Naciones Unidas

HRI/CORE/ROU/2011

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

10 de enero de 2012

Español

Original: inglés

Documento básico que forma parte integrante de los informes de los Estados partes

Rumania * **

[12 de octubre de 2011]

Índice

Párrafos Página

I.Información general sobre Rumania1–1023

A.Características geográficas1–23

B.Antecedentes históricos3–93

C.Características demográficas10–164

D.Datos demográficos17–185

E.Características sociales y demográficas19–605

F.Características económicas61–8118

G.El contexto político82–9322

H.Estadísticas penales y características judiciales94–10026

I.Otras características10127

J.Número de organizaciones no gubernamentales reconocidas10227

II.Sistemas constitucional, político y jurídico103–16328

A.Constitución y forma de gobierno de Rumania103–10628

B.Dirección del Estado107–16328

III.Marco general para la protección y la promoción de los derechos humanosen Rumania164–16536

IV.Marco jurídico e institucional para la protección y la promoción de losderechos humanos en el plano nacional166–23742

A.Tratado de la Unión Europea166–16942

B.Lista de derechos fundamentales y restricciones de los derechos170–21142

C.Relación entre los tratados y la legislación nacional de derechos humanos212–21447

D.Instituciones del estado encargadas de proteger los derechos humanos,y aspectos jurídicos de la protección215–23748

V.El proceso de presentación de informes a nivel nacional238–24951

A.Información relativa a la no discriminación y la igualdad241–24352

B.Aspectos institucionales de la protección de la igualdad y lano discriminación244–24552

C.Programas educativos y campañas de información246–24953

VI.Recurso judicial250–25153

Anexo

Detailed statistics on voter turnout for the 2009 Presidential election, first and second rounds

I.Información general sobre Rumania

A.Características geográficas

1.Rumania está situada en la parte sudoriental de Europa central, entre los 43°37'07" y los 48°15'06" de latitud Norte y los 20°15'44" y los 29°41'24" de latitud Este, y tiene una superficie de 237.500 kilómetros cuadrados.

2.El clima de Rumania es continental templado, con cuatro estaciones bien definidas. La temperatura media anual depende de la latitud, y varía entre 8 °C en el norte y 11 °C en el sur, con temperaturas de 2,6 °C en las zonas montañosas y 12 °C en la llanura.

B.Antecedentes históricos

3.El primer documento que enunció los derechos humanos en el Estado rumano en su forma moderna fue la Constitución aprobada en 1866. El segundo capítulo (título) de esta Constitución estaba dedicado a "Los derechos de los rumanos". La Constitución prohibía el uso de títulos nobiliarios, y proclamaba la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Además, garantizaba el derecho a la propiedad, la libertad de expresión, la libertad de religión y conciencia, la libertad de expresión y la libertad de asociación. Asimismo, abolía la pena de muerte en tiempos de paz. La Constitución no garantizaba el sufragio universal ni los derechos sociales. Los poderes del Estado rumano, que era una monarquía constitucional, estaban investidos en la nación.

4.Terminada la Primera Guerra Mundial, en 1923 se revisó la Constitución, modificándose entre otros el segundo capítulo, "Los derechos de los rumanos". Al tiempo que se mantenían las garantías existentes en la anterior Constitución, se incluyeron disposiciones sobre el sufragio universal masculino y la protección de los derechos sociales. El Estado rumano seguía siendo una monarquía constitucional.

5.El régimen constitucional no duró mucho. En 1938, el Rey Carol II de Rumania implantó un régimen personal e impuso una nueva Constitución que lo sancionaba. Aunque la Constitución seguía enunciando los derechos de los ciudadanos e introdujo por primera vez el derecho de voto para la mujer, se estableció un régimen autoritario. Este régimen fue derribado en septiembre de 1940. El nuevo régimen dictatorial, dirigido por el general Ion Antonescu (denominado "el líder del Estado"), no adoptó una nueva Constitución y gobernó por decreto. Los derechos de los ciudadanos quedaron suspendidos y el régimen adoptó una serie de medidas discriminatorias contra los judíos.

6.Una vez finalizada la Segunda Guerra Mundial, en 1947 Rumania pasó a ser un Estado comunista. Las Constituciones aprobadas en 1948, 1952 y 1965 preveían una serie de derechos cívicos, políticos y sociales de los ciudadanos, pero subordinaban el Estado y la sociedad al partido comunista rumano (definido "la fuerza dirigente" en las Constituciones de 1952 y 1965). El período comprendido entre 1947 y 1989 se caracterizó por la supresión de los derechos humanos.

7.Una vez derribado el régimen comunista por la revolución de 1989, en 1991 el primer Parlamento electo de Rumania aprobó una nueva Constitución. Esta Constitución garantizaba los derechos cívicos, políticos y sociales de los ciudadanos, y proclamaba el pluralismo como condición y garantía de la democracia constitucional.

8.El artículo 20 de esta Constitución dispone lo siguiente: 1) Las disposiciones constitucionales relativas a los derechos y libertades de los ciudadanos se interpretarán y aplicarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los pactos y otros tratados en los que Rumania sea parte; 2) Cuando existan diferencias entre los pactos y tratados sobre los derechos humanos fundamentales en los que sea parte Rumania, y las leyes nacionales, las reglamentaciones internacionales tendrán precedencia, salvo que la Constitución o las leyes del país prevean disposiciones más favorables.

9.En 2003 se modificó ligeramente la Constitución para tener en cuenta las cuestiones relacionadas con la adhesión a la Unión Europea y la OTAN. Las disposiciones sobre los derechos fundamentales permanecieron inalteradas y se adoptaron nuevas disposiciones sobre los derechos de los ciudadanos de otros Estados de la Unión Europea (UE) residentes en el territorio de Rumania, y los derechos de las personas pertenecientes a las minorías nacionales.

C.Características demográficas

10.La composición étnica de la población de Rumania es la siguiente: 89,5% de rumanos, 7,1% de húngaros, 1,8% de romaníes y 1,6% de otras nacionalidades.

Distribución de la población por grupos étnicos, 2002

Total

Rumanos

Húngaros

Romaníes

Alemanes

Ucranios

Otros 22 grupos étnicos

21 681,0

19 399,6

1 431,8

535,1

59,8

61,1

193,6

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania.

11.Rumania ha entrado en el vigésimo año consecutivo de descenso de la población. Si consideramos el nivel actual de la mortalidad y la fertilidad, estrechamente correlacionado con los flujos migratorios, veremos que el proceso de degradación continúa, debido a la acumulación y la consolidación del potencial negativo de los desequilibrios que afectan a la estructura por edades de la población.

12.El incremento natural y el balance negativos de la migración externa dieron lugar a un descenso de la población que se cifró en casi 154.000 personas entre 2005 y 2009 (1º de julio). Los principales factores determinantes del descenso de la población total son el cambio en el comportamiento demográfico de las parejas jóvenes en lo referente a la reproducción, la mortalidad relativa más elevada y la migración externa.

Crecimiento de la población, 2005-2009

Incremento natural

Migración neta

Crecimiento total

Miles

Por cada 1.000 habitantes

Miles

Por cada 1.000 habitantes

Miles

Por cada 1.000 habitantes

2005

-41,1

-1,9

-7,2

-0,30

-48,3

-2,2

2006

-38,6

-1,8

-6,5

-0,30

-45,1

-2,1

2007

-37,2

-1,7

+0,7

+0,03

-36,5

-1,7

2008

-31,3

-1,5

+1,3

+0,06

-30,0

-1,4

2009

-34,8

-34,8

+0,3

0,00

-34,5

-1,6

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

13.En 2009 (1º de julio) la población de Rumania ascendía a 21.470.000 habitantes, lo que supone 34.500 personas menos que en 2008 (1º de julio). De esta cifra total de población, 10.457.000 personas eran hombres (48,7%) y 11.027.000 mujeres (51,3%).

14.En los últimos decenios la población rumana ha sufrido modificaciones significativas y alarmantes, con tendencias negativas a largo plazo. Entre 2005 y 2009 la población total disminuyó constantemente, al ritmo anual medio de -0,7%.

15.En comparación con las cifras del 1º de enero de 2009, el 1º de enero de 2010 la proporción de personas jóvenes (de 0 a 14 años de edad) y ancianas (a partir de los 65 años de edad) permanecía estable, con un 15,2% y un 14,9% respectivamente. La población adulta (de 15 a 64 años de edad) representaba el 69,9% de la población total, lo que supone un descenso de 74.000 personas en relación a 2009.

16.A comienzos de 2010, el número de mujeres de 80 años de edad o más superaba al de hombres en un 2,0%; esta diferencia se registraba sobre todo en las zonas rurales. Casi el 19% de la población rural tenía más de 65 años de edad, con un porcentaje aún superior para las mujeres (22,0% del total de la población rural).

Tasa de dependencia, 2005-2009

2005

43,6

2006

43,3

2007

43,1

2008

43,0

2009

42,9

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania.

D.Datos demográficos

17.El proceso de envejecimiento de la población continúa, debido principalmente al descenso de la proporción de personas jóvenes. El índice de envejecimiento (personas de 65 años o más de edad por cada 100 personas menores de 15 años) aumentó a 98,7 en 2009.

18.No solo ha disminuido la población total, sino que también se ha reducido la proporción de personas jóvenes y adultas. La única excepción fue la de la población de personas mayores de 65 años de edad, que experimentó un ligero aumento de 6.000 unidades (en comparación con el año anterior, al 1º de julio), mientras que la proporción porcentual permaneció constante (14,9% en 2008 y 2009).

E.Características sociales y demográficas

19.La actual situación demográfica tiene su origen en los resultados acumulados de las tendencias complejas de las tasas de natalidad (fertilidad), mortalidad y migración externa registradas en los años noventa y en el primer decenio del siglo XXI. Las actuales tendencias no son alentadoras, pero nuestro análisis no debe limitarse a la situación general. El aumento de las tasas de mortalidad de los varones adultos y de la migración externa es imputable a la crisis social y económica. En lo referente a las tasas de natalidad, la situación es más complicada. Esas tasas fueron elevadas en la segunda mitad del siglo XX, por los efectos de la política natalista impuesta por el antiguo régimen. Los resultados de esta política influyeron también en la evolución de las tasas de natalidad después de 1989, debido a la brusca interrupción registrada entre 1990 y 1991 —cuando se levantaron todas las restricciones del acceso a las técnicas anticonceptivas y el aborto— así como al tamaño y la estructura de la población en edad fértil.

20.Los factores determinantes del descenso son los mismos que en los años sesenta y setenta provocaron la masiva disminución de la fertilidad en casi todos los países europeos desarrollados, con su progreso económico y social sostenido, a saber: la emancipación de la mujer y su participación cada vez mayor en las actividades económicas fuera del hogar; la educación más prolongada y de nivel más elevado; la menor influencia de las normas culturales y, especialmente, religiosas; la mayor movilidad social; el elevado costo de criar a los hijos; la reducción de la función económica de los niños, y sobre todo de su contribución a la seguridad económica de los ancianos, y la adopción de métodos anticonceptivos modernos.

21.El menor número de hijos —preferiblemente uno como máximo— a edades más altas se está convirtiendo en la norma que regula el comportamiento reproductivo de las parejas jóvenes, en una sociedad que está adoptando rápidamente el sistema de valores y actitudes de los países desarrollados, junto con los aspectos buenos y malos de las sociedades capitalistas postindustriales. En Rumania, las normas culturales siguen rigiendo el comportamiento individual en lo relativo al matrimonio, la familia y los niños, pero en menor medida que antes. En consecuencia, si se aplican los mecanismos adecuados para regular la relación entre los factores económicos y los demográficos, las tasas de fertilidad podrán mejorarse hasta cierto punto, paralelamente a la mejora sustancial de los niveles de vida y a la aplicación de una política demográfica bien concebida y ejecutada, asentada en medidas de apoyo económico a las familias y a los hijos. Esta política, que sería extremadamente costosa, tendría que basarse en los recursos derivados de un crecimiento económico fuerte y estable. La futura evolución de la fertilidad sigue siendo una importante incógnita, pero la recuperación de la fertilidad es el único medio de mejorar la situación demográfica del país y, potencialmente, poner freno al descenso demográfico.

Tasa de fertilidad por zonas, 2005-2008 (número de nacimientos por cada 1.000 mujeres)

2005

2006

2007

2008

Total

39,4

39,5

38,9

40,6

Urbana

34,1

34,9

34,6

36,7

Rural

474,9

46,7

45,8

46,5

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

22.Sin embargo, debido a los nuevos programas de ayuda a las familias con hijos (por ejemplo, la prestación por recién nacido, el aumento de los subsidios por hijos y la prima para las madres/padres que regresan al trabajo después del nacimiento de sus hijos aunque se encuentren gozando de un permiso para la cría de éstos, el ajuar de los recién nacidos, la prestación familiar adicional y la prestación de ayuda a las familias monoparentales), después de 2003 se observaron efectos positivos entre las mujeres empleadas y un aumento del número de hijos, principalmente en las zonas urbanas.

23.El aumento del número de nacimientos vivos de las mujeres empleadas después de 2003 refleja algunos hechos significativos:

a)En 2003, el aumento más importante tuvo lugar en la categoría 1 (mayor libertad de decisión de las mujeres para tener el primer hijo) y, en menor medida, en la categoría 2 (cambio en la decisión de tener un solo hijo);

b)En 2004, el aumento del número de primogénitos fue importante, pero aún lo fue más la decisión de tener un segundo o tercer hijos;

c)En 2005 aumentó principalmente el número de segundos o terceros hijos;

d)En 2006, 2007 y 2008 solo se observó un ligero aumento del número de primogénitos.

24.La conclusión es que los incentivos han estimulado principalmente la decisión de las mujeres trabajadoras, principalmente de las zonas urbanas, de tener un primer hijo y, en menor grado, la decisión de las mujeres de tener un segundo hijo.

25.En 2008 se registraron 222.400 nacimientos vivos (488 más que en 2007). La tasa bruta de natalidad de las mujeres de 15 a 49 años de edad aumentó hasta 10,3 nacimientos por cada 1.000 habitantes (10 nacimientos por cada 1.000 habitantes en el año anterior). La tasa de fertilidad (40,6 nacimientos vivos por cada 1.000 mujeres de 15 a 49 años de edad) aumentó en relación a 2007 (38,9%).

Nacimientos por sexos, 2005-2008

Total

Varones

Mujeres

2005

221 020

113 884

107 136

2006

219 483

112 779

106 704

2007

214 728

110 459

104 269

2008

221 900

114 337

107 563

2009

222 388

114 422

107 966

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

26.La mayoría de los recién nacidos tenían madres de 25 a 29 años de edad y padres de 25 a 34 años. Más del 30% de los recién nacidos eran de madres de más de 30 años (31,5% en 2008 y 30,5% en 2007). La tasa de fertilidad total ha disminuido constantemente en los últimos decenios. A partir de 1995 el valor de esta tasa ha permanecido en torno al 1,3, nivel muy inferior al de sustitución.

27.En 2008 nacieron 60.700 niños fuera del matrimonio (27,4%); un tercio de esos niños eran de madres menores de 20 años de edad. En 2008, la edad media de las mujeres en el primer parto fue de 25,5 años (un ligero aumento del 0,2% al año, en comparación con 2007). La edad media en el parto fue de 27,1 años, (0,1% al año más que en 2007).

28.El número de abortos legalmente inducidos ha tendido a retroceder. El número de abortos por cada 1.000 nacimientos vivos ha disminuido constantemente. En consecuencia, la tasa de abortos arrojó un total de 0,8 abortos inducidos por mujer durante el período fértil.

