Capital

Ciudad de Tashkent

Superficie total

447.400 km2

Divisiones administrativas

República de Kara-Kalpakia

12 viloyatos (provincias), a saber: Andizhan, Ferganá, Bujará, Dzhisak, Joresm, Namaigan, Navoi, Kashka-Dariá, Samarkanda, Sir-Dariá, Surján-Dariá, Tashkent y la ciudad de Tashkent

Población

25,5 millones de habitantes

Composición étnica de la población

Uzbekos, el 80% (20.298.000)

Karakalpakos, el 1,9% (500.000)

Tayikos, el 4,5% (1.150.000)

Kazajos, el 3,8% (1.000.000)

Rusos, el 3,8% (1.000.000)

Ucranios, el 1,2% (300.000)

Tártaros, el 2,5% (650.000)

Kirguisos, el 1,45% (370.000)

Coreanos, el 0,9% (230.000)

Población urbana

El 37%

Jóvenes

El 56% de la población tiene menos de 25 años (y el 36%, menos de 15 años) y el 11%, menos de 5 años

Tasa media de crecimiento demográfico

1,2% anual

Esperanza de vida

74,4 años para las mujeres y 70,5 años para los hombres

Mortalidad materna

32

Mortalidad infantil

16,3 por 1.000 nacidos

Religión

Están incluidas en el registro 2.134 organizaciones religiosas de 16 confesiones, en particular:

-Musulmanas (1.948 organizaciones);

-Cristianas (170 organizaciones), a saber:

-Iglesia Ortodoxa Rusa (36);

-Unión de Cristianos-Bautistas Evangélicos (24);

-Iglesia de los Cristianos del Evangelio Completo (20);

-Iglesia de los Cristianos Adventistas del Séptimo Día (11);

-Iglesia Luterana (4);

-Iglesia Católico-Romana (5);

-Iglesia Apostólica Armenia (1);

-Iglesias Protestantes Coreanas (62);

-Iglesia del Nuevo Testamento (4);

-Iglesia de los Testigos de Jehová (2);

-La Voz de Dios (1);

-La Sociedad Bíblica (asociación interconfesional);

-Hebreas (7);

-Budistas (1);

-Bahaí (6);

-La Conciencia de Krishna (2).

PIB por habitante

2.460 dólares de los EE.UU.

Tasa de inflación

1,6% anual

Tasa de desempleo

0,4%

Ocupación

En el año 2000 trabajaba el 65,3% de la población de 15 a 59 años

Tasa de alfabetización

Mujeres, el 98,9%; hombres, el 99,6%

Representación de las mujeres

El 7% en el Parlamento, el 18% de los cargos directivos superiores del sector estatal, el 9% en los órganos de la administración autónoma de los ciudadanos

II. ESTRUCTURA POLÍTICA GENERAL

A. Reseña histórica

1.La República de Uzbekistán ocupa amplios espacios en el centro mismo del Asia central, principalmente en la región comprendida entre los ríos Amú-Dariá y Sir-Dariá. Hacia el Norte y el Noroeste Uzbekistán limita con Kazajstán, al Noreste con Kirguistán, al Suroeste con Tayikistán, al Sur con el Afganistán y al Sudoeste con Turkmenistán. Según la Constitución del país, "la frontera estatal y el territorio de Uzbekistán son inviolables e indivisibles" (art. 3).

2.En el siglo VI, diversas tribus y pueblos del Altai y de la región de los Siete Ríos se reunieron en un Kaganato túrquico que consiguió pronto ampliar sus dominios e incorporar toda la región comprendida entre los dos ríos del Asia central. A principios del siglo VII, el Kaganato se dividió en dos partes: el Kaganato Occidental y el Oriental. El territorio del actual Uzbekistán formaba parte del Kaganato túrquico Occidental. Los siglos VI y VII se caracterizaron por el desarrollo de la economía, las artes plásticas y la construcción en los oasis agrícolas del Asia central. Las principales religiones de la población agrícola eran el zoroastrismo y el budismo. En las grandes ciudades había comunidades de judíos, maniqueos y cristianos de orientación nestoriana. A finales del siglo VII el Kaganato túrquico quedó dividido en pequeños dominios independientes. A finales del siglo VII y principios del siglo VIII los árabes invadieron el Asia central. A principios del siglo IX se inició el proceso de desintegración del Califato árabe en los territorios que componían sus antiguos dominios.

3.Para 1221 toda Asia central quedó sometida a Gengis Jan. Tras la muerte de éste en 1227, Asia central, junto con la región de los Siete Ríos y el Turkestán Oriental, se constituyó en un ulus, al frente del cual se puso Chagatai, el segundo hijo de Gengis Jan. En 1240 el ulus de Chagatai quedó dividido en varios dominios. Aprovechándose de la situación, en la segunda mitad del siglo XIV llegó al poder el gran Amir Temur (Tamerlán) (1336-1405). Tras unificar los dominios dispersados de Asia central, Tamerlán creó un poderoso Estado con capital en Samarkanda. Tras la muerte de Tamerlán su Estado quedó dividido en dos. Jorasán, cuyo centro era Guerat, y Maverannajr, centrado en torno a Samarkanda. En 1499 el Maverannajr fue invadido por tribus nómadas a la cabeza de las cuales figuraba el Jan Sheibaní.

4.En la segunda mitad del siglo XIX el territorio de Asia central constituía una importante región económica, lo que indujo al Gobierno zarista de Rusia a intensificar sus actividades en la región. En las tierras conquistadas se creó la Gobernación General de Turkestán con centro en Tashkent. Bujará y Jivá pasaron a ser Estados vasallos. A raíz de la revolución de 1917 en Rusia, y como resultado de la guerra civil en el territorio de los janatos de Asia central, se crearon las Repúblicas Soviéticas de Turkestán, Bujará y Joresm. En 1924, en Moscú el Comité Central del Partido Comunista dirigido por Stalin decidió crear, en función de las particularidades nacionales, Repúblicas Nacionales Soviéticas. Por consiguiente, se aprobó la Ley sobre la creación de la RSS de Uzbekia. La primera capital de la República Soviética Socialista de Uzbekistán fue la ciudad de Samarkanda, pero en 1928 se proclamó capital a la ciudad de Tashkent. A pesar de que en la época soviética los órganos centrales de la URSS prestaron ayuda para el desarrollo de la industria, la ciencia, la cultura y el sistema de enseñanza del país, Uzbekistán siguió siendo un apéndice que suministraba productos agrícolas y materias primas a la Unión Soviética. El plan estatal, que preveía la entrega obligatoria de cantidades cada vez mayores de algodón, terminó por agotar completamente la fértil tierra de Uzbekistán. La ideología comunista única, que no toleraba ninguna opinión que no fuera la del partido, hizo retroceder en muchos años el desarrollo de la cultura, las tradiciones y la lengua uzbekas.

5.Habida cuenta del proceso de desintegración de la Unión Soviética, que se manifestó ya claramente en 1990, en el curso de la sesión del Soviet Supremo de la RSS de Uzbekia se aprobó, el 24 de marzo de 1990, la introducción de la institución del Presidente con el fin de modificar radicalmente la administración de la República. Islam Karimov, primer Presidente de la República de Uzbekistán, adoptó medidas enérgicas con miras al reconocimiento del país por la comunidad internacional y al fortalecimiento de la independencia de Uzbekistán. A este respecto, el 20 de junio de 1990, por iniciativa del Presidente, se sometió a la aprobación del Soviet Supremo (el Parlamento) la Declaración de la Independencia, por la que se proclamó la soberanía estatal de la RSS de Uzbekistán.

