Esperanza de vida al nacer (años)1998

Tasa de alfabetización de adultos(en porcentaje)1998

Tasa bruta de matriculación combinada primaria, secundaria y terciaria(en porcentaje)1998

PNB real per cápita(PPA en dólares)1998

Índice de esperanzade vida1998

Índice de escolaridad1998

Índice de PIB1998

Índice de desarrollo humano

67,0

96,4

73,4

2 042

0,700

0,887

0,503

0,697

Cuadro 2

Perfil de desarrollo humano

Esperanza de vida al nacer (años) 1998

Población con acceso a:

Oferta calórica diaria per cápita1998

Tasa de alfabetización de adultos 1998

Tasa de matriculación en todos los niveles(en porcentaje)1998

Publicaciones periódicas (unidades per cápita)1998

Televisores (unidades por 100 habitantes)1998

Producto interior bruto (PIB) per cápita (en dólares)1997

Producto nacional bruto (PNB) per cápita (en dólares)1997

Servicios de salud(%)1998

Agua potable (%)1998

Saneamiento (%)1998

67,0

100

1 980,3

96,4

73,4

136

15

2 207

545

Cuadro 3

Perfil demográfico

Población estimada(millones)

Tasa de crecimiento demográfico anual (en porcentaje)

Población rural (como porcentaje del total)1998

Tasa global de natalidad1998

Tasa global de mortalidad1998

Tasa global de fecundidad1997

Tasa de prevalencia del uso de anticonceptivos, cualquier método (en porcentaje)1998

1960

1998

2000

1960-1998

1998-2000

3,0

4,3

4,3

0,85

-0,45

54

10,9

11,1

1,67

27*

* Comprende a las mujeres consignadas como usuarias de métodos anticonceptivos intrauterinos y orales, como porcentaje de las mujeres de edades comprendidas entre los 15 y los 49 años.

Cuadro 4

Índice de desarrollo humano

Esperanza de vida al nacer(años)

Mortalidad de lactantes(por mil nacidos vivos)

Tasa de alfabetización de adultos(en porcentaje)1989

Tasa de matriculación en todos los niveles(en porcentaje,7 a 22 años)1998

Adultos analfabetos(mayores de 15 años; millones)1989

Mujeres analfabetas(mayores de 15 años; millones)1989

Niños no matriculados en la escuela primaria(miles)1998

Niños fallecidos antes de cumplir 5 años (miles)1998

1959

1998

1960

1998

68,1

67,0

48,2

17,8

96,4

71

0,1

0,09

11,0

1,1

Fuente: Cuadros 1 a 4, PNUD, National Human Development Report: Republic of Moldova 1999.

4.Desarrollo demográfico, por categorías de edad

1990

1995

1996

1997

1998

Población total

4.366,3

4.334,4

4.320,0

4.304,7

4.293.0

Varones (miles)

2.082,0

2.071,8

2.065,0

2 057,6

2 056.3

Porcentaje del total

47,7

47,8

47,8

47,8

47.9

Población urbana (miles)

2.073,6

2.004,1

1.995,3

1.987,7

1.976,3

Porcentaje del total

47,5

46,3

46,2

46,2

46,0

Estructura de la población por edad:

Personas menores de la edad mínima de empleo (en porcentaje)

29,7

28,6

28,2

27,6

27,4

Personas en edad de empleo (en porcentaje)

54,9

55,6

56,0

56,4

56,5

Personas en edad de jubilación (60 años para las mujeres y 65 para los hombres)

15,4

15,8

15,8

16,0

16,1

Tasa de crecimiento natural de la población

8,0

0,8

0,5

0,0

-0,2

Tasa de natalidad

17,7

13,0

12,0

11,9

0,9

Tasa de mortalidad

9,7

12,2

11,5

11,9

11,1

Tasa de nupcialidad

9,4

7,5

6,0

6,1

6,0

Tasa de divorcio

3,0

3,4

3,1

3,1

3,0

Tasa de mortalidad de lactantes (por mil nacidos vivos)

19,0

21,2

20,2

19,9

17,8

II. ESTRUCTURA POLÍTICA Y MARCO NORMATIVO GENERALDE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

5.La República de Moldova, como Estado soberano e independiente, entró en la escena internacional tras el hundimiento de la Unión Soviética al aprobar la Declaración de soberanía de la República Socialista Soviética de Moldova el 23 de junio de 1990 y la Declaración de independencia de la República de Moldova el 27 de agosto de 1991.

