Naciones Unidas

HRI/CORE/IRL/2014

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

30 de abril de 2014

Español

Original: inglés

Documento básico común que forma parte integrante de los informes de los Estados partes

Irlanda *

[Fecha de recepción: 7 de febrero de 2014]

Índice

Párrafos Página

Introducción1–43

I.Información general sobre el Estado5–753

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturales del Estado5–333

B.Estructura constitucional, política y jurídica del Estado34–757

II.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos76–16315

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos76–8415

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos a nivel nacional85–13118

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional132–15926

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional160–16232

E.Otra información conexa sobre los derechos humanos16333

III.Información sobre no discriminación, igualdad y recursos eficaces164–26133

Anexos estadísticos52

Introducción

1.El Gobierno de Irlanda se complace en presentar su documento básico común, que forma parte integrante de sus informes presentados en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

2.En la preparación de este documento básico común, Irlanda ha seguido las directrices armonizadas de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, revisadas en junio de 2009 (HRI/GEN/2/Rev.6). El presente documento contiene una gran variedad de información relacionada con todos o varios de los órganos creados en virtud de tratados y, al mismo tiempo, evita las repeticiones y reduce la longitud de los informes. La información ofrecida es correcta en el momento de preparación del documento, que tuvo lugar a lo largo de varios meses de 2013. En consecuencia, los datos presentados ofrecen una panorámica de la situación en Irlanda, más que una descripción exhaustiva o plenamente actualizada.

3.El documento básico común fue preparado por el Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio, encargado de coordinar los informes de Irlanda en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se han recibido aportaciones del Departamento de Justicia e Igualdad, responsable de la elaboración de los informes de Irlanda en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, y del Departamento de Asuntos de la Infancia y la Adolescencia, encargado de los informes en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se han recibido también aportaciones y asistencia del Departamento de Educación y Capacitación, el Departamento de Finanzas, el Departamento de Gasto Público y Reforma, el Departamento de Defensa, el Departamento de Medio Ambiente, Comunidad y Gobierno Local, el Departamento del Taoiseach, el Departamento de Protección Social, el Departamento de Empleo, Empresas e Innovación y la Oficina Central de Estadística.

4.El Gobierno de Irlanda reconoce y valora el importante papel desempeñado por las organizaciones no gubernamentales (ONG) en la promoción y aplicación de los derechos establecidos en los tratados.

I.Información general sobre el Estado

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturales del Estado

5.La isla de Irlanda está situada al noroeste del continente europeo y tiene una superficie total de 84.421 kilómetros cuadrados. El país está dividido históricamente en cuatro provincias, que coinciden a grandes rasgos con los cuatro puntos cardinales, a saber, Ulster (Norte), Munster (Sur), Connacht (Oeste) y Leinster (Este). De conformidad con el artículo 3 de la Bunreacht na hÉireann (Constitución de Irlanda), las leyes promulgadas por el Oireachtas (Parlamento irlandés) se aplican a 26 de los 32 condados de la isla de Irlanda. Los restantes condados nororientales forman parte del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. El artículo 3 dispone también que la unificación de Irlanda (32 condados) solo podrá lograrse por medios pacíficos y con el consentimiento de la mayoría de la población, democráticamente manifestado, de ambas partes de la isla. De conformidad con el artículo 4 de la Constitución, el nombre del Estado es "Éire", o, en inglés, "Ireland" [Irlanda].

6.En 1921, después de la Guerra de Independencia, se firmó un tratado con el Reino Unido, en virtud del cual el Estado Libre de Irlanda (26 condados) se independizó del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda, mientras que Irlanda del Norte (6 condados) siguió formando parte del Reino Unido. La adopción de la Constitución de Irlanda en 1937 y la Ley de la República de Irlanda de 1948 rompieron los últimos lazos simbólicos de Irlanda con el Reino Unido. Irlanda no pertenece a ninguna alianza militar. Fue admitida como miembro de las Naciones Unidas en 1955 y en 1973 se adhirió a las Comunidades Europeas, conocidas ahora con el nombre de Unión Europea (UE).

La economía

7.Después del fuerte crecimiento registrado en los años noventa, a partir de 2000 la economía irlandesa comenzó a perder competitividad, lo que provocó una sustitución parcial de las exportaciones por fuentes de demanda interna más inestables, como la construcción. El consiguiente "boom de la construcción" dio lugar a la acumulación de desequilibrios dentro de la economía irlandesa, que quedó muy vulnerable a la "Gran Recesión", como se conoció el rápido deterioro de la economía mundial de 2008 y 2009.

8.El colapso de las economías mundiales, junto con la pérdida de competitividad interna exacerbada por la valoración del euro durante el período de turbulencia, tuvo efectos nocivos en la mayoría de los sectores exportadores. La construcción de viviendas, que había comenzado ya a disminuir, descendió fuertemente debido a la contracción de la demanda. Una caída dramática de la confianza de los consumidores dio lugar a un descenso sin precedentes del consumo personal. En ese contexto, el producto interior bruto (PIB) real registró contracciones anuales en 2008, 2009 y 2010, lo que provocó una caída del 10,7% entre su punto más alto y más bajo (cuarto trimestre de 2007 y cuarto trimestre de 2009, respectivamente), antes de regresar a un crecimiento del 1,4% en 2011. Esta evolución se debió a la fuerte recuperación de las exportaciones como consecuencia de una rápida mejora de la competitividad de Irlanda. En 2012 se consiguió un segundo año consecutivo de crecimiento; según datos de la Oficina Central de Estadística, se logró un crecimiento del 0,9%.

9.Irlanda ha conseguido poner fin al programa de ayuda financiera de la Unión Europea y el Fondo Monetario Internacional. La economía se está recuperando, las finanzas públicas están bajo control, el sistema bancario está reestructurado y bien capitalizado y, sobre todo, se están creando empleos. Continúa habiendo desafíos importantes y, con este fin, en diciembre de 2013 el Gobierno puso en marcha la Estrategia económica a mediano plazo para 2014-2020.

10.El desempleo (tasa no ajustada) ha aumentado considerablemente en los últimos años, desde el 4,1% en el cuarto trimestre de 2006 hasta el 13,7% en el trimestre correspondiente de 2012, y el desempleo de larga duración ha subido desde el 1,3% hasta el 8,2% en ese mismo período.

Tendencias demográficas

11.En 2011 Irlanda tenía 4.588.252 habitantes, lo que representaba un considerable crecimiento con respecto al decenio precedente: ese año había unos 671.049 habitantes (17,1%) más que en 2002. Durante el mismo período, el número de niños de menos de 18 años de edad subió de 1.013.031 a 1.148.687, lo que representa un aumento aproximado de 13,4%. Si bien la proporción de la población irlandesa de menos de 18 años bajó de forma dramática entre 1981 (36,2%) y 2002 (25,9%), desde entonces se ha mantenido estable, y en 2011 los niños eran el 25% de la población total. El coeficiente de dependencia juvenil (proporción entre las personas de 0 a 14 años de edad y el total de la población en edad de trabajar) fue del 31,9% en 2011, superior al 29,7% de 2006.

12.De acuerdo con el informe Measuring Ireland’s Progress 2011, de la Oficina Central de Estadística, las mujeres irlandesas tenían en 2010 una tasa total de fecundidad de 2,07, la más elevada de Europa, frente a 1,94 en 2006. El número de nacimientos en Irlanda aumentó también durante el pasado decenio un 29%: desde 57.854 en 2001 hasta 74.650 en 2011. La tasa de natalidad en 2012 era de 0,8 por 1.000 (según datos registrados provisionales de 2012). Los datos disponibles más recientes sobre la tasa de mortalidad materna corresponden a 2010, año en que se registró una sola tasa por total de nacidos vivos y mortinatos.

13.La población de Irlanda está envejeciendo. Según la publicación Older and Younger, de la Oficina Central de Estadística, el número de personas de 65 y más años subió de 467.926 en 2006 a 535.393 en 2011, lo que representa un aumento del 14,4%. La población de edad avanzada representa ahora el 11,7% del total, frente al 11% en 2006. En 2011, la tasa de dependencia de los ancianos era del 17,4%, frente a 16,1% en 2006.

14.En 2012 la tasa de mortalidad de Irlanda era el 6,3‰ de la población total (según datos registrados provisionales de 2012).

15.La esperanza de vida a los 0 años de edad era de 76,8 años en los varones y 81,6 en las mujeres.

16.La estructura demográfica de Irlanda se ha visto también afectada en los últimos años por la inversión de las tendencias migratorias, pues se ha producido una transición de una migración neta positiva a una migración neta negativa. En 2006, la migración neta se situaba en 71.800 personas, pero en 2012 la cifra era de menos 34.400. Según estimaciones de la Oficina Central de Estadística para 2012, la migración neta negativa de la población en edad de trabajar (entre 15 y 65 años de edad) era de 36.600 personas.

17.Estas tendencias demográficas representarán una presión cada vez mayor sobre las ayudas y servicios públicos.

18.La población nacional no irlandesa subió de 224.261 a 419.733 personas (crecimiento del 87%) entre los censos de población de 2002 y 2006, y de 419.733 a 544.357 (crecimiento del 29,7%) entre los de 2006 y 2011.

19.Entre 1991 y 2011 la población no católica aumentó de forma significativa, debido al mayor número de personas sin religión así como al crecimiento de las religiones de inmigrantes procedentes de Europa Oriental, África y Asia. La proporción de la población que se declaraba católica continuó disminuyendo en 2011, año en que alcanzó su punto más bajo (84,2%); al mismo tiempo, esa confesión contaba con 3,86 millones de seguidores, el número más alto jamás registrado.

20.De los 3,8 millones de católicos que había en Irlanda en 2011, el 92% eran irlandeses y el 8% restante pertenecía a diversas nacionalidades. Entre los no irlandeses, el grupo más numeroso eran los polacos (110.410), seguido del integrado por personas procedentes del Reino Unido (49.761); entre ambos representaban más de la mitad de todos los católicos no irlandeses.

Religión

Censo de 2011

Católica

3 860 000

Persona no religiosa/atea/agnóstica

277 237

Iglesia de Irlanda

129 039

Musulmana

49 204

Cristiana ortodoxa

45 223

Presbiteriana

24 600

Apostólica Pentecostal

14 043

Hinduista

10 688

Budista

8 703

Metodista

6 842

Testigos de Jehová

6 149

Luterana

5 683

Evangélica

4 188

Baptista

3 531

Judía

1 984

21.El total de personas sin religión, ateos y agnósticos se cuadruplicó con creces entre 1991 y 2011, año en que alcanzó un total de 277.237. En este grupo se encontraban 14.769 niños en edad de enseñanza primaria y 14.478 en edad de enseñanza secundaria. Había 4.690 niños de menos de 1 año de edad que no tenían ninguna religión.

22.En abril de 2011 había 129.039 miembros de la Iglesia de Irlanda, un 6,4% más que en 2006. En ese total se incluían 13.667 niños en edad de enseñanza primaria y 8.809 en edad de enseñanza secundaria.

23.En abril de 2011 había en Irlanda 49.204 musulmanes, lo que representaba un fuerte aumento con respecto a cinco años antes. En la población musulmana de Irlanda se incluían 8.322 niños en edad de enseñanza primaria y 3.582 en edad de enseñanza secundaria. Desde 1991, el número de musulmanes subió de solo el 0,1 al 1,1% de la población total.

24.En abril de 2011 había en Irlanda 45.223 cristianos ortodoxos, más del doble que cinco años antes (20.798) y más de cuatro veces por encima del número registrado en 2002 (10.437).

25.En abril de 2011 había en Irlanda 24.600 presbiterianos, cifra que era marginalmente superior a la de 2006 y representaba una pauta continuada de crecimiento desde 2002, tras largos períodos de descenso hasta 1991.

26.Los miembros de la Iglesia Apostólica Pentecostal en Irlanda eran en total 8.116 en 2006 y 14.043 en 2011. Este último año más del 60% (8.486) eran de etnia africana, mientras que el 18,1% (2.546) se incluían en "otros grupos de raza blanca".

27.Según el censo de 2011, había en Irlanda 10.688 hindúes, 10 veces más que en 1991.

28.La tasa de crecimiento del PIB fue del 1,4% en 2011, según el informe de la Oficina Central de Estadística Measuring Ireland’s Progress 2011. Ese año el déficit público representó el 13,1% del PIB, el mayor de todos los Estados Miembros de la UE, pero muy inferior al 31,2% de 2010. La deuda pública aumentó notablemente, hasta alcanzar el 108,2% del PIB en 2011, tercer coeficiente deuda/PIB más alto de la UE, mientras que cuatro años antes había sido solo del 24,8%. No obstante, en 2011 Irlanda tuvo el cuarto PIB más alto per cápita de la UE, un 27% por encima del promedio de la Unión, aunque, en función del ingreso nacional bruto (INB), Irlanda se encontraba en el undécimo puesto, un 2% por encima del promedio de la UE.

29.Entre 2007 y 2011 Irlanda tuvo la inflación más baja de la UE (determinada en función del índice armonizado de precios al consumo), pero en 2011 su nivel de precios —el quinto más alto de la UE— era un 17% superior al promedio de la UE. La tasa de empleo (de las personas con edades comprendidas entre 15 y 64 años) subió del 65,2% en 2002 al 69,2% en 2007, pero bajó a 59,1% en 2012, año en que se situó por debajo del promedio de la UE.

30.En 2012, el 49,2% de la población de 25 a 34 años había terminado la enseñanza terciaria, lo que representaba la tercera tasa más alta de la UE. Ese mismo año, la proporción de personas de 18 a 24 años que habían abandonado los estudios sin haber superado, en el mejor de los casos, el primer ciclo de enseñanza secundaria representaba el 9,7%.

31.Los adultos de Irlanda tienen una puntuación media ajustada de 266 en la escala de alfabetización (1-500), mientras que el promedio del estudio es 270. El nivel de alfabetización se dividió en cinco niveles y los adultos de Irlanda estuvieron representados en las siguientes proporciones:

a)Nivel 1 o inferior (1-225) = 17,9%;

b)Nivel 2 (226-275) = 37,6%;

c)Nivel 3 (276-325) = 36%;

d)Nivel 4 (326-375) = 8,1%;

e)Nivel 5 (376-500) = 0,4%.

32.El número de unidades de vivienda construidas aumentó fuertemente hasta alcanzar un máximo de casi 90.000 en 2006, antes de caer a solo 10.480 en 2011, por debajo del nivel de 1970. Las emisiones de gases de efecto invernadero de Irlanda en 2010 representaban el 110% de las de 1990, un 3% por debajo de la meta de Kyoto para 2008-2012. Más de la mitad de los desechos municipales (52,5%) se depositaban en vertederos, mientras que el promedio de la UE era del 37,1%.

33.Puede encontrarse información estadística más completa sobre las tendencias demográficas, económicas, sociales y culturales de Irlanda en los anexos estadísticos del presente documento y en el material compilado por la Oficina Central de Estadística, que está a disposición del público en su sitio web, www.cso.ie.

B.Estructura constitucional, política y jurídica del Estado

La Constitución de Irlanda (Bunreacht na hÉireann)

34.La Constitución de Irlanda (o, en irlandés, Bunreacht na hÉireann) es la ley básica del Estado. Se aprobó mediante referendo en 1937 y sucede a la Constitución de la Dáil Éireann (Cámara de Representantes) de 1919 y a la Constitución del Estado Libre de Irlanda de 1922. Establece las instituciones y el aparato del Estado y prevé la separación de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. La Constitución determina las facultades del Presidente, el Oireachtas y el Gobierno, así como la estructura y competencias de los tribunales. Declara que todos los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales del Gobierno se derivan del pueblo. La Constitución garantiza también a los ciudadanos derechos fundamentales que han sido objeto de rigurosa interpretación y enumeración por los tribunales.

35.La Constitución de Irlanda puede modificarse únicamente mediante la aprobación de un proyecto de ley de enmienda de la Constitución por mayoría simple de ambas Cámaras del Oireachtas y la consiguiente aprobación de la propuesta por una mayoría de votos en un referendo. La Constitución se ha modificado en 25 ocasiones mediante referendo. En ella se dispone que el Oireachtas no promulgará ninguna ley que esté en contradicción con sus disposiciones. Si una medida legislativa promulgada está en contradicción con la Constitución, será nula en la parte donde se observa esa contradicción. Solo el tribunal Superior y el Tribunal Supremo tienen jurisdicción para considerar la cuestión de la validez de toda ley con respecto a las disposiciones de la Constitución. El examen judicial es un mecanismo en virtud del cual las personas pueden impugnar la constitucionalidad de la legislación; este recurso se explica con mayor detalle más adelante (véanse párrs. 88 a 90).

36.La concertación del Acuerdo del Viernes Santo —parte integrante del proceso de paz de Irlanda del Norte— requirió una enmienda constitucional. El 2 de diciembre de 1999 entraron en vigor tanto el Acuerdo Británico-Irlandés (acuerdo internacional en que el Gobierno se comprometió a aplicar plenamente el Acuerdo del Viernes Santo) como las enmiendas a la Constitución, respaldadas por el pueblo en los referendos del 22 de mayo de 1998. El mismo día entraron en funcionamiento las instituciones políticas establecidas en virtud del Acuerdo (una Asamblea y un Poder Ejecutivo en Irlanda del Norte, un Consejo Ministerial Norte/Sur, un Consejo Británico-Irlandés y una Conferencia Intergubernamental Británico-Irlandesa). En la enmienda de la Constitución se reformulaban los artículos 2 y 3.1, que tenían como tema la nacionalidad y los derechos de ciudadanía irlandesa y reconocían la situación especial de Irlanda del Norte, basada en el principio del por consentimiento). El texto enmendado es el siguiente:

Artículo 2

Toda persona nacida en la isla de Irlanda, que incluye sus islas y sus mares, tiene derecho a formar parte de la nación irlandesa. A ello también tienen derecho las personas que reúnan los requisitos establecidos en la ley para ser ciudadanos de Irlanda. Además, la nación irlandesa mantiene una afinidad especial con la población de origen irlandés que vive en el extranjero y comparte su identidad y su patrimonio culturales.

Artículo 3

La nación irlandesa está firmemente resuelta, sobre bases de armonía y amistad, a unir a toda la población que vive en el territorio de la isla de Irlanda, con sus diversas identidades y tradiciones, al tiempo que reconoce que solo podrá lograrse la unificación de Irlanda por medios pacíficos y con el consentimiento de la mayoría de la población, democráticamente manifestado, de ambas partes de la isla. Hasta ese momento, las leyes promulgadas por el Parlamento establecido por la presente Constitución tendrán el mismo ámbito de aplicación que las leyes promulgadas por el Parlamento que existía inmediatamente antes de que entrara en vigor la presente Constitución.

El Gobierno de Irlanda

37.Irlanda es una democracia parlamentaria soberana e independiente. El Parlamento nacional (Oireachtas) está compuesto por el Presidente y dos Cámaras: la Cámara de Representantes (Dáil Éireann) y el Senado (Seanad Éireann). Las funciones y facultades del Presidente, la Dáil y el Seanad dimanan de la Constitución de Irlanda y de las leyes. Todas las leyes que apruebe el Oireachtas deben ajustarse a la Constitución.

38.El Presidente es el Jefe de Estado; el cargo no tiene funciones ejecutivas. El Presidente, en general, debe respetar las indicaciones y la autoridad del Gobierno. A propuesta de la Dáil Éireann, el Presidente nombra al Primer Ministro (Taoiseach) y, por indicación de este y con la aprobación previa de la Dáil Éireann, a los miembros del Gobierno. La política y gestión oficiales pueden ser examinadas y criticadas en ambas cámaras, pero, según la Constitución, el Gobierno rinde cuentas únicamente a la Dáil. El Presidente no puede ostentar más de dos mandatos.

39.La Dáil Éireann (Cámara de Representantes) tiene 166 miembros denominados Teachtaí Dálá. Los miembros son elegidos por los 43 distritos electorales en que está dividido actualmente el país; ninguno de ellos puede elegir a menos de tres miembros. El número total de miembros de la Dáil no puede fijarse en menos de un miembro por cada 30.000 habitantes ni en más de un miembro por cada 20.000 habitantes. La recientemente promulgada Ley Electoral (Enmienda) (Distritos Electorales de la Dáil), de 2013, reduce a 158 el número de miembros de la Dáil y a 40 el de distritos electorales. Los nuevos mecanismos entrarán en vigor a partir de las próximas elecciones generales. La Ley Electoral (Enmienda) (Financiación Política), de 2012, incluye una disposición según la cual los partidos políticos perderán la mitad de su financiación política estatal si no tienen al menos un 30% de mujeres y un 30% de hombres candidatos en las próximas elecciones generales. Esa proporción ascenderá al 40%, después de que hayan transcurrido otros siete años. Los pagos efectuados a los partidos políticos en virtud de las leyes electorales están asociados con los resultados obtenidos en las elecciones generales.

40.El Gobierno está integrado por no más de 15 miembros y no menos de siete, a saber, el Taoiseach (Primer Ministro), el Tánaiste (Viceprimer Ministro) y entre 5 y 13 ministros. El Taoiseach, el Tánaiste y el Ministro de Finanzas deben ser miembros de la Dáil, y los otros ministros deben ser miembros de la Dáil o el Seanad, pero no puede haber más de dos que sean miembros del Seanad. El Gobierno actúa como autoridad colectiva, por lo que es colectivamente responsable de los departamentos estatales administrados por sus miembros. Generalmente se reúne una vez por semana. Los debates de esas reuniones están sometidos a la norma de "confidencialidad del gabinete". Durante las elecciones generales, el Gobierno permanece en funciones hasta el nombramiento de un nuevo Taoiseach.

