Naciones Unidas

HRI/CORE/RWA/2015

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Distr. general

16 de octubre de 2015

Español

Original: inglés

Documento básico común que forma parte integrante de los informes de los Estados partes

Rwanda *

[Fecha de recepción: 13 de julio de 2015]

Índice

Párrafos Página

I.Introducción13

II.Información general sobre Rwanda2–453

A.Características geográficas, demográficas, culturales, económicasy sociales2–223

B.Estructura constitucional, política y jurídica de Rwanda23–4512

III.Marco general de protección y promoción de los derechos humanosa nivel nacional46–8619

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos46–4719

B.Marco jurídico de la protección de los derechos humanosa nivel nacional48–5723

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional58–8026

D.Papel de las organizaciones no gubernamentales81–8231

E.Proceso de presentación de informes a nivel nacional83–8632

IV.Información sobre la no discriminación, la igualdad y los recursos eficaces87–11533

A.No discriminación e igualdad88–9933

B.Medidas adoptadas para eliminar la discriminación en el gocede los derechos civiles, políticos, sociales y culturales100–11536

I.Introducción

1.El Gobierno de Rwanda se complace en presentar su documento básico común sobre la aplicación de los tratados fundamentales ratificados por Rwanda. El documento comprende principalmente marcos jurídicos encaminados a la protección y promoción de los derechos humanos a nivel nacional, así como medidas adoptadas para eliminar la discriminación en el ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Ha sido preparado de conformidad con las directrices armonizadas sobre la preparación de informes con arreglo a los tratados internacionales de derechos humanos, incluidas orientaciones relativas a la preparación de documento básico común y de informes sobre tratados específicos, publicadas por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en mayo de 2006 (HRI/MC/2006/3). De conformidad con las directrices, el documento básico común se presenta en tres partes: información general sobre Rwanda; marco general de protección y promoción de los derechos humanos; y aplicación de las disposiciones sustantivas de derechos humanos comunes a todos los tratados. En la preparación de este documento básico común se ha aplicado un enfoque participativo e incluyente (Gobierno, sociedad civil y asociados para el desarrollo).

II.Información general sobre Rwanda

A.Características geográficas, demográficas, culturales, económicas y sociales

1.Características geográficas

2.Rwanda se sitúa en África Centrooriental, justo al sur del ecuador entre 1°4' y 2°51' de latitud sur y 28°63' y 30°54' de longitud este. Tiene una superficie de 26.338 km2 y limita al norte con Uganda, al este con Tanzanía, al oeste con la República Democrática del Congo y al sur con Burundi. País sin litoral, Rwanda se encuentra a 1.200 km del Océano Índico y a 2.000 km del Océano Atlántico. Rwanda, que ocupa parte de las tierras altas de África Oriental y Central, tiene un relieve montañoso y 1.700 metros de altitud media. Debido a la altura Rwanda tiene un clima subecuatorial, templado, con temperaturas anuales medias de 18,5 °C, aproximadamente. El promedio anual de precipitaciones es de 1.250 mm, concentradas en dos estaciones de lluvias de duración variable que se alternan con una estación seca breve y otra prolongada. El clima varía relativamente según las regiones, en función de la altitud. Tiene una densa red fluvial compuesta por ríos y arroyos. Sus recursos hídricos también incluyen varios lagos rodeados por humedales. Debido a la deforestación, causada principalmente por el desmonte de tierras con fines de expansión agrícola, predomina una vegetación tropical con solo algunas pequeñas superficies de tierras forestales naturales (el 7% del territorio nacional) en la línea divisoria Congo-Nilo y las pendientes de la cadena de volcanes.

3.Rwanda se divide en cuatro provincias, a saber, la Provincia Septentrional, la Provincia Meridional, la Provincia Oriental y la Provincia Occidental, y la Ciudad de Kigali. Las provincias están divididas a su vez en 30 distritos, 416 sectores administrativos, 2.148 municipios y 14.837 aldeas (imidugudu). La división administrativa del país forma parte del proceso de descentralización iniciado en 2000. El objetivo de este proceso es asegurar que la población local asuma efectivamente el poder político, económico, social, administrativo y técnico. Rwanda adoptó por primera vez la política de descentralización en mayo de 2000, que fue formulada tras una serie de consultas presidenciales celebradas en Urugwiro Village, de mayo de 1998 a marzo de 1999, y de sesiones de concertación con los ciudadanos, así como consultas con expertos. Desde 2000 la descentralización ha sido una política esencial del Gobierno de Rwanda con el fin de promover la buena gobernanza, la prestación de servicios y el desarrollo nacional. El marco jurídico de la descentralización ha evolucionado gradualmente con el fin de transferir las competencias a los gobiernos locales. La Constitución prevé principios claros en materia de descentralización. En leyes de gobernanza y sectoriales concretas se definen los parámetros de los componentes institucionales, entre los que figuran, estructuras esenciales, procedimientos, obligaciones de rendición de cuentas y recursos, así como una serie de reglamentos, directrices y otros instrumentos operacionales para orientar y apoyar la aplicación de la descentralización en todos los niveles. En el cuadro siguiente figura el marco jurídico principal.

Marco jurídico de la descentralización en Rwanda

La Constitución de la República de Rwanda

Prevé en su artículo 167 que la administración pública será descentralizada a efectos de transferir las competencias, la autoridad, las funciones, las responsabilidades y los recursos del Gobierno central a los gobiernos locales.

La Ley por la que se establecen las entidades administrativas de la República de Rwanda

Define las entidades administrativas (provincias y la Ciudad de Kigali, distritos, sectores, municipios y aldeas) y establece su número, sus fronteras y su estructura.

La Ley que determina la organización y el funcionamiento de las entidades administrativas descentralizadas

Establece la personalidad jurídica del Distrito y la Ciudad de Kigali con autonomía administrativa y financiera, y la forma en que el Gobierno transfiere las competencias y los recursos a las entidades descentralizadas que se consideran la piedra angular del desarrollo comunitario a efectos de acelerar la prestación de los servicios.

La Ley que regula las fuentes de ingresos y la propiedad de las entidades descentralizadas y su gestión

Describe y establece las fuentes de ingresos y la propiedad de las entidades descentralizadas, tales como los impuestos, los beneficios derivados de las inversiones, los préstamos, las donaciones y los subsidios del Gobierno.

La Orden Ministerial por la que se establecen las leyes que regulan el funcionamiento del Consejo del Distrito y la Ciudad de Kigali

Determina las leyes que regulan el funcionamiento del Consejo del Distrito y la Ciudad de Kigali, con inclusión de la organización y el funcionamiento del Consejo del Distrito y la Ciudad de Kigali, las comisiones del Consejo, el funcionamiento de la contratación, las juntas de licitación y las reuniones del Consejo; la disciplina de los consejeros, la inmunidad del Consejo y los procedimientos utilizados para adoptar decisiones sobre cuestiones diversas.

2.Características demográficas y culturales

4.Según el cuarto Censo de Población y Vivienda, realizado en agosto de 2012, Rwanda tenía en ese momento una población total de 10.515.973 habitantes, de los cuales 5.451.105 eran mujeres y 5.064.868, hombres, es decir, el 51,8% y el 48,2% de la población total, respectivamente. El Censo también registró 511.738 personas de edad (60 años y más) que correspondían al 4,9% de la población total, de los cuales 207.239 eran hombres y 304.499, mujeres. Había 4.166.777 jóvenes, es decir, personas de 14 a 35 años de edad, que representaban el 40% de la población total. De estos jóvenes, 2.033.130 eran mujeres y 2.133.647, hombres. El Censo de 2012 registró un total de 446.453 personas de 5 años y más con discapacidad, de las cuales 225.303 eran de sexo femenino y 221.150, de sexo masculino. La densidad de población expresada aumentó de 321 por km2 en 2002 a 416 por km2 en 2012, mientras que la densidad fisiológica era de 556 habitantes por km2 a nivel nacional, es decir que es uno de los países del mundo con mayor densidad demográfica. La población en su mayoría es joven puesto que el 42,3% de los rwandeses son menores de 15 años. El crecimiento demográfico anual es del 2,8%.

5.Organizados tradicionalmente en grupos pequeños, basados en el origen familiar o en la adhesión a un líder cultural, los rwandeses han trabajado aunadamente para construir un Estado poderoso. Poseen un solo idioma, el kinyarwanda, han forjado un acervo común de creencias religiosas y filosóficas y han creado una cultura que valora el canto, la danza y la poesía. Honran a los mismos héroes. Según la clasificación étnica en Rwanda anterior a1994 la población se componía de hutus, tutsis y twa. La clasificación se basaba en percepciones del origen histórico de los grupos y no en diferencias culturales. Los tres grupos hablan el mismo idioma, practican las mismas religiones, viven mezclados en el mismo territorio y poseen una cultura común. Esa clasificación étnica fue explotada posteriormente para crear divisiones. Las tensiones resultantes condujeron al genocidio de los tutsis en 1994. Desde 1994 ha cambiado la política gubernamental, que reconoce un origen étnico principal, el rwandés, y el país no tiene grupos indígenas. Todos los rwandeses hablan el mismo idioma, el kinyarwanda, que es el principal idioma oficial del país, seguido por el inglés y el francés.

6.La población residente que había en Rwanda en 2012 se clasificó en tres grandes categorías: los rwandeses, los rwandeses con doble nacionalidad y los extranjeros. Las personas de nacionalidad rwandesa son con mucho el grupo más numeroso del país, puesto que representan el 98,9% de la población residente. Los nacionales y extranjeros solo constituyen el 0,8% y los rwandeses con doble nacionalidad, apenas el 0,2%. La cultura rwandesa promueve los valores tradicionales de la solidaridad compartida a nivel de la familia, la vecindad y la nación. Por ejemplo, las personas de edad se cuidan dentro la familia, los más necesitados, las viudas, los huérfanos y todas las personas vulnerables (personas con discapacidades visuales, auditivas y físicas) son atendidos por sus parientes o por sus vecinos de la mejor manera posible.

7.El artículo 33 de la Constitución de Rwanda, adoptada en 2003, establece que "el Estado garantiza la libertad de pensamiento, opinión, conciencia, religión y culto, así como su manifestación pública, de conformidad con las condiciones establecidas por la ley". La mayoría de los rwandeses pertenecen a diversas asociaciones y agrupaciones religiosas. En 2014 había alrededor de 489 organizaciones de carácter religioso. Si bien se practican numerosas religiones, el grupo religioso predominante de Rwanda, que representa el 44% de la población residente, profesa la religión católica. El segundo grupo religioso en importancia es el protestante (38%), mientras que los demás grupos religiosos son adventistas (12%), musulmanes (2%) y testigos de Jehová (1%). Si bien las personas sin filiación religiosa representan el 2,5%, los tradicionalistas y animistas y otras religiones representan respectivamente menos del 1% de la población. Por consiguiente, los grupos religiosos cristianos constituyen el 95% de la población de Rwanda. Todo ciudadano tiene libertad de practicar su religión, sin distinciones ni discriminación. La libertad de religión y culto se ejerce sin impedimento alguno a condición de que no interfiera con el orden público. Las organizaciones religiosas participan activamente en el desarrollo humano y, en particular, en la promoción de los derechos humanos, la educación, la salud, el empoderamiento de las mujeres, los adolescentes y los jóvenes.

3.Características socioeconómicas

8.El sector agrícola (73%), que predomina en el mercado de trabajo de Rwanda, cuenta con un porcentaje superior de mujeres (82%) que de hombres (63%). Análogamente, en las zonas rurales un mayor porcentaje de personas (83%) practican la agricultura. En las zonas urbanas, las personas trabajan principalmente en el sector informal o poseen pequeñas empresas. La tasa de actividad económica es superior en las zonas rurales (75%) en comparación con las zonas urbanas (68%) y es más alta entre los hombres (76%) que entre las mujeres (72%). La población que tiene acceso al agua apta para el consumo y al saneamiento aumentó del 64% en 2006 al 74,2% en 2010-2011, mientras que el saneamiento en general también progresó, del 58,5% en 2006 al 74,5% en 2010-2011 (Encuesta Demográfica y de Salud, tercer Estudio Integrado de las Condiciones de Vida de las Familias). El país está bien encaminado para alcanzar su ambicioso objetivo de una cobertura del 100% del abastecimiento de agua corriente y del saneamiento, de conformidad con el programa Visión 2020. Los recursos presupuestarios asignados al abastecimiento de agua y al saneamiento aumentaron de 19.465.684.800 francos rwandeses en 2010/11 a 27.139.012.649 francos rwandeses en 2011/12, a 29.600.000.000 en 2012/13 y a 38.400.000.000 en 2013/14.

9.Rwanda atraviesa por uno de los períodos de crecimiento y de progreso socioeconómico más dinámicos de su historia. La primera Estrategia de Desarrollo Económico y de Reducción de la Pobreza, 2008-2012, redundó en un notable progreso socioeconómico. Se registró un fuerte crecimiento económico y se logró una reducción significativa de la pobreza. Al mismo tiempo (2008-2012) se rescató de la pobreza a más de un millón de personas. En 2010/11, el Estudio Integrado de las Condiciones de Vida de las Familias mostró que en los últimos cinco años el nivel de vida de los rwandeses había mejorado notablemente. Según los resultados del estudio hubo una reducción de la pobreza a nivel nacional de 12 puntos porcentuales entre 2005/06 y 2010/11. Se estima que a nivel nacional la pobreza afecta al 44,9% de la población, de la cual el 22,1% se encuentra en las zonas urbanas y el 48,7% en las zonas rurales. La pobreza extrema se redujo del 40% en 2000/01 al 36% en 2005/06, y al 24% en 2010/11. Impulsó la actividad económica un importante aumento de la producción agrícola, el dinamismo de las exportaciones y una fuerte demanda interna. La tasa de inflación se mantuvo en niveles bajos, con una tasa media de inflación subyacente del 3,2% durante el mes de abril de 2014.

