Comité de los Derechos del Niño
Informes periódicos sexto y séptimo combinadosque Maldivas debía presentar en 2021 en virtuddel artículo 44 de la Convención *
[Fecha de recepción: 1 de noviembre de 2021]
Lista de abreviaciones
ODSObjetivos de Desarrollo Sostenible
ONGorganizaciones no gubernamentales
UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia
UNODCOficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
Introducción
1.Este informe se presenta de conformidad con el artículo 44 de la Convención sobre los Derechos del Niño. Abarca el período comprendido entre la fecha de las observaciones finales emitidas de resultas del examen de los informes periódicos cuarto y quinto combinados (enero de 2016) y octubre de 2021. El Estado parte considera que los avances en la esfera de la protección infantil a raíz de la presentación de los informes periódicos cuarto y quinto combinados se trataron adecuadamente durante el examen del informe, que tuvo lugar en enero de 2016. Los informes periódicos sexto y séptimo combinados de Maldivas debían presentarse inicialmente el 12 de septiembre de 2021. Sin embargo, debido a las restricciones causadas por la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), el Gobierno solicitó una prórroga hasta el 12 de octubre de 2021, con miras a llevar a cabo consultas exhaustivas con las partes interesadas pertinentes, a saber, organizaciones de la sociedad civil, la Institución Nacional de Derechos Humanos y la Defensoría del Niño.
2.Este informe se elaboró por conducto del Mecanismo Nacional de Maldivas para la Presentación de Informes y el Seguimiento, establecido por el Presidente del país el 5 de noviembre de 2020. Contribuyó a su elaboración un subcomité específico compuesto por todas las partes interesadas en la protección de los derechos del niño. El informe también es el resultado de las consultas que se llevaron a cabo con la Defensoría del Niño, la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas y las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el país en la protección de los derechos humanos.
Panorama político y planificación nacional
3.El período sobre el que se informa fue especialmente importante para Maldivas por los movimientos en el panorama político y los cambios transformadores en la gobernanza del país. Durante los días previos a las elecciones presidenciales de septiembre de 2018, Maldivas fue testigo de un deterioro sin precedentes en la protección de los derechos humanos y los valores democráticos. La volatilidad política del país hacia el segundo semestre de 2018 fue la responsable en gran medida de que las instituciones no pudieran dedicarse verdaderamente a hacerlos efectivos, lo que afectó al desarrollo y el bienestar de la sociedad en su conjunto.
4.Tras una victoria aplastante, el Gobierno del Presidente Ibrahim Mohamed Solih asumió sus funciones con la promesa de restablecer la democracia y mejorar el sistema de gobernanza de Maldivas. Defender el estado de derecho, promover el respeto de los derechos humanos, establecer un Estado que rinda cuentas y renovar la confianza en el sistema de justicia son las promesas principales del Gobierno actual, que se esfuerza por lograr una gobernanza descentralizada que garantice incluso a la población más alejada de la capital un acceso en condiciones de igualdad a los servicios básicos.
5.Al respecto, el Gobierno comenzó las labores en pro del desarrollo formulando un Plan de Acción Estratégico (2019-2023) que complementa las promesas para sus primeros 100 días y reúne las metas establecidas en su manifiesto y en las recomendaciones de las organizaciones de la sociedad civil y otros organismos especiales. El Plan de Acción Estratégico, que es el primer plan nacional de desarrollo aprobado en un decenio, gira en torno a cinco sectores: la economía azul, el Estado solidario, la dignificación de la familia, el modo de vida insular (Jazeera Dhiriulhun) y la buena gobernanza. Dentro de esos sectores generales, indica las políticas y estrategias públicas para el período 2019-2023. La protección de los derechos del niño y la protección social es un tema recurrente en el Plan de Acción Estratégico; en él, la mayoría de las políticas tienen por objetivo mejorar los servicios de protección social, prevenir la violencia contra la infancia, promover la vida de los niños que tienen necesidades especiales, enriquecer la vida familiar y prestar mayores servicios a los jóvenes. El Plan de Acción Estratégico también se ajusta los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y es el trampolín para pasar a una asignación de recursos y una presupuestación basadas en los resultados. Se espera que aumente la distribución equitativa de los recursos y establezca prioridades y metas alcanzables y una planificación del desarrollo institucional.
6.Dado que las políticas de protección de la infancia ocupan un lugar central en el desarrollo nacional, Maldivas se complace en señalar que ha logrado avances notables en el afianzamiento de los derechos del niño y del sistema de protección de la infancia durante el período sobre el que se informa.
Cambios en el mandato del Ministerio
7.Durante el período que abarca el informe, el Ministerio competente experimentó cambios importantes en cuanto a su gobernanza y su mandato institucionales. El Ministerio de Género y Familia se estableció como ministerio independiente el 22 de junio de 2016. Se le asignó el mandato principal, entre otras cosas, de aplicar y guiar las políticas relativas al bienestar de las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad, poner en práctica las políticas relativas a la igualdad de género, la prevención de la violencia doméstica y la violencia de género y establecer y operar el sistema de protección de los derechos del niño en Maldivas. Dentro del Ministerio se creó una División de Derechos del Niño y Bienestar de la Familia para prestar asistencia a las víctimas de la violencia contra la infancia, y concienciar y movilizar a los grupos sociales comunitarios en la lucha contra la violencia contra la infancia.
8.Este mandato del Ministerio permaneció inalterado y el Ministerio continuó adoptando una serie de medidas como principal parte interesada responsable de hacer cumplir las políticas relativas a la protección de la infancia y los derechos del niño durante el período sobre el que se informa, hasta la promulgación en noviembre de 2019 de la Ley núm. 19/2019 (Ley de Protección de los Derechos del Niño). Con el Gobierno actual, se convirtió en el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales.
Promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niñoy la Ley de Justicia Juvenil
9.Durante el período que abarca el informe se promulgaron leyes importantes que aplicaban reformas muy necesarias en la esfera de la protección de la infancia. Después de casi un decenio de deliberaciones, la Ley de Protección de los Derechos del Niño fue finalmente promulgada por el Presidente el 20 de noviembre de 2019, con lo que se derogó la Ley de Derechos del Niño vigente desde 1991, que se había quedado anticuada. Junto con ella, el Presidente también ratificó la Ley núm. 18/2019 (Ley de Justicia Juvenil) el 20 de noviembre de 2019. La Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil entraron en vigor el 20 de febrero de 2020 y el 20 de noviembre de 2020, respectivamente.
10.La Ley de Protección de los Derechos del Niño introduce cambios transformadores en el marco legislativo que regula los derechos del niño en Maldivas. Sus objetivos son: proteger y garantizar los derechos del niño en el país de acuerdo con la Constitución de la República de Maldivas y las prescripciones de la Convención sobre los Derechos del Niño; determinar las responsabilidades de las familias, los progenitores, los tutores, la comunidad, el Estado y otras partes en la protección de los derechos del niño; establecer mecanismos para facilitar la protección y la asistencia sociales a los niños vulnerables y a sus familias; crear un marco nacional para prestar asistencia y cuidados a los niños vulnerables; y proporcionar un mecanismo por conducto del cual puedan exigirse responsabilidades a las personas que no protejan los derechos del niño.
11.La Ley de Protección de los Derechos del Niño establece una plétora de derechos que deben garantizarse a los niños de Maldivas. Lo más importante es que prohíbe los matrimonios infantiles, fija la edad de responsabilidad penal en los 15 años, prohíbe que se imponga la pena de muerte a los niños y los protege contra los castigos corporales. Esa ley dispone que las instituciones estatales, los tribunales de justicia, los progenitores, los tutores y otras partes deben dar prioridad en todo momento al interés superior del niño. También indica las responsabilidades de los progenitores y tutores, como las de inscribir al niño en el Registro Civil, asegurarse de que recibe educación, así como las vacunaciones y la atención sanitaria vitales para su desarrollo, y proporcionarle manutención. Asimismo, establece la obligación del Estado de cumplir con exigido por la Convención sobre los Derechos del Niño, garantizar la plena aplicación de la ley, prestar apoyo a los progenitores y reprender a los que descuiden los derechos de sus hijos, asegurar la participación de los niños en la formulación de políticas y difundir información correcta sobre los derechos de los niños. Establece igualmente los deberes de las familias, los particulares y la comunidad en conjunto para salvaguardar el bienestar y los derechos de los niños en Maldivas.
12.La promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño es un avance importante en la mejora del marco de gobernanza del sistema de protección de los derechos del niño de Maldivas. A tal fin, crea el Consejo de Protección de los Derechos del Niño, compuesto por representantes de múltiples sectores nombrados por el Presidente. El mandato principal del Consejo, tal y como se detalla en el artículo 58 de la ley y se resalta en el presente informe, es asesorar al Ministro sobre la aplicación de la ley y la formulación de las políticas de protección de los derechos del niño en Maldivas.
13.Además del Consejo, la Ley de Protección de los Derechos del Niño establece el Servicio de Protección del Niño y la Familia, una institución pública especializada en la protección de los derechos del niño y responsable de salvaguardar los intereses de los niños necesitados de asistencia y cuidados. Entre sus funciones cabe señalar la prestación de asistencia y apoyo a niños y familias en condiciones vulnerables; la salvaguardia y promoción de los intereses de los niños necesitados de asistencia especial; la investigación de casos relacionados con violaciones de los derechos del niño y la prestación de servicios a niños bajo tutela del Estado; la coordinación de los asuntos relacionados con el tratamiento de los niños víctimas del abuso de sustancias; la adquisición de datos, la realización de análisis y el mantenimiento de un registro de niños en condiciones vulnerables. El Servicio se establece como una institución independiente, responsable ante el Ministro, que recibe una asignación presupuestaria diferenciada en los presupuestos del Estado.
14.La Ley de Protección de los Derechos del Niño también crea la figura del Defensor del Niño, cuyo titular, imparcial e independiente, recibe el mandato de supervisar la aplicación de la ley y el sistema general de protección de los derechos del niño. El Defensor del Niño procurará determinar los avances en la aplicación de la ley; estimar el cumplimiento de las disposiciones de la ley y de la Convención sobre los Derechos del Niño por parte de las instituciones del Estado; vigilar a las personas e instituciones del sistema de protección de los derechos del niño y evaluarlas y, cuando se produzcan infracciones, investigarlas y revisarlas. El 23 de julio de 2020, el Presidente nombró a la titular del cargo.
15.La Ley de Protección de los Derechos del Niño también allana el camino para la descentralización de los servicios de protección de la infancia. Al respecto, faculta al Ministro para designar a los consejos locales como agentes de la aplicación de la ley en el plano de las comunidades locales. Las funciones de los consejos son organizar y llevar a cabo diferentes proyectos dentro de su jurisdicción, denunciar los casos de violencia contra la infancia y descuido por parte de los progenitores, y fomentar la implicación de los ciudadanos y las organizaciones privadas en la aplicación de la ley.
16.De modo similar a la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la Ley de Justicia Juvenil fue promulgada el 20 de noviembre de 2019. Esta ley, que entró en vigor un año después, en noviembre de 2020, establece una instancia en el sistema de justicia penal específica para los niños en conflicto con la ley. Dispone mecanismos para salvaguardar a los niños de los efectos negativos de su exposición al sistema de justicia penal ordinario, evitar que reincidan, dando preferencia a la rehabilitación, y garantizar que reciban un trato que priorice su interés superior en todas las fases del sistema de justicia penal. Al respecto, la ley afirma que los derechos del niño deben salvaguardarse en todas las fases del sistema de justicia penal y en todo momento. Obliga además al Estado a diseñar un plan y una estrategia nacionales para evitar que los niños cometan delitos y a prestar asistencia a los niños en situación de riesgo.
17.La Ley de Justicia Juvenil también dispone que la reclusión de los niños en conflicto con la ley debe ser una medida de último recurso. El establecimiento de un sistema de derivación exige que a los niños en conflicto con la ley se les apliquen medidas de remisión en lugar del encarcelamiento, con miras a lograr su rehabilitación conforme a los principios de la justicia restaurativa.
18.La Ley de Justicia Juvenil establece el Departamento de Justicia Juvenil, una institución pública que asumirá una función decisiva en la reinserción de los niños en conflicto con la ley en la comunidad. Exige además que los funcionarios de las instituciones de justicia penal que entren en contacto con niños en conflicto con la ley reciban formación especial para tratar con niños.
19.En el período sobre el que se informa, las partes interesadas han adoptado numerosas medidas para aplicar esas leyes. Aunque la pandemia de COVID-19 impidió una aplicación rápida, el Estado está decidido a recuperar el tiempo perdido y garantizar una implantación eficaz de estos dos textos legislativos decisivos que han cambiado para mejor el sistema de protección de la infancia de Maldivas.
Comisión Presidencial de Investigación de las Violacionesde los Derechos del Niño
20.El 20 de febrero de 2020, el Presidente estableció una Comisión Presidencial encargada de investigar las violaciones de los derechos del niño. El mandato asignado a la Comisión incluye las funciones siguientes: evaluar la capacidad de las instituciones estatales para responder a las cuestiones relacionadas con los niños, en particular los que están bajo la tutela del Estado; detectar los obstáculos para conseguir condenas analizando la calidad de las investigaciones, las limitaciones legislativas y el desarrollo de los juicios; evaluar la medida en que las instituciones estatales cumplen las normas establecidas en cuanto a procedimientos, directrices y protocolos; determinar las labores que son necesarias para aumentar la confianza pública en los organismos estatales encargados de la protección de los derechos del niño y proponer recomendaciones al efecto. El mandato también incluye un análisis más amplio para determinar las razones de la violencia contra la infancia en Maldivas y las deficiencias sistémicas dentro del sistema de protección de la infancia, en particular para responder ante los casos de violencia contra la infancia dentro del Ministerio.
21.La Comisión, facultada por la Ley núm. 4/2019 (Ley de la Comisión Presidencial), realizó visitas preliminares a los centros de acogida para niños y propuso recomendaciones inmediatas sobre la infraestructura y el bienestar de los niños allí alojados. También ha llevado a cabo una auditoría global de la gestión de casos en el Ministerio, una auditoría de los casos investigados por el Departamento de Protección de la Familia y la Infancia del Servicio de Policía de Maldivas y una auditoría de los casos relacionados con la protección de la infancia denunciados a la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas. Esas auditorías se centraron en determinar la eficacia de la gestión de los casos, la calidad de las investigaciones, el trato dado por las autoridades a las víctimas y, lo que es más importante, en evaluar los motivos de los retrasos en la concesión de protección a las víctimas. La Comisión también ha llevado a cabo un análisis de las salvaguardias legislativas dentro del sistema, y ha determinado las esferas en las que caben reformas. Además, la Comisión ha llevado a cabo dos investigaciones diferentes de presuntas violaciones perpetradas contra niños tutelados por el Estado.
22.La Comisión se encuentra actualmente en las fases finales de recopilación de sus conclusiones y recomendaciones, de resultas de las cuales se presentará un informe al Presidente y a las partes interesadas.
Impacto de la COVID-19 en los derechos del niño
23.Los efectos de la pandemia de COVID-19, que sorprendió al mundo entero, agravaron aún más los problemas existentes en Maldivas. Especialmente en la esfera de la protección de los derechos del niño y la prevención de la violencia contra la infancia, las restricciones que suscitó la pandemia afectaron enormemente a la capacidad de los trabajadores sociales de prestar apoyo a los niños y las familias vulnerables. La imposición de un confinamiento total en todo el país y el cierre de escuelas y lugares de trabajo aumentaron enormemente el temor de que los niños sufrieran violencia en el hogar.
