Índice
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Introducción |
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Organización de la reunión |
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Reunión con el Presidente del Consejo de Derechos Humanos |
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Décima reunión conjunta de presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y titulares de mandatos de procedimientos especiales |
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Consultas oficiosas con los Estados partes |
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Reunión con la División de Servicios de Conferencias de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra |
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Decisiones y recomendaciones |
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Anexo |
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Informe de la séptima reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos |
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I.Introducción
La 20ª reunión de los presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, convocada de conformidad con lo dispuesto en la resolución 49/178 de la Asamblea General, se celebró en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en Ginebra, el 26 y el 27 de junio de 2008. La reunión estuvo inmediatamente precedida por la séptima reunión de los comités, que se celebró del 23 al 25 de junio de 2008.
II.Organización de la reunión
Asistieron los siguientes presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos: Philippe Texier, Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Fatima-Binta Victoire Dah, Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial; Dubravka Šimonović, Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer; Rafael Rivas Posada, Presidente del Comité de Derechos Humanos; Abdelhamid El-Jamri, Presidente del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares; Yanghee Lee, Presidenta del Comité de los Derechos del Niño; y Silvia Casale, Presidenta del Subcomité para la Prevención de la Tortura. Fernando Mariño-Menéndez representó al Comité contra la Tortura.
La Sra. Victoire Dah fue elegida Presidenta/Relatora de la reunión y la Sra. Šimonović fue elegida Vicepresidenta. Los presidentes aprobaron el programa (HRI/MC/2008/1) y el proyecto de programa de trabajo.
III.Reunión con el Presidente del Consejo de Derechos Humanos
Los presidentes se reunieron con el recién designado Presidente del Consejo de Derechos Humanos y también con el anterior Presidente del Consejo. El Presidente subrayó la función complementaria de los órganos creados en virtud de tratados y del Consejo, así como el papel de los órganos creados en virtud de tratados como piedra angular del mecanismo de Examen Periódico Universal y el hecho de que se reforzaran entre sí. Formuló diversas propuestas sobre el modo de institucionalizar la relación entre el Consejo y los órganos creados en virtud de tratados.
El Presidente anterior señaló que el Consejo y el Examen Periódico Universal carecían de un mecanismo de seguimiento, asunto que seguía siendo delicado para los Estados Miembros. Indicó que el Consejo de Derechos Humanos había fortalecido el papel de los órganos creados en virtud de tratados al poner de relieve la obligación que incumbía a los Estados partes de presentar informes y la importancia de que se cumplieran las obligaciones sustantivas dimanantes de los tratados y se aplicaran las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados.
Los presidentes acogieron con satisfacción la propuesta de establecer una relación institucional entre los órganos creados en virtud de tratados y el Consejo, que podría incluir, según sugirieron, la práctica de invitar a esos órganos a que hicieran uso de la palabra en las sesiones temáticas del Consejo. Algunos consideraron que los órganos creados en virtud de tratados deberían participar en todas las deliberaciones del Consejo. Los presidentes destacaron que era importante que los órganos creados en virtud de tratados tomaran en cuenta las recomendaciones del Consejo en el contexto del Examen Periódico Universal, pero les preocupaba la falta de un mecanismo de seguimiento en el Consejo. El Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales celebró que el Consejo hubiera aprobado recientemente el proyecto de protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales relativo a las denuncias individuales y expresó su gratitud a la Presidenta del Grupo de Trabajo por su dinámico papel en ese contexto.
IV.Décima reunión conjunta de presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y titulares de mandatos de procedimientos especiales
El 26 de junio de 2008, los presidentes se reunieron con los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. La reunión fue copresidida por la Presidenta de la reunión de relatores/representantes especiales, expertos y presidentes de grupos de trabajo de los procedimientos especiales y la Presidenta de la reunión de presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.
Se intercambiaron opiniones sobre el seguimiento de las recomendaciones de los procedimientos especiales y de los órganos creados en virtud de tratados, incluso en el contexto del Examen Periódico Universal. Se consideró que éste y los procesos de los órganos creados en virtud de tratados y de los procedimientos especiales eran complementarios y se reforzaban entre sí, y varios presidentes de órganos creados en virtud de tratados señalaron que, al examinar los informes de los Estados partes, tendrían en cuenta las recomendaciones surgidas del Examen, al igual que las promesas hechas por los Estados durante ese proceso.
Se convino en que era posible reforzar el nivel de cooperación y coordinación entre los órganos creados en virtud de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales. Se insistió en la importancia de una interacción más directa entre los mecanismos. Podría abarcar la participación de los titulares de mandatos pertinentes en los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados cuando se examinaran los informes de los Estados partes en que los titulares de mandatos de procedimientos especiales pudieran contribuir con sus conocimientos especializados y hacer aportaciones concretas. La participación de los titulares de mandatos para los países adquiría particular importancia en los casos en que, en ausencia de un informe, se examinara la aplicación de un tratado en el Estado parte. Se puso de relieve el papel decisivo de la Secretaría para asegurar el intercambio de información entre los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales y, en ese sentido, se sugirió que para ello se asignaran recursos financieros.
Los participantes subrayaron la importancia de tomar como fundamento las recomendaciones que cada uno de ellos formulara y, al respecto, un titular de mandato indicó que podía dialogar seriamente con los gobiernos gracias a que basaba sus recomendaciones para los países en las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados. El Relator Especial sobre la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo propuso que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales estudiara la posibilidad de preparar una observación general sobre las repercusiones que las medidas de lucha contra el terrorismo tenían para el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales. Dijo que en su siguiente informe se ocuparía en particular de las repercusiones de las medidas de lucha contra el terrorismo en las mujeres y los niños y que celebraba la cooperación con el Comité de los Derechos del Niño y con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. Se propuso también que se estudiara la posibilidad de que los titulares de mandatos de procedimientos especiales efectuaran visitas a los Estados antes de que éstos fueran objeto de examen en los órganos creados en virtud de tratados.
V.Consultas oficiosas con los Estados partes
El 26 de junio de 2008, la 20ª reunión de presidentes celebró consultas oficiosas con representantes de 72 Estados partes a los que los presidentes describieron las novedades en sus respectivos comités y señalaron varios enfoques innovadores encaminados a simplificar el sistema de órganos creados en virtud de tratados y a mejorar y armonizar los métodos de trabajo. A este respecto, remitieron a los Estados partes a los puntos de acuerdo de la séptima reunión de los comités.
El Presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales acogió con satisfacción la aprobación por el Consejo de Derechos Humanos del proyecto de protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Otros presidentes describieron, entre otras cosas, los procedimientos de seguimiento; el examen de la aplicación de los tratados de derechos humanos en los Estados partes en ausencia de un informe (el procedimiento de examen): la posibilidad de emitir observaciones generales o recomendaciones conjuntas sobre cuestiones temáticas, incluida una posible observación general conjunta del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre las trabajadoras migratorias; la necesidad de ampliar la interacción entre los órganos creados en virtud de tratados y el Consejo de Derechos Humanos; el Examen Periódico Universal; la indivisibilidad entre los derechos civiles y políticos y los derechos económicos, sociales y culturales; y la necesidad de asignar más tiempo a las reuniones.
Los Estados celebraron la oportunidad de mantener consultas con los presidentes, al señalar que constituían una plataforma para el diálogo y la interacción, y reiteraron su apoyo a la labor de los órganos creados en virtud de tratados. Varios Estados encomiaron su participación constante en el proceso de reforma y su disponibilidad para someter a prueba nuevos enfoques, adoptar métodos de trabajo innovadores y explorar esferas de armonización.
Los Estados alentaron a que se armonizaran y coordinaran mejor los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados, por ejemplo, en lo referente al examen de los informes y los procedimientos de seguimiento, de manera que el sistema fuera más exhaustivo y accesible.
Varios Estados se refirieron a la necesidad de armonizar el formato y la estructura de las listas de cuestiones y observaron que esas listas podrían ayudar a los Estados a prepararse para el diálogo y señalar problemas. Se planteó la cuestión de que los órganos creados en virtud de tratados intercambiaran información sobre mejores prácticas y desafíos a ese respecto. También se mencionó la posibilidad de que los órganos creados en virtud de tratados formularan un número limitado de preguntas centradas en las cuestiones principales que se suscitarían durante el diálogo. Algunos Estados insistieron en la importancia de que las listas de cuestiones se transmitieran con bastante antelación a los Estados partes, de manera que se dispusiera de tiempo suficiente para preparar las respuestas. Tras observar que varios Estados partes se habían referido a las listas de cuestiones, los presidentes expresaron la opinión de que tal vez sería difícil armonizar por completo la postura frente a las listas, ya que las preguntas estaban vinculadas al contenido de los tratados respectivos. Lo que podría armonizarse, no obstante, sería el plazo para su preparación y presentación, como también su longitud.
