Naciones Unidas

CMW/C/SR.141

Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

Distr. general

31 de marzo de 2011

Español

Original: francés

Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

13º período de sesiones

Acta resumida de la 141ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 24 de noviembre de 2010, a las 10.00 horas

Presidente:Sr. El Jamri

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 73de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico del Ecuador (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud delartículo 73 de la Convención (continuación)

Segundo informe periódico del Ecuador (continuación) (CMW/C/ECU/2; CMW/C/ECU/Q/2 y Add.1)

1.El Presidente invita a la delegación del Ecuador a tomar asiento como participante a la mesa del Comitéy a seguir respondiendo a las preguntas formuladas en la sesión anterior.

2.El Sr. Montalvo dice que la delegación ha agrupado las cuestiones pendientes por tema.

3.El Sr. Holguín considera que el derecho a la migración es una cuestión fundamental que afecta a las relaciones entre Estados y que merece debatirse a fondo. El artículo 40 de la nueva Constitución del Ecuador reconoce a las personas el derecho a migrar y garantiza el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior. Sin embargo, si bien el Estado ecuatoriano puede establecer en la Constitución los derechos de los ecuatorianos y los extranjeros en el territorio nacional, también tiene que aceptar las políticas de inmigración de los otros Estados, dado que su jurisdicción termina donde empieza la de los demás. El Estado-nación de fronteras rígidas de los siglos XIX y XX ya no existe; hoy en día, el Estado, que sigue siendo soberano, debe tener en cuenta sus responsabilidades y respetar los principios de la solidaridad internacional.

4.La Sra. Ruiz dice que a finales de noviembre el Ecuador procederá a la elaboración del sexto censo de vivienda y del séptimo censo de población, que incluirá una serie de preguntas relativas a la migración y permitirá disponer de una visión general actualizada sobre su situación. De forma paralela, los servicios competentes trabajan para sincronizar los sistemas informáticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio del Interior. Se trata de crear un sistema en línea, compuesto de varios módulos y dotado de diferentes parámetros de acceso que, además de garantizar la confidencialidad de la información, contendrá una base de datos completa y actualizada que permitirá a los servicios de policía disponer de información sobre los flujos migratorios a partir de los visados emitidos y las entradas y salidas registradas en los puestos fronterizos, así como preparar estadísticas.

5.El censo también permitirá al Gobierno del Ecuador disponer de cifras lo más exactas posible sobre el trabajo infantil. Desde el inicio de la "revolución ciudadana", el Gobierno, que despliega esfuerzos considerables para eliminar este fenómeno, ha puesto en marcha programas de gran envergadura con el fin de fomentar la escolarización y la retención escolar de niños y adolescentes. La gratuidad de la enseñanza está garantizada y se conceden subvenciones a las familias más pobres a condición de que escolaricen a sus hijos.

6.El Sr. Holguín dice que, a diferencia de algunos países grandes, como los Estados Unidos, donde los inmigrantes indocumentados se ven obligados a recurrir al engaño para sobrevivir, el Ecuador pone la ciudadanía por delante de la nacionalidad y, en ese sentido, aspira a regularizar, de forma ordenada, a todas las personas en situación irregular que se encuentran en su territorio. El Ecuador acaba de celebrar un acuerdo con el Perú que permitirá regularizar, en un plazo de 180 días, la situación de los peruanos asentados en el Ecuador y la de los ecuatorianos asentados en el Perú. Actualmente se está negociando con Colombia, cuyos ciudadanos constituyen la mayor proporción de migrantes indocumentados en el Ecuador, un acuerdo similar, que está muy avanzado. Cuando se hayan aplicado ambos acuerdos se habrá regularizado la situación de entre el 95% y el 98% de los inmigrantes indocumentados que viven en el territorio ecuatoriano. En lo que respecta al 2% restante, que no está cubierto por esos acuerdos, el Ecuador, fiel a sus principios, adoptará las medidas pertinentes para proporcionarles los documentos necesarios a fin de que puedan ejercer la ciudadanía en el país.

