Comité contra la Tortura
44º período de sesiones
26 de abril a 14 de mayo de 2010
Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar los informes periódicos presentados por los Estados partes
Informes periódicos cuarto a sexto de Francia (CAT/C/FRA/4-6) *
Artículos 1 y 4
1.Si bien toma nota de la información facilitada en los párrafos 6 a 10 del informe periódico del Estado parte, el Comité reitera su recomendación indicada en el párrafo 5 de sus anteriores observaciones finales (CAT/C/FRA/CO/3) de incorporar a la legislación penal del Estado parte una definición de la tortura que se ajuste rigurosamente a los términos del artículo 1 de la Convención y distinga los actos de tortura cometidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, de los actos de violencia en sentido lato cometidos por agentes no estatales.
2.A tenor de la información facilitada en el párrafo 10 del informe del Estado parte, y teniendo presentes las anteriores observaciones finales (en particular la recomendación que figura en el párrafo 5) y la Observación general Nº 2 (2007) del Comité sobre la aplicación del artículo 2 por los Estados partes, el Comité desearía recibir información sobre el seguimiento de su recomendación de tipificar la tortura como infracción imprescriptible y sobre los obstáculos en su aplicación.
Artículo 2
3.Acerca de la grabación audiovisual de los adultos en detención policial (párr. 69), sírvanse indicar si se han instalado cámaras en todas las comisarías donde pueda haber personas detenidas, o si el Estado parte ha previsto instalarlas. En su caso, indiquen las fechas previstas para dicha instalación. Acerca de las dependencias donde se han instalado cámaras, sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar su correcto funcionamiento y la disponibilidad de las grabaciones en caso de denuncia por malos tratos policiales. Sírvanse indicar también qué excepciones se han autorizado a la grabación audiovisual obligatoria (párr. 71) y cuál es el fundamento jurídico de tales excepciones. Infórmese, en esos casos precisos, de las medidas adoptadas para proteger al detenido frente al riesgo de torturas o tratos degradantes.
4.El Comité de Derechos Humanos, en sus últimas observaciones finales (CCPR/C/FRA/CO/4, párr. 19) había recomendado al Estado parte que no admitiera ninguna tolerancia ante los malos tratos cometidos por las fuerzas del orden contra ciudadanos extranjeros, incluidos los solicitantes de asilo que estuvieran internados en prisiones y centros de retención administrativa; que instalara sistemas adecuados para vigilar las prácticas y evitar infracciones, y que preparara nuevas actividades de formación para los agentes de las fuerzas del orden. Sírvanse indicar si se ha aplicado esta recomendación. Indiquen también si se establece sistemáticamente un informe médico sobre todo detenido que haya resultado herido durante o después de su detención. Asimismo, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para que se investiguen sin demora y de manera imparcial y efectiva las denuncias de malos tratos formuladas contra las fuerzas del orden, así como para que los culpables sean juzgados y sancionados con penas apropiadas.
5.Desde la aprobación de la Ley Nº 2006-64 de 23 de enero de 2006, la detención por motivos de terrorismo puede durar 6 días (prórroga de 24 horas renovable una vez, además de las 96 horas existentes), si hay un riesgo grave de atentado terrorista inminente, o si así lo requieren imperativamente las necesidades de la cooperación internacional. Sírvanse indicar cuántas veces se ha recurrido a esta práctica. Además, sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para que estos sospechosos dispongan de las garantías jurídicas fundamentales, en particular del derecho a consultar con un abogado.
6.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para responder a las inquietudes que suscita la prisión preventiva (rétention de sûreté), que permite mantener recluidas durante un año, renovable de forma indefinida, a las personas declaradas culpables de ciertos delitos y que ya han cumplido la totalidad de su pena de prisión, si se considera que son peligrosas y presentan un riesgo elevado de reincidencia.
