90º período de sesiones
3 a 21 de febrero de 2025
Tema 4 del programa provisional
Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 18 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
Respuestas del Congo a la lista de cuestiones y preguntas relativas a su octavo informe periódico *
* La versión original del presente documento no fue objeto de revisión editorial oficial.
[Fecha de recepción: 30 de septiembre de 2024]
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 1 de la lista de cuestiones (CEDAW/C/COG/Q/8)
Derechos de las mujeres e igualdad de género en relación con la pandemia, las actividades de recuperación y las crisis mundiales
Medidas y mecanismos establecidos para gestionar la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19)
Bajo la máxima autoridad del Presidente de la República y Jefe del Estado, el Congo se dotó de instrumentos de gobernanza de la respuesta frente a la pandemia de COVID-19 tras confirmarse el primer caso el 20 de marzo de 2020.
Tales instrumentos son los siguientes: i) la Coordinación Nacional, encabezada por el Jefe de Estado, cuyo principal cometido es proporcionar toda la orientación estratégica; ii) el comité técnico y sus correspondientes comisiones (vigilancia epidemiológica y puntos de entrada, laboratorio e investigación, atención médica y psicosocial, movilización social y comunicación sobre los riesgos, prevención y control de infecciones, vacunación, gestión financiera y logística); iii) un equipo de tareas para evaluar las consecuencias socioeconómicas de la COVID-19 y recomendar actuaciones al respecto; iv) un comité de expertos encargado de ofrecer al Gobierno su dictamen y asesoramiento técnico sobre cuestiones específicas; v) un comité especial de vacunación; y vi) un comité técnico dirigido por la Ministra de Sanidad y Población para ejecutar el plan nacional de respuesta. Además, se ha creado un fondo de respuesta frente a la COVID-19 y un fondo de vacunación para posibilitar la financiación continua de dicha respuesta.
Asimismo, se han adoptado otras medidas, a saber: i) el confinamiento parcial y la imposición de toques de queda, cierre de fronteras y restricciones de concentraciones públicas; ii) el plan de apoyo a las empresas y los hogares vulnerables; iii) las transferencias en efectivo a personas vulnerables y la distribución de alimentos; y iv) la concienciación y comunicación a gran escala mediante la organización de campañas de información sobre los modos de transmisión y las medidas de prevención, con la colaboración de las autoridades políticas y administrativas, los líderes de opinión, los líderes religiosos y los enlaces comunitarios.
Para garantizar que la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres se tengan en cuenta sistemáticamente en la gestión y respuesta ante las crisis, el Gobierno ha adoptado medidas concretas, por ejemplo: i) la asignación de un porcentaje concreto de los fondos de ayuda a programas de apoyo a mujeres y niñas; y ii) el apoyo a las organizaciones de mujeres en la puesta en marcha de iniciativas de concienciación y respuesta.
El Proyecto de Respuesta de Emergencia frente a la COVID-19 (PRUC-19 por sus siglas en francés), financiado por el Banco Mundial y ejecutado entre octubre de 2020 y abril de 2024, tenía como objetivo de desarrollo la prevención, detección y respuesta ante la amenaza planteada por la COVID-19 y el fortalecimiento del sistema nacional de preparación en materia de salud pública.
Las actividades realizadas en el marco de dicho proyecto han permitido prevenir y mitigar los riesgos de violencia de género, explotación y abusos sexuales y acoso sexual mediante la ejecución de un plan de acción al respecto.
En 2022 se puso en marcha un plan de recuperación a corto y medio plazo del sistema de las Naciones Unidas en la República del Congo para dar una respuesta socioeconómica frente a la pandemia de COVID-19. El plan en cuestión pretende mitigar las principales consecuencias de la pandemia en relación con el género, a saber: i) el aumento de la vulnerabilidad de las mujeres y la desigualdad de género; ii) el incremento de la carga de tareas domésticas y la inequidad en la división del trabajo; iii) el aumento de la violencia de género y el cese de la atención a las víctimas en las unidades de atención médica y psicológica; y iv) la desatención de la dimensión de género en la preparación y ejecución de las iniciativas de respuesta.
El Plan de Acción Nacional de Seguridad Sanitaria (PANSS) 2020-2024 forma parte del planteamiento de respuestas adecuadas ante los problemas relacionados con la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Asimismo, el mencionado Plan posibilita la gestión de crisis y garantiza la participación efectiva de las mujeres en los procesos de gestión de epidemias en condiciones de igualdad con respecto a los hombres, sin poner en entredicho los avances logrados en la protección y promoción de los derechos de las mujeres.
Tras la pandemia, el Congo llevó a cabo un examen a posteriori de las medidas aplicadas y, mediante el Decreto núm. 2023-68 de 1 de marzo de 2023, se creó el Centro de Operaciones de Emergencia de Salud Pública (COUSP, por sus siglas en francés) para hacer frente a las crisis actuales y futuras. Dicho Centro constituye un marco de coordinación multisectorial en la gestión de emergencias de salud pública orientado a establecer mecanismos nacionales de prevención, detección temprana y respuesta frente a las amenazas sanitarias.
Otras medidas y mecanismos establecidos para gestionar la pandemia de COVID-19 también estaban encaminados a sustentar las iniciativas de afrontamiento de futuras crisis, centrándose en los siguientes aspectos: i) el refuerzo del sistema de salud (mediante el aumento del presupuesto destinado a sanidad, la formación del personal médico y la construcción o rehabilitación de infraestructuras); ii) la mejora de la gobernanza (a través del incremento de la transparencia y la rendición de cuentas y de la lucha contra la corrupción); iii) el impulso de la diversificación económica (mediante la disminución de la dependencia del petróleo y el desarrollo de otros sectores en expansión); iv) el aumento de la cohesión social (a través del fomento del diálogo y la paz y de la lucha contra la discriminación); y v) la consolidación del marco institucional (por medio de la aplicación de la Política Nacional de Género (2018-2022) y el Plan de Acción Nacional para la Aplicación de la Resolución 1325 (2000).
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 2 de la lista de cuestiones
Marco jurídico
Los anteproyectos de leyes siguen en fase de validación. Se trata de un proceso complejo que requiere la participación de numerosas partes interesadas.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 3 de la lista de cuestiones
Definición de discriminación
La República del Congo aún no ha elaborado una normativa específica contra la discriminación atendiendo a la definición de esta contemplada en el artículo 11 de la Ley MOUEBARA.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 4 de la lista de cuestiones
Acceso a la justicia
En la República del Congo existe un sistema judicial único compuesto por juzgados y tribunales con dos niveles jurisdiccionales distribuidos por todo el país. Las decisiones dictadas por cualquier otro órgano judicial carecen de fuerza de ley, pese a que en muchos departamentos del país, sobre todo en las zonas rurales, siga recurriéndose con frecuencia a tribunales tradicionales. La razón de ello estriba en la influencia de las costumbres, tradiciones locales y prácticas religiosas mesiánicas, que otorgan a estos tribunales una función específica en la solución de casos de brujería, magia negra y determinación de culpables.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 4 a) de la lista de cuestiones
Los correspondientes procesos de revisión están en marcha.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 4 b) de la lista de cuestiones
El Consejo Superior de la Magistratura está presidido por el Presidente de la República. En su período de sesiones de febrero de 2024, se impusieron varias sanciones a magistrados, a saber: i) la amonestación con registro documentado en expediente a 9 magistrados; ii) el cese de dos (2) magistrados en el ejercicio de determinadas funciones; iii) el descenso de categoría de 2 magistrados; y iv) la destitución con derecho a pensión de 9 magistrados.
A tales magistrados se les recriminaban, entre otros, los siguientes actos: la obstrucción de la ejecución de decisiones judiciales; la puesta en libertad de personas recluidas en centros penitenciarios a cambio del pago de sumas de dinero en su beneficio personal; el abandono de su puesto de trabajo, la malversación de fondos, la dispensación de un trato inhumano y degradante a personas bajo tutela judicial, la ordenación de detenciones arbitrarias, el incumplimiento de la obligación de guardar reserva y la comisión de actos de corrupción y extorsión; y el abuso de autoridad y poder.
Por otro lado, varios funcionarios públicos declarados culpables de malversación y corrupción han comparecido ante la justicia, han sido condenados y cumplen su pena en el centro penitenciario de Brazzaville. Se trata de funcionarios del Servicio de Aduanas, de la Policía y de las autoridades administrativas locales (ayuntamientos).
