Naciones Unidas

HRI/MC/2013/4

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

21 de mayo de 2013

Español

Original: inglés

25ª reunión de presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

Nueva York, 20 a 24 de mayo de 2013

Tema 4 del programa provisional

Seguimiento de las recomendaciones de la 24ª reunión de presidentes de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, en particular la armonización de los métodos de trabajo y la aplicación de las recomendaciones contenidas en el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento del sistema de tratados de derechos humanos (A/66/860)

Informe sobre la aplicación por los órganos de tratados de las recomendaciones contenidas en el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento del sistemade tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas (A/66/860)

Nota de la Secretaría

Resumen

Como se afirma en el informe de los presidentes de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos sobre su 24ª reunión (A/67/222, párr. 32 c), y Corr.1), los presidentes recomendaron que la Secretaría elaborara y actualizara periódicamente un informe de aplicación para que fuera examinado por la reunión de los presidentes a fin de analizar los progresos y el grado de aplicación de las recomendaciones contenidas en el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (A/66/860), teniendo en cuenta que, por definición, el proceso de fortalecimiento era de carácter permanente. Los presidentes decidieron también incluir en el programa de su siguiente reunión la cuestión del fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y, en particular, la aplicación de las recomendaciones del informe de la Alta Comisionada.

El presente informe, elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, contiene un resumen de las posiciones y decisiones adoptadas por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en relación con el seguimiento dado por dichos órganos a las recomendaciones que figuran en el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de estos órganos y las Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (Directrices de Addis Abeba), aprobadas por los presidentes en 2012 (A/67/222, anexo, y Corr.1).

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–44

II.Posiciones adoptadas por los órganos de tratados en relación con el informe dela Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobreel fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechoshumanos5–394

A.Comité de Derechos Humanos5–104

B.Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales115

C.Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial12–165

D.Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer17–196

E.Comité contra la Tortura20–277

F.Comité de los Derechos del Niño288

G.Comité de Protección de los Derechos de Todos los TrabajadoresMigratorios y de sus Familiares29–308

H.Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad31–338

I.Comité contra la Desaparición Forzada34–369

J.Subcomité para la Prevención de la Tortura37–3910

III.Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de losórganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (Directrices deAddis Abeba)40–5110

I.Introducción

1.En la 24ª reunión anual de los presidentes de los diez órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, celebrada en Addis Abeba del 25 al 29 de junio de 2012, los presidentes acogieron con satisfacción el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (A/66/860). En su informe, la Alta Comisionada describía los problemas que experimentaba el sistema de los órganos de tratados y proponía algunos cambios.

2.Al mismo tiempo, los presidentes recomendaron que cada órgano examinara detenidamente las recomendaciones que el informe dirigía a los órganos creados en virtud de tratados y las comparara con sus actuales métodos de trabajo a fin de determinar las medidas que debían adoptarse para su aplicación. Los presidentes insistieron en que esa aplicación debía realizarse en coordinación con los demás órganos creados en virtud de tratados y recomendaron que cada uno de ellos informase bianualmente a la reunión de los presidentes de los progresos realizados.

3.Los presidentes recomendaron, además, que la Secretaría elaborara y actualizara periódicamente un informe de aplicación para que fuera examinado por la reunión de los presidentes a fin de analizar los progresos y el grado de aplicación, teniendo en cuenta que, por definición, el proceso de fortalecimiento era de carácter permanente. Para ello, decidieron incluir en el programa de su siguiente reunión la cuestión del fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y, en particular, la aplicación de las recomendaciones del informe de la Alta Comisionada.

4.El presente informe contiene un resumen de las posiciones y decisiones adoptadas por los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en relación con el seguimiento dado por dichos órganos a las recomendaciones que figuran en el informe de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento del sistema de los órganos creados en virtud de tratados y las Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (Directrices de Addis Abeba), aprobadas por los presidentes (A/67/222, anexo, y Corr.1).

