24° período de sesiones
Acta resumida de la 495ª sesión
Celebrada en la Sede, Nueva York, el lunes 22 de enero de 2001 a las 15.00 horas.
President a :Sra. Abaka
Sumario
Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Tercer y cuarto informes periódicos de Finlandia (continuación)
Se declara abierta la sesión a las 15.15 horas.
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)
Tercer y cuarto informes periódicos de Finlandia (continuación) (CEDAW/C/FIN/3 y CEDAW/C/FIN/4; CEDAW/PSWG/2001/I/CRP.1/Add.3 y CEDAW/PSWG/2001/I/CRP.2)
Por invitación de la Presidenta, la Sra. Aalto, el Sr. Ellisaari, la Sra. Mäkinen, la Sra. Rasi y la Sra. Romanov (Finlandia) toman asiento a la mesa del Comité.
La Sra. Livingstone Raday dice que Finlandia ha estado en la vanguardia de la promoción de los aspectos políticos y económicos de la igualdad de género y del apoyo a la Convención. Sin embargo, se ha estancado la promoción de las mujeres en la administración pública, ha disminuido la cantidad de mujeres designadas profesoras universitarias, persiste la diferencia salarial, que incluso se amplía en proporción a las calificaciones académicas de las mujeres, y la violencia contra la mujer sigue siendo un grave problema social. Cabe celebrar la legislación que exige la elaboración de un plan de igualdad en el empleo, pero debería hacerse hincapié en la eficacia de las medidas aplicadas. La oradora reconoce los planes del Gobierno de disponer que la planificación para la igualdad sea una exigencia jurídicamente obligatoria en la administración pública y en las universidades. Pregunta si se piensa adoptar alguna disposición por la cual se exija la promoción de las mujeres con iguales calificaciones a niveles en los cuales las mujeres están insuficientemente representadas, y si tal disposición facultaría a las mujeres a título individual, así como a las organizaciones no gubernamentales, a reclamar judicialmente el cumplimiento de esa exigencia, en lugar de confiar únicamente en las metas y los cronogramas.
Las autoridades de Finlandia atribuyeron la diferencia salarial en gran medida a la segregación de género existente en el mercado de trabajo. La oradora pregunta si el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor es un principio jurídicamente obligatorio o un principio de negociación colectiva, si las organizaciones no gubernamentales o las personas a título individual pueden reclamar judicialmente el cumplimiento de ese principio y si se destinarán fondos públicos para realizar estudios de evaluación de puestos encaminados a determinar si existe discriminación en ciertos sectores o por parte de ciertos empleadores.
En relación con la feminización de las modalidades atípicas de empleo, es decir, el empleo de tiempo parcial y el empleo de duración determinada, la oradora desea saber si hay incentivos para que los padres utilicen sus derechos a licencia para el cuidado de los hijos, pues ello haría desaparecer la base para la distorsión de la competitividad de las mujeres en el mercado de trabajo. El plan de distribuir los costos de la licencia para el cuidado de los hijos por partes iguales entre el empleador del padre y el empleador de la madre no tendrá plena eficacia para mejorar la competitividad de las mujeres a menos que se pueda inducir a los padres a tomar sus licencias para el cuidado de los hijos, pues la perturbación del trabajo es uno de los costos de dicha licencia. Por ejemplo, en Noruega los hombres pierden su licencia para el cuidado de los hijos si no la toman. Además, la oradora pregunta si se ha considerado la posibilidad de dictar normas legislativas tendientes a mejorar las condiciones de las modalidades atípicas de empleo, ya sea vinculando los salarios y demás condiciones a las de los trabajadores comparables de tiempo completo o limitando el empleo de duración determinada a las esferas que son intrínsecamente temporales.
La oradora comprueba con sorpresa que Finlandia recién comenzó a abordar abiertamente la cuestión de la violencia contra la mujer hace poco tiempo. Si bien mediante una reforma del Código Penal los delitos sexuales pasaron a ser de acción pública, el nivel de aplicación es bajo: de los 514 casos denunciados en 1999, sólo 47 terminaron con condena. La oradora pide una explicación de esa situación.
