Naciones Unidas

CRPD/C/DOM/2-3

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Distr. general

15 de octubre de 2024

Original: español

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Informes periódicos segundo y tercero combinadosque la República Dominicana debía presentar en 2019 en virtud del artículo 35 de la Convención * , **

[Fecha de recepción: 30 de octubre de 2023]

A.Propósito y obligaciones generales (art. 1 a 4)

Respuesta al párrafo 1 a) de la lista de cuestiones (CRPD/C/DOM/QPR/2.3)Medidas adoptadas para aplicar recomendaciones formuladas del comité

1.El Estado Dominicano, mantiene el compromiso de asegurar y promover el ejercicio pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de su condición. En ese sentido, se ha continuado con el análisis del marco legal y normativo vigente en el país con miras de armonizar la legislación en la República Dominicana y la promulgación de normativas inclusivas.

2.Acompañamiento a las comisiones de trabajo de la Cámara de Diputados y el Senado de la República Dominicana, a fin de asegurar un enfoque inclusivo y derechos humanos de las personas con discapacidad.

3.El Poder Ejecutivo promulgó en el mes junio de 2023 la Ley No. 34-23 de atención, inclusión y protección para las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), la cual se fundamenta en cinco principios: autonomía, igualdad, inclusión, cooperación y participación.

4.Más tarde, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley No. 43-23 que reconoce la Lengua de Señas en la República Dominicana, dada la necesidad de reconocer y fomentar la lengua de señas en el Estado Dominicano como una medida de acción positiva tendente a disminuir las barreras comunicacionales y asegurar la integración familiar, comunitaria, social, laboral, económica, cultural y política de las personas sordas.

5.En el año 2020 luego de 7 años de la promulgación de la ley No. 5-13, ley orgánica sobre igualdad de derecho de las personas con discapacidad, se inició la conformación de los órganos de dirección del Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis).

Respuesta al párrafo 1 b) de la lista de cuestionesFomento de las Organizaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) que agrupanPersonas con Discapacidad

6.El Conadis promueve, fomenta y facilita el fortalecimiento institucional de las organizaciones sin fines de lucro que brindan servicio a personas con discapacidad, a las que agrupan personas con discapacidad y sus familias, amparado en la resolución No. 02/2022 que crea el Centro Nacional de Fomento y Promoción de las Asociaciones Sin Fines de Lucro (CASFL). En este sentido, el CONADIS ofrece apoyo técnico para el desarrollo de sus actividades y proyectos; así también realizan una participación conjunta en la firma de convenios para el desarrollo de programas de interés social.

Respuesta al párrafo 1 c) de la lista de cuestionesIncorporación de ejes estratégicos inclusivos la Estrategia Nacionalde Desarrollo 2030

7.La Estrategia Nacional de Desarrollo (END, por sus siglas en español) establece cuatro ejes estratégicos, con sus correspondientes objetivos y líneas de acción, los cuales definen el modelo de desarrollo que aspira la República Dominicana y en torno a los cuales deberán articularse las políticas públicas. El segundo eje estratégico postula la construcción de: “Una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades, en la que toda la población tiene garantizada educación, salud, vivienda digna y servicios básicos de calidad, y que promueve la reducción progresiva de la pobreza y la desigualdad social y territorial”.

•Objetivo General 2.1. – Educación de calidad para todos y todas

•Objetivo General 2.2. – Salud y seguridad social integral

•Objetivo General 2.3. – Igualdad de derechos y oportunidades

•Objetivo General 2.4. – Cohesión territorial

•Objetivo General 2.5. – Vivienda digna en entornos saludables

•Objetivo General 2.6. – Cultura e identidad nacional en un mundo global

8.La END establece objetivos específicos y líneas de acción orientadas a las personas con discapacidad (Véase en el anexo 2 – identificación de ejes estratégicos inclusivos en la END hacia las personas con discapacidad); desde la universalidad e inclusión de la educación hasta la garantía de igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 2 b) de la lista de cuestionesParticipación de las personas con discapacidad en la estructura del ConsejoNacional de Discapacidad

9.En el año 2020 luego de 7 años de la promulgación de la ley No. 5-13, ley orgánica sobre igualdad de derecho de las personas con discapacidad, se inició la conformación de los órganos de dirección del Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis). Inicialmente con el Directorio Nacional y posteriormente en el año 2021 el Comité Ejecutivo Nacional, órganos colegiados con participación tanto del Estado como de la sociedad civil. Por lo que, se procedió a la reorganización del Consejo, conforme a lo establecido en la referida ley.

10.Es oportuno destacar que, el Directorio Nacional está conformado por 32 instituciones, de las cuales 18 se encuentran integradas con instituciones de personas con discapacidad y servicios hacia las personas con discapacidad; Mientras que, el Comité Ejecutivo Nacional está integrado por 10 instituciones de las cuales 8 pertenecen a organizaciones de personas con discapacidad y de servicios a esta población.

Respuesta al párrafo 2 c) de la lista de cuestionesLabor de organizaciones de personas con discapacidad (mujeres y niñas con discapacidad)

11.El Conadis brinda acompañamiento a la sociedad civil organizada para que sean habilitadas y así poder solicitar fondos de subvención estatal. El número de Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) habilitadas y que reciben fondos gubernamentales ha ido incrementando cada año, podemos estimar que en el 2022 existían 86 ASFL habilitadas y 39 de estas recibieron fondos de subvención. Actualmente, cuenta a la fecha con 90 ASFL habilitadas y 48 de estas recibiendo fondos de subvención estatal.

12.En el caso particular de ASFL que se dedican específicamente a la población de mujeres y niñas con discapacidad contamos:

1)Círculo de Mujeres con Discapacidad;

2)Red Luna de Mujeres Dominicanas con Discapacidad Visual;

3)Fundación las Guerreras Sobre Ruedas RD;

4)Fundación Nido para Ángeles;

5)Fundación Dominicana Unidos Frente al Autismo, Inc;

6)Fundación Dominicana de Autismo, Inc.;

7)Instituto de Ayuda al Sordo Santa Rosa, Inc;

8)Asociación Pro-Educación del Sordo, Inc;

9)Asociación Dominicana de Síndrome de Down;

10)Atención a Necesidades Especiales Asociadas a Discapacidad Auditiva o Física;

11)Centro Alternativo Experimental del Sordo.

B.Derechos específicos (arts. 5 a 30)

Igualdad y no discriminación (art. 5)

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestionesDenegación de ajustes razonables como un motivo prohibido de discriminaciónen razón de la discapacidad

13.En el marco normativo de la República Dominicana específicamente en el numeral 7 del artículo 4 de la Ley No. 5-13 define la discriminación por motivo de discapacidad como: “Cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo.”, por lo que, el efecto de una denegación de un ajuste razonable frente a una falta de accesibilidad universal constituye un acto discriminatorio por el efecto excluyente del mismo.

14.El Código Penal Dominicano por su parte estable en el artículo 336 que: “Constituye una discriminación toda distinción realizada entre personas físicas en razón de su origen, edad, de su sexo, de su situación de familia, de su estado de salud, de sus discapacidades, de sus costumbres, de sus opiniones políticas, de sus actividades sindicales, su ocupación, de su pertenencia o de su no pertenencia, verdadera o supuesta, a una etnia, una nación, una raza o una religión determinada.”, y también aquellas realizadas entre las personas morales. En ese orden, cuando se comete algún tipo de discriminación de las definidas en el referido artículo el código penal contempla las sanciones a ser aplicadas.

15.Finalmente, la Constitución Dominicana en el artículo 74, numeral 3, dispone que “Los tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”.

Mujeres con discapacidad (art. 6)

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

16.El Ministerio de la Mujer, como ente rector de transversalización del enfoque de igualdad de género en toda la administración pública, ha elaborado los siguientes planes con la finalidad de establecer una política de igualdad:

17.El Plan Nacional de Igualdad y Equidad de Género 2020-2030 (PLANEG III) establece la discapacidad como uno de los 7 ejes transversales que fueron incorporados en todos los temas del plan y, como resultado, varias de sus líneas de acción hacen especial énfasis en atender las necesidades de las mujeres con discapacidad para poder acceder al disfrute pleno de sus derechos, en condiciones de igualdad. Es decir que, las personas con discapacidad, y en especial, las mujeres con discapacidad están incluidas de forma transversal en todos los 7 temas del PLANEG III, a saber:

1)Educación para la Igualdad;

2)Salud Integral para las Mujeres;

3)Autonomía Económica;

4)Ciudadanía, Democracia y Participación Política y Social;

5)Violencia contra las Mujeres;

6)Igualdad de Género y Medio Ambiente;

7)Tecnologías Digitales para la Autonomía de las Mujeres.