Tasa de abortos, 2005-2008

2005

2006

2007

2008

Tasa de abortos (abortos por cada 1.000 nacimientos vivos)

73,5

68,4

63,8

57,8

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

29.El acceso a los servicios de planificación familiar y la reducción del número de hijos no deseados surtieron efectos beneficiosos en la salud de los niños nacidos después de 1989, así como en la salud de las mujeres en general. Sin embargo, la condición sanitaria y los niveles de mortalidad de la población siguen siendo preocupantes.

30.La mortalidad ha sido siempre elevada en Rumania, pero se espera que en el futuro disminuya. La reducción de la mortalidad entre los adultos y las personas ancianas fue el principal factor causante del aumento de la esperanza de vida al nacer después de 1996, seguida en menor medida por una reducción de la mortalidad de personas jóvenes. Debe tenerse en cuenta que la mortalidad por grupos de edad es muy inferior para las cohortes nacidas después de 1989 que para las nacidas antes de 1990.

31.Aunque la esperanza de vida y otros indicadores del estado sanitario del país han mejorado, todavía están por debajo de los promedios regionales y de la UE. Esto se debe en parte al bajo nivel del país a comienzos de la transición, y al hecho de que los nuevos programas sanitarios no han conseguido invertir algunas de las tendencias.

32.Si bien la tasa de mortalidad de lactantes disminuyó considerablemente entre 1994 (26,9 por 1.000 nacimientos vivos) y 2009 (10,1), los niveles siguen siendo superiores a los de la UE y a la media de los países de Europa central y oriental.

Tasa de mortalidad de lactantes, 2005-2009 (muertes de lactantes por cada 1.000 nacimientos vivos)

2005

15,0

2006

13,9

2007

12,0

2008

11,0

2009

10,1

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

33.La mayoría de las muertes de lactantes (más de la mitad) son atribuibles a condiciones y malformaciones prenatales, pero una elevada proporción de ellas (más de un tercio) son debidas también a enfermedades del sistema respiratorio.

34.La tasa de mortalidad materna en Rumania ha disminuido perceptiblemente desde los años noventa.

Tasa de mortalidad materna, 2005-2008 (muertes de madres por cada 100.000 nacimientos vivos)

2005

16,7

2006

15,5

2007

15,4

2008

13,5

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

35.A pesar de esta tendencia positiva, la actual tasa de mortalidad materna en Rumania está situada aun en el segundo quintil de la región europea.

36.Los indicadores de morbilidad continúan siendo muy elevados. Persiste una alta incidencia de enfermedades prevenibles (tuberculosis y enfermedades cardiovasculares). La incidencia de la tuberculosis ha disminuido desde 2003.

37.Rumania presenta el mismo perfil epidemiológico que todos los países industrializados. La prevalencia de las enfermedades transmisibles es baja, y sin embargo van en aumento las enfermedades cardiovasculares, el cáncer y las enfermedades debidas a causas externas como la violencia y las lesiones. así como las derivadas de factores prevenibles relacionados con el estilo de vida, en particular el consumo de tabaco, el abuso del alcohol y los malos hábitos dietéticos. Las siguientes enfermedades no transmisibles figuran entre las causas principales de los fallecimientos: enfermedades cardiacas isquémicas, enfermedades cerebrovasculares, enfermedades cardiacas derivadas de la hipertensión, cirrosis del hígado, cáncer de pulmón, infecciones respiratorias y cáncer de mama. Es especialmente preocupante la alta tasa de mortalidad imputable a las enfermedades cardiovasculares. Los principales factores de riesgo en función de sus proporciones (en porcentaje estimado del total de fallecimientos) son la tensión sanguínea elevada, el consumo de tabaco, el nivel elevado de colesterol, un alto índice de masa corporal, el consumo del alcohol, el bajo consumo de frutas y verduras y la inactividad física.

38.Los hombres mueren con más frecuencia de enfermedades isquémicas, neoplasmas, tuberculosis, lesiones traumáticas y envenenamientos, enfermedades infecciosas y parasíticas y trastornos mentales y del comportamiento. La tasa de mortalidad de las mujeres supera a las de los hombres en las enfermedades del sistema circulatorio (especialmente enfermedades cerebrovasculares) y las enfermedades endocrinas, nutricionales y del metabolismo.

Número de fallecimientos por causa del fallecimiento, 2005-2009

2005

2006

2007

2008

2009

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Varones

Mujeres

Total

138 461

123 640

136 264

121 830

133 405

118 560

135 410

117 792

137 550

119 663

Del cual:

Enfermedades infecciosas y parasíticas

1 925

664

1 902

610

1 746

629

1 832

653

1 750

608

De las cuales:

Tuberculosis

1 454

330

1 398

306

1 331

275

1 341

298

1 278

245

Neoplasmas

26 292

18 614

26 59177

18 854

26 753

18 630

27 705

18 781

28 110

19 279

Enfermedades del sistema circulatorio

77 216

85 781

75 982

84 344

73 263

81 253

72 949

80 188

73 559

80 982

De las cuales:

Enfermedades cardiacas isquémicas

28 012

26 633

28 030

26 587

27 279

25 676

27 069

25 465

26 687

25 588

Enfermedades cerebrovasculares

25 249

30 635

24 585

29 956

22 982

28 041

22 060

26 522

22 273

26 534

Enfermedades del sistema respiratorio

8 311

5 040

7 840

4 833

7 927

4 730

7 898

4 412

8 223

4 669

Enfermedades del sistema digestivo

9 068

5 645

8 658

5 547

8 723

5 845

9 325

6 129

10 112

6 345

Enfermedades del sistema genitourinario

1 364

1 012

1 343

1 023

1 329

965

1 370

1 055

1 343

1 122

Lesiones, envenenamientos y otras consecuencias de causas externas

9 818

3 223

9 732

3 037

9 343

2 914

9 908

2 892

9 510

2 675

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

Nota: Series actualizadas con arreglo a la clasificación internacional de enfermedades–Revisión X, 1994.

39.En 2009 se registró un total de 257.200 fallecimientos, 4.000 más que en 2008. La tasa bruta de fallecimientos aumentó ligeramente, pasando del 11,8% en 2008 al 12,0% en 2009. La tasa de mortalidad sigue considerándose elevada en el contexto europeo.

40.El fenómeno de la "mortalidad excesiva de los varones" se produce en casi todos los grupos de edad, y los valores más elevados se observan en los grupos de edad de 20 a 69 años. La tasa bruta de fallecimiento de varones en los grupos de edad de 15 a 64 años sigue duplicando con creces a la de las mujeres.

41.En 2009, la esperanza de vida al nacer era de 73,33 años. La esperanza de vida de las mujeres superaba a la de los hombres en 7,41 años, lo que supone un aumento con respecto al período anterior (7,19 años). La esperanza de vida ha aumentado para los dos sexos (0,41 años para las mujeres y 0,19 años para los hombres).

Esperanza de vida al nacer, por sexos, 2005-2008

Años

Total

Varones

Mujeres

2005

71,76

68,19

75,47

2006

72,22

68,74

75,80

2007

72,61

69,17

76,14

2008

73,03

69,49

76,68

2009

73,33

69,68

77,09

Fuente: Instituto Nacional de Estadística de Rumania: datos demográficos.

42.Algunas variaciones en las probabilidades de supervivencia de hombres de 40 años o más de edad pueden atribuirse al estrés, el nivel de vida, la seguridad en el trabajo, la alimentación poco sana, la contaminación ambiental y el consumo de alcohol y tabaco.

Estructura del gasto total de consumo, 2005-2009

Años

Total de hogares

Gasto total de consumo

Promedio mensual por hogar, en lei

2005

863,89

2006

962,50

2007

1104,70

2008

1365,36

2009

1468,60

Del cual, en porcentaje, para:

Alimentos y productos no alcohólicos

2005

44,2

2006

42,3

2007

41,7

2008

40,9

2009

40,9

Vivienda

2005

15,6

2006

16,4

2007

15,5

2008

15,6

2009

15,8

Salud

2005

3,8

2006

4,1

2007

3,9

2008

4,1

2009

4,5

Educación

2005

0,9

2006

0,8

2007

0,8

2008

0,8

2009

0,9

43.Según la Clasificación del Consumo Individual por Finalidades (CCIF), en el período de 2005 a 2009 los productos alimenticios y las bebidas no alcohólicas representaron la proporción más elevada del consumo de los hogares, aunque el porcentaje disminuyó del 44,2% en 2005 al 40,9% en 2009.

44.Otro componente del consumo relativamente importante para el gasto es la vivienda. En el período que se considera este componente representó del 15 al 16% del gasto de consumo, absorbido en su mayor parte por el consumo de servicios propios de la vivienda (agua, electricidad y energía térmica, gas natural y otros combustibles), que en gran medida son gastos obligatorios para los hogares.

45.Los gastos de los hogares por concepto de salud, y especialmente de educación, fueron poco elevados, debido principalmente a que estas necesidades se satisfacen con los servicios públicos de los que la población se beneficia en el marco del sistema de seguridad social, o que son de carácter gratuito.

1.Salud

Personal medicosanitario

2005

2006

2007

2008

Médicos 1

47 388

46 936

48 199

50 267

De los cuales: mujeres 1

32 543

31 786

33 303

34 897

Número de habitantes por médico

456

460

447

428

Médicos por cada 10 000 habitantes

21,9

21,7

22,4

23,4

Dentistas

10 249

10 620

11 651

11 901

De los cuales: mujeres

6 624

6 829

7 456

7 553

Número de habitantes por dentista

2 110

2 032

1 849

1 807

Dentistas por cada 10 000 habitantes

4,7

4,9

5,4

5,5

Farmacéuticos

9 283

9 932

11 108

11 704

De los cuales: mujeres

8 505

9 177

10 224

10 705

Número de habitantes por farmacéutico

2 329

2 173

1 939

1 837

Farmacéuticos por cada 10 000 habitantes

4,3

4,6

5,2

5,4

Asistentes médicos

123 455

126 613

136 353

132 464

De los cuales: mujeres

112 920

115 555

123 608

121 175

Número de habitantes por asistente médico

175

170

158

162

Asistentes médicos por cada 10.000 habitantes

57,1

58,7

63,3

61,6

Número de asistentes médicos por médico

2,6

2,7

2,8

2,6

Personal médico auxiliar

59 199

59 124

62 292

66 339

De los cuales: mujeres

50 482

50 398

52 882

56 122

Fuente : Instituto Nacional de Estadística.

1 Con exclusión de los dentistas.

46.En 2008 el sistema de atención de la salud corrió a cargo de 272.675 miembros del personal médico y sanitario. De este total, el 27,1% (73.872 personas) era personal medicosanitario con un nivel superior de educación (médicos, dentistas, farmacéuticos), el 48,6% (132.464 personas) personal medicosanitario con un nivel medio de educación, y el 24,3% (66.339 personas) personal médico auxiliar.

47.En 2008, el número de personas atendidas un profesional medicosanitario fue el siguiente: 428 personas por médico; 1.807 personas por dentista; 1.837 personas por farmacéutico, y 162 personas por asistente médico.

48.Por término medio, por cada 10.000 personas hay 5,4 farmacéuticos, 5,5 dentistas, 23,4 médicos y 61,6 asistentes médicos.

49.Vemos pues que, a diferencia de 2005, en 2008 el número de habitantes atendidos por un médico disminuyó en 28 personas, el de atendidos por un dentista en 303 personas, el de atendidos por un farmacéutico en 492 personas y el de atendidos por un asistente médico en 13 personas.

Nuevos casos de infecciones principales y enfermedades parasíticas

Enfermedad

2005

2006

2007

2008

Tuberculosis

22 348

20 396

18 914

18 774

Sífilis

6 862

5 661

4 887

4 015

Angina estreptococal hemolítica

15 040

15 229

14 728

13 256

Antrax

2

1

3

-

Enfermedades diarreicas

71 851

70 892

69 011

73 551

Botulismo

18

14

38

32

Brucelosis

2

1

4

2

Difteria

-

-

-

-

Disentería

765

599

735

371

Fiebre tifoidea

2

15

3

2

Fiebre Q

-

-

6

3

Leptospirosis

451

386

316

200

Hepatitis viral – Total

11 171

7 809

6 854

4 832

Del cual:

Hepatitis viral tipo A

8 278

5 351

4 990

3 161

Hepatitis viral tipo B

1 620

1 279

932

735

Hep atitis viral de tipo distinto a A o B

1 032

892

730

766

Meningitis cerebroespinal

187

145

145

113

Paperas

59 893

14 671

5 295

2 302

Poliomielitis

-

-

-

-

Hidrofobia

1

-

-

1

Rubéola

6 801

3 553

2 958

1 746

Sarampión

5 041

3 524

350

12

Triquinosis

574

350

432

503

Tétanos

8

10

12

11

Tosferina

57

37

35

51

Intoxicación alimentaria

2 426

2 404

2 348

1 781

Salmonelosis

716

645

620

624

Escarlatina

2 923

3 178

3 577

3 106

Varicela

51 438

45 917

70 410

49 809

Fuente : Ministerio de Salud – Centro Nacional de Organización y Creación de Sistemas Informativos e Informáticos sobre la Salud.

50.La tuberculosis y la hepatitis son enfermedades cuya difusión está muy relacionada con la pobreza, y que presentan una alta incidencia en Rumania. No obstante, el número de nuevos casos de tuberculosis disminuyó de 22.348 en 2005 a 18.774 en 2008 (3.574 personas menos).

51.Ha disminuido significativamente el número de nuevos casos de hepatitis viral (de 11.171 en 2005 a 4.832 en 2008, o sea una disminución de 6.339 personas).

Nuevos casos de malnutrición en niños menores de 3 años de edad

2005

2006

2007

2008

Nuevos casos de malnutrición proteínico-calórica en niños menores de 3 años de edad (número de casos nuevos por cada 100.000 niños de hasta 2 años de edad)

1 600,8

1 857,8

996,9

947,1

Fuente : Ministerio de Salud – Centro Nacional de Organización y Creación de Sistemas Informativos e Informáticos sobre la Salud.

Nuevos casos de tuberculosis registrados de 2005 a 2008, por grupos de sexo y edad

Grupo de sexo/edad

2005

2006

2007

2008

Total

22 348

20 396

18 914

18 774

0 a 14 años

1 082

1 042

997

916

15 a 17 años

905

923

722

583

18 a 19 años

736

816

820

787

20 a 24 años

1 971

1 772

1 680

1 624

25 años y más

17 654

15 843

14 695

14 864

Varones

14 789

13 215

12 325

12 397

De 0 a 14 años

580

538

531

443

De 15 a 17 años

427

438

354

290

De 18 a 19 años

399

444

417

416

De 20 a 24 años

1033

980

884

918

25 años y más

12 350

10 815

10 139

10 330

Mujeres

7 559

7 181

6 589

6 377

De 0 a 14 años

502

504

466

473

De 15 a 17 años

478

485

368

293

De 18 a 19 años

337

372

403

371

De 20 a 24 años

938

792

796

706

25 años y más

5 304

5 028

4 556

4 534

Fuente : Ministerio de Salud – Instituto de Neumología Marius Nasta.

