Naciones Unidas

CCPR/C/TKM/3

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Distr. general

29 de junio de 2020

Español

Original: ruso

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité de Derechos Humanos

Tercer informe periódico que Turkmenistán debía presentar en 2020 en virtud del artículo 40 del Pacto *

[Fecha de recepción: 27 de marzo de 2020]

Índice

Página

I.Introducción3

II. Información sobre la aplicación de las observaciones finales del Comité de DerechosHumanos, aprobadas tras el examen del segundo informe periódico de Turkmenistán5

Párrafo 5 de las observaciones finales5

Párrafo 7 de las observaciones finales8

Párrafo 9 de las observaciones finales11

Párrafo 11 de las observaciones finales11

Párrafo 13 de las observaciones finales15

Párrafo 15 de las observaciones finales17

Párrafo 17 de las observaciones finales18

Párrafo 19 de las observaciones finales19

Párrafo 21 de las observaciones finales19

Párrafo 23 de las observaciones finales21

Párrafo 25 de las observaciones finales23

Párrafo 27 de las observaciones finales24

Párrafo 29 de las observaciones finales25

Párrafo 31 de las observaciones finales27

Párrafo 33 de las observaciones finales29

Párrafo 35 de las observaciones finales29

Párrafo 37 de las observaciones finales30

Párrafo 39 de las observaciones finales31

Párrafo 41 de las observaciones finales33

Párrafo 43 de las observaciones finales33

Párrafo 45 de las observaciones finales35

Párrafo 47 de las observaciones finales36

Párrafo 49 de las observaciones finales36

Párrafo 51 de las observaciones finales37

Anexos38

I.Introducción

1.Este informe se presenta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40, párrafo 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y se ha redactado con arreglo a las Directrices generales relativas a la forma y el contenido de los informes que los Estados partes deben presentar al Comité de Derechos Humanos.

2.Turkmenistán ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en adelante, el Pacto) el 20 de diciembre de 1996 y presentó su informe inicial en 2009 y su segundo informe periódico en 2015.

3.El presente informe abarca el período comprendido entre 2015 y 2019 y contiene información sobre las principales medidas legislativas, judiciales, administrativas y prácticas que guardan relación directa con las disposiciones del Pacto y las medidas adoptadas desde el momento en que se presentó el informe de Turkmenistán en 2015. En la preparación del informe se tuvieron en cuenta, se estudiaron y se sopesaron las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos aprobadas tras el examen del informe periódico de Turkmenistán el 23 de marzo de 2017.

4.El informe fue preparado por la Comisión Interinstitucional para la Aplicación de los Compromisos Internacionales de Turkmenistán en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (en adelante, la Comisión Interinstitucional). En el informe se utiliza la información proporcionada por los ministerios, departamentos y asociaciones civiles pertinentes de Turkmenistán. La Comisión Interinstitucional celebró varias reuniones y consultas con expertos internacionales invitados por los organismos de las Naciones Unidas.

5.El proyecto de informe se envió a los ministerios, departamentos y asociaciones civiles que tienen entre sus competencias la resolución de cuestiones relacionadas con la salvaguardia y aplicación de los derechos de los ciudadanos, cuyas observaciones y recomendaciones se tuvieron en cuenta en la preparación de la versión final.

6.El proyecto de informe se examinó en una mesa redonda en la que participaron representantes del grupo de trabajo de la Comisión Interinstitucional. Los resultados del examen se tuvieron en cuenta y se consideraron detenidamente durante la preparación de la versión final del informe.

7.El 25 de septiembre de 2019 comenzó una nueva etapa de reformas constitucionales en Turkmenistán. El principal objetivo de la reforma de la ley fundamental es ampliar la representación del pueblo en los órganos supremos del poder estatal, seguir democratizando todos los aspectos de la vida pública y política, fortalecer las bases del orden constitucional, mejorar los fundamentos democráticos de la gobernanza del Estado, aumentar la función y las prerrogativas del Mejlis y el Jalk Maslajati (Consejo Popular) y crear un sistema legislativo bicameral, teniendo en cuenta los logros nacionales y las mejores prácticas internacionales. Durante el examen nacional del proyecto de ley constitucional de Turkmenistán por el que se modifica la Constitución de Turkmenistán, que se publicó en todos los medios de comunicación el 24 de febrero de 2020, se propone que el Parlamento Nacional se transforme en el Consejo Nacional de Turkmenistán, que su cámara legislativa sea el Mejlis y su cámara representativa, el Jalk Maslajati. El examen nacional del proyecto de ley constitucional se prolongará hasta el mes de julio de este año.

8.El 14 de enero de 2020 se celebró en Asjabad, bajo la presidencia del Presidente de Turkmenistán, la Conferencia Internacional “Turkmenistán y las organizaciones internacionales: cooperación para la paz y el desarrollo”, dedicada a celebrar los 25 años de neutralidad permanente de Turkmenistán. Ese foro destacó la necesidad de aplicar las estrategias y programas mundiales de las Naciones Unidas, en particular la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, así como la necesidad de una cooperación multilateral más estrecha en el mundo contemporáneo a fin de aplicar los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, fortalecer la paz y la seguridad internacionales y garantizar el desarrollo económico, ambiental, social y humano. La neutralidad turcomana es un factor importante de la seguridad regional. Sus principios básicos son plenamente coherentes con la visión estratégica de las Naciones Unidas en Asia Central, encaminada a hacer de la región una zona de paz y cooperación, así como un sólido nexo de estabilidad continental. En Turkmenistán, junto con las organizaciones internacionales, se está ejecutando toda una serie de programas y proyectos nacionales y regionales. En concreto, el 6 de diciembre de 2019 se aprobaron la Estrategia Nacional de Prevención del Extremismo Violento y Lucha contra el Terrorismo (2020-2024) y el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas (2020-2022). En el trascurso de la Conferencia intervinieron la Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para Asia Central y jefa del Centro Regional de las Naciones Unidas para la Diplomacia Preventiva en Asia Central, Natalia Gherman; la Coordinadora Residente de las Naciones Unidas en Turkmenistán, Elena Panova; la jefa del Centro de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en Asjabad, Natalya Drozd; el Encargado de Negocios interino de la delegación de la Unión Europea en Turkmenistán, Lubomir Frebort; la jefa de la Oficina Regional de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Ashita Mittal; el jefe de la Oficina Regional de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) con sede en Teherán, Cvetan Cvetkovski, y la Directora de la Oficina Regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Yasuko Oda. En los discursos se señaló el carácter singular de la política de neutralidad de Turkmenistán, encaminada a lograr los objetivos mundiales de mantener la estabilidad, el crecimiento económico y la seguridad exclusivamente por medios pacíficos, con la acción coordinada de todos los participantes de la comunidad internacional. En el marco de la Conferencia, se firmaron planes de trabajo anuales para 2020 entre el Mejlis de Turkmenistán y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF); entre el Ministerio de Sanidad e Industria Médica y el UNICEF; entre el Ministerio de Trabajo y Protección Social y el UNICEF; entre el Comité Estatal de Estadística y el UNICEF; entre el Instituto de Estado, Derecho y Democracia de Turkmenistán y el UNICEF; entre la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos y el UNICEF; entre el Mejlis de Turkmenistán y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA); entre el Ministerio de Sanidad e Industria Médica y el UNFPA; entre el Ministerio de Educación y el UNFPA; y entre el Instituto de Estado, Derecho y Democracia de Turkmenistán y el UNFPA, así como el Plan de Acción Anual Conjunto para 2020 en virtud del Memorando de Entendimiento celebrado entre el Gobierno de Turkmenistán y la Oficina de las Naciones Unidas en el país, sobre la cooperación en la coordinación de la preparación y la respuesta a situaciones de emergencia. El documento final de la Conferencia Internacional se publicó en los idiomas oficiales de las Naciones Unidas y se distribuyó durante el septuagésimo cuarto período de sesiones de la Asamblea General.

9.El 19 de febrero de 2020, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Turkmenistán acogió una reunión de la Comisión Interinstitucional para la Aplicación de los Compromisos Internacionales de Turkmenistán en Materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en la que participaron representantes de organizaciones internacionales. Asistieron a la reunión los responsables y representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Educación y Sanidad e Industria Médica; los directores del Instituto de Estado, Derecho y Democracia de Turkmenistán y de la Sociedad Nacional de la Media Luna Roja, la Defensora de los Derechos Humanos y también representantes de organizaciones de la sociedad civil e internacionales, en particular las Naciones Unidas y sus dependencias orgánicas, y la OSCE. Los representantes de las organizaciones internacionales comprobaron el alto nivel de la cooperación entre Turkmenistán y las organizaciones internacionales en la protección de los derechos humanos y los grupos de población vulnerables. Los participantes en la reunión señalaron la importancia de esta Comisión en el proceso de preparación de programas, planes y leyes nacionales en el ámbito de la protección de los derechos humanos, e intercambiaron opiniones, recomendaciones y propuestas. En ese contexto, se recordó la importancia del Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género (2015-2020), el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2016-2020), el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas (2020‑2022), el Plan de Acción Nacional de Derechos del Niño (2018-2022) y la Estrategia Nacional sobre el Desarrollo del Niño en la Primera Infancia (2020-2025). Otro importante tema de debate fue la sensibilización sobre los derechos humanos, incluidas las cuestiones relativas a la adhesión de Turkmenistán a las convenciones internacionales y sus protocolos facultativos. Se examinaron las esferas prioritarias de cooperación con los organismos de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales en el ámbito de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, la adhesión de Turkmenistán a las convenciones internacionales y sus protocolos facultativos, la revisión de la legislación nacional y la preparación de las recomendaciones pertinentes, así como la sensibilización de la opinión pública sobre las normas internacionales y nacionales de derechos humanos. Se prestó especial atención a la ampliación de la cooperación en la esfera de la protección de los derechos humanos, la igualdad entre los géneros, la protección de los derechos de las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, la política de la juventud, la preparación de informes nacionales sobre la aplicación de las convenciones internacionales de derechos humanos y su presentación a los órganos de tratados de las Naciones Unidas, así como el fomento de la capacidad de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos.

10.Los parámetros más importantes de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se integran orgánicamente en el Programa Nacional de Desarrollo Socioeconómico (2019‑2025). En lo que se refiere al componente económico de este Programa, la aplicación de los ODS tiene por objeto promover el acceso universal de la población a servicios energéticos asequibles, fiables y modernos, el crecimiento económico sostenible y el pleno empleo, la creación de una infraestructura flexible, el apoyo a la industrialización sostenible y el fomento de la innovación. Se presta la mayor de las importancias a la digitalización de la economía en general. La aplicación de los ODS en Turkmenistán tiene una marcada orientación social. Estamos hablando de aspectos tan importantes como garantizar la seguridad alimentaria y mejorar la nutrición de la población, adoptar de forma generalizada un estilo de vida saludable, garantizar la plena igualdad de género, y crear condiciones para una educación inclusiva, equitativa y de calidad. Al tiempo que comienza a aplicar planes nacionales en diversos sectores de la economía y la esfera social, Turkmenistán los correlaciona de manera responsable y rigurosa con el componente ambiental de los ODS. Con este fin, el país está avanzando hacia el uso de tecnologías modernas respetuosas con el medio ambiente y que ahorran recursos en todos los sectores de la economía: la industria, la agricultura, el transporte y otras áreas. En ese contexto, se están desarrollando progresivamente las asociaciones de Turkmenistán con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el UNICEF, la Organización Mundial de la Salud, el UNFPA, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y otros organismos e instituciones especializados de las Naciones Unidas.

11.El 11 de febrero de 2020, en una reunión entre el Presidente de Turkmenistán y el cuerpo legislativo nacional, se examinaron las cuestiones de la reforma constitucional, el perfeccionamiento de la legislación de Turkmenistán sobre derechos humanos y libertades, las cuestiones relativas a la despenalización de delitos y la reclasificación de ciertos tipos de delitos penales para incluirlos en la categoría de infracciones administrativas. Al mismo tiempo, se subrayó la necesidad de humanizar el derecho penal y, a este respecto, de elaborar una nueva versión del Código Penal de conformidad con la Constitución y las normas universalmente reconocidas del derecho internacional. Se prestó especial atención a la mejora de la legislación social, civil, laboral y de procedimiento administrativo, así como a la legislación sobre propiedad intelectual. Los participantes en la reunión también abordaron algunos aspectos de la reforma del marco jurídico que regula la actividad de los órganos de la administración autónoma local, el sector privado de la economía, la reglamentación jurídica de la integración del sistema de digitalización en la administración pública y la prestación de servicios.

II. Información sobre la aplicación de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, aprobadas tras el examen del segundo informe periódico de Turkmenistán

Párrafo 5 de las observaciones finales

12.En Turkmenistán se garantiza a toda persona la protección eficaz, judicial y de otra índole, del honor y la dignidad, así como de los derechos y libertades consagrados en la Constitución y la legislación y amparados por la justicia. Toda persona tiene derecho a recurrir ante los tribunales y otros órganos de los poderes del Estado las decisiones y los actos de los organismos estatales, las asociaciones civiles, los órganos de la administración autónoma local y los funcionarios públicos. La Constitución garantiza el derecho de toda persona a exigir por la vía judicial una indemnización por los daños y perjuicios, materiales y morales, causados por actos ilícitos de los órganos estatales, otras organizaciones, sus empleados y los particulares (art. 61 de la Constitución).

13.El Código Civil prevé la responsabilidad del Estado por los daños causados por los funcionarios públicos. En particular, si un funcionario público incumple, deliberadamente o por negligencia, sus obligaciones oficiales con respecto a un tercero, el Estado o el órgano del que dependa el funcionario estará obligado a indemnizar por los daños ocasionados. En caso de dolo o negligencia grave, el funcionario será solidariamente responsable con el Estado. El Estado indemnizará a un ciudadano rehabilitado por los daños causados por una condena o actuaciones penales ilegales, o la imposición ilícita, como medida cautelar, de la prisión preventiva o una declaración jurada como aval, o de sanciones administrativas de detención o trabajo tutelado con retención de salario, con independencia de la culpa de los funcionarios de los órganos de instrucción, la fiscalía o los tribunales. En caso de dolo o negligencia grave, esas personas serán solidariamente responsables con el Estado (art. 1040, párrs. 1 y 3, del Código Civil).

14.Los daños causados a una persona por su privación ilegal de libertad, su reclusión en condiciones que pongan en peligro su vida o salud o los tratos crueles en su contra se indemnizarán con arreglo a lo previsto en el Código de Procedimiento Penal (art. 13, párr. 7, del Código). El Estado deberá indemnizar a toda persona por los daños que causen su detención, prisión preventiva, internamiento en una institución médica especializada, condena o imposición, por decisión judicial, de medidas médicas o coercitivas ilegales. Toda persona podrá, sobre la base de una decisión del órgano encargado de las actuaciones penales o de los tribunales, reclamar una indemnización por los daños y perjuicios causados por los mencionados actos ilícitos del órgano encargado de las actuaciones (art. 36, párr. 2, del Código de Procedimiento Penal). Cuando los actos o decisiones del órgano encargado de las actuaciones penales sean declarados ilegales, este deberá a adoptar medidas para indemnizar por los daños físicos, morales y materiales causados, y restablecer los derechos laborales, a la pensión, a la vivienda y de otra índole vulnerados. La indemnización por los daños y perjuicios materiales incluye el resarcimiento por los salarios, pensiones, prestaciones y otros recursos e ingresos de los que la persona se haya visto privada; los bienes decomisados o confiscados ilegalmente por sentencia u otra resolución judicial; los montos abonados por la prestación de asistencia letrada a una persona declarada inocente; las multas impuestas con arreglo a una sentencia judicial ilegal, las costas procesales y otras sumas pagadas en relación con actos ilícitos del órgano encargado de las actuaciones.

15.La Ley de Protección Estatal de Víctimas, Testigos y otros Participantes en el Proceso Penal, de 12 de junio de 2016, dispone que, en caso de fallecimiento de una persona protegida en relación con su participación en actuaciones penales, sus familiares y las personas a su cargo recibirán, sobre la base de la decisión del órgano que decidió su protección, una ayuda pecuniaria única con cargo al presupuesto del Estado, de la cuantía determinada por el Consejo de Ministros, y una pensión de supérstite según el procedimiento previsto en la legislación. Los daños materiales infligidos a la persona protegida en relación con su participación en el proceso se indemnizarán con cargo al presupuesto estatal y otros fondos previstos en la legislación; a continuación, esos recursos se reclamarán al culpable de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley (art. 19 de la Ley).

16.La legislación de procedimiento civil garantiza el derecho de recurso judicial por la violación de derechos. Los ciudadanos podrán interponer una demanda ante los tribunales cuando consideren que sus derechos han sido vulnerados por actos u omisiones ilícitos de un órgano o funcionario de la administración pública (art. 280 del Código de Procedimiento Civil). Si el tribunal declara ilegales los actos u omisiones recurridos, y concluye que vulneraron los derechos del interesado, resuelve a favor de la demanda.

17.El 23 de noviembre de 2016 se aprobó la Ley del Defensor de los Derechos Humanos, por la que se determinan sus atribuciones, derechos y responsabilidades y las principales esferas y garantías de su labor, que entró en vigor el 1 de enero de 2017. La Ley se basa en las mejores prácticas internacionales y se ajusta a los Principios de París. El 20 de marzo de 2017, el Parlamento procedió a la elección, entre varios candidatos, de la Defensora de los Derechos Humanos y creó su Oficina. Su labor complementa a la de los mecanismos estatales existentes de protección de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano.

18.La Ley del Defensor de los Derechos Humanos prevé un mecanismo para contribuir a la restitución de los derechos y libertades vulnerados. El Defensor de los Derechos Humanos examina las denuncias de vulneraciones de los derechos, libertades e intereses legítimos de los ciudadanos turcomanos y los extranjeros y apátridas que se encuentran en el territorio de Turkmenistán por decisiones, actos u omisiones de los órganos de los poderes del Estado o la administración autónoma local o de sus funcionarios, y está facultado para verificarlas. Presentar una denuncia al Defensor de los Derechos Humanos no impide al denunciante acudir a los tribunales. El Defensor no examinará las cuestiones que sean de la competencia de los tribunales. Las denuncias al Defensor de los Derechos Humanos no están sujetas a derecho de timbre. El Defensor examinará las denuncias presentadas dentro del plazo de un año a partir del momento en que el denunciante tuvo conocimiento de la violación de sus derechos, libertades e intereses legítimos, o de la adopción de la última decisión acerca de su denuncia, cuando el interesado haya recurrido a otros mecanismos de protección de sus derechos y libertades, pero la decisión adoptada no ha satisfecho sus pretensiones. De haber razones fundadas para ello, el Defensor de los Derechos Humanos podrá prorrogar el plazo para la presentación de una denuncia, por un lapso máximo de seis meses.

19.Cabe señalar que las denuncias dirigidas al Defensor de los Derechos Humanos por personas en detención o prisión preventiva o recluidas en centros penitenciarios y otras instituciones especializadas no están sujetas a censura y se remiten al Defensor en un plazo de 24 horas.

