Superficie total:

18.333 km2 (Viti Levu tiene 10.429 km2 y Vanua Levu 5.556 km2)

Mar territorial:

1.290.000 km2

Utilización de las tierras rurales

Cultivables:

10%

Kilómetros cuadrados cultivables:

1.827

Cultivos perennes

4%

Kilómetros cuadrados de cultivos perennes:

731

Pastizales:

10%

Kilómetros cuadrados de pastizales:

1.827

Bosques y arbolado:

65%

Kilómetros cuadrados de bosques y arbolado:

11.876

Otras tierras:

11%

Kilómetros cuadrados de otras tierras:

2.010

Capital:

Suva

Aeropuerto internacional:

Nadi

ii)Población: 772.655 (censo del 25 de agosto de 1996)

394.999 fijianos

(51,8%)

336.579 indios

(43,6%)

41.077 otros

(5,3%)

Porcentaje de población urbana (1996):

46,4

Fijianos:

41,0

Indios:

49,6

Porcentaje de población urbana (1986):

38,7

Fijianos:

38,7

Indios:

41,4

Porcentaje de población rural (1996):

64,6

Número de habitantes por km2

(1996): 39

(1986): 42

Afiliación religiosa en porcentaje de la población (1996):

Cristianos:

52

Hindúes

38,1

Musulmanes:

7,8

Otras religiones:

0,5

Esperanza de vida al nacer (1996):

66,6 años

Hombres:

64,5 años

Mujeres:

68,7 años

Fijianos:

66,5 años

Indios:

66,5 años

Tasa total de fecundidad

(1996): 3,26

(1986): 3,51

Fijianos:

3,9

4,19

Indios:

2,45

2,94

Mortalidad infantil (1996):

22/100.000 nacidos vivos

Niños:

22/100.000

Niñas:

23/100.000

Mortalidad materna por 100.000 partos (1996-2001)

Porcentaje de población menor de 15 años (26 de agosto de 1996):

35,4

Porcentaje de población desde 65 años en adelante (26 de agosto de 1996):

3,1

Porcentaje de población entre 15 y 64 años:

61,5

Emigración (1996-2001):

1996:

5.190

1997:

4.779

1998:

5.095

1999:

5.196

2000:

5.590

2001

6.316

de enero a agosto de 2002:

3.786

iii)Idiomas: inglés, fijiano, hindi, urdu y rotumano

iv)Zona horaria: GMT + 12

v)Economía - principales indicadores financieros:

Producto Interno Bruto

1996

1997

1998

1999

2000

2001

PIB al precio del mercado (millones de dólares)

2.962,3

3.060,9

3.283,8 (r)

3.662,3 (r)

3.517,4 (r)

3.833,4 (r)

PIB por habitante al costo corriente de los factores ($)

3.298,2

3.323,1

3.523,4 (r)

3.890,5 (r)

3.805,1 (r)

4.102,3 (r)

Tasa de crecimiento del PIB a precios constantes (%)

3,1

-0,9

1,5 (r)

9,6 (r)

-2,8 (r)

3,8 (r)

Mercado del trabajo

Fuerza del trabajo

300.400

310.100 (e)

320.200 (e)

330.800 (e)

341.700 (e)

s.d.

Asalariados (mediados de año)

110.081

112.932

112.519

s.d.

s.d.

s.d.

Inflación (porcentaje de variación interanual)

Todos los artículos

2,4

2,9

8,1

0,2

3,0

2,3

Finanzas públicas (en millones de dólares)

Total de ingresos y ayudas

743,5

803,5

1.141,2

1.004,5

911,0 (r)

836,4 (r)

Total de gastos (excepto reembolsos de préstamos)

882,0

1.002,0

977,4

1.014,3

1.023,4 (r)

1.084,5 (r)

Saldo neto

138,5

198,5

163,8

-9,8

-112,4 (r)

-248,1 (r)

Deuda externa pendiente (final del período) 1

Total (millones de dólares)

353,6

352,1

447,4

513,6

529,7

520,0 (p)

Servicio de la deuda (en porcentaje)

4,1

2,9

4,1

3,2

3,0 (r)

2,0 (p)

Balanza de pagos (millones de dólares)

Balanza en cuenta corriente

87,6

49,9

-11,4

-165,2

-219,9

-114,0

Balanza por cuenta de capital

10,0

-38,7

155,1

171,3

223,0

178,4

Reservas de divisas

Reservas brutas de divisas (millones de dólares)

590,6

557,9

764,7

827,0

898,1

846,0

Meses de importaciones (bienes y servicios no imputables a los factores)

4,0

3,8

4,8

4,2

4,6

4,4

Dinero y créditos (millones de dólares)

Dinero en sentido estricto

456,3

445,3

493,9

694,5

593,7

620,9

Cuasidinero

1.032,1

913,2

859,9

851,6

920,1

846,0

Crédito interno 2

1.322,0

1.187,6

1.232,2

1.285,1

1.358,8

1.324,6

Tipos de interés (%)

Tipo de interés de los préstamos

11,57

10,15

9,11

8,47

8,37

8,19

Tasa de depósitos de ahorros

3,27

2,72

1,82

1,19

0,85

0,78

Tasa de depósitos a plazo

5,77

5,18

4,01

2,88

3,00

2,43

Porcentaje de pagarés RBF a 91 días 3

2,81

1,38

2,00

2,00

2,53

1,25

Tipos de cambio (promedio anual por F$)

Dólares de los EE.UU.

0,7127

0,6932

0,5092

0,5077

0,4708

0,4395

Libras esterlinas

0,4566

0,4231

0,3074

0,3138

0,3104

0,3051

Euros

s.d.

s.d.

s.d.

,4764

,5098

,4904

Fuentes: Oficina de Estadística de las Islas Fiji, bancos comerciales, Bank of Fiji, ministerios y Article IV Mission del FMI.

1 Todos los valores están expresados en dólares de Fiji.

2 Desde 1997 el crédito al sector privado se ajustó para tener en cuenta los préstamos y anticipos improductivos del NBF Asset Management Bank.

3 Promedio ponderado

(r): Revisado.

(e): Estimado.

(p): Provisional.

s.d.: Sin datos.

II. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

2.Según datos arqueológicos, los primeros pobladores de Fiji llegaron hace unos 3.500 años. A la población aborigen se la conoce ahora como "el pueblo lapita", nombre que proviene de un tipo de cerámica fina característica que producía, restos de la cual se han encontrado en casi todas las islas del Pacífico y en el este de Nueva Guinea, aunque no en la parte oriental de Polinesia. Según los resultados de estudios lingüísticos, este pueblo podría provenir de la parte norte o central de Vanuatu, o tal vez del este de las islas Salomón. Mucho tiempo antes se había trasladado más lejos y había colonizado Rotuma al norte y Tonga y Samoa al este. A partir de estos lugares recorrió grandes distancias llegando a poblar todo el Pacífico hasta Hawai en el norte, Rapanui (isla oriental) en el este y Aotearoa (Nueva Zelandia) en el sur. A diferencia de las islas de Polinesia, que revelan la existencia de una cultura en continua evolución desde la ocupación inicial, Fiji parece que atravesó al menos dos períodos de rápidos cambios culturales en tiempos prehistóricos. Ello pudo deberse a la llegada de nuevas oleadas de inmigrantes, presumiblemente desde el oeste. Los prehistoriadores han observado que la gran erupción volcánica que se produjo en el siglo XII en el sur de Vanuatu coincide con la desaparición de cierto estilo de cerámica y su repentina aparición en Fiji.

La leyenda fijiana y la sociedad tradicional

3.Según la leyenda fijiana, el gran jefe Lutunasobasoba condujo a su pueblo a través de los mares hasta la nueva tierra de Fiji. Muchos expertos coinciden en afirmar que este pueblo llegó al Pacífico procedente del Asia sudoriental atravesando Indonesia. Aquí se mezclaron los melanesios y los polinesios para crear una sociedad altamente desarrollada mucho antes de la llegada de los europeos.

4.Antes de que Fiji recibiera la visita de los occidentales tenía una población de unos 140.000 habitantes, divididos en tribus o clanes sin una autoridad central. Tradicionalmente la sociedad fijiana estaba dirigida por una casta noble cuyos miembros estaban dotados de una gran autoridad moral (mana) que les confería el hecho de ser descendientes de los dioses. Los sacerdotes reforzaban la legitimidad de la poderosa casta mana mediante ceremonias religiosas. El reconocimiento de su ascendencia divina garantizaba la fertilidad de la tierra y la prosperidad del pueblo. Este don sobrenatural hacía que el poder político de los jefes fuera sacrosanto. Teóricamente cada uno sabía el lugar que ocupaba en la sociedad, y los plebeyos no podían entrar en la jerarquía establecida. Pero dentro de las categorías más altas los hombres más destacados solían pelear por alcanzar el título de nobleza, ya que la sucesión era dudosa, y transmitían esas aspiraciones a sus descendientes, que mantenían entre ellos frecuentes luchas fraticidas.

5.Los jefes dirigían también la economía de la sociedad fijiana. Adoptaban decisiones, delegaban la autoridad y controlaban la distribución de los productos agrícolas y materiales en complicadas ceremonias en las que cada persona disfrutaba desempeñando un papel. La llegada de comerciantes y aventureros europeos a comienzos del siglo XIX trajo armas nuevas y artículos de lujo que tentaron a la aristocracia. Los isleños adquirieron pronto la reputación de caníbales, y las luchas tribales se intensificaron con la presencia europea. Las armas se convirtieron en artículos codiciados que se cambiaban por madera de sándalo y balate (cohombro de mar), y las tribus costeras peleaban contra las tribus del interior, más aisladas, para apoderarse de sus recursos más vendibles.

6.En Fiji hubo sólidas confederaciones autóctonas, cada una de ellas dirigida por un jefe noble. Cakobau, hombre de una gran ambición, se convirtió en el jefe de Bau, una isla de tamaño pequeño pero de importancia estratégica frente a la costa de Viti Levu. Cakobau era un ávido guerrero y táctico que utilizaba su poder para exigir tributos de zonas distantes. Otros jefes fijianos aspiraban a poseer su riqueza y poder, pero él estaba fuertemente protegido por un valioso arsenal de armas, que obtenía a través de sus transacciones con comerciantes. Aunque era un hombre afortunado, Cakobau estaba continuamente manipulado por los europeos con los que trataba. Cargado de deudas, participó en varios planes gubernamentales ideados por los colonos blancos en propio beneficio. Finalmente sucumbió a las presiones y cedió Fiji a Gran Bretaña. Aunque era reacio a hacerlo, Cakobau pensaba que los isleños eran demasiado débiles para resistir a la dominación occidental y se lamentaba diciendo "si las cosas siguen así, Fiji se convertirá en un trozo de madera a la deriva en el mar del que se apoderará el primero que pase".

7.El mayor rival de Cakobau que aspiraba al máximo poder en Fiji era Henele Maafu, un tongano de alta alcurnia que llegó a Fiji siendo joven como muchos guerreros tonganos en busca de gloria y fama en el campo de batalla. Maafu concertó importantes alianzas en la mitad oriental del grupo y amplió su autoridad a través de la guerra, valiéndose de la propagación de su metodismo wesleyano para legitimar sus osadas conquistas. Maafu estaba apoyado por el Rey George Tupou I (Taufa'hau) de Tonga hasta que la presión americana y británica refrenaron sus ambiciones respecto de Fiji. Tupou fue obligado a abandonar a sus tributarios, pero Maafu pudo conseguir el cargo de Gobernador de Lau, un grupo de islas rico en cobre, que convirtió en su residencia. Maafu adquirió una gran influencia entre los altos jefes fijianos a pesar de ser un odiado forastero.

8.Maafu compartía el creciente temor de Cakobau respecto de las intenciones de los colonos europeos, y después de discutir esta cuestión con los comisionados británicos se unió a los demás jefes para firmar los documentos de cesión, cosa que inicialmente había propugnado su rival Cakobau. Esos jefes fijianos, que se habían pasado la vida combatiendo violentamente entre sí, sabían que su autoridad iba a depender de la fuerza que tuviera el nuevo papel que iban a desempeñar en el Consejo de Jefes, un órgano creado oficialmente por el Gobernador Sir Arthur Gordon, que prometió que el pueblo fijiano sería gobernado, en la medida de lo posible, de acuerdo con las prácticas tradicionales. El Gobernador Gordon creía que "las razas aborígenes habían sido vergonzosamente explotadas en otras partes del imperio colonial británico". Una política laboral protectora garantizaba a los fijianos que no tendrían que trabajar para el imperio. Se halló una solución siguiendo el ejemplo de otras colonias británicas de África y el Caribe: se contrataría a trabajadores indios en calidad de aprendices. Los primeros

indios llegaron a Fiji en 1879 y su contratación cesó en 1916. Alrededor del 40% de los 60.000 trabajadores indios que fueron llevados a Fiji regresaron a la India una vez concluidos sus contratos.

Política colonial de separación

9.Para evitar el posible conflicto que pudiera provocar el resentimiento de los fijianos ante la afluencia de nuevos migrantes, el Gobierno colonial estableció una política de separación física de la población india y fijiana. Las restricciones impuestas a las zonas de asentamiento indio estuvieron en vigor hasta el decenio de 1920.

10.Cuando se introdujo la representación política para los no europeos se hizo sobre una base comunal, sistema que ha perdurado hasta los tiempos actuales. La administración colonial promovió el desarrollo económico separado de las diferentes comunidades de Fiji. Se disuadió a los fijianos de dedicarse a la producción agrícola comercial, mientras que los colonos contaban con los trabajadores indios. La industria azucarera de Fiji estaba controlada por un monopolio, la Colonial Sugar Refinery (CSR) en cuya dirección dominaban los europeos. Un macroestudio realizado por el Foro Constitucional de Ciudadanos y el Grupo pro Derechos de las Minorías llegó a la conclusión de que "... la consecuencia de esas políticas fue que la actividad económica y las disparidades adquirieron carácter étnico. Los ingresos procedentes de los cultivos de azúcar en granjas de pequeños productores se convirtieron en la causa de la desigualdad existente en cuanto a ingresos monetarios entre los arrendatarios indofijianos y las comunidades indígenas fijianas propietarias de las tierras".

11.Akhila Nand Sharma afirma que "psicológicamente para los fijianos la actividad económica no se compagina bien con sus generosas virtudes de moralidad cultural inspiradas en la tradición del "kerekere" (pedir las cosas cuando se necesitan sin pagar nada). Los indios no tienen la desventaja de esta tradición y, por consiguiente, están situados en un entorno socioeconómico más favorable que el de los fijianos, que les permite mejorar su situación económica y aspirar a recibir educación".

12.Fisk, en su análisis de la economía de Fiji (1970), decía que la "riqueza de subsistencia" de los fijianos, la capacidad empresarial y el capital de los europeos y la mano de obra asalariada de los indios eran los tres ingredientes necesarios para el desarrollo de la situación de Fiji. Esos tres grupos son diferentes no sólo en cuanto a su raza y representación política, sino porque cada uno

de ellos tiene antecedentes históricos, origen cultural, motivaciones y valores sociales diferentes. Tales divisiones condujeron a la creación de escuelas predominantemente fijianas e indias. En 1960 sólo el 6% de las escuelas estaban consideradas oficialmente como mixtas desde el punto de vista racial.

La sociedad fijiana indígena actual

13.La sociedad fijiana forma una intrincada red, y a este respecto las generalizaciones representan un peligro. Aunque el autoproclamado Rey de Bau, Naulivou, y sus sucesores controlaban gran parte de la zona oriental de Fiji, antes de su colonización Fiji no fue en ningún momento una entidad política unida. No obstante, Fiji muestra ciertos rasgos que lo distinguen de sus vecinos, y esto es lo que da a la cultura fijiana un carácter peculiar.

El siglo XX

14.El siglo XX trajo consigo importantes cambios económicos en Fiji y consolidó su sistema político. Fiji desarrolló una importante industria azucarera y creó las productivas industrias de molturación de copra, del turismo y del sector secundario. Como actualmente la actividad del país está diversificada en pequeñas industrias, la economía se encuentra reforzada y los ingresos que se obtienen permiten expandir las obras públicas, la infraestructura, los servicios sanitarios y médicos y la educación.

15.Las recientes mejoras en las comunicaciones y el transporte por mar y aire han reforzado la posición central del país dentro de la región. Actualmente Fiji desempeña un papel de primer orden en los asuntos regionales y está reconocido como el eje central del Pacífico sur.

