Año

Hombres

Mujeres

1990

64,6

74,6

1995

61,7

74,3

1996

64,5

75,5

1997

64,7

76,0

1998

64,4

75,5

1999

65,4

76,

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia

8.Las variaciones en la estructura de edades de la población muestra una continua tendencia al envejecimiento. En 1989, el 23% de la población tenía menos de 15 años, y el 15,6% más de 60 años. En 1998, la proporción de esos grupos de edad casi se igualó, y a comienzos de 2000 había menos menores de 15 años que mayores de 60.

Cuadro 2

Porcentaje de jóvenes y de personas mayores en la población, 1989‑1999

(A comienzos del año)

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia.

9.La tasa de crecimiento natural en 1999 era de ‑4,1. Por primera vez en 11 años, el número de nacimientos en 1999 fue ligeramente superior al del año anterior. Tras un largo período de disminución, la tasa de fecundidad experimentó un aumento en 1999: 1,24 hijos por mujer, frente a 1,21 en 1998. La mortalidad infantil disminuyó a la mitad desde 1989. La tasa de mortalidad infantil por 1.000 nacidos vivos era de 14,8 en 1989 y de 9,5 en 1999.

10.La tasa de mortalidad materna ha disminuido desde 1995 (0,47 por 100.000 habitantes), situándose en 0,14 en 1998 y en 0,13 en 1999.

11.La densidad de población es de 32 habitante por km2. Más de las dos terceras partes de la población vive en ciudades, en tanto que la población de la capital, Tallin, comprende más del 40% de toda la población urbana. Tallin y el vecino condado de Harju representan más de la tercera parte de toda la población estonia, y el 45% de la población urbana reside en esa zona. La densidad demográfica en las ciudades es relativamente alta. En las zonas rurales es reducida, con una población en algunas zonas de sólo siete habitantes por km2.

Cuadro 3

Densidad de la población y distribución por sexos, 1º de enero de 1999

Unidad administrativa

Total

Porcentaje de la población total

Hombres

Mujeres

Mujeres por 1.000 hombres

Superficie (km2)

Densidad

Total

1.445,6

100,0

672,7

777,9

1.149

45.227

32

Urbana

999,6

69,1

455,7

543,9

1.193

743

1.346

Tallin, capital

411,6

28,5

188,6

223,0

1.183

158

2.601

Rural

446,0

30,9

217,0

229,0

1.056

42.688

10

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia.

Idioma nacional

12.Según el artículo 6 de la Constitución estonia, el idioma oficial de Estonia es el estonio.

13.Toda persona tiene el derecho de conservar su identidad nacional (artículo 49 de la Constitución). El uso de idiomas extranjeros, inclusive los de minorías nacionales, en los organismos oficiales y en los procedimientos judiciales y diligencias está estipulado en la ley (artículo 52 de la Constitución).

14.Según la Ley de la autonomía cultural de las minorías nacionales, las personas pertenecientes a una minoría nacional tienen derecho a conservar su identidad étnica, sus tradicionales culturales, su idioma y sus creencias religiosas. Tienen derecho a distribuir e intercambiar información en su lengua materna y a utilizar el idioma de la minoría en las transacciones, dentro de los límites establecidos en la Ley de idiomas.

Cuadro 4

Composición étnica de la poblacióna comienzos de 2000

Población total

1.439.197

Estonios

939.310

Rusos

403.925

Ucranios

36.467

Bielorrusos

21.125

Fineses

12.762

Judíos

2.275

Tatares

3.232

Alemanes

1.228

Letones

2.638

Polacos

2.290

Lituanos

2.188

Otras nacionalidades

11.757

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia.

Religión

15.La Constitución estoniana garantiza la protección de los derechos y libertades relacionados con la libertad de conciencia, religión y pensamiento. La Constitución estipula que "Todas las personas tendrán libertad de conciencia, religión o pensamiento. Todas las personas podrán pertenecer libremente a iglesias o asociaciones religiosas. No habrá iglesia estatal. Toda persona tendrá la libertad de practicar su religión, sola o en comunidad con otros, y en público o en privado, a menos que sea perjudicial para el orden público, la salud o las buenas costumbres" (art. 40). El artículo 41 de la Constitución estipula que "Toda persona tendrá derecho a ser fiel a sus opiniones y creencias. Nadie podrá ser obligado a cambiarlas". El artículo 130 de la Constitución añade que el derecho a la libertad de conciencia, religión y pensamiento y el derecho a ser fiel a las propias opiniones y creencias no puede restringirse ni siquiera en tiempo de emergencia o de guerra, por razones de seguridad nacional o de orden público.

Cuadro 5

Principales religiones en Estonia

Luterana

170.000

Ortodoxia rusa

30.000

Bautista

6.100

Viejos creyentes

5.100

Católica

3.500

Fuente: Ministerio del Interior

Economía

16.La transición de Estonia de una economía planificada a una economía de mercado comenzó en los primeros años del decenio de 1990, con importantes reformas después de la monetaria en 1992, en que se introdujo la corona como moneda de Estonia. Con el éxito de las reformas se ha logrado pronto la estabilización macroeconómica y la creación de un entorno favorable para el desarrollo económico. La estructura económica de Estonia es ahora muy similar a la de los países industrializados.

17.En el proceso de reformas y de reestructuración económica (1992‑1994), el producto interior bruto (a precios constantes) disminuyó en casi la cuarta parte. Tras la estabilización inicial, la economía estonia tuvo unas tasas medias de crecimiento real del PIB del orden de 6% en 1995‑1998, alcanzando el 10,6% en 1997. El PIB per cápita sobre la base de la paridad del poder adquisitivo era de 7.003 dólares de los EE.UU. en 1997, lo que correspondía al 23% del nivel respectivo en los Estados Unidos. El crecimiento se ha basado en el rápido aumento de las exportaciones y en un elevado nivel de inversión. El crecimiento económico se detuvo en 1999 como resultado del deterioro de la coyuntura económica, y el PIB disminuyó un 1%. La situación económica ha mejorado en 2000. La predicción del PIB para este año es del 6%.

18.Como consecuencia del proceso de consolidación de precios típico de las economías en transición, en el decenio de 1990 aumentaron considerablemente los precios de consumo, aunque han descendido progresivamente de año en año, situándose en el 3,3% en 1999. La tasa de inflación como crecimiento de los precios de consumo en relación con el año anterior fue de 11,2% en 1997 y de 8,2% en 1998. El año 1999 se caracterizó por un repentino descenso de la inflación, y el aumento anual medio de los precios de consumo fue de 3,3%.

