Naciones Unidas

CRC/C/SR.1507

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

1º de junio de 2011

Español

Original: francés

Comité de los Derechos del Niño

54º período de sesiones

Acta resumida de la 1507 ª sesión (Sala B)

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el miércoles 26 de mayo de 2010, a las 15.00 horas

Presidente:Sr. Zermatten (Vicepresidente)

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados partes (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto de Nigeria relativos a la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (continuación)

Se declara abierta la sesión a las 15.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes (tema 4 del programa) (continuación)

Informes periódicos tercero y cuarto de Nigeria relativos a la aplicac ión de la Convención  sobre los Derechos del Niño [CRC/C/NGA/3-4; lista de temas (CRC/C/NGA/Q/3-4)] (continuación)

1. Por invitación del Presidente la delegación de Nigeria toma asiento a la mesa del Comité.

2.La Sra. Maurás Pérez desea en primer lugar que se aporte información sobre los créditos asignados al Ministerio de Salud, así como sobre la salud de los adolescentes y en particular sobre la salud reproductiva de los adolescentes. Desea conocer las medidas adoptadas para poner en práctica la política de 2006 relativa a la salud y el desarrollo de los adolescentes para sensibilizar a todos los niños respecto de las cuestiones de salud sexual y reproductiva y para incorporar en los programas escolares el programa educacional del Ministerio de Salud sobre la vida de familia y el VIH. Desea asimismo información sobre los otros programas educacionales relativos a la salud sexual y procreativa y sobre el acceso a los anticonceptivos, la píldora del día después y los métodos profilácticos.

3.Pregunta si el Gobierno prevé hacer que los servicios de atención de salud de madres y niños sean gratuitos y si ha adoptado medidas para preservar la salud mental de los adolescentes y prevenir los modos de vida nefastos.

4.La Sra. El- Ashmawypregunta si se han adoptado medidas para poner en práctica las directrices destinadas a preservar la salud mental de los niños en general y de los adolescentes en particular.

5.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) desea conocer los resultados de la evaluación del programa de prevención de la transmisión del VIH/SIDA de madre a hijo.

6.Pregunta si, con ocasión de la revisión de la Constitución, el Gobierno se propone incorporar en la Constitución y la legislación nacional el derecho a la educación obligatoria y gratuita para todos los niños. Desea saber si el Gobierno ha seguido la recomendación del Relator Especial sobre la libertad de culto o de convicción para examinar la conformidad de la legislación vigente con las obligaciones del país respecto de los derechos humanos.

7.La delegación puede informar sobre el estado en que se halla proceso de paz, si la situación del conflicto armado del delta del Níger ha tenido efecto sobre los niños y si se han adoptado medidas para garantizar la educación y la formación profesional de los niños que viven en esa región.

8.Sería interesante saber si se invitó al país al Relator Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, quien es de nacionalidad nigeriana.

9.El Presidente desea conocer las medidas adoptadas respecto de unos 8 millones de huérfanos que hay en el país, y pregunta si los 90 orfelinatos, un tercio de los cuales administra el Estado mientras organizaciones no gubernamentales (ONG) administran los otros dos tercios, están sometidos a un control del Estado y reciben apoyo financiero. Desea saber si los niños que no encuentran lugar en un orfelinato por falta de espacio son acogidos por familias o adoptados en el extranjero, a pesar de la prohibición de la adopción internacional impuesta en la legislación.

10.Pregunta si las autoridades conocen los casos de violencia sexual que afectan a mujeres y niñas, especialmente en las escuelas, y si se somete a la justicia y condena a los autores de esos actos.

11.Desea conocer la situación de miles de niños refugiados en el país que provienen de países vecinos, y saber si tienen acceso al sistema de protección vigente respecto de los niños. Pregunta si se adoptan medidas para identificar, entre los refugiados y los solicitantes de asilo, a los niños víctimas de trata o implicados en conflictos armados y si cuentan con medidas especiales de protección y de reinserción.