10.El 8 de mayo de 2013, el Consejo de Ministros aprobó la segunda Estrategia de Desarrollo Económico y de Reducción de la Pobreza, 2013-2017, que era el comienzo de la recta final del programa Visión 2020. Su principal objetivo era formular una estrategia de mediano plazo que acelerara el crecimiento, para que en 2020 Rwanda fuera un país de ingresos medios. Con arreglo a este objetivo, el Consejo de Ministros aprobó las metas revisadas del programa Visión 2020, a las que se ajustaban los objetivos de la segunda Estrategia de Desarrollo Económico y de Reducción de la Pobreza. Es preciso que el crecimiento medio del PIB alcance por lo menos el 11,5% anual y que la tasa de pobreza sea inferior al 30%. Se espera que en el período abarcado por la Segunda Estrategia (2013‑2017) el sector privado se convierta en el motor del crecimiento económico y de la reducción de la pobreza.

11.El acceso a la financiación sigue siendo la principal prioridad del país para lograr un desarrollo del mercado financiero eficaz, estable y accesible. Según los resultados de la encuesta FinScope Rwanda 2012, el 72% de los rwandeses adultos disponían de servicios de financiación: el 42% tenía acceso a instituciones oficiales (el 23% eran bancos comerciales y el 33%, instituciones oficiales no bancarias) y el 58% utilizaban mecanismos de financiación oficiosos. Más del 90% de los adultos residían en un radio de 5 km de la institución financiera. En 2008, la creación de 416 Umurenge (SACCO) cambió notablemente la situación del acceso a las instituciones financieras oficiales en Rwanda. Esta iniciativa ha permitido proporcionar servicios financieros oficiales a los rwandeses que, de lo contrario, no los hubiesen utilizado. En 2013, el número de cuentas de clientes en bancos comerciales aumentó el 6,1%, de 2.548.287, a finales de diciembre de 2012, a 2.701.493, a finales de diciembre de 2013. Entre diciembre de 2012 y diciembre de 2013 el número de cuentas abiertas en instituciones de microfinanciación aumentó un 18,7%. El 38,9% de los titulares de estas cuentas eran mujeres. Durante el mismo período aumentó el número de préstamos en un 7,5%, de los cuales el 29,7% fueron concedidos a mujeres. Del mismo modo, se ha facilitado el acceso a los servicios financieros mediante la utilización de nuevas tecnologías, como el dinero móvil, las operaciones bancarias en Internet y los cajeros automáticos.

4.Situación de la salud

12.En el sector de la salud, los resultados de la Encuesta Demográfica y de Salud 2010 indican los grandes progresos realizados. La Encuesta muestra una disminución de las tasas de mortalidad materna e infantil con respecto a las encuestas de 2005 y 2007-2008, un aumento del número de visitas de atención prenatal y de utilización de servicios de obstetricia, un aumento de la utilización de anticonceptivos modernos y una mayor cobertura de la inmunización para los niños de 12 a 23 meses de edad. La tasa de mortalidad materna se redujo de 750 por 100.000 nacidos vivos en 2005 a 476 por 100.000 nacidos vivos en 2010, que cabe comparar con el quinto Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM), de 286 por 100.000 y con el objetivo del programa Visión 2020, de 200 por 100.000 en 2020. La evaluación de la mortalidad materna forma parte de una estrategia recientemente introducida para reducirla. Cada vez que se produce una muerte materna en un establecimiento médico o en un hogar, se realiza una investigación para determinar las causas del fallecimiento. Después se prepara un informe, que se comunica a las autoridades superiores del país. A continuación, se adoptan medidas para evitar esos casos. Cuando el responsable de la muerte es el proveedor de la atención médica (mala calidad del servicio) se adoptan sanciones. Actualmente, la primera causa de mortalidad materna es la hemorragia posterior al parto.

13.Se ha recurrido a diversas estrategias para contribuir a reducir la mortalidad infantil. La tasa de mortalidad infantil es de 50 casos por 1.000 nacidos vivos, mientras que la tasa de mortalidad es de 27 casos por 1.000 nacidos vivos. La tasa de mortalidad neonatal es de 27 casos por 1.000 nacidos vivos; mientras que la tasa de mortalidad postnatal es de 23 casos por 1.000 nacidos vivos. De acuerdo con el UNICEF y otras organizaciones internacionales, en 2012 la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años se redujo de 76 a 54 casos por 1.000 nacidos vivos (el cuarto ODM: 51 casos por 1.000 nacidos vivos). Estos resultados sitúan a Rwanda entre los pocos países en desarrollo que han alcanzado el cuarto ODM, relativo a la reducción de la mortalidad infantil. La promoción de servicios de asistencia prestados por personal calificado, como enfermeras y parteras en los establecimientos médicos, ha dado como resultado un incremento muy rápido de los nacimientos asistidos en establecimientos, del 30% en 2005 al 69% en 2010 (Encuesta Demográfica y de Salud). Por tanto, con arreglo al sistema comunitario de salud, las actividades de las parteras tradicionales han sido prohibidas y sustituidas por la intervención de trabajadores de salud de la comunidad, que están capacitados y se encargan del seguimiento de la mujer embarazada en las aldeas y de acompañarla al establecimiento médico para que reciba atención en el parto.

14.Las consultas prenatales están bien organizadas y por lo menos un 98% de las mujeres embarazadas realizan una consulta prenatal como mínimo, mientras que el 35% realizan las cuatro consultas prenatales recomendadas antes del nacimiento del niño. Se encargan de los desplazamientos al menos tres trabajadores de salud comunitarios, que se encuentran en el pueblo y han sido elegidos por la población. El Ministerio de Salud ha distribuido teléfonos móviles a estos trabajadores de salud para que puedan enviar diariamente informes médicos mediante el sistema rápido de SMS y puedan comunicarse con el centro de salud en caso de emergencia. De este modo, todos los interesados que intervienen en el sector de la salud han actualizado los datos y la información sobre el estado de salud de la población y, en particular, sobre la salud materna e infantil.

15.En 2012 se adoptó una nueva política de planificación familiar. Además de la distribución gratuita de productos de planificación familiar en todos los servicios públicos de salud, se han construido dispensarios cerca de los establecimientos médicos administrados por comunidades religiosas que no reconocen la planificación familiar, para asegurar un acceso fácil a los anticonceptivos y a la asistencia de personal médico debidamente preparado. Además, se está aplicando un programa de sensibilización de carácter general para concienciar y educar a la población sobre la utilización de métodos de planificación familiar. También se realiza una campaña de publicidad que promueve el uso de preservativos, con el propósito doble de prevenir las enfermedades de transmisión sexual y los embarazos no deseados. Durante las sesiones de sensibilización, se alienta a los hombres a acompañar a sus esposas, además de poner servicios de esterilización voluntaria a disposición de quienes los soliciten.

16.En la lucha contra las enfermedades infecciosas se han logrado excelentes resultados: los casos de paludismo y el número de fallecimientos disminuyeron un 85% entre 2003 y 2012. La transmisión del VIH de madre a hijo se redujo del 10,8% en 2004 al 1,9% en 2012, y se redujo un 50% el número de casos nuevos de infección entre los niños recién nacidos. En 2012 recibían atención y tratamiento el 91,6% de las personas infectadas por el VIH, frente al 24,5% en 2004. Se procura resolver el problema del acceso geográfico mediante la construcción de más centros de salud y hospitales. Al mismo tiempo, el número de hospitales pasó de tan solo 34 en 2000 a 46 en 2013, incluidos cuatro hospitales de referencia, y el número de centros de salud pasó de solo 291 en 2000 a 469 en junio de 2013. Con el fin de asegurar a todos los pacientes el acceso a los servicios de salud, se ha establecido un plan de seguro médico para hacer frente a los obstáculos financieros. En 2003 se creó, a nivel de las comunidades, el Seguro Médico Comunitario. La tasa de suscripción de este Seguro, que era del 7% en 2003, alcanzó el 91% en 2010, si bien en 2012 se redujo ligeramente al 86%. Además del apoyo del Gobierno, otros seguros médicos (La Rwandaise d'Assurance Maladie (RAMA), el Seguro Médico Militar (MMI) y seguros privados) tienen la obligación de contribuir con el 1% de sus ingresos anuales al Seguro Médico Comunitario.

17.En cuanto al transporte de urgencia, desde 2008 se han adquirido al menos 150 ambulancias nuevas y todos los distritos disponen al menos de 5 ambulancias para el traslado de los pacientes entre los centros de salud y los hospitales, así como para su traslado a los hospitales de referencia, en particular, en caso de emergencia. En 2012 y 2013 se adquirió un barco ambulancia que recorre el lago Kivu para transportar con rapidez a los pacientes ribereños. Rwanda dispone de un Centro Nacional de Transfusión de Sangre, que permite intervenir eficazmente en los casos de hemorragia en el momento del parto. Cabe señalar que la mayoría de la infraestructura sanitaria se encuentra en zonas rurales y que al menos el 75% del personal médico calificado, está afectado actualmente a esas instalaciones rurales. Por último, la relación médico/población, que era de 1 por 50.000 habitantes en 2005, se redujo a 1 por 16.000 a finales de 2012 (objetivo: 1 por 10.000). La relación de personal de enfermería/población, que era de 1 por 3.700 habitantes en 2005, es actualmente 1 por 1.294 (objetivo: 1/1.000). En la actualidad, de acuerdo con la encuesta de 2012 del Sistema de Información para la Gestión de la Salud, existe una relación de un médico por 16.000 habitantes y de un profesional de enfermería por 1.291 habitantes.

5.Educación

18.Se garantiza el derecho a la educación y se han aplicado diversas políticas y medidas legislativas, institucionales y administrativas para facilitar el desarrollo de la educación. Las leyes y reglamentos por los que se rige la educación en Rwanda se adaptan al contexto nacional y tienen en cuenta los programas internacionales, como la "Educación para Todos" y los "Objetivos de Desarrollo del Milenio". Además de promover una economía basada en los conocimientos e impulsada por la tecnología, el Gobierno se propone fortalecer el sistema educativo para impartir a las niñas y los varones los conocimientos y valores necesarios para que sean buenos ciudadanos. En 2003 se ha adoptado la política de educación, en 2007, la política de educación especial, y la política de educación y formación técnica y profesional, en 2008, con miras a lograr la educación de todos los ciudadanos. Se ha adoptado un Plan Estratégico del Sector Educativo (2008-2012) con los objetivos siguientes: el acceso a la educación para todos, una educación de calidad, la igualdad en todos los niveles, la eficacia y eficiencia del sistema educativo, el fortalecimiento de la enseñanza científica, tecnológica y de las TIC, así como la promoción de la cultura, la paz, la unidad y la reconciliación, el acceso más amplio a la educación secundaria sensibilizando a las comunidades locales para que construyan escuelas en los distritos sin régimen de internado, la permanencia de las niñas en el sistema escolar y la mejora de sus resultados académicos. En el Plan Estratégico del Sector Educativo revisado para 2010-2015 figuran entre las prioridades la reducción de la deserción escolar y de la repetición en la educación básica. Como resultado de la educación universal gratuita, hay más niños con mayores dificultades de aprendizaje, y por ende, ha aumentado el riesgo de deserción escolar. Se ha hecho frente a este problema en todos los niveles del sistema de educación haciendo participar a los institutos de formación de educadores, así como a las familias y la comunidad, y se ha ampliado el acceso a una educación incluyente y de calidad. Por consiguiente, la tasa general de deserción escolar se redujo del 15,2% en 2008 al 10,9% en 2012; en el caso de las niñas disminuyó del 14% en 2008 al 10,7% en 2012 y en el caso de los varones, del 15,6% en 2008 al 11,2% en 2012.

19.En 2012, la matrícula neta en la enseñanza primaria aumentó ligeramente, del 93,5% en 2005 al 96,5% en 2012, y del 9% al 28%, en la enseñanza secundaria. Rwanda tiene una de las tasas de matriculación neta más altas de África en la enseñanza primaria, a saber, el 95% de varones y el 98% de niñas en 2012. En la enseñanza secundaria, la matriculación en ese año fue el 26% en el caso de los varones y el 30% en el caso de las niñas. La enseñanza secundaria en Rwanda dura 6 años: 3 años de nivel básico o ciclo inferior, y 3 años de nivel avanzado o ciclo superior. El nivel avanzado comprende cinco materias de especialización que los estudiantes eligen: ciencias, humanidades, idiomas, formación de educadores (en los institutos normales) y educación y formación técnica y profesional. Además de impartir conocimientos, la enseñanza secundaria ayuda a los estudiantes a desarrollar aptitudes y competencias que los prepara para el mercado de trabajo. Las escuelas secundarias académicas generales también preparan a los alumnos para cursar la enseñanza superior. La edad de escolarización en secundaria es de 13 a 18 años. En 2012, la matriculación en la enseñanza secundaria fue el 25% en el caso de los varones y el 30% en el caso de niñas. Rwanda recibió en 2012 el primer premio del concurso del Commonwealth de buenas prácticas en materia de educación, por la prioridad en el acceso a la enseñanza básica en nueve años (Mauricio, 29 de agosto de 2012).

20.Se ha instaurado un sistema de formación técnica y profesional para responder a la necesidad de disponer de personal técnico y profesional en el país, mediante la transformación de algunos centros de formación profesional (ciclo corto) en escuelas de formación profesional técnica (ciclo largo). Se promueve el desarrollo de la enseñanza científica y de las TIC equipando cada vez más con computadoras a todos los establecimientos de primaria y secundaria, impartiendo capacitación a un gran número de profesores de TIC, y suministrando equipo de laboratorio a los establecimientos de secundaria para enseñanza de las ciencias, en función de los recursos disponibles. En ese marco, se ha iniciado la política de "una computadora portátil por alumno" para dar acceso a todos los alumnos a la informática, a la vez que se conectan las escuelas con servidores y redes inalámbricas. Se ha introducido un programa de aprendizaje a distancia para mejorar el nivel de calificación de los profesores de secundaria. Maestros de 150 escuelas seleccionadas recibieron formación en el uso de computadores portátiles XO. Para facilitar la utilización de las TIC, a fines de 2012 se reforzó el programa de suministro de energía eléctrica a la mitad de las escuelas. El Gobierno aplica un programa de alfabetización en colaboración con sus asociados principales, es decir, ONG, agrupaciones religiosas, asociaciones y clubes. La finalidad principal es reducir el analfabetismo, considerado un obstáculo para el desarrollo sostenible de la población, especialmente en el grupo de edad comprendido entre 10 y 40 años.