Nuevos casos de enfermedades de transmisión sexual registrados de 2005 a 2008, por grupos de sexo y edad

Grupo de sexo/edad

2005

2006

2007

2008

Total de nuevos casos de enfermedades de transmisión sexual

8 695

7 247

5 817

4 774

De 0 a 14 años

113

63

76

41

De 15 a 19 años

1 196

1 000

687

529

De 20 a 24 años

2 040

1 562

1 145

1 043

25 años y más

5 346

4 622

3 909

3 161

Varones

5 053

4 234

3 279

2 546

De 0 a 14 años

36

19

25

17

De 15 a 19 años

482

404

265

176

De 20 a 24 años

1127

845

601

520

25 años y más

3 408

2 966

2 388

1 833

Mujeres

3 642

3 013

2 538

2 228

De 0 a 14 años

77

44

51

24

De 15 a 19 años

714

596

422

353

De 20 a 24 años

913

717

544

523

25 años y más

1 938

1 656

1 521

1 328

De los cuales:

Sífilis

6 862

5 661

4 887

4 015

De 0 a 14 años

100

54

69

37

De 15 a 19 años

827

668

517

398

De 20 a 24 años

1505

1103

867

805

25 años y más

4 430

3 836

3 434

2 775

Varones

3 531

2 936

2 494

1 901

De 0 a 14 años

31

17

22

14

De 15 a 19 años

215

179

140

87

De 20 a 24 años

657

458

358

312

25 años y más

2 628

2 282

1 974

1 488

Mujeres

3 331

2 725

2 393

2 114

De 0 a 14 años

69

37

47

23

De 15 a 19 años

612

489

377

311

De 20 a 24 años

848

645

509

493

25 años y más

1 802

1 554

1 460

1 287

Gonorrea

1 678

1 348

815

631

De 0 a 14 años

13

9

6

4

De 15 a 19 años

345

299

155

113

De 20 a 24 años

484

392

245

193

25 años y más

836

648

409

321

Varones

1 396

1 114

696

553

De 0 a 14 años

5

2

2

3

De 15 a 19 años

253

209

115

82

De 20 a 24 años

427

339

215

174

25 años y más

711

564

364

294

Mujeres

282

234

119

78

De 0 a 14 años

8

7

4

1

De 15 a 19 años

92

90

40

31

De 20 a 24 años

57

53

30

19

25 años y más

125

84

45

27

Clamidia

155

238

115

128

De 0 a 14 años

0

0

1

0

De 15 a 19 años

24

33

15

18

De 20 a 24 años

51

67

33

45

25 años y más

80

138

66

65

Varones

126

184

89

92

De 0 a 14 años

0

0

1

0

De 15 a 19 años

14

16

10

7

De 20 a 24 años

43

48

28

34

25 años y más

69

120

50

51

Mujeres

29

54

26

36

De 0 a 14 años

0

0

0

0

De 15 a 19 años

10

17

5

11

De 20 a 24 años

8

19

5

11

25 años y más

11

18

16

14

Fuente: Ministerio de Salud.

52.La incidencia de enfermedades de transmisión sexual acusa una tendencia decreciente. El número de nuevos casos registrados de enfermedades de transmisión sexual ha disminuido todos los años, pasando de 8.695 en 2005 a 4.774 en 2008.

53.En 2008 hubo 41 nuevos casos de enfermedades de transmisión sexual de jóvenes de 0 a 14 años de edad, cifra inferior a la de 2005 (72 casos). Para las personas de 15 a 19 años la cifra fue de 529 nuevos casos, 667 casos menos que en 2005.

54.En el año 2008 se registraron 4.015 nuevos casos de sífilis, o sea 2.847 casos menos que en 2005.

55.Durante el período en estudio se registraron 1.047 nuevos casos menos de gonorrea y 27 nuevos casos menos de clamidia.

2.Educación

56.Hubo diferencias entre las tasas brutas de escolarización según el nivel de la educación. En los últimos años, la tasa bruta de escolaridad disminuyó gradualmente con el paso a un ciclo superior de educación. Los valores de los ciclos inferior y secundario siguieron siendo más elevados para los alumnos de ambos sexos.

Tasa bruta de escolaridad por niveles de educación

Nivel de educación

2002/ 03

2005/ 06

2006/ 07

2007/ 08

2008/ 09

Primaria

103,7

106,1

103,8

97,8

97,4

Mujeres

102,5

105,4

103,2

96,9

96,5

Varones

104,8

106,7

104,4

98,7

98,1

Secundaria inferior

93,7

97,4

96,7

100,5

99,5

Mujeres

93,2

96,4

95,8

99,7

98,8

Varones

94,0

98,2

97,6

101,1

100,2

Secundaria superior

75,0

75,2

80,2

84,9

89,4

Mujeres

77,1

76,2

80,2

84,4

89,0

Varones

73,0

74,4

80,2

85,4

89,6

57.En el período de 2005 a 2008 la tasa de abandono escolar tendió a crecer tanto en la enseñanza secundaria total como en la enseñanza secundaria inferior, así como al nivel de cada ciclo. En este período, el valor de los indicadores disminuyó del 1,5% (en el año académico de 2005/06) al 1,4% (en 2008/09) para la enseñanza primaria, y del 2,1% al 1,9% en el mismo período para la enseñanza secundaria inferior.

Tasa de abandono escolar por género y nivel de educación, en los años académicos de 2005/06 a 2008/09

Nivel de educación

2005/ 06

2006/ 07

2007/ 08

2008/ 09

Primaria

1,5

1,7

1,8

1,4

Mujeres

1,3

1,5

1,5

1,3

Varones

1,7

1,9

2,0

1,6

Secundaria inferior

2,1

2,3

2,2

1,9

Mujeres

1,8

2,1

2,0

1,8

Varones

2,3

2,5

2,5

2,0

Secundaria superior

4,0

4,5

4,1

3,6

Mujeres

3,4

3,6

3,4

2,9

Varones

4,5

5,3

4,8

4,2

Fuente: Instituto Nacional de Estadística: estadísticas de la educación.

Nota: Los valores son más elevados para los varones.

58.Durante el año escolar/universitario de 2008/09, la actividad de enseñanza corrió a cargo de 275.400 miembros de la profesión docente. La proporción de mujeres en el total del personal docente aumentó del 72,2% en 2005/06 al 72,9% en 2008/09.

59.Del total de miembros del personal docente, el 74,2% enseñan en los niveles primario y secundario de educación.

60.El número de alumnos por maestro en la enseñanza primaria disminuyó de 17 (en el año académico de 2005/06) a 16 (en 2008/09).

Número de alumnos por maestro en los distintos niveles de educación, en los años académicos de 2005/06 a 2008/09

Nivel de educación

2005 / 06

2006 / 07

2007 / 08

2008 / 09

Primaria

17

17

16

16

Secundaria inferior

11

11

11

11

Secundaria superior

15

15

15

15

Fuente: Instituto Nacional de Estadístic a: estadísticas de la educación.

F.Características económicas

1.Pobreza

Pobreza relativa en Rumania (2005-2008)

Años

2005

2006

2007

2008

Riesgo de pobreza relativa – %

18,2

18,6

18,5

18,2

Coeficiente de Gini – %

31,1

32,6

31,7

30,5

Fuente: Estimación basada en la encuesta sobre los presupuestos de los hogares.

61.La pobreza relativa es sensible a la forma de distribución de los ingresos. Si todos los ingresos aumentan (o disminuyen) en una cuantía más o menos igual, el ingreso medio cambia proporcionalmente, y el porcentaje de personas que viven por debajo del umbral de pobreza relativa no varía. La modificación de la tasa de pobreza relativa no refleja el nivel de bienestar, sino los cambios en la desigualdad.

62.En el período de 2005 a 2009, el riesgo de pobreza relativa a nivel nacional registró una tasa estable del 18%, con un ligero incremento de 0,3 ó 0,4 puntos porcentuales en los años 2006 y 2007.

63.El coeficiente de Gini es un indicador de la gravedad de la pobreza que caracteriza la desigualdad de la distribución de los ingresos entre las personas. El valor del indicador varía del 0 al 100%: si se aproxima al 100%, la desigualdad será pronunciada y una elevada proporción de los ingresos estarán concentrados en un pequeño grupo de personas; si se aproxima al 0%, la pobreza no será tan profunda.

64.En el período estudiado, el coeficiente de Gini señaló un aumento de la desigualdad en el año 2006; después de este año el coeficiente empezó a disminuir, hasta llegar al 30,5% en 2008.

2.Población económicamente activa (fuerza laboral)

65.Se considera persona económicamente activa toda persona mayor de 14 años de edad que trabaje (en un empleo) o busque activamente un empleo (si está desempleada).

66.Cabe observar que en Rumania la población económicamente activa ha disminuido en los últimos años en relación con 1996 y 2000, y que de 2005 a 2009 el número de personas inactivas superó al de personas económicamente activas.

Tasa de actividad de la población en edad laboral (15 a 64 años)0153045607520052006200720082009- % -TotalHombresMujeres

Fuente: In stituto Nacional de Estadística: encuesta de la fuerza laboral en los hogares.

67.La tasa de actividad de las personas mayores de 14 años de edad fue del 54,4% en 2009, o sea 0,4 puntos porcentuales más que en 2005 (no obstante, en este último año se registró el valor mínimo de todo el período). Independientemente del año, las tasas de actividad fueron mayores para los hombres que para las mujeres, en unos 15-16 puntos porcentuales. Las tasas de actividad en las zonas rurales fueron mayores que las de las zonas urbanas durante todo el período, con diferencias variables. En 2009, la tasa de actividad fue del 53,7% en las zonas urbanas y del 55,4% en las zonas rurales.

3.Empleo

68.En 2009 se estimó que había 9.243.000 personas empleadas, lo que representa 97.000 personas más que en 2005.

69.El desglose por sexos del empleo muestra una pauta constante en el tiempo; la población masculina absorbió alrededor del 55% del empleo total durante todo el período de 2005 a 2009. En cuanto a la relación ciudad/campo, la proporción de personas empleadas de zonas urbanas en el empleo total aumentó en un punto porcentual, pasando del 53,4 al 54,4%.

70.En el período de 2005 a 2009, la tasa de empleo de las personas mayores de 14 años siguió una tendencia ascendente para los dos sexos (exceptuando el año 2009, en el que las tasas de empleo disminuyeron en 0,6-0,7 puntos porcentuales en relación con el año anterior). La disparidad entre las tasas de empleo de los hombres y las de las mujeres se mantuvo relativamente constante durante todo el período; la tasa de empleo de los hombres fue superior en unos 12,7-14,1 puntos porcentuales, aproximadamente.

71.En lo tocante a la relación ciudad/campo, cabe señalar una tendencia ascendente de la tasa del empleo en las zonas urbanas y una tendencia descendente de esta misma tasa en las zonas rurales; así pues, en 2009 la diferencia entre estas dos tasas disminuyó a 3 puntos porcentuales (49,4% en las zonas urbanas y 52,4% en las zonas rurales).

72.La tasa del empleo varía considerablemente entre los distintos grupos de edad y de género.

73.La tasa de empleo de la población en edad laboral (15 a 64 años) aumentó lentamente durante los cuatro primeros años del período (de 2005 a 2008); en 2009 fue del 58,6%, o sea 0,9 puntos porcentuales más que en 2005, pero 0,4 puntos porcentuales menos que en 2008.

Tasa de empleo de diversos grupos de edad20,030,040,050,060,070,080,090,020052006200720082009- % -De 15 a 64 añosDe 15 a 24 añosDe 35 a 44 añosDe 55 a 64 años

Fuente: In stituto Nacional de Estadística: encuesta sobre la fuerza de trabajo en el hogar.

74.La tasa de empleo de los jóvenes (15 a 24 años) fue a menos, pasando del 25,6% en 2005 al 24,5% en 2009; este fenómeno se explica en parte por el número de jóvenes que reciben una educación. La tendencia descendente se registró en ambos sexos, pero fue un poco más pronunciada para los hombres (1,1 puntos porcentuales) que para las mujeres (1,0 puntos porcentuales).

75.Las tasas de empleo más elevadas (alrededor del 80%) corresponden a la población de 35 a 44 años de edad; los varones y la personas que viven en zonas urbanas presentan los valores más altos.

76.La tasa de empleo de los trabajadores de mayor edad (de 55 a 64 años) aumentó entre 2005 y 2009 en 3,2 puntos porcentuales, pasando del 39,4% al 42,6%. El crecimiento fue más pronunciado para los hombres (5,6 puntos porcentuales) que para las mujeres (1,0 puntos porcentuales). La tasa de empleo de esta categoría aumentó de manera significativa en las zonas urbanas (6,8 puntos porcentuales), pero muy poco en las zonas rurales (1,6 puntos porcentuales).

4.Desempleo

77.Entre 2005 y 2008 disminuyó el número de personas que podían considerarse desempleadas con los criterios de la OIT. En 2009 había 681.000 personas pertenecientes a esta categoría (con una tendencia opuesta al resto del período, es decir, más alta que en 2008 en un 18,3%); el 62,3% de esas personas eran de sexo masculino, y el 65% vivían en zonas urbanas. La tasa de desempleo conlos criterios de la OIT alcanzó su nivel más alto en 2006 (7,3%) y su nivel más bajo en 2008 (5,8%). En 2009, la tasa de desempleo fue del 6,9%, 1,1 puntos porcentuales más que el año anterior, pero inferior a los valores registrados durante los primeros años del período en examen. La tasa de desempleo conlos criterios de la OIT fue siempre superior para los hombres que para las mujeres (en unos 1,9 puntos porcentuales en 2009). Esta tasasiempre fue más elevada, con gran diferencia, en las zonas urbanas; esto puede atribuirse a las características de los patrones del empleo en cada zona. A lo largo de los años, la tendencia positiva hizo que se redujeran las diferencias entre ambos.

78.El desempleo es más frecuente entre personas con niveles bajos o medianos de educación. En 2009, el 27,2% del total de personas desempleadas con arreglo a los criterios de la OIT tenían un bajo nivel de educación, y unos dos tercios aproximadamente (63,2%) un nivel medio de educación.

INB, PIB, IPC

2005

2006

2007

2008*

2009**

Ingreso nacional bruto por habitante (en lei)

12 970, 11461743

15 433, 1387557614

18 622, 4133157498

23 236 , 0597870896

22 496, 5683446345

Producto interno bruto (millones de lei a precios corrientes)

288 954 , 6

34 4650, 6

416 006, 8

514 654

491 273, 7

Producto interno bruto (tasa de crecimiento anual – %)

4, 15

7, 87

6, 31

7, 34

-7, 1

Índice de precios al consumidor

109

106, 56

104, 84

107, 85

105, 59

* Datos semifinales .

** D atos provisionales.

5.Indicadores económicos y deuda pública

79.Los indicadores económicos, que habían aumentado constantemente entre 2005 y 2008, se contrajeron considerablemente en 2009 por los efectos de la crisis económica.

80.En lo referente a la deuda pública (véanse más abajo las cifras de Eurostat para el período de 2005 a 2009), después de un descenso de breve duración en los años 2006 y 2007, al declararse la crisis económica las cifras empezaron a aumentar.

