Naciones Unidas

HRI/CORE/GTM/2012

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

9 de octubre de 2012

Original: español

Documento básico que forma parte integrantede los informes de los Estados partes

Guatemala * **

[2 de febrero de 2012]

Índice

Párrafos Página

Siglas y acrónimos3

I. Introducción 1 – 35

II. Información general sobre el Estado 4 – 144 5

A. Características demográficas, económicas, sociales y culturales del Estado11 – 132 6

B.Estructura constitucional, jurídica y política del Estado 133 – 14440

III. Marco general de protección y promoción de los derechos humanos 145 – 18242

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos 14542

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos al nivel nacional 146 – 16365

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional 164 – 17069

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional 171 – 176 71

E.Seguimiento dado a las observaciones finales de los órganos de tratados de derechos humanos177 – 18272

Siglas y acrónimos

BANGUAT

Banco de Guatemala

CC

Corte de Constitucionalidad

CENADOJ

Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial del Organismo Judicial

CEPAL

Comisión Económica para América Latina y el Caribe

CGC

Contraloría General de Cuentas

CICIG

Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala

CODISRA

Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los Pueblos Indígenas en Guatemala

COGUADIH

Comisión Guatemalteca para la Promoción del Derecho Internacional Humanitario

CONALFA

Comité Nacional de Alfabetización

CONAPREVI

Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres

COPREDEH

Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos

DEMI

Defensoría de la Mujer Indígena

ENCOVI

Encuesta Nacional de Condiciones de Vida

ENEI

Encuesta Nacional de Empelo e Ingresos

FAO

Organización de las Naciones Unidas para la la Alimentación y la Agricultura

FODIGUA

Fondo de Desarrollo Indígena Guatemalteco

FONAPAZ

Fondo Nacional para la Paz

GANA

Gran Alianza Nacional

IDPP

Instituto de la Defensa Pública Penal

INE

Instituto Nacional de Estadística

LIDER

Libertad Democrática Renovada

MINEDUC

Ministerio de Educación

MP

Ministerio Público

MSPAS

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

OEA

Organización de los Estados Americanos

OEI

Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura

OJ

Organismo Judicial

ONG

Organización no gubernamental

OPS

Organización Panamericana de la Salud

PAN

Partido de Avanzada Nacional

PDH

Procurador de los Derechos Humanos

PEA

Población económicamente activa

PET

Población en edad de trabajar

PIB

Producto interno bruto

PNC

Policía Nacional Civil

PNUD

Programa de las Naciones Unidad para el Desarrollo

PP

Partido Patriota

RENAP

Registro Nacional de las Personas

SEPAZ

Secretaría de la Paz

SEPREM

Secretaría Presidencial de la Mujer

SESAN

Secretaría de Seguridad Alimentaria

SICOIN

Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental

SIDA

Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida

TGW

Radio Nacional de Guatemala

TSE

Tribunal Supremo Electoral

UNE

Unidad Nacional de la Esperanza

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

URNG

Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca

I.Introducción

1.La Compilación de directrices relativas a la forma y el contenido de los informes que deben presentar los Estados partes en los tratados internacionales de derechos humanos (HRI/GEN/2/Rev.6) establece que los Estados tienen la obligación de mantener sus documentos básicos comunes al día y “deben procurar actualizar la información que figura en el documento básico común cada vez que presenten un documento específico para un tratado”. El Estado de Guatemala presentó su primer documento básico común en octubre de 1994 y a partir de ese momento no ha sido actualizado.

2.Como es de suponer, durante los casi 16 años que han transcurrido desde entonces, la situación del país ha sufrido importantes cambios que es necesario reflejar en un nuevo documento que permita a los diversos órganos de las Naciones Unidas, una perspectiva más renovada y realista sobre las actuales condiciones y características de la sociedad guatemalteca. Esta necesidad se justifica aún más cuando a lo largo de este período se produjo el final del conflicto armado interno, la firma de los Acuerdos de Paz y el proceso de su implementación, todo lo cual ha significado importantes cambios en la vida social y política del país, así como en la manera en que el Estado concibe los derechos humanos.

3.El presente documento se ha elaborado con el objeto de cumplir con los compromisos internacionales adquiridos en esta materia, así como con la firme decisión de mejorar el desempeño del Estado guatemalteco en cuanto a la calidad y actualidad de la información que provee a los diferentes órganos de derechos humanos del Sistema de las Naciones Unidas.

II.Información general sobre el Estado

4.La República de Guatemala se encuentra ubicada en el istmo de Centroamérica. Su territorio comparte fronteras por el norte y el oeste con México; por el Este con Belice (frontera sobre la que existe un diferendo aún sin resolver), el océano Atlántico y las repúblicas de Honduras y El Salvador; y al sur con el océano Pacífico. Las coordenadas geográficas del área central de su ciudad capital se ubican aproximadamente en 14°37' latitud norte y 90°32' longitud oeste, situándose el país en la zona horaria UT-6:00.

5.De acuerdo con la proyección realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) para el año 2010 su territorio albergaría 14.361.666 habitantes, lo que le convierte en el país más poblado del istmo. Tiene una extensión territorial total de 108.889,2 kilómetros cuadrados y se encuentra dividido en 22 unidades político-administrativas denominadas departamentos y estos, a su vez, en 333 municipios (ver Anexos, Cuadro 1, Tamaño de la población total por departamento en los últimos censos nacionales de población y proyección para el 2010).

6.Guatemala dispone de 1.687 kilómetros de fronteras terrestres y 402 de litoral marino. A través de estos frentes exteriores se producen a diario múltiples relaciones económicas, sociales, políticas y culturales, incluyendo diversas modalidades de flujos y tráficos lícitos e ilícitos que condicionan la vida de las poblaciones que viven y trabajan en sus márgenes, y cuyos efectos se proyectan sobre la totalidad del país y de la región.

7.Precisamente, su ubicación en el istmo de Centroamérica confiere a Guatemala una significación especial. Se trata de la franja de tierra que separa las masas oceánicas del Atlántico y del Pacífico y que, a la vez, une a modo de puente natural las grandes masas continentales de Norte y Sudamérica. Es, por tanto, una encrucijada natural, de gran importancia ecológica, a la que los procesos históricos, políticos, económicos y demográficos han convertido en un mosaico de pueblos y culturas con diferencias y asimetrías tan importantes que han terminado por condicionar una situación altamente conflictiva.

8.La sociedad guatemalteca actual acumula todo tipo de profundas divisiones y dualidades que pueden remontarse hasta la conquista española del siglo XVI, pasando por las dictaduras que dominaron el escenario político de la mayor parte del siglo XX y el Conflicto Armado Interno (1960-1996). A lo largo de todo ese tiempo se configuró un largo proceso de colonización, explotación y discriminación racial y, desde el siglo XIX, se configuró un Estado ‘nacional’ altamente autoritario y excluyente. Estas características han dejado amplia huella en la sociedad actual.

9.En las últimas décadas, la firma de los Acuerdos de Paz (1996) abrió las puertas para la construcción de un Estado multilingüe y pluricultural, sentando así las bases para la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Sin embargo, la posibilidad de este nuevo proyecto de nación se ha visto condicionada, de forma determinante, por una estructura de poder que ni el Conflicto Armado Interno ni los Acuerdos de Paz fueron capaces de transformar.

10.En la actualidad, el Estado de Guatemala arrastra rasgos heredados de la época colonial entre los que destacan, por ejemplo, el racismo y la discriminación de que es objeto la población indígena, la histórica dependencia económica de las actividades agrícolas o la enorme brecha de desigualdad existente entre la élite dominante y los sectores populares, que constituyen la gran mayoría de la población. Junto a estos rasgos existen iniciativas de modernización en los ámbitos político y económico, con una democracia esencialmente electoral que ha construido un débil andamiaje institucional infiltrado por el crimen organizado y los poderes paralelos y una estructura económica cuyos sectores más punteros intentan incorporarse a las más modernas expresiones del capitalismo internacional y la globalización, pero cuyas bases siguen contribuyendo a la concentración de la riqueza en muy pocas manos, lo cual limita las posibilidades de desarrollo económico del país, incrementa la asimetría de poder y mina el desarrollo político democrático y el Estado de derecho.

A.Características demográficas, económicas, sociales y culturales del Estado

1.Indicadores demográficos

11.De conformidad con los datos del último censo realizado por el INE en 2002, en dicho año Guatemala tenía una población total de 11.237.196 habitantes, lo cual equivale a una densidad poblacional de 103 habitantes por kilómetro cuadrado. Según las proyecciones realizadas por la misma fuente, la tasa de crecimiento de la población entre 1970 y 2008 ha sido, en promedio, del 2,4 por lo que para 2010 la densidad poblacional se habría incrementado hasta los 132 habitantes por kilómetro cuadrado (ver anexo, Cuadros 2 y 3, Tasa de crecimiento demográfico anual de la población, 1970-2008 y Evolución de la densidad de población, 1880-2010).

12.En 2002, el departamento de Guatemala, que alberga la capital del país (ciudad de Guatemala), concentraba el 22% de la población total, lo que elevaba la densidad de población en el departamento a 1.196 habitantes por kilómetro cuadrado (INE, censo 2002, págs. 15 y 16). El país presenta una distribución de población marcadamente desigual debido, en buena medida, a que la ciudad capital concentra la mayor parte de la actividad económica, política y administrativa y allí se dispone de mejor acceso a los servicios básicos y mayores oportunidades laborales, lo cual provoca que el 38,8% de la población urbana total del país resida allí (poco más de 2 millones de personas). Los departamentos que siguen al de Guatemala, en cuanto a cantidad de habitantes, apenas si alcanzan una tercera parte de la población que alberga este último y registran una densidad de población mucho menor. En su orden le siguen:

a)Huehuetenango con el 7,5% del total de habitantes del país;

b)San Marcos con 7,1%;

c)Alta Verapaz con el 6,9%;

d)Quiché con 5,8%;

e)Quetzaltenango con un 5,6%.

Con excepción de Quetzaltenango, ninguno de los otros cuatro departamentos alcanza el 25% de población urbana y salvo San Marcos, todos los demás tienen mayoría de población indígena (INE, censo 2002, pág. 18).

13. Las cifras del censo de 2002 refieren que, ese año, el 51,1% de la población total del país eran mujeres (5.740.357 habitantes), el 53,9% población rural (6.52.361 habitantes) y el 41% población indígena (4.610.440) (ver Anexos, Cuadro 4, Distribución de población por departamento, sexo, lengua materna, área urbana y rural. Censo 2002.)

14.Del total de población indígena el 95,7% pertenece a la etnia maya, en tanto el 4.3% restante está constituido por indígenas de las etnias xinca y garífuna. La mayor parte de la población indígena del país se encuentra asentada en el área rural (65,7% de la población indígena total), más pobre y menos dotada de servicios básicos, con lo cual se reproduce la situación de exclusión y marginalidad en la que se encuentra. En relación con la población total del país, la población indígena urbana tan sólo representa el 12,5%, en tanto los habitantes urbanos no indígenas equivalen a un 33,5%.

15.Una excepción a lo anterior, lo constituye la etnia garífuna cuya población es en un 87% urbana, en tanto en el otro extremo se encuentran los indígenas xinkas cuyo porcentaje de población urbana no alcanza el 20%.

16.La población maya está conformada por 21 grupos étnicos distintos que, en conjunto, representan el 39% de la población total del país. Los cuatro grupos predominantes, en función de la cantidad de personas que los integran, son: K’iche’, Q’eqchí’, Kaqchikel y Mam, los cuales sumaban un total de 3.573.104 personas, según el censo de 2002 (ver anexo, Cuadro 5, Población maya por sexo según pertenencia étnica. Censo 2002.)

17. La estructura etaria de la población guatemalteca en la actualidad, reproduce la imagen de las pirámides poblacionales más clásicas: una amplia base conformada por población joven que se va adelgazando paulatinamente y de forma más acentuada a partir de los treinta años, culminando con una parte superior muy estrecha, casi inexistente a partir de los 75 años. Sin embargo, de conformidad con las proyecciones poblacionales, la sociedad está experimentando una lenta transición demográfica provocada por varios factores (ver anexo, Cuadro 6, Tasa de crecimiento poblacional [porcentaje], esperanza de vida [en años], tasa global de fecundidad [número de hijos por mujer] y tasa bruta de natalidad [tasa por mil habitantes], 1960-2020):

a)Una tasa de fecundidad y una tasa bruta de natalidad con tendencia decreciente. Si entre 2000 y 2005 la tasa de fecundidad era de 4,6 hijos por mujer, entre 2005 y 2010 ésta había descendido a 4,15 y se prevé que entre 2010 y 2015 bajará hasta 3,71 hijos por mujer. Lo anterior se refleja en la tasa bruta de natalidad que en los períodos ya mencionadas pasará de 35,8 a 33,28 y, finalmente a 30,5 nacidos vivos por mil habitantes ;

b)Una creciente esperanza de vida. Está previsto que entre 2000 y 2020 la población experimente un incremento de 3,6 años en la esperanza de vida. Así, de 68,91 años en promedio, registrados en el año 2000 para hombres y mujeres, se estima que 20 años después se alcanzarán hasta los 72,5 años. Como suele suceder, al analizar este factor por sexo, las mujeres registran una mayor esperanza de vida que la de los hombres; para las primeras se prevé que en 2020 este indicador alcance los 76,1 años, a diferencia de los 72,5 que registran en 2000, en tanto los hombres pasarán de los 65,5 años en 2000 a los 69,1 dos décadas más tarde;

c)Una decreciente tasa de mortalidad infantil. Si al empezar la segunda mitad del siglo XX Guatemala registraba una de las más alarmantes tasas de mortalidad infantil del continente, con cifras que alcanzaban hasta los 202 niños menores de 5 años muertos por cada mil habitantes (en 1960), cuarenta años después (en 2000) la tasa de mortalidad infantil se había reducido a casi una cuarta parte (53 niños por cada mil habitantes) y siete años después (en 2007) su tendencia seguía siendo decreciente hasta ubicarse en los 39 niños por cada mil habitantes, lo cual se corresponde con los países del mundo con tasas medias de mortalidad infantil, en tanto las menores tasas de mortalidad infantil se ubican entre los 2,9 y los 4,9 niños por cada mil habitantes (predominante en países europeos) y las más altas entre los 92,7 y los 160,3 (principalmente en países de África subsahariana) (ver anexo, Cuadro 7, Tasa de mortalidad infantil [menores de 1 año], tasa de mortalidad en menores de 5 años y tasa de mortalidad materna, 1960-2007)

18.Este paulatino cambio en la estructura de edad de la población puede observarse claramente en los Gráficos 1, 2 y 3 incluidos en los Anexos, en los cuales se aprecia cómo la tradicional pirámide de población va adquiriendo con los años la forma de barril que hoy es propia de los países que han atravesado una transición demográfica como la descrita.

19.Hoy por hoy, el análisis más detallado de la estructura de edad de la población del país muestra una sociedad eminentemente joven: en 2010 el 69,7% del total de la población era menor de 30 años, el 41,6% menor de 15 y el 15% menor de 5 años. En el otro extremo de la pirámide se encuentra un pequeño grupo de mayores de 60 años que representa sólo un 6,4% de la población total y que, dada la esperanza de vida, se hallan concentrados básicamente en el grupo comprendido entre los 60 y los 64 años (2% de la población total) (ver anexo, Cuadro 8, Población total según grupos quinquenales de edad, 2005-2050)

20.Los datos anteriores arrojan como resultado que en 2010 la tasa de dependencia fuera del 46%, es decir, que por cada 100 guatemaltecos en edad de trabajar, había 46 que eran potencialmente dependientes de ellos en términos económicos por encontrarse en edades económicamente inactivas (menos de 15 y más de 65 años). De estos 46 dependientes, 42 eran niños y niñas menores de quince años; y cuatro, personas adultas por encima de los 65. Sin embargo, los cambios demográficos que las proyecciones de población prevén para los próximos años apuntan a que en el 2050 la tasa de dependencia se reducirá al 32%, distribuido de modo tal que nueve serán niños y niñas y 23 adultos mayores.

21.En el anterior comportamiento resulta determinante la tendencia de las estadísticas de nacimientos y fallecimientos a lo largo de los últimos años. Mientras el número de alumbramientos se ha reducido de forma acentuada (casi 40.000 niños y niñas menos nacidos en 2008, en relación con 1999), el de defunciones se ha mantenido casi estable o ha crecido a un ritmo mucho más lento en el mismo período; en 2008 se registraron 5.094 fallecimientos más que diez años atrás (ver Gráfico 4, Tendencia de los nacimientos y defunciones, 1999-2008; Cuadro 9, Nacimientos por año de ocurrencia según departamento de residencia de la madre, 1999-2008; y, Cuadro 10, Defunciones por año de ocurrencia según departamento de residencia del difunto(a), 1999-2008)

2.Indicadores sociales, económicos y culturales

22.De conformidad con los datos del censo de 2002, la mayor parte de los hogares guatemaltecos se caracterizan por tener jefatura masculina (77%), con jefes de familia adultos jóvenes y de mediana edad (79,8% con edades entre los 20 y los 59 años) y que han cursado sólo estudios primarios o no tienen ninguna educación formal (79,2% del total). En 2000, el tamaño promedio de los hogares era de 5,2 miembroscon un número de 2.7 hijos en promedio. La jefatura de hogar femenina ha crecido cerca de cuatro puntos porcentuales entre los censos de 1994 y el de 2002; en este mismo período la cantidad de hogares a cargo de adolescentes se ha reducido 0,4%, representando sólo el 1% del total y el nivel educativo de los jefes y jefas de hogar tiende a elevarse, de modo que si en 1994 sólo el 15,6% de ellos había tenido acceso a la educación media y superior, en 2002 este porcentaje se había elevado cinco puntos hasta llegar a representar el 20,6% (ver anexo, Cuadro 11, Jefes(as) de hogar según sexo. Censos de población de 1994 y 2002; Cuadro 12, Jefes(as) de hogar según grupos de edad. Censos de población de 1994 y 2002; y, Cuadro 13, Jefes(as) de hogar según escolaridad. Censos de población de 1994 y 2002)

23.En términos económicos, la sociedad guatemalteca sigue presentando grandes desigualdades y contrastes, a pesar de que a lo largo de los últimos años se han realizado esfuerzos que han permitido reducir los niveles de pobreza general y los niveles de pobreza extrema aunque no en la misma proporción. De acuerdo con datos recogidos por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), a lo largo de 17 años, en 1989 la pobreza afectaba al 69.4% del total de la población guatemalteca y de este porcentaje, el 42% se encontraba en situación de indigencia o pobreza extrema; nueve años después, en 1998, ambos indicadores se habían reducido en poco más de nueve puntos porcentuales, en promedio. Según los últimos datos, en 2006, la tendencia a la baja se mantuvo aunque su ritmo se atenuó, de modo tal que la pobreza se redujo en 6,3 puntos porcentuales y aún más lentamente lo hizo la pobreza extrema que lo hizo en 2,5 puntos, lo cual significa que el 54.8% de la población total seguía en condición de pobreza y de ésta el 29.1 estaba compuesta por pobres extremos (ver anexo, Cuadro 14, Proporción de la población en pobreza y en indigencia como porcentaje de la población total. Por área. 1989-2006).

24.Por su parte, los datos aportados por el INE, aunque no permiten la misma valoración a lo largo del tiempo, refieren una mejor situación con base en los datos aportados para los años 2000 y 2006 y refuerzan la idea de que el porcentaje de población que se encuentra afectada por la pobreza muestra una tendencia sostenida hacia la baja y, en la misma dirección pero de manera menos acentuada, también lo hace la población en condiciones de pobreza extrema. De conformidad con esta información, en 2000 el 56,1% de la población se encontraba bajo la línea de pobreza, lo cual se habría reducido hasta el 50,9% seis años después. Este importante decremento no tiene un reflejo igual en la disminución de la pobreza extrema que en los mismos años apenas si ha variado en 0,5 puntos porcentuales hasta ubicarse en el 15,2%, cifra muy por debajo del 29,1% apuntado por la CEPAL (ver anexo, Cuadro 15, Proporción de la población en pobreza y pobreza extrema como porcentaje de la población total. Por área, 2000-2006).

25.En Guatemala la pobreza y la pobreza extrema son mayoritariamente rurales llegando a afectar en dicho entorno al 70,5% de la población y reduciéndose hasta el 16.3% en el área metropolitana, la más urbana de todo el país. En 2006 la población pobre era mayoritariamente femenina (51,5% mujeres y 48,5% hombres) e indígena (56,2%) y la pobreza afectaba sobre todo a los hogares de jefatura masculina (82,6%). Adicionalmente, la pobreza afectaba en mayor cuantía a la población más joven (el 48,9% de los habitantes del país son personas pobres comprendidas entre los 0 y los 14 años), conforme la edad aumenta, el porcentaje de población pobre se reduce sustancialmente, sólo el 3,8% de la población total está constituida por adultos mayores de 65 años, en situación de pobreza (ver anexo, Cuadro 16, Características demográficas de la población por niveles de pobreza. Distribución. En porcentajes, 2006).

26.La pobreza también puede analizarse por la incidencia que tiene sobre la población en función de variables específicas como el sexo, la pertenencia étnica o la edad. El 74,8% de toda la población indígena del país es pobre y, de este porcentaje, el 27,2% son pobres extremos, esto significa que tan sólo uno de cada cuatro indígenas se libran de la pobreza. Lo anterior contrasta con los datos de la población ladina o no indígena, en este caso, seis de cada diez son personas “no pobres” y de estos, sólo el 7,7% son pobres extremos. Por su parte, los hogares con jefatura femenina son más exitosos en el esfuerzo por mantener a sus miembros lejos de la pobreza que aquellos que tienen a la cabeza a un hombre. Mientras un 69,2% de los hogares con jefatura femenina son “no pobres”, este porcentaje se reduce al 57,3% cuando la jefatura del hogar la ejerce un hombre y, en tanto, del 30,8% de hogares pobres bajo responsabilidad de una mujer, sólo se encuentran en pobreza extrema un 5,5%, del 43,7% de hogares pobres a cargo de un hombre, el 11,4% sufren de extrema pobreza. En términos de edad, los más jóvenes son las víctimas mayoritarias de la pobreza, seis de cada diez niños y niñas menores de 14 años son pobres, mientras que entre la población mayor de 15 años esta proporción se reduce a cuatro de cada diez (ver anexo, Cuadro 17, Características demográficas de la población por niveles de pobreza. Incidencia. En porcentaje, 2006)

27.Por lo tanto, en Guatemala se tienen más probabilidades de ser pobre o extremadamente pobre si se es un hombre, indígena, comprendido entre los 0 y los 14 años de edad y se vive en un hogar con jefatura masculina, en el área rural del país.

28.Según el Informe Nacional de Desarrollo Humano 2007/2008 elaborado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD) para Guatemala, entre los no pobres un 10% de la población, 1,3 millones de personas, subsiste con niveles de consumo cercanos a la línea de pobreza y (entre los pobres) otro 8%, un millón de personas (en condición de pobreza general), vive en riesgo de caer bajo la línea de pobreza extrema. Sin las remesas,la pobreza general del país sería 3% mayor y la pobreza extrema 4% más alta, o sea, medio millón de personas no son pobres extremos y más de 400.000 no son pobres en general, gracias a las remesas familiares.

29.Junto a la pobreza, la creciente desigualdad es uno de los rasgos más preocupantes de la sociedad guatemalteca. La tendencia registrada por el coeficiente de Gini durante los últimos años, así como el análisis de los ingresos por quintiles de población permiten observar cómo los cambios positivos en la reducción de la pobreza no han sido suficientes para mejorar la brecha de desigualdad prevaleciente. En 1998 el coeficiente de Gini relativo a la distribución de los ingresos familiares a nivel nacional era de 0,560, con mayores niveles de desigualdad en el área urbana (0,530) que en la rural (0,510). En 2002 la situación había mejorado levemente al reducirse el coeficiente nacional hasta el 0,543, pero esta mejora no logró marcar una tendencia continuada y en 2006 se había revertido, e incluso había empeorado en relación con el coeficiente registrado en 1998 llegando a alcanzar 0.585 en todo el territorio, 0.547 en el área urbana y 0.526 en el rural (ver anexo, Cuadro 18, Coeficiente de Gini. Razón, 1995-2007)

30.El comportamiento del coeficiente de Gini se explica a partir de los datos relativos a los ingresos cuando estos se analizan en función de los diferentes quintiles de población, todo lo cual es producto del modelo económico adoptado a principios de los años ochenta y de los sucesivos programas de ajuste estructural aplicados sobre la economía del país, cuyo fracaso se hace patente al constatar que no sólo no promovieron la actividad económica y el crecimiento del PIB como prometían, sino que incluso incrementaron las brechas de desigualdad social y económica. Entre 1998 y 2006, con escasas variaciones, el quintil de población de mayores ingresos concentraba alrededor del 60% de estos, mientras el quintil de menores ingresos no superó nunca el 3.7% de los mismos, con una leve mejora en 2002 y un mayor nivel de concentración en 2006, año durante el cual el quintil 5 llegó a recibir el 62.8% de los ingresos totales del país y el del quintil 1 se redujo al 2.8% (ver anexo, Cuadro 19, Ingresos por quintiles de población. Porcentaje del total de ingresos, 1995­2007)

31.A pesar de la grave crisis económica y financiera mundial de los últimos años, entre 2005 y 2010 el Producto Interno Bruto (PIB) creció a un promedio anual de 3.4%, sufriendo un grave deterioro en 2009, año durante el cual el crecimiento cayó al 0.58%, empezando a dar visos de recuperación al año siguiente al incrementarse hasta el 2.6%. El PIB total del país, a precios constantes del 2000, fue de 23. 253 millones de dólares de los Estados Unidos de América. Si se toma en cuenta el valor total del PIB, Guatemala continúa representando la economía más grande de Centroamérica. No sucede lo mismo al considerar el PIB per cápita, en cuyo caso Guatemala (2.250,00 dólares) queda detrás de Costa Rica (4.980,00 dólares) y El Salvador (2.680,00 dólares). De hecho, según datos preliminares de la CEPAL, el PIB per cápita de 2008, a precios constantes de 2000 (1.700,17 dólares/habitante) habría sufrido un importante deterioro y se ubicaría a niveles muy cercanos a los de 1999 (1.698,17 dólares/habitante), luego de haber alcanzado su punto más alto en 2005 (1.720,40 dólares/habitante) (ver anexo, Cuadro 20, Producto Interno Bruto (PIB) y PIB por habitante. A precios constantes del 2000. 1999-2008 y Cuadro 21, Tasa de crecimiento anual del PIB. En porcentaje. 2005-2010)

32.De acuerdo con el PNUD “un pequeño grupo de empresas, menos del 10%, percibe el equivalente a dos quintos del PIB como ganancia neta. Un gran grupo de pequeñas empresas familiares –el 90% de ellas, que emplean a más de la mitad de la Población Ocupada de forma independiente-obtiene solamente alrededor de un quinto del PIB como ingresos. Entre estos dos extremos están los denominados ‘asalariados’, quienes representan alrededor del 35% de los ocupados y reciben casi la totalidad del resto”.