La oradora desearía saber si el Gobierno está considerando una ley concreta contra el acoso sexual que dé a las mujeres el derecho a demandar daños y perjuicios en los casos de acoso sexual, establezca sanciones administrativas en los lugares de trabajo, las instituciones de enseñanza y todos los lugares en que haya acoso sexual, y habilite a las personas a título individual y a las organizaciones no gubernamentales a demandar indemnización.
La Sra. Gabr dice que el alto grado de capacitación educacional de las mujeres en Finlandia tendrá importantes efectos beneficiosos para la salud y la representación política de las mujeres. Sin embargo, a la oradora le preocupa el empleo de las mujeres en puestos de alto nivel en las universidades. Otra esfera de preocupación es la prevalencia del consumo de tabaco y el abuso de estupefacientes por parte de los jóvenes, en particular las chicas. El programa del Gobierno para la prevención del abuso de estupefacientes en el siglo XXI debería centrar más la atención en la juventud, especialmente las jóvenes. Por último, la oradora espera que en los futuros informes y programas de Finlandia se preste mayor atención a la violencia contra la mujer y a los problemas de las mujeres inmigrantes e integrantes de menorías. A ese respecto, pregunta por qué Finlandia no ha pasado a ser parte en la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familias.
La Sra. Tavares da Silva pregunta si las comprobaciones del Barómetro de Género de 1998 han estimulado el debate público y han sido utilizadas como base para políticas gubernamentales y materiales educativos encaminados a luchar contra los estereotipos de género. Plantea problemas la falta de sanciones para el caso de incumplimiento de los planes de igualdad en los Ministerios y otras instituciones. La oradora desearía conocer detalles sobre la evaluación de los resultados de dichos planes, y pregunta si se han publicitado esas evaluaciones.
Si bien Finlandia ha establecido mínimos obligatorios para la representación de las mujeres en los órganos estatales de diversos niveles, esas disposiciones no se aplican al sector privado. La oradora pregunta si se está considerando la posibilidad de aplicar algunas medidas en ese sector, o si Finlandia se propone confiar en el ejemplo del Gobierno como único medio para impulsar al sector privado a mejorar la representación de las mujeres. Hay una divergencia entre el alto nivel de participación de las mujeres en el Gobierno y el servicio diplomático y su insuficiente representación en los puestos gerenciales superiores del sector privado.
El Barómetro de Género de 1998 reveló un cambio significativo de las actitudes hacia los papeles de género, como lo refleja, entre otras cosas, la cantidad cada vez mayor de hombres que toman licencia de paternidad. Si se brindara información sobre los incentivos empleados para lograr esos rápidos cambios se ayudaría a otros países. A la oradora le preocupa advertir que de 1998 a 1999 aumentó la cantidad de delitos sexuales denunciados, pero disminuyó la cantidad de condenas. Como esos delitos pasaron a ser de acción pública a comienzos de 1999, la cantidad de condenas debía haberse incrementado. Además, el Gobierno de Finlandia parece considerar que la prostitución es un tema de orden público y no una cuestión de derechos humanos. La oradora pregunta si se ha penalizado la compra de servicios sexuales.
La Sra. Shin dice que celebra los esfuerzos del Gobierno por elevar el nivel de conciencia acerca del problema de la violencia contra la mujer mediante campañas públicas y proyectos. La oradora desearía recibir más información sobre el contenido y los resultados del programa de tratamiento para hombres violentos, y en particular sobre la participación de los hombres en la aplicación del programa. Le preocupa la falta de disposiciones legales que prohíban el acoso sexual en el lugar de trabajo. Se necesitan disposiciones de esa índole, especialmente habida cuenta del incremento del porcentaje de mujeres que son objeto de acoso sexual, incluso en ocupaciones dominadas por las mujeres.