7.Ya está listo el proyecto de ley de movilidad humana. En él se desarrollan las disposiciones constitucionales sobre este tema, que cubren todas las esferas abarcadas por la Convención, además de otras como la familia o los grupos vulnerables. Rompiendo con las leyes heredadas de las dictaduras, todavía vigentes hoy en día, el proyecto de ley, que se inspira en los modelos de la Argentina y el Uruguay, basados en los derechos humanos, conserva, no obstante, características propias de los países andinos. El proyecto de ley, que actualmente se ha presentado a los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior y Trabajo y a la Secretaría Nacional de las Migraciones para su examen, se dará a conocer en breve a la sociedad civil, que participa activamente en el debate, para, posteriormente, modificarlo en función de las observaciones formuladas y, por último, transmitirlo a la Asamblea Nacional.

8.El Sr. Montalvo da lectura al artículo 424 de la Constitución, que dispone expresamente que los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica. El artículo 425 precisa el orden jerárquico de aplicación de las normas y establece que en caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, las autoridades competentes lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior. Por último, en virtud del artículo 426, los derechos consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento y aplicación, sin que sea necesaria una ley secundaria.

9.Sin embargo, es cierto que algunas de las disposiciones internacionales plantean problemas de aplicación que requieren la elaboración de normas y procedimientos. La adopción de la nueva Constitución del Ecuador ha conllevado una reforma estructural y legislativa de fondo que hace que hoy en día haya unas 200 leyes e instrumentos legislativos en espera de aprobación. Este proceso, pese a ser largo, refleja la voluntad política del Gobierno del Ecuador y de la sociedad civil de adaptarse a las disposiciones y los principios de la Convención y de los demás instrumentos internacionales.

10.Cabe destacar también que, aunque se consagren en la Constitución y sean de inmediato cumplimiento y aplicación, esos principios son nuevos y no forman necesariamente parte de la cultura de todos los jueces. Una vez más, se trata de un proceso en curso. Debe tenerse en cuenta que la Constitución del Ecuador se basa en principios y garantías y que concede prioridad a los tratados internacionales en el orden jerárquico de aplicación de las normas.

11.La Sra. Aguilar explica que la seguridad social es un derecho que no admite excepciones y se rige por una serie de principios, como la solidaridad, la universalidad, la equidad, la eficacia, la transparencia y la participación. Se trata de un sistema en proceso de elaboración que, una vez asegurada su viabilidad financiera, tendrá por objeto proporcionar cobertura universal a todos los que residen en el territorio nacional, sin discriminación alguna. En la actualidad, todos los trabajadores, nacionales y extranjeros que cotizan al régimen de la seguridad social reciben las prestaciones y, además, el régimen sufraga los gastos de salud de sus hijos hasta los 18 años de edad. Asimismo, se prevé que los cónyuges de esos trabajadores puedan afiliarse al régimen. Cabe precisar que las prestaciones de seguridad social, en particular las pensiones de jubilación, pagadas por el país de acogida, se transfieren cuando el trabajador migrante ecuatoriano que ha cotizado a la seguridad social de ese país regresa al Ecuador.

12.La Sra. Ruiz señala que, en lo que respecta a la trata de personas, el Ministerio del Interior ha elaborado un protocolo de expulsión en virtud del cual se pondrá fin a la expulsión de las víctimas de la trata y se adoptarán las medidas necesarias para proteger sus derechos y establecer la responsabilidad de los autores de ese delito. Se informa a la Comisión Interinstitucional encargada del Plan Nacional de Lucha contra la Trata de Personas de los procedimientos iniciados. Las denuncias de casos de trata de migrantes dan lugar a investigaciones que corren a cargo del ministerio público y, cuando es necesario, se traducen en medidas de protección a las víctimas. Estas pueden interponer un recurso contra las decisiones judiciales que dicten su expulsión y, llegado el caso, obtener una indemnización. El Código Penal castiga la trata con penas de prisión de 6 a 12 años, o de hasta 16 años si concurren circunstancias agravantes, y los autores de dichos actos no pueden beneficiarse en ningún caso de una reducción de la pena. Sin embargo, las decisiones judiciales a menudo se dan a conocer con retraso debido a la falta de fiscales y jueces, situación que el Gobierno trata de remediar.

13.Las personas a las que se va a expulsar permanecen en unos centros de acogida que no son lugares de detención ni de privación de libertad y en los cuales todavía no está prevista la separación entre hombres y mujeres. Se han asignado los recursos financieros necesarios para evitar decisiones arbitrarias y mejorar la eficacia del proceso de expulsión sin vulnerar los derechos de las personas. El protocolo establecido por el Ministerio del Interior prevé sanciones contra todo abuso cometido durante este proceso y garantiza de este modo el respeto del derecho de los acusados a un juicio justo.