El Gobierno y las relaciones exteriores

16.Fiji es un Estado democrático soberano. Fue una colonia británica por cesión desde 1874 a 1970, año en que alcanzó la independencia. En 1987 se constituyó en República a raíz de dos golpes de Estado, tras los cuales Ratu Sir Kamisese Mara presidió un Gobierno provisional como Primer Ministro. Ese Gobierno provisional dirigió el país durante tres años hasta que en mayo de 1992 se celebraron las primeras elecciones generales que dieron la victoria al partido Soqosoqo-ni-Vakavulewa-ni Taukei (SVT), apoyado por el Gran Consejo de Jefes y con los que subió oficialmente al poder el Primer Ministro Rabuka.

17.Veinte meses después se celebraron otras elecciones generales después de que el Parlamento rechazó el proyecto de ley presupuestaria. El partido del SVT dominó de nuevo en estas elecciones y obtuvo 31 escaños. Los 39 escaños restantes se repartieron entre el Partido de la Federación Nacional (21), el Partido Laborista de Fiji (7), el Partido de la Asociación Fijiana (5), los Votantes Generales (3), Todo el Congreso Nacional (1) y 2 independientes.

18.Del 8 al 15 de mayo de 2000 se celebraron elecciones generales, que fueron las primeras con arreglo a la Constitución de 1997. En estas elecciones hubo muchas sorpresas. Dieciséis partidos políticos y 304 candidatos (163 escaños comunales y 141 escaños abiertos) impugnaron estas elecciones. El número de votantes inscritos fue de 441.265. En estas elecciones el Partido Laborista de Fiji (FLP) obtuvo una aplastante mayoría, con 37 escaños, seguido del Partido de la Asociación Fijiana (FAP), 11 escaños, el Partido de la Unión Nacional (PANU), 4 escaños, Soqosoqo Ni Vakavulewa Ni Taukei (STV), 8 escaños, los Independientes, 5 escaños, el Partido Nacionalista Vanua Takolavo (NVTLP), 1 escaño, Veitokani Ni Lewenivanua Vakarisito (VLV), 3 escaños y el Partido Unido General (UGP), 2 escaños. El líder del FLP, Sr. Mahendra Pal Chaudhry, fue nombrado Primer Ministro (el cuarto en la historia de Fiji). Un acontecimiento histórico fue la derrota del Partido de la Federación Nacional (NFP), que había permanecido en la escena política de Fiji desde 1966 y que no obtuvo ningún escaño.

19.El equipo del Gobierno estaba formado por el FLP, el FAP, el PANU, el VLV y 2 Independientes. En estas elecciones hubo también 8 mujeres candidatas a la cámara de representantes, 5 de las cuales fueron nombradas ministras del Gobierno. Este Gobierno dirigió el país durante un año. El 19 de mayo de 2000 tuvo lugar un intento de golpe de carácter civil, respaldado por algunos soldados de la Unidad de la Guerra Contrarrevolucionaria (CRWU) de las Fuerzas Militares de la República de Fiji (RFMF), quienes asaltaron el Parlamento y tomaron como rehenes al Primer Ministro Mahendra Chaudhry y a su Gabinete. El Presidente declaró el estado de urgencia y pretendió prorrogar la autoridad del Parlamento durante seis meses, con arreglo al párrafo 2 del artículo 52 de la Constitución.

20.El 29 de mayo el jefe de las RFMF abrogó la Constitución y asumió el poder ejecutivo. Se rogó al Presidente Ratu Sir Kamisese Mara que se mantuviese al margen. El Vicepresidente, Tui Vuda Ratu Josefa Iloilo, fue nombrado Presidente provisional. Se nombró un Gobierno provisional integrado por 20 ministros y 8 viceministros, y Laisenia Qarase fue nombrado Primer Ministro provisional. Los días 8, 9 y 13 de marzo de 2001 se celebró una reunión del Gran Consejo de Jefes (GCC), que nombró Presidente a Ratu Josefa Iloilo y Vicepresidente al jefe Bau Ratu Jope Seniloli. El 15 de marzo de 2001 Tui Vuda Ratu Josefa Iloilo prestó juramento como tercer Presidente y Comandante en Jefe de las fuerzas armadas de Fiji.

21.Después de que el Tribunal de Apelación sentenció en Republic of Fiji c. Chandrika Prasad que la Constitución de 1997 no había sido abrogada, el Presidente Ratu Iloilo volvió a designar al Gabinete provisional Gobierno en funciones encargado de dirigir al país hasta que se celebraran elecciones a finales de agosto de 2001. El Soqosoqo Duavata Ni Lewenivanua, dirigido por el Primer Ministro provisional en funciones, Laisenia Qarase, obtuvo la mayoría de los escaños parlamentarios. Pero el Primer Ministro Qarase y Chaudhry todavía están negociando la presencia del Partido Laborista de Fiji en el Gabinete de conformidad con las disposiciones constitucionales. El caso se halla ante el Tribunal de Fiji en espera de una sentencia definitiva. El Tribunal de apelación de última instancia de Fiji, la Corte Suprema, conocerá de la apelación llegado el momento.

III. TERRITORIO Y POBLACIÓN

A. Territorio

22.Fiji se encuentra en la parte central del océano Pacífico, a medio camino entre el ecuador y el polo Sur, entre los meridianos 175º y 178º de longitud oeste y las latitudes 15º y 22º sur. La zona económica exclusiva de Fiji consta de aproximadamente 330 islas de las que alrededor de un tercio están habitadas. Ocupa una extensión de 1,3 millones de km2 del océano Pacífico meridional y tiene una superficie total terrestre de 18.333 km2. Las dos islas principales son Viti Levu, de 10.429 km2, y Vanua Levu, de 5.556 km2. Otras islas importantes son Taveuni (470 km2), Kadavu (411 km2), Gau (140 km2) y Koro (104 km2). El 90% de la tierra pertenece en régimen de fideicomiso a fijianos autóctonos, el 2% es propiedad estatal y el 8% se posee en régimen de plena propiedad. Únicamente el 16% de la superficie terrestre de Fiji es apta para la agricultura, y esas tierras se encuentran principalmente a lo largo de las llanuras costeras, en los deltas de los ríos y los valles. La capital es Suva, que es una de las dos ciudades de Fiji. La otra ciudad es Lautoka, y ambas se encuentran en la isla principal de Viti Levu.

Clima

23.Fiji tiene un clima marítimo subtropical que no registra grandes diferencias de temperatura entre las estaciones cálida y fría. Las islas se encuentran en una zona atravesada ocasionalmente por ciclones tropicales, que se producen principalmente entre los meses de noviembre a abril. Un promedio de 10 a 12 ciclones afecta a algunas partes de Fiji cada diez años, y 2 ó 3 de esos ciclones pueden ser muy fuertes. En todas las estaciones predominan los vientos del este y del sudeste. No obstante, en las partes occidental y oriental de Viti Levu y Vanua Levu se levantan brisas diurnas frente a la costa. En general, los vientos en Fiji son ligeros o moderados y la estación de vientos más persistentes se da entre julio y diciembre. Durante los meses más fríos (mayo a octubre) la temperatura media es de 22º C (72º F), mientras que en los meses más cálidos (noviembre a abril) las temperaturas son más elevadas y se producen fuertes aguaceros. Aunque las precipitaciones son muy variables, el promedio de lluvias aumenta constantemente hacia el interior desde las zonas costeras. Generalmente aumenta entre diciembre y abril, sobre todo en las islas más grandes, aunque durante mayo y octubre es, a menudo, insuficiente, especialmente en la zona seca de las partes occidental y septentrional de las islas principales.

B. Población

24.La población de Fiji, según los datos del censo de población más reciente, realizado el 25 de agosto de 1996, ascendía a 772.655 habitantes, 358.131 de los cuales vivían en zonas urbanas y 414.524 en zonas rurales. De la población total, 394.999 eran fijianos (51,1%), 336.579 indios (43,6%) y 41.077 pertenecían a otras comunidades (5,3%).

Población de Fiji, 1986-1996

Fuente: Oficina de Estadística.

25.Comparado con el censo de 1986, el de 1996 arrojó un incremento neto de 57.280 personas, con un aumento del número de fijianos de 65.694 personas y una disminución de 12.125 personas en la comunidad india, debido a su elevada tasa de emigración internacional y a su crecimiento natural más reducido. La pérdida neta de población india debido a la emigración entre los dos censos se calculó en 58.300 personas. El número de personas de otros grupos étnicos aumentó en 3.711. La tasa media de crecimiento anual entre los últimos censos fue del 8%.

26.Fiji tiene una población relativamente joven en la que aproximadamente el 53%, es decir 413.100 personas, tiene menos de 25 años. Este porcentaje ha disminuido respecto de 1986, que era del 58,7%. Según la definición generalmente aceptada de joven, que es la persona de edad comprendida entre los 15 y 24 años, los datos de 1996 muestran que esta categoría constituye el 20% de la población total, lo que representa una disminución del 4% respecto de la estimación de 1991. Aproximadamente el 60% de la población joven reside en áreas rurales.

27.En 1986 la población activa era el 62% de la población total, es decir 441.852 personas, y en 1996 se calculó que era el 67%, esto es, 523.428 personas. El número de personas de 60 o más años se estimó en 47.027, o sea, el 6% de la población total calculada en 1996. Esta cifra es superior a la que se registró en 1986, que fue del 4,9%, es decir 35.395 personas. El índice de dependencia en 1986 era 71, aunque disminuyó a 70 en 1990 y a 68 en 1996. Esto significa que el porcentaje de personas que dependen de las que trabajan está disminuyendo. Sin embargo, el aumento de la esperanza de vida puede cambiar esta tendencia en el futuro.

28.Más del 60% de la población actual de Fiji vive en zonas rurales. El 40% restante habita en ocho centros urbanos: 167.421 en Suva, 42.917 en Lautoka, 30.791 en Nadi, 14.596 en Ba, 24.187 en Labasa, 7.940 en Sigatoka, 3.745 en Levuka y 21.645 en Nausori.

29.La población de Fiji consta de fijianos autóctonos y rotumanos y de comunidades migrantes de origen indio, europeo y chino, así como de personas originarias de las islas del Pacífico.

Censos de población 1881-1996

FECHAS DE LOS CENSOS

Grupo étnico

Sexo

4 de abril de 1881

5 de abril de 1891

31 de marzo de 1901

2 de abril de 1911

24 de abril de 1921

26 de abril de 1936

2 de octubre de 1946

26 de septiembre de 1956

12 de septiembre de 1966

13 de septiembre de 1976

31 de agosto de 1986

25 de agosto de 1996

Total

Total

127 486

121 180

120 124

139.541

157.266

198.379

259.638

345.737

476.727

588.068

715.375

775.077

Hombres

70.401

66.367

66.874

80.008

88.464

107.194

136.731

178.475

242.747

296.950

362.568

393.931

Mujeres

57.085

54.813

53.250

59.533

68.802

91.185

122.907

167.262

233.980

291.118

352.807

381.146

Chino

Total

+

+

+

305

910

1.751

2.874

4.155

5.149

4.652

4.784

4.939

Hombres

+

+

+

276

845

1.476

2.105

2.624

2.910

2.503

2.546

2.573

Mujeres

+

+

+

29

65

275

769

1.531

2.239

2.149

2.238

2.366

Europeo

Total

2.671

2.036

2.459

3.707

3.878

4.028

4.594

6.402

6.590

4.929

4.196

3.103

Hombres

1.879

1.273

1.531

2.403

2.297

2.263

2.467

3.374

3.427

2.605

2.240

1.713

Mujeres

792

763

928

1.304

1.581

1.765

2.127

3.028

3.163

2.324

1.956

1.390

Fijiano

Total

114.748

105.800

94.397

87.096

84.475

97.651

118.070

148.134

202.176

259.932

329.305

393.575

Hombres

60.899

56.445

50.357

46.110

44.022

49.869

59.862

74.989

102.479

131.413

167.256

199.895

Mujeres

53.849

49.355

44.040

40.986

40.453

47.782

58.208

73.145

99.697

128.519

162.049

193.680

Indio

Total

588

7.468

17.105

40.286

60.634

85.002

120.414

169.403

240.960

292.896

348.704

338.818

Hombres

388

4.998

11.353

26.073

37.015

48.246

64.988

88.359

122.632

147.194

175.829

171.796

Mujeres

200

2.470

5.752

14.213

23.619

36.756

55.426

81.044

118.328

145.702

172.875

167.022

De origen europeo

Total

771

1.076

1.516

2.401

2.781

4.574

6.142

7.810

9.687

10.276

10.297

11.685

Hombres

387

529

759

1.217

1.454

2.325

3.195

4.008

4.951

5.358

5.396

6.052

Mujeres

384

547

757

1.184

1.327

2.249

2.947

3.802

4.736

4.918

4.901

5.633

Rotumano

2.452

2.219

2.230

2.176

2.235

2.816

3.313

4.422

5.797

7.291

8.652

9.727

1.126

1.056

1.036

1.043

1.129

1.413

1.696

2.232

2.939

3.666

4.387

5.008

1.326

1.163

1.194

1.133

1.106

1.403

1.617

2.190

2.858

3.625

4.265

4.719

Otros sleños del Pacífico

6.100

2.267

1.950

2.758

1.564

2.353

3.717

5.320

6.095

6.822

8.627

10.463

5.629

1.923

1.584

2.429

1.271

1.470

2.145

2.839

3.207

3.474

4.499

5.414

471

344

366

329

293

883

1.572

2.481

2.888

3.348

4.128

5.049

Otros

156

314

467

812

789

204

514

91

273

1.270

810

2.767

93

143

254

457

431

132

273

50

202

737

415

1.480

63

171

213

355

358

72

241

41

71

533

395

1.287

TASA DE CRECIMIENTO

-

-0,5

-0,1

1,5

1,2

1,6

2,7

2,9

3,3

2,1

2,0

0,9

Fijianos autóctonos

30.Los fijianos autóctonos son el mayor grupo étnico de Fiji y actualmente representan más del 50% de la población. Sin embargo, la comunidad dista de ser homogénea. Consta de diferentes grupos etnolingüísticos que se dividen en muchas comunidades, grupos y clanes. El desarrollo irregular entre áreas rurales y urbanas y entre islas centrales y alejadas ha dado lugar también a grandes disparidades económicas en la comunidad autóctona. Los fijianos autóctonos de diferentes regiones han reivindicado periódicamente mayor autonomía basándose en estas diferentes condiciones históricas y económicas. Estas condiciones plantean bastantes problemas a los líderes políticos autóctonos que apelan a la solidaridad étnica.

31.Muchos líderes fijianos han argumentado que, en tanto que grupo, los fijianos autóctonos son los más pobres del país. En muchas esferas, como el rendimiento escolar y el comercio y en ciertos sectores económicos, los fijianos autóctonos están subrepresentados. No obstante, los fijianos autóctonos mantienen también privilegios en la sociedad fijiana. Además de ser propietarios de más del 80% de la tierra de Fiji, constituyen más del 90% del ejército, el 75% de la policía, el 90% de las Secretarías permanentes, el 75% de los enfermeros y la mayoría de los cargos importantes en el ejército y la policía. La atención de las iniciativas políticas más recientes se ha centrado en hacer frente a la situación desfavorable de los fijianos autóctonos en el comercio y la educación.

32.Es evidente que la escasa presencia de los fijianos autóctonos en la actividad comercial está estrechamente relacionada con su bajo rendimiento en la esfera educativa. El Gobierno ha elaborado programas para mejorar el resultado de la enseñanza de los fijianos autóctonos, entre ellos la inversión de 2,6 millones de dólares de Fiji para la educación de los fijianos autóctonos a través de la Junta de Asuntos Fijianos y de becas especiales reservadas a fijianos autóctonos.

Indofijianos

33.Los indofijianos constituyen la segunda comunidad étnica por número de habitantes. Al igual que la comunidad autóctona, la comunidad indofijiana está lejos de ser uniforme. Los primeros indios llegaron a Fiji como mano de obra con contratos de cumplimiento forzoso. Tras el período de contratación, muchos se quedaron y trabajaron como agricultores arrendatarios de caña, y quienes pudieron permitírselo dejaron el trabajo agrícola se convirtieron en trabajadores asalariados, crearon pequeños negocios o estudiaron carreras profesionales. Durante los años de entreguerras llegó a Fiji una nueva clase adinerada de indios gujarati en busca de oportunidades económicas. En el decenio de 1960 los indios gujarati rivalizaban con los europeos por el dominio de la economía. Los indofijianos que actualmente viven en Fiji tienden a identificarse con la comunidad gujarati o con personas cuyas familias llegaron durante el período de contratación; en algunos casos, los dos grupos se tienen poca consideración. La religión desempeña una función adicional en la división de la comunidad indofijiana. Aunque la mayoría de los indofijianos son hindúes, en la comunidad existen también cristianos y musulmanes. El predominio cuantitativo de indios de origen hindú ha sido fuente de alguna tensión. Los musulmanes de origen indio colonial han reivindicado periódicamente una representación política aparte.

