Naciones Unidas

CAT/C/SR.1069

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

28 de junio de 2013

Español

Original: francés

Comité contra la Tortura

48º período de sesiones

Acta resumida de la primera parte (pública)* de la 1069ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 14 de mayo de 2012, a las 15.00 horas

Presidente :Sr. Grossman

Sumario

Cuestiones de organización y otros asuntos

Reunión con los Estados partes en la Convención contra la Tortura

Se declara abierta la sesión a las 15.05 horas.

Cuestiones de organización y otros asuntos

Reunión con los Estados partes en la Convención contra la Tortura

1.El Presidente da la bienvenida a los representantes de los Estados partes en la Convención contra la Tortura y celebra la presencia de dos nuevos miembros del Comité, los Sres. Tugushi y Domah, quienes aportarán su valiosa y reconocida experiencia en las cuestiones relativas a la tortura. En el presente período de sesiones, el Comité prevé aprobar la Observación general sobre el artículo 14 de la Convención. Agradece a todos los Estados partes que le han hecho llegar observaciones y sugerencias.

2.En el marco del nuevo procedimiento facultativo de examen de los informes correspondientes al período de 2013 a 2016, el Comité dirigirá a cada Estado que desee utilizar ese método una lista de cuestiones previa a la presentación de su informe. Hasta el momento, esa lista se ha transmitido a 87 Estados partes, el 75% de los cuales la ha aceptado. Ya han presentado su informe 18 Estados, y solo 3 han preferido no utilizar el procedimiento facultativo por ahora. Por consiguiente, la gran mayoría de los Estados partes ha elegido utilizar el nuevo método, que el Comité se esfuerza continuamente por mejorar teniendo en cuenta todas las sugerencias y observaciones que recibe.

3.La semana adicional de sesiones concedida al Comité por la Asamblea General en 2011 y 2012 le ha permitido examinar un mayor número de informes y comunicaciones individuales en cada período de sesiones. El retraso acumulado en el examen de los informes se ha reducido al mínimo y el relativo a las comunicaciones no ha aumentado. En promedio, el Comité ha aprobado unas diez listas de cuestiones por período de sesiones. Este año pedirá a la Asamblea General que le conceda una nueva prolongación de la duración del período de sesiones.

4.Las actividades de seguimiento previstas en los artículos 19 y 22 siguen su curso. Durante una sesión pública, los relatores presentarán un informe sobre el tema que, una vez aprobado, se incluirá en el informe anual del Comité a la Asamblea General.

5.Algunos miembros del Comité han participado en reuniones dedicadas al proceso de fortalecimiento de los órganos de tratados, al que el Comité contra la Tortura, al igual que el conjunto de estos órganos, otorga gran valor.

6.El Sr. Bougacha (Túnez) pregunta cuál es la evaluación preliminar del Comité sobre la utilidad del procedimiento facultativo.

7.El Presidente dice que la lista de cuestiones previas a la presentación de los informes permite un diálogo más específico con los Estados partes, que de esta forma pueden conocer de antemano los problemas que se plantean en relación con las obligaciones resultantes de la Convención y los temas que el Comité considera importantes. No es una lista cerrada: se establece sobre la base de los anteriores informes de los Estados partes, y estos pueden abordar temas adicionales. El procedimiento es facultativo y no priva a los Estados de la posibilidad de dirigir al Comité informaciones complementarias. El nuevo procedimiento tiene en cuenta además consideraciones financieras. Los tres documentos que deben elaborarse en el marco del procedimiento tradicional —el informe del Estado parte, seguido de una lista de cuestiones y luego de un segundo informe del Estado en respuesta a esa lista— suponen gastos importantes, sobre todo de traducción. El procedimiento facultativo solo comprende la lista de cuestiones y la respuesta del Estado parte, lo que reduce los gastos. No obstante, el procedimiento facultativo supone una exigencia: es importante que los informes se examinen con la rapidez suficiente para que no se vuelvan obsoletos. El Comité tiene la responsabilidad de adaptarse a este hecho, y así lo hace.