21.Rwanda ha progresado considerablemente en la promoción de la educación de las niñas. En 2008 se elaboró una política de educación de las niñas con estrategias específicas para promover la retención escolar y la finalización de sus estudios en las instituciones de enseñanza superior, así como para tratar los factores que podían obstaculizar la plena participación. Se ha creado el Grupo de Trabajo sobre Educación de las Niñas, que compila anualmente indicadores de la matriz de la política y realiza una evaluación del sistema educativo desde una perspectiva de género, para detectar las disparidades entre varones y niñas y proponer medidas para eliminarlas. En cuanto a los estereotipos tradicionales y la preferencia concedida a los varones, el Gobierno, los padres y el público en general son conscientes de que todos los niños tienen los mismos derechos, con independencia de su sexo. En la actualidad se ha alcanzado prácticamente la paridad en la educación básica, con el 50,8% de niñas y el 49,2% de varones.

22.El número de estudiantes de la enseñanza superior aumentó de 62.734 en 2010 a 76.629 en 2012. En los últimos diez años ha mejorado la enseñanza superior. Desde 2007, el número de estudiantes ha aumentado significativamente, de 41.013 inscriptos ese año a 76.629 inscriptos en 2012. En las instituciones públicas la cifra aumentó de 18.972 en 2007 a 37.632 en 2012, y en las instituciones privadas, de 22.041 en 2007 a 38.997 en 2012. El tercer Estudio Integrado de las Condiciones de Vida de las Familias también muestra que se duplicó el porcentaje de estudiantes de 19 a 25 años que cursan la enseñanza superior, del 1,3% en el segundo Estudio Integrado, al 2,6% en el tercero. En 2012 había 31 institutos terciarios, de los cuales 17 eran públicos y 14 privados. De los 17 institutos públicos, 8 eran de enseñanza superior y 9 de enseñanza postsecundaria (5 escuelas de enfermería y atención obstétrica, 2 institutos normales y 2 institutos de estudios técnicos superiores).

B.Estructura constitucional, política y jurídica de Rwanda

1.Contexto histórico

23.Antes de la época colonial las instituciones públicas de Rwanda estaban organizadas sobre la base de la autoridad de los jefes de los clanes, función de transmisión hereditaria. Así pues, el período colonial trajo aparejados grandes cambios, en particular, una nueva estructura institucional basada en la lealtad a la autoridad colonial. Los belgas, que reemplazaron a los alemanes después de la Primera Guerra Mundial, aplicaron durante varios años la estrategia colonial de "dividir para reinar", en virtud de la cual todos los rwandeses al nacer eran inscriptos como tutsis, hutus o twa. El nuevo gobierno republicano establecido en 1962 siguió aplicando esa política discriminatoria contra una parte de la población, que culminó con el genocidio de 1994. Como consecuencia, el país quedó sumido en un caos total que costó más de un millón de vidas humanas.

24.Tras la caída del régimen que había organizado el genocidio, el país debió hacer frente a ingentes desafíos: epidemias, desplazados internos, traumatismos muy diversos y numerosos grupos vulnerables, de viudas, huérfanos, refugiados repatriados y supervivientes del genocidio sin medios de subsistencia. Con miras a instaurar el estado de derecho, establecer mecanismos eficaces contra todas las formas de discriminación y exclusión, lograr la reconciliación y la reconstrucción política, repatriar a los refugiados y hallar soluciones para todos los problemas resultantes del genocidio, se constituyó el primer gobierno posterior al genocidio. En noviembre de 1994, se estableció una asamblea nacional de transición para cumplir la función legislativa y crear una estructura que castigara los crímenes cometidos durante el genocidio de 1994 contra los tutsis. Después del período de transición, el pueblo de Rwanda aprobó una nueva Constitución mediante un referéndum, celebrado el 26 de mayo de 2003. El 25 de agosto de 2003 tuvieron lugar las primeras elecciones presidenciales pluralistas por sufragio universal directo. Del 29 de septiembre al 3 de octubre del mismo año tuvieron lugar las elecciones legislativas.

2.Organización política

25.La Constitución de 2003 sienta las bases de la organización política de Rwanda. Define la naturaleza del sistema político y establece las relaciones entre los diversos poderes institucionales describiendo sus respectivas estructuras y funciones orgánicas. Consagra el principio fundamental de que los órganos ejecutivo y legislativo se constituyen a través de elecciones multipartidistas. El Estado de Rwanda es una república independiente, soberana, democrática, social y secular. El principio por el que se rige la República es "el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo". Todos los poderes emanan del pueblo. Ningún grupo de personas o individuos puede atribuirse el ejercicio del poder. La soberanía nacional pertenece al pueblo que la ejerce directamente por vía de referéndum o a través de sus representantes.

26.Se reconoce un sistema de gobierno multipartidista. Se autoriza la creación y el libre funcionamiento de formaciones políticas que cumplan las condiciones requeridas. Estas deben acatar la Constitución y demás leyes, así como los principios democráticos, y no deben desestabilizar la unidad nacional ni atentar contra la integridad territorial ni la seguridad de la nación. Las formaciones políticas participan en la educación de los ciudadanos sobre una política basada en la democracia y las elecciones y funcionan de manera de asegurar que las mujeres y los hombres tengan el mismo acceso a los cargos electivos. Los ciudadanos de Rwanda pueden adherir libremente a las formaciones políticas de su elección y no son objeto de discriminación alguna por ser miembros de una formación política o por no pertenecer a una de ellas. Están prohibidas las organizaciones políticas basadas en la raza, el grupo étnico, la tribu, el origen familiar, la región, el sexo, la religión o cualquier otra categoría que pueda dar lugar a la discriminación. Las formaciones políticas deben constantemente reflejar la unidad del pueblo de Rwanda, la igualdad de género y su complementariedad, ya sea para atraer adherentes, establecer órganos rectores, así como en su funcionamiento y sus actividades.

27.El artículo 60 de la Constitución consagra la división de poderes del Gobierno, a saber, el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Son tres poderes separados entre sí e independientes y a la vez complementarios. La Constitución define sus competencias, organización y funcionamiento. El Estado garantiza que el ejercicio de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial se confiera a personas que poseen la competencia y la integridad necesarias para asumir las responsabilidades respectivas.

Poder ejecutivo

28.Rwanda tiene un sistema político parlamentario y presidencialista unitario. El Presidente es elegido por el pueblo mediante sufragio directo por un mandato de siete años. En su calidad de Jefe de Estado y de Gobierno, en el ejercicio de sus funciones el Presidente formula y conduce la política pública, adopta reglamentos, promulga las leyes aprobadas por el Parlamento y nombra a los miembros del Gobierno, define sus responsabilidades y pone fin a su mandato. El Consejo de Ministros se compone del Primer Ministro, los ministros, los ministros de Estado y otros miembros según decida, de ser necesario, el Presidente de la República. El Primer Ministro es propuesto, nombrado y revocado por el Presidente. Otros miembros del Consejo de Ministros son nombrados y revocados por el Presidente a propuesta del Primer Ministro. Los miembros del Consejo de Ministros se seleccionan entre los miembros de las formaciones políticas sobre la base de los escaños de esos partidos en la Cámara de Diputados, sin excluir la posibilidad de nombrar a otras personas competentes que no pertenezcan a partidos políticos. No obstante, un partido político que tenga la mayoría de los escaños en la Cámara de Diputados no estará representado por más del 50% de todos los miembros del Consejo de Ministros.

29.El Consejo de Ministros aplicará la política nacional que haya acordado con el Presidente de la República. Rendirá cuentas al Presidente y al Parlamento. El Consejo de Ministros funcionará sobre la base de la responsabilidad colectiva. En sus reuniones examinará todas las decisiones de política general adoptadas por el Estado, los proyectos de ley y los proyectos de decreto-ley; proyectos de órdenes presidenciales, órdenes del Primer Ministro, órdenes ministeriales y órdenes de los ministros de Estado y otros miembros del Consejo de Ministros, así como cualquier otra cuestión de su competencia con arreglo a la Constitución y a otras leyes.

Poder legislativo

30.Se confiere la autoridad legislativa a un Parlamento compuesto de dos cámaras, la Cámara de Diputados, cuyos miembros ostentan el título de diputados, y el Senado, cuyos miembros llevan el título de senadores. El Parlamento delibera, aprueba leyes y controla la acción del Gobierno con arreglo al procedimiento definido por la Constitución. La Cámara de Diputados está compuesta por 80 diputados elegidos por un mandato de cinco años, 53 de los cuales se eligen de conformidad con las disposiciones del artículo 77 de la Constitución; 24 mujeres elegidas por diferentes consejos de conformidad con las disposiciones relativas a las entidades administrativas del Estado; dos diputados elegidos por el Consejo Nacional de la Juventud y un diputado elegido por el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad. La cámara alta es el Senado, compuesto por 26 miembros elegidos o designados por un mandato de ocho años. Los consejos provinciales y sectoriales eligen a 12 senadores, el Presidente de la República nombra a 8 para asegurar la representación de comunidades tradicionalmente marginadas, 4 son nombrados por el Foro de las Formaciones Políticas y 2 son elegidos por los profesores de las universidades. Además, los antiguos Jefes de Estado, mediante solicitud dirigida al Tribunal Supremo, son miembros del Senado a condición de que hayan concluido honorablemente su mandato o hayan renunciado voluntariamente al mismo. Hay siete partidos políticos representados en la Cámara de Diputados: el Frente Patriótico Rwandés (RPF), el Partido Socialdemócrata (PSD), el Partido Liberal (PL) el Partido Democrático Centrista (PDC), el Partido Democrático Ideal (PDI), el Partido Socialista Rwandés (PSR) y el Partido para el Progreso y la Concordia (PPC).

31.Cada miembro del Parlamento representa a toda la nación y no solo a quienes lo eligieron o designaron, ni a la formación política que haya promovido su elección. Todo mandato imperativo es nulo. El derecho de voto de un miembro del Parlamento es ad personam . Ninguna persona puede ser al mismo tiempo miembro de la Cámara de Diputados y del Senado; el cargo de diputado o senador es incompatible con el de miembro del Consejo de Ministros. En Rwanda, solo el Parlamento tiene la facultad de aprobar leyes. En el ejercicio de su mandato, el Parlamento examina y enmienda proyectos de ley relativos al funcionamiento del Estado y al ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, con miras a su aprobación. En su labor legislativa, el Parlamento se compromete a aprobar leyes que garanticen los derechos sociales, económicos, culturales, civiles y políticos reconocidos por la Constitución, así como a incorporar las disposiciones de los instrumentos internacionales de derechos humanos a la legislación nacional. El Parlamento también participa en la redacción de leyes y procedimientos relativos a la estructura del Gobierno, la distribución de competencias entre el Estado y las autoridades locales, el establecimiento de instituciones públicas o empresas nacionales y las restricciones impuestas a las libertades públicas por motivos de defensa nacional. El Parlamento ratifica los instrumentos internacionales de derechos humanos y de esa forma los incorpora a la legislación nacional. El Parlamento tiene derecho a ser informado y a vigilar la administración y la acción del Gobierno. La Cámara de Diputados aprueba en cada ejercicio económico el presupuesto del Estado (leyes de finanzas) y aprueba los objetivos fijados para la acción económica y social del Estado (leyes programáticas) que influye de forma decisiva en los derechos humanos esenciales. Por último, el Parlamento se pronuncia sobre las líneas directrices de la política fiscal, monetaria y bancaria del país valiéndose de los medios jurídicos que le confiere la Constitución (preguntas orales o escritas, audiencias en comisión, comisiones parlamentarias de investigación e interpelación).

32.De conformidad con el artículo 88 de la Constitución, el Senado vota todas las leyes, con excepción de la legislación financiera y el presupuesto que son de la competencia de la Cámara de Diputados. Además, el Senado está facultado para aprobar el nombramiento del Presidente, el Vicepresidente y los jueces del Tribunal Supremo, el Procurador General y el Procurador General Adjunto de la República. El Senado tiene autoridad para aprobar el nombramiento del Presidente y de los miembros de las comisiones nacionales, el Defensor del Pueblo y sus adjuntos, el Auditor General de las Finanzas Públicas y su adjunto, los embajadores y representantes permanentes, los gobernadores de las provincias y los directores de los organismos públicos y los entes autónomos cuasi públicos con personalidad jurídica y otros funcionarios públicos, según determine, en su caso, una ley orgánica. A fin de mejorar la eficacia de la labor preparatoria, las comisiones parlamentarias permanentes llevarán a cabo todas las investigaciones pertinentes sobre cuestiones particulares y recurrirán a los servicios de expertos y partes interesadas en la protección de los derechos humanos.

33.El Parlamento también estará facultado para aceptar o rechazar cualquier declaración de guerra que le someta el poder ejecutivo. El Presidente de la República y el Consejo de Ministros declaran el estado de sitio o de emergencia, que puede extenderse por más de 15 días solo con la aprobación previa del Parlamento. Además de la autonomía financiera que la Constitución concede al Parlamento, también garantiza la independencia del poder legislativo y la inmunidad (art. 69) de los miembros del Parlamento, que no pueden ser procesados o detenidos por los votos u opiniones que expresen en el cumplimiento de sus funciones. A efectos de la repartición del poder, el Presidente de la República y el Presidente de la Cámara de Diputados no pertenecerán a la misma formación política. De conformidad con el artículo 96 de la Constitución, la interpretación auténtica de las leyes incumbe a las dos cámaras reunidas del Parlamento, previo dictamen al respecto del Tribunal Supremo. Cada cámara decide por la mayoría establecida en el artículo 93 de la Constitución. Pueden pedir la interpretación auténtica de las leyes, el Gobierno, un miembro de una u otra de las cámaras del Parlamento o la Orden de los Abogados. Toda persona interesada puede pedir la interpretación auténtica de las leyes por intermedio de los miembros del Parlamento o de la Orden de los Abogados.