La comunidad banaba

34.La comunidad banaba posee la isla de Rabi, situada a poca distancia de la costa de Vanua Levu, donde viven la mayoría de sus miembros. Son originarios de Oceanía (isla Banaba), en la colonia británica de las islas Gilbert y Ellice. Los miembros de la comunidad banaba llegaron en principio como colonos (1.003 personas) en diciembre de 1945. La Comisión Británica de Fosfatos, con fondos del Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba, compró la isla de Rabi al Gobierno colonial británico en Fiji para reasentar a la comunidad banaba. Entre 1945 y 1995 la población de Rabi aumentó de 1.003 habitantes a más de 5.000.

35.La difícil situación de la comunidad banaba en Fiji tiene sus raíces en uno de los peores ejemplos de explotación colonial en el Pacífico meridional. El fosfato se descubrió en Banaba en 1900. La Pacific Islands Company, que descubrió el fosfato, convenció al Gobierno británico para que anexionara Banaba. En 1912 compró tierras a precios extremadamente bajos para llevar a cabo la explotación minera del fosfato. Creó también el Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba en el que depositó regalías para que fuesen utilizadas por la comunidad banaba. En 1916 la isla Banaba pasó a formar parte de la colonia de las islas Gilbert y Ellice sin consultar o tener el consentimiento de la población. En 1920, los Gobiernos de Australia, Gran Bretaña y Nueva Zelandia adquirieron los intereses de la Compañía de las Islas del Pacífico en Banaba; a partir de entonces la industria del fosfato fue administrada con carácter comercial por la Comisión Británica de Fosfatos. Con el tiempo, la Comisión aumentó la zona de explotación minera, destruyó la base de subsistencia de la comunidad y pagó indemnizaciones extremadamente bajas.

36.En 1947 un equipo de funcionarios británicos y líderes de la comunidad banaba firmaron una declaración de intención en la que se estipulaba que la comunidad banaba viviría en la isla de Rabi en las islas Fiji. Como consecuencia de esta declaración se formuló la Orden de Asentamiento de la Comunidad Banaba, de 1945, que prevé la administración de Rabi mediante el Consejo de la isla de Rabi. La comunidad banaba de Rabi está sujeta al sistema fiscal de Fiji y tiene derecho a los servicios que presta el Gobierno de Fiji. La Comisión Británica de Fosfatos amplió su contrato de arrendamiento para explotar las tierras restantes. La Orden creó también la Junta del Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba que fue reemplazada por la Ley de asentamiento de la comunidad banaba cuando Fiji alcanzó la independencia.

37.Al no llegar a un acuerdo sobre la indemnización, la comunidad banaba emprendió acciones legales contra la Comisión Británica de Fosfatos y el Gobierno británico. Los tribunales declararon culpable de negligencia moral al Gobierno británico. Este fallo obligó al Gobierno británico y a la Comisión de Fosfatos a negociar un acuerdo. Se ofreció a la comunidad banaba una indemnización de 10 millones de dólares de Fiji que se ingresó en régimen de fideicomiso regulado por la Ley de asentamiento de la comunidad banaba, recogida en la Constitución de Fiji de 1997.

38.Debido a que tenía acceso a sus propios fondos de desarrollo, esta comunidad minoritaria quedó en gran medida excluida del proceso general de desarrollo. A partir de los años ochenta todos los indicadores de desarrollo social de la comunidad han mostrado un acusado descenso.

La comunidad china

39.La presencia china en Fiji se remonta a mediados del siglo XVIII, cuando personas procedentes de China viajaron a la región en busca de balate (cohombro de mar) y sándalo, productos muy apreciados en China. La población china de Fiji aumentó después de la primera guerra mundial. En los decenios de 1920 y 1930 llegaron nuevos pobladores que proporcionaron mano de obra durante el auge de la industria de exportación de bananas. Muchos de ellos continuaron produciendo bananas y otros productos en tierras arrendadas. En los decenios de 1930 y 1940 se produjeron otras migraciones de población china a Fiji. Por primera vez muchos chinos comenzaron a solicitar la ciudadanía. La comunidad aumentó gradualmente desde el fin de la segunda guerra mundial. Sin embargo, la independencia de Fiji produjo en muchos chinos un sentimiento de incertidumbre, entre 1968 y 1974 cerca del 20% de los miembros de esa comunidad abandonó Fiji.

40.Ya en el decenio de 1940 los chinos comenzaron a participar en el sector comercial, principalmente como comerciantes independientes. A mediados del decenio de 1970 la comunidad estaba firmemente asentada en el comercio al por menor y otras actividades comerciales. Del mismo modo, miembros de la comunidad se han integrado bien en el mercado laboral. En 1996, más del 40% de los miembros económicamente activos de esa comunidad trabajaban en profesiones legales y técnicas o son altos funcionarios. Este porcentaje contrasta con el de fijianos autóctonos (el 15%) y de indofijianos (el 22%).

41.Estos resultados reflejan el rendimiento educativo de los estudiantes chinos en relación con las poblaciones fijianas autóctona e indofijiana. Por ejemplo, el 18,5% de chinos adultos había obtenido títulos académicos de enseñanza superior en 1996, frente al 6,5% de indofijianos y menos del 5% de fijianos autóctonos. Esta situación muestra la importancia que las familias chinas conceden a la enseñanza superior.

42.A pesar del éxito económico general, la comunidad china ha permanecido políticamente marginada. Esta ha sido una de las razones que explican la tasa de emigración extremadamente elevada de esta comunidad. No obstante, se calcula que desde principios de los años noventa se han afincado en Fiji unos 2.500 chinos. En general, la situación de la comunidad es diferente de la de otras comunidades más pequeñas. El éxito logrado en la educación y en la actividad comercial ha creado oportunidades para la emigración. Aunque en el mejor de los casos la representación política de la comunidad china es marginal, esta comunidad disfruta de ingresos más elevados y gestiona sus propias instituciones educativas y culturales. Su relativamente mejor posición económica en el plano nacional, así como una tasa más elevada de emigración, han actuado como válvulas de escape durante períodos de turbulencia política. Si la sociedad fijiana en su conjunto quiere aprovechar la energía y los recursos de esta comunidad antaño dinámica, la Constitución y las políticas tienen que promover su sentido de pertenencia en tanto que ciudadanos con derechos iguales.

La comunidad rotumana

43.Rotuma es una isla remota situada a unos 500 km al norte de la isla de Viti Levu y de Suva. Rotuma fue cedida oficialmente a Gran Bretaña en 1881 tras las "guerras" religiosas que estallaron entre grupos de católicos y metodistas wesleyanos. Estas guerras llevaron a los líderes rotumanos a solicitar a Gran Bretaña que anexionase la isla. Sin embargo, Gran Bretaña decidió en 1881 que Rotuma fuese administrada a través de la Oficina Colonial en Fiji. A causa de las limitadas oportunidades económicas y educativas los rotumanos se trasladaron a Viti Levu desde principios del período colonial para estudiar y buscar empleo. En 1981 la población total rotumana ascendía a 8.078 personas. De ellas, sólo 2.578, o sea el 32%, vivían en la isla de Rotuma, frente a 3.235, es decir el 56%, en 1996. La proporción de la comunidad que vive fuera de Rotuma ha aumentado constantemente.

44.No obstante, los modelos de migración han cambiado. En el decenio de 1930 los rotumanos abandonaban Rotuma principalmente para trabajar en las minas de oro. Últimamente, los rotumanos han dejado la isla para cursar estudios de enseñanza superior en Viti Levu y para trabajar en empleos altamente cualificados. En 1996 más del 30% de rotumanos ejercían profesiones legales, universitarias y técnicas, una tasa considerablemente superior a la de indofijianos y fijianos autóctonos. Es significativo que un porcentaje más elevado de estudiantes rotumanos que de fijianos autóctonos finalice estudios de enseñanza superior. Sin embargo, los rotumanos consideran que los sucesivos gobiernos han desatendido a su comunidad. Citan la irregularidad en los transportes a la isla, la escasa infraestructura y la consiguiente falta de oportunidades económicas y educativas debido a la influencia marginal que ejerce la isla en el proceso nacional de toma de decisiones.

45.La Constitución de 1997 prevé varios mecanismos para que la comunidad pueda ampliar su influencia política. Garantiza a los rotumanos un escaño en el Parlamento y prevé la designación de un senador rotumano. Además, el sistema de listas abiertas ofrece la oportunidad de que la comunidad del territorio principal influya en los resultados de las elecciones. Asimismo, la Ley de Rotuma y la Ley de tierras de la comunidad rotumana incluidas en la Constitución. Por último, las disposiciones de la Constitución en materia de justicia social proporcionan la base para mejorar el bienestar social y económico de los más desfavorecidos de la comunidad, especialmente de los que viven en la isla de Rotuma.

Otras comunidades

46.Existen otras comunidades más pequeñas, como la europea, la parcialmente europea, la de los isleños de las Islas Salomón, otros isleños del Pacífico y poblaciones muy reducidas de otros orígenes étnicos. Se ha realizado poca investigación sobre los grupos minoritarios más pequeños de Fiji. Se sabe poco acerca de los ingresos, las ocupaciones y el desarrollo social de esas comunidades.

Las comunidades europea y parcialmente europea

47.El origen de las comunidades europea y parcialmente europea de Fiji se remonta a principios del siglo XIX, cuando los colonizadores empezaron a establecer una presencia comercial. Tras la colonización, los miembros de estas comunidades aumentaron a medida que crecían las oportunidades comerciales. Durante todo el período colonial las comunidades europea y de origen europeo disfrutaron de una posición relativamente privilegiada gracias a su dominio del comercio y de la administración colonial. También tenían representación directa en la asamblea legislativa colonial.

48.En la Constitución de 1970 se garantizaba a la comunidad europea un nivel de representación política mucho mayor de lo que le correspondía por su población. Desde entonces, los europeos han apoyado en gran medida al Partido de la Alianza cuyos miembros estuvieron bien representados en cargos superiores del gabinete ministerial. En la Constitución de 1990 se redujo la representación de los europeos, lo que hizo surgir sus inquietudes acerca de su identidad y sentido de pertenencia.

49.En términos generales, la comunidad europea sigue teniendo los ingresos más elevados. Casi el 50% de los miembros de la población activa europea y de origen europeo se dedican a prefesiones legales, universitarias y técnicas bien remuneradas. La tasa de emigración de los europeos es la más elevada de todas las comunidades minoritarias y las comunidades china e indofijiana siguen tendencias similares.

Las comunidades melanesias

50.Las comunidades melanesias, que constan de descendientes de personas originarias de las Islas Salomón y de Vanuatu, llegaron a Fiji como mano de obra esclava a principios del siglo XIX. La mayoría de sus descendientes viven en Suva, Lautoka y Levuka en comunidades relativamente cerradas. Más del 60% de las familias de estas comunidades viven por debajo del umbral oficial de pobreza. Únicamente una cantidad ínfima tiene empleos mejor remunerados, cualificaciones profesionales o estudios de enseñanza superior. Además, en 1999 sólo 12 estudiantes cursaban estudios en institutos de enseñanza técnica y superior.

Desigualdades por razón de sexo

51.Aunque las mujeres constituyen poco menos del 50% de la población, sólo representan el 33% de la población activa y menos del 25% de los trabajadores remunerados del sector formal. Las trabajadoras de Fiji fueron el principal recurso humano para la reconstrucción económica que se produjo tras la crisis de 1987. Lamentablemente, después de la crisis del año 2000 muchas empresas del sector fueron las primeras que cerraron y abandonaron el país, a menudo de manera oculta y sin pagar los salarios pendientes y otros derechos de los empleados. En julio de 2001 se habían perdido casi 4.000 empleos en el sector. Al igual que en 1987, han sido las trabajadoras y las mujeres en general quienes han pagado el precio más alto por el empeoramiento de la situación económica.

Emigración reciente de profesionales cualificados

52.La emigración reciente de profesionales cualificados ha afectado gravemente a la nación. En el siguiente cuadro figuran cifras al respecto de la Oficina de Estadística.

Indios% Fijianos8% Otros grupos étnicos0% Parcialmente europeos2% Isleños del Pacífico0% Rotumanos1% Chinos1% Indios Rotumanos Isleños del Pacífico Parcialmente europeos Otros grupos étnicos Chinos Europeos Fijianos Emigración de ciudadanos de Fiji - 2001

Datos estadísticos provisionales de población para 2001

53.Los datos provisionales de la población de Fiji al 31 de diciembre de 2001 registrados por la Oficina de Estadística son los siguientes:

Fijianos436.027

Indios332.377

Otros 56.883

TOTAL 825.287

Estimación de la población de Fiji a finales de año de 1997 a 2002

Fuente: Oficina de Estadística.

Idioma

54.El inglés es la lengua franca, aunque el fijiano y el hindi se enseñan también en las escuelas como parte del currículo escolar. Los fijianos autóctonos tienen sus propios dialectos y por el dialecto se puede saber de dónde provienen quienes lo hablan. Los indios tienen también su propio dialecto y generalmente hablan un dialecto fijano-hindi diferente, que no es el mismo que el que se habla en la India.

Religión

55.Dado que Fiji es un país multirracial y multicultural, las principales religiones del mundo están representadas en él. Más de la mitad de la población de Fiji es cristiana (52,9%), los hindúes representan el 38,1%, los musulmanes el 7,8%, los sijs el 0,7%, y otras religiones el 0,5%.

Administración de la tierra

Clasificación de la tierra

56.El régimen de propiedad de la tierra de Fiji tiene sus raíces en el Acta de Cesión (Deed of Cession). La parte del Acta de Cesión relativa a la propiedad de la tierra decía:

"Que la propiedad absoluta que no haya sido enajenada como propiedad de buena fe de europeos u otros extranjeros o que no esté dedicada efectivamente al uso de algún jefe o de alguna tribu ni ocupada efectivamente por éstos, o que no se requiera efectivamente para el sustento futuro probable de algún jefe o de alguna tribu, será declarada propiedad de Su Majestad, de sus herederos y sucesores."

57.Con arreglo al Acta de Cesión, la Corona era la propietaria absoluta o ultimus haeres de todas las tierras de Fiji, con excepción de las tierras de propiedad de dominio absoluto privadas y de las tierras indígenas, que se definen como tierras dedicadas al uso u ocupación efectivos por los jefes y sus súbditos, conjuntamente con las tierras de que los jefes y sus súbditos pudieran necesitar ocasionalmente para su probable uso y sustento en el futuro. La Comisión de Tierras (Lands Comissión), establecida poco después de la cesión, determinó la propiedad de la tierra, que sigue siendo en general la misma hasta el día de hoy. La Comisión de Tierras resolvió las reclamaciones de europeos y otros extranjeros que habían adquirido tierras de buena fe antes de la cesión. La Comisión de Tierras también reconocía la protección de los sistemas indígenas de tenencia de la tierra -el mataqali (subclan) fue reconocido como la principal entidad de tenencia de la tierra en la sociedad de Fiji.

58.Sólo un 8% (167.945 ha) de todas las tierras de Fiji son de dominio absoluto privado, el 2% es propiedad del Estado (considerado hasta ahora como patrimonio de la Corona) y el 90% restante son tierras indígenas. Esto contrasta con muchos otros países en los que los propietarios indígenas fueron desposeídos por la colonización.

59.Las tierras indígenas son bienes de propiedad en fideicomiso del Consejo de las Tierras Indígenas (Native Lands Trust Board) (NLTB)), establecido en 1940 en virtud de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas (Native Land Trust Act). Las tierras indígenas no pueden enajenarse por venta. El NTLB administra tierras no necesarias para su ocupación por los miembros de un mataqali y de hecho está facultada para ceder las tierras sin el consentimiento del mataqali. Parte de las tierras excedentes se ha usado históricamente para el cultivo de la caña de azúcar y otros cultivos, generalmente por parte de descendientes de indios con contratos de cumplimiento forzoso. Más recientemente se han dedicado algunas tierras de la costa a proyectos turísticos.

60.En abril de 2002 el Parlamento aprobó varias enmiendas a la Ley de tierras indígenas y a la Ley de fideicomiso de tierras indígenas. Éstas facilitan la transferencia en fideicomiso de tierras estatales al NLTB para la entrega a naturales de Fiji de tierras no reclamadas en el momento de la cesión y la recuperación por entidades denominadas Yavusa de las tierras de entidades más pequeñas de tenencia de la tierra, es decir, los mataqalis, cuyos miembros habían dejado de existir en el momento de la cesión. Estos dos instrumentos legislativos para la transferencia de tierras estatales de las listas A y B al NLTB fiduciaria de las tierras de los indígenas fueron introducidos por el Gobierno del partido STV de Sitiveni Rabuka (febrero de 1999, y se sometieron al Comité Parlamentario Conjunto en mayo de 1999 cuando hubo elecciones generales) y también fueron presentados al Parlamento por el Gobierno de coalición de Mahendra Chaudhury en octubre de 1999 y ante el Comité Parlamentario Mixto con ocasión del frustrado golpe de Estado.

