Naciones Unidas

CRC/C/ARM/5-6

Convención sobre los Derechos del Niño

Distr. general

31 de agosto de 2023

Español

Original: inglésEspañol, francés e inglés únicamente

Comité de los Derechos del Niño

Informes periódicos quinto y sexto combinados presentados por Armenia en virtud del artículo 44 de la Convención, que debían presentarse en 2019 * **

[Fecha de recepción: 28 de octubre de 2020]

Introducción

1.La República de Armenia (en lo sucesivo, “Armenia”) presenta sus informes periódicos quinto y sexto combinados (en lo sucesivo, “el informe”) sobre la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño (en lo sucesivo, “la Convención”), que abarcan el período comprendido entre 2013 y 2019. El informe contiene las respuestas a las recomendaciones presentadas por el Comité de los Derechos del Niño (en lo sucesivo, “el Comité”) como resultado del examen de los informes tercero y cuarto combinados de Armenia, así como información sobre la aplicación de los Protocolos Facultativos de la Convención: el relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y el relativo a la participación de niños en los conflictos armados.

2.El informe ha sido elaborado por el grupo de trabajo interinstitucional creado en virtud de la Decisión núm. 442‑A del Primer Ministro de Armenia (22 de abril de 2019).

3.El grupo de trabajo encargado de la elaboración del informe estaba integrado por representantes de todos los ministerios y organismos interesados de Armenia.

4.El 2 de octubre de 2019, el informe se sometió al examen de representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) activas sobre el terreno cuyas observaciones se reflejaron en él.

5. Cabe señalar también que la preparación del informe ha coincidido con la ofensiva militar a gran escala planeada de antemano y desencadenada el 27 de septiembre por Azerbaiyán contra Nagorno‑Karabaj (República de Artsaj) y, posteriormente, contra Armenia. La brutal agresión de Azerbaiyán, con el apoyo militar directo de Turquía y la participación de combatientes terroristas y mercenarios extranjeros respaldados por ese país, ha ido acompañada de flagrantes violaciones del derecho internacional humanitario; el uso de armas prohibidas, como municiones de racimo; y ataques contra hospitales, escuelas y lugares religiosos. Lanzada en medio de la expansión de una pandemia mundial sin precedentes, la agresión militar ha infligido grandes pérdidas humanas y enormes daños a asentamientos e infraestructuras civiles. Decenas de civiles, incluidos niños, han muerto y otros muchos han visto sus hogares destruidos y se han visto obligados a huir. Decenas de miles de niños se ven privados de sus derechos humanos fundamentales, incluidos el derecho a la vida y el derecho a la educación. Todos esos actos han sido documentados por el Defensor del Pueblo de la República de Artsaj. Las fuerzas armadas azerbaiyanas también atacaron infraestructuras civiles de la región armenia de Gegharkunik, con el resultado de dos civiles muertos y un niño gravemente herido. Despreciando los continuos llamamientos de la comunidad internacional para el cese inmediato las hostilidades, Azerbaiyán prosigue sus ataques con artillería de grueso calibre, misiles y bombardeos aéreos, lo que ha provocado una crisis humanitaria multidimensional en la zona de conflicto que se desarrolla en una rápida escalada.

I. Medidas generales para garantizar el ejercicio de los derechos del niño (arts. 4; 42 y 44, párr. 6)

Reformas jurídicas

6.Como resultado de la reforma de la Constitución (22 de diciembre de 2015) se ha reformulado el artículo 36 a fin de incluir en él el interés superior del niño, a saber: “La privación o restricción de la patria potestad solo podrá ejercerse por ley, previa resolución judicial, con el fin de proteger el interés superior del niño”, sobre cuya base se han introducido modificaciones del Código de Familia (modificación del artículo 59, complementado por la Ley Ho‑10‑N, de 21 de diciembre de 2017); el artículo 59 del Código de Familia ha sido reformulado de la siguiente manera: “Con el fin de garantizar el interés superior del niño (incluso cuando se lo someta regularmente a violencia física que no contenga los elementos de delito previstos por el Código Penal; violencia mental, a saber, infligir intencionalmente sufrimiento mental grave, incluida la amenaza de violencia física o sexual; o al menoscabo habitual de la dignidad), ambos progenitores, o uno de ellos, podrán ser privados de la patria potestad; también podrá serlo cualquiera de ellos si fuera condenado por la comisión de un delito contra su hijo o hija”.

Artículo 37Derechos del niño

7.El artículo 37 de la Constitución dio lugar a la necesidad de introducir enmiendas en el Código de Familia, en virtud de las cuales el niño tiene derecho a estar presente en el examen de cualquier cuestión que afecte a sus derechos e intereses, y a expresar su opinión en la familia, y ante los órganos judiciales y de otro tipo. Mediante esa disposición se incorpora lo dispuesto en la observación general núm. 12 del Comité, en la que se establece directamente que el niño tiene derecho a expresar su opinión en la familia, en la escuela, en las instituciones de acogida y ante los tribunales. Asimismo, como resultado de las enmiendas y ampliaciones del Código de Familia introducidas en 2017, las palabras “haber cumplido diez años” se han eliminado de los artículos pertinentes, como resultado de lo cual los órganos encargados de adoptar decisiones sobre el niño, incluidos los tribunales, así como los órganos de tutela y curatela, están obligados a escuchar la opinión del niño sea cual sea su edad.

Artículo 86Principales objetivos de la política estatal

8.En el artículo 86 de la Constitución se prevé “la creación de condiciones favorables para el desarrollo pleno e integral de la individualidad del niño” como uno de los principales objetivos de la política estatal en las esferas económica, social y cultural.

9.Así, en el Programa Estratégico de Armenia para la Protección de los Derechos del Niño 2017‑2021 (en lo sucesivo, “el Programa Estratégico”) se han previsto las medidas pertinentes.

10.Desde diciembre de 2018, el Ministerio de Justicia, junto con el Consejo de Europa, ha puesto en marcha el programa “Acabar con la explotación y los abusos sexuales de los niños” en el que se prevé, dentro de los organismos estatales, el desarrollo de capacidades orientadas a la prevención y la protección frente a la explotación y los abusos sexuales de los niños, así como el establecimiento de mecanismos de respuesta apropiados.

11.En cuanto al párrafo 8 de las observaciones finales adoptadas a raíz del examen de los informes tercero y cuarto combinados que el Comité llevó a cabo en 2013, se han realizado las siguientes reformas en relación con la legislación que regula el ámbito de la protección de los derechos del niño:

a)Se están llevando a cabo actividades encaminadas a armonizar la legislación nacional sobre los derechos del niño con la Convención, así como a aplicar eficazmente la legislación y los mecanismos jurídicos necesarios. El proyecto de ley sobre la protección de los derechos del niño está siendo objeto de análisis con organizaciones internacionales y otras organizaciones asociadas;

b)El 13 de diciembre de 2017, se aprobó la Ley sobre la Prevención de la Violencia Doméstica, la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y el Restablecimiento de la Paz en la Familia, en la que se contempla el establecimiento de mecanismos legales para la prevención y la protección frente a la violencia doméstica contra las personas, incluidos los niños.

12.Se ha modificado el Código de Familia (modificación del artículo 53, complementado por la Ley HO‑10‑N, de 21 de diciembre de 2017) para establecer que las formas de crianza de los hijos deben excluir el uso de la violencia física o psíquica, así como el trato negligente, cruel, grosero o degradante, el insulto o la explotación.

Programa nacional de protección de los derechos del niño

13.En cuanto al párrafo 11 de las observaciones finales, el Programa Estratégico desempeña un papel fundamental en el ámbito de la protección de los derechos del niño. Tras la ejecución de los programas para 2003 y 2006, el 27 de diciembre de 2012 el Gobierno lo aprobó para el período 2013‑2016. El objetivo principal del Programa Estratégico es garantizar el bienestar del niño en la familia y en la sociedad reduciendo el número de niños internados en orfanatos, instituciones de acogida y protección de la infancia y evitando que se remitan niños a esas instituciones.

14.En el marco de esa estrategia se han adoptado las siguientes medidas principales: se han regulado las relaciones relativas a la prestación de cuidados a los niños en instituciones generales y especializadas para la protección social de la población, internados y guarderías sociales.

15.En la Decisión del Protocolo Gubernamental núm. 18 (de 12 de mayo de 2016), sobre la aprobación del documento conceptual para el desarrollo de un sistema de servicios de cuidado alternativo para los niños en situaciones de vida difíciles en Armenia y el correspondiente Plan de Acción, se establecen los principios y directrices principales del desarrollo de un sistema de servicios de cuidado alternativo para los niños que se encuentran en condiciones de vida difíciles en Armenia.

16.En la Decisión del Protocolo Gubernamental núm. 30 (de 13 de julio de 2017), sobre la aprobación del Programa Estratégico 2017‑2021 y el calendario de aplicación del correspondiente Plan de Acción, se establecen principios y prioridades que están en consonancia con los principios fundamentales contenidos en las directrices europeas y de las Naciones Unidas sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños sobre la transición del acogimiento institucional a los servicios basados en la comunidad.

17.Las principales prioridades del Programa Estratégico son la mejora del sistema de protección de los derechos del niño; la inclusión de los niños con discapacidad en la sociedad; la provisión de una educación accesible, inclusiva y de calidad, así como la seguridad integral de los alumnos de los centros educativos; la detección precoz de los delincuentes juveniles y de los menores que hayan sido objeto de violencia y hayan mostrado un comportamiento antisocial; la prevención de los casos de violencia; y la garantía del derecho del niño a vivir en un entorno familiar. En 2021 se realizará una evaluación final de los avances del Programa Estratégico.

18.Durante la aplicación del Programa Estratégico, se dará prioridad a la realización de un seguimiento continuo.

19.Los recursos necesarios para la aplicación de las medidas contenidas en el Programa Estratégico están incluidos en el presupuesto estatal de Armenia, si bien hay algunas medidas que se llevan a cabo conjuntamente con organizaciones internacionales y donantes.

Organismos estatales encargados de proteger los derechos del niño

20.En relación con el párrafo 13 de las observaciones finales, la mejora del sistema de protección de los derechos del niño se ha incluido como prioridad en el Programa Estratégico 2017‑2021 y el parámetro para su determinación es la evaluación de las actividades de la Comisión Nacional para la Protección de los Derechos del Niño, y las propuestas de cambios. Como resultado de las conversaciones con los organismos pertinentes y las organizaciones internacionales dentro de ese ámbito, se esbozó la posibilidad de optimizar la actividad de la Comisión en el futuro. La propuesta sobre la actividad futura de la Comisión se incluyó en el proyecto de ley sobre la protección de los derechos del niño, cuyo objetivo es dotar a la Comisión de nuevas funciones que potenciarán significativamente sus competencias.

21.Los órganos locales de autogobierno, así como los órganos de tutela y curatela, desempeñan un papel importante en la protección de los derechos del niño. Estos últimos son responsables a nivel local de resolver los problemas relacionados con los niños, así como de ayudarlos a ellos y a sus familias cuando se encuentran en condiciones de vida difíciles. Las comisiones de tutela y curatela se establecen de acuerdo con el Código de Familia.

22.Se ha introducido la figura del trabajador social comunitario a fin de contratar a nivel local a profesionales con la cualificación apropiada en materia de protección de la infancia. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Autonomía Local, en las comunidades con una población mayor de 5.000 habitantes se ha creado el puesto de trabajador social comunitario.

Control independiente

23.Tras las enmiendas constitucionales de 2015, se fortaleció el mandato del Defensor de los Derechos Humanos. Toda persona tiene el derecho constitucional a recibir asistencia de esa institución cuando estime que se han vulnerado sus derechos y libertades, consagrados en la Constitución y las leyes (artículo 52 de la Constitución).

24.En 2019, el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos volvió a otorgar al Defensor de los Derechos Humanos la categoría “A”, que confirma su plena independencia, fiabilidad y funcionamiento efectivo como institución nacional de derechos humanos.

25.También hay que señalar que el Defensor de los Derechos Humanos se ocupa de la prevención y protección de las violaciones de los derechos del niño. Para llevar a cabo esa importante misión, se ha creado dentro de la institución la Dependencia de Protección de los Derechos del Niño.

Asignaciones presupuestarias para la infancia

26.Tal como se solicitó en el párrafo 15 de las observaciones finales, a continuación se presentan los indicadores sobre las asignaciones realizadas en 2013‑2018 y las asignaciones realizadas en el presupuesto estatal de Armenia aprobado para 2019 en las esferas de la asistencia sanitaria y la educación como porcentaje del PIB.

Esferas

2013 real

2014 real

2015 real

2016 real

2017 real

2018 real

Presupuesto aprobado para 2019

Educación

2,26

2,40

2,42

2,42

2,23

2,02

2,09

Sanidad

1,41

1,59

1,71

1,70

1,49

1,32

1,36

27.La cantidad asignada en 2018 a los programas de asistencia médica infantil en el ámbito estatal ascendió a 8.700 millones de drams. En 2019, las asignaciones aumentaron en más de 1.000 millones de drams. En el proyecto de presupuesto para 2020 se ha previsto aumentar esas asignaciones en 2.000 millones de drams. En el anexo 1 se presentan las asignaciones que figuran en el presupuesto estatal de Armenia para los programas sociales dedicados a la infancia desde 2013 hasta la actualidad, a excepción de los cinco programas que se añadieron en 2019. En el anexo 2 se presenta la composición de la población permanente de los grupos y ciudades y pueblos de Armenia desglosada por edad y sexo.

Establecimiento de un sistema de análisis de datos

28.Teniendo en cuenta que, según los párrafos 7 a) y 15 c) de las observaciones finales, el Comité recomendó introducir un sistema de análisis de los datos recopilados que permitiera evaluar los progresos realizados en la aplicación de las disposiciones de la Convención, se han adoptado las siguientes medidas:

a)Introducción del Sistema de Análisis de Información “Manuk” para analizar los datos de niños en condiciones de vida difíciles, que funciona en el Centro de Tecnología y Sensibilización de Servicios Sociales “Nork”. Incluye los subsistemas “Orfanato” y “Adopción” con bases de datos independientes. Desde 2014 se ha introducido el “Subsistema de Seguimiento y Evaluación”, que permite realizar análisis a partir de los cuales se elabora una política acorde con la Convención;

b)En la actualidad se están llevando a cabo nuevas tareas técnicas para potenciar las posibilidades del sistema de información y mejorar aún más su actividad. En particular, en el marco del proyecto “MEASURE Evaluation”, financiado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), se introducirán próximamente en el sistema 21 indicadores de seguimiento y un nuevo subsistema dedicado al acogimiento familiar.

Difusión de información sobre la Convención y su aplicación

29.De acuerdo con el requisito establecido en el párrafo 7 b) de las observaciones finales, el Instituto Nacional de Trabajo e Investigación Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales lleva a cabo anualmente cursos de formación para especialistas en la materia.

30.De conformidad con la Decisión del Gobierno núm. 751‑N13, de junio de 2019, se elaboró un proyecto de orden del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales sobre el programa de cursos para las personas que deseen convertirse en padres de acogida y sobre la aprobación del calendario.

II.Definición del “niño”

31.Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. Además de los cambios reflejados en el párrafo 5, se han introducido las siguientes modificaciones en la legislación nacional:

a)El artículo 53 del Código de Familia se ha modificado a fin de establecer que las formas de crianza de los hijos deben excluir el uso de la violencia física o psíquica, así como el trato negligente, cruel, grosero o degradante, el insulto o la explotación;

b)Según el artículo 10, modificado en 2013, para contraer matrimonio se requiere el consentimiento mutuo y voluntario del hombre y la mujer, así como haber cumplido los 18 años de edad, salvo en los casos previstos por la ley. También se puede contraer matrimonio a los 17 años con el consentimiento de los padres, adoptantes o tutores. Una persona también puede contraer matrimonio a la edad de 16 años, cuando cuente con el consentimiento de sus padres, adoptantes o tutores, y la otra persona que contrae matrimonio tenga al menos 18 años;

c)El Código Penal se amplió con el artículo 167.1, en el que se establece la responsabilidad por impedir que un progenitor u otro familiar cercano visite a un niño. Como resultado de las modificaciones mencionadas, se ha tipificado como delito el abuso de los derechos del progenitor de acogida (antes se castigaba penalmente el abuso de los derechos del tutor o del custodio).