14.En junio de 2010 se realizaron operaciones de control de identidad a escala nacional que dieron lugar a varias expulsiones. Como resultado de las irregularidades observadas durante las detenciones, se suspendió a nueve gobernadores provinciales de sus funciones y se confió a la Policía Nacional la realización de investigaciones con miras a sancionar toda violación de los derechos humanos comprobada.

15.La Sra. Aguilar subraya que la eliminación del trabajo infantil es una prioridad para el Gobierno, que ha creado un nuevo programa de desarrollo humano y ha actualizado otros ya existentes, como el titulado "Ecuador sin trabajo infantil", destinado a proteger a los niños frente a cualquier tipo de explotación. Se llevan a cabo inspecciones en los lugares de trabajo para impedir la contratación de niños y garantizarles así el derecho a la educación. Está prohibido que trabajen los niños menores de 15 años y a partir de esa edad se les permite trabajar siempre que se cumplan rigurosamente ciertas condiciones: se deben regular los horarios y los días de trabajo, es obligatorio afiliarlos a la seguridad social, el Ministerio de Trabajo debe revisar y aprobar los contratos, sólo pueden trabajar en sectores específicos y se deben respetar sus derechos. Por otra parte, uno de los objetivos del Gobierno consiste en eliminar el trabajo infantil en las zonas rurales; hasta la fecha, 2.500 niños han recuperado sus derechos. El Ecuador también trata de eliminar el trabajo infantil en las minas y plantaciones de plátanos. Entre 2009 y 2010 las intervenciones del Ministerio de Trabajo han impedido que 1.000 niños trabajen en las minas y 500 en las plantaciones de plátanos. Además, se prohíbe a todos los niños menores de 18 años trabajar en el servicio doméstico.

16.En cuanto a la inscripción de los niños, los servicios del Registro Civil están siendo objeto de una reforma y se están adoptando medidas para fortalecer la capacidad institucional y lograr que se inscriba a todos los ciudadanos, incluidas las personas de las poblaciones fronterizas. Asimismo, se prevé la elaboración de un censo para determinar el número de niños no inscritos y adoptar las medidas oportunas.

17.El Sr. Thullen dice que el Ecuador trabaja en estrecha colaboración con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el marco del Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) con el fin de promover la cooperación técnica Sur-Sur en esa esfera, especialmente con el Brasil. También señala que se han firmado convenios para impedir la contratación de niños en las empresas del sector de la floricultura.

18.El Sr. Holguín explica que la gran afluencia de migrantes ha impulsado al Gobierno del Ecuador a poner en marcha, en colaboración con la Dirección General de Refugiados y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), un procedimiento de inscripción ampliado en todas las provincias, en particular aquellas que son limítrofes con Colombia. Este procedimiento ha permitido a los funcionarios del ACNUR y del Ministerio de Relaciones Exteriores determinar el número de solicitantes de asilo y mejorar y acelerar el proceso de examen de las solicitudes. Cerca de 53.000 colombianos han obtenido así el estatuto de refugiado en el Ecuador, que se ha convertido en el país de América del Sur que ha acogido a mayor número de solicitantes de asilo.

19.El derecho de voto de los ecuatorianos que viven en el extranjero está garantizado por la Constitución. Por consiguiente, pueden participar en la elección del Presidente y el Vicepresidente de la República y elegir a 6 de los 126 miembros de la Asamblea Nacional. Además, se ha puesto en marcha un mecanismo para que puedan solicitar un referéndum sobre los temas que les interesan. Los extranjeros que viven en el Ecuador también tienen derecho a votar, siempre que hayan vivido en el país al menos cinco años.

20.En lo que concierne a la repatriación de los ecuatorianos, el título del programa aprobado en el Ecuador "Bienvenidos a casa" se ha modificado para evitar confusiones con la directiva europea sobre la repatriación y los planes de regreso formulados por algunos países europeos en los que se hace referencia a "regresos voluntarios", cuando a menudo se trata de retornos forzados. Este programa garantiza el regreso voluntario de los ecuatorianos, con dignidad y previa planificación. Consciente de las ventajas que esos regresos suponen para el Ecuador, el Gobierno ayuda a los interesados a regresar al país con todos los bienes que poseían en el extranjero. En el mismo sentido, el programa Fondo Concursable "El Cucayo" apoya a los migrantes ecuatorianos que regresan al Ecuador para continuar un negocio, ofreciéndoles ayudas financieras. Es importante señalar que Colombia ha elaborado un programa de regreso en el marco del cual colabora con el Ecuador para garantizar el regreso de los colombianos que lo desean a su país. Aunque es muy reciente, el programa del Ecuador ha permitido, hasta la fecha, que 11.290 ecuatorianos regresen a su país.

