Comité de los Derechos del Niño
Informes periódicos quinto y sexto combinados que Kazajstán debía presentar en 2021 en virtud del artículo 44 de la Convención * **
[Fecha de recepción: 30 de diciembre de 2021]
1.El presente informe se ha elaborado de conformidad con el artículo 44 de la Convención sobre los Derechos del Niño, abierta a la firma en Nueva York el 20 de noviembre de 1989 y ratificada mediante la Resolución núm. 77 del Consejo Supremo de la República de Kazajstán, de 8 de junio de 1994, y con los requisitos establecidos en las directrices específicas respecto de la forma y el contenido de los informes periódicos (CRC/C/58/Rev.3), así como teniendo en cuenta las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño sobre el cuarto informe periódico de Kazajstán, publicadas el 30 de octubre de 2015 (CRC/C/KAZ/CO/4).
2.En el presente informe se reflejan las medidas adoptadas por Kazajstán para aplicar las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
3.El informe ha sido elaborado por el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia. En su elaboración han participado representantes del Tribunal Supremo, la Fiscalía General, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Ecología, Geología y Recursos Naturales, la Agencia de Planificación Estratégica y Reformas y la sociedad civil.
4.El informe se basa, entre otros, en los resultados de las investigaciones de la Academia Nacional de Educación I. Altynsarin, así como en un estudio sociológico realizado por la organización de investigación Reyndir en 2021 para evaluar la situación de la protección de los derechos e intereses legítimos de los niños.
I.Artículos 4, 42 y 44, párrafo 6, de la Convención Medidas generales de aplicación de las observaciones finales (CRC/C/KAZ/CO/4)
Legislación
Información de seguimiento relativa a los párrafos 8 y 9 de las observaciones finales
5.Kazajstán ha adoptado medidas para seguir reformando la legislación nacional con miras a garantizar los derechos y los intereses legítimos de los niños, de conformidad con las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados.
6.En octubre de 2015, se aprobó el nuevo Código de Procedimiento Civil (Ley núm. 377-V), en el que se estipula que las normas jurídicas dimanantes de los instrumentos internacionales ratificados por Kazajstán se aplicarán de forma prioritaria.
7.En enero de 2016, Kazajstán ratificó la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (Ley núm. 449-V), cuyo objetivo es prevenir la discriminación por motivos de raza, origen étnico, sexo o religión en la enseñanza. De acuerdo con la Convención, Kazajstán ofrece a los extranjeros residentes en su territorio el acceso a la educación en las mismas condiciones que a sus propios nacionales.
8.En abril de 2016, se ratificaron el Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia y el Protocolo sobre la Ley Aplicable a las Obligaciones Alimenticias, lo que permitió establecer un procedimiento universal para ejecutar sentencias y acuerdos extranjeros sobre alimentos que priorizaba el interés superior del niño.
9.A fin de armonizar en mayor medida y de forma más precisa las normas nacionales con las internacionales se han aprobado diversas leyes centradas especialmente en los derechos y los intereses del niño.
10.También en abril de 2016 se aprobó la Ley núm. 501-V por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la protección de los derechos del niño.
11.Mediante esa ley se modificaron el Código del Matrimonio y la Familia, el Código del Sistema de Salud Pública y Atención Sanitaria, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código Penitenciario y el Código de Infracciones Administrativas, lo que permitió aumentar la responsabilidad penal por la comisión de delitos contra la vida, la salud y la integridad sexual de los niños (hasta los 14 años) y los jóvenes (hasta los 18 años).
12.Asimismo, con el objetivo de seguir mejorando el sistema de protección de los derechos e intereses legítimos de los niños, se modificaron la Ley de Derechos del Niño, la Ley de Educación, la Ley de Vigilancia Administrativa de las Personas que Salen de Centros de Privación de Libertad, la Ley de Comunicaciones y la Ley de Normas Sociales Mínimas y sus Garantías.
13.En diciembre de 2017, se aprobó la Ley núm. 128-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la información y las comunicaciones y, en consecuencia, se introdujeron en el artículo 43 de la Ley de Educación algunas restricciones al acceso de los niños a información perjudicial para su salud y desarrollo.
14.En julio de 2018 se aprobó la Ley núm. 169-VІ de Protección de los Niños contra la Información Perjudicial para su Salud y Desarrollo, que regula las dinámicas sociales relacionadas con el ejercicio por los niños de su derecho a obtener y difundir información adecuada a su edad y tiene por objeto proteger a estos de toda información que pueda resultar nociva para su salud y desarrollo.
15.En ella se definen los principios de la política estatal y las competencias del Gobierno, las autoridades pertinentes, los organismos estatales y los órganos ejecutivos locales en materia de protección de la infancia contra la información perjudicial para su salud y desarrollo, Asimismo, se introducen los conceptos de “clasificación por edades”, “grupo de edad” y “calificación por edad”, y se establecen, teniendo en cuenta las características psicofisiológicas de los niños, los requisitos que deben cumplir los contenidos informativos destinados a los distintos grupos de edad.
16.También en julio de 2018, se aprobó la Ley núm. 170-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la protección de los niños contra la información perjudicial para su salud y desarrollo y, en consecuencia, se añadió la formulación “mediante el uso de redes de telecomunicaciones, como Internet” a los artículos 132 (Inducción de menores a cometer delitos) y 134 (Captación de menores con fines de prostitución) del Código Penal.
17.En abril de 2019 se aprobó la Ley núm. 240-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con las actividades de las organizaciones que se dedican a la protección de la infancia.
18.Mediante esa ley se introdujo en el Código del Sistema de Salud Pública y Atención Sanitaria una disposición sobre la denuncia inmediata a las fuerzas del orden de los delitos o infracciones administrativas cometidos contra menores en centros de atención sanitaria, entre otros.
19.En diciembre de 2019, se aprobó la Ley núm. 287-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con el seguro social obligatorio, la seguridad social y las alianzas público-privadas en el ámbito de la atención sanitaria, y se introdujo una nueva prestación estatal para familias numerosas que se calcula en múltiplos de la unidad de cálculo para multas, impuestos y prestaciones (en lo sucesivo, “unidad de cálculo”), oscilando entre 42.500 y 74.000 tenge en función del número de hijos que tenga la familia.
20.También en diciembre de 2019, se aprobó la Ley núm. 292-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la reforma de la legislación penal y de procedimiento penal y el refuerzo de la protección de los derechos individuales, en virtud de la cual se aumentó la responsabilidad penal por la comisión de delitos sexuales.
21.En mayo de 2020, se aprobó la Ley núm. 326-VI por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la protección de la maternidad y la infancia.
22.En virtud de ella se introdujeron disposiciones por las que se facultaba al órgano competente en materia de educación para coordinar a nivel intersectorial la rehabilitación social de los niños afectados por actividades terroristas, y se establecía una lista de servicios sociales destinados a ese fin.
23.En enero de 2021, se aprobó la Ley núm. 410-VI por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la educación.
24.Mediante esa ley se introdujeron modificaciones en el artículo 5 de la Ley de Educación y se otorgó al Ministerio de Educación y Ciencia la autoridad para aprobar una lista de objetos y sustancias prohibidos o restringidos en las instituciones educativas y sus instalaciones. El 25 de mayo de 2021, el Ministerio de Educación y Ciencia promulgó la orden correspondiente (núm. 235).
25.El 1 de julio de 2021 entró en vigor el Código de Procedimiento Contencioso-Administrativo, en el que se establecen las normas para la tramitación de procedimientos administrativos y la realización de actuaciones contencioso-administrativas y se aborda la protección de los derechos e intereses legítimos de los menores. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Código, los menores que obtienen la emancipación legal pueden ejercer sus derechos y obligaciones procesales de manera independiente desde el momento en que se emancipan. En una serie de casos previstos en la legislación de la República de Kazajstán, los menores de entre 14 y 17 años tienen derecho a defender personalmente sus derechos, libertades e intereses legítimos en asuntos contencioso-administrativos del ámbito del derecho público.
26.A su vez, los derechos, libertades e intereses legítimos de los menores de 14 años y de las personas privadas de capacidad jurídica son defendidos ante los tribunales por sus representantes legales o un fiscal.
Política y estrategia integrales
Información de seguimiento relativa a los párrafos 10 y 11 de las observaciones finales
27.El país cuenta con una serie de instrumentos normativos, que se detallan a continuación, en los que se contemplan diversas medidas destinadas a proteger los derechos del niño.
28.En marzo de 2020, mediante la Resolución núm. 156 del Gobierno se aprobó una hoja de ruta para el período 2020-2023 con el objetivo de reforzar la protección de los derechos de los niños, combatir la violencia doméstica y afrontar el fenómeno del suicidio entre los adolescentes.
29.La aprobación de ese documento permitió establecer un sistema para proteger los derechos y garantizar la seguridad de los niños en el país, y en la labor interinstitucional encaminada a aplicar la hoja de ruta participaron 13 organismos estatales y órganos ejecutivos locales.
30.En el período comprendido entre 2020 y 2023 se aprobaron planes de acción regionales para su aplicación.
31.Asimismo, las principales cuestiones relativas a la protección de los derechos de los niños quedaron reflejadas en el proyecto nacional “Educación de calidad para una nación educada”, el proyecto nacional “Atención sanitaria de calidad y accesible para todos los ciudadanos para una nación sana”, el Marco de Política Familiar y de Género hasta 2030, el Marco de Política Estatal para la Juventud hasta 2020, la Hoja de Ruta para Mejorar la Prestación de Asistencia Integral a los Niños con Limitaciones Funcionales (2021-2023), el Plan Integral de Prevención de Delitos (2020-2022), el Plan de Acción Interinstitucional para la Prevención de los Delitos Sexuales contra Menores, la Violencia Doméstica y el Maltrato Infantil (2019-2023) y el Plan de Acción Interinstitucional para la Prevención de la Violencia y el Maltrato a los Niños (2019-2021).
32.En 2021 se elaboraron nuevos documentos estratégicos, como el Marco de Desarrollo de la Educación hasta 2025 y el Plan de Acción para la Aplicación del Marco de Desarrollo de la Educación hasta 2025, que incluyen una sección dedicada a la protección de los derechos e intereses de los niños y la garantía de unas condiciones de vida seguras para ellos, una serie de indicadores y más de 20 medidas.
Asignación de recursos
Información de seguimiento relativa a los párrafos 12 y 13 de las observaciones finales
33.Como parte de la política estatal en el ámbito de la infancia, se ha asignado un presupuesto específico para la protección de los niños y la mejora de su bienestar.
34.En el marco del Plan Conjunto de Aplicación de la Metodología para la Asignación Presupuestaria destinada a la Infancia, el Instituto de Investigaciones Económicas, el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) elaboraron un proyecto de metodología para la elaboración del presupuesto destinado a la infancia, fechado el 1 de abril de 2021.
35.El proyecto se elaboró con el objetivo de definir los enfoques principales para la elaboración del presupuesto destinado a la infancia sobre la base de prácticas utilizadas en otros países, analizar el proceso presupuestario en la República de Kazajstán y las relaciones entre los actores que intervienen en él —así como su coherencia con el sistema de planificación estatal— y examinar los instrumentos jurídicos y normativos vigentes para evaluar la posibilidad de regular las relaciones entre los actores del ámbito presupuestario en la elaboración del presupuesto destinado a la infancia.
36.En el proyecto se contemplan todos los tipos de ayudas estatales destinadas a los niños. La aplicación de esta metodología está prevista para 2022 y permitirá a los órganos ejecutivos centrales y locales determinar cuánto dinero se destinará a la infancia, establecer prioridades en esos gastos y evaluar qué tan efectivos están siendo esos recursos.
37.Los resultados de la aplicación de la metodología se recopilarán anualmente como información analítica, una vez que se haya establecido la base metodológica necesaria a nivel sectorial.
Recopilación de datos
Información de seguimiento relativa a los párrafos 14 y 15 de las observaciones finales
38.Se han adoptado medidas para mejorar el sistema de seguimiento y recopilación de datos de diversa índole sobre la situación de los niños.
39.En 2017 se publicó una recopilación estadística titulada “Niños de Kazajstán”, cuya estructura y contenido se elaboraron con la participación de representantes de las autoridades públicas competentes, organizaciones no gubernamentales (ONG) y la oficina del UNICEF en Kazajstán. La recopilación tiene por objeto sistematizar los indicadores, informar a la población, realizar un seguimiento de la situación de los niños y facilitar el intercambio de datos entre los ministerios competentes y otros actores.
40.Los datos que figuran en ella proceden de diversas fuentes oficiales y se organizan en las siguientes secciones: Características demográficas, Atención sanitaria y estilos de vida sanos, Educación, Esparcimiento, Protección social, Niños en contacto con la ley, Nivel de bienestar e igualdad social, Ocupación de los adolescentes, Comparación con datos internacionales y, en particular, Niños y Objetivos de Desarrollo Sostenible.
41.En una de las secciones se incluye información acerca de los principios y disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Facultativos, así como acerca de los informes anuales del Ministerio de Educación y Ciencia sobre la situación de los niños. La recopilación se publica anualmente y está disponible en la página web de la Oficina Nacional de Estadística de la Agencia de Planificación Estratégica y Reformas (www.bala.stat.gov.kz).
42.Además, en 2012 se puso en funcionamiento la Base de Datos Nacional de Educación.
43.Esta base de datos es alimentada por todas las instituciones educativas, tanto públicas como privadas, y es gestionada y coordinada por las direcciones regionales de educación, las organizaciones subordinadas al Ministerio de Educación y Ciencia, los centros de educación superior públicos y privados, las instituciones educativas nacionales y los departamentos encargados de la supervisión en los ámbitos de la educación y la ciencia.
44.Su objetivo es proporcionar anualmente datos administrativos fiables y puntuales, en formato electrónico, dentro de los plazos establecidos.
45.En ella figura una serie de datos sobre niños de familias de bajos ingresos, huérfanos o niños privados del cuidado parental y niños con necesidades educativas especiales, consejos de tutela, la implementación de la educación inclusiva, la financiación de instituciones educativas de todos los niveles, redes de organizaciones para huérfanos o niños privados del cuidado parental, centros de rehabilitación de menores y mejoras en las instalaciones y equipamiento de las instituciones infantiles —como la provisión de calefacción y la instalación de baños dotados de calefacción—, entre otros.
46.En 2017 se creó una base de datos nacional para registrar a los huérfanos o niños privados del cuidado parental y a las personas interesadas en acogerlos en su familia, lo que permitió automatizar el registro de estos niños y garantizar la transparencia de los trámites necesarios para colocarlos en una familia.
Vigilancia independiente
Información de seguimiento relativa a los párrafos 16 y 17 de las observaciones finales
47.En 2002 se instituyó la figura del Defensor de los Derechos Humanos, quien, al velar por el respeto de los derechos y libertades de la persona y del ciudadano, complementa con su labor los mecanismos estatales existentes para la protección de esos derechos y libertades. En el desempeño de sus funciones, el Defensor de los Derechos Humanos actúa de manera independiente.
48.El número de denuncias sobre violaciones de los derechos de menores recibidas por el Defensor de los Derechos Humanos en los últimos tres años ha sido el siguiente: 68 en 2018, 50 en 2019 y 18 en 2020. También en 2020, el Defensor de los Derechos Humanos presentó siete solicitudes a las autoridades estatales para investigar posibles violaciones de los derechos de menores de edad.
49.Además, el Defensor de los Derechos Humanos coordina las actividades de los participantes en el mecanismo nacional de prevención, que funciona como sistema de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
50.En 2019 se aprobó la Ley núm. 240-VI, por la que se amplía la lista de organizaciones que pueden ser visitadas por los miembros del mecanismo nacional de prevención.
51.Actualmente, los miembros del mecanismo nacional de prevención visitan todas las instituciones encargadas de proteger los derechos de los niños, como orfanatos, internados, aldeas infantiles, hogares para jóvenes, centros de rehabilitación de menores e instituciones para menores con trastornos de conducta.
52.En 2021, el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia encargó la realización de un estudio sociológico en el que participaron 20.000 niños y 2.000 progenitores. Los resultados del estudio mostraron que el 44,7 % de los niños y el 39,8 % de los progenitores no conocían las figuras del Defensor de los Derechos Humanos y del Defensor de los Derechos del Niño.
53.En febrero de 2016, se creó por decreto presidencial la figura del Defensor de los Derechos del Niño.
54.El Defensor de los Derechos del Niño desempeña sus funciones de manera voluntaria, de conformidad con el artículo 7, párrafos 1 y 2, de la Ley de Derechos del Niño.
55.En junio de 2019, el Presidente de la República de Kazajstán nombró a Aruzhan Sain, una destacada personalidad pública y presidenta de la organización benéfica Miloserdiye (Misericordia), como Defensora de los Derechos del Niño.
56.Con el fin de aumentar la visibilidad de las figuras del Defensor de los Derechos Humanos y del Defensor de los Derechos del Niño, se adoptarán medidas para mejorar la educación jurídica de los estudiantes, como por ejemplo la organización de actividades optativas, extraescolares o en horario escolar.
57.Entre los organismos que llevan a cabo actividades de prevención dirigidas a los menores destacan la Comisión Interinstitucional de Asuntos de Menores y Protección de sus Derechos, las comisiones de asuntos de menores y protección de sus derechos y el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia.
Derechos del niño y sector empresarial
Información de seguimiento relativa a los párrafos 18 y 19 de las observaciones finales
58.Kazajstán ha establecido un marco jurídico sobre la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos de los menores. En el artículo 77 del Código Empresarial, por ejemplo, se establece la responsabilidad social de las empresas en el ámbito ambiental. Las empresas están comprometidas con la financiación para la protección del medio ambiente.
59.En el Foro Económico de Astaná de 2017, se propuso aplicar los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. De acuerdo con estos principios, el Estado debe adoptar medidas adicionales para proteger a las personas contra las violaciones de los derechos humanos cometidas por las empresas. Además, las empresas, como parte de la sociedad, deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos en las que tengan alguna participación.
60.En el marco de la aplicación del Código del Medio Ambiente de la República de Kazajstán, promulgado el 2 de enero de 2021, se aprobó, mediante la Orden núm. 286 del Ministro Interino de Ecología, Geología y Recursos Naturales, de 3 de agosto de 2021, la Normativa sobre Audiencias Públicas, cuya redacción se basó en las disposiciones de la Convención sobre el Acceso a la Información, la Participación del Público en la Toma de Decisiones y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales (Convención de Aarhus) y del Código de Medio Ambiente, y por la que se rige el procedimiento para la celebración de estas audiencias.
61.En 2019, se introdujo en las escuelas ordinarias una asignatura optativa llamada Fundamentos de Emprendimiento y Negocios.
62.Se elaboró un plan de estudios para la asignatura Fundamentos de Emprendimiento y Negocios dirigido a los estudiantes de 10º y 11º grado. Además, se realizaron cambios en el plan de estudios estándar de la educación secundaria general y se aprobó un plan de acción para incorporar esta asignatura en el proceso educativo de las instituciones de educación y ciencia a partir del año académico 2019/20.
63.La Cámara Nacional de Empresarios Atameken ha desarrollado un programa educativo para la capacitación continua de los docentes en la asignatura Fundamentos de Emprendimiento y Negocios. Además, la editorial Kokzhiek-Gorizont ha elaborado un proyecto de libro de texto para esa asignatura, el cual ha sido evaluado por el Centro de Evaluación Científico-Práctica del Contenido Educativo Uchebnik.
Cooperación con la sociedad civil
64.Alrededor de 132 ONG se dedican a prestar asistencia social, jurídica y psicológica a niños y familias en situación precaria. Entre las más activas se encuentran la Unión de Centros de Crisis de Kazajstán, la organización de la sociedad civil Ulagatty Zhanuya, la fundación denominada Fondo para la Infancia de Kazajstán, el centro de seguridad infantil Angel24KZ, el Centro de Iniciativas Legales para Mujeres Sana Sezim y la fundación Pravo, entre otras.
65.En general, en los últimos 30 años, la cantidad de ONG ha crecido significativamente, pasando de 100 a 22.000. El Gobierno ha invertido más de 140.000 millones de tenge en apoyar el trabajo de las ONG a través de mecanismos de concertación social, subvenciones y premios.
66.Uno de los enfoques prioritarios para impulsar la cooperación con las ONG es transferir a estas algunas funciones del Estado en el ámbito de la protección de los derechos de los niños, creando así un entorno competitivo.
67.La interacción con las organizaciones de la sociedad civil se lleva a cabo a través de diversos formatos de diálogo.
68.En noviembre de 2020 se celebró el IX Foro de la Sociedad Civil bajo el lema “Juntos: Sociedad y Estado, 30 años de colaboración y desarrollo”, en el que se trataron algunos de los temas más acuciantes para la sociedad, como la inclusión del trabajo social en la lista de profesiones prioritarias para las necesidades del país, el fomento de la educación ambiental y la participación de las ONG en actividades de supervisión, entre otros.
69.Kazajstán declaró 2020 Año del Voluntariado. Ese año se ayudó a más de un millón de familias y niños necesitados.
