NACIONES

UNIDAS

E

Consejo Económico

y Social

Distr.

GENERAL

E/C.12/4/Add.12

28 de abril de 2003

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

Período de sesiones sustantivo de 2003

APLICACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS

ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Cuarto informe periódico presentado por los Estados Partes

de acuerdo con los artículos 16 y 17 del Pacto

Adición

DINAMARCA*/**

[28 de marzo de 2003]

_____________________

* El tercer informe periódico sobre los derechos amparados por los artículos 1 a 15 (E/1994/104/Add.15) fue examinado por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su 20º período de sesiones (E/C.12/1999/SR.11 a 13), en 1999.

** La información presentada por Dinamarca de conformidad con las directrices relativas a la parte inicial de los informes de los Estados Partes figura en el documento básico (HRI/CORE/1/Add.58).

GE.03-41408 (EXT)

Í NDICE

Párrafos Páginas

Introducción 1 - 5 10

Informe 1 - 3 10

Contribuciones 4 - 5 10

Artículo 1 : El derecho de libre determinación 6 - 48 11

Groenlandia 6 - 32 11

Islas Faroe 33 - 48 16

Artículo 2 : Aplicación del Pacto y no discriminación 49 - 85 18

Incorporación del Pacto al derecho interno 49 - 58 18

No discriminación en la aplicación del Pacto 59 - 61 20

Legislación contra el racismo y la discriminación 62 20

Políticas y medidas especiales para fomentar la igualdad de

oportunidades y la tolerancia 63 - 72 21

Otras medidas para luchar contra el racismo, la xenofobia y

la intolerancia conexa 73 - 81 23

Esfuerzos del Gobierno de Dinamarca a fin de garantizar que

en su cooperación para el desarrollo se fomenten los derechos

económicos, sociales y culturales 82 - 85 24

Artículo 3 : Igualdad entre hombres y mujeres 86 - 88 25

Artículo 4 : Limitaciónes 89 26

Artículo 5 : Actividades encaminadas a la destrucción o limicación

de derechos 90 26

Artículo 6 : Derecho al trabajo 91 - 127 26

Presentación de informes sobre convenciones conexas pertinentes 91 26

Información sobre el empleo 92 - 98 26

Medidas para garantizar un trabajo productivo a todas las personas 99 28

Libertad de elección de empleo 100 28

Í NDICE ( continuación )

Párrafos Páginas

Programas de capacitación técnica y profesional 101 - 110 28

Dificultades con que se ha tropezado 111 30

Distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias entre

personas o grupos de personas 112 - 117 30

Situación con respecto a la orientación de la formación

profesional, etc. 118 31

Distinciones que no se consideren discriminación 119 - 120 31

Parte de la población laboral que tiene más que un empleo

a tiempo completo 121 - 122 31

Cambios desde el informe anterior 123 - 126 32

Papel de la asistencia internacional 127 32

Artículo 7 : Condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias 128 - 142 32

Remisión a informes anteriores 128 32

Sistema de salarios mínimos 129 33

Igualdad de remuneración 130 - 132 33

Distribución del ingreso de los empleados 133 - 134 34

Categorías de trabajadores excluidas de los planes existentes,

que se benefian de dichos planes en grado insuficiente o que

no se benefician de ellos 135 - 136 34

Información sobre accidentes y enfermedades laborales 137 34

Principio de la igualdad de oportunidades para el ascenso 138 - 139 34

Descanso y vacaciones remunerados 140 35

Cambios que se hayan introducido después del informe anterior 141 35

Papel de la asistencia internacional 142 35

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Párrafos Páginas

Artículo 8 : Sindicatos 143 - 151 35

Referencia a otros informes 143 35

Condiciones para fundar sindicatos y afiliarse a ellos 144 35

El derecho de huelga 145 - 148 35

Restricciones del derecho de huelga 149 - 150 36

Cambios desde el informe anterior 151 36

Artículo 9 : Seguridad social 152 - 228 36

La seguridad social en el marco de la OIT 152 36

Ramas de la seguridad social 153 36

Principales características de los planes vigentes 154 - 193 37

Porcentaje del PIB que se destina a la seguridad social 194 – 195 43

Arreglos privados 296 43

Grupos vulnerables 197 - 215 43

Análisis de los cambios 216 - 227 46

Asistencia internacional 228 48

Artículo 10 : La familia, madres e hijos 229 - 266 48

Parte en otros convenios, convenciones, etc. pertinentes 229 48

Familia, madres e hijos 230 - 233 48

Mayoría de edad 234 - 236 48

Derecho a contraer matrimonio y protección de la familia 237 - 249 49

Medidas para corregir las deficiencias existentes en la protección

de la familia 250 - 254 51

Protección de la maternidad 255 - 256 52

Edad mínima para tener un empleo remunerado 257 53

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Párrafos Páginas

Niños que desempeñan empleos remunerados 258 53

Niños empleados en negocios de sus familias 259 53

Protección de los derechos de los niños en el lugar de trabajo 260 53

Información a los niños acerca de sus derechos laborales 261 53

Posibles dificultades o deficiencias 262 53

Cambios legislativos nacionales importantes o decisiones

judiciales a este respecto 263 - 265 54

Asistencia internacional 266 56

Artículo 11 : Derecho a un nivel de vida adecuado 267 - 364 56

Nivel de vida actual 267 - 274 56

Pobreza 275 60

Índice de la calidad física de vida 276 - 277 60

Derecho a alimentación suficiente 278 60

Derecho a una vivienda adecuada 279 - 305 61

Vivienda para los grupos vulnerables 306 - 317 65

Legislación nacional que afecta al derecho a la vivienda 318 - 352 67

Otras medidas adoptadas para poner en práctica el derecho

a la vivienda 353 - 361 72

Cambios en las políticas nacionales que afecten negativamente

al derecho a una vivienda, introducidos durante el periodo

sobre el que se informa 362 74

Dificultades y deficiencias observadas en relación con

el artículo 11 363 74

Asistencia internacional 364 74

Artículo 12 : Mejor nivel sanitario posible 365 - 402 74

Información sobre la salud física y mental de la población danesa 365 - 367 74

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Párrafos Páginas

La política nacional de salud de Dinamarca 368 - 372 74

Porcentaje del PNB dedicado a la salud 373 75

Tasa de mortalidad infantil 374 75

Acceso a agua que reúna las debidas condiciones 375 76

Acceso a servicios adecuados de evacuación de excrementos 376 76

Vacunación de los niños 377 76

Esperanza de vida 378 - 379 77

Acceso al tratamiento de enfermedades y lesiones corrientes

a una distancia de una hora de viaje 380 78

Acceso de las mujeres embarazadas a personal capacitado 381 78

Acceso de los niños a personal capacitado 382 - 383 78

Variación de la situación sanitaria de diversos grupos 384 - 389 78

Cambios de política durante el periodo que abarca el informe 390 79

Medidas públicas necesarias para mejorar la salud física y

mental de los grupos vulnerables 391 80

Medidas adoptadas por el Gobierno para aprovechar al máximo

los recursos disponibles 392 80

Evaluación de los efectos del programa público de salud 393 80

Medidas adoptadas por el Gobierno para reducir la mortinatalidad

y la mortalidad infantil 394 80

Medidas adoptadas por el Gobierno para tratar las enfermedades

epidémicas 395 80

Efectos de las medidas adoptadas por el Gobierno sobre la

situación de salud de los grupos vulnerables 396 80

La atención de salud para los ancianos 397 80

Participación comunitaria en la atención de salud 398 81

Í NDICE ( continuación )

Párrafos Páginas

Política general sobre las campañas de información 399 - 401 81

Asistencia internacional 402 81

Artículo 13 : Derecho a la educación 403 - 467 81

Enseñanza primaria para todos 403 - 405 81

Enseñanza secundaria superior 406 82

Enseñanza superior 407 - 412 82

Educación fundamental 413 - 414 83

Dificultades, metas y puntos de referencia 415 - 419 83

Alfabetización y matrícula en la enseñanza básica 420 - 430 84

Gastos en educación, sistemas escolares, etc. 431 - 438 87

Proporción de hombres y mujeres en los diferentes niveles

de enseñanza 439 - 441 88

Grupos en situación desventajosa y medidas para garantizar la

igualdad de acceso 442 - 456 89

Facilidades lingüísticas 457 - 458 91

Condiciones materiales 459 - 462 91

Escuelas privadas 463 - 465 92

Cambios ocurridos durante el periodo a que se refiere el informe 466 92

Asistencia internacional 467 93

Artículo 14 : Enseñanza obligatoria 468 93

Medidas previstas si la enseñanza primaria no es obligatoria y

gratuita 468 93

Artículo 15 : Cultura y ciencia 469 93

Medidas adoptadas por el Gobierno para realizar el derecho de

toda persona a participar en la cultura y la ciencia 469 - 471 93

Í NDICE ( continuación )

Párrafos Páginas

Financiación 472 93

Infraestructura institucional 473 93

Promoción de la identidad cultural 474 93

Disfrute del patrimonio cultural 475 94

Medios de información 476 94

Conservación y presentación del patrimonio cultural 477 94

Protección de la libertad de creación artística 478 94

Enseñanza profesional en la esfera del arte y la cultura 479 94

Otras medidas para conservar, desarrollar y difundir la cultura 480 94

Medidas para que pueda ejercerse el derecho de toda persona

a disfrutar de los beneficios del progreso científico 481 95

Medidas adoptadas para garantizar la aplicación del progreso

científico en beneficio de todos 482 - 484 95

Medidas adoptadas para promover la difusión de información

sobre los progresos científicos 485 - 486 95

Medidas adoptadas para impedir el uso de los progresos

científicos con fines contrarios a los derechos humanos 487 - 492 95

Restricciones del ejercicio individual de este derecho 493 96

Protección de los intereses morales y materiales resultantes de la

labor científica 494 - 495 96

Medidas adoptadas para la conservación, el desarrollo y la

difusión de la ciencia 496 - 499 97

Otras medidas prácticas 500 - 501 97

Medidas para promover el disfrute de la libertad científica,

incluida la creación de todas las condiciones necesarias para

esa investigación 502 – 505 98

Medidas pora garantizar la libertad de intercambio de información

entre los científicos 506 - 508 98

Í NDICE ( continuación )

Párrafos Páginas

Medidas adoptadas para apoyar sociedades culturales,

asociaciones profesionales, etc. 509 98

Medidas para desarrollar los contactos y la colaboración

internacionales en la esfera científica 510 99

Utilización más completa de las facilidades obtenidas 511 - 512 99

Participación de científicos en conferencias internacionales, etc. 513 99

Posibles efectos negativos de cambios en las políticas nacionales 514 99

Otros informes pertinentes presentados recientemente 515 99

Asistencia internacional 516 99

INFORME SOBRE GROENLANDIA 517 - 598 100

Introducción

Informe

1. Este es el cuarto informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El informe se refiere a los cambios concretos importantes introducidos en la legislación nacional, en las prácticas jurídicas, etc. desde que se presentó el tercer informe periódico de Dinamarca, el 30 de septiembre de 1997 (E/1994/104/Add.15).

2. El informe también se refiere a los planes sobre nueva legislación en algunas esferas. Está basado y estructurado con arreglo a las directrices generales relativas a la forma y el contenido de los informes que los Estados Partes tienen que presentar de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Véanse los párrafos pertinentes del tercer informe periódico de Dinamarca y las observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales acerca de dicho informe (E/C.12/1/Add.34) así como las cuestiones planteadas durante el examen del tercer informe, los días 3, 4 y 12 de mayo de 1999.

3. Cuando no haya habido cambios en la legislación y en la práctica jurídica desde el último informe presentado por Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, las referencias al tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca seguirán siendo válidas.

Contribuciones

4. Ha preparado el informe el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca basándose en las contribuciones de los departamentos y ministerios pertinentes del Gobierno y de la Comunidad Autónoma de Groenlandia. Cabe mencionar a este respecto que dicha comunidad autónoma es la autora de la nueva sección relativa al artículo 1 sobre la evolución registrada últimamente en Groenlandia.

5. La Comunidad Autónoma de las Islas Faroe no ha podido contribuir al presente informe, razón por la cual la Oficina del Primer Ministro ha redactado las secciones sobre la aplicación del artículo 1 del Pacto en las islas.

Artículo 1

El derecho de libre determinación

Groenlandia

Introducción

6. Groenlandia, cuya superficie es de 2.175.600 km 2 , es una parte geográficamente separada y bien definida del Reino de Dinamarca. La población está formada en gran parte por un grupo indígena (groenlandeses/kalaalit o inuit étnicos) que posee un idioma y una cultura diferentes de los de Dinamarca. Al 1º de enero de 2002, la población total de Groenlandia ascendía a 49.814 habitantes, en su gran mayoría de origen étnico groenlandés. Además, 6.728 groenlandeses de ese origen vivian en otras partes del Reino.

7. Dinamarca considera que el derecho de los pueblos a la libre determinación también se aplica a las poblaciones indígenas. A continuación se describe cómo se ha logrado la aplicación de este derecho en el caso de la población de Groenlandia, la única población indígena que vive en el Reino de Dinamarca.

8. La Constitución danesa se aplica a todas las partes del Reino. Desde 1953, Groenlandia está representada por dos diputados en el Parlamento.

9. El Estaturo de Autonomía de 1978 confirió a Groenlandia la responsabilidad sobre casi todos los ámbitos de la vida de la sociedad que afectan exclusivamente a esta comunidad. (Véase la Ley del Estatuto de Autonomía de Groenlandia en el anexo I). Véase también los informes presentados por el Gobierno de Dinamarca en virtud del artículo 40 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con respecto a la introducción de la autonomía en Groenlandia, que figuran en los documentos CCPR/C/Add.19, CCPR/C/37/Add.5 y CCPR/64/Add.11.

10. Dinamarca ha ratificado el Convenio Nº 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, que es aplicable a la población indígena de Groenlandia. La ratificación de Dinamarca se vio alentada por las autoridades del Gobierno autónomo, que confirmaron así que el Estatuto de Autonomía de Groenlandia respeta las disposiciones del Convenio.

La autonomía de Groenlandia

11. En 1972, el Consejo Provincial de Groenlandia recomendó al Gobierno de Dinamarca que se estudiara la cuestión de conceder a dicho Consejo una mayor influencia y la participación conjunta en el desarrollo de Groenlandia. El Gobierno de Dinamarca creó una comisión sobre la autonomía de Groenlandia, integrada por políticos groenlandeses y daneses. Conforme a las recomendaciones y propuestas de esa Comisión, en noviembre de 1978 el Parlamento danés aprobó el Estatuto de Autonomía. En referéndum celebrado en Groenlandia el 17 de enero de 1979, una amplia mayoría de la población aprobó la entrada en vigor del Estatuto; en efecto, el 70% de los votos fueron favorables a la introducción de la autonomía en Groenlandia, que entró en vigor el 1º de mayo de 1979.

Competencias autonómicas

12. La autonomía de Groenlandia comporta amplias facultades de gobierno propio. En virtud del Estatuto de Autonomía de Groenlandia, el Parlamento danés ha delegado competencias legislativas y ejecutivas a la Administración Autonómica, integrada por una asamblea legislativa elegida por votación popular - el Parlamento autonómico de Groenlandia (Landsting) - y el Gobierno autónomo (Landsstyre). Las competencias transferidas por ley son en principio idénticas a las que ejercen las autoridades centrales del Reino en otras partes de Dinamarca. Por consiguiente, el Parlamento danés y el Gobierno de Dinamarca se abstienen de promulgar leyes y ejercer competencias administrativas en los ámbitos en que se han transferido las facultades a la administración autonómica.

13. El Estatuto de Autonomía dispone que la administración autonómica puede solicitar la transferencia al Gobierno autónomo de competencias de diversos ámbitos especificados en una lista anexa a dicho estatuto. La lista de competencias que pueden transferirse, definidas por funciones, no es exhaustiva; no obstante, la transferencia de competencias legislativas y ejecutivas en ámbitos diferentes de los incluidos en la lista debe obtener el acuerdo previo de las autoridades autonómicas y las autoridades centrales del Reino.

14. Desde el establecimiento de la autonomía en 1979, la administración autonómica ha agotado la lista y asumido así competencias en la mayor parte de los ámbitos de la vida de Groenlandia, entre ellos la organización del sistema autonómico, la fiscalidad, la reglamentación y el comercio, comprendidas la pesca y la caza, la educación, el abastecimiento de productos básicos, el transporte y las comunicaciones, la seguridad social, las cuestiones laborales, la vivienda, la protección ambiental, la protección de la naturaleza y los servicios de salud.

Procedimientos para el transpaso de competencias a la Comunidad Autónoma

15. La comunidad autónoma de Groenlandia se basa en el principio fundamental de que los poderes legislativos y las finanzas no deben estar separados. Por consiguiente, el Estatuto de Autonomía dispone que cuando el Parlamento de Dinamarca transfiere una competencia a la comunidad autónoma, la administración autonómica debe asumir los gastos consiguientes. A la inversa, la administración autonómica es la única beneficiaria de los impuestos y los ingresos generados en los ámbitos de competencia transferidos a la comunidad autónoma. Como Groenlandia todavía no puede autofinanciarse en diversas esferas que exigen grandes capitales, el Estatuto de Autonomía ha creado un mecanismo para facilitar la transferencia de competencias en ámbitos que necesitan subvenciones de Dinamarca.

16. En virtud del Estatuto, el Parlamento danés podrá promulgar leyes que afecten al traspaso de una competencia y al pago de subsidios, y facultar a la administración autonómica a que promulgue disposiciones sobre competencias subvencionadas. El Parlamento danés, tras consultar a la administración autonómica, promulgará una ley habilitadora en la que se especifiquen las competencias traspasadas a la comunidad autónoma y se establezca un marco en forma de varios principios fundamentales para cada competencia, y traspasará a la administración autonómica las decisiones sobre las normas más pormenorizadas y la gestión de las competencias de que se trate.

17. Las subvenciones danesas a la administración autonómica no se destinan a fines concretos, sino que se conceden en forma de suma global. Así pues, la administración autonómica tiene una libertad prácticamente total para determinar el orden de prioridad en que se utilizarán los fondos

asignados por el Parlamento danés. Las subvenciones danesas globales se conceden en virtud de leyes del Parlamento por períodos de tres años, y las sumas se cargan a los presupuestos anuales de Dinamarca.

Unidad del Reino y límites constitucionales de la autonomía

18. El Estatuto de Autonomía no ha alterado la ordenación constitucional de Groenlandia como parte del Reino de Dinamarca. El principio constitucional de la unidad nacional del Reino, derivado de la Constitución danesa y expresado en el Estatuto, fija determinados límites al ámbito de la autonomía de Groenlandia: la soberanía sigue correspondiendo a las autoridades centrales del Reino; Groenlandia sigue formando parte del Reino de Dinamarca; sólo pueden traspasarse a la autonomía las competencias que corresponden exclusivamente a Groenlandia; la delegación de poderes no puede ser ilimitada y debe estar definida exactamente por ley; determinadas competencias - los denominados asuntos de Estado - no pueden traspasarse a la comunidad autónoma. Son asuntos de Estado las relaciones exteriores, la política de defensa y la política monetaria.

19. No obstante, con respecto a las competencias no traspasables y no traspasadas, la administración autonómica tiene una función asesora importante ante la administración central del Reino. Los proyectos de legislación que se refieren exclusivamente a Groenlandia deben elevarse a la administración autonómica para que ésta dé a conocer sus observaciones antes de que el proyecto se presente al Parlamento danés. Cuando un proyecto de ley "tenga especial importancia para Groenlandia", la administración autonómica debe ser consultada antes de que la ley entre en vigor en Groenlandia.

Decisión conjunta sobre los recursos minerales

20. En el Estatuto de Autonomía se establece que la población residente en Groenlandia tiene derechos fundamentales sobre los recursos naturales de Groenlandia. Respecto de los recursos minerales, el Estatuto contiene una disposición especial que confiere facultades conjuntas de decisión a la administración nacional y a la autonómica, lo cual permite a cada una de las partes oponerse a la política de desarrollo o a resoluciones concretas que considere inconvenientes y, llegado el caso, vetarlas. La Comisión de Autonomía aplicó el principio de que los textos legislativos sobre los recursos minerales y el Estatuto de Autonomía deben respetar debidamente la unidad nacional y, por consiguiente, también los intereses de todo el Reino.

“Groenlandinización”

21. Con la introducción de la autonomía comenzó un proceso intensivo de “groenlandinización”. Como símbolos de la autonomía de Groenlandia, surgieron la bandera y el escudo oficiales. El Gobierno autónomo ha hecho grandes esfuerzos por preservar la cultura y el patrimonio de Groenlandia. El idioma es de importancia vital y el Estatuto de Autonomía proclama que el groenlandés es el idioma principal de Groenlandia.

22. Después de más de 20 años de autonomía, el Gobierno de Groenlandia decidió en 2000 establecer una comisión para ampliarla. La Comisión tiene que presentar un informe sobre la ampliación de la autonomía y determinar y describir nuevas disposiciones que satisfagan las aspiraciones de Groenlandia a este respecto dentro del Reino de Dinamarca. Algunas de las esferas que la comisión estudia actualmente son competencia del Gobierno danés, por ejemplo, el sistema

judicial, las relaciones exteriores y la política de seguridad. Además, la comisión presentará propuestas para que Groenlandia siga avanzando hacia la autosuficiencia económica (véase el párrafo 30 del presente informe).

Groenlandia y la política exterior de Dinamarca

23. La facultad de conducir los asuntos exteriores es una prerrogativa constitucional del Gobierno de Dinamarca y no puede traspasarse ninguna parte de esta prerrogativa al Gobierno autónomo de Groenlandia. No obstante, el Estatuto de Autonomía establece procedimientos de cooperación para dar cabida a los intereses de Groenlandia y mitigar posibles conflictos de intereses entre Groenlandia y Dinamarca en cuestiones de política exterior, al conferir a la administración autonómica diversas funciones importantes de carácter consultivo, representativo y ejecutivo.

24. Se han traspasado al Gobierno autónomo importantes competencias legislativas y ejecutivas, definidas territorial y funcionalmente. Por consiguiente, a menudo será necesaria la cooperación de la administración autonómica para que Dinamarca pueda cumplir sus obligaciones internacionales. En consecuencia, el Estatuto de Autonomía dispone que el Gobierno de Dinamarca debe consultar al de la comunidad autónoma antes de celebrar tratados que afecten en particular a los intereses de Groenlandia. Este procedimiento consultivo se aplica con independencia de que el tratado se refiera o no a una competencia traspasada.

25. Los tratados internacionales celebrados por el Gobierno de Dinamarca, así como el derecho internacional consuetudinario, obligan al Gobierno autónomo en la misma medida que al Gobierno de Dinamarca. A fin de garantizar que Dinamarca y Groenlandia cumplan sus obligaciones internacionales, el Gobierno de Dinamarca puede ordenar al Gobierno autónomo que adopte las medidas necesarias para cumplir esas obligaciones.

26. Por ejemplo, las ordenanzas legislativas y administrativas del Gobierno autónomo en materia de reglamentación de la pesca pueden afectar a intereses de terceros Estados y a la posición del Gobierno de Dinamarca respecto de otros países. Por ende, en virtud del Estatuto, el Gobierno autónomo tiene la obligación de consultar a la administración central del Reino antes de introducir medidas que podrían perjudicar los intereses de Dinamarca.

27. El Gobierno autónomo puede enviar representantes a las misiones diplomáticas danesas para proteger intereses comerciales importantes de Groenlandia.

28. Aunque, en principio, la facultad de celebrar tratados corresponde únicamente al Gobierno de Dinamarca, la administración central del Reino puede, si así se solicita, podrá autorizar al Gobierno autónomo a que lleve a cabo, con la ayuda del servicio diplomático, negociaciones internacionales relacionadas exclusivamente con asuntos groenlandeses. Concretamente, el Gobierno autónomo ha ejercido el derecho a celebrar negociaciones bilaterales relacionadas con la firma de acuerdos de pesca.

29. Groenlandia no es miembro de la Unión Europea.

La evolución reciente de Groenlandia

30. En enero de 2000 inició su labor una comisión sobre la autonomía, establecida por el Gobierno autónomo de Groenlandia. Esta Comisión, compuesta por representantes de los partidos políticos y expertos designados a título personal, tiene las atribuciones siguientes:

Preparar un informe sobre las posibilidades de ampliar la autonomía de Groenlandia dentro de la unidad del Reino, basándose en el principio de conformidad entre derechos y responsabilidades.

La Comisión describirá la actual situación de la autonomía con respecto al derecho constitucional - incluidas cuestiones de jurisdicción y delegación entre los gobiernos central y autónomo - y determinará y describirá disposiciones sustitutivas que satisfagan mejor las aspiraciones de la comunidad autónoma dentro de la unidad del Reino.

La Comisión estudiará las posibilidades de ampliar la autoridad, función y capacidad de Groenlandia para actuar en las esferas de la política exterior y la seguridad. Con tal fin:

- examinará la función de Groenlandia en lo que se refiere a la política en materia de seguridad desde el punto de vista de su situación geográfica y la mejor manera de salvaguardar adecuadamente sus intereses desde dicho punto de vista, y

- examinará la necesidad y posibilidades de una representación independiente de Groenlandia en los foros internacionales en los que en la actualidad los representantes groenlandeses formen parte de delegaciones del Gobierno danés.

La Comisión describirá las esferas en las que el Gobierno autónomo tenga competencia, las esferas en que la competencia corresponda al Gobierno central y las esferas en que se comparta de diferentes formas entre el Gobierno autónomo y el Gobierno central. La Comisión examinará a este respecto las posibilidades de traspasar a Groenlandia, en todo o en parte, el sistema judicial groenlandés, enseguida o a largo plazo, habida cuenta del informe que presentará la Comisión Groenlandesa sobre la Administración de Justicia.

La Comisión presentará propuestas para que Groenlandia continúe avanzando hacia la autosuficiencia económica, incluidas las condiciones para efectuar traspasos globales. Describirá y examinará los cambios en relación con los diversos planes de subvenciones del Tesoro de Groenlandia.

La Comisión examinará la necesidad y viabilidad de traspasar otras esferas de responsabilidad al Gobierno autónomo, y estudiará las ventajas e inconvenientes.

Se pide a la Comisión que estudie y evalúe las posibilidades de participación groenlandesa en el ejercicio de la soberanía y la inspección pesqueras.

La Comisión podrá presentar propuestas para modificar el Estatuto de Autonomía y la legislación habilitadora vigente, así como enmiendas a los acuerdos administrativos y acuerdos marco existentes entre el Gobierno central y el Gobierno autónomo en las esferas de interés antes mencionadas.

31. El informe de la Comisión sobre el Gobierno autónomo se presentará al Parlamento autonómico de Groenlandia, el cual celebrará un debate sobre la autonomía durante el otoño de 2003.

32. Hace poco se ha constituido un nuevo gobierno de coalición. En el acuerdo de coalición se establece que después del actual debate de primavera del Parlamento sobre la cuestión de la autonomía, el Gobierno decidirá si establece una entidad o departamento gubernamental que se ocupe de este asunto, así como sobre la cuestión de celebrar un referéndum sobre la autonomía. El nuevo Gobierno de coalición considera importante transferir a la administración groenlandesa la responsabilidad del sistema judicial y del cumplimiento de la ley (código penal, tribunales y policía), pero únicamente después de que la administración danesa haya introducido las mejoras y los cambios necesarios en estas esferas.

Islas Faroe

La autonomía de las Islas Faroe

33. Las Islas Faroe constituyen una parte geográficamente separada y bien definida del Reino de Dinamarca, situada en el Atlántico septentrional y con una superficie de 1.400 kilómetros cuadrados. Al 31 de diciembre de 2001, la población total de las Islas Faroe ascendía a 46.996 personas.

La Constitución danesa

34. El capítulo 1 de la Constitución danesa establece que se aplicará en todas las partes del Reino de Dinamarca. Por consiguiente, la Constitución, incluidas las disposiciones sobre los derechos civiles, se aplica en las Islas Faroe. La Constitución danesa establece que la población de las Islas Faroe estará representada por dos de los 179 diputados del Parlamento de Dinamarca.

35. La ciudadanía danesa, y los derechos y libertades que la acompañan, se obtienen por nacimiento en el Reino (Dinamarca, Groenlandia e Islas Faroe) de padre y madre o de madre daneses.

Unidad del Reino y límites constitucionales de la autonomía

36. El principio constitucional de la unidad del Reino consagrado en el capítulo 1 de la Constitución danesa y expresado en el capítulo 1 del Estatuto de Autonomía, establece algunos límites en lo que respecta a la autonomía de las Islas Faroe. Algunas esferas normativas, como las relativas a los denominados asuntos de Estado, no pueden traspasarse a la comunidad autónoma. Sin embargo, aunque la soberanía corresponde a la administración central del Reino, las esferas normativas que afectan exclusivamente a las Islas Faroe pueden traspasarse a la comunidad autónoma.

Facultades de la comunidad autónoma

37. La comunidad autónoma de las Isla Faroe se estableció en virtud del Estatuto de Autonomía (Ley Nº 137, de 23 de marzo de 1948), por el cual las Islas Faroe son una comunidad autónoma del Reino de Dinamarca. En el anexo II se incluye una traducción al inglés de dicho estatuto.

38. La autoridad autonómica corresponde a una asamblea de elección popular (Lagting), compuesta por hasta 33 miembros, y una administración (Landsstyre), establecida por esa asamblea.

39. En los artículos 2 y 3 del Estatuto de Autonomía se distingue entre las esferas de responsabilidad de la administración autonómica y las cuestiones conjuntas que, en principio, corresponden a la administración central. En un anexo del Estatuto, las esferas cuya responsabilidad corresponde en especial a la administración de las Faroe figuran en la lista A y las esferas cuya responsabilidad puede traspasarse como cuestiones especiales, previa negociación entre el Gobierno autónomo y la administración central, figuran en la lista B. La mayoría de las cuestiones mencionadas en la lista A y varias de las incluidas en la lista B (entre ellas los recursos minerales del subsuelo) se han traspasado como cuestiones especiales de las Islas Faroe. La lista A y la lista B, en las que se mencionan los traspasos efectuados al Gobierno autónomo de conformidad con los artículos 2 y 3 del Estatuto, se adjuntan en el anexo II como parte de dicho Estatuto de Autonomía.

40. En las esferas traspasadas con carácter exclusivo a las Islas Faroe, la administración autonómica dispone de las facultades legislativas y administrativas.

41. Según el artículo 9 del Estatuto de Autonomía, el Gobierno autónomo - además de asumir una esfera de responsabilidad con carácter exclusivo - podrá, de acuerdo con la administración central en lo que respecta a las condiciones especiales de las Faroe, asumir la facultad legislativa y la administración de las cuestiones correspondientes a competencias compartidas. De conformidad con esta disposición y el marco legislativo aprobado por el Parlamento danés (Folketinget), el Gobierno autónomo se ha hecho cargo, entre otras cosas, de las esferas normativas relacionadas con las cuestiones sociales y de salud.

42. Con arreglo al artículo 2 del Estatuto de Autonomía, el Gobierno autónomo se hace cargo de los gastos anejos a la asunción de la responsabilidad de los traspasos exclusivos. Sin embargo, de conformidad con una ley especial, el Gobierno danés continúa subvencionando las cuestiones de responsabilidad conjunta, incluso después de haber transferido la autoridad administrativa al Gobierno autónomo de las Islas Faroe de conformidad con el artículo 9 del Estatuto de Autonomía.

43. De conformidad con el artículo 7 del Estatuto de Autonomía, los proyectos de ley del Gobierno danés que contengan disposiciones que se refieran exclusivamente a las Islas Faroe tienen que presentarse al Gobierno autónomo para que formule observaciones. La restante legislación nacional tiene que presentarse al Gobierno autónomo antes de que entre en vigor en las Islas Faroe.

Las Islas Faroe y la política exterior danesa

44. De conformidad con el artículo 5 del Estatuto de Autonomía la dirección de la política exterior constituye una prerrogativa constitucional del Gobierno de Dinamarca que no puede traspasarse en absoluto a la comunidad autónoma de las Islas Faroe. Sin embargo, en el Estatuto de Autonomía figuran procedimientos de cooperación para tener en cuenta los intereses de las islas, que conceden al gobierno autónomo varias importantes funciones de carácter consultivo, representativo y ejecutivo.

45. Se han traspasado a la comunidad autónoma amplias facultades legislativas y ejecutivas, tanto territoriales como funcionales. En consecuencia, la cooperación de la comunidad autónoma será a menudo necesaria para que Dinamarca pueda cumplir sus obligaciones internacionales. En este sentido, el Estatuto de Autonomía establece que el Gobierno de Dinamarca tiene que consultar al Gobierno autónomo antes de concertar tratados que afecten en particular a los intereses de las islas Faroe. Este procedimiento consultivo se aplica aunque el tratado se refiera a una competencia no transferida a la comunidad autónoma.

46. La administración autonómica podrá incluir representantes propios en las misiones diplomáticas danesas con el fin de salvaguardar intereses comerciales importantes de las islas. En consecuencia, desde 1998 el Gobierno autónomo dispone de un representante en la Real Embajada Danesa de Bruselas y de otro en la Real Embajada de Londres.

47. Aunque en principio la facultad de concertar tratados corresponde exclusivamente al Gobierno danés, la administración central del Reino, si así se solicita, podrá autorizar al Gobierno autónomo a que lleve a cabo, con la ayuda del Ministerio de Asuntos Exteriores, negociaciones internacionales sobre asuntos que interesen únicamente a las islas Faroe. Concretamente, el Gobierno autónomo ha ejercido el derecho de celebrar negociaciones bilaterales en relación con la conclusión de acuerdos de pesca.

Idioma de las islas Faroe

48. De conformidad con el artículo 11 del Estatuto de Autonomía, el idioma de las Faroe es la lengua principal de las islas, si bien también tiene que enseñarse a fondo el idioma danés. Ambos pueden utilizarse en los asuntos públicos.

Artículo 2

Aplicación del Pacto y no discriminación

Incorporación del Pacto al derecho interno

49. En el párrafo 14 de sus observaciones finales (E/C.12/1/Add.34), de 12 de mayo de 1999, el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales tomó nota de que si bien las disposiciones del Pacto pueden invocarse directamente ante los tribunales, o ser citadas por ellos, todavía no hay jurisprudencia al respecto. En relación con esto, el Comité expresó su preocupación por que los abogados y los jueces tal vez no estén suficientemente informados de que los derechos consagrados en el Pacto pueden ser invocados ante los tribunales. En consecuencia, en el párrafo 22 de sus observaciones finales, el Comité instó al Gobierno de Dinamarca a que adoptase las medidas adecuadas para incorporar el Pacto en el derecho interno.

