Convención sobre losDerechos del Niño
Distr.
GENERAL
CRC/C/SR.560
27 de septiembre de 1999
ESPAÑOL
Original. FRANCÉS
COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
22º período de sesiones
ACTA RESUMIDA DE LA 560ª SESIÓN
celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,
el lunes 20 de septiembre de 1999, a las 10.00 horas
Presidenta : Sra. MBOI
SUMARIO
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
Informe inicial de Venezuela
___________________
La presente acta podrá ser objeto de correcciones.
Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.
Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.
GE.99-44276 (EXT)
Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas .
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa)
Informe inicial de Venezuela (CRC/C/3/Add.54 e informe complementario CRC/C/3/Add.59; HRI/CORE/1/Add.3; CRC/C/Q/VEN/1; CRC/C/A/VEN/1)
1. Por invitación de la Presidenta, la delegación de Venezuela, integrada por el Sr. Rodríguez Cedeño, el Sr. Michelena, la Sra. Parra, el Sr. Salas, la Sra. Mendoza Omaña de Castillo y la Sra. Ruesta, toma asiento a la mesa del Comité.
2. La PRESIDENTA informa al Comité de que la delegación de Venezuela, que en principio debía presentarse ante el Comité presidida por la Primera Dama de la República y Presidenta de la Comisión de los Derechos Sociales y de la Familia de la Asamblea Nacional Constituyente, Marisabel de Chávez, lamentablemente no pudo venir a Ginebra, y que no se dispone de las respuestas escritas del Gobierno de Venezuela a las cuestiones planteadas en la lista (CRC/C/Q/VEN/1). Espera que las preguntas del Comité a las que no pueda responder la delegación presente se transmitan a las autoridades nacionales y que se hagan llegar cuanto antes al Comité respuestas por escrito.
3. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) dice que hará todo lo posible para informar al Comité. A modo de introducción, subraya que Venezuela ha iniciado un proceso de reforma política de gran envergadura en el que participan todos los sectores nacionales y que tiene por objeto proporcionar al Estado los medios necesarios para hacer frente a los desafíos del nuevo milenio. El Gobierno del Presidente Hugo Chávez desea crear un marco jurídico que se ajuste a las realidades del mundo actual y la Asamblea Nacional Constituyente debería aprobar una nueva Constitución antes de fin de año. En el ámbito de la política exterior, las autoridades de Venezuela siempre han procurado promover los derechos humanos. En el plano interno, el Gobierno tiene la intención de establecer un sistema económico humanista centrado en el ser humano. Algunos organismos públicos y representantes de la sociedad civil han participado en jornadas de reflexión para determinar la mejor forma de promover los derechos humanos. Una de las jornadas de reflexión permitió en particular llegar a conclusiones muy importantes sobre el tema de los derechos del niño.
4. Se estableció como principio que los niños y los adolescentes son sujetos de derecho con ideas y experiencias propias y que pueden generar propuestas y sugerir formas de organización, lo que es enteramente compatible con el artículo 12 de la Convención. Ese planteamiento se refleja en el artículo 81 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. La nueva Constitución debe también reconocer a los niños como sujetos de derecho capaces de actuar y hacer propuestas en un Estado de derecho que garantice el desarrollo de su potencial. Se ha previsto implantar una red social de apoyo en los ámbitos regional, municipal y local, que apoye la gestión del Proyecto Bolívar 2000, iniciativa de la Presidencia de la República cuya finalidad es restituir a los excluidos la posibilidad de ejercer sus derechos.
5. La PRESIDENTA invita a la delegación de Venezuela a referirse a las cuestiones 1 a 8 de la lista, relacionadas con las medidas generales de aplicación.
6. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) dice, con respecto a la primera cuestión, que la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes entrará en vigor en 2000. Su contenido se dará a conocer a través de los medios de comunicación y la enseñanza y se procederá a todos los cambios administrativos necesarios. A la vez, se han adoptado medidas en diversos sectores, especialmente para prevenir el embarazo precoz, incorporar el principio de la igualdad entre hombres y mujeres en las políticas y actividades, fomentar la prevención de la violencia sexual, el incesto y la explotación sexual contra niños y adolescentes, promover el establecimiento de programas y servicios de educación sexual y salud reproductiva, y utilizar los medios modernos de información para promover los derechos del niño y favorecer el desarrollo de su personalidad como futuro ciudadano.