41.El Seanad Éireann (Senado) tiene 60 miembros. Once son nombrados directamente por el Taoiseach. Cuarenta y tres son elegidos por miembros de la Dáil Éireann, por miembros salientes del Seanad y por miembros de los consejos de condado y de distrito entre cinco grupos de candidatos: el grupo cultural y educativo, el agrícola, el laboral, el industrial y comercial y el administrativo. En cada uno figuran los nombres de personas con conocimiento y experiencia práctica de los intereses respectivos. Los seis restantes son elegidos por graduados universitarios: tres por la Universidad Nacional de Irlanda y tres por la Universidad de Dublín. Las facultades del Seanad definidas en la Constitución son, en general, menores que las de la Dáil. Tiene atribuciones complementarias de las de la Dáil en esferas amplias, como la destitución del Presidente o de un juez, la declaración y levantamiento del estado de excepción, la introducción de proyectos de ley que no tengan carácter financiero y la derogación de leyes. No tiene facultades en materia financiera. El Seamd Éireann no está autorizado a introducir proyectos de ley de carácter financiero, pero puede presentar a la Dáil Éireann recomendaciones sobre ellos.

42.Dentro del Oireachtas funciona un sistema de comisiones parlamentarias. Según el reglamento vigente, hay que nombrar cuatro comisiones: de selección, de cuentas públicas, de procedimiento y prerrogativas y de proyectos de ley de consolidación. Se pueden crear otras comisiones por resolución de una o ambas cámaras del Oireachtas. A fin de que puedan presentar informes y recomendaciones al Parlamento, tienen la facultad de requerir documentos oficiales y oír el testimonio de particulares. Sus conclusiones no son vinculantes. Los informes de las comisiones se someten al Oireachtas, que decide qué medidas deben adoptarse. Incumbe al Oireachtas decidir el número y alcance de las comisiones que se crearán y sus atribuciones.

El Sistema electoral

43.En Irlanda, los ciudadanos tienen la oportunidad de participar en el proceso político mediante la emisión del voto en cinco procedimientos de adopción de decisiones:

a)Elección del Presidente cada siete años, si hay más de un candidato;

b)Referendos sobre propuestas de reforma de la Constitución;

c)Elecciones de autoridades locales cada cinco años;

d)Elecciones parlamentarias, que según la legislación actual se celebran por lo menos cada cinco años;

e)Elecciones al Parlamento Europeo cada cinco años.

44.La edad mínima para votar en Irlanda está fijada en 18 años. La elección para la Dáil se realiza mediante representación proporcional en una vuelta con voto transferible en circunscripciones de varios escaños. El voto transferible en una vuelta también se utiliza para elegir al Presidente, a los miembros del Parlamento Europeo, a las autoridades locales y a 49 de los 60 miembros del Seanad.

La administración pública

45.La base jurídica del actual sistema irlandés de administración pública es la Constitución y la Ley de Ministros y Secretarios de 1924 (Ley de 1924). De conformidad con el artículo 28 de la Constitución, los ministros se ocupan de sus respectivos departamentos. La Ley 1924 y sus modificaciones establecen una clasificación de las funciones del Gobierno según los diversos departamentos del Estado. Los ministros son responsables de todas las medidas de sus departamentos. No obstante, el Tribunal Supremo de Irlanda ha confirmado la vigencia de la doctrina Carltona para la administración pública irlandesa, lo que significa que los actos oficiales de un funcionario público son considerados como actos del Ministro o el departamento competente, aun cuando no se haya producido una delegación expresa. Por otro lado, la administración cotidiana de las funciones de un departamento es supervisada por su secretario general, que es un funcionario público. La Ley de Gestión de la Administración Pública de 1997 establece un nuevo marco legislativo para la asignación de autoridad y responsabilidades dentro de los departamentos gubernamentales y entre estos.

46.La administración pública es imparcial con respecto a los partidos políticos en el desempeño de sus funciones, y los funcionarios públicos de rango medio y superior no pueden participar en las actividades de los partidos políticos. La contratación de funcionarios se efectúa mediante concursos públicos abiertos, dirigidos por una comisión estatal independiente. La administración pública comprende una serie de grados con diferentes funciones. Las principales categorías son las siguientes: funcionarios administrativos, encargados de la formulación de políticas; técnicos y científicos, que dan asesoramiento especializado dentro de la administración pública; ejecutivos, que tienen a su cargo la ejecución de políticas; y personal de oficina, encargado de funciones generales. Actualmente hay unas 35.000 personas empleadas en la administración pública. Además, los ministros pueden nombrar asesores especiales de conformidad con las disposiciones de la Ley de 1997.

Gobierno local

47.El gobierno local está a cargo de 114 autoridades locales financiadas con una combinación de subvenciones estatales, tarifas comerciales, recargos por bienes y servicios y los impuestos locales a la propiedad residencial. Las autoridades locales son órganos con múltiples funciones y se encargan de una gran variedad de servicios, en particular los de aprovechamiento de la tierra (zonificación) y urbanización, bomberos y servicios para casos de incendios y de emergencia, vivienda pública, mantenimiento de carreteras, apoyo al desarrollo comunitario y económico local, bibliotecas y algunos otros servicios.

48.La Ley de Reforma del Gobierno Local de 2014 prevé un programa muy amplio de reforma del gobierno local en el que se incluyen medidas para reforzar y mejorar las estructuras, funciones, recursos, operaciones y gobernanza del sistema local.

49.El programa presta especial atención a los siguientes aspectos: fortalecimiento de las estructuras de las regiones, condados y subcondados; ampliación de las funciones del gobierno local; mayor eficiencia operacional y organizativa; mejora de la gobernanza, la supervisión y el liderazgo político y ejecutivo local; impulso del desarrollo económico, social y comunitario; y representación de los ciudadanos y las comunidades locales de manera eficaz y responsable. El número de autoridades locales (es decir, consejos de condados y ciudades) descenderá a 31 después de las elecciones locales de 2014 y cada condado se estructurará en distritos municipales en torno a las ciudades principales y su zona periférica. En cada condado habrá una sola estructura operacional o ejecutiva con recursos a disposición tanto de los condados como de los distritos y una gran variedad de funciones será realizada por los miembros elegidos en los distritos, reservándose las cuestiones estratégicas a las instancias responsables de los condados. Las estructuras regionales se están racionalizando a partir de las ocho autoridades regionales y dos asambleas regionales actuales, y su función principal es la planificación y supervisión estratégica.

50.Entre las propuestas de reforma se incluye un fortalecimiento considerable del papel del gobierno local en los programas de desarrollo local y comunitario en un marco de la armonización del sector del desarrollo local con el sector del gobierno local. Esta función ampliada de supervisión por el gobierno local está en consonancia con su objetivo de promover el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos y las comunidades. El gobierno local estará en condiciones de colaborar con las entidades y comunidades locales, así como con las estructura del gobierno central, para lograr una mayor coherencia, eficiencia, eficacia y mejor gobernanza de los programas y actividades de desarrollo local.

La administración de justicia

An Garda Síochána (Cuerpo Nacional de Policía)

51.Irlanda tiene un único servicio de policía nacional, la Garda Síochána. Actualmente esta cuenta con 13.330 miembros. Además hay 1.087 reservas de la Garda en activo, y otros 173 que están recibiendo capacitación.

52.Los niveles de dotación policial se determinan en función de determinadas variables, como la demografía, los planes/modelos de actividad policial, las necesidades de servicio y la seguridad del Estado. Por ello, el número mínimo necesario en años futuros continuará siendo una variable indeterminada. El personal de la Garda asignado en todo el país, junto con los mecanismos generales y estrategia operacional, son objeto de supervisión y revisión constante. Esta supervisión garantiza la utilización óptima de los recursos de la Garda y la prestación del mejor servicio posible al público en general. An Garda Síochána se encarga de las actividades policiales y la seguridad del Estado. Esta responsabilidad se recoge en el artículo 7 de la Ley de la Garda Síochána de 2005, donde se incluye entre los objetivos nacionales de An Garda Síochána.

53.An Garda Síochána está establecida por ley y su organización interna se halla sujeta a la reglamentación del Ministro de Justicia e Igualdad. An Garda Síochána funciona de manera independiente, con arreglo al marco general normativo y financiero establecido por el Ministro.

54.El artículo 7 de la Ley de la Garda Síochána de 2005 establece que la Garda Síochána tendrá las siguientes funciones:

a)Mantener la paz y el orden público;

b)Proteger la vida y los bienes de las personas;

c)Defender los derechos humanos de las personas;

d)Proteger la seguridad del Estado,

e)Prevenir la delincuencia;

f)Descubrir e investigar la comisión de delitos y poner a sus autores a disposición de la justicia;

g)Regular y controlar el tráfico rodado y mejorar la seguridad vial; y

h)Otras funciones que se le asigne en virtud de la legislación, incluidas las relativas a la inmigración.

55.Todos los oficiales superiores, incluido el Comisionado, son designados por el Gobierno. Se ha reforzado el proceso democrático de rendición de cuentas de la Garda Síochána con las disposiciones de la Ley de la Garda Síochána de 2005. Las declaraciones sobre estrategia y los planes anuales de policía del Comisionado de la Garda están sujetos a la aprobación del Ministro. El Comisionado debe informar a este, según proceda. Por su parte, el Ministro es el responsable político de la Garda Síochána ante la Dáil Éireann.

56.Se han adoptado disposiciones acerca de la rendición de cuentas en el plano local de An Garda Síochána mediante comisiones conjuntas de actividad policial, establecidas en todas las administraciones locales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de An Garda Síochána de 2005. Las comisiones representan un foro de consulta y cooperación entre An Garda Síochána, las autoridades locales, los representantes elegidos de la zona y otros representantes comunitarios en las cuestiones relacionadas con la policía local. Pueden también formular recomendaciones sobre materias relacionadas con las actividades policiales en las diferentes zonas, con inclusión de medidas para abordar los niveles y pautas de los comportamientos antisociales.

57.Las facultades de la policía se establecen en las leyes, y todas sus actuaciones están sujetas a la revisión de un poder judicial activo y constitucionalmente independiente. Hay también un órgano independiente que se ocupa de las denuncias contra la policía, la Comisión del Ombudsman de la Garda Síochána (véase párr. 110).

58.La facultad de iniciar actuaciones judiciales contra una persona por un delito penal corresponde a un funcionario independiente, el Director de la Fiscalía Pública (véase párr. 65).

59.Los delitos de inspiración racial son registrados por An Garda Síochána y clasificados como tales, previa investigación. Hubo 128 delitos registrados en 2009, 127 en 2010, 142 en 2011 y 97 en 2012. En 2012 hubo 97 delitos registrados: 24 de agresión sexual (menores), 16 de daños de carácter penal (distintos del incendio premeditado) y 30 contra el orden público. En 2012 se llevaron a cabo 11 acciones judiciales en virtud de la Ley de Prohibición de la Incitación al Odio de 1989.

60.En 2012 hubo 1.168 hombres y 147 mujeres sospechosos de delitos de agresión con resultado; 3.388 hombres y 178 mujeres sospechosos de robo con allanamiento; y 23.604 hombres y 3.580 mujeres sospechosos de delitos de orden público.

61.En 2002 hubo 1.489 hombres y 374 mujeres víctimas de agresiones con resultado de lesiones, y 12.426 hombres y 9.013 mujeres fueron víctimas de robo con allanamiento.

62.Según el informe anual del Servicio de Prisiones de Irlanda, en 2012 hubo 12.991 decretos de ingreso en prisión; la condena fue de menos de tres meses en 8.837 casos, y de tres a seis meses en 1.734. El 8,6% eran personas de 18 a 21 años de edad y el 70% tenían entre 21 y 40 años.

63.El 30 de noviembre de 2012, había 3.710 presos que cumplían condena, de los cuales 3.588 eran hombres y 122 eran mujeres. De ese total, 305 cumplían condena de cadena perpetua, y 290 habían sido condenados a 10 o más años de prisión. El Grupo 10 (delitos relacionados con las drogas sometidas a fiscalización) era el más numeroso.

64.En el apéndice I puede encontrarse más información sobre las cifras relativas a la delincuencia.

El sistema jurídico irlandés

65.Irlanda tiene un sistema jurídico basado en el common law. La Constitución de Irlanda es la ley básica del Estado y tiene precedencia sobre otras fuentes de derecho de rango inferior. Por ello, una disposición legislativa o del common law que sea incompatible con la Constitución es nula y carece de efecto jurídico. Otras fuentes importantes de derecho son la legislación de la UE, que rige en un nivel supraconstitucional, y la legislación promulgada por el Oireachtas. Asimismo, dado que Irlanda tiene un sistema jurídico basado en el common law, la jurisprudencia es una fuente importante de derecho: en virtud de la doctrina del precedente, o stare decisis, un tribunal debe tener en cuenta los fallos anteriores, en particular los de tribunales superiores, aunque esta regla puede incumplirse en determinadas circunstancias.

El sistema judicial

66.Los tribunales se estructuran en cuatro niveles: el Tribunal Comarcal, el Tribunal de Distrito, el Tribunal Superior y el Tribunal Supremo. Los dos últimos son los denominados Tribunales Superiores y pueden entender en asuntos constitucionales. También existe un Tribunal Penal de Apelaciones.

67.Además de esos tribunales, existe un Tribunal Penal Especial, que fue creado en 1972 e imparte justicia sin jurado. El Gobierno considera que el Tribunal sigue siendo necesario para tratar una determinada serie de delitos de terrorismo y delincuencia organizada. Se comprueba periódicamente si sigue siendo necesario.

68.El 4 de octubre de 2013, el electorado irlandés aprobó en un referendo una propuesta de enmienda de la Constitución a fin de establecer un Tribunal de Apelación. Antes de que pueda establecerse el nuevo tribunal, el Oireachtas deberá aprobar las medidas legislativas para su aplicación, que se están elaborando actualmente. El Tribunal de Apelación intervendrá en un nivel intermedio entre el actual Tribunal Superior y el Tribunal Supremo. Entenderá de la mayoría de los casos actualmente conocidos por el Tribunal Supremo, prácticamente todas las apelaciones contra las decisiones del Tribunal Superior y las apelaciones de otros tribunales, si se aprueban leyes que lo permitan. En general, la decisión del Tribunal de Apelación será definitiva. En los casos en que el Tribunal Supremo considere que una decisión afecta a una cuestión de importancia pública general o cuando así lo requieran los intereses de la justicia, podría haber una ulterior apelación de los fallos del tribunal de apelación ante el Tribunal Supremo, y podrán formularse apelaciones directas contra los fallos del Tribunal Superior ante el Tribunal Supremo cuando lo justifiquen circunstancias excepcionales.

El poder judicial

69.En Irlanda los jueces son independientes del poder ejecutivo y del legislativo, independencia que está plenamente protegida por la Constitución. Son designados por el Presidente a propuesta del Gobierno, que adopta sus decisiones remitiéndose a las recomendaciones de la Junta Asesora de la Comisión de Nombramientos Judiciales. En el párrafo 2 del artículo 35 de la Constitución se dispone que todos los jueces serán independientes en el ejercicio de sus funciones y estarán sujetos únicamente a la Constitución y a las leyes. No pueden ser miembros del Oireachtas ni ocupar otro cargo o puesto remunerado (art. 35, párr. 3). No pueden ser separados de sus cargos sino por declarada mala conducta o incapacidad, y únicamente en virtud de resoluciones aprobadas por ambas Cámaras del Oireachtas en las que se pida su remoción (art. 35, párr. 4). Nunca ha sido necesario ejercer esta facultad. Con excepción de las competencias que tiene el Oireachtas para destituir a un juez, las cuestiones de disciplina relacionadas con la judicatura las resuelve el poder judicial mismo. En el programa actual del Gobierno se incluye el compromiso de legislar en favor del establecimiento de un Consejo Judicial y se prevé la publicación del proyecto de ley en 2014. En noviembre de 2011 el poder judicial estableció un Consejo Judicial Provisional en espera de la publicación y promulgación de la legislación propuesta.

Oficina de la Fiscalía Pública

70.La Oficina de la Fiscalía Pública se estableció mediante la Ley de Enjuiciamiento Penal de 1974, que atribuyó al Director de la misma "todas las funciones que puedan ser realizadas en el contexto de las cuestiones penales" por el Fiscal General inmediatamente antes de la aprobación de la Ley. La principal de estas funciones es la facultad de procesamiento de los delitos penales. El Director es independiente en el desempeño de sus funciones. Solo él puede juzgar los delitos procesables, pero los delitos sumarios pueden ser juzgados también por los ministerios competentes, otros organismos del ministerio público y particulares que intervengan en calidad de "informadores comunes". En el marco de sus funciones para garantizar el buen funcionamiento de los procesamientos penales, el Director tiene la responsabilidad del nombramiento e instrucción del abogado. La Oficina determina también y liquida los honorarios del abogado al que se haya encargado actuar en nombre del Director.

Número medio de causas atrasadas, por juez, en diferentes niveles del sistema judicial

71.El tiempo de espera en los tribunales de circuito y de distrito varía de un lugar a otro, según el número y complejidad de los casos. Los presidentes de los diversos tribunales están firmemente decididos a reducir los tiempos de espera y están colaborando con el Servicio de Tribunales para destinar recursos judiciales a las zonas con mayores tiempos de espera.

72.El Presidente del Tribunal Superior supervisa constantemente los tiempos de espera y ha adoptado varias iniciativas, como la reorganización de las vistas del Tribunal Superior fuera de Dublín y la convocatoria de vistas judiciales adicionales durante las vacaciones judiciales. Asimismo, la delegación a los funcionarios judiciales de las competencias administrativas anteriormente confiadas a los jueces del Tribunal Superior ha aumentado la disponibilidad judicial para la labor de enjuiciamiento. Esas iniciativas se siguen supervisando y ampliando. A pesar de la notable presión, los tiempos de espera en las listas del Tribunal Superior se han reducido en general de forma considerable.

73.En cambio, el Tribunal Supremo continúa registrando largas esperas, que ahora superan los cuatro años; en los casos prioritarios pueden ser de 9 a 12 meses. El Gobierno ha aprobado recientemente el nombramiento de dos jueces adicionales del Tribunal Supremo como medida provisional para reducir los retrasos en el Tribunal Supremo y el Tribunal Penal de Apelaciones. Se prevé que el establecimiento del Tribunal de Apelación reduzca significativamente los actuales retrasos en la tramitación de las apelaciones por el Tribunal Supremo.

74.La Ley de Justicia Penal (Asistencia Letrada) de 1962 y una serie de reglamentos complementarios disponen que una persona que solicita ayuda letrada en un caso penal debe convencer al tribunal de que no dispone de medios suficientes para pagar una representación letrada. El tribunal debe comprobar también que, debido a la gravedad del cargo o a circunstancias excepcionales, es imprescindible, en interés de la justicia, que el solicitante disponga de ayuda letrada. El derecho constitucional a la ayuda letrada se estableció en 1976 en el caso Estado (Healy) c. Donoghue. Además, el artículo 6 3) b) del Convenio Europeo de Derechos Humanos dispone que todo acusado tiene derecho a defenderse por sí mismo o a ser asistido por un defensor de su elección y, si carece de medios para pagarlo, a poder ser asistido gratuitamente por un abogado de oficio, cuando los intereses de la justicia así lo exijan. La concesión de ayuda letrada permite al solicitante contar con los servicios de un abogado —dos, en determinadas circunstancias— para la preparación y presentación de su defensa o apelación. Los tribunales, a través del poder judicial, son los responsables de otorgar ayuda letrada.

75.La Junta de Asistencia Letrada se estableció con el fin de administrar un plan de asistencia letrada civil y de ayudar a las personas de escasos recursos. En 1979 se introdujo el plan de orientación y asistencia letrada civil tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Airey c. Ireland y las recomendaciones formuladas por el Comité Pringle, establecido por el Ministro de Justicia para que le asesorara acerca de la introducción de dicho plan. Funcionó con carácter administrativo hasta la aprobación de la Ley de Asistencia Letrada en Causas Civiles de 1995. El modelo primario de prestación de servicio es el modelo del centro de derecho, aunque se complementa con la utilización de abogados privados en determinadas materias. El plan abarca la mayor parte de las materias civiles, y las exclusiones son relativamente pocas. Si bien la Junta de Asistencia Letrada es responsable de administrar la mayoría de las cuestiones de derecho civil, no administra el plan de ayuda letrada para la representación ante los tribunales de salud mental. Este plan es administrado por la Comisión de Salud Mental. La asistencia letrada en las cuestiones penales está regulada en la Ley de Justicia Penal (Asistencia Letrada) de 1962. El principal plan de ayuda letrada en causas penales es administrado actualmente por el Departamento de Justicia e Igualdad, aunque esa responsabilidad se transferirá a la Junta de Asistencia Letrada.

II.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

76.Irlanda ha firmado y ratificado la mayoría de las convenciones básicas de las Naciones Unidas sobre derechos humanos. En el cuadro siguiente pueden verse los principales tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos firmados y ratificados por Irlanda.

Firmado

Ratificado

Reservas/Declaraciones

Informes

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

1 de octubre de 1973

8 de diciembre de 1989

Reservas: art. 10, párr. 2; art. 20, párr.1

Primer informe: 1992

Segundo informe: 1998

Tercer informe: 2007

Cuarto informe: 2012

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

8 de diciembre de 1989.

Reserva: art. 5, párr. 2

n.d.

