31° período de sesiones

Acta resumida de la 649ª sesión

Celebrada en la Sede, Nueva York, el miércoles 7 de julio de 2004 a las 10.00 horas

Presidenta:Sra. Açar

Sumario

Examen de los informes presentados por los Estados Partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Quinto informe periódico de España

Se declara abierta la sesión a las 10.00 horas.

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención (continuación)

Quinto informe periódico de España (CEDAW/C/ESP/5, CEDAW/2/PSWG/2004/II/CRP.1/Add.4, CEDAW/PSWG/2004/II/CRP.2/Add.3)

Por invitación de la Presidenta, la delegación de España toma asiento a la mesa del Comité.

La Sra. Murillo de la Vega (España) presenta el quinto informe periódico del Estado parte, que fue ela-borado por el Instituto de la Mujer con el apoyo de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asun-tos Exteriores y la participación de las comunidades autónomas y las organizaciones no gubernamentales. En el informe se describen los progresos realizados en el cumplimiento de los compromisos relacionados con la Convención, la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General denominado “Mujeres 2000: Igualdad de género, desarrollo y paz para el siglo XXI”, en el marco de la normas legislativas y las polí-ticas de la Unión Europea. En el informe, que abarca el período comprendido entre 1999 y 2001 y consigna los futuros compromisos, se destaca que la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres es un elemento transversal de las normas legislativas, los programas y las políticas de España. En su parte inicial, contiene anexos sobre las normas legislativas y la jurisprudencia relativas a los artículos de la Convención, una lista de las comunidades autónomas e información sobre las organizaciones que participan en el Consejo Rector del Instituto de la Mujer, así como sobre los Planes de Ac-ción y otras publicaciones.

El informe centra la atención en la obligación de eliminar todas las formas de discriminación, a la que define haciendo referencia a varios artículos de la Constitución española de 1978. La igualdad ante la ley de todos los españoles, hombres y mujeres, está consagrada, en particular, en el artículo 14 de la Constitución; asimismo existen disposiciones sobre la carga de la prueba en relación con las acciones que puedan afectar negativamente a los derechos de la mujer. Sobre la base de dicho mandato constitucional de garantizar la igualdad y la no discriminación, —se exhorta a los órganos del Estado a promover la igualdad. Varias instituciones en los niveles nacional, provincial y municipal y en las comunidades autónomas no sólo promueven la igualdad de oportunidades políticas, sino que además evalúan los progresos en logrados en su realización, por conducto, entre otras cosas, de acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas, gobiernos locales y comunidades autónomas.

Una Secretaría General de Políticas de Igualdad de Oportunidades, responsable ante el Poder Ejecutivo, se encarga de la evaluación, la coordinación y la pro-moción de las políticas a nivel nacional. El Consejo Rector del Instituto de la Mujer mantiene un diálogo entre la sociedad civil y los organismos de la Adminis-tración del Estado. Por conducto de la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer (una Comisión Permanen-te Parlamentaria), el Parlamento se mantiene al tanto de los progresos y compromisos relativos a la igualdad de oportunidades.

La promoción de los derechos humanos de la mu-jer se lleva a cabo mediante tres Planes para la Igual-dad de Oportunidades para Mujeres y Hombres, Planes de Acción anuales para el Empleo, dos Planes de Ac-ción contra la Violencia Doméstica, el Plan Integral de Apoyo a la Familia y el Plan Nacional de Inclusión So-cial. En el primer Plan de Acción para la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres (1988-1990) se planteó la reforma de la normas legislativas discri-minatorias; el segundo Plan (1993-1995) destacó la in-tegración de las mujeres en los programas de capacita-ción y empleo; el tercer Plan (1997-2000) tuvo el obje-tivo de integrar a las mujeres en los procesos guberna-mentales de toma de decisiones y elaboración de polí-ticas, y el cuarto Plan, denominado Estrategia Marco Comunitaria sobre la Igualdad entre Hombres y Muje-res (2001-2005), tiene la finalidad de introducir la di-mensión de igualdad de oportunidades en todas las po-líticas y acciones llevadas a cabo en el marco de la Unión Europea.

España ha ratificado el Protocolo Facultativo de la Convención, el 29 de junio de 2001, así como el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea de 5 de mayo de 1988 y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, complementario de la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. El concepto de igualdad presupone la igualdad de acceso a los recursos y el poder, aplicando, en caso necesario, medidas de acción positiva. La base jurídica de la acción positiva es el artículo 9.2 de la Constitución de 1978, en el que se establece la obligación de las autoridades públicas de promover la igualdad y eliminar la discriminación existente desde hace mucho tiempo en la sociedad española. Las medidas de acción positiva son provisionales y tienen carácter compensatorio o reparatorio (beneficios tributarios, asistencia a los minusválidos o becas para los carenciados). Son llevadas a cabo por el Instituto de la Mujer y por todas las entidades de las comunidades autónomas en las esferas del trabajo, la salud y la educación, utilizando metodologías e indicadores diseñados para lograr una igualdad efectiva.

