Distr.
G ENERAL
CERD/C/SR.13 9 3
21 de julio de 200 3
ESPAÑOL
Original : INGL ÉS
COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL
56 º período de sesiones
ACTA RESUMIDA D E LA 13 9 3 ª SESIÓN
celebrada en el Palacio de las Naciones , Ginebra,
el marte s 2 1 de marzo de 2000, a las 1 5 . 3 0 horas
President e : Sr. SHERIFIS
SUMARIO
EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN ( continuación )
Informes periódicos décimo a duodécimo de Australia
_ _________________
La presente acta podrá ser objeto de correcciones.
Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo . De berán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.
Las correcciones que se introduzcan en las actas se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.
GE.00- 4 1 1 65 (EXT . )
Se declara abierta la sesión a las 1 5 . 3 5 horas .
EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN (tema 7 del programa) ( continuación )
Informes periódicos décimo a duodécimo d e Australia (CERD/C/335/Add.2)
1. Por invitación del Presidente, el Sr. Luck, el Sr. Ruddock, la Sra. Duffield, el Sr. Farmer, el Sr. Sherwin, el Sr. Vaughan, el Sr. Hughes, la Sra. Horner, el Sr. Heyward y el Sr. Choi (Australia) toman asiento como participante s a la m esa del Comité .
2. El Sr. RUDDOCK (Australia) dice que en su calidad de Ministro de Inmigración y Asuntos Multiculturales es bien consciente de que muchas esferas de interés del Comité están relacionadas directamente con su responsabilidad ministerial. Durante casi 27 años ha sido parlamentario y ha tenido un interés personal permanente tanto en lo que se refiere a los derechos humanos en general como a los asuntos de inmigración y multiculturales en particular. Los australianos no consideran que la inmigración sea , simplemente , un movimiento de población sino que la sitúan en el contexto de las obligaciones del país en materia de derechos humanos, en especial en relación con los refugiados. El país ha contribuido constantemente de manera importante a la labor de reasentamiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Australia también registra migraciones económicas e inmigración con fines de reunificación familiar. En definitiva, cuando una persona llega a un nuevo país, las políticas y programas que la ayudan a desarrollar su vida en el nuevo contexto son fundamentales para su éxito. Por consiguiente, la gestión de los programas de asentamiento en una sociedad culturalmente diversa tiene máxima importancia.
3. En su época de parlamentario fue miembro del Comité Permanente de Asuntos Aborígenes de la Cámara de Representantes y de otros comités que se ocupan de los derechos de los aborígenes. Más recientemente, el Primer Ministro le ha pedido que participe en la labor de reconciliación llevada a cabo por el Gobierno, cuestión muy importante en la que participan todos los australianos en un esfuerzo por examinar los aspectos menos satisfactorios de su historia compartida , con el fin de determinar cómo avanzar juntos. El día en que Australia presentó su informe coincidió con el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, que en Australia se llama Día de la Armonía y se celebra para reforzar los conceptos de franqueza, equidad, tolerancia, humanidad y respeto mutuo, que son precisamente los principios en que se basa la Convención. El Gobierno australiano ha aprobado un programa de educación llamado Viviendo en Armonía para ocuparse de estos asuntos, y ha establecido el 21 de marzo como día nacional para celebrar y dar a conocer el país como nación que vive en armonía y es culturalmente diversa.
4. En el informe periódico se destaca que el país se compromet e a cumplir esos principios, y se esbozan con detalle los programas iniciados para fomentar una sociedad inclusive y multicultural que sirva a los intereses de todos los ciudadanos y se ocupe directamente de las cuestiones de discriminación racial e igualdad. Aunque el informe constituye únicamente una instantánea de las políticas del Gobierno y de las diversas iniciativas adoptadas, el Gobierno se compromete a garantizar la igualdad y a combatir el mal de la discriminación racial. S e intenta activamente aclarar esos objetivos mediante un proceso de consultas destinado a cambiar actitudes inaceptables y resolver los problemas del pasado.
5. En el informe no sólo se refleja la promesa del Gobierno f ederal de luchar contra el racismo, sino también la de los e stados y territorios que constituyen el país. También se expresan las opiniones de organizaciones no gubernamentales australianas que han cooperado en su preparación. Los gobiernos de los e stados y territorios y las organizaciones no gubernamentales también participarán en el seguimiento de la labor del Comité. El Gobierno federal considera que no puede abordar el problema del racismo únicamente con sus propias políticas sino que requiere amplias consultas y la participación de la comunidad en general. El informe constituye una reseña amplia de los esfuerzos de Australia a este respecto.
6. Australia siempre ha tomado muy en serio sus compromisos en materia de derechos humanos. Recientemente, ha dirigido una fuerza internacional en Timor Oriental para r establecer la estabilidad después de los abusos cometidos contra los derechos humanos a raíz de la votación sobre la independencia. El Gobierno también ha garantizado una respuesta humanitaria durante la crisis, por ejemplo evacuando del recinto de las Naciones Unidas en Dili a un lugar seguro a unas 1.800 personas . A pesar de la distancia geográfica con los Balcanes, Australia ha admitido a unos 4.000 refugiados albanokosovares, además de las 12.000 personas en peligro admitidas anualmente dentro del cupo normal de refugiados por razones humanitarias. En su reciente visita a Australia , el Secretario General de las Naciones Unidas ha tomado nota de que es t e país es un miembro modelo de la Organización que puede estar justificadamente orgulloso de su labor internacional de estrecha cooperación con las Naciones Unidas. La presentación de los informes periódicos décimo a duodécimo constituye otra demostración del compromiso del país con los derechos humanos.
