El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial decidió en su 76º período de sesiones (A/65/18, párr. 85) que el Relator para el país enviaría al Estado parte en cuestión una breve lista de temas con miras a orientar y centrar el diálogo entre la delegación del Estado parte y el Comité durante el examen del informe del Estado parte. El presente documento contiene una lista de temas con esa finalidad. La lista no es exhaustiva: durante el diálogo con el Estado parte podrán abordarse otros asuntos. No se requieren respuestas por escrito.

1.Marco jurídico e institucional, políticas y programas para la aplicación de la Convención (arts. 1, 2, 4, 6 y 7)

a)Medidas adoptadas para que el artículo 176 del Código Penal se ajuste plenamente a las disposiciones de los artículos 1 y 4 de la Convención. Medidas adoptadas para definir como circunstancia agravante la discriminación por motivos de etnia o de raza (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 150 y 152; A/56/18, párr. 287).

b)Información actualizada sobre las enmiendas legislativas destinadas a tipificar como delito los actos de discriminación e incitación al odio y a crear una comisión de lucha contra la discriminación a la luz de las disposiciones de la nueva Constitución (CERD/C/EGY/17-22, párr. 152).

c)Información sobre la invocación y la aplicación de las disposiciones de la Convención por los tribunales nacionales. Información actualizada sobre el seguimiento en los tribunales de primera instancia de los casos de discriminación racial o étnica (CERD/C/EGY/17-22, párr. 297; A/56/18, párr. 293).

d)Información sobre las disposiciones jurídicas relativas a la elección y al mandato del Consejo Nacional de Derechos Humanos, y sobre los recursos humanos y financieros de los que dispone. Información sobre el apoyo que presta a las víctimas de discriminación racial en aplicación del artículo 99 de la nueva Constitución. Información sobre el seguimiento dado a las recomendaciones formuladas por el Consejo al Estado parte (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 57 a 64; A/56/18, párr. 292; E/C.12/EGY/CO/2-4, párr. 5).

e)Información sobre la aplicación del artículo 75 de la Constitución, que permite a los ciudadanos crear, mediante una simple declaración, asociaciones a las que se concede la personalidad jurídica de oficio. Información sobre la modificación de la Ley núm. 84 de 2002, con arreglo a la Constitución. Información sobre los casos de intimidación y detención de actores de la sociedad civil (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 77 a 79, 178 a 183, y 287; A/56/18, párr. 290).

f)Información actualizada sobre las actividades relativas a la enseñanza, la educación, la cultura y la información para prevenir y combatir la discriminación racial en todas sus formas. Información sobre los efectos que han tenido las sesiones de capacitación organizadas para los agentes encargados de la aplicación de la ley sobre la mejora de la situación de los derechos humanos (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 120 y 285; A/56/18, párr. 289).

g)Información detallada sobre el alcance de la aplicación de la nueva ley de lucha contra el terrorismo y su compatibilidad con la Convención.

2.Discriminación de las minorías étnicas o étnico-religiosas (arts. 2 y 5)

a)Datos demográficos sobre la composición étnica de la población y su repartición geográfica (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 15 y 16). Indicadores socioeconómicos relativos a los grupos minoritarios poco numerosos, como los nómadas, los bereberes, los nubios y los egipcios de origen griego o armenio (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 269 a 279; A/56/18, párrs. 286 y 293).

b)Información sobre los resultados de las investigaciones y los estudios universitarios relativos a los grupos étnicos poco numerosos (A/56/18, párr. 293).

c)Información actualizada acerca de la aplicación del plan de desarrollo económico y arquitectónico para las regiones fronterizas y desfavorecidas, en particular el Alto Egipto, el Sinaí y Nubia, en cumplimiento del artículo 236 de la Constitución (CERD/C/EGY/17-22, párr. 277).

d)Información actualizada sobre la participación de los diversos grupos étnicos en la vida política (CERD/C/EGY/17-22, párr. 270).

e)Información sobre las iniciativas del Estado parte destinadas a “asentar” a los nómadas en poblados modernos, en particular sobre el modo en que se los consulta y se toman en consideración sus opiniones (CERD/C/EGY/17-22, párr. 271).

f)Información sobre las medidas adoptadas para combatir la discriminación y la violencia que sufren las minorías religiosas, entre otros fines para sancionar la destrucción de iglesias coptas. Información sobre las medidas adoptadas para promover la libertad de culto y la diversidad religiosa (E/C.12/EGY/CO/2-4, párr. 23).

g)Información sobre los presuntos actos de discriminación de la comunidad negra de Egipto.

h)Información sobre el proceso relativo a los sangrientos enfrentamientos entre tribus ocurridos en 2014 en Asuán. Medidas adoptadas para prevenir esos conflictos y promover la tolerancia y la diversidad.

3.Situación de los no ciudadanos, en particular los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados (arts. 5 y 6)

a)Datos sobre los extranjeros y su situación en el país (CERD/C/EGY/17-22, párrs. 135 y 136; A/56/18, párr. 293).

b)Información sobre la situación de los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados, en particular en lo referente al acceso a la educación, la vivienda, los servicios de salud y el empleo. Información sobre la reclusión de los solicitantes de asilo y los casos de devolución (CMW/C/EGY/CO/1, párr. 20; CRC/C/EGY/CO/3-4, párr. 76).

c)Discriminación de los migrantes, los solicitantes de asilo y los refugiados, en particular los del África Subsahariana.

d)Información sobre las medidas adoptadas para combatir la trata de seres humanos. Iniciativas tomadas para proteger a los trabajadores extranjeros contra los abusos, en particular a los trabajadores domésticos (CEDAW/C/EGY/CO/7, párr. 35).

e)Situación de las mujeres refugiadas o migrantes, víctimas de formas múltiples de discriminación (CEDAW/C/EGY/CO/7, párr. 45).