Comité de los Derechos del Niño
95º período de sesiones
15 de enero a 2 de febrero de 2024
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes presentados por los Estados partes
Respuestas de Israel a la lista de cuestiones relativa a sus informes periódicos quinto y sexto combinados * **
[Fecha de recepción: 29 de septiembre de 2023]
Introducción
1.A continuación figuran las respuestas a la lista de cuestiones relativa a los informes periódicos quinto y sexto combinados del Gobierno del Estado de Israel, presentados al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante, la Convención) y las directrices específicas respecto de la forma y el contenido de los informes que han de presentar los Estados partes (CRC/C/58/Rev.3).
2.Desde la presentación de los últimos informes periódicos de Israel, se han producido numerosas novedades relacionadas con la aplicación de la Convención y sus protocolos. En el presente informe se ofrece una relación completa de ellas.
3.El informe ha sido elaborado por la Oficina del Fiscal General Adjunto (Derecho Internacional) del Ministerio de Justicia, en colaboración con otros ministerios y organismos del Gobierno.
Parte I
Respuesta al párrafo 2 a) de la lista de cuestiones (CRC/C/ISR/Q/5-6)
4.Los derechos consagrados en la Convención están eficazmente protegidos por la legislación, las decisiones judiciales y las políticas públicas.
5.En 2019, el Fiscal General Adjunto envió unas directrices a todos los asesores jurídicos de los ministerios del Gobierno con objeto de subrayar la importancia de la legislación mencionada y garantizar su aplicación, así como de proporcionar información sobre las repercusiones de la legislación en los derechos del niño. En las directrices se regulan los procesos de trabajo que deben seguirse, en especial en lo que se refiere a la manera de examinar las repercusiones que tiene la legislación en los derechos del niño. Con arreglo a esas directrices, las autoridades encargadas de legislar deben examinar el alcance de las repercusiones que puede tener un proyecto de ley sobre los derechos del niño en todas las fases de su preparación y, en caso necesario, consultar a las oficinas jurídicas pertinentes y al nuevo Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes en el seno del Ministerio de Justicia. Siempre que se produce una vulneración directa o indirecta de los derechos del niño, se pide a los asesores jurídicos que recurran a los abogados competentes encargados de los derechos de los niños y los jóvenes en el Ministerio de Justicia y que intercambien opiniones con el Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes.
Respuesta al párrafo 2 b) de la lista de cuestiones
6.Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes. El Gobierno valora muy positivamente la elaboración de políticas coordinadas, integrales e inclusivas en materia de infancia y juventud. Con el fin de proporcionar una respuesta completa y multidisciplinar a las necesidades diversas de los niños y los jóvenes, incluidas las necesidades educativas, sanitarias, sociales, físicas y emocionales, y reconociendo lo importante que es escuchar la voz de los niños y los jóvenes a la hora de formular políticas y tomar decisiones que les atañen, el Gobierno autorizó al Ministro de Justicia, por medio de la Resolución núm. 1652, de junio de 2022, a nombrar un Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes. El Coordinador facilita la labor de colaboración entre los ministerios y con agentes externos, presta asistencia al Comité de Directores Generales (véase más abajo), coordina su trabajo y le plantea recomendaciones cuando es necesario; también coordina la actividad del Gobierno y organiza mesas redondas o equipos interministeriales para la resolución de problemas específicos. El Coordinador también supervisa la recogida de datos y la creación de una infraestructura común de conocimiento.
7.Además, mediante la Resolución núm. 1652, el Gobierno también creó un Comité de Directores Generales sobre los derechos de los niños y los jóvenes, para que sirviera de foro permanente de coordinación de la política y la actividad del Gobierno en asuntos relativos a los derechos de los niños (a partir del 1er grado). El Comité de Directores Generales está presidido por el Director General del Ministerio de Justicia, y entre sus miembros figuran los Directores Generales de los Ministerios de Educación, Bienestar y Asuntos Sociales, Salud, Seguridad Pública, Finanzas e Integración de Inmigrantes.
8.El Coordinador Interministerial para prevenir los conflictos de los niños con la ley fue nombrado en 2018 en el Ministerio de Justicia con arreglo a la Resolución núm. 1840 del Gobierno, de 11 de agosto de 2016, y actualmente funciona como una unidad adscrita a la Oficina del Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes. En el tercer informe periódico que presentó Israel en 2019 (párr. 209) figura más información sobre las actividades del Coordinador Interministerial.
9.Durante 2022, se formuló un plan estratégico del Estado para la prevención de las conductas de riesgo entre los niños y los jóvenes, junto con todos los socios pertinentes del Gobierno y en consulta con representantes de la sociedad civil y del Consejo Nacional de los Estudiantes y la Juventud. En la pregunta 2 b) que figura en el anexo del presente informe (en adelante “el anexo”) se aporta más información sobre el plan.
10.La Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar trabaja a fin de aumentar la accesibilidad para los niños manteniendo un diálogo con los niños acogidos fuera del hogar y respondiendo a sus ideas o peticiones. Tras un diálogo con los niños y los jóvenes, se pusieron a su disposición en hebreo y en árabe los derechos de los niños, el procedimiento para dirigirse a la Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar, los medios de acceso, etc. De conformidad con el artículo 2 de la Convención y el artículo 7 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se mantuvo un diálogo similar con los niños con discapacidad, prestando especial atención a los niños con discapacidad intelectual, y posteriormente se crearon herramientas específicas y accesibles para esos niños.
Respuesta al párrafo 2 c) de la lista de cuestiones
11.Se remite a lo informado en la respuesta a la pregunta 2 b).
Respuesta al párrafo 2 d) de la lista de cuestiones
12.A continuación se presentan varias novedades positivas en relación con la no discriminación en las asignaciones presupuestarias y las correspondientes resoluciones del Gobierno (véase la información adicional que se facilita en la respuesta a la pregunta 15).
13.El 24 de octubre de 2021, se estableció mediante la Resolución núm. 550 del Gobierno un plan quinquenal (2022-2026) denominado Tkadum – Progreso, destinado a la población árabe de Israel, con un presupuesto total de unos 30.000 millones de nuevos séqueles (9.500 millones de dólares de los Estados Unidos). Elaborado por la Autoridad para el Desarrollo Socioeconómico de las Poblaciones Minoritarias del Ministerio de Igualdad Social, en cooperación con los ministerios pertinentes, autoridades locales, ONG, institutos de investigación y el público en general, en este plan se atienden nuevos ámbitos que no se contemplaban en el plan quinquenal anterior (aprobado mediante la Resolución núm. 922 del Gobierno), como por ejemplo cuestiones relacionadas con la salud y el bienestar, la atención a las personas mayores, y la paliación de la soledad.
14.En la pregunta 2 d) del anexo figura más información sobre la Resolución núm. 550 del Gobierno en los ámbitos de la salud, la educación y el bienestar.
15.El 24 de octubre de 2021, se aprobó la Resolución núm. 459 del Gobierno, por la que se estableció el Programa de Lucha contra el Fenómeno de la Delincuencia y la Violencia entre la Población Árabe (2022-2026). A fin de velar por la aplicación eficaz del programa, se le asignaron aproximadamente 2.400 millones de nuevos séqueles (762 millones de dólares).
Respuesta al párrafo 2 e) de la lista de cuestiones
16.Se remite a lo informado en la respuesta a la pregunta 2 b). Véase también el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 80 y 106 a 110).
17.Además, los niños y los jóvenes también pueden remitir sus quejas al Supervisor Nacional para la aplicación de la Ley de Derechos del Alumnado, adscrito al Ministerio de Educación.
Respuesta al párrafo 2 f) de la lista de cuestiones
18.Conforme a los principios básicos de la soberanía y el derecho convencional, Israel considera que la Convención no es aplicable fuera del territorio soberano de un Estado. Por consiguiente, la Convención no se aplica con respecto a la Ribera Occidental. Además, la Convención, al igual que otros instrumentos de derechos humanos, no se concibió para aplicarse en situaciones de conflicto armado, en las que el derecho pertinente y específicamente aplicable es el derecho de los conflictos armados.
19.No obstante, el Gobierno mantiene un diálogo franco y directo con la sociedad civil y el mundo académico, especialmente en torno a los procesos de presentación de informes en relación con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas. El Ministerio de Justicia y el Ministerio de Relaciones Exteriores, junto con el Centro Minerva para los Derechos Humanos de la Universidad Hebrea, convocan periódicamente un foro conjunto en el que participan autoridades del Estado y representantes de la sociedad civil y el mundo académico. En ese marco, los proyectos de los informes que han de presentarse a los órganos de tratados se envían a las ONG pertinentes para que formulen sus observaciones al respecto antes de su presentación y, tras la publicación de las observaciones finales, se celebran debates de seguimiento. En febrero de 2023 se celebraron cinco mesas redondas conjuntas, en las que se trataron los siguientes temas: el uso seguro de Internet por parte de los niños; los derechos a la dignidad, la identidad y la intimidad de los niños LGBTIQ+; y la violencia sexual y de género contra las mujeres y las niñas.
20.En la pregunta 2 f) del anexo figura más información sobre la cooperación con las ONG.
Respuesta al párrafo 3 a) de la lista de cuestiones
21.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta de Israel a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 3 b) de la lista de cuestiones
22.A este respecto, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 19 y 21).
23.Además, la jurisprudencia sobre este asunto revela que los distintos tribunales han adoptado de manera sistemática la política que se recoge en la Directriz núm. 4.1113 de la Fiscalía General (véase el tercer informe periódico presentado por Israel en 2019, párr. 21), de 2018, y la mayoría de las solicitudes de matrimonio antes de los 18 años son rechazadas. Si bien cada caso se considera y examina en función de sus circunstancias particulares, la concesión de un permiso de matrimonio de ese tipo se realiza de manera rigurosa, con el fin de proteger el interés superior del niño. Se aceptan muy pocas solicitudes por motivos especiales y a discreción de los tribunales.
Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones
24.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental en lo referente a las preguntas 4 a), b), c), d) y e), véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 4 a) de la lista de cuestiones
25.En cuanto a la prohibición de la discriminación y la garantía de la igualdad en las leyes del Estado, véase el tercer informe periódico de Israel (párr. 22).
Respuesta al párrafo 4 b) de la lista de cuestiones
26.En el artículo 2 b) del Reglamento (Procedimientos Legales) de Tribunales de Familia, de 5781-2020,se determina el principio básico según el cual, manteniendo la conformidad con las disposiciones de cualquier ley, en los procedimientos llevados a cabo entre miembros de una familia, el tribunal tendrá en cuenta el interés superior del niño antes de tomar una decisión. De este modo, el tribunal tomará en consideración los derechos, las necesidades y los intereses del niño, así como su voluntad, atendiendo también a su edad y capacidades. Además, el capítulo 2 de ese reglamento, relativo a la participación de los niños, trata, entre otras cosas, del derecho del niño a ser escuchado (art. 49), de la forma en que se escucha a un niño en función de su edad (art. 51), de la audiencia de un niño por un juez (art. 53) y del respeto de la confidencialidad del niño (art. 55), con el fin de tener en cuenta el interés superior del niño, así como sus opiniones y posiciones.
27.Todos los servicios prestados a los niños en general, y a los niños en situación de riesgo en particular, se prestan de acuerdo con el principio del interés superior del niño, como se indica en diversas disposiciones legislativas. El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales forma parte de un equipo multidisciplinar e interministerial que se ocupa de los niños y los jóvenes no israelíes que entran en Israel, principalmente procedentes de la Autoridad Palestina, con el objetivo de dar una respuesta adaptada en caso de emergencia.
28.En la pregunta 4 b) del anexo figura más información sobre las medidas adoptadas a este respecto por el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales. En lo que respecta a la consideración del interés superior del niño, véase también la respuesta a las preguntas 2 a), 5, 7 f), 8 a) y 11 b).
Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones
29.En cuanto al fomento de la promoción por parte de la Dependencia Nacional de Representación del Niño del derecho de los niños a ser escuchados, uno de los principios rectores de dicha dependencia es la promoción de una participación directa, segura y adaptada a los niños. Los abogados que representan a niños en nombre de la Dependencia Nacional de Representación del Niño deben facilitar el derecho de sus clientes a ser escuchados directamente en los procedimientos correspondientes, de acuerdo con la voluntad del niño y teniendo en cuenta su edad, madurez y circunstancias. En todos los casos, el abogado está obligado a transmitir al tribunal o a otros órganos de decisión los deseos expresos y la posición del niño, de la forma más transparente posible (incluso en los casos en que el niño no desee ser escuchado directamente en el procedimiento). Según un estudio empírico independiente realizado recientemente sobre los servicios prestados por la Dependencia Nacional de Representación del Niño, el abogado alegó que el niño era incapaz de participar directamente en el procedimiento debido a su edad o a su falta de comprensión solo en el 15 % de los casos.
30.Ingreso en centros de salud mental. Con arreglo al artículo 3F de la Ley del Menor (Cuidado y Supervisión), de 5720-1960, los adolescentes mayores de 15 años que se opongan a ser hospitalizados en centros de salud mental tienen derecho a ser representados por un abogado de la Dependencia Nacional de Representación del Niño. La Dependencia representa anualmente a unos 250 niños y jóvenes en ese tipo de procedimientos. Algunas decisiones judiciales han obligado a las autoridades sanitarias a buscar alternativas a la hospitalización; por ejemplo, C. Y. App. A. (menor) c. el Departamento de Bienestar Social, de 18 de octubre de 2021.
31.Lamentablemente, la Ley del Menor (Enjuiciamiento, Castigo y Formas de Trato), de 5731-1971, no permite a los niños menores de 15 años ser escuchados directamente por los tribunales o ser representados en los casos de hospitalización forzosa en los procedimientos de los centros de salud mental, ni requiere el consentimiento de los niños.
32.Procedimientos de adopción. El artículo 23 de la Ley de Adopción de Niños, de 5741‑1981, permite a los tribunales de familia designar a un tutor ad litem de los niños que se encuentran en procedimientos de adopción. Sin embargo, esa facultad discrecional se aplica en menos de una quinta parte (19 %) de los procedimientos de adopción cada año y de forma desigual en los distintos distritos judiciales.
33.Procedimientos que afectan a los niños migrantes y solicitantes de asilo. Existen dos tipos de procedimientos en los que la Dependencia Nacional de Representación del Niño está autorizada a proporcionar representación legal a estos niños: cuando un tribunal ordena la designación de un tutor ad litem o un abogado para un niño (por ejemplo, en procedimientos de menores o de familia) y cuando un niño o su tutor natural solicita asistencia legal a la Dependencia con el fin de regularizar su situación (ciudadanía o repatriación).
34.Custodia o expulsión de Israel. El interés superior del menor es una consideración sustancial en estas decisiones. Por ello, antes de tomar una decisión sobre la expulsión de una familia en la que haya niños de 12 años o mayores, los niños son escuchados por un funcionario de control de fronteras. El interés superior del niño se examina y se tiene en cuenta incluso en el caso de niños menores de 12 años (cuando no existe obligación legal de celebrar una audiencia). La audiencia del niño tiene lugar en presencia de uno de los progenitores y previo consentimiento del niño, lo cual le permite expresar libremente su propia opinión, a la que se le otorga la debida consideración, aunque no de manera exclusiva. Las instrucciones sobre la celebración de audiencias de niños están establecidas en el Procedimiento núm. 10.3.0001 de la Dirección de Población e Inmigración, en el que se trata también la expedición de órdenes de expulsión y detención con arreglo a la Ley de Entrada en Israel, de 5712-1952.
35.En la pregunta 5 del anexo figura más información sobre la custodia con fines de expulsión de niños y otra información complementaria.
Respuesta al párrafo 6 a) de la lista de cuestiones
36.A este respecto, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs.45 a 50).
37.El nacimiento de todo niño nacido en Israel, ya sea de un progenitor que sea ciudadano o residente israelí o residente extranjero, es documentado por el hospital. Los hospitales entregan a los progenitores un documento denominado “notificación de nacimiento”, en el que constan datos como la fecha y el lugar de nacimiento, y los nombres y las nacionalidades de los progenitores, de conformidad con el artículo 6 de la Ley del Registro de la Población y el Reglamento del Registro de la Población (Detalles Adicionales del Registro en una Notificación de Nacimiento o Defunción), de 5729-1968. Conforme a la legislación israelí, los niños nacidos de ciudadanos israelíes son ciudadanos desde su nacimiento, están inscritos en el Registro de la Población y tienen derecho a una partida de nacimiento. Los niños nacidos en Israel de residentes permanentes y titulares de un visado A/5 se inscriben en el Registro de la Población y, con arreglo al artículo 30 de la Ley del Registro de la Población, de 5725‑1965, pueden obtener una partida de nacimiento. Los datos consignados en la partida de nacimiento se detallan en el Reglamento del Registro de la Población (Formato de las Partidas de Nacimiento y los Certificados de Defunción), de 5733‑1972. Los niños nacidos de extranjeros (y de residentes en la Ribera Occidental) no tienen derecho a la condición de israelí, no están inscritos en el Registro de la Población y, por lo tanto, no pueden recibir una partida de nacimiento de ninguna autoridad, sino una notificación de nacimiento. El Estado de Israel permite que los progenitores extranjeros certifiquen la autenticidad de la notificación de nacimiento con una apostilla, de modo que puedan presentar dicha notificación a las autoridades competentes de su país de nacionalidad. Los residentes extranjeros pueden remitir la notificación de nacimiento al Ministerio del Interior a fin de recibir un documento denominado “declaración de nacimiento en Israel: reproducción de la notificación de nacimiento”. En la pregunta 6 a) del anexo figura más información sobre esta cuestión.
Respuesta al párrafo 6 c) de la lista de cuestiones
38.A este respecto, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 98 a 104).
Respuesta al párrafo 6 d) de la lista de cuestiones
39.El artículo 4(9) de la Ley de Comunicaciones (Bezeq y Radiodifusión), de 5742-1982, autorizaba al Ministro de Comunicaciones a regular los sitios web y contenidos ofensivos en Internet mediante licencias y reglamentos. En consecuencia, en 2022, algunas disposiciones establecidas anteriormente en las licencias otorgadas a proveedores específicos se incorporaron al Reglamento de Comunicaciones (Bezeq y Radiodifusión) (Permiso General para Prestar Servicios de Comunicaciones), de 5783-2022.
40.En octubre de 2022, entraron en vigor unas nuevas y exhaustivas disposiciones con arreglo al artículo 4(9) de la Ley de Comunicaciones, relativas al filtrado de contenido ofensivo.
41.En marzo de 2023, el Ministro de Comunicaciones creó un Equipo Interministerial para la Protección de la Infancia en Internet, con el propósito de encontrar soluciones innovadoras para filtrar el contenido nocivo en los dispositivos móviles. El objetivo del equipo es luchar contra el acoso en línea y las publicaciones ofensivas a las que están expuestos niños y jóvenes.
42.En la pregunta 6 d) del anexo figura más información sobre el reglamento de 2022 y el Equipo Interministerial.
