de mejorar las condiciones de vida de la población.
Vivienda
452.Según los datos de la Oficina Estatal de Estadística, extraídos del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas levantado en 2002, la población total es de 2.022.547 personas, el número total de hogares es de 564.296 y están compuestos por un promedio de tres personas, y hay 698.143 viviendas. Constituyen un grupo especialmente vulnerable en lo que respecta a la vivienda las parejas jóvenes, sobre todo las de ingresos bajos con niños de más de 12 años, así como las parejas de jóvenes desempleados que buscan trabajo y necesitan viviendas subvencionadas por el Estado. En enero de 2005, se aprobó, en el marco de la Estrategia Nacional para los Romaníes, un Plan de Acción para la Vivienda, dirigido principalmente a mejorar la calidad de las viviendas (facilitar la solución del problema de la vivienda, mejorar las infraestructuras en las comunidades mayoritariamente romaníes y reducir el número de viviendas insalubres).
453.En la República de Macedonia faltan 60.000 viviendas.
454.El asunto de la vivienda está reglamentado en varias leyes y diversos reglamentos. La Ley de vivienda (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1998/2000/2003) rige las relaciones en materia de vivienda, las modalidades y condiciones para el alquiler de apartamentos, los derechos y obligaciones de los propietarios e inquilinos, y el mantenimiento de los bloques de apartamentos.
455.El uso de los bloques de apartamentos y de los apartamentos se basa en el derecho a la propiedad y en el derecho a alquilar un apartamento.
456.En virtud de la Ley de vivienda se aprobó el Reglamento sobre la inversión y el mantenimiento cotidiano de bloques de apartamentos y apartamentos(Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1998), que regula las cuestiones relativas a la inversión y el mantenimiento cotidiano y los métodos para llevar a cabo actividades de mantenimiento cotidiano y mejoras en los bloques de apartamentos y los apartamentos. El Decreto sobre modalidades, condiciones y procedimiento para el alquiler de apartamentos pertenecientes a la ex República Yugoslava de Macedonia(Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1999) regula las modalidades, condiciones y procedimiento para el alquiler de apartamentos que pertenecen al Gobierno.
457.De conformidad con la Ley de vivienda, tendrán derecho a presentar al Comité de Asuntos de la Vivienda y la Emigración una solicitud para alquilar un apartamento perteneciente al Gobierno las siguientes personas:
-Las personas elegidas, nombradas o designadas para ocupar un cargo público, según lo dispuesto en la Constitución y en otras leyes;
-Las personas que estén en una situación de riesgo social o las que no tengan un hogar, de conformidad con la Ley de protección social;
-Los habitantes de zonas afectadas por desastres naturales o epidemias; y
-Los empleados de órganos estatales que lleven a cabo labores especiales indispensables para el desempeño de las funciones principales del órgano en cuestión.
458.Según el Censo levantado en 2003 por la Empresa Pública de Administración de la Vivienda y los Locales Comerciales de la ex República Yugoslava de Macedonia, en el registro de dicha empresa hay inscritos 5.454 apartamentos pertenecientes Gobierno.
459.De esos apartamentos, 2.058 presentan una situación de alquiler sin resolver o litigiosa y están a la espera de una resolución definitiva:
-Tienen un contrato de alquiler 417 inquilinos;
-Hay 551 inquilinos que no tienen documentación para el uso de los apartamentos;
-Hay 558 inquilinos ilegales;
-Y 502 apartamentos se utilizan con otros motivos.
460.La Ley de venta de apartamentos de propiedad social (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1992/1993/2003) regula las condiciones y el procedimiento para la venta de apartamentos de propiedad social: disolución de la propiedad social y transformación en propiedad del Estado o en propiedad privada, mediante la venta de apartamentos por el Estado o mediante la restitución de los apartamentos a los antiguos propietarios y sus herederos, de conformidad con la Ley de desnacionalización (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 2000).
461.En virtud de la Ley de venta de apartamentos de propiedad social se han adoptado diversos instrumentos legislativos primarios y secundarios:
-La Ley de administración de la vivienda y los locales comerciales de la ex República Yugoslava de Macedonia (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1994) regula la administración de los bloques de apartamentos, apartamentos y locales comerciales que el Gobierno tiene derecho a utilizar y administrar y sobre cuyo uso puede disponer. Para tal fin se ha establecido la Empresa Pública de Administración de la Vivienda y los Locales Comerciales de la ex República Yugoslava de Macedonia.
-La decisión sobre la venta de apartamentos respecto de los que el Gobierno tiene derechos, deberes y responsabilidades de uso (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1992/2003) establece cuáles de esos apartamentos pueden venderse.
-El Decreto sobre los criterios y métodos para determinar el precio de venta de los apartamentos de propiedad social (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 1992/1993/1994) define con mayor detalle los criterios y métodos en virtud de los cuales el propietario determina el precio de venta de un apartamento de propiedad social; el decreto está complementado por la decisión por la que se establecen los puntos para calcular el precio de venta de los apartamentos de propiedad social (1992/2001) y la Decisión sobre la reducción de los precios de los apartamentos de propiedad social.
-La Decisión sobre la venta de apartamentos respecto de los cuales el Gobierno tiene derechos, deberes y responsabilidades de uso (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 1996/1999/2001) determina qué viviendas pueden venderse, el calendario de venta y el precio inicial, establecidos de conformidad con el Programa de la Empresa Pública de Administración de la Vivienda y los Locales Comerciales de la ex República Yugoslava de Macedonia.
462.La venta de este tipo de apartamentos del Estado es pública. Se publican anuncios en los diarios, tras lo cual tienen derecho a presentar solicitudes todas las personas interesadas nacionales de la ex República Yugoslava de Macedonia, como parejas jóvenes que no tengan ninguna propiedad inmobiliaria y que sean solventes, de conformidad con la reglamentación aplicable. En este tipo de venta, el 50% del precio se paga como parte del precio total, mientras que el resto se paga en 180 mensualidades con un interés anual del 8,4%.
463.El uso del suelo y todas las actividades de construcción sobre el suelo cuya competencia corresponda al Ministerio de Transporte y Comunicaciones se rigen por la Ley del suelo edificable, que establece el marco jurídico para la expropiación y el arrendamiento del suelo edificable.
464.De conformidad con la Ley de planificación espacial y urbanística y la Ley de construcción y bienes de capital, y sobre la base del procedimiento vigente que rige las relaciones jurídicas de propiedad del suelo, se ponen en práctica unos planes urbanísticos de construcción detallados, incluso en el caso de las viviendas. La Ley de la administración local (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 2002) transfiere a las autoridades locales un gran número de competencias en materia de vivienda y planificación espacial.
465.Destacamos que los reglamentos y las leyes que se han citado son objeto de examen a los efectos de introducir, entre otras cosas, las enmiendas y suplementos pertinentes para armonizarlas con la normativa de la UE.
466.El derecho de los inquilinos a la protección del hogar, la protección contra la expulsión, la financiación de la vivienda, el control de los alquileres y la accesibilidad de la vivienda se rigen del siguiente modo.
La Ley de vivienda tiene secciones distintas que regulan
Los derechos del arrendador y del arrendatario de un apartamento
467.El arrendador puede ser una persona física o jurídica nacional o extranjera, la ex República Yugoslava de Macedonia, los municipios y la ciudad de Skopje, y el arrendatario puede ser una persona física nacional o extranjera.
468.Las relaciones de arrendamiento establecidas en esta ley, de conformidad con la Ley sobre la propiedad y demás derechos vinculados a los bienes inmuebles (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 2001), están sujetas a las disposiciones de la Ley sobre las obligaciones (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, 2000), salvo que en esta ley se disponga otra cosa.
469.El arrendador tiene capacidad de decisión sobre el arrendamiento del apartamento, y los derechos y obligaciones del arrendador y del arrendatario se regirán por el contrato de arrendamiento. Nadie podrá ocupar un apartamento sin que se haya concluido un contrato de arrendamiento, cuya duración podrá ser determinada o indeterminada.
470.Las modalidades y las condiciones para el alquiler de apartamentos de propiedad estatal se rigen conforme al Decreto sobre modalidades, condiciones y procedimiento para el alquiler de apartamentos pertenecientes a la ex República Yugoslava de Macedonia (1999).
Protección contra la expulsión
471.Si una persona ocupa un apartamento sin haber firmado un contrato de alquiler o sin ningún otro justificativo legal, la parte directa o indirectamente propietaria del apartamento tendrá derecho a readquirir el derecho a disponer legalmente de él, ejerciendo así el derecho de restitución. A solicitud de la parte directa o indirectamente propietaria del apartamento, podrá ejercerse el derecho de restitución únicamente en presencia de un representante del órgano de asuntos internos. Con respecto a la protección contra la expulsión en el caso de que una persona se instale en un apartamento sin haber firmado un contrato de alquiler o sin ningún otro justificativo legal, la parte directa o indirectamente propietaria del apartamento tendrá derecho a volver a disponer de él, ejerciendo el derecho de restitución en presencia de un representante del órgano de asuntos internos. El derecho a la protección de los derechos de disposición legal mediante el ejercicio del derecho de restitución se aplica en un plazo de 30 días contados a partir del día en que la parte se haya informado de las violaciones de la disposición legal y del perpetrador de las violaciones, pero no más de un año después del momento en que haya ocurrido la violación de la disposición legal.
Financiación de la vivienda
472.La sección de Propiedad de conjuntos habitacionales y apartamentos de la ex República Yugoslava de Macedonia rige la financiación de la construcción y el mantenimiento de apartamentos por parte del Estado. Así, se procuran fondos con cargo al presupuesto del Estado, procedentes de fuentes como donaciones, fundaciones y créditos, y las actividades conexas se ejecutan con arreglo al Programa anual de construcción y mantenimiento de apartamentos por parte del Estado, que el Gobierno aprueba a propuesta de Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
Control de alquileres y accesibilidad de la vivienda
473.El Ministerio encargado de la vivienda -el Ministerio de Transporte y Comunicaciones- supervisa la legalidad en la aplicación de la Ley de vivienda, en tanto que la inspección incumbe a la Inspectoría Estatal de Urbanismo y Construcción.
Accesibilidad de la vivienda
474.De conformidad con la Ley de vivienda, la planificación y facilitación de fondos para la construcción y el mantenimiento de apartamentos pertenecientes al Estado se define en el Programa anual que el Gobierno aprueba a propuesta de Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
475.Dicho Programa consta concretamente de lo siguiente:
-Evaluación de la situación relativa a la construcción, venta y mantenimiento de conjuntos habitacionales y apartamentos;
-Medidas y condiciones para garantizar mejores condiciones de vivienda en los conjuntos habitacionales y apartamentos existentes;
-Definición de elementos relativos a la cuantía del alquiler y el precio de venta de los apartamentos y otras cuestiones relativas a los conjuntos habitacionales y a los apartamentos pertenecientes al Estado.
476.Se destina por lo menos el 25 % del total de los fondos para la construcción y el mantenimiento de conjuntos habitacionales a las personas en situación de riesgo social, en particular las personas sin hogar, de conformidad con la Ley de protección social.
477.Con arreglo a la Ley sobre el préstamo a la ex República Yugoslava de Macedonia del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa, en virtud del Acuerdo de préstamo para el Proyecto de construcción de apartamentos destinados a personas de bajos ingresos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 2000), el Gobierno dispuso un crédito de 15 millones de euros para financiar el Proyecto de construcción de apartamentos de alquiler para personas de bajos ingresos.
478.Los fondos del préstamo se han utilizado para ejecutar parte del Programa Estatal para la construcción de 10.000 apartamentos de alquiler subsidiados por el Estado destinados a personas de bajos ingresos, a personas sin hogar y a parejas jóvenes.
479.Sobre la base de la Ley sobre el préstamo para la ex República Yugoslava de Macedonia del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa, se ha adoptado una decisión sobre las condiciones y criterios para la distribución de apartamentos construidos con arreglo al "Proyecto de construcción de apartamentos de alquiler para personas de bajos ingresos" (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 2003), que define las condiciones y criterios para la distribución de apartamentos construidos con arreglo este proyecto con fondos para la financiación parcial con arreglo al Acuerdo sobre el Préstamo del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y con fondos del presupuesto del Estado (equivalentes a un 50%, o unos 15 millones de euros).
480.La construcción de los apartamentos con arreglo a este proyecto y el número de apartamentos se definen en el Programa anual de construcción y mantenimiento de apartamentos por parte del Estado. En 2003 se construyeron 167 apartamentos, o 4 conjuntos habitacionales, que se ofrecieron en alquiler en varias ciudades, y actualmente se están construyendo 669 apartamentos, o 14 conjuntos habitacionales. Se ha programado la conclusión de las obras para principios de 2006.
481.Todo ciudadano de la ex República Yugoslava de Macedonia con residencia permanente en el lugar de las obras, y que no posea una vivienda, o cuyo cónyuge u otros miembros adultos de su familia no posea una vivienda, podrá solicitar un apartamento de alquiler.
482.La distribución se efectúa con arreglo a la metodología para asignar puntos a los candidatos para adquirir el derecho a un apartamento de alquiler, aplicándose los criterios básicos.
483.El artículo 26 de la Constitución garantiza la inviolabilidad del domicilio y determina que el derecho a la inviolabilidad del domicilio sólo puede ser restringido por resolución judicial en los casos de detención o de prevención de delitos penales o de protección de la salud pública.
484.No existen medidas legislativas que otorguen bases legales a quienes viven en el sector ilegal. Sin embargo, con arreglo al marco jurídico existente, el Gobierno realiza actividades para solucionar los problemas de vivienda de algunas personas registradas como ocupantes ilegales de apartamentos pertenecientes al Estado.
485.La calidad y el nivel de la planificación y reglamentación racionales urbanísticas han mejorado enormemente gracias a las enmiendas a la Ley de planificación espacial y urbanística (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 1996, 1997, 1999, 2001 y 2002) de 2001, que crea condiciones normativas para la preparación y aprobación más eficientes de planes urbanísticos.
486.Sobre la base de las disposiciones legales se han redactado nuevas normativas, relativas a la reglamentación de las zonas urbanas y al procedimiento para la aprobación de planes urbanísticos, como:
-Reglamentación sobre los criterios y normas para el uso del espacio;
-Reglamentación sobre el contenido y las modalidades del diseño gráfico de los planes y la modalidad y procedimiento para la aprobación de planes urbanísticos; y
-Reglamentación sobre los criterios y normas para el diseño de instalaciones conforme a las enmiendas publicadas en el Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 2002 y 2003.
487.Estas reglamentaciones permiten que todos los que participan en el proceso de diseño del entorno, como son los planificadores, diseñadores, revisores, los gobiernos municipales, los órganos estatales, los inversionistas y otras entidades, dispongan de información concisa y específica sobre la disposición del espacio.
488.En 2001, de conformidad con la Constitución, se aprobó la Ley sobre la propiedad y demás derechos vinculados a los bienes inmuebles, que rige los derechos de propiedad y otros derechos vinculados a los bienes inmuebles de conformidad con la Constitución.
489.En la sección XV de la nueva Ley sobre obligaciones (2001) se garantiza el marco jurídico para la construcción y otros tipos de servicios en el sector de la vivienda, y se prevé la conclusión de un contrato por escrito para la construcción en la forma de un locatio operis entre el propietario del apartamento y el contratista (empresa registrada de construcción), en cuya virtud el constructor se obliga a construir, conforme al diseño del proyecto y dentro del plazo acordado, una edificación permanente, o a realizar otros trabajos de construcción, y el propietario se compromete a pagar determinado precio.
490.En la sección sobre conjuntos habitacionales y apartamentos de la Ley de vivienda de la ex República Yugoslava de Macedonia se prevé que la planificación y la procuración de fondos para la construcción y el mantenimiento de apartamentos pertenecientes al Estado se realizará con arreglo a un programa anual aprobado por el Gobierno a propuesta del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, realizado por la Empresa Pública de administración de viviendas y locales comerciales de la ex República Yugoslava de Macedonia.
491.El Gobierno presenta un informe anual sobre los progresos realizados en relación con su Programa anual de construcción y mantenimiento de apartamentos.
492.El Programa contiene indicadores físicos y financieros sobre la vivienda y locales comerciales como: edificios en construcción, construcciones que han de iniciarse durante el año en curso y preparativos de nuevas construcciones. El 25% del total de los apartamentos recién construidos se destinará a personas en situación de riesgo social, de conformidad con la Ley de protección social, y se prevé destinar cierto número de apartamentos a la aplicación de la Ley de desnacionalización.
493.Los demás apartamentos se venden mediante anuncio público en la prensa, y, en cumplimiento de las condiciones de venta, se abona el 50% del precio total y el saldo se amortiza en cuotas durante un plazo de 15 años, con un tipo de interés del 8,4% anual, de conformidad con la decisión sobre la venta de apartamentos respecto de los cuales el Estado tiene derechos, obligaciones y responsabilidades. Esto ha incrementado significativamente las posibilidades de acceso de las personas necesitadas de vivienda a la compra de un apartamento en condiciones favorables.
494.Todo ciudadano con residencia permanente en la localidad de la construcción, que no posea una vivienda propia, o cuyo cónyuge u otros miembros adultos de su familia no posean una vivienda propia, podrá solicitar un apartamento de alquiler.
495.La distribución se efectúa con arreglo a la Metodología para asignar puntos a los candidatos para adquirir el derecho a un apartamento de alquiler, de conformidad con los criterios básicos.
-Un ingreso anual medio por persona en el hogar no superior al 65% del ingreso nacional bruto anual per cápita de la ex República Yugoslava de Macedonia;
-Parejas jóvenes con hijos no mayores de 12 años;
-Personas mayores de 18 años de edad que hasta la mayoría de edad han vivido en orfelinatos o que han recibido alguna otra forma de protección.
496.En el diseño de las zonas urbanas y rurales se asignan espacios para edificios públicos y comerciales, y en esas zonas deben incluirse jardines y espacios, de conformidad con la Ley de planificación espacial y urbanística.
497.Con respecto a los trabajos de construcción o de renovación en asentamientos urbanos o rurales existentes, cuando pueden cumplirse las condiciones establecidas en las reglamentaciones, reviste interés primordial la situación ya existente.
498.De conformidad con la política macroeconómica del Gobierno para 2003, basada en la racionalización de los gastos presupuestarios, en el Programa de construcción y mantenimiento de apartamentos de propiedad del Estado para 2003 se prevé la conclusión del Proyecto de construcción de apartamentos de alquiler para ciudadanos de bajos ingresos -rubro 1340 del Presupuesto-, de vivienda subsidiadas, financiadas en parte mediante un préstamo del Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y la conclusión de las obras ya iniciadas así como de las preparadas con arreglo a programas anuales anteriores.
499.Los problemas principales del Gobierno en términos del ejercicio del derecho a la vivienda son la falta de fondos para el cumplimiento de Programa estatal para la construcción de 10.000 apartamentos de alquiler subsidiados para personas de bajos ingresos, personas sin hogar y parejas jóvenes. Otro problema a este respecto es la inexistencia de fondos públicos que pudiesen servir como cooperativas de ahorro y crédito, que se usarían para la construcción, la reconstrucción y el mantenimiento de conjuntos habitacionales.
500.Después del conflicto de 2001 en la ex República Yugoslava de Macedonia se recibió asistencia y donaciones de diversas organizaciones internacionales y de gobiernos extranjeros para la reconstrucción de las viviendas dañadas.
501.La reconstrucción de las viviendas dañadas o destruidas en el conflicto se inició en 2002 con la Etapa I, basada en la asistencia proporcionada principalmente por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, como, por ejemplo, material para edificios dañados de las categorías I y II y para la infraestructura necesaria. La Etapa II se inició con la reconstrucción y rehabilitación de proyectos de vivienda por parte de los Gobiernos de Alemania, el Reino de los Países Bajos, Italia y otros miembros de la Unión Europea, por conducto de la Agencia Europea de Reconstrucción y otros organismos europeos. Se espera que esta segunda etapa quedará terminada a principios de 2006, fecha en que habrá concluido el proceso de reconstrucción de los edificios dañados en el conflicto de 2001.
502.Actualmente se están efectuando trabajos de reconstrucción comercial y residencial con arreglo al Proyecto de revitalización de las regiones afectadas por el conflicto de 2001.
503.Por lo que respecta a la cuestión de garantizar condiciones de vida adecuadas, en el último período se han preparado cinco leyes en la esfera de la protección del medio ambiente, de las cuales tres fueron aprobadas por el Parlamento: la Ley sobre la protección de la naturaleza, la Ley sobre la calidad del aire y la Ley sobre la gestión de los desechos, y el Parlamento está examinando dos leyes (la Ley sobre el medio ambiente y la Ley sobre las aguas).
504.Las cinco leyes incorporan disposiciones contenidas en convenios internacionales en la esfera de la protección del medio ambiente, ratificados por el Estado, e incluyen medidas administrativas y económicas que garantizan un uso eficiente de los recursos naturales, así como un programa concreto para su realización. Así, estas leyes definen legalmente la gestión eficiente de los recursos naturales, lo que significa que la cuestión será un elemento integrante de del diseño de la política agrícola.
Uso, distribución, zonificación y ordenación de la tierra
505.Los datos básicos en este contexto figuran en el Plan de ordenación del territorio de la ex República Yugoslava de Macedonia (aprobado por el Parlamento en 2004) y la Ley sobre la aplicación del Plan de ordenación del territorio de la ex República Yugoslava de Macedonia (aprobado en 2004).
506.El Plan de ordenación del territorio es el documento estratégico e integral de más largo plazo que hasta 2020 define la base socioeconómica para la explotación, el uso y la protección de los recursos naturales, la población, la proyección y organización de asentamientos, el concepto de transporte y comunicaciones, la protección del medio ambiente, y del patrimonio natural y cultural. En términos generales, el Plan de ordenación del territorio sirve de base para el uso racional y eficiente de las tierras. A los fines de la aplicación del Plan de ordenación del territorio se elaborarán planes de ordenación del territorio y urbanísticos locales. Actualmente se está redactando la Ley de planificación espacial y urbanística.
507.Uno de los objetivos básicos del Plan tiene que ver con la preservación, el uso racional y la protección de los recursos naturales, y en el Plan se prevé la protección de las tierras agrícolas, y la preservación de la calidad y fertilidad natural de las tierras, como actividades prioritarias.
ARTÍCULO 12 DEL PACTO
508.La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños.
509.El cuidado de la salud en la ex República Yugoslava de Macedonia consiste, entre otras cosas, en medidas preventivas y actividades permanentes para el mejoramiento de la condición sanitaria y la calidad de la atención de la salud de los niños y las mujeres en edad de procrear.
Gráfico 1
Estructura demográfica de la ex República Yugoslava de Macedonia por grupos de edad
510.El porcentaje de mujeres en edad de procrear y de niños de 0 a 18 años de edad del total de la población asciende al 54% . El grupo de los menores de seis años de edad representa el 8,9% del total de la población y este número ha disminuido significativamente en los últimos decenios (a guisa de ilustración, en 1971 este porcentaje era del 13,7%).
511.La atención de la salud de las mujeres en edad del procrear y de los niños abarca todos los aspectos biológicos, sanitarios y sociales de la reproducción, la maternidad, el desarrollo y la salud de los niños, individualmente y como grupos de población.
512.Hay muchas razones por las cuales el bienestar social y de la salud de las mujeres y de los niños reviste especial interés social en el contexto de la política de atención de la salud de cualquier país.
513.El mejoramiento de la salud de las mujeres y de los niños se está transformando cada vez más en una inversión humana y económica en cualquier comunidad (Salud para Todos en el Año 2002, objetivos de desarrollo del Milenio, Nos. 7 y 8 ). Este es el sector más vulnerable de la población, tanto en materia de atención de la salud como en lo social. Por lo tanto, la atención de la salud de las mujeres y de los niños se define como una cuestión de interés social especial en el país.
514.En el último período registrado se lograron resultados significativos en cuanto al mejoramiento de la situación de la salud y la protección de la salud de las mujeres y los niños. Se ha logrado reducir la tasa de mortalidad infantil y de los niños pequeños y ha habido cambios positivos en las causas de la muerte y la estructura de edad de los niños fallecidos.
515.Ha disminuido significativamente el número de enfermedades transmisibles registradas; en especial aquellas respecto de las cuales existe la inmunización obligatoria, y algunas de ellas han sido erradicadas.
516.La responsabilidad del sector de la atención de la salud en lo que respecta al bienestar social y sanitario de esta parte vulnerable de la población no es independiente, sino que depende del desarrollo de todos los sectores sociales del país. La pobreza es uno de los principales determinantes de la salud de la población en general, en especial de los grupos vulnerables, principalmente los lactantes y los niños pequeños. Según la Oficina Estatal de Estadísticas, el índice de pobreza total acumulado en 2002 es el más alto para las familias con hijos de hasta 7 años de edad (38,0), es decir un aumento del 13,4% en comparación con 2000. Estas tendencias económicas y de desarrollo desfavorables, vistas en el contexto del índice global de pobreza, podrían deteriorar la situación de la salud de este sector de la población en el futuro.
Características demográficas de la población
517.A mediados del último siglo, con una tasa de mortalidad infantil extraordinariamente elevada (más de 160%) el país se situaba entre las regiones de elevada tasa de natalidad, tanto en el marco de la antigua Federación de Yugoslavia como en el de la región europea en general, con una tasa de natalidad del 40,3% y una tasa de crecimiento de la población del 25,6%.
Gráfico 2
Tendencias demográficas en la ex República Yugoslava de Macedonia (1970/2003)
518.La vertiginosa disminución de la tasa de mortalidad infantil desde ese período hasta ahora, además de las transformaciones sociales características del período, han traído consigo cambios en el comportamiento de la población en general en materia de reproducción. La tasa de natalidad está disminuyendo continuamente, en tanto que, como resultado del incremento de la tasa de mortalidad general, la tasa de crecimiento de la población ha venido disminuyendo.
519.Con una tasa de natalidad del 13,3%, una tasa de mortalidad general del 8,9% y una tasa de crecimiento de la población del 4,4% en 2003, la ex República Yugoslava de Macedonia se encuentra en la tercera etapa de la transición demográfica, que se considera un nivel de incremento favorable y socialmente aceptable.
520.Sin embargo, un análisis de las tendencias demográficas en determinadas regiones revela variaciones y contrastes demográficos regionales comparables a los de nivel mundial.
Gráfico 3
Tasa de natalidad y tasa de crecimiento de la población en las municipalidades de la ex República Yugoslava de Macedonia en 2003
521.Los contrastes demográficos en cuanto a los indicadores vitales son aún más marcados en las municipalidades rurales del país. En algunas municipalidades rurales se han registrado tasas de natalidad bajísimas, con visos de despoblación, en tanto que otras municipalidades rurales acusan tasas de natalidad extraordinariamente elevadas, características de regiones con una explosión demográfica.
522.El desarrollo demográfico regionalmente desequilibrado del país puede tener repercusiones directas, y ser causa de algunos indicadores sanitarios, sociales y económicos desfavorables.
Gráfico 4
Tasas de natalidad y tasas de crecimiento demográfico en algunas municipalidades rurales de la ex República Yugoslava de Macedonia en 2003
\s
523.El total de nacidos vivos en el país ha seguido menguando en los últimos diez años, ascendiendo a 27.011 en 2003. En comparación con el año de referencia de 1993, el número de nacidos vivos ha disminuido un 16,6%.
524.En términos de la distribución de los nacidos vivos según el grupo étnico de la madre: el 49,4% son macedonios, el 36,1% albanos, el 4,4% turcos, el 6,2% romaníes y el 3,8% de madres pertenecientes a otras comunidades. Clasificados según la comunidad a la que pertenecen las madres, la mayor disminución del número de nacidos vivos corresponde a los turcos (28,6%), si se compara con el índice de 1993 (18,6%) y a los macedonios (23,1%), en tanto que los romaníes acusan un aumento del 49,9%.
Nacidos vivos, por edad de la madre
|
Edad de la madre |
1993 |
2003 |
||
|
Número |
Porcentaje |
Número |
Porcentaje |
|
|
19 años o menos |
3.711 |
11,5 |
2.070 |
7,7 |
|
20 a 29 años |
22.631 |
69,9 |
18.491 |
68,4 |
|
30 a 39 años |
5.495 |
17 |
6.156 |
22,8 |
|
40 a 49 años |
250 |
0,77 |
258 |
1 |
|
50 años o más |
4 |
0,01 |
4 |
0,01 |
|
Desconocida |
283 |
0,9 |
32 |
0,2 |
|
Total |
32.374 |
100 |
27.011 |
100 |
525.Con respecto a la distribución de los nacidos vivos según edad de la madre, no ha habido cambios significativos, en comparación con el índice de 1993, con excepción de una disminución significativa de la proporción de nacidos vivos de madres menores de 19 años. En 2003, el 7,7% de las madres eran menores de 19 años de edad, lo que representa una disminución en comparación con el índice de 1993. Sin embargo, en términos de una maternidad segura, existe un riesgo para la salud de la madre y del recién nacido.
526.En 2003 se registraron 20 alumbramientos de niños nacidos vivos de madres menores de 15 años de edad.
527.Según el orden de nacimiento, la mayoría de los nacidos vivos en 2003 fueron primeros o segundos hijos; los nacimientos de quintos o sextos hijos en la familia siguen disminuyendo continuamente, lo que se considera otra tendencia positiva en la conducta reproductiva de la población en términos de la salud de la madre y del recién nacido. En 2003, el 5,0% de los nacidos vivos correspondía al cuarto hijo o siguientes, con diferencias considerables entre las distintas comunidades (el 1,2% para las madres macedonias, el 8,2% para las madres albanas, y el 13,4% para las madres romaníes).
528.Uno de los factores determinantes de la conducta reproductiva es la educación de la madre. Del total de nacidos vivos en 2003, el 50,2% eran hijos de madres con educación incompleta o de nivel primario solamente, mientras que sólo el 7,8% eran hijos de madres muy educadas.
