Naciones Unidas

E/C.12/MRT/RQ/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

15 de diciembre de 2023

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

75º período de sesiones

12 de febrero a 1 de marzo de 2024

Tema 6 a) del programa provisional

Examen de los informes: I nformes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Respuestas de Mauritania a la lista de cuestiones relativa a su segundo informe periódico *

[Fecha de recepción: 8 de diciembre de 2023]

1.El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó el segundo informe de Mauritania relativo a las medidas adoptadas para hacer efectivas las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a los avances realizados en el ejercicio de esos derechos. Posteriormente, el Comité presentó una lista de cuestiones en relación con dicho informe (E/C.12/MRT/Q/2), en la que solicitó información adicional antes de que tuviera lugar el examen del informe. En el presente documento figura información sobre las cuestiones planteadas en esa lista.

I.Información general

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (E/C.12/MRT/Q/2)

2.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Código de Procedimiento Civil, Comercial y Administrativo, los tribunales son competentes para interpretar, en los procedimientos de los que conozcan, todos los actos de las autoridades administrativas. Además, en el artículo 19 del Código se establece que los tribunales competentes conocen de todos los asuntos civiles, mercantiles y administrativos y se pronuncian sobre ellos de conformidad con las normas sustantivas que les son aplicables. De conformidad con el artículo 28 del Código, todos los contenciosos administrativos que no sean competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo entran en la jurisdicción de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de los tribunales provinciales (art. 25 del Código de Procedimiento Civil, Comercial y Administrativo).

3.En la esfera social, y de conformidad con las disposiciones del Código del Trabajo, el Ministro de Trabajo tiene la potestad de decidir que un conflicto colectivo sea sometido a arbitraje cuando así lo crea conveniente teniendo en cuenta, en particular, las circunstancias y repercusiones del conflicto. Dicho procedimiento es competencia del Consejo de Arbitraje, un órgano del Tribunal de Trabajo establecido en el artículo 351 del Código del Trabajo.

4.Con el fin de reforzar la protección de los derechos humanos, mediante la Ley núm. 2020-032 se ha abolido completamente el apremio corporal en el derecho civil. En materia penal, dicha pena se ha limitado estrictamente a las multas y sanciones pecuniarias en beneficio del Estado (Ley núm. 2020-033).

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

5.La libertad de asociación y de expresión están garantizadas por la Constitución y por la ley y cuentan con el pleno respeto del Gobierno. Los defensores de los derechos humanos gozan de la protección de la ley y ejercen libremente sus actividades sin ningún tipo de impedimento ni intimidación.

6.La Ley núm. 004/2021 de Asociaciones, Fundaciones y Redes establece un régimen declarativo para la creación de asociaciones y organizaciones no gubernamentales que permite a todas las personas, incluidos los defensores de los derechos humanos, constituirse en asociaciones mediante procedimientos y trámites relativamente sencillos.

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

Medidas de mitigación del cambio climático: resultados globales de la evaluación de la mitigación

7.La evaluación de la mitigación analiza 19 medidas con un potencial total de reducción acumulada de las emisiones de gases de efecto invernadero de aproximadamente 40.327,813 Gg de CO2 eq hasta 2030, lo que supone una reducción del ritmo de evolución de las emisiones de alrededor del 40,62 % en los siguientes sectores:

El sector energético (diez proyectos con un potencial global de mitigación de 9.640,124 Gg de CO2 eq, lo que equivale al 23,9 % del potencial nacional).

El sector agroforestal (siete proyectos con un potencial acumulado de 30.270,996 Gg de CO2 eq, lo que equivale al 75,06 % del potencial nacional de mitigación para el período 2010-2030).

El sector industrial (dos proyectos con un potencial acumulado de 30,5 Gg de CO2 eq, lo que equivale al 0,08 % del potencial nacional de mitigación).

El sector de los residuos (sigue siendo un sector de bajas emisiones por efecto de la fosilización de los residuos sólidos por su bajo contenido en humedad y la falta de tratamiento de las aguas residuales).

8.Se han adoptado otras medidas para aplicar la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), entre las que figuran.

Integración del cambio climático en las políticas públicas

9.Hasta el momento, el cambio climático se ha integrado en los siguientes documentos esenciales de concepto y planificación:

La Estrategia de Crecimiento Acelerado y Prosperidad Compartida.

El Plan de Acción Nacional por el Medio Ambiente.

Las siguientes estrategias sectoriales:

Plan de Acción Nacional para la Lucha contra la Desertificación del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria de Mauritania.

Programa Nacional de Inversión Agrícola y Seguridad Alimentaria de Mauritania.

Necesidades de transferencia de tecnología

10.Entre las tecnologías adoptadas en Mauritania para hacer frente a los efectos del cambio climático figuran las siguientes:

Introducción y promoción de especies y variedades adaptadas, de crecimiento rápido o resilientes.

Intensificación y diversificación de los cultivos de regadío.

Lucha integrada contra las plagas.

Técnicas optimizadas de gestión de los sistemas de irrigación.

Construcción de micropresas hidráulicas y acondicionamiento de tierras bajas.

Técnicas de ordenación sostenible de las tierras.

Gestión integrada de la fertilidad del suelo.

Técnicas de conservación de las aguas y los suelos y de defensa y restauración de las tierras.

Agrosilvicultura.

Generador de ácido sulfúrico: nueva tecnología de rehabilitación de suelos salino‑sódicos.

Ordenamiento de los campos en función de las curvas de nivel.

Bancos de cereales.

Provocación de lluvias.

Siembra de pastos naturales.

Desarrollo de cultivos forrajeros.

Tratamiento de forrajes gruesos y producción de bloques multinutricionales.

Técnicas de ensilado.

Control de pastos.

Técnicas de inseminación artificial.

Promoción de la avicultura familiar.

Generación de energía eléctrica a partir de recursos naturales renovables.

Generación de electricidad a partir de combustibles fósiles menos contaminantes y de mayor eficiencia energética.

Generación de energía a partir de gas natural.

Tecnologías de ciclo combinado.

Eficiencia energética.

Gestión forestal para la conservación del carbono.

Gestión forestal para la fijación y el secuestro de carbono.

Gestión para la sustitución del carbono.

Siembra aérea.

Observaciones sistemáticas e investigación

11.Observaciones sistemáticas:

Observación meteorológica: la red nacional de observación terrestre presenta 3 ramas principales, a saber, la red sinóptica (compuesta por 10 estaciones automáticas y 4 estaciones convencionales), la red de estaciones marítimas (actualmente están operativas 3 estaciones meteorológicas marítimas automáticas en la costa atlántica de Mauritania, 1 de ellas equipada con un radar, y hay un proyecto en curso para la instalación de 3 estaciones más), y la red pluviométrica (aproximadamente 150 pluviómetros SPIA están operativos y 400 pluviómetros agrícolas se encuentran en fase de prueba).

Observaciones espaciales: los datos satelitales relacionados con la observación meteorológica se reciben en dos estaciones terrestres.

Observación de los recursos hídricos

12.Varias estructuras se dividen la tarea de gestionar este recurso:

El seguimiento de los recursos hídricos superficiales es competencia de la Dirección de Gestión Rural del Ministerio de Agricultura.

Las observaciones terrestres son responsabilidad de la Dirección de Gestión Rural.

Las observaciones espaciales cuentan con el apoyo de la Unión Africana y la Unión Europea (EUMETSAT) y con la asistencia técnica del Comité Interestatal Permanente de Lucha contra la Sequía en el Sahel (AGRHYMET); en 2011 se instaló una estación terrestre de recepción de datos por satélite (AMESD) para reforzar la capacidad de la Dirección de Gestión Rural en relación con el seguimiento sistemático de los recursos.