III.Principios generales (arts. 2, 3, 6 y 12)

32.En cuanto a los párrafos 18 y 19 de las observaciones finales, se han llevado a cabo medidas programáticas a varios niveles con ONG internacionales y locales para prevenir la interrupción artificial del embarazo por razones de sexo. En particular:

a)En 2016, se introdujeron enmiendas al artículo 10 (Interrupción artificial del embarazo (aborto)) de la Ley sobre Salud Reproductiva y Derechos Reproductivos en virtud de las cuales se consagraba legalmente la prohibición de la interrupción artificial del embarazo selectiva en función del sexo;

b)Se han prescrito mecanismos legislativos adicionales para reducir la interrupción artificial del embarazo, a saber:

i)Ofrecer a la mujer un plazo obligatorio de tres días para tomar una decisión definitiva;

ii)Exigir la presentación por escrito de la solicitud y el consentimiento en relación con el aborto para garantizar el cumplimiento de la legislación nacional;

c)Se ha ampliado el Código de Infracciones Administrativas a fin de prever la responsabilidad administrativa de los profesionales médicos en el proceso de interrupción artificial del embarazo;

d)Para garantizar la aplicación de la ley, en 2017 se adoptó la Decisión del Gobierno sobre la aprobación del procedimiento y las condiciones de la interrupción artificial del embarazo, en la que se aclaran las indicaciones médicas y sociales, el procedimiento y las condiciones de aplicación de la interrupción artificial del embarazo;

e)En línea con la Ley y la Decisión del Gobierno (2018) se aprobó el procedimiento para la realización de la interrupción artificial del embarazo, el certificado de aborto y el procedimiento para su cumplimentación, así como la hoja de asesoramiento sobre la prevención de abortos selectivos;

f) El Ministerio de Sanidad envió los documentos mencionados a todas las instituciones médicas que prestan servicios de maternidad. Las disposiciones contenidas en los actos jurídicos mencionados se han incluido en diversos programas de formación y se han presentado a especialistas;

g)Se han organizado más de 15 seminarios sobre los temas mencionados en los que han participado unos 170 especialistas médicos y enfermeros de las provincias;

h)Se ha puesto en marcha la implementación de las medidas contenidas en el Programa de Prevención de la Interrupción Artificial del Embarazo por Elección de Sexo 2015‑2017, desarrollado en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), en cuyo marco se han llevado a cabo campañas de concienciación pública a gran escala en cooperación con organismos estatales, organizaciones internacionales (UNFPA, ICHD, Save the Children, World Vision, etc.) y organizaciones locales no gubernamentales y comunitarias.

33.Se han observado algunas tendencias positivas en el proceso de superación del problema de los abortos selectivos. Así, si antes de que se adoptaran medidas para combatir el aborto selectivo la tasa media de natalidad de niñas y niños de 2008 a 2012 fue de 100:115, en 2014 fue de 100:113,4, en 2015 de 100:112,7, en 2016 de 100:112, y en 2017 de 100:109,8.

34.Las medidas para la prevención del aborto selectivo son:

a)Seguimiento de la proporción de recién nacidos por sexo;

b)Elaboración de proyectos de enmienda de los instrumentos jurídicos relativos a la prevención de la interrupción artificial del embarazo por razones de sexo en la sanidad pública, los derechos reproductivos de la persona y la salud reproductiva;

c)Supervisión de la aplicación de la política estatal de prevención de la interrupción artificial del embarazo por razones de sexo.

35.En 2019, se desarrollaron los programas de mejora del sistema de prestaciones a tanto alzado por maternidad y cuidado de los hijos, apoyo adicional a la vivienda para familias jóvenes que tienen un hijo y apoyo estatal a las actividades generadoras de ingresos de familias jóvenes que viven en zonas rurales. Con ello se espera:

a)Alcanzar la tasa de fertilidad total de 1,8 en 2025 y de 2,2 en 2035 (la tasa de fertilidad total en 2018 fue de 1,572: 1,627 en las zonas urbanas y 1,465 en las rurales);

b)Aumentar el número absoluto de nacimientos hasta 2025 (unos 37.500 en ese año) y reducir las tasas de descenso del número de nacimientos previstas para el período 2025‑2030;

c)Alentar un aumento progresivo de la tasa de fertilidad en las zonas rurales.

36.Atendiendo a lo establecido en el párrafo 21 de las observaciones finales, se informa de que en el artículo 37 de la Constitución se establece que en los asuntos relativos al niño se debe prestar atención primordial a sus intereses.

37.El principio del interés superior del niño se ha introducido en todos los instrumentos jurídicos del país:

a)El Código de Familia ha sido enmendado y ampliado y el concepto de interés legítimo del niño se ha sustituido por el de interés superior del niño, y se establece que toda medida adoptada en relación con el niño debe derivarse del interés superior de este;

b)Se ha incluido en el artículo 5 de la Ley de Libertad Condicional;

c)También se ha mencionado en la jurisprudencia del Tribunal de Casación. Así, por ejemplo, el Tribunal de Casación menciona en uno de sus fallos que, si alguna norma legislativa puede aplicarse de distintas maneras, el interés superior del niño se tomará como prioridad a la hora de aplicarla (véase el fallo del Tribunal de Casación núm. yemd/0124/02/12 Decisión de 2015);

d)Se ha incluido en el Programa Estratégico de Armenia 2017‑2021.

38.En el artículo 5 de la Ley de los Derechos del Niño se consagra el derecho del niño a la vida y en el artículo 106 del Código Penal se tipifica como delito la muerte de un recién nacido a manos de su madre.

Tasa de mortalidad infantil: según los datos oficiales, hasta 2012 Armenia se caracterizaba por tener un nivel medio de tasa de mortalidad infantil (número de fallecimientos por cada 1.000 nacidos vivos) (según la clasificación de la Organización Mundial de la Salud (OMS): 10 %‑20 %), mientras que después de 2013 el nivel registrado fue inferior al 10 % (en 2012 fue del 10,8 %, en 2013 del 9,7 % y en el período 2014‑2017 pasó del 8,8 % al 8,2 %), lo que, según la misma clasificación, sitúa a Armenia entre los países con un nivel bajo de tasa de mortalidad infantil (≤ 10 %).

39.Un indicador más inclusivo que caracteriza los problemas en la primera infancia es la tasa de mortalidad de menores de 5 años, que desde 2010 viene mostrando una tendencia constante a la baja (13,4 % en 2010 y 9,6 % en 2017). Según los datos de la Comisión de Estadística correspondientes a 2018, la tasa de mortalidad de menores de 5 años se ha reducido en un 0,9 por 1.000 hasta llegar al 8,7 %.

Tasa de mortalidad infantil por cada 1.000 nacidos vivos desglosada por sexo, en porcentaje

Mortalidad infantil (menores de 1 año)

Mortalidad de menores de 5 años

Año

Total

N iñas

N iños

Total

N iñas

N iños

2010

11,4

9,6

13,0

13,4

11,3

15,2

2016

8,6

7,3

9,9

10,1

8,5

11,5

2017

8,2

7,6

8,8

9,6

8,5

10,6

2018

7,1

6,8

7,4

8,7

8,1

9,1

Evaluaciones internacionales de las tendencias de las tasas de mortalidad infantil

40.Según el índice de cálculo de las Naciones Unidas, entre 1990 y 2010 las tasas de mortalidad en la primera infancia en todos los grupos de edad mostraron tasas de descenso superiores a las oficiales, en particular, la tasa de mortalidad de menores de 5 años disminuyó del 49,7 % al 18,1 %, la tasa de mortalidad infantil del 42,4 % al 16,2 % y la tasa de mortalidad neonatal del 22,8 % al 10 %. Durante los años posteriores a 2010, el descenso continuó con tendencias más lentas, pero más coherentes con los datos oficiales, al situarse en 2017 en el 12,8 %, el 11,4 % y el 6,7 %, respectivamente.

41.Según el informe del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) de 2017, Armenia ocupaba el cuarto lugar en cuanto a tasas de mortalidad infantil entre 52 países con ingresos comparables (UNICEF, Every Child Alive, 2017). El análisis comparativo de los costes sanitarios y las tasas de mortalidad neonatal e infantil según en la base de datos del UNICEF y el Banco Mundial demuestra una vez más la exitosa experiencia de Armenia con unos costes sanitarios mínimos

Alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio

42.El análisis realizado en 2015 en el contexto de la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) muestra que, según los datos oficiales, durante ese año la tasa de mortalidad infantil disminuyó un 53 % en Armenia, y la tasa de mortalidad de menores de 5 años un 56 %, situándose en el 8,8 % y el 10,4 %, respectivamente.

43.Si bien se ha situado muy cerca de los objetivos nacionales de los ODM (tasa de mortalidad infantil ≤8 %; tasa de mortalidad de menores de 5 años ≤ 10 %), Armenia, no ha conseguido superarlos. Al mismo tiempo, según las tendencias correspondientes al índice de cálculo de las Naciones Unidas, Armenia ha alcanzado la meta para la mortalidad infantil establecida en los ODM (≤ 16,6 para 2015), ya que la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años se ha reducido en un factor de 3,6 al pasar del 49,7 % (1990) al 14 % (2015).

44.Al mencionar el descenso constante de las tasas de mortalidad infantil y de menores de 5 años registrado en Armenia cabe señalar, no obstante, que cada vez resulta más difícil seguir reduciendo esas cifras. Eso demuestra que se necesitan recursos humanos y financieros adicionales para mantener el éxito alcanzado y garantizar un progreso continuo en la consecución de los ODM.

45.En cuanto al párrafo 23 a) de las observaciones finales, para lograr que los niños participen en la protección de sus derechos, el Ministerio de Justicia estableció en 2016 el Consejo de la Infancia. Se celebró un acto titulado “La protección de los derechos a través de los ojos de los niños” en el que participaron niños junto con miembros del Consejo de Justicia Juvenil. La organización de debates con la participación de niños se ha convertido en una actividad permanente y habitual. Los niños también participan en la elaboración de las directrices del Ministerio de Justicia sobre la protección de sus derechos como colaboradores en su autoría.

46. En cuanto al párrafo 23 c) de las observaciones finales, se ha propuesto la introducción de un nuevo artículo en el proyecto de ley por el que se modifica la Ley de Atención y Servicios Médicos a la Población, según el cual los niños que hayan cumplido 16 años tendrían derecho a dar voluntariamente su consentimiento informado para aceptar o rechazar una intervención médica, salvo en los casos previstos por la ley. Además, la Ley contiene una disposición en virtud de la cual se puede proporcionar al niño (paciente) información sobre su estado de salud, el diagnóstico de la enfermedad, la atención médica prestada, los cuidados y servicios médicos, así como los riesgos asociados a ellos si se dan las siguientes condiciones:

a)En opinión del profesional médico, el niño es capaz de evaluar con precisión su estado de salud;

b)Esa información no irá en perjuicio del niño ni dificultará la prestación de cuidados y servicios médicos;

c)Los representantes legales del niño no se oponen a que se facilite esta información, salvo en el caso de los que hayan cumplido 16 años.

47.Ese proyecto incluye también una disposición sobre la comunicación de información a las fuerzas del orden por parte de los profesionales médicos en caso de sospecha de violencia.

IV.Violencia contra los niños (arts. 19, 37 a) y 39)

48.Con respecto a las recomendaciones del Comité sobre la eliminación de todas las formas de violencia contra los niños, en particular, sobre el párrafo 26, se introdujeron las siguientes modificaciones en el marco jurídico:

a)Se adoptó la Decisión del Protocolo Gubernamental núm. 51 (4 de diciembre de 2014) sobre el concepto de lucha contra el fenómeno de la violencia contra los niños y por la que se aprobó el calendario de aplicación de las medidas correspondientes. Para prevenir la violencia doméstica, el 17 de diciembre de 2014 se adoptó la Ley de Asistencia Social;

b)El 13 de diciembre de 2017, la Asamblea Nacional adoptó la Ley sobre la Prevención de la Violencia Doméstica, la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y el Restablecimiento de la Paz en la Familia (entró en vigor el 31 de enero de 2018);

c)Se adoptaron las Decisiones del Gobierno sobre la aprobación del procedimiento de gestión de la cuenta de asistencia financiera temporal de las víctimas de la violencia doméstica, sobre el establecimiento de los requisitos para los refugios de las víctimas de la violencia doméstica y su personal, así como el acuerdo de financiación para los refugios de las víctimas de la violencia doméstica y la introducción de enmiendas y ampliaciones de la Decisión del Gobierno núm. 1078‑N (10 de septiembre de 2015) y la enmienda de la Decisión núm. 1069‑N, de 10 de septiembre de 2015, sobre el establecimiento, el procedimiento para la puesta en marcha y el mandato de un consejo de prevención de la violencia doméstica;

d)Se adoptó la Decisión del Primer Ministro sobre la aprobación de la composición del Consejo de Prevención de la Violencia Doméstica. De hecho, el Consejo es un órgano de coordinación política en materia de prevención de la violencia doméstica;

e)Se ha elaborado un proyecto de decisión del Gobierno sobre la aprobación del procedimiento de registro de personas sometidas a violencia doméstica. Actualmente está siendo objeto de estudio.

49.En 2019, con el apoyo de la Unión Europea (UE), se organizó una conferencia nacional sobre “Violencia doméstica en Armenia: Retos y oportunidades”. En el marco de ese programa recibieron formación unas 40 personas, incluidos especialistas del servicio 911 y de la línea de atención telefónica del Ministerio. Durante el período 2016‑2018, el Gobierno adoptó otros instrumentos jurídicos y reglamentos en el ámbito de la protección de los derechos del niño que, en cierta medida, ponen de relieve las garantías para mantener a los niños alejados de la violencia, y también desarrolló y puso en marcha otros proyectos (véase el anexo 3).

50.Dentro de las actividades realizadas con los menores en materia de prevención, así como para concienciarlos y mantenerlos alejados de la violencia, se celebraron reuniones y charlas sobre diversos temas jurídicos en escuelas públicas y otras instituciones educativas que operan en las divisiones administrativas atendidas por los empleados de la Policía.

51.Cuando se detectan casos de violencia contra los niños, el inspector superior escolar que presta servicio en el instituto donde estudian esos niños se encarga de adoptar las medidas adecuadas (en 2013 se introdujo en la Policía la figura del inspector superior escolar).

52.En cuanto a la recomendación del Comité acerca de la cooperación con el Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia contra los Niños y otros mecanismos pertinentes de las Naciones Unidas, cabe señalar que Armenia ha establecido lazos de cooperación con todos los mecanismos de vigilancia de los derechos humanos, y ha aceptado las propuestas sobre la protección de los derechos del niño y la mejora de la situación en el marco del Examen Periódico Universal. Así pues, se trabaja en el establecimiento de un mecanismo de seguimiento que garantice el cumplimiento de las obligaciones internacionales relacionadas con todo el espectro de los derechos humanos y la coordinación de los informes al respecto, lo que permitirá a todos los organismos estatales interesados ejercer sus responsabilidades y promover su aplicación.

53.En cuanto a las preocupaciones que se plantean en los párrafos 24 y 25 de las observaciones finales, cabe señalar que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 7 de la Decisión del Gobierno núm. 1324‑N, por la que se aprueban los criterios sociales mínimos del Estado necesarios para el cuidado y la crianza de los niños en los centros de atención y protección de la infancia (5 de agosto de 2004), los centros de atención y protección de la infancia se encargan de registrar los casos presuntos o confirmados de violencia contra los niños o entre ellos e informar de dichos casos a las autoridades competentes.

54.En 2017, en virtud de una orden conjunta del Ministro de Educación y Ciencia y del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, se aprobaron el procedimiento de detección de presuntos casos de violencia contra los niños y entre ellos que reciban cuidados o educación en centros de atención y protección infantil y los formularios de registro de los casos presuntos y confirmados de violencia.

55.Hoy en día, los centros de atención y protección de la infancia se rigen por ese procedimiento.

56.También cabe destacar que los internados de atención y protección de la infancia que forman parte del sistema gestionado por el Ministerio no pueden considerarse internados cerrados, ya que todos los niños atendidos en ellos asisten a diferentes instituciones y cursos educativos. Los niños acogidos en los internados de atención infantil regresan con sus familias biológicas los sábados, domingos y festivos, así como durante las vacaciones.

57.La policía investiga individualmente cada caso de delito o violencia contra menores ocurridos en orfanatos y centros de acogida. Las entrevistas con los menores se realizan en salas separadas, y los agentes de policía actúan con el máximo respeto y celo en la protección de su honor y dignidad, cooperando con los gobiernos autónomos locales y las ONG para prestarles asistencia psicológica, social y de otro tipo.

58.Durante el período 2013‑2018, la Policía registró cuatro casos de delitos cometidos en orfanatos y centros de acogida de menores, en tres de los cuales el autor y la víctima eran menores, y en uno el autor del delito era un adulto, concretamente un empleado de un centro de acogida.

59.En cuanto al Centro de Atención y Protección de la Infancia núm. 1 y al Hogar Infantil de Vanadzor, la administración no ha incoado procedimientos penales contra niños por mala conducta o violencia, ya que no ha habido motivos legales para hacerlo o para poner en marcha actividades de investigación.