6.El 31 de agosto de 1991 el Soviet Supremo de Uzbekistán proclamó, en el curso de la sexta sesión extraordinaria del Soviet Supremo, la independencia del Estado. La RSS de Uzbekistán pasó a denominarse la República de Uzbekistán. El Soviet Supremo aprobó la Ley orgánica sobre la independencia estatal de la República de Uzbekistán, que estableció los fundamentos jurídicos de la independencia estatal. El 1º de septiembre ha sido declarado Día de la Independencia, que es la fiesta nacional más importante. El 29 de diciembre de 1991 se organizó un referéndum nacional. El 98,2% de los ciudadanos aprobaron la Proclamación de la Independencia Estatal de la República de Uzbekistán. En el período comprendido entre septiembre de 1991 y julio de 1993 la República de Uzbekistán fue reconocida como Estado soberano por 160 países del mundo. El 2 de marzo de 1992 Uzbekistán pasó a ser Miembro de las Naciones Unidas. Esta circunstancia confirmó definitivamente que Uzbekistán es un sujeto igual del derecho internacional.

7.El 8 de diciembre de 1992, en el curso de la 11ª sesión del Soviet Supremo de la 12ª legislatura, se aprobó la Constitución de la República de Uzbekistán, que se basa en los instrumentos fundamentales de las Naciones Unidas, con inclusión de la Carta, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otras normas de derecho internacional.

8.El acceso a la independencia estatal, y el ingreso en las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales crearon posibilidades para que Uzbekistán lleve a cabo de manera independiente su política exterior, determine sus propios medios de adherirse a la comunidad internacional y establezca la orientación y las prioridades en sus relaciones con otros Estados.

9.Los principios fundamentales que determinan la política exterior de Uzbekistán y su aplicación son los siguientes:

Primero. Necesidad de tener en cuenta el principio de reciprocidad, prestando principal atención a los propios intereses nacionales. Nuestro Estado independiente no tiene la intención de entrar en la esfera de influencia de ninguna gran Potencia, ya que Uzbekistán no ha logrado la independencia para quedar nuevamente sometido a nadie.

Segundo. Al otorgar prioridad a los valores humanos en las relaciones entre las personas y los Estados, la República abogará en la arena internacional por el fortalecimiento de la paz y la seguridad y la solución de los conflictos por medios pacíficos. Uzbekistán sigue siendo una zona libre de armas nucleares y no tiene la intención de formar parte de bloques y uniones militares agresivos. Reconoce y seguirá respetando invariablemente los instrumentos internacionales de derechos humanos, no agresión y renuncia al empleo o a la amenaza del empleo de la fuerza en la solución de las cuestiones litigiosas.

Tercero. La política exterior de la República se basa en los principios de la igualdad y el beneficio mutuo y la no injerencia en los asuntos internos de otros países. Ser igual entre iguales y desembarazarse de una vez por todas del síndrome del "hermano mayor", ese es nuestro lema en la Comunidad de Estados Independientes y en toda nuestra política exterior.

Cuarto. La aplicación del principio de la franqueza en la política exterior, cualquiera que sea el punto de vista ideológico, contribuirá a establecer amplias relaciones con todos los Estados amantes de la paz.

Quinto. El joven Estado soberano de Uzbekistán, que está creando su propio ordenamiento jurídico, otorga a las normas de derecho internacional prioridad sobre las normas del derecho interno. Sin renunciar a nuestra propia personalidad y formando parte de la comunidad mundial, nuestro Estado independiente está dispuesto a respetar las normas internacionales.

Sexto. Uzbekistán aboga en favor del establecimiento de relaciones exteriores bilaterales y multilaterales basadas en la plena confianza, así como en favor de la intensificación de la cooperación en el marco de las organizaciones internacionales.

10.Al formular y aplicar su propia política exterior, Uzbekistán se atendrá firmemente a los principios mencionados supra, los enriquecerá y ampliará y pondrá invariablemente en práctica las orientaciones fundamentales de su política exterior y sus relaciones económicas con otros países.

B. Sistema territorial ‑administrativo

11.El artículo 68 de la Constitución establece que "la República de Uzbekistán se compone de provincias, regiones, ciudades, aldeas, kishlaki y aúles, así como también de la República de Kara‑Kalpakia". Toda modificación de las fronteras de las citadas entidades, así como su formación o supresión, se lleva a cabo con el consentimiento del Oli Mazhlis de la República de Uzbekistán. La soberana República de Kara‑Kalpakia, que ocupa una superficie equivalente al 37% aproximadamente de la superficie total de la República de Uzbekistán, tiene su propia capital y su propia Constitución, a la par que el derecho a retirarse de la República de Uzbekistán.

La República de Kara ‑ Kalpakia

12.La República de Kara‑Kalpakia es una República democrática soberana que forma parte de la República de Uzbekistán. Quedó constituida, en calidad de República soberana, el 9 de enero de 1992. Su capital es Nukus. Tiene una superficie de 165.600 km2, lo que representa cerca del 37% de la superficie total de Uzbekistán. Su población asciende a 1.400.000 habitantes. La República de Kara‑Kalpakia tiene su propia Constitución, que está en consonancia con la de la República de Uzbekistán. La soberanía de Kara‑Kalpakia está amparada por la República de Uzbekistán. El territorio y las fronteras de Kara‑Kalpakia no pueden ser modificados sin su consentimiento. Tiene derecho a retirarse de la República de Uzbekistán a raíz de un referendo general del pueblo de Kara‑Kalpakia. Las relaciones entre la República de Uzbekistán y la República de Kara‑Kalpakia se basan en los acuerdos y tratados concertados entre ellas, y las controversias se solucionan por procedimientos mutuamente acordados.

Las provincias (los viloyatos )

13.Actualmente Uzbekistán cuenta con las 12 provincias siguientes: Andizhan, Bujará, Dzhisak, Kashka‑Dariá, Navoi, Namangan, Samarkanda, Sir‑Dariá, Surján‑Dariá, Tashkent, Ferganá y Joresm. Además, se consideran unidades territorial‑administrativas 174 distritos, de los cuales 163 son rurales, 119 urbanos, 115 pueblos de tipo ciudad, y numerosos kishlaki y aúles. La capital de la República es la ciudad de Tashkent, que cuenta con un estatuto de entidad administrativa y jurídica independiente.

C. El idioma oficial

14.El idioma oficial de la República de Uzbekistán es el uzbeko, que pertenece al grupo de idiomas túrquicos. El Estado "garantiza la actitud respetuosa con respecto a los idiomas, y las costumbres y tradiciones de las etnias y los pueblos que viven en su territorio y crea las condiciones necesarias para su desarrollo" (artículo 4 de la Constitución). El 21 de octubre de 1989 se promulgó la Ley sobre el idioma oficial. El 21 de diciembre de 1995 se aprobó la Ley sobre la introducción de modificaciones y adiciones en la Ley sobre el idioma oficial de la República de Uzbekistán. Según el programa oficial, la ejecución plena de las medidas relacionadas con el fortalecimiento definitivo de la situación de la lengua uzbeka como lengua oficial se llevará a cabo antes del 1º de septiembre de 2005.

D. La moneda nacional

15.El 15 de junio de 1994 el Presidente de la República dictó el Decreto sobre la puesta en circulación de la moneda nacional de la República de Uzbekistán. A partir del 1º de junio de 1994 se puso en circulación la moneda nacional ‑el sum‑ en forma de billetes emitidos por el Banco Nacional de la República de Uzbekistán.

E. Los símbolos del Estado

16.La República de Uzbekistán tiene sus propios símbolos de Estado ‑la bandera, el escudo y el himno‑ aprobados por ley (artículo 5 de la Constitución). La Ley sobre la bandera estatal de la República de Uzbekistán fue aprobada el 18 de noviembre de 1991 en el curso de la octava sesión extraordinaria del Soviet Supremo. La bandera de la República de Uzbekistán consta de bandas azules, blancas y verdes separadas entre sí por dos estrechas bandas rojas. En el ángulo izquierdo de la parte superior de la banda azul están representadas la media luna y 12 estrellas dispuestas en tres filas. El color azul simboliza el cielo y el agua como fuentes principales de vida. El color azul era el de la bandera estatal de Tamerlán. La banda blanca es el símbolo tradicional de la paz y la pureza ética y espiritual. La banda verde simboliza la naturaleza, la nueva época y la abundancia en los países poblados principalmente por musulmanes. Las bandas rojas divisorias simbolizan la corriente de vitalidad en cualquier organismo vivo, al tiempo que vinculan nuestros pensamientos limpios y nobles con el cielo y la tierra. El cuarto de luna creciente es, además del simbolismo tradicional histórico, el símbolo del nacimiento de la independencia de la República. El simbolismo de las 12 estrellas se relaciona históricamente con el año solar civil que comienza en Navrus, y personifica los 12 principios sobre los que se funda la administración del Estado.