Recursos hidrogeológicos: la observación y el seguimiento de los recursos hidrogeológicos se realizan de forma puntual con fines de exploración y explotación de los principales acuíferos subterráneos, a saber, Bénichab, Boulenouar y el acuífero de Dhar. Los principales actores en esta esfera son el Centro Nacional de los Recursos Hídricos y la Sociedad Nacional del Agua, bajo la supervisión del Ministerio de Recursos Hídricos y Saneamiento.

Investigaciones científicas

13.La investigación científica se encuentra en fase embrionaria. Los principales centros son la Oficina Nacional de Meteorología, el Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública, la Universidad de Nuakchot, la Escuela Normal Superior y el Instituto de Investigaciones Oceanográficas y Pesqueras de Mauritania. Las actividades son realizadas principalmente por las siguientes tres organizaciones en el marco de proyectos y programas de desarrollo:

La Oficina Nacional de Meteorología.

El Instituto Nacional de Investigación en Salud Pública, que lleva a cabo una iniciativa sobre la vulnerabilidad sanitaria y medioambiental de los barrios desfavorecidos de Nuakchot con el fin de analizar las condiciones de aparición y desarrollo de enfermedades en los medios urbanos del Sahel (puesta en marcha juntamente con el National Centre of Competence in Research North-South contando con el apoyo financiero del Fondo Nacional Suizo y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación).

El Instituto de Investigaciones Oceanográficas y Pesqueras de Mauritania, que lleva a cabo diversos programas de investigación sobre clima y recursos.

Educación, formación y sensibilización del público

14.La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ha realizado esfuerzos considerables en el ámbito de la formación, especialmente en los ámbitos del Instituto de Estrategias Ambientales Mundiales, la mitigación, la vulnerabilidad y la adaptación, pero también en relación con la educación y la sensibilización sobre el cambio climático. En total se han impartido 46 actividades distintas de formación destinadas a expertos, docentes de educación secundaria y encargados de la toma de decisiones.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

A.Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales (art. 1, párr. 2)

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

15.El título V de la Ley núm. 2000-045, relativa a la Ley Marco sobre el Medio Ambiente, establece:

Artículo 93: Se impondrá una multa de entre 3.000 y 200.000 uguiyas a la persona que 1) posea o abandone residuos infringiendo las disposiciones de los artículos 62 y 63, o 2) lleve a cabo vertidos en incumplimiento de las disposiciones de los artículos 46 y 50 supra.

Artículo 94: Se impondrá una multa de entre 5.000 y 500.000 uguiyas a la persona que: 1) no gestione los residuos que produzca o posea cumpliendo las especificaciones establecidas en el artículo 68; 2) lleve a cabo vertidos prohibidos o sin la correspondiente autorización, en el caso de los residuos sujetos a autorización en virtud del artículo 39 supra, o incumpla las condiciones de la autorización de la que es titular; 3) capte agua, disponga estructuras, aparatos o instalaciones en el dominio público para captar agua o cave un pozo con intención de captar agua sin la correspondiente autorización; 4) abra, establezca o amplíe una instalación incluida en la nomenclatura que figura en el artículo 53 supra, o bien aumente su capacidad de producción o modifique sustancialmente sus características técnicas, o inicie obras a tal fin sin la autorización necesaria, o incumpla la normativa aplicable a su instalación o los requisitos de la autorización de la que la persona es titular; 5) introduzca o intente introducir en Mauritania una de las especies animales o vegetales especificadas en el artículo 28.

Artículo 95: Se impondrá una multa de entre 10.000 y 1.000.000 de uguiyas a la persona que 1) transmita la información o los datos estadísticos a que le obliga la ley de forma deliberadamente errónea o manifiestamente incompleta, o 2) obstruya o intente obstruir las inspecciones llevadas a cabo en cumplimiento de las disposiciones de la presente ley y de los reglamentos aprobados para su aplicación.

Artículo 96: Se impondrá una pena de reclusión perpetua a la persona que importe, adquiera, venda, transporte, posea o almacene residuos tóxicos o productos radiactivos peligrosos para el medio ambiente procedentes del extranjero.

Artículo 98: Las infracciones de las disposiciones de la presente ley relativas a las especies animales y vegetales protegidas serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos vigentes en materia de caza y pesca y en materia forestal. Si dichas leyes y reglamentos no prevén sanción para la especie en cuestión, se impondrá al infractor una multa de entre 5.000 y 100.000 uguiyas.

Artículo 99: A excepción de los casos previstos en los artículos 96 y 97, cuando las infracciones a que se refieren los artículos 93 y 98 de la presente ley hayan producido daños graves y manifiestos a un medio natural, la flora, las necesidades, un espacio ambiental protegido o la salud humana, se impondrá el doble de la pena. Lo mismo se aplicará cuando el infractor o su cómplice sean miembros de un cuerpo de funcionarios o empleados públicos con alguna responsabilidad en la protección de los intereses a que se refiere el artículo 1 de la presente ley.

16.Además, en el título XI de la Ley núm. 2008-011, relativa al Código de Minería, se establece:

Artículo 130: Las siguientes infracciones se castigan con una pena de uno a tres meses de prisión y una multa diaria de entre 500.000 y 1.000.000 de uguiyas, o con una u otra de las penas anteriores:

Realizar actividades de investigación o explotación de sustancias minerales (minas o canteras) sin poseer la correspondiente licencia de explotación de minas o canteras.

No declarar, al vencer el plazo de validez de la licencia de minas, el cese definitivo de todos los trabajos.

Contravenir las disposiciones de los artículos 62, 81 y 100 de la presente ley.

Artículo 131: Se impondrá una pena de prisión de seis meses a un año y una multa diaria no inferior a 5.000.000 de uguiyas, o una de estas dos penas, a toda persona que contravenga las normas relativas a la salud y seguridad públicas y a la preservación del medio ambiente, y en particular:

Realice dichos trabajos sin cumplir lo dispuesto en el artículo 63, párrafo l, de la presente ley.

Se oponga a la aplicación de las medidas dispuestas en los artículos 63, párrafo 2, 73 y 74 de la presente ley.

Artículo 132: Toda persona que infrinja cualquiera de las disposiciones de la presente ley, a excepción de las que figuran en los artículos 130 y 131 supra, y en particular las previstas en el artículo 56, será sancionada con una multa diaria de entre 1.000.000 y 3.000.000 de uguiyas.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

17.En el marco de sus programas de protección del medio ambiente, el país ha adoptado un enfoque participativo que ha permitido una gestión, una protección y una preservación eficaces del medio ambiente. Los resultados obtenidos han contribuido significativamente a lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Los elementos principales de dicho enfoque son:

La movilización e implicación de las comunidades en la gestión y la protección de los recursos naturales.

El dinamismo de las organizaciones de la sociedad civil y su compromiso con el desarrollo sostenible.

La existencia de un capital técnico y humano en el seno de las comunidades y las organizaciones de la sociedad civil para la gestión y la protección del medio ambiente.

El desarrollo positivo y la emergencia de conductas colectivas responsables en relación con el medio ambiente.

B.Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

Prevalencia de la pobreza = 28,2 % – Índice de gasto D10/D1 = 7,704

En miles de millones de uguiyas

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023 (hasta octubre)

Total de ingresos y subvenciones (incluidos los ingresos del petróleo)

42,3

42,8

45,6

46,8

49,3

53,7

57,6

63,8

76,4

87,7

64,6

Ingresos fiscales (excluidos los procedentes del petróleo)

26,9

28,5

26,7

28,8

32,3

36,2

37,3

36,8

44,2

47,5

40,0

Porcentaje de los ingresos fiscales (excluidos los procedentes del petróleo)

64 %

67 %

59 %

62 %

65 %

67 %

65 %

58 %

58 %

54 %

62 %

Fuente: ANSADE, 2023.