Dentro de su cometido de prevenir y combatir la corrupción, la Alta Autoridad de Lucha contra la Corrupción organiza varias campañas de concienciación en todo el país para informar a la población sobre las modalidades de presentación de denuncias, a saber: i) la llamada al número telefónico gratuito 1023; y ii) el envío de una notificación por correo postal (apartado de correos 13336 de Brazzaville), así como por correo electrónico a la dirección dénonciation@halc.cg.
Cabe señalar que el Estado garantiza la seguridad de los denunciantes (conforme a lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley núm. 9-222 de 11 de marzo de 2022, relativa a la prevención y la lucha contra la corrupción y los delitos conexos). Entre 2020 y 2024 se recibieron 80 reclamaciones y denuncias, de las cuales 32 hacían referencia al sector educativo y 53 iban dirigidas contra responsables administrativos. Las campañas de concienciación también se centraron asimismo en la declaración de conflictos de intereses. Entre el 14 de abril y el 18 de mayo de 2024 se registraron 345 declaraciones de conflictos de intereses.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 4 c) de la lista de cuestiones
Se organizaron cursos de formación de formadores destinados a magistrados y funcionarios judiciales de los cinco tribunales de apelación de todo el territorio nacional sobre los derechos fundamentales de las mujeres, la aplicación de las disposiciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Ley MOUEBARA.
Se ha aumentado la capacidad de los agentes y responsables del Ministerio de Justicia, los juzgados y los tribunales en la aplicación de la política penal, especialmente por lo que respecta a su componente relativo al concepto de “violencia de género”.
Desde 2021, el número de mujeres al frente de las jurisdicciones se ha incrementado considerablemente, sobre todo en las salas de lo penal.
Se han organizado actividades de concienciación en materia de atención integral a las víctimas de la violencia de género destinadas a los agentes de la sociedad civil que brindan orientación jurídica a las víctimas.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 4 d) de la lista de cuestiones
Pese a los considerables avances, el acceso a la información y el conocimiento de los derechos sigue suponiendo una dificultad importante para las mujeres y las niñas en general, y en particular tanto para las mujeres y las niñas con discapacidad como para aquellas que son víctimas de discriminación interseccional.
Existen diversas iniciativas orientadas a concienciar a mujeres y niñas de sus derechos y posibilitarles su ejercicio, entre las que figuran las siguientes:
•La difusión de campañas nacionales y locales sobre los derechos de las mujeres y contra la violencia de género a través de medios de comunicación tradicionales y nuevas tecnologías
•La organización de foros, talleres y debates públicos centrados en los derechos de las mujeres
•La elaboración de material informativo destinado a mujeres con discapacidad y accesible en lengua de señas y braille, que también se utiliza en talleres y cursos de formación adaptados a sus necesidades
•La organización de campañas de concienciación acerca de las formas específicas de discriminación a las que se enfrentan las mujeres y niñas marginadas
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 5 de la lista de cuestiones
Las mujeres y la paz y la seguridad
El Plan de Acción Nacional 2021-2023 para la aplicación de la resolución 1325 (2000)del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad se actualizará tras la evaluación a la que se está sometiendo. En consonancia con las prioridades de las organizaciones del sector de la seguridad, las principales actividades del Plan hacen referencia a las siguientes esferas: la prevención de conflictos y de la violencia sexual y de género y la protección y seguridad de las mujeres (pilar II); la participación de las mujeres en los procesos de paz y reconciliación y en la gobernanza posterior al conflicto (pilar III); y la recuperación (pilar IV).
La actualización del citado Plan tiene en cuenta el contexto actual marcado por un clima de paz y seguridad, con especial hincapié en el papel de las mujeres en la consolidación de esta paz, la estabilidad política, el fortalecimiento del estado de derecho, la perpetuación del diálogo político constante y la cohesión social, tal como se define en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 6 de la lista de cuestiones
Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer
Para la evaluación de la Política Nacional de Género (PNG), los responsables del Ministerio procedieron a la validación interna del informe preliminar elaborado por una consultora. En espera de la correspondiente validación nacional, la política actual del Ministerio para la Promoción de la Mujer se basa en los resultados de dicha evaluación, que puso de manifiesto las consabidas deficiencias en el logro de los objetivos establecidos. La renovación de la PNG se retrasó debido a la ampliación de las medidas del Ministerio al sector de la economía informal.
El Ministerio elabora cada año un programa de actividades, dotado del correspondiente presupuesto, que se centra en lo siguiente: el acceso de las mujeres a las instancias decisorias, al empleo y a fuentes de ingresos; la intensificación de las medidas para combatir la violencia contra las mujeres, especialmente mediante la búsqueda de financiación para construir el Centro MOUEBARA de acogida y rehabilitación de mujeres y niñas víctimas de violencia; y el impulso del liderazgo femenino promoviendo el nombramiento de mujeres en puestos decisorios.
En cuanto al observatorio, cabe admitir la lentitud del proceso desde el punto de vista administrativo, si bien se están adoptando medidas para llevar el proyecto a buen puerto. A tal efecto es necesaria la implicación de las partes interesadas, entre ellas, los asociados para el desarrollo y las organizaciones de la sociedad civil.
Los aspectos relacionados con la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres se tienen en cuenta sin lugar a dudas en el Programa Nacional de Desarrollo (PND) para los períodos 2018-2022 y 2022-2026, a saber:
•El PND hace hincapié en mejorar el acceso de niñas y mujeres a la educación, especialmente en las zonas rurales y remotas. Su objetivo es reducir las disparidades de género en las tasas de escolarización y promover la formación profesional de las mujeres.
•Se están realizando esfuerzos por mejorar la salud materna y reducir la mortalidad infantil. El PND abarca programas de concienciación y prevención de enfermedades que afectan especialmente a las mujeres.
•El Plan está orientado asimismo a aumentar la participación de las mujeres en el mercado laboral y promover su empoderamiento económico. Ello incluye iniciativas para fomentar el emprendimiento entre las mujeres y el acceso de estas a la financiación.
•El Plan en cuestión engloba medidas para combatir la violencia contra las mujeres, incluida la violencia doméstica y sexual. En él se contemplan también campañas de concienciación y servicios de apoyo a las víctimas;
•El Plan fomenta la representación de las mujeres en las instancias decisorias políticas y administrativas. Su objetivo es promover la igualdad de género en los procesos de gobernanza y adopción de decisiones.
Pese a carecer de estrategia de establecimiento de un sistema de presupuestación que responda a las cuestiones de género, la República del Congo está realizando esfuerzos para poner en práctica esta modalidad de elaboración de presupuestos a través de medidas como las siguientes: i) la concienciación de los miembros del Parlamento (responsables de votar el presupuesto); y ii) la formación de los directores de estudios y planificación, así como de los directores de asuntos administrativos y financieros, de los ministerios y otras instituciones de la República, con ayuda de los organismos del sistema de las Naciones Unidas. También se siguen llevando a cabo iniciativas de promoción en todo el país para culminar con éxito este proceso.
Por otro lado, ambas cámaras parlamentarias (Senado y Asamblea) albergan Comisiones de Salud, Asuntos Sociales, Familia y Género con una importante función a la hora de votar la Ley de Finanzas.
Nos complace señalar que se ha tenido en cuenta una presupuestación que responde a las cuestiones de género en los proyectos nacionales ejecutados con el apoyo de asociados bilaterales y multilaterales.
Sin embargo, la integración efectiva de la dimensión de género en el proceso presupuestario sigue requiriendo medidas más concretas, en particular la aprobación de una ley o política específicamente centrada en dicha modalidad de presupuestación.
En cuanto a los recursos ministeriales, el Gobierno ha manifestado su voluntad de aumentar el presupuesto destinado al Ministerio de Promoción de la Mujer, Integración de la Mujer en el Desarrollo y Economía Informal, si bien dicho presupuesto sigue siendo muy bajo. A título ilustrativo, cabe señalar que el presupuesto en cuestión se ha incrementado de 7.003.087.597 francos CFA en 2023 a 7.124.316.492 francos CFA en 2024, es decir, un 0,01 %. En 2025, el citado presupuesto será de 7.325.000.000 de francos CFA.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 7 de la lista de cuestiones
Institución nacional de derechos humanos
En la actualidad, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) se rige por la Ley núm. 30-2018 de 7 de agosto de 2018, relativa al mandato, la organización y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la República del Congo. La CNDH constituye una institución independiente facultada para la autorremisión de casos (artículo 2). La citada Ley se encuentra en proceso de revisión. Se ha presentado al Gobierno un anteproyecto de ley en cuyas disposiciones se contempla dotar a la CNDH de personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, asignándosele al mismo tiempo un mandato amplio y extenso.