18.El PLANEG III cuenta con tres indicadores específicos referidos a las mujeres con discapacidad:

•2.3.4 Proporción de mujeres con discapacidad en edad fértil (15-49 años) que reciben servicios preventivos y de atención en salud sexual y reproductiva, de acuerdo con sus necesidades.

•3.4.3 Proporción de mujeres afiliadas al Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia del total de personas afiliadas a dicho seguro.

•4.1.6 Enumeración de campañas de sensibilización acerca de los derechos de las mujeres viviendo con discapacidad.

19.En materia de violencia contra las mujeres, el Plan Estratégico por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, aprobado y puesto en marcha por un Consejo de ministros ampliado, cuenta con un enfoque diferencial que reconoce las vulnerabilidades y necesidades específicas de las mujeres con discapacidad que viven situaciones de violencia basada en género. En virtud de este enfoque, el Plan Estratégico establece que la atención brindada debe ser sensible al contexto y perfil de las mujeres en situación de violencia.

20.El Ministerio de la Mujer ha entrenado a un total de 42 personas en lengua de señas, incluyendo personal que trabaja brindando atención a víctimas de violencia. Asimismo, ha asegurado la accesibilidad física de las casas de acogida, las cuales operan como refugios seguros, confidenciales y temporales para mujeres víctimas de violencia y sus hijas e hijos menores de 14 años. Las casas de acogida tienen rampas para garantizar la accesibilidad a las personas con discapacidad física-motora. Además, se han adquirido sillas de ruedas, muletas y caminadoras a disponibilidad de quienes lo puedan necesitar, sean mujeres o sus hijas e hijos.

21.Para combatir los prejuicios y estigma que afectan particularmente a las mujeres con discapacidad, el Ministerio de la Mujer realiza diversos esfuerzos de sensibilización y formación. En septiembre del 2021, fue realizado el Encuentro Bimestral sobre Género y Discapacidad, cuyo objetivo fue reflexionar, analizar y profundizar la investigación en materia de género y discapacidad, buscando identificar y entender problemáticas, a la vez que, entre todos, construimos soluciones que permitan poner fin a las múltiples formas de discriminación y violencia que experimentan las mujeres con discapacidad.

Bono Mujer

22.El Estado dominicano a través del Ministerio de la Mujer ha instituido El Bono Mujer, que consiste en una contribución económica de entre un 8% y un 12% del costo total de la vivienda; para que más mujeres puedan acceder a una vivienda digna y propia, con un aporte económico adicional a otros bonos que ofrece el gobierno dominicano para vivienda, como el Bono Inicial, el Bono Tasa y el Bono ITBIS. A la fecha, 55 mujeres con discapacidad o con dependientes con discapacidad, han sido beneficiarias del Bono Mujer para garantizar su independencia y autonomía económica.

Política Nacional de Cuidados

23.La construcción de un Sistema Nacional de Cuidados compromiso incorporado en el Plan Nacional Plurianual del Sector Público y como uno de los programas prioritarios en el Proyecto de Ley de Presupuesto 2022.

24.La formalización de la Mesa Intersectorial de Cuidados constituye un hito clave de cara al cumplimiento del compromiso establecido en el Programa de Gobierno 2020-2024, de avanzar en la construcción de un Sistema Nacional de Cuidados, como parte de las políticas de igualdad de oportunidades y de igualdad de género y empoderamiento de la mujer, con especial énfasis en hogares pobres y en condiciones de vulnerabilidad, niños y niñas en primera infancia y personas en situación de dependencia, adultos mayores y con discapacidad.

25.Esto se establece en la presentación del Informe 2021 – Comunidades de cuidado construyendo una política nacional de cuidados con los actores del territorio; En el 2022, se ha puesto en marcha el piloto “Comunidades de Cuidado”, a través del cual se prevé la incorporación del trabajo de cuidados a la formalidad y la seguridad social a personas certificadas en cuidado mediante los servicios domiciliarios de cuidados. Para avanzar en la profesionalización del trabajo de cuidados, se ha trabajado la primera currícula formativa el para cuidado de las personas con discapacidad.

Niños y niñas con discapacidad (art. 7)

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

Políticas basadas en el principio del interés superior del niño y garantía de derecho hacia las personas con discapacidad.

26.El Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) salvaguarda el Sistema Nacional de Protección en materia de niñez y adolescencia, que busca la implementación y fortalecimiento del Programa de Acogimiento Familiar (PAF), con miras a garantizar el derecho a vivir en familia. En este sentido, se espera la elaboración de un protocolo interno para las colocaciones en la modalidad de Acogimiento Familiar Especializado dirigido a niños, niñas y adolescentes con alguna condición de salud o discapacidad.

27.De manera especializada, para el sistema de protección operan 3 ASFL de Régimen II, en modalidad residencial con programas habilitados y fondos estatales para garantizar atención a niñez y adolescencia con discapacidad. Desde estos espacios se albergan 96 niñas, niños y adolescentes en donde se les garantizan cuidado médico, terapia física y ocupacional, alimentación, educación y actividades recreativas.

Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia(INAIPI)

28.El Poder Ejecutivo promulgó la Ley No. 342-22 creando el Sistema Nacional de Protección y Atención Integral a la Primera Infancia y crea el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancias (INAIPI), para beneficio de los niños, las niñas y familias más vulnerables del país.

29.INAIPI ofrece servicios de estimulación temprana, educación inicial, acompañamiento y atención en hogares, fortalecimiento de las buenas prácticas de crianza acompañamiento de padrinos y madrinas a familias con niños y niñas de 0 a 1 año y gestantes de alto riesgo y Articulación en red para garantía de servicios públicos, en espacios accesibles y desde un enfoque de inclusión de niños y colaboradores con discapacidad.

Fondo Nacional para Niñez y Adolescencia con Discapacidad

30.El Gabinete de Niñez y Adolescencia (GANA), el Programa Supérate y el Conadis lanzaron en diciembre del 2022, el Fondo Nacional para Niñez y Adolescencia con Discapacidad que contribuirá con elevar la calidad de vida de la población, así como garantizar el acceso a servicios y apoyos para la atención de sus necesidades básicas.

31.El Fondo incluye una Transferencia Monetaria Condicionada (TMC) para brindar protección social a niños, niñas y adolescentes de la República Dominicana con discapacidad severa. Los resultados muestran que se han habilitado 2,000 personas para recibir el fondo, de los cuales, un 59% han recibido la TMC. Finalmente, el Conadis se encuentra realizando sinergia con las instituciones involucradas para mejorar la eficiencia del flujo de procesos y ampliar la respuesta hacia la población objetivo.

Toma de conciencia (art. 8)

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

Toma de conciencia sobre discapacidad

32.El Conadis lleva a cabo un programa de formación con miras a concientizar a la sociedad dominicana con respeto al reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad contribuye con:

•El fortalecimiento del proceso de construcción de una ciudadanía inclusiva

•La erradicación de una cultura asistencialista

•Eliminación de toda forma de discriminación hacia las personas con discapacidad

•Fortalecer el goce pleno de los derechos de todas las personas con discapacidad y el respeto de su dignidad

33.El taller de trato digno va dirigido principalmente al personal de entidades públicas y privadas para permitir que los usuarios con discapacidad reciban servicios en igualdad de condiciones. Los mismos son impartidos tanto en modalidad presencial como virtual, esta última en dos formas: 1) cursos pregrabados en la plataforma Academia Conadis, 2) talleres con asistencia en tiempo real a través de plataformas tecnológicas.

34.A continuación, se presenta un cuadro de con la cantidad de talleres realizado en los últimos tres años.

Año

Cantidad de instituciones

Talleres

Participantes

2021

44

87

2,475

2022

172

172

5,392

2023

53

135

5,211

35.Por otro lado, a modo de promover el uso de los términos correctos sobre discapacidad se cuenta con una guía de terminología, la cual es socializada en los diferentes procesos formativos que se desarrollan desde la institución.

36.El Conadis ha impulsado y realizado múltiples campañas enfocadas en educar y concienciar a la ciudadanía respecto a temas de discapacidad. Estas iniciativas se han difundido mediante plataformas digitales como Facebook, Instagram y Twitter.Entre las campañas más destacadas encontramos:

•Uso adecuado de terminología: Busca educar al público sobre la importancia del lenguaje utilizado al referirse a personas con discapacidad y promover el uso de términos respetuosos y precisos.

•Glosario de Términos del Conadis: Brindar una guía completade conceptos que usualmente se utilizan sobre discapacidad, promoviendo su correcto uso en toda la sociedad.