Poder judicial

34.El poder judicial es independiente y está separado del poder legislativo y del poder ejecutivo. Goza de autonomía financiera y administrativa. Se imparte justicia en nombre del pueblo y nadie puede hacerse justicia por su propia mano. El poder judicial de Rwanda es responsable de garantizar el respeto de los derechos y libertades amparados por la Constitución. Ejercen el poder judicial el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior con las cuatro salas, Musanze, Nyanza, Rwamagana y Rusizi, un tribunal comercial superior, tres tribunales mercantiles, doce tribunales intermedios que comprenden tres salas especiales; la sala especializada en menores, la sala especializada en asuntos administrativos y la sala especializada en cuestiones laborales; sesenta tribunales de primera instancia; un tribunal militar superior y un tribunal militar. Las disposiciones de la Ley Orgánica núm. 51/2008, de 9 de septiembre de 2008, establece la organización, el funcionamiento y la jurisdicción de los tribunales sobre la base de un ordenamiento jurídico único y el principio del derecho de apelación ante un tribunal superior.

35.El tribunal de primera instancia está compuesto por un solo juez asistido por su secretario (art. 7 de la Ley Orgánica núm. 51/2008 de 9 de septiembre de 2008). Los tribunales de primera instancia juzgan todos los delitos excepto los sancionados con una pena de prisión de más de cinco años, así como los relativos a las infracciones de las reglas de tránsito (art. 66). Sin embargo, los casos de infracción previstos en la Ley Orgánica relativos a la organización, jurisdicción y funcionamiento del Comité de Mediación son objeto de una conciliación previa por dicho Comité, antes de ser trasmitidos a la fiscalía o a los tribunales, de conformidad con el artículo 159 de la Constitución de la República de Rwanda de 4 de junio de 2003 enmendada. Los tribunales de primera instancia juzgan las causas en primera instancia relacionadas con los litigios entre personas físicas y jurídicas por un valor que no exceda de tres millones (3.000.000) de francos rwandeses, con excepción de las acciones civiles relacionadas con los seguros y las que tienen por objeto obtener una reparación del daño causado por una infracción cuya tramitación se atribuye a otra jurisdicción; los litigios relativos a las tierras y al ganado y los relativos a su sucesión; los litigios relativos a los bienes muebles cuyo valor no exceda de tres millones (3.000.000) de francos rwandeses y los relativos a su sucesión; los litigios relativos a bienes inmuebles que no sean tierras, cuyo valor no exceda de tres millones (3.000.000) de francos rwandeses y los relativos a su sucesión; y los litigios relativos al estado civil y la familia (art. 67). Los tribunales de primera instancia entienden sin derecho de apelación (en primera y última instancia) en todas las causas civiles y comerciales cuyo valor no exceda de cincuenta mil (50.000) francos rwandeses (art. 68).

36.Cada tribunal intermedio conoce de causas civiles y penales en primera y última instancia, y se compone de un juez asistido por un secretario del tribunal. Sin embargo, el presidente del tribunal puede a discreción suya establecer un quórum de tres o más jueces asistidos por un secretario del tribunal en función de la complejidad e importancia que tenga el asunto a su parecer (art. 14). Los tribunales intermedios son competentes para juzgar delitos sancionables con una pena de más de cinco años de prisión, excepto los delitos que la Ley Orgánica atribuya a otros tribunales. Pueden asimismo tramitar las infracciones del tránsito. Son también competentes para juzgar a las personas acusadas de haber cometido crímenes de lesa humanidad en Rwanda, entre el 1 de octubre de 1990 y el 31 de diciembre de 1994. Se trata de los delitos considerados en la primera categoría, párrafos 1 y 2, del artículo 51 de la Ley Orgánica núm. 16/2004, de 19 de junio de 2004, por la que se establece la organización, la competencia y el funcionamiento de los tribunales gacaca encargados de procesar y juzgar a los autores de los delitos constitutivos del genocidio y de otros crímenes de lesa humanidad, cometidos entre el 1 de octubre de 1990 y el 31 de diciembre de 1994. Los tribunales intermedios son competentes en segunda instancia para entender en causas de los tribunales de primera instancia en sus respectivas jurisdicciones.

37.En materia civil, los tribunales intermedios tienen competencia para juzgar en primera instancia las causas que no pueden atribuirse a otros tribunales. También entienden en todas las causas en primera instancia relativas a los seguros, independientemente del valor de la suma reclamada (art. 78). Tienen competencia para tramitar las apelaciones interpuestas contra un fallo de los tribunales de primera instancia en su jurisdicción. También tienen competencia para entender en apelación las órdenes adoptadas con carácter urgente por los presidentes de los tribunales de primera instancia o por los jueces autorizados (art. 79). Los menores acusados de una infracción de cualquier naturaleza solo podrán ser juzgados en primera instancia por una sala de justicia de menores del tribunal intermedio. Además de sancionar a los menores, la sala de menores garantiza la adopción de medidas adecuadas para su seguridad, supervisión y educación (art. 75).

38.El Tribunal Superior tramita las causas en primera instancia y en apelación; está compuesto por un juez asistido por un secretario del tribunal. Sin embargo, el Presidente del Tribunal puede establecer, totalmente a discreción suya, un quórum de tres o más jueces asistidos por un secretario del tribunal, en función de la complejidad e importancia que le atribuya al asunto (art. 23). Todos los tribunales, con excepción del Tribunal Supremo, pueden tramitar causas en toda su jurisdicción si sus presidentes lo consideran indispensable para impartir mejor la justicia (art. 62). El Tribunal Supremo, que es el tribunal de justicia más alto del país, está encabezado por un Presidente, asistido de un vicepresidente y otros doce magistrados. Las decisiones del Tribunal Supremo no pueden ser recurridas, con excepción de peticiones para que se ejerza la prerrogativa de gracia o de revisión de la decisión judicial. Se imponen a todas las partes interesadas, a saber, los poderes públicos y las autoridades administrativas, civiles, militares y judiciales, así como a las personas privadas.

3.Sistema de reconocimiento de las organizaciones no gubernamentales

39.El registro y la supervisión de las organizaciones no gubernamentales (ONG) están regulados por la Ley Orgánica núm. 10/2013/OL, de 11 de julio de 2013, por la que se rigen las formaciones políticas y los políticos; la Ley núm. 06/2012, de 17 de febrero de 2012, que determina la organización y el funcionamiento de las organizaciones religiosas; la Ley núm. 04/2012, de 17 de febrero de 2012, que rige la organización y el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales y la Orden Ministerial núm. 001/07.01, de 14 de enero de 2013, que determina los requisitos adicionales para el registro de las organizaciones de carácter religioso. La dependencia encargada del registro de las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de carácter religioso y las formaciones políticas forma parte de la Junta de Gobierno de Rwanda. Presta los siguientes servicios: registro de las organizaciones de carácter religioso, registro de las organizaciones no gubernamentales locales, registro de las formaciones políticas, supervisión del funcionamiento de las organizaciones de carácter religioso y las ONG. El proceso comienza a nivel del distrito con la obtención de una "carta de colaboración" del alcalde del distrito. A nivel nacional, la Junta de Gobierno expide un certificado de registro provisional correspondiente a la primera solicitud, y un certificado de conformidad que confiere la personalidad jurídica y facilita la publicación de la personalidad jurídica en el Boletín Oficial. Por consiguiente, las disposiciones constitucionales y legislativas sobre la libertad de asociación han permitido crear un marco más favorable para la diversificación de sus actividades, con inclusión de los derechos humanos, así como extender su radio de acción a todo el país. Sus iniciativas alientan las actividades de sensibilización y difusión de la información entre el público o determinados grupos de la población, la participación en el proceso de adopción de decisiones y la formulación de recomendaciones para señalar a la atención del Gobierno aspectos concretos de los derechos y las libertades.

40.Las elecciones en Rwanda son administradas por la Comisión Electoral Nacional, organismo independiente y autónomo cuyo mandato es realizar elecciones libres, justas y transparentes. Las principales elecciones periódicas a nivel nacional son las elecciones del Presidente de la República, los diputados y los senadores. Desde la adopción de la nueva Constitución en 2003, se han celebrado 3 elecciones parlamentarias (2003, 2008 y 2013) y 2 elecciones presidenciales (2003 y 2010). También se han celebrado elecciones de dirigentes locales, a nivel de aldea, municipio, sector, distrito y en la Ciudad de Kigali, y dos elecciones senatoriales (2003 y 2011).

41.El Presidente es elegido en votación directa por mayoría simple y su mandato es de siete años. El Presidente nombra al Primer Ministro. La Cámara de Diputados tiene 80 miembros, pero solo 53 de ellos (los dos tercios) son elegidos mediante el sistema de representación proporcional de lista cerrada. Los candidatos pueden presentarse a las elecciones en el marco de los partidos políticos, o a título independiente. Cada lista o candidato tiene que tener por lo menos el 5% de los votos. Además, se reserva un total de 24 escaños a las mujeres, elegidas por sufragio indirecto, como sigue: 4 de la Provincia Septentrional, 6 de la Provincia Meridional, 6 de la Provincia Oriental; 6 de la Provincia Occidental; y 2 de la Ciudad de Kigali. El Consejo Nacional de la Juventud elige a 2 diputados y el comité ejecutivo del Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad, 1 diputado.

42.No se elige por elección directa ninguno de los 26 escaños del Senado. Un colegio electoral formado por miembros de los consejos de los distritos y la oficina de los consejos de los sectores elige a 12 miembros del Senado. Las elecciones se celebran en una sola vuelta. El Presidente nombra ocho miembros, el Foro Consultivo Nacional de Organizaciones Políticas nombra cuatro y un senador es elegido entre los profesores o investigadores de universidades e instituciones públicas de enseñanza superior que tengan al menos la categoría de profesor asociado. Por último, otro senador es elegido entre los profesores o investigadores de universidades e instituciones privadas de enseñanza superior que tengan al menos la categoría de profesor asociado.

43.La elección de los dirigentes de la administración local se realiza a escala de aldea, municipio, sector, distrito y de la Ciudad de Kigali. El mandato de las autoridades administrativas locales elegidas es de cinco años. Las elecciones de dirigentes administrativos locales a escala de distrito y de la Ciudad de Kigali se realizan por sufragio directo o indirecto y por votación secreta. En las elecciones administrativas locales a escala de aldea, municipio y sector, se declara vencedor al candidato que obtenga la mayoría de los votos por sufragio directo. Un candidato que obtenga la mayoría absoluta de los votos será declarado vencedor. Si un candidato no tiene la mayoría absoluta de los votos se repite la elección hasta que la obtenga.

44.Ningún factor, como el analfabetismo, el idioma, la pobreza o los obstáculos a la libre circulación, se interpone al ejercicio por los ciudadanos de su derecho de voto, porque las votaciones se organizan en los tres idiomas oficiales (kinyarwanda, inglés y francés). Los colegios electorales se sitúan lo más cerca posible de la población y se utilizan las huellas digitales. La Comisión Electoral Nacional acreditó a 1.236 observadores para que supervisaran las elecciones parlamentarias de 2013, de los cuales 176 venían del extranjero. Los observadores internacionales acreditados para supervisar las elecciones de Rwanda procedían, en particular de la Unión Europea, la Unión Africana, la Comunidad Económica de los Países de los Grandes Lagos y la Comunidad de África Oriental. Los equipos de observadores internacionales presentan mejor el carácter positivo de las elecciones celebradas en el país. Las misiones de observadores de la Unión Europea y de la Commonwealth, así como la plataforma de la sociedad civil rwandesa, observaron que las elecciones se habían celebrado en un entorno positivo. Fue muy alta la participación de votantes (97,5%), que se condujeron con calma y de forma ordenada.

45.Toda reclamación relacionada con las elecciones presidenciales y legislativas se puede presentar ante el Tribunal Supremo dentro de las 48 horas laborables siguientes al anuncio de los resultados provisionales por la Presidencia de la Comisión Electoral Nacional. El Tribunal Supremo adopta una decisión en el plazo de cinco días siguientes a la fecha de presentación de la reclamación. La decisión, que indica los motivos en que se basa, se comunica a las partes o a sus representantes. Si los defectos denunciados alteraron de forma determinante el resultado de las elecciones, el Tribunal Supremo anula las elecciones y convoca nuevas elecciones en un plazo de noventa días contados a partir de la fecha de la elección anulada. Si el Tribunal Supremo decide que los defectos señalados no justifican la anulación de las elecciones, procede a rectificar los resultados en un plazo máximo de cinco días siguientes al anuncio de su decisión. El rechazo de la reclamación equivale a la confirmación de los resultados provisionales anunciados por la Comisión Electoral Nacional. En los niveles administrativos locales, las reclamaciones electorales se presentan a las instancias superiores siguiendo el orden jerárquico. Si el autor de la reclamación no está satisfecho con la decisión del órgano ante el que presentó la petición, puede apelar ante la instancia inmediatamente superior de la Comisión Electoral Nacional, de la provincia o la Ciudad de Kigali y, de ser necesario, ante una instancia nacional. La decisión definitiva a nivel nacional puede ser apelada en el tribunal competente. El tribunal competente que reciba la petición relativa a la organización de las elecciones está obligado a iniciar el procedimiento con todos los argumentos legales y a pronunciar el veredicto final antes del día de las elecciones. En caso de impugnación de los resultados electorales, el tribunal deberá celebrar audiencia y pronunciarse antes de la proclamación de los resultados electorales finales.

III.Marco general de protección y promoción de los derechos humanos a nivel nacional

A.Aceptación de las normas internacionales de derechos humanos

46.Rwanda es parte en ocho de los principales instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos. De conformidad con su Constitución, Rwanda reconoce la primacía de los principios universales del derecho internacional y vela por que su legislación se ajuste a ellos. Por consiguiente, para adherir a las normas establecidas en estos documentos universales de derechos humanos ha contraído compromisos internacionales vinculantes. El artículo 190 de la Constitución de la República de Rwanda prevé que, una vez publicados en el Boletín Oficial, los tratados y acuerdos internacionales ratificados con arreglo a la ley tendrán precedencia sobre la legislación orgánica y ordinaria, a reserva de su aplicación por la otra parte. Los instrumentos legislativos en proceso de adopción son objeto de un examen obligatorio por parte del Ministerio de Justicia para determinar si están en conformidad con la Constitución y los tratados internacionales en que es parte. Rwanda ha retirado todas sus reservas a los tratados internacionales de derechos humanos.