43.En lo que respecta a los delitos tipificados en la Ley de Prevención del Acoso Sexual, de 5758-1998, la Fiscalía General del Estado, incluido su Departamento de Lucha contra la Ciberdelincuencia, formula con frecuencia cargos relativos a delitos contemplados en esa ley. Desde 2019, el Departamento de Lucha contra la Ciberdelincuencia maneja y atiende casos centrados en la difusión de contenido sexual sin consentimiento en plataformas electrónicas de medios de comunicación, lo cual constituye un delito con arreglo a la Modificación núm. 10, de 2014, de la Ley de Prevención del Acoso Sexual.
44.En la pregunta 6 d) del anexo figura información sobre la jurisprudencia pertinente e información complementaria, como las directrices de la Fiscalía General.
Respuesta al párrafo 7 a) de la lista de cuestiones
45.El Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes dirigió un plan estratégico del Gobierno para la prevención de los comportamientos de riesgo entre niños y jóvenes, en el que participaron numerosos organismos y ministerios competentes, ONG y el Consejo Nacional de los Estudiantes y la Juventud. En el párrafo 9 figura más información sobre este plan estratégico.
46.En cuanto a la Dependencia de Coordinación de la Lucha contra el Racismo, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 25 a 27). Tras un trabajo de colaboración entre la Dependencia y el Ministerio de Educación, a partir del curso académico de 2022, los centros de formación de docentes deben incluir en sus planes de estudios capacitación sobre la prevención del racismo y la promoción de la convivencia. Posteriormente, los docentes adquieren conocimientos sobre las poblaciones árabe y judía ultraortodoxas y sobre la forma de afrontar los incidentes de racismo en el sistema educativo. Los centros deben celebrar reuniones entre alumnos judíos y árabes y ofrecer el estudio del árabe a aquellas personas interesadas en aprenderlo.
47.En enero de 2022, el Ministerio de Educación creó un comité, encabezado por el Director General Adjunto del Ministerio, para promover la “convivencia” en Israel, en colaboración con la Dependencia de Coordinación de la Lucha contra el Racismo.
48.Entre las recomendaciones formuladas por el comité, se cuentan 26 recomendaciones prácticas para el sistema educativo, que fueron adoptadas mediante una circular del Director General el 30 de noviembre de 2022. En la pregunta 7 a) del anexo figura más información a este respecto.
Respuesta al párrafo 7 b) de la lista de cuestiones
49.Los reclusos jóvenes que se encuentran bajo la supervisión del Servicio Penitenciario de Israel se consideran una población de riesgo, debido a sus características particulares. Su temprana edad, la etapa de la adolescencia, la desconexión de los marcos educativos, de formación profesional y de empleo, y numerosas cuestiones personales, psicológicas y familiares, son elementos que deben tenerse en cuenta desde el punto de vista terapéutico.
50.El Servicio Penitenciario de Israel basa la forma en que trata a los jóvenes en la Prisión de Menores de Ofek (que significa “horizonte”) en el entendimiento de que las necesidades de los jóvenes en conflicto con la ley durante su privación de libertad son diferentes de las de los adultos. Así se refleja en el compromiso que asume dicho servicio a fin de ayudar a los niños mientras están privados de libertad con vistas a su reintegración en la sociedad. Los jóvenes recluidos en Ofek tienen derecho a adquirir herramientas, competencias profesionales y competencias para la vida. Las intervenciones de rehabilitación dirigidas a estos jóvenes se llevan a cabo desde la detención inicial e incluyen reuniones individuales, en grupo y comunitarias. Este entorno terapéutico que acompaña a los jóvenes presos en Ofek proporciona asistencia de apoyo e intervenciones terapéuticas en situaciones de crisis o riesgo, previene el consumo de drogas y alcohol, y afronta el fenómeno de la violencia y los abusos sexuales.
51.La reclusión en régimen de aislamiento es una medida punitiva que se impone únicamente en determinadas circunstancias, en caso de que se hayan producido faltas disciplinarias recogidas en el Decreto sobre las Prisiones (Nueva Versión), de 5732-1971, y se aplica por períodos breves y limitados, después de una audiencia disciplinaria, en pleno cumplimiento de las normas de derecho internacional. La reclusión de jóvenes en régimen de aislamiento se utiliza únicamente en casos extremos y como último recurso, teniendo en cuenta la edad del recluso a la hora de imponer una medida punitiva y de determinar su duración. Los jóvenes en régimen de aislamiento se reúnen a diario con un trabajador social.
52.La reclusión en régimen de separación no es una medida punitiva, sino un procedimiento de prevención, también regulado por el Decreto sobre las Prisiones, que tiene por objeto impedir que los reclusos se causen un daño a sí mismos o atenten contra otros presos o el personal penitenciario. Un preso separado de los demás podrá ser recluido solo o con otro preso, según las razones de la separación, así como de las características del recluso. Los jóvenes recluidos en régimen de separación disponen de acceso a atención médica, reuniones con un abogado, una hora en el patio de la cárcel, visitas de un asistente social, televisión, juegos de video, teléfono, libros y periódicos. Esta medida preventiva está sujeta a procedimientos de revisión judicial y apelación. Se utiliza únicamente como último recurso para lograr los objetivos de una separación, sobre la base de consideraciones profesionales y con sujeción al interés superior del niño. La autoridad encargada de imponer la separación es objeto de supervisión permanente y el régimen debe volver a evaluarse oportunamente a fin de reducir al mínimo su duración. Cuando se plantea la posibilidad de mantener a un joven en régimen de separación, la decisión es examinada por cuatro profesionales del centro de reclusión, incluido un trabajador social (en el caso de la separación individual).
53.Los jóvenes recluidos en la Prisión de Damon suelen recibir servicios de la Autoridad para la Rehabilitación de los Presos, en coordinación con el Servicio Penitenciario de Israel y el Servicios de Libertad Condicional de Jóvenes. Estos jóvenes se reúnen periódicamente con el asistente social de la prisión, durante todo el período de reclusión y, sobre todo, antes de su puesta en libertad. El trabajador social examina las opciones de rehabilitación, entre las cuales se incluye la remisión a la Autoridad para la Rehabilitación de los Presos, en caso de que así se solicite y se reúnan las condiciones para ello, de acuerdo con la recomendación formulada por el equipo de profesionales, la motivación del joven para la rehabilitación y tras una visita a su familia para garantizar su cooperación. Posteriormente, se elabora un programa de rehabilitación único, en función de las necesidades particulares de la persona, que incluye terapia de grupo e individual adaptada, también disponible en el hostal BeitShushan.
54.En la pregunta 7 b) del anexo figura más información a este respecto. En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 7 c) de la lista de cuestiones
55.A los interrogados por la Agencia de Seguridad de Israel, incluidos los jóvenes, se les conceden plenos derechos de acuerdo con la legislación israelí y el derecho internacional aplicable a Israel, incluida la representación letrada y las visitas del Comité Internacional de la Cruz Roja, cuando procede. A este respecto, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 76 a 79).
56.El Inspector Responsable de las Denuncias contra los Interrogadores de la Agencia de Seguridad de Israel concede la máxima importancia a la supervisión de los interrogatorios de jóvenes por parte de esa Agencia, por lo que prioriza la supervisión de los interrogatorios de jóvenes y el examen de las denuncias presentadas por estos, y destina importantes recursos a ello.
57.Desde 2018 funciona un mecanismo de supervisión de los interrogatorios de la Agencia de Seguridad de Israel. Los supervisores tienen instrucciones de dar prioridad a la observación y supervisión de los interrogatorios de los jóvenes sobre los de los adultos. Los investigadores tienen instrucciones de tramitar de inmediato las denuncias relativas a los jóvenes.
58.Además, en el marco de sus visitas a los centros del Servicio Penitenciario de Israel y de la Agencia de Seguridad de Israel en calidad de “visitante oficial”, el Inspector se reúne personalmente con todos los jóvenes recluidos, sin la presencia de miembros del personal de ese Servicio y de esa Agencia, y se informa sobre sus condiciones de reclusión.
59.En 2020, un investigador de la oficina del Inspector realizó en la policía un curso sobre investigación entre jóvenes con el fin de poder tratar mejor las denuncias presentadas por los jóvenes.
Respuesta al párrafo 7 d) de la lista de cuestiones
60.La Agencia de Seguridad de Israel y sus empleados actúan de conformidad con la ley y están sujetos a supervisión y auditoría internas y externas, entre otros por parte del Contralor del Estado, el Fiscal General, la Fiscalía General del Estado, el Knéset y todas las instancias judiciales, incluido el Tribunal Supremo.
61.Las directrices de la Agencia de Seguridad de Israel otorgan a los jóvenes protecciones especiales, necesarias debido a su edad, con el objetivo de velar por la adecuada protección de sus derechos y de su bienestar físico y psicológico.
62.La Agencia de Seguridad de Israel mantiene mecanismos internos de supervisión y control de los interrogatorios en general y de los interrogatorios de jóvenes en particular, que se llevan a cabo previa aprobación de los funcionarios de mayor jerarquía de la Agencia y de conformidad con procedimientos especiales, adaptados a ellos, establecidos por la División de Investigaciones. Se tiene sumo cuidado en garantizar que los lleven a cabo interrogadores que hayan recibido la formación adecuada y que las horas de interrogatorio y de sueño se adapten a las necesidades de los jóvenes.
Respuesta al párrafo 7 e) de la lista de cuestiones
63.El Ministerio de Educación ha elaborado un nuevo programa básico dirigido a progenitores relativo a la orientación parental y la relación con los hijos. El Ministerio también capacitó a su personal pertinente para que formara a los padres de los alumnos que estudian en escuelas de educación tecnológica. Para ello, se nombró a un referente en materia de parentalidad, se elaboraron planes de trabajo y formación que incluyen un trabajo conjunto con el Departamento de Servicios de Ayuda y Orientación Psicológica, y se impartió formación a directores y asesores de escuelas. Se creó un programa de formación para los responsables de la asistencia escolar ordinaria y se impartieron conferencias y seminarios sobre el tema.