#ConadisSomosTodos:Sensibilizar a la población sobre los desafíos y necesidades de las personas con discapacidad.

37.Además, estas campañas apoyan con recursos tanto impresos como audiovisuales accesibles que se difunden a través de canales de comunicación, y son socializadas con entidades interesadas.

Sello de Buenas Prácticas Inclusivas para Personas con Discapacidad“RD Incluye”

38.El Conadis permanece en el desarrollo de programa de reconocimiento y visibilización de todas aquellas buenas prácticas que promueven la inclusión plena de las personas con discapacidad y sus familias en los diferentes ámbitos sociales.

39.Desde sus inicios, el Sello de Buenas Prácticas Inclusivas se ha visto en crecimiento, dejando en evidencia el interés de más organizaciones dominicanas en sumarse a los esfuerzos por una sociedad cada vez más inclusiva. A continuación, presentamos un gráfico ilustrativo de las buenas prácticas reconocidas en los últimos tres años, a saber:

40.Por otro lado, importante destacar que, en la 6ta edición del Sello RD Incluye llevada a cabo en el año 2022 fue incluido un nuevo ámbito denominado “Agentes de inclusión”, mediante el cual se reconocen a las empresas e instituciones referentes por su trayectoria y sostenibilidad de sus buenas prácticas inclusivas en la aplicación de la Ley núm. 5-13 y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, evidenciando el compromiso con la garantía de derechos de las personas con discapacidad.

41.El Conadis ha definido una estrategia de concientización ciudadana dentro del Plan Operativo Anual del año 2024, contemplando realizar consultas estrechas con las asociaciones sin fines de lucro de personas con discapacidad y de servicios a esta población, a fin de constatar la realidad territorial desde la percepción de la sociedad civil y a partir de este estudio se espera la toma de conciencia, una cultura de reconocimiento y aplicación de acciones desde un enfoque social de derechos humanos.

Accesibilidad (art. 9)

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

Adopción de estándares y normas de accesibilidad al entorno físico:

42.El Sistema Nacional de Evaluación de la Accesibilidad (SINAC), es una herramienta utilizada para que las instituciones públicas y privadas registren de manera automática un informe de cumplimiento de las normas vigentes.

43.Por lo anterior, las normas de accesibilidad física han sido trabajadas y estandarizadas por el organismo normalizador Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL) con el apoyo técnico del Conadis. Algunas de ellas han sido ya aprobadas y publicadas, mientras que otras están en proceso de verificación para su aprobación:

•NORDOM 779: Accesibilidad al medio físico-Criterios y requisitos generales para un diseño universal

•NORDOM 826: Accesibilidad de las personas al medio físico – Requisitos de accesibilidad para la rotulación y señalización para tránsito peatonal en el espacio público urbano y rural

•R-007: Reglamento para Proyectar sin Barreras Arquitectónicas, en proceso de encuesta pública por el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones

•Accesibilidad universal. Parte 1: Criterios DALCO para facilitar la accesibilidad al entorno

•Accesibilidad universal. Parte 2: Sistema de gestión de la accesibilidad

44.En cuanto a las normas de accesibilidad en la información y la comunicación se cuenta con las siguientes normativas:

•NORDOM 826: Requisitos de accesibilidad para el contenido Web

•NORDOM 139802: Requisitos de accesibilidad del software

•NORDOM: Lectura fácil: Pautas y recomendaciones para la elaboración de documentos (en proceso de verificación)

45.En procura de mejorar el servicio del transporte con relación a la movilidad peatonal y vehicular, fueron estandarizadas dos normas:

•NORDOM 881: Accesibilidad de las personas al medio físico – Sistema de movilidad de pasajeros. Parte 1: Sistema de movilidad terrestre vial de pasajeros

•NORDOM 882: Accesibilidad de las personas al medio físico – Sistema de movilidad de pasajeros. Parte 2: Infraestructura e instalaciones fijas asociadas al sistema de movilidad de pasajeros

46.Las instituciones se registran en el SINAC, al llenar una autoevaluación para que el sistema genere recomendaciones en materia de accesibilidad, donde se detectan barreras encontradas para que la institución pueda construir un plan de ejecución para la eliminación de dichas barreras incluyendo una partida presupuestaria y plazos establecidos.

47.Por otro lado, dentro de las medidas implementadas por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) se encuentra el proyecto Peatón Seguro que realiza propuestas y se coordinan las mejoras en intersecciones de alto flujo peatonal haciendo énfasis en las necesidades de movilidad de las personas de movilidad reducida. Además, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones implementó un programa nacional de construcción y rehabilitación de Aceras y Contenes Inclusivos, diseminado en todo el territorio nacional.

48.El Conadis junto al Viceministerio de Relaciones con la Sociedad Civil del Ministerio de la Presidencia, La Liga Municipal Dominicana (LMD) y la Alcaldía del Distrito Nacional (ADN) se encuentran impulsando la “Ruta para el Desarrollo de Municipios Inclusivos” con el fin de impulsar la inclusión plena de las personas con discapacidad en su comunidad, quienes cuentan con el departamento de inclusión. Para los fines, fueron priorizados 14 municipios donde será socializado el plan de trabajo a desarrollar; además, durante este año están siendo concientizados en materia de derechos de la población con discapacidad y en proceso de firma de ordenanza municipal donde se comprometen a implementar las acciones la igualdad de derechos y oportunidades. Uno de los componentes principales de esta ordenanza es trabajar la accesibilidad de los espacios y servicios públicos del municipio, priorizando fondos presupuestarios en cada municipio.

Medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad de la información y las comunicaciones:

49.El Poder Ejecutivo promulgó la Ley núm. 43-23 que reconoce el uso e inclusión de la Lengua de Señas como mecanismo oficial de comunicación de las personas sordas en el país, esto con el fin de disminuir las barreras comunicacionales y garantizar la accesibilidad de la información y comunicación de la población sorda.

Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias (art. 11)

Respuesta al párrafo 8 a) de la lista de cuestionesImpartir formación sobre los derechos de las personas con discapacidad ante situaciones de riesgos y emergencia

50.El Conadis ha creado el Procedimiento Plan de Seguridad, Emergencia y Contingencia. A partir del 2020, el Conadis ha elaborado una Guía de Atención Sanitaria adecuada para Personas con Discapacidad para establecer parámetros en caso de situación de riesgo.

51.El objetivo de estas guías es proporcionar al personal de salud con responsabilidad de brindar prevención, cuidados y tratamiento de salud a la población con discapacidad, los lineamientos para el manejo adecuado de la población con discapacidad en la República Dominicana, acorde a las últimas evidencias disponible y desde un enfoque de derechos.

52.La Comisión Nacional de Emergencias y la Defensa Civil con apoyo del Equipo Consultivo de Protección ,Género y Edad y el consorcio Oxfam-Plan Internacional y  Hábitat Para la Humanidad, han desarrollado una campaña de “Como Asistir a Personas con Discapacidad, con enfermedades crónicas, o Adultos mayores en Situaciones de Emergencias”, la cual consiste en la impresión de brochures para ser distribuidos en todos los Centros colectivos (albergues) durante cualquier situación de emergencia o desastre. Contiene información sobre dónde acudir en caso de algún problema en particular, situaciones de violencia, atención médica, alimentación y/o suministro de alguna logística requerida”.

Respuesta a los párrafos 8 b) de la lista de cuestionesAccesibilidad de los hogares de acogida

53.Las Casas de Acogida que gestiona el Ministerio de la Mujer para atender a mujeres víctimas de violencia, estos refugios se mantienen abiertos y disponibles en tiempos de emergencias y desastres, así ha ocurrido durante huracanes y otros desastres naturales, como también durante la pandemia del COVID-19. Estas casas de acogida cuentan con un diseño arquitectónico accesible.

54.El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) organismo de coordinación para la preparación y respuesta en caso de desastres, ha incluido dentro de las instituciones representadas, al Conadis. En este sentido, se ha incorporado la lengua de señas en las alertas que se emiten desde el COE, con el apoyo de los medios de comunicación.

55.Igualmente, en el Comité Técnico de Prevención y Mitigación de Riesgos, el Conadis participa activamente de las diferentes sesiones de trabajo. Recientemente, este Comité, completó la formulación del documento preliminar de Plan Nacional de Emergencias, el cual actualizará el Decreto No. 275-13, donde se aborda necesidades específicas de grupos vulnerables y el conocimiento del riesgo.

56.Desde el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) se coordina el establecimiento de la Política Nacional de Sistemas de Alerta Temprana, con fondos de cooperación multilateral, a través de la cual se definan los pilares que permitan impulsar la reducción de riesgo de desastres para la población en general.