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

18 de junio de 1993

Ninguna

n.d.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

1 de octubre de 1973

8 de diciembre de 1989

Reservas:Art. 2, párr. 2

Art. 13, párr. 2 a)

Primer informe:

Segundo informe: 2000

Tercer informe: 2012

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

23 de diciembre de 1985

Reservas:

Art. 11 1); art. 13 a); art. 16, 1 d) y f)

Primer informe: 1987

Informes segundo y tercero combinados: 1997; Informes cuarto y quinto combinados: 2005

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

7 de septiembre 2000

7 de septiembre de 2000

Ninguna

n.d.

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

21 de marzo de 1968

29 de diciembre de 2000

Reserva:

Art. 4

Informes primero y segundo combinados: 2004

Informes terceros y cuartos combinados: 2009

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

28 de septiembre de 1992

11 de abril de 2002

Declaraciones:

Art. 21;

Art. 22

Primer informe: 2009

Convención sobre los Derechos del Niño

30 de septiembre de 1990

28 de septiembre de 1992

Ninguna

Primer informe: 1996;

Segundo informe: 2005

Informes tercero y cuarto combinados: 2013

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

7 de septiembre de 2000

18 de noviembre de 2002

Declaración: Art. 3, párr. 2

Primer informe: 2006

77.Irlanda no ha firmado ni ratificado la Convención sobre los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares. No obstante, los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares ya se encuentran en buena medida amparados en la legislación irlandesa actual, así como en la legislación de la Unión Europea. Además, los derechos de los trabajadores migratorios y de sus familiares forman parte de los compromisos contraídos por Irlanda en virtud de los instrumentos internacionales de derechos humanos en los que el Estado es parte. Entre ellos se encuentran el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

78.No hay por ahora planes para firmar o ratificar la Convención. No obstante, como ocurre con todas las ratificaciones pendientes de los instrumentos internacionales de derechos humanos, la posición referente a esa Convención continuará siendo objeto de revisión.

79.Irlanda formó parte del primer grupo de países signatarios de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad cuando se abrió a la firma el 30 de marzo de 2007. El Gobierno de Irlanda tiene intención de ratificar la Convención lo antes posible, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar que se cumplan todos los requisitos legislativos y administrativos necesarios en virtud de la Convención. La aplicación en curso de nuestra Estrategia Nacional sobre Discapacidad abarca muchas de las disposiciones de la Convención. Además, se ha establecido un comité interdepartamental encargado de supervisar las medidas legislativas y administrativas todavía necesarias para hacer posible la ratificación.

80.El 29 de marzo de 2007 Irlanda firmó la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, y tiene previsto ratificarla lo antes posible; quizá se requieran algunas medidas legislativas antes de proceder a la ratificación. La posición a este respecto está siendo actualmente objeto de examen. Toda medida legislativa necesaria se promoverá en la medida en que lo permitan las prioridades legislativas en general.

81.El Gobierno irlandés tiene por norma examinar activamente las reservas existentes a los tratados de derechos humanos, de acuerdo con la Declaración y Programa de Acción de Viena. Actualmente se considera que todas esas reservas son necesarias.

82.El 17 de mayo de 2011, el Gobierno aprobó la preparación de medidas legislativas para ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Desde entonces se ha seguido trabajando en un dispositivo legislativo con vistas a proceder a la ratificación lo antes posible después de la aprobación.

83.Irlanda firmó el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el 23 de marzo de 2012. La cuestión de la ratificación del Protocolo Facultativo está siendo examinada por el Gobierno.

84.Irlanda ha cursado una invitación permanente a todos los procedimientos especiales de derechos humanos de las Naciones Unidas. En enero de 2011 recibió la vista de la Experta independiente encargada de la cuestión de los derechos humanos y la extrema pobreza, y en noviembre de 2012 la del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos.

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos a nivel nacional

Protección constitucional: derechos explícitos

85.En la Constitución de Irlanda se reconoce expresamente un gran número de derechos. Estos derechos se enuncian sobre todo, aunque no solo, en el capítulo titulado "Derechos fundamentales", que abarca los artículos 40 a 44. Entre ellos se incluyen los siguientes derechos: a) igualdad ante la ley (art. 40.1); b) derecho a la vida (arts. 40.3.2 y 3); c) derecho a la protección de la persona (art. 40.3.2); d) derecho al buen nombre (art. 40.3.2); e) derecho a la propiedad, incluido el derecho a poseer, enajenar, legar y heredar bienes (art. 40.3.2 y art. 43); f) libertad personal (art. 40.4); g) inviolabilidad del domicilio (art. 40.5); h) libertad de expresión (art. 40.6.1 i)); i) derecho de reunión (art. 40.6.1 ii)); j) libertad de asociación (art. 40.6.1 iii)); k) derechos de la familia (art. 41); l) derecho de los padres a encargarse de la educación de sus hijos (art. 42.1); m) derecho de los niños a recibir un nivel mínimo de educación (art. 42.3.2); n) libertad de conciencia y de profesar y practicar una religión (art. 44); o) derecho de voto (arts. 12.2.2, 16.1 y 47.3); p) derecho a presentarse como candidato en elecciones (arts. 12.4.1 y 16.1); q) derecho a que todos los votos tengan el mismo valor (art. 16); r) derecho a que la justicia sea administrada públicamente por jueces independientes (arts. 34 y 35); s) derecho a un proceso penal con arreglo a la ley (art. 38.1); t) derecho a un juicio con jurado (art. 38.5); y u) derecho a que los actos de la persona no se declaren contrarios a la ley retroactivamente (art. 15.5.1).

86.El 10 de noviembre de 2012 el Gobierno de Irlanda celebró un referendo sobre los derechos del niño en la Constitución. La mayoría de los votantes se declararon a favor de introducir en la Constitución un artículo en que se abordaran directamente los derechos del niño. Se está tramitando ante los tribunales una impugnación del resultado del referendo. La remisión del proyecto de ley de referendo al Presidente para su promulgación como ley y para la entrada en vigor de los cambios constitucionales en cuestión debe esperar la decisión de los tribunales acerca de esa impugnación.

Protección constitucional: derechos no especificados

87.La constitución aborda la cuestión de los derechos personales y establece lo siguiente:

Artículo 40.3.1

El Estado garantizará en sus leyes el respeto de los derechos personales del ciudadano y, en la medida de lo posible, los defenderá y reparará mediante sus leyes.

Artículo 40.3.2

En particular el Estado protegerá con sus leyes en la medida de lo posible la vida, persona, buen nombre y derecho de propiedad del ciudadano frente a todo ataque injusto y los vindicará en caso de injusticia consumada.

88.Al interpretar las disposiciones de la Constitución, los tribunales han determinado varios derechos que no se enuncian expresamente en la Constitución pero están previstos en ella. Los derechos constitucionales no explícitos más notables son los siguientes: a) derecho a la integridad física; b) derecho a desplazarse dentro del país; c) derecho a viajar al extranjero; d) derecho de la persona a que el Estado no atente contra su salud y a no ser sometida a torturas ni a otros tratos o penas inhumanos o degradantes; e) derecho a litigar o a acceder a los tribunales; f) derecho a asistencia letrada; g) derecho a comunicarse; h) derecho a contraer matrimonio; i) derecho a la intimidad en el matrimonio; j) derecho a procrear; k) derechos de las madres solteras respecto de sus hijos; l) derechos del niño; m) derecho a asistencia letrada en ciertos asuntos penales; y n) derecho a un juicio justo.

Constitucionalidad

89.Con arreglo al artículo 34 de la Constitución, tanto el Tribunal Superior como el Tribunal Supremo tienen competencia para evaluar y determinar la constitucionalidad de cualquier ley.

90.Si un tribunal decide que una ley determinada es incompatible con la Constitución, dicha leja carece de toda validez ab initio.

Reforma constitucional

91.El Gobierno, proclamado el 9 de marzo de 2011, ha convocado una Convención Constitucional para examinar la necesidad de una amplia reforma constitucional. La Convención sobre la Constitución se estableció mediante las resoluciones de ambas Cámaras del Oireachtas, y su reunión inaugural tuvo lugar el 1 de diciembre de 2012. A mediados de abril de 2013, la Convención había considerado cinco de las cuestiones enumeradas en las resoluciones en las que se aprobaba su establecimiento: reducción del mandato presidencial a cinco años y armonización con las elecciones locales y europeas; reducción de la edad de votación a los 17 años; enmienda de la cláusula del artículo 41.2 sobre el papel de las mujeres en el hogar; fomento de una mayor participación de las mujeres en la vida pública y participación creciente de las mujeres en la política; y modificación de la Constitución para hacer posible el matrimonio civil entre parejas del mismo sexo. La Convención ha ultimado su informe y recomendaciones sobre los dos primeros temas y presentado el correspondiente informe a las Cámaras. En virtud de las resoluciones aprobadas por estas, el Gobierno dispone de cuatro meses para responder a las recomendaciones contenidas en los informes de la Convención, en particular sobre la conveniencia de celebrar o no referendos.

Pruebas

92.La norma general en Irlanda es que son inadmisibles las pruebas obtenidas vulnerando deliberadamente los derechos constitucionales de una persona.

Revisión judicial

93.La revisión judicial es un recurso contra las personas u órganos que ejercen funciones públicas (incluidos los juzgados menores) para evitar que actúen en sentido contrario a la ley o para obligarlos a actuar de conformidad con ella y a cumplir las normas básicas de la justicia natural y la imparcialidad. Abarca los antiguos recursos del common law de certiorari, mandamus y prohibición. El sistema moderno de revisión judicial es un medio expeditivo por el cual se trata de obtener una orden que anule una decisión o una medida de tal órgano, o le obligue a actuar conforme a la ley, o impida que actúe contra ella.

94.Como ya se ha explicado, una persona que desee impugnar la constitucionalidad de la legislación puede hacerlo mediante una revisión judicial. No obstante, este procedimiento no se limita a los casos en que hay irregularidad constitucional. Si bien una ley del Oireachtas solo puede ser invalidada por una irregularidad constitucional, la legislación subordinada puede también ser anulada cuando se exceden los poderes conferidos por la ley facultadora, por ejemplo sobre la base de que la legislación subordinada está ultra vires de la ley facultadora. Asimismo, las decisiones de los órganos estatales y otros órganos que desempeñan funciones públicas pueden impugnarse mediante el procedimiento de revisión judicial. Dichos órganos están obligados a actuar de acuerdo con las facultades a ellos otorgadas y a cumplir las normas básicas de la justicia natural y la imparcialidad de los procedimientos. Cuando no se cumplan esos requisitos, podrá presentarse una impugnación por varios motivos, por ejemplo, ilegalidad, irregularidad procesal y/o incumplimiento de las normas de la justicia natural y la imparcialidad de los procedimientos.

95.En la legislación irlandesa están previstos los siguientes recursos contra violaciones de derechos humanos protegidos por la Constitución: revisión judicial de leyes o proyectos de ley por inconstitucionalidad, cuando tales leyes o proyectos constituyen o constituirían una violación de un derecho protegido por la Constitución; revisión judicial de legislación delegada por inconstitucionalidad o incompatibilidad con la disposición legislativa que autoriza la legislación delegada; y revisión judicial de medidas administrativas por no ajustarse a la Constitución o no ser conformes a derecho, incluso por no respetar las normas de la justicia natural. Con respecto a la Ley sobre el Convenio Europeo de Derechos Humanos de 2003, cuando no sea posible interpretar el estatuto, el instrumento estatutario, la norma del common law, etc. en cuestión de forma compatible con la Convención, en el artículo 5 de la Ley se prevé que los tribunales superiores formulen una declaración de incompatibilidad que se presentará a ambas Cámaras del Oireachtas. Asimismo, en el artículo 5 4) existe una disposición sobre un sistema de indemnización graciable del Estado en circunstancias en que la parte en las actuaciones presente por escrito una solicitud al Fiscal General con respecto al perjuicio, pérdida o daños sufridos a consecuencia de dicha incompatibilidad.

Legislación, convenios y convenciones y tratados

96.El artículo 29.3 de la Constitución declara que "Irlanda acepta los principios generalmente reconocidos del derecho internacional como regla de conducta en sus relaciones con los demás Estados". Entre esos principios figuran las normas de derechos humanos en la medida en que forman parte del derecho internacional consuetudinario. Irlanda tiene un sistema dualista en virtud del cual los acuerdos internacionales a los que Irlanda se adhiere como parte no se incorporan en el derecho interno a menos que así lo determine el Oireachtas por ley.

97.Irlanda es parte en los tratados de derechos humanos adoptados bajo los auspicios del Consejo de Europa, entre los que figura el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El Convenio se ha incorporado en el derecho interno mediante la Ley de Adhesión al Convenio Europeo de Derechos Humanos de 2003. Esta ley establece que los derechos reconocidos en el Convenio se pueden invocar directamente en los tribunales irlandeses.

98.Como Estado parte en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, Irlanda tiene la obligación de acatar las sentencias del Tribunal en las causas en las que sea parte. Varias de las sentencias pronunciadas contra Irlanda han hecho necesario un resarcimiento equitativo de los solicitantes conforme a lo dictado por los tribunales. Bajo la supervisión del Comité de Ministros del Consejo de Europa, el Gobierno seguirá adoptando todas las medidas necesarias para ejecutar las sentencias del Tribunal.

99.Como Estado miembro de la Unión Europea, Irlanda tiene la obligación de respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En ella se reconocen derechos, libertades y principios concretos (económicos y sociales, además de civiles y políticos) de los que son acreedores los ciudadanos comunitarios cuando las instituciones de la Unión Europea y los Estados miembros aplican el derecho de la Unión. En diciembre de 2009, a raíz de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, la Carta tiene el mismo carácter vinculante que los Tratados de la UE.

Instituciones y mecanismos nacionales

100. El Gobierno reconoce la importancia de los mecanismos independientes de denuncia, supervisión e inspección y ha establecido los siguientes:

La Comisión de Derechos Humanos y la Dirección de la Igualdad

101.La Comisión de Derechos Humanos se estableció en julio de 2001 como consecuencia directa del Acuerdo del Viernes Santo. La Comisión es un órgano independiente que funciona en consonancia con los Principios de París y cuya labor es la promoción y la protección de los derechos humanos de todas las personas dentro del Estado. La Comisión está facultada para formular recomendaciones al Gobierno, entre otras cosas sobre propuestas legislativas, y también puede llevar a cabo investigaciones.

102.El propósito de la Dirección de la Igualdad es eliminar la discriminación y promover la igualdad de oportunidades en los ámbitos en que se aplica la legislación sobre igualdad. Entre sus funciones figuran las de facilitar información a los ciudadanos sobre la legislación relativa a la igualdad, mantener en estudio dicha legislación y formular propuestas para enmendarla. La Dirección es el órgano nacional designado en materia de igualdad a los efectos de la legislación de la UE contra la discriminación.

El Tribunal de la Igualdad

103.El Tribunal de la Igualdad (antes, Oficina del Director de Investigaciones sobre la Igualdad) es un foro cuasijudicial para mediar, investigar y conocer de las denuncias de discriminación ilegal en virtud de la legislación sobre igualdad. Es un órgano oficial que actúa de conformidad con los principios de la justicia natural y sus valores básicos son la imparcialidad, el profesionalismo, la accesibilidad y la oportunidad.

104.De conformidad con las propuestas gubernamentales, dadas a conocer en 2011, y con el fin de reformar la infraestructura de apoyo a los derechos de empleo y de formulación de recursos en casos de discriminación, los actuales órganos de derechos de empleo y relaciones laborales se están fusionando para constituir un organismo unificado, la Comisión de Relaciones en el Lugar de Trabajo. El nuevo órgano asumirá las funciones del Tribunal de la Igualdad, la Comisión de Relaciones Laborales, la Dirección Nacional de Derechos del Trabajo, el Tribunal de Apelación para litigios relativos a las relaciones laborales y algunas de las competencias del Tribunal Laboral. La preparación de la legislación para hacer efectiva esta decisión se encuentra en fase avanzada.

105.De conformidad con las propuestas gubernamentales, dadas a conocer en 2011, y con el fin de reformar la infraestructura de apoyo a los derechos de empleo y de formulación de recursos en casos de discriminación, se están fusionando los actuales órganos de derechos de empleo y relaciones laborales. Se establecerá una nueva estructura de relaciones en el lugar de trabajo, en dos niveles, integrada por dos órganos independientes oficiales en sustitución de los cinco actuales. Habrá un nuevo organismo único de primera instancia, la Comisión de Relaciones en el Lugar de Trabajo, y un órgano independiente de apelación, que será de hecho una versión ampliada del Tribunal Laboral. La preparación de la legislación para poner en práctica esta decisión se encuentra en fase avanzada y en ella se estipularán los servicios del Tribunal de la Igualdad, la Dirección Nacional de Derechos del Trabajo, la Comisión de Relaciones Laborales y las funciones de primera instancia del Tribunal de Apelación para litigios relativos a las relaciones laborales, que se integrarán en el mandato de la Comisión de Relaciones en el Lugar de Trabajo. Las funciones de apelación de dicho Tribunal se fusionarán en un Tribunal Laboral reestructurado.

106.La jurisdicción del Tribunal de la Igualdad es de gran alcance. Su función principal es la investigación y mediación de las denuncias de discriminación en relación con el empleo y con el acceso a los bienes y servicios, la enajenación de bienes y algunos aspectos de la educación. Esta protección contra la discriminación se aplica a los nueve motivos de discriminación prohibidos en virtud de la legislación sobre la igualdad. Cuando se reconoce una denuncia de discriminación, puede adjudicarse una indemnización. El Tribunal podrá investigar también las denuncias de discriminación por los motivos previstos en la parte VII de la Ley de Pensiones de 1990, si no se ha cumplido el principio de igualdad de trato en relación con los planes de prestaciones laborales. El Tribunal tiene competencia en todas las esferas incluidas en la legislación sobre igualdad, con excepción del servicio en los establecimientos autorizados, en cuyo caso las denuncias deberán presentarse ante el Tribunal de Distrito.

Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Irlanda

107.Las propuestas gubernamentales de establecer una nueva Comisión de Derechos Humanos e Igualdad se dieron a conocer en 2011. La Comisión de Derechos Humanos y la Dirección de la Igualdad se fusionarán en el nuevo órgano a fin de reforzar la protección de los derechos humanos y la promoción de la igualdad. La Comisión tendrá facultades ampliadas y deberá rendir cuentas al Parlamento. La preparación de las medidas legislativas para hacer realidad esta decisión se encuentra en fase avanzada. Mientras no se establezca la nueva Comisión, seguirán vigentes la Comisión de Derechos Humanos y la Dirección de la Igualdad. Los comisarios designados, elegidos mediante un procedimiento abierto e independiente, han sido nombrados inicialmente para esos órganos a fin de garantizar que las dos organizaciones puedan comenzar a funcionar como un todo coherente.

Dirección Nacional de Derechos del Trabajo

108.La Dirección Nacional de Derechos del Trabajo se estableció de forma provisional en febrero de 2007 con el fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos jurídicos, sobre la base de medidas adecuadas para imponer el cumplimiento de las normas, y de aumentar considerablemente la confianza pública en el sistema de observancia. La Dirección trata de conseguir la observancia voluntaria de la legislación sobre el empleo mediante la prestación de servicios de educación y sensibilización, la inspección de los registros de empleo de los empleadores y medidas para garantizar el cumplimiento de las normas.

Instituto Nacional de Salud

109.El organismo oficialmente responsable de la prestación de los servicios de salud es el Instituto Nacional de Salud, en virtud de la Ley de Salud de 2004, en la que se dispone que el Instituto Nacional de Salud se encargará de administrar y prestar, o adoptar medidas para que se presten en su nombre, los servicios sociales de salud y personales. Antes del establecimiento del Instituto Nacional de Salud, la responsabilidad de esos servicios recaía sobre las juntas regionales de salud, en virtud de la Ley de Salud de 1970, y la Autoridad Sanitaria de la Región Oriental, en virtud de la Ley de Salud de 1999.

Organismo de la Infancia y la Familia

110.La responsabilidad oficial de la prestación de servicios específicos a la infancia y a la familia recae sobre el Organismo de la Infancia y la Familia en virtud de la Ley del Organismo de la Infancia y la Familia de 2013, en la que se asignan al Organismo las siguientes funciones: administrar y prestar —o adoptar las medidas pertinentes para que se presten en su nombre— servicios de apoyo; promover el desarrollo, bienestar y protección de los niños; respaldar y alentar el funcionamiento eficaz de las familias; y contribuir a la asistencia, participación y retención escolar. El Organismo supervisa también e inspecciona los servicios ofrecidos por los sectores comunitarios/voluntarios y comerciales durante los primeros años de vida de los alumnos en edad de enseñanza preescolar y escolar.

Dirección de Seguridad e Higiene

111.La Dirección de Seguridad e Higiene es el órgano nacional oficialmente encargado de hacer aplicar la legislación sobre seguridad e higiene, promover y alentar la prevención de accidentes y ofrecer información y asesoramiento a todas las empresas, organizaciones y personas. Es también la autoridad nacional competente en materia de Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas (REACH) y otras medidas legislativas sobre sustancias químicas. Se encarga de todos los lugares de trabajo, cualquiera que sea su magnitud, en todos los sectores económicos.

Dirección Nacional sobre la Discapacidad

112.La Dirección Nacional sobre la Discapacidad ofrece al Ministro de Justicia e Igualdad asesoramiento especializado sobre políticas y prácticas en materia de discapacidad. Las organizaciones del sector público tienen la obligación de promover y apoyar la contratación de personas con discapacidad, y en su plantilla deben alcanzar el mínimo reglamentario de un 3% de trabajadores con discapacidad. La Dirección vigila que los organismos públicos cumplan sus obligaciones y puede recomendar medidas especiales en caso de incumplimiento de las mismas.

