Noveno informe periódico presentado por Kenya en virtud del artículo 18 de la Convención, que debía presentarse en 2021 *

[Fecha de recepción: 11 de noviembre de 2024]

Introducción

El presente informe periódico es el noveno que presenta Kenya al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de conformidad con el artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El informe abarca los progresos realizados en la aplicación de la Convención durante el período comprendido entre agosto de 2016 y agosto de 2021. En él se examina la aplicación de la Convención en Kenya artículo por artículo. El informe también se ha redactado para responder a las observaciones y recomendaciones finales formuladas en 2017 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tras examinar el octavo informe periódico. El texto relativo a una observación o recomendación final se indica en el párrafo correspondiente.

Durante el período en cuestión, el Partido Jubileo formó gobierno tras las elecciones generales celebradas en Kenya en 2017, y el país se prepara para celebrar otras elecciones generales en agosto de 2022. Kenya sigue cumpliendo sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos durante todo el ciclo electoral, aunque la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) complicó la implementación.

En este informe se hace referencia a la Constitución de Kenya de 2010, dado que en ella se definen las características de las estructuras políticas y jurídicas vigentes para promover y proteger los derechos humanos en el país. Además, en la mayor parte de los casos se utilizan las estadísticas generadas por la Oficina Nacional de Estadística de Kenya, que es el principal organismo público encargado de recopilar datos, analizarlos y difundirlos. En el informe también se recoge la información facilitada por departamentos y organismos públicos a nivel nacional y en los condados, en colaboración con la sociedad civil y el sector privado y bajo los auspicios del que fuera el Ministerio de Administración Pública, Género, Asuntos de las Personas de Edad y Programas Especiales, por conducto de un grupo de trabajo técnico. Las citadas partes interesadas elaboran y llevan a la práctica políticas, estrategias e iniciativas de diversas maneras para mejorar la condición de las mujeres y las niñas en Kenya.

Artículo 1

Definición de discriminación

La Constitución prohíbe discriminar por diversos motivos, como raza, sexo, embarazo, estado civil, estado de salud, origen étnico o social, color, edad, discapacidad, religión, conciencia, creencias, cultura, vestimenta, lengua o nacimiento. En la Carta de Derechos del capítulo IV y en otros artículos de la Constitución se garantiza el derecho a no ser discriminado.

Los artículos 2 5) y 2 6) de la Constitución incorporan los tratados internacionales ratificados por Kenya, incluida la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. De hecho, la Constitución adopta la definición de discriminación de la Convención como parte de la legislación nacional, y los principios de la Convención son directamente aplicables en Kenya.

El Gobierno lleva tomando medidas desde 2010 para derogar las leyes discriminatorias y ha promulgado otras nuevas, como la Ley del Matrimonio de 2014 y la Ley de Patrimonio Conyugal de 2015, que ya se aplican en los tribunales de justicia.

La Ley del Derecho de Sucesión se invoca cada vez más para proteger los derechos de mujeres y niñas a heredar bienes de sus progenitores, tal como estipula la Constitución.

En respuesta los párrafos 8 y 9 de las observaciones finales (CEDAW/C/KEN/8), no se restringe en modo alguno el nombramiento de mujeres musulmanas como mediadoras para la solución de controversias por vías alternativas. Sin embargo, se ha empezado a debatir a escala nacional, especialmente entre la comunidad musulmana, sobre el nombramiento de mujeres musulmanas como kadhis.

En respuesta a la observación que figura en el párrafo 10 de las observaciones finales, relativa a la falta de una amplia legislación de lucha contra la discriminación, el Gobierno ha introducido disposiciones antidiscriminatorias en diversas leyes, aunque todavía no se ha aprobado ninguna ley antidiscriminatoria de tipo general.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 11 de las observaciones finales, relativa a la ausencia de una protección clara y completa contra la discriminación de las personas intersexuales en la Constitución y al hecho de que los actos homosexuales sigan estando tipificados como delito según la legislación del Estado parte, el Gobierno reconoció a las personas intersexuales al realizar el censo de población y vivienda de 2019.

Por otra parte, el 24 de mayo de 2019, tres jueces del Tribunal Superior dictaminaron por unanimidad que la ley que tipifica como delito los contactos sexuales entre personas del mismo sexo no vulnera la Constitución, como sucedió en el caso de EG & 7 Others v, the Attorney General y DKM & 9 Others v. the Attorney General (demandas núm. 150 y 234 de 2016).

Con respecto a las personas transgénero, el poder judicial ha tratado la cuestión de la identidad de género y existe jurisprudencia sobre estas personas en el Tribunal Superior de Kenya en Nairobi (División de Control Judicial JR, causa número 147 de 2013, Republic v. Kenya National Examinations Council and Another Ex-Parte Audrey Mbugua Ithibu). En una causa en que la persona demandante solicitó una orden judicial que obligara al Consejo a eliminar la identificación del género del Certificado de Educación Secundaria y a expedir de nuevo ese certificado con otro nombre, el Tribunal afirmó que las normas del Consejo Nacional de Exámenes de Kenya no exigían indicar el género de las personas a quienes se otorga el certificado.

Artículo 2

Obligación y medidas del Estado para acabar con la discriminación

La Constitución, ley suprema del país, establece la obligación del Estado de eliminar la discriminación. La Constitución obliga al Estado a erradicar la discriminación y le atribuye la responsabilidad de hacer valer los derechos y las libertades fundamentales.

En virtud del artículo 27 4) de la Constitución, el Estado no deberá discriminar, directa o indirectamente, a ninguna persona por razón de raza, sexo, embarazo, estado civil, estado de salud, origen étnico o social, color, edad, discapacidad, religión, conciencia, creencias, cultura, vestimenta, lengua o nacimiento. Además, según el artículo 27 5), una persona no podrá discriminar a otra, directa ni indirectamente, por los motivos enumerados.

Según el artículo 21 de la Constitución, el Estado y todos los órganos del Estado tienen la obligación fundamental de hacer valer, proteger, promover, cumplir y respetar los derechos y libertades fundamentales que se recogen en la Carta de Derechos. También obliga a todos los órganos del Estado y funcionarios públicos a atender las necesidades de diversos grupos sociales, incluidas las mujeres. Por otra parte, el Estado debe aplicar la legislación necesaria para cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y libertades fundamentales.

Se ha creado la Comisión Nacional de Género e Igualdad para supervisar los incidentes relacionados con la igualdad de género y formular recomendaciones dirigidas a diversos departamentos y organismos públicos sobre cómo acabar con la discriminación de género.

El Gobierno ha adoptado importantes medidas jurídicas y políticas para eliminar la discriminación contra la mujer. Los textos indispensables para aplicar el marco normativo y legislativo son:

a)La Constitución;

b)La Ley de la Comisión Nacional de Género e Igualdad de 2011;

c)La Ley de Patrimonio Conyugal de 2013;

d)La Ley del Matrimonio de 2014;

e)La Ley de Propiedad de la Tierra de 2012;

f)La Ley de Registro de Tierras de 2012;

g)La Ley contra la Trata de Personas de 2010;

h)La Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011;

i)La Ley de Delitos Sexuales de 2006 (revisada en 2012);

j)La Ley de Ciudadanía e Inmigración de Kenya de 2011;

k)La enmienda a la Ley del Derecho de Sucesión de 2010 (revisada en 2018);

l)La Ley de la Infancia de 2001;

m)La Ley de Personas con Discapacidad de 2003;

n)La Política Nacional de Género y Desarrollo de 2019;

o)La versión popular de la Política de Género;

p)El Plan de Acción Nacional para aplicar la Política de Género;

q)La Política Nacional para Erradicar la Mutilación Genital Femenina de 2019;

r)La Política Nacional de Gestión de la Higiene Menstrual de 2019; y

s)La Política Nacional de Prevención y Respuesta en materia de Violencia de Género de 2014 (en proceso de revisión).

Se preparó y compartió con las partes interesadas un plan de acción nacional (2020-2022) para llevar a la práctica las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre el octavo informe periódico de Kenya. Agentes estatales y no estatales colaboraron para elaborar el plan de acción. En el plan se definen 28 medidas para su aplicación, las medidas necesarias, los responsables, los indicadores y el calendario. El plan de acción está en vías de aplicación.

El principal reto reside en la persistencia de prácticas culturales y tradicionales nocivas y discriminatorias que dificultan los avances para eliminar la discriminación contra las niñas y las mujeres. No obstante, el Gobierno está movilizando recursos, fomentando el diálogo a nivel comunitario, creando conciencia, aplicando las leyes, políticas y medidas vigentes, y forjando alianzas con agentes estatales y no estatales para empoderar en mayor medida a las niñas y mujeres y proteger mejor sus derechos.

Artículo 3

Igualdad

Varias disposiciones de la Constitución hacen referencia inequívoca y explícita al derecho a la igualdad consagrado en la Carta de Derechos. Mujeres y hombres tienen derecho a la igualdad de trato, y en especial a la igualdad de oportunidades en el ámbito político, económico, cultural y social. En este sentido, la ley suprema del país prohíbe la discriminación tanto directa como indirecta.

La Constitución establece la igualdad de todas las personas ante la ley y el derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley; dispone que la igualdad consiste, entre otras cosas, en el disfrute pleno y equitativo de todos los derechos y libertades fundamentales; y, además, afirma que mujeres y hombres tienen derecho a la igualdad de trato, incluido el derecho a la igualdad de oportunidades en el ámbito político, económico, cultural y social (artículo 27 1), 2) y 3)).

La igualdad es uno de los valores y principios nacionales de gobernanza consagrados en el artículo 10 2) b) de la Constitución. Otros valores son la dignidad humana, la equidad, la justicia social, la inclusividad, la igualdad, los derechos humanos, la no discriminación y la protección de los marginados, que complementan el principio de igualdad.

El Gobierno exige a todos los organismos públicos que elaboren informes anuales sobre las medidas que han introducido para garantizar la adhesión a los valores nacionales previstos en el artículo 10 y, en particular, para garantizar la no discriminación y las medidas de acción positiva en la contratación y promoción de los empleados. Ello ha permitido aumentar las oportunidades de las mujeres en el sector público.

El Gobierno sigue adoptando medidas legislativas, administrativas y judiciales para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito sociocultural, político y económico, al tiempo que introduce nuevas leyes y políticas. La Política Nacional de Género y Desarrollo de 2019 ofrece un marco para hacer realidad la igualdad de género y empoderar a las mujeres en el plano social, económico, político y cultural, tal como prevé la Constitución. También establece y afianza las iniciativas de acción afirmativa para reducir la desigualdad de género en el acceso a recursos productivos como la tierra, el trabajo, las finanzas, la información y la tecnología.

Se ha avanzado en la presupuestación que responda a las cuestiones de género, sobre todo para concienciar y exigir responsabilidades en lo que respecta al compromiso con la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas. De conformidad con el artículo 201 b) de la Constitución, el sistema de finanzas públicas deberá promover una sociedad equitativa y, más concretamente, el gasto deberá fomentar el desarrollo equitativo del país, por ejemplo adoptando disposiciones especiales para los grupos y zonas marginados. La Comisión Nacional de Género e Igualdad ha elaborado unas directrices para la presupuestación que respondan a las cuestiones de género a fin de mejorar la asignación de ingresos a las mujeres y otros grupos desfavorecidos y subsanar las lagunas para lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.

El artículo 203 de la Constitución establece los criterios que deben tenerse en cuenta para determinar el reparto equitativo de los ingresos para los condados, incluidas las medidas de acción positiva para las zonas y grupos desfavorecidos. Se espera que, al asignar más recursos a zonas previamente desfavorecidas, las mujeres se podrán beneficiar en lo que respecta al suministro de agua, electricidad y otras oportunidades.

Se ha elevado el mecanismo nacional de género a la categoría de Departamento de Estado para las Cuestiones de Género a fin de integrar la perspectiva de género en todos los ministerios, departamentos y organismos públicos, además de garantizar el seguimiento y evaluación de las leyes, políticas y estrategias específicas de género. Con el Decreto número 1, de enero de 2020, se han ampliado las funciones del Departamento de Estado para las Cuestiones de Género de manera que este pueda abordar la cuestión de la igualdad entre hombres y mujeres de forma más exhaustiva.

El Gobierno ha llevado a la práctica el artículo 59 1) de la Constitución creando y reforzando en mayor medida tres comisiones: la Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya, la Comisión Nacional de Género e Igualdad y la Comisión de Justicia Administrativa o Defensoría del Pueblo. Estas comisiones son responsables de promover la igualdad y la equidad de género y, en general, de coordinar y facilitar la integración de la perspectiva de género en el desarrollo nacional, garantizando que se respeten, promuevan y protejan los derechos humanos en instituciones públicas y privadas, y actúan como órganos principales del Estado responsables de garantizar que se cumplan las obligaciones derivadas de los tratados y convenios relativos a los derechos humanos.

Por conducto de la Comisión Nacional de Género e Igualdad, el Gobierno vigila a las instituciones públicas para garantizar que sus sistemas, operaciones, instalaciones, políticas y procedimientos se ajusten a lo dispuesto en la Constitución en materia de igualdad de género. Se cree que, de este modo, se abordarán mejor tanto las normas y culturas institucionales como los prejuicios inherentes que limitan la toma de decisiones por parte de las mujeres.

La promoción de la igualdad de género se ha reforzado a nivel colectivo creando grupos de trabajo sectoriales de género integrados por partes interesadas procedentes de ministerios, departamentos y organismos públicos, el Consejo de Gobernadores, la sociedad civil, entidades de derechos humanos de las mujeres, el sector privado, el mundo académico y asociados para el desarrollo, incluidos los organismos de las Naciones Unidas, entre otros.

Adoptado en enero de 2019, el Marco Consultivo Intergubernamental en materia de Género ofrece un foro para coordinar las funciones de género entre los dos niveles de Gobierno (a escala nacional y en los condados), y para debatir sobre las funciones de género y las competencias concurrentes en materia de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres.

En el informe sobre la situación de la igualdad y la inclusión, que se publica periódicamente, se indica en qué medida se han aplicado los principios de igualdad e inclusión en el ámbito del empleo, la representación política, la protección social y la educación en los dos niveles de gobierno y en los sectores público y privado. El informe aporta además datos y formula recomendaciones prácticas de carácter general para subsanar las lagunas existentes en materia de igualdad e inclusión que afectan a los grupos de interés especial (mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas de edad, niños y grupos marginados y minoritarios) en los cuatro ámbitos señalados.

Por conducto de la Comisión Nacional de Género e Igualdad, el Gobierno elaboró en 2018 un manual legislativo sobre los principios de igualdad y no discriminación. Su objetivo es orientar a los legisladores a nivel nacional y en los condados cuando vayan a revisar políticas y leyes, además de supervisar los programas, planes y medidas formulados y adoptados por organismos estatales y no estatales para lograr la plena realización de la igualdad de género e incluir a los grupos de interés especial en la sociedad.

El Gobierno ha seguido organizando foros de educación pública dirigidos a grupos de interés especial sobre igualdad de género y no discriminación, y foros de rendición de cuentas sobre igualdad e inclusión con titulares de obligaciones y garantes de derechos, incluida la capacitación en contextos humanitarios. Por otra parte, el Gobierno ha seguido facilitando capacitación sobre igualdad de género a la judicatura a través del Instituto de Formación Judicial, la Asociación de Magistradas de Kenya, el coloquio anual de jueces, la policía y los agentes en el ámbito de la justicia por medio de los programas de formación del Colegio de Abogados de Kenya.

El Gobierno ha diseñado una estrategia para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5, sobre la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas (2020-2025). Con esta estrategia se pretenden cumplir cuanto antes los indicadores relacionados con el género en el marco más general de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Algunos de los amplios ámbitos estratégicos de interés son: el fortalecimiento de los marcos normativo, legislativo e institucional; el empoderamiento socioeconómico; el liderazgo y la adopción de decisiones; la incorporación de la perspectiva de género en políticas y presupuestos; la eliminación de la violencia de género; la eliminación de prácticas nocivas; el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva; el estudio, la recopilación de datos y el análisis con perspectiva de género; y la coordinación y colaboración con las partes interesadas.

En respuesta a los párrafos 14 y 15 a) de las observaciones finales, sobre los mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer, el Gobierno sigue asignando recursos al Departamento de Estado de Género y Acción Afirmativa y a la Comisión Nacional de Igualdad de Género para que puedan cumplir eficazmente su mandato. Ambas instituciones cuentan asimismo con planes de movilización de recursos para financiar mejor sus programas mediante la colaboración con las partes interesadas y los asociados para el desarrollo.

Con respecto a la recomendación que figura en el párrafo 15 b) de las observaciones finales, de que el Gobierno proporcione a la Comisión Nacional de Género e Igualdad un mecanismo de denuncias y le confiera la facultad de emitir conclusiones vinculantes, esa medida todavía no se ha adoptado. La Comisión sigue recibiendo y tramitando las denuncias por discriminación de mujeres y vigila la desigualdad de género y la discriminación de todas las mujeres, hombres, personas con discapacidad, jóvenes, niños, personas de edad, minorías y comunidades marginadas. Sin embargo, la facultad de emitir conclusiones vinculantes corresponde actualmente a los juzgados y tribunales.

En cuanto a la recomendación que figura en el párrafo 15 c) de las observaciones finales, de reunir y publicar datos desglosados por género, la Oficina Nacional de Estadística de Kenya recopila actualmente datos desglosados por sexo, género, origen étnico, discapacidad y edad, para fundamentar las políticas y programas dirigidos a mujeres y niñas, y para contribuir al seguimiento de los progresos hacia el logro de las metas relativas al género de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco del Plan de Estadísticas Sectoriales de Género correspondiente a 2019/20-2022/23.

