CRCConvención sobre los Derechos del Niño
Distr. GENERAL
CRC/C/SR.769 10 de junio de 2004
ESPAÑOL Original: INGLÉS
COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
29º período de sesiones
ACTA RESUMIDA DE LA 769ª SESIÓN
celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 27 de enero de 2002, a las 10.00 horas
Presidente : Sr. DOEK
SUMARIO
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES ( continuación )
Informe inicial de Bahrein
__________________
La presente acta podrá ser objeto de correcciones.
Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.
Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.
GE.02-40208 (EXT)
Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (tema 4 del programa) ( continuación )
Informe inicial de Bahrein (CRC/C/11/Add.24); (CRC/C/Q/BAH/1; respuestas del Gobierno de Bahrein presentadas por escrito a las preguntas que figuran en la lista de cuestiones (documento sin signatura distribuido en la sala de reunión en inglés únicamente)
1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Bahrein toman asiento como participantes a la mesa del Comité .
2. Sheik F. AL-KHALIFA (Bahrein) dice que mucho antes de la firma de la Convención en 1991 su Gobierno apoyaba y respaldaba invariablemente todos los esfuerzos realizados en los planos internacional y regional para proteger los derechos del niño y la familia. Como se señala en el párrafo 78 del informe inicial (CRC/C/11/Add.24), la Constitución de 1973 contiene numerosas disposiciones para la protección de la familia y del niño en particular.
3. Esos principios enunciados en la Constitución dimanan de la Sharia islámica, en la que se basa el sistema de la familia en Bahrein. Cuando se promulgó la legislación, el interés superior del niño figuraba en primer plano. El Estado vela por que los departamentos, instituciones y servicios oficiales encargados del cuidado y la protección del niño satisfagan los requisitos establecidos por la autoridad competente y estén en consonancia con la Convención.
4. El Comité Nacional de la Infancia, en colaboración con el Departamento para la Infancia de la Autoridad Pública para la Juventud y los Deportes y los ministerios, organismos y asociaciones privadas interesadas, se está esforzando por dar a conocer más ampliamente los derechos del niño y sensibilizar a la opinión pública respecto de la Convención y los informes sobre su aplicación. Se han organizado muchos simposios públicos y grupos de debate por radio y televisión antes y después de la ratificación de la Convención, en los que participaron representantes de los sectores público y privado de la sociedad, con el fin de realzar las disposiciones de la Convención y cotejarlas con la legislación vigente en el país. El Gobierno también está alentando la participación de los niños en conferencias y simposios organizados en Bahrein y fuera de él para examinar los diversos aspectos de la Convención y dar a ésta mayor difusión.
5. En el sector de la enseñanza, todos los institutos, sistemas y programas educativos se ajustan a las disposiciones constitucionales que garantizan los derechos y libertades, incluido el derecho de los niños discapacitados a recibir cuidados especiales.
6. En el sector de la atención de la salud se han ejecutado muchos programas, en particular campañas de sensibilización pública, para reducir la mortalidad perinatal y la mortinatalidad, la incidencia de enfermedades infecciosas, diarreicas y respiratorias, así como los accidentes.
7. En los últimos años Bahrein ha realizado enormes progresos en la promoción y protección de los derechos del niño como resultado de las reformas políticas, económicas y sociales realizadas por el Gobierno. Con todo, el país no es inmune a ciertos problemas comunes a muchas sociedades. Así pues, su delegación confía en que se celebre una deliberación franca con el Comité, cuya asistencia se solicita para superar los obstáculos que se oponen a la promoción y protección de los derechos del niño.
8. El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a plantear preguntas a la delegación acerca de las medidas generales de aplicación y la definición del niño.
9. El Sr. AL-SHEDDI agradece a la delegación la información complementaria que ha facilitado. Espera con interés las deliberaciones y está convencido de que Bahrein se beneficiará de las sugerencias y recomendaciones del Comité.
10. El orador dice que visitó Bahrein en varias ocasiones y pudo comprobar los progresos alcanzados gracias al Plan Nacional para la Infancia. La cooperación de Bahrein con diversos órganos internacionales de derechos humanos pone de manifiesto su determinación de cumplir plenamente las obligaciones que ha contraído en virtud de los tratados. El establecimiento del Comité de Derechos Humanos del Consejo Consultivo constituye otra indicación de que Bahrein está resuelto a realizar progresos en esa esfera.
11. El informe inicial de Bahrein, que ha sido elaborado con arreglo a las directrices del Comité, proporciona un cúmulo de información sobre los niños y sus necesidades. Sin embargo, el orador observa que el informe ha sido presentado con cierto retraso.