El Gobierno está tratando de eliminar los estereo-tipos en los medios de comunicación mediante la igualdad de oportunidades de empleo que permita ase-gurar la independencia económica y financiera de las mujeres y consiguientemente cambiar la percepción de que su papel es doméstico. El Observatorio de la Pu-blicidad es un foro de canalización de las denuncias originadas por anuncios sexistas aparecidos en cual-quier medio de comunicación que exacerben la des-igualdad entre hombres y mujeres. La cantidad de de-nuncias por representación inequitativa de la mujer en los medios de comunicación pasó de 339 en el año 2000 a 710 en el año 2001. Las campañas de publici-dad contra la violencia estuvieron centradas en el deber de las sociedades democráticas de garantizar los dere-chos humanos de todos los ciudadanos.

El Instituto de la Mujer patrocina investigaciones encaminadas a fortalecer la imagen de las mujeres co-mo ciudadanas plenas y financia estudios de género en las universidades españolas con arreglo al Plan Nacio-nal de Investigación Científica, Desarrollo e Innova-ción Tecnológica. También se dispone de recursos para realizar estudios de esa índole mediante convocatorias de subvenciones. El Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres, creado en 2000 con arreglo al tercer Plan de Igualdad de Oportu-nidades con el objetivo de hacer un diagnostico fiable y válido sobre los avances en dicha esfera, ha elaborado indicadores especiales sobre estereotipos e imágenes.

La promoción de la igualdad de oportunidades es un compromiso y una prioridad para el nuevo Gobierno. Éste ya ha tomado importantes medidas en el plano legislativo en esa esfera, está coordinando las políticas de igualdad de oportunidades a nivel nacional y provincial y con las comunidades autónomas, y ha creado una Secretaría General de Políticas de Igualdad de Oportunidades, así como unidades de igualdad de oportunidades en los diversos ministerios (por ejemplo, el Instituto de la Mujer es responsable ante la unidad correspondiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales). Luego de asumir sus funciones, en marzo, el nuevo Gobierno elaboró un proyecto de ley de lucha contra la violencia por motivos de género, estableció un Observatorio sobre la Violencia Doméstica y la Violencia por Motivos de Género y creó una Delegación del Gobierno para la lucha contra la violencia por motivos de género. Próximamente se creará un Consejo de Participación, que servirá como canal de información entre el Gobierno y las organizaciones no gubernamentales.

La paridad en el nuevo Gobierno —integrado por ocho ministros hombres y ocho ministras mujeres (en-cargadas, entre otras cosas, de presupuesto, infraestruc-tura y salud)— refleja su firme determinación de lograr la paridad en los cargos públicos. Mediante reformas en las leyes electorales se asegurará un mayor equili-brio entre las cantidades de hombres y mujeres elegi-dos en los niveles provincial y municipal y en las co-munidades autónomas. El Gobierno también está im-pulsando una mayor paridad en la monarquía española.

Es preciso formar una nueva cultura de trabajo que garantice la igualdad de oportunidades para las mujeres. En ese contexto, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales está formulando un Plan para Depen-dientes con el fin de crear 450.000 plazas en guarderías en el curso de los tres años próximos, como incentivo para lograr una distribución más equitativa de las res-ponsabilidades domésticas entre las madres y los pa-dres. Se dará un reconocimiento especial a las empre-sas que logren la paridad en los órganos de decisión y cuyos programas de capacitación comprendan una perspectiva de género.

El cuidado de los dependientes también comprende a las personas de edad; en España, las dos terceras partes del total de dependientes son mayores de 65. Otra prioridad consiste en brindar atención a las mujeres de otras razas o grupos étnicos y facilitar la plena incorporación de las mujeres inmigrantes. La inmigración es un fenómeno de amplitud cada vez mayor en España. La cantidad de inmigrantes se incrementó de 748.000 en 1999 a más de 2 millones en 2003, el 45% de los cuales son mujeres. A consecuencia de ello, la tasa de fecundidad de España —que antes era una de las más bajas de Europa— se ha incrementado hasta el 12%. Todos los inmigrantes, legales o ilegales, tienen garantizado el acceso a la atención de la salud, inclusive la salud reproductiva, la educación hasta los 16 años de edad y la asistencia jurídica en los casos de abuso.

Otros grupos vulnerables son las personas que cuidan de otras y están expuestas a riesgos de salud en el empleo, las mujeres discapacitadas y las víctimas de la trata. La oradora señala que la cooperación con los agentes de la ley es un primer paso en la intervención gubernamental para ayudar a estas últimas y destaca la necesidad de adoptar medidas preventivas y de elevar el nivel de conciencia social. Debe llevarse a cabo un debate abierto en que participen la sociedad civil y las instituciones pertinentes sobre la cuestión de la legali-zación de la prostitución, un aspecto del problema de la trata de mujeres, sin comprometer la protección que se les garantiza.

