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Introducción

7

Artículo 1. Definición de discriminación

8

Artículo 2. Obligación de eliminar la discriminación

10

Artículo 3. Avance de la mujer y garantía del ejercicio de los derechos humanos

12

Artículo 4. Medidas de acción positiva

15

Artículo 5. Roles y estereotipos de los sexos

16

Artículo 6. Tráfico y prostitución

24

Artículo 7. Vida política y pública

30

Artículo 8. Representación y participación internacional

34

Artículo 9. Nacionalidad

38

Artículo 10. Educación

38

Artículo 11. Empleo

52

Artículo 12. Salud

66

Artículo 13. Beneficios sociales y económicos

76

Artículo 14. Mujeres rurales

78

Artículos 15 y 16. Igualdad en el derecho civil

86

Exclusión

88

Medidas realizadas para combatir la violencia contra las mujeres

101

Anexos

1.Legislación y jurisprudencia

2.Información relativa a las Comunidades Autónomas de:

Andalucía

Aragón

Asturias

Baleares

Canarias

Cantabria

Castilla-León

Cataluña

Ceuta

Extremadura

Galicia

La Rioja

Madrid

Murcia

Melilla

Navarra

País Vasco

Valencia

3.Información relativa a las Organizaciones participantes en el Consejo Rector del Instituto de la Mujer

Confederación Española para el Lobby Europeo de Mujeres

Federación de la Mujer Rural (FEMUR)

Federación Nacional de Mujeres para la Democracia

Organización de Mujeres Empresarias y Gerencia Activa (OMEGA)

Secretarías de la Mujer de los Sindicatos:

Comisiones Obreras (CCOO)

Unión General de Trabajadores (UGT)

4.Planes de Acción

Plan de Acción para el Empleo del Reino de España 2002

Plan Nacional de Inclusión Social (2001-2003)

Plan Integral de Apoyo a la Familia

III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (1997-2000)

Primer Plan de Acción contra la Violencia Doméstica (1996-2000)

II Plan Integral contra la Violencia Doméstica (2000-2004)

5.Otras publicaciones:

Protocolo Sanitario ante los malos tratos domésticos

La violencia contra las mujeres. Resultados de la macroencuesta

Síntesis de resultados de la evaluación del III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres (1997-2000)

Oportunidades entre mujeres y hombres (1997-2000)

Informe de ejecución del Plan de Acción contra la violencia doméstica (1996-2000)

Informe del Observatorio de la Publicidad Sexista 2001

Anexo de Legislación y Jurisprudencia en relación con el articulado de la Convención

Artículo 1

- Sentencia del Tribunal Constitucional 41/1999, de 22 de marzo.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 140/1999, de 22 de julio.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 240/1999, de 20 de diciembre.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 203/2000, de 24 de julio.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 236/2000, de16 de octubre.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 250/2000, de 30 de octubre.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 20/2001, de 29 de enero.

- Sentencia del Tribunal Constitucional 40/2002, de 14 de febrero.

Artículo 4

- Sentencia del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 2002, de la Sala Tercera

Artículo 5

- Real Decreto 1686/2000, de 6 de Octubre, de creación del Observatorio de la Igualdad

Artículo 6

- Ley Orgánica 11/99, de 30 de Abril, por la que se modifican algunos artículos del titulo VIII, del Libro II del Código Penal (De los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales)

- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

Artículo 7

- Ley 6/2002, de 21 de junio, de modificación de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de IIIes Balears

- Ley 11/2002, de 27 de junio, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla la Mancha

Artículo 9

- Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código civil en materia de nacionalidad.

Artículo 11

Reformas Laborales

- Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras

- Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

- Ley 33/2002, de 5 de julio, de modificación del artículo 28 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Medidas de Fomento de Empleo

- Real Decreto – Ley 11/1998, de 4 de septiembre por el que se regulan las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social de los contratos de interinidad que se celebran con personas desempleadas para sustituir a trabajadoras durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento.

- Orden de 16 de noviembre de 1998 para el fomento del empleo estable de mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino.

- Ley 55/1999,de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social,

- Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad.

Seguridad Social

- Real Decreto 144/1999, de 29 de enero, por el que se desarrolla, en materia de acción protectora de la Seguridad Social, el Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre, de medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su estabilidad. (Incluye corrección de errores y Convalidación por el congreso de los Diputados).

- Real Decreto-Ley 1/2000, de 14 de enero, sobre determinadas medidas de mejora de la protección familiar de la Seguridad Social.

- Real Decreto 1368/2000, de 19 de julio, de desarrollo de las prestaciones económicas de pago único por nacimiento de tercer o sucesivos hijos y por parto múltiple.

- Orden de 9 de enero de 2001, por la que se modifica parcialmente la Orden de 18 de julio de 1991, por la que se regula el Convenio especial en el sistema de la Seguridad Social.

- Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo.

- Orden de 9 de enero de 2001 de regulación del Convenio Especial de la Seguridad Social.

- Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

- Real Decreto 1465/2001, de 27 de diciembre, de modificación parcial del régimen jurídico de las prestaciones de muerte y supervivencia mantiene la extinción de la pensión de viudedad

- Jurisprudencia en materia laboral y de la Seguridad Social

Artículo 15 y 16

- Ley 40/1999, de 5 de noviembre, sobre nombre y apellidos y orden de los mismos

- Real Decreto 193/2000, de 11 de febrero, de modificación de determinados artículos del Reglamento del Registro Civil

- Jurisprudencia civil

Violencia:

- Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

- Ley 5/2001, de 17 de mayo, de prevención de malos tratos y protección a las mujeres maltratadas de Castilla la Mancha.

- Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas y de modificación del procedimiento abreviado.

- Jurisprudencia penal.

Exclusión

- Ley 36/1999, 18 octubre, de Concesión del Subsidio de Desempleo y Garantías de Integración Sociolaboral para Delincuentes Toxicómanos

- Real Decreto Ley 5/2002, de 24 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad.

V INFORME PERIÓDICO DE ESPAÑA A LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER.

INTRODUCCIÓN

La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada en Nueva York el 18 de diciembre de 1979, fue ratificada por España el 16 de diciembre de 1983 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de marzo de 1984. La ratificación se realizó con una reserva, que se mantiene en la actualidad: la ratificación por España de la Convención no afectará a las disposiciones constitucionales en materia de sucesión a la Corona.

Desde la fecha de su publicación, este Tratado forma parte del ordenamiento jurídico nacional, tal y como proclama el artículo 96.1 de la Constitución Española de 1978 y el artículo 1.5 del Código Civil.

De acuerdo con el artículo 18 de la Convención, España ha presentado informes en 1985, 1989, 1995 y 1998. Dado que el último informe se defendió ante el Comité en julio de 1999, el V Informe que ahora se presenta abarca el periodo comprendido entre 1999 y 2001, incorporándose también algunas medidas y actuaciones correspondientes al año 2002.

Se presentan los avances conseguidos en materia de Igualdad de Oportunidades en relación con los mandatos contenidos en el texto de la Convención, los compromisos derivados de la Plataforma de Acción adoptados en la IV Conferencia Mundial de las Mujer, y los de la Sesión Especial de la Asamblea General: “Mujeres 2000: Igualdad de Género, desarrollo y paz para el siglo XXI” de junio de 2000, y todo ello en el marco de la legislación y políticas de la Unión Europea.

El informe se ha elaborado con arreglo a las “directrices generales sobre la forma y contenido de los informes” y se estructura siguiendo el articulado de la Convención si bien se han incorporado capítulos, - tales como el de Exclusión Social y violencia -, relacionados con materias que, o bien no se contemplan en un artículo específico de la Convención, o bien son objeto de alguna recomendación concreta del Comité.

En relación con cada capítulo, se incorporan datos estadísticos relativos a la situación de la mujer en el área correspondiente, las principales modificaciones que afectan al ordenamiento jurídico y la descripción de las políticas, programas y actuaciones más relevantes para avanzar en la consecución de la igualdad real entre mujeres y hombres y para superar las dificultades que, sin duda, persisten en determinadas materias.

La realización del informe ha correspondido al Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en el ámbito de la Administración Central del Estado, ostenta las competencias en materia de Igualdad de Oportunidades.

Bajo su coordinación, y con el apoyo de la Oficina de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores, los diferentes Departamentos Ministeriales han suministrado información para el informe.

También las Comunidades Autónomas en el marco de las competencias que tienen atribuidas en la materia, han enviado la información contenida en el Anexo I y finalmente, las ONG del Consejo Rector del Instituto de la Mujer, la información reflejada en el Anexo II.

Parte I de la Convención (Artículos 1 –6)

Artículo 1: Definición de discriminación

Como se reflejaba en el IV Informe de España al Comité, el marco general para analizar la igualdad de oportunidades en nuestro país es la Constitución de 1978, que concreta en su artículo 1.1 los valores superiores del ordenamiento jurídico español en la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político.

Se trata de principios generales del Derecho y, por tanto, según la doctrina mayoritaria, principios informadores de todo el ordenamiento jurídico y, además, con fuerza normativa, según interpretación del Tribunal Constitucional.

Esto supone que, aunque el planteamiento de la igualdad se lleva a cabo de forma genérica, la igualdad debe interpretarse como elemento transversal de todo el ordenamiento jurídico.

La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, se perfila sobre la base de los siguientes preceptos constitucionales:

9.2 Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

10.1 La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

10.2 Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

23.1 Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

23.2 Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.

27.1 Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

32.1 El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.

32.2 La Ley regulará las formas de matrimonio, la edad y la capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos".

35.1 Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión y oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de su sexo.

39.1 Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

39.2 Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio durante su minoría de edad y en los demás casos que legalmente proceda.

139.1 Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.

149.1 El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias: la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales

El Tribunal Constitucional, máxime intérprete de la Constitución, a través de sus Sentencias, ha elaborado una doctrina precisa del significado de la igualdad y de la no-discriminación por razón de sexo. Entre las sentencias más relevantes, dictadas en el período que comprende el informe, pueden citarse las siguientes:

Sentencia del Tribunal Constitucional 140/1999, de 22 de julio, según la cual, cuando se alegue que una decisión empresarial encubre en realidad una conducta lesiva de los derechos fundamentales, incumbe al empresario la carga de probar que su actuación obedece a motivos razonables, extraños a todo propósito atentatorio de un derecho fundamental. Si bien, para que juegue en el citado sentido la carga probatoria, el trabajador ha de aportar un indicio razonable de que el acto empresarial lesiona sus derechos fundamentales. Es decir no es suficiente la mera alegación de la vulneración…

Las Sentencias 240/1999,de 20 de diciembre y la 203/2000, 24 de julio, vienen a señalar que la específica prohibición de discriminación por razón de sexo, consagrada en el artículo 14 CE, comprende no sólo la discriminación directa, es decir, el tratamiento jurídico diferenciado y desfavorable a una persona por razón de su sexo, sino también la indirecta, esto es, aquel tratamiento formalmente neutro o no discriminatorio del que deriva, por las diversas condiciones fácticas que se dan entre trabajadores de uno y otro sexo, un impacto adverso sobre los miembros de un determinado colectivo. Afirmando en la de diciembre que Cuando se denuncia una discriminación indirecta, no se exige aportar como término de comparación la existencia de un trato más beneficioso atribuido única y exclusivamente a los varones; basta que exista, en primer lugar, una norma o una interpretación o aplicación de la misma que produzca efectos desfavorables para un grupo formado mayoritariamente, aunque no necesariamente de forma exclusiva, por trabajadoras femeninas --trabajadores a tiempo parcial, trabajadores con menos de dos años de permanencia...

En la Sentencia del Tribunal Constitucional de 25 de febrero de 2002 se reitera que la discriminación por razón de sexo comprende aquellos tratamientos peyorativos que se fundan no sólo en la pura y simple constatación del sexo de la víctima, sino en la concurrencia de razones o circunstancias que tengan con el sexo de la persona una conexión directa e inequívoca. Tal sucede con el embarazo, elemento o factor diferencial que, por razones obvias, incide de forma exclusiva sobre las mujeres. Las decisiones extintivas basadas en el embarazo, al afectar exclusivamente a la mujer, constituyen, por tanto, una discriminación por razón de sexo proscrita por el artículo 14 de la Constitución Española.

Igualmente, la Sentencia 20/2001, de 29 de enero, afirma que la prohibición de discriminación consagrada en el art. 14 CE comprende no sólo la discriminación patente, es decir, el tratamiento jurídico manifiesta e injustificadamente diferenciado y desfavorable de unas personas respecto a otras, sino también la encubierta, esto es, aquel tratamiento formal o aparentemente neutro o no discriminatorio del que se deriva, por las diversas circunstancias de hecho concurrentes en el caso, un impacto adverso sobre la persona objeto de la práctica o conducta.

Otras Sentencias del Tribunal Constitucional que pueden consultarse son: SSTC 236/2000, de 16 de octubre; 250/2000, de 30 de octubre y 39/2002, de 14 de febrero.

Artículo 2: Obligación de eliminar la discriminación

Como se ha señalado, la Constitución Española de 1978 establece el principio de igualdad y no-discriminación e insta a los poderes públicos a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud, facilitando la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

De acuerdo con ello, desde la presentación del anterior informe al Comité, se han intensificado las políticas, programas y actuaciones para propiciar una participación igualitaria de las mujeres en la sociedad y garantizar no sólo la igualdad formal, sino también la igualdad real.

En este sentido, puede destacarse el trabajo desarrollado por diferentes instituciones, organismos y organizaciones.

Así, el Defensor del Pueblo, junto con el Tribunal Constitucional, es uno de los órganos que velan por el cumplimiento de los mandatos contenidos en la Norma Fundamental. Definido como Alto Comisionado de las Cortes Generales es designado por éstas para la defensa de los derechos fundamentales entre los que se encuentra el derecho a la igualdad. Anualmente, presenta ante las Cortes Generales un informe sobre su actuación. Cabe destacar del último presentado su preocupación por la violencia que sufren las mujeres; el impago de las pensiones, principalmente cuando hay menores; la situación de las mujeres presas; la problemática de las mujeres inmigrantes, etc.

El desarrollo del Estado autonómico establecido constitucionalmente ha configurado una red de Instituciones autonómicas similares al Defensor del Pueblo que tienen igual función, pero circunscrita a su propio territorio.

La organización territorial del Estado español que se concreta en la existencia de municipios, provincias y Comunidades Autónomas, es importante para analizar la distribución de competencias en matera de igualdad de oportunidades.

Entre las competencias que se integran en los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas, el artículo 148.1.20 de la Constitución recoge la “asistencia social” de la que forma parte la igualdad de oportunidades.

Sobre la base de dichas competencias, en la actualidad las diecisiete Comunidades Autónomas cuentan con mecanismos de igualdad de oportunidades en sus respectivos ámbitos territoriales.

En cuanto a la Administración Local, de acuerdo con la normativa vigente, los municipios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas, en particular, las relativas a la promoción de la mujer. Los municipios con más de 20.000 habitantes, por sí mismos o asociados, deberán llevar a cabo, en todo caso, la prestación de servicios sociales.

En el ámbito de la Administración del Estado, las competencias sobre asuntos sociales han sido transferidas a las Comunidades Autónomas, si bien el Estado ostenta una serie de competencias exclusivas, entre las que se encuentran la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, la legislación en algunos ámbitos y las relaciones internacionales.

Teniendo en cuenta este referente legal, el Instituto de la Mujer, creado en 1983, es el organismo autónomo competente para la promoción y fomento de la igualdad de oportunidades con el fin de conseguir las condiciones necesarias que posibiliten la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social.

Este organismo vigila la adecuación de las normas al principio de igualdad, mediante la evacuación de los informes pertinentes a los proyectos de leyes y normas de inferior rango. También interesa destacar la tramitación en vía administrativa de las denuncias presentadas ante el Instituto por parte de las mujeres, referidas a casos concretos de discriminación de hecho o de derecho por razón de sexo.

En los últimos años, se ha producido un continuo y progresivo incremento de los presupuestos anuales asignados al Instituto de la Mujer para el logro de sus objetivos y que ha pasado de una asignación de 13.997,57 euros en el año 1996, a 22.692,70 euros en el año 2002, lo que representa un incremento del 62% en dicho período.

Como se reflejaba en informes anteriores, el Instituto de la Mujer cuenta con un Consejo Rector para la coordinación de las políticas de igualdad con los distintos Departamentos Ministeriales y en el que existe también representación de ONG relevantes en distintos ámbitos y de los sindicatos mayoritarios.

Desde la aprobación del Real Decreto 1910/1999, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social, el Instituto de la Mujer, a través de su Directora General, forma parte de este órgano de impulso de la política de cooperación entre la Administración y la sociedad civil en el desarrollo de la política social.

La coordinación con las Comunidades Autónomas se articula a través de la Conferencia Sectorial de la Mujer existente desde 1995. Se trata de un órgano de encuentro y deliberación que tiene como finalidad primordial conseguir la máxima coherencia en la determinación y aplicación de las políticas de igualdad definidas por la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.

Otro importante mecanismo de colaboración entre la Administración del Estado, las Comunidades autónomas y las Corporaciones Locales son los Convenios de Colaboración. En el último ejercicio, el Instituto de la Mujer ha firmado este tipo de convenios con todas las Comunidades Autónomas (excepto País Vasco y Navarra) para la cooperación en programas y actuaciones dirigidos específicamente a mujeres: estancias de tiempo libre para mujeres solas con hijas e hijos menores, exclusivamente a su cargo; cursos de formación dirigidos a mejorar la cualificación de las mujeres; adaptar su formación a las necesidades del mercado de trabajo, diversificar la formación y proporcionar formación especializada; y, finalmente, para inversiones en proyectos de obras de acondicionamiento y/o equipamiento de Centros para mujeres, dando prioridad a proyectos destinados a centros de acogida para mujeres víctimas de violencia.

Durante este período, han seguido aumentando los departamentos dependientes de Diputaciones y Ayuntamientos dirigidos a las mujeres ofertándoles asesoramiento y/o recursos en el ámbito social. La cooperación en este ámbito se ha realizado a través de los Convenios de colaboración entre las administraciones locales y el propio Instituto de la Mujer. De este modo, durante el último año, el Instituto de la Mujer ha firmado 129 Convenios con ayuntamientos para el acondicionamiento y equipamiento de servicios de información para mujeres.

Desde su creación, el Instituto, presta apoyo técnico, financiero e infraestructura a las ONG. El financiero se presta a través de dos vías:

Convocatoria del Régimen General del Instituto de la Mujer que subvenciona, básicamente, actividades dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la participación de la mujer en el ámbito político, cultural, económico y social y, el fortalecimiento del movimiento asociativo de mujeres.

En la convocatoria del año 2001, se han subvencionado 116 programas a 69 entidades por un importe de 1.589.677 €.

Convocatoria de subvenciones del IRPF (crédito habilitado en la Dirección General de Acción Social, el Menor y la Familia), a través de la cual se subvencionan, dentro del colectivo mujeres, programas de educación e inserción social, programas dirigidos a mujeres del medio rural y del ámbito marítimo-pesquero, fomento del empleo y autoempleo, prevención de la violencia y atención integral a mujeres víctimas de violencia y programas dirigidos a cofinanciar los proyectos presentados a Iniciativas Comunitarias en las que se contemplen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En la convocatoria del año 2001, se han subvencionado 117 programas por un importe de 8.157.537,26 € y, en la del 2002, 116 programas por un importe de 8.167.690,07 €.

Por otra parte, y con el fin de dar apoyo al movimiento asociativo de mujeres, se ceden en uso, una serie de espacios donde se ubican las sedes sociales de las entidades, así como se permite la utilización de diversas salas para realizar sus actividades.

Finalmente, otras Entidades, Organismos e Instituciones realizan, asimismo, una importante labor en la materia; así, por ejemplo, la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer (Comisión Permanente Parlamentaria), las Universidades y otras entidades con las que se trabaja estrechamente.

Artículo 3: Avance de la mujer y garantía del ejercicio de los derechos humanos

Desde el Instituto de la Mujer se impulsan medidas que contribuyen a eliminar las discriminaciones contra la mujer, concretadas, fundamentalmente, en los tres Planes de Igualdad de Oportunidades, los Planes de Acción para el Empleo del Reino de España, de carácter anual, y los dos Planes contra la Violencia, pero también en el Plan de Formación Profesional, el Plan Integral de Apoyo a la Familia, el Plan de Inclusión Social, etc. en los que se comprometen para su ejecución diferentes departamentos ministeriales y que desarrollan políticas de igualdad de oportunidades.

Durante el período objeto de estudio ha finalizado el plazo de ejecución del III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres 1997-2000 y del I Plan de Acción contra la Violencia Doméstica 1998-2000; se han ejecutado cuatro Planes de Empleo y se ha aprobado el II Plan Integral contra la Violencia Doméstica 2001-2004.

Si la aprobación del I PIOM (1988-1990), supuso la revisión de la legislación con el principal objetivo de la eliminación de las disposiciones legales discriminatorias existentes en nuestra legislación, especialmente en materia civil, laboral y penal y el II(1993-1995) tuvo como finalidad básica la adopción de medidas para avanzar desde la igualdad formal hacia la igualdad real, es decir, la promoción y desarrollo de medidas de acción positiva, principalmente, en los ámbitos de la educación, la formación y el empleo, el III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres (1997-2000), ha supuesto la introducción de la óptica de igualdad en todas las políticas del Gobierno y la promoción de la participación de las mujeres en todas las esferas de la vida social con el fin de que las mujeres se tornen en agentes copartícipes de la toma de decisiones, ya que sin la participación de las mujeres es imposible alcanzar objetivos de igualdad y desarrollo. De este modo, se pretende promover la integración de la dimensión de la igualdad de oportunidades en la elaboración, aplicación y seguimiento de todas las políticas, medidas y acciones realizadas. Es lo que, principalmente, desde la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres y el IV Plan de Acción Comunitaria, se ha venido a denominar “principio de mainstreaming.”

Es tal la importancia que va cobrando este principio en España que, todos los Planes de Igualdad, ya sean a nivel nacional, promovidos por el Instituto de la Mujer del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a nivel regional, promovidos por los Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas, o a nivel local, promovidos desde los Ayuntamientos, están siendo elaborados desde el punto de vista integrador del mainstreaming.

Según la Síntesis de resultados de la evaluación del III Plan Para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres (1997-2000), publicada por el Instituto de la Mujer, de las 192 actuaciones que contenía el PIOM, se han puesto en marcha 189; en unos casos pueden considerarse plenamente cumplidas, y en otros continúan su proceso de realización.

ÁREAS

ACTUACIONES INICIADAS

ACTUACIONES

NO INICIADAS

TOTALES

%

%

%

1. EDUCACIÓN

34

97,14

1

2,86

35

100

2. SALUD

25

100

0

0

25

100

3. ECONOMIA Y EMPLEO

43

100

0

0

43

100

E 4. PODER Y TOMA DE DECISIONES

5

100

0

0

5

100

5. IMAGEN Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN

8

100

0

0

8

100

6. MEDIO AMBIENTE

6

100

0

0

6

100

7. VIOLENCIA

20

95,24

1

4,76

21

100

8. EXCLUSIÓN SOCIAL

9

100

0

0

9

100

9. MUJERES RURALES

9

100

0

0

9

100

10. COOPERACIÓN

31

100

0

0

31

100

TOTALES

190

98,96

2

1,14

192

100

En relación con los Planes de Igualdad de Oportunidades de ámbito regional, consultar la información ofrecida como Anexo 1.

En estos momentos se está elaborando el IV Plan de Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres que se pretende aprobar por el Consejo de Ministros en los próximos meses y que tendrá una vigencia hasta el año 2006.

Este IV Plan de Igualdad está basado en las directrices marcadas por la Estrategia Marco Comunitaria sobre la Igualdad entre hombres y mujeres (2001-2005), que tiene como objetivo fundamental introducir la dimensión de la igualdad de oportunidades en todas las políticas y acciones realizadas en el ámbito comunitario y en los Estados miembros (Se adjunta como Anexo). Este PIOM persigue potenciar el mainstreaming de género, manteniendo, en las áreas necesarias, políticas específicas de igualdad de oportunidades – es decir, acciones positivas.

El plan, estructurado en grandes áreas, presenta, como objetivo principal la introducción de la perspectiva de género en las políticas públicas, así como:

La Igualdad entre hombres y mujeres en la vida económica. Se pretende trabajar la perspectiva de género en las políticas de empleo, así como el fomento de la participación de las mujeres en el mercado laboral. Estos objetivos se completan con otros, como la promoción de la mujer como empresaria y la eliminación de barreras que dificultan las mismas condiciones laborales para mujeres y hombres.

Participación en la toma de decisiones. Se trata de impulsar la presencia de las mujeres en la toma de decisiones en la política, la economía y en la sociedad, así como fomentar la promoción profesional de las mujeres en las Administraciones Públicas.

Promoción de la calidad de vida de las mujeres. Se engloban los objetivos relativos al ámbito de la salud, en su concepto integral, de la educación y de la cultura, trabajando sobre las carencias de la población femenina y contribuyendo a la igualdad en estos campos con especial incidencia en la prevención y erradicación de la pobreza y la exclusión social de las mujeres.

Fomento de la igualdad en la vida civil. Se incide en el campo legislativo y judicial, en relación con la igualdad, y acoge las políticas relativas a la lucha contra la violencia contra las mujeres.

Transmisión de valores y actitudes igualitarias. Se trata de insistir en el desarrollo de valores y prácticas que fundamentan la igualdad, así como en la eliminación de estereotipos en los medios de comunicación y la publicidad..

Conciliación de la vida familiar y laboral, donde se incluyen medidas legales que faciliten esta compatibilidad.

Cooperación. Se recogen los objetivos de fomentar la cooperación con las administraciones públicas e instituciones públicas y privadas, así como de reforzar la participación española en organismos internacionales y de impulsar la cooperación al desarrollo con las ONG y otras instituciones como la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI).

Modificaciones del ordenamiento jurídico

Durante el período objeto de este informe, España ha ratificado numerosos Convenios internacionales que se han integrado en el ordenamiento interno. Éstos han sido:

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de junio de 1998. Instrumento de ratificación, de 25 de octubre de 2000..

Protocolo facultativo de la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Instrumento de ratificación, de 29 de junio de 2001. Depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 6 de julio de 2001. Entró en vigor para España el 6 de octubre de 2001.

En el grupo de trabajo creado para la elaboración del Protocolo facultativo, cabe destacar la participación de un experto designado por el Instituto de la Mujer.

Con el fin de difundir entre la población la importancia de los nuevos mecanismos de garantía de los derechos de las mujeres y el papel que a partir de la ratificación van a tener tanto los particulares como las ONG´s, el Instituto de la Mujer, además de ofrecer a través de su página WEB amplia información, editó un Boletín bajo el título "Un acontecimiento histórico para el avance de la mujer: entrada en vigor del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer" y organizó un Seminario de difusión.

Protocolo Adicional a la Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1988. Instrumento de ratificación, de 7 de enero de 2000. Entró en vigor para España el 23 de febrero de 2000.

Convenio Europeo sobre Indemnización a las víctimas de delitos violentos, hecho en Estrasburgo el 24 de Noviembre de 1983. Instrumento de ratificación, de 20 de octubre de 2001.

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la venta de niños en la pornografía. Instrumento de ratificación, de 5 de diciembre de 2001, depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2001. Entró en vigor para España el 18 de enero de 2002.

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Instrumento de ratificación, de 1 de marzo de 2002. Depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el 8 de marzo de 2002. Entró en vigor para España el 8 de abril de 2002.

En relación con la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, hecha en Nueva York el 15 de noviembre de 2001, así como los dos Protocolos anejos, contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire y para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, ha concluido la obligada tramitación en las Cortes Generales y se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En relación con la protección jurídica de los derechos la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil ha establecido para los derechos fundamentales que los procesos correspondientes se sustancien por un cauce procedimental, de tramitación preferente, el de los juicios ordinarios, con demanda y contestación por escrito, seguidas de vista y sentencia, más rápido que el establecido por la Ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de 1978.

Artículo 4: Medidas de acción positiva

El artículo 9.2 de las Constitución Española de 1978 se constituye como fundamento jurídico de las acciones positivas, al establecer que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Como ya se indicó en los anteriores informes ha sido, fundamentalmente, el Tribunal Constitucional quien ha interpretado el alcance del precepto. Del período analizado, destaca la Sentencia del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 2002, de la Sala Tercera, en relación con las cuotas de reserva de puestos de trabajo en las empresas para personas minusválidas:

Del art. 9.2 de la CE deriva una habilitación a los poderes públicos para «promover las condiciones para que la libertad y la igualdad [...] sean reales y efectivas». Esto supone para el legislador una amplia libertad de configuración de esas condiciones según lo exigido para lograr aquella finalidad. Y al llevarlo a cabo puede partir de las diferencias existentes en la realidad para establecer algún trato diferencial compensatorio de situaciones desfavorables con el fin de lograr aquella efectiva igualación.

…la interdicción de la discriminación implica también la adopción de medidas que tratan de asegurar la igualdad efectiva de trato y de oportunidades con los demás trabajadores. Es esta razón la que justifica constitucionalmente preceptos como los cuestionados, destinados a remover obstáculos que impiden aquella real igualdad en el acceso al trabajo, en la medida en que esos obstáculos pueden ser removidos efectivamente a través de ventajas o medidas de apoyo que aseguren esa igualdad real de oportunidades, siempre que no puedan operar de hecho en perjuicio del grupo desfavorecido.

En cuanto al desarrollo de las acciones positivas, cabe señalar que éstas se enmarcan, fundamentalmente, en los Planes de Igualdad de Oportunidades y otros Planes específicos como los de Empleo, Inclusión Social, Familia, etc. Del período analizado destacan, entre otras, las acciones dirigidas a fomentar el empleo de mujeres, su formación, a conciliar vida familiar y laboral, así como las dirigidas a combatir la violencia contra las mujeres. Todas estas acciones se detallan al analizar la aplicación de los diferentes artículos de la Convención.

El Instituto de la Mujer ha participado en distintos grupos de trabajo que analizan la aplicación de las acciones positivas; así, por ejemplo, en el Grupo de Especialistas del Consejo de Europa, que elaboró en el 2000 un informe sobre acciones positivas, valiosa herramienta no sólo para los Estados a la hora de diseñar sus políticas, sino también para todas aquellas instituciones involucradas en la promoción de la igualdad.

Artículo 5: Roles y estereotipos de los sexos

Políticas y programas

El III Plan de Igualdad de Oportunidades, aprobado por el Gobierno, contenía medidas integradas en diferentes áreas de actuación, encaminadas a fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres en los medios de comunicación y modificar los patrones socioculturales de conducta entre hombres y mujeres.

La educación se constituye como elemento básico para la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y es un elemento fundamental para conseguir la autonomía de las mujeres, de forma que puedan tener acceso a los derechos que les corresponden.

Además de las medidas concretas en el ámbito de la educación, detalladas en el apartado correspondiente al artículo 10 de este informe, la modificación de los estereotipos ha de llevarse a cabo de forma transversal en todos los niveles de la conducta humana, por parte no sólo de las Administraciones Públicas, sino de toda la sociedad en su conjunto.

En este sentido, el lenguaje, las imágenes, las actitudes o los modelos, que en muchas ocasiones propone la publicidad y los medios de comunicación no ocultan la construcción de un mensaje discriminatorio hacia la mujer.

El Instituto de la Mujer es el órgano de la Administración del Estado que recoge, examina e investiga la publicidad discriminatoria que aparece en los medios de comunicación, sin perjuicio de las actuaciones que las Comunidades Autónomas realizan en su respectivo ámbito territorial. Los objetivos básicos del Instituto en este ámbito son determinar cómo aparecen representadas las mujeres en la publicidad, cuáles son los roles más significativos que se le atribuyen y en el caso de que éstos sean sexistas, poner los medios suficientes, de acuerdo con la legislación en vigor (ya plasmada en el IV Informe CEDAW), para erradicar este tipo de imágenes.

1. Observatorio de la Publicidad

El Observatorio de la Publicidad es un foro de observación, análisis y canalización de las denuncias originadas por anuncios sexistas que aparezcan en cualquier medio de comunicación

Responde a la demanda de la sociedad de difundir una imagen no sexista de las mujeres a través de los medios de comunicación y de la publicidad, y a la necesidad de desarrollar en profundidad y junto a todos los agentes implicados (anunciantes, Administración y agencias), planteamientos no sexistas, con el objeto de defender una representación justa de las mujeres

En la página web del Instituto de la Mujer existe una sección dedicada a la difusión del Observatorio de la Publicidad, a través de la cual se puede acceder a un formulario de denuncia, y que informa de los medios de contacto para realizar ésta. Teléfono, correo electrónico, fax o correo ordinario dirigido al Instituto de la Mujer.