529.En 2003, del total de nacidos vivos, 1.552 nacieron con un peso inferior a 2.500 gramos y la tasa de nacimiento de niños con bajo peso al nacer fue del 5,7%. En 2003 el número de nacidos vivos con un peso inferior a 2.500 gramos aumentó en 59, en comparación con 2002.
530.La tasa más alta de los nacidos vivos con un peso inferior a los 1.500 gramos ha correspondido a los sextos hijos o siguientes (el 83,3 por 1.000 de los nacidos vivos), y la tasa más baja corresponde a los hijos nacidos en segundo lugar (50,4%).
Gráfico 5
Niños nacidos vivos con un peso menor a 2.500 gramos por ordende nacimiento en 2003 (tasa por 1.000 nacidos vivos)
La protección de la salud de las mujeres en edad de procrear
Planificación familiar
Medidas de atención de la salud y de educación sanitaria
531.Estas medidas abarcan a la población en edad escolar y a los adolescentes. Se recurre a las charlas y al trabajo en grupos pequeños como métodos de trabajo.
532.En 2003 el Instituto de Atención de la Salud Maternoinfantil organizó actividades en grupos pequeños sobre la cuestión de la protección contra los embarazos no deseados y la planificación familiar, en las que participaron 22 grupos de escuelas secundarias de la zona urbana de Skopje. En el mismo período se organizaron 231 charlas para unos 7.500 alumnos de secundaria en la zona urbana de Skopje.
533.Esta medida no se aplica de modo suficiente en todo el país. Existe una carencia de datos sobre la aplicación organizada de medidas de esta índole en otras municipalidades del país.
Asesoramiento en materia de contracepción
534.Conforme el Programa, se previó que los servicios de planificación familiar de 2003 abarcaran a por lo menos al 10% de las mujeres en edad de procrear, con una media de dos actividades orientación por mujer, o un total de 100.000 actividades de orientación.
535.En 2003 los servicios de orientación en materia de planificación familiar registraron sólo 21.807 casos de orientación y asesoramiento y sólo un 3,0% de las mujeres fecundas recibieron una media de 1,5 orientaciones cada una.
Gráfico 6
Número de visitas a los servicios de orientación en materia de planificación familiar en la ex República Yugoslava de Macedonia (1993-2003)
536.El número de visitas a los servicios de orientación en materia de planificación familiar en los últimos diez años ha disminuido continuamente, lo mismo que el porcentaje de mujeres abarcadas por esta medida de atención de la salud. Según el número de primeras visitas registradas a los servicios de orientación en materia de planificación familiar, recurren más intensamente a estos servicios las mujeres del grupo de 20 a 29 años de edad (el 45,4%). En 2003 el 11,8% del total de primeras visitas registradas correspondió a mujeres de 19 años o menos. Un nivel tan bajo de primera consulta a los servicios de planificación familiar por los grupos más jóvenes tiene repercusiones negativas, considerando que el embarazo juvenil sigue siendo un problema de salud pública en el país. Los embarazos de adolescentes, además de sus consecuencias sociales, repercuten directamente sobre la salud reproductiva de las mujeres y sobre la salud del recién nacido. De ahí el interés de cualquier comunidad por una reproducción de la población racional y humana. Los jóvenes rara vez poseen las condiciones necesarias para una paternidad consciente y responsable. Por lo tanto, deberían aplazar la paternidad hasta adquirir madurez psicofísica y afirmación social. Así pues, la planificación familiar por esta parte de la población presenta dimensiones tanto sociales como sanitarias.
537.En 2003 los servicios de orientación en materia de planificación familiar recetaron un total de 7.244 dispositivos anticonceptivos, y la mayoría de las mujeres optaron por anticonceptivos orales (el 89,9%) y por el dispositivo intrauterino (el 12,5%). El uso de los demás anticonceptivos disponibles es insignificante. Habida cuenta de que estos datos se refieren únicamente a las visitas registradas a servicios públicos de atención de la salud, resulta imposible elaborar un análisis más detallado sobre la aplicación de esta medida del Programa.
Número de abortos en la ex República Yugoslava de Macedonia
538.El aborto ocupa un lugar significativo en el control de los nacimientos, como la medida menos favorable de control de la fecundidad. En 2003 se registró un total de 6.690 abortos, o 24,8 abortos por cada 100 partos.
Gráfico 7
Número de abortos por cada 100 nacidos vivos en la ex República Yugoslava de Macedonia de 1993 a 2003
539.Durante este período el número de abortos registrados acusa una disminución, pero no es seguro que ello sea resultado de una concienciación de la población en términos de la aceptación de métodos más racionales y humanitarios de planificación familiar, desde la perspectiva de la atención de la salud. La disminución de la tasa de abortos puede ser resultado de un menor registro, en especial en un período de privatización del sector de la salud, y de apertura de clínicas ginecológicas privadas.
Atención de la salud prenatal y posnatal de las mujeres
540.En 1987, el Fondo de Población de las Naciones Unidas, en cooperación con el Fondo de la Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Banco Mundial y la Federación Internacional de Planificación de la Familia adoptaron el Programa pro maternidad sin riesgo para promover la igualdad de la atención de la salud de las mujeres en relación con la maternidad.
541.De conformidad con esta iniciativa, el conjunto integrado de servicios relativos a una maternidad segura en cada país debería abarcar los elementos siguientes:
-Asesoramiento sobre la atención de la salud prenatal y durante el embarazo;
-Acceso de todas las mujeres a la protección de servicios de obstetricia de alta calidad durante el parto;
-Atención posnatal de alta calidad;
-Planificación familiar;
-Mejoramiento de la salud reproductiva de los adolescentes;
-Educación de la salud para cada comunidad, en relación con la salud reproductiva de las mujeres.
542.La mayor parte de del conjunto de servicios previsto en esta iniciativa se ofrece ya en el país con arreglo al Programa. Sin embargo, se han tenido en cuenta las posibilidades objetivas de una aplicación de mayor calidad.
543.En 2000 el Ministerio de Salud en cooperación con el UNICEF y la OMS realizó una evaluación de las necesidades en relación con una maternidad segura, en el contexto de la revisión de la calidad de los servicios de atención de la salud para una maternidad segura, a fin de determinar las deficiencias en materia de la atención de la salud para esta parte de la población.
Atención de la salud durante el embarazo
544.La protección prenatal está relacionada con el mejoramiento general de la salud de las mujeres embarazadas, la prevención específica de enfermedades durante el embarazo, el tratamiento eficiente de las embarazadas y medidas apropiadas para su rehabilitación.
545.La atención preventiva de la salud durante el embarazo entraña visitas a los servicios de orientación para embarazadas, y servicios públicos de enfermería, en particular visitas a los hogares de mujeres embarazadas. En el programa para 2003 se abarcaba a todas las mujeres embarazadas y los servicios de orientación durante el embarazo, incluidas cuatro visitas por mujer embarazada.
546.En 2003 las mujeres embarazadas efectuaron un total de 112.943 visitas y recibieron servicios de orientación durante el embarazo, lo que representa una media de 4,1 visitas por embarazada. En comparación con 2002, en que se realizaron 112.943 visitas, el número de visitas aumentó un 5,6% en 2003. En el 9,3% de las primeras visitas de las embarazadas se descubrieron condiciones patológicas. El número medio de visitas por embarazada se calcula en relación con el número de nacidos vivos registrados, habida cuenta de que el número de visitas iniciales a los servicios de orientación durante el embarazo no se registra correctamente. En los informes de ciertas instituciones de atención de la salud el número de primeras visitas es mayor que el número de nacidos vivos registrados (Bitola, Strumica, Kocani, Prilep), lo que dificulta el cálculo de indicadores de la atención a las mujeres embarazadas y plantea el problema del mantenimiento de registros médicos adecuados.
547.Un análisis de la labor de los servicios de orientación durante el embarazo por municipalidades revela que esta medida de atención preventiva de la salud no se aplica en todas las municipalidades. En la municipalidad de la Kratovo estas medidas de atención de la salud no se han aplicado en los últimos tres años.
Visitas de mujeres embarazadas a los servicios de orientación duranteel embarazo registradas en 2003 en la ex República Yugoslavade Macedonia (examen de algunas municipalidades)
|
Municipalidad |
Total de visitas |
Media de visitas por embarazada |
|
Skopje |
33.455 |
4,3 |
|
Bitola |
3.512 |
3,5 |
|
Gevgelija |
1.473 |
4,7 |
|
Gostivar |
1.997 |
1,1 |
|
M.Brod |
111 |
0,8 |
|
Veles |
1.173 |
1,6 |
|
Prilep |
3.360 |
3 |
|
Tetovo |
8.086 |
2,5 |
|
La ex República Yugoslava de Macedonia (total) |
112.943 |
4,1 |
548.En 2003 el Servicio de Enfermería de Salud Pública efectuó un total de 26.850 visitas a mujeres embarazadas, logrando una media de 1,0 visitas por mujer embarazada (la media de visitas anticipada era de 2,0). Las visitas a mujeres embarazadas en 2003 disminuyeron un 13% en comparación de 2002. En la mayoría de las municipalidades esta medida de atención de la salud no se aplica en absoluto o se aplica con un número insignificante de visitas (Bitola, Valandovo, Gostivar, Debar, Demir Hisar, Kumanovo, Negotino). El número proyectado de visitas se alcanzó o superó en las municipalidades de Kriva Palanca, Resen, Sveti Nikole, Struga, Strumica y Stip.
Atención de la salud durante el parto y la lactancia
549.En el contexto de la salud, la atención a las mujeres durante el parto con asistencia profesional es muy importante tanto para la salud de la parturienta como para la salud del recién nacido. Por lo tanto, en el Programa de 2003 se previó que todos los partos contasen con asistencia profesional, el 97% de ellos en establecimientos de atención de la salud y el 3% en el hogar de la parturienta.
550.En 2003, del total de partos registrados, el 98,6% tuvo lugar en establecimientos de atención de la salud, el 0,3% con asistencia profesional en el hogar de la madre, y el 1,1 % de los partos se realizó sin asistencia a profesional. Pese a que ha disminuido la discrepancia entre los partos con asistencia profesional en los pueblos y en las aldeas, todavía existen diferencias geográficas y étnicas respecto de este indicador. De acuerdo con el grupo étnico, la menor tasa de nacidos vivos con asistencia profesional corresponde a los nacidos vivos de madres albanesas (el 97,8%).
Asistencia profesional durante el parto en la ex RepúblicaYugoslava de Macedonia (pueblos y aldeas)
|
1990 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
Total |
88,9 |
97,7 |
97,6 |
98,2 |
98,9 |
|
Pueblos |
96,6 |
99,5 |
99,3 |
99,5 |
99,7 |
|
Aldeas |
77,9 |
95,7 |
95,5 |
96,6 |
98 |
551.La tasa de ocupación del número camas disponibles en los pabellones de obstetricia no es uniforme, y asciende al 64% a nivel nacional. El más alto porcentaje de ocupación de las camas disponibles (más del 95%) corresponde al pabellón de obstetricia de la Clínica de Ginecología y Obstetricia de Skopje, y a las clínicas de obstetricia de Kumanovo, Kicevo y Struga. La permanencia media en los pabellones de obstetricia es de 4,8 días.
552.Los servicios de enfermería de salud pública realizan actividades de protección posnatal, mediante visitas a las madres lactantes.
553.En 2003 se efectuaron 50.124 visitas, llegándose así a una media de 1,8 visitas durante la lactancia (el número de visitas previsto era de 3,0).
554.La aplicación de esta medida es comparable al nivel del año pasado. En 2003, en las municipalidades de Valandovo, Demir Hisar, Pehcevo y Kratovo, no se recogieron datos sobre el número de visitas registradas de enfermeras de salud pública a las madres lactantes.
Visitas del Servicio de Enfermería de Salud Pública a madres lactantesen la ex República Yugoslava de Macedonia en 2003(examen de algunas municipalidades)
|
Municipalidad |
Total |
Media de visitas por madre lactante |
|
Skopje |
19.414 |
2,5 |
|
Gevgelija |
710 |
2,3 |
|
Gostivar |
2.042 |
1,1 |
|
Kumanovo |
1.386 |
0,6 |
|
Prilep |
464 |
0,4 |
|
Strumica |
5.442 |
4,3 |
|
Tetovo |
4.976 |
1,6 |
|
La ex República Yugoslava de Macedonia |
50.125 |
1,8 |
555.Las entidades que aplican las medidas de atención de la salud de la mujer en relación con la maternidad son todos los pabellones de maternidad del país, los establecimientos de atención primaria de la salud (centros sanitarios para mujeres) y el servicio de enfermería de salud pública.
556.En 2003, en las instituciones de atención primaria de la salud, hubo un total de 91 especialistas, a saber, ginecólogos o un equipo de un médico y 1,8 enfermeros, que atendieron a 4.954 mujeres fecundas. En el mismo período, los servicios de enfermería de salud pública emplearon a 208 enfermeros de salud pública, de los cuales 191 trabajaban en servicios de enfermería de salud pública polivalentes. En comparación con 2002, esto representa una considerable disminución de los enfermeros de servicios polivalentes. Según la información sobre la labor de los servicios de enfermería de salud pública polivalentes del Instituto Estatal de Protección de la Salud, en 2002 hubo 308 enfermeros en dichos servicios.
557.La tasa de mortalidad materna es un indicador importante no sólo para determinar la salud reproductiva; también es un indicador de la situación sanitaria de la población y del nivel de desarrollo de la comunidad en general. Las diferencias en la tasa de mortalidad materna a nivel mundial pueden correlacionarse con el nivel y el grado de desarrollo de los servicios de atención de la salud y el desarrollo general de ciertos países.
558.La medición de los niveles de mortalidad materna es un proceso complejo. Existe un riesgo de error en la clasificación y de omisión del registro a nivel nacional. Por lo tanto, se han desarrollado nuevos métodos para lograr estimaciones más precisas de este indicador, por ejemplo, ChildbearingAgeMortalityStudies (Estudios sobre la mortalidad en la edad de la procreación), enfoque que entraña detectar y investigar las causas de todas las muertes de mujeres en edad de procrear.
Gráfico 8
Niveles de mortalidad materna por 100.000 nacidos vivos
\s
559.En 2003 hubo en la ex República Yugoslava de Macedonia dos casos registrados de mujeres en edad de procrear que murieron por causas relacionadas con el embarazo y el parto (tres en 2002). El cálculo de este indicador de esta manera contribuye a mantener durante varios años una baja tasa de mortalidad materna, que en 2003 ascendió a 7,4 por 100.000 nacidos vivos.
La mortalidad perinatal en la ex República Yugoslava de Macedonia
560.La tendencia a la baja en la muerte de perinatal es menor en relación con la tasa de mortalidad infantil en general, y en 2003, en que hubo 232 casos de mortinatalidad y 181 muertes de niños menores de 6 días de nacidos, la tasa de mortalidad perinatal ascendió al 15,3%. En comparación con 2002, la mortalidad perinatal se ha reducido a 1,8 por 1.000 nacidos vivos. La disminución de la mortalidad perinatal es el resultado de un menor nivel de mortinatalidad, de 10,5 % en 2002 a 8,6% en 2003. Si se clasifica la mortinatalidad según la pertenencia étnica, los romaníes presentan la tasa de mortinatalidad más elevada (9,5) y los turcos la más baja (7,5). Con respecto al orden de nacimiento, la categoría de los primerizos acusa a la tasa más alta de mortinatalidad (17,8 por 1.000 nacidos vivos).
561.La tasa de mortalidad neonatal no ha variado en comparación con 2002. En 2003 volvió a ser del 6,7%.
Atención de la salud infantil
562.Al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño la ex República Yugoslava de Macedonia se obligó a velar por que este sector vulnerable de la población gozase del nivel más alto de atención de la salud y seguridad social. En este contexto, el Programa garantiza continuidad en la aplicación de medidas preventivas y actividades para el mejoramiento de la atención de la salud y de la situación de los niños en el país.
Gráfico 9
Tendencias de la tasa de mortalidad en la ex República Yugoslava de Macedonia por 100.000 nacidos vivos (1960-2003)
Actividades de orientación
563.Las actividades de orientación son parte de las actividades de los centros de salud para niños en edad preescolar dirigidos por pediatras, y de conformidad con la organización del sistema de atención de la salud hasta la fecha, han sido parte integrante de las actividades de los centros médicos y los dispensarios. Las actividades de orientación en las unidades médicas de las aldeas están cargo de profesionales de la salud. Los centros de salud para niños llevan registros de los niños nacidos con riesgos. Sin embargo, aún no es posible su evaluación puesto que todavía no funciona a nivel nacional el Registro de niños nacidos con riesgos. Para el año de que se informa tampoco se ha materializado el establecimiento de los servicios de orientación en materia de desarrollo regional previstos en el Programa.
564.En 2003 en la ex República Yugoslava de Macedonia se registró un total de 132.422 visitas de niños a los servicios de orientación, lo que corresponde a un promedio de 4,9 visitas por niño abarcado (la media prevista de visitas era de cuatro por niño). El alcance de la atención a los niños mediante visitas a los servicios de orientación se calcula en relación con el número de nacidos vivos, puesto que el número de primera visitas no suele ser registrado correctamente por el gran número de organizaciones de atención de la salud (Bitola, Gevgelija, Delcevo, Kicevo, Kocani, Kriva Palanka, Prilep, Skopje, Veles). Del examen de las municipalidades se infiere que esta medida del Programa no se aplica con uniformidad. El elevado número de visitas por niño en ciertas municipalidades (Bitola, Gevgelija) pone en tela de juicio la calidad de los informes sobre la labor de los servicios de orientación.
565.En 2003 los centros de salud para menores efectuaron un total de 58.745 reconocimientos médicos sistemáticos de niños menores de 6 años de edad. No puede hacerse un análisis de la calidad de las conclusiones de los reconocimientos sistemáticos de los lactantes y niños pequeños por la falta de documentos uniformes o de formularios para registrar los reconocimientos sistemáticos y por la inconveniencia de los formularios para la presentación de informes en que se registran las actividades de los servicios de orientación para niños en edad preescolar. La disponibilidad de datos cuantitativos únicamente sobre el número de reconocimientos sistemáticos (número de reconocimientos sistemáticos por municipalidad) hace que este análisis sea inapropiado e incompleto.
Número registrado de visitas de lactantes a los servicios de orientación en la ex República Yugoslava de Macedonia (examen dealgunas municipalidades)
|
Centro Médico/Dispensario de Atención de la Salud |
Total de visitas realizadas por niños |
Media de visitas por niño |
|
Skopje |
47.348 |
6,1 |
|
Bitola |
14.500 |
14,5 |
|
Gevgelija |
7.007 |
22,4 |
|
Gostivar |
4.171 |
2,2 |
|
Kavadarci |
1.771 |
3,8 |
|
Kratovo |
87 |
1 |
|
Kumanovo |
2.159 |
0,6 |
|
Tetovo |
5.841 |
1,8 |
|
La ex República Yugoslava de Macedonia |
132.422 |
4,9 |
566.En 2003, además de los reconocimientos preventivos de lactantes, hubo 69.758 reconocimientos preventivos de niños menores de 6 años en los centros de salud de menores. El nivel de los servicios de orientación en materia de atención de la salud para niños en edad preescolar fue el mismo que el del año pasado, y se mantuvieron las diferencias existentes en ciertas municipalidades
Servicios de enfermería de salud pública
567.En 2003 el Servicio de Enfermería de Salud Pública efectuó 106.630 visitas a niños pequeños, alcanzando una media de 3,9 visitas por niño (la media anticipada de visitas era de 3 por recién nacido y por lactante) lo que representa la una disminución del 7% en comparación con 2002.
568.Las actividades de estos servicios difieren entre las diversas municipalidades. Todavía hay municipalidades en las que esta medida de atención de la salud para lactantes y niños pequeños no se cumple, o se cumple esporádicamente, sin llegarse al volumen previsto en el Programa. En las municipalidades de Brod, Demir Hisar y Rostuse este servicio para menores no ha efectuado visitas registradas, o el número de esas visitas ha sido insignificante. Las municipalidades que han logrado una media de 6 o más visitas de este servicio por niño son Kavadarci, Negotino, Resen, Sveti Nikole, Veles, Stip y Delcevo.
Aplicación de la inmunización
569.En relación con la inmunización, se preveía en el Programa abarcar a todos, con sujeción a la disponibilidad de vacunas conforme al calendario de inmunización.
570.En 2003 la tasa de inmunización ascendía al 95%, y el volumen de vacunas administradas fue el mismo que en 2002, con un ligero aumento del alcance de la revacunación (sarampión, morbilli).
Gráfico 10
Inmunización en la ex República Yugoslava de Macedonia en 2002 y 2003
\s
Tratamiento de los niños enfermos por personal médico
571.En 2003 los médicos encargados de atender a los niños enfermos en los centros de salud para niños en edad preescolar efectuaron un total de 1.149.018 reconocimientos, lo que, en comparación con 2002, representa un aumento del 6%.
572.En el mismo período, los centros de atención de la salud de menores emplearon a un total de 240 médicos (152 especialistas pediatras) o para la 630 niños en edad preescolar hay un equipo integrado por un médico y 1,6 enfermeros. El número de médicos que prestan servicios de atención de la salud a los niños de 6 años o menores en el sector de la atención de la salud pública disminuyó un 12% en comparación con 2002.
Número de camas en salas de pediatría
573.En 2003 el número de camas en las salas de pediatría ascendía a 481 (sin incluir el número de camas en la Clínica para Enfermedades Infantiles), para un total de 65 médicos. En el mismo período el número de camas en la Clínica para Enfermedades Infantiles ascendía a 240, para 69 médicos.
574.La tasa global de ocupación de las camas disponibles en las salas de pediatría en 2003 ascendía al 47,9%, y el período medio de tratamiento en esa salas era de seis días.
575.La tasa global de ocupación de las camas en las salas de pediatría ha venido disminuyendo continuamente en los últimos siete u ocho años.
576.La tasa de mortalidad hospitalaria en las salas de pediatría en 2003 fue de 7,4 por 1.000 niños atendidos. Del total de niños fallecidos en las salas de pediatría de los distintos hospitales (151), el 94%, o 142, fallecieron en la Clínica para Enfermedades Infantiles, que en su calidad de institución de atención de la salud de más alto nivel es el centro de referencia para el tratamiento de los niños gravemente enfermos.
Estado de salud de los niños de 6 años de edad o menores
577.La evaluación de la salud de los niños de 6 años de edad o menores en la ex República Yugoslava de Macedonia se basa en indicadores tales como la tasa de mortalidad infantil, la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años de edad y índice de morbilidad de las enfermedades infecciosas.
Tasa de mortalidad infantil
578.Se considera que la mortalidad infantil es el indicador básico, no sólo del estado de salud de los niños, sino también del nivel de desarrollo de los servicios de atención de la salud y del desarrollo de la comunidad en general.
579.A la luz de las características biológicas específicas de los niños, el índice de mortalidad infantil se divide en mortalidad neonatal (0 a 27 días) y mortalidad posneonatal. En el período neonatal las causas principales de muerte de los lactantes son de origen endógeno (anomalías congénitas, deformaciones genéticas, falta de madurez o traumas del parto), en tanto que en el período posnatal las causas de muerte más frecuentes son de origen exógeno (falta de higiene y factores sociales del entorno).
580.Por lo tanto, la influencia de los servicios de atención de la salud en relación con la reducción de la tasa de mortalidad infantil es mayor en el período posneonatal.
Gráfico 11
Tendencias de la tasa de mortalidad infantil en la ex República Yugoslava de Macedonia (1993 a 2003)
\s
581.En 2003 la tasa global de mortalidad infantil fue del 11,3%, lo que representa un aumento del 1,1% respecto de 2002. Debe destacarse que la tasa de mortalidad infantil acusa un aumento por primera vez en los últimos diez años.
582.En el objetivo Nº 3 del marco de la política de la OMS de salud para todos en la región europea para 2020 se define el inicio sano de la vida según varios objetivos, entre los cuales destaca la tasa de mortalidad infantil, que no debe superar el 20% para todos los países de Europa, y los países que tienen una tasa de mortalidad infantil menor del 20% deberían proponerse reducirla a un 10% o menos. Conforme a estos objetivos, la ex República Yugoslava de Macedonia pertenece al grupo de países de la región europea que todavía no han alcanzado los objetivos de la OMS. No obstante el hecho de que la tasa de mortalidad infantil del país ha mostrado una tendencia constante a la baja durante el último decenio, el aumento de la tasa de mortalidad infantil en 2003 indica que todavía es susceptible de oscilaciones y que es considerablemente superior a la tasa de mortalidad infantil de los países desarrollados de la región europea.
583.El análisis descriptivo de la tasa de mortalidad infantil en la ex República Yugoslava de Macedonia de conformidad con ciertas variables (geográfica, étnica, nivel educacional de la madre) revela una heterogeneidad que va desde tasas muy elevadas a tasas muy bajas y discrepancias en relación con la tasa global. La uniformidad regional de la tasa de mortalidad infantil, y su alineamiento entre categorías socioeconómicas específicas de la población del país, deberían ser objetivos básicos de la estrategia para el mejoramiento del estado de salud de los niños.
Gráfico 12
Tasa de mortalidad infantil en la ex República Yugoslava de Macedonia (pueblos-aldeas)
584.En los últimos diez años, las diferencias entre las tasas de mortalidad infantil en las zonas urbanas y rurales han sido casi insignificantes. Sin embargo, se ha mantenido la tendencia a un aumento de la tasa de mortalidad en la zona urbanas, en comparación con la tasa de las zonas rurales. En 2003, la tasa de mortalidad en las zonas urbanas ascendía al 13,5%, y al 8,6% para las zonas rurales.
585.Todavía existen diferencias en las tasas de mortalidad infantil para los diversos grupos socioeconómicos, según el nivel de educación de la madre. En 2003, la tasa de mortalidad infantil más elevada se registró entre los lactantes cuyas madres no habían completado la enseñanza primaria (el 39,3%) y la tasa más baja correspondió a los hijos de madres con educación universitaria o superior (el 3,2%).
586.Sobre la base de las conclusiones de los documentos de referencia y las investigaciones del Instituto de Atención de la Salud Maternoinfantil, se ha establecido la existencia de un elevado nivel de correlación negativa entre la tasa de mortalidad infantil y el nivel de educación de la madre (p=0,97).
Gráfico 13
Mortalidad infantil según el nivel de instrucción de la madre, 2003
587.Pueden apreciarse diferencias en la mortalidad infantil según la filiación étnica de la madre. De esta manera, en 2003, la tasa de mortalidad infantil más elevada se daba entre los romaníes (13,9%) y la más baja entre los turcos (8,4%).
588.También la edad de la madre es un factor determinante de la mortalidad infantil. La tasa más baja se da entre los niños cuyas madres están entre los 20 y los 29 años de edad, mientras que aumenta notablemente entre los niños de madres más mayores, así como entre los de madres menores de 18 años.
589.Paralelamente al descenso de la mortalidad infantil en el último decenio se han registrado cambios favorables importantes en la edad de los niños fallecidos, que se invierte y de ser mayor en la fase posneonatal pasa a serlo en la neonatal. En 2003, murieron un 74,4% en la fase neonatal (entre los 0 y los 27 días). Compárese con 1993, cuando la proporción de niños fallecidos en la fase neonatal fue del 58,8%. El aumento en el índice de mortalidad infantil en 2003 (11,3%), en comparación con 2002 (10,2%) se debe al número de niños que murieron en el período posneonatal. En 2002, el 24% de los niños fallecidos murieron en el período posneonatal mientras que en 2003 ese porcentaje fue del 25,5%.
Gráfico 14
Mortalidad infantil según la edad de la madre, 2003
590.Hay que añadir a los cambios favorables registrados en la estructura de edad de los niños fallecidos en la ex República Yugoslava de Macedonia la tendencia positiva en el cambio de la estructura de los niños fallecidos según la causa de la muerte.
591.Por lo que se refiere a la causa de la muerte, el 76% del total de los lactantes fallecidos se debió a causas perinatales y a malformaciones congénitas, por lo que no se aprecia ninguna diferencia importante con respecto a 2002.
592.En 2003, las tasas de mortalidad infantil más elevadas se registraron entre los lactantes que murieron por causas perinatales (6,1%) y anomalías congénitas (2,4%).
593.Cabe señalar que en 2003 se produjo un aumento del número de lactantes fallecidos debido a anomalías congénitas (66) en comparación con 2002 (48). El número más elevado de anomalías congénitas registradas como causa de fallecimiento de lactantes afectaban al corazón, a los vasos sanguíneos y al cerebro. La mortalidad infantil sin causa médica determinada o desconocida en 2003 fue del 10,2% del número total de lactantes fallecidos; el 6,5% del número total de lactantes fallecidos no recibieron tratamiento ninguno antes de morir. Estos datos plantean indirectamente la cuestión de la calidad de los servicios de salud y del acceso de este grupo eminentemente vulnerable de la población a esos servicios.
Mortalidad de niños de 1 a 4 años de edad
594.En 2003, murieron 43 niños de 1 a 4 años. En el mismo año, la tasa de mortalidad infantil de los niños menores de 5 años fue del 12,9‰ de los nacidos vivos. En comparación con 2002 la mortalidad de los niños menores de 5 años aumentó un 1% como resultado del aumento del número de lactantes fallecidos. Los lactantes fallecidos representaban el 88% de los menores de 5 años fallecidos.
Gráfico 15
Tasa específica de mortalidad infantil según la causa de la muerte en la ex República Yugoslava de Macedonia durante el período 2002-2003
595.Con respecto a la estructura de la mortalidad desglosada por causa, las lesiones dominan el grupo de 1 a 4 años (20,9%), seguidas de las anomalías congénitas (16,3%), las infecciones respiratorias (9,3%) y los síntomas de estados insuficientemente definidos (18,6%).
Gráfico 16
Causas de fallecimiento de niños de 1 a 4 años de edad en 2002 y 2003
Enfermedades infecciosas que afectan a los niños de edad preescolar
596.En 2003 se registraron 8.400 casos de enfermedades infecciosas entre los menores de 6 años en todo el país, lo que representa un aumento del 16% en comparación con 2002. Se registraron 15 casos de morbilidad en este grupo de edad en lo que respecta a enfermedades prevenibles con vacuna y 12 casos de tos ferina, 30 de parotiditis y 39 de rubéola.