64.El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales gestiona centros para progenitores e hijos y canales dedicados a la crianza, además de ofrecer charlas de orientación dirigidas a los progenitores sobre el tratamiento de los niños con el fin de promover una parentalidad positiva, reduciendo así el nivel de riesgo al que están expuestos los niños y posibilitando su desarrollo normal. El objetivo es enseñar a los terapeutas principios básicos, habilidades de diagnóstico e intervenciones terapéuticas, con el fin de fortalecer las relaciones entre progenitores e hijos y proporcionar a los progenitores herramientas que les permitan cumplir su función parental conforme a las normas y de manera no violenta.
Respuesta al párrafo 7 f) de la lista de cuestiones
65.Programa interministerial para la puesta en libertad de jóvenes recluidos y encarcelados. En marzo de 2018, el Gobierno aprobó, mediante la Resolución núm. 3711, las recomendaciones y el informe de un equipo interministerial que se ocupó de este asunto. El 16 de febrero de 2020, el Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes puso en marcha un programa piloto interministerial para promover la liberación de jóvenes recluidos y encarcelados, atendiendo a todas las etapas: la detención, la privación de libertad, el retorno óptimo a la comunidad y la reducción de la reincidencia a través de una atención continuada (terapéutica, educativa y médica). En la actualidad, alrededor del 50 % de los jóvenes son puestos en libertad a través de un programa de rehabilitación personalizado de la Autoridad para la Rehabilitación de los Presos y bajo la supervisión de esta (frente a solo un 33 % antes de que se pusiera en marcha el programa), de los cuales dos tercios finalizan el programa con buenos resultados (se ha constatado que la finalización de un programa de rehabilitación reduce la reincidencia en más de un 50 %).
66.El equipo interministerial lleva a cabo un plan piloto para reducir las penas de prisión en el que participan también varios ministerios y organismos del Gobierno, como el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales, el Ministerio de Educación, la Autoridad para la Rehabilitación de los Presos y la Dependencia de Administración de los Tribunales. En la pregunta 7 f) del anexo figura más información sobre el plan.
67.Autoridad para la Rehabilitación de los Presos. En 2017, esta Autoridad creó cuatro centros específicos para jóvenes con el fin de ofrecer una respuesta adicional en el ámbito nacional; se destinó a un consejero a tiempo completo a la Prisión de Menores de Ofek. La Autoridad invirtió muchos recursos en incorporar a los jóvenes a los programas de rehabilitación y en optimizar las respuestas que se les ofrecen, entre las que se incluyen visitas domiciliarias, incentivos para la educación y el empleo, y programas de rehabilitación con el objetivo de proporcionarles un marco estable y de apoyo para su rehabilitación.
68.Apoyo psicosocial y para la salud mental dirigido a niños y jóvenes víctimas de un delito. El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales dispone de 13 centros de tratamiento dirigidos a niños y jóvenes víctimas de delitos sexuales en todo el país, gestionados por asociaciones seleccionadas mediante una licitación. Todos los terapeutas empleados en los centros reciben formación especial para tratar a víctimas de agresiones sexuales, tienen experiencia terapéutica en este campo y reciben formación adicional durante su contratación. El tratamiento que se ofrece no tiene limitación temporal y todos los niños tienen derecho a su financiación íntegra, independientemente de que se les aplique una prueba de ingresos.
69.Casas Lin. Centros de protección que prestan asistencia inicial a niños y jóvenes de edades comprendidas entre los 3 y los 18 años, y a sus familiares, que han sufrido daños por abusos sexuales, físicos o psicológicos o negligencia grave por parte de un familiar responsable, en un entorno educativo terapéutico o por parte de otra persona. Estos centros fueron creados por el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales, en colaboración con la policía, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia, y ofrecen diversos programas de tratamiento e intervención.
70.En la pregunta 7 f) del anexo figuran datos relativos a los niños y los jóvenes que fueron remitidos a programas de derivación o a alternativas a la reclusión (2019-2023), los refugios para niños y jóvenes víctimas de trata, los refugios para mujeres maltratadas y la ampliación de refugios e instituciones.
Respuesta al párrafo 7 g) de la lista de cuestiones
71.A continuación figuran algunos ejemplos de servicios de calidad y adaptados a los niños en los que participan profesionales con formación específica.
72.Servicios de Asistencia Jurídica. La Dependencia Nacional de Representación del Niño proporciona asistencia jurídica centrada en el niño para niños que han sido víctima de delitos sexuales graves (desde agosto de 2017), un servicio que cada año se presta aproximadamente a 185 niños y jóvenes que se encuentran en procedimientos penales y civiles contra el autor. Todos los abogados de la Dependencia reciben una formación multidisciplinar obligatoria de un año, en la que se tratan cuestiones como el desarrollo de los niños, la representación letrada que tiene en cuenta los traumas y técnicas de comunicación centradas en el niño.
73.Asistencia Jurídica. Programa “Mi propio abogado”: los niños y los jóvenes a veces se ven implicados, voluntaria o involuntariamente, en procedimientos judiciales, como los niños que son víctimas de delitos, los niños en situaciones de divorcio, los niños en situación de riesgo, etc. Este programa fue establecido por la Administración de Asistencia Jurídica del Ministerio de Justicia de conformidad con las orientaciones del Comité de los Derechos del Niño (observaciones generales núm. 7, párr. 13 a), 12, 20, párr. 23, y 24, párrs. 44 y 96), así como las Directrices del Consejo de Europa sobre una justicia adaptada a los niños. Estos abogados reciben una formación, supervisión y orientación específicas y mantienen una perspectiva centrada en los niños a la hora de asesorarlos y representarlos en procedimientos civiles, con el fin de promover y proteger sus derechos.
74.El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales estableció ocho centros de protección y asistencia para niños en virtud de la Ley de Asistencia a los Menores Víctimas de Delitos Sexuales o Violentos, de 5768-2008, que brindan intervención adaptada a niños y jóvenes víctimas de delitos y en los que todas las entidades pertinentes se hallan concentradas en un solo lugar.
75.Administración de Personas con Discapacidad. El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales gestiona una serie de centros en los que se ofrece asesoramiento, educación, formación y tratamiento en el ámbito sexual-social. Este servicio se presta gratuitamente a niños y jóvenes que residen en vivienda social y en la comunidad.
76.En la pregunta 7 g) del anexo figura más información sobre los centros de asistencia dirigidos a niños y jóvenes y los centros de tratamiento dirigidos a personas con discapacidad.
Respuesta al párrafo 8 a) de la lista de cuestiones
77.En la pregunta 8 a) del anexo figuran ejemplos de respuestas y soluciones para el tratamiento de las relaciones entre progenitores e hijos.
Respuesta al párrafo 8 b) de la lista de cuestiones
78.Los resúmenes de las consultas recibidas por la Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar se remiten a la Dependencia de Supervisión y a los responsables pertinentes de la formulación de políticas con el fin de que se realice un seguimiento de las correcciones y se extraigan enseñanzas. Además, se celebran reuniones con los responsables de la formulación de políticas, en las que se debaten las recomendaciones sobre los cambios necesarios en las políticas con el fin de mejorar el servicio prestado a los niños acogidos fuera del hogar.
79.Desde 2023, la Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar ha impartido formación sobre la Convención y su aplicación, dirigida a trabajadores sociales de las dependencias de servicios sociales, supervisores de acogimiento familiar, coordinadores de atención en internados, coordinadores de educación en internados y jefes de equipo. Se enseña al personal pertinente el mecanismo de examen de las quejas de los niños y la importancia de potenciar al máximo los derechos de los niños.
Respuesta al párrafo 8 c) de la lista de cuestiones
80.La versión modificada de la Ley de Ciudadanía y Entrada en Israel (Disposición Transitoria), de 5763-2003, fue prorrogada varias veces hasta el 30 de junio de 2019. Debido a la disolución del Knéset, la ley se prorrogó automáticamente hasta enero de 2020; sin embargo, no se ha vuelto a prorrogar desde el 7 de julio de 2021. El 6 de octubre de 2021, el Ministerio del Interior publicó un proyecto de ley para recabar observaciones al respecto. Además, la Dirección de Población e Inmigración publicó un procedimiento provisional, el Procedimiento núm. 5.14.0001, en vigor desde el 1 de febrero de 2022, con el fin de tramitar las solicitudes de reagrupación familiar, y el proyecto de ley fue aprobado el 15 de marzo de 2022. La constitucionalidad de la nueva ley se ha impugnado ante el Tribunal Supremo y actualmente hay nueve recursos pendientes de resolución (1777/22, Adalah et. al. c. el Ministro del Interior et. al.).
81.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f). En la pregunta 8 c) del anexo figura información estadística relativa a las solicitudes de reunificación familiar.
Respuesta al párrafo 8 d) de la lista de cuestiones
82.El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales dedicó esfuerzos a identificar y atraer a familias de acogida de calidad y desarrolló un modelo de trabajo con parientes y familias de acogida, también entre la población árabe. Además, desde 2020 funciona un sistema digital para la aprobación de las familias de acogida, lo que posibilita procedimientos de aprobación más rápidos, una mayor transparencia y uniformidad, y la supervisión y revisión de los procedimientos.
83.En 2022 se presentaron 941 solicitudes, en 2021, 726, y en 2020, 332. En estos momentos, en la base de datos del sistema constan 1.999 familias.