6.Como parte de la Unión Soviética, Moldova fue testigo de los horrores del genocidio, como deportaciones en masa, privación de alimentos organizada y desnacionalización forzada. El idioma ruso se impuso como lengua oficial.

7.En el último decenio, se han llevado a cabo actividades políticas y culturales en la República de Moldova con miras a la democratización de la vida social y política y a la emancipación de la población. La República de Moldova aprobó la Ley sobre la recuperación del alfabeto latino en el idioma moldovo, Nº 3462-XI, la Ley sobre el idioma oficial del Estado, Nº 3464-XI, y la Ley sobre el uso de los idiomas hablados en Moldova, Nº 3465-XI (de 31 de agosto de 1989), así como el decreto parlamentario sobre la aprobación del reglamento relativo a la bandera de la República Socialista Soviética de Moldova y la Ley sobre el himno nacional de la República de Moldova; instituyó el cargo de Presidente del país (el 3 de septiembre de 1990); eligió como escudo oficial los antiguos símbolos del país, a saber, el águila y la cabeza del uro (el 3 de noviembre de 1990); y cambió el nombre de República Socialista Soviética de Moldova por el de República de Moldova (el 23 de mayo de 1991). Hasta la fecha, la República de Moldova ha establecido relaciones diplomáticas con 140 Estados.

8.Al mismo tiempo, el proceso de consolidación del Estado se ha visto gravemente afectado por la actividad separatista de determinadas fuerzas en la parte oriental del país. A lo largo de los siglos, fue formándose una población multinacional, parte de la cual (gagausos y búlgaros, aproximadamente el 3,2%) se concentró en el sur del país. A fin de evitar que la República de Moldova se separara del bloque soviético, las autoridades soviéticas decidieron utilizar la cuestión del separatismo nacionalista como chantaje. La política coordinada de los líderes separatistas en los distritos de la orilla izquierda del río Nistru, de la ciudad de Bender y de la región de Gagauzia se oponía a la constitución de un nuevo Estado unitario e independiente. Su objetivo era la preservación de las antiguas orientaciones ideológicas, políticas y económicas. Con este fin, el 2 de septiembre de 1990 se celebró en la localidad de Parcani una reunión de diputados de todos los niveles elegidos en los distritos orientales de la República de Moldova (Transnistria). La reunión se constituyó en congreso y proclamó la Constitución de "la República Socialista Soviética Moldova de Transnistria como miembro de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas". Participó en el congreso la mayoría de los 64 diputados que representaban a los distritos orientales y a la ciudad de Bender en el Parlamento de la República de Moldova.

9.Ese acto puso la lucha política por la soberanía de la República de Moldova fuera de los límites legales y constitucionales. En consecuencia, la iniciativa fue retomada por las fuerzas políticas de Transnistria, que empezaron a usar métodos cada vez más brutales del arsenal totalitario para alcanzar sus objetivos.

10.Más y más de esos 64 diputados, por iniciativa propia o por presión de las fuerzas extremistas de Transnistria, dejaron de participar en las sesiones del Parlamento de Moldova. El extremismo político empezó a dominar Transnistria y se convirtió en la norma, en detrimento del diálogo y la diversidad de opiniones.

11.A consecuencia de la aplicación de procedimientos políticos inconstitucionales, determinada y favorecida en gran medida por las fuerzas políticas de Moscú que defendían el mantenimiento de la Unión Soviética, se sentaron las bases para la violación de los derechos humanos fundamentales en los distritos orientales de la República de Moldova.

12.Actualmente en la República existe una clara tendencia hacia la creación de los mecanismos y factores fundamentales para aplicar un sistema de promoción y respeto de los derechos humanos, basado en particular en los instrumentos de derecho internacional. El título II de la Constitución de la República de Moldova, cuyo encabezamiento es "Los derechos, las libertades y los deberes fundamentales", está dedicado a ellos, y tiene en cuenta su importancia y esencia.

13.La reforma del ordenamiento jurídico interno se inició desde la independencia, y la reforma legislativa y judicial comenzó en enero de 1993. La ulterior aprobación de diversas leyes y la introducción de modificaciones en el Código de Procedimiento Penal y el Código Penal ofrecieron a la República de Moldova la oportunidad de aproximarse a las normas internacionales, especialmente las europeas.