20.El Defensor de los Derechos Humanos examinará las denuncias en un plazo máximo de 15 días a partir de su recepción, que será de un mes cuando se requiera una verificación adicional. En los casos en resulte necesaria una verificación especial, este plazo podrá ser prorrogado por el Defensor, sin que el plazo total para el examen de la denuncia exceda de 45 días.

21.Cuando constate una violación de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano, el Defensor remitirá a la empresa, institución, organización o funcionario cuyos actos u omisiones causen dicha vulneración su recomendación acerca de las medidas que deben adoptarse para la restitución de los derechos y libertades vulnerados; en el caso de los funcionarios infractores, propondrá a las autoridades públicas competentes la iniciación de actuaciones disciplinarias, administrativas o penales. Las empresas, instituciones, organizaciones o funcionarios que reciban la recomendación del Defensor de los Derechos Humanos dispondrán de un plazo de un mes para examinarla e informarle por escrito de las medidas adoptadas. Cuando el Defensor de los Derechos Humanos discrepe con las medidas adoptadas, podrá recurrir al órgano jerárquicamente superior para que disponga lo necesario con miras a aplicar las propuestas contenidas en su recomendación.

22.Para proteger los derechos y libertades de la persona y mejorar el procedimiento de examen de las denuncias de los ciudadanos acerca de la labor de los órganos de orden público se creó, por Decreto Presidencial de 19 de febrero de 2007, la Comisión Estatal Encargada de Examinar las Denuncias de los Ciudadanos sobre las Actividades de las Fuerzas del Orden.

23.El 3 de julio de 2017 se aprobó la Ley de Procedimiento Administrativo; en virtud del artículo 8 de la Ley, toda persona tiene derecho a acudir a un órgano administrativo para plantear cuestiones directamente relacionadas con sus derechos e intereses legítimos, formular una reclamación o recabar información. El órgano en cuestión deberá adoptar una decisión o facilitar la información pertinente. La Ley estipula que los órganos administrativos serán responsables de los daños causados a los interesados por sus decisiones, actos u omisiones ilícitas, de conformidad con el procedimiento establecido en el Código Civil. Los interesados podrán recurrir ante los tribunales la negativa de los órganos administrativos a indemnizar por los daños causados. La Ley prevé la responsabilidad de los funcionarios administrativos. En caso de indemnización por los daños y perjuicios causados al interesado por dolo o negligencia grave de un funcionario, el órgano administrativo podrá hacerlo personalmente responsable con arreglo a la legislación.

24.Según la Ley de la Abogacía, de 10 de mayo de 2010, la labor de los abogados es prestar asistencia jurídica profesional conforme al procedimiento establecido en la legislación, con el fin de proteger los derechos y libertades de la persona y los intereses legítimos de las personas jurídicas, y contribuir a garantizar y fortalecer la legalidad en la sociedad. El Estado garantiza: la prestación de toda la asistencia jurídica profesional necesaria; el derecho de toda persona, física y jurídica, que se encuentre en el territorio de Turkmenistán a recibir, en igualdad de condiciones, asistencia jurídica, e información a este respecto y sobre el procedimiento para procurársela; y la prestación de asistencia jurídica gratuita a ciertas personas físicas en los casos estipulados en la legislación, así como la protección de sus derechos. Dicha asistencia gratuita se facilita a solicitud de los interesados y contempla: consultas orales y redacción de escritos en casos vinculados con pensiones de alimentos, o de indemnización por los daños y perjuicios causados por el fallecimiento del sostén de la familia, o por lesiones graves u otros problemas de salud relacionados con los procedimientos; consultas orales —no relacionadas con actividades empresariales— de las personas condecoradas como Héroes de Turkmenistán, los veteranos, los soldados que realizan su servicio militar, las personas con discapacidad de los grupos I y II, los jubilados, las madres con el título honorario de “Ene Mähri” y los niños huérfanos; la preparación de solicitudes de concesión de pensiones o prestaciones; la atribución de la condición de víctima de la trata de personas; y los demás casos previstos en la legislación. Cuando una persona física sea eximida del pago de la asistencia jurídica por el órgano rector del Colegio de Abogados o su director, la remuneración del abogado correrá por cuenta del Colegio. Cuando esta sea eximida del pago de la asistencia jurídica por el órgano de instrucción, el fiscal, el juez o el tribunal la remuneración del abogado correrá por cuenta del Estado, conforme al procedimiento establecido. Desde 2017, todos los consultorios jurídicos reciben a los ciudadanos dos veces al mes, con independencia de su origen nacional, raza, color, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia o idioma, para prestarles asistencia jurídica gratuita, en forma de consultas orales sobre la legislación de familia, de vivienda y laboral. Desde 2019 se ha prestado esta asistencia a 6.414 personas: en la ciudad de Asjabad (314 personas) y en las provincias (velayats) de Ahal (1.182), Balkán (398); Dashoguz (2.755), Lebap (931) y Marý (834).

25.Por Orden del Ministro del Interior, de 27 de agosto de 2018, se aprobó la Instrucción por la que se Regula el Examen de las Denuncias de las Personas Físicas y Jurídicas y la Recepción de los Ciudadanos. Los agentes de las fuerzas del orden deben estudiar detenidamente el contenido de las denuncias, examinarlas de manera oportuna, objetiva y exhaustiva, solicitar —en su caso— la presentación de los documentos necesarios, verificar los hechos expuestos en ellos, garantizar el cumplimiento de los requisitos, esclarecer las razones y condiciones que han dado lugar a la denuncia, adoptar decisiones de conformidad con la legislación vigente e informar a los ciudadanos de los resultados del examen de las denuncias.

Párrafo 7 de las observaciones finales

26.El fortalecimiento de los principios democráticos y del marco jurídico de la sociedad y el Estado, así como el goce por toda persona de sus derechos políticos, económicos, sociales y demás derechos y libertades del ciudadano, figuran entre las principales prioridades de la política del Estado. La legislación nacional se basa en la Constitución y las normas del derecho internacional y, a medida que avanza la reforma legislativa, todas las leyes aprobadas incorporan los principios de la lucha contra la discriminación.

27.En 2016 se aprobó una nueva redacción de la Constitución, según la cual la persona es el valor supremo de la sociedad y el Estado. Protegerla, prestarle apoyo y servirla son los principales cometidos de los órganos de los poderes del Estado. El Estado es responsable ante cada ciudadano, crea las condiciones necesarias para el libre desarrollo de la persona, y protege la vida, el honor, la dignidad, la libertad, la integridad personal y los derechos naturales e inalienables del ciudadano. Los ciudadanos son responsables ante el Estado por el cumplimiento de las obligaciones que les imponen la Constitución y las leyes. El Estado de Turkmenistán garantiza la seguridad social a todas las personas. Los derechos y libertades de la persona y el ciudadano están consagrados de conformidad con las normas universalmente reconocidas del derecho internacional y garantizados por la Constitución y la legislación vigentes.

28.La Constitución garantiza la igualdad de derechos y libertades de la persona y el ciudadano, así como la igualdad de la persona y el ciudadano ante la ley y los tribunales, con independencia de su origen nacional, color, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas u otras circunstancias (art. 28). Como se aprecia en el texto del artículo citado, la lista de motivos de discriminación no es exhaustiva. La Constitución es la ley fundamental del Estado. Las normas y disposiciones consagradas en ella son de aplicación directa. Así, los tribunales, al enjuiciar las causas incoadas en virtud del artículo 145 del Código Penal y fallar en ellas, pueden aplicar la norma constitucional pertinente.

29.Turkmenistán reconoce la supremacía de las normas universalmente reconocidas del derecho internacional. En prácticamente toda la legislación del país se prevé que: “En caso de que un tratado internacional suscrito por Turkmenistán establezca normas distintas de las contempladas en la legislación nacional, prevalecerán las del tratado internacional”. Los extranjeros y apátridas gozan de los mismos derechos y libertades y tienen las mismas obligaciones que los ciudadanos turcomanos, de acuerdo con la legislación y los tratados internacionales en que el país es parte. Se garantiza a los ciudadanos la protección judicial de su honor y dignidad, y de los derechos y libertades individuales y políticos de la persona y el ciudadano recogidos en la Constitución y las leyes.

30.Toda persona tiene derecho a la protección de su honor y dignidad. Nada podrá esgrimirse como motivo para menoscabar la dignidad de la persona. En virtud de la Constitución, hombres y mujeres gozan de iguales derechos y libertades, y de las mismas oportunidades para ejercerlos. La vulneración de la igualdad por motivos de sexo está sancionada por la ley.

31.La legislación penal del país tipifica como delito la vulneración o restricción directa o indirecta de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos de origen nacional, raza, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas o afiliación o no a un partido político, cuando esos actos entrañan consecuencias graves (art. 145 del Código Penal). Una de las principales circunstancias agravantes de los delitos es su comisión por motivos políticos, sociales o de origen nacional o étnico, o por odio racial o religioso (art. 58 del Código Penal). La legislación penal tipifica como delito la incitación al odio social, nacional o religioso. En particular, se tipifican como delito los actos dolosos destinados a incitar al odio social, nacional, étnico, racial o religioso, a menoscabar la dignidad nacional, o a hacer apología de la superioridad o inferioridad de los ciudadanos en función de su religión u origen social, nacional, étnico o racial (art. 177 del Código Penal).

32.Según la Ley de Tribunales, la administración de justicia en Turkmenistán se funda en la igualdad de derechos y libertades, el principio acusatorio, y la igualdad de todas las personas ante la ley y los tribunales, con independencia de su origen nacional, raza, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas, afiliación o no a un partido político, u otras circunstancias no estipuladas en la legislación.

33.La vulneración o restricción, directa o indirecta, de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos de origen nacional, raza, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas o afiliación o no a un partido político conllevará sanciones administrativas (art. 59 del Código de Infracciones Administrativas). Además, desde noviembre de 1995, el país es parte en la Convención sobre el Derecho de los Tratados, de 1965. Al igual que la Ley de Tratados Internacionales de Turkmenistán, esta Convención permite, en caso de discrepancia entre los textos de las leyes nacionales y los tratados internacionales, aplicar las disposiciones del tratado.

34.En 2016 se aprobó el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2016-2020), en cuyo marco se están incorporando efectivamente en la legislación nacional las normas del derecho internacional de los derechos humanos. En este contexto, se han concebido y están aplicando nuevas iniciativas para proseguir la reforma legislativa, a fin de garantizar el cumplimiento estricto de las obligaciones y normas internacionales de derechos humanos.

35.Teniendo en cuenta las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas, el Parlamento de Turkmenistán está estudiando la experiencia y las mejores prácticas internacionales con el fin de tipificar como delito toda difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio raciales, toda incitación a la discriminación racial, así como todo acto de violencia o toda incitación a cometer tales actos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, y toda asistencia a actividades racistas, incluida su financiación.

36.El Parlamento está dedicado a la reforma del Código Penal y la aprobación de una nueva redacción de este acorde con las convenciones internacionales ratificadas por el país, las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas respecto de los informes nacionales de derechos humanos de Turkmenistán y la nueva redacción de la Constitución.

37.Durante el período que se examina, el Parlamento de Turkmenistán aprobó y reformó, de conformidad con la nueva redacción de la Constitución y las convenciones internacionales, varias leyes que garantizan, en sus respectivos ámbitos de aplicación, la igualdad de todas las personas con independencia de su origen nacional, raza, color, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas u otras circunstancias, así como de su edad y estado de salud, a saber: la Ley de Organización y Celebración de Reuniones, Mítines, Manifestaciones y Otros Actos Multitudinarios; la Ley de Protección de la Salud de los Ciudadanos; la Ley de Garantías Estatales de la Igualdad de Derechos y Oportunidades entre Mujeres y Hombres; la Ley de la Función Pública; la Ley del Voluntariado; la Ley de Empleo; la Ley de Lucha contra la Trata de Personas; la Ley del Defensor de los Derechos Humanos; la Ley de Atención Psiquiátrica; la Ley de Lucha contra la Propagación de la Enfermedad Causada por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH); la Ley de Libertad de Religión y Organizaciones Religiosas; la Ley de Protección Estatal de Víctimas, Testigos y otros Participantes en el Proceso Penal; la Ley de Información sobre la Vida Privada y su Protección; la Ley de Refugiados; la Ley de Seguridad Ambiental; la Ley de Procedimiento Administrativo; la Ley de Beneficencia; la Ley de Instrumentos Jurídicos, y la Ley de Lucha contra el Terrorismo.

38.La legislación nacional está dirigida a prohibir la discriminación contra las personas y los grupos. Por ejemplo, la Ley de Lucha contra la Trata de Personas estipula que la no discriminación, el respeto y la actitud abierta hacia las víctimas constituyen principios básicos de la lucha contra la trata.

39.El artículo 21 de la Ley del Defensor de los Derechos Humanos establece que, en lo relativo a las comunicaciones al Defensor, no se admitirán privilegios ni limitaciones fundadas en el origen nacional, color, sexo, procedencia, situación patrimonial o profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas o afiliación o no a un partido político. La labor del Defensor de los Derechos Humanos se basa en los principios de independencia, legalidad, imparcialidad, accesibilidad, confidencialidad de la información, prohibición de la discriminación, prioridad de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano, justicia, objetividad y transparencia.

40.La Ley de Libertad de Religión y Organizaciones Religiosas garantiza la libertad de religión, incluido el derecho a profesar individual o colectivamente cualquier religión, o a no profesar ninguna, a elegir, modificar, tener y expresar libremente convicciones religiosas o de otra índole, y a actuar en consonancia con ellas. El derecho de la persona y el ciudadano a la libertad de religión solo puede ser restringido temporalmente por la ley en la medida en que ello sea necesario para proteger las bases del orden constitucional, así como la moral, la salud, los derechos e intereses legítimos de la persona y el ciudadano, y garantizar la defensa nacional y la seguridad del Estado.

41.La Ley de Refugiados determina el procedimiento y los motivos para otorgar el estatuto de refugiado o la protección complementaria y temporal en Turkmenistán, la condición jurídica de las personas a quienes se concede este estatuto o protección, y las garantías jurídicas, económicas y sociales de la salvaguardia de los derechos de esas personas.

42.Las autoridades turcomanas están considerando la posibilidad de redactar una ley independiente de prohibición de todas las formas de discriminación sobre la base de la práctica internacional. La ley deberá establecer un mecanismo de respuesta a los delitos motivados por la discriminación. En paralelo, se está reforzando y fortaleciendo la labor de promoción de la igualdad y lucha contra la discriminación de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos.

Párrafo 9 de las observaciones finales

43.El Parlamento está preparando un proyecto de nueva redacción del Código Penal; en este marco se analizarán las normas pertinentes de las convenciones internacionales y las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas respecto de los informes nacionales de Turkmenistán, así como la experiencia de otros países de regulación legislativa de las cuestiones a las que se hace referencia en la recomendación. En el proceso de elaboración del proyecto se estudiará la conveniencia de despenalizar el delito de homosexualidad, tipificado en el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal vigente. Cabe señalar que el artículo mencionado rara vez se aplica en la práctica, para minimizar el procesamiento de ciertas personas.

Párrafo 11 de las observaciones finales

44.Turkmenistán está llevando constantemente a cabo reformas para proseguir su desarrollo socioeconómico intensivo. El país aplica una activa política nacional de género, y la realización del principio de la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres es uno de los principios rectores de su política estatal. El análisis de la situación y la revisión de la legislación nacional desde la perspectiva de la igualdad de género, así como el examen de los principales indicadores sobre la condición de la mujer y las diferencias de desarrollo entre los géneros muestran claros avances en diversos ámbitos, y el desarrollo y la mejora de la política de género siguen adelante.

45.Las mujeres participan en pie de igualdad con los hombres en la gestión de los asuntos del Estado, así como en cuestiones de política exterior. A modo de ejemplo, cabe mencionar la Representante Permanente de Turkmenistán ante las Naciones Unidas, la Presidenta del Parlamento, la Defensora del Pueblo, la Vicepresidenta del Gabinete de Ministros, las adjuntas de jefes de las administraciones de provincias, distritos (etraps) y ciudades, las directoras de medios de comunicación y centros de enseñanza superior. Actualmente, el 25,6 % de los escaños del Parlamento están ocupados por mujeres. Las mujeres están ampliamente representadas en los órganos de los poderes ejecutivo y legislativo de todos los niveles y participan activamente en la vida pública y política del país. Las mujeres integran, con los mismos derechos que los hombres, los órganos de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de todos los niveles y participan activamente en la elaboración y ejecución de los programas de desarrollo socioeconómico del país. El 20 % de los 240 miembros de los órganos del poder legislativo provinciales y de la ciudad de Asjabad son mujeres. De los 1.200 miembros de los órganos legislativos de los distritos y las ciudades, el 26,1 % son mujeres, y de los 5.900 miembros de los órganos de la administración autónoma local, el 21,9 % son mujeres.

46.La proporción de mujeres en el personal del sistema judicial es del 44,6 %; del 67,34 % en el Ministerio de Justicia; y del 7,2 % en las fuerzas del orden. De los 67 miembros del Colegio de Abogados de Asjabad, 41 son mujeres.

47.En consonancia con las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas, se han añadido a la sección relativa a los derechos y libertades de la persona y el ciudadano de la nueva Constitución 11 nuevos artículos, que garantizan y consagran estos derechos y libertades de conformidad con los requisitos del derecho internacional. El artículo 29 de la Constitución establece que hombres y mujeres gozan de iguales derechos y libertades, y de las mismas oportunidades para ejercerlos. La ley sanciona la vulneración de la igualdad por motivos de género. El principio constitucional de la igualdad de derechos y libertades de hombres y mujeres constituye el fundamento legislativo y normativo del marco jurídico nacional que prohíbe la discriminación de género.

48.La Ley de Garantías Estatales de la Igualdad de Derechos y Oportunidades entre Mujeres y Hombres desarrolla la norma constitucional y las convenciones internacionales pertinentes, y estipula las garantías estatales de esa igualdad en todos los ámbitos del quehacer del Estado y la sociedad. El Estado garantiza y adopta todas las medidas necesarias para asegurar la igualdad entre los géneros en las esferas de la salud, la educación, la ciencia, la cultura, el trabajo y la protección social. La promoción de las cuestiones de género se incluye en todos los programas nacionales de desarrollo socioeconómico, una de cuyas principales orientaciones es el aumento de la integración de las mujeres en el desarrollo social, económico y cultural del país. Los programas nacionales de desarrollo socioeconómico de Turkmenistán también están vinculados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluido el de lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas.