7. La Australia multicultural se construyó sobre los cimientos de los primeros pueblos del país : los aborígenes y los isleños del Estrecho de Torres, que figuraban entre las civilizaciones más antiguas del mundo. Con posterioridad se han registrado oleadas sucesivas de inmigrantes procedentes de aproximadamente 130 países. Históricamente, es evidente que los australianos no siempre han aprecia do plenamente los beneficios de la diversidad cultural, que las prácticas y políticas del Gobierno no siempre han refleja do adecuadamente. Durante la primera parte del siglo XX, el Gobierno adoptó políticas que hoy se rechazarían sin lugar a dudas y que en ningún caso serían sostenibles. Sin embargo, a medida que la sociedad y l a cultura australianas cambiaban rápidamente después de la segunda guerra mundial , especialmente en los últimos 25 años, los G obiernos sucesivos han ido ajustando sus políticas de forma que reflejen la existencia de una sociedad culturalmente diversa y fomentando la armonía entre los diferentes grupos. El ideal positivo que desea alcanzar el Gobierno incluye el respeto de los pueblos de cualquier origen cultural y no permite actitudes ni conductas racistas.
8. El Gobierno ha aprobado recientemente un nuevo programa nacional para la Australia M ulticultural que destaca los factores que unen a todos los ciudadanos: deseo de armonía social, beneficios de la diversidad, respeto de las culturas ajenas e ideal de igualdad de oportunidades para todos los australianos, independientemente de su origen. Como parte de dicho programa, el Gobierno federal colabora con las administraciones locales, el sector privado y la comunidad en general. Las estrategias de información pública utilizan Internet para entender la diversidad cultural y concienciar al respecto. Para ayudar al Gobierno en la aplicación del programa, se ha establecido recientemente el C onsejo para la Australia M ulticultural, encargado de fomentar relaciones comunitarias armoniosas, ayudar a coordinar políticas y programas y concienciar acerca de los beneficios económicos y sociales que reporta la diversidad cultural.
9. El éxito de la aplicación de la campaña nacional contra el racismo , titulad a Viviendo en Armonía, también refleja el interés de Australia por la pluralidad cultural . Se trata de un programa de educación de base comunitaria que emplea donaciones a la comunidad e iniciativas especiales para reforzar la armonía entre las personas y diferentes grupos culturales, entre ellos los primeros pobladores, es decir, las naciones indígenas de Australia. Antes de aplicar el programa se ha efectuado gran cantidad de investigaciones con el fin de determinar la mejor manera de influir en las actitudes de la población. Se ha comprobado que es preferible aprovechar los valores positivos ya inherentes a la sociedad, tales como la tolerancia y la armonía, para de este modo conseguir una mayor aceptación por parte de un amplio sector de la opinión pública.
10. En su calidad de Ministro de Inmigración y Asuntos Multic ultural es , tiene el orgullo de afirmar que más del 10% de las donaciones efectuadas en el marco del programa de donaciones a la comunidad se ha asignado a organizaciones indígenas. El trato dado en el pasado a los pueblos indígenas de Australia constituye una de las mayores tachas de la historia australiana. Se aplicó la doctrina de terra nullius para conculcar los derechos de propiedad de los indígenas, y estos pueblos sufrieron muchas injusticias en generaciones pasadas. Aunque es imposible deshacer las injusticias del pasado, el Gobierno está decidido a ocuparse del actual nivel inaceptable de desventaja en que se encuentran grupos indígenas, un problema cuya superación requerirá algún tiempo.
11. Al mismo tiempo hay que admitir que si bien se han registrado algunos progresos, no son suficientes. El Gobierno considera que la adopción de medidas prácticas podría conducir a mejores resultados, y ha establecido como prioridades las esferas de la atención de salud, la educación, la vivienda, el empleo y las oportunidades de progreso económico. A pesar de afirmaciones en contrario, la financiación por el Gobierno de esos programas ha aumentado en los últimos años, y desde que se elaboró el informe ha pasado de 1.800 millones de dólares australianos a 2.200 millones. Por supuesto, el dinero por sí solo no puede resolver el problema, ya que las personas y las comunidades tienen que asumir cierta responsabilidad en lo que respecta a su propio bienestar. Tienen que tener la oportunidad de saborear el éxito o aprender del fracaso. El Gobierno, al mismo tiempo que mantiene programas de apoyo, ha hecho esfuerzos para que los pueblos aborigen e isleños del estrecho de Torre s superen el legado del pasado de Australia y eliminen la necesidad de apoyo social, sobre todo mejorando sus perspectivas de progreso económico para construir el propio futuro. Una demostración tangible de esa habilitación es la presencia en el período de sesiones del Comité , en la galería reservada al público, de representantes de dichos grupos, lo que es muestra de su confianza en sí mismos, d el enorme apoyo que han recibido y de su indudable capacidad de hacer valer sus puntos de vista.
12. En agosto de 1999 , en un sincero esfuerzo de empatía con los problemas de los pueblos indígenas, el Parlamento aprobó una moción en la que reafirmó su voluntad de conciliar los intereses de los pueblos indígenas y no indígenas de Australia. En su alocución a la Federación de 19 de enero de 2000 , el Primer Ministro también renovó la promesa del Gobierno de garantizar la reconciliación duradera de todos los australianos, lo que se logrará mediante un proceso ya en curso que requiere la concurrencia del sentimiento y la razón para efectuar un cambio duradero.
13. En lo que respecta al derecho de propiedad de las poblaciones indígenas, en agosto de 1999 el Comité expresó algunas preocupaciones acerca de la ley enmendada relativa a esos derechos. El fallo Wik del Tribunal Supremo en 1996 originó gran incertidumbre y colocó al Gobierno en situación difícil ya que según es t a sentencia grandes extensiones del continente australiano, muchas de las cuales son propiedad privada, podrían considerarse quizá tierras indígenas. Aunque no resulta realista tratar caso por caso el problema del derecho indígena a la propiedad de la tierra, en las demandas sustanciadas ante los tribunales con arreglo al common law el Gobierno se ha visto obligado a tratar las cuestiones planteadas por el fallo del Tribunal Supremo. Siguiendo un proceso democrático especialmente riguroso de consultas públicas en las que participan todos los grupos, incluidos los pueblos indígenas, en 1998 la Cámara de Representantes y el Senado, donde el Gobierno no tenía mayoría, aprobó la enmienda de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes , que trata de equilibrar los intereses de los diferentes niveles de la administración, los mineros, los ganaderos y los pueblos indígenas.