Lo señalado anteriormente ayudará a aumentar la independencia, la eficacia y la visibilidad de la institución, conforme a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París).
El presupuesto de la CNDH se modifica en cada ejercicio presupuestario. En 2024, el Estado ha asignado a la CNDH un presupuesto total de 990.000.000 de francos CFA, es decir, el 0,103 % del presupuesto nacional, frente a los 1.600.000.000 de francos CFA correspondientes a 2023. Aunque siempre resulta difícil desembolsar la totalidad del importe, este presupuesto permite a la institución gozar de cierta visibilidad mediante la organización de actividades de concienciación sobre los derechos humanos y la participación en reuniones internacionales.
La CNDH también recibe ayuda del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. La designación de los miembros de la Comisión se rige por lo dispuesto en el Decreto núm. 2018-480 de 26 de diciembre de 2018, actualmente en proceso de revisión.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 8 de la lista de cuestiones
Defensoras de los derechos humanos
El Estado reconoce y garantiza, en las condiciones establecidas por la ley, las libertades de asociación, reunión, procesión y manifestación (artículo 27 de la Constitución de 25 de octubre de 2015).
Aunque la presencia de defensoras de los derechos humanos en el Congo sigue siendo escasa, estas gozan de los mismos derechos de toda la ciudadanía y pueden acudir a los tribunales en caso de sufrir intimidación, acoso o amenazas.
La creación por la Constitución (artículo 238) de una Junta Consultiva de la Sociedad Civil y de las Organizaciones No Gubernamentales se enmarca en la voluntad de las autoridades públicas congoleñas de garantizar la participación de aquellas en la vida de la Nación.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 9 de la lista de cuestiones
Medidas especiales de carácter temporal
Con vistas a las próximas elecciones legislativas de 2026, se está promoviendo la revisión de la correspondiente ley electoral. La cuestión de elevar la cuota del 30 % (mínimo) al 50 % en las elecciones se resolverá cuando se apruebe la ley de paridad. Lo mismo ocurre con las disposiciones relativas a las sanciones por incumplimiento de la ley.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 10 de la lista de cuestiones
Estereotipos de género
Eliminar los estereotipos de los manuales escolares es un proceso lento y laborioso que comenzó con los manuales de francés y matemáticas por su tendencia a difundir estereotipos de género. Por ejemplo, las matemáticas suelen percibirse como una asignatura más propia de los varones, mientras que el francés se asocia a una sensibilidad que se percibe como más femenina.
El Gobierno tiene previsto continuar con este proceso para acabar con tales estereotipos, que pueden influir en la autopercepción del alumnado y en sus futuras elecciones académicas y profesionales. Dadas las dificultades que suelen plantearse para el desembolso de los presupuestos del Estado, el Gobierno cuenta con el apoyo de sus asociados para aplicar esta medida y organizar campañas de concienciación contra los estereotipos de género en la televisión, la radio y los medios sociales.
Los cursos de formación para docentes sobre el tema pretenden concienciar al profesorado de la influencia que ejerce en los alumnos y proporcionarle las herramientas necesarias para combatir los estereotipos en el entorno escolar.
Los padres y las madres también participan en la lucha contra los estereotipos de género gracias a campañas de concienciación y a la disponibilidad de guías diseñadas para ayudarles a hablar con sus hijos e hijas sobre los mencionados estereotipos.
En el artículo 23 de la Ley MOUEBARA (Ley núm. 19-2022 de 4 de mayo de 2022) se contemplan medidas para proteger a las víctimas de la violencia contra las mujeres como las siguientes:
•La orden de protección, que puede dictar el juzgado de familia a petición de la víctima. Dicha orden puede prohibir al autor de los actos de violencia entrar en contacto con la víctima o acudir a su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro lugar que esta frecuente.
•El alejamiento del agresor del domicilio conyugal: el juez puede ordenar al agresor que abandone el domicilio conyugal si la víctima también vive en él. En 2022 se expulsó a un hombre violento del domicilio conyugal por decisión judicial tras haber presentado su mujer una denuncia contra él. En 2023 se concedió a una mujer víctima de abusos conyugales una orden de protección que prohibía a su marido acercarse a ella o acudir a su domicilio.
•Asistencia jurídica y psicológica: las víctimas tienen derecho a recibir asistencia jurídica y psicológica gratuita.
Se ha impartido formación a miembros de la magistratura y de las fuerzas del orden sobre las disposiciones de la ley en cuestión. Asimismo, se han habilitado centros de acogida y atención a las víctimas de la violencia gestionados por ONG y asociaciones. El Ministerio se ha puesto manos a la obra para movilizar recursos que se destinarán a la construcción del Centro MOUEBARA de Atención a Niñas y Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
En el ámbito de aplicación de la citada Ley y con ayuda de los servicios judiciales, el Ministerio ha realojado a viudas y huérfanos expulsados del domicilio conyugal o familiar tras el fallecimiento del correspondiente cónyuge o padre en Brazzaville y Pointe-Noire a raíz de las denuncias recibidas. A pesar de todos estos esfuerzos, persisten dificultades para aplicar el artículo 23, entre ellas, el silencio cómplice de las víctimas que temen represalias por parte de los agresores.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 de la lista de cuestiones
Violencia de género contra la mujer
La lucha contra la mutilación genital femenina (MGF) es un tema que preocupa al Gobierno, aunque actualmente es difícil elaborar estadísticas al respecto porque su práctica es mucho más habitual entre las comunidades extranjeras residentes en el Congo. El Ministerio de Promoción de la Mujer, Integración de la Mujer en el Desarrollo y Economía Informal sigue difundiendo textos como la Ley núm. 4-2010 de 14 de junio de 2010, relativa a la protección de la infancia en la República del Congo, en la que se prohíbe la MGF (artículo 62), así como la Ley MOUEBARA, en cuyo artículo 4 se establece que la mutilación de determinadas partes del cuerpo constituye un acto de violencia física. Se organizan campañas de concienciación para llamar la atención de los autores de estas prácticas sobre sus efectos nocivos y sobre las penas previstas en caso de emprenderse actuaciones judiciales.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 a) de la lista de cuestiones
Con la ayuda de sus asociados, el Gobierno ha emprendido una serie de medidas contra la violencia en el entorno escolar, entre ellas, las siguientes: i) la difusión a gran escala del estudio sobre la violencia en línea y en el entorno escolar; ii) la formación del profesorado y el alumnado; iii) la proyección de la obra de animación Nana Cool sobre los estereotipos de género en el entorno escolar; iv) la creación por el Ministerio de Promoción de la Mujer, Integración de la Mujer en el Desarrollo y Economía Informal de los cómics Les notes d’AYELE sobre la concesión de notas a cambio de favores sexuales y sobre la violencia en el entorno escolar; y v) el refuerzo del arsenal jurídico mediante la promulgación de la Ley MOUEBARA (título II). El Gobierno y las organizaciones de la sociedad civil han llevado a cabo campañas de concienciación sobre la violencia en línea y en el entorno escolar.
Las campañas señaladas anteriormente tuvieron lugar en los centros educativos y se difundieron a través de la televisión, la radio y las redes sociales.
Con el apoyo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la Inspección General de Educación Primaria y Secundaria organizó en junio de 2023 un curso de formación sobre prevención y gestión de la violencia en el entorno escolar al que asistieron 175 personas (entre profesorado y alumnado).
El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) ha ayudado al Gobierno a dar a conocer el teléfono de emergencia 1444, mediante la elaboración de folletos y octavillas con el mensaje “Basta de acoso sexual: la escuela es un lugar de aprendizaje y conocimiento, no de acosoˮ.
Todas estas iniciativas han infundido valor a algunas chicas para denunciar los casos de acoso, como demuestra la detención y puesta a disposición judicial del director de un centro de educación secundaria de Brazzaville a raíz de las agresiones sexuales sufridas por varias alumnas de dicho centro. Para garantizar la seguridad del alumnado, el Gobierno ha habilitado comisarías de policía cerca de los centros educativos.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 b) de la lista de cuestiones
El Gobierno no ha destinado un presupuesto específico a la aplicación de la Ley MOUEBARA. Las medidas en este ámbito están contempladas en el presupuesto del Ministerio de Promoción de la Mujer.