Los canales para dirigirse al Observatorio de la Publicidad son:

Por correo electrónico

Mediante el teléfono de atención gratuita 900 19 10 10 (de alcance nacional y a disposición del público las 24 horas del día, durante toda la semana) o el de atención a mujeres sordas 900 152 152.

Por correo postal a la dirección del Instituto de la Mujer.

Por Fax.

Básicamente, las funciones del Observatorio, se pueden resumir en las siguientes:

Seguimiento y análisis de los anuncios y campañas publicitarias que se difunden a través de los medios de comunicación españoles.

Estudio de las denuncias.

Requerimiento a las empresas para que modifiquen o retiren sus campañas sexistas

Asesoramiento a entidades o empresas sobre contenidos no sexistas, facilitando el apoyo necesario para eliminar los mensajes discriminatorios.

El número de denuncias ha pasado de 339 en el año 2000 a 710 en el año 2001, lo que representa un incremento del 109% y pone de manifiesto que existe una mayor sensibilidad ciudadana frente a la publicidad discriminatoria, y responde también al hecho del mayor conocimiento que se tiene del Observatorio en España, lo que propicia mayor número de denuncias.

Contenidos publicitarios y no publicitarios

Tipo de Contenidos Denunciados

Valores Absolutos

(%)

(% 2000)

Publicidad

658

92,7

89,97

Mensajes no publicitarios

52

7,3

10,03

Total

710

Estas denuncias afectan a un total de 211 Campañas, con un incremento de las Campañas denunciadas del 25´6%. Madrid sigue siendo la Comunidad Autónoma que más denuncias ha presentado (36%), seguida de la Comunidad Canaria (16%), y de Galicia(9´7%).

El medio más denunciado ha sido la televisión (32´9%), seguido, en contraste con el año 2000, del medio exterior (vallas, mobiliario urbano y autobuses: 30% frente a casi el 9% del año 2000).

En el año 2001, los sectores que han recibido más denuncias han sido la Administración (16,2%) el sector de ropas y accesorios (12%), seguido del de perfumes y cosmética, con un 11,7%. El sector de vehículos es el que más campañas denunciadas acumula. El anuncio de los carnavales de Tenerife y un cómic han acumulado un 16,3% de las denuncias.

En cuanto a los/las denunciantes, el 81% han sido mujeres y el 18´5% han sido hombres. Es importante destacar el aumento de denuncias presentadas por hombres.

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19

1 .- Administración 7 .- Alimentación 13 .- Servicios/Finanzas

2 .- Ropa/Accesorios 8 .- Promoción TV/Prensa/Radio 14 .- Cine, Vídeo, Teatro, Música

3 .- Perfumes/Cosmética 9 .- Transportes/Telecomunicaciones 15 .- Juguetes

4 .- Salud/Farmacia 10 .- Electrodomésticos/Menaje 16 .- Vacaciones/Viajes

5 .- Vehículos 11 .- Higiene 17 .- Detergentes/Limpieza

6 .- Bebidas 12 .- Otros 18 .- Tabaco

19 .- Publicaciones

En cuanto a la edad de los denunciantes, los datos correspondientes a 2001, suponen un ligero cambio, respecto a años anteriores, puesto que han aumentado las denuncias entre los grupos de edad de 21-25 años ( 4´9% en el año 2000, frente a 10´4% en el año 2001) y de 16-20 años (1´1% en el año 2000, frente a 3´7% en el año 2001), dato que consideramos positivo, pues significa que los jóvenes están cada vez más concienciados y denuncian los contenidos sexistas.

Por lo que se refiere al nivel de estudios de los denunciantes, se ha producido un aumento significativo de los ciudadanos y ciudadanas cuyos estudios son elementales.

Los contenidos denunciados son en resumen los siguientes:

El uso del cuerpo femenino como objeto erótico y sexual

La mujer como profesional devaluada

La mujer como foco de violencia y degradación

Sexismo en los anuncios de juguetes.

Durante el año 2001, el Instituto de la Mujer se ha dirigido a 19 empresas por los contenidos discriminatorios de sus mensajes, para promover la retirada de sus campañas. Paralelamente a lo anterior, el Instituto de la Mujer ofrece su colaboración con el fin de mejorar el tratamiento de la imagen de la mujer en la publicidad.

Por último, desde 1994, el Instituto de la Mujer elabora anualmente un informe de los resultados obtenidos en el Observatorio, que se difunde en los medios de comunicación y distribuye a las asociaciones de profesionales de la publicidad, anunciantes y al organismo de autocontrol de la Publicidad, con el fin de sensibilizar a los responsables de la creación y emisión de las campañas sobre la necesidad de adaptar la imagen de la mujer a los cambios que los ciudadanos y ciudadanas demandan. Este se remite, asimismo, a los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas, para potenciar la colaboración y coordinación en el control de la publicidad discriminatoria, y a instituciones y asociaciones que tienen entre sus objetivos velar por el control de la publicidad ilícita.

2. Campañas Publicitarias.

Estas Campañas se constituyen, asimismo, como un medio idóneo para la modificación de los patrones socioculturales. Las principales Campañas realizadas desde 1999, han sido las siguientes:

"Participación Social de las Mujeres" llevada a cabo en la radio, prensa escrita y revistas, del 14 al 29 de Enero de 1999, para fomentar y consolidar la participación social de las mujeres en todas las esferas de la vida política, sindical y económica, en las organizaciones y asociaciones, consejos escolares etc.

"8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres" Realizada en los años 1999, 2000, 2001 y 200, con el fin de conmemorar ese día.

"Si ocultas la verdad, nadie sabrá que necesitas ayuda". Del 27 de Septiembre al 17 de Octubre de 1999. Dirigida a sensibilizar a las víctimas de la violencia doméstica con el fin de que se informen sobre las ayudas con las que pueden contar, poniendo de relieve los recursos asistenciales existentes. Se desarrolló en Televisión, Radio, Prensa, Revistas femeninas, Revistas de Medicina, Revistas jurídicas, Cabinas telefónicas, Revistas para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Revistas de la Policía y Guardia Civil, Revista Municipal y Revistas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

"Los recursos humanos desde la perspectiva de la igualdad de oportunidades". Inserciones publicitarias en diarios económicos, destinadas a dar a conocer el seminario con igual título, que tuvo lugar en Madrid, los días 27 y 28 de Septiembre de 1999.

"La violencia contra las mujeres nos duele a todos, nos duele a todas". Se desarrolló entre el 8 y el 28 de Noviembre de 2000 para poner de manifiesto el problema de la violencia doméstica, su magnitud en cuanto a la extensión del problema y en cuanto a los daños y efectos que provoca en el ámbito familiar. Realizada en Televisión, Radio, Prensa, RENFE, Diarios, Revistas y Mobiliario urbano de RENFE.

Campaña "Programa Optima", del 15 de Octubre al 15 de Noviembre de 1997, con el objetivo de dar a conocer el Programa Optima y a las empresas participantes hasta el momento. Desarrollada en prensa a través de diarios y revistas de información general y económica.

Inserciones Publicitarias con motivo de la Jornada " Retos y Oportunidades de las empresas".

"Trabajo y Familia, cada vez más compatibles". Tuvo lugar en el segundo trimestre de 2001, durante un periodo de 30 días, realizándose a través de la radio, prensa, edición de folletos informativos, con una tirada de 60.000 ejemplares; Revistas Sindicales y empresariales.

"Recupera tu vida. Habla" El objetivo iba dirigido a incrementar la confianza de las mujeres víctimas de los malos tratos, animándolas a romper el silencio y aislamiento en que se encuentran, facilitándolas asimismo información sobre la asistencia especializada. Tuvo lugar entre el 23 de Noviembre de 2001 al 12 de Diciembre, a través de la Prensa, Radio y Televisión.

Campaña publicitaria anual del Ministerio de Defensa para la divulgación del nuevo modelo de Fuerzas Armadas, destinada a jóvenes de ambos sexos y a potenciar la presencia de la mujer.

3. Publicaciones y Estudios

Plan Editorial y Ayudas a la Edición del Instituto de la Mujer.

El Instituto de la Mujer lleva a cabo todos los años un amplio Plan Editorial, dada la importancia que para el Instituto tiene la modificación de estereotipos y pautas culturales.

Los objetivos del Plan son: difundir las investigaciones que se realizan en torno a temas que afectan a las mujeres; editar instrumentos y materiales técnicos que pueden facilitar la actuación de diferentes tipos de profesionales de organismos públicos, entidades privadas o de la iniciativa social; sensibilizar a la opinión pública sobre la necesaria modificación de patrones y roles culturales y ofrecer a la opinión pública información sobre las aportaciones que realizan las mujeres al desarrollo de la sociedad.

Este Plan Editorial está compuesto por documentos técnicos, carteles, folletos, guías, videos y CD-Rom; publicaciones que pertenecen a los grupos temáticos de educación, salud, participación política y social, empleo y relaciones laborales, legislación, internacional, y violencia; contando para su financiación, parcialmente, con la ayuda del Fondo Social Europeo.

Año

Número de Títulos

Gasto de Edición

Gasto de Distribución

Gasto Total

1999

105

514.908

56.521,11

571.429,10

2000

96

494.471,75

74.193,18

568.664,92

2001

99

546.100,74

73.570,87

619.671,63

El Instituto de la Mujer, mediante Orden Ministerial, convoca las Ayudas a la Edición, cuyo objetivo es promover entre las empresas editoras la publicación de títulos relacionados con la mujer.

A estas Ayudas pueden concurrir las editoriales y la fórmula de subvención, consiste en la compra de ejemplares no siendo superior a un tercio de la tirada, con un máximo de 1.000 unidades de las obras seleccionadas, para su envío a bibliotecas, archivos, Institutos Universitarios de la Mujer, etc.

Ayudas a la Edición

Año

Títulos

Nº de ejemplares

Euros

1999

21

13.550

116.216

2000

23

15.410

120.026

2001

20

9.650

119.478

Convocatorias de Subvenciones y Convenios de Colaboración

El Instituto de la Mujer tiene firmados Convenios de Colaboración para subvencionar actividades y estudios sobre la mujer y la igualdad de oportunidades con la Asociación de Directores de Escena, la Sociedad General de Autores y Escritores, las Universidades Complutense y Politécnica de Madrid, la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, el Instituto Nacional de Estadística, la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, el Centro de Investigaciones Sociológicas y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Asimismo, mantiene con la Universidad de Valencia un Convenio de colaboración para la edición de la Colección "Feminismos" con una edición anual aproximada de seis números.

Actualmente gestiona dos Convocatoria de subvenciones públicas:

A. Convocatoria de ayudas destinadas a la realización de investigaciones y estudios sobre las mujeres, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica. (I+D+I)

El Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003, fue aprobado en 1999 para promover la investigación sobre la situación de las mujeres en España en todos los ámbitos de la vida social, política, económica y cultural.

La convocatoria se financia por el Instituto de la Mujer y, parcialmente, por el Fondo Social Europeo con cargo al Programa operativo “Lucha contra la discriminación”

Las áreas de investigación prioritarias son: educación, salud, economía y empleo, poder y toma de decisiones, imagen y medios de comunicación, medio ambiente, violencia contra las mujeres, mujeres en situación de exclusión social, mujeres rurales, y cooperación.

Desde el año 2000, el Programa Sectorial de Estudios de las Mujeres y del Género se constituye en la Acción estratégica para el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

En el cuadro adjunto se ofrecen los datos correspondientes a los años 1999, 2000 y 2001.

I+D+I. Proyectos subvencionados

Año

Proyectos

Importe

1999

35

784.921,81

2000

36

1.010.902,36

2001

41

932.970,29

De 1999 a 2001 y a través del Plan de I+D+I y el Plan de Estudios, el Instituto de la Mujer subvencionó estudios, entre otras, en las materias de: educación; salud; economía y empleo; poder y toma de decisiones; imagen y medios de comunicación; medio ambiente y mujer rural; violencia; mujeres inmigrantes; marginación , pobreza y desarrollo.

B. Convocatoria anual de ayudas destinadas a la realización de actividades y seminarios, en el ámbito de la Universidad

Se trata de subvenciones públicas destinadas a fomentar la realización de actividades y seminarios, en el ámbito de la Universidad, que fomenten el principio de igualdad de oportunidades de las mujeres. Están dirigidas a universidades públicas y privadas, asociaciones, entidades y fundaciones de ámbito universitario, legalmente constituidas.

Se subvencionan actividades tales como seminarios, debates, cursos de expertos, cursos de postgrado y masters, foros, coloquios, congresos, edición de revistas, jornadas, talleres, etc.

Actividades y Seminarios en el ámbito de la Universidad

Importe en Euros

Año

Entidades

Programas

Importe

1999

44

90

205.417,52

2000

67

121

261.764,41

2001

49

112

250.321,52

4. Observatorio de la Igualdad

El Observatorio de la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres se creó mediante el Real Decreto 1686/2000, de 6 de Octubre, en cumplimiento de una de las actuaciones del III Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres 1997-2000.

Tiene como finalidad poder hacer un diagnostico fiable y válido sobre los avances en igualdad de oportunidades y consecuentemente evaluar las políticas planeadas con ese fin. Se trata de trabajar con un sistema de indicadores que permita valorar si las actuaciones propuestas en los Planes de Igualdad producen los efectos deseados, así como diseñar futuras políticas.

Está constituido por representantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, otros departamentos ministeriales, organizaciones de mujeres de ámbito nacional y representación de las Comunidades Autónomas y de la Federación Española de Municipios y Provincias.

Para poder llevar a cabo este objetivo se ha creado un banco de datos estadístico estructurado en 9 áreas temáticas: Demografía, Vida Familiar, Educación, Empleo, Salud, Participación Política, Violencia, Exclusión Social y Servicios Sociales. Estas áreas se encuentran representadas por un total de 178 indicadores, 46 de los cuales han sido introducidos durante el primer trimestre del año 2002.

En la primera reunión, mantenida el 21 de Noviembre de 2001, se procedió a la constitución formal del Observatorio y a la aprobación del Reglamento interno de funcionamiento.

Se ha aprobado, asimismo, el funcionamiento de las comisiones de trabajo, que van a constituir el verdadero motor del Observatorio y se ha decidido iniciar el estudio de la situación en tres áreas: Empleo, Educación y Exclusión Social.

5. Otras Medidas

Apoyo a Acciones audiovisuales y publicaciones que promuevan una imagen positiva del papel de las mujeres en la sociedad.

El Instituto convoca anualmente los “Premios a la No Violencia contra las Mujeres para medios de com u nicación y agencias de publicidad”. Premios de 6.010,12 Euros otorgados a trabajos realizados por la radio, televisión, prensa y agencias de publicidad, divulgados en el año anterior y cuyo contenido estuviese relacionado con la condena a la violencia contra las mujeres.

Dentro de este objetivo se han subvencionado a través de la convocatoria de subvenciones del Régimen General a asociaciones de mujeres, profesionales de medios de comunicación y libreras, para la edición de publicaciones sobre mujeres y sobre género y comunicación, creación de talleres, gabinetes de prensa y agencia de noticias sobre mujeres.

Colaboración con los profesionales de la comunicación en la elaboración de códigos deontológicos que establezcan mecanismos de autocontrol sobre la transmisión de imágenes discriminatorias de las mujeres.

Con este objeto, se celebraron en 1999 Jornadas con representantes de agencias de publicidad y anunciantes, para estudiar la influencia que el uso de determinados estereotipos en los anuncios ejerce en las actitudes hacia la igualdad entre hombres y mujeres.

Finalmente, el Instituto de la Mujer mantiene y amplía regularmente la base de datos “Currícula de Mujeres”, con información curricular sobre mujeres especialistas relevantes en los diferentes campos de la vida política, social, económica y científica de España, con objeto de hacer visible las aportaciones de las mujeres y aumentar su presencia en todos los ámbitos de la vida social y facilitando a su vez a los medios de comunicación, cuando lo solicitan, listados de mujeres especialistas en los diferentes campos.

A través de la convocatoria de subvenciones de Régimen general, financió en 1999 el programa Estereotipos Femeninos y Masculinos en los Medios de Comunicación, de la Federación de Organizaciones Feministas del Estado Español, para la organización de charlas, debates comunicaciones y para recopilar materiales de estudio para analizar los estereotipos en los medios de comunicación y difundir una imagen más equilibrada entre hombres y mujeres.

Finalmente, cabe mencionar los Centros de Información de los Derechos de la Mujer y el Servicio de Atención Telefónica, dependientes del Instituto de la Mujer. En la actualidad todas las Comunidades Autónomas, así como numerosos ayuntamientos ofrecen servicios de información. Desde 1997 el número de centros ha aumentado un 18,15%, hasta alcanzar la cifra de 918.

Artículo 6.- Tráfico y Prostitución.

I. Situación actual

España participa junto con el resto de los países de nuestro entorno, en el debate que se está generando ante la extensión del fenómeno de la prostitución como negocio de explotación sexual de mujeres, niñas y niños en todo el mundo. La preocupación política y social por las dimensiones que está adquiriendo este fenómeno se observa en la proliferación de grupos de trabajo que dentro y fuera de nuestro país, se están ocupando de analizar esta problemática, desde la óptica de la defensa de los derechos humanos, así como una intensificación de las actuaciones y medidas por parte de los poderes públicos para hacer frente a este grave problema.

De acuerdo con los datos disponibles, procedentes del Ministerio del Interior (Secretaría de Estado para la Inmigración), en el año 2001, se han desarticulado 362 redes de tráfico de seres humanos, mientras que los responsables detenidos fueron 1223 personas.

En comparación con los años 1999 en el que se desarticularon 244 redes y se detuvieron a 696 personas, y los datos referentes al año 2000, en el que se desarticularon 317 redes y se detuvieron a 1010 personas, se aprecia un permanente y significativo incremento de la eficacia de las medidas puestas en marcha para abordar este fenómeno.

En cuanto a las actuaciones de órganos concretos, podemos señalar que la Dirección General de la Guardia Civil, tiene atribuidas entre sus competencias la desarticulación de redes de tráfico de mujeres. Desde 1998, los equipos de mujeres y menores (EMUNES), del Cuerpo de la Guardia Civil, llevan a cabo investigaciones de estos delitos y prestan asistencia, asesoramiento e información a sus víctimas.

Destaca la directiva del Servicio de la Dirección General de la Guardia Civil 3/2000, dictada el 23 de marzo, sobre Plan contra la delincuencia relacionada con la trata de mujeres y la prostitución de menores". Con el fin de ejecutar sus competencias, se han venido realizando por parte de la Guardia Civil, inspecciones frecuentes y sistemáticas sin esperar a que hubiese denuncia ni sospecha de infracciones o delitos.

En el ámbito del Plan especial contra la delincuencia relacionada con la trata de mujeres y la prostitución de menores se han desarticulado 37 organizaciones delictivas, se procedió a la detención de 204 personas y se han recogido 173 denuncias por supuestos delitos, estimándose que unas 14.118 personas podrían haber ejercido la prostitución en los casi 900 clubes inspeccionados.

Como dato derivado de estas actuaciones realizadas por la Guardia Civil, resulta que el 70% de las víctimas provienen de países de América Central y del Sur, destacando el caso de Colombia, de donde han llegado el 35% del total de las víctimas extranjeras. Las víctimas procedentes de Europa constituyen el 17% sobresaliendo las de nacionalidad rusa. Y aproximadamente un 13% de las víctimas proceden de países africanos.

El Ministerio del Interior viene impartiendo desde 1998, directrices a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, para el desarrollo de las competencias que tienen en esta materia, dirigidos a mejorar la atención a las víctimas del tráfico de personas y de la explotación de la prostitución. Tales normas son difundidas mediante órdenes internas y actividades formativas en los Centros de Formación, Perfeccionamiento, Promoción y Especialización.

Debe hacerse también una referencia a los instrumentos articulados en el seno de la Policía para animar a las víctimas a denunciar abusos y malos tratos y la operatividad de servicios policiales específicos como el de Atención a la Mujer (S.A.M.) y el de Atención al Ciudadano Extranjero (S.A.C.E.). Estos servicios se prestan por funcionarios especializados en las investigaciones de delitos en los que resultan afectadas las mujeres en general y las ciudadanas extranjeras respectivamente. En la medida de lo posible, de acuerdo con la disponibilidad de recursos humanos en cada plantilla policial, se procura que una mujer sea la funcionaria responsable de estas unidades y que cuenten con la colaboración de intérpretes en idiomas para facilitar la comunicación con la víctima.

En todos los casos, es importante resaltar que la presentación de una denuncia por parte de una mujer inmigrante tiene un tratamiento idéntico al que se da a la de cualquier otra ciudadana, es decir, genera, automáticamente, la correspondiente investigación con el fin de localizar a los presuntos autores del delito, practicar la recogida de pruebas y su posterior puesta a disposición de la autoridad judicial. Paralelamente, se movilizan los recursos necesarios para garantizar a la víctima la oportuna asistencia facultativa y su seguridad personal.

Destaca, asimismo, la colaboración creciente entre los órganos competentes del Ministerio del Interior con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, tanto en las investigaciones de los fraudes en la contratación laboral con ocasión de solicitudes nominativas de los Contingentes como en la colaboración prestada por los controladores laborales en las inspecciones y registros de clubes y establecimientos de toda índole que ocupan mano de obra femenina extranjera en situación irregular en nuestro país. Estas se llevan a cabo en el marco de la Instrucción de 15 de Febrero de 1994, sobre colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con la inspección de Trabajo y Seguridad Social.

II. Modificaciones del ordenamiento jurídico.

El actual ordenamiento jurídico español no impone sanción administrativa o penal para quienes ejercen la prostitución, aunque si tipifica como delito la conducta de quienes se benefician de la explotación sexual ajena.

El Código Penal de 1995 no se ocupó del problema emergente del comercio sexual internacional, cuestión que ha sido incorporada mediante la aprobación de la Ley Orgánica 11/99, de 30 de Abril, por la que se modifican algunos artículos del titulo VIII, del Libro II del Código Penal (De los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales) que se refieren a la prostitución.

Respecto a los menores de edad o incapaces, el Código Penal tipifica como delito, la inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la prostitución de menor o incapaz, (artículo 187), y la utilización de menor o incapaz con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, el comercio con pornografía de menores o incapaces y la omisión de impedir la continuación en la prostitución de un menor o incapaz, (artículo 189).

Por lo que se refiere a la prostitución de adultos, el artículo 188, contempla la regulación de los delitos relacionados con la prostitución y el favorecimiento del tráfico internacional de personas con fines de explotación sexual.

Establece, expresamente, en el primer párrafo, que el que determine, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, a persona mayor de edad a ejercer la prostitución o a mantenerse en ella, será castigado con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

De acuerdo con el párrafo segundo, será castigado con las mismas penas el que directa o indirectamente favorezca la entrada, estancia o salida del territorio nacional de personas con el propósito de su explotación sexual empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad, de necesidad o vulnerabilidad de la víctima.

Además, el Código Penal recoge que el autor de este delito será castigado, tanto si es un particular como una organización. En el caso de que el autor sea un funcionario público se agrava la pena y como accesoria se establece la inhabilitación absoluta.

Por otra parte, la reforma se preocupa de introducir una previsión específica, en el supuesto de que existan agresiones o abusos sexuales, además de la conducta de explotación de la prostitución o de tráfico con fines de explotación sexual, sancionándose ambos delitos por separado.

Por su parte, la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Ley de Extranjería), en su artículo 59 prevé la posibilidad de que aquellas personas que se encuentren en situación irregular en España, y que como víctima, testigo o perjudicado de un acto de tráfico ilícito de seres humanos o de explotación de la prostitución cooperen o colaboren con la justicia, no serán expulsados de España y quedarán exentas de responsabilidad criminal.

Una vez concluido el proceso, se les faculta para elegir retornar a su país o permanecer en España, facilitándoles al efecto, la estancia, residencia e incluso un permiso de trabajo con facilidades para su integración social, en los términos que establece la propia Ley de Extranjería y en la normativa de desarrollo, (Real Decreto 864/20001, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de dicha Ley).

El número de mujeres extranjeras que han obtenido permiso de residencia por ser testigos de procedimientos contra autores de delitos de tráfico de seres humanos con fines de explotación sexual, desde el día 1 de Agosto de 2001, es de 48.

De las 48 mujeres extranjeras, 18 son colombianas, 15 rusas, 11 rumanas, 1 brasileña, 1 búlgara, 1 nigeriana y 1 ucraniana.

Actualmente, se está tramitando por los mismos motivos, el permiso de residencia de otras 7 mujeres extranjeras.

En cualquier caso, además se les podrá aplicar las medidas comprendidas en la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de Diciembre, de protección de testigos y peritos en causas criminales, puesto que dicha Ley no distingue entre nacionales y extranjeros.

La provisión a las víctimas del tráfico de seres humanos y de la explotación de la prostitución, de asistencia jurídica gratuita, en caso de ser necesaria en los procedimientos judiciales deriva del artículo 22 que establece que todo extranjero tendrá derecho a asistencia jurídica gratuita en los procedimientos administrativos o jud i ciales que pueda conllevar salida o expulsión del territorio español, así como en los de asilo, e igualmente te n drá derecho a interprete en estos procesos.

El marco normativo penal se completa con la aprobación de la Ley Orgánica 6/2000, de 4 de Octubre, por la que se autoriza la ratificación por España del Estatuto de la Corte Penal Internacional. De acuerdo con este instrumento, las actuaciones de la Corte Penal gozarán de carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales de los países firmantes.

III. Políticas y programas

Por lo que respecta a las actuaciones promovidas por el Instituto de la Mujer, este organismo ha impulsado en el marco de los Planes de Igualdad de Oportunidades y concretamente en el III Plan, medidas tendentes a luchar contra el tráfico de mujeres y niñas y la explotación sexual.

Entre las actuaciones cabe destacar:

El Impulso de las reformas legislativas ya indicadas.

La concesión anual de subvenciones a ONG que trabajan en la reinserción y apoyo a las prostitutas y a las víctimas del tráfico.

De 1999 a 2001 se han subvencionado desde el Instituto de la Mujer, con cargo a la asignación del IRPF, diversos programas específicos de asociaciones dedicadas a la atención, prevención y reinserción de mujeres víctimas del tráfico y la prostitución.

Los dos Planes contra la Violencia Doméstica aprobados por el gobierno español, desde 1998, (ver informe a la Recomendación nº 19), constituyen asimismo, indirectamente, herramientas en el ámbito de la lucha contra el tráfico de mujeres y niñas y la explotación de la prostitución.

Por otro lado, cabe destacar la aprobación de un Plan de acción contra la explotación sexual de menores 2002 - 2003, coordinado por la Dirección General de Acción Social, el Menor y la Familia, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y en el que han participado las Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias y ONG así como otras instituciones.

Entre las actuaciones del mencionado Plan, merece especial mención el trabajo desarrollado por los Cuerpos Especializados de las Fuerzas de Seguridad del Estado: Grupo de delitos de alta tecnología de la Guardia Civil y Grupo de delitos informáticos de la Policía para hacer frente a la expansión de nuevas formas delictivas apoyadas en las nuevas tecnologías.

Junto con las actividades de los Organismos mencionados y las actuaciones que desarrollan las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias, otras Instituciones y Organizaciones trabajan en este tema.

Así, las Cortes Generales, a través de la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer estudian también la problemática del tráfico internacional de mujeres, niñas y niños, con el objetivo de promover actuaciones concretas y soluciones conducentes a prevenir, reprimir y sancionar las formas nuevas que está adoptando el mercado global del sexo.

En el ámbito internacional cabe destacar que nuestro país apoya los esfuerzos que en distintos foros se han emprendido en los últimos años, para intensificar la lucha contra el tráfico de seres humanos y en concreto de mujeres y niños.

En el marco de Naciones Unidas, cabe destacar la firma, el 15 de Diciembre de 2000, por nuestro país de la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos anejos: Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niñas y el protocolo contra el tráfico de inmigrantes por tierra, mar y aire.

España participa plenamente, también, en las iniciativas y actividades de la Unión Europea en el desarrollo de políticas y programas relacionados con la violencia contra las mujeres en general y con la trata de mujeres y niños en particular. Entre las iniciativas más recientes cabe mencionar:

Programa Daphne sobre medidas preventivas destinadas a combatir la violencia ejercida contra los niños, las adolescentes y mujeres (2000-2003). El Programa dotado con 20 millones de euros, pretende contribuir a la protección de los niños, adolescentes y mujeres contra la violencia, incluida la explotación y el abuso sexual, a través de la prevención de la violencia y de ayudar a las víctimas. Asimismo pretende apoyar a las ONG y Organizaciones que trabajan en este campo. Entre otras se financian:

Acciones transnacionales, destinadas a establecer redes multidisciplinares y a garantizar el intercambio de información, buenas prácticas y cooperación a nivel comunitario.

Acciones transnacionales dirigidas a sensibilizar a la opinión pública.

Acciones complementarias.

De los 415 proyectos presentados a la Comisión en el año 2000, esta seleccionó un total de 47, de los cuales, 6 de Asociaciones españolas.

Programa STOP. Programa de fomento, intercambios, formación y cooperación dirigido a responsables de la ayuda a las víctimas y de la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y explotación sexual de los niños, como jueces, fiscales, autoridades policiales y aduaneras, responsables de servicios públicos de atención a inmigración y controles fronterizos, responsables de los servicios sociales, investigadores y representantes de ONG y voluntariado.

La primera fase STOP I (1996-2000) contó con un presupuesto de 6,5 Millones de Euros y, actualmente, con la segunda fase STOP II (2001-2002) un presupuesto de 4 Millones de Euros, dividido a partes iguales entre los dos años de su duración.

El programa comprende los siguientes tipos de acciones cofinanciables:

formación;

intercambios y períodos de prácticas;

estudios e investigaciones;

encuentros y seminarios;

difusión de los resultados obtenidos en el marco del programa.

De los 55 proyectos presentados a la Comisión en el año 2000, esta ha seleccionado un total de 18, de los cuales, uno de una entidad española.

El seminario sobre “Tráfico de seres humanos y explotación sexual de mujeres y menores de edad”, celebrado en Madrid los días 29 y 30 de Noviembre de 2000, organizado por la Comisaría General de Extranjería y Documentación de la Dirección General de la Policía en España. Seminario que involucró a los Estados miembros de la UE, los Países del Centro y Este de Europa y países de América Latina, para debatir la situación del tráfico de mujeres y niños. El proyecto se centró en los problemas del tráfico hacia España desde América Latina, el Este de Europa y el Africa Subsahariana. Los asistentes al seminario compartieron experiencias y conocimientos de la situación actual.

Nuestro país ha venido apoyando también los trabajos de otras Organizaciones Internacionales, como el Consejo de Europa, a través del Comité Director para la igualdad entre mujeres y hombres, en el que se encuentra representado el Instituto de la Mujer, que en los últimos años ha abordado intensamente el fenómeno del tráfico de seres humanos, elaborando la Recomendación (2000) 11, adoptada por el Comité de Ministros con fecha 19 de mayo de 2000, relativa a la lucha contra el tráfico de seres humanos con fines de explotación sexual, instrumento de gran utilidad para el diseño y desarrollo de las políticas nacionales en la materia.

Artículo 7: Vida política y pública

I. Situación actual

El artículo 23 de la Constitución establece el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes y a acceder, en condiciones de igualdad, a las funciones y cargos públicos con los requisitos que marquen las leyes.

Comenzando por la representación política de las mujeres españolas podemos decir que ha aumentado a todos los niveles; europeo, nacional, regional y local y en todos los ámbitos de decisión: ejecutivo, legislativo y judicial.

Sí observamos los datos de las últimas elecciones al Parlamento Europeo, celebradas en 1999, las mujeres ocupan el 34.38 % de los 64 escaños que le corresponden al Estado español, un 1.57% más que durante la anterior legislatura y un porcentaje superior a la media de toda la Unión Europea (29.71%).

Respecto al Congreso de los Diputados, en la tabla adjunta se aprecia que la representación femenina en la última legislatura es bastante más elevada que en la anterior. Así, en la legislatura 1996-2000, de los 350 escaños del Congreso 77 estaban ocupados por mujeres, lo que supone el 22% del total de escaños. En la actual legislatura 2000-2004 este porcentaje ha ascendido al 28,29%, es decir, 99 de los 350 están ocupados por una mujer. Sobre el punto de partida, ha habido, por tanto, un incremento del 28,57% de la presencia femenina.

Legislatura

Nº escaños

Mujeres elegidas

% Mujeres elegidas

1996-2000

350

77

22,00

2000-2004

350

99

28,29

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos aportados por el

Congreso de los Diputados

El incremento de la presencia femenina en el Senado, en la actual legislatura, respecto a la anterior, ha sido mayor que en el Congreso. Se ha pasado de 38 mujeres a 63, lo cual supone un aumento del 65,79%, respecto a las 38 de la anterior legislatura.