En colaboración con el Departamento de Estado de Género, ONU-Mujeres y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, la Oficina Nacional de Estadística de Kenya realizó en 2020 un estudio y elaboró un índice para medir el empoderamiento de las mujeres en Kenya. Este índice constituye la primera medición exhaustiva y sistemática del empoderamiento de las mujeres y las niñas en Kenya. Gracias al índice de empoderamiento de las mujeres, las partes interesadas dispondrán de datos con los que diseñar soluciones específicas que permitan cumplir los compromisos nacionales, regionales e internacionales en materia de igualdad de género y empoderamiento de las mujeres, incluido el Objetivo de Desarrollo 5, que aspira a lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las niñas y mujeres para 2030.

Artículo 4

Medidas especiales para lograr cuanto antes la igualdad entre hombres y mujeres

Kenya es Estado parte de varios instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos que reconocen la igualdad entre hombres y mujeres, y que se han incorporado a la Constitución en virtud del artículo 2 6), en virtud del cual cualquier tratado o convenio ratificado por Kenya pasa a formar parte de la legislación del país. El Gobierno sigue adoptando medidas especiales por medio de leyes, políticas y programas para hacer realidad la igualdad de género.

La Constitución consagra el principio de igualdad entre hombres y mujeres, y exige al Estado que adopte programas y políticas de acción afirmativa para reparar cualquier desventaja que sufra una persona o un grupo a consecuencia de actos discriminatorios cometidos en el pasado.

En cumplimiento de sus obligaciones internacionales y de las disposiciones constitucionales sobre reformas especiales, el Gobierno está aplicando medidas legislativas y políticas en diversos ámbitos, como la educación, la representación política, el empleo o la economía. Gracias a estas medidas, ahora es obligatorio incluir a mujeres, jóvenes, grupos marginados y personas con discapacidad en los procesos políticos y públicos del país.

La Constitución establece la igualdad entre hombres y mujeres en general, además de sentar las bases para proteger esa igualdad al disponer que los órganos electivos y de libre designación deben estar integrados por “no más de dos tercios de personas de un mismo género”. El principio es aplicable a la Asamblea Nacional y al Senado; sin embargo, los artículos de la Constitución que rigen la composición de las dos cámaras no contienen disposiciones para cumplir este principio en la práctica. Por tanto, el principio se ha cumplido en realidad solo en parte, a saber, en la Asamblea Nacional. Ese cumplimiento parcial ha dado lugar a un aumento significativo del número de mujeres en las dos cámaras del Parlamento, aunque sin alcanzar la cuota de género establecida.

Para cumplir las cuotas de género previstas, el Gobierno ha desarrollado el Plan de Estadísticas Sectoriales de Género correspondiente a 2019/20-2022/23, alineado con la Visión 2030, el Plan de Mediano Plazo III (Plan Sectorial de Género) para 2018-2022 y la Estrategia de Kenya para el Desarrollo de Estadísticas (2019-2023). Además, se ha adaptado el Plan a los marcos normativos mundiales relacionados con el género, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Con el Plan de Estadísticas Sectoriales de Género también se pretende aumentar la rendición de cuentas empleando estadísticas empíricas.

El Gobierno ha elaborado la Política de Diversidad en la Función Pública, que ofrece estrategias para que la función pública sea inclusiva de las diversas comunidades kenianas, teniendo presentes las consideraciones de género y origen étnico, a los jóvenes y las personas con discapacidad, y a minorías y grupos marginados. Los ministerios competentes y la Comisión supervisan la aplicación de estas medidas para crear estrategias a largo plazo que permitan promover la igualdad entre hombres y mujeres.

En respuesta a la observación que figura en el párrafo 16 de las observaciones finales, relativa a la adopción de medidas especiales de carácter temporal para lograr cuanto antes la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos que abarca la Convención, especialmente en el caso de las mujeres y las niñas con discapacidad y las mujeres rurales, todos los ministerios, departamentos y organismos están incorporando, supervisando y evaluando varios programas de género para promover la igualdad entre hombres y mujeres y la igualdad de oportunidades en la vida política y pública, así como en la educación, la salud y el empleo. Todos los organismos públicos han creado bases de datos para informar periódicamente sobre las actividades en materia de género a la Comisión y al Departamento de Estado para las Cuestiones de Género.

En respuesta a la observación que figura en el párrafo 17 de las observaciones finales, sobre la aplicación de la regla constitucional de un máximo de dos tercios de un mismo género, el Parlamento todavía no ha aprobado ninguna ley al respecto, pese a los cinco intentos anteriores de modificar la Constitución para establecer mecanismos que permitan cumplir esa regla. No obstante lo anterior, el Gobierno ha presentado al Parlamento el proyecto de ley de representación de grupos de interés especial (enmienda) de 2019 para hacer efectivo el artículo 100 de la Constitución a fin de promover la representación de mujeres, personas con discapacidad, jóvenes y otras minorías étnicas en el Parlamento.

Sin embargo, sigue habiendo dificultades para lograr la igualdad de género en los cargos elegidos, dificultades que el Gobierno trata de resolver proponiendo enmiendas a diversas leyes y recurriendo a la educación cívica y la sensibilización, mientras que se observa una igualdad de género cada vez mayor en los cargos de libre designación.

Artículo 5

Medidas para cambiar los prejuicios y estereotipos sociales y culturales y las prácticas nocivas

La Constitución sienta las bases para eliminar los patrones sociales y culturales basados en la inferioridad o superioridad de uno u otro sexo introduciendo disposiciones concretas sobre la igualdad de hombres y mujeres, y prohibiendo explícitamente la discriminación por diversos motivos. Por otra parte, el artículo 2 4) declara nula cualquier ley, incluido el derecho consuetudinario, que sea incompatible con la Constitución en la medida en que haya incompatibilidad, y cualquier acto u omisión que contravenga la Constitución.

Mediante el artículo 204 de la Constitución de 2010 se crea un fondo de compensación. El fondo se ha implantado en condados anteriormente marginados para corregir las desigualdades económicas etnorregionales, y beneficia a las mujeres directa e indirectamente. Además, se ha puesto en marcha la política de compensación para mejorar el acceso a los fondos destinados a proporcionar servicios básicos, como el agua, las carreteras, los servicios sanitarios y la electricidad, que benefician directamente a las mujeres de esas regiones.

La Ley del Matrimonio (2014) ha mejorado la protección de las mujeres en este ámbito mediante el registro de los matrimonios, incluidos los consuetudinarios. En aquellos casos en que pueda parecer que la Ley limita los derechos individuales, los tribunales han intervenido para declarar que las disposiciones en cuestión son inconstitucionales. Por ejemplo, en Tukero Ole-kina v. Attorney General and another (2019) eKLR, el tribunal afirmó que el artículo 66 1) de la Ley del Matrimonio era inconstitucional y nula de pleno derecho porque limitaba a tres años el plazo para presentar una demanda de separación y divorcio cuando se trataba de un matrimonio civil.

Los tribunales también han contribuido a eliminar las prácticas culturales nocivas. Por ejemplo, con el recurso de inconstitucionalidad número 244 de 2019 se pretendía perpetuar la mutilación genital femenina como una cuestión relativa al derecho a elegir [Dr. Tatu Kamau (demandante) v. the Hon. Attorney General, Anti FGM Board, the Director of Public Prosecutions and nine other interested parties including Katiba Institute and KEWOPA. [2021] eKLR]. El Tribunal Superior, integrado por tres magistrados, desestimó el recurso por considerar que carecía de fundamento. El tribunal ordenó a la Fiscalía General que remitiera propuestas a la Asamblea Nacional para valorar posibles enmiendas al artículo 19 de la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina (Ley núm. 32 de 2011) con miras a prohibir todas las prácticas nocivas de mutilación genital femenina, tal y como establece la sentencia.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en su párrafo 21 c), sobre la actualización y adopción de la Política en materia de Mutilación Genital Femenina, la Política Nacional de Erradicación de la Mutilación Genital Femenina de 2019 entró en vigor y ya se está aplicando. Se ha revisado la política para adaptarla a la Constitución, a la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011 y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La política se inspira en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 y además contribuirá a los Objetivos 3 y 4: promover la autonomía educativa y acabar con el matrimonio precoz, los embarazos en la adolescencia, el trabajo infantil, el riesgo de la violencia de género, la infección por el VIH y la pobreza.

Un elemento clave de la campaña para acabar con la mutilación genital femenina en todo el país fue la aplicación de la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011. Las instancias más elevadas se han comprometido a modificar los patrones culturales y los estereotipos nocivos. El 4 de junio de 2019, el Presidente de la República de Kenya se comprometió sin reservas a acabar con la mutilación genital femenina para 2022, proporcionando el liderazgo necesario para que esta práctica termine con esta generación.

A través del Ministerio de Educación, el Gobierno ha introducido una serie de contenidos contra la mutilación genital femenina en los planes de estudio y ha creado dependencias responsables de enjuiciar por la vía penal estos casos y los matrimonios infantiles para agilizar este tipo de procedimientos en la Dirección de la Fiscalía.

En respuesta al párrafo 18 de las observaciones finales, relativo a los estereotipos y las prácticas nocivas y la persistencia de estereotipos discriminatorios acerca de las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad, así como otras prácticas nocivas, el Gobierno ha adoptado medidas de carácter permanente y ha financiado un Programa Interinstitucional de Prevención y Respuesta en materia de Violencia de Género.

En respuesta al párrafo 19, apartados a) a c), de las observaciones finales, el Gobierno elaboró y aplicó una estrategia general de eliminación de las prácticas nocivas y los estereotipos discriminatorios para la mujer. Con el Programa Interinstitucional de Prevención y Respuesta en materia de Violencia de Género se abordan las normas sociales y culturales que promueven este tipo de violencia a nivel individual, institucional y comunitario, mejorando la rendición de cuentas y la aplicación de leyes y políticas, y aumentando y mejorando la calidad y utilización de los servicios esenciales contra la violencia de género. Los principales agentes del programa son el Ministerio de Función Pública, Juventud y Asuntos de Género, el Ministerio de Interior y Coordinación de la Administración Nacional, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, Innovación y Asuntos de la Juventud, la Fiscalía General y el poder judicial.

El Gobierno también ha creado un comité técnico multiinstitucional encargado de acabar de forma acelerada con la mutilación genital femenina antes de 2022. Integran el Comité representantes del Ministerio de Función Pública, Juventud y Asuntos de Género, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Interior y Coordinación de la Administración Nacional, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio del Tesoro, la Comunidad de África Oriental, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Innovación y Asuntos de la Juventud, la Dirección de la Fiscalía y el Consejo contra la Mutilación Genital Femenina.

Junto con el Fondo de Población de las Naciones Unidas y otras partes interesadas, el Consejo contra la Mutilación Genital Femenina celebró el 17 de abril de 2019 una reunión interministerial para acabar con la mutilación genital femenina transfronteriza a la que asistieron representantes de Kenya, Uganda, Etiopía y Somalia, y que culminó con la firma de una declaración histórica para poner fin a esa práctica. Se elaboró el correspondiente plan de acción regional para agentes estatales y no estatales, cuyo objetivo es aumentar la capacidad para llevar a cabo programas de prevención y respuesta en este ámbito. El Consejo contra la Mutilación Genital Femenina también formó a 4.530 garantes de derechos en los 20 condados donde esta práctica era más habitual a mayo de 2019.

Para que las personas supervivientes de prácticas nocivas puedan denunciar sin temor a sufrir represalias o a ser estigmatizadas, y puedan acceder a recursos efectivos y ayudas a las víctimas (como asistencia jurídica, social, médica y psicológica o refugios), el Gobierno sigue aplicando la Ley de Protección de las Víctimas, que hace efectivo el artículo 50 9) de la Constitución. El Reglamento General para la Protección de Víctimas de 2020 se ha elaborado para dar aplicación a esa ley. El Consejo de Protección de las Víctimas cuenta con una política y un fondo fiduciario para sufragar los gastos derivados de la asistencia que se presta a víctimas y supervivientes de delitos. Además, se está elaborando el reglamento del Fondo Fiduciario para la Protección de las Víctimas con el fin de ponerlo en funcionamiento, y se ha redactado un proyecto de carta de derechos de las víctimas.

En respuesta al párrafo 20 de las observaciones finales, sobre la mutilación genital femenina y su persistencia en algunas comunidades, la falta de datos precisos, el nivel relativamente bajo de enjuiciamientos y la constante impunidad de los responsables, así como el hecho de que profesionales de la medicina realicen esta práctica, el Gobierno sigue aplicando las leyes y adoptando medidas normativas y programáticas.

En respuesta al párrafo 21 a) de las observaciones finales, sobre la necesidad de dar una amplia difusión a la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011 y de aplicarla, el Gobierno, a través del Consejo contra la Mutilación Genital Femenina, ha diseñado varios programas, entre los que cabe citar los diálogos comunitarios, los ritos de iniciación alternativos y la participación de personas de edad y líderes culturales y religiosos de las comunidades. Más de 10.000 niñas han superado ritos de iniciación alternativos durante el período examinado. Además, en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas y otras partes interesadas, el Consejo organizó varias reuniones interministeriales para acabar con la mutilación genital femenina transfronteriza.

En cuanto al enjuiciamiento de los infractores, durante el ejercicio económico 2016-2017, la Dirección de la Fiscalía registró 95 nuevas causas relacionadas con la mutilación genital femenina y delitos conexos, lo que sumado a los 166 del ejercicio 2015/2016, arroja un total de 261 causas. De esas, en 16 se dictó una sentencia condenatoria, en 8 se absolvió al acusado, en 5 se retiró la demanda y 232 están en espera de juicio. Durante el ejercicio económico 2017/2018 se tramitaron 346 causas de mutilación genital femenina; en 34 de ellas se dictó una sentencia condenatoria, en 10 se absolvió al acusado, en 22 se retiró la demanda y 280 estaban en espera de juicio.

En la Dirección de la Fiscalía se ha creado una dependencia responsable de enjuiciar las causas relacionadas con la mutilación genital femenina y el Consejo ha diseñado una herramienta integral para dar seguimiento a esas causas, lo cual promueve la rendición de cuentas en las fases de denuncia, investigación y enjuiciamiento, al tiempo que se permite a las autoridades dar seguimiento a los casos de éxito de niñas que no fueron sometidas a esta práctica porque existían mecanismos judiciales proactivos y alternativas al enjuiciamiento penal.

La Dirección de la Fiscalía desarrolló varios procedimientos operativos estándar para investigar y enjuiciar por la vía penal los casos de mutilación genital femenina, incluidos los delitos relacionados con prácticas culturales nocivas, para normalizar este tipo de procesos en interés de la coherencia, y para poder investigar y enjuiciar eficazmente esos casos. Los procedimientos operativos estándar establecen los requisitos que debe satisfacer un fiscal para presentar cargos, cuáles son las pruebas necesarias, cómo se celebrará el juicio y cómo tratar a supervivientes y testigos durante el enjuiciamiento de los casos de mutilación genital femenina y delitos relacionados. Gracias a los procedimientos operativos estándar ha mejorado la persecución penal de los casos de mutilación genital femenina y se ha condenado a un mayor número de autores.

En colaboración con el Instituto de Desarrollo Curricular de Kenya, el Consejo ha creado e incorporado contenidos contra la mutilación genital femenina, directrices para ritos de iniciación alternativos en los programas de educación básica y una versión simplificada de la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina en inglés y suajili. El folleto va dirigido a niñas, docentes, cargos directivos, policías, progenitores, profesionales médicos y público en general, y su objetivo es mejorar la protección, la prevención y la denuncia de estos casos. También contiene información sobre el teléfono de asistencia contra la violencia de género (1195), al que la ciudadanía puede llamar para denunciar asuntos relacionados con este tipo de violencia y poner en contacto a las supervivientes con centros de ayuda a los que pueden acudir para recibir asistencia.

En respuesta al párrafo 21 b) de las observaciones finales, sobre las medidas para erradicar la mutilación genital femenina (como incrementar las actividades de concienciación de los líderes religiosos y tradicionales y el público en general, en cooperación con la sociedad civil, acerca de la naturaleza delictiva de esta práctica y sus efectos negativos en los derechos humanos de las mujeres, y sobre la necesidad de erradicar esta práctica y sus justificaciones culturales subyacentes), ambos niveles de la administración están apoyando iniciativas para poner fin a las prácticas tradicionales nocivas y facilitando esfuerzos a nivel comunitario para cambiar la mentalidad de las comunidades donde se da esta práctica.

Por otra parte, el Gobierno ha creado un comité técnico nacional con diversas partes interesadas para supervisar y cumplir los compromisos asumidos en la Cumbre de Nairobi sobre la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD +25), como el de acabar con las prácticas culturales nocivas, incluida la mutilación genital femenina. El comité ha venido presentando efectivamente informes anuales sobre los progresos realizados en lo que respecta al cumplimiento de esos compromisos.

Además, el Gobierno sigue celebrando varios días internacionales importantes para los grupos de interés especial, durante los cuales se llevan a cabo campañas de educación pública y concienciación sobre diversos asuntos que afectan a esos grupos, incluida la legislación. Algunos días especiales son: el Día Internacional de la Mujer, el Día Internacional de la Familia, el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, el Día Internacional de la Niña, el Día del Niño Africano, el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, el Día Internacional de la Juventud, el Día Internacional de las Mujeres Rurales y el Día Internacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina.