61.Las tierras estatales de la lista A son tierras que pertenecieron a mataqalis ya desaparecidos y son controladas y administradas por el Estado. Cuando se dictó la Ordenanza sobre las tierras indígenas en 1880, la Corona había previsto ya la situación de la desaparición de un mataqali. Ésta figura en el artículo 13 de la Ordenanza, en el que se estipula que "si un mataqali dejara de existir por desaparición de sus miembros, sus tierras revertirán a la Corona como ultimus haeres (últimos herederos) y se adjudicarán al qali a que pertenecían, o a otros grupos de personas que pudieran solicitarlas, o serán conservadas por la Corona y su situación será resuelta por el Gobernador en las condiciones que se estimen convenientes". La Comisión de Tierras determinó que había tierras desocupadas en el momento de la cesión que nadie había reivindicado legalmente. Inmediatamente después de la cesión, la Administración Colonial Británica, en nombre de la Corona británica, adoptó un enfoque comprensivo. Se garantizó a los naturales de Fiji que "sus tierras eran suyas y nunca les serían arrebatadas". La Corona no reivindicó las tierras de esta categoría, pero por motivos administrativos, se confió a la Corona el control de las tierras de la lista B, puesto que, a la sazón, no existía ningún otro órgano que pudiese velar por los intereses de los propietarios de tierras indígenas.

62.La transferencia facilita el cumplimiento pronto y cabal del Estado con sus obligaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 18 de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas. En dicho artículo se estipula que "si el Presidente estima que la tierra perteneciente a un mataqali es insuficiente para el uso, el mantenimiento o el sustento de sus miembros, el Presidente podrá, legalmente, por proclamación, reservar aquellas tierras de la Corona u otras tierras adquiridas para naturales de Fiji o en nombre de éstos, que pudieran ser necesarias para el uso, el mantenimiento o el sustento de ese mataqali. Cada zona así reservada será considerada como una reserva indígena". La tramitación de las reclamaciones de tierras de mataqalis desaparecidos o de tierras desocupadas por parte de naturales de Fiji sin tierra o que no posean tierras suficientes para su mantenimiento y sustento, podrá efectuarse en lo sucesivo ante una sola instancia, a saber, la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, y no como hasta ahora, tanto ante la Junta Fiduciaria como en el Ministerio de Tierras.

63.Con la promulgación en 1990 de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas (cap. 134), y el establecimiento del NLTB, habría sido razonable que la Corona transfiriese a este último el control sobre las tierras estatales de las listas A y B. Pero no lo hizo así, creándose una anomalía en la administración de tierras que se quiere corregir ahora con la transferencia. Estas tierras han de ser asignadas por el NLTB a naturales de Fiji que no posean tierras suficientes para su

mantenimiento y sustento, y a naturales de Fiji sin tierra. De conformidad con los registros de la Comisión de Tierras Indígenas, unos 223 tokatokas (familias ampliadas) y mataqalis de 7 provincias de Fiji no poseen tierras. Los pormenores son los siguientes.

Pormenores de mataqalis que no poseen tierras

Provincia

Número de tokatoka/mataqali

Hombres

Mujeres

Total

Cakaudrove

1

3

0

3

Macuata

10

124

100

224

Lomaiviti

98

1.290

1.190

2.480

Rewa

1

3

11

14

Nadroga

12

117

121

238

Ba

59

872

784

1.656

Ra

42

454

451

905

Total

223

2.863

2.657

5.520

64.La propiedad de las tierras indígenas es exclusividad de los terratenientes indígenas, y las tierras agrícolas se administran conforme a la Ley de propietarios y arrendatarios agrícolas (Agricultural Landlord and Tenant Act (ALTA)) de 1976. Existen algunos arrendamientos indígenas con fines de explotación agrícola con plazos de 999 años. Las tierras estatales se rigen por la Ley de patrimonio de la Corona (Crown Lands Act), y su administración corre a cargo del Departamento de Tierras y Catastro del Ministerio de Tierras. Sin embargo, los naturales de Fiji no son dueños de las "tierras indígenas" en el contexto de la propiedad de dominio absoluto de la sociedad contemporánea; ejercen la propiedad en fideicomiso colectivo, lo que significa que un natural de Fiji corriente no puede venderlas o usarlas como garantía para un préstamo. La propiedad no existe a título individual, y sus tierras no pueden considerarse como propiedad privada, puesto que no existe título individual de propiedad de esas tierras.

65.En Fiji, como en otras sociedades del mundo entero, la tierra ocupa un lugar especial. Existe un sentimiento de pertenencia y de relación entre el natural de Fiji y la tierra (Vanua). En el idioma de Fiji, "Taukei", que es como los naturales de Fiji se refieren a sí mismos, y Kai Vanua significan literalmente "gente de la tierra" y "propietario". Como muchos otros grupos indígenas, los naturales de Fiji consideran que la tierra tiene un aspecto sagrado y espiritual. Filosófica y espiritualmente, existe una creencia muy arraigada en el cuidado de la tierra. Se acepta que la generación actual tiene una responsabilidad respecto de la tierra vinculada con el espíritu de sus antepasados y las expectativas de sus descendientes, además de las necesidades de la generación actual.

66.Unas 420.000 hectáreas de tierras indígenas se encuentran arrendadas a unos 24.700 arrendatarios con fines agrícolas, comerciales e industriales.

Provincia

Tierra de propiedad de dominio absoluto

Tierra administrada por el Estado

Tierra indígena

Tierra indígena arrendada

Porcentaje de tierra indígena arrendada

Total

Ba

10.323

46.871

191.347

94.284

49

248.541

49

248.541

Bua

17.725

2.331

119.164

27.566

23

139.220

23

139.220

Cakaudrove

50.512

10.296

223.939

30.370

14

284.744

14

284.744

Kadavu

1.717

440

34.743

2.031

6

36.900

6

36.900

Lau

4.490

347

32.437

514

2

37.275

2

37 275

Lomaiviti

5.583

1.698

35.142

1.897

2

42.422

2

42 422

Macuata

12.595

15.147

170.040

57.267

34

197.782

34

197 782

Nadroga/Navosa

6.205

20.585

206.636

69.847

34

233.427

34

233 427

Naitisiri

7.343

13.052

146.101

24.509

17

166.496

17

166 496

Namosi

386

473

56.015

3.628

6

56.874

6

56 874

Ra

5.815

24.128

102.408

23.572

23

132.350

23

132 350

Rewa

2.661

2.196

18.212

6.223

34

23.068

34

23 068

Serua

12.297

346

34.141

21.905

64

46.784

64

46 784

Tailevu

4.437

3.593

117.260

23.463

20

125.290

20

125 290

Total

142.090

141.502

1.487.581

387.075

1.771.173

1 771 173

Nota: Las cifras correspondientes a tierras indígenas arrendadas corresponden al 30 de agosto de 2000, y no incluyen las concesiones madereras, que representan unas 304.000 ha.

Fuente: NLTB, citado en http://www.nltb.com.fj

67.Las tierras que se arriendan con fines de explotación agrícola se arriendan por un plazo de 30 años con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios, y el arriendo se establece en un 6% de su valor en capital sin mejoras. En 1997 unos 13.140 arriendos agrícolas comenzaron a expirar, y la mayoría de ellos (3.459) expiraron entre 1999 y 2000. Durante el Gobierno de coalición de 1999 encabezado por Mahendra Chaudhury, la Ley de propietarios y arrendatarios adquirió un carácter muy discutible por cuanto algunos propietarios indígenas pretendían que se les devolvieran sus tierras. El Gobierno ofreció una indemnización de 28.000 dólares a los agricultores cuyos arrendamientos habían expirado y no deseaban afincarse en otro lugar. Esta suma también fue motivo de controversia por cuanto representaba en muchos casos considerablemente más, en dólares, que el total acumulado que habían recibido los terratenientes en los últimos 30 de 50 años de arriendo.

68.También se ha ofrecido tierras indígenas a grandes hoteles y empresas para crear una fuente de ingresos para miles de personas. Los terratenientes también han sacado provecho del arriendo de la tierra. Los pagos por concepto de arriendo representan ahora más de 12 millones de dólares por año, y se prevé un incremento de esta cifra en los años venideros.

69.La incertidumbre respecto de la pugna actual por la tierra produce como resultado una situación política inestable y volátil, inseguridad de tenencia, inseguridad ambiental y la consiguiente inseguridad institucional. Esta inseguridad, conjuntamente con otros problemas, condujo al frustrado golpe encabezado por George Speight el 19 de mayo de 2000. El intento del Gobierno de coalición de Mahendra Chaudhury de retener la Ley de propietarios y arrendatarios en contra del deseo de muchos terratenientes indígenas, a los que el NLTB había animado a concertar contratos de arrendamiento más equitativos y flexibles con arreglo a la Ley de fideicomiso de tierras indígenas, fue un elemento catalizador de los acontecimientos que condujeron al golpe. En el período inmediatamente anterior al golpe se publicaron muchas diatribas inflamatorias y desinformadas. El Gobierno ingenuamente propuso una solución favorable a los arrendatarios, cuando los terratenientes consideraban la Ley de propietarios y arrendatarios como una amenaza a su propiedad, pues consideraban que ésta era su derecho legítimo y que tenían la prerrogativa legal de recuperar las tierras. Los terratenientes creían que el Gobierno de Chaudhury intentaba impugnar sus derechos y luchar autocráticamente por el mantenimiento del statu quo favorable al arrendatario (es decir, a los indios).

70.Para salir del estancamiento actual respecto de los arriendos con fines de explotación agrícola con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios para el cultivo de la de caña de azúcar, segunda fuente de divisas por exportación de Fiji, cuyos agricultores son principalmente de origen indio, debe encontrarse el equilibrio entre las necesidades de las unidades de propiedad de la tierra de Fiji arrendadas actualmente para la producción de caña de azúcar, y las necesidades de los arrendatarios de tierras indígenas con contratos de arrendamiento que vencerán entre 1997 y 2024.

71.El Gobierno ha creado un Grupo de Tareas de la Ley de propietarios y arrendatarios para la industria azucarera, integrado por las industrias interesadas, la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, el Consejo de Cultivadores de Caña Azúcar, y la Fiji Sugar Corporation. El objetivo principal de ese Grupo de Tareas es analizar y encontrar una solución amistosa al estancamiento legislativo de las leyes de propietarios y arrendatarios y de tierras indígenas.

72.También se creó un Subcomité del Grupo de Tareas de la Ley de propietarios y arrendatarios de la industria azucarera, encargado de realizar las tareas siguientes:

-acelerar la preparación de los títulos de arrendamiento;

-adjudicar oportunamente los contratos para el cultivo de la caña de azúcar;

-preparar los formularios de solicitud FAS;

-concienciar y educar a los terratenientes y antiguos arrendatarios con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios respecto del Plan de Asistencia Agrícola y los programas de reasentamiento.

73.El Gobierno vela por que la solución que se encuentre sea aceptable, equitativa y justa para los terratenientes y los arrendatarios.

74.Para ello, en octubre de 2001, el Departamento celebró tres reuniones de consulta con las partes interesadas, en particular la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, FAB, Roko Tuis, Desarrollo Regional, el MASLR, Youth and Sports, y la Fiji Sugar Corporation, con vistas a debatir y elaborar un sistema que permitiera a la Junta de Asuntos de Fiji y Roko Tuis asumir la dirección de la organización de los grupos de tareas provinciales con un enfoque dinámico en relación con la expiración de los contratos de arrendamiento con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios y una mayor concienciación respecto del Plan de Asistencia Agrícola y a los programas de reasentamiento entre las comunidades rurales. Éstos reducirán a su vez las incertidumbres que existen actualmente en la comunidad agrícola.

75.El Gobierno espera presentar un proyecto de ley sobre los arrendamientos con fines de explotación agrícola en el período de sesiones de julio de 2002 del Parlamento.

76.En la Land Conservation and Improvement Act (LCIA) (Ley de conservación y mejora de tierras) se prevé el establecimiento de la Junta Fiduciaria de Conservación de Tierras, cuya función principal es ejercer una supervisión general de los recursos terrestres e hídricos de Fiji. La ley es un instrumento muy importante para el compromiso contraído por Fiji en relación con el apoyo mundial y regional al uso sostenible de sus recursos terrestres e hídricos. Fiji se ha empeñado firmemente en el uso sostenible de sus recursos terrestres e hídricos y ha firmado diversos acuerdos y convenios internacionales como la Declaración de Río o Programa 21, el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica. El MASLR es el elemento fundamental de coordinación en la lucha de las Naciones Unidas contra la desertificación y la degradación del suelo en Fiji. La adhesión del Ministerio de Tierras y Recursos Minerales a la acción afirmativa y el uso sostenible de los recursos terrestres e hídricos de Fiji se refleja en su programa de planificación del uso participatorio de la tierra, que se basa en las antiguas tikina o fronteras de distrito. Con ello se trata de potenciar el pleno apoyo y la participación de las entidades propietarias de tierras en la planificación, la formulación de decisiones y el uso sostenible de sus recursos para obtener los máximos beneficios. Es preciso analizar previamente los diversos datos biofísicos y socioeconómicos para formular debidamente un plan de uso participatorio de la tierra. El elemento central del programa es la elaboración del Plan de uso participatorio de la tierra de la tikina de Nagonenicolo como proyecto piloto.

77.Ha habido otras zonas de tensión en relación con la tierra, en particular Monasavu. La Emperor Goldmines, Turtle Island Resort, el emplazamiento del aeropuerto de Nadi y el cierre de varias escuelas y de una mezquita, que han recibido mucha publicidad. La arrogación de tierras de propiedad de dominio absoluto por antiguos terratenientes, como la apropiación de Turtle Island Resort y los conflictos provocados por el emplazamiento del aeropuerto de Nadi, ponen de relieve la animosidad que perdura por antiguos tratos sobre las tierras. El Gobierno está examinando diversos mecanismos para solucionar esas cuestiones, incluido el análisis de la Ley de Waitangi en relación con las reivindicaciones de tierras de los maoríes con arreglo al Tratado de Waitangi.

-Zona de captación de la presa hidroeléctrica de Monasavu -en el momento de la reanudación de las obras, sólo se consideraron las tierras hasta el nivel de máxima capacidad de la presa, en lugar de considerarse toda la zona de captación e indemnizarse en consecuencia. Los terratenientes tenían derecho a disponer de la madera en detrimento de la presa. Las carreteras de acceso fueron cortadas intermitentemente en 1998, y los terratenientes habituales ocuparon la presa y la central hidroeléctrica en junio y julio de 2000, inmediatamente después del intento de golpe de 19 de mayo de 2000. En consecuencia se produjeron importantes apagones en la isla principal de Viti Levu, que dieron lugar a arreglos de indemnización estatutaria para toda la zona de captación.

-El caso de la Emperor Goldmines tiene que ver con reclamaciones de antiguos terratenientes en relación con tierras que ahora son de propiedad de dominio absoluto. Esto ha acarreado una disminución de la producción con el consiguiente efecto socioeconómico para la comunidad y los ingresos fiscales.

-El incidente de Turtle Island captó la atención internacional, debido a la presencia de turistas y a los inconvenientes que éstos sufrieron. La situación ha quedado resuelta temporalmente gracias a un convenio financiero y otras medidas.

IV. ESTRUCTURA POLÍTICA GENERAL

A. El poder legislativo

Constitución

78.La Ley de 1997 de enmienda de la Constitución, que modifica la Constitución de 1990, entró en vigor el 25 de julio de 1998. La aprobación de la nueva Constitución en octubre de 1997 condujo a la readmisión de Fiji como miembro del Commonwealth y al restablecimiento de plenas relaciones con muchos asociados comerciales y diplomáticos, tras haber sido excluida a raíz de los dos golpes de Estado de 1987. La Constitución de 1997 concede gran importancia a los derechos fundamentales, las libertades y la representación, y es conforme a los principales instrumentos de las Naciones Unidas relativos a los derechos sobre la tierra, las costumbres, las tradiciones y el patrimonio cultural.

Documentos constitucionales desde la independencia

79.Desde la independencia del Reino Unido en 1970, Fiji ha tenido tres constituciones. Nuestros primeros documentos constitucionales figuraban como anexo del Decreto de Independencia de 1970 dictado por el Consejo de la Reina el 30 de septiembre de 1970, después de la promulgación de la Ley de independencia de Fiji el 23 de julio de 1970 por el Parlamento del Reino Unido. En las sociedades pluralistas como Fiji, la Constitución tiene especial importancia, ya que, durante el período de construcción de la nación, proporciona un marco amplio para el desarrollo de relaciones mutuas entre los distintos grupos comunales, y, lo que es más importante, muestra las ideas y la postura de la comunidad indígena mayoritaria (que cree tener derecho inherente a la hegemonía política) en lo que respecta a las otras comunidades, y los problemas inherentes al comunalismo y a la construcción de la nación. Cuando se escribió esto, según el censo de 1966, los fijianos representaban el 42,4% de la población, menos que los indios de Fiji en ese momento.