12.La Sra. Momah(Nigeria) explica que Nigeria aplica desde 2007 una política de salud y desarrollo de los adolescentes que hace especial hincapié en la movilización social, el acceso equitativo a la atención de salud de buena calidad, la organización de servicios adaptados a los jóvenes y el reforzamiento de la capacidad y la investigación. Debe revisarse ahora esa política. Se organizará una reunión nacional a estos efectos a partir del 31 de mayo de 2010 en la que participarán, entre otros, representantes de los ministerios competentes.

13.El Gobierno está decidido a poner en práctica el plan estratégico nacional sobre la salud y el desarrollo definido en marzo de 2010 con todas las partes interesadas. Se destinará más del 15% del presupuesto nacional a la aplicación de ese plan, uno de cuyos indicadores es la salud de los adolescentes.

14.La Sra. Momah recuerda que el Gobierno se opone al aborto. Indica que en 2009 se elaboró un plan de acceso a los anticonceptivos que prevé la realización de campañas de información y la distribución de anticonceptivos. De los 9 millones de dólares de los Estados Unidos que se necesitan para la aplicación de ese plan se han reunido ya 6,5 millones.

15.El Gobierno aspira a hacer un estudio para evaluar la oportunidad de establecer la gratuidad de la atención de salud destinada a las madres y los niños pero, por el instante, no prevé esa posibilidad. En 2010 se estableció un nuevo rubro presupuestario para la ejecución de un programa de atención de salud destinado a las madres, los recién nacidos y los niños.

16.Paralelamente al plan de lactancia materna exclusiva aplicado en el país se hacen grandes esfuerzos para que las madres seropositivas que deben amamantar sigan un tratamiento antirretroviral con la finalidad de prevenir la transmisión del virus del SIDA de la madre al niño.

17.La Sra. Baruwa(Nigeria) explica que el Gobierno no destina créditos presupuestarios específicos a la juventud sino que cada ministerio, como el Ministerio de Salud o el Ministerio de Educación, destina un renglón presupuestario a los temas relativos al niño.

18.La Sra. Afolayan(Nigeria), hablando en su carácter de Presidente del Parlamento de los Niños, estima que las medidas adoptadas en la esfera de la salud son buenas y que permiten salvar millones de vidas humanas. Los programas escolares de enseñanza primaria y secundaria prevén cursos de sensibilización respecto de la salud reproductiva, que aportan información práctica en un lenguaje adaptado a los jóvenes.

19.El Presidente desea que se suministre información acerca de los servicios creados para ayudar a los adolescentes con problemas de salud mental.

20.El Sr. Ebigbo(Nigeria) indica que los servicios de salud mental están organizados en el plano comunitario para el conjunto de la población, incluidos los niños y los adolescentes.

21.En lo que respecta a las "factorías de bebés", el Sr. Ebigbo confirma que hay casos en que médicos o parteras reciben a adolescentes embarazadas con dificultades, las mantienen prisioneras hasta el parto y luego venden los bebés. Algunos de esos profesionales son bien intencionados y quieren reducir el abandono de niños. Para combatir ese fenómeno, el Gobierno ha apoyado la creación de un comité nacional de acogida y adopción presidido por el obispo anglicano del estado de Enugu. Ese comité está encargado de hacer un censo de todos los recién nacidos y de seguir su evolución para evitar los casos de adopción ilegal. Cuando ese comité tiene conocimiento de un centro en que hay jóvenes embarazadas encerradas, se adoptan medidas para liberar a las jóvenes y recuperar los bebés. Los medios de información desempeñan un papel muy activo a ese respecto.

22.El Sr. Adeyemi(Nigeria) indica que hay todo un capítulo de la Ley relativa a los derechos del niño dedicado a la adopción. La adopción es un procedimiento corriente en Nigeria. Los candidatos a la adopción presentan su solicitud al Departamento de Desarrollo del Niño, quien la transmite al tribunal competente para que se pronuncie sobre la adopción. El tribunal transmite el decreto de adopción a las autoridades del estado de residencia de los padres adoptivos. El tribunal competente del estado de residencia es el encargado de seguir la situación del niño.