49.El 22 de enero de 2015 se aprobó el primer Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género (2015-2020), que incluye medidas para erradicar los estereotipos de género, combatir todas las formas de violencia contra la mujer, mejorar el acceso de la mujer a los servicios y aumentar la representación de la mujer en todas las esferas de la vida pública, política y profesional. Se está procediendo a una revisión de la legislación nacional en lo que respecta a su conformidad con las normas internacionales de igualdad del género; mejorando la metodología de reunión y análisis de datos integrales sobre la situación de la mujer; llevando a cabo una encuesta sobre la salud y la condición de la mujer en la familia; sensibilizando a la opinión pública sobre las cuestiones de género; y alentando la iniciativa empresarial de la mujer. A fin de proseguir la mejora del sistema de garantías de los derechos y libertades de la persona, también se han aprobado y se están aplicando satisfactoriamente el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2016-2020), el Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Trata de Personas (2016-2018) y el Plan de Acción Nacional de Derechos del Niño (2018-2022). La coordinación de las medidas previstas en estos planes, así como el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos, son responsabilidad de la Comisión Interinstitucional para la Aplicación de los Compromisos Internacionales de Turkmenistán en Materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

50.En cuanto a las mujeres de las zonas rurales, cabe señalar que tienen los mismos derechos que los hombres. La legislación no incluye normas ni disposiciones que establezcan diferentes derechos para los habitantes de las zonas urbanas y rurales; y se han creado condiciones para el libre acceso a los servicios médicos, la educación, el trabajo y mejores condiciones de vivienda. La nueva versión del Programa Nacional de la Presidencia de Mejora de las Condiciones Sociales y de Vida en Aldeas, Pueblos, Ciudades, Distritos y Centros Distritales hasta 2020 y otros programas nacionales de desarrollo económico persiguen la creación de una infraestructura socioeconómica moderna en las zonas rurales. Los programas nacionales comprenden la realización en las zonas rurales de nuevos y ambiciosos proyectos de construcción de mejores viviendas y comunicaciones. El Estado presta un gran apoyo a los hombres y mujeres que desean dedicarse a la producción agrícola. A fin de estimular el desarrollo de las relaciones de mercado en el sector agrícola, el Gobierno ha introducido beneficios para los agricultores, en forma exenciones de impuestos sobre la tierra, el agua, el ganado y de otra índole. Esas medidas permiten incorporar más mujeres a la actividad empresarial en las zonas rurales, lo que contribuye a su vez a elevar el nivel de vida en esos distritos. Más del 50 % de los arrendatarios de tierras son mujeres.

51.Turkmenistán coopera de manera constructiva con los mecanismos internacionales de derechos humanos. Es un miembro activo del Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Junta Ejecutiva de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (2016-2018) y la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (2018‑2022), la Junta Ejecutiva del UNICEF (2018-2020), la Comisión de Población y Desarrollo del Consejo Económico y Social (2017-2020) y el Consejo Económico y Social (2019-2021). El país está realizando esfuerzos específicos para poner en práctica las principales disposiciones de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, así como las normas de la legislación nacional de protección de los derechos de las mujeres y las niñas.

52.En el sistema educativo, el respeto de los principios de igualdad de género comienza en las primeras etapas de la enseñanza. La Ley de Educación garantiza a los ciudadanos turcomanos la posibilidad de acceder a la enseñanza independientemente de su origen nacional, color, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas u otras circunstancias, así como de su edad y estado de salud. Los alumnos de ambos sexos reciben becas, alojamiento en residencias e internados y otras medidas de apoyo social. La admisión a los centros de enseñanza no contempla prohibiciones fundadas en el sexo. Las niñas se están formando cada vez más en esferas nuevas y prometedoras como la tecnología, la ingeniería, la física, las matemáticas y la tecnología digital. El país está llevando a cabo una labor planificada para crear un igual interés en todas las especialidades de niños y niñas, que se educan y forman juntos desde la enseñanza preescolar. Todos los años, las instituciones de formación profesional de todos los niveles (primario, secundario y superior) celebran jornadas de puertas abiertas, en las que se promueve el derecho de los jóvenes a adquirir cualquier especialización y a familiarizarse con sus realidades. Se realizan actividades para atraer a las muchachas a especializaciones técnicas y de ciencias exactas, y para atraer a los varones a la educación, la atención de la salud y la industria ligera, en las que las muchachas suelen mostrar gran interés. El Estado ha previsto medidas para aumentar el número de docentes varones en las escuelas secundarias. Por ejemplo, en virtud de la Ley de Educación y la Ley del Servicio Militar, se aplaza el servicio militar de los varones con educación profesional superior que son enviados a trabajar como docentes a las escuelas secundarias rurales.

53.Expertos en cuestiones de género revisan periódicamente los libros de texto y guías didácticas. El Ministerio de Educación ha estudiado las mejores prácticas y las ha volcado en la elaboración de un módulo sobre la igualdad de género que se ha incorporado, por conducto de los planes de estudio, los libros de texto y otros materiales didácticos, en todos los niveles de la enseñanza: preescolar, escolar y formación profesional primaria, secundaria y superior. En 2013/14, expertos internacionales en salud reproductiva examinaron los planes de estudios y libros de texto de la enseñanza secundaria, que se modificaron sobre la base de sus recomendaciones en 2015/16. En 2017, en el marco de la cooperación entre la Academia de Administración Pública dependiente de la Presidencia y el UNFPA, se elaboró una guía didáctica para el curso Igualdad y Promoción de las Cuestiones de Género de un programa de maestría. Esta guía también puede ser utilizada en la enseñanza superior.

54.La política de género de Turkmenistán también se ha reflejado en la reforma legislativa. El artículo 96 de la ley por la que se modifica el Código del Trabajo, de 2016, mejoró el procedimiento de concesión de licencias y pago de prestaciones estatales por maternidad y parto. La ley por la que se modifica el Código del Trabajo, de 2017, mejoró las garantías de protección de los derechos de la mujer a las vacaciones anuales y el procedimiento de rescisión de los contratos de trabajo. Anteriormente, el Código del Trabajo prohibía la contratación de mujeres con hijos menores de 3 años (o de un hijo con discapacidad menor de 18 años) para trabajar en condiciones nocivas y peligrosas, de noche, horas extraordinarias, los fines de semana y días festivos no laborables, o por turnos. En marzo de 2019 se modificó el Código del Trabajo para eliminar, entre otras cosas, las restricciones al trabajo de las mujeres en condiciones (especialmente) nocivas y/o peligrosas. Los cambios introducidos en la legislación laboral permiten emplear las mujeres de ese grupo en dichas condiciones, con su consentimiento. En la práctica, las mujeres hacen uso frecuente de su derecho a no realizar esos tipos de trabajo.

55.La Ley de Empleo establece las garantías estatales de la protección jurídica ante cualquier forma de discriminación, negativa injustificada a contratar a una persona, despido improcedente o rescisión irregular de un contrato de trabajo. La Ley de Medicamentos, de 2016, prohíbe la participación de una mujer embarazada en un ensayo clínico de medicamentos, excepto cuando el medicamento esté exclusivamente destinado al tratamiento de esa categoría de personas. La Ley de Promoción y Apoyo a la Lactancia Materna, de 2016, establece garantías estatales para la protección de la maternidad y la infancia. La Ley de Atención Psiquiátrica, de 2016, consagra los derechos de las personas que padecen trastornos mentales a la protección contra la explotación económica y la violencia sexual y de otra índole. La ley por la que se modifica la disposición sobre el título honorífico “Ene mähri”, de 2018, concedió a las madres que han recibido dicho título la gratuidad, a expensas de los órganos pertinentes, de los servicios de abastecimiento de agua, gas, electricidad y servicios comunales.

56.El Estado proporciona empleo a las mujeres y les garantiza la protección de sus derechos laborales e intereses legítimos en pie de igualdad con los hombres, y crea condiciones para que accedan a puestos de gestión en las empresas. El nivel de participación de la mujer en el mercado de trabajo y sus posibilidades de empleo reflejan su grado de actividad económica. Esta actividad económica tiende a aumentar año tras año. El alto nivel de educación y actividad de las mujeres demuestra que su participación en todas las esferas de la economía nacional es elevada, especialmente en la educación, la cultura y las artes, la atención de la salud, la educación física y los servicios sociales. El Estado garantiza a mujeres y hombres igual remuneración por trabajo de igual valor y un mismo criterio de la evaluación de su desempeño, de conformidad con la legislación laboral. La Ley de la Función Pública, de 2016, garantiza a los ciudadanos turcomanos que hayan cumplido los 18 años de edad el derecho a acceder al funcionariado, con independencia de su origen nacional, raza, sexo, procedencia, situación patrimonial y profesional, lugar de residencia, idioma, religión, convicciones políticas o afiliación o no a un partido político, siempre que dominen el idioma oficial. La estructura de la población ocupada, desglosada por tipo de empleador y sexo puede consultarse en el anexo 1.

57.Cuando las mujeres realizan un trabajo de igual valor que los hombres, se aplica el principio de igual remuneración. Del 25 de febrero al 1 de abril de 2020, se llevará a cabo una encuesta sobre la salud y la situación de la mujer en la familia, en el marco del Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género (2015-2020), así como de los planes de trabajo de los proyectos conjuntos con el UNFPA. La encuesta se hará en todas las provincias del país y estará coordinada por un grupo de trabajo integrado por representantes de los Ministerios de Sanidad e Industria Médica, Trabajo y Protección Social y del Interior, el Comité Estatal de Estadística, el Instituto de Estado, Derecho y Democracia, la Unión de Mujeres y el UNFPA. Más de 50 especialistas de diversos órganos del sector público han recibido una capacitación metodológica especial para realizar la encuesta. El diseño de la muestra, la selección de zonas y la lista de hogares estuvo a cargo del Comité Estatal de Estadística, con el apoyo del UNFPA. Los hogares que se encuestarán ya han sido seleccionados.

58.De conformidad con el Plan de Publicaciones de 2018 del Comité Estatal de Estadística, se publicó la recopilación estadística “Hombres y mujeres de Turkmenistán”, que presenta datos de la estructura de la población por sexo y edad, el nivel educativo, la formación de personal calificado y especialistas en los centros de formación profesional de nivel primario, secundario y superior, la morbilidad de diversas enfermedades, el empleo, desglosado por sexo, sector de actividad económica y nivel salarial, así como otros datos que describen la situación de los hombres y las mujeres en el país.

59.Proporción de mujeres entre las personas empleadas por cuenta propia.

2016

2017

2018

Porcentaje de mujeres empleadas por cuenta propia (porcentajes)

52,11

51,48

50,1

60.La Constitución estipula que la mujer y el hombre en edad núbil tienen derecho a contraer matrimonio por mutuo consentimiento y a fundar una familia. Los cónyuges tienen los mismos derechos en las relaciones familiares. La ley por la que se modifica el Código de Familia, de 2018, mejoró las garantías de la igualdad de derechos de hombres y mujeres al contraer matrimonio, durante su vigencia y ante su disolución, y la igualdad del deber de ayuda y socorro mutuo de los cónyuges.

61.Turkmenistán está adoptando medidas activas para superar los estereotipos de género y lograr la igualdad entre los géneros. Uno de los grandes objetivos de la política nacional de género es formar en los jóvenes una conciencia que integre la nueva comprensión de los papeles y las relaciones entre los sexos, aunque, en los hechos, el país no se caracterice por prejuicios sobre la superioridad de un sexo sobre el otro. Desde su nacimiento, los niños no son discriminados por motivos de sexo y gozan del mismo derecho, de jure y de facto, a asistir a cualquier centro de enseñanza para recibir educación. El Ministerio de Educación se esfuerza constantemente para cumplir las normas de la legislación nacional y las obligaciones internacionales del Estado de respetar la igualdad de todas las personas en materia de educación y empleo en la esfera de la enseñanza. Se lleva a cabo una labor permanente de sensibilización de los docentes a las cuestiones relativas a la igualdad de todas las personas, incluida la igualdad entre los géneros.

62.La Unión de Mujeres de Turkmenistán cuenta con un Centro de Empresarias y un Centro de Científicas. Estos centros procuran fomentar la incorporación de la mujer en la vida pública del país. El desarrollo de las cuestiones de género está contemplado en uno de los proyectos más importantes de la Unión de Mujeres, el concurso “La mujer en la ciencia”, que contribuye a la superación de los estereotipos. El concurso “Mujer del año” se celebra anualmente por iniciativa de la Unión de Mujeres. Durante el período sobre el que se informa, el Consejo Central de la Unión de Mujeres llevó a cabo 68 actividades de sensibilización, 22 reuniones y 22 mesas redondas sobre cuestiones de género. Todas esas actividades fueron cubiertas por los medios de comunicación nacionales, la revista Zenan kalby y el sitio web de la Unión.

63.La revista estadounidense National Geographic ha publicado una clasificación de los países del mundo más seguros y cómodos para las mujeres. La clasificación incluye 167 países, y Turkmenistán ocupa el 60º lugar. La clasificación incluye una aclaración especial acerca de Turkmenistán, que señala que el nivel de acceso a los servicios financieros en el país ha aumentado del 1 % al 36 % desde 2017. Turkmenistán ocupa el 2º lugar de la lista entre los estados de Asia Central, después de Kazajstán, que se encuentra en el 43er lugar. Kirguistán, Uzbekistán y Tayikistán se ubican en los lugares 80º, 89º y 96º, respectivamente (según información del sitio https://orient.tm/sostavlen-rejting-naibolee-bezopasnyh-dlya-zhenshhin-stran/).

Párrafo 13 de las observaciones finales

64.De conformidad con el Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género (2015‑2020), aprobado por resolución presidencial de 22 de enero de 2015, se está llevando a cabo un análisis sistemático de las causas y consecuencias de todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica. Cabe señalar que prosigue la reforma de la legislación para seguir fortaleciendo la igualdad de género, y los derechos y el empoderamiento de la mujer. Salvar la vida de las madres, satisfacer la demanda mundial de atención de la salud reproductiva y prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas para 2030 fueron los principales objetivos de la cumbre mundial, de tres días de duración, celebrada en Nairobi (Kenya) del 12 al 14 de noviembre de 2019. En la cumbre, Turkmenistán expresó su compromiso político, destacó los progresos realizados desde 1994 y asumió compromisos financieros para:

Lograr el acceso universal a la salud reproductiva y mejorar la salud materna.

Ampliar la educación y difusión de información integrales sobre salud reproductiva entre los adolescentes.

Promover la igualdad entre los géneros y adoptar medidas para prevenir la violencia de género.

Utilizar datos de calidad para estimular el crecimiento económico y lograr el desarrollo sostenible.

65.Al mismo tiempo, el Código Penal, del que el Parlamento está redactando una nueva versión, sanciona la comisión de ciertos actos ilícitos contra mujeres, a saber: torturar a una mujer a sabiendas de que está embarazada; vulnerar la inviolabilidad del domicilio; secuestrar a una mujer contra su voluntad para contraer una unión de hecho; forzar a una mujer a contraer matrimonio o a mantener la cohabitación dentro del matrimonio, así como impedirle, con violencia o amenaza de violencia, que contraiga matrimonio con una persona de su elección; practicar la poligamia, esto es, cohabitar en un mismo hogar con dos o más mujeres; torturar a una mujer; o negarse a contratar o despedir injustificadamente a una mujer embarazada.

66.Además, el Código sanciona: el homicidio intencional (art. 101); los sufrimientos físicos o mentales infligidos a una mujer o niña mediante palizas sistemáticas u otros medios violentos (art. 113); el secuestro de una mujer contra su voluntad para contraer una unión de hecho (art. 127); la trata de personas (art. 129-1); la violación (art. 134); la práctica de la sodomía con violencia física o la amenaza de su utilización, o aprovechando el estado de indefensión de la víctima (art. 136); la coacción para mantener relaciones sexuales o cometer otros actos de carácter sexual mediante el chantaje, las amenazas de daños a la propiedad o el aprovechamiento de una situación de dependencia material o de otra índole (art. 137); las relaciones sexuales con menores de 16 años de edad (art. 143); la reunión, almacenamiento o difusión ilícitos de información sobre la vida privada que constituya un secreto personal o familiar de un tercero sin su consentimiento (art. 146); las relaciones sexuales con menores de 16 años de edad (art. 162).

67.En diciembre de 2018, en el marco de la ejecución del Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género (2015-2020), concretamente su actividad estratégica 5.3, la Oficina del UNFPA en Turkmenistán, junto con el Instituto de Estado, Derecho y Democracia, celebró una actividad informativa titulada “Diálogo abierto: asociación para lograr la igualdad de género”. Durante esta actividad, una representante del Consejo Central de la Unión de Mujeres expuso los resultados de la Conferencia Regional sobre “Transición de la política a la acción: la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas en Asia Central”. El artículo 24 de la Ley de Garantías Estatales de la Igualdad de Derechos y Oportunidades entre Mujeres y Hombres estipula que el Estado garantiza la igualdad de derechos de ambos sexos en la protección contra las agresiones sexuales, el secuestro y la trata de personas. Esta norma es la base para mejorar la legislación nacional destinada a prevenir la violencia contra la mujer en todas sus formas.

68.Uno de los objetivos del Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género es analizar la legislación nacional con miras a elaborar un programa de formación para prevenir la violencia doméstica e incorporarlo en los cursos de perfeccionamiento del personal de las fuerzas del orden y los tribunales, y realizar un estudio sobre la prevalencia, causas y consecuencias de todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica. A ese respecto, se proyecta adoptar las siguientes medidas: realizar un estudio/encuesta sobre la prevalencia de la violencia contra la mujer, sus tipos y causas profundas; celebrar consultas con las partes interesadas sobre la necesidad de redactar un proyecto de ley de creación y desarrollo de un sistema de prevención de la violencia doméstica y todas las formas de violencia contra la mujer; y organizar actividades para sensibilizar a la opinión pública sobre la política de “tolerancia cero” de la violencia contra la mujer.

69.El proceso de prevención de la violencia doméstica cuenta con la participación de representantes de los órganos estatales y las asociaciones civiles interesados. Las dependencias competentes de las fuerzas del orden llevan a cabo una labor específicamente destinada a alcanzar los objetivos de los programas de prevención y sensibilización acerca de la violencia contra la mujer previstos en el Plan de Acción Nacional de Igualdad de Género. Con arreglo a planes específicos y en cooperación con otros órganos de orden público, la Unión de Mujeres y la Organización de la Juventud celebran reuniones, charlas y conferencias destinadas a las mujeres y niñas sobre estos temas en las empresas, las instituciones y los centros de enseñanza general, secundaria especializada y superior. De conformidad con el Plan de Actividades del Ministerio del Interior para 2019, las dependencias de la policía local subordinadas a la Dirección de Seguridad Pública del Ministerio han realizado actividades sobre el tema de la familia, en cuyo marco se lleva a cabo una labor preventiva con personas con antecedentes de delitos graves y especialmente graves y que han formado una familia. Las familias “problemáticas” son objeto de especial atención. Los miembros adultos de estas familias reciben advertencias acerca de las infracciones que son objeto de sanción y sus posibles consecuencias legales.

70.Las dependencias del Ministerio del Interior examinan las denuncias de los ciudadanos acerca de conflictos domésticos. El Ministerio del Interior recibió 37 de estas denuncias de mujeres en 2018 y 51 en el primer semestre de 2019. Para formar a los agentes de las fuerzas del orden en el procedimiento a seguir en los casos de violencia contra la mujer, el plan de estudios sobre derecho penal del Centro de Formación del Ministerio del Interior incluye los temas de la igualdad de género, la no discriminación de la mujer, la naturaleza y las causas de la violencia contra la mujer y sus hijos y los derechos y recursos judiciales de que disponen las víctimas de la violencia. Entre 2016 y 2018, 4.159 agentes del orden cursaron estos estudios en el marco de su capacitación inicial, formación continua y perfeccionamiento.