II.Posiciones adoptadas por los órganos de tratados en relación con el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos

A.Comité de Derechos Humanos

5.El 12 de julio de 2012, el Comité de Derechos Humanos aprobó una declaración preliminar sobre el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados en la que acogía con satisfacción el informe de la Alta Comisionada y el hecho de que el Secretario General reconociera, en su prólogo, que el sistema de órganos de tratados "es uno de los mayores logros en la historia de la lucha mundial por los derechos humanos". El Comité reconoció los méritos de la propuesta de un calendario exhaustivo para la presentación de informes aunque admitía también que tendría repercusiones complicadas y requeriría recursos adicionales.

6.El Comité de Derechos Humanos apoyó asimismo las recomendaciones formuladas en el informe en relación con las represalias, unas directrices comunes, el establecimiento de una base de datos sobre jurisprudencia, la elaboración de un manual para los miembros del Comité, la normalización de los procedimientos para la aprobación de observaciones generales, la creación de capacidad y las medidas para aumentar la visibilidad y la accesibilidad de los órganos de tratados.

7.El Comité consideró que las siguientes propuestas merecían un examen detenido: el procedimiento simplificado de presentación de informes, la preparación de documentos básicos comunes y actualizaciones periódicas, el cumplimiento estricto del límite de páginas, las metodologías uniformes para el diálogo con los Estados, la reducción de la traducción de actas resumidas, la elaboración de observaciones finales más concretas y la colaboración más estrecha con otras entidades de las Naciones Unidas.

8.El Comité de Derechos Humanos manifestó reservas en relación con las siguientes propuestas: el grupo de trabajo conjunto sobre comunicaciones de los órganos creados en virtud de tratados, las propuestas relativas a la competencia y la elección de los miembros, y los arreglos amistosos.

9.El Comité señaló la necesidad de reforzar el sistema, por ejemplo movilizando más recursos y garantizando su sostenibilidad, sin lo cual no podrían ponerse en práctica algunas de las propuestas expresadas en el informe. También consideró que el informe sentaba una buena base para que todas las partes interesadas pudieran seguir avanzando hacia el fortalecimiento del sistema de órganos de tratados.

10.Varios miembros del Comité participaron en un encuentro (del 22 al 24 de abril de  2013) en La Haya y examinaron diversas cuestiones importantes para su labor, en particular el fortalecimiento de los órganos de tratados y el informe de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos al respecto. Las recomendaciones resultantes, en especial en relación con las Directrices de Addis Abeba y el calendario exhaustivo para la presentación de informes, se presentarán al Comité en su 108º período de sesiones, previsto para julio de 2013.

B.Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

11.El 30 de noviembre de 2012, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobó una decisión preliminar en relación con el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento del sistema de órganos de derechos humanos creados en virtud de tratados. En ella invitaba a sus miembros a formular observaciones concretas sobre las propuestas que contenía dicho informe, teniendo en cuenta la naturaleza y el alcance de su mandato, y a transmitir esas observaciones al coordinador del Comité antes del 1 de marzo de 2013. El Comité prosiguió el examen de las propuestas en su 50º período de sesiones (abril y mayo de 2013).

C.Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial

12.El 31 de agosto de 2012 el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial aprobó una declaración sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados. En esa declaración, el Comité acogió favorablemente el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados y agradeció sus esfuerzos al respecto. El Comité señaló que el informe contenía una amplia gama de recomendaciones orientadas al fortalecimiento del sistema de los órganos de tratados basadas en un proceso exhaustivo de consulta de tres años de duración.

13.En su declaración, el Comité respaldó la propuesta de un calendario exhaustivo para la presentación de informes, subrayando la necesidad de proporcionar suficientes recursos financieros y humanos como condición necesaria. Asimismo, tomó nota con interés de la propuesta de un sistema simplificado de presentación de informes y señaló que ya había tomado medidas para simplificar ese procedimiento apoyándose en las orientaciones específicas que se le aplicaban y la lista de temas.

14.El Comité subrayó la importancia de respetar rigurosamente el límite de páginas. El Comité seguiría examinando la idea de establecer equipos de tareas sobre los países y de limitar estrictamente el número y la duración de las intervenciones de los miembros, pero manifestó algunas reservas sobre la posibilidad de limitar aún más la duración de las declaraciones de apertura de los Estados partes. También decidió seguir estudiando, más adelante, la recomendación de reducir la traducción de las actas resumidas.