84.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 9 a) de la lista de cuestiones
85.El Ministerio de Educación se ha comprometido a adoptar un enfoque de vanguardia que promueva la integración y la inclusión de los alumnos con discapacidad en el sistema de educación general, en el marco de la Ley de Educación Especial. La Modificación núm. 11 de la Ley de Educación Especial se promulgó en julio de 2018, como parte de una reforma del sistema de educación general, y con ella se ampliaron las opciones de integración e inclusión de los alumnos con discapacidad. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos realizados a lo largo de los años, sigue existiendo una brecha entre la intención original de esta ley y su aplicación. Si bien la modificación otorgó a los progenitores de alumnos con discapacidad el derecho a elegir el tipo de marco educativo que preferían para su hijo, es decir, educación general o educación especial, el número de progenitores de alumnos con discapacidad que eligen el sistema de educación general no ha aumentado. En el presente año académico, el 59,2 % de los alumnos asisten a centros de educación general (frente al 60,9 % el año pasado y el 62,3 % en 2021), mientras que el 40,8 % de los alumnos asisten a centros de educación especial (frente al 39,1 % el año pasado y el 37,7 % en 2021).
86.El 25 de abril de 2021 se publicó la Circular núm. 0269 del Director General, relativa a la promoción de la educación inclusiva. En la circular, que hace referencia a la Declaración de Salamanca y Marco de Acción sobre Necesidades Educativas Especiales de 1994, se destaca que el concepto de inclusión considera a cada persona parte de la comunidad, una persona con igual valor y derechos, y trata de reforzar los valores de los derechos humanos y la tolerancia hacia la diversidad humana. En consecuencia, todos los alumnos, con sus diversas necesidades y puntos fuertes, tienen derecho a formar parte del sistema de educación general, que debe adaptarse a esas diversas necesidades y puntos fuertes. El objetivo de la circular es incluir a todos los alumnos y todas sus diferencias en el sistema de educación general. En la circular también se proporcionan una serie de principios rectores para la inclusión y medidas detalladas para garantizar su aplicación óptima.
Respuesta al párrafo 9 b) de la lista de cuestiones
87.Las medidas adoptadas para garantizar un acceso seguro e incondicional a los servicios de salud, incluida atención médica de urgencia, suministros médicos adecuados y personal formado, a todas las mujeres embarazadas y a los niños con sus cuidadores, incluyen, entre otras, las siguientes.
88.Puestos sanitarios de atención maternoinfantil. Toda la población de Israel tiene derecho a los servicios sanitarios de estos puestos, que abarcan servicios pediátricos abiertos a todos, incluidas las personas que carecen de condición jurídica legal. En estos puestos se proporciona tratamiento médico de seguimiento a madres y bebés, incluidas todas las vacunaciones rutinarias y los exámenes de desarrollo (financiados por el Ministerio de Salud), también a quienes carecen de condición jurídica. También existe la opción de recibir vacunas adaptadas contra la tuberculosis después del nacimiento, y en caso de que se detecte una tuberculosis en la infancia, el tratamiento es gratuito.
89.En el párrafo 172 h) del tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 figuran datos sobre el seguro médico para niños extranjeros de padres que carecen de condición jurídica legal.
90.Los partos, incluidos los cuidados intensivos para bebés prematuros, se ofrecen de manera universal, sin que se requiera un pago por ello.
91.Tratamiento de portadores de VIH. El Ministerio de Salud gestiona un programa comunitario de seguimiento y tratamiento antirretrovírico dirigido a inmigrantes portadores de VIH que carecen de seguro médico. Se trata de un proyecto humanitario y de salud pública de carácter conjunto, en que participan entidades del Gobierno, clínicas de sida, ONG y empresas farmacéuticas y de otro tipo. Este programa se financia mediante una combinación de presupuestos gubernamentales, donaciones de medicamentos antirretrovirales por empresas farmacéuticas y el servicio voluntario de farmacéuticos. El tratamiento también se ofrece a las embarazadas sin seguro médico, incluidos los exámenes de seguimiento durante el embarazo y seis meses después del parto.
92.En cuanto al tratamiento médico en las salas de urgencias, las interrupciones del embarazo de madres menores de edad, los servicios prestados por las clínicas Terem, Gesher y Levinsky y otros servicios médicos conexos, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019.
93.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental en lo referente a las preguntas 9 b), c) y d), véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 9 d) de la lista de cuestiones
94.En la zona del desierto del Néguev viven más de 280.000 beduinos. Alrededor del 80 % de estos vive en centros urbanos y suburbanos que han sido planificados y construidos legalmente. El 20 % restante reside en centenares de asentamientos no autorizados ni planificados, principalmente en las zonas correspondientes a los consejos regionales de Al‑Kasum y Neve Midbar. Estos asentamientos, que se extienden sobre una superficie de unos500 km2, representan un obstáculo para la expansión urbana en la zona del gran Néguev y el bien común de toda la población beduina.
95.La política actual del Gobierno es proporcionar a la población beduina alternativas de residencia en localidades reconocidas. Esto se hace ya sea regularizando in situ una aldea no autorizada existente, ampliando la jurisdicción de una aldea reconocida en las cercanías o alentando la reubicación mediante importantes incentivos financieros o de tierras. Cabe señalar que una gran mayoría de los beduinos que actualmente residen en zonas no autorizadas podrán seguir residiendo allí en el futuro en localidades regularizadas sin necesidad de trasladarse a otro lugar. No obstante, una aldea no autorizada sin perspectivas aceptables de planificación no puede ser regularizada.
96.En la pregunta 9 d) del anexo figura más información sobre la planificación para la población beduina y la participación pública.
Acceso de la población beduina al agua
97.Suministro de agua a aldeas y localidades autorizadas. Los residentes de aldeas y localidades beduinas autorizadas reciben un suministro regular de agua del proveedor local de agua; el cobro se realiza de acuerdo con las tarifas estándar para uso doméstico.
98.En la pregunta 9 d) del anexo figura más información sobre el suministro de agua, la calidad del agua y el consumo de agua en las aldeas beduinas no autorizadas, así como el consumo total de agua en las localidades beduinas (2014-2022).
Respuesta al párrafo 9 e) de la lista de cuestiones
99.Autoridad Nacional de Seguridad Comunitaria. Los niños y los jóvenes son un grupo destinatario básico e importante de las actividades de la Autoridad. La Autoridad, que forma parte del Ministerio de Seguridad Nacional, tiene una sede profesional y seis distritos responsables de los empleados, y despliega sus actividades en 245 localidades.
100.En lo que se refiere a la prevención del consumo de alcohol y drogas, la Autoridad cuenta con más de 1.000 monitores de seguridad y protección en escuelas y espacios públicos, que buscan crear un diálogo abierto y directo con los adolescentes, proporcionándoles asistencia cuando es necesario y remitiéndoles a tratamiento si es preciso.
101.La Autoridad, junto con el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación, elaboró una respuesta integral al problema de la prostitución de menores. Esta respuesta abarca la identificación, la detección y la derivación a intervenciones comunitarias para lograr una rehabilitación óptima adaptada a las necesidades particulares de la persona.
102.La Autoridad también lleva a cabo programas de verano específicos con el fin de ofrecer actividades alternativas y prevenir el consumo de alcohol y sustancias peligrosas. Asimismo, desarrolla procedimientos de trabajo con los progenitores para fomentar el diálogo preventivo sobre el consumo de drogas y alcohol, así como herramientas dirigidas a los progenitores, como un pódcast sobre el consumo de sustancias psicoactivas, un vídeo informativo y formación específica en los ámbitos local y nacional.
103.Legislación. Según el Reglamento de Infracciones Administrativas (Multa Administrativa – Posesión de Cannabis y Uso para Autoconsumo), de 5782-2022, que también se aplica a los jóvenes, la posesión de cannabis o su uso para autoconsumo constituye una infracción administrativa que puede ser sancionada con una multa de 500 a 1.000 nuevos séqueles (de 140 a 280 dólares). La forma de aplicar plenamente el régimen de infracciones administrativas a los jóvenes está pendiente de una formulación definitiva y, mientras tanto, como norma general y en caso de que no se den circunstancias excepcionales, la policía remite a los jóvenes aprehendidos con cannabis (en cantidad para consumo propio) al Servicio de Libertad Condicional, informa a sus progenitores y no los somete a interrogatorio policial en ese momento.
104.Servicios de asistencia para niños en situación de riesgo. Se ofrece contenido relacionado con la prevención del suicidio de niños y jóvenes en la formación de quienes se encuentran en la primera línea de la prevención, como médicos, abogados, patrullas de padres y empleados en los ámbitos de juventud y bienestar en las administraciones locales.
105.En la pregunta 9 e) del anexo figura más información sobre el proceso legislativo, la cooperación con los movimientos de los consejos de jóvenes y la aplicación del programa de prevención del suicidio en las administraciones locales.
106.El Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación están cooperando para ampliar la formación de quienes se encuentran en la primera línea de la prevención. En el marco de esa labor de cooperación, se impartieron cursos de formación a nivel de distrito, en los que se formó a unos 500 trabajadores de promoción de la juventud, y en 2023 se formará a otros 500 trabajadores.
Servicios psicológicos
107.El Ministerio de Salud destina una partida presupuestaria a servicios anónimos de apoyo psicológico, las 24 horas del día y todos los días de la semana, por teléfono y en línea, que también ofrecen servicios para niños y jóvenes, como “Eran – Servicios de Primeros Auxilios Emocionales” y “Sahar – Escucha y Asistencia en Línea”.
108.La atención prestada a los niños y los jóvenes que han perdido a un familiar a causa del suicidio corre a cargo de los centros de asistencia designados. Estos centros operan en el marco del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales a través de la asociación Por la Vida y el centro Ella, y proporcionan una respuesta profesional integral.
109.Adicciones (drogas y alcohol). El Ministerio de Salud exige a las sociedades de seguro médico que creen servicios de prevención y tratamiento de las adicciones, incluidos destinados a niños y jóvenes, como condición para dotarlas de presupuestos suplementarios en este ámbito. En estos momentos, la sociedad de seguro médico Maccabi está trabajando para establecer una clínica de adicciones dirigida específicamente a niños y jóvenes en el distrito central.