24.Aunque al principio las medidas de confinamiento hicieron que descendiera mucho el número de casos, pronto se produjo un incremento preocupante del número de denuncias de violencia contra la infancia. El aumento del número de denuncias obligó a las instituciones del sector social a reforzar su capacidad de vigilancia y respuesta ante la violencia doméstica y el maltrato infantil. Se habilitó un teléfono de emergencia específico para contactar fácilmente con el Ministerio durante el confinamiento. El Ministerio siguió supervisando periódicamente a los funcionarios encargados de la protección social para asegurarse de que disponían de las herramientas necesarias para trabajar eficazmente durante la pandemia. También se aseguró de que las víctimas recibieran en todo momento apoyo psicosocial continuado.
25.Con miras a reducir el tiempo de respuesta ante los casos de violencia doméstica, violencia de género y violencia contra la infancia, se formó un equipo nacional de emergencia con planes y mecanismos estratégicos para la gestión de los hogares de acogida para niños, mujeres y personas de edad. Se habilitó un centro de acogida temporal que albergó a más de 415 personas. Los trabajadores sociales colaboraron con las familias para organizar el viaje de vuelta a sus islas, ya que algunas de ellas eran familias con niños que habían acudido a la capital, Malé, por motivos médicos o de otro tipo.
26.Además, se promulgó la Ley núm. 20/2020 (Ley de Emergencias de Salud Pública), que obligaba al Estado a proporcionar alimentos, alojamiento y apoyo a los ingresos a grupos vulnerables, especialmente mujeres, niños, personas con discapacidad y trabajadores migrantes durante la pandemia.
27.Durante esa época sin precedentes, el Ministerio puso en marcha una iniciativa para proporcionar paquetes de asistencia y comidas a familias y personas vulnerables. Se distribuyeron 45.000 comidas calientes y 600 paquetes de asistencia a familias con madres solas y personas con discapacidad. Estas iniciativas públicas evitaron que las familias quedaran aún más vulnerables durante la pandemia.
28.Ante la crisis económica y la necesidad de impulsar las actividades económicas, el Estado puso en marcha una campaña de apoyo a las familias dispuestas a regresar a las islas. Como parte del plan de recuperación de la protección social, se concedió ayuda financiera a las familias por conducto del Programa de Reubicación Voluntaria llevado a cabo por el Ministerio.
29.La pandemia de COVID-19 también afectó en gran medida al acceso de los niños a la educación. Maldivas concede una prioridad elevada al desarrollo personal e intelectual de los niños. Antes de la pandemia, el país ya había tomado una serie de medidas para promover la educación en línea. Todo el alumnado de las escuelas públicas recibió una tableta. Esto contribuyó en gran medida a minimizar las interrupciones en la educación de los niños causadas por la pandemia.
30.Con el apoyo de la Alianza Mundial para la Educación, y en asociación con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en Maldivas, el Ministerio de Educación diseñó un plan de respuesta en la educación. El Ministerio implantó clases y una programación educativa (Telekilaas) que se emitían en todo el país con la ayuda de emisoras de televisión y proveedores de servicios de Internet. La plataforma pública de educación en línea Filaa resultó especialmente provechosa para que los estudiantes accedieran a libros de texto digitales y compartieran apuntes, tareas y fichas de ejercicios. El Ministerio de Educación, en colaboración con educadores certificados por Google, puso en marcha un programa de capacitación para que el profesorado se familiarizara con las técnicas de enseñanza digital.
31.Cuando disminuyeron las tasas de infección, Maldivas pudo reanudar la escolarización presencial con protocolos sanitarios estrictos para que los niños recuperasen cierta sensación de normalidad mientras se iba dejando atrás la pandemia.
Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación
32.La pandemia de COVID-19 obligó a las autoridades a tomar medidas rápidas y concretas para garantizar la protección de los niños en esas condiciones sin precedentes. La pandemia también puso al descubierto graves lagunas y limitaciones en el mecanismo de protección social. Como medida para contrarrestar esos problemas, el Gobierno reunió un equipo de tareas especial para que gestionara la respuesta de Maldivas a la pandemia, así como para que diseñase un plan de recuperación cohesionado. En el seno del equipo de tareas se creó un grupo de trabajo específico dedicado al sector social, en el que se formularon y priorizaron políticas de reconstrucción.
33.El Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación 2020-2022 resultante se basa en las prioridades clave definidas en el Plan de Acción Estratégico, apoyadas por nuevas estrategias concebidas para subsanar las deficiencias puestas de relieve por la pandemia.
Novedades posteriores a la presentación de los informes periódicos cuarto y quinto combinados
I.Medidas generales de aplicación (arts. 4, 42 y 44 (párr. 6))
Recomendaciones anteriores del Comité
34.El Gobierno de Maldivas desea manifestar su agradecimiento al Comité de los Derechos del Niño (el Comité) por su análisis de los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Maldivas, y en particular por las recomendaciones constructivas que figuraban en las observaciones finales del Comité.
Reservas
35.Con respecto a las reservas, Maldivas señala que el artículo 14, párrafo 1, y el artículo 21 de la Convención se refieren a la libertad de religión del niño y el derecho a la adopción, respectivamente. Las reservas a esos artículos de la Convención se establecieron sobre la base del artículo 10 de la Constitución, que dispone que la religión del Estado de Maldivas es el islam y que el islam será uno de los fundamentos de las leyes en Maldivas.
36.Maldivas señala que la libertad de religión y de conciencia no está prevista en la Constitución ni en las leyes de Maldivas. En cuanto al derecho a la adopción, dado que la adopción que va más allá de la acogida no es una práctica prescrita en el islam, plantea complicaciones para que el país la integre en el sistema de atención a la infancia y, en consecuencia, retire la reserva correspondiente. No obstante, el Gobierno de Maldivas señala que el bienestar de los niños bajo tutela está salvaguardado por la normativa que regula el acogimiento familiar, así como por la Ley de Protección de los Derechos del Niño, de reciente promulgación.
37.La Ley de Protección de los Derechos del Niño codifica los servicios de acogimiento familiar ordenando al Ministro que establezca un sistema de acogimiento familiar para los niños bajo la tutela del Estado, determinando los niños que pueden ser acogidos e instituyendo salvaguardias con miras a garantizar la seguridad del sistema de acogimiento familiar para los niños acogidos. Antes de ella, estaba en vigor el Reglamento de Acogimiento Familiar aprobado en 2015, que permitía que los niños bajo la tutela del Estado fueran acogidos en familias. En 2020 se aprobó un nuevo reglamento que establece un mecanismo reforzado de acogimiento que pone de relieve el interés superior del niño. Cuando el niño no está bajo la tutela del Estado, los tribunales de justicia siguen permitiendo que la tutela sea confiada a progenitores de acogida, según lo establecido en la Ley núm. 4/2000 (Ley de Familia).
Legislación
38.Maldivas se complace en señalar los notables logros alcanzados en el fortalecimiento del marco legislativo relativo a la protección de los derechos del niño. En consonancia con la recomendación del Comité, Maldivas aprobó una legislación integral, la Ley de Protección de los Derechos del Niño, en noviembre de 2019. Entró en vigor en febrero de 2020 y garantiza una serie de derechos importantes para los niños de Maldivas en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, al tiempo que complementa realmente la protección consagrada en el artículo 35 de la Constitución.
39.La nueva Ley de Protección de los Derechos del Niño establece un sistema de protección de la infancia reforzado y más cohesionado, al enunciar expresamente los derechos de los niños y las responsabilidades de los progenitores, las instituciones del Estado, los particulares y la comunidad en conjunto, a la hora de garantizar la protección de los derechos del niño. Establece específicamente que los progenitores, definidos expresamente como las madres y los padres de los niños, son los responsables principales de garantizar una buena crianza, educación y cuidado del niño. Codifica diferentes circunstancias en las que se puede separar al niño de su familia de origen, pone de relieve que el interés superior del niño debe ser la consideración primordial y recalca la importancia de que separar al niño de su familia de origen sea una medida de último recurso. También confirma todos los derechos establecidos en la ley para todos los niños de Maldivas.
40.Además de esto, la Ley de Protección de los Derechos del Niño establece múltiples instituciones, como se detalla en los párrafos 9 a 15 del presente informe, para la prestación de servicios dentro del sistema de protección de los derechos del niño. En el plano de las comunidades locales, además de contar con los consejos locales como agentes para garantizar su aplicación, permite movilizar a grupos sociales comunitarios para que trabajen en estrecha proximidad con las familias de las islas. Aunque obtuvieron el reconocimiento jurídico por conducto de la ley, los grupos sociales comunitarios llevaban funcionando desde 2016. Con la ayuda del UNICEF, el Ministerio puso en marcha este concepto en cinco atolones, con la meta de extenderlo a todo el país. El concepto está siendo revisado atendiendo a la Ley de Protección de los Derechos del Niño, y actualmente se está trabajando en la elaboración del marco regulatorio necesario para su funcionamiento eficaz.
41.Además de promulgar la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil, Maldivas ha seguido esforzándose por culminar y reformar el marco legislativo y regulatorio necesario para reforzar la promoción y protección de los derechos y garantizar la eficacia de las instituciones del Estado. A continuación figura un resumen de las medidas legislativas y regulatorias más importantes relacionadas con la protección de los derechos del niño promulgadas durante el período sobre el que se informa.
1.Segunda modificación de la Ley de Familia
42.La segunda modificación de la Ley de Familia, promulgada el 28 de abril de 2016, posibilita el reconocimiento judicial de los acuerdos prenupciales, lo que facilita la distribución equitativa de los bienes adquiridos dentro de un matrimonio, tras su disolución.
2.Ley núm. 12/2016 (Ley de Procedimiento Penal)
43.Promulgada el 2 de mayo de 2016, esta ley hace posible un sistema de justicia penal moderno y más cohesionado en Maldivas. Su aprobación estableció un conjunto amplio de normas a las que deben atenerse todas las instituciones del sector de la justicia penal en la investigación, el enjuiciamiento y la condena de los delitos en Maldivas.
3.Ley núm. 18/2016 (Ley de Igualdad de Género)
44.Promulgada el 23 de agosto de 2016, esta legislación prohíbe la discriminación por motivos de género y promueve la igualdad de género en todos los aspectos de la vida pública y familiar. Se trata de una ley histórica, largamente esperada por el movimiento en pro de las mujeres, que enuncia obligaciones y responsabilidades explícitas para el Estado y los particulares con miras a prohibir la victimización y establecer recursos contra la discriminación de género.
4.Segunda modificación de la Ley núm. 32/2015 (Ley de Prevención del Terrorismo)
45.La modificación de la Ley de Prevención del Terrorismo, promulgada el 10 de octubre de 2019, tiene por objetivo cambiar la definición de actos de terrorismo para evitar que se emplee de manera abusiva por motivos políticos. Con la modificación también se establecen procedimientos específicos relativos a los combatientes retornados, especialmente los niños pertenecientes a esas familias. La ley mantiene la presunción de que los niños son víctimas del terrorismo, a menos que se establezca lo contrario en una evaluación de riesgos dispuesta por ley y realizada por un comité especializado.
5.Modificación de la Ley núm. 6/2006 (Ley de la Comisión de Derechos Humanos)
46.Esta importante modificación de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos, promulgada el 22 de septiembre de 2020, pretende dotar a la Comisión de una discrecionalidad sin restricciones a la hora de comunicarse y colaborar con organizaciones internacionales y asociados bilaterales y multilaterales. Con ella queda sin efectos en la práctica la decisión suo motu del Tribunal Supremo de Maldivas de 2014 que limitaba las facultades de la Comisión. La modificación también establece normas relativas a la ética y la declaración de bienes de sus miembros, con el fin de reforzar la independencia y el funcionamiento autónomo de la Comisión.
6.Ley núm. 20/2020 (Ley de Emergencias de Salud Pública)
47.Promulgada el 22 de septiembre de 2020, esta legislación pretende garantizar que se mantengan la gobernanza y la protección de los derechos de la población vulnerable durante la pandemia de COVID-19. Prevé medidas antidesahucio y obligaciones del Estado en materia de bienestar social para procurar una asistencia continuada a las personas que se enfrentan a dificultades económicas debido a la pandemia. La Ley de Emergencias de Salud Pública dejará de estar en vigor a los 60 días de la fecha de finalización de cualquier emergencia de salud pública declarada o cualquier emergencia relacionada con un desastre.
7.Tercera modificación de la Ley de Procedimiento Penal
48.Promulgada el 22 de septiembre de 2020, la modificación tiene por objetivo establecer normas de procedimiento penal aplicables a las emergencias de salud pública con miras a garantizar la continuidad del acceso a la justicia.
8.Ley núm. 24/2020 (Ley de Educación)
49.El Presidente Solih ratificó la Ley de Educación el 10 de noviembre de 2020. Esta ley tiene por objeto confirmar el derecho a la educación consagrado en la Constitución, establecer los principios básicos del sistema educativo maldivo, disponer los derechos y responsabilidades del personal docente y fijar las normas para la impartición de la educación en Maldivas. Entró en vigor el 10 de agosto de 2021.
9.Ley núm. 28/2020 (Ley de Justicia Transicional)
50.La Ley de Justicia Transicional, promulgada el 17 de diciembre de 2020, estableció una Defensoría para la Justicia Transicional, con el mandato de investigar y revelar las violaciones sistemáticas de los derechos humanos y las libertades fundamentales perpetradas por instituciones del Estado o altos funcionarios de instituciones del Estado entre el 1 de enero de 1953 y el 17 de noviembre de 2018 y proporcionar justicia a las víctimas de tales actos. La justicia transicional constituye una de las principales promesas del Gobierno actual.
10.Ley núm. 34/2020 (Ley de Servicio de Policía de Maldivas)
51.La Ley de Servicio de Policía de Maldivas, promulgada el 27 de diciembre de 2020, sustituye a la Ley de Policía de 2008, introduce una serie de reformas muy necesarias en la gobernanza de la policía y descentraliza la prestación de servicios. La nueva ley establece un enfoque policial centrado en los derechos humanos.
11.Segunda modificación de la Ley núm. 12/2013 (Ley de Lucha contra la Tratade Personas)
52.Esta modificación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, promulgada el 28 de abril de 2021, tiene por objetivo ajustar la definición de trata de personas al Protocolo contra la Trata de Personas. También introduce disposiciones que tipifican como delito la trata interna y transfronteriza de niños con fines de explotación.
12.Ley núm. 16/2021 (Ley de Estadística de Maldivas)
53.Promulgada el 20 de julio de 2021, esta ley establece un marco estadístico nacional, y prevé procedimientos de reunión, análisis, utilización y publicación de datos estadísticos a escala nacional, con arreglo a una norma nacional establecida. El objetivo de la ley es promover la esfera de la estadística en Maldivas y reunir datos pertinentes sobre la economía, la ecología y los aspectos sociales del país, y utilizarlos de forma responsable en beneficio de todos.
Política y estrategia integrales
54.Con respecto a la recomendación del Comité de que se elaborase una política integral de protección de los derechos del niño, Maldivas señala que la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño estableció un marco legislativo integral para la protección de los derechos del niño en el país. Al definir los derechos de los niños y las responsabilidades de las instituciones estatales, las familias y la comunidad en la protección de la infancia, esa ley incorpora las prescripciones de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos en la legislación nacional. También faculta al Ministro para elaborar las políticas necesarias para su aplicación. A tal fin, el artículo 54 b) de la ley establece que el Ministro formulará las políticas necesarias para proteger los derechos de los niños y para que el Estado les proporcione atención y protección.