70.En noviembre de 2021 se celebró el X Foro de la Sociedad Civil, en el que participaron por primera vez asociados internacionales de Kazajstán, como la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el UNICEF, la Fundación Friedrich Ebert, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).
71.El Foro se centró en temas como el desarrollo de la sociedad y los procesos democráticos, la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los principales cometidos y logros de la sociedad, el Estado y el sector empresarial.
Educación sobre los principios y disposiciones de la Convención y sus Protocolos Facultativos
72.En Kazajstán se da la importancia que corresponde a la educación de la población, incluidos los niños y sus padres, acerca de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño.
73.Cada año, en vísperas del Día Mundial de la Infancia, se organizan en el país campañas a gran escala para concienciar sobre los derechos de los niños y los avances logrados en este ámbito.
74.Se está llevando a cabo una labor de capacitación y formación continua dirigida a los agentes del orden y los funcionarios del sistema penitenciario, entre otras cosas en materia de análisis y aplicación de las reglas y normas internacionales de derechos humanos.
75.Por ejemplo, el Centro de Reciclaje Profesional y Formación Continua de Jueces y Personal Judicial de la Academia de Justicia organiza anualmente cursos de formación continua para entre 20 y 30 jueces de tribunales de menores. La Fundación Friedrich Ebert, con el apoyo del Tribunal Supremo de la República de Kazajstán, organizó una serie de talleres sobre las normas internacionales de protección de los derechos humanos y cómo se reflejan las normas del derecho internacional en las decisiones judiciales.
76.Para dar a conocer las disposiciones y los artículos de la Convención sobre los Derechos del Niño a los niños y adolescentes del país, se organizan actos nacionales sobre este tema, como foros, conferencias y cursos de capacitación.
77.Las medidas adoptadas por el Estado para mejorar los conocimientos de los niños han demostrado ser bastante eficaces. Así lo confirman los resultados de diversos estudios sociológicos, como el realizado por la Academia Nacional de Educación I. Altynsarin, en el que se recopilaron datos sobre el conocimiento de los estudiantes acerca de las normas jurídicas. El estudio, realizado en 2019 en 17 regiones de Kazajstán, contó con la participación de 960.553 niños de entre 7 y 17 años. Los resultados mostraron que el nivel de conocimiento de los niños sobre sus derechos era elevado, alcanzando un 88 % en promedio (con variaciones entre el 80 % y el 94 % según la región). En cuanto al conocimiento sobre la Convención de los Derechos del Niño, los porcentajes fueron del 89 % para los niños de 7 a 10 años, del 91 % para los de 11 a 15 años, y del 92 % para los de 16 y 17 años.
78.Está previsto que el presente informe se edite como publicación autónoma para sensibilizar aún más a la población sobre los problemas existentes para hacer efectivos los derechos del niño. Asimismo, se emprenderán iniciativas adicionales para dar difusión al informe, como conferencias de prensa, comunicados de prensa y artículos en los medios de comunicación.
II.Artículo 1 Definición de niño
79.La definición de “niño” de la legislación nacional se corresponde con la del artículo 1 de la Convención.
80.Según el artículo 1, párrafo 2, de la Ley de Derechos del Niño, un niño es una persona que no ha alcanzado la edad de 18 años (mayoría de edad).
III.Principios generales
Artículo 2 No discriminación
Información de seguimiento relativa a los párrafos 20 y 21 de las observaciones finales
81.La política estatal de Kazajstán garantiza el respeto de los derechos e intereses legítimos de los niños y prohíbe toda discriminación contra ellos. La discriminación está prohibida por ley. Para ello, se ha establecido un marco jurídico que garantiza los derechos del niño y se han creado organismos y organizaciones dedicados a la protección de estos derechos e intereses.
82.De conformidad con el artículo 14, párrafo 2, de la Constitución de Kazajstán, nadie, incluidos los niños, puede ser objeto de discriminación por su origen, condición social, situación profesional, posición económica, sexo, raza, etnia, idioma, actitud hacia la religión, convicciones, lugar de residencia o cualquier otra circunstancia.
83.En el artículo 6 de la Ley de Derechos del Niño se definen los objetivos de la política estatal en favor de la infancia, entre ellos el de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los niños y evitar su discriminación. También existen varios instrumentos legislativos que regulan claramente la prohibición de la discriminación contra los niños. Entre ellos figuran el artículo 3, párrafo 1, de la Ley de Educación, el artículo 5, párrafo 3, de la Ley de Protección Social de las Personas con Discapacidad y el artículo 5, párrafo 1, del Código del Sistema de Salud Pública y Atención Sanitaria.
84.En enero de 2016, Kazajstán ratificó la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, cuyos objetivos principales son eliminar todo tipo de discriminación en este ámbito y garantizar que la educación primaria sea obligatoria, gratuita y accesible para todos.
85.Por consiguiente, todos los niños, incluidos los pertenecientes a grupos vulnerables, tienen igual acceso a la educación, la atención sanitaria y los servicios sociales especializados.
86.Además, en el Código Penal de la República de Kazajstán se contempla todo tipo de discriminación y se establecen sanciones penales por la violación de la igualdad de derechos de la persona y el ciudadano. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Código Penal, la restricción directa o indirecta de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos de origen, condición social, situación profesional, posición económica, sexo, raza, origen étnico, idioma, actitud hacia la religión, creencias, lugar de residencia, afiliación a una organización de la sociedad civil o cualquier otra circunstancia se castigará con una multa de hasta 160 unidades de cálculo o con trabajo tutelado con retención de salario por un valor equivalente a dicha cuantía, con un máximo de 160 horas de trabajos en beneficio de la comunidad o con una pena de arresto de hasta 40 días.
Artículo 3 Interés superior del niño
Información de seguimiento relativa a los párrafos 22 y 23 de las observaciones finales
87.El interés superior del niño es un principio fundamental tanto para los padres como para el Estado.
88.En el artículo 72 del Código del Matrimonio y la Familia se establece que la patria potestad no puede ejercerse de manera incompatible con los intereses del niño. Garantizar el interés superior del niño es la tarea más importante de sus padres.
89.Por orden del Presidente de la República de Kazajstán, Kassym-Jomart Tokayev, el Ministerio de Educación y Ciencia ha elaborado un índice de bienestar infantil.
90.El objetivo principal es elaborar un modelo adaptado de ese índice sobre la base de la metodología global de la Oficina de Investigación del UNICEF —es decir, realizando una comparación entre los países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y de Europa— que permita tomar decisiones en materia de políticas públicas para mejorar la vida de los niños en el país.
91.El UNICEF y el Instituto de Investigaciones Económicas colaboran con el Ministerio de Educación y Ciencia en la elaboración y la puesta a prueba de la metodología para calcular el índice de bienestar infantil.
92.Actualmente se está llevando a cabo la prueba piloto del índice y se está preparando un manual al respecto. El trabajo culminará en la aprobación de un instrumento jurídico y normativo sobre la aplicación del índice.
Artículo 6 Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
93.Los principios fundamentales relativos a los derechos del niño a la vida, la supervivencia y el desarrollo se reflejan en los párrafos 122 a 128 del informe inicial, los párrafos 97 a 102 de los informes periódicos segundo y tercero combinados y los párrafos 194 a 216 del cuarto informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Artículo 12 Respeto por las opiniones del niño
Información de seguimiento relativa a los párrafos 24 y 25 de las observaciones finales
94.En el artículo 11 de la Ley de Derechos del Niño se establece que todo niño tiene derecho a la libertad de expresión y a manifestar su opinión, a la libertad de conciencia, al desarrollo de su actividad social, a la recepción y difusión de información adecuada a su edad y a la participación voluntaria en asociaciones civiles u otras formas de organizaciones sin fines de lucro, así como en asambleas pacíficas permitidas por la ley.
95.De conformidad con el artículo 62 del Código del Matrimonio y la Familia, todos los niños, independientemente de su edad, tienen derecho a expresar su opinión sobre cualquier asunto familiar que les afecte, así como a ser escuchados en todo procedimiento judicial o administrativo.
96.En el Código del Matrimonio y la Familia se establece la obligación de tener en cuenta la opinión de todo niño que haya cumplido 10 años, a menos que hacerlo vaya en contra de sus propios intereses.
97.Cabe destacar que, en los asuntos civiles relativos a la custodia de un menor o el régimen de visitas del progenitor que no vive con él, los tribunales están obligados a escuchar la opinión del niño sobre con qué progenitor prefiere vivir. Para dictar una sentencia que proteja plenamente los intereses del menor, los jueces investigan las condiciones de vida y de crianza del niño, las características personales tanto del niño como de sus padres, y las particularidades de su relación.
98.Los niños pueden expresar su opinión participando activamente en conferencias, concursos de preguntas y respuestas, lecciones sobre derechos humanos, juegos de simulación empresarial, clubes, mesas redondas y foros.
99.Uno de los mecanismos que permiten a los niños expresar su opinión son los clubes de debate, una iniciativa organizada en colaboración con ONG de la sociedad civil. En Kazajstán existen dos tipos de clubes de debate: universitarios y escolares.
100.Cada año, el Ministerio de Educación y Ciencia organiza un espacio de diálogo bajo el lema “Mis ideas para mi país” donde los jóvenes presentan sus proyectos para proponer soluciones a problemas sociales.
101.En agosto de 2020, el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia aprobó un reglamento que establece el funcionamiento de los consejos infantiles encargados de velar por los derechos de los niños en Kazajstán, definiendo sus objetivos, tareas y competencias, así como el procedimiento para elegir a sus representantes, proceso que tuvo lugar en las instituciones educativas entre septiembre y octubre del mismo año.
102.El 31 de mayo de 2021, en vísperas del Día Mundial de la Infancia, el Ministro de Educación y Ciencia, Askhat Aimagambetov, entregó certificados e insignias a los miembros del Consejo Nacional de Representantes Infantiles por su labor de protección de los derechos del niño.
103.Desde febrero de 2021, con el objetivo de mejorar las competencias de los estudiantes en materia de participación ciudadana, competencia social y responsabilidad cívica, se crearon en las instituciones educativas del país órganos de autogobierno estudiantil conocidos como parlamentos escolares o universitarios.
104.Se están realizando diversos estudios para determinar cuáles son los temas más importantes para los niños. En particular, cada año se elabora un informe nacional sobre la situación de los niños en Kazajstán, que se presenta al Presidente de la República. Se están llevando a cabo estudios sociológicos para determinar el grado de protección jurídica que se brinda a los niños.
IV.Derechos y libertades civiles
Artículos 7 y 8 Nombre, nacionalidad y ciudadanía y preservación de la identidad
105.Kazajstán apoya las iniciativas de prevención de la apatridia emprendidas en todo el mundo y adopta las medidas necesarias para proteger los derechos de los niños en los procesos migratorios.
106.En particular, en noviembre de 2019 se aprobó la Ley núm. 272-VI por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la prestación de servicios públicos y, en virtud de ella, se introdujo en el artículo 187 del Código del Matrimonio y la Familia la obligación de inscribir en el registro de nacimientos a todos los niños nacidos en el territorio del país y de expedirles certificados de nacimiento, independientemente de la condición jurídica de sus padres.
107.Además, estipula que cuando una mujer indocumentada da a luz en un centro médico, a la hora de inscribir el nacimiento la información sobre la madre se rellenará a petición de ella misma y según lo que figure en el certificado médico de nacimiento, en el que habrá una nota que indique que la información sobre la madre se basa únicamente en su testimonio.
Artículo 13 Libertad de expresión y derecho a buscar, recibir y difundir información
108.En el artículo 11 de la Ley de Derechos del Niño se estipula que todo niño tiene derecho a la libertad de expresión y a manifestar su opinión, a la libertad de conciencia, al desarrollo de su actividad social, a la recepción y difusión de información adecuada a su edad y a la participación voluntaria en asociaciones civiles u otras formas de organización sin fines de lucro, así como en asambleas pacíficas permitidas por la ley.
109.Los organismos estatales apoyan a las organizaciones de la sociedad civil que se dedican a fomentar el desarrollo personal de los niños, sus habilidades creativas, su participación social y su creatividad en áreas como la ciencia, la tecnología y el arte, protegiendo su propiedad intelectual, cuidando su salud y bienestar, salvaguardando el medio ambiente y los monumentos históricos y culturales, realizando actividades benéficas, promoviendo su participación en la vida cultural y deportiva y organizando actividades de ocio.
Artículo 14 Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
110.El derecho de todo ciudadano de Kazajstán a la libertad de conciencia está reflejado en los párrafos 143 a 146 del informe inicial, los párrafos 133 a 141 de los informes periódicos segundo y tercero combinados y los párrafos 235 a 245 del cuarto informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Artículo 15 Libertad de asociación
111.El derecho de todo ciudadano a la libertad de asociación está consagrado en el artículo 23, párrafo 1, de la Constitución de la República de Kazajstán.
112.Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras. Los ciudadanos de Kazajstán tienen el derecho de asociarse y crear, gestionar, reorganizar o disolver organizaciones de la sociedad civil, siempre y cuando ello no contravenga la legislación nacional.
113.Los organismos estatales de Kazajstán apoyan a las organizaciones de la sociedad civil que se dedican a fomentar el desarrollo personal de los niños, sus habilidades creativas y su participación en la sociedad.
114.Para fomentar el desarrollo social y la realización personal de los niños, en las escuelas de enseñanza general se llevan a cabo actividades de grupos infantiles y juveniles como ZhasUlan, Scouts de la Gran Estepa y Academia de Jóvenes Patriotas de Kazajstán, entre otros.
115.Por otro lado, con arreglo a la Ley de Organización y Celebración de Reuniones Pacíficas, solo los ciudadanos mayores de edad o un grupo de ciudadanos mayores de edad pueden actuar como organizadores de dichas reuniones y encargarse de iniciarlas, planificarlas y dirigir su desarrollo y a sus participantes.
Artículo 16 Protección del derecho a la vida privada
116.La información sobre las medidas destinadas a aplicar el artículo mencionado figura en los párrafos 151 y 152 del informe inicial, en los párrafos 152 a 160 de los informes periódicos segundo y tercero combinados y en los párrafos 257 a 273 del cuarto informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Artículo 17 Acceso a información apropiada
117.Kazajstán reconoce la importante función que desempeñan los medios de comunicación y adopta las medidas necesarias para velar por que todos los niños tengan acceso a información y material procedentes de diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental.
118.En 2019, en Kazajstán había 3.962 bibliotecas, entre otros usuarios para niños, de las cuales 3.423 se encontraban en zonas rurales y 539 en ciudades. Las bibliotecas infantiles cuentan con 1,6 millones de usuarios.
119.A finales de 2019, el 80,8 % de los niños de entre 6 y 15 años usaban una computadora, en comparación con el 65,3 % en 2016. Además, el 75 % de los niños eran usuarios de Internet, frente al 62,1 % en 2016.
120.En 2019, el 94,1 % de las escuelas tenían acceso a Internet con una velocidad de al menos 4 Mbps, lo que representa un aumento del 55,5 % en comparación con el 34,6 % en 2016.
121.En Kazajstán se están adoptando medidas activas para proteger a los niños de información que pueda perjudicar su salud y desarrollo.
122.En diciembre de 2017, se aprobó la Ley núm. 128-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la información y las comunicaciones, en virtud de la cual se han añadido disposiciones para proteger a los niños.
123.En particular, se modificó la Ley de Medios de Comunicación para prohibir la difusión en los medios de comunicación o en las redes de telecomunicaciones de información que permita identificar a niños víctimas de actos ilícitos, así como a menores sospechosos o acusados de cometer delitos o infracciones administrativas, sin el consentimiento de sus representantes legales.
124.Se modificó la Ley de Educación para encomendar a las instituciones educativas la responsabilidad de proporcionar acceso a Internet a los estudiantes asegurándose de que los operadores de telecomunicaciones limiten el acceso de los niños a contenidos nocivos.
125.En julio de 2018 se aprobó la Ley núm. 169-VІ de Protección de los Niños contra la Información Perjudicial para su Salud y Desarrollo, destinada a proteger los derechos e intereses legítimos de los niños contra la influencia negativa del entorno informativo, teniendo en cuenta sus características psicológicas y su edad, así como su vulnerabilidad.
126.En esa ley se establecen los criterios que debe respetar el contenido de los productos informativos destinados a niños de diferentes edades, teniendo en cuenta sus características psicofisiológicas.
127.También en julio de 2018, se aprobó la Ley núm. 170-VІ por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la protección de los niños contra la información perjudicial para su salud y desarrollo.
128.Las autoridades públicas competentes realizan un control diario de los medios de comunicación para detectar publicaciones que vulneren los derechos e intereses legítimos de los niños. En colaboración con los órganos ejecutivos locales, se adoptan medidas para responder de inmediato a las situaciones de emergencia y hacer frente a sus consecuencias.
129.Cada año, siguiendo las recomendaciones de las autoridades competentes, los propietarios y administradores de páginas web eliminan más de 140.000 contenidos ilegales. Además, se bloquea el acceso desde el territorio de la República a más de 5.000 contenidos.
130.Para enseñar a los jóvenes a navegar de manera segura en el mundo digital y evitar que caigan en la adicción a Internet o al juego, en 2021 se puso en marcha un proyecto social llamado “Elaboración y aplicación de un conjunto de medidas para prevenir la ciberadicción y la ludopatía entre los jóvenes y los niños”.
131.Ese mismo año se llevó a cabo una encuesta entre 100.000 estudiantes y sus padres, que reveló un alto nivel de dependencia de los juegos de azar entre los estudiantes.
132.Además, para prevenir la adicción al juego, se elaboró un manual dirigido tanto a los menores de edad como a sus padres.
V.Violencia contra los niños
Artículo 19Malos tratos y descuido
Castigos corporales
Información de seguimiento relativa a los párrafos 28 a 31 de las observaciones finales
133.En Kazajstán están prohibidos todos los castigos corporales, tanto en los centros educativos como en el ámbito familiar.
134.Según lo dispuesto en el artículo 72 del Código del Matrimonio y la Familia, en el ejercicio de la patria potestad, los progenitores no pueden atentar contra la salud física o mental ni el desarrollo moral de los hijos. La crianza de los hijos debe excluir el trato negligente, cruel, brutal o degradante, y la humillación o la explotación de los niños. Las disposiciones de ese artículo son incompatibles con la imposición de castigos corporales o con el uso de cualquier método pedagógico que implique infligir dolor físico, por muy leve que sea.
135.Todos los tipos y formas de violencia contra una persona, incluidos los niños, son actos punibles. La legislación del país se rige por una serie de normas que prohíben las palizas, los tratos crueles y la tortura (arts. 109, 110 y 146 del Código Penal).
136.Durante el período que abarca el informe, se adoptaron medidas para endurecer las penas impuestas por actos violentos contra niños, incluidos los cometidos por sus progenitores o por otras personas que, de conformidad con la legislación del país, están encargadas del cuidado, la educación y la crianza de los niños, así como de la protección de sus derechos e intereses.
137.Mediante la Ley núm. 501-V, de 9 de abril de 2016, se introdujeron modificaciones en la Ley de Educación con respecto a la responsabilidad del personal docente de informar a los organismos de orden público sobre cualquier caso en que un menor incurra en un acto u omisión que presente indicios de delito o infracción administrativa o sea víctima de tales actos u omisiones. Esta responsabilidad se aplica tanto a los centros educativos como a los casos de los que tenga conocimiento el personal docente en relación con sus actividades profesionales fuera de los centros educativos.
138.Además, conforme a las modificaciones, el docente tiene un plazo de un día laborable desde el momento en el que identifica a un niño en una situación precaria para informar de ello a los órganos competentes del sistema de prevención de la delincuencia juvenil, el abandono infantil y la falta de hogar entre los menores.
139.En 2013 entró en funcionamiento el mecanismo nacional de prevención, que tiene como objetivo prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en centros de régimen cerrado, centros de enseñanza, trabajo y protección social, centros educativos para huérfanos o niños privados del cuidado parental, e instituciones médicas y sociales.
140.En abril de 2019 se modificó la legislación a fin de ampliar de manera notable el mandato del mecanismo nacional de prevención añadiendo a la lista de lugares que pueden ser objeto de visitas las instituciones que se dedican a la protección de los derechos del niño y las que prestan servicios sociales especiales. Con estas medidas se ha logrado someter a control a más de 200 instituciones.
141.Con el fin de prevenir la violencia y la delincuencia juvenil, se han puesto en marcha diversas medidas y programas de prevención, titulados Adolescente, Fiestas de Graduación y Niños en la Ciudad de Noche, así como las campañas Adolescente-Ley-Seguridad, Empleo y Mi Agente de Policía y Yo.
142.Se están llevando a cabo actividades de concienciación destinadas a mejorar los conocimientos que tienen los menores en materia de derecho e informarlos de la labor que realizan los servicios, los centros de crisis, los centros de rehabilitación de menores y los teléfonos de asistencia.
143.En abril de 2019, el Comité de Protección de los Derechos del Niño, dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia, puso en marcha el chat BalaQorgau en la aplicación de mensajería Telegram como un mecanismo de respuesta rápida frente a las vulneraciones de los derechos del niño y de coordinación de las actuaciones de todos los órganos estatales competentes. El 1 de noviembre de 2021 empezó a funcionar, en el chat de BalaQorgau, el chatbot BalaQorgauBot2.0, que permite ampliar las vías previstas para prestar asistencia jurídica gratuita a colectivos socialmente vulnerables.