19.Desde la introducción de la corona han aumentado los sueldos nominales y los ingresos per cápita. El sueldo nominal medio era de 4.440 coronas mensuales en 1999. Los sueldos han aumentado más que los precios de consumo, como resultado de lo cual han subido los sueldos reales. Los ingresos per cápita pasaron de 913 coronas (en 1994) a 2.000 (en 1999).

Cuadro 6

Ingresos medios disponibles de las familias; total anual per cápita

1997

1998

1999

Coronas

%

Coronas

%

Coronas

%

Ingresos del trabajo

11.888

61

14.468

64

14.568

61

Ingresos del trabajo por cuenta propia

2.174

11

1.406

6

1.331

5

Ingresos de la propiedad

46

0

90

0

151

1

Transferencias

4.878

25

5.455

24

6.547

27

Otros ingresos

267

1

354

2

372

2

Ingresos no monetarios

311

2

899

4

1.026

4

Ingresos disponibles (netos)

19.564

100

22.673

100

23.995

100

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia

Cuadro 7

Indicadores de la economía estonia, 1994‑1999

1994

1995

1996

1997

1998

1999*

PIB, miles de millones de coronas

29,6

40,1

52,4

64,3

73,2

75,4

Tasa de crecimiento real el PIB, %

-2,0

4,3

3,9

10,6

4,0

-1,1

Producción industrial, %

-3,0

2,0

3,5

15,2

3,2

-3,8

Sueldos medios brutos, coronas

1.734

2.375

2.985

3.573

4.125

4.440

Exportaciones, miles de millones de coronas

15,6

19,0

21,2

31,6

37,5

35,8

Importaciones, miles de millones de coronas

20,1

27,4

34,7

48,9

55,2

50,5

* Datos provisionales

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia, Banco de Estonia

Empleo

20.El período de transición económica en Estonia se caracteriza por una constante disminución del empleo. Los principales cambios se produjeron durante las primeras reformas económicas, en 1993 y 1994, en que el empleo total disminuyó en 5,3 y 7,5%, respectivamente. Entre 1989 y1997 el número de personas empleadas declinó en 193.800, o sea, el 23,1%, unido a una disminución del empleo de 76,4 a 61,5%. Eso se atribuye principalmente a la tasa de natalidad negativa de la población estonia y al nuevo entorno económico. El empleo ha crecido rápidamente en el sector terciario (comercio, servicios), en tanto que en el primario (agricultura, caza, silvicultura y pesca) y en el secundario (industria minera, industria de transformación, sector energético, construcción, gas y abastecimiento de agua) ha disminuido notablemente. La reducción de las tasas de empleo y el aumento del desempleo han originado nuevos problemas sociales. Algunos de los trabajadores excedentes en los sectores primario y secundario han encontrado empleo en las industrias de servicios. Sin embargo, en general, esas personas no están suficientemente calificadas ni preparadas para encontrar otro trabajo.

21.El desempleo en Estonia es el resultado de la transformación de un sistema económico a otro. Además de la conmoción macroeconómica, el desempleo aumentó debido a la falta de reconversión, a la reducida movilidad de los trabajadores y a la no adaptación psicológica a las condiciones de la economía de mercado. Según la encuesta de la fuerza de trabajo estonia, la tasa de desempleo en el segundo trimestre era de 10,1% en 1998 y de 12,1% en 1999.

22.Dicha encuesta muestra que la cantidad de hombres desempleados en el grupo de edad de 15 a 69 años es notablemente mayor que el de mujeres. En el segundo trimestre de 1998, la proporción de hombres entre los desempleados era de 57%. Al mismo tiempo, había muchas más mujeres entre todos los solicitantes de empleo parados (61%) registradas en las oficinas de empleo del Estado.

23.Los datos del desempleo por grupos de edad muestran que el principal problema es el elevado nivel de desempleo entre los jóvenes de 15 a 24 años (14,5% en 1998) y se espera que aumente en los próximos años. Esto se debe a deficiencias en la estructura del sistema de formación profesional.

24.Las tasas de desempleo pueden variar entre el doble y el triple según las regiones. Los que más han padecido de la reestructuración industrial no han podido aliviar sus problemas de desempleo. Tradicionalmente, donde hay más desempleo en Estonia es en las regiones nororiental y sudoriental.

Cuadro 8

Tasa de desempleo, segundo trimestre, 1997 a 1999

Año

Hombres

Mujeres

Hombres y mujeres (%)

1997

11,4

10,2

10,9

1998

10,8

9,2

10,1

1999

13,1

11,0

12,1

Fuente: Oficina de Estadística de Estonia.

II. ESTRUCTURA POLÍTICA GENERAL

A. Historia

25.Desde el siglo XIII, Estonia estuvo gobernada por varias Potencias extranjeras. La República de Estonia independiente se hizo realidad poco después de la desintegración del imperio ruso como resultado de la guerra y de revoluciones. El 28 de noviembre de 1917 la Dieta de Estonia (el Maapäev) se declaró poder supremo de Estonia. En febrero de 1918 se formó el Comité de Salvación de Estonia, que proclamó la independencia de Estonia el 24 de febrero de 1918. Ese día se considera la fecha del establecimiento de la República de Estonia.

26.Poco después Estonia fue ocupada por Alemania durante la primera guerra mundial, y el Gobierno de Estonia no pudo empezar a funcionar hasta noviembre de 1918, después de la derrota de Alemania en dicha guerra y el fin de la ocupación alemana. En noviembre de 1918 Estonia fue atacada por las fuerzas militares de la Rusia soviética, y los estonios se vieron obligados a pelear por su independencia en la Guerra de Independencia (1918-1920) y la guerra contra la Landeswehr de 1919. Tras la victoria de las fuerzas estonias, se concluyó con la Rusia soviética el Tratado de paz de Tartu el 2 de febrero de 1920, por el cual la Rusia soviética reconoció la independencia de Estonia "para siempre".

27.En abril de 1919, antes del fin de la guerra, se reunió la Asamblea Constituyente, que adoptó la primera Constitución de Estonia en 1920. Esta Constitución estableció el sistema parlamentario, por el cual el poder se encomendaba al Gobierno compuesto del Presidente y los ministros, que era responsable ante el Parlamento. El nuevo Estado reconocía como ciudadanos a todos los residentes de Estonia. La Constitución se reformó por el referéndum de 1933, que aumentó considerablemente las facultades del Presidente. Con esta reforma Estonia se convirtió en una república presidencial. Pero en 1938 entró en vigor la tercera constitución de Estonia, con una división de poderes más equilibrada, que siguió vigentede jure durante todo el período de la ocupación soviética (1940-1991). En agosto de 1939, la URSS y Alemania concluyeron el llamado Pacto Mólotov-Ribbentrop, que contenía protocolos secretos que dividían la Europa oriental en esferas de influencia de la Unión Soviética y Alemania, con lo cual Estonia quedó incluida en la esfera soviética.