55.Además, en el Plan de Acción Estratégico y el Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación están reflejadas importantes políticas y estrategias para la protección de los derechos del niño. Ambos planes están formulados de tal manera que incluyen los recursos necesarios para la aplicación, la supervisión de la evaluación y la medición de los resultados. Los dos adoptan un enfoque holístico de la protección de los derechos del niño al incluir políticas destinadas a reforzar la unidad familiar, apoyar a las madres trabajadoras, mejorar las vías de protección social para los progenitores solos, las familias vulnerables y las personas con discapacidad, y proponer políticas para eliminar la violencia contra la infancia.
56.En cuanto al refuerzo de la prestación de servicios, el Plan de Acción Estratégico establece metas para la contratación de personal destinado a los centros de acogida de niños, el incremento de la mano de obra en el sector social en los atolones con miras a prestar servicios descentralizados, la puesta en funcionamiento de los centros de acogida existentes y la creación de nuevos centros de modalidades alternativas de cuidado para niños.
Coordinación
57.Durante el período que abarca el informe, Maldivas logró avances notables en la coordinación de las labores de protección de los derechos del niño. Esas labores se vieron impulsadas además por la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. La creación del Servicio de Protección del Niño y la Familia como institución pública independiente, con personal especializado y un presupuesto estatal diferenciado, hizo que se reforzaran los servicios de protección para los niños vulnerables.
58.El Servicio de Protección del Niño y la Familia, establecido oficialmente el 1 de marzo de 2020, tiene el mandato de colaborar con las instituciones encargadas de la aplicación de la ley en la investigación de casos de violaciones de los derechos del niño, prestar servicios como conferencias familiares para ayudar a los niños y las familias vulnerables, dirigir el mecanismo de acogida de niños y garantizar el bienestar y la protección de los niños bajo tutela del Estado, en los planos nacional y local. Ese servicio también debe mantener datos sobre la protección de la infancia de modo que las políticas en la esfera de la protección de la infancia estén basadas en pruebas.
59.La Ley de Protección de los Derechos del Niño estableció igualmente el Consejo de Protección de los Derechos del Niño, cuyo mandato consiste en asesorar al Ministro sobre la formulación de políticas relativas a la protección de los derechos del niño y vigilar el cumplimiento de las obligaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. El Consejo se compone de representantes nombrados por el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales, el Ministerio de Salud, la Fiscalía General, el Ministerio de Educación, el Servicio de Policía y dos representantes de organizaciones de la sociedad civil que trabajan en la protección de los derechos del niño.
60.El Consejo tiene el mandato general de determinar las esferas clave prioritarias en la protección de los derechos del niño en Maldivas; vigilar el grado de cumplimiento y aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos; examinar los servicios prestados en virtud del marco nacional para proporcionar atención y protección a los niños vulnerables; evaluar los resultados de las políticas pertinentes en cuanto a la protección de los derechos del niño y examinar la labor de aplicación ejecutada por otros organismos estatales del sector e informar al Ministro al respecto; establecer el marco en el que puedan colaborar las organizaciones de la sociedad civil y las instituciones públicas para impulsar la protección de los derechos del niño en Maldivas; asesorar y aconsejar al Ministro sobre la formulación de políticas, normas y procedimientos que deban establecerse para alcanzar los objetivos de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. El Consejo, por lo tanto, desempeña una función decisiva para determinar las políticas y hacer un seguimiento de los progresos en la aplicación de esa ley.
61.La Ley de Protección de los Derechos del Niño también crea la figura del Defensor del Niño, cuyo titular, imparcial e independiente, tiene el deber de supervisar el sistema de protección de los derechos del niño, y determinar el grado de cumplimiento de la Convención. La aplicación de la ley en el plano local correrá a cargo de los agentes de los consejos locales nombrados por el Ministro y los grupos sociales comunitarios.
Asignación de recursos
62.Con la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, se introdujeron cambios importantes en el sistema de protección de los derechos del niño al habilitarse créditos de un presupuesto independiente para el Servicio de Protección del Niño y la Familia. Esto permitió al Servicio concentrar los esfuerzos en reforzar la plantilla de agentes sociales y el marco regulatorio para fortalecer el sistema de protección de los derechos del niño. Los fondos del Servicio se utilizarán para el desarrollo de los recursos humanos, el incremento de los servicios de atención a la infancia y la concienciación sobre la promoción y protección de los derechos del niño, lo que hará posible una participación importante de los niños y el ajuste de las políticas para lograr el pleno cumplimiento de las prescripciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.
63.Como se desprende de la figura que aparece más abajo, el presupuesto del Estado asignado al Ministerio ha experimentado un incremento constante desde 2016. El presupuesto total asignado al Ministerio en 2021 es alrededor del doble del asignado en 2017. Los fondos estatales destinados a la protección social también se nutren de la ayuda financiera de organizaciones internacionales asociadas.
64.Además, el Servicio de Protección del Niño y la Familia ha pasado actualmente a la presupuestación por programas, con arreglo a la cual se asignará una cantidad diferenciada en el presupuesto a las distintas iniciativas necesarias para la protección de los derechos del niño. El nuevo marco presupuestario permitirá al Servicio supervisar el rendimiento, determinar las esferas que requieren mayor atención y evaluar la eficiencia en la asignación de recursos.
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Detalles |
2016 |
2017 |
2018 |
2019 |
2020 |
Total |
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Gastos en recursos humanos relacionados con los servicios sociales |
61 144 411,03 |
66 319 508,51 |
73 124 379,24 |
84 295 880,68 |
100 752 952,21 |
385 637 131,67 |
|
Gastos en logística relacionados con la prestación de servicios sociales |
2 348 686,62 |
2 102 103,60 |
2 681 638,82 |
4 009 919,76 |
2 583 590,36 |
13 725 939,16 |
|
Gastos en necesidades básicas de los clientes, incluidos gastos de educación, médicos, etc. |
10 521 485,17 |
11 921 667,24 |
12 038 175,39 |
13 624 985,88 |
14 293 324,63 |
62 399 638,31 |
|
Participación en reuniones relacionadas con el sector de los servicios sociales |
90 612,79 |
23 697,86 |
16 427,87 |
12 568,48 |
11 700,84 |
155 007,84 |
|
Participación en programas de capacitación y programas de trabajo social relacionados con el sector de los servicios sociales |
1 508 105,99 |
999 020,59 |
715 305,52 |
1 348 870,51 |
345 107,91 |
4 916 410,52 |
|
Gastos en el incremento de la prestación de servicios sociales mediante gastos en infraestructuras |
4 555 804,59 |
931 371,97 |
368 877,57 |
1 252 613,42 |
2 263 765,00 |
9 372 432,55 |
|
Gastos en tratamiento y prevención del uso indebido de drogas |
68 794 397,01 |
64 499 976,20 |
67 566 602,38 |
79 702 212,27 |
64 905 352,66 |
345 468 540,52 |
Reunión de datos
65.En relación con la recomendación del Comité sobre la reunión de datos, los poderes públicos de Maldivas reconocen grandes dificultades en la reunión y gestión de datos en tiempo real. En lo que respecta a los casos de violencia contra la infancia, las partes interesadas del sector llevan utilizando la Base de Datos de Maldivas sobre Protección de la Infancia desde 2016. Esa base de datos se elaboró con la ayuda del UNICEF, como una plataforma multisectorial de datos que vinculaba a todas las partes interesadas pertinentes permitiendo el intercambio de datos y el acceso a ellos. También está equipada para mantener datos en tiempo real y generar cifras desglosadas. Sin embargo, las partes interesadas han tenido dificultades técnicas y la base de datos sigue sin aprovecharse al máximo. Hay planes en marcha para impulsar sistemas de atención conectados y seguros que faciliten la gestión de casos.
66.No obstante, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales mantiene y publica mensualmente datos desglosados de los casos denunciados. Los informes trimestrales sobre el número de casos denunciados, los tipos de casos y el número de niños acogidos y reintegrados se comunican al Parlamento de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección de los Derechos del Niño. El Ministerio también presenta un análisis anual de los datos al Consejo de Protección de los Derechos del Niño. Este análisis sirve de base a los planes del Ministerio para llevar a cabo programas de sensibilización específicos y elaborar estrategias de protección de la infancia con otras partes interesadas conexas. Disponer de estos datos fue especialmente provechoso durante la pandemia de COVID-19, para detectar a familias vulnerables en comunidades remotas y prestarles asistencia.
67.El Organismo de Protección de la Familia registra y mantiene datos exhaustivos y desglosados por ubicación, género y edad de víctimas y perpetradores de violencia doméstica.
68.En cuanto a los niños en conflicto con la ley, la Fiscalía General está elaborando un sistema de gestión de datos de justicia penal en colaboración con el UNICEF. Con esta iniciativa se tratarán de subsanar las deficiencias en el intercambio de datos entre los organismos competentes del sector de la justicia penal poniendo a disposición información armonizada por conducto de una plataforma común. Además, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales mantiene el Registro de Delincuentes Sexuales y se están adoptando medidas para mejorar esta base de datos.
69.Asimismo, el Organismo de la Administración Local ha elaborado un sistema de consejos electrónicos, que permitirá a los consejos locales registrar datos sobre personas con necesidades especiales en todo el país. Se están adoptando medidas con vistas a facilitar la integración de la base de datos para su utilización por el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales. Los registros se están actualizando para incluir información sobre niños vulnerables y otras categorías específicas.
70.Además, la Oficina de Estadística de Maldivas publica datos desglosados, obtenidos a partir de encuestas, sobre: los niños que viven en condiciones de vulnerabilidad multidimensional; los niños que viven por debajo del umbral nacional de pobreza; los niños con discapacidad, por tipo de discapacidad; las modalidades de convivencia de los niños; la escolarización de los niños; los matrimonios infantiles y los embarazos en la adolescencia (por conducto de la Encuesta Demográfica de Salud); la migración interna entre los niños; y la población infantil futura.
Vigilancia independiente
71.En relación con la recomendación del Comité sobre la vigilancia independiente, Maldivas señala que la reciente modificación de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos, promulgada el 22 de septiembre de 2020, introduce el artículo 26, párrafo 1, que establece que la Comisión puede coordinarse y colaborar con asociados bilaterales, organizaciones y asociaciones regionales, otras instituciones nacionales de derechos humanos y organismos forenses y de investigación de otros países con el fin de obtener asistencia para promover los derechos humanos en la presentación de informes a organizaciones, comités, órganos y grupos de trabajo internacionales en su condición de institución nacional de derechos humanos. Esto ha permitido a la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas comunicarse con organizaciones internacionales y todos los órganos de las Naciones Unidas y presentarles informes sin restricciones, y ha anulado en la práctica los efectos de la decisión suo motu de 2014 del Tribunal Supremo de Maldivas.
72.La administración pública seguirá cooperando plenamente y prestando apoyo a la Comisión de Derechos Humanos para que pueda ejecutar sus funciones de manera independiente y adecuada. El Gobierno reconoce la preocupación por las limitaciones presupuestarias a las que se enfrenta la Comisión de Derechos Humanos y entablará un diálogo con ella para estudiar modos de aumentar su dotación de fondos.
73.La Defensoría del Niño, creada por la Ley de Protección de los Derechos del Niño, desempeña una función decisiva en la vigilancia independiente e imparcial de la aplicación de la ley. Desde su creación en 2020, ha emprendido varias iniciativas notables para evaluar la situación y detectar las esferas que requieren más reformas. Al respecto, se realizó un estudio de referencia para detectar las dificultades en la aplicación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño, que servirá de base para la elaboración de un plan estratégico para la Defensoría. Se organizaron grupos focales de discusión con las principales partes interesadas para definir vías de colaboración y poner de relieve las lagunas existentes en la Ley de Protección de los Derechos del Niño y en los reglamentos o directrices pertinentes. Se ha elaborado un instrumento de auditoría de los derechos del niño de acuerdo con la Convención, la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la normativa sobre las modalidades alternativas de cuidado y las normas mínimas del UNICEF para los hogares infantiles. Posteriormente, el instrumento de auditoría se utilizó para evaluar las condiciones de los centros de acogida de niños en cinco regiones.
74.La Defensoría del Niño ha recibido hasta la fecha 28 denuncias de presuntas violaciones de los derechos del niño y ha iniciado una investigación en 14 de los casos. También ha realizado un análisis del marco jurídico relativo al trabajo infantil y lo ha distribuido a las principales partes interesadas, ha investigado las lagunas de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la Ley de Justicia Juvenil y la Ley de Familia, así como en el marco jurídico relativo a las decisiones judiciales sobre cuestiones relacionadas con los niños, y ha preparado material de capacitación sobre la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil.
Difusión, sensibilización y capacitación
75.Con respecto a la recomendación del Comité sobre la difusión, la sensibilización y la capacitación dirigidas a las partes interesadas en la protección de los derechos del niño y las comunidades, Maldivas señala que se han hecho progresos notables en esa esfera. En 2018, en asociación con el UNICEF, Maldivas elaboró una versión de la Convención sobre los Derechos del Niño adaptada a los niños, que se ha puesto a disposición del público en el sitio web del Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales. El Ministerio tiene previsto distribuir folletos impresos de esa versión entre los niños en edad escolar.
76.Además, la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas ha traducido la Convención sobre los Derechos del Niño al idioma local y se propone difundir el folleto traducido en los atolones. Con miras a seguir concienciando sobre los derechos de la Convención sobre los Derechos del Niño, la Comisión colabora con el Ministerio de Educación en la creación de clubes de derechos humanos en las escuelas. También organiza competiciones y festivales artísticos para sensibilizar a los escolares sobre los derechos del niño. Aunque estas actividades han logrado resultados satisfactorios en la mayoría de los casos, persisten los problemas para llegar a los niños en edad escolar de las escuelas en las que todavía hay que crear clubes de derechos humanos y para conseguir el apoyo de los medios de comunicación a estas actividades, lo que indica la necesidad de redoblar los esfuerzos dirigidos a aumentar la difusión.
77.También son dignas de mención las labores realizadas por las organizaciones de la sociedad civil pertinentes en cuanto a la difusión y sensibilización sobre los derechos del niño y el sistema de protección de la infancia. Si bien esas labores persistieron durante todo el período que abarca el informe, se plantearon dificultades en cuanto a la difusión durante los confinamientos impuestos por la pandemia de COVID-19.
78.Maldivas sigue haciendo todo lo posible por estandarizar la calidad del servicio prestado por los profesionales de la protección de la infancia y los trabajadores sociales con cursos anuales de actualización sobre las obligaciones de la Convención sobre los Derechos del Niño. Desde 2020, se imparten cursos de formación específicos para trabajadores asistenciales de centros de acogida de niños con el objetivo de difundir información sobre los derechos de los niños y las leyes, normativas y procedimientos en la materia. Se han impartido cursos de formación al respecto en cinco atolones. Además, el Ministerio de Asuntos Islámicos, en colaboración con el UNICEF, también ha elaborado videoclips para difundir información sobre los derechos del niño, el bienestar mental y el cuidado de los demás desde una perspectiva islámica.
79.En 2021, la Defensoría del Niño difundió ampliamente videoclips realizados sobre el tema “La Pandemia y Mis Derechos “, cuyo objetivo era hacer resaltar los derechos de los niños que se veían obstaculizados por la pandemia.