14.La República de Moldova ha firmado y ratificado un conjunto de documentos internacionales pertinentes a distintas esferas: la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (resolución 47/135 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 1992) y otros, como las decisiones de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) que entrañan compromisos (promesas) en razón a la protección de las minorías étnicas; los documentos de clausura de las reuniones de Madrid y Viena sobre la seguridad y la cooperación en Europa; el Documento de la Reunión de Copenhague de la Conferencia sobre la Dimensión Humana; y la Carta de París para una nueva Europa. El Parlamento de la República ratificó el Convenio Marco para la protección de las minorías nacionales, del Consejo de Europa, el 22 de octubre de 1996.

15.La Comisión Europea para la Democracia por la Ley (Comisión de Venecia) examinó varios borradores de la Constitución, y el texto de la nueva Constitución, aprobado el 29 de julio de 1994, sigue en gran medida las observaciones de los expertos internacionales, cuya contribución fue importante. Gracias a las necesarias aclaraciones y correcciones formuladas por éstos, se elaboró una Constitución moderna de conformidad con las condiciones requeridas para garantizar un sistema jurídico que respondiera a las exigencias actuales en el ámbito de la protección de los derechos humanos.

16.El artículo 1 dice que la República de Moldova, respetuosa de la ley, es un Estado democrático, en que la dignidad de la persona, sus derechos y libertades, el libre desarrollo de la personalidad humana, la justicia y el pluralismo político son valores supremos que serán garantizados.

17."La democracia en la República de Moldova se ejerce dentro del pluralismo político, que es incompatible con la dictadura o el totalitarismo, y el Estado no adoptará ninguna ideología oficial" (art. 5).

18.La unidad nacional "constituye el fundamento del Estado", que es "la patria común e indivisible de todos sus ciudadanos" (art. 10).

19.Las disposiciones constitucionales relativas a los derechos humanos y las libertades se interpretan y aplican de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones y demás tratados en que es Parte la República de Moldova (párrafo 1 del artículo 4).

20.La Constitución regula lo relativo a las relaciones económicas dentro de la sociedad de conformidad con los nuevos principios, garantiza el derecho a la propiedad y dispone que ésta no se utilizará para usurpar o menoscabar los derechos, las libertades o la dignidad de la persona (art. 9).

21.En resumen, puede afirmarse que las principales disposiciones de la Constitución son las siguientes: el pluralismo político, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y la colaboración entre ellos, el derecho de todos los ciudadanos a la protección y a desarrollar y expresar su identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa.

22.La Constitución determina la forma de aplicar los tratados internacionales en el ordenamiento interno. Teniendo en cuenta la importancia del respeto de los derechos y libertades fundamentales, el legislador destacó la supremacía del derecho internacional en materia de derechos humanos y, en el artículo 8 de la Constitución, la República de Moldova se compromete a respetar la Carta de las Naciones Unidas y los tratados internacionales en que ha adquirido la calidad de Parte.

23.El principio de la prioridad de los documentos internacionales también fue reconocido por el Tribunal Supremo de Justicia que, el 30 de enero de 1996, tras estudiar la aplicación de estas disposiciones constitucionales, aprobó su decisión 2 sobre la práctica judicial relativa a la aplicación de determinadas disposiciones de la Constitución de la República de Moldova, la cual obliga a los tribunales, "… en los casos en que la legislación nacional no se ajuste a un documento internacional, a aplicar las disposiciones del instrumento internacional en que sea Parte la República de Moldova".

24.Siguiendo lo dispuesto en la Constitución, la mayoría de los textos legislativos de la República de Moldova estipulan la supremacía del derecho internacional: el Código Civil, el Código de Procedimiento Civil, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código del Matrimonio y la Familia, etc.

25.En esta esfera se concede un papel especial al Tribunal Constitucional que examina, tras recibir la notificación pertinente, la constitucionalidad de los tratados internacionales en que es Parte Moldova. En este contexto, el Tribunal Constitucional aplica las disposiciones del párrafo 2 del artículo 4 de la Constitución, que dice así: "En caso de discrepancia entre el ordenamiento interno y las convenciones y tratados sobre los derechos humanos fundamentales firmados por la República de Moldova, se dará prioridad a las normas internacionales".