28.En septiembre de 1939 la Unión Soviética presentó un ultimátum a Estonia, en el cual le exigía que permitiera el estacionamiento de fuerzas militares soviéticas en su territorio y que concluyera un tratado sobre bases militares.

29.El 17 de junio de 1940 la URSS ocupó Estonia. Se instaló un gobierno títere y se organizaron elecciones parlamentarias no democráticas en junio de 1940. El parlamento ilegal resultante pidió el 6 de agosto de 1940 la incorporación de Estonia en la URSS.

30.La ocupación soviética de Estonia se suspendió en 1941 cuando el país fue ocupado por Alemania. En el otoño de 1944 las fuerzas soviéticas volvieron a ocupar Estonia. Los intentos de algunos políticos estonios de restablecer la independencia del país en 1944 después de la salida de las fuerzas alemanas fracasaron.

31.Estonia era una república independiente, miembro de pleno derecho de la Sociedad de Naciones y de muchas otras organizaciones internacionales hasta 1940. La ocupación y anexión de Estonia por la Unión Soviética desmanteló completamente el sistema estatal y la sociedad de la República de Estonia. La continuidad de jure de la República de Estonia fue reconocida por las Potencias occidentales que se negaron a considerar a la Estonia ocupada legalmente parte de la Unión Soviética.

32.El 20 de agosto de 1991, durante el intento de golpe de Estado en Moscú, el entonces Consejo Supremo tomó la decisión de restablecer la independencia sobre la base de la continuidad histórica del Estado. A esto siguió el rápido reconocimiento de la independencia de Estonia por muchos Estados del mundo, incluida la Unión Soviética.

33.La nueva constitución democrática se aprobó por referéndum nacional el 28 de junio de 1992 y entró en vigor el 3 de julio de 1992.

34.Las primeras elecciones parlamentarias y presidenciales nacionales plenamente libres y democráticas después de la recuperación de la independencia se celebraron el 20 de septiembre de 1992.

B. Información sobre la organización del Estado

35.Estonia es una república parlamentaria, proclamada el 24 de febrero de 1918 (y que restableció su independencia sobre la base de la continuidad jurídica del Estado el 20 de agosto de 1991). Estonia es políticamente un Estado unitario.

36.El poder supremo del Estado lo ejerce el pueblo a través del derecho de voto de los ciudadanos:

-eligiendo el Riigikogu;

-mediante referéndum.

37.Todo ciudadano estonio que haya cumplido 18 años tiene derecho de voto (artículos 56 y 57 de la Constitución).

38.Las actividades del Riigikogu, el Presidente de la República, el Gobierno de la República y los tribunales están organizadas según el principio de la separación y el equilibrio de poderes (artículo 4 de la Constitución).

Parlamento

39.El poder legislativo reside en el Riigikogu (artículo 59 de la Constitución), que consta de 101 miembros elegidos cada cuatro años (artículo 60 de la Constitución).

40.El Riigikogu aprueba leyes y resoluciones, decide la celebración de un referéndum y elige y nombra a varios altos funcionarios del Estado, incluido el Presidente de la República. El Riigikogu también tiene derecho a presentar informes, declaraciones y apelaciones al pueblo de Estonia, a otros Estados y organizaciones internacionales.

41.La tarea más importante del Riigikogu es la legislación. El Riigikogu influye en el gobierno del Estado principalmente determinando los ingresos y gastos del Estado (establecimiento de impuestos y adopción del presupuesto). El Riigikogu también tiene derecho a ratificar y denunciar tratados internacionales y a adoptar decisiones relativas a los préstamos otorgados por el Gobierno.

42.En la Constitución se establece que el Riigikogu formará comités. Los miembros del Riigikogu tienen derecho a formar facciones.

Presidente de la República

43.El Presidente de la República es el Jefe de Estado en Estonia (artículo 77 de la Constitución) y es elegido por el Riigikogu cada cinco años. El Presidente representa al país en las relaciones internacionales, proclama las leyes y firma los instrumentos de ratificación. El Presidente inicia enmiendas a la Constitución y también tiene derecho a promulgar decretos, de conformidad con la Constitución. El Presidente es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas nacionales.

El Gobierno de la República

44.El poder ejecutivo de Estonia reside en el Gobierno de la República (artículo 86 de la Constitución). El Gobierno ejecuta las políticas interna y externa del Estado, dirige y coordina las actividades de los organismos gubernamentales y administra la aplicación de las leyes, las resoluciones del Riigikogu y la legislación del Presidente (art. 87).

45.El Presidente nombra a los integrantes del Gobierno de la República cuando el Riigikogu autoriza al candidato a primer ministro a formar gobierno (artículo 89 de la Constitución).

46.La Cancillería de Estado de la República de Estonia es un organismo gubernamental que forma parte del Gobierno de la República. El jefe de la Cancillería de Estado es el Secretario de Estado.

Gobierno local

47.De conformidad con el título 154 de la Constitución, todas las cuestiones locales son resueltas y administradas por los gobiernos locales, que funcionan independientemente de conformidad con la ley.

48.Las dependencias de gobierno local son las municipalidades rurales y los pueblos. Pueden formarse otras unidades de gobierno local de conformidad con la ley y sobre la base del procedimiento previsto en la ley. El órgano representativo de un gobierno local es el consejo, que es elegido en elecciones libres por un período de tres años. Las elecciones son generales, uniformes y directas y el voto es secreto. Los gobiernos locales tienen derecho a asociarse y a constituir organismos conjuntos con otros gobiernos locales. La administración de los gobiernos locales y la supervisión de sus actividades están regidas por la ley.

Oficina de Cuentas del Estado

49.La Oficina de Cuentas del Estado es un órgano estatal independiente para el control económico (artículo 132 de la Constitución). La Oficina de Cuentas del Estado fiscaliza las actividades económicas de los organismos estatales, de las empresas estatales y demás organizaciones estatales; el uso y la conservación de los bienes del Estado; las actividades económicas de las empresas en las que el Estado tiene más de la mitad de los votos, por ser el accionista principal, o cuyos préstamos u obligaciones contractuales garantiza el Estado.

50.La Oficina de Cuentas del Estado está dirigida por el Auditor General, que es nombrado al cargo por el Riigikogu, a propuesta del Presidente de la República.

Canciller Jurídico

51.El Canciller Jurídico es un funcionario independiente encargado de garantizar que los actos jurídicos del poder legislativo, del poder ejecutivo, y de los gobiernos locales se ajusten a la Constitución y a las leyes (artículo 139 de la Constitución). El Canciller Jurídico analiza las propuestas que se le presenten en relación con la enmienda de leyes, la aprobación de nuevas leyes y las actividades de los organismos estatales y, de ser necesario, presenta un informe al Riigikogu.

