Grupo de edad (años)

Fiyianos

Indios

Otros

Total

Porcentaje del total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

0-1

5.488

5.130

10.618

2.380

2.293

4.673

508

431

939

8.376

7.854

16.230

2,0

1-2

5.693

5.269

10.962

3.001

2.689

5.690

524

420

944

9.218

8.378

17.596

2,2

2-3

5.331

5.014

10.345

2.601

2.481

5.082

476

434

910

8.408

7.929

16.337

2,0

3-4

5.340

5.034

10.374

2.573

2419

4.992

463

395

858

8.376

7.848

16.224

2,0

4-5

5.217

4.931

10.148

2.698

2.608

5.306

498

438

936

8.413

7.977

16.390

2,0

5-9

26.167

24.575

50.742

16.221

15.376

31.597

2.687

2.534

5.221

45.075

42.485

87.560

10,7

10-14

25.339

23.712

49.051

17.656

16.850

34.506

2.607

2.371

4.978

45.602

42.933

88.535

10,9

15-19

23.035

21.803

44.838

18.010

16.893

34.903

2.478

2.423

4.901

43.523

41.119

84.642

10,4

20-24

19.810

19.364

39.174

16.754

15.074

31.828

2.618

2.308

4.926

39.182

36.746

75.928

9,3

25-29

17.034

16.957

33.991

14.394

13.060

27.454

2.550

2.317

4.867

33.978

32.334

66.312

8,1

30-34

15.528

15.463

30.991

13.279

12.348

25.627

2.527

2.175

4.702

31.334

29.986

61.320

7,5

35-39

14.268

13.933

28.201

12.736

12.215

24.951

2.321

1.967

4.288

29.325

28.115

57.440

7,0

40-44

12.455

12.082

24.537

11.716

11.422

23.138

2.110

1.629

3.739

26.281

25.133

51.414

6,3

45-49

10.290

10.020

20.310

9.806

9.872

19.678

1.831

1.417

3.248

21.927

21.309

43.236

5,3

50-54

8.265

8.171

16.436

7.653

7.888

15.541

1.565

1.187

2.752

17.483

17.246

34.729

4,3

55-59

6.590

6.676

13.266

5.489

5.979

11.468

1.174

901

2.075

13.253

13.556

26.809

3,3

60-64

5.120

5.323

10.443

3.791

4.311

8.102

787

648

1.435

9.698

10.282

19.980

2,5

65-69

3.671

3.995

7.666

2.440

2.935

5.375

514

449

963

6.625

7.379

14.004

1,7

70-74

2.411

2.810

5.221

1.515

1.924

3.439

380

335

715

4.306

5.069

9.375

1,2

75 +

2.616

3.561

6.177

1.553

2.350

3.903

408

464

872

4.577

6.375

10.952

1,3

Total

219.668

213.823

433.491

166.266

160.987

327.253

29.026

25.243

54.269

414.960

400.053

815.013

100

Fuente: Oficina de Estadística.

Fiyianos autóctonos

42.Los fiyianos autóctonos son el mayor grupo étnico de Fiji y actualmente representan alrededor del 53% de la población. Sin embargo, la comunidad dista de ser homogénea. Consta de diferentes grupos etnolingüísticos que se dividen en muchas comunidades, grupos y clanes. El desarrollo irregular entre áreas rurales y urbanas y entre islas centrales y alejadas ha dado lugar también a grandes disparidades económicas en la comunidad autóctona. Los fiyianos autóctonos de diferentes regiones han reivindicado periódicamente mayor autonomía basándose en estas diferentes condiciones históricas y económicas. Estas condiciones plantean bastantes problemas a los líderes políticos autóctonos que apelan a la solidaridad étnica.

43.Muchos líderes fiyianos han argumentado que, en tanto que grupo, los fiyianos autóctonos son los más pobres del país. En muchas esferas, como el rendimiento escolar y el comercio y en ciertos sectores económicos, los fiyianos autóctonos están subrepresentados.

Indofiyianos

44.Los indofiyianos constituyen la segunda comunidad étnica por número de habitantes. Al igual que la comunidad autóctona, la comunidad indofiyiana está lejos de ser uniforme. Los primeros indios llegaron a Fiji como mano de obra con contratos de cumplimiento forzoso. Tras el período de contratación, muchos se quedaron y trabajaron como agricultores arrendatarios de caña, y quienes pudieron permitírselo dejaron el trabajo agrícola, se convirtieron en trabajadores asalariados, crearon pequeños negocios o estudiaron carreras profesionales. Durante los años de entreguerras llegó a Fiji una nueva clase adinerada de indios gujarati en busca de oportunidades económicas. En el decenio de 1960 los indios gujarati rivalizaban con los europeos por el dominio de la economía. Los indofiyianos que actualmente viven en Fiji tienden a identificarse con la comunidad gujarati o con personas cuyas familias llegaron durante el período de contratación; en algunos casos, los dos grupos se tienen poca consideración. La religión desempeña una función adicional en la división de la comunidad indofiyiana. Aunque la mayoría de los indofiyianos son hindúes, en la comunidad existen también cristianos y musulmanes. El predominio cuantitativo de indios de origen hindú ha sido fuente de alguna tensión. Los musulmanes de origen indio colonial han reivindicado periódicamente una representación política aparte.

La comunidad banaba

45.La comunidad banaba posee la isla de Rabi, situada a poca distancia de la costa de Vanua Levu, donde viven la mayoría de sus miembros. Son originarios de Oceanía (isla Banaba), en la colonia británica de las islas Gilbert y Ellice. Los miembros de la comunidad banaba llegaron en principio como colonos (1.003 personas) en diciembre de 1945. La Comisión Británica de Fosfatos, con fondos del Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba, compró la isla de Rabi al gobierno colonial británico en Fiji para reasentar a la comunidad banaba. Entre 1945 y 1995 la población de Rabi aumentó de 1.003 habitantes a más de 5.000.

46.La difícil situación de la comunidad banaba en Fiji tiene sus raíces en uno de los peores ejemplos de explotación colonial en el Pacífico meridional. El fosfato se descubrió en Banaba en 1900. La Pacific Islands Company, que descubrió el fosfato, convenció al Gobierno británico para que anexionara Banaba. En 1912 compró tierras a precios extremadamente bajos para llevar a cabo la explotación minera del fosfato. Creó también el Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba en el que depositó regalías para que fuesen utilizadas por la comunidad banaba. En 1916 la isla Banaba pasó a formar parte de la colonia de las islas Gilbert y Ellice sin consultar o tener el consentimiento de la población. En 1920, los Gobiernos de Australia, Gran Bretaña y Nueva Zelandia adquirieron los intereses de la Compañía de las Islas del Pacífico en Banaba; a partir de entonces la industria del fosfato fue administrada con carácter comercial por la Comisión Británica de Fosfatos. Con el tiempo, la Comisión aumentó la zona de explotación minera, destruyó la base de subsistencia de la comunidad y pagó indemnizaciones extremadamente bajas.

47.En 1947 un equipo de funcionarios británicos y líderes de la comunidad banaba firmaron una declaración de intención en la que se estipulaba que la comunidad banaba viviría en la isla de Rabi en las islas Fiji. Como consecuencia de esta declaración se formuló la Orden de Asentamiento de la Comunidad Banaba, de 1945, que prevé la administración de Rabi mediante el Consejo de la isla de Rabi. La comunidad banaba de Rabi está sujeta al sistema fiscal de Fiji y tiene derecho a los servicios que presta el Gobierno de Fiji. La Comisión Británica de Fosfatos amplió su contrato de arrendamiento para explotar las tierras restantes. La Orden creó también la Junta del Fondo Fiduciario de la Comunidad Banaba que fue reemplazada por la Ley de asentamiento de la comunidad banaba cuando Fiji alcanzó la independencia.

48.Al no llegar a un acuerdo sobre la indemnización, la comunidad banaba emprendió acciones legales contra la Comisión Británica de Fosfatos y el Gobierno británico. Los tribunales declararon culpable de negligencia moral al Gobierno británico. Este fallo obligó al Gobierno británico y a la Comisión de Fosfatos a negociar un acuerdo. Se ofreció a la comunidad banaba una indemnización de 10 millones de dólares de Fiji que se ingresó en régimen de fideicomiso regulado por la Ley de asentamiento de la comunidad banaba, recogida en la Constitución de Fiji de 1997.

49.Debido a que tenía acceso a sus propios fondos de desarrollo, esta comunidad minoritaria quedó en gran medida excluida del proceso general de desarrollo. A partir de los años ochenta todos los indicadores de desarrollo social de la comunidad han mostrado un acusado descenso.

La comunidad china

50.La presencia china en Fiji se remonta a mediados del siglo XVIII, cuando personas procedentes de China viajaron a la región en busca de balate (cohombro de mar) y sándalo, productos muy apreciados en China. La población china de Fiji aumentó después de la primera guerra mundial. En los decenios de 1920 y 1930 llegaron nuevos pobladores que proporcionaron mano de obra durante el auge de la industria de exportación de bananas. Muchos de ellos continuaron produciendo bananas y otros productos en tierras arrendadas. En los decenios de 1930 y 1940 se produjeron otras migraciones de población china a Fiji. Por primera vez muchos chinos comenzaron a solicitar la ciudadanía. La comunidad aumentó gradualmente desde el fin de la segunda guerra mundial. Sin embargo, la independencia de Fiji produjo en muchos chinos un sentimiento de incertidumbre y entre 1968 y 1974 cerca del 20% de los miembros de esa comunidad abandonó Fiji.

51.Ya en el decenio de 1940 los chinos comenzaron a participar en el sector comercial, principalmente como comerciantes independientes. A mediados del decenio de 1970 la comunidad estaba firmemente asentada en el comercio al por menor y otras actividades comerciales. Del mismo modo, miembros de la comunidad se han integrado bien en el mercado laboral. En 1996, más del 40% de los miembros económicamente activos de esa comunidad trabajaban en profesiones legales y técnicas o son altos funcionarios. Este porcentaje contrasta con el de fiyianos autóctonos (el 15%) y de indofiyianos (el 22%).

52.Estos resultados reflejan el rendimiento educativo de los estudiantes chinos en relación con las poblaciones fiyianas autóctona e indofiyiana. Por ejemplo, el 18,5% de chinos adultos había obtenido títulos académicos de enseñanza superior en 1996, frente al 6,5% de indofiyianos y menos del 5% de fiyianos autóctonos. Esta situación muestra la importancia que las familias chinas conceden a la enseñanza superior.

53.A pesar del éxito económico general, la comunidad china ha permanecido políticamente marginada. Esta ha sido una de las razones que explican la tasa de emigración extremadamente elevada de esta comunidad. No obstante, se calcula que desde principios de los años noventa se han afincado en Fiji unos 2.500 chinos. En general, la situación de la comunidad es diferente de la de otras comunidades más pequeñas. El éxito logrado en la educación y en la actividad comercial ha creado oportunidades para la emigración. Aunque en el mejor de los casos la representación política de la comunidad china es marginal, esta comunidad disfruta de ingresos más elevados y gestiona sus propias instituciones educativas y culturales. Su relativamente mejor posición económica en el plano nacional, así como una tasa más elevada de emigración, han actuado como válvulas de escape durante períodos de turbulencia política. Si la sociedad fiyiana en su conjunto quiere aprovechar la energía y los recursos de esta comunidad antaño dinámica, la Constitución y las políticas tienen que promover su sentido de pertenencia en tanto que ciudadanos con derechos iguales.

La comunidad rotumana

54.Rotuma es una isla remota situada a unos 500 km al norte de la isla de Viti Levu y de Suva. Rotuma fue cedida oficialmente a Gran Bretaña en 1881 tras las "guerras" religiosas que estallaron entre grupos de católicos y metodistas wesleyanos. Estas guerras llevaron a los líderes rotumanos a solicitar a Gran Bretaña que anexionase la isla. Sin embargo, Gran Bretaña decidió en 1881 que Rotuma fuese administrada a través de la Oficina Colonial en Fiji. A causa de las limitadas oportunidades económicas y educativas los rotumanos se trasladaron a Viti Levu desde principios del período colonial para estudiar y buscar empleo. En 1981 la población total rotumana ascendía a 8.078 personas. De ellas, sólo 2.578, o sea el 32%, vivían en la isla de Rotuma, frente a 3.235, es decir el 56%, en 1966. La proporción de la comunidad que vive fuera de Rotuma ha aumentado constantemente.