47.Los cuadros siguientes se refieren a la aplicación de los principales instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos.

Principales instrumentos internacionales de derechos humanos

Tratados de las Naciones Unidas relativos a los derechos humanos

Fecha de la firma de Rwanda

Fecha de ratificación/adhesión

Declaración, reserva

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

16 de abril de 1975

No

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

16 de abril de 1975

No

Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

16 de abril de 1975

No

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

1de mayo de 1980

2 de marzo de 1981

No

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

10 de diciembre de 1984

1 de octubre de 2008

No

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares

18 de diciembre de 1990

14 de junio de 2010

No

Convención sobre los Derechos del Niño

26 de enero de 1991

24 de enero de 1991

No

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

13 de diciembre de 2006

15 de diciembre de 2008

No

Otros instrumentos internacionales de derechos humanos

Tratados de las Naciones Unidas relativos a los derechos humanos

Fecha de la firma de Rwanda

Fecha de ratificación/adhesión

Declaración, reserva

Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte

15 de diciembre de 2008

No

Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

15 de diciembre de 2008

No

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Internacional

14 de diciembre de 2000

26 de septiembre de 2003

No

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía

23 de abril de 2002

No

Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados

23 de abril de 2002

No

Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Internacional

14 de diciembre de 2000

No

Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena

26 de septiembre de 2003

No

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio

16 de abril de 1975

No

Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza

16 de abril de 1975

No

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados

3 de enero de 1980

No

Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados

3 de enero de 1980

No

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura

Febrero de 2014

No

Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Febrero de 2014

No

Convenios de la Organización Internacional del Trabajo

Convenio de la OIT

Fecha de la firma de Rwanda

Fecha de ratificación/adhesión

Declaración, Reserva

Convenio de la OIT sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación

23 de mayo de 2000

No

Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación

8 de noviembre de 1988

No

Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva

8 de noviembre de 1988

No

Convenio relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio

23 de mayo de 2001

No

Convenio sobre Igualdad de Remuneración

2 de diciembre de 1980

No

Ratificación de tratados africanos regionales relativos a los derechos humanos

Tratados africanos regionales de derechos humanos

Fecha de la firma de Rwanda

Fecha de ratificación/adhesión

Declaración, reserva

Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

9 de junio de 1998

5 de mayo de 2003

No

Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de la Mujer en África

19 de diciembre de 2003

No

Convención que Regula los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África

10de septiembre de 1969

19 de noviembre de 1979

No

Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo al Establecimiento de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

11 de noviembre de 1981

15 de julio de 1983

No

Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño

2 de octubre de 1991

11 de mayo de 2001

No

Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza

29 de junio de 2007

9 de julio de 2010

No

B.Marco jurídico de la protección de los derechos humanos a nivel nacional

48.La legislación interna de Rwanda, por medio de las distintas disposiciones de la Constitución y las leyes ordinarias, garantiza los derechos humanos y las libertades fundamentales.

1.Disposiciones constitucionales relativas a los derechos humanos

49.La Constitución reconoce los derechos humanos y los considera un principio esencial. En el preámbulo proclama su adhesión a los principios humanos consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, de 26 de junio de 1945, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 9 de diciembre de 1948, la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, de 21 de diciembre de 1965, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de 19 de diciembre de 1966, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 19 de diciembre de 1966, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1 de mayo de 1980, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de 27 de junio de 1981 y la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989.

50.La Constitución de la República de Rwanda, en su título II ("Derechos humanos esenciales y derechos y deberes del ciudadano"), artículos 10 a 44, garantiza muy diversos derechos y sienta los principios fundamentales para el traslado a la legislación interna de los otros derechos recogidos en los principales instrumentos internacionales de derechos humanos. Entre los derechos garantizados por la Constitución figuran:

La inviolabilidad de la persona humana (art. 10);

La igualdad ante la ley (art. 16) y el goce sin discriminación de los derechos y las libertades reconocidos (art. 11);

El derecho a la vida (art. 12);

El derecho a la protección de las personas vulnerables que sobrevivieron el genocidio (art. 14) y la imprescriptibilidad del crimen de genocidio y de los crímenes de guerra (art. 13);

El derecho a la integridad física y mental (art. 15);

La legalidad de las penas y el derecho a ser juzgado por un juez designado por la ley (arts. 17, 18, 19, 20 y 21);

La inviolabilidad del domicilio (art. 22);

El derecho a desplazarse, circular e instalarse en cualquier parte del territorio nacional y a salir del país y regresar (arts. 23 y 24);

El respeto del interés superior del niño (arts. 27 y 28);

El respeto de los derechos de propiedad (arts. 29, 30, 31 y 32);

La libertad de pensamiento, conciencia y religión (art. 33);

El derecho a una vida conforme a la dignidad humana, que abarque el derecho a trabajar y la seguridad social (arts. 37 y 38);

La libertad de prensa y de expresión (art. 34);

La libertad de asociación (art. 35);

El derecho a reunirse "pacíficamente y sin armas" (art. 36);

La libertad de enseñanza (art. 40);

El derecho a un entorno saludable y al desarrollo cultural y social (art. 43);

La protección de los extranjeros igual a la protección de los nacionales (art. 42);

Igualdad entre hombres y mujeres, en particular la igualdad de acceso a los cargos electivos y públicos (art. 9).

2.Incorporación de los tratados de derechos humanos al ordenamiento jurídico nacional

51.El efecto jurídico de las disposiciones de un tratado internacional depende del lugar que se les reconozca en la jerarquía del ordenamiento jurídico interno en caso de conflicto con las normas internacionales. Aunque, de manera general, la Constitución establece los principios esenciales y las garantías necesarias para la inclusión de los derechos humanos en el marco jurídico general de Rwanda, otras leyes y reglamentos relativos a esferas específicas que emanan del poder ejecutivo o del Parlamento los definen mejor y facilitan su aplicación.

52.En el artículo 189 de la Constitución se establecen los procedimientos, las modalidades prácticas y las instituciones competentes para la incorporación al derecho interno de los tratados internacionales en los que es parte la República de Rwanda. Es competencia del Presidente de la República negociar los tratados y acuerdos internacionales y ratificarlos. Se informa al Parlamento de esos tratados después de su conclusión. Sin embargo, los tratados de paz, los tratados o acuerdos de comercio o relativos a las organizaciones internacionales, los que tienen repercusiones en las finanzas del Estado, modifican las disposiciones legislativas adoptadas por el Parlamento o se refieren a la condición de las personas, solo pueden ser ratificados previa autorización del Parlamento.

53.El Gobierno de Rwanda ha adoptado un enfoque monista en su sistema jurídico. En consecuencia, cuando se ratifica una convención o un tratado, este se aplica directamente, sin ningún proceso de incorporación en la legislación nacional. Una vez ratificados, todos los tratados y las convenciones se integran automáticamente en el ordenamiento jurídico nacional, de acuerdo con el artículo 190 de la Constitución en el que se establece que: "Una vez publicados en el Boletín Oficial, los tratados y acuerdos internacionales ratificados con arreglo a la ley tendrán precedencia sobre la legislación orgánica y ordinaria, a reserva para cada acuerdo o tratado de su aplicación por la otra parte".

54.Rwanda ha adoptado leyes que prohíben la discriminación basada, entre otros motivos, en el origen étnico o tribal, el clan, el color, el sexo, la región, el origen social, la religión o la fe, las opiniones, la condición económica, la cultura, el idioma, la condición social, física o la discapacidad mental y el estado familiar o civil, y protegen contra la discriminación ejercida por personas, así como por entidades públicas. Se han aprobado leyes para proteger a ciertas categorías de personas frente a actos de discriminación. El texto fundamental al respecto es naturalmente el artículo 16 de la Constitución, que establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley. Todos, sin distinción alguna, tienen derecho a una igual protección de la ley. Refuerza esta disposición el código de ética de los jueces, que los obliga a servir la causa de la justicia con fidelidad, integridad, objetividad e imparcialidad, sin discriminación alguna, en particular por motivos de raza, color, origen, grupo étnico, clan, sexo, opinión, religión o situación social.

55.Se han promulgado las siguientes leyes principales:

Ley Orgánica núm. 29/2004, de 3 de diciembre de 2004, sobre la nacionalidad rwandesa, revisada por la Ley Orgánica núm. 30/2008, de 25 de julio de 2008, relativa a la nacionalidad rwandesa;

Ley núm. 51/2007, de 20 de septiembre de 2007, que determina las responsabilidades, la organización y funcionamiento de la Oficina de Supervisión de las Cuestiones de Género;

Ley Orgánica núm. 12/2008, de 9 de mayo de 2008, relativa a los procedimientos de elección de los representantes de Rwanda en la Asamblea Legislativa de África Oriental;

Ley Orgánica núm. 30/2008, de 27 de julio de 2008, relativa a la nacionalidad rwandesa;

Ley núm. 59/2008, de 10 de septiembre de 2008, relativa a la prevención y el castigo de la violencia de género, y sus reglamentos ulteriores, a saber, la Orden Ministerial núm. 001/03, de 11 de enero de 2012, que establece las modalidades de la prevención y la respuesta de las instituciones gubernamentales a la violencia de género;

Ley núm. 13/2009, de 25 de mayo de 2009, por la que se regula el trabajo (2009);

Ley núm. 27/2010, de 19 de junio de 2010, relativa a las elecciones;

Ley núm. 02/2011, de 10 de febrero de 2011, que determina las responsabilidades, la organización y el funcionamiento del Consejo Nacional de Mujeres;

Ley núm. 54/2011, de 14 de diciembre de 2011, relativa a los derechos y la protección del niño;

Ley Orgánica núm. 02/2011/OL, de 27 de julio de 2011, que regula la organización de la educación;

Ley núm. 04/2012, de 17 de febrero de 2012, que regula la organización y el funcionamiento de las ONG nacionales;

Ley Orgánica núm. 01/2012/OL, de 2 de mayo de 2012, por la que se establece el nuevo Código Penal;

Ley núm. 43/2013, de 16 de junio de 2013, que regula las cuestiones de la tierra;

Ley Orgánica núm. 10/2013/01, de 11 de julio de 2013, por la que se rigen las formaciones políticas y los políticos;

Ley núm. 02/2013, de 8 de febrero de 2013, que regula los medios de información;

Ley núm. 03/2013, de 8 de febrero de 2013, que determina las responsabilidades, la organización y el funcionamiento del Consejo Superior de los Medios de Comunicación.

56.Como se detalla en los párrafos siguientes, los tres poderes del Estado, el ejecutivo, el legislativo y el judicial, supervisan conjuntamente las cuestiones relativas a los derechos humanos. El Presidente de la República es responsable de negociar y ratificar los tratados y acuerdos internacionales. Tras su conclusión son notificados al Parlamento. Sin embargo, el Parlamento ratifica los tratados de paz, los tratados de comercio, los tratados o acuerdos relativos a las organizaciones internacionales, los que tienen repercusiones en las finanzas del Estado, modifican las disposiciones de leyes ya adoptadas o se refieren a la condición de las personas. El poder judicial es responsable de velar por el respeto de los derechos y las libertades consagrados en la Constitución. Ejercen el poder judicial, el Tribunal Supremo, el Tribunal Superior, los tribunales intermedios y de primera instancia y los tribunales militares. El poder judicial ha establecido una sala especial del Tribunal Superior competente en los crímenes de lesa humanidad, que garantiza la indemnización de las víctimas de violaciones de los derechos humanos por los daños sufridos. Rwanda alienta la difusión de la Declaración Universal de Derechos Humanos para que todos los rwandeses comprendan estos derechos, y prevé además su protección y promoción. La Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Oficina del Defensor del Pueblo se ocupan en su labor cotidiana de las cuestiones relativas a los derechos humanos, especialmente con respecto a la reparación, indemnización y rehabilitación de las víctimas.

57.Las disposiciones contenidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos pueden invocarse ante las entidades judiciales y administrativas nacionales con arreglo a la Constitución. El artículo 190 de la Constitución prevé que, una vez publicados en el Boletín Oficial, los tratados y acuerdos internacionales ratificados con arreglo a la ley tendrán precedencia sobre la legislación orgánica y ordinaria, a reserva de que los aplique la otra parte. Todas las leyes por las que se rigen la organización y el funcionamiento de las autoridades judiciales tienen en cuenta este imperativo constitucional. En consecuencia, los magistrados deben recurrir lo más posible a dichos instrumentos internacionales para resolver las controversias. En su calidad de miembro de la Comunidad de África Oriental, Rwanda tiene representantes en la Asamblea Legislativa de África Oriental y acepta la jurisdicción del Tribunal de Justicia de África Oriental, que es el órgano judicial de la Comunidad. Como miembro de la Unión Africana y de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Rwanda acepta la jurisdicción del Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos, que es un tribunal continental establecido por los países africanos para garantizar la protección de los derechos humanos y de los pueblos en África. Rwanda también ha aceptado el mecanismo de presentación de quejas individuales de la Comisión Africana.

C.Marco de la promoción de los derechos humanos a nivel nacional

58.Los tres poderes del Estado desempeñan un papel fundamental en la promoción y la protección de los derechos humanos. En Rwanda hay una red activa de instituciones públicas especializadas, que ha establecido una colaboración constructiva entre el Estado y la sociedad civil para proteger y promover varias categorías de derechos humanos.

1.Las dos cámaras del Parlamento

59.El Parlamento de Rwanda tiene comisiones de derechos humanos (tanto la Cámara de Diputados como del Senado) que realizan investigaciones relacionadas con el respeto de los derechos humanos. El Parlamento ha establecido mecanismos para alentar aún más la promoción de los derechos humanos en todos los niveles de Gobierno. A ese efecto, dispone de diferentes posibilidades que utiliza de manera diferenciada.

