Naciones Unidas

HRI/ICM/2011/3−HRI/MC/2011/2

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

4 de mayo de 2011

Español

Original: inglés

Reunión de los comités que son órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

Reunión de los presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

12 ª reuniónGinebra, 27 a 29 de junio de 2011

Tema 5 b) del programa provisional

Aumento de la eficacia de los órganos de tratados: enfoque coordinado de su labor: armonización de los métodos de trabajo

23 ª reuniónGinebra, 30 de junio a 1º de julio de 2011

Tema 4 a) del programa provisional

Aumento de la eficacia de los órganos de tratados: c oordinación de su labor: examen de las recomendaciones de la 12 ª reunión de los Comités

Informe del grupo de trabajo de la reunión de los comités sobre el seguimiento de las observaciones finales, las decisiones sobre denuncias individuales y las investigaciones *

I.Introducción

1.El grupo de trabajo de la reunión de los comités sobre el seguimiento se reunió en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en Ginebra, del 12 al 14 de enero de 2011. El grupo de trabajo fue establecido con arreglo a la recomendación formulada en la décima reunión de los comités (A/65/190, anexo 1, párr. 40 a)) y estaba integrado por los miembros encargados de las actividades de seguimiento en cada uno de los órganos, con inclusión de los relatores para el seguimiento de las observaciones finales y los relatores para el seguimiento de las comunicaciones individuales, según fuera aplicable. El grupo de trabajo se reunió a puerta cerrada.

2.Asistieron los siguientes miembros de los órganos de tratados:

Comité de Derechos Humanos

Yuji Iwasawa (Presidente)

Abdelfattah Amor

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

Barbara BaileyPramila Patten

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Mohamed Ezzeldin Abdel-MoneimZdzislaw Kedzia

Comité de los Derechos del Niño

Yanghee Lee (Presidente)Lothar Friedrich Krappman

Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

Nourredine AmirRégis de Gouttes

Subcomité de Prevención de la Tortura

Víctor Manuel Rodríguez Rescia (Presidente)Hans Draminsky Petersen

Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Ana Peláez Narváez María Soledad Cisternas Reyes

Comité contra la Tortura

Felice GaerFernando Mariño Menéndez

Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

Ana Elizabeth Cubias MedinaMehmet Sevim

II.Apertura de la reunión, elección de los miembros de la Mesa y aprobación del programa

3.Declaró abierta la reunión Navanethem Pillay, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que dio la bienvenida a todos los presidentes y miembros que se encontraban presentes. La Alta Comisionada manifestó que esperaba que 2011 fuese un año decisivo para los órganos de tratados, al igual que para su Oficina. Informó a los participantes de una serie de acontecimientos que habían tenido lugar en atención al llamamiento que había hecho en el otoño de 2009 a todos los interesados para que comenzaran un proceso de reflexión sobre los medios de reforzar el sistema de órganos de tratados e indicó que había otros acontecimientos programados para los meses siguientes. Destacó que esos acontecimientos, organizados por asociados externos y facilitados por su Oficina, obedecían al propósito de obtener sugerencias de los distintos grupos de interesados acerca de la forma de reforzar el sistema de órganos creados en virtud de tratados y hacerlo más eficiente y eficaz para los titulares de derechos en todo el mundo.

4.La Alta Comisionada mencionó que, en los días 12 y 13 de mayo, en cooperación con presidentes de órganos de tratados y con el Instituto Internacional para los Derechos del Niño, con sede en Sion (Suiza), su Oficina celebraría una consulta técnica para los Estados partes a fin de escuchar sus sugerencias sobre medios de mejorar la preparación de sus informes, realzar el diálogo entre ellos y los órganos de tratados y cumplir mejor a nivel nacional las recomendaciones de esos órganos. Destacó también que, en forma paralela, su Oficina estaba organizando una serie de consultas de un día de duración entre dos órganos de tratados cuyos períodos de sesiones estaban en curso. El objetivo de estos retiros consistía en que los miembros de esos órganos pudieran discutir con antelación los temas seleccionados para la próxima reunión de los comités, que tendría lugar en junio, y darles una oportunidad de pensar creativamente a fin de mejorar sus métodos de trabajo. La Alta Comisionada había además celebrado consultas con los presidentes de los órganos de tratados y había llegado a la conclusión de que las diversas consultas sobre el proceso de hacer más eficaces esos órganos culminarían en una recopilación de las propuestas formuladas que se pondría en conocimiento de todos los interesados.

5.La Alta Comisionada esperaba que el esfuerzo común por ampliar un sistema de órganos de tratados que crecía cada vez más, encontraba cada vez más dificultades y tenía cada vez menos recursos culminara en recomendaciones tangibles e innovadoras para establecer un sistema más sólido y sostenible. Había que aprender las lecciones del pasado, hacer frente a los problemas del presente y prepararse para el futuro del sistema, que constituía uno de los más grandes logros en la historia del movimiento en pro de los derechos humanos. A juicio de la Alta Comisionada, había dos consideraciones que parecían particularmente pertinentes. En primer lugar, la función de seguimiento de los órganos de tratados debía ser complementaria de la labor de otros interesados y ser a su vez complementada por estos, ya que la cooperación y la sinergia con diversas entidades redundaba en gran beneficio para estos órganos. En segundo lugar, los órganos tal vez quisieran estudiar medios de maximizar la ventaja comparativa y la influencia que les daban su función de guardianes de las normas y la índole cuasijudicial de la labor que realizaban al evaluar la situación en un país, formular conclusiones y sugerir soluciones, criterios y políticas.

6.La Alta Comisionada agregó que los cuatro órganos de tratados que habían adoptado un procedimiento de seguimiento de las conclusiones finales evaluarían en 2011, en atención a una recomendación de la décima reunión de los comités, la eficacia de esos procedimientos. Desde ese punto de vista habría que preguntarse si los actuales procedimientos de seguimiento habían cambiado algo las cosas a nivel nacional, si protegían mejor a los titulares de derechos y si su valor añadido compensaba en la práctica los problemas que entrañaban. La Alta Comisionada era consciente de que uno de los problemas para algunos comités consistía en la falta de directrices procedimentales para evaluar los informes de seguimiento presentados por Estados partes. Por ello, alentaba al grupo de trabajo a que considerara la posibilidad de adoptar directrices comunes para sus procedimientos de seguimiento que incluyeran criterios relativos a la evaluación de los informes en los cuatro comités que habían adoptado un procedimiento de esa índole hasta la fecha.

7.La Alta Comisionada observó que compartía la opinión expresada por muchos miembros de los órganos de tratados en el sentido de que era particularmente difícil asignar prioridades en el campo de los derechos humanos porque ello podría ser incompatible con la indivisibilidad de todos los derechos humanos. Creía sin embargo que los órganos de tratados podrían considerar la posibilidad de estructurar sus observaciones finales, al transmitirlas a los Estados partes, en torno a elementos inmediatos, a mediano plazo y a largo plazo. A ese respecto, señaló que una reestructuración de las observaciones finales con arreglo a parámetros más prácticos facilitaría sin lugar a dudas el cumplimiento por los Estados partes, así como el seguimiento por los equipos de las Naciones Unidas en los países, incluida su Oficina, y por las instituciones nacionales de derechos humanos y las entidades de la sociedad civil.

8.Tras la declaración de la Alta Comisionada, Yanghee Lee, Presidente del Comité de Derechos del Niño, fue confirmado en el cargo de Presidente-Relator del grupo de trabajo. Acto seguido los participantes aprobaron el programa (HRI/ICM/WGFU/2011/1) y el plan de trabajo.