7.Sírvanse:
a)Proporcionar información detallada y actualizada sobre la utilización de pistolas de descarga eléctrica (taser) en el Estado parte, así como sobre el marco legislativo o reglamentario de su uso.
b)Precisar qué fuerzas del orden están autorizadas a utilizar estos dispositivos y en qué situaciones.
c)Señalar si se ha previsto impartir formación sobre el uso de las pistolas de descarga eléctrica a las fuerzas del orden autorizadas a emplearlas y, en su caso, facilitar información al respecto.
d)Indicar si en Francia se han realizado estudios para determinar las consecuencias del uso de estos dispositivos contra las personas y, en su caso, facilitar información sobre los resultados obtenidos.
e)Indicar si se ha establecido en la Policía Nacional un mecanismo análogo al de la Gendarmería Nacional para reunir información sobre cada caso de utilización de la pistola eléctrica. A este respecto, apórtese información detallada sobre la resolución del Consejo de Estado de 2 de septiembre de 2009 por la que se anula el decreto que autoriza a los agentes de la policía municipal a utilizar el "taser", y sobre las medidas adoptadas a raíz de dicha resolución.
Artículo 3
8.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte durante el período al que se refiere su informe periódico para impedir la expulsión de toda persona que corra peligro de ser sometida a tortura en caso de remisión a otro Estado. A este respecto, indíquese si el Estado parte ha incorporado al derecho interno la decisión marco del Consejo de la Unión Europea de 13 de junio de 2002 relativa a la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en la que se estipula esta obligación en el derecho interno. Si no es el caso, sírvanse indicar las razones. Indiquen también qué medidas se han adoptado para garantizar a los interesados el derecho a recurrir la decisión de expulsión con efecto suspensivo.
9.Sírvanse indicar si se han adoptado medidas eficaces que permitan el seguimiento de la situación de las personas expulsadas. Facilítense ejemplos de casos en los que las autoridades francesas no hayan procedido a la extradición, la devolución o la expulsión por temor a que el interesado fuera sometido a tortura, e indíquese qué información se utilizó como base para estas decisiones. Asimismo, indíquense, en su caso, los países que han formulado al Estado parte demandas de extradición en aplicación del artículo 3. Sírvanse indicar además si el Estado parte ha formulado demandas de extradición de esa índole y a qué países las ha dirigido.
10.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para: a) asegurarse de que los extranjeros sin papeles y los solicitantes de asilo estén correctamente informados de sus derechos, incluido el derecho a solicitar asilo y a la asistencia jurídica gratuita; y b) velar por que las personas sobre quienes pese una orden de expulsión dispongan de tiempo suficiente para solicitar el asilo, cuenten con la ayuda de un traductor y puedan ejercer su derecho de recurso con efecto suspensivo. ¿Se ha aprobado el proyecto de decreto por el que se incorpora al derecho interno la directiva 2005/85/CE de 1º de diciembre de 2005, al cual se hace referencia en el párrafo 19 del informe del Estado parte?
11.El informe del Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa señala que, al parecer, se había llevado a solicitantes de asilo a sus consulados para obtener un salvoconducto consular cuando la solicitud de asilo todavía estaba siendo examinada por la Oficina francesa de protección de refugiados y apátridas (OFPRA). Esta práctica pondría en peligro no solo al solicitante de asilo, sino también a su familia o a las personas de su entorno. Indíquese qué medidas ha adoptado el Estado parte para impedir este tipo de prácticas.
12.Sírvanse informar acerca de las garantías adoptadas por el Estado parte para impedir que se expulse a menores no acompañados detenidos en la zona de retención de los aeropuertos hacia su país de origen o un país de tránsito donde correrían el riesgo de sufrir tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluida la trata.
13.Sírvanse facilitar información sobre las denuncias recibidas durante el período a que se refiere el informe del Estado parte relativas a la detención colectiva de personas para su internamiento en centros de retención administrativa, en espera de ser expulsadas a otro Estado (CAT/C/FRA/CO/3, párr. 10).
14.Sírvanse informar con detalle de la operación de desmantelamiento de los campamentos de migrantes indocumentados en las proximidades de Calais. En particular, indíquese qué medidas ha adoptado el Estado parte para impedir la posibilidad de expulsión de toda persona que corra peligro de ser sometida a tortura en caso de remisión a otro Estado.