Con arreglo al proyecto de ley integral contra la violencia por motivos de género elaborado por el nuevo Gobierno, siete ministerios brindarán una completa gama de medidas de prevención y tratamiento a las víc-timas. El proyecto de ley integral hace especial hinca-pié en el problema de la violencia en el contexto de re-laciones, que causa el 90% de las muertes relacionadas con la violencia por motivos de género y aumenta el riesgo de que el culpable quede impune. El proyecto de ley integral contemplará medidas en todos los planos, inclusive el de la educación, que pongan de relieve la importancia de la igualdad de trato y consideración pa-ra todas las personas, cualquiera sea su género, y de la resolución no violenta de los conflictos domésticos.

Otras formas de la violencia, inclusive la trata y la prostitución, están comprendidas en el artículo 9 de la Constitución. En cuanto a la cuestión de si las auto-ridades públicas deberían estar autorizadas a reglamen-tar la vida privada, la oradora señala que tal reglamen-tación ya se está llevando a cabo indirectamente me-diante la capacitación en materia de género en el lugar de trabajo, pero que en todo caso el verdadero desafío radica en abolir el concepto mismo de relaciones basa-das en el poder y la subordinación. La labor relaciona-da con el proyecto de ley integral, que comprende am-plias consultas con la sociedad civil, continuará en ju-lio, y es probable que dicho proyecto sea sancionado en el primer trimestre de 2005.

Artículos 1 a 6

La Sra. Gaspard solicita información acerca de las medidas que ha adoptado España para difundir la toma de conciencia sobre la Convención. En particular, desea saber si las universidades imparten instrucción sobre la Convención y si se brinda una capacitación pertinente a los funcionarios públicos, los integrantes del Poder Judicial y los funcionarios policiales. El Co-mité también agradecería que se le proporcionara más información acerca del proceso de preparación del quinto informe periódico del Estado parte, y desea sa-ber si el informe fue presentado al Parlamento para su aprobación. El Estado parte debería explicar cómo se propone difundir el contenido de su diálogo con el Comité, así como las observaciones finales del Comité. Por último, aun cuando la fuerte participación femeni-na en el nuevo Gobierno de España indica la voluntad política de promover el adelanto de la mujer, el nivel de participación no parece ser análogo a nivel local. La oradora desea saber si el Estado parte se propone tomar medidas para hacer frente a esa situación.

La Sra. Tavares da Silva señala que en algunos países el mandato del funcionario superior en materia de igualdad de género es demasiado amplio, en cuanto se trata de abordar todos los tipos de igualdad social. Por consiguiente, la oradora desea saber si el mandato de la Secretaria General de Políticas de Igualdad de Oportunidades recientemente designada en España abarca todos los tipos de discriminación, o sólo la igualdad de género. Con respecto a los planes del Esta-do parte para garantizar la igualdad, la oradora desea saber por qué hubo un intervalo de tres años entre el tercer plan y el cuarto, en el período 2000-2003. La cuestión de los estereotipos de género se menciona muchas veces en el quinto informe periódico deEspaña, en referencia a temas tales como la violencia y la situación de las mujeres en el mercado de trabajo. Aun cuando el Estado parte ha dado una respuesta completa a la pregunta del Comité a ese respecto, en sus respues-tas a la lista de cuestiones y preguntas (CEDAW/PSWG/2004/II/CRP.2/Add.3), la oradora desea saber si la respuesta refleja un deseable cambio en el centro de atención, pues, a diferencia de lo que ocurría en el informe en sí mismo, parece implicar, acertadamente, que la conciliación de la vida familiar y el trabajo es una cuestión estructural que incumbe a la sociedad en su conjunto, y no sólo un problema que deben resolver las mujeres.

El Sr. Melander pregunta si, en caso de conflicto, la Convención prevalece sobre el derecho interno de España, y si han habido casos en que los tribunales hayan invocado directamente la Convención. En segundo lugar, con respecto a la condición de los refugiados y la persecución por motivos de género, el orador pregunta si han habido casos en que se haya reconocido a mujeres como refugiadas con arreglo a la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, cuando existiera temor de persecución en sus países de origen.

La Sra. González Martínez, haciendo referencia a la sección sobre la violencia contra las mujeres que figura en la primera parte del informe de España, desea saber si el proyecto de ley integral sobre la violencia por motivos de género que está en curso de elaboración entraña una redefinición del concepto de violencia que excluiría a la violencia pública.