Legislatura

Nº escaños

Mujeres elegidas

% Mujeres elegidas

1996-2000

256

38

14,84

2000-2004

259

63

24,32

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos aportados por el Senado

La presencia femenina también se ha incrementado en los puestos de altos cargos de la Administración del Estado. Como se aprecia en la siguiente tabla en el año 2002, las mujeres son titulares del 16.05% de los altos cargos de la Administración del Estado, mientras que en 1996, lo eran del 10.57%. El mayor incremento corresponde a los puestos de Secretarias de Estado, Subsecretarías y Direcciones Generales.

1996

2002*

Mujeres

Hombres

%Mujeres

Mujeres

Hombres

%Mujeres

Total

35

297

10.54

56

293

16.05

Presidencia

0

1

0.00

0

1

0.00

Vicepresidencias(***)

0

2

0.00

0

2

0.00

Ministerios

4

10

28.57

3

13

18.75

Secretarías de Estado

0

25

0.00

1

26

3.70

Subsecretarías

4

53

7.02

15

54

21.74

Direcciones Generales

27

208

11.49

33

176

15.79

ACSR*

4

23

14.81

(*):Este grupo está formado por Altos Cargos de Entes Públicos que son nombrados por el Gobierno, aunque no tengan rango administrativo concreto.

(**): Datos de marzo de 2002

(***): Las dos Vicepresidencias recaen en sendos Ministros.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por el Ministerio de Administraciones Públicas

Por lo que respecta a las elecciones celebradas en las Comunidades Autónomas, los datos aportados muestran que el 31,55% de las personas que tienen escaño en los parlamentos autonómicos en 2001, son mujeres. En 1997, el porcentaje era de 19,78%, por lo que puede hablarse de un aumento relevante

Mujeres

Hombres

% Mujeres

1997

234

949

19,78

2001

372

807

31.55

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por los parlamentos Autonómicos e informe: ”Participación de la mujer en las elecciones del 13 de junio de 1999”, IMOP

El aumento de la presencia femenina también se ha producido en los gobiernos autonómicos.. En la actualidad, el 20.3 % de las consejerías están ocupadas por mujeres, mientras que en 1996 el porcentaje era de 11.33%.Se ha pasado por tanto de 17 mujeres a 40, lo cual supone un incremento, en las últimas elecciones, respecto de las anteriores del 135.2%.

Legislatura

Mujeres

Hombres

% Mujeres

1997

17

133

11.33

2001

40

157

20.30

Por lo que respecta al ámbito local, después de las elecciones municipales de 1999, fueron elegidas 250 alcaldesas más que en las elecciones anteriores, lo que supone un incremento del 47.26%.

Mujeres

Nº de Corporaciones

% Mujeres

1995

529

8.096

6.53

1999

779

8.105

9.61

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por el Ministerio de

Justicia e Interior 1995, y Ministerio de las Administraciones Públicas, 1999

En cuanto al Poder Judicial, entre 1999 y el 2002, ha tenido un incremento considerable la presencia femenina, los porcentajes de mujeres se han elevado en todos los cargos incluido el Tribunal Supremo donde ha sido elegida, por primera vez en su historia, una magistrada. Los mayores aumentos en estos cuatro años corresponden a la categoría de juezas, 16 puntos de incremento y magistradas, 10.6 puntos.

1999

2002

Mujeres

Hombres

%Mujeres

Mujeres

Hombres

% Mujeres

Presidenta/e Tribunal Supremo

0

1

0.00

0

1

0,00

Magistradas/os Tribunal Supremo

0

94

0.00

1

94

1,05

Magistradas/os

908

1091

32,3

1.143

2.056

35,73

Juezas/ces

238

194

55,1

274

154

64,02

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos del Consejo General del Poder Judicial.

En estos años también cabe señalar el incremento del número de mujeres afiliadas a partidos políticos. Así, los datos aportados por los partidos con mayor representación parlamentaria muestran que, salvo el Partido Nacionalista Vasco (PNV) que ha disminuido el 4,36% de afiliados en estos años, todos los partidos han aumentado el número de personas afiliadas. Tanto en el caso del Partido Popular (PP) como el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el aumento de mujeres ha sido mayor que el de los hombres. De manera que los datos en el año 2000 reflejan que el porcentaje de afiliadas respecto al año 1996, se ha incrementado en 2,72% puntos en el caso del PP, y 3,70 puntos, en el PSOE.

Ambos

Sexos

Mujeres

% Mujeres

Ambos sexos

Mujeres

% Mujeres

1996

2000

PP

504.372

149.789

29,70

619.190

200.749

32,42

PSOE

365.445

90.227

24,69

419.155

119.003

28,39

IU*

57.000

-

-

67.802

19.662

29,00

PNV

31.830

12.191

38,30

30.442

10.505

34,51

(*): los datos hacen referencia a 1994, y no se dispone de datos desagregados por sexo en ese año.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por los partidos políticos.

En cuanto a la afiliación a los sindicatos en el año 2002, según las cifras de afiliados en los dos principales sindicatos mayoritarios de ámbito estatal, UGT y CCOO, de un total de 1.571.567 afiliados, 505.970 son mujeres, lo que supone el 32,2% del total de afiliados.

II. Modificaciones del ordenamiento jurídico

La Ley General Electoral no contiene precepto alguno que garantice la igualdad de sexos en las listas electorales. Sí que, algún Partido Político en circunstancias determinadas ha implantado un sistema de cuotas.

Sin embargo, dos Comunidades Autónomas, Castilla la Mancha y Baleares, han aprobado sendas Leyes con el objetivo de conseguir un equilibrio de sexos en sus respectivos Parlamentos. De este modo, Castilla la Mancha ha aprobado la Ley 11/2002, de 27 de junio, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla la Mancha cuyo precepto establece que para garantizar el principio de igualdad en la representación política, las candidaturas que presenten los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, alternarán hombres y mujeres, ocupando los de un sexo los puestos pares y los del otro los impares. La Junta Electoral solo aceptará aquellas candidaturas que cumplan este precepto tanto para los candidatos como para los suplentes.

Por su parte, la Ley 6/2002, de 21 de junio, de modificación de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de IIIes Balears, con idéntico objetivo, establece que con la finalidad de hacer efectivo el principio de igualdad en la participación política, las candidaturas electorales deberán contener una presencia equilibrada de hombres y mujeres. Las listas se integrarán por candidato de uno y otro sexo ordenados de forma alternativa.

Ambas Leyes han sido recurridas por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional.

III. Políticas y programas

1. Publicaciones

Si bien, como ya se ha indicado, en el ámbito estatal no hay normativa que contemple el establecimiento de cuotas para la participación política, el III Plan de Igualdad contemplaba un área específica dirigida a promover el acceso de las mujeres a los puestos de toma de decisiones. Entre las actuaciones llevadas a cabo, se encuentran las siguientes:

Elaboración de estrategias a partir del análisis de las barreras que obstaculizan la participación de las mujeres en todos los ámbitos de decisión.

Formación a mujeres dirigida a capacitar a las mujeres en la toma de decisiones.

Apoyo a asociaciones y organizaciones en su esfuerzo dirigido a fomentar el acceso de las mujeres a los procesos de toma de decisiones.

Estas actuaciones, junto a las que llevan a cabo las Comunidades Autónomas, la aprobación de Ley de Conciliación, al establecer medidas dirigidas a conseguir un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares, o el desarrollo de programas, como puede ser el Programa Optima, dirigidos a favorecer la promoción de las mujeres en las empresas, van a favorecer, sin duda, el acceso de las mujeres a puestos que conllevan poder decisorio.

Dentro del período que contempla este informe, el Instituto de la Mujer ha organizado una campaña publicit a ria difundida a través de diferentes medios de comunicación con el objetivo final de conseguir una mayor participación de las mujeres: La participación social de las mujeres con el lema No te quedes detrás se apoyó con la edición de 500 carteles distribuidos por los Centros de Información de los Derechos de la Mujer, Comunidades Autónomas, Centros Asesores y de Información de los Ayuntamientos y se realizó del 14 al 29 de Enero de 1999. Su contenido fue incluido posteriormente, como ejemplo de buena práctica española, en una publicación del Comité Director para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, del Consejo de Europa, “Guía de buenas prácticas de estrategias de concienciación para una representación equitativa de mujeres y hombres en la toma de decisiones”.

Entre los años 1999 y 2001 se han publicado en el ámbito de la participación social y política, con un total de 9.300 ejemplares los siguientes títulos:

Ejemplares

Situación de la mujer en la toma de decisiones

1.000

La mujer y la Constitución española de 1978

1.000

La igualdad entre mujeres y hombres en el Derecho Europeo

2.300

La evaluación de las políticas de igualdad

1.000

Mujeres científicas en España (1950-1970)

1.000

Mujer y Política. La participación de la mujer en las elecciones generales cel e bradas en Madrid (1931-1936)

1.000

Las mujeres en cifras 2001

2.000

Total 9.300

En cuanto a los estudios subvencionados por el Instituto de la Mujer en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica pueden citarse los s i guientes:

La participación de la mujer en las elecciones del 13 de Junio de 1.999..

Rompiendo el techo de cristal: beneficios de la diversidad de género en los equipos directivos.

Análisis de las candidaturas y resultados de las elecciones generales del año 2.000.

Paridad: las mujeres en los espacios del saber y la autoridad.

El estilo de la clase política femenina en España: agenda y liderazgo.

Estudio de las barreras internas y externas que obstaculizan el acceso de las mujeres a los puestos de alta responsabilidad en el sector automoción, financiero y de seguros y en las administraciones públicas.

Artículo 8: Representación y participación internacional.

I. Situación actual

Aunque la participación de las mujeres en la vida política ha aumentado progresivamente, todavía presenta un evidente desequilibrio cualitativo y cuantitativo, que se pone de evidencia más aún en el plano de las relaciones internacionales y especialmente por lo que se refiere a los puestos de responsabilidad.

El III Plan de Igualdad de Oportunidades, vigente hasta finales del año 2000, contemplaba, debido a las dificultades en este terreno, medidas para promover un incremento de la participación de las mujeres españolas en los organismos internacionales.

Como consecuencia de las medidas puestas en marcha en los últimos años, como se ha visto en el capítulo anterior, España tiene un porcentaje de representación femenina (34´38%), en el Parlamento europeo.

El incremento de la presencia de mujeres en los altos cargos de la Administración del Estado ha supuesto, correlativamente, un incremento de su presencia en los organismos internacionales. Como ejemplo de ello, en la última remodelación ministerial de julio de 2002 ha sido nombrada una mujer como responsable del Ministerio de Asuntos Exteriores.

De acuerdo con los datos disponibles, la presencia femenina en el Servicio Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores es la siguiente:

En total el número de diplomáticas españolas asciende a 101 ( 12´83%) del total de diplomáticos españoles; el número total de Embajadoras es de 3

Por lo que se refiere a la participación de las mujeres en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz, dependiendo de la Misión que se trate y de la Unidad concreta, representan entre el 5% y el 10% de la fuerza total desplegada. Aunque la presencia de las mujeres todavía es insuficiente para las necesidades requeridas por las poblaciones de los países en los que se está interviniendo, su presencia creciente demuestra la decidida voluntad del gobierno español de potenciar la dimensión de género en relación con las misiones de paz.

En relación con el papel de la mujer en la prevención, resolución de conflictos y consolidación de la paz en el ámbito internacional, hay que destacar que en los últimos años, se ha incrementado considerablemente la participación de mujeres altamente cualificadas (licenciadas, asistentes sanitarias, profesoras de universidad, etc.) como observadoras internacionales en los procesos electorales de Centroamérica, de Bosnia - Herzegovina y de Kosovo y como cooperantes en los programas de reconstrucción posteriores a los conflictos armados.

Misiones de Observación Electoral

AÑO

Nº de Elecciones

Nº observadores

% mujeres

Nº supervisores

% mujeres

1999

10

56

41.07

-

-

2000

15

60

33.33

43

44.19

2001

15

72

41.67

10

20

2002*

7 (1 cancelada)

36

33.33

-

-

Fuente: Ministerio de Asuntos Exteriores

*Datos a junio de 2002

En cuanto al personal femenino en Misiones de paz de la OSCE, Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa, desarrolladas en Kosovo, Albania, Croacia, Skopje, Bosnia-Herzegovina y de la propia Secretaría de la OSCE, los datos son:

AÑO

Nº mujeres

Nº hombres

1999

8

4

2000

8

12

2001

12

13

2002*

-

-

Dentro de la ayuda institucional, desde la perspectiva de género, en colaboración con las ONG, la AECI desarrolla distintos programas y proyectos en el ámbito de la prevención y resolución de conflictos. Para ello, se combina la ayuda humanitaria, en las primeras fases, con otro tipo de instrumentos de colaboración. En la actualidad se trabaja principalmente con Colombia, Guatemala, territorios palestinos, Siria y área de los Balcanes.

Cooperación al Desarrollo desde la perspectiva de Género.

La Ley 23/1998, de 7 de Julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo marca la tendencia que se debe adoptar en materia de género: entre los principios, objetivos y prioridades de la política española de cooperación internacional, se encuentra la defensa y promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la paz, la democracia y la participación ciudadana en condiciones de igualdad para mujeres y hombres, y en general, la no discriminación por razón de sexo, raza, cultura o religión.

El Plan Director de la Cooperación española 2001-2004 establece la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres como una de las tres estrategias de intervención horizontales.

Las actividades desarrolladas en este ámbito se extienden desde la celebración de Comisiones Mixtas a escala nacional, con políticas de Estado, hasta el nivel de base, colaborando con instituciones descentralizadas y grupos y asociaciones de mujeres. Es notable el incremento de la sensibilidad para trabajar en este ámbito, tanto en las instituciones y la sociedad civil españolas, como en las de los países contraparte.

Existe dentro de la AECI una Unidad de Género dependiente del Gabinete Técnico, para asesoramiento, asistencia y apoyo técnico a la Secretaría General, con responsabilidad en los programas con Organismos Internacionales (cooperación multilateral), preparación de acuerdos y convenios, gestión de ayuda alimentaria y de emergencia, actividades interinstitucionales y con la Unión Europea, programa de becas, subvenciones de apoyo a proyectos de desarrollo con ONGD y otras. Se coordinan además las acciones en materia de género, y se unifica la información sobre las actividades específicas de la Agencia en género y desarrollo, participando además en las reuniones técnicas nacionales e internacionales (Grupo de Trabajo del CAD, Grupo de Expertos Nacionales de Género de la UE, Sistema de Naciones Unidas).

Desde 1999, las Oficinas Técnicas de AECI en República Dominicana, Perú, Marruecos, Venezuela, Palestina cuentan ya con expertas en temas de género.

La asignación presupuestaria de la AECI a proyectos, programas y organismos internacionales en los que la mujer ha sido la principal beneficiaria ha rondado, en los últimos dos años, los 30 millones de euros. La mayoría de los recursos se han dedicado a formación especializada y becas, así como a la financiación de proyectos de ONG, distribuyéndose el resto entre cooperación multilateral y bilateral. Los proyectos están dirigidos a los sectores de salud (alrededor del 50%), gobierno y sociedad civil, apoyo a actividades productivas (entre ellos, concesión de microcréditos), educación, seguridad alimentaria y medio ambiente. Las áreas geográficas a las que han ido dirigidos son Iberoamérica y Países Árabes y Mediterráneos en su gran mayoría.

El Instituto de la Mujer asumió, desde su creación, su participación en la cooperación internacional, impulsando programas destinados a colectivos concretos de mujeres, mediante, entre otras acciones, convenios firmados entre el propio Instituto de la Mujer y el Ministerio correspondiente. Con el objetivo de asegurar que en los proyectos y programas de desarrollo se contemple debidamente y en todas sus fases, la participación de las mujeres y su acceso a los recursos y beneficios del desarrollo, el Instituto de la Mujer, en colaboración con la AECI continua desarrollando el Programa de Cooperación " Mujeres y Desarrollo".

En relación con los Proyectos de cooperación al desarrollo enmarcados en este Programa, se ha producido un incremento de las solicitudes de financiación; actualmente se reciben al año una media de 250 proyectos de Organizaciones, principalmente de organizaciones de mujeres de América latina.

La actividad prioritaria del Programa es: la capacitación, educación y formación de las mujeres con responsabilidades familiares, mujeres de barrios marginales de centros urbanos, de áreas rurales de escasos recursos, mujeres víctimas de la violencia, mujeres indígenas y mujeres desplazadas y retornadas.

El presupuesto anual para financiación de proyectos es de 650.000 euros, financiándose aproximadamente cada año entre 15 y 20 solicitudes.

La gestión y seguimiento de los proyectos que se apoyan se realiza en colaboración con las Organizaciones no gubernamentales de Desarrollo españolas para lo que el Instituto de la Mujer elabora una convocatoria pública de subvenciones.

El Instituto de la Mujer y el Instituto Complutense de Estudios Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid, desarrollan el Programa de Formación en Cooperación internacional "Magister en Género y Desarrollo". Este programa de formación, actualmente con un nivel de máster universitario, tiene como objetivo proporcionar formación especializada y capacitación técnica en materia de cooperación internacional para el desarrollo desde la perspectiva de género en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas, estrategias y programas de cooperación. Se dirige a capacitar a 25 mujeres cada año, y actualmente se desarrolla la XI Edición del mismo con el patrocinio del Fondo Social Europeo.

Su duración es de 10 meses y consta de una fase teórica de 5 meses de duración en Madrid, una fase práctica de 4 meses y medio en organizaciones de países en desarrollo y una fase de evaluación en Madrid.

Cabe destacar, asimismo, las actividades de colaboración con la AECI, como son las actividades formativas en los Centros Iberoamericanos de Formación de la Agencia, dirigidas fundamentalmente a las Oficinas Gubernamentales de la mujer de los distintos países de la región.

En los últimos años se celebraron las siguientes actividades:

Seminarios de formación

AÑO

TÍTULO

LUGAR

FECHAS

1.999

Cooperación y Género

La Antigua

(Guatemala)

8/12 noviembre

2.000

La Violencia en el ámbito familiar

Cartagena de Indias

(Colombia)

18/20 octubre

2.001

Promoción de la mujer a través del empleo

Conciliación de la vida familiar y lab o ral

La Antigua

(Guatemala)

Cartagena de Indias

(Colombia)

26/28 junio

29/31 octubre

2.002

Políticas de Igualdad en la Unión e u ropea

La Antigua

(Guatemala)

2/4 diciembre

Regularmente se participa en los Encuentros Iberoamericanos de Ministras y Responsables de Políticas de igualdad de Oportunidades.

El Instituto de la Mujer ha continuado otorgando contribuciones financieras voluntarias a los siguientes organismos y entidades:

INSTRAW, UNIFEM y WOMEN WATCH, por un importe de 108.182´18 euros anuales.

Artículo 9: Nacionalidad

Se ha aprobado la Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad.

En diversas ocasiones, el Instituto de la Mujer ha recibido denuncias de mujeres acerca de la discriminación sufrida por los hijos/as, nacidos antes del día 19 de agosto de 1982, de madre española y padre extranjero. Así, estos hijos sólo eran considerados españoles si no seguían la nacionalidad del padre. Esta situación era discriminatoria respecto de la de los hijos/as de madre extranjera y padre español, que sí recibían automáticamente la nacionalidad española.

A partir de la Ley 51/1981, de 13 de julio, se modificó tal situación. Sin embargo, la norma no preveía disposiciones transitorias ni efectos retroactivos, por lo que aquellos hijos, nacidos antes de la fecha citada, seguían sufriendo la misma situación de discriminación.

La Ley 18/1990, de 17 de diciembre, sobre reforma del Código Civil, en materia de nacionalidad, estableció en la Disposición Transitoria Segunda un plazo de dos años para que esas personas pudieran ejercitar una opción por la nacionalidad española. Las Leyes 15/1993, y 29/1995, de 2 de noviembre, otorgaron un nuevo plazo de opción que concluyó definitivamente el 7 de enero de 1997. De esta manera, los hijos/as de madre española, que no hubieran efectuado su opción en ninguno de estos plazos, seguían sufriendo una discriminación respecto de los hijos de varones españoles, a quienes nunca se les había negado la nacionalidad española.

Este sistema de plazos se supera con la aprobación de esta Ley al permitir a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España puedan optar por la nacionalidad española sin límite de edad.

Artículo 10: Educación

I. Situación actual

El sistema educativo español se caracteriza por ofertar una enseñanza obligatoria, mixta y gratuita en los centros públicos, entre los seis y los dieciséis años. La propia Constitución reconoce el derecho a la educación, como uno de los derechos fundamentales, (art.27.1)

Quizá, el dato más característico de este período en materia educativa sea la convivencia en España de dos sistemas educativos: el regulado por la Ley General de Educación (LGE) y el regulado por la Ley Orgánica de Ordenación del Sistema Educativo (LOGSE).

En general, la proporción de mujeres respecto a la población global de 16 y más años, que ha cursado algún tipo de estudios está en torno al 50,11%.

En España, se han producido en los últimos años cambios significativos en relación con la educación de las mujeres. Desde un punto de vista cuantitativo, cabe destacar la obligatoriedad de la escolaridad de los 6 a los 16 años de edad. El analfabetismo que aún se registra en la población adulta es básicamente un analfabetismo femenino. Según los últimos datos de la Encuesta de Población activa (I Trimestre 2002), frente a la tasa de analfabetismo masculino del 2%, la tasa femenina se sitúa en torno al 4,26%.

Se ofrece una tabla comparativa entre los años 1996 y 2000 en relación con la población de 16 y más años por sexo y nivel de formación alcanzado y en la que a pesar del descenso del número de mujeres analfabetas se aprecia que éstas siguen constituyendo mayoría.

Respecto al nivel de formación alcanzado, según la EPA 2000 hay mayor proporción de mujeres en los niveles de segunda etapa de Educación Secundaria (50,30 %) y enseñanza universitaria de primer y segundo ciclo (52,12 %), mientras que son minoritarias en enseñanzas técnico-profesionales de grado superior (42,61 %) y en enseñanza universitaria de tercer ciclo correspondiente al doctorado, 35,35%.

El avance experimentado por las mujeres en los últimos años es tal que la población femenina de 16 a 40 años ha logrado superar en términos generales el nivel de estudios de la población masculina en esas mismas edades.

Población de 16 y más años por sexo y nivel de formación alcanzado

1996

2000

Ambos sexos

Mujeres

Varones

Ambos Sexos

Mujeres

Hombres

Absoluto

% Muj.

Absoluto

%

Absoluto

%

Absoluto

% Muj

Absoluto

%

Absoluto

%

Total

32.215.3

51,70

16.654.4

100,00

15.560.9

100,00

32.876.2

51,86

17.048.4

100,00

15.827.8

100,00

Analfabetas/os

1.238.4

70,85

877.4

5,27

361.0

2,32

1.140.4

70,16

800.1

4,69

340.3

2,15

Sin estudios

4.366.5

57,63

2.516.4

15,11

1.850.1

11,89

4.576.5

57,65

2.638.5

15,48

1.938.0

12,24

Estudios primarios

10.169.8

51,85

5.273.5

31,66

4.896.3

31,47

8.713.8

52,66

4.588.7

26,92

4.125.1

26,06

Estudios secundarios o medios

11.797.1

48,80

5.756.9

34,57

6.040.2

38,82

11.015.0

48,71

5.365.5

31,47

5.649.5

35,69

Técnico-Profesionales superiores*

1.353.7

40,42

547.2

3,29

806.5

5,18

3.376.9

46,26

1.562.2

9,16

1.814.7

11,47

Universitarios primer ciclo

1.727.7

57,50

993.5

5,97

734.2

4,72

1.961.0

56,85

1.114.8

6,54

846.2

5,35

Universitarios segundo ciclo

1.482.3

44,20

655.2

3,93

827.1

5,32

1.987.2

47,05

934.9

5,48

1.052.3

6,65

Universitarios tercer ciclo

(Doctorado)

40.8

31,13

12.7

0,08

28.1

0,18

66.2

35,35

23.4

0,14

42.8

0,27

Otros

39.0

55,38

21.6

0,13

17.4

0,11

39.2

51,79

20.3

0,12

18.9

0,12

Alumnado matriculado en todo el sistema educativo

1996-97

1998-99

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Absolutos

% Muj

Absolutos

%

Absolutos

%

Absolutos

% Muj

Absolutos

%

Absolutos

%

Total

9.037.226

49,72

4.493.244

100

4.543.982

100

8.709.701

49,78

4.335.421

100

4.374.280

100

Ed. Infanfil / Preescolar

1.115.244

48,71

543.228

12,09

572.016

12,59

1.128.861

48,55

548.102

12,64

580.759

13,28

Ed. Primaria / E.G.B.

3.137.278

48,21

1.512.493

33,66

1.624.785

35,76

2.562.785

48,37

1.239.597

28,59

1.323.188

30,25

Ed. Secundaria Obligatoria

1.181.466

48,52

573.278

12,76

608.188

13,38

1.890.004

48,59

918.394

21,18

971.610

22,21

BU.P. y C.O.U.

1.080.784

53,04

573.234

12,76

507.550

11,17

531.032

51,92

275.731

6,36

255.301

5,84

Bachillerato Experimental

27.257

42,23

11.510

0,26

15.747

0,35

693

59,02

409

0,01

284

0,01

Bachillerato LOGSE

153.836

55,01

84.623

1,88

69.213

1,52

396.217

54,48

215.840

4,98

180.377

4,12

B.U.P. y C.O.U. a distancia

48.464

50,24

24.348

0,54

24.116

0,53

35.269

49,93

17.611

0,41

17.658

0,40

F.P. I

232.113

44,50

103.291

2,30

128.822

2,84

69.540

46,09

32.048

0,74

37.492

0,86

F.P. II

359.530

49,31

174.126

3,88

185.404

4,08

220.598

47,80

105.454

2,43

115.144

2,63

Módulos Profesionales II *

48.812

44,21

21.581

0,48

27.231

0,60

119.556

44,32

52.992

1,22

66.564

1,52

Módulos Profesionales III*

55.200

51,05

28.178

0,63

27.022

0,59

110.516

49,32

54.505

1,26

56.011

1,28

Universidad 1er Ciclo

Ing. Técnica, Arq. Técnica

202.033

24,11

48.705

1,08

153.328

3,37

216.065

24,86

53.704

1,24

162.361

3,71

Diplomaturas

330.209

67,04

221.374

4,93

108.835

2,40

349.239

67,67

236.317

5,45

112.922

2,58

Universidad 1er y 2º Ciclo

Licenciaturas

847.754

58,23

493.653

10,99

354.101

7,79

840.223

58,76

493.678

11,39

346.545

7,92

Ingenierías

138.851

27,69

38.447

0,86

100.404

2,21

147.912

28,69

42.430

0,98

105.482

2,41

Universidad solo 2º Ciclo

Licenciaturas

14.682

70,65

10.373

0,23

4.309

0,09

21.428

70,17

15.037

0,35

6.391

0,15

Ingenierías

2.880

17,85

514

0,01

2.366

0,05

5.291

16,75

886

0,02

4.405

0,10

Universidad 3er Ciclo (Doctorado)

60.833

49,79

30.288

0,67

30.545

0,67

64.472

50,70

32.686

0,75

31.786

0,73

Incluye la modalidad "a distancia" FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza Superior en España, INE y de la Estadística de la Enseñanza en España, MEC.

En cuanto al alumnado matriculado en BUP y COU, por curso y sexo los datos analizados ponen de manifiesto que las mujeres constituyen una clara mayoría (51,92%).

Al analizar los datos por separado, las mujeres son mayoritarias en las diferentes opciones del BUP y COU a excepción de la opción científico-tecnológica.

1996-97

1998-99

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

Total

1.080.784

573.234

507.550

53,04

531.032

275.731

255.301

51,92

BUP

745.017

392.806

352.211

52,72

291.074

151.108

139.966

51,91

1º BUP

201.800

104.598

97.202

51,83

211

102

109

48,34

2º BUP

247.302

130.378

116.924

52,72

148.892

77.128

71.764

51,80

3º BUP

295.915

157.830

138.085

53,34

141.971

73.878

68.093

52,04

Opción A

91.344

56.509

34.835

61,86

51.232

27.949

23.283

54,55

Opción B

204.571

101.321

103.250

49,53

90.739

45.929

44.810

50,62

COU

335.767

180.428

155.339

53,74

239.958

124.623

115.335

51,94

Opción A

106.169

36.334

69.835

34,22

75.868

24.691

51.177

32,54

Opción B

85.989

54.741

31.248

63,66

59.763

37.075

22.688

62,04

Opción C

95.728

58.059

37.669

60,65

67.832

39.718

28.114

58,55

Opción D

47.881

31.294

16.587

65,36

36.495

23.139

13.356

63,40

Opción A: Letras (B.U.P), Científico-Tecnológica (C.O.U.)

Opción B: Ciencias (B.U.P.), Biosanitaria (C.O.U.)

Opción C: Ciencias Sociales (C.O.U.)

Opción D: Humanístico-Lingüistica (C.O.U.)

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza en España. MEC

De acuerdo con los datos presentados, parece evidente que las alumnas obtienen mejores resultados académicos que los alumnos en COU, puesto que las mujeres representan un porcentaje mayor entre quienes han aprobado el curso que entre las personas matriculadas, tanto en 1996-97, como en 1998-99. En 1996-97, las mujeres constituían el 53,74 de las personas matriculadas y el 56,33% de los aprobados y, en 1998-99, el 51,94% y el 55,56%, respectivamente.

Cifras similares se dan en el sistema educativo regulado por la LOGSE.

Curso 1996-97

Curso 1998-1999

Total Matriculado

Aprobado

Total Matriculado

Aprobado

Absoluto

%

Absoluto

%

Absoluto

%

Absoluto

%

Ambos sexos

335.767

100,00

223.377

100,00

239.958

100,00

203.141

100,00

Mujeres

180.428

53,74

125.838

56,33

124.623

51,94

112.866

55,56

Hombres

155.339

46,26

97.539

43,67

115.335

48,06

90.275

44,44

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza en España. MEC

En cuanto a la Formación Profesional (FP), nivel en el que también conviven los dos sistemas comentados, también presenta datos similares En términos generales, existe un equilibrio entre la proporción de hombres y mujeres tanto en ciclos formativos de grado medio (un 45% de mujeres en 1998-1999) como de grado superior (un 48.7% de mujeres en 1998-1999), lo que significa un avance, ya que tradicionalmente los estudios de formación profesional eran realizados mayoritariamente por hombres.

Precisamente en este nivel educativo se pone de manifiesto que existen ramas claramente feminizadas y otras claramente masculinizadas. Esto indica que en la elección de profesión todavía pesan, en ocasiones, estereotipos culturales, y que es preciso seguir trabajando sobre este aspecto. Este es uno de los campos donde no se han producido suficientes progresos hacia una situación de mayor igualdad de oportunidades entre los sexos.

Alumnado matriculado por rama y sexo (LGE)

1996-97

1998-99

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

A.Sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

Total General *

592.233

277.849

314.384

46,92

290.441

137.506

152.935

47,34

Administrativa y Comercial

242.222

157.233

84.989

64,91

116.848

72.012

44.836

61,63

Agraria

8.531

1.748

6.783

20,49

4.532

1.088

3.444

24,01

Artes Gráficas

3.830

1.302

2.528

33,99

1.708

587

1.121

34,37

Automoción

36.174

346

35.828

0,96

16.448

937

15.511

5,70

Construcción y Obras

1.335

176

1.159

13,18

818

92

726

11,25

Delineación

26.943

7.943

19.000

29,48

13.718

4.132

9.586

30,12

Eléctrica y Electrónica

110.102

1.917

108.185

1,74

51.187

3.343

47.844

6,53

Servicios a la comunidad (Hogar)

22.218

21.906

312

98,60

13.482

12.490

992

92,64

Hostelería y Turismo

14.152

6.190

7.962

43,74

8.677

4.273

4.404

49,25

Imagen y Sonido

6.813

2.291

4.522

33,63

3.705

1.152

2.553

31,09

Madera

3.530

98

3.432

2,78

1.523

82

1.441

5,38

Marítimo-Pesquera

1.697

56

1.641

3,30

1.426

99

1.327

6,94

Metal

22.147

575

21.572

2,60

10.587

598

9.989

5,65

Minera

23

0

23

0,00

-

-

-

-

Moda y Confección

1.973

1.934

39

98,02

764

733

31

95,94

Peluquería y Estética

18.402

17.827

575

96,88

8.329

7.427

902

89,17

Piel

175

28

147

16,00

17

4

13

23,53

Química

5.887

3.313

2.574

56,28

2.930

1.526

1.404

52,08

Sanitaria

62.026

51.971

10.055

83,79

33.387

26.763

6.624

80,16

Textil

240

135

105

56,25

87

57

30

65,52

Vidrio y Cerámica

179

67

112

37,43

190

92

98

48,42

No Consta *

3.634

793

2.841

21,82

78

19

-

-

* Incluye todo el alumnado que cursa Formación Profesional Interprofesional.