Cuidados de salud dispensados a los escolares
597.Como parte del programa de chequeos sistemáticos de los escolares y jóvenes que se ejecutó en 2003, se tenía previsto llevar a cabo 119.334 chequeos sistemáticos en las escuelas primarias y 49.005 en las secundarias. En la primaria se alcanzó al 65,3% del número de escolares previsto, mientras que en la secundaria se consiguió llegar al 53,1% de los alumnos.
598.En el mismo período, los consultorios médicos reconocieron a 710.579 niños enfermos, es decir, un 6% más que en 2002.
599.Los cuidados de salud a los escolares y jóvenes en el período del que se informa y en la ex República Yugoslava de Macedonia se dispensaron en centros de salud para escolares, que emplearon a un total de 164 médicos, 109 de ellos especialistas, y a 207 auxiliares médicos, que trabajaron en equipos formados por 1 médico y 1,3 auxiliares médicos y atendieron a 2.335 niños de 7 a 18 años de edad.
Mejora de todos los tipos de higiene ambiental e industrial
600.En la ex República Yugoslava de Macedonia hay disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas que regulan la higiene ambiental e industrial.
601.De conformidad con la estrategia salud para todos, Objetivo 18, se ha elaborado el Plan ambiental de salud nacional, un documento legislativo complementario sobre la atención de salud, la legislación laboral y la protección del medio ambiente.
602.Conforme a ese plan se protegerá y mejorará la salud de la población gracias al aumento de la calidad de los componentes del medio ambiente (en los sucesivo medio ambiente), lo que exige la aprobación de soluciones y decisiones comunes por las instituciones competentes y por todos aquellos que directa o indirectamente influyen en el medio ambiente.
603.La política de protección ambiental y su relación con la salud de la población está a cargo sobre todo del Ministerio de Protección del Medio Ambiente y del Ministerio de Salud; otros ministerios también tienen importantes cometidos, en particular el Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Recursos Hídricos y el Ministerio de Economía. Todos ellos deben adoptar decisiones conjuntas fundadas en el Plan de Acción Nacional para el medio ambiente y el Plan ambiental de salud nacional haciendo participar a otras instituciones competentes, en relación con las necesidades de recursos de la industria, la minería, la energía, la agricultura, la urbanización y el turismo. La aplicación de las políticas de ambos ministerios a nivel nacional y municipal está a cargo de las dependencias o ministerios pertinentes y de sus inspecciones correspondientes -Inspección del Estado de la Protección y Mejora del Medio Ambiente y la Naturaleza e Inspección Sanitaria y de Salud del Estado. Su subordinación a la autoridad central y la cooperación mutua es condición indispensable para aplicar las políticas de protección ambiental y de salud de una forma coordinada.
604.El principio de responsabilidades compartidas y de la cooperación eficaz entre los ministerios constituye la base para prevenir las repercusiones negativas de los efectos dañinos del medio ambiente en el estado de salud.
605.La diversidad de los problemas relacionados con el medio ambiente y la salud impone la necesidad de la cooperación multisectorial e interministerial, que abarca a los ministerios y las entidades competentes que influyen directa o indirectamente en el medio ambiente, así como a las ONG, a la mayoría de las organizaciones de protección ambiental y a otras asociaciones nacionales o municipales que promueven la protección ambiental y la relación entre la naturaleza y la salud.
606.La política de protección sanitaria de la población y su relación con la calidad del medio ambiente en lo que atañe a las enfermedades contagiosas o muy comunes están a cargo de los institutos de protección de la salud, en colaboración con el cuerpo de inspectores de salud y saneamiento.
607.La responsabilidad de aplicar la política de protección de la salud de la población desde el punto de vista de la prevención de posibles repercusiones en la salud de la población incumbe al Instituto de Protección y Mejora del Medio Ambiente y la Naturaleza, en colaboración con la Inspección del Estado para la Protección y Mejora del Medio Ambiente y la Naturaleza. Las actividades de estas dependencias estructurales están coordinadas por el Ministerio de Protección del Medio Ambiente, en colaboración con el Ministerio de Salud, el Instituto Hidrometeorológico del Estado, el Instituto de Protección de la Salud del Estado y el Instituto Veterinario, entre otros organismos.
608.Las disposiciones en la esfera de la protección del medio ambiente y de la salud que figuran en la Ley de administración local constituyen la base de la aplicación de la política de medio ambiente y protección de la salud a nivel regional y local.
609.La aplicación de un criterio integrado en la gestión del medio ambiente y los peligros para la salud exigen la estrecha colaboración de los principales sectores -salud pública y medio ambiente, con otros sectores afines, como la urbanización, la industria, la energía, la minería, la agricultura, el transporte y el turismo.
610.Se están llevando a cabo algunas actividades para aprobar el Programa nacional de higiene del trabajo.
611.La estrategia se ha redactado a partir de recomendaciones y documentos internacionales específicos aprobados por la Unión Europea, la OMS, la OIT y otros, a saber:
·Estrategia de la OMC "Salud para todos en el siglo XXI";
·Política de salud de la UE e importante directiva 391/89 también de la UE;
·Programa de salud pública de la UE de 2001 a 2006;
·Programa de acción comunitaria de la UE en la esfera de la salud pública (2003-2008);
·Programa de seguridad en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo, comprendidos los Convenios Nos. 164, 161 y 171;
·Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, estrategia de producción menos contaminante;
·Declaración del Milenio de las Naciones Unidas en la que se basan los objetivos de desarrollo del Milenio (la ex República Yugoslava de Macedonia debe alcanzar los objetivos 4, 5 y 6 en la esfera de la atención de salud para 2015);
·Plan de Aplicación y Declaración Política de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (2002).
612.Los principios básicos de la estrategia según figuran en los documentos mencionados se refieren a lo siguiente:
-Prevención primaria y tecnologías seguras;
-Mejora y armonización de las leyes y normas de ese sector;
-Optimización de las condiciones de trabajo;
-Integración de todas las medidas y actividades;
-Principio tripartito (Estado, empleadores, empleados);
-Cooperación entre los empleadores y los empleados;
-Derecho de los empleados a corregir la información y a participar en la adopción de decisiones en la esfera de la protección de la seguridad y la higiene en el trabajo;
-La vigilancia continua y la mejora del sistema de seguridad y protección en el trabajo mediante el desarrollo de un sistema de tecnología de la información en el sector.
613.Los principios mencionados constituyen la base del concepto de prácticas idóneas de la OMS en la esfera de la gestión de la salud, el medio ambiente y la seguridad en las empresas.
614.En la estrategia se fijan las directrices de las actividades que se ejecutarán en el país de conformidad con las leyes nacionales, y los medios y capacidad del país, así como las actividades de cooperación regional e internacional en este terreno. Al fijar esas directrices de las actividades del país, la estrategia permite una lógica en la fijación de prioridades tal y como exige el proceso de aplicación.
615.La estrategia es un documento en el que se basa la iniciación del proceso de cambio. Por consiguiente es preciso revisarla y ajustarla continuamente según haga falta. Así pues, se irá examinando y evaluando.
616.Objetivos, resoluciones y criterios: con la estrategia se pretende establecer un marco estratégico nacional de aplicación de medidas nacionales que promoverán los servicios de salud, un medio ambiente saludable y la seguridad y la higiene en el trabajo, a fin de lograr los siguientes objetivos estratégicos:
-Garantizar un entorno laboral seguro y saludable;
-Disminuir el número de enfermedades y lesiones causadas o propiciadas a los empleados por el trabajo, el medio ambiente, el modo de vida y los factores sociales;
-Mantener y mejorar la salud de los empleados (física, psicológica y social);
-Mejorar y mantener la capacidad de trabajo;
-Conservar el medio ambiente y la salud de la población que habita cerca de las empresas;
-Velar por que exista un equilibrio óptimo entre los intereses económicos y mercantiles por una parte y la capacidad laboral y la salud de los empleados por la otra;
-Facilitar servicios y productos manufacturados que no dañen la salud de las personas ni del medio ambiente.
Profilaxis y tratamiento de epidemias, enfermedades laborales y otras enfermedades endémicas y lucha contra esas enfermedades
617.Se han adoptado en el país documentos legislativos y otras medidas para la profilaxis y el tratamiento de epidemias, endemias y enfermedades ocupacionales y de otra índole, así como para la lucha contra esas enfermedades (se adjunta una lista de los documentos correspondientes).
618.El Estado tiene la capacidad administrativa necesaria, incluidos los recursos humanos y materiales. Cuenta con personal médico muy capacitado profesionalmente y con otros profesionales y con equipo de laboratorio para cumplir las condiciones que se fijan en el ámbito europeo, así como con una red de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades contagiosas muy desarrollada.
619.La vigilancia epidemiológica y el control de las enfermedades contagiosas consiste en las siguientes actividades: detección precoz de las enfermedades contagiosas; notificación, investigación epidemiológica, vigilancia de la salud, aislamiento, transporte y cuarentena; inmunoprofilaxis y quimioprofilaxis; desinfección, desinsectización, inspecciones de salud pública, desinfestación y educación sanitaria.
620.Los médicos de cuidados primarios y secundarios están obligados a notificar de inmediato las enfermedades contagiosas observadas en la lista de enfermedades de notificación obligatoria, de conformidad con la ley vigente.
621.Las entidades encargadas de las actividades epidemiológicas en los institutos de protección de la salud y sus dependencias regionales cuentan con epidemiólogos especialistas formados en la vigilancia de las enfermedades contagiosas y no contagiosas y en la epidemiología sobre el terreno.
622.La notificación de enfermedades contagiosas se presenta a las dependencias de los institutos de protección de la salud (21 dependencias regionales). Una vez se han tramitado y registrado los informes, éstos se presentan al instituto de protección de la salud pertinente (diez institutos).
623.Estos diez institutos registran, analizan y procesan los datos presentados, a partir de los cuales se preparan informes mensuales.
624.Los informes de casos de enfermedades contagiosas en los que figuran datos registrados de las personas contagiadas se presentan al Instituto de Protección de la Salud del Estado para que haga los análisis informáticos correspondientes (desglosados por sexo, grupo de edad, lugar de residencia, diagnóstico y resultado), y a partir de ahí se preparan los informes semanales, mensuales y anuales.
625.El Instituto de Protección de la Salud del Estado prepara cada año proyectos de programas de prevención (vigilancia epidemiológica de la brucelosis y el SIDA e inmunización) y los presenta al Ministerio de Salud.
626.Es obligatorio notificar cada caso de enfermedad contagiosa. Sirviéndose de un formulario especial (informe y notificación de enfermedad epidémica o contagiosa) se presentan al Instituto de Protección de la Salud del Estado el informe y la notificación en el período establecido. Es obligatorio informar de los efectos secundarios de las vacunas y de la resistencia a los microbios.
627.Hay motivos legales por los que se regula en el país la cuestión de la alerta temprana y el sistema de respuesta. En 2004, el Ministerio de Salud instituyó un sistema de alerta temprana y respuesta con la asistencia técnica recibida de la Oficina de la OMS para Europa en Copenhague para formar a 200 médicos.
628.Con objeto de vigilar eficazmente las enfermedades contagiosas agudas y el sistema de respuesta y alerta tempranas, se preparó una lista de definiciones clínicas de las condiciones sanitarias que han de notificarse mediante el sistema de alerta, que son las siguientes:
-Sospecha de contagio del sistema respiratorio superior;
-Sospecha de contagio del sistema respiratorio inferior;
-Sospecha de fiebre con erupción, excluida la varicela;
-Sospecha de meningoencefalitis;
-Diarrea;
-Diarrea aguda sanguinolenta;
-Sospecha de hepatitis contagiosa aguda;
-Sospecha de fiebres hemorrágicas agudas.
Institutos regionales
629.Una vez recogidos los datos, se procesan, analizan y evalúan de forma que se puedan preparar los informes semanales para presentarlos al Ministerio de Salud y a las instituciones sanitarias que participan en el proyecto.
630.Se adjuntan datos de enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otro tipo.
Creación de las condiciones necesarias para prodigar cuidados de salud y asistencia a todos en caso de enfermedad
631.El sistema de atención de salud del país queda definido en la Constitución, mientras que en la Ley de atención de salud de agosto de 1991 se sientan las bases del actual sistema de atención salud en Macedonia. Abarca la base del régimen de seguros de salud, los derechos y deberes de los beneficiarios y los prestadores de servicios, la estructura organizativa de los servicios de salud y el empleo de los fondos para esos servicios. En la ley se determina además el ámbito de responsabilidad del particular, el empleador y el Estado en materia de salud y atención médica. El particular es responsable de su propia salud, mientras que las empresas son responsables de crear un entorno laboral saludable, así como de ofrecer atención médica específica a los empleados a cargo del empleador, mientras que el Estado debe prestar servicios de salud preventiva a la población y garantizar el acceso a los servicios de salud. La Constitución define claramente el principio de la universalidad del acceso a la atención sanitaria. En esa misma ley y en otra ley (2000) se establece el seguro obligatorio de enfermedad, que brinda la oportunidad de dar cobertura a toda la población del país.
632.El derecho a la atención médica se ejerce dentro del sistema actual de atención de salud en organizaciones sanitarias públicas y privadas. La población tiene fácil acceso a los servicios de salud, ya que hay una red muy completa de organizaciones que se dedican a dispensarlos y que hace que el 90% de la población pueda recibir asistencia médica en menos de 30 minutos. En 2002, el sector público daba empleo a 24.428 personas, de ellas 4.573 médicos. En el sector privado se daba empleo a 487 médicos, lo que permite alcanzar una cobertura de 399 habitantes por médico, es decir 2,5 médicos por cada 1.000 habitantes.
633.Los servicios de salud se organizan en tres niveles (primario, secundario y terciario) y se prestan en 77 organizaciones del sector público, las organizaciones de servicios públicos de salud: 11 institutos de protección de la salud, 3 clínicas, 18 dispensarios que brindan atención primaria y que se ubican sobre todo en ciudades pequeñas, 16 centros médicos que brindan atención primaria y secundaria, 15 hospitales especiales, 1 hospital general, 6 farmacias que funcionan como entidades jurídicas independientes y 1 centro clínico (Hospital Universitario) con 22 clínicas especializadas y diversos otros centros de atención terciaria que dispensan atención médica y dental. Desde el punto de vista organizativo, los centros médicos ofrecen servicios hospitalarios y de ambulatorio y cuidados primarios de salud. En las clínicas se brinda atención primaria y también atención secundaria parcial mediante policlínicas, por ejemplo de oftalmología, medicina interna y otorrinolaringología.
634.La atención primaria de salud es la base de todo el sistema y garantiza la atención básica en los municipios. La atención primaria se brinda en 3 puestos de salud, 18 clínicas y 16 centros médicos, algunos de ellos clínicas (tras la enmienda de la Ley de atención de salud, se han abolido los centros médicos en tanto que dependencias organizativas, y las clínicas se convierten en dependencias organizativas autónomas para la atención primaria), lo que significa que hay 462 establecimientos de atención de salud de medicina general, 77 de medicina laboral, 84 para menores de 6 años; 63 para escolares, 50 para mujeres, 334 para cuidados dentales. La atención primaria de salud de las zonas rurales está a cargo de 293 unidades médicas, 152 de las cuales cuentan con un médico a jornada completa. Más de la mitad del número total de médicos está empleado en la atención primaria de salud (alrededor del 56%) y una cuarta parte son especialistas.
635.También hay instituciones privadas que prestan servicios de salud. Lo más frecuente es que se trate de la consulta de médicos de atención primaria o especialistas. Hay un pequeño número de hospitales particulares que brindan servicios secundarios de salud.
636.Dada la poca superficie del país, los servicios médicos son relativamente accesibles a la población, con la excepción de algunas zonas montañosas en las que, debido a las malas carreteras y la distancia a las clínicas, es preciso hacer más accesible la atención primaria a la población.
Financiación del sistema de atención de salud
637.El sistema de atención de salud de la ex República Yugoslava de Macedonia se costea con fondos de diversas fuentes. La principal son las contribuciones obligatorias al seguro de enfermedad que aportan el 90% de todos los fondos destinados a la atención médica y otros derechos cubiertos por el seguro. También se recaudan fondos mediante la participación en los costos de los asegurados, el presupuesto del Estado, las empresas, las organizaciones, los ciudadanos en tanto que beneficiarios de los servicios de salud, las donaciones y otras fuentes.
638.El seguro de enfermedad, establecido conforme a la Ley del seguro obligatorio de enfermedad, cubre a todos los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia y se funda en el principio de la universalidad, la solidaridad, la igualdad y el empleo eficaz de los fondos. El Fondo del Seguro de Enfermedad de la ex República Yugoslava de Macedonia se hace cargo del seguro obligatorio de enfermedad. Se trata de una institución financiera única e independiente a cargo de este seguro. Además del seguro obligatorio, en la ley se contempla también el seguro voluntario para servicios que no estén cubiertos por el seguro obligatorio.
639.El seguro obligatorio cubre a casi toda la población, ya sea en tanto que asegurados o en tanto que personas a cargo de algún asegurado. Cubre a empleados, trabajadores autónomos, agricultores, beneficiarios de pensiones, beneficiarios de otros derechos de pensiones y de seguro de discapacidad, veteranos, personas provisionalmente desempleadas, discapacitados militares y civiles y beneficiarios de servicios sociales.
640.Los asegurados cubiertos por el seguro de enfermedad obligatorio contribuyen al seguro con su cotización. Los baremos de contribución se fijan por decisión en la que se señalan los índices, base e importe de la cuota obligatoria al seguro de enfermedad (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 4/2001, 50/2001).
641.La cotización obligatoria al seguro de enfermedad se fija para cada categoría de asegurado: los empleados, trabajadores autónomos asegurados y asegurados que se dedican a la agricultura y profesiones análogas cotizan un 9,2% del salario bruto; los beneficiarios de otras pensiones el 14,694% de la pensión bruta; y los desempleados provisionales, los veteranos, los discapacitados militares y civiles y los beneficiarios de las prestaciones sociales, conforme al reglamento de protección social, el 8,6% del importe que representa el 65% del sueldo neto medio del empleado.
642.Los asegurados del primer grupo abonan una cotización adicional al seguro de salud obligatorio por lesiones y enfermedad laborales, la cual representa un 0,5% del salario bruto y del salario compensatorio. Se paga asimismo una cotización adicional por el riesgo extra que suponen las lesiones y enfermedades laborales cuando se trabaja con herramientas que representen un peligro y en condiciones que puedan dañar la salud de los empleados.
643.El pago de cotizaciones al seguro obligatorio se hace mediante las cuentas de pago de los servicios regionales en la cuenta única del Fondo del Seguro de Enfermedad. Además de esos fondos, también se abonan fondos del presupuesto del Estado a la cuenta del mencionado Fondo, los cuales sirven para sufragar en parte los programas especiales de atención de salud, así como los intereses de los fondos y otros ingresos que se recaudan conforme a los reglamentos específicos.
644.Los asegurados están obligados a participar en los costos de los servicios de salud y los medicamentos. La participación en los costos representa entre un 3 y un 4% de los fondos totales del seguro de salud.
645.Los fondos que se aportan con cargo al presupuesto del Estado se utilizan para ejecutar programas especiales de salud preventiva, de protección de enfermedades específicas que representan un problema social y de tratamiento de personas que no están cubiertas por el seguro obligatorio de enfermedad ni el seguro de enfermedad de categorías especiales de la población. La parte que representan esos fondos en el total de ingresos dedicados a la atención de salud es menos del 1%.
646.También se recaudan fondos para los servicios de salud que las empresas y otras organizaciones contratan con instituciones sanitarias. Estas instituciones prestan servicios de salud a los empleados que no participan en los cuidados de salud primaria y que así tienen una protección específica por trabajar en condiciones especiales, en trabajos penosos o en tareas por las que se exige a la institución sanitaria que brinde protección en condiciones favorables.
647.Las instituciones de salud recaudan otros ingresos directamente de los ciudadanos beneficiarios de los servicios que prestan y que no están asegurados y de asegurados que hacen uso de servicios de salud que no son parte de los servicios de salud básicos cubiertos por su seguro.
648.Las instituciones de salud recaudan asimismo ingresos de la asistencia internacional, de los donativos de organizaciones humanitarias, de los donativos y contribuciones de organizaciones y particulares del país y del extranjero.
649.La Ley del seguro de enfermedad prevé la oportunidad de introducir un seguro de enfermedad voluntario para los servicios de salud que no sean parte del régimen básico de servicios del seguro obligatorio. De ese seguro se ocupan a su vez empresas aseguradoras establecidas conforme a la ley, de la manera y en las condiciones que establezcan dichas empresas al crear su seguro voluntario. En la práctica, este tipo de seguro no está todavía extendido, probablemente debido a los servicios que cubre el seguro obligatorio de enfermedad, así como al bajo nivel de vida de la población y a la falta de interés de los ciudadanos asegurados o las compañías de seguros.
650.El seguro obligatorio de enfermedad brinda al asegurado la atención sanitaria básica en los servicios primarios, de consultas y especialistas y de hospital.
651.Además de los servicios de salud que comprende el seguro básico, con los fondos del seguro obligatorio se compensa económicamente por lo siguiente: el sueldo durante la baja por enfermedad o lesión; el salario compensatorio durante la licencia de maternidad, parto y posparto; y la compensación por los gastos de viaje al hacer uso de los servicios de salud.
652.El salario compensatorio por la baja de enfermedad está destinado a los empleados y trabajadores autónomos. Los ciudadanos asegurados y sus familias también pueden obtener compensación salarial y dietas (sólo como gasto laboral accesorio) si los servicios de atención a la salud los remiten a instituciones extranjeras, y entonces también tendrán derecho a la compensación por gastos de viaje si se les remite a servicios de diálisis o rehabilitación de la vista, el oído y el habla fuera de su lugar de residencia con carácter ambulatorio.
653.Los servicios de salud se prestan en instituciones públicas y privadas. Conforme a la ley, el Fondo del Seguro de Enfermedad transfiere fondos ateniéndose al contrato para la prestación de servicios de salud al asegurado. En ese contrato se determina el tipo, el volumen y la calidad de los servicios que se prestará al asegurado, lo que pagará por dichos servicios y la forma de cálculo y el pago compensatorio por los servicios de salud. Las obligaciones previstas en ese tipo de contrato son las mismas para las instituciones privadas.
ARTÍCULO 13 DEL PACTO
654.Conforme a los artículos 9 y 44 de la Constitución, la enseñanza primaria es obligatoria y gratuita, mientras que a otros niveles está al alcance de todos en igualdad de condiciones.
Enseñanza primaria
655.Conforme a la Ley de enmienda de la Ley de enseñanza primaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 63/04) se establece que el curso escolar anterior al primer grado de la enseñanza primaria es obligatorio para todos los niños de 6 años de edad a partir del curso escolar 2005-2006, lo que significa que todos los niños de preescolar, así como los que asisten al último curso del jardín de infancia, deben seguir el denominado curso preparatorio. De esta manera se garantiza que todos los niños estén al mismo nivel cuando comiencen la enseñanza primaria.
656.La enseñanza primaria es obligatoria y gratuita y, conforme a la Oficina Estatal de Estadística, su cobertura en 2002 era del 97,1%.
657.Según los artículos 1, 22 y 73 de la Ley de enmienda de la Ley de enseñanza primaria, la duración de los estudios primarios es de nueve años. A cada niño de entre 7 y 14 años se le brindan las condiciones para asistir con regularidad y recibir instrucción en los ocho primeros grados obligatorios. Esta obligación legal ha contribuido a la decisiva mejora de la estructura educativa de la población.
658.Los alumnos empiezan la etapa elemental si cumplen los 7 años antes de que finalice el año natural en el que se matriculan en el primer grado. Por otra parte, los niños menores también se matriculan si cumplen 6 años antes de septiembre (cuando empieza el curso) si un médico, pedagogo o psicólogo, dictamina que pueden hacerlo.
659.Según el artículo 8 de la Ley de enseñanza primaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 52/02 - texto consolidado 40/03, 42/03 y 63/04) la instrucción se imparte en idioma macedonio y con el alfabeto cirílico. En las diversas comunidades, la enseñanza se imparte en el idioma y el alfabeto que les es propio en la forma prescrita por ley. Los alumnos de las comunidades estudian macedonio en tanto que idioma oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia.
660.La estructura interna de la enseñanza obligatoria de ocho años se adapta a la edad de los niños (en dos períodos): del primero al cuarto grado (instrucción por clase) y del quinto al octavo grado (instrucción por asignatura). Hasta el cuarto grado inclusive, por lo general los niños tienen un solo maestro. En los grados superiores (del quinto al octavo), por lo general los niños se quedan en la misma aula, pero se forman nuevas clases cuando es necesario. Hay 327 escuelas primarias con 1.070 recintos escolares en el país, lo que demuestra el esfuerzo del Ministerio de Educación por dar acceso a ella a todos los niños.
661.En las zonas habitadas donde hay pocos alumnos se organizan escuelas regionales. Desde el punto de vista organizativo forman parte de las escuelas primarias ordinarias (con clases de primero a octavo grado). En localidades más pequeñas, si no hay un número suficiente de niños se combinan las clases. En esos casos sólo un maestro enseña simultáneamente a niños del primer al cuarto grado siguiendo distintos métodos. Después de ese período, los niños siguen aprendiendo en clases separadas del quinto al octavo grado.
662.A raíz de los acuerdos con países en los que residen por períodos largos ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia, se organiza la enseñanza, lengua y cultura maternas siguiendo programas elaborados por la Oficina de Desarrollo de la Educación. También se imparte enseñanza en una serie de países de Europa occidental, a saber, Austria, Francia, Alemania, Suecia y Suiza, así como en Australia, el Canadá, Croacia y Eslovenia.
663.A tenor de la Ley de enseñanza primaria (art. 64) y de la Ley de enseñanza secundaria (art. 63), así como de la práctica pedagógica, los niños y jóvenes especialmente dotados y de talento pueden avanzar más rápidamente en los estudios. Estos niños pueden matricularse en la escuela primaria si han cumplido 6 años antes de que empiece el curso escolar y después pueden adelantar presentándose a exámenes para pasar al siguiente grado. En el transcurso de los estudios primarios, los niños tienen dos oportunidades para ejercer ese derecho. Los alumnos que demuestran capacidad y talento extraordinario en las escuelas secundarias pueden también avanzar de igual manera (presentándose a los exámenes del siguiente año escolar).
Enseñanza secundaria
664.Tras terminar la enseñanza primaria, los alumnos tienen derecho a matricularse en la enseñanza secundaria, derecho que ejercen en particular los jóvenes de las zonas urbanas. Así pues, el 85% de los alumnos que terminan la enseñanza obligatoria se matriculan de inmediato en algún tipo del enseñanza secundaria. Esta enseñanza no es obligatoria. Los alumnos estudian en las escuelas secundarias gratuitamente.
665.Con la Ley de enseñanza secundaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 44/1995) se democratiza más esta parte de la enseñanza. Se concede el derecho de impartir la enseñanza media no sólo a las escuelas del Estado y municipales (públicas), sino también a las privadas.
666.La enseñanza en las instituciones secundarias se imparte en idioma macedonio y con el alfabético cirílico. Para las personas pertenecientes a otras comunidades, el proceso educativo en las escuelas públicas se lleva en el idioma y el alfabeto de la respectiva comunidad, de la forma y en las condiciones que prescribe la ley. Los alumnos que pertenecen a otras comunidades estudian el idioma macedonio.
Tipo de escuela secundaria
|
Tipo de escuela secundaria |
Número de alumnos |
|
Institutos de enseñanza media |
15 |
|
Escuelas de formación profesional |
26 |
|
Mixtas (enseñanza media y formación profesional) |
50 |
Cobertura de alumnos en la enseñanza media
Curso escolar |
Alumnos que terminaron la escuela primaria |
Curso escolar |
Alumnos que se matricularon en la escuela secundaria |
Porcentaje |
|
2002/03 |
30.863 |
2003/04 |
26.293 |
85,26 |
|
2003/04 |
29.599 |
2004/05 |
25.545 |
86 |
Número de alumnos matriculados en escuelas primarias por idioma de instrucción
|
Curso escolar |
Total matriculado |
Macedonio |
Albanés |
Turco |
|
2003/04 |
26.293 |
20.215 |
5.724 |
354 |
|
2004/05 |
25.545 |
19.492 |
5.753 |
300 |
667.La enseñanza media es una enseñanza general. Dura cuatro años y termina con un examen de graduación. Conforme a la Ley de enmienda de la Ley de la enseñanza secundaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 67/04) y el nuevo concepto de graduación y examen final (Matura) que se aplicará en el curso escolar 2006-2007, la enseñanza en los institutos de enseñanza media culminará con un examen de Estado o un examen de graduación escolar. El examen de graduación del Estado garantizará el derecho a acceder a la enseñanza superior y el examen de graduación escolar garantizará la entrada laboral. La función básica de la enseñanza es preparar a los jóvenes para acceder satisfactoriamente a la enseñanza superior.
668.Alrededor del 35% de los alumnos de una promoción se matriculan en la enseñanza secundaria.
669.El 85% del número total de alumnos matriculados en el curso 2004/05 asisten a escuelas secundarias, y de ese número el 61,36% estudia en centros de formación profesional. La formación profesional y capacitación sigue a la conclusión de la enseñanza elemental y entraña la adquisición de conocimientos, destrezas y técnicas de valor práctico en las ciencias aplicadas. La función fundamental de la enseñanza profesional secundaria es capacitar a los alumnos para trabajar y también para seguir formándose. La capacitación termina con un examen final o de especialización.
670.Conforme al concepto mencionado, a partir del curso 2006/07 los cuatro años de formación profesional finalizarán con un examen de graduación del Estado o con un examen final escolar. El examen de graduación del Estado (Matura) permite el acceso a la enseñanza superior mientras que el examen final escolar permite el acceso al mercado laboral.