110.En la pregunta 9 e) del anexo figuran datos sobre los intentos de suicidio entre niños y jóvenes, las actividades policiales para reducir la venta de alcohol a menores y las causas penales abiertas con arreglo al artículo 21 del Decreto sobre Drogas Peligrosas [Nueva Versión] (Exposición de un Menor a Drogas Peligrosas), de 5733-1973.
Respuesta al párrafo 9 f) de la lista de cuestiones
111.En este documento se describen las medidas adoptadas para velar por que los niños y las familias que viven en la pobreza reciban una ayuda económica adecuada y servicios sociales accesibles. El Departamento de Servicios Sociales del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales presta servicios a todas aquellas personas que los necesitan. Algunos servicios requieren el pago de una pequeña cantidad (sujeta a una prueba de ingresos); sin embargo, en situaciones excepcionales, se exime de todo pago al beneficiario del servicio. En la pregunta 9 f) figura más información sobre los programas de tratamiento del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales destinados a familias en situación de pobreza.
Respuesta al párrafo 10 a) de la lista de cuestiones
112.La Modificación núm. 17 de la Ley de Educación Nacional (Prevención de la Actividad en un Centro Educativo de Terceros que Actúen contra los Objetivos de la Educación y contra las Fuerzas de Defensa de Israel), de 5779-2018, fue propuesta por varios miembros del Knéset y debatida por el Comité de Educación, Cultura y Deportes del Knéset. La modificación contemplaba añadir un propósito al artículo que trata sobre los objetivos de la educación nacional, de modo que incluyera el objetivo de “educar para prestar un servicio efectivo en las Fuerzas de Defensa de Israel o en el servicio civil nacional”. También se preveía introducir un artículo destinado a impedir toda actividad externa en un centro educativo que contradiga los objetivos de la educación del Estado o que sea llevada a cabo por terceros que actúen contra los soldados de las Fuerzas de Defensa de Israel. La razón principal de esta modificación era consagrar en la legislación la obligación que tienen las escuelas financiadas por el Estado de fomentar la incorporación a un servicio militar o civil efectivo, y no permitir la incitación en las escuelas contra la incorporación al servicio militar o civil o contra el propio servicio.
Respuesta al párrafo 10 b) de la lista de cuestiones
113.El programa Nuevo Camino comenzó a funcionar en el marco del Ministerio de Educación con la aprobación de la Resolución núm. 421 del Gobierno, de 12 de septiembre de 2021. Su objetivo es garantizar la integración de las personas de ascendencia etíope en la sociedad israelí, haciendo hincapié en su plena integración en los centros educativos.
114.Todo el alumnado, independientemente de sus diferencias o dificultades individuales, su origen étnico o cultural o su situación socioeconómica, recibe el mismo tratamiento. Sin embargo, se tienen en cuenta las necesidades específicas de los alumnos a la hora de ofrecer respuestas concretas (como horas lectivas adicionales para subsanar carencias educativas o reducir las tasas de abandono escolar).
Respuesta al párrafo 10 c) de la lista de cuestiones
115.El Ministerio de Educación colabora estrechamente con la Municipalidad de Jerusalén para reducir la escasez de aulas en las escuelas y jardines de infancia oficiales de los barrios orientales de la ciudad. De este modo, cada solicitud para asignar fondos a un proyecto en los barrios orientales de Jerusalén recibe especial prioridad y precedencia dentro del presupuesto existente. En 2018, el Gobierno aprobó la Resolución núm. 3790, relativa a un plan quinquenal que se ejecutará hasta 2023, por la que se asignaban 67 millones de nuevos séqueles (18,3 millones de dólares) para el alquiler de edificios con fines educativos (tanto en la educación oficial como en la educación no oficial reconocida que imparte el plan de estudios israelí). En los dos últimos años, la División de Educación Especial ha abierto dos escuelas de Educación Tecnológica en los barrios orientales de Jerusalén y dos centros educativos (educación primaria y estudios complementarios) para jóvenes desconectados del sistema educativo.
116.La Municipalidad de Jerusalén se propone paliar las carencias y sustituir las aulas alquiladas y provisionales por nuevos edificios.
117.La cuestión de la escasez de aulas en los barrios orientales de Jerusalén es objeto de una causa pendiente ante el Tribunal Supremo (causa núm. 6183/16, Asociación de Padres del Sistema Educativo de Jerusalén y otros c. el Ministerio de Educación y otros).
118.En la pregunta 10 c) del anexo figuran datos sobre las nuevas aulas de jardines de infancia y escuelas construidas en los barrios orientales de Jerusalén y el correspondiente proyecto de resolución del Gobierno. En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 11 a) de la lista de cuestiones
119.El marco jurídico nacional que regula el procedimiento de asilo se establece en el Procedimiento núm. 5.2.0012 de la Dirección de Población e Inmigración, denominado Procedimiento para el Trato de los Solicitantes de Asilo en Israel.
120.Con arreglo a ese procedimiento, la tramitación de las solicitudes de asilo se lleva a cabo de conformidad con la legislación israelí, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967. Las autoridades competentes también pueden utilizar la obra de referencia de las Naciones Unidas para los refugiados.
121.En ella se dispone el procedimiento de determinación de la condición de refugiado y se establece, entre otras cosas, que “la tramitación de la solicitud de asilo presentada por un menor no acompañado (...) se realizará mostrando una especial atención y consideración de sus circunstancias específicas”. El procedimiento contempla además la posibilidad de presentar un recurso, entre otras cosas. También establece claramente que no deroga la decisión pertinente del Tribunal Superior de Justicia, según la cual, conforme al principio de no devolución, no se puede expulsar a una persona a un lugar donde su vida peligre.
122.En lo que respecta a los niños migrantes sin condición jurídica que se someten a la custodia del Estado, véase la respuesta a la pregunta 5.
Respuesta al párrafo 11 b) de la lista de cuestiones
123.Principio del interés superior del niño en los procedimientos de custodia y expulsión que afectan a los hijos de trabajadores migratorios que residen ilegalmente en Israel. Como se señala en el párrafo 32, el interés superior del niño es una consideración que se tiene muy en cuenta en ese tipo de decisiones y, por regla general, la reclusión de niños con el fin de garantizar su expulsión debe ser una medida de último recurso, cuando no existan otras alternativas. En este contexto, se decidió además que los niños recluidos en el centro Yahalom del aeropuerto Ben Gurion, centro destinado a los vuelos de retorno, la custodia y la detención, debían reunirse con un trabajador social, que emite una evaluación de la situación y las preferencias del niño. Esta evaluación debe tenerse en cuenta durante el proceso de adopción de decisiones relativo a la expulsión del niño. La Dirección de Población e Inmigración ha impartido formación especial sobre estas cuestiones a sus supervisores de control de fronteras, así como a trabajadores sociales del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales y el Departamento de Derecho Internacional del Ministerio de Justicia.
124.A este respecto, véanse también las respuestas a las preguntas 5, 6 a) y 4 b).
Respuesta al párrafo 11 c) de la lista de cuestiones
125.Los jóvenes detenidos o encarcelados, así como los adultos, pueden presentar quejas sobre la investigación realizada sobre ellos por la Policía al Departamento de Investigación de Agentes de Policía, que es un departamento del Ministerio de Justicia, independiente y externo a la policía. Las quejas pueden ser presentadas directamente ante el Departamento por los autores o por personas que actúen en su nombre (abogados, progenitores, representantes de ONG), o a raíz de las reclamaciones contra agentes de policía planteadas de forma indirecta (en vistas judiciales o durante sus investigaciones).
126.El mecanismo de presentación de quejas ante el Departamento de Investigación de Agentes de Policía es muy accesible y la queja puede presentarse a través de un formulario en línea, en hebreo y en árabe. Se da prioridad a la tramitación de las quejas presentadas por jóvenes o en relación con ellos, y estas se tratan con la consideración requerida.
127.Los reclusos que se encuentran bajo custodia del Servicio Penitenciario de Israel tienen acceso a diversos mecanismos de presentación de quejas contra el personal y los guardias penitenciarios, incluidas denuncias de uso indebido de la fuerza. Entre esos mecanismos se encuentra la presentación de una queja al director de la prisión, la presentación de una petición al tribunal de distrito competente, la presentación de una queja ante la Dependencia de Investigación de Guardias, y la entrevista con un visitante oficial designado conforme al Decreto sobre las Prisiones, de 5732-1971.
128.A este respecto, véase también la respuesta a la pregunta 7 c). En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones
129.En cuanto a la Modificación núm. 2 de la Ley de Acuerdos sobre la Portación de Embriones (Aprobación del Acuerdo y Situación del Lactante), de 5756-1996, que tuvo en cuenta las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de junio de 2015, y a la Ley sobre Autoridades de Prevención del Uso de Internet para la Comisión de Delitos, de5777-2017, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019 (párrs. 99 y73h), respectivamente).