71.Las cuestiones relacionadas con la prevención de la violencia doméstica, la regulación legislativa de la lucha contra este fenómeno y su prevención, el estudio de las recomendaciones internacionales a los países partes en las convenciones pertinentes, la práctica y la legislación extranjeras son objeto de seminarios, mesas redondas y otras actividades celebradas conjuntamente con organizaciones internacionales y destinadas a los miembros del Parlamento, el personal de las fuerzas del orden, los tribunales y los abogados. El plan de trabajo legislativo del Mejlis prevé la elaboración, en cooperación con organismos de las Naciones Unidas, de un proyecto de ley de prevención de la violencia doméstica.

Párrafo 15 de las observaciones finales

72.El 28 de febrero de 2015 se aprobó la Ley de Lucha contra el Extremismo, que define el marco jurídico e institucional de esa lucha, con el fin de proteger los derechos, libertades e intereses legítimos de la persona y el ciudadano, el orden constitucional y la integridad territorial de Turkmenistán y garantizar la seguridad de la sociedad y el Estado. En virtud de la Ley, la lucha contra el extremismo se lleva a cabo en dos ámbitos principales: la adopción de medidas destinadas a prevenirlo, incluida la identificación y subsanación de las causas y condiciones que propician la comisión de actos extremistas; y la detección, prevención y represión de las actividades extremistas de las asociaciones civiles, las organizaciones religiosas y de otro tipo y los ciudadanos.

73.En cuanto a la incorporación en la definición de extremismo de un elemento de “violencia” o “apología del odio”, el artículo 1, párrafo 1 de la Ley, que define los conceptos, presenta los elementos especificados en la recomendación del Comité: el extremismo es la actividad de personas físicas o jurídicas, así como de sus asociaciones, encaminada a organizar y cometer disturbios en masa acompañados de violencia, pogromos, incendios, destrucción de bienes, utilización de armas de fuego o sustancias o artefactos explosivos, o de resistencia armada a las fuerzas del orden, o a cometer un delito por motivos de odio político, social, nacional, racial o religioso, o con el fin de vengar los actos lícitos de terceros o de ocultar o facilitar otro delito. Durante el período que abarca el informe, los tribunales turcomanos no conocieron de ninguna causa por delitos de extremismo y terrorismo. En el marco del proceso de reforma de la legislación penal, que tendrá en cuenta las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se revisarán las disposiciones pertinentes de la legislación de lucha contra el extremismo.

74.De conformidad con los acuerdos internacionales en los que es parte, Turkmenistán coopera en la lucha contra el extremismo con Estados extranjeros, sus fuerzas de orden, organismos de seguridad y servicios especiales, así como con las organizaciones internacionales dedicadas a esta lucha. Se organizan, en cooperación con organismos de las Naciones Unidas y el Centro de la OSCE en el país, seminarios, mesas redondas, visitas de estudio y otras actividades sobre la prevención del extremismo para agentes del orden de Turkmenistán.

75.Además, se está ejecutando en el país un componente nacional del Proyecto Regional de Fortalecimiento de la Resiliencia de las Comunidades Locales y la Cooperación Transfronteriza para Prevenir el Extremismo Violento en Asia Central, que tiene por objeto movilizar la energía, la flexibilidad, la apertura y el dinamismo de los jóvenes como fuerza positiva capaz de contrarrestar la propagación y la influencia del extremismo violento en las comunidades radicalizadas. En el marco del Proyecto se prevé celebrar, en 2019 y 2020, seminarios de capacitación para 1.000 jóvenes, incluidos 500exreclusos, sobre cuestiones como la paz y la seguridad, la prevención de conflictos y la mediación en su solución, y los derechos económicos y sociales; organizar mesas redondas de jóvenes y representantes del Gobierno, el Parlamento y las fuerzas del orden, para sensibilizar a la juventud sobre los procesos de planificación y desarrollo nacional en curso; y fortalecer la capacidad de seis centros juveniles en ciudades piloto (la capital y los centros administrativos de cinco provincias) para prestar servicios sociales a grupos de jóvenes vulnerables.

76.El Código Penal sanciona la incitación abierta a la comisión de actos extremistas; la creación de una organización extremista; la financiación del extremismo; y el reclutamiento de personas y su adestramiento para perpetrar actividades terroristas o extremistas, o la provisión de armas para dicho fin. En la reforma de la legislación penal y demás leyes que rigen la prevención del extremismo se tendrán en cuenta las recomendaciones del Comité de Derechos Humanos sobre la necesidad de revisar la lista de actividades consideradas extremistas.

Párrafo 17 de las observaciones finales

77.La Constitución garantiza la inviolabilidad e inalienabilidad de los derechos y libertades de la persona. Nadie podrá restringirlos, salvo con arreglo a lo establecido en la Constitución y la legislación. El Ministerio del Interior no ha recibido ninguna denuncia de desaparición forzada de personas privadas de libertad en los centros de prisión preventiva o los centros penitenciarios. Ante una denuncia de este tipo, las fuerzas del orden están obligadas a realizar una investigación penal exhaustiva.

78.La legislación reconoce el derecho de toda persona a la libertad y la seguridad personales. Nadie podrá ser detenido por la sospecha de haber cometido un delito, mantenido en prisión preventiva o privado de su libertad de otra forma, salvo por los motivos y según los procedimientos establecidos en el Código de Procedimiento Penal. Toda persona detenida será informada inmediatamente de los motivos de su detención, así como del delito de cuya comisión sea sospechosa o se le acuse. El tribunal o el fiscal deberán poner inmediatamente en libertad a toda persona detenida o recluida ilegalmente, internada ilegalmente en una institución médica o privada de libertad por un plazo que exceda al previsto en la ley o la sentencia. Ninguno de los participantes en un proceso penal podrá ser objeto de violencia ni de trato cruel o degradante. Nadie podrá ser forzado a participar en actuaciones procesales que pongan en peligro la vida o la salud de una persona. Las actuaciones procesales que vulneren la integridad personal solo podrán llevarse a cabo contra la voluntad de una persona o de su representante legal en los casos y según el procedimiento previsto en el Código de Procedimiento Penal.

79.Toda persona contra la que se haya dictado la prisión preventiva como medida cautelar, así como toda persona que haya sido detenida como sospechosa de la comisión de un delito, deberá ser recluida en condiciones que no representen un peligro para su vida o salud. Los daños causados a una persona por su privación ilegal de libertad, su reclusión en condiciones que pongan en peligro su vida o salud o los tratos crueles en su contra se indemnizarán con arreglo a lo previsto en el Código (art. 13 del Código de Procedimiento Penal).

80.Los sospechosos tienen derecho, entre otros, a notificar de su detención y paradero a sus familiares o parientes cercanos o a su lugar de trabajo y, a solicitud del interesado o de su abogado o representante legal, a participar en la instrucción y a recurrir los actos, las omisiones y las decisiones del funcionario instructor o el fiscal.

81.Los abogados pueden participar en la causa desde el momento en que: se interroga a una persona como sospechosa de la comisión de un delito, se formula una acusación contra un sospechoso en detención o prisión preventiva, o se notifica al sospechoso el acta de detención preventiva o la orden de prisión preventiva, dictada como medida cautelar hasta que se formule una acusación en su contra; en todos los casos, a más tardar 24 horas después de su detención o prisión preventiva (art. 81 del Código de Procedimiento Penal).

82.A fin de aplicar las recomendaciones que figuran en el párrafo 17 de las observaciones finales del Comité, se hará una revisión de las normas del Código de Procedimiento Penal y el Código Penitenciario, y se armonizarán las disposiciones pertinentes de esos Códigos con las normas internacionales acerca de las personas en reclusión preventiva.

83.Además, se estudiará la práctica y la reglamentación legislativa extranjeras del acceso a los lugares de privación de libertad de representantes de la sociedad civil y las organizaciones internacionales.

Párrafo 19 de las observaciones finales

84.En el proceso de reforma de la legislación para ajustarla a las normas internacionales pertinentes y a las recomendaciones de los órganos de tratados sobre los informes nacionales de Turkmenistán, se añadió al Código Penal el artículo 182-1, que retoma la definición de tortura del artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. La Constitución de Turkmenistán garantiza que “nadie podrá ser sometido a tortura, violencia, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni a experimentos médicos, científicos o de otra índole sin su consentimiento”; tampoco podrá ser obligado a testificar o declarar en su contra o contra un familiar cercano. Las pruebas obtenidas mediante coerción psíquica o física u otros métodos ilícitos carecen de fuerza legal. Además, el Código Penal sanciona las lesiones intencionales de gravedad media que constituyan tormentos o torturas. Ninguno de los participantes en un proceso penal podrá ser objeto de violencia o tratos crueles o degradantes (art. 13, párr. 4, del Código de Procedimiento Penal). El Código Penitenciario contiene disposiciones que prohíben el uso de la tortura contra los reclusos (arts. 8, párr. 2, 88, párr. 1, y 125, párr. 2). Así pues, la tortura está prohibida en virtud de la legislación nacional penal, de procedimiento penal y penitenciaria. Las normas constitucionales y los códigos pertinentes son las debidas garantías jurídicas de la inadmisibilidad de la tortura en Turkmenistán. Con arreglo a la nota del artículo 182-1 del Código Penal, quedarán exentos de responsabilidad penal quienes inflijan dolor o sufrimiento físico o mental agudos a consecuencia de actos legítimos, como la legítima defensa. Teniendo en cuenta la recomendación del Comité y con miras a su aplicación, se consultará a expertos internacionales y se estudiarán las normas pertinentes del derecho internacional y la legislación extranjera con miras a preparar proyectos de reforma de esa disposición, a fin de que se ajuste plenamente a los requisitos de las normas internacionales.

Párrafo 21 de las observaciones finales

85.Con el fin de prevenir la tortura y los malos tratos contra las personas privadas de libertad, entre otras, se han instalado equipos de videovigilancia en algunas comisarías de policía, centros de prisión preventiva y centros penitenciarios. El Ministerio del Interior está llevando a cabo una labor sistemática para dotar a las comisarías de policía, los centros de prisión preventiva y los centros penitenciarios de equipos para realizar grabaciones de audio y vídeo de los interrogatorios. Las comisiones de vigilancia del Gabinete de Ministros y los órganos ejecutivos (jyakimlik) de las provincias, la ciudad de Asjabad, los distritos y las ciudades, establecidos por la Resolución Presidencial de Fortalecimiento del Control de la Legalidad en la Labor de los Órganos Penitenciarios y Medidas Estatales en relación con los Condenados y las Personas en Libertad Condicional, de 31 de marzo de 2010, realizan visitas sistemáticas a los centros penitenciarios. En 2018, la Comisión Central de Vigilancia realizó tres de estas visitas.

86.El Ministerio del Interior lleva a cabo una labor sistemática de fomento de la capacidad de los funcionarios sobre la inadmisibilidad de la tortura en toda circunstancia. Con arreglo al plan de mejora de las calificaciones del personal que se aprueba anualmente, los funcionarios del sistema penitenciario y las fuerzas del orden reciben formación en este ámbito. En 2018 se celebraron dos seminarios en la división pertinente de la Oficina Central del Ministerio del Interior, en los que participaron 96 empleados. Los funcionarios también se capacitan en el marco de su entrenamiento de combate y para el servicio. Se celebraron 18 sesiones sobre el tema en diversos centros penitenciarios, a las que asistieron 1.300 funcionarios. Un total de 47 miembros de los servicios médicos de los centros penitenciarios recibieron una formación similar, que comprendió 19 sesiones, sobre la detección de los indicios de tortura en los condenados y la prestación de la atención médica necesaria.

87.Narkuly Akmuradovich Baltayev, ciudadano turcomano nacido el 15 de diciembre de 1980 en la ciudad de Turkmenabat, provincia de Lebap, y domiciliado en el complejo residencial Dzheyjun, edificio 610, de esa ciudad, fue condenado por el tribunal de la provincia de Ahal, el 3 de junio de 2015, a una pena de 18 años y 9 meses de privación de libertad. El Sr. Baltayev cumplía su pena en centro AJ-U/2, del Departamento Superior de Policía de la provincia de Ahal. Mientras cumplía su condena en dicho centro mencionado recibió alimentación y agua potable en cantidades adecuadas, y no sufrió torturas ni otros malos tratos. En marzo de 2016, el Sr. Baltayev falleció debido a una enfermedad crónica, lo cual fue confirmado por el informe medicoforense. Lukman Yaylanov, ciudadano turcomano nacido el 17 de junio de 1980 en la explotación agrícola Burgut, aldea de Seydi, distrito de Garabekevul, provincia de Lebap y allí domiciliado, con educación secundaria y sin antecedentes penales, fue condenado por el tribunal de la provincia de Lebap, el 22 de mayo de 2013, a una pena de 15 años de privación de libertad en una colonia penitenciaria de régimen reforzado. El Sr. Yaylanov cumplía su condena en una dependencia especializada del centro MR‑U/16 (en la ciudad de Tejen), del Departamento Superior de Policía de la provincia de Ahal. El 11 de octubre de 2016, el Sr. Yaylanov falleció debido a una enfermedad crónica, lo cual fue confirmado por el informe medicoforense.

88.El funcionamiento de los centros LB-U/11, de régimen reforzado, de la ciudad de Seydi, del Departamento Superior de Policía de la provincia de Lebap, y AJ-U/2, de régimen carcelario, y AJ-U/3, de régimen especial, en Ovadan-Depe, del Departamento Superior de Policía de la provincia de Ahal, a los que se hace referencia en el párrafo 21 de las observaciones finales del Comité, se rige por la disposición administrativa correspondiente del Ministerio del Interior. Los reclusos de esos centros reciben, con cargo al presupuesto estatal y al igual que en los demás centros penitenciarios, artículos individuales de higiene, alimentos, ropa de cama, medicamentos y demás artículos de primera necesidad con arreglo al reglamento, en la cantidad y calidad necesarias para mantener su salud y fuerzas. La Resolución Presidencial de Alimentación y Condiciones Materiales de las Personas Recluidas en Centros Penitenciarios, Centros de Prisión Preventiva y Centros Especiales de Rehabilitación, de 11 de abril de 2014, mejoró la dieta, la ropa y la higiene personal de los internos. En virtud de esa Resolución, las condenadas embarazadas y madres lactantes, los menores de edad condenados, los reclusos enfermos y con discapacidad de los grupos I y II reciben una dieta reforzada. La atención médica y la labor terapéutica, preventiva y epidemiológica en los centros de prisión preventiva se organizan y llevan a cabo de acuerdo con la legislación sanitaria. El Ministerio del Interior establece, junto con el Ministerio de Sanidad e Industria Médica, el procedimiento para la atención de la salud de las personas en prisión preventiva por los centros médicos del sistema sanitario y su personal. La atención médica de los condenados se presta en las enfermerías de cada centro penitenciario; cuando se requiere atención médica especializada, los reclusos son trasladados al Hospital Central MR-U/15. Para mantener el buen estado de salud de los reclusos, se les asegura un espacio vital adecuado y aire y luz suficientes. La iluminación, la calefacción, la ventilación y las comodidades en los centros de privación de libertad cumplen los requisitos sanitarios. La luz artificial es suficiente como para que los reos puedan leer o trabajar sin perjudicar su vista.

89.El Servicio Médico del Ministerio del Interior ha recibido asistencia del Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria:

En 2011-2012, se instaló ventilación en el centro para el tratamiento de la tuberculosis multirresistente (TB-MR) del Hospital MRK-15, y se compró un equipo de radiografía digital Siemens.

Desde 2014, este hospital proporciona anualmente medicación para el tratamiento de 50 pacientes con TB-MR.

En 2018 se instaló en él un equipo GeneXpert para el diagnóstico molecular rápido de la TB-MR, y se asegura el abastecimiento de cartuchos y la calibración anual del dispositivo.

En 2019, se lo dotó de un equipo BACTEC MGIT, para el cultivo bacteriológico y la determinación de la sensibilidad a todos los medicamentos contra la tuberculosis. También se adquirieron e instalaron equipos auxiliares (cabina de bioseguridad, termostato, balanza de laboratorio, centrífuga, destilador y mezclador de vórtice) y se proporcionaron todos los suministros, utensilios de laboratorio y reactivos para el funcionamiento del dispositivo. En noviembre de 2019 se espera la visita de un ingeniero que certificará la cabina de seguridad biológica.

En 2019, se instaló un equipo GeneXpert en el centro del Ministerio del Interior de la provincia de Lebap.

A más tardar a finales de 2020 se proyecta instalar otro de estos equipos en el centro del Ministerio en la provincia de Ahal.

A más tardar a finales de 2020 se proyecta transferir al Ministerio seis microscopios que combinan la microscopía óptica tradicional con la microscopía de fluorescencia.

El país recibe anualmente la visita de una experta internacional en la lucha contra la tuberculosis en las cárceles (Zhanna Zhandauletova (Kazajstán)), que formula recomendaciones para actualizar las órdenes y demás documentos normativos del Ministerio del Interior. El Ministerio está examinando un proyecto de orden actualizada.

Se impartió capacitación sobre la lucha contra la tuberculosis al personal del Servicio Médico del Ministerio del Interior, lo que incluyó visitas de especialistas del Ministerio a diversos países (Kazajstán, República de Moldova y Letonia, entre otros) para estudiar su experiencia.

90.Desde 2016 y hasta la fecha, el Ministerio del Interior ha llevado a cabo una amplia labor de construcción y renovación de los centros penitenciarios, suministro de equipo especial y médico y capacitación del personal a fin de mejorar las condiciones de privación de libertad, salvaguardar los derechos de los reclusos y prevenir la tortura y otros tratos degradantes. El Estado asigna constantemente fondos del presupuesto público a obras de construcción y reacondicionamiento de los centros del sistema penitenciario y a la compra de equipo médico. En la actualidad, de acuerdo con el plan de construcción y mantenimiento de las instituciones penitenciarias, continúan las obras de refacción en 16 centros. En el marco de la reforma del sistema penitenciario y con el fin de adecuarlo a las normas internacionales, se prevé aumentar el presupuesto destinado a la mejora de la infraestructura, a fin de prevenir y reprimir la violencia, la tortura y las conductas ilícitas contra las personas en prisión preventiva; a la dotación de equipo técnico y el reacondicionamiento de los locales; y a la mejora de las condiciones de privación de libertad, la alimentación de los reclusos condenados y su atención médica.

