Lista de cuestiones y preguntas previas a la presentación del noveno informe periódico de Australia *
Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia, las actividades de recuperación y las crisis mundiales
Sírvanse describir las medidas adoptadas para abordar la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y sus impactos a largo plazo, y las formas de aplicarlas en la respuesta del Estado parte a las crisis actuales y futuras como el cambio climático, la inseguridad alimentaria y la crisis energética. Sírvanse aportar información sobre las estrategias adoptadas para garantizar que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres sean un requisito fundamental a la hora de hacer frente a estas crisis y de elaborar respuestas adecuadas como políticas, programas de asistencia, actividades de recuperación y consolidación del estado de derecho. Sírvanse aportar información también sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación igualitaria y significativa de las mujeres en estos procesos, y para que estas crisis no conduzcan a un retroceso de los avances realizados en la protección y promoción de los derechos de la mujer.
Marco legislativo e institucional
Teniendo en cuenta las anteriores recomendaciones del Comité (párr. 10), sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para examinar su reserva al artículo 11, párrafo 2, de la Convención con vistas a retirarla.
Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 4), sírvanse aportar información sobre el impacto en los derechos de las mujeres y la igualdad de género que han tenido las enmiendas a la Ley de Matrimonio de 1961, las enmiendas a la Ley de Delitos (Violencia Doméstica y Personal) de 2007 del órgano legislativo de Nueva Gales del Sur, la Ley de Enmienda de la Legislación Penal (Esclavitud, Condiciones Análogas a la Esclavitud y Trata de Personas), las enmiendas a la Ley sobre Discriminación Sexual de 1984, las enmiendas a la Ley de Derecho de Familia de 1984 y la Ley de Igualdad de Género en el Trabajo de 2012.
Marco constitucional y jurídico
Recordando su recomendación general núm. 28 (2010), relativa a las obligaciones básicas de los Estados partes de conformidad con el artículo 2 de la Convención, y en consonancia con las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 12), sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para:
a)Incorporar plenamente la Convención en la legislación nacional mediante la adopción de una carta federal de derechos humanos que incluya una garantía de la igualdad entre mujeres y hombres y que prohíba la discriminación contra la mujer, incluida la discriminación directa e indirecta en las esferas pública y privada, así como las formas interseccionales de discriminación, de conformidad con el artículo 1 de la Convención;
b)Acelerar el reconocimiento de las Primeras Naciones en la Constitución para que las mujeres indígenas puedan reivindicar sus derechos tal y como recomendó el Comité en su carta de seguimiento de 19 de julio de 2021;
c)Armonizar la legislación federal, de los estados y de los territorios contra la discriminación a fin de ajustarla a la Convención;
d)Poner en práctica el resto de las recomendaciones formuladas en 2008 por el Comité Permanente de Asuntos Jurídicos y Constitucionales para mejorar la eficacia de la Ley sobre Discriminación Sexual.
Acceso a la justicia
Teniendo en cuenta la recomendación general núm. 39 (2022), relativa a las mujeres indígenas, sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para llevar a práctica:
a)Las recomendaciones formuladas en 1996 por la Comisión de Reforma Legislativa de Australia sobre el reconocimiento de las leyes consuetudinarias aborígenes, en particular en los ámbitos del derecho penal y la imposición de penas, así como de las pruebas y el procedimiento (párrs. 542, 677 y 880);
b)Las recomendaciones formuladas en 2014 por la Comisión de Productividad en el informe sobre su investigación relativa a los mecanismos de acceso a la justicia, en particular las recomendaciones 16.3, sobre el papel de los servicios jurídicos para las personas aborígenes e isleñas del estrecho de Torres, 21.6, sobre la financiación de los proveedores de asistencia jurídica y 25, sobre la recopilación de datos desglosados, y el capítulo 22 sobre la asistencia para las personas aborígenes e isleñas del estrecho de Torres;
c)Los resultados del examen del sistema de derecho de familia efectuado en 2019 por la Comisión de Reforma Legislativa de Australia en la reorganización del sistema del tribunales de familia, en especial la recomendación 9, sobre la adopción de “una definición de miembro de familia que incluya cualquier concepto de familia de los aborígenes e isleños del estrecho de Torres que sea pertinente en las circunstancias particulares del caso” y la recomendación 45, según la cual “el Gobierno australiano debe garantizar la disponibilidad de oficiales de enlace indígenas en las secretarías de los tribunales donde sean necesarios”;
d)Los avances realizados en la capacitación de más profesionales indígenas del ámbito jurídico para que presten asistencia letrada a las mujeres indígenas, entre otras cosas para presentar reclamaciones con arreglo a la Ley de Títulos de Propiedad de los Aborígenes y otros regímenes legales de derechos sobre la tierra.