Crecimiento real del empleo de 2013 a 2022 E n porcentaje

Concepto

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

Importación

-4,7

-15,0

-7,1

-2,9

14,7

37,2

6,7

0,4

-3,3

15,8

PIB

4,15

4,27

5,38

1,26

6,27

4,77

3,14

-0,36

0,7

6,4

Consumo final

1,9

3,3

4,6

4,0

3,3

4,1

4,0

-0,1

7,7

7,1

Consumo final hogar

2,0

3,0

4,3

4,3

2,8

3,7

2,6

0,9

3,4

2,7

Consumo final hogar, no de mercado

-1,5

2,2

4,1

2,7

1,7

6,3

0,3

7,0

-2,1

2,7

Consumo final hogar, mercado

2,6

3,1

4,3

4,6

3,0

3,3

3,0

0,0

4,3

2,7

Consumo final de las administraciones públicas

1,3

4,6

6,0

2,7

5,6

5,5

10,2

-4,4

26,8

22,3

Consumo final de las instituciones sin ánimo de lucro al servicio de los hogares

2,9

5,0

13,4

0,7

-0,8

3,4

3,6

7,5

-4,3

31,3

Formación bruta de capital fijo

3,3

2,7

-9,0

-6,0

12,8

18,7

3,0

-17,0

12,1

-7,3

Variación de existencias

-10,5

-57,0

13,2

-25,5

151,4

158,2

-21,0

109,7

-24,8

-37,9

Adquisiciones netas en objetos de valor

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

6,5

2 963,6

Exportaciones

1,2

2,7

2,6

-0,4

7,1

1,8

14,3

-9,2

-12,9

39,9

Fuente: ANSADE, 2023.

PIB actual por sector, de 2013 a 2022

En millones de uguiyas

2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

Sector primario

35.363

37.548

41.305

49.016

55.299

63.076

57.811

58.838

63.687

80.409

1. Agricultura, pesca y explotación forestal

35.363

37.548

41.305

49.016

55.299

63.076

57.811

58.838

63.687

80.409

1.1 Agricultura, silvicultura y explotación forestal

11.478

10.561

9.945

10.266

10.510

11.822

12.091

11.815

13.104

17.696

1.2 Ganadería y caza

15.797

18.700

21.744

24.391

25.830

27.159

26.790

27.799

33.712

41.950

1.3 Pesca

8.089

8.287

9.616

14.359

18.959

24.095

18.930

19.224

16.871

20.763

Sector secundario

83.854

56.753

45.543

56.864

57.799

63.020

82.840

103.366

106.703

109.187

2. Explotación de minas y canteras

56.010

26.338

12.914

25.467

24.915

26.457

43.006

64.303

68.479

68.834

2.1 Extracción de productos derivados del petróleo y el gas

3.232

3.570

649

882

702

353

2.2. Industrias extractivas no petroleras ni gasísticas

52.778

22.769

12.266

24.584

24.214

26.104

43.006

64.303

68.479

68.834

2.2.1 Extracción de minerales metálicos

50.264

19.550

8.627

20.538

19.028

19.349

36.491

58.842

63.493

63.000

Hierro (Société Nationale Industrielle et Minière)

39.211

13.650

3.840

14.654

11.864

10.413

23.629

35.770

48.025

36.329

Oro y cobre

11.053

5.900

4.787

5.884

7.164

8.936

12.862

23.072

15.468

26.671

2.2.2 Otras actividades extractivas

2.514

3.219

3.639

4.046

5.186

6.756

6.515

5.462

4.987

5.834

3. Actividades manufactureras

18.468

19.677

20.780

20.618

22.541

23.130

26.243

27.287

25.792

27.745

3.1 Actividades manufactureras, salvo sector del agua y la electricidad

13.915

14.797

14.893

13.779

15.611

16.898

20.556

20.539

20.250

22.241

3.2 Producción y distribución de agua y electricidad

4.554

4.880

5.887

6.839

6.930

6.232

5.686

6.749

5.542

5.504

4. Construcción y obras públicas

9.376

10.739

11.850

10.779

10.342

13.432

13.591

11.775

12.432

12.608

Sector terciario

82.317

88.537

93.089

98.948

106.900

115.802

124.081

119.752

137.299

154.439

5. Transporte, información y comunicación

10.751

11.784

12.145

14.895

16.769

19.229

20.184

20.058

21.868

22.660

5.1 Transporte

5.264

6.337

6.944

9.094

10.233

11.683

12.554

12.012

13.911

14.318

5.2 Información y comunicación

5.487

5.446

5.202

5.802

6.536

7.546

7.630

8.046

7.958

8.342

8. Comercio

24.030

27.134

27.464

27.269

27.936

32.009

33.706

29.501

34.429

36.404

9. Otros servicios

36.405

37.878

40.405

42.776

47.149

47.896

52.799

53.283

58.122

67.266

10. Administraciones públicas

11.131

11.743

13.075

14.008

15.047

16.669

17.391

16.910

22.879

28.109

PIB al costo de factores

201.534

182.839

179.937

204.828

219.998

241.897

264.731

281.956

307.689

344.034

Impuestos netos sobre los productos

15.650

16.734

20.284

20.646

23.409

24.740

24.934

25.255

24.907

17.662

PIB a precio de mercado

217.185

199.573

200.221

225.473

243.407

266.638

289.666

307.211

332.595

361.696

Fuente: ANSADE, 2023.

18.Las reformas administrativas inscritas en el marco de la lucha contra la corrupción han permitido establecer los criterios, medidas y principios que el país se compromete a aplicar para fortalecer su sistema jurídico y normativo de lucha contra la corrupción. En 2022, el país superó la segunda ronda de autoevaluación de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

19.La Ley núm. 2015-040, de 23 de diciembre de 2015, relativa a la Ley Marco de Lucha contra la Corrupción, estableció las medidas transversales y sectoriales y el mecanismo de seguimiento en relación con la lucha contra la corrupción. El comité de seguimiento está compuesto por representantes del Gobierno, del sector privado y de organizaciones de la sociedad civil.

20.Gracias a la aprobación de la Ley núm. 2016-014, relativa a la lucha contra la corrupción, se subsanaron las deficiencias jurídicas en este ámbito y se integraron las disposiciones de los instrumentos internacionales y regionales a los que se había adherido Mauritania. Además, la ley estableció un tribunal especializado en la lucha contra la corrupción en todas sus formas y previó penas adecuadas.

21.En aplicación de la Ley núm. 2016-014, relativa a la lucha contra la corrupción, la actividad judicial del tribunal especializado anticorrupción entre 2017 y 2023 se tradujo en la apertura de diligencias en 40 causas contra un centenar de acusados. Las penas impuestas en los casos juzgados oscilaron entre seis meses y diez años de prisión, además de la confiscación de los bienes incautados.

2017

2018

2019

2020

2021

2022

2023

Casos

6

6

1

3

9

9

5

Personas acusadas

28

10

4

11

18

22

10

22.En el artículo 19 de la Ley núm. 2016-014 se prevé la prestación por el Estado de una protección especial a los denunciantes, los testigos, los peritos, las víctimas y sus familiares. Toda persona que recurra a la venganza, la intimidación o las amenazas contra esas personas o sus allegados será castigada con penas de entre uno y cinco años de prisión y multas de entre 200.000 y 1.000.000 de uguiyas.

23.El Decreto núm. 018-2017, de 15 de febrero de 2018, publicado en el Boletín Oficial núm. 1385, establece las disposiciones para la protección de los denunciantes, los testigos, los peritos, las víctimas y sus familiares.

24.La Oficina de Gestión de Activos Congelados, Incautados y Confiscados y de Recuperación de Activos Ilícitos, el Tribunal de Cuentas, la Inspección General del Estado, la Inspección General de Finanzas, la Dirección de Investigaciones Económicas y Financieras, la Autoridad Reguladora de la Contratación Pública, la Comisión de Transparencia en la Vida Pública, las comisiones departamentales y pluridepartamentales de adquisiciones públicas y las comisiones de seguimiento de las adquisiciones por debajo del umbral, entre otros, son órganos y mecanismos creados para garantizar la transparencia en la gestión de los asuntos públicos.