El Gobierno ha diseñado un marco de seguimiento y evaluación como herramienta para informar sobre la aplicación del Plan de Acción.

La dificultad radica en el tiempo que lleva modificar las prácticas culturales y en que, pese a las medidas legislativas y las políticas introducidas para prohibirlas, dichas prácticas siguen dándose en ciertas comunidades. Los esfuerzos por acabar con la mutilación genital femenina se han visto obstaculizados por la resistencia cultural de las comunidades tradicionales que la practican, lo que ha supuesto un gran problema para cumplir las disposiciones de la Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina y cambiar la mentalidad de esas comunidades. Además, la Ley del Matrimonio de 2014 sigue reconociendo los matrimonios polígamos y los problemas que estos conllevan. Aunque esto parecía contravenir el artículo 45 3) de la Constitución, de conformidad con el cual los integrantes de un matrimonio gozan de idénticos derechos desde que se casan hasta que el matrimonio se disuelve, el Tribunal Superior dictaminó en sentido contrario. En la actualidad se debate qué lugar debe ocupar la poligamia en el país.

Artículo 6

Violencia contra las mujeres

La Constitución garantiza el derecho a la libertad y la seguridad de todas las personas, incluido el derecho a no ser sometido a ninguna forma de violencia, ya sea a manos de agentes públicos o privados, ni a tortura de ninguna clase, ya sea física o psicológica. Se prohíbe específicamente a los partidos políticos que ejerzan o fomenten la violencia o la intimidación entre sus afiliados, simpatizantes, opositores u otras personas. Esas disposiciones son los fundamentos para acabar con la violencia contra las mujeres y las niñas. La Visión 2030 de Kenya reconoce que los casos de violencia de género han aumentado y define varias estrategias para reducir esa violencia y las vulnerabilidades que explican su proliferación.

El Gobierno debe aplicar las siguientes leyes y políticas, todas ellas ya vigentes, para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas:

a)La Ley de Delitos Sexuales de 2006;

b)La Ley de la Infancia de 2001;

c)La Ley contra la Trata de Personas de 2010;

d)El Código Penal, capítulo 63;

e)La Ley de Prohibición de la Mutilación Genital Femenina de 2011; y

f)La Ley de Protección contra la Violencia Doméstica de 2015.

En respuesta al párrafo 22 de las observaciones finales, sobre la elevada incidencia de la violencia de género contra las mujeres y las niñas, el Gobierno sigue adoptando y aplicando medidas en el plano legislativo, normativo y programático. Ha mejorado la aplicación de la ley y el enjuiciamiento penal de los casos de violencia de género. Por ejemplo, durante el ejercicio económico 2016/2017, la Dirección de la Fiscalía documentó 6.899 casos nuevos de violencia de género y delitos relacionados, que sumados a los 14.651 registrados en el ejercicio 2015/2016, arrojan un total de 21.550 casos. De los 21.550 casos, en 1.703 se dictaron sentencias condenatorias, en 587 se absolvió al acusado, en 578 se retiró la demanda y 18.682 están a espera de juicio. En el ejercicio económico 2017/2018 se atendieron 24.954 casos de violencia de género. De esos 24.954 casos, en 1.668 se dictaron sentencias condenatorias, en 761 se absolvió al acusado, en 936 se retiró la demanda y 21.589 estaban a espera de juicio. En lo que respecta a la violencia contra las mujeres y a las mujeres y los conflictos armados, Kenya se mantiene firme en su compromiso de erradicar todas las formas de violencia de género, incluida la violencia contra las mujeres en la vida pública, y de promover una sociedad pacífica.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones formuladas en su párrafo 22) a), sobre la aplicación estricta de la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica, entre otras cosas asignando recursos humanos y financieros adecuados, el Gobierno ha introducido las normas y reglamentos necesarios para dar aplicación a la Ley. También ha diseñado el marco legislativo modelo contra la violencia sexual y de género para las administraciones de los condados.

En respuesta al párrafo 22 b) de las observaciones finales, sobre la necesidad de organizar actividades adecuadas de formación del personal judicial, los fiscales, la policía y otros miembros de las fuerzas del orden público, sobre los derechos de la mujer, sigue en marcha el programa conjunto que dirigen el Gobierno de Kenya y varios organismos de las Naciones Unidas para poner fin a la violencia de género, entre otras cosas capacitando a garantes de derechos como son el cuerpo nacional de policía, la judicatura, la fiscalía y los proveedores de asistencia sanitaria. Desde que se puso en marcha el programa en 2017, más de 200.000 agentes de seguridad han recibido capacitación para responder a la violencia relacionada con los procesos electorales y se ha identificado a los proveedores que ofrecen servicios en el ámbito de la violencia de género a nivel nacional.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en su párrafo 22 e), sobre la necesidad de aumentar el número de investigaciones, enjuiciamientos y sentencias en los casos de violencia sexual y de género, incluidos los asentamientos precarios y los campamentos para desplazados internos y refugiados, el Gobierno ha desarrollado la Política Modelo de los Condados en materia de Violencia Sexual y de Género para orientar a las administraciones de los condados sobre los elementos y las consideraciones fundamentales que deben tener en cuenta al elaborar las políticas relativas a este tipo de violencia. Se ha adaptado la Política Nacional de Género y Desarrollo de 2019 para formular las políticas de los condados en materia de género. A través de la Comisión Nacional de Género e Igualdad, el Gobierno ha creado en 34 condados sólidos grupos de trabajo técnico sobre igualdad e inclusión formados por agentes estatales y no estatales para reforzar la colaboración y las alianzas en la lucha contra la violencia de género y mejorar la cadena para la remisión de casos entre los proveedores de servicios, incluidas las fuerzas del orden. El Gobierno ha elaborado un manual de capacitación dirigido al personal médico para acabar con la medicalización de la mutilación genital femenina.

El Marco Nacional de Prevención y Respuesta en materia de Violencia de Género proporciona una estrategia para coordinar eficazmente la respuesta de los diversos actores estatales y no estatales a la violencia doméstica en Kenya. Constituye además un mecanismo centralizado para documentar los avances en la gestión de la prevención y la respuesta. Además, facilita datos creíbles y fiables para fundamentar la elaboración de políticas y agilizar la presentación de datos para redactar informes rutinarios y periódicos para consumo de las partes interesadas y para la presentación de informes internacionales.

Con la enmienda de julio de 2012 a la Ley de Delitos Sexuales de 2006, el Gobierno derogó el artículo 38 de la ley, en virtud del cual las mujeres eran susceptibles de ser victimizadas por emprender acciones judiciales contra sus agresores. Ahora, las víctimas de delitos sexuales, en su mayoría mujeres, pueden denunciar los casos de violencia sexual sin temor a sufrir sanciones penales. Además, se han aprobado los reglamentos necesarios para aplicar la Ley de Delitos Sexuales.

A través de la Comisión, el Gobierno ha elaborado directrices para crear refugios seguros y centros de recuperación para víctimas de la violencia doméstica como mecanismos para intervenir en los casos de violencia de género y de violencia contra las mujeres y los niños. Teniendo en cuenta las conclusiones de un estudio preliminar sobre los refugios seguros como mecanismo para intervenir en casos de violencia de género y violencia en general, la Comisión facilitó la elaboración de directrices para establecerlos.

El Gobierno implantó un sistema de información sobre violencia sexual y de género en 2016 para proporcionar un mecanismo coordinado de seguimiento y presentación de informes sobre los avances respecto de la prevención y respuesta en materia de violencia sexual y de género, así como para identificar a las minorías étnicas y comunidades marginadas en los 47 condados de Kenya. La Comisión diseñó un sistema de información sexual y de género para armonizar la recopilación de datos sobre violencia de género procedentes de cinco sectores fundamentales, a saber, sanidad, policía, poder judicial, fiscalía y educación.

En cuanto a la gestión, el seguimiento y la evaluación, el Gobierno ha elaborado unas directrices nacionales para la gestión de la violencia sexual que establecen una serie de criterios oficiales para prestar servicios, entre otros, de asesoramiento, tratamiento y gestión de lesiones, enfermedades de transmisión sexual, profilaxis posterior a la exposición, atención del VIH y prevención de embarazos. Las directrices ofrecen información detallada sobre cómo gestionar la violencia sexual. El Marco Nacional de Seguimiento y Evaluación de la Violencia Sexual es el mecanismo de gestión y seguimiento de los avances de los programas de respuesta y prevención, incluidos los mecanismos sistemáticos de coordinación, y permite disponer de datos creíbles y fiables para tomar decisiones sobre políticas y programas.

Kenya informa anualmente al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el cumplimiento de la resolución 1325 (2000) sobre mujeres, paz y seguridad. El Segundo Plan de Acción Nacional de Kenya se puso en marcha en mayo de 2020 bajo el lema “Destacar la centralidad de la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y la pandemia de COVID-19”. El Plan aprovecha los éxitos cosechados con el primer plan e incorpora aspectos novedosos como el cambio climático, los desastres humanitarios, el extremismo violento, la violencia de género, la trata de personas y la migración forzosa, las desigualdades estructurales, la descentralización y los factores religiosos y culturales. El Plan se dio a conocer a las partes interesadas el 5 de junio de 2020. Además, se está diseñando una herramienta de localización para orientar su implementación en los próximos cinco años.

En marzo de 2017, con objeto de vigilar y mitigar los efectos de la violencia de género, se reactivó un teléfono de asistencia gratuito (el 1195) para implicar a miembros de las comunidades y supervivientes en la lucha contra la violencia sexual, la mutilación genital femenina y otras formas de violencia, garantizando la pronta denuncia de todos los casos en el plazo recomendado de 72 horas.

El Ministerio de Salud elaboró en agosto de 2020 unas directrices en materia de violencia de género para los centros de atención de la salud. El Gobierno estableció y financió un programa de prevención y respuesta en materia de violencia de género en el contexto de la COVID-19 que cuenta con la participación de varios organismos. Además, Kenya dirige junto con el Reino Unido, Islandia y el Uruguay la Coalición para la Acción sobre la Violencia de Género del Foro Generación Igualdad.

En respuesta al párrafo 13, apartados a) a d), de las observaciones finales, sobre las medidas para proteger a las defensoras de los derechos humanos, el Gobierno reconoce la labor de estas mujeres y ha creado un entorno pacífico para que puedan realizar libremente su trabajo, sin miedo ni amenazas de acoso, violencia o intimidación. Además, en estos momentos se elabora el reglamento del Fondo Fiduciario para la Protección de las Víctimas, con lo que se espera que este empiece a funcionar para indemnizar a las víctimas. Se ha redactado un proyecto de carta de derechos para las víctimas.

Con respecto a la investigación, el enjuiciamiento y la sanción adecuada de las amenazas y la violencia dirigidas contra las mujeres en los procesos políticos, con la Ley de Delitos Electorales de 2016 se pretende fomentar la participación de las mujeres en las elecciones castigando la violencia contra ellas durante el período electoral.

El Gobierno ha creado un Comité Asesor Nacional de Lucha contra la Trata de Personas que integran funcionarios de diversos organismos públicos, como los departamentos de inmigración, fiscalía, investigadores e infancia, que elaboran informes periódicos al respecto. El equipo también recibe capacitación continua para detectar, investigar y enjuiciar las actividades relacionadas con la trata de personas.

El Gobierno puso en marcha el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas (2013-2017), que se encuentra actualmente en proceso de revisión. Además, el país ha emprendido una serie de actividades de creación de capacidad y formación dirigidas a fiscales, los departamentos de los servicios de inmigración, el registro de personas, el cuerpo nacional de policía y los servicios para la infancia. El Gobierno creó una casa de acogida en la zona de Kabete, en Nairobi, para alojar a las personas supervivientes de la trata antes de que se reúnan con sus familias.

En respuesta a los párrafos 26 y 27 de las observaciones finales, sobre los esfuerzos desplegados por el Estado parte para combatir la trata y proteger a sus víctimas, en particular la aprobación de la Ley de Protección de las Víctimas de 2013, el Gobierno ha establecido varias instituciones que trabajan de cerca con el Estado en la lucha contra la trata de personas. Ello implica colaborar con organizaciones de la sociedad civil que prestan asistencia jurídica y apoyo técnico en este tipo de casos. Algunas organizaciones son la Dependencia de Lucha contra la Delincuencia Organizada Transnacional, que identificó de manera proactiva a 144 víctimas de la trata durante las redadas efectuadas.

En respuesta al párrafo 27) c) de las observaciones finales, sobre la estricta aplicación de la Ley contra la Trata de Personas, el Gobierno ha redoblado los esfuerzos para luchar contra este delito, por ejemplo aumentando el número de enjuiciamientos y condenas a quienes participan en la trata, la investigación de denuncias de complicidad oficial en este tipo de delitos y la financiación destinada a su Fondo de Asistencia a los Supervivientes. El Gobierno también ha ampliado el mandato de la Dependencia de Protección Infantil para incluir la protección cibernética frente a la explotación de los niños. Además, los funcionarios verificaron que las empresas de contratación cumplieran los requisitos de registro y un código de conducta.

Ha mejorado la capacidad de investigación de las Dependencias de Lucha contra la Trata de Personas y Protección Infantil, dependientes de la Dirección de Investigaciones Criminales, se ha creado una nueva oficina en Mombasa y se ha incrementado su personal. Además, se han creado centros cibernéticos para poder investigar más casos de explotación infantil en Internet. Los centros reciben información de inteligencia relacionada con la explotación y la trata de niños que a continuación remiten a los funcionarios para que adopten medidas al respecto.

En respuesta al párrafo 27) d) de las observaciones finales, sobre la formación de los agentes del orden y el personal de frontera para que detecten con prontitud a las víctimas de la trata y las remitan a los servicios competentes, la Dirección de la Fiscalía ha establecido y puesto en funcionamiento una dependencia especializada para gestionar los casos de trata de personas. El manual para la fiscalía sobre la trata de personas elaborado por la Dependencia orienta a investigadores y fiscales sobre este tipo de casos. El Ministerio de Trabajo y Protección Social cuenta con un Comité Asesor Nacional de Lucha contra la Trata de Personas. El Gobierno ha creado el Fondo Nacional de Asistencia a las Víctimas de la Trata de Personas y ha elaborado las directrices del Mecanismo Nacional de Derivación para remitir a posibles supervivientes de la trata a los servicios. Las directrices proporcionan un sistema de identificación, derivación, apoyo integral y asistencia que tiene en cuenta el género de las víctimas de la trata, su edad, sus necesidades concretas y su reintegración en Kenya.

En respuesta al párrafo 27) a) de las observaciones finales, sobre la necesidad de abordar las causas fundamentales de la trata y la explotación de las mujeres, el Gobierno, por conducto de la Autoridad Nacional de Empleo, estrenó el 29 de enero de 2019 el sitio web de información sobre la migración laboral en Kenya para publicar información y fomentar una migración segura, ordenada y regular.

En respuesta al párrafo 27) e) de las observaciones finales, sobre la importancia de proporcionar recursos adecuados a los servicios de apoyo a las víctimas de la trata, incluidos los refugios, el Gobierno destinó 20 millones de chelines kenianos (197.530 dólares) al Fondo Fiduciario Nacional de Asistencia durante el ejercicio económico 2019/2020. Se prestaban, entre otros, servicios de atención médica, asesoramiento psicosocial, rehabilitación y apoyo a la reintegración, alimentos y ropa, asistencia jurídica y transporte. En 2018, el cuerpo nacional de policía comenzó a proporcionar seguridad nocturna de cortesía a los refugios.

El Gobierno ha elaborado nuevas políticas para los kenianos que buscan empleo en el extranjero con el fin de garantizar que sus contratos laborales cumplan las normas específicas establecidas por ley. El marco regulador rige la actividad de las empresas privadas de contratación de trabajadores en el extranjero. El Gobierno ha enviado agregados laborales a Qatar, los Emiratos Árabes Unidos y la Arabia Saudita para ofrecer asistencia a los trabajadores migrantes, entre ellos los supervivientes de la trata de personas.

A través de la Autoridad Nacional de Empleo, el Gobierno imparte formación previa a la partida para los trabajadores migrantes, a quienes se facilitan los teléfonos de asistencia a los que pueden llamar en las misiones diplomáticas. Se ha creado un proyecto de procedimiento operativo estándar para luchar contra la trata de personas.

En cuanto a la explotación de la prostitución, Kenya ha adoptado y firmado y está cumpliendo lo dispuesto en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía en 2000 y 2008, respectivamente. Por ejemplo, las empresas hoteleras tienen que firmar un código de conducta para proteger a los niños y poner coto a la prostitución infantil. Se está aplicando el Plan de Acción Nacional contra la Explotación Sexual de los Niños en Kenya (2018-2022).

En colaboración con el Departamento de Servicios para la Infancia, la Autoridad de Comunicaciones de Kenya y otros asociados, la Dirección de Investigaciones Criminales ha implantado un sistema de protección de la infancia en línea para proteger a los niños kenianos frente al maltrato infantil en Internet. La Dirección ha creado asimismo una Dependencia contra la Explotación y Abusos Sexuales de Niños, responsable de investigar, asesorar y supervisar los casos denunciados. Se ha puesto en marcha el Plan Nacional de Acción contra la Explotación y Abusos Sexuales de Niños en Internet y se están elaborando directrices al respecto.