8.El Sr. Zeran (Chile) señala que el Comité es uno de los mecanismos del sistema multilateral de protección que contribuye de manera determinante al desarrollo progresivo del derecho internacional de derechos humanos, en particular mediante sus observaciones generales y su jurisprudencia. La definición de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y las observaciones sobre el principio y el alcance del artículo 2 de la Convención constituyen adelantos reconocidos a ese respecto. Además, mediante las recomendaciones que dirige a los Estados, el Comité les ayuda aplicar mejor las normas internacionales relativas a la tortura y a ajustar sus políticas públicas y su legislación a la Convención. La labor del Comité destinada a aclarar algunas disposiciones de la Convención es indispensable para asegurar el pleno respeto de este instrumento. La Observación general sobre al artículo 14 de la Convención es un ejemplo concreto de cómo el Comité puede ayudar a los Estados a cumplir sus responsabilidades. En lo que respecta a la obligación de indemnizar a las víctimas de actos de tortura prevista en ese artículo, el Sr. Zeran pregunta si se limita a una indemnización financiera o abarca también aspectos como reparaciones simbólicas, el establecimiento de la verdad, la justicia y las garantías de no repetición. El orador desearía conocer también el estado de avance de la Observación.

9.El Comité contra la Tortura desempeña un papel fundamental en el actual proceso de reflexión que tiene por objeto fortalecer el sistema de órganos de tratados, y la utilización de las listas de cuestiones previas a la presentación de los informes es un avance importante hacia la armonización de los procedimientos de presentación de los informes periódicos. Estas listas permiten una mejor interacción entre los Estados y el Comité, y los demás órganos de tratados también podrían beneficiarse de la utilización de ese procedimiento.

10.El Sr. Last (Reino Unido) dice que su delegación aprecia el empeño del Comité en aprovechar al máximo sus recursos, ya que atribuye gran importancia a esa cuestión. Dado que la preparación de su informe se encontraba en una etapa muy avanzada cuando se comenzó a proponer el procedimiento facultativo, el Reino Unido aún no lo ha utilizado, pero prevé emplearlo en el futuro, para presentar sus informes tanto al Comité contra la Tortura como a otros órganos de tratados. Por lo tanto, el país seguirá con interés la evaluación que haga el Comité de este procedimiento.

11.El Reino Unido ha sugerido que, con miras a fortalecer los órganos de tratados, se haga un examen amplio y exhaustivo del funcionamiento hasta la fecha el método de la lista de cuestiones, para perfeccionarlo antes de aplicarlo a los demás órganos de tratados. La contribución del Comité a ese proceso es esencial, y el Sr. Last espera que sus miembros hagan un análisis sin concesiones del funcionamiento del procedimiento facultativo, para asegurarse de que cumpla el doble objetivo de promover un diálogo más fructífero y concreto, y de reducir la carga que supone para los países y todo el sistema de órganos de tratados la presentación y el examen de los informes.

12.El Sr. Last pregunta si el Comité ya ha examinado la propuesta de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de que se establezca un calendario general, y qué piensan sus miembros al respecto. La delegación del Reino Unido la considera con interés, pero teme que ese calendario se traduzca en un aumento del número de informes, una carga aún más pesada para los Estados y un incremento del volumen de recursos necesarios para el funcionamiento del conjunto del sistema.

13.El Sr. Townley (Estados Unidos de América) dice que su delegación agradece al Comité los esfuerzos que despliega para ayudar a los Estados partes a cumplir su obligación de presentar informes en aplicación de la Convención. Espera que las listas de cuestiones contribuyan a esta tarea y eliminen la necesidad de pedir información complementaria a los Estados antes de examinar sus informes. El Sr. Townley desearía saber qué cambios ha aportado el procedimiento facultativo a la forma en que se desarrolla el diálogo con los Estados partes, y si este procedimiento podría permitir la utilización de medios de videoconferencia. Por último, pregunta si el hecho de que un país elija responder a una lista de cuestiones puede influir en la formulación de las observaciones finales, y qué podría hacer el Comité para redactar conclusiones y recomendaciones más específicas, con el fin de seguir mejorando la eficacia de todo el proceso.