Nota: El alumnado puede estar inscrito en más de una especialidad en cada curso.

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza en España. MEC

De acuerdo con los datos, el fenómeno comentado al hablar de BUP y COU, según el cual las alumnas obtienen mejores resultados académicos que los alumnos, se confirma, también, en la enseñanza de Formación Profesional, tanto en la Formación Profesional de la LGE, como en la de la LOGSE. En esta última destaca que el 54,11% de mujeres finalizan los estudios de grado superior y el 50,91% los de grado medio.

Alumnado matriculado en FP y que terminó en curso anterior

CURSO 1996-97

CURSO 1998-1999

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Absolutos

% Muj

Absolutos

% Muj

L.G.E

F.P. I

232.113

44,50

103.291

128.822

69.540

46,09

32.048

37.492

F.P. II

359.530

48,43

174.126

185.404

225.083

48,41

108.958

116.125

L.O.G.S.E.

Módulos Profesionales II*

48.812

44,21

21.581

27.231

119.809

44,36

53.152

66.657

Módulos Profesionales III*

55.200

51,05

28.178

27.022

111.276

49,58

55.170

56.106

TOTAL FP

695.655

47,03

327,176

368.479

525.708

52,57

249.328

276.380

*Incluye la modalidad a distancia

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de Enseñanza en España. MEC

El alumnado universitario ha aumentado, desde el curso 1996-97 al 1998-99, en un 2,85%, pasándose de una cifra global de 1.536.409 matrículas a otra de 1.580.158. El aumento ha sido mayor en el caso de las mujeres, ya que, en 1996-97, constituían el 52,92% del alumnado y, en 1998-99, el 53,29%.

En cuanto al alumnado universitario matriculado por áreas, se observa que la presencia de las mujeres sigue siendo minoritaria en las carreras técnicas, aunque ha tenido lugar cierto crecimiento. En cuatro de las cinco áreas en que se agrupan las carreras universitarias, ha habido un crecimiento de la presencia femenina respecto de la masculina. Sólo en el caso de las Humanidades ha habido una leve disminución porcentual. Las dos con mayor crecimiento han sido, por este orden, las carreras técnicas y las de Ciencias Experimentales.

Alumnado universitario matriculado, según sexo y área de conocimiento

1996-97

1998-99

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj

Todas las titulaciones

1.536.409

813.066

723.343

52,92

1.580.158

842.052

738.106

53,29

Humanidades

152.003

98.378

53.625

64,72

161.487

102.649

58.838

63,56

CC. Sociales y Jurídicas

800.565

480.927

319.638

60,07

801.400

487.690

313.710

60,85

CC. Experimentales

126.477

66.149

60.328

52,30

129.844

70.370

59.474

54,20

CC. de la Salud

113.600

79.946

33.654

70,38

118.159

84.323

33.836

71,36

Técnicas

343.764

87.666

256.098

25,50

369.268

97.020

272.248

26,27

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza Superior en España . INE

Puede afirmarse que, también en el nivel universitario, las mujeres obtienen mejor rendimiento académico que los hombres. Estas diferencias, entre los porcentajes femeninos de terminación y matrícula, son mayores en 1998 que en 1996, por lo que puede afirmarse que, con el paso del tiempo, la diferencia de rendimiento entre mujeres y varones se va incrementando.

Alumnado universitario que terminó los estudios por áreas de conocimiento

1996

1998

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

% Mujeres

Todas las titulaciones

170.673

98.967

71.706

57,99

202.529

120.022

82.507

59,26

Humanidades

15.558

10.516

5.042

67,59

18.701

12.725

5.976

68,04

CC. Sociales y Jurídicas

98.658

62.230

36.428

63,08

114.960

74.954

40.006

65,20

CC. Experimentales y de la salud

29.806

19.756

10.050

66,28

34.721

23.081

11.640

66,48

Técnicas

26.651

6.465

20.186

24,26

34.147

9.262

24.885

27,12

Incluye los tres ciclos FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza Superior en España. INE

También ha habido un incremento del número total de tesis doctorales aprobadas en España (0,8%), que ha sido mayor en el grupo de Ciencias Sociales y Jurídicas, en términos porcentuales, y ha disminuido en el de Ciencias Experimentales y de la Salud. Si consideramos las variaciones que se han producido en el colectivo femenino, el aumento de tesis doctorales aprobadas desde el curso 1989/90 hasta 1996/97 ha sido del 202%.

ALUMNADO MATRICULADO EN CURSOS DE DOCTORADO

Y TESIS DOCTORALES APROBADAS SEGÚN SEXO Y ÁREA DE CONOCIMIENTO.

Matriculadas/os en cursos

de doctorado en 96-97

Tesis doctorales aprobadas

en el curso 1996

Matriculadas/os en cursos

de doctorado en 98-99

Tesis doctorales aprobadas

en el curso 1998

A. Sexos

Mujeres

Varones

% Muj

A. Sexos

Mujeres

Varones

% Muj

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj

Todas las titulaciones

60.833

30.288

30.545

49,79

5.880

2.333

3.547

39,68

64.472

32.686

31.786

50,70

5.931

2.491

3.440

42,00

CC. Experimentales y de la Salud

22.880

12.038

10.842

52,61

3.158

1.333

1.825

42,21

22.953

12.340

10.613

53,76

3.118

1.414

1.704

45,35

Área de Humanidades

13.093

7.431

5.662

56,76

987

424

563

42,96

14.032

7.953

6.079

56,68

841

349

492

41,50

Ingeniería y Tecnología

6.049

1.528

4.521

25,26

580

112

468

19,31

6.718

1.740

4.978

25,90

687

150

537

21,83

CC. Sociales y Jurídicas

17.706

8.933

8.773

50,45

1.109

460

649

41,48

19.163

10.087

9.076

52,64

1.225

558

667

45,55

No consta área

1.105

358

747

32,40

46

4

42

8,70

1.606

566

1.040

35,24

60

20

40

33,33

FUENTE: Elaboración propia a partir de datos de la Estadística de la Enseñanza Superior en España. INE

Por otra parte, se observa que cuanto más alto es el nivel educativo de referencia, menor es el porcentaje de mujeres profesoras. De este modo, en el curso 1998/1999, el 95,20% del profesorado de preescolar y educación infantil es femenino; el 69,50% del profesorado de primaria o EGB; el 49,72% del de Educación Secundaria y el 33,64% del universitario.

Al analizar la presencia femenina entre el profesorado universitario, se observa cómo el problema señalado con anterioridad, relativo a la escasa representación de las mujeres entre este colectivo universitario, adquiere tintes de mayor gravedad, dado que el porcentaje de mujeres entre los niveles más altos del profesorado, como es el de catedráticas y eméritas, es mucho menor que entre las restantes categorías. Así, en 1998-99, solamente el 14,86% de los puestos de catedráticos/as y el 7,83% de los eméritos tenían como titular a una mujer. En cambio, entre el profesorado titular, las mujeres constituían el 35,11%; entre los/as asociados/as, el 32,7% y, entre los/as ayudantes/as, 46,53%.

Si se compara la situación del curso 1998-99 con la del 1996-97, se aprecian visos de que se está avanzando algo hacia una situación más igualitaria. En el caso de la categoría de catedráticas ha tenido lugar un aumento considerable, en números absolutos, de un curso a otro: En 1996-97, había 1.256 catedráticas universitarias en España y, en 1998-99, 1.367, lo que representa un aumento del 8,44%. Solamente en otro caso, el de las asociadas ha habido, también, un aumento, en niveles absolutos, pasándose de 9.371 a 9.442, lo que supone un crecimiento casi inapreciable, equivalente al 0,76%.

II. Modificaciones del ordenamiento jurídico

Las modificaciones introducidas en el ordenamiento jurídico durante estos años han sido las siguientes:

Por Acuerdo de 13 de marzo de 1998, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo Programa de Formación Profesional, que tiene como objetivo básico la consolidación de un sistema integrado de formación profesional, estructurado en tres ejes: la formación profesional reglada/inicial, la ocupacional y la continua y consensuado con los agentes sociales y las Comunidades Autónomas

Tomando como referencia este Programa de Formación Profesional se aprueba la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Inspirada en los principios constitucionales, garantiza el acceso, en condiciones de igualdad de todos los ciudadanos y ciudadanas, a las diferentes modalidades de la formación profesional, formación que se adaptará a las cambiantes demandas del mercado laboral integrando las tres modalidades descritas: formación reglada, continua y ocupacional.

Del mismo modo, en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se garantiza la igualdad de oportunidades y el derecho a la no discriminación en el acceso a los estudios universitarios así como a los puestos del profesorado.

III. Políticas y programas

La educación es una de las áreas de actuación incluidas en el III Plan para la igualdad de Oportunidades que persigue los siguientes objetivos:

Colaborar con otras instituciones y con centros educativos en el desarrollo de proyectos dirigidos a promover la igualdad de oportunidades entre ambos sexos y a prevenir la violencia contra las mujeres.

Promover proyectos educativos que vinculen la educación básica y la formación profesional, adecuados a las demandas de las mujeres.

Promover la investigación y difusión sobre usos lingüísticos que nombran la diferencia sexual.

Promover el ejercicio físico y la práctica deportiva femenina.

Favorecer la elaboración y difusión de materiales didácticos coeducativos

Participar en la formación del profesorado en educación no sexista

Uno de los factores sobre el que se ha considerado necesario incidir durante los últimos años con una mayor insistencia ha sido sobre los materiales didácticos, que, a veces, aún reflejan la visión del mundo en la que se plasman los estereotipos tradicionales. Para ello, se ha colaborado con distintas Universidades y asociaciones, para la elaboración de materiales de difusión, que sirvan como instrumentos para la educación no sexista, así como de guías de buenas prácticas, con la misma finalidad.

Igualmente importante ha sido la sensibilización del profesorado en la transmisión del principio de igualdad. Por ello, anualmente se han llevado a cabo cursos de formación para este colectivo en colaboración con el Ministerio de Educación y Cultura, con las Escuelas Universitarias de Formación, con los Organismos de Igualdad Autonómicos, las Organizaciones Sindicales de enseñanza y otras Entidades.

Fruto de distintos Convenios de Colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se han cofinanciado cursos dirigidos a promover la educación no-sexista en los centros educativos.

Asimismo, el Instituto de la Mujer y Confederación Española de Asociaciones de Padres yMadres de Alumnos/as mantienen un Convenio marco de colaboración, firmado en el año 1989, renovado anualmente para la realización de actividades dirigidas a promover la participación de madres y padres en iniciativas dirigidas a conseguir la igualdad de oportunidades de alumnas y alumnos en la educación. Entre las actividades realizadas cabe destacar:

Publicación de la revista bimensual que incluye información sobre coeducación: "Ser Padres/Madres". Esta revista con una tirada de 11.500 ejemplares, se distribuye a través de las Federaciones Provinciales a todas las asociaciones de padres y madres de la Confederación.

Curso de formación de formadores para padres y madres sobre maltrato.

Seminario de “Formación y sensibilización sobre integración: estrategias para promocionar la interculturalidad en los centros escolares desde las APAS”.

Curso de “Orientación profesional desde la familia: la elección de carreras y ciclos formativos no tradicionales” para padres y madres de adolescentes.

Otro objetivo fundamental de los planes del Gobierno, ya sean los Planes de Igualdad de Oportunidades, de acción para el empleo o de inclusión social, son los cursos de formación ocupacional dirigidos a mejorar la empleabilidad de las mujeres desempleadas. Para ello, el Instituto de la Mujer en colaboración con las Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Diputaciones, realiza una oferta formativa en función de las necesidades de cada localidad, enmarcados en los nuevos yacimientos de empleo y teniendo en cuenta que van dirigidos a mujeres desempleadas con diferentes perfiles formativos.

La formación impartida en dichos cursos es variable ya que su objetivo fundamental es su adaptación a las necesidades del mercado local y su duración aproximada es de 200 horas.

En este sentido, cabe destacar el Proyecto ALBA: Mejora de la empleabilidad de las mujeres enmarcado dentro del Programa Comunitario Leonardo da Vinci para el fomento de la formación profesional, seleccionado por la Comisión Europea para su cofinanciación durante el periodo 1998-2000.

El Proyecto Alba es una experiencia piloto que trata de mostrar nuevos caminos en la formación profesional.

El objetivo del Proyecto es: promover la coordinación entre los subsistemas de formación básica, profesional y ocupacional en colaboración con los distintos agentes sociales, mejorando las ofertas formativas, para facilitar la empleabilidad de mujeres adultas que carecen de titulación en educación básica y de cualificación adecuada a las ofertas de empleo existentes.

Promovido por el Instituto de la Mujer, han colaborado en este proyecto, el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, el Instituto Nacional de Empleo, el Instituto Nacional de las Cualificaciones, e Italia y Portugal como socios transnacionales.

Las actuaciones llevadas a cabo son:

Diseño de perfiles profesionales de acompañamiento.

Elaboración de guías y módulos formativos.

Promoción del uso de nuevas tecnologías.

Reconocimiento y acreditación de la formación.

Identificación y descripción de ocupaciones adecuadas para el colectivo destinatario.

En los primeros cursos piloto han participado cien mujeres y según los datos del seguimiento realizado, el 65,3% tienen la intención de continuar sus estudios, ya sea matriculándose en las materias que no han superado o en cursos de mayor nivel. E igualmente, el 69’3% de las mujeres formadas han accedido a algún puesto de trabajo tras la realización del curso, de ellas el 40,8% en el sector de hostelería.

Junto a la formación del profesorado y a la sensibilización de la sociedad, hay que añadir el esfuerzo realizado para promover la utilización de un lenguaje que represente lo femenino y lo masculino en todos los ámbitos, pero especialmente en el educativo. Para conseguirlo, se constituyó la Comisión Asesora sobre el Lenguaje NOMBRA, que ha llevado a cabo una revisión crítica del Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua. Posteriormente, las propuestas se remitieron a la Academia y han sido tenidas en cuenta en la redacción de la nueva edición del Diccionario del año 2000. También se han celebrado reuniones de trabajo y Seminarios sobre lenguaje, con representantes de Institutos y Seminarios Universitarios de Estudios de la Mujer, con la finalidad de difundir las últimas investigaciones llevadas a cabo en este campo.

En 1999, en colaboración con la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres (CEAPA) se han elaborado y difundido las guías: “Tareas domésticas: hacia un modelo de responsabilidades compartidas” con una edición de 2000 ejemplares y “Orientación profesional desde la familia” con la misma tirada. En el año 2001 y en colaboración con esta organización se ha desarrollado el curso “Orientación profesional desde la familia: la elección de carreras no tradicionales”.

En el 2001, y en colaboración con el Centro de Investigación y Documentación Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se han promovido investigaciones sobre “Trayectorias profesionales de mujeres con estudios tradicionalmente masculinos”, "Reparto de responsabilidades entre mujeres y hombres en el mundo de la educación” y La escolarización de hijas de inmigrantes”

Asimismo y con el fin de potenciar la creación y el funcionamiento de los Seminarios de estudios de la mujer en las Universidades, se ha venido apoyando financieramente a través de convocatorias públicas anuales, la realización de actividades, y el intercambio de experiencias entre los mismos. Hoy en día existen Seminarios e Institutos Universitarios de estudios de las mujeres en la práctica totalidad de las Universidades españolas.

Desde 1999, el Instituto de la Mujer desarrolla el Proyecto RELACIONA, para abordar el tratamiento de la violencia en los centros educativos. Se trata de propiciar la reflexión del profesorado sobre la relación existente entre el modelo tradicional de masculinidad y la violencia contra las mujeres, que se da en la sociedad y que la educación puede modificar.

Otro campo de actuación dentro de esta área, se centra en la práctica deportiva de las mujeres. Los datos disponibles muestran que la práctica del ejercicio físico es menor en el caso del sexo femenino en todos los grupos de edad, lo que repercute negativamente en la salud y el desarrollo integral de las mujeres. Por ello, se cree conveniente potenciar esta práctica desde las instituciones educativas, así como desde los distintos agentes sociales.

Con este objetivo, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales viene colaborando con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la figura del Convenio de colaboración para la realización de actividades en el ámbito del deporte. Así, el Instituto de la Mujer y el Consejo Superior de Deportes realizan, conjuntamente, actividades dirigidas a promover la coeducación en la práctica deportiva, la elaboración y difusión de materiales didácticos, la promoción de la práctica deportiva femenina y la investigación y análisis sobre dicha práctica.

Entre las actividades cabe señalar:

Premio a la Comunidad Autónoma que más se haya distinguido en cuanto a participación femenina y resultados obtenidos en los Campeonatos Escolares nacionales.

Elaboración de un vídeo, con el título “Elige tu deporte”, dirigido al profesorado con propuestas para desarrollar en los centros educativos diversos.

Desagregación de datos por sexo en los ámbitos escolar, universitario y federativo, de las diferentes actividades deportivas.

Con similares objetivos, el Instituto de la Mujer y la Fundación Mujer y Deporte tienen firmado un Convenio de colaboración a través del cual se han realizado las siguientes actividades:

Creación de un Observatorio sobre Mujer y Deporte.

Celebración de una jornada sobre Mujer y Deporte en la que se ha difundido el estado actual de la presencia femenina y su participación en el ámbito deportivo.

Durante estos años, se han firmado Convenios de Colaboración con otros Organismos públicos, tales como el Instituto Nacional de Consumo, Universidades, para la realización de actividades de educación y formación no-sexista, educación afectiva/sexual, y reparto de responsabilidades familiares.

Con el fin de que los medios de comunicación representen adecuadamente a las mujeres, sin estereotipos sexistas, en el año 2001, se ha establecido un convenio de colaboración con el ente público Radiotelevisión Española. Su objetivo es analizar la presencia de las mujeres en los medios, debatir el tratamiento que se otorga a la violencia ejercida contra las mujeres y formar a profesionales para mejorar la representación de lo femenino en los informativos y programas.

Entre las acciones formativas para fomento de la igualdad de oportunidades desarrolladas por el Instituto de la Mujer figuran también:

El Curso de Agentes de Igualdad, de 270 horas de duración dirigido a formar, desde la óptica de la igualdad de oportunidades, a aquellas personas, técnicas y profesionales, que trabajan con mujeres desde las diferentes áreas de política social, educación, salud, etc, con el objetivo de integrar en dichas políticas el “mainstreaming” de género.

Artículo 11: Empleo

I.- Situación actual

Desde 1997, el mercado de trabajo en España viene evolucionando favorablemente, en un contexto económico marcado por un crecimiento anual superior al 4%. Sin embargo, el progreso registrado en los últimos años no ha conseguido, aún, compensar plenamente las debilidades del mercado de trabajo español. La tasa de empleo sigue siendo baja, y el desempleo alto, especialmente entre las mujeres; asimismo, y a pesar del crecimiento de los contratos indefinidos, la tasa de temporalidad continúa elevada.

El desafío para los próximos años es superar esas debilidades, continuando con la creación intensiva de empleo, en particular empleo indefinido. Para ello, se está incidiendo en la formación y en la educación, que como ya hemos adelantado en el capítulo anterior, se ha constituido en el aspecto clave para incrementar la tasa de empleo femenina.

La evolución de la tasa de actividad entre los años 1999-2001 muestra que la tasa femenina en estos años ha aumentado más que la masculina, 1.25 puntos, frente a 0.92 puntos. Este crecimiento es mucho más acusado sí tomamos en cuenta los datos que España aportó en su primer informe a este Comité. Así, en 1985, la tasa de actividad femenina era de 27,6, mientras que la de los hombres era ya de 68,6. Aunque la participación femenina en el mercado laboral es todavía moderada, durante estos años se ha producido un incremento superior al masculino, y sí tenemos en cuenta las medidas relativas al empleo que España está adoptando, la previsión es que esta tendencia se va a mantener en los próximos años.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre

Las tasas de ocupación de las mujeres y de los hombres han experimentado un considerable incremento. No obstante, al igual que ocurre en la tasa de actividad, el aumento es mucho más importante para el sexo femenino, sí se tiene en cuenta la tasa de ocupación femenina del año 1985. En aquel momento, la tasa era de 20,75, por tanto hasta el año 2001, la tasa de ocupación femenina ha crecido en 12.08 puntos.

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre

Sí tenemos en cuenta las cifras absolutas de la población ocupada, se aprecia que se ha producido un incremento de la presencia de mujeres en todas las ocupaciones consideradas, a excepción de las categorías de artesanas y trabajadoras cualificadas de industrias manufactureras, construcción y minería (excepto operadoras), operadoras de instalaciones y maquinaria y montadoras y trabajadoras cualificadas en agricultura y pesca, ocupaciones donde la mujer está claramente infrarrepresentada, de ahí que, como hemos visto en el capítulo correspondiente a la educación, se lleven a cabo programas y actividades dirigidas a la diversificación currícular.

Población ocupada por tipo de ocupación

1999

2001

Total

% Mujeres

Total

% Mujeres

TOTAL

14.041,5

36,85

14.866,9

37,86

Dirección de las empresas y de la administración pública

1.117,6

30,99

1.155,5

32,37

Técnicas/os profesionales cientificas/os e intelectuales

1.619,1

48,92

1.784,9

49,68

Técnicas/os y profesionales de apoyo

1.273.4

39,01

1.525,0

42,45

Empleadas/os de tipo administrativo

1.359,6

59,55

1.420,2

61,53

Trabajadoras/es de servicios de restauración, personales,

protección y vendedoras/es

1.969,2

58,96

2.080,7

59,97

Trabajadoras/es cualificadas/os en agricultura y pesca

691.6

25,36

619,7

24,04

Artesanas/os y trabajadoras/es cualificadas/os de industrias manufactureras, construcción y minería (excepto operadoras/es)

2.408,4

7,59

2578,8

7,32

Operadoras/es de instalaciones y maquinaría, montadoras/es

1.465,8

15,92

1.503,1

14,78

Trabajadoras/es no cualificadas/os

2.069,1

47,06

2.113,5

48,75

Fuerzas armadas

67,7

4,87

82,5

8,85

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre .INE

Nota 1: Datos en miles

Otro aspecto a destacar es el fuerte incremento de las mujeres en las Fuerzas Armadas duplicando su presencia en tan sólo tres años. Además, las cifras aportadas por el Ministerio de Defensa, muestran que es el Ejército de Tierra el que cuenta con una mayor presencia femenina, con 6.727 mujeres en sus filas, le sigue en número la Armada, con 1989, y por último, el Ejército de Tierra, con 1961 mujeres.

Por lo que respecta a la tasa de paro, desde 1999, ésta ha descendido 7,35 puntos porcentuales, situándose en el primer trimestre de 2002 en 11,4. Las tasas de paro, tanto de hombres como de mujeres, han descendido; sin embargo, la tasa de las mujeres durante los años 1999, 2000 y 2001 sigue siendo el doble que la de los hombres con las cifras de 22,40, 19,76 y 18,65, respectivamente.

Una de las estrategias para combatir el paro, íntimamente ligado al nivel de estudios alcanzado, es la formación. Así, tanto en hombres como en mujeres, cuanto más elevado es el nivel de sus estudios, menos tasa de paro soportan, llegando, por ejemplo, en el caso de las mujeres que no saben leer ni escribir a tener una tasa superior a 20 puntos porcentuales respecto a las que han completado estudios universitarios.

Tasa de paro por nivel de formación

1999

2001

Total

Mujeres

Hombres

Total

Mujeres

Hombres

Total

15,40

22,40

10,80

12,96

18,65

9,08

Analfabetas/os

28,80

36,80

21,20

28,05

34,91

22,97

Sin estudios

20,20

22,90

18,70

17,31

24,60

13,17

Primarios

14,30

21,40

11,00

12,46

18,34

9,48

Secundarios o medios

16,60

24,90

10,90

13,79

20,14

9,88

Técnico profesionales medios

17,50

25,80

10,30

12,97

20,43

7,24

Universitarios (1º ciclo)*

13,20

18,90

8,10

10,88

13,82

7,15

Universitarios ( 2º ciclo)

10,06

14,20

6,37

(*) los datos de 1999 no están desagregados por estudios universitarios de 1º y 2º ciclo, sino que están recogidos como Estudios Superiores

En relación con los últimos datos sobre salario medio, se aprecia que a pesar de que la diferencia entre hombres y mujeres se va reduciendo, ésta es todavía muy acusada. Así, en 1999, el 24,6% menos que los hombres mientras que, en el 2000, el porcentaje fue del 25.3%.

Las mayores diferencias salariales se dan en la industria y en los servicios, sectores en los que el salario de las mujeres es casi un 30% inferior al de los hombres. En la construcción, la diferencia salarial entre los sexos es muy pequeña.

Ganancia media por trabajador/a y mes, Sector de actividad, categoría profesional y sexo

2000

Hombres

Mujeres

% M/H

Total sectores

2770.330

194.103

69,99

Industria

294.977

205.740

69,75

Construcción

224.371

209.915

93,56

Servicios

285.886

188.866

66,06

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Encuesta de Salarios en

la Industria y los Servicios, IV Trimestre . INE

Como se puede apreciar por los datos del cuadro adjunto, sigue aumentando el número de contratos a mujeres en todos los tramos de edad, si bien en ninguno de ellos alcanza el 50%.

Contratos registrados(*)por sexo y edad

AÑO: 1999

AÑ AÑO 2001

Total

Mujeres

Hombres

%Mujeres

Total

Mujeres

Hombres

%Mujeres

13.235.327

5.438.070

7.797.257

41.09

14.056.484

6.043.999

8.012.485

43.00

De 16 a 19 años

1.246.625

456.979

789.646

36,66

1.269.849

483.408

786.441

38,07

De 20 a 24 años

3.457.011

1.500.826

1.956.185

43,41

3.502.291

1.579.159

1.923.132

45,09

De 25 a 29 años

2.810.885

1.228.936

1.581.949

43,72

2.973.007

1.336.395

1.636.612

44,95

De 30 a 34 años

1.859.997

747.964

1.112.033

40,21

1.983.178

832.317

1.150.861

41,97

De 35 a 39 años

1.362509

554.797

807.712

40,72

1.511.135

648.712

862.423

42,93

De 40 a 44 años

984.932

406.934

577.998

41,32

1.142.656

508.640

634.016

44,51

De 45 a 49 años

677.599

259.219

418.380

38,26

771.846

325.363

446.483

42,15

De 50 a 54 años

475.688

165.673

310.015

34,83

495.269

191.083

304.186

38,58

De 55 a 59 años

253.010

78.465

174.545

31,01

284.273

95.966

188.307

33,76

De 60 y más años

107.071

38.277

68.794

35,75

122.980

42.956

80.024

34,93

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

Anuario de Estadísticas Laborales y de Asuntos Sociales. Movimiento Laboral Registrado

(*) En el INEM, Instituto Social de la Marina y Servicios de Empleo de CCAA

II.- Modificaciones del ordenamiento jurídico

Durante este período, las modificaciones más importantes se han introducido mediante las siguientes normas:

La Ley 55/1999,de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, así como la Ley 12/2001, establecen el Programa de fomento de empleo vigente para los años 2000 y 2001, aprobando nuevas bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social para fomentar la contratación de mujeres y otros colectivos con especiales dificultades de inserción laboral. Las bonificaciones van dirigidas a la contratación indefinida, ya sea a tiempo completo o a tiempo parcial.

Bonificaciones en la contratación de mujeres

Colectivo de desempleados

% Bonificación cuota empresarial a la S. Social

Duración de la bonificación

(meses)

hombres

Mujeres

Parados durante + de 6 meses

20 + 5 1 2

30 + 5 3

24

> 45 años – 55

50

60

12 primeros

Resto vigencia

45

55

> 55 años – 65

55

65

12 primeros

Resto vigencia

50

60

Perceptores de prestaciones/subsidios de desempleo a los que les reste un año o más

50

45

60

55

12 primeros

De 13º a 24ª

Desempleados participantes en

Renta activa de inserción

65

75

24

Mujeres >16 – 45 años

25

24

En profesiones en las que esté infrarrepresentada

> 45 años o paradas > 6 meses

70

60

12 primeros

De 13º a 24

< 45 años en paro < de 6 meses

35

24

Paradas durante 12 o más meses, contratadas en los 24 meses siguientes de tener un hijo

100

12

Perceptoras del subsidio por desempleo en favor de trabajadoras incluidas en el R.E. Agrario

90

85

12 primeros

De 13º a 24

La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, introduce cambios en el Estatuto de los Trabajadores, Ley de Seguridad Social, Ley de Procedimiento Laboral y Ley de Función Pública, dando un nuevo paso en el camino de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, al tratar de guardar un equilibrio para favorecer los permisos por maternidad y paternidad sin que afecte negativamente a las posibilidades de acceso al empleo, a las condiciones del trabajo y al acceso a puestos de especial responsabilidad de las mujeres. Al mismo tiempo se facilita que los hombres puedan ser copartícipes del cuidado de sus hijos desde el mismo momento del nacimiento o de su incorporación a la familia.

Las modificaciones más importantes son:

Dieciséis semanas ampliables en el supuesto de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.

En caso de fallecimiento de la madre, el padre podrá disfrutar del permiso que reste.

Si ambos progenitores trabajan la madre podrá optar por que el padre disfrute de hasta un máximo de 10 semanas, salvo que la incorporación al trabajo de la madre suponga un riesgo para su salud.

Se regula de idéntica manera la suspensión en los supuestos de adopción y acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, de menores de hasta seis años o menores discapacitados o minusválidos. En caso de que la madre y el padre trabajen, el período de suspensión se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva, siempre con períodos ininterrumpidos.

En los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.

Posibilidad de disfrutar el permiso, salvo las seis semanas de descanso obligatorias para la madre, en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo entre el empresario y la trabajadora.

Permiso retribuido de dos días, cuatro en el caso de ser necesario el desplazamiento de trabajador/a, por accidente u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Reducción de jornada con la disminución proporcional de salario, para el cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador serán resueltas por un procedimiento urgente y de tramitación preferente.

La Ley 12/2001, de 9 de julio, de medidas urgentes de reforma del mercado de trabajo para el incremento del empleo y la mejora de su calidad establece que, en los casos de hospitalización de niños tras el parto, el padre o la madre podrán ausentarse del trabajo durante una hora, permitiendo también una reducción de jornada hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario y posibilitando que, con la excepción de las seis semanas de descanso obligatorio para la madre, las diez semanas restantes puedan disfrutarse a partir del alta hospitalaria.

El desarrollo reglamentario del disfrute a tiempo parcial de las diez semanas de descanso por maternidad o las dieciséis por adopción o acogimiento preadoptivo o permanente se realiza a través del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo, presentando las siguientes peculiaridades:

Puede ser ejercido por cualquiera de los progenitores siempre que ambos trabajen.

Puede disfrutarse en cualquiera de los supuestos de disfrute simultáneo o sucesivo.

Se disfrutará de forma ininterrumpida.

El período se amplía proporcionalmente en función de la jornada de trabajo que se realice.

Es incompatible con el disfrute simultáneo por el mismo trabajador de la lactancia, la reducción de jornada por guarda legal o atención a familiares, así como con la excedencia por cuidado de familiares.

Prohibición de despido

La Ley de Conciliación, ya indicada, prohibe el despido motivado, entre otros, por el embarazo, la solicitud o disfrute de los permisos por maternidad, paternidad, o cuidado de familiares, salvo que el despido sea ajeno a la discriminación, estableciendo, además, que no supone absentismo laboral las faltas de asistencia ocasionadas por situaciones de riesgo durante el embarazo, las enfermedades causadas por el embarazo y el parto así como la lactancia.

Protección social durante el embarazo

La Ley de Conciliación modifica la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y cubre una laguna hasta entonces existente, previendo que en los supuestos de maternidad en los que, por motivos de salud de la madre o del feto, se hace necesario un cambio de puesto de trabajo o función y este cambio no sea posible, se declare a la interesada en situación de riesgo durante el embarazo con protección de la Seguridad Social, creando una nueva prestación similar a la de incapacidad temporal por enfermedad común con ciertas particularidades. La prestación económica, cuyo pago corresponderá a la Seguridad Social, consiste en un subsidio equivalente al 75% de la base reguladora correspondiente y su regulación se ha realizado a través del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones económicas del si s tema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo.

Para causar derecho a la prestación por riesgo se exige:

Afiliación y alta en la Seguridad Social y acreditar un período mínimo de cotización de ciento ochenta días, dentro de los cinco últimos años.

Este Real Decreto, asimismo, regula la prestación por maternidad, adopción o acogimiento con las siguientes particularidades:

En el caso de disfrute por el padre y la madre, ambos deberán reunir los requisitos exigidos. En el supuesto de parto, si la madre no reuniese el período mínimo de cotización, el padre, a opción de la madre, podrá percibir el subsidio con la excepción del correspondiente a las seis semanas obligatorias.