Junta de Examen Penal sobre Salud Mental

113.La Junta de Examen Penal sobre Salud Mental se estableció en virtud de la Ley de Justicia Penal (Perturbación Mental) de 2006, modificada por la Ley de Justicia Penal (Perturbación Mental) de 2010. La función de la Junta es revisar la detención de personas en centros designados después de haber sido remitidas por un Tribunal por considerar que no reúnen las condiciones para someterse a un proceso o no son culpables de un delito debido a problemas de salud mental. La Junta revisa también la detención de las personas transferidas desde una prisión a un centro designado para que reciban atención o tratamiento. En la actualidad, el único centro designado en el Estado es el Hospital Psiquiátrico Central.

Ombudsman, Comisionado de Información y Comisionado de Información Ambiental

114.La legislación que establece la figura del Ombudsman se remonta a 1980, y en ella se prevé el examen de las denuncias referentes a acciones administrativas de los departamentos gubernamentales, el Instituto Nacional de Salud, los hospitales públicos y las autoridades locales. La Ley del Ombudsman (Enmienda) de 2012 refuerza las facultades del Ombudsman y amplía la Ley a al menos otros 150 órganos públicos, incluidas todas las instituciones de tercer nivel. El Ombudsman desempeña un papel fundamental en la reivindicación de los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con los organismos públicos.

115.Si bien legalmente son entidades independientes, las oficinas del Ombudsman y del Comisionado de Información han estado presididas por la misma persona y han funcionado conjuntamente desde la creación de la Oficina del Comisionado de Información, en 1997. La función del Comisionado de Información Ambiental se incorporó también a ese cargo en 2007, en el contexto de la aplicación por Irlanda de la Convención de Aarhus. El Comisionado se encarga de examinar (previa solicitud) las decisiones de los organismos públicos en relación con las peticiones relativas a la libertad de información y de acceso a la información sobre el medio ambiente y, en caso necesario, de adoptar decisiones nuevas y vinculantes; de examinar la aplicación de las leyes sobre la libertad de información para garantizar que los organismos públicos cumplan las disposiciones de la legislación; y de preparar y publicar observaciones sobre la aplicación práctica de dichas leyes. El Comisionado de Información sobre el Medio Ambiente puede hacer también referencia a cualquier cuestión jurídica que se plantee en una apelación en virtud de dicho código ante el Tribunal Superior para que este tome una determinación.

Ombudsman de las Fuerzas de Defensa

116.De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Ombudsman (Fuerzas de Defensa) de 2004, esta institución permite la presentación de denuncias a los miembros y veteranos de las fuerzas de defensa cuando se han agotado los procedimientos de denuncia internos.

Comisión del Ombudsman de la Garda Síochána

117.La Comisión del Ombudsman de la Garda Síochána, organismo independiente para la presentación de denuncias contra la policía, dispone de facultades para investigar directa e independientemente las denuncias contra los miembros de An Garda Síochána, o cualquier otra cuestión cuando parezca que un miembro de la Garda puede haber cometido un delito o haberse comportado de manera que justifique un procedimiento disciplinario.

Ombudsman del Niño

118.Las principales esferas de actividad del Ombudsman del Niño son la tramitación independiente de las denuncias presentadas por jóvenes o por adultos en su nombre; la comunicación y la participación, incluida la ayuda a quienes desean obtener información sobre los derechos de los niños y los jóvenes; y la investigación y formulación de políticas, incluido el asesoramiento al Gobierno sobre cuestiones relativas a los derechos del niño.

Comisionado de Protección de los Datos

119.El Comisionado se encarga de defender los derechos de las personas reconocidos en la legislación sobre protección de datos y de imponer el cumplimiento de las obligaciones de los encargados de su control. El Comisionado es independiente en el ejercicio de sus funciones. Las personas que consideren que se están vulnerando sus derechos pueden elevar una queja al Comisionado.

Ombudsman del Lector y Consejo de la Prensa

120.El Consejo de la Prensa de Irlanda y el Ombudsman del Lector protegen e impulsan las normas profesionales y éticas en los periódicos y las revistas de Irlanda. La Oficina del Ombudsman garantiza a todos el acceso a un mecanismo independiente de formulación de denuncias sobre la prensa, que es rápido, equitativo y gratuito. Estas estructuras se han diseñado de forma que nunca se produzca un mal uso de la libertad de prensa y siempre se atienda al beneficio de los ciudadanos.

Grupo de Seguimiento del Plan de Acción Nacional relativo a la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones

121.El Grupo de Seguimiento del Plan de Acción Nacional de Irlanda relativo a la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones sobe la mujer, la paz y la seguridad (2011-2014), integrado por un 50% de representantes académicos y organizaciones de la sociedad civil y otro 50% de representantes gubernamentales, con un Presidente independiente, se encarga de supervisar el examen periódico y sistemático de los progresos en el logro de los objetivos, iniciativas y metas del Plan.

An Coimisinéir Teanga (Comisionado de la Lengua)

122.La Oficina del An Coimisinéir Teanga es un organismo plenamente independiente de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Idiomas Oficiales de 2003. Las funciones y las facultades del Comisionado se especifican en la Ley de 2003 y básicamente consisten en comprobar que los organismos públicos cumplen la ley.

Inspector de Prisiones

123.El Inspector realiza inspecciones periódicas de las 14 penitenciarías y centros de detención y elabora un informe sobre cada institución. Esos informes se publican junto con un informe anual.

Dirección de Información y Calidad de los Servicios de la Salud

124.La Dirección de Información y Calidad de los Servicios de Salud es un organismo independiente establecido para impulsar constantes mejoras en la salud y servicios sociales personales, supervisar la seguridad y calidad de dichos servicios y promover una atención centrada en las personas, en beneficio de la sociedad. El mandato de este organismo abarca la calidad y seguridad de los sectores público, privado (en el contexto de su función de atención social) y voluntario. Depende del Ministro de Salud y el Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud, y se encarga oficialmente de:

a)Formular las normas para los servicios de salud y sociales;

b)Registrar e inspeccionar los centros residenciales para personas de edad avanzada y los centros residenciales para personas con discapacidad;

c)Supervisar la calidad y seguridad de los servicios sanitarios y sociales personales, y

d)Investigar en la medida necesaria las preocupaciones graves sobre la salud y bienestar de las personas que utilizan esos servicios.

Este organismo es el encargado de la elaboración de normas y la inspección de los servicios para niños, de la inspección de los servicios de protección y bienestar y de la prestación de servicios de acogida en los centros para niños, incluidas las dependencias de seguridad que ofrecen apoyo intensivo a los niños en un centro de seguridad del Organismo de la Infancia y la Familia (antes, Dirección de Servicios de la Salud). Se ocupa de también inspeccionar los reformatorios infantiles.

Ombudsman de los Usuarios de los Servicios Financieros

125.El Ombudsman de los Usuarios de los Servicios Financieros atiende de manera independiente las quejas no resueltas elevadas por los consumidores en relación con transacciones particulares con proveedores de servicios financieros, en particular las hipotecas y el crédito al consumo.

Comisión de Salud Mental e Inspección de los Servicios de Salud Mental

126.La Comisión de Salud Mental se encarga de promocionar, estimular y hacer que se mantengan normas elevadas y buenas prácticas en la prestación de servicios de salud mental y de adoptar todas las medidas necesarias para proteger los intereses de los pacientes privados de libertad.

127.La Inspección de los Servicios de Salud Mental está obligada por ley a visitar e inspeccionar anualmente todos los centros homologados y, en la medida en que lo estime conveniente, debe visitar e inspeccionar cualquier otro centro en que se presten servicios de salud mental. Dentro del proceso de inspección compete a la Inspección determinar en qué medida los centros homologados cumplen los códigos de prácticas aplicables o los reglamentos oficiales.

Comisión de Información al Ciudadano

128.La Comisión de Información al Ciudadano ofrece gratuitamente servicios de información, asesoramiento y defensa en relación con toda una serie de servicios públicos y sociales. La Comisión además presta apoyo a la red voluntaria de 113 centros de asesoramiento al ciudadano que existen en todo el país y a los servicios de información telefónica al ciudadano, de interpretación de la lengua por señas y de promoción nacional.

Servicio de Asesoramiento Financiero y Presupuestación

129.El Servicio de Asesoramiento Financiero y Presupuestación es un servicio nacional gratuito, confidencial e independiente para personas endeudadas o en peligro de endeudarse. El Servicio se financia con fondos públicos a través de la Comisión de Información al Ciudadano y funciona en una red de centros locales comunitarios que brindan asistencia a las personas con problemas de deudas de consumo.

Comisión de Propietarios de Residencias de Alquiler Privadas y Tribunal de Alquileres

130.La Comisión de Propietarios de Residencias de Alquiler Privadas y Tribunal de Alquileres se creó en virtud de la Ley sobre Alquiler de Viviendas de 2004. Su cometido es gestionar un sistema nacional de registro de alquileres y resolver las controversias que pudieran producirse entre inquilinos y propietarios. Cuando entre en vigor la Ley sobre Alquiler de Viviendas (Enmienda; N° 2) de 2012, se ampliará el cometido de la Comisión, dentro del cual se incluirán también las viviendas alquiladas por órganos de vivienda aprobados a arrendatarios de viviendas sociales. El Tribunal de Alquileres se creó en virtud de la Ley de Vivienda (Residencias Privadas de Alquiler) (Enmienda) de 1983 y es el órgano de arbitraje que determina las condiciones de alquiler de las antiguas viviendas de arrendamiento controlado. Cuando entre en vigor la Ley sobre Alquiler de Viviendas (Enmienda, N° 2) de 2012, será efectiva la fusión de la Comisión con el Tribunal.

Sociedad civil

131.Irlanda está plenamente resuelta a lograr una democracia plural y abierta y valora la aportación en ese sentido de una sociedad civil diversa e inclusiva. El Gobierno reconoce la contribución del diálogo al logro de una mayor comprensión entre todos los sectores de la sociedad, y en particular para superar las dificultades con que se encuentra actualmente el país. Los ministros y sus departamentos continúan manteniendo contactos habituales con representantes de todos los sectores de la sociedad. Sucesivos gobiernos han concedido gran importancia a la aportación de la comunidad de las ONG en el ámbito de los derechos humanos. A fin de establecer un marco oficial para un intercambio sistemático de opiniones entre el Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio y los representantes de la comunidad de las ONG, se creó un Comité Permanente Conjunto sobre Derechos Humanos, integrado por representantes de ONG y expertos y funcionarios del Departamento. Además, todos los años se celebra un Foro sobre derechos humanos, al que se invita a todas las ONG interesadas

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

Parlamentos y asambleas nacionales y regionales

132.Hay numerosos comités conjuntos de Oireachtas, que se ocupan de las cuestiones importantes en el ámbito de los derechos humanos y los asuntos públicos. Entre ellos se incluyen el Comité Conjunto de Protección Social, el Comité Conjunto de la Salud y la Infancia, el Comité Conjunto de Justicia, Defensa e Igualdad y el Comité Conjunto de Asuntos Exteriores, con inclusión del Subcomité de Derechos Humanos y el Subcomité de Cooperación para el Desarrollo.

Difusión de los instrumentos de derechos humanos

133.La información relacionada con los principales convenios y convenciones de derechos humanos ratificados por Irlanda y los informes nacionales presentados a las Naciones Unidas sobre la aplicación de dichos instrumentos pueden encontrarse en el sitio web del Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio (www.dfa.ie). Los diferentes departamentos gubernamentales encargados de la aplicación y cumplimiento de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas se encargan también de su difusión.

134.La Declaración Universal de Derechos Humanos se ha publicado en los dos idiomas nacionales y se ha distribuido ampliamente. Se han puesto también a disposición del público y distribuido entre los miembros de la Dáil Éireann ejemplares de los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Irlanda.

Promoción del conocimiento de los derechos humanos entre los funcionarios públicos y otros profesionales

135.El Gobierno de Irlanda trata de conseguir que todos los funcionarios públicos tengan conciencia de sus obligaciones en virtud de los distintos instrumentos de derechos humanos. Se ofrece capacitación sobre derechos humanos a los funcionarios públicos, en particular a los de An Garda Síochána y de las fuerzas de defensa y al personal del Servicio de Prisiones de Irlanda. La Comisión de Derechos Humanos de Irlanda ofrece capacitación a los funcionarios públicos acerca de sus obligaciones en materia de derechos humanos.

136.La enseñanza de los derechos humanos se imparte habitualmente en la Escuela de Formación de las Naciones Unidas en Irlanda, ubicada en el Centro de Formación de las Fuerzas de Defensa, y está destinada a los miembros de estas y de las fuerzas armadas de otros países. El programa general de formación está basado en el programa ofrecido por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

137.La formación en derechos humanos forma parte de los cursos de formación académica y en el servicio ofrecidos al personal penitenciario. Se aprovechan todas las oportunidades durante esa formación para fomentar y promover el respeto de los derechos humanos en el contacto con las personas encarceladas. La formación básica de los funcionarios de prisiones hace hincapié en los derechos humanos de los reclusos. Se les enseña que la privación de la libertad es una potestad muy delicada y trascendental del Estado, que debe estar sujeta al imperio de la ley en todo momento y ejercitarse respetando la dignidad y los derechos básicos de todo ser humano. La formación recalca el Convenio Europeo de Derechos Humanos, las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, las Normas penitenciarias europeas y las actividades del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes.

138.La Escuela del Servicio Penitenciario de Irlanda colabora con la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda y ha elaborado un curso de "formación de instructores" sobre derechos humanos, basado en una metodología participativa, para capacitar a los funcionarios de enlace de todas sus prisiones. En la capacitación se incluye el marco pertinente de derechos humanos junto con la aplicación práctica de los principios conexos, como la dignidad, el respeto, la igualdad, la proporcionalidad y la transparencia. Ello permitirá a los formadores ofrecer un curso de capacitación de dos horas a todo el personal penitenciario de Irlanda y concentrarse en los principios de dignidad y respeto en los contactos cotidianos entre funcionarios de prisiones y reclusos. El programa se pondrá en marcha en diciembre de 2013.

139.La capacitación en materia de derechos humanos es un elemento central de todo el personal contratado y ya perteneciente a An Garda Síochána. En 1999 se estableció una Oficina de Derechos Humanos que se ocupa de la capacitación de la Garda y de la política educativa en la esfera de los derechos humanos. Mantiene también una sesión de consulta con organizaciones no gubernamentales y grupos comunitarios de todo el país. La Oficina desempeña asimismo las funciones de Secretaría del Comité Consultivo y Estratégico de Derechos Humanos de la Garda. La incorporación e inculcación de una cultura de respeto a los derechos humanos por An Garda Síochaána es un objetivo clave de dicho Comité.

140.El Comité está representado por funcionarios estatales y defensores de los derechos humanos de la sociedad civil. Entre los primeros figuran el Comisionado adjunto de gestión de recursos humanos (Presidente), los altos directivos de la Garda, personal civil de la Garda, la administración y un funcionario del Departamento de Justicia e Igualdad. Los representantes de la sociedad civil son la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda, el Consejo de Libertades Cívicas de Irlanda, la Dirección de la Igualdad y Amnistía Internacional.

141.El Comité tiene un mandato en el que se incluyen las siguientes funciones:

a)Contribuir al progreso de las iniciativas de derechos humanos a fin de lograr un cambio cultural en toda la organización;

b)Promover las políticas y procedimientos de derechos humanos (interna y externamente);

c)Velar por que las prácticas óptimas de derechos humanos constituyan el núcleo central del servicio de formulación de políticas.

142.Los miembros de la Oficina de Inmigración de la Garda reciben información adicional acorde con su labor de funcionarios de inmigración. De la misma manera, el personal de inmigración civil del Servicio de Naturalización e Inmigración de Irlanda destinado a los puestos de primera línea de control de la inmigración recibe capacitación adecuada sobre derechos humanos. Los programas de capacitación incluyen ámbitos como los mecanismos internacionales de derechos humanos, la trata de personas y el fomento de la competencia cultural.

143.El programa de ayuda exterior de Irlanda —Ayuda Irlandesa— presta considerable atención a la participación pública en el desarrollo y los derechos humanos. Gran parte de esa actividad se realiza en forma de intervención en la escuela primaria y secundaria pero también en la educación extraacadémica. Además, Ayuda Irlandesa participa en diversas actividades de difusión y comunicación a través de su Centro de Información y Voluntariado ubicado en el centro de la ciudad de Dublín.

Promoción del conocimiento de los derechos humanos mediante programas educativos e información pública patrocinada por el Gobierno

144.Las cuestiones relativas a los derechos humanos se tratan en la enseñanza primaria y posprimaria. Hay también programas de derechos humanos en algunas instituciones de enseñanza superior.

145.En la enseñanza primaria, los derechos humanos pueden presentarse en diversos contextos del programa de estudios, que se imparte de forma integrada. En ese nivel se insiste sobre todo en la educación social, personal y sanitaria. Un componente esencial de esa materia obligatoria es la formación ciudadana, que se imparte en todos los cursos de educación primaria.

146.Por otro lado, el Departamento de Educación y Capacitación ha trabajado con diversos interesados en la iniciativa transfronteriza de enseñanza de los derechos humanos en la escuela primaria ("Lift Off"). El proyecto es un empeño conjunto de Amnistía Internacional (secciones del Reino Unido e Irlanda), Irish National Teachers' Organisation, Ulster Teachers' Union y Education International, y cuenta con representantes de los departamentos de educación y organismos encargados de los programas de estudio ubicados tanto al norte como al sur de la frontera. El objetivo primario de esta iniciativa es establecer en la isla de Irlanda una cultura de los derechos humanos respaldando la incorporación de la educación en materia de derechos humanos en los sistemas de educación primaria de Irlanda del Norte e Irlanda.

147.En el nivel posprimario el conocimiento de los derechos humanos puede incrementarse también en diversos contextos del programa de estudios. Lo más habitual es que forme parte de las materias de educación social, personal y de la salud, historia, geografía, estudios empresariales, y educación cívica, social y política En la actualidad figura entre las materias obligatorias y forma parte del programa de estudios básicos en los centros de enseñanza posprimaria. Su objetivo es inculcar a los estudiantes una comprensión adecuada de siete conceptos clave, a saber, democracia, derechos y responsabilidades, dignidad humana, interdependencia, desarrollo, derecho y administración.

148.En el nuevo "Marco para el primer ciclo de enseñanza secundaria", publicado en octubre de 2012, el aprendizaje correspondiente al núcleo básico de dicho ciclo se describe en 24 declaraciones sobre el aprendizaje. En una de ellas se afirma que todos los estudiantes, al finalizar el primer ciclo de enseñanza secundaria, deberían "comprender lo que significa ser un ciudadano activo, con derechos y responsabilidades en el contexto local y en un plano más general". Además, uno de los principios del Marco es la educación inclusiva, mientras que la capacidad básica de "trabajar con otros" incluirá consideraciones como los conflictos, la cooperación, el respeto de la diferencia y la contribución a un mundo mejor. Todos esos elementos son componentes básicos en el contexto de nuestra comprensión y conciencia acerca de los derechos humanos. El nuevo Marco se introducirá de forma gradual a partir de septiembre de 2014. Desde septiembre de 2014 las escuelas podrán ofrecer un nuevo curso de educación cívica, social y política.

149.En enero de 2013 el Ministro de Educación y Formación Profesional y el Ministro de Asuntos de la Infancia y la Juventud pusieron en marcha un nuevo Plan de acción contra el acoso escolar. En él se prevén 12 medidas para contribuir a prevenir y abordar el problema del acoso escolar en los niveles de enseñanza primaria y secundaria. Su objetivo es promover el respeto de la diversidad y la inclusión en las escuelas y comunidades irlandesas.

150.El programa "Igualdad de oportunidades en las escuelas" es un plan de acción para la inclusión escolar. Su objetivo es conseguir que las escuelas más desfavorecidas se beneficien de un amplio programa de ayuda. Forma parte de un conjunto de intervenciones para ayudar a los centros desfavorecidos de enseñanza primaria y posprimaria. Hay también medidas que ayudan a los adultos a recibir capacitación y a disponer de una "segunda oportunidad" y ayudar a los grupos insuficientemente representados de la sociedad en la educación y la capacitación.

Educación superior

151.En el contexto de la educación superior, hay una gran variedad de programas relacionados con los derechos humanos. El estudio de estos derechos forma parte importante de los cursos de derecho, política y relaciones internacionales, pero ocupa también un lugar importante en los cursos de una gran variedad de disciplinas, como sociología, psicología, ciencias de la salud, educación y estudios sobre el género. En Irlanda hay dos centros de investigación especializados en derechos humanos: el Centro de Justicia Penal y Derechos Humanos, de University College Cork, y el Centro Irlandés de Derechos Humanos, de la Universidad Nacional de Irlanda, en Galway (NUIG), además de varios centros de instituciones irlandesas de educación superior que prestan gran atención a los derechos humanos, en particular el Centro de Justicia después de los Conflictos, de Trinity College Dublin, y el Centro de Estudios sobre la Igualdad, de University College Dublin.

152.Las instituciones de educación superior deben defender y proteger los derechos humanos de los estudiantes y del personal. En virtud de la Ley de Igualdad de 2004, la Ley sobre la Igualdad de Condición y la Ley de Discapacidad de 2005, los centros de educación superior deben prevenir la discriminación contra los estudiantes y el personal y tener en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad. Todas las instituciones cuentan con políticas y procedimientos para atender las quejas de intimidación y acoso, así como con códigos de conducta y políticas sobre comportamientos éticos. Entre los servicios de apoyo en las instituciones de educación superior se incluyen los de salud, asesoramiento y ayuda a las personas con discapacidad, así como servicios de información en línea y atención pastoral ofrecida a los estudiantes por tutores personales.

