COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
41º período de sesiones
ACTA RESUMIDA DE LA 1084ª SESIÓN (Sala A)
Celebrada en el Palacio Wilson, Ginebra,
el miércoles 11 de enero de 2006, a las 10.00 horas
Presidente:Sr. DOEK
SUMARIO
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (continuación)
Informe inicial de Kazajstán correspondiente al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.
EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES (continuación)
Informe inicial de Kazajstán correspondiente al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/OPSA/KAZ/1; CRC/C/OPSA/KAZ/Q/1)
Por invitación del Presidente, el Sr. Abusseitov, el Sr. Akhmetov, la Sra. Jarbussynova yel Sr. Zhagiparov (Kazajstán) toman asiento como participantes a la mesa del Comité.
La Sra. JARBUSSYNOVA (Kazajstán) presenta el Informe inicial de Kazajstán correspondiente al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (CRC/C/OPSA/KAZ/1) y dice que su Gobierno ratificó el Protocolo Facultativo en 2001. Puesto que, en términos demográficos, su país es joven, ya que los niños y jóvenes menores de 18 años constituyen el 33% de la población, una de las principales prioridades del Gobierno es favorecer los intereses de los niños mejorando la situación económica en todo el territorio nacional.
Como la cuestión de la trata de personas, en particular de niños, es de especial importancia a causa de la situación geográfica de Kazajstán, que hace que sea un país de tránsito, se ha establecido una base jurídica sólida para la aplicación del Protocolo Facultativo.La familia y los niños están protegidos por la Constitución, y varias leyes, que se han aprobado para dar efecto a dicha protección, incluyen disposiciones concebidas para salvaguardar a los niños de la prostitución y la pornografía e impedir que se les incite a participar en actividades ilegales.Está previsto redactar un plan nacional sobre derechos humanos a fin de impulsar la formación en materia de derechos humanos en las escuelas y se está considerando establecer un comité ministerial especial sobre los derechos del niño.Además, con arreglo a un programa bianual de política en materia de juventud, se adoptarán medidas para frenar el consumo de drogas y el alcoholismo entre los jóvenes.
A fin de aplicar los artículos 1 y 2 y del 8 al 10 del Protocolo Facultativo, el Código Penal de Kazajstán ha tipificado como delito, entre otros, la incitación de menores al ejercicio de la prostitución, los actos violentos de carácter sexual, el secuestro, la corrupción de menores yladifusión ilegal de materiales o artículos pornográficos.Aquellas personas que se dediquen ala trata de menores, el reclutamiento fraudulento de personas para su explotación sexual o la organización y dirección de burdeles incurrirán en responsabilidad penal.
Después de llamar la atención sobre las cifras que se incluyen en el párrafo 13 del informe, la oradora añade que, en 2004, únicamente se declaró culpables a nueve personas de trata de menores, y que no se ha informado sobre ningún caso en los primeros nueve meses de 2005. De los 19 casos interpuestos ante los tribunales con arreglo al artículo 128 del Código Penal entre 2002 y 2004, 3 estaban relacionados con la captación de menores para someterlos aexplotación sexual o de otra índole y tuvieron como resultado la imposición de penas de prisión de 3 a 5 años.Con arreglo al artículo 121 (actos violentos de carácter sexual) del Código Penal, sejuzgó a 135 personas en 2003, 139 en 2004 y 132 en los primeros 11 meses de 2005. Con arreglo al artículo 124 (corrupción de menores), se obtuvieron 8 condenas en 2003, 13 en 2004 y 7 en los primeros nueve meses de 2005. Con arreglo al artículo 131 (incitación de menores a cometer actos delictivos), se condenó a 15 delincuentes en 2004 y a 15 en los primeros nueve meses de 2005. En 2004, 16 personas fueron declaradas culpables de incitar amenores a cometer actos antisociales, mientras que en los primeros nueve meses de 2005 hubo 14 condenas.En 2004, se juzgó a 62 personas por no cumplir sus obligaciones en relación con la educación de los jóvenes y hubo 56 casos similares en los primeros 11 meses de 2005. El número de personas condenadas por difundir ilegalmente material o artículos pornográficos aumentó de 25 en 2004 a 47 en los primeros nueve meses de 2005. Además, se han impuesto sanciones administrativas a más de 2.000 personas para intentar reducir el número de delitos contra menores.