671.Los estudios de formación profesional duran tres años y concluyen con un examen final que permite la entrada en el mercado laboral, así como continuar los estudios (en condiciones especiales) con una formación profesional de cuatro años o especialización.
672.Los perfiles educativos se agrupan en 26 categorías profesionales: agricultura, ciencia veterinaria, nutrición, silvicultura, ebanistería, geología, minería, metalurgia, ingeniería mecánica, ingeniería eléctrica, química y tecnología, textiles, cuero, diseño gráfico, servicios de personal, geodesia, ingeniería de obras públicas, transporte, comercio, hostelería y turismo, economía, derecho, ofimática, artes, cuidados de salud y cultura física.
673.La formación profesional comprende unos 260 perfiles educativos, entre ellos: 80 perfiles educativos de cuatro años de duración; 90 perfiles educativos de tres años; 50 perfiles educativos de dos años; 40 perfiles educativos de enseñanza especializada.
674.La enseñanza secundaria artística está destinada a alumnos con especial capacidad en ese campo; por consiguiente, se les administra una prueba de talento antes de la matrícula.
675.La enseñanza secundaria artística se organiza en tres ramas, a saber, bellas artes aplicadas (seis perfiles educativos), música (tres perfiles educativos) y ballet (dos perfiles educativos). Culmina con un examen de graduación (Matura).
676.La enseñanza secundaria para alumnos con necesidades especiales es de hecho una formación profesional adaptada a sus necesidades. La adaptación de los programas comienza con la elección del perfil educativo, que por regla general es el de un oficio en el que esos alumnos con capacidad pueden adquirir la competencia necesaria. Para las personas más necesitadas, únicamente se organiza una capacitación que le permita trabajar. El segundo tipo de ajuste se hace en el programa de estudios en cuanto al alcance general de la enseñanza. Por lo general se evitan o reducen las asignaturas que preparan para seguir a la enseñanza superior, mientras que se mantienen las enseñanzas de carácter cultural y social.
Enseñanza superior
677.La enseñanza superior consiste en los estudios universitarios que duran de cuatro a seis años y se siguen en cuatro universidades y escuelas privadas. Además de las enseñanzas académicas, se practican actividades de investigación y científicas en diversas esferas y se capacita continuamente al personal docente.
678.Los alumnos se matriculan a tiempo completo o parcial en el primer año en las distintas facultades. Alrededor del 27% de cada promoción que termina la enseñanza media se matricula en la universidad. Las condiciones y los criterios de selección y matrícula de nuevos alumnos los fijan las instituciones de enseñanza superior y se coordinan en las universidades. Los candidatos procedentes de la enseñanza media, así como los que proceden de la formación profesional de cuatro años y de las escuelas secundarias de arte pueden solicitar participar en el concurso de admisión.
679.Debido al número de plazas limitado hay un procedimiento de clasificación de los candidatos según los resultados en la enseñanza media y en el examen de acceso. Los criterios de matrícula de los alumnos a tiempo parcial y completo son los mismos.
680.Se imparte enseñanza terciaria en cuatro universidades: Universidad de los Santos Cirilo y Metodio en Skopje, San Clemente de Ohrid en Bitola, Universidad de Europa Sudoriental en Tetovo y Universidad del Estado en Tetovo, y también en la Facultad de Ciencias privada de Skopje. Todas estas instituciones están integradas en la Conferencia Interuniversitaria.
681.En las universidades se organizan programas especiales de formación profesional superior. Conforme a la ley, estos estudios no pueden durar más de tres años. Además debieran ser más populares en el futuro, en vista de las necesidades del mercado laboral de personal bien cualificado, particularmente en las esferas técnicas y en las ciencias biotécnicas.
682.Tras la graduación, los alumnos que reúnen determinadas condiciones fijadas por los estatutos de las instituciones de enseñanza superior pueden seguir especializándose con la preparación de maestrías o especializaciones. Los estudios posgraduados se organizan como estudios posgraduados científicos o artísticos (maestrías), así como formación profesional posgraduada (estudios de especialización) (Ley de enseñanza superior, Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 64/00). Los estudios científicos posgraduados o artísticos duran como mínimo tres semestres, de los cuales dos se dedican a la instrucción y uno a la preparación de la tesis de maestría. Los estudios profesionales posgraduados duran nueve meses, de los que un semestre se reserva a la enseñanza y tres meses a la labor de especialización. En la actualidad se imparten estudios posgraduados en la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio de Skopje y la Universidad de San Clemente de Ohrid de Bitola.
683.Al concluir los estudios especializados, los alumnos reciben un diploma de especialista.
684.Los estudios posgraduados terminan con la defensa de la tesis de maestría y el candidato adquiere el título de maestro licenciado en ciencias o maestro licenciado en arte.
685.De conformidad con las recomendaciones de la Declaración de Bolonia, compromiso contraído por 29 países europeos para reformar la estructura de la enseñanza superior, en las facultades de la República de Macedonia se ofrecen estudios de graduación y de posgrado. Así pues habrá más alumnos que tengan acceso a los estudios de posgrado.
686.El doctorado es el título científico de especialización más elevado de la ex República Yugoslava de Macedonia. El doctorado se estructura siguiendo los principios de la mentoría, en lugar de estudios organizados. Se obtiene defendiendo una tesis doctoral ante una comisión formada por cinco expertos en la rama correspondiente y tras la evaluación de por lo menos tres organizaciones o instituciones en el campo de que se trate. En los estatutos de las diversas instituciones de enseñanza superior y de las instituciones científicas y especializadas públicas a las que pueden dirigirse los candidatos para obtener el doctorado se facilitan normas más detalladas para la defensa de las tesis.
687.El Gobierno ha seguido adelante con los procesos iniciados a raíz de la Declaración de la Sorbona y ha coordinado la reforma en la esfera de la enseñanza superior con el proceso de Bolonia de convergencia europea en la enseñanza superior para 2010. Las reformas se han acelerado tras la adhesión oficial al proceso de Bolonia y a la Conferencia de Berlín de Ministros Europeos encargados de la enseñanza superior celebrada en septiembre de 2003.
688.La Ley de enseñanza superior (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 64/00) y la Ley de enmienda de la Ley de enseñanza superior (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 49/03) constituyen el marco jurídico de cumplimiento del proceso. La ley regula, entre otras cosas, la condición jurídica y la autonomía de las universidades, la creación de instituciones públicas y privadas de enseñanza superior, la forma de garantizar la calidad (evaluación y acreditación), los regímenes de financiación, la estructura de grados, el marco institucional y el reconocimiento de los grados y calificaciones. Las normas y niveles del establecimiento de instituciones de enseñanza superior de conformidad con los cuales se concede la acreditación se aprobaron en 2003. La promulgación de la Ley de creación de la Universidad del Estado en Tetovo (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 8/2004) estableció los requisitos normativos y jurídicos para la mejora del acceso a la enseñanza superior de las comunidades no mayoritarias como la albanesa y otras.
689.Al establecerse el Consejo para el Desarrollo y la Financiación de la Enseñanza Superior en noviembre de 2003, se creó una estructura que facilita la colaboración de los órganos de la administración del Estado y las instituciones de enseñanza superior en el proceso de reforma. Buena parte del trabajo de las comisiones del Consejo consiste en definir criterios de financiación de la enseñanza superior y preparar programas de desarrollo de la enseñanza superior.
690.El Ministro de Educación y Ciencia formó un comité de vigilancia del proceso de Bolonia formado por representantes de las universidades de la ex República Yugoslava de Macedonia, organizaciones estudiantiles y el Ministerio. El grupo redactó el informe nacional sobre la aplicación del proceso de Bolonia de 2004 a 2005.
691.Se han creado la Junta de Acreditación y el Organismo de Evaluación, encargados de velar por la calidad de la enseñanza superior. En 2002 se ejecutó un proyecto nacional que permitió la primera autoevaluación de las instituciones de enseñanza superior. En colaboración con la Asociación Universitaria Europea, las universidades locales han sido evaluadas externamente por entidades tales como el Consejo Rector de Alemania, la Embajada de Francia, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Austria y el Open Society Institute‑Macedonia. Se emprenderán actividades para garantizar calidad a fin de promover la adhesión a la Red Europea para la Garantía de la Calidad (ENQA), la aceptación y aplicación de las normas, procedimientos y directrices de la Red y la colaboración con órganos de garantía de calidad de los países de Europa sudoriental.
692.La ex República Yugoslava de Macedonia es miembro de la red de organismos sudorientales europeos de acreditación y evaluación.
693.La adaptación del sistema actual a la enseñanza superior es el elemento clave de la reforma. El primer y segundo nivel deben orientarse de manera diferente y tener distintos perfiles, a fin de adaptarse a las necesidades particulares, las necesidades académicas y las necesidades del mercado laboral. A principios de 2004, en colaboración con la Conferencia de Rectores de Alemania, el Ministerio de Educación y Ciencia organizó una conferencia de formación profesional y ciencia aplicada. Durante el año académico 2004/05, la mayoría de las facultades técnicas de las universidades de Skopje y Bitola introdujeron estudios de tres años orientados a las necesidades del mercado laboral. La ex República Yugoslava de Macedonia sigue la actividad de la Red Europea de Calificaciones y va a preparar a su vez una red nacional de calificación. Mediante el proyecto TEMPUS, se espera la inclusión en la tercera fase del proyecto TUNING financiado por la Comisión Europea.
694.Debido a la necesidad de mantener una estrecha relación con Europa en la esfera de la enseñanza superior y la investigación, los ministros reunidos en la Conferencia de Berlín ampliaron los estudios para incluir también los estudios doctorales en el proceso de Bolonia. En el tercer ciclo se destaca la importancia de la investigación así como de la capacitación de los investigadores y la promoción de los campos interdisciplinarios. Se motiva la movilidad a nivel de estudios doctorales y posdoctorales y se alienta a las instituciones a ampliar la cooperación en el campo de los estudios doctorales y la formación de jóvenes investigadores. Se estimula el desarrollo de redes de estudios doctorales y de centros de excelencia como promotores del desarrollo de la "Europa del conocimiento". La ex República Yugoslava de Macedonia se sirve del sexto Programa Marco de Investigación de 2002 a 2006, del Programa de Cooperación Europea en la Esfera de la Investigación Científica y Técnica, de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y del Organismo Internacional de Energía Atómica, y mantiene una cooperación bilateral con países de la Unión Europea, los Estados Unidos de América, el Japón y otros a fin de reforzar la investigación y el desarrollo. Los nuevos programas de la Unión Europea Sócrates, TEMPUS y Erasmus Mundus han ampliado las posibilidades de cursar estudios de posgraduado y doctorales en distintos países de la Unión.
695.El Gobierno presta particular atención al establecimiento de sistemas de créditos armonizados con el Sistema Europeo de Transferencia de Créditos (FTSC). Se están reestructurando los programas de estudio, que se están organizando por módulos, y se están introduciendo los sistemas a base de créditos. Como parte de las reformas, se ampliará el sistema de créditos incluyendo la formación profesional y la educación permanente. Muchos proyectos TEMPUS han contribuido a la elaboración de estructuras y la introducción de sistemas de créditos en las instituciones de enseñanza superior de las universidades de Skopje y Bitola. La aplicación del FTSC es obligatoria en esas universidades a partir de 2005. La Universidad de Europa Sudoriental en Tetovo lo puso en práctica en 2001. Esa universidad, que abrió sus puertas en octubre de 2004, está obligada a diseñar sus programas de estudio ajustándose al FTSC. La aplicación de ese sistema facilita la movilidad de los estudiantes entre las instituciones de enseñanza superior del país, de la región y más allá de ésta. Habrá también actividades encaminadas a dar aplicación a la Guía de la Comisión Europea sobre el FTSC, observar el desarrollo y aplicar el sistema como método de acumulación y transferencia de créditos en relación con la enseñanza académica y no académica.
696.La ex República Yugoslava de Macedonia ratificó el Convenio de Lisboa en 2003. El país forma parte de la red de Centros Nacionales de Información Europeos/Centros Nacionales de Información sobre Reconocimiento Académico (ENIC/NARIC), que se ocupa del reconocimiento de asignaturas, titulaciones y diplomas. El Centro Nacional de Información funciona en el marco del Ministerio de Educación y Ciencia. Antes de 2005, debían crearse las condiciones para que todos los estudiantes de posgrado, además del título, obtuvieran un suplemento al título sin tener que abonar tasas adicionales. La ex República Yugoslava de Macedonia debe estar incluida en forma activa en el proyecto de creación de una red global de cualificaciones en el ámbito de la enseñanza superior europea.
697.En 2003 el Gobierno actuó como anfitrión de la Conferencia Regional sobre Aprendizaje Permanente. La Fundación Conrad Adenauer ha patrocinado tres años seguidos la Feria de Aprendizaje Permanente, en la cual participan, además de instituciones de enseñanza superior, un número elevado de ONG. El Ministerio de Educación y Ciencia ha establecido un grupo de trabajo que prepara una estrategia de aprendizaje permanente.
698.La Comisión Europea (fundamentalmente el Programa TEMPUS), el Consejo de Europa, la Asociación de Universidades Europeas, el Centro Europeo de Enseñanza Superior de la UNESCO, la Administración Alemana de Rectores, el Banco Mundial, el Open Society Institute‑Macedonia y otros prestan un apoyo significativo a Macedonia y colaboran considerablemente con las instituciones del país. Se ha establecido una intensa cooperación bilateral con países de Europa como Austria, Eslovenia, Francia, los Países Bajos y Suiza, así como cooperación regional con los países de los Balcanes occidentales: Albania, Bosnia y Herzegovina, Croacia y Serbia y Montenegro.
Derechos de matrícula
699.Los alumnos matriculados como parte del cupo del Estado, cuya educación subvenciona el Ministerio de Educación y Ciencia, han de pagar 200 euros en todas las universidades estatales en concepto de cuota de cofinanciación.
700.Los alumnos que se pagan sus propios estudios o solamente estudian a tiempo parcial abonan cuotas superiores que oscilan entre 400 y 1.000 euros (según la facultad). Ambos tipos de alumnos pueden quedar exentos del pago de matrícula si obtienen buenos resultados durante sus estudios.
Enseñanza de adultos
701.Los mayores de 15 años que por algún motivo no hayan terminado la enseñanza elemental a tiempo pueden, a petición suya o de sus padres (tutor) y con una evaluación positiva del maestro y psicólogo de la escuela, terminar la enseñanza primaria en la misma escuela hasta la edad de 17 años, o en centros de enseñanza primaria para adultos u otros centros, de conformidad con la Ley de enseñanza primaria, hasta que la hayan terminado.
702.La enseñanza elemental de adultos es parte integrante del sistema educativo. Permite a los participantes adquirir las habilidades, conocimientos y técnicas necesarios para adaptarse con mayor rapidez al entorno social, conseguir empleo, ser más flexibles y orientarse mejor en el mercado laboral.
703.Según el artículo 6 de la Ley de enseñanza primaria, la enseñanza elemental de adultos puede llevarse a cabo en escuelas primarias, así como en instituciones de enseñanza de adultos y en otros centros, de conformidad con esa ley; sin embargo, en la práctica, las escuelas primarias ordinarias no ofrecen ese tipo de enseñanza y no tratan de atender a las necesidades de los alumnos adultos. En las escuelas de adultos la enseñanza se imparte en los idiomas macedonio y albanés.
704.También pueden cursar enseñanza elemental para adultos las personas que no hayan terminado la escuela primaria y que, al ser mayores de 15 años, ya no estén obligadas a adquirir ese nivel de educación. Esto se lleva a cabo de conformidad con programas de enseñanza y estudios especiales. La instrucción se organiza a tiempo completo y con carácter preparatorio, según la edad, capacidad psicofísica de la persona y capacidad de autoaprendizaje.
705.La enseñanza secundaria de adultos (a tiempo parcial) es parte integrante del proceso ordinario de enseñanza en las escuelas secundarias.
706.La enseñanza de adultos, como parte estructural del sistema educativo, no se trata minuciosamente en la legislación en materia de educación ni en otro tipo de leyes y reglamentaciones.
707.De conformidad con el artículo 52 de la Ley de enseñanza secundaria, los alumnos a tiempo completo y a tiempo parcial que hayan terminado la enseñanza elemental pueden matricularse en una escuela de formación profesional secundaria. La enseñanza profesional pública adopta la forma de programas de dos, tres o cuatro años, o de programas especializados. Los cursos de especialización siguen programas especiales y para asistir a ellos los candidatos deben haber terminado los programas de cuatro años y tener una experiencia laboral de entre dos y cinco años, según la materia o el tipo de especialidad.
708.Los alumnos que no hayan terminado los estudios de la escuela primaria pueden ingresar en programas de formación profesional de dos años, pero han de cursar simultáneamente el programa de estudios de enseñanza primaria obligatorio.
709.La enseñanza y capacitación de adultos abarca fundamentalmente los tipos de programas siguientes:
-Enseñanza profesional en escuelas según programas de estudios comprobados por instituciones estatales.
-Programas y cursos en los centros de formación profesional de trabajadores elaborados sobre la base de la información obtenida observando el mercado laboral, así como en función de las necesidades personales de los candidatos. Se llevan a cabo programas y cursos de distinta duración en los centros de formación profesional de los trabajadores.
-Programas de formación profesional, capacitación adicional y especialización, después de la enseñanza profesional secundaria.
710.La enseñanza de adultos, incluida en el capítulo VI del Programa Nacional de Educación para 2005-2015, ya aprobado, y la estrategia conexa reciben prioridad en cuanto permite aumentar el nivel de educación de la población, una de las principales labores que hay que realizar en el futuro próximo, prestando especial atención al aumento de la calidad de sus aptitudes profesionales/laborales y sociales.
Igualdad de acceso a la educación para todos
711.La igualdad de acceso a la educación en la ex República Yugoslava de Macedonia se rige por la Constitución y las leyes sobre la enseñanza primaria, secundaria y superior que de ella derivan. En el artículo 44 de la Constitución se garantiza el derecho a la educación para todos en condiciones de igualdad, con especial atención a la enseñanza elemental, que es obligatoria y gratuita.
112.En los artículos 9 y 44 de la Constitución se reconoce el derecho a la educación a todos los ciudadanos en pie de igualdad; todos disfrutan de las mismas libertades y derechos, independientemente de su sexo, raza, color de piel, origen nacional o social, creencias políticas o religiosas, o condición económica y social. Todos los ciudadanos son iguales ante la Constitución y la ley. En el artículo 44 se hace especial hincapié en que todos los ciudadanos tienen derecho a la educación y, en la práctica, esta disposición constitucional no se obstaculiza, al contrario, se llevan a cabo actividades adecuadas para asegurar el ejercicio de ese derecho. La enseñanza primaria es obligatoria y gratuita, mientras que la secundaria es gratuita.
713.Con arreglo al artículo 45, pueden establecerse instituciones privadas de todos los niveles de enseñanza, salvo de enseñanza primaria.
714.Con el fin de sustentar la igualdad de acceso a la educación, se ha aprobado ya el Programa Nacional de Desarrollo de la Educación, 2005-2015, mientras que el Plan de acción nacional en favor de los derechos del niño está en proceso de aprobación de conformidad con la Convención sobre los Derechos del Niño y los objetivos de desarrollo del Milenio.
715.La enseñanza elemental se imparte en las escuelas primarias, pero también en instituciones de atención de la salud, cárceles e instituciones correccionales en casos determinados establecidos por ley. La Ley de enseñanza primaria (arts. 3, 4, 5, 6, 7 y 45) prevé la obligatoriedad del ingreso en el sistema educativo para todos los niños de edades comprendidas entre los 7 y los 14 años. También pueden matricularse en el primer grado los niños que hayan cumplido 6 años antes de que se inicie el curso escolar, sobre la base de una evaluación positiva de un especialista médico, psicólogo o maestro. Todas las escuelas primarias están obligadas a organizar y proporcionar enseñanza oportunamente a todos los alumnos que residan en la zona que abarcan, determinada por el Ministerio de Educación y Ciencia. Los padres o tutores están obligados a matricular a los niños en la escuela primaria y son responsables de que asistan a ella asiduamente. En los casos en que haya niños no matriculados o se produzca una ausencia no justificada de los niños en la escuela elemental de al menos 30 días, esa escuela está obligada a informar de ello al Ministerio de Educación y Ciencia.
716.Los alumnos con necesidades educacionales especiales, según su nivel de dificultad, se integran en clases ordinarias de las escuelas primarias o en escuelas especiales. Esos niños tienen derecho a transporte gratuito. El proceso educacional de esos niños se organiza de modo que les permita adquirir conocimientos al tiempo que se preparan para la vida y la integración en la comunidad con mayor facilidad.
717.También los extranjeros y apátridas pueden obtener educación de nivel elemental en la ex República Yugoslava de Macedonia, con arreglo a las condiciones establecidas en la legislación. Se proporciona enseñanza obligatoria en instituciones estatales a los desplazados internos, así como alojamiento gratuito y libros de texto a los niños en edad escolar. La Oficina de Desarrollo de la Educación elabora versiones reducidas de los programas de estudios existentes.
718.La matrícula en los centros de enseñanza secundaria se realiza por concurso, que el Ministerio de Educación y Ciencia anuncia a más tardar el 31 de marzo de cada año. Si el número de alumnos que solicitan la matrícula es mayor que el fijado en el anuncio, se aplican criterios adicionales (certificados de competiciones internacionales y estatales, examen de ingreso) después de haberse obtenido la opinión correspondiente de la escuela pública. La enseñanza secundaria se imparte en escuelas secundarias públicas (estatales, municipales o de la ciudad de Skopje), así como en escuelas privadas. Los alumnos que han terminado la escuela primaria pueden matricularse en centros de enseñanza secundaria, así como en escuelas de formación profesional a tiempo completo o parcial. Se ofrecen dos años de enseñanza profesional a las personas que no han terminado la enseñanza elemental, pero deben seguir el programa de estudios de la enseñanza primaria obligatoria paralelamente a la formación profesional. También puede organizarse formación profesional de adultos y ciclos de formación profesional de tres años en otras instituciones determinadas por la ley. En las escuelas secundarias la enseñanza se lleva a cabo en idioma macedonio, utilizando el alfabeto cirílico mientras que los miembros de otras comunidades étnicas que asisten a escuelas públicas reciben instrucción en el idioma de esa comunidad, según prescribe la ley, pero deben estudiar obligatoriamente el idioma macedonio. Los alumnos pertenecientes a comunidades étnicas que reciben instrucción en su lengua materna utilizan libros de texto escritos en ese idioma.
719.Los alumnos que han terminado la escuela primaria y aquellos que demuestren aptitudes pero no la hayan terminado pueden matricularse en escuelas públicas de bellas artes. Quienes no hayan terminado la escuela primaria pueden matricularse, previa autorización del Ministerio, con el fin de obtener una educación elemental paralela. También se ofrece a los alumnos la oportunidad de matricularse en asignaturas de nivel secundario en que se imparten programas internacionales, a cuyo término deben tomar un examen internacional.
720.Las escuelas secundarias públicas pueden impartir enseñanza en uno de los idiomas utilizados internacionalmente, mientras que las escuelas privadas pueden hacerlo en cualquier idioma extranjero. El Ministerio aprueba la normativa jurídica relativa a la enseñanza en uno de los idiomas utilizados internacionalmente. En el artículo 5 de la Ley de enseñanza secundaria se estipula que los extranjeros y los apátridas pueden obtener educación secundaria del modo prescrito por la ley.
721.Los niños con necesidades educacionales especiales pueden proseguir su educación secundaria en escuelas ordinarias o especiales, inscritos y agrupados según el tipo y nivel de discapacidad, siempre que hayan terminado la escuela primaria, que es obligatoria.
722.Las opciones que tienen los alumnos en cuanto a la enseñanza secundaria todavía están influidas por la división tradicional entre ocupaciones masculinas y femeninas; así pues, la representación de varones y mujeres no está equilibrada. Hay escuelas secundarias donde predominan las mujeres (economía o medicina), mientras que los alumnos varones prefieren escuelas de ingeniería mecánica o eléctrica.
723.Mediante proyectos como el Decenio para la Inclusión de los Romaníes, 2005-2015 y Educación para Todos antes de 2015, bajo los auspicios de la UNESCO, la Oficina de Desarrollo de la Educación trata de aumentar el número de alumnos que cursan enseñanza secundaria (especialmente entre la población romaní y en las zonas rurales). Hay equipos de expertos que tratan de concienciar sobre la importancia de la educación sensibilizando a los padres.
724.Las personas que hayan terminado la escuela primaria en el extranjero pueden matricularse en las escuelas secundarias una vez convalidado el certificado obtenido.
725.Todo el mundo tiene derecho a la educación superior, que se regula por la Ley de enseñanza superior (arts. 6, 95 y 157). En esa ley se enuncian las condiciones básicas para matricularse en programas de estudios de licenciatura, posgrado y doctorales. Se establece allí que los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia tienen derecho a igualdad de condiciones y a la educación en instituciones de enseñanza terciaria. La matrícula en estudios de licenciatura se realiza mediante concurso que llevan a cabo las universidades. Éstas dan a conocer los criterios y condiciones que deben cumplir los candidatos para matricularse, que son iguales para todos los ciudadanos. Esto se hace para dar igualdad de acceso a la educación terciaria. El Gobierno decide el número de alumnos que se matricularán en las instituciones públicas de enseñanza superior (que se financia con cargo al presupuesto del Estado), a propuesta de la universidad del Estado y sobre la base de una opinión previa del Consejo de Universidades. La universidad decide, con arreglo a condiciones establecidas por ley, el número de alumnos que pueden matricularse en centros de enseñanza terciaria estatales más allá del cupo establecido.
726.Las personas que hayan terminado los cuatro años de enseñanza secundaria y cumplan los requisitos y criterios establecidos en el concurso de matriculación pueden realizar estudios de licenciatura.
727.La ley garantiza el acceso justo y equitativo a la enseñanza terciaria de los ciudadanos que pertenecen a comunidades minoritarias. Con el fin de establecer las condiciones previas necesarias para el ejercicio efectivo de ese derecho, se aplica la denominada medida de "discriminación positiva", que permite a los miembros de comunidades minoritarias de la ex República Yugoslava de Macedonia matricularse en el primer año de estudios, además de los demás alumnos, si cumplen las condiciones fijadas para el concurso, mediante el establecimiento del denominado cupo adicional. El gobierno determina el número de alumnos que integrarán el cupo adicional. Esta medida, junto con las enmiendas de la Ley de educación superior de 2003 (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 49/2003), constituye una obligación jurídica y se prevé en el párrafo 9 del artículo 95 de la ley.
728.Los extranjeros tienen acceso a la educación terciaria sobre la base del principio de reciprocidad (siempre que se ofrezcan a nuestros estudiantes las mismas condiciones en el extranjero). Los apátridas tienen también derecho en las condiciones establecidas por la ley y de conformidad con los acuerdos internacionales ratificados.
729.Las personas que hayan cursado menos de cuatro años de enseñanza secundaria pueden matricularse en estudios de licenciatura de menos de cuatro años de duración o en escuelas de formación profesional superior si cumplen otras condiciones y criterios establecidos en el Estatuto de las instituciones de enseñanza superior y las condiciones y criterios establecidos para el concurso de acceso.
730.Las personas que tengan grandes dotes pueden matricularse en estudios de arte, aunque no hayan terminado la enseñanza secundaria, con la condición de que terminen esos estudios antes del fin del segundo año, de conformidad con lo establecido en el estatuto de la facultad.
731.Además de las universidades estatales, también existen instituciones privadas de educación superior, que deben cumplir las condiciones establecidas por la ley, previa aprobación del Gobierno. Los propietarios de esas instituciones deben ofrecer las condiciones y el equipo necesarios para llevar a cabo las actividades educativas, científicas o artísticas de conformidad con la Ley de educación superior y la instrucción sobre normas y criterios.
732.La Universidad Estatal de Tetovo se fundó con la aprobación de la Ley sobre el establecimiento de la Universidad Estatal de Tetovo (Boletín Oficial de la ex República de Yugoslava de Macedonia, Nº 8/2004) y empezó a funcionar de conformidad con la Ley de educación superior el 1º de octubre de 2004. Consta de cinco facultades: Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas, Facultad de Ciencias Humanas y Artes, Facultad de Economía, Facultad de Derecho y Centro de Estudios Politécnicos, que es un centro de enseñanza profesional superior. En esta universidad, destinada a los miembros de la comunidad albanesa, que constituyen más del 90% de los alumnos matriculados, la enseñanza es en idioma albanés. En la decisión del Gobierno relativa a los cupos adicionales para la matrícula de miembros de las comunidades étnicas, aprobada para el curso académico 2004/05, se establece que los miembros de la comunidad albanesa pueden ingresar en las universidades estatales que tengan los mismos planes de estudios que la Universidad Estatal de Tetovo únicamente como parte de los cupos ordinarios.
733.Todo el mundo puede adquirir la condición de estudiante y, por lo tanto, ser miembro de la comunidad académica en las mismas condiciones establecidas por la ley, los estatutos y los programas de estudios. De conformidad con el artículo 157, los estudiantes tienen derecho a estudiar a tiempo completo y a tener la condición de estudiante a tiempo completo, así como a estudiar a tiempo parcial y a tener la condición correspondiente. Los alumnos tienen derecho a elegir el tipo de estudios y a cursar de forma simultánea varios programas de ámbitos distintos, así como materias diferentes. Una vez matriculados, tienen derecho a proseguir sus estudios en una institución de enseñanza superior distinta si la primera deja de funcionar. Los alumnos pueden utilizar las salas, equipos (aparatos), bibliotecas, programas informáticos y toda la demás infraestructura científica y académica de la institución. También tienen derecho a los servicios de becas. Los huérfanos, ciegos, sordos y discapacitados en primer o segundo grado, las madres con hijos de hasta 6 años de edad y las personas hospitalizadas pueden también adquirir el estatus de estudiante, candidato a doctorado o a especialización. La normativa de la institución de enseñanza superior les otorga condiciones especiales.