15.En cuanto al respeto de las solicitudes de medidas provisionales de protección transmitidas por el Comité por conducto de su Relator Especial para las quejas nuevas y las medidas provisionales (en aplicación del párrafo 1 del artículo 108 de su reglamento), y tomando nota de las observaciones del Estado parte relativas a sus observaciones en cuanto a la comunicación Nº 300/2006, Tebourski c. Francia, el Comité desearía saber cómo concilia el Estado parte su posición y sus prácticas a este respecto con la observancia de sus obligaciones a tenor del artículo 22 de la Convención, con el fin último de protección de los derechos consagrados por la Convención de las personas bajo su jurisdicción.
16.Sírvanse transmitir al Comité información acerca de la aplicación de las conclusiones del Comité en relación con las comunicaciones Nº 195/2002, Brada c. Francia (decisión de 17 de mayo de 2005) y Nº 300/2006, Tebourski c. Francia (decisión de 1º de mayo de 2007), por las que el Comité había concluido que la expulsión de los solicitantes hacia Argelia y Túnez respectivamente contravenía a lo dispuesto en los artículos 3 y 22 de la Convención. Sírvanse precisar en particular qué medidas ha adoptado recientemente el Estado parte para comprobar el lugar de residencia actual de los solicitantes y su situación.
Artículos 5, 6 y 7
17.Sírvanse indicar qué medidas adoptará el Estado parte con miras a aumentar el alcance de la competencia universal atendiendo a la recomendación del Comité relativa a la modificación del actual proyecto de ley de adaptación de la legislación interna al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CAT/C/FRA/CO/3, párr. 13).
18.Sírvanse indicar si, desde su último informe, el Estado ha concluido algún acuerdo de extradición nuevo, en particular por la comisión de actos de tortura. Sírvanse facilitar también ejemplos de sentencias y casos en que la extradición haya sido ordenada o rechazada por el Estado, e indicar los Estados de destino. Por último, sírvanse indicar si el Estado parte ha recibido o formulado solicitudes de asistencia judicial con respecto a toda cuestión de procedimiento penal en casos de tortura. Indiquen también si, desde el último informe, Francia ha tenido ocasión de invocar la Convención contra la Tortura como base jurídica para extraditar a personas acusadas de haber cometido actos de tortura.
Artículo 10
19.Sírvanse describir las medidas adoptadas para reformar el sistema de formación de las fuerzas del orden, con el fin de evitar los casos de maltrato por esos agentes. Indíquese si la Guía práctica de deontología de la Policía Nacional (CAT/C/FRA/CO/3, párr. 15) se ha vuelto a actualizar, y facilítese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para prolongar y mejorar la formación de las fuerzas del orden público y de toda persona encargada de la aplicación de las leyes. Asimismo, sírvanse aportar información sobre la formación que reciben las fuerzas del orden sobre la técnica de inmovilización que recurre a la posición denominada "decúbito ventral", que ha ocasionado la muerte de varias personas.
20.Sírvanse precisar si las disposiciones de la Convención forman parte integrante de la formación dispensada a los agentes de la autoridad, en particular el personal que se ocupa de los detenidos, los menores y los internados en centros psiquiátricos, y el personal encargado de la expulsión de extranjeros. ¿Se informa en dicha formación sobre las sanciones posibles y las penas previstas por la legislación francesa en caso de infracción de las disposiciones de la Convención? Asimismo, sírvanse precisar si los cursos de formación incluyen un módulo destinado al personal médico encargado de detectar los signos físicos y psicológicos de tortura en las personas privadas de libertad, y de la rehabilitación de estas personas, de conformidad con el Protocolo de Estambul. De ser así, indíquese quién imparte esa formación y cuáles son los métodos de evaluación de esos cursos.
Artículo 11
21.Sírvanse precisar el contenido de los informes sobre las visitas del Fiscal de la República a las dependencias de detención, que posteriormente se transmiten al Ministerio de Justicia. ¿Se ha planteado el Estado parte hacer públicos estos informes? Si no es así, expliquen por qué.