Igual reconocimiento como persona ante la ley (art. 12)

Respuesta al párrafo 9 a) de la lista de cuestionesDerogación de Disposiciones legales sobre la capacidad jurídica de las personascon discapacidad

57.A nivel legislativo la Constitución Dominicana en el artículo 74, numeral 3, dispone que “Los tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”. De lo anterior se desprende que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por su naturaleza, guarda un rango constitucional y por tanto el artículo 12 de la misma debe ser asumida como tal en nuestro sistema judicial.

58.Por su lado la Ley No. 5-13 adopta el reconocimiento igualitario de las personas con discapacidad ante ley, específicamente en el artículo. Es oportuno resaltar que, en la actualidad se encuentra en el Congreso Nacional de la República el proyecto de modificación del Código Civil.

Respuesta al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones

59.La Junta Monetaria emitió la Cuarta Resolución de fecha 30 de septiembre del 2015, contentiva de la modificación al Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros, mediante la cual se establece que las políticas y procedimientos de las entidades de intermediación financiera y cambiaria deben garantizar a las personas con discapacidad, la prestación de los servicios financieros, documentación e información, así como el acceso a los espacios físicos de las mismas. Sin lugar a dudas esta resolución representa el primer paso en la eliminación de restricciones que limitan a las personas con discapacidad el acceso, en igualdad de condiciones, a servicios bancarios, así como al manejo independiente de sus asuntos financieros.

Acceso a la justicia (art. 13)

Respuesta al párrafo 10 a) de la lista de cuestiones

60.El Poder Judicial ha tomado medidas sustantivas para la participación, buen trato y acceso a la justicia de las personas con discapacidad, especialmente aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad:

•Política de Igualdad para Personas con Discapacidad del Poder Judicial

•Guía de Trato Digno para el Acceso a la Justicia y el Protocolo de Trato Digno en el acceso a la justicia

•Protocolo de Atención a usuarios(as) en condición de vulnerabilidad en sedes judiciales

•Guía para la realización de Ajustes Curriculares Individualizados (ACI)

•Guía de Buenas Prácticas de Accesibilidad Universal para Edificaciones Judiciales

•Protocolo de actuación para entrevistas forenses a víctimas y testigos en condición de Vulnerabilidad

•Protocolo de actuación contra la violencia, discriminación y acoso

Respuesta al párrafo 10 b) de la lista de cuestionesPromover e impartir capacitaciones sobre los Derechos de las personas con Discapacidad

61.Por su parte, la Escuela Nacional de la Judicatura imparte sensibilizaciones y capacitaciones a los jueces y juezas, así como a todo el personal administrativo del Poder Judicial, defensores(as) públicos(as) y la comunidad jurídica, en torno a las Reglas de Brasilia y talleres de sensibilización en discapacidad.

62.El Consejo del Poder Judicial ha estructurado sinergias que le permite la sistematización de las acciones e impulsar iniciativas a favor de la población en condición de vulnerabilidad, entre ellas las personas con discapacidad. Desde la Dirección de Justicia Inclusiva del Poder Judicial y sus gerencias de Equidad y Poblaciones Vulnerables y Métodos Alternos tienen como uno de sus objetivos principales transversalizar la perspectiva de los derechos humanos, especialmente de las poblaciones en condición de vulnerabilidad. Dentro de este objetivo se realizan una serie de actividades entre las que cabe señalar:

•Talleres, charlas, reuniones con sociedad civil

•Impresión y difusión de materiales (libros, brochures)

•Orientación e información a usuarios/as y poblaciones en condición de vulnerabilidad

Respuesta al párrafo 10 c) de la lista de cuestionesAplicación de ajustes de procedimientos

63.El Poder Judicial ha creado mecanismos que viabilizan la participación de las personas con discapacidad en los procesos judiciales, tomando en cuenta ajustes razonables apropiados a la edad y a la condición de discapacidad en aquellos casos en que estas personas intervienen en la justicia como víctimas o testigos. Como la entrevista privada a través de profesionales de la conducta y la asistencia de intérprete judicial, conforme se describe a continuación: Centros Entrevistas Forenses para Personas Víctimas y Testigos en Condición de Vulnerabilidad.

64.En la actualidad hay registrados 589 intérpretes judiciales. De los cuales la Escuela Nacional de la judicatura, ha formado y certificado 42 personas en lengua de señas e intérpretes Judiciales en coordinación con el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis), de los cuales 15 han sido registrados y estas mismas personas con conocimiento en lengua de señas, fueron instruidas en lenguaje jurídico, de tal forma que pudieran apoyar a las personas que les necesitarán en algún servicio.

Libertad y seguridad de la persona (art. 14)

Respuesta al párrafo 11 a) de la lista de cuestionesGarantías del debido proceso

65.En los artículos 68 y 69 de la Constitución Dominicana se encuentran las garantías judiciales y las reglas del debido proceso que es transversal a todo proceso judicial independientemente de que se trate de materia penal, civil, laboral y que deben ser garantizada a todas las personas independientemente de su condición.

66.La Constitución Dominicana en su artículo 40 establece que todo el mundo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, la restricción de la libertad es excepcional y ésta sujeta al control jurisdiccional bajos unos criterios estrictos; básicamente para el ámbito del ejercicio penal; también se cuenta con recursos o garantías para reclamar frente a una privación arbitraria de la libertad.

67.La Ley No. 5-13 y su reglamento mandan eliminar los obstáculos que impidan a las personas con discapacidad ejercer sus derechos, en ese sentido manda a procurar acciones como ajuste razonable, ajuste de procedimiento, accesibilidad universal.

68.También el Código Procesal Penal tiene un catálogo de principios fundamentales que mandata a tomar medidas de equiparación.

69.Se promovió la Ley No. 339-22 que habilita y regula el uso de medios digitales para los procesos judiciales y procedimientos administrativos del Poder Judicial, promulgada por el Poder Ejecutivo.

Protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles,inhumanos o degradantes (art. 15)

Respuesta al párrafo 12 a) de la lista de cuestionesProhibición de tratamientos médicos sin consentimiento de la Persona con Discapacidad

70.En la República Dominicana, la autonomía del paciente debe ser respetada y ningún procedimiento invasivo o con consecuencias permanentes debe ser realizado sin el conocimiento y consentimiento de la persona en cuestión o, en caso de una discapacidad cognitiva severa, de un representante legal.

71.Esto está plasmado en el marco legal normativo del Estado Dominicano (Constitución, Código Procesal Penal, Ley General de Salud núm. 42-01), esta última encargada de regular las acciones que permiten al Estado hacer efectivo el derecho a la salud de la población.

72.En el artículo 28 de la referida ley se establece de manera específica que cada individuo tiene el derecho a decidir y ser informado sobre el procedimiento de tratamiento, para comprender y decidir la aceptación o no del mismo (inciso h), esto con la finalidad de que el mismo esté informado de todos los procedimientos, riesgos, consecuencias de cualquier índole devenidas en razón del procedimiento.

73.Por igual la Ley núm. 12-06 sobre Salud Mental (2006), la cual se encuentra acorde con los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención en Salud Mental de la Organización de Estados Americanos (OEA), refiere en su art. 49, que: “No se administra ningún tratamiento a una persona que padece un trastorno mental sin su consentimiento informado salvo en los casos previstos en los Artículos 54, 55, 56 y 60 del presente Capítulo”. Que contempla representante legal, profesional de la salud cualificado autorizado por ley, prohibición de tratamientos psico-quirúrgicos u otros tratamientos, respectivamente.

74.A partir del Artículo 153, la Ley núm. 12-06 sobre Salud Mental se establecen las competencias y sanciones en caso de violentar la norma.

75.Además, el artículo 51 de la Ley General de Salud, establece que “La persona afectada por un trastorno mental podrá solicitar que durante el procedimiento seguido para que dé su consentimiento estén presentes una o más personas de su elección”, siendo estas personas elegidas por la persona tratada, y con las cuales este se encuentre identificada, además de las ya establecidas en los artículos 54 y siguientes.

Respuesta al párrafo 12 b) de la lista de cuestionesPrevención de la tortura

76.De manera particular, la Constitución (2015) en su Art. 42, establece el Derecho a la integridad de cada persona, la cual tiene derecho a que se le respete “su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia”, para lo cual el Estado establece las protecciones normativas de lugar, en este mismo articulado en su inciso 1, se indica que ninguna persona puede ser sometida a actos que procuren provocar penas, torturas o procedimientos vejatorios en su contra que impliquen la pérdida o disminución de su salud, o de su integridad física o psíquica, que debe su vez ser observado de manera conjunta e integral a los derechos de la dignidad humana, derecho a la vida, derecho a la libertad y seguridad personal derecho a la igualdad, derecho a la intimidad y el honor personal, libertad de expresión e información, los cuales son interdependientes, irrenunciables, intransferibles, intrínsecos y universales.