III.Reunión con entidades y organismos especializados de las Naciones Unidas y con otras organizaciones intergubernamentales

9.El grupo de trabajo se reunió el primer día con representantes de varias entidades de las Naciones Unidas, organismos especializados y otras organizaciones intergubernamentales para discutir medios de reforzar más la interacción con los órganos de tratados, especialmente con respecto al seguimiento de las recomendaciones de estos órganos. Los representantes de las Naciones Unidas que estaban presentes expresaron su reconocimiento por la oportunidad de contribuir a los debates del grupo de trabajo en cuanto al seguimiento de esas recomendaciones, proporcionaron información acerca de la cooperación actual con los órganos de tratados y sugirieron posibles caminos a seguir.

10.La Organización Internacional para las Migraciones, al tiempo que celebraba el número cada vez mayor de recomendaciones de órganos de tratados sobre cuestiones de migración, indicó la necesidad de adoptar una terminología sistemática y recomendó que esos órganos armonizaran la terminología en materia de migraciones y, de esa manera, alentara a los Estados partes a utilizarla en forma sistemática y clara.

11.La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) expresó su resuelto apoyo a las iniciativas dirigidas a poner mejor en práctica a nivel nacional las recomendaciones de los órganos de tratados, pues consideraba que ese seguía siendo uno de los problemas más importantes para la protección y promoción efectivas de los derechos humanos. La Oficina observó que utilizaba las observaciones finales, las recomendaciones y la jurisprudencia de los órganos de tratados como instrumentos para promover la protección. A fin de que los miembros de esos órganos pudiesen obtener información directa acerca de la situación de los derechos humanos en los distintos países y de facilitar el seguimiento de la forma en que se ponían en práctica las recomendaciones sobre el terreno, el ACNUR sugería que se organizaran visitas a países.

12.La Unión Interparlamentaria destacó la función central que cabía a los parlamentos en el establecimiento de un marco institucional y legal y, por lo tanto, en la aplicación de los instrumentos internacionales de derechos humanos. Con miras a promover su colaboración con los órganos de tratados, la Unión sugirió que en las conclusiones finales se incluyera sistemáticamente una recomendación acerca de la participación activa de los parlamentos en la puesta en práctica de las recomendaciones de esos órganos.

13.El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) insistió en la necesidad de que las observaciones finales fuesen claras y concisas y de que las recomendaciones de los distintos órganos fuesen coherentes, además de concretas y operativas. El UNICEF sugirió que en las observaciones finales se incluyera una sección relativa a las cuestiones urgentes en los casos en que un Estado parte hubiese dejado sistemáticamente de cumplir una recomendación concreta. Sugirió también que, cuando se considerara procedente, los órganos incluyeran en sus observaciones finales una referencia expresa a la posibilidad de recabar asistencia técnica de asociados de las Naciones Unidas, el UNICEF entre ellos. El Fondo indicó la necesidad de un criterio más sistemático con respecto a la posibilidad de visitas de seguimiento in situ por el relator para el país.

14.Tras las declaraciones formuladas por entidades de las Naciones Unidas, organismos especializados y otras organizaciones intergubernamentales, el Director de la División de Operaciones sobre el Terreno y Cooperación Técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Anders Kompass, se refirió al papel que cabía a la presencia sobre el terreno en la puesta en práctica de las recomendaciones de órganos de tratados. Indicó la importancia que tenía esa presencia para que se cobrara mayor conciencia, se agilizara el proceso de presentación de informes, se indicaran los problemas fundamentales y se proporcionaran indicadores claros.

15.Los miembros del grupo de trabajo expresaron satisfacción por la función activa que desempeñaban los asociados de las Naciones Unidas al proporcionar información concreta respecto de cada país. Los participantes destacaron también la función esencial que desempeñaban los asociados de las Naciones Unidas sobre el terreno al prestar asistencia a los Estados partes para cumplir las recomendaciones de los órganos de tratados. Después del debate, el grupo de trabajo recomendó que los órganos creados en virtud de tratados estudiaran medios de entablar una relación más formal y sistemática con los asociados de las Naciones Unidas en todo el proceso de presentación de informes y en el contexto de las actividades de seguimiento. Recomendó además que se invitara oficialmente a los asociados de las Naciones Unidas a participar en la labor de los órganos de tratados y los alentó a proporcionar información complementaria y aportaciones que se refirieran concretamente al país de que se tratara. Los participantes reconocieron la importancia de que hubiera uniformidad y coherencia entre las recomendaciones de los órganos de tratados.

IV.Reunión con el Presidente regional del Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos

16.El Presidente regional del Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Protección y Promoción de los Derechos Humanos, Sr. Ahmed Herzenni, hizo uso de la palabra en la reunión celebrada por el grupo de trabajo el 12 de enero de 2011. El Sr. Herzenni destacó el papel central que cabía a esas instituciones nacionales en la promoción de la puesta en práctica a nivel nacional de las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos y en la presentación de información autorizada a esos órganos.

17.El Sr. Herzenni sugirió que los órganos de tratados alinearan dentro de la medida de lo posible sus procedimientos, especialmente con respecto a su cooperación con las instituciones nacionales de derechos humanos y otras entidades nacionales clave, mediante reglamentos y métodos de trabajo comunes. Instó asimismo a los órganos de tratados a que adoptaran un planteamiento coordinado del seguimiento de sus decisiones y establecieran procedimientos armonizados y formales de seguimiento. Propuso además que esos órganos informaran sistemáticamente a las instituciones nacionales de derechos humanos acerca de las posibilidades de proporcionar información sobre el seguimiento y de dar mayor acceso a esa información, mediante páginas web o listas de direcciones, por ejemplo.

18.Varios miembros de comités reconocieron la función singular e importante que cabía en el sistema a las instituciones nacionales de derechos humanos. Sugirieron que se invitara a esas instituciones a que aportaran también contribuciones a los procedimientos formales de seguimiento en los órganos de tratados y se establecieran procesos para pedir y recibir periódicamente información de esas instituciones nacionales con respecto al seguimiento y el cumplimiento. Se sugirió también que se publicara información sobre el seguimiento de las recomendaciones de órganos de tratados en sus respectivas páginas en la Web y se difundiera esa información a las instituciones nacionales inmediatamente después de cada período de sesiones a fin de que conocieran mejor los procedimientos de esos órganos y de facilitar las actividades de seguimiento a cargo de ellas.

V.Reunión con organizaciones no gubernamentales

19.El grupo de trabajo de la reunión de los comités sobre el seguimiento de las observaciones finales se reunió con representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG), que proporcionaron información acerca de su interacción con los órganos de tratados en cuanto al seguimiento de las observaciones finales, las decisiones, las investigaciones y las visitas de miembros de órganos de esa índole. Asistieron a la reunión varias ONG, entre ellas Amnistía Internacional, el Centro de Derechos Civiles y Políticos, el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura, International Women's Rights Action Watch (Asia y el Pacífico), el Grupo de ONG para la Convención sobre los Derechos del Niño, la Oficina Cuáquera ante las Naciones Unidas y la Organización Mundial contra la Tortura la que hicieron breves presentaciones.