55.No obstante, los modelos de migración han cambiado. En el decenio de 1930 los rotumanos abandonaban Rotuma principalmente para trabajar en las minas de oro. Últimamente, los rotumanos han dejado la isla para cursar estudios de enseñanza superior en Viti Levu y para trabajar en empleos altamente cualificados. En 1996 más del 30% de rotumanos ejercían profesiones legales, universitarias y técnicas, una tasa considerablemente superior a la de indofiyianos y fiyianos autóctonos. Es significativo que un porcentaje más elevado de estudiantes rotumanos que de fiyianos autóctonos finalice estudios de enseñanza superior. Sin embargo, los rotumanos consideran que los sucesivos gobiernos han desatendido a su comunidad. Citan la irregularidad en los transportes a la isla, la escasa infraestructura y la consiguiente falta de oportunidades económicas y educativas debido a la influencia marginal que ejerce la isla en el proceso nacional de toma de decisiones.

56.La Constitución de 1997 prevé varios mecanismos para que la comunidad pueda ampliar su influencia política. Garantiza a los rotumanos un escaño en el Parlamento y prevé la designación de un senador rotumano. Además, el sistema de listas abiertas ofrece la oportunidad de que la comunidad del territorio principal influya en los resultados de las elecciones. Asimismo, la Ley de Rotuma y la Ley de tierras de la comunidad rotumana están incluidas en la Constitución. Por último, las disposiciones de la Constitución en materia de justicia social proporcionan la base para mejorar el bienestar social y económico de los más desfavorecidos de la comunidad, especialmente de los que viven en la isla de Rotuma.

Las comunidades europea y parcialmente europea

57.El origen de las comunidades europea y parcialmente europea de Fiji se remonta a principios del siglo XIX, cuando los colonizadores empezaron a establecer una presencia comercial. Tras la colonización, los miembros de estas comunidades aumentaron a medida que crecían las oportunidades comerciales. Durante todo el período colonial las comunidades europea y de origen europeo disfrutaron de una posición relativamente privilegiada gracias a su dominio del comercio y de la administración colonial. También tenían representación directa en la asamblea legislativa colonial.

58.En la Constitución de 1970 se garantizaba a la comunidad europea un nivel de representación política mucho mayor de lo que le correspondía por su población. Desde entonces, los europeos han apoyado en gran medida al Partido de la Alianza cuyos miembros estuvieron bien representados en cargos superiores del gabinete ministerial. En la Constitución de 1990 se redujo la representación de los europeos, lo que hizo surgir sus inquietudes acerca de su identidad y sentido de pertenencia.

59.En términos generales, la comunidad europea sigue teniendo los ingresos más elevados. Casi el 50% de los miembros de la población activa europea y de origen europeo se dedican a profesiones legislativas, universitarias y técnicas bien remuneradas. La tasa de emigración de los europeos es la más elevada de todas las comunidades minoritarias y las comunidades china e indofiyiana siguen tendencias similares.

Las comunidades melanesias

60.Las comunidades melanesias, que constan de descendientes de personas originarias de las Islas Salomón y de Vanuatu, llegaron a Fiji como mano de obra esclava a principios del siglo XIX. La mayoría de sus descendientes viven en Suva, Lautoka y Levuka en comunidades relativamente cerradas. Más del 60% de las familias de estas comunidades viven por debajo del umbral oficial de pobreza. Únicamente una cantidad ínfima tiene empleos mejor remunerados, cualificaciones profesionales o estudios de enseñanza superior.

Emigración reciente de profesionales cualificados

61.La emigración reciente de profesionales cualificados ha afectado gravemente a la nación. A continuación se tabulan cifras de la Oficina de Estadística.

Ciudadanos de Fiji emigrados por ocupación 1997, agosto de 2004

Ocupación

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

Trabajadores profesionales, técnicos y conexos

502

578

658

823

977

802

795

414

Trabajadores administrativos y de gestión

230

290

258

371

398

368

384

269

Empleados, supervisores y trabajadores conexos

349

464

425

479

544

521

518

309

Empleados de ventas

137

116

139

140

151

127

134

118

Empleados de servicios

94

95

115

109

119

128

119

93

Trabajadores en la agricultura, la ganadería, y la forestación, pescadores

74

112

98

102

111

90

85

66

Trabajadores de producción, transporte, operadores de equipos y jornaleros

486

476

451

469

554

489

570

409

Trabajadores no clasificables

2.621

2.698

2.693

2.782

3.462

2.955

3.166

2.188

Total

4.493

4.829

4.837

5.275

6.316

5.480

5.771

3.866

Migración neta

2003

Enero a junio 2004

Fiyianos

-1.603

-205

Indios

-7.160

-908

Otros

-2.373

-1.492

Total

-11.136

379

Fuente: Oficina de Estadística, 2002, 2005.

IV. LA TIERRA

Administración de la tierra

62.El régimen de propiedad de la tierra de Fiji tiene sus raíces en el Acta de Cesión (Deed of Cession). La parte del Acta de Cesión relativa a la propiedad de la tierra decía:

"Que la propiedad absoluta que no haya sido enajenada como propiedad de buena fe de europeos u otros extranjeros o que no esté dedicada efectivamente al uso de algún jefe o de alguna tribu ni ocupada efectivamente por éstos, o que no se requiera efectivamente para el sustento futuro probable de algún jefe o de alguna tribu, será declarada propiedad de Su Majestad, de sus herederos y sucesores."

63.Con arreglo al Acta de Cesión, la Corona era la propietaria absoluta o ultimus haeres de todas las tierras de Fiji, con excepción de las tierras de propiedad de dominio absoluto privadas y de las tierras indígenas, que se definen como tierras dedicadas al uso u ocupación efectivos por los jefes y sus súbditos, conjuntamente con las tierras de que los jefes y sus súbditos pudieran necesitar ocasionalmente para su probable uso y sustento en el futuro. La Comisión de Tierras (Lands Comissión), establecida poco después de la cesión, determinó la propiedad de la tierra, que sigue siendo en general la misma hasta el día de hoy. La Comisión de Tierras resolvió las reclamaciones de europeos y otros extranjeros que habían adquirido tierras de buena fe antes de la cesión. La Comisión de Tierras también reconocía la protección de los sistemas autóctonos de tenencia de la tierra -el mataqali (subclan) fue reconocido como la principal entidad de tenencia de la tierra en la sociedad de Fiji.

64.Sólo un 8% (167.945 ha) de todas las tierras de Fiji son de dominio absoluto privado, el 2% es propiedad del Estado (considerado hasta ahora como patrimonio de la Corona) y el 90% restante son tierras indígenas. Esto contrasta con muchos otros países en los que los propietarios indígenas fueron desposeídos por la colonización.

65.Las tierras indígenas son bienes de propiedad en fideicomiso del Consejo de las Tierras Indígenas (Native Lands Trust Board) (NLTB)), establecido en 1940 en virtud de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas (Native Land Trust Act). Las tierras indígenas no pueden enajenarse por venta. El NTLB administra tierras no necesarias para su ocupación por los miembros de un mataqali y de hecho está facultada para ceder las tierras sin el consentimiento del mataqali. Parte de las tierras excedentes se ha usado históricamente para el cultivo de la caña de azúcar y otros cultivos, generalmente por parte de descendientes de indios con contratos de cumplimiento forzoso. Más recientemente se han dedicado algunas tierras de la costa a proyectos turísticos.

66.En abril de 2002 el Parlamento aprobó varias enmiendas a la Ley de tierras indígenas y a la Ley de fideicomiso de tierras indígenas. Éstas facilitan la transferencia en fideicomiso de tierras estatales al NLTB para la entrega a naturales de Fiji de tierras no reclamadas en el momento de la cesión y la recuperación por entidades denominadas Yavusa de las tierras de entidades más pequeñas de tenencia de la tierra, es decir, los mataqalis, cuyos miembros habían dejado de existir en el momento de la cesión. Estos dos instrumentos legislativos para la transferencia de tierras estatales de las listas A y B al NLTB fiduciaria de las tierras de los indígenas fueron introducidos por el gobierno del partido STV de Sitiveni Rabuka (febrero de 1999, y se sometieron al Comité Parlamentario Conjunto en mayo de 1999 cuando hubo elecciones generales) y también fueron presentados al Parlamento por el gobierno de coalición de Mahendra Chaudhury en octubre de 1999 y ante el Comité Parlamentario Mixto con ocasión del frustrado golpe de Estado.

67.Las tierras estatales de la lista A son tierras que pertenecieron a mataqalis ya desaparecidos y son controladas y administradas por el Estado. Cuando se dictó la Ordenanza sobre las tierras indígenas en 1880, la Corona había previsto ya la situación de la desaparición de un mataqali. Ésta figura en el artículo 13 de la ordenanza, en el que se estipula que "si un mataqali dejara de existir por desaparición de sus miembros, sus tierras revertirán a la Corona como ultimus haeres (últimos herederos) y se adjudicarán al qali a que pertenecían, o a otros grupos de personas que pudieran solicitarlas, o serán conservadas por la Corona y su situación será resuelta por el Gobernador en las condiciones que se estimen convenientes". La Comisión de Tierras determinó que había tierras desocupadas en el momento de la cesión que nadie había reivindicado legalmente. Inmediatamente después de la cesión, la Administración Colonial Británica, en nombre de la Corona Británica, adoptó un enfoque comprensivo. Se garantizó a los naturales de Fiji que "sus tierras eran suyas y nunca les serían arrebatadas". La Corona no reivindicó las tierras de esta categoría, pero por motivos administrativos, se confió a la Corona el control de las tierras de la lista B, puesto que, a la sazón, no existía ningún otro órgano que pudiese velar por los intereses de los propietarios de tierras indígenas.

68.La transferencia facilita el cumplimiento pronto y cabal del Estado con sus obligaciones en virtud del párrafo 1 del artículo 18 de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas. En dicho artículo se estipula que "si el Presidente estima que la tierra perteneciente a un mataqali es insuficiente para el uso, el mantenimiento o el sustento de sus miembros, el Presidente podrá, legalmente, por proclamación, reservar aquellas tierras de la Corona u otras tierras adquiridas para naturales de Fiji o en nombre de éstos, que pudieran ser necesarias para el uso, el mantenimiento o el sustento de ese mataqali. Cada zona así reservada será considerada como una reserva indígena". La tramitación de las reclamaciones de tierras de mataqalis desaparecidos o de tierras desocupadas por parte de naturales de Fiji sin tierra o que no posean tierras suficientes para su mantenimiento y sustento, podrá efectuarse en lo sucesivo ante una sola instancia, a saber, la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, y no como hasta ahora, tanto ante la Junta Fiduciaria como en el Ministerio de Tierras.

69.Con la promulgación en 1940 de la Ley de fideicomiso de tierras indígenas (cap. 134), y el establecimiento del NLTB, habría sido razonable que la Corona transfiriese a este último el control sobre las tierras estatales de las listas A y B. Pero no lo hizo así, creándose una anomalía en la administración de tierras que se quiere corregir ahora con la transferencia. Estas tierras han de ser asignadas por el NLTB a naturales de Fiji que no posean tierras suficientes para su mantenimiento y sustento, y a naturales de Fiji sin tierra. De conformidad con los registros de la Comisión de Tierras Indígenas, unos 223 tokatokas (familias ampliadas) y mataqalis de siete provincias de Fiji no poseen tierras. Los pormenores son los siguientes.

Pormenores de mataqalis que no poseen tierras

Provincia

Número de unidad tokatoka / mataqali

Hombres

Mujeres

Total

Cakaudrove

1

3

0

3

Macuata

10

124

100

224

Lomaiviti

98

1.290

1.190

2.480

Rewa

1

3

11

14

Nadroga

12

117

121

238

Ba

59

872

784

1.656

Ra

42

454

451

905

Total

223

2.863

2.657

5.520

70.La propiedad de las tierras indígenas es exclusividad de los terratenientes indígenas, y las tierras agrícolas se administran conforme a la Ley de propietarios y arrendatarios agrícolas (Agricultural Landlord and Tenant Act (ALTA)) de 1976. Existen algunos arrendamientos indígenas con fines de explotación agrícola con plazos de 999 años. Las tierras estatales se rigen por la Ley de patrimonio de la Corona (Crown Lands Act), y su administración corre a cargo del Departamento de Tierras y Catastro del Ministerio de Tierras. Sin embargo, los naturales de Fiji no son dueños de las "tierras indígenas" en el contexto de la propiedad de dominio absoluto de la sociedad contemporánea; ejercen la propiedad en fideicomiso colectivo, lo que significa que un natural de Fiji corriente no puede venderlas o usarlas como garantía para un préstamo. La propiedad no existe a título individual, y sus tierras no pueden considerarse como propiedad privada, puesto que no existe título individual de propiedad de esas tierras.

