Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares
Segundo informe periódico que Indonesia debía presentar en 2022 en virtud del artículo 73 de la Convención * **
[Fecha de recepción: 31 de julio de 2025]
I.Introducción
1.El presente documento se ha elaborado en respuesta a la lista de cuestiones previa a la presentación del segundo informe periódico de la República de Indonesia (CMW/C/IDN/QPR/2).
2.La respuesta de Indonesia a la lista de cuestiones se preparó mediante consultas coordinadas por el Ministerio de Derechos Humanos y el Ministerio de Relaciones Exteriores, en estrecha colaboración con el Ministerio Coordinador de Asuntos Políticos y de Seguridad, el Ministerio Coordinador de Justicia, Derechos Humanos, Inmigración e Instituciones Penitenciarias, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias. En las consultas participaron otros ministerios y organismos pertinentes, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil con el fin de recabar información sobre la aplicación de la Convención.
II.Respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe (CMW/C/IDN/QPR/2)
Respuesta al párrafo 1
3.La Ley núm. 18 de 2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios disponía la aprobación de una normativa derivada en forma de directrices técnicas para aplicar sus disposiciones. Dicha normativa derivada se compone de reglamentos gubernamentales, reglamentos presidenciales y reglamentos ministeriales. Recientemente se aprobaron los siguientes:
a)Reglamento Presidencial núm. 130 de 2024: este reglamento refuerza la gobernanza de la colocación de trabajadores migrantes indonesios;
b)Reglamento Presidencial núm. 165 de 2024: este reglamento establece el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, encargado de supervisar la gobernanza de la contratación, la colocación y la protección de los trabajadores migrantes indonesios;
c)Reglamento Gubernamental núm. 22 de 2022: este reglamento ofrece protecciones específicas a los marinos migrantes indonesios, estableciendo las responsabilidades de las empresas de colocación y los requisitos para la concesión de licencias;
d)Reglamento Gubernamental núm. 59 de 2021: este reglamento tiene por objeto reforzar las capacidades de las aldeas en materia de protección y empoderamiento de los trabajadores migrantes, en consonancia con lo dispuesto en la Ley núm. 18 de 2017;
e)Reglamento Gubernamental núm. 10 de 2020: este reglamento describe los procedimientos para la colocación de trabajadores migrantes indonesios por el predecesor del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios;
f)Reglamento Presidencial núm. 90 de 2019: este reglamento redefine las atribuciones de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, haciendo hincapié en su función en la colocación y protección de los trabajadores migrantes indonesios;
g)Reglamento núm. 1 de 2025 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios: este reglamento rige los procedimientos de inscripción de las agencias de contratación privadas;
h)Reglamento núm. 2 de 2025 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios: este reglamento rige la expedición y revocación de permisos de contratación;
i)Reglamento núm. 3 de 2025 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios: este reglamento establece el mecanismo para detener la colocación de trabajadores migrantes indonesios en determinados países o para determinados puestos cuando sea necesario;
j)Reglamento núm. 4 de 2025 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios: este reglamento establece las sanciones administrativas por infringir los procedimientos de colocación de trabajadores migrantes indonesios.
4.Indonesia tiene acuerdos bilaterales sobre la colocación y protección de los trabajadores migrantes indonesios con Malasia, la República de Corea, Alemania, el Japón y otros países. El Gobierno de Indonesia está en condiciones de garantizar que los acuerdos bilaterales incluyan disposiciones relativas a la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores migrantes indonesios de conformidad con los cánones internacionales, las leyes indonesias y las leyes de los países de destino. El fin es prevenir toda forma de explotación por los empleadores, así como por cualquier otra parte que intervenga en el proceso de migración. Los acuerdos bilaterales suelen estipular el proceso de contratación, colocación y retorno de los trabajadores migrantes, teniendo debidamente en cuenta las leyes de Indonesia y las de los países de destino.
5.El memorando de entendimiento entre Indonesia y Malasia sobre el empleo y la protección de los trabajadores domésticos migrantes indonesios en Malasia sirve de marco para asegurar la protección de los trabajadores domésticos migrantes indonesios antes, durante y después de su colocación en Malasia. Este memorando de entendimiento establece un sistema para que se respeten los derechos de los trabajadores domésticos migrantes indonesios, en particular en materia de seguridad social, protección durante la detención, procedimientos de repatriación o expulsión y reunificación familiar.
6.En virtud del memorando de entendimiento, la contratación, la colocación y el empleo de los trabajadores domésticos migrantes indonesios solo se llevarán a cabo mediante un “sistema único” establecido entre ambas partes. También se establecen los procesos y responsabilidades de las partes interesadas para garantizar un mecanismo eficaz que reduzca la migración irregular. El memorando de entendimiento defiende además principios fundamentales como el costo cero del empleo, el empleo basado en un contrato y el principio de “un hombre, un trabajo”.
7.En lo que respecta a las medidas adoptadas para reforzar la protección de los trabajadores domésticos migrantes indonesios, Indonesia está tratando de celebrar un memorando de entendimiento con otros países de destino para lograr una migración segura, ordenada y regular de los trabajadores domésticos migrantes indonesios teniendo en cuenta las mejores prácticas del memorando de entendimiento con Malasia.
Respuesta al párrafo 2
8.El Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo (2020-2024) de Indonesia incluye un indicador clave que mide el porcentaje de los trabajadores migrantes indonesios que están empleados por empleadores registrados legalmente, con una base de referencia del 57 % en 2019. Entre 2020 y 2024, el 48,18 % de los trabajadores migrantes indonesios colocados en los países de destino (462.015 de 959.004) estaban empleados en el sector formal, lo que es reflejo de los esfuerzos en curso para mejorar las oportunidades de empleo formal.
9.El Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo (2025-2029) continúa con ese enfoque en el marco de la Prioridad Nacional 7: Fortalecimiento de las Reformas Políticas, Legales y Burocráticas, que incorpora el Índice de Servicios y Protección para los Ciudadanos Indonesios en el Extranjero, con una puntuación de referencia de 93 en 2024, y el objetivo de alcanzar 93,5 en 2025 y 95,5 en 2029. Esta política se llevará a cabo potenciando la protección y la colocación de los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero, junto con la protección y los servicios para los ciudadanos indonesios en el extranjero, durante la etapa previa al empleo, durante este y una vez concluido.
10.Además, el Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo mantiene el indicador sobre el empleo en el sector formal para los trabajadores migrantes, ahora con un objetivo del 80 % para 2029. El Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios tiene la tarea de alcanzar ese objetivo. En el marco de la Prioridad Nacional 2, el Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo (2025-2029) también introduce un nuevo indicador cuyo objetivo es establecer 11 acuerdos de cooperación internacional sobre movilidad laboral y de trabajadores cualificados para 2029, lo que contribuirá a que las vías de migración sean más seguras y estén mejor reguladas.
11.El Plan Nacional de Desarrollo a Medio Plazo cuenta además con el apoyo del Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos, que sigue sirviendo de guía nacional para que los ministerios, organismos y gobiernos locales promuevan y apliquen en la práctica los principios de los derechos humanos. El Reglamento Presidencial núm. 53/2021 estableció la quinta versión del Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos (2021-2025), dedicada a fomentar la efectividad de los derechos humanos de cuatro grupos vulnerables: las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las comunidades adat. Uno de los objetivos del Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos en relación con la protección de los trabajadores migrantes es la aplicación de una estrategia de detección precoz para identificar a las posibles víctimas de la trata de personas. Esta estrategia se aplica a través de medidas como retrasar la expedición de pasaportes e impedir la salida en los puestos de control fronterizo de los ciudadanos indonesios que podrían ser víctimas de la trata de personas, así como la ejecución del Programa de Asistencia a las Aldeas. Los logros conseguidos en el período comprendido entre 2020 y 2024 son los siguientes:
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Año |
Salidas impedidas en los puestos de control fronterizo |
Retrasos en la expedición de pasaportes |
Programas de Asistencia a las Aldeas establecidos |
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2020 |
165 |
1 642 |
- |
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2021 |
309 |
589 |
- |
|
2022 |
2 184 |
541 |
- |
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2023 |
25 890 |
3 307 |
- |
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2024 |
20 291 |
2 350 |
146 |
12.Para mejorar la gestión de los trabajadores migrantes, el Gobierno de Indonesia promulgó en 2024 el Plan de Acción para el Fortalecimiento de la Gobernanza en la Colocación y Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios. Este Plan de Acción sirve de guía para los organismos gubernamentales a todos los niveles, desde el nacional hasta el local, en la planificación, presupuestación, supervisión y evaluación de sus respectivos planes de trabajo relacionados con la colocación y protección de los trabajadores migrantes. El Plan de Acción tiene como objetivos, entre otros, simplificar y centralizar los servicios relacionados con la colocación de los trabajadores migrantes; capacitar a los futuros migrantes; mejorar los servicios en los puntos de salida y llegada; y fortalecer los sistemas de seguridad y protección sociales.
13.El Gobierno de Indonesia también puso en marcha en 2023 el Plan de Acción Nacional para la Prevención y Erradicación de la Trata de Personas con el fin de ofrecer una protección integral a las víctimas. Mediante el plan se presta una amplia gama de servicios, desde policiales hasta sociales, además de asistencia jurídica y rehabilitación. El Gobierno de Indonesia sigue combatiendo la trata de personas mediante reformas tanto legislativas como prácticas, tales como:
a)Formación para mejorar la capacidad de los agentes de policía y otros funcionarios para identificar y tratar adecuadamente los casos de trata de personas;
b)Apoyo reforzado a las víctimas, ampliando las ayudas sociales a los supervivientes, con refugios, cursos de formación profesional y programas de reintegración;
c)Campañas para aumentar la conciencia pública sobre los peligros de la trata de personas y cómo denunciar las actividades sospechosas de trata de personas.
Respuesta al párrafo 3
14.El Gobierno de Indonesia adopta un enfoque global para gestionar las cuestiones relacionadas con la migración, y varios ministerios y organismos contribuyen a la gobernanza eficaz de la migración y a la protección de los ciudadanos indonesios, en particular los que se encuentran en el extranjero.
15.La protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero ha sido designada como prioridad nacional. Como tal, recibe una mayor asignación de recursos presupuestarios e institucionales, en consonancia con el compromiso de Indonesia de defender los derechos y el bienestar de sus ciudadanos en el extranjero.
16.El Gobierno de Indonesia ha tomado medidas concretas para reforzar la coordinación entre los ministerios y organismos pertinentes con miras a aplicar eficazmente la Convención. En 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Migración, Inmigración y Refugiados, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (antecesor del Ministerio de Derechos Humanos) firmaron un memorando de entendimiento sobre la prestación de servicios y la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero.
17.Dicho memorando de entendimiento refleja el compromiso conjunto de los cinco ministerios y organismos cuyos mandatos guardan relación con las cuestiones de los ciudadanos indonesios en el extranjero, en particular los trabajadores migrantes indonesios, que constituyen una de las comunidades más numerosas de indonesios en el extranjero. El objetivo del memorando de entendimiento es aumentar la sinergia, la integración y la coordinación, y asegurar la prestación de servicios y protección eficaces, eficientes y específicos para todos los ciudadanos indonesios en el extranjero, incluidos los trabajadores migrantes indonesios.
18.En este marco, el Ministerio de Relaciones Exteriores desempeña un papel central coordinando, sincronizando y supervisando las relaciones exteriores y la aplicación de la política exterior en el ámbito de los servicios consulares y la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero.
19.Las funciones del Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias incluyen los servicios de inmigración, las actividades policiales, la seguridad nacional y el apoyo al desarrollo nacional y al bienestar de la población. En el contexto de la protección de los trabajadores migrantes, la Dirección General de Inmigración del Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias se centra en los servicios de inmigración, especialmente en la expedición de pasaportes. A ello contribuye la Circular núm. IMI-GR.01.01-0178, de 20 de junio de 2023, sobre la expedición de pasaportes indonesios a los países de destino designados para los trabajadores migrantes. La Dirección General de Inmigración también ha puesto en marcha el Programa de Asistencia a las Aldeas, gestionado bajo la supervisión de los funcionarios de enlace de inmigración de las aldeas. Esta iniciativa sirve como sistema de alerta temprana y pedagogía destinado a prevenir la trata y el tráfico de personas.
20.La función principal del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios es aplicar las políticas relativas a los trabajadores migrantes indonesios y sus familiares en su conjunto y velar por que la migración laboral se lleve a cabo de forma segura, ordenada y protegida.
21.En un ámbito más reducido, el Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias y el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios acordaron conjuntamente reforzar aún más la colaboración y coordinación interinstitucionales en la labor de protección de los trabajadores migrantes indonesios. Para ello se firmó otro memorando de entendimiento entre los dos ministerios con el objetivo de renovar y ampliar la cooperación centrada en el intercambio de datos, la regularización de documentos y la supervisión de las salidas de trabajadores migrantes.
Respuesta al párrafo 4
22.La Agencia Central de Estadística ha emprendido diversas iniciativas para recopilar datos migratorios precisos, entre ellas:
a)La Reunión de Coordinación de Datos sobre la Migración Internacional, destinada a mejorar la fiabilidad, la coherencia y la calidad de los datos sobre la migración, cuyos resultados esperados incluyen una mejor coordinación a través del foro Un Dato de Indonesia y la integración de datos interoperables;
b)El fortalecimiento de la coordinación para implantar el Sistema Nacional de Estadística, en virtud del cual la Agencia Central de Estadística formula recomendaciones a los ministerios y organismos sobre las prácticas de recopilación de datos;
c)La inclusión de variables sobre la migración internacional en la Encuesta de Población Intercensal de 2015 y la Encuesta Nacional de Población Activa;
d)La inclusión prevista de variables sobre la migración internacional en el Censo de Población de 2020;
e)La recopilación de datos secundarios relacionados con la migración internacional; y
f)La utilización de la tecnología para implantar el Sistema Nacional de Estadística.
23.El Ministerio de Relaciones Exteriores, en particular la Dirección de Protección de los Ciudadanos Indonesios en el Extranjero, sigue mejorando la accesibilidad de los datos y la integración con los ministerios y organismos conexos. Algunos de los logros de los dos últimos años son la integración de la plataforma portal Peduli WNI del Ministerio de Relaciones Exteriores con el Sistema de Mano de Obra del Ministerio del Trabajo, el Sisko-TKLN del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, el SIMKIM del Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias y el Sistema de Administración de la Población del Ministerio del Interior.
24.Esta iniciativa integra la información de instituciones clave como el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios y el Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias. Con este enfoque intersectorial se garantiza que los datos relacionados con la migración internacional estén armonizados entre los distintos ministerios y organismos.
25.Además de la iniciativa nacional Un Dato de Indonesia, varias instituciones también han establecido mecanismos intersectoriales integrados para la recopilación e integración de datos sobre los ciudadanos indonesios que trabajan en el extranjero, entre ellos la plataforma SIAPkerja, creada por el Ministerio del Trabajo, que está conectada al Sistema Computadorizado para el Servicio y la Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, gestionado por el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, y vinculada a varias plataformas digitales utilizadas en los países receptores de migrantes.
26.Todas estas iniciativas demuestran los continuos avances de Indonesia para mejorar la calidad e interoperabilidad de los sistemas de datos sobre la migración. El Gobierno es consciente de que disponer de datos fiables es esencial para formular políticas con base empírica, proteger los derechos de los migrantes y conseguir los objetivos de una migración segura, ordenada y regular.
Respuesta al párrafo 5
27.La Comisión Nacional de Derechos Humanos se encarga de recibir y tramitar las denuncias relacionadas con los derechos humanos presentadas por cualquier persona o grupo. En la práctica, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ofrece múltiples vías de acceso público para obtener reparación: las denuncias pueden presentarse por escrito (en mano, por correo postal, fax o correo electrónico) y también existe un portal específico, “Pengaduan Online”, para presentar denuncias en línea en su sitio web oficial (komnasham.go.id). La Comisión también publica su información de contacto (teléfono: +62-21-3925230; correo electrónico: info@komnasham.go.id). En los últimos años, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha fomentado además el uso de las redes sociales y las consultas por WhatsApp.