26.La Constitución de la República de Moldova reproduce, en gran medida, los derechos y libertades establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Convenio Europeo de Derechos Humanos y reafirma que, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, "el ideal del ser humano libre, dotado de libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, no puede lograrse a menos que se creen las condiciones necesarias para que toda persona goce de sus derechos civiles y políticos, así como de sus derechos económicos, sociales y culturales".

27.Los derechos económicos, sociales y culturales son la base del desarrollo pleno y complejo del ser humano. No obstante, si bien no son menos importantes que los derechos civiles y políticos, su ejercicio depende también de los recursos de que disponga la sociedad. Aun así, ello no significa que no sea responsabilidad del Estado garantizarlos, velando por su progresivo ejercicio. Por este motivo, se considera necesario que los órganos internacionales hagan hincapié en el derecho al desarrollo. El propio concepto del desarrollo debe perfeccionarse y desarrollarse.

28.La justa aplicación de estas disposiciones se enmarca en los compromisos asumidos por la República de Moldova en el momento de su adhesión, como miembro de pleno derecho, al Consejo de Europa: las autoridades nacionales asumieron la responsabilidad de imponer restricciones al ejercicio de determinados derechos y libertades, y de los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 54 y 55 de la Constitución, sólo en los casos estrictamente definidos por ley, en situaciones especiales como la defensa de la seguridad nacional y el orden o la prevención de desastres. En esos casos, las restricciones impuestas han de ser proporcionales a la situación que las origina, y no podrán afectar la existencia del derecho o la libertad de que se trate (párrafo 2 del artículo 54 de la Constitución).

29.En los casos en que las disposiciones legislativas relativas a los derechos humanos fundamentales se contradicen con la Constitución o las convenciones internacionales de derechos humanos, los tribunales aplicarán directamente las disposiciones de estas últimas.

30.En referencia a dichas disposiciones, conviene mencionar que la Declaración Universal de Derechos Humanos y los dos pactos internacionales de derechos humanos, así como el Convenio Europeo de Derechos Humanos, admiten en determinadas circunstancias la existencia de ciertas limitaciones y restricciones, que no se especifican por separado pero se formulan con respecto a determinados derechos y libertades según su contenido. Ello significa que tales limitaciones y restricciones sólo pueden aplicarse si así lo dispone la ley, que son necesarias en una sociedad democrática a fin de proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud y la moral públicas, los derechos y libertades ajenos, entre otras cosas, y que han de ser proporcionales a la causa que motivó su imposición.

31.De conformidad con el artículo 15 de la Constitución, los ciudadanos de la República de Moldova, los extranjeros y los apátridas tendrán los mismos derechos y deberes, salvo en los casos que determine la ley (art. 19).

32.Al adherirse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en 1996, los Estados se comprometieron a respetar y garantizar a todos los individuos que se encontraran en su territorio y estuvieran sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otro criterio. Desde el momento de su adhesión al Convenio Europeo de Derechos Humanos, de conformidad con su artículo 1, las Partes contratantes reconocerán a toda persona que se encuentre bajo su jurisdicción los derechos y libertades definidos por el Convenio. Este principio es también válido para los derechos y libertades reconocidos por los Protocolos Nos.1, 4, 6 y 7. Como todos los Estados Partes en el Convenio, la República de Moldova reconoce esos derechos y libertades no sólo para sus ciudadanos, sino para los ciudadanos de los demás Estados signatarios y los que estén sujetos a la jurisdicción de un tercer Estado que no sea parte en el Convenio, así como para los apátridas (Comisión Europea de Derechos Humanos, Decisión Nº 788/60, de 11 de enero de 1961).

33.La norma general formulada en el artículo 29 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (1969) dispone que un tratado se aplicará en la totalidad del territorio de cada uno de los Estados signatarios. Teniendo en cuenta que en el Convenio Europeo de Derechos Humanos se establece que los derechos y libertades se reconocerán a todos los individuos que se encuentren bajo la jurisdicción de las Partes contratantes, se deduce que un Estado, como sucede en el caso de la República de Moldova, no puede ser responsable de las violaciones de los derechos humanos cometidas en las partes de su territorio sobre las cuales no ejerce una jurisdicción real. El Convenio permite que se excluya de su ámbito de aplicación una parte determinada del Estado signatario.