7. Con respecto a la coordinación de las actividades descentralizadas de protección de los niños (cuestión Nº 2), las Direcciones de Estado y las Comisiones Estadales del Ministerio de la Familia ejecutan los programas de prevención y protección de los niños y adolescentes en los distintos estados en concertación con los gobiernos regionales y los representantes de los ministerios competentes. Se han creado todos los mecanismos necesarios para asegurar la transferencia de competencias prevista por la ley. Mediante el Proyecto de Reorganización y Descentralización del Ministerio de Educación se han asignado nuevas funciones a las gobernaciones y alcaldías. Además, el Sistema Nacional de Protección y Desarrollo Integral del Niño y el Adolescente se ocupa especialmente de los niños en situación de riesgo o exclusión social. También se ha elaborado un plan para las comunidades indígenas y un plan de acción social para los municipios fronterizos. En cooperación con el UNICEF, las autoridades están ejecutando un proyecto de investigación sobre nichos lingüísticos de las etnias piaroa, goajibo, yukpa y wayúu. En agosto se realizó el Primer Gabinete Social sobre el Municipio y la Gestión Social, con la participación de todos los estados venezolanos que tienen población indígena, para adecuar los programas del Componente Social de la Agenda Venezuela a las especificidades de cada etnia. También se adoptaron medidas para estimular las actividades deportivas.
8. Con respecto a las estadísticas (cuestión Nº 3), el Gobierno no escatima esfuerzos para mejorar los sistemas de recolección y procesamiento de datos, aunque ello plantee problemas. Sin embargo, algunos organismos, como el Instituto Nacional del Menor ( INAM ) han realizado encuestas, como la encuesta nacional sobre la situación laboral de la adolescencia, que han contribuido a subsanar la falta de información sobre el tema.
9. Con respecto a la aplicación de la Convención (cuestión Nº 4), hay diversos planes y estructuras. Se han creado las Defensorías Sociales y se han fortalecido las redes de protección de los derechos de los niños y los adolescentes. El Plan de Desarrollo Social facilita la participación de la sociedad civil en el seguimiento y la evaluación de los programas sociales dirigidos a la familia. Los programas de educación familiar y de formación en salud reproductiva se han ampliado y se utilizan cada vez más materiales para informar mejor a los niños y los adolescentes sobre el embarazo precoz, el abuso sexual y la explotación sexual.
10. En respuesta a la cuestión Nº 5 sobre la ejecución de la Agenda Venezuela, el Sr. Rodríguez Cedeño explica que en 1996 las autoridades de Venezuela empezaron a adoptar medidas sociales para contrarrestar los efectos negativos del Programa de Ajustes Macroeconómicos, necesarios para asegurar la estabilidad y la recuperación económica del país. A raíz de ello se formuló el Componente de Protección Social de la Agenda Venezuela, que constituye un conjunto coherente e integral de programas dirigidos a satisfacer las insolvencias sociales. En ese sentido, el Ministerio de la Familia cumple un papel relevante como organismo que preside el Gabinete Sectorial Social, cuya responsabilidad es coordinar las actividades y los programas. Los objetivos fijados para 1997 son los siguientes: el fortalecimiento de la familia como unidad fundamental de la sociedad; la formación de capital humano, tarea primordial del Estado; la reducción de la pobreza; y el fortalecimiento de la sociedad civil. El Componente Social de la Agenda Venezuela abarca 14 programas que prevén ayudas directas de tipo alimentario y pecuniario, así como procesos de formación para la reinserción laboral y programas de generación de empleo. Cabe citar como ejemplos los programas de subsidio familiar, alimentario escolar, de dotación de útiles, de desayuno, merienda y comedores escolares, de hogares y multihogares de cuidado diario, de empleo joven y de subsidio al pasaje estudiantil.
11. Con respecto a la cuestión Nº 6, relativa a la aplicación del Plan de Acción Intersectorial para la Atención Integral de la Infancia y la Adolescencia en el contexto del Programa de Reajuste Estructural Macroeconómico, cabe señalar que se hace hincapié en el fortalecimiento de la coordinación entre los organismos del Estado y las administraciones locales a fin de garantizar la máxima eficacia de las medidas adoptadas para luchar contra la pobreza. En particular, se ha procurado mejorar las condiciones de vida de la población en lo que se refiere a la lactancia materna y la prevención del embarazo precoz, a la luz de los compromisos contraídos en el plano internacional. Las entidades no gubernamentales son asociadas a la aplicación de las medidas adoptadas; por ejemplo para ejecutar el Plan Nacional de Prevención del Embarazo Precoz para el período 1995-1998, que incluye jornadas de trabajo, talleres de consulta y el funcionamiento de la Red Nacional, Estadal y Municipal. También se han establecido lineamientos para luchar contra la violencia sexual y la explotación sexual de los niños. Se han adoptado medidas especiales para las madres adolescentes, que incluyen la orientación psicológica, la preparación para la maternidad y la educación familiar. Otros programas tienen que ver con la enseñanza escolar, la formación profesional de los jóvenes y la atención de los hijos de padres adolescentes.