12. A juzgar por el párrafo 36 del informe, la Convención tiene fuerza de ley, pero el orador no ha encontrado información básica alguna acerca de la aplicación efectiva de la Convención en la legislación interna. ¿Qué decisiones se han adoptado para dar efectividad a las disposiciones de la Convención e incorporar esas disposiciones en las leyes, normas y reglamentos del país? ¿De qué posibilidades dispone el Comité Nacional de la Infancia para actuar sobre las disposiciones de la Convención? ¿Cuál es el grado de independencia de ese Comité, de qué personal y recursos dispone y cómo tramita las denuncias?
13. El orador desearía también saber si existe un vínculo entre el Comité Nacional de la Infancia y el Comité de Derechos Humanos del Consejo Consultivo.
14. La difusión de la Convención reviste importancia para dar a conocer a la opinión pública su contenido. Bahrein deberá facilitar la Convención a los enseñantes, en particular a los que trabajan con los niños en las escuelas, así como a las familias, que desconocen con frecuencia los derechos enunciados en la Convención. El Comité ha sido informado de que la versión de la Convención en lengua árabe no incluye algunas de sus disposiciones, y pregunta a la delegación la razón de ello.
15. La Sra. SARDENBERG dice que le complace ver que una mujer forma parte de la delegación, aunque opina que la proporción -una mujer por ocho hombres- es un tanto desequilibrada. La oradora observa que cuatro mujeres han sido nombradas últimamente para formar parte del Consejo Consultivo. ¿Ocupan esas mujeres puestos de responsabilidad en el Gobierno?
16. Bahrein sólo ha ratificado tres de los principales instrumentos de derechos humanos, pero no ha ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. ¿Tiene el Gobierno la intención de adherirse a otros instrumentos de derechos humanos? La oradora se congratula de que Bahrein haya retirado su reserva al artículo 20 de la Convención contra la Tortura y pregunta si se ha producido alguna novedad por lo que respecta a la solicitud del Relator Especial sobre la tortura para visitar Bahrein.
17. En los últimos años Bahrein ha realizado importantes progresos en la mejora de la situación económica de su población, en particular de los niños. A este respecto, la oradora desearía recibir información actualizada sobre el Plan Nacional para la Infancia. ¿Cuáles de las decisiones adoptadas a este respecto se encuentran ya en vigor? La existencia de 360 organizaciones no gubernamentales (ONG) en Bahrein representa un cambio muy rápido, ya que el país no contaba con ninguna en un pasado no demasiado distante. ¿Se ha promulgado nueva legislación acerca de las ONG? ¿Qué condiciones rigen el establecimiento de tales entidades?
18. Bahrein cuenta con un nutrido grupo de trabajadores migrantes. La oradora pregunta cuál es la situación de esos trabajadores y de sus hijos.
19. La Sra. OUEDRAOGO acoge con beneplácito las disposiciones que permiten invocar la Convención ante los tribunales y pide a la delegación que cite un ejemplo de un caso de esa clase que tenga que ver con los niños. ¿Hasta qué punto respetan los tribunales basados en la Sharia el interés superior del niño y los principios generales de la Convención? ¿Han surgido dificultades a este respecto? ¿Participan los jefes tribales en la aplicación de la Convención?
20. El informe no facilita información sobre la capacitación de los profesionales. ¿Qué se ha hecho para garantizar que esas personas tengan en cuenta la Convención en sus actividades? ¿Qué avanzados están los planes para la enseñanza de la Convención en la escuela? ¿Cómo participan los niños en el proceso de adopción de decisiones por lo que respecta a las cuestiones que les afectan?
21. El informe no facilita información alguna sobre la edad mínima legal para contraer matrimonio. ¿Existe alguna legislación que prohíba a los niños contraer matrimonio antes de alcanzar una determinada edad?
22. En el informe se hace referencia a grupos de trabajo adjuntos a los Ministerios de Educación, del Trabajo y de Asuntos Sociales, así como a un comité interministerial que se ha reunido para elaborar el Plan Nacional para la Infancia. ¿Cómo se relaciona ello con los esfuerzos realizados por el Gobierno para aplicar la Convención? ¿Cómo colaboran esos órganos con el Comité Nacional de la Infancia y el Comité de Derechos Humanos del Consejo Consultivo?
23. La Sra. AL-THANI dice que el hecho de que la Sharia islámica establezca una edad mínima para contraer matrimonio no impide al Comité establecer un límite de conformidad con las necesidades contemporáneas. A juzgar por la información que ella ha visto, el 25% de las mujeres de Bahrein contraen matrimonio antes de los 19 años. Ello no representa un obstáculo para su educación. ¿En qué disposiciones legales se establece la edad mínima para contraer matrimonio? Los líderes religiosos pueden desempeñar un papel importante para velar por que esas decisiones no tengan repercusiones desfavorables en las personas de que se trata. El Comité considera que la edad mínima de 14 años para el trabajo infantil en Bahrein es más bien baja. ¿Qué restricciones rigen la jornada laboral para los niños de 14 a 18 años?