La Ley de Delitos Informáticos y Cibernéticos de 2018 permite detectar, prohibir, prevenir, combatir, investigar y enjuiciar de manera oportuna y efectiva este tipo de delitos, además de facilitar la cooperación internacional en materia de ciberdelincuencia y el enjuiciamiento penal de la violencia de género en Internet.

Para abordar las causas fundamentales de la explotación sexual, el Gobierno está aplicando políticas y llevando a cabo proyectos que fomentan el desarrollo rural, la mitigación de la pobreza y la reducción de la migración del campo a la ciudad.

A pesar de los esfuerzos desplegados por el Gobierno y sus aliados, los retos que plantea la violencia contra las mujeres no han desaparecido. La violencia y la amenaza de violencia, al igual que el acoso, siguen siendo problemas para muchas mujeres en la vida pública y privada, problemas que se ven agravados por la incapacidad o la falta de voluntad para denunciar esos incidentes.

También existen otras dificultades, como la porosidad de las fronteras, la proliferación de armas pequeñas y armas ligeras o la corrupción, entre otras, y la falta de conciencia pública sobre los riesgos o sobre las protecciones que ofrece la ley.

Artículo 7

Vida política y pública

La Constitución contiene amplias disposiciones relativas a la igualdad, como el artículo 27, que establece la igualdad de género en todos los cargos elegidos y de libre designación. Más concretamente, el artículo 81 b) promueve la igualdad de género y la inclusión en los altos cargos políticos. El artículo 177 1) ha contribuido de manera notable a aumentar el número de mujeres que ocupan altos cargos en las asambleas de los condados. Además, el artículo 100 exige que el Parlamento promulgue una ley para promover la representación de las mujeres, las personas con discapacidad y los jóvenes, las minorías étnicas y de otro tipo, y las comunidades marginadas.

Desde 2010, la mayoría de las mujeres ocupan altos cargos políticos gracias a la regla del máximo de dos tercios de un mismo género. Los avances logrados por las mujeres se han traducido en representación política en los condados, el Senado y la Asamblea Nacional. En general, los resultados de las candidatas en las elecciones generales de 2017 mejoraron respecto de los obtenidos en 2013, y las mujeres lograron varias victorias importantes y ganaron por primera vez escaños de gobernadoras y senadoras.

Gracias al principio de acción positiva, que permitió a más mujeres ocupar cargos oficiales en 2013, sobre todo en los condados, estas se convirtieron en candidatas experimentadas que, por tanto, cosecharon más éxitos en campañas posteriores. A medida que más mujeres acceden a la política y al gobierno, ya sea a través de escaños abiertos en las circunscripciones o de cargos de libre designación, las ventajas que les reportará su experiencia para avanzar en el plano político a largo plazo se traducirán en ganancias de cara al futuro en términos de representación y éxito cuando presenten sus candidaturas.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en sus párrafos 30 y 31, referidas a la participación en la vida política y pública, el Gobierno no ha dejado de mejorar el entorno político y la vida pública para facilitar la participación efectiva de las mujeres mediante leyes y políticas, y ha logrado aumentar esa participación.

En colaboración con la oficina nacional de ONU-Mujeres en Kenya, el Ministerio de Función Pública y Asuntos de Género, la Escuela de Gobierno de Kenya y Echo Network Africa diseñaron un plan de capacitación nacional estándar y armonizado para impartir formación temprana que prepare adecuadamente a las mujeres que tengan previsto optar a cargos políticos, con el fin de ampliar el número de mujeres cualificadas para competir por tales cargos. El plan de estudios se puede adaptar a las mujeres candidatas y dirigentes políticas en diversos contextos. El plan está destinado a dirigentes políticos actuales y futuros, especialmente mujeres y jóvenes de todas las procedencias.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en su párrafo 31 a), sobre la necesidad de establecer de inmediato el marco institucional y jurídico necesario para aplicar el decreto presidencial de 2006 sobre acción afirmativa y la regla constitucional de los dos tercios de un mismo género en todos los cargos públicos, esta medida se tomó antes de aprobarse la Constitución en 2010, que ahora consagra el principio del máximo de dos tercios de un mismo género en su artículo 27.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en su párrafo 31) b), sobre la organización de actividades de capacitación de las mujeres candidatas sobre técnicas de liderazgo y financiación de campañas, el Gobierno ha diseñado una estrategia nacional y un plan de acción para aumentar la representación de las mujeres en la vida pública y política. En consecuencia, el Foro de las Asambleas de los Condados y la Comisión han diseñado un plan de capacitación para las mujeres que forman parte de esas asambleas y así mejorar su capacidad para desempeñar las funciones de representación, supervisión, presupuestación y legislación. El plan de capacitación se distribuyó en los 47 condados.

Por otra parte, en colaboración con ONU-Mujeres y el Consejo de Gobernadores, el Foro de las Asambleas de los Condados organizó en mayo de 2021 un foro local de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (denominado CSW Mashinani), que sirvió de plataforma a las dirigentes de los condados para debatir cómo promover la participación y el liderazgo de las mujeres en la adopción de decisiones de todo tipo, y también para hablar sobre los mecanismos con los que garantizar la participación de las mujeres en el proceso decisorio. El Foro de las Asambleas de los Condados ha puesto en marcha varios programas de capacitación para las mujeres que forman parte de las asambleas de los condados.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en su párrafo 31) c), sobre la intensificación de las medidas encaminadas a que las mujeres puedan votar con seguridad en las elecciones, el Gobierno ha seguido incorporando de manera gradual la “regla de no más de dos tercios de un mismo género” en la contratación y los nombramientos en la función pública.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en su párrafo 31) d), sobre la necesidad de asegurarse de que los partidos políticos que no cumplan la regla del máximo de dos tercios de un mismo género no tengan acceso a los fondos previstos en la Ley de Partidos Políticos de 2011 y los incentivos que se pueden ofrecer a todos los partidos políticos para que incluyan el mismo número de mujeres que de hombres en sus listas electorales y en los mismos niveles, el Gobierno alienta a los partidos políticos a que adopten incentivos económicos para aumentar el número de mujeres que opten a cargos electos cobrándoles a ellas la mitad de la tasa por candidatura que deben abonar los hombres.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en su párrafo 31) e), de investigar las amenazas y los actos de violencia cometidos contra las mujeres en relación con los procesos políticos, y enjuiciar y sancionar adecuadamente a los autores, el Gobierno ha aumentado la oferta de cursos de capacitación en materia de seguridad para responder a la violencia contra las mujeres durante las elecciones. La Ley de Partidos Políticos de 2011 y la Ley de Delitos Electorales de 2012 establecen la importante responsabilidad de proteger y empoderar a las mujeres y prevén penas severas para castigar la violencia que se cometa contra las mujeres en período de elecciones. Los procedimientos electorales establecidos por la Comisión Electoral Independiente y de Delimitación de Circunscripciones y la Comisión Nacional de Género e Igualdad previenen la violencia política y facilitan la supervisión.

Sigue en marcha el programa conjunto que dirigen el Gobierno de Kenya y varios organismos de las Naciones Unidas para acabar con la violencia de género. Desde 2017, los agentes de seguridad han recibido capacitación para responder a la violencia relacionada con los procesos electorales y se ha identificado a los proveedores que ofrecen servicios relacionados con la violencia de género en el país. Además, se impartió capacitación a los garantes de derechos (el cuerpo de policía nacional, la judicatura, la fiscalía y los proveedores de asistencia sanitaria) sobre los procedimientos operativos estándar para tratar con supervivientes de la violencia sexual, los marcos jurídicos y de políticas relativos a la violencia de género y la cadena de custodia.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 31) f) de las observaciones finales, de eliminar los obstáculos al nombramiento de mujeres al cargo de embajador y aumentar el número de esos nombramientos, el Gobierno trabaja para cumplir de manera gradual el principio del máximo de dos tercios de un mismo género en los cargos de libre designación.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 31) g) de las observaciones finales, de hacer que los políticos, los medios de comunicación, los dirigentes tradicionales y el público en general tomen conciencia de que una participación plena, igual, libre y democrática de las mujeres en la vida política y pública, en condiciones de igualdad con los hombres, es necesaria para la aplicación efectiva de la Convención, así como para la estabilidad política y el desarrollo económico del país, el Consejo de Medios de Comunicación de Kenya y la Asociación de Mujeres de los Medios de Comunicación de Kenya destacan a las mujeres en medios de comunicación convencionales y medios sociales. Gracias a las campañas en los medios de comunicación y la educación cívica, las actitudes de la sociedad hacia las mujeres han ido cambiando progresivamente y se ha tomado mayor conciencia de las normas aceptables de comportamiento durante un proceso electoral.

El Ministerio de Función Pública, Género, Personas de Edad y Programas Especiales, en colaboración con organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, apoya el Foro de la Agenda Común de la Mujer. El Foro diseñó una estrategia para salvaguardar los avances en materia de género, en particular la aplicación del principio de los dos tercios del mismo género.

En 2017, la Comisión Electoral Independiente y de Delimitación de Circunscripciones inscribió a 1.862 personas como candidatos elegidos legítimamente, entre los que figuraban 172 mujeres (9 %), de las cuales 3 fueron elegidas gobernadoras y otras 3 senadoras, 23 miembros de la Asamblea Nacional, 47 representantes y 96 miembros de las asambleas de los condados. La tasa de éxito de las mujeres en 2017 fue parecida a la de 2013, cuando aproximadamente un 13 % de los candidatos elegidos fueron mujeres.

En 2017 se registró un aumento del 29 % de las candidatas que se presentaron a las elecciones generales respecto de 2013. De todas las candidatas, el 13 % resultaron elegidas para el cargo. Se produjo un aumento del 18 % en el número de mujeres elegidas en 2017, en comparación con 2013.

El porcentaje de secretarias de Gabinete y secretarias principales era del 33,3 % y el 18,5 %, respectivamente. En 2017, las mujeres estaban a cargo del 32,1 % de las Secretarías Administrativas. Las mujeres ocupan secretarías fundamentales del Gabinete, como Defensa, Relaciones Exteriores, Deportes y Patrimonio, Agua y Saneamiento, y Riego.

En la judicatura, la Presidenta, la Vicepresidenta y la Secretaria Jefe del Tribunal Supremo son mujeres. El número de juezas aumentó del 46 % en 2016 al 53 % en 2019, mientras que el porcentaje de magistradas aumentó del 43 % en 2016 al 46 % en 2019, con lo que se cumplía el umbral de género en las instancias superiores del poder judicial.

Aumentó el número de mujeres que presiden el Consejo de la Universidad Pública. Las mujeres presiden el 23,3 % de las 30 universidades públicas de Kenya. Además, los consejos de administración de cuatro universidades están formados por el mismo número de hombres que de mujeres (50/50). El 33,3 % de las universidades no cumplen el principio del máximo de dos tercios de un mismo género en la composición de sus consejos de administración.

En otros sectores, las mujeres representan el 57 % de los abogados en ejercicio, el 49 % de los jueces, el 41 % de los magistrados de tribunales superiores, el 36 % de los comisarios de condado, el 33 % de los miembros de las asambleas de los condados y el 31 % de los senadores.

La Política Nacional de Género y Desarrollo de 2019 se ajusta plenamente a lo dispuesto en la Constitución para hacer realidad la participación de las mujeres, las personas con discapacidad, los jóvenes y las minorías. El Ministerio también elaboró la Estrategia Nacional de Apoyo a las Mujeres para Presentarse a Puestos Electivos y asesoró a agentes estatales y no estatales sobre cómo llevar a cabo programas de preparación dirigidos a las mujeres de cara a las elecciones.

Con la aprobación de la propuesta de ley relativa a la representación de grupos de interés especial (enmienda) de 2019, se modificarán varias leyes para dar efecto al artículo 100 de la Constitución y aumentar la representación de las mujeres, las personas con discapacidad, los jóvenes y otras minorías en el Parlamento.

El Gobierno sigue sensibilizando a los funcionarios sobre la igualdad de género y los derechos de la mujer. Varios condados han participado en la campaña HeForShe. Kenya codirige la Coalición para la Acción contra la Violencia de Género, que reconoce el papel fundamental y la contribución de las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y las organizaciones dirigidas por niñas para lograr la igualdad de género.

Sin embargo, la participación total de las mujeres como candidatas sigue siendo baja. Apenas el 9,2 % de las candidatas resultaron elegidas. Además, el Parlamento ha tardado en aprobar los proyectos de ley sobre la regla del máximo de dos tercios de un mismo género (de 2018 y 2019).

Son varios los factores que contribuyeron a dificultar la participación de las mujeres en el espacio político, entre ellos: las barreras culturales, arraigadas en valores tradicionales y religiosos, los roles y estereotipos de género, y el escaso acceso a la financiación.

Artículo 8

Participación a nivel internacional

Aumentó el número de mujeres nombradas para misiones diplomáticas. En la actualidad, de los altos cargos del cuerpo diplomático, 18 son mujeres (32,4 %) y 56 son hombres. La Secretaria del Gabinete para Relaciones Exteriores de Kenya es una mujer. Varias mujeres también desempeñan diversas funciones en la esfera internacional.

No se advierte que falten mecanismos ni estructuras para garantizar el estricto cumplimiento del principio de participación de un máximo de dos tercios de un mismo género a nivel internacional.

Artículo 9

Nacionalidad

El Gobierno concedió la ciudadanía a 1.670 apátridas shonas y a 1.300 apátridas de ascendencia rwandesa y de la comunidad étnica makonde que cumplen los requisitos legales para obtenerla.

El Gobierno redactó el proyecto de ley sobre refugiados de 2019, que se encuentra en estos momentos en la fase de segunda lectura en la Asamblea Nacional, y con el que se pretende garantizar el reconocimiento, la protección y la gestión de los refugiados para cumplir lo dispuesto en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, el Protocolo de 1967 y la Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se Regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África y cuestiones conexas.

Con el proyecto de ley sobre refugiados también se pretende crear un Comité para los Asuntos de los Refugiados que ayude al Comisionado para los Refugiados a que se reconozca dicho estatuto a esas personas. También se pretende crear una Junta de Apelación para Refugiados que conozca de los recursos de las personas perjudicadas por la determinación del estatuto formulada por el Comisionado.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 33) a) de las observaciones finales, sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiadas, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres, y de que se asegure de que todas las mujeres refugiadas y apátridas que estén casadas con nacionales de Kenya puedan obtener la nacionalidad y transmitirla a sus hijos sin obstáculos administrativos, el Gobierno está en proceso de revisar la Ley de Ciudadanía e Inmigración de 2012.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 33) b) de las observaciones finales, de que se expidan tarjetas de identidad y títulos de propiedad a personas apátridas, entre otros a los pueblos pemba y warundi, así como a todos los niños nacidos en Kenya de ciudadanos británicos de ultramar, el Gobierno está revisando la Ley de Ciudadanía e Inmigración de 2012.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 33) c) de las observaciones finales, de que se facilite la expedición de documentos oficiales y el registro de matrimonios, particularmente en las zonas rurales, entre otras cosas aumentando los recursos, la capacidad tecnológica y la difusión geográfica de los centros Huduma, el Gobierno expide documentos oficiales a quienes reúnen las condiciones establecidas en la legislación de Kenya. La ley establece los procesos que se han de seguir para obtener documentos oficiales.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 33) d) de las observaciones finales, sobre la ratificación de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961, el Gobierno se comprometió a adherirse a las convenciones de las Naciones Unidas relativas a la apatridia.

El gran número de refugiados que acoge Kenya ha ocasionado problemas en el país, entre otros una pesada carga financiera y amenazas a la salud y la seguridad. Además, Kenya tiene dificultades para seguir acogiendo a más refugiados y solicitantes de asilo.

Artículo 10

Educación

Se ha avanzado de manera considerable desde 2003, cuando el Gobierno introdujo la educación primaria gratuita, gracias a lo cual la tasa bruta de matriculación aumentó hasta alcanzar el 104 % y la tasa neta de matriculación se situó en el 92,4 % en 2018. La implantación en 2008 de la educación primaria gratuita en turno de mañana aumentó las tasas de matriculación. Las tasas brutas y netas de matriculación en la educación secundaria se situaban en 2008 en el 42,5 % y el 28,9 %, respectivamente, y desde entonces han aumentado hasta alcanzar en 2018 el 70,3 % y el 53,2 %, respectivamente. Esto representa un incremento del 27,8 % y el 24,3 % de las tasas brutas y netas, respectivamente.

El Gobierno introdujo el Sistema Nacional de Información sobre la Gestión de la Educación, una solución para gestionar datos en la web que permite recopilar datos e información de las instituciones educativas, procesar y notificar el estado de los indicadores diseñados y proporcionar al sector una base sólida para una gestión eficaz que tenga en cuenta a todos y cada uno de los alumnos. El sistema alberga datos de estudiantes y alumnos vinculados a un identificador único que se genera aleatoriamente empleando un algoritmo verificable, lo que ha servido para agilizar la gestión de datos y de ese modo adoptar decisiones informadas y llevar a cabo la planificación del sector educativo. La matriculación y la retención han aumentado, y la finalización y la transición han mejorado los resultados del aprendizaje de las niñas.

En respuesta a las observaciones finales y a las recomendaciones que figuran en sus párrafos 34 y 35) a) y b), sobre la aplicación de medidas para aumentar el número de niñas y mujeres que cursan estudios secundarios y superiores, y de medidas eficaces para que las niñas se matriculen y finalicen su educación en las zonas rurales y semiáridas y en los asentamientos urbanos informales, el Gobierno ha puesto en marcha una política de transición del 100 % para complementar la escuela secundaria gratuita en turno de día. Gracias a estas medidas, las tasas de transición de la escuela primaria a la secundaria han pasado del 83,3 % en 2018 al 95 % durante el primer trimestre de 2020.