153.Numerosas iniciativas y ayudas tratan de conseguir la igualdad de acceso a la educación superior para todos los ciudadanos, incluidos los de entornos desfavorecidos y grupos minoritarios. En 2003 se estableció la Oficina Nacional de Igualdad de Acceso a la Educación Superior, dependiente de la Dirección de Educación Superior, para facilitar el acceso a la educación superior de los grupos insuficientemente representados; además, la Oficina Nacional administra el Fondo para Estudiantes con Discapacidad respaldado por el Fondo Social Europeo, que ofrece a las instituciones servicios de apoyo para las personas con discapacidad, así como el Fondo de Asistencia Estudiantil para quienes tienen dificultades económicas. El Plan Nacional de igualdad de acceso a la enseñanza superior (2008-2013) plasma el compromiso nacional con la igualdad de acceso a la educación superior y establece metas para hacer realidad ese objetivo.

154.En apoyo de este compromiso nacional, la Dirección de Educación Superior ha financiado numerosas iniciativas de acceso a través del Fondo Estratégico de Innovación, en particular la reforma e incorporación de la ruta de acceso a la educación superior y la Ruta de acceso a la educación de las personas con discapacidad, que permiten a los estudiantes que se encuentran en situaciones socioeconómicamente desfavorecidas y a los que tienen una discapacidad, respectivamente, acceder a cursos de educación superior con una puntuación más baja en el examen de certificado escolar. Muchas instituciones de educación superior han establecido programas para ampliar el acceso, por ejemplo el "Programa de enlaces comunitarios" del Instituto de Tecnología de Dublín, que ayuda a los niños y adultos en situación de desventaja educacional a tener acceso a la educación superior; la iniciativa "Universidad y comunidad" de la Universidad de la Ciudad de Dublín, que ofrece un centro de acogida para promover las oportunidades educativas en la comunidad local; y los programas de acceso del Trinity College Dublin.

155.Las instituciones de educación superior de Irlanda promueven decididamente un concepto activo de la ciudadanía entre los estudiantes y el personal. NUIG desempeña una labor de liderazgo en este terreno, y ha incorporado el compromiso cívico en su Plan estratégico para 2009-2014. Desde su creación en 2001, la Iniciativa de conocimiento comunitario de NUIG ha promovido activamente el compromiso cívico, y ha ofrecido a los estudiantes el programa de voluntariado ALIVE, que incluye el aprendizaje en el servicio en los programas académicos, además de respaldar la investigación basada en la colaboración y el intercambio de conocimientos con los asociados comunitarios. El Premio al Compromiso, otorgado anualmente por el Presidente de la Universidad de la Ciudad de Dublín, reconoce la participación del personal y los estudiantes en la vida de la comunidad en general; y el Programa de enseñanza voluntaria del Trinity College Dublin permite a los estudiantes ofrecer orientación a niños y adolescentes de las comunidades locales de Pearse Street y Ringsend. La Red de compromiso universitario financiada por el Fondo Estratégico de Innovación y dirigida por NUIG ha ampliado las actividades de aprendizaje en el servicio, el aprendizaje de base comunitaria y las oportunidades de voluntariado de los estudiantes, así como la promoción de la ciudadanía activa en todas las universidades irlandesas.

156.Al mismo tiempo que reconoce los logros conseguidos hasta la fecha por este sector en favor del compromiso cívico, la Estrategia nacional de educación hasta 2013 pide a las instituciones de educación superior "que se inserten más a fondo en los contextos sociales y económicos de las comunidades en las que viven y a las que prestan servicios", y con este fin la Dirección de Educación Superior respalda la ampliación de la Red de compromiso comunitario, a fin de que se convierta en una plataforma nacional de compromiso cívico. Asimismo, el marco de evaluación del desempeño del sector que está preparando la Dirección de Educación Superior contribuirá al desarrollo estratégico de las misiones de compromiso de las instituciones de educación superior.

Función de la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales

157.Irlanda cuenta con una comunidad de ONG fuertes y activas, que desempeñan un papel fundamental en la educación sobre los derechos humanos. Ofrecen información valiosa al Gobierno acerca de las cuestiones relacionadas con los derechos humanos que afectan a las personas a nivel comunitario, a través de foros gubernamentales específicos con ONG así como en un plan más general. Al mismo tiempo, contribuyen a educar al público en general acerca de los programas de derechos humanos y los medios de protección disponibles. La consulta con las ONG constituye parte fundamental del mecanismo de presentación de informes sobre los derechos humanos.

Promoción de los derechos humanos en el plano internacional y en el contexto de la cooperación y la asistencia para el desarrollo

158.La promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales han sido siempre un elemento clave de la política exterior de Irlanda. El país cuenta con un sólido historial de asistencia a países en desarrollo en la lucha contra la pobreza, la vulnerabilidad y la marginación. El objetivo principal de Irlanda es desarrollar las instituciones y las capacidades de los países en desarrollo para que puedan valerse por sí mismos en ese empeño, en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El programa oficial de ayuda de Irlanda, Ayuda Irlandesa, forma parte integrante del Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio. Continúa figurando entre los primeros lugares del mundo debido a su atención a la pobreza y los esfuerzos constantes de Irlanda por mantener su importante presupuesto de ayuda, a pesar de las actuales dificultades económicas. En 2012, Irlanda destinó el 0,48% del INB a la asistencia oficial para el desarrollo (AOD). El Programa de Gobierno (marzo de 2011) ha confirmado su compromiso con el objetivo del 0,7% del PNB para la AOD, compromiso que se reafirmó en la nueva "Política de desarrollo internacional: un mundo, un futuro", puesta en marcha en mayo de 2013.

159.Irlanda reconoce que el disfrute de todos los derechos humanos —civiles, culturales, económicos, políticos y sociales— forma parte esencial del desarrollo. A su vez, el desarrollo es fundamental para el pleno disfrute de esos derechos. En el marco de la nueva política de desarrollo, Irlanda se ha comprometido a continuar reforzando su apoyo a los derechos humanos, en particular integrando los derechos humanos y la rendición de cuentas entre las esferas de acción prioritarias del programa de ayuda, incluyendo el compromiso con los derechos humanos entre los criterios para elegir a los principales países asociados de Ayuda Irlandesa, y haciendo mayor hincapié en el apoyo a la igualdad de género y los derechos de las personas con discapacidad. Ayuda Irlandesa apoya considerablemente las actividades en favor de los derechos humanos de varias maneras. El gasto en gobernanza y sociedad civil, por ejemplo, ronda el 15% del total de su presupuesto, porcentaje que supera con creces el promedio de la OCDE. Irlanda también brinda su apoyo a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a otras iniciativas de derechos humanos. A través de Ayuda Irlandesa, Irlanda aporta fondos a toda una serie de ONG interesadas en los derechos humanos y presta apoyo a las comisiones nacionales de derechos humanos en varios países en desarrollo.

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional

160.En el cuadro siguiente se indica el departamento gubernamental que asume la responsabilidad principal de coordinar el proceso de presentación de informes en el marco de los principales instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas.

Instrumento de las Naciones Unidas

Departamento gubernamental responsable

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Dependencia de Derechos Humanos, Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Dependencia de Derechos Humanos, Departamento de Relaciones Exteriores y Comercio

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Dependencia de Política Penitenciara, Departamento de Justicia e Igualdad

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Dependencia de Igualdad de Género, Departamento de Justicia e Igualdad

Convención sobre los Derechos del Niño

Dependencia de Políticas, Estrategias y Apoyo Institucional, Departamento de Asuntos de la Infancia y la Juventud

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes, Departamento de Justicia e Igualdad

161.El proceso inicial de redacción de todos los informes de Irlanda sobre los derechos humanos incluye reuniones interdepartamentales con todos los departamentos gubernamentales competentes. Se lleva a cabo un amplio proceso de consulta con la sociedad civil en varias fases del proceso de redacción. Se invita también a la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda a participar en consultas sobre los informes y lo mismo se hará con su órgano sucesor, una vez establecido.

162.El Gobierno de Irlanda reconoce el importante papel desempeñado por las ONG para promover y hacer realidad los derechos previstos en los tratados, y en la práctica habitual de preparación de los informes nacionales se incluyen consultas con una gran variedad de ONG.

E.Otra información conexa sobre los derechos humanos

163.Irlanda fue objeto de su primer examen en el marco del examen periódico universal de las Naciones Unidas en octubre de 2011 y en marzo de 2012 presentó una adición al informe del Grupo de Trabajo a las Naciones Unidas. De las 127 recomendaciones formuladas por Estados Miembros de las Naciones Unidas, Irlanda aceptó 91, aceptó parcialmente 17 y desestimó 19. Asimismo, se ha comprometido a preparar, a comienzos de 2014, un informe voluntario de mitad de período sobre los progresos en la aplicación de las recomendaciones aceptadas.

III.Información sobre no discriminación, igualdad y recursos eficaces

164.Irlanda ha avanzado ya considerablemente en su promoción y protección de los principios de igualdad y no discriminación. Se han adoptado numerosas medidas legislativas cuyo objetivo es conseguir la igualdad para todos. A continuación se enumeran los instrumentos de legislación primaria:

Bunreacht na hÉireann (Constitución de Irlanda) – arts. 40.1, 40.3.1, 40.3.2 y 44.2.3;

Leyes sobre Despidos Injustos de 1977 a 2007;

Ley del Ombudsman de 1980;

Ley de Prohibición de la Incitación al Odio de 1989;

Ley de Pensiones de 1990;

Ley de Protección de la Maternidad de 1994;

Ley de Licencia por Adopción de 1995;

Ley de Asistencia Letrada en Causas Civiles de 1995;

Ley de Licencia por Maternidad o Paternidad de 1998;

Ley de Igualdad en el Empleo de 1998;

Ley de Educación de 1998;

Ley sobre la Igualdad de Condición de 2000;

Ley de la Comisión de Derechos Humanos de 2000;

Ley sobre Bebidas Alcohólicas de 2003;

Ley de Indemnización por Despido de 2003;

Ley de la Igualdad de 2004;

Ley sobre Alquiler de Viviendas de 2004;

Ley de Bienestar Social (Disposiciones Varias) de 2004;

Ley de Administración de la Función Pública (Contrataciones y Nombramientos) de 2004;

Ley de Protección del Empleo (Despidos Colectivos Excepcionales y Asuntos Conexos) de 2007;

Ley de Derecho Civil (Disposiciones Varias) de 2008, parte 16;

Ley sobre la Marina Mercante de 2010;

Ley de las Uniones Civiles y Determinados Derechos y Obligaciones de los Convivientes de 2010;

Ley de Derecho Civil (Disposiciones Varias) de 2011;

Ley de Ministros y Secretarios (Enmienda) de 2011;

Ley de Protección de los Empleados (Trabajo Temporal) de 2012;

Ley de Igualdad de Condición (Enmienda) de 2012;

Código de prácticas sobre acoso y acoso sexual en el lugar de trabajo, Instrumento jurídico N° 208 de 2012.

165.Entre los grandes instrumentos legislativos promulgados se encuentran las Leyes de Igualdad en el Empleo de 1998 a 2011 y las leyes sobre la igualdad de condición de 2000 a 2012. Estas prohíben la discriminación directa e indirecta en el ámbito del empleo y del acceso a los bienes y servicios, con inclusión de la vivienda, la atención de la salud y la educación, por nueve motivos: género, estado civil, situación de familia, orientación sexual, religión, edad, discapacidad, raza o pertenencia a la comunidad nómada. Prohíben también la victimización, es decir, la discriminación de una persona por el hecho de que haya iniciado un proceso o presentado pruebas con arreglo a la legislación en materia de igualdad, o por haberse opuesto por medios lícitos a una discriminación prohibida por esa legislación.

166.Esas leyes establecieron las estructuras institucionales necesarias, en concreto la Dirección de la Igualdad y el Tribunal de la Igualdad, para garantizar la aplicación eficaz de la legislación. En los párrafos 101 a 106 se han señalado las principales novedades registradas en relación con esa infraestructura.

167.Entre las mejoras recientes de la legislación sobre la igualdad cabe señalar las siguientes:

a)Tras el reconocimiento de la unión oficial entre parejas del mismo sexo, la protección frente a la discriminación por motivos relacionados con la situación conyugal se amplió a fin de incluir las uniones registradas, y el posible motivo de discriminación recibió el nombre de "estado civil";

b)Se incrementó la indemnización máxima que podrá adjudicarse en casos de discriminación en el ámbito del empleo, para pedir una mayor compensación en el caso de trabajadores con bajo nivel de remuneración.

168.Esas leyes generan también en la legislación interna una obligación para Irlanda en cuanto miembro de la Unión Europea de aplicar las iniciativas europeas previstas en las Directivas del Consejo Nos. 2000/43/CE, 2000/78/CE y 2004/113/CE, aprobadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13 del Tratado de la Comunidad Europea, y las Directivas del Consejo Nº 2002/73/CE y 2006/54/CE, aprobadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 141 del Tratado. Esas directivas, conocidas comúnmente como directivas de igualdad, exigen la igualdad de trato por motivos de género, origen racial o étnico, religión o creencias, discapacidad, edad y orientación sexual.

169.El efecto general de esas directivas es exigir que los Estados miembros prohíban la discriminación directa, la discriminación indirecta y el hostigamiento por motivos de género, origen racial o étnico, religión o creencias, discapacidad, edad y orientación sexual en relación con el empleo, el autoempleo o la capacitación y la formación profesional. También se prohíben la victimización y el hostigamiento sexuales. Asimismo, las Directivas 2000/43/CE y 2004/113/CE prohíben la discriminación en el acceso a los bienes y servicios y la prestación de éstos, y la Directiva 2000/43/CE prohíbe la discriminación racial en los ámbitos de la protección social, las desventajas sociales y la educación.

Incorporación de la igualdad

170.Los procedimientos gubernamentales exigen que todas las propuestas sustantivas presentadas al Gabinete tengan en cuenta la repercusión en la igualdad de género, en las personas con discapacidad y en los grupos vulnerables.

171.La Dirección de la Igualdad ha elaborado una serie de instrumentos que pueden ser utilizados por los departamentos gubernamentales, las autoridades locales, los proveedores de servicios públicos y otras instancias para evaluar sus políticas con el fin de evitar resultados negativos imprevistos en cualquier categoría de personas protegidas por la legislación relativa a la igualdad, garantizar la coherencia normativa y lograr la mejor utilización posible de los recursos. La Dirección de la Igualdad ha plasmado también los conocimientos adquiridos en los años recientes en un dispositivo para determinar los beneficios en el ámbito de la igualdad. Esta publicación, aplicable tanto al sector público como al privado, explica cómo la inversión en igualdad aporta beneficios e incorpora una serie de dispositivos orientados a la prestación de servicios (política/revisión de la igualdad de situación, comprobación de la situación, evaluación de los efectos en la igualdad). Se dan a conocer las buenas prácticas y se ofrece asistencia técnica mediante iniciativas como la Red de aprendizaje sobre la igualdad en la administración pública.

172.A partir de 2007, la Dirección de la Igualdad ha establecido una Dependencia de Incorporación de la Igualdad entre las iniciativas emprendidas en el marco del Programa operativo del Fondo Social Europeo de inversión en el capital humano (2007-2013). Este programa es un plan de 1.360 millones de euros financiado por el Fondo Social Europeo, que trata de atender las necesidades del mercado de trabajo y de desarrollo del capital humano de Irlanda entre 2007 y 2013. El principal objetivo de la Dependencia es contribuir a corregir las deficiencias del mercado de trabajo en Irlanda en relación con grupos específicos que encuentran obstáculos para acceder al mercado de trabajo y participar en él, incluidos los generados por la desigualdad de género y otras desigualdades en sentido más amplio. El programa consta de un conjunto de medidas que tratan de mejorar el acceso al mercado de trabajo y la participación de grupos que sufren discriminación dentro de los nueve grupos incluidos en la legislación sobre igualdad de Irlanda.

173.Las propuestas legislativas gubernamentales para establecer una nueva Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Irlanda incluyen también la introducción de un deber explícito de los órganos públicos de tener debidamente en cuenta los derechos humanos y la igualdad en el desempeño de sus funciones. El objetivo es que los órganos públicos se vean obligados a considerar oficialmente las cuestiones relacionadas con los derechos humanos y la igualdad que afectan a su labor, especificar su consideración de las cuestiones pertinentes en su Plan Estratégico e informar sobre las cuestiones y eventos pertinentes en su informe anual. La Comisión ofrecerá apoyo y orientación con ese fin. Puede encontrarse información más detallada en el párrafo 110.

Iniciativas para fomentar la igualdad de género

174.La Estrategia nacional sobre la mujer (2007-2016) es una estrategia de todas las instancias gubernamentales puesta en marcha por el Taoiseach en abril de 2007. Su preparación fue obra de un Comité Interdepartamental del Departamento de Justicia, Igualdad y Reforma Jurídica, en virtud de los compromisos contraídos por el Gobierno en el marco de la Plataforma de Acción de Beijing. En la fase preparatoria se mantuvieron amplias consultas con la sociedad civil.

175.En la Estrategia se propone la meta de conseguir "una Irlanda donde todas las mujeres gocen de igualdad de derechos con los hombres y puedan alcanzar su pleno potencial, teniendo, al mismo tiempo, una vida segura y satisfactoria". La Estrategia, que contiene 20 objetivos fundamentales y más de 200 medidas de aplicación, está estructurada en torno a tres elementos fundamentales: equiparar las oportunidades socioeconómicas de hombres y mujeres, asegurar el bienestar de las mujeres y conseguir que estas participen como ciudadanas activas y en condiciones de igualdad.

176.El primer tema es "Equiparar las oportunidades socioeconómicas de hombres y mujeres" y contiene diez objetivos/subobjetivos siguientes:

Equiparar las oportunidades socioeconómicas de hombres y mujeres

1-A. Aumentar la participación de las mujeres en la fuerza de trabajo

1-B. Reducir la diferencia de género en los salarios

2. Promover el adelantamiento de la mujer en el mercado de trabajo

3. Aumentar el número de mujeres empresarias

4. Tratar de garantizar que las mujeres y las niñas hagan realidad todo su potencial en el sistema educativo

5-A. Mejorar los servicios de atención infantil a fin de atender las necesidades de los padres y los hijos

5-B. Conseguir que la infraestructura de servicios de atención respalde la participación socioeconómica de la mujer

6-A. Reducir el número de mujeres que sufren pobreza

6-B. Reducir el número de madres sin pareja en situación de pobreza

6-C. Reducir el número de mujeres que sufren pobreza aumentando la cobertura de las pensiones

177.El segundo tema, cuyo objetivo es "asegurar el bienestar de las mujeres", contiene los 11 objetivos/subobjetivos siguientes:

Asegurar el bienestar de las mujeres

7. Mejorar la relación entre la vida laboral y familiar de las mujeres

8-A. Mejorar el estado de salud de las mujeres de Irlanda con políticas de género

8-B. Mejorar la condición física de las mujeres en Irlanda

8-C. Mejorar la salud reproductiva y sexual de las mujeres en Irlanda

8-D. Mejorar la salud mental de las mujeres en Irlanda

8-E. Promover estilos de vida saludables para las mujeres en Irlanda

9. Aumentar el número de mujeres que participan en los deportes y actividades físicas en Irlanda

10. Garantizar la salud y seguridad de las mujeres embarazadas y lactantes en el trabajo

11. Proteger a las mujeres del acoso y la intimidación en el lugar de trabajo

12. Combatir la violencia contra las mujeres mejorando los servicios para las víctimas y con medidas eficaces de prevención y procesamiento

13. Abordar la cuestión de la trata de mujeres y niños

178.El objetivo del tercer tema es "conseguir que las mujeres participen como ciudadanas activas y en condiciones de igualdad" y contiene los siete objetivos/ subobjetivos siguientes:

Conseguir que las mujeres participen como ciudadanas activas y en condiciones de igualdad

14. Aumentar el número de mujeres en los puestos de toma de decisiones en Irlanda

15. Aumentar el número de mujeres dedicadas a las artes en Irlanda

16. Utilizar los medios de comunicación de forma proactiva para contribuir a la igualdad de género y al adelanto de la mujer

17-A. Impulsar el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio a través de Ayuda Irlandesa

17-B. Utilizar la política de ayuda multilateral y de desarrollo para promover el papel de la mujer y la igualdad de género en los países en desarrollo

17-C. Aumentar la capacidad de Ayuda Irlandesa y de los asociados en el desarrollo para responder con eficacia a la violencia de género en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos y en los países en desarrollo

17-D. Garantizar la integración de la perspectiva de género en todas las partes del sistema de las Naciones Unidas

179.La Estrategia contiene también medidas que contribuirán a su aplicación y a fomentar una mayor conciencia sobre las cuestiones relacionadas con la igualdad de género en la formulación de políticas en todas las actividades gubernamentales.

180.La aplicación de la Estrategia es supervisada por un Comité Interdepartamental presidido por el Departamento de Justicia, Igualdad y Reforma Jurídica y el Comité de Supervisión de la Estrategia Nacional sobre la Mujer, en el que participan los interlocutores sociales y que está presidido por el Ministro de Discapacidad, Igualdad, Salud Mental y Personas de Edad.