71.En Fiji, como en otras sociedades del mundo entero, la tierra ocupa un lugar especial. Existe un sentimiento de pertenencia y de relación entre el natural de Fiji y la tierra (Vanua). En el idioma de Fiji, "Taukei", que es como los naturales de Fiji se refieren a sí mismos, y Kai Vanua significan literalmente "gente de la tierra" y "propietario". Como muchos otros grupos indígenas, los naturales de Fiji consideran que la tierra tiene un aspecto sagrado y espiritual. Filosófica y espiritualmente, existe una creencia muy arraigada en el cuidado de la tierra. Se acepta que la generación actual tiene una responsabilidad respecto de la tierra vinculada con el espíritu de sus antepasados y las expectativas de sus descendientes, además de las necesidades de la generación actual.

72.Unas 420.000 ha de tierras indígenas se encuentran arrendadas a unos 24.700 arrendatarios con fines agrícolas, comerciales e industriales.

Provincia

Tierras con derecho de propiedad absoluto

Tierras administradas por el Estado

Tierras autóctonas

Tierras autóctonas arrendadas

Porcentaje de las tierras autóctonas arrendadas

Total

Ba

10.323

34.525

203.505

77.706

38

248.354

Bua

17.725

286

117.086

33.144

28

135.097

Cakaudrove

50.512

4.483

216.454

22.711

10

271.449

Kadavu

1.717

51.05

45.328

2.188

5

47.096

Lau

4.490

315.65

44.933

1.133

3

49.738

Lomaiviti

5.583

678

29.903

2.551

9

36.164

Macuata

12.595

4.054

178.230

67.475

38

194.880

Nadroga/Navosa

6.205

3.752

206.578

45.236

22

216.536

Naitisiri

7.343

4.290

144.414

21.000

15

156.047

Namosi

386

11.241

52.894

3.945

7

64.521

Ra

5.815

2.145

98.682

29.289

30

106.642

Rewa

2.661

344

21.380

1.483

7

24.385

Serua

12.297

98.62

45.303

28.553

63

57.699

Tailevu

4.437

1.364

86.434

23.059

27

92.234

Fuente: Consejo de las Tierras Indígenas, citado en http://www.nlth.com.fj.

Nota: Las cifras correspondientes a tierras autóctonas arrendadas no incluyen las concesiones madereras que representan una superficie de aproximadamente 304.000 ha. Los datos se actualizaron por última vez en 2004.

73.Las tierras que se arriendan con fines de explotación agrícola se arriendan por un plazo de 30 años con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios, y el arriendo se establece en un 6% de su valor en capital sin mejoras. En 1997 unos 13.140 arriendos agrícolas comenzaron a expirar, y la mayoría de ellos (3.459) expiraron entre 1999 y 2000. Durante el gobierno de coalición de 1999 encabezado por Mahendra Chaudhury, la Ley de propietarios y arrendatarios adquirió un carácter muy discutible por cuanto algunos propietarios indígenas pretendían que se les devolvieran sus tierras. El gobierno ofreció una indemnización de 28.000 dólares a los agricultores cuyos arrendamientos habían expirado y no deseaban afincarse en otro lugar. Esta suma también fue motivo de controversia por cuanto representaba en muchos casos considerablemente más, en dólares, que el total acumulado que habían recibido los terratenientes en los últimos 30 de 50 años de arriendo.

74.Asimismo se ha ofrecido tierras indígenas a grandes hoteles y empresas para crear una fuente de ingresos para miles de personas. Los terratenientes también han sacado provecho del arriendo de la tierra. Los pagos por concepto de arriendo representan ahora más de 12 millones de dólares por año, y se prevé un incremento de esta cifra en los años venideros.

75.La incertidumbre respecto de la pugna actual por la tierra produce como resultado una situación política inestable y volátil, inseguridad de tenencia, inseguridad ambiental y la consiguiente inseguridad institucional. Esta inseguridad, conjuntamente con otros problemas, condujo al frustrado golpe encabezado por George Speight el 19 de mayo de 2000. El intento del gobierno de coalición de Mahendra Chaudhury de retener la Ley de propietarios y arrendatarios en contra del deseo de muchos terratenientes indígenas, a los que el NLTB había animado a concertar contratos de arrendamiento más equitativos y flexibles con arreglo a la Ley de fideicomiso de tierras indígenas, fue un elemento catalizador de los acontecimientos que condujeron al golpe. En el período inmediatamente anterior al golpe se publicaron muchas diatribas inflamatorias y desinformadas. El gobierno ingenuamente propuso una solución favorable a los arrendatarios, cuando los terratenientes consideraban la Ley de propietarios y arrendatarios como una amenaza a su propiedad, pues consideraban que ésta era su derecho legítimo y que tenían la prerrogativa legal de recuperar las tierras. Los terratenientes creían que el gobierno de Chaudhury intentaba impugnar sus derechos y luchar autocráticamente por el mantenimiento del status quo favorable al arrendatario (es decir, a los indios).

76.Para salir del estancamiento actual respecto de los arriendos con fines de explotación agrícola con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios para el cultivo de la de caña de azúcar, segunda fuente de divisas de exportación de Fiji, cuyos agricultores son principalmente de origen indio, debe encontrarse el equilibrio entre las necesidades de las unidades de propiedad de la tierra de Fiji arrendadas actualmente para la producción de caña de azúcar, y las necesidades de los arrendatarios de tierras indígenas con contratos de arrendamiento que vencerán entre 1997 y 2024.

77.El gobierno ha creado un Grupo de Tareas de la Ley de propietarios y arrendatarios para la industria azucarera, integrado por las industrias interesadas, la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, el Consejo de Cultivadores de Caña Azúcar, y la Fiji Sugar Corporation. El objetivo principal de ese Grupo de Tareas es analizar y encontrar una solución amistosa al estancamiento legislativo de las leyes de propietarios y arrendatarios y de tierras indígenas.

78.También se creó un Subcomité del Grupo de Tareas de la Ley de propietarios y arrendatarios de la industria azucarera, encargado de realizar las tareas siguientes:

-Acelerar la preparación de los títulos de arrendamiento;

-Adjudicar oportunamente los contratos para el cultivo de la caña de azúcar;

-Preparar los formularios de solicitud FAS;

-Concienciar y educar a los terratenientes y antiguos arrendatarios con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios respecto del Plan de Asistencia Agrícola y los programas de reasentamiento.

79.El gobierno vela por que la solución que se encuentre sea aceptable, equitativa y justa para los terratenientes y los arrendatarios.

80.Para ello, en octubre de 2001, el Departamento celebró tres reuniones de consulta con las partes interesadas, en particular la Junta Fiduciaria de las Tierras de los Indígenas, FAB, Roko Tuis, Desarrollo Regional, el MASLR, Youth and Sports, y la Fiji Sugar Corporation, con vistas a debatir y elaborar un sistema que permitiera a la Junta de Asuntos de Fiji y Roko Tuis asumir la dirección de la organización de los grupos de tareas provinciales con un enfoque dinámico en relación con la expiración de los contratos de arrendamiento con arreglo a la Ley de propietarios y arrendatarios y una mayor concienciación respecto del Plan de Asistencia Agrícola y a los programas de reasentamiento entre las comunidades rurales. Éstos reducirán a su vez las incertidumbres que existen actualmente en la comunidad agrícola.

81.En la Land Conservation and Improvement Act (LCIA) (Ley de conservación y mejora de tierras) se prevé el establecimiento de la Junta Fiduciaria de Conservación de Tierras, cuya función principal es ejercer una supervisión general de los recursos terrestres e hídricos de Fiji. La ley es un instrumento muy importante para el compromiso contraído por Fiji en relación con el apoyo mundial y regional al uso sostenible de sus recursos terrestres e hídricos. Fiji se ha empeñado firmemente en el uso sostenible de sus recursos terrestres e hídricos y ha firmado diversos acuerdos y convenios internacionales como la Declaración de Río o Programa 21, el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica. El MASLR es el elemento fundamental de coordinación en la lucha de las Naciones Unidas contra la desertificación y la degradación del suelo en Fiji. La adhesión del Ministerio de Tierras y Recursos Minerales a la acción afirmativa y el uso sostenible de los recursos terrestres e hídricos de Fiji se refleja en su programa de planificación del uso participatorio de la tierra, que se basa en las antiguas tikina o fronteras de distrito. Con ello se trata de potenciar el pleno apoyo y la participación de las entidades propietarias de tierras en la planificación, la formulación de decisiones y el uso sostenible de sus recursos para obtener los máximos beneficios. Es preciso analizar previamente los diversos datos biofísicos y socioeconómicos para formular debidamente un plan de uso participatorio de la tierra. El elemento central del programa es la elaboración del Plan de uso participatorio de la tierra de la tikina de Nagonenicolo como proyecto piloto.

V. ESTRUCTURA POLÍTICA GENERAL

A. El poder legislativo

Constitución

82.La Ley de 1997 de enmienda de la Constitución, que modifica la Constitución de 1990, entró en vigor el 25 de julio de 1998. La aprobación de la nueva Constitución en octubre de 1997 condujo a la readmisión de Fiji como miembro del Commonwealth y al restablecimiento de plenas relaciones con muchos asociados comerciales y diplomáticos, tras haber sido excluida a raíz de los dos golpes de Estado de 1987. La Constitución de 1997 concede gran importancia a los derechos fundamentales, las libertades y la representación, y es conforme a los principales instrumentos de las Naciones Unidas relativos a los derechos sobre la tierra, las costumbres, las tradiciones y el patrimonio cultural.

Documentos constitucionales desde la independencia

83.Desde la independencia del Reino Unido en 1970, Fiji ha tenido tres Constituciones. Nuestros primeros documentos constitucionales figuraban como anexo del Decreto de Independencia de 1970 dictado por el Consejo de la Reina el 30 de septiembre de 1970, después de la promulgación de la Ley de independencia de Fiji el 23 de julio de 1970 por el Parlamento del Reino Unido. En las sociedades pluralistas como Fiji, la Constitución tiene especial importancia, ya que, durante el período de construcción de la nación, proporciona un marco amplio para el desarrollo de relaciones mutuas entre los distintos grupos comunales, y, lo que es más importante, muestra las ideas y la postura de la comunidad indígena mayoritaria (que cree tener derecho inherente a la hegemonía política) en lo que respecta a las otras comunidades, y los problemas inherentes al comunalismo y a la construcción de la nación. Cuando se escribió esto, según el censo de 1966, los fiyianos representaban el 42,4% de la población, menos que los indios de Fiji en ese momento.

84.Desde entonces y hasta hoy, los indios de Fiji ocupan una parte predominante del poder económico y comercial. Existía el temor de que si se les otorgaban los mismos derechos políticos, acabarían llevando las riendas del país. Este temor fue reconocido por los colonizadores británicos que introdujeron el sistema divisivo de representación comunal y de listas electorales comunales. Tanto entonces como hoy, las distintas comunidades están representadas por sus propios miembros.

85.Un rasgo importante de la Constitución de 1970 es que contiene disposiciones que protegen la tierra y las costumbres de Fiji frente a la legislación parlamentaria. Según la sección 68 de la Constitución de 1970, las nueve leyes o estatutos que regulan la tierra y las instituciones autóctonas sólo pueden enmendarse por mayoría de tres cuartas partes de la Cámara de Representantes y, si la enmienda afecta a la tierra, las costumbres, o el derecho consuetudinario de Fiji, ha de ser aprobada por al menos seis de los ocho senadores nombrados por el Bose Levu Vakaturaga.

86.La Constitución de 1970 fue abrogada a raíz del golpe de Estado incruento del 14 de mayo de 1987 encabezado por el entonces teniente coronel Sitiveni Rabuka.

87.Nuestra segunda Constitución se promulgó el 25 de julio de 1990 mediante decreto del primer Presidente de la República de Fiji, Ratu Sir Penaia Ganilau. La Constitución de 1990 se promulgó con el fin de restaurar el gobierno parlamentario tras los golpes de Estado militares de 1987. Esta Constitución estipulaba que debía revisarse antes de transcurridos siete años después de su promulgación, y en 1995 el Presidente nombró una comisión tripartita de examen de la Constitución presidida por Sir Paul Reeves, ex Gobernador General de Nueva Zelandia y arzobispo anglicano, de la que también formaban parte el Presidente del Parlamento de Fiji, Sr. Tomasi Vakatora, fiyiano autóctono, y el catedrático de la Universidad Nacional Australiana Dr. Brij Lal, indofiyiano.