52.El Canciller Jurídico es nombrado al cargo por el Riigikogu, a propuesta del Presidente de la República, por un período de siete años. Las actividades del Canciller Jurídico se establecen detalladamente en la Ley del Canciller Jurídico.

53.Si el Canciller Jurídico determina que una disposición legislativa aprobada por el poder legislativo o por el poder ejecutivo o por un gobierno local está en conflicto con la Constitución o la ley, dirigirá a una propuesta al órgano respectivo para que se ajuste a la Constitución o la ley. Si una disposición legislativa no es compatible con la Constitución o la ley, el Canciller Jurídico propondrá al Tribunal Supremo la derogación de esa disposición (artículo 142 de la Constitución).

54.El Canciller Jurídico también desempeña las funciones de defensor del pueblo. Toda persona tiene derecho a recurrir al Canciller Jurídico para que vigile las actividades de los organismos estatales, incluida la garantía de los derechos y libertades constitucionales de las personas (artículo 19 de la Ley del Canciller Jurídico). Las actividades del Canciller Jurídico como defensor del pueblo se señalan con más detalle en los párrafos 72 a 80.

Los tribunales

55.La justicia es administrada solamente por los tribunales. Éstos son independientes y administran justicia de conformidad con la Constitución y las leyes (artículo 146 de la Constitución). El sistema judicial de Estonia está regido por el capítulo 13 de la Constitución así como por la Ley de tribunales y la Ley sobre el estatuto de los jueces.

56.Estonia tiene un sistema judicial de tres niveles:

-tribunales de condado y municipales y tribunales administrativos (tribunales de primera instancia);

-tribunales de distrito (tribunales de segunda instancia, que examinan las sentencias dictadas por los tribunales de primera instancia mediante un procedimiento de apelación);

-el Tribunal Supremo (que es el tribunal de más alto nivel, encargado de revisar las sentencias de los tribunales mediante un procedimiento de casación y examina asuntos relacionados con litigios constitucionales).

57.La creación de tribunales especializados con jurisdicción específica requiere sanción legislativa. Está prohibida la formación de tribunales de emergencia.

58.Hay 18 tribunales de condado y de población y 3 tribunales administrativos en Estonia, con un total de 177 jueces, y 3 tribunales de distrito con 44 jueces.

Revisión de la constitucionalidad de la legislación

59.El tribunal de revisión constitucional es el Tribunal Supremo, que incluye la Sala de Revisión Constitucional (Ley de procedimiento de revisión constitucional, artículo 2). El Tribunal Supremo derogará total o parcialmente toda ley o disposición legislativa que esté en conflicto con la disposiciones y el espíritu de la Constitución (art. 3).

60.El Presidente, el Canciller Jurídico y los tribunales de primera instancia podrán remitir directamente al Tribunal Supremo solicitudes de revisión de la constitucionalidad de leyes , otras disposiciones jurídicas y tratados internacionales.

61.De conformidad con el artículo 15 de la Constitución, toda persona tiene derecho a solicitar, durante la vista de su causa por el tribunal, que se declare inconstitucional cualquier ley, legislación o procedimiento pertinentes. Si, al resolver una causa, el tribunal llega a la conclusión de que la ley o legislación aplicable es contraria a la Constitución, el tribunal declarará la legislación inconstitucional y no la aplicará, y notificará de ello al Tribunal Supremo y al Canciller Jurídico, iniciando así el procedimiento de revisión constitucional en el Tribunal Supremo (Ley de procedimiento de revisión constitucional, artículo 5).

62.El Tribunal Supremo es competente para rechazar la apelación o declarar inválida total o parcialmente una ley. La facultad de anular una disposición legislativa reside únicamente en el Tribunal Supremo; otros tribunales pueden declarar inconstitucional una ley y negarse a aplicarla.

El Tribunal Supremo

63.El Tribunal Supremo está integrado por 17 jueces. El Presidente del Tribunal Supremo es nombrado por el Riigikogu a propuesta del Presidente de la República. Los jueces del Tribunal Supremo son nombrados por el Riigikogu a propuesta del Presidente del Tribunal Supremo. El cargo de juez es vitalicio.

64.El Tribunal Supremo consta de cámaras separadas, cada una de las cuales examina las distintas causas en grupos de por lo menos tres jueces. Sobre la base de la decisión del Tribunal Supremo en pleno, los jueces del Tribunal Supremo se reparten en tres salas clásicas, a saber, la Sala de lo Penal, la Sala de lo Civil y la Sala de Derecho Administrativo. Para los fines del examen de la solicitudes de revisión constitucional se ha creado una Sala de Revisión Constitucional de cinco miembros, que se reúne siempre que sea necesario. Las apelaciones también podrán ser examinadas por un grupo ad hoc o por el Tribunal Supremo en pleno.

65.El órgano de mayor rango del Tribunal Supremo es el Tribunal Supremo en pleno. El Tribunal Supremo en plenoestá integrado por todos los jueces del Tribunal Supremo, y tiene competencia para actuar cuando haya por lo menos 11 miembros presentes.

66.El Comité de Selección de Apelaciones decide si se concede o no autorizaciones para apelar, y lo integran tres jueces. La Comisión Disciplinaria Judicial y la Comisión de Examen Judicial también son parte del Tribunal Supremo.

67.El Presidente del Tribunal Supremo dirige la labor del Tribunal Supremo y de su personal. El Presidente del Tribunal Supremo es Presidente ex oficio de sus sesiones plenarias y Presidente de la Cámara de Revisión Constitucional.

68.El personal administrativo del Tribunal Supremo depende del Canciller del Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo tiene un presupuesto independiente y es independiente en sus actividades.

Otros jueces y jueces legos

69.Los candidatos al cargo de jueces deberán haber completado el programa de derecho de la Universidad de Tartu o tener una calificación equivalente. Además, el candidato debe ser una persona de gran integridad moral, tener experiencia profesional en trabajo jurídico y por lo menos 25 años de edad (30 años para el Tribunal Supremo). Sobre la base del informe de la Comisión de Examen, el Tribunal Supremo decide si debe recomendar al candidato para su nombramiento como juez por el Presidente de la República.

70.Los jueces legos son elegidos por los consejos municipales; participan en la administración de justicia en los tribunales de primera instancia de conformidad con las normas de procedimiento civil y penal y gozan de los mismos derechos que los jueces en la administración de justicia.