17.El escudo de Estado de la República de Uzbekistán fue aprobado el 2 de julio de 1992 en el curso de la décima sesión del Soviet Supremo. En él aparecen un valle florido y un sol resplandeciente. A la derecha, el valle está encuadrado por espigas de trigo y, a la izquierda, por una corona de algodón. El todo está coronado por una estrella de ocho puntas que simboliza la unión de la República. Dentro de la estrella aparecen los símbolos musulmanes sagrados: la media luna y la estrella. En el centro del escudo aparece Jumo, ave sagrada legendaria, con las alas desplegadas, lo que simboliza la magnanimidad, la nobleza y el servicio a la patria. El 2 de julio de 1992 el Soviet Supremo promulgó la correspondiente Ley sobre la introducción del escudo del Estado.

18.El himno nacional de la República de Uzbekistán fue aprobado el 10 de diciembre de 1992 en el curso de la 11ª sesión del Soviet Supremo de la 12ª legislatura. Las palabras del himno son de Abdulá Aripov, y la música de Mutal Burjanov. La Ley sobre el himno nacional fue aprobada por el Soviet Supremo el 10 de diciembre de 1992.

III. ESTRUCTURA DEL ESTADO

A. El Presidente de la República de Uzbekistán

19.En la República de Uzbekistán el Presidente es el Jefe del Estado y del poder ejecutivo (artículo 89 de la Constitución). El Presidente es elegido en sufragio universal, igual, directo y secreto por un plazo de siete años. Puede ser elegido Presidente de la República cualquier ciudadano de 35 años como mínimo que domine perfectamente la lengua oficial y que haya residido ininterrumpidamente durante diez años como mínimo en el territorio de Uzbekistán con anterioridad a las elecciones. Nadie podrá ser Presidente de Uzbekistán durante más de dos mandatos consecutivos.

20.El Presidente de la República es elegido por los ciudadanos en sufragio universal, igual, directo y secreto por un plazo de siete años. El procedimiento de elección del Presidente de la República está determinado por la ley (artículo 90 de la Constitución).

21.Los poderes constitucionales del Presidente son amplios. Así, es el garante de los derechos humanos y la observancia de la Constitución, representa a Uzbekistán en las relaciones internacionales, celebra acuerdos y tratados internacionales y vela por su observancia, crea y dirige el mecanismo del poder ejecutivo, firma las leyes, es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, etc.

22.El Presidente que se jubila tras haber cumplido su mandato ocupa a título vitalicio el cargo de miembro del Senado (artículo 97 de la Constitución).

B. El poder ejecutivo

1. El Consejo de Ministros de la República

23.El Consejo de Ministros de la República ejerce el poder ejecutivo. La composición del Consejo de Ministros corresponde al Presidente y está sujeta a la aprobación del Oli Mazhlis de la República. El Consejo de Ministros está integrado por el Primer Ministro y su adjunto, los ministros y los presidentes de los comités estatales. También forma parte del Consejo de Ministros el Jefe del Gobierno de Kara-Kalpakia.

24.El Consejo de Ministros es responsable del funcionamiento eficaz de la economía, la labor realizada en las esferas social y espiritual, la aplicación de las leyes de la República, las decisiones del Oli Mazhlis y los decretos y disposiciones del Presidente de la República.

25.De conformidad con la legislación vigente, el Consejo de Ministros promulga disposiciones y dicta decretos cuyo cumplimiento es obligatorio en todo el territorio de la República por todos los órganos, empresas, instituciones, organizaciones, funcionarios y ciudadanos (artículo 98 de la Constitución).

26.El 29 de agosto de 2003 se aprobó, en el curso de la 12ª sesión del Oli Mazhlis, el nuevo texto de la Ley sobre el Consejo de Ministros de la República de Uzbekistán.

2. Los órganos locales del poder estatal

27.Son órganos representativos del poder en las provincias, los distritos y las ciudades (con excepción de las ciudades de importancia regional y de los distritos que forman parte de las ciudades) los kengashi de diputados populares presididos por los jokimos quienes, en aras de los intereses del Estado y de los ciudadanos, solucionan las cuestiones sobre las que tienen competencia (artículo 99 de la Constitución).

28.El jokim provincial, regional y municipal encarna el poder representativo y ejecutivo en el respectivo territorio (artículo 102 de la Constitución). Esa es precisamente la razón por la que la Constitución del Uzbekistán independiente restableció la institución de los jokimos. Éstos velan por la legalidad y el orden, resuelven las cuestiones relacionadas con el desarrollo económico y social, elaboran los presupuestos locales, etc. Los jokimos a todos los niveles ‑provincial, regional y municipal‑ desempeñan sus funciones de acuerdo con el principio del mando único. Ello significa que asumen la responsabilidad personal por las decisiones y acciones de los órganos que dirigen. La iniciativa en cuanto a la presentación de las candidaturas de los jokimos provinciales corresponde al Presidente de la República, y, en cuanto a la presentación de las candidaturas de los jokimos municipales y regionales, a los jokimos provinciales.

C. El poder legislativo

El Oli Mazhlis de la República de Uzbekistán

29.El órgano estatal representativo superior es el Oli Mazhlis, que ejerce el poder legislativo (artículo 76 de la Constitución). El 28 de diciembre de 1993 se promulgó la Ley sobre las elecciones al Oli Mazhlis. Las primeras elecciones se celebraron el 25 de diciembre de 1994. Los 250 diputados de distintos partidos, elegidos por las circunscripciones electorales territoriales por un período de cinco años, formaron una cámara del Parlamento del país. El Oli Mazhlis de la segunda legislatura fue elegido en diciembre de 1999.

30.Con el fin de fortalecer la rama parlamentaria del poder, en enero de 2002 Uzbekistán organizó, de acuerdo con la Constitución y la nueva Ley sobre el referéndum ‑que fue aprobada por el Parlamento uzbeko en agosto de 2001 en el curso de la sexta sesión del Oli Mazhlis-, un referéndum sobre la cuestión de la elección a la siguiente legislatura del Parlamento bicameral, en el curso del cual el 93,65% de más de 12 millones de electores se pronunciaron a favor de dicha cuestión.

31.El 24 de abril de 2003 el Oli Mazhlis aprobó la Ley sobre la introducción de cambios y adiciones en la Constitución de la República de Uzbekistán. Con arreglo a dicha ley, el Parlamento monocameral constará en lo sucesivo de dos cámaras, a saber: la Cámara Legislativa (la Cámara Baja) y el Senado (la Cámara Alta). El Oli Mazhlis aprobó las correspondientes leyes constitucionales sobre la Cámara Legislativa y el Senado en agosto de 2003 en el curso de su 12ª sesión.

32.De acuerdo con esas leyes y con la Constitución de la República, la Cámara Legislativa estará compuesta por 120 diputados de distintos partidos elegidos por las circunscripciones electorales territoriales. El Senado es la cámara de representación territorial y está integrado por los miembros del Senado (senadores) elegidos en igual número ‑a razón de seis personas‑ de entre los diputados de la República de Kara-Kalpakia, las provincias y la ciudad de Tashkent mediante votación secreta en el curso de las correspondientes reuniones conjuntas de los diputados del Zhokarga Kenesa (el Parlamento) de la República de Kara-Kalpakia, los órganos representativos del poder estatal de las provincias, los distritos y las ciudades. El Presidente de la República de Uzbekistán nombra a 16 miembros del Senado del Oli Mazhlis de entre los ciudadanos con mayor autoridad, gran experiencia práctica y servicios especiales prestados en la esfera de la ciencia, el arte, la literatura, la producción y demás esferas de la actividad pública y social (artículo 77 de la Constitución).