24. En cuanto al presupuesto, las respuestas presentadas por escrito por Bahrein ponen de manifiesto que se han reducido considerablemente las asignaciones para la educación y la atención de la salud. ¿Constituye ello un motivo de preocupación? ¿Cabe esperar que sigan disminuyendo las asignaciones para esos sectores? La oradora observa que la atención primaria de la salud en Bahrein es una de las mejores en la región del Golfo.
25. La oradora entiende que la legislación de Bahrein sobre el niño está siendo revisada y que se están adoptando medidas para elaborar una ley sobre los derechos del niño, teniendo en cuenta las disposiciones de la Convención. Ello constituiría un avance importante.
26. El Sr. CITARELLA cree saber que la Constitución fue suspendida en 1975 y que aún no ha vuelto a entrar en vigor. Si eso es así, no cabe citar la Constitución en el informe en relación con la protección de los derechos. El orador pide una explicación acerca del trato discriminatorio que, con arreglo a los principios generales de la Constitución, se da a los ciudadanos distintos de los de Bahrein. Puesto que en el informe se señala que la Convención tiene el mismo rango que la legislación interna, el orador solicita información acerca de cualesquiera precedentes legales en los que los jueces hayan invocado la Convención. En la versión árabe de la Convención publicada en Bahrein, se han omitido al parecer algunas secciones importantes. Es más, se afirma que los principios de la Sharia deben tener precedencia sobre la Convención. Esas omisiones y excepciones no cuadran con el hecho de que Bahrein no ha formulado reservas oficiales a la Convención.
27. La Sra. CHUTIKUL dice que le gustaría se le facilitase información complementaria sobre la coordinación de la aplicación de la Convención. La delegación debe indicar los vínculos horizontales que existen entre el Comité Nacional de la Infancia y los ministerios gubernamentales, así como los vínculos verticales que el Comité Nacional mantiene con las autoridades locales. La oradora apreciaría se le diera una explicación sobre el modo en que el Comité Nacional supervisa las actividades relacionadas con la aplicación, y sobre la manera en que lleva a cabo la investigación de las denuncias. Pregunta si dicho Comité se mantiene en estrecho contacto con el Comité de Derechos Humanos del Consejo Consultivo y con una ONG recientemente creada, a saber la Sociedad de Derechos Humanos de Bahrein. Convendría saber si está previsto examinar los logros realizados por el Plan Nacional para la Infancia, que empezó a aplicarse a raíz de la Conferencia en la Cumbre para la Infancia celebrada en 1990.
28. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ dice que se congratula de la evolución positiva en Bahrein respecto de la liberalización del entorno político y la introducción de mecanismos para la protección de los derechos humanos. Pide a la delegación que aclare si se han recortado las asignaciones presupuestarias para la salud y la educación, sobre todo habida cuenta de que no se han facilitado cifras para 2001. La oradora estaría muy reconocida si se facilitara una relación de las organizaciones del sector privado, tales como centros de salud o escuelas, que prestan servicios a los hijos de los trabajadores migrantes. Le interesaría saber si esas organizaciones están subvencionadas por el Gobierno y si tienen que satisfacer los mismos requisitos que los establecimientos del sector público.
29. La Sra. KARP dice que el establecimiento de la democracia en Bahrein debe ir acompañado de la creación de una cultura de los derechos humanos. La plena aplicación de la Convención también entraña un cambio en las actitudes hacia el niño. En un folleto titulado "Leyes y legislación sobre la infancia en el Estado de Bahrein", el Primer Ministro ha declarado que "los niños son el futuro y la esperanza del mañana". Ahora bien, según la Convención, los niños son algo más que una inversión para el futuro; son sujetos contemporáneos con derechos que les son inherentes. La oradora pregunta hasta qué punto han participado los niños en la aprobación del Plan Nacional para la Infancia, y cómo han participado en el proceso educativo conducente a la toma de conciencia respecto de los derechos humanos. Pregunta si se ha creado en el Comité de Derechos Humanos una dependencia específica encargada de tramitar las denuncias presentadas por los niños. En cuanto a la Sharia, la oradora entiende que el trato dado a los niños difiere según se apliquen las leyes de las comunidades sunnitas o chiitas. A su juicio, los principios generales que rigen el interés superior del niño deben ser los mismos para todos los sectores de la población. La oradora pregunta cómo resuelven los tribunales las diferencias en la legislación personal.