80.Desde entonces y hasta hoy, los indios de Fiji ocupan una parcela predominante del poder económico y comercial. Existía el temor de que si se les otorgaban los mismos derechos políticos, acabarían llevando las riendas del país. Este temor fue reconocido por los colonizadores británicos que introdujeron el sistema divisivo de representación comunal y de listas electorales comunales. Tanto entonces como hoy, las distintas comunidades están representadas por sus propios miembros.

81.Un rasgo importante de la Constitución de 1970 es que contiene disposiciones que protegen la tierra y las costumbres de Fiji frente a la legislación parlamentaria. Según la sección 68 de la Constitución de 1970, las nueve leyes o estatutos que regulan la tierra y las instituciones autóctonas sólo pueden enmendarse por mayoría de tres cuartas partes de la Cámara de Representantes y, si la enmienda afecta a la tierra, las costumbres, o el derecho consuetudinario de Fiji, ha de ser aprobada por al menos seis de los ocho senadores nombrados por el Bose Levu Vakaturaga.

82.La Constitución de 1970 fue abrogada a raíz del golpe de Estado incruento del 14 de mayo de 1987 encabezado por el entonces teniente coronel Sitiveni Rabuka.

83.Nuestra segunda Constitución se promulgó el 25 de julio de 1990 mediante decreto del primer Presidente de la República de Fiji, Ratu Sir Penaia Ganilau. La Constitución de 1990 se promulgó con el fin de restaurar el gobierno parlamentario tras los golpes de Estado militares de 1987. Esta Constitución estipulaba que debía revisarse antes de transcurridos siete años después de su promulgación, y en 1995 el Presidente nombró una comisión tripartita de examen de la Constitución presidida por Sir Paul Reeves, ex Gobernador General de Nueva Zelandia y arzobispo anglicano, de la que también formaban parte el Presidente del Parlamento de Fiji, Sr. Tomasi Vakatora, fijiano autóctono, y el catedrático de la Universidad Nacional Australiana Dr. Brij Lal, indofijiano.

La Comisión de examen de la Constitución de Fiji

84.En el mandato de la Comisión se estipulaba que se llevaría a cabo una revisión "con la idea de promover la armonía racial y la unidad nacional y el progreso económico y social de todas las comunidades", y en la que se tendrían en cuenta las normas internacionales de derechos humanos. El 6 de septiembre de 1996, la Comisión presentó al Presidente de Fiji su informe titulado: "Islas Fiji: hacia un futuro unido". La Comisión recomendó que se mantuviera una Cámara de Representantes compuesta por 70 miembros, pero con 45 escaños abiertos a todas las razas. También recomendó que se atribuyeran 12 escaños comunales para fijianos, 10 para indios, 2 para votantes generales y 1 para rotumanos.

85.Sin embargo, el 10 de septiembre de 1996, el Primer Ministro nombró un Comité Parlamentario Mixto Especial compuesto por 25 miembros, para estudiar y deliberar sobre el informe de la Comisión. De las 694 recomendaciones del informe, el Comité aprobó 577, enmendó 40 y rechazó por completo o declaró improcedentes 77.

Parlamento

86.El Parlamento de Fiji sigue en gran parte el procedimiento y las costumbres del sistema británico de Westminster. Las tres Constituciones prevén dos cámaras parlamentarias -una Cámara de Representantes elegidos y un Senado cuyos miembros son nombrados. La composición actual de los miembros elegidos de la Cámara de Representantes es un reflejo de la composición étnica y la distribución de la población. A este respecto, la Comisión de Delimitación de Circunscripciones, creada en virtud del artículo 75 de la Constitución de 1977, determina las delimitaciones de las circunscripciones en la elección de miembros a escaños comunales y escaños abiertos.

87.El Presidente nombra a los 32 senadores. El Senado no tiene potestad para elaborar o vetar leyes; tan sólo puede debatirlas y retrasar su aprobación. Catorce fijianos autóctonos son nombrados por recomendación del Gran Consejo de Jefes, 9 por recomendación del Primer Ministro, 8 por recomendación del líder de la oposición y 1 rotumano es nombrado por recomendación del Consejo de la Isla de Rotuma.

El Parlamento de la Constitución de 1970

88.Bajo la Constitución de 1970, los 52 miembros elegidos del Parlamento estaban distribuidos del modo siguiente: 12 fijianos; 12 indios; 3 electores generales (elegidos de entre las listas electorales fijianas, indias y de electores generales respectivamente) y 10 miembros electores fijianos, 10 indios y 5 generales (elegidos de entre las listas nacionales).

89.El Senado estaba compuesto por 22 miembros, de los cuales 8 eran nombrados por el Bose Levu Vakaturaga, 1 por el Consejo de Rotuma, 7 por el Primer Ministro y 6 por el líder de la oposición.

El Parlamento bajo la Constitución de 1990

90.Bajo la Constitución de 1990 la Cámara de Representantes aumentó en uno el número de miembros elegidos. Estaba compuesta por 72 miembros, con la siguiente composición:  37 fijianos (de los cuales 32 eran elegidos en circunscripciones provinciales rurales y 5 en centros urbanos); 27 indios, 1 rotumano y 5 de otros grupos étnicos. El Senado estaba compuesto por 34 miembros, 24 de los cuales eran nombrados por el Bose Levu Vakaturaga, 1 por el Consejo de Rotuma y 9 eran nombrados por el Presidente a su arbitrio. Esos 9 representantes solían pertenecer a otros grupos étnicos.

El Parlamento de Constitución de 1997

91.La Cámara de Representantes está compuesta por 71 miembros, 25 de los cuales elegidos en listas abiertas, y 46 en listas comunales (étnicas). Los candidatos a los 25 escaños abiertos pueden pertenecer a cualquier grupo étnico. Los candidatos a los 46 escaños comunales están distribuidos del siguiente modo: 23 escaños para fijianos, 19 para indios, 1 para rotumanos y 3 para otros o para votantes generales. Los miembros que componen la Cámara Alta o Senado son nombrados por el Presidente, 14 de ellos por recomendación del Bose Levu Vakaturaga, 9 por recomendación del Primer Ministro, 8 por recomendación del líder de la oposición y 1 por recomendación del Consejo de Rotuma.

B. El poder judicial

92.El poder judicial es independiente del Gobierno en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, que no están sujetas a la dirección o el control ministerial o del Gobierno. La Constitución garantiza la independencia del poder judicial mediante la atribución del nombramiento de los jueces al Presidente previa consulta a la Comisión independiente de Servicios Judiciales y Legales. La expulsión de miembros de la judicatura sólo es posible aplicando un complicado sistema de salvaguardias y contramedidas.

93.El poder judicial funciona en distintas instancias en los tribunales. El más alto tribunal de Fiji es el Tribunal Supremo creado por la Constitución, y el tribunal de rango inferior es el Tribunal de Primera Instancia, cuyas sentencias son apelables ante el Tribunal Superior de Justicia. Se pueden recurrir las sentencias del Tribunal Superior de Justicia ante el Tribunal de Apelaciones, y de ahí al Tribunal Supremo.

94.Los tribunales de primera instancia ejercen su jurisdicción civil y penal dentro de los límites de la demarcación en la que se encuentran. Su jurisdicción también se extiende a las aguas territoriales adyacentes a la demarcación. El Presidente del Tribunal dirige el reparto de asuntos entre los tribunales de primera instancia dentro de una demarcación. En la actualidad, hay 1 magistrado jefe, y 14 magistrados en las principales ciudades.

95.En 1991 se promulgó el Decreto legislativo de tribunales de pequeña cuantía para transferir la resolución de este tipo de denuncias de los tribunales de primera instancia a los recién creados tribunales de pequeña cuantía. Según el decreto, estos tribunales son divisiones de los tribunales de primera instancia. Tienen jurisdicción sobre toda reclamación por una cuantía que no exceda de 2.000 dólares de los EE.UU. y cualquier otra jurisdicción que le atribuya otra ley.

96.La Constitución de 1997 garantiza al Tribunal Superior de Justicia jurisdicción preferente para oír y decidir sobre cualquier asunto relativo a la protección de los derechos y libertades fundamentales del individuo garantizadas en el capítulo IV de la Carta de Derechos. Tiene jurisdicción preferente e ilimitada para oír y dictar sentencias en cualquier procedimiento civil o penal. También tienen poderes ilimitados para oír y decidir sobre apelaciones en casos tanto penales como civiles de tribunales inferiores. El Tribunal de Apelaciones de Fiji, sin embargo, entiende generalmente de las apelaciones de cualquier persona condenada por el Tribunal Superior de Justicia por cualquier delito. El tribunal de apelación de última instancia es el Tribunal Supremo que, según la Constitución, decide sobre cualquier apelación contra las

resoluciones u órdenes finales del Tribunal de Apelaciones de Fiji. También tiene competencia para revisar, modificar, revocar o ratificar dichas resoluciones u otras órdenes si lo estima necesario en interés de la justicia.

C. El poder ejecutivo

El ejecutivo

97.Según lo establecido en la Constitución, el poder ejecutivo lo ejerce el Presidente, quien es el Jefe de Estado y también simboliza la unidad del Estado. Además, es Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. El Presidente es nombrado por el Gran Consejo de Jefes (Bose Levu Vakaturaga) tras consultar al Primer Ministro, y es elegido por un mandato de cinco años. Puede ser reelegido solamente una vez por otro mandato de cinco años. Cuenta con la asistencia de un gabinete y el Primer Ministro es el Jefe de Gobierno. El Presidente, ejerciendo su facultad discrecional, nombra Primer Ministro al miembro de la Cámara de Representantes que a su juicio puede obtener el apoyo de la mayoría de los miembros de la Cámara.

98.La Constitución de 1997 prevé el ejercicio del poder en forma compartida al establecer que todo partido que ocupe ocho escaños o más en el Parlamento deberá tener una representación en el Gabinete que sea proporcional a los escaños que ocupa en la Cámara.

El Gabinete

99.El Gabinete está integrado por el Primer Ministro, los demás ministros y el Fiscal General. El Gabinete se encarga de formular las políticas de gobierno y los subcomités especiales coordinan y planifican los detalles de las actividades estatales. El Gabinete también asesora al Presidente sobre cuestiones de gobierno y es responsable ante el Parlamento del asesoramiento que le brinda. Cada ministro se encarga de poner en práctica las decisiones adoptadas por el Gabinete y tiene facultades discrecionales para desempeñar las funciones propias del ministerio. Los funcionarios públicos de los ministerios son de carrera y no deben renunciar a su empleo con el cambio de Gobierno. La nueva reforma del sector público tiene por objeto introducir cambios en la calidad de los servicios que prestan los funcionarios públicos.

Departamentos de gobierno

100.Los asuntos de Gobierno se administran a través de 17 ministerios o departamentos y el ministro encargado de un departamento es responsable de sus actividades ante el Parlamento. El personal de esos departamentos son funcionarios públicos de carrera que no deben renunciar a su cargo cuando cambia el gobierno. La Comisión de Administración Pública (CAP) ha logrado progresos importantes en la introducción de reformas a la administración pública y la medida principal ha consistido en la planificación institucional para definir los objetivos y productos por departamento. Desde principios de este año la CAP ha traspasado competencias constitucionales y estatutarias en los Secretarios Permanentes y Jefes de Departamento que les ha permitido firmar acuerdos de evaluación de la actuación profesional para rendir cuentas a los respectivos departamentos. La Comisión, en consulta con los ministerios y asociaciones de personal, también está ideando un nuevo sistema de gestión de la actuación profesional que establezca un vínculo entre los aumentos salariales y el rendimiento profesional y la productividad en el sector público.

101.El país cuenta con un sistema bien desarrollado de gobiernos locales. Los consejos municipales y locales están bajo la supervisión general del Ministerio de Vivienda, Urbanización y Medio Ambiente. Suva y Lautoka cuentan con consejos municipales, mientras que Nadi, Ba, Tavua, Sigatoka, Rakiraki, Labasa, Nausori, Levuka, Savusavu y Lami tienen consejos locales. Los consejos municipales tienen la potestad de imponer contribuciones para la creación de fondos y el desarrollo de capital. El Gobierno presta asistencia a los órganos locales proporcionando servicios técnicos de urbanismo y concediendo subsidios y préstamos. Los consejos municipales están integrados por concejales elegidos y están encabezados por un alcalde.

La Administración de Fiji

102.El sistema de gobierno colonial establecido en Fiji después de la cesión tenía por objeto incorporar a los jefes autóctonos en la administración pública. A diferencia de las colonias francesas y otras colonias del Pacífico a fines del siglo XIX, que simplemente no tuvieron en cuenta las instituciones políticas autóctonas, en Fiji se hizo todo lo posible por mantener vivo el espíritu de las instituciones autóctonas. Sir Arthur Gordon, el primer Gobernador, y John B. Thurston, el segundo Gobernador, eran realmente solidarios con el pueblo fijiano y trataron de identificar y conservar las características de la sociedad y la organización tradicionales que consideraban valiosas. El Consejo de Jefes fue la principal institución que crearon en el marco de la administración autóctona. La labor del Consejo en la codificación y la revisión de las costumbres fijianas sirvió de base para conservar la vida de pueblo en Fiji, mantener la autoridad de los jefes tradicionales en los asuntos internos y preservar una cultura y una economía fijiana bien definida a pesar de los cambios fuera del país.

El Gran Consejo de Jefes ( Bose Levu Vakaturaga )

103.Actualmente el Gran Consejo de Jefes (Bose Levu Vakaturaga) es la asamblea superior de los jefes tradicionales de Fiji, aunque también incluye un número reducido de personas especialmente calificadas, y se reúne una vez al año, por lo menos, para examinar cuestiones de interés para la población de Fiji. Al principio el Consejo tenía potestad para promulgar leyes y reglamentos vinculantes para los fijianos, pero esa potestad se suprimió a finales de la época colonial cuando se derogaron los reglamentos aparte para fijianos. A pesar de ello, siempre se recurre a la orientación del Consejo para cuestiones que afectan a la población, y todas las comunidades de Fiji lo siguen teniendo en gran estima. El Gran Consejo de Jefes nombra al Presidente de la República.

104.El Ministerio de Asuntos Fijianos sirve de vínculo entre el Gobierno, el Consejo de Asuntos Fijianos, el Gran Consejo de Jefes y otras instituciones afines para la formulación de políticas, la prestación de asistencia legislativa, la concesión de créditos presupuestarios y la ejecución de los programas destinados a lograr un mayor bienestar y una buena gestión de los asuntos públicos de los pueblos fijianos autóctonos. El Ministerio cuenta con dependencias como las siguientes:

a)La Comisión de Pesca y Tierras Autóctonas define y determina las tierras que corresponden por legítimo derecho y por herencia a los fijianos, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de tierras autóctonas (cap. 133), los usos y costumbres de los fijianos, y las disposiciones de la Ley de pesca (cap. 158).

b)El Departamento Fijiano de Educación vela por que los fondos asignados para la educación en Fiji se utilicen de modo que la población tenga más oportunidades de acceso a la educación profesional y universitaria. El Departamento también proporciona fondos para la compra de libros de textos en las escuelas primarias y secundarias.

c)El Instituto de Lengua y Cultura Fijiana se encarga de la elaboración del diccionario monolingüe en lengua fijiana. Con ese propósito realiza investigaciones, prepara la documentación, consulta a los grupos interesados y presenta la información en los diversos foros para obtener su apoyo. El Instituto también realiza investigaciones y prepara documentos sobre todos los aspectos de la cultura autóctona utilizando materiales audiovisuales y publicaciones.

d)El Centro de Tecnología Apropiada y Desarrollo ofrece cursos, seminarios y talleres técnicos y profesionales, durante períodos cortos o largos, para participantes de zonas rurales.

e)Las autoridades legales son el Consejo de Asuntos Fijianos y el Consejo de Tierras Autóctonas.

105.El territorio de Fiji se divide en 14 provincias que a su vez se dividen en unidades administrativas más pequeñas, la unidad básica de las cuales es el pueblo (koro). El jefe del pueblo es el turaga-ni-koro, que es elegido o nombrado por los habitantes del pueblo. Varios koros forman una subdivisión administrativa (tikina) de una provincia y la provincia (yasana) a su vez está formada por varias tikinas. Las provincias están dirigidas por un consejo y el nombramiento del jefe (roko tui) debe ser aprobado por el Consejo de Asuntos Fijianos, el cual debe también aprobar todas las contribuciones y normas impuestas por el consejo provincial. El Consejo de Asuntos Fijianos es considerado el guardián del sistema administrativo de Fiji y de varios otros aspectos de las costumbres fijianas. Ese sistema de gobierno local es exclusivamente fijiano.