60.En relación con los párrafos 27 y 28 de las observaciones finales, cabe destacar que con arreglo al Programa Estratégico 2017‑2021, el Centro de Ejecución de Programas de Educación Jurídica y Rehabilitación del Ministerio de Justicia, dentro de las medidas previstas para cada año del período 2017‑2019, organizó reuniones de formación y sensibilización entre los representantes de los organismos autorizados pertinentes sobre la protección de los derechos del niño, en cuyo orden del día se incluyó la cuestión del matrimonio precoz.

61.En 2019, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, junto con las ONG, celebró debates regionales sobre cuestiones de género en todas las provincias de Armenia, incluidas las de Aragatsotn y Armavir, donde está de actualidad la cuestión del ejercicio de los derechos de las niñas yazidíes. Sobre la base de los resultados de los debates, se organizó una conferencia de clausura en Ereván en julio de 2019.

62.Se ha elaborado un proyecto de plan de acción para combatir la violencia contra los niños, previsto en la Estrategia de Protección de los Derechos Humanos. El proyecto incluye la tarea de revisar los artículos 10 y 11 del Código de Familia con objeto de cambiar la edad para contraer matrimonio e informar al público en general, incluidas las minorías nacionales, sobre esa enmienda.

63.El problema del matrimonio precoz también se incluyó en el orden del día de la sesión del Consejo de Justicia Juvenil celebrada el 6 de agosto de 2019.

V.Entorno familiar y otro tipo de tutela (arts. 5; 18, párrs. 1 y 2; 9 a 11; 19 a 21; 25 y 27, párrs. 4 y 39)

64.Con respecto a la cuestión de la protección de los derechos del niño a nivel comunitario planteada por el Comité en el párrafo 30 de las observaciones finales, cabe mencionar que se incluyó en un epígrafe titulado “Evaluación de las actividades de las comisiones de tutela y curatela y propuesta de cambios en caso necesario” del Plan Estratégico de Protección de los Derechos del Niño 2017‑2021. En 2018, en colaboración con el Ministerio de Justicia y el UNICEF, se evaluaron las actividades de las comisiones de tutela y curatela.

65.Atendiendo a la preocupación por el internamiento de niños en instituciones sociales por motivos familiares, se han adoptado las siguientes medidas:

a)El 12 de mayo de 2016 se aprobó la Decisión del Protocolo Gubernamental núm. 18 sobre la aprobación del concepto de desarrollo del sistema de servicios de cuidados alternativos para niños en condiciones de vida difíciles;

b)El 26 de mayo de 2016 se aprobó la Decisión del Gobierno núm. 551‑N sobre el establecimiento de procedimientos de derivación y normas sobre la prestación de cuidados alternativos a niños en condiciones de vida difíciles.

66.En ese procedimiento se definen los principios y normas para la prestación de cuidados alternativos a los niños en condiciones de vida difíciles, incluidos los niños con discapacidad, y se regulan los aspectos relacionados con la derivación para recibir cuidados alternativos. Ese procedimiento cumple plenamente las principales disposiciones de las directrices europeas sobre la transición del acogimiento institucional al acogimiento comunitario y las Directrices de las Naciones Unidas sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños.

67.Para prestar asistencia a las familias vulnerables, especialmente a las que viven en condiciones de extrema pobreza, las prestaciones económicas forman parte del principal programa de asistencia social para elevar el nivel de vida de las familias vulnerables o reducir su deterioro. Las prestaciones se fijan en función del sistema de evaluación de la vulnerabilidad de las familias. El programa alcanza a cerca del 12 % de la población y a cerca del 23 % de los niños.

68.Con el fin de crear para las familias socialmente vulnerables oportunidades de generación de ingresos sostenibles y desalentar al máximo la tendencia a depender de las prestaciones estatales, se ha revisado radicalmente el procedimiento de evaluación de la vulnerabilidad de las familias. El nuevo procedimiento incluye la evaluación del comportamiento de las personas económicamente activas en el mercado laboral, con lo que se potencia su disposición a trabajar, y se ha incrementado la importancia de los hijos en la evaluación de la vulnerabilidad de las familias que los tienen, al considerar a dichas familias más expuestas al riesgo de pobreza.

69.En cuanto a las preocupaciones suscitadas en el párrafo 31 de las observaciones finales y las recomendaciones contenidas en el párrafo 32, cabe señalar que el sistema gestionado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales cuenta con instituciones de tipo general y seis instituciones especializadas (orfanatos) de protección social de la población en las que se presta atención a 600 niños las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Recientemente, el número real de niños internados en orfanatos se ha reducido como resultado de la reducción de la carga de las instituciones que supuso la adopción del proceso de reconocer a los niños el derecho a vivir en un entorno familiar. En 2016 se atendió a 633 niños, en lugar de los 660 previstos, y a fines de 2018, se atendía a 600 niños, en lugar de 649. Debido a las difíciles condiciones socioeconómicas, ha aumentado el número de niños con problemas de salud internados en orfanatos especializados.

70.El número de niños internados actualmente es de 260, mientras que en 2013 eran unos 700.

71.Los niños son derivados a un centro de atención de día y de noche, considerándose el orfanato y el alojamiento solo como última opción:

a)Desde 2018, el número de familias de acogida recogido en el presupuesto del Estado se ha situado en 94, en lugar de 25 como era el caso anteriormente;

b)En el Plan de Temas Prioritarios y Medidas del Gobierno de 2016, 2017 y 2018, estaba previsto convertir las instituciones de protección social de la población dentro del sistema gestionado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (orfanato de Vanadzor y cinco internados de atención a la infancia) en centros de apoyo a la infancia y la familia. En septiembre de 2019, se presentaron a la Oficina del Primer Ministro los borradores de las medidas para el cierre de cuatro internados estatales de atención infantil y el orfanato de Vanadzor.

72.La hoja de ruta para la conversión de las instituciones de atención y protección de la infancia bajo la dirección del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales fue aprobada en virtud de la Orden núm. 45 A/1, firmada por el Ministro el de 15 de marzo de 2017.

73.En 2016, 2017 y 2018, tres internados, ubicados en Ereván, Kapan y Vanadzor, se convirtieron en centros de apoyo a la infancia y la familia. Como resultado de la conversión, los niños volvieron con sus familias biológicas y, con sujeción a los recursos disponibles, se prestaron servicios a esos niños y sus familias que se encontraban en condiciones de vida difíciles durante un mayor número de días.

74.Anualmente se ponen en práctica, con cargo al presupuesto del Estado y con arreglo al procedimiento definido por la ley, los siguientes programas de cuidado alternativo destinados a la prestación de servicios a los niños en condiciones de vida difíciles, incluidos los niños con discapacidad:

a)Desde 2014, y según el acuerdo firmado con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la ONG Aravot, se está llevando a cabo la devolución a las familias de los niños acogidos en instituciones de atención y protección de la infancia de las provincias de Lori y Shirak. La medida tiene por objeto devolver a sus familias biológicas a los niños internados en las instituciones de acogida y protección de menores. Desde 2014, 100 niños han sido objeto de esa medida en las provincias mencionadas;

b)Como parte integrante de la medida antes mencionada, se facilita un paquete de ayudas en especie a las familias de los niños devueltos a sus familias biológicas;

c)En el marco de esa medida, que se lleva a cabo en las provincias de Lori y Shirak, se presta apoyo anualmente a las familias de 100 niños.

75.Los centros de apoyo a la infancia y la familia prestan servicios a los niños y a sus familiares en función de sus necesidades. También se prestan servicios a familias en condiciones de vida difíciles transmitiéndoles habilidades parentales:

a)La prestación de servicios sociales para niños en centros de día de asistencia social se lleva a cabo en tres centros del sistema gestionado por el Ministerio, y sus actividades están orientadas a prestar servicios de atención diurna a menores de entre 6 y 18 años de edad que se encuentran en condiciones de vida difíciles o que tienen alguna discapacidad;

b)En el marco de la medida de prestación de servicios de atención social para niños en condiciones de vida difíciles en centros de día, a través de la ONG Puente de Esperanza se atiende a niños en condiciones de vida difíciles y con discapacidad en cuatro centros de día: Dilijan, Ijevan, Noyemberyan y Berd;

c)En el marco de la medida de prestación de servicios de guardería para niños con discapacidad en 2017 se prestaron servicios multidisciplinares a un promedio de 24 niños menores de 6 años que se encontraban en condiciones de vida difíciles, incluidos algunos con graves trastornos del desarrollo físicos y mentales, en el jardín de infancia inclusivo núm. 92 del distrito administrativo Malatia‑Sebastia de Ereván;

d)En el marco de la medida de proporcionar atención infantil y apoyo a la crianza en una familia de acogida se facilitan cuidados a 42 niños en familias de acogida;

e)En los próximos tres años está previsto aumentar el número de familias de acogida gracias a la introducción de reformas en materia de protección de la infancia, la reorganización de los centros de día y de noche para niños y el desarrollo de un sistema de cuidados alternativos;

f)En el marco de la medida de prestación de servicios de apoyo a la infancia y la familia, el Centro de Apoyo a la Infancia y la Familia presta servicios de guardería a menores de entre de 3 y 18 años de edad en condiciones de vida difíciles, incluidos 150 niños con discapacidad y sus familias;

g)Para la aplicación de la medida de prestación de servicios sociales y de rehabilitación para adolescentes y jóvenes con problemas mentales que lleva a cabo la ONG Prkutyun, se cuenta con un centro de día para la rehabilitación social de niños y jóvenes discapacitados y con problemas mentales;

h)La medida de apoyo social y psicológico a niños y jóvenes con discapacidad en el centro de día se presta en el Centro Comunitario Regional Stepanavan y Tashir para la Educación y el Desarrollo de las Personas con Discapacidad, gestionado por la ONG Vida Plena;

i)Desde 2017 se viene aplicando la medida relativa a la prestación de servicios laborales y sociopsicológicos a adolescentes y jóvenes con autismo en el Centro de Día de Rehabilitación Social “My Way”. En ese Centro, ubicado en Ereván, se prestan servicios de rehabilitación social a personas con autismo.

76.En el programa de gastos de 2019 relativo al apoyo a familias, mujeres y niños se han incluido cinco nuevas iniciativas.

77.En cuanto a los párrafos 33 y 34 de las observaciones finales, en 2018 entró en vigor la Ley sobre la Introducción de Enmiendas y Ampliaciones del Código de Familia. Las enmiendas introducidas se refieren al ámbito de la adopción, y se derivan también del objetivo de armonizar la legislación nacional con los requisitos del Convenio de La Haya. Como resultado de las enmiendas, en el Código de Familia se define el proceso de emparejamiento entre las personas que desean adoptar y el niño que puede ser adoptado.

78.Para excluir la venta o el acuerdo previo en la adopción de niños, en el Código de Familia también se prevé la presentación a cada uno de los padres biológicos del niño de una solicitud para que renuncien a sus derechos parentales. Anteriormente, era posible que renunciase a la patria potestad de un niño uno solo de los progenitores, lo que permitía la adopción del niño por la persona elegida por ese progenitor biológico y, al mismo tiempo el mantenimiento de la patria potestad del otro progenitor.

79.En el actual Código de Familia se han establecido nuevas disposiciones sobre el control del cuidado de los niños adoptados. En particular, de conformidad con el artículo 128.1, la supervisión del cuidado de los niños en la familia adoptiva se lleva a cabo conjuntamente por el órgano de tutela y curatela y la administración regional (en Ereván ese órgano es el Ayuntamiento), mientras que en caso de adopción por extranjeros y apátridas, así como por ciudadanos de Armenia residentes fuera del país, esa competencia corresponde al Ministerio de Justicia.

80.Durante 2018 el Ministerio ha desarrollado los siguientes proyectos de ordenanza derivados del Código de Familia con objeto de regular el proceso de adopción:

a) Proyectos de decisiones del Gobierno sobre el registro de ciudadanos de Armenia que residen en el país, los niños sujetos a adopción, la facilitación de información a las personas que desean adoptar niños, el emparejamiento entre las personas que desean adoptar y los niños que pueden ser adoptados, la adopción de niños por personas que desean adoptar y el mantenimiento de la confidencialidad de los datos sobre las personas que desean adoptar y los niños que pueden ser adoptados;

b)El proyecto de decisión del Gobierno sobre el contenido del programa de cursos preparatorios para las personas que desean adoptar, los requisitos para la adopción, el organismo competente que define el contenido del programa y el procedimiento para organizarlo y llevarlo a cabo.

81.Según los datos que obran en poder del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales:

a)En 2017, fueron adoptados 56 niños ciudadanos de Armenia, de los que 27 fueron adoptados por ciudadanos de Armenia (se incluyen 13 procedentes de orfanatos, 2 con problemas de salud y 29 adoptados por ciudadanos extranjeros). Veintiocho de los niños adoptados tenían problemas de salud y residían en orfanatos.

b)En 2018, fueron adoptados 45 niños ciudadanos de Armenia, incluidos de los que 20 fueron adoptados por ciudadanos de Armenia (11 procedentes de orfanatos) y 25 que fueron adoptados por ciudadanos extranjeros (23 procedentes de orfanatos). Veintidós de los niños adoptados por extranjeros tenían problemas de salud. En el anexo 4 se presentan datos estadísticos sobre los niños adoptados existentes en el registro centralizado.

82.En virtud de la Decisión del Primer Ministro núm. 1197‑A (26 de agosto de 2012), se creó un grupo de trabajo encargado de introducir reformas en el sistema de adopción de niños ciudadanos de Armenia, así como de proporcionar los fundamentos jurídicos necesarios para llevar a cabo actividades de investigación.

VI.Discapacidad, asistencia médica básica y seguridad social (arts. 6; 18, párr. 3; 23; 24; 26 y 27, párrs. 1 a 3)

83.En cuanto a las preocupaciones expuestas en el párrafo 35 de las observaciones finales y las recomendaciones contenidas en el párrafo 36, cabe señalar que el aumento del número de niños con discapacidad internados en orfanatos y el número insuficiente de servicios alternativos basados en la comunidad para niños con discapacidad son constituyen problemas importantes. Debido a las difíciles condiciones socioeconómicas, ha aumentado el número de niños con problemas de salud internados en orfanatos especializados.

84.En el marco de las reformas aplicadas en 2013, el Hogar Infantil Marie Izmirlian se reorganizó y se convirtió en un orfanato especializado.

85.Algunos niños acogidos en orfanatos especializados necesitan cuidados médicos paliativos.

86.Se encontró una solución parcial para el problema del orfanato de Kharberd. En virtud de una decisión del Gobierno, 80 de los 180 alumnos adultos del orfanato especializado de Kharberd gestionado por organizaciones estatales no comerciales fueron trasladados al Centro Dzorak de atención a personas con problemas de salud mental, donde se les siguió proporcionando atención.

87.En la actualidad, el proceso de reforma de los centros de atención diurna y nocturna requiere nuevos enfoques (revisión del uso de los recursos existentes y una amplia gama de nuevos mecanismos para la prestación de servicios). Por ello, es importante proceder a la creación de tres centros de apoyo a la infancia y la familia en el país.

88.Una de las principales prioridades del Plan Estratégico para 2017‑2021 sobre la Protección de los Derechos del Niño es la inclusión social de los niños con discapacidad y proporcionarles una educación accesible, inclusiva y de calidad.

89.En la Ley por la que se Modifica y Amplía el Código de Familia (21 de diciembre de 2017), se define la familia de acogida especializada como un tipo especial de acogida. Está orientada a los niños con discapacidad, problemas graves de salud, problemas de crianza, trastornos mentales o de comportamiento y niños sometidos a un profundo estrés, así como para el cuidado de madres adolescentes y sus hijos. Una familia de acogida especializada también puede proporcionar un acogimiento terapéutico, que se considera una etapa de transición durante la cual se determinarán el tipo, la forma y las condiciones necesarias para el cuidado del niño. El acogimiento especializado incluye el apoyo especial en forma de prestación de cuidados posteriores por el Estado después de los 18 años.

90.En 2017, 476 niños con necesidades especiales recibieron atención en el marco de los programas financiados y cofinanciados por el Estado con cargo al sistema de protección social, 249 de los cuales eran discapacitados.

91.Los niños acogidos en instituciones (orfanatos) de protección social dependientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales recibieron educación en escuelas secundarias cercanas o en escuelas inclusivas o especiales.

92.De los aproximadamente 450 niños (116 menores) internados en los orfanatos, 161 están matriculados en la enseñanza general, incluidos 64 de los 224 alumnos (101 menores) del orfanato especializado de Kharberd que estudian en instituciones de educación especial; en el caso de 37 alumnos se ha presentado una carta a la administración de la provincia para que se organice la educación en el hogar; de los 102 niños (87 menores) del Hogar Infantil Marie Izmirlian, 18 asisten a una institución de educación especial y 41 reciben educación en el hogar. Ocho niños con necesidades especiales del Hogar Infantil de Gyumri, que se ocupa de niños de hasta 8 años, están matriculados en escuelas de enseñanza general.