Diversos Estados partes señalaron que la falta de presentación de informes era un problema grave y deseaban que se les informara sobre las estrategias que al respecto estaban diseñando los órganos creados en virtud de tratados. Algunos Estados destacaron que los procedimientos de examen debían utilizarse sólo como último recurso, y unos cuantos señalaron en cambio que esa medida debía evitarse. Otros consideraron que los órganos creados en virtud de tratados deberían armonizar sus criterios en ese contexto. Varios Estados celebraron la posibilidad de que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) proporcionara asistencia técnica a los Estados que no hubieran presentado informes.
Diversos Estados alentaron a los órganos creados en virtud de tratados a que siguieran cooperando con las organizaciones no gubernamentales y con las instituciones nacionales de derechos humanos, y sugirieron que la información procedente de las organizaciones no gubernamentales se utilizara con mayor eficacia. Varios Estados observaron que era necesario instituir un proceso de verificación con respecto a la información de las organizaciones no gubernamentales y que esa información debería cotejarse conforme al procedimiento del Examen Periódico Universal. Se subrayó la importancia de la participación geográfica equitativa de las organizaciones no gubernamentales, así como la necesidad de una cooperación constante entre los órganos creados en virtud de tratados y las instituciones nacionales de derechos humanos, incluso por conducto del Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos.
Un gran número de Estados señalaron que el sistema de órganos creados en virtud de tratados y el mecanismo de Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos deberían complementarse y reforzarse entre sí. Se estuvo de acuerdo en general en que el Examen no debería duplicar los mecanismos existentes y que era necesario crear sinergias positivas entre éste y el sistema de órganos creados en virtud de tratados. Muchos Estados hicieron hincapié en la función independiente y la base lógica de los órganos creados en virtud de tratados en relación con el Examen. Algunos Estados partes relataron sus propias experiencias, como Estados objeto de examen y también como participantes en el examen de que habían sido objeto otros Estados en el contexto de los dos primeros períodos de sesiones sobre el Examen Periódico Universal en que se habían hecho varias referencias a recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados y a la necesidad de que los Estados en cuestión ratificaran los tratados básicos en los que aún no fueran partes. Algunos Estados señalaron que el Examen Periódico Universal podría ser un instrumento más para el seguimiento de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados y viceversa.
Con respecto a las observaciones finales, unos cuantos Estados observaron que los órganos creados en virtud de tratados deberían basarse en el formato del Examen Periódico Universal e incluir como parte de las observaciones finales las respuestas de los Estados, por ejemplo, adjuntándolas como anexo de esas observaciones finales. Se sugirió que ese método proporcionaría una base convenida y mutua de participación. Otros Estados pusieron de relieve que debería haber una distinción clara entre los órganos creados en virtud de tratados que velaban por el cumplimiento de las normas jurídicas vinculantes y el Consejo de Derechos Humanos como órgano político.
Varios Estados señalaron que apoyaban las actividades y el trabajo conjunto de los expertos del ACNUDH y de los órganos creados en virtud de tratados en lo relativo a los indicadores, pero consideraron que se obtendrían buenos resultados sólo si se contaba con la participación plena de los Estados partes que aplicarían los indicadores y que serían evaluados sobre esa base. También era importante tener presentes los diferentes niveles de desarrollo.
Algunos Estados recalcaron que las observaciones y sugerencias formuladas durante las consultas oficiosas debían tomarse debidamente en cuenta y que en la reunión de los presidentes se debería reflexionar sobre la manera más eficaz posible de hacerlo. Varios Estados brindaron su apoyo a los órganos creados en virtud de tratados, incluidos los de más reciente creación entre ellos, en lo relativo a su solicitud de mayores recursos humanos y financieros.
VI.Reunión con la División de Servicios de Conferencias de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra
El 27 de junio de 2008, los presidentes se reunieron con representantes de la División de Servicios de Conferencias de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. El jefe de la Sección de Gestión de Documentos explicó que desde la creación del Consejo de Derechos Humanos, en junio de 2006, el volumen de trabajo de la División de Servicios de Conferencias había aumentado en un 20% y que se esperaba que esa tendencia continuara en vista del establecimiento de los nuevos órganos creados en virtud de tratados. Insistió en que las secretarías de los órganos deberían hacer lo posible por cumplir los plazos para la presentación y procesamiento de los documentos, como también las normas sobre longitud y formato. Se sugirió asimismo que se estableciera un orden de prioridad para los documentos a fin de facilitar la labor de la División de Servicios de Conferencias y su procesamiento oportuno.
Suscitaba inquietud en los presidentes el hecho de que con frecuencia no estuvieran disponibles en todos los idiomas oficiales los informes de los Estados partes, sus respuestas escritas a las listas de cuestiones y las comunicaciones individuales, lo que comprometía su labor. También expresaron su preocupación por el nivel de los recursos financieros y humanos asignados al procesamiento y traducción de los documentos de los órganos creados en virtud de tratados desde el establecimiento del Consejo de Derechos Humanos. Estuvieron de acuerdo en que las secretarías de dichos órganos deberían tratar de establecer prioridades para facilitar la traducción de las observaciones finales, las respuestas escritas de los Estados partes a las listas de cuestiones y los dictámenes sobre las comunicaciones individuales. Debería recordarse a los Estados partes que respetaran las normas sobre el límite de páginas y los plazos para la presentación de los informes.
VII.Decisiones y recomendaciones
La 20ª reunión de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos culminó en las decisiones y recomendaciones siguientes:
Aprobación de los puntos de acuerdo de la reunión de los comités
a)La 20ª reunión de los presidentes hizo suyos los puntos de acuerdo a los que se había llegado en la séptima reunión de los comités, celebrada del 23 al 25 de junio de 2008. Los presidentes pidieron a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos que dieran seguimiento a esas recomendaciones y que informaran sobre su aplicación a la novena reunión de los comités, en 2009.
Relación con los titulares de mandatos de procedimientos especiales
b)La 20ª reunión de los presidentes reiteró recomendaciones anteriores de los presidentes en el sentido de que la Secretaría buscara el modo de facilitar la interacción entre los órganos creados en virtud de tratados y los procedimientos especiales, no sólo durante las reuniones conjuntas anuales, sino también con respecto al fortalecimiento de la interacción directa, según procediera, durante los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados. Se consideró que este aspecto era especialmente crucial para el examen de un Estado parte en ausencia de un informe, en cuyo caso el relator para ese país podría proporcionar información importante. Los presidentes y los titulares de mandatos de procedimientos especiales convinieron en organizar las reuniones conjuntas futuras de un modo más estructurado y pidieron a la Secretaría que elaborara una lista de cuestiones temáticas y de procedimiento comunes que habrían de examinar en su undécima reunión conjunta.
Consultas oficiosas con los Estados partes
c)En vista de que las consultas oficiosas con los Estados partes constituían una plataforma importante para el diálogo y la interacción, la 20ª reunión de los presidentes recomendó que se asignara un día completo a la celebración de consultas oficiosas con los Estados partes en el contexto de la 21ª reunión de los presidentes, en 2009. Los presidentes pidieron a la Secretaría que preparara un programa centrado concretamente en esa reunión.
Consejo de Derechos Humanos
d)Los presidentes subrayaron el carácter complementario y de reforzamiento mutuo del sistema de órganos creados en virtud de tratados y del mecanismo de Examen Periódico Universal e hicieron hincapié en la importancia de seguir dialogando sobre la cuestión. Los presidentes reconocieron además la necesidad de fomentar una cooperación eficaz entre los órganos creados en virtud de tratados y el Consejo de Derechos Humanos y de fortalecer los vínculos institucionales entre los dos sistemas. Alentaron asimismo al Consejo de Derechos Humanos a que invitara a los órganos creados en virtud de tratados a participar en sus períodos de sesiones, en especial durante los debates temáticos. Por último, los presidentes pusieron de relieve la práctica provechosa de algunos órganos creados en virtud de tratados de designar a observadores para seguir el Examen Periódico Universal en el Consejo y sugirieron que se hiciera extensiva a todos los órganos creados en virtud de tratados.