La Sra. Schöpp-Schilling dice que le ha preocu-pado la respuesta del Estado parte en relación con la aceptación de la enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, pues parece indicar que es necesario que el Comité pase una especie de prueba para queEspaña pueda aceptar la enmienda. Con respecto a la estructura institucional de España, la oradora desea saber qué institución tiene competencia general en relación con la incorporación de la perspectiva de género. En lo tocante a las medidas de acción positiva, parece haber cierta confusión en relación con la distinción entre las políticas generales y las auténticas medidas especiales de carácter temporal mencionadas en el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención. Por último, el Estado parte debería estudiar la nueva recomendación del Comité relativa a las leyes electorales, que contiene una clara exposición de las expectativas del Comité a ese respec-to.

La Sra. Morvai dice que le ha resultado decepcionante el bajo nivel de participación de las organizaciones no gubernamentales en la presentación del informe. En la página 10 de su informe, España hizo referencia al último informe anual del Defensor del Pueblo, en el que se señalaron diversas formas de discriminación contra la mujer. El Comité agradecería que se le proporcionara información acerca de la situación de las mujeres presas, y de la forma en que el Gobierno se propone hacer frente a ese problema. Asimismo agradecería recibir más información acerca de los planes del Gobierno para hacer frente al problema de la falta de pago de las pensiones alimenticias. La oradora desea saber si España ha impartido capacitación a abogados para presentar casos judiciales con arreglo al Protocolo Facultativo de la Convención, y desea que se le confirme que, contra lo que indican ciertos informes, España no se propone legalizar la prostitución en contravención del Convenio de 1949 para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena y del Protocolo sobre trata de personas a la Convención contra la Delincuencia Transnacional Organizada.

El Sr. Flinterman señala que el sistema constitucional de España ha logrado un admirable equilibrio entre los poderes del Gobierno central y de las comunidades autónomas, pero pregunta cómo es posible, en un sistema tan complejo, garantizar el cumplimiento general de los tratados internacionales sobre derechos humanos. El Comité desearía saber de qué instrumentos dispone el Gobierno en los casos en que las comunidades autónomas sean renuentes a dar cumplimiento a obligaciones convencionales vinculantes o deseen adoptar políticas incompatibles con dichas obligaciones.

La Sra. Šimonović desea saber si el quinto informe periódico de España fue aprobado formalmente por el Gobierno y si las observaciones finales del Comité se transmitirán al Gobierno para su aplicación. Aun cuando el informe es completo, carece de datos estadísticos desagregados por género y origen étnico, y la oradora pregunta por qué no fue posible reunir tales datos. La oradora también pregunta si, con arreglo al artículo 2 de la Convención, el principio de igualdad de género está específicamente mencionado, en la Constitución o en otra ley.

La Sra. Shin desea saber si el compromiso del Gobierno con la igualdad de género se reflejará en las políticas y los programas. Más concretamente, la oradora desea saber si se ha asumido un verdadero compromiso financiero elaborando un presupuesto en el que se tengan en cuenta las cuestiones de género. Con respecto al proyecto de ley integral sobre la violencia por motivos de género que está considerando el Poder Legislativo, la oradora dice que, a menos que el objetivo de la ley sea abarcar todos los aspectos de la violencia contra las mujeres, debería cambiarse el título. Cabe esperar que en el proceso de consulta en relación con la nueva ley se dé una efectiva participación a las organizaciones no gubernamentales. En lo tocante al contenido de la ley, el Comité desea saber si comprende medidas preventivas, tales como medidas encaminadas a cambiar las actitudes de los hombres y los niños, y medidas de protección, por ejemplo, respecto de las mujeres que se encuentran en posiciones desventajosas, inclusive las mujeres migrantes y las refugiadas. La oradora también pregunta si la ley comprenderá un componente de capacitación para el empleo para mujeres divorciadas.

La Sra. Murillo de la Vega (España), respon-diendo a las preguntas formuladas por integrantes del Comité, dice que el nuevo Gobierno ha manifestado su disposición de celebrar consultas sobre el proyecto de ley integral sobre la violencia por motivos de género con organizaciones no gubernamentales, pero que aún no ha dispuesto de mucho tiempo para tales consultas. Tales organizaciones han podido estudiar el texto y formular sugerencias, y ese proceso aún no ha termina-do. La oradora reconoce que el título de la ley plantea un problema, pero dice que es el primer proyecto de ley presentado a las organizaciones no gubernamentales y las asociaciones de mujeres, y que el título refleja una transacción entre las sugerencias de éstas y la for-mulación original. La sugerencia del Comité de que el título se ajuste al contenido de la ley y refleje todas las formas de violencia —ya sea física, emocional o sexual— se transmitirá al Gobierno de España.

Aun cuando la estructura administrativa deEspaña comprende entidades autónomas dotadas de potestades en ciertos ámbitos de competencia, la legislación depende del Gobierno central. Existe una constante coordinación entre el Gobierno y las comunidades autónomas, que ejecutan las políticas sociales con arreglo a las necesidades de las respectivas poblaciones locales. De todos modos, la oficina a cargo de la oradora concebirá nuevos mecanismos para coordinar las políticas con las comunidades autónomas, la sociedad civil y los foros internacionales. El objetivo del plan de acción del Gobierno consiste en crear oportunidades de-ntro de las comunidades autónomas con el fin de utilizar la diversidad territorial de forma de lograr una más eficaz ejecución de la política de igualdad de oportunidades.