93.Está prevista la conversión de tres orfanatos especializados incluidos en el sistema estatal una vez haya concluido la creación de un número suficiente de servicios alternativos en el sector.

94.Además de proporcionar atención a los niños con discapacidad en la familia, promover su inclusión social y poner en marcha programas patrocinados por el Estado para proporcionarles una percepción positiva de la sociedad, en el presupuesto del Estado para 2019 se han incluido otros cinco programas.

95.Se ha presentado una nueva iniciativa al Ministerio de Hacienda con objeto de ampliar la red de guarderías y ofrecer actividades de atención de día en todas las regiones en 2019, según lo establecido en el Marco de Gasto a Medio Plazo 2020‑2022 y en el presupuesto para 2020. En el programa de gastos del presupuesto del Estado correspondiente al apoyo estatal a las familias, las mujeres y los niños se ha presentado una nueva iniciativa denominada “Prestación de servicios de guardería para niños”, en cuyo marco los centros de día de todas las regiones del país prestarán servicios sociopsicológicos a 3.277 niños con discapacidad y sus familias.

96.Dentro de la nueva iniciativa “Instituciones diurnas y nocturnas de atención y protección de la infancia para niños que regresan con sus familias, prevención del ingreso en instituciones y servicios de apoyo”, 389 niños volverán con sus familias y se evitará que ingresen en dichas instituciones. Simultáneamente, se proporcionarán servicios de apoyo a las familias de los niños beneficiarios.

97.En relación con la cuestión de proporcionar educación a los niños con discapacidad, en 2014 la Asamblea Nacional aprobó la Ley sobre la Introducción de Enmiendas y Ampliación de la Ley de Educación General, que ayudará en el proceso de transición a la educación inclusiva universal en el sistema de educación general utilizando un sistema de tres niveles de respuesta a las necesidades educativas del niño. Como resultado de la aplicación de la Ley, los niños con necesidades educativas especiales recibirán apoyo pedagógico y psicológico en tres niveles en la escuela de educación general, así como en los centros regionales y nacionales de apoyo pedagógico y psicológico.

98.Según el calendario establecido, el proceso de reorganización de las escuelas especiales comenzó en 2016 en la provincia de Syunik y finalizará en 2021 cuando abarque todas las provincias. En 2017, el sistema se introdujo en las provincias de Lori y Tavush, en 2018 en la de Armavir y en 2019 se introducirá en las provincias de Ereván, Shirak y Aragatsotn.

99.Así, las provincias de Syunik, Lori, Tavush y Armavir ya han pasado al sistema de educación inclusiva universal:

a)Se ha creado un puesto de asistente de profesor;

b)Como consecuencia de la conversión, los alumnos de los antiguos centros de educación secundaria especial fueron transferidos a centros de educación general;

c)Se ha introducido un aumento de la financiación para los niños con necesidades educativas especiales, en función de la intensidad de esas necesidades;

d)Se han introducido nuevos criterios para evaluar las condiciones que dan lugar a las necesidades educativas especiales.

100.En las cuatro provincias mencionadas anteriormente ya se han creado centros territoriales de apoyo pedagógico y psicológico que prestan esos servicios a niños en edad escolar y preescolar. A finales de 2019, esos centros estarán presentes en siete provincias.

101.La evaluación por parte de los centros de la necesidad de que la educación de un niño se realice en condiciones especiales permite identificar precozmente los problemas del niño en relación con la organización de la educación y la prestación de los apoyos necesarios.

102.En las provincias de Aragatsotn, Ararat, Kotayk, Gegharkunik, Shirak, Vayots Dzor y en Ereván, la educación inclusiva sigue implantándose en 150 centros de enseñanza secundaria. Para 2022, la educación inclusiva universal se aplicará en todas las escuelas públicas de educación general. El Gobierno ha establecido un nivel estatal común para todos los alumnos de educación general. Según ese documento, para organizar eficazmente el contenido del programa de educación general, la educación de los niños con necesidades educativas especiales debe adaptarse a sus percepciones y a su capacidad mental.

103.Se ha iniciado la modificación de la Ley de Educación Preescolar, cuyo objetivo es introducir el principio de inclusión universal en ese nivel de enseñanza.

104.En relación con la salud y la prestación de servicios sanitarios a los niños, cabe señalar que en los últimos decenios se ha producido una tendencia creciente al padecimiento de enfermedades crónicas entre la población pediátrica. Según los datos oficiales del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Sanidad, en 2018 se registraron 298.673 casos de enfermedades primarias en niños menores de 15 años (293.468 casos en 2015), de los cuales aproximadamente un tercio eran enfermedades del sistema nervioso, musculoesquelético y digestivo, trastornos mentales y patologías relacionadas con el período perinatal.

105.Según datos oficiales (al 1 de enero de 2018), en Armenia hay registrados 8.233 menores de 18 años con discapacidad (8.003 en 2015), de los cuales 2.569 son niñas (31 %) y 5.664 niños (69 %), 5.102 viven en zonas urbanas (62 %), el 29 % de los cuales viven en Ereván y 3.131 (38 %) en pueblos. Según las causas de discapacidad, las enfermedades más comunes corresponden a los cuatro grupos siguientes: enfermedades del sistema nervioso 27 % (29 % en 2015); trastornos mentales y del comportamiento 25 % (17 % en 2015); malformaciones congénitas y trastornos del desarrollo 17 % (17 % en 2015); y enfermedades oculares 6 % (8 % en 2015). La tasa oficial de discapacidad infantil es del 1,2 %.

106.La discapacidad infantil han sido una cuestión clave en la política sanitaria y se ha consagrado en documentos estratégicos. Los servicios de rehabilitación para niños con discapacidad se prestan con cargo al presupuesto del Estado ya sea en régimen de hospitalización, en ambulatorios o en complejos sanitarios.

107.Cabe destacar como avances importantes el desarrollo de servicios para niños con discapacidad y trastornos del desarrollo (se crearon 11 centros en Ereván y 7 en las provincias), la introducción del documento conceptual de detección e intervención tempranas de los trastornos del desarrollo, la ampliación del ámbito geográfico de los programas de cribado neonatal y el aumento de la financiación y la introducción del modelo de rehabilitación en los servicios comunitarios integrados, que es el mejor ejemplo de cooperación intersectorial e interinstitucional.

108.Dentro de los programas estatales específicos, según la Decisión del Gobierno núm. 1035‑ N (10 de septiembre de 2015), las personas con discapacidad reciben artículos protésicos, ortopédicos y de rehabilitación, prótesis, órtesis, abrazaderas, zapatos protésicos y ortopédicos, sillas de ruedas, audífonos y otras ayudas para favorecer el libre movimiento, la comunicación y el contacto.

109.En la Decisión del Gobierno núm. 1516‑N (20 de diciembre de 2018) se contemplan las medidas de apoyo a las personas con discapacidad y a las personas con otra vulnerabilidad social verificada mediante un certificado.

110.A pesar de esos logros, aún subsisten muchos problemas, entre los que cabe citar:

a)Una tendencia a la aparición de trastornos del desarrollo y enfermedades crónicas que conducen a un aumento de la discapacidad y un nivel insuficiente de detección precoz de enfermedades, diagnóstico integral e intervención temprana;

b)Capacidad insuficiente frente a las necesidades de atención en materia de rehabilitación gratuita. Alrededor del 60 % de los 8.000 niños discapacitados registrados oficialmente tienen problemas de movilidad o de salud mental, y casi todos ellos necesitan tratamiento de rehabilitación;

c)Falta de evaluación del desarrollo y acceso a los servicios regionales y comunitarios de rehabilitación en términos de difusión y despliegue;

d)Imposibilidad casi absoluta de prestar cuidados paliativos pediátricos;

e)Nivel aún insuficiente de sensibilización, conocimientos y aptitudes entre los padres y los profesionales sanitarios acerca de los derechos de los niños con discapacidad y los servicios que precisan.

111.En el artículo 16 de la Constitución, la protección de la familia, la maternidad y la infancia se consideran prioritarias entre las principales tareas del Estado. En la Constitución se establece que: “Toda persona tiene derecho a la asistencia sanitaria”.

112.La aplicación de la norma constitucional mencionada está garantizada en muchos instrumentos jurídicos, como la Ley de Asistencia Médica y Servicios a la Población, buena parte de cuyos artículos están dedicados a la organización de la asistencia y los servicios médicos gratuitos; en el artículo 10 se contempla el derecho de los niños a recibir asistencia médica gratuita en el marco de los programas estatales. En virtud de la Decisión del Gobierno núm. 318‑N (2004) se regula el procedimiento de organización y financiación de la asistencia y los servicios médicos gratuitos garantizados por el Estado. Desde el 4 de julio de 2019, los menores de 18 años tienen derecho a la asistencia hospitalaria gratuita.

113.Los servicios de atención sanitaria infantil en Armenia se organizan a través de la atención primaria de salud (APS) y los centros hospitalarios. El sistema de APS incluye 501 centros médicos que prestan servicios en la modalidad de policlínica ambulatoria y 625 servicios de obstetricia rural. El médico de distrito, que desempeña funciones facultativas, se ocupa de la vigilancia general de los niños sanos mediante la evaluación de su crecimiento y desarrollo; el examen de los niños en edad preescolar, la realización de exámenes diagnósticos de laboratorio e instrumentales y el tratamiento correspondiente, la evaluación del desarrollo físico y la pubertad de los niños de 15 a 18 años y la derivación de los niños enfermos a otras instituciones especializadas. De la prestación de asistencia y servicios médicos a los adolescentes se ocupa también un pediatra de distrito o un médico de familia.

114.Los servicios especializados ambulatorios están a cargo de los especialistas de las policlínicas existentes o de las asociaciones médicas. Desde 2006, la APS es completamente gratuita para la población, independientemente de su edad y condición social. Como resultado, el promedio anual per cápita de visitas a ambulatorios ha aumentado significativamente: 2,0 en 2003, 3,2 en 2007 y 4,1 en 2017.

115.La atención hospitalaria infantil se presta en 3 hospitales de servicios infantiles de la capital y en unos 10 centros médicos multidisciplinares o especializados. Hay 3 centros maternoinfantiles (en la provincia de Shirak) y se dispone de departamentos o camas en 49 unidades médicas provinciales.

116.Recientemente se ha desarrollado una red de dispensarios para pacientes con enfermedades crónicas. Están centralizados en los hospitales infantiles especializados de Ereván y atienden enfermedades como las recurrentes, endocrinas, neurológicas, renales, etc.

117.Durante el período 2000‑2018, el sistema sanitario infantil ha experimentado una serie de cambios sistémicos (reformas de la APS, introducción del sistema de medicina de familia, integración de las policlínicas infantiles con las de adultos, cambios en los servicios hospitalarios pediátricos, inclusión de la parte correspondiente en las asociaciones, etc.).

118.Las preocupaciones mencionadas en el párrafo 37 de las observaciones finales se deben al hecho de que, debido al requisito de adoptar normas internacionales en el sistema de enseñanza superior, la Facultad de Pediatría de la Universidad Estatal de Medicina de Ereván se cerró en 1999, y en 2004 se graduó la última promoción de pediatras. Además, a raíz de los cambios introducidos en el sistema sanitario, un gran número de licenciados de la Facultad de Pediatría abandonaron el campo de la atención sanitaria infantil. Actualmente, los pediatras se forman entre los licenciados de la facultad de medicina general mediante una residencia clínica de tres años.

119.Por tanto, el número de pediatras en el sistema ha disminuido. Si en 2007 el número total era de 1.236, en 2017, se había reducido a 579, de los cuales 449 trabajan en el campo de la APS. En el último decenio, solo unos pocos graduados ingresan anualmente en la residencia clínica en pediatría. Hay un envejecimiento continuo del personal y faltan médicos jóvenes tanto en las provincias como en Ereván.

120.En cuanto a las recomendaciones formuladas en el párrafo 38 de las observaciones finales, cabe señalar que durante el período 2012‑2015 se puso en marcha un programa para reforzar la capacidad de los servicios de cuidados intensivos infantiles en las provincias, crear tres unidades interprovinciales de cuidados intensivos pediátricos y mejorar las competencias de los especialistas en materia de atención médica de urgencia para niños ingresados en reanimación mixta. Unos 130 especialistas pediátricos de la capital y las provincias han recibido formación en el extranjero. Sin embargo, ese programa no se llegó a culminar plenamente debido a la falta de motivación para trabajar en las provincias y a la escasez de recursos humanos.

121.En 2015, en colaboración con las asociaciones profesionales, se elaboraron más de 150 nuevas directrices sobre atención neonatal, nutrición infantil y puericultura, se reguló el procedimiento de traslado de los niños enfermos desde las provincias y se reforzó el sistema de visitas domiciliarias. En el marco de los programas mencionados, la mayoría de los médicos del campo de la APS han seguido cursos de formación.

Política sanitaria maternoinfantil, impacto de las reformas y financiación de los servicios

122.La cuestión de la atención sanitaria maternoinfantil ha estado siempre en la agenda del Gobierno. En particular, en el programa gubernamental se establece que se prestará especial atención a las cuestiones de salud maternoinfantil, salud reproductiva y salud en la primera infancia y la adolescencia.

123.Sin embargo, Armenia se diferencia de otros países en desarrollo por la baja proporción del PIB destinado a la salud (1,54 % en 2007, 1,5 % en 2017), el porcentaje del presupuesto del Estado destinado a la asistencia sanitaria (7,4 % en 2007, 5,7 % en 2017), y el bajo gasto per cápita en salud (22 dólares de los Estados Unidos en 2007, 69 dólares en 2017), y un nivel muy alto de “aportación a los gastos”.

124.Aunque, en general, las asignaciones sanitarias han sido escasas, el Ministerio de Sanidad ha destacado las orientaciones programáticas relacionadas con las madres y los niños, gracias a las cuales se ha podido poner en marcha el Programa del Certificado Estatal de Maternidad, introducido el 1 de julio de 2008 (con un presupuesto de 2.330 millones de drams en 2007 y 6.950 millones en 2019), así como su continuación lógica, el Programa del Certificado Estatal de Salud Infantil, introducido el 1 de enero de 2011 (con un presupuesto de 1.640 millones de drams en 2007, 3.130 millones en 2010 y 9.870 millones en 2019). Está previsto que a evolución positiva de las asignaciones presupuestarias a la atención sanitaria maternoinfantil se mantenga.

125.La calidad y la asequibilidad de los servicios de atención sanitaria maternoinfantil han mejorado significativamente gracias a la adopción de medidas políticas como la prestación por nacimiento de hijos y a la ayuda médica infantil. Según los datos obtenidos de las investigaciones de la Encuesta Demográfica y de Salud de Armenia de 2015:

a)Prácticamente el 100 % de las mujeres armenias reciben atención y asistencia profesional durante el período prenatal. Esos servicios son más accesibles en las ciudades (97,8 %) que en las zonas rurales (93,6 %). El 96 % de las mujeres realizaron cuatro o más visitas prenatales. El 60 % tuvieron su primera visita prenatal en el primer trimestre de embarazo (48,2 % en 2005) y el 80 % durante los cuatro primeros meses de embarazo;

b)En Armenia, el 99,7 % de las mujeres dan a luz en instituciones médicas; el 93 % lo hacen bajo la supervisión de un médico y el 4 % bajo la supervisión de una enfermera o comadrona. Solo el 0,2 % de las mujeres dan a luz en casa, en comparación con el 9 % que lo hacían el año 2000; el número de partos en casa ha descendido en nueve puntos porcentuales;

c)Tras la introducción del certificado estatal de maternidad en 2008, se redujeron los pagos informales en el ámbito de la obstetricia. Según los datos de la Encuesta Demográfica y de Salud de Armenia correspondientes a 2015‑2016, alrededor del 14 % de las mujeres declararon haber hecho esos pagos, mientras que antes de la introducción del certificado la proporción era del 89 %.

126.En 2019, las asignaciones presupuestarias para la atención sanitaria maternoinfantil aumentaron en 1.000 millones de drams (incluyendo la atención a la maternidad, con un aumento en el presupuesto de 700 millones de drams; la superación de la infertilidad, 210 millones; etc.). Esas asignaciones se incrementarán en 1.400 millones de drams en el proyecto de presupuesto para 2020.

127.La atención médica gratuita garantizada por el Estado se enmarca en el programa específico de atención sanitaria maternoinfantil:

a)Atención hospitalaria para menores de 18 años;

b)Atención a la maternidad;

c)Atención prenatal;

d)Atención médica para las personas socialmente vulnerables e incluidas en grupos especiales;

e)Tratamiento de urgencia para mujeres y niños;

f)Atención ambulatoria‑policlínica para menores de 18 años;

g)Aplicación de programas preventivos y de detección;

h)Vacunas.