144.También existen páginas en los medios sociales dedicadas a cuestiones educativas, así como el teléfono de asistencia 87172-742528, y en las direcciones provinciales de educación se han creado centros de atención telefónica sobre estas cuestiones que están disponibles las 24 horas del día.
145.Se ha elaborado un protocolo de colaboración interinstitucional para dar una respuesta rápida a los casos de malos tratos. Todos los centros educativos cuentan con consejos de tutela, asociaciones de madres y padres, consejos de padres y servicios de mediación.
146.El Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia ejerce la supervisión estatal en el ámbito de la protección de los derechos del niño mediante una labor de control preventivo, que puede incluir visitas a la persona o el lugar en cuestión, así como inspecciones sin previo aviso.
147.En 2019, en el marco de la labor de control preventivo, se inspeccionaron 143 organizaciones dedicadas a la protección de los derechos del niño; en 2020, se inspeccionaron 411 organizaciones de ese tipo.
148.A fin de responder con prontitud a las situaciones de vulneración de los derechos del niño, sensibilizar a la población sobre cuestiones relativas a la protección de esos derechos e implicarla en la labor de detección de vulneraciones y elaborar propuestas en este ámbito, se creó un grupo nacional de seguimiento específico mediante la Orden núm. 142 del Ministro de Educación y Ciencia, de 2 de abril de 2021.
149.En diciembre de 2020, mediante la Orden núm. 569 del Ministro de Educación y Ciencia, se aprobaron unas directrices para la colaboración interinstitucional en el ámbito de la detección y el tratamiento de los casos de violencia y malos tratos cometidos contra menores. Las directrices se elaboraron a partir de la experiencia internacional y las recomendaciones de la Unión Europea en la materia, y constituyen un protocolo para la actuación y la interacción del personal pertinente en los órganos y organizaciones que trabajan en la esfera de la educación, el orden público, la atención de la salud, y la protección social, así como las comisiones de asuntos de menores y otros órganos ejecutivos locales.
Artículo 24, párrafo 3Medidas para prohibir y eliminar las prácticas nocivas en todas sus formas, incluidas, entre otras, la mutilación genital femenina y el matrimonio precoz y forzado
Información de seguimiento relativa a los párrafos 34 y 35 de las observaciones finales
150.En Kazajstán solo se reconoce el matrimonio celebrado ante los órganos estatales.
151.El matrimonio celebrado según ceremonias y ritos religiosos no se equipara a un matrimonio inscrito en el registro civil y no da lugar a los efectos jurídicos pertinentes. Para celebrar un matrimonio religioso en una mezquita debe contarse con un certificado de matrimonio.
152.Según el artículo 10 del Código del Matrimonio y la Familia, la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años para hombres y mujeres. Los representantes del registro civil pueden rebajar esa edad mínima dos años como máximo en caso de que concurran circunstancias que lo justifiquen, como el embarazo o el nacimiento de un hijo común. Para ello deberá contarse con el consentimiento de los contrayentes, así como con el consentimiento por escrito de los progenitores o tutores de los menores de edad.
153.En 2020, se registraron en el país 997 matrimonios precoces (frente a 1.075 en 2019 y 1.052 en 2018).
154.El Código Penal tipifica como delito las relaciones sexuales y otros actos de naturaleza sexual con una persona menor de 16 años (art. 122, pena máxima de 10 a 15 años de privación de libertad, acompañada de la inhabilitación de por vida para desempeñar determinados cargos o funciones), el secuestro (art. 125, 10 a 15 años de privación de libertad, con o sin confiscación de bienes) y la privación ilícita de libertad, con independencia del propósito (art. 126, 5 a 10 años de privación de libertad, con o sin confiscación de bienes).
155.Así pues, en la legislación vigente ya está tipificado como delito el hecho de obligar a una persona menor de edad a contraer matrimonio o a formar parte de una unión de hecho.
156.A pesar de ello, los matrimonios precoces y las uniones de hecho con menores de edad se dan en algunas familias, sobre todo en las zonas rurales y entre las minorías étnicas.
157.Con el fin de prevenir los matrimonios o las uniones de hecho precoces, los órganos estatales competentes y los representantes de la sociedad civil, así como los medios de comunicación nacionales y regionales, llevan a cabo una labor permanente de información y concienciación entre los progenitores, los adolescentes y los jóvenes.
158.En los internados estatales, los psicólogos organizan todos los años mesas redondas y talleres dirigidos a los alumnos de los últimos cursos sobre temas como el matrimonio precoz, las medidas de prevención y protección de la salud reproductiva de la mujer, la discriminación de la mujer y el rapto de la novia.
Artículo 34Explotación y abusos sexuales
Información de seguimiento relativa a los párrafos 32 y 33 de las observaciones finales
159.En Kazajstán, las cuestiones relativas a la integridad sexual de los niños están sujetas a un control especial por parte de los órganos estatales competentes en materia de bienestar infantil. Las asociaciones civiles también participan activamente en esta labor.
160.En el período al que se refiere el informe se aprobaron varios instrumentos jurídicos y normativos destinados a endurecer la responsabilidad penal por los delitos sexuales cometidos contra menores de edad, incluidos los niños pequeños.
161.En particular, en abril de 2016 se aprobó la Ley núm. 501-V, por la que se modifican algunos instrumentos legislativos en relación con la protección de los derechos del niño.
162.En los casos de delitos sexuales contra menores, la legislación prohíbe que se aplique la libertad condicional (art. 63 del Código Penal), así como la exención de la responsabilidad penal en caso de arrepentimiento (art. 65), de que se cumplan las condiciones del acuerdo de conformidad (art. 67) y de que se llegue un acuerdo de conciliación entre las partes (art. 68), la puesta en libertad anticipada (art. 72), la conmutación de la pena o reducción de la condena (art. 73), la exención de pena por prescripción de la sentencia condenatoria (art. 77), y la exención de la responsabilidad penal y de la pena en virtud de una amnistía o un indulto (art. 78).
163.Las modificaciones del Código Penal mencionadas se introdujeron con la salvedad de que las restricciones no se aplican a los menores que hayan cometido un delito sexual contra un menor de entre 14 y 17 años.
164.Anteriormente, la aplicación de los citados artículos del Código Penal solo estaba prohibida en el caso de los delitos sexuales cometidos contra menores de 14 años.
165.Se ha introducido una modificación en el Código Penal por la que se dispone que toda persona que haya cumplido una condena por delitos sexuales contra menores queda sujeta a vigilancia administrativa.
166.Se ha introducido una modificación en el Código Penitenciario para imponer un régimen de vigilancia administrativa a aquellos ciudadanos de Kazajstán que hayan cumplido condena por delitos sexuales cometidos contra menores.
167.Se ha ejecutado el plan de acción interinstitucional de prevención de los delitos contra la integridad sexual de los menores (2015-2017) del Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Salud y Protección Social (que, mediante el Decreto Presidencial de 25 de enero de 2017, se dividió en dos: el Ministerio de Salud y el Ministerio de Protección Social), el Ministerio de Inversiones y Desarrollo (que el 26 de diciembre de 2018 pasó a denominarse Ministerio de Industria y Desarrollo de Infraestructuras), el Ministerio de Cultura y Deporte y el Ministerio del Interior.
168.Unos equipos especializados de las fuerzas del orden están trabajando en la identificación de pedófilos encubiertos que utilizan Internet, para lo cual emplean cuentas ficticias en las que se hacen pasar por menores, prestando especial atención en evitar todo acto de provocación.
169.Mediante la Orden núm. 169 del Fiscal General, de 31 de diciembre de 2015, se aprobaron las Normas para el Mantenimiento del Registro de Autores de Delitos contra la Integridad Sexual de Menores y la Publicación de la Información Correspondiente. Ese registro electrónico, en el que se consignan los datos sobre pedófilos, está en funcionamiento y toda la población puede consultarlo telemáticamente.
170.Los órganos de la Fiscalía, en colaboración con organismos gubernamentales y ONG, han puesto en marcha la hoja de ruta Protección Conjunta de la Infancia, en la que se establecen medidas organizativas, prácticas y jurídicas en cuatro grandes ámbitos: mejora del marco jurídico, medidas destinadas a la prevención y reducción de los delitos sexuales contra menores, identificación de los niños víctimas de violencia sexual y prestación de asistencia médica, psicológica y jurídica, y labor de concienciación.
171.Se han tomado medidas para reforzar la seguridad de los estudiantes, como el régimen de permisos para acceder a los edificios y recintos de los centros educativos y el procedimiento que regula las estancias en dichos centros de personas ajenas a ellos.
172.En enero de 2019 se aprobaron, mediante la Orden Conjunta núm. 49 del Ministerio del Interior y el Ministerio de Educación y Ciencia, las Normas y Requisitos para Equipar los Centros de Educación Preescolar y Secundaria con Sistemas de Videovigilancia.
173.En mayo de 2021, se aprobaron, mediante la Resolución núm. 305 del Gobierno, los requisitos para la protección de las instalaciones vulnerables al terrorismo.
174.También en mayo de 2021 se aprobó, mediante la Orden núm. 235 del Ministro de Educación y Ciencia, la lista de objetos y sustancias prohibidos o restringidos en las instituciones educativas y sus instalaciones.
175.Así, hoy en día todos los centros de enseñanza general, tanto públicos como privados, están equipados con sistemas de videovigilancia. Se está trabajando para que la seguridad de las escuelas esté garantizada las 24 horas del día por servicios especializados.
176.En el 21,4 % de las escuelas urbanas (466) se han puesto en marcha servicios de seguridad especializados; y en el 44,5 % (971) de las escuelas hay instalados tornos de acceso.
Artículos 37 a) y 28, párrafo 2Derecho a no ser sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Información de seguimiento relativa a los párrafos 26 y 27 de las observaciones finales
177.En el período que abarca el informe no se registraron casos de tortura u otros malos tratos contra menores que cumplían condena en instituciones penitenciarias.
178.En el centro LA-155/6, donde cumplen condena menores varones, se ha habilitado una sala especial de visitas para que los miembros del mecanismo nacional de prevención puedan reunirse con los menores reclusos.
179.Los menores que cumplen condena disponen de un mecanismo independiente de denuncia. En el centro se han instalado y precintado buzones especiales destinados al envío de cartas a la Fiscalía, la comisión de control ciudadano, el mecanismo nacional de prevención, las ONG de derechos humanos y los medios de comunicación.
180.Las ONG de derechos humanos tienen libre acceso a los centros para vigilar las condiciones de reclusión de los menores privados de libertad. En particular, representantes de ONG, como Zhetiaghash, Zhartas Kazakhstan, International Association of Social Projects y Penal Reform International, visitan con regularidad las colonias correccionales, los centros de educación especial, los centros de prisión preventiva y las instalaciones de detención.
Artículo 39Medidas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de los niños víctimas
181.Kazajstán cuenta con medidas para la recuperación física y psicológica de los niños víctimas, así como para su reintegración social.
182.En el marco de las operaciones humanitarias especiales Zhusan y Rusafa regresaron a Kazajstán, desde zonas de combate en Siria, 700 personas, entre las cuales había 502 niños, 37 de ellos huérfanos.
183.En mayo de 2020, mediante la Ley núm. 326-VІ ZRC, por la que se modifican algunos instrumentos legislativos en relación con la protección de la maternidad y la infancia, se introdujeron disposiciones por las que se facultaba al órgano competente en materia de educación para coordinar a nivel intersectorial la rehabilitación social de los niños afectados por actividades terroristas, y se establecía una lista de servicios sociales destinados a ese fin.
184.En aplicación de esa ley, se aprobaron —mediante la Orden núm. 382 del Ministro de Educación y Ciencia, de 4 de septiembre de 2020— las normas y los plazos para la rehabilitación social de los niños afectados por actividades terroristas.
185.Se ha proporcionado asistencia médica, psicológica, social, económica y jurídica a todos los niños que han regresado de zonas de combate.
186.Los órganos ejecutivos locales han llevado a cabo una labor para dirigir a esos niños hacia diversos centros educativos. Más de 118 niños están matriculados en centros de educación preescolar y más de 227, en escuelas. Además, más de 140 niños tuvieron la oportunidad de participar en clubes artísticos, clubes deportivos y actividades extraescolares.
VI.Entorno familiar y modalidades alternativas de cuidado
187.Los principios y enfoques fundamentales con respecto a la política en materia de familia se recogen en el Marco de Política Familiar y de Género hasta 2030, aprobado mediante el Decreto Presidencial núm. 384, de 6 de diciembre de 2016. La Comisión Nacional de Asuntos de la Mujer y Política Familiar y Demográfica, dependiente de la Presidencia, y el Comité de Juventud y Familia del Ministerio de Información y Desarrollo Social se encarga de coordinar la aplicación de las medidas correspondientes.
188.En 2020 se puso en marcha la segunda fase (2020-2022) del Plan de Medidas para la Aplicación del Marco, con el objetivo de reforzar y apoyar la institución de la familia, incluida la protección de la salud reproductiva, la prevención de la violencia doméstica, el fomento del empleo y la promoción de la educación en materia de género. De conformidad con el Código Penal y el Código de Infracciones Administrativas, el incumplimiento o el cumplimento negligente de las obligaciones de criar a menores de edad son susceptibles de sanciones penales y administrativas.
189.Para fomentar los valores familiares, Kazajstán ha establecido el Día de la Familia (cada segundo domingo de septiembre) y cada año celebra el concurso nacional Mereili Otbasy (Familia Ejemplar). En el marco de la concesión de financiación a las ONG se llevan a cabo diversos proyectos destinados a fortalecer la institución de la familia y los valores familiares (videos, concursos, flashmobs, eventos, talleres de formación, clases magistrales, festivales para familias jóvenes, etc.).
Artículo 5Derecho de los progenitores de impartir orientación al niño
190.Kazajstán respeta las responsabilidades, los derechos y los deberes de los progenitores, los tutores y otras personas encargadas legalmente del niño de impartirle dirección y orientación apropiadas. El matrimonio, la familia, la maternidad, la paternidad y la infancia están bajo la protección del Estado.
191.El derecho de los progenitores de impartir orientación al niño está consagrado en la legislación vigente del país (entre otras, en el Código del Matrimonio y la Familia, la Ley de Derechos del Niño y la Ley de Educación).
192.La legislación sobre el matrimonio y la familia se basa en una serie de principios que priorizan la crianza de los niños, así como el cuidado de su bienestar y desarrollo, en un entorno familiar. El cuidado y la crianza de los hijos es un derecho natural y una responsabilidad de los progenitores.
193.Los derechos e intereses de los huérfanos y de los niños privados del cuidado parental se protegen confiando a esos niños a entornos familiares (adopción, tutela o curatela, acogimiento familiar especializado o familia de acogida para períodos estivales y festivos) o, en su defecto, confiándolos a organizaciones especializadas.
194.El tutor o representante legal está obligado, entre otras cosas, a criar al niño que se encuentra bajo su tutela o curatela, a cuidar de su salud y de su desarrollo físico, mental, moral y espiritual, y a informar al órgano que ejerce la tutela o curatela sobre el estado de salud del niño y sobre su educación, así como sobre la gestión de sus bienes, y a no impedir que el niño se comunique con sus progenitores y otros familiares cercanos.
195.En el período sobre el que se informa, se siguió trabajando para mejorar el sistema de protección de los huérfanos y de los niños privados del cuidado parental.
196.En diciembre de 2019, se introdujeron una serie de modificaciones en el Código del Matrimonio y la Familia con respecto a la colocación y acogimiento en familias de ciudadanos kazajos a los huérfanos y los niños privados del cuidado parental. En particular, mediante la Ley núm. 292‑VI, de 27 de diciembre de 2019, se añadió al código el artículo 114-1, en el que se establecen los derechos y las obligaciones de las organizaciones que prestan asistencia en ese ámbito.
197.Toda organización que preste asistencia en la colocación y el acogimiento de los huérfanos y los niños privados del cuidado parental en familias de nacionales kazajos debe, entre otras cosas, mantener el secreto de la adopción, impartir formación psicológica a los nacionales kazajos que deseen adoptar a esos niños, proporcionar asistencia jurídica y asesoramiento psicológico y psicopedagógico, y presentar un informe trimestral de sus actividades al organismo encargado de la protección de los derechos del niño en el país.
Artículo 18, párrafos 1 y 2Responsabilidad parental
198.Los progenitores tienen la obligación de criar al niño, cuidar de él, aportar medios económicos para su sostén, velar por su bienestar y proporcionarle una vivienda.
199.En abril de 2016, se modificó mediante la Ley núm. 240-VІ, de 1 de abril de 2019, el artículo 24 de la Ley de Derechos del Niño con el fin de consagrar la obligación de los progenitores u otros representantes legales de crear las condiciones de vida necesarias para el desarrollo integral del niño.
200.Kazajstán presta apoyo a las familias y a los representantes legales que crían a uno o varios niños proporcionándoles ayudas sociales de conformidad con el procedimiento establecido en la legislación. El modelo integral de apoyo a las familias con hijos y a los representantes legales que crían a niños incluye un sistema de prestaciones estatales, ayudas sociales y pagos en efectivo, así como medidas de fomento del empleo y beneficios fiscales.
Artículo 9Separación del niño con respecto a los progenitores
201.En Kazajstán, la privación de la patria potestad es una medida que se impone con carácter excepcional. Los órganos competentes prestan apoyo a estas familias y procuran, en la medida de lo posible y en el interés superior del niño, que este permanezca con ellas.
202.Según el Código del Matrimonio y la Familia, se priva de la patria potestad a los progenitores que eludan sus obligaciones como tales, evadan dolosamente el pago de la pensión alimenticia, se nieguen sin motivo justificado a llevarse a su hijo de la maternidad, sometan al niño a malos tratos, ejerzan violencia física o psicológica contra él, lo sometan a abusos sexuales, abusen del juego, las apuestas, el alcohol o los estupefacientes y otras sustancias, o atenten contra la vida o la salud del niño.
203.La privación de la patria potestad es competencia exclusiva de los tribunales y no exime a los progenitores de la obligación de asegurar la manutención del hijo, que solo se extingue si el niño es adoptado. El hijo cuyos progenitores hayan sido privados de la patria potestad conserva el derecho de propiedad y de usufructo de la vivienda familiar, así como los derechos patrimoniales basados en el parentesco con los progenitores y otros familiares, incluido el derecho de sucesiones. En caso de que no se pueda confiar al niño al otro progenitor o si se ha privado de la patria potestad a ambos progenitores, el niño se confía al cuidado del órgano que ejerce la tutela o curatela.
204.Los tribunales pueden restituir la patria potestad en caso de que los progenitores hayan cambiado de comportamiento, estilo de vida y actitud hacia la educación del hijo (art. 78).
205.El tribunal puede, teniendo en cuenta la opinión del niño, desestimar toda demanda de restitución de la patria potestad por parte de los progenitores en caso de que ello sea contrario al interés del niño. La restitución de la patria potestad con respecto a un hijo que haya cumplido los 10 años solo podrá efectuarse con el consentimiento del niño.
206.El tribunal, considerando el interés del niño, tiene la facultad de privar parcialmente de la patria potestad a los progenitores y, sin llegar a privarlos totalmente de ella, retirarles la guarda del niño. El acogimiento del niño con uno o ambos progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad depende del organismo que ejerce la tutela o curatela en el lugar de residencia del niño. Si desaparecen los motivos por los que se privó parcialmente de la patria potestad a los progenitores, el tribunal ordenará, a instancia de estos, que el niño les vuelva a ser confiado.
207.En caso de peligro inminente para la vida o la salud del niño, el órgano que ejerce la tutela o curatela podrá separar de inmediato al niño de sus progenitores o de otras personas que estén encargadas de cuidarlo. En caso de remoción de la guarda de un niño, el órgano que ejerce la tutela o curatela debe notificarlo de inmediato al fiscal, garantizar que se proporcione al niño un acogimiento temporal y, en el plazo de siete días a partir de la resolución correspondiente dictada por el órgano ejecutivo local de una ciudad autónoma, la capital, un distrito o una ciudad de importancia provincial, presentar ante los tribunales una petición de privación total o parcial de la patria potestad a los progenitores.
208.Durante el período al que se refiere el informe, el número de familias en situación de vulnerabilidad se redujo de 11.715 en 2016 a 7.210 en 2020, y de niños en ellas de 17.163 en 2016 a 11.670 en 2020.
209.La ejecución de las resoluciones judiciales relativas a la separación de un niño de sus progenitores y su entrega a otra persona se lleva a cabo con la participación obligatoria de un representante del órgano que ejerce la tutela o curatela y de la persona o personas a las que se confía al niño y, de ser necesario, con la de un representante de las fuerzas del orden. Si es imposible ejecutar la resolución judicial de separar al niño de sus progenitores y confiarlo a otra u otras personas sin perjuicio de los intereses del niño, el tribunal podrá decidir que sea internado temporalmente en un centro dedicado a la protección de los derechos del niño.