Se ha destinado un presupuesto total de 16.000.000.000 de francos CFA a la aplicación de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Violencia de Género 2021-2025. Sin embargo, este presupuesto se considera insuficiente, dado el amplio alcance de las medidas necesarias. La estrategia está financiada por el Gobierno con la ayuda de diversos asociados técnicos y financieros.
Las actividades del Plan de Acción 2021-2025 están integradas en los presupuestos de los diferentes ministerios e instituciones participantes en su ejecución. El seguimiento y la evaluación de dicha ejecución se ven dificultados por la inexistencia de un presupuesto específico.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 c) de la lista de cuestiones
En el artículo 40 de la Ley MOUEBARA se contemplan las siguientes sanciones para los autores de actos de violencia contra mujeres y niñas: i) penas de prisión que varían en función de la gravedad de los hechos y se sitúan en un intervalo de 5 a 20 años en el caso de los actos de violencia más graves; ii) multas adicionales por importe de 500.000 a 10.000.000 de francos CFA; iii) imposición de órdenes de protección: se puede prohibir por orden judicial al autor de los actos de violencia acercarse a la víctima, entrar en contacto con ella o acudir a su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro lugar que esta frecuente; y iv) la retirada de la patria potestad: el juez puede retirar la patria potestad al autor de los actos de violencia si considera que su hijo o hija está en peligro.
Desde la publicación de la Ley MOUEBARA, ninguna víctima de violencia ejercida por excombatientes en el departamento de Pool ha acudido a los servicios judiciales para presentar denuncia, a pesar de las diversas campañas de concienciación llevadas a cabo, sobre todo para dar a conocer los teléfonos 1444 y 117 (número telefónico gratuito de la Policía Nacional).
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 d) de la lista de cuestiones
El Congo dispone de un sistema de registro de víctimas de violencia de género con posibilidad de consignar altas y bajas. Este sistema se encuentra operativo para el intercambio de información entre el Ministerio de Promoción de la Mujer, el Ministerio de Justicia (los servicios judiciales), el Ministerio de Seguridad (los servicios de la Policía y la Gendarmería Nacional) y el Ministerio de Salud (las unidades de atención médica y psicológica). La sociedad civil también ejerce una función importante a través de los centros de atención creados para orientar y apoyar a las víctimas de la violencia de género.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 e) de la lista de cuestiones
La labor encaminada a eliminar la violencia contra las niñas en el entorno escolar está mucho más basada en las campañas de concienciación llevadas a cabo periódicamente en los centros educativos para informar al alumnado y el profesorado sobre las distintas formas de dicha violencia, sus consecuencias y los medios para su prevención. Se han creado clubes de género en las escuelas para promover la igualdad de género y el respeto mutuo entre el alumnado.
En lo que respecta a las familias, es importante aplicar las disposiciones de la Ley de Protección de la Infancia (aprobada en 2010). Dicha Ley prohíbe todas las formas de violencia contra la infancia, incluida la violencia doméstica, si bien su aplicación requiere la denuncia de los actos de violencia doméstica, lo que no resulta fácil dados los factores socioculturales que influyen en este sentido. En este contexto, dar a conocer la citada Ley sigue siendo necesario a día de hoy.
En la estrategia nacional contra la violencia de género se contempla emprender diversas medidas para prevenir y combatir la violencia contra mujeres y niñas, inclusive en el ámbito familiar. Entre tales medidas, cabe señalar las siguientes: i) concienciar a las diversas comunidades sobre los derechos de las mujeres y las niñas y la importancia de la igualdad de género; ii) formar al cuerpo de profesionales de la salud y el derecho en atención a las víctimas de la violencia; y iii) apoyar a las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a cuestiones relacionadas con la violencia de género.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 f) de la lista de cuestiones
Los centros de acogida y atención a las víctimas de la violencia existentes en determinadas localidades de la República del Congo ofrecen a las víctimas apoyo psicológico, jurídico y médico. Tales centros están gestionados por organizaciones no gubernamentales (ONG) y asociaciones locales, por ejemplo:
•El centro de atención y apoyo psicológico “Espoirˮ (“Esperanzaˮ) gestionado por la ONG ADISCO (asociación para el desarrollo integral y la solidaridad en favor de la infancia huérfana y otra población infantil vulnerable) en Brazzaville (https://adiscordc.org);
•ONG como Association Congolaise des Droits de l’Homme (ACDH), Réseau des Organisations des Femmes du Congo (ROFEC), Association des Femmes Juristes du Congo (AFJC) y AZUR Développement prestan asistencia jurídica a las víctimas de violencia de género para ayudarlas a presentar denuncia y obtener justicia.
Las víctimas de violencia sexual pueden recibir atención médica en hospitales tanto públicos como privados. La organización Médicos Sin Fronteras (MSF) ofrece asimismo atención médica gratuita a tales víctimas en algunos de esos centros de la República del Congo.
A fin de fomentar la presentación de denuncias, existe un número telefónico gratuito (1444) disponible las 24 horas al día, los 7 días de la semana, para recibir llamadas de víctimas o testigos de violencia de género. Dicho teléfono está conectado al de la Policía Nacional (el 117). Las llamadas son anónimas, confidenciales y gratuitas. El equipo de profesionales que atiende el número telefónico gratuito 1444 orienta a las víctimas para derivarlas a los servicios de ayuda y apoyo adecuados.
La gestión del 1444 está a cargo del Ministerio de Promoción de la Mujer y tiene un costo semestral de 20.000.000 de francos CFA, presupuesto prorrogable y sufragado con financiación del Fondo Mundial a través de la asociación Catholic Relief Service (CRS).
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 11 g) de la lista de cuestiones
En la República del Congo, la violación conyugal no está explícitamente tipificada como delito en el Código Penal. Ello impide enjuiciar y condenar por violación a un hombre que viole a su mujer o su cónyuge a raíz de ese acto. Sin embargo, existen recursos legales a disposición de las víctimas de violación conyugal.
Los abusos conyugales (entre ellos, la violación) pueden enjuiciarse en virtud de los artículos 388 y siguientes del Código Penal, cuyas disposiciones castigan las amenazas y agresiones, las lesiones y golpes intencionados y las agresiones sexuales.
Es importante señalar que la prueba de la violación conyugal puede ser difícil de establecer debido a ciertos prejuicios sociales y culturales. Las víctimas de violación conyugal suelen ser objeto de presiones y amenazas por parte de su cónyuge. El funcionamiento de la administración de justicia congoleña puede ser lento y complejo.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 12 de la lista de cuestiones
Trata y explotación de la prostitución
La lucha contra la trata de personas es una cuestión que atañe a varias entidades estatales, en particular el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio de Promoción de la Mujer, Integración de la Mujer en el Desarrollo y Economía Informal.
Cada entidad dispone de un presupuesto para hacer frente a este problema. En el caso del Ministerio de Asuntos Sociales, las restricciones presupuestarias han reducido el presupuesto de los 40.000.000 de francos CFA asignados hace dos años a 5.000.000 de francos CFA, lo que dificulta la atención a las familias de acogida de niños y niñas víctimas de la trata y su repatriación a sus países de origen.
Las medidas adoptadas en favor de las mujeres víctimas de trata pasan por la creación de capacidad en los servicios policiales (estructura de mando territorial de la policía judicial e Interpol), así como la identificación mediante el intercambio de información de los archivos de los distintos servicios. En el caso de las niñas, se procede al acogimiento de las menores sin vínculos en el país, la repatriación y la entrega a sus padres y madres siempre que sea posible.
Según un informe del UNICEF publicado en 2021, entre 2018 y 2020 se registraron 114 casos de trata de personas. El informe en cuestión indica que se condenó a 58 autores de estos delitos a penas de 5 a 20 años de prisión.
Por otro lado, los tribunales congoleños también se han ocupado de tres casos de víctimas infantiles de trata procedentes de Benin. Los correspondientes fallos fueron dictados por los Tribunales Penales de Pointe-Noire y Brazzaville en 2017 y 2020. En total se enjuició a 9 personas (7 mujeres y 2 hombres), todas ellas de origen beninés. La identificación de estas víctimas infantiles de trata fue posible a raíz de los rumores que circulaban en Pointe-Noire y Brazzaville sobre casos de trata de población infantil beninesa. Una investigación policial permitió identificar a ocho menores (niños y niñas) de 10 a 17 años. Los autores de tales actos se aprovechaban de la situación de vulnerabilidad de padres e hijos. Algunos de ellos eran familiares de los progenitores de las víctimas. Todos los niños y niñas habían estado sometidos a trabajos forzosos, ya fuera en talleres, tiendas u hogares, y se hallaban sin escolarizar y carentes de libertad o remuneración.