21.El Sr. Montalvo señala a la atención del Comité el hecho de que, según el informe del ACNUR, el Ecuador es un ejemplo de buenas prácticas en América del Sur en lo que concierne a los refugiados.

22.El Sr. Sánchez indica que, en el plano constitucional, los trabajadores migrantes que están a la espera de ser expulsados pueden oponerse a la decisión adoptada contra ellos. En este sentido, el artículo 215 de la Constitución dispone que la Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. En términos de derechos políticos de los extranjeros que viven en el Ecuador, se han presentado unas 220 leyes al Parlamento que deberán aplicarse de forma gradual. A título de ejemplo, la Ley de servicio público dispone que los extranjeros residentes en el Ecuador podrán ser servidores públicos si han permanecido legalmente al menos cinco años en el país. En cuanto a la adquisición de bienes, los extranjeros gozan de los mismos derechos que los ecuatorianos, con dos limitaciones establecidas en la Constitución: la prohibición de adquirir bienes, por una parte, en zonas protegidas —las reservas naturales, por ejemplo— y, por otra parte, en las zonas de seguridad nacional, a lo largo de las fronteras del país.

23.El artículo 326 de la Constitución garantiza el derecho y la libertad de organización de las personas trabajadoras, sin autorización, y el artículo 9 dispone que los extranjeros que viven en el Ecuador tienen los mismos derechos y deberes que los ciudadanos ecuatorianos.

24.El Sr. Sánchez, en respuesta a la pregunta formulada por el Sr. El Jamri, señala que el 16 de marzo de 2010 el Ministerio de Relaciones Laborales, del que dependen los trabajadores domésticos, puso en marcha el programa "Trabajo doméstico digno" con miras a eliminar la explotación laboral y a intensificar los mecanismos de control y concienciación sobre el tema. Este programa, basado en los principios de trabajo decente enunciados por la OIT, prevé, tanto para los ecuatorianos como para los extranjeros, el aumento del salario mínimo en más del 300%, las bonificaciones, el pago de las horas extraordinarias, las vacaciones pagadas y la afiliación a la seguridad social. Se trata también de realizar más inspecciones en los hogares para verificar el cumplimiento del Código del Trabajo y permitir la contratación sobre la base de un contrato horario, así como de fomentar la elaboración de programas de fortalecimiento de la capacidad y de concienciación de los trabajadores domésticos respecto de sus derechos y obligaciones. Por último, el programa tiene por objeto aumentar el número de trabajadores domésticos afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que actualmente se sitúa en torno al 25%.

25.El Sr. Thullen señala que la cuestión del trabajo decente para los trabajadores domésticos era uno de los puntos del orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebrada en junio de 2010. Parece haber consenso para que en la próxima CIT, que tendrá lugar en junio de 2011, se adopte un convenio, y no una mera recomendación, como desean vivamente el Ecuador y otros países de América Latina. El Sr. Thullen también presenta un folleto preparado por el Ministerio de Relaciones Laborales en el que se enuncian los derechos de los trabajadores domésticos y se define la naturaleza del servicio doméstico, el contrato de trabajo, la remuneración, las horas de trabajo o incluso la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por ejemplo.

26.El Sr. Montalvo se refiere a la recomendación del Comité relativa a las declaraciones previstas en los artículos 76 y 77 de la Convención, recuerda la importancia de este procedimiento para el Ecuador, y señala que es una de las nuevas leyes que actualmente está examinando la Asamblea Nacional. A este respecto, acoge con agrado las recomendaciones del Comité, que dan más importancia a las reformas legislativas, y añade que en el Ecuador las denuncias se presentan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos en vez de hacerlo ante los órganos creados en virtud de tratados. El Ecuador ha cursado una invitación permanente a todos los titulares de mandatos de procedimientos especiales, manifestando así su apertura y voluntad de transparencia. En respuesta a la pregunta de la Sra. Poussi sobre el párrafo 109 del informe, el Sr. Montalvo precisa que la Comisión Nacional para la Protección de las Personas en Movilidad desaparecerá pero que la Defensoría del Pueblo garantizará el desempeño de sus funciones.