Párrafo 23 de las observaciones finales

91.Los derechos básicos de los condenados se rigen por el Código Penitenciario. Según el Código, el Estado garantiza la protección de los derechos, libertades e intereses legítimos de los condenados, asegura las condiciones prescritas por la Ley para la Ejecución de las Penas y de otras Medidas Penales Coercitivas y el Respeto de los Principios de Justicia Social, seguridad de la persona y libertad de religión. Los condenados tienen derecho a recibir información sobre sus derechos y obligaciones y sobre el régimen y las condiciones de ejecución de la pena que le han impuesto los tribunales. La administración del centro penitenciario tiene la obligación de suministrar a cada persona, a su ingreso al centro, información por escrito acerca de las normas sobre el trato de los reclusos, el reglamento del centro y los procedimientos de denuncia. Los reclusos tienen derecho a recibir del personal un trato cortés que refuerce en ellos el sentido de la dignidad personal y la conciencia de sus responsabilidades. Estos no serán sometidos a torturas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. Tienen derecho a dirigir sugerencias, denuncias y quejas a la administración del centro, el órgano jerárquicamente superior, los órganos del poder ejecutivo, los tribunales, la fiscalía, el Defensor de los Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil, así como a las organizaciones internacionales de protección de los derechos y libertades de la persona, una vez agotados los recursos internos. La Ley también consagra los derechos de los reclusos a la correspondencia, la atención de la salud y la asistencia psicológica, a percibir pensiones y prestaciones del Estado de conformidad con la legislación, y a recibir asistencia jurídica cualificada, entre otros.

92.Los reclusos pueden formular sugerencias, denuncias y quejas sobre cuestiones relacionadas, por ejemplo, con la vulneración de sus derechos e intereses legítimos. Las sugerencias, denuncias y quejas de los condenados en relación con decisiones y actos de la administración de los centros penitenciarios no dan lugar a la suspensión automática de su ejecución. Si es evidente que la sugerencia, denuncia o queja del penado es fundada, el funcionario que la examine procederá, en el marco de sus atribuciones, a suspender la ejecución de la decisión o acto impugnado o propondrá tal suspensión al funcionario competente. Los órganos y funcionarios que reciben estas sugerencias, denuncias y quejas deberán examinarlas dentro de los plazos prescritos por la ley y notificar las decisiones adoptadas a los condenados (art. 11 del Código Penitenciario).

93.De conformidad con el Código Penitenciario, tienen derecho a visitar los centros penitenciarios sin permiso especial, en el ejercicio de sus funciones oficiales: el Fiscal General de Turkmenistán y sus adjuntos, los fiscales por ellos autorizados, los fiscales directamente encargados de controlar la legalidad de la ejecución de las penas en sus respectivos territorios; el Defensor de los Derechos Humanos; los funcionarios de los órganos superiores de la administración penitenciaria; los integrantes de los tribunales y demás personas que participen en el examen judicial de una causa en el perímetro del centro; los gobernadores (jyakim) de las provincias, distritos y ciudades, dentro de sus respectivos territorios; y los miembros de las comisiones de vigilancia y otras comisiones encargadas del control de la labor de los centros, dentro de sus respectivos territorios. Los abogados y otras personas elegidas por los condenados y cualificadas para prestarles asistencia jurídica tendrán derecho a visitarlos de conformidad con los acuerdos de asistencia letrada celebrados con arreglo a la legislación. Los representantes de organizaciones de la sociedad civil dedicadas al control de la labor de los órganos del sistema penitenciario podrán visitar los centros de privación de libertad de conformidad con el procedimiento legal. Los representantes de las oficinas diplomáticas y consulares de otros Estados y de las organizaciones internacionales podrán visitar a los reclusos en la forma prescrita por la legislación. Los representantes de los medios de comunicación y demás personas podrán visitar los centros penitenciarios con una autorización especial de la administración del centro o del órgano jerárquicamente superior correspondiente (art. 21 del Código Penitenciario).

94.La Ley del Defensor de los Derechos Humanos, de noviembre de 2016, determina sus atribuciones, derechos y responsabilidades y las principales esferas y garantías de su labor. Una de sus tareas es controlar el respeto de los derechos de los reclusos. Por consiguiente, en 2018, la Defensora de los Derechos Humanos visitó varios centros penitenciarios. Con arreglo a la Ley mencionada, las denuncias dirigidas al Defensor de los Derechos Humanos por personas recluidas en centros de detención o prisión preventiva, centros penitenciarios y otras instituciones especializadas se le remitirán en un plazo de 24 horas, sin examinarlas previamente. Para cumplir estas funciones, la Defensora de los Derechos Humanos ha prestado atención a la garantía de los derechos de grupos particulares de reclusos, a saber, las mujeres y los menores de edad. En particular, visitó el centro MR-E/13 para menores infractores, del Departamento de Policía de la provincia de Marý, y el centro DZ-E/8 para reclusas, del Departamento de Policía de la provincia de Dashoguz. Durante el período sobre el que se informa, la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos no recibió ninguna comunicación de menores procesados o condenados, sus familiares cercanos o representantes legales. Tras la visita a la colonia correccional, se redactaron recomendaciones apropiadas sobre la base de un análisis integral de los delitos cometidos por los menores de edad, la reincidencia, las regiones de las que procedían los internos y otras circunstancias.

95.Las comunicaciones se referían a discrepancias con la instrucción y la sentencia del tribunal en las causas. Con respecto a una comunicación relacionada con las medidas de gracia, se aclararon los recursos jurídicos para la protección de los derechos y libertades previstos en las disposiciones pertinentes de la Ley del Defensor de los Derechos Humanos. En 2018, la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos recibió 78 comunicaciones escritas y 72 comunicaciones orales relacionadas con los derechos civiles y políticos, que se examinaron de conformidad con las disposiciones de la Ley. Tres comunicaciones escritas recibieron una respuesta favorable. El informe de la Defensora de los Derechos Humanos sobre los resultados de sus inspecciones en los centros penitenciarios puede consultarse en http://turkmenistan.gov.tm/?obdusmen.

96.En cooperación con las organizaciones internacionales, el personal penitenciario recibe constantemente capacitación sobre las normas internacionales relativas a los derechos y libertades de los condenados y sus condiciones de reclusión (véase el párrafo 81 del presente informe). El Código Penitenciario estipula que los representantes de las organizaciones internacionales podrán visitar a los reclusos en la forma prescrita por la legislación. El Ministerio del Interior colabora estrechamente con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la OSCE para facilitar a los representantes de las organizaciones internacionales el acceso a los centros de prisión preventiva. Cada año el Gobierno de Turkmenistán y la Oficina Regional del CICR en Asia Central acuerdan conjuntamente un plan de acción en el marco de la cooperación multilateral sobre el sistema penitenciario. El 28 de septiembre de 2015, los jefes de las misiones diplomáticas del Reino Unido, los Estados Unidos de América, Alemania y Francia en Turkmenistán y los jefes de la Oficina del PNUD en Turkmenistán y de la Oficina de la Unión Europea en Asjabad visitaron el centro penitenciario DZ-K/8, del Departamento de Policía de la provincia de Dashoguz. Continúa la elaboración del proyecto de Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de Turkmenistán y el CICR sobre cooperación y labor humanitaria en relación con las personas privadas de libertad. Se firmó un plan de cooperación entre el Gobierno de Turkmenistán y el CICR para 2018, en que se prevén medidas de aplicación del derecho internacional humanitario. El 6 de diciembre de 2016 tuvo lugar una visita a la colonia correccional para menores de edad, del Departamento Superior de Policía de la provincia de Marý, en la ciudad de Bayramaly, y el 31 de enero de 2017, una visita de la colonia penitenciaria para mujeres DZ-K/8, del Departamento Superior de la provincia de Dashoguz, de una delegación integrada por representantes de organizaciones internacionales acreditadas en Turkmenistán y los Embajadores de algunos Estados de Europa y de los Estados Unidos de América, en particular de las Oficinas del UNICEF y el PNUD, el Centro de la OSCE en Asjabad, la Oficina de Enlace de la Unión Europea, y las Embajadas de los Estados Unidos, la República Federal de Alemania, la República de Italia, la República de Francia y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El 13 de noviembre de 2017, un consultor internacional sobre derechos de los menores de edad y funcionario de vigilancia de los derechos del niño de la Oficina del UNICEF en Turkmenistán visitó la colonia correccional para menores de edad MR-K/18 de la ciudad de Bayramaly. La cuestión de la visita a un centro penitenciario para hombres por representantes acreditados en Turkmenistán de embajadores de algunos Estados europeos, los Estados Unidos de América y organizaciones internacionales se trató por la vía diplomática con la Embajada de la República Federal de Alemania en el país.

Párrafo 25 de las observaciones finales

97.En el proceso de reforma de la legislación procesal, las medidas cautelares que se aplican a sospechosos, procesados y acusados se complementaron con medidas no privativas de libertad (fianza real o personal). Según la legislación de procedimiento penal, las medidas cautelares son: el aval mediante declaración jurada, el aval de una persona física, el aval de una persona jurídica, la fianza, y la prisión preventiva. Los menores de edad también pueden ser colocados, como medida cautelar, bajo la supervisión de sus padres, personas in loco parentis o tutores y, en el caso de los que viven en instituciones, de la administración de esas instituciones. El personal militar puede ser puesto bajo la vigilancia del mando de la unidad militar en la que presta servicio (art. 147 del Código de Procedimiento Penal). Con miras a decidir acerca de la necesidad de aplicar una medida preventiva y de su elección, el instructor, el fiscal, el juez y el tribunal también tienen en cuenta la gravedad del delito cometido, la personalidad del sospechoso, procesado o acusado, y su ocupación, edad, estado de salud, estado civil y otras circunstancias. La prisión preventiva se aplica exclusivamente en causas por delitos sancionados con penas superiores a dos años de privación de libertad. El Parlamento está dedicado a la reforma de la legislación nacional. En cooperación con organizaciones internacionales y expertos extranjeros, estudiará la posibilidad de otorgar a los jueces la facultad procesal de autorizar la detención o la prisión preventiva de los acusados de delitos penales. Sobre la base de los resultados de esta labor conjunta, se prepararán propuestas de reforma de la legislación procesal pertinente.

Párrafo 27 de las observaciones finales

98.La nueva redacción de la Constitución garantiza el derecho de toda persona al trabajo, a la libre elección de una profesión, tipo de ocupación y lugar de trabajo, y a condiciones laborales saludables y seguras. La Constitución prohíbe, de conformidad con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el trabajo forzoso y las peores formas de trabajo infantil. Los principales objetivos de la legislación laboral turcomana son crear las condiciones y otorgar las garantías sociales y jurídicas necesarias para el goce por los ciudadanos de su derecho constitucional al trabajo, y reglamentar las relaciones laborales y otras relaciones directamente relacionadas con el trabajo. Los asalariados tienen derecho a una remuneración acorde con la cantidad y calidad de su trabajo. La cuantía de esa remuneración no puede ser inferior al salario mínimo fijado por el Estado. A fin de cumplir sus obligaciones en virtud de los convenios de la OIT, el Gobierno está adoptando medidas eficaces para prevenir el trabajo forzoso e infantil, en particular en el cultivo del algodón.

99.La gran utilización de máquinas cosechadoras de última generación demuestra que no hay necesidad de una participación masiva de recursos humanos en la cosecha del algodón. Por ejemplo, en 2017, se emplearon más de 1.200 cosechadoras (700 máquinas MX-1.8 producidas en Uzbekistán y 500 de las empresas estadounidenses John Deere y Сase New Holland). En 2018 se adquirieron 500 nuevas cosechadoras a Uzbekistán y se firmó un contrato con John Deere para la compra de 200 máquinas. Ello también demuestra que no hay necesidad económica alguna de recurrir al trabajo manual forzoso en los campos de algodón de Turkmenistán. El Gobierno proporciona a los productores agrícolas un gran apoyo, en forma de un crédito a diez años para el desarrollo de las explotaciones y la compra de maquinaria agrícola a un tipo de interés anual del 1 %; un subsidio del 50 % en la adquisición de combustible, lubricantes y fertilizantes; y la exención del pago del arrendamiento y de todo tipo de impuestos y tasas a aquellos que cultivan trigo y algodón. Se ha establecido un precio de compra favorable para el algodón, que aumentó un 10 % en2018.

100.Turkmenistán coopera estrechamente con la OIT, como lo demuestran las visitas al país en diciembre de 2015 del Subdirector General de la OIT, Sr. Heinz Koller, y de la Directora de la Oficina Regional de la OIT para Europa Oriental y Asia Central, Sra.Dimitrina Dimitrova; la reunión oficial en febrero de 2016 del Director General de la OIT, Sr. Guy Ryder, con el Vicepresidente del Gabinete de Ministros y Ministro de Asuntos Exteriores de Turkmenistán, y la visita al país, en marzo de 2016, de un experto en normas internacionales del trabajo de la Oficina Regional de la OIT en Moscú, dedicada a la aplicación de dichas normas, y en septiembre de 2016, de una delegación de la OIT encabezada por la Jefa de la Unidad de Trabajo Infantil y Trabajo Forzoso del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT, Sra. Deepa Rishikesh. Turkmenistán, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo sobre las denuncias de la práctica del trabajo forzoso en el sector del algodón, prosigue el diálogo constructivo con los funcionarios de la OIT, como lo demuestra la visita de trabajo a Turkmenistán de especialistas en normas internacionales del trabajo y derecho laboral de la Oficina de la OIT para Europa Oriental y Asia Central en enero de 2019, por invitación del Gobierno, destinada a prestar asistencia técnica. Durante la visita, los especialistas de la OIT se familiarizaron con la legislación de Turkmenistán, incluida la relativa a la prevención de todas las formas de trabajo forzoso, y examinaron las medidas para fortalecer el diálogo social tripartito y seguir cooperando estrechamente con la OIT. Turkmenistán presenta periódicamente informes nacionales sobre la aplicación de los convenios de la OIT. En mayo del presente año, con miras a ampliar la cooperación bilateral, se celebró en Asjabad una conferencia tripartita dedicada al centenario de la OIT titulada “El futuro del trabajo y la Organización Internacional del Trabajo”, que contó con la participación del responsable para Europa y Asia Central de la Oficina de Actividades para los Trabajadores de la OIT, y en la que se presentó y debatió la experiencia de Turkmenistán en la promoción de los principios del trabajo decente y la garantía de los derechos sociales y laborales de los trabajadores. Otro ejemplo de cooperación es la adopción por el Parlamento, el 8 de junio de 2019, de la resolución sobre la adhesión de Turkmenistán al Convenio sobre Consultas Tripartitas para Promover la Aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo (núm.144).

101.El Ministerio de Trabajo y Protección Social coopera con los interlocutores sociales, representados por el Centro Nacional de Sindicatos, una organización de trabajadores, y la Unión de Industriales y Empresarios, una organización de empleadores, con las que se celebran consultas durante la redacción de los proyectos de ley e instrumentos jurídicos y normativos sobre cuestiones laborales y de empleo, seguridad y salud en el trabajo, reglamentación salarial y protección social. Los interlocutores sociales celebran periódicamente un acuerdo general, válido por un período de tres años. En diciembre de 2018 se concluyó un nuevo acuerdo general (2019-2021). En octubre de 2018 se aprobó la Ley de la Comisión Tripartita para la Regulación de las Relaciones Sociolaborales. Su promulgación demuestra que el país está incorporando las normas y principios universalmente reconocidos de las disposiciones de la OIT en la legislación nacional.

102.En junio de 2018, se aprobó por resolución presidencial el Plan de Acción Nacional de Derechos del Niño (2018-2022), elaborado en cooperación con el UNICEF. El objetivo 5 del Plan, que se refiere, entre otras cosas, al derecho del niño a no sufrir violencia, explotación ni maltrato en la familia y la sociedad, prevé el mejoramiento del suministro de información a la población sobre la protección de los derechos del niño, incluida la prohibición de las peores formas de trabajo infantil, y la garantía de condiciones de trabajo favorables para los menores de 18 años. Ese objetivo del Plan también contempla el reforzamiento de las medidas nacionales de prevención de la violencia y el maltrato de los niños, como actividades de capacitación para profesionales y personas que trabajan con niños sobre el tema de la violencia contra los niños, incluida la trata de niños.

103.Las normas del Código del Trabajo prohíben cualquier forma de trabajo forzoso u obligatorio. Se entiende por trabajo forzoso u obligatorio todo trabajo o servicio exigido a una persona bajo la amenaza de un castigo y para el cual la persona no se ha ofrecido voluntariamente. También se considera trabajo forzoso u obligatorio que el empleador exija al trabajador que desempeñe sus funciones en ausencia de sistemas de protección colectiva o individual, o en condiciones que puedan suponer una amenaza para su vida o salud, que no se respeten los plazos para el pago del sueldo o este no se abone íntegramente, o que se incremente la jornada laboral sin la retribución correspondiente. Se prohíbe exigir la realización de tareas no relacionadas con las obligaciones laborales. Los sindicatos ejercen el control social del respeto de los derechos e intereses legítimos de los trabajadores. En caso de infracción de la legislación laboral, incluido el uso de trabajo forzoso u obligatorio por parte de los empleadores, las inspecciones de los sindicatos dirigen al empleador instrucciones, de consideración obligatoria, para la subsanación de las infracciones detectadas. En el marco de sus competencias, el Centro Nacional de Sindicatos y sus asociaciones regionales realizan, durante la cosecha del algodón y de conformidad con los planes de acción aprobados, inspecciones anuales del cumplimiento por los empleadores de la legislación laboral y las normas de seguridad e higiene en el trabajo, también orientadas a detectar los casos de trabajo forzoso u obligatorio.

Párrafo 29 de las observaciones finales

104.El registro de la residencia permanente (propiska) y temporal (estancia) de los ciudadanos dentro de las fronteras del país tiene por objeto regular los procesos de migración interna y garantizar las condiciones necesarias para que los migrantes internos ejerzan sus derechos y libertades y cumplan sus obligaciones con los demás ciudadanos turcomanos. El derecho de todo ciudadano a circular libremente y a elegir su lugar de residencia en el país está garantizado por la Constitución. La propiska es de naturaleza puramente social. En particular, permite resolver cuestiones relacionadas con la seguridad social (pago de pensiones y prestaciones del Estado en el lugar de residencia permanente), la atención médica y la educación en el lugar de residencia temporal. En lo que respecta al empleo, al celebrar un contrato de trabajo, el interesado debe presentar al empleador un documento de identidad (pasaporte u otro documento sustitutivo, y certificado de nacimiento en el caso de los menores de 16 años de edad); el documento de servicio militar, en el caso de las personas sujetas a dicho servicio y las llamadas a filas; la libreta laboral, salvo cuando el trabajador celebre su primer contrato de trabajo o se trate de un segundo empleo (pluriempleo); el diploma u otro certificado de educación, calificación o posesión de conocimientos especializados que requiera la legislación sobre educación o formación especial; un certificado médico de salud y los demás documentos que confirmen otras circunstancias relacionadas con el trabajo, cuando así lo exija la legislación. La persona que posea varias residencias en el territorio del país solo estará registrada en una de ellas. El procedimiento de registro de los ciudadanos en su lugar de residencia permanente es aprobado por el Presidente de Turkmenistán.