La Sra. Alvarado Ballesteros (España), respondiendo a las preguntas relativas a la capacitación impartida a los funcionarios para la aplicación de la Convención, dice que el Ministerio del Interior es responsable de la capacitación específica de las diversas fuerzas de seguridad. Hay módulos específicos de capacitación sobre minorías, tales como las mujeres víctimas de abuso, las personas de edad, los jóvenes y los niños, y las mujeres de las minorías étnicas, así como sobre los menores y las mujeres que son víctimas de violencia o de violencia por motivos de género. Aún hay posibilidades de mejorar, como lo demuestran los esfuerzos en curso por elaborar una ley sobre la violencia doméstica. Con respecto a la trata de mujeres, la oradora señala que España utiliza la expresión más amplia de “trata de seres humanos con fines sexuales,” pues la cuestión central es la explotación de las mujeres.

A diferencia de los refugiados, personas que huyeron a España por motivos políticos, los extranjeros indocumentados están normalmente sujetos a expul-sión. Sin embargo, cuando se trate de mujeres, éstas pueden evitar la expulsión si pueden demostrar que han sido víctimas de trata, trabajo forzoso, prostitución for-zosa o situaciones análogas durante su estada enEspaña, o pueden declarar en juicio como testigos de tales delitos. Los tribunales prestan servicios especiales a quienes cooperan con las autoridades, tales como asistencia jurídica gratuita y asistencia de intérpretes. Posteriormente, pueden optar entre la repatriación o el otorgamiento de permisos de residencia y trabajo en España. El Gobierno puede, además, hacer regresar a España a los extranjeros expulsados cuyo testimonio sea necesario en juicio, y en ese caso quedarán com-prendidos en las garantías habituales de protección de los testigos.

El Sr. Fernández López (España), observando que el Comité, igual que otros órganos creados por tra-tados, ha criticado la falta de datos desagregados por raza y origen étnico, dice que en España está prohibido pedir tales informaciones, porque se consideran dis-criminatorias. Sin embargo, en las estadísticas se puede distinguir entre nacionales y no nacionales. En conso-nancia con los compromisos que asumió en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, el Gobierno está procurando que hombres y mujeres compartan más equitativamente las responsabilidades en el hogar y en el trabajo, y recientemente promulgó normas legislati-vas tendientes a ayudar a las mujeres a conciliar la vida familiar y el trabajo.

La Sra. Álvarez Álvarez (España) dice que la intensa inmigración a España es un fenómeno reciente, iniciado a partir del decenio de 1990. Actualmente, los extranjeros representan aproximadamente el 6% de la población total. Viven en España más de 2.600.000 extranjeros, el 45% de los cuales son mujeres. Desde 1999 la cantidad de extranjeros se ha cuadruplicado. Solamente en 2002, último año respecto del cual se dispone de estadísticas, inmigraron a España más de 600.000 personas. Cuando ello ha sido posible, las estadísticas se han desagregado por nacionalidad y por género.

La mayor población de inmigrantes está concen-trada en tres de las comunidades autónomas: Madrid, Cataluña y Valencia. Los ecuatorianos —aproximada-mente 400.000— constituyen el grupo más numeroso de inmigrantes, y los siguen los marroquíes y los colombianos. Los hijos de madres extranjeras, la mayoría de los cuales son marroquíes o ecuatorianos, representan aproximadamente el 12% de los nacimientos en el país; a consecuencia de ello la tasa de natalidad de España, que en un tiempo era la más baja del mundo, ha subido levemente, hasta 1,3 por cada mujer, y actualmente la cantidad anual de nacimientos supera a la de defunciones.

La Sra. Comas-d'Argemir Cendrá (España) di-ce que a partir de 1978 los tratados internacionales se han incorporado automáticamente al derecho interno, con efecto vinculante sobre el Gobierno central, las comunidades autónomas y el Poder Judicial. La Con-vención es por lo general bien conocida en España, y los jueces están familiarizados con ella. Sus disposi-ciones se enseñan en las facultades de derecho, y en cursos anuales de capacitación impartidos a todos los jueces se examinan la Convención y los demás tratados de derechos humanos. En el momento en que pasó a ser parte en la Convención, España armonizó su legisla-ción interna con las disposiciones de aquélla. Además, cualquier ciudadano puede alegar que una norma de derecho interno es inadecuada y exigir que la Conven-ción sea aplicada directamente en los tribunales. La oradora tratará de obtener estadísticas sobre la frecuen-cia con que ha tenido lugar tal aplicación. Si las leyes dictadas por una comunidad autónoma no se ajustan a las normas legislativas nacionales o si un parlamento autónomo toma medidas que contravienen a la Con-vención, el Gobierno central puede impugnarlas ante el Tribunal Constitucional o ante un tribunal ordinario.