210.En el período que abarca el informe solo se produjeron pequeñas fluctuaciones en el número de casos examinados con respecto a la privación de la patria potestad (unas 2.200 al año). Sin embargo, desde 2016, el porcentaje de peticiones concedidas disminuyó del 91,7 % al 61,8 %. En general, en un período de cinco años, se produjo un descenso en el número de peticiones de privación de la patria potestad que prosperaron, que pasó de 2.107 en 2015 a 1.240 en 2020.
211.En este proceso desempeñan un papel importante las comisiones regionales de asuntos de menores y protección de sus derechos, que son los órganos encargados de coordinar la prevención de la delincuencia juvenil, el abandono infantil, la falta de hogar entre los menores y la orfandad social. Actualmente funcionan en el país un total de 229 comisiones: 14 en el nivel de provincia, 39 en el de ciudad y 176 en el de distrito.
Artículo 10Reunificación familiar
212.Mediante la Orden núm. 13 del Ministro de Salud y Desarrollo Social, de 13 de enero de 2016, se aprobó el Reglamento de Examen y Validación de las Invitaciones Remitidas por los Ciudadanos para el Reasentamiento en la República de Kazajstán de Familiares de Etnia Kazaja que Viven en el Extranjero con Fines de Reunificación Familiar.
213.Según la Ley de Migración, los hijos, incluidos los adoptados, que sean menores de 18 años y solteros y estén a cargo o bajo la tutela o curatela de la persona invitante y los que no puedan subvenir a sus necesidades por motivos de salud pueden ser considerados familiares de las personas invitantes a los efectos de la reunificación familiar.
Artículo 27, párrafo 4Pago del sustento de los hijos
214.De conformidad con el Código del Matrimonio y la Familia y el Código Penal, todos los niños tienen derecho a que sus progenitores u otros familiares se hagan cargo de su manutención. Los progenitores, por su parte, pueden determinar de forma independiente el régimen y la forma de la manutención de los hijos.
215.En caso de divorcio, los progenitores deben llegar a un acuerdo sobre la manutención de los hijos menores. De no ser así, el tribunal ordena el cobro de la pensión alimenticia a los progenitores. Los progenitores que son aptos para trabajar tienen la obligación de mantener a los hijos mayores de edad no aptos para trabajar que necesiten asistencia. En caso de desacuerdo sobre el pago de la pensión alimenticia, el tribunal determina la cuantía que debe destinarse a los hijos mayores de edad no aptos para trabajar utilizando como referencia la unidad de cálculo vigente, basándose en la situación económica y familiar y en otras circunstancias que señalen las partes.
216.También se ordena el pago de la pensión alimenticia de los niños privados del cuidado parental y se abona a los tutores o a quienes los acogen, así como a las cuentas de las instituciones donde se cría al niño. La elusión del pago de la pensión alimenticia constituye un delito penal. Con carácter temporal, mientras se localiza al progenitor que elude el pago, se abona mensualmente una pensión alimenticia por una cuantía superior a la establecida.
217.Mediante la Ley núm. 180-VІ, de 12 de julio de 2018, se modificó el artículo 139 del Código Penal, y se estableció un tipo adicional de sanción en caso de que un progenitor incumpla durante más de tres meses su obligación de pagar la cuantía determinada por el tribunal para el mantenimiento de los hijos menores de edad y de los hijos mayores de 18 años no aptos para trabajar: un máximo de 600 horas de trabajos en beneficio de la comunidad. En la nueva versión del artículo 139 del Código Penal se mantienen las penas de restricción o privación de la libertad por un período de hasta dos años.
218.Entre 2016 y 2020 se registraron 1.904 vulneraciones del artículo 139 del Código Penal.
219.Se ha celebrado un acuerdo multilateral sobre los derechos que asisten a los ciudadanos en materia de prestaciones sociales, ayudas económicas a las familias con hijos y pensiones alimenticias El acuerdo está vigente en el territorio de Rusia, Moldova, Ucrania, Uzbekistán, Tayikistán, Turkmenistán, Armenia, Belarús, Georgia, Kirguistán y Kazajstán.
Artículo 20Niños privados de un entorno familiar
Información de seguimiento relativa a los párrafos 36 y 37 de las observaciones finales
220.Kazajstán está aplicando con buenos resultados una política de desinstitucionalización destinada a colocar a los niños de centros residenciales en entornos de acogimiento familiar y a trabajar con los progenitores para que los niños permanezcan en su propia familia.
221.Cuando se declaró la independencia, el número de huérfanos y niños privados del cuidado parental en Kazajstán era de unos 100.000. A finales de 2020, esa cifra se había divido por 4,3 y ascendía a 23.410 niños, 5.009 menos que en 2016. De ellos, el 81,8 %, es decir, 19.156 niños, se criaban en familias de nacionales kazajos en régimen de tutela, curatela o acogimiento.
222.La Ley núm. 501-V, de 9 de abril de 2016, prevé dos formas de colocación de los huérfanos y de los niños privados del cuidado parental: las familias de acogida y las familias de acogida durante períodos vacacionales y festivos.
223.Entre 2016 y 2020, el número de niños en internados u orfanatos disminuyó de 7.236 a 4.254. De este modo, el porcentaje de niños internados en instituciones se redujo del 25,5 % en 2016 al 18,2 % en 2020.
224.Entre 2015 y 2020, el número de orfanatos se redujo de 146 a 98. A finales de 2020, había en el país 60 centros destinados a huérfanos y niños privados del cuidado parental en el sistema educativo (que atendían a 3.336 niños), 20 centros en el sistema sanitario (272 niños) y 18 centros en el sistema de protección social (646 niños).
225.En todas las regiones de Kazajstán se han elaborado y se están aplicando planes regionales en materia de desinstitucionalización y de reorganización y transformación de los centros destinados a huérfanos y niños privados del cuidado parental, así como de creación de hogares de guarda profesionales.
Medidas de apoyo y provisión de vivienda para los niños que han salido de centros destinados a huérfanos y niños privados del cuidado parental
226.Con vistas a la adaptación social de los niños que han salido de centros destinados a huérfanos y niños privados del cuidado parental se han llevado a cabo unas serie de actividades en las distintas regiones del país en el marco del Plan Integral de Apoyo a Huérfanos y Niños Privados del Cuidado Parental (2015-2018), un proyecto titulado “Planificación de vida y carrera”, y las campañas Meirim y Empieza por Ti Mismo, en las que se trabaja en la orientación vocacional de los jóvenes y en el fomento del mecenazgo por parte de grandes empresas, entidades empresariales y organizaciones del sector público. Se celebran acuerdos de concertación social con esos jóvenes, mediante los cuales se les ofrece formación y, posteriormente, empleo, vivienda y un conjunto de servicios sociales.
227.Kazajstán ha establecido un marco legislativo que prevé el derecho de los huérfanos y los niños privados del cuidado parental a recibir una vivienda. En 2013 se estableció el derecho prioritario que tienen estos niños a recibir una vivienda del fondo de vivienda del Estado, así como la responsabilidad que incumbe a los funcionarios correspondientes y a los representantes legales en lo que se refiere a la inclusión oportuna de los niños en la lista de espera de vivienda y la conservación de la vivienda asignada.
228.Los huérfanos y los niños privados del cuidado parental permanecen inscritos en la lista de espera hasta que cumplen 29 años y es importante señalar que no pueden ser retirados de la lista.
Artículo 21Adopción
Información de seguimiento relativa a los párrafos 38 y 39 de las observaciones finales
229.De todas las formas de colocación familiar, la adopción es la preferible. En el período que abarca el informe, se siguió trabajando en la mejora de esta figura legal en el país.
230.Mediante la Ley núm. 501-V, de 9 de abril de 2016, se introdujo en el Código del Matrimonio y la Familia el artículo 15-1, que prevé la creación de una base de datos de ámbito estatal.
231.Esta base de datos contiene información sobre los huérfanos, los niños privados del cuidado parental y las personas que desean acoger a niños en sus familias.
232.En el sitio web del Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia se publica información general sobre los huérfanos y los niños privados del cuidado parental que se crían en centros destinados específicamente a ellos. Esa información general incluye datos sobre el sexo, la edad, el estado de salud, las características personales, las razones por las cuales carecen del cuidado parental, la existencia de hermanos y hermanas y familiares mayores de edad, las posibles formas de colocación familiar, y fotografías de los niños.
Formación para los progenitores de acogida
233.Mediante la Ley núm. 292-VІ, de 27 de diciembre de 2019, se regulan las actividades de las organizaciones que prestan asistencia para la colocación de huérfanos y niños privados del cuidado parental y se establece, a partir del 1 de julio de 2020, la obligatoriedad de la formación psicológica de los posibles progenitores de acogida.
234.La formación psicológica de los posibles progenitores de acogida se imparte de conformidad con la Orden núm. 165 del Ministro de Educación y Ciencia, de 27 de abril de 2020, por la que se aprueban los requisitos del contenido del programa de formación psicológica, el procedimiento para la organización de la formación psicológica de los nacionales de la República de Kazajstán que residen permanentemente en el territorio nacional y desean acoger en su familia a huérfanos o niños privados del cuidado parental, y el certificado de finalización de dicha formación.
235.Las actividades de formación psicológica corren a cargo de las organizaciones que prestan asistencia para la colocación de huérfanos y niños privados del cuidado parental en familias de nacionales de la República de Kazajstán y de organizaciones educativas destinadas a esos niños.
236.En 2020 se acreditó a dos ONG para impartir formación psicológica: la fundación Ana Uyi y el centro Kovcheg.
237.En 2020, participaron en las actividades de formación para progenitores de acogida 2.362 personas.
238.Entre 2016 y 2020, el Tribunal Supremo examinó 13.450 casos de adopción. En 2020, en concreto, solo se examinaron 2.234 casos de adopción, la cifra más baja del período que abarca el informe.
239.Entre 2016 y 2020 también se tramitaron 816 expedientes de anulación de adopción.
240.La Ley de Nacionalidad se ha modificado a fin de prever que los niños adoptados por extranjeros puedan conservar la nacionalidad kazaja. Se prevé que la pérdida o retirada de la nacionalidad de un niño adoptado por extranjeros solo pueda producirse después de que alcance la mayoría de edad y por su propia voluntad (Ley núm. 501-V, de 9 de abril de 2016).
241.A fin de garantizar la transparencia de los procedimientos de adopción en el extranjero, se ha introducido un sistema de acreditación de agencias de adopción extranjeras. Los ciudadanos extranjeros solo pueden adoptar niños kazajos a través de agencias internacionales acreditadas, cuyo número no debe superar las 20 en todo el territorio.
242.En marzo de 2016, el Tribunal Supremo adoptó una resolución normativa relativa a la aplicación por los tribunales de la legislación en materia de adopción.
243.En junio de 2016, se adoptó la Orden núm. 11-1-2/243 del Ministro de Relaciones Exteriores, por la que se introdujeron modificaciones para reforzar el control que mantienen las instituciones oficiales de Kazajstán en el exterior sobre los niños de nacionalidad kazaja que han sido adoptados por ciudadanos extranjeros.
Artículo 25Examen periódico del acogimiento
244.El examen periódico de las condiciones relacionadas con el acogimiento se lleva a cabo de conformidad con el Código Civil y el Código del Matrimonio y la Familia. Los órganos de tutela y curatela del lugar de residencia de los niños tutelados se encargan de supervisar las actividades de los tutores y guardianes. Al menos dos veces al año, se llevan a cabo inspecciones de control de las condiciones de vida y crianza de los niños tutelados con el fin de proporcionarles la asistencia adecuada y supervisar la situación del niño en la familia del tutor. Los organismos de tutela y curatela también supervisan las condiciones de manutención, crianza y educación de los niños en los centros destinados a los niños privados del cuidado parental.
245.El estado de salud de los niños en régimen de tutela y curatela es supervisado por los centros territoriales de prevención y atención de la salud de la infancia, que tienen experiencia con el registro de los niños criados en las denominadas familias prioritarias (familias con niños en acogida). Los órganos e instituciones de salud locales son los responsables de establecer las medidas de tratamiento y prevención dirigidas a los niños en orfanatos e internados, que, según la normativa vigente, deben contar con personal médico propio. Si se necesitan servicios médicos especializados, estos se prestan en centros médicos territoriales especiales. La asistencia médica se les presta con cargo a los fondos públicos.
Artículo 11Traslados ilícitos y retención ilícita
246.Kazajstán es parte en varios acuerdos internacionales que regulan las relaciones familiares. En particular, el país ratificó el Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, de 25 de octubre de 1980, mediante la Ley núm. 48‑V, de 13 de noviembre de 2012.
247.En aplicación de ese convenio, se están adoptando medidas para garantizar la protección internacional de los niños contra los efectos perjudiciales de su traslado o retención ilícitos y para establecer procedimientos que permitan su pronto regreso al Estado en el que tengan su residencia habitual, así como para proteger su derecho de visita.
248.El proceso de restitución de un niño y el ejercicio del derecho de visita en relación con él se lleva a cabo a través del órgano competente, el Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia, y de un tribunal. El comité presta asesoramiento con respecto a la aplicación del Convenio en Kazajstán y ayuda a obtener las orientaciones y la asistencia necesarios para redactar las solicitudes pertinentes, comprender las particularidades de los procedimientos legales en el país y gestionar el retorno voluntario del niño.
249.Entre 2016 y 2020, un total de 71 nacionales de Kazajstán se dirigieron al Comité de Protección de los Derechos del Niño del Ministerio de Educación y Ciencia para solicitar el retorno de un niño. En ese mismo período fueron devueltos a Kazajstán 35 niños procedentes de la Federación de Rusia, Ucrania, Moldova, Jordania, Sudáfrica, Corea del Sur, Francia y los Emiratos Árabes Unidos.
250.El procedimiento judicial para la restitución de los niños figura en el capítulo 51 del Código de Procedimiento Civil, que regula el proceso de solicitud de restitución del niño y el ejercicio del derecho de visita sobre la base de un tratado internacional en el que Kazajstán es parte.
251.Este tipo de casos se examinan en tribunales de menores especializados. La solicitud la presenta el propio progenitor que inicia el proceso de restitución del niño.
252.De conformidad con el principio 6 de la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. De acuerdo con ese principio, en la mayoría de los casos los tribunales fallan a favor de la madre.
253.Sin embargo, en algunos casos existen resoluciones contrarias dictadas por tribunales extranjeros en relación con la determinación del lugar de residencia del niño y otras cuestiones conexas.
254.De conformidad con el artículo 501 del Código de Procedimiento Civil, los tribunales internos reconocen y ejecutan las decisiones de los tribunales extranjeros siempre que así lo prevea la legislación o un tratado internacional ratificado por Kazajstán, o sobre la base de la reciprocidad.
VII.Discapacidad, salud básica y bienestar
Artículo 23Niños con discapacidad y niños con limitaciones funcionales
Información de seguimiento relativa a los párrafos 40 y 41 de las observaciones finales
255.La discapacidad en la infancia sigue siendo uno de los problemas más acuciantes del país y tiende al alza. La protección de los derechos de los niños con discapacidad está consagrada en la legislación kazaja en materia de protección social, educación y atención de la salud de las personas con discapacidad y de protección de los derechos del niño. Durante el período que abarca el informe, el país siguió adoptando medidas activas para mejorar el sistema de protección de los derechos de los niños con discapacidad.
256.A finales de 2020, en Kazajstán había registrados 94.700 niños con discapacidad; de ellos, 84.900 eran menores de 16 años, 1.600 tenían 16 o 17 años y una discapacidad reconocida del grupo 1, 2.800 tenían 16 o 17 años y una discapacidad reconocida del grupo 2 y 5.400 tenían 16 o 17 años y una discapacidad reconocida del grupo 3. Entre 2016 y 2020, la discapacidad en la infancia se incrementó un 18,9 %. El porcentaje de niños con discapacidad se situaba en un 1,5 % del número total de niños (el 1,41 % en 2016).
257.En 2020, las principales causas de discapacidad primaria en niños fueron, en primer lugar, las malformaciones congénitas (30,2 %) y, en segundo lugar, las enfermedades del sistema nervioso (21,9 %), entre las cuales una proporción significativa correspondía a niños con discapacidad debido a parálisis cerebral infantil. El tercer lugar, con un 16,2 %, lo ocupa la discapacidad debida a trastornos mentales.
258.El aumento del número de niños con discapacidad refleja no solo el crecimiento absoluto y relativo de este grupo de niños en el país, sino también el incremento de casos detectados y registrados, y de posterior protección de los niños.
259.Los niños con discapacidad en Kazajstán tienen derecho a recibir ayuda del Estado para la rehabilitación o habilitación, la socialización, la adaptación social y la integración en condiciones de vida ordinarias, así como en la esfera de los servicios sociales, la educación y la formación en instituciones educativas ordinarias y especializadas, además de la protección de la salud.
260.Las familias que crían a niños con discapacidad reciben una ayuda económica del Estado. En 2020, un total de 89.500 personas recibieron una prestación mensual por cuidar a un niño con discapacidad, para lo cual se destinó un total de 49.600 millones de tenge. Una media de 14.500 personas recibió la prestación mensual por cuidar a mayores de 18 años con una discapacidad del grupo 1 reconocida desde la infancia, para lo cual se destinó un total de 7.900 millones de tenge.
261.El Plan Nacional de Derechos de las Personas con Discapacidad y Mejora de su Calidad de Vida hasta 2025 se aprobó mediante la Resolución núm. 326 del Gobierno, de 28 de mayo de 2019. Los objetivos del plan nacional son cumplir con los compromisos asumidos por Kazajstán tras la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y promover la construcción de una sociedad inclusiva mediante la creación de un entorno propicio para todos los grupos vulnerables en el marco de la modernización social del país hasta 2030.
262.Mediante la Directriz núm. 2020 del Primer Ministro, de 17 de agosto de 2020, se aprobó la Hoja de Ruta para Mejorar la Prestación de Asistencia Integral a los Niños con Limitaciones Funcionales (2021-2023). La hoja de ruta prevé la aplicación de medidas para prevenir la discapacidad y proporcionar atención precoz, mejorar la organización de los servicios de rehabilitación, mejorar el sistema de registro y suministro de medios técnicos especiales, medicamentos y dispositivos médicos, e impartir capacitación y formación continua al personal.
263.Cada niño con discapacidad recibe un programa individual de rehabilitación, basado en su potencial específico. Este programa establece un conjunto de medidas de rehabilitación que incluyen acciones de carácter médico, social y profesional, destinadas a restablecer o compensar las funciones corporales alteradas o perdidas.
264.Con el objetivo de superar los problemas sociales existentes y brindar a los niños con discapacidad la posibilidad de participar en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos, se les ofrecen servicios sociales especializados en régimen hospitalario, semihospitalario y de atención domiciliaria (Ley núm. 114-IV, de 29 de diciembre de 2008).
265.El sistema de protección social incluye cuatro centros de servicios sociales hospitalarios para niños con discapacidad con trastornos locomotores, que atienden anualmente a unos 150 niños, y 16 centros de servicios sociales para niños con patologías neuropsiquiátricas, que dan cobertura a unos 2.000 niños.
266.Existen 72 centros de día para niños con discapacidad que prestan servicio a más de 2.000 niños. En estos centros, los niños son atendidos por psicólogos, especialistas en educación especial, logopedas, fisioterapeutas y masajistas que ofrecen servicios de asistencia cotidiana, rehabilitación médica, apoyo para la tramitación de las ayudas y prestaciones que les corresponden y ayuda psicológica y pedagógica. Más de 1.000 niños reciben servicios sociales especializados en 16 centros de rehabilitación pertenecientes al sistema de protección social. En el sistema de salud hay 23 centros de rehabilitación que ofrecen asistencia a niños, incluidos tres centros a nivel nacional (en la provincia de Akmola, la ciudad de Nursultán y la ciudad de Almaty).
267.En 2020, en el marco de la hoja de ruta para la aplicación de la iniciativa Qamqorlyq de la Fundación del Primer Presidente y Líder de la Nación, se inauguraron —en el seno de centros médicos ya existentes— centros de rehabilitación infantil dotados de los equipos médicos más modernos en ocho regiones del país.
268.La asistencia social alternativa, que se brinda a más de 12.000 niños con discapacidad, se presta a través de 199 unidades de asistencia social a domicilio.
269.Además, 164 ONG prestan servicios sociales especializados en régimen semihospitalario y a domicilio a más de 4.000 niños. En el marco de una alianza público-privada, hay siete organizaciones que ofrecen estancias en régimen hospitalario y semihospitalario, que dan cobertura a 1.000 niños.
270.En el marco del proyecto titulado “Atención sanitaria de calidad y accesible para todos los ciudadanos para una nación sana” está previsto construir ocho centros de rehabilitación infantil y dos centros de intervención precoz en distintas regiones.
271.En las ciudades autónomas, las ciudades de importancia provincial, en la capital y en los centros de distrito existen consultas de atención psicológica, médica y pedagógica que prestan servicio a 60.000 niños. Las principales tareas de estas consultas son la detección temprana de niños con necesidades educativas especiales y la recomendación del tipo de programa educativo más adecuado: general, especializado o individual.