20.Al comenzar la reunión, los representantes de ONG se refirieron a la respuesta conjunta presentada en 2010 por 20 organizaciones a la Declaración de Dublín sobre el proceso de fortalecimiento del sistema de órganos de tratados de las Naciones Unidas. Indicaron que el documento contenía 30 recomendaciones a esos órganos, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a los Estados, entre ellas recomendaciones sobre seguimiento. En el curso del debate se reiteró la necesidad de un "calendario general", que constituiría un útil instrumento de planificación. Las ONG señalaron que era de esperar que ese calendario incluyera no solo las fechas del examen de los informes de los Estados partes sino también los plazos para recibir información de las ONG, incluso con respecto a la lista de cuestiones y a la lista de cuestiones previas a la presentación del informe, para presentar aportaciones a la redacción de las observaciones generales y para presentar información de seguimiento.

21.Los representantes de ONG destacaron también que el seguimiento de la puesta en práctica de las recomendaciones de los órganos de tratados, incluidas las observaciones finales, constituía uno de los aspectos menos desarrollados de las actividades de esos órganos y habría que reforzarlo y armonizarlo más. Observaron que era útil tratar de obtener el cumplimiento de las observaciones finales de carácter prioritario y que los órganos de tratados deberían alentar a un número mucho mayor de ONG a aplicar ese procedimiento y a utilizarlo a fin de promover el cumplimiento. Mediante los procedimientos de seguimiento, los órganos de tratados podrían entablar un diálogo público con los Estados partes durante los períodos (generalmente prolongados) que mediaban entre el examen de informes y podían alentar y medir la puesta en práctica. El seguimiento podría constituir una evaluación más cualitativa de la puesta en práctica de las recomendaciones de los órganos de tratados y ello permitiría a los comités desempeñar una función más detallada e interactiva en la labor de orientar el cumplimiento de esas recomendaciones. Las ONG destacaron además que la eficacia de los procedimientos de seguimiento dependería de que las observaciones finales fuesen adecuadas y se pudiesen llevar a la práctica y a ese respecto se insistió en la importancia de la estructura, la redacción y la concreción de esas observaciones.

22.Se señaló además que las actividades de seguimiento incluían diversos métodos distintos y se insistió en la importancia de que uno o más miembros de por lo menos un órgano creado en virtud de tratados visitara el país. También se planteó la posibilidad de una misión conjunta de más de un órgano de esa índole. A ese respecto, las ONG indicaron que algunas de ellas habían observado los beneficios reales que reportaban esas visitas, particularmente al hacer participar a los ministerios del gobierno y a los asociados nacionales que correspondiera.

23.Las ONG sugirieron también que en el futuro se considerase la posibilidad de crear un mecanismo específico de seguimiento para todos los órganos de tratados que revistiera la forma de una dependencia de coordinación del seguimiento o un puesto de alto nivel de coordinador del seguimiento en el ACNUDH. Esa propuesta formaba parte también de la respuesta conjunta de las ONG a que se ha hecho referencia más arriba. Además del seguimiento directo con los Estados partes, la dependencia o el funcionario promoverían el seguimiento en las distintas subdivisiones y divisiones del ACNUDH, incluidas las que trabajan en el examen periódico universal y con otros asociados de las Naciones Unidas. Se señaló que el grupo de trabajo podría constituir un primer paso hacia el establecimiento de un mecanismo que abarcara a todos los órganos.

24.El Centro de Derechos Civiles y Políticos y el Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura presentaron también su propuesta de un nuevo mecanismo de seguimiento de las recomendaciones de los órganos de tratados que comprendía tres funciones principales, a saber, los relatores por país de los comités respectivos, los relatores para el seguimiento y una nueva sala de seguimiento integrada por los relatores para el seguimiento de cada uno de los órganos de tratados. La propuesta obedecía al propósito de que todos y cada uno estuviesen encargados de las funciones que estaban en mejor situación para desempeñar. El principal objetivo de la sala de seguimiento consistiría en reunir, analizar y evaluar información sobre el seguimiento en cada país y no por tema como se hacía en cada uno de los órganos de tratados. Ello proporcionaría a todas las entidades del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas una completa imagen del grado de cumplimiento en cada país con respecto a los principales motivos de preocupación de cada uno de los órganos de tratados.

25.Los miembros del grupo de trabajo dieron las gracias a las ONG por la diversidad y pertinencia de sus propuestas e insistieron en la importante función que cabía a la sociedad civil, incluidas esas organizaciones, en el seguimiento a nivel nacional. Los miembros destacaron la importancia de que hubiese distintos tipos de actividades de seguimiento, como visitas de miembros de órganos de tratados, seminarios regionales y visitas de titulares de mandatos de procedimientos especiales, y recalcaron también que las aportaciones de las ONG eran importantes para crear redes sociales en los países. Pidieron también mayores detalles acerca de las dos propuestas de mecanismos de seguimiento que habían presentado las ONG. Según algunos miembros, esas ideas eran interesantes pero, según otros, eran prematuras porque sería mejor armonizar las prácticas existentes en lugar de establecer un mecanismo común. También se preguntó si había que dedicar tiempo y esfuerzo a procedimientos de seguimiento o más bien tratar de mejorar y reforzar el sistema de presentación de informes en general e incluir exámenes de Estados partes en los casos en que no presentasen informes. Los miembros del grupo de trabajo recomendaron que los órganos de tratados, al formular y afinar su procedimiento de seguimiento, alentasen a las ONG a contribuir activamente a él presentando información que constituiría uno de los elementos para evaluar los informes de seguimiento que presentaran los Estados partes.

VI.Aumento de la eficacia de los órganos de tratados: coordinación de su labor

26.En relación con este tema del programa, los participantes discutieron los métodos de trabajo de los órganos de tratados en relación con el seguimiento de las observaciones finales, las decisiones, las investigaciones y las visitas, incluidas las posibilidades de armonización. De conformidad con una recomendación de la décima reunión de los comités, el grupo de trabajo se dividió en dos subgrupos que se reunieron en forma paralela, uno sobre el seguimiento de las observaciones finales, las investigaciones y las visitas y otro sobre el seguimiento de las comunicaciones individuales.

27.La documentación de antecedentes sobre el seguimiento (HRI/ICM/WGFU/2011/2 y HRI/ICM/WGFU/2011/3) preparada por la Secretaría constituyó la base para el debate.

A.Subgrupo sobre el seguimiento de las observaciones finales, las investigaciones y las visitas

28.El subgrupo se reunió el jueves 13 de enero de 2011 (en la mañana y en la tarde) y estuvo integrado por los siguientes expertos: Abdelfattah Amor (Comité de Derechos Humanos), Nourredine Amir (Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial), Barbara Bailey (Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer), Felice Gaer (Comité contra la Tortura), Yanghee Lee (Comité de los Derechos del Niño), Zdzislaw Kedzia (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), Ana Elizabeth Cubias Medina (Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares), Ana Peláez Narváez (Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad), Hans Draminsky Petersen (Subcomité de Prevención de la Tortura) y Víctor Manuel Rodríguez Rescia (Subcomité de Prevención de la Tortura).

29.Tras la apertura de la reunión, los miembros del subgrupo designaron Presidente a la Sra. Lee y Relatora a la Sra. Gaer. El subgrupo examinó varias cuestiones distintas relacionadas con el seguimiento, que se resumen a continuación.

1.Valor añadido del procedimiento de seguimiento

30.La mayor parte de los miembros del subgrupo coincidían en que un procedimiento escrito de seguimiento ofrecía un valor añadido. Se trataba de un medio de mantener el diálogo en el período que mediaba entre los años en que había que presentar informes y de centrar la atención en cuestiones fundamentales de protección. Se señaló también que era una forma de impulsar la puesta en práctica de las observaciones finales y los miembros estaban de acuerdo en general en que el seguimiento debía ser público desde el principio hasta el final del proceso.