14.En lo que respecta a la armonización de los métodos de trabajo, los Estados Unidos acaban de preparar su primer documento básico común, y esperan que esto facilite la elaboración de sus informes. El Sr. Townley desearía conocer la opinión del Comité sobre la utilidad de los documentos básicos. También desearía recibir más detalles sobre las labores del Comité en relación con el proceso en curso de fortalecimiento de los órganos de tratados. Teniendo en cuenta el actual contexto de restricciones presupuestarias, es importante que el Comité conceda la prioridad al examen de los informes periódicos.

15.El Sr. Rodriges Da Silva (Portugal) dice que su delegación apoya plenamente la labor del Comité, que considera uno de los órganos de tratados más importantes y útiles del sistema, y que las listas de cuestiones previas a la presentación de los informes constituyen un avance positivo que aumentará aún más la eficacia de las actividades del Comité y lo ayudará a lograr sus objetivos.

16.La Sra. Lykke (Dinamarca) dice que su delegación aprecia la importante labor que lleva a cabo el Comité a pesar de los limitados recursos de que dispone. Pregunta en qué medida la prolongación del período de sesiones solicitada se corresponde con los esfuerzos que se están desplegando para fortalecer el sistema de órganos de tratados. Por otra parte, ¿qué opina el Comité de la propuesta de elaborar un calendario general?

17.La delegación de Dinamarca se felicita además por los avances en la elaboración de la Observación general sobre el artículo 14, y desearía saber si el Comité se propone redactar una nueva observación general y, en caso afirmativo, sobre qué tema.

18.Con respecto al estado de avance de la Observación general sobre el artículo 14, el  Presidente explica que el Comité ha recibido comentarios de unas 30 partes interesadas, ha identificado los problemas que se plantean y ha redactado un proyecto de texto que debe ahora examinar. La elaboración de una observación general representa un trabajo extra para el Comité pero no le desvía de sus demás tareas. Las observaciones generales ayudan a los Estados partes a cumplir sus obligaciones y aumentan la eficacia de la Convención. Llegar a un consenso en el seno del Comité sobre la interpretación de una obligación resultante de la Convención facilita su respeto y permite, por lo tanto, ganar tiempo. Además, la legitimidad de un órgano como el Comité se funda en factores tales como la diversidad de su composición y el peso de las observaciones generales que elabora y de las decisiones que adopta. Las observaciones generales también incrementan la legitimidad al enunciar públicamente la jurisprudencia aplicable.

19.El Comité aún no ha examinado la cuestión del establecimiento de un calendario general, pero el Presidente considera que tiene aspectos positivos, en particular en lo que hace al cumplimiento de la obligación de presentar informes. Recuerda que solo el 14% de los Estados partes presentan sus informes a los órganos de tratados dentro de los plazos previstos, y que la legitimidad también se vincula con el cumplimiento de los plazos y las obligaciones. El calendario general tendría repercusiones en los tiempos y recursos, que el Comité deberá discutir. También sería útil escuchar contrapropuestas sobre los medios aptos para lograr que todos los Estados partes cumplan la obligación de presentar informes que han asumido.

20.En cuanto a la lista de cuestiones previa a la presentación de los informes, el Presidente dice que el Comité debería precisar aún más las cuestiones previas, aunque gracias a la adopción de ese procedimiento el debate se centra ahora en mayor medida en los temas verdaderamente importantes. Obviamente, el propósito no es encerrar al Estado parte en una estructura rígida, ni establecer una jurisprudencia fundada en conceptos que puedan llevar al Comité a perder de vista su principal objetivo, que es la lucha contra la tortura. Además la lista previa sigue siendo perfectible y siempre es posible rectificar en el momento del examen de los informes de los Estados partes por el Comité.