33.El mandato de la Cámara Legislativa y del Senado del Oli Mazhlis es de cinco años.

34.Puede ser diputado de la Cámara Legislativa del Oli Mazhlis, así como miembro del Senado del Oli Mazhlis, todo ciudadano de la República que tenga 25 años el día de las elecciones y que resida ininterrumpidamente en el territorio de la República durante cinco años como mínimo.

D. El poder judicial

35.Durante los años de desarrollo independiente de Uzbekistán se ha creado un nuevo ordenamiento jurídico en consonancia con las pertinentes normas internacionales en materia de justicia.

36.El poder judicial en Uzbekistán actúa con independencia del poder legislativo y ejecutivo y de los partidos políticos y demás asociaciones públicas (artículo 106 de la Constitución). El tribunal es el único órgano oficial que administra la justicia. El sistema judicial está formado por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, el Tribunal Administrativo Superior, los tribunales supremos de la República de Kara-Kalpakia que examinan las causas civiles y penales y el Tribunal Administrativo de la República de Kara-Kalpakia, cuyo mandato es de cinco años, así como por los tribunales provinciales, los tribunales municipales de Tashkent que se ocupan de las causas civiles y penales, los tribunales interregionales, regionales y municipales que examinan las causas civiles y penales, y los tribunales militares y administrativos establecidos por un plazo similar (artículo 107 de la Constitución).

37.En los artículos 109 a 111 de la Constitución y en la Ley sobre el Tribunal Constitucional de la República, de 30 de agosto de 1995, se estipula lo siguiente:

1. El Tribunal Constitucional de la República

a)Este Tribunal determina la conformidad con la Constitución de las leyes y las disposiciones de las cámaras del Oli Mazhlis de la República de Uzbekistán, los decretos del Presidente de la República, las disposiciones del Gobierno y de los órganos locales del poder estatal, los tratados internacionales y las demás obligaciones contraídas por la República de Uzbekistán.

b)Expone sus consideraciones acerca de la conformidad de la Constitución y las leyes de la República de Kara-Kalpakia con las leyes de la República de Uzbekistán.

c)Interpreta las normas de la Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán.

d)Examina otros asuntos confiados a su competencia por la Constitución y las leyes de la República de Uzbekistán.

e)Las decisiones del Tribunal Constitucional entran en vigor tan pronto como son publicadas. Esas decisiones son definitivas e inapelables.

2.El Tribunal Supremo de la República de Uzbekistán. El Tribunal Supremo es el órgano superior del poder judicial en la esfera del procedimiento civil, penal y administrativo. Las decisiones que adopta son definitivas y de obligado cumplimiento en todo el territorio de la República de Uzbekistán. El Tribunal Supremo está facultado para supervisar la actividad judicial de los tribunales supremos de la República de Kara-Kalpakia, los tribunales provinciales, municipales, interregionales, regionales y militares.

3.La solución de los litigios que surjan en la esfera económica y administrativa entre las empresas, las instituciones, las organizaciones basadas en las distintas formas de propiedad, así como entre los empresarios, compete a los tribunales administrativos superiores y a los tribunales administrativos dentro de su competencia.

38.Con arreglo al artículo 112 de la Constitución y a la Ley sobre los tribunales, los magistrados son independientes y sólo están subordinados a la ley. La ley ampara la inviolabilidad de los magistrados. Éstos no pueden formar parte de partidos políticos ni participar en movimientos políticos, como tampoco realizar cualquier otro tipo de actividades remuneradas, excepción hecha de las actividades científicas y docentes.

39.En la tercera sesión de la segunda legislatura del Oli Mazhlis de la República, celebrada en Tashkent el 30 de agosto de 2000, se aprobó el nuevo texto de la ley sobre los tribunales. La nueva variante de la ley refuerza la función del poder judicial, garantiza su independencia efectiva y permite establecer un sistema de tribunales basado en el principio de la especificidad. La nueva ley prevé la especialización de los tribunales, lo que permitirá garantizar la defensa efectiva de los derechos y libertades de los ciudadanos.

40.La aplicación consecuente del principio constitucional de la separación de poderes garantiza la independencia efectiva de los tribunales y los jueces. Con tal fin, el Ministerio de Justicia ha creado el departamento encargado de atender las necesidades de organización, técnico-materiales y financieras de los tribunales.

41.Sobre la base del nuevo texto de la Ley sobre los tribunales se lleva a cabo la especialización y división de los tribunales en tribunales de jurisdicción general y tribunales encargados de las causas penales y civiles. Los rasgos distintivos del actual sistema judicial son los siguientes.

42.En primer lugar, se han creado mecanismos normativos que permiten aplicar el principio constitucional de separación de poderes e independencia del tribunal como rama independiente del poder. Se han excluido de las atribuciones del Ministro de Justicia las relacionadas con la presentación de propuestas para el cargo de magistrado y la suspensión y el cese anticipado en el cargo. Esas funciones se han confiado a la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces.

43.En segundo lugar, la legislación ampara la especialización de los tribunales de jurisdicción general, determina el mecanismo necesario para establecer tribunales independientes encargados de las causas civiles y penales y lleva a cabo la especialización de los jueces. La especialización de los tribunales ha permitido mejorar el examen de las causas y ha reforzado las garantías en lo referente a la protección de los derechos y libertades de los ciudadanos.

44.En tercer lugar, las tareas relacionadas con la prestación de ayuda técnico-material y financiera al funcionamiento de los tribunales se han confiado a un órgano independiente, a saber, el Departamento Judicial adscrito al Ministerio de Justicia. Los tribunales están exonerados de la función -que no les es propia- de velar por el cumplimiento de sus decisiones y de las disposiciones de otros órganos oficiales. Estas medidas tienen por objeto garantizar la independencia de los jueces y someterlos únicamente a la ley.

45.En cuarto lugar, se ha establecido un mecanismo jurídico eficaz y democrático encargado de seleccionar y asignar el personal judicial.

46.De conformidad con la Ley sobre los tribunales:

1.El nombramiento inicial del personal judicial incumbe a los colegios de abogados competentes de acuerdo con las propuestas de los tribunales, los órganos encargados de hacer cumplir la ley, las instituciones, las organizaciones y los miembros de las asociaciones de jueces no gubernamentales.

2.Las propuestas acerca de los candidatos a jueces se envían al Departamento Judicial, al que se encomienda la tarea relacionada con la reunión y preparación de la documentación sobre los candidatos a jueces de entre el personal judicial altamente calificado.

3.El examen de las candidaturas sobre una base alternativa y la presentación de propuestas sobre el nombramiento de los jueces compete a la Comisión Superior encargada de seleccionar y recomendar a las personas aptas para desempeñar los cargos de jueces, que está integrada por magistrados, diputados del Parlamento, jurisconsultos de renombre, representantes de los órganos encargados de hacer cumplir la ley y representantes de las organizaciones no gubernamentales (ONG).

El sistema creado de selección y nombramiento del personal judicial garantiza la independencia del poder judicial y la objetividad en el nombramiento de los jueces.

47.A tenor de lo dispuesto en la nueva Ley sobre los tribunales, se han introducido cambios en la legislación civil y de enjuiciamiento criminal. Esas modificaciones consisten en lo siguiente:

1.Se ha introducido un procedimiento de apelación en el examen de las causas, lo que representa una garantía importante para rectificar a tiempo los errores judiciales e impedir el excesivo papeleo en el procedimiento judicial. En virtud de la ley, el tribunal de la correspondiente instancia de apelación puede examinar efectivamente la causa sin necesidad de devolverla para que se realice un nuevo examen judicial.