Documentación de los órganos creados en virtud de tratados
e)La 20ª reunión de los presidentes recomendó que las secretarías de los órganos creados en virtud de tratados hicieran todo lo posible por establecer un orden de prioridad con respecto a los documentos presentados a los servicios de conferencias a fin de asegurar la traducción oportuna de las observaciones finales, las respuestas escritas de los Estados partes y los dictámenes sobre las comunicaciones individuales. La Secretaría también debería recordar a los Estados partes que respetaran el límite de páginas y los plazos para la presentación de los informes. Además, en la reunión de presidentes se recomendó que se aumentaran los recursos humanos y financieros para hacer posible el procesamiento y la traducción oportuna de los documentos de los órganos creados en virtud de tratados.
Anexo
Informe de la séptima reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
Índice
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Párrafos |
Página |
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Introducción |
1–2 |
11 |
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Apertura de la reunión, elección de la Mesa y aprobación del programa |
3–4 |
11 |
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Seguimiento de las recomendaciones de la sexta reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos |
5–12 |
12 |
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Deliberaciones sobre el mejoramiento y la armonización de los métodos de trabajo |
13–21 |
15 |
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Consejo de Derechos Humanos |
22–23 |
18 |
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Diálogo con los organismos especializados, fondos, programas y otras entidades de las Naciones Unidas |
24–25 |
18 |
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Diálogo con las organizaciones no gubernamentales |
26–30 |
19 |
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Deliberaciones sobre la información estadística |
31–32 |
21 |
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Diálogo con el Subcomité para la Prevención de la Tortura |
33–34 |
21 |
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Diálogo sobre las actividades empresariales y los derechos humanos |
35–38 |
22 |
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Diálogo sobre el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños |
39–41 |
23 |
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Puntos de acuerdo de la séptima reunión de los comités |
42 |
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I.Introducción
La séptima reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos se celebró en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), en Ginebra del 23 al 25 de junio de 2008.
Asistieron los siguientes miembros de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos:
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Comité de Derechos HumanosRafael Rivas Posada (Presidente)Abdelfattah AmorMichael O’Flaherty Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la MujerDubravka Šimonović (Presidenta)Dorcas Coker-AppiahMary Shanthi Dairiam Comité para la Elimi nación de la Discriminación RacialFatima-Binta Victoire Dah (Presidenta)Regis De GouttesAnwar Kemal Subcomité para la Prevención de la TorturaMario Coriolano |
Comité de Derechos Económicos, Sociales y CulturalesPhilippe Texier (Presidente)Rocío Barahona RieraWaleed Sadi Comité de los Derechos del NiñoYanghee Lee (Presidenta)Lothar Friedrich Krappmann Lucy Smith Comité contra la TorturaClaudio Grossmann (Presidente)Felice GaerFernando Mariño Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares Ahmed Hassan El-Bora (Presidente) José S. Brillantes |
II.Apertura de la reunión, elección de la Mesa y aprobación del programa
El Jefe de la Subdivisión de Tratados, Sr. Ibrahim Salama, dio la bienvenida a todos los presidentes y miembros presentes en nombre de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos. Presentó el informe sobre la aplicación de las recomendaciones de la sexta reunión de los comités y de la 19ª reunión de los presidentes (HRI/MC/2008/2), en que se proporcionaba información sobre las iniciativas emprendidas por los órganos creados en virtud de tratados para seguir simplificando sus métodos de trabajo y mejorando su eficacia. Señaló que tres comités habían adoptado directrices relacionadas con sus tratados, habida cuenta de las directrices armonizadas revisadas sobre la preparación de informes utilizando un documento básico común, y que otros habían empezado a trabajar en sus directrices. Varios Estados partes habían presentado documentos básicos comunes. El Sr. Salama también puso de relieve la entrada en vigor de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su Protocolo facultativo y la aprobación por el Consejo de Derechos Humanos de un protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
La Sra. Fatima-Binta Victoire Dah, Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, fue elegida Presidenta/Relatora y la Sra. Dubravka Šimonović, Presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, fue elegida Vicepresidenta. Los participantes aprobaron el programa (HRI/MC/2008/1) y el programa de trabajo.
III.Seguimiento de las recomendaciones de la sexta reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos
Desde la sexta reunión de los comités, los órganos creados en virtud de tratados habían seguido examinando y aplicando criterios innovadores para armonizar los métodos de trabajo a fin de que el sistema de órganos creados en virtud de tratados fuera más eficaz.
El Comité contra la Tortura había aprobado la observación general 2 sobre la aplicación del artículo 2 por los Estados partes. Se había reunido varias veces con el recientemente establecido Subcomité para la Prevención de la Tortura (el Subcomité), pero se refirió a la vinculación limitada de la Convención con el Protocolo Facultativo conforme a lo establecido en sus disposiciones, y alertó sobre el hecho de que no había superposición en lo relativo a la composición de los dos órganos creados en virtud de tratados. Los dos comités habían intercambiado opiniones sobre visitas a los países, en particular porque uno de los primeros que había visitado el Subcomité era un Estado parte que sería objeto de examen por el Comité contra la Tortura. De conformidad con el Protocolo Facultativo, el Subcomité debía presentar su informe anual a ese Comité que aún no había examinado el primer informe anual del Subcomité. El Comité contra la Tortura consideraba que el Examen Periódico Universal era un desafío y observó que por lo menos dos de los países que habría de examinar también habían sido objeto de dicho examen. Ningún país había dejado de presentar al Consejo su informe relacionado con el Examen Periódico Universal, y ninguno había indicado tampoco que la presentación de informes fuera una carga, mientras que un cierto número de informes que los Estados partes debían presentar de conformidad con la Convención contra la Tortura tenían 20 años de retraso. El representante del Comité contra la Tortura puso de relieve el nuevo procedimiento del Comité para formular listas de cuestiones previas a la presentación de informes con arreglo al cual las respuestas de los Estados partes constituirían informes periódicos. Señaló que varios Estados partes habían aceptado el procedimiento y que el examen de los informes resultantes comenzaría en 2010. El Comité también había adoptado una nueva postura con respecto a las instituciones nacionales de derechos humanos. El representante indicó que la práctica del Comité de organizar reuniones oficiales privadas con las organizaciones no gubernamentales un día antes del examen de los informes había resultado un éxito, y agregó que todas las comunicaciones de esas organizaciones debían hacerse por escrito y se presentaban al Estado parte pertinente. El procedimiento de seguimiento del Comité contra la Tortura, que en su opinión encerraba muchas posibilidades, había merecido una respuesta extremadamente positiva. El Comité no se había ocupado de analizar si debía revelarse la identidad de los relatores para los países, pero en la práctica no tenía objeciones a que se hiciera. En su 40º período de sesiones, el Comité contra la Tortura había pedido a la Secretaría que elaborara un proyecto de directrices para la elaboración del documento relacionado con su tratado, teniendo en cuenta las directrices para el documento básico común.
El representante del Comité de los Derechos del Niño señaló que, en vista del gran número de Estados partes en la Convención y en sus dos Protocolos facultativos, y habida cuenta también de la presentación periódica de informes por los Estados partes y de que había 90 informes pendientes de examen, el Comité volvería a pedir a la Asamblea General su autorización para reunirse en salas paralelas. De manera sistemática, el Comité de los Derechos del Niño se remitía a otros tratados en sus observaciones finales, y había tenido buenas experiencias con el seguimiento de estas observaciones en talleres regionales, incluido el más reciente de ellos, que había tenido lugar en Burkina Faso en noviembre de 2007. El Comité mantenía estrechos vínculos con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) con el que había participado en un taller conjunto de un día de duración antes de su período de sesiones más reciente, y tenía la condición de observador ante su Junta Ejecutiva. El Comité había establecido un grupo de trabajo sobre métodos de trabajo armonizados y había adoptado un nuevo formato para su lista de cuestiones en su 48º período de sesiones. En el grupo de trabajo anterior al período de sesiones del Comité participaron representantes de organizaciones no gubernamentales, instituciones nacionales de derechos humanos y niños. En su 48º período de sesiones, celebrado entre mayo y junio de 2008, el Comité empezó a analizar un proyecto de directrices para el documento relacionado con su tratado, que incluiría los requisitos de presentación de informes sobre la Convención y sus Protocolos facultativos. También se ocupaba de seguir las deliberaciones en torno a la posible elaboración de un sistema de denuncias individuales en relación con la Convención, y tenía interés en elaborar indicadores sobre los niños en la primera infancia, en que se pusiera de relieve la necesidad de disponer fácilmente de información estadística.