La Comisión de revisión de la Constitución de Fiji

88.En el mandato de la Comisión se estipulaba que se llevaría a cabo una revisión "con la idea de promover la armonía racial y la unidad nacional y el progreso económico y social de todas las comunidades", y en la que se tendrían en cuenta las normas internacionales de derechos humanos. El 6 de septiembre de 1996, la Comisión presentó al Presidente de Fiji su informe titulado: "Islas Fiji: hacia un futuro unido". La Comisión recomendó que se mantuviera una Cámara de Representantes compuesta por 70 miembros, pero con 45 escaños abiertos a todas las razas. También recomendó que se atribuyeran 12 escaños comunales para fiyianos, 10 para indios, 2 para votantes generales y 1 para rotumanos.

89.Sin embargo, el 10 de septiembre de 1996, el Primer Ministro nombró un Comité Parlamentario Mixto Especial compuesto por 25 miembros, para estudiar y deliberar sobre el informe de la Comisión. De las 694 recomendaciones del informe, el Comité aprobó 577, enmendó 40 y rechazó por completo o declaró improcedentes 77.

Parlamento

90.El Parlamento de Fiji sigue en gran parte el procedimiento y las costumbres del sistema británico de Westminster. Las tres Constituciones prevén dos cámaras parlamentarias -una Cámara de Representantes elegidos y un Senado cuyos miembros son nombrados. La composición actual de los miembros elegidos de la Cámara de Representantes es un reflejo de la composición étnica y la distribución de la población. A este respecto, la Comisión de Delimitación de Circunscripciones, creada en virtud del artículo 75 de la Constitución de 1997, determina las delimitaciones de las circunscripciones en la elección de miembros a escaños comunales y escaños abiertos.

91.El Presidente nombra a los 32 senadores. El Senado no tiene potestad para elaborar o vetar leyes; tan sólo puede debatirlas y retrasar su aprobación. Catorce fiyianos autóctonos son nombrados por recomendación del Gran Consejo de Jefes, 9 por recomendación del Primer Ministro, 8 por recomendación del líder de la oposición y 1 rotumano es nombrado por recomendación del Consejo de la Isla de Rotuma.

El Parlamento bajo la Constitución de 1970

92.Bajo la Constitución de 1970, los 52 miembros elegidos del Parlamento estaban distribuidos del modo siguiente: 12 fiyianos; 12 indios; 3 electores generales (elegidos de entre las listas electorales fiyianas, indias y de electores generales respectivamente) y 10 miembros electores fiyianos, 10 indios y 5 generales (elegidos de entre las listas nacionales).

93.El Senado estaba compuesto por 22 miembros, de los cuales 8 eran nombrados por el Bose Levu Vakaturaga, 1 por el Consejo de Rotuma, 7 por el Primer Ministro y 6 por el líder de la oposición.

El Parlamento bajo la Constitución de 1990

94.Bajo la Constitución de 1990 la Cámara de Representantes aumentó en uno el número de miembros elegidos. Estaba compuesta por 72 miembros, con la siguiente composición:  37 fiyianos (de los cuales 32 eran elegidos en circunscripciones provinciales rurales y 5 en centros urbanos); 27 indios, 1 rotumano y 5 de otros grupos étnicos. El Senado estaba compuesto por 34 miembros, 24 de los cuales eran nombrados por el Bose Levu Vakaturaga, 1 por el Consejo de Rotuma y 9 eran nombrados por el Presidente a su arbitrio. Esos 9 representantes solían pertenecer a otros grupos étnicos.

El Parlamento bajo la Constitución de 1997

95.La Cámara de Representantes está compuesta por 71 miembros, 25 de los cuales son elegidos en listas abiertas, y 46 en listas comunales (étnicas). Los candidatos a los 25 escaños abiertos pueden pertenecer a cualquier grupo étnico. Los candidatos a los 46 escaños comunales están distribuidos del siguiente modo: 23 escaños para fiyianos, 19 para indios, 1 para rotumanos y 3 para otros o para votantes generales. Los miembros que componen la Cámara Alta o Senado son nombrados por el Presidente, 14 de ellos por recomendación del Bose Levu Vakaturaga, 9 por recomendación del Primer Ministro, 8 por recomendación del líder de la oposición y 1 por recomendación del Consejo de Rotuma.

B. El poder judicial

96.El poder judicial es independiente del Gobierno en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, que no están sujetas a la dirección o el control ministerial o del Gobierno. La Constitución garantiza la independencia del poder judicial mediante la atribución del nombramiento de los jueces al Presidente previa consulta a la Comisión independiente de Servicios Judiciales y Legales. La expulsión de miembros de la judicatura sólo es posible aplicando un complicado sistema de salvaguardias y contramedidas.

97.El poder judicial funciona en distintas instancias en los tribunales. El más alto tribunal de Fiji es el Tribunal Supremo creado por la Constitución, y el tribunal de rango inferior es el Tribunal de Primera Instancia, cuyas sentencias son apelables ante el Tribunal Superior de Justicia. Se pueden recurrir las sentencias del Tribunal Superior de Justicia ante el Tribunal de Apelaciones, y de ahí al Tribunal Supremo.

98.Los tribunales de primera instancia ejercen su jurisdicción civil y penal dentro de los límites de la demarcación en la que se encuentran. Su jurisdicción también se extiende a las aguas territoriales adyacentes a la demarcación. El Presidente del Tribunal dirige el reparto de asuntos entre los tribunales de primera instancia dentro de una demarcación. En la actualidad, hay 1 magistrado jefe, y 14 magistrados en los principales pueblos.

99.En 1991 se promulgó el Decreto legislativo de tribunales de pequeña cuantía para transferir la resolución de este tipo de denuncias de los tribunales de primera instancia a los recién creados tribunales de pequeña cuantía. Según el decreto, estos tribunales son divisiones de los tribunales de primera instancia. Tienen jurisdicción sobre toda reclamación por una cuantía que no exceda de 2.000 dólares de los EE.UU. y cualquier otra jurisdicción que le atribuya otra ley.

100.La Constitución de 1997 garantiza al Tribunal Superior de Justicia jurisdicción preferente para oír y decidir sobre cualquier asunto relativo a la protección de los derechos y libertades fundamentales del individuo garantizadas en el capítulo IV de la Carta de Derechos. Tiene jurisdicción preferente e ilimitada para oír y dictar sentencias en cualquier procedimiento civil o penal. También tienen poderes ilimitados para oír y decidir sobre apelaciones en casos tanto penales como civiles de tribunales inferiores. El Tribunal de Apelaciones de Fiji, sin embargo, entiende generalmente de las apelaciones de cualquier persona condenada por el Tribunal Superior de Justicia por cualquier delito. El tribunal de apelación de última instancia es el Tribunal Supremo que, según la Constitución, decide sobre cualquier apelación contra las resoluciones u órdenes finales del Tribunal de Apelaciones de Fiji. También tiene competencia para revisar, modificar, revocar o ratificar dichas resoluciones u otras órdenes si lo estima necesario en interés de la justicia.

C. El poder ejecutivo

El ejecutivo

101.Según lo establecido en la Constitución, el poder ejecutivo lo ejerce el Presidente, quien es el Jefe de Estado y también simboliza la unidad del Estado. Además, es Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. El Presidente es nombrado por el Gran Consejo de Jefes (Bose Levu Vakaturaga) tras consultar al Primer Ministro, y es elegido por un mandato de cinco años. Puede ser reelegido solamente una vez por otro mandato de cinco años. Cuenta con la asistencia de un gabinete y el Primer Ministro es el Jefe de Gobierno. El Presidente, ejerciendo su facultad discrecional, nombra Primer Ministro al miembro de la Cámara de Representantes que a su juicio puede obtener el apoyo de la mayoría de los miembros de la Cámara.

102.La Constitución de 1997 prevé el ejercicio del poder en forma compartida al establecer que todo partido que ocupe ocho escaños o más en el Parlamento deberá tener una representación en el Gabinete que sea proporcional a los escaños que ocupa en la Cámara.

El Gabinete

103.El Gabinete está integrado por el Primer Ministro, los demás ministros y el Fiscal General. El Gabinete se encarga de formular las políticas de gobierno y los subcomités especiales coordinan y planifican los detalles de las actividades estatales. El Gabinete también asesora al Presidente sobre cuestiones de gobierno y es responsable ante el Parlamento del asesoramiento que le brinda. Cada ministro se encarga de poner en práctica las decisiones adoptadas por el Gabinete y tiene facultades discrecionales para desempeñar las funciones propias del ministerio. Los funcionarios públicos de los ministerios son de carrera y no deben renunciar a su empleo con el cambio de Gobierno. La nueva reforma del sector público tiene por objeto introducir cambios en la calidad de los servicios que prestan los funcionarios públicos.

Departamentos de gobierno

104.Los asuntos de Gobierno se administran a través de 17 ministerios o departamentos y el ministro encargado de un departamento es responsable de sus actividades ante el Parlamento. El personal de esos departamentos son funcionarios públicos de carrera que no deben renunciar a su cargo cuando cambia el Gobierno. La Comisión de Administración Pública (CAP) ha logrado progresos importantes en la introducción de reformas a la administración pública y la medida principal ha consistido en la planificación institucional para definir los objetivos y productos por departamento. Desde principios de este año la CAP ha traspasado competencias constitucionales y estatutarias en los Secretarios Permanentes y Jefes de Departamento que les ha permitido firmar acuerdos de evaluación de la actuación profesional para rendir cuentas a los respectivos departamentos. La Comisión, en consulta con los ministerios y asociaciones de personal, también está ideando un nuevo sistema de gestión de la actuación profesional que establezca un vínculo entre los aumentos salariales y el rendimiento profesional y la productividad en el sector público.

105.El país cuenta con un sistema bien desarrollado de gobiernos locales. Los consejos municipales y locales están bajo la supervisión general del Ministerio de Vivienda, Urbanización y Medio Ambiente. Suva y Lautoka cuentan con consejos municipales, mientras que Nadi, Ba, Tavua, Sigatoka, Rakiraki, Labasa, Nausori, Levuka, Savusavu y Lami tienen consejos locales. Los consejos municipales tienen la potestad de imponer contribuciones para la creación de fondos y el desarrollo de capital. El Gobierno presta asistencia a los órganos locales proporcionando servicios técnicos de urbanismo y concediendo subsidios y préstamos. Los consejos municipales están integrados por concejales elegidos y están encabezados por un alcalde.

La Administración de Fiji

106.El sistema de gobierno colonial establecido en Fiji después de la cesión tenía por objeto incorporar a los jefes autóctonos en la administración pública. A diferencia de las colonias francesas y otras colonias del Pacífico a fines del siglo XIX, que simplemente no tuvieron en cuenta las instituciones políticas autóctonas, en Fiji se hizo todo lo posible por mantener vivo el espíritu de las instituciones autóctonas. Sir Arthur Gordon, el primer Gobernador, y John B. Thurston, el segundo Gobernador, eran realmente solidarios con el pueblo fiyiano y trataron de identificar y conservar las características de la sociedad y la organización tradicionales que consideraban valiosas. El Consejo de Jefes fue la principal institución que crearon en el marco de la administración autóctona. La labor del Consejo en la codificación y la revisión de las costumbres fiyianas sirvió de base para conservar la vida de pueblo en Fiji, mantener la autoridad de los jefes tradicionales en los asuntos internos y preservar una cultura y una economía fiyiana bien definida a pesar de los cambios fuera del país.

El Gran Consejo de Jefes ( Bose Levu Vakaturaga )

107.El Gran Consejo de Jefes (Bose Levu Vakaturaga) es la asamblea superior de los jefes tradicionales de Fiji, aunque también incluye un número reducido de personas especialmente calificadas, y se reúne una vez al año, por lo menos, para examinar cuestiones de interés para la población de Fiji.

108.El Gran Consejo de Jefes es un órgano constitucional en la República de las Islas Fiji, establecido con arreglo al capítulo 116 de la Constitución de 1997. En realidad es muchos años anterior a la Constitución, ya que fue establecido por los gobernantes coloniales británicos como órgano consultivo en 1876, dos años antes de que Gran Bretaña anexara a Fiji. La Constitución se limita a formalizar y codificar las funciones que el Consejo ha cumplido durante mucho tiempo. Ha seguido existiendo sin interrupción, pese a que su composición y funciones han variado con los años.