Institución nacional de derechos humanos
Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para velar por que la Comisión de Derechos Humanos de Australia conserve la acreditación de categoría A y disponga de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para cumplir eficazmente su mandato en materia de derechos de la mujer e igualdad de género. Sírvanse aportar información también sobre las medidas adoptadas para poner en práctica las recomendaciones formuladas en 2022 por el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, en especial en lo que respecta al proceso de nombramiento de los miembros de la Comisión, en consonancia con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París; resolución 74/156 de la Asamblea General) y las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 18).
Medidas especiales de carácter temporal
Sírvanse aportar información sobre la adopción y el impacto de las medidas especiales de carácter temporal para acelerar la igualdad sustantiva de mujeres y hombres en todos los ámbitos en los que las mujeres están insuficientemente representadas o en situación de desventaja, como las mujeres indígenas, las mujeres migrantes y las mujeres del medio rural, en particular las mujeres que se enfrentan a formas interseccionales de discriminación, en consonancia con las anteriores recomendaciones del Comité (párr. 22; CEDAW/C/AUS/CO/7, párr. 27).
Estereotipos y prácticas nocivas
En consonancia con las anteriores observaciones finales del Comité (CEDAW/C/AUS/CO/8, párr. 24), sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para establecer una estrategia integral para superar los estereotipos discriminatorios sobre las funciones y las responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad, el acceso a la educación, el empleo y la salud. Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para abordar las representaciones sexistas de la mujer en los medios de comunicación, entre ellos los medios sociales, y el discurso de odio contra las mujeres y las niñas. Sírvanse aportar información también sobre las medidas adoptadas para prevenir el matrimonio infantil o forzado y proteger de esa práctica a las mujeres y a las niñas, en particular a las que pertenecen a minorías étnicas y religiosas, en consonancia con la recomendación general núm. 31 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y observación general núm. 18 del Comité de los Derechos del Niño (2019), sobre las prácticas nocivas.
Violencia de género contra la mujer
Teniendo en cuenta las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 28), sírvanse aportar información sobre las medidas concretas adoptadas para cambiar los comportamientos y actitudes que conducen a las elevadas tasas de violencia de género contra la mujer en el Estado parte, que sigue siendo endémica, y los resultados obtenidos. Sírvanse aportar información también sobre:
a)Las medidas adoptadas para aprobar una legislación federal que transfiera la competencia para legislar sobre la violencia de género contra la mujer al Parlamento Federal;
b)El estado de aplicación del Plan Nacional para Acabar con la Violencia contra las Mujeres y los Niños (2022-2032) y las medidas para supervisar su impacto;
c)La asignación de recursos humanos, técnicos y financieros para aplicar el plan nacional de 2022 para reducir la violencia contra las mujeres y las niñas a fin de redoblar los esfuerzos para asegurar que las víctimas de la violencia de género tengan a su disposición servicios de apoyo solo para mujeres e impulsados por mujeres;
d)Las medidas para aumentar la prevención y las intervenciones tempranas en los casos de violencia doméstica y familiar, entre ellas la financiación de servicios de apoyo especializados, así como las medidas para poner en práctica las recomendaciones del informe “Un sistema nacional para el examen de las muertes por violencia doméstica y familiar”.
Obligaciones extraterritoriales
En consonancia con la recomendación general núm. 39 (2022) del Comité, relativa a las mujeres indígenas, y sus anteriores observaciones finales (párr. 30), sírvanse aportar información sobre los avances realizados en la elaboración de un plan de acción nacional sobre las empresas y los derechos humanos, y las medidas adoptadas para garantizar el consentimiento libre, previo e informado de las mujeres indígenas afectadas antes de que se apruebe cualquier proyecto de desarrollo y de la industria extractiva a gran escala. Además, sírvanse indicar las medidas adoptadas para investigar las vulneraciones de los derechos humanos de la mujer por parte de las empresas que están basadas o registradas en el Estado Parte, y garantizar la indemnización y la rehabilitación de las mujeres víctimas del conflicto de Bougainville.
Cambio climático y reducción del riesgo de desastres
Sírvanse aportar información sobre las medidas existentes que garantizan a las mujeres un papel central en la acción climática y la reducción del riesgo de desastres, a nivel local, regional, nacional e internacional, así como en la adopción y la aplicación de estrategias para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, especialmente las resultantes del consumo de carbón y la exportación.
