Comité de los Derechos del Niño
Lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados de Turkmenistán *
1.Se pide al Estado parte que presente por escrito información adicional actualizada, en un máximo de 10.700 palabras, antes del 15 de junio de 2024. En el diálogo con el Estado parte, el Comité puede abordar todos los aspectos de los derechos del niño contemplados en la Convención.
Parte I
2.Sírvanse explicar las medidas adoptadas o previstas para:
a)Examinar y ajustar plenamente a la Convención y a sus Protocolos Facultativos la legislación y la práctica nacionales, incluidos el decreto sobre la reglamentación de la Comisión de Menores de 1967 y el reglamento sobre los órganos de tutela y curatela de la República Socialista Soviética de Turkmenistán de 1972;
b)Evaluar la aplicación del Plan de Acción Nacional de Derechos del Niño (2018-2022), incluidos sus principales logros, y proporcionar información sobre el nivel de participación de las organizaciones de la sociedad civil y los niños en la elaboración del Plan de Acción Nacional de Derechos del Niño (2023-2028);
c)Determinar el porcentaje del presupuesto asignado a los niños y aumentarlo, en particular las partidas destinadas a la salud, la educación, el sector social y los niños vulnerables, incluidos los niños con discapacidad, los niños pertenecientes a minorías étnicas y los niños que viven en zonas remotas del país;
d)Mejorar la recopilación sistemática de datos desglosados sobre la infancia y la difusión pública de datos y estadísticas oficiales, incluidos los resultados del censo nacional realizado en 2022;
e)Reforzar la capacidad de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos, en particular mediante el aumento de sus recursos financieros y humanos, y garantizar que la Oficina realice un seguimiento exhaustivo y sistemático de los derechos de la infancia, entre otras cosas examinando las denuncias presentadas por los niños de una manera adaptada a la infancia y que tenga en cuenta sus necesidades;
f)Dar a conocer mejor la Convención y sus Protocolos Facultativos, entre otros medios a través de la difusión de las observaciones finales sobre los informes periódicos segundo a cuarto combinados del Estado parte en turcomano y otros idiomas locales entre los niños y la población en general, e impartir capacitación a los funcionarios encargados de aplicar las observaciones finales.
3.Se ruega informen al Comité acerca de las medidas adoptadas para aplicar sus recomendaciones anteriores en lo que atañe a intensificar la labor de la Comisión Interdepartamental para la Aplicación de los Compromisos Internacionales de Turkmenistán en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario con miras a coordinar todas las actividades relativas a la aplicación de la Convención a nivel intersectorial, nacional, regional y local.
4.Sírvanse indicar si:
a)Se han tomado medidas específicas para eliminar las prácticas del matrimonio infantil informal (no registrado) y los nacimientos no inscritos, también entre las minorías étnicas baluchi y nohur;
b)Se han tomado medidas para acabar con los casos en que se reduce la edad mínima para contraer matrimonio;
c)Durante el período que abarca el informe se realizaron campañas de concienciación dirigidas a niños, progenitores y profesores sobre los efectos extremadamente nocivos del matrimonio infantil.
5.Tengan a bien proporcionar información actualizada sobre:
a)Las medidas adoptadas para modificar la legislación nacional, incluida la Constitución, con el fin de que quede expresamente prohibida toda forma de discriminación por motivos de discapacidad, de conformidad con las normas internacionales;
b)La aplicación de la legislación contra la discriminación en el Estado parte para prevenir la discriminación contra los niños que se encuentran en situaciones de marginación o desventaja, incluidos los niños con discapacidad, los niños refugiados, solicitantes de asilo y apátridas, y los niños de varios grupos étnicos, como los baluchi y los nohur;
c)La aplicación del interés superior del niño en los procesos de toma de decisiones, incluida la adopción de los correspondientes reglamentos, y en los procedimientos administrativos, legislativos y judiciales;
d)Los casos denunciados de muerte o tortura de niños privados de libertad en centros policiales y penitenciarios, y el número de niños que se suicidaron entre 2017 y 2023;
e)Los criterios del Gobierno y de la Asamblea ( Mejlis ) respecto a recabar las opiniones de los niños y los adolescentes e incorporarlas a las políticas estatales vigentes que atañen a la infancia;
f)Las campañas de concienciación dirigidas a funcionarios, progenitores, niños y público en general para fomentar la promoción de la igualdad, el respeto a la diversidad y la protección de todos los niños frente a la discriminación.
6.Sírvanse poner al día al Comité sobre las medidas adoptadas para:
a)Supervisar y evaluar la aplicación del Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Apatridia (2019-2024);
b)Facilitar el proceso de naturalización de los niños apátridas y sus familiares que puedan acogerse a la Ley de Ciudadanía;
c)Velar por que se materialice en la práctica la libertad de expresión, consagrada en la Ley de Garantías Estatales de los Derechos del Niño;
d)Proteger a los niños de la censura y la vigilancia digital, garantizando al mismo tiempo su libre capacidad para buscar, recibir y compartir información e ideas a través de diversas plataformas.