El Gobierno destinó más subvenciones de capitación a todas las escuelas públicas, en particular a los centros para niños con necesidades especiales, con miras a reforzar los derechos de la infancia a una educación básica gratuita y obligatoria. Las directrices de política en materia educativa exigen que todos los centros de enseñanza adopten, diseñen y apliquen programas que favorezcan a los alumnos con discapacidades. Ello ha permitido mejorar el acceso a la educación de las niñas con necesidades especiales.

El Gobierno presentó en 2021 al Parlamento el proyecto de ley de educación y formación profesional para los condados, que ofrece un marco para crear sistemas con los que gestionar la formación profesional a ese nivel. El proyecto de ley obliga a los condados a identificar a los alumnos con necesidades especiales, evaluar sus necesidades y adoptar medidas para impartir formación profesional y capacitación.

El Gobierno ha agilizado la adquisición de libros de texto en las escuelas para que cada niño tenga uno propio.

La Comisión Nacional de Género e Igualdad también llevó a cabo una evaluación rápida de los centros de recursos y evaluación de exámenes seleccionados en tres condados (Kiambu, Kisumu y Homabay) para determinar su grado de preparación para examinar y facilitar la rehabilitación, y para ayudar a los niños con necesidades especiales a prepararse para el aprendizaje.

En respuesta a las recomendaciones que figuran en el párrafo 35) c) de las observaciones finales, de que se reúnan y publiquen datos sobre la tasa de deserción escolar de las niñas y las razones de ello y se aborden sus causas fundamentales, facilitando la reinserción en el sistema de educación de las víctimas de la violencia de género, la mutilación genital femenina, el matrimonio infantil, así como de las niñas embarazadas y las madres jóvenes, el Gobierno ofrece a todos los alumnos la oportunidad de progresar y recibir una enseñanza de calidad en las instituciones de educación básica. Por conducto del Ministerio de Educación y en colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Population Council y la Alianza para la Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos, el Gobierno ha formulado las directrices nacionales para la reincorporación a la escuela en el aprendizaje temprano y la educación básica. Las directrices proporcionan un marco con el que mejorar la reincorporación de los alumnos que abandonan los estudios, incluidos aquellos con necesidades especiales y discapacidades, y así mejorar los índices de retención, transición y finalización en todos los niveles de la educación básica. Las directrices constituyen además un recurso para prevenir y combatir el abandono escolar por diversos motivos. Estas directrices han permitido que niñas embarazadas y madres jóvenes puedan incorporarse a la escuela y seguir estudiando.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 35) d) de las observaciones finales, de que se aumente la oferta de incentivos para los padres que envían a sus hijas a la escuela y las sanciones para quienes no lo hacen, el Gobierno y otras partes interesadas han ampliado el acceso de las niñas a la educación mediante la concesión de diversas becas, entre ellas: las becas Elimu (para educación), las becas Wezesha (para el empoderamiento), el Fondo Nacional de Desarrollo para las Personas con Discapacidad, el Sistema Nacional de Información sobre la Gestión de la Educación; la Kenya Pipeline Company, la Fundación Jomo Kenyatta, las becas concedidas por los condados, el Fondo del Gobierno Nacional para el Desarrollo de las Circunscripciones y los fondos de acción afirmativa. Las becas han permitido que más niñas procedentes de familias vulnerables accedan a la educación. El 55 % de los destinatarios de las becas son niñas. En 2020, 4.811 de las 9.000 becas se concedieron a niñas. La Ley de la Infancia castiga la no escolarización de los niños con penas de prisión de hasta 12 meses o multas de hasta 50.000 chelines kenianos.

En respuesta a las observaciones finales y la recomendación que figura en su párrafo 35) e), sobre el aumento de la provisión de compresas sanitarias a las niñas, el Gobierno presentó la Política de Gestión de la Higiene Menstrual para 2019-2030. Gracias a ello, se ha logrado aumentar la retención y motivación de las niñas en los centros de enseñanza, lo cual ha mejorado a su vez los resultados del aprendizaje y los métodos higiénicos para gestionar la menstruación. Durante el ejercicio 2019/20, 1.359.008 niñas cursaron estudios, cifra que alcanzó 1.675.679 en el ejercicio 2020/21.

El Gobierno ha puesto en marcha programas de alimentación escolar en las zonas áridas y semiáridas, además de suministrar compresas sanitarias gratuitas en todas las escuelas primarias públicas del país para que las niñas no dejen de estudiar. En 2019, 3,7 millones de niñas recibieron en total 14,8 millones de paquetes de compresas cifrados en 420,6 millones de chelines kenianos. En cuanto a la mejora de las transiciones al 100 % de la escuela primaria a la secundaria, se logró alcanzar el 99,9 % en 2019 y 2020 con ayuda de los funcionarios de la administración central.

En respuesta a las observaciones finales y la recomendación que figura en su párrafo 35) f), de que se vele por la plena aplicación de la Ley sobre la Comisión de Servicios Docentes, la Ley de la Infancia de 2001 (revisada en 2011) y el Proyecto de Ley de Atención de la Salud Reproductiva de 2014, entre otras cosas suministrando recursos suficientes, el Gobierno ha seguido aumentando el presupuesto nacional destinado a educación. El Gobierno de Kenya también ha ido aumentando el gasto en educación a lo largo de los años. En 2015, la asignación presupuestaria fue del 16,65 %, cifra que aumentó posteriormente hasta alcanzar el 26 % (473.000 millones de chelines kenianos) y el 29,4 % (497.000 millones de chelines kenianos) en los ejercicios económicos de 2019/2020 y 2020/2021, respectivamente.

En respuesta a las observaciones finales y la recomendación que figura en su párrafo 35) g), de que se aplique una política de tolerancia cero con respecto al abuso y el acoso sexuales en la escuela y se vele por que los responsables sean debidamente enjuiciados y sancionados, el Gobierno, por conducto de la Comisión de Servicios Docentes, ha establecido normas para castigar a los docentes que cometan acoso sexual.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en su párrafo 35) h), de que se refuerce la sensibilización y la capacitación del personal docente y los alumnos sobre la tolerancia cero con respecto a la violencia de género, incluida la violencia sexual, se establezcan mecanismos de denuncia confidenciales y se vele por que se proporcione asistencia psicológica, médica y jurídica a todas las víctimas en aquellas comunidades donde las normas culturales y de género siguen dificultando el acceso a la educación secundaria, la administración, tanto a nivel nacional como en los condados, lleva a cabo actividades para sensibilizar sobre las actitudes culturales que limitan el acceso a la educación secundaria, especialmente para las niñas. Por su parte, la Comisión Nacional de Género e Igualdad sigue creando conciencia pública sobre la violencia sexual y de género sensibilizando a los docentes sobre cómo prevenir este tipo de violencia en los centros educativos. La Comisión impartió capacitación a 6.658 mentores (defensores de la igualdad de género) sobre cuestiones relacionadas con la violencia de género, 224 directivos y 221 funcionarios de educación sobre el terreno, de los cuales 165 eran funcionarios responsables del aseguramiento de la calidad en materia de violencia sexual y de género.

Durante el ejercicio económico 2017/2018, la cifra total de instituciones académicas aumentó un 5,1 %, pasando de 86.179 en 2016 a 90.587. La cifra de centros de educación preescolar, primaria y secundaria aumentó en 2017 un 1,3 %, un 6,7 % y un 7,2 %, respectivamente. Cabe destacar en particular que la tasa de aumento de las escuelas privadas superó a la de las escuelas públicas durante el ejercicio examinado (2017/2018). La cifra total de instituciones de enseñanza y formación técnica y profesional registradas creció notablemente (en un 50,9 %), pasando de 1.300 en 2016 a 1.962 en 2017. El incremento obedece en parte a la aplicación de la Ley de Enseñanza y Formación Técnica y Profesional, que obliga a todos los centros a registrarse. Se creó una nueva universidad pública con el otorgamiento de una carta de constitución al Garissa University College. Todo ello ha ampliado las oportunidades de las mujeres y las niñas, especialmente en comunidades marginadas, para acceder a los centros de enseñanza en todos los niveles de educación.

El número de escuelas primarias pasó de 33.202 en 2016/2017 a 37.910 en 2018/2019. En términos generales, la matriculación en la escuela primaria aumentó, pasando en el caso de las niñas de 5.060.300 en 2016 a 5.178.300 en 2018, mientras que la cifra de niños matriculados pasó de 5.219.300 en 2016 a 5.364.300 en 2018. La matriculación en instituciones técnicas y centros de enseñanza y formación técnica y profesional aumentó de 113.963 para los hombres en 2016 a 205.142 en 2018, mientras que para las mujeres pasó de 88.593 en 2016 a 158.742 en 2018. El número de personas a quienes se concedieron préstamos para estudiar en centros de enseñanza y formación técnica y profesional pasó de 20.093 en 2016/2017 a 23.791 en 2017/2018 en el caso de los hombres, mientras que para las mujeres pasó de 10.852 en 2016/2017 a 20.991 durante el ejercicio económico 2017/2018.

A través del Instituto Keniano de Desarrollo Curricular, el Gobierno puso en marcha el plan de estudios basado en competencias, que vino a sustituir al sistema de ocho años de educación primaria, cuatro de secundaria y otros cuatro de educación universitaria. El plan de estudios incide en la importancia de la capacidad del alumno para adquirir habilidades y reconocer y aplicar esas competencias para afrontar los problemas de la vida cotidiana. Este plan de estudios ha servido para fomentar la adquisición de competencias que favorecen la comunicación, la colaboración y la autonomía.

El Gobierno introdujo en 2017 la educación secundaria subvencionada y creó nuevos centros de protección infantil para ofrecer alojamiento, asesoramiento y servicios de reintegración a los niños trabajadores rescatados. El Gobierno también elaboró una política nacional de empleo que obliga a informar sobre el número de niños a quienes se haya retirado del trabajo infantil y cómo evolucionan las zonas libres de este.

El Gobierno ha propuesto el proyecto de ley de enmienda de la educación básica de 2021 para abordar el problema de la nutrición, el trabajo infantil y el abuso. Con el proyecto de ley se pretende mejorar la nutrición de los niños en las escuelas, en particular de las niñas. Del mismo modo, el proyecto de ley prevé duras sanciones para cualquier persona que emplee a un niño en edad de escolarización obligatoria en cualquier trabajo u ocupación que le impida asistir a clase. De aprobarse en el Parlamento, esta disposición reduciría en gran medida el trabajo infantil entre las niñas y mejoraría su acceso a la educación.

A través del Centro Nacional de Lucha contra el Terrorismo, el Gobierno elaboró las Directrices de Seguridad Infantil contra el Extremismo Violento de 2020. Las directrices abarcan el ámbito de aplicación, la justificación y el marco jurídico y normativo, además de destacar los posibles comportamientos de los alumnos en función del riesgo al que estén expuestos y de la amenaza que se cierna sobre el alumno afectado. El Centro ha introducido una matriz de aplicación que permitirá a los docentes definir estrategias de alerta y respuesta tempranas para garantizar la seguridad de los niños mientras estén en la escuela.

Artículo 11

Empleo

El número de trabajadoras ha aumentado. El número de mujeres que forma parte de la población activa asciende a 9,89 millones de trabajadoras, con lo que supera en 100.000 los 9,79 millones de hombres empleados. Según el censo nacional realizado por la Oficina Nacional de Estadística de Kenya, la cifra de trabajadoras es mayor entre la población de las zonas rurales de Kenya, donde hay 600.000 mujeres más que hombres que realizan actividades económicas. Las mujeres representan el 50,2 % de la población activa.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en sus párrafos 36 y 37 a), de que se modifique la Ley de Empleo de 2007, el Gobierno ha propuesto varias modificaciones a la citada ley. El 30 de marzo de 2021, el Presidente del país, Excmo. Sr. Uhuru Kenyatta, firmó la Ley de Empleo (enmienda) de 2021. El texto fue uno de los tres proyectos de ley de empleo (enmienda) presentados en 2019 al Parlamento. La Ley entró en vigor el 15 de abril de 2021. Con ella se modifica la Ley de Empleo de 2007 para introducir la licencia previa por adopción. El artículo 29A de la Ley de Empleo reconoce a los trabajadores que así lo soliciten el derecho a disfrutar de un mes de licencia previa por adopción a sueldo completo cuando vayan a asumir el cuidado y la custodia de un niño de forma continuada.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en su párrafo 37) f), sobre la medición y la cuantificación del trabajo doméstico no remunerado de la mujer y su reconocimiento en el producto nacional bruto y la realización de investigaciones para medir y valorar el trabajo no remunerado de la mujer, el Gobierno, a través de la Oficina Nacional de Estadística de Kenya, lleva a cabo en estos momentos una encuesta sobre el uso del tiempo en el país en el marco del programa Las Mujeres Cuentan.

El Plan de Estadísticas Sectoriales de Género correspondiente a 2019-2023 reconoce la necesidad de invertir en encuestas sobre el uso del tiempo que permitan medir los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados y de tener presentes esas actividades en la planificación económica a nivel nacional y en los condados. Los datos oficiales de la encuesta sobre el uso del tiempo estarían disponibles por primera vez en Kenya a finales de 2021. También se están debatiendo planes para desarrollar el trabajo de cuidados y el trabajo doméstico no remunerados. El Gobierno está dispuesto a valorar la posibilidad de ratificar el Convenio número 189 (2011) de la Organización Internacional del Trabajo, relativo al trabajo decente para los trabajadores y trabajadoras domésticos.

Artículo 12

Salud

Con arreglo al artículo 43 a) de la Constitución, que protege el derecho de toda persona a disfrutar el grado máximo de salud que se pueda lograr, incluido el derecho a los servicios sanitarios y a la atención de la salud reproductiva, la Ley de Salud de 2017 establece un sistema nacional de salud que facilita de manera progresiva y equitativa el grado máximo de salud que se pueda lograr mediante sus servicios y que protege y promueve los derechos en materia de salud de todas las personas en Kenya, incluidos los derechos de las mujeres a servicios básicos de nutrición y atención sanitaria, y los derechos de los grupos vulnerables.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en sus párrafos 38 y 39 en materia de salud, el Gobierno ha tomado varias medidas, como por ejemplo proponer enmiendas a la Ley de Salud y poner en marcha varias políticas y programas.

Además, para mejorar el acceso a unos servicios básicos de atención sanitaria seguros, eficaces y de calidad, incluidos medicamentos esenciales y vacunas asequibles para todos sin que ello aboque a nadie a la pobreza, el Gobierno introdujo la cobertura sanitaria universal en 2018.

Los fondos registrados para afiliados al Fondo Nacional del Seguro Hospitalario pasaron de 6,1 millones de chelines kenianos (aproximadamente 61.000 dólares de los Estados Unidos) en 2016/17 a 7,7 millones de chelines kenianos (unos 77.000 dólares de los Estados Unidos) en 2017/18. El número de establecimientos de salud aumentó de 8.984 en 2016 a 10.820 en 2018. Los servicios prestados por los establecimientos de salud pasaron de 1.006.800 en 2016 a 1.107.200 en 2018. El número de niños totalmente vacunados pasó de 1.192.500 en 2016 a 1.299.700 en 2018. El personal sanitario colegiado pasó de 149.005 en 2016 a 175.681 en 2018.

En cuanto al acceso a los servicios de atención sanitaria, el Gobierno ha adoptado la política de salud comunitaria y el documento de sesiones número 2 de 2017 de la Política de Salud de Kenya correspondiente al período comprendido entre 2014 y 2030. Esta política tiene por objeto garantizar la gratuidad de los servicios de maternidad. El Gobierno elaboró la Política de Salud Reproductiva de 2015. El objetivo de esa política es mejorar la salud reproductiva de toda la población de Kenya ampliando el acceso equitativo y mejorando la calidad, eficiencia y eficacia de la prestación de servicios a todos los niveles.

En lo que respecta a las observaciones finales y la recomendación que figura en su párrafo 39) a), de que se redoblen los esfuerzos para reducir la alta tasa de mortalidad materna y se garantice que todas las mujeres puedan acceder a los centros de salud y recibir asistencia médica de personal cualificado, los resultados de salud para las mujeres siguen mejorando gracias al programa de maternidad “Linda Mama” (antes conocido como el programa de servicios gratuitos de maternidad), que ofrece un paquete de servicios básicos de atención sanitaria a los que pueden acceder todos los miembros de la población beneficiaria en función de sus necesidades y no de su capacidad de pago, lo que sitúa a Kenya en la senda hacia la cobertura sanitaria universal. Linda Mama tiene presencia en los 47 condados del país y 2.400 establecimientos de salud pública que atienden aproximadamente a 400.000 mujeres embarazadas.

La introducción del programa de maternidad gratuita “Linda Mama” ha aumentado notablemente el número de futuras madres que acuden a los servicios de salud materna y neonatal. Con el programa Linda Mama se pretendía abordar problemas como la elevada mortalidad materna y aumentar el acceso a servicios cualificados de atención al parto, mejorando así la salud maternoinfantil. Hasta la fecha, el Gobierno ha destinado en total 11.651.431.063 chelines kenianos al programa. Ello ha contribuido a mejorar considerablemente los indicadores relativos a la salud materna y neonatal, y por tanto a reducir la mortalidad materna e infantil.