77.El Estado Dominicano cuenta con normativas y sanciones para la investigación y sanción de los actos de tortura y barbarie, sin embargo, se requiere la adecuación de la normativa nacional a la teoría conceptual actual.

Protección contra la explotación, la violencia y el abuso (art. 16)

Respuesta al párrafo 13 a) de la lista de cuestionesMedidas adoptadas para investigar la situación de niñas y niños con Discapacidaden situación de abandono

78.Frente al abandono y maltrato de niños y niñas con discapacidad el CONANI, interviene en conjunto con la Dirección de Niñez y Adolescencia del Ministerio público, procede en primer orden a asegurar su integridad y a procurar las acciones judiciales que corresponda.

79.Desde el CONANI se articula para la restitución de derechos de los niños, niñas y adolescentes, a través de sus Oficinas Técnicas. Se realizan los abordajes de las denuncias de casos donde se vinculan niños, niñas y adolescentes con discapacidad. En este año 2023 desde el Departamento de Gestión Territorial se han abordado 14 casos (5 varones y 9 hembras) que han sido referidos a protección residencial en Hogar Ángeles.

80.Desde marzo del año 2022 se implementan intervenciones de la Unidad Técnica Operativa (UTO) para el abordaje de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad, situación de calle, frontera en movilidad, peores formas de trabajo infantil, incluyendo mendicidad, trata y tráfico, explotación sexual y comercial. Dentro de estas se han asistido casos con discapacidad intelectual leve y moderada que han recibido el acompañamiento y referimientos de lugar para su intervención.

81.Por otro lado, el CONANI está implementando el Programa de Acompañamiento y Seguimiento Socio-Familiar Ambulatorio (actualmente en fase piloto), con un equipo técnico multidisciplinario, para la atención y seguimiento de niños, niñas, adolescentes y familias, referidos por la UTO y espacios de protección, incluyendo personas menores de edad y familias con discapacidad. En este programa se trabaja de forma articulada con las instituciones que forman parte del sistema de protección a la niñez y la adolescencia, otras instituciones gubernamentales y no gubernamentales, programas sociales y de apoyo.

82.En la actualidad el CONANI cuenta con 10 Hogares de Paso, que son centros de atención residencial para la acogida provisional a niños, niñas y adolescentes que se encuentran en riesgo personal, familiar o social, por haberse roto su vínculo socio afectivo con su familia o que aun manteniendo dicha relación, la misma representa una amenaza temporal para su desarrollo; niños, niñas y adolescentes que por razones de desamparo, violencia física y maltrato emocional requieren de la protección del Estado.

Respuesta al párrafo 13 b) de la lista de cuestionesContra explotación, violencia y abuso

83.La República Dominicana ha tomado diversas medidas para abordar la explotación, violencia y abuso contra las mujeres. Estas medidas son:

•A nivel legislativo el país ha promulgado leyes y políticas destinadas a prevenir y sancionar la violencia de género, incluida la Ley No. 24-97 sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.También ha establecido políticas y programas para promover la igualdad de género y prevenir la violencia contra las mujeres a través del Ministerio de la Mujer.

•Ley No. 137-03 Tráfico De Migrantes: la Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas en la República Dominicana es una ley que aborda estos delitos y tiene como objetivo prevenir y sancionar las actividades que involucran la explotación y el abuso de personas.

•Ley No. 88-03 Casas De Acogida Interior: instituyen en todo el Territorio Nacional las casas de acogida o refugios que servirán de albergue seguro, de manera temporal, a las mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia intrafamiliar o doméstica.

Servicios de Apoyo

84.Se han implementado servicios de apoyo a víctimas de violencia de género, como líneas de ayuda, casas de acogida y centros de atención integral para mujeres víctimas de violencia.

85.La línea para hacer denuncias y prestar servicio de rescate a mujeres víctimas de violencia de género e intrafamiliar, junto a sus hijas, hijos y familiares. Tiene como objetivo asistir de manera oportuna casos de violencia y feminicidios a través de la atención telefónica confidencial, eficaz, y oportuna las 24 horas del día, todos los días.

Concientización y Educación

86.Se llevan a cabo campañas de sensibilización y educación para aumentar la conciencia sobre la violencia de género y promover relaciones igualitarias.

Acceso a las TIC

87.En cuanto al acceso de las mujeres a las TIC en la República Dominicana, se han implementado programas y proyectos para mejorar el acceso a la tecnología y las habilidades digitales en diferentes segmentos de la población, incluidas las mujeres, tales como:

Curso “Software Mujeres”

Proyecto de la “Canasta Digital Social”

Denuncias y Registros de Violencia

88.Las mujeres en la República Dominicana pueden denunciar casos de violencia y abuso a través de diversas vías, como:

•Líneas de Ayuda y Emergencia: Se han establecido líneas telefónicas de ayuda y emergencia para víctimas de violencia de género, donde las mujeres pueden buscar ayuda y orientación.

•Fiscalía Especializada: Hay fiscales especializados en género y violencia doméstica encargados de investigar y procesar casos de violencia contra las mujeres.

•Plataformas en Línea: Se han desarrollado plataformas en línea y aplicaciones móviles para denunciar casos de violencia y abuso; https://asistenciamujer.do/, vía WhatsApp 829-421-3242.

89.Como parte de la política de atención a víctimas de violencia de género e intrafamiliar, el Ministerio de la Mujer brinda servicios integrales y gratuitos de representación legal, asistencia psicológica y psicosocial y casas de acogida. A los fines de garantizar la igualdad y no discriminación en el acceso a estos servicios, el Ministerio de la Mujer capacitó a un equipo en lengua de señas y además se facilitó una formación a personas que operan la línea de emergencia *212 en atención a mujeres con discapacidad.

Protección de la integridad personal (art. 17)

Respuesta al párrafo 14 a) de la lista de cuestionesMedidas para prohibir la esterilización forzada de Personas con Discapacidad (en especial mujeres y niñas)

90.Una de las medidas tomadas para prevenir la esterilización forzada, es que este tipo de procedimiento no está permitido realizarlo sin el pleno consentimiento informado de la persona que se le aplicará, siendo obligatoria la firma del paciente autorizando la esterilización.

91.En este tenor el artículo 55 de la Ley núm. 12-06, sobre Salud Mental refiere que: “En ningún caso se aplicarán como tratamientos involucrados esterilizaciones, psicocirugías u otros tratamientos irreversibles o ensayos clínicos/experimentales a ninguna persona con trastornos de salud mental.”, por lo que, dichas prácticas están sancionadas por la ley.

92.Observamos que la Ley General de Salud núm. 42-01 refiere en su artículo 159 que: “Las autoridades de salud y los funcionarios, tendrán autoridad para conocer e investigar la existencia de infracciones sanitarias dentro de sus respectivas jurisdicciones. En ese sentido, podrán actuar por propia iniciativa, a requerimiento del Ministerio Público cuando la naturaleza del caso lo amerite o ante las denuncias que les formulen particulares” .

93.Además de que cualquier hecho de esta naturaleza puede ser presentado ante la autoridad judicial correspondiente, ya sea a través del Ministerio Público, como lo establece la ley, que cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho que constituya un delito puede denunciar dichas acciones. Así mismo, cualquier persona que haya sido víctima de un hecho delictivo o contraria a la ley, puede iniciar un proceso legal para resarcir el daño que se le ha causado.

Libertad de desplazamiento y nacionalidad (art. 18)

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestionesPlan Nacional de Derechos Humanos (PNDH)

94.El Estado Dominicano en el marco del día de los Derechos Humanos el pasado 10 de diciembre de 2022 presentó la actualización y extensión del Plan Nacional de Derechos Humanos (PNDH), con el que se reafirma la voluntad política de República Dominicana de impulsar los mecanismos de promoción y defensa de los derechos fundamentales de todas las personas en el territorio nacional.

95.Este Plan contempla el “Programa de Derechos de los Migrantes, Refugiados y Solicitantes de Asilo”, el cual procura establecer medidas que fortalezcan los mecanismos de gestión de la migración en todo el territorio nacional, conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes dominicanas.

96.En ese sentido, el PNDH incluye medidas que fomentan una cultura ciudadana de respeto y solidaridad hacia la población migrante, refugiada y aislada, en el marco de las leyes nacionales.

Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad (art. 19)

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestionesHogares Ángeles

97.El Hogar Ángeles de El CONANI es un programa de atención residencial que tiene el objetivo de brindar servicios integrales a niños, niñas y adolescentes con discapacidad que no tienen cuidado parental o la familia no tienen las condiciones para asumir su cuidado y protección. Dentro de los principales motivos de ingresos, podemos mencionar: el 7% deambulando por las calles, 14% denuncias de abandono, 29% negligencia familiar entre otros.

98.En la actualidad, el Hogar Ángeles tiene una población de 140 niños, niña y adolescente (72 varones y 68 hembras), con alguna condición de discapacidad ya sea del tipo sensorial, física, intelectual o cognitiva y trastornos psiquiátricos. Entre estas se encuentran: Parálisis Cerebral Infantil, Trastorno del Espectro Autista, Síndrome de Down, Discapacidad Visual, Discapacidad Auditiva, entre otras.

Libertad de expresión y de opinión y acceso a la información(art. 21)

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

99.El Poder Ejecutivo el 1 de agosto del año 2023 promulgó de la Ley núm. 43-23, que reconoce la lengua de señas en la República Dominicana, la cual tiene por objeto el uso e inclusión de la lengua de señas en el Estado Dominicano, como mecanismo oficial de comunicación de las personas sordas en el país.

100.De las innovaciones de esta ley es la institucionalización de un servicio de intérpretes y guías intérpretes, los cuales, bajo la acreditación del Conadis, servirán de canal comunicacional para que las personas sordas puedan ejercer plenamente los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes.

101.En esa misma línea, la novedosa ley asigna al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, las cámaras legislativas y a los órganos extra poder la promoción del uso de la lengua de señas, la intervención de intérpretes y guías intérpretes en los programas informativos, documentales, culturales, educacionales, en las transmisiones de sesiones del Senado de la República y la Cámara de Diputados y en los mensajes de las autoridades nacionales y municipales.

Educación (art. 24)

Respuesta al párrafo 19 a) de la lista de cuestionesAdopción de medidas para una educación inclusiva

102.El Ministerio de Educación bajo el acompañamiento técnico de UNICEF, lanza el modelo educativo inclusivo, con mira a fortalecer la política de educación inclusiva en República. Este tiene como propósito la transformación del sistema educativo en los centros regulares, centros de educación especial y centros educativos a través de las distintas estrategias de escolarización a nivel nacional:

•Centros de Educación Especial que escolarizan a estudiantes con discapacidad severa o múltiple.

•Escuelas y Aulas Específicas para Estudiantes Sordos.

•Aulas Específicas para la Inclusión Educativa (AEIE), espacios de escolarización dentro de los centros regulares. Escolarizan estudiantes con discapacidad intelectual (DI) y trastorno del espectro autista (TEA), que requieren un período de adaptación para el desarrollo de habilidades, previo a su ingreso al aula regular.

•Aulas de transición para la vida adulta, enfocadas en formar a los jóvenes para una vida y un trabajo lo más autónomos e independientes posible. Es por ello que la oferta formativa debe promover el desarrollo de las actitudes laborales (de seguridad en el trabajo, el disfrute, la realización de las tareas, el conocimiento y el respeto de las normas elementales de trabajo) y la adquisición de habilidades y destrezas laborales de carácter apropiado que faciliten su posterior inclusión laboral.

•Centros Educativos Regulares con prácticas inclusivas.

103.En cuanto a la ampliación de la cobertura de estudiantes en situación de discapacidad identificados en centros regulares y centros de educación especial, se han visibilizado 27,465 estudiantes, representado el 91.4% en la identificación de estudiantes con discapacidad con relación a los datos obtenidos en 2021. Esto surge del Levantamiento Nacional de Información a marzo 2023.

104.En cuanto a Educación Superior, el Consejo Nacional de Discapacidad (Conadis) y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT), firman en el año 2022, un acuerdo de colaboración con el fin de implementar un enfoque inclusivo en la formulación y lineamientos de las políticas del Sistema de Educación Superior para la transición hacia un sistema más inclusivo y de calidad.

Respuesta al párrafo 19 b) de la lista de cuestionesTransición de la educación especial a escuelas en el sistema de educación inclusiva

105.La meta es construir un modelo de educación inclusivo a través de la participación de centros educativos priorizados que están transitando desde un modelo educativo segregado a uno inclusivo, donde todos puedan participar y aprender juntos. En ese orden, se han capacitado 227 (técnicos nacionales, regionales, distritales, equipos de gestión y apoyo, docentes) de los 7 centros del proyecto modelo, en el pasado año escolar y se proyecta ampliar a 37 centros y a 2 Politécnicos, para este nuevo año escolar.

106.Para esto se amplió el alcance de los Centros de Atención a la Diversidad (CAD), logrando incluirse en las 18 Direcciones Regionales de Educación, contando con 122 técnicos distritales de educación especial. Además, para el programa de Transición a la vida Adulta y Laboral, en agosto del 2023 se nombró personal específico para la primera Escuela Laboral para estudiantes con autismo La Virgen, Distrito 10-02 La Victoria: 21 administrativos, 11 docentes, 5 personas de apoyo (seguridad), para la atención de 105 estudiantes con discapacidad entre 12 y 20 años. Así también, el Centro de Atención a la Discapacidad (CAID) cedió a favor del Ministerio de Educación el Edificio N° 3 de sus instalaciones para el fin exclusivo de la puesta en funcionamiento de la Escuela Laboral de Educación Integral para Estudiantes con Autismo.

107.El MINERD para 2024 ha incorporado un nuevo producto que refleja la cantidad de estudiantes con discapacidad matriculados en centros educativos regulares. Al momento sólo se contemplaba estudiantes con discapacidad, matriculados en escuelas especiales. De esto último se desprenden dos logros relevantes:

•La asignación financiera a centros educativos regulares con estudiantes con discapacidad. Para esto se ha elaborado, por la DGEE, el instrumento para recoger las necesidades de cada centro regular por estudiantes según tipo de discapacidad.

•La identificación de los estudiantes por tipo de discapacidad en la plataforma SIGERD de los 27,465 estudiantes identificados a marzo 2023 de los registros administrativos.

108.En colaboración con el Programa SUPÉRATE se están desarrollando procedimientos y acciones necesarias para fortalecer y poner en funcionamiento cuatro (4) Aulas de Transición en dependencias del Programa SUPÉRATE, donde se beneficiarán a 99 estudiantes con Trastorno del Espectro Autista TEA y otras discapacidades.

109.Con el apoyo de FOAL y Perkins se creó un modelo educativo para estudiantes con sordoceguera y discapacidad múltiple que inició su implementación en este año escolar 2023-2024. Finalmente, adquisición de 5 transportes escolares adicionales de 30 pasajeros para beneficio 180 estudiantes con situación de discapacidad.

Respuesta al párrafo 19 c) de la lista de cuestionesEstrategia en formación inclusiva

110.En cuanto a Educación Superior, como parte del compromiso asumido de desarrollar el plan de acción desprendido del convenio de colaboración Mescyt y Conadis; en el año 2022, se desarrollaron encuentros de formación en Trato Digno, Levantamiento de Información y Diagnóstico Institucional sobre Inclusión de Personas con Discapacidad. Se realizaron 12 encuentros en diferentes recintos de instituciones de educación superior donde fueron capacitados 320 personas de diferentes áreas, impactando además diferentes regiones del territorio Nacional.

111.En el año 2023, se han realizado visitas de seguimiento a cada recinto universitario, socializando las iniciativas que tienen las Instituciones de Educación Superior en materia de inclusión de las Personas con Discapacidad (camino recorrido, fortalezas y desafíos actuales), se establece el seguimiento al proceso de inclusión de las preguntas del Grupo Washington en los registros administrativos de la institución, y se presenta la importancia de la recogida de información del diagnóstico institucional y nacional.

112.El Ministerio de Educación ampliando la estrategia de formación continua incluyó formalmente el tema de atención educativa a estudiantes con discapacidad en el programa formativo del personal técnico y docente de todo el sistema educativo en las jornadas de verano, formando a 16,198 directivos, orientadores, psicólogos y docentes.

113.También se mantiene la articulación con el del INAFOCAM ofreciendo 176 becas para maestros de educación especial, docentes y monitores sordos, en maestrías y diplomados, como se presenta a continuación:

•96 becas para maestros de educación especial de la maestría en Patologías del lenguaje y del habla.

•80 becas para cursar el Diplomado Enseñanza de la Lengua de Señas como primera y segunda lengua, dirigido a docentes y monitores sordos.

•41 personas certificadas en el Diplomado en Educación Inclusiva y Social orientado a la transformación de la cultura del aula, del centro educativo y plan de formación de educación inclusiva para maestros itinerantes, en el marco del acuerdo con POVEDA- INTERED para capacitar en el área de discapacidad visual y sordo-ceguera.