25.La recuperación de los activos procedentes de la corrupción es un asunto central y se lleva a cabo por todas las vías posibles (voluntaria o contenciosa). No obstante, una solución amistosa de devolución no excluye las acciones judiciales.

C.No discriminación (art. 2, párr. 2)

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

26.De conformidad con la Ley Orgánica núm. 2011-003, que deroga y sustituye la Ley núm. 96-019, de 19 de junio de 1996, relativa al Código del Estado Civil, todos los ciudadanos mauritanos y extranjeros que residan en Mauritania o estén de paso en el país tienen derecho a inscribirse en el Registro Nacional de la Población y a obtener los documentos asociados.

27.Para llevar a la práctica esta voluntad del poder legislativo, las autoridades públicas han introducido una serie de medidas además del Decreto núm. 2011-110, de 3 de mayo de 2011, que define el marco jurídico de la inscripción en el Registro Nacional de la Población, entre las que figura la Orden núm. 0698 del Ministerio del Interior y la Descentralización, de 4 de julio de 2023, por la que se crean las Comisiones de Identificación en apoyo de la Agencia Nacional de Registro de la Población y Documentos Seguros para el cumplimiento de los trámites de inscripción de los ciudadanos desprovistos de documentos.

28.Estas comisiones, que se crean en el ámbito de las localidades donde hay ciudadanos no inscritos, deben comprobar la identidad de los candidatos a la inscripción.

29.Si las comisiones mencionadas no logran identificar a un candidato a la inscripción, este será remitido a la comisión de su municipio o departamento de origen, o del de uno de sus padres, para que se pronuncie definitivamente sobre su solicitud, lo que pone de relieve el compromiso asumido por el Gobierno para inscribir a todos los ciudadanos mauritanos, con independencia de su origen o rango social.

30.Es más, basta con que la persona que solicita la inscripción comparezca ante la comisión pertinente acompañada de sus familiares más cercanos para ser identificada y poder así inscribirse.

Delegación General para la Solidaridad Nacional y la Lucha contra la Exclusión (TAAZOUR)

31.En lo que se refiere a las medidas adoptadas para registrar los nacimientos, la Agencia Nacional de Registro de la Población y Documentos Seguros ha establecido en todos los departamentos (moughataa) centros de acogida de ciudadanos y equipos móviles de inscripción en las zonas más remotas. Estas medidas se han visto reforzadas por el lanzamiento, el 11 de julio de 2023, de una amplia campaña nacional de inscripción excepcional con procedimientos simplificados que finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

32.Mauritania es una república islámica, democrática y social. La ley musulmana ocupa un lugar predominante y la sharía es la única fuente de derecho. Se respetan las libertades individuales y colectivas de todos, sean ciudadanos o extranjeros residentes. No se estigmatiza ni excluye a quienes tienen una orientación particular de su elección, siempre que esta se mantenga en el ámbito de la vida privada y no sea objeto de exhibicionismo.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

33.La igualdad de trato para las personas a quienes se concede protección o la condición de refugiado ha sido y es un principio consagrado por los poderes públicos.

34.En efecto, el artículo 15 del Decreto núm. 063/2022, de 5 de mayo de 2022, en el que se establecen las modalidades de aplicación de los tratados internacionales relativos a los refugiados, dispone que la persona a quien se haya concedido protección o la condición de refugiado recibirá el mismo trato que los nacionales en lo que respecta al acceso a la atención médica, el mercado laboral, la seguridad social y la educación:

Para garantizar una mejor aplicación de este principio de igualdad de trato y, de manera más general, de las disposiciones de los tratados internacionales pertinentes, el decreto prevé un marco de concertación denominado Comisión Nacional Consultiva para los Refugiados, en cuyo reglamento se establece la participación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en sus reuniones con el fin de plantear, si así lo cree conveniente, las cuestiones que guardan relación con su mandato.

D.Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

35.Las relaciones familiares se rigen por el Código del Estatuto Personal. Todos los hombres y mujeres tienen el derecho inalienable, natural y fundamental de contraer matrimonio. Los futuros cónyuges contraen matrimonio por voluntad propia. La complementariedad entre el hombre y la mujer para contraer matrimonio y elegir libremente a su cónyuge está consagrada en el artículo 1 del Código del Estatuto Personal, que define el matrimonio como “un contrato jurídico por el que un hombre y una mujer se unen con vistas a una vida conyugal duradera”. En el artículo 25 del Código del Estatuto Personal, fuertemente inspirado en las disposiciones de la Constitución de Mauritania, se consagra la igualdad entre el marido y la esposa en materia de derechos individuales y patrimoniales. En él se establece que “para contraer matrimonio, los futuros cónyuges deben dar su consentimiento y tener la edad exigida por la ley”.

36.La ley relativa al estado civil permite a las mujeres adoptar el apellido del marido o conservar su apellido de soltera. En su artículo 28, el Código del Estatuto Personal garantiza a la mujer el derecho a elegir libremente su trabajo o profesión. Consagra además el derecho de ambos cónyuges sobre sus propios bienes y afirma la capacidad de la esposa para administrar los suyos. Define de forma detallada y homogénea los derechos y obligaciones de los cónyuges, tanto durante el matrimonio como tras su disolución.

37.Se ha puesto en marcha un proceso de revisión del Código del Estatuto Personal para ajustar algunas de sus disposiciones a los tratados ratificados por el país. Se proponen enmiendas a determinados artículos y se introducen los siguientes elementos de reforma:

El principio de responsabilidad compartida del marido y la esposa.

La norma por la cual la persona incapaz solo puede contraer matrimonio por medio de su tutor y con la autorización de un juez.

La posibilidad de que toda persona mayor de edad que tenga un vínculo de consanguinidad con la persona incapaz o una organización de la sociedad civil acreditada en virtud del Código del Estatuto Personal emprendan acciones judiciales contra un tutor por negligencia.

La calificación del matrimonio y la dirección de la familia.

Las condiciones de validez del matrimonio.

La forma del consentimiento de la mujer.

La gestión por la mujer de sus propios bienes.

El divorcio por iniciativa de la mujer.

38.Las disposiciones de la legislación de Mauritania relativas a la transmisión de la nacionalidad a los hijos y los cónyuges no son discriminatorias.

39.La adquisición de la nacionalidad mauritana por efecto del matrimonio se efectúa en las mismas condiciones desde que las disposiciones que figuraban en el capítulo 2 del título III de la Ley núm. 61-112, relativa a la adquisición de la nacionalidad por matrimonio, fueron derogadas y sustituidas por las que figuran en el capítulo 3 relativo a la naturalización (art. 2 de la Ley núm. 2010-023, de 11 de febrero de 2010), que se aplican desde entonces, en las mismas condiciones, a la adquisición de la nacionalidad mauritana por matrimonio sin distinción de sexo.

40.Teniendo en cuenta la derogación del artículo 9 de la Ley núm. 61-112 (art. 1 de la Ley núm. 2010-023, de 11 de febrero de 2010), la adquisición de la nacionalidad mauritana de origen por los niños presenta tres situaciones distintas. Es mauritano el niño:

Nacido de padre mauritano.

Nacido de madre mauritana y padre apátrida, o de nacionalidad desconocida.

Nacido en Mauritania de madre mauritana y padre extranjero.

41.Este marco se completa con las disposiciones que figuran en el nuevo artículo 13 del Código de la Nacionalidad, en el que se prevé que el niño nacido en el extranjero de madre mauritana y padre extranjero pueda optar a la nacionalidad mauritana. Esta opción se ve reforzada por el principio de nacionalidad múltiple, consagrado en el nuevo artículo 31, y por la derogación del artículo 32 (Ley núm. 2021-016).

