Naciones Unidas

HRI/CORE/LIE/2012

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

22 de octubre de 2012

Español

Original: inglés

Documento básico común que forma parte de los informes de los Estados partes

Liechtenstein *

[7 de febrero de 2012]

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–33

II.Información general sobre Liechtenstein4–1003

A.Características geográficas, económicas, demográficas, sociales y culturales4–503

B.Estructura constitucional, política y jurídica del Estado51–10019

III.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos101–13528

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos101–10228

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos a nivel nacional103–11733

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional118–13236

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional133–13539

IV.Información sobre la no discriminación y la igualdad, y recursos eficaces136–15439

I.Introducción

1.La protección y la promoción de los derechos humanos son un sector central de la política exterior del Principado de Liechtenstein. Por una parte, así lo demuestra el hecho de que Liechtenstein es Estado parte en muchos instrumentos internacionales y regionales. Por otra parte, ese compromiso se manifiesta en la participación activa de Liechtenstein en los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, del Consejo de Europa y de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE). Asimismo, mediante la cooperación para el desarrollo, Liechtenstein se esfuerza por apoyar selectivamente tanto a las organizaciones como las iniciativas, tratando de promover los derechos humanos y de mejorar su puesta en práctica.

2.Como Estado parte en diversos tratados internacionales de derechos humanos, el Principado de Liechtenstein se compromete a informar regularmente a los órganos pertinentes encargados de vigilar la aplicación y el cumplimiento de estos tratados. El presente documento contiene información básica sobre el Principado de Liechtenstein y sobre el marco general de protección y promoción de los derechos humanos en Liechtenstein. Este documento básico se utilizará para todos los informes que se presenten a órganos internacionales creados en virtud de tratados. En cada caso, se complementará con informes específicos sobre cada tratado.

3.Para compilar el presente documento básico, se han utilizado datos procedentes de diversas autoridades administrativas y judiciales, así como de organizaciones privadas, del Principado de Liechtenstein. En el momento en que se compiló el documento, las cifras eran las más actualizadas de que se disponía. No obstante, como los datos se reunieron en diferentes fechas, la actualidad de la información puede variar considerablemente.

II.Información general sobre Liechtenstein

A.Características geográficas, económicas, demográficas, sociales y culturales

1.Geografía

4.El territorio nacional del Principado de Liechtenstein está situado entre Suiza y Austria y tiene una superficie de 160 km2. En Liechtenstein hay 11 municipios, el mayor de los cuales tiene cerca de 6.000 habitantes. Una cuarta parte del territorio nacional se encuentra en la llanura del valle del Rin, y las otras tres cuartas partes están en las laderas que suben desde el valle del Rin y en la zona interior de los Alpes. La capital y la sede del Gobierno es Vaduz.

2.Economía

Zona económica

5.Desde la entrada en vigor del Convenio Aduanero en 1924, Liechtenstein constituye una zona económica común con Suiza. La frontera entre los dos Estados está abierta. En 1980, Liechtenstein y Suiza concertaron un Acuerdo Monetario en virtud del cual Liechtenstein, que viene utilizando el franco suizo como moneda de curso legal desde 1921, está integrado en la zona monetaria de Suiza, al tiempo que en principio mantiene su soberanía monetaria. Además, Liechtenstein es miembro desde 1995 del Espacio Económico Europeo (EEE), que constituye un único mercado unificado integrado por los Estados miembros de la Unión Europea (UE), así como por Noruega e Islandia. Como consecuencia de la ampliación de la UE en 2007, el EEE se amplió también y tiene actualmente 30 Estados miembros.

6.En principio, las cuatro libertades de la UE se aplican en todo el EEE, garantizando el libre movimiento de bienes, personas, servicios y capitales entre los Estados contratantes. El EEE excluye la política agropecuaria, la política en materia de pesquerías, la unión económica y monetaria, la política fiscal común, la política exterior, la política en materia de seguridad y la cooperación policial y judicial.

Cuenta nacional

7.Liechtenstein es un Estado moderno, industrial y de servicios, con vínculos en todo el mundo. Las bases del éxito económico que ha tenido en el curso de los últimos decenios han sido sus condiciones empresariales favorables, debidas a su legislación económica liberal, a su gran estabilidad política, a su moderna infraestructura y a su alto nivel de educación.

Cuadro 1Evolución del producto interno bruto y del ingreso nacional bruto

Producto interno bruto

Ingreso nacional bruto

Año

Millones de francos suizos

Cambio porcentual con respecto al año anterior

Por persona empleada, en miles de francos suizos

Millones de francos suizos

Cambio porcentual con respecto al año anterior

Por persona empleada, en miles de francos suizos

1998

3 595

163

3 534

112

1999

4 002

11,3

178

3 869

9,5

120

2000

4 195

4,8

176

4 112

6,3

125

2001

4 205

0,2

165

3 782

-8,0

113

2002

4 191

-0,3

160

3 698

-2,2

109

2003

4 135

-1,3

158

3 538

-4,3

104

2004

4 296

3,9

163

3 554

0,5

101

2005

4 557

6,1

170

3 893

9,5

112

2006

5 015

10,1

182

4 397

13,0

126

2007

5 523

10,1

194

4 946

12,5

140

2008

5 495

-0,5

187

4 793

-3,1

135

Las personas empleadas se calculan como promedio anual de los equivalentes a tiempo completo.

8.El ingreso nacional bruto por habitante, convertido a la moneda artificial "estándar de poder adquisitivo (EPA)", fue de 70.000 EPA en 2007. En comparación con otros países, Liechtenstein tiene uno de los ingresos nacionales brutos por habitante más elevados.

Estructura económica

Gráfico 1

Porcentaje correspondiente a los distintos sectores dentro del valor agregado bruto, 2008

9.Liechtenstein posee una estructura económica ampliamente diversificada. En comparación con otras economías nacionales, Liechtenstein tiene una economía muy industrial. El sector industrial, sumamente productivo y orientado a todo el mundo, contribuyó con un 36% al valor agregado bruto en 2008. En relación con el tamaño del país, hay un número considerable de empresas industriales internacionalmente importantes que han sido fundadas en Liechtenstein o están domiciliadas en Liechtenstein. Algunas de esas empresas figuran entre los principales productores del mundo en sus sectores respectivos. La industria de Liechtenstein se caracteriza por un alto grado de especialización y de innovación.

10.El segundo pilar de la economía de Liechtenstein, por su vigor, es el sector de los servicios. En Liechtenstein están domiciliadas empresas de servicios sumamente profesionales, especialmente en el sector financiero. El sector financiero está integrado primordialmente por bancos, compañías de seguros, empresas fiduciarias y empresas de inversión.

11.En conjunto, los servicios financieros y los servicios generales generaron el 58% del valor agregado bruto de Liechtenstein en 2008. Su amplia diversificación ha sido y continúa siendo la clave del crecimiento, constante y resistente a la crisis, de la economía de Liechtenstein. Por último, el sector agropecuario y el sector de las familias contribuyeron con un 6% al valor agregado bruto en 2008.

Estructura del empleo

Cuadro 2

Número de trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial, por sectores (al 31 de diciembre de 2009)

Personas empleadas

Habitantes empleados

Trabajadores transfronterizos

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Total

Porcentaje

Sector agropecuario, silvicultura y pesquerías

193

52

14

2

261

0 , 8

Industria

3 838

1 331

6 398

2 015

13 582

41, 3

Servicios

5 219

5 540

4 257

4 018

19 034

57, 9

Total

9 250

6 923

10 669

6 035

32 877

100

Cuadro 3

Número de trabajadores y porcentaje de trabajadores transfronterizos desde 1930

Domicilio de las personas empleadas en Liechtenstein

1930

1941

1950

1960

1970

1980

1990

2000

2008

2009

Liechtenstein

4 436

4 151

5 638

7 396

8 968

11 543

13 020

15 605

16 387

16 173

Otros países

150

10

700

1 700

2 601

3 279

6 885

11 192

17 028

16 704

Porcentaje de trabajadores transfronterizos (en porcentaje)

3

0

11

19

22

22

35

42

51

51

Desempleo

12.En comparación con otros países, la tasa de desempleo de Liechtenstein es muy baja. La tasa de desempleo de las personas de 15 a 24 años de edad y de los extranjeros es ligeramente más alta que la media nacional.

Cuadro 4

Tasa de desempleo en 2006-2012 (al 31 de diciembre de 2010), por género, edad y nacionalidad

(En porcentaje)

Tasa de desempleo

Total

Hombres

Mujeres

De 15 a 24 años

De 25 a 49 años

De más de 50 años

Ciudadanos de Liechtenstein

Extranjeros

2006

3,3

2,9

3,9

5,3

3,1

3

2,5

4,7

2007

2,7

2,4

3

3,1

2,6

2,5

2,2

3,5

2008

2,3

2

2,7

3,3

2

2,4

1,9

2,9

2009

2,8

2,5

3,3

4,0

2,7

2,6

2,2

4,0

2010

2,2

1,9

2,7

2,5

2,0

2,4

1,6

3,3

13.Toda persona empleada en Liechtenstein está asegurada obligatoriamente contra el riesgo del desempleo. Tanto los empleadores como los empleados han de pagar un 0,5% de los ingresos asegurados al Seguro de Desempleo (Arbeitslosenversicherung (ALV)). No se graban con contribuciones los elementos del sueldo que excedan de 126.000 francos suizos. Las prestaciones del Seguro de Desempleo incluyen la indemnización por desempleo, la indemnización por desempleo parcial, la indemnización por mal tiempo y la indemnización en caso de insolvencia del empleador.

14.Toda persona que esté desempleada total o parcialmente y que haya aportado contribuciones al Seguro de Desempleo durante al menos 12 meses tiene derecho a una indemnización por desempleo. El importe de la indemnización es, como máximo, el 80% del ingreso asegurado y se paga durante un plazo de entre 130 y 500 días, según el período en que se haya contribuido y la edad.

15.Además de la asistencia económica que se presta a las personas desempleadas, en Liechtenstein se pueden adoptar varias medidas para ayudar a los solicitantes de asilo. El Servicio del Mercado Laboral de Liechtenstein, dependiente de la Oficina de Asuntos Económicos, ofrece a las personas desempleadas diversos servicios, como el asesoramiento y la asistencia para encontrar empleo y los programas de formación continua. El Servicio del Mercado Laboral también trata activamente de lograr que los empleos respondan a las necesidades de los solicitantes de empleo.

Finanzas estatales

Cuadro 5Evolución del presupuesto nacional desde 1995 hasta 2009

En millones de francos suizos

1995

2000

2005

2009

Gastos corrientes

466

598

733

987

Ingresos corrientes

546

1 116

858

1 120

Corriente de efectivo

80

518

125

132

Depreciación de activos de la Administración

51

61

86

73

Resultado de cuenta corriente

29

457

39

59

16.Desde la Segunda Guerra Mundial, la economía de Liechtenstein se ha desarrollado positivamente casi sin interrupción. Esto ha hecho que Liechtenstein no tenga deuda nacional hasta la fecha. La cuenta corriente se ha cerrado siempre, excepto en 2008 y 2010, con un excedente de ingresos. Gracias a los excedentes de ingresos, frecuentemente se han constituido grandes reservas. Los activos financieros del Estado eran de 1.838,1 millones de francos suizos a fines de 2010, en tanto que el capital tomado a préstamo era de 307,4 millones de francos suizos. Así pues, en 2010 las obligaciones estaban cubiertas con una relación de 598%

17.No solo el Principado de Liechtenstein disfruta de una situación financiera excepcionalmente sana, sino que además los municipios de Liechtenstein no tienen ninguna deuda. En 2009, los municipios generaron un excedente total de 54,3 millones de francos suizos. La cobertura de las obligaciones de todos los municipios en 2009 era incluso de 1.049%.