2005

2006

2007

2008

2009

Deuda pública total (millones de euros)

12 397,6

12 598,6

14 485,4

17 047,8

27 482,6

Porcentaje del PIB

15,8

12,4

12,6

13,3

23,7

6.Asistencia oficial al desarrollo

81.Desde 2007 el papel de Rumania en la cooperación para el desarrollo ha cambiado sustancialmente, y de ser país beneficiario de la asistencia oficial al desarrollo (AOD) ha pasado a ser país donante. A pesar de la crisis económica y financiera, Rumania sigue decidida a alcanzar el objetivo de AOD para 2015, mediante el incremento anual de su volumen de ayuda:

Contribución de Rumania a la AOD (millones de euros)

2007

2008

2009

80

94

99

G.El contexto político

1.Número de partidos políticos reconocidos a nivel nacional

82.Según el "Registro de partidos políticos", en Rumania hay 39 partidos políticos reconocidos a nivel nacional, que son los siguientes:

Partidos políticos

1

Partido Liberal Nacional

2

Partido Socialdemócrata

3

Partido Liberal Democrático

4

Partido Agrario Nacional Cristianodemócrata

5

Partido de la Alternativa Ecologista

6

Partido Demócrata Cristiano

7

Partido del Pueblo y de la Protección Social

8

Partido de la Gran Rumania

9

Partido de la Juventud Rumana

10

Partido Socialdemócrata "Constantin Titel Petrescu"

11

Partido Socialista de Rumania

12

Partido Conservador

13

Partido Ecologista de Rumania

14

Partido de la Unidad de la Nación Rumana

15

Fuerza de la Justicia

16

Partido Demócrata Cristiano Nacional

17

Partido Popular

18

Partido de la Nueva Generación – Demócrata Cristiano

19

Partido del Renacimiento Rumano

20

Partido de la Dignidad Nacional

21

Partido de la Alianza Socialista

22

Partido Republicano

23

Fuerza Democrática

24

Partido para la Patria

25

Partido de la Ley y la Justicia

26

Unión Socialista Cristiana

27

Fuerza Cívica

28

Partido de la Dignidad Nacional

29

Partido de la Iniciativa Nacional

30

Partido Verde

31

Partido de la Izquierda Unida

32

Partido Comunista (Nepecerişti)

33

Partido Agrario del Pueblo

34

Movimiento Conservador de Rumania

35

Unión Popular Cristianosocialista

36

Partido de la Rumania Europea

37

Partido Húngaro Cívico

38

Partido de la Unión Ecologista de Rumania

39

Unión Nacional para el Progreso de Rumania

2.Porcentaje de la población con derecho de voto

83.La proporción de la población con derecho de voto es del 82%. Este indicador se basa en el número de votantes inscritos en las listas electorales permanentes (18.347.397), y en el total de habitantes a fines de 2009 (22.362.415).

84.En las elecciones al Parlamento Europeo celebradas en 2007 tenían derecho de voto 18.224.597 personas. Dos años después, el número de personas con derecho de voto era de 18.197.316. En las elecciones parlamentarias de noviembre de 2008 se inscribieron 18.464.274 personas con derecho de voto.

85.En las elecciones presidenciales y el referéndum nacional celebrados en noviembre de 2009, 18.303.224 personas tenían derecho de voto.

Porcentaje de la población adulta no nacional inscrita en las listas electorales

86.En las elecciones al Parlamento Europeo de 2009, 84 ciudadanos europeos (alrededor del 0,00046%) se inscribieron en las listas electorales especiales.

3.Número de reclamaciones registradas sobre el desarrollo de las elecciones, por tipos de presunta irregularidad

87.El procedimiento para dirimir los litigios electorales en Rumania se sitúa en tres niveles de jurisdicción, a saber, las mesas electorales (alrededor de 18.000), las oficinas electorales (43-49, según el tipo de elección) y la Oficina Electoral Central. Solo se publican las decisiones de la Oficina Electoral Central; por consiguiente, las estadísticas facilitadas se basan exclusivamente en las decisiones de la Oficina.

Elección

R eclamaciones

Sobre la campaña electoral

Sobre la composición de las mesas electorales

Sobre el recuento de los votos

Sobre la anulación de las elecciones/ fraudes electorales

Papeletas de voto, signos electorales, timbres, etc.

Elecciones parlamentarias de 2008

41

19

13

10

7

Elecciones locales de 2008

20

17

14

128

17

Elecciones presidenciales de 2009

65

37

3

6

4.Distribución de los escaños legislativos, por partidos

88.En las últimas elecciones parlamentarias, celebradas en 2008, la distribución de los escaños legislativos fue la siguiente:

Nombre del partido, alianza política o alianza electoral

Escaños en la Cámara de Diputados

Escaños en el Senado

%

%

Partido Liberal Demócrata

115

36,39

51

37,22

Alianza Política del Partido Socialdemócrata con el Partido Conservador

114

36,07

49

35,76

Partido Liberal Nacional

65

20,56

28

20,43

Unión Democrática de los Húngaros de Rumania

22

6,96

9

6,56

Total

316

100

137

100

5.Porcentaje de mujeres en el Parlamento

89.Las mujeres ocupan 36 escaños en la Cámara de Diputados y 8 escaños en el Senado, lo que representa el 9,71% del total.

6.Proporción de elecciones nacionales y subnacionales celebradas en los plazos establecidos por la ley

90.El porcentaje es del 100%, puesto que todas las elecciones se celebraron dentro de los plazos previstos por la ley.

91.Las elecciones de 2007 al Parlamento Europeo en Rumania se aplazaron al 25 de noviembre (en vez del 13 de mayo) a fin de trazar una línea divisoria entre el referéndum sobre la destitución del Presidente de Rumania, de 2007 (celebrado el 19 de mayo), y la campaña electoral para las elecciones europeas.

7.Promedio de votantes en las elecciones nacionales y subnacionales, por unidades administrativas (estados o provincias, distritos, municipios y aldeas)

92.A continuación se indica el número de votantes en todo el país, en las siete últimas elecciones:

Año

Elección

Fecha

Número de votantes en %

2007

Referéndum para la destitución del Presidente de Rumania

19 de mayo

44,45

Elecciones al Parlamento Europeo

25 de noviembre

29,47

2008

Elecciones parlamentarias en Rumania

30 de noviembre

39,20

Elecciones locales en Rumania

1º de junio

49,38

15 de junio

47,42

2009

Elecciones al Parlamento Europeo

7 de junio

27,67

Referéndum sobre la reforma parlamentaria en Rumania

22 de noviembre

50,94

Elecciones presidenciales en Rumania

22 de noviembre

54,37

6 de diciembre

58,02

93.En el anexo figuran estadísticas detalladas de algunas elecciones, por distritos y unidades urbanas y rurales.

H.Estadísticas penales y características judiciales

Número de muertes violentas y delitos que ponen en peligro la vida denunciados, por cada 100.000 personas

2005

2006

2007

2008

2009

Tipo de delito

Asesinato

2,1

2,0

1,9

2,2

1,8

Tentativa de asesinato

2,1

2,2

2,1

1,9

1,8

Agresiones con resultados letales

0,5

0,6

0,5

0,4

0,4

Lesiones corporales graves

3,3

3,1

3,2

2,6

2,7

Fuente: Inspección General de la Policía de Rumania.

94.Los indicadores se refieren a delitos investigados y resueltos por la policía en el año de referencia.

95.Por lo general, de 2005 a 2009 las cifras de muertes violentas y delitos que ponen en peligro la vida se mantuvieron a un mismo nivel.

Número de casos denunciados de violencias de motivación sexual

2005

2006

2007

2008

2009

Violaciones

1 013

1 116

1 048

1 016

1 007

Índice de violaciones

4,67

5,18

4,87

5,19

4,68

Fuente: Inspección General de la Policía de Rumania.

96.En 2008 el índice de violaciones fue de 5,9. Por lo general, las cifras oscilaron en torno al 4,68.

Población carcelaria, desglosada por duración de la pena

2005

2006

2007

2008

2009

Total

31 122

29 756

26 443

23 100

22 308

Hasta 1 año

1 343

1 124

821

692

658

De 1 a 2 años

2 197

2 053

1 647

1 418

1 499

De 2 a 5 años

12 426

11 748

10 063

8 327

8 224

De 5 a 10 años

8 931

8 663

7 925

6 884

6 241

De 10 a 15 años

2 732

2 770

2 686

2 621

2 576

De 15 a 20 años

2 555

2 431

2 338

2 198

2 120

Más de 20 años

809

833

833

827

846

Cadena perpetua

129

134

130

133

144

Fuente: Ministerio de Justicia (Administración Penitenciaria Nacional).

97.En el período de 2005 a 2009, las cifras de la población carcelaria desglosadas por la duración de las penas no variaron mucho.

Número de jueces por cada 100.000 personas

2005

2006

2007

2008

2009

Jueces

3 671

3 799

4 111

4 142

3 904

Número de jueces por cada 100.000 personas

17

18

19

19

18

Fuente: Consejo Superior de la Magistratura.

98.Después de varios años de aumento, en 2009 se registró una disminución del número de jueces. En consecuencia, en este año el número de causas penales y civiles a cargo de un juez aumentó hasta 488.

Acumulación media de causas por juez a diferentes niveles del sistema judicial

2005

2006

2007

2008

2009

Causas ante los tribunales de justicia

1 597 433

1 728 864

1 532 208

1 596 881

1 903 435

Penales

370 131

332 594

246 119

238 951

239 282

Civiles

1 227 302

1 396 270

1 286 089

1 357 930

1 664 153

Número de causas penales y civiles a cargo de un juez

435

455

373

386

488

Fuente: Consejo Superior de la Magistratura.

99.Se adjunta un cuadro con datos estadísticos sobre el número de personas procesadas en el período de 2005 a 2009.

Número de miembros de las fuerzas del orden público/policía por cada 100.000 habitantes

100.En 2010, 101.668 personas estaban empleadas en los servicios del orden y la seguridad públicos del Ministerio de Administración e Interior; de este total, 96.419 personas eran agentes de policía y militares. El número aproximado de policías/ militares empleados en los servicios del orden y la seguridad pública del Ministerio de Administración e Interior era de 444 por cada 100.000 habitantes.

I.Otras características

Acceso de la población a los principales medios de comunicación (electrónicos, impresos, en audio, etc.) y desglose de la propiedad de estos medios

101.En las estadísticas oficiales de Rumania no figuran datos relativos al acceso de la población a los medios de comunicación más importantes, o sea los medios electrónicos, impresos y en audio.

J.Número de organizaciones no gubernamentales reconocidas

102.Según el Registro nacional de personas jurídicas de fines no lucrativos, en el sector de los derechos humanos hay 266 asociaciones, 55 fundaciones, 5 federaciones y 5 uniones. De ellas, 83 asociaciones y 21 fundaciones incluyen en su nombre/objetivo/objeto de actividad la expresión "promoción de los derechos humanos", mientras que 183 asociaciones, 34 fundaciones, 5 federaciones y 5 uniones incluyen en su nombre/objetivo/objeto de actividad la expresión "protección de los derechos humanos".

II.Sistemas constitucional, político y jurídico

A.Constitución y forma de gobierno de Rumania

103.La primera Constitución de Rumania fue aprobada en 1866; posteriormente se aprobaron nuevos textos constitucionales en 1923, 1938, 1948, 1952, 1965 y 1991.

104.La séptima Constitución de Rumania, promulgada después de la caída del régimen comunista en diciembre de 1989 y la derogación de la Constitución de 1965 de la República Socialista de Rumania, fue aprobada el 21 de noviembre de 1991 por el Parlamento rumano (por 414 votos a favor y 95 en contra), y fue convalidada en referéndum de 8 de diciembre de 1991 (en el que votó el 77,3% de los inscritos).

105.En 2003, la Constitución fue modificada por la Ley Nº 429/2003 sobre la revisión de la Constitución de Rumania, que se publicó en el Boletín Oficial de Rumania, Parte I, Nº 758 de 29 de octubre de 2003 (y que volvió a publicar el Consejo Legislativo en virtud del artículo 152 de la Constitución, con las denominaciones actualizadas y los textos renumerados). La Ley Nº 429/2003 fue aprobada en referéndum nacional los días 18 y 19 de octubre de 2003, y entró en vigor el 29 de octubre del mismo año; en esta misma fecha se publicó en el Boletín Oficial de Rumania, Parte I, Nº 758, de 29 de octubre de 2003, la decisión del Tribunal Constitucional Nº 3, de 22 de octubre de 2003, por la que se confirmaba el resultado del referéndum nacional de los días 18 y 19 de octubre de 2003.

106.La actual Constitución consta de 156 artículos agrupados en ocho títulos (I, Principios generales; II, Derechos fundamentales, libertades y deberes; III, Autoridades públicas; IV, Economía y hacienda pública; V, Tribunal Constitucional; VI, Integración euroatlántica; VII, Revisión de la Constitución y VIII, Disposiciones finales y transitorias). La Constitución proclama que Rumania es una república parlamentaria y establece el pluralismo, la separación de poderes entre las distintas ramas del Estado, la economía de mercado y el respeto de los derechos humanos.

B.Dirección del Estado

107.El Presidente de Rumania es elegido por votación directa y popular para un máximo de dos mandatos de cinco años. El Presidente representa al país en todo lo referente a las relaciones exteriores, y es el jefe de las fuerzas armadas. El Presidente no puede pertenecer a ningún partido político.

1.Poder ejecutivo

108.El Presidente nombra a un Primer Ministro como Jefe del Gobierno; el Primer Ministro suele ser el dirigente principal del partido que cuenta con la mayoría de escaños en el Parlamento. El Primer Ministro elige a los miembros de su Gobierno.

109.El candidato al cargo de Primer Ministro debe pedir el voto de confianza del Parlamento dentro de los 10 días siguientes a su designación, después de presentar su programa y la lista completa de miembros de su Gobierno.

110.La Cámara de Diputados y el Senado debaten en sesión conjunta el programa y la lista de miembros del Gobierno. El Parlamento otorga su confianza al Gobierno por votación mayoritaria de los diputados y los senadores.

2.Poder legislativo

111.Rumania es una república parlamentaria con dos cámaras legislativas, el Senado y la Cámara de Diputados. Los miembros de las dos cámaras son elegidos por mandatos de cuatro años, según un sistema modificado de representación proporcional. Las minorías étnicas están representadas en el Parlamento.

3.Poder judicial

112.El Tribunal Supremo de Casación y Justicia es la máxima autoridad judicial de Rumania. Sus miembros son nombrados por el Presidente a propuesta del Consejo Superior de la Magistratura. En cada uno de los 40 condados de Rumania y en el distrito especial de Bucarest hay un tribunal de condado y varios tribunales inferiores, o de primera instancia. Además, hay 15 circuitos de tribunales de apelación, que tramitan los recursos contra las sentencias de los tribunales locales. Las decisiones de los tribunales de apelación son recurribles ante el Tribunal Supremo de Casación y Justicia.

113.El Tribunal Constitucional de Rumania tiene por cometido garantizar la supremacía de la Constitución. El Tribunal Constitucional se compone de nueve jueces, nombrados por un mandato de nueve años que no puede prolongarse ni renovarse. Tres jueces son nombrados por la Cámara de Diputados, otros tres por el Senado y los tres restantes por el Presidente de Rumania.

114.El Fiscal General es el funcionario judicial de mayor rango de Rumania y responde ante el Parlamento, que lo nombra por un mandato de cuatro años.

115.La pena de muerte fue abolida en diciembre de 1989, y está proscrita por la Constitución de 1991.

4.Democracia y pluralismo

116.Según el artículo 8 de la Constitución de Rumania, el pluralismo es condición y garantía de la democracia constitucional.

117.Los partidos políticos se constituyen de conformidad con la ley y contribuyen a definir y expresar la voluntad política de los ciudadanos. Los partidos deben respetar la soberanía nacional, la integridad territorial, el ordenamiento jurídico y los principios de la democracia.

118.La Ley Nº 14/2003, relativa a los partidos políticos, establece las condiciones que debe cumplir una organización de naturaleza política para actuar como partido político. Estas organizaciones han de respetar la soberanía nacional, la independencia y la unidad del Estado, la integridad territorial, el estado de derecho y los principios de la democracia constitucional; deben actuar de conformidad con su estatuto y sus programas, y propagar sus ideas o realizar otras actividades ateniéndose a lo dispuesto en el párrafo 7 del artículo 30 y en los párrafos 2 y 4 del artículo 37 de la Constitución; no han de afiliarse a organizaciones extranjeras si al hacerlo vulneran algunos de los valores antes mencionados, y no deben realizar actividades militares o paramilitares ni ninguna otra actividad prohibida por la ley.