El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial había adoptado directrices para el documento relacionado con su tratado en su 71º período de sesiones celebrado en agosto de 2007. El Comité no convocó un grupo de trabajo anterior al período de sesiones y la preparación de las listas de cuestiones relacionadas con los informes que serían objeto de examen estuvo a cargo de relatores para los países, cuya identidad no se reveló. Las listas de cuestiones tenían carácter oficioso y no las aprobaba el Comité. Se habían mejorado los procedimientos de acción urgente y alerta temprana. Los procedimientos mencionados en primer término se activaban cuando el Comité no recibía respuesta del Estado parte a sus recordatorios sobre los informes pendientes; a partir de ese momento, el examen se efectuaba sobre la base de la información de que disponía el Comité, más que sobre la base del informe del Estado parte. Un coordinador encargado del seguimiento examinaba la aplicación de las recomendaciones en las observaciones finales. De acuerdo con el reglamento del Comité, las instituciones nacionales de derechos humanos podían intervenir, con el consentimiento del Estado parte, el día en que se examinara el informe de ese Estado parte. Se alentaba a las organizaciones no gubernamentales a que presentaran informes paralelos, de preferencia en una etapa temprana. El Comité colaboraba con los titulares de mandatos de procedimientos especiales en relación con el racismo, las minorías y el genocidio. También trabajaba en estrecho contacto con el Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre la aplicación efectiva de la Declaración y el Programa de Acción de Durban.
El representante del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó la esperanza de que la Asamblea General, en su sexagésimo tercer período de sesiones, aprobara el protocolo facultativo del Pacto. En 2007-2008, el Comité había examinado los informes de 17 Estados partes y había aprobado una observación general sobre el artículo 9 relativo al derecho a la seguridad social. Había un gran número de ratificaciones del Pacto y se estaban acumulando los informes pendientes de examen. El Comité había institucionalizado la práctica de dedicar un medio día al diálogo con las organizaciones no gubernamentales, y con frecuencia recibía informes de las instituciones nacionales de derechos humanos. Se consideró que los informes de algunos Estados partes eran demasiado breves o incompletos y algunos Estados sugirieron que su documento básico común contenía información más completa. El Comité puso de relieve su reunión reciente sobre el papel de las instituciones nacionales en la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, que había sido financiada por la Universidad de Alcalá (Madrid), la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Federación Iberoamericana de Ombudsman, y alentó a todos los órganos creados en virtud de tratados a que participaran en este tipo de reuniones.
El Comité de Derechos Humanos había examinado 13 informes desde la última reunión de los comités, dedicándose a cuatro de ellos en cada período de sesiones, y había aprobado una observación general sobre el artículo 14 relativo al derecho a un juicio imparcial y a la igualdad ante los tribunales y cortes de justicia. Su procedimiento de seguimiento funcionaba bien, pero podía reforzarse. Celebró reuniones con organizaciones no gubernamentales durante el primer día de su período de sesiones oficial, y también llevó a cabo sesiones informativas a primera hora de la mañana y a la hora del almuerzo. No se había adoptado ningún procedimiento oficial para interactuar con las instituciones nacionales de derechos humanos, aunque el Comité se reunió con ese tipo de órganos. Se había designado a un relator y a un coordinador para mantener el enlace con las entidades del sistema de las Naciones Unidas y con el Representante Especial del Secretario General para la prevención del genocidio. Se había designado asimismo a un relator encargado de observar el Examen Periódico Universal. Además, el Comité de Derechos Humanos estaba en vías de diseñar una estrategia para los medios de comunicación. Se expresó inquietud por la longitud de los informes de algunos Estados partes, que a menudo eran repetitivos; representantes del Comité pusieron de relieve la necesidad de directrices claras que facilitaran la elaboración de los informes periódicos. También se podría estudiar la posibilidad de adoptar medidas encaminadas a armonizar la postura frente a las listas de cuestiones. No se revelaba la identidad de los relatores para los países ni de los miembros de los equipos de tareas sobre los países. También se señaló con preocupación que la labor del Comité se había visto obstaculizada por atrasos en la presentación de los documentos y en su traducción.
El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares celebraba actualmente dos períodos de sesiones anuales de dos semanas de duración, y proponía reunirse en períodos de sesiones de una semana en el futuro. El Comité colaboraba estrechamente con la Organización Internacional del Trabajo y estaba tratando de cooperar con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en lo relativo a la elaboración de una observación general conjunta sobre las mujeres y la migración. El Comité agradeció a otros órganos creados en virtud de tratados que alentaran la ratificación de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares. Como nuevo órgano creado en virtud de un tratado con una ratificación limitada, el Comité no había fijado una posición en lo relativo a las directrices armonizadas sobre la presentación de informes. Señaló asimismo que recibiría de buen grado mayor información sobre el examen de la aplicación de los tratados en un Estado parte en ausencia de un informe. En su opinión, los informes presentados a los órganos creados en virtud de tratados deberían ser la base del Examen Periódico Universal.
El 40° período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, celebrado en enero de 2008, había sido el primer período de sesiones oficial en que los servicios de secretaría fueron prestados por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Ginebra, aunque en 2007 había habido un período de sesiones oficioso, en Ginebra, acogido por el Gobierno de Suiza. En 2006 y 2007, el Comité había celebrado tres períodos de sesiones al año en salas paralelas y había examinado 69 informes en total. Habría tres períodos de sesiones en 2008 y dos en 2009; tres de los cinco períodos de sesiones se celebrarían en dos salas. A partir de 2010, el Comité convocaría tres períodos de sesiones anuales. El tiempo asignado a las reuniones de los órganos creados en virtud de tratados debería responder a las necesidades, y el Comité apoyaba la solicitud del Comité de los Derechos del Niño de aumentar el tiempo dedicado a las reuniones. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer había decidido examinar la aplicación de la Convención en ausencia de un informe en aquellos casos en que los Estados partes no hubieran presentado un informe a pesar de varios recordatorios. Estaba en vías de elaborar recomendaciones generales relativas al artículo 2 de la Convención sobre las medidas de aplicación y sobre las trabajadoras migratorias, posiblemente en forma conjunta con el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. La formulación de una recomendación general conjunta presentaría problemas debido al diferente ritmo de trabajo de cada comité, y también a la falta de tiempo para llevar a cabo reuniones conjuntas. El Comité apoyaba la propuesta de que se celebraran dos reuniones anuales de los comités, y como parte de sus iniciativas en favor de la armonización figuraban la aprobación de directrices aplicables a los informes que los Estados partes debían presentar en virtud del tratado y la sustitución del vocablo inglés “comments” por “observations” en la expresión “observaciones finales”. Estaba en curso la elaboración de un breve documento oficioso, que tenía el propósito de alentar a las organizaciones no gubernamentales a presentar comunicaciones conjuntas sobre cuestiones prioritarias en los Estados partes de que se tratara. Además, el Comité analizaba su relación con los parlamentos y había aprobado una declaración sobre sus relaciones con las instituciones nacionales de derechos humanos. En las observaciones finales se incluía, de ser pertinente, un párrafo estándar en que se alentaba a la ratificación de otros tratados de derechos humanos, así como remisiones a la labor de otros órganos creados en virtud de tratados.
IV.Deliberaciones sobre el mejoramiento y la armonización de los métodos de trabajo
Los participantes analizaron la forma de mejorar y armonizar los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados, sobre la base de un texto oficioso preparado por la Secretaría sobre posibles esferas de armonización. El texto oficioso incluía tres posibles esferas de armonización, a saber: a) la forma y estructura de las listas de cuestiones; b) la publicación de la identidad de los relatores para los países y los miembros de los equipos de tareas en los países; y c) el examen de la aplicación de los tratados de derechos humanos por los Estados partes en ausencia de un informe. El anexo 1 contiene una versión actualizada del cuadro comparativo de métodos de trabajo solicitado en abril de 2007 por el Grupo de Trabajo sobre la armonización de los métodos de trabajo. En el anexo 2 se incluye una plantilla con el proyecto de directrices para la redacción de las listas de cuestiones.
Además de las tres esferas señaladas en el texto oficioso, los participantes indicaron varias otras posibles esferas de armonización. Éstas incluían el seguimiento de las observaciones finales y los seminarios de seguimiento; el papel de los relatores para los países; la aportación y el resultado en el contexto del Examen Periódico Universal; la remisión a la labor de otros órganos creados en virtud de tratados; modalidades de la participación de las organizaciones no gubernamentales y las instituciones nacionales de derechos humanos; la estandarización de la terminología de los órganos creados en virtud de tratados; la redacción de observaciones generales conjuntas y el examen de los informes.
La reunión acordó elaborar un programa de trabajo sobre posibles esferas de mejoramiento y armonización de los métodos de trabajo, en particular metas, objetivos de corto y de largo plazo y el calendario de las tres o cuatro reuniones siguientes de los comités.