105.Los ciudadanos que se trasladen temporalmente a otro lugar por un período que exceda los 45 días naturales sin darse de baja en el padrón de su lugar de residencia, así como los alumnos y estudiantes de centros de enseñanza procedentes de otras localidades, deberán registrarse en su lugar de estancia. El registro de la residencia temporal con fines de empleo se realiza ante los órganos del servicio de migración competentes; el registro de los ciudadanos cuya estancia no esté vinculada al empleo se realiza ante los órganos ejecutivos locales correspondientes. Están exentos de este registro los ciudadanos: que se encuentren temporalmente en otra localidad del territorio de una misma provincia o ciudad con rango de provincia durante más de 45 días naturales sin darse de baja en su residencia permanente; los llamados a filas para el servicio militar; y los obligados a vivir en un lugar determinado por decisión judicial o que estén cumpliendo una pena de privación de libertad. El registro en el lugar de estancia es el registro oficial del domicilio temporal de un ciudadano en una dirección determinada, que se realiza de manera gratuita. El procedimiento de registro de los ciudadanos en su lugar de estancia es aprobado por el Presidente de Turkmenistán (art. 42 de la Ley de Migración).

106.De conformidad con la Disposición relativa al Sistema de Pasaportes, aprobada por resolución presidencial de 25 de octubre de 1996, los ciudadanos se registran en su lugar de residencia permanente, con independencia de la superficie habitable del domicilio, con el consentimiento de todos los adultos que viven en él. Los ciudadanos que cambien de residencia, salvo los que viajen por negocios, estudios, vacaciones, ocio, tratamiento médico o licencia, sean llamados a filas para el servicio militar y los demás militares, así como los condenados a una pena de privación de libertad, deben darse de baja antes de su traslado. El registro obligatorio del lugar de residencia también se rige por una norma administrativa del Ministerio del Interior, a saber, el Manual de Aplicación de la Disposición relativa al Sistema de Pasaportes, aprobado por orden del Ministerio de 26 de diciembre de 2016.

107.La vulneración del procedimiento de registro obligatorio del lugar de residencia es una infracción administrativa (arts. 369 y 371 del Código de Infracciones Administrativas). No hay personas privadas de libertad por esas infracciones.

108.Todos los ciudadanos turcomanos tienen derecho a salir del país y a entrar en este, derecho del que no pueden verse privados (art. 24 de la Ley de Migración). Pueden imponerse restricciones temporales a la salida del país de los ciudadanos turcomanos: que tengan conocimiento de información que constituya un secreto de Estado, por el plazo prescrito por la legislación; contra los que se hayan iniciado actuaciones penales, hasta que concluya el procedimiento judicial; que hayan sido condenados por la comisión de un delito, hasta que cumplan su pena o sean eximidos de su cumplimiento; que estén evadiendo obligaciones impuestas por decisión judicial, hasta el cumplimiento de esas obligaciones; que hayan sido condenados por un delito especialmente grave, o como reincidentes especialmente peligrosos, o se encuentren bajo la vigilancia administrativa de la policía, hasta la cancelación de los antecedentes penales o el cese de la vigilancia; contra los que se haya presentado una demanda civil, hasta que concluya el procedimiento judicial; que deban prestar el servicio militar, hasta que lo cumplan o sean eximidos de este, salvo que se trasladen de forma permanente al extranjero; que, durante su estancia en el extranjero, puedan ser víctimas de la trata de personas o de esclavitud; que, en una estancia anterior en el extranjero, infringieron la legislación del país de residencia; y cuya partida constituya una amenaza para su vida y salud o contradiga los intereses de seguridad nacional de Turkmenistán (art. 30 de la Ley de Migración).

109.La información acerca de un presunto toque de queda no oficial que exige que los ciudadanos regresen a sus hogares antes de las 22.00 horas y la detención de las personas que incumplen dicha prescripción es errónea. Basta decir que el transporte urbano funciona hasta las 00.00 horas. El toque de queda solo puede establecerse en los casos prescritos por la ley. En virtud del artículo 9, párrafo 2, de la Ley de Estado de Excepción, en caso de que se adopte dicho estado, en el territorio en cuestión se podrá establecer, por orden presidencial, además de las medidas y restricciones temporales correspondientes, un toque de queda, es decir, la prohibición de que los ciudadanos estén en las calles y otros lugares públicos a determinadas horas del día sin una autorización especial y documentos de identidad.

110.Se estudiarán las recomendaciones del Comité sobre la necesidad de adaptar el sistema de registro obligatorio del lugar de residencia, a fin de que esté en plena conformidad con el Pacto, y de abstenerse de imponer arbitrariamente prohibiciones de viajar, de conformidad con el Pacto, y se prepararán propuestas para mejorar la legislación pertinente.

Párrafo 31 de las observaciones finales

111.La independencia de los jueces está garantizada por la Constitución. Los jueces son independientes y solo están sujetos a la Constitución y las leyes. La injerencia de cualquiera de las partes en la labor de los jueces es inadmisible y punible por ley (art. 98 de la Constitución). La Ley de Tribunales, basada en la Constitución, contiene disposiciones que aseguran la independencia de los jueces, a saber, una remuneración y unas prestaciones sociales acordes con su elevada condición; el procedimiento de administración de justicia previsto en la legislación; la prohibición de toda injerencia en dicha administración, que conlleva sanciones penales y administrativas; los procedimientos establecidos de suspensión y cese en las funciones judiciales; la inmunidad; y la protección especial que ofrece el Estado a los miembros de la familia y los bienes de los jueces (art. 51 de la Ley). Además, la Ley de Tribunales dispone que toda injerencia en la labor de los jueces será sancionada con arreglo a la legislación del país. Los jueces no están obligados a dar explicación alguna sobre el fondo de los casos juzgados o en trámite, ni a informar a nadie al respecto, salvo en los casos previstos en la legislación procesal.

112.No se podrá incoar una causa penal contra un juez, ni detenerlo sin el consentimiento del Presidente de Turkmenistán. La inmunidad de los jueces abarca a su persona, patrimonio, vivienda, lugar de residencia y trabajo, transporte oficial y personal y demás bienes. Estas garantías se aplican a los jurados en el ejercicio de sus funciones como tales. Se prohíbe la detención o la citación judicial de un juez, o de un jurado en el ejercicio de sus funciones, así como la aplicación en su contra de sanciones administrativas. Se incorporó a la Ley de Tribunales el artículo 641 —Código de Ética Judicial— en cuyo primer párrafo se señala que dicho Código es un instrumento aprobado por la conferencia de los jueces, que se funda en principios morales universalmente reconocidos y en las normas de la sociedad y el Estado. El Código establece normas de conducta obligatorias para los jueces en su labor profesional de administración de justicia. El Código de Ética Judicial se debatió y aprobó por primera vez en la primera conferencia de jueces de Turkmenistán, celebrada el 19 de enero de 2019. La elevada condición del juez lo obliga a capacitarse profesionalmente y a promover estrictas normas de cultura jurídica y conducta, para fortalecer la confianza pública en el sistema judicial y la calidad de la justicia, base para mantener la dignidad y el gran prestigio del poder judicial en términos de equidad, independencia e imparcialidad. A fin de seguir mejorando la labor de los tribunales y garantizar la independencia de los jueces y el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Turkmenistán, se ha suprimido en la nueva redacción de la Constitución la duración del mandato de los jueces, y se ha elaborado y aprobado un marco de mejora del sistema judicial (2017-2021). Teniendo en cuenta las recomendaciones de los órganos de tratados de las Naciones Unidas y las normas pertinentes del derecho internacional, se han integrado en dicho marco propuestas relativas a la duración del mandato de los jueces, el procedimiento de acceso a la judicatura y los derechos y obligaciones de los jueces y los funcionarios judiciales.

113.El capítulo 24 del Código Penal contiene disposiciones sobre los delitos contra la justicia, que constituyen medidas para garantizar la independencia del poder judicial. En particular, el derecho penal tipifica como delito, entre otros actos, la obstrucción de la justicia y la instrucción (art. 189), las amenazas o los actos violentos contra las personas encargadas de la administración de justicia o la instrucción (art. 189) y el desacato a los tribunales (art. 189).

114.El artículo 34 de la Constitución establece el principio de presunción de inocencia: “Toda persona se presumirá inocente mientras su culpabilidad no se pruebe conforme a la ley y quede establecida mediante sentencia judicial firme. Nadie estará obligado a demostrar su inocencia. De haber duda sobre la culpabilidad del acusado, esta se resolverá en su favor”. Esta disposición de la ley fundamental se detalla en el artículo 18 del Código de Procedimiento Penal, “Presunción de inocencia”. Con arreglo a ese artículo, toda persona se presumirá inocente mientras su culpabilidad no se pruebe conforme al Código y quede establecida mediante sentencia judicial firme. De haber duda sobre la culpabilidad del acusado, esta se resolverá en su favor. También se resolverán en favor del acusado las dudas relativas a la aplicación de la legislación penal y de procedimiento penal. Nadie estará obligado a demostrar su inocencia. En ausencia de otras pruebas, la mera confesión no podrá servir como prueba de culpabilidad. La sentencia condenatoria no podrá basarse en suposiciones, sino que deberá fundamentarse en pruebas fidedignas suficientes. Las pruebas obtenidas de manera ilegal o de origen desconocido no podrán ser examinadas ni utilizadas en los procedimientos.

115.Los procedimientos judiciales se llevan a cabo en el idioma oficial de Turkmenistán. Las personas que participen en un juicio y no dominen el idioma del procedimiento tendrán derecho a familiarizarse con el expediente y a participar en las actuaciones judiciales con la ayuda de un intérprete, así como a dirigirse al tribunal en su idioma materno (art. 104 de la Constitución). Esta norma constitucional se reitera en el Código de Procedimiento Penal: “Los procedimientos judiciales se llevan a cabo en el idioma oficial de Turkmenistán; los participantes en un proceso que no dominen el idioma en que este se desarrolle tendrán derecho a declarar, hacer aclaraciones, presentar pruebas, solicitudes y recursos, familiarizarse plenamente con el expediente y dirigirse al tribunal en su idioma materno u otro idioma que dominen, y a recurrir a los servicios de un intérprete con arreglo al procedimiento establecido en el presente Código; los documentos relativos a la instrucción y el juicio se entregarán al procesado o a acusado traducidos a su idioma materno o a otro idioma que domine” (art. 28 del Código de Procedimiento Penal).

116.La Ley de Lucha contra la Corrupción, de 1 de marzo de 2014, establece los principios fundamentales y el marco jurídico e institucional de la lucha contra este fenómeno y su prevención, la erradicación de las causas y condiciones que hacen posible los delitos de corrupción y la eliminación de sus consecuencias. Las infracciones vinculadas con la corrupción o que crean condiciones para la corrupción, cuando se traduzcan en la obtención de beneficios, darán lugar a las sanciones penales, administrativas y disciplinarias establecidas por la legislación.

117.Las infracciones que crean condiciones para la corrupción son: la injerencia ilegal en la labor de otros organismos públicos y organizaciones; el uso de funciones oficiales en la resolución de cuestiones en provecho material propio; el otorgamiento de ventajas no previstas en la legislación para el ingreso y ascenso en la administración pública; el favoritismo hacia personas físicas y jurídicas en la preparación y la adopción de decisiones; la negativa injustificada a proporcionar a personas físicas y jurídicas información cuya divulgación está prevista en la legislación; la demora intencional de su entrega o la transmisión de información inexacta o incompleta; la solicitud, a personas físicas o jurídicas, de información cuya divulgación no está prevista en la legislación; y la entrega de regalos y la prestación de servicios no oficiales a funcionarios superiores, excepto atenciones y recuerdos simbólicos, de conformidad con las normas generalmente aceptadas de cortesía y hospitalidad, así como durante actos protocolares y demás actos oficiales, entre otros. El funcionario público que cometa alguno de estos actos, cuando no constituyan delito o infracción administrativa, incurrirá en una sanción disciplinaria con arreglo al procedimiento establecido por la ley.

Párrafo 33 de las observaciones finales

118.En virtud de la Ley de Lucha contra la Propagación de la Enfermedad Causada por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), de 2016, los ciudadanos de Turkmenistán, así como los extranjeros y los apátridas que residan o se encuentren en el territorio del país, tienen derecho a que se les practique de forma voluntaria, confidencial y anónima una prueba de detección del VIH en un centro médico público. Los menores de 18 años de edad se someten a la prueba del VIH con el consentimiento de sus padres o las personas in loco parentis, y las personas legalmente incapacitadas lo hacen con el consentimiento de sus representantes legales. Los padres, las personas in loco parentis y los representantes legales tienen derecho a estar presentes durante el examen en cuestión y a conocer su resultado, cuya confidencialidad deberán respetar. A petición de la persona examinada, la prueba del VIH podrá ser anónima.

119.El Código de Familia, una ley codificada especial que regula, entre otras cosas, el matrimonio, no exige presentar un certificado de la prueba del VIH. El artículo 17 del Código establece que las personas en edad de contraer matrimonio que deseen hacerlo pueden presentar una solicitud en la oficina del registro civil del lugar de residencia de uno de ellos o de sus padres. La solicitud va acompañada del pasaporte (u otro documento sustitutivo). El certificado de la prueba del VIH no se menciona en el artículo. En lo que respecta a los exámenes médicos, las personas que desean contraer matrimonio podrán, de mutuo acuerdo, someterse a una revisión médica y recibir asesoramiento gratuito sobre cuestiones de genética médica y planificación familiar en las instituciones de salud pública (art. 21, párr. 1 del Código de Familia). En respuesta a la recomendación del Comité, se llevarán a cabo actividades de sensibilización entre los funcionarios públicos, incluidos los de las fuerzas del orden y los órganos judiciales, los abogados, el personal médico y la población, y se hará una revisión de las prácticas y el marco jurídico y normativo vigente, a fin de armonizar la legislación con el Pacto.

Párrafo 35 de las observaciones finales

120.El derecho de los ciudadanos a la vivienda está garantizado por la Constitución. Esta consagra el derecho de todo ciudadano a la vivienda y al apoyo del Estado para obtener o adquirir una vivienda adecuada y para construir una vivienda individual. Nadie podrá ser privado de su vivienda por motivos que no estén contemplados en la legislación. El Código de la Vivienda hace efectivos los derechos constitucionales de los ciudadanos. El desalojo solo está permitido por los motivos establecidos por la ley y está sujeto a un procedimiento judicial. En ciertos casos de personas que ocupan irregularmente locales residenciales o que residen en casas que amenazan con derrumbarse, se permite el desalojo por orden del fiscal. Los ciudadanos desalojados reciben otra vivienda que cumple los requisitos legales. Las personas pueden ser desalojadas y recibir otras viviendas adecuadas cuando el local en el que viven: va a ser demolido tras la expropiación del terreno, amenaza derrumbe, se convertirá en un local no residencial, o ha sido declarado no apto como vivienda (art. 109 del Código de la Vivienda).

121.Según el Código, uno de los motivos para el surgimiento de un derecho de propiedad privada sobre una vivienda o parte de ella es su provisión como indemnización por la pérdida de una vivienda propia, tras su demolición o expropiación a raíz de una decisión de los órganos estatales competentes conforme al procedimiento establecido por la ley. En caso de demolición de una vivienda privada debido a la expropiación del terreno por razones de interés público o social, el propietario, junto con los familiares y las demás personas que residían de forma permanente en ella antes de la demolición, podrá, con el acuerdo de esas personas, optar entre recibir en su lugar, como propiedad privada, una vivienda adecuada de valor equivalente o percibir una indemnización por el valor de la vivienda, sus dependencias auxiliares y demás instalaciones y plantaciones. El propietario y sus familiares también podrán recibir, si así lo desean, con arreglo a la norma establecida, un terreno para la construcción de una vivienda individual dotada de servicios y un pago por el valor de la vivienda demolida, sus dependencias auxiliares y demás instalaciones y plantaciones. En caso de que en el terreno expropiado se encuentre una vivienda privada, con sus dependencias auxiliares y demás instalaciones y plantaciones, de propiedad de una persona jurídica, esta recibirá una propiedad de valor equivalente y una indemnización por las demás pérdidas incurridas, o una indemnización integral por las pérdidas causadas por la expropiación del terreno.

122.Las disputas relativas al derecho de la vivienda se resolverán en los tribunales. Según el artículo 280 del Código de Procedimiento Civil, un ciudadano puede acudir a los tribunales cuando considere que actos u omisiones ilícitos de un órgano o funcionario de la administración pública han vulnerado sus derechos.

Párrafo 37 de las observaciones finales

123.La Constitución garantiza el derecho de toda persona al respeto de su vida privada, sus secretos personales y familiares y a la protección contra las injerencias arbitrarias, así como contra la violación del secreto de la correspondencia, las conversaciones telefónicas y de otra índole. Se prohíbe la recopilación, el almacenamiento, el uso y la difusión de información sobre la vida privada de una persona sin su consentimiento.

124.Este derecho está regulado por la Ley de Información sobre la Vida Privada y su Protección, de 2017. Esta Ley garantiza a toda persona el derecho a la protección de sus datos personales, a acceder a ellos y a rectificarlos. La recopilación, el tratamiento y la protección de los datos personales se lleva a cabo de conformidad con los principios de: la inadmisibilidad de la recopilación, el almacenamiento, el uso y la difusión de datos personales sin el consentimiento del interesado; el respeto de los derechos y libertades constitucionales de la persona y el ciudadano; la legitimidad de los propósitos y medios de recopilación y tratamiento de la información personal; la coincidencia de los propósitos de la recopilación y el tratamiento de los datos personales con los fines determinados previamente, así como la competencia de quienes los llevan a cabo; la garantía de la seguridad de la persona, la sociedad y el estado; la idoneidad del alcance y la naturaleza de los datos personales recopilados y tratados, y de sus métodos de recopilación y tratamiento, para los fines determinados; la fiabilidad de los datos personales, su suficiencia para los fines determinados, y la prohibición de recopilar y tratar datos que excedan los requeridos para dichos fines; y la confidencialidad de la información personal de acceso limitado.

125.La recopilación y el tratamiento de los datos personales no requieren el consentimiento del interesado cuando se realizan: en el marco de la labor de las fuerzas del orden y los tribunales, y de los procedimientos de ejecución; para los fines de estadística pública; para la utilización de los datos personales por las autoridades públicas con fines estadísticos, con la condición de que se los anonimicen; con miras a la aplicación de los acuerdos internacionales ratificados por Turkmenistán; para la protección de la vida, la salud y otros intereses legítimos, y de los derechos y libertades constitucionales, de la persona en cuestión o de terceros, cuando sea imposible obtener su consentimiento; en el ejercicio de la actividad profesional legítima de los periodistas o los medios de comunicación o la labor científica, literaria u otra actividad creativa, dentro del respeto de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano; para la publicación de datos personales de conformidad con las leyes de Turkmenistán, incluida la información personal de los candidatos a puestos electorales; en caso de incumplimiento por parte del interesado de su obligación de proporcionar datos personales requeridos por la legislación; y en los demás casos prescritos por la ley.

126.El artículo 6 de la Ley de Operaciones de Investigación de Actos Delictivos obliga a los organismos competentes a garantizar, en el marco de su labor, el respeto de los derechos de la persona y el ciudadano a la protección contra las injerencias arbitrarias en su vida privada, contra la violación del secreto de la correspondencia, las comunicaciones telefónicas y de otra índole, y contra los atentados a su honor y reputación y la inviolabilidad del domicilio. Se prohíbe realizar operaciones de investigación de actos delictivos, o utilizar información recabada en estas, para el logro de propósitos y fines no previstos en la legislación.