Relaciones interétnicas

106.El Ministerio para la Unidad y la Reconciliación Nacional fue creado por el Gobierno provisional en septiembre de 2000 para promover la cohesión social y la armonía racial en la comunidad después del período de agitación social y política de mayo de 2000. En septiembre de 2001, cuando el nuevo Gobierno tomó posesión, el Ministerio se fusionó con el Ministerio de Información para convertirse en el Departamento de Reconciliación Nacional del Ministerio de Reconciliación Nacional, Información y Relaciones con los Medios de Información. El objetivo del Departamento es velar por la unidad de Fiji a fin de que todas las comunidades puedan vivir en paz, armonía y prosperidad, y su misión es promover la armonía y la cohesión social entre las distintas comunidades. Durante el año 2001 el Departamento se concentró en las cinco esferas siguientes:

-prestar asistencia para la rehabilitación de las familias afectadas;

-promover la unidad social y política a nivel de vanua, distrito y a nivel nacional;

-promover la cooperación entre organizaciones cristianas y vanua;

-promover la igualdad de oportunidades para todos y eliminar las disparidades en los niveles de desarrollo;

-promover el patriotismo y la lealtad a la nación.

107.A raíz de las numerosas observaciones irrespetuosas desde el punto de vista racial hechas este año en el Parlamento y en otros foros, se firmó un innovador acuerdo entre el Primer Ministro y el líder parlamentario del Partido Laborista de Fiji a fin de evitar que miembros de la Cámara de Representantes incurran en conductas o utilicen expresiones que atenten contra las buenas relaciones raciales en Fiji.

108.El hecho que motivó el acuerdo fue la preocupación por lo que se consideró un deterioro en la calidad de los debates debido a las observaciones imprudentes, inmoderadas e irrespetuosas desde el punto de vista racial hechas por algunos de los miembros.

109.Ello ocurrió en la última sesión de la Cámara, lo que contribuyó a un deterioro de las relaciones entre sus miembros y afectó la calidad de los debates. Esas declaraciones también han generado sentimientos negativos entre las distintas comunidades del país y han obstaculizado los esfuerzos por promover la unidad y la reconciliación nacional.

110.Como primera medida, esas comunidades decidieron ponerse en contacto con sus respectivos bloques parlamentarios y recordarles el código de conducta por el que están obligados los miembros de la Cámara de Representantes.

111.Los dos líderes decidieron señalar a la atención de los miembros las disposiciones pertinentes del Reglamento vigente de la Cámara de Representantes.

112.El párrafo 5 del artículo 43 del Reglamento establece claramente que los miembros del Parlamento no deben emplear palabras ofensivas contra los otros miembros o palabras que puedan provocar o generar animadversión u hostilidad entre las distintas comunidades de las islas Fiji. En el párrafo 2 del artículo 114 se recuerda a todos los miembros que deben mantener una conducta decorosa en la Cámara.

113.En el artículo 30 de la Constitución de Fiji se reconoce que el derecho a la libertad de expresión puede limitarse por ley para evitar ultrajes contra la dignidad de personas, grupos o comunidades, o de oficinas o instituciones respetables, que puedan generar animadversión entre grupos raciales o comunidades, o la opresión o discriminación contra algunas personas.

114.Por último, los dos líderes convinieron en pedir al Presidente de la Cámara, el Honorable Ratu Epeli Nailatikau, su apoyo en esa labor conjunta. Le pedirán que asuma una actitud más enérgica y vigilante en el ejercicio de su autoridad para recordar a los miembros la función que les corresponde desempeñar y lo que se espera de ellos como miembros de la Cámara, según lo dispuesto en el Reglamento vigente.

Rehabilitación y reconstrucción

115.Los ministerios competentes se ocuparon de la urgente labor de rehabilitación de las familias afectadas. Debido a la falta de fondos no fue posible concluir la ejecución de los programas de rehabilitación antes de las elecciones del mes de agosto. El Departamento prestó asistencia a algunas familias desplazadas que le solicitaron ayuda directamente. La policía también desempeñó una función importante mediante los programas de relaciones públicas destinados a promover la reconciliación entre los agricultores y en sus respectivos distritos.

Servicios públicos para atender a las necesidades de la población y eliminar las disparidades en el desarrollo

116.Los demás ministerios contribuyen de manera considerable a las actividades del Ministerio para la Unidad y la Reconciliación Nacional. Los representantes de los ministerios competentes integran el Comité de Administradores de Proyectos de Promoción de la Unidad. El Departamento promueve el uso del idioma fijiano en los servicios destinados a fijianos autóctonos.

Fomento del patriotismo y la lealtad nacional

117.El Ministerio de Educación promueve, mediante programas de estudios, el patriotismo y el orgullo nacional. El Consejo Nacional de las Artes del Departamento del Patrimonio Cultural se encarga de elaborar programas de cultura y arte para promover la integración multirracial y su apreciación. El Departamento también se encarga de examinar las disposiciones para los trámites de obtención de la ciudadanía. La celebración de días de fiesta nacionales deben considerarse actividades para promover el espíritu nacional. Debe prestarse especial atención a la construcción de la nación y a la promoción de la unidad.

Promoción de la unidad mediante las organizaciones no cristianas

118.Algunas organizaciones religiosas no cristianas, integradas principalmente por indofijianos, han manifestado interés en elaborar proyectos para promover la unidad. Este tema será examinado nuevamente con esas organizaciones.

Actividades para el año 2002

119.En el año 2002, el Ministerio se encargará de ejecutar amplios programas de relaciones públicas que promuevan la unidad y la armonía racial. El Gobierno decidió también organizar ese año una gran celebración del Día de Fiji. El Departamento ha elaborado un plan de trabajo para 2002 y prestará especial atención a lo siguiente:

-rehabilitación y reasentamiento de las familias afectadas;

-programas para promover la unidad y la armonía multirracial en Fiji;

-servicios públicos para atender a las necesidades de la población;

-fomento del patriotismo y la lealtad nacional;

-establecimiento de un mecanismo permanente para fomentar la unidad y la reconciliación.

Rehabilitación y reasentamiento de las familias afectadas

120.El Departamento prestará especial atención a los agricultores afectados en el Centro Girmit y en los campamentos de Valelawa, y a los antiguos arrendatarios acogidos a la Ley de arrendamiento de tierras y arrendatarios agrícolas. Además, tiene la intención de revisar las políticas relativas a los ocupantes ilegales y otras políticas conexas.

Programas para promover la unidad y la armonía multirracial en Fiji

121.Estos programas incluyen:

a)El examen de las actividades para promover la unidad con la Administración fijiana;

b)Programas para promover la unidad de la Iglesia;

c)Programas culturales especiales de relaciones públicas.

122.Los servicios públicos para atender a las necesidades de la población incluirán:

a)Servicios de respuesta inmediata a reclamaciones y litigios;

b)Plan de sensibilización pública sobre los servicios;

c)Examen de las esferas normativas principales;

d)Programas de relaciones públicas para los principales servicios públicos;

e)Proyectos de las organizaciones no gubernamentales y el sector privado para promover la participación.

123.El patriotismo y la lealtad nacional se fomentarán mediante:

a)Campañas de relaciones públicas de las instituciones nacionales;

b)La celebración de fiestas nacionales para construir la nación;

c)El fortalecimiento de los trámites para la obtención de la ciudadanía; por ejemplo, el programa de ceremonias para prestar juramento.

124.Se creará un mecanismo permanente de fomento de la unidad y la reconciliación que se encargará de:

a)Realizar investigaciones y dar a conocer los resultados;

b)Recurrir a la publicidad para informar acerca de las actividades, los proyectos y reuniones, y compilar el material de base en DVD y VHS.

V. ECONOMÍA

125.Los siguientes son algunos de los indicadores económicos de Fiji:

-producto interno bruto per cápita 2001/2002: F$ US$;

-producto interno bruto 2000/2001 (crecimiento porcentual anual medio, precios 2000/2001): 2,2%;

-inflación 2002: 0,3%;

-tasa anual media de desempleo: 10,8%;

-deuda externa neta (miles de millones US$/F$) 2001: 5,5;

-dólar de Fiji por dólar de los EE.UU. (promedio del tipo diario de 2002): 0,48.

126.Entre los problemas que dificultan el desarrollo económico de Fiji cabe mencionar el aislamiento geográfico del país, su vulnerabilidad a los ciclones y las sequías, su reducido mercado interno y su dependencia de una pequeña base de exportación que opera en un mercado abierto en el comercio internacional.

127.Las crisis políticas de 1987 y de mayo de 2000 atentaron contra la confianza de los inversores y, como consecuencia, la economía nacional perdió su dinamismo. La morosidad de la economía provocó numerosas pérdidas de empleo, estimuló la emigración y el éxodo intelectual, redujo el nivel de vida y aumentó la pobreza y la tasa de delincuencia.

128.En 2000 el PIB bajó a 2,8%. Se observaron reducciones similares en todos los sectores de la producción con excepción del comercio mayorista y minorista (9,5%) y los sectores de los servicios a la comunidad y sociales (1,8%).

129.Las previsiones de crecimiento son del 1,5% para 2001 y del 3,5% para 2002. Las predicciones más alentadoras del sector del turismo y las industrias del oro y la pesca harán un aporte favorable al futuro crecimiento económico.

130.En mayo de 2000 cerraron varias plantas del sector manufacturero. Esta situación tuvo repercusiones negativas en el mercado laboral, en particular para las mujeres que trabajan en las industrias manufacturera y de la confección.

131.La pobreza sigue siendo un problema importante en Fiji. El Fiji Poverty Study de 1996, basado en la encuesta sobre ingresos y gastos de los hogares, puso de manifiesto que un 25,5% de los hogares viven por debajo del umbral de la pobreza. En el estudio también se observó que los hogares monoparentales representan un 20% de los pobres y que uno de cada siete pobres pertenece a un hogar monoparental a cuya cabeza se encuentra una mujer. El Gobierno está tomando medidas para abordar este problema.

132.Por consiguiente, el Gobierno ha reorganizado el Ministerio de la Mujer que trabaja en forma conjunta con el Departamento de Bienestar Social y el Departamento de Mitigación de la Pobreza. El Departamento de Cultura y Patrimonio pertenece ahora al sector del turismo. Esta reorganización estructural reconoce el vínculo que une a la mujer, las cuestiones de género y la pobreza, como tan acertadamente se señaló en la Declaración del Milenio del 2000. El Gobierno también reconoce que la mitigación de la pobreza promoverá la causa de la mujer y permitirá que el país se acerque a su objetivo de igualdad social. Se ha asignado un presupuesto total de 157 millones de dólares a la mitigación de la pobreza y el desarrollo rural en el presupuesto oficial de 2002, cifra que representa un aumento de 56 millones de dólares con respecto a la asignación de 2001.

133.El PIB medio de Fiji durante el período 1966-1999 fue de alrededor del 4%, mientras que el PIB per cápita creció en promedio un 2%. Aunque el crecimiento promedio del período es análogo al de países en desarrollo que tienen resultados satisfactorios, como por ejemplo Mauricio y Trinidad y Tabago, la economía de Fiji ha atravesado prolongados períodos en que sus puntos fuertes han convivido con sus puntos débiles.

134.Esta situación puede observarse claramente en el gráfico 1. Durante el mismo período el promedio de crecimiento del empleo fue del 3% mientras que la tasa de desempleo se encontraba entre el 5 y el 6%. El empleo creció de manera significativa en 1971, principalmente gracias a importantes proyectos de infraestructura, y en 1989 y 1993 como resultado de la introducción de zonas y fábricas libres de impuestos (véase el gráfico 2). No obstante, con excepción de esos años, el promedio de crecimiento anual del empleo se ha mantenido por debajo del 2%.

135.Los aspectos más favorables de los diferentes sectores en 2001 fueron los siguientes:

-La industria del turismo siguió resistiendo bien a pesar de los efectos negativos de los atentados terroristas contra los Estados Unidos en el turismo internacional. Hasta noviembre el total acumulado de turistas que llegaron al país fue de 316.137, con un aumento del 17,2% con respecto al mismo período de 2000.

-La cosecha total de caña de azúcar ascendió a 2,8 millones de toneladas, con un rendimiento de algo más de 293.000 toneladas de azúcar, cifras que representan una reducción importante del 25,9 y el 14% respectivamente con relación a la cosecha anterior.

-La industria de la indumentaria siguió afectada por las condiciones mundiales más difíciles que redujeron la demanda de exportaciones, lo cual a su vez llevó al cierre de algunas fábricas. No obstante, el aspecto positivo es que han abierto dos nuevas fábricas y un fabricante de prendas de vestir ya presente en el mercado prevé ampliar sus operaciones en 2002.

-Los resultados del sector de la minería fueron positivos. En 2001 la producción total de oro fue de 124.240 onzas, valor 1,8% superior al del año 2000. El aumento se debió en gran medida a un rendimiento mayor de minerales de mejor calidad en las minas.

-La producción maderera en los tres primeros trimestres del año creció en un 8,8% con respecto al mismo período del año anterior. El aumento de la producción fue resultado del mejoramiento de las condiciones climáticas para la explotación de la madera, así como a un aumento de la demanda de exportaciones.

-La producción de pescado fresco mejoró principalmente debido a una penetración positiva de los mercados asiático y estadounidense. Hasta septiembre de 2001, la producción había aumentado en un 10,5%.

-La producción agrícola diferente de la caña de azúcar registró una expansión del 5,2% en los primeros nueve meses de 2001 con respecto al mismo período de 2000. Este resultado favorable se vio sustentado por un aumento de la producción de jengibre, yaqona, hortalizas, arroz y otros tubérculos que lograron compensar la caída de la producción de dalo y frutas.

-En el sector minorista, la Encuesta de ventas al por menor de diciembre del Banco de la Reserva demostró que se estima que las ventas totales han aumentado en un 13,2% en 2001. Se prevé que las ventas al por menor volverán a aumentar en 2002.

-Las actividades del sector de la construcción registraron una mejora en el trimestre de septiembre. Con respecto al trimestre de junio, el número y el valor de los permisos de construcción aumentaron en un 28,5% y un 38,4% respectivamente. Durante el mismo período también aumentó el valor total de los permisos de construcción ejecutados.

136.En otros ámbitos, el mercado laboral mejoró en términos generales durante el trimestre de diciembre a pesar de las condiciones menos alentadoras de la industria de la indumentaria. Sin embargo, el número de emigrantes ha ido en aumento, en particular en la categoría de los profesionales. Los resultados de la Encuesta sobre expectativas empresariales de diciembre del Banco de la Reserva sugieren que la mayoría de las empresas, con excepción de las del sector de la confección, son optimistas en cuanto a las perspectivas del empleo a mediano plazo (12 meses).

Previsiones económicas del Banco de la Reserva de Fiji para 2002

137.Se prevé que en 2002 habrá un crecimiento generalizado de todos los sectores de la economía, excepto la caña y el azúcar que, según las proyecciones, se contraerán aún más. Se calcula que los siguientes son los principales sectores e industrias que favorecerán el crecimiento en el año en curso:

-comercio al por mayor y al por menor;

-transportes;

-servicios a la comunidad, sociales y personales;

-turismo;

-minería y canteras.

138.Las proyecciones económicas más favorables para 2002 reflejan en gran medida una situación en que aparecen los siguientes elementos:

-Fortalecimiento de la demanda del consumidor. Se prevé que el gasto del consumidor al por menor aumentará en el curso del presente año gracias a un incremento de los ingresos disponibles. Se espera que, a medida que se active la economía, mejorará la situación del empleo. Además, el Gobierno ha anunciado una reducción del impuesto sobre la renta.

-En el presupuesto de 2002 presumiblemente se aumentará la paga líquida de la población. El aumento del número de turistas que llegan al país también debería estimular el gasto al por menor.

-Una política fiscal expansiva. La decisión del Gobierno de aumentar sus créditos para gastos de capital a mediano plazo promoverá el crecimiento económico a largo plazo.

-Una política monetaria adaptada a las circunstancias. La política monetaria flexible del Banco de la Reserva seguirá siendo un apoyo para la recuperación de la economía mediante tipos de interés bajos y una liquidez suficiente en el sistema financiero para hacer frente a todo aumento de la demanda de préstamos.

-Mejores condiciones económicas mundiales. Se espera que la recuperación de la economía mundial durante el presente año tenga consecuencias positivas sobre la economía interna gracias a un incremento de los intercambios comerciales.

-Un sector privado optimista. Los resultados de las diversas encuestas realizadas por el Banco de la Reserva en el sector privado demuestran que éste tiene una actitud optimista que coincide con nuestras proyecciones de crecimiento para el año en curso.