18.Aunque Liechtenstein disfruta de una situación financiera comparativamente muy sana, no se debe olvidar que los gastos del Estado han aumentado constantemente durante los últimos decenios. A fin de contrarrestar esa evolución, el Gobierno ha tomado medidas para reducir los gastos con objeto de equilibrar el presupuesto nacional a largo plazo.

Evolución de los precios

Gráfico 2Evolución del índice nacional de los precios al consumidor en 2000-2011

* Base: mayo de 2000 = 100 .

** Mayo de 2011 .

Nota: Las cifras correspondientes a 2001-2010 son el promedio anual.

19.Con excepción de 2007, la inflación anual media en el curso de los últimos 11 años ha sido siempre inferior al 2%. Por consiguiente Liechtenstein disfruta de una alta estabilidad de los precios.

Estadísticas salariales

20.Según las estadísticas salariales correspondientes a 2008, el salario mensual bruto mediano era de 6.315 francos suizos. La distribución de los salarios era la siguiente.

Gráfico 3Distribución de frecuencias de los salarios mensuales brutos en 2008, en francos suizos (en porcentaje)

Gráfico 4Salario mensuales brutos en 2008, por género y por nacionalidad, en francos suizos

21.Un importante indicador de la distribución del ingreso es el coeficiente de Gini. El coeficiente correspondiente a Liechtenstein, determinado por última vez en 2004, es de 24,7%. En comparación con los países vecinos, tales como Alemania (25,7%), Austria (25,7%) y Suiza (26,7), el índice es relativamente bajo.

3.Demografía

Población

22.Con una densidad de población de aproximadamente 224 habitantes por kilómetro cuadrado, Liechtenstein es un país con una densidad bastante alta. La tendencia a largo plazo (promedio de cinco años) del crecimiento de la población es del 0,7%. El crecimiento se debe tanto al excedente de los nacimientos (en 2009, 177 personas) como al excedente de la inmigración (en 2009, 128 personas). La tasa de natalidad y, por consiguiente, el excedente de nacimientos vienen disminuyendo en general desde 1970.

Cuadro 6Evolución de la población desde 2000 hasta 2009

Año

Población

Dentro de ella

Cambio porcentual de la población

Porcentaje de extranjeros

Ciudadanos de Liechtenstein

Extranjeros

2000

32 863

21 543

11 320

1,3

34,4

2001

33 525

22 030

11 495

2,0

34,3

2002

33 863

22 297

11 566

1,0

34,2

2003

34 294

22 508

11 786

1,3

34,4

2004

34 600

22 748

11 852

0,9

34,3

2005

34 905

22 988

11 917

0,9

34,1

2006

35 169

23 261

11 907

0,8

33,9

2007

35 353

23 494

11 862

0,5

33,6

2008

35 589

23 819

11 770

0,7

33,1

2009

35 894

24 008

11 886

0,9

33,1

Gráfico 5Excedente de nacimientos y migración neta (promedio de períodos de cinco años)

Estructura de la población

23.Alrededor de un tercio (33,1%) de la población residente de Liechtenstein está constituido por extranjeros. De la totalidad de los ciudadanos extranjeros que viven en Liechtenstein, el 49,3% proceden del Espacio Económico Europeo (EEE), especialmente Austria y Alemania; el 30,2% son ciudadanos suizos, y el 20,5% proceden de terceros países.

Cuadro 7Extranjeros, por nacionalidad

1930

1941

1950

1960

1970

1980

1990

2000

2009

Suiza

436

584

1 191

1 563

2 518

4 055

4 459

3 777

3 572

Austria

746

1 033

876

1 184

1 822

1 945

2 096

2 081

2 053

Alemania

301

402

836

1 152

1 029

1 026

1 161

1 269

Italia

106

60

125

376

938

894

1 071

1 278

1 158

Otros países europeos

102

46

72

119

520

1 305

2 048

3 518

3 036

Países de fuera de Europa

6

11

37

62

74

209

377

766

Apátridas y de nacionalidad desconocida

56

74

28

34

52

3

2

6

Cuadro 8Evolución de la estructura de la población desde 2004 hasta 2009

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Género (porcentaje de la población total)

Hombres

49,3

49,3

49,3

49,3

49,4

49,5

Mujeres

50,7

50,7

50,7

50,7

50,6

50,5

Edad (porcentaje de la población total)

Personas de 20 años o menos

23,7

23,4

23,2

22,9

22,5

22,3

Personas de entre 20 y 64 años

65,2

65,0

64,8

64,7

64,6

64,2

Personas de 65 años o más

11,1

11,6

11,9

12,4

12,9

13,5

Relación de dependencia de las personas jóvenes*

36,3

36,0

35,8

35,3

34,8

34,7

Relación de dependencia de las personas de edad**

17,1

17,8

18,4

19,2

20,0

21,1

Esperanza de vida al nacer, en años

Hombres

78,6

77,4

78,9

79,1

80,0

Mujeres

85,1

84,1

83,1

83,6

85,4

* Relación de dependencia de las personas jóvenes = relación entre las personas de 20 años o menos y las personas de entre 20 y 64 años.

** Relación de dependencia de las personas de edad = relación entre las personas de 65 años o más y las personas de entre 20 y 64 años.

Hogares

24.Aunque, en 1970, el 33% de los habitantes de Liechtenstein vivían todavía en hogares privados constituidos por seis o más personas, en 2000 solo el 6% de la población continuaba viviendo en hogares de ese tamaño. Durante el mismo período, el número de hogares formados por una o dos personas aumentó fuertemente, por lo que, en la actualidad, cerca del 40% de la población vive en ese tipo de hogares. En 2000, el hogar medio, estaba integrado por 2,4 personas. Es también notable el aumento de las familias monoparentales.

Gráfico 6Estructura de los hogares en Liechtenstein en 2000

Nota: Las cifras en negritas indican el número de hogares; las cifras en cursivas indican el número de personas.

Cuadro 9Tamaño de los hogares en Liechtenstein en 2000

Número de personas

1

2

3

4

5

6 o más

Total

Número de hogares

4 321

3 633

2 162

2 081

801

284

13 282

Porcentaje

32 , 5

27 , 4

16 , 3

15 , 7

6 , 0

2 , 1

100

Religión

25.La Constitución de Liechtenstein garantiza la libertad de religión y de conciencia. Asimismo garantiza los derechos civiles y políticos, independientemente de la religión que se profese.

26.Conforme a la Constitución, la Iglesia Católica Romana es la "iglesia nacional de Liechtenstein", pero ese concepto no coincide con el de "iglesia estatal" o "iglesia oficial". Todas las comunidades religiosas de Liechtenstein tienen la posibilidad de inscribirse como asociación. Además de la Iglesia Católica Romana, reciben asistencia económica la Iglesia Evangélica (Protestante) y la Asociación Ortodoxa de Iglesias (desde 2001).

27.En la actualidad se están elaborando nuevas normas para regular la relación entre el Estado y las comunidades religiosas.

Cuadro 10Religiones profesadas por la población residente total (en porcentaje)

1930

1941

1950

1960

1970

1980

1990

2000

Iglesia Católica Romana

95,9

95,4

93,0

92,3

90,1

85,8

84,9

78,4

Iglesia Evangélica (Protestante)

4,1

3,8

6,4

6,8

8,8

10,3

9,2

8,3

Comunidades islámicas

0,04

1,7

2,4

4,2

Iglesias cristianas ortodoxas

0,4

0,6

0,7

1,1

Otras religiones/sin religión

0,0

0,8

0,6

0,9

0,66

1,3

1,9

3,9

Sin declarar ninguna religión

0,0

0,0

0,0

0,0

0,1

0,3

0,9

4,1

Cuadro 11Religiones profesadas por la población residente extranjera (en porcentaje)

1930

1941

1950

1960

1970

1980

1990

2000

Iglesia Católica Romana

85,8

74,6

70,7

73,6

74,2

66,9

67,2

56,9

Iglesia Evangélica (Protestante)

13,9

20,4

26,9

22,9

22,9

23,9

19,9

17,1

Comunidades islámicas

0,1

4,5

6,2

12,5

Iglesias cristianas ortodoxas

1,3

1,6

1,8

2,7

Otras religiones/sin religión

0,2

4,9

2,4

3,4

1,5

2,6

3,7

5,8

Sin declarar ninguna religión

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

0,5

1,2

5,0

Idioma

28.Conforme a la Constitución de Liechtenstein, el alemán es el idioma estatal y oficial de Liechtenstein. En general, se habla coloquialmente un dialecto del alemán.

29.De todas formas, a causa de la elevada tasa de inmigración, el alemán no es el idioma coloquial más utilizado por todos los habitantes, como se muestra en el cuadro siguiente.

Cuadro 12Principal idioma de la población residente (2000)

Principal idioma

Número de personas

Porcentaje

Alemán

29 205

87,7

Italiano

979

2,9

Turco

604

1,8

Español

577

1,7

Serbio, croata

471

1,4

Portugués

440

1,3

Albanés

206

0,6

Otros idiomas

825

2,5

Total

33 307

100

30.Con todo, esto no significa que los habitantes cuyo principal idioma es diferente del alemán no hablen también alemán. Sin embargo, es de suponer que al menos algunos de ellos conozcan deficientemente el alemán.

4.Características sociales y culturales

Sistema social

31.Liechtenstein tiene un nivel de vida muy alto. En Liechtenstein no hay ninguna pobreza absoluta, porque la red social está extraordinariamente bien desarrollada. En Liechtenstein, la seguridad social está a cargo de diversas instituciones, como el Seguro de Desempleo (Arbeitslosenversicherung (ALV)), el Seguro de Discapacidad (Invalidenversicherung (IV)), el Seguro de Vejez y de Supervivencia (Alters-und Hinterlassenenversicherung (AHV)), la Caja de Compensación Familiar (Familienausgleichskasse (FAK)) y el seguro obligatorio de enfermedad. Sin embargo, puede ocurrir que en ciertos casos algunas personas no puedan subvenir a sus necesidades, a pesar de esos seguros sociales. Para subvenir a esas necesidades, se puede solicitar asistencia social financiera a fin de alcanzar un nivel mínimo de seguridad. En el caso de las personas que viven solas, esa asistencia puede ser de hasta 1.110 francos suizos al mes, y asimismo se pagan, según el caso, otros gastos adicionales (vivienda, servicios médicos básicos y contribuciones mínimas a los seguros AHV, IV y FAK).

32.Sin embargo, en Liechtenstein también existen grupos de población de bajos ingresos. Según el último estudio, basado en datos correspondientes a 2004, se estima que aproximadamente el 11% de los hogares de Liechtenstein son de bajos ingresos. Si no se tuvieran en cuenta las prestaciones sociales aportadas por el Estado, esa cifra sería del 19,2%. Se ven especialmente afectadas las familias monoparentales y las familias con dos o más niños. Se considera que una familia es de bajos ingresos si su ingreso anual es inferior al 60% del ingreso anual mediano. Ese umbral era de 27.754 francos suizos en 2004, cifra relativamente alta en comparación con otros países. Aunque ese umbral es elevado, en Liechtenstein hay pocas familias de bajos ingresos.

Cuadro 13Hogares de bajos ingresos (2004)

Porcentaje

Hogares de bajos ingresos, sin tener en cuenta las prestaciones sociales del Estado (cifras teóricas)

19,2

Hogares de bajos ingresos, teniendo en cuenta las prestaciones sociales del Estado (cifras reales)

11,0

Personas de entre 20 y 49 años

12,1

Personas de entre 50 y 63 años

8,9

Personas de 64 o más años

10,5

Parejas casadas sin niños

7,7

Progenitores sin pareja

23,4

Parejas casadas con un niño

9,9

Parejas casadas con dos niños

11,1

Parejas casadas con tres o más niños

14,7

Familias con pensión de vejez

10,5

33.Los gastos del Estado destinados a la asistencia social representaron en 2010 el 26% de los gastos totales del Estados. Este es el mayor rubro de gastos del Estado, lo que pone de relieve que el sistema social de Liechtenstein está muy desarrollado.