23.Cuando los legisladores elaboraron la ley relativa a la adopción omitieron deliberadamente referirse a la adopción internacional, por cuanto el país no tiene los medios para seguir la evolución del niño en el extranjero ni de adoptar las medidas correspondientes. La adopción internacional solo está autorizada en caso de que se haya firmado un acuerdo bilateral con el país de residencia de los padres adoptivos, si los padres adoptivos se han establecido en el extranjero pero tienen nacionalidad nigeriana, o si son funcionarios del Ministerio de Asuntos Exteriores destinados en un puesto en el extranjero.

24.El Presidente desea saber la forma en que tienen lugar las adopciones en 12 estados que no han incorporado la Ley relativa a los derechos del niño en su legislación.

25.El Sr. Adeyemi(Nigeria) responde que esos estados disponen de su propia legislación relativa a la adopción. En los estados musulmanes los padres acogen a los niños sin pasar por el proceso formal de adopción. Ahora bien, con arreglo a la sharia solo los hijos biológicos pueden heredar. Se aconseja por tanto a los padres que hagan donación en vida de sus bienes a los hijos adoptivos.

26.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) pregunta si se reconoce la kafala en los estados que aplican la sharia y si esa forma de hacerse cargo de la responsabilidad permite al niño tomar el nombre de la familia que lo acoge. Desea saber además si los herederos, a la muerte de sus padres, pueden denunciar la donación en vida de los padres al niño que habían acogido en el marco de la kafala.

27.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que esas donaciones se oficializan en documentos en debida forma y que no se pueden anular.

28.El Presidente, recordando que el Estado parte practica en poca medida la adopción internacional, salvo en el marco de acuerdos bilaterales o si los padres adoptantes son nigerianos que viven en el extranjero o funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, se declara sorprendido por esta última condición y pide información complementaria acerca de la situación en esa esfera. Pregunta además si el Estado parte se propone adherirse al Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.

29.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que las autoridades nigerianas toman en consideración el interés superior del niño y no permiten que se adopte un niño nigeriano en un país en el que no haya condiciones para garantizar su protección. Si un nacional nigeriano que ha adoptado un niño nigeriano se dirige al extranjero con ese niño lo hace sufrir malos tratos, las autoridades nigerianas tendrán la posibilidad de iniciar acciones contra esa persona a su regreso a Nigeria. Los colaboradores del Ministerio de Asuntos Exteriores destinados al extranjero han de volver a Nigeria. El Estado nigeriano puede en ese caso garantizar la protección de los niños adoptados que habrían llevado consigo al extranjero.

30.Se está estudiando la posibilidad de aprobar el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.

31.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) dice que una familia nigeriana que haya acogido a un niño en el marco de la kafala y que parta al extranjero con ese niño queda sujeta a las leyes de ese país, que puede no reconocer ese tipo de acogida. Por ese motivo el hecho de que los 12 estados de Nigeria no hayan promulgado la Ley relativa a los derechos del niño que rige el procedimiento de adopción constituye un problema.

32.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que cada uno de esos 12 estados cuenta con su propia legislación relativa a la adopción y que todas las adopciones dan lugar a una decisión judicial. El único problema es el de la restricción del derecho de herencia. Nigeria necesita tiempo para hacer que se incorpore en todos los estados legislación que tome en cuenta todas las disposiciones del Convenio.

33.El Presidente dice que el Comité alienta decididamente al Estado parte a que ratifique prontamente el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional, no con el fin de promover la adopción internacional, sino de asegurar que se garanticen todos los derechos de los niños nigerianos adoptados fuera de su país de origen.

34.La Sra. Anenih(Nigeria) dice que algunos de los 24 estados que han adoptado la Ley relativa a los derechos del niño son estados musulmanes.

35.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que en Nigeria el sistema de justicia de menores se llamará en adelante "sistema de administración judicial para los niños". Se define en la vigésima parte de la Ley relativa a los derechos del niño. Los niños que han cometido una infracción en principio no deben ser objeto de procedimiento judicial. La policía y los funcionarios de los tribunales de familia se ponen en contacto con la familia del joven delincuente y la de la víctima e intentan hallar una solución amigable que pasa por la restitución de los bienes eventualmente mal adquiridos o la indemnización. Solo se abre un procedimiento judicial si fracasa la tentativa de avenimiento. Solo se procede a encarcelar a un menor como medida de último recurso.