Trata y explotación de la prostitución
En consonancia con las anteriores observaciones finales del Comité (párr. 32), sírvanse aportar información sobre:
a)El número de investigaciones, persecuciones, condenas y penas impuestas a los tratantes y sus cómplices, en consonancia con las anteriores observaciones finales del Comité;
b)Las medidas adoptadas para abordar el trabajo forzoso y reforzar el plan de Movilidad Laboral del Pacífico de Australia, para aplicar la Ley sobre las Formas Contemporáneas de Esclavitud de 2018 y el Programa de Apoyo a las Víctimas de la Trata, y para garantizar la pronta detección y la remisión de las víctimas de la trata por parte de los agentes del orden;
c)Las medidas legislativas adoptadas para despenalizar a las mujeres que ejercen la prostitución en todos los estados y territorios del Estado parte y para abordar la servidumbre y la explotación sexuales;
d)Los resultados del examen trienal de la Ley sobre las Formas Contemporáneas de Esclavitud de 2018, y la aplicación del Plan de Acción Nacional de Lucha contra las Formas Contemporáneas de Esclavitud 2020-2025;
e)Los resultados del plan de indemnización federal para las víctimas de la trata y si se conceden reparaciones adecuadas independientemente de la capacidad o la voluntad de las víctimas de cooperar con las actuaciones penales contra los autores de la trata; las medidas adoptadas para reducir el umbral de vulnerabilidad que se exige a las mujeres para acceder a servicios.
Participación en la vida política y pública
Sírvanse aportar datos sobre la representación de las mujeres, entre ellas las mujeres indígenas, las mujeres con discapacidad y otros grupos, en la vida política y pública, especialmente mediante la adopción de medidas especiales de carácter temporal.
Las mujeres y la paz y la seguridad
Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas y los avances realizados en la integración de una perspectiva de género en el segundo Plan de Acción Nacional del Estado parte para la aplicación de la resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad, relativa a las mujeres y la paz y la seguridad, y en las políticas nacionales de seguridad, así como sobre los recursos asignados para la aplicación del Plan. Sírvanse aportar información también sobre las medidas adoptadas y los resultados del análisis del sector de la seguridad que responde a las cuestiones de género, incluida la exportación de armas. Sírvanse aportar información sobre cómo se vela por la participación de las mujeres en estos procesos.
Nacionalidad
Sírvanse aportar información sobre las acciones para un mejor acceso de las mujeres indígenas al registro de nacimiento de sus hijos, en especial mediante el registro en línea y el refuerzo de los servicios móviles de registro, sobre todo en las zonas rurales, así como sobre los resultados obtenidos.
Educación
Sírvanse aportar información sobre:
a)Las medidas adoptadas para prohibir la suspensión, la expulsión y la denegación de educación por motivos de maternidad y para prohibir las restricciones cuando las madres jóvenes regresan a la educación después del parto;
b)Los avances realizados en la aplicación de planes para establecer una academia de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas para las niñas indígenas y aprovechar la tecnología de la información y las comunicaciones a fin de mejorar el acceso a la educación de niñas y mujeres en regiones remotas y las medidas para promover que las niñas y las mujeres elijan opciones educativas no tradicionales, especialmente en ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas, y en tecnología de la información y las comunicaciones;
c)Las medidas aplicadas para asegurar un entorno de aprendizaje seguro y más inclusivo, en particular para las niñas y mujeres indígenas, las niñas y mujeres con discapacidad, las mujeres migrantes y sus hijas, entre ellas las nacidas en el Estado parte, y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales;
d)El número de escuelas secundarias creadas en comunidades indígenas y los avances realizados en la incorporación de la educación sobre las Primeras Naciones en los planes de estudios ordinarios.
Empleo
Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para abordar la segregación industrial y ocupacional y aplicar el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor. Sírvanse aportar información también sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas en el estudio de 2017 sobre la segregación de género en el lugar de trabajo y en el informe de la Comisión de Australia titulado “Supporting working parents: pregnancy and return to work national review”. Sírvanse aportar información también sobre:
a)Las medidas adoptadas para la adopción de un código de prácticas relativo a las obligaciones legales de los empleadores con respecto a las trabajadoras embarazadas y los trabajadores con obligaciones familiares, y para la sensibilización de los empleadores acerca de esas obligaciones;
b)Las medidas puestas en marcha para llevar a cabo un análisis de las consecuencias en función del género de la caja de jubilación, considerando la carga desproporcionada del trabajo de cuidados no remunerado que soportan las mujeres;
c)Los avances en la aplicación de las recomendaciones de la Investigación Nacional sobre Acoso Sexual en los Lugares de Trabajo Australianos, realizada por la Comisión de Derechos Humanos de Australia.