Entre otras medidas, el Gobierno ha mejorado su política nacional de acción social para el período 2023-2026 con el objetivo general de crear sistemas de servicios sociales adecuados y eficaces. El plan de acción contemplado en dicha política engloba en su subprograma 1.1 la prestación de servicios sociales a grupos sociales vulnerables; una acción social mejor orientada que favorezca todas las dimensiones de la protección de la infancia, inclusive la de las víctimas de abusos y violencia, así como la lucha contra la trata y la protección de la población infantil en situación de abandono.
Los trabajadores sociales desempeñan una importante función preventiva en la reducción del riesgo de abusos y violencia, en particular asesorando a las familias para evitar la ruptura familiar y el abandono de las madres y sus hijos, así como realizando campañas de concienciación de la comunidad contra la violencia sexual y los abusos conyugales, el matrimonio infantil y el embarazo precoz y las prácticas de levirato y sororato, además de en relación con los derechos de herencia de viudas y huérfanos.
En la actualidad, la esclavitud no está reconocida explícitamente como delito diferenciado en la República del Congo.
Los principales agentes intervinientes en la identificación de las víctimas son: el Gobierno, los jefes de barrio o aldea, los agentes de las fuerzas del orden (policía, gendarmería, guardias de fronteras, servicios de inmigración) y las ONG.
Entre las medidas de protección cabe citar la no imposición de sanciones a las víctimas, la garantía de protección y asistencia, la expedición de permisos de residencia temporal y la cooperación con las autoridades.
Se han puesto en marcha programas de apoyo a las víctimas de la trata para posibilitar su reinserción social y económica.
Se adoptan medidas específicas para proteger a las mujeres y niñas Indígenas y refugiadas contra la trata, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad. El Gobierno colabora con las comunidades Indígenas y de refugiados para concienciarlas sobre el problema de la trata de personas e identificar a las víctimas.
Las mujeres y niñas Indígenas y refugiadas víctimas de trata tienen acceso a los mismos servicios de protección y asistencia que el resto de las víctimas.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 13 de la lista de cuestiones
La prostitución en el Congo no está legalizada. De ahí la dificultad de elaborar estadísticas al respecto. No obstante, las mujeres que ejercen “este oficio” pueden, si lo desean, acceder a los programas de reinserción socioprofesional establecidos por el Gobierno para los grupos de población vulnerable.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 14 de la lista de cuestiones
Participación en la vida política y pública
El proyecto de ley sobre la paridad en el acceso a los cargos políticos, electivos y administrativos sigue pendiente de aprobación y, por el momento, no se ha fijado un calendario debido a la falta de consenso entre todas las partes interesadas. Continúan realizándose campañas de concienciación y promoción a fin de abarcar todo el territorio nacional.
Tales campañas pretenden informar a la población de la importancia de los conceptos de igualdad de género, representatividad y paridad, a menudo incomprendidos en nuestra sociedad. Según las directrices del Gobierno, el objetivo es garantizar que toda la sociedad asuma estos conceptos.
Las campañas de promoción dirigidas a los responsables de formular políticas pretenden que los políticos se adhieran a estos ideales en favor de la paridad, animando a dichos responsables a aprobar leyes y medidas concretas para promover la igualdad de género. Las campañas de concienciación y formación de los agentes de la sociedad civil están orientadas a aumentar su capacidad de promover la paridad y defender los derechos de las mujeres. Las campañas de concienciación contra los estereotipos de género pretenden combatir las actitudes patriarcales que restringen el acceso de las mujeres a los puestos de decisión y fomentar la comprensión del derecho de las mujeres a la igualdad de representación en las instancias decisorias.
Los recursos destinados a estas campañas proceden del presupuesto estatal (Ministerio de Promoción de la Mujer, Integración de la Mujer en el Desarrollo y Economía Informal), así como de los asociados.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 15 de la lista de cuestiones
Nacionalidad
En la República del Congo, las mujeres no pueden transferir actualmente su nacionalidad a su cónyuge extranjero de forma automática e incondicional, como sí pueden hacer los hombres.
Según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la tasa de registro de nacimientos en la República del Congo era del 72 % en 2020. Ello significa que no se registra el nacimiento del 28 % de los niños y niñas, lo que les priva de muchos derechos fundamentales.
Existen considerables diferencias entre las tasas registradas en las zonas urbanas (un 85 %) y rurales (un 59 %). Se calcula que solamente se registra el nacimiento del 30 % de los niños y niñas Indígenas.
El Gobierno congoleño ha realizado diversos esfuerzos por mejorar el registro de nacimientos, entre ellos, el establecimiento de la gratuidad de este proceso y la puesta en marcha de campañas de concienciación para informar a la población de la importancia de registrar los nacimientos, así como la creación de unidades móviles de registro civil en zonas rurales y de difícil acceso.
Se están adoptando medidas específicas para registrar a los niños y niñas Indígenas, en particular mediante la colaboración con las comunidades Indígenas.
A fin de atajar la proliferación de casos de apatridia, en agosto de 2022 se creó por decreto presidencial el Comité Técnico Interinstitucional para la Erradicación de la Apatridia en la República del Congo, cuyo cometido es identificar eficazmente a las personas apátridas, determinar su condición y garantizar su protección. Asimismo, dicho Comité vela por que las personas reconocidas como apátridas gocen de los mismos derechos que la ciudadanía congoleña y de otros países, especialmente en materia de libertad, religión, educación, empleo y vivienda, y centra su labor en la prevención de la apatridia por nacimiento y en la obligación de los Estados de conceder su nacionalidad a la población infantil nacida en su territorio o a la ciudadanía de otros países que, de otro modo, se considerarían apátridas.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 16 de la lista de cuestiones
Educación
El Congo ha elaborado un Programa de Apoyo a la Estrategia del Sector Educativo para el período 2022-2025. El presupuesto asignado a la estrategia es de 900.919.000.200.000 francos CFA para los tres años. La mayoría de las veces, el problema es el desembolso de los fondos.
En el párrafo 90 del octavo informe se hace referencia a la infancia vulnerable, en particular las niñas Indígenas, los niños y niñas con discapacidad y la población infantil huérfana con dificultades para continuar sus estudios más allá de la educación secundaria obligatoria. Ante las dificultades a las que se enfrentan estos grupos, se ha optado por esta solución. Además, puede que las familias de la población infantil Indígena, con discapacidad y huérfana carezcan de los recursos necesarios para sufragar los gastos de escolarización o transporte.
Se están adoptando varias medidas para remediar esta situación, entre ellas, la construcción de centros educativos inclusivos, la formación del profesorado para atender al alumnado con discapacidad y la organización de campañas de concienciación contra la discriminación de la población infantil Indígena y huérfana. También se están concediendo algunas becas a niños y niñas de familias pobres.
Para garantizar que todas las niñas accedan a la educación secundaria, se están aplicando otras medidas, a saber: la eliminación de los gastos de escolarización; la construcción de nuevos centros educativos, especialmente en las zonas rurales; la adjudicación de becas de estudios a niñas de familias pobres; la concienciación de padres y madres para animarlos a escolarizar a sus hijas; la formación del profesorado para atender las necesidades de las niñas; y el mantenimiento de comedores escolares en las zonas rurales.
Sin embargo, aún queda mucho por hacer. Según datos del UNICEF, solamente el 54 % de los centros públicos de educación primaria disponen de letrinas separadas para niños y niñas.
Pese a la prohibición estatal de que el profesorado cobre gastos de escolarización extraoficiales y a la realización de campañas de concienciación dirigidas a padres, madres y responsables de centros educativos, es difícil combatir la aplicación de costos indirectos de escolarización en la medida en que los propios padres, madres, alumnos y alumnas no denuncian esta práctica. El profesorado responsable de dicha práctica la justifica por la carencia en los centros del material necesario para generar múltiples ejemplares de los documentos que deben entregarse al alumnado en forma de fotocopias.
Los programas de alfabetización no se reducen exclusivamente a la alfabetización funcional de las mujeres, que solo se aplica a aquellas que ejercen alguna actividad. También hay programas orientados a dotarlas de competencias básicas de lectura, escritura y aritmética, así como de conocimientos de salud, higiene, nutrición y desarrollo comunitario.