En el supuesto de fallecimiento del hijo antes de las seis semanas, la trabajadora tendrá derecho a percibir el subsidio durante todo el período que le reste de disfrutar del permiso obligatorio. Tendrá el mismo derecho en el supuesto de aborto, siempre y cuando el feto haya permanecido en el seno materno al menos ciento ochenta días.

En el supuesto de fallecimiento del padre mientras disfruta del permiso, la madre podrá beneficiarse del subsidio que reste.

En los casos de ausencia, enfermedad o accidente, abandono de familia u otras causas análogas por parte del padre, la madre podrá revocar la cesión del permiso.

Si percibiendo el subsidio de maternidad a tiempo parcial, se iniciara un proceso de incapacidad temporal, se tendrá derecho simultáneamente del que corresponda a esta situación calculando la base reguladora sobre la base de cotización de la jornada a tiempo parcial que se viniere compatibilizando con el subsidio de maternidad.

A través de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social se modifica el artículo 222 del texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, de forma que si durante la situación de maternidad se produce la extinción del contrato, el trabajador/a seguirá percibiendo la prestación por maternidad hasta que se extinga dicha situación, pasando entonces a la situación legal de desempleo y a percibir, si reúne los requisitos necesarios, la correspondiente prestación.

Por Orden, de 9 de enero de 2001, de regulación del Convenio Especial de la Seguridad Social, se aprueba otra medida de protección consistente en la posibilidad de que aquellos trabajadores, que tengan reducida su jornada por el cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, puedan celebrar un convenio especial con la Seguridad Social, sin necesidad de período previo de cotización, con el fin de mantener las bases de cotización en las cuantías por las que cotizara con anterioridad a la reducción. Esta medida que ya existía desde 1991 para la guarda legal de un menor de seis años, minusválido físico o psíquico se amplía por esta Orden para este supuesto y para la guarda de un minusválido sensorial.

En 1998 se había aprobado una bonificación del 100% en las cuotas empresariales, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a la Seguridad Social de los contratos de interinidad celebrados con personas desempleadas para sustituir a las trabajadoras durante los períodos de descanso por maternidad, adopción y acogimiento.

La Ley de Conciliación de 1999 amplía la bonificación para la contratación interina de trabajadoras con contrato suspendido por riesgo durante el embarazo y la Ley 12/2001, ya indicada, aprueba, durante un año, la misma bonificación en la contratación de mujeres desempleadas, inscritas durante un período de 12 o más meses en la oficina de empleo y que hayan dado a luz en los 24 meses anteriores.

La Ley 24/2001,a la que ya se ha hecho referencia, modifica diversos artículos de la Ley General de la Seguridad Social, referidos a la pensión de viudedad y orfandad, respectivamente.

Prevé, por una parte, el desarrollo reglamentario de la compatibilidad de la pensión de viudedad con nuevo matrimonio y, por otra, amplia los límites de edad e ingresos del hijo preceptor de la pensión de orfandad: menor de 22 años o de 24 en el caso de orfandad absoluta y que en el supuesto de estar trabajando, los ingresos no superen el 75% del salario mínimo interprofesional.

La pensión de viudedad, pasa a ser el 46% de su base reguladora, si bien, en supuestos de hijos ingresos y cargas familiares, el porcentaje se sitúa en el 70%.

El Real Decreto 1465/2001, de 27 de diciembre, de modificación parcial del régimen jurídico de las prestaciones de muerte y supervivencia mantiene la extinción de la pensión de viudedad por nuevo matrimonio, pero se declara compatible en determinados supuestos:

Ser mayor de 61 años o menor de dicha edad con derecho a pensión de incapacidad absoluta o gran invalidez, o acreditar una minusvalía igual o superior al 65%

Que la pensión de viudedad sea la principal fuente de rendimientos, representando al menos el 75% del total de ingresos.

Que los ingresos del matrimonio no superen dos veces el importe del salario mínimo interprofesional

Con la aprobación del Real Decreto-Ley 1/2000, de 14 de enero, sobre determinadas medidas de mejora de la protección familiar de la Seguridad Social se establecen dos nuevas prestaciones de pago único: por nacimiento del tercer o posterior hijo/a y por parto múltiple. Además, se aumentan las cuantías de las “prestaciones por hijo a cargo” que desde su establecimiento, en 1991, habían permanecido inalteradas. Se conceden, tanto en la modalidad contributiva, como en la no contributiva.

La primera de ellas consiste en un único pago de 450,76 €. por nacimientos producidos en España o en el extranjero siempre y cuando el nacido se integre de manera inmediata en un núcleo familiar residente en España, la concesión depende de los ingresos familiares.

La cuantía de la prestación por parto múltiple, de pago único y por nacimientos producidos en España o en el extranjero pero con integración inmediata en una familia residente en España. depende del número de hijos nacidos y, en cualquier caso, se concede en todos los supuestos de parto múltiple con independencia de los ingresos familiares.

En materia de igualdad de retribuciones, ha sido modificado el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores, a través de la Ley 33/2002, de 5 de julio, con la siguiente redacción: “el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquélla”.

III. Políticas y programas

Durante el período analizado, 1999-2002, se han aprobado diferentes Planes: los Planes Nacionales de Empleo de carácter anual, el III PIOM, el Plan de Formación Profesional, el Plan Integral de apoyo a la familia, el Plan de Inclusión social… que desarrollan políticas de empleo.

La finalidad primordial de los Planes de Empleo – en la actualidad, se lleva a cabo el quinto y último de los previstos en la Estrategia Europea para el Empleo -, es la creación de más empleo y que éste sea de mayor calidad. Para ello se fijan unos objetivos generales entre los que cabe destacar la igualdad de oportunidades, tanto como eje transversal, inspirando cada una de las actuaciones, pero también, como IV Pilar específico bajo el título de Reforzar la política de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

El objetivo principal de este IV Pilar se ha dirigido a conocer la situación de la mujer y su evolución en el mercado de trabajo, a evitar las formas de discriminación, tanto directas como indirectas y, así como, a conciliar la vida laboral con la vida familiar.

Las medidas puestas en marcha han tenido como fines: elevar y mejorar la empleabilidad de las mujeres; incrementar sus tasas de empleo y su diversificación profesional; reducir los costes no salariales por contratación a través de bonificaciones fiscales; reducir la desigualdad en las tasas de desempleo de hombres y mujeres; desarrollar la capacidad y el espíritu empresarial de las mujeres y adecuar su formación a las exigencias del mercado de trabajo.

De acuerdo con el II Plan de Formación Profesional, la formación se constituye como una pieza clave de las políticas activas de empleo.

La novedad más importante es que se ha dado prioridad a la financiación de formación dirigida a mujeres, trabajadores no cualificados y trabajadores mayores de 45 años, así como la formación en nuevas tecnologías.

Durante el 2001, se ha procedido a dotar de una nueva regulación al programa de Escuelas Taller y Casas de Oficio y al Programa de Talleres de Empleo. Con la nueva normativa, todos los participantes en estos proyectos acceden, además, a la formación en las nuevas tecnologías de la información y la comunicación

La evaluación de los Planes Nacionales de Acción para el Empleo, muestra que en estos años 90.000 mujeres se han formado en nuevas tecnologías, y para este año está previsto que 170.000 desempleados/as participen en estas acciones formativas.

Entre los objetivos básicos de II Plan de Formación Profesional 1998-2002 se encuentra la consolidación de un sistema integrador de los tres subsistemas existentes: Formación Profesional reglada, ocupacional y continua. Para ello, se potencian los centros de formación con servicios complementarios relacionados con la orientación e inserción laboral, se optimiza la aplicación de los Fondos Estructurales y se favorece la movilidad de los alumnos/trabajadores y formadores.

Igualmente conviene destacar la conexión empresa-escuela, la ampliación de la modalidad de formación a distancia, la programación flexible de la oferta formativa para determinados colectivos y la potenciación de planes y acciones de garantía social, estrechando la interrelación entre las políticas de formación y de empleo.

También se potencia la formación para el empleo autónomo, el desarrollo de la economía social, los nuevos yacimientos de empleo, la prevención de riesgos laborales y la conservación del medio ambiente. Estas acciones de formación están concebidas en conexión con medidas dirigidas la orientación de los desempleados, respetando siempre el principio de igualdad de oportunidades.

Como ya hemos visto, el III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, tuvo como propósito promover la igualdad entre mujeres y hombres en todas las actividades y políticas a todos los niveles, es decir la promoción del mainstreaming de género y con este fin, el Instituto de la Mujer, participa en la elaboración anual del Plan Nacional de Acción para el Empleo del Reino de España.

El Instituto de la Mujer se ha incorporado como miembro permanente y de pleno derecho en los Comités de Seguimiento de los Programas Operativos de los Fondos Estructurales (FEDER, FEOGA, FSE e IFOP). Su labor se dirige a garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en los proyectos sostenidos por estos fondos y que constituyen un instrumento de financiación de los Planes de Empleo.

De acuerdo con todo ello, el Instituto de la Mujer realiza, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo a través de los Marcos Comunitarios de Apoyo, las siguientes actuaciones para mejorar la empleabilidad de las mujeres:

El Programa de Formación Innovadora para Mujeres “Nova”, una oferta formativa en colaboración con los Organismos de Igualdad de cada Comunidad Autónoma, con el fin potenciar una acción coordinada que complemente sus acciones formativas y adaptarla a las necesidades del mercado de trabajo local.

Como muestra la siguiente tabla, entre 1999 y el 2001 se han llevado a cabo un total de 198 cursos, en los cuáles han participado 4.658 mujeres, invirtiéndose un total de 3.955.237,22 euros.

Nº de Cursos

Participantes

Inversión

1999

66

1.538

1.375.203,44

2000

60

1.320

1.239.446,23

2001

72

1.800

1.340.587,55

Fuente: Instituto de la Mujer

En colaboración con diversos organismos públicos (Ayuntamientos, Diputaciones, etc), realiza cursos de formación profesional ocupacional en función de las necesidades de cada localidad y enmarcados en los nuevos yacimientos de empleo. La formación impartida en dichos cursos es variable ya que su objetivo fundamental es su adaptación a las necesidades del mercado local.

En los años que abarca este informe se han invertido un total de 518.553,24 euros para la realización de 53 cursos, al que han asistido 997 mujeres.

El Proyecto C-TEST: Centro Virtual de Teleservicios, iniciado en 1998, tiene como objetivo la formación en nuevas tecnologías y el fomento del empleo femenino a través del teletrabajo, como nueva modalidad de empleo que favorezca la inserción laboral de las mujeres. Está dirigido a mujeres con conocimientos de ofimática y una actividad profesional o un proyecto empresarial susceptible de desarrollarse mediante el uso de las nuevas tecnologías.

Desde el año 2001, se ofrece formación on-line, lo cuál ha permitido, como muestra el cuadro adjunto, aumentar considerablemente tanto el número de cursos como el de usuarias.

Nº Cursos

Nº destinatarias

1999

4

112

2000

2

50

2001

45

1600

Fuente: Instituto de la Mujer

A través de este Centro virtual, además, se facilita información, orientación y asesoramiento en relación con el teletrabajo, así como la posibilidad de que las usuarias inserten en este espacio sus propias páginas web.

Programas dirigidos a la integración social y laboral de mujeres en situación de riesgo de exclusión entre los que se encuentran el Programa CLARA dirigido a mujeres de alguno de los siguientes grupos: víctimas de violencia de género, responsables de núcleos familiares, mayores de 45 años sin titulación, pertenecientes a minorías étnicas, inmigrantes, discapacitadas o reclusas.

Durante el año 2002, se ha puesto en marcha un programa de inserción laboral, dirigido a las mujeres víctimas de malos tratos, a través de un Convenio de Colaboración suscrito con el Instituto Nacional de Empleo y el grupo de empresas VIPS, que oferta puestos de trabajos con características especiales en cuanto a flexibilidad de horarios, proximidad al domicilio y formación inicial para el puesto ofertado.

Finalmente, los Seminarios de Orientación Laboral y Técnicas de Búsqueda de Empleo, dirigidos a mujeres desempleadas de larga duración, tienen como objetivo proporcionarles las herramientas necesarias para poder realizar la búsqueda de empleo con conocimiento de los nuevos canales de acceso al mercado laboral.

Estos Seminarios se organizan en colaboración con diversos Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas, y en ellos intervinieron responsables de los departamentos de recursos humanos de empresas del ámbito territorial correspondiente.

Entre 1999 y 2001, se han llevado a cabo 52 seminarios, han participado 1.051 mujeres y el coste total ha sido de 226.171,63 euros.

El fomento del empresariado femenino es una de las principales líneas de actuación del Instituto de la Mujer, pues el autoempleo de las mujeres las inserta en la economía incrementando el bajo porcentaje de mujeres en el tejido empresarial. Para ello se realizan los siguientes programas:

Programa “De Emprendedora a Empresaria”. Este programa, dentro de la Iniciativa Comunitaria NOW, finalizado en el año 1999, desarrolló un esquema integrado de fomento y reforzamiento de las iniciativas empresariales femeninas, a través del cual se crearon los Gabinetes de asistencia técnica en las Cámaras de Comercio, ofreciendo servicios de información, formación y asesoramiento a mujeres que querían iniciar una actividad como autónomas o empresarias, o bien ampliar su negocio, así como acciones de autodiágnostico y gestión dirigida

Como resultado de este Programa se informó a 12.528 mujeres, recibieron formación 3.725, asesoramiento 44.462, y se crearon 1.134 empresas, que han proporcionado más de 2.000 puestos de trabajo.

Como continuación del anterior, el Programa de Apoyo Empresarial a Mujeres, desarrollado en colaboración con el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación de España y Cámaras de Comercio de distintas localidades ofrece información, orientación y asesoramiento a mujeres emprendedoras y empresarias sobre cualquier aspecto relacionado con la creación y la gestión empresarial. Estos servicios se prestan a través de los 58 gabinetes ubicados en las Cámaras de Comercio que colaboran con el Instituto, así como a través de un servicio on-line, creado en el año 2001, cuya dirección de acceso es www.e-empresarias.net.

De esta manera, las mujeres pueden realizar vía Internet cualquier consulta relacionada con la creación (trámites, formas jurídicas…) y la gestión empresarial. Además este servicio ofrece información necesaria a fin de facilitar a las usuarias la realización del autodiagnóstico del proyecto o actividad empresarial. A 15 de noviembre de 2002 el número de consultas realizadas ha sido de 6.819.

Asimismo, se edita un Boletín que proporciona todo tipo de información de interés para el ámbito empresarial, así como otros espacios web vinculados al tema.

Durante los dos años de desarrollo del programa, se han creado un total de 1580 empresas que han generado 602 empleos asalariados

Nº mujeres informadas

Nº mujeres asesoradas

Empresas creadas

Empleo asalariado generado

Inversión en €

2000

5328

6765

708

287

811.366,34

2001

5531

6710

872

315

1.014.718,79

Fuente: Instituto de la Mujer

También dentro del marco del programa se han realizado varias Jornadas, una de ellas formativa orientada a valorar y reflexionar sobre lo que significa ser empresaria y la innovación en las Pymes, y otra técnica, sobre temas de actualidad que afectan a las empresarias.

En relación con la formación en gestión empresarial, el Instituto de la Mujer, en colaboración con otras instituciones, lleva a cabo cursos dirigidos a emprendedoras que, contando con un proyecto, quieran realizar un plan de mejora en sus empresas y a promover el espíritu empresarial.

De este modo, a través de un Convenio de colaboración del Instituto de la Mujer con la Fundación del Instituto Cameral para la Creación y Desarrollo de la Empresa (INCYDE) se presta asistencia técnica a las mujeres empresarias a través de tutorías individualizadas.

Los resultados son:

Nº Cursos

Nº destinatarias

Nº proyectos de empresa

Importe en €uros

1999

2000

3

4

51

93

32

79

150.353,03

192.323,87

2001

8

171

138,00

359.995,25

Fuente: Instituto de la Mujer

Asimismo, el Instituto de la Mujer y la Fundación Escuela de Organización Industrial (EOI), está realizan un programa dirigido a mujeres que, bien tienen un proyecto de empresa y quieren adquirir formación para el desarrollo del mismo, o ya han creado su propia empresa y necesitan ampliar la formación para su gestión.

En este Programa han participado un total de 843 mujeres en 37 cursos, y se han invertido 901.518,16 euros.

Nº de Cursos

Participantes

Inversión

1999

10

250

300.506,05

2000

13

250

300.506,05

2001

14

343

300.506,05

Fuente: Instituto de la Mujer

Dadas las mayores dificultades con las que las mujeres se encuentran para obtener financiación para el ejercicio de una actividad empresarial, El Instituto de la Mujer apoya económicamente iniciativas empresariales de las mujeres a través de:

Subvenciones del régimen general para la realización de programas. Anualmente concede subvenciones a entidades y organizaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas para la realización de diferentes proyectos dirigidos a fomentar el autoempleo y la creación de empresas entre las mujeres. En este sentido, entre 1999 y el 2001 se ha destinado un total de 184.811,22 euros para la realización de 14 proyectos de asociaciones.

Ayudas al empleo “Emprender en femenino”, Con el fin de fomentar la inserción laboral por cuenta propia de las mujeres y estimular su actividad emprendedora, el Instituto de la Mujer ha convocado en estos años la IV, V y VI edición de estas ayudas.

Estas subvenciones están dirigidas a mujeres que hayan creado su propia empresa en el ámbito de los nuevos yacimientos de empleo, o aquellas que realicen una actividad en ocupaciones dónde la mujer está subrepresentada. La ayuda económica puede ser de hasta 6.010,12 euros.

El siguiente cuadro muestra que en total 355 empresarias se han beneficiado de un total de 1.636.889,48 euros.

Nº solicitudes recibidas

Nº ayudas concedidas

Importe en €

1999

626

112

450.759,08

2000

827

131

600.642,30

2001

949

112

585.488,10

Fuente: Instituto de la Mujer

Durante el año 2001 el Instituto de la Mujer ha puesto en marcha con las entidades La Caixa, la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, la Fundación La Caixa, la Fundación Internacional de la Mujer Emprendedora (FIDEM) y la Dirección General de Política para las Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Economía, la concesión de microcréditos sin necesidad de que las mujeres tengan que presentar aval. A través de este programa se ha establecido una línea de crédito de 6.010.121,04 euros, siendo el importe máximo de cada crédito de 12.020,24 euros, y fijándose el tipo de interés en el 5% fijo de toda la operación.

Se dirige a mujeres que inicien su actividad empresarial o la hayan iniciado en un período inferior a un año, o aquellas mujeres que presenten un plan de empresa según el modelo establecido y un certificado de validación emitido por el FIDEM. Como resultado, en el año 2001 se han otorgado 90.151,82 euros a 32 mujeres emprendedoras o empresarias.

Durante los años 1999 y 2000, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales firmó un Convenio de colaboración con el Banco Santander Central Hispanoamericano, S.A., para la concertación de créditos a proyectos empresariales de mujeres.

El importe del crédito podía cubrir hasta el 70 % de la inversión prevista. Para informar de estas ventajas financieras, entre 1999 y el año 2000 se editaron 8.200 folletos y durante el 2000 y 2001 se concedieron 98 préstamos y 25 créditos, por un importe total de 2.471.090,49 euros.

Por otra parte, el Convenio creó, en el año 2000, un servicio denominado EURO, a través del cual el Banco facilitó asesoramiento en relación con el proceso de adaptación así como asesoramiento financiero para la evaluación y análisis de los proyectos de inversión.

Promoción de mujeres en las empresas,

Como ya se comentó en el informe anterior, el Programa OPTIMA, que viene desarrollando el Instituto de la Mujer desde 1996, está dirigido a facilitar la incorporación, permanencia y promoción de las mujeres en las empresas, a través de acciones positivas encaminadas a eliminar las desigualdades existentes en su seno. El Programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo, ha sido elegido como ejemplo de “Buena Práctica” por la Unión Europea.

En el marco de este Programa, destaca la creación de la figura “Entidad colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres”, en 1996, y que supone un reconocimiento a aquellas empresas que trabajan a favor de la igualdad a través de planes de acción positiva. En la actualidad 59 empresas, con un total de 107.878 trabajadores y trabajadoras, de diferentes sectores económicos están trabajando por la Igualdad de Oportunidades en diferentes fases del Programa. 17 empresas ya han sido reconocidas con el distintivo de ”Entidades Colaboradoras en Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres”

De las acciones llevadas a cabo entre 1999 y el 2001 podemos destacar, la edición de materiales, la realización de varios encuentros en los que las empresas han intercambiado experiencias y buenas prácticas y la creación de una red. Dentro del programa, en el año 2001, se ha promovido el acceso de mujeres a puestos directivos, a través de becas para la realización de un Master de Desarrollo Directivo.

Por otra parte, el problema de las diferencias salariales entre mujeres y hombres ha originado que el Instituto de la Mujer haya organizado durante todos estos años Jornadas de formación dirigidas tanto a los sindicatos más representativos, como a los operadores jurídicos: Jueces, Fiscales, Inspectores de Trabajo, etc. con el objetivo de difundir la normativa nacional y comunitaria en esta materia.

El Instituto de la Mujer, editó en el año 2000 dos publicaciones: “Guía de Buenas Prácticas para garantizar la igualdad retributiva” y “Herramientas para eliminar la discriminación retributiva”, ambas resultado del proyecto enmarcado dentro del IV Programa de Acción Comunitario; “La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el mercado laboral”.

En la actualidad, desde el Instituto de la Mujer se lidera el Proyecto ISOS dentro de la Estrategia Marco Comunitaria sobre igualdad entre hombres y mujeres (2001-2005). Los objetivos del ISOS son:

Analizar la relación entre la discriminación salarial por género y las características de los puestos de trabajo

Establecer un sistema de valoración de puestos de trabajo con criterios neutros.

Artículo 12: Salud

I.- Situación actual

Esperanza de vida

Las mujeres en España viven bastante más años que los hombres. Los datos desde 1998 apenas han variado unas décimas; la esperanza de vida de las mujeres se situaba ya en ese año en 82 años, mientras que la de los hombres era de 75. En el año 2000 la esperanza de vida de las mujeres era de 82,1 años y de los hombres de 75,3.

Mortalidad

En 2000, último año del que disponemos datos sobre la mortalidad en España, se produjeron 2.123 muertes infantiles. Como muestra el cuadro adjunto, la mayor parte de las muertes infantiles se concentran durante los primeros 12 meses de vida. En todos los tramos de edades considerados, excepto en el de cuatro años de edad, los niños mueren en mayor proporción que las niñas.

Ambos sexos

Niñas

Niños

% Muj

TOTAL

2.123

944

1.179

44,47

EDAD

< 1

1.740

781

959

44,89

1

150

62

88

41,33

2

93

38

55

40,86

3

73

28

45

38,36

4

67

35

32

52,24

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Movimiento Natural de la Población . INE, 1999

Por lo que respecta a la mortalidad de la población española en su conjunto, en 1999, murieron 371.102 personas, de las cuáles el 47,39 % fueron mujeres.

Al analizar las causas de fallecimiento por sexo se observa que en ambos colectivos, femenino y masculino, la causa más importante de los fallecimientos la constituyen las enfermedades del aparato circulatorio, pero son más mujeres las que mueren por esta causa que hombres. Por otro lado, existen diferencias muy relevantes entre uno y otro sexo respecto a la mortalidad por trastornos mentales, así como enfermedades del sistema osteomuscular y del tejido conjuntivo. Respecto a éstas, también fallecen más mujeres que hombres. Por el contrario, la mortalidad debida a traumatismos y envenenamientos es superior en el sexo masculino.

Causas de fallecimiento

Total

Mujeres

Hombres

Absoluto

% Muj

Absoluto

%

Absoluto

%

Todas las causas

371.102

47,39

175.847

100

195.255

100

Enfermedades infecciosas y parasitarias

6.530

39,65

2.589

1,47

3.941

2,02

Tumores

94.566

37,37

35.338

20,10

59.228

30,33

Enfermedades de las g. endocrinas, de la nutrición y del metabol.

11.382

61,74

7.027

4,00

4.355

2,23

Enfermedades de la sangre y de los órganos hematopoyéticos

1.124

57,21

643

0,37

481

0,25

Trastornos mentales

11.520

65,62

7.559

4,30

3.961

2,03

Enfermedades del s. nervioso y de los órganos de los sentidos

10.303

56,80

5.852

3,33

4.451

2,28

Enfermedades del aparato circulatorio

131.774

54,48

71.792

40,83

59.982

30,72

Enfermedades del aparato respiratorio

45.194

41,44

18.727

10,65

26.467

13,56

Enfermedades del aparato digestivo

18.972

45,31

8.596

4,89

10.376

5,31

Enfermedades del aparato genitourinario

7.713

50,75

3.914

2,23

3.799

1,95

Complicaciones del embarazo, del parto y del puerperio

15

100,00

15

0,01

0

0,00

Enfermedades de la piel y del tejido celular subcutáneo

910

69,01

628

0,36

282

0,14

Enfermedades del sistema ósteomuscular y del tejido conjuntivo

3.208

70,23

2.253

1,28

955

0,49

Anomalías congénitas

1.142

46,41

530

0,30

612

0,31

Ciertas afecciones originadas en el periodo perinatal

788

43,91

346

0,20

442

0,23

Síntoma y estados morbosos mal definidos

9.550

57,10

5.453

3,10

4.097

2,10

Traumatismo y envenenamientos

16.411

27,94

4.585

2,61

11.826

6,06

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de "Defunciones según causa de muerte" INE. 1999

Consumo de drogas: tabaco, alcohol y otros productos estupefacientes y psicotrópicos

Los datos que se ofrecen a continuación proceden del Informe nº 4 del Observatorio Español sobre Drogas, publicado en marzo de 2001 realizado a partir de tres encuestas llevadas a cabo en los años 1995, 1997 y 1999 y del estudio publicado por el Instituto de la Mujer, realizado por EDIS, 2000.

El análisis de la evolución registrada en el consumo de tabaco confirma la existencia de tendencias contrapuestas en función del sexo. Mientras que en los hombres se observan continuadas reducciones desde 1995 (de 5,5 puntos porcentuales respecto a 1999), en las mujeres, se ha producido un incremento de 2,3 puntos entre 1997 y 1999, rompiendo de este modo la tendencia descendente que se venía observando, con carácter general, en los últimos años en el consumo de tabaco.

18

Entre la población general de 15 a 65 años el consumo diario de tabaco es mayor entre los hombres (37.1%) que entre las mujeres (28.1%). No obstante, el porcentaje de mujeres fumadoras es superior al de hombres en los grupos de edad de 15 a 19 años y de 25 a 29 años, siendo en el primero de los intervalos en el que se registran las diferencias más acusadas (hay un 5,5% más de mujeres fumadoras que de hombres). El grupo de edad de las mujeres de mayor prevalencia de uso diario, es el de 25 a 29 años.

En cuanto al consumo de alcohol, en 1995, el grupo mayoritario era el de los hombres de 25 a 29 años y en 1999 también los hombres, pero de 35 a 39 años. Las mujeres entre 20-24 años registran mayores consumos en las tres encuestas. No obstante, debe destacarse el importante crecimiento que el consumo de alcohol ha registrado entre las mujeres más jóvenes (de 15 a 19 años) en el período 1995-1999.

1995

1997

1999

Grupo de edad

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

15-19

56.8

37.7

53.8

46.2

54.9

50.9

20-24

75.6

53.2

79.1

60.4

76.5

65.3

25-29

77.9

46.0

76.9

55.1

77.6

62.6

30-34

70.2

39.8

80.3

52.3

79.2

55.7

35-39

73.1

45.1

80.3

53.7

83.0

52.0

40-65

65.2

29.6

73.3

41.5

74.5

42.1

15-65

68.4

38.0

73.3

48.2

74.7

50.7

Total

53.0

60.7

61.7

Fuente: DGPNSD. Observatorio Español sobre Drogas (OED).

Las prevalencias de uso confirman, en la Encuesta de 1999, la clara desproporción existente a favor de los hombres sobre el consumo de heroína: el 0,6%, frente al 0,3% de las mujeres.

El consumo de tranquilizantes de forma habitual, entre las mujeres, es del 3,5%. La prevalencia de este consumo es tres veces superior entre mujeres que entre hombres.

El consumo de tranquilizantes en el colectivo femenino

General

Escolares

Consumió alguna vez

9,7

15,2

Edad media de inicio en el comsumo (años)

37,95

14,75

Consumió en los últimos doce meses

6,7

8,1

Consumió alguna vez

5,6

5

Frecuencia de consumo en el último mes:

Menos de una vez por semana

Una vez por semana

De dos a seis veces por semana

Diariamente

2

0,1

0,8

2,7

2,4

1,2

0,7

0,7

Fuente: Elaborado para el Instituto de la Mujer por EDIS, El consumo de Alcohol y otras drogas en el colectivo femenino . Instituto de la Mujer, Madrid, 2000.

Los hipnóticos son consumidos, de forma habitual, por el 2% de las mujeres, siendo la prevalencia de consumo más alta que entre los hombres.

El consumo de hipnóticos en el colectivo femenino

General

Consumió alguna vez

3,3

Edad media de inicio en el comsumo (años)

44,83

Consumió en los últimos doce meses

2,9

Consumió alguna vez

2,7

Frecuencia de consumo en el último mes:

Menos de una vez por semana

Una vez por semana

De dos a seis veces por semana

Diariamente

0,4

0,3

0,7

1,3

Estas sustancias se incluyeron en la encuesta de escolares junto a los tranqulizantes.

Fuente: Elaborado para el Instituto de la Mujer por EDIS, El consumo de Alcohol y otras drogas en el colectivo femenino . Instituto de la Mujer, Madrid, 2000.

Finalmente, señalar que, los hipnóticos y tranquilizantes son las sustancias, después del alcohol y el tabaco, que las mujeres consumen de forma habitual en mayor porcentaje, afectando este consumo, fundamentalmente, a mujeres adultas.

Métodos anticonceptivos

A partir de la Encuesta de Fecundidad dirigida a mujeres en edad fértil (de 15 a 49 años), realizada en 1999, se puede afirmar que los métodos anticonceptivos utilizados con más frecuencia son: el preservativo (50.24%) y la píldora (45.74%), mientras que los menos utilizados han sido el diafragma, tapón o esponja vaginal (0.75%) y la píldora del día siguiente (0.94%).

Absoluto

%

Métodos utilizados *

Píldora

4,649,576

45.74

DIU

1,090,798

10.73

Diafragma, tapón, esponja vaginal

76,192

0.75

Preservativo

5,106,795

50.24

Cremas anticonceptivas

187,057

1.84

Inyección

121,990

1.2

Píldora del día siguiente

95,685

0.94

Ligadura de trompas

636,078

6.26

Vasectomía

537,194

5.28

Otros métodos

59,601

0.59

Fuente: Encuesta de Fecundidad. INE Los porcentajes de todos los métodos no son sumatorios. En cada caso, se refieren al porcentaje total de la población que ha utilizado el método en cuestión; y cada persona puede haber hecho uso de varios.

Interrupciones Voluntarias del Embarazo

Del período que comprende el informe disponemos de los datos de IVEs practicadas de los años 1999 y 2000. Las cifras muestran un aumento en 5.375 del número de notificaciones de casos de IVEs en el año 2000.

1999

2000

Total IVES

58,399

63,756

IVES adolescentes

8,510

9,047

% IVES adolescentes

14.57

14.19

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Ministerio de Sanidad y Consumo.

VIH/SIDA

El Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida afecta en mucha menos proporción a las mujeres que a los hombres, de forma que el número de casos de SIDA diagnosticados en estos años en el colectivo masculino es de casi 4 veces superior que en el femenino. Además, la edad media de las mujeres con SIDA, en el año de diagnóstico es claramente inferior al masculino.

También se aprecia en la tabla que se está produciendo una reducción del número de casos de SIDA, tendencia que comienza ya en el año 1996. Sin embargo los casos de nuevas infecciones por transmisión sexual superan en este momento a las debidas a transmisión parenteral. Este aumento porcentual de la transmisión heterosexual es más acentuado en mujeres y especialmente en los grupos más jóvenes.

AMBOS SEXOS

MUJERES

HOMBRES

Nº de casos

Edad Media

Nº de casos

Edad media

Nº de casos

Edad media

1999

2.832

36.5

578

35,0

2.254

37,9

2000

2,326

36.6

522

34,9

1.804

38,3

2001

1.980

37,2

390

36,2

1.590

38,2

2002(*)

572

111

36,7

461

39,4

N.C.

86

31.0

15

29.1

71

32,8

(*): Datos a 30 de Junio de 2002 Fuente: Registro Nacional de SIDA, Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de la Salud Carlos III

En España, se han producido cambios en las características epidemiológicas de los casos de sida. Así, el peso relativo de los casos por transmisión heterosexual diagnosticados en el año 2001 es del 40%, mientras que en los hombres esta categoría de transmisión supone un 20%.