El Ministerio de Salud publicó el manual de módulos básicos para voluntarios en materia de salud de la comunidad para que el sistema sanitario en sus cuatro niveles pudiera poner en marcha la estrategia comunitaria proporcionando capacitación adecuada a los voluntarios a fin de que pudieran realizar las debidas intervenciones, así como reconocer a las mujeres embarazadas, supervisarlas y ponerlas en contacto con los centros de salud materna. Se ha desplegado a 5.000 voluntarios y 2.500 médicos residentes en los 47 condados. En 2020, el Gobierno destinó cerca de 12.000 millones de chelines kenianos al programa.

El Gobierno ha dispuesto que se reserven dos camas adaptadas para personas con discapacidad en todos los centros para las madres con discapacidad. Con esta medida se ha mejorado el acceso de las madres con discapacidad a los servicios de salud materna, reduciendo así la mortalidad materna.

En respuesta al párrafo 39) b) de las observaciones finales, sobre el aumento de los recursos humanos, técnicos y financieros asignados a la aplicación de la política de atención de maternidad gratuita, el establecimiento de programas de sensibilización y la garantía de su aplicación, según los datos disponibles sobre el uso de los servicios por parte de las madres, el número de mujeres que acudieron a su cuarta consulta de atención prenatal se redujo, pasando del 58,9 % en 2019 al 55,1 % en 2020. Sin embargo, en lo que respecta a los partos atendidos por personal cualificado, se observó una disminución del 80,6 % en 2019 al 79,3% en 2020, lo cual se atribuyó al temor a contraer la COVID-19 en los establecimientos de salud.

El Gobierno ha ampliado la política de atención gratuita a la maternidad para cubrir la atención prenatal y posnatal, y así mejorar la cobertura sanitaria universal, especialmente para mujeres y niños de corta edad. La gratuidad de los servicios de maternidad ha aumentado la presencia de profesionales cualificados para atender los partos de las mujeres que viven cerca de los hospitales y que antes no se podían permitir esos servicios. No obstante, sigue habiendo problemas para que las mujeres pobres en zonas aisladas utilicen los servicios gratuitos de maternidad.

En respuesta al párrafo 39) c) de las observaciones finales, sobre la adopción de medidas inmediatas para poner fin a todas las detenciones posteriores a los partos por impago de las facturas médicas, tanto centros privados como centros públicos han abandonado esta práctica.

En respuesta al párrafo 39) e) de las observaciones finales, todavía no se ha modificado el Código Penal para despenalizar el aborto en todos los supuestos y para legalizar el aborto, al menos en los casos de violación, incesto, malformación fetal grave y riesgo para la salud o la vida de la mujer embarazada, y para garantizar el acceso a una atención de calidad posterior al aborto, especialmente cuando surjan complicaciones por abortos realizados en condiciones de riesgo, pero se han restablecido las normas de 2012 para reducir la morbilidad y la mortalidad por abortos en condiciones de riesgo en Kenya.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 39) f) de las observaciones finales, de que se incluya educación integral y adecuada a la edad sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos y sobre el comportamiento sexual responsable en los programas escolares, con especial atención a la prevención de los embarazos precoces y el control de las infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/sida, se garantice el acceso a métodos anticonceptivos modernos para todos, incluidos los adolescentes, y se adopten medidas para garantizar que esa información llegue a las niñas que no asisten a la escuela, la Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva de los Adolescentes se formuló en 2015 para mejorar la situación en este sentido en Kenya y ayudar a los adolescentes a desarrollar al máximo su potencial en el contexto del desarrollo nacional. Con esta política se incorporan las cuestiones relacionadas con la salud y derechos sexuales y reproductivos de los adolescentes en la esfera de la salud y el desarrollo. La política tiene presente el contexto social, económico, cultural y demográfico predominante en lo que respecta a la salud sexual y reproductiva de los adolescentes, incluidas las implicaciones y consecuencias para su salud y desarrollo.

Se ha puesto en marcha la campaña Tujulishane (“Eduquémonos los unos a los otros”) con el objetivo de capacitar a personas y comunidades para que se conviertan en agentes de cambio. La campaña se ocupa de los programas dirigidos a madres, adolescentes y niños para promover la salud y mejorar las condiciones de vida de las poblaciones vulnerables, especialmente adolescentes y personas con discapacidad, y ayuda a personas y comunidades con programas y servicios de alta calidad y equitativos en términos de género.

Para mejorar la salud reproductiva de los adolescentes, el Ministerio de Salud ha diseñado un conjunto de herramientas informativas al respecto que también está disponible en braille para las personas con discapacidad visual. Para educar al mayor número posible de jóvenes, se ha combinado la información con animaciones gráficas. Esto ha permitido mejorar la salud de la madre y el niño, además de reducir la mortalidad materna e infantil.

El Gobierno se esfuerza por garantizar salarios y condiciones de trabajo adecuados a los profesionales sanitarios, promulgar leyes que declaren la sanidad un servicio esencial y exigir la prestación de servicios mínimos durante las huelgas.

En la demanda número 266 de 2015, Federation of Women Lawyers & 3 Others v. The Attorney General, el Tribunal Superior declaró inconstitucionales el 12 de junio de 2019 la retirada por parte de la Dirección de Servicios Médicos de las Normas y Directrices para Reducir la Morbilidad y Mortalidad Asociadas a los Abortos Practicados en Condiciones de Riesgo en Kenya y el Plan Nacional de Formación para Gestionar los Embarazos No Deseados, Peligrosos y No Planeados. El Tribunal concluyó que esas decisiones no estaban justificadas y perjudicaban a las mujeres, además de vulnerar el derecho de las mujeres y las adolescentes en edad reproductiva al grado máximo de salud que se pueda lograr. El Tribunal consideró además que esa limitación injustificada vulneraba el derecho de las mujeres y las niñas a no ser discriminadas, así como su derecho a la información, los derechos de los consumidores y el derecho a beneficiarse del progreso científico.

En respuesta al párrafo 39) h) de las observaciones finales, sobre la despenalización del aborto, el Gobierno ha presentado en el Senado el proyecto de ley sobre atención de la salud reproductiva de 2019.

En respuesta al párrafo 39) i) de las observaciones finales, el Gobierno procura aumentar esta asignación de conformidad con la Declaración de Abuya. La asignación presupuestaria para la salud representa el 9,5 % del presupuesto nacional. Las asignaciones con cargo al presupuesto destinadas al sector sanitario pasaron del 7,8 % antes de la descentralización durante el ejercicio económico 2012/13 al 9,1 % en el ejercicio económico 2019/20. Como porcentaje del producto interno bruto, las asignaciones del Gobierno destinadas a la salud apenas aumentaron, pasando del 1,9% al 2,2 % durante el mismo período. Los presupuestos de los condados aumentaron gradualmente durante el período, al igual que el presupuesto del Ministerio de Salud, creciendo casi un 50 % entre el ejercicio económico 2017/18 y 2018/19, gracias a lo cual las asignaciones destinadas en total por el Gobierno a la salud alcanzaron el 9,5 % del presupuesto nacional. A este incremento contribuyeron las nuevas asignaciones para subvenciones condicionadas a hospitales de nivel 5 y la financiación adicional de programas relacionados con la cobertura sanitaria universal. Aunque las asignaciones presupuestarias al sector sanitario crecieron de manera notable, las tendencias actuales en lo que a las asignaciones se refiere todavía no han alcanzado la meta prometida por el Gobierno del 15 % del presupuesto nacional total, tal como prevé la Declaración de Abuya de 2001 (Unión Africana, 2001).

Para financiar de manera más sostenible, previsible y adecuada los programas y la aplicación de las políticas sanitarias, el Gobierno ha adoptado la Política de Salud Plus (HP+), que se sirve de múltiples estrategias para financiar la sanidad de forma sostenible y mejorar la gestión de los sistemas sanitarios en Kenya y toda la región de África Oriental. Algunas estrategias consisten en obtener nuevos datos para fundamentar la adopción de decisiones, impulsar el diálogo nacional, crear capacidad a escala nacional, formular nuevas políticas y directrices, y movilizar recursos nacionales para el VIH y la planificación familiar.

Con el proyecto de ley de tecnología de reproducción asistida de 2016 se busca regular este tipo de tecnologías, prohibir determinadas prácticas relacionadas con la tecnología de reproducción asistida, establecer una autoridad encargada de estas tecnologías y adoptar disposiciones referidas a los niños nacidos gracias a este tipo de procesos. Los tribunales han avanzado en lo que respecta a la promoción y protección del derecho a la salud. Los servicios de tecnología de reproducción asistida incluyen las pruebas diagnósticas y el cribado, la cirugía endoscópica, la inseminación intrauterina, la fecundación in vitro, la inyección intracitoplasmática de espermatozoides, la crioconservación, el cribado y el diagnóstico genéticos previos a la implantación, la oncofertilidad, la donación de gametos y embriones o la maternidad subrogada para hombres o mujeres estériles o subfértiles.

Artículo 13

Empoderamiento económico de la mujer y prestaciones sociales

El Gobierno ha empezado a elaborar la Política Nacional de Empoderamiento Económico de la Mujer. El objetivo de esta política es lograr la igualdad de género con iniciativas de empoderamiento económico de las mujeres en el marco del desarrollo nacional.

El Gobierno llevó a cabo la evaluación de las estadísticas de género en 2018 para valorar este aspecto a nivel nacional y diseñar un plan de trabajo con el que responder a las necesidades relacionadas con el género.

El Gobierno formuló la Política Agraria de 2021, que reconoce la importancia del género en el desarrollo agrícola y prevé medidas para corregir los desequilibrios de género.

En respuesta a las observaciones finales y las recomendaciones que figuran en sus párrafos 40 y 41, sobre el empoderamiento económico de la mujer y la creación de una base de datos exhaustiva de todos los beneficiarios del Fondo Empresarial de la Mujer, el Fondo de Desarrollo de Empresas de Jóvenes y el Fondo de Uwezo, así como de los beneficiarios de las oportunidades de contratación pública, para llegar a las mujeres en zonas rurales y las mujeres con discapacidad, se han adoptado medidas de sensibilización, la introducción de criterios claros y la facilitación de las solicitudes para garantizar que todas las mujeres, incluidas las mujeres rurales, puedan acceder a estas iniciativas, incluido el Fondo Uwezo.

Además, cada institución ha creado sus propias bases de datos. El Gobierno ha emprendido el proceso de centralización de la base de datos. El proyecto de reglamento para la gestión de las finanzas públicas (Fondo Biashara Kenya) de 2020, con el que se pretende fusionar el Fondo Empresarial de la Mujer, el Fondo Uwezo y el Fondo de Desarrollo de Empresas de Jóvenes, se presentó en mayo de 2020 a las partes interesadas para facilitar la participación pública. La Asamblea Nacional examina en estos momentos las comunicaciones presentadas.

El Gobierno ha seguido fomentando el empoderamiento económico de las mujeres con los fondos de acción afirmativa: desde que se creó en 2007, el Fondo Empresarial de la Mujer ha destinado 19.200 millones de chelines kenianos a 111.840 grupos (1.780.000 personas), fondos cifrados en 116.500.000 chelines kenianos a 17 cooperativas de ahorro y crédito, y financiación de órdenes de compra locales por valor de 74.276.050 chelines kenianos a 117 particulares. El reembolso de los préstamos concedidos a grupos se sitúa en el 96 %.

En respuesta al párrafo 41) a) de las observaciones finales, referido a los datos, el 90 % de los beneficiarios del fondo son mujeres y el 10 % son hombres. Los datos que se mantienen son exhaustivos y se clasifican según el sector económico al que se dedican los beneficiarios, como por ejemplo el sector servicios, la seguridad alimentaria y la nutrición, la banca de mesa, la industria manufacturera y la vivienda asequible y adecuada. Otras actividades son:

a)Formación empresarial: más de 1,45 millones de beneficiarios han recibido formación para mejorar su capacidad de gestión empresarial;

b)Apoyo al mercado y contactos: se han facilitado la comercialización de productos y servicios de 21.000 mujeres a nivel local e internacional mediante colaboraciones con asociados y otras instituciones públicas, así como contactos con empresas de mayor tamaño;

c)Adopción de la tecnología, como demuestran los siguientes ejemplos: M-Pesa para el reembolso de préstamos, cursos de formación virtuales y comercialización electrónica de productos por parte de los beneficiarios a través de WEFSOKO (en Facebook e Instagram).

En respuesta al párrafo 41) a) y b) de las observaciones finales, sobre el desembolso y los destinatarios de los fondos, durante el período del Plan de Mediano Plazo II, el Estado desembolsó en total 12.310 millones de chelines kenianos a través del Fondo Empresarial de la Mujer y el Fondo Uwezo para ayudar a mujeres, jóvenes y personas con discapacidad a adquirir las competencias necesarias para gestionar una empresa y fomentar su capacidad. Recibieron financiación de estos fondos 1.545.694 personas en las 290 circunscripciones del país. Además, el Estado desembolsó 5.200 millones de chelines kenianos a través del Fondo de Acción Afirmativa del Gobierno Nacional para apoyar la acción afirmativa, programas colectivos y proyectos. El número de personas a quienes se concedieron préstamos aumentó un 18,9 %, pasando de 21.616 en 2018/19 a 25.703 en 2019/20. El aumento se atribuye en parte a la intensificación de las campañas de sensibilización y a la renovación de los certificados de registro. El número de beneficiarias aumentó un 26,5 %, pasando de 17.274 en 2018/19 a 21.848 en 2019/20.

Desde que se creó el Acceso a Oportunidades de Adquisiciones Públicas en 2013, se han adjudicado 45.812 licitaciones por valor de 50.000 millones de chelines kenianos a empresas cuyos titulares eran jóvenes (44 %), mujeres (53 %) y personas con discapacidad (3 %). El Departamento supervisa el Acceso a Oportunidades de Adquisiciones Públicas con el objetivo de aumentar la participación de mujeres, jóvenes y personas con discapacidad. El Fondo Empresarial de la Mujer ha ofrecido financiación para órdenes de compra y servicios locales a un tipo de comisión administrativa del 1 % y a interés cero, respectivamente. El incremento total asciende a 79,6 millones de chelines kenianos.

El Fondo Empresarial de la Mujer también ha introducido los préstamos thamini, producto crediticio especial para viudas que se distribuye a través de grupos dirigidos por estas. A junio de 2022, se habían desembolsado en total 15,4 millones de chelines kenianos a 987 beneficiarias.

El Manual sobre Normativa y Procedimientos Crediticios revisado por el Fondo Empresarial de la Mujer ha tenido en cuenta que ya no se puede ignorar la demanda de préstamos a particulares. A este respecto, el Fondo Empresarial de la Mujer ha adoptado una política de préstamos a particulares, además de los préstamos colectivos. Se han introducido las siguientes mejoras en la política: aumento de las estrategias para préstamos colectivos, en virtud de las cuales la responsabilidad solidaria constituye un poderoso incentivo para que los afiliados ayuden a otros afiliados a tener éxito, con un ciclo de préstamos de un millón a partir de los 750.000 chelines kenianos; y una mejora de la amortización de los préstamos para diferentes ciclos de préstamo, a saber: 100.000 chelines kenianos a 12 meses, 200.000 chelines kenianos a 12 meses, 350.000 chelines kenianos a 12 meses, 500.000 chelines kenianos a 18 meses, 750.000 chelines kenianos a 24 meses, y 1 millón de chelines kenianos a 24 meses. Todo ello supone una mejora respecto de la política anterior, que fijaba los tipos de amortización para todos los ciclos de préstamo en 12 meses. Otras mejoras son la introducción del préstamo Chama (club/grupo) plus, que permite al miembro de un grupo solicitar un préstamo particular avalado únicamente por los demás integrantes del grupo. Por otra parte, con esta política se introdujeron productos crediticios como el préstamo Kilimo (agrícola) para mujeres que se dedican a los agronegocios y la financiación de activos y préstamos empresariales para el empoderamiento económico de la mujer.

Además, el Fondo Empresarial de la Mujer introdujo de nuevo la financiación para las cooperativas de ahorro y crédito. Este producto se había retirado debido a problemas de carácter operacional. Hasta la fecha, 23 cooperativas de ahorro y crédito se han asociado con el Fondo Empresarial de la Mujer y han recibido en total 171,5 millones de chelines kenianos.

En condados como Kirinyaga, en la región central de Kenya, la administración local ha empezado a brindar ayuda integral a la cadena de valor agrícola y sanitaria mediante la contratación de mercados favorables (locales e internacionales) para sus productos agrícolas. Algunas medidas son: el establecimiento de una planta de fabricación para producir material sanitario y artículos de uso hospitalario. El empleo en la cadena de valor garantiza la igualdad de representación en términos de género.

El Gobierno es consciente de que los grupos de autoayuda y las organizaciones comunitarias son fundamentales para empoderar a las mujeres rurales. Se han redoblado los esfuerzos a lo largo de los años para aumentar el número de grupos registrados, que en la actualidad superan los 225.000. Esto se ha traducido en un incremento de la financiación de acción afirmativa de 2.227 millones de chelines kenianos en 2015 a 3.002 millones en 2021.

En respuesta al párrafo 43) d) de las observaciones finales, el Fondo de Acción Afirmativa del Gobierno Nacional ha concedido financiación a 8.309 grupos de mujeres y 128 cooperativas de ahorro y crédito cuyas titulares son mujeres para crear bancos de mesa y fondos rotatorios destinados al empoderamiento económico de la mujer, a 95.296 estudiantes en situación vulnerable y a 28.258 aprendices de formación profesional mediante la concesión de ayudas y becas, a 107.689 alumnas necesitadas para obtener toallas sanitarias y participar en programas de tutoría, y a 8.296 grupos (todos ellos de acción afirmativa) para ampliar diversas iniciativas de generación de ingresos mediante la adición de valor, y se impartió educación cívica a 3.973.765 personas en las comunidades para formar a miembros y grupos que podrían optar a financiación.