Asimismo, existen programas de recuperación y reinmersión destinados a mujeres y niñas que hayan abandonado la escuela en el Congo (Brazzaville). Tales programas permiten a mujeres y niñas retomar sus estudios y adquirir la cualificación necesaria para abrirse camino en la vida.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 17 de la lista de cuestiones
Empleo
En el Congo se han tomado medidas contra la discriminación de género en el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo, en el que se basa la política nacional de género, está orientado a aumentar la participación de las mujeres en el mercado laboral y contribuir a su empoderamiento económico. El objetivo es promover el principio de igualdad entre hombres y mujeres consagrado en la Constitución y fomentar el acceso de las mujeres a la educación y la formación profesional.
Por otro lado, en tres localidades (Brazzaville, Pointe-Noire y Dolisie) existen Tribunales Laborales con jurisdicción ordinaria en materia social a los que las mujeres que hayan visto perjudicados sus derechos pueden acudir en caso de discriminación. Entre otras competencias, dichos tribunales conocen de controversias individuales o colectivas derivadas de la celebración de contratos laborales e incluso de litigios relacionados con el régimen de seguridad social.
Asimismo, en Brazzaville y Pointe-Noire hay tribunales administrativos con jurisdicción ordinaria en primera instancia sobre cuestiones administrativas. Tales tribunales conocen, entre otros, de todo tipo de litigios relativos a las prestaciones económicas o beneficios reglamentarios concedidos al funcionariado y el personal de contratación pública de las distintas Administraciones, en particular con el fin de rectificar irregularidades de la situación profesional y, llegado el caso, otorgar la correspondiente indemnización por el perjuicio sufrido.
Como se destaca en el informe, los textos jurídicos no contienen disposiciones que discriminen a las mujeres en el acceso al empleo. El problema reside en su aplicación. A este respecto, también se están realizando esfuerzos por concienciar a la sociedad sobre las ventajas de la igualdad de género en el empleo.
Asimismo, se organizan campañas de concienciación para informar a empleadores y empleados sobre los derechos laborales de las mujeres y combatir los estereotipos de género. Se han establecido programas de apoyo al emprendimiento entre las mujeres para ayudarlas a crear y desarrollar sus propias empresas.
En la legislación laboral congoleña no se contemplan disposiciones específicas en relación con la licencia de paternidad. No obstante, hay una excepción: los trabajadores por cuenta ajena tienen derecho a un permiso especial de 2 días laborables por el nacimiento de un hijo. Se trata de un permiso retribuido, pero solo hasta un máximo de 15 días laborables al año.
El acceso a servicios de cuidado infantil sigue siendo escaso, sobre todo en el caso de los niños pequeños. Según datos del UNICEF, en 2018 solamente el 17 % de los niños menores de 3 años acudía a una guardería o un centro de educación preescolar. La gran mayoría de estos servicios son privados y se concentran en las grandes ciudades.
La carencia de servicios de cuidado infantil señalada puede perjudicar a las mujeres, sobre todo a las madres solteras o trabajadoras, ya que puede reducir sus oportunidades de empleo y educación.
Si bien es cierto que la legislación congoleña establece el principio de igualdad de todos los trabajadores ante la ley, independientemente de su género, tampoco lo es menos que las mujeres que trabajan en los sectores informal, doméstico y agrícola, en los que se concentra gran parte de la mano de obra femenina, no disfrutan de las mismas ventajas que aquellas que ejercen su actividad en el sector formal.
Para remediar esta situación, el Gobierno está tomando medidas que garanticen el acceso a la cobertura de la seguridad social mediante las siguientes iniciativas: i) la creación de un sistema de protección social no contributivo destinado a proporcionar cobertura sanitaria básica y de maternidad a las personas más pobres, en particular las mujeres que trabajan en los sectores informal, doméstico y agrícola; ii) la Caja del Seguro de Enfermedad (CAMU, por sus siglas en francés), que actualmente está llevando a cabo una campaña de inscripción de los trabajadores del sector informal que desarrollan su actividad en el sector de la restauración callejera de todos los distritos de Brazzaville. Dicha campaña continuará dentro del país y abarcará otras categorías de trabajadores del sector informal.
En el Congo, el trabajo infantil está prohibido por la legislación nacional, que establece la edad mínima para trabajar en 16 años. Existen importantes leyes y políticas para proteger a la población infantil frente a la explotación. A pesar de ello, el trabajo infantil en el sector informal sigue constituyendo un problema que fuerza al Estado a aprobar disposiciones legales al respecto.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 18 de la lista de cuestiones
Salud
El tema de la despenalización y legalización del aborto en el Congo es complejo y plantea importantes cuestiones éticas, religiosas y sociales. El debate sigue abierto y es difícil saber si se despenalizará o legalizará el aborto en el país y cuándo. Sin embargo, pese a la prohibición de abortar, las niñas y las mujeres tienen pleno acceso a la atención médica posterior al aborto.
Con el fin de prevenir los embarazos precoces en el Congo, se están llevando a cabo campañas de concienciación en centros educativos y comunitarios para informar a la población sobre sus consecuencias y promover un comportamiento sexual responsable. Con ayuda de diversos asociados, se están difundiendo programas en cadenas de televisión y radio, así como en redes sociales. El Estado promueve el uso de anticonceptivos modernos y los proporciona gratuitamente en los centros sanitarios integrados.
Se están realizando esfuerzos por integrar la educación sexual y sobre reproducción en los programas escolares para concienciar a la población adolescente de los riesgos del embarazo precoz y facilitarle la información necesaria para tomar decisiones fundamentadas sobre su salud sexual y reproductiva. Además, se imparte formación a los proveedores de atención sanitaria para mejorar sus competencias de asesoramiento y prescripción de anticonceptivos modernos.
La infección por el VIH sigue siendo motivo de preocupación en el Congo, ya que se estima que la prevalencia en la población general adulta (de 15 a 49 años) ascendía en 2022 al 4,1 %, lo que constituye la segunda cifra más alta registrada en la región de África Occidental y Central (detrás del 6,7 % correspondiente a Guinea Ecuatorial).
El número de personas con VIH aumentó de 110.000 pacientes en 2017 a 140.000 a finales de 2022 (entre los que figuraban 91.000 mujeres adultas y 12.000 niños y niñas), registrándose asimismo 16.000 nuevas infecciones (de las cuales 9.200 correspondían a mujeres adultas y 2.500, a población infantil) y 7.700 muertes (entre ellas, 3.800 de mujeres adultas y 1.800 de niños y niñas). Las nuevas infecciones registradas entre la población joven (de 15 a 24 años) suponían más de una cuarta parte (es decir, 4.960 casos) del total de nuevas infecciones, siendo cuatro veces más frecuentes entre las jóvenes.
Si atendemos a la evolución de la prevalencia, el número de personas con VIH no deja de aumentar tanto entre los hombres como entre las mujeres. Sea cual sea el año considerado, el número de mujeres con VIH sigue duplicando el de los hombres.
La situación de las mujeres embarazadas en cuanto al VIH es preocupante: solo el17 % de ellas se somete a pruebas de cribado durante la atención prenatal, pese a queel 93 % acude al menos a una consulta de este tipo de atención. Además, el 98 % de los lactantes expuestos al VIH no son beneficiarios de un diagnóstico precoz y el 94 % no recibe tratamiento antirretrovírico como profilaxis. Los datos de tratamiento mostraron que el número de madres con VIH beneficiarias de prevención de la transmisión maternoinfantil ascendía a 1.526 de las 7.800 que lo necesitaban, es decir, un 19,6 %. Además, el análisis de la serie de indicadores referentes a las metas 95-95-95 señala que el 24 % de las personas con VIH conocía su estado serológico al respecto (es decir, 35.062 personas), que el 97 % de ellas recibía tratamiento antirretrovírico y que el 77 % de quienes se hallaban en tratamiento habían experimentado supresión vírica. Tales cifras demuestran que el cribado constituye un verdadero problema.
A pesar de las deficiencias detectadas, se han realizado numerosos avances, a saber: la disminución de la prevalencia del VIH entre las mujeres embarazadas del 3,6 % en 2012 al 1,5 % en 2023, según los resultados de las encuestas serológicas de vigilancia centinela entre las mujeres embarazadas; el aumento de la cobertura del tratamiento antirretrovírico entre las mujeres embarazadas del 10 % en 2019 al 43 % en 2023; y la administración de dicho tratamiento a 38.000 personas en 2023, frente a las 26.000 que lo recibieron en 2019.