734.En los centros de enseñanza superior la instrucción se realiza en idioma macedonio. Sin embargo, en el artículo 95 de la ley se prevé la posibilidad de que se lleve a cabo en los idiomas de los miembros de las comunidades étnicas, en las condiciones establecidas. También puede realizarse en uno de los idiomas utilizados internacionalmente en algunos programas de estudio de idiomas extranjeros, en parte de los programas de estudios en que participen profesores extranjeros o en programas de estudios en que la enseñanza se organice también en idioma macedonio.
735.Un gran número de ONG llevan a cabo programas educativos y organizan actividades en igualdad de condiciones para todos.
SISTEMA EDUCATIVO DE LA REPÚBLICA DE MACEDONIA
Número de alumnos que cursan enseñanza primaria, secundaria y superior, según la Oficina Estatal de Estadística
|
Año escolar |
Escuelas primarias |
Escuelas secundarias |
Enseñanza profesional superior |
Enseñanza superior |
|
1995/96 |
259.515 |
77.817 |
1.510 |
28.073 |
|
1996/97 |
258.587 |
80.903 |
886 |
29.868 |
|
1997/98 |
256.275 |
84.059 |
995 |
32.048 |
|
1998/99 |
255.150 |
87.420 |
1.026 |
35.141 |
|
1999/00 |
252.212 |
89.775 |
927 |
35.995 |
|
2000/01 |
246.490 |
90.990 |
840 |
39.406 |
|
2001/02 |
242.707 |
92.068 |
1.123 |
43.567 |
|
2002/03 |
235.516 |
93.526 |
893 |
44.731 |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística.
Personal docente de enseñanza primaria, secundaria y superior
|
Año |
Enseñanza primaria |
Enseñanza secundaria |
Enseñanza superior |
|
1995/96 |
13.254 |
4.776 |
1.285 |
|
1996/97 |
13.310 |
5.064 |
1.341 |
|
1997/98 |
13.376 |
5.226 |
1.408 |
|
1998/99 |
13.604 |
5.372 |
1.385 |
|
1999/00 |
13.782 |
5.557 |
1.483 |
|
2000/01 |
13.329 |
5.467 |
1.495 |
|
2001/02 |
13.508 |
5.550 |
1.561 |
|
2002/03 |
13.678 |
5.749 |
1.519 |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística.
736.Al comparar los datos relativos a la enseñanza primaria y secundaria se observa que en los últimos ocho años ha descendido el número de alumnos matriculados en la enseñanza primaria, mientras que el número de alumnos que cursan enseñanza secundaria aumenta de forma continua.
737.En el último decenio, el número de alumnos matriculados en escuelas primarias alcanzó el 96% de los niños en edad escolar (7 a 14 años). Se prevé que la ampliación de la enseñanza obligatoria:
-Aumente la cobertura actual del 82,23% en el año anterior a ingresar en la escuela hasta el 100%;
-Mejore la estructura de la población en materia de educación;
-Fortalezca la educación básica;
-Aumente las oportunidades de orientación profesional;
-Facilite la transición de la enseñanza elemental a la secundaria;
-Logre la continuidad de los programas;
-Mejore la utilización de la capacidad educacional en las zonas rurales.
Número de alumnos que terminaron su educación entre 1995/96 y 2002/03
|
Enseñanza primaria |
Enseñanza secundaria |
Enseñanza profesional |
Enseñanza superior |
Doctorados |
Másters o especializaciones |
||||||
|
Total |
Ciencias naturales y matemáticas |
Carreras técnicas |
Medicina |
Ciencias biotécnicas |
Ciencias sociales |
||||||
|
1995/96 |
29.871 |
18.388 |
671 |
2.527 |
153 |
688 |
259 |
190 |
1.237 |
51 |
43 |
|
1996/97 |
30.522 |
18.787 |
528 |
2.597 |
165 |
743 |
380 |
169 |
1.067 |
56 |
77 |
|
1997/98 |
30.252 |
19.790 |
436 |
2.564 |
246 |
722 |
315 |
139 |
1.142 |
51 |
76 |
|
1998/99 |
30.389 |
20.515 |
447 |
3.288 |
205 |
688 |
292 |
168 |
1.935 |
34 |
106 |
|
1999/00 |
30.564 |
21.510 |
402 |
3.338 |
248 |
678 |
323 |
142 |
1.947 |
46 |
74 |
|
2000/01 |
30.252 |
22.724 |
300 |
3.180 |
236 |
573 |
295 |
132 |
1.944 |
68 |
156 |
|
2001/02 |
31.090 |
23.051 |
324 |
3.294 |
246 |
530 |
287 |
147 |
2.084 |
51 |
96 |
|
2002/03 |
30.095 |
23.851 |
226 |
4.178 |
280 |
612 |
306 |
213 |
2.767 |
59 |
61 |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística
En el cuadro anterior se observa que en los años recientes se ha producido una tendencia al alza de los estudiantes que han terminado ocho años de enseñanza primaria y han proseguido su educación.
Número de alumnos matriculados en escuelas primarias especiales
|
Total |
Macedonios |
Albaneses |
Turcos |
Serbios |
|
|
1996/97 |
1.370 |
1.311 |
59 |
- |
- |
|
1997/98 |
1.429 |
1.362 |
67 |
- |
- |
|
1998/99 |
1.353 |
1.269 |
84 |
- |
- |
|
1999/00 |
1.281 |
1.171 |
110 |
- |
- |
|
2000/01 |
1.342 |
1.144 |
198 |
- |
- |
|
2001/02 |
1.290 |
1.097 |
193 |
- |
- |
|
2002/03 |
1.198 |
1.093 |
105 |
- |
- |
Número de alumnos matriculados en escuelas de adultos
|
Total |
Macedonios |
Albaneses |
Turcos |
Serbios |
|
1996/97 |
1.127 |
892 |
235 |
- |
- |
|
1997/98 |
1.682 |
1.084 |
598 |
- |
- |
|
1998/99 |
1.608 |
1.117 |
491 |
- |
- |
|
1999/00 |
1.272 |
961 |
311 |
- |
- |
|
2000/01 |
1.137 |
810 |
327 |
- |
- |
|
2001/02 |
686 |
481 |
205 |
- |
- |
|
2002/03 |
552 |
367 |
185 |
- |
- |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística.
738.Se prevé que en el futuro inmediato se reduzca el número de jóvenes en relación con el número de adultos y ancianos. Esta tendencia ha determinado en buena medida la formulación de la política educativa del Estado, en especial en lo referente a la red de proveedores de servicios educativos y su capacidad de adaptación, así como las particularidades y el carácter de las oportunidades educativas que debe proporcionar el Estado en el futuro.
739.En lo que se refiere a la enseñanza secundaria académica y profesional, la tendencia es al aumento de la calidad de la enseñanza y a atender a las necesidades del mercado laboral. Las novedades más importantes son programas y planes de estudio nuevos mediante los cuales se ofrece a los estudiantes mayores oportunidades para elegir materias. De este modo se equilibrará el número de alumnos de enseñanza secundaria y de enseñanza secundaria profesional. También se establecen exámenes nuevos de graduación y finales, de conformidad con la modificación del programa y el proceso de las escuelas secundarias y de la enseñanza secundaria de cuatro años. La implantación y ejecución de estos exámenes mejorará en buena medida la calidad de la educación secundaria y facilitará la matrícula en la enseñanza superior.
740.Se prevé que en el futuro próximo una de las principales dificultades a que se enfrentarán los encargados de elaborar la política educativa y del sistema educativo en general es la de mejorar el nivel de educación de los jóvenes y adultos, en especial el aumento de la calidad de sus competencias especializadas y laborales, así como sociales. Según los datos correspondientes a 2002, la mayoría de las personas desempleadas han cursado como máximo la enseñanza secundaria de cuatro años (98,16%), mientras que sólo el 1,84% han terminado la enseñanza superior y universitaria. Por lo tanto, el concepto de enseñanza y capacitación permanente debe contribuir a establecer un vínculo dinámico entre la educación, por una parte, y el mercado laboral y los cambios sociales, por otra.
Sueldos de los maestros de enseñanza primaria y de los profesores de enseñanza secundaria comparados con los sueldos de los funcionarios públicos
|
Maestros de enseñanza primaria |
Profesores de enseñanza secundaria |
Funcionarios públicos |
|
Enseñanza superior: 9.600 denar |
Enseñanza universitaria: 11.973 denar |
Enseñanza secundaria: 6.615 denar |
|
Enseñanza universitaria: 11.200 denar |
Enseñanza universitaria Asesores: 13.377 denar Funcionarios superiores: 11.956 denar Funcionarios subalternos: 10.780 denar |
Sueldos del personal docente de enseñanza superior (al principio de la carrera):
-Ayudante subalterno: 15.469 denar;
-Ayudante: 15.718 denar;
-Profesor: 20.708 denar;
-Catedrático (nivel inicial): 22.455 denar;
-Catedrático: 24.950 denar.
741.El sueldo neto de los docentes de todos los niveles de enseñanza, así como de los funcionarios, se incrementa un 0,5% por cada año de antigüedad.
742.Los docentes que trabajan en zonas montañosas y fronterizas reciben un complemento por condiciones de trabajo difíciles. Esto también se aplica a los que trabajan en aulas combinadas (varios grados).
743.Se prevé que la situación material y profesional de los maestros de primaria y los profesores de secundaria mejore con el perfeccionamiento y la adquisición de titulaciones (ayudante, maestro o profesor y asesor), lo cual puede aumentar su motivación porque representará una distinción no sólo en lo que se refiere a su titulación sino también al sueldo que perciben.
744.Los sueldos y los complementos de los funcionarios públicos aumentarán de conformidad con los fondos asignados a esos efectos en el presupuesto del Estado. Este proceso terminará el 31 de marzo de 2006.
745.Ello se lleva a cabo de conformidad con la normativa jurídica y los colectivos concertados con el sindicato (Sindicato de Educación, Ciencia y Cultura). En el período de que se informa se están introduciendo modificaciones en el convenio colectivo (que se prevé concluyan en 2005).
746.La autonomía de las instituciones de enseñanza superior se manifiesta en la administración de fondos sustanciales y de sus ingresos.
Presupuesto de educación de la ex República Yugoslava de Macedonia
Financiación
747.La inversión en educación, capacitación, ciencia e investigación es siempre rentable y el factor más importante de la competencia y la competitividad nacional y, por lo tanto, del desarrollo sostenible del país. Ello exige una financiación sólida del Ministerio de Educación y que se le preste el apoyo presupuestario adecuado. Si se tiene en cuenta que este sector se financia exclusivamente mediante fondos públicos, sin duda la responsabilidad de esas inversiones recae en el sector público.
748.Habida cuenta de que se prevé una mayor presión en la asignación de fondos para educación y capacitación de adultos, así como para investigación pública, será necesario revisar y aumentar el presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia, así como hallar fuentes alternativas de financiación.
749.Situación actual:
-En 2003 el presupuesto de educación representaba el 3,49% del PIB;
-En el período comprendido entre 1996 y 2003 el presupuesto de educación disminuyó un 0,77%;
-Del total del presupuesto de educación, el 59,15% se destina a la enseñanza primaria, el 22,66% a la enseñanza secundaria, el 12,46% a la enseñanza superior, el 1,92% a becas de primer nivel y el 3,81% a becas de nivel superior;
-De los fondos asignados a las escuelas, el 80% se destina a sueldos, mientras que en la enseñanza superior ese porcentaje supera el 90%.
(Fuente: Ministerio de Finanzas.)
750.El Ministerio de Educación y Ciencia tratará de asegurar una entrada mayor de fondos y una mejor distribución de los recursos coordinando mejor la ejecución de actividades, reduciendo los gastos innecesarios, cooperando con las autoridades locales, cooperando con fundaciones e instituciones internacionales y coordinando medidas conjuntas, cooperando con el sector no gubernamental y aprovechando los conocimientos especializados nacionales.
751.Será particularmente importante definir un sistema claro de financiación en el proceso de descentralización de la educación. Aunque en las zonas rurales poco pobladas la educación es más costosa, ello no debe ir en detrimento de la calidad de la educación y la formación ni utilizarse para negar el derecho inherente a la educación para todos. A ese respecto, la distribución de los fondos se realizará de modo eficaz, rentable y justo, sobre la base de la prioridad del Estado, y teniendo en cuenta al mismo tiempo la capacidad económica de los municipios y de la población, en particular de los grupos marginados, sobre la base de criterios objetivos. Con tal fin, será necesario fortalecer la supervisión de la política tributaria y social y el imperio de la ley en el sector económico de cada uno de los municipios. Habrá que abandonar la distribución lineal de los fondos e instaurar un sistema de financiación que estimule la calidad y desaliente el trabajo de poca calidad y las irregularidades en los centros educativos. Asimismo, la distribución de los fondos debe seguir la lógica de dar preferencia a las prioridades estatales.
752.Se llevará a cabo financiación parcial sobre la base de una distribución de los fondos del presupuesto central a los municipios en forma de consignaciones en bloque. El criterio básico aplicable a este tipo de financiación será el número de alumnos, el estado de la infraestructura y la calidad del proceso educativo, determinado mediante controles externos y observando la movilidad vertical de los alumnos.
Construcción y reconstrucción de escuelas
753.Hay un número elevado de edificios escolares que no reúnen las normas técnicas ni de higiene, y hay un número incluso mayor donde el espacio es insuficiente, así como el material escolar, los recursos básicos y los instrumentos de enseñanza. Hay un número significativo de escuelas que carecen de gimnasio. El 50% de los edificios escolares necesitan una renovación técnica y en algunos lugares es preciso construir edificios nuevos.
754.Existe una red sólida de escuelas primarias y secundarias, así como de enseñanza del primer grado al octavo grado, en los municipios rurales grandes. No obstante, debido a la falta de transporte plenamente organizado, los alumnos procedentes de poblaciones rurales pequeñas se ven obligados a trasladarse a la escuela a pie.
755.En las escuelas ruinosas la enseñanza se imparte en condiciones difíciles. En 30 escuelas primarias y 2 secundarias se están construyendo edificios nuevos. Se están reconstruyendo, rehabilitando y ampliando los edificios de 60 escuelas primarias y 2 secundarias, según las prioridades determinadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Sistema de becas
756.En lo que se refiere al nivel académico de los alumnos, el Ministerio de Educación y Ciencia anuncia cada año un concurso abierto para alumnos destacados, a quienes se conceden becas para sufragar su educación, ampliar sus conocimientos y mejorar su integración en la sociedad. El concurso se organiza de conformidad con la Ley de nivel académico de los alumnos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 37/1998). Se prevé que en 2005 se aprueben dos leyes nuevas para los distintos niveles de enseñanza.
757.El Ministerio de Educación y Ciencia no concede las becas sobre la base del origen étnico de los alumnos.
758.Una vez graduados, los becarios pueden recibir un certificado del Ministerio de Educación y Ciencia que les da prioridad en el empleo.
759.El Ministerio de Educación y Ciencia concede créditos para la educación de los alumnos de familias que tienen ingresos bajos.
760.Con el fin de ayudar y estimular a los jóvenes, el Ministerio de Educación y Ciencia presta también asistencia financiera para sufragar los gastos de estancia o viaje al lugar de estudio.
761.Por decisión del Gobierno, también se conceden becas a alumnos de origen étnico macedonio que son ciudadanos de Albania, Bulgaria y Grecia, que estudien en la Universidad de Skopje "San Cirilo y San Metodio", en la Universidad de Bitola "San Clemente de Ohrid" y en la Facultad de Teología de Skopje.
762.El concurso para la obtención de becas en el curso académico 2004/05 se realizó de conformidad con el artículo 66 de la Ley de organización y funcionamiento de los órganos de administración del Estado (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 58/2000) y el artículo 50 de la Ley de nivel académico.
763.En este concurso se concedieron 500 becas a alumnos destacados de enseñanza secundaria, becas a alumnos destacados del segundo al cuarto año de enseñanza superior, préstamos a alumnos del segundo al cuarto año de enseñanza terciaria y 35 becas a estudiantes de profesiones en que hay escasez de personal, para hacer cursos y materias que no se ofrecen en las universidades de Macedonia. Todas las becas y préstamos se concedieron de conformidad con las condiciones establecidas en las leyes señaladas.
764.La comunidad internacional participa en el sistema de becas en todos los niveles educativos. El United World College hace una aportación significativa en apoyo de alumnos de enseñanza secundaria: diploma de enseñanza secundaria internacional de tercer y cuarto grado. El número de becas para realizar estudios de posgrado proporcionadas por la Unión Europea y Estados como los Estados Unidos de América, el Japón y China es también significativo.
Cobertura de la enseñanza y abandono escolar
·La cobertura total de la enseñanza preescolar es del 18,67%;
·La cobertura del primer año anterior a la enseñanza primaria es del 82,23%;
·La cobertura de la enseñanza primaria es del 95%;
·La tasa de abandono escolar anual de los alumnos de enseñanza primaria es del 1,42%;
·La tasa anual de conclusión de los estudios primarios es del 0,29%;
·El porcentaje de niños que terminaron la enseñanza primaria y se matricularon en la enseñanza secundaria es el 83,35%;
·Las tasas de abandono escolar más elevadas se producen en la transición de la enseñanza primaria a la enseñanza secundaria y representan el 16,65%;
·La tasa anual de abandono escolar en la enseñanza secundaria es del 2,84%;
·La tasa anual de conclusión de la enseñanza secundaria es el 0,88%;
·Los estudiantes por cada 100.000 ciudadanos son de 3.043;
·La tasa de abandono escolar más baja corresponde a la población de origen macedonio y la más alta a la población romaní.
765.Como parte de sus actividades, el Ministerio de Educación y Ciencia ha preparado el Programa Nacional de Desarrollo de la Educación, 2005-2015, con arreglo al cual en los próximos diez años se prevén intervenciones en los ámbitos estratégicos clave siguientes:
·Educación para todos/asegurar la igualdad en la educación;
·Mejora del desarrollo intelectual y el estudio;
·Promoción de las oportunidades de participación;
·Promoción de la competencia educacional, cultural y económica de la sociedad macedonia;
·Fortalecimiento y promoción de la cooperación internacional;
·Fortalecimiento de la capacidad del Ministerio de Educación y Ciencia.
766.El Plan de acción en favor de los derechos del niño de la ex República Yugoslava de Macedonia para 2005 a 2015, que se encuentra en la etapa final de preparación, contribuirá también al cumplimiento de los objetivos estratégicos mencionados, en particular los que figuran en los párrafos 1, 2, 3 y 4.
Estadísticas sobre analfabetismo y abandono escolar en la ex República Yugoslava de Macedonia
|
Objetivo específico de la ex República Yugoslava de Macedonia |
Indicadores |
|
Asegurar que para 2015 todos los niños terminen la enseñanza primaria - Plan de acción para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo del Milenio |
Cobertura de la enseñanza primaria Porcentaje de alumnos matriculados en el quinto grado en comparación con el número de alumnos matriculados en el primer grado Porcentaje de personas mayores de 15 años que saben leer y escribir |
|
Indicador + |
|
|
Tasa de conclusión de la enseñanza primaria Tasa de matriculación en la enseñanza secundaria Parte del presupuesto, como porcentaje del PIB, destinado a educación |
Cobertura de la enseñanza primaria/porcentaje
|
1990 |
1991 |
1992 |
1993 |
1994 |
1995 |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
100,7 |
99,8 |
97,6 |
97 |
97 |
97,9 |
98,4 |
99,1 |
98,8 |
99,6 |
100,1 |
98,6 |
97,1 |
Proporción de alumnos que terminan el quinto grado de enseñanza primaria (en comparación con el primer grado)
|
1994/95 |
1995/96 |
1996/97 |
1997/98 |
1998/99 |
1999/00 |
2000/01 |
2001/02 |
2002/03 |
2003/04 |
|
93,63 |
95,52 |
96,42 |
95,36 |
96,20 |
96,85 |
97,75 |
96,87 |
95,21 |
95,41 |
Porcentaje de personas que saben leer y escribir
1994 |
2002 |
||||
|
Total |
Hombres |
Mujeres |
Total |
Hombres |
Mujeres |
|
94,04 |
97,19 |
90,94 |
96,38 |
98,29 |
94,47 |
Porcentaje de conclusión del octavo grado (en relación con el número de alumnos matriculados en el primer grado ocho años antes)
|
1997/98 |
1998/99 |
1999/00 |
2000/01 |
2001/02 |
2002/03 |
|
85,94 |
88,32 |
89,80 |
88,63 |
88,99 |
88,47 |
Porcentaje de matriculación en la enseñanza secundaria (en relación con el número de alumnos que terminaron la enseñanza primaria)
|
1998/99 |
1999/00 |
2000/01 |
2001/02 |
2002/03 |
2003/04 |
|
85,02 |
87,58 |
86,05 |
84,87 |
86,88 |
88,09 |
767.Alfabetización: en 2002 el 96,38% de los habitantes sabían leer y escribir. Según los datos estadísticos de que se dispone, hay 63.562 personas analfabetas mayores de 15 años (3,62%), lo cual representa una disminución de la tasa de analfabetismo en relación con el censo de 1994, en el que los analfabetos eran 87.749, es decir, el 5,96%. La tasa de analfabetismo más baja se da entre las personas de origen macedonio (2,33%), seguidas por las de origen serbio (3,79%), albanés (4,9%) y turco (7,34%); la tasa más alta corresponde a la población romaní (20,63%) (censo de 2002).
768.Estas estadísticas se obtuvieron aplicando un método inadecuado de determinar la tasa de analfabetismo de la población y se basan en las declaraciones de las personas respecto de su nivel de educación durante la elaboración del censo. Habida cuenta de que las personas que en 2002 no terminaron la enseñanza primaria fueron 170.200 (10,77%) y respecto de un número elevado de ellas cabría decir que sólo afirmaron a título indicativo tener cierto nivel de educación, el número de personas analfabetas del Estado es significativamente mayor.
769.En lo que se refiere a la estructura educacional de la población, el principal factor importante es que existe un número elevado de personas (mayores de 15 años) que carecen de educación (3,85%), tienen una educación elemental incompleta (10,77%) y han terminado la enseñanza primaria (34,77%). Por lo tanto, la necesidad de adoptar medidas para que todos los niños terminen la enseñanza primaria y también para que aumente el número de niños que cursan la enseñanza secundaria es más que evidente.
Población - Enseñanza terminada
|
Total |
Porcentaje |
|
|
Total |
1.579.500 |
100 |
|
Sin educación |
60.700 |
3,85 |
|
Enseñanza primaria incompleta |
170.200 |
10,77 |
|
Enseñanza primaria |
549.200 |
34,77 |
|
3 años de enseñanza secundaria |
168.000 |
10,64 |
|
4 años de enseñanza secundaria |
465.100 |
29,45 |
|
Enseñanza superior |
51.200 |
3,24 |
|
Enseñanza universitaria |
114.900 |
7,28 |
Abandono escolar
·En la enseñanza primaria, la tasa anual de abandono escolar es del 1,42%.
·La tasa anual de terminación de los estudios primarios es del 0,29%.
·El abandono escolar más numeroso se produce en la transición de la enseñanza primaria a la secundaria y representa el 16,65%.
·En la enseñanza secundaria, la tasa anual de abandono escolar es del 2,84%.
·La tasa anual de conclusión de los estudios secundarios es del 0,88%.
·La tasa de abandono escolar menor se observa en la población macedonia y la mayor en la población romaní.
·Sólo el 88,47% de la generación que ingresó en las escuelas primarias en el curso escolar 1997/98 consiguió terminar los estudios primarios en el período previsto.
·La situación en la enseñanza secundaria es similar a la de la enseñanza primaria. La generación que terminó los estudios en el curso escolar 2002/03 constituía el 89,24% de los alumnos que se habían matriculado en la enseñanza secundaria 4 años antes, pero sólo el 69,03% de la generación que se había matriculado en escuelas primarias 12 años antes.
(Fuente: Oficina Estatal de Estadística, 2002‑2004.)
770.En el futuro próximo, el Ministerio de Educación y Ciencia adoptará medidas para eliminar el abandono escolar y reducir el número de niños que no están incluidos en el proceso educativo.
771.La tasa total de abandono escolar en la enseñanza primaria y secundaria es del 18,32%, lo cual quiere decir que aumenta de forma constante el número de personas con escasa educación.
772.Si se tiene en cuenta el paso de alumnos de la enseñanza primaria a la secundaria, en una generación, los indicadores son incluso peores. Ello indica con claridad que el problema de la constante producción de un nivel educacional no satisfactorio, desde la perspectiva de las necesidades del mercado laboral moderno y la inclusión social, debe resolverse con urgencia. Por lo tanto, este problema debe tratarse como parte de las cuestiones prioritarias del sector de la educación. Para ello es necesario que aumente la eficacia y la calidad de los centros educativos, que se creen mecanismos de detección de los niños que no asisten a la escuela y que se adopten medidas para incluirlos o para lograr su reingreso.
773.En el futuro próximo es indispensable lograr dos objetivos generales: aumentar el nivel de educación de la población joven y adulta no incluida en el sistema educativo y mejorar sus competencias profesionales y sociales; eliminar las posibilidades de crear nuevas generaciones en situación de desventaja educacional.
774.El primer objetivo guarda relación con la necesidad de ejecutar actividades encaminadas a: aumentar la conciencia de los jóvenes y los adultos respecto de la importancia de la educación y la participación activa en los sectores académico y no académico que inciden en el aumento del nivel de educación y las competencias de la población; asegurar servicios financieros para todos los incluidos en las medidas; activar las formas existentes y determinar formas nuevas de financiar programas cuyo objeto sea la educación y la capacitación de la población desempleada.
775.El cumplimiento del segundo objetivo requiere medidas para eliminar todos los obstáculos que hacen la educación inaccesible o son causa de abandono escolar en todos los niveles de enseñanza.
776.Una de las medidas preventivas que han de aplicarse es aumentar la cobertura de la enseñanza preescolar. La baja cobertura hace que un número elevado de niños no esté suficientemente preparado para incorporarse al sistema educativo ordinario. Si se tienen en cuenta los resultados de los análisis de las tasas de éxito escolar, se observa que los niños que participaron en algún tipo de enseñanza preescolar obtienen mejores resultados en los otros niveles educativos y no abandonan la escuela. Esta medida reviste particular importancia para la preparación eficaz de los niños que pertenecen a comunidades no mayoritarias, que son los que reciben menor educación preescolar y los que presentan la mayor tasa de abandono escolar.
777.En el futuro inmediato se adoptarán medidas sistémicas para cambiar la estructura de la enseñanza primaria y secundaria y hacer frente a las causas del abandono escolar.
778.Para ello hace falta una intervención sistémica que en primer lugar haga frente a la cuestión de la duración de la enseñaza obligatoria, cosa que ya se ha hecho con la modificación de la Ley de enseñanza primaria, en virtud de la cual se introdujo la enseñanza primaria obligatoria durante nueve años.
Otros centros de enseñanza aparte de los establecidos por administraciones públicas
779.En el artículo 19 de la Constitución se garantiza la libertad de religión y su práctica libre y pública, individual o colectivamente. La Iglesia Ortodoxa Macedonia, así como la comunidad islámica de Macedonia, la Iglesia Católica, la comunidad judía y otras comunidades y grupos religiosos, son independientes del Estado e iguales ante la ley. Esas entidades pueden establecer escuelas religiosas y centros sociales y de beneficencia siguiendo los procedimientos prescritos por la ley.
780.Existen escuelas de enseñanza secundaria, religiosa y especial establecidas de conformidad con los derechos señalados.
Alumnos matriculados en escuelas secundarias religiosas y especiales, 2002/03
|
Alumnos |
Terminaron los estudios |
||
|
Total |
Terminaron el curso escolar |
||
|
Total de escuelas secundarias religiosas |
286 |
274 |
62 |
|
Escuelas secundarias ortodoxas |
82 |
81 |
18 |
|
Escuelas secundarias islámicas |
204 |
193 |
44 |
|
Escuelas especiales |
300 |
290 |
89 |
Fuente: Oficina Estatal de Estadística.
Centros educativos privados de la ex República Yugoslava de Macedonia
781.De conformidad con el artículo 10 de la Ley de enseñanza secundaria y el artículo 5 de la enmienda de esa ley (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 67/2004), tanto los nacionales de Macedonia como los extranjeros y las personas jurídicas pueden establecer una escuela de enseñanza secundaria privada, previa aprobación. El Ministerio de Educación y Ciencia acreditó a tres escuelas privadas de enseñanza secundaria general. En dos de ellas la enseñanza se imparte en inglés y en una en inglés y turco.
|
Escuelas secundarias privadas |
Número de alumnos en el curso escolar 2001/02 |
Número de alumnos en el curso escolar 2004/05 |
|
Escuela secundaria privada Jahja Kemal |
526 |
771 |
|
Skopje 336, Gostivar 190 y Struga 190 |
||
|
Escuela secundaria privada norteamericana Nova - Skopje |
170 |
223 |
|
American International School of Macedonia - Skopje |
12 |
25 |
782.El proceso de acreditación de escuelas de formación profesional secundaria privadas (escuelas de economía) está en marcha en el Ministerio de Educación y Ciencia.
783.Además de en las universidades del Estado, los estudiantes también se pueden matricular en instituciones privadas de estudios superiores, siempre y cuando reúnan los requisitos que dispone la Ley de enseñanza superior y tengan la aprobación de la Administración del Estado. Los fundadores de estos establecimientos han de habilitarlos para las actividades pedagógicas, científicas y artísticas conforme a la Ley de enseñanza superior y a las normas correspondientes.
784.En el proceso ya iniciado de fundar establecimientos privados de enseñanza superior, lo más frecuente es que sean dependencias de universidades extranjeras renombradas cuyos egresados tienen un perfil particular en informática, gestión administrativa, ciencias humanas y demás. Hasta la fecha, se han acreditado una universidad privada (la universidad de Europa sudoriental) y una facultad privada (la de ciencias sociales). Está en marcha el proceso de acreditación de otras instituciones privadas.