Prestaciones de vejez

34.Las prestaciones de vejez están comparativamente muy bien desarrolladas en Liechtenstein y permiten que la población disfrute de un nivel de vida suficiente después de jubilarse. La edad normal de jubilación es actualmente de 64 años tanto en el caso de los hombres como en el de las mujeres; es posible jubilarse anticipadamente a partir de los 60 años. También es posible retrasar la jubilación durante un plazo de hasta seis años.

35.Liechtenstein aplica un "principio de tres pilares" para las pensiones de vejez. El primer pilar es el Seguro de Vejez y de Supervivencia (AHV). Toda persona que trabaje en Liechtenstein para un empleador ha de aportar el 3,8% de su salario bruto al AHV. El empleador aporta un 3,8% adicional. Los trabajadores independientes han de asegurarse por cuenta propia en el AHV. Tan pronto como llega a la edad de jubilación, toda persona tiene derecho a una pensión, cuyo importe se determina en función de los años de contribución aprobados y del ingreso anual medio pertinente. La pensión íntegra solo se percibe si se han aportado contribuciones sin interrupción desde los 20 hasta los 64 años; de lo contrario, se pagan pensiones parciales. En caso de jubilación anticipada, se reduce la pensión. En cambio, si la jubilación se retrasa hasta después de los 64 años, la pensión se aumenta en consecuencia. La pensión máxima es actualmente de 2.320 francos suizos al mes, y la pensión mínima es de 1.160 francos suizos.

36.La previsión profesional, que se instituyó con carácter obligatorio en 1989, constituye el segundo pilar. A partir de un sueldo anual determinado, los empleadores han de establecer para sus empleados un plan de pensiones al que tanto los empleados como los empleadores han de aportar una cantidad obligatoriamente. De esa forma, durante el empleo se acumula un capital para la vejez, capital que puede pagarse al empleado, cuando este se jubila, bien como pensión mensual, bien como suma global.

37.Además del AHV y de la previsión profesional, también es posible concertar seguros privados (tercer pilar). Este pilar consiste en pólizas privadas de seguros de ahorro o de vejez.

38.En algunos casos, la pensión, junto con el patrimonio, puede no bastar para garantizar unos ingresos mínimos suficientes. En tales casos se pueden obtener del AHV unas prestaciones complementarias que aseguren al menos un mínimo para la subsistencia.

Educación

39.La población de Liechtenstein tiene un alto nivel de educación, lo que ha contribuido al fuerte auge económico habido en el país desde la Segunda Guerra Mundial y todavía representa una importante ventaja a los efectos de la ubicación. La enseñanza es obligatoria hasta los 9 años. La enseñanza es gratuita en las escuelas públicas. Los jardines de la infancia a los que se asiste antes de matricularse en las escuelas son asimismo gratuitos.

40.Tras la enseñanza primaria, que dura cinco años, se destina a los alumnos a uno de los tres tipos de escuelas secundarias existentes. Hay Oberschulen, Realschulen y Gymnasien: la Oberschule representa el nivel más bajo, y el Gymnasium el más alto. La Oberschule y la Realschule sirven para preparar a los estudiantes para un aprendizaje y duran cuatro años. El Gymnasium dura en total siete años y tiene por finalidad preparar a los estudiantes para la enseñanza superior. Los estudiantes pueden pasar de una escuela secundaria a otra cuando los resultados obtenidos son suficientes.

Cuadro 14Estadísticas escolares relativas al año lectivo 2010/11

Número de estudiantes

Tipo de escuela

Número de escuelas

Número de clases

Varones

Hembras

Total

Número de estudiantes por clase

Jardines de la infancia

47,66

367

340

707

14,83

Escuelas primarias

14

119,34

993

942

1 935

16,21

Oberschulen

3

32,00

195

184

379

11,84

Realschulen

5

45,00

402

366

768

17,07

Décimo año escolar

1

5,00

24

36

60

12,00

Gymnasien

1

39,00

319

399

718

18,41

Total de las escuelas secundarias

10

121,00

940

985

1 925

15,91

Total

24

289,00

2 303

2 272

4 575

15,83

41.Después de graduarse en el Gymnasium o de obtener un bachillerato profesional, los estudiantes tienen la opción de ingresar en la enseñanza superior. La Universidad de Liechtenstein da cursos de arquitectura y planificación, así como de economía empresarial con especializaciones en administración de empresas y en informática. Para seguir estos y otros cursos, también se puede asistir a las Universidades de Suiza y de Austria.

42.Para que los estudiantes de familias menos acomodadas tengan también acceso a la enseñanza superior, el Estado presta ayuda económica. Puede solicitar ayuda económica toda persona que haya residido en Liechtenstein, bien ininterrumpidamente durante al menos tres años, bien durante un total de cinco años. El importe de la ayuda económica se determina en función de los ingresos y del patrimonio de los padres del estudiante. Parte de la ayuda económica (aproximadamente el 50% de su importe) se otorga como estipendio, y la otra parte se concede como préstamo sin intereses. Los estipendios no tienen que reembolsarse después de la graduación, en tanto que los préstamos han de reembolsarse a plazos.

Cuadro 15Nivel más alto de educación completado en 2000, por nacionalidad y por género (en porcentaje de cada fila)

Sin estudios

Nivel secundario I

Nivel secundario II

Nivel terciario

Origen

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Hombres

Mujeres

Porcentaje total

Número total

Liechtenstein

3,9

4,8

16,9

39,7

53,5

49,1

25,6

6,4

100

15 223

Europa O ccidental y S eptentrional/América del Norte

2,3

2,9

9,3

23,3

50,7

56,7

37,7

17,0

100

6 037

Europa M eridional

8,1

9,0

67,3

69,4

22,0

19,9

2,6

1,7

100

1 724

Europa O riental/ S udoriental

15,2

15,2

40,9

48,0

35,6

29,3

8,3

7,6

100

792

Turquía/Oriente Medio/ África del Norte

24,2

30,5

57,7

58,0

14,5

10,2

3,6

1,3

100

474

África Subsahariana/América Latina/Asia/Oceanía

19,2

13,0

43,8

43,1

15,1

30,9

21,9

13,0

100

196

Total (porcentaje)

4,7

5,4

21,3

37,9

48,4

47,9

25,6

8,7

100

Total (número)

572

674

2 565

4 703

5 826

5 942

3 081

1 084

24 446

Nota: El nivel secundario I incluye la graduación en las Oberschulen y en las Realschulen; el nivel secundario II incluye la graduación en los Gymnasien y la conclusión de un aprendizaje profesional.

43.En total, la parte que los gastos en enseñanza representaron dentro del presupuesto total del Principado de Liechtenstein en 2010 fue del 19%.

Salud

44.Toda persona que resida en Liechtenstein ha de concertar un seguro obligatorio de enfermedad y, por consiguiente, disfruta de acceso a los servicios médicos. Las primas del seguro obligatorio de enfermedad se pagan a partes iguales por los empleadores y los empleados. Las personas aseguradas cuyos ingresos son bajos pagan una prima reducida. Los jóvenes de hasta 16 años no pagan prima. Las personas de menos de 20 años no tienen franquicia. Para mantener bajas las primas que pagan todas las personas aseguradas, el Estado abona además una suma fija anual a fin de contribuir a sufragar el costo del seguro obligatorio de enfermedad. En 2010, la contribución aportada por el Estado fue de 54 millones de francos suizos. La salud pública está asegurada por el gran número de médicos existente y por el Hospital Nacional de Liechtenstein. Además, se han concertado acuerdos con hospitales extranjeros y con establecimientos psiquiátricos.

Gráfico 7Número de habitantes por cada médico desde 1960

45.El elevado nivel de salud se desprende de varios indicadores. Uno de ellos es que la esperanza de vida es relativamente alta y que la mortalidad tanto infantil como materna es muy baja. Entre 2000 y 2007, cada año murieron por término medio 2 niños de entre 0 y 9 años, lo que representa el 1% de todos los fallecimientos. La mortalidad infantil es de alrededor de 4 por 1.000 nacidos vivos.

46.A largo plazo, cada año hay entre 600 y 1.200 casos de enfermedades transmisibles. En el caso del VIH, la Oficina de Salud Pública estudia el número de personas infectadas. De todas formas, muchas personas infectadas son sometidas a pruebas en el extranjero, por lo que no están incluidas en las estadísticas. En 2009 se registraron dos nuevos casos, que muy probablemente no representan el número real de personas infectadas. No hay evaluaciones epidemiológicas en este sector.

Cuadro 16Causa de la muerte, por género (2008)

Hombres

Mujeres

Total

Infecciones

3

3%

2

2%

5

2%

Tumores malignos

31

30%

25

25%

56

27%

Enfermedades cardiovasculares y hemopatías

26

25%

39

39%

65

32%

Órganos respiratorios

9

9%

13

13%

22

11%

Órganos digestivos

3

3%

3

3%

6

3%

Vejez

5

5%

8

8%

13

6%

Accidentes y violencia

7

7%

1

1%

8

4%

Suicidios

4

4%

1

1%

5

2%

Otras causas

7

7%

3

3%

10

5%

Causas desconocidas

9

9%

6

6%

15

7%

Total

104

100%

101

100%

205

100%

Cooperación y Desarrollo Humanitarios Internacionales

47.Los recursos destinados por Liechtenstein a la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) han aumentado considerablemente desde 2000. De aproximadamente 14 millones de francos suizos en 2000 se elevaron a 27,7 millones de francos en 2010. Los gastos en asistencia oficial para el desarrollo representaron el 0,54% del ingreso nacional bruto (INB) en 2008.

48.La mayoría de esos fondos (alrededor del 65%) se utilizan para la asistencia bilateral para el desarrollo. Alrededor del 10% se destina a la cooperación multilateral para el desarrollo. Otro 10% se destina a la asistencia de emergencia y para la reconstrucción, a la asistencia internacional a los refugiados y a la asistencia a la migración. En 2010, alrededor de un tercio de los recursos (33%) se utilizó en África, y aproximadamente una sexta parte del presupuesto (15%) se empleó en Europa.

49.En el marco de la cooperación y desarrollo humanitarios internacionales, Liechtenstein también se compromete a proteger y promover, de manera selectiva, los derechos humanos en otros países. Dentro de la cooperación bilateral para el desarrollo, por ejemplo, la educación es uno de los sectores prioritarios. La inclusión y promoción de las mujeres viene siendo una cuestión intersectorial desde hace varios años. También en el marco de la cooperación multilateral para el desarrollo, la protección de los derechos humanos es un sector temático prioritario dentro de la esfera global de la buena gobernanza.

50.Toda la información sobre el funcionamiento y la orientación estratégica de la Cooperación y Desarrollo Humanitario Internacionales, así como las cifras actuales, pueden obtenerse en el sitio de Internet (http://www.llv.li/ihze).

B.Estructura constitucional, política y jurídica del Estado

1.Sistema de gobierno

51.El Principado de Liechtenstein es una monarquía constitucional hereditaria con un sistema de democracia parlamentaria. El poder del Estado reside en el Príncipe Reinante y en el pueblo. Los amplios derechos de democracia directa del pueblo contrarrestan la posición relativamente fuerte del Príncipe. Todo ciudadano que haya cumplido 18 años tiene derecho a votar y a presentarse a elecciones.

52.De conformidad con la Constitución, Liechtenstein es la unión de las 2 regiones de Vaduz (Oberland o País Alto) y Schellenberg (Unterland o País Bajo). El Oberland agrupa 6 municipios, entre ellos la capital, Vaduz, y el Unterland agrupa 5 municipios.