Iniciativa para la Igualdad de la Mujer

181.La Iniciativa para la Igualdad de la Mujer es un programa de acción positiva en favor de la mujer, que trata de fomentar la igualdad de género con diversos proyectos ejecutados en la mayoría de los casos por grupos comunitarios de base local. La Iniciativa recibe ayuda del Fondo Social Europeo en el marco del Programa operativo de inversión en el capital humano y la financiación paralela del erario público. Los objetivos de la Iniciativa (que abarca tres esferas) eran ofrecer financiación para proyectos en apoyo de acciones positivas que contribuyan a mejorar el acceso de la mujer a la educación, la capacitación y el desarrollo personal como medio de acceso al empleo, ayudar a las mujeres que están realizando actividades empresariales y contribuir al progreso de la mujer en su puesto de trabajo.

182.La recesión económica ha limitado la disponibilidad de financiación paralela del erario público en apoyo de la Iniciativa para la Igualdad de la Mujer y, en consecuencia, la cobertura fue más limitada de lo previsto inicialmente. En los primeros años, se ofreció financiación a unos 40 grupos comunitarios. En cambio, en 2013, la cobertura tuvo que reducirse a 25 proyectos en favor de mujeres que se encuentran actualmente fuera del mercado de trabajo, además de otros dos proyectos empresariales que se han financiado anualmente con resultados bastante positivos.

183.Desde 2009, la Iniciativa ha ofrecido a un total de 11.350 mujeres oportunidades de desarrollo, que les permiten volver al empleo o aprovechar las oportunidades de educación y capacitación.

184.En 2012, por ejemplo, las estadísticas sobre la Iniciativa revelan que:

a)Un total de 1.964 mujeres participaron en los cursos de activación del mercado de trabajo (esfera 1);

b)Un total de 566 participantes (28,8%) en la esfera 1 adquirieron empleo o se incorporaron a otro programa de educación/capacitación en 2012;

c)1.069 mujeres participaron en actividades de capacitación empresarial ofrecidas por grupos comunitarios, y 197 mujeres (18,4%) emprendieron las fases iniciales de la actividad empresarial en 2012.

Cosc, Oficina Nacional para la Prevención de la Violencia Doméstica, Sexual y de Género

185.Cosc, Oficina Nacional para la Prevención de la Violencia Doméstica, Sexual y de Género, fue creada en junio de 2007 por el Gobierno irlandés para ayudar a coordinar la respuesta estatal frente a la violencia doméstica, sexual y de género, que afecta a las mujeres en forma desproporcionada. La Estrategia nacional contra la violencia doméstica, sexual y de género (2010-2014) prevé una amplia serie de medidas relacionadas tanto con las intervenciones primarias de prevención, reconocimiento y comprensión de esta violencia como las intervenciones secundarias en las esferas de la presentación de informes, remisión y respuesta a los actos de violencia.

Consejo Nacional de Mujeres de Irlanda

186.El Consejo Nacional de Mujeres de Irlanda, fundado en 1973, es la principal organización nacional integrada por mujeres. Persigue la plena igualdad entre hombres y mujeres. Su mandato, consistente en " articular las opiniones y experiencias de sus miembros y conseguir que sus voces sean escuchadas en todas las instancias en las que se tomen decisiones que repercuten en la vida de la mujer en toda su diversidad ", procede de sus miembros, entre los que se incluyen 165 grupos de distintas procedencias, sectores y lugares, a quienes representa. Pueden participar plenamente en el Consejo organizaciones con un mínimo de 10 miembros que se muestren de acuerdo con la visión, misión y valores del Consejo y que puedan demostrar que sus actividades se orientan a promover la igualdad de la mujer en Irlanda (con servicios directos, políticas, actividades de promoción u otros medios). Las organizaciones deben tener al menos un año de existencia antes de poder solicitar su adhesión como miembros.

187.El Tesoro continúa contribuyendo a la financiación básica del Consejo. Este es una organización general que agrupa a 150 ONG representativas de los intereses y preocupaciones de la mujer. El Gobierno lo ha reconocido como organismo encargado de exponer las preocupaciones y perspectivas de la mujer. Recibe casi toda su financiación básica del Gobierno. En 2013, la financiación ascendió a 300.000 euros. El Consejo es totalmente independiente del Gobierno en lo que se refiere a las políticas y solo debe rendir cuentas a sus propios miembros y al Comité ejecutivo elegido. Su financiación gubernamental procede de una recomendación formulada en 1992 al Gobierno en la que se pedía que el Consejo ofreciera a las organizaciones de mujeres de alcance regional y nacional un foro en el que pudieran compartirse y elaborarse las opiniones, puntos de vista, experiencias y perspectivas de las mujeres. Gracias a su labor en el plano nacional, el Consejo incorpora esas opiniones y perspectivas al proceso de formulación de políticas y de toma de decisiones, al mismo tiempo que alienta y apoya la labor de sus afiliados y otros grupos de mujeres para que intervengan en el plano local y regional, y al mismo tiempo elabore programas de liderazgo y desarrollo para los grupos de mujeres de todo el país.

188.Además de su función en el terreno del desarrollo, se reconoce su aportación como organismo bien informado y constructivo en relación con la aplicación y el examen de las iniciativas normativas, y sus dirigentes mantienen contactos frecuentes con los cargos políticos de alto nivel y los encargados de la formulación de las políticas.

Representación de la mujer en los consejos de Estado

189.El Programa gubernamental de recuperación nacional para 2011-2016 reafirma el compromiso contraído en 1993 por el Gobierno de adoptar medidas para que en la composición de todos los consejos de Estado cada uno de los géneros tuviera al menos una representación del 40%. Este compromiso se incorporó a la Estrategia nacional sobre la mujer para 2007-2016 y coincide con los objetivos clave tanto de la Unión Europea como de las Naciones Unidas en relación con la participación de la mujer en los puestos de toma de decisiones.

190.En abril de 2011, el Gobierno acordó que las futuras vacantes en los consejos de Estado se publicaran en el sitio web del departamento gubernamental pertinente y que las convocatorias públicas incluyeran el siguiente texto: " Al examinar las solicitudes deberá tenerse en cuenta la política gubernamental sobre el equilibrio de género en los consejos de Estado ".

191.El progreso en los consejos de Estado es supervisado anualmente. Según datos agregados sobre la participación de la mujer en esos consejos en los últimos años, aproximadamente el 34% de los puestos de dichos consejos eran ocupados por mujeres, lo que representa una mejora con respecto al 29% de junio de 2002. No obstante, el progreso hacia el logro del objetivo propuesto ha sido lento y continúa habiendo importantes diferencias entre los distintos departamentos gubernamentales. Según una pauta observada a lo largo de los años, hay un número significativo de mujeres en los consejos centrados en la "atención", mientras que son menos numerosas en los que tienen una orientación más económica o empresarial.

192.Los datos principales sobre la distribución de los puestos en los consejos de Estado al 31 de diciembre de 2011 son los siguientes:

a)La tasa de participación femenina en los consejos de Estado en 2011 fue del 33,9% (semejante a la de 2009), lo que representa una reducción marginal con respecto al 34,67% de 2010; y

b)En 2011, el 79% de los presidentes de los consejos de Estado fueron hombres y el 21% fueron mujeres, lo que representa un aumento de solo el 1% de mujeres presidentes desde finales de 2010.

Información general sobre la situación de los derechos humanos de las personas que pertenecen a grupos vulnerables concretos de la población

Personas con discapacidad

193.Las recomendaciones contenidas en el informe de la Comisión sobre la Situación de las Personas con Discapacidad han impulsado acontecimientos importantes en el sector de la discapacidad en Irlanda.

194.En junio de 2000, el Gobierno puso marcha una iniciativa de integración en virtud de la cual, siempre que fuera posible, los organismos públicos deberían agrupar los servicios para las personas con discapacidad con los ofrecidos a todos los ciudadanos.

195.La Dirección Nacional sobre la Discapacidad se constituyó con carácter oficial en junio de 2000. Su objetivo era desarrollar y supervisar las normas de los servicios para las personas con discapacidad y ofrecer asesoramiento sobre políticas y prácticas relacionadas con la discapacidad. La Dirección está financiada por el Gobierno.

196.La Ley del Comhairle de 2000 creó dicha institución como instrumento principal de información financiado por el Departamento de Asuntos Sociales y de la Familia. El organismo tiene un compromiso estatutario con la asistencia y el apoyo a las personas, en particular las personas con discapacidad, en la determinación y comprensión de sus necesidades y posibilidades y en el acceso a sus derechos a los servicios sociales. La Ley de Información a los Ciudadanos de 2007 enmendó la Ley del Comhairle de 2000 y adoptó para ese organismo el nuevo nombre de Comisión de Información al Ciudadano. La Ley de Bienestar Social (Disposiciones Varias) de 2008 amplió todavía más el mandato de la Comisión de Información al Ciudadano para incluir el Servicio de asesoramiento financiero y presupuestación. La financiación de la Comisión ha subido de 44.986 millones de euros en 2010 a 47.540 millones en 2013.

197.En noviembre de 2011, la Ministra de Discapacidad, Igualdad, Salud Mental y Personas de Edad nombró un nuevo grupo encargado de ayudarle a aplicar la Estrategia Nacional sobre Discapacidad, que se puso en marcha en 2004 y continúa ocupando un lugar central en la política gubernamental para este sector. Se trata del Grupo de Ejecución de la Estrategia Nacional sobre Discapacidad (integrado por 11 departamentos gubernamentales, la Asociación de administradores de ciudades y condados, la Dirección Nacional sobre la Discapacidad y el Grupo Nacional de Partes Interesadas en la Discapacidad). En julio de 2013 se publicó un plan para la aplicación de la Estrategia Nacional sobre Discapacidad, que incluye procedimientos oficiales de supervisión.

198.Estas iniciativas son complementarias del marco legislativo contra la discriminación y otras iniciativas de lucha contra la discriminación.

199.Los elementos clave de la Estrategia son los siguientes:

a)Ley de Discapacidad de 2005;

b)Ley de Información a los Ciudadanos de 2007, que permite a la Comisión de Información al Ciudadano (antes, el Comhairle) ofrecer a las personas con discapacidad un servicio de asistencia letrada personal;

c)Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales de 2004;

d)Planes sectoriales preparados por seis departamentos del Gobierno.

200.La Ley de Discapacidad de 2005 es un instrumento legislativo transversal y constituye una medida de acción positiva para prestar a las personas con discapacidad servicios específicos para ellas y mejorar su acceso a los servicios públicos generales. Al redactar esta legislación, el Gobierno facilitó la celebración de amplias consultas a escala nacional. El cumplimiento de la Ley de Discapacidad es un requisito imprescindible para todos los departamentos gubernamentales.

201.La Ley de Discapacidad de 2005 da carácter oficial a diversas medidas de acción positiva para mejorar la situación de las personas con discapacidad en la sociedad irlandesa, en particular las siguientes:

a)Una evaluación independiente de las necesidades individuales en cuanto a servicios de salud (y educación, cuando proceda) y un documento de servicios conexo en que se describen los servicios que han de prestarse, con acceso a mecanismos independientes de denuncia, apelación y aplicación;

b)La obligación de hacer accesibles los edificios y los servicios públicos, un requisito para los seis departamentos principales del Gobierno de publicar planes sectoriales y un mecanismo correspondiente de denuncia con acceso al Ombudsman;

c)La obligación de que los organismos públicos sean dinámicos en el empleo de personas con discapacidad. La parte 5 de la Ley establece una meta legislativa que actualmente es del 3% para la contratación y el empleo de personas con discapacidad en el sector público. Los órganos públicos deben presentar a los comités de supervisión informes anuales sobre el cumplimiento del objetivo;

d)Limitación del uso de la información procedente de pruebas genéticas para fines de empleo y seguros; y

e)La creación de un centro de excelencia de diseño universal. Este se estableció en la Dirección Nacional sobre la Discapacidad a comienzos de 2007 en virtud de la parte 6 de la Ley. Por "diseño universal" se entiende el diseño y creación de un entorno que haga posible el acceso, la comprensión y la utilización por el mayor número posible de personas, con independencia de edad, tamaño o discapacidad. La misión del Centro es promover el desarrollo de dicho entorno.

202.Ha entrado en vigor un considerable número de artículos de la Ley de Educación de las Personas con Necesidades Educativas Especiales, en particular los que establecen el Consejo Nacional para la Educación Especial y los que promueven un concepto inclusivo de la educación de los niños con necesidades educativas especiales. Los otros artículos de la Ley no han entrado en vigor. El Gobierno elaborará un plan para aplicar los objetivos de dicha Ley a fin de conseguir mejores resultados educativos para los estudiantes con necesidades especiales.

203.El Gobierno de Irlanda tiene intención de ratificar lo antes posible la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar que se cumplan todos los requisitos legislativos y administrativos necesarios en virtud de la Convención. Irlanda no se adhiere como parte a un tratado si antes no se encuentra en condiciones de cumplir las obligaciones impuestas por el tratado en cuestión, incluida la modificación de las leyes nacionales cuando sea necesario.

204.La aplicación en curso de la Estrategia Nacional sobre Discapacidad abarca en diversos aspectos muchas de las disposiciones de la Convención. Además, el Comité Interdepartamental sobre la Convención supervisa las demás medidas legislativas y administrativas necesarias para hacer posible la ratificación. El Comité, en el desempeño de su programa de trabajo, ha señalado las cuestiones que deben ser examinadas por distintos departamentos gubernamentales, y esta labor sigue su curso en todos los departamentos. A petición del Comité, la Dirección Nacional sobre la Discapacidad, que es el organismo legalmente responsable del sector, ha evaluado de forma independiente el resto de los requisitos necesarios para la ratificación, a fin de garantizar que se aborden todas esas cuestiones de forma concluyente.

205.Uno de los requisitos fundamentales a ese respecto es la promulgación de la legislación pertinente sobre la capacidad mental. El Programa gubernamental asume el compromiso de presentar un proyecto de ley que esté acorde con la Convención. El proyecto de ley, publicado en julio de 2013, está basado en los principios consagrados en la Convención relativos a la ayuda a las personas con capacidad disminuida para que puedan tomar decisiones y a ejercer sus derechos básicos. Ese planeamiento queda reflejado en el nuevo nombre, Proyecto de ley sobre la ayuda en la toma de decisiones (capacidad).

Miembros de la comunidad nómada

206.El término "nómada" en relación con el alojamiento hace referencia a los nómadas irlandeses contemplados en la Ley sobre la Igualdad de Condición de 2002.

Por " comunidad nómada " se entiende la comunidad de personas que reciben habitualmente esa denominación y que está constituida por personas identificadas (por ellas mismas y por otros) como un grupo con una historia, cultura y tradiciones compartidas, entre las que se incluye, históricamente, una forma de vida nómada en la isla de Irlanda " .

207.En distintas disposiciones legislativas, administrativas e institucionales el Gobierno ha reconocido la situación especial de la comunidad nómada de Irlanda. Además de la legislación sobre la igualdad, cabría señalar las leyes que especifican las condiciones en que las autoridades locales pueden ofrecer alojamiento a los nómadas y algunas estrategias específicas para esta comunidad, formuladas con participación de sus organizaciones y relacionadas con la salud, la educación y el alojamiento.

208.En virtud de la Constitución, los nómadas tienen en Irlanda los mismos derechos civiles y políticos que el resto de los ciudadanos. En las medidas clave contra la discriminación, a saber, la Ley de Prohibición de la Incitación al Odio de 1989, las Leyes sobre Despidos Injustos de 1977, las Leyes de Igualdad en el Empleo y las Leyes sobre la Igualdad de Condición identifican explícitamente a los nómadas como grupo protegido. En la Ley de la Igualdad de 2004, mediante la que se incorporó la Directiva de la Unión Europea relativa a la igualdad racial, se dispone la aplicación de todas las protecciones previstas en dicha Directiva por los nueve motivos establecidos en la legislación, en particular la pertenencia a una comunidad nómada. Todas las protecciones otorgadas a las minorías étnicas en las directivas de la Unión Europea y en los convenios internacionales se aplican a los nómadas, ya que la legislación de Irlanda que hace efectivos esos instrumentos internacionales dispone expresamente la protección de esa comunidad.

209.El Gobierno está comprometido a hacer frente a la discriminación contra los nómadas y ha decidido que la pertenencia a la comunidad nómada es una razón independiente con arreglo a la cual es ilícito discriminar en virtud de la legislación en materia de igualdad. Con ello no se pretendió proporcionar un nivel inferior de protección a los nómadas frente al acordado a miembros de minorías étnicas. Por el contrario, la identificación independiente de los nómadas en la legislación en materia de igualdad garantiza que estén protegidos de forma expresa.

Origen étnico de los nómadas

210.En el contexto de un examen del informe de Irlanda al Consejo realizado por un Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y preparado en el marco de los procedimientos del examen periódico universal, se le preguntó al Ministro de Justicia e Igualdad, el Sr. Allan Shatter, entre muchas otras cosas, cuál era la situación de los nómadas en la sociedad irlandesa. Una delegación recomendó específicamente que Irlanda reconociera a los nómadas como una minoría étnica, mientras que otras intervenciones fueron de carácter más general. El Ministro respondió que se estaba examinando en profundidad la posibilidad de otorgar ese reconocimiento a la comunidad nómada. El examen mencionado no ha terminado todavía.

Grupo de Alto Nivel sobre cuestiones relativas a los nómadas

211.En diciembre de 2003, a petición del Taoiseach, se creó un Grupo de Alto Nivel sobre cuestiones relativas a los nómadas, patrocinado por la Comisión del Gabinete sobre la Integración Social. Para conseguir su objetivo, que es mejorar el desempeño de los organismos oficiales encargados de prestar servicios específicos a los nómadas, hará todo lo posible por mejorar los resultados mediante la integración de los servicios a nivel local. El Grupo presentó un informe al Gobierno en marzo de 2006.

212.Dicho informe fue aprobado por el Gobierno en marzo de 2006. Un aspecto fundamental del enfoque recomendado por el Grupo de Alto Nivel es el establecimiento de una coordinación eficaz de las medidas entre los organismos que funcionan en el marco de las 34 juntas de desarrollo de los condados y las ciudades, junto con una consulta efectiva con los nómadas y sus representantes. Desde 2006 se han establecido en cada una de las juntas grupos interinstitucionales sobre los nómadas, para coordinar las iniciativas de los organismos públicos y otras partes interesadas.

Acuerdos y planes nacionales

213.El Programa gubernamental para 2011-2016 pone de relieve la necesidad de mejorar la prestación de servicios a los nómadas. El Programa nacional de reforma para Irlanda en el marco de la Estrategia "Europa 2010" incluye a los nómadas entre los grupos más vulnerables de Irlanda y declara que deberán adoptarse programas de inclusión social orientados específicamente a ellos. El acuerdo nacional de asociación social entre el Gobierno y los interlocutores sociales (Towards 2016), publicado en 2006, establecía la necesidad de prestar mayor atención al logro de mayores progresos para los nómadas y dio también lugar al establecimiento del Comité Nacional de Asesoramiento y Supervisión de los Nómadas en 2007. Este está integrado por representantes de grupos nómadas y departamentos gubernamentales y tiene un Presidente independiente. La asociación social nacional ha dejado de existir pero se mantiene un diálogo periódico entre los ministros y sus departamentos y los intereses sectoriales. El "Plan nacional de acción sobre la inclusión social (2007-2016)" contiene diversas metas e iniciativas para mejorar la experiencia vital de los nómadas mediante la prestación de servicios adecuados de educación, salud y vivienda y para eliminar los obstáculos todavía existentes a la plena participación de los miembros de la comunidad nómada en el trabajo y la vida social del país.

Los nómadas en la educación

214.La integración es uno de los 10 componentes clave de la educación subrayados en la Estrategia de Educación Intercultural. En el pasado, muchos niños nómadas y niños con necesidades especiales recibieron educación en entornos segregados. El"Informe y recomendaciones para una estrategia de educación de la comunidad nómada (2006)" abarca todos los aspectos de la educación de los nómadas, desde el derecho a la enseñanza preescolar a la educación posterior y superior, en un contexto de aprendizaje permanente. El principio básico del informe es la inclusión, con especial insistencia en la igualdad y diversidad y la adopción de un enfoque intercultural. La insistencia en las "necesidades educativas individuales" más que en la "identidad nómada" constituirá la base de las futuras intervenciones, incluida la asignación de recursos. El objetivo del departamento es utilizar los recursos disponibles de manera que se consigan los mayores resultados posibles en el sector de la educación a fin de mejorar los resultados educativos para todos los niños y adultos, incluidos los nómadas. En el contexto del Programa de gobierno y recuperación nacional (2011-2016) y de conformidad con el informe, el Gobierno ha tomado la decisión de ofrecer apoyo docente a los estudiantes nómadas en las mismas condiciones que a otros alumnos de las escuelas. Se imparte instrucción adicional a través de los dispositivos existentes en las escuelas en apoyo del aprendizaje.

215.En la Encuesta sobre la educación de los nómadas en las escuelas irlandesas (2006) se observó, entre otras cosas, que la mayoría de los niños nómadas de enseñanza primaria y posprimaria no alcanzan un nivel igual al del resto de los niños. En consecuencia, si bien en las escuelas de nivel primario y posprimario se ofrecen servicios integrados que permiten a los nómadas participar en condiciones de igualdad con otros usuarios de los servicios, en algunos casos se requieren medidas positivas como solución a corto plazo para permitir a los estudiantes nómadas adquirir las mismas competencias y conocimientos que los otros alumnos, a fin de que puedan participar en condiciones de igualdad en la educación, capacitación o empleo en general. Son pocas las medidas de mitigación o ajuste que se están llevando a cabo a fin de ayudar a las escuelas con proporciones elevadas de alumnos nómadas tras la supresión de los puestos docentes complementarios para ellos. Asimismo, las matrículas de alumnos nómadas se han incluido en las cifras de matriculación válidas para la asignación de personal adicional en el contexto del Programa de igualdad de oportunidades en las escuelas (2011-2012) y de conformidad con el modelo general revisado de asignación de recursos para las necesidades educativas especiales de gran incidencia a partir del curso escolar de 2011/12.