14. La indicada ley mantiene los principios de la ley original de 1993. Toda percepción de que la ley enmendada constituye una regresión en lo que respecta a los derechos de propiedad de tierras de las poblaciones indígenas es errónea. De hecho, el 15% del continente es propiedad o se encuentra bajo el control de los indígenas - el 42% en el T erritorio del N orte - y el programa nacional de compras de tierras en beneficio de los indígenas, iniciado hace 25 años, ha desembolsado grandes cantidades tanto a nivel federal como de los e stados. Además, en virtud de la nueva legislación, los pueblos indígenas podrían quizás reclamar el 79% del continente. La ley enmendada , que entró en vigor hace ya más de un año, funciona con eficacia y equidad reflejando el reconocimiento por parte del Gobierno de la relación trascendental que existe entre los pueblos indígenas y la tierra.
15. El Sr. HUGHES (Australia) recuerda que Australia tiene una amplia variedad de culturas y religiones. La población se ha multiplicado por dos en los últimos 50 años, debido sobre todo a la inmigración. Para garantizar la participación equitativa de todos en la sociedad australiana, el Gobierno ha aplicado una política de pluralismo cultural basada en el respeto de la diversidad cultural y la igualdad de oportunidades. Esta política cuenta con el apoyo de un marco institucional a nivel federal, que incluye la llamada C arta de S ervicios para una S ociedad C ulturalmente D iversa, programas amplios de asentamiento de migrantes y refugiados que ofrecen capacitación lingüística y servicios de traducción, la financiación de organizaciones comunitarias que proporcionan apoyo a los migrantes, y servicios especializados que atienden las necesidades de los recién llegados por razones humanitarias. Además, se dispone de servicios nacionales de radio y televisión en varios idiomas y se han iniciado programas para alentar el reconocimiento de la diversidad social y los beneficios que de ella se derivan.
16. Se han establecido muchas estructuras y servicios especializados a favor de los pueblos indígenas. Por ejemplo, la Comisión para Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres (ATSIC) es una estructura singular que si bien constituye un departamento del Gobierno está controlad a por una junta elegida por los aborígenes y gestiona la mitad de los programas que el Gobierno federal les destina específicamente. También existen leyes especiales para proteger la cultura y el patrimonio indígenas y permitir que esas comunidades reclamen o adquieran tierras, así como programas especiales de vivienda, salud, educación, empleo y justicia a favor de los aborígenes, que en su mayor parte se llevan a cabo mediante la red de más de 2.000 organizaciones controladas por las comunidades aborígenes. También existe el compromiso a nivel de los e stados, los territorios y la administración local de preparar marcos y programas institucionales en apoyo de la pluralidad cultural. Por supuesto, los esfuerzos para fomentar es t a pluralidad y una visión de la sociedad que reduzca las posibilidades de discriminación cuentan con el apoyo de la legislación y los mecanismo s contra la discriminación.
17. El Gobierno federal ha renovado recientemente su compromiso a favor de la pluralidad cultural con el nuevo P rograma para la Australia M ulticultural, iniciado en diciembre de 1999. Este programa se aplica mediante un plan de acción práctica que garantice que el Gobierno se ocup a efectivamente de las cuestiones derivadas de la diversidad cultural de Australia. Para su ejecución se contará con la ayuda de un nuevo C onsejo para la Australia M ulticultural. Junto con el nuevo programa, el Gobierno federal ha empezado a aplicar su iniciativa Viviendo en Armonía para ayudar a promover el reconocimiento y apoyo de la armonía comunitaria y retar a los australianos a que pongan de manifiesto que pueden vivir en armonía a pesar de su diversidad. Esta iniciativa tiene tres componentes principales. Primero, el programa de donaciones a la comunidad da la oportunidad a las organizaciones comunitarias de establecer proyectos que traten cuestiones locales específicas. Segundo, el programa asociativo supone la asociación entre el Gobierno federal y las organizaciones y las empresas para fomentar la diversidad cultural. Tercero, una estrategia de información pública trata de aumentar la concienciación de la población respecto de la pluralidad cultural, por ejemplo, declarando el 21 de marzo, Día Internacional de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial, D ía de la Armonía Nacional de Australia, durante el cual los australianos podrían celebrar la diversidad.
18. De este modo, la política multicultural de Australia proporciona un marco muy positivo y constructivo para hacer frente al racismo y la intolerancia residuales y cuenta con el apoyo de una infraestructura social encaminada a superar los diversos retos con que se enfrenta el país. Éste proseguirá sus esfuerzos para construir una sociedad armoniosa y tolerante y reducir al mínimo el ámbito de las actitudes, opiniones y conductas racistas.
19. El Sr. VAUGHAN (Australia) señala que los dos grupos indígenas de la población australiana, los aborígenes y los isleños del Estrecho de Torres, constituyen el 2,1% de la población del país y forman un grupo distinto que comprende desde los que tienen un estilo de vida relativamente tradicional en zonas remotas hasta los que viven en zonas metropolitanas y sus antepasados indígenas son lejanos o mezclados con otras etnias. El 70% de los aborígenes e isleños que viven fuera de las grandes ciudades comparten algunos de los mismos problemas de acceso a los servicios e instalaciones que el 37% de los australianos no aborígenes que viven en esas mismas zonas. La población indígena crece el doble que la población general (2,3%), lo que ocasiona una elevada demanda de vivienda y otros servicios. Este crecimiento se debe a la mayor natalidad registrada entre las mujeres indígenas y también a la elevada tasa de matrimonios mixtos entre australianos indígenas y no indígenas. Los hijos nacidos de estas uniones tienen derecho a identificarse como aborígenes.
20. El nivel de desventaja registrado por la población indígena de Australia es el legado de la historia colonial del país. La condición socioeconómica de la población indígena se resume en el párrafo 60 del presente informe. Los gobiernos australianos, en especial desde el decenio de 1970, han venido actuando con decisión para corregir esa situación. Se han aprobado leyes para declarar ilegal la discriminación racial y fomentar la igualdad de oportunidades y de trato, establecer estructuras indígenas para la adopción de decisiones, proteger la cultura y el patrimonio indígenas y permitir que las comunidades indígenas tengan acceso a la tierra y puedan reclamarla. El Gobierno federal dispone de gran variedad de leyes y programas especiales de esta clase, además de los servicios principales de salud, educación y otros similares a disposición de los australianos de origen indígena. La mitad de esos programas, en los que el gasto federal ha alcanzado niveles sin precedentes, está controlada por las propias comunidades indígenas mediante la Comisión para Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres (ATSIC).