En lo que se refiere a las listas de cuestiones, los participantes subrayaron la diferencia en el alcance y la naturaleza de los distintos tratados y, en consecuencia, en el contenido sustantivo de las listas de cuestiones. Si bien todos los comités preparaban listas de cuestiones, variaban las modalidades de su preparación y su función en lo que se refiere al fortalecimiento de la labor de los comités. El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial no aprobaba oficialmente listas de cuestiones; éstas eran preparadas por los relatores para los países en relación con los informes de los Estados partes que se les asignaban. Algunos participantes reconocieron que cierta semejanza en la forma y la estructura de las listas de cuestiones, inclusive un número limitado de preguntas, podría facilitar la presentación de informes de los Estados partes. A ese respecto, algunos participantes propusieron que se estableciera un límite máximo de 25 preguntas. Los participantes esperaban con interés los resultados de la práctica que está desarrollando el Comité contra la Tortura de redactar listas de cuestiones con anterioridad a la presentación de informes, aunque señalaron que se planteaban algunas dudas, en particular sobre el tipo de información que constituía la base de dichas listas.
Los participantes también analizaron la experiencia de diversos órganos creados en virtud de tratados en relación con la divulgación de la identidad de los relatores para los países y de los miembros de los equipos de tareas en los países. La mayoría de los comités indicaron que designaban un miembro (dos en el caso del Comité contra la Tortura, el Comité de los Derechos del Niño y el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares y de uno a tres en el caso del Comité de Derechos Humanos) para que se desempeñara como relator. Con excepción de los casos del Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, la identidad del relator para el país era de conocimiento público, y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer había decidido adoptar este criterio en 2007. Varios participantes señalaron que eran partidarios de la armonización de las prácticas de los órganos creados en virtud de tratados en este contexto, y se hizo referencia al hecho de que los Estados partes y otros también habían solicitado que se armonizara esta cuestión. Otros participantes dieron ejemplos de la presión tanto directa como indirecta que se ejercía sobre los relatores para los países y, en consecuencia, indicaron su preferencia por mantener la confidencialidad a este respecto.
La mayoría de los comités señalaron que habían adoptado la práctica, a veces conocida como “procedimiento de examen”, de analizar la aplicación del tratado pertinente en el Estado parte en ausencia de un informe. En general, los participantes convinieron en que, de conformidad con la práctica seguida por diferentes órganos creados en virtud de tratados, la notificación por un comité a un Estado parte de su intención de examinar la situación de un país en ausencia de un informe podía ser un medio muy eficaz de lograr que participaran los Estados partes que no habían presentado informes, ya que de ese modo se había logrado en muchas ocasiones que éstos presentaran los informes atrasados, o que expresaran su intención de hacerlo. El examen de los Estados partes en ausencia de un informe debía ser un último recurso, destinado a entablar un diálogo constructivo con el Estado parte de que se tratara. Se analizó la posibilidad de adoptar modalidades comunes y los participantes subrayaron la importancia de dar a los Estados partes una última oportunidad, mediante un recordatorio, de que presentaran su informe. En caso de que el Estado parte no respondiera, con frecuencia los órganos creados en virtud de tratados redactaban y transmitían al Estado parte una lista de cuestiones. Si tampoco obtenían una respuesta del Estado parte, algunos comités, como el Comité de Derechos Humanos, aprobaban observaciones finales provisionales, en tanto que otros, como el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, formulaban observaciones finales públicas y definitivas.
Los participantes convinieron en que la cuestión del seguimiento era muy importante y que debía continuar examinándose. Un participante sugirió que, de ser aplicable, los relatores encargados del seguimiento u otros representantes de los distintos comités, podrían reunirse para examinar las mejores prácticas e intercambiar ideas sobre el seguimiento de las observaciones finales, así como sobre los seminarios de seguimiento. Se sugirió que se podría establecer un grupo de trabajo o equipo de tareas de los comités con esta finalidad. También se señaló que deberían celebrarse deliberaciones sobre la adopción de medios comunes de mejorar el procedimiento de seguimiento.
Varios participantes subrayaron la importancia de la participación de organizaciones no gubernamentales e instituciones nacionales de derechos humanos en los procesos de los órganos creados en virtud de tratados y señalaron que esto debería analizarse en una futura reunión de los comités. También se planteó la posibilidad de formular observaciones generales conjuntas. Se mencionaron las experiencias del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares sobre la observación general conjunta en relación con las trabajadoras migrantes y se sugirió que los miembros de los órganos creados en virtud de tratados examinaran temas para la posible redacción de observaciones generales conjuntas.
Se acordó que los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos debían mejorarse y posiblemente armonizarse, y que una de las dos reuniones anuales de los comités debía dedicarse exclusivamente al mejoramiento y la armonización de los métodos de trabajo. Se decidió asimismo que los temas del programa de la octava reunión de los comités serían los siguientes: las directrices revisadas relativas a los distintos tratados; el seguimiento de las observaciones finales; el examen de un Estado parte en ausencia de un informe; y el mecanismo de Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos.
V.Consejo de Derechos Humanos
Un representante del ACNUDH informó a la reunión sobre el mecanismo de Examen Periódico Universal. Se hizo referencia a la compilación de información preparada por el ACNUDH que se basaba en gran medida en las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales. Se señaló que en sus intervenciones los miembros del grupo de trabajo del mecanismo de Examen Periódico Universal solían hacer referencia a las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados.
Aunque los participantes reconocieron la importancia del mecanismo de Examen Periódico Universal en relación con el seguimiento de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados, expresaron su preocupación, entre otras cosas, respecto del hecho de que la redacción de las recomendaciones pudiera negociarse con el Estado que era objeto del examen, lo cual podía socavar seriamente el proceso; la necesidad de evitar la duplicación del trabajo entre los órganos creados en virtud de tratados y el Examen Periódico Universal; y la limitada capacidad de seguimiento de las recomendaciones relativas al Examen. Se sugirió que los órganos creados en virtud de tratados hicieran el seguimiento de las recomendaciones relativas a dicho Examen cuando examinaran los informes de los Estados partes.
VI.Diálogo con los organismos especializados, fondos, programas y otras entidades de las Naciones Unidas
La reunión de los comités celebró una reunión con el coordinador de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre el seguimiento de los convenios, convenciones y recomendaciones en la esfera de la educación. El representante reconoció que la aplicación efectiva de los textos normativos era fundamental para el cumplimiento eficaz de las obligaciones de los Estados partes y destacó la importancia de aumentar la vigilancia. Señaló que la colaboración de la UNESCO con el Comité de los Derechos del Niño, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares se había centrado en las medidas normativas adoptadas en la esfera de la educación. La UNESCO hacía votos por que en las recomendaciones formuladas por el Consejo de Derechos Humanos se destacaran esos aspectos normativos y que en toda declaración conjunta futura se tuviera en cuenta el derecho a la educación.
Un miembro del Comité de los Derechos del Niño destacó que el derecho a la educación era una de sus esferas básicas de actividad y que en el pasado había recibido muy buenas contribuciones de la UNESCO sobre los países que se estaban examinando. Alentó a la UNESCO a que participara en las reuniones del Comité anteriores a los períodos de sesiones, presentara información escrita y oral y aumentara su cooperación futura con el Comité. Un miembro del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer también señaló que el Comité había recibido valiosa información de la UNESCO, en particular de carácter estadístico, y expresó la esperanza de que se estableciera una colaboración más estrecha entre la UNESCO y otros organismos especializados de las Naciones Unidas.
VII.Diálogo con las organizaciones no gubernamentales
Los representantes de las siguientes organizaciones gubernamentales hicieron una presentación conjunta a la séptima reunión de los comités: Amnistía Internacional; Asociación para la prevención de la tortura; International Women’s Rights Action Watch; Servicio Internacional para los Derechos Humanos; International Women's Rights Action Watch (Asia Pacífico); Grupo de ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño; Save the Children; Organización Mundial contra la Tortura; Comité Consultivo Mundial de la Sociedad de los Amigos (Oficina Cuáquera ante las Naciones Unidas); y ARC International. Los representantes de las organizaciones no gubernamentales pidieron a la séptima reunión de los comités que examinara las cuestiones siguientes con carácter prioritario a fin de aumentar la eficacia de los órganos encargados de vigilar la aplicación de los tratados de derechos humanos y mejorar las contribuciones de las organizaciones no gubernamentales a los procedimientos de los órganos creados en virtud de tratados:
a)La preparación, publicación y mantenimiento de un calendario de los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados en el sitio web del ACNUDH;
b)La posibilidad de que las organizaciones no gubernamentales puedan pedir que se mantenga la confidencialidad de sus fuentes mientras el correspondiente órgano creado en virtud del tratado está examinando la información;
c)La necesidad de que se programe oficialmente la presentación de informes orales de organizaciones no gubernamentales durante los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados y se aliente a dichos órganos a que formulen sus respectivas metodologías sobre la base de las mejores prácticas establecidas en determinados comités;
d)La necesidad de que se adopten procedimientos para el seguimiento efectivo de las observaciones finales, en particular mediante el nombramiento de un relator encargado del seguimiento, y de que los órganos creados en virtud de tratados establezcan modalidades para el examen de la información de las organizaciones no gubernamentales sobre el seguimiento;
e)La necesidad de que se elabore un procedimiento común y transparente de consultas relacionadas con las observaciones generales y de su redacción, que incluya la petición y el examen de contribuciones amplias de organizaciones no gubernamentales, académicos, otros expertos, órganos regionales y las Naciones Unidas;
f)La necesidad de que se examinen criterios sobre la composición de los órganos creados en virtud de tratados;
g)La necesidad de que la reunión de los comités institucionalice en forma resuelta la relación entre las organizaciones no gubernamentales y los órganos creados en virtud de tratados.