2.Se han introducido reformas en el tribunal de casación. Cuando los ciudadanos no estén de acuerdo con el fallo judicial que ha adquirido fuerza legal, podrán defender personal y directamente sus derechos en la audiencia del tribunal de casación. Por otra parte, el abogado y el fiscal gozan de iguales derechos.

3.Se ha concedido a los ciudadanos el derecho de elegir los procedimientos de defensa de sus derechos mediante la impugnación de los fallos judiciales ante los tribunales de apelación o casación.

48.El poder judicial en Uzbekistán actúa con independencia de los poderes legislativo y ejecutivo, los partidos políticos y las ONG.

49.Las decisiones del tribunal son obligatorias para todos los órganos oficiales, asociaciones públicas, empresas, instituciones y organizaciones, funcionarios y ciudadanos, y son de obligado cumplimiento en todo el territorio del país.

50.Las leyes y normas del procedimiento judicial adoptadas se atienen cada vez más a las normas internacionales democráticas generalmente aceptables en materia de justicia.

IV. MARCO NORMATIVO GENERAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

A. Los órganos administrativos y otros órganos competentes que se ocupan de los derechos humanos

1. El Comisionado para los Derechos Humanos ( Ombudsman ) del Oli Mazhlis de la República de Uzbekistán

51.Uno de los elementos más importantes de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la rama del poder legislativo es la Institución del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombusdman) del Oli Mazhlis. Esa institución fue establecida en el curso de la primera sesión del Oli Mazhlis, celebrada en febrero de 1995, con miras a reforzar las garantías de la observancia de los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos de Uzbekistán. Las actividades del Ombusdman se rigen por la Ley sobre el Comisionado para los Derechos Humanos (Ombusdman) del Oli Mazhlis, de 25 de abril de 1997. Esa institución desempeña funciones educativas e ilustrativas y es defensora imparcial y humanitaria de los derechos de los ciudadanos. También estudia y analiza las situaciones relacionadas con la protección de los derechos humanos. Con el fin de prestar ayuda al Ombusdman, el 6 de mayo de 1995 se creó, mediante disposición especial, la Comisión encargada de supervisar el respeto de los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos.

52.Cada año el Ombusdman somete a la sesión de primavera del Parlamento, para su aprobación por los diputados del Oli Mazhlis, su informe acerca de la labor realizada en el curso del año.

53.La Institución para los Derechos Humanos tiene representantes regionales en todas las provincias de Uzbekistán y de la República de Kara-Kalpakia.

2. Los órganos judiciales de la República de Uzbekistán

54.Desde la proclamación de la independencia nacional de la República de Uzbekistán, la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales se ha convertido en uno de los aspectos fundamentales de las actividades de los órganos judiciales. Además del Tribunal Constitucional, un elemento importante de la defensa de los ideales de la democracia es el Tribunal Supremo, el cual, mediante disposiciones de su Pleno, presta invariablemente atención a la necesidad de que los tribunales inferiores respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales.

3. El Ministerio de Justicia

55.El Ministerio de Justicia de la República de Uzbekistán es el órgano del poder judicial creado para aplicar la política judicial oficial que garantiza la prestación de servicios jurídicos, la organización y el funcionamiento del sistema judicial, la elaboración directa de proyectos de ley relativos a la protección y el desarrollo de los derechos humanos, y la realización de exámenes periciales de las disposiciones normativas relativas a los derechos, las libertades y los intereses legítimos de los ciudadanos. En 2003 se ha creado, adjunta al Ministerio de Justicia, la Dependencia para los Derechos Humanos. A tenor de lo dispuesto en el Decreto Nº 370 del Consejo de Ministros, de 27 de agosto de 2003, las principales tareas encomendadas a la Dependencia son las siguientes:

-Garantizar la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales que se proclaman en la Constitución y las leyes, desarrollar todo lo posible las instituciones de la sociedad civil y fortalecer sus fundamentos jurídicos;

-Realizar un análisis continuo de la legislación en materia de derechos humanos y presentar propuestas para la mejora de dicha legislación;

-Estudiar la experiencia internacional y elaborar propuestas con miras a la aplicación de las normas de derecho internacional en la legislación vigente de la República de Uzbekistán;

-Elaborar medidas para mejorar los conocimientos jurídicos de la población en lo referente a los derechos humanos y las libertades fundamentales y divulgar en la sociedad las ideas que abogan en favor de los derechos humanos;

-Analizar y recapitular la observancia de la legislación en la esfera de los derechos humanos y presentar propuestas a los correspondientes órganos oficiales con miras a la mejora de esos derechos;

-Contribuir a reforzar el papel desempeñado por los mecanismos que se ocupan de la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, desarrollar las instituciones de la sociedad civil y consolidar sus fundamentos jurídicos;

-Colaborar con el Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oli Mazhlis y con el Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, en particular en lo referente a la supervisión del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;

-Garantizar el examen objetivo y exhaustivo de las peticiones presentadas por los ciudadanos en relación con la violación de sus derechos y libertades constitucionales y adoptar al respecto las medidas previstas en la legislación.

4.Los órganos encargados de hacer cumplir la ley de la República de Uzbekistán

56.Forman parte de los órganos encargados de hacer cumplir la ley la Fiscalía, el Ministerio del Interior y el Servicio de la Seguridad Nacional. La función principal por la supervisión del cumplimiento adecuado e igual de las leyes en todo el territorio de la República compete a la Fiscalía, cuyo estatuto jurídico se determina en el título XXIV de la Constitución, así como también en la Ley de la Fiscalía, de 29 de agosto de 2001. El sistema centralizado y único de la Fiscalía está presidido por el Fiscal General de la República de Uzbekistán.

57.Los órganos de la Fiscalía ejercen sus funciones con independencia de los órganos estatales y los funcionarios, y sólo están sometidos a la ley.

5. El Centro Nacional de Derechos Humanos

58.El 31 de octubre de 1996 se creó, por decreto del Presidente de la República de Uzbekistán, el Centro Nacional de Derechos Humanos. Se trata de una organización oficial, de un órgano del poder ejecutivo encargado de coordinar las actividades en defensa de los derechos humanos que se llevan a cabo de acuerdo con la Constitución y la Carta Internacional de Derechos Humanos.

59.El Centro tiene principalmente por finalidad la elaboración y aplicación del Programa Nacional de Actividades en la esfera de los Derechos Humanos, así como el establecimiento de un sistema plurifuncional de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante una solución general de las siguientes tareas prioritarias:

-La mejora de la legislación relativa a los derechos humanos;

-La prestación de asistencia jurídica y protección judicial con miras a la protección de los derechos humanos;

-La creación de un sistema extrajudicial de protección de los derechos humanos;

-La formulación de una estrategia de defensa de los derechos humanos de determinadas categorías de personas, a saber:

-Los sectores socialmente vulnerables de la población;

-Las personas que viven en zonas afectadas por catástrofes ecológicas;

-Los creyentes y los representantes de las diversas confesiones religiosas;

-Las personas que se encuentran en centros de privación de libertad; y

-Los militares;

-El desarrollo de las modalidades constructivas de las actividades de las ONG que se ocupan de los derechos humanos;

-El establecimiento de la libertad de información como garantía de la observancia de los derechos humanos;

-La organización de un sistema polivalente de enseñanza de los derechos humanos, desde los cursos estrictamente profesionales hasta los programas de divulgación;

-La formación mediante la incorporación a la comunidad mundial gracias al desarrollo de la institución de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la República de Uzbekistán.

60.Las principales orientaciones de las actividades del Centro son las siguientes:

-La coordinación de las actividades de los órganos oficiales y las organizaciones públicas en materia de ciencia e investigación, enseñanza e ilustración mediante la formulación de un programa nacional de acción en la esfera de los derechos humanos;

-La formulación de una ideología nacional de derechos humanos basada en la Declaración Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán;

-El establecimiento de un mecanismo eficaz para la integración de la República de Uzbekistán en la comunidad mundial mediante la adopción paulatina de todo el conjunto de disposiciones normativas de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos.