5.Sistema electoral

a)Los derechos electorales de conformidad con la Constitución de 1991

119.Los artículos 34 y 35 de la Constitución de 1991 establecen el derecho de voto y el derecho a ser elegido. Todos los ciudadanos que tengan cumplidos los 18 años de edad en la jornada electoral gozan del derecho de voto. El derecho de voto solo puede suspenderse mediante una decisión judicial definitiva. Todos los ciudadanos que tienen derecho de voto pueden ser elegidos, salvo que se les haya prohibido afiliarse a un partido político. Para ser elegidos a la Cámara de Diputados o a los órganos de la administración pública local, los candidatos deberán haber cumplido los 23 años de edad en la fecha en que se celebren las elecciones. Los candidatos al Senado o a la Presidencia de Rumania deben haber cumplido los 35 años de edad.

b)Revisión de la Constitución

120.En la revisión de la Constitución efectuada en 2003 se modificaron varias disposiciones relativas a los procedimientos electorales.

121.Según el párrafo 2 del artículo 2 de la Constitución revisada, la soberanía nacional reside en el pueblo rumano, que la ejerce por mediación de sus órganos representativos constituidos en elecciones libres, periódicas y regulares, así como en referéndums.

122.Una de las modificaciones de la Constitución establece el derecho de los ciudadanos de la Unión Europea a votar y ser elegidos para cargos de la administración pública local de Rumania (párrafo 4 del artículo 16), y el derecho de los ciudadanos rumanos a ser elegidos al Parlamento Europeo, con arreglo a las condiciones de la adhesión de Rumania a la Unión Europea (art. 38).

123.Según el párrafo 3 del artículo 73 de la Constitución revisada, el sistema electoral se rige exclusivamente por leyes orgánicas.

124.Se ha introducido una serie de modificaciones en las elecciones a la Cámara de Diputados y el Senado:

a)Se garantiza la igualdad de oportunidades de hombres y mujeres para desempeñar cargos públicos (párrafo 3) del artículo16);

b)Se reduce el límite de edad para los candidatos al Senado, que en la anterior normativa era de 35 años y ahora es de 33 (párrafo 2) del artículo 37);

c)Se constituye una Autoridad Electoral Permanente (párrafo 3 a) del artículo 73);

d)Se prolonga de 4 a 5 años el mandato del Presidente de Rumania;

e)Los artículos 36 y 37 de la Constitución regulan el derecho de voto y el derecho a ser elegidos de los ciudadanos de Rumania.

125.Después de revisada la Constitución se derogaron la Ley Nº 68/1992 relativa a las elecciones para la Cámara de Diputados y el Senado, la Ley Nº 69/1992 sobre las elecciones a la Presidencia de Rumania y la Ley Nº 70/1991 sobre las elecciones locales, y se aprobaron las siguientes leyes: Ley Nº 370/2004 sobre la elección del Presidente de Rumania, Ley Nº 373/2004 sobre la elección para la Cámara de Diputados y el Senado y Ley Nº 67/2004 sobre la elección de las autoridades públicas de la administración local.

c)Derechos electorales de los extranjeros

126.Tendrán derecho de voto los ciudadanos de la UE que estén domiciliados o tengan residencia en Rumania y hayan cumplido los 18 años de edad, incluidos los que los cumplan en la fecha de celebración de las elecciones, y no hayan sido privados de sus derechos electorales.

127.Los ciudadanos de la UE que tengan derecho de voto y hayan cumplido 23 años de edad en la fecha de celebración de las elecciones, incluidos los que los cumplan en esta fecha, tendrán derecho a ser elegidos si su domicilio está situado en la zona de la unidad administrativa-territorial en que presenten su candidatura y están habilitados a ser miembros de un partido político, según el párrafo 3 del artículo 40 del texto nuevamente publicado de la Constitución de Rumania. Los ciudadanos de la UE solo podrán ser elegidos a los cargos de consejero local o de condado.

128.Los ciudadanos de la UE que tengan residencia permanente o posean un permiso indefinido de estancia en Rumania tendrán derecho a votar o a presentarse a las elecciones de miembros del Parlamento Europeo por Rumania, siempre y cuando reúnan los requisitos legales para ello. Así pues, los ciudadanos de la UE que deseen votar en Rumania podrán votar por candidatos rumanos previa inscripción en el registro electoral especial. Dentro de los 60 días hábiles anteriores a la fecha de celebración de las elecciones, los ciudadanos de la UE (que no sean nacionales rumanos ni residan en Rumania) que deseen ejercer su derecho de voto deberán inscribirse en el registro electoral especial. Para ello deberán presentar al alcalde de cuya jurisdicción dependan una solicitud por escrito acompañada de una copia de cualquier documento de identidad que lleve su fotografía.

129.Los ciudadanos de la UE que deseen participar en las elecciones de parlamentarios rumanos al Parlamento Europeo deberán presentar, junto con la documentación necesaria, una declaración jurada en la que figure su nacionalidad y su dirección en Rumania, según la cual no se presentan a las elecciones al Parlamento Europeo en ningún otro Estado miembro, una prueba documental emitida por las autoridades nacionales competentes del país de origen que confirme que el solicitante no es objeto de ninguna orden de los tribunales que le prohíba presentarse como candidato, y un documento de identidad válido que lleve su fotografía.

d)La nueva Ley sobre la elección a la Cámara de Diputados y el Senado

130.A raíz del referéndum nacional sobre la introducción del voto uninominal en las elecciones parlamentarias celebradas en 2007, la Ley Nº 68/1992 relativa a las elecciones a la Cámara de Diputados y el Senado fue sustituida por la Ley Nº 35/2008 del mismo título, y por la Ley por la que se enmienda y se completa la Ley Nº 67/2004 sobre la elección de las autoridades de la administración pública local, la Ley Nº 215/2001 y la Ley Nº 393/2004 sobre el estatuto de los funcionarios locales electos.

131.Así pues, en las elecciones parlamentarias de 2008 el antiguo sistema de listas fue sustituido por un sistema original de votación uninominal. A pesar de su nombre, este sistema no es un sistema electoral mayoritario, porque su objetivo consiste en garantizar la proporcionalidad entre los votos del electorado y los mandatos en el Parlamento.

132.Los diputados y los senadores son elegidos en colegios uninominales mediante votación uninominal, según el principio de representación proporcional. El coeficiente de representación de las elecciones a la Cámara de Diputados es de un diputado por cada 70.000 habitantes, mientras que para el Senado es de un senador por cada 160.000 habitantes.

133.Cada condado, y el municipio de Bucarest, constituyen un distrito electoral. Los ciudadanos rumanos que viven en el extranjero forman un distrito propio.

134.La delimitación de los colegios uninominales debe tener en cuenta las siguientes reglas:

a)Un distrito electoral solo puede estar compuesto de colegios uninominales completos;

b)El territorio de un colegio uninominal debe coincidir con el territorio del condado correspondiente o del municipio de Bucarest;

c)En una localidad solo puede haber colegios uninominales completos;

d)Un colegio uninominal solo puede estar compuesto de una o varias localidades completas;

e)En el municipio de Bucarest, los colegios uninominales no pueden rebasar los límites de los distritos urbanos;

f)El distrito compuesto por los ciudadanos rumanos que tienen domicilio en el extranjero consta de 4 colegios uninominales para las elecciones a la Cámara de Diputados, y 2 colegios uninominales para las elecciones al Senado;

g)Dentro de un distrito electoral, las diferencias entre los colegios uninominales no pueden exceder del 30%;

h)Un colegio uninominal para la elección al Senado se compone exclusivamente de colegios uninominales completos y colindantes para la elección a la Cámara de Diputados.

135.El umbral electoral está constituido por el 5% del total de votos válidos depositados en todo el país para los distintos partidos políticos, alianzas políticas, alianzas electorales y organizaciones de ciudadanos pertenecientes a una minoría nacional. En lo referente a las alianzas políticas y electorales, al umbral del 5% deberá añadirse otro 3% de los votos válidos depositados en todo el país para el segundo miembro de la alianza; a partir del tercer miembro de la alianza, por cada miembro deberá añadirse un 1% de los votos válidos depositados en todo el país, sin exceder del 10% de esos votos.

136.Se ha fijado también un umbral electoral consistente en 6 elecciones vencidas en los colegios uninominales para la Cámara de Diputados y 3 elecciones vencidas en los colegios uninominales para el Senado.

137.Una vez se ha determinado qué fuerzas políticas se ajustan al umbral electoral, la mesa electoral del condado establece el cociente electoral del distrito, por separado para la Cámara de Diputados y para el Senado, dividiendo el total de votos válidos depositados para todos los contendientes electorales que se ajusten al umbral electoral y para los candidatos independientes que hayan obtenido la mayoría de los votos válidos depositados en el colegio uninominal en el que presentaron su candidatura, por el número de diputados o senadores que deben ser elegidos en ese distrito electoral.

138.Respecto de cada contendiente, se divide el total de votos válidos depositados en un distrito electoral para todos sus candidatos por el cociente electoral del distrito, teniendo en cuenta el número completo . El resultado representa el número de mandatos asignados por la mesa electoral del condado al contendiente electoral. Los mandatos se asignan a todos los candidatos que hayan obtenido la mayoría de votos válidos depositados en el colegio uninominal por el que se presentaron.

139.Los restantes votos obtenidos por los contendientes, así como los mandatos que la mesa electoral del condado no haya podido asignar, se notifican a la Oficina Electoral Central, que distribuirá los mandatos restantes en una segunda fase.

140.La Oficina Electoral Central suma, por separado para la Cámara de Diputados y para el Senado, el número de votos no utilizados en todo el país y el número de votos inferior al cociente electoral en todos los distritos, para cada partido, alianza política o alianza electoral que se ajuste al umbral electoral. El número de votos así obtenidos por cada partido político, alianza política o alianza electoral se divide por 1, 2, 3 ó 4, efectuándose tantas divisiones como mandatos no hayan podido asignarse al nivel del distrito. Los cocientes resultantes de esta división, independientemente del contendiente del que procedan, se clasifican en orden decreciente hasta llegar al número de mandatos no asignados. El cociente más bajo de todos representa el cociente electoral nacional, por separado para los diputados y los senadores. A cada contendiente electoral se le asigna el número correspondiente de mandatos de diputado o de senador, como el número de veces que el cociente electoral nacional esté comprendido en el total de votos válidos depositados para ese partido político, alianza política o alianza electoral, resultante de la suma del número de votos no utilizados y los que no alcancen el cociente electoral del distrito, a nivel nacional.

141.La Oficina Electoral Central lleva a cabo la asignación detallada de los mandatos distribuidos por distritos electorales, del modo siguiente:

a)Para cada partido político, alianza política o alianza electoral que se ajuste al umbral electoral, se divide el número de votos no utilizados y los que no alcancen el cociente electoral de distrito, en cada distrito, por el total de votos válidos depositados para ese partido político, alianza política o alianza electoral, que se haya tenido en cuenta durante la distribución de los mandatos a nivel nacional. El resultado obtenido para cada distrito se multiplica por el número de mandatos correspondientes a ese partido político, alianza política o alianza electoral. Con los datos obtenidos se hace una lista en orden decreciente a nivel nacional y, por separado, en orden decreciente dentro de cada distrito electoral. En cada distrito electoral se tiene en cuenta el primer partido político, alianza política o alianza electoral, en el límite de los mandatos que deban distribuirse en ese distrito. El último número de la operación será el coeficiente de distribución de ese distrito. A continuación, la Oficina Electoral Central procederá a la distribución de los mandatos por distritos electorales con arreglo al orden de los partidos políticos, las alianzas políticas y la alianzas electorales, así como los distritos electorales, en la lista nacional, del modo siguiente: el primer número de la lista nacional se divide por el coeficiente de distribución del distrito del que procede, con lo que se obtiene el número de mandatos correspondiente a ese distrito. A continuación se aplica el mismo procedimiento con los números siguientes de la lista nacional. Si se agota el número de mandatos correspondiente a un partido político, una alianza política o una alianza electoral, o de mandatos de un distrito, se continúa la operación sin ellos. Si el número de la lista nacional es inferior al del coeficiente de distribución del distrito, se asignará un mandato.

b)Si no es posible asignar los mandatos en el orden indicado, la Oficina Electoral Central tendrá en cuenta el distrito en el que el partido político, la alianza política o la alianza electoral tenga el mayor número de candidatos y, si aun así quedan mandatos sin asignar en los distritos, el distrito en el que el partido político, alianza política o alianza electoral tenga el número más elevado de votos no utilizados, o que no alcancen el cociente electoral del distrito.

c)Si quedan mandatos por asignar en los distritos, la Oficina Electoral Central los determinará sobre la base de un acuerdo entre los partidos políticos, las alianzas políticas o las alianzas electorales a las que correspondan esos mandatos; si no se llega a un acuerdo, se procederá a un sorteo dentro de las 24 horas siguientes al término de las anteriores operaciones.

142.Llegados a este punto, la oficina electoral del condado confecciona una lista de los candidatos a los que no se asignaron mandatos en la primera fase. Los candidatos se enumeran en orden decreciente, teniendo en cuenta la relación entre los votos válidos depositados en los colegios uninominales en los que se presentaron y el cociente electoral del distrito, calculado hasta el octavo decimal.

143.Si el número de mandatos conseguidos por un contendiente electoral que ha obtenido el máximo número de votos en un colegio uninominal es superior o igual al número correspondiente de mandatos después del proceso de asignación, el contendiente electoral retendrá los mandatos obtenidos por sus candidatos sin que le correspondan otros mandatos en la segunda fase.

144.Para cada contendiente electoral que se ajuste al umbral electoral, el número de mandatos obtenidos directamente por sus candidatos se sustraerá del número de mandatos asignados al distrito, y el resultado será el número de mandatos que debe a asignarse a cada contendiente electoral en ese distrito en la segunda fase del proceso de asignación. El número de mandatos de cada contendiente electoral se asignará a sus candidatos en orden decreciente, en función de su posición en la lista. Si el candidato siguiente, al que debe asignarse un mandato a tenor de la lista preestablecida, pertenece a un contendiente electoral que ha agotado el número de mandatos en ese distrito, o si en el colegio uninominal en el que se presentó como candidato ya se ha asignado un mandato, la oficina electoral del condado pasará al siguiente candidato de la lista preestablecida hasta que se hayan asignado todos los mandatos.

145.Si uno o más contendientes electorales que se ajusten al umbral electoral no han recibido todos los mandatos, tendrán derecho a recibir el número de mandatos que les corresponda. Se asignarán mandatos suplementarios a los candidatos de los contendientes electorales que estén mejor situados en la lista preestablecida y no hayan recibido un mandato en el colegio uninominal en el que se presentaron como candidatos, mediante el aumento pertinente del número de mandatos en ese distrito.

146.En caso de fallecimiento o dimisión de un diputado o un senador, se celebrarán elecciones parciales en el colegio uninominal correspondiente. Estas elecciones solo se organizarán si pueden celebrarse con una antelación mínima de seis meses a la fecha establecida para las elecciones parlamentarias. Las elecciones se efectuarán a una sola vuelta, y el candidato que obtenga la mayoría de los votos será declarado vencedor.

e)Medidas destinadas a aumentar la participación de la mujer en la política

147.Con el sistema de listas electorales cerradas que se utilizaba en las elecciones parlamentarias, los partidos políticos estaban obligados a preparar las listas de candidatos para la elección de diputados y senadores de manera que se asegurase la participación de los dos géneros.