2.Integración económica y política

53.Desde hace largo tiempo, Liechtenstein es consciente de que para asegurar su futuro es necesaria la cooperación internacional. En consecuencia, desde hace tiempo adopta una política exterior activa con objeto de reforzar la soberanía del Estado, así como la integración política y económica a nivel europeo y mundial. Liechtenstein es actualmente miembro de 27 importantes organizaciones e instituciones internacionales. Cabe destacar la Corte Internacional de Justicia en La Haya (CIJ, miembro desde 1950), el Consejo de Europa (desde 1978), las Naciones Unidas (desde 1990) y la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE, ahora OSCE, 1975).

54.Ya en 1960, Liechtenstein se integró en la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) a través de su Convenio Aduanero con Suiza. En 1991 se adhirió a la AELC como miembro independiente. Otro paso importante hacia la integración europea fue la adhesión al Espacio Económico Europeo (EEE) en 1995. También en 1995, Liechtenstein se adhirió a la Organización Mundial del Comercio (OMC).

55.En la actualidad, Liechtenstein mantiene representaciones diplomáticas ante las Naciones Unidas en Nueva York; la Unión Europea en Bruselas; la AELC, las Naciones Unidas y la OMC en Ginebra; una Representación Permanente ante el Consejo de Europa en Estrasburgo, y una Misión Permanente ante la OSCE, el OIEA, las Naciones Unidas y la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (OTPCE) en Viena. Se han abierto embajadas bilaterales en Berlín, Berna, Bruselas, Viena y Wáshington, así como en la República Checa y la Santa Sede. Desde 2007, Liechtenstein mantiene también consulados honorarios en los Estados Unidos y Alemania. En los Estados Unidos hay consulados honorarios en Macon (Georgia), Los Ángeles (California), Portland (Oregón) y Chicago (Illinois). En Alemania, los consulados honorarios están en Frankfurt y Munich.

3.Separación de poderes

56.En el sistema dual de gobierno del Principado de Liechtenstein, el poder del Estado está investido en el Príncipe Reinante y en el pueblo. Además, las respectivas atribuciones que corresponden al poder ejecutivo (el Gobierno), al poder legislativo (el Parlamento) y al poder judicial (los tribunales) garantizan la separación de poderes.

4.El Príncipe Reinante (Jefe del Estado)

57.El Príncipe Reinante es el Jefe del Estado y representa al país en todas sus relaciones con países extranjeros, sin perjuicio de la necesaria participación del Gobierno. Por recomendación del Parlamento, nombra a los miembros del Gobierno. También es responsable de nombrar a los jueces, que son elegidos por el Parlamento sobre la base de la recomendación de un órgano de selección de jueces. Cuando haya razones de peso que lo justifiquen, el Príncipe puede disolver el Parlamento y destituir al Gobierno. El Príncipe tiene también derecho a dictar decretos de urgencia y a conceder indultos, reducir penas y anular investigaciones penales. Toda ley requiere la sanción del Príncipe y el refrendo del Primer Ministro para entrar en vigor; en el ejercicio de sus atribuciones a este respecto, tanto el Príncipe como el Primer Ministro deben ajustarse a las disposiciones de la Constitución.

5.Parlamento, sistema electoral y partidos políticos

58.El Parlamento de Liechtenstein está constituido por 25 miembros, elegidos cada cuatro años por sufragio universal, igual, directo y secreto de conformidad con el sistema de representación proporcional.

59.Las funciones más importantes del Parlamento son participar en el proceso legislativo, aceptar tratados internacionales, aprobar el presupuesto del Estado, elegir jueces a propuesta del órgano de selección de jueces y supervisar la Administración pública. El Parlamento elige al Gobierno y propone su nombramiento al Príncipe Reinante. También puede iniciar la destitución del Gobierno o de cualquiera de sus miembros si uno u otro pierden su confianza. El Parlamento tiene el qu o rum necesario si están presentes al menos las dos terceras partes de sus miembros.

60.Las elecciones se celebran en dos distritos electorales: el Oberland y el Unterland. Todos los ciudadanos que tengan 18 años o más y residan habitualmente en Liechtenstein tienen derecho a votar. El Oberland tiene 15 escaños en el Parlamento, y el Unterland 10. Solo pueden ser elegidas las personas inscritas en la lista de un partido político. Para optar a un escaño en el Parlamento, todo partido debe obtener al menos el 8% de los votos válidos emitidos en todo el país, porcentaje relativamente elevado en comparación con otros países.

61.En las elecciones parlamentarias de 2009 se registró una participación del 84,6%, y esa participación fue ligeramente más alta en el Unterland (86,9%) que en el Oberland (83,4%). A lo largo del tiempo se puede observar una evolución similar a la de casi todas las democracias occidentales, en las que la participación tiende a disminuir. Hasta mediados de los años ochenta, más del 90% de las personas con derecho de voto participaban en las elecciones parlamentarias. Desde entonces, la participación ha disminuido considerablemente, con unas pocas excepciones.

62.Actualmente hay tres partidos políticos en Liechtenstein. Unión por la Patria (Vaterländische Union (VU)) y el Partido Cívico Progresista (FortschrittlicheBürgerpartei (FBP)) son los dos principales partidos populares. Ambos surgieron tras la Primera Guerra Mundial. Es difícil distinguirlos ideológicamente y ambos son de orientación cristiana conservadora. Lista Libre (Freie Liste (FL)) se creó en los años ochenta y está más orientado hacia cuestiones sociales y ambientales. Desde 1993, Lista Libre ocupa al menos un escaño en el Parlamento; entre 2005 y 2009 ocupó tres.

63.Los tres partidos tienen representación en el Parlamento en la actual legislatura (2009-2013). Unión por la Patria tiene la mayoría relativa, con 12 escaños. El Partido Cívico Progresista tiene 11 escaños, y Lista Libre tiene 1. El escaño restante está ocupado actualmente por un diputado sin afiliación política. En las elecciones de 2009, un total de seis mujeres fueron elegidas al Parlamento, lo que representa una proporción del 24%.

6.Gobierno

64.El Gobierno es un órgano colegiado integrado por cinco miembros: el Primer Ministro, el Viceprimer Ministro y otros tres ministros. Generalmente, Unión por la Patria y el Partido Cívico Progresista forman un Gobierno de coalición. La composición exacta depende de los resultados de las elecciones, ya que el Primer Ministro y la mayoría de los miembros del Gobierno proceden del partido más votado. Actualmente, el Primer Ministro y otros dos ministros son miembros de Unión por la Patria, mientras que el Viceprimer Ministro y otro ministro son miembros del Partido Cívico Progresista. En la actual legislatura, el Gobierno está integrado por tres hombres y dos mujeres, por lo que la proporción de mujeres es del 40%.

65.Los miembros del Gobierno son nombrados por el Príncipe Reinante a propuesta del Parlamento. El Gobierno es la autoridad ejecutiva suprema, de la que dependen 40 oficinas y dependencias gubernamentales, así como 8 representaciones diplomáticas en el extranjero. Unas 60 comisiones y consejos consultivos prestan apoyo a la labor de la Administración.

66.El Gobierno tiene potestad para promulgar ordenanzas y, por consiguiente, es también un órgano normativo. Las ordenanzas solo pueden promulgarse sobre la base de leyes y de tratados internacionales.

7.Proceso legislativo

67.Toda promulgación o modificación de disposiciones constitucionales o legislativas comienza con una iniciativa. En Liechtenstein se reconoce el derecho de iniciativa al Príncipe Reinante (en forma de propuestas del Gobierno), al Parlamento y a las personas con derecho de voto.

68.Ninguna ley puede entrar en vigor ni ser declarada válida en Liechtenstein sin la participación del Parlamento. Del mismo modo, toda ley debe ser sancionada por el Príncipe Reinante para cobrar validez.

69.En la inmensa mayoría de los casos, es el Gobierno el que toma la iniciativa para la promulgación o modificación de disposiciones constitucionales o legislativas. Por lo general, el ministerio competente prepara un proyecto de ley, que posteriormente se distribuye para la celebración de consultas. A tal efecto, el Gobierno publica la ley para recibir observaciones. En particular, se invita a los grupos que tengan o puedan tener un interés especial en la propuesta a que formulen observaciones. No obstante, pueden presentar observaciones no solo quienes hayan sido específicamente invitados a hacerlas; en principio, toda persona u organización que tenga interés en la propuesta puede formular observaciones. Luego se modifica el proyecto de ley teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, las observaciones recibidas. El Gobierno aprueba después el proyecto de ley modificado y lo somete al Parlamento para que lo examine. El Parlamento puede aceptar, modificar o rechazar el proyecto de ley, para lo que procede a dos lecturas y a una votación final. Si el Parlamento aprueba el proyecto de ley, la decisión se somete a un referéndum facultativo en un plazo de 30 días. Si se recogen 1.000 firmas de personas con derecho de voto contra la decisión del Parlamento, hay que proceder a votación popular. Esto es así no solo en el caso de las leyes, sino también en el de las decisiones financieras del Parlamento. Cuando se trata de decisiones sobre la Constitución, hacen falta 1.500 firmas para convocar una votación popular.

70.Además del Gobierno, tienen derecho de iniciativa los ciudadanos de Liechtenstein. Todo grupo de 1.000 personas con derecho de voto puede presentar una iniciativa legislativa en forma de proyecto detallado o de sugerencia general. El Parlamento ha de examinar la iniciativa en su siguiente legislatura, en la que podrá aceptarla o rechazarla. Si el Parlamento no aprueba una iniciativa formulada, hay que proceder a votación popular. Si el Parlamento acepta una simple sugerencia, la aplica mediante la promulgación, derogación o modificación de una ley.

71.Asimismo se puede solicitar la reforma parcial o total de la Constitución por iniciativa popular si se reúnen 1.500 firmas. También en este caso, el Parlamento puede aceptar o rechazar la iniciativa y celebrar una votación popular.

72.Cabe destacar en particular el referéndum sobre tratados internacionales. Toda decisión del Parlamento relativa a la aceptación de un tratado internacional debe ser sometida a votación popular si el Parlamento así lo decide o si 1.500 personas con derecho de voto o 4 municipios lo solicitan en un plazo de 30 días.

73.Ambos instrumentos, los referendos y las iniciativas, son utilizados por el pueblo. Entre 2000 y 2010 hubo 17 votaciones populares a nivel nacional. Esto equivale a un promedio ligeramente inferior a dos votaciones populares al año. La participación en las votaciones populares es de aproximadamente un 70%.

8.Municipios

74.En Liechtenstein hay un importante grado de autonomía municipal. Dentro de sus respectivas esferas de competencia, las autoridades municipales administran de forma autónoma los asuntos que se plantean y gestionan los recursos municipales. Los ciudadanos pueden convocar referendos para anular cualquier decisión. Al igual que a nivel nacional, el pueblo también tiene derecho de iniciativa.

75.Las personas con derecho de voto de cada municipio eligen un Concejo Municipal presidido por un alcalde que, según el tamaño del municipio, ejerce sus funciones a tiempo completo o a tiempo parcial. Las elecciones al Concejo Municipal y a la alcaldía se celebran simultáneamente en todos los municipios cada cuatro años.

76.Al igual que ocurre a nivel nacional, las mujeres están también insuficientemente representadas en la política municipal. En la legislatura de 2011-2015, la participación de la mujer en los concejos municipales a nivel nacional se sitúa en el 27,4%. La participación de la mujer en los concejos municipales del Unterland, del 29,5%, es ligeramente superior a la del Oberland, del 25,8%. La alcaldía está ocupada por hombres en todos los municipios. La participación en las elecciones municipales de 2011 fue del 82,7%.

77.Las votaciones municipales pueden versar sobre muy diversas cuestiones. Concretamente, pueden referirse a cambios en la reglamentación municipal, a la financiación de proyectos de infraestructura o a la naturalización de extranjeros, que es la cuestión sobre la que más frecuentemente se vota a nivel municipal. La participación media es considerablemente inferior a la de las elecciones generales, y se sitúa apenas por encima del 50%.

78.La importancia de los municipios también se refleja en el hecho de que cada municipio tiene un derecho constitucional a separarse de Liechtenstein.