71.En los tribunales de condado y de población unipersonales los jueces respectivos deciden cuestiones civiles en nombre del tribunal. En la sesiones de los tribunales para el examen de demandas, se incluye en el tribunal, además del juez, a dos jueces legos, si así lo solicita por lo menos una parte, o si el juez estima necesaria la presencia de jueces legos para decidir el asunto.

III.MARCO NORMATIVO GENERAL DE PROTECCIÓNDE LOS DERECHOS HUMANOS

A. Autoridades competentes en cuestiones relativas a los derechos humanos

Canciller Jurídico

72.De conformidad con la nueva Ley del Canciller Jurídico aprobada en 1999, el Canciller Jurídico cumple las funciones de defensor del pueblo. Toda persona tiene derecho, personalmente o por conducto de un representante, a elevar una petición al Canciller Jurídico contra las actividades de funcionarios de organismos estatales o municipales en caso de violación de sus derechos o libertades constitucionales. El contenido de una petición remitida al Canciller Jurídico por un recluso, un conscripto, o una persona que se encuentre en un hospital psiquiátrico, en un establecimiento de cuidados especiales, en un establecimiento de cuidados generales, en un puericultorio o en un internado para jóvenes, y el contenido de la respuesta del Canciller Jurídico, no se examinarán y se remitirán con prontitud al destinatario. No habrá fallo judicial sobre el asunto ni deberá ser objeto al mismo tiempo de querellas prejudiciales o de procedimientos judiciales.

73.El Canciller Jurídico instruirá el proceso atendiendo a una petición o por iniciativa propia, sobre la base de información obtenida de antemano, y adoptará las medidas que sean necesarias en el interés de una solución justa y oportuna de la cuestión, recurriendo también, de ser necesario, al derecho a remitir memorandos y peticiones a los organismos estatales, a los gobiernos municipales y a sus funcionarios.

74.El Canciller Jurídico notificará al demandante en el plazo de un mes de las medidas que haya adoptado o que estime necesario adoptar en relación con la petición o denuncia. Si el Canciller Jurídico instruye el proceso de motu propio, notificará al organismo correspondiente de las razones y el propósito de dicha acción.

75.El Canciller Jurídico tiene derecho a solicitar la información necesaria para el ejercicio de sus funciones. Todos los organismos estatales y administraciones locales deben facilitar la información necesaria al Canciller Jurídico en el plazo que éste señale. El Canciller Jurídico tiene derecho a obtener información que contenga secretos de Estado sobre la base de la ley y de conformidad con el procedimiento prescrito por la ley.

76.El Canciller Jurídico puede pedir que un organismo previsto en la ley proporcione una explicación por escrito en relación con una petición. El organismo de que se trate deberá cumplir con la petición en el plazo señalado por el Canciller Jurídico.

77.Durante el curso de los procedimientos, el Canciller Jurídico puede escuchar declaraciones orales de cualesquier personas de las que se tenga información de que conocen hechos pertinentes al asunto de que se trata y de que pueden proporcionar datos fidedignos al respecto. Toda persona convocada a declarar oralmente deberá comparecer en atención a una citación del Canciller Jurídico.

78.Durante los procedimientos, el Canciller Jurídico tendrá acceso irrestricto a los documentos y materiales en poder de los organismos previstos en la ley o zonas que dependan de su jurisdicción. Los organismos correspondientes deberán conceder al Canciller Jurídico acceso incondicional e inmediato a todos los documentos y materiales en su poder o zonas que dependan de su jurisdicción.

79.El Canciller Jurídico notificará al demandante las deficiencias detectadas durante el examen de la demanda, y las propuestas hechas para su eliminación, así como los resultados de la eliminación de las deficiencias.

80.Si el Canciller Jurídico llega a la conclusión de que un funcionario ha violado la Constitución o la ley, informará de ello por escrito a un órgano de investigación u otro órgano competente y, de ser necesario, remitirá al órgano toda la información y todos los documentos de que disponga.

Los tribunales

81.Se proporciona una descripción más detallada del sistema de tribunales de la República de Estonia en la sección sobre la estructura política general.

82.Todos los tribunales son competentes para entender en cuestiones de derechos humanos. En la Constitución se establece que los tribunales no aplicarán en un procedimiento judicial ninguna legislación que sea contraria a la Constitución. El Tribunal Supremo declarará inválida toda la legislación que sea contraria a la letra y el espíritu de la Constitución (artículo 152 de la Constitución).

83.Un tribunal de distrito revisará las decisiones de los tribunales de condado, de ciudad o administrativos mediante apelación. Por lo menos tres jueces participarán en la vista de cuestiones en apelación en las sesiones de las salas de los tribunales de distrito. El Presidente de un tribunal de distrito tiene derecho a incluir a jueces de condado o de ciudad del mismo distrito que no hayan participado en la vista de la cuestión en la primera instancia.

84.Por lo menos tres jueces participarán en la vista de cuestiones mediante casación en las sesiones de las Salas del Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo revisará las decisiones de los tribunales mediante casación. De conformidad con el procedimiento previsto por la ley, el Tribunal Supremo examinará las peticiones de revisión, presentadas contra las decisiones de los tribunales y corregirá los errores judiciales. El Tribunal Supremo también es el tribunal de revisión constitucional.

Tribunal administrativo

85.Toda persona que estime que una disposición o medida legislativa infringe sus derechos o restringe sus libertades tiene el derecho de recurrir a los tribunales administrativos. Los actos administrativos contra los cuales puede incoarse una acción de protesta ante un tribunal administrativo son los actos que regulan casos individuales en el contexto del derecho público, atribuibles a organismos oficiales u otras personas que desempeñan funciones administrativas en materia de derecho público. Una asociación de personas, incluida una asociación sin personalidad jurídica, puede incoar un procedimiento ante un tribunal administrativo en interés de los miembros de la asociación u otras personas si se concede el derecho correspondiente a la asociación por ley.

Otras instituciones estatales que entienden en cuestiones de derechos humanos

86.Las otras instituciones estatales que entienden en cuestiones de derechos humanos son los diversos ministerios. Los ministerios que con más frecuencia entienden en cuestiones de derechos humanos son el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministro encargado de cuestiones de población.

87.El Ministerio de Justicia aplica una política jurídica nacional en el ámbito de sus tareas principales. El Ministerio de Relaciones Exteriores se ocupa de los derechos humanos en el contexto internacional.