El aumento en el número de casos relacionados con la violencia contra los menores de 4.400 en 2004 a 5.300 en los primeros 11 meses de 2005, podría atribuirse a una campaña de sensibilización que alertó al público en general de la cuestión y tuvo como resultado una mayor actuación por parte de las fuerzas del orden.A fin de complementar la legislación relativa a la lucha contra la trata de seres humanos, se han aprobado leyes para combatir la migración ilegal, que tienen como objetivo impedir que se lleven secretamente a otro país a ciudadanos kazakos yque entren en Kazajstán trabajadores extranjeros.Además, desde 2003, el traslado ilegal de personas desde Kazajstán y el tránsito ilegal por el país para la explotación sexual o de otra índole se considera como delito, castigado con una pena de tres a ocho años de prisión y la confiscación de bienes.
En las ciudades, los niños disponen de teléfonos especiales y se van a abrir centros de crisis para mujeres y niños en 30 regiones del país.En el año anterior, 600 niños utilizaron los refugios proporcionados por dichos centros.Un estudio ha revelado que la mayor parte de la violencia contra los niños se produce dentro de las familias.De hecho, los niños no están suficientemente informados sobre los delitos y sus responsabilidades penales.A fin de subsanar esta situación, se han abierto clubes para jóvenes de entre 6 y 16 años y se ha publicado un folleto titulado “No infrinjas la ley”.Asimismo, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia sobre la aplicación por los tribunales de la legislación para el arreglo de controversias relacionadas con la educación de los hijos, que pretende guiar a los tribunales en su deliberación de dichos casos.
Se ha establecido una comisión interdepartamental especial dirigida por el Ministro de Justicia para luchar contra la trata de seres humanos y se ha creado una unidad especial en el Ministerio del Interior para el mismo fin.Se han formulado recomendaciones relativas a los métodos para la detección e investigación de delitos relacionados con la trata de personas.Se ha abierto en Karaganda un centro internacional para la formación de especialistas en medidas contra la trata de personas y la migración ilegal.Asimismo, con arreglo a un plan nacional que abarca el período 2006-2008, se creará un departamento para prevenir la trata de personas, se celebrarán acuerdos internacionales con los países de origen, tránsito y destino de las víctimas de la trata, y se proporcionará asistencia y cooperación en relación con la extradición y la lucha contra la delincuencia organizada.Además, se dará apoyo financiero a los ciudadanos kazakos alos que se haya llevado a otro país ilegalmente y se abrirá un centro de acogida temporal para las víctimas de la trata de personas.
En 2005, se aprobó una ley sobre la ratificación del Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, y se adoptó una estrategia de igualdad entre los géneros a fin de prevenir la violencia sexual.Se va atipificar como delito la violencia en el hogar.Asimismo, la estrategia propone la creación de un centro nacional para coordinar las medidas contra la exportación ilegal de seres humanos para esclavizarlos o someterlos a trabajo forzoso.Están previstos algunos cambios en la ley a fin de ofrecer a las víctimas de la trata de personas una mejor protección.Asimismo, hay planes para introducir la supervisión de los derechos de las mujeres y los niños y formar a los funcionarios de policía, la judicatura, los médicos y lostrabajadores sociales en formas eficaces de garantizar la seguridad de las víctimas de la trata de personas, entre las que se incluyen aquellos que testifiquen contra los traficantes.Asimismo, se va a organizar una campaña informativa para prevenir a los niños y jóvenes sobre los peligros de la trata de personas e inculcar un comportamiento no violento en ellos.Por lo tanto, se puede decir que Kazajstán está haciendo todo lo posible para salvaguardar a los niños de la explotación sexual.