42.Además, el niño menor de edad cuyo padre o madre adquiera la nacionalidad mauritana pasa automáticamente a ser mauritano de pleno derecho (nuevo art. 15 de la Ley núm. 2010-023).

43.La Ley núm. 061-112 de 12 de junio de 1961, relativa al Código de la Nacionalidad, y sus modificaciones (Leyes núms. 073-010 de 23 de enero de 1973, 073-186 de 30 de julio de 1973, 076-207 de 30 de julio de 1976 y 076-207 de 9 de julio de 1976, y el Decreto núm. 082-028 de 26 de marzo de 1982) garantizan iguales condiciones de acceso, conservación y pérdida de la nacionalidad mauritana a todos los ciudadanos sin distinción alguna, en particular sin distinción por razón de sexo, a través de las condiciones generales de acceso a la nacionalidad, basadas en el ius sanguinis y el ius soli.

44.Por otro lado, si un principio del derecho internacional consagra un derecho relativo a la nacionalidad, dicho principio se aplica mutatis mutandis, de conformidad con el artículo 6 de la Ley núm. 61-112, relativa al Código de la Nacionalidad, en el que se establece que deben aplicarse todas las disposiciones relativas a la nacionalidad que figuran en los tratados y acuerdos internacionales debidamente ratificados y publicados por Mauritania, incluso en el caso de que sean contrarias a las disposiciones del derecho interno del país.

45.En cuanto a las medidas concretas adoptadas para poner fin a las prácticas consuetudinarias nocivas, Mauritania ha sido uno de los países de África pioneros en poner en marcha una campaña contra el matrimonio infantil a nivel de todo el continente, para lo que creó una comisión multisectorial específica que ha elaborado una hoja de ruta articulada en torno a tres ejes: la promoción de textos legislativos que protejan a los niños y prohíban el matrimonio infantil, la elaboración de material educativo y la capacitación y sensibilización de las partes interesadas y del público en general.

46.En relación con la mutilación genital femenina, la Ley núm. 2018-024 de 21 de junio de 2018, por la que se establece el Código General de Protección de la Infancia, prohíbe dicha práctica en su artículo 79 y la equipara a un trato cruel, inhumano o degradante, y afirma que se consideran tratos crueles, inhumanos o degradantes la ablación nociva y cualquier otra práctica similar que se realice a las niñas, así como las prácticas consuetudinarias, culturales y sociales nocivas que menoscaben la integridad física, la salud o la dignidad del niño. Con ello se elimina toda ambigüedad en cuanto a la interpretación de los actos que dañan los órganos genitales, así como a la de todas las prácticas consuetudinarias, culturales o sociales nocivas que menoscaban la integridad física, la salud o la dignidad de la niña.

47.La Ley núm. 2017-025 de 15 de noviembre de 2017, relativa a la salud reproductiva, en la que se tipifica como delito la mutilación genital femenina, ha sido ampliamente divulgada entre el personal sanitario.

48.El artículo 12 del decreto de protección penal del menor tipifica como delito y sanciona todo acto que dañe el órgano genital de una niña, ya sea mediante infibulación, insensibilización o cualquier otro medio que cause perjuicio a la niña. Se imponen penas más graves si quien realiza el acto pertenece a la profesión médica o paramédica.

49.Los profesionales sanitarios han sido pioneros en la lucha contra la mutilación genital femenina y, a raíz de sus declaraciones, los religiosos han emitido dos fetuas (dictámenes de jurisconsultos musulmanes), una a nivel nacional y otra a nivel subregional, que prohíben la mutilación genital femenina. Se han organizado varios talleres de sensibilización dirigidos al personal sanitario y el público en general.

50.Para reforzar su compromiso con la promoción y protección de los derechos de la mujer, el Gobierno ha puesto en marcha un importante marco institucional, que incluye:

El Comité Nacional de Lucha contra la Violencia de Género, incluida la Mutilación Genital Femenina.

Los comités regionales de lucha contra la violencia de género, incluida la mutilación genital femenina.

El establecimiento de una red de organizaciones no gubernamentales especializadas en la lucha contra la mutilación genital femenina.

La aplicación de procedimientos operativos y normas para combatir la violencia contra la mujer a fin de lograr una mejor respuesta y brindar una asistencia completa a las supervivientes de la violencia de género.

III.Puntos relativos a disposiciones específicas del Pacto(arts. 6 a 15)

A.Derecho a trabajar (art. 6)

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

51.Los artículos 166 y 247 del Código del Trabajo, en los que se tratan las condiciones de trabajo, se han redactado de conformidad con los instrumentos pertinentes de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), que validó el Código antes de su aprobación. Las prohibiciones o, mejor dicho, las restricciones impuestas a las mujeres en determinados trabajos tienen por objeto protegerlas de los trabajos peligrosos o nocturnos (Convenio núm. 4 de la OIT) o durante el embarazo o la lactancia (Convenio núm. 3 de la OIT).

52.Las mujeres mauritanas tienen plena libertad para acceder a todos los empleos para los que tengan la cualificación exigida. Hoy en día hay mujeres magistradas, administradoras civiles, ingenieras, oficiales principales o miembros de las fuerzas armadas y de seguridad (ejército, guardia nacional, policía, bomberos y otras), y ejercen esas actividades sin discriminación alguna.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

53.La competencia jurisdiccional en materia de delitos relacionados con la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud es ejercida por tribunales penales especializados, tres para el conjunto del territorio nacional con sendas jurisdicciones regionales que abarcan varias regiones del país. Las decisiones dictadas en primera instancia por estos tribunales pueden ser recurridas ante cuatro tribunales de apelación. Además, el Tribunal Supremo, en su condición de máxima autoridad judicial, examina los recursos interpuestos en casación contra las decisiones dictadas por los tribunales de apelación. Este marco institucional proporciona una base sólida para castigar a los autores de esclavitud y prácticas análogas a la esclavitud y para indemnizar a las víctimas de abusos y de cualquier forma de explotación.

54.Gracias a este marco, las organizaciones de derechos humanos pueden ayudar a las víctimas de esclavitud en todas las fases del procedimiento e incluso señalar, denunciar, presentar una querella y constituirse en parte civil poniendo en marcha la acusación pública.

55.Las víctimas de esclavitud y prácticas análogas a la esclavitud tienen derecho de oficio a acceder a asistencia letrada y a la gratuidad de la justicia en todas las fases del proceso. También pueden beneficiarse de medidas cautelares frente a posibles intimidaciones, amenazas o represalias (medidas provisionales de protección que debe adoptar el juez cada vez que se le presenta un caso de esclavitud).

56.Los presidentes de los tribunales penales especializados han permanecido en el cargo desde 2017, lo que les ha permitido acumular más experiencia y conocimientos sobre su esfera de actividad.

57.Los tribunales especializados han establecido una jurisprudencia rica y variada en todos los niveles de jurisdicción. Esta actividad jurisdiccional pone de manifiesto la abundancia de casos que han abarcado todos los aspectos posibles de la decisión judicial y ha dado lugar a decisiones ricas en su contenido, entre las que figuran condenas, absoluciones y desestimaciones que han planteado cuestiones preliminares de falta de jurisdicción, de prescripción y otras.

58.De conformidad con las Leyes núms. 2015-031 y 2020-017, los datos estadísticos relativos a los casos de trata relacionados con la esclavitud, las prácticas análogas a la esclavitud y la trata de personas presentados ante los tribunales muestran que, hasta la fecha, constan 163 expedientes, que se desglosan de la siguiente manera:

83 casos en curso, que afectan a 123 personas, 50 de ellas privadas de libertad.

80 casos juzgados, que afectan a 138 personas, entre ellas:

75 con condena firme de prisión, de las cuales 28 están cumpliendo la pena.

25 condenadas a penas de prisión suspendidas.

27 absueltas.

2 personas cuyos casos fueron desestimados.

1 persona condenada a medidas sustitutivas de la prisión.