88.La tarea del Ministerio de Asuntos Sociales consiste en crear condiciones en la sociedad para lograr un entorno propicio para la salud, el empleo y la protección social y el mejoramiento de la calidad de vida de la población. Desde 1996 existe una División de Igualdad en el Departamento de Integración Europea del Ministerio de Asuntos Sociales. Las funciones principales de la División incluyen la coordinación de la integración del principio de la igualdad entre hombres y mujeres en el desarrollo sociopolítico, la organización de investigaciones interdisciplinarias sobre la situación de los sexos (investigaciones relacionadas con cuestiones de salud, trabajo, género, violencia en la familia, igualdad de hombres y mujeres en el empleo, etc.). La División de Igualdad también se ocupa de redactar y aplicar legislación sobre la igualdad entre los sexos y de crear estructuras pertinentes y prepara planes y programas de acción para garantizar la igualdad entre los sexos de conformidad con los requisitos de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa y la Unión Europea.

89.En 1997 se creó el cargo de ministro sin cartera encargado de cuestiones de población, incluida la integración de las minorías. Las responsabilidades del Ministro incluyen la coordinación de la elaboración y aplicación de la política de población, la coordinación de la política de integración de los extranjeros en la sociedad estonia; la coordinación del proceso de concesión de la ciudadanía por naturalización; la coordinación de las estimaciones y censos de población; la coordinación de la emigración y del empadronamiento de extranjeros, así como de las políticas de asilo.

B. Recursos de que dispone un individuo que estima que se han violado sus derechos

Derecho al trato igual

90.En la Constitución se estipula que los derechos, libertades y obligaciones de las personas serán iguales para los ciudadanos de Estonia y para los extranjeros y apátridas en Estonia (art. 9). De conformidad con la Constitución, todos son iguales ante la ley. Nadie será objeto de discriminación por su nacionalidad, raza, color, sexo, idioma, origen, religión, opinión política o de otra índole, posición económica o social, ni por otra razón, cualquiera que sea. La incitación al odio, a la violencia o a la discriminación entre estratos sociales también se prohibirá y castigará por ley (art. 12). Toda persona tiene derecho a apelar ante un tribunal superior de la sentencia que se le haya aplicado, conforme al procedimiento previsto por la ley (art. 24).

91.Toda persona tiene derecho a la protección del Estado y de la ley (artículo 13 de la Constitución). Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, así como las administraciones locales, tienen el deber de garantizar los derechos y libertades (art. 14). Toda persona cuyos derechos y libertades hayan sido violados tiene derecho a recurrir a los tribunales. Toda persona tiene el derecho a pedir, durante la vista de su causa ante el tribunal, que se declare inconstitucional una legislación o procedimiento pertinente (art. 15).

92.Se han enumerado los mismos principios en la Ley de tribunales, en la que también se estipula que los ciudadanos de otros Estados y apátridas tendrán el mismo derecho a la protección de los tribunales que los ciudadanos estonios en el territorio de la República de Estonia.

93.La igualdad de derechos sobre la base de la nacionalidad, la raza, el color, el sexo, el idioma, el origen u otros motivos también se estipula, además de la Constitución y la Ley de tribunales, en el Código de Procedimientos de los Tribunales Administrativos, el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Penal, el Código Penal, y otras leyes.

Sistemas de indemnización y rehabilitación de las víctimas

94.De conformidad con el artículo 25 de la Constitución, toda persona tiene derecho a una indemnización por los daños morales o materiales que haya causado un acto ilícito de otra persona.

95.La protección de la vida privada se rige conforme a la Ley de principios generales del Código Civil, en que se estipula que toda persona tiene derecho a que se ponga fin a una violación de la inviolabilidad de su vida privada y a exigir una indemnización por los daños morales o materiales causados por esa violación (sección 24). Además, puede exigir una indemnización por daños toda persona cuyos intereses hayan sido perjudicados por el uso de su nombre o seudónimo conocido (sección 25).

96.De conformidad con la Ley de indemnización de daños causados a la persona por el Estado por privación infundada de libertad, se deberá indemnizar a toda persona:

-que haya estado detenida con autorización del tribunal y en cuyo caso se haya anulado la orden de iniciar acción penal, se haya puesto fin a las diligencias en la fase de la investigación preliminar o del sumario o en una reunión de organización del tribunal, o respecto de la cual se haya adoptado una decisión exculpatoria;

-que haya sido detenida como sospechosa de haber cometido un delito, y excarcelada al retirarse la acusación;

-que haya estado cumpliendo una pena de cárcel y en cuyo caso se haya anulado la decisión condenatoria y se haya puesto término a las diligencias penales o se haya adoptado una decisión exculpatoria;

-que haya cumplido una pena de cárcel más prolongada que la impuesta en la sentencia original;

-que haya sido internada en un hospital psiquiátrico infundadamente por el tribunal en relación con la perpetración de un acto con características de delito y en cuyo caso se haya anulado el fallo judicial;

-que haya estado sometida a detención administrativa y en cuyo caso se haya anulado la decisión de detención;

-que haya sido privada de libertad sin motivo fundado o sin procedimiento disciplinario, administrativo o penal, por decisión de un funcionario competente para autorizar la privación de libertad, si el procedimiento fue forzoso (sección 1).

97.El Ministerio de Asuntos Sociales ha remitido al Gobierno un subprograma nacional de prevención del delito, titulado "Creación de un sistema para ayudar a las víctimas del delito". Entre las víctimas del delito se incluye a las personas que han sido víctimas de un trato negligente o de malos tratos, o de violencia física, mental o sexual, es decir, personas a las que otra persona, un grupo de personas o una organización hayan causado sufrimientos o daños, indistintamente de que se haya determinado quién causó el daño o de que se haya iniciado acción penal contra el causante. El propósito del subprograma es crear un sistema organizado para asistir a las víctimas del delito.

98.En Estonia existen actualmente servicios de asistencia para ayudar a las víctimas del delito, como la Sociedad Ohvriabi de Apoyo a las Víctimas del Delito, y los albergues. El Centro de Rehabilitación Social y la Sociedad de Apoyo a las Víctimas del Delito prestan asesoramiento a las víctimas, las representan en los tribunales, les brindan apoyo financiero, y organizan la asistencia en situaciones de crisis.

99.La ley básica en relación con el subprograma es la Ley de indemnización nacional a las víctimas del delito. El propósito de la ley es aliviar la situación financiera de las víctimas de delitos violentos de carácter grave mediante el pago de una indemnización por el Estado. También se ofrece ayuda estatal a las víctimas en el marco del bienestar social y del seguro social, pero estos sistemas no abarcan a todas las víctimas necesitadas de asistencia ni el íntegro de los daños producidos como consecuencia del delito. El sistema de pago de indemnizaciones descrito en la ley es un suplemento importante a la asistencia proporcionada a las víctimas del delito como grupo beneficiario en el contexto de la legislación social. Sólo se indemniza a las víctimas del delito que no reciban a una indemnización de otras fuentes por los daños causados por el delito.