Los derechos del niño y el sector empresarial
80.La protección de los derechos del niño en el sector empresarial está garantizada por la Ley núm. 2/2008 (Ley de Empleo) y la Ley de Protección de los Derechos del Niño. El artículo 6 de la Ley de Empleo prohíbe el empleo de niños y establece los 16 años como edad mínima para la contratación, con la condición de que se solicite previamente el consentimiento de la familia. El artículo 7 pone de relieve que los niños no deben ser contratados para un empleo ni obligados a trabajar en condiciones que puedan ser peligrosas para su salud, o repercutir negativamente en su educación o su comportamiento. La Ley de Empleo garantiza las salvaguardias al exigir la firma de un profesional de la salud antes de la contratación. Todos los establecimientos que pretendan emplear a niños mayores de 16 años están obligados legalmente a mantener un registro, y el artículo 12 garantiza que las infracciones de la ley se penalizarán con una sanción económica.
81.Esas salvaguardias se ven reforzadas además por los artículos 52 y 53 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. El artículo 52 mantiene que las partes privadas deben aprobar políticas para el lugar de trabajo que aumenten la protección y den prioridad a los derechos del niño; deben garantizar la participación en la prestación de cuidados y la protección de los niños y proporcionar los recursos necesarios a tal fin; y deben velar por que los actos de los particulares se ajusten a lo dispuesto en la ley. El artículo 53 prohíbe los actos que impliquen o refuercen discursos que obstaculicen los derechos del niño. La ley autoriza al Ministro a imponer una multa a quien contravenga esa disposición o revocarle las licencias de que sea titular. Además, el artículo 70 de la Ley núm. 9/2014 (Código Penal de Maldivas) reconoce la responsabilidad de las empresas y otras asociaciones no mercantiles.
82.A los poderes públicos les sigue preocupando profundamente la presunta incidencia de la utilización de niños en el turismo sexual en Maldivas. El Ministerio de Turismo y el Servicio de Policía colaboran con el sector en la concienciación sobre este asunto. Al respecto, el Ministerio realizó cuatro talleres en 2017 y 2018 en coordinación con el Servicio de Policía. El programa Turismo Seguro para los Niños es un programa que gestiona actualmente el Servicio de Policía. Desde 2016, el Servicio de Policía ha llevado a cabo diez programas de sensibilización sobre cuestiones relacionadas con la explotación infantil.
83.En relación con el mantenimiento de registros de delincuentes sexuales, en el Servicio de Policía de Maldivas se ha incorporado una base de datos de la Organización Internacional de Policía Criminal-INTERPOL con miras a detectar a los delincuentes sexuales en las fronteras del país. En el Servicio de Inmigración de Maldivas se han establecido mecanismos para detectar a los delincuentes sexuales sobre los que pesan notificaciones de INTERPOL. Actualmente hay tres casos en curso de maldivos implicados en la distribución en el extranjero de contenido pornográfico infantil. Algunos organismos internacionales encargados de hacer cumplir la ley están realizando labores para investigar y descubrir a los autores.
Cooperación con la sociedad civil
84.Los poderes públicos consideran que la seguridad de todos los periodistas es una cuestión prioritaria, y el Servicio de Policía colabora adecuadamente con todos los miembros de los medios de comunicación locales. Se han establecido mecanismos para garantizar que no se produzca ni se admita ningún intento de impunidad dentro del sistema de justicia penal.
85.Los poderes públicos conceden además una prioridad elevada a los delitos que se producen en el espacio digital. Los periodistas están protegidos contra la vigilancia electrónica injustificada, encubierta o no, mediante salvaguardias que exigen que los organismos de investigación pidan permiso a un tribunal para iniciar una operación de ese tipo.
86.Los casos de amenazas contra periodistas, defensores de los derechos humanos u organizaciones de la sociedad civil tienen un tratamiento especial y son investigados por equipos específicos dentro del Mando de Investigación de Delitos del Servicio de Policía de Maldivas. Además, en el marco de su Plan Estratégico 2019-2024, el Servicio de Policía formuló el Proyecto Guardián, una campaña que sigue en curso para redoblar los esfuerzos encaminados a poner fin a los delitos contra las mujeres, los niños y las familias. La protección en línea y la lucha contra la explotación en línea son componentes esenciales de ese proyecto.
87.El Servicio de Policía de Maldivas está colaborando con asociados internacionales encargados de la aplicación de la ley con miras a mejorar las capacidades de los agentes de policía en la investigación de la ciberdelincuencia para hacer frente a la explotación en línea y combatirla. Solo en 2021, más de 150 agentes recibieron formación y se inscribieron en el programa de ciberseguridad para Asia, una nueva iniciativa de las autoridades de Australia desarrollada en el marco de la Estrategia de Colaboración Cibernética Internacional con el objetivo de concienciar sobre la ciberdelincuencia a los organismos encargados de la aplicación de la ley de Asia Sudoriental. Se espera que en los próximos dos años otros 1.200 agentes lleven a cabo esta promoción de la capacidad. Se están estudiando nuevas colaboraciones para mejorar la respuesta ante el acoso, la explotación y la ciberdelincuencia en línea con los asociados encargados de la aplicación de la ley de INTERPOL, los Estados Unidos de América, la India, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Unión Europea.
88.La investigación de los delitos cibernéticos y la rendición de cuentas por su comisión siguen siendo un reto debido a la falta de un marco jurídico para combatir la ciberdelincuencia. Se está trabajando para promulgar un proyecto de ley de prevención de la ciberdelincuencia y un nuevo proyecto de ley de pruebas, que reformará la Ley de Pruebas vigente desde 1976, que se ha quedado anticuada. El Gobierno está trabajando también en proyectos de ley sobre libertad de expresión y libertad de prensa, que reforzarán aún más los derechos respectivos establecidos en la Constitución y la labor que realiza para garantizar la seguridad de todos los periodistas y defensores de los derechos humanos en Maldivas.
89.Para lograr una mayor implicación de las organizaciones de la sociedad civil en el desarrollo y mejorar su gobernanza, en 2019 el Gobierno presentó al Parlamento un nuevo proyecto de ley de asociaciones. Especialmente en la protección de los derechos del niño, Maldivas reconoce y aprecia la función decisiva que desempeñan las organizaciones de la sociedad civil a la hora de tender puentes entre las comunidades y los encargados de formular políticas. El país tiene la firme determinación de colaborar constructivamente con las organizaciones de la sociedad civil para seguir mejorando el sistema de protección de la infancia. La Ley de Protección de los Derechos del Niño es el resultado de una amplia colaboración y debate con la Comisión de Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil. Los poderes públicos también consultaron a las organizaciones de la sociedad civil en la formulación del Plan de Acción Estratégico y el Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación.
90.En 2017, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales involucró a las organizaciones de la sociedad civil en la formulación del Plan de Acción Nacional sobre la Violencia contra la Infancia por conducto de la conferencia nacional sobre la violencia contra la infancia. El Ministerio también colaboró con las organizaciones de la sociedad civil para llevar a cabo la campaña Ahan (Escúchanos), una campaña de concienciación a escala nacional realizada de 2016 a 2018 para combatir diversos aspectos del maltrato infantil. La iniciativa Las Niñas Lideran, un programa anual de adscripción de un día de duración puesto en marcha con motivo del Día Internacional de la Niña, fue otra de las labores realizadas en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil.
91.En 2020, en asociación con el UNICEF, el Ministerio inició un foro con las organizaciones de la sociedad civil para responder ante el creciente número de casos de violencia contra la infancia denunciados. Ese constructivo foro se tradujo en medidas para llevar a cabo estudios sobre la frecuencia del maltrato infantil en Maldivas y en el inicio de otra campaña nacional de concienciación, Mikan Huttuvaanan (Pondremos Fin a Esto). A raíz del inicio de la pandemia de COVID-19, se emprendieron medidas similares en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil para aplicar una política de protección de la infancia en línea en 2021.
92.La inclusión de las organizaciones de la sociedad civil en el Consejo de Protección de los Derechos del Niño establecido por la Ley de Protección de los Derechos del Niño es otro avance importante al respecto. Este arreglo facilita que las organizaciones de la sociedad civil puedan expresar sus preocupaciones y colaborar más estrechamente con las partes interesadas en la formulación de políticas y en la aplicación del sistema de protección de los derechos del niño.
93.Además, en 2020, el Servicio de Policía de Maldivas llevó a cabo sesiones de consulta con las partes interesadas de la administración pública y las organizaciones de la sociedad civil para intercambiar ideas con vistas a reforzar el sistema de gestión de casos, detectar lagunas en la aplicación de las leyes en la materia y resolver las dificultades a las que pueden enfrentarse las organizaciones de la sociedad civil al colaborar con el Departamento de Protección de la Familia y la Infancia del Servicio de Policía. Además, el Servicio de Policía colaboró con organizaciones de la sociedad civil para llevar a cabo programas de sensibilización sobre los derechos y la protección de la infancia en diez atolones de Maldivas, en los que se capacitó a unas 400 personas.
II.Definición de niño (art. 1)
94.Con respecto a la recomendación del Comité sobre el artículo 28 de la anterior Ley de los Derechos del Niño, el Gobierno de Maldivas señala que ese artículo quedó derogado con la promulgación de la nueva Ley de Protección de los Derechos del Niño en noviembre de 2019. La ley actual, en su artículo 4, determina que la niñez comprende desde la concepción hasta que el niño cumple los 18 años de edad después del nacimiento. La Ley de Protección de los Derechos del Niño detalla los derechos y protecciones garantizados a todos los niños en Maldivas.
III.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)
No discriminación
95.El artículo 35 de la Constitución dispone que los niños y los jóvenes tienen derecho a una asistencia especial por parte de la familia, la comunidad y el Estado. También dice que los niños y los jóvenes no sufrirán ningún tipo de daño, abuso sexual ni discriminación y estarán libres de toda explotación social y económica inapropiadas. La Ley de Protección de los Derechos del Niño otorga derechos y protección a todos los niños dentro de la jurisdicción maldiva sin discriminación alguna. Esto se menciona específicamente en el artículo 6.
96.La campaña Ahan llevada a cabo de 2016 a 2018 y la campaña Mikan Huttuvaanan que está llevando a cabo actualmente el Ministerio son campañas en todo el país para sensibilizar sobre cuestiones relacionadas con los derechos del niño. La información difundida a través de esas campañas resalta la importancia de ofrecer igualdad de oportunidades a todos los niños y las responsabilidades de las familias, las escuelas y las comunidades para lograr el bienestar general de los niños.
Interés superior del niño
97.En relación con la observación del Comité sobre la definición de la expresión “interés superior del niño “, Maldivas señala que el artículo 8, párrafo a), de la Ley de Protección de los Derechos del Niño prescribe que el interés superior del niño será la consideración primordial en las decisiones que adopten sobre los niños los tribunales, las instituciones estatales, el Parlamento, las instituciones privadas y públicas que proporcionen protección social y los progenitores.
98.El párrafo b) del artículo también establece siete factores que deben tenerse en cuenta al evaluar el interés superior del niño. Indica que cualquier decisión que se tome en relación con el niño tendrá en cuenta su estado, y que cada caso se determinará por separado. Las directrices generales prescritas en la Ley de Protección de los Derechos del Niño ordenan a las instituciones que tengan en cuenta los siguientes extremos: la opinión del niño sobre la cuestión; la individualidad del niño; la importancia de mantener al niño dentro de la familia y de conservar las relaciones entre los miembros de la familia y el niño; el cuidado, la seguridad y la protección que deben dispensarse a todos los niños; el derecho a una buena salud; el derecho a la educación; y la situación social y general del niño.
99.El concepto de interés superior del niño también está consagrado en la Ley de Justicia Juvenil. Su artículo 6 establece que cualquier parte que proporcione protección social a los niños en conflicto con la ley, los tribunales de justicia y otras instituciones concederán la máxima prioridad al interés superior del niño cuando decidan sobre asuntos relacionados con los niños. Se espera de todas las instituciones pertinentes que respeten estos parámetros establecidos en la ley cuando elaboren directrices adicionales para definir con más detalle la consideración del interés superior del niño pertinente para la esfera de trabajo respectiva.
100.Maldivas se complace en señalar que se han adoptado amplias medidas para alentar la denuncia de los casos de abusos sexuales. Durante el período sobre el que se informa, esas medidas se canalizaron por conducto de la campaña Ahan y la campaña Mikan Huttuvaanan iniciadas por el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales. La campaña Ahan también dio lugar a que se creara una aplicación móvil para que el mecanismo de presentación de denuncias fuese fácil de utilizar. Con la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, se ha tipificado como delito la no denuncia de cualquier abuso o abandono perpetrados contra un niño, con lo que se ha impuesto la obligación estricta de denunciar.
Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
101.El derecho a la vida está protegido como derecho inviolable en el artículo 7 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, que establece que todo niño tendrá derecho a la vida y al desarrollo en el sentido más amplio, y que ningún niño será privado del derecho a la vida.
102.Además, el artículo 29 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño prohíbe expresamente imponer la pena de muerte a niños. Según la ley, no se considera que los niños tengan la misma capacidad y madurez que los adultos, y en consonancia con la protección que ofrece el artículo 35 de la Constitución, ningún niño podrá ser condenado a pena de muerte. El artículo establece además que no se impondrá la pena de muerte a ningún niño condenado por un delito punible con la pena de muerte cometido antes de los 18 años de edad, ni siquiera después de que el niño haya cumplido los 18 años. De hecho, según la ley, cuando el niño sea condenado por un delito para el que el castigo prescrito sea la pena de muerte, la condena se reducirá a no más de las tres cuartas partes del grado de castigo siguiente.
Respeto por las opiniones del niño
103.Con respecto a la recomendación del Comité de que se garantice el derecho del niño a ser escuchado, Maldivas señala que el artículo 9 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño garantiza el derecho del niño a expresar su opinión sobre cuestiones relacionadas con él. Esa ley pone de relieve que las autoridades deben tener en cuenta la edad y la evolución de las capacidades del niño a la hora de tomar en consideración la opinión expresada. Además, el artículo 28 establece que cuando se tome declaración a un niño en relación con cualquier asunto, se aplicarán las disposiciones de la ley para proteger y salvaguardar al niño.
104.En cuanto al testimonio de los niños en los juicios penales, el Reglamento de Procedimiento para los Juicios Penales publicado por el Tribunal Supremo de Maldivas, que entró en vigor el 15 de junio de 2021, establece las directrices que deben seguirse al tomar declaración a los niños en los juicios penales. El reglamento establece que los testimonios de los niños deben tomarse en un entorno adecuado para ellos, fuera de los locales del tribunal, de la institución de investigación o de cualquier lugar en el que el niño pueda ser objeto de revictimización. Exige además la presencia de un tutor para proteger los intereses del niño durante el interrogatorio. La directriz ordena a los tribunales que programen el testimonio de un niño como el último componente de la presentación de testigos.
105.En los casos en que los niños entran en contacto con los organismos encargados de hacer cumplir la ley, el Servicio de Policía de Maldivas tiene una política estricta de que los interrogatorios de niños sean realizados por especialistas formados en interrogatorios forenses infantiles. Todos los interrogadores de niños deben seguir un módulo de capacitación especializada y los interrogatorios se realizan en salas adaptadas a los niños. Se están adoptando medidas para aumentar el número de salas de interrogatorio adaptadas a los niños, ampliándolas a todas las comisarías importantes del país.
106.En los casos relativos a cuestiones de custodia y tutela, existen mecanismos en el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales (actualmente, el Servicio de Protección del Niño y la Familia) y en el Tribunal de Familia para recabar la opinión del niño. Además, se está llevando a cabo una amplia revisión de la Ley de Familia, para introducir disposiciones legislativas modernas que faciliten una mayor participación de los niños en casos como los relacionados con procedimientos de custodia.