A fin de desarrollar el artículo 3 del Protocolo Facultativo, el Gobierno de Kazajstán está redactando un proyecto de ley sobre la ratificación del Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.Unos 300 de los más de 5.000 niños kazakos adoptados por ciudadanos extranjeros en los años anteriores, lo fueron por progenitores extranjeros que viven en otro país.En 2003, el Gobierno ratificó el Convenio núm. 182 de la Organización Internacional de Trabajo sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación y el programa trienal puesto en marcha en 2005 para aplicar dicho convenio se centra en la investigación de la explotación sexual y la trata de los niños.Asimismo, se considera prioritaria la rehabilitación de los menores a los que se ha inducido a la prostitución y otras actividades antisociales.
A fin de aplicar el artículo 5 del Protocolo Facultativo, Kazajstán ha celebrado acuerdos sobre la asistencia jurídica en materia penal con numerosos países.Dos de esos acuerdos son los Convenios de Minsk y Kishinev sobre auxilio judicial y relaciones judiciales para los asuntos civiles, familiares y penales.
Por lo que se refiere a la aplicación del artículo 7 del Protocolo Facultativo, la oradora llama la atención sobre el hecho de que la ley sobre los medios de comunicación dispone la suspensión o cierre de aquellos medios que publiquen material pornográfico.Del mismo modo, está prohibido el uso de los anuncios publicitarios para difundir pornografía, así como la emisión o proyección de películas o videos pornográficos.A nivel local, se han creado comisiones para controlar la venta de material audiovisual o impreso con un contenido erótico.Los medios de comunicación kazakos se concentran en la divulgación de una información completa y objetiva sobre las medidas del Gobierno para proteger a los niños y prevenir su descuido.Asimismo, difunden los esfuerzos del Gobierno, las organizaciones no gubernamentales (ONG) y las organizaciones internacionales para erradicar la trata de niños y la prostitución y pornografía infantil.Además, la prensa y la televisión dedican toda una serie de artículos y programas especiales a los derechos y educación del niño.
Con respecto al artículo 10 del Protocolo Facultativo, la oradora explica que, en 2005, se puso en marcha un programa por valor de unos 97.000 dólares de los EE.UU. para proporcionar ayuda económica a los ciudadanos kazakos que han sido víctimas de la trata de personas.Están previstas una serie de medidas de asistencia, que van desde la ayuda con los gastos de transporte para regresar a su país de origen al pago de los honorarios del asesor jurídico y los traductores.
Aunque no existe una panacea para abordar las cuestiones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones internacionales en relación con los derechos del niño, laoradora está segura de que la sesión permitirá a Kazajstán encontrar soluciones al problema de la trata de niños.El éxito de Kazajstán en la mejora de la situación de los niños se sustenta en su cooperación fructífera con organizaciones internacionales y no gubernamentales.
La Sra. LEE Yanghee felicita al Gobierno de Kazajstán por ratificar los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo núm. 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación y núm. 105 relativo a la abolición del trabajo forzoso y otros convenios internacionales que garantizan los derechos de las mujeres ylos niños, pero lamenta que no haya ratificado los pertinentes convenios del Consejo de Europa.La delegación no ha respondido muchas de las preguntas de la lista de cuestiones.Se han proporcionado pocos datos estadísticos y no se ha informado sobre las asignaciones presupuestarias para la realización de los derechos incluidos en el Protocolo Facultativo.No se han dado detalles sobre la indemnización que se concede a los niños víctimas de las peores formas de explotación.
En el párrafo 6 del informe del Estado Parte se ha hecho referencia a la insuficiencia de los mecanismos y procedimientos para realizar evaluaciones periódicas de la aplicación del Protocolo Facultativo.¿Qué medidas se han adoptado para mejorar dichos mecanismos yprocedimientos?¿Quién se encarga de coordinar la aplicación del Protocolo Facultativo?¿Cuál es el presupuesto para su aplicación?