130.Ministerio de Seguridad Nacional. La Oficina de Protección de los Niños en Línea (Línea 105) es un programa nacional para la prevención de la violencia y la delincuencia contra niños y jóvenes en línea. El programa incluye una línea directa, que forma parte de la Línea 105 y ofrece llamadas gratuitas desde cualquier teléfono del país. La línea directa se ocupa de todos los comportamientos ofensivos y abusivos contra niños que se producen en línea, incluidos los abusos sexuales y la prostitución. Las llamadas son atendidas por agentes de policía que han recibido una formación especial, con el apoyo de un grupo interministerial de expertos, capaces de intervenir y garantizar que cada llamada reciba una respuesta adecuada y completa. En el grupo interministerial de expertos participan representantes de los ministerios competentes, como los Ministerios de Seguridad Nacional, Justicia, Educación, Bienestar y Asuntos Sociales, y Salud, así como la policía. El grupo desempeña su actividad utilizando un enfoque terapéutico, educativo y holístico. Los profesionales del grupo asesoran a quienes se ponen en contacto con la línea directa, les prestan apoyo y los acompañan en la gestión de la situación. Además, formulan una respuesta adaptada personalmente a cada consulta. Los agentes de policía trabajan junto con sus colegas de otros ministerios en este grupo, formado por expertos en la protección de los niños y los jóvenes en línea, a fin de responder consultas y ofrecer un enfoque holístico y único a escala nacional e internacional. El grupo interministerial también promueve el tratamiento continuado de la víctima (y a veces también del autor del delito, según sea necesario), dentro de la comunidad. La línea directa responde tanto en el caso de incidentes delictivos como en el de lesiones e incidentes que no constituyen delito y que, hasta la creación de la línea directa, no recibían este tipo de respuesta.
131.La Unidad de Policía 105, encargada de gestionar la Línea Directa de la Oficina de Protección de los Niños en Línea, combina los servicios de inteligencia y de investigación responsables de investigar y hacer cumplir la ley en relación con los delitos en línea contra niños y adolescentes. La Unidad se ocupa de delitos graves cometidos en los ámbitos nacional e internacional, empleando medios tecnológicos y de otro tipo para poner al descubierto, investigar y llevar ante la justicia a los delincuentes que actúan en el ciberespacio. La Unidad utiliza medios alternativos para hacer cumplir la ley y reducir las actividades prohibidas en línea. Dotada de profesionales especializados en la aplicación de la ley en el ámbito de la ciberdelincuencia, la Unidad coopera con fuerzas del orden y organismos policiales internacionales con el fin de afrontar la naturaleza global de la ciberdelincuencia.
132.El programa se creó en el marco de las Resoluciones núms. 1006 y 1972, ambas de 2016, e inició su actividad en febrero de 2018. Este programa nacional cobró especial importancia en 2021, cuando aumentaron las horas que muchos niños y jóvenes pasaban conectados a Internet, ya que las escuelas cerraron durante largos períodos debido a la pandemia de COVID-19 y los confinamientos significaron que los niños pasaran más tiempo en casa.
133.Como ya se ha indicado, uno de los objetivos de la Unidad 105 es combatir la prostitución infantil en línea debido a su gravedad, alcance e implicaciones para los niños, en especial en la comunidad LGBTQ+. Debido a la importancia de erradicar este fenómeno y crear un efecto disuasorio, durante 2022 se dedicaron muchos esfuerzos a localizar sospechosos e identificar redes de prostitución. La investigación de algunos sospechosos ya ha dado lugar a importantes acusaciones por delitos sexuales graves contra niños, si bien las investigaciones no siempre han derivado en acusaciones de prostitución infantil.
134.La Fiscalía General del Estado presta especial atención a los casos en los que las víctimas del delito son niños y jóvenes, partiendo de la base de que estos casos son particularmente graves. El 25 de enero de 2023 se publicó la Directriz núm. 14.7 del Fiscal del Estado, relativa a las víctimas de delitos. El capítulo 17 trata de los niños y jóvenes que son víctimas de delitos y recoge instrucciones específicas para los abogados del Estado en este contexto. Asimismo, se está preparando un anexo a la Directriz núm. 14.8, que se ocupa de la entrega de material de investigación relativo a niños y jóvenes (víctimas y sospechosos de delitos).
135.En la pregunta 12 del anexo figura información sobre la Modificación núm. 143 (Disposición Transitoria) de la Ley Penal, de 5782-2022, las directrices del Fiscal del Estado, las mesas redondas dirigidas por el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales para la prevención de la prostitución infantil y juvenil, el nuevo Equipo de Fiscalización Financiera en materia de trata de personas, la Resolución núm. 1889 del Gobierno, denominada Promoción de los Derechos de las Víctimas de Delitos en los Procedimientos Judiciales y Mejora de la Respuesta del Gobierno, el Procedimiento del Presidente del Tribunal Supremo denominado Disposiciones de Trabajo relativas al Testimonio de Menores Víctimas de un Delito, y otros documentos.
136.En la pregunta 12 del anexo figuran datos relativos a las acusaciones presentadas por delitos de prostitución cometidos contra niños y jóvenes, trata de personas, esclavitud y la jurisprudencia pertinente.
137.En la pregunta 12 del anexo figura asimismo información sobre las solicitudes presentadas por el Departamento de Lucha contra la Ciberdelincuencia con arreglo a la citada ley (2018-2021).
Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones
138.Se remite a lo informado en la respuesta a la pregunta 2 f).
Parte II
Respuesta al párrafo 14 a) de la lista de cuestiones
Legislación
139.El 30 de junio de 2022, el Knéset aprobó la Ley de Privilegio de la Prueba (Tratamiento Mental en Procesos Penales relacionados con Delitos Sexuales o Delitos Graves de Violencia Doméstica) (Modificaciones Legislativas), de 5782-2022, que entró en vigor en abril de 2023. Según esta ley, antes de que un investigador pida a la víctima de un delito que renuncie a su privilegio con respecto a los testimonios de profesionales del ámbito de la salud mental y los documentos correspondientes, o solicite a un tribunal que lo haga, tendrá que cumplir ciertas condiciones, como que las pruebas sean necesarias para esclarecer la verdad y que el alcance de la divulgación solicitada sea razonable dadas las circunstancias que concurren en el caso. Esta modificación también determina el derecho de la víctima a expresar su posición sobre el asunto ante el tribunal, antes de que este tome una decisión, así como el derecho a disponer de asistencia letrada en relación con el asunto. También establece disposiciones detalladas sobre la forma en que los niños y los jóvenes pueden ejercer estos derechos.
140.En junio de 2022, el Knéset promulgó la Ley de Servicios Sociales para Personas con Discapacidad, de 5782-2022, que hace referencia explícita a los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La ley fue redactada por el Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales y el Ministerio de Justicia, incluida la Comisión de Derechos de Personas con Discapacidad, junto con otros ministerios competentes, y en consulta con el mundo académico, las organizaciones de personas con discapacidad y otras ONG pertinentes. Esta importante ley entrará en vigor en enero de 2024 y cuenta con un presupuesto específico para su aplicación.
141.En julio de 2020, el Knéset aprobó la Ley de Prohibición del Uso de Servicios de Prostitución (Disposición Transitoria), de 5779-2018, por un período de cinco años. La ley prohíbe la contratación de servicios sexuales e integra los esfuerzos en curso de Israel para para reducir la prostitución y proporcionar asistencia y rehabilitación a las personas que la ejercen. Esta ley modificó la Ley Penal y aumentó de tres a cinco años la condena impuesta a una persona que pague por los servicios de prostitución de un niño.
142.En lo que respecta a la Ley sobre Autoridades de Prevención del Uso de Internet para la Comisión de Delitos, de 5777-2017, véase la respuesta a la pregunta 12.
143.En cuanto a la Ley sobre la Instalación de Cámaras para la Protección de los Niños Pequeños en las Guarderías, de 5768-2018, la Ley sobre el Bloqueo de Números Telefónicos para la Prevención del Delito, de 5768-2018, la Modificación núm. 20 de la Ley de Asistencia Jurídica, de 5732-1972, y la Modificación núm. 137 de la Ley Penal, de 5737-1977, véase el tercer informe periódico que Israel presentó en 2019.
144.En la pregunta 14 a) del anexo se señalan varias modificaciones destacadas en el ámbito del derecho penal.
Respuesta al párrafo 14 b) de la lista de cuestiones
145.En la respuesta a la pregunta 2 b) figura información sobre el Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y el Coordinador Interministerial.
146.En el tercer informe periódico que presentó Israel en 2019 figura información sobre la Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar y el Consejo de la Primera Infancia.
147.El 9 de enero de 2022 se aprobó la Resolución núm. 951 del Gobierno, por la que se determinaba que la competencia en materia de guarderías se transfiriera del Ministerio de Economía al Ministerio de Educación. Esta resolución forma parte de las medidas adoptadas por el Gobierno para mejorar la calidad de la educación de la primera infancia, manteniendo al mismo tiempo la política oficial de crear un entorno que fomente el empleo para los progenitores, como se señala en la Resolución núm. 198 del Gobierno, de agosto de 2021. La aplicación de esta resolución se inició en 2022 y sigue en curso.
148.En 2021, un comité público fue nombrado por el Ministro de Bienestar y Asuntos Sociales para examinar la Ley del Menor (Cuidado y Supervisión), de 5720-1960, que sirve de base para la protección y el trato de los niños y los jóvenes que necesitan protección jurídica y del Estado, así como la labor de los trabajadores sociales en virtud de la Ley de la Juventud y la posibilidad de adaptación de los principios de la Convención en la legislación.
Respuesta al párrafo 14 c) de la lista de cuestiones
149.A continuación se presentan algunos ejemplos destacados de políticas, programas y planes de acción introducidos recientemente.
150.Programa Nitzanim (que significa “brotes”) del Ministerio de Educación para subvencionar los programas extraescolares. Desde 2019, y de acuerdo con las disposiciones de la Circular núm. 0236 de su Director General, el Ministerio de Educación subvenciona el costo de los programas extraescolares públicos en los jardines de infancia y en los grados 1º y 2º, en función de los indicadores socioeconómicos. Los precios de los programas extraescolares están supervisados y regulados por el Ministerio de Educación y están sujetos a un tope máximo.