IV.Derechos y libertades civiles (arts. 7, 8 y 13 a 17)
Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
107.El artículo 10 de la Constitución establece expresamente que la religión del Estado de Maldivas es el islam, y que el islam constituirá uno de los fundamentos de todas las leyes de Maldivas. Los poderes públicos están decididos a luchar contra la incitación al odio y la violencia, especialmente por motivos religiosos. Al respecto, el 28 de mayo de 2021, el Gobierno presentó una modificación importante del Código Penal de Maldivas para tipificar como delito la perpetración de actos de odio y violencia contra miembros de la sociedad por razón de sus creencias religiosas. Aunque este tipo de acciones contra personas, tanto en línea como presencialmente, ya están tipificadas como delito en el Código Penal, la modificación pretende impedir que las personas sean objeto de lesiones corporales o de cualquier forma de acoso por razón de su fe.
108.Del mismo modo, el Gobierno también reconoce que la radicalización y el extremismo violento son una amenaza emergente que afecta al bienestar social de la sociedad. Los poderes públicos se mantienen firmes en la aplicación de un enfoque que abarca a toda la administración pública y la sociedad con miras a fomentar un diálogo nacional sobre esta cuestión. El Gobierno está firmemente decidido a eliminar los efectos de la radicalización en poblaciones vulnerables como las mujeres y los niños. El Centro Nacional de Lucha contra el Terrorismo está trabajando para aplicar un plan de acción nacional sobre prevención y lucha contra el extremismo violento, de carácter multisectorial. En 2019, el Presidente creó un subcomité de alto nivel cuyo mandato era coordinar y dirigir las labores de lucha contra el terrorismo y la radicalización dentro de la administración pública. El Centro Nacional de Lucha contra el Terrorismo sigue colaborando con las partes interesadas del sector social para sensibilizar acerca del modo de detectar las influencias de la radicalización en los niños y difundir información correcta sobre el islam.
Libertad de asociación y de reunión pacífica
109.En cuanto a la observación del Comité sobre el derecho de los niños a la libertad de asociación y reunión en Maldivas, el Gobierno señala que el derecho a la libertad de asociación está consagrado en el artículo 30 de la Constitución. Se ha propuesto un nuevo proyecto de ley de asociaciones y están en curso las deliberaciones en la fase de comisión parlamentaria.
Acceso a la información pertinente
110.El derecho de los niños a la información está consagrado en el artículo 17 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. Esta ley establece que todo niño tiene derecho a la información procedente de fuentes internacionales y nacionales que sea apropiada para él y esencial para su bienestar social, espiritual y disciplinario y para su desarrollo físico y mental. Para sensibilizar sobre el ciberacoso y promover un uso seguro de Internet, el Servicio de Policía de Maldivas organizó varias sesiones de concienciación en escuelas, en colaboración con las partes interesadas pertinentes. Esas sesiones giraron en torno a los derechos y las responsabilidades, la prevención del maltrato infantil y el ciberacoso. En colaboración con el UNICEF, el Ministerio de Educación también ha puesto en marcha Sé Increíble en Internet, una campaña de seguridad en Internet.
111.Además, en 2020, los poderes públicos pusieron en marcha una iniciativa de múltiples partes interesadas para formular una política de protección de la infancia en línea. Esa política pretende ser el documento de referencia para las partes interesadas del sector de la protección social, los proveedores de redes y los reguladores de la comunicación a la hora de garantizar la protección de los niños en línea. Establece cinco metas: que todos los niños en edad escolar reciban formación básica sobre ciberseguridad; que los niños sepan que pueden llamar al teléfono de asistencia a la infancia para recibir apoyo en cuestiones relacionadas con Internet; que se elaboren procedimientos operativos estándar específicos para los incidentes y la asistencia relacionados con la cibernética; que todos los agentes del teléfono de asistencia a la infancia están capacitados para atender llamadas relacionadas con Internet; y que los progenitores y otros profesionales tengan acceso a recursos, incluidos controles parentales, para ayudar a los niños en relación con la ciberseguridad. Desde entonces, la política ha sido aprobada por el Parlamento y está siendo aplicada por conducto de un grupo de trabajo multisectorial bajo la supervisión de un comité directivo de nivel ministerial.
V.Violencia contra los niños (arts. 19, 24 (párr. 3),28 (párr. 2), 34, 37 a) y 39)
Tortura u otros tratos o penas crueles o degradantes
112.Si bien el derecho a la protección contra la tortura y los tratos degradantes está consagrado en la Constitución, este derecho se ve reforzado además en el artículo 30 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. Esa ley establece que no se podrá castigar ni infligir daño de forma despiadada, inhumana o humillante a los niños, en el hogar, las instituciones educativas, los centros de acogida o en cualquier otro entorno en el que se encuentren. El artículo 12 establece además que todo niño tiene derecho a estar protegido contra los abusos físicos y mentales, el acoso, el abandono, los malos tratos y otras formas de victimización que impidan su desarrollo. El artículo 12, párrafo a), indica que ese derecho debe concederse a los niños bajo el cuidado de los padres o tutores, en las escuelas o bajo el cuidado de cualquier representante legal.
113.Ese principio también se ve reforzado en el artículo 30, párrafo a), de la Ley de Justicia Juvenil. Esta ley establece que toda persona responsable de la supervisión de un niño en cualquier etapa de la aplicación de la ley no realizará ni permitirá que se realice, en modo alguno, ningún acto ni castigo que sea de naturaleza inhumana, sexual o indecente, violenta, brutal o un acto de acoso contra el niño.
114.La Ley de Justicia Juvenil establece una instancia en el sistema de justicia penal específica para los niños en conflicto con la ley, sustituyendo a cualquier norma o reglamento anterior que regulara la justicia juvenil. Según la nueva ley, los niños en conflicto con la ley serán orientados hacia mecanismos de derivación. Cuando se acusa al niño de haber cometido un delito hudud, la ley establece disposiciones especiales que deben seguirse.
115.Mediante las salvaguardias que se tratan en el capítulo 16 de la Ley de Justicia Juvenil se garantiza que los niños sean tratados teniendo en cuenta que no tienen la misma capacidad que los adultos, que se adopten medidas que permitan determinar la capacidad real del niño para la presunta comisión del delito y que se cumplan los requisitos prescritos en relación con los delitos hudud en las fases de investigación, enjuiciamiento y condena. Según la ley, la fiscalía tendrá acceso al informe sobre la situación del niño elaborado por el Departamento de Justicia Juvenil.
116.Asimismo, la Ley de Justicia Juvenil obliga a la fiscalía a tener en cuenta el bienestar mental y físico del niño, la condición social del niño, si el niño es víctima de la delincuencia organizada o de cualquier otro acto de explotación, la gravedad del delito y si el niño era consciente de que se trataba de un acto delictivo. En relación con los juicios, la referida ley establece expresamente que el juez se abstendrá de dictar sentencia condenatoria contra el niño si existe cualquier duda de que haya cometido el delito.
117.La Ley de Justicia Juvenil también establece una serie de factores que deberá tener en cuenta el tribunal para evaluar la culpabilidad del niño. Al respecto, el juez valorará la capacidad del niño para cometer el delito; si el presunto delito presenta todos los elementos contemplados en la sharía islámica fuera de toda duda; si el caso se basa en una confesión y si la confesión se ajusta a todos los requisitos prescritos en la sharía islámica fuera de toda duda; si el caso se basa en el testimonio de un testigo presencial y si el testimonio se ajusta a todos los requisitos prescritos en la sharía islámica fuera de toda duda; en qué medida todos los elementos del presunto delito se ajustan fuera de toda duda a lo dispuesto en la sharía islámica; y las circunstancias en las que se cometió el presunto delito.
118.La Ley de Justicia Juvenil indica específicamente que la privación de libertad de un niño debe ser una medida de último recurso. Se da prioridad a la rehabilitación de los niños en conflicto con la ley y se hace hincapié en ella. Además, incluso cuando el niño sea condenado por un delito para el que la pena prescrita sea la pena de muerte, su castigo se reducirá a no más de tres cuartas partes del grado de castigo siguiente. En relación con otros delitos, a los niños se les impondrán dos tercios de la pena mínima prescrita para el delito. De este modo se garantiza en la práctica que no se imponga la reclusión a perpetuidad a ningún niño condenado por cualquier delito.
Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia
119.En cuanto a las recomendaciones del Comité de que se garantice la protección de los niños contra todas las formas de violencia, Maldivas señala que la Ley núm. 3/2012 (Ley de Prevención de la Violencia Doméstica) se aplica a cualquier acción que pueda poner en peligro la protección, la salud, el bienestar o la vida de una persona, o que incite a tal sentimiento de peligro, y en ese sentido abarca toda violencia física, abuso verbal o violencia sexual cometidos contra una persona que quede incluida en la definición de “relación doméstica”. Además, la Ley de Protección de los Derechos del Niño recientemente promulgada prohíbe toda forma de castigo corporal impuesto a los niños en entornos domésticos, al tiempo que lo reconoce como una forma de violencia contra la infancia.
120.El Gobierno reconoce las dificultades para poner en funcionamiento los centros de acogida designados para víctimas de violencia doméstica. Las iniciativas para ofrecer centros de acogida seguros a las víctimas de la violencia doméstica se han visto obstaculizados por las limitaciones presupuestarias para construir la infraestructura necesaria y capacitar a los recursos humanos que exigen esos centros de acogida. Sin embargo, en 2020 se redoblaron los esfuerzos para poner en funcionamiento los centros de acogida. Al respecto, han entrado plenamente en funcionamiento cinco centros de acogida y hay planes en marcha, en asociación con el Banco Asiático de Desarrollo, para ampliar los servicios de acogida a otros tres lugares de Maldivas. Se han elaborado los procedimientos operativos estándar y los manuales necesarios para el buen funcionamiento de los centros de acogida, y están en proceso de aprobación. Uno de los centros de acogida plenamente operativos se ha destinado específicamente a albergar a niños y progenitores víctimas de la violencia doméstica. El Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales hizo todo lo posible por incrementar los recursos humanos para gestionar los centros de acogida.
121.En virtud de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica, se establece el Organismo de Protección de la Familia como la institución principal para dirigir todas las labores relacionadas con la prevención de la violencia doméstica. Ese organismo lleva a cabo varios programas de fomento de la capacidad dirigidos a las partes interesadas y presta apoyo al Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales en la aplicación de políticas para combatir la perpetración de violencia doméstica y asistir a las víctimas. Ha emprendido diversas campañas de sensibilización durante los años a los que se refiere el informe con miras a alentar a las comunidades, especialmente a los hombres, a pronunciarse en contra de la violencia doméstica. Se han llevado a cabo campañas dirigidas a la juventud para crear espacios seguros de debate sobre la violencia doméstica y promover el concepto de unas relaciones sanas. Con miras a alentar la denuncia y la colaboración pública en la eliminación de la violencia doméstica, también se han realizado campañas para el público en general, entre ellas una consulta pública virtual que se llevó a cabo en 2020. La consulta pública sirvió de foro para compartir preocupaciones en relación con las principales partes interesadas. Además, el Organismo ha puesto en marcha una serie de programas de capacitación dirigidos a trabajadores sociales, agentes de policía, equipos de respuesta inicial, profesionales del sector sanitario y otros proveedores de servicios.
122.Aunque existen lagunas en la reunión de datos en los casos de violencia doméstica que afectan a niños, la Oficina de Estadística de Maldivas está haciendo todo lo posible para adquirir datos específicos, y aumentar y publicar los datos tomados de los casos denunciados al Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales.
123.Maldivas sigue decidida a reducir la incidencia de todas las formas de violencia contra la infancia. Aunque el número de casos denunciados va en aumento, se están tomando medidas para reforzar los mecanismos de denuncia, aumentar la remisión de casos entre organismos, mejorar la calidad del apoyo y la asistencia prestados a las víctimas e incrementar la calidad de las investigaciones para conseguir la condena de los autores. En 2017, el Ministerio convocó a todas las partes interesadas y organismos asociados a una conferencia nacional sobre la violencia contra la infancia. El objetivo principal de la conferencia nacional era intercambiar conocimientos sobre la situación de la violencia contra la infancia en Maldivas, los enfoques para hacer frente a la violencia contra la infancia, las funciones, las responsabilidades, la coordinación y la colaboración intersectoriales y las respuestas sistemáticas e integradas en el plano comunitario a la violencia contra la infancia. Como consecuencia, se puso en marcha un Plan de Acción Nacional sobre la Violencia contra la Infancia de dos años de duración (2017-2019). El Ministerio tiene previsto revisar y evaluar el estado de la aplicación de ese plan. En función de las conclusiones y del marco jurídico establecido, se elaborará un nuevo plan de acción para prevenir la violencia contra la infancia. Así se refleja también en el Plan de Acción Estratégico.
124.La Ley de Protección de los Derechos del Niño establece el mecanismo legislativo para una política de protección de la infancia bien coordinada e integral. Como tal, el artículo 66 ordena al Estado establecer un mecanismo nacional para proporcionar cuidado y protección a los niños. El mecanismo nacional concede la máxima importancia a un enfoque multisectorial para tramitar las denuncias de violencia contra la infancia y a un mecanismo de derivación eficaz que garantice la seguridad y el bienestar de la víctima. La ley encarga al Consejo de Protección de los Derechos del Niño que funcione como un órgano multisectorial con representantes de alto nivel de las partes interesadas pertinentes que asesore al Ministro sobre políticas para combatir la violencia contra la infancia.
125.Con respecto a la exposición de los niños a las protestas políticas, Maldivas señala que el Servicio de Policía ya ha aplicado varias salvaguardias para garantizar que los manifestantes no sean sometidos a una fuerza indebida y desproporcionada por parte de la policía. De resultas de la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, se espera que todas las instituciones, incluidos el Servicio de Policía y los partidos políticos, así como los particulares, traten a los niños con el cuidado especial previsto en ella. Cuando se infringen estas normas, la Comisión de Derechos Humanos de Maldivas y la Defensoría del Niño tienen el mandato de investigar cualquier acto que viole los derechos de los niños.
126.Además, la intimidación de cualquier persona dentro de la jurisdicción maldiva será investigada por el Servicio de Policía. Con miras a prevenir la marginación de los niños en las comunidades locales y en las escuelas, el Ministerio de Educación, en asociación con el UNICEF, puso en marcha una política nacional contra el acoso en las escuelas. Esta política, que entró en vigor a principios de 2019, fomenta las intervenciones dirigidas por pares, al tiempo que anima a todos en el sistema educativo, incluidos los progenitores, a asumir la responsabilidad de prevenir y mitigar el acoso.
Explotación y abusos sexuales
127.En relación con las recomendaciones del Comité en esta esfera, el artículo 24 de la Ley núm. 12/2009 (Ley de Disposiciones Especiales sobre Delincuentes Pedófilos) establece que los niños menores de 13 años no pueden dar su consentimiento para ninguna actividad sexual. El artículo 25 dispone que, salvo prueba en contrario, los niños de entre 13 y 18 años no pueden consentir legalmente en tener relaciones sexuales. Dicho esto, todos los menores de 18 años se consideran niños con arreglo a la Ley de Protección de los Derechos del Niño. El artículo 11 de esa ley establece que todos los niños tienen derecho a la protección contra los abusos sexuales y la explotación sexual.