148.En las elecciones locales, los partidos políticos también deben confeccionar las listas de candidatos para la elección a los consejos locales y los consejos de condados, de manera que se garantice la representación de los dos géneros.

f)Representación de las minorías

149.La ley estipula que, en las elecciones parlamentarias, las organizaciones de ciudadanos pertenecientes a minorías nacionales que no hayan alcanzado el umbral electoral tendrán derecho a un mandato de diputado. Se prevé un procedimiento en varias fases para determinar los votos obtenidos por las organizaciones de ciudadanos pertenecientes a minorías nacionales. La Oficina Electoral Central establece un cociente electoral a nivel nacional que representa la media de votos válidos depositados que son necesarios para elegir a un diputado. El cociente electoral se obtiene dividiendo el total de votos válidos depositados en todo el país para la elección a la Cámara de Diputados por el total de colegios uninominales constituidos para esa elección. Las organizaciones que hayan obtenido por lo menos un 10% del cociente electoral tendrán derecho a estar representadas en la Cámara de Diputados. El representante de la organización de ciudadanos pertenecientes a una minoría nacional que haya obtenido el mayor número de votos será declarado electo.

150.En las elecciones parlamentarias de 2008 las organizaciones de ciudadanos pertenecientes a minorías nacionales obtuvieron 18 escaños (uno por cada minoría) en la Cámara de Diputados.

151.En las elecciones locales, cuando ninguna de las organizaciones de ciudadanos pertenecientes a las minorías nacionales —con excepción de la minoría húngara— haya obtenido por lo menos un mandato, uno de los mandatos de consejero que hayan quedado sin atribuir en la primera fase se asignará a la organización que haya alcanzado el umbral electoral y haya obtenido el mayor número de votos válidos depositados de todas esas organizaciones.

152.La Unión Democrática de Húngaros en Rumania obtuvo 9 mandatos de senador y 22 mandatos de diputado.

g)Autoridades administrativas públicas locales; nuevos derechos electorales

153.A raíz de la aprobación de la Ley Nº 215/2001 sobre la administración pública local, los ciudadanos rumanos tienen la posibilidad de solicitar la organización de un referéndum para disolver un consejo local o de condado o destituir al alcalde de su localidad. La organización del referéndum debe ir precedida de la presentación de una solicitud al efecto dirigida al prefecto por un 25% por lo menos de los ciudadanos con derecho de voto inscritos en las listas electorales de la unidad territorial-administrativa.

154.En virtud de la Ley Nº 35/2008 sobre la elección a la Cámara de Diputados y al Senado y de la Ley por la que se enmendó y completó la Ley Nº 67/2004 para la elección de autoridades de la administración pública local, de la Ley Nº 215/2001 y de la Ley Nº 393/2004 relativa al estatuto de los funcionarios locales electos, en las elecciones locales de 2008 se procedió a la elección directa de los presidentes de los consejos de los condados.

h)Referéndum

155.La organización de referéndums nacionales y locales se rige por la Ley Nº 3/2000.

156.Desde que se presentó el último informe se han celebrado cuatro referéndums nacionales en Rumania (un referéndum sobre la revisión de la Constitución en 2003 y otro sobre la destitución del Presidente en mayo de 2007, ambos vinculantes, y dos referéndums consultivos, uno sobre la adopción de la votación uninominal en las elecciones parlamentarias, que se celebró en 2007, y el otro sobre la reducción del número de parlamentarios y la transformación del Parlamento en asamblea unicameral); además, se ha celebrado un número indeterminado de referéndums locales.

6.Reconocimiento de organizaciones no gubernamentales

157.Las principales cuestiones relacionadas con las ONG están reguladas por la Decisión gubernamental Nº 26/2000, relativa a asociaciones y fundaciones, que reglamenta la creación, registro, organización y funcionamiento de las organizaciones privadas de fines no lucrativos.

158.Para obtener la personalidad jurídica, los asociados han de redactar el acta constitutiva y el estatuto de la asociación en forma autentificada o certificada por un letrado, que incluye obligatoriamente varios elementos cuyo incumplimiento acarrea la sanción de la nulidad absoluta.

159.Todo asociado de una organización que esté facultado a ello en virtud del artículo 6 2) h) de la Decisión gubernamental Nº 26/2000, puede presentar una solicitud de inscripción de la asociación en el registro de asociaciones y fundaciones, situado en la secretaría de los tribunales del distrito en el que la asociación tenga su sede.

160.El formulario de solicitud debe ir acompañado de los siguientes documentos:

a)El acta constitutiva;

b)El estatuto de la asociación;

c)Documentos que certifiquen el establecimiento y el capital inicial;

d)Constancia del nombre autorizado por el Ministerio de Justicia o de su denegación, con indicación de los motivos.

161.Dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, acompañada de los documentos mencionados en el párrafo 2 del artículo 7, un magistrado designado por el presidente del tribunal verificará la legitimidad y pertinencia de la solicitud y los documentos, tras de lo cual se decidirá la eventual inscripción de la asociación en el registro de asociaciones y fundaciones.

162.La Asociación adquiere personalidad jurídica cuando está inscrita en el registro de asociaciones y fundaciones del distrito en el que tenga su sede la asociación.

163.La inscripción en el registro de asociaciones y fundaciones se comunica automáticamente a la autoridad financiera local en cuyo territorio tenga su sede la asociación, indicando el número de la inscripción. Cuando la inscripción en el registro de asociaciones y fundaciones es irrevocable, se expide un certificado de registro en el que figuran el nombre de la asociación, su dirección, el tiempo que lleva funcionando y el número y fecha de la inscripción.

III.Marco general para la protección y la promoción de los derechos humanos en Rumania

Aceptación y ratificación de los acuerdos internacionales y regionales sobre derechos humanos

164.En el cuadro que figura a continuación se indican los acuerdos internacionales y regionales de derechos humanos aceptados y ratificados por Rumania.

1.Acuerdos internacionales fundamentales sobre derechos humanos

Convenio/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Declaraciones

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966

R 9/12/1974

Declaración relativa a:

a)Las disposiciones del párrafo 1 del artículo 26, que no son conformes con el principio de que los tratados internacionales multilaterales cuyos objetivos atañan a la comunidad internacional en general deben estar abiertos a la participación universal.

b)El mantenimiento en un estado de dependencia de ciertos territorios mencionados en los artículos 1 3) y 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que es incompatible con la Carta de las Naciones Unidas y con los instrumentos adoptados por la Organización sobre la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales, incluida la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, aprobada por unanimidad por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 2625 (XXV), de 1970, que proclama solemnemente el deber de los Estados de promover la aplicación del principio de la igualdad soberana de derechos y de la libre determinación de los pueblos, con objeto de poner fin rápidamente al colonialismo.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966

R9/12/1974

Declaración relativa a:

a)Las disposiciones del artículo 48 1) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que no son conformes con el principio de que los tratados internacionales multilaterales cuyos objetivos atañan a la comunidad internacional en general deben estar abiertos a la participación universal.

b)El mantenimiento en un estado de dependencia de ciertos territorios mencionados en el artículo 1 3) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que es incompatible con la Carta de las Naciones Unidas y con los instrumentos adoptados por la Organización respecto de la concesión de independencia a los países y pueblos coloniales, incluida la Declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó por unanimidad en su resolución 2625 (XXV), de 1970, que proclama solemnemente el deber de los Estados de promover la aplicación del principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos con objeto de poner fin rápidamente al colonialismo.

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, 1965

A15/09/1970

Declaración relativa a:

Las disposiciones de los artículos 17 y 18 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, que no son conformes con el principio de que los tratados multilaterales cuyas metas y objetivos atañan a la comunidad mundial en general deben estar abiertos a la participación de todos los Estados.

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1979

R7/01/1982

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 1984

A18/12/1990

Convención sobre los Derechos del Niño, 1989

R28/09/1990

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966

A20/07/1993

Rumania considera que, de conformidad con el párrafo 2 a) del artículo 5 del Protocolo, el Comité de Derechos Humanos no está facultado a examinar las comunicaciones de un individuo si el mismo asunto está siendo examinado, o ha sido examinado, en otro procedimiento de examen o arreglo internacionales.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, 1999

R25/08/2003

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 2002

R2/07/2009

"De conformidad con el párrafo 1 del artículo 24 del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Rumania declara que aplaza por tres años el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de la parte IV del Protocolo Facultativo, relativas al mecanismo nacional de prevención."

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de los niños en conflictos armados, 2000

R10/11/2001

Declaración:

"Con arreglo a la ley, el servicio militar es obligatorio para los ciudadanos rumanos de sexo masculino que hayan cumplido los 20 años de edad, salvo en caso de guerra o, en tiempo de paz, si se solicita el reclutamiento a los 18 años cumplidos."

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, 2000

R 18/10/2001

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, 1989

R27/02/1991

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

R31/01/2011

165.Rumania ha firmado también la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

2.Otras convenciones de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, y convenciones afines

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, 1948

A 02/11/1950

Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, 1950

A 15/02/1955

Convención sobre la Esclavitud, 1926, con las modificaciones introducidas en 1953

R 13/11/1957

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, 1998

R 11/04/2002

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 1951, y su Protocolo de 1967

A 07/08/1991

Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, 1954

A 27/01/2006

Convención para reducir los casos de apatridia, 1961

A 27/01/2006

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000

R 04/12/2002

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000

R 04/12/2002

Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2000

R 04/12/2002

Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, 2001

A 16/04/2004

Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad

R 15/09/1969

Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid

R 15/08/1978

3.Convenios de la Organización Internacional del Trabajo

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convenio sobre el descanso semanal (industria), 1921 (Nº 14)

R 18/08/1923

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (Nº 29)

R 28/05/1957

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (Nº 81)

R 06/06/1973

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (Nº 87)

R 28/05/1957

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (Nº 98)

R 26/11/1958

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (Nº 100)

R 28/05/1957

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (Nº 102)

R 15/10/2009

Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (Nº 105)

R 03/08/1998

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (Nº 111)

R 06/06/1973

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (Nº 122)

R 06/06/1973

Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (Nº 129)

R 28/10/1975

Convenio sobre la fijación de salarios mínimos, 1970 (Nº 131)

R 28/10/1975

Convenio sobre la edad mínima, 1973 (Nº 138)

R 19/11/1975

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (Nº 182)

R 13/12/2000

Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (Nº 183)

R 23/10/2002

4.Convenciones de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza

R 09/07/1964

5.Convenciones de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convención sobre Aspectos Civiles del Secuestro Internacional de Niños, 1980

A 01/02/1990

Convenio tendente a facilitar el acceso internacional a la justicia, 1980

A 01/11/2003

Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, 1993

R 01/05/1955

Convenio sobre jurisdicción, ley aplicable, reconocimiento, aplicación y cooperación con respecto a la responsabilidad paterna y medidas par la protección de menores, 1996

S

6.Convenios de Ginebra y otros tratados de derecho humanitario internacional

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convenio de Ginebra (I) para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña, 1949

R 01/06/1954

Convenio de Ginebra (II) para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar, 1949

R 01/06/1954

Convenio de Ginebra (III) relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, 1949

R 01/06/1954

Convenio de Ginebra (IV) relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, 1949

R 01/06/1954

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I), 1977

R 21/06/1990

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional, (Protocolo II). 1977

R 21/06/1990

Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, 1987

R 30/11/2000

7.Convenciones regionales de derechos humanos

Convención/protocolo

Firma (F) Ratificación (R) Adhesión (A)

Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, 1950

R 20/06/1994

Carta Social Europea, 1961

R 07/05/1999

Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, 1987

R 04/10/1994

Carta Europea de las lenguas regionales y minoritarias, 1992

R 29/01/2008

Convenio Marco para la Protección de las Minorías. Nacionales, 1995

R 11/05/1995

IV.Marco jurídico e institucional para la protección y la promoción de los derechos humanos en el plano nacional

A.Tratado de la Unión Europea

166.Rumania se adhirió a la Unión Europea el 1º de enero de 2007 y ratificó el Tratado de Lisboa en virtud de la Ley Nº 13/7 de febrero de 2008.

167.Según el Tratado de la UE, la Unión se fundamenta en los valores de la libertad, la democracia y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

168.El Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1º de diciembre de 2009, fortalece los principios relativos a los derechos humanos y las libertades fundamentales:

a)El artículo 6 (ex artículo F) del Tratado de la UE se ha modificado para reafirmar el principio del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;

b)Se ha establecido un procedimiento para abordar los casos de los Estados miembros que incumplen los principios fundamentales de la Unión;

c)Hay que llevar a cabo una acción más eficaz para combatir no solo la discriminación basada en la nacionalidad, sino también la discriminación basada en el sexo, el origen racial o étnico, la religión o las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual;

d)Se han incluido nuevas disposiciones en el Tratado de la Unión Europea relativas a la igualdad de trato entre hombres y mujeres;

e)Se otorga mayor protección a los individuos en lo relativo al procesamiento y la libre circulación de los datos personales;

f)Se han adjuntado al Acta Final declaraciones sobre la abolición de la pena de muerte, el respeto por el estatuto de las iglesias y las organizaciones filosóficas o no confesionales, y las necesidades de las personas con discapacidad.

169.Además, el Tratado de Lisboa confiere carácter jurídicamente vinculante a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que contiene disposiciones relativas a los derechos humanos y fue proclamada solemnemente por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea el 7 de diciembre de 2000.

B.Lista de derechos fundamentales y restricciones de los derechos

170.Un título de la Constitución de Rumania está dedicado específicamente a los derechos y libertades fundamentales. El artículo 15 dispone que todos los ciudadanos gozan de los derechos y libertades que les reconocen la Constitución y otras leyes.

171.Se reconocen expresamente los siguientes derechos y libertades: derecho a la vida, derecho a la integridad física y mental, libertad individual, derecho de defensa, libertad de circulación, privacidad personal y familiar, inviolabilidad del domicilio, secreto de la correspondencia, libertad de conciencia, libertad de expresión, derecho a la información, derecho a la educación, acceso a la cultura, derecho a la protección de la salud, derecho a un medio ambiente sano, derecho de voto, derecho a ser elegido, libertad de reunión, libertad de asociación, libertad de trabajo y protección social del trabajador, prohibición de trabajos forzados, derecho de huelga, derecho de propiedad privada, libertad económica, derecho a heredar, derecho a un nivel decente de vida, protección de niños y jóvenes, protección de personas discapacitadas, derecho de petición y derecho de las personas que hayan sido agraviadas por una autoridad pública.

172.La Constitución dispone que los ciudadanos rumanos, los ciudadanos extranjeros y las personas apátridas deberán ejercitar sus derechos y libertades constitucionales de buena fe y sin vulnerar los derechos y las libertades de los demás.

173.Diversas leyes y orgánicas y ordinarias contienen numerosas disposiciones para la salvaguardia de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

174.Según el artículo 53 de la Constitución, las restricciones del ejercicio de determinados derechos y libertades solo pueden establecerse por ley, y únicamente si se consideran necesarias en una sociedad democrática, o si resultan necesarias para defender la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública, los derechos y libertades de los ciudadanos y la realización de una investigación penal, así como para impedir las consecuencias de una calamidad, una catástrofe o un desastre muy grave en el país. La restricción ha de ser proporcional a la situación que obligó a adoptarla, y deberá aplicarse sin discriminación alguna y sin que afecte a la existencia del derecho correspondiente.