6 personas cuyo caso había prescrito.

4 personas cuyo caso se trasladó a otras jurisdicciones.

59.De conformidad con las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de la esclavitud y otros asociados técnicos, las autoridades públicas están estudiando un proyecto de reforma de la configuración de los tribunales especializados en la lucha contra las prácticas esclavistas y la Ley núm. 2015-031 con el fin de subsanar las deficiencias observadas en su aplicación, entre cuyas medidas se prevé la reunificación de la tramitación de los casos de esclavitud y trata de personas, la revitalización del papel del poder judicial, la adopción de medidas cautelares y de protección y la modificación del régimen de penas.

B.Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias(art. 7)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

60.De conformidad con el artículo 195 del Código del Trabajo, un decreto promulgado previa consulta al Consejo Nacional de Trabajo, Empleo y Seguridad Social fija el tipo del salario mínimo interprofesional garantizado. Dicho decreto puede establecer:

Tipos reducidos aplicables a los trabajadores menores de 18 años.

Tipos diferentes para las actividades agrícolas.

61.Por lo general, este decreto se aprueba después de que los interlocutores sociales (sindicatos de empresarios y trabajadores) hayan fijado el porcentaje de aumento del salario mínimo mediante negociación colectiva. Estos interlocutores también participan en el proceso previo a la aprobación del decreto a través de un órgano consultivo tripartito, el Consejo Nacional de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

62.Las negociaciones colectivas iniciadas en 2020 para estudiar el aumento del salario mínimo interprofesional quedaron interrumpidas por la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), que alteró el calendario de reuniones.

63.Sin embargo, y con el objetivo de mitigar los efectos negativos de la pandemia, el Ministerio de Trabajo envió circulares a todos los empleadores en las que los instaba a aligerar la jornada laboral manteniendo los salarios intactos y prohibía los despidos por motivos económicos.

64.Los salarios que reciben los empleados no solo respetan el principio de igual remuneración por el mismo trabajo, sino también el de igual remuneración por trabajo de igual valor, a través del mecanismo constituido por las comisiones de reclasificación profesional, que se pronuncian siempre que un empleado considera que ha sido perjudicado porque sus competencias profesionales no han sido tenidas en cuenta al fijarse su salario.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

65.Dada su preponderancia, la economía informal recibe especial atención del Ministerio de Trabajo, que, en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo, está estudiando vías para su formalización. Los trabajadores empleados en este sector gozan de la misma protección jurídica que los de otros sectores.

66.La Inspección de Trabajo, responsable de hacer cumplir la ley, ha recibido una atención particular en el ámbito del desarrollo de sus capacidades. La contratación de 66 inspectores y controladores de trabajo, la adquisición de material de oficina adecuado y la asignación de recursos financieros suficientes ponen de manifiesto el interés de las autoridades públicas por el respeto de los derechos de los trabajadores.

C.Derechos sindicales (art. 8)

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

67.Mauritania ratificó en 1961 el Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949 (núm. 98), ambos de la Oficina Internacional del Trabajo.

68.La libertad sindical está garantizada por la Constitución y por las disposiciones que figuran en los artículos 264 a 291 del Código del Trabajo, en los que se establece un régimen declarativo para la creación de organizaciones sindicales. De resultas de ello se han creado más de 47 centrales sindicales y más de 200 sindicatos profesionales, lo que no excluye problemas de representatividad.

69.A tal efecto se ha adoptado un conjunto de medidas jurídicas (decretos y órdenes) cuya aplicación se iniciará cuando los sindicatos acuerden el calendario y los plazos de las elecciones que determinarán la representatividad sindical.

D.Derecho a la seguridad social (art. 9)

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

70.Todo empleador que ejecute un contrato de trabajo en Mauritania está obligado a ofrecer a todos sus empleados una cobertura de seguridad social en los ocho días posteriores a su incorporación (Ley núm. 67-039, de 3 de febrero de 1967). Esta obligación es independiente del seguro médico, que actualmente se exige a los empleados de los sectores público y privado, tanto en el sector formal como en el informal.

71.Los inspectores de trabajo y los inspectores de la seguridad social velan constantemente por que se cumpla esta obligación.

72.La instauración de la cobertura social universal es uno de los principales objetivos de la política del Gobierno. En este contexto, se está elaborando una estrategia nacional de protección social.

73.Esta estrategia tiene por objetivo coordinar las acciones transversales que llevan a cabo actualmente los distintos servicios gubernamentales (Caja Nacional de Seguridad Social, Caja Nacional del Seguro Médico, Asistencia Social, Comisariado de la Seguridad Alimentaria, TAAZOUR y otros) y llegar a los grupos en situación de vulnerabilidad.

E.Protección de la familia y la infancia (art. 10)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

74.En relación con la protección de los niños, se han adoptado las siguientes medidas:

Revitalización del Consejo Nacional de la Infancia.

Generalización de las mesas de protección de la infancia.

Establecimiento de dos centros de atención a las niñas víctimas de violencia.

Aumento de los presupuestos de siete sucursales regionales del Centro de Protección e Integración Social de la Infancia.

75.A continuación se indican los logros alcanzados por las actividades del Centro de Protección e Integración Social de la Infancia.

Tipo de integración

2019

2020

2021

2022

2023

Total

Integración escolar

315

223

212

575

1 355

2 680

Integración profesional

76

74

85

180

345

760

Integración familiar

22

17

33

54

136

262

Cuidado de niños sin apoyo familiar

19

23

36

24

18

120

Total

832

1 855

3 822

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

76.La Ley núm. 2022-023 de 17 de agosto de 2022, relativa a la Ley Marco del Sistema Educativo Nacional, prohíbe expresamente los castigos corporales en las escuelas. En el artículo 12 se establece: “Los castigos corporales y toda forma de maltrato moral están prohibidos en las escuelas. Sin perjuicio de los procedimientos judiciales que puedan incoarse, los autores de tales actos podrán ser objeto de sanciones administrativas”.

77.Los artículos 79 y 80 del Código General de Protección de la Infancia son claros en cuanto a la prohibición de los castigos corporales:

Se considera “maltrato reiterado” someter al niño a actos de tortura o a tratos crueles, inhumanos o degradantes. La expresión “tratos crueles, inhumanos o degradantes” se refiere en particular a someter al niño a actos de brutalidad susceptibles de afectar a su equilibrio psíquico, a vulnerar de forma reiterada su integridad física o a la práctica de privarle de alimentos o retenerlo.

78.El sometimiento de un niño a actos de tortura o de barbarie se castiga con 6 años de prisión. La pena se eleva a 15 años cuando dicha práctica se lleva a cabo de forma reiterada, y a cadena perpetua cuando tiene como resultado la muerte no intencional.

F.Derecho a la salud física y mental (art. 12)

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

79.Los datos estadísticos (en porcentajes) sobre el efecto de las medidas adoptadas para garantizar la accesibilidad, disponibilidad, asequibilidad y calidad de los servicios de salud, en particular en las zonas rurales y aisladas, están pendientes de los resultados de las encuestas y estudios pertinentes. Entre dichas medidas figuran las siguientes:

Accesibilidad geográfica

Un mapa sanitario basado en un inventario exhaustivo.

Reformas hospitalarias basadas en un mapa hospitalario de proyectos de centros y programas (en curso).

Accesibilidad financiera

La financiación del Ministerio de Sanidad a cargo del presupuesto del Estado ha pasado del 6,5 % en 2020 al 7 % actual.

La introducción, mediante la Orden núm. 0115, de 6 de marzo de 2020, de un sistema de tarificación para los servicios médicos prestados por las estructuras sanitarias nacionales.

La Orden conjunta núm. 000112 de los Ministros de Sanidad y de Comercio, de 25 de febrero de 2020, que establece los márgenes de beneficio aplicables a los medicamentos autorizados para los distribuidores mayoristas y minoristas privados (farmacias y depósitos de farmacia).