28.El Gobierno y la Comisión Nacional de Derechos Humanos llevan a cabo campañas de información pública periódicas mediante comunicados de prensa, seminarios de divulgación, talleres locales y campañas en los medios de comunicación. El objetivo es sensibilizar a la población —incluidas las comunidades migrantes vulnerables tanto en las zonas urbanas como en las rurales— sobre sus derechos y los mecanismos de denuncia disponibles. Gracias a estas iniciativas conjuntas, la población en general, y en particular los trabajadores migrantes, conocen los servicios de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y su derecho a presentarle denuncias directamente.
29.A través de esos mecanismos, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha recibido y tramitado cientos de casos de trabajadores migrantes. Por ejemplo, entre 2020 y 2022 registró 257 denuncias relacionadas con trabajadores migrantes indonesios, sobre cuestiones como salarios impagados, reclamaciones a seguros, solicitudes de repatriación (pérdida de contacto, fallecimiento en el extranjero, presunto secuestro por el empleador o agencias de colocación) y asistencia jurídica para víctimas de trata o malos tratos.
30.En el bienio 2023-2024, la Comisión Nacional de Derechos Humanos siguió recibiendo decenas de nuevos casos (por ejemplo, 206 casos entre 2020 y 2023). En 2024, tramitó 33 casos de trata de personas que afectaban a trabajadores migrantes individuales y a grupos de ellos. Estas estadísticas demuestran que los migrantes utilizan activamente los mecanismos de denuncia de la Comisión.
31.La Comisión Nacional de Derechos Humanos también lleva a cabo visitas de supervisión a lugares de detención y refugios. Cabe destacar que la Comisión forma parte del Equipo Conjunto de Cooperación para la Prevención de la Tortura, que incluye cuatro instituciones nacionales de derechos humanos y dos organismos: la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres, la Comisión de Protección de la Infancia, la Comisión Nacional sobre la Discapacidad, la Agencia de Protección de Testigos y Víctimas y el Defensor del Pueblo. El Equipo Conjunto de Cooperación para la Prevención de la Tortura lleva a cabo visitas coordinadas a diversos centros de detención y lugares de privación de libertad, incluidos los centros de detención de inmigrantes. En 2024, el equipo realizó una visita conjunta al centro de detención de inmigrantes Rudenim Kupang, en la provincia de Nusa Tenggara Oriental. La actividad de supervisión proporcionó información valiosa que se está utilizando para mejorar las medidas de protección de las personas detenidas por motivos de inmigración.
32.En lo que respecta a los recursos institucionales, el Gobierno de Indonesia sigue prestando un firme apoyo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos como institución nacional de derechos humanos del país. Entre 2018 y 2022, el presupuesto combinado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres aumentó, en promedio, un 2,5 % por año, pasando de 84.600 millones de rupias indonesias en 2018 a 93.400 millones en 2022. En 2024, el presupuesto ascendió a 98.500 millones de rupias, lo que refleja el compromiso constante del Estado con el fortalecimiento de las instituciones de derechos humanos.
33.Los recursos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se asignan en el presupuesto del Estado y se refuerzan mediante medidas de apoyo normativo. El Reglamento Presidencial núm. 13/2024 aumentó significativamente la remuneración de los miembros de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, mientras que el Reglamento Presidencial núm. 94/2024 mejoró las prestaciones de su personal. La Comisión también tiene oficinas en Yakarta y en varias provincias, con infraestructuras modernas y direcciones funcionales dedicadas a las denuncias, las investigaciones y la pedagogía en materia de derechos humanos.
34.Gracias a ello, la Comisión Nacional de Derechos Humanos está bien dotada institucionalmente para cumplir eficazmente su mandato, que incluye actividades de divulgación, tramitación de denuncias y supervisión a nivel nacional. El Gobierno tiene la firma voluntad de seguir mejorando las capacidades operacionales y estratégicas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en consonancia con su función constitucional y con las obligaciones internacionales de Indonesia en materia de derechos humanos.
Respuesta al párrafo 6
35.Se ha puesto en marcha una serie de programas de formación y educación dirigidos tanto a los futuros trabajadores migrantes como a las principales partes interesadas del ecosistema de gobernanza de la migración.
36.Indonesia ha normalizado sus módulos de formación y planes de estudios para los programas de orientación previa a la partida. Estos programas son obligatorios para todos los futuros trabajadores migrantes y están diseñados de manera que estén bien informados, cualificados y preparados para desenvolverse en la vida y el trabajo en el extranjero. El plan de estudios se ha reforzado para incluir:
a)Contenidos que tienen en cuenta las cuestiones de género, en particular para las trabajadoras migrantes, de manera que comprendan las condiciones del lugar de trabajo, las medidas de seguridad y las normas sociales en los países de destino;
b)El desarrollo de habilidades sociales como el protocolo en el lugar de trabajo y el comportamiento ético;
c)Conocimientos jurídicos, en particular información sobre los derechos de los trabajadores y las leyes pertinentes tanto en Indonesia como en el país de destino;
d)Protocolos de seguridad y salud ocupacional e información de adaptación cultural, para reducir la vulnerabilidad y mejorar la integración;
e)Conocimientos básicos del idioma y la cultura del país receptor y formación técnica específica para el puesto de trabajo, en función del sector laboral asignado al trabajador.
37.En consonancia con el firme compromiso del Gobierno de Indonesia de proteger a los ciudadanos indonesios en el extranjero, se llevan a cabo programas de formación periódicos para los funcionarios del Servicio Exterior antes de su destino en el extranjero, así como para el personal consular destinado actualmente en el extranjero. Esas sesiones de formación tienen por objeto mejorar su capacidad para prestar una asistencia oportuna, eficaz y empática a los indonesios en el extranjero, incluidos los trabajadores migrantes. Las áreas temáticas que se tratan en esos programas de formación incluyen, entre otras:
a)La prevención y el tratamiento de la trata de personas, que incluye también la identificación y el cribado de posibles víctimas de la trata;
b)La gestión de casos y la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero, en cuestiones como los conflictos laborales, la detención y las repatriaciones;
c)La prestación de servicios públicos a los indonesios en el extranjero, asegurando la accesibilidad, la eficiencia y un enfoque basado en los derechos;
d)El uso de plataformas digitales, como el portal Peduli WNI, para reforzar la coordinación, la presentación de denuncias y el seguimiento de los casos de ciudadanos indonesios en situación de peligro.
38.El Gobierno de Indonesia sigue colaborando estrechamente con las organizaciones de la sociedad civil en las iniciativas destinadas a proteger a los trabajadores migrantes indonesios. Esas asociaciones suelen incluir actividades conjuntas de gestión de denuncias y resolución de casos, ya que las organizaciones de la sociedad civil suelen ser el primer punto de contacto y la fuente de información para las cuestiones a las que se enfrentan los trabajadores migrantes. Los casos identificados por las organizaciones de la sociedad civil suelen ser remitidos por estas a los organismos gubernamentales pertinentes, incluidas las misiones de Indonesia en el extranjero. El Gobierno de Indonesia también es consciente de la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil para proporcionar información fundamental que permite a los organismos gubernamentales tomar medidas a tiempo. Las organizaciones de la sociedad civil también desempeñan un papel crucial en la campaña, actuando como asociados en la difusión de contenidos y la promoción del mensaje. También pueden ayudar a determinar necesidades específicas y adaptar la campaña a los contextos locales.
39.Reconocemos también la importancia de los medios de comunicación para crear conciencia sobre los derechos de los trabajadores migrantes y los servicios disponibles. Se recurre a campañas de divulgación pública en medios de comunicación de confianza para difundir información precisa y promover una migración segura.
40.Con estas iniciativas conjuntas, el Gobierno garantiza que la protección de los trabajadores migrantes no sea solo una responsabilidad del Estado, sino una preocupación de toda la comunidad.
Respuesta al párrafo 7
41.El Gobierno de Indonesia considera que la protección de los trabajadores migrantes es una responsabilidad nacional que requiere la colaboración de la sociedad civil, el mundo académico, los sindicatos y los asociados internacionales. Se celebran diálogos multipartitos periódicos en foros interministeriales en los que participan la sociedad civil y grupos de defensa de intereses para dar a conocer datos, intercambiar ideas y elaborar políticas reactivas para los trabajadores migrantes indonesios, tanto antes de su partida como durante su empleo en el extranjero.
42.Una de las principales iniciativas es el memorando de entendimiento firmado en 2017 entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Justice Without Borders. Permite prestar asistencia jurídica transfronteriza a los trabajadores migrantes retornados que acuden a la justicia, así como capacitar al personal consular y fomentar la capacidad para tramitar casos laborales transnacionales.
43.En 2024, el Gobierno reforzó la cooperación con la Iniciativa Indonesia para la Justicia Oceánica (IOJI) con el fin de proteger a los marinos y pescadores indonesios. La IOJI proporciona apoyo técnico en la investigación y la promoción de políticas, lo que contribuye a reforzar la protección de los derechos laborales, especialmente en los sectores marítimos de alto riesgo y poco regulados.
44.El 6 de noviembre de 2024, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios celebró una consulta formal con el Sindicato de Trabajadores Migrantes Indonesios. En la reunión se reafirmó que la protección de los trabajadores migrantes era una responsabilidad compartida por todos los ministerios y se destacó la importancia de la colaboración entre el Gobierno y la sociedad civil.
45.El Sindicato propuso reforzar los marcos institucionales para aplicar plenamente la Ley núm. 18/2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes. En particular, se refirió a profundizar en la descentralización, la reforma organizacional y el refuerzo de las protecciones judiciales para los marinos, especialmente a la luz de las revisiones constitucionales en curso. En respuesta, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios describió su estructura institucional, que abarca la colocación, la protección, el empoderamiento y la promoción, y reafirmó su compromiso de mejorar el apoyo consular, la alfabetización digital y la prestación de servicios a nivel local.
46.Estas actividades reflejan el compromiso de Indonesia de garantizar una protección integral y basada en los derechos a sus trabajadores migrantes mediante la coordinación, el apoyo jurídico y el fortalecimiento de la capacidad institucional.
47.Para preparar las respuestas a la lista de cuestiones previa a la presentación del informe, el Gobierno colaboró activamente con una amplia gama de partes interesadas, incluidos ministerios y organismos, gobiernos locales, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, mediante reuniones interministeriales y consultas nacionales. El contenido del informe refleja las aportaciones de esas partes interesadas pertinentes, teniendo en cuenta que la protección de los trabajadores migrantes es una cuestión intersectorial.
Respuesta al párrafo 8
48.El Gobierno de Indonesia ha emprendido importantes reformas para mejorar la gobernanza de las agencias de contratación privadas y reforzar la protección de los trabajadores migrantes indonesios, de conformidad con la Ley núm. 18/2017 y la Ley núm. 11/2020 de Creación de Empleo. Estas leyes introducen nuevos procedimientos de contratación que sustituyen a los regulados anteriormente por la Ley núm. 13/2003 del Trabajo, y refuerzan la función reguladora del Gobierno en la contratación y colocación de los trabajadores migrantes indonesios.
49.Para reducir el recurso a las agencias privadas y reforzar la supervisión estatal, Indonesia ha elaborado programas de colocación intergubernamentales que actualmente están en vigor con la República de Corea, el Japón y Alemania. Estos programas garantizan la contratación directa de trabajadores migrantes en la administración pública. Las cifras de empleo en virtud de esos programas han aumentado de forma constante, alcanzando 11.100 trabajadores en la República de Corea en 2024 y 600 en Alemania.
50.El Gobierno, por conducto del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, utiliza una plataforma digital integrada, SISKO-P2MI, como sistema centralizado para los servicios administrativos relacionados con la contratación y protección de los trabajadores migrantes indonesios. Como preparativo, los trabajadores migrantes deben someterse a un programa de orientación previo a la partida específico para cada país, con una duración mínima de tres días. El programa incluye módulos sobre adaptación cultural, desarrollo personal, ideología nacional, prevención de la trata, seguridad social y mecanismos de denuncia.
51.En virtud del artículo 52 de la Ley núm. 18/2017, las agencias de contratación privadas se ocupan de encontrar oportunidades de empleo, colocar a los trabajadores migrantes y resolver los problemas que surjan durante el empleo en el extranjero. Las agencias también comparten la responsabilidad con los empleadores extranjeros en lo que respecta al cumplimiento de los contratos de trabajo, incluido el pago de los salarios, las indemnizaciones por discapacidad, los gastos de repatriación y la devolución de los restos mortales de los trabajadores fallecidos.
52.Se está trabajando para reforzar la protección de los trabajadores migrantes indonesios mediante mecanismos de seguridad social. El Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios está elaborando un reglamento ministerial para garantizar el cumplimiento del requisito legal que obliga a todos los trabajadores migrantes indonesios a afiliarse a planes de seguridad social que cubran las prestaciones por fallecimiento, los accidentes laborales y los ahorros opcionales para la vejez (de conformidad con el artículo 5 d) de la Ley núm. 18/2017).
53.Para mejorar la rendición de cuentas, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios emitió el Reglamento Ministerial núm. 4/2025, en el que se establecen sanciones claras para las agencias de contratación privadas que incumplan las normas de colocación y protección. Las sanciones incluyen advertencias por escrito, la suspensión temporal de las actividades de colocación, la revocación de las licencias de contratación y multas por los retrasos.
54.Además, la aplicación del Reglamento Presidencial núm. 60/2023, relativo a la Estrategia Nacional sobre las Empresas y los Derechos Humanos, ha reforzado aún más la labor destinada a regular y controlar las actividades de las agencias de contratación privadas, en particular para impedir que actúen como intermediarias de empleadores extranjeros sin escrúpulos. La Estrategia Nacional refuerza el marco normativo e institucional del Estado para proteger diversos aspectos de los derechos humanos en las actividades de las empresas, garantizar el cumplimiento por estas de su responsabilidad de respetar los derechos humanos y proporcionar acceso a vías de recurso.
55.El Gobierno también sigue ampliando la aplicación de PRISMA, una aplicación web que ayuda a las empresas a detectar y mitigar las posibles repercusiones de sus actividades para los derechos humanos. La aplicación plantea preguntas a las empresas sobre 13 temas: perfil de la empresa, posibles repercusiones para los derechos humanos, política interna de derechos humanos, mecanismo de denuncia, cadena de suministro, mano de obra, condiciones de trabajo, sindicatos, discriminación, privacidad, medio ambiente, tierra y MHA, así como responsabilidad social.
56.Desde marzo de 2021, un total de 275 empresas han participado en la iniciativa de autoevaluación PRISMA. De ellas, 36 han conseguido una puntuación verde, lo que indica una fuerte alineación con los criterios de sostenibilidad y derechos humanos del programa. Cabe destacar que, en enero de 2023, Pertamina Group se convirtió en la primera empresa en obtener el certificado PRISMA, luego de que utilizara la herramienta de autoevaluación ya en 2020.
57.El Gobierno de Indonesia trabaja para garantizar prácticas laborales justas y éticas, incluida la regulación de las agencias de empleo privadas. Indonesia aún no ha ratificado el Convenio sobre las Agencias de Empleo Privadas, 1997 (núm. 181), de la OIT, pero ha logrado avances significativos en cuanto a la armonización de su legislación y prácticas nacionales con los principios del Convenio, en concreto:
a)El Reglamento núm. 2 de 2015 del Ministerio del Trabajo, sobre la protección de los trabajadores domésticos, aborda específicamente la regulación de las agencias de trabajo doméstico. Les prohíbe cobrar tasas a los trabajadores domésticos, al tiempo que les permite recibir comisiones por servicios de los usuarios que firman un acuerdo. También describe las obligaciones de las agencias de trabajo doméstico, como seleccionar a los posibles usuarios, velar por la salud y la capacidad laboral de los futuros trabajadores domésticos, supervisar la colocación de los trabajadores domésticos y devolver las comisiones por servicios si un trabajador doméstico no desea continuar trabajando durante al menos seis meses. Además, el reglamento prohíbe explícitamente a las agencias de trabajo doméstico colocar a trabajadores en empresas o entidades comerciales, en lugar de con particulares;
b)La Ley núm. 18 de 2017 establece las funciones y responsabilidades de las agencias de contratación privadas, que incluyen buscar oportunidades de trabajo en el extranjero, colocar a los trabajadores migrantes indonesios y resolver los problemas a los que se enfrentan estos durante su empleo. La ley también dispone que el Ministro de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios puede revocar la licencia de una agencia de contratación privada si esta incumple sus obligaciones o viola las disposiciones relacionadas con la colocación y protección de los trabajadores migrantes.