30. El PRESIDENTE pide aclaraciones acerca del número de nacionales, distintos de los de Bahrein menores de 18 años que residen en el país. La cifra facilitada en las respuestas presentadas por escrito no puede ser correcta por cuanto excede de la población total estimada de nacionales distintos de los de Bahrein. Le gustaría saber más acerca de la relación existente entre el common law y la Sharia. En particular, pregunta cómo prevé el Gobierno poner la Sharia, que es un conjunto de principios mayormente no escritos, en consonancia con la Convención. Señalando a la atención del Comité la discrepancia entre la mayoría de edad definida por la Ley de custodia de la propiedad (21 años) y la facilitada por la Ley de la nacionalidad de Bahrein (18 años), el orador pregunta si el Gobierno prevé armonizar la legislación a ese respecto. En lo referente al Código Civil, el orador no alcanza a comprender quién paga por los daños causados en los casos relacionados con los delitos cometidos por menores, dado que no se puede tramitar una causa civil en tales circunstancias. El orador pregunta si está previsto alinear la edad mínima para el empleo, que actualmente es de 14 años, con la edad mínima para abandonar la educación obligatoria, que es de 15 años.
Se suspende la sesión a las 11.15 horas y se reanuda a las 11.30 horas .
31. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que las mujeres de su país tienen acceso a los centros de enseñanza desde el decenio de 1920-1930 y que, por consiguiente, muchas mujeres ocupan altos cargos en la sociedad. Además de las cuatro mujeres nombradas al Consejo Consultivo, se ha atribuido rango ministerial a la Secretaria General del Consejo Supremo de Mujeres, lo que constituye un hecho sin precedente en la región del Golfo. La sociedad en su país es abierta y está experimentando una liberación aún mayor.
32. El Gobierno de su país trata invariablemente de determinar los medios de potenciar el diálogo con los organismos de las Naciones Unidas. Su Gobierno está estudiando la posibilidad de firmar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y se espera que se adopte en breve una solución al respecto, y ha acogido recientemente visitas de los representantes del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y de las ONG. Habida cuenta de que Bahrein es un país pequeño con recursos limitados, no es razonable esperar que pueda estar listo para recibir visitas en todo momento. Los preparativos para la visita del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria han llevado cuatro años. Las solicitudes para realizar visitas deben hacerse de manera espaciada y sobre la base de una información fidedigna.
33. En respuesta a una pregunta acerca de la supervisión, el orador explica que la Sociedad de Derechos Humanos y el Comité Nacional de Derechos Humanos de Bahrein asumen ambos la responsabilidad por la supervisión de la aplicación de la Convención. La primera es una organización no gubernamental, y el segundo ha sido establecido por el Consejo Consultivo.
34. Sheik F. AL-KHALIFA dice que el número de mujeres como porcentaje de la fuerza de trabajo es más elevado que en otros países de la región del Golfo. Más del 35% de los funcionarios del Gobierno son mujeres, y éstas representan el 29% de la fuerza laboral en general. El número de mujeres en la Universidad de Bahrein es superior al de los hombres, y las mujeres representan cerca del 65% de la población estudiantil total de 14.000 personas.
35. Existen básicamente dos razones de que hayan disminuido las asignaciones presupuestarias para la educación y la salud. La primera es la privatización. El sector privado está asumiendo muchas responsabilidades oficiales, mientras que el Gobierno proporciona terreno a las escuelas y los centros de salud. La segunda razón es el aumento de las donaciones que el Gobierno recibe de países extranjeros, en especial de Kuwait, que ha financiado varios proyectos de construcción de centros de salud y educación, así como de Arabia Saudita, que ha proporcionado fondos para el pago de los salarios de los enseñantes.
36. El Sr. AL-FAIHINI (Bahrein) hace hincapié en el hecho de que la Constitución del Estado de Bahrein no ha sido suspendida en ningún momento, sino sólo dos artículos de la misma relativos al Parlamento. La Carta de Acción Nacional versa ahora sobre esas cuestiones parlamentarias, y en ella se establecerán plazos para la aplicación del proceso democrático.
37. La Sra. AL-DOSSARY (Bahrein) remite a los miembros del Comité a las respuestas presentadas por escrito acerca del historial y el papel del Comité Nacional de la Infancia (pág. 6) y de los planes para incorporar la Convención en los planes de estudio de las escuelas (pág. 7). Tanto el Comité de Derechos Humanos del Consejo Consultivo como el Comité Nacional de la Infancia se ocupan de las cuestiones del niño, aunque no existe un mecanismo oficial para coordinar la labor de ambos.