7.Se ruega faciliten información sobre:
a)Las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité sobre las investigaciones de presuntas conductas indebidas por parte de agentes del orden en todos los lugares de reclusión de niños;
b)Las medidas adoptadas a fin de mejorar la capacidad de la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos para realizar visitas a los centros de reclusión de niños, en especial concediendo al personal de la Oficina acceso a los centros y permitiéndole acompañar al Defensor de los Derechos Humanos durante esas visitas;
c)Los mecanismos y procedimientos que se han establecido a fin de aplicar métodos adaptados a los niños para detectar, denunciar, investigar y enjuiciar los casos de abuso sexual de niños o violencia doméstica;
d)El mandato de las comisiones móviles de menores introducidas por el Ministerio del Interior;
e)La disponibilidad, accesibilidad y efectividad de los teléfonos de asistencia para ayudar a los niños que han sufrido violencia;
f)La planificación y realización de campañas educativas y de concienciación centradas en la educación sobre los derechos del niño, con especial hincapié en señalar el carácter ilegal de los castigos corporales, informar a los niños sobre los mecanismos de denuncia y promover formas de disciplina positivas y no violentas.
8.Expliquen qué medidas se han adoptado para:
a)Hacer frente al incremento en el número de niños internados en instituciones de acogida, aprobando, por ejemplo, una estrategia de desinstitucionalización;
b)Apoyar y facilitar el acogimiento de los niños en un entorno familiar siempre que sea posible, y crear un sistema de acogimiento familiar para los niños que no pueden permanecer con sus familias;
c)Erradicar la práctica del internamiento temporal de niños en instituciones;
d)Ratificar el Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.
9.Sírvanse aportar información sobre:
a)La creación de programas de rehabilitación de ámbito comunitario y asistencia en el hogar con miras a reducir el internamiento en instituciones de los niños con discapacidad;
b)La accesibilidad y la prestación de apoyo especializado a los niños con discapacidad en el sistema de enseñanza ordinaria;
c)Los resultados obtenidos mediante la aplicación del programa conjunto de mejora del sistema de protección social mediante la introducción de servicios sociales inclusivos de calidad a nivel local;
d)Las medidas adoptadas para aumentar el número de psicólogos y trabajadores sociales que atiendan las necesidades de los niños con discapacidad.
10.Se ruega indiquen las medidas adoptadas o previstas para:
a)Reducir las tasas de mortalidad de neonatos y lactantes;
b)Aumentar el número de médicos de familia, enfermeros y comadronas, y mejorar la accesibilidad a los medicamentos, especialmente en las zonas rurales;
c)Mejorar el acceso de los adolescentes a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluido el aborto seguro, e incorporar información exhaustiva y adecuada a la edad sobre salud sexual y reproductiva a los planes de estudio obligatorios de todos los niveles educativos;
d)Adaptar el concepto de apoyo social específico y garantizar la disponibilidad de trabajadores sociales en todos los distritos administrativos.
11.Se ruega faciliten información sobre:
a)La participación activa de los niños en la toma de decisiones sobre cuestiones ambientales, entre otras cosas mediante la difusión de la observación general núm. 26 (2023), relativa a los derechos del niño y el medio ambiente, con particular atención al cambio climático;
b)La protección de los derechos del niño en el marco de la Estrategia Nacional sobre el Cambio Climático de 2019;
c)La aprobación de una estrategia de reducción del riesgo de desastres centrada en los niños;
d)El acceso al agua potable de la población que vive en la región del mar de Aral, en particular en la provincia de Dashoguz.
12.Sírvanse aportar información sobre:
a)El desarrollo de la educación preescolar, en especial en las zonas remotas y rurales;
b)Las medidas adoptadas y los recursos adicionales asignados para proporcionar oportunidades de educación en la lengua materna a los niños de minorías étnicas, en particular a los niños kazajos y uzbekos.
13.Tengan a bien proporcionar información sobre las medidas adoptadas para:
a)Garantizar el acceso sin trabas al territorio y a los procedimientos de asilo a los niños y sus familiares que necesiten protección internacional, en particular a los procedentes del Afganistán;
b)Establecer un sistema de justicia juvenil y promover la derivación de la justicia formal a la justicia restaurativa, con el fin de facilitar la rehabilitación y la reintegración de los niños que se enfrentan a cargos penales ante las autoridades judiciales, administrativas u otras autoridades públicas;
c)Asegurar el bienestar y el trato adecuado de los niños privados de libertad, entre otras cosas velando por que las condiciones sean apropiadas para su edad y por que los niños no estén recluidos junto con adultos. Informen también sobre el número de niños privados de libertad y las condiciones de los centros de reclusión;
d)Garantizar la prestación de asistencia jurídica del Estado a todos los niños que se enfrentan a cargos penales ante las autoridades judiciales, administrativas u otras autoridades públicas;
e)Hacer cumplir la prohibición del trabajo infantil, y también aportar información sobre los casos de delitos de trabajo infantil, el número de investigaciones realizadas, la constatación de vulneraciones y las penas o sanciones impuestas.