Mediante el proyecto de Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia por Motivos de Género que actualmente está a consideración del Parlamento, cuyo artículo 1° se refiere específicamente a la violencia doméstica, el Gobierno está tratando de eliminar ese importante problema social y brindar una mayor protección a las víctimas, y al mismo tiempo revisar todas las normas legislativas sobre el tema para mejorar la lucha contra dicho problema. El proyecto de Ley Orgánica recopila y perfecciona las anteriores normas legislativas, pues prevé la emisión de órdenes de protección en favor de las mujeres golpeadas. Cabría señalar, empero, que en el Código Penal se han tipificado como delitos todos los actos de violencia contra las mujeres tales como violación, mutilación genital, acecho, prostitución, agresiones sexuales, tanto psicológicas como físicas, o amenazas de agresión, de modo que las mujeres ya gozaban de protección.

En 2003 hubo 103 personas muertas como resul-tado de la violencia doméstica, 81 de las cuales eran mujeres, y 65 de ellas murieron como resultado de vio-lencia conyugal. La violencia doméstica por parte de maridos dominantes es un problema en España, igual que en la mayoría de los países de la Unión Europea, y ello hace necesario un cambio fundamental de mentali-dad. En el proyecto de Ley Orgánica se prevén nuevas medidas en materia de educación, publicidad y preven-ción, y se incluye una nueva disposición por la cual se tipifican como delito las amenazas de un cónyuge co-ntra el otro, lo cual entrañaría la consiguiente reforma del Código Penal.

La Sra. Durán y Lalaguna (España) dice, con referencia a la posición de su país sobre la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención, que Es-paña valora muy positivamente la labor del Comité. Fue país anfitrión del período de sesiones que se dedi-có a la preparación de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer y fue el primer país que dio publicidad a la adopción del Protocolo Facultativo y publicó el texto de la Convención en español y en inglés. Asimismo, ha patrocinado todas las resoluciones de las Naciones Unidas relacionadas con la Convención y el período extraordinario de sesiones del Comité.

España, junto con los demás países de la Unión Europea, es partidario de una reforma de los métodos de trabajo del Comité a fin de lograr una mayor coor-dinación con los demás órganos de derechos humanos creados por tratados. Estima que, efectivamente, es ne-cesario facilitar la consideración de los informes por parte del Comité. En el debate en curso acerca de cómo lograr ese resultado, España opina que convendría que el Comité elaborase una breve reseña de la cantidad de informes recibidos, las comunicaciones presentadas con arreglo al Protocolo Facultativo, los informes que estimara que recibiría en los años siguientes, y otras in-formaciones útiles.

El Sr. Álvaro Page (España) dice que normalmente transcurren alrededor de dos años entre la ejecución completa de un Plan de Igualdad de Oportunidades y la iniciación del siguiente Plan. En el curso de cada Plan, se elaboran informes anuales sobre la ejecución de actividades determinadas y sobre los respectivos grupos destinatarios. Se hacen exámenes periódicos a fondo con los directores de proyectos. Asimismo, el Instituto de la Mujer mantiene una base de datos sobre los progresos mensurables en las esferas del empleo, la salud, los servicios sociales, la vida familiar y la participación política y sobre la evolución en materia de valores y estereotipos aceptados. En el segundo año de cada Plan, se inician conversaciones dentro del Gobierno y con las asociaciones que promueven la igualdad de derechos, las organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones, para comenzar a diseñar el siguiente Plan.

El Instituto de la Mujer, que está dirigido por una mujer y funciona en la órbita de la Secretaría General de Políticas de Igualdad de Oportunidades dentro del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, es responsa-ble de la determinación de la política de igualdad de derechos. Comprende tres unidades: una unidad que reúne datos sobre la mujer y prepara estudios que ser-virán de base para la elaboración de políticas, y man-tiene relaciones con las organizaciones que promueven la igualdad de derechos en las comunidades autóno-mas; una unidad que administra los programas para la mujer en las diversas esferas, en coordinación con las comunidades autónomas, y una unidad que administra los recursos financieros y humanos del Instituto.

El Instituto lleva estadísticas sobre las mujeres presas y sobre sus condiciones de detención. En 1999, era de sexo femenino el 8,4% de la población carcela-ria, que comprendía unos 24.000 reclusos; actualmente esa proporción es del 8,2% sobre un total de aproxima-damente 47.000 reclusos. El Instituto de la Mujer tiene grupos de trabajo que monitorean a cuatro categorías de mujeres: las mujeres sin techo, las prostitutas, las adictas a las drogas y las presas. Actualmente está ela-borando programas experimentales para las mujeres presas, que constituyen un grupo especialmente vulnerable.