21. El Gobierno federal ha determinado cuatro prioridades básicas para atender las necesidades de los indígenas. En la esfera de la vivienda, el porcentaje de familias indígenas que son propietarias de su propia vivienda ha pasado del 24% a principios del decenio de 1970 al 33% en la actualidad, y el promedio de personas por vivienda se ha reducido de 4,4 a 3,7., En la esfera de la salud siguen preocupando el consumo excesivo de tabaco y alcohol y la mala alimentación, pero se prevé que el gasto federal en salud de los indígenas entre 1996 y 2003 aumente un 62%. Las tasas de mortalidad infantil de la población indígena se han reducido 20 veces hasta situarse en algo más del doble de la correspondiente a l a población no indígena. La prevalencia de tracoma se ha reducido sustancialmente y la mortalidad masculina ha ido disminuyendo desde mediados del decenio de 1980.
22. En la esfera de la educación el porcentaje de adultos indígenas que no han asistido nunca a la escuela ha disminuido del 14% registrado a mediados del decenio de 1970 al 3% en la actualidad. El porcentaje de niños indígenas que han terminado la enseñanza secundaria ha aumentado del 8,6% registrado a mediados del decenio de 1970 a aproximadamente el 33%. El porcentaje de la población indígena que ha proseguido sus estudios después de la enseñanza secundaria se ha duplicado durante el decenio anterior y en el mismo período la matriculación en la enseñanza superior se ha triplicado. En lo que respecta al desempleo, la falta de instrucción y el hecho de vivir en lugares remotos son los dos principales factores que contribuyen a la elevada tasa de desempleo de los indígenas. Sin embargo, una cuarta parte de los australianos de origen indígena que cuentan con empleo participan en proyectos de empleo para el desarrollo comunitario con el fin de adquirir conocimientos prácticos y experiencia con el fin de lograr en el futuro puestos de trabajo. El porcentaje de australianos indígenas en los cursos de capacitación profesional ha aumentado del 3,2% registrado en 1986 al 18% en 1996 y de los que ocupan puestos profesionales ha aumentado durante el mismo período del 14,2% al 22%.
23. En la esfera del derecho y la justicia, aunque las tasas de población penal de los indígenas sigue siendo inaceptablemente elevada, ha disminuido en comparación con la de los cinco años anteriores. En la actualidad el número de aborígenes muertos en situación de detención es inferior al de los no aborígenes, y los australianos aborígenes son condenados a sentencias de menor duración que los no aborígenes en la mayoría de delitos penales.
24. En lo que respecta a la cuestión de la tierra, su propiedad constituye tan sólo una parte de la política y el marco legislativo existente desde hace tiempo que permite a los australianos indígenas poseer sus propias tierras y reclamar sus derechos al respecto. De hecho, el 15% de las tierras que ya son propiedad o se encuentran bajo el control de los pueblos indígenas se han registrado antes e independientemente del concepto del common law al derecho de los indígenas a la propiedad de la tierra, que sólo se reconoció a partir de 1992. El Gobierno federal inició un programa de compra de tierras para los aborígenes a principios del decenio de 1970 y desde mediados de dicho decenio las autoridades federales y de los Estados promulgaron legislación relativa a la devolución de determinadas tierras de la Corona a los pueblos aborígenes y permitieron reclamar otras tierras de este tipo. Por ejemplo, el 42% del Territorio del Norte es propiedad o se encuentra bajo el control de aborígenes, incluidos los derechos mineros, y los propietarios aborígenes de tierras en dicho Territorio reciben pagos y cobran cánones de las operaciones mineras.
25. La Sra. HORNER (Australia) señala que en su decisión 2 (54) de marzo de 1999 el Comité mostró preocupación por la marcha atrás registrada en lo que respecta a la protección que figura en la Ley de 1993 sobre el derecho a la propiedad de tierras de las poblaci ones indígenas y por la falta de participación efectiva de las comunidades indígenas en la formulación de esa misma ley modificada en 1998. Destaca que el Gobierno de Australia se compromete a cumplir las obligaciones que le impone la Convención y reconoce que la s circunstancias singulares de los pueblos indígenas requiere n una consideración especialmente cuidadosa.
26. La L ey enmendada contiene amplias disposiciones que reconocen el carácter singular de los derechos de propiedad de los indígenas y va más allá de lo requerido por una igualdad formal. Estas disposiciones son de tres tipos: el primero reconoce y protege el derecho de los indígenas. Cabe citar como ejemplos l a prohibición de suprimir el derecho de los indígenas excepto mediante acuerdo o adquisición obligatoria no discriminatoria a reserva de una indemnización justa; la norma de que el derecho de propiedad de los indígenas sólo pueda haberse afectado temporalmente por las leyes del país, para lo cual debe pagarse indemnización; y la financiación por el Gobierno de tribunales especiales que se ocupen de las cuestiones relativas a los derechos de propiedad de los indígenas y de sus organizaciones para ayudar a los titulares indígenas de esos derechos. El segundo tipo de disposición se refiere a las características especiales del título de propiedad de los indígenas, lo que incluye derechos especiales para garantizar la celebración de consultas acerca de las actividades mineras y de otra índole realizadas en tierras indígenas, los derechos procesales de los que reclaman el derecho de propiedad indígena y de aquellos cuyo derecho han determinado los tribunales, e hincapié en los acuerdos negociados y objeto de mediación que proporcionan una condición jurídica especial a los titulares indígenas de derechos de propiedad y les proporcionan certidumbre y protección jurídica. El tercer tipo de disposiciones se refiere al agotamiento histórico de los derechos de propiedad de los indígenas, incluida la restricción de estos derechos sobre la tierra cuando se ha agotado históricamente el título de los indígenas y se falla que dicho título sólo quedó suspendido pero no se extinguió en virtud de la licencia de explotación de minas. Además, la empresa de tierras indígenas, establecida por el Parlamento Federal y financiada por el Gobierno ,continuó adquiriendo tierras para los australianos indígenas.