VI. MARCO NORMATIVO GENERAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

A. Ordenamiento jurídico de Fiji - naturaleza y composición

Historia jurídica

139.Hasta mediados del siglo XIX, Fiji, al igual que otros países del Pacífico sur, nunca conformó una entidad política unitaria, ni en la totalidad de lo que hoy es el país ni tan siquiera en una porción significativa del éste. Por entonces habitaban las islas muchas comunidades separadas, aunque de origen racial similar, y nunca estuvieron unificadas políticamente. Estas comunidades separadas eran gobernadas por líderes o jefes individuales, y sus normas procedían por una parte de costumbres y prácticas bien establecidas, y por la otra de órdenes y mandatos de sus líderes. A lo largo del siglo XIX, ciertos líderes de habilidad e inteligencia excepcionales consiguieron ejercer su dominio sobre amplias zonas del país con tal eficacia que podían afirmar que estas zonas estaban bajo su gobierno. Para controlar áreas tan extensas, esos jefes dominantes o supremos no podían limitarse a utilizar las costumbres y prácticas de comunidades individuales, ni apoyarse en la buena fe de caudillos locales y los pactos verbales

concertados con ellos. Por ello, la mayoría de los jefes dominantes siguieron las sugerencias de sus asesores europeos y promulgaron constituciones y leyes que habían de aplicarse en la totalidad de sus amplios reinos.

140.En 1867 Ratu Seru Cakobau, Jefe Supremo de Bau y de partes de Viti Levu, promulgó constituciones y leyes, al igual que los jefes supremos de Bua, Cakaudrove y Lau. En 1871 Cakobau promulgó una Constitución más ambiciosa que aspiraba a aplicar en todas las islas Fiji, mientras que Tui Lau y Tui Nayau promulgaron otra Constitución alternativa para el dominio de Lau en las islas orientales. En 1873 Cakobau aprobó una nueva Constitución para todo el país que fue tan efímera como su predecesora, ya que su vigencia terminó el 10 de octubre de 1874, cuando el país fue cedido como colonia a Gran Bretaña.

141.Mientras fue colonia británica, las leyes fundamentales de Fiji se promulgaron mediante Cédula de Privilegios, Decretos e Instrucciones Reales de la Corona británica. Posteriormente se introdujeron reformas igualmente en virtud de Cédulas, Decretos e Instrucciones de la Corona. La legislación local figuraba en las llamadas Ordenanzas, que eran promulgadas por el Gobernador. Cuando se hizo evidente que la colonia iba a alcanzar el autogobierno o la independencia, Gran Bretaña estableció leyes fundamentales para aumentar el autogobierno. En 1963 y 1966 se promulgaron sendas Constituciones en virtud de Decretos de la Corona británica para facilitar un mayor autogobierno.

142.El Decreto de Independencia de Fiji fue promulgado por la Reina en 1970. La Constitución de 1970 fue elaborada en Londres por funcionarios británicos después de prolongados debates con los líderes locales, y entró en vigor en virtud de un Decreto dictado por la Reina. La legislación existente en el momento de la independencia no fue derogada de manera inmediata, sino que para evitar un vacío normativo, se conservó con carácter transitorio, a la espera de la elaboración de leyes "locales" por la nueva Asamblea Legislativa. Entre las normas que se mantuvieron se incluían:

a)La legislación vigente en Gran Bretaña en una fecha determinada;

b)El common law y el principio de equidad;

c)La legislación "colonial", es decir las ordenanzas dictadas por el Gobernador General antes de la independencia.

143.En 1987 tuvo lugar un golpe militar, lo que supuso un método drástico de revocación de la Constitución de 1970. El Gobierno militar derogó la Constitución, que fue sustituida por decretos gubernativos. En 1990 se promulgó otra Constitución en virtud de un Decreto Presidencial dictado con el asesoramiento del Gabinete Ministerial. Esta norma fue sustituida en 1997 por una nueva Constitución promulgada por el Parlamento de Fiji, que entró en vigor el 17 de julio de 1998.

144.El apartado d) del párrafo 2 del artículo 195 de la Ley de reforma constitucional de 1997 establece que seguirán en vigor todas las leyes anteriores como si se hubieran promulgado en virtud de dicha ley de reforma o se hubieran elaborado de conformidad con ésta. El párrafo 3 del artículo 195 prescribe que las leyes inglesas se interpretarán de manera tal que se las haga compatibles con la Constitución. De conformidad con las ordenanzas del Tribunal Supremo de 1995, el derecho anterior que había de continuar vigente incluía:

-las leyes de aplicación general vigentes en Inglaterra en la fecha de creación de la Asamblea Legislativa, es decir el 2 de enero de 1875, de conformidad con las disposiciones del artículo 37 de estas ordenanzas (artículo 35);

-todas las leyes imperiales cuya aplicación se extienda a la colonia en virtud de la presente ordenanza o de otra futura continuarán en vigor únicamente en la medida en que las circunstancias de la colonia y sus habitantes y los límites de la jurisdicción colonial así lo permitan, y estarán sujetas a cualquier ordenanza presente o futura de la Asamblea Legislativa colonial; y a los efectos de facilitar la aplicación de las referidas leyes, los tribunales podrán interpretarlas modificando su tenor literal, pero sin alterar la sustancia de las mismas cuando ello resulte necesario para aplicarlas a los asuntos que se les hayan planteado (artículo 37).

145.El Tribunal Supremo definió las leyes de aplicación general como una categoría que permitía diferenciar las leyes no necesariamente obligatorias para el conjunto de la población, por ejemplo, la Companies Act (Ley de sociedades mercantiles) o la Friendly Societies Act (Ley de mutualidades), de aquellas otras leyes que eran obligatorias para todos, por ejemplo la Offences Against the Person Act (Ley de delitos contra las personas) u otras normas similares. De ello se derivó la cuestión de la carga de la prueba sobre la aplicabilidad de estas leyes de "aplicación general". El Tribunal Supremo afirmó que existía una presunción de aplicabilidad general, lo que situaba la carga de la prueba sobre la parte que la discutiera. En cuanto al rango normativo de estas leyes de aplicación general, resultaba claro que la legislación imperial era inferior a la Constitución.

Fuentes del derecho

146.Por debajo de la Constitución, el ordenamiento jurídico de la República de Fiji está compuesto de:

a)Leyes aprobadas por el Parlamento dentro de su ámbito constitucional de competencias, junto con la legislación delegada y de desarrollo elaborada de conformidad con tales leyes;

b)Decretos promulgados por el Gobierno provisional entre 1987 y 1990;

c)El common law de Fiji, que procede del common law inglés, y se elabora e interpreta por los tribunales;

d)La legislación subsidiaria elaborada por los ministros, las entidades locales y las autoridades legales.

147.Según se ha señalado, en 1987 tuvieron lugar dos golpes de estado en Fiji. En este período, existían tres fuentes de derecho: a) los decretos dictados por el Gobernador General

durante el estado de emergencia desde el 14 de mayo de 1987 hasta septiembre de ese año; b) los decretos dictados por el Jefe del Gobierno militar provisional; y c) los decretos dictados por el Presidente de la República de Fiji.

148.En el caso State c. Afasio Mua and Ors, el Presidente del Tribunal Supremo afirmó que todas las leyes en vigor con anterioridad al golpe militar y la declaración de la República continuaban plenamente vigentes, excepto en los supuestos específicos de derogación o reforma por decretos posteriores.

Derecho consuetudinario

149.El capítulo 133 de la Native Lands Act (Ley de las tierras indígenas) se refiere expresamente al derecho consuetudinario y la costumbre para determinar el fundamento de los derechos sobre las tierras que se poseen a título consuetudinario, determinación que han de realizar los tribunales competentes a estos efectos. El artículo 3 establece que las tierras indígenas están reservadas a las personas originarias de Fiji, de conformidad con la costumbre autóctona manifestada en los usos y tradiciones. Otros supuestos en los que los tribunales han aplicado el derecho consuetudinario de Fiji sin una autorización legal expresa, son aquéllos en los que tal aplicación es indirecta o permite cubrir lagunas en el ordenamiento, es decir, los casos en que la costumbre o el derecho consuetudinario se toman en consideración como un elemento más del ordenamiento jurídico. Por ejemplo, cuando el tribunal puede decidir discrecionalmente, una costumbre o una norma consuetudinaria pueden ofrecer criterios pertinentes. El Tribunal Supremo así lo afirmó en el caso R. c. Vodo Vuli .

El common law y el principio de equidad

150.El sistema del common law y el principio de equidad se introdujo, junto con las leyes inglesas de aplicación general, en todos los países del Pacífico sur bajo el control de Gran Bretaña o de las colonias británicas de Australia y Nueva Zelandia cuando éstas eran dominios británicos. La Ordenanza 1875 del Tribunal Supremo, aún en vigor según lo dispuesto en la Constitución de 1997, establece que el derecho común, el principio de equidad y las leyes de aplicación general vigentes en Inglaterra en la fecha en que la colonia obtuvo su Asamblea Legislativa local, es decir el 2 de enero de 1875, constituyan normativa vigente en la colonia (art. 35); todas las leyes imperiales cuya aplicación se extienda a la colonia en virtud de la presente ordenanza o de otra futura continuarán en vigor únicamente en la medida en que las circunstancias de la colonia y de sus habitantes y los límites de la jurisdicción colonial así lo permitan, y estarán sujetas a cualquier ordenanza presente o futura de la Asamblea Legislativa Colonial (art. 37).

151.La Ordenanza del Tribunal Supremo de 1875, sin embargo, no señala explícitamente si la fecha de introducción del common law y el principio de equidad contenidos en el artículo 35 (es decir, la fecha a partir de la cual los cambios acontecidos en Inglaterra o en cualquier otra parte no son obligatorios en Fiji) se refiere únicamente a las leyes inglesas de aplicación general o si esta previsión se aplica igualmente al common law y al principio de equidad. La interpretación de los tribunales de las islas Fiji ha sido la de considerar que esta fecha se refiere tanto a las leyes de aplicación general como al common law y al principio de equidad. Así pues, parece que cualesquiera cambios posteriores en el common law y en el principio de equidad posteriores a esta fecha no son obligatorios en el país, por más que puedan resultar convincentes.

152.En cuanto al rango del common law y el principio de equidad en relación con otros tipos de normas jurídicas, resulta obvio que están subordinados a la Constitución y pueden ser modificados o derogados por ella. Dado el carácter de la Constitución como norma suprema, cuando elementos del common law o del principio de equidad la contravengan, habrá que considerarlos modificados o derogados. Puesto que de la Ordenanza 1875 del Tribunal Supremo no se deduce en ningún caso qué leyes y reglamentos ingleses no pueden modificar o derogar de manera expresa y clara el common law y el principio de equidad, hay que concluir que en Fiji uno y otro están subordinados a las leyes y los reglamentos del país, y pueden ser consecuentemente modificados o derogados expresa y claramente por éstos.

El Fiscal General

153.El Fiscal General es el asesor jurídico principal del Gobierno, y representa al Estado en todos los pleitos civiles. El puesto de Fiscal General tiene rango ministerial. Desde la independencia del Reino Unido, también ocupa la cartera del Ministerio de Justicia. En cuanto al derecho penal, el encargado de velar por su observancia y aplicación es el Director of Public Prosecutions (Director General del Servicio de Acusación Pública), órgano constitucional e independiente. Sin embargo, a efectos administrativos, está encuadrado en el Ministerio de Justicia. El Director General del Servicio de Acusación Pública se encarga de iniciar ciertos tipos de juicios penales y actuar como acusador en ellos, pero debe ejercer sus funciones discrecionales con carácter independiente y sin verse influenciado por otros miembros del Gobierno.

154.El Ministro de Justicia se encarga de la administración de los tribunales, prisiones y registros públicos de Fiji. La política penitenciaria y la gestión de los centros de detención son competencia del Departamento de Prisiones del Ministerio de Justicia. A la cabeza de este departamento se encuentra el Comisario de Prisiones, cuyo nombramiento corresponde a la Comisión de Servicios Judiciales y Jurídicos. Para cada establecimiento penitenciario, el Ministro nombra una junta de inspectores que representan a la comunidad local para verificar el estado de las instalaciones de la prisión, la administración y el tratamiento que reciben los reclusos. La junta debe dar parte al Ministro de los abusos u otras cuestiones de interés de que puedan tener conocimiento. Las prisiones son asimismo objeto de inspección por parte de magistrados nombrados por el Ministro, a quien presentan sus informes directamente. Todos los informes, incluidos los que contienen críticas, son tenidos en cuenta con la máxima seriedad tanto por los ministros competentes como por el Comisario de Prisiones.

155.Las competencias sobre el tratamiento de los delincuentes menores de 18 años se dividen entre el Ministerio de Bienestar Social y el Ministerio de Justicia.

156.Según lo establecido en la Constitución, la Comisión sobre la Prerrogativa de Gracia, que preside el Fiscal General junto con dos miembros de la Comunidad, asesora al Presidente sobre la existencia de causas excepcionales para ejercitar la prerrogativa de gracia a fin de indultar a los condenados por delito o remitir total o parcialmente las penas impuestas por los tribunales.

Derecho penal

157.La iniciativa para dar comienzo a un procedimiento penal corresponde normalmente a la policía una vez que se formula la imputación. Cuando se trata de ciertas faltas de importancia menor, la acusación se ejerce por miembros de la policía, mientras que los delitos y faltas importantes corresponden al Director General del Servicio de la Acusación Pública. Los particulares pueden iniciar un procedimiento penal en ciertos casos, si bien en la práctica esta posibilidad es completamente excepcional.

Proceso penal. Juicio

158.Los juicios penales se tramitan en procedimiento contradictorio entre la acusación y la defensa. Como la ley presume la inocencia del acusado hasta que se pruebe su culpabilidad, la acusación no cuenta con ninguna ventaja, real ni aparente, frente a la defensa. El acusado tiene derecho a recibir los servicios de un abogado y puede obtener asistencia jurídica con fondos públicos a través de la Comisión de Asistencia Jurídica. Cuando se acuerda su prisión preventiva, tiene derecho a la visita de su abogado para preparar adecuadamente la defensa.

159.Excepción hecha de los procesos de importancia menor, la acusación tiene la obligación, bien de oficio, bien a instancias de la defensa, de informar a esta última de todas las pruebas contra el acusado sobre las que se propone fundamentar su acusación. Además, la acusación debe revelar cualquier otro material de interés para el proceso.

160.Los juicios penales se desarrollan normalmente en audiencia pública, y las normas sobre la prueba (referentes a los hechos) se aplican rigurosamente. Si se han admitido pruebas indebidas, la condena puede revocarse en apelación. Durante el juicio, el acusado tiene derecho a oír e interrogar a los testigos de la acusación, generalmente a través de su abogado; a convocar a sus propios testigos, que, si no comparecen voluntariamente, pueden ser legalmente obligados a declarar; y a dirigirse al tribunal, personalmente o por medio de su abogado, con derecho a decir la última palabra. El acusado no puede ser interrogado a menos que consienta en declarar como testigo en su propia defensa. Si lo hace, sólo en circunstancias excepcionales puede ser interrogado acerca de su reputación o de actos distintos a los enjuiciados; la acusación generalmente no presenta pruebas de este tipo.

Derecho civil

161.Las principales ramas del derecho civil en las islas Fiji son: derecho de familia, derecho de la propiedad (derechos reales), derecho de obligaciones y derecho de responsabilidad extracontractual (que se encarga de los daños sufridos por una persona a manos de otra, con independencia de los vínculos que puedan existir entre ellas, y que incluye conceptos tales como la negligencia, la difamación y la intromisión ilegítima). Otras especialidades del derecho civil son el derecho administrativo (que se encarga fundamentalmente del ejercicio del poder ejecutivo), el derecho mercantil y el derecho laboral.

El proceso civil

162.El proceso civil se inicia a instancias del interesado. No se requiere ninguna investigación preliminar sobre la autenticidad del agravio. El procedimiento ante los tribunales civiles comienza normalmente mediante una cédula de citación que el demandante dirige al demandado, en la que se establece la naturaleza de la demanda. El demandado que tenga la intención de contestar la demanda ha de informar al tribunal. Los documentos que describen el objeto del debate (las alegaciones) se remiten entonces al tribunal.

163.Los procesos civiles, dada su naturaleza privada, pueden ser objeto de desistimiento o transacción en cualquier momento. Las sentencias civiles se ejecutan por orden del tribunal. La mayoría de ellas consisten en condenas pecuniarias y pueden ejecutarse, en caso de incumplimiento, mediante el embargo de bienes del deudor o por medio de una orden judicial por la que el empleador debe descontar sumas periódicas del salario del deudor y entregarlas al tribunal. Otras sentencias pueden consistir en la prohibición de realizar un acto ilícito. El incumplimiento de una sentencia puede dar lugar al encarcelamiento por desacato judicial. Únicamente en virtud de un mandamiento judicial puede decretarse la detención. Normalmente, las costas judiciales se pagarán por la parte vencida.