128.Aunque la propia expresión de “abuso sexual “ no está definida en sí misma en la Ley de Disposiciones Especiales sobre Delincuentes Pedófilos, los delitos recogidos en ella condensan las formas de abuso que la Convención prevé que pueden llevarse a cabo contra un niño. Al respecto, tipifica como delito la utilización de niños en imágenes audiovisuales de abusos sexuales, la utilización de niños en la prostitución, la explotación sexual comercial y la coacción para participar en actividades sexuales. Además, el artículo 122 tipifica el delito de explotación y el artículo 123, el delito de captación de niños con fines sexuales. La segunda modificación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas, promulgada en 2021, tipifica expresamente como delito la trata transfronteriza e interna de niños con fines de explotación. La definición de explotación de esta última ley incluye el trabajo forzoso, los matrimonios forzados y, entre otras cosas, la participación forzada en actividades sexuales o la prostitución.
129.El artículo 25 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño fija la edad legal para contraer matrimonio en los 18 años y prohíbe expresamente los matrimonios infantiles. Por lo tanto, con la promulgación de esa ley, ha quedado implícitamente derogado el artículo 14 de la Ley de Disposiciones Especiales.
130.Maldivas se complace en señalar que el nuevo proyecto de ley de pruebas ha sido presentado al Parlamento el 30 de agosto de 2021. Cuando se promulgue, sustituirá a la Ley de Pruebas de 1976 y establecerá normas modernas para la presentación, aceptación, asignación de peso y otras cuestiones relacionadas con las pruebas.
131.Con respecto a la recomendación del Comité sobre la presentación de denuncias, con la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño se introdujo la obligación del Estado de establecer un mecanismo de denuncia para los casos de vulneración de derechos. El artículo 70 destaca que el mecanismo de denuncia será un mecanismo de derivación confidencial para garantizar que los niños vulnerables reciban la protección y los cuidados que necesitan. El artículo 71 indica todas las partes que pueden denunciar un caso a las autoridades. Además, el artículo 126 tipifica como delito no denunciar los casos de abusos sexuales, los daños físicos y psicológicos graves y los actos de explotación.
132.De resultas de la promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil, se han llevado a cabo programas de sensibilización entre jueces, fiscales, trabajadores sociales, el Departamento de Justicia Juvenil y agentes de policía. Esas capacitaciones, realizadas en colaboración con el UNICEF y las organizaciones de la sociedad civil, tenían por objetivo familiarizar a los funcionarios con las salvaguardias, derechos y protecciones establecidos en esas leyes.
133.La campaña Ahan, puesta en marcha en mayo de 2015 y la campaña Mikan Huttuvaanan, puesta en marcha en 2020, son las mayores campañas nacionales que se han llevado a cabo hasta la fecha para concienciar sobre la violencia contra la infancia y alentar a denunciarla. Por conducto de la campaña Ahan se impartieron sesiones informativas en escuelas de ocho regiones de Maldivas a un total de 4.390 niños matriculados en los grados 4º a 8º. También se llevaron a cabo sesiones de concienciación para el profesorado en la región de la capital, Malé, en las que se sensibilizó a 168 docentes sobre cuestiones relacionadas con la violencia contra la infancia.
134.Además de eso, en 2017 se creó un centro de llamadas en asociación con el UNICEF y se puso en marcha una aplicación móvil para facilitar la denuncia de casos de abusos. Ambas campañas pretenden empoderar a los niños contra los abusos, sensibilizar a la opinión pública, fomentar las denuncias y prestar apoyo a las víctimas de maltrato infantil. También se puso en marcha la Política de Protección de la Infancia en Línea de 2020, con miras a combatir el número creciente de denuncias de explotación en línea durante el período que abarca el informe.
135.Para evitar la estigmatización de los supervivientes, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales llevó a cabo una serie de consultas en 2018 con varios niños que vivían al cuidado del Estado, niños con necesidades especiales y niñas miembros de las Guías. El foro brindó a los niños la oportunidad de colaborar en políticas y cuestiones que les afectan. El Ministerio también celebró un foro de participación infantil de un día de duración en seguimiento de la Conferencia Nacional sobre la Violencia contra la Infancia de 2017. Ese foro reunió a niños de diversos orígenes, incluidos niños con necesidades especiales, para debatir cuestiones relativas a su bienestar y a las iniciativas para promover la participación infantil.
Prácticas nocivas
136.Maldivas señala que el artículo 25 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño prohíbe específicamente el matrimonio de niños menores de 18 años y fija la edad mínima para contraer matrimonio en los 18 años. Los poderes públicos de Maldivas están firmemente en contra del vil acto de la mutilación genital femenina. Además de estar recogida en el Código Penal en el delito de agresión, el artículo 13 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño también garantiza que todo niño tiene derecho a estar protegido de cualquier factor social y cultural que pueda tener un efecto perjudicial sobre su interés superior, dignidad y desarrollo.
Servicio de asistencia telefónica
137.Maldivas reconoce que existen lagunas para lograr que el teléfono de asistencia funcione de la manera más eficaz. El artículo 75 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño exige el establecimiento de un teléfono de asistencia a la infancia que pueda prestar servicio las 24 horas, que sea accesible a todos los niños de Maldivas y que garantice la prestación de asistencia y protección a los niños que las necesiten. Se han adoptado medidas para examinar el procedimiento operativo estándar con miras a reforzar el sistema de denuncia. Con la asistencia de Child Helpline International, y con el fin de desarrollar la capacidad de los recursos humanos, el personal que trabaja en el departamento de asistencia telefónica se somete mensualmente a supervisión clínica. El objetivo fundamental de estas formaciones es velar por que el personal adquiera las competencias adecuadas para cumplir los estándares reconocidos internacionalmente para los equipos de respuesta inicial. Se están adoptando medidas adicionales, en asociación con el UNICEF, para garantizar que el centro de llamadas esté conectado con la Base de Datos de Maldivas sobre Protección de la Infancia, y que esté plenamente operativo mediante el Servicio de Mensajes Cortos y la aplicación móvil para que sea posible responder a las denuncias en tiempo oportuno.
VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado (arts. 5, 9 a 11, 18 (párrs. 1 y 2), 20, 21, 25 y 27 (párr. 4))
138.En relación con las observaciones del Comité sobre el entorno familiar y las modalidades alternativas de cuidado, Maldivas señala que, en 2019, el Estado introdujo una licencia de maternidad de 6 meses y una licencia de paternidad de 1 mes para los nuevos progenitores. Se están aplicando en todos los organismos públicos y en el 77,4 % de todas las empresas estatales. Se está trabajando en la creación de un centro de día para minimizar las dificultades de las madres trabajadoras. Además, el Estado asignó viviendas del plan de vivienda social Hiyaa para progenitores solos y progenitores de niños con necesidades especiales. Con miras a mejorar la situación financiera de los progenitores solos, en 2019 se revisó la prestación mensual por progenitor solo ofrecida por conducto del régimen de protección social para eliminar el límite máximo de 3.000 rufiyaa (195 dólares de los Estados Unidos de América), que se asignaba independientemente del número de hijos de la familia. Actualmente, los progenitores solos pueden recibir una prestación de hasta 10.000 rufiyaa (649 dólares). Además, se revisaron las prestaciones de servicios sociales que se conceden y se amplió el derecho de los progenitores solos que tienen hijos con discapacidad a percibir tanto la prestación por progenitor solo como la prestación para personas con discapacidad.
139.Una de las metas del Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación es la creación de guarderías asequibles que permitan a las madres trabajadoras mantenerse en activo. Actualmente hay cinco guarderías privadas en funcionamiento en la región de la capital. Desde 2015 está en vigor un reglamento relativo a la prestación de servicios de guardería en Maldivas y actualmente se está trabajando en revisarlo en consonancia con la Ley de Protección de los Derechos del Niño.
140.La Ley de Protección de los Derechos del Niño también obliga al Estado a proporcionar recursos adecuados a los progenitores para facilitarles el cumplimiento de sus responsabilidades en la crianza y educación de los hijos.
141.En relación con los casos comunicados, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales inicia una mediación con los progenitores de los niños vulnerables y una conferencia sobre el caso con los docentes de la escuela. Para difundir información sobre el desarrollo infantil y dotar a los padres de las habilidades parentales necesarias se imparten en las comunidades capacitaciones sobre el programa Padres Eficaz y Técnicamente Preparados. También hay planes en marcha para elaborar módulos específicos que garanticen la sostenibilidad de estas formaciones.
Niños privados de un entorno familiar
142.El Gobierno reconoce el reto que supone alojar a niños en el Hogar para Personas con Necesidades Especiales. Se adoptaron medidas para establecer en él un pabellón específico para niños y, de hecho, hubo niños que fueron trasladados a ese pabellón. No obstante, con el inicio de la pandemia de COVID-19, el pabellón se utilizó como zona de aislamiento. Las autoridades públicas están tomando medidas de urgencia para renovar esta zona y utilizarla para los fines inicialmente previstos. Existen dificultades insalvables para alojar a niños con necesidades especiales en los demás centros de acogida infantiles, ya que no están totalmente equipados para prestar los servicios necesarios a esos niños.
143.La promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño establece un sólido fundamento legislativo para el acogimiento familiar y los cuidados basados en la comunidad. Al respecto, ordena al Ministro la creación de un sistema de acogimiento familiar en virtud de ella. Asimismo, detalla el proceso de designación de la persona que acoge, determina los niños que pueden ser acogidos y establece las medidas que deben aplicarse antes de acoger a un niño. Con este fin, se ha organizado un Grupo de Acogimiento para agilizar el proceso de acogimiento de los niños bajo tutela del Estado. Del mismo modo, la ley también establece los principios fundamentales del acogimiento en modalidades alternativas de cuidado. El Ministerio ha elaborado y publicado una normativa sobre los centros que ofrecen modalidades alternativas de cuidado. Se han formulado procedimientos operativos estándar en relación con las normas de calidad de esos centros y el tratamiento de referencia que se ha de prestar a los niños alojados en ellos.
144.En 2020, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales hizo todo lo posible para trasladar a los niños alojados en el centro residencial de Vilimale’ a hogares regionales más seguros y más adaptados a las necesidades de las comunidades, establecidos en cinco regiones de Maldivas. El objetivo principal del proyecto era ofrecer a los niños un nuevo comienzo, facilitarles una mayor implicación en la comunidad y remediar los problemas de comportamiento que fueran surgiendo. El proyecto fue emprendido por el Ministerio con un plan de preparación concreto y una serie de salvaguardias para que los niños tuvieran una comprensión adecuada de los planes. En todas las fases del proceso se recabaron la participación y las opiniones de los niños. Cada centro de acogida cuenta con personal capacitado y recursos para garantizar el bienestar de los niños.
VII.Discapacidad, salud básica y bienestar (arts. 6, 18 (párr. 3), 23, 24, 26, 27 (párrs. 1 a 3) y 33)
Niños con discapacidad
145.Maldivas reconoce la necesidad de reforzar la aplicación de la Ley núm. 8/2010 (Ley de Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de Prestación de Asistencia Financiera). Reconoce asimismo la necesidad de formular y aplicar políticas más enérgicas para que los niños con necesidades especiales disfruten de las mismas oportunidades de hacerse oír en todos los frentes. Promover las funciones del Consejo de Discapacidad es un compromiso clave de los poderes públicos.
146.En 2018, el Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales colaboró con el Organismo Nacional de Protección Social para finalizar la Directriz de Determinación y Clasificación de Discapacidades, con el fin de clasificar los tipos de discapacidad y determinar las normas correspondientes para la clasificación. Esa directriz es utilizada por el Organismo para determinar el derecho de los adultos y los niños a percibir la prestación económica. El Ministerio y el Organismo mantienen un registro de niños con discapacidad. El Gobierno reconoce que no abarca a todos los niños de Maldivas, pero este indicador se ha incluido en el próximo censo.
147.Si bien la Constitución y la Ley de Protección de los Derechos del Niño ponen en primer plano la no discriminación, es importante señalar que la segunda garantiza que los niños con discapacidad tienen derecho a una vida digna, con igualdad de oportunidades para participar en la comunidad, y puedan tomar decisiones en la medida en que lo permitan sus capacidades, de forma que no se menoscabe su dignidad. Esa ley establece además que los niños con discapacidad tienen derecho a cuidados y protección especiales por parte de sus familias, de la comunidad y del Estado, lo que es, en esencia, una reiteración del derecho consagrado en la Constitución. Además de proporcionar esta educación universal, el Ministerio de Educación está desarrollando centros escolares que serán escuelas inclusivas dentro de las distintas regiones, de acuerdo con las prioridades nacionales. Además, la Ley de Educación, promulgada en 2020, refuerza aún más el derecho a la educación sin discriminación y garantiza la impartición de educación inclusiva a los niños con necesidades especiales.
148.El Plan Director de Salud 2016-2025 enuncia los principios y los objetivos nacionales de salud y proporciona orientación estratégica a las partes interesadas y al público para seguir impulsando programas que mejoren la salud de la población y promuevan el sistema de salud del país. El sistema de atención sanitaria está organizado en tres niveles: los establecimientos de salud de las islas gestionan y derivan a los pacientes a establecimientos de nivel superior de los atolones y las regiones y al nivel central, cuando es necesario. La asistencia sanitaria a los niños con discapacidad está cubierta por el programa de seguro social universal. Se está trabajando para disminuir el nivel de discapacidades evitables mediante una atención materna integral, planes de inmunización y programas de prevención de lesiones.
149.Los proveedores de atención de salud colaboran con las familias para aumentar la comprensión y la conciencia y detectar y diagnosticar correctamente a los niños con deficiencias lo antes posible, a fin de que puedan disponer de los servicios adecuados para reducir el impacto de sus deficiencias. Está en marcha un programa de prevención de lesiones, para evitar la discapacidad derivada de accidentes de tráfico y laborales, y se llevan a cabo programas de concienciación sobre el uso de dispositivos de seguridad.
150.En todos los atolones se facilita la detección precoz de anomalías congénitas en los niños mediante la realización de ecografías prenatales. Se criban los historiales médicos infantiles y se registran los hitos del desarrollo de los niños desde el nacimiento hasta los 5 años. Los proveedores de atención de salud reciben formación de reciclaje sobre el modo de realizar estas revisiones, lo que facilita la detección precoz de los retrasos en el crecimiento o de situaciones en las que se requiere la derivación a un especialista para realizar exámenes adicionales y la derivación para otros servicios. El Plan Director de Salud tiene como meta seguir reduciendo la prevalencia de la insuficiencia ponderal, del 17 % al 15 %. El Programa Nacional de Suplementación con Vitamina A se lleva a cabo para niños de 6 a 59 meses, y están en marcha programas de tratamiento vermífugo y de suplementación con hierro y ácido fólico.
151.Los profesionales sanitarios de los establecimientos de salud colaboran con el Ministerio de Educación en la realización de reconocimientos médicos completos en las escuelas, que incluyen pruebas de audición y visión como parte del programa estándar. En caso necesario, se deriva a los niños a especialistas, y esto está cubierto por el plan nacional de seguro médico.
152.La Ley de Protección de los Derechos del Niño refuerza el derecho de todos los niños a ser inscritos en el Registro Civil al nacer y a recibir las vacunas necesarias y una atención sanitaria adecuada. Todos los casos de discapacidad detectados antes o después del nacimiento serán remitidos a consultas y terapias con especialistas. Todas las derivaciones a centros de nivel superior están cubiertas por el plan nacional de seguro médico. Este funciona como un sistema de apoyo multisectorial para proteger los derechos de los niños, en el que se están reforzando y ampliando los servicios de rehabilitación y las intervenciones a distintos niveles de la atención de la salud.