El establecimiento de un convenio entre TAAZOUR y la Caja Nacional del Seguro Médico para atender a 100.000 indigentes.

El establecimiento de un convenio entre el Ministerio de Acción Social y el Ministerio de Sanidad por el que se fijan las condiciones de acceso y de atención de las personas con discapacidad y los pacientes de hemodiálisis.

La creación, mediante el Decreto núm. 2022-130, de 7 de septiembre de 2021, de un organismo público administrativo denominado Caja Nacional de Solidaridad en Salud, que ofrece un seguro médico universal y voluntario con las cotizaciones de los afiliados y las aportaciones del Estado y otras entidades.

80.A modo de recordatorio, el 30 % de la población de Mauritania está cubierta por la Caja Nacional del Seguro Médico, el 15 % mediante el régimen de seguro contributivo y el otro 15 % por el régimen no contributivo, financiado por el Estado a través de TAAZOUR. El objetivo de la creación de la Caja Nacional de Solidaridad en Salud es, pues, dar progresivamente cobertura al 70 % restante de la población.

Accesibilidad y disponibilidad de medicamentos

El establecimiento, mediante el Decreto núm. 2022-119 de 17 de agosto de 2022, de un sistema nacional de acceso a la atención y los medicamentos esenciales de calidad, llamado Mouyassar, que fija el suministro de medicamentos esenciales de cada nivel de la pirámide sanitaria para las farmacias internas de todos los establecimientos sanitarios públicos del país (puestos de salud, centros de salud departamentales y centros hospitalarios).

Gracias a este sistema se dispone de medicamentos genéricos de calidad a precios reducidos.

Emergencias de salud pública

La creación, mediante el Decreto núm. 2022-143 de 5 de octubre de 2022, de un organismo público de carácter administrativo denominado Centro Nacional de Operaciones de Emergencia en Salud Pública con los siguientes objetivos:

Establecer un sistema de vigilancia sanitaria y alerta temprana.

Evaluar los riesgos epidemiológicos y elaborar con ellos un mapa dinámico.

Poner en marcha un mecanismo de respuesta a las epidemias de cualquier origen en colaboración con las distintas partes interesadas.

La creación, mediante la Orden núm. 0651 de 15 de julio de 2022 del Ministro de Sanidad, de un programa denominado Servicios de Asistencia Médica de Urgencia, que tiene, entre otros objetivos, el de elaborar protocolos nacionales de gestión de emergencias y supervisar su aplicación.

La coordinación de las acciones de los distintos actores que participan en la respuesta a las emergencias médicas.

Accesibilidad y disponibilidad del personal sanitario

La contratación de un número significativo de personas en los últimos años en las diversas categorías de personal sanitario.

La revisión y actualización de los decretos que establecen la organización y el funcionamiento de los colegios nacionales de cirujanos dentistas, de médicos y de farmacéuticos.

La revisión y actualización del Decreto núm. 2022-114/PM, de 7 de mayo de 2020, sobre el estatuto especial del personal sanitario.

El aumento salarial del 30 % para el personal sanitario.

La generalización de las primas de riesgo y de lejanía.

El desarrollo de una base de datos y gestión de los recursos humanos.

La actualización de los planes de formación y desarrollo profesional.

La elaboración y actualización de reglamentos para los sectores público y privado.

La normalización del sector de la salud en sus ámbitos público y privado, y la construcción de centros y puestos sanitarios en todo el país.

La modernización de las instalaciones hospitalarias en los aspectos relacionados con la rehabilitación, los equipos (incluidas ambulancias) y la capacitación del personal.

El establecimiento en Mauritania de un servicio de atención médica urgente y de un seguro médico universal. Todas estas medidas completan la labor llevada a cabo en materia de gratuidad de la atención para los indigentes, reducción de la tarifa obstétrica, atención a las víctimas de accidentes de tráfico y transporte y evacuación sanitarios.

La mejora de las condiciones de vida de los grupos desfavorecidos, que incluirá la financiación de una segunda fase del programa de transferencias monetarias, del que se beneficiarán más de 200.000 hogares.

La prolongación del programa de microfinanciación rural para el período cubierto por el plan.

81.Con respecto a las medidas adoptadas para regular la medicina tradicional y para supervisar y controlar con eficacia el sector privado de la salud, cabe mencionar:

El refuerzo de la seguridad alimentaria mediante la distribución gratuita de alimentos y la intensificación de la lucha contra la malnutrición de las mujeres y los niños.

La reglamentación de la medicina tradicional en 2012 mediante una orden emitida por el Consejo de Ministros.

La reciente celebración, en junio de 2023, de reuniones a nivel del gabinete del Ministro de Sanidad en las que participaron directores y técnicos del Ministerio de Sanidad y médicos tradicionales mauritanos. Tras ellas se propuso un proyecto de orden sobre la medicina tradicional que modificaba y sustituía la orden anterior.

El estrecho seguimiento al que se somete el sector sanitario privado gracias al refuerzo de la Inspección General de Sanidad con varios inspectores en los distintos ámbitos del ejercicio profesional, las farmacias y los laboratorios.

82.En lo que respecta a la COVID-19, el Gobierno ha aprobado la Ley habilitadora núm. 2020-004 PR, de 22 de abril de 2020, que autoriza al Gobierno a ordenar todas las medidas necesarias para luchar contra la pandemia y todos sus efectos:

El Decreto núm. 2020-001, sobre determinadas medidas necesarias para luchar contra la pandemia de COVID-19 y todos sus efectos.

Mauritania fue el 1er país de África Occidental y el 12º de todo el continente en alcanzar el objetivo establecido por la Organización Mundial de la Salud de vacunar al 10 % de la población contra la COVID-19.

El Departamento de Salud logró este resultado gracias al apoyo del Gobierno al más alto nivel.

Además, el Ministerio de Sanidad ha habilitado más de 900 puntos de vacunación en lugares públicos, como mezquitas y ministerios, a la salida de las ciudades y en la entrada de las estaciones de autobuses.

83.Se han administrado un total de 3.726.398 dosis.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

84.En relación con la disponibilidad de métodos anticonceptivos, cabe mencionar, entre otras, las siguientes medidas:

La aprobación de la Ley de Salud Reproductiva en 2017.

El establecimiento de una línea presupuestaria para asegurar los productos de salud reproductiva.

La aprobación de un plan nacional anual presupuestado de planificación familiar para el período 2019-2023.

La integración de los servicios de planificación familiar posparto, de salud materna neonatal e infantil y de nutrición.

La elaboración de una estrategia de prevención de cánceres ginecológicos.

85.En cuanto a las medidas concretas adoptadas para ofrecer atención a las mujeres durante el parto y el período posnatal, cabe mencionar:

La prestación de atención durante el parto y el posparto para reducir la mortalidad materna.

La Estrategia de Salud Reproductiva, Materna, Neonatal, Infantil, de Adolescentes y Nutricional para el período 2020-2026.

El establecimiento de un marco jurídico para la vigilancia de la mortalidad materna y perinatal.

La revitalización de las comisiones de vigilancia de la mortalidad materna y perinatal.

El establecimiento de protocolos, normas y procedimientos nacionales de salud reproductiva, materna, neonatal, infantil y de adolescentes.

La disponibilidad de medicamentos vitales para emergencias obstétricas.

La Estrategia de Disponibilidad de Transfusiones Sanguíneas.

La fijación de la tarifa obstétrica (importe fijo de 400 uguiyas) para la atención del embarazo, el parto y el posparto:

Evacuación gratuita.

Reanimación gratuita.

Tratamiento quirúrgico gratuito de las fístulas obstétricas.

Mejora de la oferta de servicios de salud.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

86.Los datos estadísticos y sobre las tasas de prevalencia se encuentran aún en fase de evaluación, a la espera de los resultados de las encuestas y estudios. Aun así, podemos confirmar la gratuidad absoluta de los medicamentos antipalúdicos, antituberculosos y antirretrovirales, de las vacunas contra la COVID-19, de los anticonceptivos de estrógeno y progestina (planificación familiar) y de las urgencias.