33.La composición del consumo de los hogares ha permanecido prácticamente sin cambios en el período comprendido entre 2000 y 2006. La alimentación es el principal componente de consumo y representa alrededor de dos quintas partes del total (39,4% en 2006), a éste le siguen los gastos en vivienda que se acercan a la cuarta parte del total del consumo de las familias (24,7% en 2006). Sin embargo, el consumo de los hogares en dos de los rubros más importantes para el desarrollo humano como son la educación y la salud apenas si asciende al 8,6%.

34. Sin embargo, los patrones de consumo y el peso relativo que tiene cada rubro para los hogares varía de manera sustancial dependiendo del estrato socioeconómico al que pertenezcan. Por ejemplo, para la población más pobre, la del estrato socioeconómico bajo extremo, la alimentación llega a representar el 56,9% de su gasto, mientras que para los hogares del estrato más alto, sólo significa una cuarta parte de su consumo (24,4%). En el caso de la vivienda, la escasa inversión pública y protección estatal en este rubro obliga a que toda la población, sin importar su condición económica, deba asumir este gasto pero con resultados muy diferentes. Un porcentaje similar de gasto, en relación con ingresos muy dispares provoca grandes desigualdades. Mientras el estrato más alto dedica alrededor del 30% de su gasto a procurarse una vivienda, lo cual le permite el acceso a las soluciones habitacionales de mejor calidad, el 22% del gasto de las familias correspondiente al estrato bajo extremo apenas si es suficiente para procurarse un sitio en el cual habitar bajo las peores condiciones de hacinamiento y precariedad.

35.En los rubros de educación y salud el estrato socioeconómico al que se pertenece se refleja en patrones de consumo claramente diferenciados. En el caso de la educación, el consumo de los hogares pertenecientes a los estratos socioeconómicos medio y alto (8,2% y 7% respectivamente) llega a cuadruplicar el de los estratos más pobres, que apenas si alcanzan el 2% en el caso del bajo extremo y el 3,8% en el bajo (ver anexo, Cuadro 22, Composición del consumo de los hogares, en porcentajes, 2000-2006).

36.El consumo de los hogares en ciertos rubros como la salud y la educación, está estrechamente vinculado al gasto social del Estado y habitualmente esta relación es inversamente proporcional. A mayor gasto público, mayor cobertura y mejor calidad del servicio y, por lo tanto, menor necesidad de que las familias destinen sus propios recursos a satisfacer estas necesidades. De acuerdo con datos de la CEPAL, entre 1990 y 2007 el gasto público social como porcentaje del PIB se habría incrementado en 3,5 puntos porcentuales (desde el 3,9% hasta el 7,4%), habiendo alcanzado su punto más alto en 2006, año durante el cual llegó a representar el 7,8% de éste, sin haber descendido por debajo del 7% desde el 2001.

37.En 2007, el gasto social del Estado de Guatemala, como porcentaje del PIB, era el menor de Centroamérica (7,4%). En todos los casos, los otros países de la región, con economías más pequeñas que la guatemalteca, dedicaban aproximadamente entre cuatro y diez puntos porcentuales más al gasto social prioritario, en los extremos se encuentran El Salvador con el 11,1% y Costa Rica con el 17,2% (ver anexo, Cuadro 23, Gasto público social como porcentaje del Producto Interno Bruto y comparación con algunos países de Centroamérica y el Caribe, 1990-2007).

38.Si se mide el gasto social prioritario como porcentaje del gasto público total, es posible observar cómo éste se ha ido incrementando paulatinamente, entre 1990 y 2006 ha pasado de 30% a 54,2%. Durante el período analizado, todos los sectores de destino muestran una tendencia sostenida al alza, siendo ésta mucho más acentuada en el caso del gasto en vivienda, cuyo incremento es muy superior a todos los demás sectores (15,8 puntos porcentuales de incremento en 16 años). Sin embargo, los montos más importantes de gasto los recibe el sector educativo (21,1%), seguido por el gasto en vivienda (16.7%), salud (8,6%) y seguridad social (7,76%). De acuerdo con datos aportados por el PNUD, entre 1996 y 2006, “el gasto público en educación aumentó de 1,7 a 3,0% del PIB. Esto significó una elevación del gasto per cápita de (…) 86%. El gasto público en salud se acrecentó de 0.9 a 1.8% del PIB en el mismo período. Esto equivale a un aumento del gasto per cápita de (…) 101%” (ver anexo, Cuadro 24, Gasto social prioritario del Gobierno Central. Por sectores de destino y como porcentajes del PIB, 2001­2007; y, Cuadro 25, Gasto social como porcentaje del gasto público, 1990-2006).

39.La situación de inequidad y pobreza que afecta a la mayoría de la población del país limita seriamente su acceso a los bienes que les permitan satisfacer sus necesidades básicas y les coloca en una posición de marginalidad y exclusión de oportunidades y derechos. De acuerdo con datos de 2005 aportados por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), al menos dos millones de personas se encontrarían bajo el nivel mínimo de ingesta de alimentos, lo cual implica que el 16% de los habitantes del país está subalimentado.

40.Esta situación se agrava cuando se observan más de cerca las condiciones de grupos especialmente vulnerables de población como la infancia. Según los últimos datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en 2002, el 49,3% de la población infantil comprendida entre los 3 y los 59 meses de edad padecía de desnutrición crónica. Una vez más, este grave problema afectaba de manera más acuciante a la población rural (55,5%), a la indígena (69,5%) y a aquella que no había tenido ningún acceso a la educación (65,6%). De conformidad con la misma fuente, estos datos ubicarían al país con la peor tasa de desnutrición infantil de todo el continente americano y con la sexta cifra más grave a nivel mundial(ver anexo, Cuadro 26, Datos absolutos y relativos sobre población de Guatemala por debajo del nivel mínimo de ingesta de alimentos (subalimentación), 1990-2005; y Cuadro 27, Indicadores de desnutrición en la niñez según área geográfica, región, categoría étnica y nivel de educación. En porcentajes, 1987-2002).

41.Las malas condiciones alimentarias de una importante parte de la población hacen que ésta se encuentre en una situación de mayor vulnerabilidad frente a los más importantes factores de riesgo e indicadores de morbilidad que se registran en el país. En el cuadro 28, contenido en el anexo, es posible observar el comportamiento de enfermedades como el cólera, el dengue, la malaria, las enfermedades parasitarias, la tuberculosis y el SIDA, consideradas las de mayor incidencia en el perfil epidemiológico del país. El cuadro incluye datos para los 13 años comprendidos entre 1995 y 2007, ambos inclusive.

42.En 1995 se presentó el número más alto de casos de cólera (7.970) que se haya registrado en el período de análisis, sin embargo, posteriormente la tendencia se hace acusadamente decreciente hasta llegar a un solo caso en 2002 y a partir de 2003 no se ha reportado ni un caso más. No sucede lo mismo en cuanto al dengue, cuyo comportamiento a lo largo de los años es mucho más variable, sin una tendencia claramente definida y con un promedio de 5.379 casos en el lapso de tiempo referido. Por su parte, la malaria refleja una incidencia sobre la población mucho mayor que el dengue, con un promedio de 32. 852 casos para el período. Sin embargo, el 2007 refleja una importante reducción en el número de enfermos reportados llegando por primera vez a descender por debajo de los 20.000 casos anuales (15.382 en 2007). El índice de incidencia parasitaria anual (número de casos bajo vigilancia por cada 1.000 habitantes) evidencia una tendencia creciente a lo largo del tiempo, de manera que la cifra de 1995 (2,3 casos/1.000 habitantes) se ha multiplicado por 16 hasta alcanzar una incidencia de 36,8 casos/1.000 habitantes en 2007. En cuanto a la tuberculosis, la tasa nacional de incidencia no ha superado nunca los 30 casos por cada 100.000 habitantes (en 1997) y ha mantenido un promedio de 25,7 enfermos/100.000 habitantes a lo largo del período de análisis, este comportamiento puede considerarse moderado si se compara con el de países como Suazilandia o Sudáfrica, con 1.155 y 940 casos por cada 100.000 habitantes, respectivamente, las tasas más altas del mundo.

43.Aunque en cualquiera de las enfermedades antes señaladas existe el riesgo de un cierto porcentaje de subregistro, esto se agudiza particularmente cuando se trata del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), debido al estigma social que aún puede significar para quienes lo padecen, así como a los prejuicios que existen al respecto y a otras razones de índole cultural o educativa. Según señalan algunas fuentes, en relación con el SIDA las cifras podrían estar reflejando alrededor de un 30% menos de los casos realmente existentes. En 2006 la tasa nacional de incidencia de SIDA era de 7,4 casos por cada 100.000 habitantes, frente a un promedio de 5,4 a lo largo de los años ya referidos y con una relación hombre-mujer equivalente a 2,1 casos masculinos por cada uno de los casos femeninos registrados en 2006. Esta relación se elevó hasta 4 a 1 en 2004 y 2005 y registró su cifra más baja en 2003 con una razón de 1,8 a 1. El número de defunciones oficialmente registradas como consecuencia del SIDA sólo está disponible para los años comprendidos entre 2000 y 2004, ambos inclusive, durante los cuales se habrían producido un total de 3.043, siendo 2004 el año en que habría tenido lugar un mayor número de muertes por esta causa (774).

44.Recientes proyecciones del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) sobre la magnitud de la epidemia de SIDA apuntan que para 2015 habrá 123.480 adultos mayores de 15 años viviendo con VIH, 12.880 nuevas infecciones y 3.650 muertes se registrarán ese año por la misma causa. Según estas estimaciones, la prevalencia de la enfermedad entre adultos entre 15 y 49 años será de 0,9% en 2005, 1,16% en 2010 y alcanzará un porcentaje de 1,55% en 2015.

45.Entre las niñas y niños (0 a 14 años de edad) las cifras son mucho menores y sus posibilidades de sobrevivencia mucho mayores que las de los adultos, siempre y cuando puedan acceder a la atención médica y los medicamentos necesarios para un apropiado tratamiento. Según la misma fuente, en 2015 habrá 4.300 niños y niñas viviendo con VIH, se registrarán 380 nuevas infecciones por el virus y morirán 138 infantes a causa del SIDA. De conformidad con estos datos, tomando en consideración tanto los datos de los adultos como los de la niñez, la única variable que muestra una tendencia a la baja es la correspondiente al número de nuevas infecciones con VIH entre niños y niñas, si en 2005 se registraron 550 casos, en 2010 esta cifra descendió a 435 y cinco años después podrían registrarse 55 hechos menos (ver anexo, Cuadro 28, Proyecciones de casos de VIH y SIDA, 2005-2015).

46.Este perfil epidemiológico arroja como resultado una tasa promedio estimada de mortalidad por enfermedades transmisibles equivalente a 177,6 personas fallecidas por cada 100.000 habitantes durante el período comprendido entre 1995 y 2004. Luego de un período de incrementos sostenidos, esta tasa registró en 1998 su cifra más alta (216,7 casos/100.000 habitantes) después de lo cual empezó a experimentar una reducción consistente hasta alcanzar en 2004 su cifra más baja (135,3 casos/100.000 habitantes) (ver anexo, Cuadro 29, Indicadores de morbilidad, mortalidad, factores de riesgo y transmisión de enfermedades, 1995-2007).

47.El análisis de los datos relacionados con las diez principales causas de mortalidad general registradas en 2009 a nivel nacional evidencia importantes diferencias en relación a la tendencia registrada diez o veinte años atrás. A finales de la década de 1980 y principios de la de 1990 las principales causas de muerte en el país estaban relacionadas con enfermedades prevenibles, curables y transmisibles como las infecciones respiratorias agudas, las infecciones gastrointestinales y otras de carácter infectocontagioso. Sin embargo, las enfermedades que afectan a los adultos y adultos mayores han adquirido cada vez mayor importancia, como consecuencia de los cambios que se han venido produciendo en la estructura de la población, así como en los estilos de vida y hábitos de las personas, además de los efectos provocados por el, cada vez más amplio, proceso de urbanización. Esto se refleja en una acelerada tendencia al alza de enfermedades crónicas y degenerativas como el cáncer, la diabetes o la hipertensión, por ejemplo, así como en otros problemas de salud como las afecciones cardiacas o los accidentes cerebro vasculares. A todo ello, debe agregarse la enorme y creciente incidencia que, en el caso de Guatemala, tienen las muertes provocadas por diversas formas de violencia, entre las cuales destacan aquellas que se producen como consecuencia del uso de armas de fuego.

48.Un informe publicado en 2008 por el PNUD, acerca del sistema de salud en Guatemala, lo plantea en los siguientes términos: “la mortalidad proporcional atribuible a enfermedades transmisibles ha descendido de 76 a 62% del total de defunciones registradas; al contrario, las defunciones por enfermedades cardiovasculares han aumentado en 61% y por tumores en 100% durante el mismo período (1986-2004). En el año 1986 la mortalidad proporcional estaba caracterizada por causas transmisibles. Hace 20 años la mortalidad proporcional en todos los departamentos del país ocurría principalmente por causas transmisibles, posteriormente el comportamiento se ha diferenciado”. De conformidad con datos del Ministerio de Salud Pública, durante el año 2009 la principal causa de muerte, por número de casos registrados, fue la neumonía con más de 6.000 víctimas mortales, seguida del infarto agudo al miocardio (2.953) e inmediatamente después del paro cardiaco (2.222). En cuarto lugar se ubican las muertes provocadas por el uso de armas de fuego, las cuales dejaron 2.156 víctimas y representaron poco más del 10% del total de las causas de mortalidad ese año. La diabetes mellitus ocupa el séptimo lugar y en el siguiente puesto se ubican las muertes provocadas como consecuencia de la diarrea (ver anexo, Cuadro 30, Diez principales causas de mortalidad general a nivel nacional, 2009).

49.A pesar de que el gasto del gobierno central en salud y asistencia social, como porcentaje del PIB y como porcentaje del gasto público, prácticamente no ha variado a lo largo de los últimos años, las políticas públicas en favor de la reducción de las tasas de mortalidad infantil y de menores de cinco años parecen estar logrando resultados positivos que aparentemente se están consolidando. La tasa de mortalidad infantil era de 49,2 casos por cada mil nacidos vivos en 1995 y se había reducido hasta 30,1 por mil nacidos vivos en 2007, lo cual aún demanda de grandes esfuerzos e inversiones con el fin de reducirla a su mínima expresión. En el período 2005-2010, el país que a nivel mundial registraba la menor tasa de mortalidad infantil era Islandia con una incidencia de 2,9 casos/1.000 nacidos vivos, en tanto en el otro extremo se encontraba Sierra Leona con 160,3 casos/1.000 nacidos vivos.

50.En Guatemala, la mortalidad en menores de cinco años era de 58,7 casos por cada mil nacidos vivos en 1997 y había logrado reducirse a su cifra más baja en 2006, año durante el cual se registraron 41,2 casos. Desafortunadamente, no se han logrado resultados similares en cuanto a la mortalidad materna cuya tasa no sólo es elevada, sino muestra una tendencia hacia el alza de modo tal que en 2005 se registraban cifras superiores (148.8 casos/100.000 nacidos vivos) a las de ocho años atrás (94,9 casos/100.000 nacidos vivos).

51.La mortalidad materna es un fenómeno vinculado con multiplicidad de factores entre los que pueden mencionarse: la pobreza, los bajos niveles educativos, la falta de acceso a servicios de salud próximos y de calidad y la malnutrición, así como algunos otros elementos de carácter religioso o cultural, como el machismo prevaleciente en la sociedad guatemalteca, todos los cuales limitan o condicionan las oportunidades de las mujeres para tener el número de hijos que quieren y cuándo los quieren. Un ejemplo de ello es el bajo porcentaje de mujeres en edad de procrear (entre 15 y 49 años) que usan métodos anticonceptivos o cuyas parejas usan este tipo de recursos. De acuerdo con los datos más recientes disponibles, en 1995 sólo el 26,9% de las mujeres en edad de procrear o sus parejas tomaban medidas para prevenir embarazos no deseados y aunque con una tendencia hacia el alza, la cifra no superaba el 35% siete años después, en 2002 (ver anexo, Cuadro 31, Porcentaje de mujeres en edad de procrear [15 a 49 años] que usan anticonceptivos o cuyas parejas usan anticonceptivos [tasa de prevalencia de uso de anticonceptivos], 1995­-2002).

52.También resulta significativo el análisis acerca del tipo de métodos anticonceptivos utilizados. Tal como puede observarse en el Gráfico 5, incluido en el anexo, las mujeres guatemaltecas usan métodos anticonceptivos inyectables con una frecuencia muy superior a la de cualquier otro; en tanto 1.334.332 mujeres optan por este tipo de recurso, sólo 342.521 mujeres o sus parejas recurren al segundo método más utilizado, el condón y de manera decreciente a la píldora, el método de la amenorrea y la lactancia u otros menos significativos. Esta importante diferencia puede deberse a varias razones, por una parte los anticonceptivos inyectables son un recurso cuyos efectos tienen una duración prolongada que no demanda la disciplina de una ingesta cotidiana como la píldora o un uso puntual y consentido por ambas partes como el condón y, por otra, es el anticonceptivo más discreto a disposición de las mujeres, ya que pueden recurrir a él sin que necesariamente sus parejas estén informadas al respecto, pudiendo ejercer así su derecho a decidir sobre su cuerpo a pesar de los patrones machistas que pudieran querer impedírselos.

53.El limitado uso de métodos para el control de la natalidad también tiene su reflejo en los datos relacionados con los abortos médicos realizados como proporción de los nacidos vivos, sin embargo, no existen datos oficiales respecto a este indicador y la poca información de que se dispone sólo refleja una pequeña proporción de la magnitud real del fenómeno. Lo anterior se debe a que la legislación vigente en el país sólo permite abortar legalmente si la vida de la madre se encuentra en peligro, por lo tanto, la mayor parte de los embarazos no deseados son interrumpidos de forma clandestina. La poca información de que se dispone acerca de este fenómeno obliga a recurrir a fuentes alternativas a las oficiales; un informe publicado en 2006 por el Instituto Guttmacher (Instituto Guttmacher, 2006) sobre el aborto en Guatemala refleja la siguiente situación:

a)La clandestinidad del aborto explica la falta de registros oficiales sobre la morbilidad y mortalidad por aborto en Guatemala;

b)El aborto inducido es altamente restringido y sólo se permite si la vida de la madre está en juego;

c)Sin embargo, en realidad su práctica es muy común: unos 65,000 abortos ocurren al año en mujeres entre 15 y 49 años;

d)Representa una tasa anual de 24 abortos por cada 1000 mujeres guatemaltecas en edad reproductiva;

e)Un estudio realizado entre agosto 1993 y julio 1994 en seis hospitales de Guatemala encontró que del total de mujeres tratadas por complicaciones relacionadas con el aborto durante ese período, cerca del 50% de los casos tenía una alta probabilidad de haber sido inducido;

f)Otro estudio realizado en el 2000 en el hospital de Coatepeque (ciudad del departamento occidental de Quetzaltenango) mostró que el 10% del presupuesto hospitalario y el 30% del servicio de ginecoobstetricia se destinaron a la atención de pacientes con complicaciones relativas al aborto;

g)Un informe del 2005 realizado con 74 profesionales señaló la cifra de 27,000 mujeres atendidas por complicaciones de aborto, de las cuales el 80% se debía a abortos inducidos;

54.La relación existente entre el nivel educativo de la población y las condiciones de salubridad que las personas se procuran a sí mismas está ampliamente demostrada; cuando de las mujeres se trata, esto también determina el número de hijos que tienen e influye, de manera decisiva, en la escolarización de los hijos y en la posibilidad de que estos prolonguen sus años de escolaridad. Sin embargo, en Guatemala las mujeres siguen teniendo menos posibilidades de acceso a la educación que los hombres de modo que mientras la tasa de alfabetismo de los hombres comprendidos entre los 15 y los 24 años en el 2010 alcanzaba al 89,3% del total, ésta era casi de 11 puntos porcentuales menos en el caso de las mujeres (78,4%), aunque la brecha entre ambos sexos se ha venido reduciendo a lo largo de los últimos 50 años. En 1970 la diferencia en la tasa de alfabetismo entre hombres y mujeres comprendidos en el anterior rango etario era de casi 18 puntos, en 1980 esta diferencia se había reducido a 16 y 10 años después era de 14 puntos, las proyecciones señalan que esta tendencia se mantendrá y que en 2015 deberá ser de 10 puntos de diferencia (ver anexo, cuadro 32, Tasa de alfabetización de la población de 15 a 24 años de edad. En porcentajes, 1970-2015).

55.Durante los últimos años, el analfabetismo en el país ha sido objeto de actuaciones específicas bajo la responsabilidad del Comité Nacional de Alfabetización (CONALFA), gracias a lo cual ha logrado reducirse en poco más del 12% entre 1994 y 2004. En el último año referido, poco más de una cuarta parte de la población de 15 años y más (26,28%) era analfabeta, lo cual representa casi dos millones de personas, en comparación con el 38,75% que lo era en 1994 (ver anexo, Cuadro 33, Comportamiento del analfabetismo en Guatemala. Población total y porcentajes, 1994-2004).

56.De conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación desde el nivel inicial hasta el básico (secundaria o media) es un derecho de la población y es considerada obligatoria de conformidad con los límites de edad que fije la ley, sin embargo, en la práctica los esfuerzos por conseguir la obligatoriedad en la educación se han centrado hasta ahora en el nivel primario. Adicionalmente, se reconoce la gratuidad de la educación proporcionada por el Estado y se estipula que el sistema educativo deberá ser descentralizado y regionalizado con el objeto de responder a las necesidades o características particulares de las poblaciones asentadas en las diferentes zonas del país. Por último, se señala de manera expresa que en aquellas áreas de predominante población indígena la educación deberá ser preferentemente bilingüe. Los presupuestos del Estado contemplan las partidas presupuestarias correspondientes a la financiación de un sistema público de educación a nivel nacional que incluyen los recursos para los centros educativos y personal docente y administrativo para atender a la población desde la edad preescolar hasta la universitaria. Desafortunadamente, dicho presupuesto ha sido históricamente inferior a las necesidades reales de la población escolar a la que debe atender debido a lo cual la calidad de la educación que se ofrece, así como su pertinencia cultural y, en muchos casos también su cobertura, han resultado deficientes e insuficientes, tal como puede apreciarse en los indicadores presentados a continuación.

57.El Cuadro 34, incluido en el anexo, permite apreciar la evolución de los datos relativos a la tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria y secundaria en el país. La información allí consignada es un reflejo del énfasis dado a la política pública de educación en los últimos años, durante los cuales se decidió dar prioridad, como mecanismo de focalización indispensable, a la cobertura y atención de la enseñanza primaria por encima de cualquiera de los otros niveles. Por ejemplo, en el período comprendido entre 2004 y 2008 se planteó como estrategia de la política educativa nacional atender con carácter preferente cada uno de los grados de primaria de manera consecutiva con el fin de lograr, que la mayor cantidad posible de niños y niñas fuesen atendidos en el primer año de primaria, que lo hicieran con las mejores condiciones que pudieran proveerse y que la asistencia escolar fuera a más y el abandono escolar a menos. La idea era que al año siguiente la atención prioritaria se pusiese en el siguiente año escolar y así sucesivamente. Es de esperar que las estadísticas de los próximos años tiendan a reflejar, adicionalmente, el resultado de los programas de transferencias condicionadas en efectivo que se han puesto en marcha durante los últimos años, ya que uno de sus componentes esenciales es el requisito de que los niños y niñas cuyas familias son beneficiarias del programa, asistan a la escuela de manera regular.

58.De acuerdo con los datos disponibles, en 1970 la tasa neta de matriculación en primaria apenas si representaba el 49% del total de la población en ese grupo de edad. Sin embargo, en 1991 este dato se había incrementado hasta alcanzar el 63,6% y en los años posteriores los datos muestran una mejora sostenida y paulatina al punto que llegados al año 2000 la tasa ya representaba el 85,4% y en 2009 casi la totalidad de infantes en la edad correspondiente se encontraban matriculados en primaria (98,68% del total de su edad). Sin embargo, tal como sucede con muchos otros indicadores, los datos reflejan la discriminación sufrida por las niñas ya que a lo largo de todos los años para los cuales se presenta información es posible apreciar una menor tasa de matriculación femenina que masculina, la cual varía entre los 8 puntos de diferencia en 1970 y los 3,4 en 2007 (ver anexo, Cuadro 34, Tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria y secundaria. En porcentajes 1970-2007 y Cuadro 35, Tasa neta de matriculación. En porcentajes, 2001­-2009).