128.En 2018, se realizaron con cargo al presupuesto estatal unos 63.000 exámenes prenatales y de posparto, 36.532 partos y 15.793 atenciones hospitalarias por patologías perinatales. Se realizaron unas 114.500 revisiones a recién nacidos, se detectaron 334 niños enfermos y se evitó el desarrollo de la enfermedad detectada y el riesgo de discapacidad. Recibieron tratamiento hospitalario 70.883 niños y 682.000 recibieron atención ambulatoria y servicios de supervisión médica.

129.En los últimos años, el Estado ha puesto en marcha programas y medidas para mejorar los servicios neonatales, lo que se considera un medio para reducir la mortalidad infantil y mejorar la situación. El énfasis en esas cuestiones permitió atraer recursos del Estado y de organizaciones internacionales. El UNICEF, USAID y la Asociación Armenia de Medicina Neonatal han desempeñado un papel fundamental en la mejora de las competencias profesionales y la dotación de equipos modernos a los servicios neonatales.

130.Se ha elaborado un procedimiento para la prestación de atención médica a los recién nacidos, que está pendiente de aprobación.

131.La accesibilidad de la atención prenatal para las mujeres embarazadas queda patente en el informe del UNFPA Estado de la Población Mundial 2017, en el que se presenta la exitosa experiencia de Armenia.

132.En particular, si en 2005 las tasas de control del embarazo variaban según el nivel de bienestar familiar (aproximadamente un factor de dos entre los hogares más pobres y más ricos), en el período 2015‑2016 esa diferencia desapareció (Fuente: Cuestiones demográficas y de salud de Armenia, investigaciones de 2005 y 2015 ‑2016, RA NSS, 2017).

133.La situación mejoró en cuanto al desequilibrio de género entre los recién nacidos y a los abortos selectivos. Si durante el período 2008‑2012 la ratio de natalidad de niñas y niños fue de 100:115, en 2014 fue de 100:113,4; en 2015 de 100:112,7; en 2016 de 100:112; y en 2017 de 100:109,8.

134.Durante el período 2010‑2017 se registraron tendencias positivas en la atención sanitaria a los niños menores de 5 años; la mortalidad infantil ha disminuido en un tercio, la tasa de lactancia materna se ha multiplicado por más de tres y la situación es favorable en cuanto a las infecciones pediátricas. La OMS declaró a Armenia “zona libre de polio”. Se han realizado importantes esfuerzos para prevenir la transmisión del VIH de madre a hijo. Así, se ha certificado a Armenia como país que ha superado la transmisión de madre a hijo.

135.El Ministerio de Sanidad, conjuntamente con el UNICEF y el Complejo Médico Arabkir, ha elaborado un documento conceptual de detección e intervención precoz entre niños con trastornos del desarrollo, que se aplica en dos centros de Ereván (uno de ellos con servicios de inclusión e integración infantil) y en las provincias.

136.La tasa de mortalidad materna se calcula por cada 100.000 nacidos vivos, y el análisis de la tendencia se basa en la tasa media trienal. Las tendencias posteriores a 2000 muestran que ha disminuido en torno al 50 %, si bien Armenia no ha logrado alcanzar la cifra establecida en los ODM (≤12,5/100.000). Además, a partir de 2010 se registró una cierta tendencia negativa de la media trienal (para el período 2016‑2018 fue de 20/100.000). El índice de cálculo de la OMS muestra que la tasa de mortalidad materna en 2017 en Armenia ascendió a 25/100.000.

137.Según el Ministerio de Sanidad, en 2015 se registraron 12 casos de mortalidad materna, 3 en 2016 y 8 en 2018. La mayoría de las muertes se debieron a patologías extragenitales.

Evolución estratégica y de los principales programas de atención maternoinfantil en los últimos años

138.Armenia ha puesto en marcha programas estratégicos específicos destinados a superar los problemas de salud en la primera infancia y los ha llevado a cabo gracias a la cooperación entre el Gobierno, las organizaciones internacionales y la sociedad civil. En el marco de la cooperación intersectorial, entre 2010 y 2017 se han llevado a cabo medidas destinadas a introducir más de una docena de programas específicos. En el anexo 5 se presentan algunas de las medidas adoptadas para detectar y prevenir las enfermedades infantiles y sus efectos.

139.En relación con las preocupaciones planteadas en los párrafos 37 y 38, así como con las preocupaciones y recomendaciones presentadas en los párrafos 41 y 42 de las observaciones finales, se han señalado las siguientes prioridades y se han tomado medidas al respecto:

a)En virtud de la Decisión del Protocolo Gubernamental N40 (25 de septiembre de 2014) se aprobó el Documento Conceptual sobre la Mejora de la Nutrición Infantil y el Plan de Acción 2015‑2020. En el Plan de Acción se fijan objetivos tendientes a mejorar la situación en materia de nutrición infantil (reducción de la malnutrición), se han tomado una serie de medidas y se han realizado actuaciones para abordar el problema;

b)En 2015 entró en vigor la Ley sobre la Promoción de la Lactancia Materna y la Distribución de Alimentos Infantiles, en virtud de la cual se regulan la circulación, el etiquetado, la venta y la publicidad de los alimentos infantiles, las responsabilidades del organismo público de control, las organizaciones sanitarias y el personal médico en la promoción de la lactancia materna. Sin embargo, en la Ley no se establece un sistema de control y supervisión de su aplicación. El resultado es que las empresas importadoras de alimentos artificiales para lactantes siguen comercializándolos y no se aplican adecuadamente los requisitos contenidos en la legislación nacional y el derecho internacional.

c) Con el apoyo del UNICEF y USAID, en el marco de la aplicación del Programa denominado “Los primeros 1.000 días de vida” se han establecido 101 centros de recursos para educadores de padres en las instituciones de APS de las provincias en los que se imparten cursos de crianza que abarcan temas de cuidado y nutrición infantil;

d)Por orden del Ministro de Sanidad, se han aprobado los manuales sobre la práctica de la nutrición para el cuidado de recién nacidos y niños de corta edad dirigidos a los trabajadores médicos. Casi todos los médicos y enfermeras de las instituciones de APS en las provincias recibieron formación;

e)Basándose en el manual revisado de la OMS titulado “Iniciativa amiga de los niños”, el Ministerio de Sanidad ha traducido diez nuevos pasos de la iniciativa. El documento se debatirá y se propondrá para su aprobación y, con el UNICEF, se reanudará el proceso de introducción de la iniciativa en las maternidades y otras organizaciones de atención sanitaria pediátrica.

f)Se han organizado campañas de sensibilización a gran escala en el marco de las cuales se han elaborado, publicado y proporcionado a las mujeres embarazadas y a las madres numerosos materiales informativos en diversos formatos. Se han producido y emitido por televisión numerosos anuncios en los que se pone de relieve el buen funcionamiento de la nutrición de los lactantes. Se han rodado tutoriales en vídeo, programas y películas sobre prácticas adecuadas de nutrición infantil con el apoyo de la ONG World Vision.

g)A través del Centro de Información‑Analítica del Instituto Nacional de la Salud del Ministerio de Sanidad, y en colaboración con el UNICEF, en 2016 se desarrolló e implantó el sistema de evaluación y supervisión de la nutrición infantil hasta los 2 años.

h)En 2015 se asignaron 10 millones de drams para llevar a cabo actividades de sensibilización destinadas a mejorar la nutrición de los lactantes, dentro de las cuales se publicaron folletos que se entregaron a las madres a través de las organizaciones médicas de APS y se rodaron programas y películas sobre la práctica de la nutrición infantil; Posteriormente, esa asignación presupuestaria se redujo y se eliminó por completo. Se restablecerá en 2020.

140.Los datos oficiales sobre la nutrición de mujeres y niños son bastante limitados y no siempre reflejan la situación real, ya que se basan en la aplicación de los programas y se resumen a final de año con ocasión de la elaboración de los informes.

141.Según los datos del Instituto Nacional de la Salud del Ministerio de Sanidad correspondientes a 2017, el 12,5 % de las mujeres que habían finalizado su embarazo tenían anemia. Esa tasa se ha mantenido al mismo nivel recientemente (12,8 % en 2010, 12,9 % en 2015, 12,2 % en 2016), pero después de que hubiera disminuido en un 20 % en comparación con 2000 (15,7 %).

142.Una fuente alternativa de datos para evaluar el estado nutricional de los niños y las mujeres es la Encuesta Demográfica y de Salud, que se lleva a cabo cada cinco años desde 2000. Según los últimos datos de la Encuesta, durante el período 2015‑2016 mejoraron casi todos los indicadores clave que describen el estado de nutrición de los lactantes.

143.El retraso entre los niños menores de 5 años, que caracteriza la desnutrición crónica infantil, se situó en el 9 % en 2015 en comparación con el 19 % en 2010. Sin embargo, el problema del retraso de los niños debido a una alimentación desequilibrada y con carencia de proteínas sigue estando a la orden del día, ya que la tasa supera el nivel medio de la tasa estándar de la población (≤ 8 %). La proporción de niños con bajo peso ha ido disminuyendo (4 % en 2005, 5 % en 2010, 3 % en 2015‑2016). Sin embargo, es preocupante el alto nivel de sobrepeso entre los niños (11 % en 2005, 15 % en 2010, 14 % en 2015‑2016) y la tendencia a crecer. Tanto el sobrepeso como el bajo peso tienen mayor incidencia en las provincias más pobres.

144.Durante el período 2005‑2015 se mejoró el índice de lactancia materna exclusiva, alcanzando el 45 % en 2015, frente al 35 % en 2010. La prevalencia de la anemia entre los menores de 5 años se ha reducido a la mitad, situándose en el 16 % en 2015, frente al 37 % en 2005; la prevalencia de la anemia entre las mujeres en edad reproductiva ha disminuido en la misma proporción, situándose en el 13 %, frente al 25 % en 2005.

145.En cuanto a las preocupaciones y recomendaciones presentadas en los párrafos 39 y 40 de las observaciones finales, a continuación, se exponen las medidas adoptadas en la lucha contra el VIH/sida:

a)Desde 1988 hasta el 31 de diciembre de 2018, se registraron 3.337 casos de infección por VIH entre los ciudadanos de Armenia. La estructura general de los casos de VIH registrados está dominada por los hombres, con 2.313 casos (69 %), frente a las mujeres, con 1.024 casos (31 %). Se registraron 58 casos de infección de niños por VIH (1,7 %). Casi todos los niños se infectan a través de sus madres portadoras del virus. Desde 2007, no se ha notificado ningún caso de infección por VIH entre niños nacidos de madres tratadas para impedir la transmisión maternoinfantil del virus. Desde el comienzo de la epidemia, se han notificado 770 muertes de pacientes infectados por el VIH. Entre los fallecidos, 145 eran mujeres y 11 niños.

b)Más del 95 % de las mujeres embarazadas se someten a la prueba del VIH gracias a la eficacia de los servicios de atención prenatal y de lucha contra el VIH/sida, así como a la integración de interrupción de la transmisión del VIH de madre a hijo en el sistema de prevención. Eso da a las madres la oportunidad de conocer su estado serológico y evitar que transmitan el VIH a sus hijos, incluso con un tratamiento antirretrovírico, lo que ha permitido el nacimiento de 263 niños libres de infección de madres afectadas por el VIH.

c)Recientemente, los esfuerzos y las medidas para crear servicios de atención prenatal y de lucha contra el VIH/sida, como el sistema de prevención de la transmisión maternoinfantil, han dado sus frutos. En 2016, la OMS declaró al país como uno de los cuatro primeros países del mundo, y uno de los primeros de Europa, donde se ha comprobado la eliminación de la transmisión del VIH de madre a hijo. En 2018, la OMS confirmó oficialmente la continuidad de los indicadores de seropositivos por transmisión maternoinfantil en Armenia observados en 2016‑2017.

d)Dentro de los Premios de las Naciones Unidas al Servicio Público que convoca anualmente el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, en 2017 fue declarado ganador el Centro Nacional de Prevención del Sida del Ministerio de Sanidad, que obtuvo el primer puesto en Innovación y Excelencia en los Servicios Públicos por la puesta en marcha de la iniciativa “Eliminación de la transmisión maternoinfantil del VIH”.

e)En 2017, el Gobierno aprobó el próximo programa específico para la prevención del VIH/sida destinado a garantizar una respuesta eficaz al VIH/sida durante el período 2017‑2021 y crear las condiciones previas para la eliminación de la epidemia de sida para 2030. Los recién nacidos de madres infectadas por el VIH reciben leche maternizada gratuita. Desde 2017, se ha aplicado en el país la estrategia de la OMS “llegar, tratar y curar a todos”, según la cual se ofrece tratamiento antirretrovírico a todos los pacientes infectados por el VIH, incluidos los niños, independientemente del recuento de linfocitos CD4+ y del estadio clínico de la enfermedad.

f) En las estadísticas oficiales del sistema sanitario no se separa a los niños en edad escolar y a los adolescentes como de 6 a 10 años y de 10 a 18 años. Las estadísticas sanitarias de esos grupos no son completas y se basan en una serie de estudios, de los cuales el más completo es el del Centro Médico Arabkir, que realiza cada cuatro años el Instituto de Salud del Niño y del Adolescente según la metodología recomendada por la OMS en “El comportamiento sanitario en los niños en edad escolar” (2005, 2009/2010, 2013/2014, 2017/2018), que demuestra que los adolescentes carecen de información sobre cuestiones de salud. No tienen una idea clara de los cambios que se producen en su cuerpo durante el período de transición, desconocen el riesgo de embarazo o de contraer el VIH/sida u otras infecciones de transmisión sexual, las formas de prevenirlas y sus síntomas. No saben dónde acudir para recibir la atención médica adecuada.

146.En todas las escuelas se imparte en los grados 8º‑9º y 10º‑11º una asignatura sobre el estilo de vida saludable. Esa asignatura contiene secciones separadas sobre los problemas del VIH/sida, la pubertad y la salud reproductiva, y los hábitos nocivos.

147.En 2011 Armenia se adhirió a la iniciativa conceptual de la OMS Fundación Red de Escuelas para la Salud en Europa, que incluye a unos 33 países de Europa y Asia Central. El proceso se puso en marcha en virtud de una orden conjunta del Ministro de Sanidad y el Ministro de Educación y Ciencia, por la que se aprobó el Programa de Escuelas Saludables. En 2012, el COAF se sumó a la iniciativa y el programa se aplicó en 17 escuelas rurales. En virtud de la Orden N3791‑A de 2016 del Ministro de Sanidad, se aprobó la política ejemplar de promoción de la salud, que incluye principios de nutrición saludable y actividad física de los niños en las escuelas, cuyo objetivo es promover la actividad física y la nutrición saludable de los alumnos a través de los medios escolares. Su introducción en las escuelas se encomendó al Ministerio de Educación y Ciencia.

148.En 2017 el Ministerio de Educación y Ciencia aprobó y las madres el sitio web para adolescentes.

149.Con respecto al párrafo 44 de las observaciones finales, los resultados de una encuesta exhaustiva sobre las condiciones de vida de los hogares realizada por la Comisión de Estadística muestran que, en 2017, el 2,1 % de los niños menores de 18 años vivían en la pobreza extrema, y el 30,8 % vivían en la pobreza. En 2017, el 22,7 % de los hogares con niños menores de 18 años recibieron prestaciones familiares. El 38,1 % de los hogares pobres y el 55,3 % de los hogares extremadamente pobres recibieron prestaciones familiares.

150.El promedio del número de familias que recibieron una prestación familiar en 2018 fue de 71.224, con un promedio de 166.567 miembros de esas familias menores de 18 años.

151. Simultáneamente, en 2019 continuaron las actividades de aplicación del programa de prestaciones para elevar el nivel de vida de las familias, que cuentan con complementos por cada miembro de la familia mayor de 18 años cuya cuantía varía en función del nivel de vulnerabilidad social, el número de miembros menores de 18 años y el lugar de residencia de la familia.

VII.Educación, espectáculos y actividades culturales (arts. 28, 29 y 31)

152.La promoción del derecho de los niños a la educación es la cuestión más importante del programa del Gobierno. Se están poniendo en marcha las reformas legislativas e institucionales y los programas específicos necesarios. En esas reformas y programas se abordan también las cuestiones y recomendaciones planteadas en los párrafos 45 y 46 de las observaciones finales.

153.El Gobierno adoptó la política de educación integral para el grupo de más edad de niños en edad preescolar mediante la facilitación del acceso a la educación preescolar y la ampliación del sistema. El programa del Gobierno para 2019 tenía como objetivo facilitar el acceso a la educación preescolar en todas las comunidades, incrementando hasta el 70 % la matriculación de niños mayores de 3 años para 2023.