87.De conformidad con la reglamentación vigente, el Estado, las autoridades locales, los grupos comunitarios y otras personas jurídicas deben velar, en el marco de sus actividades, a través de sus representantes y en coordinación con los ulemas, por la salvaguardia, la promoción, la protección y la lucha contra el VIH/sida mediante la asistencia, el asesoramiento, la información, la educación y la comunicación.

88.Mauritania cuenta con las siguientes leyes y reglamentos para combatir la discriminación contra las personas con infecciones de transmisión sexual y VIH/sida:

Ley núm. 025-2017, de 15 de noviembre de 2017, de Salud Reproductiva:

Artículo 12: Toda persona con una infección de transmisión sexual, en particular el VIH/sida, podrá ejercer sin discriminación alguna sus derechos civiles, cívicos, políticos y sociales, en particular sus derechos a la vivienda, la educación, el empleo, la salud y la protección social.

Ley núm. 2007-042, de 3 de septiembre de 2007, relativa a la prevención, la atención y el control del VIH/sida, y su reglamento de aplicación, que tienen por objetivo prestar una atención adecuada a las personas con sida o portadoras del VIH:

Artículo 17: Toda persona que sepa que está infectada por el VIH/sida o padece una infección de transmisión sexual tiene el deber de informar a su pareja o parejas.

Artículo 19: Toda persona que sepa que está infectada por el virus de la inmunodeficiencia humana y no tome las precauciones necesarias y suficientes para proteger a su pareja o parejas se expone a las sanciones penales previstas en la legislación vigente.

Los siguientes actos están prohibidos y son punibles de acuerdo con la ley:

Todas las formas de violencia sexual.

La mutilación genital femenina.

La castración.

La transmisión intencionada del VIH/sida.

La explotación sexual en todas sus formas.

La publicidad engañosa sobre métodos anticonceptivos.

La difusión de imágenes y mensajes que puedan perjudicar la salud reproductiva o sean contrarios a los preceptos de la sharía.

G.Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

Respuesta a los párrafos 27, 28 y 29 de la lista de cuestiones

89.En el ámbito de la educación, el Gobierno ha puesto en marcha una campaña de promoción de la escuela republicana que comprende las siguientes medidas:

La aprobación por el Consejo de Ministros, el 16 de noviembre de 2022, de un decreto por el que se declara el 30 de octubre como Día Nacional de la Escuela Republicana y se establece su celebración anual en todas las provincias y departamentos del país. En las ceremonias conmemorativas se rendirá homenaje a las personalidades e instituciones que han contribuido al éxito y la consolidación de la escuela republicana.

La promoción de un marco educativo de calidad.

La creación de un organismo público de carácter administrativo denominado Autoridad Nacional de Evaluación y Control de la Calidad de la Enseñanza Básica y Secundaria.

La creación de dos nuevos centros de apoyo pedagógico de enseñanza secundaria y el refuerzo de las asignaciones materiales y financieras previstas a este fin, en particular la adquisición de 41 vehículos para las direcciones regionales, las inspecciones y las escuelas de formación de docentes.

La creación en 2022 de 750 nuevos comités de gestión escolar, cuyo número pasó a ser de más de 1.400 en el conjunto del territorio nacional, con el objetivo de que los beneficiarios de los servicios escolares participen en su gestión y protección.

La descentralización de la gestión de algunos exámenes, como el certificado de estudios de enseñanza primaria o la prueba de acceso al primer curso de enseñanza secundaria, que se puso en práctica por primera vez en el curso 2021/22 con resultados satisfactorios.

90.Se han realizado esfuerzos en todos los niveles educativos. En cuanto a la educación básica y secundaria, cabe destacar:

La ampliación del acceso a la base del sistema, cuyos principales logros en el período 2019-2022 comprendieron:

La finalización de 1.400 aulas y el inicio de las obras para otras 1.200.

La rehabilitación de un centenar de establecimientos, 28 de ellos en Nuakchot, que serán ampliados y restaurados con medidas especiales para protegerlos de las inundaciones.

La contratación de 8.040 docentes (en lugar de los 6.000 previstos inicialmente para el período de tres años).

La prestación de apoyo al programa de comedores escolares, del que se benefician 190.000 alumnos esencialmente procedentes de familias desfavorecidas de 370 escuelas de todo el país, y a una campaña de desparasitación destinada a 69.840 alumnos.

La puesta en marcha de un programa de distribución de uniformes escolares a 150 escuelas.

La concesión de una subvención anual a 362 centros de enseñanza básica y secundaria.

La mejora de las condiciones de trabajo de los docentes gracias al aumento de la masa salarial en un 30 % y, desde enero de 2021, de los subsidios recibidos por 27.000 docentes debido al aumento del 150 % de la prima de lejanía y al pago de la prima de tiza en 12 meses, en lugar de 9, y su ampliación a los directores de centros de enseñanza primaria y secundaria.

91.La mejora de la calidad y la eficacia interna de la enseñanza básica ha comprendido fundamentalmente las siguientes medidas:

La prestación de formación continua a 9.000 docentes.

La realización de tres evaluaciones al profesorado.

La impresión y distribución de más de 1.600.000 libros de texto.

92.Los logros alcanzados en estos ámbitos de la enseñanza han tenido efectos positivos en el desarrollo del sector educativo. Por ejemplo, la tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria pasó del 77 % en el curso 2018/19 al 79 % en el curso 2021/22, y la tasa de aprobados en la prueba de ingreso pasó del 47,3 % registrado en el curso 2018/19 al 55 % registrado en 2021/22, lo que supone un aumento de casi el 8 %.

Evolución de algunos indicadores educativos

2018 / 19

2021 / 22

Tasa neta de matriculación, en porcentaje

77

79

Tasa de aprobados, en porcentaje

47,3

55

93.La mejora de la gestión y la gobernanza de la educación básica y secundaria ha comprendido las siguientes medidas:

La aprobación de la Ley Marco del Sistema Educativo Nacional.

La creación del Consejo Nacional para la Educación.

La reorganización de las escuelas de formación de docentes y la revisión del estatuto del profesorado mediante la introducción de un grado de docente principal.

La internalización de las distintas herramientas del Sistema de Información y Gestión de Recursos Humanos con el fin de optimizar la gestión de esos recursos.

La creación de más de 750 comités de gestión escolar.

La puesta en marcha de “proyectos de escuela” con el objetivo de profesionalizar los centros y mejorar su desempeño.

La auditoría de la cadena de distribución del libro.

94.Todos estos logros no serían posibles sin un esfuerzo presupuestario sostenido. En este contexto, y de conformidad con los compromisos asumidos por el Excmo. Sr. Presidente de la República, el presupuesto ejecutado por el Departamento de Educación Nacional ha aumentado notablemente, pasando de 5.200 a 6.800 millones de uguiyas entre 2019 y 2021 pese a las restricciones presupuestarias y la ralentización del crecimiento económico debidos a la pandemia de COVID-19.

H.Derechos culturales (art. 15)

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

95.Aprovechando el Día Nacional de la Escuela Republicana, a partir del próximo curso escolar el Gobierno pondrá en marcha con carácter experimental la enseñanza de los idiomas nacionales (pulaar, soninké y wolof) a quienes no los hablan con el fin de consolidar la complementariedad entre esos idiomas y la lengua oficial.

96.El Instituto para la Promoción de los Idiomas Nacionales trabaja actualmente en el establecimiento de las condiciones adecuadas y la capacitación de los docentes para poder iniciar la enseñanza de las lenguas nacionales en los plazos previstos en la ley marco. El 16 de noviembre de 2023 se puso en marcha un taller de capacitación dirigido a los profesores de idiomas nacionales.