Los proyectos y otros esfuerzos de Finlandia por cambiar la forma en que se presenta a las mujeres en los medios de comunicación contrasta con su práctica de permitir que las líneas telefónicas de sexo publiciten sus servicios en la televisión. Como la difusión del acoso sexual y la violencia por la Internet han pasado a ser motivo de preocupación en varios países, la oradora desea saber si ha llegado a ser un tema de debate en Finlandia.
La Sra. Taya señala que, con arreglo a la sección 8 de la Ley sobre la igualdad, se considera que cometen un acto de discriminación prohibida los empleadores que, al seleccionar a una persona para determinado empleo, dejen de lado a una persona más capacitada del sexo opuesto. Sin embargo, como no hay sanciones penales para tales actos, la oradora desea saber de qué forma las disposiciones contra la discriminación han resultado útiles para eliminar el problema. Con arreglo al capítulo 47, sección 3, del Código Penal, la discriminación por motivos de género en la vida laboral es un delito punible. Sin embargo, siempre es difícil probar esa discriminación. La oradora pregunta a qué parte incumbe la carga de la prueba en tales casos: si el empleado debe probar la existencia de discriminación por motivos de género, o si el empleador debe probar que la selección de un candidato no se fundó en motivos de género. Parece que la prohibición general de discriminación en la vida laboral con arreglo a esa sección del Código Penal sólo se aplica a los funcionarios estatales y municipales, a pesar de que por lo común la discriminación por motivos de género está más difundida en el sector privado. La oradora pregunta si Finlandia ha tomado algunas medidas para a hacer cesar la discriminación por motivos de género en el sector privado.
La Sra. Mäkinen (Finlandia) explica que sólo el 12% del total de trabajadores de Finlandia están empleados a tiempo parcial, y la mayoría de ellos son mujeres. Admite asimismo que, a pesar de la enmienda de la Ley sobre contratos de empleo, los contratos de duración determinada siguen planteando un problema porque, a falta de normas estrictas, no hay límites a la cantidad de veces en que tales contratos pueden renovarse. Después de evaluar el impacto de género de la situación, está claro que el Gobierno tendría que aplicar restricciones de esa índole. Finlandia trató de instituir el sistema noruego de licencia familiar, que significa que si los padres no utilizan su cuota de licencia, ésta no puede transferirse a las madres. El Barómetro de Género de 1998 demostró que los hombres estaban ejerciendo cada vez más su derecho a una licencia de paternidad de tres semanas.
Las mujeres finlandesas tienen mayor nivel educacional que los hombres, aun cuando la educación sigue estando segregada, y las mujeres eligen las esferas de estudio tradicionalmente femeninas. La Sra. da Silva señaló la discordancia entre la cantidad de mujeres en la esfera diplomática y en las empresas privadas. De todos modos, se está incrementando la cantidad de mujeres tanto en el sector público como en el privado, y las mujeres están subiendo gradualmente de rango. El Gobierno procura incrementar la cantidad de mujeres en los puestos de alto nivel de la administración pública, entre otras cosas, mediante un sistema de planificación de la igualdad que se implantará en diversos Ministerios.
El Barómetro de Género ha estimulado el debate público sobre las cuestiones de igualdad y se están añadiendo nuevos datos y preguntas para la próxima ronda de entrevistas en 2001. En lo tocante a las cuotas, la oradora dice que sólo pueden aplicarse en los organismos públicos. Con arreglo a la Constitución de Finlandia, las empresas privadas gozan de libertad de empresa y hay normas muy estrictas de salvaguardia de los derechos de propiedad. Por lo tanto, es muy difícil que el Gobierno intervenga en el funcionamiento de las empresas y controle la cantidad de mujeres que integran los directorios de las sociedades. Se estima que una forma eficaz de abordar ese problema sería la promoción de un continuo debate público sobre el tema.