21.En cuanto a las videoconferencias, el hecho de que las reuniones del Comité sean públicas es particularmente importante, pero los períodos de sesiones deben anunciarse con antelación para que todos estén informados de su celebración. También hay que utilizar los medios de comunicación para difundir ampliamente información sobre las actividades del Comité. Por supuesto, hay un problema de recursos para el que habrá que encontrar una solución. Por ejemplo, en el sistema interamericano, todas las audiencias se difunden por Internet y nada impide que lo mismo suceda en el sistema de órganos de tratados de las Naciones Unidas. Quienes se opongan a esta difusión deben fundamentar su posición. Si las reuniones del Comité son públicas, deben serlo en todo el sentido de la palabra.

22.La armonización de los métodos de trabajo del Comité es una cuestión legítima. A este respecto, el documento básico común permite evitar repeticiones y superposiciones, y constituye un instrumento de trabajo útil para todos los órganos de tratados.

23.Las observaciones generales cumplen una función esencial al establecer, por ejemplo, normas relativas a cuestiones sobre las cuales la Convención no da indicación alguna, en particular para todo lo que se refiere, en el contexto del artículo 22, a la carga, el nivel y el modo de la prueba. Es una cuestión de coherencia y transparencia.

24.El Sr. Bruni recuerda que la tasa de presentación de los informes de los Estados partes a los órganos de tratados dentro de los plazos previstos es de alrededor del 14%, mientras que en el marco del Examen Periódico Universal es del 93%. Esta diferencia se debe sobre todo al hecho de que el procedimiento del Examen Periódico Universal cuenta con un calendario que permite a los Estados programar con más facilidad su labor para cumplir su obligación de presentar informes. La adopción de un calendario general permitiría poner remedio a la situación actual, en la que ciertos Estados respetan en mayor o menor medida los plazos, mientras que otros nunca han presentado un informe dentro de plazo en 20 años, o incluso más. El instrumento propuesto tendría dos componentes: un calendario a corto plazo, que se establecería cada dos años y que fijaría las fechas de examen de los informes y de las comunicaciones en función de los informes ya presentados y retrasados, y un calendario a más largo plazo, que daría un panorama global de las obligaciones de los Estados en materia de presentación de informes. Al igual que el sistema establecido para el Examen Periódico Universal, este calendario general quizás no se aplicaría de manera automática, pero permitiría a los Estados organizarse. La semana "adicional" cuyo mantenimiento pide el Comité serviría, entonces, para absorber el retraso acumulado.

25.El Sr. Mariño Mené ndez , sorprendido por que, salvo Chile y Túnez, ningún país no occidental haya hecho uso de la palabra, destaca que la Convención contra la Tortura es un instrumento universal, destinado a toda la comunidad internacional y cuyo examen debería interesar a todos los miembros.

26.A pesar de lo reducido de su tamaño, lo limitado de sus medios y las dificultades que afronta en su labor, el Comité ha contribuido considerablemente a la lucha contra la tortura, quizás más a escala mundial que en Europa o América, que cuentan con dispositivos eficaces. La aportación del Comité ha reafirmado la legitimidad de las normas internacionales en ese ámbito.

27.En lo que respecta al fortalecimiento de los órganos de tratados, es necesario mencionar la función de las comunicaciones, a las que debe prestarse más atención. El Comité ha adoptado decisiones importantes para el respeto de las obligaciones de los Estados partes en materia de lucha contra la tortura, sobre todo en lo que respecta al principio de no devolución y al reforzamiento de la competencia universal. A modo de ejemplo cabe citar la intervención del Comité en el asunto relativo a Hissène Habré, que enfrenta a Bélgica y el Senegal y surge de la queja presentada por un particular, al respecto de la cual el Comité decidió que la extradición constituiría una violación de la Convención, ya que solo se presentaban como prueba confesiones obtenidas mediante la tortura. Sin embargo, la clave del sistema está en manos de los Estados, dado que son ellos quienes adoptan las medidas para reforzar los derechos humanos y prevenir la tortura. Por consiguiente, cada Estado parte debe dotarse de una estructura interna, vinculada con el Comité, para aplicar las decisiones de este último, redactar los informes, difundirlos y garantizar el seguimiento.