60.Adopción de medidas legislativas en el marco de su competencia. La finalidad de legislar para proteger los derechos humanos consiste en ofrecer a los rwandeses la mejor protección posible de sus derechos, mediante la modificación de las leyes vigentes o la aprobación de leyes nuevas. Aprueba numerosas leyes, por ejemplo, en la esfera de los derechos de la mujer, el niño y las personas con discapacidad, así como en muchas otras esferas, a las que son aplicables los principios de las convenciones relativas a los derechos humanos.

61.Supervisión de las actividades del Gobierno. Los parlamentarios formulan numerosas preguntas, oralmente o por escrito, y organizan audiciones ante las comisiones, siguen de cerca la acción del Gobierno relativa a los derechos humanos. Los ministros comparecen periódicamente ante el Parlamento para informar, por ejemplo, sobre los planes de acción en favor de los derechos de las personas vulnerables y otros planes intersectoriales, sobre los informes periódicos del Estado parte y sobre los informes del Defensor del Pueblo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de la Función Pública, la Comisión Nacional para la Unidad y la Reconciliación y la Comisión Nacional de Lucha contra el Genocidio.

62.Control de la utilización de los recursos. A través de sus distintos foros (Foro de Mujeres Parlamentarias, Foro AMANI, Red Parlamentaria para la Población y el Desarrollo y la Red Parlamentaria Africana de Lucha contra la Corrupción) se alienta a los parlamentarios a formular preguntas sobre los recursos asignados a las políticas que afectan al ejercicio de los derechos humanos. Es indudablemente necesario reforzar este aspecto de la labor parlamentaria, aunque el presupuesto para la promoción de las actividades relativas a los derechos humanos ya está claramente definido.

63.Sensibilización del público. La finalidad es organizar manifestaciones y debates públicos. En la esfera de los derechos humanos, en determinados niveles de Gobierno se organizan, por ejemplo, "jornadas de puertas abiertas" y "visitas sobre el terreno", en que los parlamentarios dialogan con el público para tener en cuenta sus recomendaciones en la labor parlamentaria. Cada una de las cámaras tiene sus propios proyectos de sensibilización pública. También los parlamentarios crean grupos de trabajo dedicados a determinadas categorías de derechos y ocasionalmente organizan encuentros interparlamentarios con la sociedad civil.

2.Instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos

a)Comisión Nacional de Derechos Humanos

64.Rwanda hace suyo el principio bien establecido del derecho internacional de que las instituciones nacionales de derechos humanos cumplen un papel esencial en la promoción y la protección de los derechos humanos a nivel nacional. Para poner en práctica este principio, Rwanda estableció la Comisión Nacional de Derechos Humanos que es organismo independiente encargado especialmente de promover los derechos humanos.

65.El cometido especial de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en la esfera de la promoción de los derechos humanos consiste en: educar y sensibilizar a la población sobre las cuestiones relativas a los derechos humanos y participar en la elaboración de los programas de enseñanza de los derechos humanos; colaborar con otros órganos en la formulación de estrategias para prevenir las violaciones de los derechos humanos; preparar y difundir informes sobre la situación de los derechos humanos en Rwanda, con carácter anual y siempre que sea necesario, para emitir opiniones en respuesta a peticiones o por iniciativa propia, sobre leyes, reglamentos de órganos públicos, en vigor en el país, y proyectos de ley a efectos de garantizar su conformidad con los principios fundamentales de los derechos humanos; exhortar a las instituciones gubernamentales competentes a que ratifiquen los tratados internacionales relacionados con los derechos humanos y los integren en la legislación nacional; exhortar a las instituciones gubernamentales competentes a que presenten oportunamente los informes relacionados con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Rwanda y proponer a las autoridades gubernamentales pertinentes la adopción de medidas que atiendan y sancionen con arreglo a la ley cualquier violación de los derechos humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos presenta todos los años su programa y sus informes de actividad a ambas cámaras del Parlamento reunidas y distribuye ejemplares de estos documentos a otros organismos estatales, con arreglo a la Ley que regula la organización y el funcionamiento de la Comisión. La Comisión aplica los Principios de París y pertenece a la categoría "A".

b)Oficina del Defensor del Pueblo

66.La Oficina del Defensor del Pueblo, establecida en 2003, es una institución pública independiente que actúa como enlace entre los ciudadanos y las instituciones públicas y privadas, además de prevenir y combatir las injusticias, la corrupción y otros delitos conexos. Entre sus cometidos figuran: servir de enlace entre los ciudadanos y las instituciones públicas y privadas; prevenir y combatir las injusticias, la corrupción y otros delitos conexos en las administración pública y privada; recibir y examinar, en el contexto mencionado, denuncias de personas y asociaciones independientes relativas a actos cometidos por funcionarios públicos, órganos del Estado e instituciones privadas, y movilizar a esos funcionarios e instituciones públicas a fin satisfacer esas denuncias si determina que están bien fundadas; sensibilizar a la población sobre la colaboración con las instituciones públicas y privadas para contribuir al desarrollo nacional, sin temor de denunciar malas prácticas basadas en la injusticia, la corrupción y delitos conexos y, por último, contribuir al fortalecimiento de la buena gobernanza de todas las instituciones señalando a su atención sus flaquezas en el funcionamiento y sus relaciones recíprocas en la medida en que considere que no se atienen a la ley, a sus atribuciones respectivas, o a la política general del Estado o que tienen una influencia negativa en la población. Compete a la Oficina del Defensor del Pueblo promover el enjuiciamiento de los autores de todos los delitos relacionados con su mandato. También tiene facultades para pedir al Tribunal Supremo que examine nuevamente y revise fallos emitidos en última instancia por tribunales ordinarios, tribunales comerciales y militares, en caso de que la injusticia persista.

c)Fiscalía Nacional

67.La Fiscalía Nacional también desempeña un papel fundamental en la protección y la promoción de los derechos humanos, especialmente a través de sus programas de búsqueda de prófugos, protección de los testigos y las víctimas, lucha contra la violencia de género y lucha contra la corrupción y las drogas.

d)Otras instituciones importantes para la protección de los derechos humanos

i.Policía Nacional de Rwanda

68.La Policía Nacional de Rwanda ejerce su autoridad en todo el territorio nacional y presta un servicio de alta calidad, con responsabilidad y transparencia, en la salvaguardia del estado de derecho y el esfuerzo por crear un entorno seguro para todos. Sirve a la población sobre la base de los siguientes objetivos: la salvaguardia de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución y otras leyes; la protección de la seguridad de las personas y la propiedad; la colaboración armoniosa con la comunidad; la información de la población sobre el cumplimiento de su misión y su rendición de cuentas a la comunidad. La Policía Nacional realiza regularmente investigaciones para determinar la situación de las causas de la violencia de género. Las estadísticas recientes de la policía indican que se han investigados unos 12.992 casos de violencia de género entre 2006 y 2011. Todos esos casos han sido atendidos y tramitados por diferentes órganos competentes. En la Policía Nacional se ha establecido una dependencia específica para atender estos casos y proteger los derechos de las víctimas. La dependencia tiene en todas las comisarías del país coordinadores que colaboran estrechamente con los hospitales y los centros de salud para facilitar el acceso a la atención médica.

ii.Comisión Electoral Nacional

69.La Comisión Electoral Nacional es un organismo independiente que tiene a su cargo la organización de las elecciones locales, legislativas y presidenciales, los referéndums y otras elecciones establecidas por ley.

iii.Junta de Gobierno de Rwanda

70.La misión de la Junta de Gobierno de Rwanda es promover los principios de la buena gobernanza y la descentralización; supervisar las prácticas de buena gobernanza en las instituciones políticas, públicas y privadas; coordinar y apoyar el desarrollo del sector de los medios de información; registrar, habilitar y supervisar las organizaciones de la sociedad civil; promover la participación cívica; realizar investigaciones y estudios relativos a la gobernanza y difundir los resultados; documentar las soluciones nacionales y sensibilizar a los poderes públicos con miras a la prestación eficaz de servicios, el desarrollo sostenible y la prosperidad.

iv.Comisión Nacional de Lucha contra el Genocidio

71.La Comisión Nacional de Lucha contra el Genocidio es independiente y se encarga especialmente de las cuestiones relativas a la conmemoración y la prevención del genocidio, así como la defensa de la causa de los supervivientes del genocidio perpetrado contra los tutsis, tanto dentro como fuera del país.

v.Comisión Nacional para la Unidad y la Reconciliación

72.La Comisión Nacional para la Unidad y la Reconciliación, establecida en 1999, es independiente y se encarga especialmente de la promoción de la unidad y la reconciliación de los rwandeses recurriendo a todos los medios disponibles para fomentar la reconciliación y la unidad, como la educación cívica y la asistencia a las asociaciones comunitarias.

vi.Comisión de la Función Pública

73.La Comisión de la Función Pública es independiente y vela por el respeto y el cumplimiento por todas las instituciones gubernamentales de las políticas, principios y leyes que regulan la contratación en la función pública y la administración.

vii.Oficina de Supervisión de las Cuestiones de Género

74.La Oficina de Supervisión de las Cuestiones de Género se ocupa de las funciones concretas de supervisar el respeto de los principios fundamentales relativos al género en todos los órganos estatales, privados, no gubernamentales y de carácter religioso; examina y supervisa los programas y políticas nacionales que preconizan el fomento de la igualdad de género; supervisa la política, los programas así como distintos proyectos encaminados a promover la igualdad de género, su aplicación y su modalidad de financiación; asegura la aplicación de los programas y acuerdos internacionales relativos al respeto y los principios relativos al género; lucha contra las injusticias y la violencia de género y fomenta el respeto de la igualdad de género en todos los niveles.

viii.Consejo Nacional de la Mujer

75.Las funciones del Consejo Nacional de la Mujer consisten en reunir las opiniones de todas las niñas y mujeres rwandesas sin discriminación alguna; capacitar a las mujeres para que analicen y resuelvan conjuntamente sus propios problemas y alentarlas a participar efectivamente en el desarrollo del país.

ix.Comisión Nacional para la Infancia y Observatorio de los Derechos del Niño

76.La Comisión Nacional para la Infancia, creada recientemente, es un órgano independiente del Ministerio de Género y Promoción de la Familia que se encarga de promover y proteger los derechos de los niños en Rwanda. El Observatorio de los Derechos del Niño depende de la Comisión Nacional para la Infancia y su función es vigilar y proteger los derechos del niño en Rwanda. También vela por la participación de los niños en todos los niveles de la formulación de las leyes y las políticas que los afectan.

x.Oficina del Auditor General de las Finanzas Públicas

77.La Oficina del Auditor General es una institución pública independiente encargada de la auditoría de las finanzas públicas y la propiedad.

xi.Consejo Nacional de la Juventud

78.El Consejo Nacional de la Juventud es un foro de intercambio de ideas para contribuir al desarrollo de los jóvenes y del país. Entre los objetivos del Consejo figuran los siguientes: reunir a los jóvenes, impartirles educación cívica, así como una formación sobre la cultura rwandesa, los deportes y los esparcimientos; dinamizar a los jóvenes para que participen en actividades productivas encaminadas a su superación personal y al desarrollo del país; apoyar las asociaciones de jóvenes y buscar asistencia para ellas y preconizar la participación de los jóvenes en los órganos encargados de formular las decisiones que los afectan así como permitirles participar en el proceso de adopción de decisiones para que se tengan en cuenta sus problemas.

xii.Servicio Penitenciario de Rwanda

79.El Servicio Penitenciario de Rwanda asume, entre otras responsabilidades, la misión de velar por el respeto de los derechos de los detenidos y prisioneros en el marco de la ley; respetar la vida, la integridad física y moral y el bienestar de los detenidos y prisioneros, así como desarrollar sus competencias y organizar actividades deportivas y de esparcimiento.

xiii.Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad

80.El Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad fue establecido en 2011 con objeto de promover, proteger y garantizar, en igualdad de condiciones, el goce pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad.

D.Papel de las organizaciones no gubernamentales

81.Las organizaciones de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de carácter religioso, también cumplen una importante función educativa. Rwanda cuenta con una sólida y activa comunidad de ONG que asume un doble papel en la educación sobre los derechos humanos. Estas organizaciones proporcionan al Gobierno información esencial sobre cuestiones de derechos humanos que afectan a la población mediante reuniones específicas del Gobierno con ONG, así como en un nivel más general. Al mismo tiempo, contribuyen a informar al público sobre los programas y la protección a su disposición en materia de derechos humanos. Esas actividades de sensibilización están principalmente destinadas a las comunidades locales, los estudiantes, los educadores, los funcionarios públicos, los dirigentes locales, los soldados desmovilizados y, en particular, a los refugiados, los antiguos rebeldes que desertan de las Forces Démocratiques de Liberation du Rwanda (FDLR) y son repatriados a Rwanda. Las instituciones de investigación privadas también desempeñan una función esencial en la lucha contra la discriminación en la sociedad rwandesa, sobre todo el Institut Rwandais pour le Dialogue, la Paix et la Démocratie (IRDP) y el Centro de Gestión de Conflictos de la Universidad Nacional de Rwanda.

82.La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha creado un foro consultivo para las ONG a fin de fortalecer la capacidad de organizar una colaboración sostenida con los actores de la sociedad civil. El Foro, que se reúne dos veces por año, ha logrado estimular la cooperación entre la Comisión y los actores de la sociedad civil, que pueden ser invitados a participar en actividades de sensibilización y de difusión, así como de formación en materia de lucha contra toda forma de discriminación racial y otras formas de violación de los derechos humanos. La sociedad civil rwandesa ha creado una coalición contra la violencia de género, coordinada por la organización marco "Pro-Femmes Twese Hamwe ", que incluye un centro especial integrado por hombres, denominado Centro Rwandés de Recursos del Hombre (RWAMREC) para combatir la violencia de género. Este Centro procura concienciar a la comunidad mediante la participación de los hombres en la lucha contra la violencia de género, en especial, la violencia contra las mujeres. Muchas otras ONG cumplen una importante función en la educación en materia de derechos humanos, como la Ligue Rwandaise pour la Promotion et la Défense des Droits de l'Homme (LIPRODHOR), el Comité de Ligas y Asociaciones de Derechos Humanos (CLADHO), que reúne a cinco organizaciones de derechos humanos miembros, la Association for the Defense of Women and Children's Rights (HAGURUKA), la Youth Association for Human Rights Promotion and Development (AJEPRODHO), RCN Justice et Démocratie, la International Justice Mission (IJM)yADRA/Rwanda.