15.El Comité acogió asimismo con agrado la recomendación de que se aprobasen observaciones finales breves, concretas y específicas y destacó los esfuerzos realizados en ese sentido. Hizo hincapié en que ya había puesto en práctica numerosos aspectos de la propuesta relativa a la metodología para el diálogo constructivo entre los Estados partes y los órganos de tratados. Análogamente, era partidario de una mayor institucionalización de la participación de las entidades de las Naciones Unidas y las organizaciones de la sociedad civil, y señaló que ya había institucionalizado la participación de las instituciones nacionales de derechos humanos mediante la modificación de su reglamento en 2007. El Comité recalcó que mantendría su práctica de celebrar sesiones públicas con las organizaciones de la sociedad civil con miras a promover la transparencia, pero que también seguiría celebrando sesiones privadas siempre que fuera necesario o conveniente.

16.Por último, el Comité señaló las mejoras que estaba introduciendo en su procedimiento de seguimiento y manifestó su voluntad de mejorar aún más los procedimientos de seguimiento de las comunicaciones individuales. También acogió favorablemente la propuesta sobre arreglos amistosos.

D.Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer

17.El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer celebró un encuentro oficioso en Estambul del 1 al 3 de noviembre de 2012 en el que debatió el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento del sistema de órganos de tratados y decidió remitir el informe, junto con las Directrices de Addis Abeba, a su grupo de trabajo sobre los métodos de trabajo.

18.El 1 de marzo de 2013, el Comité aprobó una declaración en la que destacaba, entre otras cosas, que el sistema de órganos de tratados había llegado a su límite con los recursos disponibles y que quizás no pudiera funcionar de manera sostenible debido al retraso acumulado en el examen de los informes y el elevado número de informes atrasados. Aunque subrayó la importancia de disponer de suficientes recursos, el Comité lamentó que no se hubiera incluido la cuestión de las investigaciones y sus repercusiones financieras en el informe de la Alta Comisionada. El Comité señaló, asimismo, que ya había puesto en práctica varias de las medidas propuestas en el informe, esto es:

La publicación de las actas resumidas únicamente en inglés;

Las medidas relativas al examen de los informes de los Estados partes (por ejemplo, limitar el número de preguntas planteadas en las listas de cuestiones; el número de recomendaciones y la extensión de las observaciones finales; durante el diálogo, centrar las preguntas en las cuestiones de derechos humanos más importantes y en el seguimiento por los Estados partes de las observaciones finales anteriores; agrupar las preguntas; asignar tiempo a la delegación del Estado parte y a los miembros del Comité para tomar la palabra y utilizar un cronómetro en las intervenciones; y trabajar en grupos de tareas);

La simplificación de los procedimientos de seguimiento reduciendo el número de recomendaciones seleccionadas y la adopción de directrices claras;

La adopción de procedimientos operativos estándar para la realización de investigaciones;

La plena incorporación de las Directrices de Addis Abeba en el reglamento del Comité.

19.Además, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha iniciado una evaluación de su reglamento y sus métodos de trabajo en relación con la transmisión por Internet de los diálogos del Comité con los Estados partes, que se permitirá de manera experimental; la formulación de observaciones finales más específicas para cada país; la solicitud sistemática de información sobre el marco normativo y los mecanismos nacionales para la aplicación de las observaciones finales; y la institucionalización de las relaciones con un mayor número de organismos de las Naciones Unidas y partes interesadas nacionales.

E.Comité contra la Tortura

20.El 23 de noviembre de 2012, el Comité contra la Tortura emitió una declaración relativa al informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos. El Comité acogió con satisfacción el informe y la propuesta de generalizar la simplificación del proceso de presentación de informes, y señaló que había sido el primer órgano de tratados en adoptar ese procedimiento en 2007 mediante su nuevo procedimiento facultativo de presentación de informes (listas de cuestiones previas a la presentación de informes).

21.El Comité coincidió en que al limitar el número de páginas de los informes podían reducirse los costes y precisó que ya había puesto en práctica esa propuesta en relación con sus observaciones finales, listas de cuestiones y listas de cuestiones previas a la presentación de informes. También puntualizó que ya no pedía que se tradujeran las actas resumidas de sus reuniones.