38. El Sr. BU HAMOOD (Bahrein) explica que si una ley entra en conflicto con la Constitución, cualquier persona puede pedir a los tribunales que la declare nula e írrita. Corresponde a los tribunales aplicar las leyes que están en consonancia con la Constitución y otras normas generales de derecho. Bahrein jamás ha invocado la Ley sobre los estados de excepción, que ya no permanece en vigor. Los padres o los tutores son responsables por los delitos cometidos por menores de 21 años.
39. El Sr. DERBASS (Bahrein) dice que en los últimos años ha aumentado el número de ONG, que actualmente ascienden a 360, frente a las 218 que existían antes de la adopción de la Carta de Acción Nacional. Muchas asociaciones políticas y femeninas supervisan de cerca la evolución, y un comité presidido por el Príncipe Heredero y en el que figuran representantes de la sociedad civil está revisando la Ley 21 sobre asociaciones, cuya variante enmendada será sometida a la aprobación del Consejo Consultivo. Esas asociaciones reciben asistencia financiera y los recursos humanos necesarios para poder desempeñar el papel que se les ha confiado. Un comité de coordinación para la acción civil coopera con los órganos gubernamentales y otros organismos. La Sharia islámica no establece una edad mínima para contraer matrimonio, pero pronto se establecerá esa edad, que probablemente sea de 21 años.
40. La Sra. AL-THANI pregunta si la edad será la misma para las niñas y los niños.
41. El PRESIDENTE recaba las opiniones de la delegación sobre la cuestión de un órgano gubernamental que se encargue de coordinar la acción de las distintas comisiones interministeriales y del Comité de Derechos Humanos.
42. La Sra. SARDENBERG pide a la delegación que se pronuncie acerca de su impresión de que los extranjeros tienen que pagar por una amplia gama de servicios que se prestan gratuitamente a los ciudadanos. Asimismo, ¿preverá la ley de asociaciones enmendada la independencia de las ONG?
43. La Sra. KARP pregunta por qué en la versión publicada por las autoridades se han omitido ciertos artículos de la Convención, si hay una dependencia especial en el Comité de Derechos Humanos que tramita las denuncias presentadas por los niños y si éstos participan en el proceso de democratización. ¿Puede decir la delegación cuál es el plazo establecido para la transferencia de la Fiscalía del Ministerio del Interior al Ministerio de Justicia, lo que puede tener importantes repercusiones en el sistema de justicia de menores?.
44. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ pregunta si la legislación sobre los niños que revisará el Comité Nacional de la Infancia es la misma que la que figura en el folleto "Leyes y legislación sobre la infancia en el Estado de Bahrein".
45. El Sr. CITARELLA pregunta por qué se han suprimido del texto publicado ciertos artículos de la Convención. Bahrein no formuló reserva alguna al ratificar la Convención; parece más bien afirmar que la Convención tiene fuerza de ley siempre que no entre en conflicto con la Sharia. Además, la definición nacional no establece la edad mínima de responsabilidad penal.
46. Sheik F. AL-KHALIFA dice que el Comité Nacional de la Infancia está integrado por 15 miembros procedentes de los distintos Ministerios, lo que contribuye a garantizar una coordinación interministerial adecuada. Por supuesto, si aumenta el número de ONG representadas en él (dos), aumentarán las aportaciones recibidas de ellas. Asimismo, está a punto de establecerse un centro de derechos humanos. En Bahrein, a diferencia de lo que ocurre en algunos países vecinos, no hay discriminación alguna entre los ciudadanos y los no nacionales por lo que respecta a los servicios de salud y educación.
47. En cuanto a la formación de profesionales en cuestiones relacionadas con la Convención, el Ministerio de Educación ha anunciado recientemente que los derechos humanos se enseñarán como parte del currículo escolar a partir del año 2003. El Ministro ha dado el visto bueno a la solicitud del Comité Nacional de la Infancia de organizar un seminario para capacitar a los futuros profesores. Una conferencia, a la que asistieron cerca de 400 niños y que fue retransmitida por la televisión de Bahrein, también permitió a los niños plantear cuestiones de interés para ellos y hacer recomendaciones, a las que se dará seguimiento en un futuro cercano.
48. La Sra. KARP pregunta si la delegación puede aportar precisiones sobre los temas que los niños consideran prioritarios e indicar cómo las autoridades las solucionan.
49. La Sra. AL-DOSSARY dice que, para gran sorpresa suya, la guerra apareció como el tema principal, aun cuando Bahrein no se encuentra en una zona de conflicto. Así pues, en abril de 2002 se retransmitirá en directo un programa de televisión, con aportaciones de los niños, para encontrar soluciones a los problemas bélicos. A la oradora le ha impresionado el que muchos niños hayan sugerido que el diálogo es la solución más eficaz.
50. Sheik F. AL-KHALIFA dice que, a instancias del Primer Ministro, se ha puesto en marcha el procedimiento para la transferencia de la Fiscalía al Ministerio de Justicia.