Artículo 14

Capacitación de las mujeres rurales

Desde que el país se independizó, el Gobierno ha puesto en marcha diversas políticas y recursos para paliar la pobreza. En la actualidad, la agenda estratégica para los próximos cuatro años (2018-2022) se articula en torno a la denominada Agenda de los “Cuatro Grandes”, con la que se pretenden poner en marcha proyectos y políticas que aceleren el crecimiento económico y transformen la vida de las personas creando empleo, permitiendo que los kenianos cubran sus necesidades básicas, mejorando los niveles de salud y las condiciones de vida, y reduciendo el costo de la vida, la pobreza y la desigualdad.

El Gobierno apoya la programación en materia de género y cambio climático. La Comisión Nacional de Género e Igualdad colaboró con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y otros asociados para llevar a cabo una evaluación rápida sobre el impacto del cambio climático en los grupos de interés especial. Ello ha permitido intervenir en el ámbito de la desigualdad de género en la vida y los medios de subsistencia de las poblaciones, incluidas las mujeres que viven en zonas forestales, y prepararse para diseñar y ejecutar el programa de reducción de las emisiones debidas a la deforestación y la degradación forestal en los países en desarrollo, la iniciativa REDD+ en Kenya y los esfuerzos para reducir las emisiones derivadas de la deforestación y la degradación forestal.

En respuesta al párrafo 43) b) de las observaciones finales, sobre la necesidad de facilitar el acceso de las mujeres rurales a la propiedad de la tierra, poner fin a todas las costumbres y prácticas tradicionales que impiden su igualdad de acceso a la tierra y establecer un marco legislativo claro para proteger sus derechos a la herencia y la propiedad de la tierra, la Ley de Tierras Comunitarias número 27 de 2016 da efecto al artículo 63 5) de la Constitución, que prevé el reconocimiento, la protección y el registro de los derechos sobre la tierra a nivel comunitario.

En respuesta al párrafo 43) a) de las observaciones finales, sobre los derechos de las mujeres rurales, la creación de dependencias de género en ministerios, departamentos y organismos ha contribuido a que se tome mayor conciencia de la necesidad de ayudar a las mujeres para que puedan disfrutar de sus derechos sobre la tierra. En colaboración con la Organización para la Alimentación y la Agricultura, el Ministerio de Ordenación Territorial y la Comisión Nacional de Tierras ha impartido capacitación a su personal para gestionar la administración territorial y ayudar a las mujeres en su lucha por los derechos sobre la tierra. El personal recibe formación continua sobre la transversalización de la perspectiva de género y la gobernanza de los derechos territoriales.

Además, junto con otras partes interesadas, el Ministerio de Ordenación Territorial y Planificación Física se embarcó en la iniciativa Kilimanjaro para dar vida y efecto a las disposiciones de la Carta de Kilimanjaro. El principal objetivo de esta iniciativa es que las mujeres rurales puedan acceder a la tierra y los recursos naturales y proporcionar un marco para su aplicación. Se convocaron varias sesiones consultivas a raíz de las cuales se aprobó un plan de acción para hacer efectivas las disposiciones de la Carta. Con ayuda de asociados para el desarrollo y organizaciones de la sociedad civil, la Comisión Nacional de Tierras trabaja continuamente con mujeres. Se ha puesto en marcha una iniciativa de paladines de ambos sexos para concienciar cuanto antes sobre los derechos territoriales.

En respuesta al párrafo 43) c) de las observaciones finales, sobre la elaboración de una política nacional de género en relación con el desarrollo agrícola, el Ministerio de Ordenación Territorial elaboró la primera Política Nacional de Tierras de 2009, que defiende los derechos de las mujeres sobre la tierra.

Se ha elaborado un manual de capacitación relativo a los derechos de las mujeres sobre la tierra y la propiedad en Kenya. Este manual no solo servirá para simplificar la nueva legislación relativa a la tierra en relación con los derechos de propiedad y la tierra de las mujeres, sino que también sensibilizará a estas y a la comunidad en general sobre los requisitos legales y los procesos de propiedad y registro de la tierra. Además, este manual permitirá aclarar las disposiciones constitucionales y legislativas sobre la tierra y los derechos de propiedad de las mujeres, sensibilizar acerca del análisis situacional de las disposiciones legislativas relativas a la tierra y los derechos de propiedad de las mujeres y presentar perspectivas y estrategias para promover los derechos de las mujeres sobre la tierra y la propiedad en Kenya.

En respuesta a lo indicado en el párrafo 43) b) de las observaciones finales, sobre la promoción de la participación de las mujeres rurales en los procesos de adopción de decisiones, se ha elaborado el Plan Nacional de Ordenación Territorial correspondiente al período 2015-2045. Con este plan se abordarán diversas cuestiones, como la desigualdad en el acceso a los recursos por parte de las mujeres de las zonas rurales. El Plan reconoce que las mujeres rurales constituyen casi la mitad de los agricultores del mundo en desarrollo e incluye además varias disposiciones para las nuevas defensoras de los derechos sobre la tierra, las mujeres que reclaman esos derechos y las alianzas con organizaciones de la sociedad civil en este ámbito.

El Fondo Empresarial de la Mujer publicó en 2018 un manual de capacitación sobre iniciativa empresarial para emprendedoras. Participaron en su implantación 324 funcionarios y se capacitó en total a 1,4 millones de mujeres.

Gracias al desarrollo y la difusión de tecnologías favorables a las mujeres como la energía solar, distintas soluciones limpias para cocinar e iniciativas de ahorro de agua para ahorrar tiempo, ha aumentado la eficiencia para las mujeres en los hogares rurales y ha mejorado el costo de la vida.

En 2018, para que los hogares produjeran más alimentos, el Gobierno construyó 4.400 balsas de agua en el marco del proyecto de agua para riego doméstico. Las balsas podrán almacenar 6 millones de metros cúbicos de agua, lo que permitirá regar 6.000 hectáreas adicionales.

El Gobierno sigue apoyando los siguientes programas de protección social:

a)El Programa de Transferencias en Efectivo para Huérfanos y Niños Vulnerables, gracias al cual se ha llegado en total a 1,63 millones de beneficiarios y se han desembolsado 35,829 millones de chelines kenianos desde 2016 hasta la fecha;

b)El Programa de Transferencias en Efectivo para Personas de Edad, mediante el cual se han desembolsado en total 75,8 millones y se ha beneficiado a 2,5 millones de mujeres desde 2016;

c)El Programa de Transferencias en Efectivo para Personas con Discapacidades Graves, en el marco del cual se han desembolsado 4,3 millones desde 2016 y se ha beneficiado a 112.816 mujeres.

Hasta 2017, el Gobierno apoyaba cuatro programas de transferencias incondicionales en efectivo: el Programa de Redes de Protección Social contra el Hambre (en cuatro de los condados más pobres y áridos, a saber, Turkana, Wajir, Mandera y Marsabit) y los programas de transferencias en efectivo para personas de edad, huérfanos y niños vulnerables, y personas con discapacidades graves. En total, más de 600.000 hogares recibieron transferencias en efectivo en los 47 condados. El Gobierno se comprometió en 2017 a mejorar y ampliar el actual Programa de Transferencias en Efectivo para Personas de Edad (OPCT- Inua Jamii) en el marco de un programa más inclusivo que proporciona transferencias a todas las personas a partir de los 70 años de edad. Este programa de transferencias incondicionales en efectivo se considera una especie de pensión social no contributiva para los ciudadanos de la tercera edad. Se ha adoptado una Política Nacional sobre Personas de Edad y Envejecimiento.

En respuesta al párrafo 43) d) de las observaciones finales, sobre la necesidad de garantizar el acceso de las mujeres rurales a una atención de salud de calidad, entre otras cosas aumentando la capacitación de parteras y mejorando la prestación de servicios de calidad a los beneficiarios del Programa de Redes de Protección Social contra el Hambre, el programa ya se ha implantado en los centros Huduma. Por ejemplo, el centro Huduma de Wajir ofrece el servicio de asistencia del Programa de Redes de Protección Social contra el Hambre desde mediados de septiembre de 2018. El servicio de asistencia atiende actualmente a una media de 300 beneficiarios al día.

El Gobierno celebra el Día Internacional de las Mujeres Rurales para que estas conozcan las oportunidades que tienen a su disposición a nivel nacional y en los condados.

En respuesta al párrafo 45) a) de las observaciones finales, sobre la adopción de medidas para aplicar la decisión de la Comisión Africana por la que se reconocen los derechos de los endoróis a sus tierras ancestrales y velar por que se consulte a las mujeres endoróis durante este proceso, el Gobierno creó un equipo de tareas encargado de formular recomendaciones que permitan cumplir la decisión y garantizar que los endoróis puedan acceder a su hogar ancestral. En junio de 2020, el equipo de tareas remitió su recomendación a la Secretaría del Gabinete responsable de Medio Ambiente, y los endoróis aguardan a que las recomendaciones se lleven a la práctica.

En respuesta al párrafo 45) b) de las observaciones finales, sobre las medidas necesarias para proteger a las mujeres y las niñas indígenas, en particular las del condado de Baringo, de la violencia y el robo, y enjuiciar y castigar a los autores, los Gobiernos de Kenya y Uganda han firmado un memorando de entendimiento denominado “Programa Transfronterizo de Kenya (Turkana/Pokot Occidental) y Uganda (Karamoja) para la Paz y el Desarrollo Sostenibles”. El memorando se firmó el 12 de septiembre de 2019 en Moroto (Uganda) y proporcionará oportunidades para que las comunidades transfronterizas colaboren con mayor eficacia, coexistan en paz y superen el aislamiento para así mejorar sus medios de subsistencia. En 2015 se firmó un acuerdo parecido con Etiopía. Por otra parte, el Gobierno está ampliando el Programa para Aumentar la Resiliencia Comunitaria ante la Sequía (ECORAD II). En abril de 2019 se llevó a cabo una reunión para determinar la viabilidad con antelación. Esta contó con la participación de las partes interesadas en seis condados, a saber, Pokot Occidental, Baringo, Marsabit, Isiolo, Samburu y Elgeyo Marakwet.

El Gobierno ha formulado la Política Nacional de Promoción de la Familia, pendiente de aprobación por parte del Gabinete. Por su parte, el Gabinete ha aprobado la Política Nacional sobre Personas de Edad, cuyo plan de ejecución se encuentra en fase de validación.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 49) a) de las observaciones finales, de que se proteja a las mujeres de edad, en particular a las acusadas de brujería, de todas las formas de violencia, incluidos los linchamientos, y se vele por que los autores sean debidamente enjuiciados y castigados, el Protocolo sobre los Derechos de las Personas de Edad, que prohíbe la violencia contra esas personas, ha recibido el visto bueno del Gabinete y en estos momentos está pendiente de aprobación en la Asamblea Nacional.

En respuesta al párrafo 49) b) de las observaciones finales, sobre la reunión y la publicación de datos sobre la situación de las mujeres de edad, en particular en lo que respecta a la violencia de género dirigida contra ellas, el Gobierno ha abordado esta cuestión por medio del Protocolo sobre los Derechos de las Personas de Edad.

En respuesta al párrafo 45 b) de las observaciones finales, sobre la protección de los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad, asegurando su igualdad de acceso a la vivienda, la justicia, la atención médica y otros servicios básicos, y la promoción de su autonomía y su acceso a los servicios comunitarios, así como su participación en la vida política y pública, el Gobierno está examinando la legislación para armonizarla con la Constitución y las correspondientes normas internacionales de derechos humanos. Algunos de esos textos son el proyecto de ley (enmienda) sobre las personas con discapacidad de 2019, con el que se pretende modificar la Ley de Personas con Discapacidad de 2003, y el proyecto de ley de representación de grupos de interés especial (enmienda) de 2019, con la que se busca modificar varias leyes para promover la representación de las mujeres, las personas con discapacidad, los jóvenes, las minorías étnicas y otras minorías en el Parlamento. Además, el proyecto de ley contiene disposiciones que obligan expresamente al Estado a facilitar la participación pública de las personas con discapacidad y responder a las preocupaciones de mujeres, niñas y niños, jóvenes y personas de edad con discapacidad. Por otra parte, la Política Nacional sobre Discapacidad garantiza que las personas con discapacidades de distinto tipo no sean discriminadas y puedan acceder a los servicios públicos. Esta política se ha revisado y adaptado a la Constitución y la Convención, y está pendiente de aprobación por el Gabinete. Se ha elaborado un Plan de Acción Nacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2015-2022) y se ha creado un comité permanente integrado por las principales partes interesadas para supervisar su ejecución.

Para realizar el censo de población y vivienda de Kenya de 2019, se recopilaron datos sobre las personas con discapacidad empleando la lista breve del Grupo de Washington de preguntas sobre la discapacidad.

El Gobierno ha facilitado los debates con el grupo de las personas con discapacidad sobre cuestiones fundamentales relacionadas con la inclusividad, la igualdad y la no discriminación, la participación y la implicación de estas personas en los asuntos públicos en el contexto de las reformas constitucionales en curso. El grupo ha presentado varios proyectos de ley al Parlamento y diversas propuestas a organismos públicos sobre reglamentos y directrices directamente relacionados con cuestiones de discapacidad, entre otros, el Reglamento sobre las Personas con Discapacidad (enmiendas) de 2020 y el Reglamento de Edificación (Código de Construcción) de 2020.

En cuanto a las medidas de adaptación para funcionarios estatales y públicos con discapacidad en Kenya, el Gobierno ha mejorado la publicación de periódicos electrónicos en formatos accesibles para las personas con dificultades para leer texto impreso y el uso de intérpretes para las personas sordas en todos los medios de comunicación.

El Gobierno estudia la posibilidad de publicar alertas informativas sobre la consideración y ratificación del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de las Personas con Discapacidad en África.

Artículo 15

Igualdad ante la ley

El artículo 27 de la Constitución de 2010 garantiza la igualdad y la no discriminación, afirmando que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a disfrutar de la misma protección y las mismas prestaciones. Además de la ley suprema, se ha reforzado el plan de desarrollo de la Visión 2030 de Kenya. Se han promulgado otras políticas y adoptado marcos jurídicos para promover, hacer cumplir y supervisar la igualdad y la no discriminación.

Un estudio realizado en 2016 sobre el índice de igualdad e inclusión en los diferentes sectores reveló que el índice de participación en la población activa era del 64 %, el índice de igualdad de género ascendía al 38 %, y el índice de salud se situaba en el 67 %, mientras que el índice de educación alcanzaba el 61 %. Estos resultados proporcionan una importante base de referencia a la administración nacional y los condados para supervisar la igualdad y la inclusión, incidiendo en el empleo, la representación política, la protección social y la educación.

En 2018, la Comisión elaboró un manual legislativo sobre los principios de igualdad y no discriminación para orientar a los legisladores a nivel nacional y en los condados al revisar la política y la legislación y al supervisar los programas, planes y medidas formulados y adoptados por organismos estatales y no estatales con el fin de lograr la plena realización de la igualdad de género y la inclusión de grupos de interés especial en la sociedad.

El Gobierno sigue llevando a cabo la tarea primordial de concienciar a los funcionarios de los organismos públicos sobre la importancia de promover la igualdad de género y los derechos de las mujeres. Por ejemplo, se ha desplegado a nivel comunitario la campaña HeForShe, una invitación a hombres y personas de cualquier género a solidarizarse con las mujeres para luchar con valentía, visibilidad y unión en favor de la igualdad de género. Además, junto con el Reino Unido, Kenya encabeza la Coalición para la Acción sobre Violencia de Género de Generación Igualdad, que reconoce el papel fundamental y la contribución de las organizaciones de derechos de la mujer y las organizaciones dirigidas por niñas para lograr la igualdad de género y empoderar a las mujeres en toda su diversidad.

El Gobierno también ha introducido medidas especiales de acción afirmativa para fomentar la igualdad de género en la mayoría de los sectores, como educación, sanidad o agricultura. Los ministerios competentes y la Comisión Nacional de Género e Igualdad se encargan de supervisar la aplicación de estas medidas. Todo ello contribuye a crear estrategias a largo plazo para impulsar la participación de las mujeres en la vida pública y la toma de decisiones.

En enero de 2019 se aprobó el Marco Consultivo Intergubernamental sobre Género entre el Gobierno nacional y las administraciones de los condados a través del Consejo de Gobernadores. El marco proporciona un mecanismo de consulta y colaboración en materia de igualdad de género y empoderamiento de la mujer entre las dos instancias de gobierno y las partes interesadas.

Para fijar las cuotas de género, Kenya ha desarrollado el Plan de Estadísticas Sectoriales de Género para el período 2019/20-2022/23. Este plan se ha ajustado en función de la Visión 2030, el Plan de Mediano Plazo III (Plan Sectorial de Género) correspondiente a 2018-2022 y la Estrategia de Kenya para el Desarrollo de Estadísticas (2019-2023). El plan también se ha adaptado a los marcos normativos mundiales relacionados con el género, como los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Con el Plan de Estadísticas Sectoriales de Género de 2019/20-2022/23 también se pretende aumentar la rendición de cuentas recurriendo a las estadísticas empíricas.