59.También es posible apreciar una tendencia de mejora sostenida en la tasa neta de matriculación en la educación secundaria, aunque al comparar las cifras con las de la educación primaria se evidencia un peor desempeño en este nivel educativo. En 1970 sólo un 8,6% de la población en edad de cursar estos estudios se encontraba matriculada en el sistema educativo, en el 2000 este porcentaje se había incrementado hasta llegar a significar un poco más de la cuarta parte de la población a la que le correspondería estar matriculada en este nivel, en el 2009 dicho porcentaje seguía mostrando mejoras y ya significaba el 40,25%. Una vez más, las niñas y adolescentes se beneficiaban en menor medida que los niños y adolescentes del acceso a este nivel educativo; en promedio, a lo largo del período, la tasa neta de matriculación en el caso de ellas es equivalente a 2,9 puntos porcentuales menos que la de ellos.

60.Adicionalmente a los datos ya mencionados, el Ministerio de Educación (MINEDUC) ofrece información sobre la tasa neta de matriculación para otros ciclos educativos como el pre-primario y el diversificado.A partir de la primaria, la tendencia general de la tasa neta de matriculación es inversamente proporcional al ciclo educativo, cuanto más alto es éste último, menor es su tasa. En la pre-primaria y el ciclo diversificado los datos evidencian una tendencia igual a la que ya se señalara para los otros ciclos de educación (primaria y secundaria): las cifras mejoran paulatinamente con el paso de los años, en la pre-primaria la tasa neta de matriculación representa el 57,09% de la población comprendida entre los 5 y 6 años, 16 puntos porcentuales más que en 2001. Por su parte, en el ciclo diversificado la tendencia de crecimiento es mucho más atenuada, los mejores datos (2009) sólo han logrado alcanzar al 21,21% de la población de adolescentes en edad de cursarlo, lo cual se ubica apenas 4,9 puntos porcentuales por encima de los datos de 2001 (16,36%) (ver anexo, Cuadro 35, Tasa neta de matriculación. En porcentajes, 2001­2009).

61.Al igual que la tasa neta de matriculación, la tasa de asistencia escolar muestra una tendencia sostenida hacia el alza. Mientras que el censo de 1981 mostraba un tasa promedio de asistencia igual al 25,2% de la población en edad escolar, el censo de 2002 la ubicaba poco más de siete puntos porcentuales por encima de la anterior (32,9%). No se dispone de datos desagregados por niveles educativos ni para años más recientes, pero resulta significativa la diferencia existente en 2002 entre el promedio de la tasa neta de matriculación para todos los ciclos educativos y la de asistencia, mientras que la primera alcanza al 43,88% de la población en edad escolar, la segunda (asistencia) se reduce en casi 11 puntos porcentuales (32,9%). De conformidad con información recogida por el PNUD acerca de las causas de inasistencia escolar, entre las principales razones por las que niños, niñas y adolescentes dejaron de acudir a la escuela en 2006, independientemente del ciclo educativo en el que se hayan matriculado, se encuentran: en primer lugar la falta de dinero para cubrir los gastos que la educación representa (compra de libros y materiales educativos, uniformes, desplazamientos, etc.) a pesar de la gratuidad de la matrícula y las mensualidades; en segundo término, la falta de interés que les provocan los estudios, lo cual suele ser más bien un reflejo de la actitud familiar frente a la actividad académica y no exclusivamente del estudiantado; en tercero, el tener que hacerse cargo de los oficios de la casa (tareas del hogar, trabajo no remunerado); y, en cuarto, la necesidad de trabajar (trabajo remunerado) para aportar un ingreso económico más al hogar. A diferencia de los dos primeros elementos mencionados (la falta de dinero y de interés), cuyo comportamiento no varía sustancialmente en función del sexo de las personas, en los dos últimos se hace evidente la falta de equidad de género persistente en el país. En relación con los oficios de la casa, por ejemplo, conforme el nivel educativo va aumentando y por lo tanto, la edad de la población escolarizada también, son muchas más las mujeres que los hombres que deben abandonar los estudios, en el nivel diversificado este factor afecta sólo al 0,5% de ellos, pero implica que 23,2% de ellas no puedan seguir estudiando. En el mismo nivel educativo, son el 38,4% de los hombres los que dejan los estudios para incorporarse a actividades laborales remuneradas, mientras que sólo el 10,5% de las mujeres dejan la escuela por esta razón (ver anexo, Cuadro 36, Evolución de la asistencia escolar por sexo, censos de 1981, 1994 y 2002. Calculado sobre población de 7 años y más de edad).

62.Efectivamente, uno de los grandes retos que enfrenta el sistema educativo es la superación del abandono escolar y de las causas que lo provocan. La tasa de deserción escolar registrada por el MINEDUC en todos los niveles educativos tiende a estabilizarse a partir del 2002 aproximadamente, en los años subsiguientes registra pequeñas variaciones al alza o la baja sin que pueda leerse una tendencia clara en ninguno de los casos. La educación primaria, por ejemplo, registraba en el 2000 una tasa de deserción equivalente al 10,40% siendo ésta la mayor cifra recogida en el período 2000-2009, la más baja es la de 2007 en la que se redujo hasta el 5,49%, para volver a subir levemente en 2009 y alcanzar el 5,51%. En la educación secundaria fue 2005 el año en el que se registró la menor tasa de deserción (5,26%) en tanto el momento de la más alta coincide con el de la educación primaria (año 2000) con una tasa de 14,42% y se termina el período con un porcentaje de 8.22 (ver anexo, Cuadro 37, Tasa de deserción escolar en la enseñanza primaria y secundaria. En porcentajes, 2000-2009).

63.De conformidad con un documento publicado en noviembre de 2002 por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), en el 2000 la deserción escolar en América Latina era mucho más alta entre los adolescentes que cursaban la educación secundaria que entre los niños y niñas de primaria, de manera particularmente acentuada en el primer año de la enseñanza media. Sin embargo, en el caso de Guatemala, Bolivia, Brasil y otros cuatro países más, señala que entre el 40 y el 70% de los niños y niñas de áreas urbanas dejan de asistir a la escuela antes de completar el ciclo primario. También recoge la idea de que el abandono escolar era entonces más pronunciado en las zonas rurales que en las urbanas, así como entre los hogares de menores ingresos. Dicho informe señala que en Guatemala, en el año 2000, la tasa global de deserción de los adolescentes entre 15 y 19 años de edad alcanzaba el 47% y entre las razones más frecuentes para la deserción escolar apunta, la incorporación al trabajo remunerado, el embarazo precoz, la repetición derivada de las inasistencias, el bajo rendimiento y el elevado retraso en la escolaridad.

64.Entre 2000 y 2009 la tasa de reprobación en la enseñanza primaria y secundaria acusa una moderada y sostenida tendencia a la baja en todos los niveles educativos. En la primaria el período inicia con un porcentaje de reprobación de 17,77% del total de alumnos evaluados al final del ciclo escolar y va disminuyendo unas décimas porcentuales cada año hasta registrar su cifra más baja en 2008 (12,98%) para volver a subir levemente en 2009 y terminar el período con un 13,60% de alumnos reprobados. En el nivel de educación básica los porcentajes son casi dos veces y media más que los de la primaria a lo largo de todo el lapso de tiempo analizado, pero su reducción es mucho más acelerada que en ésta última ya que si en 2000 la secundaria registraba un 46,03% de reprobación, en 2009, este porcentaje había alcanzado su nivel más bajo reduciéndose poco más de 14 puntos hasta llegar al 31,63%, en el mismo período la tasa de reprobación de la educación primaria sólo se redujo 4,17 puntos porcentuales. De acuerdo con algunos parámetros internacionales, se considera una buena tasa de reprobación en primaria aquella que no supera el 9% del total de alumnos que han cursado determinado grado (ver anexo, Cuadro 38, Tasa de reprobación en enseñanza primaria y secundaria. En porcentajes, 2000-2009).

65.Coeficiente maestro-alumno en las escuelas financiadas con fondos públicos (ver anexo, Cuadro 39, Alumnos inscritos, personal docente y promedio alumno-docente, 2008-2009).

66.Según los datos de la última Encuesta Nacional de Empleo e Ingresos (ENEI), realizada en 2010 por el INE, en Guatemala la población en edad de trabajar (PET)estaba constituida por el 73,5% de la población total. De ésta, 5.769.262 personas conformaban la población económicamente activa (PEA), es decir, el 40% de todos los habitantes del país. De ese porcentaje, el 38,5% era población ocupada en tanto el 1,5% restante era población desocupada. El 59,65% de la PEA es población subocupada y solamente el restante 36,94% de la PEA es población plenamente ocupada. La tasa de ocupación bruta, es decir, la población ocupada en relación con el total de población en edad de trabajar equivale al 52,4%. La tasa de ocupación global es del 96,5% (ver anexo, Gráfico 6, Composición de la población en función de variables económicas, 2010).

67.La mayor parte de la PEA del país es población urbana, el 21,7% son personas que residen en el área urbana metropolitana, en el resto de áreas urbanas del país se ubica un 30,5% de la PEA y el 47,8% restante en el área rural. En términos de género casi dos terceras partes de la PEA son hombres (63,7%) y el 36,3% restantes, mujeres y en relación con la edad, el 13% son niños y niñas que trabajan y un 5,2% adultos mayores (Instituto Nacional de Estadística, 2010, diapositivas 16-18).

68.Más que el desempleo, los dos principales problemas laborales del país son el subempleo y el empleo informal. De hecho, las cifras oficiales de desempleo abierto corresponden a las de un país en pleno empleo, tal como puede observarse en el Cuadro 40, incluido en los Anexos. De acuerdo con la ENEI, a partir de 2002 la población desocupada no ha llegado a significar más del 3,5% de la población total, cifra que corresponde al último año reportado habiendo registrado su dato más bajo en 2007 cuando se redujo incluso por debajo del tres por ciento (2,47%). La población ocupada asalariada (en relación de dependencia) ha crecido de forma sostenida desde el 2002 hasta llegar a significar el 51,17% de la población ocupada en 2010, lo cual implica que la cantidad de trabajadores autónomos o independientes se ha reducido en una proporción semejante. Según el PNUD, “el desempleo impacta en mayor medida a los trabajadores rurales, no indígenas, con educación secundaria y muy jóvenes (especialmente entre 18 y 25 años) y a las mujeres. […] Guatemala cuenta con una baja tasa de desempleo. Esta tasa es, actualmente, la menor de Centroamérica” (PNUD, 2008. Vol. I, pág. 114) (ver anexos, Cuadro 40, Principales indicadores laborales 2002-2010; y, Cuadro 41, Tasas de desempleo y de subempleo para diferentes grupos demográficos, 1989-2006)

69.De acuerdo con el INE, el subempleo visible alude a los ocupados que trabajan menos de 40 horas a la semana y tienen deseos de trabajar más y también comprende a los que trabajan 40 horas o más a la semana y cuyos ingresos son inferiores al salario mínimo de la rama de actividad económica a la que pertenecen. En 2010 el subempleo visible afectaba a dos de cada diez guatemaltecos (21,03%), cifra superior a la de ocho años atrás cuando afectaba 1,5 de cada diez (14.97%), “el subempleo recae con mayor peso sobre los mismos grupos que cargan con el grueso del desempleo: trabajadores urbanos, no indígenas, con educación secundaria, jóvenes de 18 a 25 años y mujeres”. Los subempleados visibles son sobre todo trabajadores asalariados en relación de dependencia, seguidos de trabajadores independientes o autónomos. En términos de actividades económicas los más afectados son quienes se encuentran vinculados al sector terciario (comercio y servicios) y a la agricultura, por encima de quienes trabajan en la industria (ver anexo, Cuadro 42, Características del mercado de trabajo de la población de 10 años y más de edad, 2006)

70.Tal como se mencionó con anterioridad, por encima del desempleo, uno de los mayores problemas que enfrenta la población ocupada del país es la calidad del empleo ya que, un alto porcentaje de los trabajadores y trabajadoras se encuentra en situación de informalidad lo cual significa que no están cubiertos por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y por lo tanto, no disfrutan de los beneficios que éste provee y que consisten básicamente en la atención médico-hospitalaria frente a accidentes y enfermedades para el trabajador y sus dependientes,la atención materno-infantil vinculada al embarazo y el parto y las pensiones de invalidez, vejez y sobrevivencia (viudedad). La información disponible para 2006 evidencia que bajo la categoría de trabajadores ocupados informales la mayoría son mujeres, rurales, indígenas, comprendidas entre los 10 y los 17 años de edad, sin ninguna escolaridad y en situación de extrema pobreza. En 2000 la informalidad afectaba al 83,6% de la población ocupada y apuntaba una leve tendencia a la baja con el paso de los años, lo cual hacía que en 2006 el dato se hubiera reducido poco menos de dos puntos porcentuales (81,8%). Otro indicador de informalidad que permite valorar la precaria situación del trabajo en el país es la cantidad de trabajadores ocupados sin contrato, la cual afectaba al 82.7% de la población total del país en 2006 (PNUD, 2008, Vol. II, pág. 125). Adicionalmente, los datos del INE revelan que en 2006 el 61.4% de la población ocupada dependiente recibía un salario inferior al costo de la canasta básica de alimentos, en un 87% de los casos el salario no le permite a los trabajadores cubrir el valor de la canasta básica vital y el 50.1% cobraba mensualmente un salario inferior al mínimo oficial. En todos estos casos, se trataba mayormente de población femenina, indígena, rural e informal. Por ramas de actividad estas personas se encontraban en un mayor porcentaje vinculadas al sector agrícola o de los servicios sociales y de salud y eran jornaleras o empleadas y empleados domésticos.

71.A pesar del proceso de urbanización que sufre el país, entre 1989 y 2006 el sector agrícola seguía siendo el que más empleo generaba aunque su peso en relación con los demás sectores productivos tiende a ir disminuyendo lentamente. En 1989 la agricultura concentraba casi la mitad de la población ocupada del país (49,9%) y siete años después (2006) la población que empleaba representaba una tercera parte de todas las personas empleadas (33,22%); la población ocupada en la agricultura es mayoritariamente masculina e indígena. El comercio, por su parte, tiene una importancia cada vez mayor en la generación de empleo, en 2006 daba trabajo al 22,76% de la población ocupada cuando en 1989 sólo representaba el 13%. A diferencia de la agricultura, la población que trabaja en el comercio es mayormente femenina, urbana y no indígena. Dada la limitada relevancia de la industria en la estructura productiva del país, es comprensible que la población ocupada vinculada laboralmente a este sector ocupe un tercer lugar en importancia, aunque su participación tiende a crecer con el paso del tiempo, en 2006 la industria ocupaba al 15.87% de la población, mientras que años atrás (1989) representaba dos puntos porcentuales menos (13,67%) y hasta el 2000 este indicador no había sufrido cambios de importancia. El perfil del trabajador que demanda la industria es el de hombres y mujeres prácticamente a partes iguales, mayoritariamente rural y no indígena. A estos sectores productivos les seguían de manera menos significativa y en su orden, el de los servicios sociales y de salud, la construcción, los servicios financieros y las comunicaciones (ver anexo, Cuadro 43, Población ocupada según rama de actividad. En miles de habitantes y porcentajes, 1989-2006)

72.Las condiciones de precariedad del empleo en el país determinan de forma negativa la organización de las trabajadoras y trabajadores ocupados, de hecho, el movimiento sindical tiene una limitada capacidad de incidir sobre las decisiones políticas que pudieran afectarles y su capacidad de interlocución con las instituciones del Estado es escasa, lo que los coloca en una posición de debilidad frente al enorme poder de las organizaciones empresariales. Los datos oficiales proporcionados por el Ministerio de Trabajo refieren que en 2005 sólo el 1.5% de la población ocupada del país se encontraba afiliada a una organización sindical (79,915 trabajadores). Se informa que, “sin embargo, su único problema no es su conformación numérica, o sus características socioculturales, sino la baja representatividad y la debilidad que las organizaciones de trabajadores tienen frente a la concentración de poder de los grandes empresarios”. El perfil predominante del trabajador sindicalizado sería el de un hombre, urbano, no indígena, con estudios secundarios, entre los 36 y los 64 años de edad y vinculado a empresas grandes, con más de 50 empleados.

3.Indicadores sobre el sistema político

73.La Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 140 define el sistema político del Estado como republicano, democrático y representativo (Asamblea Nacional Constituyente, 1985). En la cabeza del Organismo Ejecutivo se sitúan el Presidente y el Vicepresidente, elegidos directamente por los ciudadanos en las elecciones como binomios. Su mandato está limitado a un período improrrogable de cuatro años. El Vicepresidente puede ser candidato para presidente después de pasar cuatro años fuera de su cargo. El artículo 187 estipula que “la persona que haya desempeñado durante cualquier tiempo el cargo de Presidente de la República por elección popular, o quien la haya ejercido por más de dos años en sustitución del titular, no podrá volver a desempeñarlo en ningún caso”.

74.El poder legislativo lo ejerce el Congreso de la República, que es un órgano unicameral, compuesto por 158 diputados electos directamente mediante sufragio universal y secreto, por el sistema de distritos electorales y lista nacional, para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos. Cada departamento del país constituye un distrito electoral, con excepción del departamento de Guatemala; en este departamento, el municipio donde se ubica la ciudad de Guatemala constituye el denominado “distrito central”, mientras que los restantes municipios del departamento conforman el “distrito de Guatemala”. Por cada distrito electoral debe elegirse como mínimo un diputado. La ley establece el número de diputados que corresponden a cada distrito en proporción a la población. Un número equivalente al 25% de diputados distritales es electo directamente como diputados por lista nacional.

75.Hay 25 partidos políticos inscritos legalmente para participar en las próximas elecciones generales, que tendrán lugar en septiembre de 2011. El requisito para convertirse en partido político, según la Ley Electoral y de Partidos Políticos, es que cada agrupación tenga representación en al menos 50 municipios y 12 departamentos; y, que cuente con un número de afiliados equivalente al 0,30% del total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral utilizado en las últimas elecciones generales y de estos, por lo menos la mitad deben saber leer y escribir.

76.El partido Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) se encuentra actualmente en el gobierno con Álvaro Colom Caballeros como Presidente de la República y Rafael Espada como Vicepresidente, para el período de gobierno comprendido entre 2008 y 2012; el Partido Patriota (PP) es el principal partido de la oposición y al cual las más recientes encuestas realizadas hasta el momento otorgan mayores probabilidades de victoria en las próximas elecciones, con un 47,2% de intención de voto. Desde el comienzo del actual régimen democrático (1986), ningún partido ha logrado mantenerse en la Presidencia después de un mandato, es decir, los cuatro años que dura el gobierno, lo que evidencia, junto con otros factores, la debilidad del sistema de partidos políticos como organizaciones poco arraigadas entre la ciudadanía, que funcionan sobre todo como vehículos electorales cuyo fin es conducir a un candidato a la Presidencia y que resultan escasamente funcionales como instituciones de intermediación entre la ciudadanía y el sistema político.

77.Según las proyecciones del INE, la población con derecho a voto se está incrementando tanto en términos absolutos como relativos, esto último, se debe a la reducción de la natalidad y al paulatino aumento de la esperanza de vida, ambos factores combinados hacen que aumente el peso demográfico de los grupos adultos. Así, en 2005 el 50% de la población contaba con 18 años o más de edad, mientras que se estima que en 2015 la población adulta representará el 53,72% y en 2030 será el 61,98% (ver anexo, Cuadro 44, Evolución de la población con derecho a voto [18 años o más] según proyecciones demográficas del INE, 2005-2030)

78.El padrón electoral se ha incrementado a un ritmo variable y en la actualidad se acerca a los seis millones y medio de personas. Los ritmos de incremento deben ser considerados cuidadosamente, en función de los procesos de depuración del padrón que tienen lugar regularmente y que eliminan a miles de ciudadanos cuyas inscripciones están duplicadas o que han fallecido. Entre 1985 y 2007 el padrón creció un 117,5%. En Guatemala la ley no permite votar a los ciudadanos extranjeros residentes en el país, a los guatemaltecos residentes en el exterior, ni a los miembros del ejército ni de la policía en servicio activo (ver anexo, Cuadro 45, Evolución del padrón electoral de 1985 a 2007)

79.En las últimas elecciones generales (2007) hubo 147 quejas relacionadas con presuntas irregularidades en el proceso de votación. Según información del Tribunal Supremo Electoral (TSE), de las 147 quejas, 75 fueron recursos de nulidad, 28 recursos de revisión y 26 acciones constitucionales de amparo. Además, hubo 17 quejas relacionadas con denuncias varias (tales como, incidentes, revocatorias y reposiciones) y una acción de inconstitucionalidad. Sin embargo, la información que el TSE pone a disposición pública no permite conocer cuál fue el resultado de cada una de las quejas luego de tramitadas por el órgano correspondiente (ver anexo, Cuadro 46, Recursos y otras acciones interpuestas durante el proceso electoral de 2007).

80.La legislatura 2008-2011 se conformó sobre la base de un fraccionamiento extremo en cuanto al número de partidos con representación parlamentaria, fueron trece los distintos grupos políticos que llevaron diputados al Congreso y con el paso del tiempo, diputados de seis de ellos se han declarado independientes (sin agrupación política). La distribución de escaños en el Congreso ha variado desde el comienzo de la legislatura, debido al fenómeno del transfuguismo, que consiste en el abandono de numerosos diputados de las filas del partido por el cual fueron electos, el cual dejan en función de razones de lo más diverso. Muchos de ellos se afilian a otro partido político o se declaran independientes. En la actualidad, no existe ninguna ley que regule el transfuguismo y la conformación de nuevas bancadas independientes en el Congreso. A pesar del fenómeno ya señalado, a menos de un año del final de la legislatura, la UNE ha logrado mantener el mayor número de escaños (33), muy lejos de la mayoría absoluta, pero ha estado apoyada en el Congreso por un acuerdo con la Gran Alianza Nacional (GANA), con sus 26 diputados, acuerdo que se materializó finalmente con la conformación de la alianza UNE – GANA, como fórmula que se postula candidata para las elecciones de 2011. En la oposición parlamentaria, los grupos más grandes han sido el PP, con 26 diputados y Libertad Democrática Renovada (LÍDER), con 25 diputados que anteriormente formaban parte de la bancada oficial (ver anexo, Cuadro 47, Distribución de escaños legislativos por partido y grupo político. Sexta legislatura, 2008-2011 y Gráfico 7, Distribución de escaños en el Congreso, junio 2010).

81.Los partidos que llegaron a la presidencia en anteriores elecciones han sufrido procesos de descomposición y una acusada pérdida de fuerza electoral, pasando a tener una representación testimonial, lo que evidencia la poca implantación que tienen entre la población. Así, el Partido de Avanzada Nacional (PAN) que estuvo al frente de la presidencia durante el período 1996-1999, consiguió apenas dos diputados en la última legislatura; el Frente Republicano Guatemalteco (FRG), partido de gobierno entre 2000 y 2003, obtuvo un exiguo número de escaños en la última legislatura (nueve diputados). Por otra parte, el partido que representa a la exguerrilla, la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), tiene una muy escasa presencia en el arco parlamentario (dos diputados)(ver anexo, Gráfico 7, Distribución de escaños en el Congreso, junio 2010).

82.En Guatemala, las marcadas desigualdades de género se evidencian también en los cargos de dirección, en los cuales apenas si es perceptible la presencia femenina. Esto es válido tanto en el sector público como en el privado, situación que también se refleja en el sistema político. Así, de los 158 diputados sólo 20 son mujeres, lo que representa el 12,6% de los representantes al Congreso (ver anexo, Gráfico 8, Mujeres diputadas en el Congreso de la República. Números absolutos, junio 2010). Este porcentaje está muy lejos de los objetivos de desarrollo del Milenio en lo referente a Equidad de Género, los cuales proponen la meta de, al menos, un 40% de mujeres como representantes en el Organismo Legislativo en 2015. Tal inequidad es aún mayor en el ámbito político municipal: de los 3.690 cargos electos en 2007 para las corporaciones municipales, entre alcaldes, síndicos y concejales, únicamente 242 candidatas electas (6,5%) fueron mujeres; y de los 332 alcaldes electos, sólo seis, es decir el 1,8%, fueron mujeres.

83.Todos los procesos electorales habidos en el país tras la aprobación de la Constitución Política de 1985 se han celebrado dentro de los plazos establecidos por la ley, incluso cuando se produjo la momentánea interrupción del orden constitucional como consecuencia del autogolpe de Estado fallido protagonizado por el entonces presidente Jorge Serrano Elías, el 25 de mayo de 1993. En aquel momento el Congreso eligió a quien en aquel momento fungía como Procurador de los Derechos Humanos, Ramiro de León Carpio, para que ejerciera la presidencia interina por el tiempo que restaba al mandato presidencial de Serrano, hasta la celebración de los siguientes comicios, que se llevaron a cabo en el tiempo previsto.

84.Pese a la poca confianza que, en general, la ciudadanía manifiesta hacia el sistema político, en los últimos tres procesos electorales la participación ciudadana en procesos electorales apunta una tendencia creciente y, por tanto, un paulatino descenso del abstencionismo. Así, en la primera vuelta de las elecciones generales de 2007, el abstencionismo en relación con el número de empadronados disminuyó desde la cima del 53,2% de 1995 hasta un 39,53% (ver anexo, Gráfico 9, Participación y abstención electoral en primera vuelta. En porcentajes, procesos electorales de 1985 a 2007 y Cuadro 48, Abstencionismo secundario en la primera y segunda vueltas de las elecciones generales de 2007).