Artículos 12 y 13
22.Sírvanse aportar ejemplos de aplicación del artículo 15-2 del Código de Procedimiento Penal, donde se establece que la inspección general de los servicios judiciales puede participar en las investigaciones cuando afecten al comportamiento de funcionarios, en particular policías o gendarmes, constitutivo de infracción penal o, al menos, de falta de deontología (párr. 123).
23.Teniendo en cuenta el párrafo 188 del informe del Estado parte, que señala que las estadísticas del Ministerio de Justicia se preparan a partir de las condenas judiciales definitivas inscritas en el registro de antecedentes penales, el Comité desearía obtener los datos estadísticos desglosados de que disponga el Estado parte, sobre el número de denuncias, investigaciones, juicios y condenas por actos de tortura o malos tratos que hayan tenido lugar en el Estado parte desde la presentación del último informe al Comité.
24.Además de la facilitada ya en el párrafo 136 del informe del Estado parte, sírvanse aportar información precisa sobre el número de sentencias condenatorias pronunciadas contra funcionarios públicos u otras personas por actos de tortura cometidos en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia, e indicar la pena que se les haya impuesto. Sírvanse indicar también si por principio se suspende o traslada a los presuntos autores durante la investigación y si se les autoriza a permanecer en su puesto tras la imposición de la sanción disciplinaria.
25.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para proteger contra los actos de intimidación, la difamación y las eventuales represalias a las personas que han denunciado una agresión cometida por un agente de la autoridad.
26.Según la información de que dispone el Comité, las investigaciones realizadas por los agentes de la autoridad y las autoridades judiciales no siempre se ajustan a las normas internacionales sobre las denuncias de malos tratos, lo cual da lugar a una impunidad de hecho. Sírvanse comentar esta información a la luz del artículo 12 de la Convención.
27.Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para que cada vez que se denuncie un caso de tortura o malos tratos, se lleve a cabo una investigación a fondo, independiente e imparcial, y para que los responsables sean llevados ante la justicia. En particular, se ruega que faciliten información detallada sobre el caso del Sr. Lahouari Mahamedi.
28.El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) recomendó al Estado parte que hiciera una reflexión sobre las denuncias de actos violentos formuladas contra miembros de las fuerzas del orden y pidió que se informara de su contenido. Sírvanse indicar qué seguimiento se ha dado a esta recomendación y facilitar información sobre los resultados de las medidas adoptadas.
29.Sírvanse indicar si el Estado parte ha previsto hacer lo necesario para que cualquier persona que denuncie haber sido sometida a torturas o a un trato cruel, inhumano o degradante pueda recurrir directamente a la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad (CAT/C/FRA/CO/3, párr. 22). En caso negativo, sírvanse explicar las causas.
Artículo 14
30.Sírvanse indicar si Francia pone a disposición de las víctimas de actos de tortura o de tratos crueles, inhumanos o degradantes servicios de rehabilitación física, psicológica y social, y señalar el número de personas que han utilizado esos servicios. Asimismo, indíquese si el Estado parte ha ofrecido indemnizaciones, y su cuantía, a las víctimas de tortura a raíz de decisiones relativas a casos de tortura.
Artículo 16
31.Sírvanse aportar datos estadísticos desglosados sobre la población carcelaria. Faciliten también información detallada sobre las medidas que se están tomando para acabar con el hacinamiento en las prisiones, que ha alcanzado proporciones alarmantes en algunos centros (párr. 156). Por último, indiquen si el Estado parte se plantea recurrir con más frecuencia a penas sustitutivas o no privativas de libertad.
32.Sírvanse: a) facilitar información actualizada sobre los resultados de las obras de ampliación y renovación de los centros penitenciarios de Nueva Caledonia (párr. 162); b) indicar si se ha reanudado la renovación de la red eléctrica de los centros de detención (párr. 164); y c) facilitar información actualizada sobre la situación de los proyectos de reestructuración de las prisiones previstos para 2011-2012 en Guadalupe, Guyana, Martinica y Nueva Caledonia (párr. 169).