9.Organizaciones no gubernamentales

79.En Liechtenstein, las organizaciones no gubernamentales (ONG) pueden establecerse como asociaciones y registrarse como tales. No requieren ningún reconocimiento especial por parte del Estado. En Liechtenstein, toda asociación tiene derecho a defender y representar sus intereses, por ejemplo mediante la participación en el proceso legislativo en el marco de consultas. Las asociaciones pueden también influir en la legislación mediante la puesta en marcha de iniciativas y de referendos. Cabe señalar además que muchas asociaciones, y por ende también ONG, reciben ayuda financiera del Estado y de los municipios.

10.Administración de justicia

Jurisdicción

80.Se distingue entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción de derecho público. La jurisdicción ordinaria abarca la administración de justicia en los asuntos civiles y penales. Sus tres instancias son el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Apelación y el Tribunal Supremo. Antes de incoar un procedimiento civil, por lo general se debe seguir un procedimiento de conciliación en el municipio de residencia del demandado.

81.El Tribunal Administrativo y el Tribunal Constitucional ejercen la jurisdicción de derecho público. El Tribunal Administrativo es el órgano de apelación contra las decisiones y los decretos del Gobierno o de las comisiones que lo representan. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción sobre las cuestiones constitucionales.

Tribunal de Justicia

82.El Tribunal de Justicia es el tribunal de primera instancia para los asuntos civiles y penales. Según el asunto de que se trate, el Tribunal de Justicia puede actuar como órgano unipersonal o como órgano colegiado. El Tribunal Penal y el Tribunal de Menores son órganos colegiados. Cuando se trata de asuntos civiles o de juicios de faltas, son juzgados unipersonales los que examinan la causa. El Tribunal Penal es competente en todos los enjuiciamientos de delitos, así como en el enjuiciamiento de algunas faltas exhaustivamente enumeradas en la ley. El Tribunal de Menores juzga a los autores de delitos de entre 14 y 18 años.

83.Actualmente, el Tribunal de Justicia está integrado por 14 magistrados a tiempo completo y 3 funcionarios judiciales a tiempo completo. En los tribunales colegiados (el Tribunal Penal y el Tribunal de Menores), el Presidente (un magistrado del Tribunal de Justicia) ejerce su cargo a tiempo completo, mientras que los demás magistrados del tribunal trabajan a tiempo parcial. En el Tribunal Penal hay otro magistrado del Tribunal de Justicia a tiempo completo, además del Presidente.

84.En 2009, el Tribunal de Justicia se ocupó de un total de 21.320 causas de toda índole. En total se resolvieron 17.344 de esas causas, y 3.976 causas seguían aún pendientes a fines de 2009, lo que significa que un 18,6% de las causas continuaron el año siguiente.

Tribunal de Apelación

85.El tribunal de segunda instancia de la jurisdicción ordinaria de Liechtenstein es el Tribunal de Apelación, al que se puede recurrir contra las sentencias o decisiones del Tribunal de Justicia. Las sentencias del Tribunal de Apelación son dictadas por una Sala colegiada o por el Presidente de una Sala. Cada Sala está compuesta por un Presidente de Sala a tiempo completo y cuatro magistrados de apelación a tiempo parcial. El Presidente y un magistrado de apelación a tiempo parcial deben ser abogados profesionales. Hay un total de tres Salas, con sus correspondientes tres Presidentes de Sala a tiempo completo.

86.En total, el Tribunal de Apelación se ocupó de 1.026 causas en 2009, de las que fueron resueltas 778 y quedaron pendientes 248, es decir, un 24,2%.

Tribunal Supremo

87.Contra las sentencias o decisiones del Tribunal de Apelación se puede recurrir ante la tercera y última instancia: el Tribunal Supremo. Al igual que el Tribunal de Apelación, administran justicia las Salas o los Presidentes de las Salas. Existen dos Salas compuestas por un Presidente de Sala a tiempo completo y cuatro magistrados del Tribunal Supremo a tiempo parcial. El Presidente y al menos dos de los magistrados del Tribunal Supremo deben ser abogados profesionales.

88.En 2009, el Tribunal Supremo examinó 298 causas, de las que fueron resueltas 224 y quedaron pendientes 74, es decir, un 24,8%.

Tribunal Administrativo

89.El Tribunal Administrativo es un tribunal de derecho público encargado de resolver los recursos contra los decretos y decisiones del Gobierno o de las comisiones que lo representan, y es también la última instancia en los procedimientos de recurso contra actos administrativos. Está integrado por cinco magistrados y cinco magistrados suplentes. La mayoría de los magistrados deben ser abogados profesionales. Los magistrados ejercen su cargo a tiempo parcial.

90.En 2009 se presentaron al Tribunal Administrativo 144 nuevos recursos, de los que fueron resueltos 114 y quedaron pendientes 30, es decir, un 20,8%.

Tribunal Constitucional

91.El Tribunal Constitucional es un tribunal de derecho público que es autónomo e independiente respecto de otros órganos constitucionales. Entre sus funciones figura la protección de los derechos garantizados por la Constitución, así como de los derechos individuales garantizados por acuerdos internacionales. También examina la constitucionalidad de las leyes y de los tratados internacionales y la conformidad de las ordenanzas con la Constitución, las leyes y los tratados internacionales. Además, el Tribunal Constitucional decide sobre los conflictos de jurisdicción entre los tribunales y los órganos administrativos y examina las reclamaciones electorales y las denuncias contra ministros.

92.El Tribunal Constitucional está compuesto por cinco magistrados, todos los cuales ejercen su cargo a tiempo parcial. La mayoría de los magistrados deben ser abogados profesionales. En 2009 se examinaron 326 causas, de las que 215 fueron resueltas, con lo que un 34% de las causas quedaron pendientes al finalizar el año.

Ministerio Público

93.Si bien el Ministerio Público depende oficialmente del Gobierno, este solo puede darle, de conformidad con la Ley del Ministerio Público, instrucciones muy limitadas.

94.El Ministerio Público se encarga de investigar los delitos y de representar la acusación pública en los tribunales. En la actualidad, Liechtenstein tiene un Fiscal General y otros seis fiscales. En 2009 el Ministerio Público se ocupó de 2.667 causas penales, de las que 23 conllevaban penas de prisión. Por consiguiente, cada fiscal tramitó un promedio de 381 causas.

11.Policía, estadísticas sobre la delincuencia y cumplimiento de las penas

Policía Nacional

95.La Policía Nacional se encarga en particular de garantizar la seguridad y el orden público y de resolver casos penales. En la Policía Nacional, 90 agentes ejercen la autoridad pública. Otros 36 agentes auxiliares apoyan la labor de la Policía Nacional, especialmente en materia de seguridad.

Delincuencia

96.Como se muestra en las estadísticas sobre la delincuencia, en los últimos años ha aumentado el número de delitos en Liechtenstein. En 2001 se registraron 868 delitos, cifra que aumentó a 1.216 en 2009.

Gráfico 8

Estadísticas sobre la delincuencia, 2009

Categoría de delito

Número de delitos

Casos resueltos

Sospechosos enjuiciados

Total

Menores

Extranjeros

Delitos contra el patrimonio

680

171

25%

260

31%

64%

Derecho penal accesorio

147

105

71%

107

8%

75%

Delitos económicos

209

-

-

121

2%

83%

Delitos cometidos con violencia

157

103

66%

100

14%

53%

Delitos relacionados con las drogas

233

215

92%

110

24%

42%

Delitos contra la inmigración

53

39

74%

57

(9%)*

(95%)*

Delitos sexuales

21

14

67%

10

(0%)*

(60%)*

Delitos documentales

16

7

44%

8

(0%)*

(75%)*

Delitos de motivación política o religiosa

8

3

38%

4

(0%)*

(25%)*

Delitos peligrosos para la seguridad pública

3

0

0%

0

(0%)*

(0%)*

* Insignificante, debido al escaso número de casos.

En lo que respecta a los delitos cometidos con violencia, se debe señalar que en su mayoría se trata de agresiones corporales o de reyertas (90 casos). En Liechtenstein apenas hay homicidios; en 2009 no hubo ninguno. La violencia juvenil también es un problema en Liechtenstein, ya que en 2008 se registraron 28 actos de violencia cometidos por 46 menores, 39 de ellos varones. En 2009 se cometieron cuatro delitos de discriminación racial.

Sistema penitenciario nacional

97.La Prisión Nacional de Vaduz es el único centro penitenciario del Principado de Liechtenstein para los presos preventivos, los reos condenados y los extranjeros internados en cumplimiento de la legislación de inmigración. Oficialmente tiene capacidad para 20 personas. Su tasa de ocupación varía considerablemente. En los últimos años nunca se ha alcanzado la ocupación máxima, dada la necesidad de mantener plazas libres para los nuevos internos. Hay 16 celdas individuales y 2 celdas dobles. También hay una celda de detención policial, así como una celda de seguridad (con cámaras de vigilancia) que solo se utiliza para detenciones de corta duración, por ejemplo de personas en elevado estado de embriaguez. Las celdas miden entre 9 y 10,5 m2 aproximadamente.

98.Por lo general, en Vaduz solo se cumplen condenas de menos de dos años. Las personas condenadas a penas de prisión de más de dos años cumplen su condena en un centro en Austria, en virtud de un tratado de 4 de julio de 1982 entre Liechtenstein y Austria sobre el internamiento de personas condenadas.

Cuadro 17

Estadísticas penitenciarias, 2009-2010

2009

2010

Prisión Nacional de Vaduz

Número total de reclusos

149

76

Hombres

140

71

Mujeres

9

5

Número total de días de reclusión

2 554

4 081

Días por recluso

17

54

Presos preventivos

10

17

Prisiones en Austria

Número total de reclusos

13

15

Hombres

13

15

Mujeres

0

0

Número total de días de reclusión

3 022

2 719

Días por recluso

232

181

Asistencia a las víctimas

99.El 1º de abril de 2008 entró en vigor en Liechtenstein la Ley de asistencia a las víctimas. Toda persona que haya sufrido directamente las consecuencias físicas, psicológicas o sexuales de un delito tiene derecho a la asistencia a las víctimas prevista en Liechtenstein. En virtud de la Ley se ha establecido en Liechtenstein una Oficina de Asistencia a las Víctimas que ofrece los siguientes servicios:

Asesoramiento y asistencia inmediata;

Asistencia a largo plazo;

Contribuciones en efectivo para sufragar la ayuda a largo plazo prestada por terceros;

Presentación de reclamaciones por daños y perjuicios;

Asistencia jurídica gratuita a las víctimas en los procedimientos seguidos conforme a la Ley de asistencia a las víctimas.

100.En 2010, la Oficina de Asistencia a las Víctimas prestó asesoramiento en 49 casos. En 34 de ellos las víctimas eran mujeres y en 12 eran hombres. En 2 casos las víctimas eran instituciones, y en 1 se trataba de un bufete de abogados.

Gráfico 9

Casos de asistencia a las víctimas, por delito y por víctima (2010)

III.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

101.Como Miembro de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa, Liechtenstein ha ratificado diversos acuerdos internacionales, en particular europeos, de protección de los derechos humanos. La práctica actual del Gobierno de Liechtenstein es no ratificar un acuerdo hasta que se hayan creado las condiciones jurídicas y prácticas necesarias a nivel nacional. Ello permite la aplicación interna del acuerdo desde su entrada en vigor.

102.El siguiente cuadro muestra los instrumentos de derechos humanos más importantes en que Liechtenstein es parte. También se enumeran las reservas y declaraciones formuladas por Liechtenstein. En el caso de las reservas se incluye una breve explicación.

1.Principales convenciones y protocolos facultativos internacionales de derechos humanos

Instrumento

Entrada en vigor para Liechtenstein

Reservas y declaraciones

Explicación

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 16 de diciembre de 1966

10 de marzo de 1999

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966

10 de marzo de 1999

Declaración relativa al artículo 3

"El Principado de Liechtenstein declara que no interpreta las disposiciones del artículo 3 del Pacto como un impedimento a las normas constitucionales relativas a la sucesión hereditaria al trono del Príncipe Reinante."