154.Las instituciones preescolares funcionan bajo la dirección de las comunidades, y hasta 2011 no se prestaban servicios con cargo al presupuesto del Estado. Esos servicios se prestaban a través de las asignaciones comunitarias, los pagos realizados por los padres y la asistencia proporcionada por organizaciones internacionales.

155.Para apoyar al sector y garantizar la accesibilidad de los servicios educativos preescolares y el derecho de los niños a la educación, se asignaron fondos para la ejecución de programas piloto mediante modelos eficaces en relación con el coste. En el marco del primer y segundo programas de préstamos denominados “Calidad y ejercicio de la educación”, durante el período 2008‑2014 se ejecutaron microprogramas para el establecimiento de centros preescolares, gracias a los cuales se crearon 302 de esos centros en las provincias y en Ereván. De ellos, 220 se establecieron como escuelas y 82 como guarderías. Unos 20.000 integrantes del grupo de más edad de niños en edad preescolar se incorporaron a los centros de nueva creación.

156.Para garantizar la continuidad de los programas de educación preescolar establecidos como escuelas, desde 2011 se consignaron en el presupuesto del Estado los fondos pertinentes para cubrir los gastos corrientes destinados a sufragar la educación anual del grupo de más edad de niños en edad preescolar, partiendo del coste cantidad por alumno.

157.Desde 2015, en el marco de un nuevo programa de préstamos denominado “Mejora de la educación”, se conceden subvenciones para la creación de centros preescolares. El programa tiene por objeto promover la matriculación de niños en educación preescolar, prepararlos para la escuela primaria y desarrollar sus capacidades y aptitudes mediante la introducción de servicios educativos alternativos y de bajo coste. Los programas preescolares van dirigidos a niños de 4 a 6 años. Las subvenciones cubren los costes de inversión del programa de la institución de que se trate, necesarios para reforzar las capacidades de la institución, e incluyen gastos relacionados con la renovación parcial, la mejora, el amueblamiento, la adquisición de materiales educativos, propiedades y equipos y otros gastos. En 2015‑2016, se ejecutaron programas de ese tipo en las provincias de Gegharkunik, Kotayk y Shirak; en 2016‑2017, en las de Tavush, Lori y Armavir; en 2017‑2018, en las de Syunik, Ararat y Aragatsotn; y en 2018‑2019, en Ereván, Vayots Dzor y otras provincias.

158.Dentro del nuevo programa de préstamos “Mejora de la educación”:

a)En 2015, se crearon en las provincias de Kotayk, Shirak y Gegharkunik 33 centros preescolares en los que se matricularon 1.170 niños;

b)Durante el período 2016‑2017, se crearon 24 nuevos centros preescolares en las provincias de Tavush (6), Lori (6) y Armavir (12), en los que se matricularon 700 niños;

c)Durante el período 2017‑2018, se ejecutaron 20 microprogramas en las provincias Syunik (3), Ararat (9) y Aragatsotn (8) y se establecieron otros tres centros preescolares adicionales en la provincia de Gegharkunik, en los que se matricularon 560 niños;

d)Para el final del programa (septiembre de 2019), se había previsto establecer entre 45 y 50 centros preescolares adicionales en las provincias y en Ereván, en los que se matricularían 1.000 niños en edad preescolar.

159.En 2017 funcionaban en Armenia 868 instituciones preescolares comunitarias, estatales y no estatales, de las que 666 eran jardines de infancia, 67 guarderías y 135 jardines de infancia con escolarización. De esas instituciones preescolares, 808 dependían de las comunidades, 10 eran organismos estatales y 50 eran instituciones preescolares no estatales.

160.A diferencia de lo que se hacía antes de 2013, comenzaron a registrarse las tasas de crecimiento y desarrollo con arreglo a los indicadores de la educación preescolar. En 2017, en comparación con 2013, el número de niños matriculados en educación preescolar aumentó de 68.911 a 76.412. Actualmente, se observa un claro crecimiento de las tasas de acceso al sistema de educación preescolar y de la matriculación de niños.

161.Al mismo tiempo, en virtud de una Decisión del Alcalde de Ereván, se prescribió la educación preescolar gratuita en las instituciones educativas preescolares de Ereván a partir del 1 de abril de 2011.

162.Además, los microprogramas de educación preescolar iniciados en instituciones de educación general en las comunidades rurales y urbanas con modelos alternativos son gratuitos y accesibles para los niños (niños con necesidades educativas especiales, minorías nacionales, etc.).

163.Se aprobó el Programa de Mejora de la Seguridad Sísmica Escolar 2015‑2030 y el Gobierno elaboró una lista de gran prioridad de 425 instalaciones educativas que necesitaban una renovación, reconstrucción, refuerzo y modernización. Está en marcha la construcción y refuerzo de 60 escuelas con fondos del Banco Asiático de Desarrollo y el Banco Mundial.

164.En el marco del programa titulado “Fortalecimiento del sistema de educación inclusiva en Armenia”, ejecutado conjuntamente con USAID, se prestará apoyo a la provincia de Syunik, que en 2016 pasó al sistema de educación inclusiva. En particular, se llevarán a cabo obras de renovación en 11 escuelas de educación general, que funcionan bajo la dirección de la oficina del gobernador regional de Syunik, y en el Centro Territorial de Apoyo Pedagógico‑Psicológico de Goris, y se dotará a esas instituciones de equipos y suministros apropiados.

165.El Ministerio de Sanidad se encarga de supervisar el abastecimiento de agua potable, en particular a las organizaciones que llevan a cabo programas de educación preescolar y general. En 2018, la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos supervisó 201 instituciones educativas y preescolares en Ereván y en las provincias (121 escuelas y 80 jardines de infancia), con respecto a la accesibilidad al abastecimiento de agua y los servicios de saneamiento. Como resultado de las actividades de control se detectaron muchas deficiencias en el abastecimiento de agua, el drenaje, el saneamiento, la dotación de agua por cada niño, el abastecimiento de agua para los niños, el suministro de artículos de higiene, etc.

166.En 2017, por orden del Ministro de Sanidad, se aprobaron los requisitos para las instituciones educativas que llevan a cabo programas de educación general, en los que se definen las reglas y normas sanitarias, y el Ministerio ha tomado la iniciativa de modernizar los requisitos relativos a las normas de construcción para los centros preescolares.

167.Las ONG especializadas en la esfera de la educación afirmaron que la formación de los profesores no estaba suficientemente organizada como consecuencia de la Decisión del Gobierno núm. 817‑A (27 de junio de 2019), que supuso el cierre del Instituto Nacional de Educación, que se ocupaba de la formación de los profesores. Actualmente, el Gobierno está tomando medidas para mejorar el proceso y los instrumentos disponibles para la formación de los profesores.

168.Con el fin de mejorar la formación de los profesores en términos de recursos humanos, técnicos y financieros, cabe destacar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Educación General, una persona puede ser considerada apta para ejercer el profesorado en un centro educativo si ha obtenido la titulación pedagógica correspondiente o tiene estudios superiores y cuenta con cinco años de servicio en actividades pedagógicas o docentes en los últimos diez años.

169.Cada cinco años, el Estado evalúa las competencias de los profesores con objeto de determinar si su desempeño se ajusta a la descripción del trabajo del puesto.

170.Los profesores sujetos a una evaluación de sus competencias reciben formación a cargo de la institución educativa, de conformidad con las normas establecidas por el órgano de la administración pública encargado de la educación. Junto con el Banco Asiático de Desarrollo, se prevé introducir nuevos sistemas de formación de profesores y de educación pedagógica y aplicar reformas para la elaboración de nuevos planes de estudio, normas y libros de texto.

171.En el marco del acuerdo financiero entre el Gobierno y la Iniciativa de innovación de la UE en Armenia: fomento de la educación centrada en la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, se prevé promover la innovación pedagógica y desarrollar métodos de enseñanza modernizados. El programa se pondrá a prueba en algunas provincias, que se equiparán con aulas de informática.

172.Para garantizar el derecho a la educación de los niños marginados, en 2017 el Ministerio de Educación y Ciencia elaboró y presentó al Gobierno el proyecto de decisión del gobierno sobre la aprobación del procedimiento de identificación, registro y orientación de los niños excluidos de la educación obligatoria. Se espera que ese instrumento sirva para garantizar el derecho a la educación de todos los niños, regular el proceso de registro de los niños en edad escolar y velar por el cumplimiento de las obligaciones de los órganos de administración territorial y los órganos de autogobierno local, así como de todas las estructuras responsables y los organismos interesados en el proceso de matriculación de los niños en la educación general.

173.En 2016, el Centro Nacional de Tecnologías Educativas del Ministerio de Educación y Ciencia introdujo en el Sistema de Información de Gestión Escolar un subsistema de registro de los niños que abandonan la educación obligatoria. También se llevó a cabo a través de ese Sistema la recopilación de información sobre los niños admitidos en el primer año de las instituciones de educación general en el año académico 2017/18.

174.A continuación se presenta la distribución del número de alumnos que han abandonado los estudios en el curso 2017/18 según los datos del Sistema de Información de Gestión Escolar:

Motivos para dejar los estudios

Malas condiciones sociales y económicas

Los padres no lo permiten

Discapacidad auditiva

Discapacidad visual

Discapacidad locomotora

Discapacidad o retraso mental

Múltiples formas de discapacidad

Traslado a una institución penitenciaria

Global

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

Total

C hicas

179

68

66

30

1

1

1

1

4

1

9

4

0

0

4

0

274

109

175.En cuanto al número de alumnos que abandonan la escuela después de la enseñanza elemental, hay que señalar que el valor de ese indicador es pequeño (la cifra de 274 es un indicador general que incluye a los alumnos excluidos de los grados 1º a 12º, y solo 52 de ellos son alumnos que abandonan en los grados elementales). Al mismo tiempo, los indicadores enumerados en la tabla no prueban que esos niños estén excluidos de la educación. Los indicadores se refieren a un año académico concreto y en ellos se establece el hecho de que un niño ha quedado fuera de la escuela dentro de un determinado año académico. Es posible que algunos de esos niños estén escolarizados el curso siguiente. El sistema de admisión de la escuela es flexible, y permite a los alumnos volver de nuevo al sistema educativo general y continuar sus estudios.

176.El procedimiento relativo a la matriculación de un alumno en una institución educativa que aplique los principales programas de educación general, su traslado de una institución a otra y su expulsión, así como a la organización de la educación de los niños matriculados en la educación general después del período prescrito, fue aprobado en virtud la Orden núm. 1640‑N del Ministro de Educación y Ciencia (24 de noviembre de 2010), en la que establece la matriculación de un alumno en la educación general:

a)En el 1er grado, con carácter general, si es menor de 8 años;

b)En un curso inferior a su grupo de edad, si tiene entre 9 y 13 años.

177.La tasa más alta de matriculación bruta en la educación general corresponde a la escuela primaria, sin embargo, hay casos registrados de abandono de la escuela primaria. En particular, en el año académico 2017/18, la tasa bruta de matriculación alcanzó el 91,3 % en la escuela primaria, el 90,1 % en la escuela básica y el 65,5 % en la escuela secundaria. Se están desarrollando mecanismos para identificar a los alumnos que quedan fuera de cualquier nivel de educación, así como a los niños que no asisten a la escuela, y matricularlos en la educación general. El procedimiento sobre la identificación, registro y orientación de los niños excluidos de la educación obligatoria y la puesta en marcha de los mecanismos mencionados tendrán como objetivo resolver esos problemas.

178.Las ONG informan de que existe un problema relacionado con las frecuentes ausencias de niños entre los grupos socialmente vulnerables que es imprescindible tener en cuenta. Ese fenómeno repercute negativamente en el ejercicio del derecho del niño a la educación. Así pues, los trabajadores sociales de las comunidades deben evaluar e identificar a los niños que quedan excluidos de la enseñanza debido a los problemas sociales y es necesario aumentar los recursos destinados a los servicios sociales comunitarios.

179.En lo que respecta a la revisión de los programas escolares, con el fin de velar por la libertad de religión de los niños, en la Ley de Educación General se garantiza el carácter democrático y laico de la educación. El plan de estudios de la asignatura titulada “Historia de la iglesia armenia” que se imparte en las escuelas de enseñanza general incluye la historia de las religiones tradicionales, incluido el cristianismo, y comprende los relatos comunes y básicos de la Biblia, que se presentan exclusivamente como acontecimientos históricos y no desde una perspectiva religiosa. El programa de la asignatura incluye temas destinados a desarrollar la tolerancia hacia las distintas religiones.

180.Durante los cursos de formación de esa asignatura, los profesores reciben instrucciones para preservar el carácter laico de la enseñanza y abstenerse de hacer propaganda religiosa.

181.Con la UE y el Banco Mundial se está revisando el contenido de los 12 grados de enseñanza, y también se revisarán los requisitos de las asignaturas. El próximo paso será la publicación de libros de texto revisados correspondientes a los nuevos planes de estudios. En el cuadro del anexo 6 se presenta una lista de algunos programas y medidas que se están aplicando en favor de la infancia en el ámbito de la educación y la cultura.

VIII.Medidas especiales de protección (arts. 22; 30; 32 a 36; 37 b) a d) y 38 a 40)

Niños no acompañados, niños solicitantes de asilo y niños refugiados

182.Con respecto a los párrafos 47 y 48 de las observaciones finales, en la Ley sobre la Introducción de Enmiendas y Ampliación de la Ley de Refugiados y Asilo (16 de diciembre de 2015) se establecen disposiciones relativas a los niños no acompañados, los niños solicitantes de asilo y separados de su familia y los niños refugiados; en particular, se aclaran los conceptos de “niño no acompañado” y “niño separado de su familia”, los procedimientos aplicables a esas personas, sus derechos y las garantías para el ejercicio de esos derechos. En la Ley se establece que el Servicio de Migración debe designar, para los niños no acompañados, los niños solicitantes de asilo y los niños separados de su familia, a un representante que represente sus intereses en el procedimiento de concesión de asilo. A los menores con necesidades especiales se les debe proporcionar alojamiento, según un orden de prioridad.

183.Desde la adopción de la Ley de Refugiados y Asilo en 2008, tres menores (nacionales afganos) no acompañados y separados de sus familias han solicitado asilo. Se les proporcionó alojamiento y atención conforme a lo dispuesto en la legislación. Dos de ellos fueron reconocidos como refugiados y recibieron asilo, y el otro abandonó voluntariamente el territorio de Armenia.

184.Para garantizar el acceso a la educación de los niños pertenecientes a los grupos mencionados, los alumnos de otros países que carecen de los documentos pertinentes se matriculan en la enseñanza general de conformidad con los requisitos del procedimiento relativo a la matriculación de un alumno en una institución educativa que aplique los principales programas de educación general, su traslado de una institución a otra y su expulsión, así como a la organización de la educación de los niños matriculados en la educación general después del período prescrito. En el mencionado instrumento jurídico se regulan el grado y la forma de educación y el grupo de edad en el que puede matricularse el alumno procedente de otro país. En el caso de la enseñanza secundaria, el alumno debe presentar un certificado de educación básica u otro documento que acredite que ha cursado la educación básica para continuar sus estudios.

Explotación económica, incluido el trabajo infantil

185.En cuanto a las preocupaciones suscitadas en los párrafos 49 y 50 de las observaciones finales, las garantías de los derechos laborales de los niños están reguladas en la Constitución, el Código del Trabajo, las leyes y otros instrumentos jurídicos y los tratados internacionales ratificados por Armenia.

186.En el Código del Trabajo se establece que la capacidad jurídica de los ciudadanos en relación con el empleo, su capacidad para obtener y ejercer derechos laborales a través de sus actos, surge a partir de los 16 años de edad, salvo en los casos previstos por las leyes.

187.Las cuestiones relativas a las relaciones laborales de los empleados menores de 18 años están reguladas en la legislación sobre el empleo. En particular, en el Código del Trabajo se establece que las personas de edad comprendida entre los 14 y los 16 años pueden realizar trabajos temporales que no supongan un perjuicio para su salud, seguridad, educación o moral, siempre con sujeción a las restricciones contempladas en el Código.

188.Las personas menores de 14 años pueden desempeñar un trabajo creativo o relacionado con la producción cinematográfica, deportiva, teatral y de conciertos, circos, televisión y radio con el consentimiento por escrito de los padres o del padre adoptivo o tutor o de las autoridades de tutela y curatela, siempre que ese trabajo no suponga un perjuicio para su salud, moral, educación o seguridad.

189.Los menores de 18 años no pueden realizar trabajo nocturno, horas extraordinarias ni trabajo por turnos ya sea en su domicilio o en un centro de trabajo.

190.Los trabajadores por cuenta ajena menores de 18 años están obligados a someterse a un reconocimiento médico a cargo del empresario en el momento de su contratación y, a partir de entonces y hasta cumplir los 18 años, con la periodicidad prescrita.

