Distr.GENERAL
E/C.12/Q/SLV/230 de junio de 2005
ESPAÑOLOriginal: INGLÉS
COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones17 a 20 de mayo de 2005
APLICACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el segundo informe periódico de El Salvador sobre los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1990/6/Add.39)
I. INFORMACIÓN GENERAL
1.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los factores y las dificultades que menoscaban la capacidad del Estado Parte para cumplir con sus obligaciones dimanantes del Pacto.
2.Sírvanse indicar si la institución nacional de derechos humanos denominada "Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos" se ajusta a los Principios de París establecidos en la resolución 48/134 de la Asamblea General.
II. MARCO JURÍDICO GENERAL
3.Sírvanse indicar si el Pacto puede invocarse ante los tribunales y den ejemplos de jurisprudencia en que se haya aplicado el Pacto.
GE.05-42621 (S) 150705 180705
4.Sírvanse indicar el grado de participación de las organizaciones no gubernamentales en la preparación de este informe.
5.Sírvanse aportar información sobre los resultados logrados en la aplicación de los Acuerdos de Paz de enero de 1992 en lo que respecta al pleno disfrute por la población del Estado Parte de sus derechos económicos, sociales y culturales.
6.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para educar y sensibilizar a todos los agentes que se ocupan de los derechos humanos.
III. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO (ARTÍCULOS 1 A 5)
Artículo 2, párrafo 2 - No discriminación
7.Sírvanse enumerar las medidas legales y de otra índole adoptadas por el Estado Parte para luchar contra las diversas formas de discriminación, en particular la discriminación en el empleo por motivos de sexo, las disposiciones legales discriminatorias contra la mujer, la discriminación contra las poblaciones indígenas, y la discriminación social y económica contra los ancianos y las personas con discapacidad.
Artículo 3 - Igualdad de derechos entre hombres y mujeres
8.Sírvanse proporcionar información sobre los logros alcanzados en la aplicación del principio de la igualdad entre hombres y mujeres.
9.Sírvanse facilitar información sobre los resultados del Plan de Acción 2000-2004 de la Política Nacional de la Mujer y sobre si el Estado Parte prevé poner en marcha un nuevo plan de acción (en caso afirmativo, indiquen qué recursos se destinarán a su aplicación).
10.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la representación de la mujer en la vida política y en el sistema judicial, así como estadísticas desglosadas por sector sobre la participación general de la mujer en el mercado de trabajo.
IV. CUESTIONES RELATIVAS A DISPOSICIONES CONCRETAS DEL PACTO (ARTÍCULOS 6 A 15)
Artículo 6 - Derecho al trabajo
11.Sírvanse aportar información adicional sobre la creación de puestos de trabajo y sobre la medida en que se han reducido las tasas de desempleo y de subempleo real, especialmente en el marco de los acuerdos de libre comercio.
Artículo 7 - El derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias
12.Sírvanse indicar si los salarios mínimos vigentes (párrafo 161 del informe) son suficientes para adquirir la cesta familiar básica.
13.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para combatir el acoso sexual en el lugar de trabajo.
14.Sírvanse indicar las iniciativas específicas emprendidas para garantizar condiciones de trabajo equitativas y no discriminatorias a las mujeres, en particular a las que trabajan en el sector de los servicios y en las maquilas, en el servicio doméstico y en el sector informal, incluidas las medidas encaminadas a garantizar salarios adecuados y a prevenir los despidos injustificados.
15.Sírvanse exponer las razones por las que, según el párrafo 198 del informe, las inspecciones realizadas por el Departamento de Seguridad e Higiene Ocupacional abarcaron a 150.598 hombres y a sólo 5.342 mujeres en el período comprendido entre el 1º de junio de 2001 y el 31 de mayo de 2002.
16.Sírvanse describir las medidas adoptadas para proporcionar empleo y garantizar condiciones de trabajo no discriminatorias a las personas con discapacidad.
17.Sírvanse proporcionar datos actualizados sobre la magnitud del problema del trabajo infantil, especialmente en la agricultura y en el sector informal, así como información sobre las medidas adoptadas para hacerle frente.
Artículo 8 - Derechos sindicales
18.Sírvanse indicar qué funcionarios pertenecen a la categoría de "miembros de la Administración del Estado" (párr. 210), a quienes no se reconoce el derecho a sindicarse o a afiliarse a sindicatos.
19.Sírvanse indicar los efectos que tiene para la libertad sindical y el ejercicio del derecho de huelga el condicionante de la negociación colectiva, el cual conlleva que, en la práctica ninguna huelga se considere legal en el Estado Parte (párrafos 229 y 230 del informe).