127.Toda persona que considere que actos de los órganos encargados de las operaciones de investigación de actos delictivos han vulnerado o restringido sus derechos y libertades podrá acudir al órgano jerárquicamente superior, la fiscalía o los tribunales. La persona cuya culpabilidad en la preparación o comisión de un delito no se haya probado con arreglo al procedimiento legal tendrá derecho a reclamar al órgano encargado de las operaciones de investigación de actos delictivos la información que motivó las averiguaciones a su respecto y a conocer la naturaleza de la información acerca de su persona que obra en poder de este, siempre que ello no suponga la divulgación de secretos de Estado u otro secreto protegido por la ley. Ante la negativa a facilitar la información solicitada, o la suposición de que ha recibido información incompleta, el interesado tendrá derecho a acudir al órgano jerárquicamente superior, la fiscalía o los tribunales. Los datos, obtenidos mediante operaciones de investigación de actos delictivos sobre la vida personal, el honor, la dignidad y la reputación de una persona que no contengan información sobre la comisión de actos prohibidos por la ley no se almacenarán ni difundirán y serán destruidos. Esta información no podrá utilizarse para perjudicar los derechos e intereses legítimos de las personas físicas ni jurídicas. En caso de violación de los derechos e intereses legítimos de personas físicas o jurídicas por el órgano encargado de las operaciones de investigación de actos delictivos, el órgano jerárquicamente superior, el fiscal o el tribunal deberá, de conformidad con la legislación, adoptar medidas para restablecer los derechos e intereses legítimos vulnerados, indemnizar por los daños materiales y morales y sancionar a los culpables.

128.Los resultados de las operaciones de investigación de actos delictivos obtenidos dentro del respeto de los requisitos legales podrán utilizarse como prueba en las causas penales con arreglo a las disposiciones del Código de Procedimiento Penal que rigen la reunión, el examen y la valoración de las pruebas (art. 138 del Código). Las pruebas obtenidas en infracción de los requisitos del Código de Procedimiento Penal se considerarán inadmisibles; privar a los participantes en el proceso de los derechos que les garantiza la legislación, restringir esos derechos o infringir otras normas del procedimiento penal durante la instrucción o las actuaciones judiciales afecta o puede afectar a la fiabilidad de las pruebas obtenidas (art. 125, pár. 1 del Código de Procedimiento Penal).

Párrafo 39 de las observaciones finales

129.La Constitución de Turkmenistán garantiza la libertad de religión y la igualdad de las confesiones ante la ley. Asegura el derecho de cada persona a determinar de manera independiente su actitud ante la religión, a profesar individual o colectivamente cualquier religión o a no profesar ninguna, a expresar y difundir sus convicciones en ese ámbito y a participar en ceremonias religiosas. Garantiza a todos la libertad de pensamiento y de expresión. Nadie puede prohibir que una persona exprese libremente su opinión ni impedir su difusión con arreglo a la ley. Nadie puede ser obligado a expresar su opinión y convicciones o a renunciar a estas. Turkmenistán cumple las obligaciones que le incumben en virtud de las convenciones internacionales, de garantizar los derechos sin discriminación de ningún tipo por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, convicciones políticas o de otra índole, origen nacional o social, situación patrimonial, nacimiento u otra condición.

130.El 26 de marzo de 2016 se aprobó una nueva redacción de la Ley de Libertad de Religión y Organizaciones Religiosas. La Ley garantiza esta libertad, incluido el derecho a profesar individual o colectivamente cualquier religión, o a no profesar ninguna, a elegir, modificar, tener y expresar libremente convicciones religiosas o de otra índole, y a actuar en consonancia con ellas. Se prohíbe establecer ventajas, restricciones u otras formas de discriminación en función de la actitud hacia la religión. Los ciudadanos turcomanos son iguales ante la ley en todos los ámbitos de la vida civil, política, económica, social y cultural, con independencia de su actitud ante la religión y su afiliación religiosa. Los extranjeros y apátridas gozan del derecho a la libertad religiosa en pie de igualdad con los ciudadanos de Turkmenistán. Las religiones y cultos son iguales ante la ley. Turkmenistán es un Estado laico. Las organizaciones religiosas están separadas del Estado. El Estado fomenta un clima de tolerancia y respeto mutuos entre las personas y organizaciones sin vinculación religiosa y de diferentes confesiones, y prohíbe las manifestaciones de fanatismo y extremismo religiosos, y los actos dirigidos a crear enfrentamiento, deteriorar las relaciones y atizar el odio entre las diferentes organizaciones religiosas. Ninguna religión se erigirá en religión estatal u obligatoria.

131.Las organizaciones religiosas tienen derecho a comprar, producir, utilizar y, tras la realización de un examen pericial, a importar y distribuir literatura y artículos religiosos. Los ciudadanos turcomanos, los extranjeros y los apátridas tienen derecho a adquirir y utilizar literatura religiosa y otros documentos informativos de contenido religioso en cualquier idioma de su elección. También se garantiza la libertad de religión de las personas que cumplen una pena de privación de libertad por la comisión de delitos penales. El Código Penitenciario garantiza la libertad de religión de los reclusos. Estos tienen derecho a profesar cualquier religión, o a no profesar ninguna, a tener y expresar libremente convicciones religiosas o ateas, y a actuar en consonancia con ellas. Quienes cumplen su pena en colonias residenciales en régimen abierto pueden recibir autorización, si así lo solicitan, para asistir a centros religiosos situados en la localidad en que se encuentra la colonia. A solicitud de los reclusos, puede invitarse a celebrantes de organizaciones religiosas inscritas según el procedimiento legal. En los centros penitenciarios se autoriza a los reclusos a practicar sus ritos religiosos y a tener y utilizar objetos de culto y literatura religiosa. La administración del centro reserva un local apropiado para estos fines (art. 10 del Código de Procedimiento Penal).

132.La legislación fiscal establece ciertas exenciones para las organizaciones religiosas. En particular, están eximidos del impuesto sobre el valor añadido los servicios prestados por las organizaciones religiosas, incluidos los ritos y ceremonias, y la venta de artículos religiosos y de culto (art. 106 del Código Fiscal). Las organizaciones religiosas también están exentas del impuesto sobre la propiedad (art. 143 del Código).

133.La legislación prevé sanciones penales por entorpecer el ejercicio del derecho a la libertad de conciencia y de religión (art. 154 del Código Penal), e incitar a la discriminación racial o religiosa (arts. 145 y 168 del Código). En la actualidad, hay 131 organizaciones religiosas inscritas en el registro, a saber: 108 islámicas, incluidas 103 suníes y 5 chiitas; 12 ortodoxas, y 11 de otras confesiones. Se adjunta una lista de organizaciones, iglesias y grupos religiosos ortodoxos (anexo 2).

134.En enero de 2019, con la asistencia de la Comisión de Cooperación con las Organizaciones Religiosas, rectores de las iglesias ortodoxas celebraron servicios en Turkmenistán. En febrero de ese año visitó el país un líder espiritual de la Sociedad de la Conciencia de Krishna, el ciudadano estadounidense Sean O’Neil Hobgood. En marzo de2019 lo hizo un pastor de la Iglesia “Palabra de vida”, el ciudadano ruso Andrey Gornovsky. En abril, visitaron Turkmenistán pastores de la Iglesia “Fuente de Vida”, el ciudadano alemán Klaus Dieter y el ciudadano kazajo Yuri Shumayev; un miembro de la Organización Religiosa Bahaí, el Sr. Fouad Rihani; un líder espiritual de la Iglesia Ortodoxa, el Arzobispo Teofilacto (Denis Kuryanov); en junio y julio, un pastor de la Iglesia “Fuente de Vida”, el ciudadano ruso Alexey Romanov; y en octubre, un pastor de la Iglesia Nueva Apostólica, el ciudadano alemán Vladimir Lazarev. Se autorizó a la Iglesia “Fuente de Vida” a importar 50 copias de la Biblia. En honor a la apertura de la mezquita Khazreti Omar, se autorizó la importación de 4.210 ejemplares del Sagrado Corán. En el primer semestre de2019, se autorizó la importación de 15 ejemplares. En 2019, 2.242ciudadanos de Turkmenistán (1.045 hombres y 1.197 mujeres) visitaron La Meca Reverenciada y Medina. En cuanto a su origen nacional, había entre ellos 2.176 turkmenos, 56 uzbecos, 4azerbaiyanos, 1 kurdo, 1 kazajo, 1 karakalpako, 2 tayikos y 1 daguestaní. En enero y marzo y entre abril y agosto de 2019, la Sociedad de la Conciencia de Krishna celebró, con la asistencia de la Comisión de Cooperación con las Organizaciones Religiosas, varias fiestas religiosas. El 8 de junio de 2018 y el 25 de noviembre de 2019 se organizaron mesas redondas sobre la libertad de religión en Turkmenistán en el Instituto de Estado, Derecho y Democracia. A ellas asistieron la Defensora de los Derechos Humanos, representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior, Justicia (Adalat), el Instituto de Estado, Derecho y Democracia, el Departamento de Asuntos Religiosos del Consejo de Ministros y de diversas confesiones y organizaciones religiosas activas en Turkmenistán. Mediante las intervenciones, los participantes se familiarizaron con las actividades destinadas a garantizar la libertad de religión, de conformidad con la legislación nacional y las obligaciones internacionales. Se observó que el país cuenta con el espacio jurídico necesario para ofrecer garantías jurídicas a las organizaciones religiosas. Durante las reuniones se debatió la creación de un sitio web interconfesional, en el que cualquier persona pueda hacer preguntas de su interés y recibir respuestas de representantes de diferentes confesiones. Estas actividades, que adoptan la forma de diálogos abiertos, permiten conocer de manera más amplia y detallada las actividades y condiciones de trabajo de las organizaciones religiosas. Los participantes en la mesa redonda intercambiaron opiniones sobre el mejoramiento de la interacción entre las instituciones estatales, la población y las organizaciones religiosas. Se destacó la eficacia de la interacción de Turkmenistán con los órganos de las Naciones Unidas, la OSCE y la Unión Europea en la protección de los derechos humanos mediante programas y proyectos pertinentes.

135.Cabe señalar en particular que la Comisión de Cooperación con las Organizaciones Religiosas recibió de las organizaciones mencionadas cartas de agradecimiento por la asistencia durante la visita de sus líderes espirituales y por la ayuda prestada para recibirlos por los funcionarios y la dirección de la Comisión. Cabe señalar que la Comisión también realiza una labor de asesoramiento para la reinscripción en el registro de las organizaciones religiosas. Un ejemplo de ello es el asesoramiento prestado a todas las organizaciones religiosas sobre el cambio de su domicilio legal y la renovación de la inscripción en el Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas.

Párrafo 41 de las observaciones finales

136.Según la Constitución, la defensa del país es un deber sagrado de todo ciudadano. El servicio militar es obligatorio para todos los ciudadanos turcomanos varones. El artículo 41 de la Constitución establece que la defensa del país es un deber sagrado de todo ciudadano. El servicio militar es obligatorio para todos los ciudadanos turcomanos varones. El artículo 18 de la Ley del Servicio Militar enumera los motivos para quedar exento del llamado a filas.

Párrafo 43 de las observaciones finales

137.La Constitución garantiza a toda persona la libertad de pensamiento y de expresión. Nadie puede prohibir que una persona exprese libremente su opinión ni impedir su difusión con arreglo a la ley. Nadie puede ser obligado a expresar su opinión y convicciones o a renunciar a estas. Toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información libremente y por cualquier medio que no esté prohibido por la ley, a excepción de aquella que contenga secretos de Estado u otro secreto protegido por la ley.

138.La Ley de Medios de Comunicación (de 2012) consagra, entre otros, los siguientes principios de la política estatal sobre la libertad de esos medios: los medios de comunicación son libres en Turkmenistán; los ciudadanos del país tienen derecho a utilizar cualquier medio de comunicación para expresar sus opiniones y convicciones, y para buscar, recibir y difundir información; estos tienen derecho a recibir, por conducto de los medios de comunicación, información sobre la labor de los órganos estatales, las asociaciones civiles y los funcionarios públicos; la libertad de reunir, recibir y difundir información no podrá restringirse sino de conformidad con la legislación, cuando ello sea imprescindible para proteger el orden constitucional, la salud, el honor, la dignidad o la vida privada de los ciudadanos o el orden público; no se restringirá el establecimiento, la posesión, el uso y la gestión de los medios de comunicación, ni el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones y la libertad de su uso, salvo en los casos previstos en la Ley; y los medios de comunicación de Turkmenistán preparan y difunden información en el idioma oficial y otros idiomas.

139.La profesión de periodista es libre y no está sujeta a licencia. Los periodistas tienen derecho a: buscar, solicitar, recibir y difundir información; acudir a organismos y organizaciones estatales, empresas e instituciones y dependencias de asociaciones civiles o a sus servicios de prensa; acceder a documentos y materiales, excepto a los fragmentos que contengan secretos de Estado, comerciales u otro secreto protegido por la ley; estar presentes en los lugares donde se producen situaciones de emergencia y grandes concentraciones de ciudadanos; verificar la información que se les haya comunicado; y a expresar sus opiniones y valoraciones personales en las notas que se difundan con su firma.

140.Los principios básicos para la reglamentación de las relaciones vinculadas con el desarrollo de Internet en Turkmenistán se establecen en la Ley de Regulación Jurídica del Desarrollo de Internet y la Prestación de Servicios de Internet, de 2014. Estas relaciones se regulan de conformidad con los siguientes principios básicos: garantizar los derechos y libertades de los ciudadanos a utilizar Internet y acceder a la información publicada en ella; restringir la regulación a las esferas respecto de las cuales no existan normas internacionales o estas no puedan aplicarse debido a requisitos de la legislación nacional; no extender la regulación a los aspectos que no afecten a los derechos e intereses de los ciudadanos, la sociedad y el Estado establecidos por la Ley; y no impedir a las personas físicas y jurídicas celebrar acuerdos para la prestación de servicios de Internet en las mismas condiciones que los demás usuarios. En el contexto de la reforma del marco jurídico nacional, se revisará la legislación sobre los medios de comunicación y se prepararán propuestas para armonizarla con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

141.De conformidad con el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2016‑2020), el Servicio Estatal de Publicaciones y sus empresas y organizaciones llevan a cabo actividades de sensibilización sobre los derechos humanos en las que participan parlamentarios, representantes de los órganos estatales y las asociaciones civiles y actores culturales.

142.Al 1 de enero de 2019, había en Turkmenistán 21 periódicos y 8 revistas. A ello se suman las publicaciones sectoriales, ministeriales y de organismos. El periódico Neitralny Turkmenist a n se publica en ruso e inglés, y la revista Vozrozhdeniye se publica en ruso. Hay varios medios de comunicación impresos privados financiados por fuentes independientes, como Rysgal, Zaman, Yupek Yoly y Biznes Reklama, entre otros. Los periodistas turcomanos asisten a todos los actos políticos y públicos que se celebran en el país y fuera de sus fronteras, así como a cumbres, conferencias y foros internacionales, y reuniones de jefes de Estado.

143.Los periodistas turcomanos participan en foros sobre la libertad de expresión y en seminarios de capacitación y conferencias organizados por los organismos de las Naciones Unidas, la OSCE, la Unión Europea y el Regional Environmental Centre for Central Asia (CAREC). En particular, el Centro de la OSCE en Asjabad organizó las siguientes actividades:

Los días 23 y 24 de mayo de 2019, un seminario sobre la reforma de la legislación sobre los medios de comunicación en la era digital, a cargo de expertos de Georgia y Rusia, en el que participaron 30 representantes del Mejlis de Turkmenistán, la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos, los ministerios competentes e instituciones científicas y educativas, así como los medios de comunicación nacionales impresos, en línea y de radiodifusión. Los participantes en el debate intercambiaron opiniones sobre las orientaciones de la modernización de la legislación y la realización de reformas en esa esfera.

Los días 5 y 6 de junio de 2019, un seminario sobre el tema “Modelos de financiación de la televisión en el siglo XXI”, a cargo de expertos internacionales del Reino Unido y Ucrania. Participaron 29 representantes del Comité Estatal de Televisión, Radiodifusión y Cinematografía, el Mejlis, el Ministerio de Hacienda y Economía, la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos, el Instituto de Estado, Derecho y Democracia y varios otros organismos. Durante el debate se presentaron los resultados del seminario acerca de los modelos de financiación de la televisión y se examinaron los modelos óptimos para Turkmenistán.

Del 18 al 20 de junio de 2019, un curso de formación sobre las particularidades de la cobertura de las cuestiones políticas, económicas y humanitarias. A la capacitación, que estuvo a cargo de instructores internacionales de Rusia y Kirguistán, asistieron 28 periodistas de medios de comunicación impresos, en línea y de radiodifusión de Turkmenistán.

Entre el 2 y el 4 de julio de 2019, una visita de estudio a Eslovenia para intercambiar experiencias sobre la financiación de la televisión. Participaron de la visita 5 representantes de Turkmenistán, incluidos funcionarios del Comité Estatal de Televisión, Radiodifusión y Cinematografía, la agencia de publicidad Mahabat, el Ministerio de Finanzas y Economía y 1 diputado del Mejlis.

Entre el 10 y el 12 de julio de 2019, un curso de formación sobre competencias para el trabajo en medios de comunicación en línea. A la capacitación, que estuvo a cargo de instructores internacionales de Rusia y Polonia, asistieron empleados de medios nacionales de comunicación impresos, de radiodifusión y en línea, portales privados de Internet y agencias extranjeras.

Los días 13 y 14 de noviembre de 2019, un seminario organizado por la OSCE que se centró en los enfoques modernos de la enseñanza del periodismo. Asistieron a esta actividad, de dos días de duración, profesores de periodismo de cuatro universidades, periodistas de medios de radiodifusión, impresos y en línea, y representantes de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos, el Ministerio de Educación y otros organismos nacionales competentes.

Los participantes intercambiaron opiniones sobre las orientaciones para reformar la enseñanza del periodismo en Turkmenistán y los mejores enfoques para elaborar un módulo sobre la libertad de expresión, según lo previsto en el Plan de Acción Nacional de Derechos Humanos (2016-2020).

144.Gulgeldy Annaniazov, ciudadano turcomano nacido en 1960 en la aldea de Keshi de la ciudad de Asjabad, juzgado anteriormente en 1996, fue condenado a una pena de 11 años de privación de libertad y 5 años de destierro por sentencia del Tribunal Supremo de 7 de octubre de 2008. En agosto de 2019 fue puesto en libertad tras cumplir su pena. Saparmamed Nepeskuliev, nacido el 5 de febrero de 1978 en Balkanabat, provincia de Balkán, y domiciliado en la mazana 211, edificio 30, apartamento 23 de esa ciudad, fue condenado a 3 años de prisión por el Tribunal Municipal de Turkmenbashi, provincia de Balkán, el 31 de agosto de 2015. El 19 de mayo de 2018 fue puesto en libertad después de cumplir su pena. Gaspar Matalaev fue puesto en libertad el 6 de septiembre de 2019, tras cumplir su pena. Actualmente presta servicios de transporte con licencia.