31.Los representantes de unos pocos comités, al tiempo que señalaban que el objetivo debía ser realzar el cumplimiento y la puesta en práctica, manifestaron que no estaban seguros acerca de si estarían en condiciones de absorber en esa etapa un procedimiento escrito de seguimiento, habida cuenta de los recursos humanos y financieros que se necesitaban para ello. Por lo tanto, el subgrupo decidió que quedara librado a cada uno de los órganos de tratados que no tuviera ya un procedimiento de seguimiento decidir la viabilidad de establecerlo y el cronograma correspondiente.

2.Evaluación preliminar del procedimiento de seguimiento

32.Los representantes de los cuatro comités que hasta la fecha habían adoptado procedimientos escritos de seguimiento informaron a la reunión de la experiencia a ese respecto. Los cuatro señalaron que esa experiencia había sido positiva y alentadora. Uno dijo que había sido fructífera, a pesar de sus límites. En todo caso, indicaron también las dificultades y los problemas con que habían tropezado, entre ellos un mayor volumen de trabajo para los respectivos comités y la Secretaría, así como la rotación en el cargo de miembros del comité y funcionarios de la Secretaría. Otro obstáculo que se mencionó se refería al problema de la traducción oportuna de la documentación de seguimiento, que podía demorar el proceso y, a veces, hacer que perdiera sentido.

33.La representante del Comité contra la Tortura señaló que ese órgano había procedido recientemente a una evaluación preliminar de su procedimiento de seguimiento en que habían quedado de manifiesto las dificultades, los obstáculos y los resultados. Desde que se estableció el procedimiento en el 30º período de sesiones (mayo de 2003) hasta el final del 44º período de sesiones (mayo de 2010), el Comité había recibido aproximadamente el 70% de los informes de seguimiento que debían presentarse antes del 14 de ese mes.

34.Los miembros del subgrupo coincidieron en que había que racionalizar y consolidar las observaciones finales, además de fijarles un orden de prioridad, y en que las recomendaciones debían ser concisas y formuladas de manera precisa y adecuada a la cuestión de que se tratara a fin de facilitar el seguimiento y la puesta en práctica. En ese contexto se observó también que por lo general los comités hacían un seguimiento sistemático de todas las cuestiones, además de las prioritarias, en el contexto del informe siguiente.

3.Aprobación de directrices procedimentales para el seguimiento

35.Una de las principales cuestiones que examinó el subgrupo se refería a la posibilidad de adoptar directrices procedimentales para el seguimiento. El Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer tenían ya directrices de esa índole; hubo acuerdo en general en que cada uno de los órganos de tratado que tuviesen un procedimiento escrito de seguimiento debería considerar la posibilidad de aprobar directrices de esa índole y afinar el procedimiento. A esos efectos, y al tiempo que señaló que la lista no era taxativa, el subgrupo convino en que las directrices debían incluir los siguientes elementos comunes:

a)Formas en que el Comité debería interactuar con los interesados;

b)Procedimientos para determinar cuándo se han llevado plenamente a la práctica las recomendaciones de seguimiento;

c)Un cronograma para pedir información de seguimiento;

d)Medios de coordinación entre el relator para el seguimiento y el relator para el país;

e)Métodos para una evaluación cualitativa de la información recibida;

f)Cómo considerar el seguimiento en el contexto de otros métodos de trabajo, como el de alerta temprana y acción urgente y la lista de cuestiones previa a la presentación de informes, cuando proceda.

36.Otra cuestión que examinó el subgrupo era la de si debía o no recomendar un límite al número de recomendaciones urgentes o prioritarias en los respectivos procedimientos de seguimiento. Se indicó a este respecto la experiencia de los diversos comités y el número de cuestiones de seguimiento actualmente fluctuaba entre una y seis. Hubo acuerdo en el subgrupo de que el número debía limitarse a un mínimo de dos y un máximo de cuatro a los efectos de mantener bien enfocado el procedimiento. Hubo acuerdo además entre los participantes en que, para hacer más eficaz el procedimiento de seguimiento, todos los órganos de tratados deberían considerar la posibilidad de formular criterios claros para seleccionar las recomendaciones de manera de facilitar su identificación como, por ejemplo, viabilidad y urgencia.

37.Con respecto a la cuestión de los recordatorios de falta de información, la mayoría de los comités que tienen un procedimiento escrito de seguimiento utilizan ese sistema, pero la periodicidad en el envío de los recordatorios varía. Hubo acuerdo en el subgrupo en que los recordatorios debían ser transmitidos al Estado parte dos meses después de vencido el plazo para presentar la información y, luego, cuatro meses después si el Estado seguía sin hacerlo. El subgrupo decidió también que, si no se recibía la información en un plazo de seis meses, el órgano debería tratar de reunirse con representantes del Estado parte.

4.Directrices para la presentación de información de seguimiento

38.Los miembros del subgrupo examinaron la posibilidad de formular directrices para los Estados partes a fin de facilitar la preparación de sus respuestas al seguimiento. Hubo acuerdo general en que esas directrices serían útiles y una de las principales cuestiones que se discutieron era la de si había que fijar un límite de páginas para los informes de seguimiento. Hubo acuerdo en el subgrupo en que, en lugar de fijar un límite determinado, había que alentar a los Estados partes a que, en la medida de lo posible, presentaran respuestas concisas y precisas de manera de poder traducirlas más a tiempo. Se recordó también a los Estados partes que existía la posibilidad de presentar información de seguimiento en la forma de anexos de esas respuestas, en forma electrónica cuando era posible.

5.Relaciones con organizaciones no gubernamentales, instituciones nacionales de derechos humanos y asociados de las Naciones Unidas

39.El subgrupo discutió la importancia de que hubiera un formato simplificado para el seguimiento a fin de aumentar la participación de los interesados en el procedimiento. Los participantes coincidieron en la necesidad de que los órganos de tratados se mantuvieran en contacto con todos los interesados en todas las etapas del proceso de presentación de informes. Se mencionó también la necesidad de trabajar en relación más estrecha con las instituciones nacionales de derechos humanos y con organismos de las Naciones Unidas, así como de recurrir a ellos para reunir información de seguimiento. Los participantes coincidieron en que habría que invitar sistemáticamente a los organismos de las Naciones Unidas a que proporcionaran información sobre el seguimiento y alentar a los equipos de las Naciones Unidas en los países a que hicieran presentaciones escritas y organizaran reuniones oficiales de información. También se destacó la necesidad de dar carácter sistemático a la participación en todo el proceso de presentación de informes de los equipos de las Naciones Unidas en los países y de funcionarios del ACNUDH.

40.El subgrupo recomendó que, a los efectos de recibir una aportación sistemática de las entidades y los mecanismos de las Naciones Unidas y los equipos de estas en los países, con inclusión de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos que correspondieran, instituciones nacionales de derechos humanos y entidades internacionales, regionales y nacionales de la sociedad civil, los comités redoblaran sus esfuerzos por hacer más visible el procedimiento escrito de seguimiento.

6.Planteamiento integrado del seguimiento

41.El subgrupo discutió cuestiones de cooperación y armonización con respecto al seguimiento entre los diversos mecanismos internacionales de derechos humanos. Habida cuenta de la índole intersectorial de muchos de los problemas que planteaban los órganos de tratados, los participantes recomendaron que los comités se comunicaran, mantuvieran un diálogo conjunto y coordinaran su actuación a fin de que hubiera coherencia y remisiones recíprocas entre los procedimientos de seguimiento de los órganos creados en virtud de tratados y entre estos y otros mecanismos, como el examen periódico universal.