Declaración relativa al artículo 41

"Con arreglo al artículo 41 del Pacto, el Principado de Liechtenstein declara que reconoce la competencia del Comité de Derechos Humanos para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado parte alegue que otro Estado parte no cumple las obligaciones que le impone el Pacto."

Reserva al artículo 14, párrafo 1

"El Principado de Liechtenstein se reserva el derecho a aplicar las disposiciones del párrafo 1 del artículo 14 del Pacto relativas al principio de que las vistas deben ser públicas y las sentencias se deben pronunciar públicamente, solo dentro de los límites que se deriven de los principios consagrados actualmente en la legislación de Liechtenstein sobre los procesos legales."

El ordenamiento jurídico de Liechtenstein prevé la celebración de determinadas vistas y juicios a puerta cerrada.

Reserva al artículo 17, párrafo 1

"El Principado de Liechtenstein hace la reserva de que el derecho a respetar la vida familiar, garantizado por el párrafo 1 del artículo 17 del Pacto, se ejercerá, respecto de los extranjeros, de conformidad con los principios consagrados actualmente en la legislación sobre extranjeros."

Esta reserva es necesaria para la aplicación de la legislación de extranjería vigente. El pequeño tamaño de Liechtenstein hace que se limite la inmigración de extranjeros, lo que también afecta a la reunificación familiar.

Reserva al artículo 26

"El Principado de Liechtenstein se reserva el derecho a garantizar los derechos que figuran en el artículo 26 del Pacto relativos a la igualdad de las personas ante la ley y a su derecho sin discriminación a igual protección de la ley s o lo en relación con otros derechos contenidos en el presente Pacto."

En Liechtenstein se garantiza la igualdad ante la ley y ante los tribunales. Sin embargo, no se prevé ninguna protección expresa contra la discriminación. En ciertos casos, los ciudadanos y los extranjeros no disfrutan de igualdad de trato en un sentido amplio.

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966

10 de marzo de 1999

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, de 15 de diciembre de 1989

10 de marzo de 1999

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de 21 de diciembre de 1965

31 de marzo de 2000

Declaración

"De conformidad con el artículo 14 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, de 21 de diciembre de 1965, el Principado de Liechtenstein reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial para recibir y examinar comunicaciones de personas o grupos de personas comprendidas dentro de su jurisdicción que alegaren ser víctimas de violaciones, por parte de Liechtenstein, de cualquiera de los derechos estipulados en la Convención.

El Principado de Liechtenstein reconoce esa competencia en el entendimiento de que ese Comité no examinará comunicación alguna sin cerciorarse de que el mismo asunto no está siendo examinado o no ha sido examinado ya en el marco de otro procedimiento de examen o arreglo internacional."

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979

21 de enero de 1996

Reserva al artículo 1

"A la luz de la definición que figura en el artículo 1 de la Convención, el Principado de Liechtenstein se reserva el derecho de aplicar, en relación con todas las obligaciones emanadas de la Convención, el artículo 3 de la Constitución de Liechtenstein."

Conforme al artículo 3 de la Constitución de Liechtenstein, interpretado junto con la Ley sobre la Casa del Príncipe, solo podrán ocupar el cargo de Príncipe Reinante los miembros varones de la Casa del Príncipe. La Ley sobre la Casa del Príncipe prevé expresamente la inclusión de reservas a tal efecto en los tratados internacionales.

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 6 de octubre de 1999

24 de enero de 2002

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 10 de diciembre de 1984

2 de diciembre de 1990

Declaración relativa al artículo 21, párrafo 1

"El Principado de Liechtenstein reconoce la competencia del Comité contra la Tortura para recibir y examinar las comunicaciones en que un Estado Parte alegue que otro Estado Parte no cumple las obligaciones que le impone la Convención."

Declaración relativa al artículo 22, párrafo 1

"El Principado de Liechtenstein reconoce la competencia del Comité contra la Tortura para recibir y examinar las comunicaciones enviadas por personas sometidas a su jurisdicción, o en su nombre, que aleguen ser víctimas de una violación por un Estado Parte de las disposiciones de la Convención."

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 18 de diciembre de 2002

3 de diciembre de 2006

Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989

21 de enero de 1996

Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, de 25 de mayo de 2000

4 de marzo de 2005

Declaración

"El Principado de Liechtenstein declara que, en lo que le respecta, los artículos 1 y 2, así como el artículo 3, en particular su párrafo 2, del Protocolo Facultativo de 25 de mayo de 2000 de la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989, relativo a la participación de niños en los conflictos armados, deben entenderse teniendo en cuenta el hecho de que el Principado de Liechtenstein carece de fuerzas armadas nacionales y por consiguiente de legislación sobre la edad mínima para el reclutamiento de personas en las fuerzas armadas y la participación en hostilidades.

El Principado de Liechtenstein considera la ratificación del Protocolo Facultativo como parte de su compromiso permanente a favor de la protección de los derechos de los niños y como un acto de solidaridad con los objetivos del mencionado Protocolo."

2.Otros tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas

Convención

Entrada en vigor para Liechtenstein

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 9 de diciembre de 1948

22 de junio de 1994

Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de 17 de julio de 1998

1º de julio de 2002

Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 15 de noviembre de 2000

21 de marzo de 2008

Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 15 de noviembre de 2000

21 de marzo de 2008

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, de 15 de noviembre de 2000

21 de marzo de 2008

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 21 de julio de 1958

8 de mayo de 1957

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, de 31 de enero de 1967

20 de mayo de 1968

Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 28 de septiembre de 1954

24 de diciembre de 2009

Convención para reducir los casos de apatridia, de 30 de agosto de 1961

24 de diciembre de 2009

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de 31 de octubre de 2003

7 de agosto de 2010

3.Convenios de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado

Convenio

Entrada en vigor para Liechtenstein

Convenio sobre el derecho aplicable a las obligaciones alimentarias con los hijos, de 24 de octubre de 1956

18 de febrero de 1973

Convenio sobre el reconocimiento y la aplicación de decisiones relativas a las obligaciones alimentarias con los hijos, de 15 de abril de 1958

18 de febrero de 1973

Convenio sobre la protección de los niños y la cooperación en materia de adopción internacional, de 29 de mayo de 1993

1º de mayo de 2009

4.Convenios de Ginebra y otros tratados de derecho internacional humanitario

Convenio

Entrada en vigor para Liechtenstein

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte de los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña, de 12 de agosto de 1949

21 de marzo de 1951

Convenio de Ginebra para aliviar la suerte de los heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar, de 12 de agosto de 1949

21 de marzo de 1951

Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra, de 12 de agosto de 1949

21 de marzo de 1951

Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949

21 de marzo de 1951

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales

10 de febrero de 1990

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional

10 de febrero de 1990

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la aprobación de un signo distintivo adicional

24 de febrero de 2007

Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción, de 18 de septiembre de 1997

1º de abril de 2000

5.Tratados regionales de derechos humanos (selección)

Convenio

Entrada en vigor para Liechtenstein

Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950, incluidos los Protocolos 1 a 12 y 14

8 de septiembre de 1982 (se refiere únicamente a la entrada en vigor del Convenio)

Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, de 26 de noviembre de 1987

1º de enero de 1992

Convenio Marco europeo para la protección de las minorías nacionales, de 1º de febrero de 1995

1º de marzo de 1998

Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, de 5 de noviembre de 1995

1º de marzo de 1998

Acuerdo europeo relativo a las personas que participan en procedimientos ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 5 de marzo de 1996

1º de marzo de 1998

B.Marco jurídico de protección de los derechos humanos a nivelnacional

Derechos y libertades fundamentales

103.En los artículos 27 bis a 44 de la Constitución de Liechtenstein se consagran numerosos derechos y libertades fundamentales. En particular, la Constitución garantiza los siguientes derechos y libertades:

El derecho a la dignidad humana, que ha de respetarse y protegerse. Nadie será sometido a tratos o penas inhumanos o degradantes.

El derecho a la vida. La pena de muerte está prohibida.

El derecho de todos los ciudadanos de Liechtenstein a residir libremente en cualquier lugar dentro del territorio del Estado y a adquirir todo tipo de bienes.

Los derechos políticos de los ciudadanos de Liechtenstein, como el derecho a votar y a ser elegido a partir de los 18 años.

La igualdad de todos los ciudadanos de Liechtenstein ante la ley.

La igualdad de derechos de los hombres y de las mujeres.

La libertad personal, la inmunidad del hogar y la inviolabilidad de la correspondencia y de los documentos.

Nulla poena sine lege.

El derecho a ser juzgado por un juez de la jurisdicción ordinaria y la prohibición de los tribunales especiales; el derecho a la defensa.

La inviolabilidad de la propiedad privada.

La libertad de comercio.

La libertad de religión y de conciencia.

La libertad de expresión; la prohibición de la censura.

La libertad de asociación y de reunión.

El derecho de denuncia.

El derecho de reclamación.

El derecho a una motivación jurídica suficiente.

La autonomía municipal.

104.Además, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha creado nuevos derechos fundamentales distintos de los enumerados más arriba o los ha reconocido como derechos fundamentales independientes, no codificados. Se trata de la prohibición de la arbitrariedad, el derecho a ser escuchado, la prohibición de la denegación formal de justicia, la prohibición del formalismo exagerado, la prohibición del retraso en la administración de justicia, el principio de presunción de inocencia (in dubio pro reo), el principio de la buena fe y la prohibición del abuso de la justicia, el principio de legalidad en la ley tributaria, y el derecho a la subsistencia. Algunos de esos derechos fundamentales solo se consideran y examinan dentro de la prohibición de la arbitrariedad.

105.Algunos derechos fundamentales se aplican solamente a los ciudadanos de Liechtenstein. Se trata especialmente de los derechos políticos y de la libertad de residencia. Si bien el texto de la Constitución establece la igualdad ante la ley solo para los ciudadanos de Liechtenstein, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha hecho extensivo a los extranjeros el principio de la igualdad ante la ley.

106.Los derechos y las libertades fundamentales, aunque pueden limitarse temporalmente en situaciones de emergencia, no pueden suspenderse ni derogarse. Conforme al artículo 10 de la Constitución, el Príncipe puede dictar decretos de emergencia para garantizar la seguridad y el bienestar del país. Tales los decretos de emergencia expiran, a más tardar, seis meses después del momento en que se dicten.

107.Ciertos derechos fundamentales tienen validez absoluta conforme a la Constitución y no pueden limitarse en ninguna circunstancia. Entre ellos se cuentan el derecho de la persona a la vida, la prohibición de la tortura y de los tratos inhumanos, la prohibición de la esclavitud y del trabajo forzoso, y el principio nulla poena sine lege. Cabe destacar que no es posible restringir ilimitadamente los derechos fundamentales, ni siquiera aunque no se consideren absolutos. Al igual que en todos los países en que rige el principio de legalidad, en Liechtenstein se aplican tres requisitos a la restricción de los derechos fundamentales clásicos: ha de estar en juego el interés público, ha de existir una base jurídica, y toda injerencia en un derecho fundamental ha de ser proporcionada.

Aplicación de los tratados de derechos humanos

108.Liechtenstein aplica el sistema de incorporación o sistema monista, según el cual todo tratado ratificado se incorpora en la legislación nacional en la fecha de su entrada en vigor, sin que sea necesario promulgar una disposición legislativa a tal efecto.

109.El ordenamiento jurídico de Liechtenstein no tiene una norma explícita en la que se especifique el rango de los tratados internacionales. Por consiguiente, los tratados internacionales pueden tener rango de Constitución, de ley o de ordenanza. En principio, el rango se determina por el contenido de la disposición de que se trate. Según el artículo 104, párrafo 2, de la Constitución, el Tribunal Constitucional puede examinar la constitucionalidad de los tratados internacionales.