100.Los ciudadanos de Estonia y los extranjeros residentes en Estonia titulares de un permiso de residencia temporal o permanente tienen derecho a una indemnización por los daños producidos como consecuencia de un acto de delito violento. El objetivo del pago de la indemnización no es compensar íntegramente a la víctima por los daños sufridos sino respaldarla económicamente.

101.De conformidad con la ley, la cuantía de la indemnización por parte del Estado es del 50% del monto de los daños que constituyen la base para el cálculo de la indemnización. Para el cálculo de los daños, se parte de la situación individual de cada víctima o de las personas a su cargo, es decir, principalmente, los ingresos de la víctima antes de la perpetración del acto de delito violento.

C. La protección de los derechos humanos en el sistema jurídico de Estonia

102.En el capítulo 2 de la Constitución de Estonia se enumeran los derechos y libertades fundamentales que rigen en la República de Estonia. El capítulo está formado por 48 artículos en los que se establece el marco de protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

103.Conforme al artículo 11 de la Constitución, los derechos y libertades sólo pueden restringirse de conformidad con la Constitución y las restricciones han de ser las necesarias en una sociedad democrática y no deberán desfigurar la índole de los derechos y libertades restringidos. En varios artículos del capítulo 2 de la Constitución se dispone que los derechos y libertades que se garantizan en ellos sólo podrán restringirse en los casos previstos en la ley y de conformidad con el procedimiento que establezca: párrafo 2 del artículo 20 (inviolabilidad de la persona), párrafo 1 del artículo  21 (derecho del sospechoso de un delito a notificar a sus más allegados su privación de libertad), artículo 26 (inviolabilidad de la vida privada o familiar), párrafos 1 y 2 del artículo 32 (inviolabilidad de la propiedad), artículo 33 (inviolabilidad del domicilio, bienes muebles e inmuebles o lugar de trabajo), artículo 34 (libertad de circulación), artículo 35 (derecho a salir de Estonia), artículo 43 (confidencialidad de la correspondencia), artículo 44 (obtención de información de las instituciones públicas), artículo 45 (libertad de expresión), artículo 47 (derecho de reunión), artículo 48 (derecho de asociación). También en otros artículos de la Constitución se dispone que podrá hacerse excepciones fundadas en la ley al ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.

104.Conforme al artículo 130 de la Constitución, cuando esté vigente el estado de excepción o de guerra, podrán restringirse los derechos y libertades de la persona e imponérsele deberes en interés de la seguridad nacional y el orden público, en las condiciones y conforme al procedimiento dispuestos por la ley. No se restringirán los derechos y libertades fundamentales previstos en la Constitución (el derecho a la ciudadanía por nacimiento, la igualdad de las personas, el derecho a la vida, etc.).

D. Rango del derecho internacional en el régimen jurídico nacional

105.Conforme al artículo 3 de la Constitución de Estonia, se reconocen en general los principios y normas del derecho internacional como parte inseparable del ordenamiento jurídico del país. Caso de que las leyes u otras normas de Estonia estén en pugna con los tratados internacionales ratificados por el Riigikogu (incluidas las convenciones internacionales de derechos humanos), serán de aplicación las disposiciones de los tratados (art. 123). Estonia es Estado Parte en la mayoría de los instrumentos internacionales importantes.

106.De conformidad con la Ley de relaciones exteriores, el Gobierno de la República tiene el deber de cumplir los tratados internacionales. Si un acto jurídico de Estonia está en contradicción con un tratado internacional, el Gobierno o bien presenta un proyecto de ley al Riigikogu para que lo enmiende o bien emprende otras enmiendas jurídicas que sean de su competencia para cumplir el tratado.

107.En el artículo 9 del Código de Procedimiento Civil se dispone que los tribunales fallarán conforme a las normas del derecho internacional de la República ratificadas por la República de Estonia y al derecho estonio. Caso de que en un tratado o convención en el que sea Parte Estonia se dispongan procedimientos distintos de los fijados en las leyes por las que se rigen los procedimientos en los tribunales civiles de la República de Estonia, se seguirán los procedimientos fijados en el tratado o convención.

108.Fundándose en lo anterior y en las disposiciones de la Constitución de Estonia en las que se proclama que los principios y normas universalmente reconocidos del derecho internacional son parte integrante del ordenamiento jurídico de Estonia, las disposiciones de los tratados internacionales podrán invocarse directamente.

IV. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

109.Por orden del Gobierno de la República de Estonia, la redacción de los informes se distribuye entre distintos ministerios, principalmente el Ministerio de Asuntos Sociales, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Para recoger información, los ministerios colaboran estrechamente con otros órganos y organismos del Estado. Se han celebrado reuniones entre funcionarios del Estado de diversos ministerios sobre el sistema de presentación de informes. Además, se han impartido varias sesiones de capacitación sobre la redacción de esos documentos. Una vez redactado un informe, éste también se hace público en Internet.

Versiones en los idiomas locales

110.Las leyes por las que se rige la ratificación y denuncia de los tratados internacionales y los propios tratados se publican en la parte II del Riigi Teataja (Boletín del Estado), que es una publicación oficial de la República de Estonia.

111.La distribución del Riigi Teataja la organiza el editor a partir de las suscripciones y de la venta de números sueltos en los establecimientos de distribución de prensa. El precio de la suscripción y de los números sueltos del Riigi Teataja los fija la Secretaría de Estado, teniendo en cuenta los gastos de publicación y distribución.

112.Para facilitar el uso de la base de datos electrónica del Riigi Teataja, dando acceso a los textos publicados y a otra información para el usuario, en el propio Riigi Teataja se publica la dirección electrónica de la base de datos. Con el fin asimismo de que los municipios rurales y urbanos puedan disponer del Boletín, se distribuye gratuitamente a la Biblioteca Nacional de Estonia y a las bibliotecas públicas. Los gastos se sufragan con cargo a los presupuestos del Estado. Todo el mundo puede utilizar gratuitamente los boletines en la Biblioteca Nacional de Estonia y en las bibliotecas públicas, municipios y ayuntamientos urbanos y hacer uso de la base de datos electrónica del Boletín entrando en la red.

113.Todos los textos están asimismo disponibles en Internet en diversas bases de datos jurídicos. Los textos también pueden conseguirse en ruso y en inglés.

Publicidad

114.En 1998, en el cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, por iniciativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Educación publicó un folleto con el texto de la Declaración Universal en estonio, inglés y ruso. La publicación se distribuyó a los alumnos del último curso de secundaria. El folleto lo redactó el Ministerio de Relaciones Exteriores y se publicó con el apoyo financiero de la representación del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Estonia.