272.A finales de 2020, estaban registrados en las consultas de atención psicológica, médica y pedagógica 161.826 niños, un 14,1 % más que en 2016, cuando esa cifra era de 141.821 niños.
273.Se está llevando a cabo una labor planificada de fomento de la educación inclusiva, cuyo principio fundamental es el derecho del niño con necesidades educativas especiales a ser educado junto a sus compañeros sanos en un entorno educativo ordinario y en condiciones adecuadas.
274.Al inicio del año escolar 2020/21, el porcentaje de escuelas que habían creado las condiciones necesarias para la educación inclusiva era del 74,9 % (frente al 44,7 % del año escolar 2016/17).
275.El número de niños en edad escolar con necesidades educativas especiales era de 107.348, de los cuales 41.581 (el 38,7 %) recibieron educación inclusiva (en el año escolar 2016/17 ese porcentaje fue del 25,95 %).
276.Hay 14.989 alumnos matriculados en 100 centros de educación general especial. Las escuelas ordinarias cuentan con un total de 2.007 aulas especiales, en las que se imparte educación a 11.175 niños. Hay 8.335 niños con necesidades educativas especiales que reciben educación en casa.
277.En el sistema de educación secundaria se prevé un mayor monto de la financiación per cápita para cada estudiante con necesidades educativas especiales. En 2021, el importe medio de la financiación per cápita para un estudiante en un aula ordinaria fue de 452.668 tenge y para un estudiante en un aula de educación especial, de 731.701 tenge. Para los estudiantes que reciben educación en casa el importe medio fue de 2.016.142 tenge, es decir, 4,5 veces más que el destinado a un estudiante en un aula ordinaria.
278.Se han elaborado libros de texto y un paquete de recursos didácticos y metodológicos para niños ciegos o con deficiencia visual (tanto en braille como en macrotipo), así como para niños con discapacidad intelectual en los grados 0, 1, 2, 5 y 7.
279.En junio de 2021, se aprobó la Ley núm. 56-VII por la que se modifican algunos instrumentos legislativos en relación con la educación inclusiva, cuyo objetivo es mejorar las tasas de cobertura de los niños con necesidades educativas especiales que reciben asistencia psicopedagógica y resolver cuestiones relacionadas con la dotación de personal especializado.
280.En esa ley se revisan las normas de funcionamiento de las consultas de atención psicológica, médica y pedagógica y se prevé la transición de un modelo “médico” a un modelo “social y pedagógico”. Entre las funciones de las consultas de atención psicológica, médica y pedagógica figura el seguimiento del itinerario educativo de los niños con necesidades educativas especiales, lo cual permite prever la creación de condiciones especiales en los centros educativos antes de que los niños sean admitidos en ellos. También se contempla la automatización del servicio público de evaluación psicológica, médica y pedagógica proporcionado por las consultas.
281.Mediante esa misma ley también se ha adoptado una norma relativa a la aplicación de la orden de contratación del Estado en materia de asistencia psicopedagógica especial para niños con discapacidad. La orden de contratación del Estado se aplica desde el 1 de septiembre de 2022 y prevé que se amplíe la cobertura de la asistencia psicopedagógica especial destinada a los niños con necesidades educativas especiales sin necesidad de dedicar gastos de capital del presupuesto para la expansión de las redes de unidades de asistencia y centros de rehabilitación, utilizando el potencial existente del sector privado.
282.Se está ultimando la labor de integración de los sistemas informáticos de los ámbitos de la educación, la salud y la protección social, entre otros, en el marco de la cual se creará un registro único de niños con necesidades educativas especiales.
283.Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel fundamental en el fomento de la educación inclusiva. En el marco de la ejecución de un proyecto titulado “Todo niño merece una escuela”, entre 2015 y 2020 la fundación privada Bolashaq, con la ayuda del Ministerio de Educación y Ciencia, creó 41 aulas de apoyo a la inclusión en escuelas ordinarias de todas las regiones del país, en las que más de 400 niños con autismo y otras necesidades educativas especiales reciben el apoyo psicológico y pedagógico necesario.
Artículo 6, párrafo 2Supervivencia y desarrollo
Artículo 24Salud y servicios sanitarios, en particular la atención primaria de la salud
Información de seguimiento relativa a los párrafos 42 y 43 de las observaciones finales
284.En Kazajstán, la protección de la salud de las nuevas generaciones es una de las principales prioridades de la política estatal.
285.Se ha ejecutado el Programa Estatal de Desarrollo de la Atención de la Salud Densaulyq (2016-2019).
286.Desde 2021 se viene ejecutando un proyecto nacional titulado “Atención sanitaria de calidad y accesible para todos los ciudadanos para una nación sana”, que, entre otras cosas, se centra en la promoción de la salud de niños, adolescentes y jóvenes mediante la prevención de enfermedades, la prestación de asistencia a su debido tiempo y la rehabilitación integral teniendo en cuenta las mejores prácticas internacionales.
287.La esperanza de vida al nacer pasó de 72,4 años en 2016 a 73,19 años a finales de 2019. La tasa de mortalidad de niños menores de 1 año por cada 1.000 nacidos vivos pasó de 8,77 en 2016 a 7,77 a finales de 2020. La tasa de mortalidad de niños menores de 5 años por cada 1.000 nacidos vivos pasó de 10,79 en 2016 a 9,41 a finales de 2020. La tasa de mortalidad materna por cada 100.000 nacidos vivos pasó de 15,7 en 2016 a 13,7 a finales de 2019; sin embargo, en 2020 se multiplicó por 2,8, ascendiendo a 36,5. El acusado aumento de la tasa de mortalidad materna en 2020 se atribuye a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).
288.Se presta especial atención a la mejora de la atención primaria de salud. Se ha ejecutado el Plan de Acción para el Desarrollo de la Atención Primaria de Salud en la República de Kazajstán (2019-2020), que se aprobó mediante la Disposición núm. 103-r del Primer Ministro de la República de Kazajstán, de 10 de junio de 2019.
289.En el ámbito de la atención primaria de salud se ha implementado un programa de detección de las principales enfermedades no transmisibles.
290.Se están adoptando medidas para ofrecer incentivos económicos al personal sanitario. En el marco de la aplicación del paquete de medidas sociales del Yelbasy (Padre de la Nación) titulado “Asistencia social”, el 1 de junio de 2019 se incrementaron en un 30 % los sueldos del personal sanitario. El 1 de enero de 2021, los sueldos de los médicos se incrementaron un 30 % y los del personal de enfermería, un 20 %. Está previsto que en 2023 el sueldo medio de los médicos sea 2,5 veces superior al sueldo medio del conjunto de la economía (en 2018, el sueldo medio de los médicos representaba el 93 % del sueldo medio general).
291.Según datos de 2020, el número de habitantes por médico se ha reducido a 1.700 personas (en 2014 esa cifra ascendía a 2.303). Además de aumentar el número de médicos de familia, se está llevando a cabo un proceso de descentralización de los centros de salud para mejorar el acceso a la atención primaria. Se está captando a inversores privados para que en las ciudades haya pequeñas clínicas de atención primaria de proximidad. En las zonas rurales, los servicios de atención primaria están integrados en los hospitales de distrito, en los que hay médicos de familia, auxiliares médicos y enfermeros que trabajan en dispensarios, puestos de atención paramédica y obstétrica y ambulatorios.
292.Las medidas adoptadas para aumentar la participación de empresas privadas en la prestación de servicios de atención primaria de salud permitieron aumentar el porcentaje de proveedores privados a un 36,2 % con respecto al total de proveedores en 2019.
293.Se están adoptando medidas para que toda la población del país, incluidos los residentes de asentamientos situados en zonas remotas, tenga acceso a un centro médico. Se están creando las condiciones necesarias para abrir consultas privadas individuales y colectivas de médicos de familia cerca de los núcleos de población. La accesibilidad de los servicios médicos para la población de las zonas rurales y los núcleos de población remotos se garantiza asimismo mediante servicios de medicina a distancia y móviles (trenes médicos, unidades médicas móviles y aviones sanitarios).
294.A raíz de la labor llevada a cabo en 2020, Kazajstán pasó a contar con más de 248.000 trabajadores sanitarios, incluidos 76.443 médicos (74.611 en 2016) y 185.757 miembros del personal médico auxiliar (170.819 en 2016).
295.A finales de 2020 había un total de 20.899 camas para niños enfermos, lo que supone un aumento de 2.340 con respecto a 2016. La disponibilidad de camas para niños en hospitales aumentó un 2,4 % y se situó en una proporción de 301 niños de la edad correspondiente por cama.
296.En Kazajstán, la prevalencia de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) se mantiene en el estadio de epidemia concentrada. En el índice mundial de competitividad del Foro Económico Mundial, Kazajstán figuraba en los últimos años dentro del grupo de países con baja prevalencia del VIH. Los niños infectados por el VIH tienen pleno acceso a tratamientos antirretrovíricos de alta potencia, y se les proporciona la atención médica necesaria en el marco de las prestaciones médicas garantizadas de forma gratuita por el Estado.
Salud mental de los niños
Información de seguimiento relativa a los párrafos 44 y 45 de las observaciones finales
297.Los organismos públicos están adoptando una serie de medidas para prevenir los suicidios de menores de edad.
298.En el marco de la implementación de la Orden Conjunta núm. 201 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social —que, por Decreto del Presidente de la República de 25 de enero de 2017, se escindió en dos: el Ministerio de Trabajo y Protección Social y el Ministerio de Salud—, el Ministerio de Educación y el Ministerio del Interior relativa a la implementación gradual del proyecto de prevención del suicidio en los menores de edad en la República de Kazajstán, de 11 de marzo de 2015, se elaboró y aplicó la Hoja de Ruta para la Prevención del Comportamiento Suicida en los Niños y Adolescentes hasta el Año 2019.
299.Desde 2018 se ha venido implementando el Programa de Prevención del Suicidio en los Menores de Edad y de Desarrollo de Competencias para la Vida (Fundación Bilim) en distintas regiones (la ciudad de Nursultán y las provincias de Akmola, Aktobé, Atyráu y Kyzylordá).
300.Con el fin de preservar y mejorar la salud de los adolescentes y jóvenes se está mejorando el funcionamiento de los centros de salud juvenil de la red de atención primaria de salud. Los adolescentes y jóvenes, así como las víctimas de violencia y acoso escolar, reciben asesoramiento en caso de depresión o pensamientos suicidas.
301.En cada caso de suicidio se lleva a cabo una investigación preliminar para determinar si se ha cometido un delito penal de incitación al suicidio y para establecer las causas y condiciones que lo han propiciado. Entre 2016 y 2020, a raíz de las investigaciones preliminares, se interpusieron 632 recursos ante las autoridades para que se eliminaran diversas causas y condiciones que propiciaban los suicidios entre los menores de edad. Tras examinar los recursos, se incoaron procedimientos disciplinarios contra 258 profesionales de la educación y 96 trabajadores sanitarios.
302.Se lleva a cabo una labor continua de vigilancia de los medios de comunicación, incluidos los medios sociales, para detectar y bloquear contenidos ilegales que promuevan directa o indirectamente los comportamientos suicidas. Entre 2016 y 2020, el Ministerio del Interior eliminó 366 contenidos ilegales de Internet que hacían apología del suicidio.
303.Se están adoptando medidas para prevenir el comportamiento suicida entre los menores de edad que cumplen condena en lugares de privación de libertad. Los psicólogos de la institución LA-155/6 y de diversos centros de prisión preventiva (durante la fase de instrucción y mientras la persona espera a ser trasladada a la institución en la que vaya a cumplir condena) prestan asistencia psicológica a los adolescentes para que puedan adaptarse a las condiciones de la privación de libertad, al entorno social y al régimen de reclusión correspondiente, hacer frente a los momentos de crisis, ansiedad y estrés que pueden surgir durante el cumplimiento de la condena y mejorar las relaciones interpersonales entre los menores.
304.Se están impartiendo cursos de formación a los psicólogos escolares y al personal de atención primaria de salud sobre la detección precoz del riesgo de suicidio en los adolescentes y la labor de rehabilitación de los menores de edad en situación de riesgo.
305.Se están adoptando medidas para promover la salud física y mental de los niños y adolescentes y para impartir formación a padres y profesores sobre cómo reconocer signos de inestabilidad mental y de riesgos de comportamiento suicida en niños y adolescentes.
306.Las medidas adoptadas han permitido reducir la tasa de suicidio infantil en Kazajstán. Entre 2016 y 2020 se registraron 843 suicidios de niños de entre 5 y 17 años (543 niños y 300 niñas). En 2020 se registraron 144 suicidios infantiles, un 17,7 % menos que en 2016.
Salud de los adolescentes
Información de seguimiento relativa a los párrafos 46 y 47 de las observaciones finales
307.La salud reproductiva de los niños y adolescentes de Kazajstán sigue siendo una cuestión importante. En 2020 se registraron 3.162 embarazos precoces, de los cuales se interrumpieron 2.777. El número de embarazos precoces registrados disminuyó en un 33,4 % con respecto a 2017 (1.586 casos menos).
308.En 2020, la tasa de natalidad entre las adolescentes de 15 a 19 años se situó en 23,17 por cada 1.000 nacimientos, lo que supuso un descenso de 4,93 puntos (un 17,5 %). No obstante, el índice de nacimientos entre adolescentes sigue siendo elevado. La tasa de natalidad entre las adolescentes kazajas es entre 5 y 6 veces superior a la de los países desarrollados.
309.El Ministerio de Salud lleva a cabo una labor continua de sensibilización sobre cuestiones de salud reproductiva.
310.Se está aplicando la Estrategia Nacional de Comunicación y se está llevando a cabo una campaña informativa dirigida a los jóvenes sobre cuestiones de salud reproductiva.
311.En todas las regiones existen centros de salud juvenil, cuyos principales objetivos son preservar la salud de los adolescentes y jóvenes y garantizar unas condiciones favorables para su socialización proporcionándoles asistencia psicosocial cualificada y atención médica y social gratuita en materia de planificación familiar.
312.Con carácter periódico se organizan cursos especiales de formación dirigidos a los trabajadores sanitarios sobre la salud de los adolescentes y las particularidades de la prestación de servicios a los adolescentes en los centros de salud juvenil.
313.El proyecto shyn.kz fue ejecutado por el Ministerio de Salud con el apoyo financiero y técnico de la oficina del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) en Kazajstán y la colaboración activa del Centro Científico de Dermatología y Enfermedades Infecciosas de Kazajstán y el Centro Nacional de Salud Pública. Ese sitio web incluye recomendaciones y conocimientos actualizados con base empírica sobre la salud sexual y reproductiva elaborados por la Organización Mundial de la Salud, el UNFPA, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (ONUSIDA) y el UNICEF. Los adolescentes tienen la oportunidad de hacer consultas anónimas y recibir ayuda gratuita en relación con un amplio abanico de cuestiones de salud sexual y reproductiva.
314.Se está ejecutando un proyecto conjunto del Banco Mundial y el UNFPA para 2020‑2021 sobre la elaboración de una guía orientativa para los centros de salud juvenil, y se están elaborando protocolos clínicos en el ámbito de la salud reproductiva, protocolos para el asesoramiento psicológico de adolescentes y jóvenes a nivel individual o en grupo y material informativo sobre salud reproductiva dirigido a adolescentes, jóvenes y padres.
315.En el marco de ese proyecto se han elaborado 11 protocolos clínicos, 11 protocolos de asesoramiento en materia de salud reproductiva y sobre aspectos psicológicos, sociales y jurídicos, una estrategia operacional, un organigrama y una estrategia de desarrollo institucional de los centros de salud juvenil.
Salud ambiental
Información de seguimiento relativa a los párrafos 48 y 49 de las observaciones finales
El mar de Aral
316.Con el fin de resolver el problema de la volatilización del polvo y la sal en el lecho seco del mar de Aral, en los últimos 25 años se ha plantado saxaúl en un área de 183.000 ha de la parte kazaja. Gracias a los fondos asignados del presupuesto de la provincia de Kyzylordá, cada año se planta saxaúl en una superficie de 6.500 ha en el lecho seco del mar de Aral.
317.En colaboración con la República de Corea se ha ejecutado un proyecto titulado “Obras de recuperación fitoforestal del lecho seco del mar de Aral”. Entre 2018 y 2020 se plantaron 5 millones de arbustos de saxaúl en 13.300 ha.
318.Se está ejecutando la segunda fase del proyecto titulado “Regulación del cauce del río Syrdaryá y preservación de la parte septentrional del mar de Aral”. En total, el proyecto consta de 8 componentes (6 de la primera fase y 2 de la segunda). Primera fase del proyecto: 1) reparación de la válvula de esclusa de la orilla izquierda del complejo hidroeléctrico de Kyzylordá; 2) construcción de diques de contención en los distritos de Kazaly y Karmakshy; 3) enderezamiento del cauce del río Syrdaryá en los tramos de Korgansha y Turumbet; 4) construcción de un puente de autopista cerca de la aldea de Birlik (distrito de Kazaly); 5) restauración de los sistemas lacustres de Kamyshlybash y Akshatau; y 6) renovación y ampliación de los estanques para acuicultura en el emplazamiento de Tastak del vivero de peces de Kamyshlybash (distrito de Aral). Finalización del estudio de viabilidad de los subproyectos: 1) reacondicionamiento de la parte septentrional del mar de Aral (variante de uno o dos niveles); 2) construcción y equipamiento de un centro de trabajo para la gestión de los recursos hídricos en la parte kazaja de la cuenca del río Syrdaryá. Debido al retraso en el proceso para la concesión del préstamo del Banco Mundial, el Gobierno de la República de Kazajstán tomó la decisión de iniciar la ejecución de cuatro componentes de la primera fase del proyecto con cargo al presupuesto nacional (sin el préstamo del Banco Mundial). A este respecto, está previsto que tres de esos componentes (afianzamiento de los diques de contención en los distritos de Kazaly y Karmakshy; enderezamiento del cauce del río Syrdaryá en los tramos de Korgansha y Turumbet (distrito de Zhalagash); y reacondicionamiento integral del complejo hidroeléctrico de Kyzylordá) se ejecuten en el marco de la hoja de ruta del Plan Integral de Desarrollo Socioeconómico (2019-2022), y el otro componente (construcción de un puente cerca de la aldea de Birlik (distrito de Kazaly)), en el marco del Programa de Desarrollo Regional.
319.Dado que 4 de los 6 componentes del proyecto se ejecutarán con cargo al presupuesto nacional, el Banco Mundial, tras celebrar diversos debates y consultas, ha presentado un nuevo enfoque para el desarrollo integral de la parte kazaja del cauce del río Syrdaryá y el norte del mar de Aral y ha propuesto cambiar el título del proyecto por el de “Proyecto de desarrollo regional y recuperación de la parte septentrional del mar de Aral” e incluir en él nuevos componentes con miras a mejorar el desarrollo socioeconómico de la región.
320.El proyecto consta de tres componentes con un costo total preliminar de 190 millones de dólares de los Estados Unidos: el primer componente se titula “Mejora de la infraestructura hídrica y del régimen hidrológico en la cuenca de la parte septentrional del mar de Aral y el río Syrdaryá” (120 millones de dólares); el segundo, “Apoyo a actividades económicas, sociales y ambientales sostenibles en la provincia de Kyzylordá” (60 millones de dólares); y el tercero, “Mejora de la base informática y de la gestión de los recursos hídricos, la planificación regional y la gestión de proyectos” (10 millones de dólares).
321.El 15 de julio de 2020, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales de la República de Kazajstán y el Banco Mundial firmaron un acuerdo de subvención para la elaboración de un estudio de viabilidad del proyecto de desarrollo regional y recuperación de la parte septentrional del mar de Aral por parte de expertos del Banco Mundial por una cuantía de 1,5 millones de dólares, acuerdo que entró en vigor el 15 de diciembre de 2020.
322.Actualmente, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales está llevando a cabo el proceso de selección de empresas internacionales especializadas en la elaboración de este tipo de proyectos.
Polígono de ensayos de Semipalatinsk
323.La empresa pública denominada Centro Nuclear Nacional de la República de Kazajstán, adscrita al Ministerio de Energía, está aplicando un programa titulado “Garantizar la seguridad del antiguo polígono de ensayos de Semipalatinsk”.
324.En 2020 se siguió llevando a cabo el estudio ambiental del polígono de ensayos de Semipalatinsk. Ya se ha inspeccionado el 88,8 % (16.252,9 km2) del área total del polígono, que asciende a 18.311,4 km2.
325.Según los datos obtenidos con el estudio, en la mayor parte del área del polígono de ensayos de Semipalatinsk que se inspeccionó en 2020, la concentración de radionúclidos en el entorno natural se encuentra en unos niveles aceptables y no es necesario adoptar medidas para eliminar los efectos de los ensayos de armas nucleares, excepto en dos zonas con contaminación radiactiva en las partes occidental y sudoriental del área inspeccionada. La superficie total de los lugares con contaminación radioactiva asciende a 691 km2, lo que representa el 37 % de la superficie total del estudio. En estos lugares, que suponen un peligro radiológico para la población, se prevé adoptar medidas para eliminar los efectos de los ensayos nucleares y restringir el acceso.