109.Según la Constitución, el Gran Consejo de Jefes tiene dos funciones principales:

-Funciona como colegio electoral para elegir al Presidente y al Vicepresidente de Fiji, por un período de cinco años. En ciertas circunstancias prescritas por la Constitución, puede separar al Presidente o al Vicepresidente de su cargo, en caso de delito grave, incompetencia, negligencia, o no poder cumplir sus deberes constitucionales.

-Elige a 14 de los 32 miembros del Senado. (Pese a que los senadores son nombrados por el Presidente, el papel que cumplen es meramente formal: la Constitución lo obliga a aceptar y nombrar a las 14 personas cuya candidatura propone el Consejo, así como a 18 senadores designados por otras instituciones (Primer Ministro 9, líder de la oposición 8, Consejo de Rotuma 1).) Las personas propuestas por el Gran Consejo de Jefes, que ocupan casi la mitad de los escaños en el Senado, tienen un veto efectivo si votan como bloque, ya que es prácticamente seguro que contarán con el voto de otros senadores para lograr una mayoría. No obstante, no siempre votan en bloque; los jefes de Fiji son un grupo muy diverso. En la práctica, el Gran Consejo de Jefes delega su prerrogativa de elegir senadores en los 14 consejos provinciales de Fiji, y cada provincia elige a un senador.

110.Además de esas funciones que prescribe la Constitución, el Gran Consejo de Jefes debe desempeñar otras funciones que de vez en cuando son establecidas por la ley. Además, se considera casi obligatorio que el gobierno consulte y consiga la aprobación del Consejo antes de realizar cambios de importancia en la Constitución, si bien nada en la Constitución lo establece así.

Ministerio de Asuntos Fiyianos

111.El Ministerio de Asuntos Fiyianos sirve de vínculo entre el Gobierno, el Consejo de Asuntos Fiyianos, el Gran Consejo de Jefes y otras instituciones afines para la formulación de políticas, la prestación de asistencia legislativa, la concesión de créditos presupuestarios y la ejecución de los programas destinados a lograr un mayor bienestar y una buena gestión de los asuntos públicos de los pueblos fiyianos autóctonos. El Ministerio cuenta con dependencias como las siguientes:

a)La Comisión de Pesca y Tierras Autóctonas define y determina las tierras que corresponden por legítimo derecho y por herencia a los fiyianos, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de tierras autóctonas (cap. 133), los usos y costumbres de los fiyianos, y las disposiciones de la Ley de pesca (cap. 158).

b)El Departamento de Educación Fiyiano vela por que los fondos asignados para la educación en Fiji se utilicen de modo que la población tenga más oportunidades de acceso a la educación profesional y universitaria. El Departamento también proporciona fondos para la compra de libros de textos en las escuelas primarias y secundarias.

c)El Instituto de Lengua y Cultura Fiyianas se encarga de la elaboración del diccionario monolingüe en lengua fiyiana. Con ese propósito realiza investigaciones, prepara la documentación, consulta a los grupos interesados y presenta la información en los diversos foros para obtener su apoyo. El Instituto también realiza investigaciones y prepara documentos sobre todos los aspectos de la cultura autóctona utilizando materiales audiovisuales y publicaciones.

d)El Centro de Tecnología Apropiada y Desarrollo ofrece cursos, seminarios y talleres técnicos y profesionales, durante períodos cortos o largos, para participantes de zonas rurales.

e)Las autoridades legales son el Consejo de Asuntos Fiyianos y el Consejo de Tierras Autóctonas.

112.El territorio de Fiji se divide en 14 provincias que a su vez se dividen en unidades administrativas más pequeñas, la unidad básica de las cuales es el pueblo (koro). El jefe del pueblo es el turaga-ni-koro, que es elegido o nombrado por los habitantes del pueblo. Varios koros forman una subdivisión administrativa (tikina) de una provincia y la provincia (yasana) a su vez está formada por varias tikinas. Las provincias están dirigidas por un consejo y el nombramiento del jefe (roko tui) debe ser aprobado por el Consejo de Asuntos Fiyianos, el cual debe también aprobar todas las contribuciones y normas impuestas por el consejo provincial. El Consejo de Asuntos Fiyianos es considerado el guardián del sistema administrativo de Fiji y de varios otros aspectos de las costumbres fiyianas. Ese sistema de gobierno local es exclusivamente fiyiano.

VI. LA ECONOMÍA

113.La economía de Fiji ha marchado muy bien desde 2001 debido a políticas fiscales y monetarias apropiadas. En los últimos cuatro años, la economía ha crecido un promedio de 3,5%. El año pasado, el crecimiento del PIB se estimó en 4,1%*. El crecimiento fue de amplia base en todas las secciones, con un crecimiento elástico en llegadas de visitantes y fuerte demanda interna que impulsó el crecimiento. Sin embargo, para 2005 y 2006 se proyecta un crecimiento inferior al 2%, lo que refleja las repercusiones de la pérdida de arreglos de comercio preferencial en las industrias del vestido y del azúcar.

114.El turismo, la agricultura, la ropa, la construcción y la minería siguen siendo el eje del sector productivo de Fiji. El turismo ha sido una industria dominante a través de los años. En 2004, se estableció un nuevo récord, ya que llegaron algo más de 500.000 visitantes. La introducción de transportes de bajo costo y de medidas intensivas de comercialización por los principales protagonistas de la industria contribuyó a ese éxito.

115.La industria azucarera registró una mejora inesperada en la producción en 2004, que superó los niveles de 2003. Sin embargo, la industria sigue enfrentando problemas entre los que cabe citar la no renovación de los arrendamientos de tierras, el deterioro de la calidad y la cantidad de caña de azúcar debido a los efectos de la sequía, la ineficacia de los molinos y la pérdida de los precios preferenciales del azúcar de los Estados Unidos. Sin embargo, se están haciendo reformas en la industria azucarera y se espera que la reestructuración solucione esos problemas.

116.La industria del vestido ha tenido mucho éxito, sobrepasando al azúcar con las mayores ganancias de exportación desde 1997. En 2004, la ropa constituyó el 22% de las exportaciones. Sin embargo, la industria hace frente ahora a una competencia internacional en aumento, en especial debido a la terminación de los arreglos de comercio preferencial de los Estados Unidos el 1º de enero de 2005, y la fuerte competencia de los competidores asiáticos. Se prevé una reducción de la producción de cerca del 40% sobre una base anual este año debido al cierre de la mayor fábrica de ropa.

117.El sector de la construcción está adquiriendo impulso desde 2002, principalmente debido a proyectos relacionados con el turismo en el sector privado. Liderados por el aumento en las actividades de construcción, los niveles de inversión mejoraron marginalmente y se estiman que han estado ligeramente por encima del 16% del PIB en 2004. Ello se vio complementado por un buen crecimiento de otros indicadores parciales de la inversión, tales como la importación de bienes de inversión, préstamos con fines de inversión y ventas internas de cemento.

118.La producción de oro aumentó, debido en gran parte a la mejor calidad del mineral extraído. Ello junto con firmes precios internacionales del oro ha tenido como resultado un aumento en los beneficios de exportación en 2004. Sin embargo, este año la industria minera hace frente a problemas importantes y se prevé que la producción se reduzca notablemente. Sin embargo, la mina ha emprendido una reestructura en su organización para revivir la producción hasta los niveles apetecidos.

119.La demanda interna siguió siendo fuerte durante 2001 a 2004, reflejando la confianza de los consumidores. Las ventas al por menor registraron un crecimiento saludable a través de los años, mientras que la recaudación del impuesto al valor agregado llegaba a niveles sin precedentes. La estabilidad en el consumo se vio apoyada por crecientes remesas desde el extranjero, mayor circulante y préstamos más altos a la industria al por mayor y por menor, así como a las familias. Las importaciones de bienes de consumo siguieron siendo bastante elevadas en el período que se examina.

Sector financiero

120.Al igual que el rendimiento favorable en el sector real en los últimos cuatro años, el rendimiento en el sector financiero también ha sido positivo. Ello se refleja en su mayor parte en el mayor nivel de intermediación financiera entre las instituciones financieras, los negocios y las familias y, posteriormente, el notable aumento en las cuentas globales monetarias y crediticias durante este período.

121.La postura acomodaticia de la política monetaria del Banco de Reserva desde 2001 contribuyó a la tendencia descendente de los tipos de interés y apoyó la recuperación de la economía. Los tipos de interés en la actualidad oscilan a niveles históricamente bajos y junto con la competencia entre las instituciones financieras han sido un factor importante en la demanda de fondos en la economía. El activo total en el sistema financiero ha crecido constantemente desde 2000 y los resultados en los indicadores prudenciales tales como la calidad del activo y la adecuación del capital en general han sido positivos.

122.Los movimientos de los tipos de cambio han sido estables en los últimos cuatro años, apoyados por la estabilización de las monedas de nuestros cinco principales socios comerciales (el dólar australiano, el dólar de Nueva Zelandia, el dólar de los Estados Unidos, el euro de la zona europea y el yen japonés).

123.En 2003, las operaciones del Fiji National Provident Fund, la mayor institución financiera de Fiji por acciones, pasaron al ámbito de supervisión del Banco de Reserva. Como consecuencia, el Banco de Reserva ahora supervisa eficazmente alrededor del 92% del sistema financiero.

Mercado de trabajo

124.Las condiciones del mercado de trabajo en general han mejorado de los bajos niveles experimentados en 2000. Los indicadores parciales del empleo incluso los anuncios de empleo, en general han tendido a mejorar de 2001 a 2003, impulsados por el buen crecimiento consecutivo en esos años. Para 2004, en particular, las inscripciones de nuevos contribuyentes registraron un nivel sin precedentes. Las encuestas sugieren también que las intenciones de los empleadores en materia de contratación también eran muy positivas. Notablemente, el crecimiento en el empleo del año pasado fue de amplia base y acompañado por un ritmo más lento en los niveles de emigración, particularmente en las categorías más altamente calificadas. Hasta ahora en el presente año, las condiciones del mercado de trabajo son firmes pero los indicadores parciales indican una pérdida de dinamismo en la situación del empleo.

Inflación

125.Fiji continúa disfrutando de tasas reducidas y estables de inflación. La tasa de inflación del país se situó en un promedio de alrededor del 2,9% entre 2001 y 2004. En 2004, la inflación fue de 3,3%, relativamente inferior que el año anterior habida cuenta de que las repercusiones del tipo de impuesto al valor agregado más alto en 2003, no se habían calculado. Hasta ahora en el presente año, la inflación ha oscilado entre el 1,3 y el 3,5% ya que los efectos de los altos precios del petróleo actuales han sido compensados parcialmente por precios menores de bienes y servicios de producción local. Según las proyecciones, la tasa de inflación al final del año oscilará entre el 3 y el 4%.

Reservas de divisas

126.Las reservas de divisas han permanecido a niveles confortables en los últimos años. En 2004, las reservas de divisas promediaban 1.046 millones de dólares, equivalentes a alrededor de 4,7 meses de importaciones de bienes y servicios distintos de los factores o 7,1 meses de importaciones de bienes únicamente. Durante el año, las reservas de divisas han disminuido, principalmente debido a los pagos más elevados de las importaciones de petróleo, y a grandes partidas de inversiones de capital. Sin embargo, a fines de septiembre de 2005, las reservas de divisas seguían siendo adecuadas, cifrándose en 940 millones, suficientes para cubrir 3,9 meses de importaciones de bienes y servicios distintos de los factores o 5,3 meses de importaciones de bienes únicamente.