115.La Biblioteca Nacional hace las veces de biblioteca parlamentaria, con el cometido de facilitar servicios de información al Parlamento, al Gobierno y a otras instituciones constitucionales. Para cumplir ese cometido, se recoge información jurídica, económica y política y se preparan bases de datos. Nueve organizaciones internacionales han reconocido a la biblioteca la condición de colección depositaria. En 1995 se inauguró el Centro de Información y Documentación del Consejo de Europa en el edificio de la Biblioteca Nacional, a lo que siguió en 1998 la inauguración del Centro de Información de la Unión Europea.

116.Varias organizaciones no gubernamentales se dedican también a distribuir información y a informar a la población. A continuación se trata de las más importantes.

Organizaciones no gubernamentales

117.El Centro de Información Jurídica para los Derechos Humanos se creó como organización no lucrativa en 1994. Las organizaciones no gubernamentales danesas Centro Danés de Derechos Humanos, Grupo pro Derechos de las Minorías‑Dinamarca y Centro de Información sobre Europa Oriental de la Universidad de Copenhague intervinieron muy directamente en la creación y consolidación del Centro; también participaron algunas organizaciones públicas de Estonia, a saber, la Mesa Redonda Presidencial de Minorías Nacionales y la Asamblea de Representantes de los no Ciudadanos de Estonia. El Gobierno de la ciudad de Tallin prestó asistencia material.

118.El Centro de Información Jurídica de Derechos Humanos, que inició sus actividades a principios de enero de 1995, se fundó para promover el diálogo constructivo y para sensibilizar a la sociedad de Estonia sobre los derechos humanos. Las principales actividades del Centro son el asesoramiento jurídico, que se brinda gratuitamente, y la recogida, análisis y difusión de información sobre derechos humanos. El Centro funciona en contacto y en colaboración con el Gobierno y el Parlamento de Estonia, los partidos políticos, las organizaciones no gubernamentales, las instituciones de enseñanza e investigación y la opinión internacional en general.

119.Las actividades del Centro tienen por objeto contribuir a reforzar la seguridad, la confianza y la igualdad de oportunidades en la sociedad. Su objetivo principal es observar la situación relativa al ejercicio de los derechos de los habitantes de Estonia y contrarrestar los factores negativos que erosionen el desarrollo de los procesos democráticos.

120.La asociación trata de apoyar los conocimientos y la cultura relativos a los derechos humanos en la sociedad de Estonia y contribuye a promover el debate constructivo de los problemas de derechos humanos a nivel local e internacional, cooperando con órganos y organizaciones internacionales y nacionales de derechos humanos. Entre los cometidos de la asociación está la recogida y difusión de información de derechos humanos.

121.El Instituto de Derechos Humanos se creó en 1992. Es una asociación no gubernamental no lucrativa que tiene por objeto la observación de la situación en materia de derechos humanos en Estonia y en todo el mundo. El Instituto participa en actividades de derechos humanos en Estonia e internacionalmente. El Instituto prepara y publica informes y monografías sobre cuestiones relativas a los derechos humanos en Estonia y en otros lugares, tanto a iniciativa propia como previa solicitud.

122.Al mantener contacto con las organizaciones internacionales y nacionales que promueven los derechos humanos, el Instituto pide la asistencia de expertos internacionales que estudien la situación de los derechos humanos en Estonia, hace participar a tales expertos en la promoción de los derechos humanos y familiariza al mundo con los problemas, situación y logros de Estonia en la protección de los derechos humanos.

123.Se han abierto servicios de asistencia jurídica en Tallin, Jõhvi y Pärnu, que brindan información en materia de derechos humanos y asistencia jurídica. Esta última se presta con el apoyo financiero de la Fundación Estonia Abierta.

124.El Instituto de Derechos Humanos colabora estrechamente con otras organizaciones. Se ha traducido al estonio gran número de publicaciones sobre derechos humanos y de documentos internacionales de derechos humanos. Se han preparado informes sobre la situación en diferentes sectores de Estonia y material de estudio en colaboración con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Asimismo, se han organizado numerosos actos internacionales y se ha producido el vídeo "¿Se violan los derechos humanos en Estonia?".

125.Por iniciativa del Presidente de la República, el 10 de julio de 1993 se creó una Mesa Redonda Presidencial, que es un foro permanente formado por representantes de las minorías étnicas y de los apátridas residentes en Estonia y por representantes de los partidos políticos.

126.La tarea de la Mesa es debatir cuestiones relativas a la vida pública y social, inclusive las nacionales, económicas y sociopolíticas. La Mesa también contribuye a resolver los problemas socioeconómicos, culturales y jurídicos de los extranjeros y apátridas con residencia permanente en Estonia, así como los problemas de las minorías étnicas. Trata además de asistir a los solicitantes de la ciudadanía estonia y ayuda a resolver cuestiones derivadas del estudio y empleo del idioma estonio.

127.El 31 de marzo de 1998, el Gobierno de la República creó la Fundación para la Integración de los no Estonios. Los objetivos de la Fundación son emprender y sostener proyectos orientados a la integración en la sociedad estonia y coordinar el empleo eficaz de diversos recursos en esta esfera.

128.La labor de la Fundación para la Integración está dirigida por un consejo de 12 miembros presididos por el Ministro de Población de la República de Estonia, y entre los titulares figuran miembros del Gobierno, diputados del Parlamento y representantes del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, de establecimientos de enseñanza superior de Estonia y del gobierno del Condado de Ida‑Viru.

129.El Instituto Jaan Tonisson es un centro no lucrativo y no gubernamental de investigación y capacitación que se fundó el 17 de abril de 1991. La finalidad del Instituto es fomentar el desarrollo democrático y el fortalecimiento de la sociedad civil en Estonia. El Instituto organiza programas de investigación, seminarios de capacitación, cursos, talleres y servicios de información para maestros, políticos, autoridades gubernamentales y locales y personal de organizaciones no gubernamentales.

130.El Instituto tiene cuatro centros para alcanzar sus objetivos: el Centro de Educación Cívica, el Centro de Estudio de la Corrupción, el Centro de Derechos Humanos y el Centro de Capacitación.

131.Para promover los valores democráticos de la sociedad, el Instituto elaboró un programa de formación en derechos civiles y humanos, creando planes de estudio y capacitando a maestros para las escuelas de idioma estonio y ruso del país. El programa se aplica desde hace varios años y recientemente se ha centrado en las cuestiones multiétnicas y multiculturales en Estonia. Una parte importante de las actividades del Instituto es la cooperación con otras organizaciones en Estonia y el extranjero. El Instituto colabora con la UNESCO, la Comisión Europea, la Westminster Foundation for Democracy, del Reino Unido, diversos ministerios de Estonia (Ministerio de Educación y Ministerio de Relaciones Exteriores), la Fundación Estonia Abierta y el Instituto Danés de Cultura.

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