85. La revisión de los datos históricos de los procesos electorales permite observar que el abstencionismo siempre se eleva en la segunda vuelta, momento en el cual se define cuál será el binomio presidente-vicepresidente. Esto está relacionado con el hecho de que durante la primera vuelta electoral, además del presidente y vicepresidente se eligen las autoridades locales (alcaldes y corporaciones municipales) y los diputados al Congreso de la República y la población suele estar más interesada en participar en este momento ya que es entonces cuando se define la elección de las autoridades que les resultan más próximas. Desde las elecciones de 1985, no ha habido candidato que gane con mayoría absoluta en la primera vuelta electoral, por lo que ha sido necesario acudir siempre a la segunda. En las elecciones de 2007, el número de votantes empadronados que no acudió a las urnas en la primera vuelta representaba el 39,53% del padrón, pero la abstención superó la mitad del padrón electoral (51,80%) durante la segunda ronda.

86.Los datos referidos hasta ahora aluden al abstencionismo secundario o abstencionismo sobre padrón, y no al primario o real, es decir, al que se calcula sobre el total de la población mayor de 18 años que, sin duda, eleva los porcentajes; lamentablemente, no existen estimaciones a nivel nacional sobre la dimensión total del abstencionismo primario, aunque algunos estudios han mostrado un abstencionismo electoral notable, sobre todo en los municipios más rurales y con población más dispersa por el territorio. Estimaciones propias, que comparan la proyección de la población con 18 años y más de edad en el año 2010 y el número de empadronados a mediados de ese año, permiten concluir que más del 16% de la población adulta no acude a empadronarse y por lo tanto no está habilitada para votar (ver anexo, Gráfica 10, Participación y abstención electoral en segunda vuelta. En porcentajes, procesos electorales de 1985 a 2007; y, Cuadro 49, Población adulta sin empadronar, en porcentajes. Estadísticas del padrón electoral por departamento al 31 de agosto de 2010).

87.El análisis por distritos electorales no permite identificar un determinado comportamiento en los niveles de participación sobre la base de criterios geográficos. Así, los cinco distritos electorales en los que en 2007 se registró un mayor abstencionismo sobre padrón (por encima del 44%) se encuentran dispersos por diferentes regiones del país, en occidente (San Marcos, con 44,81%), oriente (Izabal, 45,82%), centro (distrito central, 47,27%), norte (Petén, 44,32%) y sur (Santa Rosa, 45,22%). Tampoco el abstencionismo pareciera estar directamente relacionado con criterios étnico-territoriales: uno de los departamentos donde la población es mayoritariamente indígena, Huehuetenango, tiene un abstencionismo por encima del 40%, pero otros, también de mayoría indígena, como Sololá, Chimaltenango y Alta Verapaz, presentan una abstención del 27%, 31% y 33%, respectivamente. Incluso la creencia de que en el ámbito urbano se acude más a votar que en el rural se puede poner en cuestión: de hecho, el distrito central, que corresponde al municipio de la ciudad capital, el área más urbanizada del país, es el que registró el mayor índice de abstencionismo de entre todos los distritos electorales en la primera vuelta de las elecciones presidenciales de 2007 (ver anexo, Cuadro 48, Abstencionismo secundario en la primera y segunda vueltas de las elecciones generales de 2007).

88. Los medios de comunicación desempeñan un papel fundamental durante los procesos electorales como mecanismos privilegiados para que los partidos políticos hagan llegar sus propuestas a la ciudadanía, por lo tanto, el acceso regulado y en condiciones de igualdad al uso del tiempo de aire en los medios hablados y al espacio físico en los escritos resulta fundamental durante las campañas electorales. En Guatemala prácticamente todos los medios de comunicación son de propiedad privada, con excepción del diario oficial (Diario de Centro América) y de una estación de radio pública (TGW). En el país hay seis diarios de circulación nacional: Prensa Libre, Siglo Veintiuno, El Periódico, La Hora (vespertino), Al Día y Nuestro Diario. Los de mayor tirada son Nuestro Diario, con una impresión diaria de cerca de 250.000 ejemplares (Verified Audit Circulation, marzo 2011), y Prensa Libre con una edición matutina de 130.000 ejemplares y 600.000 lectores diarios. Los otros periódicos de tirada nacional no ofrecen información fácilmente accesible respecto a sus lectores o número diario de ejemplares editados. Los otros medios de comunicación, radio y televisión, son emisoras en manos de capital privado, con la excepción de TGW, tal como ya se mencionó. Hasta el momento esta radio dispone de una cobertura del 45% del territorio nacional pero tiene previsto que, tras una donación de Taiwán (marzo de 2011), llegue al 100% del país. En el mundo de la televisión existen dos noticiario de televisión abierta: Noti7 y Telecentro Trece y existen otros transmitidos en canales de pago a través de cable, estos son Guatevisión y Hechos de Guatemala. Entre los canales de televisión de pago destaca Guatevisión ya que su cobertura llega a todo el resto de Centroamérica y a Norteamérica. El resto de emisoras de televisión emiten en abierto y están en manos del grupo mexicano liderado por el empresario Ángel González. Entre éstas se encuentran: TV Azteca Guatemala, Televisiete y Trececanal. Entre los noticiarios de radio más conocidos están: Patrullaje Informativo y Radio Sonora. También existe un número importante de radios comunitarias que generalmente tienen una cobertura muy limitada a la localidad en la que se encuentran ubicadas y en muchas ocasiones son gestionadas por ONG u organizaciones de carácter comunitario.

89.El artículo 220 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos establece :

“El Tribunal Supremo Electoral, conjuntamente con los fiscales de los partidos políticos, durante las primeras dos semanas de convocado el proceso electoral deberá establecer en cada evento electoral o procedimiento consultivo, para aplicarse por igual a cada organización política o coalición participante, los tiempos máximos y horarios a contratar para propaganda electoral en los medios de comunicación social, radiales y televisivos, así como el espacio en los medios escritos. Los medios de comunicación no podrán negar a ninguna organización política la contratación de tiempos y espacios para propaganda dentro de los límites establecidos. Asimismo, deberán dar igual tratamiento a dichas organizaciones, tanto respecto al precio o tarifa, como a la importancia de la ubicación temporal o espacial de los mensajes publicitarios.”

90.El creciente trabajo que desarrollan las ONG nacionales e internacionales en países periféricos y con estados débiles e incapaces de satisfacer las necesidades básicas de su población abarca desde los derechos básicos como la salud, la educación y la alimentación, hasta la investigación social o la difusión. Hay ámbitos en los cuales su actividad resulta vital, dado que llegan a sitios y cubren necesidades que el Estado no alcanza a atender, pero también se enfrentan a dificultades como la falta de coordinación entre las acciones del Estado y las ONG, o entre ellas mismas lo cual puede conllevar la duplicación de esfuerzos o la falta de impactos sensibles y perdurables. En 1996, año de la firma de los Acuerdos de Paz, un informe de AID señalaba que “nadie sabe con certeza cuántas ONG existen en Guatemala, y tampoco existe ningún acuerdo respecto a cómo definirlas. Sin embargo, ya sea que se trate de cientos o de miles de organizaciones, las ONG, especialmente aquellas involucradas en actividades de desarrollo, se perfilan como actores de creciente importancia dentro del proceso de paz”. El pronóstico de aquel documento era acertado en el sentido de que Guatemala se convirtió en un país donde se prodigó la presencia de ONG tras la firma de los Acuerdos de Paz, concentrándose especialmente en la ciudad capital y en los departamentos con fuerte presencia indígena. En 2003, el Decreto 02-2003 creó la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, en cuyo artículo 2 se definen como las organizaciones “constituidas con intereses culturales, educativos, deportivos, con servicio social, de asistencia, beneficencia, promoción y desarrollo económico y social, sin fines de lucro” que “tendrán patrimonio propio proveniente de recursos nacionales o internacionales, y personalidad jurídica propia”. Actualmente, sigue sin conocerse el número exacto de ONG que trabajan en el país; el Ministerio de Gobernación tiene la obligación de llevar un registro de las mismas, si bien dicho registro no se encuentra accesible en la red.

4.Indicadores sobre la delincuencia y la administración de justicia

91.La inseguridad y la violencia son, con diferencia, los mayores problemas que pesan sobre la sociedad guatemalteca en la actualidad, así como el mayor reto que haya enfrentado jamás el sistema de administración de justicia del país. La dimensión del crimen en sus diversas modalidades es de tal magnitud y complejidad que las medidas adoptadas por los diferentes gobiernos a lo largo de los últimos años no han logrado frenar el incremento en las cifras de violencia, ni mejorar los indicadores de desempeño de las instituciones del Estado encargadas de la persecución penal y la impartición de justicia.

92.Entre 1999 y 2009 el número de homicidios registrados se ha incrementado un 121,7%. De 2.655 víctimas de homicidio en 1999 se ha llegado a 6.489 en 2009. En este período de 11 años, el total de víctimas de muerte violenta no accidental asciende a 50.946 personas. La violencia mortal provocada por el crimen durante los últimos años se ha cobrado un promedio anual de víctimas (6.500 al año) mayor que las que año con año, en promedio, tuvieron lugar durante el conflicto armado interno (4.166 al año). De conformidad con la Organización Panamericana de la Salud (OPS) la ocurrencia de más de 10 homicidios por cada 100.000 habitantes por año, constituye una epidemia. En 2009, en Guatemala se registró una tasa de 46 homicidios por cada 100.000 habitantes y desde 2005 la tasa no se ha reducido por debajo de 40, lo cual cuadruplica el índice establecido por OPS. Un análisis más detallado permite observar que hay departamentos en los que la tasa nacional casi se duplica, como es el caso de Chiquimula con 91 homicidios por cada 100.000 habitantes o el departamento de Guatemala con 87 a los cuales les siguen, con las tasas más altas, los departamentos de Escuintla (77), Izabal (74), Petén (71) y Santa Rosa (71). Existen pocos elementos en común entre estos seis departamentos: Chiquimula está en la zona oriental del país, es fronterizo, tiene población eminentemente ladina (no indígena) y en él, el narcotráfico tiene importante presencia, pero todas estas características también las tiene Jutiapa, y allí la tasa de homicidios es sensiblemente menor (52). El departamento de Guatemala presenta la mayor aglomeración urbana del país y altos índices de delincuencia en general, así como una intensa actividad de organizaciones delincuenciales juveniles (maras) en particular. Izabal y Petén cuentan con la menor densidad de población del país pero con un progresivo incremento demográfico debido a la fuerte inmigración interior hacia ambos departamentos; son territorios fronterizos donde existe escaso control gubernamental y presencia de múltiples flujos ilegales (narcotráfico, tráfico de personas, de madera,…). Escuintla y Santa Rosa, departamentos sureños y vecinos, son áreas de tránsito cada vez más vinculadas a las dinámicas de la aglomeración urbana capitalina (ver anexo, Cuadro 50, Número de homicidios y tasa por cada 100.000 personas, 1995-2009; y, Gráfico 12, Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes, 1995-2006)

93.En el otro extremo, los seis departamentos con menor tasa de homicidios son: Totonicapán (4), Quiché (9), Sololá (13), Alta Verapaz (15), Huehuetenango (17) y Chimaltenango (19). Todos ellos tienen en común el hecho de ser departamentos predominantemente indígenas y con altos índices de pobreza y déficit de inversión social. Las anteriores cifras ponen en entredicho la extendida y simplista creencia de que existe una relación casi automática y directamente proporcional entre pobreza y violencia cuando en realidad se trata de un fenómeno multicausal y de enorme complejidad (ver Anexos, Cuadro 51, Número de homicidios y tasa por cada 100.000 personas en los seis departamentos con mayor y con menor tasa de homicidios, 2009)

94.Entre 1995 y 1998 las cifras de homicidios registrados en el país eran sustancialmente menores a las de años más recientes lo cual resulta particularmente llamativo si se toma en consideración que durante los primeros dos años de ese período (1995 y 1996) el país todavía vivía un conflicto armado interno cuyo final llegaría hasta diciembre de 1996, con la firma de los Acuerdos de Paz. Inmediatamente después de la suscripción de dichos acuerdos (1997) las cifras de muertes violentas se incrementaron siguiendo la inercia de la tendencia de los años previos, pero durante los siguientes dos años el impacto de esa violencia se logró reducir de manera importante hasta alcanzar su punto más bajo en 1999 (26 homicidios por cada 100.000 habitantes). Lo anterior podría deberse a la implementación de las reformas que los Acuerdos de Paz estipulaban en relación con las fuerzas de seguridad; la disolución de la Policía Nacional y su reconversión en Policía Nacional Civil y las iniciativas de fortalecimiento del sistema de justicia, puestas en marcha con el apoyo de diversos países que colaboraron con el proceso de paz, así como los cambios que ello conllevó pueden ser elementos que están en el origen del comportamiento positivo de los datos durante ese período. Desafortunadamente, muchos de los procesos iniciados durante esos primeros años post conflicto no lograron consolidarse e, incluso, han sufrido importantes retrocesos entre los que pueden señalarse la conformación y consolidación de cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad, el fortalecimiento local de organizaciones delincuenciales vinculadas con el crimen organizado a nivel internacional y la expansión en número y presencia territorial de las pandillas juveniles vinculadas con el crimen (maras). Muchas de estas expresiones criminales han llegado a infiltrar gran parte de las instituciones del Estado garantizándose así la impunidad de sus actos y la posibilidad de continuar e incrementar las ganancias vinculadas con sus actividades criminales, lo cual conduce a un alarmante detrimento de la seguridad de la ciudadanía, la democracia y el Estado de derecho (ver anexo, Gráficos 11 y 12, Número de homicidios registrados, 1995-2006; y, Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes, 1995-2006).

95.La creciente percepción de inseguridad experimentada por guatemaltecos y guatemaltecas, su sensación de impotencia y su persistente reclamo por que las cosas mejoren son comprensibles si se toma en consideración que cada día en el país mueren de forma violenta y provocada un promedio de 17,8 personas, lo cual significa que cada 81 minutos una persona está siendo asesinada. Tal como ya se ha señalado con anterioridad, esta es una situación resultante de un acelerado proceso de deterioro que se ha agudizado particularmente a lo largo de los últimos siete años cuando luego de un período de corta mejoría, en el que estos índices lograron reducirse hasta un promedio diario de 7,3 homicidios (1999), el proceso se revirtió para ubicarse en 2001 (8,8 casos diarios) al mismo nivel que seis años atrás (8,9 casos diarios) y crecer acelerada y sostenidamente en los años subsiguientes (ver anexo, Cuadro 50, Número de homicidios y tasa por cada 100.000 personas, 1995-2009).

96.Según datos proporcionados por el PNUD, Guatemala se encontraba en 2006 entre los países más violentos del continente americano, tal como se observa en el Gráfico 13, incluido en los Anexos. De hecho, “el ‘Triángulo Norte’ de Centroamérica (El Salvador, Honduras y Guatemala) presenta niveles de violencia considerablemente superiores a Colombia, el único país de la región que continúa viviendo un conflicto armado interno” (PNUD, 2007, págs. 22 y 23). Mientras El Salvador se ubicaba como el país más violento del continente con una tasa de homicidios de 59,9 casos por cada 100.000 habitantes, seguido de Honduras con 59.6 y Guatemala con 44.2, Colombia tenía una tasa de 43. En contraposición a estos, en otros países del continente como Chile, Estados Unidos o Uruguay, por ejemplo, este indicador no alcanzaba siquiera los 6 casos por 100.000 habitantes (sus indicadores equivalen a 1,9, 5,6 y 6,6, respectivamente) (ver anexo, Gráfico 13, Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes de algunos países de América, 2005).

97.El PNUD informa : “El mismo tipo de comparación internacional puede llevarse a cabo tomando como unidad de análisis [las]ciudades. […] Para el caso de las ciudades seleccionadas vemos que la capital guatemalteca se posiciona (como la más violenta del continente) muy por encima de ciudades consideradas muy violentas como Detroit (47 casos por cada 100.000 habitantes) y Río de Janeiro (con 40,2). La ciudad de Guatemala es uno de los lugares más violentos del continente (108 homicidios por cada 100.000 habitantes en 2006). Es notable el caso de Medellín que muestra una tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes de 29.4 en 2006, habiendo estado en un nivel de 220 hace tan poco como 2001. Este es un ejemplo excelente de lo que se puede lograr cuando las autoridades abordan con mayor responsabilidad y con enfoques más integrales la seguridad logrando promover condiciones para mayor participación social.” (PNUD, 2007, págs. 22 y 23). A todo lo anterior se suma el hecho de que, según datos del Observatorio Interamericano de Seguridad Ciudadana de la Organización de Estados Americanos (OEA), en 2005 el 79,41% de los homicidios fueron cometidos utilizando armas de fuego (OEA, 2011) y, de acuerdo con el Instituto de Enseñanza para el Desarrollo Sostenible (IEPADES), en 2008 ese porcentaje se había incrementado hasta el 82 (IEPADES, 2008, pág. 2). Esto obliga a poner sobre la mesa otros de los grandes problemas que afronta la sociedad guatemalteca: la falta de control sobre la tenencia, portación y uso legal de armas; la circulación, portación y uso impune de armas de fuego ilegales, así como el tráfico de armas que se produce dentro del territorio nacional para el consumo interno o cuyo destino es el extranjero. Según esta última fuente, en Guatemala sólo el 1% de la población posee armas de fuego legalmente registradas, por lo que la mayor parte de los actos criminales que tienen lugar se cometen con armas que no se encuentran debidamente registradas lo que hace aún más difícil dar con los responsables de los hechos (ver anexo, Gráfico 14, Tasa de homicidios por cada 100.000 habitantes de algunas ciudades de América, 2006).

98.En abril de 2009, el Congreso de la República aprobó una nueva Ley de Armas y Municiones, diez años después de que se presentara la primera propuesta para llevar a cabo este indispensable proceso legislativo. Durante ese lapso, la cámara legislativa sucumbió reiteradamente ante las presiones y amenazas ejercidas por intereses vinculados a las empresas de comercialización de armas y municiones, a otros grupos relacionados con el comercio ilegal de las mismas y a grupos criminales de diversa denominación. Entre los elementos positivos y novedosos de la nueva ley está la creación de un registro de armas más moderno, la creación del registro de la huella balística y un nuevo catálogo de penas más severas para quienes infrinjan la ley.

99.Además de los homicidios, que constituyen la forma más extrema de violencia, en el país también tienen lugar una serie de delitos que plantean una amenaza a la vida de las personas, todos los cuales forman parte del fenómeno de la victimización. Tal como se observa en el Cuadro 51, incluido en el anexo, la Policía Nacional Civil reporta que en 2008 se denunciaron un total de 32.020 hechos de este tipo, entre los que se incluyen: lesiones (6,938), linchamientos (39), robos y asaltos (14,820), secuestros (213), desapariciones (1,318) y violencia intrafamiliar (2,050), todo lo cual da como resultado que en el país, por cada 100.000 habitantes se registren 234 hechos delictivos que han puesto en riesgo la vida de las personas. Los hechos criminales que aquí se recogen son aquellos que las víctimas han denunciado frente a las autoridades, pero dada la falta de confianza de la ciudadanía en el sistema de justicia y especialmente en las fuerzas de seguridad, por su poca eficacia en la persecución del delito, un alto porcentaje de los hechos criminales no se denuncia, en particular los robos y asaltos, las lesiones y, de manera más acusada, los que incluyen componentes sexuales o tienen lugar en el seno del hogar como la violencia intrafamiliar y las violaciones, por ejemplo. Por lo tanto, debe asumirse que la magnitud del fenómeno de la violencia es mucho mayor que lo que muestran las cifras oficiales, dando por sentada la existencia de una cifra negra de criminalidad sobre la cual hay poco estudiado. Uno de los escasos estudios que recogen algún cálculo al respecto señala, por ejemplo, que en 2005 sólo el 20% de las lesiones se denunciaban frente a las autoridades y que en conjunto, más del 50% de todos los delitos no se denunciaban. La única excepción en esta generalizada tendencia era el robo de vehículos debido a que la denuncia es un requisito imprescindible para cualquier reclamo ante las compañías aseguradoras (POLSEC, 2005, pág.5) (ver anexo, Cuadro 52, Victimización según tipo de hecho delictivo. Frecuencia y tasa, 2008).

100.El análisis de la tasa de victimización en el ámbito departamental muestra que, una vez más, el departamento de Guatemala registra la situación más grave con una tasa que duplica con creces el promedio nacional, llegando a registrar 500 hechos delictivos por cada 100.000 habitantes, seguido de Escuintla (359), Sacatepéquez (358), Zacapa (239), Chiquimula (271) e Izabal (223). En todos los casos los delitos más frecuentes son los robos y los asaltos, seguidos de los homicidios, las lesiones y la violencia intrafamiliar. En el otro extremo, los departamentos con menores tasas de victimización son, de nuevo, los que tienen una población mayoritariamente indígena. En ellos las tasas son sustancialmente menores, tal es el caso de Totonicapán (51casos por cada 100.000 habitantes) en el que la tasa de victimización es diez veces menor que la del departamento de Guatemala y a éste le siguen Quiché (64), Sololá (74), Alta y Baja Verapaz (76 y 92 respectivamente). Al comparar estos departamentos con los de mayores tasas, es posible comprobar cómo en ellos la prevalencia de cierto tipo de delitos sobre otros se modifica de modo que aunque los robos y asaltos siguen siendo los más frecuentes, en segundo término se encuentran los delitos relacionados con la violencia intrafamiliar, por encima de las lesiones o los homicidios (ver anexo, Cuadro 52, Victimización según tipo de hecho delictivo. Frecuencia y tasa, 2008).

101.La Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar (Decreto 97­96 del Congreso de la República), establece la obligatoriedad de que una serie de instituciones del Estado (Ministerio Público, Procuraduría General de la Nación, Organismo Judicial y Policía Nacional Civil) utilicen un formulario único (Boleta Única de Registro Estadístico de Violencia Intrafamiliar) para el registro estadístico de todos los hechos de violencia intrafamiliar que les sean denunciados y que éstas sean puestas a disposición del INE para que se puedan elaborar las estadísticas oficiales correspondientes. En múltiples ocasiones, diversas organizaciones de mujeres han denunciado la falta de colaboración de las instituciones en relación con esta obligación, así como la falta de coordinación interinstitucional en la atención y el seguimiento de los casos denunciados, todo lo cual hace que sea muy difícil tener una imagen real de la magnitud del fenómeno. A pesar de ello, desde hace algunos años la Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres (CONAPREVI) y el INE vienen trabajando conjuntamente con el objeto de generar estadísticas periódicas que permitan dimensionar el fenómeno, como paso fundamental para su apropiada atención. A diferencia de lo apuntado en el cuadro correspondiente a la tasa de victimización, que sólo recoge 2.0 50 casos de violencia intrafamiliar denunciados frente a la PNC durante 2008, el INE registra un total de 23.721 para el mismo año; de estos, el 90% son hechos ocurridos en contra de mujeres. Estas cifras representan un incremento del 12% respecto del año anterior en el cual hubo un total de 21.153 denuncias, aunque la tendencia en relación con el sexo de las víctimas es la misma en ambos períodos. Durante estos dos últimos años ha tenido lugar un marcado incremento en el número de casos registrados, pero resulta muy difícil establecer si esto se debe a que ha habido un importante repunte en el número de hechos de violencia intrafamiliar, si se debe a que ha aumentado la cantidad de denuncias o si la razón para ello es que se han mejora sustancialmente los sistemas de registro, pero probablemente sea una combinación de todos los factores. El Gráfico 15, incluido en el anexo, muestra cómo durante 2005 y 2006 los casos registrados eran poco más de 8.000 y representaban menos de una tercera parte de los conocidos durante los dos años siguientes y también permite apreciar que en 2003 y 2004 su proporción respecto a los últimos años era todavía mucho menor (alrededor de 4.500 y 7.000 casos, respectivamente) (ver anexo, Gráfico 15, Casos de violencia intrafamiliar por sexo, según año de registro. Frecuencias 2003-2008; y, Cuadro 53, Población víctima de violencia intrafamiliar por sexo, relación con el agresor, grupo étnico, edad y etnicidad. Frecuencias, 2008).

102.De acuerdo con esta misma fuente, durante 2008 en un 73,8% de los casos fueron los esposos, esposas o convivientes los responsables de las agresiones, en un 10% fueron los excónyuges o exconvivientes y en porcentajes menores los padres o las madres, los hermanos y hermanas y los hijos e hijas quienes protagonizaron la agresión. Por grupos de edad, es la población femenina comprendida entre los 20 y los 29 años quienes más agresiones sufre, en ellas recae el 40% del total de las agresiones a mujeres y el 35,5% del total de los hechos de violencia intrafamiliar registrados y, conforme la edad aumenta la cantidad de agresiones disminuye progresivamente. Es particularmente llamativo el peso relativamente bajo que tienen los hechos de violencia intrafamiliar registrados, sufridos por niños y niñas menores de catorce años lo cual podría ser fiel reflejo de la realidad o, por otra parte, podría evidenciar el grado de indefensión del que son objeto, en tanto su edad, el desconocimiento de sus derechos y sus condiciones de vida determinan su imposibilidad de acceso a mecanismos eficaces para denunciar.

103. Finalmente, respecto al fenómeno de la violencia intrafamiliar, la Encuesta de Salud Materno-Infantil 2008/2009 llevada a cabo por el INE, revela que un 45,2% de las mujeres entrevistadas (muestra considerada representativas de la realidad del país) serían víctimas de violencia intrafamiliar y habrían sufrido alguno de los tres tipos de agresión acerca de las cuales se preguntó: verbal, física o sexual, en tanto un 7% de ellas habría sufrido violencia de los tres tipos. El mayor porcentaje de las mujeres agredidas se encuentran en el área urbana (48,8%) y son mujeres no indígenas (47%). El tipo de violencia más frecuentemente sufrida por las mujeres es la verbal, seguida de la física y por última la sexual (ver anexo, Cuadro 54, Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar según tipo de agresión por área y etnicidad. En porcentajes sobre el total de mujeres entrevistadas, 2009).