Asimismo, la oradora pide información sobre el alcance y la forma de participación de la sociedad civil en la elaboración del informe.
La oradora pregunta si se ha emprendido algún estudio integral sobre la incitación de menores al ejercicio de la prostitución.El gran número de trabajadores del sexo, que tienen la posibilidad de propagar el VIH/SIDA, es un importante motivo de preocupación.Desearía que se le facilitara más información sobre los informes de los niños trabajadores del sexo, algunos de tan corta edad como 8 años, en el sur del país.El hecho de que la incidencia de la sífilis entre las niñas adolescentes sea dos veces superior que entre los niños, atribuible a la comercialización de las relaciones sexuales, es otra razón por la que es necesario un enfoque integral para abordar la explotación sexual de los menores.
Dado que se informa que Kazajstán es un país de origen, tránsito y destino para la trata de personas con fines de explotación sexual y trabajo forzoso, la oradora se pregunta si hay algún plan nacional de acción integral para luchar contra la trata que no sea el aprobado para el período 2004 a 2005. Asimismo, desearía que se le facilitara más información sobre la trata interna.
La estigmatización de los niños que han contraído el VIH/SIDA como consecuencia de ser víctimas de la trata de personas y prostitución es un motivo de preocupación, y, como el Código Penal no define a dichas víctimas, la oradora se pregunta qué les ocurre.¿Existe alguna línea de ayuda gratuita a nivel nacional a la que puedan llamar?
La Sra. AL-THANI estaría interesada en conocer qué se está haciendo para abordar la estigmatización de los niños que han contraído el VIH/SIDA como consecuencia de la prostitución.Dado que es probable que aumente significativamente el número de huérfanos por el SIDA, se pregunta si hay programas específicos dirigidos a ellos.
No está claro si los esfuerzos de sensibilización se han dirigido a los niños y a profesionales como, por ejemplo, los trabajadores sociales, los abogados y los médicos.La oradora se pregunta si la nueva asignatura obligatoria “Ética y psicología en la vida familiar”, que se ha introducido en el plan de estudios, aborda los derechos de los niños con arreglo al Protocolo Facultativo.
La oradora desearía que se le facilitara información sobre los recientes esfuerzos realizados para combatir la pornografía infantil en Internet.
El Sr. KRAPPMANN dice que es lamentable que no haya información fidedigna sobre el verdadero alcance del problema de la explotación sexual y de la trata de personas.En sus observaciones finales de 2003, el Comité recomendó enérgicamente el establecimiento de un sistema estadístico que permita el desglose de los datos.Después de volver a calcular las cifras incluidas en el párrafo 30 del informe de Kazajstán, que dan una idea de la dimensión del problema, al parecer aproximadamente el 25% de las niñas de 15 a 17 años ganan dinero acambio de actos sexuales.Según el mismo estudio, más de 100.000 menores, la mayoría niñas, son trabajadores del sexo a tiempo completo o parcial.El orador se pregunta por qué no se ha realizado un estudio integral y fidedigno, patrocinado por el Gobierno de Kazajstán, sobre el fenómeno.Un defecto importante es que el informe no incluye ningún análisis de las razones de una situación tan deplorable, que al parecer tolera la sociedad Kazaka.
El orador estaría interesado en conocer el objeto del marco de educación moral y sexual mencionado en el informe, y a quién va dirigido.¿El problema de la prostitución infantil es una consecuencia de un conocimiento insuficiente o hay otras causas sociales?
Aunque el orador acoge favorablemente las medidas dirigidas a ayudar a los jóvenes autilizar su tiempo de ocio de manera productiva, lamenta la falta de información sobre los programas destinados a los niños explotados sexualmente y objeto de trata.Como los programas mencionados en el informe se presentan en el contexto de la prevención del delito, se pregunta si se considera a dichos niños como víctimas o delincuentes.Estos niños necesitan atención, rehabilitación y ayuda psicológica, y, por lo tanto, el orador desearía que se le facilitara más información sobre la asistencia que reciben realmente.