22.El Comité tomó nota de la propuesta de establecer un calendario exhaustivo para la presentación de informes, pero subrayó que, para poner en práctica esa propuesta, se requerían recursos económicos y humanos suficientes como condición previa.

23.En su declaración, el Comité tomó también nota con interés de las propuestas relativas a adoptar una metodología uniforme para el diálogo constructivo con los Estados partes y las reuniones con la sociedad civil, y señaló que consideraría la posibilidad de aprobar directrices escritas al respecto.

24.El Comité acogió con agrado la recomendación de que se crease una base de datos con la jurisprudencia de los órganos creados en virtud de tratados y la recomendación de que se aprobasen observaciones finales breves, concretas y específicas, señalando las medidas que ya había adoptado en este sentido y su determinación de seguir por ese camino.

25.El Comité contra la Tortura apoyó asimismo la necesidad de vigilar y poner fin a las represalias contra los defensores de los derechos humanos y, para ello, había nombrado a varios relatores sobre las represalias para el desempeño de las funciones previstas en los artículos 19 y 22 de la Convención respectivamente.

26.En su declaración, el Comité destacó también la importancia de su procedimiento de seguimiento de las observaciones finales y señaló que, desde 2003, había nombrado a dos relatores para el seguimiento, uno de los informes de los países y otro de las comunicaciones individuales.

27.Asimismo, acogió favorablemente las propuestas tendientes a dar mayor visibilidad y accesibilidad a los órganos de tratados y, en ese sentido, indicó que desde 2010 todas las sesiones públicas en que se mantenía un diálogo con delegaciones de Estados partes se transmitían por Internet en cooperación con organizaciones no gubernamentales.

F.Comité de los Derechos del Niño

28.El Comité de los Derechos del Niño estableció, en su 61º período de sesiones (septiembre-octubre de 2012), un grupo de trabajo encargado de la revisión de su reglamento y sus métodos de trabajo a la luz del informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.

G.Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares

29.El 12 de septiembre de 2012, el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares aprobó una declaración preliminar acerca del informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados. El Comité apoyó, en principio, las medidas propuestas por la Alta Comisionada en relación con el fortalecimiento y la racionalización del sistema de órganos de tratados. El Comité recordó que ya se había adelantado a algunas de las medidas fundamentales propuestas en el informe de la Alta Comisionada. En particular, había adoptado:

Un calendario de presentación de informes diseñado para que todos los Estados partes pudieran cumplir sus obligaciones de presentación de informes en pie de igualdad;

Un procedimiento facultativo de listas de cuestiones centradas en asuntos prioritarios, preparadas antes de la recepción de los informes periódicos de los Estados partes para simplificar el procedimiento de presentación de informes;

Limitaciones en el número de preguntas que se plantearían en las listas de cuestiones, así como en el número de palabras utilizadas en las observaciones finales.

30.En su 18º período de sesiones, celebrado en abril de 2013, el Comité aprobó todas las recomendaciones formuladas en el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados y las Directrices de Addis Abeba.

H.Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

31.El 28 de septiembre de 2012, el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobó una declaración acerca del informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados en la que señaló que, pese a ser un comité relativamente nuevo, ya había acumulado un gran volumen de informes atrasados que no podía examinar de manera oportuna debido a las graves limitaciones de recursos. Por lo tanto, el Comité convino en que debía encontrarse una solución integral a los siguientes problemas: el elevado nivel tanto de cumplimiento como de incumplimiento de las obligaciones en materia de presentación de informes; las cuestiones de la compatibilidad y la coherencia de los métodos de trabajo; la accesibilidad de los órganos de tratados y los recursos necesarios para desempeñar su labor eficazmente. El Comité consideraba que el informe de la Alta Comisionada constituía un importante paso en esa dirección.