216.El Departamento de Educación y Capacitación ha establecido un Grupo de aplicación de medidas para la comunidad nómada, que supervisa el cumplimiento de las recomendaciones del informe. El Foro Asesor y Consultivo de la Estrategia de Educación de la Comunidad Nómada continúa señalando las cuestiones de interés, incluidos los obstáculos, para la aplicación de las recomendaciones de la Estrategia, examinando las respuestas adecuadas a las cuestiones planteadas y los informes presentados al Grupo de Aplicación, dependiente del Departamento, para subrayar los principales motivos de preocupación.

Alojamiento para la comunidad nómada

217.La política gubernamental relativa al alojamiento de la comunidad nómada está recogida en la Ley de Vivienda (Alojamiento de la Comunidad Nómada) de 1998. Todas las autoridades locales están obligadas, en virtud de dicha Ley, a adoptar y ejecutar programas plurianuales de vivienda para nómadas, con el fin de mejorar el suministro de vivienda para esa comunidad. La primera ronda de programas adoptados con ese fin abarcó el período comprendido entre 2000 y 2004. La segunda ronda comprendió los años 2005 a 2008. A comienzos de 2009 las autoridades locales emprendieron una tercera ronda de programas para los años comprendidos entre 2009 y 2013. Una cuarta ronda deberá comenzar en 2014, y se prevé que dure desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2018.

218.La Ley de Vivienda (Alojamiento de la Comunidad Nómada) de 1998 hace gran hincapié en la consulta a todas las partes interesadas. Los programas de vivienda para la comunidad nómada deben prepararse en consulta con otras autoridades públicas, la comunidad y otros organismos, los nómadas —a través del Comité Consultivo Local— y el público en general. Los nómadas participan en los comités de asesoramiento sobre la vivienda para los nómadas en el plano tanto nacional como regional a través del Comité Consultivo Nacional de Viviendas para la Comunidad Nómada y el Comité Consultivo Local de Viviendas para la Comunidad Nómada.

219.Se ha asignado una financiación considerable para el suministro de viviendas para la comunidad nómada. En el período incluido en el primer programa (2000 a 2004), se gastaron en esas viviendas (nuevas y rehabilitadas) 130 millones de euros. En el segundo programa, se gastaron 142,55 millones de euros adicionales entre 2005 y 2008 y 49,026 millones de euros entre 2009 y 2012 con ese mismo fin. El tercer programa terminará a finales de 2013. Los gastos en concepto de vivienda para nómadas que reciben alojamientos de categoría ordinaria de las administraciones locales son sufragados por la División de Vivienda Social, del Departamento de Medio Ambiente, Comunidad y Gobierno Local. Las personas que reúnen los debidos requisitos pueden solicitar a la autoridad local viviendas de categoría ordinaria. Estas son asignadas por las autoridades locales de acuerdo con un plan con prioridades de arrendamiento, y los nómadas tienen el mismo acceso a las viviendas de categoría ordinaria que la población en general.

220.Se ha registrado un aumento significativo del número de familias que viven en alojamientos alquilados privados, lo que demuestra que el mercado de alquiler privado está mucho más abierto que antes a los inquilinos nómadas. Una mayoría considerable (95%) de las 2.829 familias que viven en alojamientos de alquiler privados reciben asistencia para sufragar sus costos de alojamiento bien mediante el pago de un suplemento de alquiler (por el Departamento de Protección Social) o a través del programa de viviendas de alquiler. El número de familias acogidas a este programa ha registrado un aumento constante, por lo que el alojamiento de alquiler privado se ha convertido en una opción más viable y más segura a largo plazo. Los nómadas que viven en alojamientos de alquiler privados permanecen en la lista de vivienda de su organismo local y reciben alojamiento permanente de conformidad con su situación económica y el plan de asignación de la autoridad local.

221.En 2014 las autoridades locales deberán adoptar nuevos programas de vivienda para la comunidad nómada. Los organismos de vivienda competentes comenzarán a determinar las necesidades de vivienda de las familias nómadas que habrán de atenderse en el marco de los nuevos programas. Se tendrán en cuenta las necesidades de vivienda existentes y las que puedan surgir durante el período de vigencia de los programas en un conjunto de opciones de vivienda, incluidas las viviendas de categoría ordinaria y colectivas, los lugares de residencia permanente para caravanas y los lugares provisionales ofrecidos directamente por el organismo público de vivienda o por entidades de vivienda aprobadas o particulares, con o sin asistencia del organismo público de vivienda. Cada programa deberá incluir metas anuales y se supervisará el desempeño de las autoridades locales a través de informes anuales sobre los progresos conseguidos, que elaborarán por el Departamento de Medio Ambiente, Comunidad y Gobierno Local y el Comité Consultivo Nacional de Viviendas para la Comunidad Nómada.

222.Los nómadas pueden expresar libremente su preferencia por una vivienda ofrecida específicamente a esa comunidad o por una vivienda social de categoría ordinaria en el contexto del proceso obligatorio de evaluación de la vivienda social realizado por las autoridades locales. Los programas de las comunidades locales sobre viviendas para la comunidad nómada están basados en esta evaluación de las necesidades de vivienda y demuestran que la inmensa mayoría de los nómadas han optado por viviendas de categoría ordinaria o viviendas colectivas. Conviene señalar también que la mayoría de los nómadas viven ya en viviendas estándar, sean viviendas facilitadas por las autoridades locales o viviendas de alquiler privadas, casas sufragadas con sus propios recursos o casas privadas con asistencia de la autoridad local. Algunos grupos de apoyo a la comunidad nómada mantienen que las autoridades locales no ofrecen alojamiento suficiente en lugares de acampada, pero la evaluación de las necesidades de vivienda revela que la demanda de esos lugares ha disminuido considerablemente. El Departamento de Medio Ambiente, Comunidad y Gobierno Local ha recibido también numerosas solicitudes de residentes nómadas para la conversión de los lugares de acampada existentes en viviendas colectivas.

223.La obligación de ofrecer alojamiento a la comunidad nómada, incluidos los emplazamientos para transeúntes, recae sobre las diferentes autoridades locales. La Ley de Vivienda (Alojamiento de la Comunidad Nómada) de 1998 exige específicamente a las autoridades locales que, al preparar sus programas de vivienda para la comunidad nómada, prevean emplazamientos para transeúntes. En agosto de 2008, el Departamento de Medio Ambiente, Asuntos Comunitarios y Gobierno Local envió a todas las autoridades locales un memorando en el que les recordaba esa obligación en sus programas para el período comprendido entre 2009 y 2013. La cuestión de los emplazamientos para transeúntes fue examinada por el tercer Comité Consultivo Nacional de Viviendas para la Comunidad Nómada y se incluye también el programa del cuarto Comité.

224.El quinto Comité Consultivo Nacional de Viviendas para la Comunidad Nómada deberá ser nombrado por el Ministro de Vivienda en 2013. El nuevo comité estará en funciones desde 2013 hasta 2016. Estará integrado por funcionarios públicos y representantes de la comunidad nómada. Su legislación hace gran hincapié en la consulta con todas las partes interesadas. Por ello, los programas de alojamiento de nómadas deberán prepararse en consulta con otras autoridades públicas, la comunidad y otros organismos, los nómadas, a través de su Comité Consultivo Local y el público en general.

225.En 2014, cada autoridad local estableció un nuevo Comité Consultivo Local de Viviendas para la Comunidad Nómada. Esos comités están integrados por nómadas y miembros de grupos de apoyo a los nómadas, miembros elegidos de la comunidad local y funcionarios locales.

Atención de la salud de los nómadas

226.La atención de la salud y la prestación de servicios de salud para los nómadas es un objetivo prioritario del Departamento de Salud, en asociación con el Instituto Nacional de Salud, y se ha realizado un considerable esfuerzo en esa esfera. La financiación de los servicios de salud específicos para los nómadas ha superado los 9,5 millones de euros anuales. Se ha creado una amplia gama de servicios de salud consagrados específicamente a los nómadas, tales como las dependencias de salud para nómadas y los proyectos de atención primaria de salud. Se han creado estructuras para garantizar la prestación eficaz de los servicios.

227.El Comité Asesor sobre la Salud de la Comunidad Nómada orienta al Ministro de Salud sobre las políticas relativas a la salud de esa comunidad. El Comité está integrado por representantes del Departamento de Salud, el Departamento de Justicia e Igualdad, el Instituto Nacional de Salud, y miembros y organizaciones de la comunidad nómada. Además, en cada área del Instituto Nacional de Salud funcionan unidades sanitarias para nómadas, integradas por representantes de la administración del Instituto Nacional de Salud y de la comunidad nómada. Esas unidades trabajan en asociación con organizaciones locales de nómadas y la comunidad nómada. La cuantiosa inversión en salud de los nómadas ha permitido también designar enfermeras consagradas específicamente a la salud pública de esa población y la puesta en marcha de proyectos de atención primaria de la salud para su comunidad, que ofrecieron un modelo de participación en la creación de los servicios de salud.

228.El programa "La salud de los nómadas: una estrategia nacional para el período 2002-2005" fue preparado por el Comité Asesor y publicado en febrero de 2002 con el fin de mejorar la salud de los nómadas. La Estrategia ha caducado pero continúa orientando todavía las políticas en este terreno.

229.Un elemento clave del planteamiento adoptado para ofrecer servicios de salud destinados específicamente a los nómadas fue la creación de un modelo para la participación de estos en la creación de servicios de salud. Se consiguió a través de proyectos de atención primaria de la salud para los nómadas, que desempeñan un papel fundamental en la prestación de servicios de salud a esa comunidad. Los proyectos son iniciativas promovidas por homólogos y son de gran utilidad para la realización de medidas encaminadas a mejorar la salud de la comunidad nómada.

230.Miembros de la comunidad nómada, en su mayoría mujeres, son contratados y capacitados para que puedan participar en los proyectos como trabajadores sanitarios comunitarios. Ello permite ampliar la atención primaria de la salud tomando como base los propios valores y opiniones de la comunidad nómada a fin de conseguir resultados positivos y a largo plazo, ofreciendo a las personas la posibilidad de mejorar su salud gracias a una mejor información, a la autoayuda y a la ayuda mutua. Los proyectos han conseguido beneficios reales y considerables para las comunidades nómadas en las que se han llevado a cabo. Los proyectos comenzaron en 1994 y ahora hay más de 40, que cuentan con más de 450 participantes. Los módulos de capacitación básicos para los proyectos obtuvieron certificados de nivel 3 del Consejo de Educación y Formación Complementarias en 2008.

231.Una demostración del constante interés por la salud de la comunidad nómada es la cuantía significativa de recursos asignados para la realización del Estudio sobre la salud de los nómadas en todo el territorio de Irlanda, cuyas conclusiones fueron publicadas el 2 de septiembre de 2010. Fue el primer estudio de esa índole realizado desde 1987 y el primero en que se incluyó a nómadas tanto del Norte como del Sur de Irlanda. Fue financiado conjuntamente por el Departamento de Salud de Irlanda y el Departamento de Salud, Servicios Sociales y Seguridad Pública de Irlanda del Norte, y contó con apoyo del Instituto Nacional de Salud.

232.Una de las principales conclusiones del estudio es que los nómadas de todas las edades continúan teniendo tasas de mortalidad muy superiores a las de la población en general: los hombres nómadas viven ahora por término medio 15 años menos que los de la población en general; en el caso de las mujeres, la diferencia es de 11,5 años. Las defunciones resultantes de enfermedades respiratorias y cardiovasculares y suicidios registraron un mayor aumento entre los nómadas que en la población en general. Entre los resultados positivos del estudio cabe señalar el mejor acceso a los servicios de salud y los progresos conseguidos en la salud de las mujeres nómadas.

Refugiados y solicitantes de asilo

233.El régimen de asilo de Irlanda está basado en varios principios clave:

a)Cumplimiento de nuestras obligaciones en virtud del derecho internacional, como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951;

b)Adopción de las medidas necesarias para que las personas que, según los resultados de un proceso de comprobación imparcial y eficiente, no necesiten protección sean devueltas a sus países de origen lo antes posible;

c)Establecimiento de sistemas sólidos para evitar en nuestro régimen de protección los posibles abusos de quienes desean entrar en nuestro Estado por motivos distintos de la búsqueda de protección frente a la persecución.

234.La tramitación de las solicitudes de asilo y otras solicitudes de autorización para permanecer en el país se lleva a cabo de acuerdo con un marco jurídico nacional e internacional bien definido (Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y directivas y reglamentos de la UE), que es de obligado cumplimiento. En consecuencia, todas las solicitudes del estatuto de refugiado se examinan de conformidad con los requisitos oficiales establecidos en la Ley sobre Refugiados de 1996 y los distintos instrumentos oficiales que regulan la tramitación de las solicitudes. Cuando existan razones que avalen el temor a ser objeto de persecución, se concederá al solicitante la condición de refugiado.

235.La Ley sobre Refugiados de 1996 (enmendada) entró plenamente en vigor el 20 de noviembre de 2000. Esta Ley dio carácter legal a los procedimientos para tramitar las solicitudes del estatuto de refugiado y dio lugar a la creación de dos instancias oficiales independientes que presentan al Ministro de Justicia e Igualdad recomendaciones sobre la concesión o denegación de dicho estatuto, a saber:

a)Un Comisionado para las solicitudes de concesión del estatuto de refugiado, que supervisa en primera instancia las solicitudes;

b)Un Tribunal de Apelación para asuntos relacionados con el estatuto de refugiados, encargado de examinar los recursos contra las recomendaciones negativas del Comisionado.

236.La ley tiene un alcance muy amplio; además de tratar las decisiones adoptadas en primera instancia y en apelación, abarca también el derecho a la asistencia letrada y a la interpretación, y contiene disposiciones específicas para que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) contribuya de forma directa al proceso de determinación de la condición de refugiado.

237.El 10 de octubre de 2006 entraron a formar parte de la legislación nacional los Reglamentos de las Comunidades Europeas de 2006 (criterios de protección). Dichos Reglamentos dan plena efectividad en la legislación irlandesa a las disposiciones de la Directiva 2004/83/CE del Consejo de la Unión Europea sobre las normas mínimas para conceder a los nacionales de terceros países o los apátridas la condición de refugiado o de persona que precisa protección internacional, y también estipulan el contenido de la protección otorgada.

238.Los Reglamentos de las Comunidades Europeas de 2011 (procedimientos de asilo) y los Reglamentos de 2011 de la Ley del Refugiado de 1996 (procedimientos de asilo), que recogen en la legislación irlandesa la Directiva sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado (Directiva 2005/85/CE del Consejo: "Directiva sobre los procedimientos de asilo"), entraron en vigor el 1 de marzo de 2011.

239.La Junta de Asistencia Letrada mantiene un servicio especializado que ofrece asesoría jurídica independiente y confidencial en todas las fases del proceso de solicitud de asilo a las personas que lo solicitan en Irlanda. Los solicitantes pueden registrarse ante la Junta en cualquier momento del proceso —solicitud inicial, fase de apelación y una vez concedido el asilo— en relación con cuestiones como las solicitudes de permiso de estancia por motivos humanitarios.

240.En el cuadro siguiente puede verse el número de solicitudes de asilo recibidas cada año desde 1998. Como puede observarse, el volumen de solicitudes ha disminuido anualmente desde 2002, en que se alcanzó un máximo de 11.634. El número de solicitudes de asilo recibidas en 2012 fue de 956, lo que representa un descenso del 25,9% con respecto a la cifra de 2011 y es la cifra anual más baja desde 1995.

1998

4 626

2003

7 900

2008

3 866

1999

7 724

2004

4 766

2009

2 689

2000

10 938

2005

4 323

2010

1 939

2001

10 325

2006

4 314

2011

1 290

2002

11 634

2007

3 985

2012

956

241.A finales de diciembre de 2012, había 219 solicitudes de asilo pendientes en la Oficina del Comisionado para las solicitudes del estatuto de refugiado, mientras que había 602 apelaciones pendientes ante el Tribunal de Apelación para asuntos relacionados con el estatuto de refugiado.

242.En 2012, el Ministro adoptó 1.023 decisiones sobre la condición de refugiado. Ese año, el tiempo mediano de tramitación desde la fecha de solicitud inicial de asilo ante la Oficina del Comisionado hasta la fase de apelación ante el Tribunal de Apelación y la decisión definitiva del Ministro fue de 8,3 meses. El tiempo de tramitación depende de una serie de factores, como la mayor o menor complejidad de los casos pendientes y, en algunos casos, los procedimientos de revisión judicial.

243.Las personas a las que se deniega la solicitud de asilo inician un proceso de "permiso de residencia" de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de Inmigración de 1999. Se trata de un proceso distinto del de solicitud del estatuto de refugiado.

244.El proceso de solicitud de permiso de residencia implica el examen de las solicitudes de protección subsidiaria y otras razones que puedan presentarse para permanecer en el país cuando se ha denegado la solicitud de asilo. La tramitación de esos casos es compleja y requiere una gran concentración de recursos. Además, debe hacerse respetando plenamente la Constitución y los tratados internacionales pertinentes, como el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

245.El Servicio de Naturalización e Inmigración de Irlanda continúa examinando los medios para mejorar el proceso de tramitación y, de conformidad con el compromiso expreso del programa gubernamental, para "… introducir reformas amplias de los sistemas de inmigración, residencia y asilo, que incluyan el establecimiento de un sistema oficial de apelaciones y la determinación de los derechos y las obligaciones de manera transparente". La Ley de Inmigración, Residencia y Protección que el Ministro prevé publicar de nuevo debería simplificar y racionalizar sustancialmente los mecanismos existentes para el asilo y la protección subsidiaria mediante la introducción de un procedimiento único que permita a los solicitantes obtener una decisión definitiva sobre su solicitud de forma más clara y oportuna.

246.En espera de la publicación y entrada en vigor de la nueva legislación y con el fin de mejorar el procesamiento en la esfera de la protección internacional, se ha propuesto introducir nuevos mecanismos para la tramitación de las solicitudes de protección subsidiaria, habida cuenta de los recientes fallos de los tribunales superiores. El Departamento de Justicia e Igualdad, en consulta con la Fiscalía General, está preparando un nuevo marco legislativo y administrativo para la tramitación de las solicitudes actuales y futuras de protección subsidiaria.

247.Asimismo, y con el fin de racionalizar la gestión y tramitación de las solicitudes de examen judicial por los tribunales en los ámbitos del asilo y la inmigración, se ha previsto la formulación de propuestas para enmendar las disposiciones oficiales relativas al examen judicial que figuran en la Ley de Inmigrantes Ilegales (Trata de Personas) de 2000.

248.Decisiones de conceder o denegar el estatuto de refugiado en primera estancia o en la fase de apelación entre 2006 y 2012.

Año

Decisiones de conceder el estatuto de refugiado

Decisiones de denegar el estatuto de refugiado

Total de decisiones

Tasa de concesión

2006

648

5 461

6 109

10,6%

2007

581

4 964

5 545

10,5%

2008

588

5 934

6 522

9,0%

2009

363

6 398

6 761

5,4%

2010

153

4 465

4 618

3,3%

2011

132

2 698

2 830

4,9%

2012

92

931

1 023

9,0%

Total

2 557

30 851

33 408

7,6%

249.En 2012 la tasa de reconocimiento fue de poco más del 9%. La tendencia en los años anteriores y siguientes permite ilustrar que las tasas de reconocimiento suben y bajan de acuerdo con los méritos u otras consideraciones de las solicitudes presentadas. Así lo confirma la tasa de concesiones hasta ahora (enero-mayo de 2013), que es del 19,4%.

250.Las solicitudes del estatuto de refugiado en el Estado son evaluadas en primera instancia por la Oficina del Comisionado para las solicitudes del estatuto de refugiado de conformidad con el marco jurídico prescrito y únicamente en función de sus méritos, teniendo en cuenta sus elementos subjetivos y objetivos.

251.En el 90% de las decisiones adoptadas en 2012 por el Tribunal de Apelación para asuntos relacionados con el estatuto de refugiado se aceptaron las recomendaciones del Comisionado. La cifra está en consonancia con el porcentaje de decisiones del Comisionado aceptadas en la fase de apelación durante los cinco años anteriores.

Racismo

252.El Gobierno de Irlanda está firmemente decidido a promover políticas que integren a los grupos étnicos minoritarios existentes en Irlanda y que fomenten la inclusión social, la igualdad, la diversidad y la participación de los inmigrantes en la vida económica, social, política y cultural de sus comunidades. Para hacer realidad ese compromiso se está llevando a cabo un número significativo de actividades.

253.Varios departamentos y organismos clave han elaborado estrategias específicas para conseguir que sus servicios respondan a la nueva situación demográfica de Irlanda de forma interculturalmente competente e inclusiva. Entre esas estrategias figuran las siguientes: Estrategia de salud intercultural; Estrategia de educación intercultural; Política y estrategia para la cultura y las artes; Estrategia de diversidad de la Garda Síochána (Servicio de Policía); y Estrategia de acción en favor de la integración en los lugares de trabajo.