12. El Ministerio de la Familia, por medio del Instituto Nacional del Menor (INAM), ejecuta programas que se centran en la prevención, la atención al menor en situación de abandono y peligro, y la atención al menor que necesita tratamiento. Algunos de los establecimientos que se ocupan de la atención preventiva de los niños son los jardines de infancia, las casas-taller (destinadas a los niños abandonados o en peligro) y los Centros de Atención Inmediata. Existen también modalidades no convencionales de atención, como la Casa del Niño Trabajador, sistema de libertad vigilada para menores infractores. Cabe celebrar también que el INAM haya creado la Red Local de Protección Social al Niño y Adolescente, para proteger a los niños que se encuentran en situaciones de riesgo. Además, existe un organismo encargado de recibir las denuncias relacionadas con el maltrato de niños que promueve la creación de servicios de recepción de denuncias y de apoyo psicológico, así como la organización de talleres de formación para padres y conferencias. El Ministerio de la Familia fortalece también alternativas no convencionales de integración social, como el programa "Deporte para todos" o la inauguración del Centro Académico de la Orquesta Sinfónica Nacional Infantil de Venezuela, que consolida el sistema de orquestas infantiles y juveniles en el país y cuyo objetivo es promover la integración y la formación de los niños a través del lenguaje universal de la música.
13. En respuesta a la cuestión Nº 7, relativa a las medidas adoptadas para proporcionar información sobre la Convención a los funcionarios y los profesionales interesados, el Sr. Rodríguez Cedeño subraya que se han logrado avances en la coordinación de las medidas adoptadas para luchar contra el tráfico de drogas. El Ministerio de Relaciones Exteriores encargó al INAM que coordinara y aplicara el Plan Nacional de Prevención del Tráfico de Niños. Se plasmó en la ley la creación de los Consejos de Derechos, para promover el diálogo entre la sociedad civil y el Gobierno con respecto a la formulación de medidas jurídicas en los ámbitos nacional, estadal y municipal.
14. Con respecto a la cuestión Nº 8, relativa a la función de las organizaciones no gubernamentales, cabe señalar que las autoridades alientan a la sociedad civil en general a interesarse en las actividades de defensa de los derechos del niño. El principal obstáculo observado es la dificultad para incorporar directamente a la sociedad civil en esas actividades. En general, esa participación se limita a las ONG, que representan sectores organizados y tienen relaciones directas con las comunidades.
15. La PRESIDENTA invita a los miembros del Comité a hacer preguntas sobre las observaciones formuladas en relación con las cuestiones 1 a 8 de la lista.
16. La Sra. KARP celebra que en la nueva Constitución de Venezuela se incorpore el principio de los derechos del niño. Desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para modificar las demás leyes vigentes que son incompatibles con la Convención y para lograr que evolucione la mentalidad al respecto. Sería particularmente interesante saber en qué medida se tienen en cuenta los derechos del niño en las reformas macroeconómicas en curso. La Sra. Karp también pide detalles sobre el mecanismo de recolección de información, la aplicación de las diversas políticas y el establecimiento de prioridades en la asignación de créditos presupuestarios a los distintos programas. Además, desea saber si Venezuela tiene la intención de retirar su declaración interpretativa sobre el artículo 21 de la Convención.
17. La Sra. EL GUINDI pide más información sobre las actividades de coordinación de todos los organismos que se ocupan de los niños (ministerios, ONG y diversos institutos). Desea saber, además, qué proporción del presupuesto total se asigna a los programas de ayuda a los niños.
18. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pide información más detallada sobre los diversos servicios sociales establecidos en los planos nacional, regional y local, así como sobre los organismos competentes y sus respectivos mandatos.
19. La Sra. OUEDRAOGO pregunta qué función desempeñan los "alcaldes" en la difusión de la Convención.
20. El Sr. RABAH pide aclaraciones sobre los principales cambios introducidos en la Constitución en los ámbitos social y familiar. Además, se interesa por los mecanismos que se han establecido en Venezuela para dar a conocer mejor la nueva Constitución (especialmente entre las familias, en las escuelas y fuera de las ciudades). Por último, sería útil saber si son suficientes las medidas adoptadas para vigilar la aplicación de la Convención.
21. La PRESIDENTA pregunta si el Gobierno de Venezuela ha hecho una evaluación de los efectos de la reforma económica y sus repercusiones en la situación de los niños.