33.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para atender a las conclusiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con el asunto Khider c. Francia (Nº 39364/05 de 9 de julio de 2009) en el sentido de que las condiciones de detención del solicitante Khider constituían, debido a su efecto combinado y carácter repetitivo, un trato inhumano y degradante.
34.Sírvanse facilitar información detallada y actualizada sobre el plan de acción destinado a evitar los suicidios en prisión, e indicar qué acogida ha recibido este plan entre las organizaciones y los profesionales del sector. ¿Ha previsto el Estado parte hacer público el "informe Albrand" sobre la prevención del suicidio en prisión? Si no es así, sírvanse exponer los motivos.
35.Sírvanse indicar en qué medida la Ley penitenciaria del Ministerio de Justicia, que fue aprobada por el Senado en marzo de 2009, refleja las proposiciones formuladas por los États généraux reunidos en enero de 2006, así como las recomendaciones formuladas por el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa tras visitar Francia en 2008.
36.El Tribunal Administrativo de Rouen, por decisión de 27 de marzo de 2008, confirmada en apelación el 24 de junio de 2008, condenó al Estado francés por unas condiciones de detención que constituían "una infracción a las normas de salubridad e higiene" y eran contrarias al "respeto de la dignidad humana". Sírvanse describir el curso dado a esta recomendación. Asimismo, indiquen el curso que se dará al reciente informe de la Comisión Nacional de Deontología de la Seguridad sobre las condiciones de detención y el trato de los detenidos en el Palacio de Justicia de París, en particular, en las celdas del Dépôt y la Souricière.
37.Según el informe del Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, las causas del hacinamiento carcelario estriban principalmente en el endurecimiento de las penas pronunciadas por las jurisdicciones penales y en el mayor recurso a las penas privativas de libertad. Además, esta tendencia podría acentuarse con la entrada en vigor de la Ley de 10 de agosto de 2007 que establece unas penas mínimas para los reincidentes. Sírvanse comentar esta información a la luz de los artículos 11 y 16 de la Convención, e indicar si el Estado parte ha previsto modificar esta ley.
38.Sírvanse completar la información que figura en los párrafos 111 y 112 del informe, facilitando al Comité datos estadísticos desglosados sobre las personas recluidas en régimen de incomunicación. En relación con el párrafo 114 del informe del Estado parte, sírvanse indicar también de qué manera se miden las consecuencias físicas y psíquicas que podría tener para un recluso la incomunicación prolongada. ¿Qué medidas se adoptan si el balance es negativo?
39.En su respuesta a la recomendación Nº 11 del informe del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura relativo a la visita que efectuó a Francia del 27 de septiembre al 9 de octubre de 2006, el Estado parte ha anunciado medidas para mejorar las condiciones de los centros de retención, de conformidad con las normas de comodidad y de respeto de la dignidad de los retenidos, y en particular que construiría un nuevo centro de retención en Mayotte que respetaría dichas exigencias. Sírvanse facilitar información detallada y actualizada sobre la ejecución de estos proyectos.
40.El informe del Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa da cuenta de la intención del Estado parte de aplicar "una política voluntarista en materia de ejecución de las penas" a fin de luchar contra el hacinamiento en las cárceles. Sírvanse facilitar información actual sobre la aplicación de esta política y sus resultados.
41. Sírvanse indicar si ya funciona la Comisión nacional de control de los centros y lugares de retención y de las zonas de espera, y precisar qué mecanismo se ha creado para aplicar sus recomendaciones de manera efectiva (CAT/C/FRA/CO/3, párr. 18).
42.En 2006, el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura recomendó al Estado parte que elaborara y aplicara una estrategia concreta para hacer frente al problema de la violencia y la intimidación entre los reclusos del centro penitenciario central de Moulins-Yzeure y del centro de detención de Seysses (así como en cualquier otro centro con este tipo de problema). Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para aplicar esta recomendación.