Como parte de las medidas contra el VIH, la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Lucha contra el VIH/Sida, las ITS y las Epidemias acaba de elaborar y validar el nuevo Marco Estratégico Nacional de Respuesta para el período 2023-2027. El objetivo es acelerar la respuesta nacional y aumentar la eficacia y la eficiencia de los programas con miras a acabar con la epidemia de VIH como amenaza para la salud pública de aquí a finales de 2030.
Entre las medidas preventivas puestas en marcha por el Gobierno figuran las siguientes: la realización de campañas de concienciación para informar a la población de las vías de transmisión del VIH, los medios de prevención y la importancia de las pruebas de cribado; el reparto gratuito de preservativos masculinos y femeninos en los centros de salud y otros puntos de distribución; la administración de la profilaxis preexposición (PPrE), tratamiento farmacológico capaz de reducir el riesgo de infección por el VIH y disponible en determinados centros sanitarios; y la prevención de la transmisión maternoinfantil (PTMI) durante el embarazo, el parto y la lactancia.
En 2023 se creó la Caja del Seguro de Enfermedad (CAMU, por sus siglas en francés) mediante la Ley núm. 19-2023 de 27 de mayo de 2023, con el objetivo de proporcionar una cobertura sanitaria universal a toda la población congoleña, garantizando el acceso a una asistencia sanitaria de calidad al menor costo posible. La CAMU está todavía en fase de implantación gradual y registro de beneficiarios, sin que se disponga aún de datos oficiales sobre el número total de estos ni su distribución por sexo.
La afiliación a la CAMU es obligatoria para toda la ciudadanía congoleña residente en el país. Se ha establecido una cotización de 1.000 francos CFA al mes que se deducen directamente del salario de los trabajadores del sector formal. En el caso de las personas no asalariadas, la cotización puede abonarse a través de los terminales de pago electrónico o en las delegaciones de la CAMU.
El conjunto de servicios de atención sanitaria sufragados por la CAMU está establecido por orden ministerial y abarca, entre otros, las consultas de medicina general y especializada, las pruebas de laboratorio y diagnóstico médico por imagen, la administración de medicamentos esenciales, las hospitalizaciones, y la atención de la salud materna e infantil.
En la ley por la que se crea la CAMU no se menciona específicamente la cobertura de los servicios de salud sexual y reproductiva. Sin embargo, el conjunto de servicios de atención sanitaria establecido por orden ministerial abarca lo siguiente: las consultas de atención prenatal y posnatal, la planificación familiar, la atención durante el embarazo y el parto, y la prevención y el control de las infecciones de transmisión sexual.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 19 de la lista de cuestiones
Empoderamiento económico
En el marco del proyecto Lisungi de “redes de protección socialˮ, el Gobierno ha creado un registro nacional de hogares para identificar a los grupos vulnerables, entre ellos, las mujeres. Se organizan campañas de concienciación para informar a las mujeres de sus derechos y de los programas de asistencia social a su disposición. El Gobierno colabora con organizaciones de la sociedad civil para detectar y atender a las mujeres en situación de vulnerabilidad.
Sin embargo, muchas mujeres rurales y pobres desconocen los programas de asistencia social existentes o pueden tener dificultades para acceder a los servicios administrativos necesarios para inscribirse en ellos. El escaso acceso a las tecnologías de la información y la comunicación (telefonía móvil) también constituye un obstáculo.
Se están llevando a cabo campañas para concienciar a las instituciones financieras de la necesidad de luchar contra la discriminación de la mujer en el acceso al crédito. Asimismo, se han creado programas de apoyo para ayudar a las emprendedoras a acceder a financiación y desarrollar sus empresas.
El Gobierno fomenta el desarrollo de la microfinanciación para ofrecer a las mujeres rurales servicios financieros adaptados a sus necesidades. Se están poniendo en marcha programas de inclusión financiera para concienciar a tales mujeres de la importancia de los servicios financieros y animarlas a utilizarlos.
La participación de las mujeres en el sector energético y petrolero del Congo sigue siendo escasa, sin que tampoco se disponga de datos específicos al respecto.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 20 a) de la lista de cuestiones
Mujeres rurales
La legislación congoleña garantiza el acceso al apoyo y la asistencia de carácter jurídico a todas las mujeres, incluidas las Indígenas. Solo la discriminación de facto impide a estas últimas ejercer sus derechos sobre la tierra, lo que suele deberse al escaso acceso a información. De ahí que las autoridades públicas y las ONG hayan intensificado sus campañas de concienciación.
En la República del Congo se ha adoptado una serie de medidas para promover los derechos de las mujeres rurales e Indígenas, lo que incluye la aprobación de leyes y políticas específicas. Sin embargo, siguen existiendo importantes problemas, como el escaso acceso a la tierra y los recursos naturales, la poca participación en la toma de decisiones, la persistencia de violencia y las múltiples formas de discriminación.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 20 b) de la lista de cuestiones
Las mujeres Indígenas poseen valiosos conocimientos ancestrales sobre agricultura tradicional, los cuales abarcan prácticas de cultivo sostenibles y técnicas de gestión del suelo que reducen al mínimo el uso de plaguicidas.
Medidas adoptadas
El Gobierno congoleño y varias organizaciones no gubernamentales (ONG) e instituciones de investigación han emprendido iniciativas para promover los conocimientos de las mujeres Indígenas en el ámbito de la agricultura y disminuir el uso de plaguicidas: existen programas de investigación y documentación orientados a localizar, documentar y promover las prácticas agrícolas tradicionales de las mujeres Indígenas; asimismo, se llevan a cabo cursos de formación y campañas de concienciación para difundir los conocimientos y las técnicas agrícolas tradicionales entre los agricultores y agricultoras, prestando especial atención a las mujeres Indígenas. También se están realizando esfuerzos por integrar los conocimientos y prácticas agrícolas tradicionales en las políticas y programas agrícolas nacionales y locales; se fomenta el desarrollo de la agricultura orgánica y agroecológica, basada en los conocimientos y prácticas tradicionales de las mujeres Indígenas; y se apoyan iniciativas locales, a menudo emprendidas por mujeres Indígenas, para promover prácticas agrícolas sostenibles y reducir la utilización de plaguicidas.
Algunos ejemplos concretos de lo expuesto anteriormente son los siguientes:
•El Proyecto PROSEPA: en el marco de este proyecto orientado a promover la ecoagricultura y la seguridad alimentaria en el Congo (Brazzaville), se han llevado a cabo actividades de formación y concienciación de las mujeres Indígenas sobre técnicas de agricultura orgánica y gestión del suelo sin plaguicidas.
•El Programa Conjunto de la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) y la Unión Europea (UE) para promover la agricultura familiar en África Central: este programa apoya iniciativas locales de promoción de la agricultura familiar sostenible e inclusiva, integrando los conocimientos y las prácticas de las mujeres Indígenas.
•La investigación sobre plaguicidas naturales: se están realizando estudios sobre plaguicidas de este tipo derivados de plantas locales, que constituyen una alternativa a los plaguicidas químicos sintéticos.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 20 c) de la lista de cuestiones
En el ámbito sanitario, el Gobierno ha construido y renovado centros de salud en zonas rurales e Indígenas de los departamentos de Likouala y Pool, procurando dotarlos del personal y los equipos adecuados; también se están reforzando los programas de salud materna e infantil para mejorar la salud de las mujeres, los niños y las niñas de las zonas rurales e Indígenas; asimismo, se siguen organizando campañas de concienciación sobre salud para informar a las mujeres rurales e Indígenas acerca de cuestiones de salud sexual y reproductiva, nutrición e higiene.
En materia de educación, la información facilitada en el párrafo 16 resulta aplicable a las mujeres rurales e Indígenas.
El Gobierno ha emprendido obras de mejora de la infraestructura viaria (caminos rurales) en todos los departamentos para facilitar el acceso al transporte público. También se están creando servicios de transporte fluvial para que las comunidades rurales e Indígenas estén comunicadas con los centros urbanos. Dicho Gobierno ha apoyado asimismo la agricultura familiar en las zonas rurales e Indígenas de los departamentos de Likouala y Pool para aumentar la seguridad alimentaria de las familias.
Se han organizado iniciativas de distribución de alimentos a grupos de población vulnerable, entre ellos, mujeres rurales e Indígenas.
Por otro lado, se han llevado a cabo campañas de concienciación nutricional para promover hábitos alimentarios saludables. En materia de acceso a agua y saneamiento y construcción de puntos de suministro de agua potable, el Gobierno ha habilitado puntos de este tipo en zonas rurales e Indígenas de los departamentos de Likouala y Pool; también ha construido letrinas en zonas rurales e Indígenas de dichos departamentos para mejorar el acceso a infraestructura de saneamiento; y ha realizado campañas de concienciación sobre higiene para promover prácticas de higiene adecuadas.