326.Está previsto que en 2021 se lleve a cabo un estudio integral de toda la superficie del polígono de ensayos de Semipalatinsk.
327.Se ha ejecutado el Plan de Acción para Mejorar las Medidas de Protección Social de los Ciudadanos Afectados por los Ensayos Nucleares en el Polígono de Ensayos Nucleares de Semipalatinsk, aprobado mediante la Resolución núm. 362 del Gobierno de la República de Kazajstán, de 17 de abril de 2014. Asimismo, se han incrementado las cuantías de las prestaciones e indemnizaciones para los ciudadanos afectados por los ensayos nucleares realizados en dicho polígono.
328.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Protección Social de los Ciudadanos Afectados por los Ensayos Nucleares en el Polígono de Ensayos Nucleares de Semipalatinsk, la población que vive en las zonas de riesgo radiológico definidas en esa ley tiene derecho a una remuneración laboral adicional y a más días de vacaciones anuales retribuidas.
329.En 2019 se aprobó un plan de acción a largo plazo para reacondicionar y mejorar la infraestructura del polígono de ensayos de Semipalatinsk.
330.En 2021 se inauguró en la ciudad de Semey un centro de medicina nuclear y oncología en el que se pueden detectar y tratar a tiempo enfermedades oncológicas. El centro cuenta con personal altamente cualificado y modernas instalaciones y equipos de diagnóstico.
Artículo 33Medidas para proteger a los niños contra el uso ilícito de las sustancias sicotrópicas
331.En el período transcurrido entre 2016 y 2020 se observa una tendencia positiva de disminución de las tasas de prevalencia del consumo de alcohol y drogas entre los menores de edad. El índice de consumo de alcohol entre los menores de edad se dividió prácticamente por cuatro, pasando de 9,1 en 2016 a 2,3 por cada 100.000 habitantes de ese grupo de edad. El índice de niños diagnosticados por primera vez con un trastorno mental o del comportamiento causado por el consumo de sustancias sicotrópicas activas (indicador de drogadicción) se dividió por 3,4, pasando de 2,8 en 2016 a 1,2 por cada 100.000 menores de edad en 2020.
332.En Kazajstán, a pesar de que se ha observado un ligero descenso en las estadísticas, el consumo de sustancias sicotrópicas activas por parte de menores de edad sigue siendo un fenómeno preocupante.
333.Con el fin de sensibilizar tanto a los menores de edad como a los adultos sobre las cuestiones relacionadas con el uso indebido de drogas y sustancias, se están adoptando medidas dirigidas a concienciar a la población en este ámbito.
334.En todas las regiones del país se está llevando a cabo una labor continua para informar a los adolescentes y los jóvenes sobre los efectos nocivos de las drogas —especialmente de los nuevos tipos de drogas sintéticas— para el cuerpo humano, y, al mismo tiempo, animarlos a llevar un estilo de vida sano.
335.Se están organizando clases interactivas antidrogas para los alumnos matriculados en las escuelas de enseñanza general. En 2016 se implementaron unos programas informáticos para identificar los riesgos de caer en el tabaquismo, el alcoholismo y la drogadicción en las escuelas del país.
336.Las ONG contribuyen activamente a ayudar a los adolescentes que han caído en el consumo de drogas y a promover unos estilos de vida sanos mediante la creación de centros especiales de rehabilitación y círculos de autoayuda para drogadictos, la organización de mesas redondas y talleres y la publicación de literatura especializada al respecto.
Artículos 18, párrafo 3, y 26Seguridad social, servicios e instalaciones de guarda de niños
Artículo 27, párrafos 1 a 3Nivel de vida
Información de seguimiento relativa a los párrafos 50 y 51 de las observaciones finales
337.Kazajstán presta apoyo a las familias y a los representantes legales que crían a uno o varios niños proporcionándoles ayudas sociales de conformidad con el procedimiento establecido en la legislación. El modelo integral de apoyo a las familias con hijos y a los representantes legales que crían a niños incluye un sistema de prestaciones estatales, ayudas sociales y pagos en efectivo, así como medidas de fomento del empleo y beneficios fiscales.
Prestaciones para las familias con hijos
338.La Ley de Prestaciones Estatales para Familias con Hijos prevé los siguientes tipos de prestaciones:
Una prestación estatal de pago único por nacimiento de un hijo.
Una prestación estatal mensual para el cuidado de un hijo durante su primer año de edad.
Una prestación estatal mensual para familias numerosas con cuatro o más hijos menores de edad que vivan en el domicilio familiar, incluidos los hijos que estén estudiando a tiempo completo en centros educativos de enseñanza secundaria, técnica y profesional, postsecundaria, superior y/o de posgrado después de haber alcanzado la mayoría de edad y hasta el momento en que se gradúen del centro educativo correspondiente, pero como máximo hasta que cumplan 23 años.
Una prestación estatal mensual para madres con muchos hijos distinguidas con las medallas Altyn alqa o Kumis alqa o, anteriormente, con el título de Madre Heroína o la Orden de la Gloria Maternal de primera y segunda clase.
Una prestación estatal mensual para la madre o el padre —biológicos o adoptivos—, el tutor o el curador de un niño con discapacidad.
Una prestación estatal mensual para el cuidado de una persona a la que se le ha reconocido una discapacidad del grupo 1 en la infancia.
339.La prestación por nacimiento se abona a todas las mujeres que dan a luz, independientemente de que trabajen o no y del volumen de ingresos familiares. La cuantía de la prestación depende del orden de nacimiento (38 unidades de cálculo por el primer, segundo y tercer hijo y 63 unidades de cálculo por el cuarto y posteriores hijos).
340.En 2020, una media de 430.700 personas recibieron prestaciones por nacimiento por un valor total de 52.300 millones de tenge.
341.El Fondo Estatal de Seguro Social también concede una ayuda por embarazo y nacimiento a las madres trabajadoras, cuya cuantía depende de los ingresos mensuales medios de la mujer durante los últimos 12 meses. En 2020, 203.200 personas se beneficiaron de esa ayuda, cuyo importe medio fue de 498.700 tenge y para lo cual se destinó un total de 96.400 millones de tenge.
342.La prestación para el cuidado de un hijo se abona a todas las madres, independientemente de que trabajen o no y del volumen de ingresos familiares.
343.En el caso de las mujeres que no trabajan, la cuantía de la prestación varía en función del número de hijos que haya tenido y que esté criando en el seno familiar. En 2020, dicha cuantía iba desde 5,76 unidades de cálculo (por el primer hijo) hasta 8,90 unidades de cálculo (por el cuarto hijo). En 2020, una media de 121.000 personas recibieron esta prestación por un valor total de 31.700 millones de tenge.
344.El Fondo Estatal de Seguro Social también concede una ayuda a las madres trabajadoras para el cuidado de un hijo durante su primer año de vida cuya cuantía equivale al 40 % de los ingresos mensuales medios de la madre durante los últimos dos años. En 2020, 501.600 personas se beneficiaron de esa ayuda, cuyo importe medio fue de 32.055 tenge y para lo cual se destinó un total de 106.400 millones de tenge.
345.Además, el Estado subvenciona las cotizaciones obligatorias de las mujeres al régimen de pensiones por un importe equivalente al 10 % de los ingresos medios mensuales empleados para el cómputo de la ayuda social. El objetivo de esa medida es que las mujeres no dejen de cotizar durante su licencia por maternidad.
346.Además, para ayudar adecuadamente a los padres y madres en el cumplimiento de sus obligaciones relacionadas con la crianza, el Código del Trabajo prevé, entre otras, las siguientes medidas de flexibilidad y protección para los padres en el ámbito del empleo: el traslado temporal de las mujeres embarazadas a otro puesto de trabajo, con el fin de evitar que estén expuestas a riesgos profesionales, con una remuneración no inferior al salario medio del puesto anterior (art. 44); la limitación de la posibilidad de rescindir el contrato de trabajo de una madre sola por iniciativa del empresario durante el período de incapacidad temporal y la licencia para el cuidado de un hijo durante sus primeros tres años de vida (art. 54); y la imposibilidad de asignarles, sin su consentimiento escrito, un horario de trabajo nocturno a mujeres u otras personas con hijos menores de 7 años a cargo y a personas que estén criando a hijos con discapacidad menores de 16 años (art. 76).
347.La prestación por familia numerosa se abona a las familias con cuatro o más hijos menores de edad que vivan en el domicilio familiar. En 2020, la cuantía de esta prestación iba desde 16,03 unidades de cálculo (por cuatro hijos) hasta 28,06 unidades de cálculo (por siete hijos). Las familias con ocho o más hijos perciben una prestación de cuatro unidades de cálculo por cada hijo. En 2020, más de 392.400 familias recibieron esta prestación, para lo cual se destinó un total de 236.200 millones de tenge.
348.Las madres que han dado a luz a cinco o más hijos y han estado a cargo de ellos hasta los 18 años tienen derecho a jubilarse a los 53 años.
349.La prestación para las madres con muchos hijos es vitalicia y se concede con independencia de los ingresos. La cuantía de la prestación asciende a 6,4 unidades de cálculo. En 2020, una media de 232.300 personas recibieron esta prestación, para lo cual se destinó un total de 49.100 millones de tenge. Las madres con muchos hijos distinguidas con las medallas Altyn alqa o Kumis alqa están asimismo exentas del pago de una serie de impuestos y tasas estatales.
350.La prestación por hijo con discapacidad (1,4 unidades de cálculo) se abona mensualmente a los padres —biológicos o adoptivos— o tutores que estén criando a un hijo con discapacidad hasta que este alcance la mayoría de edad. En 2020, más de 89.500 familias recibieron esta prestación por un valor total de 49.600 millones de tenge.
351.Por decisión de los órganos ejecutivos locales, a los padres o representantes legales de niños con discapacidad que reciben educación en el hogar se les reembolsan los gastos en educación. En 2020, una media de 14.200 familias recibieron esta ayuda, cuya cuantía media ascendió a 4.700 tenge al mes y para lo cual se destinaron en total 800.500 millones de tenge.
352.La prestación para el cuidado de una persona a la que se le ha reconocido una discapacidad del grupo 1 en la infancia, cuya cuantía equivale al 1,4 del mínimo de subsistencia, se abona con carácter mensual a los padres —biológicos o adoptivos— o tutores. Si en una familia conviven dos o más personas a las que se les ha reconocido una discapacidad del grupo 1 en la infancia, se abona una prestación por cada una de esas personas.
Apoyo a las familias que crían a huérfanos o niños privados del cuidado parental
353.De conformidad con el artículo 28 de la Ley de Normas Sociales Mínimas y sus Garantías, se aprobó la Orden núm. 557 del Ministro de Educación y Ciencia, de 10 de septiembre de 2015, por la que se aprueban la norma social mínima titulada “Garantizar la protección de los derechos e intereses de los huérfanos o niños privados del cuidado parental confiados a entornos familiares (adoptados o colocados bajo tutela o curatela o en régimen de acogimiento familiar especializado)” y los reglamentos conexos.
354.Según lo dispuesto en esa norma, a las familias que crían a huérfanos o niños privados del cuidado parental se les conceden distintos tipos de ayudas, como se indica a continuación.
355.Los educadores a cargo de niños en régimen de acogimiento familiar especializado reciben ayudas en efectivo para la manutención del niño o niños acogidos, a saber: 6 unidades de cálculo al mes para gastos de alimentación por cada niño en edad preescolar; 7 unidades de cálculo para gastos de alimentación por cada niño en edad escolar; y 3 unidades de cálculo al mes para ropa, calzado y ropa de cama por cada niño.
356.Los tutores o curadores de huérfanos o niños privados del cuidado parental reciben una prestación mensual de 10 unidades de cálculo.
357.Los padres o madres adoptivos de huérfanos o niños privados del cuidado parental tienen derecho a una ayuda de pago único de 75 unidades de cálculo.
358.Los padres y madres de acogida reciben una ayuda mensual de diez unidades de cálculo.
Apoyo a las familias de bajos ingresos
359.De conformidad con lo dispuesto en la Ley núm. 246 de Ayudas Sociales para Destinatarios Específicos, de 17 de julio de 2001, los ciudadanos de la República de Kazajstán, los qandas, los refugiados, los extranjeros y los apátridas con residencia permanente en la República de Kazajstán cuyos ingresos medios no superen el umbral de pobreza tienen derecho a percibir ayudas sociales para destinatarios específicos. La determinación del umbral de pobreza en Kazajstán corresponde al órgano ejecutivo central, que se pronuncia sobre la base del nivel mínimo de subsistencia per cápita en términos porcentuales, y teniendo en cuenta la capacidad económica del Estado.
360.Durante el período que abarca el informe, se modificaron en tres ocasiones (los días 1 de enero de 2018, 1 de abril de 2019 y 1 de enero de 2020) los criterios para la concesión de las ayudas sociales para destinatarios específicos. El volumen del gasto presupuestario destinado al pago de las ayudas sociales para destinatarios específicos se multiplicó por 18,8, pasando de 13.000 millones de tenge en 2017 a 244.500 millones de tenge en 2019, mientras que el número de beneficiarios se multiplicó por 95 (por 81,6 en el caso de los niños). En 2020, 184.700 familias (es decir, 936.200 personas) estaban recibiendo ayudas sociales para destinatarios específicos.
361.En 2020, más de 4,5 millones de personas percibieron una ayuda social de una cuantía equivalente al salario mínimo (42.500 tenge) para compensar los efectos de las medidas de confinamiento impuestas en relación con la pandemia de COVID-19.
362.El 1 de enero de 2020 se implementó un paquete de medidas sociales garantizadas para niños de entre 1 y 17 años de familias de bajos ingresos, en el marco del cual se les proporcionaban comidas gratuitas en el centro de enseñanza, descuentos para el transporte público urbano, uniformes y material escolar y, a los niños en edad preescolar, paquetes de alimentos y productos de consumo para niños. En 2020, 403.400 niños eran beneficiarios de ese paquete de medidas.
VIII.Educación, esparcimiento y actividades culturales
Artículo 28Derecho a la educación, incluidas la formación y la orientación profesionales
Artículo 29 Objetivos de la educación, con referencia también a la calidad de la educación
Información de seguimiento relativa a los párrafos 52 y 53 de las observaciones finales
363.En Kazajstán, el principio más importante de la política social del Estado en materia de educación es que todas las personas tienen el mismo derecho a recibir una educación de calidad.
364.En el período que abarca el informe se siguieron adoptando medidas para mejorar la accesibilidad y la calidad de la educación para todos.
365.Según lo dispuesto en la Ley de Educación, el Estado garantiza a los nacionales de Kazajstán la gratuidad de la enseñanza preescolar (desde los 5 años hasta el ingreso en el primer grado de primaria), primaria, secundaria básica y secundaria general en centros educativos estatales; y también garantiza la posibilidad de optar por concurso a una plaza para cursar estudios técnicos y profesionales, superiores y de posgrado en régimen de gratuidad, siempre que estos estén incluidos en el conjunto de servicios educativos financiados por el Estado y que sean los primeros estudios que se cursen, con la excepción de las academias militares y los centros de educación especial.
366.Los extranjeros y apátridas con residencia permanente en Kazajstán, así como los que hayan entrado en el país en el marco de una reunificación familiar, tienen los mismos derechos que los nacionales de Kazajstán a recibir enseñanza preescolar, primaria, secundaria básica y secundaria general de acuerdo con el procedimiento establecido por el órgano competente en materia de educación.
367.Los apátridas con residencia permanente en el país también tienen derecho a optar por concurso a una plaza para cursar estudios técnicos y profesionales, superiores y de posgrado en régimen de gratuidad, siempre que estos estén incluidos en el conjunto de servicios educativos financiados por el Estado y que sean los primeros estudios que cursen, con la excepción de las academias militares y los centros de educación especial (art. 8 de la Ley núm. 319-III, de 27 de julio de 2007).
368.El artículo 16 de la Ley de Refugiados dispone que los niños que hayan solicitado el reconocimiento de la condición de refugiado y los niños refugiados, incluidos aquellos que hayan llegado sin estar acompañados de sus progenitores u otros representantes legales y no se haya podido encontrar a sus progenitores u otros familiares, gozan de la misma protección y acceso a la educación que los demás niños privados del cuidado parental que se encuentran en Kazajstán, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre los derechos del niño.
369.Sin embargo, la legislación de Kazajstán no prevé que el Estado tenga que escolarizar a los hijos de extranjeros que estén residiendo temporalmente en Kazajstán, de víctimas de la trata de personas y/o de solicitantes de asilo (hijos de solicitantes de asilo, refugiados o trabajadores migrantes indocumentados y no inscritos en el registro). La legislación no permite a los centros de apoyo a niños en situación precaria ni a los centros de rehabilitación de menores prestar servicios a esos niños. Este problema es sistémico y lleva muchos años sin resolverse.
370.En un estudio realizado en 2020 por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) se detectaron más de 1.000 casos de niños en 12 regiones de Kazajstán que no disponían de documentación migratoria debidamente expedida (procedentes de Rusia, Mongolia, Uzbekistán, Moldova, Tayikistán, etc.). Estos niños no podían abandonar el país para regresar a sus países de origen por diversos motivos, entre ellos la pandemia, y no estaban escolarizados.
371.La OIM también detectó en Kazajstán 15 casos de niños que habían sido víctimas de la trata entre 2017 y 2020 (198 niños desde 2004).
372.Con el fin de adoptar nuevas medidas en el ámbito de los derechos humanos, mediante la Resolución núm. 405 del Gobierno, de 11 de junio de 2021, se aprobó el Plan de Medidas Prioritarias en el Ámbito de los Derechos Humanos, que, entre otras cosas, prevé que se garanticen los derechos de las víctimas de la trata.
373.Por instrucción de la Oficina Ejecutiva del Presidente de la República de Kazajstán de fecha 28 de junio de 2021, se examinó con detenimiento la cuestión de la escolarización de los hijos de extranjeros que residían temporalmente en Kazajstán, de víctimas de la trata de personas y/o de solicitantes de asilo.
374.En relación con lo anterior y basándose en la Convención sobre los Derechos del Niño, se adoptarán medidas para incluir en la Ley de Educación (arts. 8 y 47) y en la Ley de la Condición Jurídica de los Extranjeros (art. 10) unas disposiciones que garanticen el derecho a la educación de los extranjeros que estén residiendo temporalmente en Kazajstán, con excepción de los sospechosos o acusados en procesos penales hasta que las autoridades competentes adopten una decisión procesal con respecto a ellos o a sus padres u otros representantes legales.
Educación preescolar
375.En el período que abarca el informe, el desarrollo de la educación preescolar se convirtió en una de las prioridades de la modernización del sistema educativo en Kazajstán.
376.A fecha de 1 de octubre de 2020 había 10.650 instituciones preescolares en el país, repartidas en 6.959 guarderías y 3.691 minicentros (4.497). El número de niños matriculados en instituciones preescolares ascendía a 885.033.
377.Las alianzas público-privadas son una prioridad en el desarrollo de la educación preescolar. El 43 % (4.570) de las instituciones preescolares del país son privadas, 18,2 puntos porcentuales más que en 2016 (24,8 %). El 98,7 % de los niños de 3 a 6 años están matriculados en una institución de educación preescolar.
378.Durante el período de ejecución del Programa Estatal de Desarrollo de la Educación y la Ciencia (2016-2019), la red de instituciones preescolares del país aumentó en 1.749 centros (10.583 en 2019 frente a 8.834 en 2015). Eso permitió que el porcentaje de niños de 3 a 6 años matriculados en instituciones preescolares aumentara 16,9 puntos porcentuales (del 81,6 % en 2015 al 98,5 % en 2019).
379.En 2020, la tasa de cobertura de la educación preescolar para niños de 3 a 6 años era del 100 % en 12 regiones del país: las provincias de Akmola, Aktobé, Atyráu, Kazajstán Occidental, Zhambyl, Karagandá, Kyzylordá, Manguistáu, Pavlodar, Kazajstán Septentrional y Kazajstán Oriental y la ciudad de Shymkent.
380.Se está observando una tendencia positiva en la dotación de personal de las instituciones preescolares. La proporción del personal docente de centros de educación preescolar con formación profesional superior o técnica en la especialidad de Educación Preescolar aumenta cada año. Entre 2016 y 2020 aumentó 20 puntos porcentuales: del 35,1 % al 55,3 %.
381.Entre los nuevos enfoques y medidas efectivas para garantizar la igualdad de acceso a una educación preescolar de calidad, se ha incluido en el personal de las instituciones preescolares la figura de la “niñera social”, que se encarga del cuidado y desarrollo de los niños que no están matriculados en centros preescolares, teniendo en cuenta las necesidades de los padres y en el hogar del niño en cuestión.
382.Uno de los mecanismos encaminados a fomentar la competencia dentro del sistema de educación preescolar será un sistema de financiación por vales.
383.No obstante, en vista del continuo crecimiento demográfico de la población infantil del país, las listas de espera siguen representando un problema. Hay 364.206 niños en lista de espera para ingresar en centros preescolares (288.155 en zonas urbanas y 76.051 en zonas rurales). El número de niños de 3 a 6 años asciende a 58.381 (el 16 %).