•Próximo a iniciar el Diplomado en Didáctica del Español Escrito para personas con Discapacidad Auditiva (para docentes oyentes), impartido por el Instituto Superior de Formación Docente Salomé Ureña (ISFODOSU).

114.El Conadis desarrolló programas formativos para el sistema preuniversitario, capacitando en el año 2022, 207 técnicos, docentes y personal administrativo de centros educativos priorizados, a los fines de impulsar una educación inclusiva y reconocer las brechas de inclusión socioeconómicas.

Salud (art. 25)

Respuesta al párrafo 20 a) de la lista de cuestionesAccesibilidad de los servicios de salud sexual y reproductivo

115.De acuerdo con lo establecido por la Ley No. 42-01 en su artículo 28, los servicios ofrecidos por el sistema de salud deben ser ofrecidos de manera imparcial a toda persona que necesite acceder a los mismos. Previo a la emisión de licencia de Habilitación los centros de salud deben cumplir con requerimientos específicos de accesibilidad para las personas con discapacidad motora.

116.Es importante resaltar que, debido a las características de construcción de la mayoría de los edificios donde operan los centros de salud públicos, existen limitaciones para el acceso en los casos de algunos centros de salud. Sin embargo, se han destinado fondos para la readecuación de varios centros de la red pública. Así mismo, las nuevas edificaciones destinadas a servicios de salud, principalmente aquellos de atención primaria, deben cumplir con la Norma Nacional de Diseño Universal (NORDOM 779).

117.Existe una brecha adicional con respecto a la disponibilidad de intérpretes y profesionales de la salud capaces de comunicarse con usuarios con discapacidad auditiva, sin embargo, existen políticas de inclusión y no discriminación hacia el personal al momento del reclutamiento.

Respuesta al párrafo 20 b) de la lista de cuestionesSistema de Valoración, Registro y Certificación de la Discapacidad

118.El Sistema de Valoración, Registro y Certificación de la Discapacidad (SVRCD) facilita a las personas con discapacidad el acceso a políticas públicas, beneficios y servicios sociales, y a una rehabilitación integral, con miras a equiparar sus oportunidades para el disfrute pleno de sus derechos en igualdad de condiciones que las demás.

119.Durante el año 2022, se realizaron los primeros pasos para la implementación del Sistema de Valoración, integrando los elementos del diseño e incluyendo los instrumentos de desempeño según rango etario.

120.Actualmente, se ha trabajo en digitalización del sistema de información para asegurar el acceso de las personas con discapacidad en las diferentes regiones del país.

121.En el periodo comprendido entre enero 2021 a septiembre 2023, se han certificado 7,585 personas con discapacidad en todos los rangos etarios, correspondiendo 4,264 certificaciones a niños, niñas y adolescentes y 3,321 a adultos.

122.El Certificado de Discapacidad brinda información para la puesta en marcha de políticas y programas que aseguren el acceso a políticas públicas de poblaciones vulnerables.

Respuesta al párrafo 20 c) de la lista de cuestionesAplicación de recomendaciones realizado por el Círculo de Mujeres con Discapacidad

123.Sobre los progresos realizados para aplicar las recomendaciones del diagnóstico participativo sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad en la República Dominicana, desde el Círculo de Mujeres con Discapacidad (CIMUDIS), entidad que representa a este colectivo en nuestro país, se ha involucrado en diversas acciones para visibilizar este colectivo y reclamar el cumplimiento de estos derechos.

124.Por otro lado, con apoyo del subsidio gubernamental y agencias internacionales, se desarrollan proyectos sobre Salud Sexual y Reproductiva, prevención del VIH, cómo identificar la Violencia de Género, liderazgo, empoderamiento, entre otros.

125.Desde la Sociedad Civil también se han llevado a cabo las siguientes acciones:

•PROFAMILIA tienen programas efectivos en cuanto a la planificación familiar, medicina general, psicología, ginecología, obstetricia (seguimiento), consejería en métodos anticonceptivos y salud sexual y reproductiva.

•CIMUDIS ha realizado diversos proyectos que van desde la orientación sobre Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva – DSSyR, conceptualización de discapacidad al personal de salud, así como la atención a nuestras socias mediante operativos médicos para realizarles Papanicolaou.

Respuesta al párrafo 20 d) de la lista de cuestionesAcceso de personas migrantes con discapacidad a los servicios de salud

126.El acceso a los servicios de salud de emergencia y atención primaria son garantizados a todas las personas que residen en la República Dominicana. Los inmigrantes, ya sea documentado o no, reciben atención gratuita en los centros de salud nacionales de la misma manera que cualquier Dominicano.

Respuesta al párrafo 20 e) de la lista de cuestionesReforzar los servicios de salud mental

127.En cuanto a los avances realizados para reforzar los servicios de salud mental, se está trabajando en guías para la conformación de grupos de apoyo por tipo de discapacidad.

Respuesta al párrafo 20 f) de la lista de cuestionesConsentimiento libre e informado

128.El procedimiento de consentimiento libre e informado sobre el internamiento en establecimientos de atención psiquiátrica requiere que el mismo sea explicado de manera verbal antes de ser firmado por el usuario.

Habilitación y rehabilitación (art. 26)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

129.En la República Dominicana no se le niega el acceso a los servicios de salud de emergencia y atención primaria a ninguna persona que los necesite. La ley General de Salud núm. 42-01 en su artículo 3 establece que: “Todos los dominicanos y dominicanas y las y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional son titulares del derecho a la promoción de la salud, prevención de las enfermedades y a la protección, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación alguna.”

Trabajo y empleo (art. 27)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

Plan Nacional de Empleo 2020-2024

130.El Ministerio de Trabajo formuló PLANE, con la finalidad de apuntar a la generación de 600 mil empleos formales y dignos con horizonte a 2024; en dicho Plan se establecen los objetivos, líneas estratégicas y de acción clara y alcanzable, tanto a nivel sectorial como territorial, priorizando a las mujeres, madres solteras, jóvenes, NINIS y personas con discapacidad. El plan fue construido mediante la estrategia de generar espacios de diálogo y consulta con los diferentes sectores productivos del país.

Servicio Nacional de Empleo

131.Este es un servicio público y gratuito, que opera de conformidad al Convenio No. 88 de la OIT y lo dispuesto en el Código de Trabajo; su objetivo es vincular la oferta y la demanda de empleo mediante la intermediación laboral.

132.El SENAE comprende una red de 40 Oficinas Territoriales de Empleo ubicadas en diferentes provincias donde se reclutan los currículums vitae de laspersonas que buscan empleo y se refieren a las ofertas de empleo de las empresas registradas en la Bolsa de Empleo RD Trabaja del Ministerio de Trabajo.

133.Desde el Servicio Nacional de Empleo se ha articulado con otras instituciones del estado para garantizar el acceso a los servicios de empleo con la intermediación laboral y el emprendimiento. Durante el año 2023 se lanzó la Ruta de Empleo, la cual, consiste en una Feria de Empleo que busca impactar a toda la población por demarcación territorial, mediante acciones de orientación ocupacional e intermediación laboral inclusiva, garantizando acceso universal y oportunidades para todos y todas.

134.Para el fomento de la inserción laboral de personas con discapacidad, jóvenes y mujeres, el SENAE ha implementado las siguientes acciones:

•Talleres de Técnica para la Búsqueda de empleo inclusivos con ASFL que tienen el enfoque de apoyo a las personas con discapacidad.

•Feria de empleo inclusiva, con vacantes a ser cubiertas por personas con discapacidad.

•Articulación con el Ministerio de la Juventud, para el fomento de la empleabilidad de los jóvenes, con las ferias de empleo y Ferias de Emprendimiento del MJ.

•Orientación a las empresas con la Guía para la inclusión laboral de personas con discapacidad.

•Jornada de Orientación Laboral Inclusiva, impartiendo el Taller de “Técnicas para la Búsqueda de Empleo”.

•Jornada de Empleo Inclusiva, en noviembre del año 2022, realizando intermediación laboral para el sector hotelero, la cual contó con entrevistas de trabajo en lengua de señas.

•La Fundación ONCE América Latina (FOAL) y su programa AGORA, para el fomento de la empleabilidad y la intermediación laboral para incorporar al tejido productivo a las personas con discapacidad visual y la Fundación Dominicana de Ciegos Inc. (FUDCI).

•En el 2022 a través de la Escuela Taller de Santo Domingo se capacitaron 173 jóvenes de condiciones vulnerables y desempleados en los oficios de Artesanía, Proyectos especiales (pintura, puntillismo, otros), fontanería, construcción y carpintería, que le capacitan para insertarse en el mercado laboral; de estos 69 son jóvenes con discapacidad.