58.Estos avances jurídicos y prácticos demuestran la voluntad de Indonesia de regular las agencias de empleo privadas y garantizar la protección y el bienestar de sus trabajadores, tanto en el país como en el extranjero, de conformidad con los principios consagrados en el Convenio núm. 181 de la OIT.
Respuesta al párrafo 9
59.La Convención ha sido citada en la jurisprudencia nacional, en particular en la sentencia núm. 127/PUU-XXI/2023 del Tribunal Constitucional, que afirmó que los marinos indonesios que trabajan en el extranjero entraban en la categoría de trabajadores migrantes tal y como se define en la Ley núm. 18/2017. El Tribunal se refirió de manera directa a la Convención, ratificada mediante la Ley núm. 6/2012, lo que reforzó su relevancia para la interpretación y aplicación de la legislación nacional.
60.Aunque los tribunales inferiores no han invocado con frecuencia la Convención por su nombre, los casos relacionados con los trabajadores migrantes —como los conflictos salariales, los abusos o la trata— se juzgan con arreglo a instrumentos jurídicos nacionales como la Ley núm. 18/2017, la Ley núm. 13/2003 de la Mano de Obra y la Ley núm. 21/2007 de Erradicación de la Trata de Personas.
61.En varias ocasiones, los tribunales indonesios han ordenado a empresas indemnizar a trabajadores migrantes víctimas. Entre los ejemplos más destacados se encuentran el caso de trata de trabajadores migrantes menores de edad en el que estuvo implicada la empresa PT Mahkota Ulfa Sejahtera, resuelto por el Tribunal de Distrito de Bekasi (resolución núm. 459/PidSus/2015/PNBks), y el caso de trata de pescadores indonesios en Trinidad y Tabago, juzgado por el Tribunal de Distrito de Yakarta Oeste (resolución núm. 2044/PidSus/2013/PNJKTBAR).
62.Los trabajadores migrantes y sus familiares, incluidos aquellos que están en situación irregular, pueden tratar de obtener una reparación mediante los siguientes mecanismos:
a)Los órganos judiciales, que permiten a las personas o grupos afectados por operaciones comerciales en Indonesia (incluidos los trabajadores migrantes) solicitar una indemnización por las pérdidas y daños sufridos mediante una demanda civil o una acción colectiva (por los “actos ilícitos” cometidos por empresas), así como por la vía penal (por los delitos de empresas que dieron lugar a reclamaciones de restitución);
b)Los servicios de reclamación del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, que reciben quejas de manera presencial, por teléfono, correo electrónico o SMS (en virtud del Reglamento núm. 6/2024 de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios). Desde enero de 2025 también se utiliza WhatsApp como canal de denuncia;
c)Los servicios consulares de las misiones de Indonesia, que proporcionan protección consular (incluido el nombramiento de un abogado con un adelanto de los honorarios, si procede) y asistencia humanitaria a los ciudadanos indonesios, incluidos los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero;
d)La Comisión Nacional de Derechos Humanos, que investiga las denuncias de violaciones de los derechos humanos.
63.Los datos de los organismos encargados de hacer cumplir la ley de Indonesia y del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios muestran un aumento de las denuncias relacionadas con los trabajadores migrantes. En concreto, el número de enjuiciamientos por año muestra la siguiente tendencia:
a)2022: 165 casos de trabajadores migrantes, 174 casos de trata de personas, 59 delitos de inmigración;
b)2023: 341 casos de trabajadores migrantes, 731 casos de trata de personas, 98 delitos de inmigración;
c)2024 (hasta junio): 178 casos de trabajadores migrantes, 315 casos de trata de personas, 106 delitos de inmigración.
64.Además, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios ha recibido el siguiente número de denuncias:
|
Año |
Total de denuncias |
Hombres |
Mujeres |
Resueltas |
Pendientes |
|
2020 |
1 811 |
746 |
1 065 |
1 652 |
159 |
|
2021 |
1 700 |
730 |
970 |
1 500 |
200 |
|
2022 |
1 987 |
754 |
1 233 |
1 371 |
616 |
|
2023 |
1 995 |
803 |
1 192 |
1 410 |
585 |
|
2024 |
1 500 |
754 |
746 |
837 |
663 |
|
2025 (hasta mayo) |
1 790 |
995 |
795 |
27 |
1 761 |
65.Entre 2020 y mayo de 2025, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios recibió un número relativamente estable de denuncias por año, y la mayoría de los casos se resolvieron de manera eficiente. Sin embargo, en 2025 se produjo un notable aumento de las denuncias. Esto se debe en gran parte a la introducción de WhatsApp como nuevo canal de denuncia. Si bien esta novedad ha mejorado la accesibilidad para los trabajadores migrantes, especialmente los que se encuentran en zonas remotas, también ha dado lugar a un aumento de las denuncias incompletas o no verificables. No obstante, se trata de un paso positivo para lograr mecanismos de tramitación de denuncias más inclusivos y reactivos, y se están realizando mejoras para aumentar la calidad de los datos y garantizar un seguimiento eficaz.
66.En lo que respecta a la asistencia jurídica, el apoyo a los trabajadores migrantes se facilita por los siguientes canales:
a)El Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, que se coordina con proveedores de servicios jurídicos acreditados;
b)Las embajadas y consulados, que ofrecen representación jurídica a través de abogados designados y protección consular en los países de destino;
c)La Comisión Nacional de Derechos Humanos, que presta servicios de derivación jurídica y mediación;
d)Las instituciones de asistencia jurídica y las ONG, que ayudan a los trabajadores migrantes vulnerables, en particular a las mujeres que trabajan en el servicio doméstico y a los migrantes irregulares.
67.Los trabajadores migrantes pueden acceder a una indemnización mediante:
a)La restitución ordenada por los tribunales por la vía penal o civil, incluidos los casos de trata de personas e incumplimiento de contratos;
b)Las sentencias del Tribunal de Relaciones Laborales por salarios y prestaciones no pagados;
c)Los planes de seguridad social administrados por la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo, que ofrecen indemnizaciones por lesiones, enfermedades y fallecimiento;
d)Las ayudas a la repatriación de emergencia, incluido el retorno de los restos mortales y la prestación de asistencia psicosocial para los casos especiales.
68.Para crear conciencia, Indonesia ha adoptado medidas concretas como la difusión de información relacionada con los derechos mediante campañas en los medios de comunicación, actos públicos y plataformas digitales, de conformidad con el Reglamento núm. 8/2022 de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios.
Respuesta al párrafo 10
69.Durante la pandemia de COVID-19, el Gobierno de Indonesia, a través de las misiones del país en todo el mundo, contribuyó a repatriar a miles de trabajadores migrantes indonesios, lo que incluyó la evacuación de marinos indonesios que trabajaban en buques afectados por la COVID-19 en el Japón y Taiwán. En 2020, el Gobierno contribuyó al regreso de al menos 173.858 ciudadanos indonesios, incluidos 126.243 solo desde Malasia, 20.603 mediante repatriación independiente y 27.012 marinos. Los trabajadores migrantes indonesios que regresaban pudieron acceder a los centros de cuarentena financiados por el Gobierno a su llegada a Indonesia.
70.Paralelamente, se distribuyeron alrededor de 2 millones de paquetes de ayuda logística a los trabajadores migrantes indonesios para aliviar sus dificultades durante la pandemia. En 2020, el Gobierno entregó 535.264 paquetes de ayuda, seguidos de otros 236.148 en 2021 solo en Malasia. Además, varias misiones de Indonesia colaboraron estrechamente con las autoridades locales de los países de destino para facilitar la vacunación de 88.637 trabajadores migrantes indonesios.
71.También se promulgaron varias normas para proteger los derechos de los trabajadores extranjeros que residían en Indonesia durante la pandemia de COVID-19, entre ellas:
a)El Reglamento núm. 34 de 2021 del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, sobre la concesión de visados y permisos de estancia para inmigrantes durante la gestión de la propagación de la COVID-19 y la recuperación económica nacional;
b)El Decreto núm. M.HH-02.GR.02.02 de 2021 del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, sobre determinados puestos de control de inmigración como puntos de entrada durante la gestión de la propagación de la COVID-19 y la recuperación económica nacional;
c)El Decreto núm. HK.01.07/Menkes/1368/2022 del Ministro de Salud, sobre la aplicación de la vacuna contra la COVID-19 a los extranjeros;
d)La Circular núm. M/3/HK.04/11/2021 del Ministerio del Trabajo, sobre los servicios para el empleo de trabajadores extranjeros en el marco de la prevención de la entrada de la COVID-19.
72.El Decreto núm. HK.01.07/Menkes/1368/2022 del Ministro de Salud permite a los extranjeros recibir la vacuna contra la COVID-19 en Indonesia. Para poder optar a ella, los extranjeros deben cumplir los siguientes requisitos:
a)Deben tener un permiso de residencia temporal o permanente en Indonesia;
b)Los tipos de vacunas aprobadas deben ser las recomendadas por la OMS y el Grupo Asesor Técnico sobre la Inmunización de Indonesia (ITAGI), y recibir la Autorización de Uso de Emergencia;
c)Deben registrarse para obtener un boleto electrónico de vacunación en el sitio web pedulilindungi.id y acudir al centro sanitario más cercano con su pasaporte, permiso de residencia y boleto electrónico.
73.La Circular núm. M/3/HK.04/11/2021 del Ministerio del Trabajo permite a los trabajadores extranjeros con contratos de corta duración prolongar directamente su estancia y cambiar de patrocinador sin necesidad de un Plan de Colocación de Expatriados. También permite a los empleadores presentar directamente solicitudes para la contratación de trabajadores extranjeros que aún se encuentren en el territorio de Indonesia.
74.Las medidas preventivas contra la infección en los centros de detención incluyeron:
a)Impartir sesiones informativas a los funcionarios y a los presos;
b)Facilitar la cuarentena voluntaria;
c)Enviar circulares a los administradores de viviendas comunitarias.
75.El Gobierno de Indonesia también ha hecho llamamientos a la cooperación internacional para proteger a los marinos durante y después de la pandemia de COVID-19 por conducto de numerosas iniciativas en foros multilaterales. En 2020, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la resolución sobre la “Cooperación internacional para hacer frente a los desafíos que enfrenta la gente de mar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 para apoyar las cadenas mundiales de suministro”, presentada por Indonesia. En la resolución se reconoce a los marinos y al resto del personal marítimo como trabajadores esenciales.
76.En 2022, Indonesia puso en marcha la creación del Grupo de Trabajo Tripartito Mixto de la OIT y la OMI para Determinar y Abordar Cuestiones relativas a la Gente de Mar y los Factores Humanos. En su primera reunión, celebrada en diciembre de 2022, el Grupo de Trabajo aprobó las “Pautas sobre la forma de abordar los casos de abandono de la gente de mar”, documento cuyo proyecto inicial fue elaborado por Indonesia en la OMI y cuya posición fue defendida por el grupo gubernamental durante las negociaciones en la OIT. Indonesia también participó activamente en la segunda reunión del Grupo de Trabajo, en la que se acordaron varias recomendaciones para combatir la violencia y el acoso, incluido el acoso sexual, la intimidación y las agresiones sexuales en el sector marítimo, así como en la tercera reunión, en la que se aprobaron las “Directrices sobre el trato justo de la gente de mar detenida por presuntos delitos”.
77.En 2024, Indonesia copatrocinó la resolución del Consejo de Derechos Humanos titulada “Promoción y protección del disfrute de los derechos humanos por la gente de mar”. La resolución tiene por objeto, entre otras cosas, garantizar condiciones de vida y de trabajo seguras y dignas; redoblar los esfuerzos para eliminar todas las formas de discriminación, violencia y trabajo forzoso u obligatorio, así como abordar los retos que enfrenta la gente de mar como consecuencia de la pandemia de COVID-19.
Respuesta al párrafo 11
78.Como nación diversa y multiétnica, Indonesia sigue fomentando una cultura de tolerancia y respeto mutuo. Si bien se han producido algunos casos aislados de racismo o comportamiento xenófobo, no son reflejo de pautas más generales o sistémicas. Cuando se producen ese tipo de casos, se abordan mediante los mecanismos legales e institucionales establecidos.
79.Indonesia cuenta con un marco jurídico integral para prevenir la discriminación, que incluye la Constitución de 1945, la Ley núm. 39 de 1999 de los Derechos Humanos, la Ley núm. 13 de 2003 del Empleo, la Ley núm. 40 de 2008 de Eliminación de la Discriminación Racial y Étnica y la Ley núm. 18 de 2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, así como sus respectivos reglamentos de aplicación. Estos instrumentos ofrecen garantías jurídicas para el trato justo y equitativo de todas las personas, incluidos los trabajadores migrantes, independientemente de su origen o nacionalidad.
80.Varias instituciones se encargan de recibir y dar seguimiento a las denuncias de discriminaciones y abusos. Entre ellas se encuentran la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Defensor del Pueblo de la República de Indonesia y el Ministerio del Trabajo, por conducto de su Dirección General de Inspección Laboral y Seguridad y Salud Ocupacional. Sus funciones incluyen la supervisión, la investigación y la facilitación del acceso a la justicia.
81.Hasta la fecha no hay indicios de xenofobia generalizada o violencia contra los trabajadores migrantes extranjeros en el país. Los casos aislados que han afectado a extranjeros han sido tratados con prontitud por las autoridades locales.
82.En lo que respecta a los ciudadanos indonesios que trabajan en el extranjero, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha registrado que aproximadamente el 23,3 % de los 67.297 casos denunciados se referían a presuntos malos tratos. Entre ellos figuraban conflictos salariales, abusos y violencia en el lugar de trabajo, así como casos de trato discriminatorio. Esos casos fueron tramitados por las embajadas y consulados de Indonesia en estrecha coordinación con las autoridades competentes de los respectivos países receptores.
83.Para proteger mejor a sus ciudadanos, Indonesia ha firmado acuerdos bilaterales con varios países de destino. Dichos acuerdos abarcan los derechos y el bienestar de los trabajadores migrantes indonesios y han contribuido al establecimiento de servicios de apoyo.
84.Además, con el fin de garantizar los derechos y la protección de nuestros trabajadores migrantes, Indonesia también ha establecido centros de atención telefónica las 24 horas del día, servicios de asistencia jurídica y refugios temporales en todas las embajadas y consulados del país para ayudar a los trabajadores migrantes indonesios afectados.
85.Además, el Gobierno de Indonesia proporciona ayudas a la reintegración de los trabajadores migrantes que regresan, en concreto asistencia psicosocial, asistencia jurídica y programas de empoderamiento económico. El Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios y el Ministerio de Relaciones Exteriores siguen reforzando los sistemas de alerta temprana y las iniciativas de fomento de la capacidad para minimizar los riesgos futuros.
86.A nivel regional, Indonesia sigue participando activamente en diversos foros para promover una mayor protección laboral y normas más enérgicas contra la discriminación.
87.Indonesia tiene la firme voluntad de prevenir y responder al racismo, la xenofobia y todas las formas de discriminación, incluidos los malos tratos y la violencia. Garantizar la protección y el acceso a la justicia para todos los trabajadores migrantes y sus familiares, tanto en el país como en el extranjero, sigue siendo una prioridad nacional.
Respuesta al párrafo 12
88.El Gobierno de Indonesia tiene el firme propósito de eliminar todas las formas de trabajo forzoso y obligatorio, como demuestra su ratificación del Convenio sobre el Trabajo Forzoso (núm. 29) y el Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso (núm. 105) de la OIT. Indonesia ha adoptado varias medidas legislativas y normativas para armonizar sus leyes y prácticas nacionales con las disposiciones de esos convenios.