E.Proceso de presentación de informes a nivel nacional

83.Rwanda procura cumplir plenamente sus obligaciones contraídas con los órganos de tratados, en particular la presentación de informes periódicos sobre la aplicación de los principales instrumentos internacionales de derechos humanos. El Ministerio de Justicia es el organismo encargado de la preparación de los informes y de su transmisión a las Naciones Unidas. También coordina el cumplimiento de las obligaciones mencionadas y organiza el proceso de preparación de esos informes.

84.En la primera etapa del proceso se determinan las cuestiones que se van a tratar en el informe y los órganos del Gobierno, ministerios u organismos que se harán cargo de cada cuestión. Seguidamente los órganos directivos preparan un primer proyecto. Para esa labor recaban toda la información que consideran oportuna. Los demás órganos del Gobierno, los ministerios u organismos pueden transmitir todos los elementos adicionales que consideren útiles. Posteriormente se compilan los diferentes proyectos de informe, que se examinan en reuniones celebradas por un órgano de coordinación, el Grupo de Trabajo sobre la presentación de informes, que depende del Ministerio de Justicia. En esa etapa, los órganos del Gobierno, ministerios u organismos competentes tienen la oportunidad de trasmitir sus observaciones y propuestas al organismo encargado de preparar el proyecto.

85.Si es necesario, se revisan las contribuciones y el proyecto final es objeto de un proceso de coordinación adicional para su aprobación definitiva. Se consulta a la sociedad civil como suele hacerse en la preparación de los informes sobre derechos humanos. Las organizaciones coordinadoras son las organizaciones prioritarias de la sociedad civil, pero no las únicas. Si se han contraído compromisos, el informe final puede requerir la aprobación del Consejo de Ministros. En el proceso de coordinación participan los ministerios y otros organismos gubernamentales competentes, lo que asegura el respaldo político del informe de que se trate. Los principios y procedimientos mencionados se aplicaron para la elaboración del presente documento básico.

86.En 2007, Rwanda presentó a los órganos de tratados internacionales pertinentes el informe periódico sobre la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En 2011, tuvo lugar el examen periódico universal de Rwanda en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En 2012, Rwanda presentó los informes periódicos segundo a cuarto combinados sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/RWA/2-4) para su examen por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En mayo de 2014, Rwanda presentó sus informes combinados 18º a 20º acerca del estado actual de aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, así como su cuarto informe periódico sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y los informes segundo y tercero relativos a la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.

IV.Información sobre la no discriminación, la igualdad y los recursos eficaces

87.Es importante señalar que el genocidio contra los tutsis, que tuvo lugar en Rwanda en 1994, tuvo consecuencias negativas en la trama social y la infraestructura de la sociedad. En este contexto, el Gobierno de Rwanda ha iniciado un programa de reconstrucción que pone de relieve los principios del estado de derecho, el respeto de los derechos humanos y el logro de la unidad nacional y la reconciliación. Los rwandeses consideran que la reconciliación ha sido adoptada por los ciudadanos como un valor y una práctica nacionales. Rwanda ha formulado también una serie de políticas y programas orientados a la promoción y la protección de los derechos humanos consagrados en diversos documentos de política sectorial. Aparte de la política general de derechos humanos, que sigue siendo una de las prioridades fundamentales, se han adoptado casi todas las políticas esenciales relacionadas con los derechos humanos en los distintos sectores (educación, salud, protección social, derechos de la mujer, derechos del niño, derechos de las personas con discapacidad, etc.).

A.No discriminación e igualdad

88.En virtud del estado de derecho proclamado en la Constitución, todas las personas disfrutan de las libertades y los derechos individuales y colectivos esenciales para su desarrollo físico e intelectual, sin discriminación por razones de edad, sexo, origen étnico y geográfico o de ingresos. Así pues, la Constitución ampara los derechos democráticos esenciales que garantizan el respeto y la protección de la vida, la privacidad y la libertad de expresión y opinión, de religión y conciencia y de circulación. La Constitución establece condiciones estrictas para las medidas de privación de libertad y los procedimientos judiciales mediante disposiciones encaminadas a preservar los derechos fundamentales de la persona humana: la presunción de inocencia, la asistencia letrada durante la investigación y el examen médico en caso de detención. Prevé también la separación de poderes y confiere a cada institución facultades y prerrogativas específicas que les permitan cumplir su misión plenamente.

89.Para garantizar la igualdad y combatir la discriminación en todas sus formas, Rwanda ha adoptado un conjunto de medidas legislativas, administrativas y jurídicas y ha aplicado diversas iniciativas gracias a las cuales se han hecho notables progresos en el último decenio. Debido a su carácter fundamental, el principio de la igualdad está consagrado en la Constitución y figura detallado en diversas leyes nacionales. La aplicación de los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Rwanda, a través de la incorporación de sus disposiciones pertinentes en la legislación nacional y la preferencia que se reconoce a esos tratados en la Constitución, refuerza el marco jurídico nacional que garantiza la no discriminación y la igualdad.

90.El principio de igualdad en el ordenamiento jurídico está consagrado en la Constitución de 2003, en cuyo preámbulo se garantiza la igualdad de todos ante la ley sin distinción de idioma, origen, raza, sexo o religión. Ese principio se reafirma en el artículo 16 de la Constitución (título II, Derechos humanos fundamentales y derechos y deberes del ciudadano), que establece la igualdad de todos los seres humanos ante la ley. Así pues, la Constitución consagra la igualdad como derecho humano fundamental, por lo cual todas las personas sin distinción gozan de iguales derechos y reciben el mismo trato. De ahí que la Constitución prohíba toda discriminación basada en el estado civil, la riqueza o la posición social y cultural de la persona.

91.Las autoridades institucionales, legislativas, ejecutivas y judiciales tienen la responsabilidad de aplicar el principio de igualdad garantizado en la Constitución y en su preámbulo. Además, se ha reforzado el mecanismo encargado de velar por el derecho a la igualdad y la no discriminación con la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Oficina del Defensor del Pueblo, que intervienen en casos de violación de los derechos.

92.En el Código Penal se exponen en detalle las diferentes realidades que abarca el principio de igualdad, y se establece que se considerará discriminación toda distinción establecida entre las personas físicas en razón de su origen, sexo, estado civil, estado de salud, discapacidad, costumbres, opiniones políticas, actividades sindicales o pertenencia a un determinado grupo étnico o religión. Los actos de discriminación mencionados se castigan con penas de prisión.

93.Con el fin de hacer efectivo el derecho a la igualdad, el poder judicial ha adoptado varias medidas para reformar el sistema judicial y adaptarlo a los cambios que se producen en la sociedad. Estas medidas abarcan una mejor capacitación de los jueces, el aumento de su número, la consolidación de su situación, el aumento de los recursos presupuestarios asignados al funcionamiento de la justicia, mejores condiciones de trabajo del personal judicial y esfuerzos encaminados a codificar la legislación. El Ministerio de Justicia ha abierto en todos los distritos oficinas de acceso a la justicia ( Maisons d'Access à la Justice). En estas oficinas se han establecido unidades específicas para ocuparse de los casos relativos a la violencia de género y a los derechos de los niños. Los Comités de Mediación (Abunzi), establecidos en todas las aldeas del país, han agilizado efectivamente la administración de la justicia gracias a la participación directa de los miembros de las comunidades en la solución de litigios de importancia menor.

94.En mayo de 2012, la Federación del Sector Privado estableció el Centro Internacional de Arbitraje de Kigali para lograr que los litigios se resolvieran amistosamente, sin recurrir a los tribunales, mediante el arbitraje u otros mecanismos alternativos, como la mediación, y de esa forma agilizar la solución de controversias en función de las necesidades de los inversores internacionales y locales para que su actividad pudiera prosperar. Impulsado por la Federación del Sector Privado, el Centro Internacional de Arbitraje recibió el apoyo del Servicio para mejorar el entorno de las inversiones en África (ICF), asociación de gobiernos, empresas privadas y asociados para el desarrollo que obran por el mejoramiento de la actividad empresarial y del continente africano. El Centro proporciona una alternativa a la comunidad empresarial que hasta el momento había debido resolver todas las controversias contractuales en los tribunales mercantiles, que pueden generar gastos importantes y requerir mucho tiempo. Desde que el Centro funciona, los rwandeses pueden resolver sus controversias con los interlocutores comerciales en procesos más amistosos y diplomáticos como los que permite el arbitraje. Su funcionamiento se basa en las normas internacionales aplicadas por los centros de arbitraje reconocidos.

95.Como se ha indicado, las autoridades de Rwanda prestan especial atención a la necesidad de promover el derecho a la igualdad de los grupos vulnerables (los niños, las personas con necesidades especiales, las personas de edad y los supervivientes vulnerables del genocidio) y procuran ofrecerles una protección adecuada en materia de derechos humanos mediante numerosas iniciativas jurídicas, económicas y sociales. Los abogados que coordinan la intervención de las oficinas de acceso a la justicia ofrecen asesoramiento letrado a los indigentes, los representan y defienden ante los tribunales. Proporcionan además una representación letrada gratuita a los menores (niñas y varones) involucrados en asuntos penales. Análogamente, el nuevo programa adoptado por el Ministerio de Justicia, encaminado a promover "el acceso a la justicia para todos", proporciona asistencia jurídica y judicial a los indigentes y las personas necesitadas (pobres, menores y víctimas de la violencia de género) que carecen de medios para pagar servicios letrados. Además de los abogados de las oficinas, otros que son miembros del Colegio de Abogados ofrecen asistencia letrada con arreglo a modalidades definidas por el Consejo del Colegio de Abogados.

96.Durante mucho tiempo, la situación de las mujeres se caracterizó por una serie de factores perjudiciales para su capacidad, como el analfabetismo y la pobreza, que las dejaban al margen del proceso nacional de desarrollo. A fin de remediar esta situación y cumplir los compromisos internacionales, se reforzó el marco jurídico general de la promoción de los derechos fundamentales de la mujer con otras leyes y reglamentos que contribuían a su desarrollo, en particular en los ámbitos de la educación, la salud, la justicia, el empleo y la economía.

97.Para hacer efectivo el principio de igualdad de jure de las mujeres, se ha procurado acelerar la evolución de la situación de los derechos de la mujer. En ese contexto el Ministerio de Género y Promoción de la Familia, establecido en 1994, se encarga de la aplicación de la política nacional de género con miras a la integración de la mujer en el desarrollo. La creación del Ministerio ha marcado el comienzo de la participación de las mujeres en el poder ejecutivo, mientras que la legislación relativa al sistema de cupos para los cargos electivos y la administración pública tiene por objeto aumentar la participación de la mujer en la adopción de decisiones. Esas medidas han mejorado la participación de la mujer en la Cámara de Diputados y en el Senado. También se considera que la paridad de género en el equipo dirigente es un indicador clave de la inclusión, especialmente en lo que se refiere a la gobernanza. Con ese fin, varias instituciones, dirigidas por el Ministerio de Género y Promoción de la Familia, han dedicado nuevos esfuerzos a aumentar la confianza en las mujeres y las jóvenes, y a alentarlas a tomar parte en la dirección del país en general, así como en la gobernanza local.

98.Rwanda también ha formulado una serie de políticas y programas orientados a la promoción y la protección de los derechos humanos, consagrados en diversos documentos de política sectorial. Aparte de la política general con respecto a los derechos humanos, que sigue siendo una de las prioridades fundamentales, se han adoptado casi todas las políticas esenciales relacionadas con los derechos humanos en los distintos sectores (educación, salud, protección social, derechos de la mujer, derechos del niño, derechos de las personas con discapacidad, etc.). Hay otras medidas destinadas a abordar el problema de las disparidades socioeconómicas que orientan la labor de todas las partes interesadas en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, como la Estrategia de Desarrollo Económico y Reducción de la Pobreza, el proyecto Girinka ("Una vaca por familia") y el Programa Nacional de Empoderamiento Económico de los Pobres (Ubudehe).

99.La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha iniciado varias campañas de información para difundir los derechos humanos entre la población. Por ejemplo, esta Comisión y varias organizaciones de la sociedad civil participan en la celebración del Día Internacional de los Derechos Humanos, que incluye debates públicos, representaciones de obras de teatro y asambleas públicas sobre cuestiones relativas a los derechos humanos. Los actos se celebran no solo en Kigali, sino también en muchas zonas remotas, lo que permite una amplia difusión de las cuestiones relativas a los derechos humanos y estimula una amplia participación del público. Además, el Defensor del Pueblo y la Policía Nacional organizan varias actividades y campañas de información pública en distintas localidades del país para celebrar el "Día Internacional contra la Corrupción". En la investigación de los casos de corrupción se incluyen cursillos de capacitación sobre derechos humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos también ha organizado varios talleres de capacitación de instructores para dirigentes locales centrados en enfoques de derechos humanos a nivel local. Entre otros temas, se han tratado la estructura de los derechos humanos en Rwanda, la función y el mandato de la Comisión y los derechos de las mujeres y los niños.

B.Medidas adoptadas para eliminar la discriminación en el goce de los derechos civiles, políticos, sociales y culturales

1.Igualdad de derechos a la vida

100.En 2007, se abolió la pena de muerte. Además, Rwanda recientemente suprimió de su legislación la pena de reclusión en régimen de aislamiento, que ha sido sustituido por la cadena perpetua con disposiciones especiales. El Código Penal sanciona los delitos que violan el derecho a la vida y a la integridad física y mental de las personas: el asesinato, el exterminio, la desaparición forzada de personas, la tortura, el envenenamiento, las agresiones, las palizas y otros tratos inhumanos similares. También se castigan las amenazas de muerte proferidas contra personas. Además del Código Penal, se han adoptado leyes para prevenir y combatir el terrorismo, el blanqueo de dinero y la trata de personas, especialmente de mujeres y niños.