En cuanto a actividades generadoras de ingresos, cabe señalar las siguientes iniciativas: el apoyo a microempresas dirigidas por mujeres rurales e Indígenas en los departamentos de Likouala y Pool; la formación de mujeres rurales e Indígenas en materia de emprendimiento para ayudarlas a desarrollar actividades propias generadoras de ingresos; y el fomento del acceso al crédito por parte de tales mujeres.
Con respecto a la protección social, cabe destacar lo siguiente: la puesta en marcha de programas de protección social por parte del Gobierno en apoyo de grupos de población vulnerable, especialmente de mujeres rurales e Indígenas; la concesión de transferencias en efectivo a mujeres rurales e Indígenas para ayudarlas a hacer frente a la pobreza; la adopción de medidas para facilitar el acceso de tales mujeres a regímenes de seguro social; y la organización de campañas de concienciación sobre protección social para informar a las mujeres rurales e Indígenas de sus derechos y de los servicios a su disposición.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 20 d) de la lista de cuestiones
En la República del Congo se reconoce la importancia de hacer partícipes a las mujeres de la gestión del riesgo de desastres. Por ejemplo, en la Estrategia Nacional de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres 2018-2022 se destaca la necesidad de promover la participación de las mujeres en todos los niveles decisorios y ejecutivos de las medidas de prevención, preparación y respuesta.
Existen varias iniciativas y ejemplos concretos que ilustran la participación creciente de las mujeres en la preparación y respuesta ante desastres en la República del Congo: las mujeres tienen cada vez más representación en los comités de gestión de desastres en diversos planos, desde el local al nacional; se llevan a cabo programas de concienciación y formación orientados a mujeres con el fin de aumentar sus conocimientos y competencias en gestión del riesgo de desastres; las mujeres están emergiendo como líderes de la gestión de desastres, dirigiendo iniciativas comunitarias y ocupando puestos de responsabilidad dentro de las estructuras gubernamentales y no gubernamentales; y se están realizando esfuerzos por aplicar enfoques inclusivos que tengan en cuenta las necesidades y factores de vulnerabilidad específicos de las mujeres en la preparación y respuesta ante los desastres.
No obstante, la falta de estadísticas y datos desglosados por sexo sobre las consecuencias de los desastres y la participación de las mujeres sigue dificultando la elaboración de políticas y programas de orientación específica.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 21 de la lista de cuestiones
Cambio climático
El Gobierno de la República del Congo ha adoptado diversas medidas contra el cambio climático, como una estrategia nacional para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, preservar los bosques mediante la creación de zonas protegidas e invertir en modalidades de energía renovable como las energías hidroeléctrica, solar y eólica.
Asimismo, se ha creado un servicio de información climática para ayudar a las comunidades a adaptarse al cambio climático mediante la aportación de datos meteorológicos precisos.
La República del Congo ha revisado su contribución determinada a nivel nacional (CDN), aumentando los recursos destinados a reducción de emisiones y adaptación al cambio climático. Dicha revisión tiene en cuenta cuestiones relativas a los derechos humanos, la salud, los derechos de los Pueblos Indígenas, la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
No obstante, la integración de la perspectiva de género en las políticas nacionales sigue centrándose principalmente en incrementar la eficacia de los procesos y los resultados, más que en el cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos. En la Estrategia Nacional de Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres 2018-2022 se ha incorporado un enfoque que responde a las cuestiones de género y reconoce la importancia de la participación de las mujeres en la gestión del riesgo de desastres.
Con respecto a la aplicación de medidas concretas, se han puesto en marcha programas de apoyo para animar a las mujeres a desarrollar actividades económicas sostenibles y resilientes frente al cambio climático; también se está impartiendo formación y se están implantando las tecnologías adecuadas para ayudar a las agricultoras a adaptarse al cambio climático y aumentar su productividad.
Además, se están realizando esfuerzos por garantizar el respeto de los derechos de las mujeres sobre la tierra y la participación de estas en la gestión forestal sostenible.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 22 de la lista de cuestiones
Grupos desfavorecidos de mujeres
En el artículo 18 de la Ley MOUEBARA se garantiza la protección de los derechos de las viudas al considerarse violencia vinculada a la viudedad y el derecho de sucesión cualquier desalojo ilegal de la viuda del domicilio conyugal o cualquier acto destinado a excluirla de la lista de herederos legales. En el artículo 19 se prohíbe el levirato forzado, el sororato forzado y cualquier otra práctica degradante destinada a humillar a la viuda. Los autores de actos de violencia vinculada a la viudedad y el derecho de sucesión se enfrentan a penas de 2 a 5 años de prisión y multas de 500.000 a 5.000.000 de francos CFA (artículo 60, párrafo 1). En la Ley MOUEBARA no se contempla ninguna disposición específicamente aplicable a las viudas cuyos maridos hayan fallecido a raíz de enfermedades relacionadas con el VIH/sida. Sin embargo, la legislación relativa a la lucha contra el VIH y el sida y la protección de las personas con VIH (Ley 30-2011 de 3 de junio de 2011) prohíbe cualquier estigmatización o discriminación de este tipo de personas (artículos 27, 28 y 29).
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 22 a) de la lista de cuestiones
La Ley de Asilo se promulgó el 21 de septiembre de 2021 (Ley núm. 41-2021 por la que se establece el derecho de asilo y la condición de refugiado). En su artículo 23 se contempla el derecho de los refugiados residentes en territorio nacional a empleo, seguridad social, vivienda, salud y educación. En su artículo 28, se señala que las autoridades competentes adoptarán las medidas adecuadas en beneficio de las mujeres refugiadas para atender sus necesidades específicas de protección frente a la violencia, las amenazas a su integridad física y la explotación sexual.
En colaboración con los organismos de las Naciones Unidas y las ONG, el Gobierno ofrece centros de acogida y soluciones de alojamiento temporal a la población refugiada y solicitante de asilo.
Las personas refugiadas y solicitantes de asilo tienen acceso a servicios gratuitos de atención primaria y de urgencia en los centros de salud públicos. El acceso a la atención sanitaria secundaria y especializada puede ser más difícil, si bien se están haciendo esfuerzos por mejorar la situación.
La población infantil refugiada y solicitante de asilo tiene derecho a acceder a la educación primaria gratuita en los centros educativos públicos. Sin embargo, sigue habiendo dificultades en el acceso a la educación secundaria y superior.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 22 b) de la lista de cuestiones
La Constitución de la República del Congo garantiza la igualdad y la no discriminación de toda la ciudadanía, incluidas las personas con discapacidad.
El plan nacional en favor de las personas con discapacidad aprobado en 2009 establece las directrices de apoyo a este grupo de población, que se basan en los cuatro principios de igualdad de oportunidades, plena participación de las personas con discapacidad (en la educación, en la vida social, en el empleo, en la toma de decisiones), rehabilitación preferentemente en el entorno comunitario (con miras a una integración social satisfactoria) y movilización de la comunidad. Actualmente se está elaborando una estrategia en favor de las personas con discapacidad que ayudará a descubrir nuevas vías de reflexión y actuación. Entre las prioridades contempladas, cabe señalar: la profesionalización del personal que ejerce su labor en centros especializados; la escolarización de la población infantil con discapacidad en un entorno ordinario; el fomento del acceso a la protección y los servicios públicos, la salud, el deporte y el ocio, la información, la cultura y la comunicación; y el fomento de la formación profesional y el empleo.
Respuesta a la pregunta planteada en el párrafo 23 de la lista de cuestiones
Matrimonio y relaciones familiares
Las recomendaciones expuestas con anterioridad se han transmitido al Ministerio de Justicia, responsable de la revisión de las leyes, y sin duda se han tenido en cuenta en los documentos revisados, que aún están pendientes de validación.
La Ley de Protección de la Infancia de la República del Congo protege a la población infantil del matrimonio forzado y la trata de niños. Se han establecido mecanismos eficaces para prevenir y combatir el matrimonio infantil, incluidas campañas de concienciación y sanciones contra los autores de tales prácticas.
Debido a la cultura del país, la elección del régimen patrimonial del matrimonio se deja en manos de los esposos.
El matrimonio forzado no se considera actualmente un delito diferenciado con respecto a la trata de personas, lo que puede limitar el alcance de los esfuerzos por combatir esta práctica nociva y proteger a las víctimas.