110.El Tribunal Constitucional se ha pronunciado a menudo sobre el rango de los tratados constitucionales y ha concluido en repetidas ocasiones que los tratados internacionales aprobados por el Parlamento tienen, como mínimo, rango de ley. Según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los tratados internacionales relativos al derecho constitucional sustantivo pueden tener un rango inferior al constitucional desde el punto de vista formal, pero superior al de la ley desde el punto de vista sustantivo.

Protección y respeto de los derechos y de las libertades fundamentales

111.En Liechtenstein, el Tribunal Constitucional es el órgano encargado de la protección y del respeto efectivos de los derechos y de las libertades fundamentales. En Liechtenstein, las personas naturales y jurídicas pueden ejercer varios recursos legales para hacer valer sus derechos y libertades fundamentales.

112.Toda persona que considere que una decisión o resolución definitivos de un tribunal o de una autoridad pública ha infringido alguno de los derechos que le garantizan la Constitución o un convenio internacional con respecto al cual el poder legislativo haya reconocido el derecho personal a presentar reclamaciones podrá recurrir contra la decisión o la resolución al Tribunal Constitucional. Esto significa además que varias convenciones internacionales de protección de los derechos humanos se consideran como derecho constitucional sustantivo.

113.Otra forma de hacer cumplir el derecho constitucional es el examen de la constitucionalidad de las leyes por el Tribunal Constitucional. Esto puede hacerse a solicitud del Gobierno, de un municipio o de un tribunal. El Tribunal Constitucional también puede proceder a ese examen por propia iniciativa, si en las actuaciones se pide que se aplique una ley que el Tribunal considera inconstitucional. Si una ley o alguna de sus disposiciones son incompatibles con la Constitución, el Tribunal Constitucional anula la ley o la disposición pertinente.

114.Por último, las ordenanzas del Gobierno también pueden ser examinadas para determinar si son compatibles con la Constitución, la legislación y los tratados internacionales. Pueden solicitar que el Tribunal Constitucional proceda a tal examen un tribunal, una autoridad municipal o al menos 100 personas con derecho de voto. El Tribunal Constitucional también puede examinar las ordenanzas por propia iniciativa. El Tribunal Constitucional, si concluye que una ordenanza infringe la Constitución, una ley o un tratado internacional, la anulará total o parcialmente.

115.Por último, el Tribunal Constitucional tiene también jurisdicción para determinar la constitucionalidad de los tratados internacionales. El examen puede realizarse previa solicitud de un tribunal o de una autoridad administrativa o por propia iniciativa del Tribunal Constitucional.

116.Como Liechtenstein es Estado Parte en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950, existe en algunos casos la posibilidad de apelar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si se confirma la infracción de derechos consagrados en el Convenio. Sin embargo, antes de poder presentar esa apelación, deben agotarse todos los recursos internos. Los fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos son vinculantes.

117.Conforme a los tratados que establecen un derecho personal a presentar reclamaciones, las personas afectadas pueden además hacerlo ante el órgano del tratado correspondiente.

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

Instituciones para la promoción de los derechos humanos

118.En Liechtenstein hay varias instituciones que se ocupan de la promoción de los derechos humanos. Una de las primeras fue la Comisión Interministerial de Igualdad de Oportunidades, creada en 2005. Al mismo tiempo, el Gobierno decidió ampliar su Oficina de Igualdad de Género y convertirla en la Oficina de Igualdad de Oportunidades (Stabsstelle Chancengleichheit (SCG)).

119.La Oficina de Igualdad de Oportunidades se centra en luchar contra la discriminación y en fomentar de hecho y de derecho la igualdad de oportunidades en esferas clave para la protección de los derechos humanos, como la igualdad entre hombres y mujeres, la discapacidad, la migración y la integración de los extranjeros, las desigualdades sociales, la orientación sexual y la identidad de género. La Oficina pone documentación a disposición del público y presta asesoramiento gratuito a personas, organizaciones y empresas. Además, la Oficina participa en la adopción de medidas de sensibilización, formula comentarios sobre proyectos de ley, consultas y ordenanzas, desempeña funciones de secretaría para la Comisión de Igualdad de Oportunidades y coordina las medidas adoptadas dentro de la Administración para velar por la igualdad de oportunidades.

120.Además, en 2008 se creó la Oficina de Asistencia a las Víctimas, que presta asesoramiento, así como asistencia médica, psicológica y financiera, a las víctimas de los delitos y a sus familiares.

121.En 2010, se creó la Oficina del Ombudsman para los Niños y los Jóvenes, oficina independiente, neutral y de acceso universal para el establecimiento de contactos y la presentación de denuncias con respecto a cuestiones relacionadas con los niños y los jóvenes. Los niños, los jóvenes y los adultos pueden dirigirse a ella si tienen dudas o inquietudes, y también pueden presentarse denuncias ante ella. La Oficina recibe las denuncias y actúa como mediadora en las controversias y los problemas que surjan entre, por una parte, los ciudadanos y, por otra, las oficinas gubernamentales, las autoridades y todas las organizaciones públicas que trabajan con niños y jóvenes. En todos los casos rige una estricta confidencialidad. La Oficina tiene además la función de supervisar la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. Cuando se infringen los derechos del niño, la Oficina puede realizar investigaciones, presentar denuncias ante los órganos competentes y proponer mejoras.

122.Una importante institución de promoción y protección de los derechos humanos es la Comisión Penitenciaria, cuya responsabilidad es asegurarse de que las disposiciones que rigen el cumplimiento de las condenas se cumplen, sobre todo por lo que respecta al trato dispensado a los reclusos. La Comisión tiene una composición interdisciplinaria (abogados, médicos, trabajadores sociales y especialistas en derecho penal y en el tratamiento y la rehabilitación de los delincuentes). Es independiente en el ejercicio de sus funciones y no está vinculada por ninguna instrucción. Cada trimestre, ha de visitar la Prisión Nacional sin previo aviso, y puede realizar visitas adicionales. Puede exigir información sobre los reclusos y examinar sus expedientes. Tiene derecho a hablar en privado con las personas recluidas en la Prisión Nacional sin la presencia de terceros. La labor de la Comisión Penitenciaria no se circunscribe a los reclusos que estén cumpliendo condena, sino que también abarca a los presos preventivos y a otros reclusos detenidos en la Prisión Nacional. Además, la Comisión Penitenciaria desempeña la función de mecanismo nacional de prevención con arreglo a la Convención contra la Tortura, según la cual se inspeccionan no solo las cárceles sino también todos los lugares donde las personas pueden verse privadas de libertad (por ejemplo, los establecimientos geriátricos).

123.Además de las instituciones mencionadas en el presente documento, entre el Estado de Liechtenstein y las ONG existen numerosos acuerdos por los que se encomienda a ONG la aplicación de las medidas relativas a la protección y la promoción de los derechos humanos en sectores específicos (como el funcionamiento del Hogar para Mujeres para acoger temporalmente a las víctimas de la violencia doméstica).

124.El 1º de enero de 2007 entró en vigor la Ley de igualdad de las personas con discapacidad, en la que se prevé la creación de una oficina para su aplicación. Para llevar esa ley a la práctica se ha creado una oficina dentro de la asociación de personas con discapacidad de Liechtenstein.

Política nacional de información en materia de instrumentos de derechos humanos

125.Todas las leyes y prácticamente todos los tratados internacionales son examinados por el Parlamento y deben publicarse en el Boletín Legislativo de Liechtenstein (Liechtensteinisches Landesgesetzblatt (LGBl)). También han de publicarse en todos los diarios nacionales. Todos los tratados internacionales aplicables a Liechtenstein se ponen a disposición del público en alemán. El compendio cronológico y sistemático de los boletines legislativos puede solicitarse a la Cancillería del Gobierno o consultarse gratuitamente en www.gesetze.li.

126.En el sitio en Internet de la Oficina de Relaciones Exteriores (www.aaa.llv.li) se recogen todos los informes nacionales presentados por Liechtenstein, así como las recomendaciones de los comités de derechos humanos y de los órganos creados en virtud de tratados.

Medios de información

127.Conforme a la Ley de información, la población de Liechtenstein goza del derecho a la información sobre las actividades de las autoridades, así como del derecho a inspeccionar documentos. El objetivo de esos derechos es garantizar la transparencia de la conducta oficial. Todas las actividades importantes de Liechtenstein en el ámbito de los derechos humanos se publican en la prensa mediante comunicados o artículos en los dos diarios nacionales y en el canal nacional de televisión. Por ejemplo, tanto la firma de nuevos acuerdos como las recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados con respecto a diversos convenios se difunden en los medios de comunicación de Liechtenstein. Así, se puede garantizar un alto grado de información pública sobre las actividades de Liechtenstein en la esfera de los derechos humanos.

Educación en materia de derechos humanos

128.Para promover efectivamente los derechos humanos, es de capital importancia sensibilizar al público sobre esas cuestiones. Con diversas medidas dirigidas al público en general o a grupos específicos se fomenta un debate más amplio sobre los derechos humanos en general, pero también sobre cuestiones concretas tales como el respeto, la igualdad, en particular la igualdad de oportunidades, el racismo y la prevención de la violencia, así como la comunicación intercultural y respetuosa.

129.Los derechos humanos ocupan también un lugar importante en la enseñanza en las escuelas de Liechtenstein. El plan de estudios exige que los derechos humanos se incluyan en diversas asignaturas, con el objetivo básico de educar a los jóvenes para que sean personas abiertas y tolerantes en lo que respecta a las diferencias políticas, religiosas e ideológicas. Por un lado, se enseña a los jóvenes a hacer valer sus derechos; por otro, se les enseña a respetar los derechos de los demás. Se ofrecen además cursos especiales para los maestros sobre esas cuestiones, por ejemplo sobre la forma de hacer frente a la violencia y al racismo en la escuela.

130.En lo que respecta a los funcionarios públicos, es importante concienciarlos sobre los derechos humanos, especialmente en el caso de los jueces, los fiscales, la policía y los funcionarios penitenciarios. En el pasado, se ofrecieron programas de capacitación en diversas oficinas administrativas de Liechtenstein. Cabe además señalar que Liechtenstein, al preparar informes con arreglo a los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas, siempre recaba la participación de gran número de oficinas gubernamentales. Dentro de la Administración Pública Nacional, esto se ha traducido en un proceso de aprendizaje y sensibilización en el ámbito de los derechos humanos.

Función de la sociedad civil

131.En general, la sociedad civil desempeña una función importante en Liechtenstein; muchas asociaciones son especialmente importantes a ese respecto. En Liechtenstein se pueden crear asociaciones libremente, siempre que no tengan fines ilícitos. El Estado y los municipios respaldan de diversas formas, en particular financieras, la creación de asociaciones. En Liechtenstein se pueden crear libremente ONG como asociaciones. Hay muchas ONG dedicadas a los derechos humanos, como Amnistía Internacional (Liechtenstein), una de las pocas que se centra en los derechos humanos en general. Otras se centran más en temas específicos relativos a los derechos humanos, como los derechos de la mujer, de los homosexuales o de los extranjeros. Cabe mencionar especialmente las ONG dedicadas a los derechos de la mujer, ya que están muy bien organizadas: la Red de Mujeres de Liechtenstein cuenta en la actualidad con la participación de 17 ONG distintas.

132.Desde 2009, la Oficina de Relaciones Exteriores celebra un diálogo anual sobre los derechos humanos con ONG, en el que se invita a participar unas 20 o 30 organizaciones que se ocupan de ese tema. El objetivo del diálogo, establecido conforme a una recomendación que el Comité de Derechos Humanos hizo a Liechtenstein dentro del Examen Periódico Universal, es dar a las ONG una plataforma para intercambiar ideas entre sí y con la Oficina de Relaciones Exteriores y para estudiar maneras de participar en la protección de los derechos humanos. Las ONG también pueden ejercer influencia durante las consultas sobre los proyectos de ley. En relación con cada proyecto de ley referente a los derechos humanos, tienen la posibilidad de hacer comentarios y, así, influir en la forma que tomará la ley. Si durante el proceso legislativo no se tienen en cuenta sus inquietudes, las ONG pueden poner en marcha iniciativas o referendos.