La economía - principales indicadores financieros

Producto Interno Bruto

2000

2001

2002

Producto interno bruto (a precios actuales) per cápita

3.764,0

3.926,0

4.168,0

Producto interno bruto (a precios constantes) per cápita

3.221,6

3.288,2

3.383,8

Producto interno bruto (a precios actuales) (millones de dólares de Fiji)

3.049,1

3.199,5

3.442,9

Producto interno bruto (a precios constantes de 1995) (millones de dólares de Fiji)

2.609,5

2.679,9

2.795,0

Mercado de trabajo

Hombres

Mujeres

Legisladores, altos funcionarios y administradores

3.497

714

Profesionales

7.591

7.988

Técnicos y asociados

6.606

2.734

Empleados

6.790

8.117

Trabajadores de servicio y vendedores de tiendas y mercados

9.730

4.945

Trabajadores calificados en agricultura y pesca

890

23

Artesanos y trabajadores conexos

10.914

1.589

Operadores de plantas fabriles y maquinarias y ensamblaje

9.942

8.065

Ocupaciones elementales

13.623

4.212

Fuerzas armadas

3.131

32

Inflación media anual

Año

Índice de precios de consumo

Todos los factores

Tasa

1994

0,6

100,8

1995

2,2

103,0

1996

3,1

106,1

1997

3,4

109,7

1998

5,7

116,0

1999

2,0

118,3

2000

1,1

119,6

2001

4,3

124,7

2002

0,8

125,6

2003

4,2

130,9

2004

2,8

134,6

Finanzas del Gobierno (millones de dólares)

2001

2002

2003

2004

Ingresos y subvenciones

833,4 (r)

973,2

1.001,9

1.106,6

Gasto total (excluidos reembolsos de préstamos)

1.053,3 (r)

1.136,2

1.065,1

1.231,8

Saldo neto

-219,9 (r)

-163,0

-63,2

-125,2

Balanza de pagos (millones de dólares de Fiji)

Anual

Trimestral, 2004

2000

2001

2002

2003

Tri 1

Tri 2

Resumen de las cuentas corrientes de Fiji

Balanza de pagos

-394,6

-425,3

-586,4

-802,7

-255

-261,3

Exportaciones (FOB)

1.170,90

1.133,20

1.112,30

1.156,80

227,8

252,8

Importaciones (FOB)

1.565,50

1.558,50

1.698,70

1.959,50

482,8

514,1

Saldos en servicios

339,8

383.8

567,5

882,7

138,1

133,9

Exportaciones de servicios

1.008,90

1.023,10

1.174,90

1.439,40

290,4

315,6

Importaciones de servicios

669,1

639,3

607,4

556,7

152,3

181,7

Saldos en los ingresos

-128,1

-198,6

-163,2

-170,8

-57,4

-62,2

Ingresos de no residentes

123

48,8

34

43,7

15,3

17,5

Ingresos a no residentes

251,1

247,4

197,2

214,5

72,7

79,7

Saldo en las transferencias corrientes

213,6

276,2

312,6

347,4

49,1

113,9

Entrada de transferencias corrientes

268,2

336,9

370,1

432,3

71,1

132,5

Salida de transferencias corrientes

54,6

60,7

57,5

84,9

22

18,6

Saldo en cuenta corriente

30,7

36,1

130,5

256,6

-125,2

-75,7

Resumen de las cuentas de capital de Fiji

Saldo en cuentas de capital

-33,8

-11

-4,4

18,4

3,3

6,2

Entrada de transferencias de capital

18,1

34,8

30,3

60,8

14,5

15,4

Salida de transferencias de capital

51,9

45,8

34,7

42,4

11,2

9,2

Resumen de las cuentas financieras de Fiji

Saldo en cuenta financiera

18,2

103,1

123,4

14,6

-13,4

23,7

Inversiones de Fiji en el exterior

45,8

52,1

67,5

102,7

15,9

35,7

Inversión directa

-4,8

-6

-3,8

-7,1

0,2

-0,1

Inversión en cartera

27,4

-9,1

-2,5

-8

47,2

20,5

Otro tipo de inversión

23,2

676,2

73,8

117,8

-31,5

15,3

Inversión extranjera en Fiji

71,8

20,8

-32,5

-88,4

-33,4

18,3

Inversión directa

76,2

98,4

39,3

43,2

-27,3

19,2

Inversión en cartera

9,6

12,1

4,9

2,2

3,4

2,4

Otro tipo de inversión

-14

-89,7

-76,7

-133,8

-9,5

-3,3

Activo de reserva

-99,4

30,2

88,4

0,3

4,1

-30,3

Errores netos y omisiones

Errores netos y omisiones

-15,1

-128,2

-249,5

-289,6

135,3

45,8

Dinero y crédito (millones de dólares)

2001

2002

2003

2004

Dinero en sentido estricto

620,9

711,9

899,9

1.018,0

Cuasidinero

846,0

870,5

1.080,5

1.167,7

Crédito interno

1.332,2

1.391,7

1.662,8

1.871,2

Tipos de cambio (promedio anual por dólar de Fiji)

Dólares de los EE. UU.

0,43760

0,4741

0,5605

0,5977

Libra esterlina

0,30440

0,3186

0,3387

0,3215

Tipos de interés (porcentaje)

Tipo de interés de los préstamos

8,19

7,89

7,39

7,03

Tipo de interés para depósitos de ahorro

0,78

0,57

0,45

0,36

Tipos de interés para depósitos a plazo

2,43

2,17

1,70

1,77

Porcentaje de pagarés RBF a 91 días (valor contable)

1,25

1,25

1,19

1,75

Reservas en divisas

Reservas brutas en divisas (millones de dólares)

994,4

902,1

943,6

1.045,6

Meses de importaciones (bienes y servicios no imputables a los factores)

5,1

4,4

4,2

4,7

Deuda externa pendiente (final de período)

Total (millones de dólares)

520,0

501,0

466,9

462,6

Relación del servicio de la deuda (porcentaje)

2,0

1,9

1,7

1,4

Fuente: Oficina de Estadística de las Islas Fiji y Banco de Reserva de Fiji.

VII. MARCO NORMATIVO GENERAL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

A. Ordenamiento jurídico de Fiji - naturaleza y composición

Historia jurídica

127.Hasta mediados del siglo XIX, Fiji, al igual que otros países del Pacífico sur, nunca conformó una entidad política unitaria, ni en la totalidad de lo que hoy es el país ni tan siquiera en una porción significativa de éste. Por entonces habitaban las islas muchas comunidades separadas, aunque de origen racial similar, y nunca estuvieron unificadas políticamente. Estas comunidades separadas eran gobernadas por líderes o jefes individuales, y sus normas procedían por una parte de costumbres y prácticas bien establecidas, y por la otra de órdenes y mandatos de sus líderes. A lo largo del siglo XIX, ciertos líderes de habilidad e inteligencia excepcionales consiguieron ejercer su dominio sobre amplias zonas del país con tal eficacia que podían afirmar que estas zonas estaban bajo su gobierno. Para controlar áreas tan extensas, esos jefes dominantes o supremos no podían limitarse a utilizar las costumbres y prácticas de comunidades individuales, ni apoyarse en la buena fe de caudillos locales y los pactos verbales concertados con ellos. Por ello, la mayoría de los jefes dominantes siguieron las sugerencias de sus asesores europeos y promulgaron constituciones y leyes que habían de aplicarse en la totalidad de sus amplios reinos.

128.En 1867 Ratu Seru Cakobau, Jefe Supremo de Bau y de partes de Viti Levu, promulgó constituciones y leyes, al igual que los jefes supremos de Bua, Cakaudrove y Lau. En 1871 Cakobau promulgó una Constitución más ambiciosa que aspiraba a aplicar en todas las islas Fiji, mientras que Tui Lau y Tui Nayau promulgaron otra Constitución alternativa para el dominio de Lau en las islas orientales. En 1873 Cakobau aprobó una nueva Constitución para todo el país que fue tan efímera como su predecesora, ya que su vigencia terminó el 10 de octubre de 1974, cuando el país fue cedido como colonia a Gran Bretaña.

129.Mientras fue colonia británica, las leyes fundamentales de Fiji se promulgaron mediante cédula de privilegios, decretos e instrucciones reales de la Corona Británica. Posteriormente se introdujeron reformas igualmente en virtud de cédulas, decretos e instrucciones de la Corona. La legislación local figuraba en las llamadas ordenanzas, que eran promulgadas por el Gobernador. Cuando se hizo evidente que la colonia iba a alcanzar el autogobierno o la independencia, Gran Bretaña estableció leyes fundamentales para aumentar el autogobierno. En 1963 y 1966 se promulgaron sendas Constituciones en virtud de decretos de la Corona Británica para facilitar un mayor autogobierno.

130.El Decreto de Independencia de Fiji fue promulgado por la Reina en 1970. La Constitución de 1970 fue elaborada en Londres por funcionarios británicos después de prolongados debates con los líderes locales, y entró en vigor en virtud de un decreto dictado por la Reina. La legislación existente en el momento de la independencia no fue derogada de manera inmediata, sino que para evitar un vacío normativo, se conservó con carácter transitorio, a la espera de la elaboración de leyes "locales" por la nueva Asamblea Legislativa. Entre las normas que se mantuvieron se incluían:

a)La legislación vigente en Gran Bretaña en una fecha determinada;

b)El common law y el principio de equidad;

c)La legislación "colonial", es decir las ordenanzas dictadas por el Gobernador General antes de la independencia.

131.En 1987 tuvo lugar un golpe militar, lo que supuso un método drástico de revocación de la Constitución de 1970. El Gobierno militar derogó la Constitución, que fue sustituida por decretos gubernativos. En 1990 se promulgó otra Constitución en virtud de un decreto presidencial dictado con el asesoramiento del Gabinete Ministerial. Esta norma fue sustituida en 1997 por una nueva Constitución promulgada por el Parlamento de Fiji, que entró en vigor el 17 de julio de 1998.

132.El apartado d) del párrafo 2 del artículo 195 de la Ley de reforma constitucional de 1997 establece que seguirán en vigor todas las leyes anteriores como si se hubieran promulgado en virtud de dicha ley de reforma o se hubieran elaborado de conformidad con ésta. El párrafo 3 del artículo 195 prescribe que las leyes inglesas se interpretarán de manera tal que se las haga compatibles con la Constitución. De conformidad con las ordenanzas del Tribunal Supremo de 1975, el derecho anterior que había de continuar vigente incluía:

-Las leyes de aplicación general vigentes en Inglaterra en la fecha de creación de la Asamblea Legislativa, es decir el 2 de enero de 1875, de conformidad con las disposiciones del artículo 37 de estas ordenanzas (art. 35);

-Todas las leyes imperiales cuya aplicación se extienda a la colonia en virtud de la presente ordenanza o de otra futura continuarán en vigor únicamente en la medida en que las circunstancias de la colonia y sus habitantes y los límites de la jurisdicción colonial así lo permitan, y estarán sujetas a cualquier ordenanza presente o futura de la Asamblea Legislativa colonial; y a los efectos de facilitar la aplicación de las referidas leyes, los tribunales podrán interpretarlas modificando su tenor literal, pero sin alterar la sustancia de las mismas cuando ello resulte necesario para aplicarlas a los asuntos que se les hayan planteado (art. 37).

133.El Tribunal Supremo definió las leyes de aplicación general como una categoría que permitía diferenciar las leyes no necesariamente obligatorias para el conjunto de la población, por ejemplo, la Companies Act (Ley de sociedades mercantiles) o la Friendly Societies Act (Ley de mutualidades), de aquellas otras leyes que eran obligatorias para todos, por ejemplo la Offences Against the Person Act (Ley de delitos contra las personas) u otras normas similares. De ello se derivó la cuestión de la carga de la prueba sobre la aplicabilidad de estas leyes de "aplicación general". El Tribunal Supremo afirmó que existía una presunción de aplicabilidad general, lo que situaba la carga de la prueba sobre la parte que la discutiera. En cuanto al rango normativo de estas leyes de aplicación general, resultaba claro que la legislación imperial era inferior a la Constitución.

Fuentes del derecho

134.Por debajo de la Constitución, el ordenamiento jurídico de la República de Fiji está compuesto de:

a)Leyes aprobadas por el Parlamento dentro de su ámbito constitucional de competencias, junto con la legislación delegada y de desarrollo elaborada de conformidad con tales leyes;

b)Decretos promulgados por el Gobierno provisional entre 1987 y 1990;

c)El common law de Fiji, que procede del common law inglés, y se elabora e interpreta por los tribunales;

d)La legislación subsidiaria elaborada por los ministros, las entidades locales y las autoridades legales.

135.Según se ha señalado, en 1987 tuvieron lugar dos golpes de Estado en Fiji. En este período, existían tres fuentes de derecho: a) los decretos dictados por el Gobernador General durante el estado de emergencia desde el 14 de mayo de 1987 hasta septiembre de ese año; b) los decretos dictados por el Jefe del Gobierno militar provisional; y c) los decretos dictados por el Presidente de la República de Fiji.

136.En el caso State c. Afasio Mua and Ors, el Presidente del Tribunal Supremo afirmó que todas las leyes en vigor con anterioridad al golpe militar y la declaración de la República continuaban plenamente vigentes, excepto en los supuestos específicos de derogación o reforma por decretos posteriores.