Pasando a la cuestión de la violencia contra la mujer, la oradora describe dos proyectos en los que se ha empleado un enfoque preventivo, que comprenden redes de apoyo para hombres, servicios sociales y de salud, y una estrecha cooperación entre la policía, los trabajadores sociales, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones de investigación. La oradora confirma que el acoso sexual en el lugar de trabajo está claramente prohibido con arreglo a las secciones 6 y 8 de la Ley sobre la igualdad.
Con referencia a la pregunta de la Sra. Taya relativa a la Ley sobre la igualdad y al castigo de la discriminación, la oradora dice que los empleadores están obligados a pagar una compensación a las víctimas de la discriminación, pero que las sanciones previstas en el Código Penal se imponen en los casos muy graves, sobre la base de las pruebas contenidas en una declaración del Ombudsman para la Igualdad. La víctima puede pedir la compensación o plantear el caso ante los tribunales.
La Sra. Romanov(Finlandia) dice que el principio de igualdad de remuneración es jurídicamente obligatorio en virtud de las disposiciones de la Ley sobre la igualdad. Una persona puede presentar una reclamación contra un empleador, o bien presentar prueba estadística de una diferencia salarial, con lo cual establece una presunción de discriminación. Sin embargo, el inconveniente del enfoque individual consiste en que no siempre es fácil que una persona se enfrente a un empleador. Para hacer cumplir la Ley sobre la igualdad, las reclamaciones se presentan ante un tribunal, con la exigencia de que el empleador proporcione información sobre los salarios que se pagan a los empleados. Si se determina que está discriminando por motivos de sexo, el empleador estará obligado a compensar a la víctima. En teoría, también es posible iniciar una acción penal contra un empleador, pero hasta ahora ello no ha ocurrido en Finlandia.
En lo tocante a la pregunta relativa a la evaluación de los sistemas de puestos y la financiación pública, la oradora explica que en 1997 un grupo de trabajo de las organizaciones centrales del mercado de trabajo publicó una guía para el establecimiento de sistemas de evaluación de puestos, y actualmente el grupo de trabajo está evaluando la incidencia de tales sistemas como determinante para la igualdad de género.
La oradora aprovecha la oportunidad para aclarar una errónea interpretación acerca de la prohibición general de la discriminación, que está regulada en la sección 7 de la Ley sobre la igualdad. Señala que la Ley se aplica tanto a los empleadores privados como a los públicos; por consiguiente, es posible reclamar una compensación por discriminación a los empleadores del sector privado. La Ley sobre la igualdad implantó un sistema de distribución o inversión de la carga de la prueba, y con arreglo al Código Penal de Finlandia el empleador debe probar que hay motivos razonables para su acción.
La Sra. Aalto (Finlandia) dice que el derecho del fiscal a iniciar procedimientos penales es la norma en Finlandia. Los delitos son de acción pública a menos que la ley disponga lo contrario. Sin embargo, hay varios delitos sujetos a instancia de parte, respecto de los cuales el fiscal sólo puede iniciar procedimientos si lo pide la víctima. Por lo común se trata de delitos menores o que por su naturaleza afectan intereses privados. Por una reforma del Código Penal llevada a cabo en 1995 los delitos de acción privada pasaron a ser de acción pública. El fiscal puede renunciar al enjuiciamiento, a menos que un interés público o privado exija que el caso sea llevado ante la justicia. En la práctica, las solicitudes de no enjuiciamiento han sido utilizadas más a menudo de lo que previeron los legisladores, y frecuentemente son formuladas por las víctimas de agresión en casos de violencia doméstica. En enero de 2000, el fiscal general dictó instrucciones generales sobre el no enjuiciamiento de los delitos de agresión y, en su siguiente informe, Finlandia podrá indicar la forma en que dichas instrucciones han cambiado la situación en la práctica.
La oferta de dinero a cambio de servicios sexuales sólo es punible si la víctima es menor de 18 años; sin embargo, el proxenetismo es un delito. Es cierto que el Consejo Municipal de Helsinki dictó una ordenanza por la que se prohíbe la prostitución en los lugares públicos. Sin embargo, en enero de 2000, un grupo de trabajo del Ministerio de Justicia propuso una nueva ley de orden público por la cual se prohibiría tanto la oferta como la compra de servicios sexuales, pero sólo cuando se pueda decir que dichas actividades causan una perturbación del orden público. Si dicha ley resultara sancionada, la ordenanza de Helsinki quedaría sin efecto.