36.Los estados que han establecido tribunales de familia organizan la formación del personal de esos tribunales. Los juicios relativos a los niños no tienen el carácter de procedimiento ordinario sino que adoptan la forma de una mesa redonda en torno a la cual se hacen debates. El niño tiene el derecho de contar con los servicios de un abogado y con asistencia judicial gratuita, y se debe autorizar a sus padres para que asistan a las audiencias.

37.La edad de la responsabilidad penal está fijada en 18 años. En virtud de la legislación anterior se consideraba niño a toda persona menor de 14 años y como adolescente a toda persona de entre 14 y 17 años de edad. En la actualidad la ley define como niño a toda persona menor de 18 años.

38.El Presidente pregunta a partir de qué edad se puede presentar a los menores de 18 años ante los tribunales especiales para menores.

39.El Sr. Adeyemi(Nigeria) responde que no se ha determinado una edad mínima. Los agentes de las unidades especiales de la policía encargadas de los niños están formados para ocuparse de los niños en conflicto con la ley cualquiera que sea la edad de estos.

40.El Presidente pregunta si un niño de 14 años que comete un delito será objeto de una sanción o solamente de una medida civil, si puede ser privado de libertad y, en caso afirmativo, dónde irá y por cuánto tiempo.

41.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que el sistema judicial para niños procura no castigar a los jóvenes delincuentes sino socializarlos o resocializarlos. Procura asimismo responsabilizar a los padres, que no solamente pagan una multa por los actos cometidos por su hijo y pagan eventualmente una indemnización a la víctima, sino que además están estrechamente asociados con la resocialización del joven delincuente. Como último recurso, el juez del Tribunal de Familia puede aplicar una medida de reclusión, cuya duración será lo más breve posible.

42.El Presidente pregunta si ocurre que se condene a un menor de 18 años a una pena privativa de libertad.

43.El Sr. Adeyemi(Nigeria) responde que, según la ley, no se puede enviar a prisión a ningún menor de 18 años. Los niños solos pueden ser colocados en un hogar o en un centro de recuperación. Cuando el medio familiar del menor delincuente es inadaptado esa colocación puede constituir una medida de protección o desembocar, si cabe, en la colocación con una familia de acogida o en una adopción.

44.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) pregunta si el Código Penal o el Código de Procedimiento Penal contienen disposiciones relativas a los niños, especialmente en caso de homicidio.

45.El Sr. Adeyemi(Nigeria) responde que esos códigos no contienen disposición alguna relativa a los niños.

46.El Presidente desea saber quién dirige la investigación de una infracción cometida por un niño.

47.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que la investigación se encarga a las unidades especiales de la policía para niños, que aplican tanto las leyes y reglamentos relativos a la fuerza del orden como la Ley relativa a los derechos del niño. Sin embargo, si el asunto se tramita ante la justicia, los agentes del Departamento de Protección del Niño y del Departamento de Protección Social se asocian a la investigación y preparan un informe sobre el medio social y la historia del niño.

48.El Presidente pregunta si se puede poner en prisión provisional a un niño que ha cometido un acto grave.

49.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que se puede adoptar esa decisión, especialmente como medida de protección. Los niños en edad escolar que deben quedar en detención antes del juicio son colocados en un centro de urgencia para niños donde pueden, por regla general, continuar con sus estudios escolares. Puede ocurrir también que se coloque al niño en una familia de acogida a la espera de la sentencia.

50.El Presidente pregunta cuántos centros pueden acoger niños en el marco de la prisión provisional o como consecuencia de un fallo, cuál es el control que se ejerce sobre esos centros y si los niños tienen posibilidad de pedir que se revise la decisión de colocación.

51.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que alrededor de dos tercios de los estados de Nigeria cuentan con ese tipo de centro. Conviene tener presente que hay muy pocos casos de delincuencia juvenil grave en Nigeria. En todos los casos los niños tienen la posibilidad de recurrir ante un tribunal superior.