191.En la legislación se prohíbe emplear a personas menores de 18 años en trabajos pesados, nocivos, especialmente pesados o especialmente nocivos, cuya lista se aprobó en virtud de la Decisión del Gobierno núm. 2308‑N sobre la aprobación de la lista de trabajos considerados pesados y nocivos para personas menores de 18 años, mujeres embarazadas y mujeres a cargo de un niño menor de 1 año, así como en otros casos prescritos por la ley.

192.En la Constitución y en la legislación se prescriben muchas actuaciones sustantivas en relación con las peores formas de trabajo infantil que están en consonancia con los requisitos del artículo 32 del Convenio. La prohibición del trabajo obligatorio y forzoso se contempla en el artículo 57 de la Constitución y en el artículo 3 del Código del Trabajo.

193.La vulnerabilidad social es una de las principales causas del trabajo infantil.

194.En 2015, en el marco del cumplimiento de los compromisos asumidos por Armenia en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Convenio núm. 138 de la OIT sobre la Edad Mínima y el Convenio núm. 182 sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, la Comisión de Estadística de Armenia llevó a cabo una encuesta nacional sobre el trabajo infantil que incluyó a niños de entre 5 y 17 años de 6.520 hogares seleccionados de todo el país.

195.Se considera trabajo o empleo toda actividad económica realizada en cualquier institución, economía o casa particular de forma remunerada —en dinero o en especie— o en negocios familiares lucrativos, aun sin remuneración. El número de menores trabajadores (empleados) era de 52.000, de los cuales 34.900 eran niños y 17.100 niñas. De ellos, 39.300 realizaban trabajos prohibidos.

196.El concepto de lucha contra la violencia contra los niños en Armenia tiene por objeto cumplir las obligaciones contraídas en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Convenio de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, la Carta Social Europea Revisada y otros instrumentos internacionales ratificados por Armenia.

197.Según un estudio, la explotación laboral infantil es habitual entre las familias socialmente vulnerables, con mayor frecuencia en las zonas rurales, lo que repercute negativamente en el desarrollo físico, mental y psicológico de los niños.

198.En virtud de la Decisión núm. 755‑L del Primer Ministro (11 de junio de 2018) se aprobó el nuevo Estatuto del Organismo de Inspección Sanitaria y Laboral, un organismo dependiente al Gobierno que ejerce la supervisión y otras funciones establecidas en la ley y, actuando en nombre del Estado, impone sanciones en materia de asistencia sanitaria, velando por la salud y la seguridad de los empleados.

199.El Organismo de Inspección Sanitaria y Laboral también se encarga de supervisar las garantías establecidas en la legislación laboral para los menores de 18 años, las mujeres embarazadas o en período de lactancia y los trabajadores que cuidan a un niño. Sin embargo, no existe ningún instrumento que garantice su aplicación.

200.La OIT realiza grandes esfuerzos por combatir el trabajo infantil. Con el Proyecto CLEAR (Country Level Engagement and Assistance to Reduce Child Labour), ayuda a tomar medidas en muchos países, entre ellos Armenia, para erradicar el trabajo infantil.

201.Durante 2018, 26 menores (7 de ellos niñas) fueron incluidos en el registro preventivo de la Policía por evitar fraudulentamente los estudios o el trabajo; 1 de ellos en Ereván, 4 en la provincia de Aragatsotn, 7 en la de Ararat, 2 en la de Armavir, 3 en la de Lori, 2 en la de Kotayk y 7 en la de Shirak.

202.Con el fin de que la Policía pueda identificar a los niños abandonados, se coopera con las escuelas de enseñanza general subvencionadas, las comisiones de tutela y curatela y los departamentos de protección de los derechos de las familias, las mujeres y los niños, y se mantienen conversaciones preventivas con los menores no integrados en la enseñanza general, así como con sus padres y representantes legales.

203.En cuanto a la prevención de los casos de mendicidad y vagabundeo de menores, la Policía adopta anualmente las medidas necesarias.

204.Para evitar los casos de mendicidad y vagabundeo entre los menores y que sean objeto de explotación laboral, durante las reuniones y conversaciones periódicas que los agentes de policía mantienen sobre diferentes cuestiones jurídicas en las escuelas que funcionan en las zonas que reciben ayuda se hace una exposición sobre los fenómenos de la mendicidad y la explotación laboral, sus repercusiones negativas y sus peligros. En los lugares propicios para el ejercicio de la mendicidad y el vagabundeo, los lugares de ocio de menores, los patios de las iglesias y los centros comerciales, se planifican y llevan a cabo periódicamente visitas y controles aleatorios en los que también participan agentes de policía.

205.En lo que respecta a la responsabilidad de las personas por actos de explotación infantil, la responsabilidad penal está prevista en el artículo 132.2 del Código Penal (trata o explotación de un niño o de una persona privada de la posibilidad de comprender la naturaleza y la importancia del acto cometido o de controlarlo como consecuencia de un trastorno mental).

206.Se dispone de la siguiente información sobre los asuntos penales examinados en el período 2013‑2018:

a)Durante 2013 se incoaron tres causas penales en relación con casos de trata o explotación de menores. Tres menores fueron objeto de explotación sexual por una persona en uno de los esos casos, tres menores fueron objeto de explotación laboral por una persona en otro caso y dos menores fueron objeto de explotación laboral por dos personas en el tercer caso. Los casos penales mencionados se remitieron a los tribunales con un escrito de acusación y se dictaron sentencias condenatorias en las que se imponían penas de prisión;

b)Durante 2014, no se inició ninguna causa penal por casos relacionados con menores;

c)Durante 2015 se incoaron dos causas penales por casos de explotación de menores. Tres menores fueron objeto de explotación laboral por parte de dos personas. En uno de los casos, el procedimiento sobre la explotación de dos menores por una persona fue sobreseído porque no pudieron presentarse pruebas concluyentes. La segunda causa penal se remitió al tribunal con un escrito de acusación, si bien la sentencia penal que se dictó fue absolutoria. El fiscal interpuso un recurso que fue estimado; se anuló la sentencia penal y se devolvió el caso para un nuevo examen judicial que está pendiente de resolución;

d)Durante 2016, no se inició ninguna causa penal en relación con casos de explotación de menores;

e)Durante 2017 se incoaron tres causas penales por casos de explotación de menores. Dos de ellas fueron sobreseídas porque no pudieron presentarse pruebas concluyentes; la otra causa se remitió al tribunal con un escrito de acusación y está pendiente de resolución;

f)Durante 2018 se inició una causa penal por explotación de menores. Dos menores fueron objeto de explotación laboral por una persona. La causa penal se remitió al juzgado con un escrito de acusación que está pendiente de resolución.

Administración de justicia de menores

207.En cuanto a los párrafos 51 y 52 de las observaciones finales, la sección pertinente del actual Proyecto de Código de Procedimiento Penal se ha adaptado a los requisitos de los instrumentos jurídicos internacionales, en particular, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), aprobadas en virtud de la resolución 40/33 de la Asamblea General, las Directrices de Acción sobre el Niño en el Sistema de Justicia Penal, recomendadas en la resolución 1997/30 del Consejo Económico y Social, así como la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

208.Por primera vez desde 2013, en el Plan Estratégico de Armenia 2013‑2016 se previeron medidas dirigidas a la justicia juvenil.

209.El problema requiere una solución compleja; en el Plan Estratégico de Armenia 2017‑2021 se plantearon cuestiones específicas y se adoptaron las siguientes medidas.

a)Consejo de Justicia Juvenil

210.En el marco de la cooperación con el UNICEF, en virtud de la Orden núm. 633‑A del Ministro de Justicia (30 de diciembre de 2016) se creó el Consejo de Justicia Juvenil, que ya está en funcionamiento. Las actividades del Consejo tienen por objeto establecer y mejorar el sistema institucional (jurídico, psicológico, social, ético, etc.) para los menores (niños), así como garantizar la protección de los derechos e intereses legítimos de los niños. Contribuye al establecimiento de relaciones interinstitucionales, la accesibilidad de los servicios, la mejora de la legislación y la creación de mecanismos, así como la introducción y aplicación de enfoques orientados a los niños en el sector de la justicia de menores.

211.El Consejo da cabida a los organismos estatales interesados y a representantes de ONG y organizaciones internacionales. Durante el período 2016‑2019, el Consejo celebró al menos tres sesiones anuales. El Centro para la Ejecución de Programas de Rehabilitación y Formación Jurídica del Ministerio de Justicia se ocupa de la administración y de la realización de las actividades organizativas y técnicas del Consejo.

b)Educación

212.Para velar por que los menores que cumplen condena en instituciones penitenciarias puedan seguir la educación básica, el Centro inició el proceso de impartir educación general a las personas encarceladas o detenidas. Para impartir educación general en las instituciones penitenciarias, el Centro, por medio de las pertinentes Órdenes del Ministro de Educación y Ciencia, obtuvo en 2018 licencias para llevar a cabo actividades educativas en forma de programas de educación general. Mediante otra Orden del Ministro de Educación y Ciencia, también se aprobaron los planes de estudios de la institución especial de educación general para reclusos y detenidos, elaborados por el Centro. El Centro solicitó al Ministerio la financiación necesaria y, desde 2019, imparte educación general a las personas encarceladas o detenidas.

213.El Centro ha desarrollado programas de reinserción social de menores infractores. Se impartieron cursos de crianza y urbanidad a los menores internados en la Institución Penitenciaria Abovyan.

c)Cursos de formación y elaboración de manuales

214.Se elaboró y publicó una directriz para jueces y fiscales titulada “Procedimientos con participación de niños” y se organizaron dos debates profesionales sobre la protección de los derechos del niño en los procedimientos judiciales (como delincuente, víctima o testigo).

215.Se impartió formación al personal penitenciario y se elaboró un manual titulado “Cómo contribuir al crecimiento personal” dirigido los especialistas que se ocupan de los menores condenados a penas de prisión y orientado a lograr su reinserción social.

216.Se impartió formación a los agentes de libertad condicional sobre las peculiaridades del trato con menores y se publicaron unas directrices tituladas “El trato con menores en el servicio de libertad condicional”.

217.En las instituciones de enseñanza superior se aplicaron medidas de sensibilización sobre la justicia accesible y restaurativa para los niños.

218.En la Institución Penitenciaria Abovyan, se han puesto en marcha programas educativos a través del Centro teniendo en cuenta las peculiaridades de la institución y evaluando las necesidades educativas de los reclusos. Los menores se matriculan en cursos de preparación para la vida cotidiana, artes decorativas aplicadas, alfabetización básica (lengua armenia, literatura y matemáticas), etc. y obtienen los certificados pertinentes.

219.Antes del curso 2015/16, en la Institución Penitenciaria Abovyan funcionaba la Escuela de Formación Profesional núm. 2, dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia.

Víctimas y testigos menores de edad

220.En cuanto a las preocupaciones que se suscitan en el párrafo 54 de las observaciones finales, el examen de las necesidades de los menores infractores, víctimas o testigos, la accesibilidad de los servicios necesarios para atenderlas y el aumento del umbral de accesibilidad de esos servicios (al menos un 20 % de crecimiento) se encuentran, entre otros, entre los resultados que se esperan del Plan Estratégico de Armenia 2017‑2021.

221.Durante ese período, la legislación y la práctica policial han mejorado. En particular, en 2017, 21 miembros de la Comisión de Investigación se especializaron en el examen de casos de niños; psicólogos especializados intervinieron en el interrogatorio de niños durante la investigación de delitos sexuales u otros casos complicados, aunque la ley no establecía tal requisito; se amueblaron especialmente las salas de interrogatorio destinadas a los niños; y se organizaron cursos de formación para agentes de policía, investigadores, jueces, psicólogos y trabajadores sociales.

222.Tanto las ONG como los organismos estatales realizaron estudios; entre ellos uno titulado “Las principales necesidades de los niños víctimas de delitos”.

223.En 2016 la Comisión de Investigación introdujo un procedimiento para mantener estadísticas sobre los casos penales relativos a delitos contra los niños; esas estadísticas se publican semestral y anualmente.

224.Se elaboró un proyecto de enmienda de la Decisión del Gobierno núm. 1225‑N (23 de octubre de 2008) por la que se aprobaron los formularios unificados de los informes estadísticos sobre los indicadores que caracterizan las actuaciones previas al juicio y los procedimientos para su cumplimentación y presentación, en la que se contemplaban los formularios unificados para la elaboración de los informes estadísticos sobre los indicadores que caracterizan a los menores infractores, víctimas o testigos, así como los procedimientos para la cumplimentación y presentación de esos formularios.

225.Se ha elaborado un modelo para la formalización del empleo de psicólogos públicos en la esfera de la justicia y se han evaluado los costes.

226.En el proyecto de Código de Procedimiento Penal se prevé la participación de un psicólogo en los interrogatorios de niños testigos o víctimas en los procesos procesales.

227.Se introdujeron cambios estructurales en la Comisión de Investigación, como resultado de los cuales la investigación preliminar de muchos casos penales de delitos contra la inmunidad sexual de los menores la llevarán a cabo investigadores del Departamento especializados en la investigación de tales delitos.

IX.Ratificación de instrumentos internacionales de derechos humanos

228.En cuanto a la adhesión a los instrumentos jurídicos internacionales mencionados en el párrafo 55 de las observaciones finales, durante el acto dedicado a los pactos que se celebró el 26 de septiembre de 2019 con ocasión del septuagésimo cuarto período de sesiones de la Asamblea General, el Ministro de Asuntos Exteriores firmó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un procedimiento de comunicaciones.

229.La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares está en proceso de ratificación.

X.Cooperación con las estructuras regionalese internacionales

230.En cuanto a la cooperación con otras estructuras internacionales para aplicar las disposiciones de la Convención, Armenia colabora con el UNICEF, la UE y el Consejo de Europa en la protección y promoción de los derechos del niño.

231.Para proteger la seguridad de los niños en el ámbito de Internet, la Secretaría del Consejo de Europa ha puesto en marcha el programa EndOCSEA@Europe que abarcará el período 2018‑2020 (hasta el 31 de diciembre de 2020).

232.El presupuesto del programa asciende a 849.041 euros y tiene por objeto fortalecer la capacidad de los órganos judiciales y policiales a nivel nacional y ampliar la cooperación regional para proteger a los niños y prevenir la explotación sexual y el acoso que sufren en el ámbito cibernético. El programa sirve de ayuda a los Estados miembros del Consejo de Europa a la hora de aplicar las normas europeas e internacionales en esa esfera, en particular las disposiciones del Convenio de Lanzarote. También tiene como objetivo apoyar los esfuerzos realizados a nivel mundial tendientes a la eliminación de todas las formas de explotación infantil y la violencia contra los niños antes de 2030, dentro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, en particular la meta 2 del Objetivo 16.

233.El programa va dirigido a los Estados miembros del Consejo de Europa, si bien Armenia, Georgia, Ucrania, Moldavia, Azerbaiyán, Turquía, Montenegro, Serbia, Albania y Bosnia y Herzegovina han sido seleccionados como países objetivo.

234.Los días 17 a 19 de septiembre de 2019, una delegación de expertos del Consejo de Europa realizó una visita de trabajo a Armenia. Durante la visita mantuvieron reuniones bilaterales con representantes de diferentes estructuras beneficiarias de Armenia, y se celebró la reunión inicial del programa y una mesa redonda en el Ministerio de Justicia.

235.Para garantizar la inmunidad sexual de los niños, dentro del Plan de Acción del Gobierno se han iniciado los trámites internos para la ratificación del Convenio de Lanzarote del Consejo de Europa.

236.El 20 de septiembre de 2019, el UNICEF, la ONG Save the Children y el Defensor de los Derechos Humanos de Armenia, junto con la UE, presentaron un conjunto de instrumentos de evaluación destinados a promover la participación de los niños en los procesos de toma de decisiones. Esa iniciativa se basa en el artículo 12 de la Convención y en la segunda recomendación sobre la participación de los niños y los jóvenes adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en 2012. El conjunto de instrumentos de evaluación fue desarrollado por el Consejo de Europa con el fin de evaluar el grado de participación de los niños en los procesos de toma de decisiones, con especial atención a los niños en situaciones vulnerables.

237.En marzo de 2017, Armenia se adhirió a la Declaración sobre Escuelas Seguras, reafirmando su compromiso de reforzar la protección del derecho de los niños a la educación y otros derechos durante las hostilidades. En mayo de 2019, Armenia participó en la tercera conferencia “Escuelas Seguras”. El país se está esforzando por concienciar a los organismos interesados sobre las disposiciones de la Declaración y las Directrices para Prevenir el Uso Militar de Escuelas y Universidades durante Conflictos Armados.