27.El Sr. Holguín responde a las preguntas formuladas por los miembros del Comité, recuerda que la Secretaría Nacional del Migrante, creada en 2007, se encarga de la protección de los ecuatorianos residentes en el extranjero y de los extranjeros, las políticas migratorias y la gestión de las "Casas ecuatorianas", situadas en las grandes ciudades de los principales países donde viven los ecuatorianos para que éstos no pierdan el vínculo con su país de origen. En relación con los sucesos ocurridos en el estado de Tamaulipas (México), recuerda que los dos supervivientes de la masacre de 72 migrantes perpetrada por los Zetas se acogen al programa de protección de testigos y, por consiguiente, el Gobierno no puede divulgar nada a ese respecto. No obstante, destaca que representantes del Ecuador y México se reunieron y que la identificación de los cadáveres ya ha permitido repatriar a dos ecuatorianas.

28.El Sr.Holguín da lectura al párrafo 6 del artículo 416 de la Constitución y precisa que la defensa del principio de ciudadanía universal se aplica al territorio del Ecuador, pero también puede inspirar a otros países. Con respecto al párrafo 37 del informe, indica que los migrantes en situación tanto regular como irregular tienen los mismos derechos ante la ley y que existe un mecanismo de regularización para quienes lo soliciten, tanto si han llegado al Ecuador de forma regular como irregular.

29.Por último, el Sr. Holguín destaca que los refugiados están protegidos por la Convención de 1951, la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, la Declaración de México y el Convenio de Cartagena, y que por alianza estratégica se entiende la alianza que pueden formalizar determinados países de América del Sur (Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Argentina, Chile) para negociar con Europa y los Estados Unidos acuerdos sobre los flujos migratorios.

30.La Sra. Ruiz vuelve a referirse al Plan de Desarrollo Humano para las Migraciones, al carácter general de las políticas migratorias en el Ecuador y a la necesidad de integrar las cuestiones relativas a la migración en todas las actividades del Estado. Asimismo, conviene ocuparse de los migrantes y sus familias, y aprovechar su dinamismo. La Secretaría Nacional del Migrante ha puesto en marcha varios programas, en particular de asistencia para el retorno, desarrollo financiero y elaboración de nuevas leyes destinadas a armonizar las normas en vigor con la nueva Constitución. La Sra. Ruiz señala que todas las víctimas tienen derecho a una indemnización en caso de violación de sus derechos y que la Secretaría Nacional del Migrante ha publicado y distribuido el texto de la Convención a los funcionarios y se ha entregado a los 40.000 agentes de policía del país, incluidos los de las fronteras, un manual sobre los derechos humanos que hace hincapié en el derecho a la movilidad, la no discriminación y la protección.

31.El Sr. Holguín expresa su profundo agradecimiento al Comité por el presente diálogo y recuerda la importancia que el Ecuador concede a las observaciones del Comité porque sabe que todavía le queda mucho por hacer, especialmente en lo que respecta a la elaboración de normas secundarias conformes a la nueva Constitución.

32.La Sra. Cubías Medina vuelve a abordar algunas observaciones formuladas por el Comité durante el examen del informe inicial del Ecuador, en particular en relación las declaraciones previstas en los artículos 76 y 77 de la Convención y sobre la adhesión del Ecuador al Convenio Nº 143 de la OIT, celebra que la posibilidad de formular esas declaraciones se esté estudiando en el contexto de la reforma legislativa y que también se contemple la posible adhesión al Convenio. Recuerda que el Comité había recomendado que se intensificasen los esfuerzos para abordar el problema de la explotación sexual de los niños migrantes para fines comerciales, especialmente en la región de Lago Agrio y desea obtener más información sobre este punto. También recuerda que los centros de detención deben proporcionar acceso a los servicios sociales básicos y pregunta cuánto tiempo pueden los hombres y las mujeres cohabitar en ellos. Aunque acoge con satisfacción los esfuerzos del Gobierno para luchar contra el trabajo infantil, pregunta si los datos sobre el trabajo de niños y adolescentes están desglosados por nacionalidad. En cuanto a las expulsiones, desea saber si las nuevas leyes prevén un procedimiento claro y rápido conforme a la nueva Constitución y a la Convención, que garantice el respeto del derecho a la defensa. La oradora también está preocupada por el caso de los cubanos que no pueden ser repatriados si han permanecido fuera del territorio cubano durante más de 11 meses y 30 días. Acoge con agrado el procedimiento de regularización establecido, pero desea saber qué suerte corren las personas que entran ilegalmente en el Ecuador por segunda vez, cometiendo así un delito a la luz de la ley ecuatoriana pero no de la Convención. Por último, señala que algunos países aplican a los extranjeros las disposiciones de la Convención, en lugar del derecho interno, y desea saber si ese es el caso en el Ecuador.