50. El Gobierno de Dinamarca desea informar al Comité a este respecto de que en una sentencia del 10 de agosto de 2000 (publicada en los Informes de Derecho Danés (Ugeskrift for Retsvaesen) 2000: 2350) el Tribunal Superior de Justicia de Dinamarca oriental (Ostre Landsret) tuvo que determinar si un comercio que había despedido a una empleada en prácticas pero con experiencia, por haber acudido al trabajo con la cabeza cubierta, había violado la Ley de discriminación del mercado laboral, etc. La demandante invocó gran número de disposiciones, pactos, convenciones y convenios, entre otros el artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (véase también la parte correspondiente a los artículos 6 y 13, más adelante). El Tribunal Superior no se refirió expresamente a los pactos y convenios aducidos, pero constató que el hecho de despedir a la demandante únicamente porque - como expresión de sus creencias religiosas - llevaba cubierta la cabeza constituía una manifestación de discriminación indirecta contra ella. Como consecuencia del acto de discriminación racial la demandante obtuvo una indemnización.

51. Hay además varios ejemplos de jurisprudencia publicados en los que se han invocado otros pactos y convenciones de derechos humanos que los tribunales daneses han aplicado aunque, como ocurre con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, no se hayan incorporado en el derecho danés. Así, se han invocado ante los tribunales daneses, y éstos los han aplicado, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y los Convenios de la OIT N os 87, 98 y 111.

52. Asimismo, el Gobierno de Dinamarca desea informar al Comité de que en 1999 se estableció un comité para que examinase las ventajas e inconvenientes de incorporar en el derecho interno los pactos y convenciones generales de derechos humanos, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Dicho comité, denominado Comité de Incorporación, concluyó su labor en octubre de 2001.

53. El Comité de Incorporación destacó en su informe que no sólo las convenciones que se habían aplicado en el derecho danés, transformándolas o incorporándolas, constituyen fuentes pertinentes de derecho. Las convenciones, etc. no aplicadas específicamente por haberse determinado que existe armonía de normas pueden invocarse y aplicarse en los tribunales daneses y otras autoridades que aplican la ley. Esto significa que también las convenciones que no han sido incorporadas constituyen fuentes pertinentes de derecho del Reino de Dinamarca.

54. El Comité de Incorporación recomendó que de momento se incorporase en el derecho interno el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

55. El Comité de Incorporación mostró su conformidad respecto de que el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales tiene que considerase "central" para la protección de los derechos humanos, ya que dicho Pacto se refiere a todos y contiene gran número de muy diversos derechos de gran importancia social.

56. Sin embargo, el Comité también acordó no recomendar la incorporación de ese Pacto en el derecho danés en el momento actual, alegando que la ulterior incorporación de instrumentos de derechos humanos debería limitarse inicialmente a sólo un número reducido de ellos para poder conseguir una mejor experiencia básica, y a este respecto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes debían gozar de máxima prioridad. El Comité no sólo destacó que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales contiene muchas disposiciones "programáticas" sino también que no se ha establecido ningún procedimiento de reclamación individual. Además, no existen actualmente ayudas suficientes para su interpretación.

57. El Comité de Incorporación reconoció que esta situación puede variar con el tiempo, de tal manera que en una fase ulterior exista una base suficiente para incorporar también ese Pacto. Así podría ocurrir si se estableciera un procedimiento de reclamación individual y se desarrollara una jurisprudencia pertinente acerca de la interpretación del Pacto. Sin embargo, aunque esto no ocurriera, otros factores podrían conducir a una evaluación diferente.

58. El informe del Comité de Incorporación se distribuyó a gran número de autoridades, organizaciones, ONG, etc., con la petición de que formularan observaciones. Teniendo en cuenta los comentarios recibidos, el Gobierno adoptará una postura con respecto a las recomendaciones del Comité de Incorporación.

No discriminación en la aplicación del Pacto (párrafo 5 y 6 de las directrices)

59. En lo que respecta a la no discriminación en la aplicación del Pacto, véase el último informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CRDE/C/408/Add.1) en enero de 2001, de conformidad con el artículo 9 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

60. El Gobierno de Dinamarca tiene por objetivo garantizar y fomentar - tanto mediante la legislación como con otras medidas - la igualdad de trato y oportunidades, así como el respeto y la tolerancia entre las personas, independientemente de su origen o creencias.

61. Todas las personas que residen legalmente en Dinamarca tienen los mismos derechos en casi todos los aspectos - independientemente de su nacionalidad. Asimismo, todas las personas gozan de la protección de los principios jurídicos generales de igualdad de trato en la administración pública del país.

Legislación contra el racismo y la discriminación

62. La legislación específica de Dinamarca contra el racismo y la discriminación consta de los elementos siguientes:

i) El artículo 266b del Código Penal, que prohibe difundir declaraciones u otros mensajes por los que se amenace, menosprecie o degrade a las personas por razón de su raza, color, creencias religiosas, ideas políticas, orientación sexual u origen nacional, social o étnico. En virtud de una enmienda de 1995 se considera circunstancia agravante que el delito tenga carácter propagandístico. La finalidad inicial de esta enmienda fue oponerse a la propaganda nazi y racista.

ii) La Ley que prohibe la discriminación por motivos de raza, etc., aprobada inicialmente en 1971, considera delito, en relación con una empresa ya sea comercial o sin fines lucrativos, negarse a servir o admitir a una persona por razón de su raza, color, creencias religiosas, ideas políticas, orientación sexual u origen nacional, social o étnico. Esta ley no se limita al acceso a los lugares públicos en el sentido estricto sino que abarca también el acceso a la vivienda.

iii) La Ley de prohibición de la diferencia de trato en el mercado laboral, de 1996, prohibe la discriminación por motivos de raza, color, creencias religiosas, ideas políticas, orientación sexual u origen nacional, social o étnico en lo que se refiere a la contratación laboral, el empleo o el despido.

iv) La Ley de las actividades de la Junta para la Igualdad Etnica, cuya finalidad es fomentar esa igualdad en todas las esferas de la sociedad, ha transferido esas actividades al Instituto de Derechos Humanos (véase más adelante).

v) En mayo de 2001 el Ministerio del Interior - actualmente Ministerio de Asuntos de los Refugiados, la Inmigración y la Integración - estableció un comité para la igualdad con el fin de que examinara y propusiera la manera de aplicar en el derecho danés la Directiva 2000/43/CE del Consejo de la UE, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico (la "Directiva de la raza"). Esta directiva incluye el establecimiento de un órgano para fomentar la igualdad de trato.

vi) En mayo de 2002 el Parlamento danés aprobó la Ley sobre el establecimiento de un centro de estudios internacionales y de derechos humanos, que contaría, entre otros institutos, con un instituto de derechos humanos que constituiría un órgano para fomentar la igualdad de trato de todas las personas, sin discriminación por motivos de origen racial o étnico, según establece el artículo 13 de la Directiva de la raza. Por ello el Instituto de Derechos Humanos cuenta con las competencias mencionadas en el párrafo 2 del artículo 13. Estas competencias incluyen el fomento de la igualdad de trato de todas las personas, sin discriminación por motivos de origen racial o étnico, lo que incluye la ayuda a las víctimas, la realización de estudios y la publicación de informes independientes, y la formulación de recomendaciones.

vii) El Comité para la Igualdad terminó su labor en septiembre de 2002 con la presentación de un informe. Basándose en dicho informe, el Gobierno de Dinamarca ha presentado al Parlamento un proyecto de ley que debería entrar en vigor el 1º de julio de 2003. Según ese proyecto, el Instituto de Derechos Humanos también estará facultado para adoptar decisiones sobre si se ha producido o no discriminación en casos individuales. En tales casos, el instituto podrá proporcionar ayuda para facilitar el acceso de la presunta víctima a la asistencia jurídica gratuita en los tribunales.

Políticas y medidas especiales para fomentar la igualdad de oportunidades y la tolerancia

63. En el marco de sus políticas de integración relativas a los grupos marginados socialmente, por ejemplo, los inmigrantes y los refugiados, el Gobierno aplica numerosas medidas para fomentar la tolerancia, la igualdad de trato y las oportunidades de todos los ciudadanos independientemente de su raza, sexo o religión.

64. Uno de los aspectos fundamentales de esta política es la Ley de Integración de 1999, cuyo principal objetivo es garantizar a los inmigrantes y refugiados la igualdad de oportunidades para participar en todas las esferas de la sociedad. La indicada ley contiene disposiciones para introducir en el plazo de tres años un programa amplio que abarque esferas tales como la formación profesional y la enseñanza de idiomas. También prevé el establecimiento de consejos municipales de integración para mejorar la participación política y la influencia de las minorías étnicas, así como de un consejo de minorías étnicas a nivel nacional que asesore al Gobierno.

65. La nueva Ley de integración transfirió la responsabilidad ordinaria de la labor de integración del Gobierno a los municipios, a los que se pagan todos sus gastos a este respecto. El Gobierno danés gasta aproximadamente entre 3 y 4 mil millones de coronas cada año para aplicar la nueva Ley de integración.

66. Otro elemento fundamental de la política de integración de Dinamarca es el Plan de Acción General para mejorar la integración, de febrero de 2000, de ámbito general. Dicho plan de acción establece claramente los objetivos del Gobierno. Los objetivos principales son, primero y ante todo, garantizar a inmigrantes y refugiados la igualdad de oportunidades de participación en todas las esferas de la sociedad, y en segundo lugar, conseguir el entendimiento y respeto mutuos entre inmigrantes y refugiados y el resto de la población. Un tercer e igualmente importante objetivo es el

de garantizar a inmigrantes y refugiados una vida digna y el seguro nacional de salud, en pie de igualdad con los demás. El plan de acción contiene 78 iniciativas concretas que actualmente están en fase de aplicación.

67. La igualdad de las minorías étnicas en el puesto de trabajo tiene gran prioridad tanto en el sector público como en el privado, y seguirá teniéndola en tanto en cuanto esas minorías registren una tasa de desempleo más elevada que el resto de la población. Ya en 1993 se introdujo un plan de acción amplio con el fin de suprimir todos los obstáculos a la integración en el mercado del trabajo.

68. En el Plan de Acción para mejorar la integración, de febrero de 2000, se recomienda una gran variedad de nuevas iniciativas para mejorar la educación y la situación laboral de los inmigrantes y los refugiados.

69. Además, se ha aplicado otro plan de acción para garantizar la igualdad étnica en las políticas de contratación de las instituciones del Estado. A este respecto, la política del Gobierno se ha extendido a la política de contratación de muchos municipios y empresas privadas.

70. En marzo de 2002 el Gobierno de Dinamarca presentó una propuesta sobre la manera de conseguir que tanto los extranjeros y los refugiados recién llegados como los inmigrantes que han vivido en Dinamarca durante algún tiempo se conviertan en participantes activos e iguales de la sociedad. Esta propuesta se publicó en el documento normativo oficial de 5 de marzo de 2002, titulado "Hacia una nueva política de integración". La propuesta abarca una amplia variedad de iniciativas para mejorar la integración de las minorías étnicas en el mercado de trabajo danés y en la sociedad del país. Puede resumirse en los 4 temas siguientes:

Rápida incorporación en el mercado de trabajo;

Cursos de danés eficaces;

Mejor utilización de los conocimientos laborales;

La integración como preocupación común.

71. Las iniciativas encaminadas específicamente a luchar contra el racismo tienen que contar con el apoyo de iniciativas de integración más generales. El objetivo de la integración de las minorías étnicas es reducir el racismo, la xenofobia y la discriminación en la sociedad cuando se produzca. Se ha adoptado una amplia variedad de medidas legislativas y otras iniciativas para aplicar la nueva política de integración.

72. El Ministerio de Asuntos de los Refugiados, la Inmigración y la Integración proporciona apoyo financiero para gran variedad de actividades encaminadas a fomentar la participación, la integración, la tolerancia y las buenas relaciones comunitarias. Para ello se facilita apoyo económico importante con el fin de, por ejemplo, sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de las minorías étnicas, las actividades interculturales y los materiales de información, y diversos tipos de proyectos de integración local. También se proporciona apoyo económico para iniciativas que faciliten un desarrollo positivo de las zonas urbanas en las que vivan gran número de grupos con bajos ingresos y de inmigrantes y refugiados. En general, el ministerio paga aproximadamente entre 15 y 20 millones de coronas danesas cada año para estos fines.

Otras medidas para luchar contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia conexa

73. En el marco del Año Internacional de la Movilización contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, Dinamarca realizó una campaña contra el racismo en los años 2000 y 2001. Esta campaña formó parte de los preparativos de la Conferencia del Consejo de Europa contra el Racismo, que se celebró en Estrasburgo del 11 al 13 de octubre de 2000, y de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, que se celebró en Durban del 31 de agosto al 7 de septiembre de 2001.

74. El Ministerio del Interior - actualmente Ministerio de Asuntos de los Refugiados, la Inmigración y la Integración - asignó tres millones anuales de coronas danesas en los años 2000 y 2001 para esa campaña, en la que se adoptó una serie de iniciativas. El Ministerio del Interior, en cooperación con la Asociación Danesa de las Naciones Unidas que se ocupó de la coordinación de las actividades de las ONG danesas en relación con la campaña, preparó un catálogo de ideas acompañado de sugerencias para la realización de actividades durante la campaña. Diferentes organizaciones con conocimientos prácticos especializados llevaron a cabo los diversos proyectos y campañas para un grupo señalado especialmente como objetivo y sobre temas especiales. La campaña tuvo como finalidad fomentar una elevada participación de asociaciones y organizaciones, incluidas las que normalmente no se ocupan de la cuestión del racismo. Otro objetivo fue vincular los acontecimientos internacionales con los nacionales.

75. Uno de los principales objetivos de la campaña fue el de fomentar un mejor entendimiento de las cuestiones relacionadas con el racismo y conseguir al mismo tiempo un mayor compromiso por parte de la población en general en la lucha contra el racismo y garantizar que el debate sobre las minorías étnicas, los residentes extranjeros y los refugiados en Dinamarca se llevase a cabo de manera constructiva y positiva.

76. El Gobierno de Dinamarca decidió establecer un plan de acción nacional para fomentar la diversidad, la tolerancia y la igualdad de trato, y para luchar contra la discriminación, como seguimiento de la Declaración y Programa de Acción de Durban. La meta general del plan de acción es:

fomentar la igualdad de trato y la equidad, independientemente de la raza o el origen étnico, en parte promoviendo la diversidad y la tolerancia, así como

luchar contra la desigualdad de trato por motivos de raza u origen étnico.

77. Además de ser una meta en si misma, la lucha contra la desigualdad de trato contribuye a garantizar que los extranjeros recién llegados puedan participar en la vida de la sociedad en lo que respecta a la política, la economía, el empleo, las actividades sociales, la religión y la cultura, en pie de igualdad con los demás ciudadanos. Por consiguiente, se considera que el plan de acción forma parte de la política de integración del Gobierno danés y complementa su documento normativo, titulado "Hacia una nueva política de integración", publicado el 5 de marzo de 2002.

78. El plan de acción ofrecerá un panorama general de la situación actual de Dinamarca y de la legislación existente así como de las iniciativas no legislativas en la esfera de la igualdad de trato. Asimismo, tiene gran importancia el hecho de que el plan de acción formulara recomendaciones acerca de las medidas que deban adoptarse en el futuro, consideradas necesarias para alcanzar la meta general antes mencionada. El Gobierno de Dinamarca ha adoptado medidas para conseguir la participación de las ONG y las instituciones de derechos humanos nacionales en la elaboración del plan de acción, que se iniciará a finales de este año.

79. Durante el otoño de 1992 el Comisionado Nacional de Policía (Servicio de Seguridad Nacional) presentó un sistema de información de los distritos de policía de Dinamarca destinado a garantizar que se le comuniquen los hechos y actividades criminales de posible origen racista contra extranjeros. Este plan se introdujo a raíz de haberse cometido numerosos delitos, principalmente de carácter vandálico por motivaciones racistas, contra emigrantes y refugiados.

80. Este sistema de información se revisó el 18 de diciembre de 2001 y las revisiones entraron en vigor el 1º de febrero de 2002. Las revisiones tuvieron por finalidad simplificar el sistema de información y hacerlo más eficaz. Con arreglo al nuevo sistema, se notifican al Comisionado Nacional de Policía los actos criminales de posible carácter racista. El sistema se ha ampliado para incluir también los actos criminales de posible motivación religiosa. En consecuencia, todo acto criminal de origen racista o religioso debe notificarse al Comisionado Nacional de Policía.

81. Estos sistemas de información, así como los informes posteriores dirigidos al Director de la Fiscalía sobre violaciones de la Ley que prohibe la discriminación por motivos de raza, etc., que se mencionan en el tercer informe periódico de Dinamarca (párrafo 28), constituyen la base, entre otras cosas, de las declaraciones formuladas por Dinamarca ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial sobre hechos criminales por motivos racistas (muy recientemente, en el 15º periodo de sesiones, Dinamarca (CEDR/C/40/Add.1; HRI/CORE/1/Add.58) con arreglo a lo dispuesto en la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial) y también ante el Centro Europeo de Vigilancia del Racismo y la Xenofobia.

Esfuerzos del Gobierno de Dinamarca a fin de garantizar que en su cooperación para el desarrollo se fomenten los derechos económicos, sociales y culturales (párrafo 7 de las directrices)

82. La política danesa general de cooperación para el desarrollo, titulada "Asociación 2000", pone de relieve que esa política constituye parte integrante de la política exterior de Dinamarca y que sus objetivos fundamentales son, entre otros, fomentar el desarrollo económico, social y ambiental sostenible del mundo. La importancia de estas cuestiones se reitera en la declaración de principios del Gobierno, de diciembre de 2001, y en el "Examen de la asistencia oficial de Dinamarca al desarrollo y al medio ambiente de los países en desarrollo", realizado en enero de 2002. En consecuencia, la política danesa para el desarrollo considera que la protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales tiene enorme importancia para la calidad de vida en los países en desarrollo, y que la protección de la persona frente a las violaciones de esos derechos constituye un requisito previo fundamental para la libre participación en el debate público y en los procesos de adopción de decisiones políticas.

83. La mitigación de la pobreza constituye el principio fundamental de la ayuda danesa para el desarrollo. La estrategia de la asistencia oficial para el desarrollo con este fin puede condensarse en los tres puntos principales siguientes:

promoción del crecimiento sostenible y económico equilibrado socialmente;

desarrollo del sector social, incluido el fomento de la enseñanza de los servicios de salud, como requisito previo para el aprovechamiento de los recursos humanos;

fomento de la participación popular en el proceso de desarrollo, el desarrollo de una

sociedad basada en el estado de derecho y el buen gobierno como requisitos previos para la estabilidad y el progreso económico, social y político.

84. El objetivo de la política danesa para el desarrollo es ayudar a los países en desarrollo en sus esfuerzos por alcanzar el desarrollo sostenible basado en el mejoramiento de las condiciones de vida gracias al crecimiento económico equilibrado socialmente y el respeto de la independencia política. Además de fomentar el entendimiento y la solidaridad mutuas mediante la cooperación cultural entre los pueblos, la asistencia tiene por finalidad crear igualdad y libertad de oportunidades para las personas, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, el aprovechamiento de los recursos humanos y el respeto de la persona, así como el establecimiento de sociedades civiles pluralistas. Se hace especial hincapié en el mejoramiento de la condición económica y social de la población rural, en especial de los grupos más pobres y vulnerables. Una parte importante de la asistencia proporcionada para fomentar el respeto de los derechos humanos es el especial interés dado a las actividades de apoyo a los grupos vulnerables, entre otros los pueblos indígenas.

85. El presupuesto total de Dinamarca destinado a la asistencia oficial para el desarrollo en 2002 ascendió a 13.900 millones de coronas danesas (aproximadamente 1.853 millones de dólares de los EE.UU.), aunque la cifra final comunicada a la cooperación oficial para el desarrollo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos puede variar ligeramente. Dinamarca es uno de los principales países donantes de este tipo de ayuda por el número de habitantes.

Artículo 3

Igualdad entre hombres y mujeres

86. Véase a este respecto el quinto informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/DEN/5), en mayo de 2002.

87. La promoción de la igualdad de género es una cuestión importante en Dinamarca. En julio de 1999, el Primer Ministro nombró un ministro de igualdad de género, que actualmente es también Ministro de Asuntos Sociales, encargado de fomentar dicha igualdad. En mayo de 2000, el Parlamento de Dinamarca aprobó una ley sobre la igualdad de género (Ley Nº 388, de 30 de mayo de 2000), en la que se establece que mujeres y hombres deben recibir el mismo trato en la administración pública y en las actividades laborales y generales. De conformidad con la estrategia principal a este respecto, la indicada ley establece que todas las autoridades públicas, en su esfera de competencia, trabajarán por la igualdad de género, que integrarán en toda planificación y administración.

88. El Ministerio de Igualdad de Género ha establecido un comité directivo interministerial encargado de aplicar la estrategia general en todas las esferas del sector público. El comité directivo está compuesto por gestores experimentados de todos los ministerios.

Artículo 4

Limitaciones

89. Todas las limitaciones se indicarán dentro del artículo pertinente.

Artículo 5

Actividades encaminadas a la destrucción o limitación de derechos

90. El Gobierno de Dinamarca no tiene conocimiento de ningún caso en que se haya recurrido a las disposiciones del Pacto contraviniendo lo dispuesto en el artículo 5.

Artículo 6

Derecho al trabajo

Presentación de informes sobre convenciones conexas pertinentes (párrafo 8 de las directrices)

91. Véase a este respecto el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15) en septiembre de 1997 y los informes presentados a la Oficina Internacional de Trabajo (el año del último informe se indica entre paréntesis) acerca de la aplicación del Convenio Nº 122 sobre la política de empleo (2000) y el Convenio Nº 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación) (1999), y al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (2001) y al Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (2000).

Información sobre el empleo (apartado a) del párrafo 9 de las directrices)

92. La evolución registrada en el mercado de trabajo en lo que respecta al empleo, las tasas de actividad y el desempleo se indica en los cuadros que figuran a continuación, cuyos datos han sido preparados por el servicio de estadística de Dinamarca.

Cuadro 1

El empleo en 1990, 1995 y 2000 (en miles de personas)

4° trimestre de 1990

4° trimestre de 1995

4° trimestre de 2000

Empleo a tiempo completo ajustado estacionalmente

2 014

2 037

2 200

93. El empleo ha ido creciendo desde 1993. En el año 2000 alcanzó su mayor nivel nunca registrado y desde 1990 ha crecido el 9 por ciento.

Cuadro 2

El desempleo expresado en porcentaje de la población activa en 1991, 1995 y 2000

1991

1995

2000

Desempleo total

10,6

10,4

5,4

Desempleo desglosado por grupos de edad

16 a 24 años

25 a 34 años

35 a 54 años

55 a 59 años

60 a 66 años

10,9

14,0

8,5

11,7

9,6

8,5

12,3

8,9

15,1

16,6

3,0

6,2

5,1

8,4

7,5

Desempleo por sexo

Hombres

9,2

9,0

4,6

Mujeres

12,1

12,0

6,3

94. El desempleo ha ido disminuyendo desde 1993/1994. Durante el periodo que se examina, el desempleo se ha reducido a la mitad. La disminución del desempleo se ha extendido a todos los grupos de edad. El desempleo de los jóvenes ha registrado la mayor disminución, esto es, aproximadamente el 67 por ciento. En lo que respecta a hombres y mujeres, la disminución ha sido la misma (aproximadamente el 50 por ciento). La tasa de desempleo de las mujeres sigue siendo superior a la de los hombres.

Cuadro 3

Tasas de actividad y empleo en 2000, desglosadas por sexo y edad

Tasa de actividad

Tasa de empleo

16 a 66 años

77,5

74,2

Hombres

81,4

78,2

Mujeres

73,6

70,2

50 a 59 años

79,7

76,1

60 a 66 años

27,8

26,6

Inmigrantes

55,6

49,3

95. La tasa de actividad representa el porcentaje de población activa. La tasa de empleo es el porcentaje de población empleada. Por consiguiente, la diferencia entre la tasa de actividad y la tasa de empleo representa el porcentaje de población que carece de empleo. En lo que respecta a las personas de edades comprendidas entre 16 y 66 años, el 3,3 por ciento está desempleado. Cabe señalar que esta tasa de desempleo no es la misma que la tasa de desempleo ordinaria indicada más arriba (el desempleo expresado como porcentaje de la población activa).

96. Las tasas de actividad y de empleo de los hombres son superiores a las de las mujeres, y a mayor edad, más bajos son esos porcentajes.

97. En lo que respecta a los inmigrantes, tanto la tasa de actividad como la de empleo son significativamente inferiores a las del resto de la población. Por consiguiente, se adoptan medidas de integración para aumentar su tasa de empleo.

98. Del mismo modo, Dinamarca registra una tasa de desempleo relativamente elevada de las personas de origen étnico no danés, por lo cual se han adoptado diversas iniciativas para fomentar la integración de los nuevos daneses en el mercado laboral. Véase a este respecto el 15º informe periódico de Dinamarca al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/40/Add.1).

Medidas para garantizar un trabajo productivo a todas las personas (apartados b) y c) del párrafo 9 de las directrices)

99. Véase a este respecto el tercer informe periódico del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

Libertad de elección de empleo (apartado d) del párrafo 9 de las directrices)

100. En Dinamarca no existe discriminación en lo que respecta a la libertad de elección de empleo, y las condiciones de empleo no violan las libertades políticas y económicas fundamentales de la persona. Por el contrario, la política de empleo tiene por finalidad dar a todos una educación y un trabajo adecuados y protección contra la discriminación en el ámbito del Convenio Nº 111 de la OIT sobre la discriminación en lo que respecta al empleo y la ocupación.

Programas de capacitación técnica y profesional (apartado e) del párrafo 9 de las directrices)

101. En mayo de 2000 el Parlamento danés (Folketinget) aprobó diversas leyes que reunirán los programas de capacitación y de ampliación de conocimientos en un solo sistema coherente y transparente de educación de adultos.

102. La reforma de la formación profesional tiene tres objetivos principales. Primero, proporcionar educación de adultos pertinente y ofrecer una capacitación continua a todos los adultos en todos los niveles educativos, desde los de baja capacitación hasta los de título universitario. Las ofertas de educación y capacitación tienen que constituir un sistema de competencia que reconozca oficialmente a todos los adultos los conocimientos y capacitaciones que adquieran, tanto en el lugar de trabajo o participando en programas oficiales de educación y capacitación. Segundo, la reforma tiene por finalidad mejorar las oportunidades de las personas con niveles de educación más bajos. Los cursos para adultos sobre temas generales, como por ejemplo lectura, expresión oral y matemáticas, y la capacitación profesional continua desempeñan una importante función en la labor encaminada a mejorar las oportunidades de educación y capacitación de los grupos con menores conocimientos. Lo mismo es válido para las nuevas posibilidades de adquirir experiencia laboral y participar en la capacitación continua como parte de un programa educativo que proporcione a los participantes competencia profesional reconocida oficialmente. Por último, la reforma tiene por finalidad utilizar mejor los recursos. En 1998, el Estado danés gastó 12.000 millones de coronas en la capacitación continua y avanzada. La reforma de la educación de adultos permitirá emplear de manera más rentable los enormes recursos dedicados a este tipo de educación.

103. Los programas del sistema de educación de adultos se caracterizan por estar dedicados a los adultos empleados, por su contenido que tiene en cuenta la labor y experiencia de esas personas y por su organización flexible.

104. En lo que respecta al sistema de capacitación profesional, cabe decir lo siguiente. Los programas de capacitación profesional son instrumentos de la política del mercado laboral de que dispone el Ministerio de Trabajo y forman parte de la labor general de capacitación continua y de educación de adultos empleados en empresas, con la finalidad de aumentar el nivel de instrucción del sector adulto de la población.

105. Los programas tienen por finalidad garantizar educación y capacitación en competencias reconocidas, principalmente a las personas con escasa formación en lo que respecta a puestos de trabajo específicos. El objetivo del sistema de capacitación profesional es mejorar los conocimientos prácticos de la población activa, de modo que se ajusten constantemente a las necesidades del mercado de trabajo.

106. El grupo al que se destina el sistema de capacitación profesional es principalmente el de las personas con escasos conocimientos especializados pero también se incluyen personas que disponen de conocimientos de esta clase. Este grupo incluye a personas desempleadas y personas empleadas, tanto en el sector privado como en el sector público, y personas empleadas por cuenta propia. Estos grupos tienen acceso a la educación y capacitación, y los programas se ajustan a sus necesidades con especial hincapié en las necesidades de las personas empleadas. La financiación de los programas de educación y capacitación de las personas desempleadas corre a cargo de las autoridades estatales locales (el Servicio Público de Empleo) con el fin de garantizar la coherencia entre la educación y la capacitación elegida y las posibilidades de conseguir empleo.

107. El contenido de los programas se decide en órganos compuestos por representantes de los interlocutores sociales, con arreglo al sector y la ocupación de que se trate, y se aprueban a nivel central. Los programas se ofrecen en módulos que permiten adquirir un nivel creciente de competencias hasta alcanzar el nivel de la educación profesional, pero la finalidad de cada programa concreto se describe en relación con las especificaciones del puesto de trabajo en el mercado laboral. En la actualidad existen aproximadamente 2.000 programas de capacitación profesional.

108. Los programas se imparten en 15 centros independientes de capacitación profesional, en escuelas profesionales bajo la responsabilidad del Ministerio de Educación, en instituciones parcialmente propiedad del Estado y mediante proveedores privados.

109. Los interlocutores sociales proporcionan asesoramiento en esta esfera en lo que respecta a las normas, necesidades de desarrollo, contenido concreto de los programas y financiación. En algunos casos los interlocutores sociales pueden recomendar que la subvención de los programas no

represente el 100 por ciento, de manera que los cofinancien las empresas. Esto es válido principalmente en las esferas en que se supone que las empresas capacitarían personal incluso sin la financiación del Estado.

110. Se paga un subsidio en relación con los programas, tanto en lo que se refiere a la política del mercado del trabajo como a la política educativa de formación de adultos empleados en empresas y la capacitación permanente o continua de personas con conocimientos especializados o que carezcan de todo tipo de instrucción. Este subsidio corresponde a la cuantía máxima de las prestaciones de desempleo y puede pagarse a los empleadores que decidan pagar el salario completo a sus empleados durante el periodo de educación y capacitación. Los jóvenes de menos de 25 años de edad sólo pueden recibir este subsidio durante un periodo de tiempo limitado con el fin de garantizar que el sistema de capacitación permanente no les impida seguir cursos de enseñanza básica debido a la favorable situación económica.

Dificultades con que se ha tropezado (apartado f) del párrafo 9 de las directrices)

111. Véase el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

Distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias entre personas o grupos de personas (apartado a) del párrafo 10 de las directrices)

112. Se aplica principalmente a este respecto la Ley que prohibe la discriminación en el mercado de trabajo, etc. (Nº 459, de 12 de junio de 1996). Su finalidad es aplicar el Convenio Nº 111 de la OIT sobre la discriminación (empleo y ocupación) y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. La ley incluye los criterios mencionados en esos convenio y convención, es decir, prohibe la discriminación por razón de la raza, el color, la religión, las opiniones políticas o el origen nacional, social o étnico.

113. En dicha ley también se prohibe la discriminación por motivos de orientación sexual. Se ha incluido este criterio porque la legislación danesa brinda en diversos ámbitos protección contra cualquier discriminación que las autoridades privadas y públicas pudieran ejercer por este motivo.

114. La ley prohibe la discriminación directa o indirecta. La prohibición de la discriminación se aplica a todos los empleadores - tanto del sector privado como del público -, a toda persona que se dedique a tareas de orientación, enseñanza y formación y a toda persona con responsabilidades en materia de contratación, despido, traslado o promoción de personal o con respecto a las condiciones salariales y laborales. La prohibición se aplica a todos los niveles de la relación laboral.

115. La ley no impide que se aprueben otras leyes o se adopten otras medidas públicas para promover las oportunidades laborales de las personas de una determinada raza, color, religión, etc.

116. La aplicación de la directiva 2000/43/CE del Consejo de la UE, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas, independientemente de su origen racial o étnico, y de la directiva 2000/78/CE, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, obligarán a introducir modificaciones en la Ley por la que se prohibe la discriminación en el mercado de trabajo.

117. Véase también en este caso el 15º informe de Dinamarca relativo a la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD/40/Add.1).

Situación con respecto a la orientación de la formación profesional, etc. (apartado b) del párrafo 10 de las directrices)

118. Véase el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

Distinciones que no se consideren discriminación (apartado c) del párrafo 10 de las directrices)

119. En el artículo 6 de la Ley por la que se prohibe la discriminación en el mercado del trabajo se enumeran los requisitos previos para la concesión de exenciones. Se autorizan medidas especiales y se establecen por ley o con referencia a una ley. En el indicado artículo también se garantiza la posibilidad de llevar a cabo proyectos públicos para fomentar la igualdad de trato.

120. Además, los empleadores podrán quedar exentos de la aplicación de la Ley por la que se prohibe la discriminación en el mercado de trabajo si para llevar a cabo la labor de que se trate tiene importancia decisiva que quién la realice tenga un especial origen étnico. Goza de esta exención concreta el Centro de Documentación y Consulta sobre la Discriminación Racial.

Parte de la población laboral que tiene más que un empleo a tiempo completo (párrafo 11 de las directrices)

121. Esta cuestión no puede responderse en relación con "garantizar un nivel de vida adecuado para sí y sus familias" recurriendo a medios puramente estadísticos. Tal situación puede abordarse de manera aproximada mediante la cuenta "Número de horas trabajadas" del Servicio de Estadística de Dinamarca.

Cuadro 4

Número de puestos de trabajo y de personas empleadas en 1995 y 2000

1995

2000

Número de puestos de trabajo

2 912 194

3 091 261

Número de personas empleadas

2 611 119

2 748 950

Número de puestos de trabajo por persona empleada

1,12

1,12

Número de personas con más de un puesto de trabajo

Aprox. 300 000

Aprox. 342 000

Fuente : "Número de horas trabajadas", cuarto trimestre de 2000, mercado de trabajo de 2001: 15, 29 de marzo de 2000

122. Teniendo presente la incertidumbre que rodea esta cuenta, una estimación prudente da a entender que entre el 10 y el 12 por ciento de las personas empleadas tiene más que un trabajo ordinario y que esta cifra no ha variado de manera significativa entre 1995 y 2000.