175.El artículo 19 de la Constitución de Rumania, en su forma revisada, garantiza la legalidad de los procedimientos de expulsión y extradición. Ningún ciudadano rumano puede ser extraditado o expulsado de Rumania. Los extranjeros y las personas apátridas solo podrán ser extraditadas en cumplimiento de un acuerdo internacional o sobre una base de reciprocidad. Las expulsiones y las extradiciones han de ser decididas por un tribunal.

1.Derechos civiles y políticos

176.El artículo 22 de la Constitución garantiza el derecho a la vida y el derecho a la integridad física y mental, y proscribe la pena de muerte.

177.Con arreglo a este mismo artículo, nadie podrá ser sometido a tortura o a cualquier clase de trato o pena inhumano o degradante.

178.El artículo 41 de la Constitución de Rumania, en su forma revisada, dispone que el derecho al trabajo no puede ser objeto de restricción alguna y que la elección de la profesión o el lugar de trabajo es libre. El artículo 42 prohíbe el trabajo forzado. En el concepto de trabajo forzado no están incluidas:

a)Las actividades relacionadas con el servicio militar, así como las realizadas en lugar de éste, conforme a derecho, por motivos religiosos o de conciencia;

b)El trabajo de una persona sentenciada, realizado en condiciones normales, durante su detención o su libertad condicional;

c)Todos los servicios requeridos para hacer frente a una catástrofe o a cualquier otro peligro, así como los que forman parte de las obligaciones cívicas normales previstas por la ley.

179.Con arreglo al artículo 23 de la Constitución de Rumania, la libertad individual y la seguridad de la persona son inviolables. La búsqueda, detención o arresto de una persona solo se autorizan en los casos y con los procedimientos previstos por la ley.

180.Si hay razones fundadas para creer que una persona ha cometido un delito, la policía podrá detener a esta persona por un período no superior a las 24 horas. En la orden de detención deberán indicarse la fecha y la hora en que se cumplió, y en la orden de liberación la fecha y la hora en que se levantó la detención. Si las autoridades encargadas de las investigaciones penales consideran necesaria la detención preventiva de una persona, deberán presentar una solicitud al efecto al fiscal, con una exposición fundamentada de los motivos.

181.Teniendo en cuenta que el artículo 23 13) dispone que las penas de privación de libertad solo pueden imponerse por razones penales, el encarcelamiento por incumplimiento de obligaciones contractuales no existe.

182.Uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos rumanos, reconocido en el artículo 25 de la Constitución revisada de Rumania, es el derecho de libre circulación dentro y fuera del país. El ejercicio del derecho de libre circulación implica la libertad de los ciudadanos de emigrar o regresar a su país, así como de establecer su domicilio o residencia en cualquier lugar de éste. Las condiciones para el ejercicio de este derecho están establecidas por la ley.

183.Según el artículo 21 3) de la Constitución de Rumania, todas las partes en un proceso tienen derecho a gozar de las debidas garantías judiciales y a que se resuelvan sus causas en un plazo razonable.

184.Toda persona tiene derecho a interponer una demanda ante los tribunales en defensa de sus derechos, libertades o intereses legítimos. Ninguna ley puede restringir el ejercicio de este derecho. Además, el artículo 16 de la Constitución proclama el principio de la igualdad ante la ley y las autoridades públicas, sin privilegio ni discriminación algunos.

185.El artículo 26 de la Constitución dispone que, "toda persona física tiene derecho a disponer libremente de si misma, salvo que al hacerlo vulnere los derechos y libertades de otras personas, el orden público o la moral". Además, las autoridades públicas "respetarán y protegerán la intimidad de la vida familiar y privada".

186.El artículo 27 de la Constitución revisada establece la inviolabilidad del domicilio y la residencia: "Nadie se introducirá o permanecerá en el domicilio o residencia de una persona sin el consentimiento de ésta". La ley prevé que estas disposiciones puedan quedar en suspenso cuando se trate de:

a)Ejecutar una orden de arresto o un decreto de los tribunales;

b)Conjurar un peligro para la vida, la integridad física o los bienes de una persona;

c)Defender la seguridad nacional o el orden público;

d)Impedir la propagación de una epidemia.

187.El artículo 27 dispone también que los registros deberán llevarse a cabo exclusivamente por orden de un juez y en las condiciones y formas establecidas por la ley. Están prohibidos los registros nocturnos, salvo en los casos de flagrante delicto.

188.El artículo 28 de la Constitución prescribe el secreto de la correspondencia al disponer que el carácter secreto de las cartas, telegramas u otras comunicaciones postales, o de las conversaciones telefónicas y cualquier otro medio legal de comunicación, es inviolable.

189.Las disposiciones constitucionales sobre la libertad de pensamiento, opinión o creencia religiosa figuran en el artículo 29. Según este artículo:

1)La libertad de pensamiento, opinión y creencias religiosas no será objeto de restricción alguna por ningún concepto. Nadie podrá ser obligado a aceptar una opinión o profesar una religión que sean contrarias a sus convicciones.

2)Se garantiza la libertad de conciencia, que debe manifestarse en un espíritu de tolerancia y respeto mutuo.

6)Los progenitores o los tutores legales tienen derecho a asegurar la educación de los menores de los que son responsables, a tenor de sus convicciones.

190.La Constitución de Rumania establece el principio de la igualdad entre los ciudadanos independientemente de sus creencias religiosas y, en consecuencia, prohíbe toda forma de discriminación fundada en la religión (art. 4.2 y art. 16), así como toda incitación al odio por motivos religiosos (art. 30.7).

191.La libertad de expresión está regulada por el párrafo 1 del artículo 30 de la Constitución, que dice lo siguiente: "La libertad de expresión de los pensamientos, las opiniones o las creencias, y la libertad de creación, con palabras, por escrito, en imágenes, por sonidos o por otros medios de comunicación al público, son inviolables". Este artículo contiene también las disposiciones básicas que garantizan la libertad de prensa (libre creación de publicaciones, prohibición de la censura, prohibición de suspender cualquier publicación).

192.La libertad de expresión está sujeta a ciertas limitaciones, establecidas por la ley. Por ejemplo, la Constitución dispone que la libertad de expresión no deberá ser perjudicial para la dignidad, el honor o la vida privada de una persona, ni para el derecho a la propia imagen. Además, toda difamación del país o de la nación, instigación a una guerra de agresión o al odio por razones nacionales, raciales, de clase o de religión, toda incitación a la discriminación, el separatismo territorial o la violencia pública, así como toda conducta obscena contraria a la moral, están prohibidas por la ley.

193.El artículo 31 de la Constitución establece el derecho a la información: "No se restringirá el derecho de ninguna persona a acceder a cualquier información de interés público". Al propio tiempo, el derecho a la información no deberá ser perjudicial para las medidas de protección de los jóvenes, ni para la seguridad nacional.

194.El artículo 39 de la Constitución de Rumania prevé la libertad de las reuniones públicas, las procesiones, las manifestaciones o cualquier otra reunión, que podrán organizarse y celebrarse exclusivamente en condiciones pacíficas, sin armas de ninguna clase.

195.La Constitución de Rumania proclama el derecho de asociación. Según su artículo 40 1), "Los ciudadanos podrán asociarse libremente en partidos políticos, sindicatos, asociaciones de empleadores y otras formas de asociación".

196.La Constitución de Rumania reconoce a la familia como elemento fundamental de la sociedad. La familia se basa en el matrimonio libremente consentido de los dos cónyuges, la plena igualdad de éstos y el derecho y el deber de los padres de garantizar la crianza, educación e instrucción de sus hijos.

197.La Constitución enuncia los derechos básicos del niño. El artículo 49 dice lo siguiente:

1)Los niños y los jóvenes gozarán de protección y asistencia especiales en el ejercicio de sus derechos.

2)El Estado concederá prestaciones para la infancia y subsidios para la atención médica de los niños enfermos o discapacitados. La ley establecerá las demás formas de protección social de los niños y los jóvenes.

3)Está prohibida la explotación de los menores y su empleo en actividades que puedan ser perjudiciales para su salud o su moral, o puedan poner en peligro su vida y su desarrollo normal.

4)No está permitido el empleo de los menores de 15 años de edad en ningún trabajo remunerado.

5)Las autoridades públicas deben contribuir a crear las condiciones necesarias para la libre participación de los jóvenes en la vida política, social, económica, cultural y deportiva del país.

198.Según el artículo 2 de la Constitución, la soberanía nacional reside en el pueblo rumano, que la ejercita mediante sus órganos representativos, constituidos en elecciones libres, periódicas y regulares, así como en los referéndums. Los artículos 36, 37 y 38 regulan el derecho de voto, el derecho a ser elegido y el derecho a ser elegido al Parlamento Europeo.

2.Derechos económicos

199.El artículo 44 de la Constitución protege la propiedad y prescribe los requisitos previos para la expropiación. Además, el artículo 136 proclama la inviolabilidad de la propiedad privada.

200.La libertad económica de las personas está protegida por el artículo 45 de la Constitución, que garantiza el libre acceso a una actividad económica, la libre empresa y el ejercicio de estos derechos de conformidad con la ley.

201.El artículo 9 trata de los sindicatos, las asociaciones de empleadores y las asociaciones profesionales. La actividad de estas instituciones tiene por objeto contribuir a la protección de los derechos y a la promoción de los intereses profesionales, económicos y sociales de sus miembros.

3.Derechos culturales

202.El artículo 32 de la Constitución garantiza el derecho a la educación. El párrafo 3 garantiza el derecho de las personas pertenecientes a minorías nacionales a aprender su lengua materna, y a ser educadas en ella. La educación pública será gratuita (párr. 4) y la enseñanza a todos los niveles se impartirá en instituciones estatales, privadas o confesionales (párr. 5).

203.El Estado garantiza la libertad de la enseñanza religiosa, de conformidad con los requisitos específicos de cada culto (párr. 7).

204.El párrafo 6 del artículo 32 garantiza la autonomía de las universidades.

205.El artículo 33 de la Constitución de Rumania reconoce y garantiza el derecho de todos los ciudadanos a participar en la vida cultural. El segundo párrafo de este artículo dispone que no deberá limitarse la libertad de las personas de cultivar su espiritualidad y tener acceso a los valores de la cultura nacional y universal, mientras que el tercer párrafo establece que el Estado deberá garantizar la preservación de la identidad espiritual, el apoyo a la cultura nacional, el estímulo de las artes, la protección y preservación del legado cultural, el desarrollo de la creatividad contemporánea y la promoción de los valores culturales y artísticos de Rumania en todo el mundo.

4.Derechos sociales

206.Se atribuye especial importancia a la inviolabilidad del ser humano. El párrafo 1 del artículo 22 garantiza el derecho a la vida, así como el derecho a la integridad física y mental de la persona. Nadie puede ser sometido a torturas ni a ninguna clase de penas o tratos inhumanos o degradantes, y se proscribe la pena de muerte (párrs. 2 y 3). Este mismo principio de la inviolabilidad de los seres humanos está en la base de las disposiciones del artículo 23, que recalcan la inviolabilidad de la libertad individual y la seguridad de las personas.

207.La atención a los seres humanos se plasma en las disposiciones del artículo 34 de la Constitución, que garantiza el derecho a la protección de la salud y la obligación del Estado de tomar disposiciones para garantizar la salud pública, organizar un sistema de atención médica y seguridad social y tomar otras medidas para proteger la salud física y mental de las personas.

208.La dimensión social del derecho al trabajo viene definida en los artículos 41, 42 y 43. Estos artículos garantizan el derecho al trabajo, la duración de la jornada laboral, la prohibición del trabajo forzado y el derecho a la huelga de los trabajadores.

209.Una disposición importante para la protección del individuo es la que figura en el párrafo 1 del artículo 47, que prevé la adopción de medidas de desarrollo económico y protección social para asegurar un nivel de vida decente a los ciudadanos. El párrafo 2 se refiere al derecho a la pensión, el permiso de maternidad retribuido, la atención médica en los centros de salud pública, las prestaciones de desempleo y otras formas de seguridad social pública o privada.

210.Los principios sociales en que se basa la familia y los derechos del niño, así como la igualdad ante la ley de los niños nacidos fuera del matrimonio y los demás niños, están enunciados en el artículo 48 de la Constitución. Los derechos del niño se rigen también por las disposiciones del artículo 49. El primer párrafo de este artículo dispone que los niños y los jóvenes gozarán de protección y asistencia especiales en el ejercicio de sus derechos. El segundo párrafo trata de las prestaciones para la infancia y los subsidios para la atención de los niños enfermos o discapacitados, mientras que el tercer párrafo prohíbe la explotación de los menores y su empleo en actividades que puedan ser perjudiciales para su salud o su moral, o puedan poner en peligro su vida y su desarrollo normal. No se puede emplear a niños menores de 15 años en ningún trabajo remunerado (párr. 4). Además, las autoridades públicas deben contribuir a crear las condiciones necesarias para la libre participación de los jóvenes en la vida política, social, económica, cultural y deportiva del país (párr. 5).

211.Los derechos de las personas discapacitadas son objeto del artículo 50. Esas personas gozan de protección especial y el Estado debe contribuir a la aplicación de una política nacional de igualdad de oportunidades y prevención y tratamiento de la discapacidad, a fin de que las personas discapacitadas puedan participar de manera efectiva en la vida comunitaria, al tiempo que respetan los derechos y deberes de sus progenitores o guardianes legales.

C.Relación entre los tratados y la legislación nacional de derechos humanos

212.La Constitución dispone que los tratados ratificados por el Parlamento forman parte de la legislación nacional. Por consiguiente, los derechos y libertades definidos en los instrumentos jurídicos internacionales de derechos humanos en los que Rumania es parte se trasladan a la legislación nacional.

213.El artículo 20 de la Constitución establece que las disposiciones constitucionales relativas a los derechos y las libertades de los ciudadanos deberán interpretarse y aplicarse de manera conforme con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los pactos y otros tratados en los que Rumania sea parte.

214.En caso de que haya diferencias entre estos pactos y tratados y la legislación nacional, las reglamentaciones internacionales tendrán precedencia, salvo que las disposiciones de la legislación nacional sean más favorables.

D.Instituciones del Estado encargadas de proteger los derechos humanos, y aspectos jurídicos de la protección

1.Instituciones del Estado en la esfera jurídica

215.La protección y la promoción de los derechos humanos están garantizadas por una amplia red de instituciones judiciales y cuasijudiciales y otros organismos nacionales. Según el artículo 21 de la Constitución, toda persona tiene derecho a interponer demandas ante los tribunales en defensa de sus derechos, libertades o intereses legítimos.

216.Los tribunales rumanos se dividen en cortes de justicia, tribunales, tribunales especializados y tribunales de apelación, así como el Tribunal Supremo de Casación y Justicia.

217.El Tribunal Constitucional garantiza la supremacía de la Constitución. Este Tribunal está facultado, entre otras cosas, a formular objeciones de inconstitucionalidad de las leyes y ordenanzas ante los tribunales de justicia o de arbitraje mercantil, entre otras cosas por razones relacionadas con el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Las disposiciones de las leyes y ordenanzas en vigor cuya inconstitucionalidad se determine dejan de surtir efecto jurídico si no se ponen en conformidad con las disposiciones de la Constitución. Los tratados o acuerdos internacionales contrarios a la Constitución no pueden ratificarse.