B. Los derechos humanos fundamentales en el ordenamiento jurídico

164.Según la Constitución, la posesión de derechos y libertades es inherente a la condición de miembro de la sociedad. Tales derechos y libertades sólo pueden restringirse en virtud de una decisión democrática del Parlamento. El papel de éste, por tanto, no es atribuir derechos, sino determinar si éstos han de ser restringidos, considerando las necesidades de la sociedad frente a las del individuo. Los siguientes párrafos enuncian los mecanismos y salvaguardias legales a través de los cuales se protegen los derechos humanos en las islas Fiji.

Protección constitucional de los derechos humanos

La Constitución de 1970

165.Las disposiciones sobre la protección de los derechos y libertades fundamentales de la Constitución de la Independencia de 1970 siguen el modelo de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Convención europea para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de 1953, y enuncian de manera muy detallada tanto los derechos y libertades como sus excepciones. El artículo 3 establece que toda persona cualquiera que sea su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, sin perjuicio de los derechos ajenos y del interés público, tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de su persona, a la protección de la ley, a la libertad de conciencia, religión, reunión y asociación, a la protección de su vida privada y a la protección frente a la privación de su propiedad sin compensación. Otros derechos y libertades fundamentales reconocidos son el de no ser sometida a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; la protección frente a la esclavitud y el trabajo forzoso; la libertad de expresión; la de circulación; y la protección de los detenidos bajo leyes de emergencia.

166.El capítulo 15 de la Constitución de 1970 estableció de manera expresa la prohibición de que las leyes o las autoridades públicas discriminaran a un individuo por motivo de su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color o credo. Curiosamente, el sexo fue excluido de la lista de motivos de discriminación, aunque se mencionaba en relación con el ejercicio de otros derechos políticos (derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de la persona, a la protección de la ley, libertad de conciencia, de religión, de reunión y de asociación y protección de la vida privada y frente a la privación de la propiedad sin compensación).

167.En el párrafo 2 del artículo 15 se define el término "discriminatorio" como trato preferencial. Sin embargo, esta prohibición puede quedar invalidada en las siguientes materias: en la asignación de presupuestos públicos; en las leyes sobre matrimonio, divorcio y adopción; en las medidas de emergencia pública y en circunstancias razonables y justificadas en una sociedad democrática.

168.Según el artículo 17, la persona agraviada que considere que cualquiera de las disposiciones del capítulo II han sido vulneradas por una actuación del Gobierno puede dirigirse al Tribunal Supremo como órgano competente en esta materia para solicitar una reparación. Sin embargo, el párrafo 6 del artículo 17 indica que el Tribunal Supremo puede desestimar el recurso cuando considere que la acción del recurrente es infundada o se presenta por motivos de venganza. Las disposiciones sobre derechos y libertades fundamentales de la Constitución de 1970 planteaban no obstante varios problemas. En primer lugar, en la disposición preliminar se establecía que "considerando que" el pueblo de Fiji es titular de ciertos derechos, las disposiciones constitucionales tienen por objeto la protección de tales derechos y libertades. Pues bien, el Tribunal Supremo en el caso Fiji Waterside Worker Union c. Reginam sostuvo que la disposición preliminar era una mera fórmula de promulgación, y por ello añadió una limitación a la libertad fundamental de expresión en atención al interés público que no aparecía en el artículo específico en el que se recoge la libertad de expresión.

169.En el caso R. c. Butadroka el Tribunal afirmó que los derechos constitucionales de libertad de expresión, de reunión y de asociación no se infringen por la prohibición legal de declaraciones racistas. También podemos mencionar como jurisprudencia en la materia el caso Veitata c. R.,relativo al derecho a un juez independiente e imparcial según lo previsto en el párrafo 1 del artículo 10; el caso Surdarjee Bros c. Coulter, que trata sobre el derecho a la libre circulación reconocido en el artículo 14; el caso Fiji Waterside Workers Union c. Reginam, también sobre las libertades de reunión y asociación reconocidas en el artículo 13, así como sobre la libertad de expresión del artículo 12.

La Constitución de 1990

170.La Constitución de 1990 mantuvo la prohibición de la discriminación establecida por su predecesora de 1970. Los motivos prohibidos eran la raza, el color y el lugar de origen. Por primera vez en Fiji, el sexo se convirtió en un motivo prohibido de discriminación, excepto en los siguientes casos:

a)Estados de emergencia;

b)Exacción de impuestos;

c)Nombramiento de cargos públicos;

d)Ejercicio de la autoridad judicial;

e)Leyes en vigor con anterioridad al 23 de septiembre de 1966;

f)Normativa dictada en desarrollo del artículo 6 de la Fijian Affairs Act (Ley de asuntos de Fiji) para la paz, el orden, el bienestar y el buen gobierno de los ciudadanos de Fiji.

171.El artículo 18 derogaba el principio de igualdad en aquellas leyes cuyo objetivo fuera mejorar las condiciones de individuos o grupos desfavorecidos, incluidos, entre otros, los desfavorecidos por motivos raciales. De manera similar, las disposiciones sobre derechos fundamentales de la Constitución de 1990 raramente dieron lugar a procesos judiciales. En el artículo 156 de la Constitución de 1990 se intentó una definición bastante somera de los términos "fijiano", "rotumano" e "indio".

172.La Constitución de 1990 reestructuró el poder judicial para convertir el Tribunal Supremo en la última instancia. Además de esta reestructuración formal de los tribunales, el artículo 122 preveía la creación de tribunales con jurisdicción y facultades determinadas por el Parlamento, aunque esto nunca se llevó a efecto.

La Constitución de 1997

173.Los derechos amparados por la Declaración de Derechos de la Constitución de 1997 son:

-libertad personal;

-libertad frente a la servidumbre y el trabajo forzado;

-libertad frente a los tratos crueles o degradantes;

-libertad frente a registros o incautaciones arbitrarios;

-protección frente a arrestos y detenciones;

-derechos procesales de los acusados;

-acceso a juzgados y tribunales;

-libertad de expresión;

-libertad de reunión;

-libertad de asociación;

-derecho a la negociación colectiva;

-libertad de circulación;

-libertad de religión y creencia;

-voto secreto;

-privacidad;

-educación;

-protección frente a la expropiación forzosa.

174.El artículo 38, al consagrar el principio de igualdad, amplió los motivos de discriminación sujetos a prohibición, para incluir el origen étnico y el idioma primario (lengua materna), además de la raza, el color y el lugar de origen. Así pues, la Constitución prohíbe en la actualidad la discriminación por motivos de raza, origen étnico, color y lugar de origen.

Excepciones al principio de igualdad en la Constitución de 1997

175.Si bien el párrafo 2 del artículo 38 enumera los motivos de discriminación considerados como inconstitucionales, existen algunas excepciones a este principio en las que la discriminación no se consideraría ilegítima, que se encuentran en los párrafos 2 b), 6, 7 y 9 del artículo 38. Es significativo el párrafo 9 del artículo 38, que prevé medidas para el buen gobierno de personas autóctonas de Fiji y rotumanos.

176.El párrafo 9 del artículo 38 autoriza las leyes o actos administrativos que limiten el derecho a la igualdad con el objetivo de aplicar costumbres autóctonas, rotumanas o de la comunidad Banaba relativas a:

a)La tenencia, el uso o la transmisión de tierras o derechos de pesca, o la distribución del producto de los anteriores;

b)El derecho de una persona a un título de jefatura o a un rango;

c)La imposición de restricciones sobre la transmisibilidad de tierras o derechos de pesca de conformidad con las costumbres autóctonas, rotumanas o de la comunidad Banaba, o la autorización de enajenaciones temporales de dichas tierras o derechos sin el consentimiento de los propietarios.

177.Dentro de los límites establecidos por el párrafo 10, las leyes o los actos administrativos adoptados en virtud de ley pueden limitar los derechos o libertades enunciados en este artículo por razones de gobierno de las comunidades autóctonas, rotumanas o banabas y de otras personas que vivan como miembros de éstas (las cursivas no están en el original). A raíz de los sucesos del 19 de mayo de 2000, algunos comentaristas han calificado de siniestra la inclusión de esta disposición en el Decreto de derechos y libertades fundamentales de 2000 promulgado por el Gobierno Militar provisional, si bien no se trata en realidad de una disposición completamente nueva, sino de una copia de la disposición contenida en la Declaración de Derechos de la Constitución de 1997.

178.El párrafo 10 del artículo 38 establece que las limitaciones a que se hace referencia en el párrafo 9 serán válidas únicamente si:

i)Afectan a todo el conjunto de personas a las que se aplica el principio de igualdad, sin que exista otra discriminación que la basada en la raza o el origen étnico; y

ii)No infringen ningún otro derecho o libertad enunciado en los demás artículos del capítulo IV (Declaración de Derechos).

179.Debe tenerse en cuenta que la Constitución de Fiji recoge en su articulado el espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dado que la Constitución prohíbe la discriminación racial, quedan excluidas las normas y las políticas incompatibles con tal prohibición, que forma parte tanto de las políticas nacionales como de la normativa internacional, y ello con independencia del partido político que gobierne y mientras la Constitución continúe en vigor.

180.En la medida en que la adhesión de Fiji a la Convención está claramente sujeta a las reservas y declaraciones ya mencionadas, al leer los numerosos derechos fundamentales garantizados a los individuos de cualquier raza por la Constitución deben tenerse en cuenta las reservas. Desde ese punto de vista, en Fiji las leyes y los mecanismos electorales, educativos y de propiedad de la tierra no pueden considerarse como racialmente discriminatorios o tendentes a perpetuar la discriminación racial. La propia Constitución contiene disposiciones para la ejecución por el Tribunal Superior de Justicia de Fiji de los derechos fundamentales reconocidos al individuo. Éste cuenta con un sólido mecanismo para demandar la protección judicial de sus derechos basándose meramente en la presunción de una violación. Entre las leyes que prohíben la discriminación cabe mencionar:

a)La Ley Nº 10 de 1999 sobre la Human Rights Commission (Comisión de Derechos Humanos);

b)La Ley del Defensor del Pueblo (ombudsman);

c)La Ley de orden público;

d)El Código Penal;

e)La Ley de inmigración;

f)La Ley de educación.

La Comisión de Derechos Humanos

181.Según la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos, la discriminación es ilegal con carácter general en el empleo, la educación, la pertenencia a organizaciones de trabajadores o empresarios, la formación profesional y la entrega de títulos, y la prestación de bienes, instalaciones, servicios, locales, vivienda y alojamiento. La ley también proscribe la "discriminación indirecta", es decir, los requisitos o condiciones que se imponen por igual a todos los grupos raciales, pero que pueden ser cumplidos en mucha menos proporción por las personas de un grupo que por las de otro diferente. La ley prevé la aplicación de sus disposiciones mediante la conciliación ante la propia Comisión, o bien a través de procedimientos civiles contra individuos u organizaciones.

Ley de orden público de 1969

182.Esta norma tiene por objeto el mantenimiento del orden público. Además, considera como delito la incitación al odio o al desprecio de cualquier clase de persona, o el odio hacia una raza o comunidad.

Ley de inmigración de 1971

183.El contenido principal de esta ley es la regulación de la ciudadanía de Fiji. Además, establece una serie de prohibiciones a la inmigración, entre cuyos criterios la raza ni siquiera se menciona.

Ley de educación

184.La normativa sobre la educación (Registro de escuelas) contenida en esta ley, establece en su regla 9, que si bien una escuela registrada o reconocida puede, a la hora de admitir alumnos, dar preferencia a los de una raza o credo en particular, en ningún caso podrá denegarse la admisión únicamente por motivos de raza o religión.

Código Penal

185.La tipificación del delito de sedición en el Código Penal incluye la publicación o circulación de publicaciones sediciosas (con la apariencia de promover sentimientos de hostilidad entre las diferentes razas de la comunidad).

Ley sobre el Defensor del Pueblo de 1998

186.Esta norma regula las actuaciones del Defensor del Pueblo, cuya oficina aparece prevista en la Constitución de 1997 (capítulo IX de la Constitución de 1970 y capítulo X de la Constitución de 1990). El Defensor del Pueblo está autorizado a investigar cualquier acción que presunta o aparentemente contravenga los derechos y libertades fundamentales garantizados por la Constitución. Puede atender las quejas que se le presenten por medio de recomendaciones a las instancias frente a las que se presenta la queja, pidiéndoles que reconsideren su actuación, que rectifiquen la omisión, que anulen, revoquen o modifiquen la decisión, o que reexaminen la normativa aplicable.

C. La Comisión de Derechos Humanos de Fiji

187.La Comisión de Derechos Humanos de Fiji fue creada por el artículo 42 de la Constitución de 1997, que le asigna las funciones de educar a la población en materia de derechos humanos y dirigir recomendaciones al Gobierno sobre el cumplimiento de los derechos humanos, así como las demás que establezca el Parlamento.

188.La Ley de 1999 sobre la Comisión de Derechos Humanos ha regulado con mayor amplitud la protección frente a la discriminación racial, y en el párrafo 2 del artículo 17 prohíbe, entre otras, la discriminación racial en ciertas áreas de la vida pública.

189.La Comisión tiene encomendadas las funciones de educar a la población en materia de derechos humanos, investigar y resolver las denuncias de discriminación según lo previsto en la Ley Nº 10 de 1999, e investigar las alegaciones de violaciones de la Declaración de Derechos (capítulo IV) de la Constitución de 1997. En tal declaración se declara ilegítima la discriminación en las siguientes materias:

a)Empleo;

b)Educación;

c)Formación profesional;

d)Asociaciones profesionales;

e)Títulos laborales o profesionales;

f)Pertenencia a sindicatos y asociaciones patronales;

g)Vivienda y alojamiento;

h)Prestación de bienes y servicios, incluidos préstamos y seguros;

i)Acceso a lugares públicos.

190.La creación y mantenimiento de este órgano independiente pone de manifiesto que Fiji respeta los principios internacionales sobre los derechos humanos.

D. El Ministerio de Asuntos de la Mujer y el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

191.El Ministerio de Asuntos de la Mujer es el responsable de la aplicación del Plan de Acción sobre la Mujer (1999-2008), que sirve de orientación para aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ratificada por Fiji en 1995. El Ministerio, después de consultar a organizaciones no gubernamentales especializadas en asuntos de la mujer, elaboró y resentó el primer informe periódico de Fiji sobre la mencionada Convención en febrero de 2002.

E. El Comité de Coordinación sobre la Infancia y la Convención sobre los Derechos del Niño

192.El Comité de Coordinación sobre la Infancia es un subcomité ministerial creado en 1992 después de la ratificación por parte de Fiji de la Convención sobre los Derechos del Niño. El Comité abarca los distintos ministerios responsables de la aplicación de las normas de la citada Convención, y las organizaciones no gubernamentales son las encargadas de llevar a cabo el trabajo con los niños. El Comité presentó el informe de Fiji sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño al Comité de los Derechos del Niño en 1996 y ha elaborado un plan dirigido a la aplicación efectiva de la Convención para su inclusión en el Plan de Desarrollo Estratégico del Gobierno que será lanzado en unos meses.

F. La Oficina del Defensor del Pueblo

193.La Oficina del Defensor del Pueblo ha sido creada para investigar las denuncias de mal funcionamiento de los servicios públicos presentadas contra los funcionarios de la administración; los detalles de esta función aparecen en el informe presentado al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. La Ley de reforma constitucional de 1997 contiene una serie de disposiciones nuevas sobre el Defensor del Pueblo dirigidas a aumentar sus competencias, a fin de atribuirle las denuncias contra el NLTB (Consejo de Tierras Indígenas) y los Consejos de las islas de Banaba y Rotuma, que anteriormente estaban excluidas de su jurisdicción. La Constitución de 1997 también garantiza que el Defensor del Pueblo, a diferencia del Presidente, es nombrado por la Constitutional Offices Commission (Comisión de Órganos Constitucionales), según se prevé en la Constitución de 1990, y que debe retirarse al alcanzar la edad de 65 años. Además, la Oficina del Defensor del Pueblo se ha visto afectada por la disposición sobre libertad de información y la normativa del Código de Conducta de la Constitución de 1997. En 1998 entró en vigor la Ley del Defensor del Pueblo, en la que se regula la forma de realizar sus investigaciones, se le concede inmunidad a él y a su personal, y se autoriza al ministro competente a elaborar la normativa de desarrollo.

G. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Exterior

194.El Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Exterior es el responsable de representar al Gobierno de Fiji en cuanto a la ratificación de los tratados internacionales, y coordina la preparación y presentación de los distintos informes periódicos de Fiji a los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas.

-----