61.Posibilidades de colaboración. Las posibilidades existentes a este respecto son el intercambio de información a través de los canales internacionales; la publicación conjunta de monografías; la preparación de material didáctico; la publicación de boletines de artículos; la organización de seminarios, mesas redondas y simposios; la organización de emisiones de televisión; la preparación de películas didácticas y de divulgación científica; la organización de expediciones operativas y la realización de investigaciones sobre el terreno en distintas regiones del país.

B. Medios de protección legal de los derechos de los ciudadanos

62.Los ciudadanos pueden recurrir a los mencionados órganos oficiales del poder ejecutivo, legislativo y judicial para defender sus derechos y libertades fundamentales. Se trata del Tribunal Supremo y del Tribunal Administrativo Superior, así como de todos los tribunales de justicia de primera instancia, el Comisionado para los Derechos Humanos del Oli Mazhlis, el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General, el Ministerio del Interior, el Servicio de la Seguridad Nacional, el Centro Nacional de Derechos Humanos, los centros de asesoramiento jurídico, las ONG y otras instituciones.

63.En todas las instancias mencionadas se presta a los ciudadanos, asistencia jurídica altamente calificada a título gratuito. La única excepción la constituyen los tribunales de justicia, en los que se requiere el pago de costas judiciales.

64.Además, a tenor de lo dispuesto en el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el que la República de Uzbekistán es Parte, los ciudadanos de Uzbekistán pueden, tras agotar todos los recursos necesarios, dirigirse directamente al Comité de Derechos Humanos cuando se hayan violado sus derechos y libertades.

C. Protección constitucional de los derechos humanos y las libertades fundamentales

1. Garantías de los derechos y libertades fundamentales

65.La Constitución constituye la principal garantía de los derechos y libertades de los ciudadanos. Ello significa ante todo que la fuente del poder estatal es el pueblo. Su voluntad determina la política del Estado, que aspira a garantizar el bienestar de la persona y de la sociedad en general. El renovado régimen político y estatal garantiza a la persona la libre elección de las formas de su existencia política, económica y social. El pluripartidismo, la renuncia a la posición dominante de una ideología y el paso al pluralismo de opiniones, ideologías e instituciones políticas constituye una garantía de la libre expresión de la voluntad de los ciudadanos. Se concede prioridad a los principios del humanismo y el respeto a las tradiciones, las creencias, el idioma y la cultura de todos los pueblos que viven en el territorio de la República. Además, se proscriben todos los partidos y movimientos que abogan en favor de la modificación del poder por la fuerza, atentan contra la integridad territorial y la seguridad de la República, promueven el odio nacional y religioso y atentan contra el régimen constitucional y los principios morales del pueblo.

2. Los derechos y libertades de la persona

66.La Constitución establece que cada persona tiene derecho inalienable a la vida (art. 24). Todo atentado contra la vida constituye el delito más grave. La Constitución ampara la libertad e inviolabilidad de la persona (art. 25) y brinda protección contra todo atentado a su honor y su dignidad. Todos tienen derecho a la inviolabilidad del domicilio y a la no injerencia en su vida privada, así como a la presunción de inocencia (art. 26). La Constitución consagra los principios de la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Toda persona tiene derecho a mantener sus convicciones y creencias. Queda prohibida la imposición de convicciones religiosas mediante coacción. Además, el Estado toma en consideración las profundas raíces de la religión islámica en la sociedad y presta el concurso necesario al Jadj, sagrado para cada musulmán.

3. Los derechos políticos

67.Los derechos políticos concedidos a los ciudadanos de Uzbekistán consisten en la reafirmación de los principios en la auténtica democracia, en consonancia con las correspondientes tradiciones nacionales y culturales y los intereses de todos los grupos y capas sociales de la población. Los ciudadanos tienen derecho a participar en la administración de los asuntos de la sociedad y del Estado directamente o a través de sus representantes. En el Uzbekistán independiente se ha procedido a la renovación del sistema político y se han definido claramente las funciones y atribuciones tanto a nivel de la República como en el plano local. Los ciudadanos tienen derecho a celebrar mítines, reuniones y manifestaciones de conformidad con la legislación de la República. A tenor del artículo 34 de la Constitución, se reconoce el derecho a fundar sindicatos, partidos políticos y demás asociaciones públicas, así como a participar en movimientos multitudinarios. Nadie puede menoscabar el derecho, las libertades y la dignidad de las personas que constituyen una minoría opositora en los partidos y otras asociaciones públicas. Cada ciudadano tiene derecho a presentar declaraciones, propuestas y denuncias a los órganos estatales o a los representantes populares.

4. Los derechos económicos, sociales y culturales

68.El fundamento del mantenimiento de la concordia civil en la sociedad reside en la aplicación de los principios de la justicia social. La Constitución concede a todos los ciudadanos iguales derechos económicos y sociales. Cada ciudadano tiene derecho a la propiedad, al trabajo y a la libre elección del trabajo. También garantiza condiciones de trabajo satisfactorias y brinda protección contra el desempleo. Queda prohibido el trabajo forzoso, salvo en los casos previstos por la ley, en particular como castigo impuesto por decisión del tribunal. Cada ciudadano tiene derecho al ocio y a la seguridad social en la vejez, en caso de pérdida de la capacidad para el trabajo o en caso de pérdida del sostén de la familia. Las pensiones, prestaciones y otros tipos de ayuda social no pueden ser inferiores al mínimo vital establecido. Todos los ciudadanos tienen acceso a un servicio médico de calidad, y se adoptan medidas eficaces para la protección de la maternidad y la infancia. Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos en lo referente al acceso a la enseñanza general gratuita. El Estado vela por el desarrollo cultural, científico y tecnológico de la sociedad.

5. Los deberes de los ciudadanos

69.El título XI de la Constitución versa sobre los deberes de los ciudadanos de la República de Uzbekistán. Los ciudadanos tienen el deber de respetar la Constitución y las leyes, así como también los derechos, el honor y la dignidad de las demás personas. También tienen la obligación de proteger el patrimonio histórico, espiritual y cultural y tratar con cuidado el medio ambiente. Cada ciudadano tiene la obligación de pagar los impuestos y las tasas locales previstos por la ley. La defensa de la República de Uzbekistán es un deber de todo ciudadano. Al emprender la vía del desarrollo independiente, el pueblo de Uzbekistán se apoya en la experiencia adquirida por el sistema estatal uzbeko, cuyo rasgo principal es el acatamiento de la ley. A su vez, ello sirve de sólida base para la puesta en práctica de los principios relativos a la observancia de las leyes y, sobre todo, la Constitución, lo que constituye la principal obligación de los ciudadanos del Uzbekistán.

D. La incorporación de las normas internacionales de derechos humanos en la legislación de la República de Uzbekistán

70.Tras la recuperación en 1991 de la independencia estatal, el cumplimiento de las normas internacionales de derechos humanos se ha convertido en uno de los principios fundamentales de la política estatal de Uzbekistán.

71.En el ordenamiento jurídico de Uzbekistán, los tratados internacionales ratificados por él forman parte integrante de la legislación nacional. Ello también se aplica plenamente a los tratados internacionales que contienen normas y principios de derechos humanos. La Ley orgánica sobre los fundamentos de la independencia estatal de la República de Uzbekistán, de 31 de agosto de 1991, estipula que el derecho internacional es una fuente importante del sistema estatal.

72.El carácter especial de las normas reconocidas de derecho internacional y de la libertad de la persona se reafirma en el Preámbulo de la Constitución de la República de Uzbekistán. En la correspondiente disposición del Preámbulo, además de mencionarse directamente los derechos humanos, se hace indirectamente referencia a derechos tales como el derecho a una vida digna y a la justicia social (derechos sociales), así como también a los derechos relacionados con las libertades civiles y políticas, que son inseparables del concepto de un "Estado democrático de derecho". Las disposiciones de la Convención y otros instrumentos jurídicos relativas a la protección de los derechos humanos están, por lo general, en consonancia con las normas de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966.