22. Se suspende la sesión a las 11.05 horas y se reanuda a las 11.15 horas .
23. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) dice que su Gobierno ha tomado nota de las numerosas cuestiones planteadas y asegura al Comité que más adelante recibirá las respuestas a las preguntas que la delegación no pueda contestar de inmediato.
24. Señala que todos los sectores de la sociedad se han sumado al proceso constitucional en curso en Venezuela, en el que se tienen en cuenta las normas específicas aplicables a los niños. Además, Venezuela participa activamente en una campaña de información y difusión de las normas internacionales de derechos humanos, y sobre todo de las relativas a los derechos del niño. Existe un mecanismo de coordinación nacional entre el Ministerio de la Familia, el Instituto Nacional del Menor y las ONG. Otros mecanismos están orientados a la reforma del Estado en su conjunto, pero ciertas medidas de coordinación y difusión relativas a la aplicación de la Convención no podrán ponerse en marcha mientras la Asamblea Constituyente no haya concluido su labor.
25. Con respecto al artículo 21 de la Convención, el Sr. Rodríguez Cedeño señala que el objeto de la declaración interpretativa de Venezuela es delimitar y aclarar el sentido y el alcance de las disposiciones de ese artículo y no modificar su efecto jurídico.
26. La Sra. RUESTA (Venezuela) dice que para el Gobierno de Venezuela las disposiciones del párrafo b) del artículo 21 se refieren a la adopción internacional y de ninguna manera a la colocación del niño en un hogar de guarda en el extranjero. Dichas obligaciones no pueden interpretarse en perjuicio de la obligación que tiene el Estado de garantizar al niño la protección a la que tiene derecho. Con respecto al párrafo d) del artículo 21, el Gobierno de Venezuela considera que la adopción no debe generar en ningún caso beneficios financieros a quienes participan en ella. Por lo tanto, la declaración interpretativa refleja únicamente la preocupación del Gobierno de Venezuela por el bienestar de los niños. El artículo 21 no plantearía ningún problema si Venezuela recibiera una explicación satisfactoria de la diferencia entre "beneficio material indebido" y "beneficio material debido".
27. La PRESIDENTA reconoce que la declaración interpretativa no es incompatible con las disposiciones del artículo 21 de la Convención, sino que las refuerza.
28. La Sra. KARP dice que, así y todo, para conservar la universalidad de la Convención sería preferible que Venezuela no diera la impresión de infringir sus disposiciones, aunque su preocupación sea proteger a los niños de una interpretación abusiva de la Convención.
29. El Sr. DOEK dice que sería conveniente que el Gobierno de Venezuela examinara nuevamente la declaración interpretativa a la luz del Convenio sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional (Convenio de La Haya), que Venezuela ratificó.
30. La Sra. SARDENBERG recuerda que Venezuela participó activamente en la elaboración del Convenio de La Haya, que presenta de manera detallada y prudente la cuestión de la adopción. Ese texto, redactado palabra por palabra, se presta inevitablemente a distintas interpretaciones en los diferentes idiomas. Sin embargo, la oradora desea señalar claramente a la delegación de Venezuela que una declaración interpretativa tiene efectos políticos importantes en cuanto a la forma de percibir la posición del país respecto de la Convención. Por lo tanto, convendría que Venezuela, como gesto político en aras de la ratificación universal de la Convención, reexaminara su posición para disipar esa impresión negativa y evitar que ello volviera a ocurrir con otros artículos de la Convención.
31. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) agradece a los miembros del Comité el intercambio de opiniones y reitera que una declaración interpretativa no constituye en ningún caso una reserva destinada a impedir o modificar el efecto jurídico de ciertas disposiciones de un tratado. El Gobierno de Venezuela no incumple en absoluto sus obligaciones sino que las aplica de manera razonada.
32. La PRESIDENTA invita a los miembros de la delegación a responder a las cuestiones 9 a 13.
33. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) recuerda que la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente contiene una definición del niño que se ajusta a la Convención. De acuerdo con las disposiciones especiales relativas a la edad mínima para contraer matrimonio, no pueden contraer matrimonio las niñas menores de 14 años y los varones menores de 16, a menos que los padres den su consentimiento. Con respecto a la salud sexual, la nueva ley establece el derecho a la salud reproductiva propugnando una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsables, sanas, voluntarias y sin riesgos. La ley no establece una edad mínima para el consentimiento en las relaciones sexuales, sino sólo para el acceso voluntario a los servicios correspondientes en el caso de los mayores de 14 años, garantizando a la vez el derecho a la vida privada, al libre consentimiento y a la confidencialidad.