34.Teniendo en cuenta la situación en el territorio situado en la orilla izquierda del río Nistru (región oriental de la República de Moldova), así como las disposiciones del punto 11 de la notificación 188 (195) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, al ratificar el Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Parlamento de la República de Moldova consideró necesario formular una declaración en virtud de la cual la República ha declinado su responsabilidad por los actos cometidos en el territorio de la autoproclamada República del Dniester, con la intención de mantener esta situación hasta que por fin se solucione el conflicto en esa región.

35.La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993, se pronunció a favor de la creación y consolidación de instituciones de derechos humanos. En los documentos aprobados por la Conferencia se menciona el derecho de todo Estado a instituir las estructuras que respondan plenamente a sus necesidades.

36.En los dos últimos años, el órgano legislativo y el órgano ejecutivo de la República de Moldova han prestado especial atención a las cuestiones relacionadas con el respeto de los derechos humanos y las libertades reconocidos en la Constitución y con su protección por el Estado en caso de violación. No hay duda de que el principal objetivo de las reformas legislativa y judicial es proporcionar una mejor producción judicial de los derechos humanos. Así lo confirma la modificación de las estructuras judiciales, de su composición y del papel y las funciones del ministerio público. Además, se aprobó una nueva Ley de notariado y se ha elaborado un nuevo proyecto de ley de abogacía.

37.En las sesiones parlamentarias última y penúltima, la Comisión de derechos humanos, minorías étnicas, culto y comunidades que viven en el extranjero colaboró con las otras comisiones permanentes.

38.El Departamento de Relaciones Nacionales y Uso de los Idiomas (art. 27) está funcionando desde 1991. Las funciones básicas de este departamento gubernamental son las siguientes:

-promover la política estatal para enfrentar los problemas nacionales;

-representar ante los órganos de la administración pública los intereses de los principales grupos étnicos y de las minorías étnicas;

-garantizar, según la legislación vigente, el uso del idioma oficial del Estado y de los otros idiomas que se hablan en el territorio del país;

-apoyar la promoción del estatuto de las estructuras étnicas y culturales del país;

-facilitar la ejecución de programas relativos a la cultura nacional de las personas originarios de Moldova que viven en el extranjero para ayudarlas a tener contacto con su patria.

39.En la primavera de 1996, se celebró en Chisinau el Segundo Seminario Internacional sobre Instituciones de Ombudsman y Derechos Humanos. Se examinaron los problemas que plantea la creación de instituciones para la protección de los derechos humanos en distintos países. La celebración de tan prestigiosa reunión en la República de Moldova contribuyó a acelerar la elaboración de un proyecto de ley para crear una institución de protección de los derechos humanos. Para elaborar el proyecto de ley sobre los defensores de los derechos humanos, se tuvo en cuenta la experiencia de varios países europeos en la materia.

40.En octubre de 1997, el Parlamento aprobó la Ley del Defensor del Pueblo. De conformidad con esa ley, el Parlamento nombró los tres defensores que integran, con otros funcionarios, el Centro de Derechos Humanos, institución jurídica independiente, que puede tener oficinas en distintos lugares del país.

41.Los Defensores del Pueblo velan por que los órganos de la administración pública central y local, las instituciones, las organizaciones y las empresas con distintos regímenes de propiedad, y las organizaciones no gubernamentales respeten los derechos y libertades constitucionales. Contribuyen a la restitución de los derechos de los ciudadanos, al avance de la legislación en materia de derechos humanos y al mejor conocimiento ciudadano de las leyes. En la realización de su labor aplican la Constitución y otras leyes de la República de Moldova, la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales en que la República es Parte.

42.Los Defensores del Pueblo examinan las denuncias formuladas por ciudadanos de la República de Moldova, por extranjeros que viven provisional o permanentemente en el país y por apátridas de violación de sus derechos e intereses legítimos en la República. El Defensor del Pueblo puede decidir incoar el examen de las denuncias de violación de los derechos humanos y las libertades. Una vez que se determine que ha habido violación, el Defensor del Pueblo presentará sus conclusiones al órgano o la entidad correspondientes, con recomendaciones para que se restituyan de inmediato los derechos del demandante. Además, puede recurrir a os tribunales para pedirles que protejan los intereses de los ciudadanos.