384.Según datos del Ministerio de Educación y Ciencia, hay 42 jardines de infancia especiales en los que están matriculados 4.229 niños, divididos en un total de 335 grupos. En 217 centros preescolares se han creado 534 grupos especiales, integrados por un total de 8.229 niños. En siete regiones del país (las provincias de Akmola, Almaty, Zhambyl, Kazajstán Occidental, Kostanay, Kazajstán Septentrional y Turquestán) no hay una red de centros preescolares especiales.
Educación primaria, secundaria básica y secundaria general
385.En 2020, la tasa neta de matriculación en educación primaria alcanzó su nivel más alto (99,8) durante el período examinado: en el caso de las niñas, pasó de 98,1 a 99,9; y en el de los niños, de 99,5 a 99,6. La tasa bruta de matriculación en educación secundaria para el período examinado se sitúa entre 104,6 y 105,9. En 2020 ascendió a 105,4 en el caso de las chicas y a 105,5 en el de los chicos.
386.Se observa una tendencia positiva tanto en el número de profesores en las escuelas de enseñanza general (de 319.167 a 366.666) como en el número de alumnos matriculados en ellas (de 2.930.583 a 3.483.347), y el número medio de alumnos por profesor se mantiene en nueve.
387.Debido a las medidas de confinamiento impuestas en relación con la pandemia de COVID-19, al inicio del curso escolar 2020/21 el 60 % de los alumnos de primaria estudiaban en “aulas de guardia”. Alrededor de 2,6 millones de alumnos empezaron el curso escolar a distancia utilizando diversas plataformas educativas nacionales elegidas por los propios centros. Las cadenas nacionales de televisión Balapan y El Arna retransmitían lecciones grabadas, que servían como herramienta adicional para la adquisición de conocimientos.
388.El 1 de septiembre de 2020 se empezó a implementar a gran escala la modalidad de financiación per cápita en 1.584 escuelas públicas diurnas con aulas monogrado situadas en zonas urbanas, que representan el 34,1 % del total de escuelas con aulas monogrado (4.643). A tal fin, en 2020 se destinaron 336.000 millones de tenge con cargo al presupuesto estatal, un 34,2 % más que el año anterior. Al mismo tiempo, el presupuesto de las escuelas aumentó de media un 20 %. La introducción de la financiación per cápita ha reducido considerablemente el peso de factores subjetivos en la distribución de los recursos financieros, ha mejorado el nivel de seguridad económica de los centros educativos y ha incrementado su interés por el uso eficaz y racional de los fondos asignados.
Información y material educativos y de formación al alcance de todos los niños
389.El procedimiento que regula el suministro de libros de texto, recursos didácticos y metodológicos y manuales, incluidos libros de texto electrónicos, a los centros educativos se aprobó mediante la Orden núm. 91 del Ministro de Educación y Ciencia, de 28 de enero de 2016. Esta orden prevé dotar el fondo bibliotecario de los centros educativos de libros de texto y recursos didácticos y metodológicos, incluidos libros de texto electrónicos, y que se adquieran nuevos materiales cada cinco años para la educación primaria, secundaria básica y secundaria general y cada seis años para los centros de educación especial, así como que se proceda cada año a adquirir el material adicional que sea necesario en función del número de alumnos con cargo al presupuesto nacional.
390.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Educación, independientemente de su condición social, a los alumnos matriculados en centros educativos en los que se aplican los planes de estudios ordinarios de educación primaria, secundaria básica, secundaria general y general especializada y los planes de estudios especiales se les proporcionan gratuitamente los libros de texto y recursos didácticos y metodológicos, incluidos libros de texto electrónicos, previstos por las autoridades educativas para el año académico en cuestión, con cargo a los presupuestos local y nacional.
391.Con el fin de mejorar la calidad de los libros de texto, se han elevado los requisitos que se exigen a sus autores, que, entre otras cosas, deben presentar un certificado de finalización de diversos cursos sobre preparación y evaluación de libros de texto.
Accesibilidad de la educación superior
392.Para acceder a la educación superior, los ciudadanos deben haber finalizado estudios de educación secundaria general o técnica y profesional o postsecundaria. Con arreglo a lo dispuesto en la Orden núm. 600 del Ministro de Educación y Ciencia, de 31 de octubre de 2018, por la que se aprueba la Reglamentación Modelo para la Admisión en Centros de Educación Superior y de Posgrado, todos los ciudadanos tienen derecho a optar por concurso a una plaza para cursar gratuitamente estudios de educación superior.
393.Se ha elaborado e introducido un sistema de datos estadísticos sobre el seguimiento de los niños de familias de bajos ingresos y los huérfanos para facilitar la toma de decisiones informadas sobre la manera de gestionar la política de acceso a la educación superior. En el contexto de los centros de educación superior se ha introducido la figura de las becas rectorales para estudiantes de bajos ingresos y se han elaborado diversas medidas estatales de apoyo a los estudiantes de familias de bajos ingresos, como las becas sociales, la compensación de los gastos de alojamiento, la gratuidad del transporte, etc.
394.Los ciudadanos extranjeros son admitidos en virtud de la cuota asignada para la concesión de becas educativas en el marco de programas educativos internacionales de educación superior y de posgrado, establecidos sobre la base de acuerdos internacionales y con la acreditación correspondiente. La admisión de ciudadanos extranjeros para cursar estudios de educación superior y de posgrado en la modalidad no subvencionada depende de los resultados que hayan obtenido en las entrevistas realizadas por las comisiones de admisión a los centros de educación superior y de posgrado durante el año natural en cuestión.
Educación inclusiva y educación especial
395.En Kazajstán se está llevando a cabo una labor planificada de fomento de la educación inclusiva, cuyo principio fundamental es el derecho de los niños con necesidades educativas especiales a ser educados junto a sus compañeros sanos en un entorno educativo ordinario y en condiciones adecuadas.
396.A finales de 2020, el número de niños en edad escolar con necesidades educativas especiales ascendía a 107.348, de los cuales 41.581 (el 38,7 %) estaban cursando sus estudios en la modalidad de educación inclusiva (el 25,95 % a finales de 2015). En 2020, un total de 5.214 escuelas reunían las condiciones necesarias para la educación inclusiva, lo que representaba el 74,9 % de todas las escuelas. A finales de 2015, este porcentaje se situaba en el 44,7 %.
397.En 2021 se aprobó una ley para fomentar aún más la educación inclusiva en Kazajstán. Esa ley permitirá que los instrumentos jurídicos y normativos vigentes pasen del modelo “médico” actual de la educación inclusiva a uno “sociopedagógico”.
398.En 2020 se produjo un cambio importante, a saber: la introducción de la figura del profesor auxiliar en el personal docente de todos los niveles educativos, cuya misión consiste en proporcionar apoyo pedagógico a los niños con necesidades educativas especiales en el sistema ordinario de educación.
399.Las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel fundamental en el fomento de la educación inclusiva. En el marco de la ejecución de un proyecto titulado “Todos los niños merecen una escuela”, entre 2015 y 2020 la fundación privada Bolashaq, con la ayuda del Ministerio de Educación y Ciencia, creó 41 aulas de apoyo a la inclusión en escuelas ordinarias de 17 regiones del país, en las que más de 400 niños con autismo y otras necesidades educativas especiales reciben el apoyo psicológico y pedagógico necesario. La fundación privada Dara, en colaboración con la empresa Samruk Trans, abrió 70 consultas de asistencia psicopedagógica y 20 centros de recursos en escuelas ordinarias para prestar apoyo a niños con discapacidad en distintas regiones del país.
Educación complementaria
400.En Kazajstán, la educación complementaria de los niños se considera el componente más importante del entorno educativo. Las actividades de esparcimiento tienen una importante repercusión en la salud y el desarrollo de los niños. La participación en grupos temáticos, clubes, clases extraescolares y otras formas de educación complementaria cumple una serie de funciones importantes para la socialización de los niños y la prevención de la delincuencia, y contribuye al desarrollo sano e integral de la persona.
401.Al inicio del año académico 2020/21 había 1.272 centros de educación complementaria en el país, en los que estaban inscritos un total de 995.522 niños. En las escuelas hay más de 75.000 grupos temáticos con un total de 1.216.073 alumnos (el 35 %) y más de 45.000 clases extraescolares con un total de 965.155 alumnos (el 28 %), de los cuales el 85,8 % y el 92,1 %, respectivamente, son gratuitos.
Artículo 30Derechos culturales de los niños pertenecientes a Pueblos Indígenas y minorías
402.La Constitución de Kazajstán prohíbe toda discriminación por motivos de raza, nacionalidad, idioma o actitud hacia la religión y garantiza a todas personas el derecho a utilizar su lengua materna y a disfrutar de su propia cultura, así como muchos otros derechos y libertades.
403.La Asamblea del Pueblo de Kazajstán y las asambleas regionales llevan a cabo una labor activa para que cada grupo étnico de Kazajstán pueda desarrollar al máximo su potencial cultural, así como para fomentar el papel de la cultura y la lengua de los kazajos en cuanto que pueblo constituyente del Estado. Gracias a la puesta en funcionamiento de los centros etnoculturales y a la labor realizada por la Asamblea del Pueblo de Kazajstán, las minorías étnicas del país tienen una oportunidad real de revitalizar su lengua y sus tradiciones, enseñar a sus hijos su lengua materna y educarlos en dicha lengua y desarrollar vínculos con su patria histórica y la diáspora en el extranjero, todo ello bajo los auspicios del Estado.
404.Por consiguiente, en Kazajstán todos los niños tienen los mismos derechos, independientemente de su origen, raza, etnia, condición social, posición económica, sexo, idioma, educación, actitud hacia la religión, lugar de residencia, estado de salud u otras circunstancias que afecten al niño o a sus padres o representantes legales. Los niños nacidos dentro o fuera del matrimonio gozan de la misma protección integral.
405.La política lingüística en los centros educativos se aplica de conformidad con la Constitución y la legislación nacional en materia de idiomas. En todos los centros educativos, tanto privados como públicos, se debe enseñar el kazajo en cuanto que lengua oficial, así como el ruso y una lengua extranjera de acuerdo con las normas estatales de enseñanza correspondientes a cada nivel.
406.El derecho de las minorías que viven en Kazajstán a estudiar en su lengua materna también se ha garantizado mediante la creación de los centros, clases y grupos educativos pertinentes y las condiciones necesarias para su correcto funcionamiento.
407.El establecimiento de centros educativos, clases y grupos que imparten enseñanza en el idioma oficial constituye una prioridad.
Artículo 31Descanso, juego, esparcimiento y actividades recreativas, culturales y artísticas
408.Con el fin de organizar de forma sistemática actividades recreativas y de ocupación de calidad para los niños durante el período estival, se han aprobado los siguientes instrumentos:
El Plan Interinstitucional de Organización de Actividades Recreativas, de Esparcimiento y de Ocupación para los Niños durante las Vacaciones de Verano (Orden núm. 162 del Ministro de Educación y Ciencia, de 22 de febrero de 2016).
El Plan Interinstitucional para Garantizar la Seguridad de los Niños en los Centros Educativos.
La Hoja de Ruta para el Fomento de Actividades Recreativas y de Ocupación de los Niños y el Turismo Infantil y Juvenil durante las Vacaciones.
409.Mediante la Orden núm. 290 del Ministro de Educación y Ciencia, de 19 de abril de 2016, se aprobó la instrucción sobre la formación de monitores para trabajar en centros de esparcimiento para niños.
410.En 2020, los programas de mejora de la salud en campamentos darán cobertura a 1.932.000 alumnos, es decir, el 71,5 % del total de alumnos de los grados 1º a 10º (1.510.000 o el 59 % en 2016). En total, 2.492.000 niños, es decir, el 92,4 % (2.220.000 o el 86,7 % en 2016), se beneficiarán de programas de mejora de la salud. Los niños participan en clubes de barrio, hacen deporte y turismo, descansan en campamentos de trabajo y descanso, etc.
411.Más de 900.000 estudiantes de secundaria (el 35,3 %) (960.000 o el 37,5 % en 2016) participaron en campamentos de trabajo y descanso, equipos forestales escolares, cuadrillas de jardinería y equipos de trabajo y reparación o construcción.
412.En total, 467.000 niños y adolescentes (el 17,3 %) (348.000 o el 13,6 % en 2016) se dedicaban a actividades creativas en clases extraescolares y clubes de barrio. Durante las vacaciones de verano, 517.000 niños (el 19,2 %) asistieron a actividades y centros deportivos y turísticos (511.000 o el 19,9 % en 2016). El número de niños matriculados en escuelas estivales de idiomas y de liderazgo ha disminuido a 341.000 alumnos (el 12,6 %) (511.000 o el 19,9 % en 2016).
413.En diciembre de 2020 se aprobó la Ley núm. 395-VI por la que se modifican algunos instrumentos legislativos de la República de Kazajstán en relación con la cultura, la educación física y el deporte, en la que se estableció por primera vez un mecanismo de licitación pública de actividades culturales y deportivas para niños y jóvenes. En consecuencia, se aprobó la metodología y las normas para la financiación per cápita de la asistencia de niños a clubes artísticos o deportivos. La licitación pública de actividades culturales y deportivas se puso en marcha el 1 de mayo de 2021. La financiación procede de los presupuestos locales. Mediante este mecanismo se podrá sufragar la asistencia gratuita de 82.241 niños y adolescentes de entre 4 y 17 años a educación complementaria (30.172 en clubes y 52.069 en clases extraescolares). Esta medida creará unas condiciones favorables para aumentar el número de personas que participan en clubes artísticos y deportivos extraescolares.
IX.Medidas especiales de protección
Artículo 23Niños solicitantes de asilo y refugiados
Información de seguimiento relativa a los párrafos 53 y 54 de las observaciones finales
414.Kazajstán está adoptando las medidas necesarias para garantizar una protección adecuada a los refugiados y solicitantes de asilo, tanto adultos como niños, de conformidad con lo dispuesto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, aprobada el 28 de julio de 1951, y en el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, aprobado el 31 de enero de 1967.
415.La Ley de Refugiados dispone que los niños que hayan solicitado el reconocimiento de la condición de refugiado y los niños refugiados, incluidos aquellos que hayan llegado sin estar acompañados de sus progenitores u otros representantes legales y no se haya podido encontrar a sus progenitores u otros familiares, gozan de la misma protección que los demás niños privados del cuidado parental que se encuentran en Kazajstán, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre los derechos del niño. Los niños refugiados que se encuentran en el territorio del país sin padres ni representante legal reciben una tarjeta de refugiado (art. 16).
416.En el proceso de determinación de la condición de refugiado se tiene en cuenta el interés superior del niño. Si se reconoce la condición de refugiado a sus padres, al niño se le reconoce automáticamente la misma condición. No obstante, según datos del Ministerio del Interior, no se ha registrado ningún caso en que un niño no acompañado o separado de sus padres o tutores haya solicitado por su cuenta el reconocimiento de la condición de refugiado.
417.El principio de no devolución se aplica por igual a adultos y niños. La legislación de Kazajstán prohíbe la devolución o expulsión de solicitantes de asilo y refugiados a la frontera de un país en el que su vida o su libertad se vean amenazadas por motivos de raza, religión, etnia, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas. A este respecto cabe señalar que los menores de 16 años están exentos de responsabilidad administrativa, por lo que no pueden ser objeto de una expulsión.
418.Se han introducido modificaciones en el Código del Matrimonio y la Familia que prevén la inscripción universal de todos los nacimientos en el registro, independientemente de la situación legal de los padres, lo que constituye un paso importante para acabar con la apatridia.
419.En Kazajstán se presta asistencia médica a los solicitantes de asilo y los refugiados. En la legislación nacional se establece el procedimiento de prestación de servicios médicos de prevención, diagnóstico y tratamiento a los refugiados y solicitantes de asilo en Kazajstán. Entre 2015 y 2020 estuvieron en vigor las Normas para la Prestación de Servicios Médicos de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de Alta Eficacia Demostrada a los Refugiados y a los Solicitantes de Asilo (Orden núm. 368 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, de 21 de mayo de 2015).
420.Desde 2020, los solicitantes de asilo y los refugiados reciben atención médica gratuita de conformidad con lo dispuesto en la Orden núm. QR DSM-121/2020 del Ministerio de Salud, de 9 de octubre de 2020, por la que se aprueba la lista de enfermedades que representan un peligro para las personas del entorno y los servicios de atención médica que los extranjeros y apátridas que están residiendo temporalmente en la República de Kazajstán y los solicitantes de asilo tienen derecho a recibir de forma gratuita.
421.Según lo dispuesto en el artículo 8, párrafo 2, de la Ley de Educación, los extranjeros y apátridas con residencia permanente en Kazajstán, así como los que hayan entrado en el país en el marco de una reunificación familiar, tienen los mismos derechos que los nacionales de Kazajstán a recibir enseñanza preescolar, primaria, secundaria básica y secundaria general de acuerdo con el procedimiento establecido por el órgano competente en materia de educación.
422.Según lo dispuesto en la Orden núm. 468 del Ministerio de Educación y Ciencia, de 28 de septiembre de 2010, los hijos de extranjeros y apátridas con residencia permanente en Kazajstán y de migrantes que estén residiendo temporalmente en Kazajstán son admitidos en los centros educativos y gozan de los mismos derechos que los nacionales kazajos.
423.En Kazajstán se están tomando las medidas necesarias para mejorar la situación de los niños migrantes, proteger sus derechos e intereses y garantizar su seguridad y su acceso a los servicios sociales y educativos. En abril de 2020, con el apoyo de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos y el UNICEF, se puso en marcha un proyecto titulado “Protección de los niños en los procesos migratorios”, que incluye sesiones de formación para representantes de los órganos de tutela o custodia, los centros de rehabilitación de menores, los centros de apoyo a niños en situación precaria, la policía de menores, el tribunal de menores, el servicio de migración y diversas ONG.
424.La Academia de Administración Pública, dependiente de la Presidencia de la República, en colaboración con el UNICEF, ha elaborado un programa de formación para funcionarios del servicio de migración y trabajadores sociales sobre las normas internacionales y buenas prácticas para el trato con niños en el contexto de la migración.
425.Según datos del Ministerio del Interior, en 2020 había 144 niños refugiados inscritos en el registro (206 en 2016, 184 en 2017, 176 en 2019 y 177 en 2019).
426.En el curso escolar 2020/21 había 689 niños refugiados, 20.367 niños migrantes y 7.637 niños qandas matriculados en centros de educación secundaria.
427.En el sistema de enseñanza técnica y profesional había 485 menores qandas y 93 menores migrantes matriculados.
428.En mayo de 2020 se aprobó la Ley núm. 327-VІ ZRC por la que se modifican algunos instrumentos legislativos para regular los procesos migratorios, que tenía por objeto acelerar la adaptación e integración de los qandas en la sociedad kazaja, permitiéndoles desempeñar temporalmente una actividad laboral en Kazajstán sin necesidad de tramitar un permiso.
Artículo 30Niños pertenecientes a minorías
429.Kazajstán se preocupa por crear las condiciones necesarias para el estudio y el desarrollo de las lenguas habladas por el conjunto del pueblo kazajo. En Kazajstán, toda persona tiene derecho a utilizar su lengua materna y a elegir libremente el idioma de comunicación, de educación, de crianza y de creación artística.
430.En el plano legislativo se han creado las condiciones necesarias para el estudio y el desarrollo de las lenguas del pueblo kazajo. Está prohibido vulnerar los derechos de los ciudadanos por motivos lingüísticos. Las personas que obstaculicen el uso y el estudio del idioma oficial o de otras lenguas habladas en Kazajstán incurrirán en responsabilidad legal con arreglo a lo dispuesto en la legislación del país.
431.La preservación de la diversidad lingüística es una prioridad del Estado. En este sentido, en el marco del Programa Estatal de Desarrollo y Utilización de las Lenguas de la República de Kazajstán (2011-2020), se han creado las condiciones necesarias para la enseñanza de las lenguas maternas a los representantes de los diferentes grupos étnicos que viven en el país, proporcionando asistencia pedagógica y metodológica a las escuelas dominicales, contratando a profesores nativos con experiencia y aprovechando la experiencia internacional y las tecnologías modernas en la enseñanza de la lengua materna.
432.Se está ejecutando el Programa Estatal de Desarrollo y Utilización de las Lenguas de la República de Kazajstán (2020-2025), entre cuyos objetivos figura el desarrollo de las lenguas de los grupos étnicos.
433.Según datos del Ministerio de Educación y Ciencia, en el curso escolar 2020/21 había 3.733 escuelas en las que la enseñanza se impartía en kazajo, en las que estaban matriculados un total de 1.505.779 alumnos. Había 1.160 escuelas en las que la enseñanza se impartía en ruso, en las que estaban matriculados un total de 394.645 alumnos. Había 2.047 centros mixtos en los que la educación se impartía en varios idiomas, en los que estaban matriculados un total de 1.456.175 alumnos. Además, en Kazajstán, donde se concentran numerosos grupos pertenecientes a las minorías étnicas uzbeka y uigur, había 9 escuelas en las que la enseñanza se impartía en uzbeko (con un total de 6.835 alumnos) y 8 escuelas en las que la enseñanza se impartía en uigur (con un total de 5.268 alumnos).