El Sr. SIDDIQUI señala el número de órganos competentes para aplicar el Protocolo Facultativo y se pregunta si sus funciones con respecto a éste están especificadas.¿Ha habido algún comentario sobre la eficacia de las actividades de difusión que se han realizado, y ha habido alguna evaluación periódica de la aplicación del Protocolo Facultativo?El orador se pregunta si se coordinan los diversos mecanismos para evaluar la aplicación.
El orador pregunta si los órganos de gobierno a nivel local tienen competencia para regular de manera expresa la venta de materiales pornográficos, y si aquellos que infringieron esas normas han sido castigados.Dado que el Código Penal no se refiere de manera explícita a la difusión de pornografía infantil, se pregunta si las normas hacen esa distinción.No se desprende claramente del informe si ha disminuido la delincuencia contra los menores.El orador estaría interesado en conocer por qué están aumentando los problemas de la desprotección social del menor y la vagancia juvenil, a pesar del supuesto éxito del programa para la reducción de la pobreza.
La Sra. ORTIZ se pregunta si los hijos de los kazakos repatriados todavía se topan con dificultades a la hora de obtener los documentos y adquirir la nacionalidad al nacer.
La oradora estaría interesada en conocer qué instituciones se ocupan del problema de los niños de la calle y cómo abordan la situación, ya que ese grupo es particularmente vulnerable a la trata.
La oradora se pregunta si ha habido alguna mejora en la prestación de ayuda económica ode otra índole a las familias con hijos, en especial, a los grupos más pobres de la población.
La oradora pregunta si el Gobierno de Kazajstán ha considerado ratificar el Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, y si hay algún impedimento para hacerlo.
La Sra. LEE Yanghee señala que son las embajadas las que supervisan las adopciones extranjeras y se cuestiona por qué no hay una autoridad central que se ocupe del proceso de adopción, y pregunta cómo se supervisa a las propias embajadas.
El Sr. KOTRANE acoge favorablemente la adopción de un plan de acción para combatir y prevenir la trata de personas para el período 2004 a 2005. Se pregunta si las ONG participaron en el proceso de redacción o si únicamente lo preparó una comisión interministerial.¿Qué comprende el plan, y por qué se limita al período 2004-2005?¿Está previsto continuar el trabajo en este ámbito?
Se suspende la sesión a las 11.00 horas y se reanuda a las 11.20 horas.
La Sra. JARBUSSYNOVA (Kazajstán) dice que en la aplicación del Protocolo Facultativo intervienen varios ministerios, y que la Comisión nacional de asuntos relativos a la familia y la mujer realiza la coordinación.Tan pronto como se establezca el nuevo Gobierno, está planeado crear un comité sobre los derechos del niño dentro del Ministerio de Educación yCiencia, que gradualmente asumirá el papel de coordinar actividades con arreglo a la Convención y el Protocolo Facultativo.En relación con la financiación de la aplicación del Protocolo Facultativo, actualmente, no se dispone de cifras concretas, ya que cada uno de los ministerios responsables tiene su propio presupuesto.La delegación proporcionará la información pertinente por escrito en una fecha posterior.
En la aplicación del Protocolo Facultativo, el Gobierno ha colaborado con muchas de las ONG activas en el ámbito de los derechos del niño, así como con organizaciones internacionales como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).Actualmente, está en marcha un programa principal para la prevención de la trata de personas y la rehabilitación de sus víctimas en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones.
La Oficina del Ombudsman ha ayudado a preparar el informe de Kazajstán, y ha establecido una sección especial sobre los derechos del niño.Va a publicarse a principios de 2006 un informe sobre las actividades del Ombudsman para proteger los derechos del niño. La Oficina del Ombudsman y la Comisión nacional de asuntos relativos a la familia y la mujer organizaron de manera conjunta, en 2004 y 2005, una serie de conferencias, seminarios de capacitación y estudios sobre los derechos del niño, y trabajaron estrechamente con el conjunto de los medios de comunicación para sensibilizar a la población y difundir información sobre los derechos del niño en general, y, más concretamente, las disposiciones del Protocolo Facultativo.Asimismo, se ha publicado un folleto y hojas informativas para los niños.