Casos de SIDA diagnosticados en 2001, según sexo y categoría de transmisión

Fuente: Secretaría del Plan Nacional sobre SIDA, Centro Nacional de Epidemiología. Centro Nacional Carlos III. Ministerio de Sanidad y Consumo

Porcentaje de casos por las tres vías principales de transmisión, según año de diagnóstico, en Mujeres.

Fuente: Registro Nacional de casos de SIDA, actualización 31 Diciembre 2001

La tendencia de progresión de la transmisión heterosexual desde el año 1.988, de 10, 6 % ha aumentado de forma progresiva y constante a lo largo de los años, situándose en el año 2000 en el 40%, mientras que paralelamente disminuyen de forma constante los casos por usuarios de drogas por vía parenteral UDVP.

II. Modificaciones del ordenamiento jurídico.

Durante el período objeto de este informe, lo más relevante ha sido la ratificación del Protocolo Adicional al Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la biología y la medicina, por el que se prohibe la clonación de seres humanos, hecho en París el 12 de enero de 1998.

III. Políticas y programas.

Para la ejecución de las políticas y el desarrollo de programas debe destacarse, en primer lugar, que ha finalizado el traspaso de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas en materia de salud, lo que ha determinado la aprobación de planes de salud autonómicos

A nivel nacional, se ha continuado en el desarrollo de los Planes sobre Drogas y contra el Sida. Dado que estos planes están dirigidos a toda la población, desde el Instituto de la Mujer se ha trabajado para incluir en sus programas la perspectiva de género.

En cuanto al Observatorio Español sobre Drogas, cuya función básica es la evaluación de la situación de las drogodependencias en España, basada en la recogida y análisis de información, los datos se recogen teniendo en cuenta los dos sexos. Los resultados de su actividad se ponen a disposición de las instituciones, profesionales que gestionan y/o trabajan en este campo y público interesado. El Observatorio supone también la existencia de un instrumento eficaz en la toma de decisiones por los responsables del Plan Nacional sobre Drogas para una adecuada planificación y puesta en marcha de actuaciones en esta materia.

En España, siguiendo las directrices marcadas por la Organización Mundial de la Salud en el vigente Tercer Plan de Actuación para una Europa Sin Tabaco que señalan que los Estados miembros cuenten con planes propios así como políticas globales, según propone el Convenio Marco para la lucha Antitabáquica, se está elaborando un Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo que se aprobará próximamente y estará vigente hasta el año 2006. Asimismo, las Comunidades Autónomas, siguiendo las recomendaciones de los organismos internacionales, están elaborando planes de ámbito regional.

En relación con el Plan contra el SIDA, los grandes objetivos siguen siendo los que ya en 1987 aprobó la Asamblea Mundial de la Salud: prevenir nuevas infecciones, reducir el impacto negativo personal y social de la epidemia y movilizar y coordinar los esfuerzos contra la infección por el VIH/SIDA. Para alcanzar estos objetivos, los distintos apartados reflejan la necesidad de aplicar aquellas intervenciones que han demostrado su efectividad, dirigidas a la población general, a los grupos más vulnerables y a los individuos. En el 2000 se presentó la Evaluación del Plan de Movilización Multisectorial 1997-2000, documento que analiza a grandes rasgos el proceso y los principales resultados al finalizar el periodo de vigencia del Plan, y emite recomendaciones.

En el 2001 se aprueba el nuevo Plan Multisectorial 2001-2005, que establece los principios rectores del Plan y articula las estrategias y objetivos para cada área de trabajo (prevención, asistencia, vigilancia epidemiológica, investigación, participación ciudadana, coordinación institucional y cooperación internacional) en torno a los objetivos globales aprobados por la Asamblea Mundial de la Salud para el sida.

También en el año 2001 se revisan los indicadores de evaluación para adaptarlos a los nuevos objetivos y prioridades y corregir las deficiencias detectadas a lo largo de los años anteriores.

Las actuaciones, desarrolladas a través de Convenios de colaboración, van dirigidas, principalmente a la prevención. Así, el Instituto de la Mujer dentro del Convenio Marco y Convenios Específicos establecidos con el Ministerio de Sanidad y Consumo- Secretaría del Plan Nacional sobre el Sida-, ha desarrollado en distintas Comunidades Autónomas el Programa para la Prevención de la Transmisión Heterosexual del VIH/ Sida en las mujeres, a fin de sensibilizar y formar a profesionales de Atención Primaria de salud sobre su intervención en la prevención específicamente en mujeres. Asimismo, se han reeditado los materiales específicos elaborados para este programa que recogen los contenidos del mismo.

También, se han realizado actuaciones dirigidas a la formación de formadores y formadoras con profesionales que han participado en el programa para que continúen impartiendo seminarios entre el personal sanitario de los Centros de Salud de Atención Primaria. Como apoyo de esta parte del programa se ha elaborado un material específico para esta fase del programa denominado “ Género, subjetividad y relación sanitario/a y paciente” Además, para un mejor conocimiento de las características de la epidemia de VIH/sida en mujeres se ha efectuado una "Revisión epidemiológica “ en mayo de 2002 de próxima publicación.

El Instituto de la Mujer, en el 2001, firmó un Protocolo de Colaboración con la Delegación del Gobierno del Plan Nacional sobre Drogas del Ministerio del Interior con el objetivo de promover investigaciones que contribuyan a prevenir el consumo de drogas en las mujeres, desarrollar acciones y programas destinados a la información y a la prevención del consumo de drogas y realizar acciones que incidan en la reducción del daño asociado al consumo. En el año 2002 el Instituto de la Mujer ha promovido la celebración del Symposium sobre Tratamiento de la adicción en la mujer.

En el año 2002 el Instituto de la Mujer y la Secretaría del Plan Nacional sobre el SIDA, del Ministerio de Sanidad y Consumo, ha promovido las Jornadas Mujeres Adelante, simultánea a la XIV Conferencia Internacional sobre el SIDA celebrada en Barcelona, con el objetivo de sensibilizar e incrementar la formación en relación con la problemática del VIH/SIDA en mujeres, facilitar la difusión de las experiencias internacionales entre las organizaciones no gubernamentales y promover la redes de ayuda mutua entre mujeres de los distintos países.

El Instituto de la Mujer y el Ministerio de Justicia e Interior (Dirección General de Instituciones Penitenciarias) dentro de las actividades previstas en el convenio de colaboración subscrito entre ambas instituciones ha desarrollado en distintas Comunidades Autónomas el Programa de Promoción de Hábitos Saludables y Prevención de VIH/ Sida en mujeres privadas de libertad cuyo objetivo es la formación de Profesionales de Centros Penitenciarios y Voluntariado para que desarrollen actividades grupales sobre salud dirigidas a internas de los Centros Penitenciarios.

También se han firmado Convenios de colaboración entre el Instituto de la Mujer y Fundaciones y/o ONG sin ánimo de lucro que trabajan en la prevención, promoción de hábitos saludables, formación de profesionales, investigación, elaboración de materiales didácticos, etc.

En cuanto a las políticas sanitarias dirigidas específicamente a las mujeres, cabe señalar el Plan Integral de Atención a la Mujer, aprobado en 1998, con el que el Instituto Nacional de Salud (INSALUD) se propuso, en primer lugar, englobar, cuantificar y ordenar las acciones que tradicionalmente se venían enmarcando como de «atención a la mujer» para mejorar la calidad de la atención y, además, potenciar determinadas actuaciones desde los dos niveles asistenciales, Primaria y Especializada- para llegar a dar una mayor cobertura.

En resumen, este plan pretende:

Impulsar las acciones que ya realizaban los Centros del INSALUD.

Reforzar y ampliar algunos servicios que pudieran ser deficitarios.

Presentar de manera integral el conjunto de acciones y dispositivo del Sistema Público en beneficio de la Salud de la Mujer.

El Plan, impulsado en los dos primeros años, ha ido consolidando sus actuaciones.

La disminución de la mortalidad por cáncer de cérvix (objetivo general del programa) no se detectará hasta transcurridos, al menos, entre 5 y 10 años desde el inicio del programa. Por otro lado, han destacado las actuaciones dirigidas a promover la utilización de la analgesia epidural y las relacionadas con el cáncer de mama. Para ello se ha realizado un Protocolo de analgesia epidural en el parto y se han firmado Convenios de Colaboración entre Comunidades Autónomas y el INSALUD para la detección precoz del cáncer de mama.

Asimismo, el Instituto de la Mujer dentro del Convenio Marco y Convenios Específicos establecidos con el Ministerio de Sanidad y Consumo desarrolla un programa de prevención de embarazos, enfermedades de transmisión sexual y VIH/ Sida en las mujeres jóvenes cuyo objetivo es la formación de profesionales para la captación de mujeres jóvenes y la promoción de hábitos saludables y prácticas sexuales seguras.

También, en estos tres últimos años, en el marco del Convenio de Colaboración establecido con el Ministerio de Sanidad y Consumo, se ha desarrollado el Programa de Intervención Psicosocial para mejorar la calidad de vida de mujeres con cáncer de mama. Para lograr el objetivo de mejorar la calidad de vida de las mujeres intervenidas de cáncer de mama se ayuda a afrontar el diagnóstico y las nuevas condiciones de vida derivadas de la enfermedad, así como favorecer la vivencia positiva de su nueva imagen corporal. Este programa que se oferta por el propio personal sanitario a las mujeres que están en tratamiento, se desarrolla en distintos centros hospitalarios, mediante talleres grupales, jornadas de seguimiento e intervenciones individuales con mujeres en situaciones de crisis.

Asimismo, en el año 2.002 se ha elaborado un manual de “ Apoyo emocional y calidad de vida en mujeres con cáncer de mama” dirigido a los y las profesionales de los Servicios de Atención Especializada, a fin de mejorar la atención a ofertar a las usuarias con esta problemática.

En aplicación de las políticas europeas sobre Mainstreaming de género se han desarrollado actuaciones en el año 2001 y 2002 en colaboración con la Oficina Regional Europea de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Ministerio de Sanidad y Consumo y el Instituto de la Mujer a fin de incorporar la perspectiva de género en las políticas sanitarias europeas, conocer las experiencias de los distintos países y lograr consensos. Así, en el año 2002 se ha editado el documento “ Mainstreaming gender equity in health: The need to move forward: Madrid Statement “ .

Dentro del Convenio Marco entre el Instituto de la Mujer y el Instituto de Salud Carlos III, se ha impulsado la coordinación en el ámbito estatal de las personas responsables del Programa de la Mujer en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, al objeto de incorporar el enfoque de género en los programas de salud de la mujer de las distintas Comunidades Autónomas, destacando temas específicos sobre su salud y difundiendo los ejemplos de buenas prácticas. Asimismo, con carácter estatal se ha promovido y consolidado la red de médicas y profesionales de la Salud integrada por profesionales que tratan de incorporar la problemática específica referida de la salud de las mujeres en el diseño de programas y en la investigación.

En colaboración con las Consejerías de Sanidad de las Comunidades Autónomas y con los Organismos de Igualdad se desarrolla un Programa de formación dirigido a profesionales sanitarios del Sistema Público de Salud con el objetivo de sensibilizar e impartir una formación específica a los y las profesionales en las Áreas Sanitarias de Atención Primaria y Especializada del Sistema Público de Salud sobre temas específicos de la salud de las mujeres en distintas etapas o ante problemáticas concretas: la salud en la adolescencia, la atención a la mujer en el climaterio, la salud en las mujeres inmigrantes, los trastornos alimentarios.

Dentro del Programa de prevención de embarazos, enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA, se han desarrollado acciones en materia de educación sexual dirigidas a mujeres jóvenes, para la promoción de hábitos saludables y prácticas sexuales seguras.

El Instituto de la Mujer ha editado material formativo, sobre diferentes aspectos relacionados con la salud de las mujeres, dirigido a profesionales de atención sanitaria: Manual sobre cáncer de mama, Manual sobre autoestima , El estrés de las mujeres trabajadoras: sus causas y sus consecuencias. También ha publicado dentro de la colección Guías de Salud diferentes temas: Anticonceptivos y sexualidad., Paternidad/Maternidad. El embarazo, El parto, Las Enfermedades de Transmisión S e xual, Mujer y Drogas, así como la Revista Entre Nous de la Oficina Regional de la O.M.S. para Europa.

Por último, señalar las subvenciones concedidas por el Instituto de la Mujer en el área de info r mación y prevención para mejorar la salud de las mujeres.

En el período 1998- 2001, se han otorgado las siguientes cantidades:

1998

1999

2000

2001

1998-2001 %

59.800,70

127.715,07

95.861,43

128.617

115,08

Cantidades en Euros

Artículo 13: Beneficios sociales y económicos

Al margen de las bonificaciones sobre las cuotas empresariales a la Seguridad Social aprobadas anualmente como medidas de fomento del empleo de las mujeres (explicadas en el artículo 11) así como las ayudas económicas o técnicas que convoca el Estado o las comunidades Autónomas con la misma finalidad, la novedad más importante en este capítulo es la aprobación por el Consejo de Ministros, en noviembre de 2001, del Primer Plan Integral de apoyo a la familia, para el período 2001 – 2004, así como el Plan Nacional de acción para la inclusión social 2001 – 2003. (En relación con este Plan ver Anexo relativo a la exclusión social).

Según el Plan integral de apoyo a la familia, la Administración del Estado tiene la obligación de apoyar a las familias españolas, desarrollando políticas que faciliten su estabilidad, calidad de vida, autonomía y bienestar y, en consecuencia, eliminar, al máximo posible, los obstáculos o dificultades que las afectan directamente.

El Plan, que contiene medidas para avanzar en la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral, mejorar la calidad de vida familiar y garantizar el principio de continuidad demográfica o relevo generacional, se estructura en cuatro grandes objetivos:

Incrementar la calidad de vida de las familias,

Fomentar la solidaridad intergeneracional,

Apoyar a la familia como garante de la cohesión social

Prestar apoyo a las familias en situación de riesgo social y otras situaciones especiales.

Estos objetivos se concretan en 10 líneas estratégicas:

Política Fiscal y de Rentas.

Mejora de las prestaciones de Seguridad Social por hijo a cargo

Conciliación de la vida familiar y laboral.

Política de vivienda.

Favorecer el acceso a las familias a las nuevas tecnologías.

Revisión del Derecho de Familia.

Desarrollo de los servicios de orientación y/o mediación familiar.

Apoyo a las familias en situaciones especiales.

Fomento de la participación social y el acceso a la cultura de las familias.

Nueva Ley de protección a las familias numerosas

El Plan tiene en cuenta que el cuidado de personas dependientes, tanto mayores como menores y discapacitados, sigue recayendo, por lo general, en las mujeres. Por ello, en el nuevo Impuesto sobre la renta de las personas físicas, las madres con niños menores de 3 años dispondrán simultáneamente de estas medidas:

La reducción en el impuesto por cuidado de hijo menor de tres años asciende a 1.200 euros.

Como gran novedad se crea una nueva deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de 3 años para las madres que compaginen la vida familiar y laboral. Esta deducción se podrá percibir como una paga anticipada.

A pesar de la tendencia a familias con un menor número de hijos, existen en España un 13% de familias que tienen tres o más hijos, o dos hijos y uno de ellos con discapacidad y que, por tanto de acuerdo con la Ley 8/1998, de 14 de abril, son familias numerosas. Las familias numerosas reciben un apoyo específico, con objeto de suavizar la carga económica de las familias con mayor número de hijos.

También tiene en cuenta el caso de las familias monoparentales, es decir, aquéllas en que un solo progenitor (la madre con carácter general) asume en solitario las cargas familiares (por viudedad, por separación o divorcio o por maternidad de madre soltera). Este tipo de familia se ha incrementado en España de manera progresiva en los últimos años, sobre todo debido al aumento de los casos de separación o divorcio. Algunos estudios sitúan en algo más del 8% los hogares monoparentales (padre o madre solos que conviven con hijos menores) sobre el total de núcleos familiares con hijos menores de 18 años. Estas familias requieren un apoyo adicional y específico ya que presentan mayores dificultades de conciliación entre trabajo y familia y mayor riesgo de exclusión social.

Artículo 14: Mujeres rurales

I. Situación actual

Según los datos ofrecidos por FAOSTAT, base de datos estadísticos de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la población agrícola española supone el 8,1 % de la población total, por encima de la media de la Unión Europea (5,83%).

Población total

Población agrícola (1)

Población activa

Total

En la Agricultura (2)

39.628

3.280

17.227

1.397

(en miles de personas)

(1) La población agrícola comprende todas las personas que dependen de la agricultura para su subsistencia.

(2) Comprende agricultura, ganadería, silvicultura, caza y pesca.

Según datos ofrecidos por el Instituto Nacional de Estadística, la distribución porcentual de la población agrícola activa que se ofrece en el siguiente cuadro, y en la que se ha englobado agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, en los años 1998,1999 y 2000, ofrece grandes diferencias entre los sexos. De este modo, y a pesar del aumento anual experimentado por las mujeres, éstas no han alcanzado ni el 30% de la población hasta el año 2000.

Distribución porcentual población agrícola

Años

Total

Sexo

Hombres

Mujeres

1998

100

71,8

28,2

1999

100

71,0

29,0

2000

100

69,5

30,5

(1) Comprende agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

Fuente: I.N.E.

Los datos de la población agrícola española ocupada, clasificada por sexo, arroja datos con menores diferencias y parece que estas diferencias disminuyen ya que si en el año 1999 el porcentaje de mujeres ocupadas en el sector primario de la agricultura era del 36,4%, en el año 2000 era del 37,2%

Población activa ocupada clasificada por sexo

Variables

Miles de personas

Distribución porcentual

Sector primario(1)

Sector primario(1)

hombres

mujeres

Total

hombres

mujeres

1999

769,1

262,8

1031,9

74,53

25,47

2001

709,1

253,1

962,2

73,7

26,30

(1) Comprende agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

Fuente: I.N.E

Sin embargo, al desglosar los datos el sector de la pesca se aprecia que esta ocupación es una de las que continúa fuertemente masculinizada, representando las mujeres en el año 2002 solamente el 8,8 % de la población.

Mujeres ocupadas en: a) la agricultura, ganadería, caza y silvicultura; y b) la pesca

Año

A

B

2000

273,2

9.6

2001

301,1

9.4

2002

271,9

8.8

Los datos en miles de personas se refieren al primer trimestre

Los resultados son estimaciones obtenidas con factores de elevación repondremos según la metodología EPA-2002. Desde el primer trimestre de 2001 hay un salto en las series de paro, activos e inactivos, debido al cambio de la definición de desempleo.

Fuente: Boletín Mensual de Estadística.

II. Políticas y programas.

En la Agenda 2000 de políticas comunitarias en la que el desarrollo rural en uno de los ejes básicos de la nueva política agraria, se establecen como principios básicos el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente, la creación de empleo y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Según informa el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en “Hechos y cifras del sector agroalimentario y del medio rural español”. (6ª edición revisada, actualizada y ampliada) Madrid 2002, en el período 1996-2000, merece la pena destacar el incremento del protagonismo de las mujeres en estos procesos de desarrollo rural.

Finalizada la Iniciativa Comunitaria NOW, se ha puesto en marcha la nueva Iniciativa Equal, que pretende desarrollar, en el ámbito de una cooperación transnacional, la promoción de nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y desigualdades de toda clase en relación con el mercado de trabajo. Asimismo, y para el período 2000-2006, la Iniciativa Leader Plus plantea para el proceso de desarrollo rural, una serie de temas de especial importancia: las nuevas tecnologías de la información, la mejora de la calidad de vida en las zonas rurales, la valoración de los productos locales y el desarrollo de los recursos naturales y culturales, reforzando el protagonismo de la sociedad civil, especialmente de las mujeres y jóvenes.

En este contexto, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través del Instituto de la Mujer, y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación vienen apoyando el papel fundamental que tienen las mujeres en el desarrollo rural.

Este último Ministerio, convoca con regularidad multitud de subvenciones, becas y ayudas al desarrollo rural, fomento del asociacionismo, cooperativismo, etc., entre las que cabe destacar, a modo de ejemplo, las subvenciones para la incorporación de la perspectiva de género en las actuaciones de desarrollo rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía o las ayudas a actuaciones que promuevan la integración de la mujer en el ámbito rural en la Comunidad Valenciana.

Especial mención merece el apoyo que el Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, de concesión de ayudas por el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) ofrece a las mujeres jóvenes para convertirse en titulares de explotaciones agrarias, al incrementarles en un 10% las ayudas de acceso a la titularidad.

En las acciones formativas, base fundamental del desarrollo del cooperativismo agrario, dirigidas a mejorar la cualificación profesional de las personas que intervienen en los aspectos fundamentales de la Sociedad Cooperativa Agraria, han participado en los últimos tres años un total de 12.374 mujeres, lo que representa el 22.48 % del total.

Durante el año 2001, se realizaron actividades que incidieron en su administración, producción y comercialización, concediéndose ayudas por importe de 1.714.687,53 de Euros para la realización de 641 cursos a los que asistieron 19.528 personas.

Del total de estos cursos, el 88% trataron sobre aspectos empresariales para mejorar la cualificación profesional de los consejeros y gerentes y sobre aspectos técnicos de informatización, comercialización, mercadotecnia, etc; el 12 % restante trató sobre aspectos sociales, recursos humanos, dinámica de grupos y organización.

De los 19.528 asistentes, el 79 % fueron hombres y el 21 % mujeres.

Por su parte, el III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres 1997-2000 presentó un área específica de Mujeres Rurales, con la finalidad de visibilizar la aportación de las mujeres rurales a la economía y su integración laboral sin abandonar su medio.

En el período objeto de este informe ha finalizado, en el año 2000, el proyecto “Red Gea: Iniciativas Empresariales de Mujeres del Medio Rural” promovido por el Instituto de la Mujer en colaboración con los Organismos de Igualdad de diferentes Comunidades Autónomas, así como la Federación Nacional de la Mujer Rural. El Proyecto ha estado ligado a la necesidad de contribuir a la minoración de los graves problemas que vive el medio rural: bajo nivel de cualificación de las mujeres, escasa diversificación y reducido nivel de terciarización de las actividades económicas; debilidad de los tejidos empresariales-productivos existentes y de su competitividad; dificultades de acceso y participación en la sociedad de la información y acusado despoblamiento de las zonas rurales.

Este proyecto, integrado en un proyecto transnacional, ha estado inscrito dentro de la iniciativa comunitaria de empleo y recursos humanos NOW.

Las principales acciones realizadas han sido:

Creación y funcionamiento de una red interregional de apoyo mutuo, integrado por el personal técnico de las once entidades participantes que han permitido generar y mejorar un conjunto de recursos y medios de carácter técnico a las mujeres, cuya coordinación se ha llevado a cabo por el Instituto de la Mujer.

Difusión del programa: se ha diseñado la imagen de la Red Gea y su aplicación a cartel, folleto y encartes divulgativos. Se han confeccionado y difundido un total de 1000 carteles; 10.000 folletos y 10.000 encartes.

Formación. Debido a los problemas añadidos a los que se enfrentan las mujeres rurales se ha ofrecido un plan de formación innovador, aprovechando, además, el aprendizaje en las nuevas tecnologías, al haber elaborado el material formativo en un CD-Rom interactivo y un manual escrito que ha permitido a las mujeres el autoaprendizaje a distancia y les ha capacitado para dirigir su propia empresa.

Para impartir este Plan de formación, el Instituto de la Mujer ha realizado dos módulos de formación de formadores/as específico de 56 horas cada uno, dirigidos a 43 profesionales de las entidades adheridas que se han hecho cargo de las tutorías para el asesoramiento, ayuda y acompañamiento a las usuarias.

Asistencia Técnica Individualizada y grupal para la creación y gestión de empresas de todos los sectores potenciales del medio rural.

Sistemas informáticos a través de Internet para la cooperación entre empresas de mujeres, el intercambio de información, la creación de una red para la distribución de productos o servicios, una página WEB y convocatoria de premios para apoyo de iniciativas empresariales de mujeres innovadoras en el medio rural.

Según el informe de evaluación del proyecto realizado en el 2001, los principales resultados han sido:

Acciones

Participantes

Formación equipo técnico

147

Formación previa

1031

Formación a distancia plan empresa

790

Asistencias Técnicas

312

Empresas creadas

194

Empresas en fase de creación avanzada

47

Durante el año 2000 y 2001 el Instituto de la Mujer con el fin de apoyar a la Red GEA ha editado 5000 ejemplares en soporte CD Rom de tres cursos monográficos:”Cómo gestionar la problemática de compras y almacén”, “Cómo aplicar la informática a tu negocio” y “Cómo conocer y fidelizar tu clientela”.

El coste total del proyecto ha sido de 7.691.152 de Euros incluyendo la celebración de una Feria de Muestras y el Congreso Europeo de Mujeres Rurales realizados simultáneamente en el Palacio de Congresos de Madrid el 16 y 17 de diciembre de 1999.

En el congreso los temas se refirieron a la aportación de las mujeres rurales a la economía y su papel en la evolución de la sociedad en los últimos 50 años. En las mesas redondas e intervenciones se trataron temas como el factor del desarrollo local, la educación, la formación profesional y el empleo, los nuevos yacimientos de empleo, las empresarias rurales, comercialización de productos y servicios, y por último, la participación y la toma de decisiones en la sociedad rural.

El Instituto de la Mujer ha recogido las intervenciones en una publicación: Mujeres rurales: Ponencias e intervenciones en mesas redondas del Congreso Europeo de mujeres rurales (Madrid, 16 y 17 de diciembre de 1999).

Por otro lado, se ha continuado apoyando al movimiento asociativo de mujeres rurales para incrementar su participación social y su acceso a puestos de decisión en las organizaciones de tipo económico, profesional y sindical. Este apoyo, básicamente económico, aunque también de carácter técnico, se canaliza a través de dos convocatorias de subvenciones: la del régimen general del Instituto de la Mujer, dirigida principalmente al fomento del asociacionismo de las mujeres y la del 0,52% de Impuesto sobre la renta de las personas físicas del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Las ayudas concedidas a ONG y a asociaciones para desarrollar programas dirigidos a mujeres rurales desde 1999 han sido las siguientes:

IRPF-COLECTIVO MUJER

REGIMEN GENERAL

TOTAL

Años

Nº de programas

Importe

(Euros)

Nº de programas

Importe

(Euros)

Nº de programas

Importe

(Euros)

1999

13

780.459,14

8

99.167,00

21

879.626,14

2000

13

852.009,78

12

93.757,89

25

945.767,67

2001

12

770.843,10

7

109.985,22

19

880.828,32

38

2.403.312,02

27

302.910,11

65

2.706.222,13

IRPF- Colectivo Mujer Programas dirigidos al ámbito rural y marítimo pesquero

Los programas subvencionados se dirigen a actividades que, aunque siguen siendo muy diversas, han sufrido en los últimos años una evolución que, según el informe de evaluación del III PIOM, tiene mucho que ver con el cambio que han experimentado los objetivos: han pasado de tener unos objetivos principalmente lúdicos (manualidades, talleres) a estar dirigidos a la formación ocupacional.

Cabe mencionar, asimismo, la exposición realizada en 1999 y presentada durante el “Congreso Mujeres y Sociedad rural: entre la inercia y la ruptura”. Esta exposición itinerante pretende reflejar las diferentes situaciones socioprofesionales y laborales de las mujeres rurales, teniendo en cuenta la enorme diversidad dentro de una España autonómica plural. Presenta aspectos de continuidad, que dificultan la consecución efectiva de la igualdad de oportunidades, pero también aquellos aspectos de innovación y ruptura que contribuirán a su logro. Con un fondo crítico presenta las diversas situaciones profesionales de las mujeres rurales en el ámbito de la agricultura, la pesca, y la sociedad rural en general, exponiendo los procesos de participación de estas mujeres en el tejido asociativo profesional y social, su incorporación a la sociedad civil y su creciente protagonismo en la construcción del futuro de la sociedad rural y en los emergentes procesos de su desarrollo.

Como material de apoyo, la exposición cuenta con un folleto de divulgación, un cartel publicitario y un vídeo. Asimismo, con el mismo título se editó un libro que, además de servir de catálogo de la exposición, cuenta con diversos artículos de especialistas en la materia.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de la Mujer firmaron, en mayo del 2002, un Convenio de Colaboración para la realización del III Congreso Mundial de Mujeres Rurales, que se celebró en Madrid en octubre del mismo año como continuación de las Conferencias anteriores sobre esta materia celebradas en Melbourne (Australia) en 1994 y en Washington (EE.UU), en 1998.

La celebración de este III Congreso Mundial, con un aforo de 1500 mujeres rurales procedentes de los distintos continentes, tuvo por objeto analizar diversos temas relacionados con la situación de las mujeres rurales en el contexto mundial, el desarrollo sostenible, temas de género y la seguridad alimentaria, el impacto de las nuevas tecnologías, la toma de poder y de decisiones, las políticas públicas de apoyo a las mujeres rurales, etc. Cofinanciado por el Fondo Social Europeo, la finalidad fue la de estimular el debate y la reflexión que impulse la búsqueda de nuevas alternativas y el intercambio de experiencias, dado el importante papel que las mujeres rurales deben jugar en los nuevos procesos de desarrollo rural.

Durante la celebración del mismo se han exhibido dos exposiciones: “Mujeres y Sociedad Rural: entre la inercia y la ruptura”, actualizada en 2002 y “Mujeres en la aldea global” realizada en 2001-2002 que refleja, a través de una colección de fotografías de todos los continentes, los principales problemas de las mujeres rurales en todo el mundo.

Actividades realizadas durante la Presidencia española de la Unión Europea en materia de Agricultura.

Para introducir el mainstreaming de género en el Consejo de Agricultura de la Unión Europea durante la Presidencia española, se elaboró un documento para valorar la incidencia del género en las políticas de desarrollo rural, donde las mujeres adquieren un especial protagonismo. En dicho documento se realiza una exposición de la contribución de las mujeres al mundo rural y se ponen de manifiesto dos aspectos: en primer lugar, el objetivo prioritario de la UE para asegurar el principio de igualdad de oportunidades entre las mujeres y hombres que residen en el medio rural y en segundo lugar, el nuevo modelo rural europeo en el que es vital la participación de las mujeres.

El documento afirma que las políticas comunitarias deberán seguir reforzando la capacidad organizativa de las mujeres en las zonas rurales, estimulando y apoyando a las organizaciones empresariales de mujeres, a las ONGs, a las cooperativas y otras fórmulas asociativas, así como a otros colectivos de mujeres rurales.

Por otra parte, el documento recoge que, con objeto de mejorar todos los procesos participativos, sería conveniente elaborar estadísticas desagregadas por sexo, que ayuden a configurar el panorama del mundo rural europeo y sirvan de orientación para la elaboración de las futuras políticas rurales en el seno de la Unión Europea y para asegurar el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el medio rural.

Junto a este documento, el Consejo de Agricultura de 27 y 28 de mayo de 2002 adoptó un texto de conclusiones donde se recogen una serie de propuestas para solventar las dificultades que se plantean en esta materia, entre las que podemos destacar:

Instar a los Gobiernos a que reconozcan en sus políticas de desarrollo rural la función de las mujeres para mejorar su nivel de vida, asegurar un empleo y los servicios básicos e impulsar la propia sociedad rural.

Animar a los Estados miembros a efectuar un diagnóstico sistemático y un análisis previo de las políticas, de la legislación, de las estrategias y de los proyectos de desarrollo, antes de su adopción, con el fin de velar por que no sean discriminatorios para las mujeres y que contribuyan a promover la igualdad de género.

Mejorar los sistemas de información estadística desagregada por género, de forma que ayuden a configurar el panorama del mundo rural europeo y sirva de orientación para la elaboración de políticas en este sector.

Adoptar políticas que refuercen la capacidad económica de las mujeres empresarias en las zonas rurales y estimulen y apoyen a las organizaciones empresariales de mujeres, a las organizaciones no gubernamentales, a las cooperativas y a otras fórmulas asociativas agroalimentarias, y faciliten la creación de redes de colectivos de mujeres rurales.

III. Mujer y medio ambiente.

El principal objetivo del III Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en materia de medio ambiente es fomentar la participación activa de las mujeres en los programas de medio ambiente. Por ello, las actuaciones comprendidas en este área van dirigidas a ayudar a las mujeres a tomar la iniciativa en la promoción de una ética medioambiental que promueva el uso racional de los recursos y el consumo, y que utilice tecnologías y métodos de producción respetuosos con la naturaleza.

Las actuaciones previstas por el III PIOM para lograr la participación activa de las mujeres en los programas de medio ambiente son:

Realizar campañas de difusión para que las mujeres, como consumidoras, tomen conciencia del impacto de los productos, tecnologías e industrias en la salud y el medio ambiente.