151.Mediante la Resolución núm. 226 del Gobierno, de 1 de agosto de 2021, se estableció un plan de flexibilidad administrativa para las escuelas. Este plan autoriza la delegación de determinadas facultades del Ministerio de Educación a los directores de las escuelas en relación con tres cuestiones: la autoridad presupuestaria (a través de la asignación de un presupuesto flexible a disposición del director, cuyo alcance viene determinado, entre otras cosas, por el número de alumnos del centro y su situación socioeconómica); la autoridad educativa (la capacidad para introducir cambios y ajustes en el plan de estudios en función de las necesidades de los alumnos); y la autoridad para organizar el formato de los estudios de acuerdo con las necesidades del centro.
152.El Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales ha introducido una política sobre el derecho de todos los niños a un hogar permanente, para la que se han definido principios de trabajo. Un Alto Comité Directivo se encarga de supervisar el proceso de aplicación. La aplicación de la política se revisará en 2024.
153.Además, se puso en marcha una amplia reforma para reflejar el compromiso y la plena responsabilidad del Estado con respecto a los niños en internados y responder a sus diversas necesidades. La reforma abarca cambios estructurales y la reducción del tamaño de los internados, así como el número de niños alojados en cada grupo. Se introdujeron cambios en el sistema de aprendizaje, combinando el aprendizaje formal e informal y estructurando el sistema de formación profesional. Se han invertido muchos recursos en esta reforma; el sistema de recursos humanos de los internados se ha ampliado de forma considerable, al tiempo que se han añadido numerosos puestos, incrementando así la atención prestada a todos y cada uno de los niños y los jóvenes.
154.En lo que respecta a la Autoridad de Custodia Juvenil del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales y los programas de este Ministerio, véase la pregunta 14 c) del anexo.
155.En lo que respecta al programa piloto interministerial del Ministerio de Justicia para la puesta en libertad de jóvenes detenidos y encarcelados dirigido por el Coordinador del Gobierno para los Derechos de los Niños y los Jóvenes, véase la respuesta a la pregunta 7 f).
156.En lo que respecta al plan estratégico del Gobierno para la prevención de conductas de riesgo entre niños y jóvenes, véase la pregunta 2 b) y el anexo. En cuanto a la Línea 105 de la Oficina de Protección de los Niños en Línea, véase la respuesta a la pregunta 12.
157.En la pregunta 14 c) del anexo figura más información y estadísticas al respecto.
Respuesta al párrafo 14 d) de la lista de cuestiones
158.En 2021, Israel se adhirió al Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, convirtiéndose así en el primer país que no es europeo ni es miembro del Consejo de Europa en hacerlo. La adhesión de Israel al Convenio consolida su firme compromiso con la lucha contra ese execrable fenómeno, y el Convenio proporciona importantes herramientas en ese sentido.
159.Además, en 2018, Israel ratificó el Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930, de la Organización Internacional del Trabajo. Esta ratificación forma parte del compromiso constante de Israel con los esfuerzos internacionales para combatir y erradicar todas las formas contemporáneas de esclavitud. El Protocolo entró en vigor para Israel en octubre de 2019.
160.En marzo de 2016, Israel ratificó el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con Otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso, de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
Parte III
Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones
161.A este respecto, véase también la respuesta a la pregunta 2 d).
162.El 19 de diciembre de 2021, el Gobierno aprobó la Resolución núm. 826, relativa a los programas de ocio social para la integración de niños y jóvenes con y sin discapacidad, por la que se incrementó el apoyo prestado a las asociaciones que trabajan para integrar a niños y jóvenes en actividades de ocio. El Gobierno asignó 46 millones de nuevos séqueles (12,6 millones de dólares) durante un período de tres años para la aplicación de esta resolución. Unos 45.000 niños con discapacidad y 7.000 niños sin discapacidad se benefician de las actividades ofrecidas por 17 asociaciones que operan en este ámbito.
163.Cuenta de ahorros para cada niño. En el marco del programa del Ministerio de Finanzas y el Instituto Nacional de Seguros, en enero de 2017 se puso en marcha un programa de ahorro destinado a todos los niños que tienen derecho a una prestación económica. A través de este programa, cada mes se depositan 55 nuevos séqueles (15 dólares) por niño hasta que cumpla los 18 años, además de la prestación económica por hijo a cargo que se paga por ellos. Los fondos se transfieren a una cuenta de ahorros a nombre del niño en una caja de previsión o en un banco, según elijan los progenitores, que pueden incrementar esa cantidad con un importe adicional de 55 nuevos séqueles (15 dólares). Así, al cumplir los 18 años, el niño dispondrá de una importante cantidad de dinero que puede alcanzar aproximadamente los 22.000 nuevos séqueles (6.100 dólares) o más, dependiendo del canal de inversión elegido por los progenitores.
Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones
164.En la pregunta 16 del anexo figura información estadística y complementaria sobre las preguntas 16 a), d), e), f), g), h), i) y k).
Respuesta al párrafo 16 b) de la lista de cuestiones
165.En lo que atañe a la aplicabilidad de la Convención a la Ribera Occidental, véase la respuesta a la pregunta 2 f).
Respuesta al párrafo 16 h) de la lista de cuestiones
166.En lo que se refiere a los jardines de infancia para hijos de progenitores migrantes sin condición jurídica, en 2015, mediante la Resolución núm. 2487 del Gobierno, Mejora de los Servicios de Apoyo y Atención a los Lactantes y Niños Pequeños de Extranjeros sin Condición Jurídica en Israel, se dispuso la prestación de asistencia a este sector de la población.
Respuesta al párrafo 16 j) de la lista de cuestiones
167.Según la política del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales, los niños en situación de calle son trasladados de inmediato a alojamiento de emergencia.
168.Trabajo infantil y niños en situación de calle. El empleo infantil está regulado por leyes específicas, como la Ley de Trabajo Juvenil, de 5713-1953, destinada a prevenir el trabajo infantil y proteger los derechos laborales de los niños.
169.En los últimos años se han producido casos aislados en los que se empleó a niños en ocupaciones peligrosas, como la industria avícola, panaderías y fábricas, donde las condiciones de empleo violaban la legislación laboral, y los responsables fueron tratados con severidad por los tribunales.
170.En la pregunta 12 del anexo figura la jurisprudencia pertinente a este respecto (El Estado de Israel c. Jabor, S. Cr. C 31894-07-19, Tribunal del Distrito de Beersheba, y Cr. C 523-03-19, Tribunal del Distrito de Beersheba).
171.En la pregunta 16 j) del anexo figura información sobre el tratamiento de los niños mendigos y vendedores ambulantes.
Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones
172.En la pregunta 17 del anexo figura información estadística relativa a las preguntas 17 a), c) y f).
Respuesta al párrafo 17 d) de la lista de cuestiones
173.Los servicios de bienestar social tienen constancia de casos de niños que crecen en familias de parientes cercanos y que reciben una prestación especial por el niño, pero que aún no han sido reconocidas como familias de acogida y están a la espera de dicha aprobación.
Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones
174.En la pregunta 18 del anexo figura información estadística relativa a las preguntas 18 a), b), c), d) y e).
Respuesta al párrafo 18 g) de la lista de cuestiones
175.Prevención del abandono, la negligencia o la segregación. Cuando los servicios sociales reciben información que apunta al abandono o la negligencia de niños y adolescentes, incluidos aquellos con discapacidad, el trabajador social está facultado para adoptar medidas conforme a la Ley del Menor (Cuidado y Supervisión).
176.Según datos del Ministerio de Bienestar y Asuntos Sociales, no se conocen casos de ocultación o separación de niños con discapacidad; solo se conocen unos pocos casos poco habituales de recién nacidos abandonados en un hospital por sus progenitores (se puso a estos recién nacidos en régimen de acogimiento familiar o adopción).
Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones
177.En la pregunta 19 del anexo figura información estadística relativa a las preguntas 19 a), c), d), e), f) y g).
Respuesta al párrafo 19 b) de la lista de cuestiones
178.A este respecto, véanse los párrafos 59, 77, 80 y 81.
Respuesta al párrafo 19 c) de la lista de cuestiones
179.En la pregunta 19 c) del anexo figura más información sobre la representación de los niños.
Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones
180.El Comité Especial de los Derechos del Niño del Knéset invita con regularidad al Consejo Nacional de los Estudiantes y la Juventud a sus debates, y cuando deciden participar en ellos, sus representantes tienen derecho a intervenir. En los debates sobre temas delicados a los que asisten niños y jóvenes que explican sus historias personales, el Comité garantiza la protección de su intimidad y seguridad aplicando las medidas dispuestas en la ley y, en ocasiones, incluso adoptando medidas por iniciativa propia.
181.En 2022 se creó un comité consultivo de niños para la Comisión de Quejas de Niños y Jóvenes para Niños Acogidos Fuera del Hogar. La creación de este comité consultivo ayuda a la Comisión a ampliar su punto de vista y dar cabida a la perspectiva de los niños acogidos fuera del hogar familiar, complementando así la perspectiva que necesita la Comisión para decidir sobre diversas cuestiones relacionadas con estos niños y formular recomendaciones que redunden en su beneficio. El Comité Consultivo de Niños está formado por un grupo de 14 niños y jóvenes de edades comprendidas entre los 9 y los 18 años, y que cuenta con equilibrio de género.
182.La Comisión creó un pequeño sitio web para las solicitudes de los niños, con el fin de que la información sobre la Comisión les resulte más accesible.
183.En la pregunta 20 del anexo figura información sobre la elaboración de los indicadores relativos al bienestar de los niños por parte de la Oficina Central de Estadística.
Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones
184.Para consultar los datos actualizados, véase el anexo.
Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones
185.Los tres temas prioritarios son la protección de los niños en Internet, los servicios de salud mental y los servicios psicológicos destinados a los niños de la población árabe y beduina.