34. El orador informa de que su país ha adoptado las siguientes medidas para garantizar el respeto de algunos principios generales de la Convención: el diseño del Programa Hijos de Bolívar, destinado a la atención de los niños de la calle; la ampliación de la cobertura del programa de multihogares y de su componente pedagógico; el mantenimiento del Centro de Atención No Convencional para 30 niños menores de 14 años con necesidades especiales; la selección de 195 hogares sustitutos para la atención de niños y adolescentes en situación de riesgo; la capacitación de 355 docentes y 3.838 jóvenes y adultos de las principales ciudades en la prevención del abuso de drogas; una mayor integración en la programación escolar normal de los alumnos con necesidades educativas especiales; la preparación y la ejecución de programas estratégicos de prevención del embarazo precoz, las enfermedades de transmisión sexual, el VIH/SIDA, la violencia y el abuso sexual contra los niños, los preadolescentes y los adolescentes; la ejecución y ampliación de los programas estratégicos de carácter comunitario de educación preventiva en salud reproductiva y planificación de la familia; y la prestación de servicios especializados integrales y de alta calidad por los sectores público y privado en beneficio de los preadolescentes y adolescentes, haciendo hincapié en la población que se halla en situación de riesgo social.
35. La PRESIDENTA invita a los miembros del Comité que lo deseen a formular más preguntas a la delegación de Venezuela.
36. El Sr. DOEK recuerda que el Presidente de la República, en su declaración sobre la revolución democrática, había formulado propuestas con respecto a los niños. Según el informe, en el momento de su publicación el Gobierno de Venezuela estaba a punto de iniciar la ejecución de la segunda fase de su programa (la primera, que constaba de 14 componentes, aún no había concluido). Al respecto, el Sr. Doek pregunta si en ese programa se tiene en cuenta la política del Presidente de Venezuela de protección de los niños que se hallan en una situación difícil o si dicha política es objeto de otras actividades. También, pregunta si en el marco de los créditos presupuestarios para el proceso de descentralización el Gobierno ha previsto asignar a los municipios, los estados y las redes locales fondos para financiar sus actividades. Tras acoger con beneplácito el método aplicado en relación con el principio del interés superior del niño, el Sr. Doek recuerda el principio enunciado en el artículo 6 de la Convención, a saber, el derecho a la vida, y se refiere a la inquietante información recibida sobre las actividades de la policía venezolana, que, según parece, somete a los niños a malos tratos que, en algunos casos, les han ocasionado la muerte. Por lo tanto, pregunta si se han adoptado medidas para ayudar a las víctimas de esos actos de violencia y evitar ese tipo de conducta.
37. La Sra. KARP pregunta si se han evaluado los efectos de la descentralización sobre los servicios, especialmente en lo que se refiere al traspaso de obligaciones y responsabilidades. Volviendo a abordar la cuestión de la definición del niño, pide aclaraciones sobre la diferencia en la edad mínima del consentimiento para contraer matrimonio, que es una forma de discriminación. Afirmando que la tradición del matrimonio precoz es peligrosa porque detiene el desarrollo de las niñas, señala que es necesario cambiar no sólo la ley sino también la mentalidad y pregunta qué medidas se han adoptado al respecto, desde el punto de vista del interés superior del niño (en este caso de la niña). Con respecto al interés superior del niño, la Sra. Karp hace referencia a la política, al parecer generalizada, que consiste en colocar a los niños que tienen problemas en una misma institución y en concederles el mismo trato a pesar de que tienen problemas distintos (abuso sexual, abandono, delincuencia, etc.). Pregunta si esa política se justifica desde el punto de vista del interés del niño o si se debe a razones institucionales, administrativas o financieras.
38. En cuanto al respeto de las opiniones del niño, la oradora pregunta qué mecanismos se ha previsto establecer para que los niños puedan presentar quejas, ya sea en la escuela, en las instituciones de colocación o ante la justicia. En particular, a su entender, los niños no pueden presentar denuncias sin el consentimiento de los padres o tutores. Pregunta cómo pueden entonces presentar denuncias contra los padres y, de modo más general, cuáles son los procedimientos existentes y si hay posibilidades de reforma.
39. La Sra. OUEDRAOGO desea saber qué medidas se ha previsto adoptar para garantizar el respeto de las leyes sobre la edad mínima para el empleo, la educación, y el consentimiento para tener relaciones sexuales o comprar bebidas alcohólicas. Con respecto a las relaciones sexuales, la respuesta dada confirma que no hay una edad mínima, aunque en el informe se señala, especialmente en el párrafo 47, la edad de 12 años. Esa edad es demasiado baja y debe aumentarse para garantizar la protección de los niños. Volviendo a abordar la cuestión del respeto de la opinión del niño, la Sra. Ouedraogo pregunta cómo se garantiza ese derecho en la familia.