104.Más allá de la violencia intrafamiliar, a lo largo de 2010 el Ministerio Público (MP) registró un total de 9.516 delitos sexuales y de ellos el 83,4% fueron cometidos en contra de mujeres. Por rangos de edad, la mayor parte de este tipo de hechos se producen en contra de la población comprendida entre los 0 y los 14 años, la tendencia se reduce en edades entre los 15 y los 25 años para luego volver a elevarse entre las mujeres mayores de 26. Entre los diversos delitos sexuales el más frecuente es la violación (57,6% de los casos), seguida de las agresiones sexuales (32,7%) y la violación agravada (8,7%). En el año 2005 la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala presentó un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 200 del Código Penal que establecía que las personas que hubieran cometido los delitos de violación, estupro, abusos deshonestos y rapto podían librarse de la pena establecida en dicho instrumento legal si contraían matrimonio con la víctima, siempre y cuando ésta fuera mayor de 12 años. En noviembre de ese año la Corte de Constitucionalidad publicó la orden de suspensión provisional de dicho artículo, gracias a lo cual se procedió a eliminar esta medida considerada un precepto legal que violaba los derechos humanos y la dignidad de las víctimas de delitos sexuales (ver anexo, Cuadro 55, Delitos sexuales por sexo de las víctimas, 2010; Cuadro 56, Delitos sexuales por rango de edad de las víctimas, 2010; Cuadro 57, Delitos sexuales por tipo de hecho, 2010).

105. De conformidad con lo establecido por el Reglamento Interno de la Dirección General del Sistema Penitenciario (decreto gubernativo 607-88), esta dependencia del Ministerio de Gobernación es un cuerpo de seguridad de carácter civil encargado de la reclusión, readaptación y rehabilitación social de las personas privadas de libertad, tanto en los centros de detención preventiva como en los de cumplimiento de condena (Ministerio de Gobernación, 2011). El Sistema Penitenciario tiene a su cargo un total de 20 prisiones con capacidad para 6.610 reclusos y reclusas (6.222 hombres y 388 mujeres) pero albergaba hasta noviembre de 2010 a 11.144 reos y reas, datos que reflejan una sobrepoblación de 68.6% y que implican una situación de hacinamiento cotidiano que genera tensiones y sirve de caldo de cultivo para la violencia. Otro informe de la misma institución refiere que hasta finales de 2010 las cárceles albergaban a 10.490 personas privadas de libertad y de éstas, 4.618 se encontraban cumpliendo condena y 5.872 estaban recluidas en calidad de prisión preventiva.

106. Más allá de las sobrepoblación, la situación de las cárceles del país es uno los aspectos relacionados con el sistema de seguridad y justicia que mayores dificultades genera a las autoridades encargadas del tema y también a la ciudadanía, en tanto se ha convertido en punto de convergencia de miembros de maras y de organizaciones delincuenciales vinculadas con el crimen organizado que continúan delinquiendo desde la prisión. En diferentes momentos, las autoridades encargadas del tema han intentado poner en marcha medidas de la más diversa índole con el objeto de intentar frenar las actividades delictivas promovidas desde el interior de las prisiones pero hasta la fecha éstas no sólo han resultado inefectivas, sino que han conducido incluso, en ciertos momentos, a la violación de los derechos de los privados de libertad, llegando en el pasado reciente a hacerse uso de la violencia para la ejecución extrajudicial de reos.

107. Entre los principales problemas que el Sistema Penitenciario enfrenta se encuentran: limitado presupuesto; instalaciones carcelarias inapropiadas e insuficientes; escaso personal (hay un total de 2.200 guardias en todo el Sistema Penitenciario), mal remunerado y poco capacitado para la apropiada atención de la población reclusa; abusos permanentes y hechos de violencia entre los propios presos, de estos al personal penitenciario y viceversa; grandes dosis de corrupción e impunidad; irregularidades en la asignación de los presos a los centros carcelarios que les corresponden (reos cumpliendo condenas en centros de detención preventiva, por ejemplo); existencia de actos de tortura, así como de penas y tratos crueles, inhumanos y degradantes hacia los reos; motines y actos de coacción de los reos hacia las autoridades (con la toma de rehenes, por ejemplo); tráfico de drogas y objetos prohibidos como teléfonos celulares, armas, municiones, computadoras, etc. en el interior de las cárceles; y, promoción y ejecución de actos delictivos desde el interior de las cárceles en contra de la ciudadanía, en particular actos de extorsión.

108. La información más detallada en relación con la población reclusa es difícilmente accesible, ya sea porque las autoridades responsables del tema no la tienen trabajada con el nivel de desagregación que este informe requeriría o porque no se encuentra lo suficientemente actualizada y estandarizada como para resultar fiable, de allí que se deba recurrir a fuentes alternativas para tratar de apuntar algunos datos que permitan acercarse a la situación objetiva de las condiciones carcelarias del país. El Informe Anual Circunstanciado del PDH, con base en información de prensa (diario Siglo Veintiuno) retrataba así la situación de las personas que se encontraban recluidas y sin condena hacia mayo de 2010: “En las cárceles del país hay 9,815 reos, de los cuales 5,452, equivalente al 56%, no tienen condena. En el caso de las mujeres la desproporción es mayor: hay 670 privadas de libertad, de las cuales 449 (67%) no han sido sentenciadas. Los datos los proporciona la Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) que reporta, en el caso de los hombres, 4,363 reclusos con condena, equivalente al 44%, y 221 féminas sentenciadas, lo cual equivale al 33%”. Adicionalmente apunta el gasto que el Estado realiza por cada reo, el cual equivaldría en el mismo año a aproximadamente 2.700 dólares anuales per cápita.

109. En los últimos años el Estado ha llevado a cabo una serie de acciones con el objeto de recuperar el control sobre las cárceles. Para ello ha implementado una política que, entre otras, involucra las siguientes medidas: aprobación de una ley que da vida al mecanismo nacional de prevención de la tortura en cualquier lugar de detención; instalación de aparatos bloqueadores de señales telefónicas con el objeto de impedir la comunicación de los reos con sus cómplices en el exterior; mantener separados a reos de maras rivales; el traslado de reos de alta peligrosidad a instalaciones militares; registros más exhaustivos a las visitas; y, la realización periódica de requisas de objetos cuya posesión no está autorizada en las prisiones. Sin embargo, estas acciones se ven permanentemente obstaculizadas por presiones y actos de coacción por parte de los detenidos. Una de las medidas de presión que utilizan son los motines, que generalmente implican la toma de rehenes a cambio de cuya liberación los reos solicitan que el gobierno dé marcha atrás con todas o algunas de las medidas adoptadas. Durante 2010 tuvieron lugar al menos cuatro motines. A estos actos de presión se han sumado las amenazas y los atentados directos en contra de los funcionarios del Sistema Penitenciario, los cuales han llegado a extremos tales que durante este mismo año han tenido como consecuencia la muerte de al menos 14 miembros del personal de prisiones y la provocación de graves heridas a otros cuatro. Entre las víctimas de este tipo de hechos se encontraban: el director de un centro carcelario, la jefa de personal de la prisión preventiva de la ciudad capital y su esposo, y varios guardias penitenciarios.

110. De conformidad con información del Ministerio de Gobernación, la situación generalizada de violencia que impera dentro de las cárceles también provocó la muerte violenta de un total de 25 personas dentro de la población reclusa, muchos de ellos a consecuencia de los golpes y las fracturas recibidas dentro de los centros, los cuales fueron presuntamente provocados por los propios reos.

111. La información más reciente disponible en relación con la población penitenciaria, por delito y duración de la pena, es la provista por el Ministerio Público, correspondiente a 2009 en los casos de condenas de 20 años y más de duración. Tal como puede observarse en el Cuadro 57, incluido en el anexo, en ese año hubo 114 personas condenadas, 50 de ellas por el delito de asesinato, 40 por homicidio, 21 por plagio o secuestro y 3 por parricidio. Por la duración de la pena, 62 personas fueron condenadas a una pena de entre veinte y 29 años de prisión, 19 a penas de entre 30 y 39, 15 deberán cumplir entre 40 y 49 años de cárcel y los 18 restantes estarán privados de libertad por más de 50 años (ver anexo, Cuadro 58, Personas condenadas según delitos, por años de condena, 2009).

112. En Guatemala la pena de muerte es legal. Está contemplada en el Artículo 18 de la Constitución Política que también establece bajo qué circunstancias no podrá imponerse y a su vez contempla que sólo se ejecutará después de agotarse todos los recursos por parte del reo condenado a ella; también la contempla el Código Penal en diversas partes de su articulado. Sin embargo, en la ley existe un vacío importante en tanto no se especifica qué persona o autoridad debe ser quien conozca y decida sobre el recurso de gracia o indulto. Lo anterior ha implicado que desde el año 2000 no se haya aplicado a nadie, a pesar de haber alrededor de 40 personas condenadas a la pena capital. Los reos condenados a morir han vivido durante años en una especie de limbo jurídico, pues pese a que tienen derecho a plantear el recurso de conmuta de pena no ha existido un procedimiento para conocerlo, ni una autoridad responsable para resolverlo. La Comisión de Derechos Humanos recomendó a Guatemala que el Congreso debía legislar para enmendar este vacío legal y resolver el problema con el objeto de darle certeza jurídica a dicho procedimiento. En la práctica, la pena capital quedó en suspenso. En febrero de 2008 el Congreso aprobó una ley que volvió a facultar al Presidente de la República para decidir sobre la vida y la muerte, pero desde la presidencia se decidió vetarla, al considerar que esta forma de castigo entra en contradicción con el derecho a la vida del reo, la retroactividad de la ley y los compromisos internacionales firmados por Guatemala como miembro de la Convención Americana de Derechos Humanos. Esta posición se había mantenido hasta octubre de 2010 cuando el Congreso volvió a considerar la ambigua situación y aprobó la restitución del indulto como una potestad del Presidente, sin embargo, los diputados decidieron que el decreto entrará en vigor hasta el 15 de enero de 2012, fecha en que deberá tomar posesión un nuevo gobierno al cual le tocará la difícil tarea de resolver sobre el destino de todos los reos condenados a la máxima pena, quienes desde hace más de diez años esperan en el corredor de la muerte.

113.Entre 1982 y 2000 se ha ejecutado a un total de diecinueve personas condenadas a muerte. Las últimas ejecuciones se llevaron a cabo a través del método de inyección letal con una combinación de Dormicum, cloruro de potasio y pentotal. En 1982 hubo cuatro ejecuciones, el año siguiente es en el que mayor número de personas murieron ejecutadas (11) y luego hubo dos más en 1996 y las últimas dos en 2000.

114. A pesar del acelerado incremento de la población carcelaria y, en algunos casos, del endurecimiento de las penas para ciertos delitos, la situación de violencia e inseguridad que vive el país no hace más que empeorar, lo cual llevó al gobierno de Guatemala a solicitar a las Naciones Unidas la conformación e instalación en el país de una Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIG), la cual después de una necesaria etapa de negociaciones tanto dentro del país como con las autoridades de las Naciones Unidas, finalmente se aprobó y empezó a operar en 2007. En la parte introductoria de su tercer informe anual de actividades, la CICIG hace un breve diagnóstico de la situación del sistema de justicia del país en el cual señala que:

“En Guatemala, algunos casos no entran o no avanzan en el sistema de justicia por las debilidades técnicas en el manejo de la investigación y la persecución penal. Se afronta un índice de 99.75% de impunidad. Otros casos se paralizan por la permeabilidad de las influencias políticas, económicas o de otra índole, así como por la infiltración misma del crimen organizado en las instituciones estatales. Existen estructuras paralelas de inteligencia y grupos ilegales que operan bajo el amparo de personas inmersas en las estructuras del Estado infiltradas a todo nivel, operando en el Gobierno mismo, en fuerzas de seguridad y a partir de sus ilícitos, generan impunidad a través de sus vínculos con el Estado o sus agentes, sean directos o indirectos. Aún después de la firma del Acuerdo de Paz Firme y Duradera (1996), los aparatos clandestinos y cuerpos ilegales de seguridad no fueron desmantelados y continuaron operando en la impunidad; su actividad delictiva que originalmente respondía a intereses del Estado, evolucionó para satisfacer sus propios intereses de enriquecimiento ilícito hasta convertirse en estructuras de crimen organizado, logrando una simbiosis con grupos transnacionales de delincuencia organizada. Hoy en día, estos grupos han diversificado su ámbito de actividad y han sido capaces de extender su poder de infiltración. Durante el conflicto armado interno, tenían el control de ciertos ámbitos, como puertos, aeropuertos, puestos fronterizos y otros; y en la actualidad se han desarrollado de tal manera que cuentan con redes de profesionales que incluyen jueces, abogados y periodistas inmersos tanto en el sector público como en el privado, quienes abogan y operan para que los cuerpos ilegales y aparatos clandestinos, hoy convertidos en grupos de delincuencia organizada, continúen en la impunidad”.

115.El referido documento de la CICIG explica que para calcular el índice de impunidad se utilizaron los siguientes datos y procedimiento:

“Cifra de impunidad del 2009 obtenida por la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, a partir de una muestra de 600.000 casos, de los cuales 300.000 fueron denunciados y registrados por el Organismos Judicial, de los cuales sólo se dieron 11.000 acusaciones formales. Desde 2008, hay 2.173 casos sin resolver, lo que equivale a 3 sentencias por mes, por cada uno de los 143 juzgados de sentencia de Guatemala. De los 50.000 delitos denunciados, sólo se producen 429 sentencias por mes” (CICIG, ibídem)

116.Las cifras proporcionadas por el Organismo Judicial refieren que a lo largo de 2009 los órganos jurisdiccionales del ramo penal recibieron un total de 346.455 casos para ser atendidos por sus distintas instancias, en ese mismo año dichos órganos emitieron un total de 679.967 resoluciones judiciales que incluyen decretos, autos y sentencias. Bajo el título de “casos ingresados”, se agrupan no sólo las denuncias sino también otras gestiones como requerimientos realizados por el Ministerio Público, querellas de distinto tipo, procedimientos para proporcionar medidas de seguridad a personas que las requieren, etc. Si el análisis se limita al total de denuncias recibidas (99.283) y sentencias emitidas (19.412), es posible observar que sólo el 19.6% de las denuncias presentadas obtuvieron una sentencia a lo largo del período analizado. Sin embargo, es necesario considerar que los procesos judiciales no suelen resolverse en tiempos tan cortos y que, por lo tanto, es probable que muchas de dichas sentencias se refieran a casos provenientes de años previos y que un buen número de las denuncias presentadas vayan a ser objeto de resolución judicial a lo largo de los próximos años (ver anexo, Cuadro 61, Casos ingresados en los órganos jurisdiccionales del ramo penal y resoluciones judiciales, 2009).

117.De acuerdo con datos del Centro Nacional de Análisis y Documentación Judicial (CENADOJ), del Organismo Judicial (OJ) , durante los últimos seis años el número total de jueces que hay en el país se ha mantenido más o menos estable. En 2005, el sistema judicial contaba con un total de 737 jueces, con lo cual la tasa de juzgadores por cada 100.000 habitantes se ubicaba en 5,8; entre ellos los más numerosos eran los jueces de paz (438 entre titulares y suplentes) que representaban casi el 60% del total, en segundo lugar se encontraban los jueces de los tribunales de sentencia penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente quienes totalizaban 132 (18% del total) y, en tercer lugar, los de primera instancia penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente (47 en total, lo que equivale a 6,4% del total) (ver Anexos, Cuadro 59, Número de jueces por cada 100.000 habitantes por órganos jurisdiccionales, 2005-2009; y, Cuadro 60, Número de jueces por órganos jurisdiccionales y sexo, 2010).

118. En 2006 el número total de jueces se redujo en un 9.2% respecto al año anterior y fue hasta 2009 cuando volvió a alcanzar valores similares a los de 2005 para luego elevarse a 751 en el 2010. A lo largo de los últimos seis años el número total de jueces se ha incrementado un 1.9%, pero debido a que el crecimiento poblacional es más acelerado, la tasa de jueces por cada 100.000 habitantes no ha hecho más que descender a lo largo del tiempo ubicándose en 2010 en 5,2 si se calcula sobre la base de las proyecciones de población del INE. Al igual que años atrás, en 2010 los jueces de paz eran el grupo más numeroso (411) aunque su proporción en relación con el total ha disminuido al compararlo con 2005 y ahora representa el 54,7%; el segundo lugar en número lo ocupan los jueces de los tribunales de sentencia penal (130, igual al 17,3%) y en el tercer puesto se encuentran los jueces de los juzgados de primera instancia penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente (64, equivalente al 8.5% del total). En función del sexo de los juzgadores, los hombres son mucho más numerosos que las juezas, representan dos tercios del total de jueces del país (481, equivalentes al 64% del total) mientras que ellas apenas si superan una tercera parte del total (270 juezas, igual al 34%) (ver anexo, Cuadro 60, Número de jueces por órganos jurisdiccionales y sexo, 2010).

119.Según el Informe de Evaluación de los Sistemas Judiciales Europeos de 2010 realizado por la Comisión para la Eficacia de la Justicia del Consejo de Europa, en dicho continente el promedio de jueces por cada 100.000 habitantes era de 20,6 en 2008. En comparación con países más cercanos a su entorno, se aprecia que de toda Centroamérica, Guatemala tenía en 2006 la tasa más baja de jueces por cada 100.000 habitantes (6,1, según esta fuente), mientras que la de El Salvador era de 9,6; la de Honduras de 8,4; la de Nicaragua de 7,1; la de Costa Rica de 18, la más alta de la región; y la de Panamá de 7,8.

120. En 2010 el Ministerio Público contaba con 23 fiscalías distritales distribuidas en los 22 departamentos del país, además de 33 fiscalías municipales en igual número de municipios, de modo que hay más de una representación del MP en cada departamento. En su estructura organizativa, la institución también cuenta con fiscalías de sección que son los órganos encargados de ejercer la acción penal en temas o áreas específicas, estas oficinas se especializan en conocer casos en función de la materia y no necesariamente de la jurisdicción territorial en donde se produjeron. En 2010 el MP contaba con quince fiscalías de sección entre las cuales se incluían, por ejemplo: la fiscalía contra el crimen organizado, la fiscalía contra el lavado de dinero u otros activos, la de delitos administrativos, la fiscalía contra la corrupción, la de narcoactividad y la de derechos humanos, entre otras.

121.Los datos aportados por el Informe del Estado de la Región apuntan que en 2006 el país contaba con una tasa de 6,8 fiscales por cada 100.000 habitantes, lo cual la coloca con un índice intermedio en relación con los otros países de Centroamérica. En este caso es Panamá quien tiene las cifras más bajas con apenas 2.3 fiscales por cada 100.000 habitantes y, una vez más, Costa Rica cuenta con los mejores índices ya que su tasa de fiscales es de 7.7, la mejor entre los siete países de la subregión.

122. En el marco de las negociaciones de paz y la reestructuración del Estado que se derivó de este proceso, en Guatemala se aprueba un nuevo Código Procesal Penal en 1992 y entra en vigencia en julio de 1994. En ese mismo año la Corte Suprema de Justicia aprueba un decreto para regular el Servicio de Defensa Penal que queda bajo la tutela de dicha Corte. Es en 1997 cuando el Congreso de la República aprueba el Acuerdo Legislativo 129-97 que establece la Ley del Servicio Público Penal que separa la función de la defensa pública de su dependencia institucional del Organismo Judicial y le otorga autonomía funcional e independencia técnica. Dicho Acuerdo entra en vigencia en julio de 1998 y a partir de allí nace el Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP). Hasta 2008 el Instituto llevaba sus registros estadísticos clasificando los casos en función del bien jurídico tutelado y no del delito o la falta cometida. A partir de 2009 los datos empezaron a consignarse a partir del delito o la falta cometida, de allí que los cuadros que se incluyen en los Anexos deben, necesariamente analizarse en función de la información disponible.

123. El perfil de la persona atendida por el Instituto es el de un hombre, adulto, no indígena y soltero. Entre 2005 y 2009 el Instituto atendió un total de 181.367 casos de los cuales 169.605 (93%) implicaron la defensa de personas adultas y el 7% restante de adolescentes (11.762). A lo largo de este período la proporción entre adultos y adolescentes que han requerido el apoyo del Instituto se ha mantenido sin mayores variaciones. En relación con el grupo étnico, el 95% de las personas atendidas han sido no indígenas (171.827) en tanto la población indígena que ha recibido la asesoría de los letrados públicos ha sido sólo el 5% del total de casos; pero las cifras permiten observar cómo a lo largo de los años esta proporción ha variado desde el 3,8% de indígenas atendidos en 2005 al 7,2% que recibieron apoyo en 2009. Por género, en el 81% de los casos se ha atendido a hombres y en el 19% restante a mujeres; los datos revelan que a partir de 2007 la proporción de mujeres atendidas se incrementó de manera sustancial, lo que se debe a que a finales de ese año el Instituto puso a funcionar un programa de asistencia legal gratuita a las mujeres víctimas y a sus familiares, lo cual no implica necesariamente disponer de un abogado defensor en un proceso penal, pero sí de apoyo letrado frente a diferente tipo de delitos de los cuales las mujeres son víctimas habituales. Es así como la proporción de mujeres atendidas a lo largo de los años prácticamente se ha cuadruplicado con creces: si en 2005 se atendía a un 6,8% de mujeres, en 2009 se atendió en 29,4% (ver anexo, Cuadro 62, Casos penales y asesorías atendidas por el Instituto de la Defensa Pública Penal a escala nacional según edad, sexo y grupo étnico, 2005-2009).

124. Desafortunadamente no se cuenta con información desagregada por edad, grupo étnico o género relativa a las personas procesadas por los órganos jurisdiccionales del Organismo Judicial ya que eso permitiría establecer si las proporciones entre los procesados y los defendidos por el IDPP comparten la misma tendencia o hay divergencias importantes que pudieran apuntar algún tipo de discriminación.

125. Uno de los elementos determinantes para la mejora de la seguridad ciudadana es el presupuesto del gasto público destinado a la lucha contra la inseguridad y la impunidad, así como lo invertido en justicia, pero más allá de ello también lo son la priorización del gasto y el uso apropiado que se da a los recursos destinados para estos fines. Desafortunadamente, el Ministerio de Gobernación, responsable de las políticas de seguridad, así como de su ejecución, a lo largo de las últimas décadas ha sido objeto de numerosos y reiterados escándalos de corrupción vinculados, por ejemplo, con la compra de armas, municiones, equipamiento (uniformes, chalecos antibalas, etc.), servicios de logística (servicio de alimentación para el sistema penitenciario) y contrataciones diversas que han minado las posibilidades de lucha del Estado en contra del crimen. En muchos casos ministros, viceministros y directores generales de la PNC han sido acusados, procesados e incluso condenados por este tipo de delitos.

126.Los datos proporcionados por el Ministerio de Finanzas Públicas revelan que entre 2005 y 2009 la proporción del gasto público dedicado a la seguridad, incluida la PNC, se ha incrementado un 0.7%, en tanto el del Organismo Judicial (OJ) ha permanecido sin variación alguna durante este período. La información disponible revela que, sobre la base de la ejecución del presupuesto general de ingresos del Estado, se destina un 5,5% del gasto público al Ministerio de Gobernación, lo cual significa alrededor de 330 millones de dólares anuales (en 2009) que incluyen el presupuesto destinado a la PNC, el del Sistema Penitenciario y todas las demás obligaciones y responsabilidades asignadas a dicha cartera ministerial. El presupuesto dedicado a la PNC es el mayor de los que contempla el Ministerio, ya que por sí mismo representaba el 3.9% del gasto público en 2005 hasta llegar a alcanzar el 4,2% en 2009, alrededor de 251 de los 330 millones de US dólares referidos anteriormente (ver anexo, Cuadro 63, Proporción del gasto público en seguridad, Policía Nacional y Organismo Judicial, 2005-2009).

127.Como ya se mencionó, el gasto público destinado al Organismo Judicial se ha mantenido estable como proporción del gasto total del gobierno central. Como el monto total del gasto público ha crecido año con año, a lo largo del período en cuestión (2005­2009), el monto absoluto recibido por el OJ ha pasado de alrededor de 92 a aproximadamente 137 millones de dólares.

128. En 2009 el Ministerio de Gobernación emitió dos resoluciones a través de las cuales clasifica como información reservada la relacionada con la cantidad de efectivos de policía asignados en cada uno de los municipios del país, así como la referida al despliegue de auto patrullas o armamento en posesión de la PNC, como medida de protección que se argumenta necesaria para garantizar la seguridad de sus miembros. Adicionalmente, también se declaró bajo reserva parcial la información relativa a los contratos administrativos que especifiquen las características del armamento e insumos defensivos destinados a este cuerpo de seguridad. Sin embargo, es posible disponer de datos globales acerca del número de efectivos en el ámbito nacional. De conformidad con el I nforme sobre Desarrollo Humano 2010 del PNUD, en ese año había un total de 19.902 agentes para todo el país; de ese total, 17.902 (89%) eran hombres y sólo 2.322 mujeres (11%); cuenta además con 1.217 inspectores, 1.004 oficiales, 93 comisarios y siete directores lo que da un total de 22.223 miembros. En cuanto a su composición étnica, el 84% de las personas que integran la institución son ladinas y el resto pertenecen a diferentes etnias indígenas. Tal como recoge este documento de PNUD “el Informe de la Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las actividades de su Oficina en Guatemala proporciona una valoración reciente sobre la PNC [en el que, entre otras cosas, señala:] La PNC no es capaz de ofrecer una respuesta institucional que corresponda a los retos significativos que se derivan de la alarmante situación de inseguridad. Contó con un número insuficiente de policías activos, equivalente a un policía por 619 habitantes y 5.002 puestos vacantes durante 2009”. El mismo informe también apunta que para la institución “persisten importantes desafíos, incluyendo procesos internos de depuración, un mejoramiento tangible de las instalaciones policiales y la adecuación salarial. Al respecto, es necesario implementar protocolos de actuación comunes, coordinados con las autoridades del sistema de justicia y desarrollar indicadores para evaluar la eficacia de las operaciones policiales”.