D.Proceso de presentación de informes a nivel nacional

133.La Oficina de Relaciones Exteriores está encargada de compilar todos los informes que se presentarán en la materia de derechos humanos. La Oficina coordina todo el proceso, desde la redacción del informe hasta la presentación y el seguimiento de las recomendaciones. La Oficina colabora estrechamente con las oficinas administrativas pertinentes. Los informes periódicos son finalmente aprobados y presentados por el Gobierno.

134.Después de presentar el informe ante el órgano de vigilancia correspondiente y de recibir las recomendaciones finales, Liechtenstein adopta varias medidas para realizar el seguimiento. Primero, las recomendaciones se traducen al alemán y el contenido se pone a disposición del público. Las recomendaciones se publican además en forma de comunicados de prensa en los diarios nacionales. Las observaciones finales de los órganos de vigilancia se analizan cuidadosamente en las oficinas gubernamentales competentes y, cuando es necesario y posible, se ponen en marcha las medidas de aplicación requeridas.

135.Por último, las recomendaciones pertinentes son también de importancia para el diálogo con las ONG, en el que se presentan y se debaten.

IV.Información sobre la no discriminación y la igualdad, y recursos eficaces

136.El principio de igualdad ante la ley está consagrado en el artículo 31 de la Constitución de Liechtenstein e incluye explícitamente la igualdad entre hombres y mujeres. Según el artículo 31, párrafo 3, de la Constitución, los derechos de los extranjeros se determinan por los tratados internacionales, en particular sus cláusulas sobre la no discriminación, y por reciprocidad.

137.Hay varios grupos sociales que pueden estar expuestos a desigualdades y discriminaciones. En los últimos años, en Liechtenstein se han adoptado distintas medidas para luchar contra la discriminación y el trato desigual de que son objeto diversos grupos sociales. En los párrafos siguientes se examinan los grupos afectados más importantes y las medidas pertinentes adoptadas. El principio de igualdad de trato consagrado en el artículo 31 es un derecho constitucional que puede invocarse en las apelaciones. Además, las leyes especiales pertinentes incluyen disposiciones sobre los recursos legales que pueden ejercer los afectados.

Mujeres

138.Desde el punto de vista jurídico, en Liechtenstein los hombres y las mujeres son iguales. Por un lado, en la Constitución se consagra la igualdad ante la ley; por otro, la Ley de igualdad de género, de 1999, tiene por objetivo lograr la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo. En particular, incluye un principio de no discriminación en lo que respecta a las reivindicaciones salariales, el acoso, el hostigamiento sexual, las condiciones laborales, la formación básica y continua, los ascensos y los despidos. Desde 2011 también garantiza la igualdad entre mujeres y hombres en cuanto al acceso a los bienes y servicios y a su distribución. La Ley de igualdad de género rige además las reclamaciones y los recursos de índole jurídica. Desde 2001, Liechtenstein ha adoptado además, en calidad de miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), varias directivas de la UE cuyo objetivo es lograr la igualdad de género.

139.Hay otras disposiciones legislativas cuya finalidad es mejorar los derechos de la mujer, principalmente la Ley de protección de las víctimas (2008), la tipificación del acoso como delito (2007) y la modificación de la Ley de empleados del Estado (2008). La Ley de empleados del Estado dispone ahora expresamente que se debe garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la función pública. Además, se debe lograr una mayor compatibilidad entre la vida familiar y la vida laboral.

140.Además de la igualdad de derecho, hay varias medidas encaminadas a garantizar la igualdad de hecho. La Oficina de Igualdad de Oportunidades presenta todos los años al Gobierno un catálogo de medidas destinadas a fomentar la igualdad de género. Se proponen y aplican medidas especialmente en los siguientes ámbitos: la representación equilibrada de mujeres y hombres en los organismos políticos; la educación; el empleo; la compatibilidad de la vida familiar y la vida laboral, y la situación social. En lo que respecta al fomento de la compatibilidad entre la vida familiar y la vida laboral, en los últimos años se ha ampliado significativamente el número de guarderías y centros diurnos.

141.A nivel nacional, hay varias instituciones que se dedican a la promoción de la mujer. Entre ellas se cuentan la Comisión de Igualdad de Género, la Oficina de Igualdad de Género, el Grupo de Trabajo sobre el fomento de la igualdad en la administración nacional, varias ONG y la Red de Mujeres de Liechtenstein. Hay además redes transfronterizas en ese ámbito, y Liechtenstein participa en varios proyectos de esa índole.

Personas con discapacidad

142.Con la entrada en vigor de la Ley de igualdad de las personas con discapacidad a principios de 2007, se creó en Liechtenstein un instrumento equilibrado para proteger los derechos de las personas con discapacidad y, al mismo tiempo, garantizar el principio de proporcionalidad. La igualdad de derecho y de hecho de las personas con y sin discapacidad es una de las preocupaciones clave de la política social del país. La finalidad es garantizar la igualdad de derechos en lo que respecta a la participación en la vida de la sociedad y facilitar la consecución autónoma de los objetivos de la vida.

143.Una de las instituciones a ello destinadas es el seguro de discapacidad (Invalidenversicherung (IV)), que se ocupa principalmente de la seguridad financiera de las personas con discapacidad, y otra es la Asociación de Personas con Discapacidad de Liechtenstein, que representa públicamente los intereses de las personas con discapacidad y tiene una oficina encargada de la igualdad de las personas con discapacidad en nombre del Gobierno.

144.El Gobierno está estudiando actualmente las condiciones para la adhesión a la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Orientación sexual

145.Liechtenstein ha registrado durante los últimos 20 años enormes avances en la prevención de la discriminación por motivos de orientación sexual. Hasta 1989, los actos homosexuales estaban prohibidos y eran punibles. La prohibición fue entonces revocada, al igual que otros artículos del Código Penal que tenían efectos discriminatorios contra los homosexuales.

146.El 1º de septiembre de 2011 entró en vigor una nueva Ley de parejas de hecho registradas, que da a las parejas homosexuales la posibilidad de registrarse como tales. En consecuencia, se considera que las parejas de hecho están en pie de igualdad con las parejas casadas en lo que respecta al derecho de sucesiones, a la legislación sobre seguridad social, a las pensiones de jubilación, a la legislación sobre inmigración y naturalización, al derecho tributario y a otros ámbitos del derecho público. Siguen descartados el matrimonio, la adopción de hijos y la utilización de procedimientos de reproducción.

Población extranjera

147.El estatuto jurídico de la población extranjera en Liechtenstein se rige por el Convenio de Vaduz, en el caso de los ciudadanos suizos, y por el Acuerdo sobre el EEE y la Ley de la libre circulación de personas (Personenfreizügigkeitsgesetz (PFZG)), en el caso de los ciudadanos del EEE. En el caso de las personas procedentes de fuera del EEE y de Suiza, se aplica la Ley de extranjería (Ausländergesetz (AuG)), que rige la entrada, la salida, la reunificación familiar y la finalización de la estancia.

148.La integración, según se describe en la Ley de extranjería, se basa en el principio de "promoción y demanda", que insta a los extranjeros a demostrar su voluntad de integrarse y exhorta a la población autóctona a mostrarse receptiva ante los inmigrantes. El eje de esta política es la introducción de acuerdos individuales de integración entre el Estado de Liechtenstein y los extranjeros, acuerdos en los que el extranjero se compromete a adquirir un nivel determinado de competencia en el idioma alemán en un plazo predefinido. Si el extranjero no puede demostrar dentro del plazo establecido los conocimientos lingüísticos exigidos, se le puede revocar el permiso de residencia en el país. El Estado presta apoyo financiero para asistir a las clases de idiomas, y adopta las medidas adicionales de integración recogidas en el plan de integración "Nuestra fuerza es nuestra diversidad" y en el plan conexo de medidas de 2010.

149.El principio de "promoción y demanda" también se aplica a la adquisición de la nacionalidad de Liechtenstein. La naturalización puede hacerse siguiendo un procedimiento simplificado o un procedimiento ordinario. En el procedimiento simplificado, que se sigue cuando se tiene derecho legal a la naturalización, se aplican tres períodos de residencia: 5 años en el caso de los apátridas, 10 en el de las personas casadas con ciudadanos de Liechtenstein (los años de matrimonio cuentan el doble) y 30 años de residencia en los demás casos (los años transcurridos antes de cumplir 20 años cuentan el doble). En el procedimiento ordinario por voto municipal, la residencia mínima es 10 años. La naturalización depende de la presentación de pruebas que demuestren la competencia lingüística en alemán y los conocimientos sobre Liechtenstein.

150.La reunificación familiar está reconocida como un elemento importante de la integración de los extranjeros en Liechtenstein. Los ciudadanos suizos y los ciudadanos de los países del EEE con permiso de residencia en Liechtenstein pueden traer a sus familias a Liechtenstein de manera inmediata en cuanto tienen suficientes ingresos y disponen de alojamiento. Esta norma se aplica también a los estudiantes con hijos a cargo. Los ciudadanos de otros países que disponen de un permiso de trabajo pueden traer a sus familias a Liechtenstein inmediatamente, pero han de solicitarlo en un plazo de tres años desde la fecha en que reciban el permiso. Las personas que hayan obtenido un permiso de trabajo gracias a la reunificación familiar pueden traer a sus familiares a Liechtenstein tras cuatro años de residencia, siempre que tengan un empleo estable y permanente. Los estudiantes y los residentes temporales no tienen derecho a la reunificación familiar. Según la Ley de extranjería, los familiares que se trasladen a Liechtenstein deben poseer ya unos conocimientos mínimos de alemán antes de obtener el derecho a residir, con lo que su integración se facilita a partir de la llegada.

Refugiados y solicitantes de asilo

151.El estatuto jurídico de los refugiados y de los solicitantes de asilo en Liechtenstein se rige por la Ley de refugiados, que entró en vigor en 1998. En Liechtenstein, los solicitantes de asilo son alojados primero en el centro central de recepción en Vaduz, que acoge a entre 40 y 60 personas y está a cargo de la asociación de asistencia a refugiados de Liechtenstein. Una vez presentada la solicitud, la Oficina de Pasaportes e Inmigración estudia los motivos en que se basa y determina la identidad del solicitante y su itinerario. Las entrevistas realizadas con ese fin se llevan a cabo en un idioma en que la persona pueda comunicarse como nativa. Además, en cada entrevista sobre los motivos de la solicitud está presente un representante de una organización de asistencia, que supervisa el respeto de los derechos del solicitante.

152.Mientras se tramita el asilo, el Estado proporciona a los solicitantes el alojamiento necesario y les entrega bonos para adquirir alimentos y productos de higiene personal. También se tienen en cuenta las necesidades sociales de las personas y el principio de la unidad familiar. La ley exige a los solicitantes de asilo que, en la medida de lo posible, se ganen la vida. Con este fin, se les permite expresamente que trabajen. Los hijos en edad escolar de los solicitantes de asilo son matriculados en la escuela y, si es necesario, se les da formación profesional.

153.El estatuto jurídico de las personas a las que se concede asilo en Liechtenstein se rige, en principio, por la Ley de extranjería, aplicable a los extranjeros. Por otro lado, la condición de refugiado va acompañada de varios derechos, como el derecho a la reunificación familiar. Los refugiados gozan también del derecho a trabajar y a percibir un salario. Las personas a las que se concede asilo y que han residido habitualmente en Liechtenstein durante cinco años tienen derecho a obtener un permiso de residencia permanente. En cuanto a la seguridad social, los refugiados reconocidos como tales gozan de los mismos derechos que otros extranjeros que vivan en Liechtenstein.

154.La Ley de refugiados está siendo objeto de una revisión total.