89.Uno de los principales instrumentos de Indonesia en esta materia es la Ley núm. 18/2017, sobre la protección de los trabajadores migrantes indonesios. Esta ley ofrece una protección integral a los trabajadores migrantes indonesios, incluido el personal de enfermería, antes, durante y después de su empleo en el extranjero. La protección abarca la difusión de información, la mejora de la calidad de los futuros trabajadores migrantes mediante la educación y la capacitación, y el establecimiento de un grupo de trabajo sobre la Ley Penal contra la Trata de Personas para prevenir la trata de seres humanos. Además, el Gobierno ha puesto en marcha el programa “Aldea Migrante Productiva” para ayudar a los trabajadores migrantes que regresan a convertirse en empresarios independientes, y ha celebrado acuerdos bilaterales con los países de destino con el fin de garantizar su protección durante el empleo. Los agregados laborales en los países de colocación también desempeñan un papel crucial supervisando la presencia de los trabajadores migrantes, facilitando la resolución de los conflictos, defendiendo sus derechos y difundiendo las políticas de empleo.
90.Para los trabajadores domésticos, el Reglamento núm. 2/2015 del Ministerio del Trabajo, sobre la protección de los trabajadores domésticos, es un instrumento legislativo clave. Prohíbe el empleo de trabajadores domésticos menores de 18 años, al considerar que el trabajo doméstico de los menores es una de las peores formas de trabajo infantil debido a los peligros potenciales para su salud, seguridad o moral. El reglamento establece los derechos y obligaciones tanto de los trabajadores domésticos como de los empleadores, y abarca aspectos como los salarios, el trato, el descanso, las licencias, las prestaciones por vacaciones y la comunicación con la familia. También exige la celebración de acuerdos de trabajo escritos u orales entre los usuarios y los trabajadores domésticos, que deben ser comprendidos por ambas partes y conocidos por el responsable de la asociación de vecinos.
91.Además, la Constitución de Indonesia garantiza a todos los niños el derecho a sobrevivir, crecer y desarrollarse, y a estar protegidos contra la violencia y la discriminación. La Ley núm. 13/2003 del Trabajo refuerza ese principio garantizando los derechos básicos de los trabajadores y la igualdad de oportunidades y trato sin discriminación. El artículo 5 de la Ley del Trabajo garantiza la igualdad de oportunidades para obtener un empleo sin discriminación, y el artículo 6 garantiza la igualdad de trato por los empleadores sin discriminación. La colocación de los trabajadores también se lleva a cabo sobre la base de los principios de la transparencia, la libertad, la objetividad, la equidad y la igualdad, sin ningún tipo de discriminación. La Ley núm. 23 de 2004 de Eliminación de la Violencia Doméstica amplía su ámbito de aplicación para incluir a las personas que ayudan en las tareas domésticas y residen en el hogar. Prohíbe la violencia física, psicológica y sexual, así como el abandono, y establece sanciones por su incumplimiento.
92.La protección de los marinos indonesios empleados en buques de pabellón indonesio o extranjero se aborda en el Reglamento Gubernamental núm. 22/2022 sobre la Protección de los Marinos Migrantes de Buques Mercantes y del Personal Migrante de Buques Pesqueros, así como en otros reglamentos conexos. El artículo 4 del Reglamento Gubernamental núm. 22/2022 exige que los marinos migrantes de buques mercantes y el personal migrante de buques pesqueros se inscriban en el régimen nacional de seguridad social antes de zarpar.
93.El Sistema Nacional de Seguridad Social de los Empleados, gestionado por la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo, ofrece prestaciones por accidente laboral, por fallecimiento y por jubilación.
94.El Reglamento núm. 4/2023 del Ministerio del Trabajo garantiza además la cobertura de los trabajadores migrantes indonesios en caso de accidente laboral o fallecimiento. Además, el Reglamento núm. 33/2021 del Ministro de Asuntos Marítimos y Pesca (art. 184) también obliga a los operadores de buques pesqueros a inscribir a los miembros de la tripulación en la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo.
95.El Reglamento Gubernamental núm. 22/2022 refuerza esas protecciones y exige su aplicación por el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, las agencias de contratación privadas y los empleadores. También prevé la resolución de conflictos en los tribunales laborales.
96.Para hacer cumplir el Reglamento Gubernamental núm. 22/2022, el Gobierno ha adoptado medidas clave que incluyen:
a)La coordinación entre el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, el Ministerio del Trabajo, la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo y los operadores de buques para la inscripción de los trabajadores y el pago de sus primas;
b)La instalación de controles previos a la salida para verificar la inscripción en la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo;
c)Inspecciones portuarias y marítimas por el Ministerio de Asuntos Marítimos y Pesca para verificar la cobertura de los marinos;
d)Canales integrados de reclamación y resolución de conflictos en los tribunales laborales.
Respuesta al párrafo 13
97.Para proteger mejor a los hijos de trabajadores migrantes, el Gobierno de Indonesia, en colaboración con sus asociados, ejecuta programas de apoyo destinados a prevenir la trata de niños y garantizar el acceso a la protección social. En ese sentido, trabajadores sociales o unidades comunitarias locales realizan visitas periódicas a los domicilios para supervisar el bienestar y las condiciones de vida de esos niños.
98.El Gobierno de Indonesia también ha aplicado medidas para garantizar modalidades alternativas de cuidado seguras, en virtud de las cuales los hijos de trabajadores migrantes indonesios son acogidos por familiares verificados o familias de acogida certificadas cuando no tienen un cuidador adecuado. Para ayudar a las familias de los trabajadores migrantes indonesios, incluidos los niños, se han establecido medidas de apoyo psicosocial, como terapia psicológica postraumática y grupos de apoyo. También se imparten cursos de sensibilización a los cuidadores sobre la trata de niños y la protección de la infancia.
99.Indonesia ha demostrado su firme voluntad de eliminar las peores formas de trabajo infantil ratificando instrumentos internacionales clave, en particular el Convenio sobre la Edad Mínima (núm. 138) de la OIT, mediante la Ley núm. 20/1999, y el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil (núm. 182) de la OIT, mediante la Ley núm. 1/2000.
100.A nivel nacional, varias leyes proporcionan una protección integral a los niños contra las peores formas de trabajo infantil y la explotación económica que impiden la plena realización de sus derechos.
101.La Ley núm. 13/2003 del Empleo prohíbe todas las peores formas de trabajo infantil, incluido cualquier trabajo que sea peligroso o perjudicial para el desarrollo físico, mental o moral del niño, o que constituya una explotación. Además, la Ley núm. 35/2014 de Protección de la Infancia garantiza una protección especial a los niños contra la explotación económica, incluidas las peores formas de trabajo infantil. La Ley núm. 18/2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios refuerza aún más esa protección al prohibir estrictamente el empleo de niños en trabajos en el extranjero y establecer la edad mínima para los trabajadores migrantes en 18 años.
102.Además, el Plan de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil constituye un instrumento clave de política nacional. Se aplica a todos los niños de Indonesia, independientemente de su situación, y tiene por objeto eliminar sistemáticamente las formas más graves de trabajo infantil.
Respuesta al párrafo 14
103.Se han adoptado medidas enérgicas para dar seguimiento a las denuncias de acoso, corrupción y abuso de poder por las fuerzas del orden, incluidas las denuncias de extorsión y detención arbitraria.
104.El ordenamiento jurídico de Indonesia, y en particular el Código Penal, tipifican como delito el soborno, la extorsión y el abuso de poder por los funcionarios públicos, con penas de hasta cinco años de prisión por extorsión (art. 368 del Código Penal).
105.También existen organismos de supervisión que garantizan la rendición de cuentas en diversos sectores. La Comisión Nacional de la Policía y la División Profesional y de Seguridad de la Policía Nacional Indonesia se encargan de investigar las denuncias de falta de conducta de la policía; el Defensor del Pueblo supervisa la prestación de los servicios públicos, incluidos los asuntos relacionados con la inmigración; la Comisión para la Erradicación de la Corrupción se ocupa de los casos de tráfico de influencias; y la Comisión Nacional de Derechos Humanos supervisa las presuntas violaciones de los derechos humanos.
106.Además, los trabajadores migrantes pueden presentar denuncias por canales accesibles como las líneas directas de la policía, las líneas de denuncia del Defensor del Pueblo y el sistema de denuncia de fraudes de la Comisión para la Erradicación de la Corrupción. Una línea directa de WhatsApp, disponible a todas las horas de todos los días y publicitada por la policía, facilita aún más la denuncia de los abusos.
107.Los funcionarios investigados pueden ser objeto de medidas disciplinarias como la suspensión, la reasignación o el despido, y ser enjuiciados cuando hay pruebas suficientes. Los organismos pertinentes se encargan de hacer un seguimiento de todos los casos y de comunicar los datos sobre los enjuiciamientos y las condenas. Las personas condenadas reciben las sanciones previstas en la legislación aplicable.
108.En los tres últimos años, las autoridades indonesias han investigado con prontitud las denuncias creíbles de faltas de conducta. A principios de 2025, tras una denuncia de la Embajada de China sobre 44 casos de extorsión por funcionarios de inmigración en el aeropuerto Soekarno-Hatta, el Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias suspendió a decenas de funcionarios, inició investigaciones internas y reembolsó más de 32,75 millones de rupias a los migrantes afectados. Los funcionarios implicados son objeto de juicios disciplinarios con posibles consecuencias penales.
109.Asimismo, a mediados de 2025 la Comisión para la Erradicación de la Corrupción estaba intensificando su investigación sobre una trama de extorsión a extranjeros a cambio de permisos de trabajo por valor de 53.000 millones de rupias, al haber nombrado a ocho altos funcionarios como sospechosos y confiscado bienes, entre ellos 11 vehículos y bienes raíces. De los tres sospechosos enjuiciados, dos de ellos han sido condenados, cada uno de ellos a cuatro años de prisión y a una multa en virtud de la legislación de lucha contra la corrupción, mientras que los demás casos siguen abiertos.
110.Además, en los últimos años también se han realizado importantes esfuerzos para prevenir los abusos. Indonesia ha digitalizado los procesos de obtención de visado y migración para reducir las oportunidades de soborno, ha introducido las certificaciones como “Zona de Integridad” para los organismos gubernamentales y ha ampliado la formación en derechos humanos para los funcionarios pertinentes. La Fuerza Operativa Conjunta contra la Extorsión, creada en 2024, ha llevado a cabo registros para desmantelar redes delictivas, lo que ha beneficiado indirectamente a los migrantes.
Respuesta al párrafo 15
111.Indonesia ha establecido garantías procesales para los trabajadores migrantes indonesios y sus familiares en los casos de investigaciones, arrestos, detenciones y expulsiones por delitos relacionados con la inmigración. Estas garantías, que están incorporadas en diversas leyes y reglamentos, incluyen, entre otras cosas, el acceso a abogados e intérpretes, así como a la asistencia consular o diplomática.
112.La Ley núm. 6/2011 de Inmigración sirve de base para las investigaciones, arrestos, detenciones y expulsiones por delitos relacionados con la inmigración. La Ley se desarrolla con más detalle, principalmente mediante el Reglamento Gubernamental núm. 31/2013 de Aplicación de la Ley núm. 6/2011, y se apoya en instrumentos más específicos, entre los que se incluyen:
a)El Reglamento núm. 39 de 2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre los procedimientos de investigación de los delitos penales en materia de inmigración;
b)La Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración, sobre los procedimientos de detención de extranjeros en los centros de detención de inmigrantes, los centros de internamiento de inmigrantes y otros lugares; y
c)La Ley núm. 8 de 1981 sobre el Código de Procedimiento Penal.
113.La Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración se promulgó para sustituir y mejorar el Reglamento núm. F-1002.PR.02.10 de 2006 del Director General de Inmigración, sobre el procedimiento de detención de extranjeros. Tanto el Reglamento núm. 39/2021 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos como la Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración sirven como procedimientos operativos estándar para las investigaciones, arrestos, detenciones y expulsiones por delitos relacionados con la inmigración.
114.Estas normas se aplican por igual a los ciudadanos indonesios y a los extranjeros. La disposición sobre el acceso a abogados, intérpretes y autoridades consulares o diplomáticas se garantiza de dos maneras: como derecho del sospechoso o detenido y como obligación de las autoridades de inmigración. Si un sospechoso o detenido no puede obtener asistencia jurídica o lingüística por sí mismo, la autoridad de inmigración ha de facilitarle dicho acceso y notificar a la representación del Estado de origen (autoridades consulares o diplomáticas) sobre su situación, posición y presunto delito.
115.El capítulo 7 de la Directriz de 2024 concede a las personas detenidas en centros o casas de detención de inmigrantes el derecho a ponerse en contacto con su embajada, patrocinador, familia y abogado por los canales de comunicación proporcionados por el centro. Esta política representa un cambio procedimental notable con respecto a la normativa anterior, que solo permitía al centro iniciar las comunicaciones externas, mientras que los detenidos se limitaban a recibir visitas. La nueva directriz transfiere la responsabilidad de la comunicación de la institución al interesado, lo que permite a las personas afectadas desempeñar un papel más activo en la gestión de sus asuntos.
116.Para garantizar el acceso a abogados e intérpretes a los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero, desde 2024 Indonesia, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha elaborado y aplicado cinco procedimientos operativos estándar y directrices. Estos instrumentos garantizan el acceso a la asistencia jurídica y consular a los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero que se ven involucrados en procedimientos judiciales, tanto en casos generales como especiales, incluidos los relacionados con los estupefacientes, la trata de personas y la pena capital.
117.En cuanto a las garantías procesales para los niños no acompañados y separados en los procedimientos administrativos relacionados con la migración, la Ley núm. 6 de 2011 y la Directriz de 2024 disponen que los niños y los detenidos con hijos pueden ser trasladados a otros lugares distintos de los centros y casas de detención de inmigrantes. Esta disposición garantiza que los niños no sean separados de sus tutores.
Respuesta al párrafo 16
118.Indonesia garantiza el derecho a la libertad de los trabajadores migrantes y de sus familiares en el contexto de los procedimientos administrativos relacionados con la migración, incluidas las cuestiones de entrada, residencia y expulsión. La Ley núm. 6 de 2011, modificada por la Ley núm. 63 de 2024 de Inmigración, garantiza la circulación regulada y la regularización de los extranjeros, incluidos los trabajadores migrantes y sus familiares, en el territorio indonesio. La Ley se desarrolla mediante el Reglamento Gubernamental núm. 31 de 2013 de Aplicación de la Ley núm. 6 de 2011 de Inmigración.
119.El capítulo III, “Entrada y salida del territorio indonesio”, de la Ley núm. 6 de 2011 garantiza el derecho de todas las personas a entrar o salir de Indonesia, siempre que posean documentos de viaje y visados válidos, cuando proceda. Esa disposición se refuerza con el artículo 44, que exige a los extranjeros obtener un permiso de entrada expedido por los funcionarios de inmigración a su llegada. Esto también se aplica a los trabajadores migrantes y sus familiares que entran en Indonesia.
120.El capítulo V, “Visados, permisos de entrada y permisos de residencia o estancia”, de la Ley núm. 6 de 2011 complementa las disposiciones sobre la entrada y salida al regular la expedición de permisos de residencia o estancia para los extranjeros, incluidos los trabajadores migrantes y sus familiares. El procedimiento para la expedición de permisos de residencia o estancia está regulado específicamente por el Reglamento núm. 22 de 2023 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre los visados y permisos de residencia o estancia.
121.Indonesia también garantiza el derecho a la libertad de los trabajadores migrantes y sus familiares en caso de detención o expulsión en relación con los procedimientos administrativos migratorios. La Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración regula la detención en otros lugares distintos de los centros o casas de detención de inmigrantes, así como el permiso de salida temporal para los detenidos.
122.Indonesia dispone actualmente de 13 casas de detención de inmigrantes en todo el país, con una capacidad total para 1.695 personas. La capacidad de cada centro es la siguiente: Tanjung Pinang (400 personas), Semarang (60 personas), Manado (100 personas), Makassar (80 personas), Medan (120 personas), Balikpapan (150 personas), Kupang (90 personas), Denpasar (80 personas), Yakarta (120 personas), Pekanbaru (125 personas), Surabaya (80 personas), Pontianak (210 personas) y Jayapura (80 personas).