153.Por conducto del Organismo Nacional de Protección Social se facilitan asistencia financiera para servicios terapéuticos, evaluaciones fisiológicas y también asistencia para ayudas técnicas como sillas de ruedas, andadores, o audífonos, entre otras. Está previsto reforzar el régimen de protección social de las prestaciones por discapacidad. A tal fin, en 2019, el Estado distribuyó más de 195 millones de rufiyaa en prestaciones por discapacidad a 8.476 personas, lo que supuso un aumento de unos 34 millones de rufiyaa con respecto a las cifras de 2016 y 2017.
154.En 2019, el Estado comenzó a proporcionar ayuda financiera a los servicios terapéuticos necesarios para las personas con discapacidad. En 2019 y 2020 se gastaron en total 3.165.107 rufiyaa y 7.201.744 rufiyaa en servicios terapéuticos, respectivamente.
155.El Organismo Nacional de Protección Social también proporciona atención de la salud mental asequible a niños con discapacidad. En 2019, el Plan Nacional de Seguro Social de Salud, Aasandha, aumentó el límite máximo de cobertura del seguro a 5.000 rufiyaa (unos 324 dólares) para los servicios de asesoramiento y evaluación psicológica prestados en las clínicas del sector privado. El Ministerio de Género, Familia y Servicios Sociales también lleva a cabo programas para que las comunidades y los progenitores puedan detectar precozmente las discapacidades.
156.En 2014 se elaboró la versión inicial de las Directrices para los Embajadores de Buena Voluntad que Obran en pro de los Derechos de las Personas con Discapacidad con miras a nombrar a los primeros embajadores de buena voluntad; el objetivo principal era conceder un estatus oficial a los particulares que obran en pro de las personas con discapacidad. Esas directrices establecen las normas éticas y las funciones y responsabilidades de las personas que actúan como embajadores de buena voluntad. En 2014, el Ministerio nombró a tres embajadores de buena voluntad para que obraran en pro de la protección y la promoción de los derechos de las personas con discapacidad. Las directrices se revisaron en 2017, antes del nombramiento de la segunda tanda de embajadores de buena voluntad.
157.Además, se organizó la exposición Riveli para empoderar a las personas con discapacidad, promover su talento y concederles nuevas oportunidades, además de establecerse el Premio Riveli para reconocer sus esfuerzos. En 2019, más de 15 niños con necesidades especiales participaron en la exposición y se concedió el Premio Riveli a 21 personas con discapacidad en reconocimiento a su destreza. Asimismo, se organizaron sesiones de sensibilización y programas de detección en cinco atolones, que giraban en torno a la detección precoz, la evaluación y la protección de las personas con discapacidad, incluidos los niños con necesidades especiales.
Salud de los adolescentes
158.El plan de estudios nacional permite que la salud y la educación física se impartan como asignatura diferenciada en la escuela primaria. El Ministerio de Educación ha adaptado el nuevo plan de estudios de Educación Física y Salud para dar cabida a la salud sexual y reproductiva de los adolescentes con el objetivo de mejorar entre ellos el acceso a la información relativa a la salud sexual y reproductiva. El Gobierno reconoce las limitaciones en la educación impartida en materia de salud sexual y reproductiva. Aunque esas limitaciones se deben sobre todo a la insuficiencia de recursos, en algunas comunidades también se observaron algunas normas culturales que impiden impartir eficazmente educación en materia de salud sexual y reproductiva. Para contrarrestar esos valores, el Ministerio de Educación, en colaboración con el UNICEF, está adoptando medidas para aplicar un programa integral de educación para progenitores dirigido a concienciarlos sobre la importancia de una comunicación abierta con sus hijos, especialmente en temas como la salud sexual y reproductiva.
159.En el Plan de Acción Estratégico se indican otras políticas relacionadas con la salud sexual y reproductiva de los adolescentes. A tal fin, se han fijado metas para llevar a cabo programas dirigidos a los jóvenes con el fin de impartir conocimientos correctos e información sobre comportamientos y prácticas sexuales y reproductivos seguros entre pares a través de las escuelas, las instituciones de enseñanza superior y otros programas para jóvenes.
160.El Ministerio de Salud colabora con los programas escolares de salud para dotar a los adolescentes de información correcta sobre prácticas saludables y competencias para la vida que les permitan responder a la presión del grupo y apoyar a sus pares. De ahí que los programas escolares de salud sigan llevando a cabo actividades para promover hábitos saludables en los comedores escolares, sobre todo estableciendo un entorno sin tabaco e inculcando educación sanitaria y competencias para la vida.
161.Con respecto a la observación del Comité sobre el derecho al aborto, Maldivas señala que el Código Penal permite excepcionalmente el aborto si la mujer embarazada corriera peligro o si el embarazo fuera consecuencia de abusos sexuales o incesto. La Academia Fiqh, en una decisión posterior, amplió la autorización de interrumpir médicamente el embarazo dentro de los 120 días siguientes a la concepción a los embarazos resultantes de la violación por un familiar directo o de la violación de una niña que no esté en condiciones físicas ni mentales de quedarse embarazada y dar a luz. Esa autorización se extiende desde hace tiempo a los casos de fetos con talasemia mayor, drepanocitosis mayor, anomalías congénitas múltiples y enfermedades que ponen en peligro la vida de la madre. Además, en los establecimientos de salud se ofrecen servicios de atención integral del aborto y de atención postaborto y derivación de pacientes según las categorías.
162.Aunque los embarazos en la adolescencia no son un factor infrecuente en las niñas no escolarizadas, el Ministerio de Educación sigue colaborando con las familias y las escuelas para matricular a estas estudiantes y prestarles apoyo dentro del sistema educativo. El Ministerio de Educación también les garantiza que tengan acceso a la educación con la ayuda de la escuela local.
163.El Plan Director de Salud y la Estrategia Nacional de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil y de la Adolescencia del Ministerio de Salud siguen reconociendo que la salud reproductiva es un componente decisivo de la salud general y pretenden responder a la necesidad de dirigir los programas de forma integrada y global. Al respecto, se han aprobado los Estándares Nacionales para Servicios de Salud Orientados a Adolescentes y Jóvenes. Se han definido nueve estándares con conjuntos de servicios y funciones de las partes interesadas pertinentes en los distintos niveles de los establecimientos de salud. Se está haciendo todo lo posible por proporcionar a los jóvenes información y servicios de salud sexual y reproductiva por conducto del sistema sanitario existente. En este sentido, se sensibiliza a los proveedores de atención sanitaria para que ofrezcan servicios de salud adaptados a los adolescentes en todo el país, con el fin de reforzar y aumentar la inclusividad en la prestación de atención sanitaria. Se llevan a cabo continuamente sesiones y programas de sensibilización para los proveedores de atención de la salud, incluidos todos los coordinadores de salud reproductiva, con el fin de concienciar sobre esta cuestión. Se están adoptando medidas para colaborar con las organizaciones de la sociedad civil en la difusión de información sobre salud sexual y reproductiva al público en general. A menudo se utilizan los medios de radiodifusión para concienciar a través de anuncios de vídeo, entrevistas y mensajes.
164.Con la colaboración de las partes interesadas nacionales y en consulta con ellas, se elaboraron la Política Nacional de Salud Mental 2015-2025 y el Plan Estratégico Nacional de Salud Mental 2016-2021. Se celebraron reuniones consultivas, grupos de trabajo y debates con las partes interesadas, como organizaciones comunitarias y los sectores público y privado. Se está trabajando en la elaboración de un proyecto de ley de salud mental.
165.La administración pública ha creado un Centro Nacional de Salud Mental en el hospital nacional terciario. Su función es prestar servicios de salud mental, incluidos servicios para niños y adolescentes, y coordinarse con los establecimientos de salud de los atolones. Los servicios sanitarios están escalonados con arreglo a un mecanismo de derivación entre establecimientos de salud en función del nivel de la atención requerida. El Plan Nacional de Seguro Social de Salud (Aasandha) cubre el coste de los gastos sanitarios e incluye también los servicios de salud mental.
166.Con miras a seguir aumentando la integración de la atención de salud mental en el sistema de atención primaria de salud, se está trabajando para integrar la formación sobre la brecha en salud mental en las capacitaciones de atención primaria para profesionales sanitarios. Esto añadiría aún más valor a las iniciativas en curso para establecer planes basados en las comunidades en los que la atención de salud mental esté perfectamente integrada dentro de las labores del sistema de atención primaria de salud por lo que se refiere a su promoción y a la prevención de los trastornos mentales. Se llevan a cabo programas de concienciación sobre salud mental en colaboración con organizaciones no gubernamentales (ONG) y otras partes interesadas, como contribución importante a la prestación de servicios de salud mental y a la promoción de la salud mental.
167.Además, con miras a concienciar a las comunidades, el Ministerio de Asuntos Islámicos también organiza conversaciones con estudiosos moderadores sobre el comportamiento sexual y los problemas de salud mental dirigidas a progenitores y adolescentes.
Drogas y otras sustancias adictivas
168.El abuso de sustancias es un problema frecuente que afecta a la juventud maldiva, así como a las mujeres y los niños. El Estado sigue adoptando medidas enérgicas para ocuparse de los problemas sociales resultantes y de la rehabilitación y la reintegración efectiva en la sociedad de las víctimas del abuso de sustancias. Se presta atención especial a proteger a los niños de la exposición a los efectos negativos del consumo de sustancias, dentro de sus hogares y en la comunidad.
169.A tal fin, se están planeando medidas especiales para hacer cumplir y aplicar plenamente la Ley núm. 17/2011 (Ley de Drogas), adoptando un enfoque holístico para combatir la drogadicción y ayudar a la rehabilitación y la reintegración. El Organismo Nacional contra las Drogas tiene previsto consolidar el centro de rehabilitación de mujeres de la isla de Himmafushi y crear un centro especializado para niños. También hay planes en marcha para crear siete centros de rehabilitación de drogodependientes en todo el país. Esta ampliación de los servicios de rehabilitación se refleja asimismo en el Plan de Acción Estratégico y el Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación. Se está renovando el hogar de transición de Hulhumalé y en 2021 se creó y se puso en funcionamiento un centro de reclusión preventiva para autores de delitos relacionados con drogas. La creación de ese centro de reclusión será especialmente beneficiosa para que las víctimas puedan someterse a una rehabilitación adecuada en lugar de cumplir pena de prisión.
170.También se da prioridad a la aplicación del plan de acción en 12 etapas del Consejo Nacional de Fiscalización de Drogas (2020), que especifica medidas para las partes interesadas relativas a la reducción de la oferta y la demanda de drogas. El Consejo está revisando los servicios utilizados anteriormente para combatir los problemas de consumo de sustancias en Maldivas. El proceso de revisión servirá para ajustar mejor los servicios al plan de acción aprobado por el Consejo. Este plan de acción, que está basado en pruebas, se centra más en la prestación de servicios de prevención, tratamiento y rehabilitación del consumo de sustancias, concebidos a partir de investigaciones bien documentadas y revisadas por pares, consultorías internacionales y los datos y estadísticas más recientes de Maldivas.
171.En febrero de 2019, con la asistencia del UNICEF, se elaboró una directriz operacional para los servicios de tratamiento y rehabilitación del abuso de sustancias dirigidos a adolescentes. Esa directriz detalla estrategias eficaces de prevención y tratamientos y métodos de rehabilitación eficaces del abuso de drogas en adolescentes. Además, pone de relieve los principios del tratamiento: fomentar un tratamiento adaptado a las necesidades únicas de los niños y orientado principalmente a atender a los trastornos mentales concurrentes, así como a las necesidades de la persona, la familia y la comunidad.
172.Asimismo, de acuerdo con la importancia que se concede al fomento de la capacidad de los terapeutas de llevar a cabo intervenciones de tratamiento especializadas para niños por el consumo de sustancias, impartido con la ayuda del Plan Colombo, dos terapeutas concluyeron tres cursos (de un total de cursos) de formación de formadores en el plan de estudios sobre intervención en la infancia para una vida libre de drogas. Los tres cursos realizados han ayudado a comprender el modo de llevar a cabo las intervenciones en niños con trastorno por consumo de sustancias y han mejorado los conocimientos y la aplicación práctica de la intervención de tratamiento, por ejemplo una entrevista motivacional para los niños con ese trastorno.
173.En particular, en el caso de los jóvenes víctimas del abuso de sustancias y sin hogar, los servicios del Organismo Nacional contra las Drogas abarcarán las necesidades básicas de los clientes: alimentación, alojamiento y kits de higiene y de higiene femenina. Los poderes públicos están seguros de que la infraestructura física existente y el sistema y la red de asistencia ampliamente repartidos por todo el país brindan oportunidades para que este enfoque logre resultados satisfactorios y sea sostenible.
174.En la actualidad, cuatro niños están en rehabilitación y cinco esperan el inicio de su programa de rehabilitación en el Organismo Nacional contra las Drogas. Este clasifica a los niños que caen presa de la drogadicción en adictos de riesgo bajo, medio y alto, y los programas se adaptan en consecuencia. Los adictos de riesgo bajo deben someterse a un tratamiento basado en la comunidad, mientras que los de riesgo medio se inscriben en un programa de 21 días que incluye desintoxicación y reintegración en la comunidad. Los niños clasificados como adictos de riesgo alto se someten a un tratamiento residencial bajo la orientación de personal formado en el Organismo.
175.Además de lo anterior, se ejecutan otros programas de prevención por conducto de las partes interesadas pertinentes, como el Organismo Nacional contra las Drogas, el Ministerio de Educación, las organizaciones comunitarias y las ONG que trabajan con algunas poblaciones clave para ejecutar intervenciones específicas dirigidas a las comunidades de alto riesgo. El Ministerio de Salud está formando a profesionales de la salud para que lleven a cabo intervenciones de cambio de comportamiento en zonas con poblaciones con mayor riesgo de abuso de sustancias. También se ha formado a agentes de extensión entre pares para que lleven a cabo programas comunitarios dirigidos a poblaciones vulnerables.
VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales(arts. 28, 29, 30 y 31)
Educación, incluidas la formación y la orientación profesionales
176.El 10 de noviembre de 2020 se promulgó la Ley de Educación, con el propósito de establecer un sistema educativo que garantizase el derecho a la educación para todos, y formular las directrices relativas a la prestación del derecho, así como prescribir las responsabilidades del Estado, los progenitores y los niños. Además de la Constitución y la Ley de Protección de los Derechos del Niño, la Ley de Educación también garantiza el derecho a la educación desde los 4 hasta los 18 años, en un entorno a salvo de castigos corporales, acoso, hostigamiento y violencia. Esa última ley obliga al Estado a proporcionar educación preescolar, primaria y secundaria gratuitas a todos los niños de Maldivas. La Ley núm. 1/2012 (Ley de Educación Preescolar) ha sido derogada de resultas de la promulgación de la Ley de Educación. Por consiguiente, toda la normativa relativa a la educación preescolar se publicará en el marco de la Ley de Educación y la educación preescolar ya ha pasado a formar parte del ciclo de la educación general.
177.El derecho a la educación está garantizado para todos los niños de Maldivas. Está consagrado en la Constitución y reforzado además en el artículo 21 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. Esta ley obliga al Estado y a los progenitores a velar por que los niños reciban educación primaria y secundaria sin discriminación. Además, impone a los progenitores la responsabilidad general de criar y educar al niño. La Ley de Educación garantiza que todos los niños, incluidos los niños con discapacidad, gocen del derecho a la educación en pie de igualdad con los demás.