27. El Gobierno se ha visto obligado a actuar en respuesta a la decisión Wik del Tribunal Supremo. En l a Ley de 1993 de títulos de propiedad de los aborígenes no se prevé la posibilidad de la existencia de este derecho en lo que respecta a los arrendamientos ganaderos. Sería irresponsable no remediar este problema, ya que aumentaría la incertidumbre para los australianos tanto indígenas como no indígenas. Dejar la solución al common law hubiese tenido por resultado gran cantidad de litigios y permitir que el derecho de los indígenas fuera más susceptible de extinción que en el marco de la ley modificada de 1998 sobre el derecho de propiedad de los indígenas.
28. En opinión d el Gobierno de su país, las cuatro disposiciones señaladas por el Comité en su decisión 2 (54) (párr. 7) de marzo de 1999 como discriminatorias contra los poseedores de títulos nativos, a saber, las disposiciones de validación, las disposiciones de confirmación de extinción , las disposiciones de actividades de producción primaria y las restricciones en cuanto al derecho a negociar, han sido justificadas y proporciona da s en las circunstancias del caso y no son incompatibles con la Convención.
29. Cabe señalar que en una fecha anterior del presente mes el pleno del Tribunal Federal, en una decisión sobre el caso Miriuwung Gajerrong, confirmó la base jurídica respecto de la cual se formularon las disposiciones relativas a la confirmación en la enmienda de 1998. Sobre la base de esa decisión, no hay justificantes a favor de la sugerencia de que las disposiciones relativas a la confirmación rebasan el common law . Además, antes de que se promulgara la enmienda en julio de 1998 hubo claramente una participación efectiva de representantes indígenas en la forma de consultas directas con el Gobierno y negociaciones con las partes interesadas, que repercutieron considerablemente sobre la enmienda. La enmienda de la Ley fue objeto de 18 meses de examen público minucioso, de tres investigaciones parlamentarias separadas, en las que hicieron declaraciones representantes indígenas, y de más de 100 horas de debate en el Parlamento.
30. La enmienda de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes ya ha estado en vigor 18 meses, y ha quedado demostrado que muchas de las inquietudes expresadas durante el debate sobre la enmienda eran injustificadas. La prueba de aceptación mejorada, que impone un umbral más elevado respecto de los derechos de acceso a las negociaciones, ha reducido el número de reclamaciones impugnadas. Hasta el 10 de marzo de 2000, un 95% de las solicitudes de títulos de propiedad de los indígenas presentadas desde que la enmienda entró en vigor en septiembre de 1998 habían pasado la nueva prueba de aceptación . Aún cuando no haya sido aceptada una reclamación, los tribunales siempre podrán adoptar una decisión al respecto . Actualmente hay 563 reclamaciones de derechos de propiedad de los indígenas activas en todo el país, de las que se ocupa el Tribunal Federal con la mediación del Tribunal Nacional de Títulos de Propiedad de los Indígenas. A la fecha se han adoptado 10 decisiones sobre el derecho a la propiedad de los indígenas; cinco de las cuales fueron convenidas de mutuo acuerdo entre los indígenas poseedores de títulos y el Gobierno del estado o territorio pertinente u otras partes.
31. En la Ley enmendada se hace hincapié en un enfoque no antagónico y pragmático para la solución de los problemas relativos a los títulos de propiedad de los indígenas. La reducción del 21% del número de solicitudes de títulos de propiedad de los indígenas es una indicación de la presentación de solicitudes más admisibles y de una consolidación de las solicitudes por el Tribunal Federal, así como de las muchas combinaciones voluntarias de solicitudes hechas por los propios indígenas interesados. No refleja necesariamente una reducción del área abarcada por las solicitudes, sino más bien del número de solicitudes coincidentes.
32. La enmienda ha impulsado la conclusión de acuerdos de explotación de tierras de los indígenas, en sustitución del régimen estatutario. Esos acuerdos están cobrando popularidad, y ya se habían registrado seis hasta fines de febrero de 2000; se han presentado otro seis para su aceptación y se está n negociando muchos otros.
33. Desde que el Comité se reunió en agosto, también se han iniciado conversaciones entre el gobierno de Australia Meridional y representantes de los indígenas sobre un acuerdo regional entre ese gobierno, representantes de los indígenas y de los intereses ganaderos y mineros. El acuerdo se celebraría con arreglo a las disposiciones del Acuerdo sobre el Aprovechamiento de Tierras Indígenas de la Ley, pero funcionaría parejas con las disposiciones de la Ley. El Commonwealth puede participar en esas conversaciones si así lo desea.
34. Un motivo de preocupación del Comité ha sido la posible prescripción de los derechos de propiedad de los indígenas con arreglo a la Ley enmendada. En los 18 meses desde que entró en vigor la Ley enmendada, parece indicar que las disposiciones de validación o de confirmación hayan producido como resultado una prescripción permanente, por ejemplo por reclamaciones de indemnización o una decisión judicial. Durante es t e período, mucho s representantes indígenas han formulado amplias declaraciones sobre el funcionamiento de la Ley enmendada. En los últimos seis meses, el Fiscal General y el Jefe del Partido de Gobierno en el Senado se han reunido con representantes indígenas en Queensland y en el Territorio del Norte para debatir esas cuestiones, y es probable que pronto se inicien debates con representantes en otros estados. Funcionarios del Commonwealth también han sostenido prolongadas conversaciones con representantes indígenas y de la Comisión de Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres sobre diversas cuestiones relativas al funcionamiento de la Ley enmendada.
35. El Comité Parlamentario Conjunto sobre Títulos de Propiedad de los Aborígenes, cuyo mandato ha sido ampliado cinco años con arreglo a la enmienda de 1998, ha sido facultado para examinar la aplicación de la Ley e informar al respecto al Parlamento del Commonwealth. Además, la información proporcionada por la Comisión de Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres, el Tribunal Federal y el Tribunal de Títulos de Propiedad de los Aborígenes, así como la información y el asesoramiento proporcionados por representantes indígenas y el Comité Parlamentario Conjunto, facilitan la vigilancia a de la aplicación de la Ley por parte del Gobierno.