7.Reestructuración de las observaciones finales en elementos a corto, mediano y largo plazo

42.En el curso de la reunión, el subgrupo examinó la sugerencia de la Alta Comisionada de estructurar las observaciones finales en elementos inmediatos, a mediano plazo y a largo plazo a fin de facilitar el cumplimento a nivel nacional de las recomendaciones de los órganos de tratados. Los participantes convinieron en que había que examinar debidamente la propuesta de la Alta Comisionada en la próxima reunión de los comités, que tendría lugar en junio, junto con la estructura y la longitud de las observaciones finales.

8.Actividades alternativas de seguimiento

43.Los participantes se refirieron a la sugerencia formulada por la Alta Comisionada en su declaración de apertura acerca de las alternativas al procedimiento oficial de seguimiento y convinieron en general en que cabía considerar que había otras actividades que complementaban el procedimiento formal pero no eran alternativas a él. El procedimiento escrito de seguimiento debía mantenerse intacto.

9.Seminarios regionales sobre seguimiento

44.El subgrupo examinó la posibilidad de organizar en forma más sistemática seminarios regionales sobre seguimiento de las recomendaciones de órganos de tratados y presentación de informes al respecto. Los participantes destacaron que esos seminarios podrían tener gran repercusión en los planos regional y nacional al impartir orientación a los Estados partes sobre la puesta en práctica de esas recomendaciones. Habida cuenta de las limitaciones financieras a que hace frente el sistema de órganos de tratados, los participantes instaron al ACNUDH a hacer una evaluación de la viabilidad de organizar y financiar seminarios sobre seguimiento en que cabría una función muy importante a expertos de órganos de tratados.

10.Visitas de seguimiento

45.El subgrupo consideró la realización de visitas de seguimiento in situ como medio adicional de reforzar la puesta en práctica de las recomendaciones de los órganos de tratados. Los representantes del Subcomité de Prevención de la Tortura destacaron la importancia de esas visitas, pero indicaron asimismo las dificultades con que se tropezaba para seleccionar a los países que serían objeto de ellas. El subgrupo alentó al Subcomité a indicar criterios con miras a actuar en forma no selectiva y no discriminatoria al determinar a qué países se habría de efectuar visitas de seguimiento.

46.La mayoría de los participantes coincidieron en la utilidad de las visitas in situ para evaluar la realidad de la situación sobre el terreno, mantener el diálogo con los Estados partes, aclarar malos entendidos e impartir orientación concreta. También se destacaron las posibilidades que abrían esas visitas de crear una red de asociados sobre el terreno para el cumplimiento, entre ellos organismos de las Naciones Unidas. Los participantes recomendaron que los órganos de tratados, junto con el ACNUDH, los equipos de las Naciones Unidas en los países y otros asociados de las Naciones Unidas, estudiaran la posibilidad de realizar visitas de seguimiento in situ dentro de los límites de los recursos humanos y financieros de que se dispone.

B.Subgrupo sobre el seguimiento de las comunicaciones individuales

47.El subgrupo se reunió el jueves 13 de enero de 2011 (en la mañana y en la tarde) y estuvo integrado por los siguientes expertos que forman parte de órganos de tratados: Mohamed Ezzeldin Abdel-Moneim (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), Yuji Iwasawa (Comité de Derechos Humanos), Régis de Gouttes (Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial), Fernando Mariño Menéndez (Comité contra la Tortura), Pramila Patten (Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer), María Soledad Cisternas Reyes (Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad), Mehmet Sevim (Comité sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares) y Lothar Krappmann (Comité de los Derechos del Niño).

48.Tras la apertura de la reunión, los miembros del subgrupo designaron Presidente al Sr. Iwasawa y Relator al Sr. Mariño Menéndez. La Presidencia informó a los participantes de su reciente visita al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su calidad de Presidente del Comité de Derechos Humanos, en el curso de la cual se había reunido con magistrados y con representantes de la Secretaría y de la dependencia que trabaja con el Comité de Ministros del Consejo de Europa en la supervisión de la ejecución de los fallos del Tribunal. Se señaló a ese respecto que las decisiones de los órganos de tratados emanaban de órganos cuasijudiciales.

49.Acto seguido, los participantes examinaron y discutieron la nota de antecedentes (HRI/ICM/WGFU/2011/3) que había preparado la Secretaría en relación con el documento HRI/ICM/2009/7 e intercambiaron información y opiniones sobre las prácticas de seguimiento, las disposiciones convencionales al respecto y los reglamentos vigentes sobre las denuncias individuales ante sus respectivos comités, así como sobre la labor de los actuales relatores especiales y otros relatores que se ocupan del seguimiento de las comunicaciones individuales. Se sugirió que se considerara la posibilidad de establecer en los distintos comités grupos de trabajo de relatores conjuntos para el seguimiento.

50.Entre otras cosas, los participantes examinaron también la duración del procedimiento de seguimiento en general, cuán específica debería ser la parte de las decisiones de los órganos de tratados relativa a la reparación y la posibilidad de incluir sistemáticamente en las listas de cuestiones y las observaciones finales, en el marco del procedimiento de presentación de informes, cuestiones y recomendaciones sobre el seguimiento de las denuncias individuales. También se examinó la cuestión del tiempo que se daría a los Estados para rectificar transgresiones del tratado pertinente en el marco del procedimiento de denuncias individuales, que en la actualidad iba de tres a seis meses. También se examinó la manera y la forma en que se recogía en los informes anuales de los respectivos comités la información de seguimiento de los casos individuales. Se señaló en ese contexto que algunos órganos de tratados habían instituido categorías de respuestas de los Estados partes, "satisfactoria" o "insatisfactoria" por ejemplo, y utilizaban informes provisionales de seguimiento que se aprobaban en cada período de sesiones.

51.Varios expertos eran de la opinión de que los órganos de tratados, al ocuparse de comunicaciones individuales, debían tratar de formular mejor la parte dispositiva de sus decisiones de manera de ayudar a los Estados a rectificar la transgresión en forma adecuada. Sin embargo, no se llegó a un acuerdo respecto de las sugerencias de que hubiese una sección más detallada y específica al respecto ni la de incluir recomendaciones generales a esos efectos.

52.Varios participantes sugirieron que se alentara a las instituciones nacionales de derechos humanos y a ONG internacionales y locales a presentar observaciones sobre las respuestas que daban y las medidas que tomaban los Estados partes para facilitar la evaluación por los comités de la información de seguimiento recibida sobre casos individuales. También se planteó la cuestión de la participación de las oficinas regionales de las Naciones Unidas, organismos especializados y equipos de las Naciones Unidas en el país. Se discutió asimismo la posibilidad de recurrir a misiones de seguimiento in situ.

53.También se examinó la necesidad de que las decisiones sobre casos individuales, incluida la información de seguimiento, fuesen plenamente accesibles, en particular para las personas con discapacidad. Se señaló por otra parte que algunos órganos de tratados tenían recopilaciones ("decisiones seleccionadas") de su respectiva jurisprudencia, que incluían información sobre el seguimiento. El subgrupo discutió también la cuestión del seguimiento de las medidas provisionales de protección, que apuntaban a prevenir que se causara un daño irreparable a las víctimas.