178.Antes de la entrada en vigor de la Ley de Protección de los Derechos del Niño, el Ministerio de Educación practicaba desde 2013 una política de educación inclusiva, con miras a garantizar que los niños con discapacidad tuvieran acceso a la educación sin discriminación en las escuelas ordinarias. En 2018, la dependencia creada para la aplicación de esa política pasó a ser un departamento. El objetivo de la política era garantizar la igualdad en la prestación del derecho a la educación a los niños clasificados como niños que requieren un plan de educación individual. En 2018, 212 escuelas públicas matricularon a 3.215 niños que requerían un plan de educación individual.
179.Se estableció una política de evaluación para permitir adaptaciones de los planes de estudios y se tomaron medidas para mejorar el acceso físico a las clases. Aunque el acceso físico a los edificios escolares sigue siendo un problema acuciante, en 2019 se inauguró una escuela en la región de la capital con rampas que permitían a los niños con necesidades especiales acceder a todo el edificio escolar. Sin embargo, existe una necesidad crítica de satisfacer las necesidades de recursos humanos para contar con docentes capacitados sobre el terreno. Como parte de las promesas de los primeros 100 días del Gobierno en 2018, se llevó a cabo una evaluación con objeto de determinar los recursos que se necesitaban para impulsar la educación especial en las escuelas maldivas.
180.Como parte de las nuevas iniciativas de políticas del Plan Nacional de Resiliencia y Recuperación, en tres regiones del país se deben construir centros escolares que dispondrán de toda la infraestructura y la oferta curricular necesarias. La primera escuela se construiría ya en 2022, y estas escuelas funcionarían como centros regionales dotados de infraestructura, recursos humanos y oferta curricular para impartir un programa de educación inclusiva de calidad.
181.Maldivas ha logrado desde hace tiempo la paridad de género en el acceso a la educación. Los datos de escolarización infantil de 2018 indican una disparidad de género a favor de los varones, mientras que hay un número superior de mujeres matriculadas en la educación secundaria superior y la educación superior. Es el resultado de la aplicación satisfactoria de políticas por parte del Estado para recuperar a los desertores escolares y poner remedio a las circunstancias que hacen que los niños abandonen la escuela. En 2014 se crearon los programas Dhasvaaru y B-tech como programa de pasantías y rama profesional, respectivamente. En 2016 se creó Vinavi, un programa de apoyo a antiguos alumnos para un contacto constructivo con los niños vulnerables o en situación de riesgo. La Política de Asistencia establecida en 2016 sigue en vigor y reúne a familias y escuelas para crear una cultura de apoyo que permita realizar intervenciones.
182.A tal fin, el Sistema de Información sobre la Gestión de la Educación en Maldivas se mantiene actualizado con los registros de matriculación que se conservan en el Departamento de Matriculaciones Nacionales. Las escuelas de todo el país siguen reuniendo datos sobre los niños no escolarizados y realizando evaluaciones de riesgo que permitan intervenciones tempranas. La Política de Protección de la Infancia instituida en 2017 estableció procedimientos de derivación para los casos en los que el niño corriera peligro. Esa política permite a las escuelas ampliar el apoyo y la supervisión periódica de los niños para garantizar su bienestar. En cuanto a los niños sin escolarizar, el porcentaje de varones sin escolarizar es ligeramente superior al de las niñas. En el Plan de Acción Estratégico se prevé la realización de un estudio para determinar los motivos del abandono escolar, especialmente de las niñas.
Propósitos de la educación
183.Con el fin de que el plan de estudios fuera más adecuado para la enseñanza de las competencias y los valores del siglo XXI, se ha revisado todo el material de enseñanza y aprendizaje en el parvulario. El resto del material de enseñanza y aprendizaje de los demás niveles educativos está en proceso de revisión. La recién promulgada Ley de Educación prescribe los principios básicos del sistema educativo infantil que deben respetarse. Dispone que el sistema educativo debe favorecer, entre otras cosas, el respeto mutuo y la paz, promover el respeto de los derechos humanos, promover el respeto mutuo y la aceptación de las diferencias en paz. El material de enseñanza y aprendizaje se revisará teniendo en cuenta estos objetivos generales.
Descanso, esparcimiento y actividades recreativas, culturalesy artísticas
184.El derecho al esparcimiento y a las actividades recreativas y culturales se refuerza en el artículo 23 de la Ley de Protección de los Derechos del Niño. Esta obliga al Estado y a los progenitores a respetar y promover el derecho del niño a participar en actividades creativas y culturales y a tomar las medidas adecuadas para ofrecer a los niños las mismas oportunidades de participar en actividades creativas, culturales y recreativas. La Ley de Educación subraya además la importancia de promover la independencia cultural, las tradiciones y las costumbres del país.
IX.Medidas especiales de protección (arts. 22, 30, 32, 33, 35,36, 37 b) a d), 38, 39 y 40)
Explotación económica, incluido el trabajo infantil
185.Con respecto a la recomendación del Comité sobre la explotación económica de los niños, Maldivas señala que el artículo 26 de la recién promulgada Ley de Protección de los Derechos del Niño dispone que todo niño tiene derecho a ser protegido de cualquier trabajo que pueda obstaculizar su educación o perjudicar su salud o su desarrollo físico, psicológico, espiritual o social. Ese artículo establece además que está prohibido contratar a niños menores de 16 años para trabajar, excepto en relación con la formación asociada a la educación. Cuando el niño participe en el negocio de la familia, debe pedirse su consentimiento, y tal participación solo será admisible cuando el trabajo no repercuta negativamente en la educación, la salud ni el desarrollo físico, psicológico, espiritual o social del niño.
186.El Reglamento General de Protección de los Derechos del Niño, publicado en el Boletín Oficial el 24 de agosto de 2020, detalla el tipo de actividades y las obligaciones de supervisión de la Dirección de Relaciones Laborales. Al respecto, el artículo 10 del reglamento detalla el tipo de trabajo en el que están absolutamente prohibidas la implicación o la contratación de niños.
187.Desde 2017, la Dirección de Relaciones Laborales ha realizado un total de 975 inspecciones, durante las cuales se detectaron siete casos de trabajo infantil. En todos ellos, los empleadores no habían conservado la documentación adecuada de los niños menores de 18 años empleados en relación con su educación o formación. La falta de capacitación en materia de inspección de trabajo, sobre todo en relación con el trabajo infantil en el plano local, ha sido un obstáculo frecuente para la Dirección de Relaciones Laborales. Las limitaciones de recursos que afectaron a la capacitación y las inspecciones se vieron agravadas por la imposición de restricciones a los viajes en 2020 y 2021 debido a la pandemia de COVID-19.
Administración de la justicia juvenil
188.El artículo 74-1 de la recién promulgada Ley de Justicia Juvenil prohíbe la imposición de la pena de muerte por delitos cometidos antes de los 18 años. Ese artículo también prohíbe la pena de muerte para delincuentes por asesinatos cometidos cuando eran menores de edad. Esa ley implica y establece un sistema completamente renovado para los niños en conflicto con la ley, en el que se les otorgan mayores derechos y protecciones y se prevé dar prioridad a su rehabilitación. También se ocupa de los niños en riesgo de delinquir. La Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil elevan la edad de responsabilidad penal a los 15 años.
189.Como se indica en el presente informe, la Ley de Justicia Juvenil prescribe normas precisas que deben cumplirse cuando se acusa a un niño de haber cometido un delito hudud. En ella se disponen salvaguardias obligatorias que la fiscalía y el tribunal deben imponer antes de enjuiciar y condenar a un niño acusado de cometer un delito hudud. También se pone de relieve que debe procederse a adoptar la decisión con el máximo respeto a la dignidad y las emociones del niño. Especialmente en los casos de relaciones sexuales ilícitas, la ley establece expresamente que los tribunales no obligarán al niño a hablar repetidamente de los hechos del delito y que no se le interrogará ni se le hablará de forma que pueda avergonzarle o intimidarle.
190.En relación con la flagelación, el Gobierno señala que no puede abolirse sin contar previamente con legislación nacional del Majlis o llevar a cabo una consulta pública más amplia sobre la cuestión. La modificación debe realizarse en el marco de la Constitución y reflejar los deseos del pueblo maldivo. No obstante, cuando se acuse a un niño de un delito que pueda merecer la flagelación o cualquier otro castigo hudud, las autoridades estarán obligadas a garantizar que se cumplen las salvaguardias establecidas en el capítulo 16 de la Ley de Justicia Juvenil.
191.El artículo 30 de la Ley de Justicia Juvenil garantiza que la privación de libertad se utilice como último recurso y durante el menor tiempo posible. El capítulo 8 de esa ley incluye además planes integrales de derivación para los niños en conflicto con la ley con el objetivo de reintegrarlos en la sociedad. El artículo 35 ordena dar la máxima prioridad a los planes de derivación en lugar de presentar cargos contra los niños en conflicto con la ley, en todas las etapas de la justicia juvenil. Además, la ley obliga a contar con funcionarios especializados para atender a los niños en conflicto con la ley y a recurrir a fiscales especializados en niños y a una dependencia particular de funcionarios de libertad condicional y de prisiones. Desde entonces, el Servicio Penitenciario de Maldivas ha diseñado un plan para supervisar los casos y elaborar informes de situación que se presentarán a las autoridades competentes, que decidirán sobre opciones alternativas para quienes estén encarcelados u obligados a seguir determinados programas.
192.El Servicio Penitenciario de Maldivas garantiza que todos los jóvenes infractores vivan separados de los reclusos adultos y que estén igualmente separados cuando sean escoltados y cuando requieran asistencia médica. Maldivas ha emprendido recientemente un proyecto para traducir al idioma local las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela). Uno de los objetivos principales de los poderes públicos es capacitar y sensibilizar a los funcionarios sobre las Reglas Nelson Mandela y que, para finales de 2021, todos los centros de privación de libertad estén operados por funcionarios que cuenten con una certificación en esas reglas.
193.Se ha concluido un módulo del programa de formación de formadores dirigido a los funcionarios y elaborado por el Departamento de Justicia Juvenil y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Asimismo, el Ministerio de Educación ha elaborado módulos de programas educativos y procedimientos de prestación de servicios para los niños en conflicto con la ley. Si bien la legislación y la normativa sobre servicios sanitarios exigen el acceso universal a la atención sanitaria, las instalaciones de reclusión están equipadas para prestar servicios de salud básicos. También se han creado instalaciones para ofrecer servicios de orientación y actividades de ejercicio y de ocio a los niños recluidos. Se están haciendo progresos en la creación de una infraestructura moderna y adaptada a las necesidades de los niños para alojar a los niños recluidos como medida de último recurso. El Gobierno reconoce que persisten dificultades en cuanto a infraestructura y capital humano cualificado. A tal fin, Maldivas sigue colaborando eficazmente con asociados multilaterales para lograr la plena aplicación de la Ley de Justicia Juvenil y mejorar la prestación de servicios dentro del sistema de justicia juvenil.
194.Dado que la Ley de Justicia Juvenil ordena que conozcan de los casos de niños en conflicto con la ley jueces especializados, al entrar en vigor se impartió capacitación específica a jueces para sensibilizarlos sobre las normas internacionales reconocidas en cuanto al trato con los niños y dotarles de los conocimientos necesarios para juzgar casos de niños vulnerables.
Seguimiento de las observaciones finales y recomendacionesanteriores del Comité sobre el Protocolo Facultativo relativoa la venta de niños, la prostitución infantil y la utilizaciónde niños en la pornografía
195.La prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía están tipificadas como delito en la Ley de Disposiciones Especiales sobre Delincuentes Pedófilos. La Ley de Lucha contra la Trata de Personas fue modificada el 28 de abril de 2021 para introducir el artículo 14, que establece que trasladar y desplazar a un niño al extranjero o dentro del país o albergarlo o hacer que trabaje con fines de explotación constituirá trata de niños. La definición de explotación incluye, entre otras cosas, los matrimonios forzados y las actividades sexuales forzadas. Los niños víctimas de trata reciben protección especial con arreglo a la Ley de Lucha contra la Trata de Personas y a las víctimas de abusos sexuales no se les imputaran cargos en virtud de esa ley.
Seguimiento de las observaciones finales y recomendacionesanteriores del Comité sobre el Protocolo Facultativo relativoa la participación de niños en los conflictos armados
196.El Gobierno de Maldivas reconoce el problema incipiente del extremismo violento y la radicalización. Se trata de un asunto de interés nacional, y se están aplicando una serie de medidas importantes para prevenir su propagación en las comunidades maldivas. Se concede la máxima prioridad a lograr una mayor conciencia en las comunidades mediante un diálogo abierto sobre las prácticas moderadas del islam y a alcanzar una actitud en toda la sociedad con la que derrotar al extremismo violento. El Centro Nacional de Lucha contra el Terrorismo ha elaborado un Plan Nacional de Lucha contra el Extremismo Violento y el Terrorismo, que define una plétora de actividades que deben llevarse a cabo en todos los sectores. En 2019, el Presidente estableció un subcomité del Consejo de Seguridad Nacional que coordinase las medidas de lucha contra el terrorismo entre las principales partes interesadas.
X.Ratificación del Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones
197.El 27 de septiembre de 2019, Maldivas ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.
XI.Ratificación de instrumentos internacionales de derechos humanos
198.En cuanto a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, en la actualidad adherirse a ella supone un reto para Maldivas, por lo que se refiere a los recursos disponibles. No obstante, el Gobierno está convencido de que el marco jurídico de Maldivas ofrece una protección adecuada y garantiza los derechos fundamentales y las necesidades básicas a todos los trabajadores migratorios que se encuentran dentro de su jurisdicción.
199.En cuanto a otros tratados fundamentales de derechos humanos, Maldivas no está en condiciones de ratificar el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos porque la abolición de la pena de muerte requerirá un consenso más amplio y legislación emanada del Parlamento para modificar la Constitución.
200.El 23 de diciembre de 2020, Maldivas se adhirió al Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En relación con la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, Maldivas se encuentra en la fase final de ratificación. Se ha solicitado la aprobación del Parlamento para la ratificación, y se está redactando la legislación nacional necesaria para incorporar las salvaguardias de la Convención en el derecho de Maldivas. También se está trabajando para ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Conclusión
201.El Gobierno de Maldivas se complace en señalar los notables progresos logrados en la protección de los derechos del niño durante el período que abarca el informe. La promulgación de la Ley de Protección de los Derechos del Niño y la Ley de Justicia Juvenil son el resultado de casi un decenio de deliberaciones. La promulgación de esas leyes y la formulación de reglamentos y directrices adicionales, con arreglo a lo dispuesto en ellas, han reforzado aún más los derechos de los niños en Maldivas.
202.Es un hecho innegable que todo el sistema de protección social de Maldivas se enfrenta a una insuficiencia crítica de recursos, lo que repercute en la calidad de la aplicación de las leyes. El sistema de protección de los derechos del niño requiere capital humano capacitado, más recursos de infraestructura, una mejora de los conocimientos técnicos y políticas y planes sostenidos. Con este fin, los poderes públicos han puesto en marcha un plan para determinar los recursos humanos que se necesitan en el sistema de protección de los derechos del niño y diseñar un mecanismo, en asociación con las instituciones educativas locales, para capacitar al capital humano y promoverlo. El aumento de la asignación en los presupuestos del Estado es otra medida que demuestra la intención de los poderes públicos de impulsar la protección social en Maldivas.
203.El Gobierno de Maldivas asegura al Comité su compromiso inquebrantable de mantener y redoblar los esfuerzos para garantizar la protección y promoción de los derechos del niño en Maldivas.