52.La Sra. Anenih(Nigeria) dice que la Ley relativa a los derechos del niño prohíbe la mutilación genital femenina, el matrimonio precoz, las acusaciones de brujería relativas a niños y la práctica del tatuaje. Queda por hacer un importante trabajo de sensibilización para que evolucione la mentalidad en esas esferas, pero ya se han hecho progresos. Las cicatrices faciales, por ejemplo, se consideran hoy mucho menos como marcas de belleza y las madres las imponen en menor medida a sus hijas. Numerosos estados han aprobado leyes que prohíben la mutilación genital femenina y los padres jóvenes están más sensibilizados respecto de los efectos nefastos de esa costumbre.

53.En cuanto a la cuestión de los niños acusados de brujería, la Sra. Anenih dice que la pobreza y la ignorancia llevan a ciertos padres a creer que su hijo puede entregarse a una práctica de ese tipo. Se lleva sistemáticamente ante la justicia a las personas mal intencionadas que explotan la credulidad de los padres en las iglesias.

54.El Sr. Nwaobiala(Nigeria) precisa que la práctica que consiste en acusar a los niños de brujería se refiere esencialmente al estado de Akwa Ibom y que incluso en él está circunscrita a ciertas regiones. Se reprime severamente esa práctica, en especial en virtud de la Ley relativa a los derechos del niño. Los dirigentes tradicionales, las ONG, los medios de información y los niños mismos, por intermedio del Parlamento de los Niños, luchan contra esa práctica, especialmente mediante vastas acciones de sensibilización. En el plano local numerosas ONG trabajan por la reinserción de los niños que han sido acusados de brujería para que retomen el camino escolar o sigan formación profesional.

55.El Sr. Koompraphantdesea que se le dé información suplementaria acerca de las medidas adoptadas para prevenir ese fenómeno, cuyo origen se halla principalmente en la pobreza, y para ayudar a los padres cuyos hijos han sido acusados de brujería.

56.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) desea saber cuántos juicios se han iniciado por acusaciones de brujería, si ese fenómeno se refiere a otros estados además de Akwa Ibom y cuáles son las medidas adoptadas por las autoridades para apoyar a la sociedad civil en su intento por combatirlo.

57.El Sr. Adeyemi(Nigeria) indica que el Gobierno nigeriano apoya a las familias mediante programas como la Estrategia nacional de desarrollo y de autonomización económica (NEEDS I y II) y programas de ayuda alimentaria. Desea precisar sin embargo que el problema de las acusaciones de brujería no se halla solamente en las familias pobres, sino también en familias polígamas, donde ocurre que una mujer acuse de brujería al hijo de otra mujer.

58.El hecho de acusar a un niño de brujería constituye un delito que puede castigarse con diez años de prisión o una multa de 500.000 nairas, y el hecho de infligir daño a un niño sospechoso de brujería constituye un delito que puede castigarse con una pena de diez años de prisión y, en su caso, la confiscación de la iglesia en que hayan ocurrido los hechos. La delegación no cuenta con datos sobre el número de acusaciones iniciadas; la comunicará al Comité en cuanto estén disponibles.

59.El Sr. Ebigbo(Nigeria) dice que se ha informado de casos de tortura de niños acusados de brujería en otros estados que el de Akwa Ibom, por ejemplo, en Lagos. Interesa, más allá de la aplicación de medidas represivas y disuasivas, hacer campañas de información en colaboración con la sociedad civil y acompañar las acusaciones ante la justicia con la atención prestada a los padres.

60.El Sr. Adeyemi(Nigeria) indica que el derecho del niño a expresar su opinión, a ser oído en todo procedimiento en que tenga interés y a practicar su religión está garantizado por la Ley relativa a los derechos del niño, que incorpora las disposiciones pertinentes de la Convención.

61.La Sra. Afolayan(Nigeria) dice que el Parlamento de los Niños otorga a los niños medios de ejercer efectivamente su derecho de participar en la vida del país, expresar sus opiniones y ser consultado. Las prácticas tradicionales que tienen consecuencias nefastas para los niños no están muy difundidas y los esfuerzos desplegados deberían permitir erradicarlas completamente.