Cambios desde el informe anterior (párrafo 12 de las directrices)

123. Véase la información proporcionada en la respuesta al apartado a) del párrafo 10 de las directrices: distinciones, exclusiones, restricciones o preferencias entre personas o grupos de personas (párrafos 112 a 117).

124. Cabe señalar además que los tribunales de justicia daneses se han ocupado de cuatro casos de discriminación étnica en el mercado de trabajo. Un caso se refería al uso de pañuelos de cabeza por motivos religiosos por parte de aprendizas de un comercio (véase mayor información en el párrafo 50 anterior). En este caso se determinó que la expulsión de una aprendiza que deseaba llevar un pañuelo en la cabeza debido a sus creencias religiosas equivalía a una discriminación indirecta.

125. En un caso ocurrido en Copenhague, un centro comercial y de ocio aceptó una multa de 3.000 coronas danesas por haber puesto un anuncio de trabajo en Internet en el que se ofrecía un puesto de ayudante de servicio a personas de nacionalidad danesa.

126. Véase el 15º informe periódico del Gobierno de Dinamarca relativo a la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CRDE/C/40/Add.1).

Papel de la asistencia internacional (párrafo 13 de las directrices)

127. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 7

Condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Remisión a informes anteriores (párrafo 14 de las directrices)

128. Véase el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15) y los informes presentados a la Oficina Internacional del Trabajo acerca de la aplicación de los siguientes Convenios de la OIT (el año de presentación del último informe se indica entre paréntesis):

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (Nº 100) (2000);

Convenio sobre el descanso semanal (Industria), 1921 (Nº 14) (2000);

Convenio sobre el descanso semanal (Comercio y Oficinas), 1957 (Nº 106) (2000);

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (Nº 81) (1997);

Convenio sobre la inspección del trabajo (Agricultura), 1969 (Nº 129) (2000);

Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (Nº 155) (1999).

Sistema de salarios mínimos (apartados a) y b) del párrafo 15 de las directrices)

129. Véase el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

Cuadro 5

Evolución del índice de precios de consumo y de los salarios indizados

en 1991, 1995 y 2000

1991

1995

2000

Salario medio anual

Trabajadora no especializada

Trabajador especializado

Funcionario público

Empleado asalariado del sector privado

Indice de precios de consumo

100,0

100,0

100,0

100,0

100,0

111,5

110,4

108,5

111,7

110,2

129,4

128,2

124,8

134,2

123,7

Empleado asalariado del sector privado

Trabajadora no especializada

Trabajador especializado

Funcionario público

Empleado asalariado del sector privado

100,0

100,0

100,0

100,0

101,2

100,2

98,5

101,4

104,6

103,6

100,9

108,5

Fuente : Salarios anuales: familias e ingresos, Ministerio de Asuntos Económicos, noviembre de 2000. Indice de precios de consumo: Servicio de Estadística de Dinamarca.

Igualdad de remuneración (apartado c) del párrafo 15 de las directrices)

130. Véanse las páginas 33 y 34 del quinto informe periódico del Gobierno de Dinamarca acerca de la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW/C/DEN/5).

131. La promoción de la igualdad de género es una cuestión importante en Dinamarca. En julio de 1999, el Primer Ministro nombró un ministro de la igualdad de género, que actualmente es también Ministro de Asuntos Sociales, encargado de fomentar dicha igualdad. En mayo de 2000, el Parlamento de Dinamarca aprobó una ley sobre la igualdad de género (Ley Nº 388, de 30 de mayo de 2000) en la que se establece que mujeres y hombres deben recibir el mismo trato en la administración pública y en las actividades laborales y generales. De conformidad con la estrategia

principal a este respecto, la indicada ley establece que todas las autoridades públicas, en su esfera de competencia, trabajarán por la igualdad de género, que integrarán en toda planificación y administración.

132. El Ministerio de Igualdad de Género ha establecido un comité directivo interministerial encargado de aplicar la estrategia general en todas las esferas del sector público. El comité directivo está compuesto por gestores experimentados de todos los ministerios.

Distribución del ingreso de los empleados (apartado d) del párrafo 15 de las directrices)

133. No se dispone de estadísticas en las que se desglose el ingreso en relación con los empleados del sector público y del sector privado. Tampoco se dispone de información sobre los componentes salariales de "remuneración y beneficios no pecuniarios".

134. Pueden darse cifras resumidas de los salarios del sector privado y del sector público en 1998. Los salarios medios anuales de ese año (calculados como la masa salarial dividida por el número de personas empleadas a tiempo completo) pueden estimarse como sigue:

Sector privado: 270.000 coronas danesas;

Sector público: 248.000 coronas danesas.

Categorías de trabajadores excluidas de los planes existentes, que se benefian de dichos planes en grado insuficiente o que no se benefician de ellos (apartado a) del párrafo 16 de las directrices)

135. Véase a este respecto el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

136. Entre 1994 y mayo de 2001 se aplicaron 68 resoluciones basadas en la Ley del Entorno Laboral.

Información sobre accidentes y enfermedades laborales (apartado b) del párrafo 16 de las directrices)

137. Se adjunta información estadística sobre el número de accidentes laborales notificados en Dinamarca entre los años 1993 y 2000, ambos incluidos.

Principio de la igualdad de oportunidades para el ascenso (párrafo 17 de las directrices)

138. Véanse las páginas 434 y35 del quinto informe periódico del Gobierno de Dinamarca acerca de la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW/C/DEN/5).

139. La Ley Nº 440, de 7 de junio de 2001, establece la carga compartida de la prueba en las esferas de la igualdad de trato y la igualdad de remuneración, en aplicación de la Directiva sobre la carga compartida de la prueba (90/87/EF).

Descanso y vacaciones remunerados (párrafo 18 de las directrices)

140. No se han introducido cambios desde que se presentó el tercer informe periódico del Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

Cambios que se hayan introducido después del informe anterior (párrafo 19 de las directrices)

141. Los cambios habidos ya han sido tratados en las correspondientes respuestas dadas más arriba.

Papel de la asistencia internacional (párrafo 20 de las directrices)

142. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 8

Sindicatos

Referencia a otros informes (párrafo 21 de las directrices)

143. Véanse el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15) y los informes presentados a la Organización Internacional del Trabajo acerca de la aplicación de los siguientes convenios de la OIT (el año de presentación del último informe se indica entre paréntesis):

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (Nº 87) (2000);

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (Nº 98) (1999);

Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, (Nº 151) (1999).

Condiciones para fundar sindicatos y afiliarse a ellos (apartados a) a e) del párrafo 22 de las directrices)

144. No se ha introducido ningún cambio desde que se presentó el tercer informe periódico del Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

El derecho de huelga (párrafo 23 de las directrices)

145. La Carta Social de la Comunidad de 1989 establece el derecho a recurrir a la acción colectiva en caso de conflicto de intereses, incluido el derecho de huelga, a reserva de las obligaciones que se deriven de las normas nacionales y los convenios colectivos.

146. Véase además, en relación con el artículo 8 del Pacto, los párrafos 3 y 4 del tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15).

147. El lo que se refiere al derecho de huelga de los maestros de la enseñanza primaria y de la secundaria elemental del sector público, se trata de una cuestión de la que se ha ocupado la OIT en relación con una queja presentada contra el Gobierno danés respecto de la violación de la libertad de sindicación. Véase el caso Nº 1950 de la OIT. La recomendación adoptada en relación con este caso dice entre otras cosas que el Comité solicita al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar que todos los maestros - independientemente de su clasificación como funcionarios públicos - tengan derecho a hacer huelga y a ser informados acerca de los progresos que puedan alcanzarse a este respecto.

148. Posteriormente se han celebrado negociaciones entre los interlocutores sociales para solucionar este caso. En estas negociaciones se llego al acuerdo de que no se adoptaría legislación, etc. encaminada a permitir el acceso de los funcionarios públicos a acciones reivindicativas a raíz de las recomendaciones de la OIT en el caso Nº 1950. En consecuencia, los interlocutores sociales indicaron que no adoptarían nuevas medidas en relación con este asunto.

Restricciones del derecho de huelga (párrafo 24 de las directrices)

149. No se impone ninguna condición para afiliarse a un sindicato o constituirlo. Las autoridades no se interfieren en el derecho de toda persona de afiliarse a organizaciones sindicales o constituirlas.

150. El sistema de relaciones laborales de Dinamarca se caracteriza por un elevado grado de "juridificación". Existe una amplia "obligación de mantener la paz", es decir, el deber por parte del sindicato que sea parte en un convenio colectivo, y a menudo de sus afiliados (los trabajadores individuales), de no realizar acciones reivindicativas (huelga, cierre patronal, bloqueo, etc.) cuando está en vigor un convenio colectivo.

Cambios desde el informe anterior (párrafo 25 de las directrices)

151. Los posibles cambios de este tipo ya se han tratado en las respuestas pertinentes que figuran anteriormente.

Artículo 9

Seguridad social

La seguridad social en el marco de la OIT (párrafo 26 de las directrices)

152. Dinamarca ha ratificado el Convenio Nº 102 de la OIT.

Ramas de la seguridad social (párrafo 27 de las directrices)

153. Existen todas las ramas de la seguridad social mencionadas.

Principales características de los planes vigentes (párrafo 28 de las directrices)

Pensiones sociales

154. En Dinamarca, las personas de edad y las personas con capacidad laboral disminuida, etc., están atendidas en marco de la Ley de pensiones sociales. La pensión de vejez se paga a todos a partir de los 67 años, y se paga una pensión anticipada a las personas entre los 18 y los 66 años de edad cuya capacidad laboral les impide obtener ingresos para ser autosuficientes, en todo o en parte.

Pensión de vejez

155. La pensión de vejez es la pensión básica de Dinamarca que perciben todas las personas al cumplir 67 años. La pensión de vejez está financiada por el Gobierno central y no se basa en principios de seguros ni depende de ningún vínculo con el mercado de trabajo. Las personas no vinculadas a este mercado, como las amas de casa, también reciben pensión de vejez a partir de los 67 años.

156. En 2004, la edad para tener derecho a la pensión de vejez se reducirá de 67 a 65 años para las personas nacidas a contar desde el 1º de julio de 1939.

157. La pensión pública de vejez garantiza a todas las personas de edad un ingreso básico que se considera justo políticamente. El nivel de esta pensión debe considerarse teniendo en cuenta que los beneficiarios de la pensión de vejez tienen derecho a muchas prestaciones especiales (normas favorables para las prestaciones de vivienda, prestaciones de calefacción, subsidios de salud, imposición reducida de la vivienda ocupada por el propietario) la mayoría de las cuales dependen de los ingresos y activos del pensionista concreto. Además, los pensionistas en situación especialmente desventajosa pueden obtener un subsidio personal previa evaluación específica individual de sus necesidades. El sistema de pensiones públicas también debe considerarse teniendo en cuenta que los pensionistas tienen derecho a numerosos servicios gratuitos, por ejemplo, ayudas a domicilio y atención hospitalaria.

158. En principio, la cuantía de la pensión de vejez es igual para todos. No obstante, la pensión guarda relación con los ingresos (véase más adelante). Al mismo tiempo, el sistema de pensiones se basa en el principio de que conviene tener ingresos además de esta pensión, ya sean ingresos procedentes de planes privados de pensiones o de otros tipos de planes de ahorro.

159. Para tener derecho a la pensión de vejez: i) hay que poseer la nacionalidad danesa; ii) residir en Dinamarca; iii) haber residido de forma permanente en Dinamarca durante un mínimo de tres años entre los 15 y los 67 años de edad; y iv) haber cumplido 67 años. No obstante, hay muchas excepciones a las condiciones de nacionalidad y residencia.

160. El derecho a recibir una pensión de vejez completa requiere un periodo mínimo de residencia permanente en Dinamarca de 40 años entre las edades de 15 y 67 años. Si un pensionista no tiene derecho a pensión completa, la cuantía se fijará basándose en el cociente de dividir el periodo real de residencia entre los 15 y los 67 años de edad y el periodo de 40 años.

161. La pensión de vejez se compone de una suma básica y un complemento. Al 1º de enero de 2001 estas cantidades eran:

Pensión básica: 51.144 coronas danesas al año

Complemento de pensión para parejas: 24.024 coronas danesas al año

Complemento de pensión para personas solas: 51480 coronas danesas al año.

162. La pensión básica no se reduce según el ingreso, excepto cuando se trata de ingresos por trabajo personal que superen la cantidad de 217.300 coronas danesas del año 2001. El complemento de pensión se reduce si el pensionista o su cónyuge o cohabitante tiene ingresos superiores a cierto límite, además de la pensión. La cuantía del patrimonio, caso de tenerlo, no afecta a la pensión pública de vejez.

163. La pensión pública de vejez se ajusta todos los años basándose en la tendencia de las remuneraciones en el sector privado.

Pensión anticipada

164. El 1º de enero de 2003 entró en vigor una reforma de las pensiones anticipadas. Esta reforma simplifica varios aspectos del sistema de pensiones. Después de la reforma, la pensión anticipada se pagará como cantidad imponible única. Según las normas anteriores, había cuatro tipos de pensión anticipada, algunos de ellos libres de impuestos. La reforma supone también un cambio fundamental de la base aplicada para conceder la pensión. Ahora lo principal es evaluar la capacidad de trabajo de los ciudadanos, es decir, su capacidad en relación con el mercado laboral. Este cambio prosigue y amplía la actual línea activa de la política social y garantiza una mejor compatibilidad con otras normas que se aplican es esta esfera.

165. La pensión anticipada puede concederse a las personas de edades comprendidas entre 18 y 65 años (67 si el pensionista nació antes del 1º de julio de 1939) cuando su capacidad laboral les impide obtener ingresos que les permitan ser autosuficientes, en todo o en parte. Esto significa que no se concederá la pensión anticipada cuando se demuestre que el solicitante puede ocupar un puesto en el que se apliquen disposiciones de trabajo flexibles. El Gobierno central financia en un 35 por ciento la pensión anticipada, y las autoridades locales lo hacen en un 65 por ciento.

166. Los requisitos con respecto a la nacionalidad y la residencia para las excepciones correspondientes son similares a las aplicables respecto de la pensión de vejez. Para tener derecho a una pensión anticipada completa se requiere un periodo mínimo de residencia permanente que corresponde a cuatro quintas partes del número de años transcurridos desde la edad de 15 años hasta la fecha en que puede devengarse por primera vez la pensión.

167. Las personas que ya han obtenido la pensión anticipada con arreglo al plan anterior no se verán afectadas por las nuevas normas. Continuarán recibiendo la prestación con arreglo al anterior plan de pensiones.

168. Las pensiones anticipadas según el nuevo plan son las siguientes a partir del 1º de enero de 2003 (nivel de enero de 2001):

Personas solas: 152.880 coronas danesas anuales

Parejas: 129.948 coronas danesas anuales.

Cuadro 6

Cuantía de las pensiones anticipadas al 1º de enero de 2001

(plan de pensiones anterior)

Pensión anticipada concedida antes del

1º de enero de 2003

Cuantía máxima de una pensión anticipada

Cuantía media de una pensión anticipada

Pensión anticipada ordinaria aumentada

Pensión de vejez y pensión anticipada ordinaria

Imponible

Proporcional a los ingresos

Cuantía básica

51 144

51 144

51 144

51 144

+

+

Complemento de pensión ordinaria para parejas

24 024

24 024

24 024

24 024

+

+

Adicional especial para personas solas

27 456

27 456

27 456

27 456

+

_

Subsidio de discapacidad

24 876

24 876

_

_

Subsidio por imposibilida de desempeñar un trabajo

34 344

+

_

Suma anticipada

13 008

_

_

169. Las pensiones anticipadas son concedidas por las autoridades, cuyas decisiones pueden ser objeto de reclamación ante la junta regional de quejas sociales. Las decisiones adoptadas por dicha junta no pueden recurrirse ante ninguna otra autoridad administrativa. No obstante, la Junta Central de Apelaciones Sociales del Estado puede volver a ocuparse de todo caso que se considere de importancia pública general.

Pensión parcial

170. El plan de pensiones parciales entró en vigor el 1º de enero de 1987. Su finalidad es dar a los trabajadores de edades comprendidas entre los 60 y los 66 años la posibilidad de preparar una retirada gradual del mercado de trabajo antes de pasar a ser pensionistas completos. Mediante este plan es posible combinar el trabajo a tiempo parcial con el cobro de una pensión pública de semijubilación, de modo que la persona pueda disminuir el número de horas de trabajo durante un período de tiempo acorde con sus deseos y necesidades. La pensión parcial se paga a los

asalariados y empleados por cuenta propia de edades comprendidas entre los 60 y los 66 años. Los empleados por cuenta propia están también cubiertos por esta ley, que abarca a los cónyuges que les ayudan.

171. Los asalariados y los empleados por cuenta propia se rigen por reglas diferentes. El empleo, después de haber pasado al régimen de pensión parcial, es decisivo para determinar si el solicitante está cubierto por el plan para asalariados o por el de empleados por cuenta propia. Cuando una persona pasa al régimen de pensión parcial, el promedio de sus horas de trabajo semanales debe reducirse en siete por lo menos durante los nueve meses anteriores a esa transición. Después de ella, el promedio semanal de horas de trabajo no debe ser inferior a 12 horas ni superior a 30. Además, debe trabajarse como mínimo 20 días por trimestre. Los empleados por cuenta propia, al pasar al régimen de pensión parcial deben disminuir su horario semanal de trabajo en 18,5 horas por lo menos, de modo que el promedio semanal de horas de trabajo después del paso a ese régimen parcial sea de 18,5 horas.

172. El derecho a acogerse a la pensión parcial no está supeditado a poseer la nacionalidad danesa. Los extranjeros que viven y trabajan en Dinamarca tienen, por lo tanto, derecho a ese tipo de pensión, si satisfacen los demás requisitos.

173. La pensión parcial anual se calcula sobre la base de una cantidad de base igual al 82% de la cantidad máxima anual de la prestación por desempleo que, al 1º de enero de 2001, ascendía a 125.234 coronas danesas. La pensión parcial asciende al 1/37 de la cantidad básica respecto de cada hora en que se reduce el horario semanal de trabajo. Si, por ejemplo, las horas de trabajo se reducen de 37 a 15, la pensión parcial ascenderá al 22/37 de las 125.234 coronas danesas, es decir, 74.464 coronas danesas al año.

174. La pensión parcial se paga hasta el mes en que el beneficiario cumple 67 años inclusive. No se suma al pago de una pensión anticipada. El pago cesará a partir del momento en que se cobre una pensión o una pensión anticipada.

Prestación por enfermedad

175. Con arreglo a la Ley de subsidios diarios (enfermedad o maternidad), los empleados o empleados por cuenta propia pueden estar ausentes del trabajo por motivos de enfermedad o lesión. Los empleados y empleados por cuenta propia parcialmente incapaces de trabajar pueden tener derecho a una prestación reducida por enfermedad, es decir, si un médico resuelve que el empleado puede trabajar a tiempo parcial.

176. Con arreglo a la citada ley, las ausencias debidas a enfermedades de los hijos no dan derecho a percibir la prestación por enfermedad. En lo que respecta a las personas empleadas, en algunos convenios colectivos figuran normas sobre el derecho a percibir de los empleadores prestaciones por motivos de ausencia por enfermedad de un hijo.

177. La prestación por enfermedad suele basarse en el ingreso horario que un empleado habría obtenido de no haber estado ausente por enfermedad. Esta prestación no debe exceder de un máximo fijado, que al 11 de diciembre de 2000 ascendía a 79,38 coronas danesas por hora. Después de un período de enfermedad de dos semanas, la prestación por enfermedad no debe exceder de una cantidad semanal fija. Al 11º de diciembre de 2000, esta cantidad máxima ascendía a 2.937 coronas danesas.

Ayuda a enfermos y ancianos.

178. Se dispensan cuidados a domicilio con carácter permanente para realizar las tareas domésticas y atender a las necesidades personales de una persona que necesite ayuda material por causa de invalidez o incapacidad crónicas.

179. Desde abril de 1990, la Ley de asistencia social permite, entre otras cosas, percibir un subsidio para la atención domiciliaria de las personas que sufran enfermedades en fase terminal. Esta asistencia comprende:

Reembolso del lucro cesante pagadero a un allegado próximo que se ocupe del moribundo en su casa, aunque sin exceder el salario máximo que percibe el personal de servicio doméstico;

Reembolso de los medicamentos y artículos prescritos con independencia de la situación económica del enfermo o su familia. Este plan parte de la idea de que los cuidados a domicilio no deben comprender los gastos que el enfermo no habría hecho de haber sido hospitalizado;

Ayuda doméstica gratuita para prestar cuidado a los enfermos en fase terminal.

180. Toda persona que sufre una discapacidad o una invalidez crónica causada por enfermedad o vejez puede tener derecho a asistencia para hacer frente a los costos de ayudas, incluidos los de los artículos especiales de vestuario que sean necesarios para que la persona pueda seguir ejerciendo su actividad o negocio, o pueda aliviar considerablemente su dolencia, o facilitar mucho su vida cotidiana en el hogar. Toda persona que sufra invalidez o incapacidad crónica por causa de enfermedad o vejez podrá recibir la asistencia necesaria para adaptar la distribución de su alojamiento a fin de satisfacer sus necesidades en la mayor medida posible. Se puede conceder asistencia para atender a los gastos de ayuda o los dispositivos especiales en hoteles de apartamentos con servicio para personas inválidas o pensionistas ancianos.

181. El consejo municipal proporcionará o concederá asistencia en forma de servicios de previsión a las personas que reciban atención social con excepción de una prestación por discapacidad. El consejo municipal se asegurará de que las personas cuya condición requiera asistencia y cuidado permanentes que no pueden prestarse en su propio hogar durante el día sean admitidas en un hogar de atención diurna. Además, el consejo se ocupará del establecimiento de centros de atención diurna en su zona, ya que esa labor de asistencia social se ejecuta mejor en una institución. El consejo municipal velará por prestar atención 24 horas al día a las personas que la necesiten por razones de salud. El consejo municipal puede cumplir con sus obligaciones a tal respecto estableciendo servicios de guardia durante 24 horas. Esos servicios deberían establecer un marco que asegure a los usuarios el mayor grado posible de influencia, corresponsabilidad y bienestar.

182. A partir del 1º de enero de 1988, la Ley de asistencia social ha dejado de ocuparse de la construcción de residencias de ancianos y albergues. En lugar de ello, han de construirse alojamientos con arreglo a lo dispuesto en la Ley de viviendas para ancianos. No obstante, los actuales hogares para ancianos y albergues construidos en cumplimiento de la Ley de asistencia social podrán seguir funcionando después de haber sido reconstruidos y renovados. Los hogares de ancianos y los albergues son algunas de las instalaciones que el consejo municipal puede brindar para cumplir con las obligaciones que establece la Ley de asistencia social.

Indemnización por accidentes de trabajo.

183. La Ley de indemnización por accidentes de trabajo cubre a toda persona empleada en Dinamarca. También están cubiertos por esta ley los extranjeros que trabajan en Dinamarca y los marineros que trabajan a bordo de buques de pabellón danés. Las personas que han sido destacadas para desempeñar un empleo en el extranjero están asimismo cubiertas por las disposiciones de la ley a reserva de determinadas condiciones. En la ley está comprendido el trabajo remunerado y no remunerado de corta o larga duración, comprendidos los servicios privados prestados al empleador y a su familia.

184. Se entiende por accidente de trabajo la lesión que sufre una persona como consecuencia del trabajo o de las condiciones en que lo realiza. Esto es válido para los accidentes laborales y las enfermedades profesionales. Un accidente de trabajo es un acontecimiento repentino que causa daños a la salud de la persona interesada. No puede tener carácter intencional. No obstante, hay enfermedades que en algunos casos pueden atribuirse al trabajo, si se ha establecido que la enfermedad está causada por el carácter especial de ese trabajo.

185. La ley prevé las siguientes prestaciones:

Pago de los costos de tratamiento, rehabilitación y ayudas técnicas, etc.;

Indemnización por pérdida de la capacidad laboral;

Indemnización por lesión permanente;

Indemnización para los supervivientes por pérdida de la persona que los sustenta;

Subsidios de transición en caso de muerte.

186. La indemnización por pérdida de capacidad laboral inferior al 50% pero superior al 15% se convertirá normalmente en una suma global sin necesidad de solicitar el consentimiento de la persona lesionada.

187. Cuando la indemnización por pérdida de capacidad laboral sea del 50% o más, la parte de la indemnización correspondiente al 50% podrá convertirse en una suma global, a solicitud del beneficiario.

188. Se abonan prestaciones periódicas durante un período limitado, es decir, hasta que la persona cumple 65 años, momento en que esas prestaciones se sustituyen por el pago de una suma global exenta de impuestos de una cuantía igual a cuatro veces la prestación anual periódica.

189. Además, por regla general, los menores de 18 años podrán recibir indemnización por pérdida de la persona que los sustenta. Las prestaciones que se abonen a los menores que la persona lesionada debía mantener cesarán cuando el menor cumpla 18años, o 21  si está en período de formación profesional o de estudios.

190. Las prestaciones periódicas están sometidas a impuestos. Los pagos de sumas globales no pagan impuestos como ingresos.

Financiación

191. Toda persona con residencia permanente en Dinamarca tiene garantizadas unas condiciones de vida decentes, y todos tienen derecho a servicios, seguridad y prestaciones, con independencia de su situación en el mercado de trabajo. El 45% de la población adulta percibe subsidios, y los padres tienen la obligación de mantener a sus hijos hasta que cumplen los 18 años. Sin embargo, cada año hay muchas más personas, cerca del 60%, que perciben subsidios de un tipo u otro, por ejemplo en los casos de desempleo.

192. Casi todos los pagos y servicios de la seguridad social se financian mediante impuestos y gravámenes. La mitad del PNB se invierte en el sector social (incluidas las prestaciones por desempleo).

193. Los subsidios han aumentado mucho, lo cual se explica en parte por el aumento del número de jubilados. Las pensiones parciales de vejez y anticipadas, así como las prestaciones por desempleo representan dos terceras partes de los subsidios. La parte más importante de los subsidios de la seguridad social corresponde a la indemnización por lucro cesante. El concepto más importante es el costo de las pensiones de vejez, seguido de las pensiones anticipadas y las prestaciones de desempleo. Entre los subsidios no financiados con cargo a fondos públicos figuran las contribuciones pagadas por los empleadores privados por concepto de seguro de accidentes laborales, y para financiar los costos de las prestaciones por enfermedad de las dos primeras semanas. Las prestaciones por enfermedad y maternidad también se financian parcialmente con contribuciones de los empleadores. Las cuantías se determinan por negociación colectiva.

Porcentaje del PIB que se destina a la seguridad social (párrafo 29 de las directrices)

194. Los gastos en prestaciones de la seguridad social expresados como porcentaje del PIB (sobre la base de los precios de cada año) correspondientes a 1988 y 1998, respectivamente, ascendieron al 27,5 por ciento (total: 205.511.000.000 coronas danesas) y el 29,1 por ciento (total: 339.728.000.000 coronas danesas),

195. Una de las razones de esta tendencia reside en el aumento de los gastos como consecuencia del incremento del número de personas ancianas en Dinamarca y de las prestaciones de salud. Además, la mayoría de las prestaciones de la seguridad social se han ajustado al alza teniendo en cuenta el aumento de los precios y los sueldos y los salarios.

Arreglos privados (párrafo 30 de las directrices)

196. Véase el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15) en septiembre de 1997.

Grupos vulnerables (párrafo 31 de las directrices)

197. Todas las personas con residencia permanente en Dinamarca gozan en pie de igualdad de los derechos y prestaciones de la seguridad social, independientemente de su relación con el mercado de trabajo. Las mujeres tienen los mismos derechos a la seguridad social que los hombres.

198. La legislación relativa a la seguridad social se revisó en 1998 legalizando el derecho de los grupos vulnerables a la asistencia y a decidir libremente.

199. La política social danesa en lo que respecta a la asistencia prestada a los discapacitados se basa en que toda persona tiene derecho a indemnización por su discapacidad con el fin de tener la oportunidad de llevar algo parecido a una vida normal en todo lo posible. Para ello se presta apoyo público mediante ayudas técnicas y de transporte, así como asistencia de personas que los ayuden. Para que los discapacitados de nacionalidad danesa puedan recibir enseñanza y obtener un empleo se concede ayuda pecuniaria destinada a sufragar los gastos adicionales que se requieran como consecuencia de la discapacidad. Se concede el apoyo necesario a los ciudadanos daneses que pueden vivir en su propio hogar si reciben ayuda.

200. Esta indemnización es incondicional, se concede independientemente de los ingresos o circunstancias económicas del interesado y está libre de impuestos.La indemnización se basa en una financiación común obtenida del impuesto sobre la renta.

201. Con el tiempo, el sector encargado de los discapacitados ha ido cambiando. Los discapacitados que no pueden permanecer en su propio hogar han sido trasladados de grandes instituciones a otras pequeñas, o comparten viviendas o moradas particulares. Las personas que sufren alguna discapacidad tienen derecho a toda la asistencia necesaria en relación con la adaptación de la vivienda y para sufragar los gastos adicionales debidos a su discapacidad. Lo mismo es válido para los padres que cuidan a un hijo discapacitado en su hogar.

202. Las personas con discapacidad que pueden desplazarse tienen a su disposición medios de transporte entre su casa y la escuela, así como para asistir a actividades culturales y deportivas. También pueden recibir asistencia financiera para la compra y la adaptación de un automóvil.

203. Las autoridades locales proporcionan ayudas técnicas cualquiera sea el nivel de ingresos, para hacer más llevadera la vida en el hogar.

204. La rehabilitación, el readiestramiento y el empleo de las personas discapacitadas tienen lugar en empresas y centros ordinarios de formación. Las oportunidades de trabajo para los discapacitados se refuerzan mediante planes complementarios de remuneración y asistencia financiera para la adaptación del lugar de trabajo.

Los excluidos socialmente

205. Aunque Dinamarca puede jactarse de contar con una red de servicios sociales y sanitarios muy densa, hay personas a quienes la sociedad no ha podido ofrecer una ayuda adecuada. Forman parte de este pequeño grupo las personas sin hogar, los drogadictos, los niños de la calle, algunos enfermos mentales, las prostitutas y algunos inmigrantes y refugiados. Cada vez es mayor el número de los que sufren de “problemas múltiples”, por ejemplo de una combinación de drogadicción y enfermedad mental. Desde 1993 Dinamarca ha intensificado sus esfuerzos a favor de las personas sin hogar, discapacitadas o enfermas mentales y a los grupos marginados socialmente, destinando fondos públicos para apoyar proyectos regionales y locales que ofrecen asistencia y vivienda

206. La categoría de las personas sin hogar ha variado en los últimos años: ahora figuran en ella más jóvenes, mujeres, drogadictos, prejubilados, enfermos mentales y refugiados. Se han adoptado medidas para que los socialmente excluidos puedan estar recogidos en residencias, instituciones o viviendas compartidas. La mejora de su condición constituye una altísima prioridad política.

207. Dinamarca gasta una cantidad importante de dinero en apoyo de las personas sin hogar, entre otras cosas en albergues públicos y viviendas especiales, así como en oferta de actividades encaminadas a lograr que esas personas se ayuden a sí mismas.

208. Las autoridades municipales se encargan de proporcionar la asistencia necesaria a los residentes en sus correspondientes zonas. Puede ofrecerse asistencia personal a toda persona que la necesite, así como asistencia en el hogar, rehabilitación, oportunidad de actividades, invitaciones y oferta de viviendas.

209. También corresponde a las autoridades municipales ofrecer vivienda en su zona a los residentes que no puedan conseguirla por sí mismos debido a deficiencias físicas, mentales o sociales.

210. En los últimos diez años el Gobierno de Dinamarca ha llevado a cabo programas centrales de ayuda en su labor a favor de los drogadictos y los alcohólicos. Estos esfuerzos incluyen tratamiento, rehabilitación, oferta de actividades, centros de día y alojamiento temporal.

211. Se ha llevado a cabo un programa de ayuda a las mujeres dedicadas a la prostitución en contra de su voluntad, y Dinamarca participa en la labor internacional de socorro contra la trata de mujeres y niños víctimas de la esclavitud o la prostitución.

Los enfermos mentales

212. Dinamarca ha mejorado e intensificado sus esfuerzos a favor de los enfermos mentales de acuerdo con su política general, de forma que estas personas reciban protección contra la explotación mediante un tratamiento obligatorio y, de ser posible, asistencia, para que puedan vivir de manera independiente en su propio hogar o en pequeñas viviendas compartidas y en albergues con ayuda día y noche.

213. En los últimos decenios se ha destinado importante financiación para que los enfermos mentales puedan vivir en habitaciones individuales en hospitales psiquiátricos y conseguir que puedan pasar menos tiempo en esos establecimientos.

214. El número de camas en los hospitales psiquiátricos de ha reducido en un 60 por ciento. Para sustituirlas, un número creciente de personas recibe tratamiento ambulatorio en dependencias psiquiátricas de distrito. Al mismo tiempo se amplían los servicios sociales en forma de atención domiciliaria y mayor número de opciones en la esfera de la educación, el ocio y la ocupación. Esta reorganización tiene por finalidad conseguir que los enfermos mentales vivan lo más normalmente posible.

215. Existe gran variedad de servicios de apoyo para los enfermos mentales. Se ha establecido una red de apoyo que ofrece asistencia en la fase de transición, desde la salida del hospital hasta conseguir acostumbrarse a la vida diaria y las actividades habituales, mediante oportunidades de alojamiento, educación y ocupación, así como restableciendo los contactos personales, utilizando el tiempo de ocio para hacer deporte y dedicarse a otras actividades culturales, y aprovechando los servicios proporcionados por el sistema social.

Análisis de los cambios (párrafo 32 de las directrices)

216. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante, "el Comité"), en sus observaciones respecto del tercer informe periódico de Dinamarca, señaló como aspecto positivo la nueva Ley de integración y la labor del Gobierno danés para integrar a los extranjeros y sus familias en la sociedad del país.

217. En el párrafo 24 de sus observaciones finales, el Comité expresó preocupación por si la nueva Ley de integración tuviera efectos discriminatorios para los refugiados. Por último, el Comité recomendó que el Gobierno vigilase cuidadosamente los efectos de la nueva Ley de integración y le instó a que adoptara medidas urgentes remediadoras si se demostrara que la legislación tenía efectos discriminatorios para los refugiados. Estas observaciones se referían a la cuantía del subsidio de integración, que en aquel momento era inferior a la asistencia ordinaria en efectivo.

218. El 26 de junio de 1998, el Folketinget, el Parlamento danés, aprobó la Ley de integración de los extranjeros en Dinamarca (Ley de integración), la cual entró en vigor el 1º de enero de 1999 y constituye la primera verdadera ley de integración de Dinamarca, país que anteriormente carecía de un conjunto amplio de normas en esta esfera.