43.Después de examinar las denuncias de los ciudadanos, el Defensor del Pueblo puede presentar al Parlamento, sobre la base de sus conclusiones, una propuesta de reforma de la legislación en vigor para la protección de los derechos humanos y las libertades y, en caso de que determine que ha habido violaciones graves de los derechos y las libertades constitucionales, puede presentar un informe al Parlamento y proponer que se establezca un comité parlamentario para que examine esos casos.

44.El Defensor del Pueblo puede solicitar que el Tribunal Constitucional examine la constitucionalidad de las decisiones de orden normativo adoptadas por el Parlamento, el Presidente del país o el Gobierno, y que determine si se ajustan a los principios generales y los documentos internacionales en materia de derechos humanos.

45.Cada año, el Centro de Derechos Humanos presenta al Parlamento un informe sobre el respeto de los derechos humanos en la República de Moldova. El informe se refiere a los ámbitos de las relaciones sociales en que se han registrado la mayoría de las violaciones graves de los derechos humanos y las libertades, a sus causas y a las medidas adoptadas para eliminarlas, a la reforma de la legislación y a la educación de la población en materia legislativa. El informe se publica en el Boletín Oficial de la República de Moldova.

46.De conformidad con el artículo 39 de la Ley del Defensor del Pueblo, el Centro de Derechos Humanos estableció un Consejo de Expertos, integrado por especialistas en los derechos humanos y las libertades reconocidas en la Constitución, para brindar asesoramiento. El Consejo formula recomendaciones sobre los proyectos de reforma de la legislación en materia de derechos humanos y su conformidad con los instrumentos internacionales ratificados por la República de Moldova, y propone y elabora proyectos de colaboración con las organizaciones internacionales de protección de los derechos humanos y colabora con los medios de difusión y las organizaciones no gubernamentales. De conformidad con dicha ley también se han establecido oficinas afiliadas al Centro en las ciudades de Balti y Comrat.

47.Con objeto de cumplir sus obligaciones en calidad de Estado Parte en convenciones de las Naciones Unidas y otras convenciones de derechos humanos, la República de Moldova estableció una comisión nacional encargada de los problemas sociales, que está dirigida por uno de los Viceprimeros Ministros. El objetivo de la comisión es elaborar los informes iniciales y los informes periódicos de la República de Moldova en calidad de Estado Parte en las convenciones de las Naciones Unidas y otras convenciones internacionales de derechos humanos, y presentarlos, en los plazos establecidos en esas convenciones, a los órganos internacionales correspondientes. Asimismo, incumbe a la comisión coordinar las actividades de educación y formación de la población en materia del derecho relativo a los derechos humanos.

48.Cabe señalar al respecto que la comisión no recibe financiación alguna de fuentes externas. En el contexto de la grave crisis económica que enfrenta el país en esta etapa de transición a una economía de mercado, el apoyo financiero que puedan prestar los organismos internacionales para esas actividades contribuirá considerablemente a la eficaz aplicación de las convenciones internacionales y al proceso conexo de presentación de informes, y será de gran valor para el Gobierno de la República de Moldova.

49.Cabe señalar además que, el 18 de junio de 1998, se celebró en Chisinau, bajo los auspicios del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Moldova, el Centro Nacional de Derechos Humanos y la oficina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en Chisinau, la primera Conferencia Nacional de Derechos Humanos. Participaron en ella representantes de las instituciones públicas como el Gobierno, el Parlamento y la Presidencia de la República, organizaciones no gubernamentales, las universidades, organizaciones internacionales y representantes de las misiones diplomáticas acreditadas en Chisinau. Los cuatro grupos de trabajo de la Conferencia terminaron de elaborar el informe nacional titulado "Los derechos humanos: hacia un desarrollo sostenible", que fue presentado a la conferencia internacional celebrada en Yalta en septiembre de 1998.

III. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD

50.En la República de Moldova, el mercado de la información es muy diverso y pluralista, de acuerdo con el papel y las funciones que corresponden a los medios de difusión en un Estado en que impera el derecho. Los medios de difusión deben desempeñar toda una serie de funciones relacionadas con el establecimiento de un eficaz sistema de control público de las autoridades gubernamentales. La prensa, la televisión y la radio son los principales beneficiados por el derecho a la información. Esas funciones públicas imponen a los medios de difusión una responsabilidad que equivale al deber del Estado de cumplir y garantizar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

51.El derecho de los ciudadanos a ser informados y a tener libre acceso a la información es un derecho ineludible que forma parte de los principios democráticos. Actualmente, los ciudadanos de la República de Moldova no se sienten aislados ni manipulados como lo fueron durante el régimen soviético.

