De conformidad con el artículo 68 del reglamento del Comité, el Secretario General ha informado a los Estados partes interesados de las fechas previstas para el examen por el Comité de sus respectivos informes en el 97º período de sesiones.
Los informes del Camerún, Colombia, El Salvador, Estonia e Israel serán examinados por grupos de tareas sobre informes de países, que aprobarán listas de cuestiones al respecto.
7. Seguimiento de las observaciones finales sobre los informes de los Estados y de los dictámenes formulados con arreglo al Protocolo Facultativo
En su 74º período de sesiones, el Comité adoptó decisiones sobre el procedimiento para efectuar el seguimiento de las observaciones finales. En el 75º período de sesiones se nombró a un Relator Especial para el seguimiento de las observaciones finales; éste presentará en el 97º período de sesiones un informe sobre sus actividades. El Relator Especial para el seguimiento de los dictámenes también presentará un informe sobre sus actividades.
8. Observaciones generales del Comité
En relación con este tema, el Comité comenzará a examinar un proyecto de observación general sobre el artículo 19 del Pacto.
9. Examen de las comunicaciones recibidas en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto
De conformidad con las disposiciones del capítulo XVII del reglamento, el Comité examinará, en relación con este tema, las comunicaciones presentadas, o que se consideren presentadas,con arreglo al Protocolo Facultativo.
El Comité tiene pendientes 419 comunicaciones al 2 de septiembre de 2009. De acuerdo con el nuevo reglamento del Comité, que en la mayoría de los casos permite examinar conjuntamente la admisibilidad y el fondo, el examen de esas comunicaciones por el Comité puede llevar a la adopción de dictámenes o de decisiones que declaren admisibles o inadmisibles las comunicaciones.
De conformidad con el párrafo 3 del artículo 5 del Protocolo Facultativo y con el artículo 88 del reglamento del Comité, este tema del programa se examinará en sesiones privadas.
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