129.Si se toma en consideración que debido a diversos motivos, alrededor del 3.5% de los policías se encuentra inactivos (vacaciones, permisos, bajas por enfermedad, etc.) y otro 15% trabaja en despachos, comisarías y oficinas cumpliendo labores administrativas, se tiene como resultado que patrullando las calles queda el 81,5% de la fuerza total (alrededor de 16.220 agentes) que no se encuentra en servicio de manera simultánea ya que se les divide en tres turnos para efectos de los descansos que les corresponden.

130.Desde el Ministerio de Gobernación se ha estimado que para responder satisfactoriamente a la necesidad de seguridad del país se requerirían, como mínimo, 60.000 agentes en total para lo cual también sería imprescindible un sustancial incremento en el presupuesto de la institución. Con el número de agentes con que contaba el cuerpo en el 2010 la tasa de policías por cada 100.000 habitantes se ubicaba en 177.3 efectivos, lo cual se considera una tasa baja si se compara con estándares internacionales en la materia. En 2006 Guatemala tenía una tasa de 155 policías por cada 100.000 habitantes, mientras en el resto de Centroamérica los datos eran los siguientes: El Salvador 234, Honduras 144, Nicaragua 143 (la menor tasa de la región), Costa Rica 228 y Panamá 496 (la tasa más alta).

131.La magnitud del fenómeno de la violencia y la poca efectividad gubernamental para su combate han dado origen a la aparición y multiplicación del número de empresas privadas de seguridad, a tal punto que en 2010 se aseguraba que el número de agentes de seguridad privada superaba con creces a los de la PNC (Noticias de Guatemala, 2010). No existen datos fidedignos respecto al número total de agentes privados de seguridad debido, por una parte, a la falta de registros actualizados y, por otra, a la ilegalidad bajo la cual funcionan un número importante de éstas. Es así como los datos más conservadores refieren una cantidad aproximada de 36.000 guardias privados pertenecientes a 148 empresas registradas en el Ministerio de Gobernación, pero hay quienes elevan ese número hasta los 100.000 o 150.000, incluyendo los agentes legalmente registrados y los ilegales. El Ministerio de Gobernación refiere que hay 70 empresas más en proceso de legalización. La Unidad de Control de Entidades Privadas de la PNC asegura que entre todas las empresas registradas suman 60.000 agentes, pero la Cámara de Seguridad de Guatemala (agrupación gremial) calcula que la cifra ascendería hasta los 80.000, como mínimo(Sandoval, 2010). El último Informe de Desarrollo Humano publicado por PNUD señala que son “106.700, la cifra más alta en Centroamérica” a lo cual agrega que “esto implica de hecho una cesión de gran parte de la función pública de seguridad a manos de empresas particulares, sobre las cuales no existe un control efectivo ni un marco jurídico adecuado que regule su funcionamiento y asegure su complementariedad y subordinación a las fuerzas civiles de seguridad pública”.

132.La existencia de agrupaciones de este tipo, que funcionan de manera irregular significa que en el país hay grupos de personas organizadas y armadas que venden sus servicios con escaso o nulo control sobre ellos, por lo que desde diversos sectores sociales y políticos se reclama desde hace algún tiempo la emisión de una nueva ley (iniciativa legislativa 2846, Ley de Servicios de Seguridad e Investigación Privada) que regule de manera más estricta la proliferación de este tipo de actividad, la cual se encuentra detenida en el Congreso de la República desde hace aproximadamente diez años debido a “a las constantes oposiciones que durante los últimos diez años han efectuados los empresarios de este servicio –militares en situación de retiro, en su mayoría-y aquellos vinculados con la venta de armas y municiones”.

B.Estructura constitucional, jurídica y política del Estado (Franco, 2011 y Asamblea Nacional Constituyente, 1985)

133. El derecho guatemalteco está constituido por todo el ordenamiento jurídico vigente y es la fuente de éste. La costumbre cumple una función supletoria y sólo puede darse por válida cuando los textos contienen lagunas, pero no se admite la costumbre que se opone a la ley. Aunque en el país existe un importante porcentaje de población indígena, que reclama la validez del derecho consuetudinario, algunas veces denominado derecho maya, todavía vigente en las prácticas comunitarias de muchos lugares, el Estado no le reconoce ninguna validez. La jurisprudencia también cumple una función supletoria, complementa la legislación. Para que la jurisprudencia adquiera carácter de obligatoriedad son necesarios cinco fallos continuos emitidos por la Corte Suprema de Justicia en la misma dirección o tres sentencias uniformes de la Corte de Constitucionalidad.

134.El sistema jurídico guatemalteco considera la Constitución como su ley suprema y la validez de cualquier otra norma dependerá de su conformidad con ésta, las leyes que violen o tergiversen los mandatos constitucionales son nulas ipso jure. La Constitución de Guatemala fue promulgada por la Asamblea Nacional Constituyente de 1985 y fue reformada por primera y única vez hasta ahora tras un referéndum en 1993. Existen otras cuatro normas cuyos efectos son iguales a los de la Constitución y que fueron promulgadas también por alguna de las últimas dos Asambleas Constituyentes (las de 1965 y 1985); éstas son: La Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad, la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decretos 1-86 y 1-85, Asamblea de 1985, respectivamente), la Ley de Orden Público y la Ley de Emisión del Pensamiento (Decretos 7 y 9 de la Asamblea de 1965, respectivamente). En materia de derechos humanos los tratados y convenios aceptados y ratificados por Guatemala tienen preeminencia sobre el derecho interno. En la jerarquía jurídica, por debajo de la Constitución se encuentran las leyes emitidas por el Congreso de la República o leyes ordinarias. Las leyes constitucionales tienen supremacía sobre las ordinarias y para ser reformadas requieren de la mayoría calificada de la cámara de representantes (el voto de las dos terceras partes del total de diputados al Congreso), previo dictamen de la Corte de Constitucionalidad. Un escalón más abajo en la jerarquía jurídica se encuentran las disposiciones emitidas por el Organismo Ejecutivo y las disposiciones reglamentarias, las cuales en ningún caso deberán entrar en conflicto con las normas que les son superiores. Por último, en la base de la pirámide están las normas individualizadas que incluyen las sentencias judiciales y las resoluciones administrativas.

135.Las leyes ordinarias son normas generales y abstractas que, como ya se dijo, emanan del Congreso. Entre las principales se encuentran la Ley del Organismo Judicial, que regula lo relativo a la interpretación, vigencia y validez de las normas, así como la organización y funcionamiento de los tribunales. El Código Penal que tipifica los delitos y las penas correspondientes. El Código Civil que contempla lo relativo a la persona, la familia, los derechos reales y las obligaciones. El Código de Comercio que se encarga de regular la actividad de los comerciantes, los negocios jurídicos y las materias mercantiles. El Código de Trabajo regula las relaciones entre patronos y asalariados y contiene tanto la parte sustantiva como la procesal. En materia procesal rigen los códigos de ámbitos como el procesal civil y mercantil, y el procesal penal.

136.La Constitución establece que en toda sentencia los jueces observarán el principio de que la ésta prevalece sobre toda ley o disposición de rango inferior. Esta es una consagración del valor normativo de la Constitución y debe ser entendido como un principio regulador que obliga a los jueces a realizar una interpretación teleológica de las normas constitucionales para asegurar una interpretación conforme a los principios y fines de un Estado social y democrático de Derecho.

137.De conformidad con lo que reza la Constitución, Guatemala es un Estado de Derecho que se organiza para proteger a la persona y a la familia y su fin supremo es la realización del bien común. Se reconoce como deber del Estado garantizar los habitantes del país la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. Su sistema de Gobierno es republicano, democrático y representativo y la soberanía reside en el pueblo.

138.Guatemala no se define a sí mismo como un Estado multiétnico y pluricultural, pero la Constitución reconoce que su población se encuentra conformada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya a quienes la Constitución reconoce el derecho a sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, sus idiomas y dialectos.

139.Para el cumplimiento de sus funciones el Estado se organiza en tres poderes independientes: el Organismo Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial. De acuerdo con la ley, la subordinación entre estos está prohibida. El Ejecutivo lo integran el presidente, como jefe del Estado, el vicepresidente, los ministros y los viceministros. El presidente y el vicepresidente son elegidos mediante sufragio universal para un período improrrogable de cuatro años y para ser electos para dichos cargos se requiere de mayoría absoluta, si no la obtuviesen, se procede a una segunda vuelta electoral entre los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera ronda. Entre las principales atribuciones del presidente se encuentran: coordinar, en Consejo de Ministros, la política de desarrollo del país y presentar al Congreso de la República el presupuesto general de ingresos y gastos del Estado; dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar tratados y convenios internacionales; proveer la defensa y seguridad de la nación para lo cual ejerce el mando de las Fuerzas Armadas y de toda la fuerza pública; y, nombrar y cesar los ministros, viceministros, secretarios, subsecretarios y embajadores.

140.El poder de legislar recae sobre el Congreso de la República, compuesto por diputados electos por el sistema de distritos electorales y un 25% a través de lista nacional, para un período prorrogable de cuatro años. Las más importantes atribuciones que corresponden al Congreso son: decretar, derogar y reformar las leyes; aprobar, modificar o rechazar el presupuesto general de ingresos y gastos del Estado; decretar impuestos; declarar la guerra; decretar amnistía por delitos políticos y comunes conexos; efectuar las operaciones relativas a la deuda externa y aprobar antes de su ratificación los tratados internacionales que afecten a las leyes o a la soberanía nacional.

141. El Organismo Judicial se encuentra integrado por la Corte Suprema de Justicia, como su órgano superior, las cortes de apelaciones, los juzgados de primera instancia y los juzgados de paz. La única potestad de los tribunales es la de juzgar y promover la ejecución de lo juzgado. En el ejercicio del poder jurisdiccional el poder judicial es independiente, como lo son los magistrados y jueces entre sí y frente a otras autoridades. Los trece magistrados de la Corte Suprema de Justicia son electos por el Congreso de la República a partir de una nómina de candidatos propuestos por una comisión de postulación integrada por los representantes de las universidades del país, el Colegio de Abogados y el propio Organismo Judicial. Ellos, así como todos los magistrados de cualquier categoría y los jueces de primera instancia durarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser reelectos o vueltos a nombrar, según corresponda. Los jueces son nombrados por la Corte Suprema de Justicia. De acuerdo con la Ley del OJ, los procedimientos de interpretación que deben aplicarse son los siguientes: gramatical, que atiende al sentido propio de sus palabras; sistemático, que hace referencia al contexto; auténtica, cuando prevalecen las definiciones dadas por el legislador y remite al fin a la equidad y los principios generales de Derecho.

142.Con la intención de fortalecer el Estado de Derecho, la Constitución de 1985 creó tres instituciones: la Corte de Constitucionalidad (CC), el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el Procurador de los Derechos Humanos (PDH). La Corte de Constitucionalidad tiene como función esencial la defensa del orden constitucional y le corresponde el control constitucional de las leyes, así como conocer todos los procesos de amparo. El TSE tiene a su cargo la convocatoria, organización y fiscalización de los procesos electorales. Por su parte, el Procurador de los Derechos Humanos es un delegado del Congreso de la República para la defensa de los derechos humanos que la Constitución garantiza. Tiene como principales atribuciones las de investigar y denunciar los comportamientos lesivos a los intereses de las personas y las violaciones a los derechos humanos, así como supervisar la administración pública y para el efecto puede actuar de oficio o a instancia de parte. Para cumplir con sus atribuciones puede emitir censura privada o pública y promover las acciones judiciales y/o administrativas que considere necesarias. El PDH es una institución unipersonal electa por el Congreso de la República por un período de cinco años que pueden ser prorrogables.

143. El organismo encargado del control y fiscalización de los ingresos y gastos del Estado y las municipalidades es la Contraloría General de Cuentas (CGC). La institución también tiene a su cargo fiscalizar cualquier entidad que reciba fondos públicos. Además de todas las instituciones ya descritas, la Constitución también contempla la existencia del Ministerio Público –MP-como institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. El jefe del MP será el Fiscal General y a él le corresponde el ejercicio de la acción penal pública. Es nombrado por el Presidente por un período de cuatro años, a partir de una nómina de seis candidatos propuestos por una comisión de postulación integrada por miembros de la Corte Suprema de Justicia, las universidades del país y el Colegio de Abogados y Notarios.

144.La Constitución reconoce tanto los derechos individuales como los derechos sociales y los civiles y políticos. Entre los primeros se encuentran el derecho a la vida, la integridad física, la seguridad, la igualdad y la libertad. A su vez consagra la libertad de pensamiento, religión, asociación y libre desplazamiento. Entre las garantías procesales establece el principio de legalidad, el de presunción de inocencia, el derecho a un proceso justo, el recurso de exhibición personal y el proceso de amparo; también prevé el derecho de asilo, de petición de reunión y la manifestación y la inviolabilidad de la correspondencia y la vivienda. Entre los derechos reconoce el de la educación, la cultura, la salud y el trabajo. Finalmente, se encuentra consagrado el derecho de elegir y ser electo.

III.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

145.En el presente apartado se incluye la información relativa a todos los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Guatemala, correspondientes tanto al sistema universal como al sistema interamericano. En la medida en que la información disponible lo permite se acompaña en cada caso el detalle de las fechas de suscripción, adhesión, depósito, publicación y entrada en vigor en el país de cada una de las normas, así como el número del decreto y la fecha en que fue aprobada por el Congreso de la República. Más allá de los instrumentos generales como la Carta de las Naciones Unidas o la Carta de la OEA, el resto de instrumentos se encuentran organizados temáticamente para su más fácil distinción. Por último se incorpora la lista de aquellos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos aún no ratificados por el Estado de Guatemala. La información que ahora se adjunta proviene de un cuidadoso proceso de sistematización realizado por la Unidad de Mecanismos e Instrumentos Internacionales de Protección de los Derechos Humanos de la Dirección de Estudio, Análisis e Investigación de la institución del Procurador de los Derechos Humanos (fuente: Procurador de los Derechos Humanos, 2011).

A. Instrumentos internacionales ratificados por el Estado de Guatemala

N. º

Instrumentos r atificados

Datos

Instrumentos generales

1

Carta de las Naciones Unidas

Ratifi cación: 21 de noviembre de 1945

2

Carta de la OEA

Firma: 30 de abril de 1948

Ra tificación: 18 de marzo de 1951

Depósito: 6 de abril de 1955

3

Protocolo de Reformas a la Carta de la OEA (Protocolo de Cartagena de Indias)

S uscripción: 5 de diciembre de 1985

Decreto del Congreso N . º 6-2001, de 28 de febrero de 2001

Ratifica ción: 1 .º de octubre de 2001

D epósito: 1 .º de octubre de 2001 ( OEA )

i. Principales instrumentos sobre derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales

4

Declaración Universal de Derechos Humanos

5

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre

6

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

S uscripción: 19 de diciembre de 1966

Decreto del Congreso N.º 69-87, de 30 de septiembre de 1987

A dhesión: 6 de abril de 1988

D epósito: 19 de mayo de 1988 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 8 de agosto de 1988

Vigente en Guatemala desde 19 de a gosto de 1988

7

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

S uscripción: 19 de diciembre de 1966

Decreto del Congreso N.º 9-92, de 19 de febrero de 1992

A dhesión: 1 .º de mayo de 1992

D epósito: 5 de mayo de 1992 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 11 de septiembre de 1992

Vigente en Guatemala desde 5 de agosto de 1992

8

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

S uscripción: 19 de diciembre de 1966

Decreto del Congreso N.º 11-96, de 14 de marzo de 1996

A dhesión: 19 de junio de 2000

D epósito: 28 de noviembre de 2000 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 3 de enero de 2001

9

Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica )

S uscripción: 22 de noviembre de 1969

Decreto del C ongreso N.º 6-78, de 30 de marzo de 1978

Ratificación: 27 de abril de 1978

D epósito: 25 de mayo de 1978 ( OEA )

P ublicación: 13 de julio de 1978

10

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en m ateria de d erechos e conómicos, s ociales y c ulturales ( Protocolo de San Salvador )

S uscripción: 17 de noviembre de 1988

Decreto del Congreso N.º 127-96, de 27 de noviembre de 1996

Ratificación: 30 de mayo de 2000

D epósito: 5 de octubre de 2000 ( OEA )

P ublicación: 11 de octubre de 2001

11

Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales

Ratifica ción: 25 de octubre de 2006

12

Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial

Ratificada el 25 de octubre de 2006.

13

Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación

S uscripción: 1 .º de abril de 1953

Decreto del Congreso N.º 11 del 5 de septiembre de 1955

Ratificación: 9 de septiembre de 1955

D epósito: 7 de mayo de 1957 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 20 de septiembre de 1957

14

Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión ( OEA )

ii. Defensa y promoción de los derechos humanos

15

Acuerdo entre el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Gobierno de Guatemala relativo al establecimiento de una Oficina en Guatemala

Suscripción: 10 de enero de 2005 en Nueva York

Decreto del Congreso N . º 40-2005 del 31 de mayo de 2005

Nota: e l p rimer per í odo concluyó el 10 de enero de 2008 (se renovó por un periodo de 3 años, hasta el 2011).

16

Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos (Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos)

17

Proclamación de Teherán ( sobre d efensores de d erechos h umanos)

18

Declaración y Programa de Acción de Viena

iii. Contra el racismo y la discriminación

19

Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial

20

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

S uscripción: 21 de diciembre de 1965

Decreto ley N.º 105-82 , de 30 de noviembre de 1982

R atificación: 30 de noviembre de 1982

D epósito: 18 de enero de 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 6 de enero de 1984

V igen te desde : 17 de f ebrero de 1983

Nota: e l Estado de Guatemala no ha aceptado la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial establecida en el artículo 14 ( p resentación de quejas ante el Comité).

21

Convención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid

Decreto del Congreso N . º 39-2005

Instrumento de Adhesión firmado el 31 de mayo de 2005

Publicación: 8 de julio de 2005 en el Diario de Centroamérica

Vigente desde : 15 de julio de 2005

22

Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza

Decreto Ley N.º 112-82 , de 20 de diciembre de 1982

R atificación: 21 de diciembre de 1982

D epósito: 4 de febrero de 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 10 de marzo de 1983

23

Protocolo para instituir una Comisión de Conciliación y Buenos Oficios facultada para resolver las controversias a que pueda dar lugar la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza

Decreto ley N.º 112-82 , de 20 de diciembre de 1982

Ratificación: 21 de diciembre de 1982

D epósito: 4 de febrero de 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 10 de marzo de 1983

24

Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones

25

Declaración sobre los principios fundamentales relativos a la contribución de los medios de comunicación de masas al fortalecimiento de la paz y la comprensión internacional, a la promoción de los derechos humanos y a la lucha contra el racismo, el

apartheid y la incitación a la guerra

26

Declaración sobre la raza y los prejuicios raciales

27

Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas

28

Declaración de las Instituciones Nacionales para la C onferencia de Durban

iv. Derechos de la mujer

29

Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer

30

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

Decreto ley N . º 49-82 , de 29 de junio de 1982

Ratificación: 8 de julio de 1982

D epósito: 12 de agosto de 1982 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 6 de septiembre de 1982

31

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

S uscripción: 7 de septiembre de 2000

Decreto ley N.º 59-2001 , de 22 de noviembre de 2001

Ratificación: 30 de abril de 2002

D epósito: 9 de mayo de 2002

Entrada en vigor: 8 de agosto de 2002

P ublicación: 17 de septiembre de 2002

32

Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Recomendación del Comité para realizar la enmienda.

Fecha de suscripción: 22 de mayo de 1995

Decreto ley N.º 67-97 , de 6 de agosto de 1997

Ratificación: 5 de diciembre de 1997

D epósito: 3 de junio de 1999

Entrada en vigor: 3 de junio de 1999

P ublicación: 20 de enero de 1999

33

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem do Par á )

Fecha de suscripción: 6 de septiembre de 1994 Decreto del Congreso N . º 69-94 , de 15 de diciembre de 1994

Ratificación: 4 de enero de 1995

D epósito: 4 de abril de 1995 ( OEA )

P ublicación: 11 de enero de 1996

34

Convención sobre los derechos políticos de la mujer

S uscripción: 31 de marzo de 1953

Decreto del Congreso N.º 1307 , de 26 de agosto de 1959

Ratificación: 18 septiembre de 1959

D epósito: 7 de octubre de 1959 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 16 de octubre de 1959

35

Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado

36

Convenio 100 de la OIT relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor , de 1951

S uscripción: 29 de junio de 1951

Decreto del Congreso N . º 1454 , de 8 de junio de 1961

Ratificación: 22 de junio de 1961

D epósito: 2 de agosto de 1961 ( OIT )

P ublicación: 21 de septiembre de 1961

37

Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos políticos a la Mujer

S uscripción: 2 de mayo de 1948

Decreto legislativo N.º 805 , de 9 de mayo de 1951

R atificación: 17 de mayo de 1951

P ublicación: 28 de mayo de 1951.

Nota: se formuló una r eserva al artículo 8, tercer Párrafo. La reserva fue retirada con el decreto 23 ‑ 90 del 25 de abril de 1990, ratificad o el 6 de agosto de 1990

38

Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer

S uscripción: 2 de mayo de 1948

Decreto legislativo Nº: 805 , de 9 de mayo de 1951

Ratificación: 17 de mayo de 1951

D epósito: 7 de septiembre de 1951

P ublicación: 28 de mayo de 1951

v. Derechos de la niñez

39

Declaración de los Derechos del Niño

40

Convención sobre los Derechos del Niño

S uscripción: 26 de enero de 1990

Decreto del Congreso N.º 27-90 , de 10 de mayo de 1990

Ratificación: 22 de mayo de 1990

D epósito: 6 de junio de 1990 ( Naciones Unidas ) P ublicación: 25 de febrero de 1991

Vigente en Guatemala desde el 06 de julio de 1990, de acuerdo al a rt. 49

41

Enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño

S uscripción: 12 de diciembre de 1995

Decreto del Congreso N.º 77-2001 , de 13 de diciembre de 2001

A dhesión: 10 de junio de 2002

D epósito: 26 de diciembre de 2002 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 8 de julio de 2003

42

Protocolo F acultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

Firma: 7 de septiembre de 2000

Decreto del Congreso N.º 1-2000 , de 23 de enero de 2002

D epósito: 9 de mayo de 2002 ( Naciones Unidas ) Vigente en Guatemala desde el 9 de junio de 2002, de acuerdo al a rt. 49

P ublicación: 18 de septiembre de 2002

43

Protocolo F acultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

Firma: 7 de diciembre de 2000

Decreto del Congreso N . º 76-2001 , de 11 de diciembre de 2001

Ratificación: 30 de abril de 2002

D epósito: 9 de mayo de 2002

Entrada en vigor: 8 de junio de 2002

P ublicación: 19 de septiembre de 2002

44

Convenio 182 de la OIT sobre las prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación , de 1999

S uscripción: 1 .º de junio de 1999

Decreto del Congreso N . º 27-2001 , de 23 de julio de 2001

Ratificación: 21 de agosto de 2001

D epósito: 11 de octubre de 2001 ( OIT )

Entrada en vigor: 11 de octubre de 2002

P ublicación: 17 de octubre de 2002

45

Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarías

Ratificación: 13 de septiembre de 1995

Depósito: 2 de mayo de 1996

46

Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en m ateria de Adopción Internacional

S uscripción: 29 de mayo de 1993

Decreto del Congreso N.º 50-2002 , de 13 de agosto de 2002 (declarado inconstitucional sentencia del 13 de agosto de 2003 CC)

Fecha de ratificación: 17 de octubre de 2002

Fecha de depósito: 26 de noviembre de 2002 ( Pa í ses Bajos )

Fecha de publicación: 4 de marzo de 2003

Decreto 77-2007 Ley de Adopciones

47

Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios

Fecha de suscripción: 10 de diciembre de 1962

Decreto ley N . º 99-82 , de 15 de noviembre de 1982

A dhesión: 17 de diciembre de 1982

D epósito: 18 de enero de 1983 ( Naciones Unidas ) P ublicación: 23 de febrero de 1983

48

Declaración sobre el fomento entre la juventud de los ideales de paz, respeto mutuo y comprensión entre los pueblos

vi.

Contra la esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso

49

Convención sobre la Esclavitud

S uscripción: 25 de septiembre de 1926

Decreto Ley N . º 110-83 , de 16 de septiembre de 1983

A dhesión: 16 de septiembre de 1983

Depósito de la adhesión:11 de noviembre 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 7 de diciembre de 1983

50

Protocolo para modificar la Convención sobre la Esclavitud firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926

S uscripción: 7 de diciembre de 1953

Decreto ley N.º 110-83 , de 16 de septiembre de 1983

A dhesión: 16 de septiembre de 1983

D epósito: 11 de noviembre 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 7 de febrero de 1984

51

Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud

S uscripción: 7 de septiembre de 1956

Decreto ley N . º 111-83 , de 16 de septiembre de 1983

Ratificación: 16 de septiembre de 1983

D epósito: 11 de noviembre 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 8 de diciembre de 1983

52

Convenio 105 de la OIT relativo a la abolición del trabajo forzoso , de 1957

S uscripción: 25 de junio de 1957

Decreto del Congreso N.º 1321 , de 7 de octubre de 1959

Fecha de ratificación: 10 de noviembre de 1959

Fecha de depósito: 9 de diciembre 1959 ( OIT )

Fecha de publicación: 19 de diciembre de 1959

vii. Administración de justicia

53

Principios y buenas prácticas sobre la protección de personas privadas de libertad en las Américas

54

Principios relativos a la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

55

Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley

56

Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley

57

Directrices sobre la Función de los Fiscales

58

Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de Riad)

59

Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (Reglas de Beijing)

60

Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder

61

Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero

Decreto del Congreso N .º 43-2005 del 13 de julio de 2005

Publicación: 12 de agosto de 2005

62

Declaración de Viena sobre la delincuencia y la justicia: frente a los retos del siglo XXI

63

Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia

Decreto 78-2007 del 13 de diciembre de 2007

viii. Prohibición absoluta de la tortura; garantía de protección de la integridad de personas privadas de libertad

64

Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

65

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Decreto del Congreso N.º 52-89 , de 12 de octubre de 1989

A dhesión: 23 de noviembre de 1989

D epósito: 5 de enero de 1990 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 26 de abril de 1990

66

Protocolo Facultativo de la Convención c ontra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Decreto N.º 53-2007 del 7 de noviembre de 2007

Depósito: 9 de junio de 2008 ( Naciones Unidas )

Nota: Mecanismo Nacional de Prevención denominado Oficina Nacional de Prevención creado mediante Decreto 40-2010 del Congreso de la República.