40. La Sra. SARDENBERG pregunta qué medidas está adoptando el Gobierno para poner en vigor la nueva ley orgánica en abril de 2000. Pregunta asimismo si el Gobierno tiene la intención de eliminar de todos los documentos y procedimientos administrativos la palabra "menor", que se considera peyorativa no sólo en Venezuela sino también en toda América Latina.
41. En la esfera de la planificación general el Gobierno ha logrado avances, especialmente en los planes 8 y 9, pero al mismo tiempo se ha observado, al parecer, cierto estancamiento en la aplicación del plan de acción nacional resultante de la Cumbre de 1990. Por lo tanto, la Sra. Sardenberg desea saber qué medidas ha adoptado el Gobierno para reactivar el plan de acción y si éstas se han incorporado en los planes de desarrollo más generales.
42. Con respecto a la difusión del informe, la oradora pregunta qué medidas se están aplicando para difundir los trabajos y conclusiones del Comité, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42. Seguidamente se refiere a la situación de las poblaciones indígenas y concretamente a la de los niños. Si bien es consciente del proceso de reforma constitucional en curso, sabe también que existe una forma de discriminación histórica con respecto a ellos. Por eso desea saber qué medidas se están adoptando, por ejemplo en el ámbito de la educación, especialmente para ampliar los cursos bilingües, y de la sensibilización sobre los problemas de salud.
43. El Sr. RABAH , refiriéndose a la elevada tasa de inmigración en Venezuela, pregunta si los niños inmigrantes son víctimas de discriminación en la vida diaria y, de ser así, cuáles son sus manifestaciones.
44. La PRESIDENTA recuerda que en el momento en que se presentó el informe existía un proyecto de ley sobre la protección de los niños y los adolescentes mediante el cual se pretendía reducir a 12 años la edad de la responsabilidad penal. Al respecto, pregunta si el proyecto se aprobó y en cuántos años se fijó esa edad.
45. La Sra. KARP señala que el informe no contiene información sobre los niños discapacitados y pregunta qué proyectos se están ejecutando para integrarlos en la sociedad. Con respecto a la discriminación de las poblaciones indígenas, desea saber si se han tenido en cuenta y en qué forma las conclusiones de 1996 del comité que se ocupa de la discriminación.
46. Volviendo a abordar la cuestión de la edad de la responsabilidad penal, la oradora señala que hay una contradicción entre esa edad (18 años) y la posibilidad de colocar en detención preventiva a jóvenes menores de 18 años. Al parecer, no se ha fijado una edad mínima para la detención de menores, aunque en la práctica pareciera que los niños menores de 12 años no pueden ser detenidos. Señalando la falta de normas claras al respecto, la Sra. Karp pregunta si no debería modificarse la legislación y si la nueva ley contendrá disposiciones al respecto.
47. La Sra. EL GUINDI solicita más información sobre la situación y los derechos civiles de los niños refugiados y los niños de familias monoparentales.
48. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta si las poblaciones indígenas participan en la planificación de su sistema de salud y de educación.
49. Se suspende la sesión a las 12.10 horas y se reanuda a las 12.20 horas .
50. La PRESIDENTA invita a la delegación de Venezuela a responder a las preguntas complementarias formuladas por los miembros del Comité.
51. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela ) explica que el proceso de descentralización es complejo, pero que el traspaso de ciertas facultades a las autoridades regionales y locales se ha llevado a cabo normalmente. Sin embargo, el proceso es tan reciente que no podría afirmar con seguridad si se ha previsto realizar una evaluación ni si existe la posibilidad de realizarla en lo inmediato.
52. Con respecto a la edad mínima, por ejemplo, para el consumo y la compra de bebidas alcohólicas, existen disposiciones legales precisas y la policía controla su aplicación.
53. En lo que atañe a los malos tratos infligidos a los niños, es probable que esos incidentes se hayan producido, pero de ninguna manera resultan de una política sistemática. Sin embargo, el Gobierno, en cooperación con organismos internacionales, ha establecido programas de sensibilización al respecto. El ejército de Venezuela es uno de los pocos del mundo que cuentan con un servicio de derechos humanos, al igual que la policía y las fuerzas del orden. Por lo tanto, los casos de violencia de esa índole son necesariamente muy aislados y ya se están adoptando medidas para acabar con ella.
54. Venezuela tiene muy poca experiencia con niños refugiados. Ha habido casos de niños desplazados en los países vecinos que cruzaron la frontera A esos niños se los trata de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Ginebra de 1951 y el Protocolo de 1967.