Una delegación de Kazajstán participó, en 2005, en el segundo Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, y en colaboración con UNICEF organizó una mesa redonda y una conferencia de prensa.
La Sra. JARBUSSYNOVA (Kazajstán) dice que se ha establecido una comisión interdepartamental para combatir la trata y traslado ilegal de personas, en particular de niños, que trabaja en cooperación con el Ministerio de Justicia.Asimismo, se estableció un consejo coordinador y un grupo de trabajo especial para aplicar el plan de acción para combatir la trata de personas para el período 2004-2005. No se aplicó totalmente el plan, y se ha redactado otro plan para 2006-2007. Las actividades de la comisión interdepartamental y el consejo coordinador han tenido como resultado una mayor transparencia, lo que ha llevado a un aumento en el número de casos de trata denunciados.Se requiere una cooperación estrecha a nivel internacional para combatir la pornografía infantil en Internet.
Se ha creado una línea telefónica confidencial para los jóvenes con la asistencia de las ONG, y el apoyo financiero de las empresas comerciales.Se está creando una red de centros de crisis, que presta asistencia gratuita a las mujeres y los niños que han sido víctimas de la violencia.Se han establecido refugios para las mujeres y los niños regidos por dicha red.Se está prestando especial atención a la situación de los huérfanos, y se están creando centros de rehabilitación para ellos.Aunque todavía se acoge a muchos niños huérfanos en internados yhogares infantiles, las organizaciones internacionales están ayudando al Gobierno de Kazajstán a aumentar las posibilidades del acogimiento en familias.
Kazajstán colabora estrechamente con el Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria y el Gobierno ha desarrollado un programa nacional para combatir el VIH/SIDA y rehabilitar a los afectados por la enfermedad.Se está haciendo todo lo posible para abordar la propagación de la infección en las zonas urbanas con el mayor número de seropositivos.El número de personas que padecen VIH/SIDA en Kazajstán es alto en comparación con otras Repúblicas de Asia central y se está haciendo todo lo posible para abordar la cuestión de manera abierta y transparente.
Se están adoptando medidas para prevenir la explotación sexual de los menores ysensibilizar a la población sobre la cuestión, y se están llevando a cabo investigaciones confidenciales sobre las denuncias.Se incrementarán las medidas para prevenir y combatir la explotación sexual en cooperación con la comisión interdepartamental para combatir la trata de personas.Asimismo, el Ministerio de Educación incrementará las medidas para sensibilizar a los jóvenes sobre cuestiones como la explotación sexual.En los dos últimos años, se ha llevado acabo un proyecto piloto en dos regiones de Kazajstán para establecer un nuevo sistema de justicia de menores.El Tribunal Supremo ha fallado recientemente que debe introducirse el nuevo sistema en todo el país, lo que permitirá la protección de los derechos específicos de los menores en la justicia penal.
El PRESIDENTE pregunta si la comisión interdepartamental, el consejo coordinador y el grupo de trabajo especial abordan la cuestión de la trata de personas dentro de Kazajstán, así como la trata hacia otros países.En relación con la adopción internacional, desea saber si se creará una autoridad central para supervisarla, tal y como exige el Convenio de la Haya relativo ala Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.Se pregunta quién ha redactado el marco de educación moral y sexual en Kazajstán y quién lo utiliza.Asimismo desea saber si la definición de la venta de niños en el Código Penal se ajustará a la del Protocolo Facultativo, a fin de tipificar como delito la oferta de niños.De acuerdo con el Código Penal, la incitación de menores al ejercicio de la prostitución se castiga con trabajo social.Pregunta cómo se define la palabra “incitación”, si significa que se puede castigar a los propios menores, y si comprende la oferta, posesión, adquisición o entrega de un niño con fines de prostitución tal y como exige el Protocolo Facultativo.Se pregunta si se incluye en la legislación penal la captación de menores para el ejercicio de la prostitución mediante la oferta de una remuneración económica.Pide que se aclare la definición del término “materiales pornográficos” que se utiliza en el Código Penal, y pregunta si, con arreglo al derecho penal, es punible la posesión de dicho material en el que intervengan niños.