2.Igualdad de derechos a la atención de salud

101.Rwanda ha elaborado varias políticas sectoriales que dan acceso a todos los ciudadanos a los servicios de salud, especialmente la política relativa al Plan de Seguro Médico Comunitario (2004) que ha contribuido a ampliar las posibilidades de acceso a los servicios de salud desde el punto de vista económico. Se han iniciado varios programas y proyectos destinados a diferentes grupos de personas (mujeres embarazadas, niños recién nacidos y por nacer, parejas que tienen previsto contraer matrimonio y muchos más). Estos programas incluyen la planificación familiar, la atención prenatal, la atención de salud comunitaria, la obstetricia y la atención neonatal de emergencia, la construcción y el equipamiento de maternidades, la capacitación de las parteras y el aumento del número y de la calidad de los profesionales de la salud. El Programa Nacional de Lucha contra la Malaria comprende varias estrategias que abarcan desde la distribución a la población de mosquiteros tratados con insecticida, especialmente destinados a los niños menores de 5 años y las mujeres embarazadas, hasta la fumigación de interiores con insecticidas de acción residual. Estas medidas han contribuido a una reducción significativa de la prevalencia de la malaria, hasta el 60%.

3.Libertad de expresión

102.La Ley núm. 04/2013 de Acceso a la Información, de 8 de febrero de 2013, publicada en marzo de 2013 previa consulta al Parlamento y los medios de información, se está aplicando ya y ha sido publicada en el Boletín Oficial Garantiza el acceso de los ciudadanos a la información en poder del Estado y de algunos organismos privados. Anteriormente, era difícil para los periodistas obtener la información que deseaban debido a las formalidades innecesarias de los organismos públicos. Entre sus objetivos figura, en particular, la promoción de un gobierno abierto mediante la difusión de información y la facilitación del derecho de todas las personas de acceder a la información en poder de las autoridades públicas y de algunos organismos privados. En su artículo 3 se enuncia el principio básico de la ley, según el cual todas las personas tienen derecho a acceder a la información en posesión de un organismo público y de algunos organismos privados.

103.La Ley núm. 03/2013, de 8 de febrero de 2013, que determina las responsabilidades, la organización y el funcionamiento del Consejo Superior de los Medios de Comunicación. El Consejo fue creado como institución independiente encargada de mejorar la capacidad de los medios de información. El papel de regulador confiado anteriormente al Consejo Superior ha sido transferido al organismo autorregulador de los medios de comunicación denominado Comisión de Medios de Comunicación de Rwanda, establecido en 2013 con el mandato de promover la autorregulación, la libertad, la responsabilidad y la profesionalidad de los medios de información. Actualmente hay en Rwanda más de 100 medios que operan en línea y más de 30 órganos de prensa, además de por lo menos 5 cadenas de televisión y numerosas estaciones de radio privadas.

104.El Presidente de la República celebra periódicamente conferencias de prensa en las que los periodistas locales e internacionales tienen la oportunidad de formular preguntas sobre temas públicos. Estas conferencias se emiten en directo por radio y televisión. El Ministerio de Administración Local, las provincias, los distritos y los sectores organizan trimestralmente un día de puertas abiertas para proporcionar información sobre la prestación de servicios al público. Del mismo modo, los días de rendición de cuentas de la administración pública, organizados cada trimestre por el Parlamento para examinar el progreso de los distritos en la ejecución de sus contratos de resultados (Imihigo), ofrecen una buena oportunidad de acceso a la información. Los medios de difusión electrónicos y en línea son cada vez más numerosos y accesibles. Se alienta al público en general a utilizar las TIC, como técnicas modernas para ejercer su derecho de acceso a la información. También hay cibercafés y telecentros en distintos distritos del país. La mayoría de las zonas rurales tienen Internet, para permitirles acceder a las herramientas modernas de la información y la comunicación. En Rwanda operan empresas privadas de televisión (Star Africa Media, DSTV y Tel 10) que ofrecen diversas posibilidades de acceso a la información. Estos canales de información facilitan la educación y la sensibilización de todos los sectores de la población con respecto a los derechos humanos.

4.Igualdad de derechos a la educación

105.Entre los logros registrados en el ámbito de la promoción y la protección del derecho a la educación figura la introducción de la educación primaria universal. Rwanda está eliminando gradualmente los obstáculos que suelen impedir que los niños asistan a la escuela primaria, mediante la exoneración del pago de tasas escolares y la construcción de más aulas a nivel del sector administrativo para que los niños puedan ir a la escuela a pie. Se ha adoptado este programa para que el país alcance en 2015 el objetivo de la Educación para Todos (educación primaria y secundaria universales). El sistema ha promovido el aumento del número de niños matriculados en las escuelas y el porcentaje de alumnos que asiste a los establecimientos de secundaria.

106.El Gobierno ha iniciado la promoción de una educación básica de nueve años para los niños. Las principales políticas nacionales en materia de educación incluyen la política de educación de las niñas encaminada a garantizarles el mismo acceso a la educación universal que a los varones, la política de educación especial para determinadas categorías de rwandeses que requieren atención especial, así como la política de ciencia, tecnología e innovación. Se ha puesto en marcha el programa "Una computadora portátil por alumno" con el objetivo de distribuir computadoras portátiles en las escuelas de todo el país. Se ha introducido la educación para niños con discapacidad física o mental y se ha formado a 386 maestros sobre la metodología pertinente. Como resultado, 3.333 niños con discapacidad pueden asistir a escuelas adaptadas a ellos.

107.Se promueve cada vez más la educación preescolar, que apenas existía en Rwanda hace 15 años. Se han construido hasta la fecha 2.330 jardines de la infancia que acogen a más de 150.000 niños. En cuanto a la enseñanza universitaria, Rwanda ha pasado de tener una sola universidad en 1994, la Universidad Nacional de Rwanda, a contar en la actualidad con 27 instituciones de enseñanza superior en las diferentes provincias del país. El número de estudiantes universitarios ha aumentado de 5.751 (4.258 hombres y 1.493 mujeres) en 1997 a 63.562, en 2010. En su mayoría estas universidades han introducido programas vespertinos, que permiten continuar sus estudios a diferentes trabajadores.

5.Igualdad de derechos al trabajo

108.La Ley núm. 13/2009, de 27 de mayo de 2009, por la que se establece el Código del Trabajo, prevé los derechos laborales fundamentales, incluida la prohibición del empleo discriminatorio y la libertad de opinión. También garantiza la libertad de sindicación de los trabajadores, los sindicatos y el derecho de huelga. La Comisión de la Función Pública supervisa la contratación y la colocación de personal en todos los organismos públicos. También ejerce funciones de arbitraje en el caso de denuncias presentadas por trabajadores individuales.

109.El Organismo de Desarrollo de la Mano de Obra ha sido creado para mejorar las competencias técnicas de los trabajadores. Uno de sus puntales es la aplicación del Sistema de Información del Mercado de Trabajo para poner en contacto a los empleadores con los solicitantes de empleo. En 2009 se creó un departamento de asesoramiento profesional en la Junta de Desarrollo de Rwanda para perfeccionar las competencias de los jóvenes diplomados en busca de trabajo. Rwanda ha suprimido las tasas que cobraba por expedir permisos de trabajo, para todos los trabajadores de la Comunidad de África Oriental con el fin de atraer una mano de obra calificada. Además, se han agilizado las condiciones de obtención de permisos de trabajo para otros extranjeros, a la vez que se alienta a los jóvenes rwandeses a cursar formaciones técnicas. El Centro de Rehabilitación y Formación Profesional de Iwawa fue establecido a principios de 2010 para ofrecer formación profesional y técnica a los jóvenes que vivían en la calle en condiciones de miseria. Se abrieron en todo el territorio nacional centros regionales politécnicos integrados.

6.Igualdad de derechos a la protección social

110.La Junta de la Seguridad Social de Rwanda se encarga de las pensiones, los riesgos profesionales y el seguro médico de los funcionarios públicos. También existe un Seguro Médico Militar, así como el Seguro Médico Comunitario (Mutuelles de Santé) para la población en general. Hay otros seguros privados que ofrecen empresas financieras como la Compañía Nacional de Seguros (SONARWA), la Société Rwandaise d'Assurance (SORAS), la Compagnie Rwandaise d'Assurance et de Reassurance (CORAR), la Radiant Insurance Company y compañías de seguros internacionales como UAP y Phoenix Inc.

7.Derechos de la mujer

111.Rwanda ha ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo, así como el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los Derechos de la Mujer en África. La Constitución establece diversas instituciones encargadas de la promoción y el empoderamiento de las mujeres, como la Oficina de Supervisión de las Cuestiones de Género y el Consejo Nacional de la Mujer, que está representado en las estructuras descentralizadas de la administración. Entre las leyes sobre la protección de los derechos de la mujer o que contienen disposiciones al respecto figuran la Ley de Prevención de la Violencia de Género, la Ley de Régimen Matrimonial, Sucesiones y Donaciones, que permite a los hijos de ambos sexos heredar los bienes de sus padres; la Ley de la Tierra, que exige que los nuevos títulos de propiedad de la tierra incluyan los nombres de ambos cónyuges, etc. Las mujeres están representadas en todos los órganos de decisión y otras instituciones, y ocupan al menos un 30% de los puestos, como establece la Constitución. La representación de mujeres en el Gobierno es del 38%. Son el 50% de los jueces del Tribunal Supremo y el 64% de los miembros del Parlamento —récord mundial.

8.Derechos del niño

112.En relación con los derechos del niño, Rwanda ha ratificado casi todas las convenciones internacionales relativas a su promoción y protección, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sus protocolos adicionales, el Convenio relativo a la Protección del Niño y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, así como la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño. Rwanda ha presentado al Comité de los Derechos del Niño los informes atrasados sobre la aplicación de los protocolos de la Convención y el informe sobre la aplicación de la Carta Africana a la comisión de expertos pertinente, mientras que los informes sobre la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y los informes conocidos como "Un mundo apropiado para los niños" y "África apropiada para los niños" se presentarán próximamente a los organismos pertinentes. La protección del derecho a la vida de los niños está especialmente prevista en el artículo 8 de la Ley núm. 54/2011, de 14 de diciembre de 2012, relativa a los derechos y la protección del niño: "El niño tiene derecho a la vida y no será privado de ese derecho".

113.Entre otras medidas adoptadas para la promoción de los derechos del niño figura el establecimiento del Observatorio de los Derechos del Niño en el marco de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, para garantizar el respeto de los derechos de los niños de todo el país. El Observatorio de los Derechos del Niño está compuesto por comités, en los que están representados los niños, tanto a nivel nacional como en los distritos y los sectores. Existe asimismo el Foro de la Infancia, en que están representados los niños, hasta el nivel de las aldeas. Se organizan cumbres anuales para los niños, en las cuales se reúnen representantes de los niños para intercambiar opiniones y proponer consejos y recomendaciones al Gobierno sobre cómo ejercer sus derechos. También cabe destacar el papel desempeñado por la Fundación Imbuto (presidida por la Primera Dama de Rwanda) en la promoción de la educación de las niñas y la protección de la infancia. Los niños con discapacidad tienen a su disposición servicios adecuados y los niños refugiados tienen acceso a la educación básica. Se ofrece asistencia letrada a los menores que comparecen en los tribunales y se han creado centros de rehabilitación especiales para los menores condenados por cometer infracciones.

9.Derecho a un nivel de vida decente

114.Rwanda adoptó el Programa para Umurenge Visión 2020, cuyo objetivo es reducir sin discriminación alguna el número de rwandeses que viven en la extrema pobreza a través de sus programas locales de desarrollo económico y de protección social. Ubudehe es uno de los programas de origen local que consiste en la creación de capacidad para resolver problemas a nivel local, a través de la acción de la población y de las autoridades a nivel comunitario. Se hace hincapié en la evaluación de los problemas y necesidades locales, la planificación participativa y la solución de los problemas de los lugareños por sí mismos, con el apoyo de las autoridades locales, ONG y los recursos locales y de los donantes. El programa de "Una vaca por familia" ( Girinka) permite que las familias pobres con más de 0,7 hectáreas reciban una vaca; otro programa ofrece animales pequeños (cabras y conejos) a los hogares pobres con poco terreno, además de subvenciones para fertilizantes y semillas. Rwanda asume el compromiso de luchar contra las enfermedades causadas por la malnutrición mediante el fortalecimiento de programas como el de "Un vaso de leche por niño" ( inkongoro y'umwana), programas de alimentación en la escuela y la instalación de huertos en los hogares para cultivar verduras.

115.Existen varios instrumentos en vigor que garantizan el derecho a una vivienda adecuada. En 2010, se creó el Organismo de Vivienda de Rwanda mediante una ley que determinaba sus responsabilidades, organización y funcionamiento. Se considera que esta ley cumple una función muy importante relativa a la elaboración de normas y a la garantía del derecho a la vivienda. Es importante observar que, a fin de proporcionar una vivienda decente a las personas que vivían en la pobreza extrema, se transfirió a los distritos la suma de 3.732 millones de francos rwandeses (5.741.538 de dólares de los Estados Unidos) para reemplazar las viviendas con techo de paja ( Nyakatsi). Se entregó una vivienda decente a todas las familias que vivían en habitaciones de ese tipo. El Gobierno de Rwanda está determinado a apoyar el desarrollo controlado y la sostenibilidad de los asentamientos humanos urbanos y rurales, accesibles desde el punto de vista económico y socialmente integrados, para que se reconozcan los derechos de todas las personas, en particular las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y las que viven en la pobreza, así como los grupos vulnerables. Los programas gubernamentales, incluida la política de urbanización y el programa Bye Bye Nyakatsi proporcionaron en 2011 viviendas modernas a los grupos vulnerables. La campaña de eliminación de las viviendas Nyakatsi se llevó a cabo satisfactoriamente, con la colaboración del Ministerio de Administración Local, las Fuerzas de Defensa de Rwanda, la Policía Nacional, las autoridades locales y la población. Así pues, 124.671 familias —77.009 consideradas vulnerables— pudieron mudarse a viviendas decentes. También el Gobierno reinstaló a familias que vivían en zonas de alto riesgo (1.300 familias de Gishwati, 1.200 del monte Rubavu y 180 de Bweyeye).