Derecho consuetudinario

137.El capítulo 133 de la Native Lands Act (Ley de las tierras indígenas) se refiere expresamente al derecho consuetudinario y la costumbre para determinar el fundamento de los derechos sobre las tierras que se poseen a título consuetudinario, determinación que han de realizar los tribunales competentes a estos efectos. El artículo 3 establece que las tierras indígenas están reservadas a las personas originarias de Fiji, de conformidad con la costumbre autóctona manifestada en los usos y tradiciones. Otros supuestos en los que los tribunales han aplicado el derecho consuetudinario de Fiji sin una autorización legal expresa, son aquéllos en los que tal aplicación es indirecta o permite cubrir lagunas en el ordenamiento, es decir, los casos en que la costumbre o el derecho consuetudinario se toman en consideración como un elemento más del ordenamiento jurídico. Por ejemplo, cuando el tribunal puede decidir discrecionalmente, una costumbre o una norma consuetudinaria pueden ofrecer criterios pertinentes. El Tribunal Supremo así lo afirmó en el caso R. c. Vodo Vuli .

El common law y el principio de equidad

138.El sistema del common law y el principio de equidad se introdujeron, junto con las leyes inglesas de aplicación general, en todos los países del Pacífico sur bajo el control de Gran Bretaña o de las colonias británicas de Australia y Nueva Zelandia cuando éstas eran dominios británicos. La Ordenanza 1875 del Tribunal Supremo, aún en vigor según lo dispuesto en la Constitución de 1997, establece: el derecho común, el principio de equidad y las leyes de aplicación general vigentes en Inglaterra en la fecha en que la colonia obtuvo su Asamblea Legislativa local, es decir el 2 de enero de 1875, constituyan normativa vigente en la colonia (art. 35); todas las leyes imperiales cuya aplicación se extienda a la colonia en virtud de la presente ordenanza o de otra futura continuarán en vigor únicamente en la medida en que las circunstancias de la colonia y de sus habitantes y los límites de la jurisdicción colonial así lo permitan, y estarán sujetas a cualquier ordenanza presente o futura de la Asamblea Legislativa Colonial (art. 37).

139.La Ordenanza del Tribunal Supremo de 1875, sin embargo, no señala explícitamente si la fecha de introducción del common law y el principio de equidad contenidos en el artículo 35 (es decir, la fecha a partir de la cual los cambios acontecidos en Inglaterra o en cualquier otra parte no son obligatorios en Fiji) se refiere únicamente a las leyes inglesas de aplicación general o si esta previsión se aplica igualmente al common law y al principio de equidad. La interpretación de los tribunales de las islas Fiji ha sido considerar que esta fecha se refiere tanto a las leyes de aplicación general como al common law y al principio de equidad. Así pues, parece que cualesquiera cambios posteriores en el common law y en el principio de equidad posteriores a esta fecha no son obligatorios en el país, por más que puedan resultar convincentes.

140.En cuanto al rango del common law y el principio de equidad en relación con otros tipos de normas jurídicas, resulta obvio que están subordinados a la Constitución y pueden ser modificados o derogados por ella. Dado el carácter de la Constitución como norma suprema, cuando elementos del common law o del principio de equidad la contravengan, habrá que considerarlos modificados o derogados. Puesto que de la Ordenanza 1875 del Tribunal Supremo no se deduce en ningún caso qué leyes y reglamentos ingleses no pueden modificar o derogar de manera expresa y clara el common law y el principio de equidad, hay que concluir que en Fiji uno y otro están subordinados a las leyes y los reglamentos del país, y pueden ser consecuentemente modificados o derogados expresa y claramente por éstos.

El Fiscal General

141.El Fiscal General es el asesor jurídico principal del Gobierno, y representa al Estado en todos los pleitos civiles. El puesto de Fiscal General tiene rango ministerial. Desde la independencia del Reino Unido, también ocupa la cartera del Ministerio de Justicia. En cuanto al derecho penal, el encargado de velar por su observancia y aplicación es el Director of Public Prosecutions (Director General del Servicio de Acusación Pública), órgano constitucional e independiente. Sin embargo, a efectos administrativos, está encuadrado en el Ministerio de Justicia. El Director General del Servicio de Acusación Pública se encarga de iniciar ciertos tipos de juicios penales y actuar como acusador en ellos, pero debe ejercer sus funciones discrecionales con carácter independiente y sin verse influenciado por otros miembros del Gobierno.

142.El Ministro de Justicia se encarga de la administración de los tribunales, prisiones y registros públicos de Fiji. La política penitenciaria y la gestión de los centros de detención son competencia del Departamento de Prisiones del Ministerio de Justicia. A la cabeza de este departamento se encuentra el Comisario de Prisiones, cuyo nombramiento corresponde a la Comisión de Servicios Judiciales y Jurídicos. Para cada establecimiento penitenciario, el Ministro nombra una junta de inspectores que representan a la comunidad local para verificar el estado de las instalaciones de la prisión, la administración y el tratamiento que reciben los reclusos. La junta debe dar parte al Ministro de los abusos u otras cuestiones de interés de que puedan tener conocimiento. Las prisiones son asimismo objeto de inspección por parte de magistrados nombrados por el Ministro, a quien presentan sus informes directamente. Todos los informes, incluidos los que contienen críticas, son tenidos en cuenta con la máxima seriedad tanto por los ministros competentes como por el Comisario de Prisiones.

143.Las competencias sobre el tratamiento de los delincuentes menores de 18 años se dividen entre el Ministerio de Bienestar Social y el Ministerio de Justicia.

144.Según lo establecido en la Constitución, la Comisión sobre la Prerrogativa de Gracia, que preside el Fiscal General junto con dos miembros de la Comunidad, asesora al Presidente sobre la existencia de causas excepcionales para ejercitar la prerrogativa de gracia a fin de indultar a los condenados por delito o remitir total o parcialmente las penas impuestas por los tribunales.

Derecho penal

145.La iniciativa para dar comienzo a un procedimiento penal corresponde normalmente a la policía una vez que se formula la imputación. Cuando se trata de ciertas faltas de importancia menor, la acusación se ejerce por miembros de la policía, mientras que los delitos y faltas importantes corresponden al Director General del Servicio de la Acusación Pública. Los particulares pueden iniciar un procedimiento penal en ciertos casos, si bien en la práctica esta posibilidad es completamente excepcional.

Proceso penal - juicio

146.Los juicios penales se tramitan en procedimiento contradictorio entre la acusación y la defensa. Como la ley presume la inocencia del acusado hasta que se pruebe su culpabilidad, la acusación no cuenta con ninguna ventaja, real ni aparente, frente a la defensa. El acusado tiene derecho a recibir los servicios de un abogado y puede obtener asistencia jurídica con fondos públicos a través de la Comisión de Asistencia Jurídica. Cuando se acuerda su prisión preventiva, tiene derecho a la visita de su abogado para preparar adecuadamente la defensa.

147.Excepción hecha de los procesos de importancia menor, la acusación tiene la obligación, bien de oficio, bien a instancias de la defensa, de informar a esta última de todas las pruebas contra el acusado sobre las que se propone fundamentar su acusación. Además, la acusación debe revelar cualquier otro material de interés para el proceso.

148.Los juicios penales se desarrollan normalmente en audiencia pública, y las normas sobre la prueba (referentes a los hechos) se aplican rigurosamente. Si se han admitido pruebas indebidas, la condena puede revocarse en apelación. Durante el juicio, el acusado tiene derecho a oír e interrogar a los testigos de la acusación, generalmente a través de su abogado; a convocar a sus propios testigos, que, si no comparecen voluntariamente, pueden ser legalmente obligados a declarar; y a dirigirse al tribunal, personalmente o por medio de su abogado, con derecho a decir la última palabra. El acusado no puede ser interrogado a menos que consienta en declarar como testigo en su propia defensa. Si lo hace, sólo en circunstancias excepcionales puede ser interrogado acerca de su reputación o de actos distintos a los enjuiciados; la acusación generalmente no presenta pruebas de este tipo.

Derecho civil

149.Las principales ramas del derecho civil en las islas Fiji son: derecho de familia, derecho de la propiedad (derechos reales), derecho de obligaciones y derecho de responsabilidad extracontractual (que se encarga de los daños sufridos por una persona a manos de otra, con independencia de los vínculos que puedan existir entre ellas, y que incluye conceptos tales como la negligencia, la difamación y la intromisión ilegítima). Otras especialidades del derecho civil son el derecho administrativo (que se encarga fundamentalmente del ejercicio del poder ejecutivo), el derecho mercantil y el derecho laboral.

El proceso civil

150.El proceso civil se inicia a instancias del interesado. No se requiere ninguna investigación preliminar sobre la autenticidad del agravio. El procedimiento ante los tribunales civiles comienza normalmente mediante una cédula de citación que el demandante dirige al demandado, en la que se establece la naturaleza de la demanda. El demandado que tenga la intención de contestar la demanda ha de informar al tribunal. Los documentos que describen el objeto del debate (las alegaciones) se remiten entonces al tribunal.

151.Los procesos civiles, dada su naturaleza privada, pueden ser objeto de desistimiento o transacción en cualquier momento. Las sentencias civiles se ejecutan por orden del tribunal. La mayoría de ellas consisten en condenas pecuniarias y pueden ejecutarse, en caso de incumplimiento, mediante el embargo de bienes del deudor o por medio de una orden judicial por la que el empleador debe descontar sumas periódicas del salario del deudor y entregarlas al tribunal. Otras sentencias pueden consistir en la prohibición de realizar un acto ilícito. El incumplimiento de una sentencia puede dar lugar al encarcelamiento por desacato judicial. Únicamente en virtud de un mandamiento judicial puede decretarse la detención. Normalmente, las costas judiciales se pagarán por la parte vencida.

B. Los derechos humanos fundamentales en el ordenamiento jurídico

152.Según la Constitución, la posesión de derechos y libertades es inherente a la condición de miembro de la sociedad. Tales derechos y libertades sólo pueden restringirse en virtud de una decisión democrática del Parlamento. El papel de éste, por tanto, no es atribuir derechos, sino determinar si éstos han de ser restringidos, considerando las necesidades de la sociedad frente a las del individuo. Los siguientes párrafos enuncian los mecanismos y salvaguardias legales a través de los cuales se protegen los derechos humanos en las islas Fiji.

Protección constitucional de los derechos humanos

La Constitución de 1970

153.Las disposiciones sobre la protección de los derechos y libertades fundamentales de la Constitución de la Independencia de 1970 siguen el modelo de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la Convención europea para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales de 1953, y enuncian de manera muy detallada tanto los derechos y libertades como sus excepciones. El artículo 3 establece que toda persona cualquiera que sea su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color, credo o sexo, sin perjuicio de los derechos ajenos y del interés público, tiene derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de su persona, a la protección de la ley, a la libertad de conciencia, religión, reunión y asociación, a la protección de su vida privada y a la protección frente a la privación de su propiedad sin compensación. Otros derechos y libertades fundamentales reconocidos son el de no ser sometida a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; la protección frente a la esclavitud y el trabajo forzoso; la libertad de expresión; la de circulación; y la protección de los detenidos bajo leyes de emergencia.

154.El artículo 15 de la Constitución de 1970 estableció de manera expresa la prohibición de que las leyes o las autoridades públicas discriminaran a un individuo por motivo de su raza, lugar de origen, opiniones políticas, color o credo. Curiosamente, el sexo fue excluido de la lista de motivos de discriminación, aunque se mencionaba en relación con el ejercicio de otros derechos políticos (derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad de la persona, a la protección de la ley, libertad de conciencia, de religión, de reunión y de asociación y protección de la vida privada y frente a la privación de la propiedad sin compensación).

155.En el párrafo 2 del artículo 15 se define el término "discriminatorio" como trato preferencial. Sin embargo, esta prohibición puede quedar invalidada en las siguientes materias: en la asignación de presupuestos públicos; en las leyes sobre matrimonio, divorcio y adopción; en las medidas de emergencia pública y en circunstancias razonables y justificadas en una sociedad democrática.