Acoso sexual
Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para alentar la denuncia del acoso sexual en el lugar de trabajo, para aprobar métodos de investigación que tengan en cuenta las cuestiones de género y para castigar adecuadamente a los autores del acoso. Sírvanse informar a la Comisión sobre la aplicación de las recomendaciones del Examen Independiente de los Lugares de Trabajo Parlamentarios del Commonwealth, para erradicar el acoso sexual en los lugares de trabajo parlamentarios.
Salud
Sírvanse aportar información sobre los avances realizados en la aplicación de las recomendaciones formuladas en 2017 por la Comisionada de los Niños de que se revisen las leyes, las políticas y las prácticas de los estados y territorios para garantizar el acceso a servicios de aborto legales y prescritos, y sensibilizar a las mujeres y las niñas, los padres, los docentes, los profesionales médicos y la población en general sobre los derechos en materia de salud sexual y reproductiva y crear zonas seguras en los alrededores de las clínicas donde se practican los abortos. Sírvanse aportar información también sobre:
a)La asignación de recursos adicionales para detener el deterioro de la salud mental de las mujeres y las niñas, en particular de las madres jóvenes, las mujeres indígenas, las mujeres con discapacidad, las mujeres reclusas, las mujeres migrantes y sus hijas, incluidas las nacidas en el Estado parte, y las mujeres lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales;
b)Las medidas adoptadas para eliminar el requisito para que las mujeres transgénero obtengan el reconocimiento legal de su género y para velar por los derechos de las mujeres transgénero a la integridad física, la autonomía y la libre determinación;
c)Los avances en la prestación de servicios de atención de la salud sin discriminaciones apropiados desde el punto de vista cultural y que tengan en cuenta las cuestiones de género, así como en la capacitación de los profesionales indígenas del sector de la salud, en particular en las zonas rurales y remotas;
d)Las medidas adoptadas para terminar de elaborar el marco estratégico nacional de salud mental y bienestar social y emocional para los aborígenes y los isleños del estrecho de Torres, para garantizar los recursos suficientes para su aplicación y para abordar el trauma intergeneracional de manera eficaz y apropiada desde el punto de vista cultural.
Prestaciones sociales y económicas
Sírvanse aportar información sobre:
a)Las medidas para intensificar el apoyo que se presta a las familias y los hogares monoparentales para garantizar un nivel de vida adecuado, reducir el acogimiento fuera del hogar y hacer frente a la inseguridad alimentaria;
b)Las medidas y programas para el empoderamiento económico de las madres solas, incluidas las medidas que les permitan completar su educación superior, y el acceso de las mujeres desempleadas, las madres jóvenes y las mujeres en riesgo de pobreza a los subsidios para el cuidado de sus hijos.
Mujeres indígenas
Sírvanse aportar información sobre:
a)Las medidas presupuestarias adoptadas para asegurar el aumento de los recursos humanos, técnicos y financieros del Congreso Nacional de los Primeros Pueblos de Australia;
b)Las decisiones normativas y presupuestarias adoptadas para asegurar la financiación a largo plazo para una vivienda segura y asequible para las mujeres indígenas, y si estas decisiones implican el Acuerdo Nacional sobre la Vivienda Asequible.