67

Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura

S uscripción: 9 de diciembre de 1985

Decreto del Congreso N.º 64-86 , de 11 de noviembre de 1986

Ratificación: 10 diciembre de 1986

D epósito: 29 de enero de 1987 ( OEA )

P ublicación: 24 de febrero de 1987

68

Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos

69

Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión

7 0

Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de libertad

ix. Discapacidad

7 1

Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (Nueva York, 13 de diciembre de 2006)

Decreto del Congreso N.º 59-2008 , de 30 de septiembre de 2008

D epósito: 7 de abril de 2009

V igente desde: 7 de mayo de 2009, según el artículo 45 de la Convención

Publicado en el Diario Oficial el 18 de mayo de 2009

7 2

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (Nueva York, 13 de diciembre de 2006)

D epósito : 7 de abril de 2009

V igente desde: 7 de mayo de 2009

Publicado en el Diario Oficial el 18 de mayo de 2009.

7 3

Declaración de los Derechos del Retrasado Mental

7 4

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad

S uscripción: 7 de junio de 1999

Decreto ley N . º 26-2001 del 17 de julio de 2001

Ratificación: 8 de agosto de 2002

D epósito: 28 de enero de 2003 ( OEA )

Entrada en vigor: 13 de agosto de 1995

7 5

Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

7 6

Declaración de los Derechos de los Impedidos

x . Pueblos indígenas

7 7

Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes

S uscripción: 7 de julio de 1989

Decreto del Congreso N.º 9-96 , de 5 de marzo de 1996

Ratificación: 10 de abril de 1996

D epósito: 5 de junio de 1996 ( OIT )

En trada en vigor: 5 de junio de 1997

P ublicación: 24 de junio de 1997

7 8

Acuerdo por el que se establece el Fondo para el Desarrollo de las Poblaciones Indígenas de América Latina y el Caribe Concertado en Madrid el 24 de julio de 1992

S uscripción: 24 de julio de 1992

Decreto N.º 51-95 , de 14 de julio de 1995

Ratificación: 30 de mayo de 2000

En trada en vigor: 28 de noviembre de 2000

Depósito: 28 de noviembre 2000 ( Naciones Unidas )

xi. Empleo y libertad de asociación

79

Convenio 87 de la OIT relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación , de 1948

S uscripción: 9 de julio de 1948

Decreto legislativo N . º 843 , de 7 de noviembre de 1951

Ratificación: 28 de enero de 1952

D epósito: 13 de febrero de 1952 ( OIT )

P ublicación: 11 de febrero de 1952

8 0

Convenio 98 de la OIT relativo a la aplicación de los principios d el derecho de sindicación y de negociación colectiva , de 1949

S uscripción: 1 .º de julio de 1949

Decreto legislativo N . º 843 , de 7 de noviembre de 1951

Ratificación: 28 de enero de 1952

D epósito: 13 de febrero de 1952 ( OIT )

P ublicación: 12 de febrero de 1952

8 1

Convenio 1 22 de la OIT sobre la política del empleo , de 1949

S uscripción: 9 de julio de 1964

Decreto del Congreso N . º 41-88 , de 4 de agosto de 1988

Ratificación: 19 de agosto de 1988

Depósito: 12 de septiembre 1988 ( OIT )

P ublicación: 19 de octubre de 1988

8 2

Convenio 163 de la OIT sobre el bienestar de la gente de mar en el mar y en el puerto , de 1987

Deposito de ratificación: 3 de noviembre de 2008

xii. Progreso y desarrollo social

8 3

Declaración del Milenio

8 4

Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social

8 5

Declaración sobre la utilización del progreso científico y tecnológico en interés de la paz y en beneficio de la humanidad

8 6

Declaración sobre el Derecho de los Pueblos a la Paz

8 7

Declaración sobre el derecho al desarrollo

8 8

Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial

xiii. Bienestar y salud

89

Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA

9 0

Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco

S uscripción: 25 de septiembre de 2003

Decreto Legislativo N . º 47-2005 del 14 de julio de 2005

xiv. Migrantes y trata de personas

9 1

Convención I nternacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

S uscripción: 7 de septiembre de 2000

Decreto del Congreso N.º 61-97 , de 23 de julio de 1997

Ratificación: 7 de marzo de 2003

D epósito: 14 de marzo de 2003 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor : 1 .º de julio de 2003

P ublicación: 4 de julio de 2003

9 2

Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo)

S uscripción: 15 de noviembre de 2000

Decreto del Congreso N.º 36-2003 , de 19 de agosto de 2003

A dhesión: 4 de febrero de 2004

Entrada en vigor : 1 .º de mayo de 2004

P ublicación: 21 de mayo de 2004

9 3

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo)

S uscripción: 15 de noviembre de 2000

Decreto del Congreso N.º 36-2003 , de 19 de 2003

A dhesión: 4 de febrero de 2004

Entrada en vigor: 1 .º de mayo de 2004

P ublicación: 5 mayo de 2004

9 4

Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena.

D ecreto 40-2007 del 26 de noviembre de 2007

Publica ción: 19 de octubre de 2007

Depósito: 13 de diciembre de 2007

Entrada en vigor : 13 de marzo de 2008

9 5

Protocolo Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional. (Convención de Palermo)

Dep ó sito : 1 .º de abril de 2004

9 6

Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena.

Aprobado mediante decreto N.º 40-2007 del 26 de noviembre de 2007.

Publicación: 19 de octubre de 2007

Depósito: 13 de diciembre de 2007

Entrada en vigor: 13 de marzo de 2008.

xv. Refugiados, nacionalidad, apátridas y asilo

9 7

Convención para reducir los casos de apatrid i a

S uscripción: 30 de agosto de 1961

Decreto del Congreso 100-2000 , de 19 de diciembre de 2000

A dhesión: 20 de marzo de 2001

Entrada en vigor: 23 de agosto de 2001

P ublicación: 20 de agosto de 2001

9 8

Convención sobre el Estatuto de los Apátridas

S uscripción: 28 de septiembre de 1954

Decreto N.º 5-96 , de 20 de febrero de 1996 Ratificación: 29 de junio de 2000

Entrada en vigor: 26 de febrero de 2001

Fecha de publicación: 26 junio de 2003

99

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados

S uscripción: 28 de julio de 1951

Decreto ley N . º 34-83 , de 29 de marzo de 1983

A dhesión: 29 de marzo de 1983

D epósito: 22 de septiembre de 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 25 de noviembre de 1983

10 0

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados

S uscripción: 31 de enero de 1967

Decreto ley N . º 34-83, de 29 de marzo de 1983

A dhesión: 29 de marzo de 1983

D epósito: 22 de septiembre 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 25 de noviembre de 1983

10 1

Convención Sobre el Asilo Territorial

S uscripción: 28 de marzo de 1954

Decreto ley N . º13-83, de 24 de febrero de 1983

Ratificación: 28 de febrero de 1983

D epósito: 13 de mayo de 1983

P ublicación:13 de mayo de 1983

10 2

Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer

S uscripción: 26 de diciembre de 1933

Decreto del Congreso N.º 2130, de 25 de marzo de 1936

Ratificación: 6 de abril de 1936

D epósito: 17 de julio de 1936

P ublicación: 19 de mayo de 1936

10 3

Convención s obre el Derecho de Asilo

Fecha de suscripción: 20 de febrero de 1928

Decreto legislativo N.º 1716 , de 18 de mayo de 1931

Ratificación: 20 de mayo de 1931

D epósito: 28 de septiembre de 1931

P ublicación: 11 de junio de 1931.

10 4

Convención s obre el Asilo Político

S uscripción: 26 de diciembre de 1933

Decreto N . º 2068, de 22 de abril de 1935

Ratificación: 28 de abril de 1935

D epósito: 3 de julio de 1935

P ublicación: 20 de junio de 1935.

10 5

Convención s obre el Asilo Diplomático

S uscripción: 28 de marzo de 1954.

Decreto ley N.º 16-83 , de 24 de febrero de 1983

Ratificación: 3 de marzo de 1983

D epósito: 13 de mayo de 1983

P ublicación:16 de junio de 1983

10 6

Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven

10 7

Declaración sobre el Asilo territorial

xvi. Ambiente

10 8

Tratado Sobre prohibición de emplazar armas nucleares y otras armas de destrucción en masa, en los fondos marinos y oceánicos y su subsuelo

S uscripción: 11 de febrero de 1971

Decreto ley Nº: 13-94, de 26 de enero de 1994

Ratificación: 28 de marzo de 1994

D epósito: 1 .º de abril de 1996 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 1 de abril de 1996

1 09

Convención sobre la prohibición de utilizar técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles.

S uscripción: 10 de diciembre de 1976

Decreto ley Nº: 77-87, de 12 de noviembre de 1987 Ratificación: 20 de enero de 1984

D epósito: 21 de marzo de 1988 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 21 de marzo de 1988

11 0

Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono

S uscripción: 22 de marzo de 1985

Decreto ley N.º 39-87, de 8 de julio de 1987

Ratificación: 20 de julio de 1987

D epósito: 11 de septiembre de 1987 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 22 de septiembre de 1988

11 1

Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono

Suscripción: 16 de septiembre de 1987

Decreto ley número: 34-89, de 14 de junio de 1989

Ratificación: 11 de julio de 1989

D epósito: 7 de noviembre 1989 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 5 de febrero de 1990

11 2

Enmiendas del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono

Decreto ley N.º 17-2001, de 12 de junio de 2001

Ratificación: 15 de octubre de 2001

Ratificación de las enmiendas de Londres 1990, Copenhague 1992, Montreal 1997, y Beijin g 1999: 21 de enero de 2002 ( Naciones Unidas )

11 3

Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación

S uscripción: 23 de marzo de 1989

Decreto ley N.º 3-95 , de 25 de enero de1995

Ratificación: 25 de abril de 1995

D epósito: 15 de mayo de 1995 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 13 de agosto de 1995

11 4

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

S uscripción: 13 de junio de 1992

Decreto ley N.º 15-95, de 28 marzo de 1985

Ratificación: 3 de agosto de 1995

D epósito: 15 de diciembre 1995 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 15 de marzo de 1996

11 5

Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

S uscripción: 10 de julio de 1998

Decreto ley N.º 23-99 , de 12 de mayo de 1999

R atificación: 7 de julio de 1999

D epósito: 5 de octubre de 1999 ( Naciones Unidas )

11 6

Convenio sobre la Diversidad Biológica.

S uscripción: 13 de junio de 1992

Decreto ley N.º 5-95, de 21 de febrero de 1985

Ratificación: 14 de junio de 1995

D epósito: 10 de julio de 1995 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 8 octubre de 1995

11 7

Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica

R atificación: 28 de octubre de 2004

Depósito – Naciones Unidas

Entrada en vigor: 26 de enero de 2005

11 8

Convención sobre el Comercio Internacional de Especies A menazadas de F auna y F lora S ilvestres

S uscripción: 3 de marzo de 1973

Decreto ley N.º 63-79 , de 2 de octubre de 1979

Ratificación: 11 de octubre de 1979

Entrada en vigor : 5 de febrero de 1980

1 19

Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África

S uscripción: 17 de junio de 1994.

Decreto ley N.º 13-98, de 25 de febrero de 1998

Ratificación: 4 de mayo de 1998

D epósito: 10 de septiembre de 1998 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 9 de diciembre de 1998

12 0

Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes

Suscripción: 29 de enero de 2002

Depósito: 30 de julio de 2008

12 1

Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático 2001

D ecreto N.º 63-2007 , de 20 de noviembre de 2007

D epósito : pendiente ( junio 2009)

xvii. Personas desaparecidas

122

Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas

S uscripción: 24 de junio de 1994

Decreto del Congreso N . º 18-96, de 28 de marzo de 1996

Ratificación: 27 de julio de 1999

D epósito: 25 de febrero de 2000 ( OEA )

P ublicación: 19 de noviembre de 2001

123

Convención sobre d eclaración de Fallecimiento de Personas Desaparecidas

S uscripción: 6 de abril de 1950

Decreto ley N.º 842 , de 7 de noviembre de 1951

Ratificación: 25 de mayo de 1951

D epósito: 25 de diciembre 1951 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 24 de enero de 1952 Vencimiento: 23 enero 1957

124

Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

125

Protoco lo para prorrogar el período de vigencia de la Convención sobre d eclaración de f allecimiento de p ersonas d esaparecidas

S uscripción: 16 de enero de 1957

Decreto ley N.º 1456 , de 8 de junio de 1951

Ratificación: 22 de junio de 1961

D epósito: 8 de agosto de 1961 ( Naciones Unidas )

Plazo de vencimiento: 24 enero de 1967

126

Protocolo por el que se prorroga nuevamente el período de vigencia de la Convención sobre d eclaración de f allecimiento de p ersonas d esaparecidas

S uscripción: 15 de enero de 1967

Decreto ley N.º 1721, de 7 de noviembre de 1967

Ratificación: 9 de febrero de 1968

D epósito: 12 de marzo de 1968 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor y plazo de vencimiento: 12 de marzo de 1968 (5 años)

xviii. Derecho internacional humanitario

127

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Convenio I)

S uscripción: 12 de agosto de 1949

Decreto legislativo N.º 881 , de 16 de abril de 1952

Ratificación: 21 de abril de 1952

D epósito: 14 de mayo de 1952 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 3 de septiembre de 1952

128

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar (Convenio II)

S uscripción: 12 de agosto de 1949

Decreto legislativo N.º 881 , de 16 de abril de 1952

Ratificación: 21 de abril de 1952

D epósito: 14 de mayo de 1952 (Naciones Unidas)

P ublicación: 3 de septiembre de 1952.

129

Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra (Convenio III)

S uscripción: 12 de agosto de 1949

Decreto legislativo N.º 881, de 16 de abril de 1952 Ratificación: 21 de abril de 1952

D epósito: 14 de mayo de 1952 ( Naciones Unidas ) P ublicación: 1 .º y 2 de septiembre de 1952

130

Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra (Convenio IV)

S uscripción: 12 de agosto de 1949

Decreto legislativo N.º 881 , de 16 de abril de 1952

Ratificación: 21 de abril de 1952

D epósito: 14 de mayo de 1952 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 2 y 3 de septiembre de 1952

131

Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I)

Fecha de suscripción: 8 de junio de 1977

Decreto del Congreso N.º 21-87 , de 23 de abril de 1987

Fecha de adhesión: 21 de septiembre de 1987

Fecha de depósito: 19 de octubre de 1987 ( Naciones Unidas )

Publicación: 6 de septiembre de 1988

132

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)

Fecha de suscripción: 8 de junio de 1977. Decreto del Congreso número: 21-87 , de 23 de abril de 1987. Fecha de adhesión: 21 de septiembre de 1987. Fecha de depósito: 19 de octubre de 1987 - Naciones Unidas . Fecha de publicación: 6 de septiembre de 1988.

133

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional (Protocolo III)

Decreto del Congreso N.º 57-2007 , de 13 de noviembre de 2007

134

Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de C onflicto Armado y reglamento para la aplicación de la Convención

Adhesión 2 de octubre de 2005

135

Protocolo de la Convención para la protección de los Bienes Culturales en caso de C onflicto A rmado

Depósito: 19 de mayo de 1994 (UNESCO)

136

Segundo Protocolo de la Convención de La Haya de 1954 para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado

Depósito: 4 de febrero de 2005 (UNESCO)

B. Otros instrumentos ratificados por Guatemala

N. º

Instrumento

Situación

xix. Seguridad, terrorismo y delincuencia transnacional

137

Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional

S uscripción: 12 de diciembre de 2000

Decreto ley N . º 36-2003 , de 19 de agosto de 2003

Ratificación: 18 de septiembre de 2003

D epósito: 25 de septiembre 2003 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 25 de octubre de 2003

138

Convención Internacional Contra la Toma de Rehenes

S uscripción: 17 de diciembre de 1979

Decreto ley N.º 118-82 , de 30 de diciembre de 1982

R atificación: 30 de diciembre de 1982

D epósito: 11 de marzo de 1983 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 10 de junio de 1983

Nota: s egún el texto del MINEX , termin ó su vigencia en 2002.

139

Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas

S uscripción: 12 de enero de 1998

Decreto ley N . º 70-2001 , de 29 de noviembre de 2001

Ratificación: 30 de enero de 2002

Fecha de depósito: 12 de febrero de 2002 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 14 de marzo de 2002.

Nota:e xiste reserva en el artículo 2 , numeral 2 , inciso a del Convenio.

140

Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo

Decreto ley N . º 70-2001 , de 29 de noviembre de 2001

Ratificación: 30 de enero de 2002

141

Convenio sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos

S uscripción: 21 de diciembre de 1974

Decreto ley N.º 103-82

Ratificación: 29 de noviembre de 1982

P ublicación: 4 de marzo de 1983

1 42

Convención Interamericana contra la Corrupción

Fecha de suscripción: 23 de marzo de 1996. Decreto ley Nº: 15-2001 del 10 de mayo de 2001. Ratificación: 12 junio de 2001 Fecha de depósito: 3 de julio de 2001 -OEA. Entrada en vigor: 2 de agosto de 2001

143

Tratado Marco de Seguridad Democrática en Centro América

S uscripción: 15 de diciembre de 1995

Decreto ley N . º 118-97 , de 25 de noviembre de 1997

Ratificación: 21 de junio de 1999

D epósito: 28 de octubre de 1999 ( OEA )

Entrada en vigor: 28 de octubre de 1999

144

Convención Interamericana contra el Terrorismo

Decreto Legislativo N . º 57-2005

R atificación: 31 de agosto de 2005

xx. Desarme, uso, comercio y control de armas y municiones

145

Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados (y sus Protocolos I, II, y III).

S uscripción: 10 de octubre de 1980

Decreto ley N .º 62-83 , de 6 de junio de 1983

Ratificación: 6 de junio de 1983

D epósito: 21 de julio de 1983 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 21 de enero de 1984

Deposito de ratificación de enmienda : 13 de febrero de 2009

146

Protocolo adicional a la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, "Protocolo sobre armas láser cegadoras (Protocolo IV)".

S uscripción: 13 de octubre de 1995

Decreto ley N . º 21-2001 , de 13 de junio de 2001

Ratificación: 10 de junio de 2002

D epósito: 30 de agosto de 2002 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 28 de febrero de 2003.

147

Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas trampa y otros artefactos según fue enmendado el 3 de mayo de 1996 (Protocolo II según fue enmendado el 3 de mayo de 1996), anexo a la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados.

S uscripción: 3 de mayo de 1996

Decreto ley N .º 20-2001 , de 15 de mayo de 2001

Ratificación: 23 de julio de 2001

D epósito: 29 de octubre de 2001 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 29 de abril de 2002.

148

Enmienda al artículo I de la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados

Decreto N.º 39-2007 del 26 de septiembre de 2007

Publicación: 19 de octubre de 2007

D epósito: 13 de f ebrero de 2009 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 13 de Agosto de 2009.

149

Protocolo sobre los restos explosivos de guerra a la Convención sobre Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados (Protocolo V)

Decreto N.º 54-2007 del 7 de noviembre de 2007. Depósito: 28 de febrero de 2008 ( Naciones Unidas )

150

Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y el empleo de armas químicas y sobre su destrucción

S uscripción: 14 enero de 1993

Decreto ley N . º 54-2000 , de 2 de mayo de 2001

Ratificación: 3 de diciembre de 2002

D epósito: 12 de febrero de 2003 ( Naciones Unidas ) Entrada en vigor: 14 de marzo de 2003

151

Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción

S uscripción: 3 de diciembre de 1997

Decreto ley N.º 79-98 , de 13 de agosto de 1998

Ratificación: 7 de enero de 1999

D epósito: 26 de marzo de 1999 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 1 .º de octubre de 1999

152

Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales

S uscripción: 7 de junio de 1999

Decreto ley N . º 84-2000 de 28 de noviembre de 2000

R atificación: 9 de enero de 2001

D epósito: 3 de julio de 2001 ( OEA )

Entrada en vigor: 21 noviembre de 2002

153

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio

S uscripción: 22 de junio de 1949

Decreto legislativo N.º 704 , de 30 de noviembre de 1949

R atificación: 13 de diciembre de 1949

D epósito: 13 de enero de 1950 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 6 de enero de 1950

154

Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares

Suscripción: 20 de septiembre de 1999

155

Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tlatelolco)

Ratific ación: 6 de febrero de 1970

Ratificación de la p rimera enmienda : 21 de agosto de 1998

Ratificación de la s egunda enmienda : 26 de noviembre de 2003

xxi. I nstrumentos varios

156

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados

S uscripción: 23 de mayo de 1969

Decreto ley N.º 55-96 , de 26 de junio de 1996

Ratificación: 14 de mayo de 1997

D epósito: 21 de julio de 1997 ( Naciones Unidas )

Entrada en vigor: 21 de julio de 1997

Nota: existe reserva. La República de Guatemala confirma formalmente las reservas I y III formuladas por ella al suscribir la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, relativas respectivamente, a que Guatemala no acepta ninguna disposición de la Convención que pueda perjudicar sus derechos y reclamación sobre el territorio de Belice y a que aplicará la disposición contenida en el artículo 38 de la misma sólo en los casos que considere qu e lo hace de interés nacional; r especto a la reserva II, formulada en la misma oportunidad y relativa a que la República de Guatemala no aplicará los artículos 11, 12, 25 y 66 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados por ser contrarios a la Constitución. Diario de Centroamérica del 27 de agosto de 1998

157

Acuerdo para la importación de objetos de carácter educativo , científico y cultural y sus anexos, y el Protocolo anexo al Acuerdo

S uscripción: 22 de noviembre de 1950

Decreto del Congreso N.º 1369 , de 14 de junio de 1970

Ratificación: 20de junio de 1960.

D epósito: 8 de julio de 1960 ( UNESCO )

Fecha de publicación: 4 de julio de 2003

158

Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas

Decreto ley N . º 13-2002 del 3 de abril de 2002

Ratificación: 10 de junio de 2002

D epósito: 8 de octubre de 2002 ( OMPI )

Entrada en vigor: 8 de enero de 2003

159

Tratado sobre el traslado de personas condenadas entre la República de Guatemala y el Reino de España

Suscrito en Madrid el 23 de Marzo de 1996

Decreto N .º 44-2005

E misión: 13 de julio de 2005

P ublicación: 12 de agosto de 2005

160

Convención sobre la Obtención de Alimentos en el Extranjero

S uscripción: 26 de diciembre de 1956

Decreto legislativo N . º 1157 , de 29 de marzo de 1957

Ratificación: 2 de abril de 1957

D epósito: 25 de abril de 1957 ( Naciones Unidas )

P ublicación: 12 de abril de 1957

161

Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado

D epósito: 23 de septiembre de 2008

162

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado

D eposito: 11 de noviembre de 2008

163

Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura

S uscripción: 29 de junio de 2004

R atificación: 1 de febrero de 2006

164

Convención internacional para la protección de los artistas ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión.

S uscripción: 26 de octubre de 1961

Decreto del Congreso N.º 37-76 , de 18 de agosto de 1976

Ratificación: 7 de septiembre de 1976 ( Naciones Unidas )

Depósito: 14 de octubre de 1976

165

Convenio para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas

S uscripción: 26 de octubre de 1961

Decreto ley N .º 36-76 del 18 de agosto de 1976

R atificación: 7 de septiembre 1976 ( Naciones Unidas )

Depósito: 14 de octubre de 1976.

Entrada en vigor: 4 de noviembre de 1976

166

Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana , Centroamérica y Estados Unidos de América

Decreto 31-2005, de 10 de marzo de 2005

167

Declaración de Doha

Declaración ministerial (DOHA, 2001)

xxii. Otras declaraciones y resoluciones

168

Declaración de los principios de la cooperación cultural internacional

Proclamada por la Conferencia General de la organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en su 14.ª reunión, celebrada el 4 de noviembre de 1966

169

Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (Derecho de libre determinación)

Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960. Proclamada por la Asamblea General en su r esolución 1803 (XVII), de 14 de diciembre de 1962, titulada “Soberanía permanente sobre los recursos naturales”

170

El derecho a la verdad

Resolución 2005/66 de la Comisión de Derechos Humanos, de 20 de a bril de 2005

171

Constitución de la OMS

Suscripción: 22 de j ulio de 1946

Depósito: 26 de Agosto de 1949

C. Instrumentos internacionales en materia de derechos humanos aún no ratificados por el estado de Guatemala

N .º

Instrumento

Situación

1

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

En el Congreso de la República desde el año 2002

2

Convención sobre M uniciones en R acimo

Suscripción: 30 de mayo de 2008

En proceso de ratificación (junio 2009)

3

Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte

4

Convención I nternacional para la p rotección de todas las personas contra las d esapariciones f orzadas

5

Enmienda al artículo 8 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de t odas las Formas de Discriminación Racial

6

Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad.

7

Enmiendas al párrafo 7 del artículo 17 y al párrafo 5 del artículo 18 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

8

Convención internacional contra el apartheid en los deportes.