Promover la participación de las mujeres en la recuperación del entorno medioambiental, urbano y rural, impulsando el ejercicio de buenas prácticas.

Fomentar la realización de cursos de formación sobre nuevas tecnologías relacionadas con el medio ambiente.

Ofrecer asistencia técnica a las iniciativas empresariales de las mujeres, con el fin de fomentar la utilización de tecnologías y métodos de producción respetuosos con el medio ambiente.

Sensibilizar a las mujeres en el principio de conciliación del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

Fomentar la participación de las mujeres en actividades relacionadas con el turismo ecológico, a través del autoempleo, cooperativas o la creación de empresas familiares.

Entre las actividades llevadas a cabo, cabe destacar la organización de cursos de Gestión medioambiental, dirigidos a incrementar la ocupabilidad de mujeres con titulación media o superior realizados por el Instituto de la Mujer en colaboración con los organismos de igualdad de las Comunidades Autónomas.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología, ha llevado a cabo el Programa de “Recuperación del entorno natural”. Se trata de un taller de empleo dirigido especialmente a potenciar, mejorar favorecer la integración de la mujer en el mercado laboral.

En relación con esta materia se han subvencionado los siguientes programas:

Participación de mujeres en sensibilización y conciliación del medio ambiente y desarrollo sostenible, de Asociación de Familias y Mujeres del Medio Rural, dirigido a 116 mujeres

Educación medioambiental y turismo sostenible. Programa de sensibilización y conciliación de medio ambiente y desarrollo sostenible, de la entidad Cooperación Internacional dirigido a 20 mujeres jóvenes.

Feminismo y ecología. Programa dirigido a la concienciación de mujeres sobre la protección del medio ambiente y al análisis de la política ecofeminista.

Simposio internacional sobre feminismo y ecología.

Por otra parte, el 10 de Mayo de 1999, el Ministerio de Medio Ambiente y el de Trabajo y Asuntos Sociales firmaron un Convenio de colaboración para el desarrollo de actuaciones destinadas a favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el sector medioambiental. El Convenio marco intenta promover:

La sensibilización social sobre la aportación de las mujeres en las tareas medioambientales.

La formación de mujeres en profesiones y oficios propios del sector medioambiental.

La realización de estudios y análisis de estadísticas que permitan conocer la situación de la mujer en el entorno sociolaboral vinculado al medio ambiente.

El intercambio de información y asesoramiento técnico entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Instituto de la Mujer, cuando se decidan emprender acciones positivas que promuevan la igualdad de oportunidades.

Colaborar en la edición de materiales de divulgación e información.

Promover la igualdad de oportunidades en las políticas medioambientales.

Dentro del Programa Operativo del Ministerio de Medio Ambiente, Iniciativa Empresarial y Formación continua, para el período 2000 – 2005, en colaboración con el Fondo Social Europeo, cabe señalar como estrategia transversal presente en todas las actuaciones que en materia de Formación Ambiental se emprendan, el principio de igualdad de oportunidades en el mercado laboral ambiental.

Asimismo, en la Orden 1089/2002, de 26 de abril, por la que se regula la concesión por el Organismo Autónomo Parques Nacionales de ayudas para la asistencia a cursos y actividades de formación ambiental, entre los criterios de valoración a tener en cuenta para la adjudicación se establece la condición femenina de las personas participantes.

Igualmente, en la convocatoria de ayudas para participar en el Programa de Formación Ambiental 2002, del Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Fundación Biodiversidad, dentro de los criterios establecidos en la selección de participantes figura, entre otros, la concesión de dos puntos adicionales a las mujeres.

Encuadrado dentro del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio de Medio Ambiente para la realización de un programa de turismo sostenible, la Fundación Biodiversidad suscribe un Convenio de Colaboración con la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y PYMES, para la puesta en funcionamiento y desarrollo del proyecto “Mujer y Medio Ambiente: Nuevos Yacimientos de Empleo”.

El objetivo de dicho convenio es la realización de un trabajo que une la problemática de inserción laboral de la mujer a las nuevas oportunidades de empleo que puede generar el sector turístico, en zonas de influencia de Espacios de Naturaleza, con independencia de que cuenten o no con figuras de protección legal. El trabajo tiene por objetivo detectar Nuevos Yacimientos de Empleo para la mujer en los espacios y su área de influencia, donde se dé una gran dificultad de acceso al empleo para la mujer.

La Presidencia española de la Unión Europea durante el primer semestre de 2002 decidió incorporar la perspectiva de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el Consejo de Medio Ambiente.

Una de las actividades realizadas para el efectivo desarrollo de esta incorporación de la perspectiva de género fue la celebración de un Seminario sobre “Políticas Medioambientales Europeas y Mujer” que tuvo lugar en Valsaín (Segovia) el día 13 de Febrero de 2002.

A este seminario asistieron representantes de los Estados miembros de la Unión Europea relacionados con la materia, que debatieron acerca de los temas propuestos en un documento elaborado por la Presidencia. En dicho documento se recogieron las siguientes cuestiones para la discusión:

Por una parte, la necesidad de profundizar en la investigación sobre medio ambiente y género en la que las líneas de trabajo prioritarias se centrarían en la identificación de los agentes, las dificultades y las resistencias al cambio, con el objetivo de detectar los posibles efectos indeseados de las medidas que se tomen y las oportunidades de mejora y promoción para las personas implicadas.

Por otro lado, la necesidad de proponer medidas y acciones concretas para integrar la perspectiva de género en las políticas ambientales, a través de la participación de las mujeres, la comunicación y coordinación de todos los organismos e instituciones implicados y la propuesta de establecer instrumentos de evaluación que permitan conocer la repercusión diferenciada de las medidas que se adopten.

Por último, la necesidad de establecer programas de formación que faciliten la equidad entre las mujeres y los hombres mediante acciones formativas específicas para las mujeres que amplíen sus oportunidades sociales, así como la conveniencia de revisar los planes de formación ambiental en general para que incorporen la perspectiva de género, tanto en sus contenidos como en sus condiciones de desarrollo.

Las principales propuestas y resultados del seminario se incorporaron a un documento elaborado por el Ministerio de Medio Ambiente, en el que se ha valorado la necesidad de incorporar la perspectiva de género en materia de medio ambiente a través del desarrollo de programas, instrumentos y metodologías, de la creación de un grupo de trabajo “ad hoc” y de redes de mujeres profesionales. También se destacó la necesidad de recoger datos e indicadores desagregados por sexo y de fomentar la formación y la cualificación de las mujeres al considerar el sector ambiental como importante yacimiento de empleo.

Este documento se presentó en el Consejo de Medio Ambiente de la Unión Europea de 4 de diciembre de 2002.

Parte IV

Artículo 15 y 16: Igualdad en el derecho civil

En materia de derecho civil se han producido modificaciones importantes entre las que cabe destacar la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil que ha modificado los procedimientos de las causas civiles.

A través de la Disposición Derogatoria Única de esta Ley, se derogan distintos artículos del Código Civil, así como las Disposiciones Adicionales 1ª a 9ª, referentes a los procedimientos de nulidad, separación y divorcio, de la Ley 30/1981, de 7 julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.

Así, han sido derogados artículos, referentes a las disposiciones generales de las acciones y reclamaciones de filiación quedando el procedimiento regulado en la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, Libro IV, Título I, Capítulo III De los Procesos sobre filiación, paternidad y maternidad, evitando, de esta manera, la dispersión de normas de carácter procesal.

Del mismo modo, los procedimientos de nulidad, separación y divorcio, quedan regulados exclusivamente en la Ley de Enjuiciamiento Civil, Libro IV, Título I, Capítulo IV De los procesos matrimoniales y de menores.

Esta nueva regulación ha seguido manteniendo el sistema anterior. Cabe resaltar que no hay posibilidad de recurso ante el auto por el que se acuerdan las medidas provisionales, ya sean éstas solicitadas con anterioridad a la demanda, o en el cuerpo de la misma y también carece de recurso el auto de confirmación o modificación de las mencionadas medidas.

Tampoco cabe recurso contra el auto de medidas cautelares en los procedimientos sobre guarda y custodia, o sobre alimentos de los hijos menores.

Se mantiene la separación y el divorcio de mutuo acuerdo prácticamente igual. Por otra parte, se establece un único proceso para tramitar la separación, el divorcio y la nulidad de matrimonio, lo que ya existía para la separación y el divorcio, pero no para la nulidad dependiendo de la causa en la que se fundase.

Se recoge la posibilidad de establecer el inventario de los bienes del matrimonio en pieza separada, paralelamente al procedimiento de separación, nulidad o divorcio.

Se introduce el principio de dar eficacia y ejecutoriedad a la última resolución que se dicte, de ahí la ejecución provisional y el admitir la apelación de sólo una parte de la sentencia.

Por último, se produce una importante modificación en el proceso para el reconocimiento de las resoluciones canónicas. En estos casos, la oposición, ni siquiera motivada, por sí sola, no es enervante de la eficacia civil y se introduce la posibilidad de pedir medidas.

Por otro lado, la Ley 4/2000, de 7 de enero, de modificación de la declaración de fallecimiento de los desaparecidos con ocasión de naufragio y siniestros, ha supuesto la reducción de los plazos para la petición de la declaración de fallecimiento al modificar los artículos 193.3, 194.2 y 194.3 del Código Civil.

Así, procederá la declaración de fallecimiento una vez cumplido 1 año desde la fecha del riesgo inminente de muerte por causa de violencia contra la vida, y de 3 meses en caso de siniestro. La anterior regulación establecía el plazo de 2 años para ambos supuestos.

De la misma manera, a partir de ahora, procederá la declaración de fallecimiento una vez transcurridos 3 meses en caso de naufragio o desaparición, y 6 meses desde las últimas noticias recibidas, si el buque no llegase a su punto de destino. Anteriormente los plazos eran de 2 y 3 años respectivamente.

El plazo para la declaración de fallecimiento será de 3 meses para los casos de aeronaves siniestradas y de 6 meses para el caso de presunción de siniestro por no existir noticias del viaje y este se hubiera realizado sobre mares, zonas desérticas o inhabitadas. Los plazos para la declaración de fallecimiento en la regulación anterior eran de 2 y 3 años respectivamente.

La Orden, de 10 de noviembre de 1999, sobre cuestionario para la declaración de nacimiento al Registro Civil contiene dos innovaciones importantes. La primera, acatando la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala Primera) de 21 de septiembre de 1999 que ha declarado la inconstitucionalidad del precepto reglamentario que permitía a la madre, por su sola voluntad, ocultar la maternidad, por vulneración del derecho fundamental del hijo a conocer su identidad biológica. La segunda innovación consiste en la introducción de dos recuadros en blanco destinados a recoger las huellas dactilares de la madre y del recién nacido con la misma finalidad de reforzar su identidad biológica.

Por Ley 40/1999, de 5 de noviembre, sobre nombre y apellidos y orden de los mismos, se modifica el artículo 109 del Código Civil, así como el artículo 55 de la Ley de Registro Civil.

Dicha reforma ha supuesto que cuando la filiación está determinada por las líneas materna y paterna, el padre y la madre, de común acuerdo, pueden decidir el orden de transmisión de los apellidos de sus hijos. Asimismo, se establece que el orden de apellidos inscrito para el mayor de los hijos habrá de regir para los hijos posteriores del mismo vínculo. El hijo, al alcanzar la mayoría de edad, podrá solicitar que se altere el orden.

En la regulación anterior, los hijos tomaban, en primer lugar, el primer apellido del padre, y en segundo, el primer apellido de la madre, si bien también tenían la posibilidad de cambiar el orden de sus apellidos una vez cumplida la mayoría de edad.

El Real Decreto 193/2000, de 11 de febrero, de modificación de determinados artículos del Reglamento del Registro Civil en materia relativa al nombre y apellidos y orden de los mismos adecua lo establecido en la Ley 40/1999 al Reglamento.

Durante este período, las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Baleares, Cataluña, Madrid, Navarra y Valencia han aprobado leyes para reconocer determinados derechos a las parejas de hecho, tanto hetero- como homosexuales.

Exclusión.

I. Situación actual: A) Datos relativos a los ámbitos de exclusión y colectivos afectados.

La exclusión social presenta un carácter multidimensional, tanto en su génesis, como en su plasmación social. De este modo, pueden identificarse distintos problemas de exclusión social: pobreza, en el sentido de ingresos económicos, dificultades de integración laboral y de acceso a la educación, ausencia de alojamiento digno, carencia de salud, capacidad psico-física y de asistencia sanitaria, ausencia o insuficiencia de apoyos familiares o comunitarios, problemas de acceso a nuevas tecnologías y falta de sensibilización y movilización de la sociedad en general ante la exclusión social.

La carencia de apoyo familiar, como sucede en casos de familias desestructuradas, problemas de violencia doméstica o rupturas familiares, pueden constituir un factor intensificador en las situaciones de exclusión social.

En España, la situación de la pobreza en términos económicos, a partir de las cifras que suministra el panel de hogares de la Unión Europea (publicada en 1996) se sitúa en un 18,5%, con niveles cercanos a la media europea (17%).

Como factor transversal, no podemos olvidar la mayor intensidad de los fenómenos de pobreza y exclusión social entre las mujeres (feminización de la pobreza). Así, en nuestro país, las tasas de desempleo de las mujeres duplican a las de los varones; sus rentas salariales también son inferiores y, si nos fijamos en las situaciones de pobreza extrema, son también las mujeres, en mayor medida, las perceptoras de rentas mínimas. Afecta especialmente a las mujeres mayores de 65 años que viven solas o a mujeres solas con hijos a su cargo, es decir a las familias monoparentales.

Indices de Pobreza según Género y Edad

(Indice 100: % medio de pobreza del conjunto de la población)

Situación según Género

Nº índices

Hombres

99

Mujeres

100

Situación según Edad

Menos de 18 años

128

De 18 a 24 años

117

De 25 a 34 años

84

De 35 a 44 años

92

De 45 a 54 años

95

De 55 a 65 años

95

Más de 65 años

80

Fuente: Income, Poverty and Social Exclusión. Eurostat, 2000 (con datos del PHOGUE realizado en 1995)

Personas paradas de larga duración

En cuanto a este colectivo, (sin empleo, al menos durante un año), desde 1996, ha habido una reducción muy llamativa del número de personas en esta situación. Se ha pasado de 1.904.100 personas, en 1996, a 1.038.200, en el 2000, lo que supone una reducción del 45%. Esta reducción es menor en el caso de las mujeres(37´85%), que en el de los hombres (55´36%).

El mayor número tiene lugar entre los 20 y los 29 años. En relación con el total, el porcentaje de mujeres, en 2000, va incrementándose hasta el tramo de edad comprendido entre los 35 y los 39 y desde este tramo hasta los 55-59 años, disminuye.

1996

1998

2000

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj.

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj.

A. Sexos

Mujeres

Hombres

% Muj.

Total

1.904.1

1.074.8

829.3

56,45

1.539.9

948.4

591.5

61,6

1.038.2

668.0

370.2

64,34

16 a19

115.6

68.6

47.0

59,34

82

45.6

36.4

55,6

50.9

27.2

23.7

53,44

20 a 24

391.4

229.0

162.4

58,51

269.3

172.2

97.1

63,9

171.4

111.0

60.4

64,76

25 a 29

366.1

223.0

143.1

60,91

299.9

188.2

111.7

62,8

184.2

118.2

66.0

64,17

30 a 34

263.5

152.1

111.4

57,72

223.3

140.7

82.6

63

140.3

101.6

38.7

72,42

35 a 39

217.1

139.0

78.1

64,03

288.2

231.9

56.3

80,5

124.7

92.6

32.1

74,26

40 a 44

173.7

105.3

68.4

60,62

144.7

101.3

43.4

70

108.1

76.2

31.9

70,49

45 a 49

136.6

75.8

60.8

55,49

122.5

81.7

40.8

66,7

90.9

62.3

28.6

68,54

50 a 54

116.0

43.6

72.4

37,59

102.7

50.4

52.3

49,1

72.9

42.6

30.3

58,44

55 a 59

90.4

28.1

62.3

31,08

81.5

27.2

54.3

33,4

69.0

25.6

43.4

37,10

60 a 64

32.5

9.7

22.8

29,85

25.7

9.2

16.5

35,8

24.7

9.7

15.0

39,27

65 a 69

1.2

0.6

0.6

50,00

0.2

0.2

0

100

0.9

0.8

0.1

88,89

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa, IV trimestre. INE

Minorías étnicas

En el caso español, referirse a minorías étnicas significa, muy especialmente, hablar de la población gitana. Secularmente, parte de la población gitana ha ocupado una posición marginal en la sociedad española si bien, en las últimas décadas, su situación ha cambiado sensiblemente, iniciándose un camino para su incorporación social efectiva.

No obstante, a pesar de los avances, la actual situación de una parte de la Comunidad gitana todavía viene marcada por sus bajos niveles de renta, la persistencia de situaciones de pobreza, desigualdad y exclusión social.

Todo intento de cuantificar la población gitana debe tener en cuenta que los datos sobre pertenencia a un grupo configurado en torno a la etnia están protegidos constitucionalmente, por lo que estas variables no aparecen en las estadísticas oficiales de población, empleo, educación, familia o protección social.

Otro grupo importante que presenta significativas dificultades de integración viene conformado por los inmigrantes, colectivo al que nos referimos específicamente al final de este capítulo.

Colectivo con discapacidades

Respecto al colectivo social que presenta algún tipo de discapacidad, a las limitaciones propias de esta situación se añaden las barreras físicas del entorno, y los estereotipos que les asigna la sociedad que en su conjunto tiene, como resultado que, sobre este colectivo penda una importante probabilidad de exclusión social, que tiene mayor intensidad en el caso de las mujeres.

De acuerdo con los datos que arroja la Macroencuesta que el Instituto Nacional de Estadística, junto con el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales realizó en 1999, sobre discapacidades, deficiencias y estado de la salud, muestran que en España un total de 3.528.221 personas presentan algún tipo de discapacidad. Es decir, en términos porcentuales, 9 de cada 100 españoles.

Los datos muestran que más de la mitad de las personas con discapacidades son mujeres, en concreto el 58´3%. Pero el dato varía a lo largo de los distintos grupos de edad. Así en la cohorte de menos de 6 años, no se aprecian diferencias significativas en función del sexo. Sin embargo, en el grupo de edad de 6 a 44 años, el número de hombres con discapacidades supera al de mujeres, con una media de un 32%. Pero esta tendencia cambia, de manera significativa, a partir de los 45 años. Y la línea se radicaliza para el grupo de mayores de 65 , en el que las mujeres con discapacidades casi doblan, en términos de datos absolutos, a los hombres en similar estado.

Personas con Discapacidades según Género y Grupos de Edad

Grupo de Edad

Cifras

Absolutas

Porcentaje

Sobre total

Hombres

Absoluto

Mujeres

Absoluto

Menos de 6 años

49.577

1,41

24.723

24.853

De 6 a 15 años

68.284

1,94

36.060

32.224

De 16 a 44 años

519.495

14,72

298.726

220.769

De 45 a 64 años

818.213

23,19

379.652

438.561

De 65 y más años

2.072.652

58,74

733.809

1.333.843

TOTAL

3.528.221

100

1.472.970

2.055.251

Fuente: INE, Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud. Avance de resultados. Datos

Personas con Discapacidades según Género y Grupos de Edad

Tasa por 1.000 habitantes

Grupo de Edad

Hombres

Mujeres

Menos de 6 años

21,71

23,21

De 6 a 15 años

16,72

15,83

De 16 a 44 años

33,32

25,26

De 45 a 64 años

89,10

98,67

De 65 y más años

246,93

322,51

TOTAL

76,60

102,67

Mayores de 65 años

Respecto de las personas mayores de 65, cabe señalar que los datos disponibles de la década de los años 90 muestran que algo más de un millón de personas de 65 y más años viven solas, lo que representa casi un 16% del total de ese colectivo de mayores.

Sin embargo, es un dato muy significativo que del total de mujeres de 65 y más años viven en soledad un 22%, frente al caso de los hombres en los que la proporción es de sólo el 7%. De hecho, como puede deducirse del cuadro siguiente, 4 de cada 5 personas mayores que viven en soledad son mujeres.

Los resultados detallados de la Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud (EDDS) muestran que el cuidado principal de las personas de 80 y más años que residen en viviendas familiares recae, en el 40 % de los casos, en sus hijas. Sólo un 6% de los mayores tiene como cuidador principal a un hijo varón.

Personas de 65 y más años que viven solas

1990

1995

1996

1997

1999 (1)

Total

819.900

1.033.300

1.002.400

1.026.400

1.057.700

Hombres

136.800

193.400

186.100

206.000

212.200

Mujeres

683.100

839.900

816.200

820.300

845.500

Porcentaje sobre la población de 65 y más años

Total

14,5%

16,2%

15,8%

15,8%

-

Hombres

5,9%

7,2%

6,9%

7,4%

-

Mujeres

20,6%

22,8%

22,4%

22,1%

-

Fuente: Las personas mayores en España. Informe 2000. Ministerio de Trabajo y Asu n tos Sociales, y (1) estimación propia.

Familias monoparentales

En cuanto a las familias monoparentales, el 87,76%, están encabezadas por mujeres en el año 2000, (86,23% en 1996), representando las encabezadas por hombres el 12,24% en el 2000 (13,77 %, en 1996).

Desde 1996 hasta 2000, han aumentado considerablemente, el número de familias monoparentales que tienen como referencia a una mujer ocupada y, en cambio, han disminuido de manera llamativa, también, las que están encabezadas por una mujer parada o inactiva.

En el caso de los hombres, ha habido una disminución, respecto a las diferentes situaciones laborales.

FAMILIAS MONOPARENTALES, SEGÚN LA SITUACIÓN LABORAL DE LA PERSONA DE REFERENCIA (en miles)

1996

2000

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Ambos sexos

Mujeres

Hombres

Absolutos

% Muj

Absolutos

%

Absolutos

%

Absolutos

% Muj

Absolutos

%

Absolutos

%

Total

287.6

86.2

248.1

100.00

39.5

100.00

265.5

87.76

233.1

100.00

32.4

100.00

Activas/os

208.0

84.6

175.9

32.1

210.9

87.20

183.9

27.0

Ocupadas/os

156.7

82.3

128.9

51.95

27.8

70.38

175.7

86.34

151.7

65.11

24.0

73.85

Paradas/os

51.3

91.8

47.1

18.98

4.2

10.63

35.2

91.48

32.2

13.82

3.0

9.23

Inactivas/os

79.6

90.6

72.1

29.07

7.5

18.99

54.6

90.11

49.2

21.12

5.4

16.62

FUENTE: Elaboración propia a partir de explotación específica de la Encuesta de Población Activa, IV Trimestre. INE

Población reclusa

En números absolutos, en 1996 había 4.055 mujeres reclusas y, en 2000, había 2.742, lo que supone una reducción del 32´38%.

Desde 1996, con el paso del tiempo, el porcentaje de mujeres reclusas, respecto del total de esta población, ha ido disminuyendo, de forma que, en 1996, suponían el 9´34%; en 1998 el 8´94%; y en 1999 el 8´44%.

El mayor porcentaje de reclusas lo constituyen las preventivas, seguidas de las penadas. Entre las internas judiciales, las mujeres constituyen el 3´11%.

Total

Preventivos/as

Penados/as

Internos/as

Judiciales

Arrestos

Fin de semana

Ambos Sexos

%Muj

Ambos

Sexos

%Muj

Ambos Sexos

%Muj

Ambos Sexos

%Muj

Ambos

Sexos

%Muj

1996

43.409

9,34

9.917

9,91

33.182

9,21

310

4,84

-

-

1997

42.756

9,30

10.976

10,20

31.282

9,07

324

3,70

-

-

1998

44.370

8,94

10.790

9,40

32.931

8,87

363

3,31

286

6,64

1999

44.197

8,44

10.073

9,48

33.403

8,21

386

3,11

335

6,87

Fuente: elaboración propia a partir de datos facilitados por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, Ministerio del Interior

Problemas de Aprendizaje nuevas tecnologías.

La irrupción de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación es un fenómeno global que genera nuevas desigualdades en función del diferente bagaje educativo y cultural que presentan los ciudadanos.

Por lo que al conjunto de la sociedad española se refiere, tan sólo un 30% de la población usa ordenador y que sólo uno de cada diez españoles tiene acceso a Internet y ha hecho uso de esa posibilidad de acceso en el último mes. Estos porcentajes experimentan un crecimiento anual de dos o tres puntos porcentuales, lo que no es suficiente para paliar la señalada brecha digital.

Los internautas son un colectivo con una presencia mayoritaria de hombres, puesto que las mujeres sólo representan el 32% del colectivo.

No obstante, la mayoritaria presencia de hombres en el conjunto de los usuarios de Internet, cabe también destacar que los usuarios de incorporación reciente (en los últimos tres meses) hay una proporción mucho más elevada de mujeres (42%), así como de los menores de 25 años (54%).

En definitiva son las mujeres, los mayores de 45 años, quienes tienen bajos estudios, los que carecen de conocimientos de idioma, y los que viven en zonas rurales, los que tienen más probabilidades de ubicarse en la posición más desfavorable de la brecha digital que en términos de desigualdad social las nuevas tecnologías están creando.

II. Modificaciones en el Ordenamiento Jurídico respecto del conjunto de situaciones descritas.

En este apartado hay que señalar, en primer lugar, que la regulación de los Servicios Sociales es una competencia de las Comunidades Autónomas. Sin embargo, algunas normas estatales aprobadas durante este período afectan a algunos de los colectivos estudiados en este capítulo. De este modo, se han aprobado las siguientes leyes:

Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social aprueba una medida importante: la autorización al Gobierno para la regulación reglamentaria de la relación laboral especial de reclusos/as que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y su marco de protección de Seguridad Social, previendo que a las correspondientes cotizaciones se apliquen las bonificaciones para trabajadores/as con dificultades de inserción laboral o las que específicamente se fijen. También se habilita al Gobierno para regular la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.

Ley 36/1999, 18 octubre, de Concesión del Subsidio de Desempleo y Garantías de Integración Sociolaboral para Delincuentes Toxicómanos con suspensión de la ejecución de su pena a través del cumplimiento de un tratamiento de desintoxicación y que pueden ver definitivamente redimida, mediante la decisión judicial correspondiente. Esta Ley tiene un claro objetivo de incorporación social de los drogodependientes al regular la concesión del subsidio de desempleo, siempre que la privación de libertad haya sido por tiempo superior a seis meses.

Asimismo, como la sola percepción del subsidio no garantiza la integración social, deben recibir una atención pública específica en las políticas activas de empleo, acorde con el objetivo de recuperación e integración social.

El Real Decreto Ley 5/2002, de 24 de mayo, de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad, mejora el concepto de colocación adecuada, valorando ésta en función de las circunstancias personales, profesionales y la facilidad de desplazamiento al lugar de trabajo.

Asimismo, se reordena la protección de emigrantes retornados, reservando el subsidio específico a los que han trabajado al menos un año en países con los que España no tiene Convenio en esta materia, y estableciendo para los demás la posibilidad de incorporarse al Programa de Renta Activa de Inserción. (Ver Artículo 11)

Asimismo, se amplía la protección a colectivos que actualmente carecen de ella. Para ello se establece una prestación contributiva por desempleo para los trabajadores eventuales agrarios del conjunto del territorio español y, por último, se regula el programa de Renta Activa de Inserción, ampliando para 2002 el acceso a los parados que, teniendo más de cuarenta y cinco años, lleven más de doce meses en situación de desempleo, aun cuando no hubieran percibido prestación anteriormente; o a parados de cualquier edad que sean discapacitados, emigrantes retornados o víctimas de violencia doméstica.

III. Políticas y Programas.

Con carácter general, para la aplicación de los diferentes programas y acciones dirigidos a combatir la exclusión social, se ha creado una amplia red de colaboración entre los distintos departamentos ministeriales, Comunidades Autónomas, asociaciones, ONG e instituciones diversas, dado el carácter multidimensional de los factores por los que se produce la exclusión.

Plan de Inclusión Social

El 25 de mayo de 2001 se aprobó El Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social del Reino de España 2001/2003 que presenta cuatro objetivos:

El fomento del acceso al empleo y los demás recursos, derechos, bienes y servicios por parte de todos (vivienda, salud, educación, servicios sociales)

Prevención de los riesgos de exclusión.

Actuación a favor de los más vulnerables.

Movilización de todos los agentes.

En el Plan se dan cuatro elementos que pueden considerarse transversales:

La familia, como soporte fundamental para situaciones de riesgo o exclusión social.

La variable de género, como elemento sustancial, dada la incidencia del riesgo de exclusión entre las mujeres.

Las nuevas tecnologías, como instrumento clave en el acceso a la información y a la comunicación, de gran importancia para la inclusión social.

La coordinación entre la administración estatal, regional y local y sociedad civil para la puesta en marcha de las diferentes políticas.

El plan que se desarrollará hasta el 2003 contará con un presupuesto de 25.242.508.384,1 euros, iniciándose una nueva forma de trabajar, con una triple coordinación entre las administraciones públicas, el sector público y la iniciativa privada.

Las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias deben llevar a cabo en el periodo de vigencia del plan, planes de acción para la inclusión en todas las Comunidades Autónomas y planes municipales integrales con este mismo fin en un número significativo de Corporaciones Locales.

El esfuerzo financiero de este plan de acción, tiene como base dos fuentes fundamentales:

La aplicación de los Fondos e Iniciativas Europeas, y especialmente el Fondo Social Europeo y las iniciativas Equal y Urban, en lo que se refiere a los objetivos relacionados con la inclusión social, y las aportaciones de las Administraciones Públicas españolas.

Cifras presupuestadas, en millones (a)

Objetivo/Ambito de actuación

Año 2000. Millones de:

Año 2001-2003.

Millones de:

Pesetas

Euros

Pesetas

Euros

Objetivo 1.1:

159.247

957,09

482.008

2.896,93

Acceso al Empleo

159.247

957,09

482.008

2.896,93

Objetivo 1.2:

1.565.459

9.408.60

3.239.634

19.470,59

Garantia de Recursos

1.037.631

6.236.29

2.112.963

12.699,16

Serv.Soc. Atención Primaria

91.219

548.24

200.189

1.203,16

Acceso vivienda

74.334

446.76

153.477

922,41

Educación

183.667

1.103.86

389.371

2.340,17

Salud

178.608

1.073.46

383.634

2.305,69

Objetivo 2:

87.579

526,36

189.089

1.136,45

Apoyo solidaridad familiar

85.479

513,74

184.634

1.109,67

Acceso nuevas tecnologías

2.100

12,62

4.455

26,78

Objetivo 3:

144.133

866.25

301.142

1.809,90

Mayores

29.662

178,27

62.475

375,48

Mujeres

10.204

61,33

21.070

126,63

Jóvenes

6.982

41,96

14.296

85,92

Infancia y familia

31.504

189.34

66.817

401,58

Población Gitana

1.520

9,14

3.058

18,38

Discapacitados

29.292

176,05

61.495

369,59

Personas sin hogar

1.161

6,98

2.335

14,03

Inmigrantes

33.287

200.06

68.611

412,36

Exreclusos

521

3,13

985

5,92

Objetivo 4:

8.640

51,93

18.352

110,30

Movilización agentes.

8.640

51,93

18.353

110,30

TOTAL OBJETIVOS/MEDIDAS

1.965.058

11.810,23

4.230.225

25.424,16

(a) Cifras estimadas en base a información de las AA.PP. y de Entidades colaboradoras.

Dentro del objetivo 3, que contempla actuaciones a favor de grupos específicos de las personas más vulnerables, y, aparte del carácter transversal de la igualdad de oportunidades en todos los objetivos del Plan, se contemplan programas dirigidos a mejorar la situación de las mujeres desfavorecidas, que sufren una doble discriminación, una de índole general relacionada con el género y otra, particularizada, en función de circunstancias personales, sociales y culturales.

Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de Corporaciones Locales.

Se instrumenta a través de Convenios entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, a excepción de País Vasco y Navarra, debido a su peculiar régimen económico-fiscal, y garantiza el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las prestaciones básicas de servicios sociales mediante la red Básica del Sistema Público de Servicios Sociales de Atención Primaria, cuya responsabilidad compete a las Corporaciones Locales, que detentan la titularidad de los equipamientos de dicha red.

La Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia, en el marco de la cofinanciación del Plan, financió durante el año 1999, 9 Centros de Acogida de Mujer destinados a mujeres maltratadas y a madres solteras.

En este marco el III Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, estableció como un área de especial interés el de la exclusión social.

Los objetivos prioritarios de actuación en esta área se han dirigido a combatir el fenómeno de la feminización de la pobreza y a promover programas de inserción socio-laboral, dirigidos a mujeres en situación de exclusión.