219. Uno de los objetivos generales del Gobierno con dicha ley es que los refugiados y los emigrantes se conviertan en miembros de la sociedad de Dinamarca, y que contribuyan a ella en pie de igualdad con los daneses. En consecuencia, la Ley de integración prescribe que a los extranjeros recién llegados tiene que ofrecérseles participar en un programa de introducción que comprenda un curso de entendimiento de la sociedad del país, lecciones del idioma danés y formación práctica o educación formal destinada a mejorar las oportunidades individuales del extranjero para obtener trabajo. En la ley también se incluyen normas en virtud de las cuales los extranjeros que no puedan ganar lo suficiente para mantenerse reciban un subsidio especial de inserción hasta que lo consigan.

220. Cuando entró en vigor la Ley de integración, el Gobierno puso en práctica un plan de acción para evaluarla. En diciembre de 1999 se publicó un estudio realizado en 34 municipios de Dinamarca en el que se destacó la cuestión del empleo de los extranjeros y su situación económica en general. Uno de los resultados del estudio fue que, a diferencia de lo que se suponía en la ley, pocos extranjeros a los que ésta se aplicaba habían conseguido un empleo normal, y muchos recibían ayuda con arreglo a disposiciones especiales. Para que los extranjeros pudieran participar activamente en las mejores condiciones posibles en los esfuerzos de integración, el Gobierno decidió introducir legislación por la que se aumentaba el subsidio de inserción, cuya cuantía se equiparó a la de la asistencia en efectivo. Esta enmienda fue aprobada por el Parlamento danés como Ley Nº 57, de 25 de enero de 2000

221. Cabe señalar en general que la Ley de integración se evalúa periódicamente. Además del estudio mencionado, el Ministerio de Asuntos de los Refugiados, la Imigración y la Integración ha iniciado otros dos estudios externos en relación con la evaluación de la Ley de integración, efectuados por empresas de consultoría privadas, reconocidas internacionalmente.

222. Un informe, llamado "La integración en la práctica - Primeras experiencias de los municipios en relación con la Ley de integración", se publicó el 16 de noviembre de 2000. Se trata de un estudio acerca de la aplicación por parte de los municipios de la Ley de integración y de la organización de los esfuerzos en este sentido. También se publicó otro informe, llamado "La idea

que se hacen los extranjeros de su situación y del proceso de integración en Dinamarca", el 16 de noviembre de 2000. Ambos estudios se efectuaron poco después de que entrara en vigor la Ley de integración y por consiguiente ilustran las primeras experiencias en relación con la indicada ley.

223. El 17 de enero de 2000, el Gobierno presentó su iniciativa titulada "Una nueva política para los extranjeros", que se basa en los tres principios básicos siguientes:

- La necesidad de cumplir los compromisos contraidos por Dinamarca con arreglo a los instrumentos internacionales;

- La necesidad de limitar el número de extranjeros que se instalan en Dinamarca y de introducir requisitos más estrictos con respecto a su obligación de ganarse la vida;

- La necesidad de integrar mejor a los refugiados e inmigrantes que ya viven en Dinamarca y de que consigan un trabajo con más rapidez. Por consiguiente, es preciso aumentar los incentivos para que busquen trabajo.

224. A raíz de este documento normativo, el Gobierno propuso introducir enmiendas en la Ley sobre una política social activa y en la Ley de integración de los extranjeros en Dinamarca. Para ello, propuso introducir nuevos principios en lo relativo al derecho al cobro de prestaciones sociales de manera que sólo las personas que hayan residido legalmente en Dinamarca por lo menos durante siete años, en el curso de los últimos ocho, tengan derecho a cobrar la suma total de esas prestaciones en efectivo. Las personas que no cumplan los requisitos en materia de residencia pero que satisfagan las condiciones establecidas en la ley, tendrán derecho a un subsidio inicial. Las personas que lleguen a Dinamarca en el futuro estarán sometidas a las nuevas normas, lo que se aplica tanto a los extranjeros como a los daneses. Las normas establecidas en la Ley de integración en lo que respecta al subsidio de inserción corresponden a las normas sobre prestaciones en efectivo establecidas en la Ley sobre una política social activa.

225. El Gobierno opina que las normas garantizan a todos los derechos relativos a la seguridad social y a un nivel de vida adecuado con arreglo al Pacto. Las normas garantizan que todas las personas que tengan derecho a recibir apoyo de conformidad con el nuevo baremo durante el plazo establecido de siete años cobrarán una cantidad que como mínimo corresponda al baremo del apoyo educativo del Estado que sirve de base para ayudar a las personas en materia de formación y educación. Además, seguirán aplicándose las disposiciones establecidas en el artículo 81 de la Ley sobre una política social activa y en el artículo 35 de la Ley de integración, lo que supone que todas las personas, incluidos los extranjeros, a las que se aplique el nuevo baremo tendrán derecho a que se les sufraguen gastos específicos razonables si su pago por el interesado reduciría gravemente sus posibilidades y las de su familia de mantenerse en el futuro. Además, los extranjeros amparados por la Ley de integración tendrán derecho hasta cierto punto - con arreglo al artículo 34 de la ley - al pago de algunos gastos concretos en relación con su participación en el programa de inserción.

226. Cabe señalar que las normas se aplican a todos los extranjeros y ciudadanos daneses, independientemente de la raza, color u origen nacional o étnico de la persona. Además, dichas normas sirven para aumentar el empleo en el grupo de personas que reciben apoyo público ya que les garantiza que les conviene trabajar. De este modo fomentarán la incorporación de los extranjeros al mercado laboral y su integración general en la sociedad danesa.

227. El Gobierno de Dinamarca aprobó la modificación de las disposiciones en materia de reembolsos y subsidios en la Ley Nº 361, de 6 de junio 2002, que entró en vigor el 1 de julio de 2002.

Asistencia internacional (párrafo 33 de las directrices)

228. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 10

La familia, madres e hijos

Parte en otros convenios, convenciones, etc. Pertinentes (párrafo 34 de las directrices)

229. Dinamarca es Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y en el Convenio Nº 138 de la OIT sobre la edad mínima.

Familia, madres e hijos (párrafo 35 de las directrices)

230. No existe una definición jurídica de “familia”. Este término se utiliza en la legislación danesa junto con los conceptos de “individuo” y “parientes”.

231. El concepto de “familia” se interpreta generalmente en la legislación social danesa en un sentido muy amplio, a saber, cualquier relación en virtud de la cual dos generaciones figuran inscritas en el Registro Nacional en las mismas señas y en la cual existe entre los interesados una relación económica y afectiva. Esto significa que las parejas casadas, las parejas registradas, las parejas de hecho y las madres o padres solteros con hijos se consideran familia.

232 Una ley de 2 de junio de 1999, por la que se modificó la Ley de las parejas registradas del mismo sexo, establece que dichas parejas podrán adoptar los hijos del otro miembro de la pareja a menos de que se trate de un niño adoptado de otro país. La ley modificadora entró en vigor el 1º de julio de 1999.

233. Dos factores básicos determinan a efectos estadísticos si dos o más personas forman una familia: los miembros de la familia deben vivir en las mismas señas inscritas en el Registro Nacional y la familia debe estar formada como máximo por dos generaciones. Las estadísticas abarcan los siguientes tipos de familias: hombres y mujeres solos y cuatro tipos diferentes de parejas, esto es, parejas casadas, parejas registradas, cohabitantes inscritos en dos direcciones separadas y cohabitantes inscritos en las mismas señas. Estos diferentes tipos de familias pueden tener o no hijos que vivan en casa. Se considera también otro tipo de familia, a saber, los menores de 18 años que vivan fuera de casa.

Mayoría de edad (párrafo 36 de las directrices)

234. En Dinamarca se considera menor a toda persona de menos de 18 años, ya que carece del derecho de voto y no tiene plena capacidad jurídica para decidir sobre cuestiones personales ni sobre propiedades.

235. Los niños y los jóvenes menores de 18 años están sometidos a la tutela de sus padres, salvo cuando están casados. El custodio legal tiene la obligación de cuidar del menor y de decidir sobre las cuestiones que lo afecten, teniendo en cuenta el supremo interés y las necesidades del niño. Un menor no puede contraer matrimonio sin el consentimiento de sus progenitores y de las autoridades.

236. Todo ciudadano tiene la obligación de mantenerse a sí mismo, a su cónyuge y a sus hijos menores de 18 años. Cualquier persona de más de 17 años tiene derecho a la asistencia social. Los beneficiarios de asistencia en efectivo que sean menores de 25 años pueden acogerse a un programa de introducción y orientación de 6 semanas como máximo. Los de más de 25 años tienen derecho a un plan de acción individual.

Derecho a contraer matrimonio y protección de la familia (apartados a y b) del párrafo 37 de las directrices)

237. La familia sigue constituyendo el cimiento en el que se basa la preservación y el progreso de la sociedad. Dinamarca no cuenta con programas centralizados que inciten directamente al matrimonio. No obstante, cuando una pareja se casa o establece cualquier otro tipo de relación mutua, si tiene hijos se ofrecen ciertas posibilidades tanto a los hijos como a los padres, por ejemplo:

- licencia de maternidad, permiso de paternidad y permiso parental, para que la madre y, hasta cierto punto, el padre, puedan pasar algún tiempo con su hijo;

- licencia para el cuidado del hijo (y licencia sabática), lo que permite a los padres disfrutar de un permiso con sueldo para que puedan pasar más tiempo con sus hijos.

238. Existen además servicios de asesoramiento matrimonial y muchas autoridades locales han incluido entre sus servicios sociales el ofrecimiento de residencias, cursillos sobre la familia, etc., destinados a las familias que atraviesan una crisis, en los que pueden recibir asesoramiento, orientación, etc.

239. Los progenitores que trabajan disponen de las siguientes facilidades:

- Servicios de atención diurna para niños. Estos servicios están pensados para los niños pero forman parte también de los medios generales de prevención para niños y adultos que brindan las administraciones locales. La finalidad de los servicios de atención diurna es ayudar a los niños a desarrollarse en un entorno social, democrático y creativo;

- Centros y clubes para niños de 10 a 16 (18) años, abiertos después del horario escolar.

Subsidio familiar general

240. Esta prestación para las familias con hijos se paga por todos los niños menores de 18 años. El subsidio es independiente de los ingresos y su cuantía varía según la edad del niño. En 2001 la prestación por niño fue la siguiente: de 0 a 2 años de edad , 12.010 coronas danesas anuales; de 3 a 6 años de edad, 11,000 coronas, y de 7 a 17 años de edad, 8.600 coronas danesas.

Licencia parental

241. La madre tiene derecho a cuatro semanas de licencia antes de la fecha prevista del parto y a 14 semanas de licencia de maternidad después del nacimiento del niño, las dos primeras semanas de las cuales son obligatorias. El padre tiene derecho a un máximo de dos semanas de licencia de paternidad, que debe tomar dentro de las 14 semanas que sigan al nacimiento o a la fecha en que el niño se traslada a su casa. La madre o el padre tienen derecho a un máximo de 32 semanas de licencia parental después de las 14 semanas de licencia de maternidad (se permite a los progenitores que decidan por su cuenta cuántas semanas tomará cada uno).

242. En el caso de la adopción, se concede un permiso de 48 semanas como máximo una vez que el niño se encuentra en el hogar de los padres adoptivos. Estos pueden decidir la forma en que dividirán el permiso entre ellos. Pueden tomar dos semanas de permiso simultáneamente en las 14 primeras semanas que sigan al traslado del niño a su domicilio (licencia parental).

243. Las personas asalariadas ausentes de su trabajo con licencia por embarazo, maternidad o adopción tienen derecho a recibir prestaciones de su municipio de residencia a partir del primer día de ausencia.

Prestaciones por maternidad

244. Toda mujer embarazada tiene derecho a recibir una prestación a partir del momento en que su médico estima que el parto se producirá en un plazo de cuatro semanas. La madre tiene también derecho a disfrutar de licencia y a recibir prestaciones (iguales a las prestaciones por enfermedad) cuatro semanas antes de la fecha prevista del nacimiento de su hijo cuando:

- el carácter de su embarazo la obligue a dejar de trabajar durante éste;

- las características de su ocupación representen un peligro para el feto;

- la madre desempeñe un empleo que no le permita trabajar en absoluto durante el embarazo.

245. La mujer embarazada que deje su trabajo para someterse a reconocimiento médico tiene derecho a recibir una prestación pagadera por el empleador durante el tiempo que esté ausente.

246. Los progenitores tienen derecho a licencia por un total de 48 semanas divididas entre ellos tras el nacimiento de su hijo. Durante las primeras 14 semanas es normalmente la madre la que disfruta de esta prestación. Se permite a los padres que decidan por sí mismos cómo desean dividir las 32 últimas semanas del período de disfrute de la licencia (licencia parental). Sólo uno de los progenitores puede gozar de la prestación en cada momento. El padre tiene derecho a dos semanas de licencia de paternidad durante las primeras 14 semanas.

Subsidios familiares

247. Existen diferentes tipos de subsidios familiares para determinados grupos de niños menores de 18 años. El derecho a cualquier tipo de subsidio familiar está condicionado por el hecho de que el menor no haya contraído matrimonio ni su manutención corra a cargo de fondos públicos.

Además, el niño o uno sus progenitores debe tener la nacionalidad danesa; de no ser así, ambos deben haber residido en el país durante el año anterior (en el caso de prestaciones familiares especiales, durante los tres últimos años). Los subsidios son los siguientes:

- Subsidio familiar ordinario pagadero a progenitores que vivan solos y cuando ambos progenitores cobran una pensión de conformidad con la Ley de pensiones sociales. Desde el 1º de enero de 2001 el subsidio es de 3.812 coronas danesas anuales por hijo;

- Subsidio familiar extraordinario, pagadero como complemento del subsidio familiar ordinario a familias monoparentales. Al 1º de enero de 2001 su cuantía era de 3.876 coronas danesas anuales, cualquiera sea el número de hijos;

- Subsidio familiar especial, pagadero a los niños que hayan perdido uno o ambos progenitores, o cuando no se haya determinado la paternidad. El niño puede tener derecho además a la prestación especial si uno o ambos progenitores reciben una pensión en virtud de la Ley de pensiones sociales, así como en algunos otros casos. El subsidio familiar especial asciende a 9.720 coronas danesas por año y niño desde el 1º de enero de 2001. Sin embargo, los huérfanos reciben el doble de esa suma;

- Subsidio por parto múltiple, concedido en el caso de nacimientos múltiples hasta que los hijos cumplan los 7 años de edad. A partir del 1º de enero de 2001 su cuantía es de 6.272 coronas danesas por año e hijo.

- Subsidio por adopción concedido por la adopción de un niño extranjero cuando se realiza por conducto de organizaciones de adopción reconocidas. A partir del 1º de enero de 2001 la cuantía es de 36.154 coronas danesas y se abona en una sola vez para cubrir parte de los gastos ocasionados por la adopción.

Condiciones generales

248. El subsidio familiar general, el subsidio especial por hijo y el subsidio por parto múltiple se pagan automáticamente; en cambio, los subsidios familiares ordinarios y extraordinarios y el subsidio por adopción deben solicitarse. Las prestaciones se abonan normalmente a la madre del niño o a su custodio legal. Si se considera más adecuado, el pago puede hacerse directamente al niño.

249. Los subsidios familiares generales y por hijos sólo son pagaderos por lo general en Dinamarca aunque las condiciones relativas a la nacionalidad danesa, a la residencia permanente y a los impuestos pueden obviarse de conformidad con lo estipulado en la reglamentación de la Unión Europea o en acuerdos bilaterales sobre seguridad social.

Medidas para corregir las deficiencias existentes en la protección de la familia (párrafo 37 de las directrices)

250. En sus observaciones finales sobre el tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca, el Comité señaló con preocupación la información recibida con respecto a la existencia de una tasa relativamente elevada de suicidios de jóvenes en Dinamarca. Como respuesta, puede proporcionrse la información siguiente: el índice de suicidios de daneses de edades comprendidas entre 15 y 24 años oscila habitualmente entre 12 y 16 por cada cien mil en el caso de

los hombres y entre 2 y 6 por cada cien mil en el de las mujeres. La tendencia general indica que el índice de suicidios alcanzó un máximo a principios del decenio de 1980 y disminuyó posteriormente en dicho decenio y en el siguiente. Se dispone de estadísticas anuales hasta 1997.

251. Con respecto a la población masculina de 15 a 24 años de edad, el índice de suicidios alcanzó un máximo a principios del decenio de 1980. En 1981 y 1982, fue de 17,1 y 21,1, respectivamente, por cada cien mil, y disminuyó a partir de 1981 hasta el nivel de 12 a 13 por cada cien mil hombres en el decenio de 1990 (de 15 a 24 años de edad).

252. En lo que respecta a los suicidios de las mujeres de 15 a 24 años de edad, se observa una tendencia similar. El número de suicidios por cada 100.000 mujeres de dichas edades alcanzó la cifra máxima en 1980 con un índice de 7,7. A partir de 1980 esta tendencia disminuyó, aunque en algunos años registró repentinamente una tendencia al alza que no se prolongó en años posteriores. En 1985 y 1987, el índice de suicidios de las mujeres de 15 a 24 años de edad aumentó a 8,1 y 8,3, respectivamente. Entre 1987 y 1996 disminuyó constantemente hasta alcanzar un nivel de "sólo" 1,2 por cada 100.000 mujeres de esas edades. En 1997 hubo un aumento anormal, hasta 5,8 por cada 100.000 mujeres, que tiene que evaluarse en relación con el aumento de la cifra absoluta de suicidios,que de "sólo" 8 pasó a 17, registrada en 1996 y 1997. No obstante, esta fluctuación anual no constituye una tendencia.

253. En 1998 el Gobierno publicó una propuesta de plan de acción para prevenir los intentos de suicidio y los suicidios cometidos en Dinamarca, en el que se enumeran diversas esferas de interés. Se ha establecido un grupo de referencia del que se efectuará el seguimiento en relación con las propuestas convenidas en el plan de acción. Desde 1999 hasta 2003 inclusive se ha destinado con tal fin una suma anual de 10 millones de coronas danesas.

254. Cabe mencionar las siguientes iniciativas destinadas directa o indirectamente a los jóvenes:

- creación de un modelo para determinar las constataciones alcanzadas en lo que se refiere a las iniciativas de prevención de suicidios y la manera en que se llevan a cabo, destinado a su utilización por las administraciones locales;

- establecimiento de una página en la Internet vinculada con ofertas de ayuda pertinentes;

- celebración de seminarios científicos de investigación con el objetivo de establecer redes entre los investigadores y las personas que trabajan en esta esfera;

- apoyo para proyectos de modelos;

- donaciones para ayudar los planteamientos efectuados por ONG.

Protección de la maternidad (párrafo 38 de las directrices)

255. Véase el 15º informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD/C/408/Add.1).

256. Véase también el quinto informe periódico del Gobierno de Dinamarca sobre la aplicación de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW/C/DEN/5/Add.1).

Edad mínima para tener un empleo remunerado (apartado a) del párrafo 39 de las directrices)

257. Los niños sólo pueden realizar un trabajo remunerado si tienen más de 15 años de edad y no tienen que seguir la escolarización obligatoria, si bien la Ley relativa al medio ambiente del trabajo permite que los niños de más de 13 años de edad realicen trabajos ligeros con arreglo a determinadas condiciones limitadas.

Niños que desempeñan empleos remunerados (apartado b) del párrafo 39 de las directrices)

258. En Dinamarca, por lo menos el 90 por ciento de los niños que desempeñan empleos remunerados también asisten a la escuela, y trabajan en su tiempo libre. Sólo muy pocos jóvenes trabajan normalmente como aprendices. En lo que respecta a la distribución y amplitud del trabajo infantil, véase la sección 6 y el apartado c) de la sección 6 del tercer informe periódico presentado por el Gobierno de Dinamarca al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1994/104/Add.15), donde se responde detenidamente a esta cuestión.

Niños empleados en negocios de sus familias (apartado c) del párrafo 39 de las directrices)

259. No se dispone de estadísticas sobre los niños empleados en negocios de sus familias.

Protección de los derechos de los niños en el lugar de trabajo (apartado d) del párrafo 39 de las directrices)

260. La legislación sobre el entorno laboral relativa al trabajo infantil se aplica a todas las personas, independientemente de su base socioeconómica o cultural. En la práctica, estas normas se observan con carácter general en las empresas danesas.

Información a los niños acerca de sus derechos laborales (apartado e) del párrafo 39 de las directrices)

261. La legislación sobre el entorno laboral no incluye disposiciones especiales acerca del suministro de información a los empleados especialmente vulnerables o discapacitados sobre sus derechos. No obstante, el decreto sobre el desempeño del trabajo contiene algunas disposiciones con arreglo a las cuales el empleador tiene que tener en cuenta la edad, el nivel de conocimientos, la capacidad de trabajo y otras condiciones del empleado en relación con el desempeño de su trabajo. Además, el empleador tiene que garantizar que cada empleado reciba formación e instrucción adecuada para llevar a cabo el trabajo de manera que no sea peligrosa. Asimismo, tiene que proporcionar a los empleados información sobre la posibilidad de accidentes y enfermedades relacionados con su trabajo.

Posibles dificultades o deficiencias (apartado f) del párrafo 39 de las directrices)

262. En general, el entorno laboral de los niños daneses puede calificarse de bueno, lo que se refleja entre otras cosas en el reducido número de lesiones laborales. Asimismo, rara vez ocurren accidentes y envenenamientos graves.

Cambios legislativos nacionales importantes o decisiones judiciales a este respecto (párrafo 40 de las directrices)

263. Desde 1999 no se han introducido modificaciones importantes en la legislación danesa sobre el entorno laboral de los niños: la Autoridad Nacional del Medio Ambiente del Trabajo aplica medidas de control administrativas en relación con comercios, quioscos, estaciones de servicio, etc., con el fin de limitar el trabajo infantil vespertino y nocturno.

264. Véanse asimismo las respuestas a las cuestiones anteriores.

Accidentes laborales

265. A continuación figuran tres cuadros acerca de los accidentes laborales registrados desde 1993 hasta 2000. En ellos se incluyen, respectivamente, las estadísticas sobre los accidentes laborales comunicados, desglosados según la gravedad de las lesiones en cifras reales y por cada 10.000 empleados, y sobre las enfermedades notificadas contraidas por razón del trabajo, desglosadas por principales tipos (cáncer, enfermedades mentales, enfermedades de la piel, etc.). Además, a efectos de comparación se incluye un cuadro sobre el número de personas empleadas durante los años de que se trata.

Cuadro 7

Número de accidentes laborales notificados entre 1993 y 2000,

por tipo de lesiones (tres grupos) y año del accidente

Tipo de lesiones

Año del accidente

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Lesiones mortales

63

76

86

75

82

80

69

64

Otras lesiones graves

4 877

5 174

5 362

5 537

5 485

5 553

5 539

4 991

Otras lesiones

39 990

43 144

45 014

45 804

45 571

44 414

44 077

39791

Total

44 930

48 394

50 462

51 416

51 138

50 047

49 685

44 846

Fuente : Autoridad Nacional del Medio Ambiente del Trabajo.

Cuadro 8

Número anual de accidentes laborales notificados por cada 10.000 empleados,

por tipo de lesiones (gravedad) y año del accidente

Tipo de lesiones

Año del accidente

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

Lesiones mortales

0,24

0,29

0,33

0,28

0,31

0,30

0,25

0,23

Otras lesiones graves

19,00

20,00

20,00

21,00

21,00

21,00

20,00

18,00

Otras lesiones

153,00

167,00

172,00

173,00

171,00

165,00

161,00

144,00

Total

172,00

187,00

193,00

194,00

192,00

185,00

182,00

163,00

Fuente : Autoridad Nacional del Medio Ambiente del Trabajo y Servicio de Estadística de Dinamarca (datos sobre salud y seguridad, 31 de mayo de 2001).

Cuadro 9

Número de enfermedades notificadas, contraidas por razón del trabajo entre 1993 y 2000,

por tipo principal de enfermedad (10 grupos) y año de la notificación

Principal tipo de enfermedad (10 grupos)

Año de la notificación

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

01 Cáncer

223

215

182

171

209

203

189

201

02 Enfermedades mentales

562

804

809

711

679

644

688

778

03 Dolencias del sistema nervioso central

488

430

385

342

275

234

201

193

04 Dolencias del oído

2 541

2 477

2 085

2 735

2 357

2 025

1 724

1 446

05 Enfermedades no alérgicas del sistema

respiratorio

691

613

584

511

548

454

370

397

06 Enfermedades alérgicas del sistema

respiratorio

416

448

446

418

391

381

343

344

07 Enfermedades de la piel

1 860

1 660

1 686

1 668

1 566

1 554

1 344

1 367

08 Enfermedades del sistema motor

7 267

7 277

7 044

7 513

8 027

7 365

6 375

6 478

09 Dolencias no definidas suficientemente

753

864

1 011

1 000

946

978

830

1 020

10 Otras dolencias

855

848

754

690

883

628

571

633

Total

15 656

15 636

14 986

15 759

15 820

14 456

12 635

12 857

Fuente : Autoridad Nacional del Medio Ambiente del Trabajo (datos sobre la salud y la seguridad, 31 de mayo de 2001).

Cuadro 10

Número de personas empleadas, desglosado por años

Año

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2 609 859

2 584 866

2 617 096

2 648 808

2 669 658

2 699 314

2 742 240

2 759 308

Fuente : Servicio de Estadística de Dinamarca, registro basado en el estudio de población activa.

Asistencia internacional (párrafo 41 de las directrices)

266. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 11

Derecho a un nivel de vida adecuado

Nivel de vida actual (apartado a) del párrafo 42 de las directrices)

267. En 2000, el PNB per cápita fue de 243.157 coronas danesas.

Cuadro 11

Crecimiento medio real anual del PNB per cápita (en porcentaje)

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2,8

2,4

2,7

2,9

2,9

2,2

268. En 2000, el consumo medio per cápita fue de 117.687 coronas danesas.

Cuadro 12

Crecimiento medio real anual del consumo privado per cápita (en porcentaje)

1995

1996

1997

1998

1999

2000

0,8

1,8

2,4

3,2

0,2

- 0,5

269. El ingreso familiar total ha aumentado el 45 por ciento antes de impuestos y el 44 por ciento después de impuestos entre 1990 y 1999.

Cuadro 13

Ingreso familiar en 1990, 1994 y 1999

Antes de impuestos

Después de impuestos

1990

1994

1999

1990

1994

1999

Miles de coronas danesas

Ingreso familiar

201,2

237,9

292,2

127,9

120,1

184,5

Porcentaje del ingreso familiar total

Decila 1

1,1

1,3

1,7

1,4

1,5

1,8

Decila 2

3,4

3,9

3,8

4,7

4,5

4,4

Decila 3

4,6

4,9

4,6

5,8

5,6

5,4

Decila 4

6,0

6,0

5,8

6,9

6,7

6,5

Decila 5

7,5

7,3

7,1

8,0

7,8

7,6

Decila 6

9,1

8,9

8,7

9,4

9,2

9,1

Decila 7

11,3

11,1

10,9

11,5

11,4

11,2

Decila 8

14,1

13,8

13,7

14,0

13,9

13,7

Decila 9

17,1

16,8

16,7

16,3

16,3

16,2

Decila 10

25,7

25,8

27,0

22,0

23,0

24,1

270. No se observan cambios importantes en la distribución del ingreso familiar. Calculado a partir del ingreso familiar disponible equivalente , el coeficiente de Gini fue de 19 en 1994 y de 20 en 1999. Como se ha dicho, el ingreso familiar medio después de impuestos aumentó el 44 por ciento de 1990 a 1999 .

Cuadro 14

Ingreso de parejas y personas solas en 1990, 1994 y 1999

1990

1994

1999

1994

1999

Miles de coronas danesas

Indice (1990) = 100

Parejas

sin hijos

con hijos

184,4

168,4

206,3

220,5

203,1

245,9

269,9

249,3

300,5

120

121

119

146

148

146

Personas solas

sin hijos

con hijos

87,0

84,0

115,0

99,9

96,6

131,9

119,9

116,3

155,6

115

115

115

138

138

135

Todos

sin hijos

con hijos

127,9

108,9

189,9

150,1

128,4

224,7

184,5

158,4

274,1

117

118

118

144

145

144

271. Las parejas han registrado un aumento mayor que las personas solas. La evolución del ingreso familiar ha sido casi idéntica en lo que respecta a las familias con niños y a las familias sin niños.

Cuadro 15

Ingreso personal en 1990, 1994 y 1999

1990

1994

1999

1994 1999

Edad

15 a 19 años

20 a 24 años

25 a 29 años

30 a 34 años

35 a 39 años

40 a 44 años

45 a 49 años

50 a 54 años

55 a 59 años

60 a 64 años

65 a 69 años

70 a 74 años

más de 74 años

Todos

Miles de coronas danesas

Indice (1990 = 100)

29,4

112,4

154,9

177,1

188,6

198,0

197,1

180,5

159,6

132,9

102,5

85,2

69,7

140,5

30,6

115,2

167,8

196,3

211,9

221,4

226,5

215,5

191,2

154,9

124,6

111,0

100,0

163,6

34,0

128,2

189,3

231,1

248,9

259,8

262,4

259,2

237,9

187,0

143,5

127,4

118,0

195,4

104

102

108

111

112

112

115

119

120

117

122

130

143

116

116

114

122

130

132

131

133

144

149

141

140

150

169

139

272. El ingreso personal ha aumentado el 39 por ciento entre 1990 y 1999. El aumento del ingreso personal es mayor en lo que respecta a los grupos de más edad que a los grupos más jóvenes.

Cuadro 16

Ingreso personal medio por sexo

1990

1994

1999

1994

1999

Miles de coronas danesas

Indice (1990 = 100)

Hombres

Mujeres

Todos

171,3

111,0

140,5

194,6

133,9

163,6

231,9

160,4

195,4

114

121

116

135

144

139

273. Las mujeres tienen un ingreso personal inferior al de los hombres si bien el aumento registrado por el ingreso personal de las mujeres ha sido superior al de los hombres.

Cuadro 17

Número de beneficiarios de planes de compensación de ingresos

1990

1994

1999

Beneficiarios (miles)

2,151

2,272

2,214

Sexo

Mujeres

Hombres

Edad

18 a 24 años

25 a 39 años

40 a 59 años

60 a 66 años

67 años o más

Prestación principal

- Temporal

- Permanente

Porcentaje de beneficiarios

54,5

45,5

10,9

22,8

20,2

11,0

35,1

48,1

51,9

54,4

45,6

10,0

24,0

22,1

10,4

33,5

49,8

50,2

55,3

44,7

6,4

23,8

24,0

11,7

34,1

45,8

54,2

274. El número de beneficiarios de planes de compensación de ingresos permanece constante. Hay más mujeres que hombres. El número de jóvenes beneficiarios de estos planes de compensación ha disminuido. Una parte creciente de los beneficiarios recibe prestaciones permanentes, debido principalmente al número de personas que gozan de jubilación anticipada.

Pobreza (apartado c) del párrafo 42 de las directrices)

275. No existe en Dinamarca un umbral oficial de pobreza. Considerando que este umbral se sitúa en el ingreso medio disponible, el 3,1 por ciento de la población danesa con ingresos en 1998 se situó por debajo del umbral de pobreza. En 1994 fue el 3,4 por ciento.Existe una gran movilidad dentro y fuera del grupo de bajos ingresos. Aproximadamente el 60 por ciento deja de pertenecer a este grupo todos los años.

Indice de la calidad física de vida (apartado d) del párrafo 42 de las directrices)

276. No existe en Dinamarca un índice oficial de la calidad física de vida.

Cuadro 18

Esperanza de vida, por sexo

Mujeres

Hombres

1989-1990

1999-2000

1989-1990

1999-2000

0 años

10 años

20 años

30 años

40 años

50 años

60 años

70 años

80 años

90 años

77,7

68,4

58,6

48,8

39,2

30,0

21,7

14,3

8,1

3,9

79,0

69,4

59,5

49,7

40,0

30,7

22,0

14,6

8,5

4,2

72,0

62,8

53,1

43,6

34,3

25,4

17,5

11,1

6,4

3,4

74,3

64,8

55,1

45,5

36,0

27,0

18,7

11,8

6,7

3,4

277. La esperanza media de vida ha aumentado en casi dos años en los últimos diez. Esta esperanza media de vida es mayor para las mujeres que para los hombres pero en los últimos diez años ha aumentado más para los hombres que para las mujeres, de manera que la diferencia se ha reducido en un año.

Derecho a alimentación suficiente (párrafo 43 de las directrices)

278. En Dinamarca se proporciona alimentación adecuada a todos los grupos de población en todas las zonas del país. Por consiguiente, en la actualidad la seguridad alimentaria no constituye un problema. Hoy día, la cuestión fundamental en lo que respecta a la política en materia de alimentación es garantizar un elevado nivel de seguridad alimentaria y alentar a la población a que consuma alimentos sanos y diversificados.

Derecho a una vivienda adecuada (párrafo 43 de las directrices)

La situación en materia de vivienda

279. En Dinamarca la calidad de la vivienda es alta, como puede observarse teniendo en cuenta lo siguiente:

- Hay muchas viviendas: 2.500.000 para una población de 5.300.000 habitantes, lo que da por término medio una vivienda para cada 2,1 personas.

- Las viviendas son grandes, con un tamaño medio de 109 metros cuadrados, o 51 metros cuadrados por ocupante. Se trata de una de las mayores superficies por ocupante de la Unión Europea.

- Las viviendas son de alta calidad. Por ejemplo, el 98 por ciento tienen retrete, el 94 por ciento cuarto de baño y el 98 por ciento calefacción central.

- Los edificios de viviendas presentan variedad en lo que respecta al tipo de propiedad, tamaño, accesorios y precio. Por ello, casi todos los grupos de población y de edad tienen la oportunidad de encontrar una vivienda que se ajuste a sus necesidades.

- El parque de viviendas es relativamente nuevo. Casi la mitad de todas las viviendas se ha construido después de 1960. Sólo un tercio, aproximadamente, se construyó antes de la Segunda Guerra Mundial.

280. Los elevados niveles de calidad de la vivienda se deben a las tres circunstancias fundamentales siguientes:

- La población, tradicionalmente, da gran prioridad a la vivienda. El gasto en vivienda representa en la actualidad aproximadamente la cuarta parte del consumo medio.

- Las altas exigencias hacen que el sector danés de la construcción tenga gran calidad.

- El mercado de la vivienda está sometido a un elevado grado de reglamentación pública que tiene por finalidad garantizar la elevada calidad de las viviendas para toda la población.