Artículo 9 - Derecho a la seguridad social
20.Sírvanse facilitar información sobre el nuevo Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) de carácter privado e individual cuya gestión corre a cargo de las Administradoras de Fondos de Pensiones. En particular, sírvanse precisar si la adhesión a dicho Sistema es obligatoria; si el cambio ha afectado al número de personas con derecho a pensión y, en caso afirmativo, de qué forma lo ha hecho; y el monto de dichas pensiones.
Artículo 10 - Protección de la familia, de la madre y del niño
21.Sírvanse proporcionar información sobre la legislación vigente en el ámbito de familia y de la protección de menores, e indiquen si se tiene previsto elaborar algún proyecto de ley o realizar reformas para adaptar el ordenamiento jurídico e institucional a las necesidades reales en materia de protección de la familia y del niño.
22.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la incidencia de violencia doméstica en el Estado Parte y sobre las medidas adoptadas para luchar contra ella, en particular las reformas de la Ley contra la violencia intrafamiliar, del Código Penal y del Código de la Familia.
23.Sírvanse proporcionar información sobre la protección brindada a las familias encabezadas por una mujer e indiquen en qué medida están reconocidas las uniones no matrimoniales en lo que respecta a los derechos y deberes y, en especial, a la custodia de los hijos.
24.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para resolver los problemas de la trata de mujeres y niños con fines de explotación sexual y de la adopción ilegal de niños.
25.Sírvanse aportar información sobre el fenómeno de las bandas juveniles ("maras") y sobre las medidas adoptadas para contrarrestar los problemas relacionados con ellas.
Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado
26.Sírvanse facilitar información sobre la forma en que los desastres naturales de 2001 afectaron a las políticas de lucha contra la pobreza, indicando cualquier avance significativo que se haya realizado y las estrategias que el Estado Parte haya puesto en marcha en los últimos cinco años para reducir la extrema pobreza.
27.Sírvanse aportar información sobre los resultados de las campañas de nutrición infantil, especialmente las encaminadas a fomentar la lactancia materna, así como de la Ley de yodación de la sal y de los programas de fortificación del azúcar y de las harinas de trigo y maíz con hierro y ácido fólico.
28.Sírvanse proporcionar información sobre las políticas públicas en materia de seguridad alimentaria, especialmente las dirigidas al sector rural, y sobre las repercusiones que pueden tener los tratados de libre comercio en la subsistencia de los pequeños productores y las familias rurales.
Artículo 12 - Derecho a la salud física y mental
29.Sírvanse facilitar información y estadísticas sobre la cobertura del sistema de salud pública, en particular sobre las personas que no tienen acceso a ninguna forma de protección de la salud, así como sobre las medidas que el Estado Parte prevé adoptar para garantizar el acceso de dichas personas a servicios de salud adecuados.
30.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la salud reproductiva y sexual de la mujer y sobre la legislación en materia de aborto en el Estado Parte.
31.Sírvanse aportar información adicional sobre la atención prenatal y la asistencia en el parto, así como sobre las tasas de mortalidad derivada de la maternidad antes y después del parto.
32.Sírvanse facilitar información adicional sobre la rehabilitación y el cuidado de las personas cuya salud mental y física se haya visto afectada por el conflicto armado.
33.Sírvanse proporcionar información sobre las políticas ambientales públicas.
Artículos 13 y 14 - Derecho a la educación
34.Sírvanse aportar información actualizada sobre el aumento del gasto público en educación y sobre el volumen de recursos destinados a la educación primaria gratuita.
35.Sírvanse aclarar si las subvenciones del Estado (párrafo 753 del informe) posibilitan que la educación secundaria sea asequible para todos y si el Estado Parte tiene la intención de ampliar la gratuidad de la educación pública a la enseñanza secundaria.
36.Sírvanse proporcionar datos sobre el costo real que representa para las familias la asistencia de sus hijos a la escuela primaria y secundaria.
37.Sírvanse facilitar información sobre las dificultades con que tropieza el Estado Parte para garantizar que los niños de las zonas rurales tengan acceso a la educación primaria y secundaria.
38.Sírvanse aportar información sobre la enseñanza de los derechos humanos en todos los niveles de la educación.
Artículo 15 - Derechos culturales
39.Sírvanse indicar cuántos grupos indígenas existen en el país y cuántos miembros integran cada grupo, así como los avances logrados por la Unidad de Asuntos Indígenas (párrafo 886 del informe) en el reconocimiento y apoyo de dichos grupos, especialmente en lo que respecta al disfrute y el ejercicio de sus derechos culturales.
40.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para poner en práctica el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Corredor Biológico Mesoamericano.
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