73.Numerosas normas internacionales de Derechos Humanos se han incorporado al Código Penal y al Código de Enjuiciamiento Criminal de la República de Uzbekistán. Así, conforme a lo dispuesto en el párrafo 3 del artículo 2 de las Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad (Reglas de Tokio), "a fin de asegurar una mayor flexibilidad, compatible con el tipo y la gravedad del delito, la personalidad y los antecedentes del delincuente y la protección de la sociedad y evitar la aplicación innecesaria de la pena de prisión, el sistema de justicia penal establecerá una amplia serie de medidas no privativas de la libertad, desde la fase anterior al juicio hasta la fase posterior a la sentencia. El número y el tipo de las medidas no privativas de la libertad disponibles deben estar determinados de manera tal que sea posible fijar de manera coherente las penas". Como resultado de la incorporación de esta norma en la legislación penal y de enjuiciamiento criminal de la República, se ha creado una nueva norma que prevé la "libertad bajo fianza" en calidad de medida coercitiva.

74.Como resultado de la aplicación del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (garantía del derecho a la vida como derecho inalienable de la persona) en el marco de la legislación nacional, y de las actividades que en defensa de los derechos llevan a cabo los órganos encargados de la defensa extrajudicial (Centro Nacional de Derechos Humanos de la República de Uzbekistán, el Ombudsman y otras ONG), el Oli Mazhlis de la República, en consonancia con la Ley sobre la introducción de modificaciones y adiciones en determinados instrumentos jurídicos de la República, de 29 de agosto de 1998, ha abolido la pena de muerte como castigo impuesto por la comisión de los cinco siguientes tipos de delitos: el previsto en la sección 4 del artículo 119 del Código Penal (satisfacción, con el empleo de la fuerza, de la necesidad sexual en su forma contranatural); el previsto en el artículo 152 (violación de las leyes y costumbres de la guerra); el previsto en el artículo 158 (atentado contra la vida del Presidente de la República de Uzbekistán); el previsto en la sección 1 del artículo 242 (organización de bandas de malhechores), y el previsto en la sección 2 del artículo 246 (contrabando). Tras la promulgación de la Ley sobre la introducción de modificaciones y adiciones en el Código Penal, el Código de Enjuiciamiento Criminal y el Código sobre la responsabilidad administrativa en relación con la liberalización de los castigos penales, de 29 de agosto de 2001, el número de artículos que prevén la aplicación de la pena capital ha quedado reducido a cuatro.

75.El 13 de diciembre de 2003, en el curso de su 14ª sesión, el Oli Mazhlis suprimió, en relación con otros dos artículos del Código Penal -el artículo 151 (agresión) y el artículo 153 (genocidio)-, la aplicación de la pena de muerte. Así pues, en la actualidad el Código Penal de la República de Uzbekistán sólo contiene dos artículos (el artículo 97, sección 2 y el artículo 155) que prevén la aplicación de la pena de muerte.

76.Además, a tenor de lo dispuesto en el artículo 51 del Código Penal, la pena de muerte no se aplicará en los tres casos siguientes: las mujeres, los infractores menores de 18 años y los hombres mayores de 60 años.

77.Al igual que en otros muchos Estados, existe en Uzbekistán la institución del indulto. Toda persona condenada a la pena de muerte puede recurrir al Jefe del Estado por conducto de la Comisión de Indulto adjunta a la Presidencia de la República. En caso de una solución positiva de la cuestión, la pena capital es sustituida por una pena de privación de libertad de 25 años.

78.El Código Penal prohíbe el recurso a la tortura y a los tratos crueles contra la persona sospechosa de haber cometido un delito. Para definir con mayor precisión el término "tortura", en agosto de 2003 el Oli Mazhlis ha introducido en el Código Penal (art. 235) una adición en virtud de la cual el término "tortura" se define en la actual legislación penal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Esa definición también se recoge en la Disposición del Pleno del Tribunal Supremo, de 19 de diciembre de 2003. Además, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflijan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.

E. Invocación de los tratados internacionales de derechos humanos

79.Como se señala supra, un tratado internacional ratificado por el Oli Mazhlis prima sobre la legislación interna. Es decir, una obligación internacional contraída por Uzbekistán forma parte integrante del ordenamiento jurídico del país y es de obligado cumplimiento para todas las ramas del poder.

80.En cada instrumento jurídico nuevamente aceptado se señala que, cuando el tratado internacional al que se haya adherido la República de Uzbekistán contenga una disposición distinta de la que existe en la legislación nacional vigente, al interpretarla será necesario guiarse por las normas del derecho internacional. Así pues, la República de Uzbekistán reconoce la primacía de las normas de derecho internacional sobre las disposiciones de la legislación interna.

81.Los ciudadanos de la República de Uzbekistán pueden invocar las disposiciones de un tratado internacional ante los tribunales de distintas instancias.

F. La supervisión de la observancia de los derechos humanos

82.El principal mecanismo del sistema de los órganos legislativos que supervisan la observancia de los derechos humanos es la Oficina del Comisionado para los Derechos Humanos (Ombudsman) del Oli Mazhlis. Este órgano lleva a cabo el seguimiento de cada solicitud presentada y supervisa su tramitación. En relación con los resultados de sus actividades durante el año, el Ombudsman somete su informe a la aprobación del órgano estatal supremo del país.

83.Por lo que respecta a los órganos del poder judicial, las cuestiones de la supervisión de la observancia de los derechos humanos competen a los tribunales de distintas instancias y jurisdicción, a saber, los encargados de examinar las causas penales, administrativas y civiles.

84.En lo que se refiere a los órganos del poder ejecutivo, la principal labor relacionada con la observancia de los derechos y libertades de los ciudadanos se confía a la Fiscalía General, la cual lleva a cabo esa labor a título de supervisión. Como se señala supra, también desempeñan funciones de control el Ministerio del Interior, el Servicio de Seguridad Nacional y el Ministerio de Justicia.

85.El Centro Nacional de Derechos Humanos también cuenta con una sala de recepción social que ejerce, en respuesta a las peticiones de los ciudadanos, la supervisión de la observancia de los derechos humanos en la República de Uzbekistán.

V. DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN

86.La República de Uzbekistán participa activamente en la Declaración y Programa de Acción de Viena, así como también en el Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la esfera de los derechos humanos (1995‑2004).

87.Uzbekistán ha elaborado el Plan Nacional de Acción en materia de educación y derechos humanos, que prevé la realización de las tareas siguientes:

-Se ha creado un sistema continuo de enseñanza de los derechos humanos. A partir del año escolar 1997-1998 se ha introducido un curso especial dedicado a los derechos humanos. Las cuestiones de la protección de los derechos humanos, la profundización de la democracia y la consolidación de la legalidad se han incluido en los programas de los centros de enseñanza a todos los niveles y, sobre todo, en las escuelas de enseñanza general, las universidades, los centros jurídicos y pedagógicos de enseñanza superior y los institutos de administración y gestión, así como en las instituciones de enseñanza del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, la Fiscalía y el Servicio de Seguridad Nacional.

-Por Decreto Nº 200 del Ministerio de Enseñanza Superior y Enseñanza Media Especializada, de 29 de julio de 1997, a partir del año escolar 1997-1998 se ha introducido en todos los centros de enseñanza, a partir del primer grado, un curso especial de 40 horas de duración dedicado a los derechos humanos.

-El Ministerio de Educación ha elaborado, para la enseñanza preescolar, general y media, el concepto de la educación jurídica, y para las instituciones de enseñanza general y media, las normas de la enseñanza oficial sobre el tema de "los fundamentos del Estado y el derecho".

-Para los grados primero a cuarto de las escuelas de enseñanza general y media se han previsto charlas sobre "el abecedario de los derechos", y para los grados quinto a séptimo el tema titulado "Lecciones sobre el derecho".