54.Se señaló además que, si bien algunos órganos de tratados habían adoptado reglamentos para los procedimientos de seguimiento, ninguno de ellos había establecido hasta la fecha completas directrices escritas al respecto. Varios participantes señalaron que algunos comités hacían sistemáticamente referencia en la parte dispositiva de sus decisiones sobre casos individuales a su reglamento o al artículo del tratado que se refiriera al seguimiento, pero otras no lo hacían nunca.

55.Varios participantes señalaron también que ciertos comités se ocupaban de las cuestiones de seguimiento en reuniones públicas y otras lo hacían a puerta cerrada. Se sugirió que, cuando se considerase procedente, se incluyese en las conferencias de prensa que ofrecían los comités al terminar sus períodos de sesiones información relativa al seguimiento de los casos individuales. Un miembro sugirió que se emitieran comunicados de prensa específicos sobre cuestiones de seguimiento, similares a los que utilizaba el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

56.Por último, varios miembros expresaron su opinión acerca de la manera en que se redactaban las decisiones sobre casos individuales y de la necesidad, según ellos, de que esas decisiones tuviesen una mejor fundamentación en derecho para facilitar su cumplimiento y seguimiento ulteriores.

VII.Reunión con el Presidente del Comité de Coordinación de los Procedimientos Especiales

57.El grupo de trabajo se reunió con el Presidente del Comité de Coordinación de los Procedimientos Especiales, Najat Maalla M'jid, a fin de examinar el seguimiento coordinado de las recomendaciones formuladas por los procedimientos especiales y los órganos de tratados.

58.Una de las principales cuestiones que se plantearon fue la de que todos los órganos de tratados considerasen la posibilidad de interactuar de manera más sistemática con los titulares de mandatos de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en cuestiones relacionadas con el seguimiento, a fin de lograr que las recomendaciones fuesen objeto de especial atención en el contexto de la visita a un país o durante una reunión con funcionarios del gobierno del que se tratase. Los participantes reiteraron también el llamamiento que se había hecho en la 11ª reunión conjunta de los comités y la 17ª reunión anual de los titulares de mandatos de los procedimientos especiales para que se adoptara un enfoque más sistemático de la supervisión del cumplimento de las recomendaciones respectivas por parte de los titulares de mandatos de procedimientos especiales y de los órganos de tratados, sobre todo mediante el intercambio sistemático de información sobre sus respectivas cuestiones prioritarias en relación con situaciones de países y temas concretos.

59.Los participantes recordaron además que en la reunión conjunta había habido acuerdo en que las recomendaciones deberían ser específicas, medibles, viables, realistas y sujetas a plazo, a fin de facilitar su seguimiento. Recomendaron que en la 12ª reunión conjunta de los comités y la 18ª reunión anual de los titulares de mandatos de procedimientos especiales se volviera a examinar esta cuestión con miras a facilitar una sistemática remisión recíproca de las recomendaciones de procedimientos especiales y de órganos de tratados y a reforzar esas recomendaciones. Los participantes recomendaron también que en la reunión se examinara una efectiva estrategia conjunta para los medios de comunicación. Los participantes insistieron en que la información colectiva producida por los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales debería estar más disponible y al alcance de todos a fin de representar mejor al conjunto del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. Habría que estudiar las posibilidades de mejorar la corriente de información, recurriendo en mayor medida, por ejemplo, al índice universal de los derechos humanos.

60.Se recomendó además que los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales interactuaran en forma sistemática y coordinada con los mecanismos nacionales y regionales a fin de estrechar la cooperación en el contexto del seguimiento y los participantes pidieron a la Secretaría que preparara una recopilación de buenas prácticas de cooperación entre los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales, que incluyera el contexto del seguimiento.

VIII.Proyecto de puntos de acuerdo del grupo de trabajo de la reunión de los comités sobre el seguimiento

61.Los siguientes puntos de acuerdo serán presentados a la 12ª reunión de los comités para su aprobación y para que ulteriormente sean refrendados en la 23ª reunión de los presidentes, que tendrá lugar en junio de 2011.

A.Puntos de acuerdo sobre el seguimiento de las observaciones finales, las investigaciones y las visitas

Grupo de trabajo de la reunión de los comités sobre el seguimiento

a)El grupo de trabajo, recordando la recomendación formulada en la décima reunión, recomendó que el sistema de órganos de tratados en su conjunto, teniendo en cuenta sus recomendaciones y con la asistencia del ACNUDH, prosiguiera y redoblara sus esfuerzos por armonizar los métodos de trabajo de los órganos de tratados y mejorar su metodología.

Establecimiento de procedimientos de seguimiento

b)El grupo de trabajo, recordando las recomendaciones de reuniones anteriores, insistió en que cada uno de los órganos de tratados que no tuviera ya un procedimiento de seguimiento tomara una decisión sobre la viabilidad de establecerlo y el cronograma correspondiente.

Aprobación de directrices para el procedimiento de seguimiento

c)El grupo de trabajo recomendó que los órganos de tratados que tuvieran un procedimiento escrito de seguimiento y no hubiesen adoptado aún directrices procedimentales para él consideraran la posibilidad de hacerlo y de afinar ese procedimiento. A este respecto, el grupo de trabajo recomendó que las directrices procedimentales incluyeran, entre otros, los elementos comunes siguientes:

i)Formas en que el Comité debería interactuar con los interesados;

ii)Procedimientos para determinar cuándo se han llevado plenamente a la práctica las recomendaciones de seguimiento;

iii)Un cronograma para pedir información de seguimiento;

iv)Formas de coordinación entre el relator para el seguimiento y el relator para el país;

v)Métodos para una evaluación cualitativa de la información recibida;

vi)Cómo considerar el seguimiento en el contexto de otros métodos de trabajo, como el procedimiento de alerta temprana y acción urgente y lista de cuestiones previas a la presentación del informe, cuando proceda.

d)El grupo de trabajo recomendó además que el número de recomendaciones urgentes o prioritarias identificadas en sus respectivos procedimientos de seguimiento quedase limitado estrictamente de dos a cuatro a fin de mantener claramente enfocado el procedimiento. A los efectos de aumentar más la eficacia del procedimiento de seguimiento, el grupo de trabajo recomendó que los órganos de tratados considerasen la posibilidad de formular criterios claros para la selección de recomendaciones a fin de facilitar su identificación, como la viabilidad y la urgencia por ejemplo.

e)El grupo de trabajo recomendó que se transmitieran al Estado parte recordatorios de la información de seguimiento que debía presentar dos meses después del vencimiento del plazo fijado para presentarla y, luego, transcurridos cuatro meses en caso de que siga sin presentarse. De no recibirse la información en el plazo de seis meses, el grupo de trabajo decidió que el órgano tratara de reunirse con representantes del Estado parte.

Formulación de directrices para la presentación de información de seguimiento

f)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités considerasen la posibilidad de formular directrices para los Estados partes a fin de facilitar la preparación de respuestas de seguimiento. El grupo de trabajo recomendó que se alentara a los Estados partes a que, en toda la medida de lo posible, presentasen respuestas de seguimiento concisas y precisas de manera de poder traducirlas más a tiempo y recordó a los Estados partes que existía la posibilidad de presentar información complementaria como anexos de los informes, en forma electrónica cuando era posible.

Interacción con los interesados en general

g)El grupo de trabajo recomendó que los comités, con la asistencia del ACNUDH, redoblasen sus esfuerzos por aumentar la visibilidad del procedimiento de seguimiento por escrito a fin de recibir la aportación sistemática de los equipos de las Naciones Unidas en los países y de entidades y mecanismos de las Naciones Unidas, con inclusión de los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos que correspondiera, de instituciones nacionales de derechos humanos y de entidades internacionales, regionales y nacionales de la sociedad civil.