También ha aumentado la rendición de cuentas respecto de la mejora de las cuotas de género con el informe anual sobre el estado de la igualdad y la inclusión en Kenya. El informe analiza en qué medida han respetado el Gobierno nacional y las administraciones de los condados los principios de igualdad e inclusión en el ámbito del empleo, la representación política, la protección social y la educación. El informe ofrece datos abundantes y formula amplias recomendaciones sobre cómo subsanar las lagunas existentes en materia de igualdad e inclusión en relación con las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidad, las personas de mayor edad de la sociedad, los niños y los grupos marginados y minoritarios en los cuatro ámbitos de interés.

El Gobierno sigue adoptando medidas para hacer frente a los sesgos inherentes, las barreras estructurales y las prácticas excluyentes, y para hacer que las instituciones, estructuras y políticas respondan mejor a las cuestiones de género a fin de crear un entorno propicio para la participación plena y efectiva de las mujeres y la toma de decisiones en la vida pública. Los esfuerzos más notables se han centrado en el ámbito electoral.

Para mejorar el acceso de los kenianos a la justicia, el Consejo Nacional para la Administración de Justicia creó el Comité de Usuarios de los Tribunales como plataforma de debate sobre los diversos retos que afectan a estos usuarios. A este respecto se elaboró un manual de directrices para los comités de usuarios de los tribunales sobre cómo adoptar un enfoque de derechos humanos para el proceso de la justicia penal. En el informe se abordan las funciones y mandatos de los distintos agentes del sistema.

Para salvar la brecha de género en el acceso a los sistemas de justicia tradicionales, ahora se reconoce a las mujeres como parte de los Consejos de Ancianos. Un ejemplo de ello son las mujeres elegidas en cuatro condados para formar parte de los Consejos de Ancianos, concretamente en Kisumu (1 de 14), Siaya (1de 17), Migori (1 de 10) y Homabay (1 de 16).

El poder judicial creó el marco “Seguir Transformando la Judicatura, una Agenda para la Prestación de Servicios (2017-2021)” con el objetivo de promover la eficacia y la eficiencia en la administración de justicia, el acceso a la justicia y el desempeño judicial. En diciembre de 2017 se habían constituido 39 tribunales superiores en 39 condados. El poder judicial puso en marcha en 2020 un sistema virtual para gestionar los casos y otro para archivarlos en línea. De este modo se pretende hacer realidad el acceso a la justicia para mujeres y hombres.

La experiencia de las mujeres en lo que respecta al acceso a los servicios jurídicos ha mejorado notablemente desde 2015 gracias al éxito cosechado con el Marco de Transformación de la Judicatura (2012-2016), que sirvió para ampliar el acceso de las mujeres a la justicia de la siguiente manera: estableciendo más tribunales como estrategia para reducir la distancia que debían recorrer los litigantes, especialmente en las zonas más alejadas, aumentando el número de tribunales móviles y adoptando una política y una estrategia para garantizar su eficiencia y eficacia, publicando las normas del artículo 22 sobre las peticiones para hacer valer los derechos fundamentales, adoptando una Política de Integración de la Discapacidad que prevé ajustes razonables tanto para empleados como para usuarios de los tribunales, promulgando normas sobre los delitos sexuales para proteger a testigos y víctimas vulnerables, promulgando la Ley del Tribunal de Demandas de Menor Cuantía y de Asistencia Jurídica, y contratando a más jueces, magistrados, kadhis y personal judicial. Todas estas medidas se han introducido para facilitar el acceso a la justicia.

Para mejorar las alternativas al enjuiciamiento penal, la Dirección de la Fiscalía ha diseñado una política de remisión para facilitar el acceso a la justicia de los grupos vulnerables, incluidos niños y mujeres, y poder resolver asuntos penales mediante arreglos extrajudiciales. Además, se han publicado las directrices y normas para mejorar la negociación de los cargos y la condena. La Dirección de la Fiscalía también ha elaborado unas directrices sobre la imputación de cargos y ha implantado la gestión centralizada de casos y admisiones en la sede central, que está conectada con el poder judicial para facilitar el seguimiento.

La Ley de Acceso a la Información de 2016 se promulgó para dar efecto al artículo 35 de la Constitución. En este sentido, Kenya ha avanzado en la simplificación del acceso a la información mediante la creación de portales de Internet de gobierno electrónico, ciudadanía electrónica, adquisiciones electrónicas o tributación electrónica, entre otros. La Comisión de Ética y Lucha contra la Corrupción, el poder judicial, la Dirección de la Fiscalía, los auditores y otras instituciones publican periódicamente sus informes de resultados en sus respectivos sitios web, lo cual ha mejorado el acceso de las mujeres a la información. También se promulgó la Ley de Protección de Datos de 2019, que protege el derecho a la privacidad.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Kenya ha firmado un memorando de entendimiento con la Escuela de Gobierno de Kenya para formar a los jueces en diversos aspectos de la protección de los derechos humanos. Entre 2018 y 2019, 123 jueces recibieron formación sobre cómo tratar a las personas con discapacidad en el sistema de justicia penal. La Escuela de Gobierno de Kenya ofrece capacitación sobre diversos aspectos relacionados con la protección de los derechos humanos. Se aprobaron la Política Nacional de Derechos Humanos y su correspondiente Plan de Acción para cumplir lo dispuesto en la Constitución.

En respuesta a la recomendación que figura en el párrafo 52) h) de las observaciones finales, de que se vele por la plena aplicación de la Ley de Asistencia Jurídica de 2016, el Plan de Acción Nacional de 2017-2022 se basa en diversas políticas y proyectos legislativos, estudios sobre la situación de la asistencia jurídica y propuestas elaboradas a partir de las amplias consultas realizadas con los actores en el ámbito de la asistencia jurídica a lo largo de los años. La combinación de todos estos elementos sirvió para fundamentar los objetivos estratégicos y los correspondientes programas y actividades de intervención. El Plan de Acción Nacional tiene por objeto aumentar el nivel de acceso a la justicia para todos los kenianos, en particular ampliando la prestación de asistencia jurídica, agilizando los trámites y mejorando el marco para solucionar controversias por vías alternativas mediante una coordinación eficaz.

La Ley de la Autoridad Nacional de Empleo promulgada en 2016 ofrece un marco institucional para cumplir lo dispuesto en el artículo 56 c) de la Constitución de Kenya, que prevé la acción afirmativa brindando oportunidades especiales a minorías y comunidades marginadas para acceder al empleo.

El Parlamento promulgó en 2016 la Ley de Asistencia Jurídica para dar efecto o infundir vida a los artículos 19 2), 48 y 50 2) g) y h) de la Constitución, que se refieren al acceso a la justicia. Del mismo modo, el Gabinete aprobó en mayo de 2015 la Política Nacional de Asistencia Jurídica y Sensibilización para crear un marco jurídico y normativo que facilite la prestación de servicios de asistencia jurídica. Una de las funciones principales del Servicio Nacional de Asistencia Jurídica es establecer y administrar un sistema nacional de asistencia jurídica que sea asequible, accesible, sostenible, creíble y responsable, entre otras cosas. También se establece un consejo de supervisión encargado de dirigir los servicios de asistencia jurídica con funciones de supervisión respecto del personal del servicio. En estos momentos, el Servicio Nacional de Asistencia Jurídica es el organismo oficial responsable de la prestación y el funcionamiento de este tipo de servicios en Kenya, y las mujeres se han beneficiado de este servicio.

Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, las mujeres a quienes, de acuerdo con los usos y costumbres de sus comunidades, no se debe obligar a comparecer en público, quedarán exentas de personarse ante los tribunales en virtud del artículo 82. Con arreglo al artículo 86 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la lengua del Tribunal Superior y del Tribunal de Apelación será el inglés y la de los tribunales subordinados será el inglés o el suajili. Se cuenta con intérpretes para traducir los procedimientos judiciales a todas las lenguas autóctonas de Kenya para quienes no hablen inglés ni suajili.

En respuesta al párrafo 52, apartados a), b) y c) de las observaciones finales, el Gobierno ha adoptado la Política Nacional de Tierras de 2009, que reconoce el papel de la mujer en los asuntos relacionados con la tierra, lo que supone un paso importante hacia la igualdad de género. Se propone revisar las leyes relativas a sucesiones y bienes gananciales y otras leyes relacionadas para garantizar la igualdad de género y promulgar legislación específica que regule la división de los bienes gananciales para sustituir a la Ley Inglesa de Bienes de la Mujer Casada de 1882. Además, se prevé la protección de los derechos de viudas, viudos y personas divorciadas mediante la promulgación de una Ley sobre la Copropiedad de los Bienes Gananciales.

Por medio de la Comisión Nacional de Género e Igualdad, el Gobierno empezó a sensibilizar en 2019 a presidentes y secretarios de los consejos responsables de los servicios públicos de los condados sobre el estado de la igualdad y la inclusión en Kenya y la importancia de integrar a los grupos de interés especial en esos consejos. Se sensibilizó en total a 90 miembros de estos consejos procedentes de 41 condados.

En otros sectores, las mujeres representan el 57 % de los abogados en ejercicio, el 49 % de los magistrados, el 41 % de los jueces de tribunales superiores, el 36 % de los comisarios de condado, el 33 % de los miembros de las asambleas de los condados y el 31 % de los senadores.

El acceso a la justicia figura en varias disposiciones legislativas de Kenya y se menciona de manera especial en la Constitución, sobre todo en sus artículos 22 1) y 48. Se ha elaborado una política de remisión para mejorar el acceso a la justicia de los grupos vulnerables y facilitar los arreglos extrajudiciales sobre asuntos penales. Además, se han publicado directrices y normas para mejorar la negociación de los cargos y la condena.

El Gobierno ha establecido y ha puesto en marcha un sólido marco jurídico para abordar los derechos de las mujeres sobre la tierra y la propiedad. Cabe citar, entre otras, la Ley del Derecho de Sucesión de 2018 y la Ley de Tierras Comunitarias de 2016. Gracias a una enmienda a la Ley del Derecho de Sucesión de 2018, ahora se reconoce la legitimidad de niños y niñas para heredar bienes y ejercer sus derechos sobre la tierra. La aplicación de algunas leyes se puede apreciar en una decisión histórica de 2018 en virtud de la cual se garantizaba a seis hermanas casadas la igualdad de derechos sobre la tierra de su padre frente a sus dos hermanos en una controversia jurídica de larga data en la causa Joshua Kiprono Cheruiyot v. Racheal Cheruiyot (2017) eKLR.

La Ley de Tierras (enmienda) de 2016 modifica la Ley de la Comisión Nacional de Tierras introduciendo disposiciones que otorgan competencias a la Comisión para recibir, aceptar e investigar todas las injusticias históricas que se denuncien sobre tierras y recomendar la reparación adecuada. En 2017 se publicó el Reglamento sobre la Investigación de Injusticias Territoriales Históricas para guiar este tipo de investigaciones, abriendo las puertas a miles de kenianos que llevan décadas planteando esta delicada cuestión. La mayoría de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación se han llevado a la práctica, entre ellas el reasentamiento y la indemnización para los desplazados internos, la creación de un servicio nacional de asistencia jurídica, la promulgación de leyes para luchar contra la corrupción y la adopción de estrategias para promover y proteger los derechos de las mujeres.

La Ley de Patrimonio Conyugal, promulgada el 10 de enero de 2014, contiene disposiciones básicas que protegen este tipo de bienes. La Ley define los bienes gananciales como aquellos que son propiedad conjunta de los cónyuges. Sin embargo, niega a la mujer el derecho a los bienes gananciales al morir su cónyuge o al divorciarse al exigirle que demuestre su aportación a la adquisición de los bienes durante el matrimonio. En la práctica, esto puede resultar discriminatorio para los derechos de las mujeres sobre la tierra y la propiedad.

Se ha modificado la Ley del Derecho de Sucesión en varias ocasiones, entre ellas en 2021. La enmienda de 2021 introdujo una nueva definición del término “cónyuge” para incluir a las esposas reconocidas en virtud de la Ley del Matrimonio de 2014. También se debaten en estos momentos las disposiciones discriminatorias que figuran en leyes como el Código Penal, capítulo 63 (2012), artículo 153, que parte de la premisa de que las prostitutas siempre son mujeres.

Se debate asimismo el nombramiento de mujeres kadhis, aunque hasta ahora el Consejo Superior de la Magistratura no ha designado a ninguna para ejercer estas funciones.

Artículo 16

Matrimonio y vida familiar

La Constitución reconoce la familia como unidad fundamental de la sociedad. Por otra parte, protege la igualdad entre hombres y mujeres antes, durante y después del matrimonio. El Gobierno ha adoptado medidas en materia de política legislativa y programas para proteger a los integrantes de la familia, como por ejemplo:

a)La Constitución de Kenya de 2010;

b)La Ley de Patrimonio Conyugal de 2013;

c)La Ley del Matrimonio de 2014;

d)La Ley de Registro de Tierras de 2012;

e)La enmienda a la Ley del Derecho de Sucesión de 2010 (revisada en 2018);

f)La Ley de Protección de la Familia frente a la Violencia Doméstica de 2015;

g)La Política Nacional de Prevención y Respuesta en materia de Violencia de Género (en proceso de revisión); y

h)La Ley de Protección Social de 2016.

El Gobierno ha elaborado la Política Nacional de Promoción de la Familia, que está pendiente de aprobación en el Gabinete. Esta política señala los retos que afectan a las familias y se compromete a abordarlos proporcionando directrices sobre lo que el Gobierno, en colaboración con las partes interesadas, deberá hacer para alcanzar los objetivos de la política.

De conformidad con el párrafo 158 del documento de sesiones número 3 de 2009 sobre la Política Nacional de Tierras, se creó un sistema de gestión de la información territorial que permite recopilar, gestionar y analizar los datos relacionados con la tierra referenciados geográficamente para generar información territorial que permita tomar decisiones relativas a la administración y gestión de la tierra. Por lo tanto, para adoptar decisiones precisas y oportunas, el Gobierno ha creado un sistema de gestión de la información territorial exhaustivo, informatizado, eficiente, fácil de usar, accesible, asequible, transparente y sensible a las cuestiones de género. Los conjuntos de datos incluyen datos sobre georreferenciación, cartografía, propiedad de la tierra, derechos territoriales, planificación del uso de la tierra, valoración e inventarios de tierras pertenecientes a distintas categorías.

El Ministerio de Planificación Territorial ha colaborado con el Programa de Gobernanza de la Tierra de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo, denominado “Mejora de la gobernanza de la tierra en la región de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo”. En el marco de este programa, esta ha facilitado una evaluación de género en lo que respecta a la tierra en Kenya y el diseño de planes de acción para abordar los derechos de las mujeres sobre la tierra en el país. También ha celebrado reuniones consultivas con las principales partes interesadas para elaborar la agenda de los derechos de las kenianas sobre la tierra. Se ha llegado a un consenso sobre los retos pendientes en lo que concierne a los derechos de las mujeres sobre la tierra y se han priorizado las cuestiones clave.

En respuesta al párrafo 52) a) de las observaciones finales, aunque todavía no se ha derogado el artículo 7 de la Ley de Patrimonio Conyugal, la Constitución reconoce el principio de igualdad en todos los ámbitos del matrimonio, incluida la propiedad.

En respuesta al párrafo 52) f) de las observaciones finales, sobre la división de bienes durante el matrimonio a fin de proteger los intereses patrimoniales de las mujeres cuando sus maridos contraigan matrimonio con otras esposas, la cuota o titularidad de los cónyuges respecto de los bienes gananciales se determina en función de lo que cada uno haya aportado para su adquisición o mejora, y en el momento de la disolución del matrimonio el tribunal divide los bienes dependiendo de esa aportación.

En respuesta al párrafo 52) g) de las observaciones finales, sobre la revisión del requisito de registro de todos los matrimonios de manera que se protejan los derechos de la mujer, el Gobierno ha puesto en marcha varios mecanismos para registrar los matrimonios consuetudinarios en Kenya. Estos se rigen por las Normas Matrimoniales (del Matrimonio Consuetudinario) de 2017, de conformidad con la Ley del Matrimonio. Estas normas entraron en vigor al publicarse el 9 de junio de 2017 en el Boletín Oficial número 5345. En el Boletín Oficial se exigía registrar todos los matrimonios consuetudinarios a partir del 1 de agosto de 2017.

En cuanto a la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y la aceptación, a la mayor brevedad, de la enmienda al artículo 20, párrafo 1, de la Convención, relativo al tiempo de reunión del Comité (CEDAW/C/KEN/8, párr. 52), el Gobierno inició el proceso de ratificación, que, sin embargo, no contó con la aprobación del Parlamento. El Gobierno sigue reforzando la aplicación de la ley para proteger los derechos y libertades individuales en el país.

En respuesta a los párrafos 53 y 54 de las observaciones finales, sobre la importancia de que se utilice la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing en su labor dirigida a aplicar las disposiciones de la Convención e implementar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Gobierno ha demostrado su compromiso con la mejora de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres al suscribir la Plataforma de Acción de Beijing, y ha participado en el proceso de examen desde su adopción. Kenya suscribe asimismo los Objetivos de Desarrollo Sostenible y ha destacado la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres como derechos fundamentales y elementos centrales de la agenda para lograr el desarrollo sostenible, también en el capítulo 4 sobre la Carta de Derechos de la Constitución de Kenya de 2010, la Visión 2030 y el sector de género, juventud y grupos vulnerables del Plan de Mediano Plazo III, entre otros.