62.El Sr. Pollardesea saber si se consulta a los niños cuyos padres se divorcian en cuanto a saber a qué padre se encomendará su cuidado. Evocando el caso de una niña de 15 años que, después de haber matado a su marido, fue salvada de linchamiento, pide a la delegación que dé información precisa sobre la situación en lo que respecta al matrimonio de niños en el país.

63.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que la cuestión del matrimonio es compleja porque hay tres formas de matrimonio en Nigeria, a saber, el matrimonio civil, el matrimonio islámico y el matrimonio consuetudinario. En el caso que se evoca se trata de un matrimonio islámico. Ese tipo de caso no es muy frecuente. Se tuvo en cuenta ese problema en la Ley relativa a los derechos del niño, que fija la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años.

64.La ley autoriza a los hijos de padres que se divorcian para indicar con qué padre desean vivir, aunque en general se confían a la madre los niños menores de 6 años.

65.El Sr. Adeyemiexplica que las escuelas han adoptado el sistema británico que consiste en nombrar alumnos encargados de la disciplina en ausencia del profesor ( prefectship ) y de secundar al personal administrativo del establecimiento en diversas esferas, como el deporte y la salud. Este sistema permite hacer participar a los niños y consultarlos respecto de las cuestiones que les interesan.

66.El Sr. Ebigbo(Nigeria) dice que, a pesar de los progresos logrados, el ejercicio de sus derechos por los niños sigue tropezando con la concepción autoritaria de la educación que tienen los nigerianos. Por ello todavía es difícil crear clubes de derechos del niño en las escuelas.

67.El Presidente pide que se precise la forma en que se aplica en la práctica el principio del interés superior del niño.

68.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que, aunque en general se toma en cuenta este principio, en algunas regiones no se comprende muy bien. La represión no basta para hacer que los padres modifiquen su comportamiento, por lo que las autoridades hacen hincapié en la educación y la prevención. Es así como numerosos padres hacen que sus niños vendan mercancías en la calle después de la escuela. Las autoridades han sensibilizado a los padres acerca del riesgo que corren los niños en la calle y han llegado a una solución de transacción, a saber, que los niños puedan vender mercancías únicamente frente al domicilio familiar.

69.El Presidente pide información acerca de la aplicación del principio de la no discriminación.

70.El Sr. Ebigbo(Nigeria) da dos ejemplos de las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la discriminación. En primer lugar, en los estados del norte, para favorecer la escolarización de las niñas, las autoridades han introducido el concepto de "escuela amiga de los niños". Se considera amiga de los niños la escuela en que hay paridad entre niñas y niños. Esta iniciativa ha dado muy buen resultado. En segundo lugar, las autoridades procuran destacar el papel de personalidades femeninas y hacerlas conocer mejor en diversas regiones del país con el fin de promover la imagen de la mujer y de proponer modelos con los cuales puedan identificarse los niños y la población en general.

71.El Presidente desea que se precise la situación de los niños con discapacidad.

72.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que una encuesta de 2009 reveló insuficiencias en las esferas de la educación y la salud con respecto a las personas con discapacidad, lo que hizo que el Gobierno elaborara planes nacionales de acción encaminados a ponerles remedio. Se encuentra actualmente en marcha otra encuesta encaminada a evaluar la situación precisa de los niños con discapacidad, que debe concluir a fines de 2010.

73.El Sr. Ebigbo(Nigeria) precisa que, desde la introducción de la educación básica para todos a nivel de todo el país, se destinan fondos especiales a los establecimientos escolares y otras instituciones que se hacen cargo de niños con discapacidad, cualquiera que sea esta, física o mental.

74.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que desde la aprobación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se han reemplazado algunos términos que describen a la persona con discapacidad con términos utilizados en la Convención. De esta manera se habla en adelante de personas que sufren un problema de lenguaje o de la vista o de comprensión, por ejemplo.