Interacción con asociados de las Naciones Unidas

h)El grupo de trabajo recomendó que los comités, con asistencia del ACNUDH, estudiasen medios de interactuar sistemáticamente con organismos especializados, presencias sobre el terreno y equipos de las Naciones Unidas en el país a través de todo el proceso de presentación de informes, incluido el contexto de las actividades de seguimiento. El grupo de trabajo recomendó asimismo que se invitara oficialmente a los asociados de las Naciones Unidas a participar en la labor de los órganos de tratados y les alentó a proporcionar información de seguimiento y datos concretos sobre cada país.

i)El grupo de trabajo recomendó que todos los órganos de tratados considerasen la posibilidad de incluir en sus observaciones finales referencias expresas a la posibilidad de recabar asistencia técnica de asociados de las Naciones Unidas cuando se considerase necesario.

Cooperación con instituciones nacionales de derechos humanos

j)El grupo de trabajo recomendó que los comités reconocieran el importante papel y la importante aportación de las instituciones nacionales de derechos humanos en el procedimiento de seguimiento y estableciesen mecanismos para pedir y recibir periódicamente información de esas instituciones sobre el seguimiento y cumplimiento.

Interacción con organizaciones no gubernamentales

k)El grupo de trabajo sobre seguimiento de la reunión de los comités recomendó que los órganos de tratados, al formular y afinar su procedimiento de seguimiento, alentaran a las ONG a contribuir activamente a ese procedimiento presentando información que constituiría uno de los elementos para evaluar los informes de seguimiento presentados por los Estados partes.

Formato y longitud de las observaciones finales

l)El grupo de trabajo recomendó que, a fin de facilitar el seguimiento y el cumplimiento, las recomendaciones fuesen concisas y estuviesen enunciadas de manera precisa y adecuada a la cuestión de que se tratase. En este contexto, el grupo de trabajo discutió la propuesta de estructurar las observaciones finales en torno a elementos inmediatos, a mediano plazo y a largo plazo de manera de facilitar el cumplimiento a nivel nacional de las recomendaciones de los órganos de tratados.

m)El grupo de trabajo reiteró también la recomendación formulada en la 11ª reunión de los comités de que cada órgano de tratados estudiase medios de reducir la longitud de sus observaciones finales a fin de que sean más eficientes y eficaces, sin comprometer con ello la calidad de las observaciones ni el ejercicio del mandato de supervisión del órgano de que se tratase.

Visibilidad y accesibilidad de la información

n)El grupo de trabajo recomendó asimismo que los comités hiciesen pública la información de seguimiento, a menos que la Convención estipulase otra cosa, y que esa información fuese incluida en el informe anual del comité a la Asamblea General.

o)El grupo de trabajo recomendó, a los efectos de asegurar la plena participación de expertos con discapacidad en la labor de los órganos de tratados, que la documentación de los períodos de sesiones y la documentación de referencia se facilitase en formato accesible y con suficiente antelación a las reuniones.

p)El grupo de trabajo sobre seguimiento de la reunión de los comités recomendó que se hiciera más visible y accesible la información de seguimiento, y que, entre otras cosas, el ACNUDH crease a esos efectos una página web general sobre procedimientos de seguimiento a fin de que se cobrase mayor conciencia de ellos y de dirigir a los interesados a la respectiva página web de cada comité sobre el seguimiento, todo ello con el objeto de aumentar la interacción con los interesados, entre ellos las ONG y otras entidades de la sociedad civil.

Seminarios regionales de seguimiento

q)El grupo de trabajo destacó la importancia de organizar seminarios regionales sobre presentación de informes y seguimiento de las recomendaciones de los órganos de tratados y evaluar sus resultados. El grupo de trabajo recomendó que el ACNUDH evaluara la viabilidad de organizar y financiar esos seminarios y que expertos de órganos de tratados desempeñasen un papel central en ellos impartiendo orientación a los Estados partes acerca de las medidas concretas que habría que adoptar para cumplir las recomendaciones de esos órganos.

Visitas de seguimiento

r)El grupo de trabajo recomendó que los órganos de tratados, junto con el ACNUDH, los equipos de las Naciones Unidas en el país y otros asociados de las Naciones Unidas, estudiaran la posibilidad de efectuar visitas de seguimiento in situ, dentro de los límites de los recursos humanos y financieros disponibles, con lo cual los órganos de tratados podrían evaluar en forma más minuciosa el cumplimiento de sus recomendaciones a nivel nacional.

s)El grupo de trabajo alentó al Subcomité de Prevención de la Tortura a formular criterios para la selección de los países que habría de visitar en el contexto del seguimiento.

Seguimiento de las investigaciones

t)El grupo de trabajo recomendó que, en el contexto del sistema de presentación de informes periódicos, con inclusión de las listas de cuestiones y las observaciones finales, se hiciera un seguimiento de las conclusiones a que se llegase en las investigaciones efectuadas por los órganos de tratados, una vez completadas y cuando procediese.

B.Puntos de acuerdo sobre el seguimiento de las denunciasindividuales

Adopción de directrices procedimentales

a)El grupo de trabajo recomendó que se redactaran directrices procedimentales comunes en el contexto de la labor de la reunión con el objeto de complementar los reglamentos y las prácticas actuales sobre seguimiento y armonizar el procedimiento de seguimiento de todos los comités. Habría que incluir elementos propios de cada uno de los tratados y tener en cuenta al mismo tiempo los elementos comunes básicos de las directrices. Estas no solo serían útiles para los comités y la Secretaría sino también para los Estados partes y otros interesados, con lo que se haría más transparente el procedimiento.

Formato de las decisiones y los informes anuales – Sección de las decisiones de los comités relativa a la reparación y al cumplimiento

b)El grupo de trabajo recomendó que los comités siguieran examinando medios de mejorar más sus recomendaciones a los Estados partes con respecto a la reparación, de manera de mejorar el cumplimiento y lograr un seguimiento efectivo de las decisiones. Recomendó asimismo que en las medidas de reparación recomendadas a los Estados partes se tratara de velar por la uniformidad de la jurisprudencia de cada Comité.

c)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités incluyeran en su informe anual un cuadro, similar al que emplean en el Comité de Derechos Humanos y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en que enumeraran las decisiones en que constataron transgresiones, así como el estado o la clasificación de la respuesta de seguimiento.

d)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités, en sus decisiones, pidieran sistemáticamente a los Estados partes que las publicaran, las tradujeran (de ser necesario) al idioma oficial y les dieran amplia distribución, como hacen actualmente el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. Recomendó también que todos los comités incluyeran una solicitud a los Estados partes de que se cerciorasen de que las decisiones estuviesen también al alcance de las personas con discapacidad en formatos accesibles.

e)El grupo de trabajo recomendó que, en la sección relativa al cumplimiento de sus decisiones, todos los comités indicaran los fundamentos por los cuales pedían información sobre el seguimiento. Así, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial se referiría al artículo de su reglamento que constituye la base de su solicitud al Estado parte de que proporcione información sobre las medidas adoptadas para cumplir una decisión.

f)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités consideraran la posibilidad de prorrogar de 90 a 180 días el plazo para que los Estados partes presentasen sus respuestas, salvo en caso de emergencia.