123.Indonesia también mantiene centros de detención de inmigrantes ubicados en las oficinas de inmigración de todo el país. Por otro lado, los lugares distintos de las casas o centros de detención de inmigrantes incluyen hoteles, apartamentos, complejos de viviendas, residencias, hospitales y otros alojamientos.
124.Indonesia está realizando esfuerzos considerables para mejorar las condiciones en todos los centros de detención mediante la renovación del 40 % de esos centros entre 2021 y 2025. Las renovaciones se centran en la mejora de las condiciones de vida y las instalaciones de apoyo, como las infraestructuras de agua, saneamiento e higiene.
125.Además, la Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración garantiza el suministro de alimentos, agua potable y asistencia sanitaria teniendo en cuenta la edad y el estado de salud de los detenidos. También se suministran comidas de acuerdo con las prácticas religiosas y se ofrece orientación médica en caso de enfermedad o en el caso de las detenidas lactantes. En cuanto a la atención sanitaria, se realizan reconocimientos médicos en el momento del ingreso y durante la detención, además de derivarse a los pacientes a hospitales y ofrecerse acceso al ejercicio físico y apoyo en materia de salud mental.
126.El capítulo 5 de la Directriz núm. IMI-190.GR.03.11/2024 incluye disposiciones sobre las alternativas a la detención para grupos vulnerables como los niños y sus acompañantes. Si esas opciones, como el acogimiento en la comunidad u otras modalidades distintas de la detención, no pueden ser costeadas por los interesados o sus patrocinadores, la casa o el centro de detención las financia. Esa disposición garantiza que las personas que reúnan los requisitos puedan recibir una ayuda económica para la modalidad alternativa a que se acojan, fomentando el trato humano y el cumplimiento de los cánones internacionales.
127.Para facilitar una migración segura, ordenada y regular, Indonesia se adhiere a los principios del respeto a la soberanía nacional, el estado de derecho y el debido proceso, entre otros. En este sentido, el desplazamiento de los trabajadores migrantes y sus familiares debe ser conforme con las leyes y políticas nacionales de migración.
128.Si bien el artículo 113 de la Ley núm. 6 de 2011 de Inmigración establece penas para las personas que entren o salgan deliberadamente del territorio indonesio sin haber sido autorizadas por un funcionario de inmigración en el puesto de control correspondiente, el artículo 136 de la misma ley prevé excepciones para los migrantes que sean víctimas de la trata o el tráfico de personas.
129.Muchos de los desplazamientos irregulares de trabajadores migrantes y sus familiares son facilitados por bandas de trata y tráfico de personas. El Reglamento Gubernamental núm. 31 de 2013 y la Directriz núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración también incluyen disposiciones que excluyen a las víctimas de los delitos relacionados con la inmigración y diferencian su trato en los procedimientos de detención y expulsión.
Respuesta al párrafo 17
130.Con la publicación de una nueva directriz (núm. IMI-190.GR.03.11 de 2024 del Director General de Inmigración), Indonesia está tomando medidas para garantizar que el proceso de deportación cumple la ley. La directriz refleja los esfuerzos realizados para mejorar la transparencia, la equidad y el trato humano en el sistema de inmigración.
131.En el capítulo X de la directriz del Director General de Inmigración se detallan los procedimientos de deportación. Las deportaciones se llevan a cabo sobre la base de la decisión sobre la medida administrativa de inmigración del Director de Supervisión y Ejecución en materia de Inmigración, o del Jefe de la Oficina de Inmigración. Para llevar a cabo la deportación, la Oficina de Inmigración se coordina con el representante del Estado de origen y otras partes pertinentes, especialmente si el detenido no tiene un documento de viaje válido o medios económicos para costear la deportación. La repatriación voluntaria o el reasentamiento en un tercer país de las víctimas de la trata y el tráfico de personas no forman parte de la deportación.
132.La directriz del Director General de Inmigración también concede a los detenidos el derecho a ponerse en contacto con su embajada, patrocinador, familia y abogado para hablar de su detención y deportación utilizando los medios de comunicación proporcionados por el centro. Esta política representa un cambio procedimental clave, pues el detenido asume un papel más directo en la gestión de sus asuntos.
133.En cuanto a la apelación de las decisiones de deportación, Indonesia ofrece un mecanismo claro en virtud del capítulo VII de la Directriz núm. IMI-0144.GR.03.09 de 2023 del Director General de Inmigración. Dicho capítulo permite a los extranjeros impugnar las medidas administrativas de inmigración interponiendo un recurso ante la autoridad de inmigración que emitió la decisión. El recurso debe incluir la identidad de la persona, los motivos del recurso y las pruebas correspondientes. Este proceso estructurado permite a los interesados impugnar las decisiones de deportación, garantizando cierto grado de debido proceso en el sistema de inmigración.
134.Según la Dirección General de Inmigración, Indonesia ha deportado a 23.376 personas desde 2018 por diversos motivos. Esta cifra refleja las importantes medidas coercitivas adoptadas en los siete últimos años. Sin embargo, el actual sistema indonesio de datos sobre la inmigración no desglosa los casos por categoría o procedencia de los deportados. Por lo tanto, no hay datos específicos sobre los trabajadores migrantes indocumentados o irregulares y sus familiares.
Respuesta al párrafo 18
135.Para dar prioridad a la protección de los trabajadores migrantes en situaciones vulnerables, en particular los trabajadores migrantes domésticos, el Ministerio de Relaciones Exteriores introdujo ocho procedimientos operativos estándar en febrero de 2024. Deben ser utilizados por las misiones de Indonesia en el extranjero para prestar asistencia a todos los trabajadores migrantes indonesios, independientemente de su situación migratoria. Los procedimientos operativos estándar abarcan una amplia gama de situaciones, incluidos los casos de delitos generales y especiales, las víctimas de la violencia, las presuntas víctimas de la trata de personas, los delitos relacionados con los estupefacientes, las víctimas de asesinato, los condenados a muerte y la obtención de servicios jurídicos.
136.Según lo dispuesto en la Ley núm. 18 de 2017, los trabajadores migrantes domésticos solo pueden ser contratados por empleadores reconocidos como personas jurídicas. Con este requisito se pretende garantizar que las embajadas y consulados de Indonesia tengan acceso directo para supervisar las condiciones de los trabajadores domésticos migrantes durante su empleo y prestarles asistencia oportuna y adecuada cuando la necesiten.
137.En marzo de 2025, el Ministerio Coordinador de Asuntos Políticos y de Seguridad creó la Oficina de Coordinación para la Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios. Con la iniciativa se busca reforzar la coherencia de las políticas en materia de protección de los trabajadores migrantes indonesios, especialmente en relación con la interoperabilidad de sistemas y datos. La creación de la Oficina obedece al gran número de casos de trabajadores domésticos migrantes indonesios que a menudo trabajan en entornos domésticos aislados y enfrentan mayores riesgos de protección. La Oficina tiene las siguientes atribuciones:
a)Organizar la integración de sistemas entre los ministerios e instituciones pertinentes;
b)Proporcionar asistencia jurídica basada en los principios de los derechos humanos y el derecho internacional;
c)Poner en marcha planes de contingencia para realizar evacuaciones masivas y desarrollar procedimientos operativos estándar para la repatriación.
138.A fin de que los servicios para los trabajadores migrantes indonesios en los países de destino sean accesibles y tengan en cuenta las cuestiones de género, el Gobierno de Indonesia ha adoptado un enfoque múltiple. Este incluye la integración de centros de recursos con perspectiva de género, el fortalecimiento de la colaboración con las organizaciones de la sociedad civil y los gobiernos locales, y la puesta en marcha de programas de formación para que los proveedores de servicios tengan en cuenta las necesidades específicas de cada sexo. El enfoque también engloba la prestación de apoyo jurídico y psicosocial, además de información exhaustiva sobre los derechos y normativas laborales.
139.En 2022, en línea con la iniciativa del Programa Integral de Información y Orientación adoptada en el Tercer Diálogo de Abu Dabi en noviembre de 2014, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios elaboró un programa de preorientación sensible al género. Su objetivo es proporcionar a las futuras trabajadoras migrantes conocimientos basados en el género para prevenir la violencia en los entornos domésticos aislados. A principios de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores puso en marcha un chatbot con inteligencia artificial, llamado SARI (nombre femenino indonesio), que es el primero en responder a las consultas relacionadas con la migración, incluidas las cuestiones de género.
140.Para mejorar los servicios y la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero, el Ministro de Relaciones Exteriores promulgó en enero de 2025 el Decreto Ministerial núm. 15 de 2025, relativo a la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero, que autoriza al Ministerio a designar a Representantes de Protección Integrada para las misiones de Indonesia en el extranjero. El marco de Representantes de Protección Integrada hace hincapié en la coordinación interfuncional dentro de la estructura de cada misión de Indonesia y promueve la participación activa de la comunidad para fomentar la protección de los ciudadanos indonesios en el extranjero.
141.Las misiones de Indonesia en el extranjero con Representantes de Protección Integrada reciben una mayor asignación de recursos, incluidos recursos humanos, instalaciones e infraestructuras, y un mayor presupuesto para la protección. Contar con recursos suficientes para la protección es un factor clave para que las misiones puedan cumplir sus objetivos. Los recursos asignados se destinan a una amplia gama de actividades de protección, como la repatriación y evacuación de ciudadanos indonesios, la provisión de asistencia médica y jurídica, el alojamiento temporal, la asistencia logística, la repatriación de restos mortales y otras formas de apoyo a los ciudadanos indonesios que tienen dificultades en el extranjero, especialmente los grupos vulnerables.
Respuesta al párrafo 19
142.Los trabajadores extranjeros empleados en Indonesia durante al menos seis meses deben estar inscritos en la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo. Los empleadores son legalmente responsables de la inscripción; el incumplimiento puede dar lugar a sanciones administrativas, incluidas restricciones de futuros permisos de empleo, de conformidad con la Ley núm. 24/2011 sobre la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo.
143.Para los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero, la Ley núm. 18/2017 y el Reglamento núm. 4/2023 del Ministerio del Trabajo establecen un marco de protección integral. Este ofrece prestaciones de protección social antes de la partida, durante el empleo y después del retorno. Los programas de seguridad social incluyen las prestaciones por accidente laboral, por fallecimiento y por jubilación (opcional), que cubren los gastos médicos en el extranjero, la asistencia domiciliaria, las prestaciones por fallecimiento, las indemnizaciones por discapacidad y las becas de estudios para los hijos. De acuerdo con las normativas nacionales de los países de destino, todos los empleadores de trabajadores migrantes indonesios están obligados a afiliar a sus trabajadores a los planes de seguro médico disponibles. Esa obligación está estipulada en el contrato de trabajo estándar entre los trabajadores migrantes indonesios y sus empleadores.
144.En el sector pesquero, el Reglamento núm. 33/2021 del Ministerio de Asuntos Marítimos y Pesca obliga a los propietarios de buques a inscribir a su tripulación en la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo, lo que garantiza el acceso a la cobertura por accidente, las prestaciones por fallecimiento y las prestaciones de jubilación. El Reglamento Gubernamental núm. 22/2022 refuerza esas protecciones.
145.Los contratos de trabajo de los trabajadores migrantes deben incluir cláusulas sobre los salarios, la jornada laboral, las licencias, el alojamiento, los seguros y los mecanismos de reclamación, de conformidad con el Reglamento núm. 1 de 2020 del Jefe de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios y el Reglamento Gubernamental núm. 10 de 2020. Los contratos están sujetos a revisión antes de la partida para garantizar el cumplimiento de las normas aplicables. En caso de irregularidades, entre ellas la colocación o el despido forzosos, los trabajadores tienen derecho a una indemnización de conformidad con el Reglamento núm. 4 de 2023 del Ministerio del Trabajo.
146.El Reglamento núm. 6 de 2024 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios garantiza la prestación de servicios accesibles para resolver las reclamaciones presentadas por los trabajadores migrantes indonesios. En casos de violación de derechos o incumplimiento de obligaciones contractuales, los conflictos pueden elevarse a los tribunales laborales.
147.El Gobierno de Indonesia también promueve activamente y evalúa acuerdos laborales bilaterales y multilaterales con el objetivo de garantizar la continuidad de la protección social de los trabajadores indonesios en el extranjero y defender el principio de la igualdad de trato en los países de destino. Actualmente se están evaluando los mecanismos de aplicación de esos acuerdos de conformidad con el Reglamento núm. 1 de 2024 del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios.
148.En virtud del Reglamento núm. 4 de 2023 del Ministerio del Trabajo, la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo ha ampliado su régimen de protección de los trabajadores migrantes indonesios ofreciendo 7 nuevas prestaciones y 9 prestaciones ampliadas. Entre ellas figuran la cobertura de los gastos de rehabilitación, prótesis, aparatos dentales e indemnizaciones por despido arbitrario o incumplimiento de contrato. El objetivo de esas mejoras es velar por que los trabajadores migrantes indonesios reciban una protección integral y equitativa en consonancia con las normas nacionales de seguridad social.
149.Las disposiciones relativas a la protección social de los trabajadores migrantes indonesios también se recogen en los acuerdos laborales bilaterales celebrados entre el Gobierno de Indonesios y sus homólogos, entre ellos:
a)El acuerdo entre el Gobierno de Indonesia y el Gobierno de Malasia sobre el empleo y la protección de los trabajadores migrantes domésticos indonesios en Malasia (artículo 12: protección de la seguridad social);
b)El acuerdo entre el Gobierno de Indonesia y el Gobierno de Alemania sobre la colocación y protección de profesionales sanitarios indonesios en la República Federal de Alemania (artículo 9: seguridad social).
Respuesta al párrafo 20
150.Indonesia garantiza el derecho de todos los niños a obtener un nombre y una nacionalidad, establecido en la Ley núm. 39 de 1999 de los Derechos Humanos, la Ley núm. 23 de 2002 de Protección de la Infancia y la Ley núm. 12 de 2006 de la Ciudadanía.
151.Para agilizar la emisión de partidas de nacimiento, el Gobierno de Indonesia ha reforzado la coordinación interministerial, en particular mediante el Memorando de Entendimiento sobre la Emisión Agilizada de Partidas de Nacimiento para la Protección de la Infancia, firmado por ocho ministerios en 2015. Con dicho memorando de entendimiento se crearon sinergias entre los ministerios competentes para proporcionar partidas de nacimiento a todos los niños indonesios, tanto en Indonesia como en el extranjero, incluidos los hijos de trabajadores migrantes.
152.Para garantizar el acceso al registro civil de los niños indonesios nacidos en el extranjero, el Ministerio de Relaciones Exteriores, por conducto de sus embajadas y consulados, presta servicios consulares relacionados con el registro civil o la documentación, incluida la inscripción del nacimiento de los hijos de trabajadores migrantes indonesios. Ello se deriva del Reglamento Presidencial núm. 53 de 2021 sobre el Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos (2021-2025), que obliga al Gobierno de Indonesia a expedir partidas de nacimiento a los ciudadanos indonesios nacidos en el extranjero.
153.A lo largo de 2024, el Gobierno expidió 19.379 partidas de nacimiento a hijos de trabajadores migrantes indonesios. Esa cifra refleja un aumento significativo en comparación con las 10.404 partidas expedidas en 2023.
154.La inscripción del nacimiento de los niños que requieren protección especial se ha promovido a nivel local mediante la aplicación del sistema de Regencias/Ciudades Amigas de la Infancia. Con él se busca aumentar la tasa de inscripción de los nacimientos, incluida la expedición de partidas de nacimiento y tarjetas de identidad infantiles, en consonancia con el artículo 59 de la Ley núm. 35 de 2014 sobre las enmiendas a la Ley núm. 23 de 2002 de Protección de la Infancia.
155.La Dirección General de Población y Registro Civil del Ministerio del Interior, en colaboración con las oficinas locales de población y registro civil, colabora con las partes interesadas pertinentes, incluidos los servicios sociales, para obtener datos sobre las familias pobres y las comunidades remotas. Estas asociaciones permiten al Gobierno de Indonesia llevar a cabo labores de divulgación y realizar el derecho de los niños a la documentación civil. Contar con una partida de nacimiento es esencial para acceder a otros servicios públicos, como la educación y los servicios sanitarios.