La cuestión de las líneas telefónicas de sexo es complicada. La publicidad de tales servicios puede ser objeto de enjuiciamiento con arreglo al capítulo 17 del Código Penal en calidad de comercialización ilícita de materiales obscenos; sin embargo, la prohibición total de esa publicidad constituiría una restricción del derecho a la libertad de expresión. Afortunadamente, la prensa finlandesa se autorregula, y algunos periódicos ya no publican publicidad de ese tipo.
El Sr. Elisaari (Finlandia) dice que el incremento del consumo de tabaco y el uso de estupefacientes plantea una amenaza para la salud y la sociedad. Si bien el porcentaje de fumadores es inferior al promedio de Europa en conjunto, los jóvenes de Finlandia comienzan a fumar a una edad mucho menor que en otras partes de Europa. Los programas de prevención han sido ineficaces; el consumo de tabaco entre las jóvenes ha ido en aumento durante los 10 últimos años y una encuesta reciente indica que la tasa de mujeres jóvenes que fuman es igual a la de los hombres jóvenes. La legislación nacional prohíbe la publicidad del tabaco y restringe el consumo de tabaco en los lugares públicos, en el lugar de trabajo y en los locales escolares. Es ilegal vender productos de tabaco a personas menores de 18 años.
En el otoño de 2000, el Consejo de Estado adoptó una decisión de principio acerca de una política nacional de drogas con arreglo a la cual se dispondría un incremento de la financiación y del personal. El grupo de coordinación de la política de estupefacientes propuso otra decisión de principio que, de ser adoptada, entrañaría medidas adicionales de lucha contra la oferta y la demanda. Un grupo de tareas del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud terminó de elaborar una propuesta sobre la atención y el tratamiento de los adictos y en el otoño de 2000, un grupo de trabajo del Ministerio emitió un informe que contiene propuestas para la lucha contra el abuso de estupefacientes por parte de los jóvenes.
La Sra. Corti felicita a la delegación por la aplicación de la Convención en Finlandia y señala que es en gran medida gracias a las gestiones realizadas por el Gobierno de Finlandia que se adoptó la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención y que se autorizó al Comité a celebrar dos períodos de sesiones por año. El enfoque del Gobierno de Finlandia respecto de la crisis de la globalización ha servido de modelo para otros países europeos; por consiguiente, la erosión del estado de bienestar en Finlandia es fuente de preocupación.
La oradora espera que tengan éxito los esfuerzos del gobierno por reducir las desigualdades de género en el empleo. Sin embargo, resulta inquietante la tendencia general de Europa hacia el empleo de duración determinada, así como el hecho de que actualmente tengan empleos de duración determinada el 50% de las mujeres con educación universitaria, pero sólo el 20% de los hombres con educación universitaria. La oradora se pregunta cuáles serán los resultados a largo plazo de esa falta de seguridad en el empleo, en particular para los jóvenes.
La situación de las mujeres al nivel del gobierno, simbolizada por la elección de una mujer como Presidenta en Finlandia, no se ha reflejado en el empleo en los sectores público y privado. El Gobierno debería aplicar más medidas especiales de carácter temporal para acelerar el progreso en esa esfera.
Un excelente programa de educación sexual y reproductiva tuvo como resultado que la tasa de aborto de las mujeres jóvenes fuese inferior a la de cualquier otro país de Europa. Sin embargo, a consecuencia de la descentralización, la educación sexual ya no forma parte del plan de estudios obligatorio y numerosas municipalidades han cerrado sus clínicas de planificación de la familia, abriendo las puertas al aborto clandestino. La oradora desea saber qué se está haciendo para corregir ese problema.