Los relatores para el seguimiento y el tiempo asignado al examen de los informes

g)El grupo de trabajo recomendó que los comités consideraran la posibilidad de reducir el volumen de trabajo de los relatores para el seguimiento (sobre todo en el caso del Comité de Derechos Humanos) y de alentar a otros miembros de los comités a realizar una función más proactiva, tal vez mediante el establecimiento de grupos de trabajo o la incorporación de relatores conjuntos para el seguimiento.

h)El grupo de trabajo recomendó que se tomaran medidas adecuadas para asegurarse de que se asignara tiempo suficiente al examen de los informes de seguimiento, de manera de poder efectuar un análisis a fondo de las presentaciones y una evaluación cualitativa de las respuestas de los Estados partes.

Visibilidad

i)El grupo de trabajo recomendó que:

i)Todos los comités publicaran informes provisionales en el sitio web del ACNUDH inmediatamente después de su aprobación;

ii)Todos los comités examinaran y aprobaran sus informes de seguimiento en sesiones públicas;

iii)Todos los comités incluyeran información sobre el seguimiento de las decisiones como tema permanente que se anunciaría, según procediera, en sus conferencias de prensa;

iv)Se reanudara la celebración de coloquios de derecho que contribuyeran a dar a conocer el procedimiento de denuncias individuales y a que las instancias nacionales e internacionales hicieran mayor referencia a la jurisprudencia de los órganos de tratados;

v)Todos los comités incluyeran en sus listas de cuestiones un párrafo sobre denuncias individuales cada vez que correspondiera y, de proceder, se refiriesen a esas denuncias en las observaciones finales;

vi)Todos los comités tuvieran la posibilidad de hacer publicar "decisiones seleccionadas", que deberían incluir también información sobre el seguimiento;

vii)El ACNUDH estableciera y actualizara periódicamente una base de datos permanente para incluir en ella todas las decisiones de los órganos de tratados y la información sobre el seguimiento correspondiente;

viii)Se alentara a los organismos especializados, las instituciones nacionales de derechos humanos, las organizaciones intergubernamentales y las ONG a contribuir activamente al proceso de seguimiento y a la evaluación de las presentaciones de seguimiento;

ix)La lista de correo electrónico con la cual actualmente se comunica a los subscriptores que hay nueva jurisprudencia de los órganos de tratados incluyera palabras clave inmediatamente después del número y el nombre de la decisión.

Procedimientos para mejorar el cumplimiento

j)El grupo de trabajo recomendó que se pidiera a los Estados partes en el tratado correspondiente que presentasen información acerca del órgano expresamente encargado en el plano nacional del seguimiento de las denuncias individuales y de los procedimientos aplicados por esos órganos para cumplir las decisiones de los órganos de tratados. La labor preliminar a ese respecto podría consistir en el envío de un cuestionario a los Estados partes en un intento de establecer información básica sobre el cumplimiento.

k)El grupo de trabajo recomendó que se encomendara la realización de un proyecto de investigación sobre las mejores prácticas, tal vez en una universidad y con aportaciones sustantivas de expertos de órganos de tratados, con respecto a ejemplos de buen cumplimiento hasta la fecha. El proyecto debería incluir no solo lo que se hubiese hecho para cumplir las decisiones en determinados Estados y regiones sino también cómo se hizo en el plano interno, qué procedimientos y mecanismos se utilizaron y qué sistemas concretos existen en los países con respecto a las decisiones de comités sobre vulneración de derechos humanos.

l)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités estudiaran medios de ayudar a los Estados partes a recibir cooperación técnica del ACNUDH, organismos especializados de las Naciones Unidas y otros asociados para asegurar el cumplimiento de las decisiones de los órganos de tratados.

m)El grupo de trabajo recomendó que todos los comités siguieran tomando medidas para aumentar la calidad de sus decisiones y cerciorarse de que tengan una sólida fundamentación jurídica y sean tan sucintas como resulte posible, así como de fácil consulta.

n)El grupo de trabajo recomendó que los comités tuvieran presente que, una vez declarada admisible una comunicación, los Estados partes no pueden impugnar en el procedimiento de seguimiento la capacidad jurídica del autor de una comunicación o de la víctima.

o)El grupo de trabajo recomendó que los países que no hubiesen establecido aún un mecanismo para el seguimiento de las medidas provisionales procedieran a hacerlo.

p)El grupo de trabajo recomendó que los comités llevasen a cabo con mayor frecuencia misiones o visitas a los países y, tal vez, programaran esas visitas con el relator para el seguimiento de las observaciones finales. Cuando correspondiera, los comités podrían indagar si esas visitas podrían contar con apoyo de los equipos de las Naciones Unidas en el país, incluso en el plano financiero.

q)El grupo de trabajo recomendó que los comités celebrasen reuniones de seguimiento entre períodos de sesiones con Estados partes (fuera de los períodos de sesiones). Esas consultas podrían ser efectuadas por los relatores para el seguimiento o por otros miembros del comité, como los relatores por país.

C.Puntos de acuerdo con respecto a la interacción con los procedimientos especiales

a)El grupo de trabajo recomendó que todos los órganos de tratados considerasen la posibilidad de interactuar de manera más sistemática con los titulares de mandatos de procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en cuestiones relacionadas con los procedimientos de seguimiento, a fin de lograr que las recomendaciones seleccionadas fuesen objeto de especial atención en el contexto de la visita a un país o durante una reunión con funcionarios del gobierno de que se tratase. El grupo de trabajo reiteró el llamamiento que se había hecho en la 11ª reunión conjunta de los comités y la 17ª reunión anual de los titulares de mandatos de procedimientos especiales para que se adoptara un enfoque más sistemático de la supervisión del cumplimiento de las recomendaciones respectivas de los titulares de mandatos de procedimientos especiales y de los órganos de tratados, sobre todo mediante el intercambio sistemático de información sobre sus respectivas cuestiones prioritarias en relación con situaciones de países y temas concretos.

b)El grupo de trabajo recordó que en la reunión conjunta había habido acuerdo en que las recomendaciones deberían ser específicas, medibles, viables, realistas y sujetas a plazo a los efectos de un mejor seguimiento.

c)El grupo de trabajo reiteró también que en la reunión conjunta había habido acuerdo en que la información colectiva producida por los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales debería estar más disponible y al alcance de todos, a fin de representar mejor al conjunto del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas. A ese fin, el grupo de trabajo recomendó que la Secretaría estudiara medios de mejorar la corriente de información, incluso recurriendo en mayor medida al índice universal de los derechos humanos.

d)El grupo de trabajo recomendó que los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales interactuaran en forma sistemática y coordinada con los mecanismos nacionales y regionales a fin de estrechar la cooperación en el contexto del seguimiento.

e)El grupo de trabajo, recordando el punto de acuerdo a que se había llegado en la reunión conjunta, recomendó que la Secretaría preparara una recopilación de buenas prácticas de cooperación entre los órganos de tratados y los titulares de mandatos de procedimientos especiales, que incluyera el contexto del seguimiento.

f)El grupo de trabajo recomendó asimismo que en la 12ª reunión conjunta de los comités y la 18ª reunión especial de los titulares de mandatos de procedimientos especiales se examinaran más a fondo medios de asegurarse de que las recomendaciones fuesen específicas, medibles, viables, realistas y sujetas a plazo de manera de facilitar que hubiera remisiones recíprocas sistemáticas entre las recomendaciones de los titulares de mandatos de procedimientos especiales y los órganos de tratados y de reforzar esas recomendaciones. El grupo de trabajo recomendó también que la reunión examinara una efectiva estrategia conjunta con los medios de comunicación.