33.El Sr. Brillantes lamenta que uno de los miembros de la delegación del Ecuador haya hablado de exportación en relación con los trabajadores migrantes y los trabajadores del servicio doméstico; esa forma de pensar es totalmente contraria al espíritu y la letra de la Convención, que trata de proteger a esas personas y conferirles toda su dignidad. Insta a todo el mundo a evitar emplear el término "exportación" para hacer referencia a los emigrados. Paralelamente, desea saber si el Estado parte apoya a los ciudadanos que van a trabajar a países con los que el Ecuador no ha firmado acuerdos bilaterales en la materia (Iraq, Irán, Afganistán, Corea del Norte o Somalia, por ejemplo) y donde se sabe que la situación es tal que sería prácticamente imposible protegerlos y defender sus derechos. El orador pregunta si, para cumplir con la obligación de protegerlas, las autoridades ecuatorianas han aplicado procedimientos para evitar que esas personas lleven a cabo su proyecto, a riesgo de obstaculizar su derecho a circular libremente.

34.El Sr. El-Borai es consciente de que el Ecuador está en período de transición jurídica tras la aprobación de una nueva Constitución, que convive con leyes obsoletas. Es bien sabido que se necesita tiempo para adaptar la legislación en esos casos y que, en la jerarquía jurídica que prevalece, el primer lugar lo ocupa la Constitución, seguida de las convenciones internacionales debidamente ratificadas, y, por último, las leyes orgánicas. Sin embargo, los jueces y funcionarios que aún no conocen en detalle las nuevas disposiciones constitucionales suelen dar prioridad al derecho interno que dominan, obligando así a sus conciudadanos a recurrir al Tribunal Constitucional para hacer valer sus derechos al amparo de la Constitución. Para un migrante es muy difícil seguir este procedimiento. Por lo tanto, es fundamental que el Gobierno haga todo cuanto esté a su alcance para capacitar rápidamente a los funcionarios del sistema judicial en lo que respecta a las nuevas disposiciones jurídicas en vigor.

35.El Presidente interviene en calidad de miembro del Comité y pregunta si los trabajadores migrantes ecuatorianos han participado en la elaboración de los planes y programas relativos a su regreso voluntario y a su reintegración.

36.El Sr. Montalvo pide disculpas en nombre de la delegación a los miembros del Comité por el empleo desafortunado e involuntario del término "exportación" en relación con los trabajadores migrantes, lamenta ese lapsus y asegura que el Ecuador es solidario con la iniciativa del Comité destinada a proteger los derechos de los trabajadores migrantes.

Se suspende la sesión a las 12.10 horas y se reanuda a las 12.40 horas.

37.El Sr. Holguín dice que el Ecuador respeta el derecho de toda persona a emigrar y considera que la migración debe seguir siendo una posibilidad y no convertirse en un problema, de ahí la necesidad de que cualquier posible emigrante prepare su proyecto; paralelamente, las autoridades tienen la responsabilidad de proporcionarles toda la información necesaria, incluso sobre las dificultades que podrían encontrarse en los países donde puede ser difícil protegerlos, como los mencionados por el Sr. Brillantes. Hoy en día, en el marco de la integración latinoamericana, el Ecuador está firmando cada vez más convenios de protección consular con otros países. El último de ellos, que constituye una buena práctica a seguir, es el firmado con Colombia y el Perú, que prevé que el Consulado del Ecuador en Tapachula, al sur de México, cerca de la frontera con Guatemala, tenga también la misión de defender los derechos de los ciudadanos colombianos y peruanos que entran en el territorio mexicano y de informar a las autoridades de sus respectivos países cuando son detenidos por los servicios de inmigración o la policía. Como ha mencionado la Sra. Cubías Medina, la región de Sucombios, en la frontera con Colombia, es un lugar donde se registran diversos tipos de tráfico (estupefacientes, armas, prostitución, trata de personas), donde hay migrantes en situación irregular y por donde transitan fuerzas ilegales colombianas que no llevan uniforme; en pocas palabras, reina un clima de peligro que hace que sea difícil controlar la situación de la trata de niños para fines de explotación sexual. El país dispone, sin embargo, de un protocolo interinstitucional de protección para niños y adolescentes, en el marco del cual cada institución interviene en función de su competencia, por ejemplo para recuperar a niños retenidos por uno de sus progenitores o incluso para luchar contra la trata de niños, que es uno de los aspectos más importantes.