Desde el año 1999, el Instituto de la Mujer, en el marco de la Iniciativa Comunitaria de Empleo Integra y en colaboración con los Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas y el Instituto Nacional de Empleo, desarrolla el Programa CLARA, dirigido a mujeres responsables de núcleos familiares con bajo nivel formativo y escasos recursos económicos se trabaja en Itinerarios integrados de integración social e inserción laboral, desde la perspectiva de género.

En el Programa estaban previstas becas de formación y para el cuidado de personas dependientes, ayudas a la contratación y al autoempleo, como acciones complementarias.

En el contexto del Programa se realizaron más de 500 entrevistas a mujeres del colectivo destinatario, de las cuales fueron seleccionadas y realizaron el itinerario completo 215. El nivel de inserción laboral alcanzado a los dos meses de la finalización del programa fue del 34,5% por cuenta ajena, mientras que el 3,2% creó su propia empresa.

El coste aproximado del Programa ascendió a 1.021.720,58 euros y contó con una cofinanciación del 75% por el FSE.

Al finalizar la Iniciativa Comunitaria de Empleo Integra, el Programa Clara a partir del año 2001, y dado que la metodología había dado resultados satisfactorios, pasa a formar parte del Programa Operativo “Lucha contra la discriminación” de Marcos Comunitarios de Apoyo, para el periodo de programación 2000 – 2006.

En este nuevo marco, el Programa se amplía a los siguientes colectivos:

víctimas de violencia de género,

mujeres con discapacidad,

reclusas

La inversión por parte del Instituto de la Mujer ha ascendido a 13.138’12 euros y ha contado con una subvención del INEM para la contratación de las técnicas del Programa.

El coste del Programa para el año 2002 asciende a 398.852,57 euros.

También en colaboración con las Comunidades Autónomas, el Instituto de la Mujer desarrolla el Programa Estancias de tiempo Libre para mujeres con hijas e hijos a su cargo exclusivamente, destinado a mujeres en situación de precariedad económica y social, con ingresos no superiores al salario Mínimo Interprofesional, teniendo prioridad aquellas que residan o hayan residido en casas de acogida. Los objetivos de este programa son: que conozcan los recursos sociales de sus respectivas administraciones, que convivan con otras mujeres con experiencias similares y que disfruten de unas vacaciones con sus hijas e hijos.

Convenio de colaboración con la Fundación Secretariado General Gitano

El Instituto de la Mujer, desde 1998, mantiene una colaboración con la Asociación Secretariado General Gitano, para desarrollar actividades que promuevan la participación social y la integración laboral de las mujeres gitanas.

En el marco del convenio se celebran encuentros sobre la participación social e integración laboral de las gitanas, dirigidos a hombres y mujeres vinculados al movimiento asociativo y participantes en iniciativas sociales de promoción de la mujer gitana, así como a profesionales de instituciones públicas o privadas que trabajan en ese ámbito.

En virtud del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, para poner en marcha el denominado Programa de Desarrollo Gitano, se han venido subvencionando distintos proyectos de Intervención Social Integral para la atención, prevención de la marginación e inserción social del pueblo gitano, con actividades simultáneas en distintos ámbitos: educación, acción social, empleo, salud y otras. Participan y colaboran en su realización tanto Administraciones Públicas como Organizaciones No Gubernamentales.

Las principales actividades de este Programa son: trabajo social, apoyo y seguimiento escolar, alfabetización de personas adultas, talleres de salud, preparación y seguimiento de realojos, y en menor medida, cursos de formación, y fomento de empleo, combinados con habilidades sociales básicas.

En 1999, se cofinanciaron 122 proyectos procedentes de 14 Comunidades Autónomas.

En el área Pueblo gitano de la Convocatoria del IRPF de 1999, se subvencionaron 20 entidades para la realización de 130 programas, dentro de las prioridades de inserción laboral, inserción social y mujer. En el año 2000, se otorgaron subvenciones a 20 entidades para la realización de 150 programas, dentro de las mismas prioridades.

Se priorizaron especialmente programas de promoción y apoyo al desarrollo de la mujer gitana, cuyas acciones van dirigidas a reducir el analfabetismo, promover su acceso a los distintos ciclos educativos, facilitar su inserción en el mundo laboral y promover educación para la salud.

B. Inmigración

B. i. Situación actual

Desde la última década del Siglo XX, España comenzó a enfrentarse al fenómeno de la inmigración creciente, lo que en los últimos años ha supuesto la puesta en marcha de una nueva política de inmigración, capaz de afrontar y canalizar de forma positiva este fenómeno.

En términos generales, puede afirmarse que la población extranjera en España no ofrece un perfil muy desequilibrado por sexos. En el año 1999 había 375.078 mujeres y 508.772 varones. A 31 de diciembre del año 2000, 407.423 mujeres y 477.155 varones. Y a finales de diciembre de 2001, 494.843 mujeres y 606.018 varones.

En términos porcentuales, en el año 2000 el 46,06% de la población extranjera residente en España eran mujeres y a Diciembre del 2001 esa proporción desciende algo más de un punto, a un 44,95%.

Ahora bien, si en términos numéricos, la diferencia no es muy importante, si lo es en cuanto al lugar de procedencia.

En términos porcentuales los datos son los siguientes:

El 42% de mujeres proceden de Europa; el 31,27% de América, el 19,79% de Africa y el 7,38% de Asia.

Respecto a los estudiantes extranjeros en España, en el año 2000 la proporción de mujeres estudiantes era del 54.28%, mientras que los varones estudiantes representaban un 45.72%. La gran mayoría de las mujeres estudiantes (un total de 15.627) proceden de América Latina (10.785).

En cuanto a la población laboral, las diferencias son algo mayores. De los permisos de trabajo en vigor a finales de 1999, un 34,75% eran para trabajadoras del sexo femenino, mientras que un 65,25% eran para varones. En 1999, se otorgaron un total de 42.063 permisos de trabajo para mujeres, de los cuales 40.063 fueron por cuenta ajena y 2.577 por cuenta propia.

En el año 2000, las mujeres extranjeras afiliadas a la Seguridad Social ascendían a 157.780. Las mujeres iberoamericanas constituyen el grupo más importante (37,18%) y las mujeres comunitarias en alta laboral ocupan el segundo grupo, con un 34,19%. Las trabajadoras africanas sólo representan el12,94% del total. Madrid, Cataluña y Andalucía son las Comunidades Autónomas que más trabajadoras extranjeras reciben.

Del total de mujeres en alta laboral en el año 2000, 31.464 tenían entre 30 y 40 años y 107.720 se incluían en el grupo de edad de entre 20 y 39 años. Ello significa una población joven, en edades fértiles y con larga vida laboral.

En cuanto a los regímenes de Seguridad Social, que resultan indicativos del sector laboral donde prestan servicios, 42.692 estaban afiliadas al régimen especial de empleados de hogar; casi 20.000 en el régimen especial de trabajadores autónomos y unas 6.000, en el régimen especial agrario.

Respecto de los datos sobre asilo y refugio, en el año 2000, solicitaron asilo en España un total de 7.926 personas, de las cuales 3.144 eran mujeres (40,0%).

En el año 2001, los porcentajes se mantienen, y de un total de 9.490 solicitantes de asilo, 3.728 eran mujeres(39,28%).

Los principales países de origen de las mujeres solicitantes de asilo en nuestro país son: Colombia, Pakistán, Sierra Leona, Cuba, Nigeria, Armenia, Rusia, Rumania y Ucrania.

B. II. Modificaciones del Ordenamiento Jurídico.

La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, modificada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de Diciembre, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y su integración social, se fundamenta en el principio básico de igualdad y no discriminación y atribuye, sin distinción de género, un estatuto de derechos y libertades a los extranjeros en nuestro país.

Estos derechos vienen reconocidos en el Titulo I de la Ley y se articulan en dos grandes grupos: derechos cuya titularidad y ejercicio corresponden a todos los extranjeros, como derechos fundamentales de la persona; y aquellos que solamente corresponden a los residentes legales en España, conocidos como derechos sociales o de configuración legal.

En el primer apartado, tanto las mujeres como los varones extranjeros gozan del derecho a asistencia sanitaria, a los servicios y prestaciones básicas, del derecho a la tutela judicial efectiva, del acceso a la educación y del derecho a la asistencia jurídica.

Además de los derechos señalados, las mujeres y varones residentes o que se encuentran legalmente en España pueden ejercitar el derecho de sufragio en las elecciones municipales, si se da la condición de reciprocidad con su país de origen, el derecho de libertad de sindicación y huelga, de reunión y manifestación, el derecho a ejercer una actividad remunerada por cuenta propia o ajena, teniendo asimismo derecho a ayudas en materia de vivienda y derecho a la reagrupación familiar.

Además los extranjeros residentes que acrediten insuficiencia de recursos económicos tendrán derecho a la asistencia gratuita en iguales condiciones que los españoles, cualquiera que sea la jurisdicción en la que se sigan esos procesos.

Respeto a las mujeres refugiadas, al igual que para los varones, la normativa establece que la resolución favorable sobre la petición de asilo en España supondrá el reconocimiento de la condición de refugiada de la solicitante, que tendrá derecho de residir en España y a desarrollar actividades laborales, profesionales y mercantiles de conformidad con lo dispuesto en la Ley de 26 de Marzo de 1984, reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado, modificada por la ley de 19 de Mayo de 1994 y su normativa de ejecución y desarrollo. Dicha condición supondrá su no expulsión, de acuerdo con lo establecido en la convención de Ginebra de 1951.

En este contexto, debe señalarse, además, el artículo 57.6 de la Ley Orgánica que establece que las mujeres embarazadas no podrán ser devueltas ni expulsadas" cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o la salud de la madre".

Igualmente, el artículo 58.3 establece que en el supuesto de que se formalice una solicitud de asilo y no se resuelva favorablemente, la devolución o la expulsión no podrá llevarse a cabo cuando la medida pueda suponer un riesgo para la gestación o para la salud de la madre, supuesto desarrollado en el artículo 138.4 a) del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica.

Con el fin de dar aplicación a la Proposición no de Ley aprobada por el Congreso de los Diputados, sobre medidas para la erradicación de la mutilación genital femenina, se ha procedido a incluir en todos los modelos oficiales de solicitud de permiso y tarjetas de extranjeros, un folleto en el que se informa, además de sus derechos y deberes como extranjero en España, de la tipificación penal en nuestro país de la mutilación genital en España,

B. III. Políticas y Programas.

Hay que tener en cuenta que este colectivo está también incluido en las políticas y programas ya descritos anteriormente, tales como el Plan Nacional de acción para la inclusión social, Iniciativa comunitaria Equal, etc. si bien cabe mencionar como específico:

El Programa Global de Regulación y Coordinación de la Extranjería y la Inmigración en España (GRECO), recoge medidas destinadas a facilitar la integración e inserción laboral de los extranjeros residentes en España, que ha contado con un presupuesto de 226.978.231,34 euros

Este Programa fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de Marzo de 2001, y representa la primera iniciativa preparada en nuestro país para afrontar el tratamiento de la extranjería y la inmigración desde todas sus vertientes, elaborado con la participación de todos los departamentos ministeriales con competencias en la materia. Tiene carácter plurianual, con duración del 2001 al 2004.

Su diseño se ha estructurado a partir de un enfoque global y coordinado de la inmigración que mantiene un sistema de protección para los refugiados e inmigrantes de ambos sexos sin discriminación alguna, atendiendo, al mismo tiempo, a las especiales características de las mujeres inmigrantes en aspectos especialmente sensibles, como la maternidad y gestación.

La formación de las mujeres inmigrantes se contempla como una de las prioridades de este Plan. Y en este concepto, se incluye, tanto la educación de las niñas y jóvenes, como la de las mujeres adultas.

Por otro lado, la incorporación de los y las inmigrantes al mercado de trabajo en igualdad de condiciones que los españoles y españolas, parte del diseño de itinerarios integrados de inserción, que contempla no sólo acciones formativas de capacitación, sino también actuaciones en educación y alfabetización de adultos.

La protección temporal de las refugiadas y desplazadas, incluye igualmente, la especial necesidad de su capacitación laboral. El Programa GRECO contempla, entre sus medidas, la promoción profesional a través de la correspondiente formación ocupacional y su inserción en el mercado de trabajo. Entre los derechos de las personas apátridas se reconoce el acceso a la educación en igualdad de condiciones que las nacionales.

El reconocimiento del valor de la educación para el desarrollo individual y para el desarrollo socioeconómico de los países de donde provienen los inmigrantes no termina en este programa GRECO. En los diversos acuerdos firmados en la materia con terceros países, es un tema siempre presente. Así podemos mencionar como ejemplo, el Acuerdo firmado en Noviembre de 2001, con la República federal de Nigeria. El Gobierno español se compromete a asistir al Gobierno del país africano y cooperar en materia de formación para el control del VIH/SIDA, y de otras enfermedades de transmisión sexual - dos aspectos que castigan especialmente la salud de la población femenina de la región - como parte del proceso de reinserción e integración en la sociedad de las personas interesadas.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales desarrolla, a través del IMSERSO, el Plan para la Integración Social de los inmigrantes, que tiene como objetivos prioritarios: eliminar la discriminación, promover la convivencia basada en valores democráticos, combatir las barreras que dificultan su integración y movilizar a la sociedad en su conjunto contra el racismo y la xenofobia.

Para la puesta en marcha de los Programas para la promoción e integración social de refugiados, inmigrantes, solicitantes de asilo y desplazados se conceden Subvenciones a ONG sometidas al Régimen General, así como subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF.

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales realiza también Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas para el desarrollo de acciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados.

En 1999, la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales aprobó la distribución de 3.906.578,68 euros entre 10 Comunidades Autónomas para el desarrollo de actividades en la materia y en el año 2000 se aprobó la distribución de 3.005.060,52 euros entre 13 Comunidades con la misma finalidad. Se han suscrito asimismo Convenios de colaboración con otras instituciones como Cáritas, el Colegio de Abogados de Madrid, la Federación de Asociaciones Pro Inmigrantes e Iniciativas Solidarias, para la promoción de programas a favor de estos colectivos.

Medidas realizadas para combatir la violencia contra las mujeres

I. Situación actual

La violencia contra las mujeres es un problema generalizado que afecta a todos los países, independientemente de su nivel de desarrollo y que se produce en todos los sectores de la sociedad.

Así, en España, según los datos disponibles, desde 1998, año durante el cual se presentaron un total de 19.535 denuncias por malos tratos, hasta el 2001 en el que se presentaron 24.285, puede apreciarse el incremento producido motivado por las políticas y campañas desarrolladas, tanto por el Gobierno central, como por los Gobiernos autonómicos y/o actuaciones de las ONG.

Según la última Memoria de la Fiscalía General del Estado, presentada con motivo de la apertura del año judicial, las denuncias por casos de maltrato familiar han aumentado durante el año 2000 por segundo año consecutivo. El incremento ha sido de un 35% pasando de las 11.890 causas abiertas en 1999 a 16.083 en el último año.

El número de denuncias presentadas por mujeres por malos tratos producidos por el cónyuge o análogo(*). 1998-2001 son:1

1998

1999

2000

2001

TOTAL

19.535

21.582

22.397

24.158

DELITOS

5.546

6.554

6.224

5.983

FALTAS

13.989

15.077

16.173

18.175

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Ministerio del Interior

Este aumento progresivo continúa en el año 2002, como se revela en las 14.997 denuncias presentadas de enero a mayo.

Personas muertas a manos de su cónyuge o análogo (*)1998-2001

Total

Mujeres

Hombres

1999

52

42

10

2000

48

42

6

2001

45

42

3

Fuente::Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio del Interior

En 1999, y por encargo del Instituto de la Mujer, la Empresa Sigma Dos realizó una Macroencuesta sobre la violencia contra las mujeres, cuyo fin principal ha sido la cuantificación de los actos violentos contra las mujeres en el ámbito doméstico.

La macroencuesta ha arrojado los siguientes resultados:

Un 4,2% de mujeres españolas encuestadas mayores de edad han declarado que han sido víctimas de malos tratos durante el último año.

Un 12,4% de mujeres españolas mayores de edad son consideradas "técnicamente" como maltratadas, es decir, aunque ellas no se consideran a sí mismas como maltratadas responden que son víctimas de determinados comportamientos considerados como indicativos de cierto grado de violencia por las personas expertas.

En más del 70% de los casos, las mujeres que son víctimas de actos violentos padecen tales actos desde hace más de 5 años.

En relación con los datos relativos a la violencia sexual, éstos son:

DELITOS CONOCIDOS DE ABUSO, ACOSO Y AGRESIÓN SEXUAL

ABUSO SEXUAL

ABUSO SEXUAL

CON PENETRACION

ACOSO SEXUAL

AGRESION SEXUAL

AGRESION SEXUAL

CON PENETRACION

TOTAL

1999

1,727

162

362

2,581

1,082

5,914

2000

1.675

128

348

2.317

1.228

5.750

2001

1.685

163

364

2.231

1.219

5662

Nota: No se incluyen datos del País Vasco y Girona, referidos a todo el año, porque el Mº del Interior no dispone de ellos

Fuente: Elaboración propia a partir de los datos facilitados por el Ministerio del Interior

II. Modificaciones en el Ordenamiento Jurídico

En cuanto a las reformas de la legislación penal, el Código Penal de 1995 ha sido modificado desde 1999 por tres Leyes Orgánicas:

Ley Orgánica 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre (recogida ya en el informe anterior)

Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social.

Asimismo, se ha modificado, recientemente, la Ley de Enjuiciamiento Criminal a través de la Ley 38/2002, de 24 de octubre de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado.

La Ley Orgánica 14/1999, de 9 de junio se promulga como medida de ejecución del II Plan de Integral contra la Violencia Doméstica.

Una de las modificaciones más relevantes ha sido la inclusión, bien como pena bien como medida de seguridad, de la prohibición de aproximación a la víctima o a sus familiares en cualquier lugar donde se encuentren, ni acercarse a su domicilio, lugar de trabajo u otros sitios frecuentados por la víctima.

Otra novedad importante es la inclusión de la violencia psíquica en el delito de maltrato familiar habitual. Se posibilita el ejercicio de oficio de la acción penal en los supuestos de faltas, al mismo tiempo que se adecua la imposición de la sanción penal a las posibles consecuencias sobre la propia víctima y se elimina la obsoleta referencia que se contenía en dicho precepto a la desobediencia de las mujeres respecto de sus maridos o de los hijos respecto de sus padres.

En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la modificación de sus artículos 13 y 109, junto con la introducción de un nuevo artículo 544 bis, persiguen el objetivo de facilitar la inmediata protección de la víctima en los delitos de referencia, mediante la introducción de una nueva medida cautelar que permita el distanciamiento físico entre el agresor y la víctima, medida que podrá acordarse entre las primeras diligencias.

Por último, también dentro de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se ha introducido un aspecto altamente novedoso, de carácter procesal que puede redundar en una considerable minoración de las consecuencias que, sobre la propia víctima o sobre los testigos menores de edad, puede tener el desarrollo del proceso. En este sentido, se introduce la cobertura legal necesaria para que no se produzca confrontación visual entre aquellos y el procesado; la forma de llevarse a cabo podrá consistir en la utilización de medios audiovisuales. Por congruencia con este principio, la práctica de careos, cuando los testigos sean menores de edad, pasa a tener carácter excepcional.

Por Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y libertades de los Extranjeros en España y su integración social se introduce en el Código Penal un nuevo Título XV bis en relación con el tráfico ilegal de personas extranjeras. Esta modificación se desarrolla en el apartado correspondiente al artículo 6 de éste informe.

En cuanto a la última modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cabe destacar el establecimiento de un nuevo procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos, entre los que se encuentran los delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, cometidos contra el cónyuge, excónyuge, persona que esté o haya estado unida de forma estable en análoga relación de afectividad, hijos propios o del cónyuge o conviviente, pupilos, ascendientes o incapaces que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho de uno u otro.

Modificaciones en las legislaciones autonómicas

En cuanto a la legislación autonómica cabe destacar la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de prevención de malos tratos y protección a las mujeres maltratadas de Castilla la Mancha.

Para alcanzar este objetivo, la Administración Regional se compromete a:

Promover la investigación sobre las causas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, así como sobre la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y para reparar sus efectos.

Garantizar la efectiva igualdad de derechos entre hombres y mujeres en el ámbito educativo, adaptando los contenidos, procedimientos, actitudes y valores que conforman el curriculum educativo.

Realizar campañas de sensibilización contra la violencia hacia las mujeres en Castilla la Mancha.

Remisión anual a las Cortes autonómicas de las sentencias firmes condenatorias en materia de violencia familiar con el consentimiento de la víctima y respetando el derecho a la intimidad de la víctima y de los menores.

Establecimiento de un centro de la mujer en cada municipio de más de 5000 habitantes donde se garantiza la asistencia jurídica y psicológica a todas las mujeres de Castilla la Mancha que lo soliciten.

Establecimiento en las capitales de provincia y municipios con más de 25000 habitantes de centros de urgencia o casas de acogida, para apoyo y protección a las mujeres y a sus hijos víctimas de violencia.

Esta Ley permite el ejercicio de la acción popular a la Administración Pública, cuando su intervención contribuya a defender los derechos de la víctima o a proteger los intereses públicos en los procedimientos penales y contempla un sistema de ayudas públicas para el acceso de las mujeres víctimas a la vivienda y al empleo.

III. Políticas y Programas

En el marco de las políticas de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres la lucha contra la violencia doméstica se considera un eje fundamental de actuación, al constituirse simultaneamente como causa y efecto de la discriminación que padecen las mujeres en todos los ámbitos de la vida social y privada.

Durante este periodo de tiempo, cabe destacar la elaboración y puesta en marcha de los Planes contra la violencia doméstica, aprobados por el Gobierno español, bajo la coordinación del Instituto de la Mujer. En su elaboración han participado diferentes departamentos ministeriales: Educación, Interior, Justicia, Sanidad, las Comunidades Autónomas a través de los Organismos de Igualdad, y la Federación de Municipios y Provincias.

El I Plan tuvo un carácter innovador, en cuanto que implicó a los Ministerios con competencia en la materia y dinamizó a las instituciones privadas en un proyecto de alcance nacional, constituyéndose todos ellos en actores de la implementación de las medidas que contemplaba, poniendo en práctica el principio del mainstreaming, que subyace a lo largo de todo el texto.

El Plan dotado con 53.739.008´85 euros incluyó entre sus instrumentos, la sensibilización de la población en general y de las víctimas en particular, para promover en la sociedad española reacciones de " tolerancia cero" ante los actos de violencia contra las mujeres.

La evaluación de este Plan reveló que, durante su vigencia, se han incrementado notablemente los recursos disponibles a lo largo de toda la geografía española, para las mujeres víctimas de la violencia y sus hijas e hijos. Así se abrieron 39 Oficinas de servicios de Atención especializados de la policía (SAM), 54 oficinas de Equipos de Mujer y Menor de la Guardia Civil (EMUME), 32 Centros de Información y Oficinas de atención a las víctimas en los Juzgados y en las Fiscalías y 125 nuevos Centros de Acogida, y se remitieron Circulares entre el personal de la policía para orientar a los/as profesionales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, sobre la forma de actuar ante las situaciones de violencia. Además, se publicaron más de 95.000 materiales coeducativos dirigidos a la prevención de la violencia contra las mujeres, y al igual que en el área específica de violencia del III Plan de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres se han promovido cursos de formación, entre los y las profesionales que desempeñan un papel decisivo en la educación y en la atención de víctimas de violencia, tanto para prevenir las causas que originan la violencia de género como para mejorar la atención jurídica y sociosanitaria de las víctimas.

Una de las actuaciones fue la elaboración y difusión de un Protocolo sanitario ante los malos tratos domésticos. Aprobado por el Consejo Interterritorial de Salud, se realizó con la colaboración de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (SEMFYC), de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), de la Sociedad Española de Medicina General (SEMG) y de la Sociedad Española de Medicina Rural (SEMERGEM), el apoyo técnico del Instituto de la Mujer y de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, el Instituto Nacional de la Salud y algunas Comunidades Autónomas.

Este protocolo tiene como objetivo fijar las pautas de actuación del profesional sanitario ante una persona maltratada que acuda a consulta ya sea de urgencia, de atención primaria, de especialistas de medicina general, tanto del ámbito privado como de público.

Otras actuaciones concretas en desarrollo de este Plan han sido:

La organización de una campaña nacional contra los malos tratos a mujeres bajo el lema “ la violencia contra las mujeres nos duele a todos. Nos duele a todas”.

La implantación en los Colegios de Abogados de 10 provincias de servicios de asistencia jurídica especializada a víctimas de violencia doméstica.

La financiación del programa integral Lucha contra la violencia doméstica.

La elaboración de la Memoria anual de las actuaciones contra la violencia doméstica.

La distribución de trípticos sobre recomendaciones a las víctimas de violencia doméstica, dirigidos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

La financiación, a través de las diversas convocatorias de subvenciones de los siguientes programas y actividades y seminarios:

"Mantenimiento y actividades habituales de la entidad”, Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres

Publicación de 1000 ejemplares de un monográfico sobre el tratamiento de todos los aspectos que giran en torno a los malos tratos desde las perspectivas social, familiar, jurídica y sanitaria.

Programa de intervención con familias en situación de riesgo y/o violencia, de la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas Carmen García Castellón.

Programa de Ayuda y Asistencia a víctimas de malos tratos, de la Asociación española de Mujeres Juristas.

Elaboración, por parte de la asociación de mujeres juristas Themis, el Manual contra los Malos Tratos a Mujeres.

Programa de prevención de la violencia y atención integral a las mujeres maltratadas, de la Federación Nacional de Mujeres Separadas y Divorciadas.

Curso de Postgrado sobre Violencia doméstica: análisis y abordaje desde la intervención multidisciplinaria, Universidad Ramón Llull.

Asimismo, cabe resaltar el apoyo prestado durante estos años a las ONG que trabajan en este ámbito. De este modo se han concedido las siguientes ayudas:

1998

1999

2000

Subvenciones IRPF

(colectivo Infancia)

7

8

7

Subvenciones Instituto de la Mujer

12

12

16

Subvenciones IRPF

(colectivo mujer)

25

29

31

Total

44

49

54

También, se han celebrado Convenios de colaboración con las diferentes Comunidades Autónomas para realizar programas de prevención y lucha contra la violencia familiar.

No obstante, a pesar de los avances conseguidos con el desarrollo del Plan, se hacía totalmente necesario continuar realizando acciones, y dedicar más recursos y esfuerzos para luchar contra la violencia doméstica.

Por ello, bajo la coordinación del Instituto de la Mujer, se elaboró el II Plan contra la Violencia Doméstica, aprobado por el Gobierno el 11 de Mayo de 2001, con vigencia entre el año 2001 al 2004, con un presupuesto de 78.566.508´19 euros, un 73% más que el anterior.

El II Plan Integral contra la Violencia Doméstica (2001-2004), pretende incidir en aspectos ya desarrollados en el I Plan, y propone cuatro áreas de actuación prioritaria: medidas de carácter preventivo y de sensibilización, medidas en el ámbito legal y procedimental, medidas asistenciales y de intervención social, y un área de investigación.

Sus objetivos son:

Fomentar una educación basada en los valores de diálogo, respeto y tolerancia

Mejorar la legislación y el procedimiento legal. los juicios rápidos, etc.

Completar el mapa de recursos sociales en todo el territorio nacional.

Potenciar la coordinación entre las actuaciones de los diferentes organismos y de las organizaciones sociales.

Así, y en relación con las propuestas de modificación legislativa, se propone la modificación del Código Penal para incorporar, entre otras medidas, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, adecuar las penas para sustituir el arresto de fin de semana por trabajos en beneficio de la comunidad y regular la privación del derecho a la tenencia y porte de armas. Igualmente, se propone la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que los juzgados de guardia puedan adoptar medidas provisionalísimas en caso de separación y divorcio, con el fin de hacer efectiva la separación de hecho del agresor y simplificar, agilizar los procedimientos penales tanto en los delitos como en las faltas, etc.

En cuanto a las medidas procedimentales, se agilizarán los procesos judiciales de tal modo que, se pueda acumular la instrucción de las causas de violencia en un solo juzgado y la extensión a todos los colegios de abogados del Servicio de Orientación Jurídica de 24 horas, de carácter gratuito, garantizando la asistencia de un turno de oficio especializado.

Como se ha señalado anteriormente, una de las actuaciones del Instituto de la Mujer es profundizar e investigar los actos de violencia contra las mujeres y estimar los costes directos e indirectos que la misma produce.

De ahí que en los últimos años se hayan subvencionado, entre otras, las siguientes investigaciones sobre la violencia contra la mujer en la comunidad:

Estudio empírico de la violencia doméstica.

Consecuencia de la violencia doméstica en la salud de las mujeres

Variables psicológicas moduladoras de la relación víctima/agresor en el maltrato doméstico a mujeres.

Valoración forense de los factores medicopsicológicos que intervienen en la evolución de las víctimas de violencia familiar.

La violencia doméstica: su impacto en la salud física y mental de las mujeres

Predictores de ajuste psicosocial a mujeres víctimas de malos tratos.

Violencia contra las mujeres: una mirada a través de la imagen y la palabra.

Violencia simbólica en torno al cuerpo de las mujeres.

Estructura y dinámica de la personalidad en el estrés postraumático en mujeres maltratadas

Transmisión y apología del uso de la violencia contra las mujeres: refranes, dichos y textos persuasivos.

Asimismo, se han realizado dos macroencuestas contra la violencia a nivel nacional, que destacan, por una parte, por el gran tamaño de la muestra utilizada y, por otra, porque son los únicos estudios que proporcionan datos sobre el número de mujeres que son víctimas de malos tratos, dentro de la población femenina española mayor de edad.

Por otra parte, el Instituto de la Mujer considera fundamental la formación de los operadores jurídicos desde una óptica de género y por ello desde hace varios años, concretamente desde 1997, viene firmando, anualmente, con el Centro de Estudios de la Administración de Justicia Convenios de colaboración para la realización de Jornadas de formación, dirigidas a Fiscales, Secretarios Judiciales y Médicos Forenses en materia de violencia contra las mujeres.

En el marco de las actuaciones de otros organismos, cabe destacar, entre otras, las acciones emprendidas por:

En 1998, el Defensor del Pueblo y el Consejo General del Poder Judicial elaboraron sendos informes sobre la violencia que sufren las mujeres. El informe del Defensor del Pueblo, La violencia doméstica contra las mujeres, fue presentado ante las Cortes Generales y a raíz del estudio Problemática jurídica derivada de la violencia doméstica realizado por el Consejo General del Poder Judicial, éste presentó una Guía práctica de actuación contra la violencia doméstica.

El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, ha participado en diversos Foros seminarios, cursos y jornadas sobre aspectos de la violencia contra las mujeres. Además editó y distribuyó 180.000 folletos con directrices a seguir en los casos de agresión a una mujer.

La Dirección General de la Guardia Civil creó un servicio telefónico de emergencia de 24 horas, para informar y canalizar las demandas de las mujeres víctimas de violencia, organizó diversos cursos de formación sobre violencia, y participó como ponente en numerosas jornadas, coloquios, mesas redondas y otros actos organizados por las administraciones públicas relacionadas con este tema. Por otro lado la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil imparte en los diferentes centros materias relacionadas con el III Plan de Igualdad de Oportunidades.

La Dirección General de la Policía llevó a cabo diversas acciones formativas sobre violencia contra las mujeres, dirigidas a los cuerpos profesionales de la Policía Nacional.

En el ámbito internacional y al margen de las actuaciones realizadas desde el Instituto de la Mujer en relación con los Convenios suscritos por España durante este período, (Ver artículo 2), nuestro país participa, además, como se ha indicado en el artículo 6, en el desarrollo de los programas europeos relacionados con la violencia contra las mujeres, en concreto el Programa Daphne y el Programa STOP.

Finalmente, señalar que, una de las prioridades en materia de igualdad de oportunidades de la Presidencia Española en el Consejo de Ministros de la Unión Europea, durante el primer semestre del año 2002, ha sido la lucha contra la violencia contra las mujeres. Así, entre las medidas emprendidas cabe destacar la celebración de una Conferencia de Ministros y Ministras de Igualdad de oportunidades en Santiago de Compostela durante los días 18 y 19 de febrero de 2002, con el objetivo de promover un intercambio de información y de experiencias, y para discutir sobre los pasos necesarios para erradicar la violencia contra la mujer. Además, se elaboró un estudio sobre la situación de la violencia contra las mujeres en cada uno de los Estados miembros y una Guía de Buenas Practicas en la que se incluyen ejemplos de medidas puestas en marcha en los diferentes Estados para paliar los efectos de la violencia doméstica, sexual y en el trabajo y conseguir su erradicación.