Respuesta al párrafo 21
156.El Gobierno de Indonesia trabaja para garantizar que los trabajadores migrantes y sus familiares puedan transferir de forma segura y eficiente sus ingresos, ahorros y efectos personales al término de su estancia en el extranjero. Ello se aplica tanto a los trabajadores migrantes indonesios que trabajan en el extranjero como a los extranjeros que trabajan en Indonesia.
157.No existe ninguna política que limite la capacidad de los trabajadores migrantes y sus familiares en Indonesia para transferir sus ingresos y efectos personales a su Estado de origen. La Dirección de Servicios Financieros publicó en 2015 la Circular núm. SE S-246/S.01/2015, de 15 de septiembre, relativa a la simplificación de la apertura de cuentas en moneda extranjera por personas físicas con nacionalidad extranjera. La Circular solo obliga a los bancos a tomar medidas de precaución para asegurarse de que los posibles clientes particulares extranjeros no figuren en ninguna lista de sanciones emitida por una organización internacional, ni estén incluidos en la lista de presuntos terroristas y organizaciones terroristas emitida por la Policía Nacional Indonesia. Además, no deben proceder de países extranjeros considerados no conformes con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI). Los bancos también están obligados a adoptar medidas de conformidad con la normativa aplicable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, incluidas las obligaciones de supervisión y notificación.
158.En colaboración con bancos estatales y privados, se promueven activamente programas de formación financiera y gestión de remesas para los trabajadores migrantes indonesios. Con ello se pretende enseñar a los trabajadores migrantes, los retornados y sus familiares a hacer un uso seguro de los servicios financieros, las estrategias de ahorro y la planificación de la reintegración. Por ejemplo, Bank Mandiri, uno de los bancos estatales de Indonesia, organiza periódicamente los programas de formación y educación financiera para trabajadores migrantes indonesios denominados “Mandiri Sahabatku”, que abarcan varios temas, como la revisión de la salud financiera, la elaboración de presupuestos, los instrumentos de inversión y las oportunidades empresariales. Los programas se imparten desde 2011 y han llegado a 20.000 trabajadores migrantes indonesios en varios países.
159.En los programas de orientación previa a la partida para los trabajadores migrantes indonesios también se incluyen actividades de formación financiera. En 2025 esas iniciativas se ampliaron mediante actividades de divulgación específicas en la comunidad, por ejemplo, en Java Oriental, centradas específicamente en los trabajadores migrantes retornados y sus familiares.
160.Para ejecutar esos programas, los ministerios y organismos competentes colaboran estrechamente con organizaciones de la sociedad civil y asociados del sector financiero para garantizar una participación inclusiva y lograr una mayor repercusión.
Respuesta al párrafo 22
161.Durante los programas de orientación previa a la partida, los trabajadores migrantes indonesios reciben documentación básica y complementaria. Entre otras cosas, se los informa sobre:
a)Las leyes y normativas aplicables en el país de destino;
b)Los contratos de trabajo, y en particular los derechos y obligaciones tanto del trabajador migrante como del empleador, en el país de destino.
162.Con esa información, los trabajadores migrantes indonesios pueden comprender sus derechos y obligaciones cuando sean empleados en el extranjero de conformidad con el contrato de trabajo.
163.La transparencia y la rendición de cuentas en el programa previo a la partida se garantizan mediante la promulgación de los siguientes instrumentos:
a)El Reglamento núm. 4 de 2023 de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, relativo a los cursos de orientación previa a la partida para los futuros trabajadores migrantes indonesios;
b)El Decreto núm. 428 de 2024 del Jefe de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, relativo a las directrices para la selección de instructores de los cursos de orientación previa a la partida de los futuros trabajadores migrantes indonesios;
c)El Decreto núm. 165 de 2023 del Jefe de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, relativo a las competencias de los instructores de los cursos de orientación previa a la partida de los futuros trabajadores migrantes indonesios.
164.De conformidad con el Reglamento núm. 7 de 2022 del Jefe de la Agencia de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, las instituciones gubernamentales responsables de proporcionar información previa a la partida a los futuros trabajadores migrantes indonesios incluyen:
a)Los gobiernos de las regencias y municipios, encargados de difundir información y promover oportunidades de trabajo legítimas en el extranjero para los futuros trabajadores migrantes indonesios;
b)Los gobiernos de las aldeas, encargados de recibir y proporcionar información relacionada con las oportunidades de empleo de las instituciones responsables de los asuntos gubernamentales en el ámbito del empleo.
165.Para reforzar la protección de los trabajadores migrantes indonesios desde la fase previa a la partida, el Gobierno de Indonesia también ha aprobado una serie de programas y políticas específicos, como:
a)Optimizar el papel de los centros de formación para el empleo;
b)Cooperar con los gobiernos locales para determinar la identidad de los posibles migrantes a fin de evitar el tráfico de migrantes o el envío al extranjero de migrantes menores de edad;
c)Establecer centros de servicios integrados en los distritos que envían al extranjero un gran número de trabajadores migrantes para que los procesos de colocación de migrantes sean fáciles, asequibles y seguros.
166.Los centros de servicios integrados prestan un abanico de servicios reuniendo a representantes de diversos organismos, como las oficinas locales de trabajo, población y registro civil, sanidad e inmigración, la policía, la Agencia de Gestión de la Seguridad Social para el Empleo y bancos estatales. Su objetivo principal es prestar servicios coordinados e integrados a los futuros trabajadores migrantes indonesios mediante la colaboración entre los organismos de la administración central y regional.
167.El programa de los centros de servicios integrados también cuenta con el apoyo de la oficina en Indonesia de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en particular mediante la elaboración y distribución de guías sobre los países de destino para contribuir al proceso inicial de partida de los trabajadores migrantes indonesios. Las guías se distribuyen a los trabajadores migrantes a través de organismos gubernamentales, organizaciones de la sociedad civil, centros de servicios integrados, aeropuertos y otros lugares.
168.En colaboración con el Ministerio del Trabajo, los sindicatos y el Centro de Crisis para Mujeres, la OIT ha establecido una cooperación multipartita incorporando el Centro de Recursos para Migrantes en los centros de servicios integrados. El Centro de Recursos para Migrantes contribuye a la ampliación de las funciones de los centros de servicios integrados proporcionando servicios no administrativos y sensibles a las cuestiones de género, incluidos el acceso a la información, la gestión de casos, la asistencia jurídica y otros servicios de apoyo para las posibles trabajadoras migrantes indonesias, las antiguas trabajadoras migrantes indonesias y sus familiares. Estos servicios se ocupan de cuestiones relacionadas con la migración laboral y las necesidades especiales de las trabajadoras migrantes indonesias que han sufrido violencia, acoso y trata.
Respuesta al párrafo 23
169.El Gobierno de Indonesia garantiza los derechos políticos de sus ciudadanos residentes en el extranjero, incluidos los trabajadores migrantes y sus familiares, asegurando su participación en las elecciones nacionales. La Ley núm. 7 de 2017 de las Elecciones Generales, en particular en sus artículos 167, 349, 357 y 367, establece el marco jurídico para la organización del voto en el extranjero.
170.Con el fin de desarrollar esas disposiciones, la Comisión Electoral General ha emitido reglamentos específicos, entre ellos su Reglamento núm. 25 de 2023, sobre la votación y el recuento de votos en las elecciones generales, y su Decisión núm. 66 de 2024, sobre las directrices técnicas para la votación y el recuento de votos en las elecciones generales. Estos instrumentos establecen procedimientos claros y mecanismos técnicos para facilitar el derecho de voto de los ciudadanos en el extranjero.
171.Para garantizar la accesibilidad y la comodidad de los trabajadores migrantes indonesios y sus familiares, el Gobierno de Indonesia ofrece dos métodos de votación. En primer lugar, los electores pueden votar en persona en las mesas electorales designadas en el extranjero, organizadas por el Comité Electoral en el Extranjero. En segundo lugar, los votantes tienen la opción de inscribirse para votar por correo: se les envían las boletas directamente a su domicilio y pueden devolverlas antes del día oficial de las elecciones.
172.Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Comisión Electoral General han colaborado para integrar la base de datos del Ministerio sobre los ciudadanos indonesios residentes en el extranjero en la lista de inscripción de votantes en el extranjero de la Comisión. El Comité Electoral en el Extranjero también es responsable de llevar a cabo campañas de concienciación pública para aumentar la tasa de inscripción de votantes en el extranjero.
173.El Gobierno sigue tratando de mejorar continuamente la accesibilidad, la transparencia y la eficacia en sus intentos de facilitar la participación electoral de los ciudadanos en el extranjero, reconociendo su importancia para el proceso democrático.
Respuesta al párrafo 24
174.Como parte en la Convención sobre los Derechos del Niño, el Gobierno de Indonesia se ha comprometido a garantizar el acceso a la educación de todos los niños indonesios. En la quinta generación del Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos (2021-2025) se hace más hincapié en el acceso a la educación de los hijos de trabajadores migrantes en el extranjero.
175.El Gobierno ha establecido escuelas indonesias en 15 países, que funcionan bajo los auspicios de las embajadas de Indonesia, para acoger a los niños indonesios en el extranjero que deseen recibir una enseñanza basada en el plan de estudios nacional indonesio. El Gobierno también ha creado Centros de Aprendizaje Comunitario en Malasia, destinados específicamente a proporcionar a los hijos de trabajadores migrantes indonesios acceso a la educación formal, desde la enseñanza primaria hasta la secundaria, con el mismo plan de estudios, normas y cualificaciones que las escuelas de Indonesia.
176.En 2024 más de 275 de esos centros impartían enseñanza a unos 27.197 alumnos en Sabah y Sarawak (Malasia). Para garantizar el reconocimiento legal de sus resultados educativos, el Gobierno de Indonesia también facilita exámenes de equivalencia escolar para los niveles de enseñanza primaria, secundaria y terciaria, que equivalen a los niveles de primaria, secundaria y bachillerato, respectivamente. Estos programas proporcionan a los estudiantes diplomas reconocidos por el sistema educativo nacional indonesio.
177.Además, Indonesia está animando actualmente al Gobierno de Malasia a que permita el establecimiento de nuevos Centros de Aprendizaje Comunitario en la zona de la península de Malasia. Al mismo tiempo, el Gobierno de Indonesia también se esfuerza por mejorar el ejercicio del derecho a la educación de los hijos de trabajadores migrantes reforzando la coordinación y la cooperación en el servicio educativo con el Centro Educativo Humana; aumentando la sinergia con la Dirección de la Educación de Sabah; facilitando la solicitud de permisos de estancia, el fomento de la capacidad y la evaluación de seguimiento del personal docente; distribuyendo becas a los estudiantes destacados; e iniciando la creación de la Escuela Indonesia-Tawau.
Respuesta al párrafo 25
178.Indonesia ha tomado medidas importantes para facilitar la importación de efectos personales y enseres domésticos o material relacionado con el trabajo de los trabajadores migrantes indonesios. Se han logrado avances significativos gracias a la promulgación del Reglamento núm. 141 de 2023 del Ministerio de Finanzas, que concede la exención de derechos e impuestos aduaneros a las mercancías importadas por los trabajadores migrantes indonesios. Este reglamento es reflejo del reconocimiento por el Gobierno de la contribución vital de los trabajadores migrantes indonesios a las divisas y al desarrollo económico del país. También subraya la voluntad del Gobierno de crear un entorno propicio para el retorno y la reintegración de los trabajadores migrantes indonesios, facilitando el retorno de sus efectos personales y las herramientas utilizadas durante su empleo en el extranjero.
179.El Gobierno sigue promoviendo activamente que los trabajadores migrantes indonesios en el extranjero usen servicios de transferencia de dinero oficiales, seguros, asequibles y rápidos, incluso para el envío de remesas. Se realizan periódicamente campañas de información pública y divulgación para concienciar a los trabajadores migrantes indonesios y a sus familiares sobre las ventajas de utilizar servicios financieros oficiales y regulados y los riesgos de utilizar canales oficiosos.
180.Además, el Gobierno ha empezado a cooperar con bancos regionales de desarrollo e instituciones financieras nacionales, en particular bancos estatales de la red “Himbara”, para ampliar las redes de servicios financieros y reducir los costos de transferencia de remesas. Con ello se busca ofrecer servicios de remesas competitivos y transparentes y estudiar formas de hacer más accesibles las transferencias de remesas, especialmente en las regiones rurales y desatendidas. El Gobierno de Indonesia permanece dispuesto a colaborar con instituciones financieras que ofrezcan programas de empoderamiento económico para los trabajadores migrantes indonesios y sus familiares, y apoya la difusión de dichos programas para que los trabajadores migrantes estén informados de los servicios que se adapten a sus necesidades.
Respuesta al párrafo 26
181.El Gobierno de Indonesia trabaja para garantizar la igualdad de trato y la protección de todos los trabajadores, incluidos los de temporada, mediante un marco jurídico y normativo completo que cumpla los convenios laborales internacionales pertinentes. Ese objetivo se plasmó en la Ley núm. 18 de 2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, que garantiza sus derechos en todas las etapas del ciclo migratorio: antes de la partida, durante el empleo y al regreso. Esa ley también es pertinente para los trabajadores migrantes indonesios que realizan trabajo de temporada en el extranjero. Las principales medidas incluyen:
a)Difusión de información y capacitación: el Gobierno de Indonesia difunde información y mejora la calidad de los futuros trabajadores migrantes mediante programas de educación previa a la partida y de formación profesional;
b)Lucha contra la trata de personas: se ha creado un grupo de trabajo específico sobre el acto criminal de la trata de personas, que afecta de manera desproporcionada a los trabajadores vulnerables, para prevenirlo y combatirlo;
c)Acuerdos bilaterales: Indonesia establece activamente acuerdos bilaterales con los países de destino para garantizar la protección de los trabajadores migrantes, con cláusulas que estipulan salarios justos y condiciones de trabajo decentes;
d)Función de los agregados laborales: los agregados laborales en los países de colocación desempeñan un papel fundamental supervisando las condiciones de los trabajadores migrantes indonesios, facilitando la resolución de los conflictos, defendiendo sus derechos y difundiendo las políticas relacionadas con el empleo.
182.El Reglamento Gubernamental núm. 22 de 2022 sobre la Colocación y Protección de los Marinos y Pescadores Migrantes regula específicamente los sectores marino y pesquero, en los que abunda el trabajo de temporada. Este reglamento refleja el compromiso del Gobierno de Indonesia de garantizar una protección integral a esta categoría de trabajadores mediante disposiciones clave, entre las que se incluyen:
a)Protección integral: ofrece protección antes, durante y después del empleo en los aspectos jurídico, económico y social;
b)Contratos de trabajo: antes de zarpar, los marinos y pescadores migrantes deben firmar un Contrato de Trabajo en el Mar que debe precisar la identidad de las partes, sus derechos y obligaciones, así como las condiciones de trabajo, en particular la duración de la jornada laboral, el tiempo de descanso, las licencias, los salarios, las horas extraordinarias, el alojamiento y la seguridad social, y los derechos de repatriación;
c)Horarios de trabajo y descanso definidos: para los marinos comerciales migrantes, el reglamento establece una jornada laboral máxima de 14 horas cada 24 horas, y 72 horas cada 7 días; y un descanso mínimo de 10 horas cada 24 horas, y 77 horas cada 7 días;
d)Documentos obligatorios: los trabajadores deben poseer documentos esenciales como el pasaporte, la libreta de marino, el Contrato de Trabajo en el Mar, un justificante de participación en la seguridad social, un certificado médico, un visado de trabajo y un certificado de competencia;
e)Derechos de repatriación: los empleadores o mandantes son responsables de la repatriación de los marinos y pescadores migrantes en caso de rescisión del contrato o por otras razones justificadas.
183.Además, el Reglamento Gubernamental núm. 35 de 2021 sobre los Contratos de Trabajo de Duración Determinada, la Subcontratación Externa, los Horarios de Trabajo y los Períodos de Descanso, y el Cese de la Relación Laboral establece un marco para diversos tipos de empleo, incluido el trabajo de temporada. Dispone explícitamente que pueden celebrarse contratos de trabajo de duración determinada para el trabajo de temporada. Los trabajadores con contratos de duración determinada tienen derecho a una indemnización en caso de cese de la relación laboral, siempre que hayan trabajado al menos un mes de forma ininterrumpida. La indemnización se calcula proporcionalmente al tiempo trabajado.