Mujeres refugiadas y solicitantes de asilo
Recordando la recomendación general núm. 32 (2014) del Comité, sobre las dimensiones de género del estatuto de refugiada, el asilo, la nacionalidad y la apatridia de las mujeres y la recomendación general núm. 28 (2010), relativa a las obligaciones básicas de los Estados partes de conformidad con el artículo 2 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, sírvanse aportar información sobre:
a)La práctica de interceptar y devolver a las mujeres y niñas solicitantes de asilo que llegan por mar y las medidas adoptadas para garantizar que puedan solicitar asilo en el territorio del Estado parte;
b)Las medidas adoptadas para descontinuar la tramitación extraterritorial en Nauru y en ultramar de las solicitudes de asilo presentadas por las mujeres y las niñas, y las medidas para velar por que todas las mujeres y las niñas que soliciten protección tengan acceso a procedimientos de asilo y de determinación de la condición de refugiado eficaces y que respondan a las cuestiones de género, así como a la revisión judicial de las decisiones sobre sus solicitudes dentro del territorio del Estado parte, con acceso a asistencia letrada gratuita;
c)Las medidas legislativas adoptadas para derogar las disposiciones sobre la detención obligatoria de los solicitantes de asilo, en particular las mujeres y las niñas, y cuáles son las medidas adoptadas para evitar la detención o utilizarla únicamente como último recurso, a fin de velar por la unidad familiar y la segregación de las mujeres y las niñas de los hombres y los niños que no sean familiares cercanos en los centros de detención para solicitantes de asilo;
d)Las medidas adoptadas para garantizar que todas las mujeres y las niñas refugiadas y solicitantes de asilo que se encuentren bajo la responsabilidad del Estado parte tengan acceso a la educación y a los servicios de salud sexual y reproductiva adecuados e información asociada, incluidos la anticoncepción de urgencia y los servicios de aborto y posaborto seguros en todo el territorio;
e)Las medidas adoptadas para restablecer el acceso de las mujeres y las niñas que solicitan asilo a los servicios de apoyo a la resolución de la condición jurídica;
f)Las medidas normativas, legislativas y presupuestarias adoptadas para prevenir e investigar todas las denuncias de violencia de género, incluida la violencia sexual, contra las mujeres en los centros para inmigrantes bajo responsabilidad del Estado parte y enjuiciar y castigar adecuadamente a los autores.
Mujeres reclusas
Sírvanse aportar información sobre:
a)Las medidas normativas e institucionales para establecer una intervención temprana integral, diseñar estrategias de desviación y de prevención, así como alternativas a la detención no privativas de libertad, y las medidas adoptadas para abolir específicamente las denominadas leyes de “detención de las personas sin papeles” y de condena obligatoria;
b)Los programas que aborden las necesidades de las mujeres reclusas y promuevan alternativas a la detención, en especial para las mujeres indígenas detenidas por delitos leves;
c)Las medidas presupuestarias e institucionales adoptadas para asegurar que las mujeres y las niñas reclusas se sometan a un examen inicial exhaustivo para determinar sus necesidades de atención de la salud física y mental, y para asegurar que tengan acceso a servicios de salud adecuados a dichas necesidades;
d)Las medidas institucionales y presupuestarias adoptadas para impartir capacitaciones obligatorias sobre los derechos de las mujeres y sobre los comportamientos que tienen en cuenta las cuestiones de género a todo el personal de las instalaciones de detención, y el porcentaje del personal que participó en dichas capacitaciones, así como las medidas adoptadas para velar por que las mujeres reclusas tengan acceso efectivo y confidencial a procedimientos de denuncia independientes;
e)El número de investigaciones, persecuciones y sanciones de casos de violencia sexual contra las mujeres reclusas en comparación con el número de todos los casos denunciados;
f)Las medidas adoptadas para establecer métodos de inspección alternativos en lugar de los registros al desnudo;
g)Las condiciones de detención de las mujeres y si éstas están en consonancia con las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok) y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela).
Matrimonio y relaciones familiares
Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para examinar las disposiciones neutras en cuanto al género de la Ley de Derecho de Familia, teniendo en cuenta los resultados del examen en curso del sistema de derecho de familia, y para garantizar que la violencia de género contra la mujer en el ámbito doméstico se tenga en cuenta en las decisiones relativas a la custodia de los hijos. Sírvanse aportar información también sobre la aplicación de las recomendaciones formuladas en 2001 por el Consejo de Derecho de Familia para otorgar a los tribunales las facultades discrecionales para pronunciarse en asuntos concernientes al divorcio cultural y comunitario, a fin de prevenir las uniones religiosas y velar por que las mujeres no se vean obligadas a permanecer en ellas y por que sus derechos económicos estén protegidos tras la disolución de dichas uniones.
Información adicional
Sírvanse aportar toda información adicional que consideren oportuna acerca de las medidas legislativas, normativas, administrativas y de otro tipo adoptadas para aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales formuladas por el Comité tras el examen del informe periódico anterior (CEDAW/C/AUS/8) en 2018. Estas medidas pueden consistir en leyes, avances, planes, programas y ratificaciones de instrumentos de derechos humanos de carácter reciente, así como cualquier otra información que el Estado parte considere pertinente. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas adoptadas para integrar una perspectiva de género en todas las iniciativas orientadas a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Tengan en cuenta que, además de las cuestiones planteadas en el presente documento, durante el diálogo el Estado parte deberá responder a otras preguntas en relación con todos los ámbitos que abarca la Convención.