Cuadro 19

Parque de viviendas en 2001 - cifras básicas

en miles

%

Total de viviendas

Tipo de construcción:

Granjas

Unifamiliares (independientes)

Unifamiliares (adosadas o semiadosadas)

Plurifamiliares

Otras

Periodo de construcción:

Antes de 1900

De 1900 a 1939

De 1940 a 1959

De 1960 a 1979

Desde 1980

Tipo de propiedad:

Ocupada por el propietario

Alquilada

Desocupada o desconocida

Total de familias

De las cuales:

Con niños

Personas solas

-con niños

Parejas

-con niños

Otras

2 509

131

1 027

321

974

55

257

639

385

829

398

1 283

1 123

103

2 398

644

973

100

1 312

510

113

100,0

5,2

40,9

12,8

38,8

2,2

10,3

25,5

15,4

33,0

15,9

51,1

44,8

4,1

100,0

26,9

40,6

4,2

54,7

21,3

4,7

281. A continuación se presentan las diversas categorías de viviendas.

Viviendas ocupadas por el propietario

282. Un total de 1.300.000 viviendas están ocupadas por su propietario, lo que supone la mitad del número total de viviendas y el 62 por ciento de la población.

283. Dos tercios de las viviendas ocupadas por el propietario son casas independientes. La superficie media es de 136 metros cuadrados y una casa independiente ocupa tipicamente una superficie de 800 metros cuadrados. Sólo el 9 por ciento de las viviendas ocupadas por su propietario son pisos o apartamentos. Tres cuartas partes de estas viviendas están ocupadas por parejas. Además, las familias con niños son más numerosas que en las restantes categorías, ya que dos terceras partes del número total de familias con niños ocupan este tipo de viviendas.

Viviendas alquiladas y de cooperativas

284. Un millón cien mil viviendas, equivalentes al 45 por ciento del total del país, corresponden a varias formas de viviendas alquiladas (incluidas las de cooperativas) y en su mayor parte son viviendas privadas de alquiler y viviendas públicas.

285. Las viviendas alquiladas tienen por principal finalidad garantizar opciones suficientemente variadas para atender las necesidades de alojamiento de todos los grupos de población.

286. Las viviendas de alquiler consisten en su totalidad en viviendas plurifamiliares, y si bien en los edificios antiguos predominan los de varios pisos, en los últimos decenios cada vez hay más edificios con "baja densidad" de inquilinos.

287. A diferencia de lo que ocurre con las viviendas ocupadas por su propietario, las viviendas de alquiler albergan predominantemente a personas solas, que en este sector representan dos terceras partes del total.

288. El 4,1 por ciento restante del parque de viviendas existente en 2001 no se tiene en cuenta al no tener personas registradas como residentes en los edificios de que se trata en el momento de la encuesta, ya sea porque se hubiesen trasladado recientemente o porque la vivienda estuviera vacía o utilizada como segunda residencia. Todos los años, aproximadamente el 10 por ciento de las viviendas cambia de residentes.

289. A continuación figura una breve descripción de los diferentes tipos de viviendas de alquiler.

Viviendas privadas de alquiler

290. Las viviendas privadas de alquiler (448.000 unidades) son relativamente antiguas comparadas con el resto del parque. Aproximadamente el 60 por ciento son anteriores a 1940 y en este sector se ha acumulado en especial la necesidad de reformas y renovación urbana.

291. La legislación aplicable a las viviendas privadas de alquiler figura en dos leyes: la Ley de alquileres y la Ley de control de alquileres. En general, la ley limita el precio de los alquileres, que no refleja las condiciones del mercado.

Viviendas públicas

292. La mayoría de las 487.000 unidades de viviendas públicas, cifra equivalente al 9 por ciento del parque total de viviendas, son relativamente nuevas, y sólo el 5 por ciento es anterior a 1940.

293. Las viviendas las construyen asociaciones públicas sin fines de lucro (hay 700 asociaciones de esta clase), que requieren la aprobación de la autoridad local del distrito en que se encuentran. Teniendo en cuenta que este sector recibe una subvención oficial, las propias asociaciones están sometidas a inspección por parte de las autoridades locales.

294. El sector público de la vivienda se encarga de resolver gran variedad de problemas de bienestar social, que no han podido solucionar las fuerzas del mercado en la medida requerida por la política del gobierno.

295. El sector público de la vivienda se caracteriza por una amplia participación de los inquilinos (denominada en Dinamarca "democracia de los inquilinos"). La mayoría de los miembros de las juntas de asociaciones de vivienda son elegidos por los inquilinos, y cada una de ellas tiene un amplio grado de autonomía.

296. La renta se establece de manera que los gastos e ingresos de cada unidad de vivienda se equilibren.

297. Hay tres categorías distintas de vivienda pública: vivienda familiar, vivienda para los ancianos y viviendas para los jóvenes.

Vivienda familiar

298. La mayor parte de la vivienda pública es de tipo familiar. Sin embargo, no se reserva a grupos específicos de la población. A diferencia de lo que ocurre en la mayoría de los demás países, Dinamarca no fija ningún límite de ingresos para tener derecho a ocupar una vivienda pública familiar. No obstante, se da prioridad a las familias con niños para ocupar las viviendas más grandes, y las autoridades locales tienen derecho a utilizar uno de cada cuatro pisos vacantes para resolver problemas urgentes de bienestar social.

Viviendas para los ancianos

299. La mayoría de la población anciana reside en viviendas normales en las que, gracias a los servicios proporcionados por las autoridades locales, pueden recibir atención y asistencia cuando lo necesitan.

300. Aproximadamente 35.000 viviendas gozan de subvención oficial y están equipadas para atender las necesidades de los ancianos y los discapacitados. La mayoría de estas viviendas se construyeron después de que entrara en vigor la Ley de vivienda para los ancianos de 1987. Las viviendas públicas para los ancianos cumplen un objetivo fundamental de la política establecida a este respecto por cuanto les permite seguir viviendo en su propio hogar mientras dispongan de fuerzas para ello.

301. Normalmente, las viviendas para ancianos son de nueva construcción o el resultado de la transformación de otras viviendas o edificios destinados anteriormente al comercio. Es imprescindible que esas viviendas sean independientes y cuenten con su propia cocina o cocinilla, cuarto de baño y retrete. La ley establece también que cada vivienda tiene que contar con un servicio de llamadas ininterrumpido para pedir ayuda y que los equipamientos y accesorios y la accesibilidad se adapten en especial a las necesidades de los ancianos y los discapacitados, incluidos los que necesitan sillas de ruedas.

302. Las restantes viviendas para los ancianos consisten en 30.000 plazas en residencias geriátricas tradicionales, 4.000 viviendas en asilos y 3.000 viviendas cuasimunicipales.

Viviendas para los jóvenes

303. Existen aproximadamente 25.000 dependencias públicas que proporcionan vivienda a los jóvenes. El número total de viviendas de esta clase oscila alrededor de 55.000, de las cuales 34.000 corresponden a residencias públicas. Los beneficiarios son en su mayor parte jóvenes que estudian y jóvenes con necesidades especiales, por ejemplo, como consecuencia de problemas sociales.

Cooperativas de vivienda

304. Hay aproximadamente 163.000 viviendas construidas por cooperativas que constituye una forma intermedia entre la vivienda ocupada por su propietario y la vivienda de alquiler. La participación en una cooperativa no supone directamente la compra de una vivienda sino compartir los activos totales de la asociación, es decir, la propiedad de que se trate. Al comprar una participación, el afiliado adquiere el derecho a utilizar un piso.

305. Existen dos tipos de viviendas construidas por cooperativas. En primer lugar, las nuevas viviendas con subvención oficial, de las que existen aproximadamente 45.000 desde 1982. En segundo lugar, las viviendas construidas por cooperativas para albergar a ancianos, construidas gracias al derecho de compra prioritario garantizado por ley que permite a quién ocupa una vivienda privada de alquiler comprar una participación cuando se ponga en venta. Esta forma de vivienda no tiene subvención oficial.

Vivienda para los grupos vulnerables (apartado b) del párrafo 44 de las directrices)

306. La legislación y la Constitución de Dinamarca no reconocen el derecho a la vivienda, pero con arreglo a la legislación nacional los municipios tienen que garantizar la existencia de viviendas suficientes para los ancianos y los discapacitados que tengan necesidades especiales a este respecto.

Número de personas y familias sin hogar

307. El Ministerio de Asuntos Sociales estima que el número de personas sin hogar oscila entre 4.000 y 5.000. La legislación social exige que todos los municipios proporcionen una vivienda adecuada a esas personas. En caso necesario, esta obligación puede cumplirse ofreciendo un lugar en un albergue o centro de recepción.

308. Algunas categorías de personas no pueden, por diversas razones, acceder a una vivienda propia, y se considera que algunas probablemente tengan mayor dificultad que la mayoría para atender su necesidad de una vivienda adecuada. Las categorías vulnerables en esta esfera varían según los países, dentro de un mismo país y según el momento.

309. No obstante, al parecer es probable que algunas categorías corran mayor riesgo que otras de no acceder a una vivienda adecuada o resultar vulnerables en esta situación concreta. Cabe incluir en estas categorías a los maltratadores, los deficientes mentales, las personas que han recibido malos tratos, los refugiados, los emigrantes y las personas desplazadas internamente, los discapacitados físicos, las personas que habían estado internadas en instituciones (orfanatos, prisiones u hospitales psiquiátricos), los desempleados o con bajos salarios, los ancianos, los romaníes, las familias uniparentales, los jóvenes, etc.

310. La falta de vivienda constituye un fenómeno existente en la mayoría de países o en todos. Para describir a las personas sin hogar se emplean varias definiciones diferentes. En general, estas personas o familias que viven en la calle o que ocupan un refugio temporal, de manera ilegal o proporcionado por el Estado o la caridad, son consideradas "personas sin hogar" o "personas sin techo" en todos los Estados del Consejo de Europa.

Número de personas y familias que tienen en la actualidad una vivienda inadecuada

311. En 1999 había 4.348 familias que vivían en alojamientos atestados, definidos como los ocupados por más de dos personas por dormitorio.

Número de personas clasificadas actualmente como residentes en asentamientos o alojamientos "ilegales"

312. Según el Organismo Danés de Bosques y Naturaleza, 400 familias viven ilegalmente en cabañas de fin de semana.

Número de personas expulsadas

313. Los inquilinos de viviendas construidas sin fines de lucro y de viviendas privadas de alquiler gozan de protección contra el desahucio. En principio, ambos grupos poseen derechos inalienables para mantener el contrato de alquiler. No existe un registro central de personas desahuciadas. En Dinamarca, los inquilinos gozan básicamente de la seguridad de ocupación de la vivienda, en tanto en cuanto cumplan las condiciones del contrato de alquiler.

314. A su vez, las condiciones del contrato de alquiler se rigen por la Ley de alquileres. En consecuencia, el alquiler sólo puede darse por finalizado en circunstancias especiales, por ejemplo, si el inquilino vulnera los derechos de propiedad del arrendador o tiene una conducta ruidosa, ejerce violencia física o amenaza con ejercerla. En caso de controversia entre los inquilinos y la asociación constructora o el arrendador, el inquilino puede llevar el asunto ante la junta de reclamaciones de los residentes o el Tribunal de alquileres.

Número de personas cuyos gastos de vivienda superan el límite fijado oficialmente para ello

315. En Dinamarca no existe un límite oficial para la accesibilidad a la vivienda. La mayoría de los alquileres están sujetos a las normas establecidas en la Ley de alquileres. En consecuencia, el alquiler fijado por el arrendador puede impugnarse ante el Tribunal de alquileres, el cual puede ejercer el derecho de reducir la renta si lo juzga oportuno. El precio del alquiler se hace concordar con el nivel medio existente en la zona, basándose en la superficie en el caso de viviendas sociales, a reserva de las diferencias de calidad. Además, todos los inquilinos, dependiendo de los ingresos, el alquiler y la composición de la familia, tienen derecho legal a las prestaciones por vivienda establecidas para los casos individuales. Aproximadamente 500.000 familias, que representan la mitad del número total de las que viven en viviendas de alquiler en Dinamarca, reciben prestaciones individuales por vivienda.

Número de personas en las listas de espera para la obtención de vivienda

316. No existe un registro central del número total de personas inscritas en la lista de espera para la obtención de viviendas construidas con fines no lucrativos. Sólo existen registros de esta clase en las asociaciones que construyen este tipo de vivienda.

317. No existe un registro central del tiempo de espera en cada asociación privada o de viviendas construidas con fines no lucrativos. El tiempo de espera depende de factores como por ejemplo la situación y el precio, y es muy variable. En el caso de viviendas muy atractivas, existe una larga lista de espera. En cambio, en algunas urbanizaciones que presentan problemas es más fácil conseguir alojamiento. No obstante, en general hay muy pocas viviendas libres y por consiguiente es preciso esperar mucho tiempo, desde tres meses hasta varios años. A reserva de determinadas condiciones, algunos inquilinos tienen derecho a intercambiar su vivienda por otra de propiedad privada o de una asociación sin fines lucrativos, o a ser incluidos en una lista de espera prioritaria para conseguir otra vivienda de la asociación constructora pasando por delante de la lista de espera ordinaria. Al 1º de febrero de 2000 sólo estaban libres 243 viviendas de asociaciones con fines no lucrativos, equivalentes al 0,05 por ciento del parque total de este tipo de viviendas. Más del 70 por ciento de estas viviendas estaba libre entre 15 días y 2 meses y medio.

Número de personas según los diferentes tipos de ocupación de la vivienda

Cuadro 20

Número de personas y familias en diferentes tipos de vivienda - año 2000

Personas (miles)

Familias (miles)

Ocupadas por el propietario

Construidas por cooperativas

Viviendas privadas de alquiler

Viviendas construidas con fines no lucrativos

Viviendas de construcción oficial

Otras a/

3 234

265

747

901

55

86

1 272

156

440

473

34

40

Total

5 288

2 415

Fuente : Servicio de Estadística de Dinamarca,

a/ Incluidas las viviendas institucionales, las cabañas de fin de semana, etc.

Legislación nacional que afecta al derecho a la vivienda (apartado c) del párrafo 44 de las directrices)

Legislación en la que se define el contenido del derecho a la vivienda

318. No existe en Dinamarca legislación que establezca el derecho a la vivienda, pero puede decirse que la Ley de alquileres y la Ley de reglamentación de la vivienda afectan a la realización del derecho a la vivienda.

319. De conformidad con la legislación social, los municipios tienen que proporcionar vivienda adecuada a las personas sin hogar, aunque no sea necesariamente un apartamento y - en el caso de que no se disponga de otra cosa - pueden incumplir esta obligación ofreciendo una plaza en un refugio o un centro de acogida. Existen diferentes tipos de centros de acogida y de refugio, y las autoridades locales también pueden proporcionar estancia temporal en instituciones.

320. De conformidad con la Ley de integración, es preciso, en el plazo de tres meses, ofrecer una vivienda permanente a todos los refugiados recién llegados a Dinamarca. Para promover su integración en la sociedad danesa, a los refugiados se los aloja en todo el país.

321. La subvención por vivienda se otorga con arreglo a un plan en el que, como punto de partida, se establecen cuotas en las que se determinan cuántos refugiados tienen que alojarse en cada municipio concreto. De este modo, todos los municipios del país tienen que ayudar a proporcionar vivienda a los refugiados.

322. Se señala a este respecto que las normas sobre vivienda de la Ley de integración sólo se aplican a los refugiados, a los que se concede permiso de residencia en Dinamarca. A otros extranjeros, por ejemplo, a las personas a las que se concede permiso de residencia por razones de reunificación familiar, no se les aplican las normas sobre vivienda.

323. Al conceder permiso de residencia a un refugiado, el servicio de emigración tiene que decidir en qué municipio será alojado, basándose en las cuotas convenidas o fijadas. Al adoptar esta decisión, el servicio de immigración tiene que tener especialmente en cuenta la situación personal del refugiado de que se trate, la situación existente en general en los municipios y los contingentes municipales para la admisión de refugiados, lo que significa que en cada caso es preciso efectuar una evaluación específica e individual en relación con la decisión, en la que es preciso tener en cuenta todos los criterios mencionados en tanto en cuanto sean pertinentes.

324. Cabe citar como ejemplos de circunstancias personales que es preciso tener en cuenta en relación con la decisión en materia de alojamiento la necesidad de un refugiado de recibir trato especial - por ejemplo, por haber sido víctima de torturas -, las posibilidades de formación y educación y los vínculos familiares. Además, es preciso tomar en consideración el idioma y los antecedentes culturales del refugiado. Con el fin de crear las mejores condiciones posibles para las relaciones sociales, es conveniente alojar a los refugiados en una zona en que ya vivan personas que tengan su mismo idioma y base cultural.

325. Además, el Servicio de Inmigración tiene que tener en cuenta el tamaño del municipio y la composición de su población, así como su mercado de trabajo y su situación en materia de educación. Asimismo, puede tenerse en cuenta si el municipio ofrece tratamiento o instituciones que sean pertinentes para el refugiado.

326. Cuando el Servicio de Inmigración haya decidido en qué municipio se alojará al refugiado, éste podrá, posteriormente, decidir trasladarse a otro. No obstante, en los casos en que el refugiado participe en un programa de integración tendrá que permanecer en el municipio donde esté alojado para no interrumpir el programa. Si un refugiado quiere trasladarse a otro municipio y de este modo interrumpe el programa de integración, su posibilidad de recibir el subsidio correspondiente podrá verse afectada. En consecuencia, un refugiado sólo puede continuar el programa de integración en otro municipio si la autoridad local del municipio al que quiere trasladarse acepta la responsabilidad de ocuparse de dicho programa. La autoridad local está obligada a asumir la responsabilidad del programa de integración si el traslado tiene importancia fundamental para la integración del refugiado o lo aconsejan circunstancias personales especiales. Cabe citar como ejemplos de circunstancias de esta clase las oportunidades de empleo o la matriculación en una institución educativa. También cabe considerar como circunstancias personales que puedan obligar a otra autoridad local a asumir la responsabilidad del programa de introducción, la enfermedad de parientes próximos o las posibilidades de integración, trabajo, formación o educación del cónyuge.

327. Si un refugiado se traslada sin el acuerdo de la autoridad local receptora que debe asumir la responsabilidad del programa de integración, el subsidio correspondiente podrá reducirse o suprimirse. A este respecto es decisivo que dicho subsidio forme parte de la oferta total de asistencia para la integración. En consecuencia, para recibir el subsidio es necesario que se cumplan los requisitos reglamentarios. Además, cuando la autoridad local adopte la decisión específica de reducir el subsidio, tiene que tener en cuenta la razón que impulsó al refugiado a trasladarse, así como la necesidad de que el refugiado siga cobrando el subsidio.

Legislación sobre vivienda, personas sin hogar, corporaciones municipales, etc.

328. La legislación danesa correspondiente a las viviendas privadas de alquiler figura en dos leyes la Ley de alquileres y la Ley de reglamentación de la vivienda, que se describen a continuación.

Ley de alquileres

329. Las normas establecidas en la Ley de alquileres son válidas para todos los arrendamientos privados de casas o pisos y sólo están limitadas cuando un alquiler está sujeto a determinadas normas en virtud de otra normativa.

Ley de reglamentación de la vivienda

330. Esta ley sustituye o completa las normas de la Ley de alquileres. Está destinada especialmente a los grandes municipios urbanos en que existen muchas viviendas de alquiler y en alguna ocasión ha habido falta de viviendas. La autoridad local puede decidir aplicar la Ley de reglamentación de la vivienda en el municipio. Dicha ley faculta a las autoridades municipales a garantizar el mejor uso posible de las viviendas existentes en relación con las condiciones locales.

331. Además, los municipios tienen derecho a asignar hasta el 25 por ciento de las viviendas construidas sin fines de lucro para resolver problemas sociales de alojamiento en el municipio. Puede convenirse un porcentaje mayor con la asociación constructora. El municipio asigna estas viviendas teniendo en cuenta los criterios y necesidades sociales.

332. Por otra parte, en las viviendas construidas sin fines de lucro se tienen en cuenta las necesidades de las personas ancianas, los discapacitados y los jóvenes. En algunos casos se da prioridad a familias monoparentales y familias con hijos en lo que respecta a los apartamentos grandes en las viviendas de este tipo, y en algunos casos a los ancianos y a los discapacitados. En lo que respecta a las viviendas de esta clase destinadas específicamente a los ancianos, la asignación de todas las viviendas corresponde al municipio.

333. Por último, en junio de 2000 el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio de la Vivienda y Asuntos Urbanos aplicó un programa nacional que apoya financieramente la labor de evitar que haya personas sin hogar y, en segundo lugar y con carácter experimental, el alojamiento alternativo de las personas sin hogar y otros grupos vulnerables de personas.

Legislación sobre los derechos de los inquilinos

334. La relación entre el arrendador y el inquilino se basa en un acuerdo mutuo. La Ley de alquileres contiene numerosas disposiciones que no pueden pasarse por alto en perjuicio del inquilino. Los contratos de alquiler tienen que ajustarse al marco de la Ley de alquileres. En principio, dicha ley da por supuesto que el propietario no puede dar por finalizado un contrato de alquiler mientras el inquilino cumpla las condiciones de arrendamiento. En general, el alquiler no puede superar el nivel que pueda obtenerse por viviendas de la misma superficie y calidad en la vecindad de que se trate.

335. La Ley de reglamentación de la vivienda establece un método para determinar con carácter fijo el precio del alquiler, incluido el redimiento obtenido por el propietario. También contiene disposiciones para comunicar los aumentos de renta y la obligación del propietario de reservar una cantidad fija para el mantenimiento exterior.

336. La Ley sobre las prestaciones individuales por vivienda rige la ayuda permanente para el pago de los gastos de vivienda. La finalidad de estas prestaciones es garantizar que las familias con bajos ingresos puedan obtener viviendas adecuadas y convenientes. La ley establece normas objetivas para calcular estas prestaciones legales. Se conceden subsidios de alquiler a los inquilinos, los propietarios y los miembros de las cooperativas privadas de viviendas. Las prestaciones concedidas a este respecto a los inquilinos se pagan en calidad de subsidios, y las satisfechas a los propietarios como préstamos garantizados por la propiedad. Las asignaciones por alquiler otorgadas a los miembros de cooperativas privadas de viviendas y estructuras de propiedad similares se pagan en un 40 por ciento como subsidios y en un 60 por ciento como préstamos.

337. El cálculo se basa en el ingreso total de una familia, los gastos de vivienda, la superficie de la vivienda y la composición de la familia, incluido el número de miembros, el número de niños y la condición de jubilados de los miembros de la familia. Para recibir prestaciones individuales por vivienda es preciso tener la residencia permanente en Dinamarca y utilizar como residencia durante todo el año una vivienda en el país.

338. Además, existen préstamos para el pago del depósito de alquiler en viviendas modernas construidas sin fines de lucro (subvencionadas), ocupadas después del primero de abril de 1964, y en las viviendas subvencionadas para ancianos. Pueden disponer de estos préstamos las familias con bajos ingresos, definidas como aquellas cuyo ingreso anual no supere en más del 5 por ciento la pensión total de una pareja que cobre la pensión de vejez. Para obtener estos tipos de préstamos, si hay niños en la familia el límite de ingresos se aumenta en 25.000 coronas danesas.

339. Pueden obtener préstamos para el depósito de alquiler tanto los pensionistas como los no pensionistas. Estos préstamos están libres de intereses y de reembolso durante cinco años y tienen que devolverse en 10 años. El inquilino tiene que devolver el préstamo al abandonar la vivienda. Las autoridades locales también pueden conceder un préstamo o proporcionar una garantía de préstamo a las familias con ingresos más altos. Cuando se trata de refugiados, también puede concederse un préstamo para depósito, etc. a los inquilinos de viviendas privadas, durante los tres primeros años posteriores a la concesión del permiso de residencia.

Legislación relativa a los códigos de construcción

340. La legislación sobre la construcción comprende una ley y dos reglamentos de construcción -el Reglamento de construcción, de 1995, y el Reglamento de construcción de pequeñas viviendas, de 1998, cuya finalidad es garantizar que los edificios nuevos se construyan de tal manera que puedan habitarlos el mayor número posible de familias.

341. En el capítulo 4 del Reglamento de construcción de 1995 figuran numerosos requisitos específicos acerca del acceso de las personas discapacitadas a las viviendas. Por ejemplo, en relación con el acceso se establece que en los edificios de dos o más pisos debe instalarse un ascensor. Es preciso establecer facilidades de acceso para tener en cuenta las necesidades de las personas discapacitadas o con un sentido reducido de la orientación.

342. También se establecen disposiciones para garantizar el acceso a pasarelas y rampas y para que las personas que tienen dificultades para andar dispongan de espacio suficiente. Las pasarelas, las rampas, etc. tienen que asegurarse con pasamanos a los que sea fácil asirse y agarrarse. Del mismo modo, es preciso que las entradas y los pasillos tengan espacio suficiente para las personas con dificultades para andar.

343. Además, se obliga a que haya retretes, cuartos de baño y cocinas adecuados para personas discapacitadas. No sólo se establecen disposiciones para la construcción del edificio sino también de estacionamientos para las personas discapacitadas. En lo que respecta al capítulo 2 de la Ley de construcción de 1995, tienen que construirse accesos y caminos particulares que puedan utilizar las personas con dificultades para andar y las personas con un sentido reducido de la orientación.

344. Las modificaciones introducidas en la Ley de construcción de 1º de abril de 2001 obligan al Ministerio de la Vivienda y Asuntos Urbanos a proporcionar nuevas oportunidades a las personas discapacitadas. En virtud de una enmienda, se garantiza la disponibilidad e instalación de medios técnicos de ayuda, por ejemplo, asas metálicas en las salas de reuniones públicas, accesos sin desnivel a equipo y tecnología de la información, cajeros automáticos, etc.

Legislación por la que se prohiben todas las formas de discriminación en el sector de la vivienda

345. La legislación danesa sobre la vivienda no protege directamente contra la discriminación en este sector. No obstante, Dinamarca está obligada por numerosos instrumentos internacionales que prohiben diferentes tipos de discriminación. Por consiguiente, está claro que los contratos de alquiler no tienen que discriminar en absoluto a las minorías étnicas o nacionales o a las personas con problemas sociales, lo cual entraría en contradicción con las obligaciones internacionales de Dinamarca.

Legislación por la que se prohibe toda forma de desahucio

346. Véase la información proporcionada anteriormente en la sección relativa a la legislación sobre los derechos de los inquilinos.

Legislación que menoscabe el cumplimiento del derecho a la vivienda

347. No existe legislación que menoscabe el cumplimiento del derecho a la vivienda.

Legislación que restrinja la especulación sobre la vivienda o la propiedad de bienes inmuebles

348. Véase la información proporcionada anteriormente en la sección relativa a la legislación sobre los derechos de los inquilinos con respecto a la limitación del nivel de los alquileres.

Medidas legislativas que confieren título legal a los que viven en el sector "ilegal"

349. No existe ninguna legislación que confiera título legal a las personas que viven en el sector "ilegal".

Legislación relativa a la planificación del medio ambiente y a la salud en la vivienda y los asentamientos humanos

350. La legislación sobre la construcción está redactada de tal manera que garantiza que los edificios de nueva construcción cumplan determinadas condiciones en relación con los incendios, la seguridad y la salud.

351. El artículo 4 de la Ley de la construcción establece que en el reglamento correspondiente figurarán disposiciones sobre la mano de obra y las instalaciones de las viviendas en lo que respecta a la seguridad, los incendios y la salud.

352. Del Reglamento de construcción de 1995 y el Reglamento de construcción de pequeñas viviendas de 1998 se deduce que numerosos requisitos sobre la acústica, el aislamiento térmico, el aislamiento contra la humedad y la climatización interior tienen por finalidad garantizar unas condiciones de salud satisfactorias. Por ejemplo, en lo que respecta a la climatización interior se exige la utilización de materiales de construcción que produzcan el mínimo nivel de contaminación, con lo cual una utilización normal de los edificios hará que dicha climatización se ajuste a las normas establecidas en materia de salud y seguridad. Por consiguiente, los materiales de construcción no deben expulsar gases, vapor, partículas o radiación ionizada que puedan originar condiciones de climatización interior insatisfactorias con posibles efectos negativos sobre la salud de los inquilinos o los propietarios.

Otras medidas adoptadas para poner en práctica el derecho a la vivienda (apartado d) del párrafo 3 de las directrices)

Medidas adoptadas por el Estado para construir viviendas asequibles

353. El objetivo general de la política de construcción y vivienda de Dinamarca es garantizar a todos los habitantes viviendas buenas y sólidas. Un elemento importante de este objetivo es la creación de un mercado al que concurra una amplia gama de viviendas, de forma que todos los grupos de la población tengan acceso a un tipo de vivienda que satisfaga sus necesidades.

354. La creciente concienciación registrada en los últimos años en lo que respecta al consumo de recursos y la ecología se ha hecho sentir claramente en el sector de la vivienda y en la actualidad constituye una máxima prioridad de política. El área más importante de la política de vivienda y construcción es la reordenación urbana con subvenciones públicas, que se rige por la Ley de reordenación urbana y mejora de la vivienda. Esta ley tiene tres elementos principales:

- normas de calidad para las viviendas planificadas y requisitos en materia de espacios libres satisfactorios para los residentes;

- un sistema de subvención y financiación que comprende subsidios públicos;

- normas para la planificación y la puesta en práctica de proyectos de reordenación urbana por los municipios.

355. En general, la estrategia de reordenación urbana ha evolucionado y pasado de un trabajo intenso y centrado en zonas concretas a un trabajo más amplio en el que la reordenación urbana con subvenciones públicas se utiliza como catalizador y "locomotora" y en el que se da a los propietarios e inquilinos afectados más voz en los resultados. El Ministerio de la Vivienda y la Construcción distribuye las partidas anuales totales entre los distintos municipios según las necesidades de cada uno de ellos de renovar propiedades degradadas, que se definen conforme a criterios objetivos. La Ley de reordenación urbana y mejora de la vivienda establece que los municipios son responsables de la iniciación, la planificación y la puesta en práctica de la reordenación urbana a nivel local.

356. Desde 1992 existe un plan de prueba como complemento de la renovación urbana subvencionada que ofrece la posibilidad de obtener subsidios para realizar proyectos privados de renovación urbana. El marco de la inversión para la renovación urbana se amplió hasta mediados del decenio de 1990, cuando alcanzó la cifra de 3.600 millones de coronas danesas, pero en los últimos años se ha mantenido en torno a los 2.000 millones.

Medidas financieras adoptadas por el Estado

357. El presupuesto nacional fue de 409.995,6 millones de coronas danesas en el año 2001. Al Ministerio de Economía y Asuntos Comerciales se le asignó el 2,2 por ciento para adoptar medidas en relación con la vivienda. Se trató sobre todo de legislación de la construcción, reglamentación de la construcción, renovación urbana, prestaciones por vivienda y de la Ley de alquileres, viviendas subvencionadas, coordinación de datos sobre los bienes inmuebles, e investigación e información.

Asistencia internacional para realizar el derecho a la vivienda

358. Dinamarca no recibe asistencia internacional. Véase también la sección que figura más arriba sobre la respuesta al apartado c) del párrafo 44 de las directrices relativo a la legislación por la que se prohiben todas las formas de discriminación en el sector de la vivienda.

Medidas adoptadas para alentar el desarrollo de centros urbanos pequeños e intermedios

359. El Ministerio de Asuntos Económicos y Comerciales participa de muchas maneras en el progreso y subvención de los pueblos y aldeas del país, en parte mediante el Fondo Urbano que permite obtener subvenciones para proyectos locales con amplia participación ciudadana. El Ministerio ha celebrado y continuará celebrando conferencias sobre los pueblos. La Ley de renovación urbana ofrece la posibilidad de que el municipio interesado subvencione la renovación de edificios en el país mediante préstamos libres de interés y amortización.

360. Por último, acaba de terminar un amplio experimento de renovación urbana de pueblos y aldeas, consistente en la revitalización de la población, las viviendas y las condiciones comerciales, así como la restauración arquitectónica de los centros de las poblaciones.

Medidas de realojamiento durante la realización de programas de renovación urbana, etc.

361. En Dinamarca, antes de que puedan llevarse a la práctica proyectos de renovación urbana es preciso haber realojado a los residentes afectados, a los que siempre se les ofrece una vivienda sustitutiva durante la ejecución del proyecto. Los residentes pueden oponerse hasta cierto punto a la renovación urbana propuesta y tienen que ser consultados en relación con la disposición de los apartamentos, los terrenos compartidos, etc.

Cambios en las políticas nacionales que afecten negativamente al derecho a una vivienda, introducidos durante el periodo sobre el que se informa (apartado e) del párrafo 44 de las directrices)

362. Durante el periodo de que se informa no ha habido cambios en las políticas nacionales que afecten negativamente al derecho a una vivienda adecuada.

Dificultades y deficiencias observadas en relación con el artículo 11 (párrafo 45 de las directrices)

363. No existen dificultades o deficiencias con respecto al cumplimiento del artículo 11 del Pacto.

Asistencia internacional (párrafo 46 de las directrices)

364. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 12

Mejor nivel sanitario posible

Información sobre la salud física y mental de la población danesa (párrafo 47 de las directrices)

365. El estado de salud se mide por la propia percepción individual a este respecto. El 78 por ciento de los daneses preguntados contestaron que consideraban que su salud individual era "buena" o "muy buena" en el año 2000. Encuestas realizadas en 1987, 1991 y 1994 mostraron una tendencia similar: entre el 78 y el 80 por ciento de los que respondieron afirmaron que consideraban su estado de salud "bueno" o "muy bueno".

366. No se observa ninguna diferencia evidente entre las zonas rurales y las urbanas. Aproximadamente un 5 por ciento más de hombres que de mujeres respondieron que su salud era "buena" o "muy buena". Se observó una diferencia acusada entre los ciudadanos según su nivel de instrucción: el 60 por ciento de los daneses que habían cursado estudios por lo menos durante 10 años respondieron que tenían "buena" o "muy buena" salud, y los que habían estudiado durante 13 o más años respondieron que "su estado de salud era positivo".

367. Aproximadamente uno de cada cinco daneses afirma haber tenido problemas emocionales que habían influido de manera adversa en su actividad diaria en el trabajo o en su tiempo de ocio durante un periodo de control de cuatro semanas. Puede obtenerse más información en el informe trienal de Dinamarca presentado a la Oficina Regional de la OMS (OMS/EURO).