14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones anteriores del Comité en relación con el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía y el Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, con indicación de las medidas dirigidas a:
a)Prohibir expresamente y tipificar como delito el reclutamiento y la utilización en hostilidades de niños menores de 18 años por las fuerzas armadas del Estado y por grupos armados no estatales;
b)Establecer un mecanismo independiente de denuncia e investigación en las escuelas militares y academias militares;
c)Definir y tipificar todos los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, de conformidad con sus artículos 2 y 3;
d)Ampliar la aplicación de la jurisdicción universal del Estado a todos los delitos contemplados en el Protocolo Facultativo y suprimir el requisito de la doble incriminación.
Parte II
15.El Comité invita al Estado parte a presentar una breve puesta al día, en tres páginas como máximo, de la información proporcionada en su informe en relación con:
a)Los nuevos proyectos de ley o nuevas leyes y sus respectivos reglamentos;
b)Las nuevas instituciones y sus mandatos o reformas institucionales;
c)Las políticas, los programas y los planes de acción adoptados recientemente y su alcance y financiación;
d)Las ratificaciones recientes de instrumentos de derechos humanos.
Parte III
Datos, estadísticas y demás información
16.Sírvanse proporcionar datos presupuestarios consolidados de los tres últimos años sobre las partidas destinadas a la infancia y a los sectores sociales, indicando el porcentaje que representa cada partida respecto del presupuesto nacional total y del producto nacional bruto. Informen asimismo sobre la distribución geográfica de esos recursos.
17.Se ruega faciliten los datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre:
a)Las denuncias de niños recibidas por las autoridades, incluida la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos;
b)Las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a los derechos del niño y su distribución geográfica;
c)Los casos en los que las autoridades redujeron la edad mínima para contraer matrimonio con arreglo al artículo 15 del Código de Familia;
d)Los niños que se han suicidado o han intentado hacerlo;
e)Las tasas de mortalidad de neonatos y lactantes;
f)Los casos de violencia contra niños —incluido el maltrato, el descuido y la explotación y los abusos sexuales— que se han denunciado a las autoridades, investigado y enjuiciado, así como las sanciones impuestas a los autores;
g)Los niños que viven en la pobreza;
h)Los niños no acompañados;
i)Los niños que han sido identificados como apátridas;
j)Los niños solicitantes de asilo, refugiados y migrantes;
k)Los niños en escuelas militares y academias militares.
18.Sírvanse aportar datos estadísticos actualizados relativos a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, origen étnico, ubicación geográfica y nivel socioeconómico, sobre la situación de los niños privados de un entorno familiar, en particular los siguientes:
a)El número de niños separados de sus familias y la duración de la separación;
b)El número de niños internados en instituciones, el número de instituciones y el número de niños en cada institución;
c)El número de niños en espera de ser adoptados.
19.Facilítense datos de los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de discapacidad, origen étnico y ubicación geográfica, sobre el número de niños con discapacidad que:
a)Vivían o viven con su familia;
b)Vivían o viven en instituciones;
c)Asistían o asisten a escuelas primarias ordinarias;
d)Asistían o asisten a escuelas secundarias ordinarias;
e)Asistían o asisten a escuelas especiales;
f)No estaban o no están escolarizados;
g)Han sido abandonados por su familia.
20.Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, correspondientes a los tres últimos años, desglosados por edad, sexo, tipo de delito, origen étnico y nacional, ubicación geográfica y situación socioeconómica, sobre el número de niños en conflicto con la ley que:
a)Han sido detenidos;
b)Han sido derivados a programas de medidas extrajudiciales;
c)Han estado o están en prisión preventiva;
d)Han cumplido o están cumpliendo una pena de privación de libertad, indicando la duración de la pena;
e)Han recibido o reciben asistencia jurídica del Estado.
21.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se incorpora un enfoque basado en los derechos del niño a la planificación, la aplicación y la supervisión de las medidas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta a la participación de los niños y la recopilación de datos, y sobre la forma en que esas medidas promueven la realización de los derechos del niño en virtud de la Convención y sus Protocolos Facultativos.
22.Sírvanse proporcionar al Comité una actualización de los datos del informe que hayan quedado obsoletos por haberse recabado otros más recientes o como resultado de nuevos acontecimientos.
23.Además, el Estado parte puede citar esferas que afecten a los niños y que considere prioritarias con respecto a la aplicación de la Convención.