32.El Comité apoyó las siguientes propuestas:

La aprobación de un calendario exhaustivo para la presentación de informes con el fin de asegurar que todos los Estados partes cumpliesen sus obligaciones de presentación de informes en pie de igualdad;

El estricto cumplimiento del límite de páginas establecido para todos los documentos recibidos de los Estados partes, así como para los documentos preparados por los órganos de tratados;

La utilización de documentos básicos comunes actualizados;

La transmisión sistemática por la Web de las sesiones en los idiomas oficiales del Comité, que incluyese funciones de búsqueda e indexación y subtítulos;

La formulación de observaciones finales más específicas;

La designación por parte de todos los órganos de tratados de un coordinador encargado de la cuestión de las represalias;

La revisión de las buenas prácticas relativas a la aplicación del reglamento y los métodos de trabajo y la aprobación de directrices comunes sobre las comunicaciones individuales e investigaciones;

La revisión del proceso de seguimiento;

La armonización del proceso de consultas para la elaboración de observaciones generales y recomendaciones.

33.El Comité no consideró justificado el establecimiento de un grupo de trabajo conjunto sobre las comunicaciones individuales.

I.Comité contra la Desaparición Forzada

34.El 7 de noviembre de 2012, el Comité contra la Desaparición Forzada hizo una declaración acerca del informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados en la que acogía favorablemente el informe y agradecía los esfuerzos realizados por la Alta Comisionada al respecto. El Comité señaló que se había beneficiado de ser el órgano de tratado de más reciente creación y que, por ello, muchas de las propuestas formuladas en el informe de la Alta Comisionada ya se habían reflejado en su reglamento (CED/C/1) y sus directrices relativas a la forma y el contenido de los informes (CED/C/2).

35.El Comité consideraba que el estricto cumplimiento del límite de páginas establecido era importante y estaba en consonancia con sus directrices sobre la presentación de informes. Acogió con agrado la recomendación de racionalizar el diálogo constructivo con los Estados, en particular las propuestas relativas al establecimiento de grupos de tareas, la introducción de límites rigurosos en cuanto al número y la duración de las intervenciones, y la aprobación de observaciones finales breves, concretas y prácticas con plazos específicos y un procedimiento de seguimiento. Asimismo, acogió con satisfacción la recomendación de institucionalizar su relación con las entidades de las Naciones Unidas y las organizaciones de la sociedad civil, así como con las instituciones nacionales de derechos humanos, y señaló que esa relación ya estaba plasmada en su reglamento. Además, el Comité expresó su satisfacción por la propuesta relativa a un proceso de consulta coherente para la elaboración de las observaciones generales y apoyó las recomendaciones relativas a las represalias.

36.El Comité también destacó la necesidad de disponer de suficientes recursos, especialmente para los servicios de conferencias y la traducción de documentos, a fin de que los órganos creados en virtud de tratados pudieran cumplir su mandato y ofrecer una información y accesibilidad completas a las víctimas.

J.Subcomité para la Prevención de la Tortura

37.El Subcomité para la Prevención de la Tortura aprobó una declaración, en noviembre de 2012, en la que celebraba la visión y los objetivos del informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados y el proceso de consulta apoyado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El Subcomité acogió también favorablemente las recomendaciones orientadas a asegurar un ciclo periódico y coherente de presentación de informes por los Estados partes en los tratados. Todo mejoramiento del procedimiento de los órganos para la presentación de informes que propiciase observaciones finales más centradas y concretas sería beneficioso para todo el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas.

38.El Subcomité apoyaba también las recomendaciones encaminadas a fortalecer la capacidad de los Estados de aplicar los tratados y a aumentar la visibilidad y la accesibilidad de los órganos con pleno respeto a las exigencias de confidencialidad establecidas en virtud de los tratados y reglamentos pertinentes.

39.El Subcomité observaba, asimismo, que el nivel de recursos adicionales propuesto en el informe para el Subcomité en el informe de la Alta Comisionada todavía era insuficiente para que el Subcomité pudiera visitar todos los Estados partes con la frecuencia suficiente, y consideraba que debería estar en condiciones de hacerlo a lo largo de un ciclo semejante a los ciclos de presentación de informes de otros órganos creados en virtud de tratados. El Subcomité señaló también que el apoyo a su labor en relación con los mecanismos nacionales de prevención seguía siendo una cuestión pendiente.

III.Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos (Directrices de Addis Abeba)

40.En la 23ª reunión de presidentes (30 de junio y 1 de julio de 2011) se decidió preparar y aprobar unas directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en la siguiente reunión. En la 24ª reunión (del 25 al 29 de junio de 2012), los presidentes hicieron suyas las directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados. Posteriormente, todos los órganos de tratados han tomado medidas en relación con esas directrices, según se indica a continuación.