Algunos participantes en la reunión de los comités señalaron que la apertura y la transparencia deberían ser los principios rectores y que la información de las organizaciones no gubernamentales debería considerarse de carácter confidencial únicamente en circunstancias excepcionales, en tanto que otros destacaron que algunos Estados no estaban de acuerdo en que los órganos creados en virtud de tratados utilizaran información sin que supieran cuál era la fuente.
Algunos participantes subrayaron que el mejor momento para que las organizaciones no gubernamentales aportaran su contribución era durante el proceso de redacción de las listas de cuestiones. La presencia de organizaciones no gubernamentales durante el examen de los informes de los Estados partes también resultaba útil, pues aumentaba la visibilidad del desempeño de la delegación del Estado parte. Los participantes agradecieron las recomendaciones formuladas por las organizaciones no gubernamentales en relación con el seguimiento, en particular la necesidad de que la Secretaría incrementara su apoyo a las actividades de seguimiento, y observaron que, con la expansión del Examen Periódico Universal, habían disminuido los recursos asignados a la Subdivisión de Tratados. Un participante destacó la falta de información de las organizaciones no gubernamentales sobre el seguimiento. Algunos participantes se refirieron a su práctica de celebrar consultas con las organizaciones no gubernamentales al redactar las observaciones generales.
También se examinó el proceso de elección de expertos de órganos creados en virtud de tratados y la independencia de esos expertos. Un participante sugirió que las organizaciones no gubernamentales hicieran una evaluación oficiosa del nivel de independencia de los miembros, que podría resultar útil para determinar su posible reelección. Se alentó a las organizaciones no gubernamentales a que suministraran información sobre todos los Estados partes cuyos informes serían objeto de examen por los órganos creados en virtud de tratados y a que se esforzaran por crear coaliciones que facilitaran la participación de organizaciones no gubernamentales nacionales.
En lo que se refiere al Examen Periódico Universal, una organización no gubernamental señaló que los Estados habían utilizado las compilaciones preparadas por el ACNUDH para poner de relieve el cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos; las ratificaciones; la forma de subsanar las deficiencias legislativas para lograr el pleno cumplimiento de los tratados; el retiro de las reservas; la presentación periódica de informes y la presentación de informes en virtud del procedimiento de seguimiento. Los Estados que eran objeto de examen habían aceptado muchas de estas recomendaciones, y en consecuencia se habían incorporado al informe final sobre el Examen. Se alentó a los órganos creados en virtud de tratados a que continuaran examinando sus observaciones finales para determinar las tendencias comunes y las recomendaciones prioritarias.
VIII.Deliberaciones sobre la información estadística
El Sr. Martin Scheinin y un representante del ACNUDCH presentaron el informe sobre los indicadores para vigilar el cumplimiento de instrumentos internacionales de derechos humanos (HRI/MC/2008/3) preparado por el ACNUDH en respuesta a una recomendación formulada en la quinta reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados en junio de 2006 de que la Secretaría validara la metodología para la utilización de la información estadística de los informes de los Estados partes, elaborara nuevas listas de indicadores y presentara un informe sobre esa labor a la séptima reunión de los comités en 2008. En el informe se expuso el marco conceptual y metodológico adoptado para establecer los indicadores cuantitativos pertinentes tras la evolución registrada en los dos últimos años y se esbozaron los resultados de las consultas a nivel regional y nacional y la información procedente de los ejercicios de validación. También se incluyó información actualizada sobre los progresos realizados en relación con el uso de información estadística, en particular en el contexto de las consultas a nivel nacional, para validar el marco conceptual y metodológico y la elaboración de nuevas listas de indicadores.
Los participantes acogieron con satisfacción la información contenida en el informe y sugirieron que se estudiara la posibilidad de formular una observación general conjunta sobre la obligación de los Estados de suministrar datos estadísticos en sus informes a los órganos creados en virtud de tratados. Entre las preocupaciones planteadas por los Estados figuraban la ausencia de indicadores relativos a la no discriminación; la falta de una perspectiva de género; la ausencia de indicadores sobre los derechos del niño; y el hecho de que los indicadores de proceso no siempre coincidían con el resultado.
IX.Diálogo con el Subcomité para la Prevenciónde la Tortura
Los participantes celebraron una reunión con la Sra. Silvia Casale, Presidenta del Subcomité para la Prevención de la Tortura (en adelante el Subcomité), y el Sr. Mario Coriolano, miembro del Subcomité. La Sra. Casale informó a la reunión sobre las actividades recientes del Subcomité, incluidas sus visitas a Benin, Maldivas, Mauricio y Suecia, y destacó la importancia de las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados para la preparación de las visitas a los países, incluidos los resúmenes informativos sobre países. Indicó que la documentación sobre el Examen Periódico Universal había resultado especialmente útil al Subcomité en el caso de Benin.
El Sr. Coriolano se refirió a la labor de los mecanismos nacionales de prevención, a los que consideraba agentes fundamentales de la red para la prevención de la tortura. Destacó que esta red, que también incluía al Subcomité, debería cooperar con los órganos creados en virtud de tratados y los mecanismos regionales. Los participantes subrayaron que el principio de la independencia de los mecanismos nacionales de prevención era un criterio indispensable para su eficacia y eficiencia. También se puso de relieve el carácter complementario de la labor del Subcomité y de los órganos creados en virtud de tratados.
X.Diálogo sobre las actividades empresarialesy los derechos humanos
Los participantes celebraron una reunión con un representante del ACNUDH que presentó el informe del Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, John Ruggie, al Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/8/5). El representante del ACNUDH señaló que el informe presentaba un marco conceptual y de políticas que servía de base al debate sobre las empresas y los derechos humanos, y contribuía a orientar a todos los actores pertinentes. El marco contenía tres principios básicos: el deber del Estado de proteger frente a los abusos de derechos humanos cometidos por terceros, en particular las empresas; la obligación de las empresas de respetar los derechos humanos; y la necesidad de vías más efectivas a los recursos.
En el período 2006-2007, el Representante Especial había realizado una investigación amplia, junto con el ACNUDH, sobre las formas en que los órganos creados en virtud de tratados analizaban las funciones que desempeñaban los Estados partes en lo referente a la reglamentación y resolución judicial de las actividades empresariales con respecto a los derechos humanos. El Representante Especial llegó a las conclusiones siguientes:
a)Según la interpretación de los órganos creados en virtud de tratados, los tratados exigían que los Estados desempeñaran una función decisiva en cuanto a la reglamentación y resolución judicial de las actividades empresariales con respecto a los derechos que podían ser objeto de abusos por particulares, por lo menos en relación con las actividades que afectaban a las personas dentro de la jurisdicción efectiva de los Estados. En general, esta función se consideraba parte de la obligación del Estado de proteger los derechos frente a los abusos de terceros;
b)Ningún órgano creado en virtud de un tratado había redactado observaciones generales o recomendaciones que trataran específicamente de las obligaciones de los Estados respecto de las actividades empresariales. No obstante, las observaciones generales y recomendaciones, las observaciones finales, las opiniones y las decisiones del último decenio imponían una presión creciente sobre los Estados para que cumplieran la obligación de proteger los derechos frente a las actividades empresariales, independientemente de si las entidades pertinentes eran de propiedad del Estado;
c)Según los órganos creados en virtud de tratados, en general los Estados debían vigilar el cumplimiento de terceros y en la mayoría de los casos instituir medidas legislativas para prohibir los abusos y proscribir determinados tipos de conducta;
d)Las observaciones finales se centraban en la obligación del Estado de proteger los derechos frente a las actividades empresariales, y no en las obligaciones directas de las empresas comerciales con arreglo al derecho internacional.