38.En lo que concierne a la situación de los cubanos, el Sr. Holguín se reunió con el Viceministro de Relaciones Exteriores de Cuba, quien le explicó que no está prohibido que los cubanos regresen a Cuba después de 11 meses y 30 días, pero que, pasado ese período, pierden ciertos beneficios (vivienda, por ejemplo) o prestaciones. Los inmigrantes cubanos, conscientes de esas disposiciones, realizan frecuentes viajes de ida y vuelta entre su país y el Ecuador (cuatro o cinco veces al año), en particular con el fin de revender en Cuba la ropa que compran más barata en el Ecuador. El proceso de regularización de los migrantes en situación irregular afecta principalmente a los peruanos y los colombianos (98%), debido a los acuerdos firmados con sus países y, a continuación, vienen las otras nacionalidades.

39.La Sra. Ruiz dice que, en lo que concierne a la trata y la explotación sexual de los niños, el Ecuador ha puesto en práctica una política de atención integral, que incluye a los niños de la región de Lago Agrio, y que proporciona un marco adecuado a las operaciones policiales internas y externas en la frontera norte. En los centros de detención provisional el acceso a los servicios sociales y el respeto de la higiene están garantizados por el Ministerio de Salud, y la alimentación proporcionada cuenta con la conformidad de la Secretaría Nacional del Migrante. La detención en estos centros es, por definición, provisional y no se prevén instalaciones separadas para hombres y mujeres, si bien es evidente que en su interior existen espacios diferenciados para unos y otros.

40.El Sr. Montalvo estima que el Ecuador estará en posición de proporcionar más información sobre las declaraciones previstas en los artículos 76 y 77 de la Convención y sobre la adhesión al Convenio Nº 143 de la OIT en su próximo informe periódico. El orador es consciente de las lagunas que existen hoy en día en el país entre la realidad jurídica y la capacitación de los encargados de la aplicación de las leyes, y considera que en la práctica administrativa y la jurisprudencia seguramente ya se aplican los tratados internacionales, aunque por el momento no disponga de información sobre casos concretos. Recuerda que en virtud del artículo 427 de la Constitución del Ecuador, las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos son directamente aplicables, incluso si las partes no los invocan expresamente.

41.La Sra. Cubías Medina celebra los esfuerzos realizados por el Ecuador para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores migrantes y sus familias, en particular mediante las reformas institucionales y jurídicas en curso actualmente, que tratan de lograr una mayor coherencia entre las políticas de migración exterior e interior. Sin embargo, será necesario que el Estado parte mejore considerablemente las condiciones de acogida y alojamiento en los centros de detención y ofrezca instalaciones separadas para hombres, por un lado, y mujeres y niños, por otro. En calidad de país de inmigración, el Ecuador deberá esforzarse por ser coherente con las disposiciones de la Convención; en sus observaciones finales el Comité podría formular recomendaciones sobre el tema a partir de ejemplos concretos.

42.El Presidente manifiesta su satisfacción por la calidad del diálogo franco y fructífero mantenido con la delegación de alto nivel enviada por el Ecuador y felicita al Estado parte por los numerosos progresos realizados desde la presentación de su informe inicial. Le alienta a que prosiga sus esfuerzos, incluido el diálogo con los Estados vecinos, y a que, como prevé el Ecuador, las disposiciones de la Convención sean el umbral mínimo que haya que respetar.

43.El Sr. Holguín , tras expresar su agradecimiento al Comité por la cálida acogida dispensada a la delegación y al informe que ha presentado, dice que está convencido de que, en su próximo informe, el Ecuador podrá hacer mención de otros muchos progresos.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.