Por último, la oradora pregunta en qué forma se propone el Gobierno contemplar las necesidades de las mujeres mayores en una población que está envejeciendo.
La Sra. Achmad pregunta si el Gobierno proyecta transformar su campaña “Un golpe es demasiado” en una política nacional de tolerancia cero con consecuencias jurídicas. Celebra la importancia que se asigna a las encuestas y los estudios, en particular en relación con los costos directos e indirectos de la violencia doméstica. Finlandia tiene la suerte de poder costear esas investigaciones, que no están al alcance de los medios de los países en desarrollo; sin embargo, la oradora desea saber cómo se utilizarán para asegurar la igualdad de género no sólo de jure, sino también de facto. La experiencia de Finlandia será importante para otros Estados, en particular los que tienen poblaciones culturalmente variadas.
Sería útil saber qué estrategias se han utilizado para convencer a determinados periódicos a prohibir la publicidad de las líneas telefónicas de sexo y si ese enfoque también sería aplicable a la televisión y otros medios electrónicos.
La delegación dijo que el Estado y los organismos públicos no reaccionan con sensibilidad frente al problema de la discriminación contra las mujeres embarazadas y las madres. Tal vez la cuestión no radique en la falta de conocimiento, sino más bien de comprensión de la importancia de la función reproductiva de las mujeres para la supervivencia de la nación. La oradora pregunta si se están haciendo esfuerzos por incrementar el nivel de conciencia pública, así como el reconocimiento de que las medidas tomadas en esa esfera no confieren privilegios especiales respecto de las mujeres.
En las respuestas a la lista de cuestiones y preguntas para considerar los informes periódicos tercero y cuarto (CEDAW/PSWG/2001/I/CRP.2) se indica que no se dispone de datos desagregados por género acerca de las apelaciones planteadas ante los tribunales administrativos regionales. Deben hacerse esfuerzos por corregir esa situación, que hace imposible determinar el éxito de las medidas adoptadas para lograr la igualdad de género.
La oradora pone de relieve la importancia de enseñar no sólo los principios de los derechos humanos, sino también la sustancia de los instrumentos de derechos humanos en los niveles de educación más elevados y desea saber si el Gobierno se propone tomar medidas adecuadas a ese respecto. En la respuesta a la pregunta 17 de la lista de cuestiones (CEDAW/PSWG/2001/I/CRP.1/Add.3) se dice que, si bien en una tesis doctoral de 1999 se analizaron las experiencias de los inmigrantes como usuarios de los servicios de atención de la salud, la persona que la elaboró no suministró datos desagregados por género. El Gobierno debería tomar medidas para a asegurar que en todas las futuras investigaciones universitarias se incluyesen estadísticas de esa índole.
La Sra. Gonzálezelogia las medidas adoptadas para hacer frente a la trata de mujeres y niños. Ya se ha obtenido cierto grado de éxito, pero se podría esperar aún más para el futuro, logrando el resultado de que la demanda de prostitutas adultas y niñas se desvaneciese totalmente. Análogamente, es alentadora la respuesta a la pregunta relativa al artículo 6, párrafo 28, de la lista de cuestiones y preguntas, referente a las medidas encaminadas a prevenir el uso de la Internet para fines de pornografía infantil o prostitución. Se debería dar más publicidad en otros foros a los resultados de las medidas adoptadas, pues podrían ser útiles para otros países.
A la oradora le intrigan las respuestas relacionadas con el párrafo 22 del mismo artículo. Las observaciones atinentes a las mujeres indican que todas ellas eran extranjeras. Sin embargo, la pregunta del Comité se refería a la prostitución en general. La oradora desea saber si sólo se ha dado un panorama parcial o si no hay prostitutas finlandesas.