135.Programa de Empleo Temporal (Resolución No. 24-2021): fomentar el ingreso y la reinserción laboral de jóvenes y adultos a un empleo, así como, dinamizar la actividad de los sectores productivos de la República Dominicana. En el marco de estos programas, se logró la inserción laboral de 4 personas con discapacidad certificada por el Conadis, siendo la primera experiencia de inserción laboral en este tipo de programas subsidiados implementados por el Ministerio de Trabajo, para los cuales el Ministerio subsidia el salario de 6 meses.

Nivel de vida adecuado y protección social (art. 28)

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

136.El Estado Dominicano garantiza mediante legislaciones y políticas públicas el ejercicio de los derechos sociales y económicos de la población en situación de pobreza y vulnerabilidad. En ese sentido, desde 2019 República Dominicana aplica las Pensiones Solidarias del Régimen Subsidiado del Sistema Dominicano de Seguridad Social, por un monto de Seis Mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$6,000.00) mensuales. Están destinadas a personas en condiciones de pobreza multidimensional (ICV1 e ICV2) que junto con otras condiciones de vulnerabilidad se encuentran excluidas o sin participación social, tales como discapacidad, y las madres solteras con hijos con discapacidad.

137.A partir de diciembre de 2022, se crea mediante la Resolución Administrativa núm. 009-2022 el Fondo Nacional para Niñez y Adolescencia con Discapacidad, es una transferencia monetaria que se realiza a los beneficiarios con el propósito de contribuir y elevar la calidad de vida de los hogares.

Participación en la vida política y pública (art. 29)

Respuesta al párrafo 24 (a) de la lista de cuestionesAsegurar la participación de personas con discapacidad en los procesos electorales

138.En el mes de octubre del año 2022, se llevó a cabo un encuentro con representantes del colectivo con discapacidad, a fin de fortalecer las propuestas de garantía de los derechos políticos y electorales de la población con discapacidad. Se consensuó la creación de un pacto ético, y formar una ruta crítica. Entre las medidas para la creación de un mecanismo de votación, se examinó la creación de una plantilla, no solo para personas con discapacidad.

139.Mesas auxiliares con ajustes por altura, para personas con discapacidad físico-motora, usuarias de sillas de ruedas, bastones, andadores, entre otros dispositivos de apoyo.

140.En cuanto a la accesibilidad en la comunicación, la Junta Central Electoral (JCE) en esta reunión y con la consulta realizada a las organizaciones de personas con discapacidad sobre las medidas o ajustes razonables para la votación de personas con discapacidad.

141.En el contexto de las Elecciones congresuales, municipales y presidenciales 2024, la JCE está gestando el “Proyecto Voto Accesible 2024”, basado en las lecciones aprendidas de las observaciones de las elecciones realizadas en el año 2016 por la organización Participación Ciudadana y por IFES en el año 2020.

142.Actualmente, la JCE se encuentra trabajando en la primera etapa del proyecto. En esta fase, se están consolidando los formularios de registro de Voto en Casa y de Voto Accesible, y la colocación, además, de estos formularios en el portal. Durante este proceso, es preciso asegurar que todos los interesados comprendan el alcance y los objetivos del proyecto antes de proceder a la fase de planificación detallada y su ejecución.

Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte (art. 30)

Respuesta al párrafo 25 b) de la lista de cuestionesAdopción de un Plan Accesible para lugares turísticos

143.El fomento del turismo accesible se han llevado a cabo diferentes acciones importantes como lo es la estandarización de la Norma ISO 21902 de turismo accesible. Este documento establece los lineamientos desde el punto de vista de calidad que tienen que considerar los proveedores de servicios turísticos a la hora de formar parte de la cadena de valor del turismo accesible.

144.En la República Dominicana se llevan a cabo diversos programas de fomento del turismo accesible como lo es el Programa Internacional de Evaluación de Segmentos de Playa Bandera Azul que tiene como criterios condicionantes la accesibilidad para postular por la certificación Blue Bag que se actualiza cada año.

145.De igual manera el Ministerio de Turismo lleva a cabo un programa de implementación de la accesibilidad en los destinos turísticos como iniciativa de promover un turismo inclusivo para todos.

146.En referencia a la inclusión en el arte y en los museos en alianza con el Louvre de Paris: El Ministerio de Cultura junto a la UNESCO y organizaciones de la sociedad civil trabajan la inclusión en los museos con la asesoría del Louvre de Paris. Entre las iniciativas está crear accesibilidad en las infraestructuras, equipo capacitado con la lengua de señas, material en braille, entre otros. Por otro lado, el Ministerio de Cultura con el apoyo del CONADIS ha conformado el Teatro Orquestal Dominicano conformado por alrededor de 160 artistas, músicos, cantantes, bailarines y actores con discapacidad.

C.Obligaciones especificas (arts. 31 a 33)

Recopilación de datos y estadísticas (art. 31)

Respuesta al párrafo 26 a) de la lista de cuestionesMedidas para la recopilación de datos sobre la situación de personas con discapacidad

147.La ONE ha adoptado las siguientes medidas para recopilar información de manera periódica en referencia a conocer la situación de las personas con discapacidad. A continuación, se presentan las fuentes de información de la data recolectada:

X Censo Nacional de Población y Vivienda 2022 (XCNPV-2022)

Con el fin de obtener datos de toda la población con discapacidad, el Décimo Censo Nacional de Población y Vivienda (XCNPV) incluye el set corto del WG. Con el objetivo de garantizar la cobertura de toda la población de la República Dominicana, incluyendo a la población con algún tipo de discapacidad como la auditiva;

Encuesta Nacional de Hogares de Propósitos Múltiples (ENHOGAR)

El Informe Básico de la Encuesta Nacional de Hogares de Propósitos Múltiples (ENHOGAR), brinda al país datos sobre las características sociodemográficas de la población y las condiciones de vida de los miembros de los hogares;

Encuesta Nacional de Actividad Económica (ENAE-2023)

148.La ENAE constituye una fuente de información relevante para los diseñadores de políticas y para los tomadores de decisiones, en lo que se corresponde con el desempeño de la actividad económica nacional de los principales sectores económicos del país.

149.A fin de satisfacer la demanda de información de la población con discapacidad en la actividad económica del país, la Encuesta Nacional de Actividad Económica del 2023 levanta por primera vez el módulo de Personal con Discapacidad.

Respuesta al párrafo 26 b) de la lista de cuestionesPlan Estadístico Nacional 2020-2024: Plan de Acción

150.Este es el principal instrumento de coordinación y planificación de la producción estadística del Estado Dominicano, a fin de promover el uso y aprovechamiento de la data al público en general, y a los hacedores de políticas públicas.

151.Aumentar la divulgación de estadísticas utilizando medios alternativos, los cuales incluyen artes, fotografías con enfoques desde la juventud, discapacidad y género;

152.Crear mecanismos orientados a las personas usuarias para facilitar el uso y la comprensión de las informaciones estadísticas accesibles a personas con discapacidad auditiva y discapacidad visual.

153.En ese orden, la guía metodológica para determinar el aprovechamiento estadístico de registros administrativos (2022) para levantar los registros administrativos hay que contar con variables temáticas como: género, nacionalidad, nivel de ingresos, discapacidad, estatus migratorio y desagregación territorial para destacar el carácter diferencial de las personas.

Cooperación internacional (art. 32)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestionesMedidas adoptadas para recabar información efectiva de personascon Discapacidad

154.Desde el Viceministerio de Cooperación Internacional del MEPyD, se han dispuesto algunas acciones para promover la inclusión de acciones afirmativas hacia grupos vulnerables en las iniciativas de cooperación internacional, incluidas las personas con discapacidad, atendiendo a su rol de coordinación y rectoría del Sistema Nacional de Cooperación Internacional para el Desarrollo (SINACID). Dentro de las cuales podemos resaltar la elaboración del Primer Plan Plurianual de la Cooperación Internacional y la aprobación de la Resolución núm. 17-2022.

Aplicación y seguimiento nacionales (art. 33)

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestionesMedidas adoptadas para un mecanismo de vigilancia conforme a la Convención

SIMORE RD PLUS

155.El Estado Dominicano ha instaurado la herramienta SIMORED-Plus, la cual es una versión ampliada del SIMORED, que vincula el seguimiento de las recomendaciones internacionales de derechos humanos a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, además de las observaciones generales. Esta versión incluye mejoras en la funcionalidad, fortaleciendo el mecanismo estatal de seguimiento e implementación, dando así un salto innovador, en línea con las prioridades de la comunidad internacional, y acorde con la política exterior de República Dominicana.