218.La institución del Defensor del Pueblo —Ombdusman— fue creada en 1999 para defender los derechos y libertades de las personas físicas en su relación con la administración pública. El Defensor del Pueblo es una institución autónoma que opera independientemente de cualquier otra autoridad pública y ejerce sus funciones de oficio o a petición de personas cuyos derechos y libertades hayan sido vulnerados por la administración pública. Toda persona física, independientemente de su nacionalidad, edad, género, afiliación política o creencia religiosa, puede elevar una petición al Defensor del Pueblo. El Defensor del Pueblo celebra audiencias diarias, que constituyen el principal medio de dialogar con los ciudadanos. El Defensor está facultado a realizar sus propias investigaciones y a solicitar a las autoridades de la administración pública cualquier información o documento que sean necesarios para el desarrollo adecuado de la investigación. En el ejercicio de sus funciones, el Defensor del Pueblo formula recomendaciones que no pueden someterse a control parlamentario o judicial, y notifica a las autoridades de la administración pública los actos o actuaciones administrativos que sean ilegales. Si el Defensor del Pueblo constata que una reclamación está justificada y se ha cometido una vulneración de los derechos humanos, pide a la autoridad pública responsable que revise o derogue el acto administrativo en cuestión, conceda una indemnización por los daños y restablezca la situación original (restitutio in integrum). Si el Defensor del Pueblo constata que una reclamación pertenece a la jurisdicción de una corte de justicia, podrá remitirla al Ministerio de Justicia, al Ministerio Público o al presidente de la corte, que deberán comunicar las medidas que adopten. El Defensor del Pueblo presenta informes anuales al Parlamento, y los informes específicos que se le soliciten. Estos informes pueden incluir recomendaciones para modificar la legislación existente o propuestas de medidas destinadas a proteger los derechos y libertades de los ciudadanos. Además, el Defensor del Pueblo puede notificar al Tribunal Constitucional las objeciones de inconstitucionalidad de leyes adoptadas por el Parlamento antes de que el Presidente las promulgue, someter al Tribunal Constitucional las excepciones de inconstitucionalidad de leyes y ordenanzas en vigor y formular dictámenes consultivos, a petición del Tribunal Constitucional, sobre las excepciones de inconstitucionalidad de leyes y ordenanzas, invocando los derechos humanos y las libertades de los ciudadanos. El Defensor del Pueblo tiene 14 oficinas territoriales que abarcan los mismos territorios que las jurisdicciones de los tribunales de apelación.

219.En 2001, el Gobierno creó el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, que es el principal organismo especializado de la administración pública central, encargado de la aplicación y observancia de las leyes contra la discriminación. El Consejo es una institución pública autónoma, con personalidad jurídica y sometida al control del Parlamento, y lleva a cabo su actividad sin ninguna restricción ni influencia por parte de otras instituciones o autoridades públicas. El Parlamento debate y aprueba su informe anual. El Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación es un instrumento destinado específicamente a combatir todas las formas de discriminación, y está facultado a investigar, demostrar y sancionar casos de discriminación. Al propio tiempo, el Consejo elabora y aplica las políticas públicas contra la discriminación y recibe y examina las peticiones y reclamaciones por incumplimiento de las disposiciones jurídicas relativas al principio de igualdad y no discriminación que le dirigen individuos o grupos de personas, ONG y otras entidades jurídicas e instituciones públicas. El Consejo Directivo del Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, en el ejercicio de su función decisora, analiza las peticiones y reclamaciones recibidas y adopta las medidas del caso, después de que el personal especializado del Consejo Directivo (el equipo de inspección) haya realizado las investigaciones pertinentes. Una vez adoptada su decisión, el Consejo Directivo determina la sanción, que puede ser una advertencia o una sanción pecuniaria. El Consejo Directivo decide la cuantía concreta que deberá abonar la persona física o la entidad jurídica por haber perpetrado un acto discriminatorio. Las decisiones del Consejo Nacional pueden recurrirse con el procedimiento previsto por la legislación ordinaria.

2.Aspectos jurídicos de la protección

220.Las disposiciones de los distintos instrumentos de derechos humanos en los que Rumania es parte pueden invocarse ante los tribunales, o ser aplicadas directamente por éstos.

221.No existe un sistema de indemnización propiamente dicho para las violaciones de los derechos humanos, sino que estos casos se rigen por las disposiciones generales. La parte demandante puede exigir una indemnización al Estado.

3.Otras instituciones estatales encargadas de proteger los derechos humanos

222.Además de las instituciones mencionadas anteriormente, como el Defensor del Pueblo y el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, hay toda una serie de instituciones que supervisan la observancia de los derechos humanos.

223.El Departamento de Relaciones Interétnicas, creado en 2001, es un organismo especializado de la administración pública central, que depende del Gobierno de Rumania. Uno de sus principales objetivos es articular una política coherente de relaciones interétnicas basada en una descentralización y asociación reales con las autoridades locales y la sociedad civil. El Departamento promueve programas específicos destinados a mejorar la comprensión y el diálogo entre la mayoría y las minorías nacionales. El Departamento de Relaciones Interétnicas tiene también oficinas territoriales en las principales zonas interétnicas del país.

224.El Consejo de Minorías Nacionales, creado en 1993, es un órgano consultivo del Gobierno de Rumania. El Consejo facilita la relación permanente con las organizaciones de personas pertenecientes a minorías nacionales, al estar compuesto de representantes de todas las organizaciones minoritarias nacionales presentes en el Parlamento.

225.El Organismo Nacional para los Romaníes, creado en 2004, es un órgano especializado del Gobierno de Rumania, con personalidad jurídica, que está encargado de elaborar, coordinar, supervisar y evaluar las políticas públicas para la minoría romaní en Rumania.

226.El Ministerio de Administración e Interior se ocupa de las cuestiones relacionadas con los refugiados, los desplazados internos, los trabajadores migrantes, los extranjeros y los no ciudadanos.

227.El Consejo Nacional Audiovisual es una institución pública autónoma, sujeta a control parlamentario, que está facultada a adoptar decisiones normativas, hacer avisos públicos y sancionar las infracciones, en el ejercicio de su función de garantizar, entre otras cosas, la aplicación de políticas antidiscriminatorias en la esfera de lo audiovisual.

228.Casi todas las instituciones mencionadas han elaborado estrategias y planes de acción adaptados a las características propias de cada sector en lo relativo a los derechos humanos.

4.Tribunales regionales

229.A partir de la fecha de adhesión de Rumania a la Convención Europea de Derechos Humanos (1994), todas las personas sujetas a la jurisdicción del Estado rumano tienen acceso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que defiende los derechos y las libertades reconocidas por la Convención. Sin embargo, no puede presentarse una demanda ante el Tribunal si no se han agotado antes todos los recursos internos. Entre el 1º de enero de 1998 y el 31 de diciembre de 2008, 24.097 personas presentaron demandas contra Rumania ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El Tribunal declaró admisibles 283 demandas solamente y dictó sentencia en 279 causas. En 14 causas el Gobierno y los demandantes llegaron a una solución amistosa parcial o total. A comienzos de 2008 estaban pendientes ante el Tribunal 8.300 demandas contra Rumania. El Tribunal constató principalmente la existencia de vulneraciones del derecho a un juicio con las debidas garantías procesales y del derecho a la protección de la propiedad. En algunos casos el Tribunal determinó la existencia de vulneraciones de la prohibición de tratos inhumanos o degradantes, violaciones del derecho al respecto de la vida privada y la vida familiar, el hogar y la correspondencia, ausencia de investigaciones efectivas o procedimientos demasiado prolongados, y discriminaciones étnicas (romaníes). De resultas de las sentencias y decisiones pronunciadas por el Tribunal en 2009, el Gobierno abonó una suma total aproximada de 12 millones de euros. Además, se han modificado varias leyes y disposiciones del Código de Procedimiento Civil y el Código Penal.

230.Desde que Rumania pasó a formar parte de la Unión Europea, en 2007, el Tribunal de Justicia de la Unión protege también los derechos humanos en determinadas condiciones. Esta protección aumentará cuando la UE se adhiera a la Convención Europea de Derechos Humanos, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 6 del Tratado de la Unión Europea.

5.Información y publicaciones sobre derechos humanos

231.Instituciones estatales organizan seminarios y otras manifestaciones públicas sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos, como medio importante de difundir información sobre los tratados de los derechos humanos. Asimismo, se han abierto varios sitios en Internet.

232.En los principales periódicos y en la prensa local se publican artículos sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos.

6.Educación en derechos humanos

233.En Rumania, la educación en derechos humanos se imparte con la enseñanza preuniversitaria, sobre la base de planes de estudios formales o no formales. Los planes formales atañen a la educación sistemática, estructurada de conformidad con el nivel de enseñanza, y al personal especializado (instructores en los kindergartens y en la escuela primaria y maestros). Las disciplinas que tocan temas de derechos humanos son las siguientes: educación cívica, cultura cívica, sociología, filosofía, estudios sociales y educación intercultural.

234.La enseñanza extracurricular no formal se compone de actividades educativas no incluidas en el sistema de educación formal, que se llevan a cabo en las escuelas o en asociación con las autoridades locales, ONG y otras instituciones.

235.Diversos ministerios y organismos imparten regularmente programas de formación en derechos humanos. Estos programas comprenden cursos obligatorios y opcionales.

7.Sensibilización en derechos humanos a través de los medios de comunicación

236.En el contexto de la campaña "Di NO a la discriminación", organizada por el Consejo de Europa en colaboración con el Ministerio de Administración e Interior, este último contribuyó a la campaña difundiendo sus mensajes a través de la prensa local.

8.Cooperación con organizaciones no gubernamentales

237.Las instituciones públicas encargadas de las cuestiones de derechos humanos han firmado protocolos de cooperación con ONG, sobre la base de los cuales organizan programas de formación o campañas de información.

V.El proceso de presentación de informes a nivel nacional

238.El documento básico y los informes presentados hasta ahora por Rumania a los organismos convencionales de derechos humanos se prepararon en los ministerios u organismos pertinentes para cada informe, bajo la coordinación del Ministerio de Relaciones Exteriores. Las contribuciones a los informes suele prepararse en reuniones de todos los ministerios u organismos encargados de redactar el informe, así como en conversaciones con ONG. La colaboración de las instituciones en esta operación no se atiene a ningún reglamento específico ni toma la forma de una estructura oficial.

239.Este mismo procedimiento se sigue en lo relativo al cumplimiento de las recomendaciones de los distintos organismos convencionales.

240.La cámara legislativa no participa en la elaboración de los informes a los organismos convencionales, pero puede hacerlo cuando se trata de cumplir las recomendaciones.

A.Información relativa a la no discriminación y la igualdad

Disposiciones jurídicas

241.La revisión de la Constitución de Rumania efectuada en 2003 introdujo varios cambios en las disposiciones encaminadas a prevenir la discriminación. El artículo 4 proclama que el fundamento del Estado es la unidad del pueblo rumano y la solidaridad de sus ciudadanos, y que Rumania es la patria común e indivisible de todos sus ciudadanos, sin discriminación alguna por motivos de raza, nacionalidad, origen étnico, idioma, religión, sexo, opinión, afiliación política, propiedad u origen social.

242.El artículo 16 de la Constitución de Rumania reconoce el principio de la igualdad de derechos ("los ciudadanos son iguales ante la ley y las autoridades públicas, sin privilegio o discriminación algunos"), y el principio de la legalidad ("Nadie está por encima de la ley"). Además, todas las leyes fundamentales comprenden disposiciones destinadas a combatir la discriminación y garantizar la igualdad de acceso a los derechos y las libertades.

243.La Constitución garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. El párrafo 3) de su artículo 16 dispone que "podrán tener acceso a cargos o dignidades públicas, civiles o militares, con arreglo a la ley, las personas de ciudadanía rumana y domiciliadas en Rumania. El Estado rumano garantizará la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en el acceso a esos cargos y dignidades". Al propio tiempo, según el párrafo 4 del artículo 41, "cuando realicen el mismo trabajo que los hombres, las mujeres recibirán la misma retribución", mientras que el párrafo 1 del artículo 48 dispone que "la familia se basa en el matrimonio libremente consentido de los cónyuges, la plena igualdad de éstos y el derecho y el deber de los progenitores de garantizar la crianza, educación e instrucción de sus hijos".

B.Aspectos institucionales de la protección de la igualdad y la no discriminación

244.En lo relativo a la protección de la igualdad y la no discriminación, el panorama institucional de Rumania es complejo. Mientras que el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación se creó con el objetivo específico de ocuparse de las cuestiones de la igualdad y la no discriminación, y se encarga de la aplicación y la observancia de las leyes contra la discriminación y la preparación de estadísticas sobre este tema, existe una serie de instituciones dedicadas a cuestiones estratégicas y de ejecución, como el Departamento de Relaciones Interétnicas, que aplica programas destinados específicamente a mejorar la comprensión y el diálogo entre la mayoría y las minorías nacionales, y el Organismo Nacional para los Romaníes, que elabora, coordina, supervisa y evalúa las políticas del sector público respecto de la minoría romaní en Rumania. Además de las mencionadas instituciones, varios ministerios ejecutan programas contra la discriminación adaptados a sus respectivos ámbitos de competencia, como la educación, la juventud, los deportes, la salud, la cultura, etc.

245.En lo referente a los medios de comunicación, el Consejo Nacional del Sector Audiovisual se encarga de la aplicación de las leyes antidiscriminatorias relativas a las políticas o programas audiovisuales.

C.Programas educativos y campañas de información

246.En Rumania se han realizado importantes campañas de información, que describimos a continuación. En 2005, el Organismo Nacional del Empleo, en cooperación con el Organismo Nacional para los Romaníes, organizó la Caravana del Empleo para los Romaníes, iniciativa destinada a informar a los romaníes de sus derechos y de los servicios que pueden ayudarles a encontrar empleo.

247.La campaña contra la discriminación, bajo el lema "Basta de prejuicios contra los romaníes", era un proyecto amplio y complejo dedicado a cuestiones relacionadas con los romaníes, cuyo objetivo consistía en informar a los romaníes de sus derechos, al tiempo que se concienciaba a la población no romaní de la realidad de esta minoría. Un resultado de la campaña fue la elaboración de un Manual de Historia de la Minoría Romaní para el cuarto grado, que incluye una guía con datos históricos para los maestros.

248.En octubre de 2007, el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, en asociación con el Organismo Nacional para los Romaníes, emprendió la campaña "La Escuela sin Discriminación" con miras a prevenir las actitudes racistas, los prejuicios y los casos de segregación en los niveles primario y secundario de la enseñanza, mediante actividades interculturales.

249.El Organismo Nacional para la Igualdad de Oportunidades adoptó varias medidas para hacer que las mujeres fueran más conscientes de sus derechos y contrarrestar los estereotipos de género. El Organismo organizó con éxito campañas de sensibilización, como la celebrada en 2007 bajo el lema "Participa en la toma de decisiones", destinada al público en general y en particular a las mujeres, que comprendía spots de vídeo, carteles y folletos. Otro ejemplo es la distribución de prospectos (como el titulado "¡Mujer, conoce tus derechos!") que contenían útiles compendios de las leyes pertinentes e información sobre los procedimientos para denunciar los casos de discriminación de género.

VI.Recurso judicial

250.En todos los casos de discriminación, la víctima tiene derecho a reclamar daños en el tribunal, en cuantía proporcional al acto, así como a que se restablezca la situación precedente a la discriminación o se ponga fin a la situación creada por ésta, de conformidad con el derecho consuetudinario. Un importante elemento es la inversión de la carga de la prueba en los casos de discriminación, puesto que es la persona demandada la que tiene que demostrar su inocencia.

251.La víctima que desee evitar un recurso ante los tribunales puede acudir a los mecanismos de denuncia administrativos o cuasijudiciales, como el Defensor del Pueblo o el Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación, mencionados en un capítulo anterior. Las reclamaciones por daños están exentas de costas judiciales y no dependen de ninguna notificación del Consejo Nacional de Lucha contra la Discriminación.