Enseñanza de los grupos desprotegidos y los niños con necesidades especiales
785.Para contribuir a la cabal emancipación e integración social de los romaníes, la ex República Yugoslava de Macedonia es uno de los países que participan en el proyecto internacional un decenio de inclusión romaní. El Ministerio de Trabajo y Política Social está encargado de las actividades oficiales que se realicen durante el decenio. A este respecto, se han elaborado la estrategia nacional y planes para los romaníes en diversos aspectos como la educación, el empleo, la salud o la vivienda.
786. El plan educativo, NAPE, elaborado por el grupo de trabajo nacional, se refiere a todos los niveles de enseñanza: preescolar, primario, secundario y superior.
787.En vista de que el fomento del estatus económico, lo que quiere decir principalmente el empleo, es una de las claves del fomento de la emancipación e integración de los romaníes, la Oficina de Empleo interviene en las actividades del decenio de los romaníes. En este sentido, se han tomado disposiciones para orientarlos en los clubes de trabajadores de modo que adquieran conciencia de sus derechos y deberes de desempleados y empleados. El objeto de estas actividades es potenciar a los romaníes para que estén mejor integrados en el mercado laboral, promover una actitud más dinámica hacia la búsqueda de empleo y el trabajo. Debido al escaso nivel de calificación de la población romaní, es preciso que participen en todos los tipos de formación profesional y capacitación. Por lo tanto, la Oficina de Empleo está esforzándose por facilitar su acceso a los programas de formación, readiestramiento y perfeccionamiento y por incrementar su participación en ellos.
788.Las autoridades competentes están haciendo esfuerzos especiales para favorecer a la comunidad romaní, cuya integración social evidentemente es difícil.
789.Para motivar a los alumnos romaníes a ir a la escuela secundaria, en colaboración con Soros y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), desde 2004 la Oficina de desarrollo y promoción del estudio en el idioma de las distintas comunidades, una dependencia del Ministerio de Educación y Ciencia, ha estado ofreciendo becas a 200 estudiantes romaníes matriculados en el primer año de secundaria. Además, también se les ayuda a mejorar su rendimiento con el asesoramiento de mentores.
790.En consonancia con la Ley de enseñanza secundaria, además de escuelas secundarias, liceos profesionales o de arte, existen institutos para quien tiene necesidades especiales.
791.Los institutos para esos alumnos siguen programas adaptados para ciertos oficios y de adiestramiento para el empleo.
792.Se dicta una enseñanza secundaria especial a los alumnos que tienen necesidades especiales inscritos y clasificados por el tipo y el grado de la discapacidad.
793.El Ministerio de Educación y Ciencia aprueba la normativa sobre el número de alumnos que necesitan una enseñanza especial.
794.Los alumnos o alumnas de esta categoría se podrán matricular en el primer año de enseñanza secundaria pública, siempre y cuando no hayan cumplido 25 años.
795.El Ministerio de Educación y Ciencia subvenciona la publicación de los libros de texto para los niños que necesitan una educación especial.
796.Hay que mejorar la infraestructura de estas escuelas para que estén mejor habilitadas para atenderlos.
797.Se espera que el programa nacional de desarrollo de la educación de 2005 a 2015 y el Plan de Acción en favor de los derechos del niño de la ex República Yugoslava de Macedonia para 2005‑2015 (que se encuentra en la etapa final) ayuden a superar los dos problemas mencionados.
La asistencia internacional y el apoyo a la educación
798.La asistencia financiera y profesional recibida de la Unión Europea tiene una gran importancia para el proceso de ajuste del sector educativo a las nuevas reformas técnicas y tecnológicas en los institutos profesionales. La más importante es el apoyo de los programas de la Comunidad Europea para intensificar los preparativos de la ampliación (PHARE), a saber, PHARE/VETI y PHARE/VETII, así como los proyectos CARDS, CARDS/VET3 y el próximo CARDS/VET4. El papel del Observatorio Nacional de Macedonia, que pertenece a la red de observatorios nacionales que respalda la Fundación Europea de Formación desde Turín, es importante para colmar las necesidades del mercado de trabajo a través de la formación profesional y la capacitación. También contribuyen a ello los proyectos y programas de otros países e instituciones y fundaciones internacionales como USAID, el Open Society Institute - Macedonia (los institutos como este son el centro neurálgico de la red de fundaciones Soros, un grupo de fundaciones y organizaciones autónomas en más de 50 países), el Organismo Alemán de Cooperación Internacional o Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ), los Países Bajos, Italia, el Japón, China.
799.Como parte de PHARE/VET1 y PHARE/VET2, se ha preparado un borrador de la estrategia de formación profesional y capacitación, se ha discutido lo pertinente al mercado de trabajo y se han hecho ponencias sobre el mejoramiento de los currículos, la formación de los instructores y administradores escolares, así como sobre la formación de alianzas internacionales y la compra de equipo. También se ha elaborado un proyecto de ley sobre la formación profesional y la capacitación en la secundaria, así como un concepto de la formación profesional y la capacitación después de la secundaria, la formación continuada de los profesionales encargados de la formación profesional y de la capacitación, para establecer un sistema nacional de calificación y normas y un programa para los años de estudiante.
800.El proyecto CARDS/VET3, que se está ejecutando, aprovecha los resultados, logros y recomendaciones de PHARE/VET1 y PHARE/VET2. En este proyecto de reforma participan 56 institutos profesionales de un total de 91 centros educativos. El propósito del programa es satisfacer las demandas del Ministerio de Educación y Ciencia de capacitación del personal en conocimientos y aptitudes adecuados en materia del desarrollo industrial y tecnológico moderno, así como en cuanto a las necesidades y exigencias del mercado laboral.
801.Como parte del proyecto se prevé instituir un grupo sobre la política de formación profesional y capacitación para que procure involucrar a la contrapartida de los demás ministerios, organismos del Estado, asociaciones, fundaciones, asociaciones ciudadanas, sindicatos, empleadores, representantes de la Unión de Estudiantes Secundarios y las ONG.
802.El proyecto de la fundación Soros ha producido currículos para diez institutos profesionales, basados en el modelo PHARE/VET1. Esos institutos van a participar directamente en las actividades de capacitación magisterial en VET3.
803.La Fundación Europea de Capacitación, por conducto del Observatorio Nacional de Macedonia y en el marco del Ministerio de Educación y Ciencia, ejecuta los proyectos siguientes:
-El marco nacional de calificación;
-El manual de orientación profesional (el proyecto terminó en diciembre de 2004) destinado a apoyar el desarrollo de modernos servicios profesionales y oficios;
-Se espera concluir en junio de 2005 un informe sobre el mercado laboral de la República de Macedonia, que debe de contribuir a la reforma de la formación profesional y la capacitación.
804.Todos estos proyectos entrañan la recopilación y el análisis de datos sobre el estado de esta formación y capacitación, la observación de las tendencias del mercado laboral ‑la oferta y la demanda de mano de obra, la reunión y difusión de información sobre la formación profesional y la capacitación y la relación con el mercado de trabajo y los factores pertinentes en el país, así como sobre la función y la participación de los agentes sociales en todos los procesos de desarrollo.
805.Consecuencia directa del programa VET3 es el proyecto de GTZ referente al proceso de modernización de la formación en electricidad y técnica, mecánica y técnica automotriz durante dos y tres años en los institutos profesionales. Se espera que este proyecto (que originalmente iba a terminar en febrero de 2005) continúe un tiempo más, debido a su satisfactoria implementación y lo atractivo de sus resultados para el mercado laboral.
806.USAID está financiando la ejecución de los siguientes proyectos de educación.
807.Actividades de formación profesional en la secundaria, que comprenden:
·La formación de docentes en 50 institutos profesionales para que se familiaricen con el contexto pedagógico.
·La creación de centros para el desarrollo de la carrera profesional en tres aspectos:
La creación de centros profesionales en todas las escuelas, de empresas virtuales en seis institutos de economía, que formarán parte del proyecto ECONET que ejecuta en el país la organización austríaca Kultur Kontact, y la creación de verdaderas empresas en 44 liceos profesionales, cuya esfera comercial ha de corresponder a los oficios y la formación que ofrece la escuela y que pondrán en el mercado productos y servicios verdaderos y un plan de negocios previo para que la empresa sea un éxito comercial.
·El programa de formación de directores de escuela (deber legislativo normado por la enmienda de la Ley de enseñanza secundaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 67/2004, art. 42, párr. 2) y la enmienda de la Ley de enseñanza primaria (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 63/04, art. 59, párr. 2)). En la enmienda de estas leyes se dispone que, entre otras cosas, los futuros directores han de aprobar el examen correspondiente.
·El programa de e-escuelas respalda la introducción de la informática en las escuelas básicas y secundarias de aquí a 2007 y tiene que ver con la instalación y conexión del equipo, que es una donación de la República Popular China: 2.000 computadoras para las escuelas secundarias y 3.300, para las escuelas básicas. Una parte del programa consiste en adiestrar a los docentes para que incorporen la informática en el proceso educativo.
·USAID también dirige un programa que permitirá el acceso a Internet en todas las escuelas básicas y secundarias de la zona central de la ex República Yugoslava de Macedonia de aquí a 2007.
808.Se está ejecutando el proyecto de modernización de la enseñanza con un préstamo del Banco Mundial y donaciones del Gobierno de los Países Bajos. Los procesos de descentralización comienzan con este proyecto y, al mismo tiempo, se hace un importante aporte a la adaptación de la educación y la formación a los nuevos procesos tecnológicos e industriales. El principal objetivo de este proyecto es reformar la formación básica superior y la formación secundaria superior. Se trata:
-De la calidad de la instrucción;
-Del sistema de evaluación (sistema externo de calificaciones);
-Del sistema de acreditación de los proveedores de servicios ‑instituciones y programas;
-De un sistema independiente y sostenido de formación docente en el empleo;
-Del marco institucional (adaptado a las tendencias modernas del proceso educativo y a las exigencias del mercado laboral actual).
En febrero de 2004, fue aprobado un Plan nacional de empleo para 2004 y 2005, de conformidad con las directivas de empleo de la Unión Europea y con el apoyo del proyecto CARDS de asistencia técnica para el desarrollo de las instituciones a fin de respaldar la política laboral. Entre otras cosas, en el Plan se fijan las siguientes medidas como de importancia para incrementar la tasa de empleo: la formación profesional y la capacitación, y el aprendizaje durante toda la vida; el desarrollo de iniciativas estratégicas junto con los agentes sociales; el mejoramiento de la calidad y la productividad del trabajo; la adaptación al cambio y el mejoramiento de la adaptabilidad y la movilidad en el mercado laboral.
809.Las medidas indicadas son los imperativos más importantes definidos en el programa de desarrollo de la educación de 2005 a 2015, que se basa en las demandas del mercado laboral y el ajuste a los cambios en la industria y la tecnología.
810.La Declaración de Bolonia, en que se contempla la aplicación del sistema de transferencia de créditos al nivel de los liceos profesionales, también ayudará a adaptar la educación y la formación a los cambios en la industria y la tecnología.
811.Se espera que la reforma, llevada a cabo con apoyo internacional, permita una mejor transición de los alumnos de liceos profesionales a las escuelas de estudios superiores. La adaptación se efectúa estableciendo vínculos entre los centros superiores y el sector de la economía, creando centros de investigación o de otras formas, de modo que los resultados de las investigaciones puestos en relación con la economía y aplicados a ella impulsen más el desarrollo económico del país.
812.Con el fin de ajustar el programa académico de los establecimientos de estudios superiores a las necesidades de la economía, se han revisado los programas de estudios en las Facultades de Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Mecánica, Agronomía y Alimentación, e Ingeniería Civil en Skopje, así como en la Facultad Tecnológica y la Facultad de Biotecnología en Bitola. En conformidad con la enmienda de la Ley de enseñanza superior, se han introducido en estas facultades programas de tres años de estudios profesionales y de estudios profesionales superiores que responden a las necesidades de la economía. Desde octubre de 2004, la Universidad del Estado en Tetovo tiene una escuela politécnica en que se dictan programas de tres años de estudios de ingeniería civil y tecnología de los alimentos.
813.Como ya se ha cerrado o reestructurado (privatizado y demás) una gran parte de la enorme capacidad industrial del país, los alumnos de las escuelas superiores deberían aprender a adaptarse a las nuevas condiciones del mercado (pequeñas y medianas empresas). Por ende, se han de adaptar no sólo los programas de estudio, sino también los métodos didácticos.
ARTÍCULO 15 DEL PACTO
Los derechos culturales y la forma de ejercerlos
814.En la Constitución se dispone que los derechos culturales forman parte de las libertades y los derechos fundamentales del hombre y del ciudadano y, por tanto, la Constitución garantiza la libertad de creación científica, artística o de otra índole, o sea, garantiza los derechos derivados de la creación intelectual de tipo científico, artístico u otro. Al mismo tiempo, el Estado fomenta, asiste y protege el desarrollo de la ciencia, las artes y la cultura.
815.Por otro lado, se garantiza a los ciudadanos la libertad de asociación a fin de que ejerzan y se protejan sus derechos y convicciones políticos, económicos, sociales, culturales o de otra índole.
816.En la Constitución y las enmiendas constitucionales20 se contempla, como parte de los derechos culturales, que las minorías nacionales, es decir, las comunidades, tienen el derecho de expresar, promover y desarrollar libremente su identidad y su propia idiosincrasia y fundar sus instituciones culturales, artísticas y educativas, así como asociaciones científicas u otras para expresar, fomentar y desarrollar su identidad. Por otro lado, el Estado garantiza la protección, la promoción y el enriquecimiento del acervo histórico y artístico de todas las comunidades en Macedonia, así como de los distintos elementos constitutivos de éste, sin tener en cuenta su estatus jurídico.
817.El Estado se encarga de la condición y los derechos de los habitantes de Macedonia en los países limítrofes u otros países, promueve su desarrollo cultural y afianza los vínculos con ellos. También se interesa en los derechos culturales, económicos y sociales de los ciudadanos del país que residen en el extranjero.
818.El concepto de valores fundamentales de carácter constitucional, o sea, las libertades y los derechos fundamentales del hombre y del ciudadano, reconocidos en el derecho internacional y en la Constitución, desde el punto de vista de los derechos culturales del hombre y del ciudadano, se establece y desarrolla en la Ley de la cultura (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 66/2003 ‑texto consolidado), como una ley básica sobre la creación, la divulgación de las creaciones artísticas y la protección y el uso de las creaciones, y en la Ley de derechos de autor y derechos conexos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 47/1996, 3/1998 y 98/2002).
819.En la Ley de la cultura, que se basa en las disposiciones constitucionales en este ámbito explicadas más arriba, se fijan las bases de la cultura como valor fundamental de la ex República Yugoslava de Macedonia, las formas y la financiación de la cultura, así como otras cuestiones pertinentes a ésta.
820.Conforme a la ley, las actividades culturales se realizan en base a la igualdad de todas las entidades ‑las personas físicas o jurídicas realizan las actividades culturales en las mismas condiciones. La igualdad de las personas físicas fomenta el concepto civil de cultura, según el cual todo ciudadano del país, independientemente de su origen, raíces étnicas, sexo u otros rasgos, goza de los mismos derechos que garantiza la ley en relación con la creación y el usufructo de la cultura. Por lo general, el principal sujeto de la cultura es el ciudadano como creador y beneficiario de ella, sin tener en cuenta su estatus o afiliación en cualquier aspecto.
821.El derecho, garantizado constitucionalmente, a la libertad de crear es el derecho básico que sustenta todos los demás.
822.El propósito, dispuesto en la Ley de la cultura, de apoyar la creación y la protección de valores culturales superiores y su utilización más general, así como de fomentar la diversidad y la variedad de la cultura, en realidad consiste en implementar la posición del Estado, proclamada en la Constitución, hacia la cultura, de acuerdo con la cual éste garantiza la existencia de ciertas relaciones en beneficio de la cultura y la protección de ciertos valores basados en la noción del interés nacional en la cultura.
823.El interés nacional en la cultura es común a los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia y es preciso representarla constantemente y que todos los ciudadanos tengan acceso a ella en las mismas condiciones.
824.La cultura, como una esfera de acción humana, siempre es única o, puesto en forma condicional, siempre es individual porque quien la crea (el autor o ejecutante) sólo puede ser una persona física (un ser humano). La creación de una obra es el fruto de la decisión de su autor o ejecutante.
825.En la Ley de la cultura se definen a grandes rasgos los ejecutantes de la cultura: el autor, las instituciones u otras personas jurídicas o físicas; en ella se definen las condiciones y formas de representar la cultura, en particular la gestión y las decisiones que se adoptan, los fondos y las fundaciones culturales. Esto quiere decir que todo aquel que reúna determinadas condiciones se podrá inscribir y realizar actividades de orden cultural y todos podrán solicitar fondos con cargo al presupuesto del Estado, utilizando el procedimiento previsto para ello y en igualdad de condiciones y control.
826.Conforme a la Ley de la cultura, la divulgación, protección y utilización de las obras creadas se refiere a las actividades culturales de música, impresión, teatro, ópera, danza, bailes típicos, cinematografía, biblioteconomía, museografía, filmoteca, centros culturales de la comunidad, obras arquitectónicas, el protagonismo en lo cultural y la protección del patrimonio cultural arquitectónico.
827.Con el fin de mejorar la calidad de la cultura como valor fundamental en la vida de los ciudadanos, fue aprobado el Programa nacional de cultura de 2004 a 2008 como un documento estratégico para el desarrollo cultural.
828.El Programa nacional de cultura está concebido en base a una percepción más amplia de la cultura como una manera en que, de acuerdo con las tradiciones de cada nación, se trasciende la realidad actual en forma creativa con nuevos logros y nuevos valores que promueven los derechos humanos y las libertades. Esta definición de la cultura está basada en diversos principios fundamentales como la asequibilidad, la diversidad, la transparencia, la responsabilidad y la flexibilidad. La asequibilidad de los valores culturales tiene que ver con que todos los ciudadanos ejerzan los derechos culturales mientras que la diversidad se refiere a fomentar la gran diferencia de identidades culturales, así como a la necesidad de ampliar el ámbito de las formas de crear y de la libertad artística.
829.El programa nacional tiene los siguientes objetivos:
-La descentralización de la cultura;
-La utilización de la cultura como un recurso para el desarrollo;
-La protección y creación del patrimonio cultural;
-El fomento de la obra de creadores contemporáneos, con particular insistencia en las necesidades culturales de la juventud;
-El restablecimiento de la dignidad de los creadores y la creación y el establecimiento de condiciones para producir y proteger valores culturales superiores;
-Una mejor gestión de la cultura.
830.Con las disposiciones constitucionales y la experiencia internacional en la esfera cultural como telón de fondo, el Estado tiene el deber de erigir la sociedad civil y apoyar a las ONG.
831.Como en la etapa precedente, no se prestó el apoyo necesario a este sector, en 2003 y 2004 el Ministerio de Cultura realizó actividades que estratégicamente apoyaban en gran medida las iniciativas culturales del sector no gubernamental.
832.Una de las prioridades del programa nacional de cultura es la cooperación con las ONG a fin de que tengan una mayor influencia en la cultura y participen activamente en la vida cultural.
833.En la Ley de organización y funcionamiento de los órganos de la Administración del Estado se disponen las facultades del Ministerio de Cultura. Con arreglo al artículo 26, está encargado de vigilar, analizar y proponer las acciones y medidas de desarrollo y promoción de la cultura; organizar, financiar y desarrollar la red de instituciones nacionales y financiar los programas y proyectos de interés nacional en el campo de la cultura; proteger el patrimonio cultural; lo pertinente a publicaciones, música, las artes escénicas, la cinematografía, exposiciones, bibliotecas, archivos, museos y archivos fílmicos; proteger los derechos de autor y los derechos conexos; celebrar eventos en los diversos monumentos y las personalidades de importancia nacional; supervisar el ámbito de la cultura y cumplir otras funciones que disponga la ley.
834.Conforme a la ley, el Ministerio de Cultura tiene una dirección de afirmación y promoción de la cultura de las comunidades. Las facultades de la dirección están definidas en la normativa pertinente al establecimiento y la organización del Ministerio, que dice que tiene las funciones siguientes: tareas técnico administrativas para fomentar y promover la identidad cultural de los integrantes de las comunidades; seguir la producción y el fomento de la cultura de los integrantes de las comunidades; alentar y promover la asistencia técnica y la cooperación internacional de los países limítrofes y Europa a fin de alimentar y hacer avanzar la identidad cultural de los integrantes de las comunidades.
835.Las facultades de los municipios en la esfera de la cultura están definidas en la Ley de la administración local (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 5/2002). Con arreglo al artículo 21, el municipio se encarga de reglamentar y realizar por su cuenta, en el marco de la ley, las actividades de interés público y local dispuestas en la ley o en otras disposiciones legislativas y responde de que se lleven a cabo.
836.En virtud del párrafo 5 del artículo 22 de la Ley referente al ámbito de la cultura, el municipio responde del apoyo institucional y financiero que se preste a las instituciones y los proyectos culturales, del fomento de la preservación del folclore, las costumbres, la artesanía y los valores culturales, de la organización de espectáculos culturales y del aliento de las diversas formas de crear.
837.Además de la Ley de la cultura, la presentación de obras culturales también obedece a:
-La Ley de museos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 66/2004);
-La Ley de bibliotecas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 66/2004);
-La Ley de protección del patrimonio cultural (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 20/2004);
-La Ley de monumentos y placas conmemorativos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia Nº 66/2004);
-La Ley del uso del idioma macedonio (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 5/1998, 33/1999 y 63/1999);
-La Ley de depósito forzoso de copias (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 11/1994).
838.El 15 de septiembre de 2004, la Asamblea de la ex República Yugoslava de Macedonia aprobó las leyes de museos, de bibliotecas y de monumentos y placas conmemorativos. Las disposiciones de estas leyes están acordes con la Constitución, la Ley de la cultura y la Ley de la administración local y se asemejan a la experiencia de otros países en la materia.
839.En estas leyes se garantiza que las administraciones locales tengan más facultades en materia de museos y bibliotecas para designar los órganos de gestión y gobierno, financiación y demás, así como competencia directa para colocar placas conmemorativas.
840.Además de constituir el fundamento jurídico para la descentralización, esas leyes son la base para la privatización de las bibliotecas y los museos, al ofrecer la oportunidad de fundarlos a las personas físicas y jurídicas extranjeras y nacionales.
La infraestructura institucional y la descentralización de la cultura
841.En las últimas enmiendas de la Ley de la cultura21 se fijan las condiciones para el rápido inicio de los procesos de descentralización de la cultura, de modo que las instituciones nacionales pasen a ser competencia del municipio. Posteriormente, se determinará si es preciso privatizar algunas de ellas.
842.La descentralización va a permitir que todos los ciudadanos participen por igual en la vida cultural, en calidad de creadores y de beneficiarios. Las instituciones culturales locales están en contacto directo con la ciudadanía y, por tanto, pueden saber con más exactitud sus necesidades culturales y la forma de atenderlas, de manera que la vida cultural se enriquezca, se diversifique, se dinamice y sea de mejor calidad.
843.Ante la necesidad de descentralizar el campo de la cultura y en base a análisis previos y las directrices sobre la organización de la red institucional en la República, la Administración decidió definir la red de instituciones nacionales en el ámbito de la cultura (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 43/2003), que dio lugar al inicio del proceso de descentralización en el campo de la cultura.
844.En virtud de la decisión, como una primera etapa de la descentralización, de un total de 115 instituciones, 51 se definen como nacionales y 48 como locales. Surgieron ciertas nuevas instituciones nacionales al fusionarse dos instituciones (por ejemplo, se fusionaron los teatros y las casas de la cultura, que se convirtieron en centros culturales).
845.De conformidad con el artículo 94 de la ley, los ayuntamientos han asumido los derechos de fundar 48 instituciones que existen como instituciones municipales (locales).
846.Estas instituciones todavía funcionan en base al régimen de transición puesto que en la Ley de la cultura se dispone que el gobierno y los ayuntamientos, en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor de la Ley de financiación de las dependencias de la administración local, convendrán, en un contrato, el traspaso de los bienes, del equipo, del personal, de los fondos y de las demás cosas pertinentes a la transmisión de los derechos de fundación para que las instituciones sigan funcionando como dependencias municipales. Mientras no se suscriba el contrato, se financiarán con cargo al presupuesto del Estado y funcionarán como instituciones nacionales.
847.Como la Ley de financiación de las dependencias de la administración local (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 61/2004) comenzará a aplicarse a partir del 1º de julio de 2005, en el presupuesto del Estado se incluyen partidas en concepto de remuneración y gastos de material, programas, calefacción y seguro, así como inversiones corrientes en 99 instituciones que tienen un total de 2.373 empleados, de los cuales 2.369 son de plantilla y 4, personal supernumerario.
848.El Ministerio de Cultura no dispone de datos y registros precisos sobre otras personas físicas y jurídicas, distintas empresas e instituciones comerciales que fueron inscritas para realizar actividades en el campo de la cultura.
849.Los datos a la disposición muestran que en el período precedente las instituciones privadas y las empresas comerciales fueron establecidas sobre todo con fines de publicar y filmar y como entidades culturales mientras que en otros sectores casi no hay empresas privadas. El Ministerio de Cultura financia los proyectos de las empresas privadas sólo si son de interés nacional, por licitación abierta, al igual que en el caso de las organizaciones y agentes culturales sin fines de lucro.
850.En estos momentos, en el ámbito nacional la cultura comprende 5 bibliotecas, 7 instituciones, 9 museos, 16 centros culturales, 6 teatros, 1 archivo fílmico, 1 sala de ópera y danza, 2 instituciones para actos de carácter internacional, el verano en Ohrid y los actos líricos vespertinos en Struga, 1 galería de arte y 1 institución para la escenificación y el fomento del folclore.
851.Localmente, hay 27 centros culturales (entre ellos, 3 universidades para obreros, centros culturales y centros para la niñez), 13 bibliotecas, 6 museos y 2 jardines zoológicos que la fomentan.
852.Las instituciones culturales se concentran en la capital, Skopje, y hay 30 en Bitola, Prilep y Kumanovo.
Disponibilidad de fondos para promover - financiar el desarrollo cultural
La estructura de la cultura
853.La cultura se financia sobre todo con cargo al presupuesto del Estado por conducto del Ministerio de Cultura. Con cargo a las partidas presupuestarias en concepto de cultura, se financian a cabalidad 99 instituciones (51 nacionales y 48 locales) que tienen 2.373 empleados, de los que 402 trabajan en las bibliotecas, 24 en la cinematografía, 1.289 en las artes escénicas, 271 en la preservación de los monumentos, 378 en las bellas artes y los museos y 9 en el ramo de los espectáculos culturales.
Financiación de la cultura con cargo al presupuesto oficial
854.El total de los fondos destinados al Ministerio de Cultura y las actividades en el ámbito de la cultura nominalmente va siempre en aumento, pero disminuye como parte del total del presupuesto del Estado. Así, ascendió al 1,8% del total de todo el presupuesto para 2003.
855.A continuación se desglosa la partida de cultura: 35,47% corresponde a sueldos mientras que el 50,44%, a programas y al costo efectivo de las actividades culturales.
Ingresos propios
856.Además de los recursos presupuestarios, aportan fondos a la cultura otras fuentes como patrocinadores o donantes y las actividades rentables como el arrendamiento de locales, la venta de boletos, los honorarios de miembros o los servicios.
857.Pese a que ha habido motivos jurídicos legítimos para obtener una reducción fiscal a cambio de invertir en la cultura, la inversión directa es exigua. Aparte de la inversión de fundaciones extranjeras, la de las nacionalesno es muy importante mientras que no se han creado fondos para financiar actividades específicas. Importante es la financiación proveniente de la cooperación cultural internacional destinada a ejecutar proyectos de la UNESCO, de la Unión Europea y del Consejo de Europa.
Prerrogativas fiscales y arancelarias
858.El sistema tributario de la ex República Yugoslava de Macedonia se basa en cuatro leyes.
859.En la Ley del impuesto del valor añadido (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 44/1999, 59/1999, 86/1999, 11/2000, 8/2001, 21/2003, 19/2004) se dispone que la cifra de negocios de las instituciones del área de la cultura y de otros contribuyentes que realizan actividades culturales está exenta del impuesto del valor añadido, a condición que las instituciones culturales y las personas, o ambas, hayan sido debidamente reconocidas por el Ministerio de Cultura. Se aplica una tasa tributaria preferente del 5% a la venta de material impreso, en vez de la tasa general del 19%, salvo en el caso de los portadores de audio y video (filmes y otras producciones audiovisuales, casetes de música y videocasetes, CD, CD‑ROM y demás), a los que se aplica la tasa general del 19%.
860.En virtud del apartado 1 del párrafo 8 del artículo 30 de la Ley de venta e importación de publicaciones en forma de libros en la esfera de la ciencia, la educación y la cultura, se aplica una tarifa fiscal preferente del 5%.
861.En la Ley de aranceles (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 21/1998, 63/1998, 56/1999, 86/1999, 25/2000, 109/2000, 31/2001) se dispone que están exentos de aranceles: el material impreso, los objetos y material culturales importados con arreglo a acuerdos internacionales, los bienes importados gratuitamente con fines culturales no rentables, los bienes no producidos en la República que se emplean en actividades culturales no rentables y no están destinados a la venta, los objetos importados por museos, galerías y la biblioteca nacional y universitaria para su funcionamiento, los objetos presentados en ferias y exposiciones, los objetos para eventos culturales o artísticos y la cinematografía, las obras de arte importadas por artistas como trabajo propio, los premios u otros objetos ganados en exposiciones en el extranjero, la ejecución de obras y los bienes recibidos de donantes extranjeros.