El Instituto celebra por lo menos una vez al año reuniones con los directores de los programas de igualdad de derechos de las comunidades autónomas para intercambiar información y planificar programas conjuntos, como un reciente programa de vacaciones familiares pagadas. En dichas reuniones también se examina la violencia doméstica y en los últimos años se ha centrado la atención en temas tales como la coordinación institucional como instrumento de lucha contra la violencia; una red de servicios sociales para las mujeres inmigrantes golpeadas; el uso de dispositivos de vigilancia electrónica para proteger a las mujeres golpeadas; el tratamiento psicológico de las víctimas y los agresores, y la elaboración de indicadores de violencia doméstica.

Artículos 7 a 9

El Sr. Flinterman pregunta si el Gobierno se propone reformar la Ley General de Elecciones a fin de garantizar la igualdad de género en las listas de candi-datos políticos que se presentan a las elecciones. Es decepcionante comprobar que el anterior Gobierno había iniciado acciones contra las leyes de las comuni-dades autónomas de Castilla-La Mancha y las Islas Ba-leares que disponen que las listas se integren por can-didatos de uno y otro sexo ordenados de forma alterna-tiva. El Gobierno anterior sugirió, entre otras cosas, que las leyes podían ser violatorias del artículo 6 de la Constitución, relativo a la libertad de los partidos polí-ticos. El orador pide a la delegación que explique el al-cance de dicha libertad e indique si es posible imponer a los partidos políticos la obligación de incluir cantida-des iguales de hombres y mujeres en sus listas electora-les. Por último, el Comité desearía saber si el actual Gobierno de España considera que esas leyes de las comunidades autónomas son incompatibles con el artí-culo 7 de la Convención, tal como ha sido analizado por el Comité en su recomendación general 23 sobre la mujer en la vida pública y política.

La Sra. Belmihoub-Zerdani dice que España surgió de su experiencia histórica como un faro para el progreso social y estableció un ejemplo señero para otros países. En ese sentido, la oradora se refiere específicamente a los esfuerzos realizados por España para establecer la paridad y la igualdad de género en las designaciones en la rama ejecutiva. El Comité espera que el Gobierno aplique también ese enfoque en otras esferas, como el Poder Judicial. Habida cuenta de que los tratados ratificados por España tienen fuerza de ley y forman parte integral de la legislación interna, debería ser posible reformar la Ley de Elecciones de modo de obligar a los partidos políticos a asegurar la igualdad de género entre los candidatos para las elecciones. Por último, la oradora encomia a España por la adopción de la Ley 36/2002, de 8 de octubre de 2002, que reformó las disposiciones sobre nacionalidad contenidas en el Código Civil, eliminando los plazos y los límites de edad, de modo de permitir que todas las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España puedan optar por la nacionalidad española sin límite de edad.

El Sr. Melander, señalando que el Estado otorga subvenciones anuales a los partidos políticos sobre la base de la cantidad de escaños y votos obtenidos en las elecciones más recientes, desea saber por qué el Go-bierno no ha determinado que la paridad de género sea una de las condiciones para tener derecho a tal finan-ciación.

La Sra. Šimonović acoge con beneplácito el compromiso del actual Gobierno con la paridad, y pregunta si volverá a la posición adoptada por el Gobierno anterior a ese respecto. La oradora señala asimismo que, con arreglo al artículo 2 de la Convención, los Estados partes tienen la obligación de tomar medidas para eliminar la discriminación contra la mujer, y concuerda con los oradores anteriores en que el Gobierno debería estar en condiciones de hacer respetar la paridad de género. El Comité también desea saber si el Gobierno se propone incrementar la cantidad de mujeres con rango de embajadoras, y la cantidad de las mujeres en el servicio diplomático en general.

La Sra. Murillo de la Vega (España) dice que se ha establecido un sistema de cuotas que asegura una representación mínima del 25% de mujeres en las listas políticas. La adopción de medidas de acción positiva sirvió de contexto para la reformulación de ideas, en especial sobre cuestiones relacionadas con la igualdad de oportunidades. Con respecto a la autonomía de los partidos políticos en lo tocante a la adopción de deci-siones y la igualdad de representación de hombres y mujeres, los partidos políticos gozan de independencia para la adopción de decisiones con arreglo a la Consti-tución. Al establecer compromisos sobre la reforma es-pecífica de las leyes electorales, el Gobierno está exa-minando actualmente las impugnaciones pendientes an-te el Tribunal Constitucional.

La Sra. Comas-d'Argemir Cendrá (España) dice que el Gobierno es competente para mantener o retirar la impugnación presentada ante el Tribunal Constitucional por el Gobierno anterior con respecto a las leyes de las comunidades autónomas. Si el Gobierno actual decidiera retirar la acción, el Tribunal Constitucional no podría examinar el fondo del asunto y las leyes que fueron impugnadas continuarían en vigor en las comunidades autónomas.