La política nacional de salud de Dinamarca (párrafo 48 de las directrices)

368. El Estado adopta iniciativas, efectúa labores de coordinación y asesora en materia de salud. Una de sus principales tareas es establecer las metas de la política nacional de salud. Este servicio está descentralizado. Para mejorar la coordinación y eficiencia de los diferentes niveles administrativos en la atención de salud, las autoridades provinciales y locales formulan cada cuatro años un plan de salud.

369.En lo que respecta a la participación en los criterios de atención primaria de la OMS, el Gobierno danés publicó en mayo de 1999 el Programa Oficial de Salud Pública y Promoción de la Salud, 1999-2008. Se trata de un programa transversal de 10 años de duración basado en la cooperación entre nueve ministerios.

370. Este programa se ha fijado 17 objetivos incluidos en las llamadas perspectivas: factores de riesgo, grupos de edad y entorno. Además, el programa incluye tres objetivos estructurales relacionados con la organización bien definida de la cooperación entre el Estado y la administración local. Se destaca la necesidad de seguir fomentando la investigación de salud y, en último término, intensificar la introducción de ideas a este respecto en la formación de grado y de postgrado del personal de salud y grupos conexos.

371. En la amplia variedad de iniciativas adoptadas para alcanzar estos objetivos destacan ante todo los problemas de consumo de tabaco, inactividad física, accidentes de tráfico, nutrición y consumo de drogas. Los métodos de intervención a nivel de la escuela primaria se basan ante todo en la escuela como entorno, es decir, incluye la prohibición legislativa del tabaco, apoyada por un programa de actitudes con respecto a su consumo y la salud. La educación de salud también es objeto de actividades planificadas oficialmente en todas las escuelas.

372. Los ministerios siguientes participan en el programa intersectorial: Ministerio del Interior y de Salud, Ministerio de Asuntos Sociales, Ministerio del Empleo, Ministerio de Educación, Ministerio de Asuntos Económicos y Comerciales, Ministerio del Medio Ambiente, Ministerio de Transportes, Ministerio de Cultura y Ministerio de Agricultura, Alimentación y Pesca. En enero de 2000, el Ministerio de Salud formuló una declaración en el Parlamento en relación con el programa.

Porcentaje del PNB dedicado a la salud (párrafo 49 de las directrices)

373. Dinamarca gastó el 8,4 por ciento de su PNB en salud en 1999. Los gastos públicos en salud constituyeron el 12,8 por ciento del gasto público total de dicho año. En 1994 estos gastos representaron el 11,5 por ciento del total y en 1989 la cifra correspondiente fue del 12,7 por ciento. Los gastos en atención primaria de salud representaron el 38 por ciento de los gastos públicos de salud en 1999. En 1994, estos gastos fueron del 37,6 por ciento, y en 1989 del 40,4 por ciento.

Tasa de mortalidad infantil (apartado a) del párrafo 50 de las directrices)

374. La tasa de mortalidad infantil ha disminuido considerablemente en los últimos 10 años. El número de niños muertos por cada 1.000 nacidos vivos pasó de 9,15 en 1989 y 6,14 en 1994 a 4,99 en 1999, y el de niñas de 6,83 y 4,73 a 3,46, respectivamente. La cifra correspondiente a 1999 es una estimación oficial. No se observó ninguna diferencia en la tasa de mortalidad infantil entre las zonas rurales y las urbanas. No obstante, un análisis de los nacimientos registrados en 1991-1992 demuestra una correlación significativa entre la tasa de mortalidad infantil y el nivel de instrucción de la madre. Esta tasa fue dos veces superior en el caso de los niños cuyas madres habían cursado menos de ocho años de enseñanza formal, en comparación con las madres que habían cursado 13 o más años.

Acceso a agua que reúna las debidas condiciones (apartado b) del párrafo 50 de las directrices)

375. Con respecto al acceso de la población a agua que reúna las debidas condiciones, cabe señalar que el sistema danés de suministro de aguas está en general muy descentralizado, en beneficio, entre otras cosas, del entorno acuático, las corrientes fluviales y los lagos. Toda la población tiene acceso a agua limpia y potable que reúne las debidas condiciones gracias a un sistema de aproximadamente 3.000 grandes obras hidráulicas públicas y 90.000 instalaciones privadas más pequeñas de suministro (pozos y fuentes). Prácticamente, sólo se suministran aguas subterráneas (aproximadamente el 99 por ciento). La diferencia entre las zonas urbanas y las rurales a este respecto reside sobre todo en la proporción de agua obtenida de instalaciones públicas y de suministros privados. El suministro de aguas en zonas urbanas es mayoritariamente público y en las zonas rurales se obtiene sobre todo de pequeños pozos de propiedad privada.

Acceso a servicios adecuados de evacuación de excrementos (apartado c) del párrafo 50 de las directrices)

376. Aproximadamente el 85 por ciento de la población danesa tiene acceso a servicios adecuados de evacuación de excrementos al estar conectada a los sistemas municipales de alcantarillado. El 15 por ciento restante de la población recurre a fosas sépticas, pozos negros u otros tipos de tratamiento mecánico o biológico. Esto significa que en las zonas rurales existe sobre todo este tipo de evacuación de excrementos, mientras que la población de todas las zonas urbanas tiene acceso a sistemas municipales de alcantarillado.

Vacunación de los niños (apartado d) del párrafo 50 de las directrices)

377. Los niños son vacunados contra la difteria, la tosferina, el tétanos, el sarampión, la poliomielitis y la tuberculosis. No se observan diferencias entre sexos o zonas rurales y urbanas en cuanto a cobertura. El nivel de vacunación es elevado y no se observan estructuras socioeconómicas determinadas de los relativamente pocos padres que prefieren no vacunar a sus hijos. Lo hacen sobre todo porque prefieren medicinas alternativas y tienen conceptos diferentes de los riesgos de posibles efectos secundarios.

Cuadro 21

Cobertura del programa de vacunación infantil en 1994, 1996 y 1999

(en porcentaje)

1994

1996

1999

Tosferina 1 (5 semanas)

Tosferina 2 (9 semanas/3 meses)ª

Tosferina 3 (10 meses/12 meses)ª

Difteria/tétanos/polio 1 (5 meses)

Difteria/tétanos/polio 2 (6 meses)

Difteria/tétanos/polio 3 (15 meses/12 meses)ª

96

91

89

99

95

100

94

86

77

98

95

119

-

-

-

-

-

-

Difteria/tétanos/tosferina/polio 1 (3 meses)

Difteria/tétanos/tosferina/polio 2 (5 meses)

Difteria/tétanos/tosferina/polio 3 (12 meses)

Gripe hemofílica 1 (5 meses/3 meses)b

Gripe hemofílica 2 (6 meses/5 meses)b

Gripe hemofílica 3 (16 meses/15 mesesª/12 mesesb)

Vacuna oral contra la polio 1 (2 años)

Vacuna oral contra la polio 2 (3 años)

Vacuna oral contra la polio 3 (4 años)

Revacunación contra la difteria y el tétanos (5 años)

Sarampión/paperas/rubéola 1 (15 meses)

Sarampión/paperas/rubéola 2 (12 años)

-

-

-

98

90

88

101

93

95

-

88

78

-

-

-

95

92

93

94

93

92

87

85

91

96

99

99

94

97

95

94

90

88

83

92

87

ª Edad de vacunación hasta 1996

b Edad de vacunación a partir de 1997

Esperanza de vida (apartado e) del párrafo 50 de las directrices)

378. La esperanza de vida en Dinamarca aumentó moderadamente entre 1980 y 1995, en comparación con otros países de la UE. La esperanza media de vida aumentó en 0,7 años para las mujeres y en 1,4 años para los hombres. A partir de 1995 la esperanza de vida de los daneses aumentó significativamente en comparación con la media de la UE. La esperanza de vida de las mujeres aumentó en un año, hasta alcanzar los 78,8 años en 1999. En lo que se refiere a los hombres, el aumento fue de 1,4 años hasta alcanzar 74 años en 1999. De este modo, el aumento de la esperanza de vida entre 1995 y 1999 fue igual o superior al registrado en los 15 años anteriores.

379. No parece existir ninguna diferencia en la esperanza de vida entre las poblaciones rurales y las urbanas. Las diferencias se observan más bien en diferentes distritos de las ciudades que poseen características socioeconómicas distintas, por ejemplo, el estilo de vida, las condiciones de vida, el ingreso y el empleo. Un estudio amplio sobre la esperanza de vida realizado en los 15 distritos de la capital danesa (Copenhague) durante el periodo comprendido entre 1983 y 1985 llegó a la conclusión de que la esperanza media de vida variaba entre 6 y 7 años según el distrito. En las zonas rurales se prevé una tendencia similar.

Acceso al tratamiento de enfermedades y lesiones corrientes a una distancia de una hora de viaje (apartado f) del párrafo 50 de las directrices)

380. Se estima que el 99,9 por ciento de la población tiene acceso a personal capacitado para el tratamiento de enfermedades y lesiones corrientes a una distancia de una hora de marcha o de viaje. Estos centros médicos cuentan con un suministro regular de 20 medicamentos esenciales.

Acceso de las mujeres embarazadas a personal capacitado (apartado g) del párrafo 50 de las directrices)

381. Se estima en el 99,9 por ciento el porcentaje de mujeres embarazadas que tiene acceso a personal capacitado durante el embarazo, y la proporción de mujeres asistidas por dicho personal en el parto también se estima en el 99,9 por ciento. En 1996 la tasa de mortalidad por causa de maternidad ascendió a 7,39 por cada 100.000 partos.

Acceso de los niños a personal capacitado (apartado h) del párrafo 50 de las directrices)

382. Se estima en el 99,9 por ciento el porcentaje de niños que tienen acceso a personal capacitado para recibir atención de salud.

383. No se dispone de estadísticas desglosadas por grupos urbanos y rurales y por grupos socioeconómicos de los indicadores que se mencionan en los apartados f) a h) del párrafo 50.

Variación de la situación sanitaria de diversos grupos (párrafo 51 de las directrices)

384. La situación sanitaria de diferentes grupos que viven en Dinamarca ha quedado esbozada más arriba en lo que respecta a la esperanza de vida, la tasa de mortalidad infantil y el estado de salud valorado por el propio interesado. A continuación se proporcionan informaciones adicionales importantes sobre el estado de salud, esto es, la tasa general de mortalidad y el número previsto de años vividos sin enfermedades. En los datos del estudio se destaca que los grupos desaventajados tienen un estado de salud relativamente inferior a la media.

385. La principal causa de que la tasa de mortalidad sea relativamente elevada, y por consiguiente la esperanza de vida sea baja, se debe al elevado número de fumadores. El porcentaje de fumadoras es sustancialmente superior al de la mayoría de los demás países de la UE. El cáncer de pulmón entre las mujeres es en Dinamarca el más elevado de Europa y más de dos veces superior a la media de la UE. La otra principal causa de muerte la constituyen las enfermedades cardiovasculares debidas a un estilo de vida insano causado por el tabaco, el consumo excesivo de bebidas alcohólicas e insuficiente ejercicio físico.

386. La mayor tasa de mortalidad debida al cáncer de pulmón y a enfermedades cardiovasculares se registra entre los trabajadores manuales no especializados y los desempleados alojados en viviendas de mala calidad. En especial, los grupos sociales más bajos llevan una vida insana, al mismo tiempo que registran las condiciones de vida y de trabajo menos favorables.

387. En un amplio estudio nacional sobre las tasas de mortalidad - y en consecuencia sobre una esperanza de vida menor - durante el periodo comprendido entre 1987 y 1998 se llegó a la conclusión de que los daneses que no habían recibido formación profesional registraban una tasa de mortalidad que era casi un 80 por ciento superior a la de sus compatriotas con mayor instrucción. Incluso sin tener en cuenta el estilo de vida insano - consumo de tabaco, de bebidas alcohólicas y falta de ejercicio - los daneses que no habían recibido formación profesional tenían un índice de mortalidad más elevado, de algo más del 50 por ciento, en comparación con sus compatriotas con mayor instrucción. El riesgo de mortalidad más alta se debe a condiciones de vida menos favorables, entornos laborales más insanos y, en especial, una mortalidad mucho más elevada de las personas permanentemente desempleadas.

388. Los estudios sobre el número previsto de años sin sufrir enfermedades crónicas ponen de manifiesto una estructura similar, pero la información proporcionada corresponde más bien a la condición laboral que al nivel educativo. Entre 1986 y 1991 se llevó a cabo un estudio amplio acerca de las enfermedades sufridas por los daneses de edades comprendidas entre los 30 y los 64 años. En lo que se refiere a las mujeres, las que ocupaban cargos de gestión, normalmente en puestos de oficina elevados, podían esperar no sufrir ninguna enfermedad crónica durante por lo menos el 83 por ciento del tiempo que durase su vida laboral. Las asalariadas, las trabajadoras administrativas, las autoempleadas y las trabajadoras no calificadas podían tener enfermedades crónicas entre el 72 y el 74 por ciento de su vida laboral. En el caso de las mujeres desempleadas, sólo se verían libres de enfermedades crónicas entre los 30 y los 64 años de edad durante el 45 por ciento del tiempo.

389. En lo que se refiere a los hombres, esta tendencia socioeconómica es más notable. Los hombres que ocupan puestos de gestión pueden esperar no sufrir enfermedades crónicas durante el 76 por ciento de su vida laboral. Cuando se trata de trabajadores asalariados y administrativos esta cifra oscila entre el 72 y el 74 por ciento. Los trabajadores especializados y no especializados pueden esperar no sufrir enfermedades crónicas durante el 62 por ciento de su vida laboral, y en el caso de los desempleados esta cifra se reduce al 39 por ciento. Por consiguiente, el número de años con o sin enfermedades crónicas varía de manera importante según el grupo socioeconómico, y dentro de cada grupo las mujeres gozan normalmente de buena salud durante más tiempo que sus colegas masculinos.

Cambios de política durante el periodo que abarca el informe (apartado a) del párrafo 51 de las directrices)

390. El Gobierno danés presentó en 1999 un programa de 10 años de duración sobre la salud pública y el fomento de la salud, tal como ya se mencionó en el párrafo 48. Este programa contiene 18 metas, divididas en grupos que se centran en los factores de riesgo, los grupos de edad, la estructura y los entornos favorables a la salud. La meta general es aumentar la esperanza y la calidad de vida combatiendo los factores de riesgo. Los principales factores de esta clase son los siguientes: consumo de tabaco, consumo excesivo de alcohol, nutrición inadecuada y falta de ejercicio. En Dinamarca las mujeres viven aproximadamente cinco años más que los hombres. La esperanza de vida más baja en el país corresponde a Copenhague, tanto para los hombres como para las mujeres. Los efectos del programa no se han evaluado todavía.

Medidas públicas necesarias para mejorar la salud física y mental de los grupos vulnerables (apartado b) del párrafo 51 de las directrices)

391. Para determinar las medidas sanitarias el Gobierno tiene en cuenta la esperanza de vida, los años de vida ajustados en función de su calidad, la capacidad funcional física, la capacidad funcional mental, la morbilidad, la mortalidad, el consumo de tabaco, el excesivo consumo de alcohol, los hábitos alimentarios, los hábitos de ejercicio corporal, el índice de masa corporal, las muertes resultantes de accidentes de tráfico, la educación, la edad y la relación con el mercado de trabajo.

Medidas adoptadas por el Gobierno para aprovechar al máximo los recursos disponibles (apartado c) del párrafo 51 de las directrices)

392. La evaluación de los programas públicos encaminados a aprovechar al máximo los recursos disponibles para mejorar la salud física y mental de los grupos vulnerables se llevará a cabo ante todo a nivel macro. Los indicadores que se mencionan anteriormente en respuesta al apartado b) del párrafo 51 de las directrices se analizan en la evaluación. Se examina además el conocimiento público de los mensajes que suponen cada uno de los subprogramas.

Evaluación de los efectos del programa público de salud (apartado d) del párrafo 51 de las directrices)

393. En el momento de redactar el presente informe todavía no se ha terminado la evaluación del programa de salud pública y de promoción de la salud.

Medidas adoptadas por el Gobierno para reducir la mortinatalidad y la mortalidad infantil (apartado e) del párrafo 51 de las directrices)

394. Se han llevado a cabo iniciativas en relación con la prevención del uso indebido de drogas, el consumo de alcohol y los problemas psicosociales de las mujeres embarazadas con el fin de reducir la mortinatalidad y la mortalidad infantil y para favorecer el desarrollo sano de los niños.

Medidas adoptadas por el Gobierno para tratar las enfermedades epidémicas (apartados f) a h) del párrafo 50 de las directrices)

395. Al introducirse el programa de salud pública y de promoción de la salud se ha dado más importancia a la prevención de las enfermedades epidémicas. Los hospitales y los médicos generalistas se ocupan del tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas y laborales.

Efectos de las medidas adoptadas por el Gobierno sobre la situación de salud de los grupos vulnerables (apartado i) del párrafo 51 de las directrices)

396. En el momento de redactar el presente informe todavía no se ha terminado la evaluación del programa público sanitario y de promoción de la salud.

La atención de salud para los ancianos (párrafo 52 de las directrices)

397. El 1º de marzo de 2001 entró en vigor el reglamento relativo al subsidio de salud, que introdujo reglas fijas en lo que respecta al pago de los gastos efectuados por los pensionistas para obtener medicamentos, tratamiento odontológico, fisioterapia, tratamiento quiropráctico, podología y ayuda psicológica. El subsidio de salud cubre hasta el 85 por ciento de los pagos efectuados a este respecto por los pensionistas. El requisito indispensable para recibir este subsidio es que los haberes líquidos totales del pensionista y, si procede de su cónyuge o cohabitante, no superen la cantidad de 50.100 coronas danesas y que el ingreso anual, además de la pensión social, no supere las 47.900 coronas en el caso de personas solas y 96.200 en el caso de personas casadas o cohabitantes.

Participación comunitaria en la atención de salud (párrafo 53 de las directrices)

398. Véase la información proporcionada en relación con el párrafo 48 de las directrices, relativa a la política nacional de salud.

Política general sobre las campañas de información (párrafo 54 de las directrices)

399. Dos de las 17 metas del programa oficial de salud pública y de promoción de la salud 1999 ‑2008, descrito anteriormente en el marco del párrafo 48 de las directrices, se dedican a la educación de salud: la meta 11 se refiere a la educación primaria y la meta 17 a la enseñanza y la formación del personal de salud. La meta 17 hace hincapié en el tema de la educación de salud, incluida la formación de maestros y, a nivel académico, la capacitación de personal de salud, incluidos los doctores en medicina.

400. En el momento de redactar el presente informe todavía no se había terminado la evaluación del programa oficial de salud pública y de promoción de la salud.

401. Dinamarca se ha inspirado en la labor de otros países para desarrollar su sistema de atención de salud. También se ha inspirado en los esfuerzos de otros países para evitar enfermedades y promover la salud, y en la labor de la Unión Europea y de la Organización Mundial de la Salud, con la cual el Ministerio de Salud ha examinado el programa de salud pública y de promoción de la salud.

Asistencia internacional (párrafo 55 de las directrices)

402. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

Artículo 13

Derecho a la educación

Enseñanza primaria para todos (apartado a) del párrafo 56 de las directrices)

403. Hay que destacar que en Dinamarca lo obligatorio es la educación y no la escolarización. Por educación obligatoria se entiende la obligación de participar en la enseñanza impartida en la Folkeskole (escuela primaria y secundaria) o en una enseñanza comparable a la generalmente exigida en la Folkeskole. La educación es obligatoria normalmente para los niños de 7 a 16 años de edad, es decir que hay nueve años de educación obligatoria. Además, hay un año facultativo de enseñanza preescolar, y un décimo año escolar también facultativo. En el tercer informe periódico se informó de que el 96 por ciento de los niños cursa el año facultativo de enseñanza preescolar, y el 60 por ciento el décimo año escolar facultativo. En el curso 1998/99 estas cifras fueron del 99,4 y del 68 por ciento, respectivamente.

404. Las personas encargadas de los niños en edad escolar deben velar por que cumplan el requisito de la enseñanza obligatoria y no deben obstaculizarlo. El director de cada escuela tiene la obligación de velar por que los niños matriculados asistan a clase. Diariamente se mantiene un registro de asistencias en el que se hacen constar las ausencias. Si un niño deja de asistir a las clases, los padres deben informar personalmente o por escrito a la escuela de la causa de esa ausencia. El director de la escuela decide acerca de las sanciones que han de imponerse en caso de incumplimiento de la obligación de la educación obligatoria.

405. La educación en la Folkeskole es gratuita y los libros de texto y demás material pedagógico son asimismo gratuitos. La enseñanza privada, en escuelas independientes, a las que asiste el 11,87 por ciento de los alumnos, está subvencionada aproximadamente al 85 por ciento.

Enseñanza secundaria superior (apartado b) del párrafo 56 de las directrices)

406. La enseñanza secundaria superior (para el grupo de edad de 16 a 19 años) comprende la formación profesional y está disponible y es accesible para todos. La formación profesional y los cursos de adiestramiento están abiertos a todos los estudiantes que hayan cumplido con la obligación de la enseñanza obligatoria según la Ley de la Folkeskole. El ingreso en la enseñanza general o en la enseñanza secundaria superior profesional se ha modificado posteriormente a la publicación del tercer informe periódico. En la actualidad pueden ingresar todos los estudiantes excepto si su escuela anterior declara que el alumno no está calificado para seguir estudios a este nivel. Los demás pueden acceder mediante pruebas de admisión. La enseñanza secundaria es gratuita.

Enseñanza superior (apartado c) del párrafo 56 de las directrices)

407. Los estudiantes que aprueban el examen final de la escuela secundaria superior tienen acceso en general a la educación universitaria, la cual es gratuita si bien los estudiantes tienen que sufragar sus gastos de materiales docentes. Con tal fin, entre otras cosas, tienen acceso a préstamos y becas.

408. En el año 2000 los gastos públicos en educación superior ascendieron a 18.600 millones de coronas danesas. Esta cantidad incluye 7.500 millones de becas para los estudiantes.

Enseñanza superior de adultos

409. Después de que se publicara el tercer informe periódico, el Parlamento danés aprobó varios proyectos de ley que reúnen la formación continua y los programas de ampliación de estudios en un solo sistema de educación de adultos, coherente y transparente (mayo de 2000). Uno de los principales objetivos de la reforma es proporcionar educación de adultos permanentemente y ofertas de formación continua a todos los adultos y a todos los niveles, desde los que cuentan con menor instrucción hasta los titulados universitarios.

410. Para iniciar los niveles avanzados de la educación de adultos es necesario que los participantes posean una base educativa pertinente y por lo menos dos años de la experiencia laboral correspondiente. Dado que debe ser posible que los interesados participen en la educación avanzada sin por ello abandonar sus tareas laborales habituales, la enseñanza se efectúa sobre todo fuera de las horas de trabajo, es decir, a última hora de la tarde, durante los fines de semana, etc.

411.El apoyo educativo del Estado a los adultos tiene por finalidad que los que participan en la educación avanzada de corta, media y larga duración puedan recibir apoyo económico para ello. Se concede un subsidio especial como indemnización por la pérdida de ingresos o de posibilidades de trabajo.

412. En lo que respecta a los niveles avanzados de la educación de adultos, las cantidades pagadas por los participantes completan la financiación del Estado.

Educación fundamental (apartado d) del párrafo 56 de las directrices)

413. En principio, toda persona criada en Dinamarca recibe y termina todo el periodo de educación primaria ya que la enseñanza primaria y la secundaria elemental son obligatorias y gratuitas. No obstante, en casos especiales, a petición de los padres, la escuela puede autorizar que la educación obligatoria se complete total o parcialmente mediante el aprendizaje de una actividad laboral. Esto sólo puede hacerse una vez cursados, por lo menos, siete años de enseñanza, y cuando el alumno deja la escuela de esta forma el establecimiento docente tiene que ofrecer asesoramiento y orientación con respecto a las oportunidades de recibir ulterior educación. Si conviene, el alumno puede volver a la escuela. Los alumnos que dejan la escuela primaria después del grado 7 tienen derecho a un certificado de fin de estudios.

414. Véase también la información proporcionada en relación con el párrafo 60 de las directrices.

Dificultades, metas y puntos de referencia (párrafo 57 de las directrices)

Escasez de maestros

415. En un próximo futuro, Dinamarca puede tener que hacer frente a una escasez de maestros con titulación oficial de los niveles de educación primaria y secundaria. En la actualidad el Ministerio de Educación evalúa la situación con el fin de preparar las medidas necesarias.

La transición a la enseñanza secundaria y el problema del abandono de la escolaridad

416. El Gobierno es muy consciente del problema del abandono de la escolaridad. Desde 1993, un objetivo primordial de la política de educación danesa es dar a todos los jóvenes (es decir, el 95 por ciento) una amplia base de educación juvenil después de la escolaridad obligatoria. El llamado programa UTA (Educación y Formación para Todos) constituye la base de ajustes muy amplios y extensos del sistema educativo con miras a fomentar el objetivo del programa: que todos los jóvenes tengan la posibilidad real de terminar un curso llamado de educación juvenil, es decir, un curso para jóvenes de 16 a 19 años de edad después de la educación obligatoria.

417. En lo que respecta a las nuevas iniciativas adoptadas después del tercer informe periódico, se destaca la reforma del sistema de educación y formación profesional que entró en vigor el 1º de enero de 2001. Esta reforma trata de apoyar los objetivos del programa UTA creando programas dinámicos y atractivos de enseñanza que sean más transparentes, flexibles y abiertos a los conocimientos y deseos de los estudiantes, entre otras cosas dando más libertad al maestro e incorporando posibilidades más amplias para que pueda impartir su propio estilo de enseñanza. De este modo, la reforma del sistema de educación y formación ofrece a los estudiantes toda clase de capacitación individualizada específica. Otro objetivo de la reforma es combinar una transición más fácil de la enseñanza al trabajo con la posibilidad de tener derecho a ser admitido en la educación superior.

418. Todavía es demasiado pronto para llegar a conclusiones sobre los efectos de esta iniciativa en particular. No obstante, los resultados de otras numerosas iniciativas indican que la flexibilidad y los programas de educación ajustados individualmente atienden las necesidades especiales de enseñanza de grupos importantes de jóvenes. Los últimos datos disponibles permiten calcular que el 86 por ciento de una cohorte o grupo de edad terminará la enseñanza secundaria (1992: 80 por ciento).

419. Otro problema es la consecución de un número suficiente de puestos de trabajo, a pesar de que hay mayor número de jóvenes que tienen la oportunidad de ingresar en una escuela de formación práctica. De momento, el Gobierno y los interlocutores del mercado de trabajo negocian un acuerdo para aumentar el número de alumnos que siguen esta formación práctica.

Alfabetización y matrícula en la enseñanza básica (párrafo 58 de las directrices)

Alfabetización - estadísticas y medidas

420. Sólo se registra analfabetismo entre la población emigrada. De un total de 43.595 emigrantes que participaron en cursos de danés como segunda lengua en 1999, el 12,32 por ciento siguió cursos de alfabetización. No obstante, esta cifra podría ser más alta ya que en el momento en que se reunieron los datos no se había evaluado la alfabetización de 1.934 personas.

421. Véase también la información proporcionada con respecto al párrafo 60 de las directrices.

422. Como se mencionaba en el tercer informe periódico, resulta tristemente evidente que muchos adultos daneses - en especial los que han recibido formación durante poco tiempo - no leen suficientemente bien. Un estudio reciente puso de manifiesto que 300.000 ciudadanos adultos tienen dificultades, por ejemplo, para leer y entender un horario o las instrucciones de un medicamento. Como resultado de ello, en 1995 se modificó la Ley de educación especial de adultos para permitir el establecimiento de cursos de lectura para adultos. La finalidad de estos cursos es, entre otras cosas, que los participantes puedan aprovechar las ofertas de formación complementaria y ulterior de nivel básico. Los cursos están abiertos a todos y son gratuitos. En los últimos años el número de participantes en cursos de lectura osciló entre 5.000 y 6.000 cada año.

423. En el contexto de la reforma general del sistema de educación de adultos antes mencionada se aprobó una nueva ley para fortalecer más los conocimientos básicos de los adultos, por ejemplo, de lectura, escritura y matemáticas (Ley de la enseñanza preparatoria de adultos, mayo de 2000). En comparación con iniciativas anteriores, la reforma de dicha enseñanza constituye una medida de mayor intensidad y orientación. Asimismo, la enseñanza en este programa se organiza de manera que se ajuste a la vida habitual de los participantes, lo que significa que muchas actividades se llevan a cabo en el centro de trabajo y no en establecimientos docentes. Todavía es demasiado pronto para evaluar los efectos de la reforma.

424. La participación en la enseñanza preparatoria de adultos es gratuita. Las personas cuya educación formal ha sido escasa y tienen un puesto de trabajo reciben ayuda del Estado para la educación de adultos.

Estadísticas sobre la matrícula en la enseñanza básica

425. Como se dijo en relación con el apartado a) del párrafo 56 de las directrices, todos los niños (incluidos los hijos de los emigrantes y de los refugiados) tienen que seguir la enseñanza obligatoria. En consecuencia, todos sin excepción están matriculados en la enseñanza básica en todo el país.

Estadísticas de la enseñanza de adultos y la capacitación o formación permanente o continua

426. Las partes más importantes de la enseñanza de adultos son: los cursos de formación para el mercado de trabajo, el sistema de enseñanza abierta, la enseñanza académica general, la enseñanza en tiempo de ocio y los institutos populares.

427. El número de personas que han empezado un curso puede convertirse en su equivalencia a tiempo completo. Excluida la educación durante el tiempo de ocio, en 1999 un total de 112.804 estudiantes, expresado en equivalencia a tiempo completo, se matricularon en la educación pública de adultos (en 1993: 87.772). En la educación durante el tiempo de ocio el número de estudiantes, expresado en equivalencia a tiempo completo, fue de 30.000.

428. En 1999 hubo 17.419 estudiantes, cifra expresada en equivalencia a tiempo completo, que empezaron uno o varios cursos de capacitación para el mercado de trabajo (en 1993: 12.697). Incluida la formación continua de maestros y de pedagogos de atención diurna, 31.798 estudiantes, cifra expresada en su equivalencia a tiempo completo, empezaron uno o varios cursos con arreglo a la Ley de educación abierta (en 1993: 23.825); 28.485 estudiantes, en equivalencia a tiempo completo, empezaron un curso formal de educación general de adultos (en 1993: 26.391) y 5.449, cifra expresada también en equivalencia a tiempo completo, se matricularon en institutos populares (en 1993: 7.369). El número de estudiantes, expresado en su equivalencia a tiempo completo, en los institutos populares fue de 9.456 (en 1993: 5.600), y, según esa misma equivalencia, en las escuelas donde estudiaban danés como segundo idioma ascendió a 17.223 (en 1993: 11.890), a 628 los que seguían cursos de lectura (en 1996: 234), y a 1.738 los que recibían educación de adultos de apoyo y especial (en 1996:1.153).

Indices de finalización de estudios

429. Se esperaba que el 96 por ciento de los jóvenes de ambos sexos que abandonaron la escuela primaria y la secundaria elemental a finales del año escolar 1997/98 continuara en el sistema educativo.

Cuadro 22

Porcentaje de estudiantes que terminaron un programa iniciado,

por nivel de enseñanza (1998)

Enseñanza general y secundaria superior:

Gimnasio y programas HF

Programas HHX y HTX

Enseñanza profesional secundaria y superior, etc.:

Cursos de preparación técnica

Periodos escolares VET, etc. a

Cursos principales VET, etc. b

Educación superior:

Ciclo breve

Ciclo medio

Programas de bachillerato

Cursos básicos en universidades

Todos los programas para obtener un título c

Programas preparados para obtener un título

Becas para investigación (licenciatura) d

84

80

79

85

86

73

73

54

83

70

77

48

a Comprende también los cursos profesionales básicos de breve duración, como los cursos de preparación agraria, etc.

b Comprende también la educación social de salud, los programas agrarios, el programa de educador básico y otros programas profesionales de enseñanza secundaria superior de más larga duración, etc.

c Ingeniería, medicina, odontología, teología, música/arte y arquitectura, etc.

d Debido a problemas de registro, la cifra correspondiente a la licenciatura probablemente sea inferior a la real.

430. Sin embargo, el hecho de no terminar un programa no significa que el estudiante se haya excluido de la educación, ya que podría perfectamente iniciar otro curso. En consecuencia, se recomienda prestar atención al cuadro que figura a continuación. Se trata de un cálculo del perfil educativo de una cohorte basado en los últimos datos disponibles más recientemente:

Cuadro 23

Perfil educativo previsto de una cohorte en 1998 (porcentaje)

Alumnos

Alumnas

Total

Enseñanza obligatoria únicamente

17

12

14

Con calificación para proseguir los estudios

9

8

9

Con calificación para la formación profesional

74

80

77

Enseñanza superior

34

47

40

Enseñanza de otras clases

40

33

37

Total

100

100

100

Tamaño de la cohorte

27 900

27 100

55 000

Gastos en educación, sistemas escolares, etc. (párrafo 59 de las directrices)

431. En 1998 los gastos públicos totales en educación ascendieron a 88.300 millones de coronas danesas, cantidad equivalente al 7,6 por ciento del producto nacional bruto.

432. Véase el anexo III, así como la dirección siguiente de Internet en relación con el sistema educativo danés: http://www.eng.uvm,dk//education/General/diagram.htm.

433. La Folkeskole danesa es una escuela general que abarca todo el período de la enseñanza obligatoria, es decir, la enseñanza primaria y secundaria.Es una escuela unificada en todos los niveles. Dentro del marco legal, el Ministerio de Educación dicta las órdenes y los reglamentos principales de la Folkeskole. La supervisión y administración de las escuelas municipales, principalmente la Folkeskole, incumbe a los ayuntamientos. Junto con cada escuela, el Consejo Municipal decide acerca de la aplicación de los objetivos generales y de los programas escolares fijados por el Ministerio de Educación. El Consejo Municipal se encarga en general del sistema escolar del municipio.

434. Las escuelas privadas que se ocupan de los niños en edad escolar pueden ofrecer la misma serie de cursos que la Folkeskole, es decir del primer curso al noveno o décimo cursos, o sea, la enseñanza primaria y la enseñanza secundaria elemental. Lo único que se exige de la enseñanza privada es que esté a la altura de la enseñanza ofrecida en la escuela municipal. El Ministerio de Educación confiere a la escuela privada el derecho a utilizar el examen final de la escuela municipal y ejerce así una especie de control indirecto de su calidad, pero, en principio, no corresponde a ninguna autoridad pública, sino a los padres del niño enviado a una escuela privada, comprobar que la enseñanza impartida alcanza los niveles de la escuela munici pal

435. En el año 1998, el número de escuelas que ofrecían la enseñanza primaria y secundaria obligatoria ascendía a 2.364. El número de gymnasia y de escuelas en que se impartian cursos HF, etc. era de 150. El número de escuelas de formación profesional etc. era de 252, y habia 194 centros de enseñanza superior.