55. Los 14 programas se han seguido ejecutando. Se está considerando también la posibilidad de elaborar nuevos programas y, en particular, de adoptar medidas para evitar los efectos negativos de las reformas estructurales.
56. El Sr. Rodríguez Cedeño señala que la edad de la imputabilidad es de 18 años y la de la responsabilidad penal de 12 a 18 años. La edad de la detención es de 18 años.
57. La Sr. KARP aclara que por detención se entiende el hecho de mantener a una persona en una comisaría de policía o un centro de detención antes del proceso y hasta que éste concluya. Según algunas fuentes, en Venezuela hay 2000 niños detenidos.
58. El Sr. RODRÍGUEZ CEDEÑO (Venezuela) dice que existe una legislación especial sobre la reclusión de menores. Con respecto a las denuncias de los niños contra sus propios padres, hay disposiciones que permiten a las víctimas de la violencia denunciar el caso ante las autoridades judiciales competentes. Posteriormente se dará una respuesta más detallada al respecto.
59. En respuesta a las cuestiones relativas a los derechos civiles y libertades, y al entorno familiar y otros tipos de tutela que se plantean en los párrafos 14 a 20 del documento CRC/C/Q/VEN/1, el Sr. Rodríguez Cedeño dice que el Ministerio de Salud está actualizando los registros administrativos para que todo nacimiento se inscriba inmediatamente en el propio hospital. Con respecto a la participación de los jóvenes en la elaboración de las medidas que les conciernen, se están adoptando medidas concretas que les permitirán contribuir a la elaboración, la puesta en marcha, el seguimiento y la evaluación del Plan Nacional de Prevención del Embarazo Precoz. En cuanto a la pensión alimenticia y la adopción, el Instituto Nacional del Menor es el órgano competente para adoptar y aplicar decisiones en esas esferas. Con respecto a los trabajos de investigación sobre el maltrato de niños, el Sr. Cedeño considera que los esfuerzos desplegados en ese sentido han sido insuficientes. Se está elaborando un programa de investigación con la participación de las universidades nacionales. Algunos de los temas que se tratarán en el programa son la violencia, el incesto, los malos tratos y la explotación sexual de que son víctimas los niños y los adolescentes.
60. El Sr. DOEK pregunta si se han adoptado medidas para favorecer la inscripción de los niños de las zonas rurales y los niños indígenas. También pregunta cuál es la situación con respecto a la inscripción de los numerosos inmigrantes que viven en Venezuela en situación irregular. En cuanto al ejercicio de los derechos civiles y políticos, desea saber si los niños tienen la posibilidad de formar parte de asociaciones de estudiantes u otras agrupaciones de ese tipo.
61. Además, pregunta si existe un programa de sensibilización de los padres y los hijos sobre el problema del maltrato y el abandono, que son manifestaciones particulares de la violencia en el hogar de que son víctimas no sólo los niños sino también las mujeres. También pregunta si existen servicios competentes a los que puedan recurrir las personas afectadas por la violencia en el hogar, si se ha previsto impartir una formación especial a los trabajadores sociales o los policías que se ocupan de los casos de incesto y si las víctimas pueden recibir tratamiento para su readaptación.
62. Por último, el orador desea saber si las numerosas medidas adoptadas para mejorar la eficacia del sistema de protección de la niñez que se describen en el informe del Estado parte han dado resultados concretos.
63. La Sra. KARP pregunta si se han determinado claramente y adoptado medidas para aplicar la recomendación formulada por el Comité contra la Tortura en mayo de 1999 (CAT/C/SR.377) a fin de luchar contra la brutalidad policial y hacer que los infractores comparezcan ante la justicia.
64. En cuanto a la violencia doméstica contra mujeres y niños, la oradora desea saber qué medidas se están adoptando para que la nueva ley no sea letra muerta. Por ejemplo, la obligación de denunciar los casos de violencia en el hogar no se cumple plenamente. Se debe disponer de una legislación, pero es necesario además aplicar mecanismos especiales de instrucción para ayudar a los niños a expresarse y presentar las pruebas de los malos tratos alegados para que puedan reclamar justicia. Las víctimas deberían también tener la posibilidad de beneficiarse de una atención profesional especial.
65. La experta pregunta qué medidas se están adoptando para resolver la crisis que vive Venezuela, donde algunos protestan por el hecho de que los hijos de padres indocumentados puedan ser inscritos al nacer, aunque ello se ajuste a la Constitución. La cuestión es de importancia fundamental, ya que la situación ilegal de los padres de esos niños es una de las razones por las que 400 000 niños no han sido inscritos en Venezuela.