36. Se ha llegado a la Ley enmendada tras una cuidadosa consideración de derechos muchas veces antagónicos a raíz de una inesperada decisión judicial. Las pruebas iniciales confirman la opinión del Gobierno de Australia de que la enmienda de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes puede producir buenos resultados, siempre que se le permita funcionar convenientemente.
37. La Sra. McDOUGALL (Relatora para el país) agradece a la delegación de Australia su amplio informe y en especial la información sobre el cumplimiento en los planos estatal y territorial. La numerosa delegación demuestra la importancia que atribuye Australia a sus obligaciones en virtud de la Convención.
38. Toma nota de que los dos grupos más afectados por la discriminación racial en Australia son las comunidades indígenas y migratorias, que sufren por razones de sus antecedentes étnicos, su origen nacional y su color; no obstante, y pese a una solicitud anterior de más información del Comité, el duodécimo informe periódico (CERD/C/335/Add.2) no contiene suficientes detalles sobre cómo ha mejorado la situación para la población migratoria. También le preocupa la plena integración de los derechos de la mujer en el contexto de la Convención y acogerá con agrado toda información sobre la forma en que la discriminación racial afecta la situación de las mujeres indígenas, las refugiadas y las migrantes.
39. Cuando el Comité decidió examinar el 12º informe período de Australia en el presente periodo de sesiones, no pretendió hacer a un lado el examen de la situación en Australia con arreglo al procedimiento de alerta temprana , que inició con su Decisión 2 (54) de marzo de 1999. En su Decisión 2 (55) de agosto de 1999 el Comité reafirmó esa posición y decidió que seguiría examinando la cuestión , junto con el 12º informe periódico del Estado Parte en el actual periodo de sesiones. L a s cuestiones planteadas en ambas decisiones siguen revistiendo gran importancia.
40. Comenzando por la aplicación del artículo 2 de la Convención, encomia al Commonwealth de Australia y a los gobiernos de los estados y territorio s de Australia su promulgación de una impresionante gama de leyes por las que se establece un gran número de órganos y programas de lucha contra la discriminación racial. Sólo tiene algunas preguntas concretas en relación con la aplicación del artículo 2. En opinión del Estado Parte ¿establece la Convención la obligación jurídica de garantizar la igualdad oficial en relación con los derechos de los grupos raciales y étnicos históricamente desfavorecidos que todavía son víctimas de esas desigualdades, o más bien la obligación de lograr esa igualdad en la práctica? ¿Considera el Estado Parte que la Convención impone obligaciones absolutas, o estima que tiene cierto "margen de apreciación"?
41. Le preocupa que no exista una prohibición específica de la discriminación racial en la legislación australiana. El Commonwealth podría invalidar la protección con arreglo a la Ley sobre la discriminación racial con sólo promulga r nueva s disposiciones . Se tuvo en cuenta este problema en relación con la enmienda de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes. Por otra parte, toma nota de que la Ley de enmienda de la legislación sobre la seguridad social contiene una disposición por la que se establece que toda nueva legislación será interpretada conforme las disposiciones de la Ley sobre la discriminación racial. Si se anulara la Ley sobre la discriminación racial, ¿equivaldría ello a un rechazo de las obligaciones del Estado Parte con arreglo a la Convención?
42. Tiene la impresión de que existe cierta renuencia a adoptar medidas para garantizar la aplicación armoniosa de las disposiciones de la Convención a nivel federal, estatal y territorial. La cuestión se planteó anteriormente al examinarse el noveno informe periódico de Australia. Sigue siendo motivo de preocupación la repercusión discriminatoria de la ley en los estados y territorios respecto de cuestiones que dependen directamente de su jurisdicción, como, por ejemplo, los programas sociales.
43. Al examinar el noveno informe periódico de Australia, el Comité acogió con beneplácito el establecimiento de la Comisión de Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres y la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades, pero distintas modificaciones en el funcionamiento de esas instituciones, en la práctica o previstas, podrían repercutir negativamente sobre su labor. La Comisión de Aborígenes e Isleños del Estrecho de Torres atiende las necesidades de la comunidad aborigen en sus negociaciones con el Gobierno, y se pregunta si no se le está restando poder.
44. Refiriéndose a la aplicación del artículo 4, pregunta en qué medida la Ley sobre el odio racial cumple con las obligaciones del Estado Parte en virtud de los apartados b ), c) y d) de esa disposición. ¿Cómo está haciendo frente Australia a la presencia en el país de organizaciones que propugnan abiertamente el odio racial?
45. Acoge con agrado el aumento de los recursos públicos para actividades destinadas a corregir las desventajas sociales y económicas de la comunidad indígena. ¿Se está vigilando los programas públicos para determinar si están realmente orientados a satisfacer las necesidades especiales de la población indígena y superar una historia de discriminación racial institucional? ¿Por qué un país con los recursos de Australia no ha sido capaz de garantizar que una comunidad que representa menos del dos por ciento de la población goce de un nivel de vida decoroso ?
46. En relación con la aplicación del artículo 5, la Real Comisión de Investigación del Fallecimiento de Aborígenes Detenidos ha determinado que existe una proporción excesiva de aborígenes detenidos , que asciende a 29 veces el número de no aborígenes detenidos, y concluye que ello se debe sobre todo a la situación desfavorecida y desigual de ese grupo de población en la sociedad. Toma nota de que el Gobierno ha aceptado 338 de las 339 recomendaciones de la Real Comisión y ha asignado 400 millones de dólares australianos para su aplicación. Pese a ello, el total de aborígenes fallecidos durante su detención ha aumentado. Según un estudio independiente, nada parece confirmar que los gobiernos estatales y territoriales hayan aplicado esas recomendaciones, conforme lo afirman, y esas autoridades han adoptado medidas legislativas no previstas en la recomendaciones que han conducido a un aumento del número de aborígenes detenidos. La Real Comisión ha recomendado estrategias distintas de la detención, en especial para los jóvenes, pero, con todo, los índices de detención de jóvenes aborígenes se han mantenido desproporcionadamente elevados. Gran parte de este aumento se ha atribuido a las leyes sobre penas preceptivas vigentes en por lo menos un estado y un territorio, así como a la escasez de opciones distintas de la detención. Hasta el Fiscal General de Victoria ha manifestado que se propone plantear la cuestión en la reunión de fiscales generales de los estados y el Commonwealth, porque en su opinión las penas preceptivas son racistas, no éticas y están orientadas deliberadamente contra determinado grupo de la comunidad.