156.Según el artículo 17, la persona agraviada que considere que cualquiera de las disposiciones del capítulo II han sido vulneradas por una actuación del Gobierno puede dirigirse al Tribunal Supremo como órgano competente en esta materia para solicitar una reparación. Sin embargo, el párrafo 6 del artículo 17 indica que el Tribunal Supremo puede desestimar el recurso cuando considere que la acción del recurrente es infundada o se presenta por motivos de venganza. Las disposiciones sobre derechos y libertades fundamentales de la Constitución de 1970 planteaban no obstante varios problemas. En primer lugar, en la disposición preliminar se establecía que "considerando que" el pueblo de Fiji es titular de ciertos derechos, las disposiciones constitucionales tienen por objeto la protección de tales derechos y libertades. Pues bien, el Tribunal Supremo en el caso Fiji Waterside Worker Union c. Reginam sostuvo que la disposición preliminar era una mera fórmula de promulgación, y por ello añadió una limitación a la libertad fundamental de expresión en atención al interés público que no aparecía en el artículo específico en el que se recoge la libertad de expresión.

157.En el caso R. c. Butadroka el Tribunal afirmó que los derechos constitucionales de libertad de expresión, de reunión y de asociación no se infringen por la prohibición legal de declaraciones racistas. También podemos mencionar como jurisprudencia en la materia el caso Veitata c. R.,relativo al derecho a un juez independiente e imparcial según lo previsto en el párrafo 1 del artículo 10; el caso Surdarjee Bros c. Coulter, que trata sobre el derecho a la libre circulación reconocido en el artículo 14; el caso Fiji Waterside Workers Union c. Reginam, también sobre las libertades de reunión y asociación reconocidas en el artículo 13, así como sobre la libertad de expresión del artículo 12.

La Constitución de 1990

158.La Constitución de 1990 mantuvo la prohibición de la discriminación establecida por su predecesora de 1970. Los motivos prohibidos eran la raza, el color y el lugar de origen. Por primera vez en Fiji, el sexo se convirtió en un motivo prohibido de discriminación, excepto en los siguientes casos:

a)Estados de emergencia;

b)Exacción de impuestos;

c)Nombramiento de cargos públicos;

d)Ejercicio de la autoridad judicial;

e)Leyes en vigor con anterioridad al 23 de septiembre de 1966;

f)Normativa dictada en desarrollo del artículo 6 de la Fijian Affairs Act (Ley de asuntos de Fiji) para la paz, el orden, el bienestar y el buen gobierno de los ciudadanos de Fiji.

159.El artículo 18 derogaba el principio de igualdad en aquellas leyes cuyo objetivo fuera mejorar las condiciones de individuos o grupos desfavorecidos, incluidos, entre otros, los desfavorecidos por motivos raciales. De manera similar, las disposiciones sobre derechos fundamentales de la Constitución de 1990 raramente dieron lugar a procesos judiciales. En el artículo 156 de la Constitución de 1990 se intentó una definición bastante somera de los términos "fiyiano", "rotumano" e "indio".

160.La Constitución de 1990 reestructuró el poder judicial para convertir el Tribunal Supremo en la última instancia. Además de esta reestructuración formal de los tribunales, el artículo 122 preveía la creación de tribunales con jurisdicción y facultades determinadas por el Parlamento, aunque esto nunca se llevó a efecto.

La Constitución de 1997

161.Los derechos amparados por la Declaración de Derechos de la Constitución de 1997 son:

-Libertad personal;

-Libertad frente a la servidumbre y el trabajo forzado;

-Libertad frente a los tratos crueles o degradantes;

-Libertad frente a registros o incautaciones arbitrarios;

-Protección frente a arrestos y detenciones;

-Derechos procesales de los acusados;

-Acceso a juzgados y tribunales;

-Libertad de expresión;

-Libertad de reunión;

-Libertad de asociación;

-Derecho a la negociación colectiva;

-Libertad de circulación;

-Libertad de religión y creencia;

-Voto secreto;

-Privacidad;

-Educación;

-Protección frente a la expropiación forzosa.

162.El artículo 38, al consagrar el principio de igualdad, amplió los motivos de discriminación sujetos a prohibición, para incluir el origen étnico y el idioma primario (lengua materna), además de la raza, el color y el lugar de origen. Así pues, la Constitución prohíbe en la actualidad la discriminación por motivos de raza, origen étnico, color y lugar de origen.

Excepciones al principio de igualdad en la Constitución de 1997

163.Si bien el párrafo 2 del artículo 38 enumera los motivos de discriminación considerados como inconstitucionales, existen algunas excepciones a este principio en las que la discriminación no se consideraría ilegítima, que se encuentran en los párrafos 2 b), 6, 7 y 9 del artículo 38. Es significativo el párrafo 9 del artículo 38, que prevé medidas para el buen gobierno de personas autóctonas de Fiji y rotumanos.

164.El párrafo 9 del artículo 38 autoriza las leyes o actos administrativos que limiten el derecho a la igualdad con el objetivo de aplicar costumbres autóctonas, rotumanas o de la comunidad Banaba relativas a:

a)La tenencia, el uso o la transmisión de tierras o derechos de pesca, o la distribución del producto de los anteriores;

b)El derecho de una persona a un título de jefatura o a un rango;

c)La imposición de restricciones sobre la transmisibilidad de tierras o derechos de pesca de conformidad con las costumbres autóctonas, rotumanas o de la comunidad Banaba, o la autorización de enajenaciones temporales de dichas tierras o derechos sin el consentimiento de los propietarios.

165.Dentro de los límites establecidos por el párrafo 10, las leyes o los actos administrativos adoptados en virtud de ley pueden limitar los derechos o libertades enunciados en este artículo por razones de gobierno de las comunidades autóctonas, rotumanas o banabas y de otras personas que vivan como miembros de éstas (las cursivas no están en el original). A raíz de los sucesos del 19 de mayo de 2000, algunos comentaristas han calificado de siniestra la inclusión de esta disposición en el Decreto de derechos y libertades fundamentales de 2000 promulgado por el Gobierno militar provisional, si bien no se trata en realidad de una disposición completamente nueva, sino de una copia de la disposición contenida en la Declaración de Derechos de la Constitución de 1997.

166.El párrafo 10 del artículo 38 establece que las limitaciones a que se hace referencia en el párrafo 9 serán válidas únicamente si:

i)Afectan a todo el conjunto de personas a las que se aplica el principio de igualdad, sin que exista otra discriminación que la basada en la raza o el origen étnico; y

ii)No infringen ningún otro derecho o libertad enunciado en los demás artículos del capítulo IV (Declaración de Derechos).

167.Debe tenerse en cuenta que la Constitución de Fiji recoge en su articulado el espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño. Dado que la Constitución prohíbe la discriminación racial, quedan excluidas las normas y las políticas incompatibles con tal prohibición, que forma parte tanto de las políticas nacionales como de la normativa internacional, y ello con independencia del partido político que gobierne y mientras la Constitución continúe en vigor.

168.En la medida en que la adhesión de Fiji a la Convención está claramente sujeta a las reservas y declaraciones ya mencionadas, al leer los numerosos derechos fundamentales garantizados a los individuos de cualquier raza por la Constitución deben tenerse en cuenta las reservas. Desde ese punto de vista, en Fiji las leyes y los mecanismos electorales, educativos y de propiedad de la tierra no pueden considerarse como racialmente discriminatorios o tendentes a perpetuar la discriminación racial. La propia Constitución contiene disposiciones para la ejecución por el Tribunal Superior de Justicia de Fiji de los derechos fundamentales reconocidos al individuo. Éste cuenta con un sólido mecanismo para demandar la protección judicial de sus derechos basándose meramente en la presunción de una violación. Entre las leyes que prohíben la discriminación cabe mencionar:

a)La Ley Nº 10 de 1999 sobre la Human Rights Commission (Comisión de Derechos Humanos);

b)La Ley del Defensor del Pueblo (Ombudsman);

c)La Ley de orden público;

d)El Código Penal;

e)La Ley de inmigración;

f)La Ley de educación.

La Comisión de Derechos Humanos

169.Según la Ley sobre la Comisión de Derechos Humanos, la discriminación es ilegal con carácter general en el empleo, la educación, la pertenencia a organizaciones de trabajadores o empresarios, la formación profesional y la entrega de títulos, y la prestación de bienes, instalaciones, servicios, locales, vivienda y alojamiento. La ley también proscribe la "discriminación indirecta", es decir, los requisitos o condiciones que se imponen por igual a todos los grupos raciales, pero que pueden ser cumplidos en mucha menos proporción por las personas de un grupo que por las de otro diferente. La ley prevé la aplicación de sus disposiciones mediante la conciliación ante la propia Comisión, o bien a través de procedimientos civiles contra individuos u organizaciones.

Ley de orden público de 1969

170.Esta norma tiene por objeto el mantenimiento del orden público. Además, considera como delito la incitación al odio o al desprecio de cualquier clase de persona, o el odio hacia una raza o comunidad.

Código Penal

171.La tipificación del delito de sedición en el Código Penal incluye la publicación o circulación de publicaciones sediciosas (con la apariencia de promover sentimientos de hostilidad entre las diferentes razas de la comunidad).

Ley sobre el Defensor del Pueblo de 1998

172.Esta norma regula las actuaciones del Defensor del Pueblo, cuya oficina aparece prevista en la Constitución de 1997 (capítulo IX de la Constitución de 1970 y capítulo X de la Constitución de 1990). El Defensor del Pueblo está autorizado a investigar cualquier acción que presunta o aparentemente contravenga los derechos y libertades fundamentales garantizados por la Constitución. Puede atender las quejas que se le presenten por medio de recomendaciones a las instancias frente a las que se presenta la queja, pidiéndoles que reconsideren su actuación, que rectifiquen la omisión, que anulen, revoquen o modifiquen la decisión, o que reexaminen la normativa aplicable.

C. La Comisión de Derechos Humanos de Fiji

173.La Comisión de Derechos Humanos de Fiji fue creada por el artículo 42 de la Constitución de 1997, que le asigna las funciones de educar a la población en materia de derechos humanos y dirigir recomendaciones al Gobierno sobre el cumplimiento de los derechos humanos, así como las demás que establezca el Parlamento.

174.La Ley Nº 10 de 1999 sobre la Comisión de Derechos Humanos ha regulado con mayor amplitud la protección frente a la discriminación racial, y en el párrafo 2 del artículo 17 prohíbe, entre otras, la discriminación racial en ciertas áreas de la vida pública.

175.La Comisión tiene encomendadas las funciones de educar a la población en materia de derechos humanos, investigar y resolver las denuncias de discriminación según lo previsto en la Ley Nº 10 de 1999, e investigar las alegaciones de violaciones de la Declaración de Derechos (cap. IV) de la Constitución de 1997. En tal declaración se declara ilegítima la discriminación en las siguientes materias:

a)Empleo;

b)Educación;

c)Formación profesional;

d)Asociaciones profesionales;

e)Títulos laborales o profesionales;

f)Pertenencia a sindicatos y asociaciones patronales;

g)Vivienda y alojamiento;

h)Prestación de bienes y servicios, incluidos préstamos y seguros;

i)Acceso a lugares públicos.

176.La creación y mantenimiento de este órgano independiente pone de manifiesto que Fiji respeta los principios internacionales sobre los derechos humanos.

D. La Oficina del Defensor del Pueblo

177.La Oficina del Defensor del Pueblo ha sido creada para investigar las denuncias de mal funcionamiento de los servicios públicos presentadas contra los funcionarios de la administración; los detalles de esta función aparecen en el informe presentado al Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. La Ley de reforma constitucional de 1997 contiene una serie de disposiciones nuevas sobre el Defensor del Pueblo dirigidas a aumentar sus competencias, a fin de atribuirle las denuncias contra el NLTB (Consejo de Tierras Indígenas) y los Consejos de las islas de Banaba y Rotuma, que anteriormente estaban excluidas de su jurisdicción. La Constitución de 1997 también garantiza que el Defensor del Pueblo, a diferencia del Presidente, es nombrado por la Constitutional Offices Commission (Comisión de Órganos Constitucionales), según se prevé en la Constitución de 1990, y que debe retirarse al alcanzar la edad de 65 años. Además, la Oficina del Defensor del Pueblo se ha visto afectada por la disposición sobre libertad de información y la normativa del Código de Conducta de la Constitución de 1997. En 1998 entró en vigor la Ley del Defensor del Pueblo, en la que se regula la forma de realizar sus investigaciones, se le concede inmunidad a él y a su personal, y se autoriza al ministro competente a elaborar la normativa de desarrollo.

E. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Exterior

178.El Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Exterior es el responsable de representar al Gobierno de Fiji en cuanto a la ratificación de los tratados internacionales, y coordina la preparación y presentación de los distintos informes periódicos de Fiji a los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas.

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