436. A medida que ha ido aumentando nuevamente el tamaño de las cohortes, también se ha incrementado la necesidad de construir escuelas. En consecuencia, en el año 2000 el Gobierno y la Asociación General de Autoridades Locales de Dinamarca convino en aumentar la financiación para la construcción de escuelas: en 2001 y en 2002 las autoridades locales han tenido la posibilidad de invertir aproximadamente 3.500 millones de coronas danesas cada año con este fin.

437. Dada la poca superficie del país, el acceso geográfico a las escuelas no plantea problemas. Sin embargo, es de subrayar que Dinamarca es un país formado por una serie de pequeñas islas habitadas. La distancia al continente suele ser bastante corta y el transporte en barco a las islas es bastante bueno durante las horas habituales de trabajo,por lo que generalmente no se plantean graves problemas. En la Ley de la Folkeskole se prevé la existencia de escuelas pequeñas, con lo cual no hace falta enviar a los niños más pequeños al continente para que asistan a la escuela.

438. Para seguir mejorando la conservación de las pequeñas escuelas de las zonas rurales se ha establecido recientemente una exención por la que se las autoriza a estar cogestionadas, integradas con las instalaciones de atención diurna, o ambas cosas a la vez.

Proporción de hombres y mujeres en los diferentes niveles de enseñanza (apartado a) del párrafo 60 de las directrices)

439. Véase la respuesta que figura en relación con el párrafo 58.

440. Excepto en lo que respecta a alguna enseñanza de adultos de niveles superiores, en Dinamarca las instituciones de enseñanza no cobran ninguna cantidad por la docencia. El Estado concede ayuda a los estudiantes desde que cumplen los 18 años de edad e informa sobre las becas y préstamos estatales de educación, lo cual constituye la única fuente de apoyo importante. Este apoyo tiene por finalidad principal sufragar el costo de vida y la compra de libros y otros materiales de estudio. El plan de apoyo se basa en el principio de igualdad de oportunidades. Todos deben tener la oportunidad de estudiar, independientemente de su condición social.

441. En el cuadro siguiente se indica en qué medida existe en la práctica igualdad de acceso a los diferentes niveles de enseñanza:

Cuadro 24

Distribución de la población (de 15 a 69 años de edad)

por sexo y nivel de instrucción, 1999 (en %)

Hombres

Mujeres

Total

Total

100

100

100

Enseñanza obligatoria únicamente

29,7

35,7

32,7

Con conocimientos que permiten seguir estudiando

4,9

6,0

5,4

Con conocimientos laborales

59,5

52,7

51,6

Enseñanza superior

18,9

20,6

19,7

Otros tipos de enseñanza

40,6

32,1

36,4

Desconocido

6,0

5,7

5,8

Grupos en situación desventajosa y medidas para garantizar la igualdad de acceso (apartados b) y c) del párrafo 60 de las directrices)

Instrucción reforzada y educación especial

442. Los niños que tienen problemas de lectura y pronunciación reciben enseñanza especial integrada en las escuelas normales. Los niños que sufren trastornos físicos o psicológicos graves asisten a escuelas especiales. Cuando se trata de adultos, las autoridades locales están obligadas a proporcionarles cursos de lectura.

Enseñanza fundamental destinada a inmigrantes y refugiados

443. A todos los inmigrantes y refugiados que residen legalmente en Dinamarca se les ofrece un programa de introducción con cursos de idioma danés y conocimientos básicos sobre la sociedad danesa, al mismo tiempo que capacitación laboral. Este programa se basa en un plan de acción individual .

444. El objetivo de la enseñanza en danés como segundo idioma es el de proporcionar a los participantes la posibilidad de adquirir conocimientos previos básicos para proseguir su educación y conocimientos teóricos y prácticos pertinentes en relación con la vida laboral que incrementan la participación activa en la sociedad danesa.

445. Esta oferta se proporciona a las personas que tienen permiso de residencia, las personas que en virtud de la legislación vigente tienen derecho a residir en Dinamarca durante un periodo indefinido y los ciudadanos daneses que por motivos especiales no dominan suficientemente el idioma danés para vivir en la sociedad del país.

446. Esta enseñanza es gratuita.

Estadística sobre la participación en cursos de danés como segundo idioma

447. En 1999 participaron en este programa 43.595 personas, lo que supuso una cifra equivalente de 17.223 estudiantes a tiempo completo. Los participantes reciben por término medio 300 lecciones.

Ejemplos de medidas preescolares

448. Según la Ley 486, de 1º de julio de 1998, los niños bilingües que asisten a centros de atención diurna reciben un apoyo extraordinario si se determina que su desarrollo lingüístico no puede estimularse de manera suficiente en el marco de la institución. Asimismo, los niños bilingües que no asisten a centros de esta clase tienen derecho a recibir hasta 15 horas semanales de estímulo lingüístico. Los municipios se encargan de esta capacitación y el Ministerio de Educación ha adoptado varias iniciativas para motivarlos, orientarlos e inspirarlos en esa labor.

Ejemplos de medidas aplicadas en la escuela primaria y la secundaria elemental

449. En 1996 se asignaron cien millones de coronas danesas para mejorar la integración, inclusive en las escuelas. Los resultados de este programa se están dando a conocer actualmente en todas las escuelas y municipios.

450. El mes de agosto de este año, los institutos de enseñanza tienen la posibilidad de ofrecer cursos de danés como segundo idioma.

Enseñanza secundaria y superior para inmigrantes y descendientes de inmigrantes de terceros países

451. El 90 por ciento de los descendientes de inmigrantes de terceros países continúa estudiando después de la enseñanza obligatoria, frente el 95 por ciento de la población total (1998). El porcentaje de descendientes de inmigrantes de terceros países que continúa estudiando después de la enseñanza secundaria general también es aproximadamente el mismo que el de la población total, el 87 por ciento y el 95 por ciento, respectivamente.

452. En cambio, las tasas de abandono escolar son ligeramente superiores en lo que se refiere a esos grupos. Aunque el 86 por ciento de los alumnos que cursan enseñanza profesional terminan estos estudios, sólo los terminan el 76 por ciento de los inmigrantes de terceros países y el 77 por ciento de los descendientes de inmigrantes. En lo que se refiere a la enseñanza superior, por ejemplo, la enseñanza superior de nivel medio, el 67 por ciento de los inmigrantes de terceros países y el 53 por ciento de sus descendientes la terminan, frente al 74 por ciento de la población total.

453. Estas cifras se publicaron en septiembre de 2000. En la actualidad se están analizando para descubrir por qué los inmigrantes y los descendientes de inmigrantes no consiguen tan buenos resultados como otros grupos. Sin embargo, ya se han adoptado diversas medidas para garantizar que el nivel de enseñanza de los diferentes grupos de inmigrantes pueda compararse con el de la población en general.

Ejemplos de medidas destinadas a los inmigrantes en la enseñanza secundaria y superior

454. El caso de los alumnos bilingües en la enseñanza secundaria superior recibe gran prioridad en los programas de desarrollo e investigación, y se han publicado muchos informes destinados a establecer la base para un complemento de capacitación de los maestros.

455. En 1999 el Ministerio de Educación celebró un seminario destinado a las escuelas secundarias superiores que cuentan con gran número de estudiantes bilingües. Con ello se quería dar a esas escuelas mejores instrumentos para desarrollar la calidad de su educación y la calidad de vida en general en el establecimiento docente.

456. En varios sectores del sistema de educación de salud se han establecido cursos específicos de recuperación y se han elaborado cursos destinados especialmente a la capacitación de profesionales bilingües en las instituciones de atención diurna. De momento existen medidas destinadas deliberadamente a los inmigrantes que reciben enseñanza. Cabe citar por ejemplo las medidas destinadas a los inmigrantes de edades comprendidas entre 16 y 25 años, recién llegados al país y que por consiguiente no han cursado la enseñanza primaria danesa, es decir, que carecen de la base en que se fundamentan los niveles de educación nacionales.

Facilidades lingüísticas (apartado d) del párrafo 60 de las directrices)

457. Los consejos municipales ofrecen a los alumnos bilingües de las escuelas primarias y las secundarias elementales capacitación en su lengua materna. En la primavera de este año el Ministerio de Educación publicó un nuevo decreto destinado a seguir mejorando la calidad de esta capacitación.

458. Según la Ley de la escuela pública primaria y la secundaria elemental, todos los alumnos pueden escoger como asignatura optativa los idiomas de los inmigrantes, lo que tiene por finalidad aumentar las competencias bilingües e interculturales de los jóvenes inmigrantes y refugiados.

Condiciones materiales (párrafo 61 de las directrices)

459. La mayor parte de los maestros están empleados con un contrato colectivo. Sin embargo, principalmente a nivel de la enseñanza primaria y la enseñanza secundaria elemental, algunos trabajan en condiciones análogas a las de los funcionarios públicos, y otros como funcionarios públicos. Desde 1993 todos los maestros de este nivel tienen contrato colectivo. En la actualidad (junio de 2001) el número de maestros que son funcionarios públicos y de maestros con contrato colectivo asciende a 32.406 (incluidos los directores de las escuelas y los pedagogos preescolares) y 24.092, respectivamente.

460. Los sueldos de los maestros dependen de los contratos colectivos que regulan sus condiciones de trabajo. Los sueldos indicados a continuación incluyen el sueldo básico, las primas fijas, la cuota pagada por el maestro para la pensión de jubilación (5 por ciento) y un sobresueldo por vacaciones (el 1,5 por ciento en 2000/2001):

Cuadro 25

Sueldos de los maestros, enseñanza primaria y enseñanza secundaria elemental

(estimados en coronas daneas)

Antigüedad mínima (ingresos anuales)

245.000

Antigüedad máxima (ingresos anuales)

285.000

Cuadro 26

Sueldos de los maestros, enseñanza secundaria superior general

Antigüedad mínima (ingresos anuales)

260.000

Antigüedad máxima (ingresos anuales)

350.000

Cuadro 27

Sueldos de los maestros de formación secundaria profesional

Antigüedad mínima (ingresos anuales)

240.000

Antigüedad máxima (ingresos anuales)

290.000

461. El sueldo de los profesores universitarios de máxima antigüedad ascenderá a unas 450.000 coronas danesas.

462. Los sueldos de los maestros son en general del mismo nivel que los de los demás funcionarios públicos. Por tanto, no se adoptan medidas especiales para mejorar sus condiciones de vida.

Escuelas privadas (párrafo 62 de las directrices)

463. La enseñanza privada de nivel primario y secundario elemental y superior recibe tradicionalmente una subvención apreciable del Estado (aproximadamente el 85 por ciento).

464. A nivel de enseñanza primaria y de enseñanza secundaria elemental, las instituciones privadas acogen al 11,87 por ciento de los alumnos. A nivel de enseñanza secundaria superior general, acogen al 4,6 por ciento de los alumnos.

465. No existen dificultades para establecer centros de enseñanza privada ni para acceder a ellos. El número total de escuelas privadas es de 452. En términos generales, pueden dividirse en las categorías siguientes: pequeñas escuelas independientes Grundtvigian en los distritos rurales; escuelas secundarias elementales de orientación académica; escuelas religiosas o de congregaciones; escuelas progresivas gratuitas; escuelas con una orientación pedagógica determinada, por ejemplo, las escuelas Rudolf Steiner; escuelas de la minoría alemana; y escuelas de inmigrantes.

Cambios ocurridos durante el periodo a que se refiere el informe (párrafo 63 de las directrices)

466. El Gobierno no tiene conocimiento de que haya habido cambios negativos que afecten a los derechos consagrados en el artículo 13. Se tiene como objetivo mejorar constantemente estos derechos y fomentar en la práctica la igualdad de acceso a la educación aumentando de este modo el nivel educativo de la población en general.

Asistencia internacional (párrafo 64 de las directrices)

467. Dinamarca no recibe asistencia para el desarrollo.

Artículo 14

Enseñanza obligatoria

Medidas previstas si la enseñanza primaria no es obligatoria y gratuita (párrafo 65 de las directrices)

468. Esta disposición no se aplica a Dinamarca.

Artículo 15

Cultura y ciencia

Medidas adoptadas por el Gobierno para realizar el derecho de toda persona a participar en la cultura y la ciencia (párrafo 66 de las directrices)

469. Estas medidas se describen detenidamente en el tercer informe periódico de Dinamarca (párrafos 357 a 379). El fundamento básico, el propósito y los medios de la política cultural danesas siguen siendo los mismos. Por consiguiente, las observaciones que figuran a continuación se basan en breves resúmenes del tercer informe periódico, y unas pocas en la evolución registrada desde entonces.

470. La legislación en la esfera cultural se basa en el principio de la libertad de expresión. Tiene por finalidad ofrecer y alentar a todos los que viven en Dinamarca o visitan el país a que participen de manera activa en la vida cultural, en su sentido más amplio. El marco legislativo en la esfera cultural se basa en el principio del "distanciamiento", lo que entre otras cosas supone la descentralización y la existencia de consejos autónomos de expertos. La política y la legislación cultural tienen por objetivo alentar y apoyar las iniciativas, publicas o privadas, ya sea de personas, grupos, instituciones, organizaciones, regiones, etc.

471. También se persigue la finalidad de alentar y apoyar las actividades que fomenten las identidades culturales y la cooperación entre las diversas identidades de esta clase.

Financiación (apartado a) del párrafo 66 de las directrices)

472. Véase la introducción que figura más arriba. La financiación del desarrollo, la participación y las actividades culturales corren a cargo del Estado, los distritos, los municipios y fondos y patrocinadores privados.

Infraestructura institucional (apartado b) del párrafo 66 de las directrices)

473. Véase la introducción que figura más arriba y las descripciones del tercer informe periódico.

Promoción de la identidad cultural (apartado c) del párrafo 66 de las directrices)

474. Véase la introducción que figura más arriba y las descripciones del tercer informe periódico.

Disfrute del patrimonio cultural (apartado d) del párrafo 66 de las directrices)

475. Como se indica más arriba, en la introducción, y en el tercer informe periódico, los incentivos en materia cultural abarcan todas las culturas de Dinamarca y la cooperación con las culturas de todas partes. Las instituciones y organizaciones culturales han adoptado en los últimos años muchas iniciativas centradas en la sociedad pluricultural. Las bibliotecas públicas y la Biblioteca de la Inmigración han desarrollado una labor específica para atender a las minorías étnicas que poseen literatura, música, etc. propia. Además, una red de bibliotecas administra en Internet un servicio destinado a las minorías con el fin de que puedan tener mejor acceso a la información sobre los derechos, obligaciones y posibilidades existentes en la sociedad danesa. Las organizaciones, asociaciones y clubes deportivos del país son conscientes de los esfuerzos destinados a reforzar la integración mediante la vida deportiva local.

Medios de información (apartado e) del párrafo 66 de las directrices)

476. Como se explica en el tercer informe periódico, los medios de información, incluidas las dos estaciones públicas de radio y televisión de Dinamarca, desempeñan una importante función de conformidad con la legislación y la práctica de fomentar la participación en la vida cultural.

Conservación y presentación del patrimonio cultural (apartado f) del párrafo 66 de las directrices)

477. La situación existente se describe en el tercer informe periódico. Tanto en el plano nacional como en el internacional, Dinamarca realiza grandes esfuerzos para digitalizar partes pertinentes del patrimonio cultural, con el fin de conservarlo para el futuro y hacerlo accesible al público.

Protección de la libertad de creación artística (apartado g) del párrafo 66 de las directrices)

478. Como se indica más arriba, en la introducción, y en el tercer informe periódico, la libertad de expresión constituye el elemento fundamental de la política cultural del país, que se basa en la Constitución del Reino de Dinamarca (Ley Nº 169, de 5 de junio de 1953). En consecuencia, la legislación cultural y su aplicación no restringen o limitan esta libertad. No obstante, puede haber algunas restricciones o directrices en cuestiones específicas para ajustarse a la legislación general, como el Código Penal, que, por ejemplo, contengan medidas contra la incitación a cometer actos de violencia y el racismo.

Enseñanza profesional en la esfera del arte y la cultura (apartado h) del párrafo 66 de las directrices)

479. Como se explica en el tercer informe periódico, la enseñanza profesional en la esfera cultural abarca en Dinamarca las artes plásticas y la arquitectura, el diseño, las artes y oficios, la música, el teatro (ballet, opera, representaciones teatrales), la cinematografía y las bibliotecas.

Otras medidas para conservar, desarrollar y difundir la cultura (apartado i) del párrafo 66 de las directrices)

480. En la actualidad, Dinamarca está ajustando el sistema estructural de la vida cultural para tener en cuenta la evolución que se está registrando, incluyendo en especial las nuevas tecnologías, los medios de información, la digitalización, etc.

Medidas para que pueda ejercerse el derecho de toda persona a disfrutar de los beneficios del progreso científico (párrafo 67 de las directrices)

481. Las disposiciones de la Constitución de Dinamarca en relación con los derechos civiles también sirven para salvaguardar el derecho de todas las personas a disfrutar de los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones.

Medidas adoptadas para garantizar la aplicación del progreso científico en beneficio de todos (apartado a) del párrafo 67 de las directrices)

482. El sistema científico público danés tiene la obligación de presentar los resultados de sus investigaciones a la sociedad con el fin que puedan utilizarlo tanto el sector público como el sector privado. Desde 1993, el Gobierno de Dinamarca aumentó las asignaciones destinadas a investigación y desarrollo, en especial mediante programas específicos destinados a resolver problemas en esferas concretas.

483. Una nueva ley promulgada en 1999 sobre los inventos efectuados en las instituciones públicas de investigación debería facilitar la aplicación de los inventos científicos en beneficio de la sociedad y la producción.

484. La utilización de los resultados de la investigación tanto en el sector público como en el sector privado permitirá realizar progresos en beneficio de las personas, por ejemplo, en atención y tratamiento médicos o en la creación de nuevos productos para el mercado.

Medidas adoptadas para promover la difusión de información sobre los progresos científicos (apartado b) del párrafo 67 de las directrices)

485. En los últimos años el Gobierno de Dinamarca ha celebrado contratos con universidades del país y otras instituciones públicas de investigación. En estos contratos se destaca la obligación de las instituciones de fomentar la difusión de información sobre los progresos científicos, por ejemplo, aumentando el número de publicaciones científicas.

486. Se está actualizando la Red Danesa de Investigación para que apoye una estrecha cooperación entre los científicos, tanto en el plano nacional como en el internacional.

Medidas adoptadas para impedir el uso de los progresos científicos con fines contrarios a los derechos humanos (apartado c) del párrafo 67 de las directrices)

487. La Ley de comités éticocientíficos y proyectos de investigación biomédica tiene por finalidad salvaguardar el bienestar físico y psicológico de las personas mediante la especificación de condiciones claras en lo que respecta a la investigación realizada con seres humanos.

488. En el año 2000 se integró y aclaró, de forma jurídicamente vinculante, en un nuevo reglamento administrativo la normativa sobre el consentimiento fundamentado de las personas que participen en proyectos de investigación biomédica. Todas las normas se refieren a dicho consentimiento por parte de las personas sometidas a experimentos en proyectos de investigación biomédica.

489. También en el año 2000, se publicó un folleto de información destinado a los posibles participantes en proyectos de investigación biomédica, en el que se destacan los derechos de la persona sometida a experimentos.

490. Está prohibida la investigación de la clonación reproductiva que supone la creación de personas idénticas. Así se establece en el Ley de la procreación asistida médicamente en relación con el tratamiento, el diagnóstico y la investigación médicas (capítulo 28). Cabe señalar que con arreglo al capítulo 2 de la indicada Ley la procreación asistida médicamente no puede llevarse a cabo a menos que se haga con el fin de fertilizar un óvulo no variado genéticamente (no modificado) mediante esperma también sin modificar. Además, con arreglo al capítulo 21, en la procreación asistida médicamente no se emplearán nuevos métodos de tratamiento, diagnostico, etc. en tanto que el Ministerio de Salud no los haya aprobado desde el punto de vista ético y de la práctica médica. El Ministerio de Salud establecerá normas para el registro y la aprobación de nuevos métodos de tratamiento, diagnóstico, etc. en relación con la procreación asistida médicamente.

491. En 2001 se estableció un nuevo comité gubernamental encargado de describir las nuevas tecnologías en materia de investigación de salud: diagnósticos genéticos, terapéutica genética, empleo de células madre humanas y xenotrasplantes.

492. Esta previsto que el comité presente su informe al Ministerio de Información, Tecnología e Investigación a finales de 2002. Este informe incluirá recomendaciones para el futuro, basadas en los estudios publicados y los debates celebrados con investigadores que posean conocimientos fidedignos sobre estas nuevas tecnologías.

Restricciones del ejercicio individual de este derecho (apartado d) del párrafo 67 de las directrices)

493. No existen restricciones del derecho individual a disfrutar de los beneficios del progreso científico.

Protección de los intereses morales y materiales resultantes de la labor científica (párrafo 68 de las directrices)

494. En 1999, el Parlamento de Dinamarca aprobó una nueva Ley de los derechos de propiedad intelectual sobre la investigación pública. Esta ley tiene por finalidad garantizar que la sociedad y la industria danesas utilicen los resultados de la investigación obtenidos mediante financiación pública. Según esta nueva ley, las universidades tienen derecho a reclamar la propiedad intelectual de los inventos efectuados por sus propios empleados. Los ingresos obtenidos de contratos sobre la propiedad intelectual deben dividirse entre los inventores y la institución, con lo que se ofrece un incentivo a todas las partes para que consigan y exploten inventos científicos.

495. En un artículo concreto se establece que debe prestarse especial atención a las cuestiones éticas, si así lo solicitan la institución o el investigador de que se trate.

Medidas adoptadas para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia (apartado a) del párrafo 69 de las directrices)

Medidas a nivel constitucional

496. No ha habido ningún cambio al nivel constitucional

En el sistema docente

497. En virtud de una ley de mayo de 2000 las instituciones que ofrecen programas de enseñanza superior de ciclo medio se convertirán en centros de educación superior. Esta nueva forma de organización tiene por finalidad reforzar y desarrollar los programas de ciclo medio extendiendo los conocimientos basados en la investigación de las universidades y los centros de enseñanza superior.

A través de los medios de comunicación

498. La Red Danesa de Investigación, llamada "Forskningsnettet", es un servidor de Internet de alta velocidad destinado a las universidades y las instituciones de investigación danesas. En la actualidad tiene aproximadamente 110 abonados. El Ministro de Información, Tecnología e Investigación apoya financieramente la Forskningsnettet, la cual siempre ha estado a la vanguardia en la aplicación de la tecnología más moderna de Internet. A partir de 2000, Forskningsnettet ofrece a sus abonados un nuevo servicio de alta velocidad y fibras oscuras para pruebas y desarrollo, que conecta a Lyngby y Copenhague con Odense, Arhus y Alborg.

499. En comparación con los servidores comerciales de Internet, Forskningsnettet ofrece a sus abonados del mundo universitario toda una variedad de peculiaridades avanzadas, centradas en la conexión internacional de alta velocidad, grandes medidas de seguridad y un servicio muy fiable. Además, los abonados tienen la posibilidad de influir en el futuro mediante varios grupos de trabajo.

Otras medidas prácticas (apartado b) del párrafo 69 de las directrices)

500. Para fomentar el desarrollo y la difusión de la investigación científica, en todas las universidades e instituciones de enseñanza superior se han establecido bibliotecas.

501. La base nacional danesa de datos de investigación presenta un panorama general de las investigaciones en curso y publicadas de la investigación nacional. La base de datos ha sido establecida por el Ministerio de Investigación y Tecnología de la Información y en la actualidad forma parte de la Biblioteca de Investigaciones Electrónicas de Dinamarca. Desde 1988, cuando se empezó a reunir y almacenar información acerca de los resultados de las investigaciones efectuadas en el país y de las investigaciones en curso, la base de datos ha ido creciendo hasta incluir más de 150.000 referencias. Se fundamenta en las informaciones proporcionadas por las universidades, instituciones de enseñanza superior, institutos públicos de investigación, consejos de investigación y otras instituciones públicas que llevan a cabo labores de investigación. El número de proveedores de datos crece continuamente.

Medidas para promover el disfrute de la libertad científica, incluida la creación de todas las condiciones necesarias para esa investigación (apartado a) del párrafo 70 de las directrices)

502. La investigación básica se lleva a cabo principalmente en las universidades e instituciones de enseñanza superior. Se efectúa en gran medida con cargo a asignaciones básicas cuyo destino las instituciones tienen el derecho a decidir por sí mismas con arreglo a la Ley de universidades por la que se rigen.

503. El investigador individual tiene por regla general libertad para elegir su propio tema de investigación, libertad para elegir los métodos científicos y libertad para elegir el medio de publicación de los resultados de sus investigaciones.

504. En los últimos años se han iniciado muchos nuevos programas de investigación y se ha facilitado más financiación. La función de los seis consejos de investigación independientes existentes en el país consiste en distribuir la financiación basándose únicamente en criterios de calidad.

505. Se ha iniciado una nueva estrategia para alentar aún más la cooperación entre diferentes instituciones y sobre diferentes temas, y destacar la calidad y la competencia para obtener nuevas asignaciones de fondos. Con ello se intenta conectar en redes de excelencia a grupos de investigación más amplios y fomentar las relaciones entre el sector público y el privado.

Medidas pora garantizar la libertad de intercambio de información entre los científicos (apartado b) del párrafo 70 de las directrices)

506. La Ley de universidades establece como regla general que las instituciones de enseñanza superior contribuirán a la difusión de conocimientos sobre sus métodos de trabajo y los resultados de sus investigaciones.

507. En el año 2000 se publicó una serie de directrices para garantizar que se den a conocer las investigaciones públicas financiadas por patrocinadores privados. La finalidad es dar al público la información necesaria acerca de la identidad del patrocinador privado y la cuantía de la participación financiera.

508. En lo que respecta a la gestión de la cooperación en materia de investigación y los contratos entre universidades y empresas privadas, un comité preparó un informe en el año 2000. Dicho comité publicó varias recomendaciones con el fin de garantizar la apertura y transparencia y estableció una lista de condiciones para la celebración de contratos de cooperación. Se estipuló que siempre deben publicarse los resultados de esta forma de investigación.

Medidas adoptadas para apoyar sociedades culturales, asociaciones profesionales, etc. (apartado c) del párrafo 70 de las directrices)

509. El Estado concede apoyo financiero a sociedades culturales como la Real Academia Danesa de la Ciencia y la Lengua, la Sociedad Cultural y otras sociedades. El sistema fiscal danés autoriza a los asalariados a deducir del impuesto sobre la renta las contribuciones a las asociaciones profesionales, lo que constituye un apoyo indirecto a dichas asociaciones.

Medidas para desarrollar los contactos y la colaboración internacionales en la esfera científica (párrafo 71 de las directrices)

510. El Gobierno danés fomenta decididamente los contactos y la colaboración internacionales en la esfera científica, así como la participación regular de científicos en conferencias, seminarios, simposios, etc. de carácter internacional. La internacionalización también es una meta de la política nacional de formación en materia de investigación.

Utilización más completa de las facilidades obtenidas (apartado a) del párrafo 71 de las directrices)

511. Dinamarca es miembro de numerosas organizaciones internacionales de cooperación en materia de investigación, por ejemplo, la Organización Europea de Investigaciones Nucleares (CERN), la Agencia Espacial Europea (ESA), el Observatorio Europeo Austral (ESE), la Organización Europea de Biología Molecular (EMBL) y otras. De este modo, científicos daneses trabajan en los centros internacionales de investigación y pueden aprovechar plenamente las instalaciones internacionales.

512. Dinamarca también participa decididamente en la colaboración en materia de investigación de la Unión Europea, así como en la cooperación regional entre los Países Nórdicos.

Participación de científicos en conferencias internacionales, etc. (apartado b) del párrafo 71 de las directrices)

513. Las universidades reciben financiación básica que permite la participación de científicos en conferencias internacionales. Los consejos de investigación también conceden becas con este fin. El Consejo Danés de Capacitación en materia de Investigación ofrece becas durante tres años a estudiantes de doctorado especialmente prometedores que deseen realizar sus estudios en el extranjero junto con los mejores grupos de investigación. Otros estudiantes de doctorado reciben principalmente apoyo económico para estudiar en el extranjero durante varios meses. El 49 por ciento de los estudiantes daneses de doctorado realizan una estancia en el extranjero durante por lo menos tres meses.

Posibles efectos negativos de cambios en las políticas nacionales (párrafo 72 de las directrices)

514. El Gobierno no conoce la existencia de cambios que afecten negativamente a los derechos consagrados en el artículo 15.

Otros informes pertinentes presentados recientemente (párrafo 73 de las directrices)

515. No se ha presentado ningún informe de esta índole.

Asistencia internacional (párrafo 74 de las directrices)

516. Dinamarca no recibe asistencia internacional.

INFORME SOBRE GROENLANDIA

Artículo 1

El derecho de libre determinación

517. Véase el artículo 1 del tercer informe periódico.

Artículo 2

Aplicación del Pacto y no discriminación

518. Al formar parte de Dinamarca, Groenlandia participa en una gran diversidad de foros de cooperación internacional. En virtud del sistema de autonomía de Groenlandia se aplican a este territorio distintos tipos de leyes:

a) las leyes danesas promulgadas por el Parlamento de Dinamarca (Folketing), que reglamentan las competencias no transferidas al Gobierno autónomo de Groenlandia;

b) las leyes promulgadas por el Parlamento autonómico de Groenlandia (denominadas en adelante leyes groenlandesas), que reglamentan las competencias adquiridas por el Gobierno autónomo de Groenlandia pero cuyas consecuencias financieras no están comprendidas en las asignaciones globales que concede el Gobierno de Dinamarca al de Groenlandia;

c) los reglamentos legislativos de Groenlandia (denominados en adelante reglamentos) adoptados por el Parlamento autonómico de Groenlandia, que reglamentan las esferas en las que el Gobierno autónomo de Groenlandia ha asumido la jurisdicción y cuya financiación sí está comprendida en las asignaciones globales que concede el Gobierno de Dinamarca al de Groenlandia;

d) las ordenanzas autónomas de la Administración de Groenlandia;

e) las ordenanzas de ampliación utilizadas específicamente para la entrada en vigor en Groenlandia de una ley danesa. Algunas leyes danesas entran en vigor en Groenlandia al mismo tiempo que en Dinamarca;

f) Las ordenanzas danesas también se aplican en Groenlandia.

519. Groenlandia no está facultada para llevar a cabo una política exterior independiente. En ese contexto, cabe mencionar que desde 1984, al igual que otros dos territorios autónomos de la zona nórdica, Groenlandia participa en la cooperación nórdica. Esta participación se realiza en condiciones de igualdad, ya que el Parlamento danés ha integrado en su delegación ante el Consejo Nórdico a dos miembros del Parlamento autonómico de Groenlandia, y que los miembros del Parlamento autonómico de Groenlandia asisten a las reuniones del Consejo de Ministros de los Países Nórdicos, que es el foro oficial de cooperación intergubernamental entre los cinco países nórdicos. Los representantes de Groenlandia no tienen derecho de voto pero sí de voz y de formular propuestas.

520. No existe ninguna ley que entrañe tipo alguno de discriminación en el territorio de Groenlandia por motivos de raza, color, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, condición económica, linaje o cualquier otra condición social. Ahora bien, cabe señalar que la Ley groenlandesa Nº 27, de 30 de octubre de 1992, sobre la regulación del aumento de la fuerza de trabajo en Groenlandia contiene disposiciones que garantizan a la población local un derecho prioritario en materia de empleo cuando la oferta de mano de obra groenlandesa es suficiente. Por lo tanto, los empleadores deben ponerse en contacto con la oficina local de empleo para solicitar una autorización si quieren emplear fuerza de trabajo no local en determinados puestos. Esa autorización sólo se concederá si la oficina de empleo no puede proporcionar mano de obra groenlandesa o que tenga vínculos especiales con Groenlandia. La ley pone en pie de igualdad a la fuerza de trabajo groenlandesa y la de otros orígenes cuando la persona no groenlandesa ha vivido en Groenlandia durante al menos siete de los diez últimos años o mantiene una relación especial con Groenlandia, por ejemplo vínculos familiares.

521. La ley debe examinarse, asimismo, a la luz de la situación especial que tiene Groenlandia en el Reino de Dinamarca, donde se considera que Groenlandia es un territorio que difiere del resto de Dinamarca con respecto al idioma, la cultura y, en determinados aspectos, el desarrollo. Al igual que los países en desarrollo, Groenlandia tiene necesidades específicas en relación con la educación y empleo de la población autóctona.

Artículo 3

Igualdad entre hombres y mujeres

522. En Groenlandia no existen normas ni reglamentos que impidan a determinados grupos de personas recibir prestaciones públicas o disfrutar de derechos colectivos por razones de sexo.

Artículo 4

Limitaciones

523. Cabe señalar que muchos de los derechos establecidos por el Pacto ya están recogidos en la Constitución de Dinamarca, que también se aplica a Groenlandia.

Artículo 5

Actividades encaminadas a la destrucción o limitación de derechos

524. Groenlandia no tiene ninguna observación con respecto al artículo 5 del Pacto.

Artículo 6

Derecho al trabajo

525. En Groenlandia el empleo se asegura, en primer lugar, mediante el desarrollo selectivo del comercio y la industria. En los últimos años se ha hecho hincapié en el desarrollo de la industria pesquera, el turismo y, a largo plazo, la extracción de materias primas. Además, las autoridades públicas financian las iniciativas encaminadas a la creación de puestos de trabajo para los desempleados. Estas iniciativas se organizan localmente en cada municipio y se adaptan a las condiciones y oportunidades locales.

526. Los municipios también se encargan de prestar asesoramiento profesional, ya sea mediante la formación colectiva y el asesoramiento profesional de los jóvenes en las escuelas, o mediante el asesoramiento individual que prestan las oficinas municipales de empleo. También se presta asesoramiento en relación con la formación para el mercado de trabajo. Estos servicios tienen su fundamento jurídico en el reglamento Nº 11, de 16 de diciembre de 1988, sobre creación de empleo y la ordenanza autonómica Nº 42, de 28 de septiembre de 1994 relativa a las subvenciones para los programas municipales de creación de empleo.

527. El artículo 15 del reglamento de Groenlandia Nº 2, de 31 de mayo de 1999, sobre formación profesional estipula que en cada municipio deberá establecerse un comité en cargado de garantizar que la formación profesional se integre en la comunidad local.