862.En la Ley de impuestos sobre utilidades (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 80/1993, 33/1995, 43/1995, 71/1996, 5/1997, 28/1998, 11/2001, 44/2002, 51/2003) se dispone que las donaciones y el patrocinio con fines científicos, humanitarios, culturales, pedagógicos, sanitarios, religiosos o deportivos, salvo en el caso del deporte profesional, se asientan como gastos al calcular los impuestos y ascienden al 3% del total de los ingresos, a condición que beneficien a instituciones públicas financiadas con cargo al presupuesto del Estado o a la Cruz Roja de Macedonia.
863.En la Ley del impuesto patrimonial (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 61/2004) se dispone que no se cobra impuesto sobre los bienes inmuebles que conforme a la ley hayan sido proclamados patrimonio cultural y que las instituciones culturales estarán exentas del pago de impuestos de sucesión o sobre obsequios.
864.En la Ley del impuesto de la renta (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 80/1993, 3/1994, 70/1994, 71/1996, 28/1997, 8/2001, 50/2001, 2/2002, 44/2002, 96/2004) se dispone que los artistas que devenguen derechos de autor estarán exentos del impuesto sobre la renta ‑por un monto del 25 al 60% en la categoría de gastos aceptables, según el tipo de actividad (por ejemplo, el 60% para escultores; el 50% para pintores; el 30% para ejecutantes de música clásica, bailarines, actores de teatro y actores de cine; el 25% para ejecutantes de música moderna y folclórica). No se cobra impuesto sobre la renta por dineros resultantes de premios culturales o por becas de organismos estatales y fundaciones para aprendices y estudiantes.
La infraestructura institucional en el ámbito de la cultura
865.Las instituciones del ámbito de la cultura realizan sus actividades en instalaciones que tienen una superficie total de 34.803,81 m2.
El papel de los medios de información en la promoción de la vida cultural
866.Cabe señalar la importancia de la producción de programas de radio y televisión locales, la producción de música para el deleite de quien la escucha, creaciones educativas, para entretenimiento u otras para la radio o la televisión.
867.El papel de los medios de información, en particular los electrónicos, en el fomento de la vida cultural en los Estados pequeños y económicamente subdesarrollados, sin ninguna duda, tiene importancia para la cultura en sentido lato.
868.Los medios de información cumplen este papel en la producción, transmisión y difusión de emisiones de radio y televisión u otros programas informativos que comprenden reportajes sobre eventos culturales que ya han tenido o van a tener lugar, con la posibilidad de transmitir revistas sobre cualquier aspecto social que abarque la cultura. En particular, ello se debe a que en la Ley de emisiones (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 20/1997) se garantiza la libertad de expresión pública del pensamiento, la libertad de palabra y aparición en público y de información al realizar estas actividades.
869.Las actividades de difusión han de basarse en diversos principios, concretamente: una información exacta y oportuna; la disposición de aceptar la competición y las otras ideas políticas; la protección y promoción de la identidad nacional, la cultura lingüística y las creaciones nacionales; la promoción de la tolerancia y del respeto y el fomento de la diversidad cultural; la prohibición del uso de emisiones para incitar a la violenta destrucción del orden constitucional del Estado, así como para alentar o propugnar la agresión militar o la incitación al odio nacional, racial o religioso o la intolerancia; la protección de la niñez y la juventud de la violencia; evitar la transmisión de actos de violencia y pornografía en las horas en que se podrían transmitir determinados programas, así como proteger la vida privada y la dignidad de las personas.
870.Los programas de radio y televisión pueden ser informativos, científico‑pedagógicos, culturales, deportivos, de índole económica o de otra índole que tenga interés para la vida y obra de los ciudadanos, lo que se garantiza a través de: la libertad de opinión, de expresión y de creencias; la cabal información, sin parcialidades, de los radioescuchas y televidentes, así como el enriquecimiento de sus conocimientos y el entretenimiento; el fomento y la afirmación de la tradición cultural de Macedonia y las tradiciones de las comunidades que residen en el país, así como su participación en la vida cultural; el respeto y el entendimiento mutuos de las personas de origen étnico y cultural diverso; el fomento de la comprensión y la cooperación internacionales; la igualdad de derechos sin tener en cuenta el sexo, la raza, el color de la piel, el origen nacional o social, las convicciones políticas o religiosas y la posición económica y social del hombre y del ciudadano, y la protección de la niñez y la maternidad y así sucesivamente.
871.Los medios de información, es decir, las redes de información al público, no forman parte de las actividades en el campo de la cultura y, por ende, su funcionamiento y su financiamiento obedecen a otras normas.
La preservación y divulgación del patrimonio cultural
872.El territorio de la ex República Yugoslava de Macedonia tiene un rico patrimonio cultural de diversos tipos y épocas originarias, con unos valores históricos, artísticos, científicos u otros excepcionales. Las tradiciones provienen de diversas civilizaciones e influencias culturales, étnicas y religiosas. Así, como todos los otros países de los Balcanes, es de raíces y tradición multiculturales. La pluralidad de identidades culturales en toda la zona de los Balcanes ha dejado una impronta particular en el patrimonio cultural de estos países, incluida la ex República Yugoslava de Macedonia. La República de Macedonia está interesada como país en proteger el polifacético patrimonio cultural de todas las comunidades. Las actividades que se realizan a este propósito están definidas como corresponde en el Programa nacional de cultura de 2004 a 2008, expuesto al Consejo de Europa el 7 de noviembre de 2003 en la forma de un informe nacional separado. En el Programa se abunda en una estrategia para dar cumplimiento a la Ley de la cultura que abarca la cuestión de la preservación y exposición del patrimonio cultural, es decir, el establecimiento de las condiciones para crear y proteger los valores culturales superiores como uno de los intereses nacionales en el ámbito de la cultura (art. 8). La Ley de la cultura fomenta el desarrollo del multiculturalismo por medio del establecimiento de la igualdad de condiciones para la expresión, el fomento y la afirmación de la identidad cultural de todas las comunidades del país. El Programa nacional de la cultura facilita el incremento de los recursos materiales, institucionales y humanos imprescindibles para desarrollar la cultura y proteger el patrimonio cultural de todas las comunidades y en él se dispone la igualdad de condiciones para ello.
873.La nueva Ley de protección del patrimonio cultural, aprobada en marzo de 200422, trata del estado de la cuestión y está basada en la experiencia adquirida hasta entonces aplicando la Ley de protección de monumentos culturales de 1973. También es una respuesta a la necesidad de construir un nuevo sistema de protección del patrimonio cultural que sea armónico con la Constitución y conforme a la experiencia y la normativa internacionales. La Ley de protección del patrimonio cultural reglamenta lo relativo a los tipos, la determinación y las modalidades de protección del patrimonio, los derechos y deberes de los propietarios y la restricción de los derechos de propiedad del patrimonio cultural de interés público, el régimen de protección y la utilización del patrimonio cultural, la organización, coordinación y supervisión, los títulos profesionales y otros asuntos de importancia para el funcionamiento uniforme del sistema de protección del patrimonio cultural. Uno de los principales valores que encarna la nueva Ley de protección del patrimonio cultural es que la protección que dispone está basada en el valor, la importancia, el grado de riesgo, sin tener en cuenta el momento, el lugar o la forma de crear o el autor, o el propietario o titular, así como independientemente de si tiene carácter laico o religioso y a qué credo pertenece.
874.La nueva ley tiene las finalidades siguientes:
-Determinar las responsabilidades específicas y un mayor grado de responsabilidad de todos los protagonistas importantes en el sistema de protección del patrimonio cultural, en particular haciendo hincapié en el lugar y el rol del Estado y sus órganos e instituciones en la protección;
-Organizar una red de servicios especializados y de los órganos de asesoramiento y coordinación existentes para brindar una protección nacional y local;
-Elaborar una estrategia nacional para proteger el patrimonio cultural;
-Tomar en cuenta activamente el patrimonio cultural en los esfuerzos de desarrollo en marcha;
-Aceptar las opiniones científicas y especializadas contemporáneas sobre el establecimiento, el desarrollo y la evolución de los sistemas nacionales de protección del patrimonio cultural;
-Garantizar la compatibilidad del patrimonio cultural con los sistemas internacionales de protección.
875.En la ley se define el patrimonio cultural como un valor esencial de la Administración; su protección reviste interés público y se efectúa en todo el territorio de la ex República Yugoslava de Macedonia. La Ley de protección del patrimonio cultural norma lo siguiente:
·La determinación del objeto protegido;
·Las modalidades de protección;
·El régimen de protección y el uso del patrimonio cultural;
·Los derechos y deberes de los propietarios de los bienes protegidos y la restricción de los derechos de propiedad de los bienes de interés público;
·La organización y la coordinación de la protección;
·Otros asuntos de importancia para el funcionamiento uniforme del sistema de protección del patrimonio cultural.
876.En la ley se disponen los fundamentos normativos para establecer una protección integrada a fin de asegurar la perdurabilidad del patrimonio cultural, el cuidado de éste en el medio construido o natural y su adaptación a las necesidades de la sociedad moderna.
877.La nueva Ley de protección del patrimonio cultural altera el organigrama del patrimonio cultural. A saber, la Dirección de Protección del Patrimonio Cultural fue instituida en mayo de 2004 como un órgano con el estatuto de entidad jurídica en el Ministerio de Cultura, cuya función consiste en realizar actividades especializadas y de gestión en la esfera de la protección del patrimonio cultural. Los organismos existentes se están transformando en centros de conservación, insistiendo así en su carácter especializado.
878.Se ofrecen a continuación datos que ejemplifican diversas cuestiones relacionadas con la protección del patrimonio cultural23. Llevan los registros de los monumentos culturales entes competentes en cada territorio. En este sentido, existen registros municipales y centrales de los monumentos culturales muebles e inmuebles. Es responsabilidad sobre todo de los propietarios, es decir, quien tenga derecho al usufructo u otras categorías de propietarios de bienes protegidos, preservar y mantener los monumentos culturales en virtud de la legislación reciente.
879.Así, pues, en virtud de la Ley de protección de los monumentos culturales, el propietario del monumento tiene la obligación de cuidarlo, mantenerlo y cumplir oportunamente las disposiciones de protección previstas.
880.El mantenimiento de los artefactos en museos, archivos, bibliotecas y archivos fílmicos responde a la normativa en vigor y se lleva a cabo en lugares seguros, en condiciones técnicas precisas.
881.La protección directa, es decir, la conservación, restauración, reconstrucción u otras medidas de protección técnica ha sido lo más importante de la labor de las organizaciones especializadas por más tiempo. A consecuencia de ello y de otras condiciones favorables, se han tomado medidas para proteger una gran parte del patrimonio cultural inmueble y mueble.
882.Se someten a un estricto control la excavación e investigaciones arqueológicas en el país. Sólo es posible efectuarlas con la autorización del ente oficial de protección de los monumentos. Se puede autorizar a hacerlo a instituciones científicas o especializadas, así como a otras organizaciones, o a científicos a título personal, a condición que reúnan los requisitos del caso. La autorización se expide por una parte del año civil, en un lugar determinado, y contiene la información exacta sobre el alcance y el tipo de obras, las condiciones para efectuarlas y la especificación minuciosa del deber del titular. Al cabo de tres meses de la conclusión del trabajo, el titular tiene el deber de presentar un informe al ente oficial y a la dependencia local encargada del área en que se realizaron las obras.
883.El ente oficial se encarga de supervisar las excavaciones e investigaciones arqueológicas. Para hacerlo, está habilitado para declarar la suspensión provisional de las obras o para resolver retirar la autorización otorgada. Ahora bien, en caso de excavaciones o investigaciones ilícitas, el ente no está facultado para impedir o prohibirlas (en virtud de un procedimiento administrativo); sólo podrá formular cargos penales.
884.Según los datos (sin actualizar) disponibles, la mayor categoría de propietarios de monumentos culturales inmuebles son los ciudadanos (un 59%). Las comunidades religiosas poseen alrededor del 18% mientras que el 23% de los monumentos inmuebles son de propiedad del Estado. El Estado tiene la titularidad de 146 monumentos culturales individuales y de 110 sitios arqueológicos o de otra índole. Con respecto a los monumentos muebles, la situación es la inversa: el 70% son de propiedad del Estado; el 20% son propiedad de comunidades religiosas y el 10%, de los ciudadanos. No hay datos completos sobre los otros bienes protegidos ni sobre los que están inscritos en el registro de los organismos de protección de los monumentos culturales, salvo los que son de propiedad del Estado.
885.En relación con los de propiedad del Estado, hay que tomar en cuenta que su usufructo corresponde a distintas entidades de derecho. En un número limitado de casos, se confía el derecho de usufructo a instituciones protectoras.
886.La utilización del patrimonio cultural para el turismo depende directamente de que se habiliten al efecto. Por un lado, se consigue al cabo de un complejo procedimiento de conservación y actividades interdisciplinarias y multidisciplinarias, lo que depende en gran medida de, entre otras cosas, las condiciones generales de protección del patrimonio cultural. En este aspecto, habilitar el patrimonio para el turismo es un proceso que toma tiempo, exige la inversión de un capital ingente y entraña muy diversos factores, la estrecha colaboración entre estos y un alto grado de coordinación de las actividades.
887.Los sitios arqueológicos, las iglesias, los monasterios, algunos edificios profanos, el emplazamiento de los monumentos urbanos y rurales, así como los edificios históricos y el patrimonio cultural de interés para el turismo.
888.Por lo general, es preciso invertir una gran cantidad de recursos y esfuerzo a fin de facilitar la explotación del patrimonio cultural con fines de desarrollo general y de turismo cultural.
889.En la ex República Yugoslava de Macedonia, se conserva apenas un tercio de los monumentos culturales inmuebles. Se trata sobre todo de los monumentos sacros (cristianos o islámicos) más relevantes y de los edificios profanos más representativos. Ha concluido la toma de medidas de conservación del 60% de esos monumentos culturales. Todavía hay muchísimos monumentos culturales individuales en que no se ha tomado ninguna medida protectiva (ni siquiera preventiva). Hay una relación de 1:4 entre los monumentos preservados y los que no lo son. El patrimonio cultural inmueble más abandonado y que al mismo tiempo corre el mayor peligro es el casco viejo y la arquitectura de los pueblitos antiguos.
890.Se ha conseguido obtener resultados iniciales en la conservación arquitectónica, sobre todo en el casco viejo (los bazares) de las ciudades más importantes (Skopje, Bitola, Prilep, Ohrid y Struga). Los bazares de los poblados menos importantes, así como otros centros urbanos (plazas, calles y barriadas) no han sido sometidos a medidas de conservación. Tampoco se han sometido a tales medidas las zonas rurales.
891.Los sitios arqueológicos, que constituyen el patrimonio cultural más extenso, son sometidos mínimamente a investigación y conservación. Ninguno ha sido objeto de procedimientos cabales de conservación. Las fortalezas, torres, torres del vigía y viejos puentes han sido investigados y conservados en parte.
Protección jurídica de la libertad de creación artística
892.La Ley de derechos de autor y derechos conexos, fundada en obligaciones legales consignadas en diversos instrumentos internacionales en materia de derechos de autor y derechos conexos (la Convención de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, la Convención Universal sobre Derechos de Autor, la Convención internacional para la protección de los artistas, intérpretes y ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, el Convenio de Roma o Convenio sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos mediante satélite, la Convención para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas o Convenio sobre los fonogramas, el Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Derecho de Autor, el Tratado sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, las directivas pertinentes de la Unión Europea y las recomendaciones del Consejo de Europa en la materia, así como otros textos), en su calidad de norma exclusivamente civil, reglamenta el régimen de ejercicio y protección de los derechos de autor y derechos conexos como una forma de realizar los derechos económicos, sociales y culturales del hombre y del ciudadano.
893.El propósito principal de la ley es normar el ejercicio y la protección de los derechos de autor y los derechos conexos del ciudadano‑autor (creador), sin tener en cuenta el sexo, la raza, el color de la piel, la nacionalidad o el origen social, las convicciones políticas y religiosas, la posición económica o social con relación a sus obras registradas. La ley protege los derechos conexos de los artistas, intérpretes y ejecutantes, los transmisores, los productores, los editores u otros, en cumplimiento del principio aplicable a los derechos de autor y aspectos específicos de los objetos sometidos a derechos conexos (como las grabaciones o la toma de imágenes, los espectáculos y las emisiones).
894.El autor, de acuerdo con la ley, es una persona física que creó la obra registrada, es decir, el autor es considerado una persona cuyo nombre, seudónimo o marca de fábrica suele llevar el producto o se cita al momento de su lanzamiento.
895.El autor tiene derechos por haber creado la obra, independientemente de que haya sido divulgada y es parte e inseparable de la obra respecto de la que tiene derechos de autor, lo que implica facultades legales particulares (derechos morales), facultades legales de propiedad exclusiva (derechos materiales) y otras facultades (otros derechos).
896.La obra registrada, conforme a esta ley, es una creación individual e intelectual en el campo de la literatura, las ciencias, el arte u otras esferas creativas, sin tener en cuenta el tipo, el modo o la forma de expresión.
897.El régimen de ejercicio (transferencia y protección) de los derechos de autor y derechos conexos, con arreglo a la ley y otras normas, es en principio y por lo general libre, es decir, garantiza la igualdad de trato en la protección de los derechos de los autores, sin tener en cuenta su nacionalidad. Este régimen sólo se limitará en virtud de lo que dispone la ley, a efectos de adquisición gratuita de información de interés general, para la docencia, así como para otros objetivos conexos o parecidos.
Desarrollo científico y tecnológico
898.De conformidad con el artículo 47 de la Constitución, el Estado se compromete a promover y fomentar la investigación científica, así como el desarrollo tecnológico. Con arreglo al artículo 23 de la Ley de organización y funcionamiento de los órganos de la administración pública (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 58/2000), el Ministerio de Educación y Ciencia se encarga de organizar, financiar, desarrollar y promover el desarrollo científico y tecnológico, la cultura técnica, las ciencias de la información y la tecnología, así como la cooperación internacional en esa esfera.
899.A tenor de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de investigaciones científicas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 13/1996 y 29/2002), los principios fundamentales de la investigación científica son la inviolabilidad y la protección de las personas y de la dignidad humana. A su vez, esto se basa en los siguientes criterios: la libertad en la investigación científica y la labor creativa académica, la autonomía y la aplicación de los resultados, la diversidad de opiniones y métodos científicos, y la cooperación internacional.
900.En el artículo 7 de la Ley de investigaciones científicas se ofrece una definición clara del interés público que tienen las investigaciones científicas en el ámbito de la identidad nacional y cultural del pueblo macedonio y otras comunidades étnicas que viven en la ex República Yugoslava de Macedonia. Además, se define la investigación como requisito previo esencial para el desarrollo general del Estado. La ley también define las actividades de investigación realizadas para aumentar el nivel de excelencia y creatividad en las ciencias y la transferencia de conocimientos especializados de todo el mundo, incluso en el ámbito de la defensa y la seguridad. El fomento de los recursos humanos y la infraestructura de investigación son también cuestiones de interés público.
901.Los objetivos de la Ley de fomento y facilitación del desarrollo tecnológico (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 98/2000) son promover y fomentar el desarrollo tecnológico en toda la nación, así como programar y financiar esas actividades. Según la definición de la ley, el desarrollo tecnológico engloba:
·El desarrollo de tecnologías nacionales;
·El progreso del país sobre la base de la independencia económica;
·La modernización de las instalaciones de producción existentes;
·El establecimiento de centros de innovación y tecnología;
·El desarrollo de la estructura tecnológica necesaria y la transferencia de conocimientos a través de la continua mejora de las capacidades.
902.Utilizando como guía la estructura económica y la infraestructura institucional en el ámbito de las ciencias, el Ministerio de Educación y Ciencia ha establecido las siguientes prioridades con respecto al desarrollo científico y tecnológico de la ex República Yugoslava de Macedonia:
·Crecimiento sostenible;
·Biotecnología;
·Producción alimentaria de alta calidad;
·Gestión de los recursos hídricos;
·Sector energético;
·Nuevos materiales;
·Protección del medio ambiente;
·Tecnología de la información y las comunicaciones;
·Asistencia sanitaria; y
·Ciencias geológicas e ingeniería.
903.En el próximo período, el fomento de las infraestructuras para la investigación científica se centrará en los siguientes aspectos:
·Continuación del desarrollo de la red de investigación académica;
·Modernización del material de investigación;
·Fomento del establecimiento de nuevos centros de investigación y desarrollo dentro de la economía;
·Adquisición sistemática y continua de obras de consulta extranjeras;
·Modernización del sistema de información de las bibliotecas;
·Apoyo a la capacidad existente de desarrollo de la tecnología;
·Financiación de los centros de transferencia tecnológica para facilitar una integración más eficaz de los investigadores y los empresarios;
·Creación de condiciones laborales propicias para los investigadores que trabajan en condiciones poco adecuadas.
904.En un futuro cercano, los elementos críticos de la política de investigación y desarrollo de la ex República Yugoslava de Macedonia serán:
·El aumento de la aplicación y la transferencia de conocimientos especializados pertinentes para el desarrollo económico, social, cultural y ecológico del país;
·El fomento y la promoción de la cooperación internacional y la transferencia de conocimientos especializados y tecnologías de otros países;
·La introducción de un sistema de evaluación y seguimiento del rendimiento con respecto a la calidad de los resultados obtenidos por los equipos de investigación científica y tecnológica mediante la aplicación de normas y criterios internacionales;
·Mayores inversiones en actividades científicas y de desarrollo;
·Facilitación del acceso a la financiación y la asistencia técnica internacionales y otras ventajas similares;
·La definición e introducción de programas interdisciplinares para actividades de investigación específicas;
·El establecimiento de medidas normalizadas internacionalmente para evaluar y analizar los resultados de las investigaciones con pertinencia para la economía como criterios que definan las futuras políticas de desarrollo;
·El apoyo a las empresas para crear centros eficaces para la transferencia de conocimientos especializados y tecnología;
·La reducción de la brecha tecnológica con miras a alcanzar el grado de desarrollo de los países desarrollados;
·La creación de las condiciones necesarias para aumentar la calidad de los conocimientos especializados y las innovaciones;
·El establecimiento de un sistema de información tecnológica que se incorporará en el sistema de información conforme a los criterios establecidos para las bases de datos, los servicios y las redes correspondientes;
·La implantación de un modelo de infraestructura única para fomentar y desarrollar la ciencia y la tecnología;
·La consolidación y la promoción de la industria y de las empresas nacionales, especialmente el apoyo a las pequeñas y medianas empresas (PYMES), con el fin de garantizar la calidad y la competitividad de sus productos en el mercado mundial;
·El establecimiento de un conjunto de prioridades respaldado por medidas de política económica.
905.La política científica se centra en las siguientes entidades:
·Los centros de enseñanza superior;
·La Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia;
·Las instituciones científicas públicas;
·Las entidades encargadas de la transferencia de tecnología; y
·Los centros de investigación y desarrollo en el sector industrial.
906.El Ministerio de Educación y Ciencia dispone de los siguientes instrumentos financieros para el fomento de la investigación científica:
·La financiación de proyectos nacionales de investigación y desarrollo tecnológico;
·La concesión de becas para realizar estudios de posgrado y de doctorado en universidades nacionales y extranjeras;
·Fondos para investigadores que participen en congresos internacionales;
·Fondos para organizar congresos científicos;
·El aporte económico para publicar revistas científicas y de investigación;
·La ampliación de la infraestructura para la investigación y el desarrollo tecnológico.
907.Debido a la desfavorable situación de la industria, los fondos destinados a las actividades de investigación y desarrollo tecnológico proceden principalmente del presupuesto del Estado. Por tanto, se necesita urgentemente que participen de forma más activa las empresas, a las que interesaría invertir en su propio desarrollo mediante innovaciones, nuevos productos y nuevas líneas tecnológicas.
Marco jurídico
908.La Ley de investigaciones científicas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 13/1996 y 29/2002) determina el sistema, los principios, el interés público, las formas de organización y de gestión de las investigaciones científicas, los modos de fomentar el desarrollo de las ciencias y la investigación, y contribuir a él, el personal investigador y otras cuestiones de interés para las actividades de investigación.
909.La Ley de la Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 13/1996) define la Academia como la entidad científica y artística autónoma de mayor rango del país y como la institución de mayor importancia en el plano nacional.
910.La Ley de fomento y facilitación del desarrollo tecnológico (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 98/2000) se centra en la cuestión del desarrollo tecnológico del país contemplando aspectos relacionados con el fomento, la facilitación, la programación y la financiación de éste. La ley regula, por ejemplo, actividades como el desarrollo de tecnologías independientes, el fomento de la base económica independiente, la modernización de las capacidades de producción existentes, el establecimiento de centros de innovación y núcleos tecnológicos, proporcionando la estructura que facilita la transferencia de conocimientos especializados y promoviendo la excelencia y la creatividad en las actividades de investigación.
911.La Ley de fomento y facilitación de la cultura técnica (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 53/2000) regula la capacitación destinada a adquirir habilidades y conocimientos especializados en el ámbito de la tecnología y la informática, la innovación, la divulgación de los resultados de las investigaciones científicas y tecnológicas, el fomento de la labor creativa y científica, la capacitación técnica y la formación profesional, especialmente en relación con los jóvenes.
912.El Reglamento que fija las condiciones y criterios para la asignación de fondos para el fomento y la facilitación de la investigación científica (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 3/2005).
913.El Reglamento que fija las condiciones y los criterios para la asignación de fondos destinados a la aplicación de programas anuales para el funcionamiento y el desarrollo de las instituciones de investigación públicas (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 3/2005).
914.El Reglamento que fija las condiciones y los criterios para la asignación de fondos destinados a la capacitación de los investigadores (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 33/2004).
915.El Reglamento sobre las condiciones, los criterios y la gestión de los fondos asignados para el fomento y la facilitación del desarrollo tecnológico (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 49/2001).
916.El Reglamento que fija los criterios para la asignación de fondos destinados a aplicar los programas de trabajo, es decir, proyectos en el ámbito de la cultura técnica (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 31/2001).
917.La legislación en el ámbito de la propiedad industrial e intelectual se basa en las siguientes leyes: la Ley de la propiedad industrial (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 47/2002, 42/2003 y 9/2004), la Ley de los derechos de propiedad intelectual y otros derechos conexos (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 47/1996, 3/1998, 98/2002 y 04/2005). Esta última determina las relaciones relativas al ejercicio y la protección de los derechos de propiedad intelectual con respecto a las obras protegidas por los derechos de autor, como creaciones de naturaleza distinta, incluidas las obras científicas. Las creaciones científicas, como objeto de los derechos de autor, se acogen al mismo régimen que regula el ejercicio y la protección de los derechos de propiedad intelectual de todas las obras protegidas por derechos de autor.
918.Los derechos de propiedad intelectual afectan a todo tipo de creaciones en el ámbito de la ciencia y la investigación. Existen varias normas relacionadas con la protección de esos derechos: el Reglamento de patentes, el Reglamento de diseño industrial, el Reglamento de marcas, el Reglamento sobre la denominación de origen del producto y la marca geográfica, el Reglamento sobre los exámenes profesionales de los agentes encargados de la protección de los derechos de propiedad industrial (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 18/2004).
919.De conformidad con la Ley de investigaciones científicas, realizan actividades científicas y de investigación las siguientes instituciones:
·La Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia;
·Los centros de enseñanza superior;
·Los institutos científicos públicos; y
·Los investigadores independientes.
920.Con arreglo a la Ley de fomento y facilitación del desarrollo tecnológico, se encargan del desarrollo tecnológico las siguientes entidades:
·Las organizaciones de investigación y desarrollo de empresas privadas;
·Los institutos científicos públicos;
·Los centros de innovación y los núcleos tecnológicos;
·Las asociaciones civiles encargadas de fomentar la innovación y la tecnología; y
·Otras personas físicas y jurídicas que se dedican al desarrollo tecnológico.
921.Entre 1995 y 2003, 77 empresas privadas participaron en la exitosa aplicación de proyectos tecnológicos financiados por el Ministerio de Educación y Ciencia. Así pues, estas empresas influyeron indirectamente en la política de desarrollo tecnológico. Está previsto que los representantes de las empresas con mayor éxito en la transferencia de tecnologías participen como miembros en la labor del Consejo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico. Además, varias instituciones de la ex República Yugoslava de Macedonia han sido consideradas futuros centros de excelencia:
·El Centro de Investigación de Ingeniería Genética y Biotecnología - Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia;
·El Instituto de Ingeniería Sísmica, Skopje;
·El Instituto de Ciencias Químicas de la Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas, Skopje; y
·El Departamento de Nefrología de la Facultad de Medicina, Skopje.
922.El Ministerio de Educación y Ciencia financia proyectos de interés público que son sometidos a un proceso de selección por concurso público. Este concurso se anuncia públicamente en función de la decisión de aprobar proyectos en distintos ámbitos de las ciencias y la investigación (susceptibles de ser financiados en el ejercicio concurso), excepto proyectos internacionales, que son aprobados por el Ministerio de Educación y Ciencia. Los equipos de investigadores encargados de ejecutar los proyectos están integrados por un investigador principal, que debe tener una formación científica o pedagogicocientífica y trabajar en la institución que realiza el proyecto, y al menos otro investigador, que también debe tener una formación pedagógica o pedagogicocientífica, o un ayudante de investigación, inscrito en el Registro del Ministerio de Educación y Ciencia. Las propuestas de proyectos son objeto de un proceso de evaluación anónimo en el que participan al menos dos expertos designados por el Ministerio de Educación y Ciencia.
923.Las instituciones científicas y de enseñanza superior con las que el Ministerio de Educación firma un contrato para ejecutar un proyecto una vez que éste ha sido aprobado son las instituciones que se encargan de ejecutarlo.
924.Los proyectos de investigación de carácter militar están bajo la competencia directa del Ministerio de Defensa, que asigna fondos especiales para tal fin.