75.La tasa de abandono escolar es bastante más alta en los estados del norte que en el resto del país, por lo que las autoridades de los estados en cuestión ejecutan actualmente programas de construcción de escuelas, así como de formación y de contratación de instructores. Una ley prohíbe retirar a una niña de la escuela para ofrecerla en matrimonio. Con el cambio de mentalidad que parece operarse, la situación debería evolucionar favorablemente. Además, gracias a un programa que garantiza una comida por día a los niños en la escuela, los padres tienen mayor tendencia a escolarizar a sus hijos. Finalmente, se han inscrito nuevas materias en los programas escolares, como una iniciación en los principios del empresariado, lo que incita a proseguir sus estudios a jóvenes que estaban tentados de abandonar la escuela para dedicarse a actividades comerciales. Todas estas medidas deberían influir en la tasa de escolarización y de retención escolar.

76.El Sr. Ebigbo(Nigeria) dice que el Gobierno Federal ha adoptado medidas para velar por que la enseñanza que se imparte en las escuelas coránicas tenga el mismo nivel que la que se imparte en las escuelas de enseñanza tradicional, especialmente con formación destinada a los mallam.

77.El Sr. Adeyemi(Nigeria) dice que se emplea a niños en explotaciones agrícolas, en canteras o incluso como empleados domésticos. La dependencia encargada del trabajo de los niños procura regular mejor las condiciones de trabajo de los menores, e interviene en caso de violación de los convenios de la OIT. En virtud de la ley relativa al aprendizaje los niños no pueden trabajar fuera del marco familiar y no pueden ser contratados como aprendices sino a partir de los 16 años y con fines de formación exclusivamente.

78.Hay dos tipos de centros de formación profesional, uno respecto de la enseñanza tecnológica y otro respecto de las artesanías y los oficios manuales, como la costura, la carpintería o la mecánica. Esos centros ofrecen un curso de enseñanza de tres años accesible a los jóvenes mayores de 15 años que hayan terminado el ciclo de enseñanza obligatoria. Esos jóvenes se mantienen en el sistema escolar hasta la edad de 18 años.

79.El fenómeno de los niños alamajiri, que siguen una enseñanza coránica impartida por los mallam y a veces son obligados a mendigar porque no tienen acceso a becas de estudio, no es exclusivo de los estados del norte del país, ya que algunos estados del sur también se han visto enfrentados al problema. El Gobierno federal procura integrar las escuelas coránicas en el sistema de enseñanza tradicional, lo que resolvería en parte el problema de los niños alamajiri, ya que se beneficiarían de la gratuidad de la enseñanza primaria. Los mallam, por su parte, tendrían acceso a programa de formación y serían remunerados del mismo modo que los instructores del sistema tradicional.

80.El Sr. Ebigbo(Nigeria) precisa que numerosos políticos nigerianos han surgido de las escuelas coránicas y, por ese hecho, no desean ponerles fin, sino que prefieren elevar el nivel de la enseñanza que en ellos se imparte, introduciendo nuevas materias e impartiendo a los escolares gusto por los estudios, la lectura y la escritura, principalmente, en lugar de centrar la enseñanza únicamente en los preceptos del Corán. Actualmente los mallam no siguen estudios universitarios de teología sino que transmiten su conocimiento en forma oral.

81.El Sr. Filali(Relator para Nigeria) celebra el diálogo fructífero establecido con la delegación nigeriana, que ha permitido al Comité hacerse una mejor idea de la situación de los niños en el Estado parte. Está igualmente satisfecho por la promulgación en 2003 de la Ley relativa a los derechos del niño en 24 Estados y por las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer adoptar ese texto en los otros 12 estados. Indica que, en las observaciones finales que aprobará al concluir el examen de los informes tercero y cuarto de Nigeria, el Comité señalará a la atención del Estado parte algunos temas que son fuente de preocupación, como la recolección de datos, la inscripción de los nacimientos, los malos tratos que la policía inflige a los niños, el entorno familiar, la salud de los adolescentes, los niños con discapacidad, la educación y la justicia de menores, así como la trata de niños.

82.El Sr. Adeyemi(Nigeria) celebra a su vez el diálogo amigable y constructivo que ha presidido el examen de los informes tercero y cuarto de su país. Asegura a los miembros del Comité que el Gobierno nigeriano prestará a las observaciones finales del Comité toda la atención que merecen.

Se levanta la sesión a las 18.00 horas .