528. Del artículo 1 de la ordenanza autonómica Nº 5, de 3 de septiembre de 1982, relativa al asesoramiento sobre trabajo y formación profesional se desprende que el asesoramiento responde al propósito de ayudar a la gente a elegir una formación o profesión y a prepararse con ese fin, y de satisfacer las necesidades de mano de obra de la sociedad. También se desprende que todos los ciudadanos de Groenlandia tienen derecho a asesoramiento sobre trabajo y formación profesional, y que éste se presta gratuitamente, por las oficinas municipales de empleo, los funcionarios municipales o regionales de orientación profesional, los centros de enseñanza primaria y de secundaria elemental, así como los centros de formación profesional.

529. Para su utilización en relación con las actividades de asesoramiento, la Dirección de Cultura, Educación y Asuntos Eclesiásticos publica cada año Sunngu (Las claves de la educación y la formación profesional) y Periarfissat (La educación y la formación profesional en Groenlandia y en Dinamarca). Estos manuales describen todos los tipos de educación y formación para los que se puede disponer de ayudas en Groenlandia y Dinamarca, respectivamente.

Artículo 7

Condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

530. En Groenlandia se garantizan salarios equitativos e iguales por un trabajo de igual valor en virtud de los convenios colectivos celebrados entre las autoridades públicas y las organizaciones sindicales. Ahora bien, debe mencionarse que, debido a determinados factores históricos, las organizaciones sindicales de Dinamarca han logrado mantener algunas ventajas salariales y de otro tipo, definidas en los convenios colectivos, para sus miembros no autóctonos de Groenlandia y cuya situación es la de mano de obra inmigrante. Estas desigualdades han ido desapareciendo progresivamente de los últimos convenios colectivos, a fin de que en los nuevos contratos prime la igualdad de condiciones por un trabajo de igual valor.

531. Casi todos los puestos de trabajo del país pertenecen al sector público o a empresas de propiedad pública. Los convenios firmados en este sector tienen consecuencias indirectas en el resto del mercado de trabajo.

532. Las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo, los períodos de descanso, el disfrute del tiempo libre y la limitación razonable de las horas de trabajo están garantizados por las disposiciones de la Ley danesa Nº 295, de 4 de junio de 1986, sobre la salud y seguridad en los

lugares de trabajo y las disposiciones adicionales conexas. Asimismo, la legislación de Groenlandia prevé el derecho a vacaciones pagadas y la remuneración de los días festivos. La remuneración extraordinaria por trabajar en días festivos que no sean domingo está establecida en los convenios colectivos.

Artículo 8

Sindicatos

533. No existe ninguna disposición en la legislación que impida afiliarse a una organización sindical, fundar una organización sindical, o las actividades conjuntas de las organizaciones sindicales. La legislación tampoco contiene ninguna disposición que impida las huelgas colectivas. Sin embargo, esas huelgas no están autorizadas en el caso de los funcionarios públicos. La policía y las fuerzas armadas se rigen por la legislación danesa.

534. Se han celebrado convenios colectivos, aplicables a todo el territorio de Groenlandia, con 35 organizaciones, casi todas con sede en Groenlandia. La organización más importante es la Organización del Trabajo de Groenlandia (Silinermik Inuutissarsiuteqartut Kattuffiat) (SIK).

Artículo 9

Seguridad social

535. En Dinamarca existen los siguientes planes de seguridad social.

536. Las prestaciones de enfermedad se rigen por el reglamento de Groenlandia Nº 15, de 12º de noviembre de 2001, sobre los baremos de las prestaciones públicas. Sin embargo, muchos empleados perciben sus sueldos o salarios durante los períodos de enfermedad con arreglo a lo establecido en los convenios colectivos. En el caso de las personas que perciben su salario durante los períodos de enfermedad o de las personas que no cumplen los requisitos de participación en el mercado de trabajo según lo establecido en la reglamentación sobre los baremos de asistencia, su posición jurídica se rige por el reglamento de Groenlandia Nº 10, de 1º de noviembre de 1982, sobre la asistencia pública (determinación de las prestaciones basada en una evaluación de cada caso).

537. Si la falta de asistencia al trabajo se debe a un accidente laboral o a una enfermedad profesional reconocida, las prestaciones diarias en efectivo se pagarán de conformidad con la Ley danesa Nº 943, de 16 de octubre de 2000, sobre el seguro de accidentes del trabajo. Este plan requiere que el empleador suscriba un seguro.

538. Reglamentos de Groenlandia Nº 12, de 31 de octubre de 1996, Nº 12, de 30 de octubre de 1998, y Nº 6, de 11 de noviembre de 2000, sobre las licencias y prestaciones por embarazo, parto y adopción. Algunas asalariadas tienen derecho a percibir su remuneración íntegra durante la licencia de embarazo y maternidad, en virtud de los convenios colectivos. A fin de cobrar las prestaciones, las beneficiarias deben formar parte de la población activa y tener un puesto de trabajo.

539. Todas las personas de más de 63 años y con domicilio permanente en Groenlandia tienen derecho a una pensión del Gobierno autónomo, de conformidad con los reglamentos de Groenlandia Nº 10, de 30 de octubre de 1998, Nº 8, de 29 de octubre de 1999, y Nº 12, de 12 de noviembre de 2001, sobre las pensiones públicas. Las personas de edad pueden tener derecho a alojamiento en residencias de ancianos, casas de reposo u otras instituciones, tras una evaluación específica de sus necesidades, de conformidad con el reglamento de Groenlandia Nº 11, de 30 de octubre de 1998, sobre las residencias de ancianos, etc. También pueden tener derecho a que se les proporcione asistencia doméstica.

540. Las normas que rigen las prestaciones concedidas a las personas con discapacidad física o mental se recogen en el reglamento de Groenlandia Nº 7, de 3 de noviembre de 1994, Nº 13, de 31 de octubre de 1996, y Nº 1, de 23 de mayo de 2000, relativas a la asistencia a personas con discapacidades graves. La reglamentación prevé que se proporcione material auxiliar y apoyo para contratar personal de asistencia, así como para sufragar los servicios de socorro, estancias en centros de atención, la renovación de viviendas, los viajes de vacaciones, etc. Además, la reglamentación sobre pensiones contiene disposiciones relativas a las pensiones de invalidez de las personas cuya discapacidad les impide trabajar.

541. Las disposiciones relativas a los subsidios para los supérstites en relación con accidentes laborales figuran en la ordenanza de ampliación de la Ley danesa Nº 943, de 16 de octubre de 2000, sobre los seguros de accidentes laborales.

542. Las prestaciones de desempleo se rigen por el reglamento de Groenlandia Nº 15, de 12º de noviembre de 2001, sobre los baremos de las prestaciones públicas. Esta reglamentación establece las prestaciones concedidas a los miembros de varios sindicatos. Las personas a quienes no se aplica esta reglamentación pueden recibir prestaciones al amparo del reglamento sobre la asistencia pública.

543. Las prestaciones por hijos se conceden en virtud del reglamento de Groenlandia Nº 11, de 31 de octubre de 1996, sobre las prestaciones por hijos. Los pensionistas tienen derecho a prestaciones adicionales por hijos en virtud de la reglamentación sobre pensiones. La reglamentación Nº 9, de 30 de octubre de 1992, sobre la asistencia a niños y jóvenes contiene disposiciones relativas a la asistencia a menores en los casos en que se necesita un apoyo especial.

544. Todas las prestaciones y subsidios de la seguridad social mencionados más arriba ‑ con la excepción del seguro de accidentes laborales ‑ están financiadas, en su integridad, por las administraciones públicas. Ninguna disposición legal impide crear planes colectivos. La mayoría de grupos del mercado de trabajo del sector público han establecido planes de fondos de pensiones al llegar a acuerdos los empleadores y los sindicatos. La participación en estos planes todavía es bastante reducida tanto en lo que se refiere a los trabajadores especializados como a los sin especializar. La Comisión de Reforma Social de 1995-1997 recomendó la renovación del sistema de prestaciones y subsidios de la Seguridad Social. La renovación de la legislación social todavía está en curso.

Artículo 10

La familia, la madre y el niño

545. La posición jurídica de las familias está reglamentada, en gran medida, por la legislación danesa. La ordenanza de ampliación Nº 307, de 14 de mayo de 1993, sobre la entrada en vigor en Groenlandia de la Ley sobre la celebración y disolución del matrimonio es el instrumento jurídico que rige en esa materia. El artículo 1 de esta ordenanza incluye la disposición siguiente: “Las personas menores de 18 años no podrán contraer matrimonio sin la autorización del Defensor del

Pueblo”. El párrafo 1 del artículo 2 establece lo siguiente: “Ningún menor de 18 años que no haya estado casado anteriormente deberá contraer matrimonio sin el consentimiento de sus padres”. Véase asimismo el artículo 9 con respecto a la licencia de maternidad.

546. Conviene señalar que el trabajo infantil está restringido por la Ley danesa Nº 295, de 4 de junio de 1986, sobre la salud y la seguridad en el lugar de trabajo en Groenlandia. De acuerdo con esta ley, en general los niños menores de 15 años no deben trabajar en el mercado laboral, salvo si se trata de trabajos ligeros durante dos horas al día, como máximo. El Ministerio de Empleo de Dinamarca establece normas específicas acerca de la realización de trabajos que puedan ser perjudiciales para la seguridad, la salud o el desarrollo de los jóvenes.

Artículo 11

Derecho a un nivel de vida adecuado

547. Las tasas de crecimiento registradas en Groenlandia han sido muy inestables durante los decenios de 1980 y de 1990. A principios del de 1980, las tasas de crecimiento tuvieron altibajos. De 1985 a 1989 hubo un crecimiento importante, calculado como PIB per cápita a precios fijos. Después, el crecimiento disminuyo y en  1990 y 1993 la tendencia fue negativa. Después de 1994, el desarrollo ha sido principalmente positivo. El crecimiento registrado entre 1998 y 1999 fue del 7,2 por ciento. No obstante, recientemente hay indicios de que el desarrollo de la economía disminuirá hasta alcanzar una fase de estancamiento. Ello se debe a la reducción de los ingresos obtenidos de la pesca y de la industria pesquera (camarones y arenque groenlandés).

548. El sector privado de Groenlandia se centra principalmente en la pesca, las materias primas (minería y petroleo), el turismo y otras actividades costeras. La pesca es con mucho el sector más importante. El 25 por ciento de la población activa trabaja en la pesca, y el 92 por ciento de las exportaciones de Groenlandia son productos pesqueros. El desarrollo económico depende mucho de los precios y la cantidad del pescado exportado. El precio del camarón ha disminuido de manera importante el año pasado, lo que puede tener por consecuencia el estancamiento de la economía de Groenlandia.

549. La novedad más reciente en lo que respecta al PIB se debe principalmente a la tendencia positiva registrada por el empleo en 1993, junto con una baja tasa de inflación y el aumento del ingreso personal. No obstante, esta tendencia parece encontrarse en un punto de inflexión. La evolución que registra el producto nacional per cápita disponible sigue esta tendencia, pero los cambios tienen poca importancia, ya que se incluyen las donaciones globales efectuadas por Dinamarca.

550. La tasa de desempleo de Groenlandia bajó del 8 por ciento en 1998 al 7 por ciento en 1999, y al 6 por ciento en 2000 y 2001. Se espera que el estancamiento de la actividad en las pesquerías tenga por resultado un aumento poco importante del desempleo. No obstante, la situación en materia de desempleo todavía sigue siendo buena en Groenlandia. Debe añadirse que aproximadamente el 20 por ciento de la población vive en asentamientos no incluidos en las estadísticas.

551. Inflación: los precios de consumo aumentaron el 2,9 por ciento entre el año 2000 y el 2001. En los últimos años, los precios aumentan con mayor rapidez que anteriormente.

552. Casi todas las viviendas construidas en Groenlandia se financiaron parcial o totalmente con cargo a fondos públicos, sean del Gobierno autónomo de Groenlandia o de los municipios de este territorio. Esto se aplica a las viviendas de alquiler, a las viviendas en régimen de cooperativa y a las casas unifamiliares. La jurisdicción sobre los asuntos de vivienda se transfirió del Gobierno danés al Gobierno autónomo de Groenlandia en 1987. Desde entonces el Gobierno autónomo es el que establece las normas aplicables en esta esfera. El objetivo en materia de vivienda en Groenlandia es que cada pareja que cohabita disponga de una vivienda, al igual que cada soltero de más de 20 años de edad.

553. La construcción de viviendas financiadas con cargo a fondos públicos se rige por la Ley danesa Nº 944, de 23 de diciembre de 1986, sobre a las subvenciones para la construcción de viviendas y por el reglamento de Groenlandia Nº 5, de 31 de mayo de 20011991, sobre viviendas en régimen de cooperativa. El alquiler de viviendas está sometido al reglamento de Groenlandia Nº 3, de 13 de junio de 1994, sobre el alquiler de viviendas.

554. Desde el 1º de enero de 2002 se conceden prestaciones de vivienda a las familias de bajos ingresos, de conformidad con el reglamento de Groenlandia Nº 3, de 31 de mayo de 2001, sobre las prestaciones para el alquiler de viviendas. La cuantía de la prestación se determina conforme a una evaluación del alquiler y el tamaño de la vivienda, y la composición y los ingresos de la familia.

Artículo 12

Mejor nivel sanitario posible

555. Cuando Groenlandia se hizo cargo de los servicios de salud transferidos por el Gobierno danés el 1º de enero de 1992, adoptó el objetivo de la Organización Mundial de la Salud de “Salud para Todos en el Año 2000". Por consiguiente, todos los ciudadanos de Groenlandia deben poder gozar de las máximas oportunidades para alcanzar una buena calidad de vida, gracias al acceso general a los servicios que ofrece el sector de salud.

556. En términos generales, los servicios de salud de Groenlandia están estructurados con arreglo a los principios fundamentales que se esbozan en el Pacto.

557. Como parte de los esfuerzos para garantizar el logro del objetivo de "Salud para Todos en el Año 2000" se ofrece gratuitamente una extensa gama de servicios de salud. En la actualidad en Groenlandia se está reforzando la educación sobre la salud con miras a adaptar la educación a las condiciones que existen en este territorio y garantizar, a la vez, un alto nivel de servicios de salud.

558. Groenlandia tiene conciencia de que la prevención es un elemento importante para mejorar la salud de la población en general. Por consiguiente, los servicios de salud se esfuerzan por concienciar a los ciudadanos acerca de la responsabilidad fundamental que tienen con respecto a su propia salud.

559. Los servicios facilitados por las autoridades de salud en Groenlandia son objeto de evaluaciones periódicas a fin de dotarlos de mayor eficiencia y eficacia. Tras la transferencia de los servicios sanitarios, el objetivo político se ha reflejado en los siguientes instrumentos jurídicos:

a) Reglamento de Groenlandia Nº 15, de 6 noviembre de 1997, sobre los servicios de salud, etc. Este reglamento establece las directrices globales aplicables a los servicios de salud en Groenlandia y describe los servicios ofrecidos a los ciudadanos. También incluye normas sobre las competencias del personal del sector sanitario, normas sobre las esferas de trabajo que han de cubrirse con personal sanitario y normas sobre vacunación, medicamentos y transporte a hospitales.

b) Reglamento de Groenlandia Nº 3, de 23 de mayo de 2000, sobre la gestión y organización del sector de salud, que contiene directrices globales sobre la organización y la estructura del sector de salud, entre las que cabe mencionar la supervisión parlamentaria del sector sanitario. Este reglamento contiene normas sobre la división del país en distritos y sobre las funciones que han de desempeñar los hospitales. Además, se han establecido normas sobre los consejos de salud de distrito, incluidas varias normas sobre medidas preventivas. La observancia de una de esas medidas preventivas se ha logrado gracias a la aprobación del reglamento de Groenlandia Nº 4, de 23 de mayo de 2000, sobre el tabaco, las zonas de no fumadores y las etiquetas que deben llevar los productos de tabaco;

c) El reglamento de Groenlandia Nº 6, de 31 de mayo 2001, sobre los derechos jurídicos de los pacientes garantiza que se les respetará su dignidad, integridad y libre decisión. Además se garantizará una relación confidencial entre el paciente y el personal de salud.

Artículo 13

Derecho a la educación

560. En Groenlandia no existe ninguna ley contraria a los derechos que se establecen en el párrafo 1 del artículo 13 del Pacto.

561. En la Constitución de Dinamarca de 5 de junio de 1953 se establece que todos los niños del grupo de edades incluido en la enseñanza obligatoria tienen derecho a cursar gratuitamente la enseñanza primaria y la secundaria elemental. Sin embargo, los padres y tutores que se encarguen por sí mismos de que los niños reciban una enseñanza análoga a la que generalmente se exige en las escuelas públicas primarias y secundarias elementales no estarán obligados a enviar a los niños a esas escuelas.

562. Se considera que las normas relativas a la enseñanza primaria en Groenlandia se ajustan a las prescripciones del Pacto relativas a la enseñanza primaria. Estas normas son del todo comparables a las que se aplican a las escuelas públicas danesas. La enseñanza primaria en Groenlandia se rige por el reglamento de Groenlandia Nº 1, de 6 de junio de 1997, sobre la escuela pública.

563. En el indicado reglamento se establece que todos los niños que viven en Groenlandia han de seguir la enseñanza obligatoria a partir de los 6 años y durante los nueve años siguientes. Se estipula además que el sistema obligatorio entraña el deber de recibir la enseñanza impartida por las escuelas públicas primarias y las secundarias elementales, o una enseñanza equivalente a los niveles de las escuelas públicas primarias y secundarias. Si así se solicita, un alumno puede quedar dispensado de las clases de religión cristiana cuando sus padres declaren por escrito al director de la escuela que desean hacerse cargo de la educación religiosa de su hijo.

564. Debe señalarse que la legislación que se aplica en Groenlandia se ajusta a las prescripciones del Pacto en el sentido de que:

a) la enseñanza primaria es obligatoria y gratuita;

b) los padres y los tutores tienen derecho a escoger escuelas distintas de las establecidas por las autoridades públicas;

c) los padres y los tutores tienen derecho a que sus hijos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

565. En Groenlandia la enseñanza secundaria se orienta fundamentalmente a la formación académica y profesional, y se rige, entre otras normas, por el reglamento de Groenlandia Nº 2, de 31 de mayo de 1999, sobre la formación profesional y los cursos de este tipo de enseñanza, reglamentación que ha introducido una formación profesional básica y descentralizada. Los requisitos de admisión a la formación y enseñanza profesional se habrán cumplido si el estudiante ha firmado un contrato de prácticas de trabajo y cumple los requisitos específicos de admisión que se recogen en la ordenanza relativa a la formación y enseñanza de que se trate.

566. La ordenanza abarca la formación académica y profesional básica descentralizada en Groenlandia en los principales sectores siguientes: metalurgia, construcción, oficios comerciales y administrativos, sector alimentario, pesca, servicios sociales, servicios de salud, artes gráficas y servicios en general. Además, también se ofrece capacitación en cría de ovejas y en el sector del turismo. Asimismo, se imparte formación y enseñanza profesional y especializada en varios de esos sectores.

567. En el reglamento de Groenlandia Nº 2 se establece que dichas formación y enseñanza son gratuitas y que el Gobierno autónomo decide si los alumnos deben pagar parcial o íntegramente el material didáctico, que pasa a ser de su propiedad.

568. La enseñanza superior que se imparte en Groenlandia es una educación postsecundaria. Esta enseñanza se rige por la Ley danesa Nº 582, de 29 de noviembre de 1978, sobre la formación y enseñanza profesional.

569. El Gobierno autónomo de Groenlandia ofrece enseñanza secundaria superior de conformidad con la Ley danesa Nº 431, de 13 de junio de 1990, sobre la enseñanza secundaria superior y con el reglamento de Groenlandia Nº 108, de 17 de febrero de 1992. Además, se ofrece enseñanza superior sobre las siguientes ocupaciones:

a) enfermería (reglamento de Groenlandia Nº 7, de 29 de octubre de 1999, sobre la formación de enfermeras);

b) periodismo (reglamento de Groenlandia Nº 6, de 30 de octubre de 1995, sobre la formación de periodistas);

c) enseñanza primaria y secundaria elemental (reglamento de Groenlandia Nº 2, de 2 de mayo de 1996, sobre la formación de profesores de la escuela pública);

d) trabajo social (reglamento de Groenlandia Nº 10, de 31 de octubre de 1996, sobre la formación de asistentes sociales);

e) pedagogía social (reglamento de Groenlandia Nº 2, de 20 de mayo de 1998, sobre la formación de maestros de jardines de infancia, guarderías, etc.);

f) enseñanza universitaria (reglamento de Groenlandia Nº 16, de 31 de octubre de 1996, sobre Ilisimatursafik - la Universidad de Groenlandia).

570. Un rasgo común a todos estos tipos de formación es que son gratuitos para los estudiantes y pueden matricularse en ellos todas las personas que cumplan los requisitos específicos de ingreso.

571. Actualmente se está revisando la legislación relativa a la formación de los asistentes sociales. Uno de los objetivos es que los requisitos de ingreso sean más estrictos a fin de equipararlos con los requisitos de ingreso que se exigen en otros tipos de enseñanza superior. En el futuro, la norma general será que los estudiantes hayan aprobado una serie de exámenes de certificado superior para ser admitidos.

572. Como se ha explicado en relación con la enseñanza primaria, secundaria y superior, debe entenderse que el sistema educativo de Groenlandia abarca todos los niveles. En Groenlandia los estudiantes pueden solicitar el ingreso en centros de enseñanza tanto de Dinamarca como de Groenlandia. Con respecto al ingreso en centros de enseñanza daneses, los solicitantes de Groenlandia reciben el mismo trato que los daneses. Como se explica a continuación, se conceden becas de estudios a los alumnos aceptados en un centro de enseñanza danés.

573. De conformidad con el artículo 6 del reglamento de Groenlandia Nº 3, de 2 de mayo de 1996, sobre las becas de estudios y el asesoramiento profesional, se conceden becas de estudios para los tipos de enseñanza que estipula el Gobierno autónomo. En la actualidad, se conceden becas de estudios para todos los tipos de enseñanza que se enumeran en Sunngu (Las claves de la educación y la formación en Groenlandia y Dinamarca) (véase el art. 1 de la ordenanza autonómica Nº 17, de 3 de julio de 1995, sobre las becas de estudio). Ahora bien, la Dirección de Cultura, Educación y Asuntos Eclesiásticos puede decidir qué otros tipos de enseñanza también tienen derecho a becas de estudios. Además, cabe conceder becas de educación postescolar, a saber, para el certificado general del examen de fin de escolaridad, el certificado superior del examen de fin de escolaridad y el examen preparatorio superior.

574. A fin de obtener becas de estudios se deben cumplir los requisitos siguientes:

a) tener la ciudadanía danesa;

b) tener un domicilio permanente en Groenlandia en relación con la enseñanza en el territorio;

c) tener un domicilio permanente en Groenlandia en el momento de presentar la solicitud y haber residido en Groenlandia durante cinco años, como mínimo, antes de presentarla, o tener residencia permanente en Groenlandia desde hace diez años, como mínimo, sin haber pasado más de tres años fuera de Groenlandia.

575. Las becas de estudios se conceden en forma de asignaciones mensuales básicas. Además, también se pueden conceder subsidios por hijos, para libros, para medicamentos y urgencias dentales, y para los desplazamientos en autobús o tren. Los estudiantes también tienen derecho a gastos de viaje pagados en las vacaciones y al transporte gratuito de mercancías. Además, pueden solicitar préstamos de estudios.

576. También es posible conceder becas a los alumnos de los últimos años de enseñanza primaria y de secundaria elemental (véase. el reglamento de Groenlandia Nº 5, de 28 de octubre de 1982, sobre las becas para alumnos en los últimos años de enseñanza primaria y secundaria elemental). Estas becas responden al propósito de que esos alumnos se encuentren en una situación económica que les permita proseguir la enseñanza secundaria elemental después del noveno año (véase el reglamento Nº 1, de 6 de junio de 1997, sobre la escuela pública).

577. La legislación vigente alienta a seguir estudiando como se indica a continuación a las personas que no han cursado o terminado la enseñanza primaria o la secundaria elemental.

578. En primer lugar, es posible continuar la enseñanza básica primaria y la secundaria elemental durante uno o dos años, en los cursos 10º y 11º. Se presta apoyo a esa continuación del aprendizaje de conformidad con las disposiciones del reglamento de Groenlandia Nº 5, de 28 de octubre de 1982, sobre el apoyo a los últimos años de enseñanza primaria y a la secundaria elemental. Además, en el marco del sistema de enseñanza secundaria superior es posible asistir a cursos personalizados (véase. la ordenanza autonómica sobre los estudiantes del sistema de enseñanza secundaria superior de Groenlandia). Se conceden becas para seguir esos cursos (véase la ordenanza autonómica sobre las becas de estudios). La matrícula es gratuita.

579. También existen cursos especializados para adultos (véase la ordenanza sobre la continuación del aprendizaje a fin de preparar los exámenes de fin de escolaridad general y avanzada de la enseñanza secundaria elemental). Ello responde al propósito de ofrecer a las personas que han abandonado los estudios primarios o los secundarios elementales una oportunidad de lograr su desarrollo personal y adquirir calificaciones y conocimientos que les permitan cumplir los requisitos necesarios para pasar a la enseñanza superior. De conformidad con el artículo 8, para participar en esos cursos hay que pagar una matrícula (véase las disposiciones relativas a los cursos de enseñanza para adultos). Ahora bien, los libros y otros materiales didácticos se ponen a disposición de los estudiantes gratuitamente.

Artículo 14

Enseñanza obligatoria

580. Dado que se considera que la legislación aplicable en Groenlandia satisface las prescripciones establecidas en el artículo 13 del Pacto, no se ha elaborado el plan detallado de acción de aplicación progresiva a que se hace referencia en el artículo 14.

Artículo 15

Cultura y ciencia

581. La legislación vigente en Groenlandia no contiene disposiciones que limiten el derecho a participar en la vida cultural. Existe libertad de asociación.

582. Varias organizaciones, instituciones y asociaciones artísticas y culturales de ámbito nacional reciben las subvenciones que se prevén a ese efecto en la Ley de financiación promulgada por el Parlamento autonómico dentro de las partidas correspondientes a otras actividades de esparcimiento, cultura y educación general e información pública. Cabe mencionar entre otras la Federación de Asociaciones de Mujeres de Groenlandia, Kalaallit Nunsaanni peqatigiinniat kattuffiat, la Federación Inuit, Silamiut, el Instituto Nórdico, Kalaaleq, las estaciones de radio y cadenas de televisión locales, Kalaallit Nunaanni Erinarsoqatigiit kattuffiat, los diarios locales, el Equipo Groenlandia, Inunneq Nakuuneq, Soriak, Sukorsaq, los Exploradores de Groenlandia, la Asociación de Deportes de Groenlandia, Kalallit Roede Korsiat y Kattuffik “Utoqqaat Nipaat”.

583. La cuenta de “iniciativas culturales” se utiliza para subvencionar todo tipo de actividades culturales. Las subvenciones se conceden normalmente a organizaciones y asociaciones culturales o a particulares si se trata de proyectos especiales. La cuenta de “apoyo a los artistas” se utiliza para asignar subvenciones de trabajo a los artistas en las esferas de las artes visuales, la literatura, la música, la artesanía, el dibujo artístico y la investigación cultural. El Gobierno autónomo también concede subvenciones a los centros de reuniones y centros comunitarios, así como a los centros regionales de Groenlandia en Dinamarca. Se conceden subvenciones a las organizaciones artísticas y culturales locales de conformidad con el reglamento de Groenlandia Nº 5, de 9 de abril de 1992, sobre las actividades de esparcimiento.

584. Los museos componen la infraestructura institucional de Groenlandia (véanse los reglamentos de Groenlandia Nº 6, de 30 de octubre de 1998, sobre museos, y Nº 22, de la misma fecha, sobre archivos). El Museo y Archivo Nacional de Groenlandia se financia con fondos del Tesoro Público de Groenlandia. El Museo Nacional concede subvenciones a los museos locales. Dieciséis de los 18 municipios de Groenlandia tienen museos.

585. El reglamento de Groenlandia Nº 4, de 15 de septiembre de 1979, relativo a las bibliotecas contiene disposiciones que prevén la existencia de una biblioteca nacional central y una biblioteca pública en cada municipio, con sucursales en los asentamientos.

586. Se ha construido una Casa de la Cultura de Groenlandia en Nuuk, la capital. La Casa de la Cultura dispone de un teatro, un cine, un centro de exposiciones y oficinas. Todas las ciudades y casi todos los asentamientos tienen centros comunitarios o salas de reuniones.

587. En Groenlandia sólo existe una compañía de teatro profesional, la compañía Silamiut. Los centros comunitarios y salas de reuniones mencionados anteriormente también se utilizan para las actividades teatrales de aficionados locales.

588. Hay varios talleres de artes y oficios regentados por las autoridades municipales. Con respecto a la enseñanza, la Escuela de Arte de Groenlandia (Eqqumiitsuliorfik) brinda cursos de uno o dos años de dibujo, técnicas gráficas, diseño de emblemas, pintura, escultura y las clases teóricas pertinentes.

589. Se pueden conceder becas de estudios para recibir enseñanza y formación profesional fuera de Groenlandia, en forma de una cantidad mensual fija, subsidios de alquiler y ayudas para material didáctico. Además, se sufraga el viaje de ida y vuelta a la localidad donde se estudia.

590. Dinamarca,incluida Groenlandia, ha ratificado el Convenio de Berna de 1886, modificado en 1971.

591. Groenlandia no tiene una legislación independiente en materia de derechos de autor. La Ley Nº 158, de 14 de junio de 1995, también se aplica en Groenlandia sobre el derecho de autor:

592. Los siguientes instrumentos jurídicos tratan de las medidas adoptadas para asegurar la protección, el desarrollo y la difusión de la ciencia y la cultura, la libertad de investigación científica y la actividad creadora:

a) Reglamentos de Groenlandia Nº 6, de 30 de octubre de 1998, sobre museos, y Nº 22, de la misma fecha, sobre archivos. El Museo y Archivo Nacional de Groenlandia es una institución que depende del Gobierno autónomo de Groenlandia. Se financia con subvenciones públicas y tiene la obligación de inscribir, reunir, proteger, investigar y difundir el patrimonio cultural de Groenlandia, comprendidas las artes y la etnografía.

b) Reglamento de Groenlandia Nº 4, de 15 de septiembre de 1979, relativo a las bibliotecas. Las bibliotecas de Groenlandia deben promover la información, la educación y las actividades culturales y para ello facilitan libros y otro material adecuado a todas las partes interesadas, de forma gratuita y llevando a cabo actividades de información. Al escoger el material, las bibliotecas deben hacer hincapié en la calidad, utilidad y actualidad de las obras. No se permite la censura política ni religiosa.

c) Reglamento de Groenlandia Nº 326, de 31 de octubre de 1996, sobre la Universidad de Groenlandia (Ilisimatusarfik). La Universidad de Groenlandia tiene por finalidad investigar, impartir enseñanza superior y dar a conocer los conocimientos y resultados de la investigación científica.

d) Reglamento de Groenlandia Nº 3, de 17 de mayo de 1990 (modificado), sobre las actividades de radio y televisión.

e) Ordenanza danesa Nº 2 de 24 de enero de 1991,. Estatutos de la Kalaallit Nunaata Radioa. (KNE). Se trata de una institución pública independiente que tiene el derecho y la obligación de emitir los programas de radio y televisión, incluidos los noticiarios, programas informativos, programas de variedades y programas de arte. Al decidir la gama de programas que se han de emitir, se debe hacer hincapié en la objetividad e imparcialidad. Se debe prestar especial importancia al requisito de la libertad de información y expresión.

f) Ordenanza danesa Nº 4, de 26 de noviembre de 1991, sobre las actividades de la radio y la televisión locales.

593. Atuakkiorfik A/S es una empresa de responsabilidad limitada con sede en Nuuk que edita publicaciones en Groenlandia y sobre Groenlandia, tanto de obras de ficción como de literatura especializada y material didáctico, además de realizar actividades informativas y contribuir a la información general del público y al debate cultural en Groenlandia, y para difundir la literatura groenlandesa en Groenlandia y en otros lugares.

596. Katuaq, la Casa de la Cultura de Groenlandia, tiene su sede en Nuuk. Su objetivo es estimular y desarrollar la vida cultural en Groenlandia, en colaboración con instituciones, organizaciones, particulares y empresas, conforme a una evaluación artística libre e independiente. La institución ha de contribuir a la difusión del arte y la cultura nórdicos en Groenlandia y a la difusión del arte y la cultura de Groenlandia en los países nórdicos. Además, la institución ha de asegurar la cooperación cultural entre Groenlandia y otras zonas inuit.

595. El teatro Silamiut es una institución independiente que recibe subvenciones del Gobierno autónomo de Groenlandia en virtud de la Ley de financiación. La compañía se propone lograr que se tenga un mayor conocimiento de la cultura inuit y de la historia de Groenlandia mediante actividades teatrales y desarrollar el arte inuit y sus posibilidades mediante exposiciones, programas de intercambio y actividades parecidas.

596. La cooperación oficial nórdica e internacional en el ámbito de la cultura está garantizada, por ejemplo, gracias a la presencia de Groenlandia en el Consejo Nórdico, el Consejo Nórdico de Ministros y la Conferencia Inuit Circumpolar (CIC), que representa a unos 115.000 inuit que viven en la región del Artico. Esta organización no gubernamental fue reconocida como entidad consultiva por el Consejo Económico y Social en 1983.

597. Por añadidura, Groenlandia ha celebrado varios acuerdos de cooperación en materia de cultura y educación, por ejemplo, con el Gobierno regional de los Territorios del Noroeste, el Gobierno provincial de Quebec y el Gobierno de Nunavut en el Canadá. En 1993, el Gobierno autónomo de Groenlandia firmó un acuerdo de cooperación oficial con el Comité Internacional de los Juegos Articos de Invierno de 1968 acerca de la participación de Groenlandia en las actividades deportivas con orientación cultural organizadas por los Juegos Articos de Invierno cada dos años. Los Juegos de 2002 se celebrarán en Nuuk, la capital de Groenlandia.

598. En cuanto a la cooperación en el plano institucional, entre los objetivos oficiales o establecidos de diversas instituciones de Groenlandia figuran la cooperación con instituciones danesas y extranjeras y dar a conocer la cultura de Groenlandia en otros países. Así ocurre, por ejemplo, con el Museo y Archivo Nacional de Groenlandia, el Instituto Nórdico, los centros regionales de Groenlandia en Dinamarca, la Casa de la Cultura de Groenlandia, Silamiut y Atuakkiorfik A/S. Además, existe una importante cooperación cultural en el plano institucional y administrativo.

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