Con arreglo al Código Penal, sólo se puede enjuiciar a una persona de nacionalidad kazaka que haya cometido un delito sexual contra un niño fuera de Kazajstán, si el delito es punible por la ley de ambos países.El Presidente pregunta si se va a ampliar la jurisdicción de Kazajstán para incluir los actos cometidos por ciudadanos kazakos en otro país, con independencia de su legislación penal.Solicita más información sobre las condiciones para la extradición por parte de Kazajstán, que entiende está sujeta también a la doble tipificación como delito.Se pregunta cómo se protege a los niños que han sido víctimas de explotación o abuso sexual cuando actúan como testigos en un proceso penal, y quién es el representante legal del menor cuando se acusa a uno o ambos progenitores de haber cometido el delito.Con arreglo a la legislación kazaka, los niños mayores de 16 años tienen derecho a estar acompañados de un pedagogo o psicólogo cuando participan en un procedimiento judicial, y el Presidente se pregunta si esa disposición se aplica, asimismo, a los menores de 16 años. Sobre la cuestión de la privacidad de la víctima, se pregunta qué protección se ofrece a los niños que actúan como testigos en las causas penales de adultos, y, en particular, si tienen la oportunidad, durante la vista pública, de prestar declaración en privado.
El Sr. KOTRANE pregunta si alguna vez se ha alegado directamente el Protocolo Facultativo o la Convención sobre los Derechos del Niño en un tribunal nacional.
Sería útil saber qué medidas se van a adoptar para ajustar totalmente la legislación nacional a los artículos 2 y 3 del Protocolo Facultativo, en particular, con respecto a la utilización de menores en el trabajo forzoso y la pornografía infantil, tal y como se define en dicho instrumento.El Estado informante debería aclarar si las personas jurídicas tienen responsabilidad penal.
Se debería proporcionar información adicional sobre las medidas que el Gobierno de Kazajstán va a adoptar para ampliar la jurisdicción del Estado Parte para incluir todo lo dispuesto en el artículo 4 del Protocolo Facultativo.
El Estado informante debería ser más específico sobre las medidas para aumentar la protección jurídica de los niños vulnerables, en particular el abandono escolar y los menores no acompañados que entran en el país ilegalmente.
Se suspende la sesión a las 12.20 horas y se reanuda a las 12.35 horas.
La Sra. JARBUSSYNOVA (Kazajstán) dice que el artículo 133 del Código Penal incluye todos los actos y actividades enumeradas en el artículo 3 del Protocolo Facultativo.El artículo 132 del Código Penal, cuando se considera conjuntamente con el artículo 131, establece claramente una pena para los mayores de 18 años que inciten u obliguen a un menor a ejercer la prostitución.En ningún caso, se podrá juzgar a un menor que ha sido víctima de la prostitución.Con arreglo a la legislación kazaka, la producción, publicidad y utilización de la pornografía infantil son todos delitos penales.Las autoridades locales tienen competencia para supervisar la producción y difusión de la pornografía infantil y prevenir dichas actividades.
Aunque las embajadas tienen la competencia sobre la adopción internacional, el Ministerio de Educación supervisa la adopción de niños kazakos en el extranjero.
El Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, en cooperación con las organizaciones internacionales y otros departamentos gubernamentales, han emprendido un proyecto para supervisar la explotación y trata de niños dentro del territorio kazako.El Gobierno de Kazajstán está especialmente preocupado por la situación de los niños que trabajan en condiciones peligrosas o perjudiciales.
El marco de educación moral y sexual aprobado en 2001, lo utilizan los funcionarios públicos y los miembros de la sociedad civil.
Se levanta la sesión a las 12.55 horas.
-----