52.El derecho a ser informado es un derecho humano fundamental que determina la acción social, económica y política de las personas, así como el ejercicio de las libertades que se les reconocen en la Constitución, como la libertad de pensamiento, de opinión, de creación, de expresión pública, de palabra, de imagen o de cualquier otra forma de expresión. Ello supone, además, la posibilidad de recibir información sobre temas sociales, políticos, económicos, científicos y culturales, entre otros. Resulta imposible hablar de los medios de difusión y del acceso a la información sin referirse a cuestiones generales pertinentes al acceso de los ciudadanos a información de interés público. El ciudadano es cada vez más consciente de los principios del libre acceso a la información o del derecho a la información.

53.Hay que admitir también que en la República de Moldova algunos sectores de la sociedad, menos progresistas, no tienen el valor de exigir información ni de utilizarla de modo que les permita participar en las actividades públicas que los afectan. Se trata de un proceso de cambio permanente. Al respecto, no hay duda de que, desde la Declaración de independencia, ha aumentado continuamente la capacidad de la sociedad de vigilar las instituciones oficiales, dependiendo de la medida en que la opinión pública conozca los aspectos esenciales de las actividades y decisiones de esas instituciones.

54.Tras la ratificación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se publicó el texto de las convenciones y los tratados internacionales de derechos humanos firmados por Moldova, entre ellos el propio Pacto. El Ministerio de Justicia y el Ministerio de Relaciones Exteriores autorizaron la completa publicación de esos textos en 26 volúmenes, con la coordinación de expertos del Centro Jurídico.

55.La eliminación de la tergiversada doctrina que dominó la conciencia de las masas durante todo el período de la dictadura comunista, según la cual el Estado concedía pero no protegía los derechos humanos, ha sido muy importante. La sociedad no puede sino complacerse en la posibilidad de obtener noticias fieles, detalladas y accesibles sobre las tendencias y la verdadera situación en la moderna sociedad de la información, característica de toda democracia consolidada. Ya se puede afirmar que la República de Moldova se desenvuelve con más confianza como un país en que se presta especial atención a los principios de libre divulgación, circulación y obtención de información y acceso a ella, respetando otros valores fundamentales.

56.Lamentablemente, en la región oriental de la República, controlada por el régimen separatista de Tiraspol, los medios de difusión funcionan de manera distinta al resto del territorio. La situación de los derechos de expresión y de acceso a la información es más precaria allí. Las autoridades inconstitucionales de la región en general reprimen a los medios de difusión que se oponen a las políticas del régimen separatista. No hay partidos políticos ni periódicos que se opongan abiertamente al régimen de la región. La circulación de publicaciones nacionales es muy reducida. La libre circulación de información en esa región se logrará una vez que se resuelva definitivamente el conflicto de Transnitria, cuando la Federación de Rusia retire sus tropas y su armamento, y cuando se consoliden la independencia y la soberanía de nuestro Estado.

57.El 11 de febrero de 1999, el Parlamento de la República de Moldova aprobó la Decisión Nº 277-XIV relativa al apoyo y la promoción estatales de los medios de difusión de 1999 a 2003, iniciativa de la Unión de Periodistas de la República de Moldova que fue considerada un paso hacia la consolidación por parte del Estado de la libertad y la independencia de los medios de difusión nacionales.

58.El Parlamento, de común acuerdo con el Gobierno y la sociedad civil, la Unión de Periodistas inclusive, debe redactar y aprobar un conjunto de disposiciones normativas encaminadas a promover una política nacional básica en la materia. El Parlamento está revisando la Ley de prensa que está vigente desde 1995. Además, aprobó la Ley de acceso a la información Nº 982-XIV, de 15 de mayo de 2000, (Boletín Oficial de la República de Moldova, 2000, Nº 88-90, art. 664).

59.El Parlamento está discutiendo el proyecto de ley sobre la organización y el funcionamiento de la radiodifusión en la República de Moldova. En esa ley se incluirá una sección relativa a una institución pública que estará encargada de los medios audiovisuales.

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