9

Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Nueva York, 10 de diciembre de 2008)

10

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

11

Convención Internacional contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios

12

Convenio sobre C ontaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia

13

Protocolo de la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica a larga distancia, sobre reducción de las emisiones de azufre o sus flujos transfronterizos en al menos 30 por ciento.

14

Protocolo de la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia, relativo a la lucha contra las emisiones de óxido de nitrógeno o sus flujos transfronterizos.

15

Protocolo de la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia, relativo a la reducción de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles o sus flujos transfronterizos.

16

Protocolo a la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia relativo a la reducción ulterior de emisiones de azufre.

17

Protocolo a la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia relativo a los metales pesados.

18

Protocolo a la Convención de 1979 sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a larga distancia relativo a los contaminantes orgánicos persistentes.

19

Enmienda al Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación

20

Protocolo de Basilea sobre responsabilidad e indemnización por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación

21

Convención sobre la evaluación de los efectos en el medio ambiente en un contexto transfronterizo

22

Convención sobre la protección y utilización de cursos de agua transfronterizos y lagos internacionales

23

Convención sobre los efectos transfronterizos de los accidentes industriales

24

Convención sobre el acceso a la información y la participación del público en el proceso de toma de decisiones y el acceso a la justicia en temas medioambientales

25

Enmienda a la Convención sobre el acceso a la información y la participación del público en el proceso de toma de decisiones y el acceso a la justicia en temas medioambientales

26

Convenio para la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional

27

Acuerdo sobre la creación de un Instituto Internacional de Vacunas

28

Convención de Viena sobre la sucesión de Estados en materia de tratados.

29

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales.

30

Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores

31

Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores

32

Convención Universal sobre Derecho de Autor, revisada en París, Declaración anexa relativa al Artículo XVII y resolución relativa al Artículo XI. París, 24 de julio de 1971. Y sus protocolos I y II (revisión de la Convención de 1952, Paris)

33

Estatuto del Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología relativo a la sede del Centro y enmiendas a los artículos 6 y 7

3 4

Protocolo del Estatuto del Centro Internacional de Ingeniería Genética y Biotecnología relativo a la sede del Centro,

3 5

Convenio Internacional de las Maderas Tropicales

Suscripción: 14 de julio de 2006

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos a nivel nacional

146.En Guatemala, los derechos humanos están reconocidos por la Constitución, garantizados por las leyes y protegidos por el derecho internacional. Tal como ya se mencionó con anterioridad, de conformidad con el articulado constitucional los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos se convierten en ley y tienen preeminencia sobre el derecho interno. De no haber en el derecho interno del país una ley que pueda aplicarse para determinados derechos, pero un instrumento internacional a ese respecto ha sido aprobado, entonces se podrá aplicar de forma directa (artículo 46).

147. La Constitución Política se considera garantista y una importante parte de su contenido está dedicada al desarrollo de los derechos humanos. Establece que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que se organiza para proteger a la persona y su familia (artículo 1), que es deber del Estado garantizar a todos sus habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona (artículo 2) y, el artículo 44 consagra no sólo que el interés social prevalece sobre el interés particular, sino que además recoge que “Serán nulas ipso jure las leyes y las disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza” (Asamblea Nacional Constituyente, 1985). Su título II está específicamente referido a los derechos humanos (artículos 3 al 139) y se encuentra subdividido en los capítulos siguientes:

a)Capítulo I: referido a los derechos individuales (artículos 3 a 46);

b)Capítulo II: integrado por diez secciones distintas, todas referidas a los derechos sociales,

i)Sección primera: familia (artículos 47 a 56)

ii)Sección segunda: cultura (artículos 57 a 65)

iii)Sección tercera: comunidades indígenas (artículos 66 a 70)

iv)Sección cuarta: educación (artículos 71 a 81)

v)Sección quinta: universidades (artículos 82 a 90)

vi)Sección sexta: deporte (artículos 91 y 92)

vii)Sección séptima: salud, seguridad y asistencia social (artículos 93 a 100)

viii)Sección octava: trabajo (artículos 1010 a 106)

ix)Sección novena: trabajadores del Estado (artículos 107 a 117)

x)Sección décima: régimen económico y social (artículos 118 a 134)

c)Capítulo III: deberes y derechos cívicos y políticos (artículos 135 a 137)

d)Capítulo IV: limitación a los derechos constitucionales (artículos 138 a 139)

148.Adicionalmente, su Título VI aborda las garantías constitucionales y defensa del orden constitucional a lo largo de los artículos 263 a 276 y se divide en los capítulos siguientes:

a)Capítulo I: exhibición personal (artículos 263 y 264)

b)Capítulo II: amparo (artículo 265)

c)Capítulo III: inconstitucionalidad de las leyes (artículos 266 y 267)

d)Capítulo IV: Corte de Constitucionalidad (artículos 268 a 272)

e)Capítulo V: Comisión y Procurador de los Derechos Humanos (artículos 273 a 275)

f)Capítulo VI. Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad (artículo 276)

149. La Carta Magna también establece que la acción para enjuiciar a los infractores de los derechos humanos es pública y puede ejercerse mediante simple denuncia, sin caución ni formalidad alguna. Y añade en el Artículo 46 que “es legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantías consignados en la Constitución”.

150.La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos, resumía en estos términos los principales contenidos constitucionales en materia de derechos humanos: entre los derechos individuales se hallan el derecho a la vida; el derecho a la libertad e igualdad de todos los seres humanos; el derecho a la libertad de acción; se proscriben las detenciones ilegales o arbitrarias; los detenidos deben ser puestos a disposición del Juez competente dentro del plazo de 6 horas, no pudiendo quedar sujetos a ninguna otra autoridad; toda persona detenida deberá ser inmediatamente notificada de las causas de su detención, de la autoridad que la dispuso y del sitio donde permanecerá, debiendo informarse de tales circunstancias a la persona que éste designe por el medio más rápido; se contempla el derecho de todo detenido de ser asistido por un defensor, el cual podrá estar presente en todas las diligencias judiciales y policiales, no pudiendo ser obligado a declarar sino ante el Juez dentro de un plazo que no exceda de 24 horas; los interrogatorios extrajudiciales carecen de valor probatorio; nadie podrá ser conducido a lugares de detención, arresto o prisión diferentes a los que están legal y públicamente designados a este efecto, bajo responsabilidad de quienes violen esta norma; las personas capturadas por faltas o infracciones no deben permanecer detenidas si su identidad puede ser establecida mediante documentación, por testimonio de persona conocida, o de la propia autoridad; y, establece que nadie puede ser condenado ni privado de sus derechos, sin haber sido citado, oído, y vencido en proceso legal ante Juez o Tribunal competente y preestablecido.

151. La Constitución Política de Guatemala proscribe, asimismo, los tribunales especiales o secretos y los procedimientos que no estén preestablecidos legalmente; consigna igualmente el principio de presunción de inocencia, de publicidad del proceso, de no retroactividad de la ley, de que no hay delito ni pena sin ley anterior y de que no hay prisión por deudas. En cuanto a la pena de muerte, establece que no podrá imponerse con fundamento en presunciones, ni a las mujeres, ni a los mayores de 60 años, ni a los reos de delitos políticos y comunes conexos con los políticos, así como tampoco a los reos cuya extradición haya sido concedida bajo esa condición. Establece también que el Congreso de la República podrá abolir la Pena de Muerte.

152.En relación con el sistema penitenciario, establece que éste debe de tender a la readaptación social, a la reeducación de los reclusos, y cumplir con las normas mínimas que proscriben la discriminación, los tratos crueles, las torturas físicas y morales, los trabajos incompatibles con el estado físico, y las acciones denigrantes. Asimismo preceptúa que las penas deben cumplirse en los centros penales oficiales y que los reclusos tienen derecho a comunicarse con sus familiares, abogado defensor, asistente religioso, médico, y, con el representante diplomático de su nacionalidad. En lo que se refiere a los menores de edad, dispone su inimputabilidad y un tratamiento, cuando transgredan la ley, orientado hacia una educación integral debiendo ser atendidos por instituciones y personal especializado, no pudiendo ser recluidos, por ningún motivo, en centros penales o de detención para adultos.

153.Prescribe la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia. Reconoce la libertad de locomoción y el derecho de toda persona de entrar, permanecer, transitar, y salir del territorio de Guatemala o de cambiar de domicilio o de residencia sin más limitaciones que las que establece la ley. Queda proscrita la expatriación o la denegatoria de ingreso al territorio nacional de ciudadanos guatemaltecos, y asimismo la denegatoria de pasaporte u otros documentos de identificación.

154.Se reconoce el derecho de asilo. Se establece, de acuerdo con el principio de non refoulement, que no se acordará la expulsión de un refugiado político con destino al país que lo persigue. Se contempla el derecho de petición mediante el cual los habitantes de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad en materia administrativa, fiscal o política. Igualmente se consagra el libre acceso a los tribunales y dependencias del Estado, la publicidad de los actos administrativos y el libre acceso a los archivos y registros estatales. Asimismo el derecho de reunión y manifestación pacífica, el derecho de libre asociación, la libertad de emisión del pensamiento sin censura ni licencia previa por cualesquiera medios de difusión. También la libertad de religión y de cultos sin más límites que el respeto del orden público y de los otros credos.

155.La propiedad privada se garantiza como un derecho inherente a la persona humana, de la cual puede disponerse libremente de acuerdo con la ley. Se reconoce, sin embargo, que la propiedad privada podrá ser expropiada por razones de utilidad colectiva, beneficio social, o interés público debidamente comprobados. Los expropiados serán debidamente indemnizados con el pago del justiprecio que se fijará tomando como base el valor actual del bien materia de expropiación. Queda prohibida la confiscación o imposición de multas confiscatorias de bienes. Se reconoce igualmente el derecho de autor y el derecho de invención. Se reconoce la libertad de industria, de comercio y de trabajo.

156.Merece destacar igualmente, dentro del Título II, Capítulo Segundo, Sección Tercera, el tratamiento que se confiere a los derechos del indígena y a las comunidades indígenas a quienes se reconoce el derecho a su identidad cultural de acuerdo a sus valores; su lengua y sus costumbres; declarándose que el Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena, idiomas y dialectos; protegiendo sus tierras cooperativas y comunales y su patrimonio familiar; garantizando que se mantendrá ese mismo sistema; contemplando programas especiales de promoción y desarrollo y asimismo, medidas para evitar trato discriminatorio en el pago de sus salarios cuando laboren fuera de sus comunidades. Igualmente se contempla la promulgación de una ley específica que regulará todo lo relativo a la protección y defensa de tales derechos.

157.En el Capítulo Cuarto se consideran las "Limitaciones a los Derechos Constitucionales" y la suspensión de tales derechos y garantías en casos excepcionales, estableciendo que, en caso de invasión del territorio, de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del Estado o calamidad pública, puede cesar la plena vigencia de algunos de los derechos contemplados en la Constitución, precisando que los únicos derechos que pueden ser suspendidos son el derecho de libertad de acción, el derecho a no ser detenido sino por orden judicial, el derecho a la libertad de circulación y residencia, el derecho de reunión y manifestación, el derecho de libertad de expresión, el derecho de portar armas, y el derecho de huelga de los trabajadores del Estado.

158. Los derechos a la nacionalidad y a la ciudadanía se encuentran protegidos en el Título III. A ningún guatemalteco de origen puede privársele de su nacionalidad. Se reconoce asimismo el derecho de nacionalización. La ciudadanía se adquiere con la mayoría de edad a los dieciocho años, y puede ser suspendida o perderse y recobrarse de conformidad con lo establecido por la ley.

159. Dentro de las Garantías Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional se consagra en primer término el Recurso de Exhibición Personal, o de Habeas Corpus, el cual puede ser interpuesto por quien se encuentre ilegalmente detenido o cohibido de cualquier modo del goce de su libertad individual, o sufriere vejámenes aun cuando su detención fuera fundada en la ley. Si no se localizase a la persona en cuyo favor se interpuso, el Tribunal deberá ordenar la pesquisa del caso hasta su total esclarecimiento. Se contempla, igualmente, el Recurso de Amparo para proteger a las personas amenazadas en sus derechos o para restaurar imperio de los mismos cuando la violación hubiere ocurrido.

160. Además de las leyes constitucionales ya referidas con anterioridad, dentro del régimen jurídico de Guatemala hay otra serie de leyes ordinarias que en mayor o menor medida también se relacionan con la observancia de los derechos humanos, entre ellas cabe mencionar: el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Código de Trabajo, la Ley del Organismo Judicial; y la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República y del Procurador de los Derechos Humanos, entre otras.

161. Por otra parte, la adopción de normas internacionales de derechos humanos, ha dado lugar a desarrollar procesos de homologación y armonización de dichas normas respecto de la legislación interna vigente. En ese sentido se han aprobado otras leyes nacionales tales como: la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Decreto 02-04 del 7 de enero de 2004), acorde con la Convención de los Derechos del Niño la cual se fundamenta en el interés superior del niño; la Ley del Régimen Penitenciario (Decreto 33-06 del 5 de octubre de 2005), que incorpora principios y normas internacionales relacionadas con las personas privadas de libertad y particularmente de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. A su vez, en congruencia con el Convenio de La Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, se aprobó en diciembre de 2007 la ley Nacional de Adopciones.

162.También se han reformado leyes nacionales ya existentes con el objeto de adecuarlas a la normativa internacional, tal es el caso del Código Penal en los siguientes ámbitos: a) tipificación del delito de trata de personas, de conformidad con lo establecido en la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y los Protocolos contra el tráfico ilícito de migrantes, por tierra, mar y aire; y, para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementan la Convención. Tal medida se fortaleció con la adopción de una Política Nacional Contra la Trata de Personas y un Plan de Acción (para el período 2007-2017); b) tipificación del delito de discriminación racial, de acuerdo con los Acuerdos de Paz y la Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

163. Finalmente, se han aprobado una serie de políticas y planes nacionales cuya puesta en práctica deberá tener efecto sobre el ejercicio de los derechos humanos, tales como: la Política Nacional de Derechos Humanos y su Plan de Acción Nacional; la Política Nacional de Educación en Derechos Humanos; la Política para la Prevención de la Violencia Juvenil; la Política Pública contra la Trata de Personas y de Protección Integral de las Víctimas; la Política Pública para la Convivencia Pacífica y la Eliminación del Racismo y la Discriminación Racial; y, la Política Nacional de Promoción de Equidad de las Mujeres Guatemaltecas, entre otras.

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

164.En términos de promoción de los derechos humanos, el Estado de Guatemala ha ido desarrollando esfuerzos que a la fecha permiten contar con: a) creación en 1985 de la figura del Procurador de los Derechos Humanos (Ombudsman); b) creación en 1992 de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos (COPREDEH), con la finalidad de contar con un mecanismo nacional desde el Ejecutivo para el seguimiento de la temática.

165.Uno de los aspectos más importantes para el desarrollo de la institucionalidad nacional en derechos humanos ha sido el lograr una mayor sensibilidad y conciencia en relación con la importancia de respetar, promover y hacer efectivos tales derechos desde el propio Estado. Lo anterior ha dado lugar a que se hayan instalado unidades, secciones o grupos de trabajo especializados en derechos humanos en instancias o dependencias del Estados que tienen competencia en la materia, entre las que se pueden mencionar: la Unidad de Derechos Humanos dentro del Ministerio de la Defensa Nacional; la Unidad de Derechos Humanos en la Procuraduría General de la Nación; la Unidad de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas y Jueces dentro de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos; las Unidades de Derechos Humanos, Violencia Intrafamiliar, Género y Defensorías Indígenas dentro de la estructura del Instituto de la Defensa Pública Penal; la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida, la Fiscalía de sección de delitos contra activistas de derechos humanos y la Unidad Especial de Trata y Adopciones Irregulares dentro del Ministerio Público.

166.Por recomendación específica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Guatemala se creó la Instancia de Análisis de Ataques contra Defensores de Derechos Humanos en Guatemala dentro de la instancia encargada de la investigación criminal de la PNC; también existen dentro de esta misma institución las siguientes unidades: la Oficina de Derechos Humanos dentro de la División de Investigación Criminal, en apoyo directo a la Unidad de Delitos contra Activistas de Derechos Humanos del MP; la Unidad de Derechos Humanos y de Atención a la Víctima y la División de Multiculturalidad que funciona dentro de la Subdirección General de Prevención del Delito.

167. Para la protección de grupos particularmente vulnerables existen instancias como la Secretaría de Seguridad Alimentaria (SESAN), la Secretaría Presidencial de la Mujer (SEPREM); la Comisión Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar (COMAPREVI); la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los Pueblos Indígenas en Guatemala (CODISRA); el Consejo Nacional de Adopciones; la Comisión Nacional de la Niñez y la Adolescencia; el Consejo Nacional de los Migrantes y el Consejo de Cohesión Social, para la coordinación de medidas de atención hacia los grupos económica y socialmente más vulnerables.

168. Asimismo, existen otras instancias vinculadas con el impulso y respeto a los derechos humanos establecidas como parte de los compromisos derivados de los Acuerdos de Paz, entre las que cabe citar: la Secretaría de la Paz (SEPAZ), el Consejo Nacional de los Acuerdos de Paz, la Defensoría de la Mujer Indígena (DEMI), el Plan Nacional de Resarcimiento, el Fondo de Desarrollo Indígena Guatemalteco (FODIGUA) y, el Fondo Nacional para la Paz (FONAPAZ).

169.En materia de derecho internacional humanitario, se creó la Comisión Guatemalteca para la Promoción del Derecho Internacional Humanitario (COGUADIH), como instancia multidisciplinaria e interinstitucional para asesorar al Gobierno en materia de derecho internacional humanitario e impulsar normas nacionales e internacionales en la materia.

170.Por otra parte, más allá de la actividad de promoción y protección de los derechos humanos realizada desde las diversas instancias del Estado, la legislación nacional también contempla la actividad que en la misma dirección se promueve desde organizaciones no gubernamentales (ONG). Desde la perspectiva meramente normativa no existen obstáculos para la creación de este tipo de asociaciones u organizaciones de la sociedad civil. El Código Civil y la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (Decreto 02-2003) establecen las condiciones legales para llevarlo a cabo. Por su parte, el Código Municipal regula lo relacionado con la organización de asociaciones o comités de vecinos. Las ONG, de acuerdo con la ley que las regula y con el Código Municipal podrán constituirse con no menos de siete personas y entre sus asociados pueden contar con hasta un 25% de miembros extranjeros. El procedimiento de constitución de este tipo de entidades se caracteriza por ser simple y gratuito y la ley estipula que estas organizaciones, así como las asociaciones o comités de vecinos tienen el derecho de financiarse a partir de su propio patrimonio, el cual puede provenir de recursos nacionales o internacionales indistintamente. Ya el Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, suscrito por la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) y el Gobierno, en 1994, como parte del proceso de negociación de la paz, establecía el compromiso del Estado de proteger a todas las personas u organizaciones que trabajaran en favor de la protección y promoción de los derechos humanos, es decir, los defensores y defensoras de derechos humanos, algo que también contemplan los convenios y tratados internacionales suscritos por el país a ese respecto.

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional

171. Con fines de análisis y seguimiento de la situación de los derechos humanos, en el país se elaboran diferente tipo de informes a este respecto, cuya responsabilidad recae en instancias claramente diferenciadas. Por una parte se encuentra el informe que obligatoriamente debe entregar el Procurador de los Derechos Humanos al Congreso de la República a través de la respectiva Comisión de Derechos Humanos. De acuerdo con la ley, este documento tiene que presentarse al pleno del Organismo Legislativo durante la segunda quincena de enero de cada año y debe contener información circunstanciada de las actividades que el PDH haya realizado a lo largo del año anterior a su presentación, así como de la situación de los derechos humanos vigente en el país en el mismo período.

172.Por otra parte se encuentran los informes de situación que el Estado de Guatemala debe presentar frente a los diversos órganos convencionales del sistema universal de derechos humanos como parte de las responsabilidades adquiridas al suscribir o ratificar los correspondientes tratados o convenios internacionales en materia de derechos humanos. En estos informes periódicos el Estado se compromete a dar cuenta de la situación que impera en el país respecto de los derechos que cada tratado contempla y cada comité supervisa. Estos informes deben ser entregados con la periodicidad que cada comité establece. Estos períodos son variables dependiendo del tratado de que se trate, pero suelen ser de entre dos y cinco años. En el caso de Guatemala, la responsabilidad de elaborar estos informes, así como de dar seguimiento a las recomendaciones o comentarios que cada comité haga a la luz de los mismos, recae fundamentalmente en la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en Materia de Derechos Humanos. Sin embargo, en el caso de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer la responsabilidad es de la SEPREM y cuando de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial se trata, el informe es elaborado por la CODISRA.

173.Entendiendo que el proceso de preparación de un informe de estas características es una extraordinaria oportunidad para realizar un exhaustivo examen de las medidas adoptadas por el Estado para acercar la legislación nacional a los preceptos establecidos por los tratados internacionales, así como de verificar los progresos logrados o los retrocesos sufridos en el período comprendido entre uno y otro informe, el Estado de Guatemala ha desarrollado un marco metodológico y un proceso claramente definido para el efecto.

174.El proceso metodológico que se sigue incluye las siguientes etapas:

a) Identificar el tema central del informe;

b) Conocer o revisar el pacto o convención que corresponde al tema, así como los lineamientos emitidos por el respectivo comité para la elaboración del mismo, los informes previos presentados por el Estado y los comentarios o recomendaciones hechas por el comité;

c) Elaborar el plan de trabajo para el desarrollo del documento de informe;

d) Identificar los asuntos acerca de los cuales se requiere recoger información;

e) Recopilar la información necesaria;

f) Sistematizar los datos recopilados y descartar aquella información que no se ajuste a lo requerido;

g) Analizar la información disponible;

h) Redactar las ideas principales y concluyentes del análisis;

i) Validar el análisis realizado, es decir, el contenido del documento elaborado;

j) Incorporar los cambios que se consideren pertinentes en función de la validación realizada;

k) Presentar el informe elaborado frente a las instancias correspondientes.

175.Posiblemente una de las etapas más importantes durante el proceso sea la de validación del contenido del documento ya que ésta se entiende como una oportunidad para que el trabajo que se ha desarrollado sea conocido, evaluado y enriquecido por otras personas, instituciones o instancias conocedoras del tema con el fin de generar debate, concitar apoyos, mejorar la información que el informe contiene y depurar cualquier error o mala interpretación que pudiera haberse incluido. Es más, este momento se entiende como la ocasión de alentar el examen público y socializado de las políticas gubernamentales junto a diversos actores gubernamentales y de sociedad civil.

176.El ejercicio de validación o consulta se lleva a cabo con todas las organizaciones, instituciones y personas que siendo ajenas a COPREDEH han colaborado en la elaboración del documento, básicamente aportando información y perspectivas de análisis y quienes, por el dominio o conocimiento que tienen del mismo, están en capacidad de hacer aportes valiosos al mismo. Con el fin de que dichas instancias tengan la oportunidad de examinar las políticas públicas y los eventuales avances en materia de derechos humanos, se les convoca a una o varias reuniones de trabajo o talleres en los cuales se discute en torno al contenido del informe. Los insumos aportados por los participantes del proceso se sistematizan y se incorporan al informe antes de ser remitido al Secretario General de Naciones Unidas.

E.Seguimiento dado a las observaciones finales de los órganos de tratados de derechos humanos

177.Hasta hace relativamente poco tiempo, todas las observaciones finales realizadas por los órganos de tratados de derechos humanos al Estado de Guatemala eran recibidas oficiosamente pero no eran objeto de un seguimiento sistemático. Lo anterior implicaba que dichas observaciones surtían poco efecto sobre la situación de los derechos humanos imperante en el país y sobre la normativa que a estos les es relativa.

178.En 2010, COPREDEH se dio a la tarea de sistematizar todas y cada una de las recomendaciones realizadas al Estado desde la entrega y examen del primero hasta el último de los informes remitidos por el país a Naciones Unidas, así como de las planteadas por la oficina en Guatemala del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

179.Para el efecto, la Comisión alojó en su página web (www.copredeh.gob.gt) el Sistema de Seguimiento a las Recomendaciones hechas al Estado en Materia de Derechos Humanos en el cual se han recogido todas ellas y se han ordenado en función de diversos criterios. El Sistema es una herramienta diseñada para servir de guía para el cumplimiento de las recomendaciones, así como para su divulgación e incidencia, en tanto el cumplimiento de las mismas es un compromiso adquirido por el Estado.

180.Los criterios a partir de los cuales están organizadas las recomendaciones son los siguientes: a) las que emanan de los órganos de tratados; b) las que devienen de ejercicios de evaluación basados en la carta de Naciones Unidas, tales como los procedimientos especiales o el Examen Periódico Universal; c) las que realiza la Oficina del Alto Comisionado. En cada uno de estos casos, las recomendaciones pueden ser consultadas en función del tema que tratan, de su fecha de emisión y del nivel de implementación del que han sido objeto, además de disponer de información técnica general que les es relativa.

181.Cuando las recomendaciones son recibidas por el Estado de Guatemala, además de incluirlas en el Sistema de Seguimiento, se procede a comunicar a las diferentes instituciones concernidas por éstas acerca de su contenido, con el objeto de que tomen conciencia de la responsabilidad que les corresponde en su seguimiento y cumplimiento. Posteriormente, desde COPREDEH se sigue el grado de avance que el Estado ha logrado alcanzar en relación con cada una de ellas y dichos progresos se van consignando en el apartado correspondiente dentro del Sistema con la intención de mantenerlo vigente y actualizado.

182.Por último, la referencia a los avances que han tenido lugar en relación con cada una de las recomendaciones se incluye en los siguientes informes periódicos que el Estado prepara para los órganos de tratados con el fin de responder a lo recomendado.