51. El Sr. BU HAMOOD dice que los acontecimientos han dado al traste con los planes de las autoridades. El Consejo Consultivo tiene que discutir el proyecto de la transferencia antes de que se pueda introducir una enmienda en la legislación. Dado que la Fiscalía necesitará personal cualificado, se está procediendo al ulterior adiestramiento de personas con la capacidad necesaria, tras lo cual la ley preverá la transferencia al Ministerio de Justicia.
52. El Sr. AL-FAIHANI dice que la omisión de ciertos artículos de la Convención se debe a una inadvertencia. Con menos de un millón de habitantes, Bahrein carece de los recursos humanos necesarios para preparar informes, hecho que el Comité debe tener en cuenta en relación con el presente informe y los informes futuros. Respondiendo a una pregunta de la Sra. Karp, el orador dice que los eruditos religiosos desempeñan un papel importante en la educación de los niños y se oponen firmemente al extremismo. El Comité de Derechos Humanos examina todas las denuncias, incluso las presentadas por los niños. En los últimos nueve meses de 2001 ha examinado unos 600 casos, aunque no se dispone de datos estadísticos sobre las denuncias presentadas por los niños.
53. El PRESIDENTE pregunta si tiene razones para suponer que no hay una dependencia especial que se ocupe de las denuncias presentadas por los niños y que todas las denuncias son tramitadas por el Comité de Derechos Humanos.
54. La Sra. AL-DOSSARY dice que eso es así, pero que se prestará consideración al establecimiento de una dependencia especial.
55. El PRESIDENTE pregunta si el Comité Nacional de la Infancia puede desempeñar esa función.
56. Sheik F. AL-KHALIFA dice que los miembros del Comité Nacional de la Infancia plantean cuestiones relacionadas con los niños y que posteriormente transmiten a los ministerios pertinentes. Sin embargo, ningún ministerio en concreto se ocupa de los niños.
57. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que una dependencia del Ministerio de Salud también se ocupa de las cuestiones relacionadas con la salud del niño y el maltrato de menores.
58. El PRESIDENTE dice que es preciso aclarar la situación de la Convención en el ordenamiento jurídico de Bahrein. Según el Estado Parte, la Convención se ha convertido en parte integrante de la legislación de Bahrein y sus disposiciones son vinculantes. ¿Prevalece la Sharia islámica en los casos en que el ordenamiento jurídico interno entra en conflicto con la Convención?
59. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que no existe contradicción alguna entre las disposiciones de la Convención y la Sharia islámica. Ambas tienen por objeto promover y proteger los derechos del niño.
60. La Sra. KARP dice que la Sharia islámica se presta a interpretaciones, lo que significa que no siempre está en consonancia con las disposiciones de la Convención. La oradora expresa preocupación especial por los derechos de los niños nacidos fuera de matrimonio, los derechos de sucesión y el distinto trato dado a los niños y las niñas. El Estado Parte debe precisar cómo piensa velar por que todas las interpretaciones de las Sharia estén en consonancia con la Convención.
61. El Sr. CITARELLA dice que, al difundir la Convención, se han omitido varios artículos de ésta. Las opiniones del Estado Parte respecto a la adopción es una de las fuentes de conflicto entre la Sharia islámica y la Convención.
62. El Sr. AL-FAIHANI (Bahrein) dice que, según la Sharia, los niños disfrutan de mejores derechos de sucesión que los previstos en muchos otros ordenamientos jurídicos. El Estado Parte no puede perderse en conjeturas acerca del modo en que los particulares puedan interpretar la ley. Por ejemplo, la reciente ola de ataques suicidas en otros países del mundo es el resultado de una interpretación de la ley islámica, lo que no quiere decir que la interpretación sea aceptable.
63. Sheik F. AL-KALIFHA (Bahrein) dice que en su país no hay un tribunal propiamente dicho basado en la Sharia. Se establecerá un Tribunal Constitucional para que actúe como la más alta autoridad judicial.
64. El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a formular preguntas acerca de los principios generales, los derechos y libertades civiles y el entorno familiar y otro tipo de tutela.
65. El Sr. AL-SHEDDI solicita información adicional sobre el papel que desempeña el Comité Nacional de la Infancia. Se pide al Estado Parte que indique qué medidas ha adoptado ese Comité desde que fue establecido en 1990. También debe facilitarse información adicional sobre los derechos de que disfrutan los no ciudadanos de Bahrein, habida cuenta de que éstos representan aproximadamente una tercera parte de la población. Así, mientras que en el párrafo 75 del informe inicial del Estado Parte se señala que el Estado respeta y garantiza los derechos de cada niño sin discriminación alguna, también se señala que 17 de las 39 escuelas privadas en Bahrein son para extranjeros, lo que significa que los niños extranjeros no pueden asistir a las mismas escuelas que los niños de Bahrein. El orador expresa preocupación por el hecho de que, aun cuando no se prohíbe a los niños expresar su punto de vista, tampoco se les brinda tradicionalmente la oportunidad de expresar sus opiniones dentro de la familia. Sería interesente saber si el Comité Nacional de la Infancia ha organizado campañas de sensibilización para alentar a las familias a escuchar a sus hijos.