184.El Gobierno de Indonesia realiza un control sistemático de los empleadores y del cumplimiento de la normativa laboral. Los Inspectores del Trabajo llevan a cabo inspecciones iniciales, ordinarias o periódicas, y especiales. Estos procedimientos, que están regulados por el Reglamento núm. 33 de 2016 del Ministerio del Trabajo, garantizan el cumplimiento de la Ley núm. 13 de 2003 del Trabajo y la Ley núm. 11 de 2020 de Creación de Empleo. En caso de incumplimiento, el Ministerio del Trabajo se coordina con los ministerios competentes para adoptar las medidas que procedan. En el caso de los trabajadores migrantes, las misiones de Indonesia en el extranjero, en colaboración con los inspectores del Estado de abanderamiento y los funcionarios de control del Estado rector del puerto, controlan su protección durante el empleo.
185.El completo marco jurídico y normativo de Indonesia, junto con su compromiso con la supervisión sistemática y la cooperación internacional, sustenta sus esfuerzos para velar por que los trabajadores de temporada disfruten de igualdad de trato y condiciones equitativas de trabajo.
Respuesta al párrafo 27
186.El Gobierno de Indonesia, por conducto de varias instituciones, como el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios y el Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias, sigue trabajando para prevenir la migración irregular mediante campañas de divulgación pública, el fortalecimiento de las funciones en las aldeas y la coordinación intersectorial. Por ejemplo, la Dirección General de Inmigración del Ministerio de Inmigración e Instituciones Penitenciarias ha elaborado el Programa de Asistencia a las Aldeas, ha asignado oficiales de enlace de inmigración en las aldeas en varias oficinas de inmigración de toda Indonesia, ha implantado un sistema para impedir que los candidatos a migrar de manera irregular obtengan un pasaporte y ha reforzado la cooperación internacional y la aplicación de la ley de inmigración a nivel nacional.
187.Indonesia no es Estado Parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 ni en su Protocolo de 1967. No obstante, mantiene un marco jurídico nacional, como se indica en el Reglamento Presidencial núm. 125 de 2016, para atender las necesidades de los refugiados, lo que demuestra su compromiso con el derecho internacional y los principios humanitarios, incluida la aplicación del principio de no devolución.
188.El Reglamento Presidencial núm. 125 de 2016 incluye directrices para la gestión de los refugiados extranjeros. Este reglamento establece los procedimientos de detección, acogida y protección de refugiados y solicitantes de asilo. También regula la prestación de asistencia, incluidos los servicios de alojamiento, la ayuda alimentaria de emergencia y el acceso a la atención sanitaria y a la educación básica.
189.El reglamento fomenta la colaboración entre las distintas partes interesadas, entre ellas el Gobierno central, la Policía Nacional Indonesia, las Fuerzas Armadas y las organizaciones internacionales (principalmente el ACNUR y la OIM). Este enfoque multipartito se ha reforzado con el Grupo Nacional de Trabajo sobre los Refugiados, creado en virtud del reglamento, que permite dar una respuesta estructurada y coordinada. El grupo de trabajo se refuerza aún más con los grupos de trabajo regionales (a nivel provincial y de ciudad/regencia).
190.Según datos del ACNUR de mayo de 2025, Indonesia acogía a unos 12.043 refugiados y solicitantes de asilo, que residían en más de una decena de provincias, entre ellas Aceh, Sumatra Septentrional, Riau, Islas Riau, Gran Yakarta, Java Occidental, Sulawesi Meridional, Bali y Nusa Tenggara Oriental. Indonesia mantiene un planteamiento humanitario a ultranza con respecto a los refugiados, lo que refleja su compromiso de defender los principios humanitarios al tiempo que atiende sus intereses nacionales.
191.El Gobierno de Indonesia supervisa la aplicación de los acuerdos bilaterales relativos a los trabajadores migrantes de diversas maneras, entre ellas:
a)Realizando evaluaciones periódicas por conducto del Grupo de Trabajo Conjunto o Equipo de Tareas Conjunto;
b)Publicando los acuerdos bilaterales y documentos conexos;
c)Creando un espacio de diálogo con las ONG, el mundo académico y las organizaciones de trabajadores migrantes para supervisar de forma independiente la aplicación de los acuerdos;
d)Difundiendo el contenido y las novedades de los acuerdos bilaterales a los futuros trabajadores migrantes indonesios, al público y a otras partes interesadas.
192.En los acuerdos bilaterales celebrados por Indonesia y países de destino como Malasia, el Japón, la República de Corea y Alemania se incluye una disposición por la que se establece un Grupo de Trabajo Conjunto. Este sirve de plataforma de coordinación para llevar a cabo revisiones y controles periódicos que garanticen la aplicación efectiva de los acuerdos laborales bilaterales y abordar cuestiones de interés para todas las partes implicadas, incluidos los trabajadores migrantes indonesios.
193.El Gobierno de Indonesia promueve sistemáticamente la adopción de un contrato de trabajo estándar en sus negociaciones con los países de destino.
194.De acuerdo con su política de no discriminación, el Gobierno de Indonesia no discrimina a los trabajadores migrantes indonesios que desean trabajar en los países de Oriente Medio. Es más, los anima activamente a que sigan los procedimientos oficiales firmando un contrato de trabajo con una persona jurídica.
195.El Gobierno de Indonesia defiende firmemente los derechos de los trabajadores migrantes indonesios, incluidos los empleados en los países de Oriente Medio, aunque es consciente de las dificultades que plantea el sistema de patrocinio de kafala. Por ello, el Decreto núm. 260 de 2015 del Ministerio del Trabajo introdujo una moratoria de la contratación de trabajadores domésticos indonesios por empleadores particulares en 21 países de Oriente Medio. Las embajadas y consulados de Indonesia también han reforzado la supervisión para asegurar que los trabajadores domésticos sean contratados únicamente por personas jurídicas o empleadores con licencia, en consonancia con la Ley núm. 18 de 2017. Estas medidas tienen por objeto mejorar la protección, prevenir la explotación y garantizar el acceso a vías de recurso.
Respuesta al párrafo 28
196.El Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios cuenta con un procedimiento operativo estándar (núm. BP2MI-03.02/CFM.01/SOP.01) para contribuir al retorno de los trabajadores migrantes indonesios que se encuentran en situaciones de despido, impago de salarios, etc. El Ministerio se encarga de formar un Equipo de Facilitación del Retorno y de coordinarse con otros ministerios u organismos gubernamentales pertinentes para ayudar a los trabajadores migrantes que desean retornar. Aunque el procedimiento operativo estándar únicamente está concebido para los trabajadores migrantes indonesios que se encuentran en las situaciones mencionadas, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios está planeando actualmente ampliarlo para prestar asistencia al retorno a todos los trabajadores migrantes indonesios que regresan.
197.La Ley núm. 13 de 2003 del Empleo establece condiciones claras sobre cuándo y cómo los niños pueden realizar formas limitadas de trabajo, como trabajos ligeros, pasantías o desarrollo de talentos, al tiempo que prohíbe estrictamente las peores formas de trabajo infantil. Queda prohibida toda actividad que sea peligrosa o perjudicial para el desarrollo físico, mental o moral del niño, o que constituya una explotación. También queda prohibido que los niños se dediquen a la esclavitud, la trata, la pornografía u otras actividades peligrosas. La ley también prevé sanciones para quienes infrinjan las disposiciones relativas al trabajo infantil: penas de prisión de 2 a 5 años y multas de entre 200 y 500 millones de rupias.
198.El Gobierno de Indonesia ha aclarado aún más los tipos prohibidos de trabajo infantil mediante el Decreto núm. 235 de 2003 del Ministro del Trabajo y la Transmigración, sobre los tipos de trabajo que ponen en peligro la salud, la seguridad o la moral de los niños. En el decreto se enumeran los empleos prohibidos, como los trabajos con máquinas, la aviación, las instalaciones de alto riesgo y los trabajos realizados en entornos peligrosos o que entrañen un riesgo para la integridad moral de los niños, incluidos los locales de espectáculo para adultos.
199.Además, el Reglamento núm. 6 de 2024 del Ministerio de Empoderamiento de las Mujeres y Protección de la Infancia fomenta la participación de la comunidad en la protección de los niños contra las peores formas de trabajo infantil.
200.El Gobierno de Indonesia ha puesto en marcha el Plan de Acción Nacional para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil como principal instrumento para erradicar el trabajo infantil. En julio de 2024, el Gobierno inició la segunda fase del Programa para Acabar con el Trabajo Infantil, como continuación de la hoja de ruta anterior.
201.El Gobierno de Indonesia constató un descenso significativo del número de niños que trabajaban entre 2008 y 2020. El Programa de Reducción del Trabajo Infantil ha reintegrado con éxito a 143.456 niños trabajadores, permitiéndoles acceder a la educación formal en las escuelas y a la formación profesional.
202.El Gobierno de Indonesia sigue intensificando su labor para erradicar el trabajo infantil mediante la mejora de la inspección del trabajo y la orientación. Ello se refleja en el creciente número de empresas o instituciones inspeccionadas, que pasaron de 734 en 2022 a 808 en 2023 y (en un aumento significativo) hasta 1.395 en 2024.
203.Desde 2022, la labor destinada a eliminar el trabajo infantil y sus peores formas se ha llevado a cabo mediante una serie de estrategias específicas que incluyen la sensibilización de las partes interesadas, la definición de los problemas relacionados con el trabajo infantil y las intervenciones centradas en la erradicación de las peores formas en sectores como el trabajo en alta mar, la minería, las plantaciones y la fabricación a pequeña escala. Estas medidas forman parte de la labor más general destinada a proteger a los niños vulnerables, especialmente en los sectores con gran intensidad de mano de obra y en los entornos de alto riesgo.
204.En consonancia con este enfoque integral de protección y empoderamiento, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios ha puesto en marcha la iniciativa “Desa Migran Emas”. Con este programa vanguardista se busca reforzar la protección de los trabajadores migrantes indonesios y aumentar la resiliencia de sus comunidades. Fue concebido en estrecha coordinación con los gobiernos locales y las autoridades de las aldeas y se aplica de conformidad con el Decreto Ministerial núm. 1074 de 2025, que establece las Directrices Operativas para el Programa Desa Migran Emas.
205.Con esta iniciativa se quiere aumentar la resiliencia de las comunidades promoviendo la educación, la potenciación de los conocimientos y la autosuficiencia económica, con el objetivo más general de mejorar la calidad de vida global en las aldeas con alta intensidad migratoria. El programa fomenta una cultura de aprendizaje permanente y participación ciudadana. Hasta la fecha, 13 aldeas de Sulawesi Central, Java Central y Java Oriental han sido designadas oficialmente Desa Migran Emas. El programa amplía e institucionaliza el modelo anterior, “Kampung TKI”, ofreciendo un enfoque más integrado y sostenible del apoyo y el desarrollo de los trabajadores inmigrantes en la comunidad.
Respuesta al párrafo 29
206.El Gobierno de Indonesia utiliza diversos canales y asigna recursos financieros y de otro tipo para llevar a cabo iniciativas y ejecutar diversas actividades dirigidas por los ministerios competentes, como:
a)La publicación y difusión de información sobre los procedimientos de inmigración en los sitios web oficiales, anuncios digitales y redes sociales;
b)El Programa de Asistencia a las Aldeas, con el que se busca prevenir la migración irregular, incluida la de trabajadores migrantes, implicando a las autoridades locales en la educación sobre la inmigración, protegiendo a las comunidades de la trata y el tráfico de personas, y velando por que los viajes al extranjero cumplan la normativa;
c)Actividades de divulgación sobre la colocación y protección de los trabajadores migrantes indonesios y la prevención de la trata de personas bajo el lema “Migración segura y protección de los trabajadores migrantes indonesios”, dirigidas a los futuros trabajadores migrantes y sus familiares, al público y a las partes interesadas;
d)El Ministerio de Relaciones Exteriores, en colaboración con la oficina de la OIM en Indonesia, ha producido una película titulada “A través de la pantalla” en respuesta a los casos de trata de personas mediante estafas en línea que afectan a ciudadanos indonesios. La película se ha utilizado en campañas de sensibilización pública en las regiones de origen de las víctimas y también es de libre acceso en el canal de YouTube;
e)La colaboración con diversas partes interesadas para llevar a cabo campañas destinadas a sensibilizar a la población sobre las estafas y los préstamos ilegales en línea, dirigidas no solo a las zonas tradicionales de empleo de trabajadores migrantes indonesios, sino también a las regiones identificadas como zonas de origen de víctimas indonesias de la trata mediante estafas en línea;
f)El Ministerio de Comunicación y Asuntos Digitales, en colaboración con el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, vigila y combate la contratación ilegal de trabajadores migrantes a través de plataformas digitales recibiendo denuncias de contenidos ilícitos en su sitio web (https://instansi.aduankonten.id) y se ocupa de los casos de ofertas de empleo falsas denunciados por el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios.
207.En cuanto a la cooperación bilateral, Indonesia ha establecido 11 memorandos de entendimiento sobre la protección de los ciudadanos indonesios y la prevención de la trata de personas con: Australia, China, Japón, Camboya, República Democrática Popular Lao, Malasia, Países Bajos, Papua Nueva Guinea, Palestina, Singapur y Tailandia.
208.Además de la cooperación bilateral, Indonesia, como Copresidente del Proceso de Bali junto con Australia, también sigue promoviendo iniciativas concretas para combatir la trata y el tráfico de personas y otros delitos transnacionales en la región de Asia y el Pacífico. Esa labor incluye campañas de prevención y concienciación sobre la información engañosa relacionada con la emigración.
209.Como se señala en la Estrategia de Cooperación de Adelaida (2023), el Proceso de Bali apoya a sus miembros para que desarrollen y pongan en marcha campañas eficaces de información pública, sensibilicen a la población y promuevan la alfabetización digital, en particular de los jóvenes, para reducir la migración irregular y promover una migración segura y legal. A modo de ejemplo, la Oficina Regional de Apoyo del Proceso de Bali publicó el informe titulado “Percepciones de la comunidad y necesidades de información de las personas en riesgo de migración irregular en los Estados miembros del Proceso de Bali: datos de Bangladesh, Indonesia, Malasia y Tailandia”, que ofrece recomendaciones de actuación centradas específicamente en programas de información dirigidos a cambiar el comportamiento de las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y tienen probabilidades de emprender viajes de migración irregular.
210.El Proceso de Bali también puso en marcha el Foro de Gobiernos y Empresas, que sirve de plataforma estratégica de colaboración entre el sector privado y los Estados miembros del Proceso de Bali para combatir la trata de personas y la explotación laboral conexa en las cadenas de suministro.
Respuesta al párrafo 30
211.La Ley de Protección de la Infancia ofrece una protección especial a los niños que se encuentran en determinadas condiciones, como los hijos de trabajadores migrantes no acompañados que son víctimas de abandono, explotación, traumas o abusos.
212.Los hijos de trabajadores migrantes que acompañan a sus padres en los Estados receptores, a su llegada a Indonesia, pueden ser alojados en el Hogar Social Seguro para la Infancia, un centro de protección para los trabajadores migrantes indonesios y sus hijos, en particular los que tienen dificultades y requieren una atención especial. El Hogar Seguro ofrece alojamiento temporal y servicios de apoyo como servicios psicológicos y sociales para las víctimas. El Ministerio de Asuntos Sociales creó el Hogar Social Seguro para ayudar a los trabajadores inmigrantes y a sus hijos.
213.Además, el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios ha puesto en marcha el programa Hogar Seguro para los Migrantes, que sirve de refugio temporal y ofrece asistencia y servicios, como atención de la salud física y psicosocial, ayudas económicas y asistencia social, a los futuros trabajadores migrantes indonesios y a los que regresan, así como a sus hijos. Este programa también proporciona asistencia jurídica a los trabajadores migrantes indonesios que tienen dificultades en los países de destino o en Indonesia.