-A partir del año escolar 2001-2002 se imparte una vez por semana a los alumnos de los grados octavo y noveno una asignatura del nuevo programa de estudios que versa sobre los fundamentos del Estado y el derecho. Durante todo el año escolar se dedican a dicho tema del plan de estudios 34 horas.

-A partir de 2002, la Dependencia de Relaciones Internacionales del Ministerio de Educación y el Centro de Enseñanza de la República, junto con la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), organizan sistemáticamente para los maestros, educadores y metodólogos, en relación con el sistema de enseñanza de los fundamentos jurídicos de la justicia de menores y los aspectos psicológicos, un seminario de capacitación sobre el tema titulado "Estudio de la Convención sobre los Derechos del Niño" y llevan a cabo la labor de divulgación de la Convención entre los padres.

-En el Centro de Mejora del Nivel Profesional de los Juristas, adscrito al Ministerio de Justicia, se han dedicado a los educandos profesionales, durante la duración del curso, de cuatro a diez horas a la enseñanza de los derechos humanos.

-Asimismo, actualmente se ha introducido un curso dedicado a los derechos humanos en el programa de estudios de los centros de enseñanza especializada tales como el Centro para la mejora del nivel profesional de los funcionarios del ministerio público y el Instituto Municipal de Tashkent para la mejora del nivel profesional de los enseñantes.

-En la Universidad de la Economía Mundial y la Diplomacia se ha creado la cátedra UNESCO para los derechos humanos, la democracia, la tolerancia y la comprensión mutua internacional.

-En la Academia del Ministerio de Interior se ha creado la cátedra "Teoría y práctica de los derechos humanos".

-El Centro Nacional de la República de Uzbekistán, en colaboración con la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), organiza sistemáticamente para los funcionarios de la Fiscalía y el Ministerio del Interior, así como para los jueces y fiscales, seminarios y cursos de formación sobre las normas internacionales de derechos humanos, la supervisión de la observancia de tales derechos y la elaboración de informes al respecto.

-En relación con el proyecto titulado "El papel de la democracia, los derechos humanos y la mejora del sistema de gobierno" se ha publicado para los niños pequeños y de edad escolar media un libro ilustrado sobre la Declaración Universal de Derechos Humanos. El libro ha sido publicado por el Centro Nacional de Derechos Humanos, en colaboración con el proyecto "Democracia, derechos humanos y mejora del sistema de gobierno", en lengua uzbeka (100.000 ejemplares) y en lengua rusa (30.000 ejemplares). La mitad de la tirada en lengua uzbeka se ha impreso en caracteres latinos, y la otra mitad, en caracteres cirílicos.

-En relación con el proyecto se han preparado los carteles siguientes:

-Declaración Universal de Derechos Humanos (10.000 ejemplares en las lenguas uzbeka y rusa);

-El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2 carteles y 5.000 ejemplares en lengua uzbeka);

-El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2 carteles y 5.000 ejemplares en lengua uzbeka);

-La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (2 carteles y 5.000 ejemplares en lengua uzbeka);

-La Convención sobre los Derechos del Niño (2 carteles y 5.000 ejemplares en lengua uzbeka).

-Entre 1997 y 2000 se publicó un boletín especial que contenía información trimestral completa sobre la situación de la enseñanza de los derechos humanos en Uzbekistán.

-A partir de 1997, el Centro Nacional de Derechos Humanos comenzó a publicar, junto con el Centro de Estudio de la Opinión Pública Izhtimoi fikr, una revista de divulgación científica titulada Opinión pública y derechos humanos. A partir de 1999 el Centro Nacional de Derechos Humanos publica una nueva revista titulada La democratización y los derechos humanos en Uzbekistán. El propósito y la finalidad de las revistas consiste en dar a conocer los derechos humanos y mejorar el nivel cultural de los funcionarios públicos y de toda la población en lo referente a las cuestiones de derechos humanos. La revista se publica en uzbeko, ruso e inglés.

-En 2002 el Centro Nacional de Derechos Humanos, con ayuda del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), tradujo al uzbeko y publicó en dicho idioma un boletín titulado La República de Uzbekistán y los instrumentos internacionales de derechos humanos: Tratados universales de derechos humanos.

-Con ayuda de la UNESCO, el Centro Nacional de Derechos Humanos publicó en lengua uzbeka dos libros titulados Los derechos humanos: preguntas y respuestas y La democracia:  80 preguntas y 80 respuestas.

-En 2002, con ayuda de la UNESCO, se tradujo a la lengua uzbeka y se publicó en dicha lengua una colección de instrumentos internacionales sobre los derechos de los menores.

-En 2002, en el marco de las actividades conjuntas llevadas a cabo con la Misión Regional del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en el Asia central y con el Centro Nacional de Derechos Humanos, se tradujo al idioma oficial y se publicó en dicho idioma un boletín titulado El derecho internacional humanitario: los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales.

-En 2002 se publicó una colección de documentos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa sobre la dimensión humana. Ese boletín de instrumentos internacionales se ha publicado por primera vez íntegramente en la lengua nacional de Uzbekistán. El boletín está destinado ante todo a los estudiantes y profesores de los centros de enseñanza superior de derecho, a los cursantes y educandos de los centros docentes militares y a los funcionarios de los órganos encargados de hacer cumplir la ley.

-En los medios de información de la República, empezando por las empresas nacionales de televisión y radiodifusión y pasando por las estaciones de radio comerciales y los periódicos, se publican sistemáticamente artículos y se emiten programas educativos e ilustrativos sobre la materia. Así, el Centro Nacional de Derechos Humanos, junto con la organización internacional "Internews", el Centro "Sabo" para la mujer y el niño y la estación de televisión y radiodifusión "Grand", realizó entre agosto de 2002 y enero de 2003 un proyecto radiofónico informativo y educativo titulado "En apoyo de la nueva generación". La finalidad principal del proyecto radiofónico era contribuir a un mejor entendimiento de los fundamentos de los derechos del niño entre la juventud y los radioyentes de la estación.

-Se han abierto en universidades cinco centros de asesoramiento jurídico con miras a la protección de los derechos humanos, en los que los estudiantes de derecho reciben a los ciudadanos.

-Se ha establecido un centro no gubernamental para el estudio de los derechos humanos y el derecho humanitario. El centro se dedica al estudio de los derechos humanos y el derecho humanitario y divulga sus resultados y, con tal fin, organiza seminarios, cursos de formación y conferencias para los estudiantes y profesores, así como también para los representantes de los medios de información y de las ONG cuya actividad se relaciona con los derechos humanos. A partir de 2002, el centro organiza, junto con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, la Universidad de la Economía Mundial y la Diplomacia y la Universidad Estatal de Samarkanda, un concurso anual entre los estudiantes sobre el mejor trabajo científico dedicado al tema de los derechos humanos en el siglo XXI.

88.A tenor de los dispuesto en el Decreto del Presidente de la República de Uzbekistán, de 31 de octubre de 1996, la tarea relacionada con la elaboración de los informes sobre los derechos humanos se ha encomendado al Centro Nacional de Derechos Humanos. Con tal fin se ha creado en el Centro una sección especial para el análisis y las investigaciones en materia de derechos humanos.

89.Con el fin de elaborar los informes nacionales, el Centro, además de la información de que dispone, solicita y obtiene los necesarios datos complementarios de las instituciones oficiales, las ONG sin ánimo de lucro, los partidos políticos, los centros culturales, las organizaciones sindicales, los fideicomisos, etc. Esos datos son posteriormente sistematizados y enviados de nuevo a esas organizaciones para que formulen sus observaciones al respecto. Una vez obtenida la aprobación de todas las organizaciones que facilitaron los datos, el Centro envía el informe, por conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Comité correspondiente de las Naciones Unidas.

90.Tras el examen de un determinado informe, todas las organizaciones que participaron en su preparación toman conocimiento de las conclusiones, observaciones y propuestas formuladas por los miembros del Comité. Todas las informaciones de los miembros del Comité se dan a conocer a la opinión pública y se publican en los medios de información.

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