47. Toma nota de que en el Territorio del Norte, los aborígenes representan el 25% del total de la población y el 32% de la población del grupo de 12 a 25 años de edad, y que, aún así, el 76% de todos los adultos detenidos son de origen aborigen, y que el 73% de los jóvenes detenidos son asimismo aborígenes. Los delitos más comunes son los sancionables con una pena preceptiva. En Australia Occidental se presenta la misma situación. ¿Coincide el Estado Parte con la conclusión de un comité gubernamental de que las penas preceptivas tienen una repercusión discriminatoria sobre los indígenas y son incompatibles con los artículos 2 y 5 de la Convención? ¿Por qué no se aplica la facultad del Gobierno federal de invalidar leyes aprobadas en los estados y territorios?
48. Aunque existe un programa para garantizar servicios de interpretación en los tribunales a quienes no sean de lengua inglesa, la comunidad aborigen no tiene fácil acceso a ellos. ¿Podría la delegación proporcionar información sobre esos servicios?
49. En relación con la enmienda a la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes de 1993, recuerda a la delegación que en su decisión 2 ( 5 4) de marzo de 1999 el Comité instó al Gobierno de Australia a que suspendiese la aplicación de las enmiendas y a que reanudase las conversaciones con los representantes de la comunidad indígena para encontrar soluciones mutuamente aceptable s y conformes a los requisitos de la Convención. Se mantuvo la misma posición en la D ecisión 2 (55) de agosto de 1999, aunque se decidió seguir vigilando la situación con arreglo a los procedimientos de alerta temprana y acción urgente del Comité, en relación con el examen de los informes periódicos décimo, undécimo y duodécimo. Mientras tanto, el Comité espera con interés el resultado de las deliberaciones del Comité Parlamentario Conjunto sobre la D ecisión 2 (54).
50. Aunque es demasiado pronto para determinar toda la magnitud de la repercusión de la enmienda a la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes, se observan ya algunas tendencias inquietantes, incluida la introducción de legislación que limita la capacidad de los indígenas poseedores de títulos a negociar sobre el uso de la tierra, o que la reemplaza con un derecho de notificación y consulta reducido. Debido a un resquicio en la legislación, se han promulgado disposiciones de esa índole en dos regiones de gran población indígena: el Territorio del Norte y el estado de Queensland. Además, esa legislación no está sujeta a las disposiciones de la Ley sobre la discriminación racial. De hecho, se está delegando la responsabilidad respecto de muchas cuestiones relativas a los derechos de propiedad de los indígenas a las autoridades estatales o territoriales. Desearía que se aclarasen más estas cuestiones.
51. Puesto que la principal ventaja de los engorrosos procedimientos de aceptación que entrañan las reclamaciones de derechos de propiedad de los indígenas es el derecho a negociar, es muy lamentable que ahora pueda denegarse ese derecho con arreglo a los regímenes estatales y territoriales. Acoge con agrado la información de la delegación de que se ha inscrito con éxito un porcentaje relativamente elevado de reclamaciones, lo cual es más bien sorprendente habida cuenta de que muchos interesados no cuentan con la debida representación legal. ¿Ha habido alguna queja al respecto?
52. Pide que se confirme si con arreglo a la nueva legislación en Australia Occidental ha n prescrito los derechos indígenas respecto de por lo menos 1300 concesiones con arreglo al régimen de confirmación de la prescripción , y, además, s í se ha ampliado el alcance de la legislación para incluir las tierras en las que hay obras públicas. Según parece los proyectos ejecutados con arreglo a la enmienda de la Ley de 1998 permit en efectivamente que las autoridades estatales y territoriales adopt en medidas que de otra forma exigirían el consentimiento previo de los indígenas poseedores de títulos sobre las tierras.
53. En cuanto al proceso de reconciliación, recuerda que una de cada diez personas indígenas en Australia de más de 25 años fue separada forzosamente de su familia cuando era menor de edad. ¿En qué medida se han aplicado la recomendaciones formuladas a raíz del estudio nacional sobre la separación de esas familias? Además, ¿por qué le resulta aparentemente tan difícil al Gobierno de Australia asumir toda su responsabilidad y pedir disculpas por los actos de sus predecesores? ¿Qué actividades gubernamentales se han realizado como parte del proceso de reconciliación y qué criterios se han establecido, en su caso, para determinar cuándo puede darse por concluido el proceso? ¿Participa la comunidad indígena en el proceso mediante consultas y negociaciones? En su opinión, no puede haber una auténtica reconciliación sin el acuerdo de todas las partes interesadas.
54. ¿Observará el Gobierno de Australia las recomendaciones contenidas en el informe de la comisión de investigación presidida por la Sra. Elizabeth Evatt? En conclusión, refiriéndose a las observaciones anteriores de la delegación sobre la importancia de una buena representación de la comunidad indígena a cargo de expertos para defender sus intereses, se pregunta por qué ni un solo miembro de la delegación ante el Comité es de origen indígena.
55. El Sr. DIACONU acoge con agrado el establecimiento en Australia de instituciones con políticas y programas apropiados sobre la discriminación racial destinados principalmente a la población aborigen y a los isleños del Estrecho de Torres. También es alentadora la información sobre el crecimiento de la población aborigen desde 1991 y de que la tendencia continuará probablemente en el futuro. Sin embargo, ello impondrá mayores obligaciones al Gobierno de Australia en virtud de la Convención en relación con las cuestiones judiciales, la salud, la educación, el empleo y la tierra.