Pasando a la cuestión de la igualdad en el Poder Judicial, la oradora dice que, si bien es cierto que ha habido una fuerte feminización en dicho Poder, aún se está lejos de haber logrado la paridad de género. Citan-do varias estadísticas que indican que sólo algunos po-cos cargos de los órganos de decisión y tribunales su-periores están ocupados por mujeres, la oradora prome-te transmitir las preocupaciones del Comité al Consejo competente para las designaciones en el Poder Judicial, con miras a resolver la cuestión de la paridad de géne-ro. Sin embargo, comunica al Comité que recientemen-te se ha designado por primera vez a una mujer presi-denta del Tribunal Constitucional de España, el máxi-mo órgano judicial en materia de derechos fundamenta-les. Esa designación puede tomarse como una señal de modernidad, democracia y progreso para España.

La Sra. Durán y Lalaguna (España), recordando que las mujeres recién fueron admitidas en los empleos del servicio exterior a partir de finales del decenio de 1970, concuerda en que la proporción de mujeres con rango de embajadoras en el Ministerio de Asuntos Ex-teriores en general sigue siendo bastante baja, pero dice que su número se está incrementando. Actualmente hay mujeres en cargos ministeriales y en puestos admi-nistrativos de nivel superior.

Artículos 10 a 14

La Sra. Ferrer Gómez dice que, a pesar de los importantes compromisos que se han asumido y de las medidas que España ha tomado con el fin de lograr la paridad y la igualdad, las mujeres siguen estando detrás en el mercado de trabajo y se ven afectadas por tasas de desocupación más elevadas, niveles de remunera-ción más bajos y discriminación por edad. Por lo tanto, la oradora desea saber qué se propone hacer el Gobier-no para corregir esa situación y qué perspectivas exis-ten para dar cumplimiento al artículo 11 de la Conven-ción. Por último, la delegación debería hacer referencia a la situación existente en relación con el acceso de las mujeres a los servicios de atención de la salud, el tra-tamiento médico y los procedimientos de examen.

La Sra. Khan, haciendo referencia al actual Plan Nacional de Empleo estructurado con arreglo a la estrategia europea de empleo, desea saber cuántos empleos se han creado, y de qué tipos; cuántos de esos empleos tienen en cuenta específicamente a las mujeres, y qué medidas se han tomado en relación con la actitud mental de los hombres respecto del papel de las mujeres en la vida familiar. En lo tocante a la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, la delegación debería explicar por qué no se da pleno cumplimiento a la Ley 33/2002. La recomendación general N° 33 del Comité podría brindar útil orientación, y el Instituto de la Mujer podría considerar la introducción de políticas de evaluación de funciones imparciales en cuanto al género.

El Comité desearía saber si la legislación españo-la sobre asilo contiene disposiciones para otorgar asilo a mujeres por razones vinculadas a la violencia por motivos de género. Advirtiendo la prevalencia de las enfermedades mentales y el abuso de sustancias entre las mujeres, la oradora pregunta si se han realizado es-tudios para determinar cuáles son las causas de dichas enfermedades; cómo, habida cuenta de tales circuns-tancias, se contempla a las mujeres en el Plan Integral de Atención de la Salud, y qué papel se atribuye a la violencia basada en el género como factor en el surgi-miento de las enfermedades mentales y la dependencia.

La Sra. Gabr, haciendo referencia a la condición de las mujeres refugiadas, desea saber cómo se ve afectada la tasa de natalidad de las mujeres refugiadas, y qué esfuerzos se han hecho para integrarlas como participantes en la sociedad española. La oradora señala que, entre las diversas convenciones sobre derechos humanos de que España es parte, no se ha

hecho referencia a la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, y pregunta cuál es la posición del Gobierno sobre dicha Convención. Por último, habida cuenta del elevado porcentaje de mujeres rurales y mujeres de edad, la oradora desea saber qué medidas se han adoptado para asistir a ambos grupos, y qué piensa hacer el Gobierno para abordar la feminización de la pobreza, en particular en las zonas rurales.

La Sra. Schöpp-Schilling pregunta si el Gobierno tiene datos que indiquen si las mujeres que trabajan a tiempo parcial o por cuenta propia pueden ganar un salario vital. La oradora comparte la preocupación expresada por la oradora anterior sobre la situación de las mujeres que viven en las zonas rurales. Además de averiguar acerca de la situación general de tales mujeres, la oradora pregunta específicamente cuántas de ellas son colaboradoras familiares no remuneradas, qué relación existe entre los ingresos de las mujeres del sector agrícola y los de los hombres que realizan trabajos análogos, y cuáles son las proporciones de los trabajadores migratorios ilegales y legales en la agricultura. Por último, el Comité también desea saber cómo piensa el Gobierno mejorar el acceso de las mujeres rurales a los servicios de atención de la salud.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.