Artículo 32Explotación económica de los niños, incluido el trabajo infantil
Información de seguimiento relativa a los párrafos 56 y 57 de las observaciones finales
434.En Kazajstán, todas las personas tienen derecho a elegir libremente un empleo, así como el tipo de actividad y profesión que quieran ejercer. El trabajo forzoso solo está permitido en el marco de la ejecución de una condena impuesta por un tribunal o un estado de emergencia o ley marcial.
435.La prohibición de las peores formas de trabajo infantil es uno de los principios básicos de la legislación laboral de Kazajstán, y su vulneración se castiga con sanciones administrativas y penales.
436.En el Código del Trabajo se establece la edad a partir de la cual se puede firmar un contrato de trabajo. Según lo dispuesto en el artículo 31 del Código del Trabajo, se puede celebrar un contrato de trabajo con personas que hayan cumplido 16 años, así como con:
Personas que hayan cumplido 15 años y estén cursando estudios de secundaria básica o general en un centro de educación secundaria;
Alumnos que hayan cumplido 14 años para trabajos que no tengan efectos perjudiciales para su salud ni interfieran en el proceso de aprendizaje;
Personas que no hayan cumplido 14 años, en los ámbitos del cine, el teatro, los conciertos y el circo para participar en la creación o interpretación de obras que no tengan efectos perjudiciales para su salud o su desarrollo moral.
437.Asimismo, el Código del Trabajo prohíbe contratar a menores de 18 años para realizar trabajos manuales pesados o trabajar en condiciones nocivas y peligrosas, en horario nocturno (entre las 22.00 y las 6.00 horas) o fuera del horario laboral establecido.
438.Además, en la legislación se define una lista de 103 ocupaciones generales y tipos de trabajo, como la producción agrícola, para los que está prohibido emplear a menores de 18 años.
439.El Estado, representado por organismos públicos como la inspección de trabajo, la fiscalía y el departamento de educación, lleva a cabo una labor constante de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas relativas al empleo de menores de edad.
440.El Consejo de Coordinación para la Lucha contra las Peores Formas de Trabajo Infantil, que desempeña su labor a nivel nacional, está integrado por representantes no solo de organismos públicos, sino también de la Cámara Nacional de Empresarios, la Organización Internacional del Trabajo y diversas ONG.
441.Por iniciativa del Consejo de Coordinación, cada año se organiza una campaña informativa a nivel nacional titulada “Doce días de lucha contra la explotación del trabajo infantil”, con motivo del Día Mundial contra el Trabajo Infantil.
442.Todos los años, durante las vacaciones de verano, se lleva a cabo una campaña titulada “Empleo”, que tiene por objeto prevenir la delincuencia juvenil en el período vacacional estival y dar empleo a los adolescentes que figuran en la lista de personas vigiladas o están fichados por la policía.
443.En 2021 participaron en diversas actividades de esparcimiento más de 800.000 menores de edad, incluidos más de 7.000 niños que figuraban en la lista de personas vigiladas por las fuerzas del orden y unos 11.000 niños de familias desfavorecidas.
444.No obstante, el empleo de menores de edad es un fenómeno sistémico en Kazajstán, principalmente en la agricultura. Entre las causas más importantes del trabajo infantil se incluyen los problemas económicos y sociales.
445.Según datos del Consejo de Coordinación para la Lucha contra las Peores Formas de Trabajo Infantil, dependiente del Ministerio de Trabajo y Protección Social, los inspectores estatales detectaron 10 casos de empleo ilegal de mano de obra infantil durante las inspecciones realizadas en 2018, 5 en 2019 y 5 en 2020. En dichos casos se impusieron a los empleadores las medidas administrativas pertinentes.
Artículo 35Venta, trata y secuestro
Información de seguimiento relativa a los párrafos 58 y 59 de las observaciones finales
446.Kazajstán está llevando a cabo una activa labor destinada a reprimir y combatir la venta, la trata y el secuestro de niños.
447.Los delitos relacionados con la trata de niños llevan aparejada una pena máxima de 18 años de privación de libertad con confiscación de bienes.
448.La Ley núm. 292-VІ, de 27 de diciembre de 2019, modificó el Código Penal con el objetivo de incrementar la responsabilidad penal por los delitos cometidos contra menores de edad. Concretamente, se ha incrementado la duración de las penas por coacción para extraer o extracción ilegal de órganos o tejidos humanos (art. 116 del Código Penal), incitación a menores de edad al ejercicio de la prostitución (art. 134) y trata de menores de edad (art. 135).
449.En el período comprendido entre 2016 y 2020 se registraron 47 delitos contemplados en el artículo 135 (Trata de menores) del Código Penal (9 en 2016, 12 en 2017, 5 en 2018, 6 en 2019 y 15 en 2020) y 39 delitos contemplados en el artículo 134 (Incitación a menores de edad al ejercicio de la prostitución) (12 en 2016, 8 en 2017, 10 en 2018, 6 en 2019 y 3 en 2020).
450.En junio de 2017, mediante la Disposición núm. 78-r del Primer Ministro, se creó la Comisión Interinstitucional de Lucha contra el Tráfico Ilegal de Personas y la Trata de Personas.
451.Con la ayuda de organizaciones internacionales y ONG, las autoridades han puesto en marcha seis planes de acción dirigidos a prevenir y combatir los delitos relacionados con la trata de personas. Se trata de todo un conjunto de medidas organizativas adicionales para facilitar la detección, represión e investigación de casos de explotación de niños.
452.En 2016 entró en vigor un memorando de entendimiento para la colaboración entre el Ministerio del Interior de la República de Kazajstán y la OSCE que prevé que se organicen reuniones de trabajo conjuntas, mesas redondas, conferencias, talleres, sesiones de capacitación y cursos de formación continua sobre la lucha contra la delincuencia organizada, la trata de personas y la ciberdelincuencia, así como el intercambio de información y experiencias en estos ámbitos.
453.Existe una línea telefónica nacional gratuita disponible las 24 horas (11616), cuyos operadores ofrecen asesoramiento sobre cualquier asunto relacionado con la migración laboral y la trata de personas.
454.Mediante la Resolución núm. 94 del Gobierno, de 24 de febrero de 2021, se aprobó el Plan de Acción para Prevenir y Combatir los Delitos relacionados con la Trata de Personas (2021-2023).
455.Cada trimestre, el Ministerio del Interior, en colaboración con los organismos competentes, organiza diversas medidas y programas de prevención tituladas “STOP al tráfico”, “Ilegal” y “Migrante”, entre otras. Se ha establecido una estrecha colaboración con las ONG, con las que se han firmado memorandos de cooperación.
456.La colaboración con las fuerzas del orden de los países fronterizos para combatir la delincuencia, incluida la trata de personas, se desarrolla en el marco de los acuerdos intergubernamentales e interinstitucionales existentes y con arreglo al Programa Intergubernamental de Medidas Conjuntas de Lucha contra la Delincuencia (2019-2023), aprobado por la Decisión del Consejo de Jefes de Estado de la Comunidad de Estados Independientes de 28 de septiembre de 2018.
Artículo 36Otras formas de explotación
457.En Kazajstán, los niños están protegidos a nivel legislativo frente a cualquier forma de explotación en todos los ámbitos del derecho de familia, penal, laboral, administrativo y civil.
Artículo 37 b), c) y d)Niños privados de libertad, incluida cualquier forma de detención, encarcelamiento o prisión preventiva
458.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, párrafo 1, del Código Penal, será penalmente responsable toda persona física que tenga 16 años cumplidos en el momento de cometer el acto punible.
459.A partir de los 14 años se puede exigir a un menor de edad responsabilidad por la comisión de delitos graves o especialmente graves (art. 15, párr. 2, del Código Penal).
460.La privación de libertad puede imponerse como pena a un menor de edad por un período máximo de diez años, y en casos de asesinatos con circunstancias agravantes o actos de terrorismo o por una acumulación de varios delitos siempre que uno de ellos sea un asesinato con circunstancias agravantes o un acto de terrorismo, por un período máximo de 12 años. No se podrá imponer la privación de libertad a menores de edad que hayan cometido un delito leve o un delito de gravedad media que no conlleve la muerte de la víctima.
461.Mediante la Ley núm. 58-VI, de 18 de abril de 2017, se modificó el Código Penal para estipular que los menores de edad condenados a penas privativas de libertad únicamente pueden cumplir condena en instituciones penitenciarias de seguridad media para la reclusión de menores de edad (antes de la modificación también podían estar recluidos en colonias correccionales de régimen reforzado). Los menores de edad pueden permanecer en esas instituciones hasta que cumplan 18 años y, posteriormente, si así lo solicitan, hasta que cumplan 21 años. Una vez cumplidos los 18 años, los menores de edad pueden ser trasladados a una institución para adultos si así lo desean, siempre que la duración de la condena exceda la fecha en la que alcancen plenamente la edad adulta.
462.A finales de 2020 había 51 menores recluidos en centros de privación de libertad, de los cuales 48 eran varones (frente a 44 en 2016 y 449 en 2008). En el período que abarca el informe, 2017 fue el año en el que hubo más menores de edad recluidos en centros de privación de libertad, a saber: 52. A finales de 2020 había 70 niños recluidos en centros de prisión preventiva y cárceles, así como en instalaciones análogas a los centros de prisión preventiva y las cárceles, de los cuales 66 eran varones.
463.Los menores de edad que se encuentran en centros de privación de libertad tienen derecho a recibir visitas, cuyo número depende de su comportamiento en la institución. Las personas sometidas a un régimen ordinario (que acaban de ingresar en la institución o aún no han demostrado buena conducta) pueden recibir al año 8 visitas breves (de una duración máxima de 2 horas) de parientes y otras personas y 4 visitas largas (de una duración máxima de 2 días) de familiares cercanos. Los menores de edad sometidos a un régimen menos severo (que han demostrado buena conducta) pueden recibir al año 24 visitas breves (de una duración máxima de 2 horas) de parientes y otras personas y 6 visitas largas (de una duración máxima de 2 días) de familiares cercanos.
464.Mediante la Ley núm. 180-VІ ZRK, de 12 de julio de 2018, se modificó el Código Penal con el fin de rebajar las penas para los menores de edad. Concretamente, la multa máxima pasó de 250 a 100 unidades de cálculo y los trabajos en beneficio de la comunidad, de 150 a 75 horas como máximo.
465.Los menores de edad varones condenados a penas privativas de libertad son recluidos en la institución LA-155/6, situada en la ciudad de Almaty; y las menores de edad son recluidas en el centro local para chicas LA-155/4, situado en la aldea de Zhaugashty (provincia de Almaty).
466.En las instituciones penitenciarias, uno de los aspectos más importantes del proceso de reeducación de los reclusos es la participación de los familiares en la labor individual de reeducación, que se lleva a cabo principalmente durante las visitas que los familiares hacen a los reclusos y, en caso necesario, invitando a los familiares.
467.En las instituciones se han creado una asociación de madres y padres y un consejo de tutores para mejorar la eficacia de las medidas de reeducación de los reclusos.
468.En esos centros se celebran jornadas de puertas abiertas con la participación de los familiares de los menores condenados para reforzar los vínculos socialmente útiles de los penados y fortalecer la institución de la familia. Estas actividades tienen por objeto crear un clima psicológico positivo en las instituciones.
469.El personal del servicio psicológico de las instituciones penitenciarias lleva a cabo reconocimientos psicológicos, entre otros fines para detectar tendencias suicidas. Un grupo de investigación de la Universidad Pedagógica Nacional de Mujeres de Kazajstán trabaja con mujeres condenadas, llevando a cabo investigaciones psicopedagógicas y prestándoles asistencia pedagógica para la resocialización tras su puesta en libertad.
470.Todos los menores de edad recluidos en estas instituciones tienen acceso a la educación secundaria y complementaria, y se les proporcionan material educativo, material escolar y equipos informáticos.
Artículo 40Administración de la justicia juvenil
Información de seguimiento relativa a los párrafos 60 y 61 de las observaciones finales
Práctica de establecer tribunales especializados para el examen de litigios con la participación de menores de edad
471.En Kazajstán, la protección de los derechos e intereses legítimos de los menores de edad es uno de los objetivos prioritarios de la política social y jurídica del Estado.
472.Entre 2003 y 2006 se ejecutó en Kazajstán un proyecto internacional titulado “Justicia juvenil en Kazajstán”, en cuyo marco se crearon, a modo de proyecto piloto, los primeros tribunales de menores en las ciudades de Astaná y Almaty por decreto de fecha 23 de agosto de 2007.
473.Posteriormente, por decreto presidencial de fecha 19 de agosto de 2008 se aprobó el Marco para la Mejora de la Justicia Juvenil en la República de Kazajstán (2009-2011), en el que se estableció que el tribunal de menores era el elemento más importante del sistema de justicia juvenil.
474.Teniendo en cuenta la experiencia positiva de los tribunales de menores establecidos como proyecto piloto, por decreto de fecha 4 de febrero de 2012 se establecieron tribunales de este tipo en todas las capitales de provincia y en varias ciudades importantes del país.
475.Actualmente existen en el país 20 tribunales de menores, a saber: dos en las provincias de Almaty, Kazajstán Oriental y Karagandá, y uno en las capitales de las demás provincias y en las ciudades de Nursultán, Shymkent y Almaty.
Competencia de los tribunales de menores
476.Los tribunales de menores se han establecido como tribunales de carácter especial cuya competencia abarca las causas relativas a delitos cometidos por menores de edad o delitos que vulneren los derechos de los menores, así como asuntos civiles y contencioso-administrativos.
477.Los legisladores han delimitado claramente el conjunto de casos que son competencia de los tribunales de menores.
478.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, párrafo 3, del Código de Procedimiento Civil, los tribunales interdistritales de menores examinan y dirimen asuntos civiles sobre: la determinación del lugar de residencia de un menor; la determinación del régimen de comunicación entre un progenitor y su hijo y la retirada de la custodia de un hijo que esté viviendo con otras personas; la determinación del lugar de residencia del menor en caso de su salida del país con uno de sus progenitores para establecerse de forma permanente en el extranjero; cuestiones relacionadas con la retirada, restricción o restitución de la patria potestad; la confirmación o revocación de una adopción; el traslado de menores a centros educativos especiales o a centros educativos con un régimen de internamiento especial; los conflictos que puedan surgir en el marco de la tutela, curatela o acogida de menores de edad; la determinación de la paternidad con respecto a un menor de edad y la reclamación de una pensión alimenticia; las solicitudes para restringir o privar a un menor de entre 14 y 17 años del derecho a disponer de forma independiente de sus ingresos; la declaración de un menor como persona con plena capacidad jurídica (emancipación); la determinación de la paternidad y la reclamación de una pensión alimenticia como porcentaje o cuantía fija para la manutención de un hijo; la disminución de la pensión alimenticia; la protección de los derechos laborales y de vivienda de los menores de edad; y la indemnización por los daños y perjuicios causados conjuntamente por menores de edad y adultos, entre otros contextos con la participación de adultos privados de capacidad jurídica o con capacidad jurídica restringida.
479.A petición de los representantes legales de un menor de edad, un caso que sea competencia de un tribunal interdistrital de menores puede ser examinado por el tribunal distrital o municipal correspondiente al lugar de residencia o ubicación del menor o remitido a dicho tribunal, con la excepción de los casos que sean competencia de los tribunales distritales o municipales ubicados dentro de la capital del país, las ciudades autónomas y las capitales de provincia. La solicitud se puede presentar antes de que finalice la preparación del caso para el juicio.
480.A la hora de administrar justicia, los jueces de menores ofrecen a los menores protección psicológica y jurídica y un entorno favorable para el diálogo con ellos. Con el fin de llevar a cabo un análisis psicológico de la personalidad del menor, elaborar un informe y prestarle asistencia psicológica, el psicólogo organiza una entrevista con el menor. La entrevista tiene lugar en una sala especial para niños, donde no hay representación de las autoridades y el menor puede sentirse más libre y confiar en su interlocutor.
Marco jurídico y normativo
481.A la hora de examinar casos relacionados con los derechos e intereses de los niños, los tribunales se rigen por la Constitución de la República de Kazajstán, el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código del Matrimonio y la Familia, la Ley de Derechos del Niño, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infracciones Administrativas, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por el Consejo Supremo de la República de Kazajstán el 8 de junio de 1994, y otros instrumentos jurídicos y normativos.
482.Kazajstán es parte en los principales instrumentos internacionales sobre los derechos del niño, confirmando así su intención de avanzar hacia la construcción de un Estado de derecho democrático y laico que garantice la inviolabilidad de los derechos e intereses legítimos de los niños.
483.Con el fin de garantizar la máxima protección de los derechos e intereses legítimos de los menores, el Tribunal Supremo ha aprobado los siguientes documentos:
La Resolución Normativa núm. 5, de 28 de abril de 2000, relativa al examen de casos relacionados con la disolución del matrimonio.
La Resolución Normativa núm. 2, de 31 de marzo de 2016, relativa a la aplicación por los tribunales de la legislación en materia de adopción.
484.Con el fin de garantizar la aplicación uniforme de la legislación por parte de los tribunales del país, el Tribunal Supremo aprobó dos instrumentos el 29 de noviembre de 2018:
La Resolución Normativa núm. 15, relativa a la aplicación por los tribunales de la legislación en la resolución de controversias relacionadas con la crianza de los hijos.
La Resolución Normativa núm. 16, relativa a la aplicación por los tribunales de la legislación al examinar casos relacionados con la determinación de la filiación de un niño.
485.En la sección titulada “Conocimiento de los principios y disposiciones de la Convención y de sus Protocolos Facultativos” figura información sobre las actividades de formación en materia de derechos de los menores de edad dirigidas al personal de la fiscalía, las fuerzas del orden y los tribunales.
Medidas encaminadas a aplicar el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía
Información de seguimiento relativa a los párrafos 62 y 63 de las observaciones finales
486.Según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, una persona no puede ser condenada o enjuiciada más de una vez por el mismo delito (art. 20), ni tampoco extraditada si ya ha sido condenada por sentencia firme por ese mismo delito o si se ha sobreseído la causa en cuestión (art. 590).
Artículo 38Niños en conflictos armados
Medidas encaminadas a aplicar el Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados
Información de seguimiento relativa al párrafo 64 de las observaciones finales
487.Según lo dispuesto en el artículo 132 del Código Penal, la inducción de menores a cometer delitos, incluidos delitos extremistas o terroristas, lleva aparejada una pena privativa de libertad de entre 2 y 15 años, en función de la gravedad del delito.
488.Además, la creación y dirección de grupos paramilitares ilegales en Kazajstán, así como la participación en tales grupos, se castigan con penas privativas de libertad (art. 267 del Código Penal).
489.Las personas que cometen actos de mercenarismo (art. 170 del Código Penal) o que participan en conflictos armados extranjeros (art. 172 del Código Penal), incluida la inducción a niños a cometer tales delitos, se enfrentan a severas sanciones penales, como, por ejemplo, largas penas privativas de libertad.
490.Al mismo tiempo, en el marco de la aplicación del Programa Estatal de Lucha contra el Extremismo Religioso y el Terrorismo en la República de Kazajstán (2013-2017) y del plan para su aplicación, en nuestro país se ha llevado a cabo una labor preventiva específica y selectiva para evitar que la población, especialmente los niños, se adhiera a la ideología del extremismo violento y el terrorismo, por ejemplo impidiéndoles que viajen al extranjero para participar en conflictos militares.
491.Además, en el artículo 41 de la Ley de Derechos del Niño se prohíben la utilización de niños en hostilidades y en conflictos armados y la creación de unidades paramilitares de niños.
492.Además de lo anteriormente mencionado, según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley del Servicio Militar y la Condición Jurídica del Personal Militar, los nacionales kazajos de entre 18 y 26 años que no tengan derecho a solicitar una prórroga o una exención del servicio militar son llamados a prestar el servicio militar por reemplazo en el número necesario para garantizar la dotación de las Fuerzas Armadas. Partiendo de esa base, los ciudadanos menores de 18 años no pueden ser reclutados en las Fuerzas Armadas de Kazajstán.
493.Las Fuerzas Armadas de Kazajstán no participan en hostilidades ni en conflictos armados.
Ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones
Información de seguimiento relativa al párrafo 65 de las observaciones finales
494.Con arreglo a lo dispuesto en el Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Mensaje del Presidente al Pueblo de Kazajstán titulado “Kazajstán en la nueva normalidad: hora de actuar”, de 1 de septiembre de 2020, aprobado mediante el Decreto Presidencial núm. 413, de 14 de septiembre de 2020, está previsto que Kazajstán se adhiera al Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones.
495.Se elaboró una hoja de ruta para la adhesión de la República de Kazajstán al Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones para 2021-2022, que fue aprobada mediante la Resolución núm. 6845 PAB-10 del Jefe del Gabinete del Presidente de la República de Kazajstán, de 12 de mayo de 2021.
Ratificación de tratados internacionales de derechos humanos
Información de seguimiento relativa al párrafo 66 de las observaciones finales
496.Kazajstán no es parte en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 45/178, de 18 de diciembre de 1990, y sigue estudiando si sería conveniente que se adhiriese a ella.