Los órganos creados en virtud de tratados podrían ayudar a los Estados partes, empresas y particulares a comprender mejor sus derechos y obligaciones en distintas esferas, entre éstas las siguientes: a) el alcance y contenido de la obligación del Estado de proteger los derechos frente a las actividades empresariales; b) la posibilidad de que los Estados regularan las acciones de las personas naturales relacionadas con empresas que hubieran cometido abusos o las de la propia empresa; c) la posibilidad de que los tratados requirieran que los Estados regularan las acciones de “sus” empresas en el extranjero; d) la naturaleza de las obligaciones de los Estados en relación con las empresas de propiedad del Estado o controladas por éste; y e) la naturaleza y el origen de las responsabilidades empresariales en virtud de los tratados.
Los participantes agradecieron la información suministrada, aunque destacaron que la responsabilidad de proteger los derechos humanos era una obligación de los Estados partes, que debían responder por las infracciones cometidas por los agentes del sector privado, incluidas las empresas trasnacionales y otras empresas comerciales. También se expresó preocupación por la falta de información suministrada por las organizaciones no gubernamentales y las instituciones nacionales de derechos humanos sobre las actividades empresariales y sus consecuencias para los derechos humanos. A este respecto, su función de vigilancia se consideraba indispensable. El papel de los medios de información también se consideraba un valioso instrumento que podía servir para señalar a la atención del público las violaciones de derechos humanos perpetradas por empresas transnacionales y otras empresas comerciales.
XI.Diálogo sobre el estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños
El coordinador especial sobre el seguimiento del estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños señaló que en octubre de 2007 el experto independiente que dirigía el estudio había presentado a la Asamblea General un informe sobre la marcha de los trabajos (A/62/209). Según el informe, el estudio había logrado aumentar la conciencia a nivel mundial en torno a un problema encubierto con frecuencia y aportar un marco de intervención estructurado. No obstante, la aplicación insuficiente de los marcos jurídicos, así como las actuaciones reactivas y fragmentarias, que recibían una financiación insuficiente y se centraban únicamente en los síntomas y las consecuencias de la violencia, seguían constituyendo una amenaza para la sostenibilidad y el éxito a largo plazo de la protección de los niños contra la violencia. Entre las prioridades indicadas en el informe se puso de relieve la necesidad de seguir invirtiendo en la prevención, la formación, los servicios de recuperación y reintegración social, así como de fortalecer los sistemas de reunión de datos sobre la violencia contra los niños. En el informe también se destacó que, aunque se habían hecho avances en esferas tales como la violencia en entornos educativos, la trata de personas, la explotación sexual comercial y algunas formas de trabajo infantil, se habían presentado escasas pruebas acerca de progresos en la lucha contra la violencia en el hogar y en la familia, en la violencia vinculada con las nuevas tecnologías, en las instituciones de salud y de justicia, o en la violencia perpetrada por agentes estatales y pandillas.
Se analizaron posibles esferas de cooperación con órganos creados en virtud de tratados. Por ejemplo, podría elaborarse una lista de preguntas generales sobre la violencia contra los niños en relación con los diferentes tratados para incluirse en las listas de cuestiones. Los órganos creados en virtud de tratados podrían considerar la posibilidad de formular observaciones generales conjuntas sobre cuestiones relativas a la violencia contra los niños o referirse específicamente a cuestiones conexas en las observaciones generales que abarcan a una población más amplia. Esto también se aplicaría a los días de debate general. En el contexto de las visitas a los países o las investigaciones sobre éstos, se alentó a los órganos creados en virtud de tratados a que trataran sistemáticamente cuestiones relativas a la infancia, inclusive mediante reuniones y consultas con los propios niños y con organismos e instituciones gubernamentales, y con organizaciones no gubernamentales que tuvieran especialmente en cuenta a la infancia. Se alentó en particular al Comité contra la Tortura y al Subcomité a que visitaran lugares en que los niños estaban privados de su libertad.
Los participantes destacaron que tanto las organizaciones no gubernamentales como las instituciones nacionales de derechos humanos desempeñaban un papel fundamental en la vigilancia de la violencia contra los niños. Se subrayó la necesidad de elaborar indicadores. Los participantes acordaron que era indispensable celebrar deliberaciones sobre los respectivos criterios adoptados por los órganos creados en virtud de tratados respecto de la violencia contra los niños.
XII.Puntos de acuerdo de la séptima reunión de los comités
La séptima reunión de los comités llegó a una decisión sobre los siguientes puntos de acuerdo que se transmitirían a la 20ª reunión de los presidentes:
Reunión de los comités
a)La séptima reunión de los comités reiteró la opinión de que la reunión de los comités constituía un foro útil para tratar asuntos de interés mutuo y fortalecer la coordinación entre los órganos creados en virtud de tratados, y recomendó que la Asamblea General estudiara la posibilidad de convocar esas reuniones periódicamente.
b)En relación con la recomendación de la sexta reunión de los comités en el sentido de que consideraba apropiado reunirse dos veces por año, la séptima reunión de los comités recomendó que una de sus dos reuniones anuales se dedicara exclusivamente a mejorar y armonizar los métodos de trabajo de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.
c)La séptima reunión de los comités decidió que los temas del programa para la octava reunión de los comités serían los siguientes: las directrices revisadas relativas a los distintos tratados; el seguimiento de las observaciones finales; el examen de un Estado parte en ausencia de un informe, y el mecanismo de Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos.
Directrices armonizadas revisadas sobre la presentación de informes
d)Observando que algunos órganos creados en virtud de tratados habían aprobado directrices revisadas sobre los documentos que los Estados partes estaban obligados a presentar en virtud de los tratados internacionales de derechos humanos, la séptima reunión de los comités alentó a los demás órganos creados en virtud de tratados a que finalizaran el proceso de aprobación de sus directrices revisadas para fines de 2009. Reiteró que al presentar un informe a cualquier órgano creado en virtud de un tratado de derechos humanos, los Estados partes debían utilizar las directrices armonizadas aprobadas para la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos, comprendidas las directrices sobre la preparación de un documento básico común y los documentos relacionados con los distintos tratados (que figuran en el documento HRI/GEN/2/Rev.5).
Seguimiento de las observaciones finales
e)La séptima reunión de los comités reiteró su recomendación anterior de que cada órgano creado en virtud de un tratado estudiara la posibilidad de adoptar procedimientos para asegurar el seguimiento efectivo de sus observaciones finales, como el nombramiento de un relator encargado del seguimiento o cualquier otro mecanismo apropiado. La reunión recomendó además que se asignaran recursos complementarios a las actividades de seguimiento, especialmente para la realización de seminarios, reuniones y visitas a los países, y que los miembros de órganos creados en virtud de tratados participaran en mayor medida en esas actividades.
f)La séptima reunión de los comités destacó la importancia del seguimiento de las observaciones finales y recomendó que se estableciera un grupo de trabajo sobre armonización o sobre determinación de las mejores prácticas respecto del seguimiento, o ambas cosas, que se reuniera o bien entre períodos de sesiones o durante la octava reunión de los comités y que estuviera integrado, entre otros, por el relator encargado del seguimiento de las observaciones finales de cada órgano creado en virtud de un tratado, si ello procediera, o por los miembros encargados de las actividades de seguimiento. El grupo de trabajo debería presentar sus conclusiones a la novena reunión de los comités, que se celebraría en 2009.
g)La séptima reunión de los comités recomendó que todo seguimiento incluyera una evaluación cualitativa periódica de la aplicación de las observaciones finales. Dicha evaluación debía llevarse a cabo en reuniones abiertas.
Seguimiento de las decisiones sobre denuncias individuales
h)La séptima reunión de los comités también reafirmó la importancia de consolidar y posiblemente fortalecer los procedimientos establecidos para hacer el seguimiento de las decisiones sobre denuncias individuales.