66. La cuestión de los abusos cometidos contra los niños tiene que ser abordada con carácter de urgencia. Al igual que en otros Estados árabes, se maltrata a los menores cuando la gente no conoce suficientemente los efectos negativos de tal actitud. En el párrafo 176 del informe inicial se hace referencia al Comité para la Protección del Niño, constituido por el Ministerio de Salud con miras a la formulación de un plan para garantizar esa protección. El orador pregunta porqué el Ministerio de Salud es específicamente responsable de abordar el problema de los abusos cometidos contra los niños, ya que muchos casos de violencia doméstica no se señalan a la atención de las instituciones del sector de la salud. ¿Qué medidas se están adoptando para solucionar los casos de la violencia "encubierta"? El Estado Parte debe facilitar datos específicos sobre la cuestión e indicar qué medidas adopta el Comité Nacional de la Infancia u otros organismos para remediar el problema. ¿Qué procedimientos se siguen, por ejemplo, si un doctor informa sobre un caso de abusos contra un niño?
67. La Sra. SARDENBERG encomia al Estado Parte por las medidas positivas que ha adoptado para aplicar la Convención. Se congratula de los esfuerzos realizados para nombrar a un mayor número de mujeres a altos cargos y alienta al Gobierno a ratificar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
68. La oradora destaca la importancia de difundir la versión íntegra de la Convención. Ésta debe concebirse como un documento comprensivo que se caracteriza por la coherencia en el desarrollo de ideas y derechos. Acoge con beneplácito que un periódico de Bahrein haya informado que el Estado Parte envió una delegación a la sesión del Comité. La prensa es un instrumento importante que debe utilizarse para sensibilizar a la opinión pública respecto de la Convención. Aun cuando el Estado Parte dispone de recursos financieros suficientes y puede contar con el apoyo de los organismos de las Naciones Unidas y la cooperación internacional, es evidente que existen algunos inconvenientes por lo que respecta a los recursos humanos. Es preciso realizar mayores esfuerzos para difundir la Convención entre todos los profesionales que trabajan con los niños.
69. El Estado Parte debe precisar si la Organización General para la Juventud y los Deportes es una ONG. ¿Cuál es exactamente su mandato? Sería interesante saber cómo colabora con otros organismos en la solución de los problemas que afectan a los niños. En un documento facilitado al Comité por el Estado Parte y titulado "Promoción y protección de los derechos humanos en el Estado de Bahrein" se señala que el Gobierno "patrocina" a los huérfanos, a las divorciadas y a las viudas. ¿Puede el Estado Parte explicar qué significa eso? En la sección del informe inicial relativa a los principios generales el Estado Parte se centró más bien en las decisiones legales que en las cuestiones prácticas. Debe señalar si la Ley de pasaportes de 1975, en la que se estipula que no se puede conceder pasaporte a una mujer casada sin el consentimiento de su marido, aún sigue en vigor. En cuanto a la cuestión de la educación, la oradora no alcanza a comprender por qué ciertos cursos de formación profesional impartidos a nivel secundario, como la gestión de hotelería y la agricultura, sólo son accesibles a los niños, mientras que otros, como el diseño gráfico y la costura, sólo se destinan a las niñas.
70. El Código de la Disciplina Escolar, a que se hace referencia en el párrafo 117 del informe inicial, ha sido diseñado para desarrollar el sentido de responsabilidad entre los escolares, preservar su dignidad, salvaguardar sus derechos, garantizar la justicia y la igualdad en la aplicación de medidas disciplinarias y prohibir las palizas y los castigos corporales en todas las escuelas. También se brinda a los alumnos la posibilidad de presentar denuncias. ¿Puede el Estado Parte precisar cómo se ha puesto en práctica el Código y si éste ha sido evaluado?
71. La Sra. AL-THANI dice que una de las recomendaciones formuladas en el reciente congreso organizado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) sobre el maltrato de menores en los Estados del Golfo invita, como cuestión de prioridad, a realizar un amplio estudio sobre los abusos cometidos contra los niños. Convendría saber si Bahrein ha participado en ese congreso y si se han adoptado medidas para emprender un estudio sobre el maltrato de menores. También sería interesante saber si se tiene en cuenta la violencia sexual y la violencia física.