214.El programa Hogar Seguro para los Migrantes ofrece varios servicios a los hijos de trabajadores migrantes, a saber:
a)Necesidades básicas, como alojamiento, alimentos y ropa, durante su estancia en el Hogar Seguro para los Migrantes;
b)Apoyo psicológico y postraumático;
c)Acceso a la educación formal e informal para continuar su formación;
d)Apoyo a la reintegración de los niños en la comunidad mediante programas de refuerzo familiar y tutoría.
215.El programa Hogar Seguro para los Migrantes se ha implantado en 23 Centros de Servicios de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios repartidos por todo el país.
216.En los casos de hijos de trabajadores migrantes que son descuidados por sus padres o quedan huérfanos, el Gobierno de Indonesia, por conducto del Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios y el Ministerio de Asuntos Sociales, se encarga de su repatriación y reunificación con su familia ampliada. Si no tienen parientes, son confiados a la Oficina Social Subnacional pertinente, con lo que se garantiza que ningún niño se quede sin apoyo y protección.
Respuesta al párrafo 31
217.El Gobierno de Indonesia se ha comprometido a aplicar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus protocolos mediante la ratificación de la Convención, el Protocolo contra la Trata de Personas y el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes en 2009. En junio de 2025, Indonesia presentó sus respuestas al Cuestionario de Autoevaluación sobre la aplicación del Grupo 1 de la Convención (penalización y jurisdicción), en el marco del Mecanismo de Examen.
218.En los foros multilaterales, Indonesia demostró su liderazgo presentando la declaración conjunta del Grupo MIKTA durante el 32º período de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal celebrada en Viena en mayo de 2023. En dicha declaración conjunta se expresa preocupación por la creciente explotación de las tecnologías nuevas y emergentes por bandas de delincuencia organizada transnacional para llevar a cabo sus actividades ilícitas.
219.En los foros regionales, Indonesia sigue mostrando su liderazgo como Copresidente del Proceso de Bali, junto con Australia, para promover actuaciones concretas y tangibles, de acuerdo con su mandato de hacer frente a la trata y el tráfico de personas y otros delitos transnacionales en la región de Asia y el Pacífico. En la Octava Conferencia Ministerial del Proceso de Bali, celebrada en Adelaida en febrero de 2023, los Ministros expresaron su profunda preocupación por la magnitud de las operaciones de estafa en línea llevadas a cabo por organizaciones delictivas, que se han convertido en un importante motor de la trata de personas en la región, y subrayaron además la necesidad de combatir con carácter prioritario los incidentes cada vez más frecuentes de personas víctimas de la trata para trabajar en operaciones de estafa en línea.
220.Durante su presidencia en 2023, Indonesia también presentó la Declaración de los Líderes de la ASEAN sobre la Lucha contra la Trata de Personas Mediante el Uso Indebido de la Tecnología (Labuan Bajo, 10 de mayo de 2023), en la que los Estados miembros de la ASEAN se comprometieron a reforzar la cooperación regional para combatir los delitos facilitados por la tecnología.
221.A nivel nacional, Indonesia ha adoptado las siguientes medidas para combatir la trata de personas:
a)La promulgación de la Ley núm. 21 de 2007, relativa a la trata;
b)La creación del Equipo de Tareas contra la Trata de Personas en 2008 para reforzar la coordinación del Gobierno nacional con los gobiernos locales;
c)La formulación y ejecución del Plan de Acción Nacional para la Prevención y la Lucha contra la Trata de Personas (2015-2019 y 2020-2024), en el que se define una estrategia plurianual integral centrada en la prevención, la rehabilitación de las víctimas, el refuerzo legal, la coordinación y la colaboración interinstitucional;
d)A partir de 2023, el cargo de Presidente Ejecutivo del Equipo de Tareas se transfirió oficialmente al Jefe de la Policía Nacional Indonesia para hacer hincapié en un mayor enfoque policial de la lucha contra la trata de personas;
e)La promulgación de la Ley núm. 18 de 2017, relativa a la protección de los trabajadores migrantes indonesios;
f)La creación de la Dirección de Protección de la Infancia y las Mujeres y Trata de Personas de la Policía Nacional Indonesia, en 2024. Esta unidad adopta un enfoque multidisciplinar para ocuparse de los casos relacionados con niños y mujeres, velando por que las investigaciones se lleven a cabo con un enfoque centrado en las víctimas y de forma eficiente para evitar la revictimización;
g)La creación, en 2025, de la Oficina para la Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios, gestionada por el Ministerio Coordinador de Asuntos Políticos y de Seguridad, que reúne a los principales ministerios y organismos para mejorar la protección de los migrantes y prevenir la trata de personas;
h)El establecimiento de un formulario de detección estándar para que las embajadas y consulados de Indonesia detecten e identifiquen de manera eficaz a las víctimas de la trata de personas;
i)El desarrollo de un procedimiento operativo estándar exhaustivo para la repatriación y reintegración de las víctimas de la trata de personas, formalizado en virtud del Reglamento núm. 8/2021 del Ministerio de Empoderamiento de las Mujeres y Protección de la Infancia, sobre los servicios integrados para los testigos y víctimas de la trata de personas, en el que se detallan los protocolos para la tramitación de las denuncias, la rehabilitación médica y psicosocial, la asistencia jurídica, la repatriación segura y voluntaria y la reintegración social a largo plazo;
j)Actividades de capacitación para funcionarios indonesios de todos los ministerios competentes, como cursos de formación, talleres y diálogos interinstitucionales. Estas iniciativas se llevan a cabo no solo a escala nacional, sino también en colaboración con asociados regionales e internacionales como el Proceso de Bali, la UNODC y la OIM;
k)Para reforzar aún más la recopilación y gestión de datos desglosados sobre la trata de personas, Indonesia ha creado una base de datos central gestionada por la Dirección para la Protección de los Ciudadanos Indonesios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Los casos se registran a través de las embajadas y consulados de Indonesia. Además, se organizan diálogos interinstitucionales periódicos por conducto del Equipo de Tareas Nacional contra la Trata de Personas y la Oficina para la Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios.
Respuesta al párrafo 32
222.El Gobierno de Indonesia sigue demostrando su firme voluntad de proteger los derechos de sus ciudadanos en el extranjero, incluidos los que se encuentran en situación de migración irregular. En consonancia con el artículo 69 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares, Indonesia ha adoptado un enfoque integral basado en los derechos que incluye la reforma de las políticas, la cooperación bilateral y la asistencia sobre el terreno.
223.Cabe destacar en este sentido la reciente puesta en marcha de una política de regularización por el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios. Esta iniciativa, que fue anunciada en junio de 2025, ofrece una vía clara y humana para que los trabajadores migrantes indonesios indocumentados o irregulares regularicen su situación, en cooperación con los Gobiernos de los países de destino. Con este programa, el Gobierno busca registrar formalmente a los trabajadores migrantes indonesios indocumentados facilitándoles la expedición de la documentación legal necesaria e integrándolos en las bases de datos oficiales. Este paso es crucial no solo para proteger a los trabajadores migrantes indonesios, sino también para reforzar los sistemas nacionales de datos y facilitar la migración laboral estructurada.
224.La labor activa de las misiones de Indonesia en los Emiratos Árabes Unidos es un buen ejemplo de los esfuerzos bilaterales del Gobierno de Indonesia para ayudar a sus ciudadanos en situación irregular en el extranjero, respetando al mismo tiempo las leyes y normativas de los países receptores:
a)La Embajada de Indonesia en Abu Dabi y el Consulado General en Dubái han mantenido reuniones con la Oficina de Inmigración y el Subsecretario Adjunto de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores de los Emiratos Árabes Unidos. Esos contactos confirmaron la iniciativa de los Emiratos Árabes Unidos de declarar una amnistía en materia de visados, ofreciendo un alivio a las personas que se habían quedado en el país después de que hubiera vencido su visado y a los trabajadores migrantes indocumentados;
b)Entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, la Embajada de Indonesia en Abu Dabi asistió a 2.595 ciudadanos indonesios con consultas sobre la amnistía, facilitó su visita a la Oficina de Inmigración de los Emiratos Árabes Unidos y expidió 1.953 pasaportes y 455 documentos de viaje en lugar del pasaporte;
c)Durante el mismo período, el Consulado General en Dubái ayudó a 5.252 ciudadanos indonesios a solicitar la amnistía, expidió 3.083 pasaportes y 947 documentos de viaje en lugar del pasaporte, y facilitó pruebas de ADN y documentación a 119 menores indocumentados.
225.Esta política se suma a la creciente labor de cooperación bilateral de Indonesia con los países de destino. Uno de los ejemplos más notables es el Programa de Recalibración en Malasia, mediante el cual más de 150.000 indonesios legalizaron su situación entre 2021 y 2023, con la ayuda del Gobierno de Indonesia. Gracias a este programa, los trabajadores indocumentados pudieron verificar su identidad, recibir un pasaporte y acceder a asistencia jurídica mediante la estrecha colaboración entre las autoridades de Indonesia y Malasia.
226.Además, las embajadas y consulados de Indonesia siguen desempeñando un papel protagonista en la protección de los trabajadores migrantes en el extranjero. Estas misiones gestionan albergues que proporcionan alojamiento temporal, asistencia jurídica y apoyo a la repatriación a los trabajadores en situación irregular o que sufren abusos. Paralelamente, las innovaciones digitales, como SISKOP2MI, han mejorado significativamente la capacidad del Gobierno para documentar, localizar y apoyar a los trabajadores migrantes que necesitan regularizar su situación.
227.El Gobierno también ha hecho hincapié en la interacción con la comunidad, colaborando estrechamente con los gobiernos locales, las comunidades de la diáspora, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones de formación para garantizar que los trabajadores migrantes estén informados de sus derechos y las oportunidades de regularización disponibles. Esto es especialmente evidente en regiones como Sumatra Occidental, donde el Ministerio de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios colabora con instituciones educativas y autoridades locales para promover prácticas seguras de migración e identificar a trabajadores cualificados para su colocación legal en el extranjero.
228.Para quienes no pueden regularizar su situación, el Gobierno de Indonesia sigue ofreciendo programas estructurados de reintegración que incluyen formación profesional, desarrollo del espíritu empresarial y asistencia para la colocación laboral, con el fin de ayudar a los retornados a reconstruir sus medios de subsistencia en el país.
Respuesta al párrafo 33
229.En otros párrafos del presente informe se han tratado cuestiones similares a las planteadas en el párrafo 33 de la lista de cuestiones previa a la presentación del informe (CMW/C/IDN/QPR/2).
230.El Gobierno de Indonesia sigue firmemente comprometido con la promoción y protección de los derechos de todos los trabajadores, incluidos los migrantes y los domésticos. Aunque Indonesia no ha ratificado aún los Convenios de la OIT núms. 97, 143 y 189, estos instrumentos se examinan continuamente para armonizar la legislación nacional con los cánones laborales internacionales.
231.Indonesia da prioridad al fortalecimiento de los marcos jurídicos e institucionales nacionales para garantizar la protección integral de los trabajadores migrantes indonesios, como se refleja en la Ley núm. 18 de 2017 de Protección de los Trabajadores Migrantes Indonesios. Indonesia también apoya activamente la cooperación internacional para mejorar la gobernanza de la migración laboral, en particular participando en plataformas regionales y multilaterales como el Diálogo de Abu Dabi, el Proceso de Colombo y el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, en consonancia con las prioridades y capacidades nacionales.
Respuesta al párrafo 34
232.En los siete últimos años, Indonesia ha experimentado importantes fluctuaciones en los movimientos migratorios internacionales, tanto de entrada como de salida. El Gobierno mantiene un sólido sistema de datos sobre la inmigración para controlar y reaccionar ante esos movimientos con eficacia.
233.Entre 2018 y 2024, el número de ciudadanos indonesios que cruzaron las fronteras internacionales mostró tanto resiliencia como volatilidad, especialmente a la luz de la pandemia de COVID-19. Las estadísticas anuales son las siguientes:
a)2018: 10.432.181 salidas y 9.705.271 llegadas;
b)2019: 10.593.717 salidas y 9.986.583 llegadas;
c)2020: 2.049.912 salidas y 2.370.257 llegadas;
d)2021: 644.177 salidas y 864.755 llegadas;
e)2022: 5.519.399 salidas y 4.901.215 llegadas;
f)2023: 10.569.485 salidas y 9.906.587 llegadas;
g)2024: 11.967.147 salidas y 11.544.128 llegadas.
234.El fuerte descenso en 2020 y 2021 refleja claramente el impacto de las restricciones de viaje en todo el mundo y los protocolos sanitarios instalados a causa de la pandemia de COVID-19. Durante ese período, la movilidad de los ciudadanos indonesios, tanto de salida como de llegada, se redujo en más de un 80 % en comparación con los niveles anteriores a la pandemia. Sin embargo, en 2023 y 2024, los niveles de movilidad no solo se recuperaron, sino que superaron los volúmenes anteriores a la pandemia, lo que indica un fuerte repunte de los movimientos transfronterizos.
235.A lo largo de 2024, Indonesia registró un total de 183.964 extranjeros que trabajaban en el país.
Respuesta al párrafo 35
236.El Gobierno de Indonesia reafirma su firme compromiso de promover la protección de los derechos humanos, entre otras cosas avanzando hacia la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
237.Al tratarse del último gran instrumento internacional de derechos humanos aún no ratificado por Indonesia, se le ha dado prioridad en consonancia con las recomendaciones recibidas en los ciclos del examen periódico universal (EPU) de 2017 y 2022. Esa prioridad queda reflejada en la inclusión de la ratificación de la Convención en el Plan de Acción Nacional sobre los Derechos Humanos, lo que subraya la dedicación del Gobierno al cumplimiento de sus compromisos internacionales.
238.La ratificación de tratados internacionales en Indonesia sigue un minucioso proceso que necesita de la coordinación entre los ministerios del Gobierno y la aprobación del Parlamento. El poder ejecutivo, encabezado por el Presidente y los ministerios competentes, prepara y presenta un proyecto de ley a la Cámara de Representantes para que lo examine y apruebe. Se han logrado avances significativos, puesto que el proyecto de ley para la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, firmado por el Presidente y los ministros competentes, ha sido presentado ya a la Cámara de Representantes, lo que supone un paso decisivo en el proceso legislativo.
239.Indonesia sigue plenamente decidida a concluir ese proceso con prontitud e informará sobre los avances en la ratificación de la Convención.
Respuesta al párrafo 36
240.Indonesia toma nota de la recomendación, que figuraba en la anterior observación final, de hacer la declaración prevista en los artículos 76 y 77 de la Convención y así reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones de Estados Partes y de particulares relativas a violaciones de los derechos establecidos por la Convención.
241.Indonesia ha establecido un mecanismo eficaz de denuncias individuales a través de sus instituciones nacionales de derechos humanos, que incluyen:
a)La Comisión Nacional de Derechos Humanos: institución nacional independiente de derechos humanos con acreditación “A” de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI);
b)La Comisión Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres: mecanismo independiente dedicado a recibir y tramitar denuncias de actos de violencia contra mujeres y niñas;
c)La Comisión de Protección de la Infancia: encargada de tramitar las denuncias individuales relacionadas con los derechos de los niños; y
d)La Comisión Nacional sobre la Discapacidad: ofrece un mecanismo formal de denuncia y supervisa activamente el respeto de los derechos de las personas con discapacidad, al tiempo que formula recomendaciones al Gobierno al respecto.
242.Además, el Ministerio de Derechos Humanos fomenta el acceso a la justicia proporcionando un canal específico de denuncia sobre los derechos humanos llamado “YankoHAM”. El Ministerio ha creado 33 puestos de denuncia en oficinas locales y unidades técnicas de implementación, y en cooperación con otras instituciones sociales o comunales, como iglesias e instituciones adat.
243.Entre 2020 y 2024, YankoHAM recibió alrededor de 4.604 denuncias a través de la plataforma en línea “SimasHAM”, y 11 de ellas guardaban relación con los derechos de los trabajadores migrantes. El Ministerio lleva a cabo una labor de evaluación administrativa y sustantiva y se coordina con las partes interesadas, incluidos los ministerios e instituciones pertinentes, la policía y los gobiernos provinciales, para dar seguimiento a las denuncias.