41.En su informe sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados, la Alta Comisionada recomendó también que esos órganos aprobasen las Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y las incorporasen como parte plena e integrante del respectivo reglamento. Asimismo, recomendó que todos los órganos de tratados aplicasen las directrices y tomasen todas las medidas necesarias en caso de incumplimiento.

42.El Comité de Derechos Humanos aprobó declaraciones sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados en marzo y en julio de 2012, pero no expresó públicamente su opinión sobre las Directrices de Addis Abeba. Sin embargo, en su 105º período de sesiones (julio de 2012), el Comité deliberó acerca de las directrices y pidió a la Secretaría que preparase un documento sobre el modo en que afectaban a las propias directrices del Comité sobre la independencia, así como a su reglamento.

43.El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobó, en su 49º período de sesiones (noviembre de 2012), una decisión acerca del proyecto de directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos en la que tomaba nota con reconocimiento de las directrices, aunque señalaba también que tenían muchas similitudes con la práctica vigente del Comité.

44.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial aprobó, en su 81º período de sesiones (agosto de 2012), una decisión sobre las Directrices de Addis Abeba en la que señalaba que esas directrices podían servir de base para proseguir los debates, según procediera. El Comité manifestó su firme apoyo a la independencia y la imparcialidad de sus miembros y, en ese sentido, hizo referencia a su Recomendación general Nº 9 (1990) relativa a la independencia de los expertos.

45.El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer aprobó una resolución sobre las Directrices de Addis Abeba en su 52º período de sesiones (julio de 2012). En la resolución, el Comité observó que las directrices reflejaban en gran medida el reglamento, las decisiones y la práctica vigentes del Comité, y expresó su apoyo, en principio, a las directrices. En febrero de 2013, en su 54º período de sesiones, el Comité modificó su reglamento para incorporar plenamente las Directrices de Addis Abeba.

46.El Comité contra la Tortura aprobó, en su 49º período de sesiones (noviembre de 2012), una declaración sobre las Directrices de Addis Abeba en la que acogía con satisfacción la iniciativa y recomendaba que todos los comités tomarán las directrices en consideración. En su declaración, el Comité señaló también que las directrices recogían y reafirmaban su propio reglamento. Los miembros del Comité confirmaron su firme apoyo a la independencia y la imparcialidad de todos sus miembros, como se afirmaba en las Directrices de Addis Abeba, y señalaron que seguirían examinado medios para poner en práctica las directrices a lo largo del 50º período de sesiones del Comité (mayo de 2013), entre otras cosas modificando el artículo 14 de su reglamento.

47.El Comité de los Derechos del Niño modificó todos los artículos pertinentes de su reglamento con el fin de reflejar los diversos elementos de las Directrices de Addis Abeba. El nuevo reglamento enmendado (CRC/C/4/Rev.3) mencionaba, además, que las directrices forman parte integrante del reglamento del Comité. Las directrices figuran también en anexo al reglamento.

48.El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares acogió favorablemente las Directrices de Addis Abeba en una decisión adoptada en su 17º período de sesiones (septiembre de 2012). En su 18º período de sesiones (abril de 2013), el Comité aprobó todas las recomendaciones que figuraban en el informe de la Alta Comisionada sobre el fortalecimiento de los órganos de tratados, así como las Directrices de Addis Abeba.

49.El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobó una decisión acerca de las Directrices de Addis Abeba en su octavo período de sesiones (septiembre de 2012) y decidió enmendar su reglamento para incorporarlas.

50.El Comité contra la Desaparición Forzada aprobó, en su tercer período de sesiones (noviembre de 2012), una decisión en la que acogía con satisfacción las Directrices sobre la independencia y la imparcialidad de los miembros de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos y decidió incorporar las directrices a su reglamento en forma de anexo.

51.El Subcomité para la Prevención de la Tortura aprobó, en su 18º período de sesiones (noviembre de 2012), una declaración sobre el fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados en la que señalaba que había suscrito las Directrices de Addis Abeba (véase CAT/C/50/2, párr. 42).