72. Se necesita información complementaria sobre el sistema de acogida, denominado Kafala, que es la alternativa islámica a la adopción. El Estado Parte debe indicar si hay un mecanismo de supervisión encargado de velar por que los niños colocados en hogares de guarda no padecen abusos. Las normas relativas a la nacionalidad son poco claras, sobre todo en lo que se refiere a los niños cuyos padres no son ciudadanos de Bahrein. También sería interesante saber más acerca de la situación de 200 familias apátridas, conocidas como los Bidoon. ¿Se ha concedido a esas familias la nacionalidad de Bahrein? El informe pone de manifiesto que los tribunales basados en la Sharia están subdivididos en salas sunnitas y jaafari y están facultados para examinar disputas personales, en particular en relación con el matrimonio, el divorcio, la herencia y la custodia del niño. Es preciso facilitar información complementaria sobre esos dos sistemas diferentes, que no siempre tienen en cuenta el interés superior del niño.
73. El Sr. CITARELLA expresa su preocupación por el hecho de que, en virtud del artículo 18 de la Constitución, sólo los ciudadanos de Bahrein se consideran iguales ante la ley. ¿Qué protección se otorga a los no ciudadanos?. El orador dice que, si bien los servicios sociales se prestan gratuitamente a todas las personas que viven en Bahrein, que él sepa los no nacionales están obligados en ocasiones a pagar un precio especial por los servicios de salud y educación. ¿Puede el Estado Parte confirmarlo? Convendría saber qué medidas se están adoptando para modificar las actitudes tradicionales acerca de la edad precoz de las niñas para contraer matrimonio.
74. La Sra. OUEDRAOGO dice que la formación profesional sobre las disposiciones de la Convención debe impartirse no sólo a los maestros, sino también a todos los demás profesionales que trabajan con los niños, como los trabajadores sociales y los miembros del cuerpo de policía. La oradora pregunta qué medidas deben adoptarse para inscribir en el registro el nacimiento de un niño nacido fuera de matrimonio y cuál es la legislación vigente que protege los derechos de esos niños. En cuanto a la sección del informe relativa a la no discriminación, la oradora señala que en ella no se hace referencia a las personas con discapacidades. En el informe inicial se señala que, a raíz de un estudio sobre las circunstancias familiares, se ha prestado consideración a la necesidad de adoptar procedimientos de adopción en virtud de los cuales los no ciudadanos de Bahrein no podrán adoptar niños dentro del Estado, aunque se les prestará ayuda para adoptar niños del extranjero. Convendría saber más sobre la cuestión. Por ejemplo, ¿cuáles son las directrices para ese tipo de adopción y si existe un mecanismo de supervisión?
75. La Sra. KARP pregunta si se brindará algún tipo de capacitación a los profesionales que trabajan en la esfera de la legislación de menores. Aun cuando se congratula de que el Estado Parte haya retirado su reserva al artículo 20 de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la oradora expresa su preocupación porque los informes del Relator Especial sobre la tortura muestran que los niños siguen siendo víctimas de la tortura. Es más, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria ha señalado que se mantiene a los niños en detención arbitraria. La oradora reconoce que el Gobierno se esfuerza por mejorar la situación actual. Es preciso facilitar ejemplos de las medidas prácticas que se han adoptado para llevar ante la justicia a los autores de los abusos. ¿Ha considerado el Estado Parte, por ejemplo, la posibilidad de establecer un órgano policial de vigilancia? Por último, la oradora pregunta si se han creado mecanismos para ayudar a los niños que son víctimas de los abusos.
76. La Sra. TIGERSTEDT-TÄHTELÄ cita las respuestas presentadas por escrito en el sentido de que, aun cuando el Ministerio del Interior no cuenta con un presupuesto específico para la protección del niño, dicho Ministerio está dispuesto a sufragar todos los gastos relacionados con la protección del niño en que incurren las instituciones encargadas del bienestar, la prevención del delito y la rehabilitación del niño. Que ella sepa, son otros ministerios los que se encargan del bienestar y la rehabilitación del niño. ¿Puede el Estado Parte aclarar este asunto?
77. El PRESIDENTE pregunta quién se encarga de colocar a los niños en el Centro de Bienestar de la Infancia a que se hace referencia en el informe inicial. ¿Esta abierto ese Centro a los hijos de no ciudadanos de Bahrein? En cuanto a la cuestión de la guarda, el orador pregunta por qué no se permite a las familias de no ciudadanos de Bahrein adoptar a niños en virtud del sistema Kafala. Por último, recaba información sobre la eficacia de las medidas adoptadas para garantizar el pago de la pensión alimenticia a raíz de un divorcio.
Se levanta la sesión a las 13.05 horas .