56. En relación con esta última, el Comité entiende el fundamento de la enmienda de 1998 de la Ley de títulos de propiedad pero desearía saber más acerca de sus consecuencias para la comunidad indígena. ¿A qué ha conducido al régimen de confirmación? ¿Cuántos títulos han sido confirmados y cuántos anulados? Se ha hecho referencia a la aplicación de la disposición de anulación a un 21% de la población, pese a que actualmente los aborígenes poseen sólo un 15% de los títulos. ¿Cómo puede explicarse esa discrepancia? Asimismo, ¿cuáles son las consecuencias de la disposición sobre las negociaciones entre los poseedores de títulos y los demás? ¿Se han celebrado acuerdos a ese respecto y qué sucede si los ganaderos se niegan a negociar? ¿Han establecido regímenes alternativos las autoridades estatales y territoriales y, en su caso, con qué efecto? ¿Se han celebrado consultas con representantes de las comunidades indígenas con miras a concertar acuerdos mutuamente aceptables sobre cuestiones relativas a la tierra?
57. Refiriéndose a las cuestiones judiciales, dice que el hecho de que no se ofrezcan universalmente los servicios de intérpretes a los miembros de la comunidad indígena durante las actuaciones judiciales es evidentemente discriminatorio por cuanto se les niega el derecho a un proceso con las debidas garantías. Según parece la incidencia de sentencias preceptivas es especialmente elevada entre los aborígenes en el Territorio del Norte. Además, las autoridades del Territorio del Norte no han respetado las recomendaciones de una real comisión de investigación del fallecimiento de aborígenes detenidos relativas a la elaboración de planes estratégicos. ¿Qué medida adoptará el Gobierno federal para remediar la situación? Pide una aclaración en relación con el sistema de sentencias preceptivas aplicado en el Territorio del Norte. Según fuentes del Comité, en caso de contravención, el incumplimiento del pago de una multa en el plazo establecido puede dar lugar a una auto de procesamiento y posteriormente a la cárcel. De existir tal legislación, debería enmendarse lo antes posible para que armonice con los instrumentos internacionales de derechos humanos.
58. Acogerá con agrado más información sobre la adopción de legislación relativa al permiso de construcción del puente de la isla de Hindmarsh, que entraña a la destrucción de un sitio sagrado de los aborígenes, así como información sobre los proyectos de explotación de minas de uranio que contaminarán probablemente el medio ambiente en zonas habitadas normalmente por aborígenes, como Beverly en Australia sudoccidental.
59. Australia no es el único Estado Parte en la Convención con un sistema de gobierno federal, de manera que ese hecho no puede usarse como pretexto para su incumplimiento de las obligaciones en virtud de la Convención. No obstante las discrepancias en materia de legislación entre los diferentes estados y territorios de la federación, el Gobierno federal es responsable en definitiva de adoptar medidas apropiadas para garantizar la aplicación de la Convención. ¿Qué se entiende exactamente por la afirmación en el informe a efectos de que una persona puede optar por interponer una queja con arreglo a procedimientos federales, estatales y territoriales? ¿Prima la legislación federal sobre las demás disposiciones legislativas?
60. Con respecto a la educación, ¿se enseña en las escuelas los idiomas de las principales comunidades de inmigrantes (italiano, serbocroata y chino)?
61. El Comité mantiene su recomendación en relación con el apartado a) del artículo 4 de la Convención, habida cuenta de que el Parlamento de Australia no ha aprobado las enmiendas propuestas al Código Penal para la tipificación del vilipendio racial como delito penal.
62. La Sra. ZOU Deci dice que el informe de Australia es innecesariamente prolongado y detallado respecto de algunas cuestiones, pero demasiado breve respeto de otras de especial interés para el Comité. Debería de haberse proporcionado más información sobre la repercusión de la gran variedad de leyes vigentes y si todavía existen en el país problemas de discriminación racial. Aunque reconoce que se han logrado progresos en materia de política de inmigración en los últimos años, se informa de que todavía persiste cierta discriminación contra las persona s de color, en especial en relación con el empleo y la vivienda. El Gobierno federal debería de esforzarse más para aplicar políticas auténticamente multirraciales.
63. No se hace referencia en el informe al One Nation Party. Además, no ha podido obtener información alguna de la embajada en su país sobre los objetivos y principios de dicho partido. Con toda seguridad legislación australiana exige que los partidos políticos expongan sus estatutos y manifiesto al registrarse ante las autoridades. Como la dirigente del partido, Pauline Hansen, se ha presentado a elecciones recientemente, tiene que haber tenido un manifiesto electoral. El partido propugna la supremacía de la raza blanca, y se opone a la comunidad aborigen y a toda afluencia de personas de color a Australia. Las tendencias xenófobas y racistas, basadas principalmente en consideraciones económicas, se están intensificando a nivel mundial: de ahí la organización de la Conferencia Mundial contra el Racismo. El hecho de que la dirigente del One Nation Party no haya resultado elegida no significa que el Gobierno de Australia puede hacer caso omiso de esos problemas, sin más. Que ella sepa, el partido no ha sido disuelto.
64. Otro motivo de preocupación es la enmienda de 1998 de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes, que representa una regresión en relación con la Ley original. Además, según información proporcionada recientemente por el Servicio de Información contra el Racismo (ARIS), el dirigente del Ku Klux Klan tiene prevista una visita a Australia, presuntamente no como turista. Cabe esperar que el Gobierno de Australia sigue vigilando todas las formas de discriminación racial en el país y que adopte medidas de represión y reparación apropiadas.
65. El Sr. RUDDOCK (Australia) asegura al Comité que no se ha concedido visado para ingresar en Australia a ningún representante del Ku Klux Klan. Se exige el visado a todas las personas que desean visitar el país, sin excepción, incluidos los ciudadanos del Reino Unido, y los miembros del Ku Klux Klan están proscritos.
66. Algunos miembros del Comité parecen tener la impresión de que los procedimientos de alerta temprana y de acción urgente en relación con la enmienda de la Ley de títulos de propiedad de los aborígenes siguen siendo aplicables al Gobierno de Australia. Sin embargo, a la luz de la D ecisión 2 (55) del Comité, de agosto de 1999, el Gobierno ha procedido sobre la base de que ya no se aplican dichas medidas y de que basta mantener informado al Comité acerca de cualesquiera novedades pertinentes en los informes periódicos.
Se levant a la sesión a las 18.05 horas .