La Sra. Kwaku expresa su admiración por los progresos logrados en procura de la igualdad entre hombres y mujeres: son dignos de emulación por los países en desarrollo tales como el de la oradora. Sin embargo, el desempeño de Finlandia se ve empañado en dos aspectos. En primer lugar, es inquietante que, a pesar del desembolso de grandes cantidades de dinero y otros recursos, la violencia contra la mujer se está incrementando realmente. Muchas de las medidas adoptadas como respuesta parecen ser de carácter correctivo. Por consiguiente, la oradora pregunta qué esfuerzos se están haciendo por detectar las causas profundas de lo que podría llamarse un delito de “nueva generación”. Mediante la investigación se podría establecer si se debe a una declinación de los valores familiares o a una declinación del respeto por la institución del matrimonio, pero podría haber otros factores. En el informe se indica que persiste la discriminación contra las mujeres romaníes. La oradora sospecha que una razón para ello radica en que el Gobierno condona tácitamente esa discriminación al no tratarla con suficiente seriedad. Quienes sean culpables de tal discriminación no están sujetos más que a una multa.
La Sra. Mäkinen (Finlandia) dice que las preocupaciones expresadas por la Sra. Corti se ven corroboradas por las estadísticas: se ofrecen contratos de duración determinada al 80% de las mujeres jóvenes, y a entre un 10% y un 20% de los hombres jóvenes. Además, cuando a una mujer se le extiende un contrato de ese tipo, por lo general no se le renueva si queda embarazada. Ello ha de haber sido uno de los factores de la drástica reducción de la tasa de natalidad, pues las personas jóvenes temen formar una familia frente a tal inseguridad en el empleo. Es preciso dictar normas legislativas para contrarrestar esa tendencia.
A las mujeres mayores les resulta difícil superar la renuencia de los empleadores a emplearlas, aun cuando tengan la capacidad y la voluntad de recapacitarse. Por consiguiente, tres Ministerios que han trabajado conjuntamente – los Ministerios de Asuntos Sociales, Trabajo y Educación – han establecido un plan encaminado a ayudar a tales mujeres. En lo tocante a la campaña de tolerancia cero, dirigida hacia la violencia contra la mujer, se han realizado varios estudios que demuestran claramente la magnitud del problema. Un experto ha señalado con razón que la elevación del nivel de conciencia facilita la adopción de medidas apropiadas por parte de los gobiernos. En respuesta a las preguntas de la Sra. Achmad, la oradora confirma que no sólo existen cursos en materia de estudios de la mujer, sino que además el contenido de los instrumentos de derechos humanos se enseña en las facultades de derecho; los estudiantes más jóvenes asignan particular importancia al tema. Además, el Ministerio de Justicia organiza cursos anuales de capacitación para jueces y otros abogados sobre los instrumentos de derechos humanos, entre ellos la Convención. En cuanto a la pregunta relativa a la nacionalidad de las prostitutas, la oradora confirma que algunas prostitutas son finlandesas, y por lo común llegaron a serlo como consecuencia de la adicción a los estupefacientes o al alcohol. Señala, sin embargo, que el problema se complica porque el país tiene una extensa frontera con Rusia, los Estados Bálticos están cerca y el nivel de vida es más elevado en Finlandia.
La Presidenta dice que, como Finlandia ha sido un modelo durante tanto tiempo, tanto sus logros como sus contratiempos tienen consecuencias para el movimiento de las mujeres en todas partes. Por consiguiente, algunos aspectos de la situación en Finlandia son fuente de preocupación. Tal vez se pueda aducir que la segregación en el mercado de trabajo es resultado de elecciones individuales, pero ello es contrario al espíritu de la Convención. También hay pruebas de que persisten los estereotipos en las esferas de la salud y la educación, entre otras. Asimismo señala que se dan clases de cocina a las inmigrantes mujeres, pero aparentemente no a los hombres.
La Sra. Rasi (Finlandia) dice que su delegación no es complaciente y que confía en que se puedan superar muchos de los problemas mencionados. En el servicio diplomático, del cual tiene conocimiento personal, cree que en un plazo de 10 a 20 años la mitad de los cargos de embajador estarán ocupados por mujeres. En cuanto a los estereotipos, en gran medida están limitados a la generación de más edad.
Se levanta la sesión a las 17.10 horas.