66. La Sra. KARP desea saber qué mecanismos se han establecido para que los niños de las zonas rurales y los niños indígenas puedan recibir la información a que se refiere el artículo 17 de la Convención.
67. Por otra parte, desea que la delegación confirme si es exacto que un niño que trabaja legalmente tiene derecho a afiliarse a un sindicato pero no puede ser miembro activo de éste ni formar asociaciones.
68. La oradora es consciente de que Venezuela es un país de inmigrantes por lo que le sorprende que no haya concertado acuerdos sobre el cobro de la pensión alimenticia con otros países. Lamenta que la obligación de pagar alimentos se interprete de manera muy restrictiva y no incluya la educación.
69. Con respecto a la adopción, le preocupa que exista un sistema paralelo de adopción distinto al del organismo oficial (Instituto de Adopción) con arreglo al cual el niño es entregado directamente al adoptante en virtud de un acuerdo privado entre éste y la madre o los padres del niño. Por lo tanto, no hay garantía de que se protejan los intereses del niño ni de que se tenga en cuenta su voluntad. La Sra. Karp pregunta si ese procedimiento es compatible con las declaraciones sobre la adopción formuladas por Venezuela.
70. La Sra. OUEDRAOGO pregunta cómo se logra el equilibrio entre el ejercicio por el niño del derecho a la vida privada y el de la patria potestad. Desea saber si la supresión de ese derecho durante cierto período afectó también a los niños y si se ha restablecido en todo el territorio.
71. Desea saber también qué disposiciones concretas está adoptando el Gobierno para que, como se señala en el informe, prevalezca el interés del niño, que éste sea criado en un "ambiente que propicie la tolerancia y la convivencia democrática" y que ambos progenitores ejerzan la patria potestad..
72. La Sra. Ouedraogo pregunta en qué medida se han ejecutado los programas de ayuda a las familias económicamente desfavorecidas que se mencionan en los párrafos 112 y 133 del informe, teniendo en cuenta la crisis económica que enfrenta Venezuela. De hecho, la crisis ha provocado un aumento de la pobreza y ello ha tenido repercusiones en el bienestar de los niños, cuyos padres ya no pueden atender sus necesidades y cuyas madres han tenido que salir a buscar trabajo y dejar a los hijos solos por falta de una asignación que les permita pagar la guardería. La Sra. Ouedraogo pregunta pues qué disposiciones ha adoptado el Gobierno de Venezuela para aplicar el artículo 18 de la Convención.
73. La experta también pregunta si la legislación prevé medidas para los casos en que la situación económica (el desempleo o la extrema pobreza) de la persona que debe pagar una pensión alimenticia no le permite cumplir sus obligaciones y se encuentra en el extranjero.
74. El Sr. RABAH desea obtener información más detallada sobre otros tipos de tutela que no sean la adopción ni la colocación familiar.
75. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta cuáles serán los objetivos de la revisión del procedimiento penal relativo a los menores y si en esa revisión se tendrán en cuenta los intereses y derechos del niño.
76. La Sra. SARDENBERG invita al Gobierno de Venezuela a que organice una campaña de información pública para preparar a todas las personas que se ocupan de los intereses del niño durante los seis meses que faltan para la entrada en vigor de la ley sobre la protección de los niños y los adolescentes, ley revolucionaria y de importancia fundamental para Venezuela. Recuerda el problema que plantea la utilización del término "menor", palabra cargada de connotación en la historia de América Latina, porque se asocia con situaciones particulares de dictadura militar. La oradora desea obtener información detallada sobre la situación de los indígenas, especialmente los niños indígenas, con respecto a la educación y el aprendizaje de sus tradiciones y cultura.
77. Teniendo presente el deterioro de la situación económica en los últimos años, que ha afectado a un gran porcentaje de los niños de Venezuela, la oradora pregunta de qué forma se solucionará mediante los programas estatales el problema de los niños que no tienen acceso a la educación ni a los servicios de atención de la salud.
78. La oradora recuerda que la cuestión de la inscripción es de fundamental importancia para el Comité, ya que si un niño no está inscrito no puede hacer valer sus derechos. Al respecto, expresa su satisfacción porque el Gobierno de Venezuela es consciente de la importancia de esa cuestión, como señala en el informe complementario.
79. La Sra. Sardenberg desea obtener información más detallada sobre el sistema paralelo de adopción mencionado por los demás expertos, ya que se ha informado al Comité de casos graves en los no se ha garantizado un seguimiento ni se han respetado la ley ni las convenciones internacionales en que Venezuela es parte.
Se levanta la sesión a las 13.05 horas .