Examen de los Estados partes en ausencia de un informe
i)La séptima reunión de los comités observó que la ausencia de informes de los Estados partes sobre la aplicación de los tratados, incluidos los informes iniciales, afectaba a todos los órganos creados en virtud de tratados. Si bien el examen de un informe, así como el establecimiento de un diálogo constructivo con los Estados partes, siempre sería el objetivo de los órganos creados en virtud de tratados, un gran atraso en la presentación de los informes iniciales y periódicos obstaculizaría seriamente el mandato de vigilancia de los órganos creados en virtud de tratados y la aplicación de las disposiciones contenidas en los tratados. Debería recordarse a los Estados que no hubieran presentado informes que estaban atrasados en el cumplimiento de sus obligaciones a este respecto y alentarlos a que las cumplieran y, como último recurso, los órganos creados en virtud de tratados deberían considerar la posibilidad de examinar la aplicación de los tratados en ausencia de un informe, y aprobar observaciones finales a ese respecto.
j)La séptima reunión de los comités pidió a la Secretaría que elaborara una lista de Estados que no hubieran presentado informes, tanto los iniciales como los periódicos. Debería considerarse la situación particular de cada uno de esos Estados, teniendo especialmente en cuenta el período de atraso, la situación del país en materia de derechos humanos y las dificultades concretas que podría enfrentar el Estado parte. Se alentó al ACNUDH a que participara en actividades de fomento de la capacidad y asistencia técnica, en particular mediante su presencia regional y sobre el terreno.
Consejo de Derechos Humanos
k)La séptima reunión de los comités tomó nota de las deliberaciones de los dos primeros períodos de sesiones del mecanismo de Examen Periódico Universal. Recomendó que la Secretaría pusiera regularmente a disposición de los órganos creados en virtud de tratados las compilaciones preparadas por el ACNUDH, de conformidad con el apartado b) del párrafo 15 del anexo de la resolución 5/1 del Consejo de Derechos Humanos. En la compilación de las fuentes de las Naciones Unidas preparada por el ACNUDH deberían tenerse debidamente en cuenta las observaciones finales y las recomendaciones de todos los órganos creados en virtud de tratados. Tal vez en su diálogo con los Estados partes en el curso del Examen Periódico Universal los órganos creados en virtud de tratados desearan considerar la posibilidad de referirse a las promesas y los compromisos hechos por los Estados partes. La séptima reunión de los comités también encomió la práctica seguida por algunos órganos creados en virtud de tratados de nombrar observadores para hacer el seguimiento del Examen Periódico Universal en el Consejo y sugirió que esa práctica se extendiera a todos los órganos creados en virtud de tratados.
l)A la luz de los recursos complementarios suministrados al ACNUDH para el proceso de Examen Periódico Universal, la séptima reunión de los comités recomendó que el ACNUDH solicitara más recursos financieros y garantizara la asignación apropiada de recursos internos, para prestar servicios más eficientes a la labor de los órganos creados en virtud de tratados, entre otras cosas, como resultado de las nuevas ratificaciones de instrumentos de derechos humanos que traía aparejado el Examen Periódico Universal, e impulsar el fortalecimiento y evolución general del sistema de órganos creados en virtud de tratados.
Independencia de los expertos
m)La séptima reunión de los comités reafirmó la declaración solemne hecha en 1997 por la octava reunión de presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (A/52/507, párrs. 67 y 68), acerca de la necesidad de salvaguardar la independencia de los expertos de los órganos creados en virtud de tratados.
Acceso a las deliberaciones de los órganos creados en virtud de tratados
n)La séptima reunión de los comités recomendó que el ACNUDH examinara medios alternativos de facilitar el acceso más amplio posible a los exámenes públicos de los informes periódicos por los órganos creados en virtud de tratados, incluida la posibilidad de su transmisión web y mediante otras tecnologías modernas.
Cooperación con organizaciones no gubernamentales
o)La séptima reunión de los comités subrayó la importancia de la participación amplia de las organizaciones no gubernamentales, incluida una representación geográfica equitativa en la labor de los órganos creados en virtud de tratados. Se alentó a la Secretaría a que facilitara la participación de organizaciones no gubernamentales nacionales de distintos países, especialmente de países en desarrollo.
p)La séptima reunión de los comités reiteró sus recomendaciones anteriores de que las organizaciones no gubernamentales enviaran información a los períodos de sesiones de los órganos creados en virtud de tratados con antelación suficiente para que los miembros de los comités tuvieran ocasión de estudiar esas importantes comunicaciones, en particular con miras a la preparación de las listas de cuestiones, y de que siguieran difundiendo las conclusiones de los órganos creados en virtud de tratados e informaran sobre su aplicación.
Instituciones nacionales de derechos humanos
q)La séptima reunión de los comités reiteró sus recomendaciones anteriores al efecto de que los órganos creados en virtud de tratados continuaran colaborando con las instituciones nacionales de derechos humanos con arreglo a los Principios de París (resolución 48/134 de la Asamblea General, anexo). Además, alentó la continuación del diálogo con la Mesa del Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, a fin de mejorar y fortalecer la interacción entre las instituciones nacionales de derechos humanos y los órganos creados en virtud de tratados, de conformidad con la práctica actual de determinados órganos creados en virtud de tratados.
Formato y estructura de las listas de cuestiones
r)La séptima reunión de los comités reconoció la utilidad de las listas de cuestiones preparadas y transmitidas a los Estados partes con anterioridad al examen de los informes iniciales y periódicos. Aunque el contenido de las listas de cuestiones seguía librado a la discreción de cada órgano creado en virtud de un tratado, en su respectiva esfera de competencia, la reunión de los comités tal vez deseara determinar y examinar las mejores prácticas en relación con su formato y estructura, en especial para dirigir listas de cuestiones más específicas a los Estados partes.
Observaciones generales conjuntas
s)A la luz de las experiencias anteriores de los órganos creados en virtud de tratados, la séptima reunión de los comités destacó la conveniencia de estudiar si sería posible emitir observaciones generales conjuntas. Alentó a los órganos creados en virtud de tratados a que analizaran seriamente la posibilidad de examinar y aprobar observaciones generales conjuntas y reiteró que estas observaciones generales sólo deberían referirse a cuestiones temáticas comunes, y no a disposiciones de los tratados, y recomendó que el ACNUDH prestara serio apoyo a este proceso.
Terminología y remisión a la labor de otros órganos creados en virtudde tratados
t)La séptima reunión de los comités pidió a la Secretaría que le informara de las prácticas de los órganos creados en virtud de tratados en lo que se refiere a la terminología y la remisión a la labor de otros órganos creados en virtud de tratados. La reunión de los comités volverá a examinar esta cuestión en el curso de 2009.
Ratificación de los tratados internacionales básicos de derechoshumanos
u)La séptima reunión de los comités reiteró que, tanto en su diálogo constructivo con los Estados partes como en sus observaciones finales, todos los órganos creados en virtud de tratados deberían promover activamente la ratificación de los demás tratados internacionales básicos de derechos humanos, de conformidad con sus modalidades de trabajo, en particular la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Información estadística relacionada con los derechos humanos
v)La séptima reunión de los comités acogió con beneplácito el informe presentado por la Secretaría atendiendo a las recomendaciones de las reuniones quinta y sexta de los comités relativas al uso de la información estadística para vigilar el ejercicio de los derechos humanos (HRI/MC/2008/3). Alentó a la Secretaría a proseguir esta labor, en particular mediante una mayor validación a nivel de los países, a nivel de órganos concretos creados en virtud de tratados y mediante la elaboración del material de información y los instrumentos apropiados para poner en práctica y divulgar su labor. Al llevar a cabo esta tarea, en colaboración con las entidades pertinentes de las Naciones Unidas y otras instituciones, como las instituciones nacionales de derechos humanos, la Secretaría debería tener en cuenta la necesidad de seguir situando en el contexto adecuado el marco aprobado para establecer los indicadores y la información estadística de conformidad con los requisitos de los distintos órganos creados en virtud de tratados. Se pidió a la Secretaría que informara periódicamente a todos los órganos creados en virtud de tratados, especialmente a los que aún no habían recibido información, y que mantuviera consultas con ellos, y en su próximo informe a la reunión de los comités, que se celebraría en 2009, indicara el plazo previsto para la finalización de un conjunto completo de indicadores.
Estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños
w)La séptima reunión de los comités destacó la importante función que desempeñan todos los órganos creados en virtud de tratados en cuanto a promover la aplicación de las recomendaciones del estudio de las Naciones Unidas sobre la violencia contra los niños y abordar las cuestiones relativas a la violencia por medio de su labor. La reunión de los comités también reconoció la necesidad de mantener un intercambio pormenorizado de información entre los órganos creados en virtud de tratados sobre las diferentes modalidades adoptadas en relación con la violencia contra los niños y de prestar atención más específica a la prevención de la violencia.
Actividades empresariales y derechos humanos
x)De resultas del interés manifestado por los participantes en la sexta reunión de los comités en seguir intercambiando información con el Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, la séptima reunión de los comités recomendó que los órganos creados en virtud de tratados alentaran a las organizaciones no gubernamentales y las instituciones de derechos humanos nacionales a que les suministraran información sobre los abusos de derechos humanos perpetrados por las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.