43.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios de psiquiatría penitenciaria en el Estado parte y reducir la incidencia de los trastornos psiquiátricos en la población carcelaria.
44.Desde la adopción del "Plan de fomento del buen trato y de reforzamiento de la lucha contra los malos tratos" de 14 de marzo de 2007, ¿cuáles han sido los resultados obtenidos y los obstáculos que ha encontrado el Estado parte en la aplicación del plan y en la lucha contra los malos tratos contra las personas de edad avanzada en general? Sírvanse facilitar asimismo información sobre los medios asignados por el Estado parte para la ejecución del plan.
45.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas de protección contra los malos tratos previstas para los menores no acompañados en las zonas de retención de los aeropuertos. Aclárense en particular las condiciones de detención de esos menores junto con adultos y las denuncias formuladas sobre tratos degradantes a los menores por parte de la policía mientras estaban retenidos en la zona aeroportuaria o durante su traslado a sus países de origen o a un país de tránsito.
46.Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado medidas legislativas para tipificar como delito específico la violencia doméstica. Acerca de las observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/FRA/CO/3, párr. 39) y del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/FRA/CO/6, párr. 29), el Comité desearía recibir información sobre las medidas emprendidas para concienciar al público acerca de este delito y para dar a conocer los mecanismos a disposición de las víctimas de la violencia doméstica.
47.Sírvanse facilitar datos estadísticos desglosados que permitan evaluar la dimensión de la trata de personas y de la explotación sexual en el Estado parte. Indiquen también si, a raíz de la recomendación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, se ha realizado un estudio detallado sobre las repercusiones de la Ley de seguridad interna, de 18 de marzo de 2003, que entre otras cosas prohíbe la prostitución pasiva.
48.Sírvanse indicar qué medidas legislativas ha adoptado el Estado parte para prohibir explícitamente el castigo corporal en todos los contextos, incluso en la familia, en las escuelas, en las instituciones y en otros establecimientos de atención a los niños. ¿Qué curso se ha dado a la campaña del Consejo de Europa para conseguir la prohibición general de todas las formas de castigo corporal?
Otras cuestiones
49.A la luz de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, sírvanse informar sobre las medidas legislativas, administrativas y de otra índole adoptadas por el Estado en respuesta a las amenazas terroristas, y describir las repercusiones que estas medidas hayan podido tener, tanto en el derecho como en la práctica, en las garantías que ofrecen los derechos humanos.
50.El Comité de Derechos Humanos en sus últimas observaciones finales (CCPR/C/FRA/CO/4) recomendó al Estado parte que velara por que los sospechosos de terrorismo detenidos tuvieran pronto acceso a un abogado; que limitara la duración de la detención preventiva y reforzara el papel de los "jueces de las libertades y la detención" (juges des libertés et de la détention). Sírvanse informar del curso dado a esta recomendación.
51.En cuanto a la articulación de los temas de la "identidad nacional" y la "inmigración", que figuran yuxtapuestos en el nombre del Ministerio de la Inmigración y la Integración, la Identidad Nacional y el Desarrollo Solidario del actual Gobierno, el Comité desearía saber cómo piensa el Estado parte prevenir las conductas discriminatorias que podrían ser una consecuencia derivada de esa asociación, sabiendo que tales conductas pueden a su vez ser un posible móvil de actos de tortura y malos tratos.
52.Sírvanse indicar en qué medida las recomendaciones del "Informe Léger", que parece atribuir la responsabilidad exclusiva de las investigaciones y el procesamiento penal al ministerio público, podrían ser perjudiciales para la imparcialidad en la investigación de las denuncias de tortura.
53.Sírvanse indicar si se ha aprobado el proyecto de ley por el que se autoriza la ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención (párr. 105) así como la fecha de entrada en vigor de este instrumento en Francia.
54.Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado parte para difundir ampliamente los informes que presenta al Comité, así como las conclusiones y recomendaciones de este, a través de los medios de comunicación, los sitios oficiales en Internet y las organizaciones no gubernamentales.