XI.Seguimiento y distribución

238.Las recomendaciones presentadas al país por el Comité de los Derechos del Niño se traducen al armenio y se distribuyen ampliamente entre los órganos y organismos interesados, incluidas las estructuras representadas en el grupo de trabajo creado para elaborar los informes nacionales. El UNICEF también ha publicado la traducción al armenio de las Recomendaciones en forma de folleto para su distribución general.

Información sobre la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

239.Armenia ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía el 2 de febrero de 2005. El mencionado Protocolo Facultativo entró en vigor para Armenia el 30 de julio de 2005. Armenia garantiza la inmunidad del niño y asegura su protección contra todo tipo de explotación, violencia física y psicológica, tratos crueles e inhumanos, acoso sexual y otros abusos.

Modificaciones de la legislación interna

240.Se introdujeron importantes modificaciones en el Código Penal destinadas a garantizar la protección de los niños: se tipificaron nuevos delitos, se endurecieron las penas, se añadieron circunstancias agravantes, etc. Se añadió al Código Penal el artículo 132.2, en el que se establece la responsabilidad por trata o explotación de un niño o de una persona privada de la posibilidad de comprender la naturaleza y la importancia del acto cometido o de controlarlo como consecuencia de un trastorno mental. De ese modo, se separó la trata de niños de la trata de personas en general, estableciendo penas más severas y revisando los elementos del corpus delicti.

241.Como resultado de la enmienda mencionada, se modificó el artículo 168 del Código Penal, en el que anteriormente se establecía la responsabilidad por la compra y venta de un niño. En la Ley HO‑ 69‑ N (1 de marzo de 2011) se han desarrollado los artículos 166 y 166.1 del Código Penal, y en ellos se establece la responsabilidad por hacer participar a un niño en actos de prostitución o en la preparación de material o artículos pornográficos, respectivamente, así como por introducir a un niño en el consumo de bebidas alcohólicas, el uso no médico de narcóticos u otras sustancias estupefacientes, el vagabundeo o la mendicidad (se prevén penas más severas para el primero de esos actos que para el segundo).

242.También se endurecieron las penas por la por comisión delitos sexuales no violentos contra menores.

243.Desde 2004, se aplica en Armenia un programa trienal de lucha contra la explotación (trata) de personas. Se presta especial atención a la protección de los derechos de los niños expuestos a la trata y la explotación. En el Programa Nacional 2019‑2021, se prestó más atención a los casos de explotación de menores con el fin de evitar que los niños sean sometidos a trabajo forzoso o a las peores formas de trabajo infantil.

244.El Programa Nacional de Protección de los Derechos del Niño 2013‑2016 llegó a su fin en 2016; actualmente, el plan estratégico del sector es la Estrategia de Protección de los Derechos del Niño 2017‑2021. En los programas trienales de lucha contra la trata se contemplan actividades separadas para la realización de estudios, el seguimiento y la evaluación.

245.El Código Penal y el Código de Procedimiento Penal se encuentran en proceso de revisión, y está siendo objeto de debate la prescripción de normas jurídicas amplias relacionadas con la trata de personas, incluidos los menores.

Programas de sensibilización

246.Los programas de sensibilización versan sobre la trata y la prostitución infantil y sobre la prevención de la explotación laboral, así como la prestación de asistencia a los niños en esas situaciones y su reinserción en la vida normal.

247.Para fomentar la sensibilización de la población, especialmente de los jóvenes, sobre la trata y la explotación de seres humanos y su nivel de conciencia jurídica, así como para prevenir los delitos y otras infracciones cometidos por ellos o contra ellos y llevar a cabo actividades de prevención, se han elaborado informes y celebrado reuniones sobre diferentes cuestiones jurídicas en las escuelas de enseñanza general y otras instituciones educativas.

248.Durante 2018, la Policía organizó un seminario de un mes de duración sobre “Menores y delincuencia” que se impartió en las escuelas de educación general.

249.En los cursos 8º a 11º de las escuelas de educación general se imparte el curso titulado “Estilo de vida saludable”, en el que se proporcionan a los alumnos conocimientos sobre los dos sexos y las relaciones entre ellos, la violencia de género, el estilo de vida saludable y los fundamentos de la preparación para la vida familiar.

250.También se ha elaborado un manual titulado “Derechos grandes de los pequeños” dirigido a los educadores de centros de enseñanza preescolar.

251.Se ha reservado a la Comisión de Investigación la organización de cursos sobre la trata y la explotación de personas, especialmente la trata y la explotación laboral e infantil, así como sobre las enmiendas legislativas, dirigidos a los empleados pertinentes.

Actividades de rehabilitación e integración

252.Recientemente, se ha considerado que una de las principales prioridades de la política social del Gobierno es la introducción de un sistema integrado de servicios sociales. Los servicios sociales deben prestarlos trabajadores sociales sobre la base de la evaluación de las necesidades sociales de una persona (o familia) y el programa social de que se trate.

253.Con el fin de sentar las bases jurídicas de la introducción de un sistema integrado de servicios sociales, se adoptó la Ley de Asistencia Social (17 de diciembre de 2014).

254.Desde 2010, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales viene aplicando el programa estatal de servicios de rehabilitación social y psicológica para personas expuestas a la trata y la explotación. Desde 2017, el programa se ha complementado con un componente adicional: la asistencia a menores expuestos a la violencia sexual. En el marco del programa se presta asistencia no solo a la categoría especial de víctimas de la trata, sino también a las niñas expuestas a la violencia sexual. El objetivo es evitar que esos menores sigan siendo explotados.

Cooperación internacional

255.En diciembre de 2017, el Ministerio de Justicia presentó una solicitud para formar parte de las redes internacionales WeProtect Global Alliance y EVAC, y se confirmó la participación de Armenia como país miembro.

256.Gracias al espíritu de cooperación, el Ministerio de Justicia ha participado en conferencias y cursos de formación y ha utilizado los recursos disponibles en materia de información sobre la protección de los derechos del niño, la prevención y la respuesta a la violencia. Se han celebrado conferencias en Armenia con la participación de expertos internacionales.

257.La Policía participa anualmente en la operación “Nelegal” de lucha contra la migración ilegal y la trata de personas en el territorio de los Estados miembros de la Organización del Tratado de Seguridad Colectiva.

258.Armenia ha participado en los actos celebrados por la Oficina de Coordinación de la Lucha contra la Delincuencia Organizada en el Territorio de los Estados Miembros de la Comunidad de Estados Independientes.

259.La cooperación con organismos encargados de hacer cumplir la ley de otros países en la detección de casos de trata y explotación de personas en otros países, así como en la localización de individuos que figuran en la lista internacional de personas buscadas por la comisión de los delitos mencionados, se lleva a cabo por conducto la Oficina Central Nacional de Interpol.

Información sobre la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

260.En virtud de la Decisión del Gobierno núm. 1381‑N (29 de diciembre de 2016), el complejo educativo Pokr Mher y el Liceo Militar y Deportivo Aparan se unieron, bajo los auspicios del Ministerio de Educación y Ciencia, para crear la Escuela de Formación Militar Especializada “Nubarashen”. Se decidió que el Liceo Militar y Deportivo que lleva el nombre de la Fundación Monte Melkonyan llevaría a cabo el programa educativo de la escuela secundaria del complejo educativo estatal no comercial Pokr Mher.

261.En virtud de la Decisión del Gobierno núm. 983‑N (10 de agosto de 2017), el Liceo Militar y Deportivo que lleva el nombre de la Fundación Monte Melkonyan, institución estatal dependiente del Ministerio de Defensa, experimentó cambios organizativos y jurídicos, pasando a denominarse Liceo Militar y Deportivo Monte Melkonyan, en cuyos estatutos se establece que el fundador de la Fundación es el Gobierno, en nombre de Armenia, y el organismo estatal autorizado que actúa en representación del Gobierno es el Ministerio de Defensa. El Liceo lleva a cabo sus actividades de acuerdo con la Constitución, el Código Civil, la Ley sobre Fundaciones, la Ley de Educación, la Ley de Educación General y demás leyes e instrumentos actos jurídicos y con sus estatutos. El objetivo estatutario del Liceo es la implementación de programas de educación general para la escuela secundaria y programas educativos adicionales definidos en la Ley de Educación General, con los siguientes fines:

a)Adquisición por parte de los alumnos del estándar estatal de educación general, los estándares relacionados con las asignaturas y el contenido mínimo obligatorio de los programas;

b)Desarrollo integral del individuo;

c)Mantenimiento de la salud del alumno;

d)Creación de condiciones para el autoaprendizaje de los alumnos y la satisfacción de las necesidades educativas adicionales;

e)Identificación de niños superdotados y con talento;

f)Formación de una cultura de realización de trabajos de investigación y creación;

g)Resolución de la cuestión de la orientación profesional.

262.En la organización del proceso educativo, el Liceo se rige por el procedimiento sobre el suministro de armas y municiones de carácter educativo a las escuelas de educación general y a las instituciones de educación secundaria profesional, aprobado por la Orden conjunta del Ministro de Defensa (núm. 601‑N, de 29 de junio de 2004), el Ministro de Educación y Ciencia (núm. 483‑N, de 30 de junio de 2004) y el Jefe de la Policía (núm. 3‑N, de 30 de junio de 2004); según ese procedimiento, las armas y municiones utilizadas en los cursos son de carácter educativo y no tienen capacidad de combate. Atendiendo a la Licencia del Ministerio de Educación y Ciencia núm. 0914, de 27 de marzo de 2018, el Liceo organiza la enseñanza de las asignaturas aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencia a través de los planes de estudio de la escuela secundaria (grados 10º, 11º y 12º) de acuerdo con las normas estatales de educación general. En el Liceo se estudian las asignaturas tituladas Formación militar preliminar, Entrenamiento físico y Entrenamiento de montaña, a las que se asigna hasta el 30 % de las horas lectivas del plan de estudios y de las clases. Durante las horas de clase de la asignatura Formación militar preliminar se realizan entrenamientos con fuego mediante el dispositivo informático de entrenamiento Sardarapat‑1. En el Liceo hay armas de entrenamiento que se utilizan con ese único fin durante los ejercicios previstos en el programa de la asignatura de Formación militar preliminar y no tienen capacidad para el disparo o el uso táctico.

263.La formación militar no se imparte en las escuelas de enseñanza general. En esas escuelas se imparte la asignatura Formación militar preliminar una hora a la semana, en la que se exponen conocimientos teóricos y de introducción a la historia de las Fuerzas Armadas y el arte militar y el derecho internacional humanitario, así como conocimientos prácticos sobre los fundamentos de la vida segura y primeros auxilios. En el plan de estudios del 8º grado se contempla impartir dos horas lectivas sobre fusiles, que no es sino una aportación de conocimientos teóricos.

264.La evaluación de las sanciones y los incentivos, el comportamiento y la disciplina de los alumnos del Liceo se rigen por las disposiciones del artículo 20 (derechos y responsabilidades de los alumnos) y el artículo 21 (sanciones disciplinarias que pueden imponerse a los alumnos) de la Ley de Educación General, el párrafo 84 (derechos de los alumnos) y el párrafo 85 (responsabilidades de los alumnos) del capítulo 7 de la Carta del Liceo, el párrafo 3 (obligaciones de los alumnos) y el párrafo 7 (derechos de los alumnos) del Acuerdo de Estudios Concertado con los Padres. Por lo tanto, las disposiciones del Código de Servicio Interno de las Fuerzas Armadas de Armenia y la Carta Disciplinaria de las Fuerzas Armadas no son aplicables a los alumnos del Liceo. La disciplina en la institución educativa se rige por lo dispuesto en la Ley de Educación General, la Carta del Liceo y sus normas disciplinarias internas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Educación General, en caso de incumplimiento de las normas disciplinarias internas de un centro educativo, podrán imponerse las siguientes sanciones disciplinarias a los alumnos de secundaria y bachillerato:

a)Amonestación;

b) Amonestación severa.

265.Además, en caso de imposición reiterada de la sanción disciplinaria prevista en el apartado b) del párrafo anterior a un mismo alumno en un año académico, la institución educativa podrá recomendar a los padres el traslado del alumno a otra institución educativa. Esas disposiciones también se aplican a los alumnos del Liceo Militar y Deportivo.

266.La sensibilización de los alumnos del Liceo sobre las disposiciones del Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados se lleva a cabo durante las horas de clase de derecho internacional humanitario previstas en el programa de estudios de la asignatura Formación militar preliminar.

267.En cuanto a los niños que han participado en conflictos armados y solicitan asilo en Armenia, en la Ley de Refugiados y Asilo se prevé la realización de una entrevista para averiguar las razones por las que esos niños abandonaron su país de origen. Los extranjeros, los apátridas y sus familiares que hayan abandonado el país como consecuencia de las hostilidades pueden, según la Ley de Refugiados y Asilo, ser reconocidos como refugiados y recibir asilo en Armenia. El Gobierno también ha establecido los mecanismos para su integración en la sociedad (participación en cursos de lengua armenia, recepción de ayuda financiera para el alquiler de un apartamento durante un período de nueve meses, etc.). Cabe señalar que entre las personas que solicitan asilo en Armenia no hay niños que hayan participado en conflictos armados que posean la ciudadanía de Siria o el Iraq.

268.Como resultado de las modificaciones legislativas, a partir de 2006 se ha producido la transición de un sistema educativo de 10 años de duración a otro de 12 años, como consecuencia de lo cual, cierto número de alumnos de secundaria cumplen los 18 años durante sus estudios. En esos casos, en el artículo 22.3 de la Ley sobre el Servicio Militar y el Estatuto de los Militares (15 de noviembre de 2017) se establecen los motivos para conceder el aplazamiento a causa de los estudios: de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.3.2, al alumno se le concederá, en los programas de educación primaria (formación profesional), el aplazamiento hasta el día en que finalice sus estudios, y al que no haya completado los estudios de educación general o algún programa de educación primaria (formación profesional) en el día en que expire el aplazamiento y quede sujeto al servicio militar obligatorio se le debe conceder, por decisión del Gobierno, el aplazamiento por una vez antes de que finalice los estudios. Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley sobre los Derechos del Niño, está prohibida la participación de niños en hostilidades y conflictos armados, así como la propaganda de guerra y la violencia entre los niños, y la creación de agrupaciones de niños de carácter militarizado. En consecuencia, en Armenia, los ciudadanos menores de 18 años no pueden ser admitidos en instituciones militares ni incorporarse al ejército.

269.De conformidad con lo dispuesto en la Ley de los Derechos del Niño, está prohibida la participación de los menores de 15 años en hostilidades. En caso de conflicto armado, el Estado y sus autoridades competentes velarán por que el niño sea objeto de una protección especial.

270.Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Formación Profesional Superior y de Posgrado, las instituciones de enseñanza militar se consideran instituciones de enseñanza superior. En el artículo 14 de esa Ley se establece que la admisión en el primer nivel (licenciatura) de la enseñanza superior en instituciones educativas con un programa especializado certificado se lleva a cabo, previa solicitud de aquellas personas que hayan cursado al menos la enseñanza secundaria general (completa), según un modelo competitivo establecido en la ley o en los estatutos de la institución de enseñanza superior de que se trate. Dado que, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Educación General, en Armenia se imparten 12 años de educación secundaria y que en el artículo 16 de esa Ley se establece que los niños que hayan cumplido 6 años o vayan a cumplirlos antes del 31 de diciembre del año natural serán admitidos en el primer año de la institución educativa, solo los ciudadanos que sean menores de 18 años pero los cumplan antes del 31 de diciembre del año natural podrán ser admitidos en instituciones de educación militar. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.6 de la Ley sobre el Servicio Militar y el Estatuto de los Militares, los ciudadanos despedidos o expulsados de una institución de educación militar antes de los 18 años deben inscribirse en la oficina de reclutamiento de la comisaría militar de su lugar de registro y están sujetos a la realización del servicio militar obligatorio durante el llamamiento que se realice después de que alcancen la edad de 18 años. Los ciudadanos menores de 18 años que estudian en una institución de enseñanza militar no están sujetos a la llamada a filas.

271.Armenia también garantiza la aplicación de la disposición establecida en el artículo 4 del Protocolo Facultativo en el sentido de que “los grupos armados distintos de las fuerzas armadas de un Estado no deben en ninguna circunstancia reclutar o utilizar en hostilidades a menores de 18 años” ya que, en virtud de la Ley de Defensa, el establecimiento de otros grupos armados en el territorio de Armenia está prohibido y el establecimiento de tales entidades está sujeto a responsabilidad penal.

272.Se mantienen estadísticas sobre el número de cadetes menores de 18 años, así como de todos los grupos de edad que estudian en las instituciones de enseñanza militar del Ministerio de Defensa, que se remiten anualmente, en forma de informe estadístico de ámbito estatal, a la Comisión de Estadística. También se mantienen estadísticas sobre la situación social de todos los cadetes, independientemente de su edad.