925.Entre 1995 y 2003, el Ministerio de Educación y Ciencia financió un total de 932 proyectos, cuya estructura se presenta en el siguiente cuadro:
|
Especialidad científica |
Número de proyectos |
Porcentaje por especialidad científica |
Recursos (en euros) |
Porcentaje por especialidad científica |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
142 |
15,23 |
1.455.703,9 |
17,95 |
|
Ciencias Técnicas |
302 |
32,40 |
2.448.525,5 |
30,19 |
|
Medicina |
130 |
13,95 |
1.203.616,6 |
14,84 |
|
Biotécnica |
137 |
14,70 |
1.366.517,1 |
16,85 |
|
Ciencias Sociales |
94 |
10,09 |
520.059,32 |
6,41 |
|
Humanidades |
127 |
13,63 |
1.115.675,4 |
13,76 |
|
Total |
932 |
100,00 |
8.110.097,8 |
100,00 |
Fuente : Ministerio de Educación y Ciencia.
Los proyectos mencionados fueron de carácter fundamental y/o práctico.
926.Además de los proyectos de investigación, el Ministerio de Educación y Ciencia también participa en la financiación de los denominados proyectos de desarrollo. Entre 1995 y 2003 se financiaron 77 proyectos de carácter exclusivamente práctico cuya estructura se refleja en el siguiente cuadro:
|
Especialidad científica |
Número de proyectos |
Porcentaje por especialidad científica |
Recursos (en euros) |
Porcentaje por especialidad científica |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
2 |
3 |
42.622,95 |
6 |
|
Ciencias Técnicas |
64 |
83 |
549.098,36 |
80 |
|
Medicina |
1 |
1 |
11.475,41 |
2 |
|
Biotécnica |
10 |
13 |
86.491,80 |
12 |
|
Total |
77 |
100 |
689.098,36 |
100 |
Fuente : Ministerio de Educación y Ciencia.
Entre 1995 y 2003, la Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia llevó a cabo 146 proyectos (con fondos de los presupuestos del Estado) cuya estructura se presenta en el cuadro siguiente:
|
Especialidad científica |
Número de proyectos |
Porcentaje por especialidad científica |
Recursos (en euros) |
Porcentaje por especialidad científica |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
16 |
10,96 |
207.426,22 |
12,42 |
|
Ciencias Técnicas |
24 |
16,44 |
208.213,11 |
12,47 |
|
Medicina |
26 |
17,81 |
384.016,39 |
22,99 |
|
Biotécnica |
4 |
2,74 |
45.409,83 |
2,72 |
|
Ciencias Sociales |
15 |
10,27 |
82.312,15 |
4,92 |
|
Humanidades |
61 |
41,78 |
742.983,6 |
44,48 |
|
Total |
146 |
100,00 |
1.670.180,3 |
100,00 |
Fuente: Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia .
927.Dada la estructura de la economía y la infraestructura institucional en el campo de las ciencias, el Gobierno ha considerado que las ciencias técnicas y naturales son especialidades prioritarias. De ahí que el mayor número de proyectos autorizados que financia el Ministerio de Educación y Ciencia correspondan a esas especialidades. Entre 1997 y 2000, la economía del país registró una tasa media de crecimiento del producto interior bruto (PIB) del 2,4%. En este contexto, el factor total de productividad, es decir, el adelanto científico y tecnológico en su sentido más amplio, ha contribuido de forma crucial a dinamizar el crecimiento económico del país.
928.Con el fin de mantener un registro de la contribución de los científicos macedonios a la información científica mundial, el Ministerio de Educación y Ciencia ha creado una base de datos de estudios realizados por nuestros científicos y publicados en las principales revistas especializadas, así como de las referencias empleadas. La fuente de información para esta base de datos es la base de datos internacional ISI Web of Knowledge. Según los datos de esta fuente, entre 1981 y 2003 se publicaron en este tipo de revistas 1.652 estudios de científicos macedonios.
929.En lo que respecta a la protección de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito científico y tecnológico, hasta agosto de 2004 se concedieron licencias para 879 patentes, 389 modelos y 9.736 marcas.
930.Entre 1996 y 2003, el Ministerio de Educación y Ciencia cofinanció 77 proyectos de desarrollo que tuvieron como resultado:
·Nuevos productos (34%);
·Nuevos materiales (4%);
·La introducción de tecnologías propias o nuevos procesos tecnológicos (18%);
·La instalación de nuevas líneas tecnológicas (2%);
·La optimización (mejora) de los procesos tecnológicos existentes (26%);
·La racionalización de la producción (5%);
·La mejora de la calidad de vida (11%).
931.De conformidad con el párrafo 5 del artículo 47 de la Constitución, el Estado tiene la obligación de fomentar y facilitar el desarrollo tecnológico. Esta disposición constitucional está regulada por la consiguiente Ley de fomento y facilitación del desarrollo tecnológico. Las instituciones dedicadas al desarrollo tecnológico se organizan como:
·Entidades de investigación y desarrollo dentro de la economía;
·Centros de innovación;
·Centros de enseñanza superior;
·Centros de investigación adscritos a la Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia;
·Institutos científicos públicos;
·Asociaciones ciudadanas (Asociación de Inventores y Promotores del Progreso Técnico, asociaciones dedicadas a las artes y las ciencias, Asociación Politécnica y agrupaciones de otra índole);
·Organizaciones encargadas de la transferencia de conocimientos especializados (núcleos tecnológicos, bancos tecnológicos, centros de transferencia de tecnología y organizaciones de otra índole).
932.Según los últimos datos registrados por el Ministerio de Educación y Ciencia, actualmente existen 30 centros de investigación y desarrollo en la economía de Macedonia.
933.Las organizaciones encargadas de la transferencia de conocimientos desempeñan el papel más destacado de todas las instituciones y organizaciones mencionadas debido a su importancia en el fomento del desarrollo tecnológico del país.
934.En 2002, el Ministerio de Educación y Ciencia contribuyó a financiar el establecimiento de núcleos tecnológicos en las siguientes instituciones:
·La Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas, Skopje;
·La Facultad de Ingeniería Mecánica, Skopje;
·La Facultad de Ingeniería Eléctrica, Skopje; y
·La Facultad de Medicina, Skopje.
935.Además de los cuatro núcleos tecnológicos mencionados, se establecieron otros cinco centros de transferencia tecnológica con el apoyo económico del Programa TEMPUS y el Organismo Alemán de Cooperación Técnica, a saber:
·El Centro de Investigación, Desarrollo y Educación Continua de la Facultad de Ingeniería Mecánica, Skopje;
·El Centro de Transferencia Tecnológica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica, Skopje;
·El Centro de Investigación Aplicada y Educación Continua en el Ámbito de la Agricultura de la Facultad de Agricultura, Skopje;
·El Centro Tecnológico Euro-Regional de la Facultad de Estudios Técnicos, Bitola; y
·El Centro de Transferencia Tecnológica para la Ingeniería Química y Textil de la Facultad de Tecnología y Metalurgia, Skopje.
936.La política de apoyo al desarrollo tecnológico se describe en el Programa de Desarrollo Tecnológico para el período comprendido entre 2002 y 2006, aprobado por el Ministerio de Educación y Ciencia, en el que figuran los objetivos y actividades de ese Ministerio destinados a estimular y facilitar el desarrollo tecnológico, así como los criterios para establecer prioridades para el desarrollo tecnológico.
937.A tenor de lo dispuesto en la Ley de fomento y facilitación del desarrollo tecnológico y en la Ley de fomento de la cultura tecnológica y de asistencia a ésta, hay actividades en curso que tienen por objeto proporcionar de forma organizada servicios científicos para la industria.
938.Además, el Ministerio de Educación y Ciencia, con arreglo al Programa Anual de Fomento del Desarrollo Tecnológico, participa en la financiación de proyectos innovadores de investigación y desarrollo ejecutados por personas dedicadas al desarrollo tecnológico. Entre 1995 y 2003 se financiaron conjuntamente 77 proyectos de desarrollo en la ex República Yugoslava de Macedonia. Entre 1995 y 2003 se ejecutaron en el marco de la Academia de las Artes y las Ciencias de Macedonia 146 proyectos académicos financiados por los presupuestos del Estado.
939.La Ley de derechos de propiedad intelectual y otros derechos conexos regula la protección de la propiedad intelectual. Según esta norma, una obra protegida por derechos de autor se define como una creación individual e intelectual, también en el ámbito científico (artículo 3 de la ley). Por tanto, este tipo de obras se acogen al mismo régimen de protección de derechos de autor que el resto de obras cubiertas por este tipo de derechos.
940.La protección de la propiedad industrial y de los derechos de patente compete a la Oficina Estatal de la Propiedad Industrial.
941.La Ley de la propiedad industrial (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nos. 47/2002, 42/2003 y 9/2004) regula la propiedad industrial junto con las siguientes normas: el Reglamento de patentes, el Reglamento de diseño industrial, el Reglamento de marcas, el Reglamento de denominación de origen y marca geográfica del producto, el Reglamento de exámenes profesionales para agentes autorizados para la protección de los derechos de propiedad industrial (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 18/2004).
942.El Ministerio de Educación y Ciencia otorga becas estatales para realizar estudios de posgrado tanto en Macedonia como en el extranjero, a través de un concurso público y de conformidad con el Reglamento por el que se fijan las condiciones y criterios relativos a la asignación de fondos para el personal científico e investigador. Además, el Ministerio de Educación y Ciencia concede becas en el marco de acuerdos de cooperación bilateral y otorgadas por organizaciones internacionales. Además de estar sujetas a las condiciones generales, las becas estatales para estudiar en el extranjero sólo se conceden si no se pueden cursar en el país estudios de posgrado en una determinada disciplina.
943.En las facultades universitarias se ofertan distintos programas de capacitación bajo la forma de estudios especializados, seminarios o cursos cuyos alumnos reciben un título o certificado especial una vez que los han terminado.
944.Los datos sobre el número de científicos contratados en los distintos sectores (empresas o Gobierno) entre 1997 y 2002 se muestran en el siguiente cuadro:
Empleados en el ámbito de la investigación y el desarrollo, por sectores
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Total |
2.936 |
3.275 |
3.168 |
3.094 |
2.909 |
2.869 |
|
Sector empresarial |
370 |
361 |
306 |
241 |
203 |
100 |
|
Sector público |
916 |
957 |
1.022 |
1.044 |
809 |
820 |
|
Enseñanza superior |
1.650 |
1.957 |
1.840 |
1.809 |
1.897 |
1.949 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística, "Encuesta Estadística sobre Investigación y Desarrollo Científicos en la ex República Yugoslava de Macedonia".
En el cuadro que figura a continuación se presentan los mismos datos en función del empleo equivalente a tiempo completo y el empleo equivalente a tiempo completo por 1.000 empleados.
Empleados en el sector de la investigación y el desarrollo en función del empleo a tiempo completo y el empleo equivalente a tiempo completo por 1.000 empleados
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Total |
2.936 |
3.275 |
3.168 |
3.094 |
2.909 |
2.869 |
|
Equivalente en dedicación exclusiva |
1.685 |
1.892 |
1.838 |
1.786 |
1.630 |
1.519 |
|
Equivalente en dedicación exclusiva por 1.000 empleados |
2,1 |
2,3 |
2,3 |
2,2 |
1,9 |
1,8 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística, "Encuesta Estadística sobre Investigación y Desarrollo Científicos en la ex República Yugoslava de Macedonia".
945.Los datos presentados en esos cuadros reflejan que hay una tendencia sostenida a que los científicos abandonen la ex República Yugoslava de Macedonia debido a que se está intensificando el proceso de fuga de cerebros y restricciones laborales. Por tanto, el Estado debe tomar medidas adecuadas para poner fin a esta tendencia. Además, según los datos, el mayor número de jóvenes investigadores y científicos se concentra en los centros de enseñanza superior lo que dificulta el establecimiento de vínculos eficaces entre el mundo académico y la industria.
Gasto interno bruto en investigación y desarrollo tecnológico/proporción del PIB
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Gasto interno bruto en investigación y desarrollo tecnológico/PIB |
0,38 |
0,43 |
0,34 |
0,45 |
0,31 |
0,27 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Gasto público bruto en investigación y desarrollo tecnológico/proporción del PIB
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Gasto interno en el sector público en investigación y desarrollo tecnológico/PIB |
0,18 |
0,15 |
0,16 |
0,15 |
0,16 |
0,15 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Gasto bruto de la enseñanza superior en investigación y desarrollo tecnológico/proporción del PIB
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Gasto de la enseñanza superior en investigación y desarrollo tecnológico/PIB |
0,15 |
0,23 |
0,14 |
0,27 |
0,13 |
0,11 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Gasto bruto del sector empresarial en investigación y desarrollo tecnológico/proporción del PIB, proporción del gasto público bruto
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
|
|
Gasto bruto del sector empresarial en investigación y desarrollo tecnológico/PIB |
0,05 |
0,05 |
0,04 |
0,03 |
0,02 |
0,01 |
|
Gasto bruto del sector empresarial en investigación y desarrollo tecnológico/gasto público bruto |
30,00 |
32,65 |
27,31 |
16,72 |
11,96 |
4,60 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Enseñanza superior relacionada con la investigación y el desarrollo tecnológico : número de titulados universitarios, especialización, estudiantes universitarios, estudiantes de posgrado
Enseñanza superior
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
|
Total |
3.049 |
2.956 |
3.687 |
3.706 |
3.446 |
3.603 |
4.382 |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
165 |
243 |
203 |
245 |
235 |
246 |
272 |
|
Ciencias Técnicas y Tecnológicas |
939 |
844 |
881 |
840 |
693 |
642 |
690 |
|
Ciencias Médicas |
369 |
357 |
344 |
388 |
360 |
396 |
384 |
|
Ciencias Biotécnicas |
229 |
201 |
233 |
206 |
192 |
200 |
246 |
|
Ciencias Sociales |
1.241 |
1.231 |
1.898 |
1.881 |
1.851 |
1.992 |
2.191 |
|
Humanidades |
106 |
80 |
128 |
146 |
115 |
127 |
599 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Máster y estudios de especialización
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
|
Total |
77 |
71 |
104 |
83 |
155 |
95 |
61 |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
22 |
21 |
11 |
12 |
22 |
19 |
2 |
|
Ciencias Técnicas y Tecnológicas |
22 |
17 |
37 |
24 |
43 |
30 |
20 |
|
Ciencias Médicas |
1 |
0 |
20 |
3 |
10 |
4 |
0 |
|
Ciencias Biotécnicas |
4 |
4 |
20 |
16 |
6 |
11 |
2 |
|
Ciencias Sociales |
11 |
12 |
5 |
24 |
31 |
17 |
17 |
|
Humanidades |
17 |
17 |
11 |
4 |
43 |
14 |
20 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
Doctores
|
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
|
Total |
53 |
50 |
33 |
46 |
66 |
50 |
59 |
|
Ciencias Naturales y Matemáticas |
6 |
0 |
8 |
5 |
8 |
25 |
12 |
|
Ciencias Técnicas y Tecnológicas |
17 |
12 |
9 |
11 |
21 |
8 |
12 |
|
Ciencias Médicas |
3 |
2 |
0 |
8 |
4 |
2 |
21 |
|
Ciencias Biotécnicas |
5 |
3 |
3 |
3 |
2 |
2 |
1 |
|
Ciencias Sociales |
12 |
22 |
12 |
8 |
18 |
8 |
10 |
|
Humanidades |
10 |
11 |
1 |
11 |
13 |
5 |
3 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
946.Los estudios científicos de Macedonia se publican anualmente en 45 revistas científicas, 25 publicaciones de otra índole y aproximadamente 200 libros sobre investigación científica cuya publicación financia en parte el Ministerio de Educación y Ciencia.
947.El Ministerio de Educación y Ciencia concede todos los años 150 becas a personas desempleadas para realizar estudios de posgrado y doctorales. Los beneficiarios son seleccionados en función de los resultados que obtuvieron en sus estudios universitarios y su campo de especialización. Al mismo tiempo, puede prestarse una ayuda financiera única para completar y defender tesis doctorales o de fin de máster.
948.En el marco del Programa de Investigaciones Científicas, el Ministerio de Educación y Ciencia también patrocina la organización de congresos científicos, tanto nacionales como internacionales; al año se celebran por término medio 50 reuniones de este tipo.
949.El Ministerio de Educación y Ciencia concede ayudas económicas para que el personal académico participe en conferencias, seminarios, congresos y simposios que se celebran en el extranjero. El Ministerio recibe anualmente unas 550 solicitudes para participar en conferencias internacionales. El proceso de selección se basa en la naturaleza de la conferencia y en la modalidad de participación del candidato.
950.El Ministerio de Educación y Ciencia ayuda a financiar 125 viajes de estudios al extranjero cada año.
951.Las instituciones científicas públicas se financian en función de los programas de trabajo que presentan anualmente; los fondos asignados se utilizan para pagar salarios y otros gastos, así como para costear las siguientes actividades científicas: proyectos de investigación, publicaciones, conferencias científicas, participación en congresos científicos y viajes de estudios al extranjero, adquisición de material de investigación y de obras científicas extranjeras, y adaptación y renovación de las instalaciones. Las instituciones científicas públicas gestionan de forma independiente los ingresos generados por los servicios que prestan.
952.Las investigaciones realizadas en el ámbito de las ciencias naturales, biotécnicas, médicas y técnicas están vinculadas en gran medida al empleo de equipamiento moderno. En los últimos años, el Ministerio de Educación y Ciencia tan sólo ha podido asignar fondos simbólicos para la adquisición de material de investigación.
953.Tras su constitución como Estado independiente y soberano en 1991, la ex República Yugoslava de Macedonia se embarcó en el proceso de institucionalizar la cooperación internacional en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico. A este respecto, se ha concluido un elevado número de acuerdos de cooperación bilaterales y multilaterales. La ex República Yugoslava de Macedonia ha firmado acuerdos de cooperación bilaterales de investigación y desarrollo tecnológico con 15 países: Albania, Alemania, Belarús, Bulgaria, China, Croacia, Egipto, Eslovenia, la Federación de Rusia, Francia, Italia, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Serbia y Montenegro, Turquía y Ucrania. Se coopera a través de proyectos de investigación conjuntos, becas para estudios académicos avanzados y visitas de estudios, de manera recíproca.
954.Los ciudadanos de la ex República Yugoslava de Macedonia reciben becas de capacitación profesional de los Gobiernos de Eslovaquia, Polonia y la República Checa, aunque aún no se ha concluido ningún acuerdo bilateral. Además, los candidatos de la ex República Yugoslava de Macedonia recibieron una formación académica avanzada en Egipto (60), Israel (40), la India (15) y China (12).
955.En cuanto a la cooperación bilateral, el Gobierno pone de relieve la colaboración con el Organismo Japonés de Cooperación Internacional (JICA). El Ministerio de Educación y Ciencia organiza con el JICA actividades de asistencia técnica que incluyen el fomento de los estudios de desarrollo, la capacitación de expertos de Macedonia en el Japón, así como otros servicios especializados. Hasta la fecha se han realizado dos estudios sobre desarrollo. Además, 150 candidatos de la ex República Yugoslava de Macedonia participaron en cursos de capacitación académica en distintos ámbitos en el marco del Programa de Capacitación del JICA. La cooperación con el Japón se inició en 2003 a iniciativa del Gobierno con el objetivo de promover la transferencia de conocimientos y tecnología a través de proyectos viables.
956.En lo que respecta a la cooperación multilateral, el Gobierno realiza actividades de colaboración muy provechosas con el OIEA, con el Programa de Investigación de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), así como con varios organismos especializados de las Naciones Unidas como la UNESCO y el PNUD.
957.Se coopera con el OIEA de conformidad con el Acuerdo de Cooperación Técnica y el Programa Marco Nacional. Hasta el momento se han llevado a la práctica 12 proyectos nacionales para la aplicación de la tecnología nuclear en ámbitos como la medicina, la veterinaria, la agricultura, la protección del medio ambiente y la industria. En el marco del Programa Regional del OIEA, el Gobierno participa activamente en 11 proyectos de protección contra la radiación.
958.En el marco del Programa de Participación de la UNESCO, el Gobierno ha puesto en marcha 21 proyectos en el ámbito de las ciencias y la educación. Cuatro de ellos todavía se están ejecutando mientras que cinco se encuentran en la fase final de evaluación y se espera que sean aprobados. Desde 2004, la ex República Yugoslava de Macedonia está incluida en el Programa de Ciencias Básicas.
Desarrollo de la sociedad de la información
959.En julio de 2002, la Asamblea de la ex República Yugoslava de Macedonia aprobó la Declaración Electrónica 2002: Recomendaciones para el Desarrollo Acelerado de la Sociedad de la Información y de la Economía Digital en la ex República Yugoslava de Macedonia (Boletín Oficial de la ex República Yugoslava de Macedonia, Nº 48/2002). Por tanto, el desarrollo de una "sociedad basada en el conocimiento" se convirtió en una prioridad nacional. En diciembre de ese mismo año el Gobierno creó una Comisión de Tecnología de la Información encargada deanalizar las actividades en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC); coordinar las actividades para el desarrollo de la sociedad de la información y preparar un proyecto de estrategia nacional sobre esas tecnologías que incluya recomendaciones para el Gobierno y los sectores de la economía, la educación, la ciencia, la atención sanitaria y la cultura.
960.En el plano regional, en el marco del Pacto de Estabilidad de Europa Sudoriental, la ex República Yugoslava de Macedonia se convirtió en país signatario de la iniciativa "e‑SEEurope Agenda for the Development of the Information Society" (Programa electrónico de Europa Sudoriental para el Desarrollo de la Sociedad de la Información) en la Conferencia sobre Telecomunicaciones para el Desarrollo celebrada en Belgrado en 2002. El Estado reiteró sus compromisos firmando una "Declaración Conjunta sobre la Creación de la Sociedad de la Información" en Budapest en 2004.
961.De conformidad con el plan de acción e-Europa y e-Europa+, la Comisión de Tecnologías de la Información aprobó un programa de trabajo para el período comprendido entre 2003 y 2007 titulado "Formulación de una estrategia nacional para el desarrollo de la sociedad de la información", que financia el Open Society Institute-Macedonia y que comenzó en 2004. Se diseñarán estrategias específicas para el comercio electrónico y el gobierno electrónico, respectivamente. El Programa propugna un enfoque complejo que abarca: la armonización con las leyes de la Unión Europea y la aplicación de éstas; las TIC y la economía; las TIC en la educación y las ciencias; las TIC en la atención sanitaria; las TIC en la cultura; la administración publica en línea y las TIC; y el gobierno local. El Programa prevé la realización de los siguientes proyectos: "Macedonia en Internet", comercio electrónico, Macedonia.mk, Internet Newsstands (kioscos virtuales en Internet), el centro de comercio electrónico y la economía electrónica.
962.Se imparten estudios de informática en tres universidades. En la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio de Skopje, la Facultad de Ingeniería Eléctrica ofrece programas de estudios universitarios y de posgrado de informática, telecomunicaciones y automática. En el Instituto de Informática y la Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas de Skopje se imparten cursos universitarios y de posgrado especializados en informática. La Facultad de Economía de Skopje ofrece cursos de comercio electrónico.
963.La Universidad de San Clemente de Ohrid, en Bitola, ofrece un programa de Estadística e Informática en el ámbito empresarial en la Facultad de Economía de Prilep, y la Facultad Técnica de Bitola ofrece un programa de Ciencias Informáticas de tres años de duración.
964.En el Departamento de Ciencias y Tecnologías de la Comunicación de la Universidad de Europa Sudoriental de Tetovo se imparten programas universitarios de cuatro años de duración. Según el plan de estudios de la universidad, durante los dos primeros semestres todos los estudiantes adquieren una "formación académica general" que, entre otras cosas, incluye el uso de las tecnologías de la información y de Internet. La universidad dispone de una moderna infraestructura de tecnologías de la información a la altura de los exigentes criterios de la Unión Europea y de los Estados Unidos.
965.La Unión Europea ha proporcionado un apoyo considerable para el desarrollo de programas de estudios modernos y la creación de condiciones propicias para el aprendizaje electrónico:
·En el período comprendido entre 1999 y 2000, la ex República Yugoslava de Macedonia participó en el Proyecto PHARE, "Cooperación Multinacional para la Educación a Distancia", en cuyo marco se creó un punto de contacto nacional en el Instituto de Informática de la Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas de la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio de Skopje; y se crearon centros de estudio en la Facultad de Ingeniería Eléctrica de la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio en Skopje y en la Facultad de Pedagogía de la Universidad de San Clemente de Ohrid en Bitola.
·En el período comprendido entre 1996 y 2004, a través del Programa TEMPUS se financió un elevado número de proyectos. Un conjunto de cuatro proyectos europeos mixtos permitió hacer realidad la idea de una "universidad virtual": aulas, laboratorios y una biblioteca, todos ellos virtuales, y un campus inalámbrico (facultades e institutos técnicos de las universidades de Skopje y Bitola). La Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas de la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio ha finalizado o está llevando a cabo numerosos proyectos financiados por TEMPUS, la OTAN y otros donantes, con el fin de crear infraestructuras y fomentar el uso de las tecnologías de información que se ofrecen con miras a flexibilizar la enseñanza, la gestión y la ingeniería informática. En la Facultad de Economía de la Universidad de Skopje hay en curso un Proyecto TEMPUS independiente sobre el comercio y la gestión electrónicos financiados gracias a la cooperación bilateral adicional con los Países Bajos.
966.Tres proyectos TEMPUS regionales permitieron crear redes para el aprendizaje a distancia:
·Un proyecto para la formación continua de jueces de Albania, Bosnia y Herzegovina y la ex República Yugoslava de Macedonia, en colaboración con la Universidad de Bolonia.
·Estudios de posgrado de Turismo y Restauración para Albania, Croacia, la ex República Yugoslava de Macedonia y Serbia y Montenegro.
·Desarrollo de estudios regionales de posgrado en ingeniería informática que permiten obtener un "título conjunto" en la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio en Skopje y en la Universidad de Novi Sad (Serbia y Montenegro). Con esta iniciativa, se introducirán por primera vez en la ex República Yugoslava de Macedonia estudios que permiten obtener una titulación conjunta.
967.Los proyectos TEMPUS fomentan el desarrollo de bibliotecas electrónicas y la modernización de los sistemas de información bibliográfica en la Facultad de Tecnología y Metalurgia, la Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas y la Facultad de Ingeniería Eléctrica de la Universidad de los Santos Cirilo y Metodio, así como en la Biblioteca Nacional y la Biblioteca de la Universidad de San Clemente de Ohrid en Skopje.
968.Dada la importancia de los informáticos, a continuación se facilitan los datos sobre los estudiantes matriculados para cursar estudios universitarios de informática en el período comprendido entre 1990 y 2003:
Estudiantes matriculados en estudios universitarios de informática, 1990 a 2003
|
1990 |
1991 |
1992 |
1993 |
1994 |
1995 |
1996 |
1997 |
1998 |
1999 |
2000 |
2001 |
2002 |
2003 |
|
|
Estudiantes de informática |
557 |
580 |
1.031 |
1.042 |
1.077 |
1.082 |
1.024 |
1.013 |
1.092 |
1.138 |
1.123 |
1.351 |
1.576 |
1.966 |
Fuente : Oficina Estatal de Estadística.
969.La informática forma parte de los programas de estudios de la mayoría de profesiones, especialmente en facultades y centros superiores de formación profesional en el ámbito de la técnica, la tecnología y otras ciencias aplicadas.
970.La Ley de enseñanza superior contempla el aprendizaje a distancia como un tipo de formación continua (art. 123). Teniendo en cuenta la importancia de este tipo de educación, las enmiendas legislativas deberían lograr que el aprendizaje a distancia (consideramos que el concepto "aprendizaje electrónico" es más idóneo) fuese parte integral en todos los niveles educativos (de forma exclusiva o combinada con formas tradicionales de enseñanza y aprendizaje).
971.En cuanto a la enseñanza secundaria, la informática es una materia obligatoria para todos los estudiantes que cursan el primer año de ese ciclo y, en ciertos casos, esta asignatura se sigue estudiando en cursos superiores.
972.Los conocimientos informáticos forman parte de la formación profesional de nivel secundario. Entre los elementos importantes de las fases primera y segunda de la reforma de la formación profesional, aplicada con el apoyo de la Comisión Europea, figuran: la adquisición de material de TIC, máquinas informatizadas de control numérico, programas informáticos aplicados a la enseñanza, manuales para docentes y alumnos, y cursos de capacitación para los profesores. Se realizaron actividades en 56 centros de formación profesional de nivel secundario.
973.En cuanto a la enseñanza primaria, la informática se estudia como asignatura optativa en los grados séptimo y octavo.
974.Diversas empresas privadas organizan cursos de capacitación sobre la tecnología de la información y el uso de Internet. Los empleados de los centros de formación profesional también organizan actividades educativas y de capacitación de este tipo. Muchos empleados que desean adquirir una formación y conocimientos en informática o mejorarlos, así como los desempleados y las personas que buscan trabajo, se benefician de estas oportunidades.
975.En colaboración con el Ministerio de Educación y Ciencia, USAID financia proyectos en centros de enseñanza elemental y secundaria importantes para el desarrollo de la sociedad de la información, en particular proyectos de enseñanza y aprendizaje creativos (2002-2005), un programa de formación profesional de nivel secundario (2003-2008), tecnología de la información en los centros de enseñanza elemental y secundaria (2003-2007) y un programa para el uso de Internet (2004-2007).
976.De conformidad con el programa de trabajo (2003-2007) de la Comisión de Tecnologías de la Información, el Gobierno seguirá prestando apoyo a proyectos destinados al desarrollo de la red de información y comunicaciones que conecta a los centros de enseñanza y las instituciones científicas, prestando especial atención a las redes informáticas inalámbricas. En los institutos y centros de desarrollo se proporcionará una conexión a Internet de alta velocidad al personal académico, a los estudiantes y a los investigadores. Las actividades previstas para mejorar los conocimientos informáticos de la población son: fomentar la traducción y la publicación de libros especializados sobre las tecnologías de la información y las comunicaciones; introducir la informática como asignatura obligatoria en el quinto grado de la enseñanza elemental; conceder subvenciones para dotar de laboratorios informáticos con acceso a Internet a las instituciones dedicadas a la enseñanza y la investigación; crear una facultad de informática; y apoyar la formulación de un programa para reducir la fuga de cerebros.
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