28.El Sr. Domah celebra la presencia de representantes de un gran número de Estados partes. Según su opinión, la reducida tasa de presentación de informes no solamente es imputable a los Estados partes, y es preciso determinar conjuntamente sus causas, que son complejas. Recordando su experiencia personal como miembro de la delegación de un país del Comité de Derechos Humanos, señala que cuando se pide a un Estado parte que responda a un centenar de puntos, los funcionarios competentes en general postergan esta tarea. Por lo tanto, es importante que los Estados partes informen al Comité de las dificultades prácticas con las que tropiezan y de la forma en la que el Comité puede ayudarles a lograr sus objetivos. Estas informaciones concretas serían mucho más útiles que un análisis de las estadísticas.

29.El Sr. Wang Xuexian dice que el Comité se esfuerza por disminuir sus costos en lo posible, por ejemplo comprando los billetes de avión más baratos, pero que ciertos gastos no pueden reducirse. Opina que, de no mantenerse un período de sesiones de cuatro semanas, el Comité no estará en condiciones de cumplir su tarea. Asimismo, invita a los Estados partes a que transmitan sus observaciones sobre la lista de cuestiones presentada con antelación. La experiencia de los países que ya han optado por tal procedimiento podría resultar útil al Comité. Para establecer un diálogo eficaz, es preciso que el Comité redacte listas de cuestiones más específicas y que los Estados partes elaboren informes más concisos.

30.La Sra. Gaer subraya la importancia para el Comité de conocer la opinión del los Estados partes sobre sus métodos de trabajo. La Alta Comisionada para los Derechos Humanos se ha desmarcado positivamente de sus predecesores al insistir no solo en la racionalización y la eficacia de los órganos de tratados, sino también en su fortalecimiento. El objetivo común del Comité y de los Estados partes es aumentar el número de ratificaciones e informes presentados, mejorar los resultados obtenidos y, como corolario, fortalecer el respeto de la Convención. En esta óptica formula el Comité su petición de mantener el período de sesiones de cuatro semanas. Su objeto no es la reforma de la legislación sino la promoción de la aplicación del derecho. A tal fin, debe disponer de datos y evaluaciones, en particular cualitativas, y trabajar de forma racional. Cabe notar que, como dijo el Sr. Grossman, redactar un documento claro y conciso lleva más tiempo que elaborar uno más largo. Por esta razón, el Comité necesita más tiempo para sus trabajos.

31.Todo el proceso de reforma en curso se basa en la idea de que cualquier cambio deberá reforzar la aplicación de la Convención y aumentar la protección ofrecida y el nivel de vigilancia, pero también de que el proceso se debe desarrollar de manera transparente y participativa, lo que no es una tarea fácil.

32.El Presidente aclara que el Comité no pide una semana adicional de reuniones sino que simplemente desea que se mantengan las cuatro semanas que comprende actualmente el período de sesiones. Dicho esto, coincide en que es necesario adoptar un enfoque integrado para los recursos de todo el sistema de órganos de tratados.

33.Conviene señalar que el Comité sigue esperando recibir 30 informes iniciales retrasados. Por el contrario, resulta alentador que el 90% de las decisiones del Comité relativas al artículo 22 se han aplicado, y que esta proporción casi llega al 100% cuando se trata de las decisiones sobre las presuntas infracciones de las disposiciones del artículo 3. Estas cifras hablan muy bien de los Estados partes que han aceptado formular la declaración prevista en el artículo 22. No obstante, 62 Estados partes aún no han formulado esta declaración.

34.El Presidente da las gracias a los Estados partes que han participado en este intercambio de opiniones y manifiesta su esperanza de que este fructífero diálogo continúe.

La primera parte (pública) de la sesión concluye a las 16.15 horas.