254.Entre 2008 y 2012, la Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes financió los objetivos de integración con 12.607.210 euros. En el cuadro siguiente puede verse un desglose de la financiación durante ese período de cinco años:

Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes: Financiación entre 2008 y 2012

Organizaciones deportivas nacionales

€1 760 941

Consejos de ciudades/condados

€3 282 027

Organizaciones de inspiración religiosa

€93 600

Fondos de integración y donaciones a otras organizaciones

€7 470 642

Total

€12 607 210

255.La Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes creó también un sitio web que se puso en marcha en 2009. En él los migrantes pueden tener acceso a información sobre una gran variedad de temas de interés, en particular las novedades registradas en el ámbito de la gestión de la integración/diversidad, la información destinada a los migrantes y los órganos encargados de recibir las denuncias de incidentes racistas o de discriminación.

256.La Estrategia Nacional Intercultural de Salud para 2007-2012 de la Dirección de Servicios de Salud ofreció un marco para tener en cuenta las necesidades sanitarias y de atención de las personas de diversas culturas y extracción étnica y ayudar al personal a prestar servicios acordes con las necesidades y las características culturales.

257.En 2013 se puso en marcha "Irlanda sana", amplia estrategia gubernamental que se propone mejorar la salud y el bienestar de todas las personas de Irlanda y contiene el firme empeño de conseguir mejores resultados sanitarios para las personas de las comunidades desfavorecidas. Aspira a conseguirlo mejorando las actividades intergubernamentales e interinstitucionales, manteniendo relaciones de asociación con las principales partes interesadas y mejorando la supervisión de los resultados en materia de salud. Actualmente se está elaborando un programa de actividades más detalladas para conseguir ese fin.

258.La aplicación de las recomendaciones de la estrategia tuvo lugar de forma gradual a lo largo de cinco años. Se han tenido en cuenta las siguientes prioridades: traducción de las informaciones, elaboración de modelos estándar de interpretación, formación y apoyo al personal. En esos ámbitos, el planteamiento adoptado está basado en la incorporación, lo que significa que las iniciativas tienen como finalidad mejorar el acceso de todos los usuarios de los servicios en condiciones de igualdad.

259.A raíz del compromiso contraído en la Conferencia Mundial contra el Racismo celebrada en Durban en 2001, se estableció el Grupo de supervisión estratégica para el plan de acción nacional contra el racismo. En enero de 2005, el Taoiseach y el Ministro de Justicia, Igualdad y Reforma Jurídica presentaron su informe "Planificación para la diversidad: Plan de Acción Nacional contra el racismo (2005-2008)", que, entre otras cosas, contenía 10 resultados para el sector de la educación, uno de los cuales era "elaborar una estrategia nacional de educación intercultural con referencia a la política de igualdad/diversidad".

260.En 2008 se confió al Ministro de Educación y Formación Profesional y al Ministro de Estado para la Igualdad, la Integración y los Derechos Humanos la elaboración de una estrategia educativa intercultural. Se emprendió un amplio proceso de consulta y se formuló la "Estrategia de Educación Intercultural (2010-2015)". Su objetivo es conseguir que:

a)Todos los estudiantes reciban una educación que "respete la diversidad de valores, creencias, idiomas y tradiciones de la sociedad irlandesa y se lleve a cabo con un espíritu de colaboración" (Ley de Educación de 1998), y

b)Todos los participantes en la educación reciban ayuda para conseguir que la inclusión y la integración dentro de un entorno de aprendizaje intercultural no sean la excepción sino la norma.

La Estrategia se elaboró teniendo en cuenta los importantes cambios demográficos de la sociedad irlandesa, que se reflejan en el sistema educativo. Tiene en cuenta las actividades realizadas en esa esfera y pretende ser relevante para todos los sectores de la educación, de conformidad con el objetivo de alto nivel del Departamento de Educación y Capacitación de "respaldar y mejorar la calidad, relevancia e inclusión de la educación para todos los alumnos de nuestras escuelas".

261.La Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes, del Departamento de Justicia e Igualdad, es la encargada de dirigir y coordinar la labor relacionada con la integración de los inmigrantes legalmente residentes. Si bien la financiación básica primaria para la integración corresponde a los departamentos principales que prestan servicios de alcance general, la Oficina de Promoción de la Integración de los Migrantes ofrece financiación inicial en ámbitos clave para promover la integración y acabar con el racismo.

Anexos estadísticos

Cuadro 1

Delitos registrados y cambio porcentual, por grupo de delito, total anualizado del cuarto trimestre de 2011 y 2012

Total anualizado – cuarto trimestre

2011

2012

Cambio

Cambio

Homicidio

66

78

+ 12

+ 18 , 2

Delitos sexuales

2 014

2 059

+45

+ 2 , 2

Intentos o amenazas de asesinato, agresión, acoso y delitos conexos

17 062

15 313

-1 749

- 10 , 3

Actos peligrosos o negligentes

9 946

9 012

- 934

- 9 , 4

Rapto y delitos conexos

109

98

- 11

- 10 , 1

Robo con violencia, extorsión y atraco

2 932

2 818

- 114

- 3 , 9

Robo con allanamiento y delitos conexos

27 695

27 774

+ 79

+ 0 , 3

Hurto y delitos conexos

76 975

76 549

- 426

- 0 , 6

Fraude, engaño y delitos conexos

5 370

5 544

+ 174

+ 3 , 2

Delitos relacionados con las sustancias sometidas a fiscalización

17 695

16 471

-1 224

- 6 , 9

Delitos relacionados con armas y explosivos

3 484

3 011

- 473

- 13 , 6

Daños materiales y ambientales

35 575

32 609

-2 966

- 8 , 3

Delitos relacionados con el orden público y otros delitos sociales

49 060

43 780

-5 280

- 10 , 8

Delitos contra el Gobierno, procedimientos judiciales y organización de la delincuencia

10 178

8 852

-1 326

- 13 , 0

Cuadro 2

Indicadores sociales, económicos y culturales

2007

2008

2009

2010

2011

%

%

%

%

%

Coeficiente de Gini (%)

31 , 7

30 , 7

29 , 3

31 , 6

31 , 1

Población en el umbral del riesgo de pobreza

60% de los ingresos medianos

11 890

12 455

12 064

11 155

10 889

Cuadro 2

Proporción de los gastos (de las familias) en alimentos, vivienda, salud y educación

Alimentos

Vivienda

Salud

Sexo de la persona de referencia del hogar

Hombre

18 , 3

22 , 3

3 , 1

Mujer

15 , 7

19 , 5

2 , 5

Categoría de edad de la persona de referencia del hogar

Menos de 25 años

16 , 0

26 , 5

1 , 7

25 a 34 años

14 , 3

25 , 5

1 , 9

35 a 44 años

14 , 7

21 , 9

2 , 3

45 a 54 años

15 , 9

15 , 6

2 , 9

55 a 64 años

16 , 3

12 , 9

3 , 5

65 años y más

20 , 5

11 , 1

3 , 7

Medio

Urbano

15 , 6

19 , 6

2 , 6

Rural

17 , 2

15 , 7

2 , 7

Decil del ingreso bruto del hogar

1° decil <=238 , 00

18 , 8

20 , 3

2 , 1

2° decil -381 , 12

19 , 2

20 , 6

1 , 7

3° decil -494 , 88

20 , 2

19 , 1

1 , 7

4° decil -626 , 68

19 , 7

19 , 2

2 , 1

5° decil -784 , 68

18 , 4

18 , 3

2 , 3

6° decil -976 , 24

17 , 2

18 , 5

2 , 7

7° decil -1,218 , 10

16 , 0

18 , 0

2 , 7

8° decil -1,541 , 05

15 , 6

18 , 2

2 , 9

9° decil -2,047 , 67

14 , 8

16 , 0

3 , 3

10° decil >2,047 , 67

12 , 9

18 , 2

3 , 1

Región

Frontera

16 , 7

17 , 0

2 , 0

Dublín

14 , 8

20 , 9

2 , 9

Centro-oriental

15 , 6

19 , 1

3 , 0

Centro-occidental

16 , 8

15 , 5

3 , 2

Central

18 , 2

17 , 3

2 , 7

Sudoriental

17 , 0

16 , 7

2 , 2

Sudoccidental

16 , 9

16 , 2

2 , 8

Occidental

17 , 7

17 , 1

2 , 2

Modalidad de tenencia

Título pleno de propiedad

18 , 9

7 , 3

3 , 7

Propiedad con hipoteca

13 , 9

22 , 5

2 , 7

Alquiler de un organismo local

21 , 2

14 , 5

1 , 1

Alquiler de un propietario privado

16 , 2

26 , 3

1 , 5

Ocupación gratuita

18 , 8

4 , 6

3 , 2

Situación laboral de la persona de referencia

Autónomo

16 , 2

16 , 4

3 , 2

Empleado

14 , 5

19 , 2

2 , 7

Desempleado

18 , 9

20 , 9

1 , 4

Retirado

19 , 9

11 , 0

3 , 4

Otra situación

19 , 1

19 , 3

2 , 3

Composición del hogar

1 adulto

15 , 3

23 , 1

2 , 3

1 adulto con hijos

17 , 3

23 , 8

1 , 3

2 adultos

15 , 7

17 , 9

2 , 8

2 adultos con 1-3 hijos

15 , 2

22 , 4

2 , 3

3 + adultos

17 , 2

13 , 1

3 , 1

Otros hogares con hijos

17 , 1

16 , 4

2 , 8

Tamaño del hogar

1 persona

15 , 3

23 , 1

2 , 3

2 personas

15 , 7

18 , 3

2 , 7

3 personas

16 , 5

17 , 5

2 , 7

4 personas

16 , 4

17 , 4

2 , 8

5 personas

16 , 8

17 , 2

2 , 5

6 + personas

16 , 9

16 , 9

2 , 9

Todo el Estado

16 , 2

18 , 2

2 , 7

Cuadro 4

Población, número estimado de hogares y número estimado de personas por hogar

T1 11

T2 11

T3 11

T4 11

T1 12

T2 12

T3 12

T4 12

T1 13

T2 13

Población total (miles)

4 571 , 3

4 576 , 1

4 579 , 7

4 581 , 5

4 584 , 2

4 585 , 9

4 593 , 3

4 597 , 3

4 598 , 6

4 593 , 8

Número de hogares (miles)

1 657 , 0

1 662 , 7

1 665 , 7

1 671 , 1

1 669 , 1

1 668 , 3

1 679 , 9

1 687 , 5

1 687 , 0

1 690 , 1

Número medio de personas por hogar

2 , 76

2 , 75

2 , 75

2 , 74

2 , 75

2 , 75

2 , 73

2 , 72

2 , 73

2 , 72

Cuadro 5

Número estimado de adultos de las unidades familiares, clasificados por composición de la unidad familiar, situación económica (según la clasificación de la OIT ) y sexo

Tipo de unidad familiar/ situación económica (según la clasificación de la OIT )/s exo

T2 11

T3 11

T4 11

T1 12

T2 12

T3 12

T4 12

T1 13

T2 13

Parejas sin hijos

Empleados

Hombres

194 , 7

192 , 2

195 , 9

191 , 4

190 , 2

191 , 4

197 , 9

196 , 2

191 , 5

Mujeres

174 , 8

172 , 7

175 , 0

172 , 0

167 , 5

167 , 3

165 , 6

166 , 3

167 , 0

Total

369 , 4

365 , 0

370 , 9

363 , 4

357 , 7

358 , 7

363 , 5

362 , 5

358 , 5

Desempleados

Hombres

23 , 3

21 , 3

22 , 1

23 , 2

22 , 3

19 , 6

19 , 7

19 , 5

20 , 4

Mujeres

13 , 1

13 , 4

12 , 1

14 , 5

12 , 6

14 , 4

13 , 1

14 , 4

11 , 2

Total

36 , 3

34 , 7

34 , 1

37 , 7

34 , 9

34 , 0

32 , 8

33 , 9

31 , 6

No incluidos en la fuerza de trabajo

Hombres

157 , 2

162 , 3

166 , 1

167 , 8

167 , 5

172 , 7

170 , 0

173 , 3

171 , 2

Mujeres

179 , 5

183 , 4

191 , 3

189 , 6

191 , 9

195 , 8

204 , 4

202 , 1

201 , 0

Total

336 , 7

345 , 7

357 , 4

357 , 3

359 , 5

368 , 5

374 , 4

375 , 3

372 , 2

Hombres

375 , 1

375 , 8

384 , 1

382 , 3

380 , 0

383 , 7

387 , 6

388 , 9

383 , 1

Mujeres

367 , 4

369 , 6

378 , 3

376 , 1

372 , 0

377 , 5

383 , 1

382 , 8

379 , 1

Total

742 , 5

745 , 3

762 , 4

758 , 5

752 , 0

761 , 2

770 , 7

771 , 7

762 , 3

Parejas con hijos

Empleados

Hombres

500 , 1

497 , 4

497 , 2

498 , 1

503 , 5

511 , 0

506 , 7

512 , 3

520 , 3

Mujeres

372 , 4

364 , 6

373 , 6

370 , 8

370 , 8

371 , 8

374 , 6

374 , 1

377 , 9

Total

872 , 5

862 , 0

870 , 8

869 , 0

874 , 3

882 , 8

881 , 3

886 , 4

898 , 1

Desempleados

Hombres

80 , 6

80 , 3

80 , 4

86 , 6

83 , 5

84 , 3

78 , 6

76 , 6

71 , 5

Mujeres

33 , 6

39 , 4

34 , 7

38 , 6

36 , 3

38 , 6

35 , 5

37 , 2

38 , 8

Total

114 , 2

119 , 7

115 , 1

125 , 3

119 , 8

122 , 9

114 , 0

113 , 8

110 , 3

No incluidos en la fuerza de trabajo

Hombres

97 , 0

97 , 1

96 , 5

93 , 2

93 , 5

91 , 2

93 , 5

89 , 2

85 , 4

Mujeres

253 , 4

252 , 7

252 , 5

248 , 7

247 , 2

250 , 7

244 , 8

244 , 5

244 , 1

Total

350 , 3

349 , 8

349 , 1

341 , 9

340 , 7

341 , 9

338 , 3

333 , 7

329 , 4

Hombres

677 , 8

674 , 8

674 , 1

678 , 0

680 , 4

686 , 5

678 , 8

678 , 1

677 , 2

Mujeres

659 , 3

656 , 6

660 , 9

658 , 2

654 , 2

661 , 1

654 , 9

655 , 8

660 , 7

Total

1 337 , 1

1 331 , 4

1 335 , 0

1 336 , 2

1 334 , 7

1 347 , 6

1 333 , 7

1 333 , 9

1 337 , 9

Progenitores sin pareja

Empleados

Hombres

11 , 5

10 , 6

10 , 9

10 , 4

10 , 4

11 , 5

11 , 3

10 , 1

11 , 8

Mujeres

85 , 9

85 , 5

86 , 7

84 , 7

87 , 0

84 , 3

88 , 5

87 , 2

87 , 4

Total

97 , 4

96 , 0

97 , 6

95 , 0

97 , 4

95 , 8

99 , 8

97 , 4

99 , 2

Desempleados

Hombres

[3 , 8]

[4 , 0]

4 , 6

[4 , 1]

[3 , 2]

[3 , 1]

[2 , 7]

[3 , 4]

[3 , 3]

Mujeres

17 , 3

20 , 2

19 , 8

19 , 9

18 , 2

19 , 1

19 , 0

19 , 8

20 , 4

Total

21 , 0

24 , 2

24 , 4

24 , 0

21 , 4

22 , 3

21 , 7

23 , 3

23 , 7

No incluidos en la fuerza de trabajo

Hombres

11 , 8

11 , 6

11 , 2

11 , 6

12 , 8

12 , 2

12 , 9

11 , 5

11 , 7

Mujeres

95 , 7

100 , 2

96 , 0

96 , 6

97 , 5

96 , 7

92 , 3

88 , 8

84 , 2

Total

107 , 5

111 , 8

107 , 2

108 , 2

110 , 3

109 , 0

105 , 3

100 , 3

95 , 9

Hombres

27 , 0

26 , 1

26 , 7

26 , 0

26 , 4

26 , 8

27 , 0

25 , 1

26 , 7

Mujeres

198 , 8

205 , 9

202 , 6

201 , 2

202 , 7

200 , 2

199 , 9

195 , 9

192 , 1

Total

225 , 9

232 , 0

229 , 3

227 , 2

229 , 1

227 , 1

226 , 8

221 , 0

218 , 8

Todas las unidades familiares

Empleados

Hombres

706 , 2

700 , 2

704 , 0

699 , 9

704 , 0

713 , 9

715 , 9

718 , 6

723 , 6

Mujeres

633 , 1

622 , 8

635 , 4

627 , 5

625 , 3

623 , 5

628 , 7

627 , 7

632 , 3

Total

1 339 , 3

1 323 , 0

1 339 , 4

1 327 , 4

1 329 , 3

1 337 , 3

1 344 , 7

1 346 , 3

1 355 , 9

Desempleados

Hombres

107 , 7

105 , 6

107 , 0

113 , 9

109 , 0

107 , 0

101 , 1

99 , 5

95 , 2

Mujeres

63 , 9

73 , 0

66 , 6

73 , 1

67 , 1

72 , 1

67 , 5

71 , 5

70 , 4

Total

171 , 6

178 , 5

173 , 6

187 , 0

176 , 1

179 , 2

168 , 6

171 , 0

165 , 5

No incluidos en la fuerza de trabajo

Hombres

266 , 0

270 , 9

273 , 8

272 , 6

273 , 8

276 , 1

276 , 4

274 , 0

268 , 3

Mujeres

528 , 5

536 , 3

539 , 8

534 , 9

536 , 7

543 , 2

541 , 6

535 , 4

529 , 3

Total

794 , 5

807 , 2

813 , 6

807 , 4

810 , 4

819 , 4

818 , 1

809 , 3

797 , 6

Hombres

1 079 , 9

1 076 , 7

1 084 , 9

1 086 , 4

1 086 , 8

1 097 , 0

1 093 , 4

1 092 , 2

1 087 , 0

Mujeres

1 225 , 5

1 232 , 0

1 241 , 8

1 235 , 5

1 229 , 0

1 238 , 9

1 237 , 9

1 234 , 5

1 231 , 9

Total

2 305 , 4

2 308 , 7

2 326 , 6

2 321 , 9

2 315 , 8

2 335 , 9

2 331 , 3

2 326 , 6

2 319 , 0

Cuadro 6

Personas de 18 a 64 años de edad clasificadas por situación económica (según la clasificación de la OIT ), edad, nivel de instrucción más elevado y sexo

Grupo de edad/nivel de instrucción más elevado/sexo/situación económica (OIT)

T2 11

T3 11

T4 11

T1 12

T2 12

T3 12

T4 12

T1 13

T2 13

Personas de 18 a 24 años de edad

Alumnos que abandonaron prematuramente la escuela y la formación profesional, 18 a 24 años

Hombres

Empleados

26

22

25

22

27

23

27

31

35

Desempleados

45

49

48

52

47

47

44

40

39

No incluidos en la fuerza de trabajo

29

29

27

26

27

31

29

30

27

Mujeres

Empleadas

26

22

23

21

24

21

27

29

22

Desempleadas

22

20

20

29

23

22

23

22

23

No incluidas en la fuerza de trabajo

53

59

58

50

52

57

51

49

55

Todas l as personas

Empleadas

26

22

24

22

26

22

27

30

30

Desempleadas

36

37

36

43

37

36

35

32

33

No incluidas en la fuerza de trabajo

38

42

40

36

38

42

38

38

38

Otras personas de 18 a 24 años

Hombres

Empleados

40

42

41

36

38

41

39

39

40

Desempleados

17

18

17

16

19

19

16

14

17

No incluidos en la fuerza de trabajo

43

40

42

49

43

40

45

47

43

Mujeres

Empleadas

45

44

43

43

43

45

43

40

43

Desempleadas

12

12

11

10

14

14

10

10

14

No incluidas en la fuerza de trabajo

44

44

46

47

43

42

47

49

43

Todas las personas

Empleadas

42

43

42

39

41

43

41

39

42

Desempleadas

14

15

14

13

16

16

13

12

15

No incluidas en la fuerza de trabajo

43

42

44

48

43

41

46

48

43

Personas de 25 64 años

Personas de 25 a 64 años cuyo nivel de instrucción es, en el mejor de los casos, el primer ciclo de enseñanza secundaria

Hombres

Empleados

54

53

52

52

51

52

52

55

56

Desempleados

18

18

18

20

19

20

19

18

17

No incluidos en la fuerza de trabajo

28

29

30

29

30

28

29

28

27

Mujeres

Empleadas

35

34

34

33

33

32

32

33

33

Desempleadas

6

6

6

7

6

6

5

6

6

No incluidas en la fuerza de trabajo

59

60

60

61

62

62

62

61

61

Todas las personas

Empleadas

46

45

44

43

43

43

43

45

46

Desempleadas

13

13

13

14

13

14

13

13

12

No incluidas en la fuerza de trabajo

42

43

43

43

44

43

44

42

42

Otras personas de 25 a 65 años

Hombres

Empleados

78

78

78

78

78

78

79

78

78

Desempleados

12

12

12

12

12

12

11

11

11

No incluidos en la fuerza de trabajo

10

10

10

10

10

10

11

11

11

Mujeres

Empleadas

69

68

69

68

69

68

68

68

68

Desempleadas

6

7

6

7

6

7

6

7

7

No incluidas en la fuerza de trabajo

26

25

25

26

25

26

25

26

25

Todas las personas

Empleadas

73

73

73

73

73

73

73

73

73

Desempleadas

9

9

9

9

9

9

8

9

9

No incluidas en la fuerza de trabajo

18

18

18

18

18

18

18

19

18