Párrafo 45 de las observaciones finales

145.La Constitución, garantiza a los ciudadanos la libertad de celebrar reuniones, mítines, manifestaciones y otros actos multitudinarios en la forma prescrita por la ley (art. 43). Esta norma constitucional se desarrolla en la Ley de Organización y Celebración de Reuniones, Mítines, Manifestaciones y Otros Actos Multitudinarios, de 2014. La celebración de actos multitudinarios se basa en los principios de legalidad, participación voluntaria, y respeto de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano. Se han establecido restricciones a la celebración de actos masivos en determinados lugares para garantizar la seguridad de los participantes en esos actos y proteger los derechos y libertades de la persona y el ciudadano, y velar por la legalidad, el orden y la seguridad públicos y el funcionamiento normal de los servicios esenciales. Las decisiones y los actos u omisiones de los órganos estatales, las asociaciones civiles o los funcionarios que vulneren el derecho de los ciudadanos a celebrar un acto multitudinario podrán ser recurridos ante los tribunales según el procedimiento establecido por la Ley. A fin de aplicar las recomendaciones del Comité, se consultará a expertos internacionales para analizar la legislación sobre la organización y celebración de reuniones, mítines y manifestaciones y preparar propuestas para su mejora en consonancia con el Pacto.

Párrafo 47 de las observaciones finales

146.El derecho de los ciudadanos a crear asociaciones civiles se reglamenta en la Ley de Asociaciones Civiles, de 2014. Esta garantiza a los ciudadanos el derecho a establecer las asociaciones de su elección sin autorización previa de los órganos de los poderes del Estado o la administración autónoma local, así como a afiliarse a dichas asociaciones, con sujeción a lo dispuesto en sus estatutos (art. 4 de la Ley). La decisión de denegar la inscripción en el registro de una asociación civil podrá ser recurrida ante los tribunales. La Ley garantiza los derechos de las asociaciones civiles a difundir libremente información sobre sus actividades; celebrar reuniones, mítines y manifestaciones con arreglo al procedimiento legal; fundar un medio de comunicación y publicar documentos de conformidad con la legislación; y a representar y defender sus derechos y los derechos e intereses legítimos de sus miembros y participantes ante los órganos de los poderes del Estado y la administración autónoma local.

147.En Turkmenistán pueden establecerse asociaciones civiles internacionales, nacionales, regionales y locales. Estas asociaciones se crean por iniciativa de sus fundadores, cuyo número no puede ser inferior a cinco.

148.Los ciudadanos de Turkmenistán tienen derecho a fundar sindicatos de manera voluntaria; afiliarse o no a ellos, con arreglo al procedimiento establecido; tomar parte en sus actividades y darse de baja libremente de ellos. Los sindicatos se crean sobre la base de la igualdad de sus miembros. El artículo 3 de la Ley de Sindicatos, sus Derechos y las Garantías de su Labor, de 2013, prohíbe las restricciones cuantitativas a la formación de sindicatos profesionales. En los anexos 3 y 4 figura una lista de las asociaciones civiles inscritas entre 2010 y 2019, así como una lista de aquellas que han cesado en sus actividades. A fin de aplicar las recomendaciones del Comité, se consultará a expertos internacionales, y se ha creado un grupo de trabajo interinstitucional para analizar la legislación sobre las asociaciones civiles y preparar propuestas para su mejora en consonancia con el Pacto.

149.La cooperación con las organizaciones internacionales tiene por objeto desarrollar la sociedad civil y reformar la legislación nacional sobre asociaciones civiles de conformidad con la Constitución y las normas internacionales. El 26 de abril de 2016, el Instituto de Estado, Derecho y Democracia celebró, en cooperación con el PNUD y la Unión Europea, un seminario internacional sobre “El desarrollo de la sociedad civil en Turkmenistán”; los días 6 y 7 de diciembre de 2016, la Oficina del PNUD organizó una mesa redonda sobre “El papel de las asociaciones civiles en el logro de los objetivos de desarrollo sostenible”; en el marco del proyecto del PNUD de fomento de la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil para participar en la formulación de políticas y la prestación de servicios sociales, se llevó a cabo un viaje de estudios a Sofía (Bulgaria), del 17 al 21 de septiembre de 2018, para que representantes de las asociaciones civiles estudiaran las mejores prácticas de prestación de servicios sociales a grupos vulnerables de la población; en diciembre de 2018, el Instituto de Estado, Derecho y Democracia celebró, en cooperación con el PNUD, un foro internacional sobre “La función de las organizaciones de la sociedad civil en la prestación de servicios sociales para el desarrollo sostenible en Turkmenistán”, con la participación de expertos internacionales y representantes de ministerios, departamentos y asociaciones civiles del país.

Párrafo 49 de las observaciones finales

150.Se han incorporado en la Constitución nuevas disposiciones sobre los partidos políticos. Turkmenistán reconoce la diversidad política y el multipartidismo. El Estado garantiza las condiciones necesarias para el desarrollo de la sociedad civil. Las asociaciones civiles son iguales ante la ley (art. 17). La ideología de los partidos políticos, las organizaciones religiosas, las asociaciones civiles y otras organizaciones no puede revestir carácter obligatorio para los ciudadanos (art. 17). Los ciudadanos tienen derecho a constituir partidos políticos y otras asociaciones civiles, dentro del marco de la Constitución y la legislación.

151.Los ciudadanos de Turkmenistán gozan de iguales derechos y oportunidades para fundar partidos políticos y participar libremente en sus actividades. Tienen derecho a establecer voluntariamente partidos con arreglo a sus convicciones políticas; afiliarse o no a ellos, con arreglo al procedimiento establecido; tomar parte en sus actividades; y a darse de baja libremente de ellos. La afiliación de los ciudadanos a partidos políticos o su falta de afiliación a ellos no dará lugar a ninguna restricción de sus derechos y libertades. Se prohíbe conceder o denegar privilegios y beneficios a los ciudadanos en razón de su afiliación o falta de afiliación a un partido político (art. 2 de la Ley de Partidos Políticos). Se prohíbe la injerencia de los órganos de los poderes del Estado y la administración autónoma local y sus funcionarios en las actividades de los partidos políticos, así como la injerencia de estos en la labor de dichos órganos y funcionarios.

152.En virtud de la legislación electoral, los partidos políticos inscritos en el registro estatal antes de la adopción de la decisión de celebrar elecciones tienen derecho a participar en ellas, de forma independiente o junto con otros partidos políticos y asociaciones civiles. Los partidos políticos están obligados a publicar en los medios de comunicación las listas de los candidatos a las elecciones y sus programas con arreglo al procedimiento establecido en la legislación electoral. Se adjunta la lista de los partidos políticos de Turkmenistán (anexo 5). A fin de aplicar las recomendaciones del Comité, se consultará a expertos internacionales para analizar la legislación sobre los partidos políticos y preparar propuestas para su mejora en consonancia con el Pacto.

Párrafo 51 de las observaciones finales

153.El 4 de mayo de 2013, el Parlamento aprobó el Código Electoral, que reunió todas las leyes antes vigentes sobre elecciones y referendos. El nuevo Código, a diferencia de esas leyes, también concede el derecho de voto a las personas en prisión preventiva contra las que todavía no se ha dictado sentencia condenatoria firme. Ello constituye una de las innovaciones de la legislación electoral nacional. A fin de aplicar las recomendaciones del Comité, se prevé celebrar consultas con expertos de la OSCE y otras organizaciones internacionales para analizar la legislación electoral y preparar propuestas para su mejora en consonancia con las normas internacionales que garantizan los derechos electorales de los ciudadanos.

Anexo 1

Estructura de la población ocupada, según empleador y sexo ( E n porcentajes)

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

2017

Total de la población ocupada

100,0

100,0

100,0

En el sector:

Estatal

24,9

26,4

23,1

Privado

48,2

44,6

52,6

Desglose:

Empleo por cuenta propia

27,1

24,0

30,9

En pequeñas explotaciones agrícolas y hortícolas

18,1

16,1

20,5

En asociaciones civiles

0,2

0,2

0,1

En cooperativas

0,4

0,4

0,4

En entidades de propiedad mixta (sin participación extranjera)

22,8

23,3

22,2

Entre ellas:

En explotaciones agrícolas familiares comerciales (daikhan)

21,9

21,9

21,9

En entidades de propiedad extranjera y con participación turkmena y extranjera

3,5

5,1

1,6

2018

Total de la población ocupada

100,0

100,0

100,0

En el sector:

Estatal

25,5

27,1

23,6

Privado

48,6

45,5

52,2

Desglose:

Empleo por cuenta propia

27,9

25,5

30,6

En pequeñas explotaciones agrícolas y hortícolas

18,3

16,4

20,5

En asociaciones civiles

0,2

0,2

0,1

En cooperativas

0,4

0,4

0,4

En entidades de propiedad mixta (sin participación extranjera)

22,5

23,2

21,9

Entre ellas:

En explotaciones agrícolas familiares comerciales (daikhan)

21,6

21,8

21,4

En entidades de propiedad extranjera y con participación turkmena y extranjera

2,8

3,6

1,8

Estructura de la población ocupada, según sector de actividad económica y sexo ( E n porcentajes)

Ambos sexos

Hombres

Mujeres

2017

Total nacional

100,0

100,0

100,0

Sector:

Agricultura, silvicultura y pesca

43,4

43,1

43,7

Explotación de minas y canteras

1,6

2,7

0,3

Manufactura

9,4

8,4

10,6

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

0,9

1,4

0,4

Suministro de agua, tratamiento de aguas residuales, tratamiento de desechos y recuperación de materiales reciclables

0,4

0,6

0,2

Construcción

6,9

10,3

2,9

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de automóviles y motocicletas

7,8

8,2

7,2

Transporte y almacenamiento

4,4

5,4

3,1

Hoteles y restaurantes

1,0

1,0

1,1

Información y comunicaciones

1,4

1,5

1,2

Finanzas y seguros

0,4

0,3

0,5

Operaciones inmobiliarias

1,3

1,4

1,3

Servicios profesionales, científicos y técnicos

1,1

1,3

0,8

Actividades administrativas y de apoyo

1,0

1,1

0,8

Administración estatal y defensa; seguro social obligatorio

1,7

2,4

0,9

Educación

8,1

4,7

12,2

Sanidad y servicios sociales

3,7

2,2

5,6

Arte, entretenimiento y ocio

2,9

2,2

3,6

Otros servicios

2,6

1,8

3,6

2018

Total nacional

100,0

100,0

100,0

Sector:

Agricultura, silvicultura y pesca

43,3

43,3

43,2

Explotación de minas y canteras

1,6

2,7

0,3

Manufactura

10,1

9,2

11,1

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

0,9

1,4

0,4

Suministro de agua, tratamiento de aguas residuales, tratamiento de desechos y recuperación de materiales reciclables

0,5

0,7

0,2

Construcción

6,0

8,8

2,6

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de automóviles y motocicletas

7,2

7,3

7,1

Transporte y almacenamiento

4,4

5,4

3,2

Hoteles y restaurantes

1,1

1,1

1,0

Información y comunicaciones

1,3

1,5

1,1

Finanzas y seguros

0,5

0,4

0,5

Operaciones inmobiliarias

1,5

1,6

1,4

Servicios profesionales, científicos y técnicos

1,1

1,3

0,8

Actividades administrativas y de apoyo

0,9

1,0

0,8

Administración estatal y defensa; seguro social obligatorio

1,7

2,5

0,9

Educación

8,6

5,3

12,5

Sanidad y servicios sociales

3,6

2,0

5,6

Arte, entretenimiento y ocio

2,9

2,3

3,7

Otros servicios

2,8

2,2

3,6

Anexo 2

Lista de organizaciones religiosas ortodoxas

1.Parroquia de la Catedral de la Resurrección, en la ciudad de Asjabad.

2.Parroquia de la Iglesia del Santo Príncipe Alejandro Nevski, en la ciudad de Asjabad.

3.Parroquia de la Iglesia de San Nicolás, en la ciudad de Asjabad.

4.Parroquia de la Iglesia de los Santos Cirilo y Metodio, en el distrito Büzmeýin de la ciudad de Asjabad.

5.Parroquia de la Iglesia del Apóstol Tomás, en la ciudad de Tejen, provincia de Ahal.

6.Parroquia de la Iglesia del Ícono de la Madre de Dios “Recuperación de los muertos”, en la ciudad de Dashoguz, provincia de Dashoguz.

7.Parroquia de la Iglesia del Arcángel Miguel, en la ciudad de Turkmenbashi, provincia de Balkán.

8.Parroquia de la Iglesia de la Natividad de la Santísima Madre de Dios, en la ciudad de Balkanabat, provincia de Balkán.

9.Parroquia de la Iglesia del Velo de la Santísima Madre de Dios, en la ciudad de Balkanabat, provincia de Balkán.

10.Parroquia de la Iglesia de San Alexis Metropolita de Moscú, en la ciudad de Bayramaly, provincia de Marý.

11.Parroquia de la Iglesia de los Santos Primeros Apóstoles Pedro y Pablo, en la ciudad de Turkmenabat, provincia de Lebap.

12.Parroquia de la Iglesia de San Nicolás, en la ciudad de Turkmenabat, provincia de Lebap.

Lista de grupos y organizaciones religiosos

1.Grupo religioso “Iglesia Adventista del Séptimo Día” de Turkmenistán.

2.Organización religiosa “Sociedad de la Conciencia de Krishna” de Turkmenistán.

3.Organización religiosa de cristianos evangélicos “Iglesia de Cristo” de Turkmenistán.

4.Organización religiosa de la Iglesia de los Cristianos de la Fe Evangélica “Luz del Este” de la provincia de Dashoguz.

5.Grupo religioso “Iglesia Cristiana del Evangelio Completo” de Turkmenistán.

6.Organización religiosa “Iglesia Nueva Apostólica” de Turkmenistán.

7.Organización religiosa de la Iglesia de los Cristianos de la Fe Evangélica “Luz del Este” de la provincia de Lebap.

8.Organización Religiosa Bahaí de Turkmenistán.

9.Organización religiosa de cristianos evangélicos “Iglesia de la Gracia de Dios” de Turkmenistán.

10.Organización religiosa “Iglesia de Cristianos Evangélicos Bautistas” de Turkmenistán.

11.Organización religiosa del Centro Católico Romano “ Transfiguración del Señor” en Turkmenistán.

Lista de iglesias ortodoxas en Turkmenistán

1.Parroquia de la Catedral de la Resurrección, en la ciudad de Asjabad.

2.Parroquia de la Iglesia del Santo Príncipe Alejandro Nevski, en la ciudad de Asjabad.

3.Parroquia de la Iglesia de San Nicolás, en la ciudad de Asjabad.

4.Parroquia de la Iglesia de los Santos Cirilo y Metodio, en el distrito Büzmeýin de la ciudad de Asjabad.

5.Parroquia de la Iglesia del Apóstol Tomás, en la ciudad de Tejen, provincia de Ahal.

6.Parroquia de la Iglesia del Ícono de la Madre de Dios “Recuperación de los muertos”, en la ciudad de Dashoguz, provincia de Dashoguz.

7.Parroquia de la Iglesia del Arcángel Miguel, en la ciudad de Turkmenbashi, provincia de Balkán.

8.Parroquia de la Iglesia de la Natividad de la Santísima Madre de Dios, en la ciudad de Balkanabat, provincia de Balkán.

9.Parroquia de la Iglesia del Velo de la Santísima Madre de Dios, en la ciudad de Balkanabat, provincia de Balkán

10.Parroquia de la Iglesia de San Alexis Metropolita de Moscú, en la ciudad de Bayramaly, provincia de Marý.

11.Parroquia de la Iglesia de los Santos Primeros Apóstoles Pedro y Pablo, en la ciudad de Turkmenabat, provincia de Lebap.

12.Parroquia de la Iglesia de San Nicolás, en la ciudad de Turkmenabat, provincia de Lebap.

Anexo 3

Registro de organizaciones de la sociedad civil (2009-2019)

2009

1.Federación de Automovilismo de Turkmenistán.

2.Federación de Lucha Deportiva.

3.Centro de Ajedrez de Turkmenistán para las Personas con Deficiencia Visual.

2010

4.Asociación Internacional de Caballos Akhal-Teke.

5.Sociedad de Amantes de la Guitarra.

6.Federación de Fútbol de la Provincia de Balkán.

7.Colegio de Abogados de la Provincia de Marý.

8.Colegio de Abogados de la Provincia de Ahal.

9.Colegio de Abogados de la Provincia de Dashoguz.

2011

10.Colegio de Abogados de la Provincia de Balkán.

11.Club Deportivo “Balkán” de la Provincia de Balkán.

12.Club Turkmeno de Adiestradores Caninos “Buýsanç”.

2012

13.Centro de Deportes de Invierno de Turkmenistán.

14.Federación de Gimnasia de Turkmenistán.

15.Centro de Atletismo de Turkmenistán.

16.Federación Nacional Universitaria de Deportes de Turkmenistán.

17.Organización de la sociedad civil “Täze zaman”.

18.Organización de la sociedad civil “Ýaşyl şöhle”.

19.Club de Alpinistas “Mert”.

20.Organización de la sociedad civil “Maşgala”.

21.Organización de la sociedad civil “Ýeňme”.

2013

22.Organización de la sociedad civil “Ekodurmuş”.

2014

23.Federación de Danza de Turkmenistán.

24.Federación de Kurash de Turkmenistán.

25.Federación de Bowling de Turkmenistán.

26.Federación de Boxeo Tailandés de Turkmenistán.

27.Unión de Tasadores de la ciudad de Asjabad.

28.Organización Nacional de Códigos de Barras de Turkmenistán.

29.Federación de Remo de Turkmenistán.

2015

30.Federación Nacional de Tiro con Arco de Turkmenistán.

31.Federación de Concursos de Bomberos de Turkmenistán.

2016

32.Federación Mundial de Lucha.

33.Federación de Hockey de Turkmenistán.

2018

34.Federación Nacional de Deportes Electrónicos de Turkmenistán.

2019

35.Federación de Tiro Deportivo de Turkmenistán.

36.Federación Nacional de Petanca de Turkmenistán.

Anexo 4

Lista de organizaciones de la sociedad civil que han cesado en sus actividades

1.Sociedad de Jardineros de la ciudad de Asjabad – 19 de marzo de 2015.

2.Unión de Veteranos de Turkmenistán – 21 de mayo de 2015.

3.Organización de Jóvenes Investigadores y Especialistas de Turkmenistán – 10 de octubre de 2015.

4.Organización de la sociedad civil “Ufólogos de Turkmenistán”, provinciade Lebap – 11 de abril de 2016.

5.Organización de la sociedad civil “Consejo de Ancianos de Turkmenistán” – 4 de diciembre de 2018.

Anexo 5

Lista de partidos políticos de Turkmenistán

1.Partido Democrático de Turkmenistán – 16 de diciembre de 1991.

2.Partido de Industriales y Empresarios de Turkmenistán – 25 de septiembre de 2012.

3.Partido Agrario de Turkmenistán – 9 de octubre de 2014.